SECCION
DE AVISOS AVISOS
JUDICIALES |
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Tercera Sala Civil
EMPLAZAMIENTO
POR EDICTO
A LOS
TERCEROS PERJUDICADOS: ESTRADA LOA COLUMBA.
En los autos del cuaderno de amparo de la parte Actora relativo al toca
número 1007/2007 deducido del juicio PROCEDIMIENTO CONVENCIONAL MERCANTIL
seguido por BBVA BANCOMER, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO
BBVA BANCOMER en contra de ESTRADA LOA COLUMBA, se dictó proveído de fecha
dieciocho de mayo del dos mil siete, mediante el cual se provee que ignorándose
el domicilio de la Tercera Perjudicada ESTRADA LOA COLUMBA, se ordenó
emplazarla al presente juicio
de garantías por medio de EDICTOS, lo anterior con fundamento en los artículos
30 fracción II de la Ley de Amparo vigente, en relación al 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, los cuales se publicarán por TRES VECES DE
SIETE EN SIETE DIAS y a costa del promovente de la demanda de amparo
interpuesta contra actos de esta Sala, consistente en la sentencia definitiva
de fecha cuatro de mayo del dos mil siete, dictada en los autos del toca
1007/2007, la referida Tercera Perjudicada deberá comparecer ante la Autoridad
Federal, a defender sus derechos en el término de TREINTA DIAS, contados a
partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, quedando
en la Secretaría de esta Tercera Sala Civil, copia simple de la demanda de
garantías a su disposición.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 23 de mayo de 2007.
La C. Secretaria de Acuerdos de la Tercera Sala Civil
Lic. Elsa Zaldivar Cruz
Rúbrica.
(R.- 248944)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito
Tijuana, B.C.
PARA SU RESPECTIVA PUBLICACION CONFORME A LO QUE PRECISA, TRANSCRIBO A USTED EL PRESENTE:
EDICTO
En los autos del juicio de garantías número 160/2007-IV, promovido por Moreno y Compañía Sucesores, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, por conducto de su apoderado legal Francisco Contreras Valdez, contra actos del Juez Primero de lo Civil en esta ciudad y otras autoridades, por actos relacionados con el juicio 713/2003, mediante auto de diez de mayo de dos mil siete, se ordenó emplazar a juicio a las tercero perjudicadas Victoria Gilbert Viuda de Machado, Gloria Mendoza Aguilar Viuda de Villalobos, Julia Irma García Laredo, también conocida como Julia Irma García Loredo; los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Periódico Excélsior de la Ciudad de México, Distrito Federal, para el efecto de que comparezca ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana, si así conviene a sus intereses en el término de treinta días contado a partir del siguiente día de la última publicación, quedando en la Secretaría, la copia simple de la demanda de garantías para su traslado haciéndoles de su conocimiento que se fijaron las diez horas del veinticuatro de mayo de dos mil siete, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Atentamente
Tijuana, B.C., a 10 de mayo de 2007.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Baja California
Lic. Lidia
Medrano Meza
Rúbrica.
(R.-248911)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el
Estado de Jalisco
EDICTO
Juicio amparo 620/2006, promovido por VIRGINIA DIAZ URIBE, contra
actos del juez y secretario, adscritos al Juzgado Primero de lo Civil de Autlán
de Navarro, Jalisco, por auto de 21 de mayo de 2007, se ordenó, emplazar a
juicio, mediante edictos, al tercero perjudicado CANDELARIO TAPIA CASILLAS.
Se señalaron las 9:50 del 23 de mayo de 2007, para la celebración de la
audiencia constitucional; quedan copias de ley a su disposición en este juzgado
de Distrito. Deberá presentarse al procedimiento dentro de
30 días siguientes a la última publicación, apercibida que de no señalar
domicilio para oír y recibir notificaciones, se practicarán por lista de
acuerdos, aun las personales. Para su publicación por 3 veces,
de 7 en 7 días, en el Diario Oficial de la Federación, y en un diario de mayor
circulación en la República Mexicana, se expide en Guadalajara, Jalisco, a 22
de mayo de 2007.
La Secretaria del Juzgado Cuarto
de Distrito en Materia Civil en el Estado
Lic. Denisse Adriana Sánchez Pozos
Rúbrica. (R.- 248958)
Estados
Unidos Mexicanos
Poder
Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado
Quinto Civil
Morelia,
Mich.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
Dentro del juicio ejecutivo mercantil número 104/2006, promovido por GUADALUPE ESPINOZA UTRILLA, frente a XOCHILT MELCHOR CORTEZ Y JUAN CARLOS PEREZ LULO, se señalaron las 12:00 horas del día 6 de julio del año en curso, para celebrar audiencia de remate, en PRIMERA ALMONEDA, respecto del siguiente bien inmueble:
1.- Lote número 27 veintisiete, manzana 1 uno, zona 1 uno, del núcleo agrario Santiaguito IV, del Municipio de Morelia, Michoacán, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: al Noreste, 17.00 metros con lote número 28 veintiocho; al Sureste, 7.00 metros con lote 10 diez; al Suroeste, 17.00 metros con lote 26 veintiséis; y, al Noroeste 7.00 metros con calle Emiliano Zapata; con una extensión superficial de 119.00 M2 ciento diecinueve metros cuadrados.
Sirve de base para el remate la cantidad de: $132,600.00 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.).
Será postura legal la que cubra dos terceras partes de la cantidad antes mencionada.
Se convocan postores a esta almoneda, mediante la publicación de edictos por tres veces dentro de nueve días, en los estrados de este juzgado y Diario Oficial de la Federación.
Morelia, Mich., a 29 de mayo de 2007.
El Secretario de Acuerdos
Lic. José Luis Reyes
Hernández
Rúbrica.
(R.- 249293)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de
Jalisco
Supremo Tribunal de Justicia
del Estado
Jalisco
Cuarta Sala
EDICTO
Emplácese a la Tercera Perjudicada SAMANTHA ARROYO CURIEL, presentarse Tribunal Colegiado Materia Civil Tercer Circuito en turno con asiento en esta ciudad capital, porque PROMOTORA DEL CABO, S.A. DE C.V., parte actora, presentó Amparo Directo contra actos de Sala, dentro término de treinta días contados a partir día siguiente última publicación, MERCANTIL ORDINARIO, expediente 1250/2003, promueve PROTOMORA DEL CABO, S.A. DE C.V., contra SAMANTHA ARROYO CURIEL, Toca Apelación 94/2005.
Para publicarse por tres veces de siete en siete días
en el Diario Oficial de la Federación y un Diario
de mayor circulación Nacional, artículo 30 fracción II de la Ley de Amparo y
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Guadalajara, Jal., a 7 de junio de
2007.
La Secretario de Acuerdos de la Cuarta Sala del
Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Jalisco
Lic. Socorro Sánchez Solís
Rúbrica.
(R.- 249566)
Estados
Unidos Mexicanos
Tribunal
Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado
Quincuagésimo Segundo de lo Civil
Secretaría
“A”
Exp.
777/2004
EDICTO DE REMATE
En los autos del JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por SANABRIA MALLEN ALFONSO en contra de JUAN DAVID GONZALEZ MORALES, mediante proveídos de fecha siete de marzo y veintitrés de abril y proveído dictado en audiencia de remate de fecha treinta y uno de mayo, todos del año en curso, se ordenó sacar a remate en SEGUNDA Y PUBLICA ALMONEDA, respecto del CINCUENTA POR CIENTO que le corresponde al demandado JUAN DAVID GONZALEZ MORALES, respecto del inmueble embargado, siendo el departamento 302-B, DE LA CALLE DE CACAHUATALES NUMERO 57 (CINCUENTA Y SIETE), COLONIA GRANJAS RAMOS MILLAN, CODIGO POSTAL 14330 (CATORCE MIL TRESCIENTOS TREINTA) DELEGACION TLALPAN, DE ESTA CIUDAD, siendo postura legal la que cubra la cantidad de $391,950.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), ya con una deducción del diez por ciento, la que servirá de base para el remate, debiendo satisfacer las personas que concurran como postores el requisito previsto por el artículo 1411 de Código de Comercio. Se señalan las ONCE HORAS DEL DIA TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL SIETE.
