Lunes
3 de marzo de 2008 DIARIO
OFICIAL (Tercera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Quinto Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
DENTRO DE LOS AUTOS QUE INTEGRAN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL NUMERO 1269/2006, PROMOVIDO POR ROBERTO ARELLANO GONZALEZ FRENTE A BEATRIZ GARCIA VIGIL, SE SEÑALARON LAS 10.00 DIEZ HORAS DEL DIA 8 OCHO DE ABRIL DE LA PRESENTE ANUALIDAD, A FIN DE QUE SE LLEVE A CABO LA AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMER ALMONEDA, RESPECTO DE LOS SIGUIENTES BIENES INMUEBLES:
PRIMERO.-
Lote Urbano número 16 de la Manzana 22, ubicado en la
Avenida del Roble número 431 del Fraccionamiento “El
Trebol” Tercera etapa, del Municipio de Tarimbaro y Distrito de
Morelia, Michoacán, mismo que tiene las siguientes medidas y
colindancias: AL NORTE: 15.00 metros con el lote quince 15,
AL
SUR: 15.00 metros con el lote diecisiete 17, AL ORIENTE: 06.00 metros
con Avenida del Roble, que es la de su ubicación, y, AL
PONIENTE: 06.00 metros, con el lote veintinueve 29, con una
superficie se 90.00 metros cuadrados al que se le asigna un valor de
$108,000.00 (CIENTO OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.).
SEGUNDO.-
Lote Urbano número 17 de la Manzana 22, ubicado en la
Avenida del Roble número 437 del Fraccionamiento “El
Trebol” Tercera etapa, del Municipio de Tarimbaro y Distrito de
Morelia, Michoacán, mismo que tiene las siguientes medidas y
colindancias: AL NORTE: 15.00 metros con el lote dieciséis
16,
AL SUR: 15.00 metros con el lote dieciocho 18, AL ORIENTE:
06.00 metros con Avenida del Roble, que es la de su ubicación,
y, AL PONIENTE: 06.00 metros, con el lote veintiocho 28, con una
superficie se 90.00 metros cuadrados al que se le asigna un valor de
$108,000.00 (CIENTO OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.).
TERCERO.- Lote Urbano con Construcción de Casa Habitación y Locales Comerciales (Manzana 12 doce), ubicado en la calle José Maria Llorente número 164 esquina con Ignacio Moctezuma del Fraccionamiento Agua Clara de Morelia, Michoacán, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 11.51 metros con calle Ignacio Moctezuma, AL SUR: 03.95 metros con lote quince 15, AL ORIENTE: 17.00 metros con vivienda B del lote diecisiete 17 y, AL PONIENTE: 17.72 metros con calle José Maria Llorente los lotes colindantes corresponden a la misma manzana 12 con una superficie de 123.00 metros cuadrados al que se le asigna un valor de $784,154.75 (SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO PESOS 75/100 M.N.).
Sirviendo
de base para el remate la suma anteriormente indicada y como postura
legal la que cubra las
2/3 dos terceras partes del valor asignado,
se convoca postores a esta audiencia y se ordena la publicación
de 3 tres edictos, dentro del término de 9 nueve días,
en los Estrados de este Juzgado y Diario Oficial
de la Federación.
Morelia, Mich., a 8 de febrero de 2008.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Quinto Civil
Lic. Nancy Viola Zizumbo Zacarías
Rúbrica.
(R.- 261422)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado
Poza Rica, Ver.
Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz
Juicio de Amparo 213/2007-I
EDICTO
SUCESION A BIENES DE CONCEPCION GARCIA PEREZ, JOSE LUIS GONZALEZ ZARATE, GUILLERMO LECHUGA ZARAGOZA y MARCO ANTONIO GONZALEZ RODRIGUEZ.
En los autos del cuaderno principal del juicio de amparo número 213/2007, promovido por Sagrario de Jesús Martínez Pérez, en su carácter de albacea de la sucesión de Catalina Valdez Gómez viuda de Martínez, contra actos del Tribunal Superior Agrario, residente en México, Distrito Federal: En auto de diez de abril del año en curso, se admitió a trámite su demanda de amparo, se tuvo como terceros perjudicados a la sucesión a bienes de Concepción García Pérez, José Luis González Zárate, Guillermo Lechuga Zaragoza y Marco Antonio González Rodríguez, y como acto reclamado la falta de emplazamiento al juicio agrario 1402/1993, del índice del Tribunal Superior Agrario, así como la sentencia de diez de julio de mil novecientos noventa y seis publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de febrero de mil novecientos noventa y siete y todas sus consecuencias legales. En el juicio de amparo en que se actúa agotada la investigación del domicilio de los terceros perjudicados referidos, mediante proveído de esta data, se ordenó emplazarlos por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, requiriéndoles que deberán presentarse ante este Juzgado dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación, ya que de no hacerlo, se les harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista, en los estrados de este Juzgado, aun las de carácter personal; asimismo, que se señalaron las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL TREINTA Y UNO DE JULIO DE DOS MIL SIETE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Poza Rica de Hidalgo, Ver., a 13 de junio de 2007.
El Secretario del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado
Jesús Antonio Azuara Reyes
Rúbrica.
(R.- 262811)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Hidalgo
Juzgado Primero de Distrito
Pachuca, Hidalgo
Sección Amparo
EDICTO
CESAR CHACON VELA Y LETICIA CHAVARRIA DE CHACON
DONDE SE ENCUENTREN.
EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR AUTO DE VEINTIOCHO DE ENERO DE DOS MIL OCHO, DICTADO EN EL JUICIO DE AMPARO 1285/2007-II, PROMOVIDO POR LETICIA CHAVARRIA JARAMILLO, CONTRA ACTOS DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE HIDALGO, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD, DE LA JUNTA ESPECIAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE TEHUANTEPEC EN EL ESTADO DE OAXACA Y SU PRESIDENTE, ASí COMO DEL REGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE TULA DE ALLENDE, HIDALGO, DENTRO DEL CUAL FUERON SEÑALADOS COMO TERCEROS PERJUDICADOS Y EN EL QUE SE ORDENA CONVOCARLOS A USTEDES, CESAR CHACON VELA Y LETICIA CHAVARRIA DE CHACON, POR MEDIO DE EDICTOS POR IGNORARSE SU DOMICILIO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 30, FRACCION II, DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACION SUPLETORIA A LA LEY DE AMPARO, A EFECTO DE QUE SE APERSONEN EN EL PRESENTE JUICIO DE GARANTIAS Y SEÑALEN DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, APERCIBIDOS QUE DE NO HACERLO ASI, LAS ULTERIORES, AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, SE LES HARAN POR MEDIO DE LISTA QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO FEDERAL. SE LES HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE DEBEN DE PRESENTARSE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADO A PARTIR DEL SIGUIENTE DE LA ULTIMA PUBLICACION, EL PRESENTE EDICTO DEBERA DE SER PUBLICADO POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DIARIO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA.
Pachuca de Soto, Hgo., a 1 de febrero de 2008.
Por Acuerdo del Juez Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo, el Secretario
Lic. Javier García Angeles
Rúbrica.
