Jueves
13 de marzo de 2008 DIARIO
OFICIAL (Segunda Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento Terceros Perjudicados
DONFER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, AXA ALIMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, y GUADALUPE SANCHEZ.
Presente
En el autos del juicio de amparo 2015/2007, promovido por CONSULTORES EN PERSONAL ADMINISTRATIVO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, parte quejosa en el presente juicio; contra actos de la Junta Especial Número Dieciséis de la Federal de Conciliación y Arbitraje y otras; que hace consistir en los citatorios y emplazamientos realizados, en el expediente laboral 260/2006; al ser señalados como terceros perjudicados y desconocerse su domicilio, el once de febrero de dos mil ocho, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndoles saber que deben presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la secretaría de este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
Atentamente
México, D.F., a 18 de febrero de 2008.
El Secretario
Lic. Alberto Mendoza Macías
Rúbrica.
(R.- 263376)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
La Paz, Baja California Sur
EDICTO
ARQUITECTO ENRIQUE GARATE LIZARRAGA
En el juicio de amparo número 555/2007-I, promovido por SUSANA YLLANE ARCE CASTRO EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE Y APODERADA LEGAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, contra actos de la Junta Especial Número Cincuenta y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, y por desconocerse el domicilio del tercero perjudicado ARQUITECTO ENRIQUE GARATE LIZARRAGA, por auto dictado en esta misma fecha, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación en algún periódico de circulación nacional, para que dentro del término de treinta días, a partir de su última publicación, señale domicilio en esta ciudad, donde oír y recibir notificaciones, apercibiéndolo que de no hacerlo en el término concedido, se le formularán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado, de conformidad con la fracción II del artículo 30 de la ley de Amparo, haciéndose de su conocimiento con la copia de la demanda de amparo que se encuentra en este Juzgado a su disposición.
A).- Nombre de la parte quejosa: SUSANA YLLANE ARCE CASTRO EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE Y APODERADA LEGAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.
B).- Tercero Perjudicado: GUADALUPE CASILLAS, DILOMACH CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y ARQUITECTO ENRIQUE GARATE LIZARRAGA.
C).- Acto reclamado: De la ordenadora y de la ejecutora el acuerdo emitido por la Junta Especial número 58 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, dictado en fecha 16 de Febrero del año dos mil siete en el expediente número 240/2005-I en el cual la responsable ordena el archivo del juicio como total y definitivamente concluido a favor de los codemandados y al mismo tiempo acuerda continuar el trámite del juicio laboral en contra del Instituto Mexicano del Seguro Social, promovido por la C. GUADALUPE CASILLAS, en contra del INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.
D.- Se fijaron las DIEZ HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL DIA DIEZ DE OCTUBRE DE DOS MIL SIETE, para la celebración de la audiencia constitucional en el presente juicio.
Atentamente
La Paz, B.C.S., a 8 de octubre de 2007.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Lic. Aleyda Guadalupe Meza Núñez
Rúbrica. (R.- 263468)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
con residencia en Guadalajara
EDICTO
A: MIGUEL ANGEL, JOSEFINA, JUANA, RAQUEL, MARIA, BENJAMIN y DAVID, todos de apellidos ALATORRE ARTEAGA y JORGE EDUARDO MARISCAL HERNANDEZ.
En amparo 1048/2007-I, promovido por HUGO GABRIEL BECERRA GUTIERREZ, contra actos del Juez Décimo Segundo de lo Civil de esta ciudad y otras autoridades, se ordenó emplazarlos por edictos para que comparezcan, por si o por conducto de representante legal, en treinta días, siguientes a última publicación, si a su interés legal conviene.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y el periódico Excélsior.
Guadalajara, Jal., a 21 de febrero de 2008.
El Secretario
Andrés Leyva Mercado
Rúbrica. (R.- 263836)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito
Tijuana, B.C.
EDICTO
PARA SU RESPECTIVA PUBLICACION CONFORME A LO QUE SE PRECISA, TRANCRIBO A USTED EL PRESENTE.
En los autos del juicio de garantías número 155/2005, promovido por Rafael, Juana, María Antonia, Arcadio, María Guadalupe, José de Jesús, Juan, Rosa María y Joaquín, todos de apellido Machado Valdez, contra actos del Juez Primero de lo Civil, con sede en Tijuana, Baja California y otra autoridad, por actos relacionados con el juicio civil 222/72, mediante auto de veintidós de febrero del año en curso, se ordenó emplazar a juicio mediante edictos, a la tercero perjudicada Sucesión a Bienes de Emilia Lepro Viuda de León, por conducto de su albacea y ejecutor Salvador Lorrigan González, también conocido como Luis León Lepro, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, el Periódico Reforma, de la ciudad de México, Distrito Federal, así corno el periódico El Mexicano, de esta ciudad, para el efecto de que comparezca ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Baja California, si así conviene a sus intereses en el término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría, la copia simple de la demanda de garantías para su traslado.
Atentamente
Tijuana, B.C., a 22 de febrero de 2008.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Lic. Lidia Medrano Meza
Rúbrica.
(R.- 264185)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato
EDICTO
En el juicio de amparo 786/2007, del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en León, Guanajuato, cuya audiencia constitucional se encuentra señalada para las DOCE HORAS DEL DIEZ DE MARZO DE DOS MIL OCHO, promovido “HERGO SOLUCIONES EMPRESARIALES”, sociedad anónima de capital variable, contra actos de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje y otra autoridad, consistente en el ilegal emplazamiento a juicio; con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena emplazar a juicio a la tercero perjudicada “Visión Espectacular del Bajío”, sociedad anónima de capital variable, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, a costa de la parte quejosa; en el entendido que la tercero perjudicada, deberá comparecer a juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí, por apoderado o gestor que pueda representarla.
Lo que se hace constar para los fines legales consiguientes.
León, Gto., a 15 de febrero de 2008.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato
Lic. Consuelo Solís Cruz
Rúbrica.
(R.- 264227)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en el Distrito Federal
D.C. 96/2008
EDICTO
Se notifica a Alfredo Zepeda González Roa.
Que en los autos del cuaderno de amparo 96/2008, promovido por Laila Gobera Haddad, quien también usa los nombres de Layla Gobera Haddad y Layla Gobera Haddad de Cecin, en su carácter de albacea de la sucesión testamentaria de Tufik Sesin Yunes, quien también usa el nombre de Tufic Cesin Yunes, en contra de la sentencia de doce de diciembre de dos mil siete, dictada por la Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito, en el toca 2044/2007, formado en contra de la sentencia definitiva de fecha doce de Junio de dos mil siete, dictada por el Juez Octavo de lo Civil del Distrito Federal, en los autos del juicio ordinario civil 96/2007, promovido por Zepeda González Roa Alfredo, en contra de Tufik Cesin Yunes, su sucesión, se ordenó emplazar a usted, por medio de edictos por virtud de ignorarse su domicilio y en su carácter de tercero perjudicado, la interposición de juicio de garantías ante el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, a fin de que acuda ante la citada autoridad federal dentro de un término máximo de diez días en defensa de sus intereses, dejando a su disposición en la secretaría de acuerdos del referido tribunal las copias simples correspondientes.
México, D.F., a 28 de febrero de 2008.
El Secretario de Acuerdos del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Víctor Cedillo Domínguez
Rúbrica.
(R.- 264232)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
JOSE AMIR RUIZ GUTIERREZ ó QUIEN ACREDITE SER PROPIETARIO DEL VEHICULO SIGUIENTE:
Se hace de su conocimiento que en la causa penal 76/2004, del índice de este juzgado, se ordenó la devolución del vehículo marca Ford, tipo Pick-Up, color azul, placas de circulación CY28464, a José Amir Ruíz Gutiérrez, o quien acredite su legítima propiedad. Se hace de su conocimiento que cuenta con el plazo de tres meses, a partir de la publicación del presente edicto, para que comparezca ante el Coordinador del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público a solicitar su devolución, con el apercibimiento que de no hacerlo, causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 19 de febrero de 2008.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas, en funciones de Juez,
atento al oficio de autorización CCJ/ST/0414/2008, del Secretario Técnico de la
Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, en términos del artículo 81,
fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Virgilio González Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 264373)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz
con residencia en Boca del Río
EDICTO
Gonzalo Martínez Jara o propietario del vehículo marca GMC, Silverado, modelo 1998, tipo Vagoneta, tipo de Servicio 1, oficina de Expedición Texcoco, clave vehicular 0031605, con número de motor WP108881, 8 cilindros, 1GNEC13K3WP10881 con número de placas LVG-15-68, uso particular, con número de registro de la entidad 15.
En razón de ignorar su domicilio, por este medio se le comunica que en los autos de la causa penal 130/2004, del índice de este juzgado, que fue instruida a Alicia Briseño Hernández y otros, por un delito contra la salud; expediente que se encuentra concluido; la persona a quien le recaiga el carácter de propietario, puede solicitar la devolución del vehículo marca GMC, Silverado, modelo 1998, tipo Vagoneta, tipo de Servicio 1, oficina de Expedición Texcoco, clave vehicular 0031605, con número de motor WP108881, 8 cilindros, 1GNEC13K3WP10881 con número de placas LVG-15-68, uso particular, con número de registro de la entidad 15; vehículo que se encuentra depositado en calle Porfirio Pérez número setenta y dos, colonia Flores Magón, en Soledad de Doblado, Veracruz; ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río, Veracruz; ya que en términos de los artículos 182-N, fracción II y 182-Ñ del Código Federal de Procedimientos Penales, se levantó el aseguramiento que sobre él recaía, en el entendido que en el plazo de tres meses a partir de que surta efectos la notificación por edictos, deberá presentarse ante este órgano jurisdiccional a recogerlo, con el apercibimiento que de no hacerlo, dicho vehículo causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Boca del Río, Ver., a 6 de febrero de 2008.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz
Lic. Leonor Hernández Ortiz
Rúbrica.
(R.- 264372)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
PASTOR GARCIA SILVA ó QUIEN ACREDITE SER PROPIETARIO DEL VEHICULO SIGUIENTE:
Se hace de su conocimiento que en la causa penal 52/2006, del índice de este juzgado, se ordenó la devolución del vehículo marca Ford, tipo tres toneladas, color rojo brillante, serie 3BDFK36L64MA13263, sin número de motor, capacidad para tres toneladas, placas de circulación VL-70750, particulares del Estado de Tabasco, a Pastor García Silva, o quien acredite su legítima propiedad. Se hace de su conocimiento que cuenta con el plazo de tres meses, a partir de la publicación del presente edicto, para que comparezca ante el Coordinador del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público a solicitar su devolución, con el apercibimiento que de no hacerlo, causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 19 de febrero de 2008.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas, en funciones de Juez,
atento al oficio de autorización CCJ/ST/0414/2008, del Secretario Técnico de la
Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, en términos del artículo 81,
fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Virgilio González Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 264374)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
MARIO NAVARRO GUZMAN ó QUIEN ACREDITE SER PROPIETARIO DEL VEHICULO SIGUIENTE:
Se hace de su conocimiento que en la causa penal 92/2004, del índice de este juzgado, se ordenó la devolución del vehículo marca Ford, tipo Pick-Up, F 150, modelo 1989, serie IF TEF15Y2KPA14341, motor hecho en Estados Unidos, placas de circulación GAX-94755, a MARIO NAVARRO GUZMAN, o quien acredite su legítima propiedad. Se hace de su conocimiento que cuenta con el plazo de tres meses, a partir de la publicación del presente edicto, para que comparezca ante el Coordinador del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público a solicitar su devolución, con el apercibimiento que de no hacerlo, causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 15 de febrero de 2008.
El Juez Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas
Leonel Jesús Hidalgo
Rúbrica.
(R.- 264375)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Trigésimo Segundo de lo Civil
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha siete de febrero del dos mil ocho, dictado en Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por TERMOPLASTICOS VINILICOS, S.A. DE C.V. en contra de DISEÑO PLASTICO EN EMPAQUES, S.A. DE C.V. y OTRO; expediente número 895/2005, el C. Juez señaló las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA QUINCE DE ABRIL PROXIMO, para que tenga lugar la audiencia de remate en primera almoneda respecto del bien inmueble embargado al codemandado RAFAEL AUTRAN GUARNEROS consistente en la Casa Habitación ubicada en la Calle de Yutes número ciento noventa y tres, lote número uno, manzana doscientos veintinueve, Fraccionamiento Villa de las Flores, Municipio de Coacalco de Berriozabal, Estado de México, cuyas demás características obran en autos; convóquense postores mediante edictos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación, en la Tabla de Avisos o puerta de éste Tribunal, en los de la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal y en la puerta del Juzgado de Distrito Competente en la entidad de ubicación de tal bien, por tres veces, dentro de nueve días, debiendo mediar entre la última publicación y la fecha de remate cinco días hábiles. Sirve de base para el remate, la cantidad de $670,000.00 (SEISCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), precio de avalúo determinado por el perito designado por la parte actora, y es postura legal aquella que cubra sus dos terceras partes; y la que se formulará en términos de lo prescrito por el artículo 481 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio al de Comercio.
SE CONVOCAN POSTORES.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES, DENTRO DE NUEVE DIAS, EN LA INTELIGENCIA DE QUE EL PRIMERO DEBERA PUBLICARSE EN EL PRIMER DIA DE LOS NUEVE QUE ESTABLECE EL ARTICULO 1411 DEL CODIGO MERCANTIL, EL TERCERO EN EL NOVENO DIA, Y EL SEGUNDO EN CUALQUIER DIA, ES DECIR, DEL SEGUNDO AL OCTAVO DIA, EN: LOS TABLEROS DE LA TESORERIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.