SE CONVOCAN POSTORES.
México, D.F., a 8 de junio de 2007.
El Secretario de Acuerdos "A"
Lic. Jesús Valenzo López
Rúbrica.
(R.- 249644)
Estados
Unidos Mexicanos
Estado
de Guanajuato
Poder
Judicial del Estado
Juzgado
Décimo Primero Civil
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por éste
publicarse por 3 tres veces dentro de 9 nueve días en la Tabla de Avisos de
este Juzgado, en el diario de Mayor Circulación de esta Ciudad y en el Diario
Oficial de la Federación, anúnciese REMATE
EN PRIMERA ALMONEDA, del bien inmueble embargado dentro del Juicio
Ejecutivo Mercantil número M111/06,
promovido por ALFONSO FELIPE DE JESUS
MORALES CASTILLO Y OTROS, en contra de MA. GUADALUPE SANTIBAÑEZ FRUTIS, respecto del bien inmueble
ubicado en calle Bosques de Michoacán número 107 letra “A” del fraccionamiento
Bosques de la Presa, Segunda Sección de esta ciudad, Lote 12, Manzana 7, con
una superficie de 108 metros cuadrados, que mide y linda AL NOROESTE; seis
metros con calle de su ubicación; AL SURESTE; dieciocho metros con vivienda izquierda
mismo lote número 12;
AL SUROESTE; seis metros con terreo del señor
Ramón Ibarra; AL NOROESTE; dieciocho metros con lote 11.
Almoneda a
verificarse a las 10:00 horas del día tres de julio del año dos mil siete, y
será postura legal las dos terceras partes de la cantidad de $440,000.00
(CUATROCIENTOS CUARENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), precio de avalúo,
convóquese a postores y cítese a acreedores.
León, Gto., a 11 de junio de 2007.
La Secretaria del Juzgado Décimo Primero Civil
Lic.
Beatriz del Carmen Velázquez Tavares
Rúbrica.
(R.- 249916)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia
Civil en el Distrito Federal
EDICTO
A treinta y uno de mayo de dos mil siete.
TERCERAS PERJUDICADAS: ALEJANDRA MUÑOZ GARCIA Y LORENA MARTINEZ MENDOZA.
En los autos del Juicio de
Amparo 79/2007-I, promovido por JESUS MANUEL SALAZAR FLORES POR SU PROPIO
DERECHO, contra actos del JUEZ TRIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA; ACTUARIO DE SU ADSCRIPCION Y SECRETARIO DE SEGURIDAD
PUBLICA, TODOS DEL DISTRITO FEDERAL, demandaron; Actos Reclamados: LA FALTA DE
EMPLAZAMIENTO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL NUMERO 644/2005, DEL INDICE DEL JUZGADO
TRIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO
FEDERAL, PROMOVIDO POR ARTURO EVERARDO VIDAURRI DAMM EN CONTRA DE ALEJANDRA
MUÑOZ GARCIA, LORENA MARTINEZ MENDOZA Y MIGUEL ANGEL MARTINEZ LOZADA, ASI COMO
LAS ORDENES PARA DESALOJAR
EL INMUEBLE UBICADO EN EL NUMERO 235, DE LA AVENIDA DEL ROSAL, COLONIA OLIVAR
DEL CONDE, DELEGACION ALVARO OBREGON, CODIGO POSTAL 01470, EN ESTA CIUDAD DE
MEXICO DISTRITO FEDERAL, Y SUS CONSECUENCIAS; con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria de la Ley de Amparo, se
ordena a emplazar a juicio a las terceras perjudicadas ALEJANDRA MUÑOZ GARCIA Y
LORENA MARTINEZ MENDOZA, a fin de que comparezcan a deducir sus derechos en el
término de treinta días contados a partir del día siguiente al en que se
efectúe la última publicación, quedando a su disposición en la Secretaría de
este Juzgado copia simple del escrito inicial de demanda, así como de auto
admisorio de catorce de febrero de dos mil siete; mismos que serán publicados
por tres veces de siete en siete días, en uno de los periódicos de mayor
circulación de la República, así como en el Diario Oficial de la Federación,
haciéndole saber a la tercera perjudicada que deberá ocurrir al presente juicio
de garantías dentro del término de treinta días, contados a partir del día
siguiente al de la última publicación, apercibida de que en caso de no
apersonarse a este juicio de amparo, las posteriores notificaciones se le harán
por medio de lista, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30, fracción
II de la Ley de Amparo.
México, D.F., a 31 de mayo de 2007.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Rosa
Alejandra Macozay Saucedo
Rúbrica.
(R.- 249215)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales
Federales en el Estado de Chiapas
Cintalapa de Figueroa, Chiapas
EDICTO
A quien acredite derechos de propiedad.
En los autos de la causa penal 17/2006-I, que se
instruyó contra José
Antonio Gómez López o López Gómez, por considerarlo penalmente responsable en
la comisión del delito transportar por territorio nacional a varios extranjeros
sin la documentación correspondiente, con propósito de tráfico y con la
finalidad de evadir la revisión migratoria, previsto y sancionado en el párrafo segundo del
artículo 138, de la Ley General de Población, en términos del numeral 13,
fracción III, del Código Penal Federal; el catorce de mayo de dos mil siete, se
dictó un acuerdo en el que: atendiendo a que se desconoce identidad y domicilio
del propietario del automotor afecto a la causa, se ordenó notificar por
edictos a quien acredite tal carácter, deberá comparecer debidamente
identificado ante este
Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de
Chiapas, sito en el Centro de Readaptación Social Catorce “El Amate”, en
Cintalapa de Figueroa, Chiapas, para que esté en aptitud de solicitar la devolución del vehículo
marca Ford, tipo tres toneladas, color blanco, placas de circulación CY62738
del Estado de Chiapas, serie 3FEKF37H4SMA16021, modelo 1995, que se encuentra a
disposición del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes del Sector
Público, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en la inteligencia que de
no reclamarlo dentro del plazo de noventa días naturales, que al efecto concede
el artículo 41, del Código Penal Federal, contados a partir de la fecha de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de los de
mayor circulación nacional, como lo prevé el numeral 182-B, fracción II,
párrafo segundo, del Código Federal de Procedimientos Penales, el vehículo será
subastado y el producto de su enajenación será destinado al mejoramiento de la
impartición de justicia, para lo cual, en su momento se enviarán por conducto
de la autoridad que lo administra
a la Secretaría Técnica del Comité del Fondo de Apoyo a la Administración de
Justicia, del Consejo de la Judicatura Federal, como lo prevén los artículos
245, 246 y 247, de la Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Federación.
Atentamente
Cintalapa
de Figueroa, Chis., a 14 de mayo de 2007.
El
Juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas
Eduardo Javier Sáenz Hernández
Rúbrica.
(R.- 249101)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Quinto Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A NELSON FRANCISCO BRAVO Y TRONCOSO
SERRANO.
Se hace saber a NELSON FRANCISCO BRAVO Y TRONCOSO SERRANO, que Banco
Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo
Financiero Banorte en cuanto titular de los derechos litigiosos, tiene
promovido en su contra el Juicio Ordinario Mercantil número 613/2003,
reclamando la declaración del vencimiento del término de vigencia del contrato
de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria y demás accesorios,
dentro del cual con fecha 10 diez de abril del año en curso, se dictó un auto,
en el que por desconocerse su domicilio, se ordena emplazarlo por este medio,
para que dentro de 30 treinta días hábiles contados desde la publicación del
primer edicto, comparezca ante este Juzgado a contestar la demanda y, en caso
de no hacerlo, se tendrá por contestada en sentido negativo. Quedan a su
disposición las correspondientes copias de traslado en la Secretaría de este
Juzgado.
Publíquese el presente edicto por tres veces consecutivas en el
Periódico Oficial del Estado, otro de mayor circulación en la entidad, Estrados
de este Juzgado y en el Diario Oficial de la Federación.
Morelia,
Mich., a 13 de abril de 2007.
La
Secretaria de Acuerdos
Lic. Fabiola Jiménez Balleño
Rúbrica.
