Viernes
10 de octubre de 2008 DIARIO
OFICIAL (Segunda Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
EDICTO
Emplazamiento a juicio del tercero perjudicado Juan Miguel Escutia Gleason.
Juicio de amparo 623/2008, promovido por Eréndira Ramírez Espino, contra actos del Juez Décimo Primero de lo Civil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco y otras, que consiste en la interlocutoria de 28 de mayo de 2008, dictada en el juicio civil sumario 1017/1999. Por acuerdo de 17 de septiembre de 2008, se ordenó emplazar a juicio al tercero perjudicado Juan Miguel Escutia Gleason, mediante edictos. Se señalaron las 10:30 del 6 de octubre de 2008, para la celebración de la audiencia constitucional; quedan copias de ley a su disposición en este juzgado de Distrito. Hágasele saber que deberá presentarse (si así es su voluntad) a deducir sus derechos ante este juzgado de Distrito, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibido de que si pasado este término, no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, las ulteriores notificaciones le serán practicadas por medio de lista (esto último acorde a lo dispuesto por la fracción II, del artículo 30, de la Ley de Amparo).
Para
su publicación por 3 veces, de 7 en 7 días, en el
Diario Oficial, y en uno de los periódicos diarios
de mayor
circulación en la República, se expide el presente en
la ciudad de Guadalajara, Jalisco, a 23 de septiembre de 2008.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Gilberto Velasco Vidrio
Rúbrica.
(R.- 275751)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Cuarto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cuautitlán, México
Juzgado Cuarto Civil
Cuautitlán, Méx.
EDICTO
En el expediente marcado con el número 779/2006, relativo al Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por ELVIRA NOGUEZ LINARES, en contra de ELEAZAR MARAÑON CASTRO, se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA DIECISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la Primera Almoneda de Remate respecto del bien inmueble consistentes en:
1)
LOTE 01 (CERO UNO), MANZANA 79 (SETENTA Y NUEVE), ZONA 01 (CERO UNO),
DEL POBLADO DE SAN FRANCISCO CHILPAN III (TRES ROMANO), EN TULTITLAN,
ESTADO DE MEXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 186.00 M2, CON LAS SIGUIENTES
MEDIDAS Y COLINDANCIAS: NORESTE: 9.85 METROS, CON AVENIDA DEL TESORO;
SURESTE: 19.47 METROS, CON CALLE URANIO: SUROESTE: 9.80 METROS, CON
LOTE 2; Y AL NOROESTE: 18.50 METROS CON LOTE 60 Y 61, con un valor
asignado de $680,000.00 (SEISCIENTOS OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.),
por los peritos designados en autos. Siendo postura legal la que
cubra las dos terceras partes del precio fijado en el avalúo
que sirve de base para el remate, debiéndose anunciar para su
venta POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, en el Diario Oficial de la
Federación y tabla de avisos o puerta del tribunal.
Pronunciado en Cuautitlán, Estado de México
a los
tres días del mes de septiembre del año dos mil ocho.
DOY FE.
El Primer Secretario Judicial
Lic. Mary Carmen Flores Román
Rúbrica.
(R.- 275495)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Civil
Jiquilpan, Mich.
EDICTO
CONVOCATORIA A POSTORES.
PRIMERA ALMONEDA.
Expediente número 58/2007 RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por AURELIO OCHOA OCHOA, endosatario en procuración de EDUARDO DIAZ MARTINEZ, frente al Señor AUSTREBERTO CHAVEZ GONZALEZ; la audiencia de Remate en su Primera Almoneda se llevará a cabo a las 11:00 once horas del día 31 treinta y uno de Octubre del año en curso, respecto de los siguientes bienes inmuebles:
1.- El predio rustico denominado EL MOJOTAL, ubicado en el Municipio de Tecalitlán, Jalisco.
2.- El predio rustico denominado LAS AMARILLERAS o TAHONA, ubicada en el Municipio de Tecalitlán, Jalisco.
Sirviendo como base para remate la cantidad de $1,115,000.00 (UN MILLON CIENTO QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.).
Y como postura legal que cubra las 2/3 dos terceras partes de su precio.
Publíquese edictos por 3 tres veces, dentro de 9 nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en los Estrados de este Juzgado.
Atentamente
Jiquilpan, Mich., a 22 de septiembre de 2008.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado de Primera Instancia de lo Civil de este Distrito Judicial
Lic. Santiago Avila Ornelas
Rúbrica.
(R.- 276076)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Quinto Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
DENTRO DE LOS AUTOS QUE INTEGRAN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL NUMERO 1103/2006, PROMOVIDO POR ESTELA SANTANA TORRES FRENTE A EFRAIN MOLINA GARCIA Y FLORENCIO MOLINA MULATO, SE SEÑALARON LAS 10:00 DIEZ HORAS DEL DIA 14 CATORCE DE NOVIEMBRE DE LA PRESENTE ANUALIDAD, A FIN DE QUE SE LLEVE A CABO LA AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMER ALMONEDA, RESPECTO DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE:
UNICO.- Predio Urbano (Lote 32, Manzana XVII) ubicado en la calle David Franco Rodríguez sin número, del Fraccionamiento Solidaridad de este Municipio y Distrito de Morelia, Michoacán, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE 06.00 metros con calle, AL SUR 06.00 metros con lote número 12 doce, AL ORIENTE 16.21 metros con lote número 33 treinta y tres; y, AL PONIENTE 16.25 metros con lote número 31 treinta y uno, con una superficie total de 97.35 metros cuadrados, al que se le asigna un valor de $60,602.75 (SESENTA MIL SEISCIENTOS DOS PESOS 75/100 M.N.).
