Jueves 24 de abril de 2008 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 113




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Octava Sala Civil

EDICTO

MAURICIO ARTURO MEZA RUIZ.

Que en los autos del Toca 1726/2006, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, seguido por BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX-ACCVIVAL, S.A. DE C.V., en contra de ADMINISTRADORA DE RESTAURANTE DEL CARIBE, S.A. DE C.V. Y OTROS, se ha interpuesto juicio de Amparo en contra de la resolución dictada por esta Sala con fecha veintiuno de septiembre de dos mil seis, por lo que se ordenó emplazarlo por edictos, en virtud de haber sido señalado como tercero perjudicado y por ignorarse su domicilio, haciéndole saber que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, ante la Autoridad que por turno le corresponda conocer del juicio de Amparo, contados del día siguiente al de la última publicación.

Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y el periódico Reforma, así como en los estrados de esta Sala.

Atentamente

México, D.F., a 29 de febrero de 2008.

El Secretario de Acuerdos de la Octava Sala Civil

del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Lic. Rogelio Bravo Acosta

Rúbrica.

(R.- 265011)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado de Distrito

Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

EDICTO

Emplazamiento Tercero Perjudicado

VIAJES SHANLI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

Presente

En los autos del juicio de amparo 2054/2007, promovido por NEW MILLENIUM TRAVEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; contra actos de la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y Actuario adscrito, al ser señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio, el veintiocho de febrero del año en curso, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndole saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer su derecho y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se le hará por lista. Queda a su disposición en la secretaría de este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.

Atentamente

México, D.F., a 5 de marzo de 2008.

El Secretario

Lic. Alberto Mendoza Macías

Rúbrica.

(R.- 265554)

Estados Unidos Mexicanos

Estado de Jalisco

Poder Judicial

Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco

Primer Partido Judicial

Juzgado Octavo de lo Mercantil

EDICTO

REMATESE 11:00 HORAS, 29 MAYO 2008, JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO, EXPEDIENTE 3739/2005, ACTOR SUCESION A BIENES DE HECTOR ASCENCIO MARTINEZ, contra de EFREN FREGOSO NUÑO
Y LUZ ADRIANA CARO VARO, SIGUIENTE INMUEBLE:

CASA HABITACION MARCADA CON No. 175, CALLE EMILIANO CARRANZA, CUARTEL 2o., MANZANA 4a., EN AHUALULCO DE MERCADO, JALISCO. SUPERFICIE: 296.00 M2.

TOTAL JUSTIPRECIO AVALUO: $640,000.00 (SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).

POSTURA LEGAL: TOTAL JUSTIPRECIO AVALUO.

CONVOCANDO POSTORES.

PUBLIQUENSE EDICTOS POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL
DE LA FEDERACION, EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, ASI COMO EN LOS ESTRADOS DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE AHUAHULCO DE MERCADO, JALISCO.

Guadalajara, Jal., a 26 de marzo de 2008.

El C. Secretario de Acuerdos

Lic. Héctor Alfonso Chávez Torres

Rúbrica.

(R.- 265905)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Décimo Tercero de Paz Civil

EDICTO

En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL expediente número 477/2005 seguido por ZAMORA CRUZ MAXIMO en contra de NORMA ELIANA MACEDONIA MARTINEZ ZAVALA, la C. Juez Décimo Tercero de Paz Civil del Distrito Federal, dicto un auto con fecha CUATRO DE ENERO DEL DOS MIL OCHO, ordenando sacar a remate en PUBLICA SUBASTA EN PRIMERA ALMONEDA el bien inmueble embargado propiedad de la demandada NORMA ELIANA MACEDONIA ZAVALA consistente en el DEPARTAMENTO 302, EDIFICIO 8 CALLE 15, NUMERO 278, COLONIA SANTIAGO ATEPETLAC CONJUNTO URBANO LOS REMEDIOS CONDOMINIO EMILIA DELEGACION GUSTAVO A. MADERO C.P. 07640 EN MEXICO DISTRITO FEDERAL, con una superficie de cincuenta y nueve metros cuadrados; sirviendo de base para el remate en primera almoneda la cantidad de $510,000.00 (QUINIENTOS DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.), precio del avalúo mas alto de los emitido en autos señalándose para que tenga verificativo la audiencia de remate las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTINUEVE DE MAYO AÑO DOS MIL OCHO, siendo postura legal la que cubra las DOS TERCERAS PARTES del precio del avalúo, para lo que se convocan postores.

EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS O PUERTA DEL JUZGADO A EFECTO DE CONVOCAR POSTORES.

México, D.F., a 7 de abril de 2008.

El C. Secretario de Acuerdos

Lic. Rolando J. Ibáñez Pérez

Rúbrica.

(R.- 266125)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Novena Sala Civil

EDICTO

EMPLAZAMIENTO A: “IMPRESION DIGITAL INMEDIATA, S.A. DE C.V..”

En los autos del cuaderno de amparo, relativo al toca número 784/2007 deducido del JUICIO CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO seguidos por PEDROZA MELENDEZ RAMON en contra de IMPRESION DIGITAL INMEDIATA, S.A. DE C.V., la NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, ordenó emplazar por edictos a la tercera perjudicada “IMPRESION DIGITAL INMEDIATA, S.A. DE C.V..”, haciéndoles saber que cuenta con un término de TREINTA DIAS, contados a partir de la última publicación de este edicto, para comparecer ante la Autoridad Federal a defender sus derechos, quedando a su disposición las copias simples de traslado en la Secretaria de Acuerdos en la H. NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, sito en el cuarto piso de la calle Río de la Plata número 48, Colonia Cuaúhtemoc, Delegación CUAUHTEMOC, Código Postal 06500, en México Distrito Federal.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN “EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.”

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 24 de marzo de 2008.

La C. Secretaria de Acuerdos de la Novena Sala Civil

Lic. María de la Luz Alonso Tolamatl

Rúbrica.

(R.- 265333)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Trigésimo Segundo de lo Civil

EDICTO

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por AUTOFINANCIAMIENTO MEXICO,
S.A. DE C.V., en contra de ANA RUTH FERRER RIVERA Y OTRA, expediente número 59/2006, se han señalado las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA CATORCE DE MAYO DEL AÑO EN CURSO, PARA LA CELEBRACION DE LA DILIGENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, del bien inmueble embargado de la codemandada MARIA DEL CARMEN FERRER DE ARANA, ubicado en la Calle General Villarreal número veintitrés, Colonia Tamborrel, Ciudad de Xalapa, Estado de Veracruz, cuyas medidas, colindancias y características obran en autos sirviendo de base para el remate la cantidad de $880,000.00 (OCHOCIENTOS OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), precio de avalúo determinado por el perito designado por la parte actora, y es postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, DEBIENDO PUBLICARSE EL PRIMERO EN EL PRIMER DIA DE LOS NUEVE, EL TERCERO EN EL NOVENO DIA Y EL SEGUNDO EN CUALQUIER DIA, ES DECIR, DEL SEGUNDO AL OCTAVO DIA.

SE CONVOCAN POSTORES

México, D.F., a 4 de abril de 2008.

El C. Secretario de Acuerdos “A”

Lic. Jorge García Ortega

Rúbrica.

(R.- 266186)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Quincuagésimo Quinto de lo Civil

EDICTO DE REMATE

SE CONVOCAN POSTORES.

El C. Juez 55o. de lo Civil, a través del auto de fecha veintiséis de marzo del presente año, señaló las DOCE HORAS DEL DIA CINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la audiencia de remate en primera almoneda, en el juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por CENTRO DE COMPUTACION Y VENTAS S.A. DE C.V. en contra de PAOLA MARGARITA GONZALEZ GUTIERREZ Y OTRA., expediente 482/2007, respecto del bien inmueble ubicado en: LA CASA MARCADA CON EL NUMERO 11 DE LA CALLE DE ISABE LA CATOLICA, HOY NUMERO 14 DE LA CALLE DE ALMERIA, ESQUINA CON CALLE LOGROÑO Y TERRENO EN QUE ESTA CONSTRUIDA, QUE ES LA FRACCION PARTE DEL PREDIO MAYOR UBICADO EN TERMINOS DEL BARRIO DE SANTA MARIA NATIVITAS, DICHA FRACCION ESTA SITUADA EN LA ESQUINA SUROESTE, FORMADA POR LAS CALLES ORIENTE 37-A Y SUR 118 COLONIA POSTAL DELEGACION BENITO JUAREZ, ACTUALMENTE INMUEBLE EN LA CALLE DE ALMERIA NUMERO 14 ESQUINA CON CALLE LOGROÑO, COLONIA POSTAL, DELEGACION BENITO JUAREZ, C.P. 03410. Sirviendo como base para el remate la cantidad de: $1’300,000.00 (UN MILLON TRESCIENTOS MIL PESOS),.

México, D.F., a 10 de abril de 2008.

El C. Secretario de Acuerdos “B”

Lic. Luis Vargas Zúñiga

Rúbrica.

(R.- 266300)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Hidalgo

Juzgado Primero de Distrito

Pachuca, Hidalgo

Sección Amparo

EDICTO

A FEDERICO JIMENEZ VILLAFAÑE Y A JORGE RAMIREZ RODRIGUEZ, DONDE SE ENCUENTREN.

EN ACATAMIENTO A LOS ACUERDOS DE ONCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL SIETE Y OCHO
DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO, RESPECTO DEL PRIMERO DE LOS CITADOS, Y AL PROVEIDO DE OCHO DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO EN RELACION CON EL SEGUNDO DE LOS MENCIONADOS, DICTADOS EN EL JUICIO DE AMPARO 1193/2007-V, PROMOVIDO POR DIMENSIONES Y ASESORES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, A TRAVES DE SU APODERADO LEGAL CARLOS IBARRA SANCHEZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ PRIMERO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO, EN EL CUAL SON SEÑALADOS COMO TERCEROS PERJUDICADOS Y SE ORDENA EMPLAZARLOS POR MEDIO DE EDICTOS POR IGNORARSE SUS DOMICILIOS, EN TERMINOS DEL ARTICULO 30 FRACCION II DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, A EFECTO DE QUE SE APERSONEN EN DICHO JUICIO DE GARANTIAS Y SEÑALEN DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, APERCIBIDOS QUE DE NO HACERLO ASI LAS ULTERIORES Y AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, SE LES HARAN POR MEDIO DE LISTA QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, EN EL ENTENDIDO QUE SE DEJAN A SU DISPOSICION LAS COPIAS DE TRASLADO DE LA DEMANDA DE AMPARO EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO. SE HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE DEBEN PRESENTARSE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION.

ESTE EDICTO DEBE PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DIARIO DE MAYOR CIRCULACION NACIONAL.

Pachuca, Hgo., a 12 de febrero de 2008.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo

Lic. Juvenal Hernández Rivera

Rúbrica.

(R.- 265290)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

EDICTO

Tercero perjudicada: MARIA TERESITA ARREOLA MONTFORT ó MARIA TERESITA DEL NIÑO JESUS ARREOLA MONTFORT.

En los autos del juicio de amparo 59/2008-V-A, promovido por Galdino Vargas Vázquez, contra actos del Subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; al ser señalada como tercero perjudicada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de la Materia, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de
la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República, haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra a éste órgano constitucional por propio derecho o a través de su representantes legales, a hacer valer sus derechos, apercibido de que en caso de no hacer manifestación alguna, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se practicaran por medio de lista que se publica en éste Juzgado, conforme lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente

México, D.F., a 3 de marzo de 2008.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

Lic. Oscar García Vega

Rúbrica.

(R.- 265295)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Decimosexto de Distrito

Tijuana, B.C.

EDICTO

EMPLAZAMIENTO AL TERCERO PERJUDICADO RUBEN ALONSO LEON. Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación.

En el juicio de amparo número 548/2007-II, promovido por ANA LUISA ONTIVEROS LOPEZ, POR PROPIO DERECHO Y EN SU CARACTER DE ALBACEA DE LA SUCESION A BIENES DE PANTALEON ONTIVEROS MENDEZ, contra actos de la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en la ciudad de Mexicali y otras autoridades, en el que se le reclama la resolución dictada dentro del toca civil número 858/86, que confirma la sentencia definitiva dictada por el Juez Cuarto de lo Civil, relativo al juicio ordinario civil promovido por Rubén Alonso León, en contra de la Sucesión de Librado Martín del Campo Ledezma, expediente número 777/84, la inscripción preventiva de la sentencia definitiva, bajo partida número 105964, Tomo 616, Sección Civil, de 14 de mayo de 1992. Por auto de cuatro de marzo de dos mil ocho, se acordó emplazar a usted, en su carácter de tercero perjudicado, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico “El Excélsior” de la ciudad de México, Distrito Federal, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente de la última publicación, y si pasado dicho término no se apersona, las ulteriores notificaciones aun las de carácter personal, le surtirán efecto por medio de lista; en la inteligencia de que se han señalado las ONCE HORAS DEL DIA SIETE DE MARZO DE DOS MIL OCHO, para la celebración de la audiencia constitucional, en el juicio de garantías antes mencionado.

Atentamente

Tijuana, B.C., a 6 de marzo de 2008.

El Secretario del Juzgado Decimosexto de Distrito en el Estado de Baja California

Lic. Guillermo Torres Hernández

Rúbrica.

(R.- 265363)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO

ANDRES HERNANDEZ DIAZ.

En el juicio de amparo directo 617/2007, promovido por Juan Díaz Hernández, consta esencialmente que la parte quejosa solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, señaló como autoridad responsable a la Primera Sala Regional Colegiada en Materia Penal, Zona 01 Tuxtla, de la Magistratura Superior del Estado, con residencia en esta ciudad, y como tercero perjudicado a Andrés Hernández Díaz, de quien se ignora su domicilio y paradero; el acto reclamado es la sentencia de veintitrés de junio de dos mil seis, dictada en el toca penal 199-1P-A-2006, que modificó la sentencia definitiva de treinta de enero de dos mil seis, pronunciada por el Juez de Primera Instancia del Ramo Civil, con residencia en Cintalapa de Figueroa, Chiapas, en la causa 98/1994, en la que declaró al aquí quejoso, responsable del delito de homicidio, cometido en agravio de Manuela Díaz Hernández; señaló como preceptos constitucionales violados los artículos 14 y 16 de nuestra Carta Magna. Argumentando como conceptos de violación, en síntesis que: toda vez que la pena de catorce años, es incongruente con las circunstancias del caso. Por tanto, de conformidad con el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazarlo a usted, mediante edictos que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, haciéndosele saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente
al de la última publicación, ante este Tribunal Colegiado a defender sus derechos. Asimismo, se ordena fijar en la puerta de este Organo Jurisdiccional, una copia íntegra de la notificación por todo el tiempo del emplazamiento. Si pasado este término, no compare el citado tercero perjudicado, las ulteriores notificaciones se harán por lista.

Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 10 de marzo de 2008.

La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito

Lic. Marylin Ramírez Avendaño

Rúbrica.

(R.- 265675)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán

Juzgado Segundo de lo Civil

Morelia, Mich.

Distrito Judicial Morelia, Mich.

No. de Of. 555

Exp. 1167/2006 E.M.

EDICTO

PRIMERA ALMONEDA

QUE DENTRO DEL EXPEDIENTE NUMERO 1167/2006, RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMUEVE ROBERTO ALVAREZ REYES, EN CONTRA DE MAYTE SOSA ROSAS, SE ORDENO SACAR A REMATE EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE EN SU PRIMERA ALMONEDA:

1.- LA PARTE ALICUOTA DEL BIEN INMUEBLE, se encuentra UBICADO EN LA CALLE AHUITZOTL NUMERO 65, DE LA MANZANA 25, LOTE 11, ZONA 1, DEL FRACCIONAMIENTO RINCON DE OCOLUSEN DE MORELIA, MICHOACAN.

AL NORTE. 20.00 metros con resto de la propiedad.

AL SUR. 20.00 metros con PROPIEDAD PRIVADA.

AL ORIENTE. 5.98 metros con propiedad privada.

AL PONIENTE. 5.98 metros con calle de su ubicación.

CON UNA SUPERFICIE SEGUN ESCRITURAS:

119.60 METROS CUADRADOS.

Sirve de base para el mismo la cantidad de $391.187.50 TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE PESOS 50/100 M.N., y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes dedicha suma.- CONVOQUENSE POSTORES mediante la publicación de 3 tres edictos dentro de 9 nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Puerta de este Juzgado.-

Dicho remate tendrá verificativo en la Secretaria de este Juzgado, siendo las 13:00 trece horas del día
27 veintisiete de Junio del año en curso.

Morelia, Mich., a 3 de abril de 2008.

El Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial

Lic. Manuel Alcaraz Avila

Rúbrica.

(R.- 266144)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Nuevo León

Juzgado Sexto de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial Monterrey, N.L.

EDICTO No. 48900

Dentro del expediente judicial 89/2006 relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por Jose Esteban Terán García en contra de Maira Barrera Diaz se señalan las 12:00 horas del día 8 de Mayo del año 2008, a fin de que tenga verificativo en este Juzgado el desahogo de la Audiencia de Remate en pública subasta y primera almoneda del bien inmueble embargado en autos debiéndose convocar postores por medio de edictos que se publicarán por 03-tres veces dentro del término de 09-nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos de este Juzgado, así como en los estrados del Juzgado Menor Letrado de San Nicolás de los Garza, Nuevo León. Dicho bien inmueble embargado consiste en los derechos de propiedad que le correspondan a la parte demandada la C. MAIRA BARRERA DIAZ, respecto de: Finca marcada con el número 1013, de la Calle Olmos del Conjunto Villas Coloniales, en el Fraccionamiento Hacienda los Morales Segunda Parte del Tercer Sector, en San Nicolás de los Garza Nuevo León, terreno sobre el cual se encuentra construido que es el lote número 56 de la manzana numero 274, la que se encuentra circundada por las siguientes calles: Ahuehuete al Norte, Olmos al Sur, Arnulfo Barrera al Oriente y Limón al Poniente, teniendo dicho lote terreno una superficie (105.00 M2) ciento cinco metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: Al Sur en (7.00) siete metros a dar frente con la calle Olmos al Norte en (7.00) siete metros a colindar con el lote número (5) cinco, Al Oriente en (15.00) quince metros a colindar con el lote numero (55) cincuenta y cinco al Poniente en (15) quince metros a colindar con el lote (57) cincuenta y siete. Siendo los datos de registro los siguientes: inscrito bajo el Número 1503, Volumen 86, Libro 32, Sección I Propiedad, Unidad San Nicolás de los Garza, Nuevo León, de fecha 17 de Mayo de 2004. Servirá como postura legal la cantidad de $374,000.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), es decir las dos terceras partes del avalúo realizado por el perito valuador de la parte actora designado en autos. En la inteligencia de que a los interesados se les proporcionará mayor información en la Secretaría de éste Juzgado, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate un certificado de depósito que ampare el 10%-diez por ciento de $561,000.00 (QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N.), que es el valor que arroja el avalúo realizado por el perito valuador de la parte actora designado en autos, y además deberán de manifestar en su escrito de comparecencia la postura legal que ofrecen. Doy Fe.

Monterrey, N.L., a 8 de abril de 2008.

La C. Secretario del Juzgado Sexto de Jurisdicción Concurrente

Lic. María Azucena Salazar Urías

Rúbrica.

(R.- 266202)

Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna

Torreón, Coah.

EDICTO

PARQUES INDUSTRIALES SIMSA, S.A. DE C.V. POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE.

En los autos del juicio de amparo número 1336/2007, promovido por VICTOR LOZANO MARTINEZ y VICTOR LOZANO MEDRANO, contra actos que reclaman del Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila, con residencia en Saltillo, Coahuila, y otras autoridades; radicado en este Juzgado Segundo de Distrito en la Laguna, se ha señalado a Usted como tercero perjudicado, y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlo por medio de edictos, por conducto de quien legalmente la represente, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”, y en el periódico “EXCELSIOR” que se editan en la ciudad de México, Distrito Federal, por ser de mayor circulación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicados supletoriamente a la citada ley, queda a su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple de la demanda de garantías, en la cual se señala como acto reclamado, substancialmente, la autorización y ejecución de la construcción de una vialidad ordenada tanto por el Gobierno del Estado, como por el Gobierno Municipal, mediante la Dirección General de Urbanismo, con número de oficio DGU/DAU/AU/01546/2007, dentro del expediente 05T/001-07/INF; asimismo queda a su disposición el escrito de ampliación de demanda; haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibida que para el caso de no comparecer, pasado ese tiempo, se seguirá el presente juicio en su rebeldía, y se harán las ulteriores notificaciones por rotulón que se fijará en los estrados de este juzgado; se le hace saber además que se han señalado las diez horas con treinta y cinco minutos del siete de abril de dos mil ocho para que tenga verificativo la audiencia constitucional en este asunto.

Atentamente

Torreón, Coah., a 4 de abril de 2008.

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna

Lic. Ileana Aidé Sustaita Arguijo

Rúbrica.

(R.- 266350)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, con sede en Mérida, Yucatán

Sección Amparos

Mesa III

Exp. 234/2008

EDICTO

GABRIEL ANTONIO ENCALADA REGUART.

MELCHOR FELIPE CASTILLO RODRIGUEZ.

BENITO GARCIA VEGA.

Por este medio se hace de su conocimiento que mediante proveído de esta propia fecha, pronunciado por la suscrita Juez Cuarto de Distrito en el Estado, dentro del expediente relativo al juicio de amparo número 234/2008-III, del índice de este Juzgado, promovido por Augusto Peniche Peniche alias Fernando Augusto del Sagrado Corazón de Jesús Peniche Peniche, contra actos del Procurador General de Justicia del Estado de Yucatán, que se hace consistir básicamente en la resolución de fecha dieciséis de enero de dos mil ocho, en la que no se admitió el recurso de revisión interpuesto por el citado quejoso en contra del proveído de tres de diciembre de dos mil siete, pronunciado por el Director de Averiguaciones Previas del Estado, en el que se declaró el no ejercicio de la acción penal a favor de MANUEL CALERO ROSADO, GABRIEL ANTONIO ENCALADA REGUART, MARIO ALBERTO RODRIGUEZ JIMENEZ, MELCHOR FELIPE CASTILLO RODRIGUEZ, JORGE HUMBERTO MIJANGOS LOEZA, BELINDA ARIAS ROJAS, MAURO MOGUEL ESPERON, BENITO GARCIA VEGA, RICARDO PERAZA AVILA, GLORIA MARIA PUERTO MANZANILLA, FRANCISCO EMILIO DIAZ LARA, y WILBERTH EDUARDO CACERES BERNES, en la averiguación previa 595/8a/2004; se ordenó emplazarlos a juicio por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico que tenga diariamente mayor circulación en la República, por desconocerse su domicilio y dado que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o., fracción III, inciso a) de la Ley de Amparo, les resulta el carácter de terceros perjudicados en este asunto. Asimismo, se hace de su conocimiento que cuentan con el término de treinta días para comparecer a este juicio constitucional a defender sus derechos, contados a partir de la última publicación de tales edictos, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, en aplicación supletoria a la Ley Reglamentaria del Juicio de Garantías.

Mérida, Yuc., a 2 de abril de 2008.

La Juez Cuarto de Distrito en el Estado

Lic. Mirza Estela Be Herrera

Rúbrica. (R.- 266379)

Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial

Juzgado Décimo Segundo de lo Civil

Secretaría

León, Gto.

EDICTO

Por este publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos de este juzgado, haciéndole saber a los ciudadanos MARGARITA FUENTES DOMINGUEZ y ABELARDO FAUSTINO MORENO HERNANDEZ, que dentro del juicio Ejecutivo Mercantil número M105/06, sobre CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO SIMPLE CON GARANTIA HIPOTECARIA, se llevara a cabo el REMATE EN SEGUNDA ALMONEDA del bien inmueble embargado dentro del presente juicio, ubicado en calle Alameda Oriente numero 237, Fraccionamiento Alameda de la Presa en zona urbana, Lote numero 6, manzana 3, con una superficie de 90 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: al norte: 15 metros lineales con casa numero 239; al sur: 15 metros lineales con casa numero 235; al oriente: 6 metros lineales con calle de su ubicación y al poniente: 6 metros lineales con casa numero 238 y calle Alameda Esmeralda; señalándose para tal efecto las 12:00 horas del día 14 catorce del mes de Mayo del año 2008 dos mil ocho; teniendo como postura legal la cantidad que alcance a cubrir las dos terceras partes de $290,496.00 (DOSCIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), cantidad del avalúo rendido en autos, dando como base el remate la cantidad de $193,664.00 (CIENTO NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL); cantidad primitiva del avalúo rendido en autos a la que deberá hacerse la correspondiente deducción del 10% en virtud de tratarse de un remate en segunda almoneda, convóquese a postores y cítese a acreedores.

León, Gto., a 11 de abril de 2008.

El Secretario de Acuerdos del Juzgado Décimo Segundo Civil

Lic. Juan Carlos Manrique Ayala

Rúbrica.

(R.- 266511)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito del Décimo Sexto Circuito

León, Guanajuato

EDICTO

Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación, Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en la ciudad de León, Guanajuato.

Tercero perjudicado: Baltazar Hernández Trujillo.

En este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, con residencia en León, Guanajuato, mediante proveído de veintiuno de septiembre de dos mil siete, se admitió el juicio de amparo 935/2007-I, promovido por
El Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores, contra actos del Juez Tercero Penal de Partido y de otras autoridades, en el que reclama el no ejercicio de la acción penal.

...visto el estado procesal de los presentes autos, y toda vez que de los mismos se advierte que no se ha logrado llevar a cabo el emplazamiento del tercero perjudicado Baltazar Hernández Trujillo, no obstante que este Juzgado hizo las gestiones necesarias para localizar el domicilio en donde se pudieran llevar a cabo el emplazamiento de mérito, asimismo, en consecuencia de lo anterior, se hace efectivo el apercibimiento decretado en proveído de veintitrés de octubre de la presente anualidad, en tal virtud, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, procédase a hacer el emplazamiento al referido tercero perjudicado por edictos a costa de la parte quejosa, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualesquiera de los periódicos “El Universal”, “Reforma” o “Excelsior” que son de los de mayor circulación en la República Mexicana; y hágasele saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente día al de la última publicación; se fijarán además en el tablero respectivo de este tribunal una copia íntegra del edicto por todo el tiempo del emplazamiento y notificación, quedando a su disposición copia simple de la demanda en la actuaría de este juzgado. Si pasado ese término no comparecen por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlos, se seguirá el juicio, haciéndole las ulteriores notificaciones por lista”.

León, Gto., a 21 de diciembre de 2007.

El Juez Tercero de Distrito en el Estado de Guanajuato

Lic. Francisco Javier Araujo Aguilar

Rúbrica.

El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guanajuato

Lic. Enrique Aguirre Gallardo

Rúbrica.

(R.- 265267)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito

Monterrey, Nuevo León

EDICTO

Sucesor de los terceros perjudicados Ramiro Garza Uribe

(TERCERO PERJUDICADO)

DOMICILIO IGNORADO

En el juicio de amparo directo número 420/2007, promovido por Galo Marcel Guerrero, por su propio derecho y como representante común de Miguel Bravo Reyna, Cesar Guadalupe Villarreal Villarreal, José Luis Cazares Martínez, Juvencio González Guerra y Alejandro Javier Rodríguez Morán, se dictó un auto que a la letra dice:

[…] Monterrey, Nuevo León, veintiséis de febrero de dos mil ocho.

[…]

Por lo tanto, toda vez que de autos se advierte que ya rindieron informes las dependencias a las que se giró oficio respecto a la investigación del domicilio del sucesor de los terceros perjudicados Ramiro Garza Uribe, con resultados infructuosos, se actualiza la prevención formulada en el proveído de fecha veintinueve de octubre del año dos mil siete, por tal motivo, con fundamento en el artículo 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, emplácese a juicio al sucesor de los terceros perjudicados Ramiro Garza Uribe, mediante edictos a costa de la parte quejosa, los que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico EL NORTE que se edita en esta ciudad.

En las publicaciones de dichos edictos hágase saber al sucesor de los terceros perjudicados que deberá presentarse en este Tribunal dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, a fin de que haga valer sus derechos y se imponga de la tramitación del presente juicio de garantías, quedando a su disposición en la Secretaria de Acuerdos de este Organo Colegiado, la copia de la demanda de amparo.

