Miércoles
12 de marzo de 2008 DIARIO
OFICIAL (Segunda Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de lo Civil
Diligenciaría Non
Distrito Judicial Puebla
EDICTO
Disposición Juez Segundo Civil esta capital, Juicio Ejecutivo Mercantil Expediente 791/2006 Promueve Gabriel Patiño Toriz contra RAFAEL HUERTA GUZMAN Y MARIA ELENA HERNANDEZ HERNANDEZ, convóquese postores primera publica almoneda, respecto de totalidad de la fracción del predio ubicado en Calle Rincón Jacarandas Numero Siete Colonia Rincón de Arboledas de esta Ciudad, inscrito en Registro Publico De La Propiedad, bajo numero 44, fojas 13 tomo 549 libro uno quedando copia a folios 455 al 462 tomo 9124 libro 59 del 30 marzo de 1994 índice mayor 137772, postura legal $233,333.00 (doscientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos cero centavos moneda nacional) equivalente a dos terceras partes precio avalúo. Posturas y pujas dentro diez días siguientes ultima publicación, vence término doce horas Veinticuatro De Marzo Dos Mil Ocho.
Para su publicación por tres veces dentro del término de nueve días, en Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos de este tribunal.
Puebla, Pue., a 17 de febrero de 2008.
El Diligenciario
Ignacio Pedraza Rojas
Rúbrica.
(R.- 263789)
Estados Unidos Mexicanos
H. Tribunal Superior de Justicia
del Estado de Nuevo León
Novena Sala Civil
Monterrey, N.L.
EDICTO
Al
codemandado GABRIEL ALATRISTE GOMEZ.- En fecha 24 veinticuatro de
octubre de 2007 dos mil siete, se recepcionó por esta Novena
Sala del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, la demanda de
garantías, interpuesta por LUIS FRANCISCO TORRES GONZALEZ, en
su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de
VINMAR TRADE FINANCE, LTD. contra actos de esta Sala, consistente en
la resolución dictada en fecha 28 veintiocho de septiembre de
2007 dos mil siete, dentro del toca de apelación artículo
número 269/2007, deducido dentro del expediente judicial
número 558/07, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil
promovido por FELIPE DE JESUS TORRES GONZALEZ su carácter de
apoderado general para pleitos y cobranzas de VINMAR TRADE FINANCE,
LTD en contra de TRACOMSA S.A. y OTROS, en la que se señala
entre otros como tercero perjudicado al referido codemandado;
asimismo, mediante proveído de fecha 25 veinticinco de octubre
de 2007 dos mil siete se tuvo por recibida dicha demanda de amparo, y
por auto de fecha 06 seis de febrero del dos mil ocho, se ordenó
emplazarlo, por medio de edictos que deberán publicarse por
tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la
Federación y en el periódico Excelsior, en términos
del artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles; ordenando además, que debería fijarse copia de
los mismos en la tabla de avisos de esta Sala. Queda a disposición
del referido Tercero Perjudicado, en la Secretaría de esta
Sala, por el término de treinta días, contados a partir
del día siguiente al de la última publicación de
los edictos, las copias simples debidamente selladas y rubricadas
por
el Secretario Adscrito, de la demanda de garantías referida,
emplazándolo para que ocurra en el término de diez días
ante el Tribunal Colegiado en turno a que se aplique para su
resolución el amparo propuesto, para que exprese lo que a su
derecho e interés convenga.- Monterrey, Nuevo León, a
07 de febrero de 2008..- Doy Fe.
El C. Primer Secretario de la Novena Sala del
H. Tribunal Superior de Justicia del Estado
Lic. Salvador Treviño Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 263379)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, A VEINTISEIS DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 106/2006, PROMOVIDO POR SECCION 49 DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA CONTRA BLANCA ESTELA LARA GONZALEZ Y AGUSTIN LARA ALVARADO, CON FECHA SEIS DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO SE DICTO UN AUTO POR EL QUE SE ORDENO NOTIFICAR A RUBEN GONZALEZ REYES EN SU CARACTER DE ACREEDOR, EL ESTADO DE EJECUCION DE LOS AUTOS A EFECTO DE PREPARAR LA VENTA JUDICIAL DEL INMUEBLE UBICADO EN CONJUNTO HABITACIONAL CULHUACAN, SECTOR C.T.M. V. R-19, MANZANA 1, LOTE 75, CALLE DE LOS CAHITAS, NUMERO 75, COLONIA CULHUACAN, DELEGACION COYOACAN Y SE LE HACE SABER QUE DEBERA PRESENTARSE A ESTE JUZGADO DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS APARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA ULTIMA PUBLICACION A DEDUCIR SUS DERECHOS, APERCIBIDO QUE EN CASO DE NO HACERLO SE CONTINUARA CON EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION, HACIENDOLE LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARACTER PERSONAL POR LISTA, QUE SE FIJARARA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO.
México, D.F., a 26 de febrero de 2008.
El Secretario del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Juan José Moreno Solé
Rúbrica.
(R.- 263915)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Guadalajara, Jalisco
EDICTO
Amparo 1123/2007-III promovido Banco Nacional de México, Sociedad Anónima y otro, contra actos Juez Tercero Mercantil esta ciudad, en acuerdo esta fecha por ignorarse domicilio tercero perjudicado Salvador Vázquez Tapia, se ordenó emplazarlo por edictos, fijándose para celebración audiencia constitucional nueve horas del nueve de mayo de dos mil ocho, quedando a su disposición copias de ley en Secretaría este Juzgado; quien deberá presentarse procedimiento dentro treinta días siguientes a partir última publicación, apercibido no hacerlo subsecuentes notificaciones aún personales se le practicarán por lista, con apoyo artículos 30, fracción II Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Para publicarse de tres veces de siete en siete días, tanto en el “Diario Oficial de la Federación”, como en “El Reforma” de México, Distrito Federal.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 15 de febrero de 2008.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado
Lic. Ana Gema González Moctezuma
Rúbrica.
(R.- 264270)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en México, D.F.
Amparo 907/2007-VI
EDICTO
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, DIENUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO.