(R.- 249935)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el
Distrito Federal
EDICTO
JAIME DE JESUS MENDEZ CHAVEZ.
En los autos del juicio de amparo 87/2007-VII, promovido por ESPERANZA
VELASCO, por su propio derecho, contra actos del JUEZ Y ACTUARIO, AMBOS
ADSCRITOS AL JUZGADO QUINCUAGESIMO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL; al ser señalado
como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en
la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la
Ley de la Materia, se ordena su emplazamiento a juicio de mérito por edictos,
los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario
Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la
República, haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado
queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuenta con un
término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales
edictos, para que ocurra al juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México,
D.F., a 6 de junio de 2007.
El
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito
Federal
Lic. Rafael Enrique Domínguez Bolaños
Rúbrica.
(R.- 250070)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Primero de Jurisdicción Concurrente del Primer
Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
No. 45142
A las 11:00-once horas del día 16-dieciséis de julio del año 2007-dos
mil siete, dentro del JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL que se tramita ante este Juzgado
Primero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado,
con residencia en Monterrey, Nuevo León, bajo el Expediente Judicial número
0177/2006, promovido por JAVIER EDUARDO ACUÑA GAUNA, en su carácter de
Representante Legal de
la empresa denominada CADECO, S.A. DE C.V. en contra de ALEJANDRO GENARO
MARTINEZ BARRAGAN y ROSAVEL CARRILLO NEVAREZ DE MARTINEZ, tendrá verificativo
la Audiencia de Remate en Pública Subasta y Primera Almoneda, del bien inmueble
embargado en autos, consistentes en: CASA HABITACION MARCADA CON EL NUMERO 239
DE LA CALLE PASEO DE LA FUENTE EN EL FRACCIONAMIENTO
VILLA BONITA EN OBREGON, SONORA, CONSTITUIDA SOBRE EL LOTE NUMERO 45, DE
LA MAZANA 63, DEL FRACCIONAMIENTO ANTES MENCIONADO, CON SUPERFICIE DE 140.00 METROS
CUADRADOS, QUE COLINDA AL NORTE EN 7.00 METROS CON EL LOTE NUMERO 21;
AL SUR EN 7.00 METROS CON LA CALLE PASEO DE LA FUENTE, AL ESTE EN 20.00 METROS
CON EL LOTE NUMERO 46 Y AL OESTE EN 20.00 METROS CON EL LOTE NUMERO 44, TODOS
DE LA MISMA MANZANA. MISMA QUE SE ENCUENTRA INSCRITA BAJO EL NUMERO 96,656,
VOLUMEN 231, SECCION I DEL REGISTRO PUBLICO DE DICHA LOCALIDAD.- Advirtiéndose
que el valor del inmueble en cuestión lo es la cantidad de $307,500.00
(TRESCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), servirá como
postura legal la cantidad de $205,000.00 (DOSCIENTOS CINCO MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL), que corresponde a las dos terceras partes del valor emitido
por los peritos designados en autos. Al efecto procédase a convocar a postores
por medios de edictos que deberán publicarse por 03-tres veces dentro del
término de 9-nueve días hábiles en el Diario Oficial de la Federación, así como
en los estrados de este Juzgado y en los estrados del Juzgado de la ciudad de
Obregón, Sonora. Convocándose a los postores interesados en intervenir en la
subasta de referencia, quienes deberán consignar previamente, mediante
certificado de depósito, cuando menos la cantidad equivalente al 10%-diez por
ciento del valor pericial. Hágase saber a los interesados que en la Secretaría
del Juzgado se les proporcionarán mayores informes.- Doy Fe.
Monterrey, N.L., a 31 de mayo de 2007.
El
Secretario del Juzgado Primero de Jurisdicción Concurrente
del
Primer Distrito Judicial en el Estado
Lic. Pedro Mayorga García
Rúbrica.
(R.- 249313)
Estados
Unidos Mexicanos
Poder
Judicial de la Federación
Segundo
Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del
Decimoséptimo
Circuito en Chihuahua, Chih.
EDICTO
GUADALUPE BEJARANO ROJO DE ANAYA
JESUS ANAYA MOLINA
JOSE ESPINOZA ALMAZAN.
TERCEROS PERJUDICADOS.-
En cumplimiento al proveído de veintisiete de octubre de dos mil seis, pronunciado en los autos del juicio de amparo directo civil número 487/2006, que promueve Lidia y Alfa Lorena, de apellidos Bustillos Heras, por conducto de sus apoderados licenciados Lorenzo Rodríguez Armendáriz y Adolfo Garza Esquivel, en el que se ordenó emplazar por edictos a los terceros perjudicados Guadalupe Bejarano Rojo de Anaya, Jesús Anaya Molina y José Espinoza Almazán. En consecuencia, procédase a emplazar por edictos a los mencionados terceros perjudicados, respecto de la demanda de garantías promovida por Lidia y Alfa Lorena, ambas de apellidos Bustillos Heras, por conducto de sus apoderados licenciados Lorenzo Rodríguez Armendáriz y Adolfo Garza Esquivel, en contra de la resolución de treinta de junio de dos mil seis, pronunciada en el toca de apelación 287/2006, del índice de la Octava Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con residencia en esta Ciudad; debiéndose publicar dichos edictos por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo del conocimiento de los terceros perjudicados Guadalupe Bejarano Rojo de Anaya, Jesús Anaya Molina y José Espinoza Almazán, que quedará a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal, copia de la demanda de garantías, y que deberán comparecer ante este Tribunal dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibidos que de no comparecer dentro del término indicado por representante, por apoderado o gestor que pueda representarlos, se les tendrá como debidamente emplazados, y las ulteriores notificaciones se les harán por lista que se fijará en los Estrados de este Tribunal. Doy Fe.
Chihuahua, Chih., a 27 de octubre de 2006.
La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en
Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito
Lic. Nancy Dolores
González Ramos
Rúbrica.
(R.- 249185)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún
EDICTO
En
el juicio de amparo 1618/2006, promovido por KEVIN WILLIAM BUCK, se señaló como
acto reclamado: "El auto de once de
diciembre de dos mil seis. Se ordenó emplazar al Tercero Perjudicado GARY LYNN O'DELL, por
medio de edictos a costa del
quejoso, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el "Diario Oficial de la
Federación" y en el periódico "Excélsior
de México", haciéndoles saber que deben presentarse ante este Juzgado de Distrito dentro de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación y señalar
domicilio en esta ciudad para
oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo, se seguirá el
juicio haciéndoles las ulteriores notificaciones por medio de lista.
Atentamente
Cancún, Q. Roo, a 16 de febrero de 2007.
El Juez del
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Lic. Ramón
Arturo Escobedo Ramírez
Rúbrica.
(R.- 250113)
C. RUFINA RIOS SANTIAGO o MARIA RUFINA RIOS
SANTIAGO.
(TERCERA PERJUDICADA)
PRESENTE.
En el juicio de garantías
número 786/2006, promovido por ROSA RIOS SANTIAGO, contra actos del agente
Municipal de Santa Martha Chichihualtepec, Ejutla de Crespo, Oaxaca, y otras
autoridades, se reclama la orden escrita o verbal emitida para desalojarla de
su predio y otros; con fundamento en al artículo 30, fracción II, de la Ley de
Amparo, se ordenó emplazarla con el carácter de tercera perjudicada por medio
de edictos. Se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta
días, contados a partir del siguiente al de la última publicación. Se le
apercibe que de no comparecer al presente juicio de garantías,
se seguirá el trámite del mismo y se efectuarán por lista de acuerdos las
posteriores notificaciones que se le deban practicar.
La copia de la demanda de
garantías queda a su disposición en la secretaría de este Juzgado.
Oaxaca de Juárez, Oax., a 26 de marzo de 2007.
El
Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Oaxaca
Lic. Manuel
Isaac García Sánchez
Rúbrica.