México, D.F., a 12 de febrero de 2008.
El C. Secretario de Acuerdos “A”
Lic. Jorge García Ortega
Rúbrica.
(R.- 263654)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Expediente 1157/2007-II
EDICTO
En
los autos del Juicio de Amparo número 1157/2007-II, promovido
por JOSE FRANCISCO SALAZAR ALVARADO, contra actos del PROCURADOR
GENERAL DE JUSTICIA Y OTRAS AUTORIDADES, consistente en el NO
EJERCICIO DE LA ACCION PENAL, decretado en la averiguación
previa FDF/T/TT3/610/05-07, donde se señaló a ARTURO
TENORIO URZUA y CARLA BAUTISTA PEÑALOSA, como terceros
perjudicados, y en virtud de que se desconoce su domicilio actual, se
ha ordenado emplazarlos por edictos que deberán publicarse por
tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en esta capital, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria, a la Ley de Amparo, haciéndoles saber que deberán
presentarse por sí o a través de su representante
legal, dentro del término de treinta días, contados a
partir del día siguiente de la última publicación,
a manifestar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición
copia simple de la demanda en la actuaría de
este Juzgado.
Si pasado este término, no comparecieren por sí o por
su apoderado que pueda representarlos, se seguirá el juicio,
haciéndoles las subsecuentes notificaciones por lista que se
fijará en los estrados de
este Juzgado.
Atentamente
México, D.F., a 15 de febrero de 2008.
La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Rosa Mariana Pérez Tizapán
Rúbrica.
(R.- 263765)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Tercero de lo Civil
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por VAZQUEZ RODRIGUEZ ALBERTO, en contra de JOSE REFUGIO CHAVARRIA ROMO, expediente número 322/2006, el C. Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil del Distrito Federal, ordeno lo siguiente:
Se convocan postores a la subasta judicial en SEGUNDA ALMONEDA, respecto del bien inmueble embargado ubicado en AVENIDA TLAHUAC NUMERO 125, KILOMETRO 23, COLONIA LA CONCHITA ZAPOTITLAN, DELEGACION TLAHUAC, EN MEXICO, DISTRITO FEDERAL. CON UNA SUPERFICIE DE 658 METROS CUADRADOS, misma que tendrá verificativo en el local del juzgado a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TREINTA Y UNO DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, sirviendo como base la rebaja del diez por ciento de la tasación, y correspondiendo el precio de retasa la cantidad de $1’710,000 (UN MILLON SETECIENTOS DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.). Con fundamento en los artículos 1411 del Código de Comercio y 474 del código de procedimientos Civiles, se ordena publicar por tres veces dentro de nueve día, en el tablero de avisos de este Juzgado y en el Diario Oficial de la Federación, el presente edicto, siendo la primera el primer día, la tercera el noveno día y la segunda cualquiera de los días existente entre ambos. Para participar como postor se deberá depositar una cantidad igual al diez por ciento del valor del bien indicado y es postura legal aquella que cubra las dos terceras partes de esta cantidad.
México, D.F., a 20 de febrero de 2008.
La C. Secretaria de Acuerdos “B”
Lic. Blanca Iris Landa Wild
Rúbrica.
(R.- 263874)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
TERCERAS PERJUDICADAS: INMOBILIARIA CALETA NUMERO 566, SOCIEDAD ANONIMA DE. CAPITAL VARIABLE, INVLQ, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, GRUPO TERRUM SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y URBANIZADORA DEL RIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En
los autos del juicio de amparo número 958/2007-VI, promovido
por INMOBILIARIA ALVINAM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
(GARANTE HIPOTECARIA), por conducto de su apoderado legal MIGUEL
CAMPOS CAMPOS, contra actos del JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL DISTRITO
FEDERAL Y ACTUARIO DE SU ADSCRIPCION; en el que se señala como
terceras perjudicadas a INMOBILIARIA CALETA NUMERO 566, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, INVLQ, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, GRUPO TERRUM SOCIEDAD ANONIMA
DE
CAPITAL VARIABLE Y URBANIZADORA DEL RIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE entre otras, y al desconocerse sus domicilios actuales, con
fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley
de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por
edictos, los que se publicarán por tres veces
de siete en
siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en
uno de los periódicos de mayor circulación en la
República, y se les hace de su conocimiento que en la
Secretaría de trámite de amparo de este juzgado, queda
a su disposición copia simple de la demanda de amparo y sus
anexos, a efecto de que, en un término de treinta días
contados a partir de la última publicación de tales
edictos, ocurran al órgano jurisdiccional a hacer valer sus
derechos.
Atentamente
México, D.F., a 5 de marzo de 2008.
La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Silvia García Sánchez
Rúbrica.
(R.- 264170)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Cuarto Civil de Cuantía Mayor del Distrito Judicial de Toluca, México
Juzgado Cuarto Civil
Toluca, México
Primera Secretaría
EDICTO
En
el expediente número 337/06, relativo al juicio EJECUTIVO
MERCANTIL, promovido por ESTEBAN AGUSTIN ROMERO MAÑON, en
contra de JUANA CONTRERAS SALGADO, el Juez Cuarto Civil de Cuantía
Mayor del Distrito Judicial de Toluca, México, por auto de
fecha VEINTICINCO DE FEBRERO DEL DOS MIL OCHO, señaló
las TRECE HORAS DEL DIA TRES DE ABRIL DEL DOS MIL OCHO, para que
tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, respecto de los
bienes inmuebles embargados en el presente juicio, consistentes en:
1.-
Un inmueble ubicado en la calle Independencia numero 1005 antes 1007
Toluca, México, con las siguientes medidas y colindancias: AL
NORTE: 14.15 metros, con TERRENO QUE FUE PROPIEDAD DE FRANCISCO
RIVERA Y QUE HOY ES ANEXO A LA SECRETARIA DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA
DEL ESTADO DE MEXICO; AL SUR: 14.15 metros con AVENIDA
INDEPENDENCIA;
AL ORIENTE: 74.36 metros con OFICINAS DEL INSTITUTO
DE SALUD DEL ESTADO DE MEXICO; Y AL PONIENTE: 74.36 metros con CASA
YSITO DE JESUS GARDUÑO ANTERIORMENTE EL DUEÑO;.
Inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio, de Toluca, Estado de México, en el Volumen 499, de
la Partida número 921, Antecedentes sección 1, Libro 1,
volumen 462, asiento 16, foja 0, de fecha 23 de agosto de dos mil
cinco. Antecedentes sección 1, libro 1, volumen 36, asiento
16, foja 0, de fecha 23 de agosto de dos mil cinco. Antecedentes
sección 1, libro 1, volumen 44, asiento 5718, foja 0, de fecha
23 de agosto de dos mil cinco a nombre de JUANA CONTRERAS SALGADO
sirviendo de base para el remate del bien inmueble, la cantidad de
$1’443,000.00 (UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL
PESOS 00/100 M.N.), cantidad resultante de los avalúos
rendidos en autos, siendo postura legal las dos terceras partes del
precio que sirve de base para el remate. Por lo que a través
de edictos, anúnciese su venta en forma legal por tres veces
dentro de nueve días, en el Diario Oficial de la Federación
y en la Tabla de Avisos de este Juzgado; NOTIFIQUESE PERSONALMENTE AL
DEMANDADO Y A LOS ACREEDORES EN LOS DOMICILIOS PROPORCIONADOS.-
Toluca, México, a veintisiete de febrero de dos mil ocho.- DOY
FE.
El Secretario
Lic. Francisco Vargas Ramírez
Rúbrica.
(R.- 264396)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Sexto de lo Civil
EDICTO DE REMATE
SE CONVOCAN POSTORES
México Distrito Federal a 15 de Febrero de 2008
En cumplimiento a lo ordenado por autos de fechas trece y seis de febrero de dos mil ocho y seis de diciembre de dos mil siete, dictados en los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por OROPEZA MAYORGA URBANO en contra de GUSTAVO ADOLFO MURILLO HERNANDEZ Y RODOLFO TEJEDA DAVILA, con número de expediente 411/2005, la C. Juez Sexto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ordenó sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA el inmueble embargado en este procedimiento ubicado en EL LOTE DE TERRENO 12, DE LA MANZANA 48, DE LA SECCION E, DEL FRACCIONAMIENTO REFORMA IZTACCIHUATL, TAMBIEN IDENTIFICADO CON EL NUMERO 543 DE LA CALLE PLAYA REGATAS, COLONIA REFORMA IZTACCIHUATL, CODIGO POSTAL 08840, DELEGACION IZTACALCO, EN MEXICO DISTRITO FEDERAL, con las medidas y colindancias que se determinan en el avalúo que obra en autos, sirviendo de base para el remate la cantidad de $2,490,529.02 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE PESOS 02/100 M.N.), precio más alto de avalúo, rendido en autos, siendo postura legal la cantidad que cubra la totalidad de la suma antes señalada, lo anterior, tomando en consideración la naturaleza jurídica del presente juicio EJECUTIVO MERCANTIL. Señalándose para que tenga verificativo la diligencia de remate en PRIMERA ALMONEDA las DIEZ HORAS DEL DIA SIETE DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO.
Edictos que deberán publicarse por tres veces, dentro de nueve días, en la inteligencia de que la última de las publicaciones deberá efectuarse cuando menos tres días antes de la fecha señalada para el remate, en los siguientes lugares:
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO.
El C. Secretario de Acuerdos “A”
Lic. Jorge Angel García Trejo
Rúbrica.
(R.- 264397)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Quinto Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
DENTRO DE LOS AUTOS QUE INTEGRAN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL NUMERO 1269/2006, PROMOVIDO POR ROBERTO ARELLANO GONZALEZ FRENTE A BEATRIZ GARCIA VIGIL, SE SEÑALARON LAS 10.00 DIEZ HORAS DEL DIA 8 OCHO DE ABRIL DE LA PRESENTE ANUALIDAD, A FIN DE QUE SE LLEVE A CABO LA AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMER ALMONEDA, RESPECTO DE LOS SIGUIENTES BIENES INMUEBLES:
PRIMERO.-
Lote Urbano número 16 de la Manzana 22, ubicado en la
Avenida del Roble número 431 del Fraccionamiento “El
Trebol” Tercera etapa, del Municipio de Tarimbaro y Distrito de
Morelia, Michoacán, mismo que tiene las siguientes medidas y
colindancias: AL NORTE: 15.00 metros con el lote quince 15,
AL
SUR: 15.00 metros con el lote diecisiete 17, AL ORIENTE: 06.00 metros
con Avenida del Roble, que es la de su ubicación, y, AL
PONIENTE: 06.00 metros, con el lote veintinueve 29, con una
superficie se 90.00 metros cuadrados al que se le asigna un valor de
$108,000.00 (CIENTO OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.).
SEGUNDO.-
Lote Urbano número 17 de la Manzana 22, ubicado en la
Avenida del Roble número 437 del Fraccionamiento “El
Trebol” Tercera etapa, del Municipio de Tarimbaro y Distrito de
Morelia, Michoacán, mismo que tiene las siguientes medidas y
colindancias: AL NORTE: 15.00 metros con el lote dieciséis
16,
AL SUR: 15.00 metros con el lote dieciocho 18, AL ORIENTE:
06.00 metros con Avenida del Roble, que es la de su ubicación,
y, AL PONIENTE: 06.00 metros, con el lote veintiocho 28, con una
superficie se 90.00 metros cuadrados al que se le asigna un valor de
$108,000.00 (CIENTO OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.).
TERCERO.- Lote Urbano con Construcción de Casa Habitación y Locales Comerciales (Manzana 12 doce), ubicado en la calle José Maria Llorente número 164 esquina con Ignacio Moctezuma del Fraccionamiento Agua Clara de Morelia, Michoacán, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 11.51 metros con calle Ignacio Moctezuma, AL SUR: 03.95 metros con lote quince 15, AL ORIENTE: 17.00 metros con vivienda B del lote diecisiete 17 y, AL PONIENTE: 17.72 metros con calle José Maria Llorente los lotes colindantes corresponden a la misma manzana 12 con una superficie de 123.00 metros cuadrados al que se le asigna un valor de $784,154.75 (SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO PESOS 75/100 M.N.).
Sirviendo
de base para el remate la suma anteriormente indicada y como postura
legal la que cubra las
2/3 dos terceras partes del valor asignado,
se convoca postores a esta audiencia y se ordena la publicación
de 3 tres edictos, dentro del término de 9 nueve días,
en los Estrados de este Juzgado y Diario Oficial
de la Federación.
Morelia, Mich., a 8 de febrero de 2008.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Quinto Civil
Lic. Nancy Viola Zizumbo Zacarías
Rúbrica.
(R.- 261422)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimosexto de Distrito
Tijuana, B.C.