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 907/2007-VI, PROMOVIDO POR CASA
DE BOLSA SANTANDER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, GRUPO
FINANCIERO SANTANDER, POR CONDUCTO DE SU APODERADO JOSE ANTONIO
GUILLEN OLIVA, CONTRA ACTOS DE LA OCTAVA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, CON FECHA ONCE DE FEBRERO
DE DOS MIL OCHO, SE DICTO UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LOS
TERCEROS PERJUDICADOS MARIA DOLORES RIOS RUEDA, JOSE LUIS GARCIA PAZ
Y RAFAEL GARCIA PAZ, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES
VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION,
Y EN UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE
COMPAREZCAN A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE
TREINTA DIAS CONTADOS, A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA
ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION,
COPIA SIMPLE
DE LA DEMANDA DE GARANTIAS Y DEMAS ANEXOS EXHIBIDOS,
APERCIBIDOS QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES
NOTIFICACIONES SE HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION
II, DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO,
SE SEÑALARON
LAS NUEVE HORAS DEL DIA VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO, PARA QUE
TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. EN ACATAMIENTO AL
AUTO DE MERITO,
SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUSCINTA DE LA
DEMANDA DE GARANTIAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALO COMO
AUTORIDAD RESPONSABLE A LA OCTAVA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y COMO TERCEROS PERJUDICADOS A MARIA
DOLORES RIOS RUEDA, JOSE LUIS GARCIA PAZ Y RAFAEL GARCIA PAZ, Y
PRECISA COMO ACTO RECLAMADO: “SE RECLAMA DE H. OCTAVA SALA
CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, LA
SENTENCIA DICTADA EN EL TOCA NUMERO 1819/2007, DE FECHA
17 DE
OCTUBRE DEL 2007, MEDIANTE LA CUAL RESOLVIO EL RECURSO DE APELACION
QUE MI REPRESENTADA HIZO VALER EN CONTRA DE LA INTERLOCUTORIA DE 22
DE JUNIO DEL 2007,
DEL JUEZ DECIMO QUINTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO
FEDERAL, CORRESPONDIENTE AL INCIDENTE COMPLEMENTARIO DE DAÑOS
Y PERJUICIOS QUE LOS AHORA TERCEROS PERJUDICADOS PROMOVIERON, EN EL
JUICIO ORDINARIO MERCANTIL SEGUIDO EN CONTRA DE MI REPRESENTADA,
RADICADO CON EL NUMERO 566/96...”
La Secretaria del Juzgado Séptimo del Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Nancy Almogabar Santos
Rúbrica.
(R.- 263583)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Cuarto Civil de Primera Instancia de Chalco con
residencia en Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México
Primera Secretaría
EDICTO
En el expediente número 461/2006, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por ESPERANZA CERVANTES CASTRO, en contra de TERESA MODESTA ESTRADA BLAS Y ALBERTO VIRGILIO QUIROZ REYES, se han señalado las ONCE HORAS DEL DIA VEINTICUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la PRIM1ERA ALMONEDA DE REMATE, respecto del bien inmueble embargado en el presente asunto ubicado en CALLE NORTE 10, MANZANA 805, LOTE 25, COLONIA CONCEPCION, MUNICIPIO DE VALLE DE CHALCO, ESTADO DE MEXICO, con las siguientes medidas y colindancias AL NORTE: 08.75 MTS., CON LOTE 01, AL SUR: 19.00 MTS., CON LOTE 24, AL ORIENTE: 08.90 MTS., CON CALLE NORTE 10 Y AL PONIENTE: 19.00 MTS., CON LOTE 26, CON UNA SUPERFICIE DE 168.00 METROS CUADRADOS. Convocándose a postores, sirviendo como precio base para el remate la cantidad de $284,000.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad en que fue valuado por el perito nombrado por este Tribunal como tercero en discordia, en consecuencia.
Publíquese por tres veces dentro de los nueve días en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, debiendo anunciar dicha publicación en la puerta del Tribunal, sirviendo de base para el remate la cantidad en que fue valuado, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes. Expedido en Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México a los dieciocho días del mes de febrero del dos mil ocho.- DOY FE.
El Primer Secretario de Acuerdos
M. en D. José Agustín Méndez Contreras
Rúbrica.
(R.- 263472)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México,
con sede en Naucalpan de Juárez
EDICTO
Terceros Perjudicados: Martha Hernández Estrada, Irene Hernández Estrada y Unión de Solicitantes de Casa Habitación Popular del Estado de México, Asociación Civil “USCAHPEM”
En autos del juicio de amparo indirecto número 747/2007-III, del índice de este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, promovido por Jaime Curiel Calderón, por su propio derecho, contra actos del Juez Primero de de lo Civil de Primera Instancia de Cuautitlán, Estado de México; de quien reclama la orden de cancelación de inscripción de compraventa realizada por Jaime Curiel Calderón en su calidad de Comprador al señor Adolfo Curiel Ramos en su calidad de vender del terreno denominado el CARMEN, ubicado en San Mateo Cuautepec, Municipio de Tultitlán, Estado de México, y al ser señalados como terceros perjudicados y desconocerse el domicilio actual y correcto de los mismos, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, y en cumplimiento a lo ordenado en auto de treinta de enero de dos mil ocho, en donde se ordenó su emplazamiento al presente juicio por medio de edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y anexos y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 11 de febrero de 2008.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Daniel Rodríguez Estrada
Rúbrica.
(R.- 263003)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León
EDICTO
TERCEROS PERJUDICADOS: GABRIEL ALATRISTE GOMEZ.
DOMICILIO: IGNORADO.
En
el juicio de amparo número 963/2007-III, que se tramita ante
este Juzgado Primero de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el
Estado de Nuevo León, promovido por Francisco Alberto Garza
Vargas, y en razón de haberse agotado las medidas previas al
alcance de este juzgado para llevar a cabo el emplazamiento
respectivo; se ha ordenado el emplazamiento por edictos a efecto de
notificarle la existencia del presente juicio de garantías, en
el cual aparece con el carácter de tercero perjudicado,
haciéndole saber que debe presentarse ante este Juzgado de
Distrito, dentro del plazo de treinta días, contados a partir
del siguiente al de la última publicación, quedando la
demanda de garantías a su disposición en la Secretaría
de este Juzgado, y además, fijándose en la puerta de
acceso de este órgano jurisdiccional, una copia del presente,
por todo el tiempo del emplazamiento; en la inteligencia de que se le
apercibe para que señale domicilio para oír y recibir
notificaciones, dentro del plazo de tres días, al en que surta
efectos la notificación por edictos de que se habla, ya que en
caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones se
harán por medio de lista de acuerdos que para tal efecto se
lleva a cabo en este juzgado; en el entendido que el presente juicio
de amparo fue admitido el cuatro de octubre de dos mil siete;
habiéndose señalado originariamente como fecha para la
celebración de la audiencia constitucional las once horas del
treinta de octubre del año próximo pasado, difiriéndose
para las nueve horas con cincuenta minutos del seis de mayo de dos
mil ocho, para que tenga lugar la audiencia constitucional. Así
lo autorizó la Secretario del Juzgado Primero de Distrito en
Materias Civil y de Trabajo en el Estado, licenciado Francisco García
Lemus, hoy doce de febrero de dos mil ocho, fecha en que se procedió
a la entrega de los presentes edictos para su publicación, a
José Manuel Guerrero Pérez, en su carácter de
autorizado por la parte quejosa. Publíquese por tres veces de
siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la
Federación, como en el periódico local
“el
Porvenir”, que se edita en la ciudad de Monterrey, Nuevo León.
Monterrey, N.L., a 12 de febrero de 2008.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materias
Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León
Lic. Francisco García Lemus
Rúbrica.