(R.- 250116)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Noveno de lo Civil
EDICTO
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por PERDOMO DIAZ
JUANA INES, en contra de DISTRIBUCION DE MORELOS VEGA S.A. DE C.V Y ROGELIO
VEGA DIAZ, LUZ MARIA DIAZ ORTIZ, ROGELIO VEGA TORRA, RODRIGO VEGA DIAZ Y
ROLANDO VEGA DIAZ expediente No. 810/2004,
LA C. JUEZ QUINCUAGESIMO NOVENO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, DICTO AUTO
CON FECHA CATORCE DE MAYO DOS MIL SIETE,
A sus autos el escrito de la parte actora y tomando en consideración lo
manifestado en el mismo así como de las constancias de autos, por corresponder
al estado procesal del presente juicio y en ejecución de sentencia, como se
solicita para que tenga lugar la subasta pública en PRIMERA ALMONEDA de los
bienes inmuebles embargados a la parte demandada consistentes en el local
comercial marcado con el número dos, así como el área tributaria de la zona
común del 9.475%, edificado sobre el inmueble ubicado en la Avenida Vicente
Guerrero, esquina nueva Alemania en la Colonia San Cristóbal, Código Postal
62230, Municipio de Cuernavaca, Estado de Morelos, con superficie de 88.44m2 y
local comercial marcado con el número trece, así como el área tributaria de la
zona común del 2.361%, edificado sobre el bien inmueble ubicado en la Avenida
Vicente Guerrero, esquina nueva Alemania en la Colonia San Cristóbal, Código
Postal 62230, Municipio de Cuernavaca, Estado de Morelos, con superficie de
22.04m2. Valuados por el perito de la parte actora en la cantidad de $1’104,750
00/100 M.N, (UN MILLON CIENTO CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 MN)
para el primero de los inmuebles señalados y la cantidad de $305,000.00 00/100
MN (TRESCIENTOS CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) para el segundo de los
mencionados. Y para que tenga verificativo dicha subasta se señalan LAS DOCE
HORAS DEL DIA CINCO DE JULIO PROXIMO, sirviendo de base para el remate de la
totalidad de las cantidades antes señaladas y siendo postura legal la que cubra
dichas cantidades, así mismo, para intervenir en el remate los licitadores
deberán exhibir el diez por ciento del valor del inmueble que en su caso les
interese, mediante certificado de depósito expedido por BANSEFI y sin cuyo
requisito no serán admitidos, sirve de fundamento a lo anterior el artículo 481
y 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria.
Asimismo dicha subasta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1411 del
Código de Comercio y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado
supletoriamente, deberá anunciarse por medio de edictos que se publicarán por
TRES VECES dentro de NUEVE DIAS en los tableros de avisos de este juzgado y en
el Diario Oficial de la Federación. Por otra parte y tomando en consideración que
los inmuebles materia del remate de que se trata se encuentra fuera de la
jurisdicción de este Juzgado, con fundamento en el último de los preceptos
antes invocados, con los insertos necesarios gírese atento exhorto al C. JUEZ
DE DISTRITO COMPETENTE EN CUERNAVACA, ESTADO DE MORELOS; para que se sirva
anunciar el remate en cuestión en la puerta del juzgado.- NOTIFIQUESE.- Lo
proveyó y firma la C. Juez.- DOY FE.
México, D.F., a 31 de mayo de 2007.
La
C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Susana Leos Godínez
Rúbrica.
(R.- 249807)
Estado
de México
Poder
Judicial
Tribunal
Superior de Justicia del Estado de México
Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, México
EDICTO
TEYCA, S.A.
Hago de su conocimiento que la
Sucesión a Bienes de Alfonso Candelario Hernández Loya por conducto de su
Albacea Jorge Arturo Hernández Méndez, promovió juicio de Garantías en contra
de la sentencia de fecha trece de octubre del dos mil seis, dictada por la
Segunda Sala Colegiada Civil de Tlanepantla, Estado
de México, en la Toca 749/2006, relativo al recurso de apelación hecho valer
por la Sucesión a Bienes de Alfonso Candelario Hernández Loya por conducto de
su Albacea Jorge Arturo Hernández Méndez, en contra de la resolución dictada
por el Juez Octavo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Tlalnepantla con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, de fecha
diecisiete de agosto del dos mil seis, en el juicio Ordinario Civil Usucapión,
expediente número 410/2004, promovido por La Sucesión a Bienes de Alfonso Candelario
Hernández Loya en contra de TEYCA, S.A., asimismo por auto de fecha catorce de
mayo de dos mil siete, la Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, México,
ordenó el emplazamiento por Edictos de la Tercera Perjudicada TEYCA, S.A.,
haciéndole saber que deberá presentarse a deducir sus derechos ante el Cuarto
Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito en el Estado de
México, en el Amparo Directo 267/2007, promovido por la Sucesión a Bienes de
Alfonso Candelario Hernández Loya por conducto de su Albacea Jorge Arturo
Hernández Méndez, dentro del término de treinta días contados a partir del
siguiente al de la última publicación de los Edictos ordenados, asimismo deberá
fijarse en la puerta del Tribunal copia íntegra del presente proveído y de la
demanda de Garantías, por todo el tiempo
del emplazamiento, dejando a su disposición en la Secretaría de esta Sala las
copias de traslado de la demanda de garantías debidamente selladas y cotejadas
para que se imponga de ellas.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República Mexicana, se expiden los presentes el día uno de junio del dos mil siete.
El Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, Estado de México
Lic. Francisco Santos
Rojas
Rúbrica.
(R.- 249336)
Estados
Unidos Mexicanos
Poder
Judicial de la Federación
Juzgado
Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
Tercera perjudicada: ELOISA RUESGA IBARRA
En los autos del juicio de amparo 249/2007-IX-B, promovido por Carlos Ricardo Peñaloza Martínez, apoderado legal del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, contra actos de la Licenciada Luz del Carmen García Rangel. C. Agente del Ministerio Público Federal Titular de la Mesa XXI-DDF adscrita a la Subdelegación de Procedimientos Penales en el Distrito Federal y otras autoridades; al ser señalada como tercera perjudicada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de la Materia, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República, haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra a este órgano constitucional por propio derecho o a través de su representantes legales, a hacer valer sus derechos, apercibido de que en caso de no hacer manifestación alguna, las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se practicarán por medio de lista que se publica en este Juzgado, conforme lo dispuesto en el artículo 30, fracción I, de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Atentamente
México, D.F., a 7 de junio de 2007.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Juan Manuel Marines
de la Garza
Rúbrica.
(R.- 249924)
Estados
Unidos Mexicanos
Tribunal
Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado
Cuadragésimo Sexto de lo Civil
EDICTO
NOTIFICACION A CLUB DE GOLF MEXICO, S.A. DE C.V.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL MERCANTIL, PROMOVIDO POR JOFFE DE ROOSE NORMA, EN CONTRA DE CLUB DE GOLF MEXICO, S.A. DE C.V., EXPEDIENTE NUMERO 188/2007, EL C. JUEZ CUADRAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL, ORDENO NOTIFICARSELE LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA DOS DE MAYO DE DOS MIL SIETE COMO SIGUE: "... RESUELVE. PRIMERO.- Ha sido procedente la vía especial mercantil intentada por JOFFE DE ROOSE NORMA en consecuencia. SEGUNDO.- Se ordena a la persona moral denominada Club de Golf México, S.A. de C.V., cancelar el anterior título de propiedad que fue extraviado, consecuentemente y con motivo de ello expida copia del duplicado del certificado de propiedad que avala a la señora Joffe de Roose Norma como propietaria de la Acción Número 971 de la Serie "B". TERCERO.- No se hace especial condena en costas en esta instancia. CUARTO.- Publíquese por una vez un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial de la Federación. QUINTO.- Notifíquese al Club de Golf México, S.A. de C.V., que a partir de que la presente resolución cause ejecutoria o sea legalmente ejecutable expida copia certificada del duplicado del certificado de propiedad que avala a la señora Joffe de Roose Norma como propietaria de la Acción número 971 de la Serie "B". SEXTO.- Notifíquese y guárdese en el legajo de sentencias copia autorizada de la presente resolución. ASI DEFINITIVAMENTE juzgando lo resolvió y firma el C. Juez Cuadragésimo Sexto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Licenciado JUAN CARLOS GONZALEZ GONZALEZ, ante el C. Secretario de Acuerdos, Licenciado CIRO CUETO DE LA CRUZ, que autoriza y da fe respectivamente. Doy fe.". LO QUE HAGO DE SU CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
PARA SU PUBLICACION POR UNA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
México, D.F., a 5 de junio de 2007.