Sirviendo de base para el remate la suma anteriormente indicada y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes del valor asignado, se convoca postores a esta audiencia y se ordena la publicación de 3 tres edictos, dentro del término de 9 nueve días, en los Estrados de este Juzgado y Diario Oficial de la Federación.- Morelia, Michoacán, a 22 veintidós de septiembre del año 2008, dos mil ocho.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Quinto Civil
Lic. Fabiola Jiménez Balleño
Rúbrica.
(R.- 276089)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Municipal de lo Civil de San Pedro Cholula
EDICTO
CONVOCANDOSE POSTORES.
Disposición Juez Municipal San Pedro Cholula, expediente 154/2005, ejecutivo mercantil, promueve Miguel Angel Carranco contra Sergio Guerra López, anunciándose venta legal DEPARTAMENTO 3 EDIFICIO 51 LOTE 51 MANZANA 6, CALLE RICARDO FLORES MAGON, UNIDAD HABITACIONAL VW, Cuautlancingo, bajo partida 658, fojas 182 vuelta a 183 frente y vuelta, libro 1, tomo 95, 6 de septiembre 1995, postura legal $116,666.66, venciendo posturas doce horas décimo día ultima publicación; autos en secretaria.
Cholula, Pue., a 5 de marzo de 2008.
La Diligenciaria
Lic. Minerba Cuahutencos Castillo
Rúbrica.
(R.- 275671)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de lo Civil
Tehuacán, Pue.
EDICTO
CONVOQUENSE postores primera almoneda remate inmueble identificado última fracción de la finca urbana numero 60 de la calle Moctezuma de la Colonia Cuahutemoc de ésta Ciudad, a nombre de ERNESTINA CANALES ESTRADA, inscrito bajo la partida 998, a fojas 127 Libro Primero Tomo 45 de 03 de diciembre de 1987, postura legal cubra dos terceras partes avalúo siendo CIENTO VEINTIUN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL, señalándose DIEZ HORAS VEINTISIETE OCTUBRE 2008 audiencia de remate; expediente 1482/2006 Ejecutivo Mercantil JOSE ANTONIO CARLOS VALERO HERRERA contra ERNESTINA CANALES ESTRADA Y OTRO Juzgado Primero Civil Tehuacán, Puebla.
Tehuacán, Pue., a 26 de septiembre de 2008.
El Diligenciario
Lic. José Moisés Rosas Calderón
Rúbrica.
(R.- 276555)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Décimo Menor Civil
León, Gto.
Secretaría
EDICTO
Se ordena anunciar la Venta Judicial en Primera y Pública Almoneda del siguiente inmueble: Una casa habitación ubicada en calle Colinas De Las Margaritas Número 109 Letra “A” Del Fraccionamiento Colinas De Santa Julia II de esta ciudad, con una superficie de 67.50 m2, y las siguientes medidas y colindancias: al Noreste 4.50 m. lineales con casa número 6310 letra “A”; al Noroeste 15.00 m. lineales con casa número 109; al Sureste 15.00 m. lineales con casa número 111; al Suroeste 4.50 m. lineales con calle Colina de las Margaritas; siendo postura legal aquella que cubra las 2/3 dos terceras partes de $136,000.00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), valor asignado pericialmente; anunciándose este remate a través de edictos que deberán publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de avisos de este Tribunal, almoneda que tendrá verificativo el día 28 veintiocho de Octubre de 2008 a las 11:00 horas; por tanto, convóquese a postores, en términos del numeral 1411 del Código de Comercio y 469 y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al mercantil. Lo anterior dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número M821/07 promovido por el C. Lic. Mauricio Hernández Cabrera En Contra De José Luis Zanella Ortiz, sobre el pago de pesos.
León, Gto., a 29 de septiembre de 2008.
La C. Secretaria del Juzgado Décimo Menor Civil
Lic. Ma. del Rosario Maldonado Araujo
Rúbrica.
(R.- 276170)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial del Estado
Juzgado Tercero Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por este publíquense por 3 tres veces, dentro de 9 nueve días, en el Diario Oficial de la Federación y Tabla de avisos de éste tribunal, ANUNCIESE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA del siguiente bien:
Inmueble ubicado en departamento en condominio en calle Acantilado 104 interior 104, del fraccionamiento Lomas del Sol de esta ciudad, con superficie total de 75.80 M2, que mide y linda, según certificado de gravámenes:
Al Norte en línea quebrada de poniente a oriente 4M, quiebra al norte en 1.05 M, quiebra al oriente en 4.30 M, con cubo de escalera y departamento 103, al sur en línea quebrada de poniente a oriente 3.15 M, quiebra al sur en 1.32M, quiebra al oriente en 2.60M, quiebra al norte en 1.32, quiebra al oriente en 1.35M, quiebra al sur en 1.32M, quiebra al oriente en 4.30M, con lote 32 y áreas comunes al oriente en línea quebrada de norte a sur 4.70M, quiebra al oriente en 3.10M, quiebra al sur en 3.85M, con área común y al poniente 6.15M, con área de estacionamiento.
Inmueble embargado dentro del juicio Ejecutivo Mercantil expediente M167/07, promovido por BANCO DEL BAJIO, S.A. en contra de CURTIDOS Y MAQUILAS MOJICA S.A. DE C.V., Almoneda a verificarse a las 12:00 horas del día 24 de octubre del año 2008 dos mil ocho siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de $311,000.00 (Trescientos once mil pesos) precio de avalúo.- Convóquese a postores y acreedores a la misma.
León, Gto., a 26 de septiembre de 2008.
El Secretario del Juzgado Tercero de lo Civil
Lic. Alejandro Medrano Cadena
Rúbrica. (R.- 276132)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Primera Sala Civil
EDICTO
SONIA GUILLERMINA VELASQUEZ ALVAREZ Y LIBRA, S.A.