[…]

Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito[…]”

Publíquese en los estrados de este Tribunal, copia certificada del presente proveído, por todo el tiempo del emplazamiento, en la inteligencia de que si pasado dicho término el tercero perjudicado no comparece por apoderado o por gestor que pueda representarlo se seguirá el trámite del presente juicio de amparo, y las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se le harán por lista en los estrados de este Tribunal, esto en términos del artículo 30 fracción II de la Ley de la Materia.

Atentamente

Monterrey, N.L., a 5 de marzo de 2008.

El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito

Lic. Lázaro Noel Ruiz López

Rúbrica.

(R.- 265973)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

NOTIFICACION A LOS ACREEDORES DE ABACO GRUPO FINANCIERO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

A los acreedores de ABACO GRUPO FINANCIERO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE se hace de su conocimiento que en el Juicio de Concurso Mercantil número 113/2007-I, promovido por ABACO GRUPO FINANCIERO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE con fecha cinco de marzo de dos mil ocho, se dicto sentencia en la que se le declaró en quiebra; se ordena a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que dentro del término de diez días y en términos del numeral 20, fracción VIII, inciso a) de la Ley del Mercado de Valores, designe especialista que esté en aptitud de desempeñar las funciones de síndico, en lo que es propio de la quiebra, o bien ratifique al conciliador como síndico. Entre tanto, el comerciante, sus administradores, gerentes y dependientes, tendrán las obligaciones que la ley atribuye a los depositarios.
En la inteligencia de que deberá de tomar en cuenta todas y cada una de las constancias que integran el presente concurso, así como los informes rendidos por el conciliador, y los requerimientos que se formularon, a fin de tomar la determinación más apropiada para el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Concursos Mercantiles; asimismo, se declara que queda suspendida la capacidad de ejercicio de la comerciante sobre los bienes y derechos que integran la masa, los cuales serán administrados por el síndico, quien para el ejercicio de sus funciones y con sujeción a lo previsto en la Ley de Concursos Mercantiles, contará con las más amplias facultades de dominio que en derecho procedan; se ordena a la comerciante y a su Interventor Gerente, que una vez que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores haya levantado la intervención en términos de los artículos 93 y 94 del Reglamento de Supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entreguen al síndico la posesión y administración de los bienes y derechos que integran la masa con excepción de los inalienables, inembargables e imprescriptibles, a través del acta de entrega-recepción de la intervención gerencial, tal y como lo establece el artículo 95 del reglamento citado y se suspende todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del comerciante, con las excepciones previstas en el artículo 65 de esta ley, se ordena a las personas que tengan en su posesión bienes de la comerciante, los entreguen al síndico, salvo los que estén afectos a ejecución de una sentencia ejecutoria para el cumplimiento de obligaciones anteriores al concurso mercantil. Lo anterior incluye a depositarios de bienes embargados, por otro lado, se prohíbe a los deudores de la comerciante, pagarle o entregarle bienes sin autorización del síndico, con apercibimiento de doble pago en caso de desobediencia y al sindico se ordena que de inmediato inicie las diligencias de ocupación, mediante inventario, libros, papeles, documentos, medios electrónicos de almacenamiento y proceso de información, existencia en caja y todos los bienes de la comerciante ABACO GRUPO FINANCIERO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se encuentren en posesión de éstos y de cualquier otra persona, asimismo, se declara que subsiste como fecha de retroacción del concurso el día trece de octubre de dos mil seis, atento a la fecha de la sentencia declaratoria de concurso, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 112 de la ley de Concursos Mercantiles y se declara subsistente el arraigo de quien o quienes sean responsables de la administración de ABACO GRUPO FINANCIERO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, para el solo efecto de que no puedan separarse del lugar de su domicilio sin dejar, mediante mandato, apoderado suficientemente instruido y expensado; se ordena al síndico que dentro de los cinco días siguientes a su designación, tramite la publicación de un extracto de esta sentencia, por dos veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación, y en alguno de los periódicos de mayor circulación en el Distrito Federal, para lo cual se ordena elaborar los edictos y los oficios correspondientes y ponerlos a disposición del síndico; asimismo, que dentro de los cinco días siguientes a su designación, solicite la inscripción de esta sentencia en el Registro Público de Comercio, que corresponda al domicilio del comerciante. Para tal efecto, expídanse copias certificadas, gírense los oficios, despachos y exhortos que sean necesarios; una vez elaborados, pónganse a disposición del síndico, también que proceda en términos de los artículos 197 y siguientes de la Ley de Concursos Mercantiles, la enajenación de los bienes y derechos que integran la masa, procurando obtener el mejor producto posible por su enajenación, a fin de hacer pago a los acreedores; y finalmente, se ordenó notificar personalmente a la comerciante, a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, al Instituto Federal de Especialistas en Concursos Mercantiles, al conciliador y por oficio al Agente del Ministerio Federal y al Procurador de la Defensa del Trabajo, y por lista a los acreedores.

Atentamente

México, D.F., a 8 de abril de 2008.

El Juez Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Carlos Manuel Padilla Pérez Vertti

Rúbrica.

(R.- 266557)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

En los autos de las diligencias de jurisdicción voluntaria expediente 115/2008-V, promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, DIVISION FIDUCIARIA, en contra de JORGE SALCEDA VARGAS, MONICA SALCEDA MENDOZA y MARISOL SALCEDA MENDOZA, el dos de abril del presente año se dictó en auto que a la letra dice:

...MEXICO, DISTRITO FEDERAL, A DOS DE ABRIL DE DOS MIL OCHO.

Visto el escrito de cuenta signado por MANUEL MONTAÑO CASTRO, en su carácter de apoderado de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, DIVISION FIDUCIARIA, personalidad que se le reconoce en términos del primer protocolo de la escritura diecinueve mil once de veinticuatro de noviembre de dos mil seis, emitido por el notario público ciento setenta y dos del Distrito Federal; promueve diligencias de jurisdicción voluntaria a fin de notificar a JORGE SALCEDA VARGAS, MONICA SALCEDA MENDOZA y MARISOL SALCEDA MENDOZA, la convocatoria a sesión de comité técnico del fideicomiso 017787, que tendrá verificativo a las diez horas del veintinueve de mayo de dos mil ocho, que tendrá lugar sito en la planta baja del edificio marcado con el número 235, de la calle de Prado Norte, Colonia Lomas de Chapultepec, Código Postal 11000, en la Ciudad de México, Distrito Federal.

Fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno de la sección civil de este Juzgado con el índice 115/2008-V.

Con apoyo en lo previsto en los artículos 530, 534 y 535 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 53, fracción V de la Ley Orgánica del Poder judicial de la Federación, SE ADMITEN las diligencias de jurisdicción voluntaria, para el único fin de notificar a JORGE SALCEDA VARGAS, MONICA SALCEDA MENDOZA y MARISOL SALCEDA MENDOZA, la convocatoria a sesión de comité técnico del fideicomiso 017787, debiéndole correr traslado con copia de su escrito y anexos que acompañó al mismo.

Hecho lo anterior, se tendrán por concluidas las presentes diligencias de jurisdicción voluntaria, ordenándose el archivo del expediente en que se actúa.

Ahora bien, y toda vez que dos de los destinatarios de la acción intentada en esta vía, tienen su domicilio en Boulevard Benito Juárez número 105, interior 20 y/o 22, de Playas de Rosarito, Tijuana, baja California, (JORGE SALCEDA VARGAS y MARISOL SALCEDA MENDOZA), así como en calle Privada Salceda número 10, del Fraccionamiento o Colonia La Gloria, en Tijuana, Baja California y la calle de Vasco de Quiroga Número 10-1, Colonia La Gloria, C.P. 22710, en Tijuana, Baja California, indistintamente; consecuentemente, con base en el diverso numeral 298 del Código Federal de Procedimientos Civiles, líbrese atento exhorto al Juez de Distrito en turno en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana, a fin de que en auxilio de las labores de este juzgado, se sirva ordenar al actuario de su adscripción, para que se constituya en los domicilios citados con antelación, y notifique a las personas anteriormente mencionadas, corriéndoles paras tal efecto, traslado con fotocopia simple del escrito inicial y anexos, así como del presente acuerdo, debidamente cotejados
y sellados.

Por otro lado, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, deberá interpelarse a MONICA SALCEDA MENDOZA, para que tenga conocimiento de la voluntad del promovente, lo cual se hará vía edictos que contendrán una relación suscinta del escrito de cuenta, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el país; además, se fijará en la puerta de este juzgado copia íntegra de esta actuación, por el tiempo hasta el día veintinueve de mayo de dos mil ocho.

HAGASE SABER AL JUEZ FEDERAL EXHORTADO QUE SE OTORGA PLENITUD DE JURISDICCION PARA REALIZAR TODAS Y CADA UNA DE LAS DILIGENCIAS NECESARIAS PARA EL EFECTO DE DAR CABAL CUMPLIMIENTO A LO EXHORTADO EN ESTE AUTO, SOLICITANDO QUE UNA VEZ QUE SEA DILIGENCIADO EL MISMO, LO DEVUELVA A ESTE JUZGADO PARA QUE OBRE COMO CORRESPONDA; POR OTRA PARTE, Y COMO SE SOLICITA, EL PRESENTE EXHORTO QUEDA A DISPOSICION DE LA ACTORA, POR LO QUE ENTREGUESE EL MISMO CON LOS INSERTOS NECESARIOS PREVIA TOMA DE RAZON QUE POR SU RECIBO, ASIENTE EN AUTOS CUALQUIERA DE LAS PERSONAS QUE AUTORIZA PARA TAL EFECTO.

Se tiene por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el domicilio que indica, y por autorizados en términos de lo dispuesto por el artículo 1o. del Código Federal de Procedimientos Civiles,
a los licenciados que indica; y por autorizados únicamente para oír y recibir notificaciones a las demás personas que menciona, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1o. y 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

Así las cosas y de conformidad con el Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, hágase del conocimiento de las partes que tienen expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales, en términos del artículo 8o. de la Ley Federal citada en líneas que anteceden, cuando se presente una solicitud de acceso a alguna de las resoluciones, pruebas y demás constancias que obren en el expediente respectivo, siempre y cuando la unidad administrativa que lo tenga bajo su resguardo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello si la resolución solicitada, las pruebas o demás constancias contiene información considerada como reservada en términos de lo previsto en la fracción IV del artículo 13 de la Ley referida; así como para precisar las constancias que en su caso considere reservadas o confidenciales, esto último, atendiendo a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6o. del ordenamiento reglamentario en cita.

Finalmente, y en relación con la expedición de copias certificadas que solicita, dígasele que una vez que obre en autos la constancias a que hace referencia, y reiterada que sea su petición se acordará la conducente.

NOTIFIQUESE, Y POR EXHORTO A JORGE SALCEDA VARGAS y MARISOL SALCEDA MENDOZA,
Y POR EDICTOS A MONICA SALCEDA MENDOZA.

Lo proveyó y firma el licenciado Alejandro Dzib Sotelo, Juez Quinto Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, asistido del Secretario con quien actúa. Doy fe.

REAG/papm.---...”.

México, D.F., a 2 de abril de 2008.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Raymundo Esteban Alor García

Rúbrica.

(R.- 265770)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Segundo Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito

EDICTO

A LA TERCERA PERJUDICADA CITYCOM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, o a quien sus derechos represente, en el juicio de amparo indirecto 10/2008 promovido por las quejosas Telefónica Móviles México, Sociedad Anónima de Capital Variable, Pegaso Pcs, Sociedad Anónima de Capital Variable, Baja Celular Mexicana, Sociedad Anónima de Capital Variable, y Celular de Telefonía, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra la resolución de diecinueve de diciembre de dos mil siete, emitida por el Tercer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito en el toca civil 331/2007-I; por proveído de catorce de marzo de dos mil ocho, con apoyo en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordenó emplazarle, como en efecto se hace, por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, así como en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que en el plazo de treinta días siguientes, al de la última publicación de este edicto, se apersone en el referido juicio de garantías, ante este tribunal, en su carácter de tercera perjudicada, si a sus derechos conviniere, haciendo notar que la copia de la demanda de garantías y del auto en que se tuvo por presentada, quedan a su disposición en la secretaría de acuerdos de este tribunal. Expido el presente en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta y un días del mes de marzo del año dos mil ocho, en cumplimiento a lo ordenado en el citado auto.
Doy fe.

Atentamente

La Secretaria del Segundo Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito

Lic. Laura Patricia Román Silva

Rúbrica.

(R.- 265826)

Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial

Juzgado Décimo Segundo de lo Civil

Secretaría

León, Gto.

EDICTO

Por este publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos de este juzgado, haciéndole saber al ciudadano ARMANDO LOZANO CRUZ, que dentro del juicio Ejecutivo Mercantil número M145/06, sobre PAGO DE PESOS, se llevara a cabo el REMATE EN SEGUNDA ALMONEDA del bien inmueble embargado dentro del presente juicio, ubicado en condominio en calle Colinas de los Geranios numero 112, fraccionamiento Colinas de Santa Julia II en zona urbana en lote 6 fracción manzana 5 con una superficie 67.5 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: al noreste: 4.5 metros lineales con calle de su ubicación, al noroeste 15 metros lineales con casa numero 110 letra A, al suroeste 4.5 metros lineales con casa numero 211 indiviso 50 por ciento; señalándose para tal efecto las 13:00 horas del día 14 catorce del mes de Mayo del año 2008 dos mil ocho; teniendo como postura legal la cantidad que alcance a cubrir las dos terceras partes de $250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), cantidad del avalúo rendido en autos, dando como base el remate la cantidad de $166,666.66 (CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL); cantidad primitiva del avalúo rendido en autos a la que deberá hacerse la correspondiente deducción del 10% en virtud de tratarse de un remate en segunda almoneda, convóquese a postores y cítese a acreedores.

León, Gto., a 11 de abril de 2008.

El Secretario de Acuerdos del Juzgado Décimo Segundo Civil

Lic. Juan Carlos Manrique Ayala

Rúbrica.

(R.- 266512)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito

Cuernavaca, Mor.

