Viernes 5 de diciembre de 2008 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 128




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas

Reynosa, Tamps.

EDICTO

TERCEROS PERJUDICADOS:

ENRIQUE RODRIGUEZ CANTU.

PURA PEÑALOZA DE RODRIGUEZ.

MARAGARITA ALBERTOS DE RODRIGUEZ.

En los autos del juicio de amparo 1088/2007, promovido por Pascual Loya Mariano, contra actos del juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial en el estado, con sede en esta ciudad y otras autoridades, en virtud de que se les ha señalado como terceros perjudicados y se desconoce su domicilio cierto y actual, en cumplimiento al acuerdo dictado el siete de octubre de dos mil ocho, se ha ordenado su emplazamiento a juicio por medio de EDICTOS, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley de la materia. Queda a disposición de los referidos terceros perjudicados en este órgano jurisdiccional, copia simple de la demanda de amparo, haciéndole saber que cuenta con un término de treinta días contados a partir de la última publicación de los edictos, para que ocurran ante este juzgado federal a hacer valer sus derechos.

Reynosa, Tamps., a 17 de octubre de 2008.

El Secretario

Sixto Iván Rivera López

Rúbrica.

(R.- 278608)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl

EDICTO

C. DIRECTOR DEL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA.

CON EL PRESENTE LE ESTOY ANEXANDO EN TRES TANTOS PARA SU PUBLICACION DE SIETE EN SIETE DIAS, EL EDICTO POR EL CUAL SE EMPLAZA A JUICIO A GRUPO VENADOS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y HAGHIGHAT GMBH IBRAHIM, EN SU CARACTER DE TERCEROS PERJUDICADOS EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO 650/2008, PROMOVIDO POR ANTONIO RIVERA GALARZA, ADMINISTRADOR UNICO DE FRUTOS DEL CAMPO DE ESTRELLAS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONTRA ACTOS DEL JUEZ QUINCUAGESIMO TERCERO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL Y OTRAS AUTORIDADES, PREVINIENDOLOS PARA QUE EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DE LOS EDICTOS, COMPAREZCAN ANTE ESTE JUZGADO A RECOGER LA COPIA DE LA DEMANDA DE AMPARO LA QUE QUEDA A SU DISPOSICION EN LA ACTUARIA DE ESTE JUZGADO.

Ciudad Nezahualcóyotl, Edo. de Méx., a 13 de octubre de 2008.

El C. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México

Lic. Adrián López Sosa

Rúbrica.

(R.- 278692)

Estado de México

Poder Judicial

Tribunal Superior de Justicia

Segunda Sala Civil

Toluca

EDICTO

HAGO SABER: Toca suplementario de amparo 1066/2007. Acuerdo. JORGE IGNACIO BAUTISTA OLVERA, promovió juicio de amparo por conducto de esta segunda sala civil de Toluca, ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito con residencia en Toluca, México, señalando como acto reclamado la Sentencia dictada en el toca de apelación 1066/2007 de veintidós de enero de dos mil ocho, ordenándose emplazar a la tercero perjudicada DIANA MONICA GIACCAGLIA ARGUELLO o DIANA MONICA GIACCAGLIA ARGUELLO DE LAVOLPE en acatamiento al requerimiento del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito con residencia en Toluca, México, en términos de lo dispuesto por los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley antes mencionada. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. ASI LO ACORDO LA SALA Y FIRMA LA PRESIDENTA, LICENCIADA SARA DEYANIRA PEREZ OLIVARES. DOS FIRMAS ILEGIBLES”. Publíquese por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS en el Diario Oficial de la Federación y un uno de los Periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndole saber la instauración del JUICIO DE GARANTIAS número 183/2008 y el derecho que tiene apersonarse al mismo, si lo creyere conveniente. Dado en la ciudad de Toluca, México, a los siete días del mes de noviembre de dos mil ocho. DOY FE.

La Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala Civil de Toluca, México

Lic. Eufrosina Arévalo Zamora

Rúbrica.

(R.- 279372)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Octava Sala Civil

EDICTO

SUCESIONES A BIENES DE MARIA TERESA RAMOS VAZQUEZ o MARIA TERESA RAMOS DE SANCHEZ y de FRANCISCO SANCHEZ BARBA.

En los autos del Toca 1461/2008, relativo al juicio ORDINARIO CIVIL, seguido por ARROCHE GIO PERLA, en contra de SANCHEZ BARBA FRANCISCO SU SUCESION Y OTROS, se ha interpuesto juicio de Amparo en contra de la resolución dictada por esa Sala con fecha cinco de agosto de dos mil ocho, por lo que se ordenó emplazarlas por edictos, en virtud de haber sido señalados como terceros perjudicados y por ignorarse su domicilio, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, ante la Autoridad que por turno le corresponda conocer del juicio de Amparo, contados del día siguiente al de la última publicación.

Atentamente

México, D.F., a 9 de octubre de 2008.

El Secretario de Acuerdos de la Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Lic. Rogelio Bravo Acosta

Rúbrica.

(R.- 279501)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Sonora,

con residencia en Ciudad Obregón

EDICTO

En cumplimiento a lo acordado en la causa penal 251/2007, instruida a Miguel López Medina, por un delito Contra la Salud, por este conducto se notifica a FLORENCIO DE JESUS CONZUELO que tiene tres meses
a partir de que surta efectos la presente notificación para solicitar la devolución del vehículo afecto
marca Kenworth 2003, color blanco, placas 327EE78, serie número 3WKDD40X23F611701, con razón social “T. U. FLORENCIO DE JESUS CONZUELO”.

Atentamente

Ciudad Obregón, Son., a 7 de noviembre de 2008.

El Juez Octavo de Distrito en el Estado de Sonora

Lic. María del Rosario Alcántar Trujillo

Rúbrica.

(R.- 280457)

Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Secretaría de Acuerdos

EDICTO

PARA: LUIS HERNANDEZ ESPINOSA.

En el toca 2814/2007, se ordenó emplazar por edictos al tercero perjudicado LUIS HERNANDEZ ESPINOSA para que comparezca a esta sala dentro del término de treinta días contados a partir de la última publicación para recibir las copias de traslado y en el de diez días posteriores en defensa de sus derechos, ante la autoridad federal que conozca del juicio precitado, debiendo señalar domicilio en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones le surtirán por boletín judicial y listas; queda en esta sala a disposición del tercero perjudicado copia de la demanda de amparo interpuesta por JORGE ANTONIO ARTURO HERNANDEZ SOULAYRAC y OTROS, en contra de la sentencia de siete de enero del año dos mil ocho.

México, D.F., a 9 de octubre de 2008.

El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Familiar

del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Lic. Justino Aranda García

Rúbrica.

(R.- 279521)



Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial del Estado

Juzgado Décimo Cuarto Civil de Partido

Secretaría

León, Gto.

EDICTO

Por este publicarse por 3 tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en Tablero de Avisos de este Juzgado anúnciese el remate en PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble embargado dentro del presente juicio y que a continuación se describe:

1.- Bien inmueble ubicado en Calle Olmecas número 114 d la Colonia Bugambilias de esta ciudad, lado Poniente lote 16, manzana 20, superficie 202.50 metros cuadrados que mide y linda: Al Norte 9 metros con lote 32; al Sur 9 metros con Calle Olmecas: al Oriente 22.50 metros con lote 17 y al Poniente 22.50 metros con lote 15, inmueble con inscripción en el registro público de la propiedad, con número de registro R20*203417 a nombre del C. JOSE ROSALIO LIRA DOMINGUEZ.

Bien inmueble embargado en el Juicio Ejecutivo Mercantil sobre Acción Cambiaria Directa número de Expediente M 104/06 promovido por el C. Licenciado GUSTAVO HERNANDEZ HURTADO en contra de JOSE ROSALIO LIRA DOMINGUEZ; señalándose las 12:00 horas del día 17 diecisiete de Diciembre del año 2008; siendo la postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $ 730,000.00 (setecientos treinta mil pesos 00/100 M.N.) valor pericial asignado a dicho bien, cuyo avalúo obra en autos del presente juicio.

León, Gto., a 18 de noviembre de 2008.

El C. Secretario del Juzgado Décimo Cuarto Civil de Partido

Lic. José Juan Ramírez Flores

Rúbrica.

(R.- 279526)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito

Tijuana, Baja California

EDICTO

EMPLAZAMIENTO AL TERCERO PERJUDICADO

WASHINGTON FRUIT AND PRODUCE COMPANY.

En los autos del Juicio de Amparo número 238/2007- III, promovido por RENE ORTEGA GODINEZ en su carácter de representante legal de LOMAN LOGISTICS SERVICE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos del Administrador General de Aduanas del Servicio
de Administración Tributario, en México, Distrito Federal, Adminsitrador de la Aduana de Tijuan, Subadministrador de la Aduana de Tijuana, Subadministrador de Trámites y Asuntos Legales de la Aduana de Tijuana, Subadministrador de Operación Aduanera de la Aduana de Tijuana, Subdelegado Federal de la Secretaría de Economía, Administrador del Segundo Reconocimiento de la Aduana de Tijuana, con sede en esta ciudad, Secretario de Economía, Jefe de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía y Director General Adjunto Técnico Jurídico de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial hoy Secretaría de Economía, con sede en México, Distrito Federal.

Emisión del acuerdo delegatorio de facultades de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación de veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y seis, específicamente en su artículo 19 fracción I, así como los efectos y consecuencias legales.

Procedimiento administrativo de investigación antidumping número 17/96, publicado el seis de marzo de mil novecientos noventa y siete en el Diario Oficial de la Federación, la resolución final preliminar definitiva publicadas en el Diario Oficial de la Federación respectivamente, el doce de agosto de dos mil dos y veintinueve de septiembre de dos mil cinco y dos de noviembre de dos mil seis.

