Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Octava Sala Civil

EDICTO

ROCOTITLAN CUYA DENOMINACION ES MUSICOS Y LOCOS, S.A. DE C.V. Y RENE RAMIREZ SERVIN EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE DE PHOTO PRO.

En los autos del Toca 2064/2006, relativo al juicio ORDINARIO CIVIL, seguido por PARRA RUIZ BEATRIZ JASMINE Y OTROS, en contra de JOSEFINA ORTEGA VIUDA DE GUTIERREZ SU SUCESION Y OTRO.Se ha interpuesto juicio de Amparo en contra de la resolución dictada por esta Sala con fecha once de diciembre del año dos mil seis, por lo que se ordenó emplazarlos por edictos, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, ante la Autoridad que por turno le corresponda conocer del juicio de Amparo, contados del día siguiente al de la última publicación.

Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y el periódico Reforma, así como en los estrados de esta Sala.

Atentamente

México, D.F., a 20 de marzo de 2007.

El C. Secretario de Acuerdos de la Octava Sala Civil del

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Lic. Rogelio Bravo Acosta

Rúbrica.

(R.- 247852)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

En los autos del juicio dictado en el juicio ordinario mercantil expediente 237/2006-II, promovido por la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, por conducto de su apoderado legal, en contra de José Luis Alfaro Manzano, Comercializadora de Servicios y Lotería, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de quien legalmente la represente, y Juan José Alfaro Manzano, se dictaron los autos que en la parte conducente dicen:

“México, Distrito Federal, a catorce de noviembre de dos mil seis.

Téngase por recibido el oficio de cuenta, signado por el juez Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, con el que remite la papeleta 240/2006, de su índice, e inserta el proveído de diez de noviembre del año en curso, en el que declaró la actualización del artículo 6o. del Acuerdo General 23/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que regula el funcionamiento de las oficinas de correspondencia común de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación y abroga el diverso Acuerdo General 50/2001; acúsese recibo de estilo correspondiente; en consecuencia, este Juzgado Federal se avoca al conocimiento del presente juicio, por lo que al efecto se provee:

Visto el escrito mediante el cual Marco Antonio Araiza Gutiérrez y/o Guillermo Piedras Hernández y/o Manuel Morales López, en su carácter de apoderados legales de Lotería Nacional para la Asistencia Pública, promueven demanda en la vía ordinaria mercantil en contra de José Luis Alfaro Manzano, Comercializadora de Servicios y Lotería, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de quien legalmente la represente, y Juan José Alfaro Manzano.

Fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno de la sección civil de este Juzgado con el índice 237/2006-II.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104 fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1049, 1050, 1061, 1378 y 1379 del Código de Comercio, vigente con las reformas de veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y seis, SE ADMITE la demanda en la vía y forma propuesta.

Por ende, se ordena correr traslado con fotocopia de la demanda y sus anexos, así como del presente auto, debidamente cotejados y sellados a efecto de que se emplace a José Luis Alfaro Manzano, Comercializadora de Servicios y Lotería, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de quien legalmente la represente, y Juan José Alfaro Manzano, en su calidad de demandados, en el domicilio señalado para tal efecto, a fin de que dentro del plazo de nueve días, produzca su contestación”.

En dicho escrito inicial se reclamaron las siguientes prestaciones: “A) El cumplimiento del convenio de reconocimiento de adeudo, dación en pago y finiquito celebrado entre mi representada y los ahora demandados el seis de junio de mil novecientos noventa y seis, por medio del cual los codemandados aceptaron dar en pago tres inmuebles que se detallarán mas adelante, cuyo valor de recepción pactado entre las partes fue $7’236,214.88 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE PESOS 88/100 M.N.). B) Como consecuencia, la entrega y posesión de los tres inmuebles.C) La protocolización ante el Notario Público que en su oportunidad se designe y en caso de rebeldíade los demandados, se otorgue por su Señoría. D) El pago de todos los gastos que se eroguencomo consecuencia de la protocolización notarial, impuestos y derechos que se originen con motivo de la dación en pago del convenio de marras. E) El pago de los gastos y costas judiciales que se generen en el presente juicio”.

Asimismo se dictó el proveído que dice:

“México, Distrito Federal, a once de enero de dos mil siete.

“Agréguese el escrito de cuenta signado por Marco Antonio Araiza Gutiérrez en su carácter de apoderado legal de la parte actora; atento a su contenido se provee:

Téngase por hechas las manifestaciones que vierte al respecto; considerando que no se ha podidollevar a cabo el emplazamiento a los demandados José Luis Alfaro Manzano, Comercializadora de Servicios y Lotería, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de quien legalmente la represente, y Juan José Alfaro Manzano, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1068, fracción IV del Código de Comercio, vigente con las reformas de veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y seis, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación mercantil, emplácese a los demandados por medio de edictos a costa de la parte actora, los que se publicarán por tres veces en intervalos de siete días, en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana y en el Diario Oficial de la Federación, haciéndole saber que los enjuiciados deberán presentarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación; debiéndose publicar las prestaciones reclamadas en el escrito inicial de demanda y el auto admisorio de catorce de noviembre de dos mil seis, en su parte esencial.

En tales condiciones, póngase a disposición de la parte actora, los oficios y edictos necesarios para la preparación del emplazamiento de la demandada, previa toma de razón que por su recibo deje en autos persona autorizada para tal fin.

Notifíquese, y por edictos a José Luis Alfaro Manzano, Comercializadora de Servicios y Lotería, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de quien legalmente la represente, y Juan José Alfaro Manzano.

Lo proveyó y firma el licenciado Alejandro Dzib Sotelo, Juez Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, asistido del Secretario con quien actúa. Doy fe.

REAG/jfcv.”

Atentamente

México, D.F., a 25 de enero de 2007.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Raymundo Esteban Alor García

Rúbrica.

(R.- 248030)

 

Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Primera Sala Civil

EDICTO

LUIS FERNANDO PEDROZA MARTINEZ.

Por medio del presente se le hace de su conocimiento de la demanda de garantías interpuesta por GUILLERMINA SCHUBERT LOPEZ en contra de la sentencia dictada por esta Sala el ocho de diciembre del dos mil seis, en el toca 1206/2006/01-02, para resolver los recursos de apelación interpuestos por ambas partes en contra de la sentencia definitiva del veintiocho de septiembre de dos mil seis, dictada por el C. Juez Vigésimo del Arrendamiento Inmobiliario en el expediente 487/2006, derivado del juicio CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO, seguido por SCHUBERT LOPEZ GUILLERMINA, en contra de LUIS FERNANDO PEDROZA A efecto de que acuda el tercero perjudicado LUIS FERNANDO PEDROZA MARTINEZ en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno, en defensa de sus intereses. Quedando a su disposición en la Secretaría de esta Sala las copias de traslado respectivas.

Para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

México, D.F., a 16 de abril de 2007.

El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Civil

Lic. Mario Alfredo Miranda Cueva

Rúbrica.

(R.- 248031)

Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Décima Sala Civil

EDICTO

EMPLAZAMIENTO A: ADALBERTO PEREZ VEGA.

En el toca número 1103/2006/1 cuaderno de amparo, juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SOLUCION DE ACTIVOS RESIDENCIALES, S. DE R.L. DE C.V. COMO CESIONARIO DE BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A. AHORA BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX ACCIVAL, S.A. DE C.V. en contra de ADALBERTO PEREZ VEGA, se EMPLAZA al tercero perjudicado para que en un término de TREINTA DIAS, contados a partir de la última publicación de este edicto, comparezca ante la Autoridad Federal a defender sus derechos, en el amparo promovido por SOLUCION DE ACTIVOS RESIDENCIALES, S.R.L. DE C.V. COMO CESIONARIA DE BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, quedando a disposición del tercero las copias de traslado en esta Sala, sito en el 10o. piso de Río de la Plata número 48, Colonia y Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad.

Para su publicación por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 15 de mayo de 2007.

La C. Secretaria de Acuerdos de la Décima Sala Civil

Lic. María Elena Urrutia Alvarez

Rúbrica.

(R.- 248292)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

EDICTO

TERCEROS PERJUDICADOS

Nicolás Mora Montes

María Eugenia Galván de Macotela

Carolina Vázquez de San Román

Juan Gabriel Jiménez Ortiz.

León Behar Alvo.

Jorge Andrés Cabrera Prado

Arturo Sánchez Carbajal

Rodolfo Anaya Huidobro

Amalia Eugenia Lavalle Bravo.

Olga Gottwald Mancisidor.

En el juicio de amparo 1304/2006, promovido por Juan Carlos Hernández Martínez en su carácter de apoderado general de la persona moral quejosa Desarrollo de Ingeniería S.A de C.V., obra lo siguiente:

DEMANDA: I.- ..Quejoso: Desarrollo de Ingeniería S.A de C.V. II.- ...Terceros perjudicados: Nicolás Mora Montes, Loreto Ramírez del Moral, María Eugenia Galván de Macotela, María Elisa del Moral Ramírez, Carolina Vázquez de San Román, Luis Alfredo Perezcano Ahumada, Enrique Elmo Acosta Castillejos, Juan Gabriel Jiménez Ortiz, León Behar Alvo, Juan José Arconada Ortiz, Jorge Andrés Cabrera Prado, Jaime Estrada Sámano, Arturo Sánchez Carbajal, Rodolfo Anaya Huidobro, Amalia Eugenia Lavalle Bravo, María del Carmen Pérez Gil Chanona, Marisol Vela Amieva, Rodolfo Salazar Fierro, David García Fabregat y Olga Gottwald Mancisidor. III.- ...Autoridades responsables: Subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales, Agente del Ministerio Público Supervisor, Oficial Secretario, estas dos autoridades de la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales, Agente del Ministerio Público Revisora, Oficial Secretaria, Responsable de la Agencia de Revisión “E”, estas tres autoridades adscritas a la Coordinación de Agentes del Ministerio Público auxiliares del Procurador, todas ellas de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal que tuvieron conocimiento de la averiguación previa FDF/T/1116/03-10. IV.- ...Acto Reclamado: Resolución número E.l.:302/2006 de 16 de noviembre de 2006 que autorizó el no ejercicio de la acción penal.-V.- ...Proveído ocho enero dos mil siete, se admite a trámite dicha demanda…, dése intervención Agente del Ministerio Público de la Federación de la adscripción... Pídase a autoridades responsables informe con justificación... diez horas veinticinco minutos veintidós enero dos mil siete verificativo audiencia constitucional... Se tienen como terceros perjudicados los indicados con antelación., ... Notifíquese.- Lo proveyó y firma... Juez Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal. Doy fe..., ...constancias notificación se ha emplazado a los terceros perjudicados Loreto Ramírez del Moral, Maria Elisa del Moral Ramírez, Luis Alfredo Perezcano Ahumada, Enrique Elmo Acosta Castillejos, Juan José Arconada Ortiz, Jaime Estrada Sámano, María del Carmen Pérez Gil Chanona, Marisol Vela Amieva, Rodolfo Salazar Fierro y David García Fabregat... Acuerdo de dieciocho de enero dos mil siete se suspende procedimiento... proveído de veintitrés de febrero dos mil siete se reanuda procedimiento se fijan diez horas cinco minutos doce marzo dos mil siete verificativo audiencia constitucional... se requiere a Titular Agencia Federal Investigación de la Procuraduría General de la República y otras autoridades proporcionen domicilio de terceros no emplazados a juicio...proveído doce marzo dos mil siete ... no se han emplazado diversos terceros perjudicados nueva fecha audiencia constitucional veintiocho marzo dos mil siete ...proveído veintiocho marzo dos mil siete, señala nueva fecha audiencia constitucional diez horas cinco minutos veinte abril dos mil siete... proveído veinte abril dos mil siete nueva fecha celebración audiencia constitucional diez horas cinco minutos once mayo dos mil siete...proveído treinta abril dos mil siete... fundamento artículo 315 Código Federal de Procedimientos Civiles aplicación supletoria Ley de Amparo, se ordena notificación por edictos a los terceros perjudicados Nicolás Mora Montes, María Eugenia Galván de Macotela, Carolina Vázquez de San Román, Juan Gabriel Jiménez Ortiz ,León Behar Alvo, Jorge Andrés Cabrera Prado, Arturo Sánchez Carbajal, Rodolfo Anaya Huidobro, Amalia Eugenia Lavalle Bravo y Olga Gottwald Mancisidor, mismos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación nacional, conteniendo una relación sucinta de la demanda de amparo y del auto que la admitió a trámite, por tres veces, de siete en siete días, haciendo del conocimiento a dichos terceros perjudicadas que deberán presentarse ante este Juzgado dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, ya que de no hacerlo, se les harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista que se fija en los estrados de este Juzgado...”. Dos firmas ilegibles. Rúbricas.

PARA PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION.

México, D.F., a 8 de mayo de 2007.

La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

Lic. Alejandra Juárez Zepeda

Rúbrica.

(R.- 248302)

 

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado

Coatzacoalcos, Ver.

Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en la

ciudad de Coatzacoalcos, perteneciente al Décimo Circuito

Amparos

III

18/2007

EDICTO

En los autos del juicio de amparo 18/2007-III, promovido por SCHNEIDER ELECTRIC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a través de sus apoderadas legales Blanca Estela Guerrero Partida y Erika Lizbeth Sánchez González, el día de hoy, se dictó un acuerdo que a la letra dice:

COATZACOALCOS, VERACRUZ, A DOCE DE ABRIL DE DOS MIL SIETE.

Agréguense a los presentes autos para los efectos legales procedentes, los oficios de cuenta, signados por el Encargado del Registro Público de la Vigésima Primera Zona Registral y Jefe de la Oficina de Hacienda del Estado, ambos con sede en esta ciudad, mediante los cuales dan cumplimiento al requerimiento que se les hizo el veintitrés de febrero, y reiterado el nueve de abril del presente año, e informan a este Juzgado, que no existen registros en los archivos que llevan esas dependencias, del domicilio de los diversos terceros perjudicados JOSE LUIS HERNANDEZ SERRANO, ARTURO GONZALEZ JIMENEZ, JOSE ALBERTO GUTIERREZ ALCIVAR, LUIS CLAUDIO ABRAHAM MARTINEZ, ESTANISLAO JIMENEZ CRUZ CRUZ, TIMOTEO CRUZ HERNANDEZ, ANGEL HIPOLITO FUENTES JUAREZ, HILARIO GANZAGA MARTINEZ, GUILLERMO GONZAGA MARTINEZ, PEDRO HERNANDEZ GARAMENDI, SALOMON MARTINEZ RODRIGUEZ, HIPOLITO RAMIREZ MONTOYA, JUAN JOSE GOMEZ JIMENEZ, FRANCISCO JAVIER AGUILAR ROJAS, ENRIQUE HERNANDEZ MORALES, ARTURO ROBERTO TOVAR LEMUS, ROBERTO CARLOS TREJO RAMIREZ, AUGUSTO LOPEZ ANAYA, JOSE GUADALUPE HERNANDEZ ACEVEDO, ANDREZ CORNEJO GARCIA, HUGO ANDREY ACEVEDO FERNANDEZ, ROGELIO PEÑA CID, ANTULIO MATURANO ACOSTA, FORTINO OLIVARES VALERA, JAIME RAMIREZ CAÑEDO, NERI FELIPE AGUILAR CRUZ, ANTONIO DE JESUS HORTA HERNANDEZ, JOSE DE JESUS HORTA HERNANDEZ, JOSE GUADALUPE RODRIGUEZ CORTES, JESUS IGNACIO ESTRELLA TENORIO, JULIAN HERNANDEZ ACEVEDO, FLORENTINO RAMIREZ LOPEZ, BERNABE JUAREZ SANCHEZ, NABONAZAR LASNIBAT PALOMARES, GUSTAVO MARTINEZ UMBRAL, PABLO OLIVARES VARELA, ANASTASIO QUIJADA RODRIGUEZ, EMILIO CRUZ RIVERA, JOSE ADAN PEREZ SIMIANO, DANIEL LINARES JIMENEZ, CARLOS MARTINEZ GARCIA, MIGUEL BERMEJO QUIBRERA, CRISOFORO LEAL MARTINEZ, HECTOR HERNANDEZ CRUZ, ALBERTO CRUZ UGALDE, JOSE SANCHEZ RANGEL Y REYBEL YANEZ VELASCO; en consecuencia, y con apoyo en el artículo 30, fracción II, última parte, de la Ley de Amparo, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, procédase a emplazarlos mediante edictos a entera costa de la parte quejosa, mismos que deberán publicarse por tres veces y de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en el periódico de mayor circulación nacional, haciéndole saber que a través del presente juicio de garantías 18/2007-III, interpuesto por SCHNEIDER ELECTRIC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a través de sus apoderadas legales Blanca Estela Guerrero Partida y Erika Lizbeth Sánchez González, se demanda la protección de la Justicia Federal contra actos de la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con residencia en esta ciudad, y del Juez Cuadragésimo de lo Civil, residente en México, Distrito Federal, mismo que se hace consistir en esencia, “… Todas y cada una de las actuaciones que conforman la tercería excluyente de preferencia de crédito tramitado por los aquí terceros perjudicados, substanciado ante la responsable Junta Especial Número Ocho de Conciliación y Arbitraje, en el expediente 312/Vlll/2006, específicamente por cuanto hace a la determinación del Presidente de la Junta responsable consistente en el oficio girado al Juez Cuadragésimo de lo Civil con sede en México, Distrito Federal, en el cual le hace del conocimiento la resolución de la tercería antes citada, en la que se ordenó poner a disposición a favor de la parte actora la cantidad que existe respecto del bien inmueble embargado en el expediente 584/2002; asI como la falta de emplazamiento legal al juicio de origen.- Hágase del conocimiento de los terceros perjudicados antes citado, que dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, deberán comparecer a este Juzgado a deducir sus derechos en el citado Juiciode Amparo.