EDICTO

EMPLAZAMIENTO A LOS TERCEROS PERJUDICADOS:

ALMA GUADALUPE RIOS MESA, FERNANDO CRISTOBAL RIOS PADRON, MARIA DEL PILAR BACSA FLORES DE MONJE y ROBERTO MONJE LOMELI.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación. Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Morelos. En los autos del juicio de amparo número 241/2008-III, promovido por RICARDO AYALA MENDOZA contra actos de la Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado y juez Cuarto de lo Civil de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial en el Estado, ambos con residencia en esta ciudad capital, en el que se señalaron como terceros perjudicados a ALMA GUADALUPE RIOS MESA, FERNANDO CRISTOBAL RIOS PADRON, MARIA DEL PILAR BACSA FLORES DE MONJE y ROBERTO MONJE LOMELI, haciéndoles saber que el acto reclamado se hace consistir en: “DE LA H. SEGUNDA SALA DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, reclamo emisión de LAS SENTENCIAS de fechas 22 de enero de 2007, dictadas en el recurso de apelación seguido ante esa H. Sala, tramitadas en los recursos de apelación hechos valer por el suscrito ante el Juez de origen, respecto de las sentencias interlocutorias de fecha 6 de julio
de 2007, respecto de la planilla de liquidación de intereses y sentencia de aprobación de remate por estar íntimamente ligadas entre si, el Toca 2007/07-11; mismas que me fueron notificadas a través de la actuaria de dicha Sala, por haberse señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones los estrados de esa autoridad, sentencias que en obvio de repeticiones inútiles solicito se tengan por reproducida conforme a la letra, para los efectos legales a que haya lugar”; en virtud de que este órgano federal ya agotó los medios legales de búsqueda para estar en posibilidad de emplazar a juicio a los diversos terceros perjudicados ALMA GUADALUPE RIOS MESA, FERNANDO CRISTOBAL RIOS PADRON, MARIA DEL PILAR BACSA FLORES DE MONJE y ROBERTO MONJE LOMELI, y toda vez que se desconoce el domicilio actual de los mismos, mediante acuerdo dictado por este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Morelos, con fecha ocho de abril de dos mil ocho, se ha ordenado emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces
de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación a nivel nacional, haciéndoles saber que deben presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones les correrán por lista que se fija en los Estrados de este Juzgado Federal, juicio de amparo en el que se han señalado las diez horas del día veinticinco de junio de dos mil ocho, para la celebración de la correspondiente audiencia constitucional.

Atentamente

Cuernavaca, Mor., a 14 de abril de 2008.

La Juez Tercero de Distrito en el Estado de Morelos

Lic. Angélica Marina Díaz Pérez

Rúbrica.

La Secretaria

Lic. Rosa María Luna Mercado

Rúbrica.

(R.- 266359)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en La Laguna

EDICTO

INDUSTRIAL BULL D, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

En los autos del Juicio de Amparo numero 06/2008, promovido por MARIA DEL SOCORRO MARTINEZ Ruiz en su carácter de apoderada jurídico de MARGARITA LOPEZ PALACIO, NORMA MIRELLA SOTO SALAS, CINTIA ARREDONDO, MARIA AUXILIADORA IBARRA BUENO, PATRICIA VELDES NUNEZ, ROBERTO ARMENDARIZ VILLALOBOS, JUAN JAVIER MIRELES BANUELOS, JUAN MANUEL LUEVANO RODRIGUEZ, ¡HUMBERTO CORDERO, MARIA LETICIA DIAZ BLANCO, GUADALUPE CAMPOS ARMENDARIZ, MARIA DEL REFUGIO GARCIA RAMOS Y VIRGINIA MONSIVAIS OCHOA, en contra de actos de la Junta Local de Conciliaci6n y Arbitraje, con residencia en la ciudad de Gómez Palacio, Durango; con fecha veintisiete de marzo de dos mil ocho, se dicto un auto en el cual se ordena sea emplazado usted por edictos que se publicaran por (3) tres veces de (7) siete en (7) siete días, en el Diario Oficial de la Federación; y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, haciéndole saber que deberá presentarse ante este Juzgado Primero de Distrito de Distrito en la Laguna, dentro del termino de (30) treinta días contados a partir del siguiente al de la ultima publicación de los edictos; además, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional tendrá lugar el día NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL NUEVE DE MAYO DE DOS MIL OCHO; la parte quejosa señala como acto reclamado la resolución definitiva. Pronunciada el día veintisiete de noviembre de dos mil siete con motivo del incidente de sustitución patronal promovido dentro de los autos del juicio laboral 1/788/2003.

Torreón, Coah., a 27 de marzo de 2008.

La Secretaria del Juzgado

Lic. María Guadalupe Carranza Galindo

Rúbrica.

(R.- 266538)



AVISOS GENERALES



GRUPO PRO 2000 S.A. DE C.V.

PRIMERA CONVOCATORIA

Se convoca a los señores accionistas de la sociedad Grupo Pro 2000, S.A. de C.V., a una Asamblea Ordinaria de Accionistas que se verificará a las 15:00 horas del día 29 de abril de 2008, en el inmueble ubicado en calle Central número 10, planta baja, interior 1, colonia Fraccionamiento Industrial Alce Blanco, en Naucalpan de Juárez, código postal 53370, Estado de México, de conformidad con el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación para la revocación de poderes otorgados con anterioridad por la Sociedad.

2. Proposición, discusión y, en su caso, aprobación para el otorgamiento de nuevos poderes.

3. Designación de delegados especiales que den cumplimiento y formalicen, en su caso, las resoluciones adoptadas por la Asamblea.

México, D.F., a 9 de abril de 2008.

Administrador Unico

Jacobo Laniado Cattán

Rúbrica.

(R.- 266156)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de la Función Pública

Organo Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria

Area de Responsabilidades

Exp. Admvo. RES-030/2008

Oficio 101 03-2008 1585

Asunto: Citatorio para la audiencia prevista por el artículo 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

C. OLIVIA FLORENCIA CANDIA RAMIREZ

PRESENTE.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 108, 109 fracción III, y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3 fracción III, 4, 7, 8, 21, 24, 36, 37 y 47 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, reformada por Decreto de 26 de abril de 2006, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto siguiente; 12 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 2, segundo párrafo y 39 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; 37 fracciones XII y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, apartado D, segundo párrafo, 67 fracción I, punto 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, reformado mediante Decreto de 17 de junio de 2005, publicado en el mismo medio de difusión oficial
el 21 siguiente;
y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que regula el inicio y trámite del Procedimiento Administrativo Disciplinario en contra de servidores públicos; asimismo, establece que la notificación a que se refiere la citada fracción se practicará de manera personal al presunto responsable y entre la fecha de la citación y la de la audiencia deberá mediar un plazo no menor de 5 ni mayor de 15 días hábiles; con fundamento en los artículos 309, fracción I y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, de conformidad con su numeral 47, sírvase Usted comparecer a las 9:00 horas del décimo día hábil, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente citatorio, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Diarios de Mayor Circulación Nacional, en las oficinas que ocupa esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control, ubicadas en avenida Hidalgo número 77, módulo III, primer nivel, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06300 en la Ciudad de México, Distrito Federal, para la celebración de la audiencia a que hace referencia este último precepto legal, a fin de que rinda su declaración en torno a los hechos que presuntamente se le imputan y que pueden ser causa de responsabilidad administrativa.

Lo anterior, en virtud de que mediante oficio número 101-04-00-00-00-2008-00817 de 20 de febrero de 2008, el Titular del Area de Quejas de este Organo Interno de Control, remitió el expediente de investigación DP-0235/2007-SFP, a efecto de iniciar el procedimiento administrativo de responsabilidades en contra de usted, por probables irregularidades cometidas como Prestador de Servicios Profesionales por Honorarios con cargo de Abogado Tributario, adscrita a la Administración Local de Recaudación del Sur del Distrito Federal del Servicio de Administración Tributaria, consistentes en que:

Usted, presuntamente no presentó con oportunidad la Declaración Inicial de Situación Patrimonial, como Prestador de Servicios Profesionales por Honorarios con cargo de Abogado Tributario, adscrita en la época de los hechos a la Administración Local de Recaudación del Sur del Distrito Federal de la Administración General de Recaudación, toda vez que de la propia declaración se advierte que usted, manifestó bajo protesta de decir verdad en el rubro de “FECHA DE INICIO DEL ENCARGO:” 18 de abril de 2005, como fecha de inicio del mismo, siendo que la citada declaración fue recibida vía electrónica en la Secretaría de la Función Pública, hasta el 20 de junio de 2005, como se desprende del acuse de recibo, con número de certificado 712174, no obstante que estaba obligada a presentarla dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión del encargo, en términos de lo dispuesto por los artículos 36, último párrafo y 37, fracción I, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y lo señalado en los artículos primero fracción I inciso d) y segundo del “Acuerdo por el que se determinan los servidores públicos que deberán presentar declaración de situación patrimonial, en adición a los que se señalan en la ley de la materia”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de 1997, y modificado mediante diverso publicado en el propio órgano informativo de 23 de noviembre de 2001, lo que en la especie no aconteció, en consecuencia, presuntamente no salvaguardó el principio de legalidad que rige entre otros el actuar de los servidores públicos.

En atención a lo antes expuesto, se desprende que Usted, como Prestador de Servicios Profesionales por Honorarios con cargo de Abogado Tributario, adscrita a la Administración Local de Recaudación del Sur del Distrito Federal del Servicio de Administración Tributaria del Servicio de Administración Tributaria, con su conducta presuntamente irregular infringió lo dispuesto por los artículos 7 y 8 fracción XV en relación con lo dispuesto en los numerales 36, último párrafo y 37, fracción I, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y lo señalado en los artículos primero fracción I inciso d) y segundo del “Acuerdo por el que se determinan los servidores públicos que deberán presentar declaración de situación patrimonial, en adición a los que se señalan en la ley de la materia”, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 4 de abril de 1997, y modificado mediante diverso publicado en el propio órgano informativo de 23 de noviembre de 2000.

Por otra parte, se señala que con la presunta conducta irregular desplegada por Usted, no se provocó daño o perjuicio al Fisco Federal, ni obtuvo beneficio o lucro alguno, como se desprende del acuerdo de 20 de febrero de 2008, emitido por el Titular del Area de Quejas de este Organo Interno de Control.

Se hace de su conocimiento que en la audiencia tiene derecho a ser asistida de un defensor, apercibiéndola que en caso de dejar de comparecer ante esta autoridad a la celebración de la audiencia, en la fecha, hora y lugar antes señalados sin causa justificada, para que rinda su declaración en torno a la presunta conducta irregular que se le imputa, se le tendrá por cierta la misma, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21, fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

En su comparecencia a la audiencia, objeto del presente citatorio, deberá traer consigo una identificación oficial vigente, con fotografía; asimismo señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, de lo contrario las que sean necesarias realizar posteriormente al presente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en lugar visible de esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo establecido por los artículos 305, 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de conformidad con el numeral 47 de la Ley antes citada.

No omito manifestarle que se encuentra a su disposición para consulta el expediente de responsabilidades RES-030/2008, así como el diverso de investigación DP-0235/2007-SFP, relacionado con los hechos antes señalados, lo cual podrá realizar en días hábiles, de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00 horas, en las oficinas que ocupa esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control, para lo cual deberá traer consigo identificación oficial vigente, con fotografía.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 14 de marzo de 2008.

El Titular del Area de Responsabilidades

Lic. Gabriel Ortiz Capetillo

Rúbrica.

(R.- 265931)



Estados Unidos Mexicanos

Procuraduría General de la República

Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada

Unidad Especializada en Investigación de Asalto y Robo de Vehículos

A.P. PGR/SIEDO/003/2008

NOTIFICACION DE ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLE.

La C. Agente del Ministerio Público de la Federación, adscrita a la Unidad Especializada en Investigación de Asalto y Robo de Vehículos de la Procuraduría General de la República:

NOTIFICA

A los propietarios y/o interesados de los siguientes bienes:

1) Camioneta tipo pick up, cabina y media, de color Guinda de la marca Chevrolet 2500, modelo 2002, con número de identificación vehicular 1GCEC19R02Z261843, con una placa de circulación VL 52753, del Estado de Tabasco, México.

2) Camioneta tipo pick up, Ford F-150 XLT LARIAT, color beige con franjas de color gris en la parte inferior, modelo 1991, con placas de circulación VL-52-429, del Estado de Tabasco, con número de identificación vehicular 2FTEF14N4MCA91031.

3) Camioneta con caja cerrada de color gris de la marca Chevrolet, modelo 1990, placas de circulación
CY 46-595, del Estado de Chiapas, con número de identificación vehicular 1GTHK34N8LE515226, caja seca con número de serie 3XMCS352AT357YM04.

4) Camioneta con caja cerrada, color gris del marca Ford, modelo 1992, con número de identificación vehicular 2FTHF26H9NCA59266, caja seca con número de serie 3AM5B0914290.

5) Camioneta con caja cerrada de color blanco, de la marca Chevrolet, modelo 2004, con placas de circulación KV-25-800 del Estado de México, con número de identificación vehicular 3GBJC34R04M100550.

6) Camioneta tipo pick up, cabina y media de la marca Nissan, de color rojo, modelo 1999, con número de identificación vehicular, 3N6CD16SXXK002094.

7) Vehículo automotor de la marca Nissan, Tsuru, modelo 2006, de color gris, con placas de circulación LZN-56-81, del Estado de México, con número de identificación vehicular 3N1EB31S76K307798.

8) Camioneta tipo pick up, cabina y media de la marca Ford, 250 XLT, modelo 1996, con placas de circulación 403 VBV, del Distrito Federal, con número de identificación vehicular 1FTHX26F4TEA17154.

9) Camioneta tipo pick up, de la marca Chevrolet, de color azul marino, modelo 1997, con número de identificación vehicular 2GCEK19R9V1140552, sin placas de circulación.

10) Camioneta tipo pick up, color verde, cabina y media, de la marca Ford F-150, modelo 1993, con placas de circulación CY-78-124 del Estado de Chiapas, con número de identificación vehicular 1FTEX14N2PKB46993.

11) Camioneta de color gris plata, de la marca Chevrolet, 2500, doble cabina, modelo 199, con placas de circulación LWN 6652 del Estado de México, con número de identificación vehicular 2GCEK19T8X1169894.

12) Camioneta de color negro, de la marca GMC, modelo 1993, placas de circulación CY 50 652 del Estado de Chiapas, con número de identificación vehicular 2GTEK19KXP1518478.

13) Nissan, Tsuru, de color gris, modelo 2006, con placas de circulación TJU-56-11 del Estado de Oaxaca, con número de identificación vehicular, 3N1EB31SX6K341010.

14) Tractor de uso agrícola de la marca NEW HOLLAND modelo TM150, serie 5T2155, con marcaje en la parte frontal del chasis con la serie 60-317611.

15) 410 bidones de plástico usados con capacidad de 50 litros, vacíos.