La ejecución, aplicación y cobro de la cuota compensatoria del 47.05 por ciento reclamada, sobre la importación de manzanas realizadas por la quejosa, al amparo del pedimento de importación No. 07 40 3416 7003191, de fecha 10 de mayo de 2007.

Las órdenes verbales, escritas y/o cualquier acto que implique el obstáculo o impedimento material para realizar el despacho aduanero vía transmisión electrónica de datos e información respecto de las importaciones que realice la quejosa.

La cancelación, suspensión baja del registro del padrón de general de importadores y específico del sector frutícola.

Ello por derivar todas del mismo procedimiento administrativo de investigación antidumping número 17/96, publicado el seis de marzo de nil novecientos noventa y siete en el Diario Oficial de la Federación.

Seguido el trámite, el tres de diciembre de dos mil siete, se emitió sentencia que otorgó el amparo a la quejosa ”LOMAN LOGISTICS SERVICE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, la cual revocó el Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, con sede en Mexicali, Baja California, dentro del amparo en revisión 16/2008, y repuso el procedimiento a efecto de que se le emplazara a juicio.

Realizada la investigación tendiente a obtener su domicilio sin resultado favorable en dieciséis de octubre de dos mil ocho, se ordenó emplazarla por edictos.

Se le hace saber que deberá presentarse dentro del termino de treinta dias contados al siguiente de la ultima publicación, por si o por medio de apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aun las personales, le surtirán por lista en los estrados de este tribunal; y que en la secretaría de este Juzgado se encuentra a su disposición copia de la demanda de amparo.

Tijuana, B.C., a 16 de octubre de 2008.

El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado

Lic. José Alejandro Ortíz Monroy

Rúbrica.

(R.- 279998)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Cuarta Sala Civil

EDICTO

J.M. MENDOZA Y ASOCIADOS S.A. DE C.V.

HOY FERTILIZANTES FLUIDOS S.A. DE C.V

Por auto de fecha seis de octubre del dos mil ocho, dictado en el cuaderno de amparo relativo al toca 1687/2005/3, por ignorarse su domicilio, a pesar de la investigación con resultados negativos, se ordenó emplazarlo por edictos para que dentro de los treinta días siguientes a la última publicación de éste edicto, se apersone ante la Secretaría de Acuerdos de la Cuarta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a recibir las copias simples de la demanda de amparo presentada por la parte actora en contra de la resolución de fecha siete de mayo del dos mil ocho, que obra en el toca antes señalado y revoca la sentencia definitiva dictada el ocho de febrero del dos mil ocho, por el Juez Décimo Noveno de lo Civil en el Distrito Federal, en el juicio ejecutivo mercantil seguido por Crédito Afianzador S.A. Compañía Mexicana de Garantías contra J.M. Mendoza y Asociados S.A. de C.V. hoy Fertilizantes Fluidos S.A. de C.V., hecho lo cual debe comparecer dentro del término de DIEZ DIAS ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito respectivo, a defender sus derechos.

Atentamente

México, D.F., a 6 de octubre de 2008.

El Secretario de Acuerdos de la Cuarta Sala Civil

Lic. Héctor Julián Aparicio Soto

Rúbrica.

(R.- 278742)

Estados Unidos Mexicanos

Estado de Jalisco

Poder Judicial

Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco

Primer Partido Judicial

Juzgado Quinto de lo Mercantil

EDICTO

En los autos del juicio MERCANTIL EJECUTIVO, promovido por: RODRIGO GUZMAN FLORES, en contra de: RAMIRO RIVAS GARCIA, expediente 3768/2005, rematarse 12:30 DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA 05 CINCO DE ENERO DEL AÑO 2009 DOS MIL NUEVE, lo siguiente:

DEL 50% DE LA CASA HABITACION NUMERO 3134 UBICADO EN LA CALLE PASEO DE LOS GRANADOS SAN FRANCISCO EN LA COLONIA TABACHINES EN EL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO CON SUPERFICIE DE: 137.64 METROS CUADRADOS.

VALOR TOTAL DEL AVALUO: $513,216.00 (QUINIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISEIS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)

Postura legal: 2/3 partes avalúo.

Convoquen postores, que deberán exhibir el 10% de su postura legal.

Guadalajara, Jal., a 26 de noviembre de 2008.

Quinto de lo Mercantil

La C. Secretario de Acuerdos

Lic. Salomé Micaela César Vizcaíno

Rúbrica.

(R.- 280098)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado de Distrito

Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

EDICTO

Emplazamiento Tercero Perjudicado

GRACIANO SANTIAGO SANTIAGO

Presente

En los autos del juicio de amparo 1179/2008, promovido por GUSTAVO JOSE OLMOS Y URQUIDI, por propio derecho, y en su carácter de apoderado de la empresa DISTAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; contra actos de la Junta Especial Número Quince de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, al ser señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio, el dieciocho de noviembre de dos mil ocho, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces,
de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndole saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer su derecho y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se le hará por lista. Queda a su disposición en la secretaría de este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.

Atentamente

México, D.F., a 25 de noviembre de 2008.

El Secretario

Lic. Alberto Mendoza Macías

Rúbrica.

(R.- 280203)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Segundo de lo Civil

Secretaría “B”

Expediente 48/2006

EDICTO

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por BANCA MIFEL, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO MIFEL en contra de PROCESOS Y DESARROLLOS INMOBILIARIOS, S.A. DE C.V., JOSE AJA FIGAREDO y GABRIELA SUAREZ CAZARES, expediente 48/2006, la C. Juez Segundo de lo Civil Licenciada María Magdalena Malpica Cervantes, dictó un auto relativo al presente juicio que en lo conducente dice: México, Distrito Federal, a doce de noviembre del año dos mil ocho.- A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora en términos de su escrito se tienen por hechas sus manifestaciones, devolviendo oficio y edictos que se acompañan al ocurso de cuenta, los que se ordena agregar en autos como corresponda, dado el estado procesal de actuaciones, con fundamento en el artículo 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente al Código de Comercio, se ordena sacar a remate en pública subasta y en PRIMERA ALMONEDA el bien inmueble ubicado en TABACHINES NUMERO CINCO, CONDOMINIO REAL DEL MAR DEPARTAMENTO 601, SECCION PLAYAS MANZANA SIETE, LOTE CINCO, COLONIA FRACCIONAMIENTO CLUB DEPORTIVO ACAPULCO, EN ACAPULCO, ESTADO DE GUERRERO, y señalando para que tenga verificativo la diligencia de remate las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA NUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, debiéndose de convocar postores por medio de edictos que se fijaran en el tablero de avisos de éste Juzgado, así como en el tablero de avisos de la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal, en el "Diario Oficial" de la Federación y publicarse en el periódico "EL DIARIO DE MEXICO", publicaciones que deberán hacerse por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, y sirve de base para el remate la suma de $4,803,000.00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL PESOS 00/100 M.N.), y será postura legal la que cubra la totalidad de la suma antes mencionada. Tomando en consideración que el bien inmueble a rematarse se encuentran fuera de la jurisdicción de este juzgado, con los insertos necesarios gírese atento exhorto al C. Juez Competente en ACAPULCO, ESTADO DE GUERRERO, para que en auxilio de las labores de este juzgado, se sirva publicar los edictos convocando postores, en los lugares de costumbre de dicha entidad, y que se amplia el término de dos días mas en razón de la distancia para realizar las publicaciones ante el Juzgado exhortado, con fundamento en el artículo 469 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al Código de Comercio, facultando al C. Juez exhorto para que acuerde todo tipo de promociones tendentes
a diligenciar el presente proveído.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez.- Doy Fe.- DOY FE.

FIRMAS RUBRICAS.

México, D.F., a 19 de noviembre de 2008.

El C. Secretario de Acuerdos “B”

Lic. Jesús Javier Paredes Varela

Rúbrica.

(R.- 280021)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil

Sría. B

Exp. 946/05

EDICTO

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL expediente 946/2005, seguido por BANCO SANTANDER SERFIN S.A., INSITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN. En contra de GRAFIK IMPRESORES S.A. DE C.V. Y OTROS, El C. Juez Vigésimo Primero de lo Civil del Distinto Federal, ordeno en cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha cuatro de noviembre del dos mil ocho, en términos del artículo 1411 del Código de Comercio, sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA el bien inmueble embargado en autos, consistente en Lote de Terreno y Construcciones en el existentes, ubicados en Lote treinta y uno, manzana II, sección segunda (también conocido como paseo de la Soledad numero veintiocho), Fraccionamiento la Herradura, municipio de Huixquilucan, Estado de México, con la superficie, medidas y colindancias que obran en autos, con tal motivo, convóquense postores por medio de edictos que se publiquen por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, y en el tablero de avisos de este Tribunal, y toda vez que el inmueble materia del remate se encuentra fuera de la jurisdicción de este juzgado, con los insertos necesarios, gírese atento exhorto al C. Juez competente en Huixquilucan, Estado de México, para que en auxilio de las labores de este Juzgado, se sirva a ordenar la publicación de los edictos en los estrados del juzgado, en la Oficina de Recaudación de Rentas de la Localidad y en el periodo oficial del Gobierno del Estado de México. Sirviendo de base para la almoneda la cantidad de TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N., SEÑALANDOSE PARA QUE TENGA LUGAR LA DILIGENCIA DE REMATE LAS DIEZ HORAS DEL DIA NUEVE DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO. SIENDO POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA EL PRECIO AVALUO.

CONVOQUENSE POSTORES

México, D.F., a 5 de noviembre de 2008.

El C. Secretario de Acuerdos “B”

Lic. Angel Moreno Contreras

Rúbrica.

(R.- 279555)

Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial

Juzgado Décimo Tercero de lo Civil

Secretaría

León, Gto.