Por otro lado, fíjese en la tabla de avisos de este órgano federal copia íntegra del presente proveído, por todo el tiempo de emplazamiento; asimismo, requiérase a la parte quejosa para que dentro del término de tres días, contados a partir de aquel al en que quede debidamente notificada de este proveído, acuda a este Tribunal a recoger los edictos de que se habla, y para que dentro del plazo de diez días, que se considera prudente, demuestre haber gestionado su publicación en los periódicos referidos, apercibida que de no hacerlo así sin razón justificada, se le impondrá una multa por la cantidad de $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), en términos de la fracción I, del artículo 59 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.

Así, lo proveyó y firma el licenciado PEDRO ANTONIO RODRIGUEZ DIAZ, Juez Décimo Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, ante el licenciado Manuel Jadad Rangel Cruz, Secretario que autoriza.- Doy fe.

Dado en la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, a los siete días del mes de mayo de dos mil siete.

El Secretario del Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz

Lic. Manuel Jadad Rangel Cruz

Rúbrica.

(R.- 248385)

 

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

EDICTO

Amparo 538/2006, promovido por BANCO DEL BAJIO, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, contra actos del Juez Décimo Segundo de lo Civil del Primer Partido Judicial y del juez y secretario ejecutor, adscritos al Juzgado Mixto de Primera Instancia de Tlajomulco de Zúñiga, todos del Estado de Jalisco, por acuerdo de quince de mayo de dos mil siete, se ordenó: ya fueron agotados los medios posibles para indagar el domicilio del tercero perjudicado GILBERTO ORTIZ RODRIGUEZ; en consecuencia, con fundamento en lo previsto por el artículo 30, fracción II, de la ley de la materia, en relación con el diverso precepto 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena emplazarlo a juicio mediante edictos; quedan copias de ley a disposición en este juzgado. Hágasele saber que deberá presentarse al procedimiento dentro de treinta días siguientes a la última publicación, apercibido que de no señalar domicilio para recibir notificaciones, se practicarán por lista, aun las personales, con fundamento en el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo.

Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se expide el presente en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, a dieciséis de mayo de dos mil siete. Doy fe.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

Lic. Eva María Ramírez Martínez

Rúbrica.

(R.- 248451)

 

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán de Ocampo

Juzgado Primero Menor en Materia Civil

Morelia, Mich.

EDICTO

PRIMERA ALMONEDA:

Dentro de los autos que integran el juicio ejecutivo mercantil 295/2005, que sobre pago de pesos sigue CORPORACION MAPPI GENNARO S.A. DE C.V., en contra de MARTHA RIOS PEREZ, se ordenó sacar a remate el siguiente bien inmueble.

UNA PROPIEDAD terreno urbano con construcción, ubicado en la calle Virrey de Mendoza antes número 1873 mil ochocientos setenta y tres, ahora número 1929 mil novecientos veintinueve esquina Janitzio, en la colonia Rancho del Charro, ahora Félix Ireta del Municipio y Distrito de Morelia, Michoacán, misma que se inscribe ante el Registro Público de la Propiedad Raíz en el Estado en favor de Martha Ríos Pérez, bajo el registro 12, del tomo 2411. Colindancias: norte 7 metros con calle Janitzio; sur 6 metros con lote 13; oriente 5 metros con propiedad particular y al poniente 5 metros con calle Virrey de Mendoza. Con una extensión superficial de treinta y dos metros cincuenta centímetros cuadrados.

Debiendo servir de base del remate, $284,500.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), promedio de los dos avalúos emitidos en autos; y como postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha suma.

CONVOQUESE POSTORES mediante la publicación de edictos por tres veces dentro de nueve días, en los estrados de este Juzgado y en el Diario Oficial de la Federación.

La Audiencia de Remate tendrá verificativo a las 10:00 diez horas del día 19 diecinueve de junio de dos mil siete, en la Secretaría de este Juzgado.

Morelia, Mich., a 10 de abril de 2007.

El Secretario

Lic. Edgar Homero Gutiérrez Duarte

Rúbrica.

(R.- 248573)

 

OPERADORA DE PERSONAL TECNICO

EN CONSTRUCCION DE INMUEBLES

S.C. DE R.L. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006

Activo

Efectivo en caja                  $ 0

Pasivo

Capital       $ 0

México, D.F., a 10 de abril de 2007.

Liquidador

Guadalupe Meliton Hernández Beltrán

Rúbrica.

(R.- 248836)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Civil

Sahuayo, Mich.

Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil

Sahuayo de Morelos, Michoacán

CONVOCAN POSTORES:

Dentro del juicio Ejecutivo Mercantil número 189/05, sobre pago de pesos promovido por el licenciado Jesús Martín Castellanos Gudiño, endosatario en propiedad de JOSE GALVEZ CEJA, en contra de RAUL DIAZ SUAREZ, se han señalado las 13:00 trece horas del día 7 siete de junio del año en curso, para que se lleve a cabo el desahogo de la audiencia de remate en su CUARTA ALMONEDA a fin de subastar públicamente y al mejor postor el siguiente bien inmueble:

1.- Casa-habitación, ubicada en el sector 9 manzana 12, de la calle Miguel Alemán número 5, de la colonia J. Trinidad Barragán de esta Ciudad, el cual tiene las siguientes medidas y linderos: AL NORTE, 12.00 mts, con la compañía de Luz, AL SUR, 12.00 mts, con calle de su ubicación Miguel Alemán, AL ORIENTE, 35.37 metros, con Salvador Anaya, AL PONIENTE, 35.37 mts, con Guadalupe Tostado, con una superficie de 424.44 M2; con un valor de $1,402,287.00 (un millón cuatrocientos dos mil doscientos ochenta y siete pesos 00/100 m.n.), y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de su precio.

Convóquese licitadores mediante la publicación de 1 un edicto de modo tal que la audiencia tenga lugar después de 5 cinco días de publicado dicho edicto en los Estrados de este Juzgado, Diario Oficial de la Federación y lugares públicos de costumbre.

Sahuayo, Mich., a 15 de mayo de 2007.

El Secretario de Acuerdos

Lic. Hugo Ayala López

Rúbrica.

(R.- 248843)

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad

M. 802087 RED CARD

ExPed. P.C. 154/2007 (C-67) 1380

Folio 6575

NOTIFICACION POR EDICTO

MIGUEL ANGEL MERINO COSTAGNETO.

Por escrito de fecha 2 de febrero de 2007, con número de folio 1380 signado por CONSUELO GONZALEZ RODRIGUEZ, en nombre y representación de TARGET BRANDS, INC., presentó la solicitud de declaración administrativa de caducidad del registro marcario 802087 RED CARD, propiedad de MIGUEL ANGEL MERINO CASTAGNETO, haciendo consistir su acción en el artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, MIGUEL ANGEL MERINO CASTAGNETO, el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, en la fecha señalada en la primera hoja, con fundamento en los artículos 1o., 3o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracción IV, 7 y 7 Bis 2 de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 1994;1, 3 fracción V inciso c) ii), 4, 5, 11 y 14 del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de diciembre de 1999 (reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2004 que incluye una Adición y Fe de Erratas del 28 de juliode 2004); 1, 3, 4, 5, 11, fracciones V, IX y XVI, 18, fracciones I, III, VII y VIII, y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y, 1o., 3o. y 7o. del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, los anteriores ordenamientos legales publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 27 y 15 de diciembre de 1999, respectivamente y reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de julio de 2004, con sus notas aclaratorias del 4 de agosto de 2004.

Atentamente

20 de abril de 2007.

El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad

Eduardo Vázquez Labra

Rúbrica.

(R.- 248850)

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Nulidades

M. 829632 NUTKAO

ExPed. P.C. 630/2006 (N-168) 5491

Folio 7150

NOTIFICACION POR EDICTO

VINCENZO BORGOGNA.

Se hace de su conocimiento que dentro del procedimiento administrativo contencioso de nulidad de la marca 829632 NUTKAO, promovido por NUTKAO, S.R.L., en contra de VINCENZO BORGOGNA, con fecha 28 de febrero de 2007 y folio 2934, se dictó la resolución correspondiente, cuyos puntos resolutivos se transcriben a continuación:

I.- Se declara administrativamente la nulidad del registro 829632 NUTKAO.

II.- Comuníquese esta resolución a las partes, a la solicitante de manera personal y a la titular afectada mediante su publicación por edictos.

III.- Publíquese en la Gaceta de la Propiedad Industrial.

Por lo anterior, este Instituto procede a notificar a usted la referida resolución, mediante su publicación por una sola vez, en un periódico de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos legales establecidos en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, Distrito Federal en la fecha señalada al rubro con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y XXII, 7 Bis 2, títulos sexto y séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante decretos del 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayode 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005 y 25 de enero de 2006, en dicho medio informativo);1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii), 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a VIII, XI y XlI, del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante decretos de 1o. de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año, en dicho medio informativo); 1o., 3o., 4o., 5o., 18 y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004, en dicho medio informativo) y 1o., 3o. y 7o. incisos j), k), m), n), o), p), q), r) y s) y últimos párrafos del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma y nota aclaratoria, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004 y 4 de agosto de 2004, en dicho medio informativo).

Atentamente

27 de abril de 2007.

El Coordinador Departamental de Nulidades

Emmanuel Hernández Adalid

Rúbrica.

(R.- 248854)

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Nulidades

M 623079 CLUB DE HOMBRES DE NOGOCIOS POBRES Y DISEÑO

ExPed. P.C. 1100/2006 (C-364) 9732

Folio 6060

NOTIFICACION POR EDICTO

JOSE RAMON PEREZ Y ALVAREZ.

Dentro del procedimiento administrativo contencioso de caducidad identificado bajo el P.C. 1100/2006(C-364) 9732, promovido en contra del registro marcario 623079 CLUB DE HOMBRES DE NOGOCIOS POBRES Y DISEÑO, mediante escrito presentado el día 3 de agosto de 2006, por HECTOR V. FLORES LOZANO, en representación de GRUPO TAMPICO, S.A. DE C.V. y a través del oficio 4984, de fecha 29 de marzo de 2007, se dictó resolución, la que al pie de la letra en sus puntos resolutivos dice:

RESUELVE

I.- Se declara administrativamente la caducidad del registro marcario 623079 CLUB DE HOMBRES DE NOGOCIOS POBRES Y DISEÑO.

II.- Notifíquese esta resolución a las partes.

III.- Notifíquese a la parte demandada a través del extracto que se expida de esta declaración, para efectos de que sea publicada por edictos para que pueda surtir efectos legales.

IV.- Publíquese en la Gaceta de la Propiedad Industrial.

Por lo anterior este Instituto procede a notificar a Usted la referida resolución, mediante su publicación por una sola vez, en un periódico de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos legales establecidos en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, Distrito Federal, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. Bis 2, títulos sexto y séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de juniode 2005 y 25 de enero de 2006, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c) subinciso ii), 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante decretos de 1 de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fede erratas se publicó el 28 del mismo mes y año, en dicho medio informativo); 1o., 3o., 4o., 5o., 18 y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004, en dicho medio informativo) y, 1o., 3o. y 7o. incisos j), k), m), n), o), p), q) r) y s) y últimos párrafos del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma y nota aclaratoria, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004 y 4 de agosto de 2004, en dicho medio informativo).

Atentamente

13 de abril de 2007.

El Coordinador Departamental de Nulidades

Emmanuel Hernández Adalid

Rúbrica.

(R.- 248860)

 

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de nulidades

M.- 590821 AA Y DISEÑO

ExPed. P.C. 1799/2006 (C-576) 14745

Folio 7779

NOTIFICACION POR EDICTO

HECTOR MADERO HORNEADO.

Por escrito recibido ante este Instituto vía facsimilar día 27 de noviembre de 2006 y presentado en la ventanilla receptora de documentos de este Instituto el día 28 del mismo mes y año, con folio de entrada 14745, ARTURO PEREZ ARREDONDO, en nombre y representación de THE MCGRAW-HILL COMPANIES, INC., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario 590821 AA Y DISEÑO, haciendo consistir su acción en los supuestos derivados del artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.

Para su publicación por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación en los términos y para los efectos establecidos en los artículos 194 y 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, Distrito Federal, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. Bis 2, Títulos Sexto y Séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005 y 25 de enero de 2006, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V, inciso c) subinciso ii), 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante decretos de 1o. de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año, en dicho medio informativo); 1o., 3o., 4o., 5o., 18 y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante acuerdo y decreto de10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004, en dicho medio informativo) y, 1o., 3o. y 7o. incisos j), k), m), n), o), p), q), r) y s) y últimos párrafos del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma y nota aclaratoria, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004 y 4 de agosto de 2004, en dicho medio informativo).

Atentamente

10 de mayo de 2007.

El Coordinador Departamental de Nulidades

Emmanuel Hernández Adalid

Rúbrica.

(R.- 248879)

 

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito

Tijuana, B.C.

PARA SU RESPECTIVA PUBLICACION CONFORME A LO QUE PRECISA, TRANSCRIBO A USTED EL PRESENTE:

EDICTO

En los autos del juicio de garantías número 160/2007-IV, promovido por Moreno y Compañía Sucesores, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, por conducto de su apoderado legal Francisco Contreras Valdez, contra actos del Juez Primero de lo Civil en esta ciudad y otras autoridades, por actos relacionados con el juicio 713/2003, mediante auto de diez de mayo de dos mil siete, se ordenó emplazar a juicio a las tercero perjudicadas Victoria Gilbert Viuda de Machado, Gloria Mendoza Aguilar Viuda de Villalobos, Julia Irma García Laredo, también conocida como Julia Irma García Loredo; los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Periódico Excélsior de la Ciudad de México, Distrito Federal, para el efecto de que comparezca ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana, si así conviene a sus intereses en el término de treinta días contado a partir del siguiente día de la última publicación, quedando en la Secretaría, la copia simple de la demanda de garantías para su traslado haciéndoles de su conocimiento que se fijaron las diez horas del veinticuatro de mayo de dos mil siete, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.

Atentamente

Tijuana, B.C., a 10 de mayo de 2007.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Baja California

Lic. Lidia Medrano Meza

Rúbrica.

(R.- 248911)

 

Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

A LA H. JUNTA DE GOBIERNO DE LA COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS.

A LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA.

I. Hemos examinado el estado de situación financiera de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) 31 de diciembre de 2006 y 2005 y los estados de ingresos y egresos, de variaciones en el patrimonio y de cambios en la situación financiera que le son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidadde la administración de la entidad. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos, con base en nuestra auditoría.

Los estados financieros del ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2005, que se presentan para efectos comparativos fueron examinados por otro Contador Público de esta misma Firma, quien emitió su dictamen con fecha 20 de marzo de 2006, sin salvedades.

II. Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoría sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes y de que están preparados de acuerdo con las políticas y bases contables utilizadas por la administración de la Comisión. La auditoría consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las políticas y bases contables utilizadas, dela aplicación de las Normas de Información Financiera, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para sustentar nuestra opinión.

BASES ESPECIFICAS DIFERENTES A LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA

III. Como se explica en la nota 2 incisos a) y b) de los estados financieros, es política de la Comisión preparar su información financiera conforme a prácticas contables gubernamentales contenidas en las disposiciones y reglamentaciones federales que le son aplicables. Consecuentemente, los estados financieros que se acompañan, no pretenden presentar los activos, pasivos y patrimonio y los ingresos y egresos del ejercicio, de conformidad con las Normas de Información Financiera.