Por medio del presente se le hace de su conocimiento de la demanda de garantías interpuesta por EMILIO ALEJANDRO HAZAS SANCHEZ CON EL CARACTER DE MANDATARIO JUDICIAL en contra de la sentencia dictada por esta Sala el doce de diciembre del dos mil siete, en el toca 1328/2007/01 para resolver el recurso de apelación interpuesto por parte actora en contra de la sentencia definitiva dictada por el C. Juez Cuarto de lo Civil, derivado del juicio ORDINARIO CIVIL, seguido por FAJARDO PEREZ ALBA GEMA en contra de LIBRA, S.A. Y OTRO. A efecto de que acuda las terceras perjudicadas SONlA GUILLERMINA VELASQUEZ ALVAREZ y LIBRA, S.A. en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno, en defensa de sus intereses. Quedando a su disposición en la Secretaria de esta Sala las copias de traslado respectivas.
México, D.F., a 30 de septiembre de 2008.
El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Civil
Lic. Mario Alfredo Miranda Cueva
Rúbrica.
(R.- 276266)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan
EDICTO
“INSERTO: Se comunica al tercero perjudicado David Rubén Silva Santiago, que en el juicio de amparo 1105/2008, del índice del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, promovido por Leticia Jaimes de la Cruz, por propio derecho, contra actos del Juez Tercero Civil de Primera Instancia de Ecatepec de Morelos, Estado de México y otra autoridad, consistentes en los autos de veinticinco de junio y dieciocho de julio de dos mil ocho, así como el desalojo del inmueble ubicado en lote 5, manzana 19, de la colonia General Melchor Muzquiz, Ecatepec de Morelos, Estado de México, ordenado en el expediente 166/2007; se ordenó emplazarlo para que comparezca al juicio constitucional de que se trata en defensa de sus intereses dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente; y se le requiere para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en Naucalpan de Juárez, Estado de México, apercibido que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las personales se le harán por lista.”
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 29 de septiembre de 2008.
La Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Grisel Ariana de la Cruz Cano
Rúbrica.
(R.- 276339)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato
Quinta Sala Civil
Secretaría
EDICTO
Por este publicarse tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y Periódico Mayor Circulación del País, y emplácese por este medio a Plurimar Sociedad Anónima de Capital Variable, señalada como tercera perjudicada, por el quejoso Rodolfo Ledesma Camacho, en su carácter de apoderado legal de Maria Rosario Albiz Valle y José Maria Salegi Urbieta, quien interpuso demanda de amparo, por violación a los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; lo anterior con motivo de la resolución de fecha 24 de Abril del 2008, pronunciada por esta Quinta Sala Civil dentro del toca número 182/2008, formado con motivo de los recursos de apelación interpuestos tanto por el Licenciado Pedro Salgado Zuloaga, Notario Publico numero 27 de la ciudad de Irapuato, Guanajuato; así como por Ma. Antonieta Barragán, albacea de la sucesión testamentaria a bienes de Elena Barragán Mendoza, en contra de la sentencia de fecha 14 catorce de Diciembre del 2007, dictada por la C. Juez Tercero Civil de Partido de Irapuato, Guanajuato, dentro del Juicio Ordinario Civil número C-682/2006, sobre nulidad de convenio de división, nulidad de compraventa y otras prestaciones, promovido por el Licenciado Rodolfo Ledesma Camacho, en su carácter de apoderado legal de María rosario Albiz Valle y José Maria Salegi Urbieta, en contra de Aurora del Carmen Barragán Valdez, Alma Rosa Aurora Arrioja Barragán, Ana Lilia Arrioja Barragán, Miguel Acevedo Buchanan, del Encargado del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la ciudad de Irapuato, Guanajuato, Pedro Salgado Zuloaga Notario Publico numero 27 del Partido Judicial de Irapuato, Guanajuato; así como de Plurimar Sociedad Anónima de Capital Variable; se hace saber a la tercera perjudicada que tiene el término de 30 treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a la última de las publicaciones efectuados en el Diario Oficial de la Federación, para que se presente a esta Quinta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato; a deducir sus intereses, apercibido que de no hacerlo por sí, apoderado o gestor, se seguirá juicio de amparo en su rebeldía, haciéndole ulteriores notificaciones en el rotulón del Tribunal Colegiado en Materias Civil y del Trabajo del Decimosexto Circuito; en turno fíjese en la tabla de Avisos de esta Sala, copia del proveído que ordena el emplazamiento y de la demanda de garantías.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Guanajuato, Gto., a 19 de agosto de 2008.
La Secretaria de Acuerdos de la Quinta Sala Civil
Lic. Gabriela Quezada Torres
Rúbrica.
(R.- 274925)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Guanajuato
EDICTO
Por medio este publíquese tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación; en el periódico denominado “Excélsior” el cual corresponde a uno de mayor circulación en la República Mexicana, así como en el diario llamado “Correo” que corresponde a uno de los de mayor circulación diaria a nivel regional en esta entidad federativa, haciéndole saber a los terceros perjudicados JAVIER GONZALEZ HERNANDEZ, JUAN CARLOS GONZALEZ BARRON, JUAN CRESPO DUEÑAS y VICTOR HERNANDEZ GARCIA, que deberán presentarse en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, con domicilio en carretera cuatro carriles Guanajuato-Silao, kilómetro 6.5, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, como se dispone en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles supletorio a la Ley de Amparo, a efecto de ser emplazados a juicio y a defender sus derechos como terceros perjudicados en el juicio de amparo I-1036/2007, promovido por JOSE LUIS BARROSO GUERRA, en representación de la persona moral denominada “CAJA POPULAR 9 DE AGOSTO SALAMANCA” SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos del Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, con sede en Irapuato, Guanajuato, y otras autoridades, consistente en la resolución interlocutoria de fecha ocho de agosto de dos mil siete, y las violaciones dentro del procedimiento; quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la demanda que le corresponde; en la inteligencia de que si transcurrido el plazo a que se ha hecho alusión no comparecen, se continuará con el trámite del juicio de amparo sin su intervención y las subsecuentes notificaciones se les harán por lista.- Doy Fe.