16) 98 bidones de plástico con capacidad de 50 litros, conteniendo combustible (gasolina) a un 80% de su capacidad, lo que haría un total de 3920 litros aproximadamente.

17) 35 cajas conteniendo aceite para motor fuera de borda de la marca Yamaha.

18) Una planta de luz con la leyenda Linconl Electric “AC GENERATOR POWER ARC 4000.

19) Compresora marca Craftsman, color roja de 1.5 H.P.

20) Compresora de 13 H.P.

21) Una máquina de proyección de poliuretano con la leyenda “Gusmer H 20/35 Pro”.

22) Compresora de 5 H.P. de la marca DIY.

23) Una sierra eléctrica circular con la serie L414NB.

24) Planta para soldar de la marca Infra, color azul de 115 volts.

25) Planta para soldar, color rojo, de la marca Mundial de 250 volts.

26) Un gato de patín de la marca Craftsman de 4 toneladas.

27) 3 sogas de nylon con un peso aproximado de 50 kilos cada una.

28) 2 tanques de los utilizados para soldadura.

29) Inmueble de doble acceso, con entrada principal en avenida Cerezos sin número esquina con avenida Almendros y por la parte trasera en la Calle de Huanacaxtie sin número esquina con la avenida Almendros, colonia Jardines, en el Poblado de Puerto Escondido, Oaxaca.

Que por acuerdo de fecha 15 quince de marzo 2008 dos mil ocho, dictado dentro de la averiguación previa número PGR/SIEDO/UEIARV/003/2008, iniciada por los delitos de Delincuencia Organizada, Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego, Contra la Salud y lo que resulte, se decretó el aseguramiento ministerial de los bienes precedentemente citados; en tal sentido, se les apercibe para que en un término de 90 noventa días naturales que comenzarán a contar a partir de la publicación del presente, manifiesten lo que a su derecho convenga o de lo contrario, lo bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal, para tal efecto se les comunica que nuestras oficinas se encuentran ubicadas en avenida Paseo de la Reforma número 75, planta baja, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal. Lo anterior con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 7 y 8 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; 40 y 41 del Código Penal Federal; 123, 181, 182, 182-A, 182-B fracción II del Código Federal de Procedimientos Penales; 1, 4 fracción I, inciso e) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en relación con el 2 y 28 de su Reglamento,
5 párrafo segundo y 6 del Reglamento a la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público. Lo que se notifica para los efectos legales correspondientes.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 10 de abril de 2008.

La Agente del Ministerio Público de la Federación

Lic. Jenny Marvelli Solís Salmerón

Rúbrica.

(R.- 266372)

Estados Unidos Mexicanos

Cámara de Diputados

Auditoría Superior de la Federación

Dirección General de Responsabilidades

Procedimiento DGR/A/01/2008/R/03/006

Oficio DGR/A/723/2008

ASUNTO: Citatorio para audiencia

C. FEDERICO DE JESUS LOZANO VARGAS

En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los numerales 74, fracción IV, párrafo sexto, y 79, fracción IV, de la propia Constitución; 14, fracción IX, 16, fracción XV, 45, fracción I, 46, fracción I, 47, 48, 49, 52, 53, 54 y 55, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; 14, fracción XXXV; 28, fracción IV, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación publicado en el Diario Oficial de la Federación el seis de julio de dos mil siete y, apartado 52000, numeral 12, del Manual de Organización de la Auditoría Superior de la Federación, se le cita para que comparezca ante el suscrito en las oficinas de la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, ubicadas en avenida Coyoacán número 1501, primer piso del edificio sede colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, código postal 03100, en la Ciudad de México, Distrito Federal, al desahogo de la Audiencia prevista en la fracción I del artículo 53 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, la cual tendrá verificativo a las 11:00 horas, del décimo día hábil siguiente a aquel en que sea notificado el presente oficio citatorio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, en términos de su artículo 54.

Se hace de su conocimiento que esta diligencia obedece a que la Auditoría Superior de la Federación practicó al Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con motivo de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública 2003, la auditoría número 143 de tipo “Financiera y de Cumplimiento” denominada “Adquisición de Mercancías en Tiendas”, que tuvo por objeto comprobar que los gastos realizados por la adquisición de mercancía de las unidades comerciales, se encuentren justificados y soportados con documentos originales respectivos; que las mercancías se hayan recibido y que su registro contable se realizó con base en la normativa aplicable.

Como resultado de los trabajos de auditoría, se detectaron las irregularidades descritas en el Pliego de Observaciones número 169/2005 del ocho de septiembre de dos mil cinco, por un monto de $11,272,033.41 (once millones doscientos setenta y dos mil treinta y tres pesos 41/100 M.N.), mismo que fue notificado al C.P. Raúl Nájera Esquivel, en ese entonces Director del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, mediante oficio número DGJ-F-(02)-2011/05 del 12 de septiembre de 2005.

En respuesta al precitado Pliego de Observaciones 169/2005, la entidad fiscalizada remitió diversa documentación e información, la cual se describe en el apartado “INFORMACION Y DOCUMENTACION PROPORCIONADA PARA LA SOLVENTACION DEL PLIEGO DE OBSERVACIONES” del Dictamen Técnico número DGAFF”C”/DT/067/2007 del 21 de noviembre de 2007, la cual fue analizada por la Dirección General de Auditoría Financiera Federal “C”, determinándose en dicho Dictamen, que se solventa parcialmente el Pliego de Observaciones 169/2005 dentro del plazo improrrogable de 45 días hábiles que establece el artículo 52 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, por lo que persiste un daño al patrimonio de la Entidad Fiscalizada, Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE por un monto de $6,795,625.20 (seis millones setecientos noventa y cinco mil seiscientos veinticinco pesos 20/100 M.N.), por concepto de las irregularidades que se determinan en el precitado Dictamen Técnico DGAFF”C”/DT/067/2007, Dictamen Técnico que corre agregado a los autos del expediente del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias en que se actúa, documento en el que se describe, la conducta irregular presuntamente cometida por usted durante su desempeño como Gerente de la Tienda “B” número 179, en San José del Cabo, Baja California Sur, se hace consistir en:

a) Se le determinaron faltantes de mercancías que excedieron el 1.5% máximo aceptable como se establece en el Manual para la Determinación, Aplicación y Control de las Mermas y Faltantes en las Unidades de Venta del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, vigente a partir del 4 de julio de 2003, ya que el faltante determinado fue equivalente al 8.72% sobre las ventas en el periodo comprendido
del 28 de mayo al 14 de agosto de 2003, detectado en el inventario físico practicado del 15 al 16 de agosto de 2003, según consta en Acta de Toma de Inventario del 18 de agosto de 2003, levantada en el local que ocupa la Tienda ISSSTE número 179, ubicada en Carretera Transpeninsular kilómetro treinta y cuatro, colonia Rosarito, en la ciudad de San José del Cabo, Municipio de Los Cabos, Baja California Sur, en la que intervino usted, en su carácter de Gerente de la Tienda “B” número 179, junto con los CC. José Angel Mora Franco y Jaime Arturo Quintero Tapia, en su calidad de Supervisores de Inventario comisionados por la Gerencia Regional Zona Noroeste del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE.

b) No justificó ni comprobó ni aclaró el origen de los faltantes de mercancías detectadas en los inventarios a que se hace referencia en el inciso a) que antecede, asimismo no integró la documentación correspondiente en el plazo de 72 horas previsto en el Manual para la Determinación, Aplicación y Control de las Mermas y Faltantes en las Unidades de Venta del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, vigente a partir del 4 de julio de 2003.

c) Omitió supervisar y administrar adecuadamente los recursos materiales de la unidad de venta a su cargo, así como las acciones tendientes a la disminución de los niveles de mermas.

Con tales conductas usted ocasionó un daño al patrimonio de la Entidad Fiscalizada Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, por un monto de $283,989.99 (doscientos ochenta y tres mil novecientos ochenta y nueve pesos 99/100 M.N.), contraviniendo, en consecuencia, lo dispuesto por los numerales 4.1, 4.2 y 4.9 de las Políticas de Operación del Manual para la Determinación, Aplicación y Control de las Mermas y Faltantes en las Unidades de Venta del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, vigente a partir del 4 de julio de 2003, que a la letra dicen: “4.1 El porcentaje máximo de merma y de faltantes aceptable en una Unidad de Venta, será del 1.5% en Tiendas y 0.75% en Farmacias, sobre las ventas totales en el periodo comprendido entre la fecha del último inventario levantado y la fecha del inventario actual.”, “4.2 Las mermas y faltantes resultantes de la toma física de inventarios deberán ser cuantificadas tanto volumen como en precio, y en caso de que sean superiores a lo aceptable, se fincarán responsabilidades al Gerente, Subgerente(s), Jefe de Recibo, Jefe(s) de Línea y Jefe Contable o quienes realicen las funciones y/o personal correspondiente, así como quien(es) resulte(n) responsable(s)”, y “4.9 No deberán de existir mermas y faltantes superiores a lo permitido en este Manual ni sobrantes operativa y normativamente, en caso de ser así, la Gerencia de la Unidad de Venta, deberá justificar, comprobar o aclarar el origen de los mismos, integrando la documentación correspondiente y presentarla mediante oficio ante la Gerencia Regional o la Jefatura de Servicios de Operación del Area Metropolitana en un plazo no mayor de 72 horas y en el caso que trascurrido el tiempo establecido, no sea aclarado la merma, el faltante o el sobrante, el Gerente Regional o la Jefatura de Servicios de Operación del Area Metropolitana deberá integrar el expediente con la documentación respectiva y presentarlo ante el Organo de Control Interno en el SITyF, para que actúe, en su caso, conforme a derecho.”; el numeral 14 de las Políticas Generales del Manual para la Toma Física de Inventarios en Unidades de Venta del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, vigente a partir del 4 de julio de 2003, que a la letra dice: “14. El Gerente de la Unidad de Venta será el responsable de la toma física de los inventarios del almacén o bodega y piso de venta, siendo corresponsables directos de los resultados obtenidos individualmente en cada una de las áreas el (los) Subgerente(s) respectivos, así como el Jefe de Recibo y/o Jefe de Contabilidad o quien realice la función.”; así como lo establecido en los numerales 1, 8 y 15 de las Funciones de las Gerencias en Tiendas tipo A y B del Manual de Organización de las Unidades de Venta del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, vigente hasta el 24 de octubre de 2003, que a la letra dicen: “1. Conocer, difundir y hacer cumplir la normatividad institucional.”,
“8. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros que permitan el funcionamiento eficiente a nivel operativo administrativo y contable de la Unidad de Venta.” y “15. Establecer acciones tendientes a la disminución de los niveles de mermas.”.

Por lo anterior se presume que incurrió en la responsabilidad resarcitoria a que se refieren los artículos 46, fracción I, 47 y 48 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, por lo que deberá sujetarse al Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias previsto en el artículo 53 del mismo ordenamiento y, en su caso, a la obligación de resarcir el monto del daño causado al patrimonio de la Entidad Fiscalizada por la cantidad de $283,989.99 (doscientos ochenta y tres mil novecientos ochenta y nueve pesos 99/100 M.N.), más su actualización.

En la audiencia a que se le cita podrá ofrecer pruebas y alegar en la misma lo que a su derecho convenga por sí o por medio de un defensor; apercibida que de no comparecer, sin justa causa, se tendrá por precluido su derecho para ofrecer pruebas o formular alegatos, y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 53, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; debiendo presentar en la audiencia que nos ocupa, identificación oficial vigente con fotografía.

Asimismo, se ponen a su disposición para consulta en días hábiles, de 9:00 a 18:00 horas, las constancias que integran el expediente de referencia, en las oficinas que ocupa la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, en el domicilio señalado en el presente citatorio.

C.c.p. Lic. Luis Felipe Castro Sánchez, Director del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE.- A efecto de que se sirva designar un representante para que asista a la audiencia, en términos de lo previsto por el artículo 53, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. Presente.

México, D.F., a 8 de abril de 2008.

El Director General

Lic. Guillermo Narváez Bellacetin

Rúbrica.

(R.- 266385)

Estados Unidos Mexicanos

Cámara de Diputados

Auditoría Superior de la Federación

Dirección General de Responsabilidades

Procedimiento DGR/A/01/2008/R/03/006

Oficio DGR/A/702/2008

ASUNTO: Citatorio para audiencia

C. JESUS JAIME CASTILLO ANGULO

En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los numerales 74, fracción IV, párrafo sexto, y 79, fracción IV, de la propia Constitución; 14, fracción IX, 16, fracción XV, 45, fracción I, 46, fracción I, 47, 48, 49, 52, 53, 54 y 55, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; 14, fracción XXXV; 28, fracción IV, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación publicado en el Diario Oficial de la Federación el seis de julio de dos mil siete y, apartado 52000, numeral 12, del Manual de Organización de la Auditoría Superior de la Federación, se le cita para que comparezca ante el suscrito en las oficinas de la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, ubicadas en avenida Coyoacán número 1501, primer piso del edificio sede colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, código postal 03100, en la Ciudad de México, Distrito Federal, al desahogo de la Audiencia prevista en la fracción I del artículo 53 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, la cual tendrá verificativo a las 11:00 horas, del décimo segundo día hábil siguiente a aquel en que sea notificado el presente oficio citatorio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización Superior
de la Federación, en términos de su artículo 54.

Se hace de su conocimiento que esta diligencia obedece a que la Auditoría Superior de la Federación practicó al Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con motivo de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública 2003, la auditoría número 143 de tipo “Financiera y de Cumplimiento” denominada “Adquisición de Mercancías en Tiendas”, que tuvo por objeto comprobar que los gastos realizados por la adquisición de mercancía de las unidades comerciales, se encuentren justificados y soportados con documentos originales respectivos; que
las mercancías se hayan recibido y que su registro contable se realizó con base en la normativa aplicable.

Como resultado de los trabajos de auditoría, se detectaron las irregularidades descritas en el Pliego de Observaciones número 169/2005 del ocho de septiembre de dos mil cinco, por un monto de $11,272,033.41 (once millones doscientos setenta y dos mil treinta y tres pesos 41/100 M.N.), mismo que fue notificado al C.P. Raúl Nájera Esquivel, en ese entonces Director del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, mediante oficio número DGJ-F-(02)-2011/05 del 12 de septiembre de 2005.