El C. Secretario de Acuerdos "B"
Lic. Ciro Cueto de la Cruz
Rúbrica.
(R.- 249932)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
San Luis Potosí
EDICTO
QUE SE ORDENO POR AUTO DE VEINTIUNO DE MAYO DE DOS
MIL SIETE, EN EL JUICIO DE AMPARO 365/2007-0,
PROMOVIDO POR BERGER Y BERGER
INMOBILIARIA, S.A. DE C.V., CONTRA ACTOS DEL DIRECTOR y/o REGISTRADOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL
COMERCIO DE SAN LUIS POTOSI.
“…Razón. En veintiuno
de mayo de dos mil siete, la
Secretaria del Juzgado Yolanda Zamarripa Pérez, da cuenta a la Juez en el
juicio de amparo 365/2007-0 con
el acta levantada por la Actuaria Judicial adscrita a este Juzgado, y con el
estado que guardan los presentes autos. Conste.
San Luis Potosí, San Luis Potosí, veintiuno de mayo de dos mil siete.
Visto el contenido del acta levantada por la Actuaria
Judicial adscrita a este Juzgado de la que se desprende que no le fue posible
emplazar al presente juicio constitucional, ni notificarle los proveídos de
catorce de marzo y diecisiete de mayo, ambos de dos mil siete, al tercero
perjudicado Manuel Caballero Suárez Roces, por las razones que en la misma
expone.
En consecuencia y toda vez que de autos se desprende
que las autoridades requeridas mediante auto de treinta de abril de dos mil
siete, para que informaran a este Juzgado si el tercero perjudicado Manuel
Caballero Suárez Roces, tenía algún registro ante las mismas, y en su caso
proporcionaran el domicilio del citado tercero perjudicado para poderlo
emplazar al presente sumario, informaron que no contaban con ningún registro
del domicilio del referido tercero perjudicado, en tal virtud se acuerda:
Visto el estado que guardan los presentes autos y
toda vez que de los mismos se advierte que el quejoso no deshogó el
requerimiento de veinticuatro de abril de dos mil siete (f. 159 de autos), en
el cual se le requirió para que señalara el domicilio actual y correcto del
tercero perjudicado Manuel Caballero Suárez Roces y así poderlo emplazar al
presente juicio constitucional; en tal virtud y toda vez que la parte quejosa
fue omisa en proporcionar el domicilio de dicho tercero perjudicado, se hace
efectivo el apercibimiento antes mencionado, y, con fundamento en el artículo
30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria de la Ley de Amparo,
emplácese a Manuel Cabalero Suárez
Roces por medio de edictos, que serán a costa del quejoso, los que
deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, tanto en el Diario
Oficial de la Federación, como en el periódico “Excélsior”, por ser uno de los
de mayor circulación en este País; hágasele saber a dicho tercero perjudicado
que deberá presentarse ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de
San Luis Potosí, dentro del término de treinta días contados a partir de
siguiente al de la última publicación de los edictos, apercibido que de no
hacerlo se le tendrá legalmente emplazado a este juicio de garantías y las
notificaciones que le correspondan se harán por medio de lista, que se fija en
los estados de este Juzgado.
Con fundamento en el artículo 297, fracción II, del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de
Amparo, requiérase al quejoso para que dentro del término de tres días
comparezca a este Juzgado a recibir los edictos correspondientes, a fin de que
a la brevedad proceda a su publicación, y en su oportunidad, exhiba las constancias
relativas, apercibido que de no hacerlo se sobreseerá en el presente juicio de
garantías, atento a la tesis de jurisprudencia emitida por la Segunda Sala de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicada en la página 212, del Tomo
XVI, Julio de 2002, Novena Epoca, del Semanario Judicial de la Federación y su
Gaceta, con el rubro:
“EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS
AL TERCERO PERJUDICADO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS, PARA PAGAR
SU PUBLICACION Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO.
Ahora bien, una vez que el quejoso recoja los
edictos, fíjese en los estrados de este Juzgado copia íntegra de este proveído
por todo el tiempo del emplazamiento.
Notifíquese; hágase
personalmente al quejoso.
Lo proveyó y firma Eva Elena Martínez de la Vega, Juez Primero de Distrito en el
Estado, y Secretaria con quien actúa Yolanda Zamarripa Pérez. Doy fe…”
LA LICENCIADA YOLANDA ZAMARRIPA PEREZ, SECRETARIA DEL
JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO.
CERTIFICA
QUE LA PRESENTE COPIA ESTA TOMADA FIELMENTE DE SU
ORIGINAL, QUE OBRA EN EL JUICIO DE AMPARO 365/2007-0, PROMOVIDO POR BERGER
Y BERGER INMOBILIARIA, S.A. DE C.V., CONTRA ACTOS DEL DIRECTOR y/o REGISTRADOR DEL REGISTRO PUBLICO
DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE SAN LUIS POTOSI.
San Luis Potosí, S.L.P., a 24 de mayo de 2007.
La Secretaria del Juzgado
Yolanda
Zamarripa Pérez
Rúbrica.
(R.- 248977)
Estados
Unidos Mexicanos
Poder
Judicial de la Federación
Juzgado
Decimosegundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal
EDICTO
EDICTO A SANTIAGO POZO ARENAS
(TERCERO LLAMADO A JUICIO), EN EL JUICIO ORDINARIO FEDERAL ADMINISTRATIVO
NUMERO 15/2004, PROMOVIDO POR TELEVISA, SOCIEDAD ANOMINA DE CAPITAL VARIABLE,
MEDIANTE EL CUAL DEMANDAN AL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO
DE AUTOR DE LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA, LAS SIGUIENTES PRESTACIONES:
A) LA NULIDAD DEL REGISTRO NUMERO
5340 DE LA OBRA LITERARIA DENOMINADA "LA LUPA";
B) LA DECLARACION JUDICIAL POR LA
VIOLACION COMETIDA POR EL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR SOBRE LA
PROTECCION CON QUE LA OBRA LITERARIA LA LUPA CONTABA DESDE SU CREACION; C) LA DECLARACION JUDICIAL EN EL
SENTIDO DE QUE NO ES LEGALMENTE POSIBLE QUE LA AUTORIA Y DERECHOS MORALES
RELATIVOS A LA OBRA TITULADA "LA LUPA" PUEDAN CORRESPONDER A PERSONAS
DISTINTAS A LOS AUTORES ORIGINALES COMO RESULTADO DEL REGISTRO DE LA MISMA EN
DIVERSOS PAISES; D) EL
RESTABLECIMIENTO DE HECHO Y DERECHO DE TODAS LAS COSAS AL ESTADO EN QUE SE
ENCONTRABAN ANTES DEL REGISTRO DE LA OBRA "LA LUPA"; SE DICTO UN
ACUERDO QUE A LA LETRA DICE:
MEXICO, DISTRITO FEDERAL, VEINTITRES DE MARZO DE DOS MIL SIETE.
Agréguese a los presente autos los escritos signados por Carlos Malpica Hernández, apoderado de la parte actora; en atención al escrito registrado con el número 5914, conforme al artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, y en virtud de que se ignora dónde se encuentra el tercero interesado Santiago Pozo Arenas, procédase a realizar su emplazamiento en este juicio por MEDIO DE EDICTOS, a costa de la parte actora, los cuales deberán ser publicados por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo saber a dicho tercero interesado que, de convenir a sus intereses, deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente día al de la última publicación, debiendo señalar domicilio en esta ciudad para recibir notificaciones.
Asimismo y una vez que los edictos en cuestión sean recibidos por la parte actora, fíjese en la puerta principal de este órgano federal, copia íntegra de la presente resolución por todo el tiempo que dure el emplazamiento de mérito, quedando apercibido el tercero llamado a juicio que de no comparecer en este juicio de garantías, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fijarán en los estrados de este juzgado federal.