PARRAFO DE ENFASIS

IV. A más tardar el 28 de febrero del año en curso, la entidad deberá presentar el aviso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en relación al monto de pasivos provisionados que no será posible cubrir con el presupuesto de 2006, debiéndose afectar el correspondiente al año en curso, como lo indica la normatividad presupuestal vigente.

OPINION

V. En nuestra opinión, los estados financieros que se acompañan presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa delos Usuarios de Servicios Financieros, al 31 de diciembre de 2006 y 2005 y los resultados de sus operaciones, las variaciones en su patrimonio y los cambios en la situación financiera, por los ejercicios terminados en esas fechas, de conformidad con las bases especiales de registro contable que se mencionan en el párrafo III,las cuales han sido aplicadas en forma consistente.

México, D.F., a 15 de enero de 2007.

Despacho A.F. Alejandro Frank y Asociados, S.C.

Contador Público Certificado

Alejandro Frank Díaz

Rúbrica.

 

Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

ESTADO DE POSICION FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006 Y 2005

(pesos)

(NOTAS 1 Y 2)

Activo

2006

2005

Circulante

 

 

Bancos e inversiones temporales (nota 3)

13,798,137

27,105,281

Cuentas por cobrar

2,441

709,672

Suma del circulante

13,800,578

27,814,953

Mobiliario y equipo (nota 4)

 

 

Inversión en mobiliario y equipo

57,139,082

52,982,412

Depreciación acumulada

(42,893,713)

(36,096,036)

Suma mobiliario y equipo neto

14,245,369

16,886,376

Suma el activo

28,045,947

44,701,329

Pasivo

 

 

A corto plazo

 

 

Gastos y servicios acumulados (nota 5)

7,179,354

13,306,527

Impuestos y cuotas por pagar (nota 6)

9,594,556

16,290,652

Suma del pasivo

16,773,910

29,597,179

Patrimonio

 

 

Patrimonio (nota 7)

45,895,359

43,755,469

Superávit por revaluación

11,243,723

9,227,001

Resultado de ejercicios anteriores

(37,878,320)

(41,689,116)

Resultado del ejercicio

(7,988,725)

3,810,796

Suma el patrimonio

11,272,037

15,104,150

Suma el pasivo y el patrimonio

28,045,947

44,701,329

Cuentas de orden (nota 8)

 

 

Presupuestos de egresos autorizado

449,934,090

407,983,623

Presupuesto de egresos pagado

449,899,548

403,415,239

Presupuesto de egresos por ejercer

34,542

4,568,384

Billetes en depósito

977,722

6,938,299

Multas a sistema financiero

40,310,088

33,859,408

Las diez notas adjuntas son parte integrante de este estado.

            Presidente     Vicepresidente de Planeación y Administración

Lic. Luis Alberto Pazos de la Torre Ing. Lauro López Sánchez Acevedo

                 Rúbrica.                 Rúbrica.

Director General de Planeación

C.P. José Juan Zamudio Ramírez

Rúbrica.

 

Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

ESTADO DE INGRESOS Y GASTOS

POR LOS EJERCICIOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006 Y 2005

(pesos)

(NOTAS 1 Y 2)

Ingresos

2006

2005

Ingresos por servicios

2,223,076

3,152,235

Suman los ingresos

2,223,076

3,152,235

Egresos

 

 

Servicios personales

375,959,687

334,379,646

Materiales y suministros

4,556,745

4,487,509

Servicios generales

65,918,163

57,942,218

IVA capítulo 5000

328,796

500,031

Depreciaciones

6,797,620

6,038,473

Inv. Financiera, provisiones económicas, ayudas

1,969,000

     -

Suman los gastos

455,530,011

403,347,877

Resultado de operación

(453,306,935)

(400,195,642)

Transferencias del Gobierno Federal

445,484,496

396,929,462

Resultado del ejercicio antes de partidas extraordinarias

(7,822,439)

(3,266,180)

Partidas extraordinarias (nota 10)

(166,286)

7,076,976

Resultado del ejercicio y partidas extraordinarias

(7,988,725)

3,810,796

Las diez notas adjuntas son parte integrante de este estado.

            Presidente     Vicepresidente de Planeación y Administración

Lic. Luis Alberto Pazos de la Torre Ing. Lauro López Sánchez Acevedo

                 Rúbrica.                 Rúbrica.

Director General de Planeación

C.P. José Juan Zamudio Ramírez

Rúbrica.

(R.- 248917)

PENSIONES BANAMEX, S.A. DE C.V.

INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX

Nota aclaratoria al balance general al 31 de diciembre de 2006, de PENSIONES BANAMEX, S.A. DE C.V. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, publicado el 27 de febrero de 2007, en la Segunda Sección, página 81, debiendo decir al calce de los estados financieros anuales:

Nota: el informe de notas de revelación a los estados financieros al que se refiere la Circular S-18.2.2 se revelará en la página principal de la Institución: http://www.segurosbanamex.com.mx con la siguiente ruta http://www.segurosbanamex.com.mx/notas406.pdf

Fecha de elaboración: 29 de mayo de 2007.

Atentamente

Contralor

C.P. Gustavo Hornedo Huerta

Rúbrica.

(R.- 248919)

 

SEGUROS BANAMEX, S.A. DE C.V.

INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX

Nota aclaratoria al balance general al 31 de diciembre de 2006, de SEGUROS BANAMEX, S.A. DE C.V. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, publicado el 27 de febrero de 2007, en la Segunda Sección, página 77, debiendo decir al calce de los estados financieros anuales:

Nota: el informe de notas de revelación a los estados financieros al que se refiere la Circular S-18.2.2 se revelará en la página principal de la Institución http://www.segurosbanamex.com.mx con la siguiente ruta http://www.segurosbanamex.com.mx/notas406.pdf

Fecha de elaboración: 29 de mayo de 2007.

Atentamente

Contralor

C.P. Gustavo Hornedo Huerta

Rúbrica.

(R.- 248920)

SEGUROS BANCOMEXT, S.A. DE C.V.

AVISO

Por disposición oficial a partir del día 4 de junio de 2007 los estados financieros del ejercicio 2006,así como las notas de revelación de Seguros Bancomext, S.A. de C.V. se publicarán en la página de Internet www.segurosbancomext.com.mx

Fecha de elaboración: 28 de mayo de 2007.

Director General Adjunto    Director de Administración y Finanzas

                    Jesús Urdangaray López       Jenaro Augusto Laris Vázquez

                 Rúbrica.                 Rúbrica.

Contador General

Raymundo Agustín Rosales Tapia

Rúbrica.

(R.- 248930)

 

ABASEGUROS, S.A. DE C.V.

(SUBSIDIARIA DE GMAC INSURANCE HOLDINGS, INC.)

ESTADO DE RESULTADOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006

(cifras en pesos constantes)               Anexo 2

400

Primas

 

 

 

410

Emitidas

 

$3,756,590,161.44

 

420

(-) Cedidas

 

399,248,282.05

 

430

De Retención

 

3,357,341,879.39

 

440

(-) Incremento Neto de la Reserva

de Riesgos en Curso y de Fianzas

en Vigor

 

 

 

56,268,078.48

 

 

_____

450

Primas de Retención Devengadas

 

 

3,301,073,800.91

460

(-) Costo Neto de adquisición

 

557,539,578.51

 

470

Comisiones a Agentes

267,241,367.32

 

 

480

Compensaciones Adicionales

a Agentes

 

289,328,697.25

 

 

490

Comisiones por Reaseguro y Reafianzamiento Tomado

 

-

 

 

500

(-) Comisiones por Reaseguro Cedido

97,249,726.99

 

 

510

Cobertura de Exceso de Pérdida

22,582,040.54

 

 

520

Otros

75,637,200.39

 

 

530

(-) Costo Neto de Siniestralidad, Reclamaciones y Otras Obligaciones Contractuales

 

 

 

2,494,938,717.38

 

540

Siniestralidad y Otras Obligaciones Contractuales

 

2,498,922,965.38

 

 

550

Siniestralidad Recuperada del Reaseguro No Proporcional

 

(3,984,248.00)

 

 

560

Reclamaciones

 -

 

_____

570

Utilidad (Pérdida) Técnica

 

 

248,595,505.02

580

(-) Incremento Neto de Otras

Reservas Técnicas

 

 

48,466,073.56

 

590

Reserva para Riesgos Catastróficos

48,466,073.56

 

 

600

Reserva de Previsión

-

 

 

610

Reserva de Contingencia

 -

 

 

620

Otras Reservas

 -

 

_____

630

Utilidad (Pérdida) Bruta

 

 

200,129,431.46

640

(-) Gastos de Operación Netos

 

190,203,190.81

 

650

Gastos Administrativos y Operativos

148,822,956.63

 

 

660

Remuneraciones y Prestaciones

al Personal

 

21,006,038.28

 

 

670

Depreciaciones y Amortizaciones

20,374,195.90

 

_____

680

Utilidad (Pérdida) de la Operación

 

 

9,926,240.65

690

Resultado Integral de Financiamiento

 

337,312,374.67

 

700

De Inversiones

118,553,640.86

 

 

710

Por Venta de Inversiones

111,246,544.95

 

 

720

Por Valuación de Inversiones

69,478,844.81

 

 

730

Por Recargo sobre Primas

56,437,004.39

 

 

740

Resultado de Operaciones Análogas

y Conexas

 

117,828,855.13

 

 

750

Por Emisión de Instrumentos

de Deuda

 

 -

 

 

760

Por Reaseguro Financiero

 -

 

 

770

Otros

2,943,580.63

 

 

780

Resultado Cambiario

3,048,522.13

 

 

790

(-) Resultado por Posición Monetaria

142,224,618.23

 

 

800

Utilidad (Pérdida) antes de ISR, PTU

y PRS

 

 

_____

347,238,615.32

810

(-) Provisión para el pago del

Impuesto Sobre la Renta

 

 

101,900,924.59

 

820

(-) Provisión para la Participación

de Utilidades al Personal

 

 

-

 

830

Participación en el Resultado

de Subsidiarias

 

 

7,881,956.54

 

_____

840

Utilidad (Pérdida) del Ejercicio

 

 

$ 253,219,647.27

El presente estado de resultados se formuló, de conformidad con las disposiciones en materia de contabilidad emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose reflejados todos los ingresos y egresos derivados de las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.

El presente estado de resultados fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.

El Informe de Notas de Revelación a los Estados Financieros de acuerdo con la Circular S-18.2.2 publicada el 4 de diciembre de 2006 en el Diario Oficial de la Federación se encuentra publicadoen el portal de la compañía: www.abaseguros.com. La ruta para el acceso directo a dicho informe es: http://www.abaseguros.com/Portalwebmkt/quienes_somos/info_financiera.html

Fecha de expedición: 29 de mayo de 2007.

Director General

Ing. Arturo Vargas Cruz

Rúbrica.

Director de Finanzas

C. P. Carlos García Garza

Rúbrica.

Contralor

C.P. José Luis Caballero Garza

Rúbrica.

Gerente de Auditoría Interna

C. P. José Luis Maldonado García

Rúbrica.

(R.- 248931)

ABA|SEGUROS, S.A. DE C.V.

(SUBSIDIARIA DE GMAC INSURANCE HOLDINGS, INC.)

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006

(cifras en pesos constantes)               Anexo 1

100

Activo

 

 

110

Inversiones

 

$3,917,595,742.30

111

Valores y Operaciones con Productos Derivados

3,860,658,772.72

 

112

Valores

3,860,658,772.72

 

113

Gubernamentales

3,088,029,564.67

 

114

Empresas Privadas

666,788,037.29

 

115

Tasa Conocida

608,490,311.57

 

116

Renta Variable

58,297,725.72

 

117

Extranjeros

-

 

118

Valuación Neta

98,886,898.88

 

119

Deudores por Intereses

7,773,271.88

 

120

(-) Estimación para Castigos

819,000.00

 

121

Operaciones con Productos Derivados

-

 

122

Préstamos

-

 

123

Sobre Pólizas

-

 

124

Con Garantía

-

 

125

Quirografarios

-

 

126

Contratos de Reaseguro Financiero

-

 

127

Descuentos y Redescuentos

-

 

128

Cartera Vencida

-

 

129

Deudores por Intereses

-

 

130

(-) Estimación para Castigos

-

 

131

Inmobiliarias

56,936,969.58

 

132

Inmuebles

39,913,844.68

 

133

Valuación Neta

21,896,572.79

 

134

(-) Depreciación

4,873,447.89

 

135

Inversiones para Obligaciones Laborales al Retiro

 

2,648,517.13

136

Disponibilidad

 

85,980,511.40

137

Caja y Bancos

85,980,511.40

 

138

Deudores

 

1,364,453,632.26

139

Por Primas

1,261,427,035.69

 

140

Agentes y Ajustadores

565,856.74

 

141

Documentos por Cobrar

4,759,131.28

 

142

Prestamos al Personal

-

 

143

Otros

100,614,805.05

 

144

(-) Estimación para Castigos

2,913,196.50

 

145

Reaseguradores y Reafianzadores

 

151,537,559.73

146

Instituciones de Seguros y Fianzas

7,564,357.31

 

147

Depósitos Retenidos

-

 

148

Participación de Reaseguradores por Siniestros Pendientes

120,813,503.93

 

149

Participación de Reaseguradores por Riesgos en Curso

-

 

150

Otras Participaciones

1,040,377.98

 

151

Intermediarios de Reaseguro y Reafianzamiento

22,119,320.51

 

152

Participación de Reafianzadoras en la

Reserva de Fianzas en Vigor

-

 

153

(-) Estimación para Castigos

-

 

154

Otros Activos

 

375,056,451.03

155

Mobiliario y Equipo

58,987,918.73

 

156

Activos Adjudicados

-

 

157

Diversos

249,137,988.07

 

158

Gastos Amortizables

113,970,490.09

 

159

(-) Amortización

47,039,945.86

 

160

Productos Derivados

-

_____

 

Suma del Activo

 

$5,897,272,413.85

200

Pasivo

 

 

210

Reservas Técnicas

 

$3,574,743,028.72

211

De Riesgos en Curso

2,351,673,097.57

 

212

Vida

-

 

213

Accidentes y Enfermedades

-

 

214

Daños

2,351,673,097.57

 

215

Fianzas en Vigor

-

 

216

De Obligaciones Contractuales

1,042,244,840.69

 

217

Por Siniestros y Vencimientos

955,741,723.66

 

218

Por Siniestros Ocurridos y no Reportados

55,095,172.70

 

219

Por Dividendos sobre Pólizas

-

 

220

Fondos de Seguros en Administración

-

 

221

Por Primas en Depósito

31,407,944.33

 

222

De Previsión

180,825,090.46

 

223

Previsión

7,845,967.14

 

224

Riesgos Catastróficos

172,948,978.48

 

225

Contingencia

-

 

226

Especiales

30,144.84

 

227

Reservas para Obligaciones Laborales al Retiro

 

3,150,585.89

228

Acreedores

 

213,687,076.69

229

Agentes y Ajustadores

74,218,430.44

 

230

Fondos en Administración de Pérdidas

-

 

231

Acreedores por Responsabilidad de Fianzas

-

 

232

Diversos

139,468,646.25

 

233

Reaseguradores y Reafianzadores

 

123,732,877.38

234

Instituciones de Seguros y Fianzas

50,059,732.54

 

235

Depósitos Retenidos

-

 

236

Otras Participaciones

-

 

237

Intermediarios de Reaseguro y Reafianzamiento

73,673,144.84

 

238

Operaciones con Productos Derivados

-

 

239

Financiamientos Obtenidos

 

-

240

Emisión de Deuda

-

 

241

Por Obligaciones Subordinadas no Susceptibles de Convertirse en acciones

-

 

242

Otros Títulos de Crédito

-

 

243

Contratos de Reaseguro Financiero

-

 

244

Otros Pasivos

 

466,554,021.31

245

Provisión para la Participación de Utilidades al Personal

391,471.55

 

246

Provisiones para el Pago de Impuestos

98,526,549.68

 

247

Otras Obligaciones

229,826,851.46

 

248

Créditos Diferidos

137,809,148.62

_____

 

Suma del Pasivo

 

4,381,867,589.99

300

Capital

 

 

310

Capital o Fondo Social Pagado

 

$430,382,821.45

311

Capital o Fondo Social

589,543,369.11

 

312

(-) Capital o Fondo no Suscrito

159,160,547.66

 

313

(-) Capital o Fondo no Exhibido

-

 

314

(-) Acciones Propias Recompradas

-

 

315

Obligaciones Subordinadas de Conversión Obligatoria a Capital

 

-

316

Reservas

 

133,925,394.47

317

Legal

133,818,973.13

 

318

Para Adquisición de Acciones Propias

-

 

319

Otras

106,421.34

 

320

Superávit por Valuación

 

-

321

Subsidiarias

 

-

322

Efecto de Impuestos Diferidos

 

-

323

Resultados de Ejercicios Anteriores

 

886,506,369.63

324

Resultado del Ejercicio

 

253,219,647.27

325

Exceso o Insuficiencia en la Actualización del Capital Contable

 

-188,629,408.96

 

Suma del Capital

 

1,515,404,823.86

 

Suma del Pasivo y Capital

 

$5,897,272,413.85

800

Orden

 

810

Valores en Depósito

 

820

Fondos en Administración

-

830

Responsabilidad por Fianzas en vigor

-

840

Garantías de Recuperación por Fianzas Expedidas

-

850

Reclamaciones Recibidas Pendientes de Comprobación

-

860

Reclamaciones Contingentes

-

870

Reclamaciones Pagadas

-

880

Recuperación de Reclamaciones Pagadas

-

890

Perdida Fiscal por Amortizar

-

900

Reserva por Constituir para Obligaciones Laborales al Retiro

-

910

Cuentas de Registro

$674,550,620.99

920

Operaciones con Productos Derivados

-

El capital pagado incluye la cantidad de $0.00, moneda nacional, originada por la capitalización parcial del superávit por valuación de inmuebles.