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A LOS TERCEROS PERJUDICADOS
MARIO RAMIREZ RIVERA, SUCESION A BIENES DE JESUS LOPEZ QUEZADA Y VICTOR HERRERA ABOYTES, AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
En el juicio de amparo número 468/2007-IV, promovido por VICTORIA ALVARADO PILAR, en su carácter de Presidente de la “ASOCIACION DE MIXTECOS BENITO JUAREZ”, ASOCIACION CIVIL, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL, CON SEDE EN DE ESTA CIUDAD Y OTRAS AUTORIDADES, consistentes en todo lo actuado en el expediente número 1047/2003, del índice del Juzgado Segundo de lo Civil, de esta ciudad de Tijuana, Baja California, así como todas y cada una de las consecuencias jurídicas que produzca o haya producido la sentencia dictada en el juicio antes señalado, de igual forma, el ilegal emplazamiento llevado a cabo sobre la aquí quejosa “Asociación de Mixtecos Benito Juárez”, Asociación Civil, así como la cancelación de la partida número 115,411, Tomo 683, Sección Civil, de fecha once de octubre de mil novecientos noventa y tres, pasada ante la fe del Notario Público Número Seis de esta ciudad relativa a la inscripción de la sentencia definitiva dictada en el juicio ordinario civil número 1047/2003, bajo partida 5451511, Sección Civil, de veintiséis de diciembre de dos mil cinco, por auto de fecha veinte de febrero de dos mil ocho, se acordó emplazarlos a ustedes, en su carácter de terceros perjudicados, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico “Excélsior” de la ciudad de México, Distrito Federal, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente de la última publicación, y si pasado dicho término no se apersonan, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, les surtirán efectos por medio de lista; en la inteligencia de que se han señalado las DIEZ HORAS DEL DIA QUINCE DE MAYO DE DOS MIL OCHO, para la celebración de la audiencia constitucional, en el juicio de garantías antes mencionado.
Atentamente
Tijuana, B.C., a 28 de febrero de 2008.
La Secretaria del Juzgado Decimosexto de Distrito en el Estado de Baja California
Lic. Nadia Patricia García López
Rúbrica.
(R.- 264223)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
A
las 09:30 nueve horas con treinta minutos del día 10-diez de
Abril del año 2008-dos mil ocho, tendrá verificativo en
el local de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente
del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del
expediente número 944/2006 relativo al JUICIO ORDINARIO
MERCANTIL, promovido por ADOLFO CANTU GARZA en contra de ANDRES
NORIEGA GONZALEZ, la audiencia en pública subasta y primera
almoneda del 100%-cien por ciento de los derechos que le corresponden
al demandado, respecto del 100%-cien por ciento del bien inmueble
embargado en autos consistente: LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO
(46)-CUARENTA Y SEIS DE LA MANZANA NUMERO (2) DOS, DEL
FRACCIONAMIENTO CUMBRES ELITE, SECTOR VILLAS, UBICADO EN MONTERREY,
NUEVO LEON, EL CUAL TIENE UNA SUPERFICIE TOTAL DE (144.00 M2) CIENTO
CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y
COLINDANCIAS; AL NORESTE MIDE (9.00) NUEVE METROS, A COLINDAR CON
VILLA INGLESA; AL SURESTE MIDE (16.00) DIECISEIS METROS,
A
COLINDAR CON LOTE (47) CUARENTA Y SIETE; AL SUROESTE MIDE (9.00)
NUEVE METROS, A COLINDAR CON LIMITE DEL SECTOR Y AL NOROESTE MIDE
(16.00) DIECISEIS METROS, A COLINDAR CON LOTE (45) CUARENTA Y CINCO.
LA MANZANA DE REFERENCIA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES
CALLES: AL NORESTE, VILLA INGLESA; AL SURESTE, DERECHO DE PASO DE
DRENAJE SANITARIO; AL SUROESTE, LIMITE DEL SECTOR Y AL NOROESTE,
LIMITE DEL SECTOR, TENIENDO COMO MEJORAS LA FINCA MARCADA CON EL
NUMERO 234-DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO, DE LA CALLE VILLA INGLESA DEL
FRACCIONAMIENTO CUMBRES ELITE, SECTOR VILLAS EN MONTERREY, NUEVO
LEON.-En efecto, y de conformidad con los artículos 1411 del
Código de Comercio; 469 y 475 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, convóquese a postores a pública
subasta mencionada mediante edictos que deberán publicarse por
tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la
Federación y en la tabla de avisos de este recinto judicial,
de conformidad con lo establecido en el articulo 474 del Código
Federal de Procedimientos Civiles. En la inteligencia de que servirá
de postura legal para el remate la cantidad de
$883,333.33.-(OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y
TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL) y de que en la Secretaría
de este Juzgado se proporcionaran mayores informes.
Monterrey, N.L., a 25 de febrero de 2008.
La C. Secretario
Lic. Martha Elena Vázquez Ramos
Rúbrica.
(R.- 264235)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Civil de Cuantía Menor
Metepec, México
Segunda Secretaría
EDICTO
En el expediente promovido por el LICENCIADO ELFEGO SANCHEZ OLASCOAGA endosatario en procuración de MARIO J. GARDUÑO HERNANDEZ marcado con el numero 1404/2005, relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, en contra de JORGE LEON FLORES, LA JUEZ DEL CONOCIMIENTO DEL JUZGADO CIVIL DE CUANTIA MENOR, LA LICENCIADA LUZ IRENE HERNANDEZ ROSAS, QUE ACTUA EN FORMA LEGAL CON SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS QUE DA FE.
QUE SE DICTO UN AUTO CON FECHA CUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL OCHO, en donde con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1411 Y 1412 DEL Código de Comercio en vigor se señalo las CATORCE HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la segunda almoneda de remate en el presente juicio sobre el siguiente bien:- 1.-UN TERRENO UBICADO EN EL POBLADO DE SAN JERONIMO CHICAHUALCO, MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE MEXICO, EL QUE TIENE UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE 23.81 (VEINTITRES METROS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROS), CON AVENIDA SOLIDARIDAD, ACTUALMENTE VIALIDAD LAS TORRES, AL SUR 23.81 (VEINTITRES METROS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROS) CON ZANJA; AL ORIENTE 20.00 (VEINTE METROS) CON EL SEÑOR SERAFIN LEON FLORES Y AL PONIENTE 20.00 (VEINTE METROS) CON LA SEÑORA EMMA MARGARITA DE LEON FLORES, INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD EN EL VOLUMEN CUATROCIENTOS, LIBRO PRIMERO, SECCION PRIMERA, PARTIDA 132-5318 DE FECHA ONCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CINCO, A NOMBRE DE JORGE LEON FLORES, sirviendo de base para el remate la cantidad de $898,200.00 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N), cantidad que resulta después de haber reducido un diez por ciento del precio decretado en la primer almoneda, de conformidad con el articulo 475 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación mercantil.
Siendo postura Legal las que cubra las dos terceras partes del precio fijado con anterioridad, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 479 del Código Federal de Procedimientos Civiles en vigor, de aplicación supletoria a la legislación mercantil, y no habiéndose presentado postor a los bienes, el acreedor podrá pedir la adjudicación de ellos por el precio que para subastarlos se les haya fijado. Debiendo de anunciar el remate por medio de un edicto que se publicara por UNA SOLA VEZ en el “Diario Oficial de la Federación” y en la tabla de avisos o puerta de este Juzgado y de manera que entre la publicación y la fijación del último edicto y la fecha de remate medie un término de que no sea menor de CINCO días hábiles, tal y como lo ordena el dispositivo 475 del ordenamiento legal invocado de aplicación supletoria a la legislación mercantil, para ese fin expídase el edicto correspondiente.
Por otra parte con fundamento en el artículo 472 del Código adjetivo que se cita, deberá el promovente exhibir el certificado de gravámenes relativo al periodo, comprendido entre la fecha de aquel que obra en autos y en la que se ordena la venta.
NOTIFIQUESE
DOS FIRMAS ILEGIBLES Dados en fecha diez de marzo del año dos mil ocho. DOY FE. SECRETARIA LICENCIADA NORMA ALICIA SANCHEZ ESQUIVEL.
La Segundo Secretario
Lic. Norma Alicia Sánchez Esquivel
Rúbrica.
(R.- 264399)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
PARA EMPLAZAR A:
“REPSOL EXPLORACION, SOCIEDAD ANONIMA”.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL 68/2004-B, SEGUIDO POR UNION NACIONAL DE TRABAJADORES DE CONFIANZA DE LA INDUSTRIA PETROLERA, ASOCIACION CIVIL CONTRA PEMEX EXPLORACION Y PRODUCCION Y OTROS, SE DICTO EL SIGUIENTE AUTO:
“México, Distrito Federal, ocho de agosto de dos mil siete.
Agréguese a sus autos el escrito del actor Unión Nacional de Trabajadores de Confianza de la Industria Petrolera, asociación civil, por conducto de su apoderado Moisés Flores Salmerón, por el que en cumplimiento a lo ordenado en auto de uno de los actuales, exhibe cuatro copias de traslado; en esas condiciones, se provee de la siguiente manera:
Téngase a la actora demandando en la vía ordinaria civil de Pemex Exploración y Producción, con domicilio en Avenida Marina Nacional 329, torre ejecutiva piso 9, colonia Huasteca, código postal 11311; Repsol Exploración México, sociedad anónima de capital variable en su carácter de contratista y Repsol Exploración, sociedad anónima, en su carácter de obligada solidaria, ambas con domicilio en calle de Jaime Balmes 8-701, colonia los Morales Polanco, delegación Miguel Hidalgo, todos en esta ciudad, entre otras, la siguiente prestación:
“A) La declaración de nulidad absoluta del llamado “contrato de obra pública sobre la base de precios unitarios” que celebraron, en la ciudad de México, Distrito Federal el 14 de noviembre del 2003, Pemex Exploración y Producción (PEP) encomendado a Reposol Exploración México, S.A. de C.V., la ejecución de una serie de obras relacionadas con la explotación de gas no asociado existente en la Cuenca de Burgos, situada en el noreste de nuestro país.”
(…)”
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104, fracciones I y III constitucional, 53 fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, 19, 24, fracción IV, 322, 323, 324 y 327 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se admite a trámite la demanda en la vía y forma propuesta contra Pemex Exploración y Producción, Repsol Exploración México, sociedad anónima de capital variable y Repsol Exploración, sociedad anónima, en los términos que demanda; por lo que se comisiona a alguno de los actuarios adscritos a este órgano jurisdiccional, se constituya en el domicilio de los demandados antes citados, por conducto de quien legalmente lo representante, con las copias de la demanda y anexos le corra traslado y emplace a juicio para que dentro de nueve días, formulen su contestación a la demanda, apercibidos que en caso de no hacerlo, se tendrán por confesos de los hechos siempre y cuando el emplazamiento se haya entendido a través de su representante o apoderado, en cualquier otro caso, se tendrá por contestada en sentido negativo, quedando a salvo los derechos para probar en contra, conforme a lo dispuesto por el artículo 332 del código en cita y los requiera para que en el mismo término designen lugar para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibiéndolos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se harán conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales.
Por otra parte, requiérase a Pemex Exploración y Producción, para que en su contestación de demandada exhiba el original o en su caso copia certificada del contrato de obra pública sobre la base de precios unitarios para el desarrollo y mantenimiento de campos de gas no asociado 414103990, celebrado entre Pemex Exploración y Producción y Repsol Exploración México, sociedad anónima de capital variable y otro, de catorce de noviembre de dos mil tres, con el apercibimiento que de no hacerlo dentro del término antes indicado o en su caso manifestar su imposibilidad jurídica o material, se tendrán por ciertas las afirmaciones realizadas por su contraparte respecto de dicho documento, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
En términos de lo dispuesto por los artículos 323 y 324 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se tiene a la promovente exhibiendo con su demanda copia certificada del expediente 08/2004 del índice del juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal y como lo solicita se pone a su disposición el mismo, para que lo reciba por conducto de persona autorizada, previa comparecencia que por su recibo obre en autos, para los efectos legales a que haya lugar.
Con fundamento en los artículos 305 y 318 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que señala.
Asimismo, conforme a lo dispuesto por el Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la Aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que establece criterios, procedimientos y órganos para garantizar el acceso a la información en posesión de esos órganos del Poder Judicial de la Federación, tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, en concordancia con el artículo 8o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se hace del conocimiento de las partes el derecho que les asiste para omitir sus datos personales cuando se haga la pública la sentencia respectiva que se dicte en el presente asunto, en la inteligencia de que la falta de oposición expresa conlleva su consentimiento para que dicha sentencia se publique sin supresión de datos.
Notifíquese personalmente a las partes.
Lo proveyó y fírmale licenciado Felipe V Consuelo Soto, Juez Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, ante la Secretaría que autoriza. Doy Fe.
“México, Distrito Federal, a once de febrero de dos mil ocho.
Agréguese a los autos el escrito de la actora Unión Nacional de Trabajadores de Confianza de la Industria Petrolera, asociación civil, por conducto de su apoderado Moisés Flores Salmerón, por el cual manifiesta que su representada no cuenta con algún domicilio en el cual pueda ser localizada la codemandada Repsol Exploración, sociedad anónima, solicitando sea emplazada por edictos, para tos efectos conducentes.
Ahora
bien, tomando en consideración el estado procesal que guarda
el asunto y toda vez que se advierte que se han agotado los medios
para localizar el domicilio de la codemandada de mérito y
estar en aptitud
de continuar con la secuela procedimental, con
fundamento en el artículo 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, se ordena emplazar a la Repsol Exploración,
sociedad anónima por edictos, que se publicarán por
tres veces, de siete en siete días en el periódico el
Sol de México, así como en el Diario Oficial,
haciéndole saber a la enjuiciada que debe constituirse ante
este Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el
Distrito Federal dentro de treinta días, contados a partir de
la última publicación, para que dé contestación
a la demanda, incoada en su contra; asimismo, queda a su disposición
en el local de este juzgado copia de la demanda y anexos para correr
traslado.