(R.- 263171)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato
Segunda Sala Civil
Secretaría
EDICTO
Publíquese tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y Periódico Excélsior; emplazamiento juicio de garantías al tercero perjudicado SERGIO ENRIQUE GARCIA URIARTE; hágasele saber que en esta Segunda Sala Civil presentó demanda de Amparo Directo SERGIO ENRIQUE Y GISEH ANAIS DE APELLIDOS GARCIA PEREZ, contra actos de esta Sala, consistentes en sentencia 10 Agosto 2007, dictada Toca 401/2007, formado por apelación interpuesta por César Armando del Angel Acosta y Susana Gabriela Jasso Vivero, contra sentencia 17 Abril 2007, dictada por Juez Cuarto Civil de Partido de Salamanca, Guanajuato, en Juicio Ordinario Civil 448/05, sobre nulidad, promovido por Sergio Enrique García Pérez y María de Jesús Pérez Rocha en ejercicio de la patria potestad de la menor Giseh Anais García Pérez en contra del tercero perjudicado, apelantes, Licenciada María Elena Martínez González, Registrador Público de la Propiedad de Salamanca y menores Susana Paulina, César Eduardo y Andrea Pamela del Angel Jasso. Por tanto emplaza a SERGIO ENRIQUE GARCIA URIARTE, para que en 30 treinta días contados a partir del siguiente hábil a la última publicación de este edicto comparezca al expediente amparo 752/07 del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito con sede en Guanajuato, Gto., a defender sus derechos, dejando a su disposición copia de la demanda de amparo en la Secretaría de esta Sala, fijándose además en la puerta de la misma copia auto 5 Noviembre 2007 por término señalado.
Guanajuato, Gto., a 25 de enero de 2008.
La Secretaria de la Segunda Sala Civil
Lic. Angélica de la Luz González Chavira
Rúbrica.
(R.- 263798)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado de lo Civil de Primera Instancia
Sahuayo, Michoacán
EDICTO
CONVOCA A POSTORES:
Dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número 1651/06, sobre pago de pesos, promovido por los endosatarios en procuración de José Ayala Castillo, en contra de GUSTAVO MONTEJANO GUDIÑO, se han señalado las 13:00 trece horas del día 25 veinticinco de marzo del año 2008 dos mil ocho, para que se lleve a cabo el desahogo de la audiencia de remate en su PRIMERA ALMONEDA, del siguiente bien inmueble:
1.- Casa-Habitación.- ubicada en calle Allende número 238, del fraccionamiento las Brisas, de esta ciudad, la cual tiene las siguientes medidas y colindancias: Al Norte: 7.00 metros, con Jorge E, Prado; al Sur: 7.00 metros, con calle Allende de su ubicación; Al Oriente: 20.00 metros, con David Hector Fuentes Marquez y socia; Al Poniente: 20.00 veinte metros, con fraccionamiento 111 de Carlos Amezcua Maciel; con una superficie de 140 ciento cuarenta metros cuadrados, asignándole un valor de $952,357.25 (novecientos cincuenta y dos mil trescientos cincuenta y siete pesos 25/100 M.N.).
Sirviendo de base para el remate el valor asignado al inmueble y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de su precio.
Convóquese licitadores mediante la publicación de 3 tres edictos dentro de 9 nueve días, en los estrados de este Juzgado, Diario Oficial de la Federación y lugares públicos de costumbre.
Sahuayo, Mich., a 12 de febrero de 2008.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Hugo Ayala López
Rúbrica.
(R.- 263863)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
RICARDO HERNANDEZ MIRANDA.
En los autos del Juicio de Amparo número 60/2008-X, promovido por el quejoso LUIS IBARRA ROSAS, contra actos de la de la PRIMERA SALA EN MATERIA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA y OTRA AUTORIDAD, radicado en el Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal, en el cual se reclama la resolución dictada el seis de diciembre de dos mil siete en el toca número 1452/2007 por medio del cual se confirma la resolución incidental de dieciséis de agosto de dos mil seis dictada por el Juez Cuadragésimo Penal del Distrito Federal en la causa 115/2004 que resolvió negar la restitución provisional del inmueble despojado materia de la causa, señalando como preceptos violados los artículos 14 y 16 Constitucionales; juicio en el que se le ha señalado corno tercero perjudicado, y, toda vez que se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado mediante proveído de uno de febrero de dos mil ocho, emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República (Excélsior, la Prensa, la Jornada, Reforma, el Economista, etcétera), de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentra a su disposición en la Actuaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías, haciéndole saber que cuenta con un plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hacer valer sus derechos; así también, se le informa que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se publica en este órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 30 de la Ley de Amparo.
Atentamente
México, D.F., a 12 de febrero de 2008.
La Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Amparo
en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Argelia Román Mojica
Rúbrica.
(R.- 264008)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
En
los autos del juicio de amparo número 997/2007-II, promovido
por MARIA LUISA CORTES FERNANDEZ, contra actos de la Tercera Sala
Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal,
consistente en la resolución de veinte de noviembre de dos mil
siete, dictada en el toca 2455/07, que resolvió el recurso de
apelación interpuesto en contra de la interlocutoria de doce
de julio de dos mil siete, dictada por el Juez Trigésimo de lo
Familiar del Distrito Federal, en el juicio ordinario civil divorcio
necesario expediente
217/1998, seguido por María Luisa
Cortés Fernández; y como no se conoce el domicilio
cierto y actual del tercero perjudicado JOSE JESUS VARGAS VILLANUEVA,
se ha ordenado emplazarlo a juicio por edictos, los que se publicaran
por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de
la Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en toda la República, ello en atención
a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de
Amparo; por lo tanto, queda a disposición del tercero
perjudicado mencionado, en la Secretaría de este Juzgado,
copia simple de la demanda; asimismo, se le hace saber que cuenta con
el término de treinta días que se computará a
partir de la última publicación de los edictos de
mérito, para que ocurra ante este Juzgado a hacer valer sus
derechos si a su interés conviniere y señale domicilio
para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital,
apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún
las de carácter personal se le harán por lista de
acuerdos de este Juzgado. Se reserva por el momento señalar
fecha para la audiencia constitucional, hasta en tanto transcurra el
plazo de treinta días contados a partir de la última
publicación de los edictos mencionados.
Atentamente
México, D.F., a 28 de febrero de 2008.
La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Irais Arlet Iracheta Albarrán
Rúbrica.
(R.- 264121)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Tercero Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
CONVOQUESE POSTORES:
Dentro de los autos que integran el juicio Ejecutivo Mercantil número 488/2006, promovido por ALEJANDRO ORDAZ RIOS; frente a LETICIA CHAVEZ LOPEZ, se ordenó sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA, el siguiente bien inmueble:
1.- Lote Urbano número 3 tres, manzana 7 siete, zona “C” del Ejido de San Juanito Itzicuaro, Municipio de Morelia, Michoacán, la cual cuenta con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE: 8.00 metros, con lote 32; AL SURESTE; 16.00 metros, con lote 2; AL SUROESTE; 8.00 metros, con calle K, AL NOROESTE; 16.00 metros, con lote 4; con una superficie de 128.00 metros cuadrados.
Debiendo servir de base a dicha almoneda, la cantidad de $34,652.00 (TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.) y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha cantidad.
Convóquese postores mediante la publicación de 3 tres edictos dentro de 9 nueve días, en los estrados de este Juzgado, Diario Oficial de la Federación.
El
remate tendrá verificativo a las 12:00 doce horas del día
24 veinticuatro de marzo del presente año,
en la Secretaría
de este Juzgado.
Morelia, Mich., a 28 de enero de 2008.
La Secretaria
Lic. Hortencia Guzmán Martínez
Rúbrica.