Guanajuato, Gto., a 15 de agosto de 2008.
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Lic. Mariana Torres Cornejo
Rúbrica.
(R.- 275212)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia de Toluca, México
Primera Secretaría
EDICTO
En el expediente número 531/2007, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por JONATHAN D´OLEIRE DIAZ, en contra de GUADALUPE CASTAÑEDA DIAZ y JOSE ANTONIO LOPEZ CASTAÑEDA, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, del bien inmueble embargado en el presente asunto, ubicado en la Calle Rodolfo Sánchez García, número 303 (trescientos tres), Colonia Morelos, Municipio de Toluca, Estado de México, cuyas medidas y colindancias son: Al norte.- 20.00 metros, y colinda con Calle Rodolfo Sánchez García; Al sur.- 20.00 metros, y colinda con Propiedad que es o fue de Guadalupe Castañeda; Al Oriente.- 15.00 metros, y colinda con Propiedad Particular; Al Poniente.- 15.00 metros, y colinda con Calle Esteban Plata; con una superficie de 300.00 metros cuadrados. Inmueble que se encuentra Inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Toluca, Estado de México, bajo la partida 778-523, en el volúmen 288, Libro Primero, Sección Primera foja 120, de fecha 15 de enero de 1990, a favor de MARIA GUADALUPE CASTAÑEDA VIUDA DE LOPEZ; sirve como base para el remate la cantidad de $1,190,000.00 (UN MILLON CIENTO NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) valor que le fuera otorgado por los peritos designados por las partes; se señalaron las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTE DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, ordenándose expedir los edictos correspondientes para su publicación por tres veces dentro de nueve días, en el “Diario Oficial de la Federación”, y en la tabla de avisos o puerta de este Juzgado, con el fin de convocar a postores a dicha almoneda, no debiendo mediar menos de cinco días entre la última publicación del edicto y la almoneda; por lo que convóquese postores y notifíquese personalmente a la parte demandada, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio fijado al inmueble en el avalúo que sirvió de base para el remate, en el entendido de que en caso de que la postura sea exhibida en billete de depósito o cheque de caja o certificado, éste deberá suscribirse a favor del Poder Judicial del Estado de México. Dado en Toluca, México, a los once días del mes de septiembre de dos mil ocho.
DOY FE.
La Secretaria
Lic. Marcia Valeria Vilchis Bernal
Rúbrica.
(R.- 275635)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Segundo Civil de Cuautitlán,
con residencia en Cuautitlán Izcalli, Estado de México
Primera Secretaría
EDICTO
En el expediente marcado con el número 367/2005, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por RUBEN NOVOA GONZALEZ, en contra de JORGE PORCHINI SEGURA Y ROSA MARIA S. DE PORCHINI. El Juez Segundo Civil del Distrito Judicial de Cuautitlán con residencia en Cuautitlán Izcalli, México, señala mediante proveído del veintinueve de agosto del dos mil ocho, LAS TRECE HORAS DEL DIA VEINTE DE OCTUBRE DEL DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo el remate EN PRIMERA ALMONEDA, respecto del inmueble embargado en diligencia de fecha tres de junio de dos mil cinco, ubicado en: EL DEPARTAMENTO NUMERO 402, UBICADO EN LA CALLE ACTIPAN NUMERO 36, COLONIA INSURGENTES MIXCOAC, DE LA DELEGACION BENITO JUAREZ, DISTRITO FEDERAL, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad en la que fue valuado dicho inmueble; por lo que, al haber sido valuado en la cantidad de $1,813,000.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS TRECE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), es postura legal la que cubra la cantidad de $1,208,667.00 (UN MILLON DOSCIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL); debiendo anunciar su venta en el Diario Oficial de la Federación, en la Tabla de avisos de éste Juzgado así como en la Tabla de avisos del Juzgado que corresponda a la ubicación del inmueble materia del remate, POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, sin que medien menos de cinco días entre la ultima publicación de los edictos y la almoneda, se convocan postores para el citado remate. Se expide a los diecinueve días de septiembre de dos mil ocho.
Atentamente
La Secretario de Acuerdos
Lic. Ruperta Hernández Diego
Rúbrica.
(R.- 275694)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil de este Distrito Judicial
Juzgado Cuarto Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
PRIMERA ALMONEDA
Que dentro de los autos que integran el Juicio Ejecutivo Mercantil, número 1223/2006 que en ejercicio de la acción cambiaria directa y sobre pago de pesos, promueve J. Remedios Durán Carmona, frente a Eunice Ortiz Chávez, se ordenó a sacar a remate el siguiente bien inmueble:
UNICO.- Casa habitación, ubicada en la calle Caucho, número 30 treinta, dentro del Lote número 4 cuatro, Manzana “J”, del Fraccionamiento Jardines del Rincón de esta Ciudad. Con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte, 5.00 metros, con la calle caucho; Al Sur, 5.00 metros, con lote número 14; Al Oriente, 20.00 metros, con la mitad del lote número 4 cuatro; Al Poniente, 20.00 metros con lote número 3 tres, con una superficie de 100.00 metros cuadrados.-
La
Audiencia de Remate en su Primera Almoneda, tendrá
verificativo a las 11.00 once horas del día
24 veinticuatro
de octubre del año 2008 dos mil ocho.-
CONVOQUESE POSTORES.- a la celebración de la misma, mediante la publicación de 3 tres edictos, dentro del término de 9 nueve días hábiles, en los Estrados de este Juzgado, en el Diario Oficial de la Federación, en el entendido de que en este último los 9 nueve días deben computarse como días naturales, pero en ambos casos debe persistir la regla de que el primer edicto deberá publicarse en el primero de los nueve días y el tercero en el noveno, pudiendo efectuarse el segundo de ellos en cualquier tiempo.-
Servirá como base del remate la cantidad de $443,000.00 cuatrocientos cuarenta y tres mil pesos 00/100 Moneda Nacional, y como postura legal promedio, la que cubra las 2/3 partes de dicha suma.-
Morelia, Mich., a 2 de septiembre de 2008.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil de este Distrito Judicial
Lic. Enock Iván Barragán Estrada
Rúbrica.