Para los efectos anteriores, mediante notificación personal, requiérase al actor Unión Nacional de Trabajadores de Confianza de la Industria Petrolera, asociación civil, por conducto de quien legalmente la represente para que comparezca ante este Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en calle Sidar y Rovirosa esquina Eduardo Molina, colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza, acceso seis, nivel plaza, Palacio de Justicia Federal, a efecto de cumplir lo siguiente: a) recoger los edictos que se encuentran a su disposición, dentro de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación del presente auto, en términos de lo dispuesto por el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles; b) exhiba el comprobante de pago de las publicaciones correspondientes, en igual plazo a partir de que se pongan a su disposición los edictos; y c) exhibir las publicaciones correspondientes dentro de los tres días siguientes a la última de ellas, apercibido que de hacer caso omiso a cualquiera de los supuestos anteriores, se impondrá una multa de $1,000.00 (un mil pesos), de conformidad con el artículo 59, fracción I del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Fíjese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del proveído de ocho de agosto de dos mil siete, así como del presente por todo el tiempo del emplazamiento.
Sirve de apoyo en lo conducente y por analogía la jurisprudencia 2a./J.64/2002, emanada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 211, tomo XVI, Julio de 2002, Novena Epoca, del Semanario Judicial de la Federación, la cual dice:
“EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS, PAGAR SU PUBLICACION Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado se hará mediante notificación personal, siempre que se conozca o se logre investigar su domicilio, o por medio de edictos a costa del quejoso, si a pesar de la investigación se ignora aquél. Ahora bien, del análisis sistemático de lo previsto en el artículo 73, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, en relación con los diversos dispositivos 30, fracción II y 5o., fracción III, del propio ordenamiento, así como en el numeral 14, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se concluye que si una vez agotada la investigación a que alude el referido artículo 30, fracción II, y ordenado el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado por medio de edictos a costa del quejoso, éste no los recoge, paga su publicación y exhibe ésta, procede decretar el sobreseimiento en el juicio de garantías, toda vez que incumple con un presupuesto procesal, que se erige en formalidad esencial del procedimiento y hace que el juzgador de amparo no pueda pronunciarse sobre el fondo de lo planteado en el juicio constitucional; por ende, se actualiza una causa de improcedencia, pues con la no publicación de los edictos ordenados queda paralizado el juicio de garantías al arbitrio del quejoso, con lo que se contraviene lo dispuesto en el artículo 17 de la Constitución Federal, puesto que se entorpece la administración de justicia, por retardarse la solución del conflicto, ya que ello no es atribuible al órgano jurisdiccional, sino al propio quejoso, cuyo interés particular no puede estar por encima del interés público, tutelado por dicho precepto constitucional, en razón de que la sociedad está interesada en que los juicios se resuelvan dentro de los términos que al respecto señale la ley y no quede su resolución al arbitrio de una de las partes, en este caso del quejoso.”
Notifíquese por rotulón, personalmente a la actora y por edictos a la codemandada Repsol Exploración, sociedad anónima.
Lo proveyó y firma el licenciado Felipe V Consuelo Soto, Juez Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, ante la Secretaria que autoriza.- Doy fe” ”
México, D.F., a 11 de febrero de 2008.
La Secretaria del Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Susana Guzmán Benavides
Rúbrica.
(R.- 263398)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia de Toluca, México
Primera Secretaría
EDICTO
En el expediente número 371/2005, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, en contra de ALEJANDRO MOTA ALVAREZ, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, del bien inmueble ubicado en la casa marcada con el número ciento tres de la calle Juan Escutia de la Colonia Niños Héroes de Chapultepec de esta Ciudad de Toluca, México, con la siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 20.00 metros con casa de Adalberto Montes de Oca; AL SUR: 20.00 metros con propiedad de Agapito Olvera; AL ORIENTE: 10.00 metros con calle de su ubicación; AL PONIENTE: 10.00 metros con propiedad de los señores Pablo Nava y Alfonso Cejudo; con una superficie de 200.00 metros cuadrados; inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Toluca, México, bajo la Sección Primera, Volumen 356, Libro Primero, Asiento 506-7733, a fojas cincuenta y siete, de fecha veinticinco de julio de mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de ALEJANDRO MOTA ALVAREZ, sirviendo como base para el remate la cantidad de $800,000.00 (OCHOCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad señalada por los peritos; se señalaron las DIEZ HORAS DEL DIA DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL OCHO, ordenándose expedir los edictos correspondientes para su publicación por tres veces dentro de nueve días, en el Diario Oficial de la Federación y en la puerta o tabla de avisos de este Juzgado, en el entendido que en ningún caso mediarán menos de cinco días entre la publicación del último edicto y la almoneda; por lo que convóquese postores y notifíquese personalmente a la parte demandada, siendo la postura legal la que cubra las dos terceras partes, del importe fijado en el avalúo que sirvió de base para el remate, en el entendido de que en caso de que la postura sea exhibida en billete de depósito o cheque de caja o certificado, éste deberá suscribirse en favor del Poder Judicial del Estado de México. Dado en Toluca, México, a los cuatro días del mes de marzo de dos mil ocho. DOY FE.
La Secretaria
Lic. Rosina Palma Flores
Rúbrica.
(R.- 264409)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal del Cuarto Circuito
EDICTO
A LA TERCERO PERJUDICADO ESPERANZA LEDEZMA BLAS, en el juicio de amparo 218/2007, promovido por CARLOS MARTINEZ AMADOR, en su carácter de apoderado legal de la empresa ORGANIZACION JADE, S.A. DE C.V., por proveído de cuatro de diciembre de dos mil siete, se ordenó emplazarle, como en efecto se hace, por medio de edictos que se publicaron por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que en el plazo de treinta siguientes al de la última publicación del edicto respectivo, se apersone en el referido juicio de garantías, ante el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado, en su carácter de tercero perjudicado, si a sus derechos conviniere, haciendo notar que la copia de la demanda de garantías queda a su disposición en la Secretaría de este órgano constitucional.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se le hace saber que los proveídos objeto de la notificación por edictos es del tenor siguiente:
Monterrey, Nuevo León, a dieciocho de abril de dos mil siete.
Vista la cuenta que antecede, se provee:
PRIMERO. El escrito que en ella se indica, agréguese a sus antecedentes.
SEGUNDO. Se tiene a Carlos Martínez Amador, en su carácter de apoderado legal de la empresa ORGANIZACION JADE, S.A. DE C.V., cumpliendo con el requerimiento formulado el veintinueve de marzo del año en curso; en consecuencia, se le tiene promoviendo juicio de garantías contra actos del AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION, TITULAR DE LA AGENCIA INVESTIGADORA UNICA, ADSCRITA A LA SUBDELEGACION DE AVERIGUACIONES PREVIAS EN LA DELEGACION ESTATAL NUEVO LEON DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, con sede en Linares, Nuevo León, y otras autoridades, por violación a las garantías individuales consagradas en los artículos 8o., 14 y 16 de la Constitución Federal.
TERCERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 103, fracción I, 107, fracciones III inciso b) y VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o. fracción I, 40, 17, 36, 114, fracción IV, 116, 117, 122, 147, 148, 149, 155 y 156 de la Ley de Amparo, se admite la demanda.
CUARTO. Por cuerda separada y por duplicado, fórmese el incidente de suspensión respectivo.
QUINTO. Pídase a la autoridad responsable su informe con justificación, que deberá rendir dentro del término de tres días, al que en su caso, acompañará copia certificada legible de las constancias que justifiquen el acto reclamado, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, se le impondrá una multa hasta por ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en la sentencia que resuelva el presente juicio, con fundamento en el artículo 149 de la Ley de Amparo.
SEXTO. Hágase del conocimiento de la autoridad responsable que cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado o cuando hayan ocurrido causas notorias de sobreseimiento, se encuentra obligada a comunicarlo y remitir al efecto las constancias certificadas conducentes, en el entendido que si no cumple con esa obligación, se le impondrá una multa de diez a ciento ochenta días de salario, según las circunstancias del caso; lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo de la fracción IV, del artículo 74 de la expresada ley reglamentaria.
SEPTIMO. Dése la intervención legal que corresponde al Agente del Ministerio Público de la Federación de la adscripción.
OCTAVO. Para la audiencia constitucional se señalan las DIEZ HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DOS DE MAYO DE DOS MIL SIETE.
NOVENO. Téngase al impetrante de garantías señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones, en Avenida del Estado, número 244, colonia Tecnológico, en esta ciudad; y autorizando en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo a las personas que señala en su demanda.
DECIMO. En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 8o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 19 del Acuerdo General 76/2003 que reformó tal dispositivo y el tercero transitorio del diverso Acuerdo General 30/2003, ambos del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal; dígase a las partes, que la sentencia que se dicte en el presente asunto, estará a disposición del público para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso a la información, así también, el derecho que les asiste, para que manifiesten expresamente, hasta antes que se dicte el fallo, su voluntad de que, su nombre y datos personales no se incluyan en la publicación; en la inteligencia que la falta de oposición, conlleva su consentimiento para que la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos.
Notifíquese personalmente.
Así lo acordó y firma, el licenciado RAFAEL RODRIGO CRUZ OVALLE, Juez Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, ante el licenciado JOSE LUIS HERNANDEZ HERNANDEZ, Secretario con quien actúa y da fe.
Monterrey, Nuevo León, a veinticuatro de mayo de dos mil siete.
PRIMERO. Advirtiendo de la certificación que antecede, que la celebración de la audiencia constitucional en el juicio de amparo 218/2007, se encuentra fijada para las doce horas con veinte minutos de hoy; y, que de las constancias aportadas por la responsable, se aprecia que en la averiguación previa 143/D/2000, de donde emanan los actos reclamados, compareció ESPERANZA LEDEZMA BLAS, como albacea de la sucesión a bienes de JOSE IGNACIO MARTINEZ AMADOR, reclamando la propiedad del numerario, cuya devolución pretende la quejosa en el este juicio de amparo, sin que tal persona haya sido emplazada a juicio; por lo que, no se está en condiciones de celebrar la audiencia de ley, en consecuencia, se difiere para las DIEZ HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL ONCE DE JUNIO DEL DOS MIL SIETE.
SEGUNDO. En consecuencia, con apoyo en lo establecido por el artículo 5o. fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo, requiérase a la quejosa para que dentro del término de TRES DIAS contados a partir del día siguiente, al en que surta efectos la notificación de este proveído, proporcione el domicilio actual y correcto de la tercero perjudicado en cita, apercibida, que de no hacerlo, dentro del plazo concedido, dicha notificación se realizara por medio de edictos a su costa, de conformidad con lo establecido por el artículo 30, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, previo el trámite que esa disposición prevé.
Notifíquese personalmente.
Así
lo acordó y firma el licenciado RAFAEL RODRIGO CRUZ OVALLE,
Juez Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado, ante el
licenciado JOSE LUIS HERNANDEZ HERNANDEZ, Secretario con quien
actúa
y da fe.
Y el auto en que se ordenó el emplazamiento por edictos conforme a lo ordenado en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, es el siguiente:
Monterrey, Nuevo León, a cuatro de diciembre de dos mil siete.
PRIMERO. Se tiene al JUEZ TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, con residencia en San Luis Potosí, remitiendo sin diligenciar el exhorto 93/2007, índice de este juzgado; del que se advierte que no fue posible notificar a la tercero perjudicado ESPERANZA LEDEZMA BLAS, por los motivos que se exponen.
Ahora bien, tomando en consideración, que no fue posible emplazar a juicio a la tercero perjudicado ESPERANZA LEDEZMA BLAS, toda vez que, resultó infructuosa la investigación realizada a través de la PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO. TELEFONOS DE MEXICO (TELMEX), S.A. DE C.V., ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE SAN LUIS POTOSI, SAN LUIS POTOSI. DELEGADO DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, ENCARGADO DE LA DELEGACION REGIONAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL y DIRECTOR DEL REGISTRO CIVIL, con sede en San Luis Potosí, San Luis Potosí, para localizar el domicilio de la citada tercero perjudicado, de conformidad con lo establecido por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 Constitucionales, se hace efectivo los apercibimientos con que se conminó a la parte quejosa mediante proveídos de veinticuatro de mayo y doce de julio del año en curso: por tanto, se ordena emplazar por edictos a su costa a ESPERANZA LEDEZMA BLAS, los cuales deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que en el término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, se apersone en su carácter de tercero perjudicado, dentro del juicio de amparo número 218/2007, promovido por CARLOS MARTINEZ AMADOR, en su carácter de representante legal de la empresa ORGANIZACION JADE, S.A. DE C.V., contra actos del AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION, con residencia en Linares, Nuevo León, de quien reclama:
“El acuerdo de fecha 12 de diciembre del año 20056, dictado en la averiguación previa número 143/D/2000, que me fue notificado de manera personal el día 06 de marzo del año 2007, por el Titular de la Agencia del Ministerio Público de la federación adscrito a la subdelegación de averiguaciones previas en la delegación estatal Nuevo León en la procuraduría general de la república con residencia en Linares, Nuevo León, en el que acuerda lo siguiente: “no ha lugar de acordar de conformidad la petición del numerario afecto a que hace el C. CARLOS MARTINEZ AMADOR, en su carácter de representante legal de la persona moral ORGANIZACION JADE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por las razones y fundamentos expuestos y líneas que anteceden.