Dentro de los rubros de "Inmuebles" y de "Mobiliario y Equipo", la(s) cantidad(es) de $0.00 y $0.00, respectivamente, representa(n) activos adquiridos en arrendamiento financiero.

El presente balance general se formuló de conformidad con las disposiciones emitidas en materia de contabilidad por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose correctamente reflejadas en su conjunto, las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.

En el ejercicio de 2006, Aba Seguros mantuvo acuerdos para el pago de comisiones contingentes con los intermediarios y personas morales que se relacionan en la nota No. 15 a los estados financieros. El importe total de los pagos realizados en virtud de dichos acuerdos ascendió a $276,201,608, representando el 8% de la prima emitida por la institución en el mismo ejercicio.

Se entiende por comisiones contingentes los pagos o compensaciones a personas físicas o morales que participaron en la intermediación o intervinieron en la contratación de los productos de seguros de Aba Seguros, adicionales a las comisiones o compensaciones directas consideradas en el diseño de los productos.

El presente balance general fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.

Las notas aclaratorias que se acompañan, forman parte integrante de este estado financiero.

El Informe de Notas de Revelación a los Estados Financieros de acuerdo con la Circular S-18.2.2 publicada el 4 de diciembre de 2006 en el Diario Oficial de la Federación se encuentra publicado en el portal de la compañía: www.abaseguros.com. La ruta para el acceso directo a dicho Informe es: http://www.abaseguros.com/Portalwebmkt/quienes_somos/info_financiera.html

Fecha de expedición: 29 de mayo de 2007.

  Director General           Director de Finanzas

           Ing. Arturo Vargas Cruz C.P. Carlos García Garza

                 Rúbrica.               Rúbrica.

               Contralor           Gerente de Auditoría Interna

    C.P. José Luis Caballero Garza    C.P. José Luis Maldonado García

                 Rúbrica.               Rúbrica.

(R.- 248932)

 

HACIENDA JAJALPA, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA

Con fundamento en lo dispuesto por la cláusula décima tercera de los estatutos sociales de Hacienda Jajalpa, S.A. de C.V., y por los artículos 179, 180, 183, 184, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de HACIENDA JAJALPA, S.A. DE C.V., para que por sí o a través de su representante, acudan a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día 22 de junio de 2007 a las 10:00 horas, dentro del domicilio social, sito en Hacienda La Ladera número 4, lote 33-3, colonia Hacienda Jajalpa, código postal 52740, Jajalpa, Municipio de Ocoyoacac, Estado de México, bajo el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I. Informe del Consejo de Administración respecto de las operaciones desarrolladas por la sociedad durante los ejercicios sociales comprendidos entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005 y entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2006.

II. Informe del comisario respecto de los ejercicios sociales comprendidos entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005 y entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2006.

III. Presentación, discusión, en su caso modificación y aprobación de los estados financieros de la sociedad respecto de los ejercicios sociales comprendidos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005 y entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2006.

IV. Designación de delegados que den cumplimiento a los acuerdos adoptados en la Asamblea.

En términos de la cláusula décima tercera de los estatutos sociales de la sociedad, se hace saber a los accionistas de Hacienda Jajalpa, S.A. de C.V., que podrán hacerse representar en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas mediante mandato general o especial o simple carta poder.

Asimismo, se hace saber a los accionistas de Hacienda Jajalpa, S.A. de C.V., que el informe a que se refiere el enunciado general del artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se encuentra a su disposición quince días antes de la celebración de la Asamblea arriba mencionada en el domicilio social de la sociedad anteriormente mencionado en el horario de 10:00 a 17:00 horas.

Atentamente

México, D.F., a 30 de mayo de 2007.

Presidenta del Consejo de Administración de la Sociedad

Catalina Isabel Luque Risser

Rúbrica.

(R.- 248936)

INFRAESTRUCTURA TURISTICA JAJALPA, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA

Con fundamento en lo dispuesto por la cláusula décima tercera de los estatutos sociales de Infraestructura Turística Jajalpa, S.A. de C.V., y por los artículos 179, 180, 183, 184, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de INFRAESTRUCTURA TURISTICA JAJALPA, S.A. DE C.V., para que por sí o a través de su representante, acudan a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día 22 de junio de 2007 a las 12:00 horas, dentro del domicilio social, sito en Hacienda La Ladera número 4, lote 33-3, colonia Hacienda Jajalpa, código postal 52740, Jajalpa, Municipio de Ocoyoacac, Estado de México, bajo el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I. Informe del Consejo de Administración respecto de las operaciones desarrolladas por la sociedad durante los ejercicios sociales comprendidos entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005 y entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2006.

II. Informe del comisario respecto de los ejercicios sociales comprendidos entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005 y entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2006.

III. Presentación, discusión, en su caso, modificación y aprobación de los estados financieros de la sociedad respecto de los ejercicios sociales comprendidos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005 y entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2006.

IV. Designación de delegados que den cumplimiento a los acuerdos adoptados en la Asamblea.

En términos de la cláusula décima tercera de los estatutos sociales de la sociedad, se hace saber a los accionistas de Infraestructura Turística Jajalpa, S.A. de C.V., que podrán hacerse representar en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas mediante mandato general o especial o simple carta poder.

Asimismo, se hace saber a los accionistas de Infraestructura Turística Jajalpa, S.A. de C.V., que el informe a que se refiere el enunciado general del artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se encuentra a su disposición quince días antes de la celebración de la Asamblea arriba mencionada en el domicilio social de la sociedad anteriormente mencionado, en el horario de 10:00 a 17:00 horas.

Atentamente

México, D.F., a 30 de mayo de 2007.

Presidenta del Consejo de Administración de la Sociedad

Catalina Isabel Luque Risser

Rúbrica.

(R.- 248937)

Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Tercera Sala Civil

EMPLAZAMIENTO POR EDICTO

A LOS TERCEROS PERJUDICADOS: ESTRADA LOA COLUMBA.

En los autos del cuaderno de amparo de la parte Actora relativo al toca número 1007/2007 deducido del juicio PROCEDIMIENTO CONVENCIONAL MERCANTIL seguido por BBVA BANCOMER, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER en contra de ESTRADA LOA COLUMBA, se dictó proveído de fecha dieciocho de mayo del dos mil siete, mediante el cual se provee que ignorándose el domicilio de la Tercera Perjudicada ESTRADA LOA COLUMBA, se ordenó emplazarla al presente juiciode garantías por medio de EDICTOS, lo anterior con fundamento en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo vigente, en relación al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los cuales se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS y a costa del promovente de la demanda de amparo interpuesta contra actos de esta Sala, consistente en la sentencia definitiva de fecha cuatro de mayo del dos mil siete, dictada en los autos del toca 1007/2007, la referida Tercera Perjudicada deberá comparecer ante la Autoridad Federal, a defender sus derechos en el término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, quedando en la Secretaría de esta Tercera Sala Civil, copia simple de la demanda de garantías a su disposición.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 23 de mayo de 2007.

La C. Secretaria de Acuerdos de la Tercera Sala Civil

Lic. Elsa Zaldivar Cruz

Rúbrica.

(R.- 248944)

 

SKANDIA VIDA, S.A. DE C.V.

NOTA ACLARATORIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS

Como complemento a los estados financieros de Skandia Vida, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2006 que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2007, en la primera sección, páginas 90, 91, 92 y 93, deseamos enterar que el Informe de Notas de Revelación que forman parte de los estados financieros podrán ser consultadas vía nuestro portal electrónico en la siguiente dirección: http://www.skandia.com.mx; así mismo informar que dichos estados financieros fueron auditados por KPMG Cárdenas Dosal, S.C. y por la parte actuarial por Mancera, S.C. Ernest & Joung.

Dicha información estará disponible a partir del 4 de junio, de conformidad a la cláusula tercera transitoria de la Circular S-18.2.2, publicada en el Diario Oficial del Federación el 4 de diciembre de 2006.

México, D.F., a 29 de mayo de 2007.

Director General                Contador               Contralor Normativo

Lic. Julio Cesar Méndez Avalos L.C. Manuel Hernandez Herrera          C.P. Graciela León Rojas

                 Rúbrica.                 Rúbrica.                 Rúbrica.

(R.- 248953)

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Comisión Nacional del Agua

LICITACION PUBLICA CNA-OCRB-01/2007

CONVOCATORIA

La Comisión Nacional del Agua, Organo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través del Organismo de Cuenca Río Braco, en cumplimiento al Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 131 y 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, las Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de la Administración Pública Federal Centralizada, invita a las personas físicas y morales a participar en la enajenación del bien mueble no útil mediante licitación pública número CNA-OCRB-01/2007, que se describe a continuación:

Lote No.

Descripción del bien

Precio mínimo de venta

Unico

Aeronave Cessna 310Q. Matrícula XC-GAI,

Mod. 1973 No. serie 310-0645

$445,000.00

Las bases de esta enajenación estarán a su disposición para su consulta en la página de Internet de esta Comisión Nacional del Agua y colocadas en lugares visibles en el Organismo de Cuenca Río Bravo, la entrega de las bases, especificaciones y cédula de ofertas, será en la Dirección de Administración, ubicada en avenida Constitución número 4103, Oriente, colonia Fierro, código postal 64590, Monterrey, Nuevo León, teléfonos01 (81) 8355-7976 y 8354-4012, en días hábiles, del 5 al 18 de junio de 2007, de 9:00 a 15:00 horas, cuyo costo será de $995.00 (novecientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N.), que se cubrirá en cheque de caja o certificado a favor de la Tesorería de la Federación.

El bien podrá inspeccionarse en días hábiles del 5 al 18 de junio de 2007, de 10:00 a 15:00 horas, en el Aeropuerto del Norte, lote número 3 de ServiMecanica Aérea, S.A., carretera a Salinas Victoria kilómetro 1 frente al Campo Militar, Apodaca, Nuevo León, con la presentación de bases y previa cita al teléfono01 (81) 8355-7976 y 8354-4012 con el C.P. Francisco J. Carrillo Hernández (francisco.carrillo@cna.gob.mx).

La junta de aclaraciones se realizará el día 11 de junio de 2007 a las 10:00 horas, en la sala de usos múltiples, ubicada en avenida Constitución número 4103, Oriente, colonia Fierro, código postal 64590, Monterrey, Nuevo León, teléfonos 01 (81) 8355-7976 y 8354-4012, el envío de preguntas para la junta de aclaraciones será del 5 al 10 de junio de 2007 mediante correo electrónico a la siguiente dirección: (francisco.carrillo@cna.gob.mx).

El registro de inscripción de los interesados se llevará a cabo en el domicilio donde se celebrará la licitación, el día 19 de junio de 2007, de 10:00 a 11:00 horas, debiendo garantizar su oferta mediante cheque de caja o certificado, expedido a favor de la Tesorería de la Federación por el importe de 10% exacto del precio mínimo de venta de los bienes, materia de la presente licitación.

El acto de apertura de ofertas y fallo de adjudicación de la enajenación se llevará a cabo el día 19 de junio de 2007 a las 11:05 horas, avenida Constitución número 4103, Oriente, colonia Fierro, código postal 64590, Monterrey, Nuevo León, teléfonos 01 (81) 8355-7976 y 8354-4012.

El participante adjudicado tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la orden de entrega, para el retiro del bien.

De no lograrse la venta del bien a través del procedimiento de licitación pública, se procederá a la subasta en el mismo evento, será postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado para la licitación, y un 10% menos en segunda almoneda.

Monterrey, N.L., a 5 de junio de 2007.

El Director General del Organismo de Cuenca Río Bravo

Ing. Pedro Garza Treviño

Rúbrica.

(R.- 248956)

 

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

EDICTO

Juicio amparo 620/2006, promovido por VIRGINIA DIAZ URIBE, contra actos del juez y secretario, adscritos al Juzgado Primero de lo Civil de Autlán de Navarro, Jalisco, por auto de 21 de mayo de 2007, se ordenó, emplazar a juicio, mediante edictos, al tercero perjudicado CANDELARIO TAPIA CASILLAS.Se señalaron las 9:50 del 23 de mayo de 2007, para la celebración de la audiencia constitucional; quedan copias de ley a su disposición en este juzgado de Distrito. Deberá presentarse al procedimiento dentro de30 días siguientes a la última publicación, apercibida que de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones, se practicarán por lista de acuerdos, aun las personales. Para su publicación por 3 veces,de 7 en 7 días, en el Diario Oficial de la Federación, y en un diario de mayor circulación en la República Mexicana, se expide en Guadalajara, Jalisco, a 22 de mayo de 2007.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado

Lic. Denisse Adriana Sánchez Pozos

                 Rúbrica.

(R.- 248958)

Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Guerrero

INVITACION A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERES

PROYECTO: Programa para la Sostenibilidad de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en Comunidades Rurales II.

SERVICIOS DE CONSULTORIA

PAIS: MEXICO

SECTOR: AGUA Y SANEAMIENTO

No. DE PRESTAMO: 1645/OC-ME

FECHA LIMITE DE RECEPCION DE EXPRESIONES DE INTERES: 18 de junio de 2007 a las 15:00 horas.

Esta invitación a presentar expresiones de interés se formula como resultado del Anuncio General de Adquisiciones (AGA) para el Programa para la Sostenibilidad de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en Comunidades Rurales II, publicado en línea el 9 de noviembre 2006 e impreso en el UN Development Business, en la edición número número 691 del 30 de noviembre de 2006.

El Gobierno de México a través de la Comisión Nacional del Agua, ha recibido un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para financiar parcialmente el costo del Programa para la Sostenibilidad de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en Comunidades Rurales II (PROSSAPYS II) y se propone utilizar una parte de los fondos para la contratación del servicio de consultoría Supervisión, Control Técnico, Administrativo y Financiero, así como la Atención Social y Participación Comunitaria de las Obras de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento en diferentes localidades del Estado de Guerrero.

El objetivo es asistir en todo el proceso, desde el inicio hasta la terminación de las obras que se detallan en el siguiente párrafo, por lo que la consultoría consiste en: supervisión, control técnico, administrativo y financiero de las obras; así como incorporar el componente social que comprende la selección, proyecto, construcción, operación, mantenimiento y administración de los sistemas, hasta la implementación de los mecanismos que coadyuven a garantizar la operación y mantenimiento de las obras y permanencia delos servicios. En otras palabras, impulsar el proceso de participación integral de los usuarios e instituciones.

Las obras se ubican en: Contrato 1, comprende la Región Montaña y Centro, Contrato 2, Región Costa Chica y Centro, en total 32 obras de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento.

El plazo estimado para la ejecución del estudio es de seis meses.

Por lo anterior, la Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Guerrero, a través de la Dirección General, invita a las firmas consultoras a expresar interés en participar en los trabajos arriba descritos, para lo cual deberán acreditar que cuentan con el personal y el perfil adecuado para realizar el servicio de consultoría.

Los servicios de consultoría se contratarán conforme a las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores, Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (Edición Febrero de 200).

Los consultores interesados pueden obtener más información en la dirección indicada al final, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:30 horas.

Las expresiones de interés deberán ser enviadas a la dirección abajo indicada, así como a través del correo electrónico que se señala. La fecha límite es el 18 de junio de 2007 a las 15:00 horas. Los interesados pueden solicitar más información con el Ing. Argemiro Morán Valentín, de lunes a viernes de 9:00 a 15:30 horas.