Luego entonces, con fundamento en el artículo 297 fracción II, del código procesal en cita, requiérase a la parte actora, para que en el término de tres días, contado a partir de la notificación que se le haga de este acuerdo, se constituya en este juzgado de distrito, para efectos de recibir los edictos en cuestión, apercibida que de no hacerlo así y en el término antes indicado, se acordará lo en que derecho corresponda en el presente juicio, toda vez que al incumplir con un presupuesto procesal, el suscrito se encuentra imposibilitado para pronunciarse sobre el fondo de lo planteado en este juicio ordinario federal administrativo.
Por otro lado, en cuanto al segundo escrito, en el que solicita se fije término para que los terceros llamados a juicio Monserrat Hernández Llenas y Esteban Riera Llauger, presenten su respectivo escrito de contestación a la demanda; dígase al ocursante que la obligación para contestar la demanda en el plazo a que hace alusión el artículo 327 del Código Federal de Procedimientos Civiles, sólo es aplicable a la parte demanda, por ende, los terceros llamados a juicio no tiene tal carga procesal, ya que al haber sido emplazados como terceros interesados es facultad discrecional para que en caso de estimarlo conveniente a sus intereses, acudir en defensa de sus derechos.
No obstante lo anterior, de conformidad con el artículo 293, fracción IV, del código federal en comento, al caso resulta aplicable el término de seis meses, para que los terceros llamados a juicio que radican en Europa, hagan valer lo que a sus intereses convenga en relación a la demanda materia del presente asunto, por lo que tal término será contado a partir del día siguiente al en que fueron emplazados.
Asimismo, hágase de las partes que no obstante transcurrido dicho plazo, los referidos terceros podrán alegar los que a su derecho convenga en cualquier etapa procesal en que se encuentre el presente juicio; lo anterior para los efectos legales a que haya lugar.
NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE ACTORA.
Así lo resolvió y firma MIGUEL DE JESUS ALVARADO ESQUIVEL, Juez Decimosegundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, asistido del Secretario del Juzgado que autoriza y da fe, Jorge Mercado Mejía. Doy fe.
México, D.F., a 30 de marzo de 2007.
El Secretario del Juzgado Decimosegundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal
Lic. Jorge Mercado Mejía
Rúbrica.
(R.- 249346)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la
Federación
Juzgado Sexto de Distrito en
el Estado de Sinaloa
con residencia en Los Mochis
EDICTO
A PUBLICARSE EN UN DIARIO DE CIRCULACION NACIONAL Y
EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
Los Mochis, Sinaloa, a 21 de mayo de 2007.
Por éste publicaráse una sola vez Diario Oficial de
la Federación y diario mayor circulación nacional, presente EDICTO, notificando
a RAMON GARCIA LOPEZ, presunto propietario del tractocamión marca Famsa, tipo
quinta rueda, modelo 1985, serie número DF2570ME800947, con placas de
circulación 521-DV-7 del Servicio Público Federal; y del remolque tipo tanque,
marca Trailmobile, modelo 1989, serie número 801622, placas de circulación
118WB2 del Servicio Público Federal, asegurados en el proceso penal
51/2006-III, deberá presentarse ante este Juzgado Sexto de Distrito,
ubicado en Madero cuatrocientos cincuenta poniente, en esta ciudad, dentro de
los tres meses siguientes a la publicación de este edicto, a acreditar la legal
propiedad sobre los bienes antes descritos; apercibido que de no hacerlo, se
declarará abandonado a favor del Gobierno Federal. CUMPLASE.
Lo proveyó y firmó el Licenciado Germán Martínez Cisneros, Juez Sexto de Distrito en el Estado de
Sinaloa, ante el Secretario de Juzgado que autoriza y da fe.- Doy fe. Dos
firmas ilegibles.- Rúbrica.
(R.- 250117)
AVISOS
GENERALES |
INMOBILIARIA
BEIGE, S.A. DE C.V.
EN LIQUIDACION
ESTADO DE POSICION FINANCIERA
(BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE MARZO DE 2007)
cifras en pesos
Activos que se entregan
Efectivo en caja y bancos $4,404,722.00
Contribuciones a favor 40,755.00
Sub-total 4,445,477.00
Menos: pasivos que se le ceden a los accionistas
Cuentas por pagar 47,500.00
Total de remanente que se distribuye a los accionistas $4,397,977.00
Sra. Ma. de los Angeles Luba Clement Pérez 87,960.00
Sr. Adán Rentería Lomelí 4,310,017.00
Sub-total 4,397,977.00
Saldo $ 00.00
Querétaro, Qro., a 31 de marzo de 2007.
Liquidador
Adán Rentería Lomelí
Rúbrica.
(R.- 249480)
MICRO DISPOSITIVOS
MEDICOS, S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006
ACTIVO
Bancos 136,544
Impuestos anticipados 83,163
SUMA TOTAL DEL ACTIVO 219,707
CAPITAL
Capital social 50,000
Reserva legal 10,000
Resultados de ejercicios anteriores 159,707
SUMA CAPITAL 219,707
México, D.F., a 5 de enero de 2007.
Liquidador
Salomón Leizorek Wilk
Rúbrica.
(R.- 249591)
CEDESART,
S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACION)
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 26 DE DICIEMBRE DE 2006
(cifras expresadas en pesos)
En cumplimiento a lo dispuesto por el
artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que por
acuerdo tomado por la totalidad de los accionistas, el 29 de diciembre de 2006,
se resolvió la disolución de la sociedad. Disuelta la sociedad se ha puesto en
liquidación, habiéndose procedido a practicar el balance final de liquidación
con cifras al 31 de diciembre de 2006, el cual se publica por tres veces, de
diez en diez días.
El balance, papeles y libros de la sociedad quedan a disposición
de los accionistas a efectos de lo previsto en el segundo párrafo del inciso II
del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
CEDESART,
S.A. DE C.V.
ESTADO
DE POSICION FINANCIERA, BALANCE GENERAL AL 31/12/2006
(pesos)
ACTIVO Dic.-06
Activo circulante
Cuentas por cobrar-neto $ 0
Total CIRCULANTE 0
SUMA DEL ACTIVO 0
PASIVO
Pasivo circulante
Cuentas por pagar $ 1,182,349
Total CIRCULANTE 1,182,349
SUMA DEL PASIVO 1,182,349
CAPITAL CONTABLE
Capital social 50,000
Déficit (1,227,880)
Utilidad (pérdida) (4,469)
CAPITAL CONTABLE (1,182,349)
PASIVO Y CAPITAL 0
El
Haber Social será repartido entre los socios de manera proporcional a su
participación accionaria.
México,
D.F., a 1 de junio de 2007.
Liquidadores
C.P.
Cesar Guadalupe Moreno C.P. Luis Rufino
Garmilla Rojon
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 249596)
SEGUROS EL POTOSI, S.A.
NOTA
ACLARATORIA
En relación a la publicación de los estados financieros al 31 de
diciembre de 2006, publicados en la edición del Diario Oficial de la Federación
del 26 de febrero de 2007, con el registro número (R.- 244379),
por un error involuntario, se omitió anotar el nombre del dominio de la página
electrónica en Internet que corresponde a nuestra institución, así como la ruta
mediante la cual se puede acceder directamente al “Informe de Notas de
Revelación de los Estados Financieros”, mismos que a continuación se señalan:
http://www.elpotosi.com.mx, y la ruta
www.elpotosi.com.mx/institucion-financiera.htm; lo anterior con el fin de dar
cumplimiento a las especificaciones de la circular S-18.2.2 de la Comisión
Nacional de Seguros y Fianzas.
San
Luís Potosí, S.L.P., a 13 de junio de 2007.
Director
General Comisario
Lic. Jorge Douglas Dugelby Pointelin C.P. Marcelo de los Santos Fraga
Rúbrica. Rúbrica.
Director
de Admón. y Finanzas
C.P. Vicente Carmelo Villalobos
Gutiérrez
Rúbrica.