Así como el ilegal aseguramiento decretado en numerario propiedad de mi representada la sociedad ORGANIZACION JADE, S.A. DE C.V., decretado por el Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la subdelegación de averiguaciones previas en la delegación estatal Nuevo León en la procuraduría general de la república con residencia en Linares, Nuevo León, decretado en la averiguación previa número 143/D/2000, y la negativa del levantamiento del aseguramiento del numerario asegurado en la averiguación 143/D/2000.
V. El acto reclamado viola las garantías individuales que consagran los artículos 14, 16, 17, 20 y 21 de la Constitución Política de os Estados Unidos Mexicanos.”
Para tal efecto, queda a disposición de la citada tercero perjudicado, en la Secretaría de este Juzgado, copia de la demanda de garantías, auto admisorio, proveídos de veinticuatro de mayo, veintitrés de julio, trece y veintiocho de agosto, diecinueve de septiembre y once de octubre del año en curso, así como, del presente proveído.
Con apoyo en lo establecido por el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, se requiere a la parte quejosa, para que dentro del término de tres días contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, comparezca a este Juzgado a recabar los edictos, a fin de que a su costa se publiquen; y, dentro de los tres siguientes, acrediten ante este Juzgado de Distrito, haber hecho el pago de las publicaciones, apercibido que de no cumplir con lo anterior, se decretará el sobreseimiento en el presente juicio de garantías con base en los artículos 73, fracción XVIII, en relación con el 116, fracción II, de la citada ley de la materia.
Fíjese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del presente acuerdo por todo el tiempo del emplazamiento.
El anterior criterio encuentra apoyo, en la tesis de jurisprudencia número 64/2002, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aprobada en sesión privada del catorce de junio de dos mil dos, por unanimidad de votos, que es del rubro y texto siguiente:
“EMPLAZAMIENTO
POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE
RECOGERLOS, PAGAR SU PUBLICACION Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL
SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO. De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de
Amparo, el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado se hará
mediante notificación personal, siempre que se conozca o se
Iogre7 investigar su domicilio, o por medio de edictos a costa del
quejoso, si a pesar de la investigación se ignora aquél.
Ahora bien, del análisis sistemático de lo previsto en
el artículo 73, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, en
relación con los diversos dispositivos 30, fracción II
y 5o., fracción IlI, del propio ordenamiento, así como
en el numeral 14, párrafo segundo, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, se concluye que si
una vez agotada la investigación a que alude el referido
artículo 30, fracción II, y ordenado el emplazamiento a
juicio del tercero perjudicado por medio de edictos a costa del
quejoso, éste no los recoge, paga su publicación y
exhibe ésta, procede decretar el sobreseimiento en el juicio
de garantías, toda vez que incumple con un presupuesto
procesal, que se erige en formalidad esencial del procedimiento y
hace que el juzgador de amparo no pueda pronunciarse sobre el fondo
de lo planteado en el juicio constitucional; por ende, se actualiza
una causa de improcedencia, pues con la no publicación de los
edictos ordenados queda paralizado el juicio de garantías al
arbitrio del quejoso, con lo que se contraviene lo dispuesto en el
artículo 17 de la Constitución Federal, puesto que se
entorpece la administración de justicia, por retardarse la
solución del conflicto, ya que ello no es atribuible al órgano
jurisdiccional, sino al
propio quejoso, cuyo interés
particular no puede estar por encima del interés público,
tutelado por dicho precepto constitucional, en razón de que la
sociedad está interesada en que los juicios se resuelvan
dentro de los términos que al respecto señale la ley y
no quede su resolución al arbitrio de una de las partes, en
este caso del quejoso”.
Notifíquese personalmente.
Así lo acordó y firma el licenciado RAFAEL RODRIGO CRUZ OVALLE, Juez Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, ante el licenciado JOSE LUIS HERNANDEZ HERNANDEZ, Secretario con quien actúa y da fe.
En cinco de diciembre de dos mil siete, la secretaría de este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado, hace contar que en esta fecha se publicó en los estrados de este órgano jurisdiccional, el edicto mediante el cual se realizó el emplazamiento a la tercero perjudicado ESPERANZA LEDEZMA BLAS, en el juicio de amparo 218/2007, con trascripción íntegra de los proveídos de dieciocho de abril, veinticuatro de mayo y cuatro de diciembre del año en curso, dictados en el juicio de amparo; lo anterior en cumplimiento a lo ordenado en auto de cuatro de los corrientes, pronunciado en el citado juicio.
Lic. José Luis Hernández Hernández
Rúbrica.
(R.- 264202)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Primero de lo Civil
León, Gto.
EDICTO
Por este publíquense por 3 veces, dentro de 9 nueve días en el Diario Oficial de la Federación y tabla de avisos o puerta de este Tribunal, y anúnciese la audiencia de Remate en Primera Almoneda del inmueble ubicado en calle Fray Alonso de Montufar No.530-A Condominio 14, Fracc. Santo Domingo Segunda Sección, lote 37, manzana 3, con superficie de 78.64 que mide y linda: Norte.- 15.00 metros lineales con casa No.530; al Sur.- 13.41 y pancoupe 2.21 metros lineales con calle Historiadores; al Oriente 4.06 metros lineales con calle Fray Alonso de Montufar y; al Poniente.- 5.00 metros lineales con propiedad particular porcentaje de propiedad: 51.2% con valor de $289,000.00 pesos.
Almoneda que se llevará a cabo en el Juzgado Primero Civil de Partido a las 11:00 horas del día 10 de Abril del 2008, siendo postura legal que se cubra las 2/3 partes de la cantidad señalada que fue el precio asignado en el avalúo que obra dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil No. M133/2007, promovido por el endosatario en procuración de JORGE ESPARZA SUAREZ en contra de JORGE ARTURO TORRES GRANADOS, con citación de postores para la misma.
León, Gto., a 5 de marzo de 2008.
La Secretaria del Juzgado Primero Civil de Partido
Lic. Gabriela Rodríguez Gómez
Rúbrica.
(R.- 264398)
AVISOS GENERALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud
Coordinación General “C” del Ministerio Público de la Federación
A.P. PGR/SIEDO/UEIDCS/227/2007
EDICTO
El
Ciudadano Agente del Ministerio Público de la Federación,
con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 182-A y
182-B del Código Federal de Procedimientos Penales, por esta
vía, se notifique al propietario y/o interesado y/o
Representante Legal el aseguramiento de los siguientes inmuebles: 1.-
ISLA AMOROSA NUMERO 36, DESARROLLO RESIDENCIAL ISLA DORADA, CANCUN
QUINTANA ROO, CODIGO POSTAL 77500. 2.-
ISLA AMOROSA NUMERO 34-35, DEL DESARROLLO RESIDENCIAL ISLA DORADA
CANCUN QUINTANA ROO, CODIGO POSTAL 77500. 3.-
CIRCUITO JADE NUMERO 8A Y 8B, REGION 521, CODIGO POSTAL 77500,
CANCUN, QUINTANA ROO. 4.-
AVENIDA KONHUNLICH
SUPER MANZANA 45 SECTOR 5, CASA 27, CODIGO
POSTAL 77506, CANCUN, QUINTANA ROO.
5.-
CONSTRUCCIONES Y MENAJE EN ELLOS CONTENIDOS; ordenado por esta
Representación Social de la Federación, en fecha
veinticinco de abril y 19 de mayo, del año en curso, dentro de
la indagatoria PGR/SIEDO/UEIDCS/227/2007.
Con fundamento en lo dispuesto por el párrafo segundo y tercero del artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, se aperciba a Luis Bernardo Cuervo Aguilar y/o Luis Antonio Aguilar Vélez y/o Antonio Aguilar Cuervo y/o Antonio Aguilar Vélez y/o Antonio Bermúdez Uribe y/o Pedro Antonio Bermúdez Suaza y/o Pedro Bermúdez Suaza y/o José Antonio Ramírez Suaza; Felipe Bermúdez Durán; Omar Alfredo Jácome del Valle y/o Oscar Alfredo Ríos del Río; Julio César Sánchez Martell y/o Julio César Jassan Estuardo Sánchez Martell; César Antonio Flores Estrada; Edic Muñoz Sánchez y Santiago Bermúdez Luque, y al propietario y/o interesado y/o Representante Legal del inmueble en cita, para que no lo enajene o grave y, que de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo marcado por la Ley en cita, los bienes causarán abandonado a favor de la Federación. Asimismo, se pone a su disposición, copia certificada de la inspección ministerial e inventario del inmueble y objetos asegurados, en el interior de las oficinas de la Unidad Especializada en Delincuencia Organizada, ubicadas en avenida Paseo de la Reforma número 75, segundo piso de la colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06300, México, Distrito Federal.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 5 de noviembre de 2007.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. Jorge Flores Laris
Rúbrica.
(R.- 263987)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud
A.P. PGR/SIEDO/UEIDCS/227/2007
EDICTO
En la Ciudad de México Distrito Federal, a los dos días del mes de enero de dos mil ocho. VISTOS los autos que integran la averiguación previa en que se actúa, para el efecto de dar cumplimiento al contenido de los artículos 182-A y 182-B del Código Federal de Procedimientos Penales, por esta vía, se ordena notificar al propietario y/o interesado y/o Representante Legal el aseguramiento de la Aeronave Súper King Air 200, color blanco con franjas verdes y grises, número de matrícula N14TF5 y/o N14TFY; ordenado por esta Representación Social de la Federación, en fecha veintinueve de diciembre de dos mil siete, dentro de la indagatoria PGR/SIEDO/UEIDCS/290/2007, lo anterior, para el efecto de que manifiesten lo que a su derecho convenga, apercibidos, que de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo marcado por la Ley en cita, los bienes causarán abandonado a favor de la Federación. Asimismo, se pone a su disposición, copia certificada de la inspección ministerial e inventario de la aeronave en cita, en el interior de las oficinas de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud, ubicadas en avenida Paseo de la Reforma número 75, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06300, México, Distrito Federal.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. Leonardo Sánchez Hernández
Rúbrica.
(R.- 263986)
INTERAPAS
NOTIFICACION POR EDICTO
Por disposición Director General del Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos de los Municipios Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, en el proveído de once de febrero del dos mil ocho, dictado en el expediente No. INTERAPAS-PRODDER-01-02-A, relativo al contrato de obra pública a precios unitarios y en tiempo determinado celebrado entre el INTERAPAS y la empresa GONSA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V., se ordena notificarlo por este medio a la empresa GONSA CONSTRUCCIONES S.A. DE C.V. por sí y como REPRESENTANTE LEGAL al LEAO. GERMAN GONZALEZ SANTOS, el oficio IN/DG/034/08, por desconocerse su domicilio, notificándolo que por medio de dicho oficio, se fijaron las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE MARZO DE DOS MIL OCHO, para que se celebre la audiencia del Ley de conformidad con lo que establece el artículo 140 del Reglamento de la Ley Federal de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, quedando a su disposición expediente respectivo en la Unidad Jurídica de Interapas, para su consulta, así como las copias de traslado del oficio de referencia.
Se ordena se haga la publicación por tres días consecutivos, en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional y en el Diario Oficial de la Federación.
San Luis Potosí, S.L.P., a 6 de marzo de 2008.
Director General de INTERAPAS
Ing. Francisco José Muñiz Pereyra
Rúbrica.
(R.- 264364)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Agencia Tercera
Mesa III
Delitos Contra la Salud
EDICTO
PROCURADURIA
GENERAL DE LA REPUBLICA, DELEGACION ESTATAL MICHOACAN.- C. AGENTE DEL
MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION TITULAR DE LA AGENCIA TERCERA
INVESTIGADORA. NOTIFICACION AL PROPIETARIO DEL VEHICULO TIPO TORTON,
COLOR AMARILLO, MARCA INTERNACIONAL, DE TRES EJES, CON CAJA DE
MADERA, CON NUMERO DE SERIE 1HSRDJVR0EHB14690, MODELO 1984, PLACAS DE
CIRCULACION NG-52-033, DEL ESTADO DE MICHOACAN, DENTRO DE LA
AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/MICH/M-III/258/07, INSTRUIDA EN CONTRA DE
QUIEN RESULTE RESPONSABLE POR LA COMISION DEL DELITO DE CONTRA LA
SALUD, DONDE SE DICTO UN ACUERDO QUE A LA LETRA DICE: “...EN LA
CIUDAD DE MORELIA, ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO, SIENDO LAS 11:00
ONCE HORAS DEL DIA 15 QUINCE DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL
SIETE, VISTO EL ESTADO QUE GUARDAN LAS CONSTANCIAS Y ACTUACIONES QUE
INTEGRAN LA PRESENTE AVERIGUACION PREVIA INSTRUIDA EN CONTRA DE QUIEN
RESULTE RESPONSABLE, POR LA COMISION DEL DELITO DE CONTRA LA SALUD, Y
COMO DE LAS MISMAS DE DESPENDEN QUE NO SE A PODIDO DETERMINAR QUIEN
ES EL PROPIETARIO DE UN VEHICULO TIPO TORTON, COLOR AMARILLO, MARCA
INTERNACIONAL, DE TRES EJES, CON CAJA DE MADERA, CON NUMERO DE SERIE
1HSRDJVR0EHB14690, MODELO 1984, PLACAS DE CIRCULACION NG-52-033, DEL
ESTADO DE MICHOACAN, VEHICULO QUE CAUSARA ABANDONO A FAVOR DE LA
FEDERACION EN CASO DE NO HACER NINGUNA MANIFESTACION AL RESPECTO. ASI
COMO TAMPOCO SE HA PRESENTADO PERSONA ALGUNA CON EL FIN DE ACREDITAR
DEBIDAMENTE LA PROPIEDAD DEL MISMO SE ORDENA LA PUBLICACION DE
EDICTOS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 8, FRACCION
II INCISO A) Y B), 44 FRACCION I Y 5o. TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL
PARA LA ADMINISTRACION DE BIENES ASEGURADOS, DECOMISADOS Y
ABANDONADOS, CONTANDO EL PROPIETARIO CON SEIS MESES A PARTIR DE LA
PRIMERA PUBLICACION, PARA MANIFESTAR LO QUE A SU INTERES CONVENGA, Y
EN CASO DE LO CONTRARIO EL NUMEARIO AFECTO CAUSARA ABONO A FAVOR DE
LA FEDERACION, POR LO QUE EL NUMERARIO DE REFERENCIA QUEDO A
DISPOSICION DE LA DIRECCION GENERAL DE CONTROL Y REGISTRO
DE
BIENES ASEGURADOS MINISTERIALES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE
MEXICO,
DISTRITO FEDERAL.