(R.- 275912)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco, Guerrero
EDICTO
En
el juicio ejecutivo mercantil número 9/2007-I, promovido por
Víctor José Mendoza Lázaro y Nancy Barrientos
Villalobos, endosatarios en procuración de Liborio Enrique
Martínez Espino, en contra de Marco Antonio Vélez
García y María Esperanza Ruiz Aparicio, la Licenciada
María Patricia Aguilar Alvarado, Juez Tercero de Distrito en
el Estado de Guerrero, asistida por la Secretaria Licenciada Cecilia
Manzano Rodríguez, con quien actúa y da fe, ordenó
sacar a remate en primera almoneda, el inmueble embargado en autos,
ubicado en calle Baja California, esquina con calle Actopan, fracción
de terreno marcado con el lote
número 67-A, Décima
Tercera Sección, del fraccionamiento Progreso en esta ciudad,
inscrito en el Folio de Derechos Reales número 25251, de fecha
seis de octubre de mil novecientos ochenta y seis, del Distrito
Judicial de Tabares, con las colindancias siguientes: al norte 19.40
metros, lindero con lote número 67; al sur 16.7 metros,
lindero con calle Actopan; al oriente 5.05 metros, lindero con calle
Actopan Avenida Baja California, y 7.00 metros, con Avenida Baja
California; poniente 10.05 metros, lindero con lote número
67-B; el cual tiene el valor pericial de $975,741.00 (novecientos
setenta y cinco mil setecientos cuarenta y un pesos), y será
postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicho valor
pericial, debiéndose convocar a postores por medio de edictos
que se publiquen por tres veces dentro de nueve días en el
Diario Oficial de la Federación, así como en los
estrados de este Juzgado Federal. Para que tenga verificativo la
audiencia de remate en primera almoneda se señalan las diez
horas del día treinta y uno de octubre del año en
curso. Convóquense Postores.
La Secretaria
Lic. Cecilia Manzano Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 276099)
Estados Unidos Mexicanos
Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos
Poder Judicial
Juzgado Civil de Primera Instancia
Jiutepec, Mor.
Noveno Distrito Judicial
Primera Secretaría
EDICTO
C. SE CONVOCA ACREEDORES DE LA SUSPENSION DE PAGOS PROMOVIDA POR DESARROLLOS INTERDISCIPLINARIOS INTEGRALES, S.A. DE C.V.- INMOBILIARIA LA CARTUJA, S.A. DE C.V.- ORGANIZACION Y SERVICIOS BH, S.A. DE C.V. S.A. DE C.V.- COVARRUBIAS S.A. DE C.V. y HACIENDA DE CHICONCUAC, S. DE R.L. DE C.V.
En éste Juzgado Civil de Primera Instancia del Noveno Distrito Judicial del Estado, se encuentra radicado en la Primer Secretaria el expediente número 166/97-1, relativo a la solicitud de SUSPENSION DE PAGO, promovido por DESARROLLOS INTERDISCIPLINARIOS INTEGRALES, S.A. DE C.V., INMOBILIARIA LA CARTUJA, S.A. DE C.V., ORGANIZACION Y SERVICIOS BH, S.A. DE C.V., COVARRUBIAS S.A. DE C.V. y HACIENDA DE CHICONCUAC, S. DE R.L. DE C.V. por conducto de su representante legal GUILLERMO GUTIERREZ ESQUIVEL, en el cual se señalaron de nueva cuenta las DIEZ HORAS DEL DlA TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la JUNTA DE ACREEDORES de reconocimientos, rectificación y graduación de creditos para lo cual se ordena convocar a los acreedores que se consideren con derecho para comparecer a su desahogo por medio del presente edicto, la cual se Ilevara a cabo en términos de lo ordenado por auto de fecha diecinueve de agosto del año en curso.
Para su publicación por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, en el Boletín Judicial y en el periódico la Unión de Morelos.
Atentamente
Jiutepec, Mor., a 23 de septiembre de 2008.
La Primer Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Teresa Bonilla Tapia
Rúbrica.
El Juez Civil de Primera Instancia del Noveno Distrito Judicial del Estado
Lic. Martín Montes García
Rúbrica.
(R.- 276211)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Sexagésimo Séptimo de Paz Civil
Exp. 176/2006
Secretaría “B”
EDICTO
En los autos relativos al juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por INMOBILIARIA CAV, S.A., en contra de CARLOS FLORES FLORES, el C. Juez Sexagésimo Séptimo de Paz Civil, dictó un auto que en la parte conducente dice:
EXP. 176/2006
México distrito federal a diecinueve de septiembre del dos mil ocho.
Dada nueva cuenta... y toda vez que el artículo 1411 del Código de Comercio en vigor es expreso al manifestar que: Se anunciará en la forma legal la venta de los bienes por tres veces dentro de nueve días si fuere raíces. En consecuencia visto lo preceptuado por el ordenamiento antes citado, se señalan de nueva cuenta las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TREINTA DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y en segunda almoneda del bien inmueble embargado con fecha diecisiete de abril del dos mil seis, (foja nueve) el cual se encuentra ubicado en: la Calle de Varohio, Manzana 1, Lote 25, Colonia Zapata Vela, Delegación Iztacalco, en esta Ciudad, debiendo convocar postores mediante edicto que se publicaran en el Diario Oficial de la Federación, así como en los Estrados de este Juzgado, por tres veces dentro de nueve días, pero en ningún caso mediaran menos de cinco días entre la publicación del último edicto y la almoneda, lo anterior atento a lo dispuesto por el artículo 1411 del Código de Comercio y 469, 464 y 465 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al de la materia, sirviendo de base para el remate el precio primitivo con deducción de un diez por ciento, esto es la cantidad de $675,000.00 (SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio del avalúo, lo anterior con fundamento en el artículo 479 del segundo ordenamiento legal invocado de aplicación supletoria al de Comercio. Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán dar cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 482 de la Ley en cita:
DOS FIRMAS ILEGIBLES.