EDICTO

Por este publicarse por 3 tres veces dentro de 9 nueve días en Diario Oficial de la Federación y la tabla de avisos de este juzgado el anunciado REMATE en PRIMERA ALMONEDA de una fracción del predio rústico perteneciente a la Ex Hacienda de Echeveste de esta ciudad, con superficie de 986.40 novecientos ochenta y seis metros con cuarenta centímetros cuadrados, que mide y linda al noreste 11.96 once metros con noventa y seis centímetros con carretera León-San Felipe de por medio franja de protección de 20 veinte metros de ancho; al sureste en dos tramos que va de noreste a suroeste en 32.80 treinta y dos metros con ochenta centímetros, quiebra al sureste en 10.00 diez metros y continúa al suroeste en 26.80 veintiséis metros con ochenta centímetros, con resto de la propiedad de Benita Gómez Calderón de González; al suroeste 20.97 veinte metros con noventa y siete centímetros con río del granizo; al noroeste 61.32 sesenta y un metros con treinta dos centímetros con resto de la propiedad de la vendedora María Consuelo González Gómez de Romo.
Bien inmueble embargado en el proceso ejecutivo mercantil 128/07-M, promovido por JOSE LUIS PEREZ RAMIREZ, en su carácter de endosatario en procuración de MIGUEL ACOSTA GONZALEZ sobre pago de pesos. Almoneda tendrá verificativo 12:00 doce horas del 18 dieciocho de diciembre del año 2008 dos mil ocho, siendo postura legal la cantidad de $1’323,896.60 (un millón trescientos veintitrés mil ochocientos noventa y seis pesos 60/100 moneda nacional) que representa las dos terceras partes de $1,985,845.00
(un millón novecientos ochenta y cinco mil ochocientos cuarenta y cinco pesos 00/100 moneda nacional), precio del avalúo, y que deberá exhibirse de contado porque el diez por ciento que prevé el artículo cuatrocientos ochenta y dos del Código Federal del Procedimientos Civiles, supletorio del de Comercio, es insuficiente para pagar el importe liquidado en sentencia. Convóquese postores y acreedores.

gevp

León, Gto., a 18 de noviembre de 2008.

Juzgado Décimo Tercero Civil de Partido

La Secretaria de Acuerdos

Lic. Claudia Beatriz Domínguez Frausto

Rúbrica.

(R.- 279857)



Sinaloa

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Escuinapa, Sinaloa

EDICTO DE REMATE

En el expediente número 63/2005, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el C. Licenciado VICTOR ANSELMO BURGUEÑO PRADO y/o MAXIMILIANO ANGULO GUERRERO, Endosatario de Procuración de TOMAS RUBIO ANGUIANO, en contra de JUAN MANUEL GONZALEZ CARDENAS Y ALMA RAMONA GONZALEZ CARDENAS, PAGO DE PESOS, por auto dictado con fecha 05 Noviembre del año 2008, se mando sacar a remate el bien inmueble embargado siguiente.

SE ORDENA SACAR A REMATE EN PRIMERA ALMONEDA y en subasta pública, Consistente en una Finca Urbana, ubicada en la esquina que forman las calles 5 de Mayo y José María Morelos de esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE 08.00 Metros con calle 5 de Mayo; AL SUROESTE 08.00 Metros con José Manuel Lerma; AL SURESTE 08.22 metros con Evodio Prado; y AL NOROESTE 08.22 metros con calle José María Morelos, con una superficie total de terreno y construcción de 65.75 metros cuadrados e inscrita bajo el número 144, libro 61, Sección I Primera, en el Registro Público de la Propiedad
y del Comercio de esta ciudad.

EL REMATE EN PRIMER ALMONEDA tendrá verificativo en el local de éste Juzgado, el día 23 veintitrés de Diciembre del año 2008 Dos mil ocho, a las 11:00 horas.

Solicitándose postores entendido será postura legal para el remate suma de $88,543.33 (OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUATRENTA Y TRES PESOS 33/00 M.N.) que corresponden a las dos terceras partes del avalúo parcial practicado.

Escuinapa, Sin., a 11 de noviembre de 2008.

El Secretario Segundo

Lic. Juan Carlos Osuna Lizárraga

Rúbrica.

(R.- 279913)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Querétaro

EDICTO

COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL ROSE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

En razón de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la radicación del juicio de amparo ventilado bajo el expediente número 1191/2008-I, promovido por PROMOTORA DE DESARROLLOS URBANOS DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos del Juez Segundo de Primera Instancia Civil, de esta ciudad y otra autoridad, juicio en el cual, con fundamento en lo dispuesto por la
fracción III, inciso a) del artículo 5o. de la Ley de Amparo, le recae el carácter de tercero perjudicado, emplazándosele por este conducto para que en el plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación de este edicto, comparezca al juicio de garantías de mérito, apercibiéndole que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán mediante lista que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, quedando a su disposición en la Secretaría las copias simples de traslado; en el entendido de que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República, por tres veces consecutivas de siete en siete días.

Asimismo, que la celebración de la audiencia constitucional se encuentra prevista para las NUEVE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO.

Atentamente

Querétaro, Qro., a 13 de noviembre de 2008.

2008, Año de la Educación Física y el Deporte”

El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado

Lic. Francisco David Flores Sánchez

Rúbrica.

(R.- 279947)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Sexagésimo Tercero de lo Civil

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES

En cumplimiento a lo ordenado por autos dictados con fechas trece de noviembre, veinticuatro de octubre y cinco de noviembre del año dos mil ocho, deducido del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por MORAN HINOJOSA JOSE CESAR, SU SUCESION, en contra de CRUZ HERRERA ROGELIO, bajo el número de expediente 845/2007, el C. Juez Sexagésimo Tercero de lo Civil de esta Ciudad, Licenciado Jaime Daniel Cervantes Martínez, mandó a sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA, respecto del bien inmueble identificado como LOTE DOCE DEL FRACCIONAMIENTO "LA LUZ" EN ZACAHUITZCO, COLONIA GENERAL ANAYA, DELEGACION BENITO JUAREZ, EN EL DISTRITO FEDERAL, HOY CONOCIDO COMO EL NUMERO VEINTITRES DE LA PRIMERA PRIVADA DE LA LUZ, HOY COLONIA TICUMAC, DELEGACION BENITO JUAREZ, DE ESTA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, CON NUMERO DE FOLIO REAL 9421217, sirviendo como base para el remate la cantidad de $13,969,000.00 (TRECE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad que resulta del avalúo rendido en autos y su venta se efectuará de contado, debiéndose convocar postores por medio de EDICTOS, debiendo los licitadores exhibir cuando menos el diez por ciento del precio base para tomar parte en la subasta, mediante billete de depósito expedido por BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS, S.N.C. sin cuyo requisito no serán admitidos, señalándose para que tenga verificativo la diligencia de remate, las ONCE HORAS DEL DIA NUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad señalada como base para el remate.

México, D.F., a 20 de noviembre de 2008.

La C. Secretaria de Acuerdos "A"

Lic. Esmeralda Cid Camacho

Rúbrica.

(R.- 280264)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado, con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO

UNIDAD NACIONAL LOMBARDISTA, A TRAVES DE SU REPRESENTANTE LEGAL OSCAR MANUEL DE LEON.

EN EL LUGAR EN QUE SE ENCUENTRE.

En el juicio de amparo número 922/2008, promovido por Saúl Evodio Velasco Ramos, contra actos del Juez Primero del Ramo Civil, con sede en San Cristóbal de las Casas, Chiapas, radicado en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, sito en Palacio de Justicia Federal, Edificio “B”, Planta Baja, Boulevard Angel Albino Corzo, número 2641 , Colonia Las Palmas, código postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas en el que se dictó el acuerdo de fecha doce de noviembre de dos mil ocho, mediante el cual se ordenó emplazarle al presente juicio, en virtud de que se le ha señalado como tercero perjudicado y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley en cita; haciéndole saber que podrá presentarse dentro de los TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación por sí o apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le surtirán efectos por medio
de lista en estrados de este Juzgado. Quedando a su disposición en este órgano judicial la demanda de garantías de que se trata; asimismo, se le hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para su celebración las ONCE HORAS DEL TRECE DE ENERO DE DOS MIL NUEVE. Fíjese en la puerta de este Tribunal un ejemplar de este edicto, por el término que dure la notificación.

Atentamente

Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 12 de noviembre de 2008.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. Darinel de Jesús Rodríguez Moreno

Rúbrica.

(R.- 280320)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito

Villahermosa, Tabasco

EDICTO

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TABASCO, CON RESIDENCIA EN VILLAHERMOSA. C. CESAR SASTRE GONZALEZ, quien tiene el carácter de TERCERO PERJUDICADO dentro de los autos del juicio de amparo número 640/2008-lll-M,
se ordenó emplazarlo a juicio en términos de lo dispuesto por el artículo 30 fracción ll y 5o., fracción lll de la
Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles Supletorio
a la Ley de la Materia y se hace de su conocimiento que el licenciado EDOARDO GOMEZ VAZQUEZ, apoderado y representante legal del INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, DELEGACION TABASCO, promovió demanda de amparo contra actos de la autoridad responsable denominada AGENTE DEL MINSITERIO PUBLICO DE LA FEDERACION ADSCRITO A LA AGENCIA PRIMERA INVESTIGADORA CON SEDE EN LA CIUDAD DE CARDENAS, TABASCO, en la que señaló como acto reclamado:
“La inactividad y abstención de integrar, desahogar las diligencias ministeriales correspondientes y la consignación de la Averiguación Previa Número 223/2001, iniciada con motivo de la Denuncia de Hechos de fecho 08 de enero del 1996, presentada a nombre de mi representada, libelo mediante el cual se denunciaron los hechos de posible carácter delictuoso cometidos en agravio del Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Estatal en Tabasco, en donde se tiene identificado como probable responsable al C. CESAR SASTRE GONZALEZ”; se le previene para que se presente al juicio de garantías de mérito dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, y señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, ya que en caso de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones se harán por medio de lista que se fija en los estrados de este JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TABASCO, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE VILLAHERMOSA, quedando a su disposición en la secretaría, las copias simples de la demanda de amparo para su traslado.
El que se expide para su publicación en el periódico EXCELSIOR y el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, que deberá de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días.