CUMPLASE
ASI
LO ACORDO Y FIRMA EL LICENCIADO FELIPE REYES PIÑON, AGENTE DEL
MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION, ADSCRITO A LA SUBDELEGACION DE
PROCEDIMIENTOS
PENALES “A”, TITULAR DE LA AGENCIA
TERCERA INVESTIGADORA, QUIEN ACTUA CON TESTIGOS DE ASISTENCIA QUE AL
FINAL FIRMAN PARA DEBIDA CONSTANCIA DE LO ACTUADO.- DAMOS FE.-
RUBRICA.
Morelia, Mich., a 15 de diciembre de 2007.
Testigo de Asistencia Testigo de Asistencia
C. Luis Arturo Vázquez Macedo C. Carolina Campos Durán
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 263985)
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda
Coordinación General de Integración y Seguimiento
EDICTO
Se notifica a COMMERCE BASIC GROUP, S.A. DE C.V., Y/O Representante Legal, o quien acredite la legítima procedencia y propiedad de la cantidad de USD $11’963,385.00 (ONCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES AMERICANOS), numerario, que en fecha 7 de marzo de 2008, la Representación del Interés Social de la Federación, dentro de los autos de la averiguación previa PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/039/2008, ordenó su aseguramiento provisional, con fundamento en los artículos 40, 41 y 400 bis del Código Penal Federal; 181 del Código Federal de Procedimientos Penales, 5 y 8 fracción II, inciso a) y b) de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados Decomisados y Abandonados. Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda, sito en Paseo de la Reforma número 75, planta baja, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, apercibiéndose al interesado que de no manifestar lo que a su derecho convenga en los plazos de ley, el bien causará abandono a favor de la Federación.
Atentamente
10 de marzo de 2008.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrito a la UEIORPIFAM
Lic. Eduardo Martínez Gudiño
Rúbrica.
(R.- 264496)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda
EDICTO
Se notifica a la persona que responde al nombre de HECTOR GERARDO PONCE MEDINA, o a su representante legal, o a quien resulte legalmente con derecho, el acuerdo ministerial de fecha 7 siete de febrero de 2008 dos mil ocho, dictado en autos de la averiguación previa número PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/011/2008, por medio del cual se decretó el aseguramiento provisional de los siguientes bienes muebles; constantes de 34 treinta y cuatro empaques de diferentes formas y tamaños, conformados treinta y tres de ellos en material de cartón color café claro, y uno conformado en madera color natural, mismos que contienen lo siguiente: 32 treinta y dos pinturas de obra de arte, dos esculturas y un espejo, las cuales quedaron debidamente identificadas y embaladas, dentro de los 34 treinta y cuatro empaques antes citados; lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda, ubicadas en Paseo de la Reforma número 75 setenta y cinco, planta baja, colonia Guerrero, código postal 06300, México, Distrito Federal, lugar en donde se ponen a su disposición las constancias conducentes al citado acuerdo de aseguramiento; apercibiéndoseles que no podrán vender, enajenar, rentar y/o transferir dicho bien. Así mismo, se les apercibe que de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo de noventa días naturales que señala el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales a partir de la presente notificación, los bienes aludidos causará abandono a favor de la Federación.
Atentamente
México, D.F., a 20 de febrero de 2008.
El Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la UEIORPIFAM
Lic. Angel Armando Hernández Toribio
Rúbrica.
(R.- 264499)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud
Coordinación General “C” del Ministerio Público de la Federación
A.P. PGR/SIEDO/UEIDCS/278/2007
El Ciudadano Agente del Ministerio Público de la Federación, con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 182-A y 182-B del Código Federal de Procedimientos Penales, por esta vía, notifica al PROPIETARIO Y/O INTERESADO Y/O REPRESENTANTE LEGAL, en el aseguramiento decretado el 15 de diciembre de 2007, dentro de la indagatoria PGR/SIEDO/UEIDCS/278/2007, respecto de los siguientes bienes;
I. Inmueble ubicado en calle Durango número 612, colonia El Mante, Zapopan, Jalisco, maquinaria, sustancias y objetos contenidos en el interior.
II. El inmueble ubicado en calle Durango número 582, colonia El Mante, Zapopan, Jalisco, maquinaria, sustancias y objetos contenidos en el interior, así como los vehículos: 1. Camioneta 3500 “General Motors”, número de serie 3GBJC34R06HI04424 en color blanco con placa delantera “JM-66-367”, del Estado de Jalisco. 2. Un montacargas en color blanco con naranja de la marca NISSAN.
III. Inmueble ubicado en calle Durango número 297, colonia El Mante, Zapopan, Jalisco, maquinaria, sustancias y objetos contenidos en el interior; así como los vehículos: 1. Una camioneta en color shedrón marca NISSAN tipo MURANO, número de serie JN8AZ05T24W000859, con placas de circulación JDB-45-05, del Estado de Jalisco. 2. Una camioneta en color blanco de la marca DODGE tipo HYUNDAY, número de serie KMFZB17H46U219858, con placas de circulación JN-34-260, del Estado de Jalisco.
IV. El vehículo automotor en color azul de la marca HONDA en color azul, con número de serie 1HGES16741L902940, con placas de circulación particulares: JCF-96-83, del Estado de Jalisco.
Con fundamento en lo dispuesto por el párrafo segundo y tercero del artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, se apercibe al propietario y/o interesado y/o Representante Legal de los bienes descritos, para que no lo enajenen o grave y, que de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo de noventa días naturales, marcado por la Ley en cita, los bienes causarán abandonado a favor de la Federación. Asimismo, se pone a su disposición, copia certificada del inventario de los inmuebles, vehículos y objetos asegurados, en el interior de las oficinas de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud, ubicadas en avenida Paseo de la Reforma número 75, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06300, México, Distrito Federal.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 13 de febrero de 2008.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. María Magdalena Hernández Arroyo
Rúbrica.
(R.- 264137)
CONTROLADORA COMERCIAL MEXICANA, S.A.B. DE C.V.
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
Por acuerdo del Consejo de Administración, se convoca a los accionistas de CONTROLADORA COMERCIAL MEXICANA, S.A.B. DE C.V., a la Asamblea General Ordinaria que habrá de celebrarse a las 11:00 horas del día 3 de abril de 2008, en el salón Mérida del Hotel Four Seasons, ubicado en Paseo de la Reforma número 500, colonia Juárez, de esta ciudad, para tratar los asuntos contenidos en el siguiente:
ORDEN DEL DIA
I. Presentación del informe del Director General del Grupo; informe del Consejo de Administración, presentación de los estados financieros individuales y consolidados de CONTROLADORA COMERCIAL MEXICANA, S.A.B. DE C.V., correspondientes al ejercicio social de 2007, y reporte de operaciones de compra y recolocación de acciones propias.
Informe del Comité de Auditoría, informe del Comité de Prácticas Societarias, y reporte del cumplimiento de obligaciones fiscales.
Acuerdos respecto de la información presentada y de la actuación del Consejo de Administración.
II. Determinación sobre la aplicación de utilidades, con el posible decreto de un dividendo en efectivo a pagar por cada unidad vinculada representativa de cuatro acciones y definición del monto de recursos que podrán destinarse a la compra de acciones propias durante el presente ejercicio social.
III. Nombramiento o ratificación, en su caso, de los miembros que integran el Consejo de Administración, el Comité Ejecutivo, de quienes integran los comités de Auditoría y el de Prácticas Societarias, del Secretario; así como determinación de sus remuneraciones.
IV. Designación de delegados que den cumplimiento a las resoluciones adoptadas por esta Asamblea y, en su caso, para que formalicen como proceda.
Para asistir a la Asamblea, los accionistas deberán estar inscritos como tales en el registro que lleva la sociedad y depositar en la secretaría de sociedad los títulos representativos de sus acciones o presentar constancia de depósito en una institución de crédito, nacional o extranjera, o en el S.D. Indeval, S.A. de C.V., Institución para el Depósito de Valores, en las oficinas ubicadas en el inmueble identificado como Módulo Dos del conjunto comercial Mega Mixcoac, situado en avenida Revolución número 780, colonia San Juan, Delegación Política Benito Juárez, código postal 03730, de esta ciudad, a más tardar dos días antes de la celebración de la Asamblea, a cambio de la tarjeta de admisión. El horario para efectuar el depósito será de 9:30 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Los accionistas podrán hacerse representar en la Asamblea, por apoderados mediante poder otorgado en los formularios a que se refiere el artículo 14 bis 3 de la vigente Ley del Mercado de Valores, mismos que deberá recibir la secretaría de la sociedad con la anticipación señalada anteriormente. Los formularios de los poderes referidos estarán disponibles en la secretaría de la sociedad y a través de Internet en el sitio www.comerci.com.mx desde esta fecha.
Se recuerda a las casas de bolsa que deberán presentar un listado que contenga el nombre, domicilio, nacionalidad y número de acciones de cada uno de los accionistas que representen.
Atentamente
México, D.F., a 7 de marzo de 2008.
Secretario del Consejo de Administración
Lic. Rodolfo García Gómez de Parada
Rúbrica.
(R.- 264406)
WORLD ACCEPTANCE CORPORATION DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V.
PUBLICACION DE ACUERDOS DE TRANSFORMACION
Y DEL ULTIMO BALANCE
World Acceptance Corporation de México, S. de R.L. de C.V., publica y hace del conocimiento del público, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 228 y 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los acuerdos de transformación así como su último balance, en términos de la asamblea general extraordinaria de socios de dicha sociedad celebrada con fecha 17 de enero de 2008, en la cual se adoptaron unánimemente, entre otras, las siguientes resoluciones:
PRIMERA.-
Aprobar
la transformación de World Acceptance Corporation de México,
S. de R.L. de C.V., en una sociedad anónima de capital
variable. Esta resolución surtirá sus efectos a partir
del 1 de mayo de 2008, siempre y cuando, el acta de la Asamblea
General Extraordinaria de Socios celebrada con fecha 17 de enero de
2008 y la reforma a los estatutos sociales hayan quedado debidamente
inscritas en el Registro Público
de Comercio.
SEGUNDA.-
Aprobar que la
sociedad se sujete al régimen de una sociedad financiera de
objeto múltiple, entidad no regulada, previsto en el título
quinto, capítulo segundo, de la LGOAAC, para lo cual, sus
estatutos sociales contemplarán expresamente como objeto
principal el otorgamiento de crédito, así como la
celebración de arrendamiento financiero o factoraje financiero
en forma habitual y profesional, en términos del artículo
87-B de la LGOAAC. Esta resolución surtirá sus efectos
a partir del 1 de mayo de 2008, siempre
y
cuando, el acta de la Asamblea General Extraordinaria de Socios
celebrada con fecha 17 de enero de 2008 y
la reforma a los estatutos sociales hayan quedado debidamente
inscritas en el Registro Público de Comercio.
TERCERA.-
Cambiar la denominación de la sociedad a WAC
de México, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto
Múltiple, Entidad No Regulada. Esta resolución surtirá
sus efectos a partir del 1 de mayo de 2008, siempre y cuando, el acta
de la asamblea general extraordinaria de socios celebrada con
fecha
17 de enero de 2008 y la reforma a los estatutos sociales
hayan quedado debidamente inscritas en el Registro Público de
Comercio.
CUARTA.- Aprobar la reforma total de los estatutos de la sociedad. Esta resolución surtirá sus efectos a partir del 1 de mayo de 2008, siempre y cuando, el acta de la asamblea general extraordinaria de socios celebrada con fecha 17 de enero de 2008 y la reforma a los estatutos sociales hayan quedado debidamente inscritas en el Registro Público de Comercio.
QUINTA.-
Comunicar
a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de
los Usuarios de Servicios Financieros, a más tardar, dentro de
los 10 (diez) días hábiles posteriores a su inscripción
en el Registro Público de Comercio, la transformación
de la sociedad en Sociedad Financiera de Objeto Múltiple,
Entidad
No Regulada.
SEXTA.- Aprobar que la transformación de la sociedad se lleve a cabo en base al último balance de la sociedad al 31 de diciembre de 2007.
SEPTIMA.- En términos del artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la sociedad que se transforma pacta el pago de todas sus deudas.
