Martes 26 de febrero de 2008 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 37




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Décimo Segundo de lo Civil

Secretaría “B”

Exp. 612/03

EDICTO

En los autos del juicio ORDINARIO MERCANTIL promovido por LORENZO RUIZ ANTONIO en contra de BANCA SERFIN, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO SERFIN, el C. Juez mediante auto de fecha 21 de enero en curso, ordenó llamar a juicio por éste conducto al tercero SERGIO LOPEZ MENDOZA a fin de que le pare perjuicio la sentencia que se llegue a pronunciar en el presente juicio, haciendo de su conocimiento que queda a su disposición en la Secretaría del Juzgado las copias de traslado respectiva, concediéndole un plazo de TREINTA DIAS para contestar la demanda, el cual empezará a correr a partir de la última publicación, apercibido que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones le surtirán por Boletín Judicial.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL Y EN EL PERIODICO EL UNIVERSAL.

México, D.F., a 22 de enero de 2008.

La C. Secretaria de Acuerdos

Lic. Lydia Guadalupe Grajeda

Rúbrica.

(R.- 262282)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal

EDICTO

Por este medio, en relación con la causa 83/2006, que se instruye contra Octavio Luna Hernández, como probable responsable en la comisión del delito Posesión de cartuchos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, con fundamento en el artículo 83 del Código Federal de Procedimientos Penales, se notifica al testigo Alberto Sánchez Gómez, que deberá comparecer, a las diez horas con treinta minutos del seis de marzo de dos mil ocho, en el local de este Juzgado, sito en calle Reforma número ochenta, colonia Lomas de San Lorenzo Tezonco, delegación Iztapalapa, código postal 09780, anexo al Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, a fin de desahogar una diligencia de careos procesales a su cargo.

Edicto a publicarse en un Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

México, D.F., a 8 de febrero de 2008.

El Juez Decimosegundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal

Lic. Jesús Terríquez Basulto

Rúbrica.

(R.- 263016)

Estados Unidos Mexicanos

Supremo Tribunal de Justicia

Hermosillo, Sonora

EDICTO

C. RICARDO DE LA HOYA PASILLAS.

TERCERO PERJUDICADO.

En amparo directo penal interpuesto por Noe Francisco Bay Varela, sentenciado en toca 84/2006,
por secuestro calificado, se le emplaza por este conducto, para que comparezca a substanciar sus derechos ante el Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, treinta días después última publicación. Copias amparo a su disposición en esta secretaría.

Para ser publicado tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y el periódico
el Imparcial de esta ciudad de Hermosillo, Sonora.

Hermosillo, Son., a 12 de febrero de 2008.

El Secretario General de Acuerdos del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado

Lic. Amado Estrada Rodríguez

Rúbrica.

(R.- 263219)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Cuarto de lo Civil

Secretaría “A”

Expediente 43/08

EDICTO

Por resolución de fecha QUINCE DE ENERO DEL AÑO EN CURSO, deducido en el juicio CANCELACION DE TITULO DE CREDITO promovido por XEROX MEXICANA, S.A. DE C.V. EN CONTRA DE MICROFORMAS, S.A. DE C.V.. EL C. Juez Cuarto de lo Civil de esta capital dio inicio al procedimiento para la CANCELACION PROVISIONAL DE DOS PAGARES que suscribio como obligado la empresa MICROFORMAS, S.A. DE C.V.., a la orden de XEROX MEXICANA, S.A. DE C.V. POR LAS CANTIDADES DE UN MILLON CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS 47/100 M.N. Y TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PESOS 01/100 M.N. Lo que se hace del conocimiento publico para que en un termino de SESENTA DIAS contados a partir de la publicación de este edicto quien se crea con derecho se presente a oponerse a la cancelación solicitada en la inteligencia de que si no existe oposición alguna se autorizara a MICROFORMAS, S.A. DE C.V. otorgar nuevos documentos que sustituyan a aquellos cuya cancelación se solicita.