Villahermosa, Tab., a 16 de octubre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco

Lic. Reyna del Carmen Luna Posada

Rúbrica.

(R.- 280365)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,

con residencia en Naucalpan

EDICTO

TERCERA PERJUDICADA ELENA GUADALUPE GAUNA HERNANDEZ.

Naucalpan de Juárez, Estado de México, veintinueve de octubre de dos mil ocho.

En los autos del juicio de amparo 881/2008, promovido por OSCAR MENDOZA ABURTO, apoderado legal de J Y M SPORT’S, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, ante este JUZGADO DECIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, contra actos de la JUNTA ESPECIAL NUMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL VALLE DE CUAUTITLAN TEXCOCO CON RESIDENCIA EN TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO Y OTRAS AUTORIDADES, por el domicilio de la tercera perjudicada ELENA GUADALUPE GAUNA HERNANDEZ, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa de la moral amparista, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Tribunal Federal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:

INSERTO: Se comunica a la tercera perjudicada ELENA GUADALUPE GAUNA HERNANDEZ, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de dos de julio de dos mil ocho, se admitió a trámite la demanda de amparo promovida por OSCAR MENDOZA ABURTO, apoderado legal de J Y M SPORT’S, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, correspondiéndole el número de juicio de amparo 881/2008, contra actos de la JUNTA ESPECIAL NUMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL VALLE DE CUAUTITLAN TEXCOCO CON RESIDENCIA EN TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO Y OTRAS AUTORIDADES, consistentes en:
"...la tramitación y resolución del conflicto individual de trabajo radicado bajo el Número J1/402/2007, ante la Junta ahora responsable, especialmente por lo que la hoy quejosa de manera ilegal jamás fue notificada ni emplazada a juicio, y por tanto se le previó de la garantía de audiencia de poder ser oída y vencida en juicio, así como las consecuencias y ejecución de los actos de autoridad invocados.”

Indíquesele a la tercera perjudicada ELENA GUADALUPE GAUNA HERNANDEZ, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados. A efecto de que tenga conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a sus intereses conviniere, y a su vez señale un domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de Naucalpan de Juárez, Estado de México, apercibida que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de la materia, en relación con los artículos 305 y 306
del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de
este juzgado.

Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Tribunal Federal, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.

Atentamente

El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el

Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez

Lic. Javier Arredondo Ovalle

Rúbrica.

(R.- 279670)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, con sede en Mérida, Yucatán

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Yucatán

Exp. 1257/2008

EDICTO

MANUELA DE LOS ANGELES COCOM CHAN.

(TERCERO PERJUDICADA)

En cumplimiento al auto de dieciocho de noviembre de dos mil ocho, dictado en los autos del juicio de amparo número II-1257/2008, radicado en este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Yucatán, promovido por Víctor Fuentes del Villar, en su carácter de Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unico de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana, contra actos de la Junta Especial Número Veintiuno de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, en el que se reclamó la falta de emplazamiento al juicio laboral número 452/2005 y acumulado 95/2007, así como todas las actuaciones dictadas en ese procedimiento; se ordenó en el presente juicio de amparo el emplazamiento por Edictos a la tercero perjudicada MANUELA DE LOS ANGELES COCOM CHAN, por desconocerse su domicilio y dado que de conformidad con el artículo 5o. fracción III, a), de la Ley de Amparo, le resulte el carácter de tercero perjudicada en este asunto; los cuales deberán ser publicados por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO “REFORMA” Y EL PERIODICO REGIONAL “DIARIO DE YUCATAN”, el segundo, por ser el de mayor circulación en la República Mexicana, y el tercero por ser el de mayor circulación en el Estado de Yucatán, donde se le hará saber a la referida tercero perjudicada, que el expediente en el que se actúa, queda a su disposición para que se imponga de autos en la Secretaría de este Juzgado, debiendo señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones se harán por lista; lo anterior; asimismo, se hace de su conocimiento que cuenta con el término de treinta días para comparecer a este juicio constitucional a defender sus derechos, contados a partir de la última publicación
de tales edictos, ello de conformidad con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la
Ley de Amparo, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Actuaría de este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Yucatán, copia simple de la demanda.

Asimismo, se hace de su conocimiento, que de conformidad con el Reglamento de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene expedito su derecho para oponerse a la publicación
de sus datos personales, en términos del artículo 8 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental cuando se presente una solicitud de acceso a alguna de las resoluciones o a las pruebas y demás constancias que obren en el expediente respectivo, siempre y cuando la unidad administrativa que lo tenga bajo su resguardo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello si la resolución solicitada, que se estime definitiva y haya causado ejecutoria, las pruebas o las demás constancias contienen información considerada como reservada en términos de lo previsto en la fracción IV del artículo 13 de la Ley referida, así como para precisar las constancias que, en su caso, consideran reservadas confidenciales, esto último atendiendo a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6o. del ordenamiento reglamentario en consulta.

Mérida, Yuc., a 18 de noviembre de 2008.

La Juez Cuarto de Distrito en el Estado

Lic. Mirza Estela Be Herrera

Rúbrica.

(R.- 280160)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

TERCEROS PERJUDICADOS: ENRIQUE JAVIER Y MARIANA AMBOS DE APELLIDOS SUAREZ AVILES.

En los autos del juicio de amparo número 730/2008-III promovido Ramón Julián Rullán Abascal, en representación de Banco Santander Serfin, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander Serfin, hoy Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander, contra actos de la Primera Sala y Juez Sexto ambos de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, se dictó con fecha once de noviembre de dos mil ocho, un auto en el cual se ordena que, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación Supletoria a la Ley de la Materia, se emplace a los terceros perjudicados ENRIQUE JAVIER Y MARIANA AMBOS DE APELLIDOS SUAREZ AVILES, por medio de EDICTOS, en los términos siguientes:

RELACION DE LA DEMANDA DE AMPARO:

Como ha quedado de manifiesto, Banco Santander Serfin, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander Serfin, hoy Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander, por conducto de su representante Ramón Julián RuIlán Abascal, promovió demanda de garantías contra actos de la Primera Sala y Juez Sexto ambos de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, persona moral que es parte actora en el juicio ejecutivo mercantil radicado ante el Juez Sexto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, bajo el número de expediente 642/2005, señalando como acto reclamado lo siguiente:

...De la H. PRIMERA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, la Sentencia de fecha 28 de Agosto del 2008, dictada los TOCAS No. 277/2006/16 y 277/2006/17 formado con motivo de la apelación interpuesta por la parte demandada y actora respectivamente, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha dieciocho de junio del año dos mil ocho, dictada por la C. Juez Sexto de lo Civil en esta Ciudad en el juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO SANTANDER SERFIN S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN, en contra de DISTRIBUIDORA DE ACEROS COACALCO, S.A. DE C.V., ENRIQUE JAVIER SUAREZ AVILES Y MARIANA SUAREZ AVILES, expediente 642/2005.

b) Del C. JUEZ SEXTO DE LO CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, en su carácter de autoridad ejecutora, se reclama la ejecución de la Sentencia de fecha 28 de Agosto del 2008, dictada los TOCAS No. 277/2006/16 y 277/2006/17 formado con motivo de la apelación interpuesta por la parte demandada y actora respectivamente, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha dieciocho de junio del año dos mil ocho, dictada por la C. Juez Sexto de lo Civil en esta Ciudad en el juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO SANTANDER SERFIN S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN, en contra de DISTRIBUIDORA DE ACEROS COACALCO, S.A. DE C.V., ENRIQUE JAVIER SUAREZ AVILES Y MARIANA SUAREZ AVILES, expediente 642/2005.”

AUTO ADMISORIO:

Mediante proveído de seis de octubre de dos mil ocho, se admitió a trámite dicha demanda de garantías, por el Juez Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, solicitándoles a las autoridades responsables sus informes justificados; ordenándose formar por cuerda separada y por duplicado el cuaderno incidental, toda vez que la parte quejosa solicitó la suspensión de los actos reclamados.

AUTO DE TRES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO:

Se ordena diferir la audiencia constitucional señalada para las nueves horas con treinta minutos del día tres de noviembre de dos mil ocho, y en su lugar se señalan las nueve horas con treinta minutos del día dos de diciembre del año en curso, para la celebración de dicha audiencia; ello en razón de que al momento
de emitir el presente proveído, no han sido emplazados a juicio los terceros perjudicados reconocidos en el juicio de amparo en que se actúa.

AUTO DE ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO.

Toda vez que de autos se desprede que han sido agotados los domicilios proporcionados por la parte quejosa, autoridad responsable ejecutora y dependencias requeridas, sin que haya sido posible emplazar a juicio a los terceros perjudicados Enrique Javier y Mariana ambos de apellidos Suárez Avilés; en consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, emplácese a los referidos terceros perjudicados al presente juicio de garantías por medio de EDICTOS.

Lo anterior, se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación, en el periódico El Universal, así como en un lugar visible del Juzgado en que se actúa por tres veces, de siete en siete días, apercibiéndoseles a los terceros perjudicados Enrique Javier y Mariana ambos de apellidos Suárez Avilés, en el presente juicio, que tienen el término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación para comparecer a juicio, para los efectos legales procedentes, haciéndoles saber que de no señalar domicilio para oír y recibir notificación o bien de no comparecer, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista que se fije en este Juzgado.

Atentamente

México, D.F., a 21 de noviembre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Yuriko de los Santos Alvarez

Rúbrica.