(R.- 262821)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México,
con sede en Naucalpan de Juárez
EDICTO
Terceros Perjudicados: Martha Hernández Estrada, Irene Hernández Estrada y Unión de Solicitantes de Casa Habitación Popular del Estado de México, Asociación Civil “USCAHPEM”
En autos del juicio de amparo indirecto número 747/2007-III, del índice de este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, promovido por Jaime Curiel Calderón, por su propio derecho, contra actos del Juez Primero de de lo Civil de Primera Instancia de Cuautitlán, Estado de México; de quien reclama la orden de cancelación de inscripción de compraventa realizada por Jaime Curiel Calderón en su calidad de Comprador al señor Adolfo Curiel Ramos en su calidad de vender del terreno denominado el CARMEN, ubicado en San Mateo Cuautepec, Municipio de Tultitlán, Estado de México, y al ser señalados como terceros perjudicados y desconocerse el domicilio actual y correcto de los mismos, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, y en cumplimiento a lo ordenado en auto de treinta de enero de dos mil ocho, en donde se ordenó su emplazamiento al presente juicio por medio de edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y anexos y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 11 de febrero de 2008.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Daniel Rodríguez Estrada
Rúbrica.
(R.- 263003)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León
EDICTO
TERCEROS PERJUDICADOS: GABRIEL ALATRISTE GOMEZ.
DOMICILIO: IGNORADO.
En
el juicio de amparo número 963/2007-III, que se tramita ante
este Juzgado Primero de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el
Estado de Nuevo León, promovido por Francisco Alberto Garza
Vargas, y en razón de haberse agotado las medidas previas al
alcance de este juzgado para llevar a cabo el emplazamiento
respectivo; se ha ordenado el emplazamiento por edictos a efecto de
notificarle la existencia del presente juicio de garantías, en
el cual aparece con el carácter de tercero perjudicado,
haciéndole saber que debe presentarse ante este Juzgado de
Distrito, dentro del plazo de treinta días, contados a partir
del siguiente al de la última publicación, quedando la
demanda de garantías a su disposición en la Secretaría
de este Juzgado, y además, fijándose en la puerta de
acceso de este órgano jurisdiccional, una copia del presente,
por todo el tiempo del emplazamiento; en la inteligencia de que se le
apercibe para que señale domicilio para oír y recibir
notificaciones, dentro del plazo de tres días, al en que surta
efectos la notificación por edictos de que se habla, ya que en
caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones se
harán por medio de lista de acuerdos que para tal efecto se
lleva a cabo en este juzgado; en el entendido que el presente juicio
de amparo fue admitido el cuatro de octubre de dos mil siete;
habiéndose señalado originariamente como fecha para la
celebración de la audiencia constitucional las once horas del
treinta de octubre del año próximo pasado, difiriéndose
para las nueve horas con cincuenta minutos del seis de mayo de dos
mil ocho, para que tenga lugar la audiencia constitucional. Así
lo autorizó la Secretario del Juzgado Primero de Distrito en
Materias Civil y de Trabajo en el Estado, licenciado Francisco García
Lemus, hoy doce de febrero de dos mil ocho, fecha en que se procedió
a la entrega de los presentes edictos para su publicación, a
José Manuel Guerrero Pérez, en su carácter de
autorizado por la parte quejosa. Publíquese por tres veces de
siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la
Federación, como en el periódico local
“el
Porvenir”, que se edita en la ciudad de Monterrey, Nuevo León.
Monterrey, N.L., a 12 de febrero de 2008.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materias
Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León
Lic. Francisco García Lemus
Rúbrica.
(R.- 263171)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Sexto de lo Civil
Sría. “B”
Exp. 908/06
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado por autos de fechas primero y veinte de febrero del dos mil ocho, dictados en los autos del juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por NUCLEO CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. Y VICTOR CARTAS BARRAZA, EN CONTRA DE CERRADA DE LOS MAESTROS, A.C., TAERA, S.A. DE C.V. E HIPOTECARIA SU CASITA, S.A. DE C.V., expediente 908/2006, en términos del artículo 118 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se ordena citar a la codemandada CERRADA DE LOS MAESTROS, A.C. por medio de edictos los cuales deberán de publicarse por TRES VECES, en forma consecutiva en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, en los siguientes términos: En preparación de la confesional a cargo de la codemandada CERRADA DE LOS MAESTROS, A.C., cítese para que por conducto de apoderado o representante con facultades para absolver posiciones, comparezca al local de este Juzgado a absolver posiciones, a las DOCE HORAS DEL DIA CINCO DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, apercibido el mandatario o representante que comparezca a absolver posiciones que forzosamente deberá conocer todos los hechos controvertidos propios de su mandante o representado, pues se le declarara confeso de las posiciones que previamente se califiquen de legales, para el caso de manifestarse desconocedor de los hechos, que ignora la respuesta, contestar con evasivas, negarse a contestar o se abstenga de responder, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1216 y 1217 Código de Comercio, apercibida la parte demandada que de no comparecer sin justa causa, será declarada confesa de las posiciones que previamente se califiquen de legales en términos del artículo 1232 fracción I del Código de Comercio.
México, D.F., a 20 de febrero de 2008.
La C. Secretaria “B” de Acuerdos
Lic. Guadalupe Murrieta Montes
Rúbrica.
(R.- 263797)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Sexto de lo Civil
Sría. “B”
Exp. 908/06
EDICTO
En
cumplimiento a lo ordenado por autos de fechas primero y veinte de
febrero del dos mil ocho, dictados en los autos del juicio ORDINARIO
MERCANTIL, promovido por NUCLEO CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.
Y
VICTOR CARTAS BARRAZA, EN CONTRA DE CERRADA DE LOS MAESTROS, A.C.,
TAERA, S.A. DE C.V.
E HIPOTECARIA SU CASITA, S.A. DE C.V., expediente 908/2006, en
términos del artículo 118 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, se ordena citar a la codemandada CERRADA DE
LOS MAESTROS, A.C. por medio de edictos los cuales deberán de
publicarse por TRES VECES, en forma consecutiva en el DIARIO OFICIAL
DE LA FEDERACION, en los siguientes términos: En preparación
de la prueba de reconocimiento que menciona en su apartado 15, cítese
a la codemandada CERRADA DE LOS MAESTROS, A.C., para que comparezca A
LAS TRECE HORAS DEL DIA CINCO DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, a
reconocer o no el contenido y firma del documento marcado con el
inciso a), apercibido de que de no hacerlo, se tendrá por
reconocido el citado documento.
México, D.F., a 25 de febrero de 2008.
La C. Secretaria “B” de Acuerdos
Lic. Guadalupe Murrieta Montes
Rúbrica.