Para su publicación por una sola vez en el DIARIO OFICIAL.

México, D.F., a 14 de febrero de 2008.

El C. Secretario de Acuerdos

Lic. Eduardo Herrera Rosas

Rúbrica.

(R.- 263354)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora

Hermosillo, Sonora

EDICTO

RAUL RICARDO GANDARA LOPEZ, TERRACERIAS Y PROMOTORIA DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, e INMOBILIARIA Y FRACCIONADORA SOCIAL LAS PALMAS DE GUAYMAS, SOCIEDAD ANONIMA.

(TERCEROS PERJUDICADOS).

En juicio de amparo número 708/2007, promovido por HSBC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, en contra de actos del AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE GUAYMAS, SONORA, se ordena emplazar al citado tercero perjudicado por edictos que se publicaran por tres veces de siete en siete días, en Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la república, e igualmente en estrados de este juzgado, y requerirla para que dentro del plazo de treinta días a partir última publicación señale domicilio en esta ciudad donde oír notificaciones, apercibida que de no hacerlo en término concedido, se formulará por medio lista fijada en estrados este juzgado, conforme articulo 30 fracción II de Ley de Amparo, haciéndole de su conocimiento que copia de la demanda amparo, queda su disposición en este juzgado.

A).- QUEJOSA.- HSBC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA.

B).- TERCERO PERJUDICADOS.- RAUL RICARDO GANDARA LOPEZ, TERRACERIAS Y PROMOTORIA DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, e INMOBILIARIA Y FRACCIONADORA SOCIAL LAS PALMAS DE GUAYMAS, SOCIEDAD ANONIMA.

C):- AUTORIDAD RESPONSABLE.- AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE GUAYMAS, SONORA, Y OTRAS.

D).- ACTO RECLAMADO.- PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL.

Asimismo, se informa que se fijaron las DIEZ HORAS CON CINCO MINUTOS DEL VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO, para celebración audiencia constitucional.

Hermosillo, Son., a 22 de enero de 2008.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito

Lic. Alejandro Ernesto Vega Becerra

Rúbrica.

(R.- 262682)



Estados Unidos Mexicanos

Durango

Poder Judicial del Estado

Tribunal Superior de Justicia

Juzgado Cuarto de lo Mercantil

Durango, Dgo.

EDICTO DE REMATE

En el Juicio ejecutivo Mercantil Exp. 841/04 promovido por los CC. Licenciados CARLOS A. LEYVA GUTIERREZ Y GERARDO A. MIRANDA MALDONADO, como endosatarios en procuración de LUIS RAMON ESCAMILLA RAMIREZ en contra de ANTONIO TALAVERA SORIANO Y AGUSTIN SALAZAR OCHOA. Se sacara a remate en tercera almoneda el inmueble embargado en este juicio A LAS DOCE HORAS DEL DIA SIETE DE MARZO DEL PRESENTE AÑO. Lo siguiente: El inmueble ubicado en la Calle República de Perú Lote No. 10 de la Manzana 1 de la Colonia Francisco Zarco, Registrada bajo la inscripción 11989, foja 118, Tomo de la propiedad 50, con una superficie de 98.71 Mts2. de fecha 21 de Septiembre de 1983. Teniéndose como postura legal la cantidad de $168,283.00 (CIENTO SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.) fijada como precio para dicho inmueble menos un 10% de dicho precio. Anunciándose su venta por medio de edictos que se publicarán por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en los Estrados de este Juzgado.

ES______PUBLICACION

SE SOLICITAN POSTORES

Durango, Dgo., a 12 de febrero de 2008.

El C. Secretario del Juzgado Cuarto de lo Mercantil

Manuel Galaviz Mota

Rúbrica.