México, D.F., a 25 de septiembre de 2008.
La C. Secretaria de Acuerdos del Juzgado Sexagésimo Séptimo de Paz Civil, del Distrito Federal
Reyna Martha López
Rúbrica. (R.- 276292)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Trigésimo Quinto de lo Civil del Distrito Federal
EDICTO
En
los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por BANCO
SANTANDER MEXICANO, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO
FINANCIERO SANTANDER SERFIN, en contra de DAGRO PUEBLA, S.A. DE C.V.,
expedientes número 757/05, LA C. JUEZ TRIGESIMO QUINTO DE LO
CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, y en cumplimiento a lo ordenado por autos
de fechas nueve de junio, nueve de julio y tres de septiembre del dos
mil ocho, ordenó publicar por edictos lo siguiente: A sus
autos el escrito de la parte actora, se le tiene por hechas sus
manifestaciones para los efectos legales a que haya lugar y tomando
en consideración que los avalúos rendidos por los
peritos designados por ambas partes con cortantes en sus
conclusiones, así como ya fue aclarado el domicilio en el cual
se constituyeron los peritos designados en autos ANDREA DEL CARMEN
ORTEGA MEDINA Y ALFONSO LUIS PENELA, por lo tanto, en ejecución
de sentencia para que tenga lugar la AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMERA
ALMONEDA respecto del bien inmueble ubicado en el predio denominado
TEOTEOTZITETZI ubicado en San Marcos Contla, Tlaxcala, el cual se
encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y
del Comercio en el Estado de Tlaxcala, bajo la partida número
166, a fojas 24 frente, de la sección Primera del Volumen 3
del Distrito Judicial de Xicotencatl (foja 185), señalándose
para tal efecto las DIEZ HORAS DEL DIA TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL
OCHO, sirviendo de base para el remate la cantidad de $ SIETE
MILLONES SEISCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS PESOS MONEDA
NACIONAL), mismo que determinaron los peritos designados por las
partes, siendo postura legal las dos terceras partes del precio antes
citado, y para intervenir en el remate los licitadores deberán
exhibir el en el acto del remate el diez por ciento de aquélla,
en numerario o en cheque certificado, a favor del tribunal,
debiéndose anunciar la subasta o remate por TRES VECES DENTRO
DEL TERMINO DE NUEVE DIAS debiendo mediar entre la última
publicación y la fecha
del remate CINCO DIAS HABILES lo
anterior con apoyo en los artículos 469 y 474 del Código
Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al
Código de Comercio, asimismo procédase a realizar
la
publicación por medio de edictos que se fijarán en los
Estrados del Juzgado y en el Diario Oficial de la Federación,
debiéndose elaborar el oficio correspondiente. Por otra parte,
atendiendo a que el domicilio
de la parte ejecutada se encuentra
fuera de esta jurisdicción, con fundamento en el artículo
1071 y 1072 del Código de Comercio, líbrese atento
exhorto al C. Juez competente de Primera Instancia de lo Civil y
Familiar del Distrito de Tlaxcala, con los insertos necesarios a
costa del promovente a fin de que el C. Juez exhortado procede a la
publicación de los edictos en las puertas del juzgado
correspondiente, lo anterior en términos de lo dispuesto por
el artículo 474 del Código Federal de Procedimientos
Civiles.
México, D.F., a 10 de septiembre de 2008.
La C. Secretaria de Acuerdos "A"
Lic. María Yvonne Pérez López
Rúbrica.
(R.- 275426)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito
Tijuana, B.C.
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A LA TERCERO PERJUDICADA MACRINA HERNANDEZ DEL VAL.
Al margen, sello Escudo Nacional, dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Sexto de Distrito.- Tijuana, Baja California.
En
los autos del juicio de amparo número 396/2008-6, GILBERTO
BAEZ LUGO, promovió demanda de amparo contra actos del Juez
Octavo de lo Civil del Partido Judicial de la ciudad de Tijuana, Baja
California, y otras autoridades, por auto de fecha once de julio de
dos mil ocho, este Juzgado admitió la demanda de amparo y se
tuvo como tercero perjudicada a Macrina Hernández de Val, en
dicha demanda se señaló como acto reclamado: “...
Del Juez Octavo de lo Civil, se le reclama todo lo actuado dentro de
los autos del expediente número 434/2007, relativo al juicio
Ordinario Civil promovido por MACRINA HERNANDEZ DE VAL, en contra de
FINANCIADORA DE VENTAS BANAMEX, S.A., ya que dicha autoridad sin
respetar la garantía de audiencia pretende molestarme y
privarme de mi derecho de copropiedad a la que tengo derecho,
respecto de un contrato privado de compraventa de fecha 15 de marzo
del 2004, respecto del lote de terreno número 17 de la manzana
46 del Fraccionamiento Colinas de Agua Caliente de esta ciudad, con
clave catastral OL-046-017 y el cual cuenta con una superficie
documental de 306.86 metros cuadrados y una superficie real de 307.50
metros cuadrados... procedimiento del cual el suscrito quejoso soy
tercero
extraño ya que jamás se me emplazó a
juicio, por lo que también se le reclama a esta autoridad
responsable además de las consecuencias legales derivadas de
esta violación a la garantía de audiencia, ya que estos
derechos emanan del matrimonio civil que contraje bajo el régimen
de sociedad conyugal con la de nombre HORTENCIA DE LA CRUZ MEDINA
...”