(R.- 263800)
AVISO AL PUBLICO
Se comunica que para las publicaciones de estados financieros, éstos deberán ser presentados en un solo archivo. Dicho documento deberá estar capturado en cualquier procesador de textos WORD.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Ciudad Obregón
Ciudad Obregón, Sonora
Juicio de Amparo 1105/2007-II
EDICTO
En el juicio de amparo 1105/2007-II promovido por Roberto Martínez Téllez, contra los actos del Subdelegado de la Procuraduría General de la República Zona Sur, en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo, Sonora y otras autoridades, de quien reclama la orden que prohíbe el paso al interior de su negocio ubicado en el baldío que se encuentra por la carretera internacional, kilómetro 2, frente a ITESCA, contiguo a las instalaciones de la Delegación de la Procuraduría General de la República, frente a las instalaciones del Cereso, en esta ciudad, el cual arrendó a su legítimo propietario y su pretendida ejecución; por desconocerse el domicilio del tercero perjudicado Juan Carlos Soto Ibarra, mediante acuerdo de diecinueve de febrero de dos mil ocho, se ordenó su emplazamiento por edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y Periódico Excélsior de la ciudad de México, Distrito Federal, requiriéndosele para que dentro del término de treinta días contados a partir de la última publicación, se apersone a juicio a defender sus derechos, si lo estima prudente y para que señale domicilio en Ciudad Obregón, Sonora, para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, dejándose a su disposición con el secretario judicial de este tribunal las copias de traslado de la demanda respectivas, atento a la preceptuado por el artículo 30 fracción II, de la Ley de Amparo.
Atentamente
Ciudad Obregón, Son., a 19 de febrero de 2008.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sonora
Lic. Carlos Alonso Espinoza Sauceda
Rúbrica.
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
EDICTO
EN LA CAUSA 63/2003-I, INSTRUIDA CONTRA GUILLERMO ALFREDO MORALES GARCIA, SE DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE:
“…MEXICO, DISTRITO FEDERAL; A DIECINUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO.
Con fundamento en el artículo 21, párrafo segundo, del Código Federal de Procedimientos Penales, téngase por recibido el oficio de cuenta, mediante el cual el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula, remite debidamente diligenciado el exhorto 7/2008, del índice de este juzgado, de lo que se toma conocimiento para los efectos legales a que haya lugar; acúsese el recibo de estilo.
Ahora bien, en aras de una justicia pronta y expedita se señalan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIEZ DE MARZO DE DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la testimonial a cargo de Alejandro de la Luz Martínez; por lo hace a su presentación, toda vez que este órgano jurisdiccional ha agotado todos los medios a su alcance para lograr su localización, sin resultados positivos; en tal virtud, con fundamento en los artículos 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 83, párrafo primero, del Código Federal de Procedimientos Penales, cítese a Alejandro de la Luz Martínez por medio de la publicación de Edicto en el periódico nacional Excelsior, y toda vez que este Juzgado, no cuenta con recursos económicos y materiales para realizar dicha publicación, respetuosamente gírese atento oficio al Director General de Comunicación Social del Consejo de la Judicatura Federal, para que instruya a quien corresponda realice los trámites correspondientes para la publicación del presente proveído en dicho medio informativo y Diario Oficial el tres de marzo de dos mil ocho, por lo cual se solicita atentamente envíe a este órgano jurisdiccional un ejemplar que contenga la publicación del edicto correspondiente.
Finalmente, gírese oficio al DIRECTOR DEL RECLUSORIO PREVENTIVO VARONIL NORTE DEL DISTRITO FEDERAL de esta ciudad, a efecto que, con las seguridades del caso y bajo su más estricta responsabilidad, presente al procesado GUILLERMO ALFREDO MORALES GARCIA el día y hora señalados, tras la reja de prácticas de este órgano jurisdiccional; con apercibimiento que en caso de incumplimiento a este mandato judicial o de no informar con anticipación el impedimento legal o material que tuviere para ello, se le impondrá como medida de apremio, una multa por el equivalente a TREINTA DIAS de salario mínimo vigente en esta zona económica, de conformidad con lo dispuesto en el referido numeral 44, fracción I, del código adjetivo de la materia y fuero.
NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.
Así lo proveyó SILVIA CARRASCO CORONA, Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, ante Raymundo Serrano Nolasco, Secretario que autoriza y da fe. Doy Fe…”.
La Juez de Distrito
Silvia Carrasco Corona
Rúbrica.
El Secretario de Juzgado
Raymundo Serrano Nolasco
Rúbrica.
PROFUTURO G.N.P., S.A. DE C.V., AFORE
AVISO
Estimado Trabajador:
Por este medio se hace de tu conocimiento respecto a la modificación al régimen de inversión de la Sociedad de Inversión Básica 2 que administra Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., AFORE. Asimismo se te informa que a partir del día 31 de marzo de 2008, las nuevas Sociedades de Inversión Básicas 3, 4 y 5 que administra Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., AFORE comenzarán a recibir recursos de las cuentas individuales de los trabajadores, por lo que tendrás un plazo de 30 días naturales siguientes a la publicación de este comunicado, para elegir la o las Sociedades de Inversión Básicas a las que desees transferir tus recursos siempre que cumplan con los requisitos señalados en el respectivo prospecto de información. En caso de no ejercer tu derecho de elección, tus recursos serán transferidos a la sociedad de inversión básica que te corresponda conforme a tu edad.
Para
mayor información contáctanos: Unidad Especializada de
Atención al Público, 58 09 65 55 del D.F.
al 01 800
71 55 555 del interior de la República sin costo, de lunes a
viernes de 8:00 a 20:00 horas y sábados de 9:00 a 14:00 horas.
México, D.F., a 3 de marzo de 2008.
Apoderado Legal
Lic. Lorenzo Noyola León
Rúbrica.
(R.- 263829)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de la Función Pública
Organo Interno de Control en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Area de Responsabilidades
Dirección de Inconformidades y Sanciones
Expediente SAN/023/2007
Oficio 09/000/000982/2008
Asunto: notificación por edictos
Notificación a: “DESARROLLOS CODEV”, S.A. DE C.V.
En los autos del expediente administrativo SAN/023/2007, el doce de diciembre de dos mil siete, se dictó el oficio número 09/000/012389/2007; del cual se extrae el siguiente resumen:
Con
fundamento en los artículos 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones XXI y
XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 33, fracción XIV, 77 y 78, fracción IV de la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Mismas;
66 y 217 de su Reglamento; 2, 3, 35, fracción III, 37, 38
párrafo tercero, y 72, y demás relativos y aplicables
de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 67 fracción
I, numeral 5 del Reglamento Interior de Secretaría de la
Función Pública; cuarto y quinto del Acuerdo por el que
se describen orgánicamente las unidades administrativas de la
Secretaría de la Función Pública y se establece
la subordinación jerárquica de servidores públicos
previstos en su Reglamento Interior, 2 y 8 del Reglamento Interior de
la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; se le notifica
el inicio del procedimiento para determinar posibles infracciones a
la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas y, en su caso, imponerle las sanciones administrativas que se
regulan por el título séptimo, capítulo único
de dicho ordenamiento, en virtud de que derivado de su participación
en la licitación pública nacional número
00009044-016-06, relativa a la: “construcción de un
cuerpo nuevo del lado izquierdo con un ancho de corona de 10.50 m.