En respuesta al precitado Pliego de Observaciones 169/2005, la entidad fiscalizada remitió diversa documentación e información, la cual se describe en el apartado “INFORMACION Y DOCUMENTACION PROPORCIONADA PARA LA SOLVENTACION DEL PLIEGO DE OBSERVACIONES” del Dictamen Técnico número DGAFF”C”/DT/067/2007 del 21 de noviembre de 2007, la cual fue analizada por la Dirección General de Auditoría Financiera Federal “C”, determinándose en dicho Dictamen, que se solventa parcialmente el Pliego de Observaciones 169/2005 dentro del plazo improrrogable de 45 días hábiles que establece el artículo 52 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, por lo que persiste un daño al patrimonio de la Entidad Fiscalizada, Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE por un monto de $6,795,625.20 (seis millones setecientos noventa y cinco mil seiscientos veinticinco pesos 20/100 M.N.), por concepto de las irregularidades que se determinan en el precitado Dictamen Técnico DGAFF”C”/DT/067/2007, Dictamen Técnico que corre agregado a los autos del expediente del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias en que se actúa, documento en el que se describe, la conducta irregular presuntamente cometida por usted durante su desempeño como Gerente de la Tienda “A” número 116, en Nogales, Sonora, la cual se hace consistir en:

a) Se le determinaron faltantes de mercancías que excedieron el 2% máximo aceptable como se establece en el Manual para la Determinación, Aplicación y Control de las Mermas y Faltantes en Unidades Comerciales del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, vigente hasta el 3 de julio de 2003, ya que el faltante determinado fue equivalente al 5.37% sobre las ventas en el periodo comprendido del 18 de octubre de 2002 al 11 de marzo de 2003, detectado en el inventario físico practicado del 11 al 14 de marzo de 2003, según consta en Acta de Toma de Inventario del 17 de marzo de 2003, levantada en el local que ocupa la Tienda ISSSTE número 116, ubicada en avenida Obregón número 1743, en la Ciudad de Nogales, Sonora, en la que intervino usted, en su carácter de Gerente de la Tienda “A” número 116, junto con los CC. Angel Francisco Conde Alarcón y Justo Artemio Vázquez García, entre otros, en su calidad de Supervisores de Inventario, comisionados por la Gerencia Regional Zona Noroeste del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE.

b) No justificó ni comprobó ni aclaró el origen de los faltantes de mercancías detectadas en los inventarios a que se hace referencia en el inciso a) que antecede, asimismo no integró la documentación correspondiente en el plazo de 72 horas previsto en el Manual para la Determinación, Aplicación y Control de las Mermas y Faltantes en Unidades Comerciales del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, vigente hasta el 3 de julio de 2003.

c) Omitió supervisar y administrar adecuadamente los recursos materiales de la unidad de venta a su cargo, así como las acciones tendientes a la disminución de los niveles de mermas.

Con tales conductas usted ocasionó un daño al patrimonio de la Entidad Fiscalizada Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, por un monto de $651,946.51 (seiscientos cincuenta y un mil novecientos cuarenta y seis pesos 51/100 M.N.), contraviniendo, en consecuencia, lo dispuesto por los numerales 4.1 y 4.2 de las Políticas Generales del Manual para la Determinación, Aplicación y Control de las Mermas y Faltantes en Unidades Comerciales del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, vigente hasta el 3 de julio de 2003, que a la letra dicen: “4.1 El porcentaje máximo de merma y faltantes aceptable en una unidad comercial es del 2% en Tiendas y 1% en Farmacias, sobre las ventas totales en el periodo comprendido entre la fecha del último inventario levantado y la fecha del inventario actual.”, y “4.2 Las mermas y faltantes resultantes de la toma física de inventarios deberán ser cuantificadas, y en caso de que sean superiores a lo aceptable, se fincarán responsabilidades al Gerente, Subgerentes, Jefes de Línea, Jefes de Recibo, Jefe de Almacén, Jefe de Cajas y Jefe de Contabilidad, como responsables de los resultados de los inventarios.”; el numeral 14 de las Políticas Generales del Manual para la Toma Física de Inventarios en Unidades de Venta del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, vigente hasta el 3 de julio de 2003, que a la letra dice: “14. El Gerente de la Unidad de Venta será el responsable de la toma física de los inventarios del almacén o bodega y piso de venta, siendo corresponsables directos de los resultados obtenidos individualmente en cada una de las áreas el (los) Subgerente(s) respectivos, así como el Jefe de Recibo y/o Jefe de Contabilidad o quien realice la función.”; así como lo establecido en los numerales 1, 8 y 15 de las Funciones de las Gerencias en Tiendas tipo A y B del Manual de Organización de las Unidades de Venta del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE, vigente hasta el 24 de octubre de 2003, que a la letra dicen: “1. Conocer, difundir y hacer cumplir la normatividad institucional.”, “8. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros que permitan el funcionamiento eficiente a nivel operativo administrativo y contable de la unidad de venta.” y “15. Establecer acciones tendientes a la disminución de los niveles de mermas.”.

Por lo anterior se presume que incurrió en la responsabilidad resarcitoria a que se refieren los artículos 46, fracción I, 47 y 48 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, por lo que deberá sujetarse al Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias previsto en el artículo 53 del mismo ordenamiento y, en su caso, a la obligación de resarcir el monto del daño causado al patrimonio de la Entidad Fiscalizada por la cantidad de $651,946.51 (seiscientos cincuenta y un mil novecientos cuarenta y seis pesos 51/100 M.N.), más su actualización.

En la audiencia a que se le cita podrá ofrecer pruebas y alegar en la misma lo que a su derecho convenga por sí o por medio de un defensor; apercibida que de no comparecer, sin justa causa, se tendrá por precluido su derecho para ofrecer pruebas o formular alegatos, y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 53, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; debiendo presentar en la audiencia que nos ocupa, identificación oficial vigente con fotografía.

Asimismo, se ponen a su disposición para consulta en días hábiles, de 9:00 a 18:00 horas, las constancias que integran el expediente de referencia, en las oficinas que ocupa la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, en el domicilio señalado en el presente citatorio.

C.c.p. Lic. Luis Felipe Castro Sánchez, Director del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del ISSSTE.- A efecto de que se sirva designar un representante para que asista a la audiencia, en términos de lo previsto por el artículo 53, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. Presente.

México, D.F., a 8 de abril de 2008.

El Director General

Lic. Guillermo Narváez Bellacetin

Rúbrica.

(R.- 266387)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Vicepresidencia de Normatividad

Dirección General Técnica

Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas Populares

Dirección General de Supervisión de Entidades de Ahorro y Crédito Popular

Oficios 311-26491/2008 y 134-21574/2008

CNBV.311.311.16 (5672) “2008-02-21” <10>

Asunto: Autorización para la organización y funcionamiento de la sociedad que se denominará
“La Perseverancia del Valle de Tehuacán, S.A. de C.V., S.F.P.”, como Sociedad Financiera Popular.

FMEAC, S.C. de R.L. (FMEAC)

Calzada Rufino Tamayo No. 11,

Fraccionamiento Pueblo Nuevo, C.P. 76900,

Corregidora, Querétaro.

La Perseverancia del Valle de Tehuacán, S.A. de C.V. (TEHUACAN)

Calle 3 Poniente No. 208-A, colonia Centro,

C.P. 75700, Tehuacán, Puebla.

At’n.: C.P. Félix Sierra Alvarez

Representante legal de FMEAC

C. María del Rocío Pares Riaño

Representante legal de TEHUACAN

La Junta de Gobierno de esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), en sesión celebrada el
7 de febrero de 2008, y en atención a la solicitud de FMEAC, S.C. de R.L., contenida en el escrito recibido por esta CNBV el 22 de octubre de 2007, por el cual, en nombre de la sociedad denominada “La Perseverancia del Valle de Tehuacán, S.A. de C.V.,” solicita la autorización de la CNBV para que dicha sociedad se organice y funcione como Sociedad Financiera Popular, con fundamento en los artículos 9 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; 2, 4 fracción Xl y 12 fracción V, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;
y 1, 3 fracción I y 6 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entre otros, acordó:

DECIMO CUARTO.- Los miembros de la Junta de Gobierno, con base en los dictámenes que se acompañan como anexos XV y XVI del anexo “9” del acta respectiva, autorizaron por unanimidad, la organización y funcionamiento como Entidad de Ahorro y Crédito Popular, bajo la figura de Sociedad Financiera Popular, a la sociedad que se denominará “La Perseverancia del Valle de Tehuacán, S.A. de C.V., S.F.P.”, con un nivel
de operaciones I, en términos de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

La presente Autorización se concede de conformidad con las bases siguientes:

Primera.- La Perseverancia del Valle de Tehuacán, S.A. de C.V., S.F.P., se organizará y funcionará como Sociedad Financiera Popular conforme a lo dispuesto por los artículos 9, 10 y demás aplicables de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

Segunda.- La Perseverancia del Valle de Tehuacán, S.A. de C.V., S.F.P., se sujetará a las disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, la Ley General de Sociedades Mercantiles, las demás que le sean aplicables y particularmente a lo siguiente:

I. Su denominación será “La Perseverancia del Valle de Tehuacán”, la cual se usará seguida
de las palabras Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera Popular o de su abreviatura
S.A. de C.V., S.F.P.

II. Su domicilio social se ubicará en el Estado de Puebla y tendrá un Nivel de Operaciones I.

Tercera.- Por su naturaleza, la Autorización es intransmisible de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

Cuarta.- La Autorización deberá publicarse, a costa de la interesada, en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en el décimo párrafo del artículo 9 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

Quinta.- La Autorización surtirá sus efectos al día hábil siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 135 del Código Fiscal de la Federación, en aplicación supletoria de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, en términos de lo dispuesto por el artículo 8 de dicho ordenamiento legal.

Sexta.- De conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, esta CNBV podrá revocar la Autorización que nos ocupa, entre otros, si la sociedad denominada “La Perseverancia del Valle de Tehuacán, S.A. de C.V., S.F.P.” no presenta el testimonio de la escritura o bases constitutivas para su aprobación a que se refiere el artículo 10, fracción I de dicho ordenamiento legal, dentro de los noventa días hábiles a partir de que haya sido otorgada la autorización o bien, si no inicia sus operaciones dentro de los noventa días hábiles siguientes a partir de la fecha de aprobación de dicho testimonio.

Séptima.- Para efectos de los señalado en la base sexta anterior, la sociedad denominada
“La Perseverancia del Valle de Tehuacán, S.A. de C.V., S.F.P.” previo al inicio de operaciones deberá acreditar a esta CNBV que sus sistemas operativos, contables y de seguridad, al igual que sus oficinas, estructura organizacional y funcionamiento en general, así como sus manuales de operación y organización, se ajustan a las disposiciones legales aplicables, lo cual será verificado mediante las visitas de inspección que este órgano desconcentrado, o en su caso FMEAC, S.C. de R.L., consideren necesario realizar.

Lo anterior, se notifica con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8 fracción V y 9 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; 134 fracción I, 135 y 136, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación; y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 16 fracción XVI, así como antepenúltimo y penúltimo párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 1, 3, 4, 9, 11 penúltimo párrafo, 12,
24 fracciones I inciso a) y II, en relación con el 17 fracción XII, y 56 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de agosto de 2003, modificado mediante los decretos publicados en ese Diario Oficial el 21 de diciembre de 2005 y el 26 de diciembre de 2007; 17 fracción I, incisos 1) y 3), y 30 fracción I, inciso 2), del Acuerdo por el que el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega facultades en los vicepresidentes, directores generales, supervisores en jefe y gerentes de la misma Comisión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2008; así como 1, fracciones III y VIII del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2008.

Atentamente

México, D.F., a 21 de febrero de 2008.

Comisión Nacional Bancaria y de Valores

El Director General Técnico

Lic. Enrique Fernando Barrera Betancourt

Rúbrica.

El Director General de Supervisión de Entidades de Ahorro y Crédito Popular

Ing. Rodrigo Sánchez Arriola Luna

Rúbrica.

(R.- 266384)



Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad

M. 38134 FRUEHAUF

ExPed. P.C. 1302/2007 (C-379) 10403

Folio 6480

NOTIFICACION POR EDICTO

AURORA TRAILER HOLDINGS, LLC.

Se hace de su conocimiento que dentro del procedimiento administrativo contencioso de caducidad de la marca 38134 FRUEHAUF, promovido por AMERICAN TRAILER INDUSTRIES, INC., con fecha 28 de marzo de 2008, folio 5186, se dictó la resolución correspondiente, cuyos puntos resolutivos se transcriben a continuación:

I.- Se declara administrativamente la caducidad del registro marcario 38134 FRUEHAUF, propiedad de AURORA TRAILER HOLDINGS, LLC.

II.- Comuníquese esta resolución a la parte actora de forma personal y a la parte demandada a través de la publicación en el Diario Oficial de la Federación y un periódico de los de mayor circulación en la República Mexicana, por una sola vez, de conformidad con los artículos 194 y 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.

III.- Publíquese en la Gaceta de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, Distrito Federal, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. Bis 2, títulos sexto y séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005 y 25 de enero de 2006, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V, inciso c) subinciso ii), 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a VIII, XI y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante decretos de 1 de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año; 7 de septiembre de 2007, en dicho medio informativo); 1o., 3o., 4o., 5o., 18 y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004, en dicho medio informativo y acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007) y, 1o., 3o. y 7o. incisos j), k), m), n), o), p), q), r) y s) y últimos párrafos del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma y nota aclaratoria, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004 y 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, en dicho medio informativo).

Atentamente

17 de abril de 2008.

El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad

Eduardo Vázquez Labra

Rúbrica.

(R.- 266546)



Gobierno del Estado de Veracruz-Llave

BANCO INVEX, S.A.

INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE,

INVEX GRUPO FINANCIERO, FIDUCIARIO

ASAMBLEA GENERAL DE TENEDORES DE LOS CERTIFICADOS DE PARTICIPACION ORDINARIOS AMORTIZABLES EMITIDOS POR BANCO INVEX, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE,

INVEX GRUPO FINANCIERO, FIDUCIARIO

(VCZ 03U)

SEGUNDA CONVOCATORIA

De conformidad con el artículo 68 de la Ley del Mercado de Valores, los artículos 228-S, 218 y demás aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, así como, en la cláusula Décima Octava del acta de emisión se convoca a los Tenedores de los Certificados de Participación Ordinarios Amortizables emitidos Banco Invex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero, Fiduciario (VCZ 03U), a la Asamblea General de Tenedores que se celebrará el día 6 de mayo de 2008, a las 11:00 horas en las oficinas del Representante Común ubicadas en la calle de Hamburgo número 206, primer piso, colonia Juárez, 06600, en esta Ciudad de México, Distrito Federal, de acuerdo con el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I. Informe sobre la implementación del “sistema de peaje electrónico” para el cobro de las cuotas de peaje en la carretera, y en caso necesario, aprobación para modificar los documentos de la emisión.