Contacto:

Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Guerrero

Jefe del Departamento de Licitaciones

Atn. Ing. Argemiro Morán Valentín.

Av. Miguel Alemán No. 9

Col. Centro

C.P. 39000, Chilpancingo, Gro.

Tel. 01 747 47 2-30-63

Fax 01 747 47 2-26-23 (Ext. 120)

e-mail: capaseg@prodigy.net.mx

Chilpancingo, Gro., a 31 de mayo de 2007.

El Director General de la Comisión de Agua Potable,

Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Guerrero

Ing. Rodolfo G. Terán Flores

Rúbrica.

(R.- 248959)

SERVICIOS DIGITALES EN SISTEMAS

DE COMUNICACION, S.C.

EN LIQUIDACION

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION

(pesos)

Activo total                        0.00

Pasivo total                        0.00

Capital contable        0.00

México, D.F., a 25 de mayo de 2007.

Liquidador

José Luis Raymundo Flores Manzo

Rúbrica.

(R.- 248962)

 

ASOCIACION NACIONAL DE INTERPRETES, S.G.C. DE I.P.

(A.N.D.I.)

SEGUNDA CONVOCATORIA

POR MEDIO DE LA PRESENTE, EL CONSEJO DIRECTIVO Y EL COMITE DE VIGILANCIA CONVOCAN A LOS APRECIABLES SOCIOS DE LA ASOCIACION NACIONAL DE INTERPRETES, S.G.C. DE I.P., A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS, QUE SE REALIZARA EL DIA 19 DE JUNIODE 2007 A LAS 16:00 HORAS, EN EL LOCAL QUE OCUPA EL TEATRO “JORGE NEGRETE”, UBICADO EN EL NUMERO 128, DE LAS CALLES DE IGNACIO M. ALTAMIRANO, COLONIA SAN RAFAEL, EN ESTA CIUDAD, BAJO EL SIGUIENTE:

ORDEN DEL DIA

UNICO.- ELECCION DE SOCIOS PARA INTEGRAR EL CONSEJO DIRECTIVO Y EL COMITE DE VIGILANCIA.

NUESTROS SOCIOS DEBERAN ACREDITAR SU CALIDAD COMO TALES.

LA ASAMBLEA SE LLEVARA A CABO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 27 DE NUESTROS ESTATUTOS.

DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA FRACCION VIII DEL ARTICULO 205 DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR, NO SE PODRAN ADOPTAR ACUERDOS RESPECTO DE LOS ASUNTOS QUE NO FIGUREN EN EL ORDEN DEL DIA.

Atentamente

México, D.F., a 31 de mayo de 2007.

Presidente

Humberto Zurita Moreno

Rúbrica.

(R.- 248968)

 

SEGUROS AFIRME, S.A. DE C.V.

AFIRME GRUPO FINANCIERO

NOTA ACLARATORIA

En relación al balance general al 31 de diciembre de 2006, de SEGUROS AFIRME, S.A. DE C.V. AFIRME GRUPO FINANCIERO, publicado el 15 de marzo de 2007, con el número de registro 245328 se debió incluir la siguiente leyenda para poder verificar las notas a los estados financieros:

Las notas de revelación se encuentran en el siguiente dominio de la página electrónica en Internet: http://www.afirme.com.mx

La Ruta de acceso al informe es:

http://www.afirme.com/Contenido/files/NuestroGrupo/Seguros/NotasSeguros.pdf

Atentamente

Monterrey, N.L., a 25 de mayo de 2007.

Seguros Afirme, S.A. de C.V. Afirme Grupo Financiero

Contador General

C.P. David Israel Espinoza Arroyo

                 Rúbrica.

(R.- 248970)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado

San Luis Potosí

EDICTO

QUE SE ORDENO POR AUTO DE VEINTIUNO DE MAYO DE DOS MIL SIETE, EN EL JUICIO DE AMPARO 365/2007-0, PROMOVIDO POR BERGER Y BERGER INMOBILIARIA, S.A. DE C.V., CONTRA ACTOS DEL DIRECTOR y/o REGISTRADOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE SAN LUIS POTOSI.

“…Razón. En veintiuno de mayo de dos mil siete, la Secretaria del Juzgado Yolanda Zamarripa Pérez, da cuenta a la Juez en el juicio de amparo 365/2007-0 con el acta levantada por la Actuaria Judicial adscrita a este Juzgado, y con el estado que guardan los presentes autos. Conste.

San Luis Potosí, San Luis Potosí, veintiuno de mayo de dos mil siete.

Visto el contenido del acta levantada por la Actuaria Judicial adscrita a este Juzgado de la que se desprende que no le fue posible emplazar al presente juicio constitucional, ni notificarle los proveídos de catorce de marzo y diecisiete de mayo, ambos de dos mil siete, al tercero perjudicado Manuel Caballero Suárez Roces, por las razones que en la misma expone.

En consecuencia y toda vez que de autos se desprende que las autoridades requeridas mediante auto de treinta de abril de dos mil siete, para que informaran a este Juzgado si el tercero perjudicado Manuel Caballero Suárez Roces, tenía algún registro ante las mismas, y en su caso proporcionaran el domicilio del citado tercero perjudicado para poderlo emplazar al presente sumario, informaron que no contaban con ningún registro del domicilio del referido tercero perjudicado, en tal virtud se acuerda:

Visto el estado que guardan los presentes autos y toda vez que de los mismos se advierte que el quejoso no deshogó el requerimiento de veinticuatro de abril de dos mil siete (f. 159 de autos), en el cual se le requirió para que señalara el domicilio actual y correcto del tercero perjudicado Manuel Caballero Suárez Roces y así poderlo emplazar al presente juicio constitucional; en tal virtud y toda vez que la parte quejosa fue omisa en proporcionar el domicilio de dicho tercero perjudicado, se hace efectivo el apercibimiento antes mencionado, y, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria de la Ley de Amparo, emplácese a Manuel Cabalero Suárez Roces por medio de edictos, que serán a costa del quejoso, los que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en el periódico “Excélsior”, por ser uno de los de mayor circulación en este País; hágasele saber a dicho tercero perjudicado que deberá presentarse ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, dentro del término de treinta días contados a partir de siguiente al de la última publicación de los edictos, apercibido que de no hacerlo se le tendrá legalmente emplazado a este juicio de garantías y las notificaciones que le correspondan se harán por medio de lista, que se fija en los estados de este Juzgado.

Con fundamento en el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, requiérase al quejoso para que dentro del término de tres días comparezca a este Juzgado a recibir los edictos correspondientes, a fin de que a la brevedad proceda a su publicación, y en su oportunidad, exhiba las constancias relativas, apercibido que de no hacerlo se sobreseerá en el presente juicio de garantías, atento a la tesis de jurisprudencia emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicada en la página 212, del Tomo XVI, Julio de 2002, Novena Epoca, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, con el rubro:

“EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS, PARA PAGAR SU PUBLICACION Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO.

Ahora bien, una vez que el quejoso recoja los edictos, fíjese en los estrados de este Juzgado copia íntegra de este proveído por todo el tiempo del emplazamiento.

Notifíquese; hágase personalmente al quejoso.

Lo proveyó y firma Eva Elena Martínez de la Vega, Juez Primero de Distrito en el Estado, y Secretaria con quien actúa Yolanda Zamarripa Pérez. Doy fe…”

LA LICENCIADA YOLANDA ZAMARRIPA PEREZ, SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO.

CERTIFICA

QUE LA PRESENTE COPIA ESTA TOMADA FIELMENTE DE SU ORIGINAL, QUE OBRA EN EL JUICIO DE AMPARO 365/2007-0, PROMOVIDO POR BERGER Y BERGER INMOBILIARIA, S.A. DE C.V., CONTRA ACTOS DEL DIRECTOR y/o REGISTRADOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE SAN LUIS POTOSI.

San Luis Potosí, S.L.P., a 24 de mayo de 2007.

La Secretaria del Juzgado

Yolanda Zamarripa Pérez

Rúbrica.

(R.- 248977)

BANREGIO GRUPO FINANCIERO S.A. DE C.V.

Al centro: “2006, Año del Bicentenario del natalicio del Benemérito de las Américas, Don Benito Juárez García”. Al margen superior derecho “Información Reservada” Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Al margen izquierdo: Sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. Al centro: SUBSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. UNIDAD DE BANCA Y AHORRO. Oficio UBA/162/2006.- México, D.F., 9 de noviembre de 2006. Lic. Manuel Gerardo Rivero Santos.- Director General de Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.- Presente.- Esta Secretaría, por conducto de la Unidad de Banca y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 10, 17 y 32 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 27, fracción X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y en atención a los siguientes:

ANTECEDENTES

1. “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.” es una sociedad controladora autorizada por esta Secretaría para constituiste y funcionar como grupo financiero, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 y demás aplicables de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, según consta en la Resolución 101-29del 3 de enero de 2005;

2. Mediante escrito del 22 de junio de 2006 y con motivo de la solicitud formulada a esta Secretaría el 14 de febrero de 2006 por el Sr. Manuel Gerardo Rivero Santos y “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”para organizar y operar una institución de banca múltiple, en términos de la Ley de Instituciones de Crédito, los CC. Gerardo J. Gómez Garza y Alejandro C. de Lascurain Morhan, en sus caracteres de Secretario y Prosecretario del Consejo de Administración, respectivamente, de la referida Sociedad Controladora(en adelante, los promoventes), solicitaron la autorización de esta Secretaría para, en caso de que se autorizara la organización y operación de la referida institución de banca múltiple referida:

a) Incorporar a dicha institución como una entidad financiera integrante del grupo financiero, y

b) Con motivo de lo anterior, la aprobación a las modificaciones de los estatutos sociales de “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”, así como del Convenio Unico de Responsabilidades.

Lo anterior, en términos de lo dispuesto por los artículos 10 y 17 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras;

3. Para efecto de lo señalado en el inciso a) del numeral anterior, “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”, remitió la siguiente información y documentación:

a) El acta de su asamblea general de accionistas celebrada el 3 de abril de 2006, en la que se adoptaron, entre otros, los siguientes acuerdos:

i) Aprobar la inversión de “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.” en el capital social de la institución de banca múltiple que se pretende constituir y cuya denominación sería “Banco Regional, S.A.;

ii) En caso de que se aprobara la constitución de la referida institución, su incorporación como una entidad financiera integrante del referido grupo financiero, y

iii) En su caso, la modificación de los Estatutos Sociales de esa Sociedad Controladora, a efecto de reflejar la referida incorporación, así como del Convenio Unico de Responsabilidades respectivo.

b) El Programa de Incorporación de la nueva institución de banca múltiple al referido grupo financiero, y

c) Los estados financieros correspondientes a 2005 de “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”,así como de las demás entidades financieras integrantes del grupo.

2. En términos de lo dispuesto por los artículos 10 y 17 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, y como parte del trámite de autorización para la organización y operación de la entidad financiera a que se refiere el ANTECEDENTE 2 de este oficio, la Dirección General Adjunta de Banca Múltiple de esta Unidad Administrativa solicitó las opiniones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a través de los oficios UBA/DGABM/961/2006, UBA/DGABM/1186/2006, UBA/DGABM/1320/2006, UBA/DGABM/1362/2006, UBA/DGABM/1432/2006 y UBA/DGABM/1489/2006 de fechas 26 de junio, 21 de agosto, 21 y 29 de septiembre y 16 y 27 de octubre de 2006, respectivamente, y del Banco de México, a través de los diversos UBA/DGABM/962/2006, UBA/DGABM/1187/2006, UBA/DGABM/1321/2006, UBA/DGABM/1360/2006, UBA/DGABM/1430/2006 y UBA/DGABM/1490/2006 de fechas 26 de junio, 21 de agosto, 21 y 29 de septiembre y 16 y 27 de octubre de 2006, respectivamente.

Con el mismo fin que el indicado en el párrafo anterior y en las mismas fechas, la Dirección General Adjunta de Banca Múltiple de esta Unidad, remitió copias de los referidos escritos a la DirecciónGeneral Adjunta de Análisis Financiero y Vinculación Internacional de esta propia Unidad, medianteoficios UBA/DGABM/963/2006, UBA/DGABM/1188/2006, UBA/DGABM/1322/2006, UBA/DGABM/1361/2006, UBA/DGABM/1431/2006 y UBA/DGABM/1491/2006, y

CONSIDERANDO

1. Que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, mediante el diverso 312-1/523221/2006 del 14 de septiembre de 2006, estimó procedente, entre otras, que se otorgue la autorización para la incorporación de la institución de banca múltiple que, en su caso, se autorice por parte de esta Secretaría, a “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”, en atención a que la documentación presentada cumple con los requisitos legales y documentales que establecen los artículos 10, 17 y 28 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financierasy demás relativos de las Reglas para la Constitución y Funcionamiento de Grupos Financieros;

2. Que mediante oficio S33/18110 del 18 de octubre de 2006, el Banco de México, otorgó su opinión favorable a efecto de que esta Secretaría autorice la solicitud a que se refiere el ANTECEDENTE 2, inciso a) de este oficio;

3. Que mediante el diverso UBA/DGAAF/200/2006 del 9 de octubre de 2006, la Dirección General Adjunta de Análisis Financiero y Vinculación Internacional de esta Unidad, manifestó que desde el punto de vista financiero, no existe inconveniente en que se autorice a “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”, los actos descritos en el ANTECEDENTE 2, inciso a) del presente oficio;

4. Que la solicitud de autorización para incorporar a la institución de banca múltiple que, en su caso, se autorice a constituir “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”, cumple con las disposiciones legales y administrativas aplicables a los procedimientos de autorización para la incorporación de una entidad financiera a un grupo financiero, conforme a lo previsto por el artículo 10 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras;

5. Que conforme a las premisas del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2002-2006,un sistema financiero sólido y eficiente es imprescindible para alcanzar tasas de crecimiento económico vigorosas y sostenidas en el mediano plazo;

6. Que se requiere impulsar el desarrollo del marco de libre concurrencia y competencia en el sector financiero, que permita una adecuada integración de los grupos financieros participantes en el sistema financiero mexicano y que garantice, en la práctica que los frutos de un mejor entorno macroeconómico lleguen a la población y se traduzcan efectivamente en mayor bienestar, y

7. Que una vez analizada la información y documentación presentada por “Banregio Grupo Financiero,S.A. de C.V.”, después de oír las opiniones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, del Banco de México y de la Dirección General Adjunta de Análisis Financiero y Vinculación Internacional, así comode haber determinado la procedencia del otorgamiento de las autorizaciones en comento,

RESUELVE

PRIMERO.- Autorizar a “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”, para que incorpore a la nueva institución de banca múltiple que, en su caso esta Secretaría autorice constituir, operar y organizar a ese grupo financiero, bajo la denominación de “Banco Regional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero”.

Lo anterior, sujeto a que esta propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorice la organización y operación de la institución de banca múltiple a denominarse “Banco Regional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero”.

SEGUNDO.- A efecto de estar en posibilidad de aprobar la modificación de los Estatutos Sociales de “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”, así como el nuevo Convenio Unico de Responsabilidades que esa Sociedad Controladora celebrará con las entidades financieras que integran al grupo, con motivo de la referida incorporación, deberá remitir a esta Unidad Administrativa el Primer Testimonio y tres copias simples de la Escritura Pública en la que conste la protocolización del acta de la Asamblea a que se refiere el ANTECEDENTE 3, inciso a) de este oficio, así como del Convenio Unico de Responsabilidades, en los mismos términos planteados en su solicitud, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en la que se verifiquen dichas protocolizaciones.

TERCERO.- Una vez cumplida la condición a que se refiere el resolutivo Primero anterior, “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 10, fracción Vy 13 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y, en consecuencia, deberá remitir a esta Secretaría a través de esta Unidad, una copia simple de la publicación que lleve a cabo de los acuerdos de los que se desprende la incorporación materia de esta autorización, así como de la propia autorización, en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación del domicilio de las sociedades de que se trata, en lo conducente, en un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha en que se verifique la publicación.

Lo anterior, en el entendido de que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10, fracción IV de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, la incorporación a que se refiere este resolutivo, surtirá efectos a partir de la fecha en la que la presente autorización y los acuerdos señalados en el párrafo anterior, se inscriban en el Registro Público de Comercio correspondiente.

La presente autorización se emite con base en la información y documentación proporcionada por “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”, y se limita exclusivamente a los actos y operaciones que, de conformidad con las disposiciones aplicables, compete resolver a esta Unidad Administrativa, y no prejuzga sobre la realización de cualquier acto corporativo que la sociedad lleve a cabo, que implique la previa autorización o aprobación de las autoridades financieras, fiscales o de cualquier otra autoridad, en términos de la normativa vigente y tampoco convalida actos u operaciones que se realicen en contravención a las leyes que de ella emanen.