(R.- 264122)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Octavo Civil
Toluca
Residencia en Metepec
Primera Secretaría
Juzgado Octavo de lo Civil del Distrito Judicial de Toluca, con residencia en Metepec, México
EDICTO
En el expediente número 473/04-1, relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por IRMA SALDIVAR ARIZMENDI en contra de GENARO CRUZ RICO, la Juez Octavo Civil de Primera Instancia de Toluca, con residencia en Metepec, México, por auto de fecha veintiséis de febrero del año en curso, se señalaron las DOCE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE MARZO DEL ANO EN CURSO, para que tenga verificativo la celebración de la TERCERA ALMONEDA DE REMATE del bien inmueble embargado, que lo es el ubicado en: en el departamento numero 404, del edificio “c”, manzana 1, fraccionamiento Tollocan 2, en el Municipio de Metepec, México, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte.- 6.86 Mts. con vacío de Area común a la unidad condominal. 2.00 Mts con vacío de Area común al régimen en posición del condominio de planta baja. al sur.- 3.23 y 0.05 Mts. con vestíbulo y cubo de escalera comunes, 4.7554 Mts. con departamento 402 y 3.7476 Mts. con vacío de Area común. Al este.- 4.95 Mts. con vació de Area común, 1.64 Mts. con departamento 403, 0.25 Mts. y 1.02 Mts., con vestíbulo. Al este.- 4.902 Mts. Con área común al mismo régimen. 2.49 Mts. Con vacío de área común a la unidad de la misma manzana, área total privativa: 53.155 m2, según datos anteriores. Inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo la PARTIDA NUMERO: 853-2541, FOLIO 828-2542, Volumen 309, Libro Primero Sección Primera, de fecha 14 de mayo de 1994, inscrito a nombre de GENARO CRUZ RICO. Sirviendo de base para el remate con una reducción del diez por ciento del importe del precio fijado en la almoneda que precedió, siendo por tanto la cantidad de $194,400,00 (ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio fijado, por lo que se convoca postores. Debiéndose citar personalmente a las partes en el presente juicio en el domicilio que tengan señalado.
PUBLIQUESE
POR UNA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE
AVISOS DE ESTE JUZGADO, DE TAL MANERA QUE POR NINGUN MOTIVO MEDIARIAN
MENOS
DE CINCO DIAS ENTRE LA PUBLICACION DEL EDICTO Y LA ALMONEDA.
DADO EN EL JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE TOLUCA, CON RESIDENCIA EN
METEPEC, MEXICO, EL DIA VEINTISIETE DEL MES DE FEBRERO DEL DOS MIL
OCHO. DOY FE.
La Secretario
Lic. Alma Delia García Benítez
Rúbrica. (R.- 264127)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Tercera Sala Civil
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
A LOS TERCEROS PERJUDICADOS: ANA MARIA SEGURA DORANTES, JOSE ANTONIO ARIAS ECHEVESTE Y ANA MARIA LAVIN SEGURA.
En los autos del cuaderno de amparo de la parte Actora relativo al toca número 3259/2006 deducido del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO seguido SOLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS, S.A. DE C.V. en contra de JOSE ANTONIO ARIAS ECHEVESTE Y OTROS, se dictó proveído de fecha quince de febrero del dos mil ocho, mediante el cual se provee que ignorándose el domicilio de los Terceros Perjudicados ANA MARIA SEGURA DORANTES, JOSE ANTONIO ARIAS ECHEVESTE Y ANA MARIA LAVIN SEGURA, se ordenó emplazar al mismo al presente juicio de garantías por medio de EDICTOS, lo anterior con fundamento en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo vigente, en relación al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los cuales se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS y a costa del promovente de la demanda de amparo interpuesta contra actos de ésta Sala, consistente en la sentencia de fecha veintisiete de febrero del dos mil siete, dictada en los autos del toca 3259/2006, los referidos Terceros Perjudicados deberán comparecer ante la Autoridad Federal a defender sus derechos en el término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, quedando en la Secretaría de esta Tercera Sala Civil, copia simple de la demanda de garantías a su disposición.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 21 de febrero de 2008.
La C. Secretaria de Acuerdos de la Tercera Sala Civil
Lic. Elsa Zaldívar Cruz
Rúbrica.
(R.- 264163)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito
Celaya, Gto.
EDICTO
A LOS TERCEROS PERJUDICADOS
FRANCISCO TELLEZ GIRON COBOS Y JUANA MARIA CUBOS GARCIA.
En
el juicio de amparo número 1201/2007-V, promovido por JUAN
CARLOS MARTINEZ ORTEGA, se les señaló como terceros
perjudicados y como se desconoce su domicilio actual, se ordenó
emplazarlos a juicio por edictos, a publicarse por 3 veces, de 7 en 7
días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de
los periódicos de mayor circulación en la República,
de conformidad con los artículos 30 fracción II de la
Ley de Amparo y 315 del Código de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria a la Ley de la materia, quedando a su
disposición copia simple de la demanda en la Secretaría
de este Juzgado, la cual en síntesis dice:
“... I.
NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: JUAN CARLOS MARTINEZ ORTEGA; II.
NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: Sandra Gabriela Alcalá
Jiménez...; III. LA AUTORIDAD RESPONSABLE. Juez de
Partido Segundo Civil del Partido Judicial de León,
Guanajuato...; IV. LA LEY QUE DE CADA AUTORIDAD SE RECLAMA.
...todo lo actuado dentro del juicio Ordinario Mercantil número
M 116/2002...”; se les hace saber que deberán
presentarse dentro del término de 30 días, contado a
partir del siguiente al de la última publicación, para
que comparezca a hacer valer sus intereses. Si no comparecieren, se
seguirá el juicio en su ausencia y se les tendrá por
emplazados, haciéndoles las ulteriores notificaciones por
medio de lista en los estrados de este Tribunal.
Atentamente
“2008, año de la Educación Física y del Deporte”
Celaya, Gto., a 27 de febrero de 2008.
La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
Lic. María de Lourdes Jiménez Arias
Rúbrica.
(R.- 264165)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, a veintinueve de febrero de dos mil ocho.
TERCEROS PERJUDICADOS: GONZALO MIRELES RODRIGUEZ Y SAUL HERNANDEZ QUEZADA.
En
los autos del Juicio de Amparo Indirecto número 971/2007-V,
promovido por ARMANDO JOSE HIGELIN ESPINOSA, contra actos del JUEZ
CUADRAGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
DISTRITO FEDERAL Y ACTUARIO ADSCRITO A DICHO JUZGADO; demanda: Actos
Reclamados: la diligencia de embargo y emplazamiento efectuada el
dieciséis de noviembre de dos mil siete, en los autos del
expediente 1089/07-A, del índice del Juzgado Cuadragésimo
Cuarto Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal,
promovido por SAUL HERNANDEZ QUEZADA en contra de FERNANDO ZUÑIGA
HERNANDEZ y GONZALO MIRELES RODRIGUEZ; con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo
y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria de la Ley de Amparo, se ordena a
emplazar a juicio a los terceros perjudicados GONZALO MIRELES
RODRIGUEZ Y SAUL HERNANDEZ QUEZADA, a fin de que comparezcan a
deducir sus derechos en el término de treinta días
contados a partir del día siguiente en que se efectúe
la última publicación, quedando a su disposición
en la Secretaría de este Juzgado copia simple del escrito
inicial de demanda, así como del auto admisorio de fecha siete
de enero de dos mil ocho, mismos que serán publicados por tres
veces de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la
Federación, como en uno de los periódicos de mayor
circulación de la República, haciéndole saber al
tercero perjudicado en mención que deberá ocurrir al
presente juicio de garantías dentro del término de
treinta días, contados a partir del día siguiente al de
la última publicación, apercibido de que en caso de no
apersonarse a este juicio de amparo, las ulteriores notificaciones se
les harán por medio de lista, con fundamento en lo dispuesto
por el artículo 30, fracción II,
de la Ley de
Amparo.