II. Informe sobre la sexta modificación de la concesión, la segunda modificación al convenio de Coordinación celebrado entre el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y ACCSA, y el Tercer Convenio Modificatorio al Fideicomiso de Tesorería.

III. Discusión y, en su caso, aprobación de la propuesta para amortizar total y anticipadamente los CPOs Serie A, en fecha distinta a una fecha de pago, durante cierto plazo.

IV. En caso de que se apruebe el punto III anterior, discusión, y en su caso aprobación de la propuesta para reducir los plazos de, y facilitar la, publicación y avisos sobre la amortización anticipada de los CPOs Serie A.

V. Discusión, y en su caso, aprobación de los actos necesarios y/o convenientes para permitir o facilitar el cumplimiento de las resoluciones que se adopten en términos de los puntos anteriores, incluyendo, en su caso, cualquier modificación a los documentos de la emisión.

VI. Designación de delegados especiales para formalizar los acuerdos adoptados en la Asamblea.

Se les recuerda a los señores tenedores que para asistir a la Asamblea de Tenedores deberán depositar sus títulos o certificados de depósito expedidos por la institución de crédito o por la S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V., complementados con el listado de titulares de dichos valores, cuando menos un día hábil antes de la celebración de la Asamblea, en las oficinas del Representante Común de los Tenedores, a efecto de que se proceda a la expedición de los pases correspondientes.

México, D.F., a 24 de abril de 2008.

Representante Común de los Tenedores

Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V.

Monex Grupo Financiero

Directora Fiduciaria

Ing. Claudia B. Zermeño Inclán

Rúbrica.

(R.- 266558)

INMOBILIARIA DEL SUR, S.A. DE C.V.

REPRESENTADO POR VICTOR E. ANDRADE LEINES

SECRETARIO DE CONSEJO DE ADMINISTRACION

CONVOCAN A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

PRIMERA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD INMOBILIARIA DEL SUR, S.A. DE C.V., QUE SE EFECTUARA EL 12 DE MAYO DE 2008, A LAS 10:00 HORAS, EN EL DOMICILIO DE LAS INSTALACIONES DE LA SOCIEDAD, UBICADO EN AVENIDA COSTERA MIGUEL ALEMAN NUMERO 79, DEL FRACCIONAMIENTO CLUB DEPORTIVO, CODIGO POSTAL 39690, EN LA CIUDAD Y PUERTO DE ACAPULCO, GUERRERO, LA QUE TENDRA EL SIGUIENTE:

ORDEN DEL DIA

I. INSTALACION DE LA ASAMBLEA, DESIGNACION DE ESCRUTADORES, FORMULACION DE LISTA DE ASISTENCIA, DESIGNACION DE PRESIDENTE Y SECRETARIO DE LA ASAMBLEA.

II. DISCUSION, APROBACION Y, EN SU CASO, MODIFICACION DEL INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL EJERCICIO SOCIAL 2007, CONFORME AL ARTICULO 172 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.

III. NOMBRAMIENTO O RATIFICACION DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION.

IV. DISCUSION, APROBACION Y RATIFICACION DE LA CUOTA ORDINARIA DE MANTENIMIENTO Y DE LA TASA DE INTERES MORATORIO MENSUAL, FIJADA POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACION PARA EL AÑO 2008.

V. ASUNTOS GENERALES.

Acapulco, Gro., a 21 de abril de 2008.

Secretario del Consejo de Administración

Víctor E. Andrade Leines

Rúbrica.

(R.- 266550)



INMOBILIARIA LIVER-LON, S.A. DE C.V.

PRIMERA CONVOCATORIA

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 180, 181, 183, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y lo estipulado en artículo vigésimo tercero de los estatutos sociales, se convoca a los accionistas de Inmobiliaria Liver-lon, S.A. de C.V., a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará el día
5 de mayo de 2008, a las 16:00 horas, en el domicilio de la sociedad, ubicado en avenida Cuauhtémoc 421, colonia Roma Sur, México, D.F. y durante la cual se tratarán los asuntos contenidos en el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I.- Instalación de la Asamblea.

II.- Presentación, discusión y, en su caso, aprobación de los balances generales y estados financieros sobre los ejercicios sociales comprendidos del primero de enero al treinta y uno de diciembre de los años de 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007.

III.- Presentación, discusión y, en su caso, ratificación y aprobación de las gestiones realizadas por los apoderados de la sociedad.

IV.- Presentación, discusión y, en su caso, ratificación y aprobación de las gestiones realizadas por el órgano de administración de la sociedad y funcionarios de la misma.

V.- Designación de delegado especial.

VI.- Asuntos generales.

México, D.F., a 18 de abril de 2008.

Administrador Unico

Ing. Heladio Alberto Ayala Patiño

Rúbrica.

(R.- 266551)



DOMESTICOS GANA S.A. DE C.V.

EXCELENCIA EN LINEA BLANCA

CONVOCATORIA

Se convoca con fundamento en los artículos 183, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a los Socios de la Empresa “DOMESTICOS GANA S.A. DE C.V.”, RFC DGA-041012QJ5, a la Asamblea General Ordinaria que tendrá verificativo el día 4 de mayo, en calle Ahuehuetes número 17, Fraccionamiento Los Morales, Cuautitlán, Estado de México, código postal 54800, y que se llevará a cabo bajo el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.- Lista de asistencia y declaración de quórum legal.

2.- Nombramiento de administrador general.

3.- Nombramiento de comisario.

4.- Asunto generales.

Cuautitlán, Edo. de Méx., a 15 de abril de 2008.

Comisario

C.P. Miguel Angel Salinas Salcedo

Rúbrica. (R.- 266428)

Pemex Exploración y Producción

Dirección Corporativa de Administración

de Petróleos Mexicanos

Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial

CONVOCATORIA

De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Pemex Exploración y Producción, a través de la Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial de Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones públicas que se mencionan para la enajenación onerosa de los siguientes bienes, localizados en Huimanguillo, Tab.

Licitación SUCAP-ME-

Descripción general

Valor para venta

Plazo de retiro

220/08

Huber-Compacto

Motoconformadora

1

$120,000.00 M.N.

15 días hábiles

221/08

Compacto-motoconformadora

1

$58,400.00 M.N.

15 días hábiles

222/08

Compacto-motoconformadora

1

$58,400.00 M.N.

15 días hábiles

La verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan los bienes del 24 de abril al 19 de mayo de 2008, en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.

Las bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta y adquisición en la página: http://www.sucap.pemex.com, así como en el domicilio de la convocante, sito en Marina Nacional 329,
Torre Ejecutiva, piso 34, colonia Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311,
a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.

Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Su costo será de $300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.) IVA incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el formato que genera el sistema electrónico en la página: http://www.sucap.pemex.com o acudiendo directamente a nuestras oficinas.

El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU. a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas, 77070, U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Para participar en las licitaciones públicas es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco la confirmación de pago del interesado.

El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 20 de mayo de 2008 a las 10:00 horas, en el domicilio de la convocante arriba señalado. El acto de fallo se efectuará al concluir el acto de presentación
y apertura de ofertas, en el mismo lugar.

Las ofertas podrán estar referidas a una o a varias licitaciones, debiendo presentarse de manera individual y deberán ser garantizadas mediante depósito bancario, cheque de caja, giro bancario, orden de pago irrevocable o transferencia bancaria, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe no podrá ser inferior al 10% del monto del valor para venta.

De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda. Para mayor información favor de llamar a los teléfonos 19-44-96-30 o 19-44-96-31, fax 19-44-95-46.

México, D.F., a 24 de abril de 2008.

El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria

Lic. Juan Zuani González

Rúbrica.

(R.- 266543)

Pemex Exploración y Producción

Dirección Corporativa de Administración

de Petróleos Mexicanos

Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial

CONVOCATORIA

De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Pemex Exploración y Producción, a través de la Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial de Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones públicas que se mencionan para la enajenación onerosa de los siguientes bienes, localizados en Cd. del Carmen, Camp.

Licitación SUCAP-ME-

Descripción general

Valor para venta

Plazo de retiro

213/08

Ford redilas tubular 1997

$19,800.00 M.N.

15 días hábiles

214/08

Murrell vehículo eléctrico

Tipo repartidor

$3,500.00 M.N.

15 días hábiles

215/08

Murrell vehículo eléctrico

Tipo repartidor

$3,500.00 M.N.

15 días hábiles

216/08

Murrell vehículo eléctrico

Tipo repartidor

$3,500.00 M.N.

15 días hábiles

217/08

Murrell vehículo eléctrico

Tipo repartidor

$3,500.00 M.N.

15 días hábiles

218/08

Murrell vehículo eléctrico

Tipo repartidor

$3,500.00 M.N.

15 días hábiles

219/08

Murrell vehículo eléctrico

Tipo repartidor

$3,500.00 M.N.

15 días hábiles

La verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan los bienes del 24 de abril al 16 de mayo de 2008, en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.

Las bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta y adquisición en la página: http://www.sucap.pemex.com, así como en el domicilio de la convocante, sito en Marina Nacional 329,
Torre Ejecutiva, piso 34, colonia Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311,
a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.

Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Su costo será de $300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.) IVA incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el formato que genera el sistema electrónico en la página: http://www.sucap.pemex.com o acudiendo directamente a nuestras oficinas.

El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU. a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas, 77070, U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Para participar en las licitaciones públicas es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco la confirmación de pago del interesado.

El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 19 de mayo de 2008 a las 11:00 horas, en el domicilio de la convocante arriba señalado. El acto de fallo se efectuará al concluir el acto de presentación
y apertura de ofertas, en el mismo lugar.

Las ofertas podrán estar referidas a una o a varias licitaciones, debiendo presentarse de manera individual y deberán ser garantizadas mediante depósito bancario, cheque de caja, giro bancario, orden de pago irrevocable o transferencia bancaria, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe no podrá ser inferior al 10% del monto del valor para venta.

De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda. Para mayor información favor de llamar a los teléfonos 19-44-96-30 o 19-44-96-31, fax 19-44-95-46.

México, D.F., a 24 de abril de 2008.

El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria

Lic. Juan Zuani González

Rúbrica.

(R.- 266545)

Pemex Exploración y Producción

Dirección Corporativa de Administración

de Petróleos Mexicanos

Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial

CONVOCATORIA

De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Pemex Exploración y Producción, a través de la Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial de Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones públicas que se mencionan para la enajenación onerosa de los bienes muebles que enseguida se enlistan:

Licitación

SUCAP-ME/

Descripción general

y valor para venta

Cantidad y unidad de medida

Localización

Plazo de retiro

185/08

Motores de combustión interna,

uso industrial

$9,300.00 M.N.

11 pieza

Altamira, Area Poza Rica, Poza Rica, Ver.

20 días hábiles

186/08

Paquete de medición de aceite, rodamientos y sellos para aceite

$70,300.00 M.N.

1 lote y 805 pieza

Reg. Marina Noroeste, Ciudad del Carmen, Camp.

20 días hábiles

187/08

Tubería de cobre, conexiones para tubería de acero al carbón, galvanizado, bronce y equipo

de cómputo

$27,700.00 M.N.

1 lote

Almacén A.C.N.

Dos Bocas, Tab.

20 días hábiles

188/08

Tanques rectificadores, congelador vertical, conexiones para tubería de diferentes tipos, especificaciones y diámetros, equipos de cómputo

$380,300.00 M.N.

9,155 pieza

Región Marina Noroeste Ciudad del Carmen, Camp.

40 días hábiles

La verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan los bienes, del 24 de abril al 13 de mayo de 2008, en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.

Las bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta y adquisición en la página: http://www.sucap.pemex.com, así como en el domicilio de la convocante, sito en Marina Nacional 329, Torre Ejecutiva, piso 34, colonia Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria. Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Su costo será de $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido.

El pago de las bases de la presente convocatoria deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el formato que genera el sistema electrónico en la página: http://www.sucap.pemex.com o acudiendo directamente a nuestras oficinas.

El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU. a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas, 77070, U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Para participar en las licitaciones públicas es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco la confirmación de pago del interesado.

El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 14 de mayo de 2008 a las 10:00 horas, en el domicilio de la convocante arriba señalado.

El acto de fallo se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas, en el mismo lugar.

Las ofertas deberán estar referidas a una o varias licitaciones y deberán ser garantizadas mediante depósito bancario, cheque de caja, giro bancario, orden de pago irrevocable o transferencia bancaria, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe no podrá ser inferior al 20% del monto del valor para venta.

De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda.

Para mayor información favor de llamar a los teléfonos 19-44-96-30 o 19-44-96-31, fax 19-44-95-46.

México, D.F., a 24 de abril de 2008.

El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria

Lic. Juan Zuani González

Rúbrica.

(R.- 266547)

Pemex Petroquímica

Dirección Corporativa de Administración

de Petróleos Mexicanos

Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial

CONVOCATORIA

De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Pemex Petroquímica, a través de la Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial de Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones públicas que se mencionan para la enajenación onerosa de los bienes muebles que enseguida se enlistan.

Licitación

SUCAP-MP/

Descripción general

y valor para venta

Cantidad y unidad de medida

Localización

Plazo de retiro

182/08

Refacciones para instrumentos

de medición y control

$4,900.00 M.N.

2,581 piezas

PQA. Pajaritos

Coatzacoalcos, Ver.

20 días hábiles

183/08

Tubería y conexiones para tubería, de diferentes tipos, especificaciones y diámetros, tanque de reflujo.

$579,000.00 M.N.

1 lote

PQA. Morelos

Coatzacoalcos, Ver.

20 días hábiles

184/08

Instrumentos de medición y control, boquillas refractarias, chumacera, anillos y diafragma, guías

y soporte, ropa y artículos de protección y seguridad.

$105,200.00 M.N.

1 lote

PQA. Cosoleacaque

Cosoleacaque, Ver.

20 días hábiles

La verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan los bienes, del 24 de abril al 9 de mayo de 2008, en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.

Las bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta y adquisición en la página: http://www.sucap.pemex.com así como en el domicilio de la convocante, sito en Marina Nacional 329, Torre Ejecutiva, piso 34, colonia Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria. Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Su costo será de $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido.