(R.- 250073)
SERVICIOS DIGITALES EN SISTEMAS DE COMUNICACION, S.C. EN
LIQUIDACION BALANCE FINAL DE LIQUIDACION (pesos) Activo total 0.00 Pasivo total 0.00 Capital contable 0.00 México, D.F., a 25 de mayo de 2007. Liquidador José Luis Raymundo Flores Manzo Rúbrica. (R.-
248962) |
|
AVISO AL PUBLICO Se
informa al público en general que los costos por suscripción y ejemplar del Diario
Oficial de la Federación, a partir del 1 de enero de 2007, son Suscripción
semestral: $ 1,038.00 Ejemplar
de una sección del día: $ 10.00 El precio se incrementará $3.00 por
cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la
Federación |
Pemex Exploración y Producción
Dirección Corporativa de Administración
de Petróleos Mexicanos
Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
De
conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Pemex
Exploración y Producción, a través de la Subdirección Corporativa de Administración
Patrimonial de Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y morales,
nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones públicas que se
mencionan para la enajenación onerosa de los siguientes bienes:
Licitación SUCAP-ME- |
Descripción general |
Valor para venta |
Localización unidades |
Plazo de retiro |
372/07 |
Chevrolet pick up 1998 (4) V.W. Sedán unificado 1998 Chevrolet Chevy Pop 1998 |
$250,600.00 M.N. |
Villahermosa, Tab. 6 |
15 días hábiles |
373/07 |
Chevrolet Cavalier 1997 V.W. sedán unificado 1998 |
$32,100.00 M.N. |
Villahermosa, Tab. 2 |
15 días hábiles |
374/07 |
Ford pick up XL 1997 (6) Chevrolet pick up 1998 |
$151,500.00
M.N. |
Cd.
del Carmen, Camp. 7 |
15
días hábiles |
375/07 |
Dina
camión Hiab 1997 |
$319,900.00
M.N. |
Cd.
del Carmen, Camp. 1 |
15
días hábiles |
376/07 |
Chevrolet pick up 1998 Ford Econoline Wagon 2002 |
$97,500.00
M.N. |
Cd.
del Carmen, Camp. 2 |
15
días hábiles |
La
verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se
localizan los bienes del 25 de junio al 16 de julio de 2007, en días hábiles,
de 8:30 a 15:00 horas. Las bases de las licitaciones estarán disponibles para
su consulta y adquisición en la página: http://www.sucap.pemex.com, así como en
el domicilio de la convocante, sito en Marina Nacional 329, Torre Ejecutiva,
piso 34, colonia Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código
postal 11311, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria. Su venta
se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha
establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas. Su costo será
de $300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.) IVA incluido. El pago de las bases
de la presente convocatoria, deberá hacerse mediante transferencia bancaria o
depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el
formato que genera el sistema electrónico en la página:
http://www.sucap.pemex.com o acudiendo directamente a nuestras oficinas. El
pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el
equivalente en dólares de los EE.UU., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan
Chase Bank, N.A. de Houston, Texas 77070 U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre
de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días
hábiles, antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura
de ofertas. Para participar en las licitaciones públicas, es requisito
indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que
el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex
obtenga del banco, la confirmación de pago del interesado. El acto de
presentación y apertura de ofertas, se celebrará el 17 de julio de 2007, a las
10:00 horas, en el domicilio de la convocante arriba señalado. El acto de fallo
se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas, en el mismo
lugar. Las ofertas podrán
estar referidas a una o a varias licitaciones, debiendo presentarse de manera
individual y deberán ser garantizadas mediante depósito bancario, cheque de
caja, giro bancario, orden de pago irrevocable o transferencia bancaria, en los
términos de las bases respectivas, cuyo importe no podrá ser inferior al 10%
del monto del valor para venta. De no lograrse la venta de los bienes por el
procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo
evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del
valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda
almoneda. Para mayor información favor de llamar a los teléfonos 19-44-96-30 o
19-44-96-31, fax 19-44-95-46.
México,
D.F., a 25 de junio de 2007.
El
Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Lic. Juan Zuani González
Rúbrica.
(R.- 250086)
Petróleos Mexicanos
Dirección Corporativa de Administración
de Petróleos Mexicanos
Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
De
conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales,
Petróleos Mexicanos, a través de la Subdirección Corporativa de Administración
Patrimonial, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a
participar en las licitaciones públicas que se mencionan para la enajenación
onerosa de los siguientes bienes:
Licitación SUCAP-M/ |
Descripción general |
Valor para venta |
Localización unidades |
Plazo de retiro |
361/07 |
Chevrolet pick up corta 1996 Chrysler Ram pick up 1998 (2) G.M. Cavalier 1993 |
$178,000.00 M.N. |
A.C.N. Camargo, Chih. 4 |
15 días hábiles |
362/07 |
Chevrolet Van ambulancia 2000 Chrysler pick up 1998 (3) Chrysler pick up 2000 |
$340,700.00 M.N. |
A.C.N.
Cadereyta, N.L. 5 |
15 días hábiles |
363/07 |
Nissán Sentra 1997 Chevrolet pick up corta 1997 (2) G.M. Chevy Swing 1997 Chevrolet ambulancia 1997 |
$93,700.00
M.N. |
A.C.N.
Cadereyta, N.L. 5 |
15
días hábiles |
La
verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se
localizan los bienes del 25 de junio al 12 de julio de 2007, en días hábiles,
de 8:30 a 15:00 horas. Las bases de las licitaciones estarán disponibles para
su consulta y adquisición en la página: http://www.sucap.pemex.com, así como en
el domicilio de la convocante, sito en Marina Nacional 329, Torre Ejecutiva,
piso 34, colonia Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código
postal 11311, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria. Su venta
se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha
establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas. Su costo será
de $300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.) IVA incluido. El pago de las bases
de la presente convocatoria, deberá hacerse mediante transferencia bancaria o
depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el
formato que genera el sistema electrónico en la página:
http://www.sucap.pemex.com o acudiendo directamente a nuestras oficinas. El
pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el
equivalente en dólares de los EE.UU., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan
Chase Bank, N.A. de Houston, Texas 77070 U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre
de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días
hábiles, antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura
de ofertas. Para participar en las licitaciones públicas, es requisito
indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que
el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que
Pemex obtenga del banco, la confirmación de pago del interesado. El acto de
presentación y apertura de ofertas, se celebrará el 13 de julio de 2007, a las
10:00 horas, en el domicilio de la convocante arriba señalado. El acto de fallo
se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas, en el
mismo lugar. Las ofertas podrán estar referidas a una o a varias licitaciones,
debiendo presentarse de manera individual y deberán ser garantizadas mediante
depósito bancario, cheque de caja, giro bancario, orden de pago irrevocable o
transferencia bancaria, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe
no podrá ser inferior al 10% del monto del valor para venta. De no lograrse la
venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a
su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las
dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación, menos un
10% en segunda almoneda. Para mayor información favor de llamar a los teléfonos
19-44-96-30 o 19-44-96-31, fax 19-44-95-46.
México,
D.F., a 25 de junio de 2007.
El
Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Lic. Juan Zuani González
Rúbrica.