México, D.F., a 29 de febrero de 2008.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Rosa Alejandra Macozay Saucedo
Rúbrica.
(R.- 264316)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Cuarto de lo Civil
Morelia, Mich.
Primera Almoneda
EDICTO
Que, dentro de los autos que integran el expediente 1280/2006, relativo al juicio ejecutivo mercantil, promovido por Luis Gerardo Pérez Anguiano, frente a Guadalupe Reyes Cruz o Ma. Guadalupe Reyes Cruz, se mando sacar a remate el siguiente bien inmueble.
UNICO.- Una casa habitación construida sobre el lote 3, de la manzana 26 de la zona 1, actualmente ubicada en la calle Lázaro Cárdenas, número 297 doscientos noventa y siete, esquina General Antonio León, número 167-3, segundo nivel del Poblado de Simpanio, Municipio de Morelia, Michoacán, con las siguientes medidas y colindancias; Al noreste: 14.89 metros, con solar 4. Al Sureste: 15.08 metros, con solar 5. Al suroeste: 14.58 metros, con solar 2. Al Noroeste: 15.30 metros con solar 1, con calle de su ubicación, con una superficie total de 223.78 m2.
La AUDIENCIA DE REMATE en su PRIMERA ALMONEDA, tendrá verificativo a las 12:00 doce horas del día 8 ocho de abril del año 2008 dos mil ocho.
CONVOQUESE
POSTORES.- Mediante la publicación de edictos por 3 tres veces
dentro del término
de 9 nueve días en el Diario
Oficial de la Federación y en los estrados de este Juzgado, en
la inteligencia de que el primero de los edictos deberá de
publicarse el primer día de dicho plazo, y el tercero el
noveno, pudiendo efectuarse el segundo de ellos en cualquier tiempo.
Servirá como base del remate la cantidad de $218,303.25 (doscientos dieciocho mil trescientos tres pesos, 25/100 Monedad Nacional. valor pericial promedio asignado en autos, y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes del dicha suma.
Morelia, Mich., a 27 de febrero de 2008.
El Secretario
Lic. Alejandro Moreno Villanueva
Rúbrica.
(R.- 264361)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL
MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL
DISTRITO FEDERAL,
A VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 921/2007-IV, PROMOVIDO POR LENKA ARLETTE
MONNIER
TREVIÑO, CONTRA ACTOS DEL JUEZ QUINCUAGESIMO CUARTO DE LO
CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y
ACTUARIOS ADSCRITOS A DICHO JUZGADO, ASI COMO AL DIRECTOR DEL
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL,
EN TREINTA DE ENERO DEL AÑO EN CURSO, SE DICTO UN AUTO POR EL
QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LA TERCERA PERJUDICADA, GOMEZ PULIDO RUTH
MAGALLY, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE
SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN UNO
DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION DE ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE
COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE
TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA
ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN EL JUZGADO LA DEMANDA DE GARANTIAS Y
ANEXOS QUE ACOMPAÑA LA MISMA, APERCIBIDA QUE DE NO APERSONARSE
AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARACTER
PERSONAL SE HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION II, DEL
ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, EN ACATAMIENTO AL AUTO DE MERITO, SE
PROCEDE A HACER UNA RELACION SUSCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, EN
LA QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALO COMO AUTORIDAD RESPONSABLE AL
JUEZ QUINCUAGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y ACTUARIOS ADSCRITOS A DICHO JUZGADO,
ASI COMO AL DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL
COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL Y COMO TERCERA PERJUDICADA A GOMEZ
PULIDO RUTH MAGALLY, Y PRECISA COMO ACTO RECLAMADO LO SIGUIENTE: “DEL
C. JUEZ RECLAMO LAS ORDENES QUE DIO PARA QUE SE ME EMBARGUEN BIENES
DE MI PROPIEDAD SIENDO LA SUSCRITA UNA PERSONA TERCERA AJENA AL
PROCEDIMIENTO, EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL NUMERO 91/02, ASI COMO
LAS ORDENES QUE DA PARA QUE SE INSCRIBAN LOS EMBARGOS TRABADOS SOBRE
EL BIEN INMUEBLE DE MI EXCLUSIVA PROPIEDAD ANTE EL C. DIRECTOR DEL
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL D.F., Y CUYAS
FECHAS DESCONOZCO POR NO SER PARTE EN EL PROCEDIMIENTO NATURAL. DEL
C. EJECUTOR ADSCRITO AL JUZGADO 54 DE LO CIVIL DEL D.F. DE NOMBRE:
SALVADOR MEJIA SORIANO, RECLAMO LOS ACTOS MATERIALES DE EJECUCION
CONSISTENTES EN LA DILIGENCIA, DE FECHA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO
2006, POR LOS QUE EMBARGO BIENES DE MI EXCLUSIVA PROPIEDAD COMO LO ES
EL DEPARTAMENTO EN CONDOMINIO 5002, UBICADO EN LAS CALLES DE ARKANSAS
48, COL. NAPOLES, DELEGACION BENITO JUAREZ, EN ESTA CIUDAD DE MEXICO,
D.F., A PESAR DE QUE LA SUSCRITA ES UNA PERSONA TERCERA PERJUDICADA
AJENA AL PROCEDIMIENTO, Y RAZON ACTUARIAL ASENTADA, DE LA C.
EJECUTORA ADSCRITA AL JUZGADO 54 DE LO CIVIL DEL D.F. DE NOMBRE:
NOMBRE LOURDES RUBI MIRANDA, RECLAMO LOS ACTOS MATERIALES DE
EJECUCION CONSISTENTES EN LA DILIGENCIA, DE FECHA 26 DE JUNIO DEL
AÑO
2003, POR LOS QUE EMBARGO BIENES DE MI EXCLUSIVA PROPIEDAD COMO LO ES
EL DEPARTAMENTO EN CONDOMINIO 5002, UBICADO EN LAS CALLES DE ARKANSAS
48, COL. NAPOLES, DELEGACION BENITO JUAREZ, EN ESTA CIUDAD DE MEXICO,
D.F., A PESAR DE QUE LA SUSCRITA ES UNA PERSONA TERCERA AJENA AL
PROCEDIMIENTO, Y RAZON ACTUARIAL ASENTADA. DEL C. DIRECTOR DEL
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL D.F., RECLAMO LOS
ACTOS MATERIALES DE EJECUCION CONSISTENTES EN EL REGISTRO E
INSCRIPCION QUE HAGA O QUE PUEDA REALIZAR, DE LOS EMBARGOS TRABADOS
SOBRE EL BIEN INMUEBLE DE MI PROPIEDAD, EL CUAL SE ENCUENTRA INSCRITO
EN EL FOLIO REAL 59922-10, A PESAR DE QUE LA SUSCRITA ES UNA PERSONA
TERCERA EXTRAÑA AL JUICIO ORDINARIO CIVIL A QUE HE HECHO
REFERENCIA.”