El pago de las bases de la presente convocatoria deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el formato que genera el sistema electrónico en la página: http://www.sucap.pemex.com o acudiendo directamente a nuestras oficinas.

El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU. a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas, 77070, U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles, antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Para participar en la licitación pública es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco la confirmación de pago del interesado.

El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 12 de mayo de 2008 a las 11:00 horas, en el domicilio de la convocante arriba señalado.

El acto de fallo se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas, en el mismo lugar.

Las ofertas deberán estar referidas a una o a varias licitaciones, debiendo presentarse de manera individual y deberán ser garantizadas mediante depósito bancario, cheque de caja, giro bancario, orden de pago irrevocable o transferencia bancaria, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe no podrá ser inferior al 20% del monto del valor para venta.

De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda.

Para mayor información favor de llamar a los teléfonos 19-44-96-30 o 19-44-96-31, fax 19-44-95-46.

México, D.F., a 24 de abril de 2008.

El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria

Lic. Juan Zuani González

Rúbrica.

(R.- 266548)

Pemex Petroquímica

Dirección Corporativa de Administración

de Petróleos Mexicanos

Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial

CONVOCATORIA

De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Pemex Petroquímica, a través de la Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial de Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones públicas que se mencionan para la enajenación onerosa de los siguientes bienes:

Licitación SUCAP-MP-

Descripción general

Valor para venta

Localización unidades

Plazo de retiro

173/08

Ford Contour GL 1999

$33,700.00 M.N.

Petroquímica Sede

Coatzacoalcos, Ver1

15 días hábiles

174/08

Ford Contour GL 1999

$34,600.00 M.N.

Petroquímica Sede

Coatzacoalcos, Ver1

15 días hábiles

175/08

Ford Contour GL 1999

$34,200.00 M.N.

Petroquímica Sede

Coatzacoalcos, Ver1

15 días hábiles

176/08

Ford Contour GL 1999

$35,100.00 M.N.

Petroquímica Sede

Coatzacoalcos, Ver1

15 días hábiles

177/08

Ford Contour GL 1999

$34,400.00 M.N.

Petroquímica Sede

Coatzacoalcos, Ver1

15 días hábiles

178/08

Mercedes Benz 1987

Camión contra-incendio

$10,000.00 M.N.

C.P. Pajaritos, Ver.

1

15 días hábiles

179/08

Dina 1985 autobús

$12,000.00 M.N.

C.P. Pajaritos, Ver.

1

15 días hábiles

180/08

Dina 1985 autobús

$9,000.00 M.N.

C.P. Pajaritos, Ver.

1

15 días hábiles

181/08

Chevrolet pick up 1994 (2)

Dodge pick up 1993 (2)

$34,400.00 M.N.

C.P.

Cosoleacaque, Ver.

4

15 días hábiles

La verificación física, se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan los bienes del 24 de abril al 15 de mayo de 2008, en días hábiles de las 8:30 a las 15:00 horas.

Las bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta y adquisición en la página: http://www.sucap.pemex.com, así como en el domicilio de la convocante, sito en Marina Nacional 329,
Torre Ejecutiva, piso 34, colonia Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311,
a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.

Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Su costo será de $300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.) IVA incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el formato que genera el sistema electrónico en la página: http://www.sucap.pemex.com o acudiendo directamente a nuestras oficinas.

El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas, 77070, U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Para participar en las licitaciones públicas es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco, la confirmación de pago del interesado.

El acto de presentación y apertura de ofertas, se celebrará el 16 de mayo de 2008 a las 10:00 horas, en el domicilio de la convocante arriba señalado. El acto de fallo, se efectuará al concluir el acto de presentación
y apertura de ofertas, en el mismo lugar.

Las ofertas podrán estar referidas a una o a varias licitaciones, debiendo presentarse de manera individual y deberán ser garantizadas mediante depósito bancario, cheque de caja, giro bancario, orden de pago irrevocable o transferencia bancaria, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe no podrá ser inferior al 10% del monto del valor para venta.

De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda. Para mayor información favor de llamar a los teléfonos 19-44-96-30 o 19-44-96-31, fax 19-44-95-46.

México, D.F., a 24 de abril de 2008.

El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria

Lic. Juan Zuani González

Rúbrica.

(R.- 266552)

Petróleos Mexicanos

Dirección Corporativa de Administración

de Petróleos Mexicanos

Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial

CONVOCATORIA

De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Petróleos Mexicanos, a través de la Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones públicas que se mencionan para la enajenación onerosa de los siguientes bienes:

Licitación SUCAP-M/

Descripción general

Valor para venta

Localización unidades

Plazo de retiro

167/08

Chrysler Stratus 2000

Chevrolet pick up 1998 (3)

Ford pick up XL 1991 (2)

Chrysler Ram pick up 1998

Chrysler minibús 1985

$134,700.00 M.N.

A.C.N. Cangrejera, Ver.

8

15 días hábiles

168/08

G.M. Suburban 1993

G.M. Blazer Nevada 1993

V.W. Combi 1991

$73,700.00 M.N.

México, D.F.

Bodega Nonoalco

3

15 días hábiles

169/08

G.M. Cavalier 1993

$11,900.00 M.N.

Cd. Camargo, Chih.

1

15 días hábiles

170/08

Chevrolet Cheyenne

Ambulancia 1997

$21,900.00 M.N.

Cadereyta, N.L.

1

15 días hábiles

171/08

Dina camión plataforma

con hiab 1984

$70,200.00 M.N.

Salina Cruz, Oax.

1

15 días hábiles

172/08

Link-Belt grúa

Hidráulica 1981

$135,000.00 M.N.

Salina Cruz, Oax.

1

15 días hábiles

La verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan los bienes del 24 de abril al 14 de mayo de 2008, en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.

Las bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta y adquisición en la página: http://www.sucap.pemex.com, así como en el domicilio de la convocante, sito en Marina Nacional 329,
Torre Ejecutiva, piso 34, colonia Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311,
a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.

Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Su costo será de $300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.) IVA incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el formato que genera el sistema electrónico en la página: http://www.sucap.pemex.com o acudiendo directamente a nuestras oficinas.

El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU. a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas, 77070, U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.

Para participar en las licitaciones públicas es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco la confirmación de pago del interesado.

El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 15 de mayo de 2008 a las 10:00 horas, en el domicilio de la convocante arriba señalado. El acto de fallo se efectuará al concluir el acto de presentación
y apertura de ofertas, en el mismo lugar.

Las ofertas podrán estar referidas a una o a varias licitaciones, debiendo presentarse de manera individual y deberán ser garantizadas mediante depósito bancario, cheque de caja, giro bancario, orden de pago irrevocable o transferencia bancaria, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe no podrá ser inferior al 10% del monto del valor para venta.

De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda. Para mayor información favor de llamar a los teléfonos 19-44-96-30 o 19-44-96-31, fax 19-44-95-46.

México, D.F., a 24 de abril de 2008.

El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria

Lic. Juan Zuani González

Rúbrica.

(R.- 266553)

Comisión Federal de Electricidad

Subdirección de Transmisión

Gerencia Regional de Transmisión Occidente

LICITACION PUBLICA No. LPTNOC0108

CONVOCATORIA

En cumplimiento a las disposiciones que establecen la ley General de Bienes Nacionales y las Bases Generales para la Disposición Final y Baja de los Bienes Muebles de CFE, se convoca a las personas físicas y morales nacionales, a participar del día 15 de mayo de 2008, en la licitación pública número LPTNOC0108, para la venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se indican:

Lote

No.

Descripción

Cantidad y unidad de medida

Valor mínimo para venta

$

Depósito en

garantía

$

1 al 21

Vehículos usados diversos tipos y modelos

21

U.I.

535,861.68

53,586.17

22

Artículos de porcelana con herraje

175,420.60

Kg

0.37

6,490.57

23

Aluminio

935.70

Kg

17.70

1,656.19

24

Conductores eléctricos de cobre con forro

de diversos tipos y calibres

5,983

Kg

28.96

17,326.77

25

Cable de cobre y forro de

plástico autosoportado

389.60

Kg

22.52

877.38

26

Cable de aluminio ACSR

6,062

Kg

21.00

12,730.20

27

Desecho ferroso de segunda

21,512.85

Kg

1.25

2,689.11

28

Desecho ferroso tercera

3,336.40

Kg

1.12

373.68

29

Desecho ferroso mixto contaminado

14,040.30

Kg

0.44

617.78

30

Desecho ferroso vehicular

9,593.00

Kg

2.43

2,331.10

31

Cuchillas corta circuito con aislante

de porcelana

6,400

Kg

0.98

627.20

32

Transformadores de distribución

y potencia sin aceite

130,000.00

Kg

15.59

202,670.00

33

Llantas segmentadas y/o no renovables

3,455.10

Kg

0.14

48.38

34

Llantas completas y/o renovables

2,091

Kg

0.64

133.83

35

Plástico

786.44

Kg

0.67

52.70

36

Plástico acrílico

2,058.41

Kg

1.02

209.96

37

Madera creosotada

7,339.41

Kg

0.06

44.04

38

Madera proveniente de tarimas

272

Kg

0.54

14.69

39

Balastra

1,122.60

Kg

1.01

113.39

40

Vidrio pedacería

2,300

Kg

0.05

11.50

41

Lote de equipo fotográfico (usado)

1

Lote

12,100.00

1,210.00

Los bienes se encuentran localizados en los almacenes de: Jalisco, Nayarit, Bajío, San Luís Potosí, Uruapan, Infiernillo, Lázaro Cárdenas y Colima, de acuerdo a la relación de bienes anexa a las bases.

Los interesados podrán consultar y adquirir las bases de la licitación del 24 de abril al 13 de mayo del presente año en días hábiles, consultando la página electrónica de CFE:

http://www.cfe.gob.mx/es/NegociosConCFE/ventadebienes/muebles/, y el pago de $2,000.00 más IVA, mediante el depósito bancario en efectivo en la cuenta: contrato CIE número 627003, referencia bancaria número 3038 PE00009 en el banco BBVA Bancomer y enviar copia del comprobante del pago efectuado anotando previamente su nombre, domicilio y RFC al fax número 01-(33) 36 68 66 19 o acudir a la oficina Regional de Almacenes, Tráfico y Enajenación de Bienes de la Gerencia Regional de Transmisión Occidente, ubicada en la avenida Vicente Guerrero número 1204, colonia Agua Blanca Industrial, Municipio de Zapopan, Jalisco, teléfono 01-33-36-68-66-18, de 9:00 a 14:00 horas, con el Lic. Leopoldo Iturriaga Guerrero o en la Ciudad de México, D.F. en la Unidad de Enajenación de Bienes Muebles, en Río Ródano número 14, 8o. piso, sala 803, colonia Cuauhtémoc, código postal 06500, teléfono 01-55-52-29-44-00, extensión 7903, con el
Ing. José Manuel Martínez Basterra, de 10:00 a 13:00 horas, presentando para tal efecto identificación con validez oficial y copia del registro federal de contribuyentes.

La verificación física de los bienes se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan del 24 de abril al 13 de mayo de 2008, en horario de 9:00 a 14:00 horas.

El registro de inscripción y recepción de la documentación establecida en las bases para participar en la licitación se efectuará el 15 de mayo de 2008 a las10:00 horas, en la sala de juntas del Departamento de Adquisiciones y obra pública de la Gerencia Regional de Transmisión Occidente, en el domicilio antes citado.

Los depósitos en garantía se constituirán mediante cheque certificado o de caja, expedido por institución de crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad, por los importes establecidos para los lotes de bienes que se licitan.

El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 15 de mayo de 2008 a las 10:00 horas, en la sala de juntas del Departamento de Adquisiciones y Obra Pública de la Gerencia Regional de Transmisión Occidente, en el entendido de que los interesados deberán cumplir con lo establecido en las bases respectivas y en caso contrario no podrán participar en el evento.

El acto de fallo correspondiente se efectuará el 16 de mayo de 2008 a las 10:00 horas, en la sala de
juntas del Departamento de Adquisiciones y Obra Pública. De no lograrse la venta de los bienes una vez emitido el fallo de la licitación, se procederá a la subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor mínimo para venta considerado en la licitación y un 10% menos en segunda almoneda.

El retiro de los bienes se realizará en un plazo máximo de 30 días hábiles posteriores a la fecha de pago de los mismos.

A fin de dar transparencia a las licitaciones públicas que CFE realiza, esta área invitará a participar en el presente evento a un notario público de la localidad, que dará fe del acto de apertura de ofertas, sin derecho
a voz ni a voto.

Atentamente

24 de abril de 2008.

El Gerente Regional

Ing. Jesús Martínez Villarreal

Rúbrica.

(R.- 266560)



GRUPO AEROPORTUARIO DEL CENTRO NORTE, S.A. DE C.V.

Hago referencia al oficio 4.1.-578, de fecha 10 de marzo de 2008, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en virtud del cual se registran las tarifas específicas para estacionamientos públicos de automóviles para el Aeropuerto de Monterrey.

A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento de la Ley de Aeropuertos,
a continuación se publican las tarifas correspondientes, mismas que están contenidas en el anexo del oficio
en referencia.

TARIFAS DE ESTACIONAMIENTO PUBLICO PARA VEHICULOS DEL

AEROPUERTO DE MONTERREY VIGENTES A PARTIR DEL 15 DE ABRIL DE 2008

A) ESTACIONAMIENTO DE CORTO PLAZO Y TERMINAL C

COBRO HORARIO

Primera Hora o Fracción

15.65

Fracción de 15 minutos posterior a la Primera Hora

4.35

Segunda hora en adelante

15.65

Máximo por Día

195.65

B) ESTACIONAMIENTO DE LARGO PLAZO

COBRO HORARIO

Tres Horas o Fracción

31.30

Máximo por Día (Primer Día)

195.65

Máximo por Día (A partir del Segundo Día)

126.09

C) ESTACIONAMIENTO DE LA ZONA DE CARGA

COBRO HORARIO

Primera Hora o Fracción

15.65

Fracción de 15 minutos posterior a la Primera Hora

4.35

Segunda hora en adelante

15.65

Máximo por Día

195.65

Nota: estos precios no incluyen IVA.

Atentamente

Apodaca, N.L., a 7 de abril de 2008.

Representante Legal

Ing. Rubén López Barrera

Rúbrica. (R.- 266523)