incluye trabajos de terracerías, obras de drenaje,
pavimentación, obras complementarias, obras inducidas y
señalamiento horizontal y vertical del kilómetro
155+000 al 163+000 y la rehabilitación y ampliación del
cuerpo existente de 7.00 m. a 10.50 m. de corona del kilómetro
155+000 al 163+000 y la ampliación del entronque Las Arcinas
del tramo: límite de estados S.L.P./Zac.-Las Arcinas, de la
carretera: San Luis Potosí-Zacatecas, en el Estado de
Zacatecas”, presentó un convenio de participación
conjunta con las empresas “CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES
BURBAN”, S.A. DE C.V. y “CONSTRUCTORA ANGULAR”,
S.A. DE C.V., ante el centro SCT Zacatecas; documento que el
representante legal de la empresa “CONSTRUCTORA ANGULAR”,
S.A. DE C.V., mediante escritos de fechas ocho y treinta y uno de
enero de dos mil siete, presentados ante el Director General del
Centro SCT Zacatecas y el Director General de Inconformidades de la
Secretaría de la Función Pública,
respectivamente, manifestó en esencia, que de manera ilegal ha
sido utilizada su empresa para participar
en esa licitación,
ya que no se formalizó el convenio presentado por la empresa
“DESARROLLOS CODEV,” S.A. DE C.V., en tal virtud, ni lo
ratifica ni lo reconoce, toda vez que la firma que ahí aparece
no fue estampada del puño y letra del promovente en su
carácter de Representante Legal de la Empresa “CONSTRUCTORA
ANGULAR,” S.A. DE C.V., desconociendo el contenido y los
alcances de dicho convenio, deslindándose de cualquier
responsabilidad y obligaciones que se generarán con motivo del
mismo y por ende de la licitación pública nacional
número 00009044-16-06; por lo que existen elementos para
establecer que esa empresa, probablemente infringió las
disposiciones contenidas en los artículos 77 y 78 fracción
IV, de la citada Ley, ya que presentó ante la Dirección
General del Centro SCT Zacatecas, convenio de asociación
solidaria y mancomunada con las empresas “CONSTRUCCIONES Y
REMODELACIONES BURBAN”,
S.A. DE C.V. y “CONSTRUCTORA
ANGULAR”, S.A. DE C.V., el cual supuestamente no fue suscrito
por el representante legal de “CONSTRUCTORA ANGULAR”,
S.A. DE C.V., constituyéndose así en probable
información falsa ante el CENTRO SCT ZACATECAS.
Por tal motivo, tiene quince días hábiles contados a partir del día siguiente de su última publicación, de conformidad con el artículo 72 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para exponer lo que a su derecho convenga y, en su caso, aporte las pruebas que estime pertinentes, en el Centro Nacional SCT avenida Xola esquina avenida Universidad, cuerpo “A” tercer piso, ala Poniente, colonia Narvarte, código postal 03020, Delegación Benito Juárez, en esta ciudad, en donde además podrá consultar el expediente sobre el presente asunto, apercibiéndole de que si en dicho plazo no lo hace, precluirá su derecho en términos del artículo 288 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria. Asimismo, de conformidad con los artículos 305, 306, 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en la esfera administrativa, deberá señalar domicilio en el Distrito Federal para recibir notificaciones, apercibido que en caso de no hacerlo, las subsecuentes se harán por rotulón.
Así lo proveyó y firma el Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
México, D.F., a 15 de febrero de 2008.
Lic. Evedardo Cruz Esquinca
Rúbrica.
(R.- 263577)
AFORE ARGOS, S.A. DE C.V.
ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO
INFORMA AL PUBLICO EN GENERAL
De
conformidad con lo establecido en la Circular 15-19 “Reglas
Generales que establecen el régimen de inversión al que
deberán sujetarse las Sociedades de Inversión
Especializadas de Fondos para el Retiro” emitida por la
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de julio
de 2007, modificada y adicionada por la Circular 15-20 de la referida
Comisión, publicada en el mismo medio el 12 de agosto de 2007,
se hace del conocimiento del público en general que, a partir
del lunes 31 de marzo de 2008, se modifica el Régimen de
Inversión aplicable a la Siefore Argos 2,
y que las nuevas
Sociedades de Inversión Básicas Siefore Argos 3 Básica,
Siefore Argos 4 y Siefore Argos 5, recibirán los recursos de
las cuentas individuales de los trabadores afiliados que así
lo decidan.
De igual manera, se informa que cada trabajador tendrá derecho a elegir, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de la publicación de este comunicado, a la(s) Sociedad de Inversión Básica(s) a la que desee transferir recursos de su cuenta individual siempre que cumplan con los requisitos señalados en la normatividad aplicable y en el respectivo prospecto de información.
Por último, se hace de su conocimiento que los trabajadores podrán solicitar en cualquier tiempo la transferencia de sus recursos de una Sociedad de Inversión Básica a otra Sociedad de Inversión Básica de su elección distinta de la que le corresponda por su edad, siempre que esta última invierta los recursos de trabajadores de igual o mayor edad.
México, D.F., a 3 de marzo de 2008.
Director de Administración y Operaciones
L.C. Francisco Delgado Jiménez
Rúbrica. (R.- 263828)
SEGUROS BANAMEX, S.A. DE C.V.
INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX
Nota aclaratoria al estado de resultados al 31 de diciembre de 2007, de SEGUROS BANAMEX, S.A. DE C.V. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, publicado el 25 de febrero de 2008, en la Primera Sección, páginas: 95-96:
El agrupador 740 no debe de presentarse debiendo ser el 625 por un importe de (70,044,524.92).
Atentamente
México, D.F., a 26 de febrero de 2008.
Contralor
C.P. Gustavo Hornedo Huerta
Rúbrica.
(R.- 263832)
PENSIONES BANAMEX, S.A. DE C.V.
INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX
Nota aclaratoria al estado de resultados al 31 de diciembre de 2007, de PENSIONES BANAMEX, S.A. DE C.V. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, publicado el 25 de febrero de 2008, en la Primera Sección, páginas: 98-99:
El agrupador 740 no debe de presentarse debiendo ser el 625 por un importe de 0.00.
Atentamente
México, D.F., a 26 de febrero de 2008.
Contralor
C.P. Gustavo Hornedo Huerta
Rúbrica.
(R.- 263834)
SU PRESTADORA DE SERVICIOS MEXICANA, S.A. DE C.V.
ACUERDO DE REDUCCION DE CAPITAL SOCIAL
Con fundamento en lo establecido por el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se comunica el acuerdo de reducción de capital social de la sociedad denominada SU PRESTADORA DE SERVICIOS MEXICANA, S.A. DE C.V., adoptado mediante asamblea general extraordinaria y ordinaria de accionistas celebrada con fecha 24 de enero de 2008, en la que se resolvió reducir el capital mínimo fijo de la sociedad en la cantidad de $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), mediante la cancelación de 200 acciones.
En
virtud de lo anterior, se procedió al reembolso de la cantidad
de $12.7729 (DOCE PESOS 7729/100) por
cada una de las 200 acciones canceladas propiedad de los accionistas
Super Servicio Lomas, S.A. de C.V.,
y
Velmar Automotriz, S.A. de C.V.
México, D.F., a 31 de enero de 2008.
Delegado Especial
Xavier Mangino Dueñas
Rúbrica.
(R.- 262643)
AFORE COPPEL S.A. DE C.V.
AVISO
Afore Coppel S.A. de C.V., en apego a lo dispuesto por el artículo 12 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro hace del conocimiento de los trabajadores registrados en esta Administradora lo siguiente:
I. Que derivado de la publicación de la Circular CONSAR 15-19 “Reglas generales que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro” se ha modificado el régimen de inversión de la sociedad de inversión denominada SIEFORE COPPEL BASICA 2 S.A. de C.V., con el propósito de invertir los recursos de los trabajadores entre 46 y 55 de edad, y que no hayan elegido invertir sus recursos en la sociedad de inversión denominada SIEFORE COPPEL BASICA 1 S.A. de C.V.