Atentamente, El Titular de la Unidad.- Guillermo Zamarripa Escamilla.- Rúbrica.- C.c.p. Act. Alonso García Tamés, Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, mismo fin.- Presente. Lic. Héctor Helú Carranza, Gerente de Autorizaciones, Consultas y Control de Legalidad del Banco de México, mismo fin.- Presente.Lic. José Antonio Bahena Morales, Director General de Autorizaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, mismo objeto.- Presente.

 

BANREGIO GRUPO FINANCIERO, S.A. DE C.V.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 fracción V. de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras; procedemos a la publicación del acuerdo de incorporación adoptado en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de BANREGIO GRUPO FINANCIERO, S.A. de C.V., celebrada el día 3 de abril del 2006 a las 12:30 horas, quedando de la siguiente manera:

Acuerdo número 18. Por unanimidad de votos, se aprueba la integración a BANREGIO GRUPO FINANCIERO, S.A. de C.V., de Banco Regional, S. A., Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero. Dicha integración quedará condicionada a obtener la autorización para la organización y operación de una institución de banca múltiple, por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP),

La condición antes precisada se actualizó cuando la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de Oficio 101-696, de fecha 17 de noviembre del 2006, emitió la Resolución por la que se autoriza la organización y operación de una institución de banca múltiple, denominada Banco Regional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero.

San Pedro Garza García, N.L., a 25 de mayo de 2007.

Secretario del Consejo de Administración

Lic. Gerardo Jesús Gómez Garza

Rúbrica.

(R.- 248981)

Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte

Subdirección General de Calidad para el Deporte

Dirección de Operación Fiduciaria y Mercadotecnia

INFORMACION DE FIDEICOMISOS A MARZO DE 2007

Clave de Registro: 199811L6L00875.

Coordinación Sectorial: Secretaría de Educación Pública.

Ramo:                                             11-Educación Pública.

Unidad Responsable _1/: Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

Información del Acto:

Denominación: Nacional Financiera, S.N.C. Fid. Fondo para el Deporte de Alto Rendimiento 1163-2.

Tipo Acto Jurídico_2/: Fideicomiso.

Grupo Temático: 2- Subsidios y Apoyos.

Tipo Fideicomitente_3/: Federal.

Fideicomitente_4/: SHCP como Fideicomitente único de la Administración Pública Centralizada.

Fideicomitente_5/: Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

Fiduciario:                                       Nacional Financiera, S.N.C.

Objeto:                                             Promover y fomentar el Deporte de Alto Rendimiento, que permita a los deportistas y atletas mexicanos desarrollarse y alcanzar niveles competitivos de excelencia y, por ende, obtener mayor número de preseas en los eventos internacionales en los que intervengan.

Programa al que está

vinculado el Fideicomiso Al Programa Sectorial de Educación Física y Deporte.

o Contrato:                                      1995-2000, y al Programa Nacional del Deporte.

Ingresos_6/:                                   $9,000,0000.00

Partida presupuestaria

con cargo a la cual que

se aportaron los recursos: 7507 "Donativos a Fideicomisos Privados y Estatales".

Rendimientos Financieros_6/: $242,927.37

Egresos_6/:                                   $8,934,080.91

Destin                                              Se han apoyado las siguientes disciplinas: atletismo 1,445,928, canotaje 314,376, ciclismo 304,503, clavados 477,473, gimnasia 99,937, judo 173,236, levantamiento de pesas 270,956, natación 265,493, pentatlón moderno 81,997, taekwondo 1,235,255, tiro con arco 399,547, tiro y caza 320,644, vela y asociados 308,049 y ecuestre 20,008, en los siguientes rubros: becas, entrenadores y equipo multidisciplinario, competencias y concentraciones, complementos e insumos, vestuario y calzado deportivo e implementos y material deportivo, así como comisiones bancarias 8,263, honorarios profesionales 2,636,851, impuestos 314,971, gastos staff cima 145,928, gastos supervisión metodológica 78,316, honorarios fiduciarios 32,649, Con un universo a marzo de 2007 de 49 atletas.

Disponibilidad_6/: $12,682,136.90

Tipo de Disponibilidad: (DSN) Fórmula de la disponibilidad del saldo de los criterios.

Observaciones: Se recibieron Recursos Públicos en el mes de febrero por $9,000,000.00.

México, D.F., a 25 de mayo de 2005.

Responsable(s) de la información:

Area: Subdirección General de Calidad para el Deporte

CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 26 DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA COMISION NACIONAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 20 DE OCTUBRE DE 2003

Subdirectora

Nombre: Lic. Carmen Villalaz Román

Firma: Rúbrica.

_1/ Unidad Responsable que coordina el acto jurídico o con cargo a cuyo presupuesto se realizan las aportaciones.

_2/ Tipo de Acto Jurídico: Fideicomiso, Mandato o Contrato Análogo.

_3/ Tipo de fideicomitente: federal, estatal o privado.

_4/ SHCP como fideicomitente única de la APC, en el caso de las dependencias o el nombre de la entidad.

_5/ En caso de que el punto anterior haya sido: SHCP como fideicomitente única de la APC, en éste se tendrá que señalar el nombre de la dependencia que lo coordina o con cargo a cuyo presupuesto se realizan las aportaciones.

_6/ En pesos de 2007.

(R.- 248983)

Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte

Subdirección General de Calidad para el Deporte

Dirección de Operación Fiduciaria y Mercadotecnia

INFORMACION DE FIDEICOMISOS A MARZO DE 2007

Clave de Registro: 199811L6L00874.

Coordinación Sectorial: Secretaría de Educación Pública.

Ramo:                                             11- Educación Pública.

Unidad Responsable _1/: Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

Información del Acto:

Denominación: Nacional Financiera, S.N.C. Fid. Fondo Nacional del Deporte 1164-6.

Tipo Acto Jurídico_2/: Fideicomiso.

Grupo Temático: 2- Subsidios y Apoyos.

Tipo Fideicomitente_3/: Federal.

Fideicomitente_4/: SHCP como Fideicomitente único de la Administración Pública Centralizada.

Fideicomitente_5/: Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

Fiduciario:                                       Nacional Financiera, S.N.C.

Objeto:                                             Promover y fomentar el Deporte Nacional, que permita a los deportistas y atletas mexicanos desarrollarse y alcanzar niveles competitivos de excelencia y, por ende, obtener mayor número de preseas en los eventos internacionales en los que intervengan.

Programa al que está

vinculado el Fideicomiso Al Programa Sectorial de Educación Física y Deporte.

o Contrato:                                      1995-2000, y al Programa Nacional del Deporte.

Ingresos_6/:                                   $15,084,987.70

Partida presupuestaria

con cargo a la cual que

se aportaron los recursos: 7507 "Donativos a Fideicomisos Privados y Estatales".

Rendimientos Financieros_6/: $175,067.88

Egresos_6/:                                   $6,712,496.12

Destino:                                          Se han apoyado las siguientes disciplinas: atletismo 505,208, bádminton 19,992, clavados 89,839, boliche 256,200, boxeo 110,454, canotaje 247,303, ciclismo 331,828, esquí acuático 18,969, nado sincronizado 203,889, hockey 903,873, karate 437,155, lev. de pesas 259,042, natación 202,635, pentatlón moderno 535,192, polo acuático 103,839, remo 224,751, squash 110,346, taekwondo 993,382, tenis de mesa 264,100, tiro con arco 373,986, tiro y caza 211,354, triatlón 216,127 y vela y asociados 66,248, así comisiones bancarias, honorarios profesionales, IVA, honorarios fiduciarios y otros gastos, apoyando un total de 329 atletas.

Disponibilidad_6/: $11,856,443.59

Tipo de Disponibilidad: (DSN) Fórmula de la disponibilidad del saldo de los criterios.

Observaciones: Se recibieron Recursos Públicos en el mes de febrero por un total de $15,000,000.00, y aportaciones privadas por $84,987.70.

México, D.F., a 25 de mayo de 2007.

Responsable(s) de la información:

Area: Subdirección General de Calidad para el Deporte

CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 26 DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA COMISION NACIONAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 20 DE OCTUBRE DE 2003

Subdirectora

Nombre: Lic. Carmen Villalaz Román

Firma: Rúbrica.

_1/ Unidad Responsable que coordina el acto jurídico o con cargo a cuyo presupuesto se realizan las aportaciones.

_2/ Tipo de Acto Jurídico: Fideicomiso, Mandato o Contrato Análogo.

_3/ Tipo de fideicomitente: federal, estatal o privado.

_4/ SHCP como fideicomitente única de la APC, en el caso de las dependencias o el nombre de la entidad.

_5/ En caso de que el punto anterior haya sido: SHCP como fideicomitente única de la APC, en éste se tendrá que señalar el nombre de la dependencia que lo coordina o con cargo a cuyo presupuesto se realizan las aportaciones.

_6/ En pesos de 2007.

(R.- 248985)

Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte

Subdirección General de Calidad para el Deporte

Dirección de Operación Fiduciaria y Mercadotecnia

INFORMACION DE FIDEICOMISOS A MARZO DE 2007

Clave de Registro: 700011L6L177.

Coordinación Sectorial: Secretaría de Educación Pública.

Ramo:                                             11-Educación Pública.

Unidad Responsable _1/: Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

Información del Acto:

Denominación: Reconocimiento a Medallistas Olímpicos 8792-8.

Tipo Acto Jurídico_2/: Fideicomiso.

Grupo Temático: 2- Subsidios y Apoyos.

Tipo Fideicomitente_3/: Federal.

Fideicomitente_4/: SHCP como Fideicomitente único de la Administración Pública Centralizada.

Fideicomitente_5/: Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

Fiduciario:                                       BANORTE, S.A.

Objeto:                                             La creación de un mecanismo que sirva para la administración, control e inversión de los fondos que se aporten para el otorgamiento de un reconocimiento vitalicio a los deportistas que obtengan o hayan obtenido una o más medallas olímpicas.

Programa al que está

vinculado el Fideicomiso

o Contrato:                                      Ningún Programa.

Ingresos_6/:                                   $0.00

Partida presupuestaria

con cargo a la cual que

se aportaron los recursos: 7507 "Donativos a Fideicomisos Privados y Estatales".

Rendimientos Financieros_6/: $269,330.51

Egresos_6/:                                   $945,919.50

1.00

Destino:                                          Se destinaron recursos para cubrir los reconocimientos a los Medallistas Olímpicos de los meses de enero y febrero por $658,530.26, pago de honorarios fiduciarios, comisiones bancarias y otros por $287,389.24 y entero a la Tesofe por $16,665,726.41. Apoyando a 66 medallistas olímpicos; 41 oficiales y 25 de exhibición.

Disponibilidad_6/: $0.00

Tipo de Disponibilidad: (DSN) fórmula de la disponibilidad del saldo de los criterios.

Observaciones: El fideicomiso en el 2007 realizó las gestiones relativas a la extinción del Fondo de conformidad con el Acuerdo 04.07.06S derivado de la Junta de Comité Técnico llevada a cabo el 18 de octubre de 2006.

México, D.F., a 25 de mayo de 2007.

Responsable(s) de la información:

Area: Subdirección General de Calidad para el Deporte

CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 26 DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA COMISION NACIONAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 20 DE OCTUBRE DE 2003

Subdirectora

Nombre: Lic. Carmen Villalaz Román

Firma: Rúbrica.

_1/ Unidad Responsable que coordina el acto jurídico o con cargo a cuyo presupuesto se realizan las aportaciones.

_2/ Tipo de Acto Jurídico: Fideicomiso, Mandato o Contrato Análogo.

_3/ Tipo de fideicomitente: federal, estatal o privado.

_4/ SHCP como fideicomitente única de la APC, en el caso de las dependencias o el nombre de la entidad.

_5/ En caso de que el punto anterior haya sido: SHCP como fideicomitente única de la APC, en éste se tendrá que señalar el nombre de la  dependencia que lo coordina o con cargo a cuyo presupuesto se realizan las aportaciones.

_6/ En pesos de 2007.

(R.- 248986)

ATRADIUS SEGUROS DE CREDITO, S.A.

NOTA ACLARATORIA

EN RELACION A LA PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL, DE LOS ESTADOS FINANCIEROS AL31 DE DICIEMBRE DE 2006 CON NUMERO DE REGISTRO G2102-13 DE ESTA INSTITUCION Y PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE FEBRERO DE 2007.

AL CALCE DE LOS ESTADOS FINANCIEROS SE OMITIO EL SIGUIENTE TEXTO:

DOMINIO DE LA PAGINA ELECTRONICA: www.atradius.com.mx

RUTA DE ACCESO EN FORMA DIRECTA A LAS NOTAS DE REVELACION

http://www.atradius.com/mx/downloads/notasderevelacionmexico2006.jsp

31 de mayo de 2007.

Director Ejecutivo

C.P. Armando Ignacio Muro Ojeda

Rúbrica.

(R.- 248996)

 

AIG MEXICO SEGUROS INTERAMERICANA, S.A. DE C.V.

AVISO

De la publicación de estados financieros al 31 de diciembre de 2006.

Con relación a la publicación de los estados financieros al 31 de diciembre de 2006 de AIG México Seguros Interamericana, S.A. de C.V. con números de registro 244780 y 244784 que fueron realizadas el día 2 de marzo de 2007, se manifiesta que las notas de revelación a dichos estados financieros serán publicadas el día 4 de junio del presente año en la siguiente dirección de Internet: http://www.aigmexico.com en el apartado de Notas de Revelación a los Estados Financieros y Notas de Revelación Adicionales a los Estados Financieros o bien accediendo directamente a las siguientes ligas:

Notas de revelación: http://www.aigmexico.com/Doctos/Notas_Revelacion.pdf

Y notas adicionales: http://www.aigmexico.com/Doctos/Notas_Adicionales.pdf

Fecha de elaboración: 30 de mayo de 2007.

Director de Administración y Finanzas

Humberto González Córdova

Rúbrica.

(R.- 248998)

 

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa,

con residencia en Los Mochis

EDICTO

A PUBLICARSE EN DIARIO DE CIRCULACION NACIONAL Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

Los Mochis, Sinaloa, a 18 de abril de 2007.

Por éste publicaráse una sola vez Diario Oficial de la Federación y diario mayor circulaciónnacional, presente EDICTO, notificando a “LLOYD’S ELECTRONICA, S.A. DE C.V., presunto propietario del contenedor de carga color azul, con letras blancas, con una leyenda en ambos costados “CHO YANK”,con número económico CLYU4022997KR4310, asegurado en el proceso penal 70/2003-I, deberápresentarse ante este Juzgado Sexto de Distrito, ubicado en Madero cuatrocientos cincuenta poniente, en esta ciudad, dentro de los tres meses siguientes a la publicación de este edicto, a acreditar la legal propiedad sobre el bien antes descrito; apercibido que de no hacerlo, se declarará abandonado a favor del Gobierno Federal. CUMPLASE.

Lo proveyó y firmó el Licenciado Germán Martínez Cisneros, Juez Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa, ante el Secretario de Juzgado que autoriza y da fe.- Doy fe. Dos firmas ilegibles.- Rúbrica.

(R.- 249004)

 

EULER HERMES SEGURO DE CREDITO S.A.

En cumplimiento a la Circular S-18.2.2 publicada el 4 de diciembre de 2006 por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, hacemos mención que los estados financieros, las notas de revelación a los estados financieros y las notas de revelación de información adicional a los estados financieros de Euler Hermes Seguro de Crédito S.A., correspondientes al ejercicio 2006 podrán ser consultadas, a partir del 4 de junio,en la siguiente dirección: web: www.eulerhermes.com/mexico/ en el menú Información Financiera.

México, D.F., a 31 de mayo de 2007.

Director General

Dominique Francois Spiranski

Rúbrica.

(R.- 249009)

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Centro SCT Michoacán

CONVOCATORIA

LICITACION PUBLICA No. SCT-636-001/2007, PARA LA ENAJENACION DE MOBILIARIO,

VEHICULOS TERRESTRES Y MARITIMOS, HERRAMIENTAS, EQUIPO DE COMPUTO,

OFICINA, COMUNICACION, MEDICO Y DE LABORATORIO

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes por conducto del Centro SCT Michoacán, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, y las Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de la Administración Pública Federal Centralizada, convoca a las personas físicas o morales mexicanas que tengan interés en participar en la licitación pública número SCT-636-001/2007.