Atentamente
México, D.F., a 20 de febrero de 2008.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Mauro Aja Canales
Rúbrica.
(R.- 263604)
AVISOS GENERALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia de Normatividad
Dirección General Técnica
Oficio 311-26444/2008
Expediente CNBV.312.211.25 (568.U-655)
ASUNTO: Se modifican los términos de la autorización para operar otorgada a esa sociedad.
UNION DE CREDITO DE LA INDUSTRIA DE LA
CONSTRUCCION DE AGUASCALIENTES, S.A. DE C.V.
Av. Aguascalientes Norte No. 422-1
Fracc. Bosques del Prado Nte.
20127, Aguascalientes, Ags.
Con fundamento en los artículos 5o. y 8o. fracción Xl de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y con motivo de la reforma a la cláusula octava de los estatutos de esa sociedad, acordada en la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 10 de abril de 2007, esta Comisión tiene a bien modificar el punto segundo, fracción II de la autorización para operar que le fue otorgada mediante oficio 601-II-24786 de fecha 31 de mayo de 1993, para quedar como sigue:
“SEGUNDO.-
I.-
II.- El capital social autorizado es de $10’000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.), representado por 5,000 acciones serie “A” correspondientes al capital fijo sin derecho a retiro y 5,000 acciones serie “B” correspondientes al capital variable, con valor nominal de $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) cada una.
III.- ”
Atentamente
México, D.F., a 28 de enero de 2008.
El Director General
Enrique Fernando Barrera Betancourt
Rúbrica.
(R.- 264147)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Delegación Estatal Sinaloa
Agencia del Ministerio Público de la Federación
Mesa Uno de Procedimientos Penales en Materia de Averiguaciones Previas
Expediente AP/SIN/MOCH/238/2007/M-I
EDICTO
EL
C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION ADSCRITO A LA MESA
UNO
DE AVERIGUACIONES PREVIAS EN LA CIUDAD DE LOS MOCHIS,
MUNICIPIO DE AHOME, ESTADO DE SINALOA, NOTIFICA AL Y/O LOS
PROPIETARIOS DE UN VEHICULO MARCA FORD, LINEA F150, TIPO PICK UP,
COLOR NEGRO, MODELO AL PARECER 1987, CON PLACAS DE CIRCULACION
TT-76891
DEL ESTADO DE SINALOA, SERIE NUMERO 1FTFF15Y7KNA81217,
QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 40 Y 181 DEL
CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, CON FECHA SEIS DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL SIETE, DENTRO DEL EXPEDIENTE DE AVERIGUACION
PREVIA NUMERO AP/SIN/MOCH/238/2007/M-I, SE DECRETO EL
ASEGURAMIENTO
DE DICHO VEHICULO AUTOMOTOR.
LO ANTERIOR, A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 182-B, FRACCION II DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Los Mochis, Sin., a 24 de octubre de 2007.
El C. Agente del Ministerio Público de la Federación,
Adsc. a la Mesa Uno en Materia de Averiguaciones Previas
Lic. Jesús Alejandro Regalado Torres
Rúbrica.
(R.- 264134)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Delegación de Procedimientos Penales “C”
Mesa Unica
Guamúchil, Sin.
AP/SIN/GUAM/223/06/M-U
En la ciudad de Guamúchil, Salvador Alvarado, Sinaloa, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil siete.
Vistas
las constancias que obran dentro de la Averiguación Previa
Penal número AP/SIN/GUAM/223/06/M-U, iniciada en esta Mesa
Unica de Procedimientos Penales “C” en Materia de
Averiguaciones Previas, en fecha nueve de julio del año en
curso, en contra de QUIEN RESULTE RESPONSABLE, por el delito de
CONTRA LA SALUD, habiéndose decretado el aseguramiento dentro
de la misma, de 1.- DOS ASPERSORES COLOR BLANCO CON TAPA
NARANJA CON LA INSCRIPCION “FERROW TE HACE FUERTE”, 2.-
UN ASPERSOR COLOR BLANCO, CON VIVOS VERDES CON LA INSCRIPCION
“FERRETERIAS JAVIER ASPERSORAS” “ATENCION NO LA
PRESURICE EN EXCESO PONE EN RIESGO SU UNIDAD 40 BOMBAZO MAXIMO”,
3.-
DOS ASPERSORES COLOR BLANCO, CON VIVOS VERDES CON LA INSCRIPCION
“PACTO 8” “ATENCION NO LA PRESURICE EN EXCESO PONE
EN RIESGO SU UNIDAD 40 BOMBAZO MAXIMO”,
4.- UNA
PEQUEÑA RASTRA DE 8 DISCOS NEGRA, AL PARECER ADAPTABLE A
CUATRIMOTO, CON LA INSCRIPCION “CYCLE COUNTRY”, 5.-
UNA MOTOBOMBA AUTOCEBANTE AC4 DE 4 PULGADAS DE SUCCION Y 4 DE
DESCARGA, MOTOR DE CUATRO TIEMPOS, VELOCIDAD DE OPERACION 3600 RPM,
ANARANJADA CON NEGRO, 6.- UNA MOTOBOMBA COLOR AMARILLO CON
NEGRO, MARCA WACKER PTS4, DE 4 PULGADAS DE SUCCION Y 4 DE DESCARGA,
7.- UNA MOTOBOMBA COLOR ROJO CON NEGRO, MARCA TECUMSEH 4.0 HP
DE UNA PULGADA DE SUCCION Y DE DESCARGA, 8.- DOS MOTOBOMBAS
NEGRAS CON ROJO, MARCA HONDA WX10 4 STROKE DE UNA PULGADA DE SUCCION
Y DESCARGA, 9.- APROXIMADAMENTE 6 METROS DE MANGUERA VERDE DE
4 PULGADAS DE GROSOR, 10.- UNA EMBARCACION COLOR BLANCA CON
FRANJAS VERDES Y AMARILLA, MOTOR MARCA YAMAHA, MODELO C5SELRR, SERIE
327207 “CODE 663L”, 11.- UNA EMBARCACION COLOR
BLANCA, MOTOR MARCA FORCE CON NUMERO DE SERIE FCV30001A PATENTE
3.961,618-3741-185, 12.- UNA SEMBRADORA COLOR ANARANJADA, CON
CUATRO DEPOSITOS PARA SEMILLA MARCA GASPARDO, CON NUMERO DE SERIE
15421111, 13.- UN ESPARCIDOR DE FERTILIZANTE COLOR ROJO MARCA
SWISSMEX, AMAZONA 600, MODELO SB647, SERIE 00103227110 y toda vez que
se desconoce el nombre y domicilio del propietario de dichos objetos
y a efectos de dar el debido cumplimiento a lo establecido dentro del
artículo 182-B fracción II del Código Federal de
Procedimientos Penales, esta Fiscalía de la Federación;
ACUERDA
PRIMERO.- Gírese nueve oficio al C. Subdelegado Administrativo de la Procuraduría General de la República en el Estado, a efectos de que por su amable conducto y utilizando los medios conducentes se sirva dar cumplimiento a lo establecido en el artículo y fracción de la Ley antes citada, donde se señala: artículo 182-B.- Las notificaciones a que se refiere este capítulo se practicarán como sigue: fracción II.- Por edictos, cuando se desconozca la identidad o domicilio del interesado, en cuyo caso se publicará por una sola ocasión en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional. Los edictos deberán contener un resumen de la resolución por notificar.