Emplácese
a la parte tercero perjudicada MACRINA HERNANDEZ DE VAL y hágase
de su conocimiento que deberá presentarse ante este Juzgado
Sexto de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en
la ciudad de Tijuana, por sí o por conducto de quien
legalmente la represente, sito en Avenida Paseo de
Los Héroes,
número 10540, Séptimo Piso, Zona Río de la
ciudad de Tijuana, Baja California, dentro del término de
TREINTA DIAS contados a partir del siguiente al de la última
publicación, y señalar domicilio para oír y
recibir notificaciones en esta ciudad, ya que de no hacerlo, se le
harán las subsecuentes notificaciones por medio de Iista que
se fije en los estrados de este juzgado. Se expide el presente
edicto, mismo que deberá de ser publicado por TRES VECES de
SIETE en SIETE DIAS en el Diario Oficial de la Federación,
en
el periódico “Excelsior”, ambos de la Capital de
la República, y en “El Mexicano” en esta ciudad,
en cumplimiento a lo ordenado en auto de once de septiembre de dos
mil ocho, así mismo se hace de su conocimiento que se han
señalado las NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIA
VEINTISEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, para la celebración
de la audiencia constitucional.
“Dos firmas ilegibles”. “Rúbricas”.
Tijuana, B.C., a 17 de septiembre de 2008.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
Lic. Hesed Hernández Torrez
Rúbrica.
(R.- 275575)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Chihuahua
Juzgado Primero Civil
Distrito Bravos
EDICTO DE REMATE
AL PUBLICO EN GENERAL
EN EL EXPEDIENTE NUMERO 494/05 RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR JOSE JESUS SORIANO ROSALES, EN CONTRA DE JULIAN GUSTAVO ACOSTA FIGUEROA Y/O JUANA MORALES OLIVAS SE DICTO UN ACUERDO QUE A LA LETRA DICE:
“EN
CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA, SIENDO LAS ONCE HORAS DEL DIA NUEVE DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.- Día y hora señalados
por auto de fecha veintiocho de agosto del año en curso, para
que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA. El
suscrito Licenciado Jose Luis Ruiz Flores, Juez Primero de lo Civil
del Distrito Judicial Bravos, ante su Secretario de Acuerdos con
quien actua y da fe, declaran legalmente instaurado el acto,
haciéndose constar por el segundo de los funcionarios que se
encuentra presente unicamente el C. LIC. RAMON CONTRERAS RAMIRES,
en
su carácter de endosatario en procuración de la parte
actora, por lo que no es posible el desahogo
de la misma, toda vez
que no fueron exhibidos los edictos correspondiente. En uso de la
palabra manifiesta el C. LIC. RAMON CONTRERAS RAMIREZ, que: se saque
nuevamente a remate en PRIMERA ALMONEDA, así mismo se ordene
se expidan los edictos de ley. A lo anterior el Suscrito Juez
acuerda: Se anuncia la venta del bien inmueble embargado en autos, en
audiencia de remate en primera almoneda, por medio de edictos que se
publicarán por tres veces dentro del término de nueve
días en el Diario Oficial de la Federación y en los
estrados de este Juzgado, con letra suficientemente legible de la
comunmente se utiliza en las notas periodisticas, por tres veces
dentro de nueve días y un tanto más en el tablero de
avisos de este Tribunal, sirviendo de base la cantidad de $299,900.00
(DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 MONEDA
NACIONAL) y como postura legal la suma de $199,933.33 (CIENTO NOVENTA
Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL)
que son las dos terceras partes del precio que sirve de base.
Señalándose las ONCE HORAS DEL DIA CATORCE DE OCTUBRE
DEL AÑO EN CURSO, para que tenga lugar la almoneda indicada.
Lo anterior con fundamento
en los artículos 474 del Código
Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al
de Comercio en relacion con el 1411 del Código de Comercio.
Firmando para constancia el LIC. JOSE LUIS RUIZ FLORES Juez Primero
de lo Civil del Distrito Judicial Bravos, ante su Secretario de
Acuerdos, con quien actúa y da fe.-DOY FE.”
INMUEBLE QUE SE SACA A REMATE: UBICADO EN CALLE ZIRAHUEN NUMERO 5437, LOTE 10, MANZANA 13, FRACCIONAMIENTO ERENDIRA II, DE ESTA CIUDAD, INSCRITO BAJO EL NUMERO 9, FOLlO 9 DEL LIBRO 2533 DE LA SECCION PRIMERA DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD.
Lo anterior se hace de su conocimiento para todos los efectos legales conducentes.
Ciudad Juárez, Chih., a 11 de septiembre de 2008.
El C. Secretario de Acuerdo del Juzgado Primero de lo Civil del Distrito Judicial Bravos
Lic. Tomás Rigoberto Medrano
Rúbrica.
(R.- 275661)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Vigésimo Quinto de lo Civil del Distrito Federal
Secretaría “A”
Exp. 1007/08
En los autos originales del juicio ESPECIAL MERCANTIL, promovido por ROMERO GALAVIZ JOSE LUIS, RAFAEL ALBERTO RODRIGUEZ FUENTES como albacea de RIGOBERTO RODRIGUEZ ZAMUDIO, MARIA ELENA GONZALEZ DE CASTILLA ESTRADA, en contra de CONSORCIOS INTEGRADOS DE COMERCIO EXTERIOR, S.A. DE C.V., la C. Juez dictó un auto que a la letra dice:
México, Distrito Federal a cinco de septiembre del año dos mil ocho.