NUMERO

IDENTIFICADOR

DESCRIPCION DE LOS BIENES

CANTIDAD

UNIDAD DE MEDIDA

VALOR PARA LA VENTA

LOTE I

 

LOTE II

 

PARTIDA 1

 

PARTIDA 2

 

PARTIDA 3

 

PARTIDA 4

 

PARTIDA 5

 

 

PARTIDA 6

 

 

PARTIDA 7

 

PARTIDA 8

 

PARTIDA 9

 

PARTIDA 10

 

PARTIDA 11

 

PARTIDA 12

 

 

PARTIDA 13

 

 

PARTIDA 14

 

 

PARTIDA 15

BIENES CLASIFICADOS COMO DESECHO FERROSO DE TERCERA.

BIENES CLASIFICADOS COMO DESECHO FERROSO VEHICULAR.

AUTOMOVIL MARCA NISSAN, TIPO TSURU, MODELO 1986, SERIE No. 6LB11-20375.

CAMIONETA MARCA FORD, TIPO PICK UP, MODELO 1990, SERIE No. AC2LGK-54625.

CAMIONETA MARCA FORD, TIPO PICK UP, MODELO 1991, SERIE No. AC2LYK-59659.

CAMIONETA MARCA FORD, TIPO PICK UP, MODELO 1991, SERIE No. AC2LYK55693.

CAMIONETA MARCA NISSAN, TIPO PICK UP, DOBLE CABINA, MODELO 1992,

SERIE No. 2U720-00412.

CAMIONETA MARCA CHEVROLET,

TIPO MAXICAB, MODELO 1992,

SERIE No. 3GCCS19D8NM171005.

CAMIONETA MARCA DODGE, TIPO PICK UP, MODELO 1992, SERIE No. NM507321.

CAMIONETA MARCA DODGE, TIPO PICK UP, MODELO 1992, SERIE No. NM503919.

CAMIONETA MARCA DODGE, TIPO PICK UP, MODELO 1992, SERIE No. NM528538.

CAMIONETA MARCA FORD, TIPO PICK UP, MODELO 1993, SERIE No. AC2LMS44307.

CAMIONETA MARCA FORD, TIPO PICK UP, MODELO 1993, SERIE No. AC2LMY-41682.

CAMIONETA MARCA CHEVROLET,

TIPO MAXICAB, MODELO 1993,

SERIE No. 3GCCS19D5PM175757.

CAMIONETA MARCA DODGE,

TIPO PICK UP, MODELO 1996,

SERIE No. 3B7HC16X3TM109056.

CAMIONETA MARCA DODGE,

TIPO PICK UP, MODELO 1996,

SERIE No. 3B7HC16X5TM129261.

CAMIONETA MARCA FORD,

TIPO PICK UP, MODELO 1996,

SERIE No. 3FTEF15Y8TMA01116.

1,600 APROX.

1,900 APROX.

1

 

1

 

1

 

1

 

1

 

 

1

 

 

1

 

1

 

1

 

1

 

1

 

1

 

 

1

 

 

1

 

 

1

KILO

 

KILO

 

UNIDAD

 

UNIDAD

 

UNIDAD

 

UNIDAD

 

UNIDAD

 

 

UNIDAD

 

 

UNIDAD

 

UNIDAD

 

UNIDAD

 

UNIDAD

 

UNIDAD

 

UNIDAD

 

 

UNIDAD

 

 

UNIDAD

 

 

UNIDAD

0.5983 P/KG.

 

1.5584 P/KG.

 

9,508.20

 

14,926.35

 

15,336.00

 

14,688.00

 

14,312.50

 

 

15,506.95

 

 

11,583.00

 

13,514.00

 

9,742.80

 

15,187.15

 

15,577.90

 

16,125.15

 

 

15,559.95

 

 

15,285.90

 

 

16,500.40

LUGAR, FECHA Y HORARIO DONDE LOS INTERESADOS PODRAN OBTENER LAS BASES:

Oficina de Control de Inventarios, ubicada en Libramiento Poniente kilómetro 20+300 sin número, junto a la Unidad Infonavit “Justo Mendoza”, del 5 al 18 de junio del año 2007, de 9:00 a 14:00 horas, en días hábiles, a partir del día de inicio de la publicación o difusión de ésta. Costo de las bases $300.00, pago con cheque certificado o de caja, a favor de la SCT.

LOCALIZACION Y VERIFICACION DE LOS BIENES:

Los interesados podrán verificar los bienes de referencia en el estado actual en que se encuentran, en el Campamento “El Zapote”, ubicado en Libramiento Oriente número 2562, salida a Charo, de esta ciudad,del día 5 al 18 de junio del presente año, de 9:00 a 14:00 horas, en días hábiles y previo pago de las bases.

LUGAR Y PLAZO MAXIMO EN QUE DEBERAN SER RETIRADOS LOS BIENES:

Campamento denominado "El Zapote", con un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la recepción de la orden de entrega.

LUGAR, FECHA Y HORA DE CELEBRACION DE LA JUNTA DE ACLARACIONES, ACTO DE APERTURA DE OFERTAS Y FALLO:

Sala de juntas de la Subdirección de Administración del Centro SCT Michoacán, sita en Libramiento Poniente kilómetro 20+300 sin número, junto a la Unidad Infonavit “Justo Mendoza”, código postal 58146, Morelia, Michoacán, a las 11:00 horas, los días 19 de junio de 2007 Junta de Aclaraciones y el día 25 del mismo mes y año acto de apertura y fallo.

FORMA Y PORCENTAJE DEL DEPOSITO DE GARANTIA DE SERIEDAD DE LAS OFERTAS:

Los depósitos de garantía, deberán ser en moneda nacional, mediante cheque certificado o de caja, expedido por una institución de banca y crédito o fianza, a elección de los interesados, a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe del 10% del valor para la venta fijado a los bienes.

Para mayor información, favor de dirigirse a la Oficina de Control de Inventarios, del Departamento de Recursos Materiales, ubicada en Libramiento Poniente kilómetro 20+300 sin número, junto a la Unidad Infonavit “Justo Mendoza”, código postal 58146, Morelia, Michoacán, teléfono 3-22-21-00, extensión 51300,en días hábiles, de 9:00 a 14:00 horas.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Morelia, Mich., a 5 de junio de 2007.

El Director General y Presidente del Subcomité de Enajenación de Bienes Muebles

e Inmuebles del Centro SCT Michoacán

Ing. Gustavo A. Moriel Armendáriz

Rúbrica.

(R.- 249012)

 

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado

Juzgado Tercero Civil de Partido

Secretaría

León, Gto.

EDICTO

Por éste publíquese por 3 tres veces dentro de 9 nueve días en el Diario Oficial de la Federación, tabla de avisos de este Tribunal; anúnciese remate en PRIMERA ALMONEDA del siguiente bien:

Casa habitación dúplex en calle Bahía del Salvador número 115 letra “A” condominio 176, fraccionamiento Paseo de la Castellana en lote 18, manzana 10, con una superficie de 81 metros cuadrados, que mide y linda según certificado de gravámenes:

Al noreste 4.5 metros con casa número 116 letra “A”, al suroeste 4.5 metros con calle de su ubicación,al sureste 18 metros con casa número 117, al noroeste 18 metros con casa número 115.

Bien inmueble embargado dentro del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL número M65/06, promovido por Metrofinanciera, S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Limitado en contra de Juan Antonio Muñoz Velásquez y Norma Hernández Ojeda, Almoneda a verificarse a las 12:00 horas del día 21 de junio de 2007 dos mil siete, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de $350,00.00 (trescientos cincuenta mil pesos) precio de avalúo. Convóquese a postores y acreedores a la misma.

León, Gto., a 28 de mayo de 2007.

El Secretario del Juzgado Tercero Civil

Lic. Alejandro Medrano Cadena

Rúbrica.

(R.- 249024)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

EDICTO

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23 fracciones VII y XII, 37 Bis fracciones VI, XVII y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; 1, 2, 3, 4, 7, 38 fracción I y 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones; 3o. fracción II, 117 y 121 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 1, 2, 3, 12, 13, 35 fracción III, 37, 38, 44, 50, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70 fracciones II y VI, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y considerando que se desconoce el domicilio actual de las personas que más adelante se detallan, por este conducto notifica el inicio de los procedimientos administrativos de sanción y de revocación en contra de las citadas personas, por hechos que pueden constituir violaciones a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables en materia de telecomunicaciones, de conformidad con la propuesta formulada por la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

No.

NOMBRE DE LA PERSONA

No. DE ACTA DE VISITA DE VERIFICACION

Y/O REVISION DE EXPEDIENTE

DOMICILIO DE

LA VISITA DE VERIFICACION Y/O

DE LA EMPRESA

IRREGULARIDADES DETECTADAS

ACUERDO DEL PLENO DE LA COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

1

COMUNICACIONES DEL CARIBE, S.A. DE C.V.

REVISION DE EXPEDIENTE

ANTERIOR: PRADO DE LAS ROSAS No. 4452,

PRADO TEPEYAC,

45050,

GUADALAJARA, JAL.

ACTUAL: SE DESCONOCE

EL PERMISIONARIO NO CUMPLIO LAS SIGUIENTES CONDICIONES

DEL PERMISO PARA ESTABLECER, OPERAR Y EXPLOTAR UNA COMERCIALIZADORA DE TELEFONIA PUBLICA:

1.3 PLAZO PARA INICIAR OPERACIONES, 1.16 SUSCRIPCION DE ACCIONES, 2.3 SISTEMA DE QUEJAS Y REPARACIONES,

2.4 SERVICIOS DE EMERGENCIA,

2.5 CODIGO DE PRACTICAS COMERCIALES, 2.7 DESIGNACION DE RESPONSABLE TECNICO,

2.8 REGISTRO DE CONTRATOS,

3.1 TARIFAS Y 4.1 INFORMACION

P/150205/22

En beneficio de la garantía de audiencia que consagra el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se le concede al interesado un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, para que exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas con que cuenten ante esta Dirección General de Política de Telecomunicaciones, sita en el sexto piso, cuerpo “B”, Centro Nacional de Comunicaciones entre avenida Universidad y Eje Central Lázaro Cárdenas, colonia Narvarte, código postal 03020, México, D.F., en días y horas hábiles, apercibido que haga o no uso de esta garantía, se emitirá la resolución que en derecho proceda.

Conforme a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el interesado podrá consultar el expediente abierto a su nombre, previa identificación, en esta Dirección General, cuyo domicilio quedó precisado en el párrafo anterior.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publíquese el presente edicto por tres días consecutivosen el Diario Oficial de la Federación y uno de los periódicos diarios de mayor circulación a nivel nacional.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 20 días del mes de abril de 2007.

El Director General de Política de Telecomunicaciones

Lic. Pablo González Manterola

Rúbrica.

(R.- 249028)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

EDICTO

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23 fracción VII, 37 Bis fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; 1, 2, 3, 4, 7, 37 fracción III y 74 de laLey Federal de Telecomunicaciones; 3o. fracción II, 117 y 121 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 1, 2, 3, 12, 13, 35 fracción III, 37, 38, 44, 50, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70 fracción II, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y considerando que se desconoce el domicilio actual de la persona que más adelante se detalla, por este conducto notifica el inicio del procedimiento administrativo de revocación en contra de la citada persona, por hechos que pueden constituir violaciones a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables en materia de telecomunicaciones, de conformidad con la propuesta formulada por la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

No.

NOMBRE DE

LA PERSONA

No. DE ACTA DE VISITA

DE VERIFICACION Y/O REVISION DE EXPEDIENTE

DOMICILIO DE LA VISITA DE VERIFICACION

Y/O DE LA EMPRESA

IRREGULARIDADES DETECTADAS

ACUERDO DEL PLENO DE LA COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

1

ASEGURADORA MEXICANA, S.A. DE C.V.

REVISION DE EXPEDIENTE

ANTERIOR: AVENIDA REVOLUCION

No. 1508,

C.P. 01020, MEXICO, D.F.

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE LA COMISION PROPUSO

A LA SECRETARIA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE REVOCACION DE LAS AUTORIZACIONES, EN VIRTUD DE QUE LA FUSION CELEBRADA POR ASEGURADORA MEXICANA, S.A. DE C.V. (LA AUTORIZADA) Y SEGUROS COMERCIAL AMERICA,

S.A. DE C.V., IMPLICA UNA TRANSMISION DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES

DE LAS AUTORIZACIONES, CESION DE DERECHOS QUE SE LLEVO A CABO SIN CONTAR CON LA PREVIA AUTORIZACION DE LA SECRETARIA, VIOLANDO LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 35 DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

P/141204/215

En beneficio de la garantía de audiencia que consagra el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se le concede a la interesada un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, para que exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas con que cuente ante esta Dirección General de Política de Telecomunicaciones, sita en el sexto piso, cuerpo “B”, Centro Nacional de Comunicaciones entre avenida Universidad y Eje Central Lázaro Cárdenas, colonia Narvarte, código postal 03020, México, D.F., en días y horas hábiles, apercibida que haga o no uso de esta garantía, se emitirá la resolución que en derecho proceda.

Conforme a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la interesada podrá consultar el expediente abierto a su nombre, previa identificación, en esta Dirección General, cuyo domicilio quedó precisado en el párrafo anterior.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publíquese el presente edicto por tres días consecutivosen el Diario Oficial de la Federación y uno de los periódicos diarios de mayor circulación a nivel nacional.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 17 días del mes de mayo de 2007.

El Director General de Política de Telecomunicaciones

Lic. Pablo González Manterola

Rúbrica.

(R.- 249029)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

EDICTO

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23 fracción XII, 37 Bis fracciones XVII y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; 1, 2, 3, 4, 7, 71 y 74 de laLey Federal de Telecomunicaciones; 3o. fracción II, 117 y 121 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 1, 2, 3, 12, 13, 35 fracción III, 37, 38, 44, 50, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70 fracción II, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y considerando que se desconoce el domicilio actual de las personas físicas y morales que más adelante se detallan, por este conducto notifica el inicio del procedimiento administrativo de imposición de sanción en contra de las citadas personas, por hechos que pueden constituir violaciones a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables en materia de telecomunicaciones, de conformidad con las propuestas formuladas por la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

No.

NOMBRE DE LA PERSONA VISITADA

No. DE ACTA

DE VISITA DE VERIFICACION

Y/O REVISION A EXPEDIENTE

DOMICILIO DE LA VISITA DE VERIFICACION

Y/O DE LA EMPRESA

IRREGULARIDADES DETECTADAS

ACUERDO DEL PLENO DE LA COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

1

ANGELOPOLIS COM,

S.A. DE C.V.

DF/081/01

ANTERIOR: CALLE DIAMANTE

No. 2906-2,

COLONIA ESMERALDA,

72400, PUEBLA, PUEBLA

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION

SE CONCLUYE QUE LA VISITADA COMERCIALIZABA SERVICIOS DE TELEFONIA DE LARGA DISTANCIA INTERNACIONAL, YA QUE SI BIEN NO CUENTA CON UNA RED PUBLICA DE TELECOMUNICACIONES NI MEDIOS DE TRANSMISION PROPIOS, SI PRESTA A TRAVES DE SU PAGINA WEB, SERVICIOS

DE LARGA DISTANCIA INTERNACIONAL A TERCEROS, INCUMPLIENDO LOS ARTICULOS 31 FRACCION I y 52 DE LA

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, Y DEMAS DISPOSICIONES LEGALES, REGLAMENTARIAS, CONTRACTUALES

Y ADMINISTRATIVAS APLICABLES EN LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEFONIA PUBLICA DE LARGA DISTANCIA

P/090805/162.100

2

COMERCIALIZADORA Y TRANSFORMADORA RIANO, S.A. DE C.V.

SC-005/2003-SRP

ANTERIOR: FELIX Z. LICONA No. 220,

COLONIA RAFAEL LUCIO,

91110, JALAPA, VERACRUZ

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE  QUE LA PERMISIONARIA EN EL MOMENTO DE LA DILIGENCIA NO ACREDITO HABER REALIZADO EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES CADA SEIS MESES;

P/230805/168.71

 

 

 

 

NO MOSTRO LA DOCUMENTACION TECNICA DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES QUE CONFORMAN SU RED; NO ACREDITO HABER REALIZADO EL PAGO DE DERECHOS POR EL USO DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO DEL AÑO 2002; Y SE DETECTO QUE UNICAMENTE OPERABA UN EQUIPO MOVIL DE LOS CINCO AUTORIZADOS, LO QUE IMPLICA UNA MODIFICACION AL SISTEMA PERMISIONADO, SIN CONTAR CON LA PREVIA AUTORIZACION DE LA SECRETARIA, INCUMPLIENDO LAS CONDICIONES SEXTA, SEPTIMA, NOVENA Y DECIMA TERCERA

DEL PERMISO

 

3

DOMINANTE MUSICAL Y/O PEDRO BELTRAN ESPINOZA

CSCT.05 469/99

ANTERIOR: CALLE GUERERO No. 500,

COLONIA CENTRO,

26200, CIUDAD ACUÑA, COAHUILA

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE QUE LA VISITADA NO CUENTA CON EL PERMISO CORRESPONDIENTE PARA COMERCIALIZAR EL SERVICIO DE TELEFONIA PUBLICA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 31 DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, NO OBSTANTE LO CUAL POR LA LINEA TELEFONICA 20762 SE REALIZAN LLAMADAS DE LARGA DISTANCIA MARCANDO EL NUMERO CERO, CONTESTANDO UNA OPERADORA

EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

P/0308034/121.06

4

EKOFON, S.A. DE C.V.