II. La fecha en que las sociedades de inversión denominadas SIEFORE COPPEL BASICA 3 S.A. de C.V., SIEFORE COPPEL BASICA 4 S.A. de C.V. y SIEFORE COPPEL BASICA 5 S.A. de C.V. comenzarán a recibir los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores será el 28 de marzo de 2008.
III. Es preciso señalar, el derecho que asiste a los trabajadores a elegir la o las Sociedades de Inversión Básicas a las que deseen transferir sus recursos siempre que cumplan con los requisitos señalados en el respectivo prospecto de información, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de envío del comunicado en el que se indica la constitución de las sociedades de inversión denominadas SIEFORE COPPEL BASICA 3 S.A. de C.V., SIEFORE COPPEL BASICA 4 S.A. de C.V. y SIEFORE COPPEL BASICA 5 S.A. de C.V.
En el supuesto de que el trabajador no ejerza su derecho de elección mencionado en el numeral anterior, sus recursos se invertirán en la Sociedad de Inversión Básica de acuerdo a su edad.
México, D.F., a 25 de febrero de 2008.
Representante Legal
Afore Coppel S.A. de C.V.
Mauricio Adrián Alarcón Montes de Oca
Rúbrica.
(R.- 263669)
ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO BANCOMER, S.A. DE C.V.
INFORMA:
Que Siefore Bancomer Real, S.A. de C.V., Sociedad Básica 2, ha modificado su objeto social y consecuentemente su régimen de inversión, con el propósito de invertir en ella los recursos de los trabajadores entre 46 y 55 años de edad y que no hayan elegido invertir sus recursos en Siefore Bancomer Protege, S.A. de C.V., (Siefore Básica 1); asimismo a partir del lunes 31 de marzo de 2008, las nuevas Sociedades de Inversión, Siefore Bancomer Progresa, S.A. de C.V., Siefore Bancomer Adelante, S.A. de C.V. y Siefore Bancomer Emprende, S.A. de C.V., Siefores Básicas 3, 4 y 5, respectivamente, recibirán los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores afiliados que así lo decidan, de conformidad con lo establecido en la Circular CONSAR 15-19 “Reglas Generales que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de julio de 2007, modificada y adicionada por la Circular CONSAR 15-20, publicada en el mismo medio informativo el 1 de agosto de 2007.
Finalmente, le informamos que cada trabajador tendrá derecho a elegir, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de este comunicado, la o las Sociedades de Inversión Básicas a las que desee transferir los recursos siempre que cumplan con los requisitos señalados en el respectivo Prospecto de Inversión. En caso de que el trabajador no ejerza su derecho de elección sobre la o las Sociedades de Inversión en las que desea se inviertan sus recursos, éstos serán transferidos a la Sociedad de Inversión Básica que corresponda de acuerdo a la edad del trabajador, a saber:
México, D.F., a 25 de febrero de 2008.
Apoderado Legal
Lic. María Cecilia Acuña Calzada
Rúbrica.
(R.- 263672)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas vigentes son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,244.00
2/8 de plana $ 2,488.00
3/8 de plana $ 3,732.00
4/8 de plana $ 4,976.00
6/8 de plana $ 7,464.00
1 plana $ 9,952.00
1 4/8 planas $ 14,928.00
2 planas $ 19,904.00
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
AFORE INVERCAP, S.A. DE C.V.
En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 12 y 13 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Afore Invercap, S.A. de C.V., hace del conocimiento de sus trabajadores registrados y asignados, lo siguiente:
a) El objeto social de la Siefore Invercap, S.A. de C.V., identificada como Siefore Básica 1, ha sido modificado con el propósito de invertir en ella los recursos de los trabajadores de 56 años de edad y mayores, así como los recursos de los trabajadores que tengan menos de 56 años de edad que hayan elegido invertir sus recursos en esta sociedad, provenientes de las Subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; de la Subcuenta del seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de los trabajadores inscritos en el ISSSTE; del Seguro de Retiro y de Ahorro para el Retiro; el Ahorro Voluntario; las Inversiones Obligatorias de las Administradoras; así como otros recursos que se deban invertir en las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro de conformidad con las leyes de seguridad social.
b) En torno al régimen de inversión, la Siefore Invercap, S.A. de C.V., invertirá los recursos administrados en términos de las Reglas Décima Octava a Vigésima Cuarta de la Circular CONSAR 15-19 y sus modificaciones y adiciones contenidas en la Circular CONSAR 15-20, que establecen las Reglas Generales que señalan el Régimen de Inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro, expedidas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
c) El objeto social de la Siefore Invercap II, S.A. de C.V., identificada como Siefore Básica 2, ha sido modificado con el propósito de invertir en ella los recursos de los trabajadores entre 46 y 55 años de edad y de aquellos que no hayan elegido invertir sus recursos en la Siefore Invercap, S.A. de C.V., provenientes de las Subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; de la Subcuenta del seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de los trabajadores inscritos en el ISSSTE; del Seguro de Retiro y de Ahorro para el Retiro; las Aportaciones Complementarias de Retiro; de Ahorro a Largo Plazo y Voluntarias con Perspectivas de Inversión de Largo Plazo; las Inversiones Obligatorias de las Administradoras; así como otros recursos que se deban invertir en las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro de conformidad con las leyes de seguridad social.
d) Respecto al régimen de inversión, la Siefore Invercap II, S.A. de C.V., invertirá los recursos administrados en términos de las Reglas Vigésima Séptima a Trigésima Segunda de la Circular CONSAR 15-19 y sus modificaciones y adiciones contenidas en la Circular CONSAR 15-20, que establecen las Reglas Generales que señalan el Régimen de Inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro, expedidas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Por otro lado, Afore Invercap, S.A. de C.V., comunica a sus trabajadores registrados y asignados que tiene a su disposición los prospectos de información y folletos explicativos de sus sociedades de inversión especializadas en fondos de ahorro para el retiro.
Del
mismo modo Afore Invercap, S.A. de C.V., a fin de invertir sus
recursos en instrumentos que le darán una relación
apropiada entre edad, seguridad, rendimiento y tomando en
consideración los años que le faltan para su retiro,
cuenta con tres nuevos fondos denominados Siefore Invercap III, S.A.
de C.V., identificada como Siefore Básica 3 y creada para los
trabajadores entre 37 y 45 años de edad, Siefore Invercap
IV,
S.A. de C.V., identificada como Siefore Básica 4 y
creada para los trabajadores entre 27 y 36 años de edad y
Siefore Invercap V, S.A. de C.V., identificada como Siefore Básica
5 y creada para los trabajadores de 26 años y menores. Una vez
que dichas sociedades hayan iniciado operaciones, recibirán
sus recursos a partir del día 31 de marzo de 2008.
Como se informó con anterioridad, Afore Invercap S.A. de C.V., reitera a sus trabajadores registrados y asignados que podrán ejercer el derecho de elegir la sociedad de inversión especializada en fondos para el retiro a la que deseen transferir sus recursos hasta el 28 de marzo del año en curso, siempre que cumplan con los requisitos señalados en el respectivo prospecto de información.