(R.- 280297)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Aguascalientes,

con residencia en la ciudad de Aguascalientes

EDICTO

JAIME SALAS OSUNA

En el juicio de amparo número 418/2008-I, promovido por Marco Vinicio López Ortega, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL en contra del AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION, AUXILIAR DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, EN LA DELEGACION ESTATAL DE AGUASCALIENTES, por el acto que a continuación se transcriben: “De las autoridades responsables ordenadoras, reclamo la ilegalidad de la RESOLUCION DICTAMEN DE NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL DE FECHA 01 DE FEBRERO DE 2008, DECRETADA DENTRO DE LA AVERIGUACION PREVIA PENAL AP/PGR/AGS/III/06/07, misma que se notifico (sic) al suscrito en fecha 25 del mes de febrero del año 2008, resolución dictada como lo menciono en la INDAGATORIA PREVIA PENAL AP/PGR/AGS/III/06/07, Y QUE SE REFIERE EN LA AUTORIZACION EN DEFINITIVA DEL NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL DE LA MISMA AVERIGUACION PREVIA.”; se le señaló como tercero perjudicado, ordenándose su emplazamiento por edictos, por tres veces de siete en siete días naturales. Haciéndosele saber que la audiencia constitucional se señaló para las nueve horas con treinta minutos del uno de diciembre de dos mil ocho. Queda en la secretaría del juzgado a su disposición copia de la demanda de garantías, treinta días naturales después de la última publicación; apercibido que de no comparecer, se le tendrá por emplazado y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal,
se le harán por lista de acuerdos que se publique en los estrados de este Juzgado.

Aguascalientes, Ags., a 19 de noviembre de 2008.

El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

Luis Alberto Márquez Pedroza

Rúbrica.

(R.- 280366)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México,

con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl

EDICTO

C. DIRECTOR DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

CON EL PRESENTE LE ESTOY ANEXANDO EN TRES TANTOS PARA SU PUBLICACION DE SIETE EN SIETE DIAS, EL EDICTO POR EL CUAL SE EMPLAZA A JUICIO A MARIA DE LA LUZ ROSALIA ESCOBEDO URESTE, EN SU CARACTER DE TERCERA PERJUDICADA EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO 320/2008, PROMOVIDO POR MARIA ELIA ESCOBEDO URESTE, CONTRA ACTOS DEL JUEZ PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCO, ESTADO DE MEXICO Y OTRAS AUTORIDADES, PREVINIENDOLA PARA QUE EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS
A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DE LOS EDICTOS, COMPAREZCA ANTE ESTE JUZGADO A RECOGER LA COPIA DE LA DEMANDA DE AMPARO LA QUE QUEDA A SU DISPOSICION EN LA ACTUARIA DE ESTE JUZGADO.

Ciudad Nezahualcóyotl, Edo. de Méx., a 18 de noviembre de 2008.

El C. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México

Lic. Adrián López Sosa

Rúbrica.

(R.- 280414)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Primero de lo Civil

Uruapan, Mich.

EDICTO

SEGUNDA ALMONEDA.

Dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número 450/2007, promovido por AARON VALENTINES MARTINEZ, frente BENITO JUAREZ FABIAN, se señalaron las 13:00 horas del día 16 de Diciembre del año en curso, para que se lleve a cabo el desahogo de la audiencia de remate en segunda almoneda, respecto del terreno urbano
y construcciones, ubicado en calle E. Zapata sin número en la manzana 16-A, Cuartel primero de la población de Paracho, Michoacán, que mide y linda, Norte, 34.00 metros con Epifania Ortega, Sur, 34.00 metros con Leonor Ortega Herrera, Oriente 7.00 metros con zona federal de barranca, Poniente 7.00 metros con la calle de su ubicación Valor $322,500.00 con deducción del 10% diez por ciento. Mandándose anunciar mediante la publicación de un edicto en el Diario Oficial de la Federación y la puerta de este Juzgado. Sirviendo de base el valor fijado siendo la postura legal la que cubra las dos terceras partes y convocándose postores.

Uruapan, Mich., a 29 de octubre de 2008.

El Secretario del Juzgado Primero de lo Civil

P.J. Fernando Reyes Gómez

Rúbrica.

(R.- 280474)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado

Ciudad Obregón, Municipio de Cajeme, Sonora

Proceso Penal 179/2007

EDICTO

En el proceso penal 179/2007, instruido a Julio César Reyes Rodríguez, por el delito contra la salud, por desconocerse la identidad, paradero y residencia de las personas Ernesto Ponce Ortega y Juan Carlos López Gutiérrez, así como de quien acredite legalmente la propiedad del tractocamión y caja afectos, se ordenó su citación por edicto que se publicará por una sola vez en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, así como en el Diario Oficial, requiriéndoseles para que comparezcan ante este Juzgado Séptimo de Distrito, sito en Calle Náinari esquina con Sahuaripa, Colonia Cuauhtémoc, de esta Ciudad de Obregón, Municipio de Cajeme, Sonora, debidamente identificados con credencial oficial que ostente su fotografía, a reclamar la devolución del tractocamión afecto a la presente causa, quinta rueda, marca Kenworth Kenmex, color naranja, serie PM-390, placas 411CU9, del S.P.F., leyenda “JORGITO’S TRANSPORT” a los lados del camarote leyenda MORENITO’S R.F.C. MOPS510830MK2” y caja seca, color blanco, marca Fruehauf, modelo 1977, serie MAY522134, placas 119VD2 del S.P.F., para lo cual cuentan con un término de tres meses contados a partir de su publicación; apercibidos Ponce Ortega y López Gutiérrez, que de no hacerlo en el lapso indicado, dichos bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal.

Atentamente

Ciudad Obregón, Son., a 12 de noviembre de 2008.

El Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Sonora

Lic. Manuel Cano Máynez

Rúbrica.

(R.- 280456)



AVISOS GENERALES



Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Nulidades

M. 695386 LA ENVIDIA Y DISEÑO

ExPed. P.C. 641/2008 (C-243) 5691

Folio 18583

NOTIFICACION POR EDICTO

LA GULA, S.A. DE C.V.

Por escrito de fecha 9 de mayo de 2008, con número de registro 005691, Alejandro Cárdenas Eychenne representante de LA ENDIVIA, S.A. DE C.V., presentó la solicitud de declaración administrativa de caducidad de la marca 695386 LA ENVIDIA Y DISEÑO, propiedad de LA GULA, S.A. DE C.V., haciendo consistir su acción en el artículo 152 fracción II en relación con el 130 de la Ley de la Propiedad Industrial.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, LA GULA, S.A. DE C.V., un plazo de un mes contado a partir del día siguiente en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.- Notifíquese.

El presente se signa en la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V, XXII, 7 Bis 2, títulos sexto y séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio
de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005 y 25 de enero
de 2006, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c) subinciso ii), 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a VIII, XI y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda mediante decretos de 1 de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año en dicho medio informativo, así como decreto del 7 de septiembre de 2007); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V inciso c, subinciso ii) primer guión, 18 fracciones I a la VIII, XI y XII y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004 en dicho medio informativo, y acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007) y 1o., 3o. y 7o. incisos j), k), m), n), o), p), q), r) y s) y últimos párrafos del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador,
Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, publicadas en dicho medio informativo).

Atentamente

12 de septiembre de 2008.

El Coordinador Departamental de Nulidades

Emmanuel Hernández Adalid

Rúbrica.

(R.- 280158)

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad

Marca 819523 KINDERCARE Y DISEÑO

ExPed. P.C. 1271/2008 (C-459) 11040

Folio 23588

NOTIFICACION POR EDICTO

CONSULTORlA NEW WORLD, S.A. DE C.V.

Por escrito de fecha 15 de agosto de 2008, de folio 11040, JOSE F. HINOJOSA CUELLAR, en representación de KINDERCARE LEARNING CENTERS, INC., presentó la solicitud de declaración administrativa de caducidad de la marca 819523 KINDERCARE y diseño, propiedad de CONSULTORlA NEW WORLD,
S.A. DE C.V., haciendo consistir su acción en el artículo 152 fracción II, de la Ley de la Propiedad Industrial.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, CONSULTORIA NEW WORLD, S.A. DE C.V., el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V, XXII, 7 Bis 2, títulos sexto y séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio
de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005 y 25 de enero
de 2006, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c) subinciso ii), segundo guión, 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a VIII, XI y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda mediante decretos de 1 de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año en dicho medio informativo, así como decreto del 7 de septiembre de 2007); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V inciso c, subinciso ii) segundo guión, 18 fracciones I a la VIII, XI y XII y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004 en dicho medio informativo, y acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007) y 1o., 3o. y
7o. incisos j), k), m), n), o), p), q), r) y s) y últimos párrafos del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma y nota aclaratoria, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, publicadas en dicho medio informativo).

Atentamente

14 de noviembre de 2008.

El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad

Eduardo Vázquez Labra

Rúbrica.

(R.- 280448)

ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C.

PROYECTOS DE NORMAS MEXICANAS ANCE

Aviso por el que se informa de la emisión de proyectos de normas mexicanas, aprobados por el Comité de Normalización de ANCE, CONANCE, para su consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes
60 días naturales, los interesados presenten sus comentarios, de conformidad con el artículo 51-A de la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y artículos 43 y 44 de su Reglamento.

PROY-NMX-J-009/4248/1-ANCE-2008, PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSION-PARTE 1: REQUISITOS GENERALES. Esta Norma Mexicana aplica a los portafusibles y dispositivos para alojar fusibles a emplearse en circuitos eléctricos de acuerdo con la norma de instalaciones eléctricas. Esta Norma Mexicana y sus partes subsecuentes establecen las características, construcción, condiciones de operación, marcado
y condiciones de prueba para los portafusibles.

PROY-NMX-J-009/4248/4-ANCE-2008, PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSION-PARTE 4: PORTAFUSIBLES CLASE CC. Esta Norma Mexicana aplica a los portafusibles y dispositivos para alojar fusibles a emplearse en circuitos eléctricos de acuerdo con la Norma de instalaciones eléctricas.