OCTAVA.- Emitir los títulos accionarios que representan la totalidad del capital social suscrito y pagado a favor de sus accionistas.
NOVENA.- Aprobar y acordar la publicación en el periódico oficial del domicilio de la sociedad o en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos de transformación de la sociedad, así como el último balance de la sociedad al 31 de diciembre de 2007.
WORLD ACCEPTANCE CORPORATION DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
(pesos mexicanos)
Activos
Caja y Bancos 12,729,689
Cartera total 114,131,189
Intereses o Cargos por Cobrar -39,419,050
Reserva contra créditos e incobrables -5,356,472
Cartera neta de préstamos 69,355,667
Propiedad y equipo 18,047,537
Otros activos 7,125,889
Total Activos 107,258,783
Obligaciones y Capital
Otras obligaciones 5,048,777
Total de Obligaciones 5,048,777
Capital
Utilidades retenidas -4,513,002
Capital Pagado 106,723,008
Total de Capital 102,210,006
Total Obligaciones y Capital 107,258,783
La información presentada en este balance, para efectos de la transformación de la sociedad, se encuentra sujeta a posibles cambios una vez que sea revisada en su totalidad con información contable de la sociedad al 31 de diciembre de 2007.
México, D.F., a 10 de marzo de 2008.
World Acceptance Corporation de México, S. de R.L. de C.V.
Representante Legal
Marco Antonio Nájera Martínez
Rúbrica.
(R.- 264403)
EN LIQUIDACION
BALANCE GENERAL FINAL POR LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
pesos
ACTIVO
Caja 51,565
Suma el Activo 51,565
INVERSION DE LOS ACCIONISTAS
Capital Social 64,876
Reserva Legal 21,227
Resultados Acumulados 68,947
Resultado del Ejercicio -103,485
Suma la inversión de los Accionistas 51,565
México, D.F., a 14 de enero de 2008.
Liquidadores
C.P. Marcelo Javier Gaume C.P. Raúl Chávez Martínez
Rúbrica. Rúbrica.
De conformidad con lo dispuesto por la fracción I del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a continuación se indica el haber social que le corresponde a cada uno de los accionistas:
Techint, S.A. de C.V. 51,564
Constructora Mexicana Electromecánica y de Instrumentación, S.A. de C.V. 1
ELINA DEL GOLFO, S.A. DE C.V.
EN LIQUIDACION
ESTADO DE RESULTADOS FINAL POR LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
pesos
Gastos de Liquidación 103,485
Resultado del Ejercicio -103,485
México, D.F., a 14 de enero de 2008.
Liquidadores
C.P. Marcelo Javier Gaume C.P. Raúl Chávez Martínez
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 263184)
PROYECTOS LAGUNA VERDE, S.A. DE C.V.
EN LIQUIDACION
BALANCE GENERAL FINAL POR LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
pesos
ACTIVO
Caja 0
Suma el Activo 0
INVERSION DE LOS ACCIONISTAS
Capital Social 50,000
Resultados Acumulados -1,491
Resultado del Ejercicio -48,509
Suma la inversión de los Accionistas 0
México, D.F., a 14 de enero de 2008.
Liquidadores
C.P. Marcelo Javier Gaume C.P. Raúl Chávez Martínez
Rúbrica. Rúbrica.
De conformidad con lo dispuesto por la fracción I del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a continuación se indica el haber social que le corresponde a cada uno de los accionistas:
Techint, S.A. de C.V. 0
Senermex, Ingeniería y sistemas, S.A. de C.V. 0
PROYECTOS LAGUNA VERDE, S.A. DE C.V.
EN LIQUIDACION
ESTADO DE RESULTADOS FINAL POR LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
pesos
Gastos de Liquidación 48,509
Resultado del Ejercicio -48,509
México, D.F., a 14 de enero de 2008.
Liquidadores
C.P. Marcelo Javier Gaume C.P. Raúl Chávez Martínez
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 263194)
Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias
Centro de Investigación Regional Pacífico Centro
CONVOCATORIA
CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ARTICULO 37 FRACCION XIX, DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ARTICULOS 131 Y 139 DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES, ARTICULO 59, FRACCION IV DE LA LEY FEDERAL DE ENTIDADES PARAESTATALES, ASI COMO LAS BASES GENERALES PARA EL REGISTRO, AFECTACION, DISPOSICION FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES DEL INIFAP, AUTORIZADAS POR LA H. JUNTA DE GOBIERNO EL DIA 12 DE ABRIL DE 2005, EN EL ACUERDO INIFAP/CPI/11.14.2005, INVITA A TODOS LOS INTERESADOS A PARTICIPAR EN LA ENAJENACION DE LA CONVOCATORIA PUBLICA NUMERO LPN-01-08, QUE SE LLEVARA A CABO EN EL SITIO EXPERIMENTAL EL VERDINEÑO, UBICADO EN EL KILOMETRO 7.5 DE LA CARRETERA NAVARRETE SAUTA; DE LOS SIGUIENTES BIENES PECUARIOS:
LOTE |
DESCRPCION DE LOS BIENES |
CANTIDAD |
EDAD AÑOS |
PRECIO MINIMO DE AVALUO POR KG |
PESO APROX. DE KG POR LOTE |
1 |
10 VACAS |
10 |
16 Y 17 |
10.00 |
4,000 |
2 |
10 VACAS |
10 |
12 A 15 |
10.00 |
4,000 |
3 |
14 VACAS |
14 |
6 A 12 |
10.00 |
5,600 |
4 |
10 BECERRAS |
10 |
2 A 3 |
13.00 |
2,080 |
5 |
4 BECERROS |
4 |
1 A 1.5 |
16.00 |
730 |
6 |
4 TORETES |
4 |
1.5 Y 2 |
13.00 |
1,200 |
7 |
9 BECERRAS |
9 |
1 |
13.00 |
1,260 |
8 |
13 BECERROS |
13 |
1 A 2 |
16.00 |
2,080 |
9 |
14 BECERROS |
14 |
1 |
16.00 |
2,240 |
88 BOVINOS
1.- LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LA PRESENTE CONVOCATORIA DEBERAN OBTENER LAS BASES A UN PRECIO DE $300.00 M.N. EN LAS OFICINA DEL CAMPO EXPERIMENTAL SANTIAGO IXCUINTLA, UBICADO EN EL KILOMETRO 6 DE LA CARRETERA INTERNACIONAL MEXICO-NOGALES, EN SANTIAGO IXCUINTLA, NAYARIT, DE 9:00 A 14:00 HORAS, DE LUNES A VIERNES, A PARTIR DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
2.- LAS FECHAS, HORARIOS Y LUGAR EN QUE SE LLEVARA A CABO LA VERIFICACION FISICA DE LOS BIENES A ENAJENAR ESTAN CONSIDERADOS EN LAS BASES DE LICITACION.
3.- EL ACTO DE APERTURA DE OFERTAS Y FALLO DE ADJUDICACION, SE LLEVARA A CABO EL DIA 3 DE ABRIL DE 2008 A LAS 11:00 HORAS, DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL SITIO EXPERIMENTAL EL VERDINEÑO.
4.- LA GARANTIA PARA EL SOSTENIMIENTO DE LAS OFERTAS SERA DE 10%, SOBRE EL PRECIO DE AVALUO, LAS CUALES SE HARAN CON CHEQUE CERTIFICADO O DE CAJA A FAVOR DEL INIFAP.
5.- EL PLAZO MAXIMO PARA EL RETIRO DE LOS BIENES SERA DE TRES DIAS DESPUES DEL ACTO DE FALLO Y OTORGADA LA ADJUDICACION.
Guadalajara, Jal., a 13 de marzo de 2008.
Director Regional
Dr. Keir Fco. Byerly Murphy
Rúbrica.
(R.- 264169)
Comisión Federal de Electricidad
CONVOCATORIA GRTOR-001/2008
En cumplimiento a las disposiciones que establecen la Ley General de Bienes Nacionales y las Bases Generales para la Disposición Final y Baja de los Bienes Muebles de CFE, se convoca a las personas físicas y morales nacionales, a participar el día 28 de marzo de 2008 en la licitación pública número LPTNOT0108 para la venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se indican:
No. de lote |
Descripción |
Cantidad y unidad de medida |
Valor mínimo para venta $ |
Depósito en garantía |
01 |
Camioneta |
1.00 u.i. |
23,943.33 |
2,394.34 |
02 |
Camioneta |
1.00 u.i. |
34,728.75 |
3,472.88 |
03 |
Camioneta |
1.00 u.i. |
14,458.50 |
1,445.85 |
04 |
Camioneta |
1.00 u.i. |
13,142.25 |
1,314.23 |
05 |
Camión Unimog |
1.00 u.i. |
14,798.70 |
1,479.87 |
06 |
Desecho ferroso de primera |
14,500.00 kg |
1.44 |
2,088.00 |
07 |
Desecho ferroso de segunda |
14,780.00 kg |
1.00 |
1,478.00 |
08 |
Desecho ferroso de tercera |
18,569.00 kg |
0.89 |
1,652.65 |
09 y 10 |
Desecho ferroso vehicular |
20,685.00 kg |
2.43 |
5,026.46 |
11 |
Cable de aluminio (ACSR) |
100.00 kg |
21.00 |
210.00 |
12 |
Cable de Cu. y forro de Plást. Autos. |
343.00 kg |
22.52 |
772.44 |
13 |
Conductores Eléc. Cu. con forro Dif. tipo |
200.00 kg |
29.00 |
580.00 |
14 |
Transf. de Dist. y Pot. c/aceite |
4,955.00 kg |
2.17 |
1,075.24 |
15 |
Transf. de Dist. y Pot. s/aceite |
57,200.00 kg |
15.59 |
89,174.80 |
16 y 17 |
Art´s. de Porcelana con herraje |
19,817.00 kg |
0.37 |
733.23 |
18 |
Aislador de porcelana |
4,410.00 kg |
0.29 |
127.89 |
19 |
Aceite quemado y/o usado |
30,000.00 l |
0.36 |
1,080.00 |
20 |
Llantas completas y/o renovables |
1,215.00 kg |
0.64 |
77.76 |
21 |
Llantas segmentadas y/o no renovables |
1,125.00 kg |
0.14 |
15.75 |
22 |
Plástico |
2,443.00 kg |
0.66 |
161.24 |
Los
bienes se localizan en diversos almacenes de la Gerencia Regional de
Transmisión Oriente cuyos domicilios se detallan en la
relación de bienes anexa a las bases. Los
interesados podrán consultar y adquirir las bases de la
licitación del 11 al 26 de marzo de 2008 en días
hábiles, consultando la página electrónica de
CFE: http://www.cfe.gob.mx/es/NegociosConCFE/ventadebienes/muebles/ y
el pago de $900.00 más IVA, mediante el depósito
bancario en efectivo en la cuenta convenio CIE número 627003,
referencia número
CIE-3054PJ00005 en el Banco Bancomer y
enviar copia del comprobante del pago efectuado anotando previamente
su nombre, domicilio y RFC al fax número 01 (229) 9895084 o
acudir a las oficinas de la Gerencia Regional de Transmisión
Oriente, ubicadas en avenida Framboyanes, lote 22, manzana 6,
Ciudad
Industrial Bruno Pagliai, código postal 91697, Veracruz, Ver.,
con el L.A.E. Juan Antonio López Alarcón, Jefe del
Departamento
de Adquisiciones y Obras Públicas, teléfono 01 (229)
9895062 o 9895073, extensiones 6879, 6873 o 6881 en horario de 10:00
a 13:00 horas, los días 11 al 14, 18, 19 y del 24 al 26 de
marzo de 2008 o
bien en las oficinas de la Unidad de Enajenación de Bienes
Muebles, con domicilio en Río Ródano número 14,
8o. piso, sala 807, colonia Cuauhtémoc, México, D.F.,
teléfono 01 (55) 5229-4400, extensiones 7910 y 7911, en
horario de 10:00 a 13:00 horas, los días 11 al 14 y del 24 al
26 de marzo de 2008 presentando identificación
con validez oficial y del Registro Federal de Contribuyentes. La
verificación física de los bienes se podrá
efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan del 11 al 27 de
marzo de 2008, en horario de 9:00 a 13:00 horas. El registro de
inscripción y recepción de la documentación
establecida en las bases para participar en la licitación se
efectuará el día 28 de marzo de 2008, en horario de
8:00 a 9:00 horas, en la sala de juntas número 2 del
Departamento de Adquisiciones y Obras Públicas de la Gerencia
Regional de Transmisión Oriente, ubicada en avenida
Framboyanes, lote 22, manzana 6, Ciudad Industrial Bruno Pagliai,
código postal 91697, Veracruz, Ver.
Los
depósitos en garantía se constituirán mediante
cheques certificados o de caja, expedidos por instituciones de
crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad,
por los importes establecidos para los lotes de bienes que se
licitan. El acto de presentación y apertura de ofertas se
celebrará el día 28 de marzo
de 2008 a las 11:30
horas, en la sala de juntas número 2 del Departamento de
Adquisiciones y Obras Públicas de la Gerencia Regional de
Transmisión Oriente, ubicada en avenida Framboyanes, lote 22,
manzana 6, Ciudad Industrial Bruno Pagliai, código postal
91697, Veracruz, Ver., en el entendido de que los interesados deberán
cumplir con lo establecido en las bases respectivas y en caso
contrario no podrán participar en el evento. El acto de fallo
correspondiente se efectuará el día 28 de marzo de
2008, al término de la evaluación de las propuestas, en
el mismo lugar donde se efectuó el acto de apertura de ofertas
respectivo. De no lograrse la venta de los bienes una vez emitido el
fallo de la licitación, se procederá a su subasta en el
mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos
terceras partes del valor mínimo para venta considerado en la
licitación y un 10% menos en segunda almoneda. El retiro de
los bienes se realizará en un plazo máximo de 20 días
hábiles posteriores a la fecha de pago de los mismos.