A partir del 31 de marzo de 2008 y en caso de que no se haya ejercido el derecho contemplado en el párrafo que antecede, Afore Invercap, S.A. de C.V., podrá transferir a otra u otras sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro, los recursos que hubieren estado invertidos en la sociedad de inversión especializada para el retiro cuyo objeto se modifique y que no correspondan al tipo de recursos a conservar, siempre y cuando el objeto y régimen de inversión de dicha sociedad a la que se transferirá, sean compatibles con el tipo de recursos y edad de que se trate, considerando aquella que más beneficie a los trabajadores registrados y asignados.
Para cualquier duda, aclaración o información adicional al respecto, los trabajadores podrán comunicarse al teléfono 01 800 522 AFORE (23673) (lada sin costo) de lunes a viernes, de 8:30 a 20:30 horas.
San Pedro Garza García, N.L., a 3 de marzo de 2008.
Afore InverCap, S.A. de C.V.
Representante Legal
Eduardo José Villarreal Morales
Rúbrica.
(R.- 263595)
AFORE BANAMEX, S.A. DE C.V.
AVISO
Afore Banamex, S.A. de C.V., en cumplimiento al Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y demás disposiciones aplicables, informa lo siguiente:
I.
Se
hace del conocimiento de los trabajadores registrados y asignados en
esta Afore que en términos de la Circular CONSAR 15-19 y sus
modificaciones, se ha reformado el objeto social de Siefore
Banamex
Básica 2, S.A. de C.V. (Siefore Básica 2),
para que se inviertan en esta Sociedad los recursos de los
trabajadores de 46 a 55 años de edad.
II. Con la aprobación de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), se han constituido tres nuevas Sociedades de Inversión Básicas, con las características siguientes:
a)
Siefore
Banamex Básica 3, S.A. de C.V., (Siefore Básica 3) en
la que se invertirán los recursos de
los trabajadores que
tengan de 37 a 45 años de edad;
b)
Siefore
Banamex Básica 4, S.A. de C.V., (Siefore Básica 4) en
la que se invertirán los recursos
de los trabajadores que
tengan de 27 a 36 años de edad, y
c) Siefore Banamex Básica 5, S.A. de C.V., (Siefore Básica 5) en la que se invertirán los recursos de los trabajadores que tengan menos de 27 años de edad.
III. Las tres nuevas Sociedades de Inversión Básicas comenzarán a recibir los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores el 28 de marzo de 2008, mediante la transferencia libre de pago de la parte proporcional de la cartera de Siefore Básica 2 que represente el valor de los recursos a traspasar a las referidas Sociedades de Inversión (Corte Transversal).
IV. El nuevo régimen de inversión de Siefore Básica 2, Siefore Básica 3, Siefore Básica 4 y Siefore Básica 5, establecido en la Circular CONSAR 15-19 y sus modificaciones, deberá observarse a partir del 31 de marzo de 2008.
V. Los trabajadores han tenido el derecho a elegir, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de envío del comunicado adjunto al estado de su cuenta individual al 31 de diciembre de 2007, la transferencia de sus recursos a una Sociedad de Inversión Básica distinta a la que les corresponde por su edad, siempre que se trate de una Sociedad de Inversión Básica en la que se inviertan recursos de trabajadores de mayor edad a la suya.
VI. En caso de no ejercer el derecho de elección mencionado, los recursos de los trabajadores se invertirán en la Sociedad de Inversión Básica que les corresponda de acuerdo con su edad.
VII. Lo anterior, sin perjuicio de que en cualquier tiempo posterior a la fecha del Corte Transversal los trabajadores puedan solicitar la transferencia de sus recursos a una Sociedad de Inversión Básica distinta de la que les corresponda por su edad, siempre que esta última invierta los recursos de trabajadores de igual o mayor edad.
VIII. En Afore Banamex, S.A. de C.V., se encuentran disponibles los prospectos de información y sus folletos explicativos, que son los documentos que en términos legales constituyen la fuente oficial de información respecto de las políticas de operación e inversión de Siefore Básica 2 y de las nuevas Siefores Básicas 3, 4 y 5.
IX.
Los
recursos correspondientes a las subcuentas de aportaciones
voluntarias y de aportaciones de ahorro a largo plazo que se
encuentran invertidos en Siefore Banamex de Ahorro Voluntario, S.A.
de C.V.,
y Siefore Banamex de Ahorro Voluntario Plus, S.A. de
C.V., no se encuentran comprendidos en el Corte Transversal.
X. Para cualquier duda, aclaración o información adicional, los trabajadores podrán comunicarse a los teléfonos 226-23673 en el Distrito Federal y área metropolitana, así como al 01 800-28-23673 del interior de la República sin costo alguno.
México, D.F., a 3 de marzo de 2008.
Director General
Afore Banamex, S.A. de C.V.
Iván Marcel Wulf Andrade
Rúbrica.
(R.- 263795)
EN LIQUIDACION
BALANCE GENERAL FINAL POR LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
pesos
ACTIVO
Caja 51,565
Suma el Activo 51,565
INVERSION DE LOS ACCIONISTAS
Capital Social 64,876
Reserva Legal 21,227
Resultados Acumulados 68,947
Resultado del Ejercicio -103,485
Suma la inversión de los Accionistas 51,565
México, D.F., a 14 de enero de 2008.
Liquidadores
C.P. Marcelo Javier Gaume C.P. Raúl Chávez Martínez
Rúbrica. Rúbrica.
De conformidad con lo dispuesto por la fracción I del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a continuación se indica el haber social que le corresponde a cada uno de los accionistas:
Techint, S.A. de C.V. 51,564
Constructora Mexicana Electromecánica y de Instrumentación, S.A. de C.V. 1
ELINA DEL GOLFO, S.A. DE C.V.
EN LIQUIDACION
ESTADO DE RESULTADOS FINAL POR LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
pesos
Gastos de Liquidación 103,485
Resultado del Ejercicio -103,485
México, D.F., a 14 de enero de 2008.
Liquidadores
C.P. Marcelo Javier Gaume C.P. Raúl Chávez Martínez
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 263184)
PROYECTOS LAGUNA VERDE, S.A. DE C.V.
EN LIQUIDACION
BALANCE GENERAL FINAL POR LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
pesos
ACTIVO
Caja 0
Suma el Activo 0
INVERSION DE LOS ACCIONISTAS
Capital Social 50,000
Resultados Acumulados -1,491
Resultado del Ejercicio -48,509
Suma la inversión de los Accionistas 0
México, D.F., a 14 de enero de 2008.
Liquidadores
C.P. Marcelo Javier Gaume C.P. Raúl Chávez Martínez
Rúbrica. Rúbrica.
De conformidad con lo dispuesto por la fracción I del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a continuación se indica el haber social que le corresponde a cada uno de los accionistas:
Techint, S.A. de C.V. 0
Senermex, Ingeniería y sistemas, S.A. de C.V. 0
PROYECTOS LAGUNA VERDE, S.A. DE C.V.
EN LIQUIDACION
ESTADO DE RESULTADOS FINAL POR LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
pesos
Gastos de Liquidación 48,509
Resultado del Ejercicio -48,509
México, D.F., a 14 de enero de 2008.