(R.- 250088)
Petróleos Mexicanos
Dirección Corporativa de Administración
de Petróleos Mexicanos
Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
De
conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales,
Petróleos Mexicanos, a través de la Subdirección Corporativa de Administración
Patrimonial, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a
participar en las licitaciones públicas que se mencionan para la enajenación
onerosa de los siguientes bienes:
Licitación SUCAP-M/ |
Descripción general |
Valor para venta |
Localización unidades |
Plazo de retiro |
369/07 |
Ford
1990 acondicionada a Bronco Chrysler
Minibús 1985 Ford
1981 Camión tipo caja Chrysler
Ram pick up 1998 |
$104,300.00 M.N. |
ACN Cangrejera, Ver. 4 |
15 días hábiles |
370/07 |
Dodge pick up 1991 Dodge pick up 1992 (2) V.W. Combi 1991 Chrysler Stratus 1997 Ford Ghía sedán 1991 Ford pick up 1994 |
$112,000.00 M.N. |
ACN Cangrejera, Ver. 7 |
15 días hábiles |
371/07 |
Chrysler Ram pick-up 1998 |
$108,700.00
M.N. |
ACN
Salina Cruz, Oax. 2 |
15
días hábiles |
La
verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se
localizan los bienes del 25 de junio al 13 de julio de 2007, en días hábiles,
de 8:30 a 15:00 horas. Las bases de las licitaciones estarán disponibles para
su consulta y adquisición en la página: http://www.sucap.pemex.com, así como en
el domicilio de la convocante, sito en Marina Nacional 329, Torre Ejecutiva,
piso 34, colonia Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código
postal 11311, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria. Su venta
se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha
establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas. Su costo será
de $300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.) IVA incluido. El pago de las bases
de la presente convocatoria, deberá hacerse mediante transferencia bancaria o
depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el
formato que genera el sistema electrónico en la página: http://www.sucap.pemex.com
o acudiendo directamente a nuestras oficinas. El pago también puede efectuarse
mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU., a
la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas 77070
U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último
caso, la venta se suspenderá tres días hábiles, antes de la fecha establecida
para el acto de presentación y apertura de ofertas. Para participar en las
licitaciones públicas, es requisito indispensable exhibir original y copia del
certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre,
el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco, la confirmación de
pago del interesado. El acto de presentación y apertura de ofertas, se
celebrará el 16 de julio de 2007, a las 11:00 horas, en el domicilio de la
convocante arriba señalado. El acto de fallo se efectuará al concluir el acto
de presentación y apertura de ofertas, en el mismo lugar. Las ofertas podrán
estar referidas a una o a varias licitaciones, debiendo presentarse de manera
individual y deberán ser garantizadas mediante depósito bancario, cheque de
caja, giro bancario, orden de pago irrevocable o transferencia bancaria, en los
términos de las bases respectivas, cuyo importe no podrá ser inferior al 10%
del monto del valor para venta. De no lograrse la venta de los bienes por el
procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo
evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del
valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda
almoneda. Para mayor información favor de llamar a los teléfonos 19-44-96-30 o
19-44-96-31, fax 19-44-95-46.
México,
D.F., a 25 de junio de 2007.
El
Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Lic. Juan Zuani González
Rúbrica.
(R.- 250092)
TRACTEBEL GNP, S.A. DE C.V.
LISTA DE TARIFAS MAXIMAS
En cumplimiento con la disposición 9.63 y 9.66 de la
Directiva sobre la Determinación de Precios y Tarifas para las Actividades
Reguladas en materia de Gas Natural, y de acuerdo con las disposiciones
establecidas en el capítulo 6, sección C, de la directiva mencionada y en el
permiso G/027/DIS/97 expedidos por la Comisión Reguladora de Energía, Tractebel
GNP, S.A. de C.V. hace del conocimiento del público en general y de sus
usuarios las tarifas máximas para el servicio de distribución de gas natural:
LISTA DE TARIFAS ACTUALIZADAS EN
PESOS/GCAL
TRACTEBEL GNP, S.A. DE
C.V.
Cargo por |
Unidades |
Periodicidad |
Residencial |
Comercial bajo consumo |
Comercial alto consumo |
Industrial bajo consumo |
Industrial medio consumo |
Industrial alto consumo |
Industrial extra alto consumo |
Servicio |
Pesos |
Mensual |
21.5016 |
70.6524 |
176.9054 |
4,347.6189 |
4,858.5590 |
7,266.1604 |
9,077.0212 |
Distribución con Comercialización |
Pesos/Gcal |
Mensual |
190.8084 |
155.0606 |
155.0606 |
124.3524 |
61.2693 |
10.0204 |
5.5396 |
Distribución Simple |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Capacidad |
Pesos/Gcal |
Mensual |
- |
- |
- |
111.9172 |
55.1424 |
9.0183 |
4.9857 |
Uso |
Pesos/Gcal |
Mensual |
- |
- |
- |
12.4352 |
6.1269 |
1.0020 |
0.5540 |
Consumo adicional de Gas (1) |
|
|
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
Empaque (1) |
Pesos |
Mensual |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
Conexión no-estándar |
Pesos/m |
|
334.11 |
479.35 |
479.35 |
1,045.54 |
1,045.54 |
1,231.03 |
2,315.68 |
Pena por exceder capacidad
reservada |
Pesos/Gcal |
|
- |
- |
- |
76.99 |
76.99 |
8.95 |
4.90 |
Cheque Devuelto (2) |
Pesos |
|
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
Servicio de cobranza |
Pesos |
|
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
Depósito por probar el medidor |
Pesos |
|
200.40 |
200.40 |
200.40 |
200.40 |
200.40 |
200.40 |
200.40 |
Desconexión |
Pesos |
|
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
Reconexión |
Pesos |
|
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
(1) Se cobra sólo a los clientes industriales del servicio
de Distribución con Comercialización. PMA es el Precio Máximo de Adquisición de
Gas.
(2) Se cobra sobre el monto total del cheque.
(3) Se cobra sólo si es por causa imputable al usuario.
De acuerdo a la Resolución Res/267/2006 por lo que se
modifican las disposiciones de aplicación general expedidas por la Comisión
Reguladora de Energía en conformidad con la Norma NOM-008-SCFI-2002, Sistema
General de Unidades de Medida, las tarifas máximas para el servicio de
distribución de gas natural en la unidad Joule (J) son las siguientes:
LISTA
DE TARIFAS ACTUALIZADAS EN PESOS/GJOULE
TRACTEBEL GNP, S.A. DE
C.V.
Cargo por |
Unidades |
Periodicidad |
Residencial |
Comercial bajo consumo |
Comercial alto consumo |
Industrial bajo consumo |
Industrial medio consumo |
Industrial alto consumo |
Industrial extra alto consumo |
Servicio |
Pesos |
Mensual |
21.5016 |
70.6524 |
176.9054 |
4,347.6189 |
4,858.5590 |
7,266.1604 |
9,077.0212 |
Distribución con Comercialización |
Pesos/Gjoule |
Mensual |
45.5738 |
37.0356 |
37.0356 |
29.7011 |
14.6339 |
2.3933 |
1.3231 |
Distribución Simple |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Capacidad |
Pesos/Gjoule |
Mensual |
- |
- |
- |
26.7310 |
13.1705 |
2.1540 |
1.1908 |
Uso |
Pesos/Gjoule |
Mensual |
- |
- |
- |
2.9701 |
1.4634 |
0.2393 |
0.1323 |
Consumo adicional de Gas (1) |
|
|
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
Empaque (1) |
Pesos |
Mensual |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
0.20*PMA |
Conexión no-estándar |
Pesos/m |
|
334.11 |
479.35 |
479.35 |
1,045.54 |
1,045.54 |
1,231.03 |
2,315.68 |
Pena por exceder capacidad
reservada |
Pesos/Gjoule |
|
- |
- |
- |
18.39 |
18.39 |
2.14 |
1.17 |
Cheque Devuelto (2) |
Pesos |
|
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
Servicio de cobranza |
Pesos |
|
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
Depósito por probar el medidor |
Pesos |
|
200.40 |
200.40 |
200.40 |
200.40 |
200.40 |
200.40 |
200.40 |
Desconexión |
Pesos |
|
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
Reconexión |
Pesos |
|
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
135.05 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
(1) Se cobra sólo a los clientes industriales del Servicio
de Distribución con Comercialización. PMA es el Precio Máximo de adquisición de
Gas.
(2) Se cobra sobre el monto total de cheque.
(3) Se cobra sólo si es por causa imputable al usuario.
De acuerdo con lo establecido en la disposición 9.66 de la Directiva sobre
la Determinación de Precios y Tarifas para las Actividades Reguladas en materia
de Gas Natural estas tarifas entrarán en vigor cinco días después de su
publicación.
Los metros cúbicos serán convertidos a GigaJoules (GJoule) tomando en
cuenta el poder calorífico del gas en cuestión.
Las condiciones generales
para la prestación del servicio podrán ser consultadas en las oficinas de
Tractebel GNP, S.A. de C.V. y en las oficinas de la Secretaría Ejecutiva de la
Comisión Reguladora de Energía.
Tampico, Tamps., a 18 de junio de 2007.
Tractebel GNP, S.A. de C.V.
Representante Legal
C.P. Martín de Jesús Lucio
Sánchez
Rúbrica.
(R.- 250072)