(R.- 263355)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León

EDICTO

Por este medio, en cumplimiento a lo ordenado en auto de veintitrés de enero de dos mil ocho, dictado en el juicio de amparo 336/2007-VIII, promovido por Julián Saldivar González, contra actos del Procurador General de Justicia del Estado de Nuevo León y otra autoridad, se emplaza a juicio a Rubén Solís Ramírez y María de los Angeles Labra de Solís, terceros perjudicados en el referido juicio de garantías, en virtud de que se desconoce su domicilio. Lo anterior, de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente conforme lo dispone el numeral 2o. de la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la secretaría de este Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, copia simple del escrito inicial de demanda y anexos que se acompañan. Se les hace saber que cuentan con el plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este órgano de control constitucional a hacer valer lo que a su interés conviniere y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad. Se les apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se les harán por lista; en el entendido que la audiencia constitucional se encuentra señalada a las diez horas con treinta y cuatro minutos del veinte de febrero de dos mil ocho.

Atentamente

Monterrey, N.L., a 29 de enero de 2008.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León

Lic. Prudenciano Caballero Valle

Rúbrica.

(R.- 263359)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

En los autos del juicio de amparo número 989/2007-I, promovido por JOSE LEOPOLDO HERNANDEZ ALARCON, contra actos del Juez y Actuarios adscritos al Juzgado Octavo de lo Civil del Distrito Federal, derivados del juicio ejecutivo mercantil expediente número 701/2002, seguido por Autofinanciamiento México, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de Manuel Estrada Gómez y otro y, tomando en consideración que no se conoce el domicilio cierto y actual del tercero perjudicado MIGUEL ANGEL MARTINEZ GARCIA, se ha ordenado emplazarlo a juicio por medio de edictos, los que se publicaran por tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en toda la República, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; por lo tanto, queda a disposición del tercero perjudicado antes mencionado, en la Secretaría de este Juzgado, copia simple de la demanda
de garantías; asimismo, se le hace saber que cuenta con el término de treinta días que se computarán
a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este Juzgado a hacer valer sus derechos si a su interés conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de acuerdos de este Juzgado. Asimismo, se reserva por el momento señalar fecha para la audiencia constitucional respectiva, hasta en tanto transcurra el pIazo de treinta días contados a partir de la última publicación de los edictos mencionados.

Atentamente

México, D.F., a 15 de febrero de 2008.

La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Irais Arlet Iracheta Albarrán

Rúbrica.

(R.- 263243)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Baja California

Tribunal Superior de Justicia

Sección Amparos

EDICTO

JOSE LUIS SOLIS BARRON

EN LOS AUTOS DEL CUADERNO DE AMPARO PROMOVIDO POR AMBROSIO HIDALGO GONZALEZ, RELATIVO AL TOCA CIVIL 0565/2006, JUICIO ORDINARIO CIVIL, EXPEDIENTE NUMERO 0299/2003, PROMOVIDO POR JOSE LUIS SOLIS BARRON EN CONTRA DE MARIA DE LOS ANGELES CINTHIA HIDALGO MARTINEZ Y AMBROSIO HIDALGO GONZALEZ, POR AUTO DE FECHA VEINTIDOS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL OCHO, LOS CC. MAGISTRADOS INTEGRANTES DE LA PRIMERA SALA DE ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, ORDENARON SE LE EMPLACE POR MEDIO DE EDICTOS PARA QUE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL QUE SE HAGA LA ULTIMA PUBLICACION, COMPAREZCA ANTE EL TRIBUNAL DE GARANTIAS EN DEFENSA DE SUS INTERESES SI ASI LO ESTIMARE CONVENIENTE. QUEDAN A SU DISPOSICION EN LA SECCION DE AMPAROS DE LA SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA DE GARANTIAS.

EMPLAZAMIENTO QUE SE VERIFICA POR MEDIO DE EDICTOS EN VIRTUD DE IGNORARSE SU DOMICILIO.

PARA SU PUBLICACION EN LOS ESTRADOS DE ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS.

Mexicali, B.C., a 22 de enero de 2008.

El Secretario General de Acuerdos

Lic. Pedro Amaya Rábago

Rúbrica.