Liquidadores
C.P. Marcelo Javier Gaume C.P. Raúl Chávez Martínez
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 263194)
Petróleos Mexicanos
Dirección Corporativa de Administración
de Petróleos Mexicanos
Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales de Petróleos Mexicanos, a través de la Subdirección Corporativa de Administración Patrimonial, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones públicas, que se mencionan para la enajenación onerosa de los bienes muebles, localizados en el ACN. Tula, en Atitalaquia, Hgo. y que en seguida se enlistan:
La verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan los bienes del 3 de marzo al 26 de marzo de 2008, en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.
Las bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta y adquisición en la página http://www.sucap.pemex.com, así como en el domicilio de la convocante, sito en Marina Nacional 329, Torre Ejecutiva, piso 34, colonia Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria. Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Su costo será de $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido.
El pago de las bases de la presente convocatoria, deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el formato que genera el sistema electrónico en la página: http://www.sucap.pemex.com o acudiendo directamente a nuestras oficinas.
El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas 77070 U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Para participar en las licitaciones públicas, es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco la confirmación de pago del interesado.
El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 27 de marzo de 2008 a las 10:00 horas, en el domicilio de la convocante arriba señalado.
El acto de fallo se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas, en el mismo lugar.
Las ofertas deberán estar referidas a una o varias licitaciones y deberán ser garantizadas mediante depósito bancario, cheque de caja, giro bancario, orden de pago irrevocable o transferencia bancaria, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe no podrá ser inferior al 20% del monto del valor para venta.
De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda.
Para mayor información favor de llamar a los teléfonos 19-44-96-30 o 19-44-96-31, fax 19-44-95-46.
México, D.F., a 3 de marzo de 2008.
El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Lic. Juan Zuani González
Rúbrica.
(R.- 263809)
PROTECCION AGROPECUARIA COMPAÑIA DE SEGUROS, S.A.
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
El presente balance general se formuló de conformidad con las disposiciones emitidas en materia de contabilidad por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose correctamente reflejadas en su conjunto, las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.
Las notas de revelación que forman parte integrante de los estados financieros, se ubican en la página electrónica: www.proagroseguros.com.mx/informacionfinanciera.html.
El presente balance general fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.
México, D.F., a 31 de enero de 2008.
Presidente del Consejo de Administración Director General
Lic. Oscar Zepeda Sotomayor Lic. Juan Carlos Cortés García
Rúbrica. Rúbrica.
Director de Contabilidad y Presupuesto Director de Auditoría Interna
L.C. Javier Memije Rueda C.P. Roberto Sandoval Muñoz
Rúbrica. Rúbrica.
PROTECCION AGROPECUARIA COMPAÑIA DE SEGUROS, S.A.
ESTADO DE RESULTADOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
El presente estado de resultados se formuló de conformidad con las disposiciones en materia de contabilidad emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose reflejados todos los ingresos y egresos derivados de las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.
El presente estado de resultados fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.
México, D.F., a 31 de enero de 2008.
Presidente del Consejo de Administración Director General
Lic. Oscar Zepeda Sotomayor Lic. Juan Carlos Cortés García
Rúbrica. Rúbrica.
Director de Contabilidad y Presupuesto Director de Auditoría Interna
L.C. Javier Memije Rueda C.P. Roberto Sandoval Muñoz
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 263818)
HSBC FIANZAS, S.A.
GRUPO FINANCIERO HSBC
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
(cifras en pesos constantes)
100 Activo
110 Inversiones 426,602,228.46
111 Valores y Operaciones con Productos Derivados 426,602,228.46
112 Valores 426,602,228.46
113 Gubernamentales 323,494,152.17
114 Empresas Privadas 95,559,182.02
115 Tasa Conocida 51,637,568.44
116 Renta Variable 43,921,613.58
117 Extranjeros -
118 Valores Otorgados en Préstamo -
119 Valuación Neta 6,888,241.61
120 Deudores por Intereses 660,652.66
121 (-) Estimación para Castigos -
122 Operaciones con Productos Derivados -
123 Préstamos -
124 Con Garantía 101,675.42
125 Quirografarios -
126 Descuentos y Redescuentos -
127 Cartera Vencida -
128 Deudores por Intereses -
129 (-) Estimación para Castigos 101,675.42
130 Inmobiliarias -
131 Inmuebles -
132 Valuación Neta -
133 (-) Depreciación -
134 Inversiones para Obligaciones Laborales al Retiro 1,292.00
135 Disponibilidad 2,818,291.88
136 Caja y Bancos 2,818,291.88
137 Deudores 8,230,297.46
138 Por Primas 3,892,981.84
139 Agentes 5,716.26
140 Documentos por Cobrar -
141 Deudores por Responsabilidades de
Fianzas por Reclamaciones Pagadas (579,479.03)
142 Préstamos al Personal -
143 Otros 4,930,238.12
144 (-) Estimación para Castigos 19,159.73
145 Reafianzadores 605,242.99
146 Instituciones de Fianzas 461,883.44
147 Primas Retenidas por Reafianzamiento Tomado -
148 Otras Participaciones 143,359.55
149 Intermediarios de Reafianzamiento -
150 Participación de Reafianzadoras en la Reserva de Fianzas en Vigor -
151 (-) Estimación para Castigos -
152 Otros Activos 18,418,524.11
153 Mobiliario y Equipo -
154 Activos Adjudicados 1,112,700.00
155 Diversos 17,305,824.11
156 Gastos Amortizables -
157 (-) Amortización -
158 Productos Derivados -
Suma del Activo 456,675,876.90
200 Pasivo
210 Reservas Técnicas 193,088,745.87
211 Fianzas en Vigor 25,979,323.50
212 Contingencia 167,109,422.37
213 Especiales -
214 Reserva para Obligaciones Laborales al Retiro 1,292.00
215 Acreedores 884,503.31
216 Agentes 18,139.16
217 Acreedores por Responsabilidades de Fianzas -
218 Diversos 866,364.15
219 Reafianzadores 2,830,009.32
220 Instituciones de Fianzas 2,830,009.32
221 Depósitos Retenidos -
222 Otras Participaciones -
223 Intermediarios de Reafianzamiento -
224 Operaciones con Productos Derivados -
225 Financiamientos Obtenidos -
226 Emisión de Deuda -
227 Por Obligaciones Subordinadas No
Susceptibles de Convertirse en Acciones -
228 Otros Títulos de Crédito -
229 Contratos de Reaseguro Financiero -
230 Otros Pasivos 29,166,686.22
231 Provisiones para la Participación de Utilidades al Personal -
232 Provisiones para el Pago de Impuestos 4,244,670.49
233 Otras Obligaciones 24,922,015.73
234 Créditos Diferidos -
Suma del Pasivo 225,971,236.72
300 Capital
310 Capital Pagado 250,039,319.85
311 Capital Social 276,538,121.64
312 (-) Capital No Suscrito 26,498,801.79
313 (-) Capital No Exhibido -
314 (-) Acciones Propias Recompradas -
315 Obligaciones Subordinadas de Conversión Obligatoria a Capital -
316 Reservas 90,945,702.16
317 Legal 90,945,702.16
318 Para Adquisición de Acciones Propias -
319 Otras -
320 Superávit por Valuación 29,914,434.54
321 Subsidiarias -
322 Efectos de Impuestos Diferidos -
323 Resultados en Ejercicios Anteriores 440,703,256.49
324 Resultado del Ejercicio 1,804,323.99
325 Exceso o Insuficiencia en la Actualización del Capital Contable (582,702,396.85)
Suma del Capital 230,704,640.18
Suma del Pasivo y Capital 456,675,876.90
800 Orden
810 Valores en Depósito 41,417,642.90
820 Fondos en Administración 2,418,017,581.38
830 Responsabilidades por Fianzas en Vigor 4,324,081,458.30
840 Garantías de Recuperación por Fianzas Expedidas 11,813,111,638.05
850 Reclamaciones Recibidas Pendientes de Comprobación 184,729,476.76
860 Reclamaciones Contingentes 232,568,987.60
870 Reclamaciones Pagadas y Canceladas 73,807,777.40
880 Recuperación de Reclamaciones Pagadas 3,089,398.80
890 Pérdida Fiscal por Amortizar -
900 Reserva por Constituir para Obligaciones Laborales al Retiro -
910 Cuentas de Registro 783,032,614.81
920 Operaciones con Productos Derivados -
921 Operaciones con Valores Otorgados en Préstamo -
920 Garantías Recibidas por Derivados -
El capital pagado incluye la cantidad de $597,049.00 moneda nacional, originada por la capitalización parcial del superávit por valuación de inmuebles.