PROY-NMX-J-009/4248/5-ANCE-2008, PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSION-PARTE 5: PORTAFUSIBLES CLASE G. Los requisitos de esta Norma cubren a los portafusibles que se destinan para utilizarse con fusibles de Clase G, como se describen en NMX-J-009/248/5-ANCE.

PROY-NMX-J-009/4248/6-ANCE-2008, PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSION-PARTE 6: PORTAFUSIBLES CLASE H. Los requisitos de esta Norma cubren a los portafusibles que se
destinan para utilizarse con fusibles de Clase H, como se describen en NMX-J-009/248/6-ANCE y en
NMX-J-009/248/7-ANCE.

PROY-NMX-J-009/4248/8-ANCE-2008, PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSION-PARTE 8: PORTAFUSIBLES CLASE J. Los requisitos de esta Norma cubren a los portafusibles que se destinan para utilizarse con fusibles de Clase J, como se describen en NMX-J-009/248/8-ANCE.

PROY-NMX-J-009/4248/9-ANCE-2008, PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSION-PARTE 9: PORTAFUSIBLES CLASE K. Los requisitos de esta Norma cubren a los portafusibles que se destinan para utilizarse con fusibles de Clase K, como se describen en NMX-J-009/248/9-ANCE.

PROY-NMX-J-009/4248/12-ANCE-2008, PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSION-PARTE 12: PORTAFUSIBLES CLASE R. Los requisitos de esta Norma cubren a los portafusibles que se destinan para utilizarse con fusibles de Clase R, como se describen en NMX-J-009/248/12-ANCE.

PROY-NMX-J-009/4248/15-ANCE-2008, PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSION-PARTE 15: PORTAFUSIBLES CLASE T. Los requisitos de esta Norma cubren a los portafusibles que se destinan para utilizarse con fusibles de Clase T, como se describen en NMX-J-009/248/15-ANCE.

PROY-NMX-J-564/1-2-ANCE-2008, EQUIPOS DE DESCONEXION Y SU CONTROL-PARTE 1: ESPECIFICACIONES COMUNES-SECCION 2: PRUEBA DE RESISTENCIA DE CONTACTOS PARA EQUIPO AUXILIAR Y DE CONTROL-METODO DE CORRIENTE DE PRUEBA ESPECIFICA. Esta prueba puede utilizarse para dispositivos similares cuando se especifica en la Norma Mexicana particular de producto. El objetivo de esta prueba es medir la resistencia eléctrica a través de un par de contactos o de un contacto.

PROY-NMX-J-610/4-17-ANCE-2008, COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNETICA (EMC)-PARTE 4-17: TECNICAS DE PRUEBA Y MEDICION-PRUEBA DE INMUNIDAD AL RIZO EN LA ENTRADA DE ALIMENTACION EN CORRIENTE DIRECTA. Establece el método de prueba de inmunidad al rizo en la entrada de alimentación en corriente directa de los equipos eléctricos y su control.

PROY-NMX-J-610/4-29-ANCE-2008, COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNETICA (EMC)-PARTE 4-29: TECNICAS DE PRUEBA Y MEDICION-PRUEBA DE INMUNIDAD A CAIDAS DE TENSION, INTERRUPCIONES BREVES Y VARIACIONES DE TENSION EN PUERTOS DE ALIMENTACION EN CORRIENTE DIRECTA. Establece el método de prueba de inmunidad aplicable a equipos eléctricos y su control cuando se someten a caídas de tensión, interrupciones breves y variaciones de tensión en los puertos de entrada de alimentación en corriente directa.

PROY-NMX-J-616-ANCE-2008, GUIA DE APLICACION DE FILTROS Y CAPACITORES CON CONEXION EN PARALELO PARA LA CORRECCION DE DISTORSION ARMONICA. Proporciona una guía para el uso de filtros pasivos de armónicas de corriente alterna y capacitores que se conectan en paralelo con el fin de limitar la distorsión armónica y corregir el factor de potencia en las instalaciones en las que se suministra energía eléctrica en corriente alterna en alta y baja tensión.

Los comentarios deben remitirse a la Gerencia de Normalización de la Asociación de Normalización y Certificación, A.C., sita en avenida Lázaro Cárdenas número 869, Fracc. 3, colonia Nueva Industrial Vallejo, código postal 07700, Delegación Gustavo A. Madero, México, D.F., mismo domicilio en el cual podrán
ser consultados gratuitamente o adquiridos, teléfono 57 47 45 50, fax 57 47 45 60, correo electrónico: ahernandez@ance.org.mx. Costo de los Proyectos: $70 (setenta pesos 00/100 M.N.).

México, D.F., a 27 de noviembre de 2008.

Apoderado Legal

Jorge Amaya Sarralangui

Rúbrica.

(R.- 280408)

AFORE DE LA GENTE, S.A. DE C.V.

(EN LIQUIDACION)

ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO

BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE OCTUBRE DE 2008

cifras en pesos

ACTIVO


Disponible


Bancos

$110,149,443

Activo Total

$110,149,443

PASIVO


Pasivo Total

$0

CAPITAL CONTABLE


Capital Social Pagado

$122,533,735

Fijo Histórico

25,000,000

Fijo Actualización

1,829,756

Variable Histórico

91,400,000

Variable Actualización

4,303,979

Reservas de Capital

0

Resultados

-$12,384,292

Resultado de ejercicios anteriores

-$68,979,184

Resultado histórico de ejercicios anteriores

-68,633,817

Actualización de resultados de ejercicios anteriores

-345,367

Resultado del ejercicio

$56,594,892

Capital Contable Total

$110,149,443

Suma Pasivo más Capital

$110,149,443

CUENTAS DE ORDEN


Otras cuentas de registro


Capital Social Autorizado

$116,400,000

Acciones Emitidas

116,400

1) El capital social histórico de Afore de la Gente, S.A. de C.V., en liquidación es de $116’400,000.00.

2) La disolución y liquidación de Afore de la Gente, S.A. de C.V., se realizó en cumplimiento al Acuerdo tomado por la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 29 de enero de 2008.

3) El numerario que se presenta en el concepto de disponible por $110’149,443.21 corresponde al remanente distribuible a los socios como sigue:

Socio

% Haber Social

Importe

BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS, S.N.C. I.B.D.

99.9992%

$110’148,497

FINCOMUN, SERVICIOS FINANCIEROS COMUNITARIOS, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR

0.0008%

$946

TOTAL

100%

$110’149,443

4) El presente balance final de liquidación, por el ejercicio comprendido del 1 de febrero al 31 de octubre de 2008, se publica en cumplimiento del artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

5) El presente balance, está en revisión de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, por lo que, está sujeto a las modificaciones que, en su caso, ordene.

México, D.F., a 31 de octubre de 2008.

SCI, S.A. de C.V. Apoderado del Liquidador

Apoderado

Lic. Federico Manuel López Cárdenas

Rúbrica.

Apoderado Apoderado

C.P. Víctor Manuel Saavedra Domínguez C.P. Miguel Alfaro Sánchez

Rúbrica. Rúbrica.

(R.- 279579)

MEADWESTVACO DE MEXICO, S.A. DE C.V.

CONVENIO DE FUSION QUE CELEBRAN MEADWESTVACO DE MEXICO, S.A. DE C.V.,

MEADWESTVACO CALMAR, S.A. DE C.V., MEAD SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S.A. DE C.V.
Y MEAD SERVICIOS OPERATIVOS, S.A. DE C.V.

CLAUSULAS:

PRIMERA. De conformidad con el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la fusión de MeadWestvaco de México, S.A. de C.V., MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., Mead Servicios Administrativos, S.A. de C.V. y Mead Servicios Operativos, S.A. de C.V., surtirá efectos el 31 de diciembre de 2008 a las 24:00 horas, previa inscripción en el Registro Público de Comercio, en virtud de que se pactó el pago de todos los adeudos de MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., Mead Servicios Administrativos, S.A. de C.V. y Mead Servicios Operativos, S.A. de C.V. en la fecha en que surta efectos la fusión, salvo aquellos respecto de los cuales se hubiere obtenido la conformidad de los acreedores respectivos para cubrir los adeudos en fechas posteriores, tomando como base los balances generales de dichas sociedades al 31 de diciembre de 2007, con los ajustes que sean necesarios para reflejar la situación financiera de dichas sociedades, a la fecha en que surta efectos la fusión.

SEGUNDA. Como resultado de la fusión, subsistirá MeadWestvaco de México, S.A. de C.V. y desaparecerán MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., Mead Servicios Administrativos, S.A. de C.V. y Mead Servicios Operativos, S.A. de C.V. Los activos y pasivos, derechos y obligaciones de MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., Mead Servicios Administrativos, S.A. de C.V. y Mead Servicios Operativos, S.A. de C.V.
se convertirán en activos y pasivos, derechos y obligaciones de MeadWestvaco de México, S.A. de C.V.

TERCERA. De conformidad con lo establecido por el artículo 134 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y como resultado de la fusión materia de este acuerdo, se extinguirá el capital social de MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., en la cantidad de $363’889,000.00 (trescientos sesenta y tres millones ochocientos ochenta y nueve mil pesos 00/100 M.N.), cancelándose al efecto 363,889 acciones propiedad de MeadWestvaco de México, S.A. de C.V., principal accionista de MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., sociedad que se fusiona.