(R.- 263346)

Estado de México

Poder Judicial

Juzgado Séptimo Civil

Toluca

Juzgado Séptimo Civil del Distrito Judicial Toluca

EDICTO

En el expediente número 184/2006 relativo al juicio ORDINARIO MERCANTIL promovido por HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER en contra de LUIS ERNESTO SANDOVAL PACHECO se señaló fecha para que tenga verificativo la Primer Almoneda de Remate para el día VEINTIOCHO DE MARZO DE DOS MIL OCHO A LAS ONCE HORAS del inmueble embargado consistente en CASA DE INTERES POPULAR IDENTIFICADA CON EL NUMERO DOS DEL LOTE CONDOMINAL “E” DE LA MANZANA II, SUJETA A LOTIFICACION EN CONDOMINIO HORIZONTAL, UBICADA EN EL FRACCIONAMIENTO HABITACIONAL POPULAR HACIENDA LA GALIA, SAN PEDRO TOTOLTEPEC, TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, el cual se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad con los siguientes datos registrales: Partida 429, volumen 478, libro primero, sección primera de fecha veintiséis de mayo del año dos mil cuatro, cuyas medidas y colindancias son:

Area Privativa número 2, manzana 2, lote condominial “E”, al OESTE: 7.00 M con vialidad interna; al NORTE: 20.00 M. con Area Privativa número 3, al ESTE: 7.00 M. con lote F, manzana 2; al SUR: 20.00 M. con Area Privativa número 1, superficies de terrenos superficie del área privativa número 2 140.0000 M2, superficie construida planta baja 65.9500 M2, superficie construida planta alta 68.2120 M2, superficie de volados 7.8120 M2, superficie total construida cubierta 141.9740 M2, medidas y colindancias de la casa 2, en planta baja al OESTE: 3.100 M con cochera propia y patio de acceso; al NORTE: 10.350 M. con Area Privativa número 3, al ESTE: 6.950 M. con jardín privado y patio de servicio; al SUR: 9.750 M. con
Area Privativa número 1 y en 0.600 MM con cochera propia y patio de acceso abajo con cimentación; arriba con planta alta; en planta alta; al OESTE: 3.100 M con volado de planta baja y en 3.850 M con vacío a cochera propia y patio de acceso; al NORTE: 10.350 M. con Area Privativa número 3; al ESTE: 6.950 M. con vacío a jardín privativo y patio de servicio; al SUR: 9.150 M. con Area Privativa número 1 y en 1.200 M
con volado de planta baja y vacío a cochera propia; abajo con planta baja; arriba con azotea; patio de servicio de la casa 2, superficie 7.0950 M2; al OESTE: 3.225 M con la casa 2; al NORTE: 2.200 M. con jardín privativo; al ESTE: 3.225 M con jardín privativo; al SUR: 2.200 M. con Area Privativa número 1 jardín privativo de la casa número 2, superficie 22.4570 M; al OESTE: 3.225 M con patio de servicio y en 3.775 M con la casa 2; al NORTE: 4,150 M con Area Privativa número 3; al ESTE: 7.000 con lote F de la manzana 2; al SUR: 1.950 M. con Area Privativa número 1 y en 2.200 M con patio de servicio cochera y patio de acceso de la casa 2, superficie 40.3750 M2; al OESTE: 7.000 M con vialidad interna; al NORTE: 5.500 M. con área privativa número 3 y en 0.600 MM con la casa 2; al ESTE: 3.875 M y en 3.125 M con la casa 2; al SUR: 6.100 M.
con Area Privativa número 1; inscrito en el Registro Público de la Propiedad con los siguientes datos registrales: PARTIDA 429, VOLUMEN 478, LIBRO PRIMERO, SECCION PRIMERA, DE FECHA 26 DE MAYO DEL 2004, remate que se llevará cabo tomando como precio la cantidad de $1’003,000.00
(UN MILLON TRES MIL PESOS 00/100 M.N.) mismo que le fue fija por los peritos de las partes y que servirá de base para la formulación de posturas, siendo postura legal las dos terceras partes del precio fijado; por consiguiente anúnciese su venta a través de la publicación de edictos en el Diario Oficial de la Federación y en la puerta de este juzgado y tabla de avisos a efecto de convocar postores, edictos que deberán ser publicados por TRES VECES dentro de NUEVE DIAS. Dado en la CIUDAD DE TOLUCA, EDO. DE MEXICO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DE ENERO DE DOS MIL OCHO.