A fin de dar transparencia a las licitaciones públicas que CFE realiza, esta área invitará a participar en el presente evento a un notario público de la localidad, que dará fe del acto de apertura de ofertas, sin derecho a voz ni voto.
Lugar y fecha de publicación: México, D.F., a 11 de marzo de 2008.
Atentamente
Gerente Regional
Ing. Francisco Javier Santander Velásquez
Rúbrica.
(R.- 264379)
Banco de México
CONVOCATORIA DE LA LICITACION PUBLICA No. BM-SCSC-005-08
Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su propia Ley, en las Normas del Banco de México en Materia de Enajenación de Bienes Muebles, y en las demás disposiciones aplicables en materia de enajenación de bienes muebles y desechos, convoca a todos los interesados a participar en la licitación pública número BM-SCSC-005-08, para la enajenación de 15,666 bienes integrados entre otros por: equipos, vehículos, así como diversos bienes muebles de su propiedad, en los términos que a continuación se describen:
Lote |
Descripción |
Cantidad de partidas |
Precio mínimo de venta del lote en M.N. antes de IVA |
Unidad de medida |
1 |
Cargador de baterías, recontadoras de billete, rodacargas, regulador de voltaje, etc. |
53 |
$113,579.00 |
Pieza |
2 |
Mesas, prensas, válvulas, bandas, guías, soportes, refacciones, etc. |
220 |
$120,204.00 |
Pieza |
3 |
Carpas, cafeteras, purificador de aire, termoenfriador, purificador de agua, muebles metálicos, equipo de aire acondicionado, purificador de aire, termoenfriador purificador de agua, máquina pega lomos, dobladora, mueble metálico, etc. |
186 |
$81,270.40 |
Pieza |
4 |
Camionetas blindadas |
4 |
$366,000.00 |
Unidad |
5 |
Vehículos y motocicletas |
7 |
$209,250.00 |
Unidad |
6 |
Vehículos |
4 |
$276,200.00 |
Unidad |
7 |
Camionetas |
3 |
$250,000.00 |
Unidad |
8 |
Máquina de impresión offset de cuatro colores, marca Heidelberg, modelo Speedmaster SM 102 VP |
1 |
$780,000.00 |
Pieza |
Las características, especificaciones y los domicilios donde se encuentran ubicados los bienes materia de enajenación, se mencionan en el anexo “A” de las bases de licitación respectivas. Los licitantes podrán cotizar uno o varios lotes de los bienes objeto de la licitación, debiendo en ambos casos cotizar la totalidad de las partidas que integran cada lote.
Las
bases de licitación estarán a su disposición
mediante el pago de $2,189.00 (dos mil ciento ochenta y nueve pesos
00/100 M.N.), más el correspondiente Impuesto al Valor
Agregado, y deberá ser pagado en moneda nacional, al momento
de recibir las bases, a través de cheque de caja o certificado
a cargo de una institución de crédito del país,
expedido precisamente a favor de “Banco de México”,
sin agregar las siglas “S.A.”, “S.A. de C.V.”
u otra similar, el cual deberá contar con los estándares
de seguridad emitidos por las autoridades competentes, de 9:30 a
14:00 horas, en días hábiles bancarios, en la
Subgerencia de Contratación de Servicios por Concurso del
Banco de México, ubicada en Gante número 20, 2o. piso,
colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, código
postal 06059, México, Distrito Federal; el costo de las
bases
también podrá ser cubierto a través de
depósito bancario a la cuenta número 4015331390, CLABE
021180040153313901, que HSBC México, S.A. le lleva al propio
Banco de México, en los términos establecidos en las
bases de licitación respectivas; la venta de bases será
a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria y
hasta el día 31 de marzo de 2008, sin embargo, los interesados
podrán revisar tales documentos previamente al pago de dicho
costo, el cual será requisito para participar en la
licitación.
Lugar, fecha y hora de la visita de inspección: los interesados podrán acudir a las visitas de inspección que se llevarán a cabo de la forma indicada más adelante, debiéndose anotar en la lista que el propio Banco llevará al efecto. Lo anterior, con el fin de que los licitantes conozcan las instalaciones donde se encuentran ubicados los bienes materia de enajenación, así como el estado físico de los mismos:
Lote |
Descripción |
Ubicación de los bienes y coordinador para la visita |
Fecha |
Hora |
1 |
Cargador de baterías, regulador de voltaje, recontadoras de billete, rodacargas, etc. |
Calzada Legaria, entrando por Presa de la Amistad 707, Col. Irrigación, C.P. 11500, México, D.F., Coordinadora: María Isabel Gómez Martínez, 5268 8469 |
27 de marzo de 2008 |
11:00 horas |
2 |
Mesas, prensas, válvulas, bandas, guías, soportes, refacciones, etc. |
Calzada Legaria No. 691, Col. Irrigación, C.P. 11500, México, D.F., Coordinador: Othniel Rodríguez López, Tel. 5268 8381 |
27 de marzo de 2008 |
12:00 horas |
3 |
Carpas |
Presa de la Amistad No. 707, Col. Irrigación, C.P. 11500, México, D.F., Coordinador: Eduardo Luna Levario, Tel. 5345 4760. |
27 de marzo de 2008 |
13:30 horas |
Cafeteras, purificador de aire, termoenfriador, purificador de agua, muebles metálicos, etc. |
Legaria No. 691, 2o. piso, Col. Irrigación, Deleg. Miguel Hidalgo, C.P. 11200, México, D.F., Coordinador: Marco Villavicencio o Felipe Alvarez Jiménez, Tel. 5237 2000, Exts. 3499 o 3461 |
27 de marzo de 2008 |
10:00 horas |
|
Equipo de aire acondicionado, purificador de aire, termoenfriador purificador de agua, etc. |
Aviación Civil No. 31, Col. Federal, C.P. 15700, México, D.F., y |
28 de marzo de 2008 |
10:00 horas |
|
Av. 5 de Mayo No. 6 y No. 18, Col. Centro, C.P. 06059, Deleg. Cuauhtémoc, México, D.F., Coordinadora: Berenice Nínive De Castro Durán, Tel. 5268 8595 |
28 de marzo de 2008 |
12:00 horas |
||
Máquina pega lomos, mueble metálico, dobladora, etc. |
Av. 5 de Mayo No. 30, Col. Centro, C.P. 06059, México, D.F., Coordinador: Jesús Ignacio Monroy García, Tel. 5237 2078 |
28 de marzo de 2008 |
13:00 horas |
|
4 |
Camionetas blindadas |
Presa de la Amistad No. 707, Col. Irrigación, C.P. 11500, Deleg. Miguel Hidalgo, México, D.F., Coordinador: Rosendo García Pérez, Tel. 5237 2000, Ext. 6536 |
31 de marzo de 2008 |
10:00 horas |
5 |
Vehículos y motocicletas |
Av. 5 de Mayo No. 2 y No. 30, Col. Centro, C.P. 06059, Deleg. Cuauhtémoc, México, D.F., Coordinador: Luis Enrique Bustamante Hernández, Tel. 5345 4843 |
31 de marzo de 2008 |
|
6 |
Vehículos |
Sucursal Guadalajara y Monterrey, con el Jefe de Administración de cada sucursal |
31 de marzo de 2008 |
12:00 horas |
7 |
Camionetas |
Sucursal Mérida, Mexicali y Veracruz, con el Jefe de Administración de cada sucursal |
31 de marzo de 2008 |
12:00 horas |
8 |
Máquina de impresión offset de cuatro colores, marca Heidelberg, modelo Speedmaster SM 102 VP |
Legaria No. 691, 2o. piso, Col. Irrigación, Deleg. Miguel Hidalgo, C.P. 11200, México, D.F., Coordinador: Othniel H. Rodríguez López, Tel. 5268 8381, debiendo solicitar el acceso antes de las 14:00 horas del 28 de marzo de 2008 |
29 de marzo de 2008 |
7:30 horas |
Ubicación
de las sucursales del Banco de México: sucursal Guadalajara:
avenida Prolongación Gobernador Curiel número 5000,
Parque Industrial Guadalajara, código postal 45690, El Salto,
Jal.,
teléfono 01333 669 8214; sucursal
Monterrey: carretera Miguel Alemán, lote 1, manzana 7, colonia
Parque Industrial Kalos, código postal 66603, Apodaca, N.L.,
teléfono 01 818 396 5184; sucursal Mérida: Calle 56 A
número 475, Paseo de Montejo, colonia Centro, código
postal 97000, Mérida Yuc., teléfono 01 999 942 7344;
sucursal Mexicali: Avenida de los Héroes número 298,
Centro Cívico Comercial, colonia Centro, código postal
21000, Mexicali, B.C., teléfono 01 686 557 1678; sucursal
Veracruz: boulevard Adolfo Ruiz Cortines número 1700, colonia
Boca del Río, código postal 94299, Veracruz, Ver.,
teléfono 01 229 921 7233.
Dichas visitas serán optativas para los licitantes; sin embargo, se recomienda que acudan a las mismas a fin de constatar particularmente, el funcionamiento de los vehículos, el estado físico de los bienes, así como su ubicación y maniobras requeridas para el retiro de cada uno de los mismos. Lo anterior, a fin de que cuenten con los mayores elementos posibles para la elaboración de sus propuestas.
Aclaraciones a las bases de licitación: se realizarán en las visitas de inspección antes señaladas, quedando asentadas, en su caso, en el acta que con motivo de las citadas visitas se levante.
Plazo máximo para el retiro de los bienes: dentro de 20 días hábiles bancarios contados a partir de la fecha en que el licitante ganador hubiere efectuado el pago de los mismos.
Condiciones de pago: el pago de los bienes materia de licitación se realizará en moneda nacional, a través de cheque de caja o certificado a cargo de una institución de crédito del país, expedido precisamente a favor de “Banco de México”, sin agregar las siglas “S.A.”, “S.A. de C.V.”, u otra similar, el cual deberá contar con los estándares de seguridad emitidos por las autoridades competentes, de la siguiente manera: dentro de los 20 días hábiles bancarios posteriores a la fecha de firma del contrato que al efecto se celebre.
Lugar, fecha y hora en que se efectuará el acto de presentación y apertura de propuestas: el acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo el día 8 de abril de 2008 a las 11:00 horas, en la sala de juntas “DGA-Licitaciones” del Banco, que se localiza en el edificio, ubicado en Gante número 20, planta baja, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06059, México, Distrito Federal.
Forma y monto de la garantía que deberán entregar los licitantes junto con sus propuestas, para garantizar el sostenimiento de éstas: la garantía de sostenimiento de oferta deberá constituirse mediante cheque de caja o certificado a cargo de una institución de crédito del país, expedido precisamente a favor de “Banco de México”, sin agregar las siglas “S.A.”, “S.A. de C.V.”, u otra similar, el cual deberá contar con los estándares de seguridad emitidos por las autoridades competentes; o bien, por una garantía bancaria irrevocable o una carta de crédito irrevocable “Standby” expedidas por una institución bancaria a favor y a satisfacción del propio “Banco”. En todo caso, dicha garantía deberá ser por un importe igual al 10% del monto total ofrecido por el licitante.
Requisitos de las propuestas: las propuestas deberán presentarse por escrito en idioma español, en sobre cerrado, mismo que contendrá la oferta económica y la garantía de sostenimiento correspondiente.
Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
No
podrán participar en el presente procedimiento de enajenación
los servidores públicos que en cualquier forma intervengan en
los actos relativos a dicho procedimiento, ni sus cónyuges o
parientes consanguíneos y por afinidad hasta el cuarto grado o
civiles, o terceros con los que los citados servidores tengan
vínculos privados o de negocios, ni las personas físicas
o morales a las que, mediante publicación en el Diario Oficial
de la Federación, se les hubiere determinado impedimento para
contratar o celebrar “contratos” con la Administración
Pública Federal, así como las que se encuentren en
alguno de los supuestos previstos en
la
fracción XX del artículo 8 de la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observadora, sin necesidad de adquirir las bases, debiendo registrar previamente su participación.
No se aceptará el envío de propuestas por servicio postal o de mensajería, o por medios remotos de comunicación electrónica.
El
fallo de la presente licitación será comunicado por
escrito, a través de fax, telegrama, correo certificado,
mensajería especializada o correo electrónico, a más
tardar el día 23
de abril de 2008,
sin efectuarse acto
de fallo.
La presente licitación no se realiza bajo la cobertura de algún tratado internacional.
La fecha de firma del contrato será el día 12 de mayo de 2008.
Atentamente
México, D.F., a 13 de marzo de 2008.
Banco de México
El Subgerente de Contratación de Servicios por Concurso Lic. Adrián Francisco Vélez Cuevas Rúbrica. |
El Analista de Contrataciones C.P. Rubén Sotero Ramírez Báez Rúbrica. |
Con fundamento en los artículos 8o., 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco de México,
así como Unico del Acuerdo de Adscripción de sus Unidades Administrativas
(R.- 264407)