SEGUNDO.- Recábese el acuse de recibo correspondiente para que obre en autos de la presente indagatoria.
CUMPLASE
Así lo acordó y firma el C. Licenciado ELIUD ARMANDO ROSALES CHAVEZ, Agente del Ministerio Público de la Federación, quien actúa legalmente asistido de testigos que al final firman.
DAMOS FE.- Rúbrica.
T. de A. T. de A.
Leticia Montoya Alvarado Rafael Beltrán Gámez
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 264133)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial
Dirección de Delitos contra los Derechos de Autor “B”
Mesa VII
A.C. 42/UEIDDAPI/2007
Mesa VII DDA “B”
ACUERDO DE INICIO DE ACTA CIRCUNSTANCIADA
México, Distrito Federal, siendo las nueve horas con cinco minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil siete.
TENGASE por recibido oficio número UEIDDAPI/DDA-B/1126/07, de fecha once de mayo de dos mil siete, signado por el Encargado de la Dirección contra los Derechos de Autor B”, por el que remite turno de documentos número UEIDDAPI/DGAAEJ/T-055/2007, de fecha nueve de mayo del año en curso, suscrito por el Encargado de la Dirección General Adjunta de Análisis y Estudio Jurídico, en el que adjunta oficio número GSI/CSIZB/507/07, de fecha ocho de mayo del año en curso, firmado por el Coordinador de Seguridad Institucional Zona “B“, del Sistema de Transporte Colectivo Metro, en el que menciona que “...Por medio del presente, me permito enviar a Usted la cantidad de 784 discos en formato de VCD’s, CD’s, MP3 y CLON, mercancía que fue abandonada por personas que fueron sorprendidas ejerciendo el comercio informal al estarse desarrollando diversos operativos contra vendedores ambulantes dentro de las instalaciones de este Sistema de Transporte Colectivo..”, constante de una foja, mediante el cual se hace del conocimiento de esta Representación Social de la Federación, hechos presumiblemente constitutivos de delito, cometidos en agravio de diversas empresas productoras de fonogramas y videogramas y en contra de QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, previstos y sancionados en el título Vigésimo Sexto del libro Segundo del Código Penal Federal, denominado DE LOS DELITOS EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR, documentos antes descritos de los cuales se da fe de tener a la vista de conformidad con el artículo 16 y 208 del Código Federal de Procedimientos Federales.
Por
lo que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y
102 apartado A de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 50 fracción I de la Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación;
1 fracción I, 2
fracción I y II, 6, 16 párrafo primero, 118, 119, 120,
123, 168, 180 y demás relativos y aplicables del Código
Federal de Procedimientos Penales; 4 fracción I incisos A)
incisos a), b) y c) de la Ley Orgánica de la Procuraduría
General de la República, con apoyo en lo dispuesto por el
Acuerdo A/201/06, emitido por el
C. Procurador General de la
República, 1, 2, y 29 de su Reglamento es necesario ordenar se
practiquen las siguientes diligencias.
PRIMERO.- INICIESE la presente acta circunstanciada, procediendo a su radicación y registro en el Libro de Gobierno que para ese efecto se lleva en esta Unidad Especializada.
SEGUNDO.- Recábese la comparecencia del C. JOSE RICARDO FLORES CHAVEZ, Coordinador de Seguridad Institucional Zona “B”, del Sistema de Transporte Colectivo Metro a fin de que ratifiquen su parte informativo.
TERCERO.-
Practíquese todas y cada una de las diligencias necesarias y
que deriven de las anteriores
y en su oportunidad díctese
la resolución que conforme a derecho corresponda.
CUMPLASE
ASI LO ACORDO Y FIRMA EL C. LICENCIADO CARLOS ALBERTO HERNANDEZ DEL CASTILLO, AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION, TITULAR DE LA MESA VII DE LA DIRECCION DE DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR “B” DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR Y LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, QUIEN ACTUA EN TERMINOS DE LEY Y EN COMPAÑIA DE TESTIGOS DE ASISTENCIA QUE AL FINAL FIRMAN Y DAN FE.
DAMOS FE.
(firma ilegible)
Testigo de Asistencia Testigo de Asistencia
Lic. Leobardo Aguilar Orihuela Lic. Pedro Guerrero Garza
Rúbrica. Rúbrica.
(firma ilegible)
Apercibido el propietario de los bienes que se aseguran el presente acuerdo y que en el mismo se detallan que en caso de no comparecer en el término de noventa días naturales a partir de la presente notificación, a fin de hacer las manifestaciones que a su derecho convenga, los mismos causarán abandono a favor del Gobierno de la Federación.
No omito manifestarle, que adjunto al presente remito disco magnético de 3 1/2 pulgadas conteniendo el presente oficio de manera íntegra, así mismo le solicito que una vez realizada la publicación correspondiente, el ejemplar del Diario Oficial de la Federación donde aparezca deberán remitirse a nuestras oficinas ubicadas en Fernando de Alva lxtlilxóchitl 185, colonia Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El C. Agente del Ministerio Público de la Federación
Titular de la Mesa VII-UEIDDAPI
Lic. Carlos Alberto Hernández del Castillo
Rúbrica.