DOY FE.

El Segundo Secretario de Acuerdos

Lic. José Luis Miranda Navarro

Rúbrica.

(R.- 262628)

Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Trigésimo Noveno de lo Civil

SENTENCIA

En los autos relativos al juicio ESPECIAL MERCANTIL REPOSICION Y CANCELACION DE TITULOS DE CREDITO promovido por CREATIVIDAD Y ESPECTACULOS, S.A. DE C.V., Expediente Número 27/07, La C. Juez dicto una sentencia que en sus puntos resolutivos dicen: México, Distrito Federal a veintisiete de agosto del dos mil siete.

PRIMERO.- Se declara fundado el procedimiento Especial Mercantil Reposición y Cancelación de Títulos de crédito, promovido por SERVICIOS MEXICANOS DE CONTROLADORES CORPORATIVOS, S.A. DE C.V., se allano a las prestaciones reclamadas por la parte actora; en consecuencia.

SEGUNDO.- Se declara la reposición y cancelación de los dos títulos de crédito, suscritos ambos en la Ciudad de México, Distrito Federal a los dos días del mes de junio de dos mil cuatro, por CREATIVIDAD Y ESPECTACULOS, S.A. DE C.V. representada legalmente por MIGUEL MEDINA MENENDEZ Y ALEJANDRO JAVIER AHEDO SOL, donde la suscriptora se comprometió incondicionalmente a pagar a la orden de SERVICIOS MEXICANOS DE CONTROLADORES CORPORATIVOS, S.A. DE C.V., en el primero de ellos, la cantidad de dos millones doscientos mil pesos moneda nacional; y el segundo de ellos la cantidad de doscientos ochenta mil dólares moneda de curso legal en los Estados Unidos de Norteamérica. Los citados documentos fueron exhibidos en dos fojas cada uno, y en el texto ambos puede leerse que el importe de los títulos causaría diariamente intereses ordinarios capitalizables sobre saldos insolutos, desde su fecha de suscripción y hasta su total pago considerando un periodo de un día natural, a razón de aplicar a cada periodo de intereses una tasa anual igual a la tasa de interés interbancaria de equilibrio vigente para periodos de veintiocho días mas dos puntos. Dichos intereses deberían ser liquidados conjuntamente con el principal. La cantidad de principal de los referidos pagarés y los intereses ordinarios correspondientes deberían ser pagaderos en una sola exhibición por el monto total correspondiente, a más, tardar el quinto día hábil siguiente a la fecha de requerimiento de pago, en el entendido que dicho requerimiento no podía hacerse en una fecha anterior al día primero de junio de dos mil cinco. Si las cantidades adeudadas de conformidad con los mencionados documentos no fueron pagadas íntegramente a su vencimiento, los saldos vencidos y no pagados causarían intereses moratorios desde el día de su vencimiento, hasta el de su total y completo pago, calculados diariamente sobre saldos insolutos por los días efectivamente transcurridos, desde que se incurrió en mora, ana tasa igual a la resultante de multiplicar por dos, el resultado de sumar diez puntos a la tasa aplicable por intereses ordinarios. Para el cálculo de pago de intereses, se utilizaría el divisor trescientos sesenta, por el número de días efectivamente transcurridos en el periodo de intereses correspondientes, fuesen intereses ordinarios o moratorios. A los intereses generados, le sería agregado el correspondiente impuesto al valor agregado, en el entendido que el tenedor debería entregar al suscriptor, la factura correspondiente dentro de los CINCO DIAS hábiles a la fecha de que estos fuesen efectivamente pagados; atento lo expuesto en el considerando medular del presente fallo.