Asimismo, como resultado de la fusión, el capital social variable de MeadWestvaco de México, S.A. de C.V., se incrementará en la cantidad de $92’442,000.00 (noventa y dos millones cuatrocientos cuarenta y dos mil pesos 00/100 M.N.), que Administrativos, S.A. de C.V. y Mead Servicios Operativos, S.A. de C.V., que desaparecen, conservando su capital mínimo fijo en la suma de $50,000.00 (cincuenta mil pesos
00/100 M.N.), y la porción variable será la suma de $640’144,150.00 (seiscientos cuarenta millones ciento cuarenta y cuatro mil ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.), que se integrarán de la siguiente manera:

ACCIONES

SERIE B

ACCIONISTAS SUBSERIE I SUBSERIE II

Mead Packaging International Inc. 4,950 54’770,215

Mead SA Inc. 50 100

MeadWestvaco Calmar Inc. 9’191,500

MeadWestvaco Calmar Canada LTD. 200

Mead Foreign Holdings Inc. ______ 52,400

Subtotal 5,000 64’014,415

TOTAL 64’019,415

CUARTA. En virtud de lo establecido en la cláusula anterior, deberán hacerse los asientos contables que correspondan y cancelarse en su oportunidad las acciones de MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., Mead Servicios Administrativos, S.A. de C.V. y Mead Servicios Operativos, S.A. de C.V., que se encuentran actualmente en circulación.

QUINTA. Con el objeto de que surta efectos la fusión, los adeudos de MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., Mead Servicios Administrativos, S.A. de C.V. y Mead Servicios Operativos, S.A. de C.V., se considerarán vencidos y pagaderos a la vista en el domicilio de MeadWestvaco de México, S.A. de C.V., en la fecha en que surta efectos la fusión, salvo aquellos respecto de los cuales se hubiere obtenido la conformidad de los acreedores respectivos para cubrir los adeudos en fechas posteriores.

SEXTA. La sociedad fusionante seguirá conservando su denominación de MeadWestvaco de México,
S.A. de C.V.

SEPTIMA. Los consejeros y comisarios de MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., Mead Servicios Administrativos, S.A. de C.V. y Mead Servicios Operativos, S.A. de C.V., cesarán sus funciones al consumarse la fusión, subsistiendo los consejeros y comisarios de MeadWestvaco de México, S.A. de C.V.

OCTAVA. Los poderes otorgados por MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., Mead Servicios Administrativos, S.A. de C.V. y Mead Servicios Operativos, S.A. de C.V., quedarán cancelados al consumarse la fusión.

NOVENA. Los empleados y trabajadores de las sociedades fusionadas, si los hubiere, continuarán prestando sus servicios a la sociedad subsistente, la que tendrá el carácter de patrón sustituto para todos los efectos a que haya lugar.

Para constancia y para los efectos de la publicación correspondiente se transcriben a continuación los balances de MeadWestvaco de México, S.A. de C.V., MeadWestvaco Calmar, S.A. de C.V., Mead Servicios Administrativos, S.A. de C.V. y Mead Servicios Operativos, S.A. de C.V., al 31 de diciembre de 2007:


MEADWESTVACO DE MEXICO, S.A. DE C.V.

SUBSIDIARIA DE MEAD PACKAGING INTERNATIONAL, INC.

BALANCE GENERAL

MONEDA NACIONAL

31 DE DICIEMBRE DE 2007

Activo


Activo circulante


Efectivo e inversiones en valores

10,881,528

Cuentas por cobrar

60,330,336

Inventarios

13,766,957

Suma el activo circulante

84,978,821

Inversión en acciones

352,497,283

Inmuebles, maquinaria y equipo-neto

18,822,116


456,298,220

Pasivo y capital contable


Pasivo a corto plazo


Proveedores

17,570,160

Compañías afiliadas

142,471,184

Impuestos y gastos acumulados por pagar

7,236,633

Impuesto al Activo

2,769,400

Pasivo total

170,047,377

Capital contable


Capital social

547,752,150

Déficit

(250,357,754)

Distribución de capital

(20,909,724)

Otras cuentas de capital

9,766,171

Suma el capital contable

286,250,843


456,298,220


MEADWESTVACO CALMAR, S.A. DE C.V.

SUBSIDIARIA DE MEADWESTVACO DE MEXICO, S.A. DE C.V.

BALANCES GENERALES-NO CONSOLIDADOS

MONEDA NACIONAL

cifras expresadas en pesos de poder adquisitivo del 31 de diciembre de 2007

Activo


Activo circulante


Efectivo

33,906,861

Clientes

8,571,810

Deudores diversos

235,175

Partes relacionadas

14,584,685

Impuesto al Valor Agregado por recuperar

12,438,682

Impuesto Sobre la Renta por recuperar

3,112,628

Inventarios

54,815,271

Pagos anticipados

1,303,717

Suma el activo circulante

128,968,829

Inversión en acciones de compañía subsidiaria

3,888,803

Inmuebles, maquinaria y equipo

318,260,605

Gastos preoperativos, menos amortización acumulada

de $4,850,990 en 2007 y $3,745,430 en 2006


9,023,722

Impuesto sobre la renta diferido

9,830,832

Total activo

469,972,791

Pasivo y capital contable


Pasivo a corto plazo


Proveedores

14,383,066

Cuentas por pagar y otros gastos acumulados

2,329,936

Partes relacionadas

11,699,870

Suma el pasivo total

28,412,872

Capital contable


Capital social

485,045,976

Superávit donado

230,977

(Pérdidas) utilidades acumuladas


De ejercicios anteriores

(50,186,157)

Del ejercicio

14,299,940


(35,886,217)

Insuficiencia en la actualización del capital contable

(7,830,817)

Total capital contable

441,559,919

Total pasivo y capital contable

469,972,791


MEA SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S.A. DE C.V.

SUBSIDIARIA DE MEAD FOREIGN HOLDINGS, INC.

BALANCES GENERALES

MONEDA NACIONAL

31 DE DICIEMBRE DE 2007

Activo


Activo circulante


Efectivo e inversiones en valores

2,833,130

Impuestos por recuperar

87,936

Total del activo

2,921,066

Pasivo y capital contable


Pasivo a corto plazo


Gastos acumulados por pagar

48,000

Impuesto al Activo


Pasivo total

48,000

Capital contable


Capital social

475,000

Utilidades acumuladas

2,398,066

Total del capital contable

2,873,066


2,921,066


MEA SERVICIOS OPERATIVOS, S.A. DE C.V.

SUBSIDIARIA DE MEAD FOREIGN HOLDINGS, INC.

BALANCES GENERALES

MONEDA NACIONAL

31 DE DICIEMBRE DE 2007

Activo


Activo circulante


Efectivo e inversiones en valores

113,125

MeadWestvaco de México, S.A. de C.V. (compañía afiliada)

315,687

Impuestos por recuperar

33,762

Total del Activo

462,574

Pasivo y capital contable


Pasivo a corto plazo


Gastos acumulados por pagar

196,895

Impuesto Sobre la Renta por pagar

2,750

Impuesto al Valor Agregado por pagar

60,892

Participación de los Trabajadores en las Utilidades

11,941

Pasivo total

272,478

Capital contable


Capital social

50,000

Resultados acumulados

140,096

Total de capital contable

190,096


462,574

México, D.F., a 1 de diciembre de 2008.

Delegado Especial

Lic. Daniel Antonio del Río Loaiza

Rúbrica.

(R.- 280472)

MERCK SHARP AND DOHME HOLDINGS DE MEXICO, S.A. DE C.V.

CONVENIO DE FUSION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, MERCK SHARP AND DOHME HOLDINGS
DE MEXICO, S.A. DE C.V., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. MONICA BARRAGAN MEIJUEIRO (EN LO SUCESIVO LA “SOCIEDAD FUSIONANTE Y/O MSD HOLDINGS DE MEXICO”),
Y POR LA OTRA PARTE,
MEDCO HOLDINGS, S. DE R.L. DE C.V., MEDCO DE MEXICO MANAGED CARE, S. DE R.L. DE C.V. Y MEDCO SERVICIOS DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V., REPRESENTADAS EN ESTE ACTO POR EL LIC. LUIS EDUARDO ORTIZ MONASTERIO RAMOS (EN LO SUCESIVO CONJUNTAMENTE LAS SOCIEDADES FUSIONADAS Y/O “MEDCO HOLDINGS”, “MEDCO SERVICIOS” Y “MEDCO MANAGED CARE” RESPECTIVAMENTE), AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CLAUSULAS:

CLAUSULAS

PRIMERA. De conformidad con el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la fusión de MSD HOLDINGS DE MEXICO con MEDCO HOLDINGS, MEDCO SERVICIOS y MEDCO MANAGED CARE, surtirá efectos al momento de su inscripción en el Registro Público de Comercio, en virtud de que se pactó el pago de todos los adeudos de MSD HOLDINGS DE MEXICO y de MEDCO HOLDINGS, MEDCO SERVICIOS y MEDCO MANAGED CARE, en la fecha en que surta efectos la fusión, salvo aquellos respecto de los cuales se hubiere obtenido la conformidad de los acreedores respectivos para cubrir los adeudos en fechas posteriores y aquellas que se extingan por confusión en caso de que el acreedor y el deudor sean una misma persona como resultado de la fusión, tomando como base los balances generales de dichas sociedades al 31 de octubre de 2008, con los ajustes que sean necesarios para reflejar la situación financiera de dichas sociedades, a la fecha en que surta efectos la fusión.

SEGUNDA. Como resultado de la fusión, subsistirá MSD HOLDINGS DE MEXICO y desaparecerá MEDCO HOLDINGS, MEDCO SERVICIOS y MEDCO MANAGED CARE. El activo y el pasivo de MEDCO HOLDINGS, MEDCO SERVICIOS y MEDCO MANAGED CARE, se convertirá en activo y pasivo de MSD HOLDINGS DE MEXICO.