Dentro de los rubros de "Inmuebles" y de "Mobiliario y Equipo", la(s) cantidad(es) de $0.00 y de $0.00, respectivamente, representa(n) activos adquiridos en arrendamiento financiero.
El presente balance general se formuló de conformidad con las disposiciones emitidas en materia de contabilidad por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose correctamente reflejadas en su conjunto, las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.
Las notas de revelación que forman parte integrante de los estados financieros, se ubican en la página electrónica: http://www.hsbc.com.mx/aptrix/internetpub.nsf/Content/PorqueHacerNegocios
Las reservas técnicas han sido dictaminadas por el Actuario Alberto Elizarraras Zuloaga del Despacho Técnica Actuarial, S.A. de C.V.
El presente balance general fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.
Director General C.P. Eduardo Ramos Tercero Rúbrica. |
Director de Finanzas C.P. Oscar M. Castillo Monroy Rúbrica. |
Director General Adjunto de Auditoría Christopher Roy Bentley Rúbrica. |
Gerente de Contabilidad C.P. Cornelio de la Cruz Peña Rúbrica. |
HSBC FIANZAS, S.A.
GRUPO FINANCIERO HSBC
ESTADO DE RESULTADOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
(cifras en pesos constantes)
400 Primas
410 Emitidas 45,430,432.38
420 (-) Cedidas 20,345,437.90
430 De Retención 25,084,994.48
440 (-) Incremento Neto de la Reserva de Riesgos
en Curso y de Fianzas en Vigor (20,282,157.81)
450 Primas de Retención Devengadas 45,367,152.29
460 (-) Costo Neto de Adquisición (5,351,797.94)
470 Comisiones a Agentes 171,745.34
480 Comisiones por Reafianzamiento Tomado 384,584.09
490 (-) Comisiones por Reafianzamiento Cedido 5,936,934.78
500 Cobertura de Exceso de Pérdida -
510 Otros 28,807.41
520 (-) Costo Neto de Reclamaciones 7,990,796.03
530 Reclamaciones 7,990,796.03
540 (-) Reclamaciones Recuperadas del Reaseguro
y Reafianzamiento No Proporcional -
550 Utilidad (Pérdida) Técnica 42,728,154.20
560 (-) Incremento Neto de Otras Reservas Técnicas (4,813,325.86)
570 Incremento a la Reserva de Contingencia (4,813,325.86)
580 Incremento a la Reserva Complementaria por
Calidad de Reaseguradoras Extranjeras -
585 Resultado de Operaciones Análogas y Conexas 4,670,302.11
590 Utilidad (Pérdida) Bruta 52,211,782.17
600 (-) Gastos de Operación Netos 58,057,535.49
610 Gastos Administrativos y Operativos 58,011,314.86
620 Remuneraciones y Prestaciones al Personal 44,316.90
630 Depreciaciones y Amortizaciones 1,903.73
640 Utilidad (Pérdida) de la Operación (5,845,753.32)
650 Resultado Integral de Financiamiento 11,683,407.16
660 De Inversiones 17,122,149.69
670 Por Venta de Inversiones 6,711,667.28
680 Por Valuación de Inversiones 5,730,867.07
700 Por Emisión de Instrumentos de Deuda -
710 Por Reaseguro Financiero -
720 Otros (2,855,414.14)
730 Resultado Cambiario 343,910.41
740 (-) Resultado por Posición Monetaria 15,369,773.15
750 Utilidad (Pérdida) antes de ISR, PTU y PRS 5,837,653.84
760 (-) Provisión para el Pago del
Impuesto Sobre la Renta 4,033,329.85
770 (-) Provisión para la Participación
de Utilidades al Personal -
780 Participación en el Resultado de Subsidiarias -
790 Utilidad (Pérdida) del Ejercicio 1,804,323.99
El presente estado de resultados se formuló de conformidad con las disposiciones en materia de contabilidad emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose reflejados todos los ingresos y egresos derivados de las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.
Las notas de revelación que forman parte integrante de los estados financieros, se ubican en la página electrónica: http://www.hsbc.com.mx/aptrix/internetpub.nsf/Content/PorqueHacerNegocios
Las reservas técnicas han sido dictaminadas por el Actuario Alberto Elizarraras Zuloaga del Despacho Técnica Actuarial, S.A. de C.V.
El presente estado de resultados fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.
México, D.F., a 28 de febrero de 2008.
Director General C.P. Eduardo Ramos Tercero Rúbrica. |
Director de Finanzas C.P. Oscar M. Castillo Monroy Rúbrica. |
Director General Adjunto de Auditoría Christopher Roy Bentley Rúbrica. |
Gerente de Contabilidad C.P. Cornelio de la Cruz Peña Rúbrica. |
HSBC FIANZAS, S.A.
GRUPO FINANCIERO HSBC
ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
NOTAS DE REVELACION EN MATERIA DE COMISIONES CONTINGENTES CONFORME A LA CIRCULAR F-11.1.1 DE LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS.
En el ejercicio 2007, HSBC Fianzas, S.A. Grupo Financiero HSBC, no mantuvo acuerdos para el pago de comisiones contingentes con intermediarios de fianzas. Por tal motivo, no se realizaron pagos por dicho concepto.
Se entiende por comisiones contingentes los pagos o compensaciones a intermediarios que participan en la celebración de contratos de fianzas, adicionales a las comisiones o compensaciones directas consideradas en su diseño.
México, D.F., a 28 de febrero de 2008.
Director General C.P. Eduardo Ramos Tercero Rúbrica. |
Director de Finanzas C.P. Oscar M. Castillo Monroy Rúbrica. |
Director General Adjunto de Auditoría Christopher Roy Bentley Rúbrica. |
Gerente de Contabilidad C.P. Cornelio de la Cruz Peña Rúbrica. |
(R.- 263794)