TERCERO.- Se ordena publicar por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, un extracto de la presente sentencia de cancelación y reposición de títulos de crédito, atento a lo analizado en el considerando tercero de esta resolución.

CUARTO.- Se apercibe a CREATIVIDAD Y ESPECTACULOS, S.A. DE C.V. del término de CINCO DIAS contados a partir del día siguiente a la fecha que se realice la publicación mencionada en el resolutivo anterior, atento analizado en el considerando tercero de esta resolución.

QUINTO.- NOTIFIQUESE ESTA SENTENCIA Y PERSONALMENTE A CREATIVIDAD Y ESPECTACULOS, S.A. DE C.V., mediante la cédula respectiva que se elabore y turne al C. Secretario Actuario adscrito a este juzgado; y guárdese copia autorizada de la presente resolución en el legajo de sentencias de este juzgado.

ASI LO RESOLVIO Y FIRMA LA C. Juez Trigésimo Noveno de lo Civil Licenciada FLORENCIA RAUDA RODRIGUEZ. En unión de su Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.-

El. C. Secretario de Acuerdos “A”

Lic. Raúl García Domínguez

Rúbrica.

(R.- 263386)

Estado de México

Poder Judicial

Juzgado Quinto Civil

Toluca

Primera Secretaría

Juzgado Quinto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, México

EDICTO

En el expediente número 231/2006, relativo al Juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por AUTOBUSES MEXICO-TOLUCA, ZINACANTEPEC Y RAMALES, S.A. DE C.V., en contra de SUPER SERVICIO ALYRICH, S.A. DE C.V., LEONEL DOMINGUEZ GARCIA Y LEONEL DOMINGUEZ FLORES, por auto de fecha doce de febrero del año dos mil ocho, se señalaron las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA CATORCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo
la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE del bien inmueble embargado en el presente juicio ubicado en la AVENIDA ONESIMO REYES SIN NUMERO, DE AMANALCO DE BECERRA, MUNICIPIO DE AMANALCO, DISTRITO DE VALLE DE BRAVO, ESTADO DE MEXICO, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 114.00 metros con herederos de Luis Hernández y calle privada; AL SUR: 79.00 metros con Artemio Esquivel Salazar; AL ORIENTE: 47.00 metros con carretera a Valle de Bravo; AL PONIENTE: 24.40 metros con sanja de aguas negras, con una superficie aproximada de 2,613.40 metros cuadrados, inscrito en el Registro Público de la Propiedad con los siguientes datos regístrales: Libro Primero, Sección Primera, Partida número 736-764, volumen 55, de fecha 24 de octubre de 2003, a nombre de SUPER SERVICIO ALYRICH, S.A. DE C.V., remate que se llevara a cabo, tomando como precio la cantidad de $3´784,180.00 (TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA PESOS 00/100 M.N.), mismo que le fue fijado por el perito tercero en discordia, y que servirá de base para la formulación de posturas; por consiguiente anúnciese su venta a través de la publicación de edictos en el Diario Oficial de la Federación, en la tabla de avisos de este juzgado, así como en el Juzgado Civil de Valle de Bravo, Estado de México, a efecto de convocar postores, edictos que deberán ser publicados por tres veces dentro de nueve días.

Dado en la ciudad de Toluca, México, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil ocho.-
DOY FE.

El Primer Secretario de Acuerdos

Lic. Guadalupe Sámano de la Rosa

Rúbrica.

(R.- 263385)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Nuevo León

Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial

Monterrey, N.L.