TERCERA. El capital social de la sociedad subsistente, se incrementará en su porción variable con el monto del capital de las sociedades que desaparecen en la cantidad de $3,000.00, (TRES MIL PESOS 00/100 M.N.) por lo tanto el capital social de MEDCO HOLDINGS, MEDCO SERVICIOS y MEDCO MANAGED CARE, pasará a ser propiedad de MSD HOLDINGS DE MEXICO, en consecuencia de la presente fusión y las acciones representativas de su capital social se distribuirán tal y como se describe en el cuadro de accionistas que se señala más adelante. La porción fija del capital social mínimo sin derecho a retiro de la sociedad subsistente se mantendrá en la cantidad de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

CUARTA. Se pacta el pago de todos los adeudos de MSD HOLDINGS DE MEXICO, MEDCO HOLDINGS, MEDCO SERVICIOS, y de MEDCO MANAGED CARE, en la fecha en que surta efectos la fusión, salvo aquellos respecto de los cuales se hubiere obtenido la conformidad de los acreedores respectivos para cubrir los adeudos en fechas posteriores y aquellas que se extinguen por confusión como resultado de la fusión. MSD HOLDINGS DE MEXICO seguirá de igual manera cumpliendo con las obligaciones adquiridas por MEDCO HOLDINGS, MEDCO SERVICIOS y MEDCO MANAGED CARE, en cuanto a los contratos celebrados por éstos.

QUINTA. La sociedad subsistente seguirá conservando su denominación de MERCK SHARP AND DOHME HOLDINGS DE MEXICO, S.A. DE C.V.

SEXTA. El gerente único y comisario de MEDCO HOLDINGS, MEDCO SERVICIOS y MEDCO MANAGED CARE, cesarán en sus funciones al consumarse la fusión, subsistiendo los consejeros y comisarios de
MSD HOLDINGS DE MEXICO.

SEPTIMA. Los poderes y autorizaciones otorgados por las sociedades que desaparecen quedarán revocados y cancelados al consumarse la fusión.

Para constancia y para los efectos de la publicación correspondiente, se transcriben a continuación los balances de las sociedades que se fusionan al 31 de octubre de 2008, que son los siguientes:


MERCK SHARP AND DOHME HOLDINGS DE MEXICO, S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE OCTUBRE DE 2008

ACTIVO



2008

ACTIVO CIRCULANTE


EFECTIVO

9,557,334

CUENTAS POR COBRAR


COMPAÑIAS AFILIADAS

1,138,143,071

IMPUESTOS POR RECUPERAR

1,133,976

SUMA ACTIVO CIRCULANTE

1,148,834,382

INVERSION EN ACCIONES

1,842,311,303

IMPUESTO DIFERIDO

3,290,365

SUMA ACTIVO TOTAL

2,994,436,050

PASIVO


PASIVO A CORTO PLAZO


CUENTAS POR PAGAR

349,366

COMPAÑIAS AFILIADAS

11,500

IMPUESTOS POR PAGAR

245,940

TOTAL PASIVO

606,806

CAPITAL


CAPITAL SOCIAL

893,176,514

ACTUALIZACION DE CAPITAL SOCIAL

362,727,178

RESERVA LEGAL

129,777,125

INSUFICIENCIA EN LA

-

ACTUALIZACION

186,070,942

UTILIDADES ACUMULADAS

1,965,623,681

UTILIDAD DEL EJERCICIO

63,963,578


-

OTRAS CUENTAS DE CAPITAL

235,367,890

TOTAL CAPITAL

2,993,829,244

SUMA DE PASIVO Y CAPITAL CONTABLE

2,994,436,050


MEDCO HOLDINGS, S. DE R.L. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE OCTUBRE DE 2008

ACTIVO



2008

ACTIVO CIRCULANTE


EFECTIVO

1,947,298.81

CUENTAS POR COBRAR


COMPAÑIAS AFILIADAS

67,884,086

IMPUESTOS POR RECUPERAR

326,740

SUMA ACTIVO CIRCULANTE

70,158,124

IMPUESTO DIFERIDO

4,607,111

SUMA ACTIVO TOTAL

74,765,236

PASIVO


PASIVO A CORTO PLAZO


CUENTAS POR PAGAR

109,075

COMPAÑIAS AFILIADAS

65,445,134

IMPUESTOS POR PAGAR

0

INVERSION EN SUBSIDIARIAS

75,020,302

TOTAL PASIVO

140,574,510

CAPITAL


CAPITAL SOCIAL

7,600,000

ACTUALIZACION DE CAPITAL SOCIAL

81,739

RESERVA LEGAL


INSUFICIENCIA EN LA

-

ACTUALIZACION

1,346


-

UTILIDADES ACUMULADAS

63,987,961

UTILIDAD DEL EJERCICIO

6,132,815


-

OTRAS CUENTAS DE CAPITAL

15,634,523


-

TOTAL CAPITAL

65,809275

SUMA DE PASIVO Y CAPITAL CONTABLE

74,765,236


MEDCO SERVICIOS DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE OCTUBRE DE 2008


ACTIVO



2008

ACTIVO CIRCULANTE


EFECTIVO


CUENTAS POR COBRAR


COMPAÑIAS AFILIADAS

3,954,942

IMPUESTOS POR RECUPERAR

225,358

SUMA ACTIVO CIRCULANTE

4,180,300

IMPUESTO DIFERIDO

72,728

SUMA ACTIVO TOTAL

4,253,028

PASIVO


PASIVO A CORTO PLAZO


CUENTAS POR PAGAR

0

COMPAÑIAS AFILIADAS

5,590,498

IMPUESTOS POR PAGAR

0

TOTAL PASIVO

5,590,498

CAPITAL


CAPITAL SOCIAL

50,000

ACTUALIZACION DE CAPITAL SOCIAL

39,882

RESERVA LEGAL


INSUFICIENCIA EN LA

-

ACTUALIZACION

3,610


-

UTILIDADES ACUMULADAS

2,197,153

UTILIDAD DEL EJERCICIO

775,532


-

OTRAS CUENTAS DE CAPITAL

2,122


-

TOTAL CAPITAL

1,337,470

SUMA DE PASIVO Y CAPITAL CONTABLE

4,253,028


MEDCO DE MEXICO MANAGED CARE, S. DE R.L. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE OCTUBRE DE 2008

ACTIVO



2008

ACTIVO CIRCULANTE


EFECTIVO


CUENTAS POR COBRAR


COMPAÑIAS AFILIADAS


IMPUESTOS POR RECUPERAR

3,463,722

SUMA ACTIVO CIRCULANTE

3,463,722

IMPUESTO DIFERIDO

800,234

SUMA ACTIVO TOTAL

4,263,956

PASIVO


PASIVO A CORTO PLAZO


CUENTAS POR PAGAR


COMPAÑIAS AFILIADAS

79,689,434

IMPUESTOS POR PAGAR

____

TOTAL PASIVO

79,689,434

CAPITAL


CAPITAL SOCIAL

50,000

ACTUALIZACION DE CAPITAL SOCIAL

39,882

RESERVA LEGAL


INSUFICIENCIA EN LA

-

ACTUALIZACION

2,622


-

UTILIDADES ACUMULADAS

86,100,922


-

UTILIDAD DEL EJERCICIO

987,153

OTRAS CUENTAS DE CAPITAL

11,575,336


-

TOTAL CAPITAL

75,425,478

SUMA DE PASIVO Y CAPITAL CONTABLE

4,263,956

OCTAVA. Este Convenio queda sujeto en todo lo no previsto, a las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles y demás leyes aplicables. En caso de controversia las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que les pudiere llegar a corresponder por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra razón.

Las partes suscriben este Convenio por medio de sus representantes debidamente autorizados al efecto, el día 28 de noviembre 2008.

"Sociedad Fusionante"

Merck Sharp and Dohme Holdings de México, S.A. de C.V.

Apoderada Legal

Lic. Mónica Barragán Meijueiro

Rúbrica.

"Sociedades Fusionadas"

Medco Holdings S. de R.L. de C.V.

Apoderado Legal

Lic. Luis Eduardo Ortiz Monasterio Ramos

Rúbrica.

Medco Servicios de México, S. de R.L. de C.V.

Apoderado Legal

Lic. Luis Eduardo Ortiz Monasterio Ramos

Rúbrica.

Medco de México Managed Care, S. de R.L. de C.V.

Apoderado Legal

Lic. Luis Eduardo Ortiz Monasterio Ramos

Rúbrica.

(R.- 280398)



MULTIVA FACTORING, S.A. DE C.V.

ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO

MULTIVA GRUPO FINANCIERO

(EN LIQUIDACION)

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

PRIMERA CONVOCATORIA

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos décimo quinto, décimo séptimo, décimo octavo y vigésimo de los estatutos sociales, así como los artículos 183, 186, 187 y 235 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de Multiva Factoring, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Multiva Grupo Financiero, en Liquidación, a la celebración de una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día 22 de diciembre de 2008 a las 11:00 horas, en las oficinas ubicadas en Avenida de las Américas número 1650, planta baja, colonia Contry Club, código postal 44620, de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, de conformidad con el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.- Presentación y, en su caso, aprobación del balance final de liquidación al 30 de septiembre de 2008
y resoluciones al respecto.

2.- Designación de delegados especiales que lleven a cabo los trámites de formalización de los acuerdos tomados en la presente Asamblea.

Para asistir a la Asamblea, los accionistas deberán obtener, a más tardar con 24 horas de anticipación a la fecha señalada para su celebración, su tarjeta de admisión en las oficinas del liquidador, ubicadas en Presidente Masaryk número 214, piso 2, colonia Chapultepec Polanco, código postal 11560, de la Ciudad de México, Distrito Federal, teléfono 5282 7951. Dichas tarjetas de admisión serán otorgadas a favor de la persona que acredite ser titular de las acciones conforme al registro de acciones de la sociedad.

Los accionistas deberán comparecer a la Asamblea personalmente o representados por apoderado, designado mediante mandato general o especial, bastando para esto último carta poder otorgada ante dos testigos.

México, D.F., a 5 de diciembre de 2008.

Banca Mifel, S.A.

Institución de Banca Múltiple

Grupo Financiero Mifel

Representante Legal del Liquidador

Lic. Salvador de la Llata Mercado

Rúbrica.

(R.- 280065)