(R.- 264129)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud
Coordinación General “B”
EDICTO
El
ciudadano agente del Ministerio Público de la Federación,
con fundamento legal en el artículo 182-A
y 182-B fracción
II, del Código Federal de Procedimientos Penales, por esta
vía, notifica que en fecha 31 de enero de 2008, se dictó
el acuerdo de aseguramiento precautorio dentro de la averiguación
previa número PGR/SIEDO/UEIDCS/028/2008 de lo siguiente: 1)
Bien inmueble ubicado en la calle Lucero número 74, de la
colonia Alianza, en Matamoros, Tamaulipas; 2) Bien inmueble,
el cual no tiene número de identificación, pero se
encuentra frente a los inmuebles marcados con números 48 y 50
a un lado los inmuebles marcados con los números 45 y 49 de la
calle de Honduras entre la calle Juárez y Ocampo; 3) Un
envoltorio de plástico transparente, el cual contiene un
vegetal verde y seco, que según dictamen pericial resultó
ser Cannabis sativa L. conocida comúnmente como marihuana, con
un peso neto de 0.1 una décima de gramo;
4) Ocho
cartuchos hábiles, calibre 9 milímetros Luger, de los
cuales cuatro son de la marca CCI, y los otros cuatro cartuchos de la
marca R.P. (Remington Peters); 5) Un casquillo operado y
percutido, calibre 9 milímetros Luger, marca Winchester; 6)
44 cuarenta y cuatro cartuchos hábiles calibre 38 Súper
marca Federal; 7) Cartucho hábil 10 mm auto marca PMC;
8) Cuatro cartuchos hábiles, calibre 9 mm. Luger,
marca
CCI, con proyectiles del tipo encamisado completo y casquillo
metálico; 9) Tres cartuchos hábiles, calibre 9
mm. Luger, marca Remington Peters, proyectiles del tipo encamisado
completo y casquillo metálico; 10) Un cartucho hábil,
calibre 9 mm. Luger marca Remington Peters con proyectil del tipo
encamisado con punta hueca y casquillo metálico; 11) Un
cartucho hábil, calibre 357 Magnum, marca PMC, con proyectil
semiencamisado y con punta suave de plomo, con casquillo metálico;
12) Un cartucho hábil, calibre 40 S & W, marca
Winchester con proyectil de tipo encamisado completo y con casquillo
metálico; 13) Un cartucho hábil, calibre 35
Rem., marca Remington Peters, con proyectil de tipo encamisado
completo y con casquillo metálico; 14) Cuatro
casquillos operados y percutidos, calibre 7.62 x 39, marca Wolf; 15)
Ocho casquillos operados y percutidos, calibre 7.62 x 39, con
logotipo cirílico y dos ceros marcados en el culote; 16)
Un casquillo operado y percutido, calibre 7.62 x 39 marca Winchester;
17) Un casquillo operado y percutido, calibre 9 mm Luger,
marca Winchester; 18) Un casquillo operado y percutido,
calibre 40 S & W, marca Winchester; 19) Un cargador para
arma de fuego, marca IMI, con capacidad para 25 veinticinco
cartucho;
20) Un cargador para pistola calibre 9 mm, de
metal, en acabado de color cromado y base plástica de color
negro; 21) Un cargador para pistola calibre 40 S & W, de
metal, en acabado de color cromado, incompleto:
22) Un
chaleco táctico, tipo operativo, el cual presenta la leyenda
en su parte anterior POLICE, en su parte posterior la leyenda de
HOUSTON POLICE; 23) Ropa diversa; 24) Diversos
documentos y fotografías;
25) Un par de cachas para
arma de fuego de material plástico en color negro; 26)
Un estuche que corresponde a un disco DVD conteniendo en su interior
un disco de formato DVD; 27) Una gorra de color negra con
letras SF TONY y el número 34 (treinta y cuatro); 28)
Fragmentos de una fotografía; 29) Vehículo Honda
Civic, color gris acero, sin placas de circulación, modelo
2008, número de serie número de serie
JHMFA362885400176; 30) Vehículo Honda CRV, color arena,
sin placas de circulación, modelo 2008, número de serie
3CZRE38568G001052; 31) Vehículo Honda CRV, color
blanco, sin placas de circulación, modelo 2008, número
de serie 3C2RE38308G000736; 32) Vehículo Honda Pilot,
color café arena, sin placas de circulación, modelo
2008, número de serie 5FNYF18568B801467; 33) Vehículo
Honda Civic, color gris acero, sin placas de circulación,
modelo 2008, número de serie 1HGFA169X8L901603; 34)
Vehículo Honda Pilot, color negro, sin placas de circulación,
modelo 2008, número de serie 5FNYF18538B800800; 35)
Vehículo Honda Civic, color blanco, sin placas de circulación,
modelo 2008, número de serie 1HGFA15958L903633; 36)
Vehículo Honda Accord, color gris, sin placas de
circulación, modelo 2008, número de serie
3HGCM56567G001291: 37) Vehículo Honda Civic, color
blanco, sin placas de circulación, modelo 2008, número
de serie 1HGFA16898L902832; 38) Vehículo Honda CRV,
color blanco, sin placas de circulación, modelo 2008, número
de serie 3CZRE38578G002453; 39) Vehículo Honda Accord,
color gris acero, sin placas de circulación, modelo 2008,
número de serie 1HGCP26348A904270; 40) Vehículo
Honda FIT LX, color gris acero, sin placas de circulación,
modelo 2008, número de serie 93HGP38918Z801454; 41)
Vehículo Honda Accord, color negro, sin placas de circulación,
modelo 2008, número de serie 1HGCP26328A904333; 42)
Vehículo Honda Civic, color gris acero, sin placas de
circulación, modelo 2008, número de serie
1HGFA16988L903088; 43) Vehículo Honda CRV, color gris,
sin placas de circulación, modelo 2008, número de serie
3CZRE385986002793; 44) Vehículo Honda CRV, color gris,
sin placas de circulación, modelo 2008, número de serie
3C2RE385586002595; 45) Vehículo Honda Civic, color
gris, sin placas de circulación, modelo 2008, número de
serie 1HGFA16858L902522; 46) Vehículo Honda Pilot,
color blanco, sin placas de circulación, modelo 2008, número
de serie 5FNYF181855B800779; 47) Un vehículo con la
leyenda Lincontowncar, tipo limusina, color negra, placas de
circulación XDA-17-34 del Estado de Tamaulipas; 48) Camión
marca Internacional con caja Supreme Corp, color rojo, placas de
circulación WD-92-282 del Estado de Tamaulipas; 49)
Camioneta marca Chevrolet, tipo Tahoe, con placas de circulación
UPB-48-62 del Estado de Querétaro; 50) Camioneta de
redilas marca Ford, F350 XLT, Súper Duty, color negro con
redilas en color blanco, con placas de circulación WE-09-409;
y 51) Una camioneta marca Ford, tipo Escape, color azul con
gris, con engomado número XCD-39-81 del Estado de Tamaulipas.
Por lo cual, con fundamento en lo dispuesto por el artículo
182-A, del Código Federal de Procedimientos Penales, se
apercibe a ELIZONDO ALVARADO JOSE RAMON, TREVIÑO SALINAS
VICTORIANO H. y/o propietario, interesado o a su representante legal
de los bienes de referencia, para que no los enajenen o graven, y que
de no manifestar lo que a su derecho convenga en los plazos a que se
refiere el artículo 182-A, del mismo ordenamiento, los bienes
causarán abandono a favor de la Federación. Asimismo,
se pone a su disposición, copia certificada del acuerdo de
aseguramiento, la Fe Ministerial de los bienes, así como
dictámenes rendidos por personal pericial de esta Institución,
en el interior de las oficinas de la Subprocuraduría de
Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, Unidad
Especializada de lnvestigación de Delitos contra la Salud, con
domicilio en Avenida Paseo de la Reforma número 75, segundo
piso, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código
postal 06300, en México, Distrito Federal.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 19 de febrero de 2008.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Adscrito a la U.E.I.D.C.S.
Edgardo Arteaga Romero
Rúbrica.
(R.- 264135)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
M. 588055 GOAL GRUPO DE ORIENTACION Y ASESORIA LINGÜISTICA Y DISEÑO
ExPed. P.C. 582/2007 (C-191) 5166
Folio 25805