DF/048/003

ANTERIOR: AVENIDA PASEO DE LAS PALMAS No. 555, PISO 8,

COLONIA LOMAS DE CHAPULTEPEC,

11000, MEXICO, D.F.

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE QUE LA VISITADA HA INCUMPLIDO LO DISPUESTO POR LA CONDICION 1 EN RELACION CON LA CONDICION 4 DE LA CONSTANCIA,

YA QUE DEJO DE OPERAR LOS SERVICIOS AMPARADOS POR LA CONSTANCIA,

SIN DAR AVISO A LA SECRETARIA

O A LA COMISION

P/230805/168.144

5

FRANCISCO HERNANDEZ

DE LOS SANTOS

CHS/16/2001

ANTERIOR: CALLE

DE LAS ROSAS No. 10,

COLONIA MARIA AUXILIADORA,

SAN CRISTOBAL DE

LAS CASAS, CHIAPAS

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE DESPRENDE QUE EN EL MOMENTO DE LA VISITA LA CERTIFICADA NO MOSTRO EL INFORME ANUAL ESTADISTICO DEL AÑO INMEDIATO ANTERIOR A LA FECHA DE LA VISITA QUE SE ENCONTRABA OBLIGADA A ELABORAR DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 29 DEL REGLAMENTO PARA INSTALAR Y OPERAR ESTACIONES RADIOELECTRICAS DEL SERVICIO DE AFICIONADOS, NO MOSTRO EL CORRESPONDIENTE A 1996; NO MOSTRO EL LIBRO DE REGISTRO QUE SE ENCONTRABA OBLIGADA A LLEVAR DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 30

DEL CITADO REGLAMENTO

P/090805/162.96

6

INFO RED DE MEXICO, S.A. DE C.V.

DF/086/03

ANTERIOR: ADOLFO RUIZ CORTINES No. 1420, LOCAL A-24,

COLONIA ATASTA,

86100, VILLAHERMOSA, TABASCO

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE QUE LA VISITADA PRESTA LOS SERVICIOS DE VALOR AGREGADO CONSISTENTES EN SERVICIOS DE INTERNET, RESPECTO DE LOS CUALES NO CUENTA CON EL REGISTRO CORRESPONDIENTE, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 33 Y 64 FRACCION II DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

P/230805/168.145

7

INTERNATIONAL VAN, S.A. DE C.V.

DF/055/03

ANTERIOR: CALZADA DE LAS ARMAS No. 114 A,

COLONIA FRACCIONAMIENTO INDUSTRIAL,

54080, TLALNEPANTLA, EDO. DE MEXICO

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE QUE EL CONCESIONARIO

EN EL MOMENTO DE LA VISITA NO MOSTRO EL AVISO DE INICIO DE OPERACIONES, EN CONTRAVENCION A LA CONDICION A.7 DEL ANEXO A DE LA CONCESION; NO MOSTRO EL PERMISO PARA INSTALAR Y OPERAR

EL TELEPUERTO DETECTADO EN EL LUGAR DE LA VISITA, EN CONTRAVENCION A LA CONDICION 1.4 DE LA CONCESION EN RELACION CON EL ARTICULO 31 DE LA

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

P/230805/168.151

8

LAURA ESTRADA REYES  Y/O CASA CHABELA

C.SCT.05 471/99

ANTERIOR: VILLALDAMA No. 195,

COLONIA CENTRO,

CIUDAD ACUÑA, COAHUILA

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE QUE LA VISITADA NO CUENTA CON EL PERMISO CORRESPONDIENTE PARA COMERCIALIZAR EL SERVICIO DE TELEFONIA PUBLICA A QUE SE REFIERE

EL ARTICULO 31 DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, NO OBSTANTE LO CUAL POR LA LINEA TELEFONICA 25723,

SE REALIZAN LLAMADAS DE LARGA DISTANCIA MARCANDO EL NUMERO CERO NUEVE, CONTESTANDO UNA OPERADORA EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

P/030804/121.07

9

MINI SUPER FREDI´S Y/O ALFREDO MARTINEZ CHAIREZ

C.SCT.05 0461/99-3

ANTERIOR: MONTES

No. 304,

COLONIA LOS M0ONTES,

PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE QUE LA VISITADA NO CUENTA CON EL PERMISO CORRESPONDIENTE PARA COMERCIALIZAR EL SERVICIO DE TELEFONIA PUBLICA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 31 DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, NO OBSTANTE

LO CUAL POR LA LINEA TELEFONICA

(878) 1-19-18 SE REALIZAN LLAMADAS DE LARGA DISTANCIA MARCANDO EL NUMERO CERO, CONTESTANDO UNA OPERADORA EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

P/030804/121.12

10

MINI SUPER ZARAGOZA

C.SCT.05 0459/99-1

ANTERIOR: ZARAGOZA No. 500,

COLONIA CENTRO,

PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE QUE LA VISITADA NO CUENTA CON EL PERMISO CORRESPONDIENTE PARA COMERCIALIZAR EL SERVICIO DE TELEFONIA PUBLICA A QUE SE REFIERE

EL ARTICULO 31 DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, NO OBSTANTE LO CUAL POR LA LINEA TELEFONICA SE REALIZAN LLAMADAS DE LARGA

DISTANCIA MARCANDO EL NUMERO CERO, CONTESTANDO UNA OPERADORA EN

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

P/030804/121.08

11

RADIO SINFONIA,

S.A DE C.V.

DF/056/03

ANTERIOR: AVENIDA MEXICO No. 3150,

FRACCIONAMIENTO MONRAZ,

GUADALAJARA, JALISCO

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE DESPRENDE QUE LA VISITADA TENIA INSTALADOS Y EN OPERACION LOS EQUIPOS DESCRITOS EN EL ACTA, CON LOS CUALES ESTABLECE UN ENLACE SATELITAL PARA DIFUNDIR NOTICIEROS

P/230805/168.154

 

 

 

 

A LOS ABONADOS EN EL INTERIOR DEL ESTADO DE JALISCO, SIN CONTAR CON EL PERMISO POR PARTE DE LA SECRETARIA PARA INSTALAR Y OPERAR ESTACIONES TERRENAS, INCUMPLIENDO LO ESTABECIDO POR EL ARTICULO 31 FRACCION I DE LA LEY FEDERAL

DE TELECOMUNICACIONES

 

12

ROCA FOSFORICA MEXICANA,

S.A. DE C.V.

CSCT.B.C.S.

No. 016/2001 RCP

ANTERIOR: DOMICILIO CONOCIDO

SAN JUAN DE LA COSTA, BAJA CALIFORNIA SUR

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE QUE LA AUTORIZADA HA INCUMPLIDO CON LO DISPUESTO EN EL NUMERAL 1 DE LAS AUTORIZACIONES QUE LE FUERON OTORGADAS, YA QUE EN EL MOMENTO DE LA VISITA DE VERIFICACION LA AUTORIZADA, NO MOSTRO A LOS INSPECTORES LA FORMA EM-03 AUTORIZADA PARA CADA UNO DE LOS EQUIPOS EN OPERACION; PLANO DE COBERTURA AUTORIZADO POR LA SECRETARIA, POLIGONAL DEL SISTEMA AUTORIZADO, ASIMISMO, SE VERIFICO

LA MODIFIACION DE LA RED AUTORIZADA, A UN EQUIPO REPETIDOR, TRES ESTACIONES DE BASE Y VARIOS

EQUIPOS MOVILES PORTATILES

P/190705/132.29

13

SATELITRON,

S.A. DE C.V.

DF/106/03

ANTERIOR: AVENIDA INSURGENTES SUR

No. 421, EDIF. B, DESPACHO 514,

COLONIA HIPODROMO CONDESA,

06170, MEXICO, D.F.

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE DESPRENDE QUE LA PERMISIONARIA NO PRESENTO LA FIANZA DE GARANTIA SOLICITADA POR LA COMISION; NO PRESENTO EL AVISO DE INICIO DE OPERACIONES DE LA RED; LA PERMISIONARIA ESTA OBLIGADA A PRESENTAR CADA AÑO LA CONFIGURARCION  ACTUALIZADA DE LA RED; NO SE ACREDITO QUE CONTARA

CON ESTACIONES TERRENAS DE ALTA CAPACIDAD EN LA CIUDAD DE MEXICO,

ASI COMO ESTACIONES TERRENAS SEMIMAESTRAS DE MEDIANA CAPACIDAD

P/160805/166.156

 

 

 

 

EN LAS CIUDADES DE MONTERREY,

NUEVO LEON; GUADALAJARA, JALISCO

Y HERMOSILLO, SONORA, PARA LA  CONDUCCCION DE LAS SEÑALES DE VOZ, DATOS Y VIDEOCONFERENCIAS, YA QUE SOLO ACREDITO LA INSTALACION DEL TELEPUERTO EN EL ESTADO DE MEXICO, INCUMPLIENDO LAS CONDICIONES

29a. Y 4a. DEL PERMISO

 

14

TORTILLERIA LA NUEVA Y/O RICARDO SANCHEZ ROCHA

C.SCT.05 0462/99-5

ANTERIOR: GALEANA

No. 1911 ESQ.

GENERAL MALTOS,

PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA

ACTUAL: SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE QUE LA VISITADA NO CUENTA CON EL PERMISO CORRESPONDIENTE PARA COMERCIALIZAR EL SERVICIO DE TELEFONIA PUBLICA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 31 DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, NO OBSTANTE LO CUAL POR LA LINEA TELEFONICA 25008 SE REALIZAN LLAMADAS DE LARGA DISTANCIA MARCANDO EL NUMERO CERO, CONTESTANDO UNA OPERADORA EN

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

P/030804/121.09

En beneficio de la garantía de audiencia que consagra el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se les concede a los interesados un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, para que expongan lo que a su derecho convenga y aporten las pruebas con que cuenten ante esta Dirección General de Política de Telecomunicaciones, sita en el sexto piso del cuerpo “B”, Centro Nacional de Comunicaciones, avenida Xola sin número entre avenida Universidad y Eje Central Lázaro Cárdenas, colonia Narvarte, código postal 03020, México, D.F., apercibidos que hagan o no uso de esta garantía, se emitirá la resolución que en derecho proceda.

Conforme a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los interesados podrán consultar el expediente abierto a su nombre, previa identificación, en esta Dirección General, cuyo domicilio quedó precisado en el párrafo anterior.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publíquese el presente edicto por tres días consecutivosen el Diario Oficial de la Federación y uno de los periódicos diarios de mayor circulación a nivel nacional.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 20 días del mes de abril de 2007.

El Director General de Política de Telecomunicaciones

Lic. Pablo González Manterola

Rúbrica.

(R.- 249030)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

EDICTO

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23 fracción XII, 37 Bis fracciones XVII y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; 1, 2, 3, 4, 7, 71, 72 y 74 de laLey Federal de Telecomunicaciones; 3o. fracción II, 117 y 121 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 1, 2, 3, 12, 13, 35 fracción III, 37, 38, 44, 50, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70 fracciones I y II, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y considerando que se desconoce el domicilio actual de las personas morales que más adelante se detallan, por este conducto notifica la resolución emitida con motivo del procedimiento administrativo de imposición de sanción iniciado en contra de las citadas personas, por hechos que pueden constituir violaciones a las disposiciones legales, reglamentariasy administrativas aplicables en materia de telecomunicaciones, de conformidad con las propuestas formuladas por la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

No.

NOMBRE DE LA PERSONA VISITADA

No. DE ACTA DE VISITA DE VERIFICACION

Y/O REVISION A EXPEDIENTE

DOMICILIO DE LA VISITA DE VERIFICACION

Y/O DE LA EMPRESA

IRREGULARIDADES DETECTADAS

ACUERDO DEL PLENO DE LA COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

SANCION

1.

ANTONIO MOSQUEDA ROA

017/2001-SRTP

ANTERIOR: NARCISO MENDOZA

No. 380,

COLONIA CENTRO,

IRAPUATO, GUANAJUATO

ACTUAL:

SE DESCONOCE

QUE DEL ACTA DE VERIFICACION SE CONCLUYE QUE LA VISITADA NO CUENTA CON LA

CONCESION O EL PERMISO CORRESPONDIENTE, PARA HACER USO DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO PARA USOS DETERMINADOS, NO OBSTANTE LO CUAL HACE USO DE LA FRECUENCIA 155.775 MHz, VIOLANDO LOS ARTICULOS 10 FRACCION II, 11 FRACCION I,

14 Y 28 DE LA LEY FEDERAL

DE TELECOMUNICACIONES

P/010403/54.3

SE IMPONE UNA MULTA DE 2,000 DIAS DE SALARIO

MINIMO A RAZON DE

$40.35 PESOS, QUE ASCIENDE A $80,700.00, POR VIOLACION

A LOS ARTICULOS 10 FRACCION II,

11 FRACCION I, 14 Y 28

DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

EL EQUIPO ASEGURADO

PASA A BENEFICIO

DE LA NACION

2.

RADIO LOCALIZACION DE MICHOACAN, S.A. DE C.V.

REVISION DE EXPEDIENTE

ANTERIOR: AVENIDA VENTURA PUENTE No. 112,

COLONIA CHAPULTEPEC SUR,

58260, MORELIA, MICHOACAN

ACTUAL:

SE DESCONOCE

DESPUES DE LLEVAR A CABO

UN ANALISIS DEL EXPEDIENTE ABIERTO A LA CONCESIONARIA, SE ENCONTRO QUE INCUMPLIO LAS SIGUIENTES CONDICIONES DE LA CONCESION:

INCUMPLIO LAS CONDICIONES 3.1, 3.2, 3.4, 3.8, 4.4, 4.5, 4.7, 4.8, 4.9, 6.1, 6.2, 6.3, 7.2, 8.5 Y 7.4 DE LA CONCESION, YA QUE NO PRESENTO LA INFORMACION

Y DOCUMENTACION QUE ESTA OBLIGADA A EXHIBIR DE CONFORMIDAD CON

DICHAS CONDICIONES

P/191000/0250

SE IMPONE UNA MULTA DE 56,000 DIAS DE SALARIO MINIMO A RAZON DE $34.45 PESOS, QUE ASCIENDE A $1,929.200.00 DE LA SIGUIENTE MANERA:

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LAS CONDICIONES 3.1

Y 3.2 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 3.4

DE LA CONCESION

 

 

 

 

 

 

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 3.8 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 4.4 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 4.5 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 4.7 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 4.8 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 4.9 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 6.1 DE LA CONCESION

 

 

 

 

 

 

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 6.2 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 6.3 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 7.2 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 8.5 DE LA CONCESION

- 4,000 DIAS DE SALARIO MINIMO QUE ASCIENDE

A $137,800.00 POR INCUMPLIMIENTO A LA CONDICION 7.4 DE LA CONCESION

Dicha multa deberá ser cubierta mediante la forma valorada, emitida por la Tesorería Local, correspondiente al domicilio fiscal de las personas físicas y morales antes citadas, dentro del plazo de 15 días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto, debiendo comunicar por escrito a esta Secretaría por conducto de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones, ubicada en el sexto piso, cuerpo “B”, Centro Nacional de Comunicaciones entre avenida Universidad y Eje Central Lázaro Cárdenas, colonia Narvarte, código postal 03020, México, D.F., respecto del pago efectuado, acompañando copia del mismo dentro de los siguientes cinco días hábiles, en la inteligencia que de no hacerlo así se procederá conforme a derecho.

De conformidad con lo previsto por el artículo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, en relación con lo dispuesto en los artículos 3o. fracción XV y 39 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se hace saber a los interesados afectados que podrán interponer recurso de revisión ante esta misma autoridad emisora, dentro del plazo de quince días que otorga el artículo 85 de la referida Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 20 días del mes de abril de 2007.

El Director General de Política de Telecomunicaciones

Lic. Pablo González Manterola

Rúbrica.

(R.- 249031)