EDICTO

A las 10:30-diez horas con treinta minutos del día 26-veintiséis de Marzo del año 2008-dos mil ocho, tendrá verificativo en el local de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial número 94/2005 relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL; promovido por ARMANDO ALMAGUER ORTIZ en contra de RAUL ESCAREÑO REYES y RAUL ESCAREÑO GARZA, a fin de que tenga verificativo en el local de este Juzgado el remate en pública subasta y segunda almoneda del 100%-cien por ciento de los derechos que le corresponden al codemandado RAUL ESCAREÑO REYES, respecto del 50%-cincuenta por ciento del bien inmueble embargado en autos consistentes en: LOTE DE TERRENO Y FINCA SOBRE EL CONSTRUIDA MARCADO CON EL NUMERO 68 SESENTA Y OCHO DE LA MANZANA NUMERO 06 SEIS DEL FRACCIONAMIENTO CIUDAD SATELITE DE MONTERREY, UBICADO AL SURESTE DE ESTA CIUDAD, CUYO LOTE DE TERRENO TIENE UNA SUPERFICIE TOTAL DE 220.00 M2 DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS; AL NORTE MIDE 11.00 MTS ONCE METROS A LINDAR CON EL LOTE NUMERO 21 VEINTIUNO; AL SUR MIDE 11.00 MTS ONCE METROS, POR DONDE DA FRENTE A LA PLAZA DE LA CIUDADELA; AL ORIENTE MIDE 20.00 MTS VEINTE METROS, A LINDAR CON EL LOTE NUMERO 67 SESENTA Y SIETE; Y AL PONIENTE MIDE 20.00 MTS VEINTE METROS, A LINDAR CON EL LOTE NUMERO 69 SESENTA Y NUEVE.- LA MANZANA NUMERO 6 SEIS DE REFERENCIA, LA CIRCUNDAN LAS SIGUIENTES CALLES; AL NOROESTE, PASEO DE SAN FRANCISCO; AL SURESTE LIMITE DE LA COLONIA; AL NORESTE PASEO DE LA REFORMA; Y AL SUROESTE PASEO DEL ACUEDUCTO, EL FRENTE DEL PREDIO DESCRITO SE LOCALIZA DESPUES DE MEDIR APROXIMADAMENTE 56.00 MTS CINCUENTA Y SEIS METROS DE LA ESQUINA MAS PROXIMA.- SOBRE DICHO LOTE DE TERRENO SE ENCUENTRA CONSTRUIDA LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 8 OCHO DE LA PLAZA DE LA CIUDADELA DEL FRACCIONAMIENTO CIUDAD SATELITE
DE ESTA CIUDAD.- convóquese a postores a pública subasta mencionada mediante edictos que deberán publicarse por 03-tres veces dentro de 09-nueve días en el Diario Oficial de la Federación así como en la Tabla de Avisos de este Recinto Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al Código de Comercio.- Entendiéndose que el primero de los anuncios deberán de publicarse, el primero de ellos el primer día del plazo citado y el tercero al noveno día, pudiendo el segundo de ellos publicarse en cualquier tiempo. En la inteligencia de que servirá de postura legal para el remate la cantidad de $519,900.00 (QUINIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.) la cual corresponde a la mitad de las dos terceras partes del avalúo rendido por el perito tercero en discordia, y que es el que más se acerca al valor comercial del bien embargado, con rebaja del 10%-diez por ciento de la cantidad en que fue tasado el referido inmueble. Así mismo, se hace del conocimiento que aquellas personas que deseen intervenir como postores a la audiencia de remate, deberán consignar mediante certificado de depósito expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, el 10%-diez por ciento del valor total del avalúo rendido por los peritos designados en este Juicio, sin cuyo requisito no serán admitidos en la subasta y de que en la Secretaría de este Juzgado se proporcionarán mayores informes.

Monterrey, N.L., a 7 de febrero de 2008.

El C. Secretario adscrito al Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente

del Primer Distrito Judicial en el Estado

Lic. Dora Hernández Saucedo

Rúbrica.

(R.- 263256)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sonora

Juicio Ordinario Civil 8/2006

EDICTO

ORDEN DEL DIA