Con
el escrito de cuenta fórmese expediente y regístrese en
el Libro de Gobierno bajo el número que corresponda, guárdese
en el seguro del juzgado el documento que se acompaña como
base del procedimiento especial. Se tiene por señalado el
domicilio y por autorizadas a las personas que se indican para oír
y recibir notificaciones y documentos. Por presentado a CARLOS JAVIER
VERDUZCO REINA, en su carácter de apoderado de JOSE LUIS
ROMERO GALAVIZ, RAFAEL ALBERTO RODRIGUEZ FUENTES, como albacea de
RIGOBERTO RODRIGUEZ ZAMUDIO, MARIA ELENA GONZALEZ DE CASTILLA ESTRADA
personalidad que se le reconoce en términos de las copias
certificadas de las escrituras números 32070, 16271 y 32417
que se acompañan a quien se le tiene a nombre de sus
poderdantes promoviendo PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE CANCELACION Y
REPOSICION DE TITULO ACCIONARIO, mismo que se admite atento a lo
dispuesto por los artículos 1o., 2o., 5o., 8o., 14, 42, 44, 45
y demás relativos y aplicables de la Ley de Títulos y
Operaciones de Crédito. Mediante NOTIFICACION PERSONAL, hágase
del conocimiento de la empresa CONSORCIOS INTEGRADOS DE COMERCIO
EXTERIOR, S.A. DE C.V. la tramitación del procedimiento de
referencia para que dentro del término de SESENTA DIAS
comparezca a deducir sus derechos respecto de la cancelación o
reposición de las acciones nominativas números 371
de
la serie “A” y 6024 de la serie “B” ambas
amparadas por el título 162/203, a nombre de JOSE LUIS ROMERO
GALAVIZ las acciones nominativas números 371 de la serie “A”
y 6024 de la serie “B” ambas amparadas por el título
160/203, a nombre de MARIA ELENA GONZALEZ CASTILLO las acciones
números 6395 de la serie “B-1”, amparada con el
título 156/203 a nombre de RIGOBERTO RODRIGUEZ ZAMUDIO hoy su
sucesión, según constancia que se acompaña. Por
otro lado y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 45
fracción III de la ley de la materia, se ordena publicar en el
Diario Oficial por una sola vez el contenido del presente proveído
a fin de que dentro del término de arriba señalado
comparezcan terceras personas a oponerse a la cancelación o
reposición del título si a su interés conviene.
Se
les hace saber a las partes la existencia de la Mediación como
forma Alternativa de Solución y del Centro de Justicia con que
cuenta el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal en
términos del artículo 6o. de la Ley de Justicia
Alternativa en relación con el artículo 55 del Código
de Procedimientos Civiles, sito en Río Lerma número 62
2o. piso entre Río Rin y Río Sena, Colonia Cuauhtémoc,
Delegación Cuauhtémoc,
en ésta ciudad
“Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 17 fricción
I, inciso g), 38 y 39, segundo párrafo, de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información pública del
Distrito Federal, se requiere al (los) actor(es) para que en el
término de tres días contados a partir de que surta sus
efectos el presente proveído, y al (los) demandado(os) en el
mismo término a partir de la fecha del emplazamiento, otorguen
su consentimiento por escrito para restringir el acceso público
a su información confidencial, en el entendido de que su
omisión a desahogar dicho requerimiento, establecerá su
negativa para que dicha información sea pública.”.
Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. JUEZ VIGESIMO
QUINTO DE LO CIVIL LICENCIADA FABIOLA VARGAS VILLANUEVA y Secretario
de Acuerdos con quien actúa y da fe. Doy fe.
El C. Secretario de Acuerdos “A”
Lic. Pedro Abel Mejía Contreras
Rúbrica.
(R.- 276518)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito
Tijuana, B.C.
Secretaría Amparo
Juicio de Amparo 313/2008
EDICTO
Emplazamiento a JOSE SIMON ENRIQUEZ y ROSA MARIA MAYA RUIZ. Al margen, sello Escudo Nacional, dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Decimotercero de Distrito, Tijuana, Baja California.
Juicio de Amparo número 313/2008, promovido por Jesús Mendoza Andrade, contra actos del Juez Quinto Civil, con sede en esta ciudad, y otras autoridades, de quienes se reaclama lo siguiente:
“…De
la Ordenadora.- La C. Juez Quinto de Primera Instancia de lo Civil
con residencia en esta ciudad, se reclama todo lo actuado dentro del
expediente número 47/2008, relativo al juicio ejecutorizo
mercantil promovido por el ahora tercero perjudicado de nombre JOSE
SIMON ENRIQUEZ en contra de la también tercero perjudicada
señora ROSA MARIA MAYA RUIZ, a partir del auto admisorio de la
demanda, así como la falta de emplazamiento al suscrito
quejoso, incluyendo todos los autos, acuerdos y proveídos
dictados hasta pronunciar la sentencia definitiva de fecha siete de
mayo de dos mil siete”.---“También se le reclama
el auto de fecha doce de diciembre de dos mil siete, mediante el cual
ordenó sacar a remate el predio de mi propiedad y posesión,
es decir, el bien inmueble identificado como lote de terreno número
27 de la manzana 129, con superficie de 164.00 metros cuadrados,
Sección El Dorado del Fraccionamiento Playas de Tijuana de
esta ciudad, e inscrito bajo la partida de inscripción número
5387688, sección civil de fecha seis de septiembre de dos mil
cuatro, así como las construcciones allí
existentes”.--- “Así mismo se le reclama la
resolución judicial dictada dentro de la audiencia de remate
en primera almoneda, de fecha treinta de enero del cursante año
dos mil ocho, mediante la cual adjudicó al tercero perjudicado
de nombre JOSE SIMON ENRIQUEZ el bien inmueble de mi propiedad y
posesión y las construcciones allí existentes”.---
“Por otra parte se reclama la orden de inscribir ante el
Registro Público de la Propiedad y de Comercio de esta ciudad,
el embargo trabado en autos sobre el bien inmueble y construcciones
de mi propiedad y posesión, girando para tal efecto, el oficio
número 2880 de fecha dieciséis de noviembre de dos mil
siete”. “De igual forma, se le reclama el auto de fecha
catorce de abril del cursante año dos mil ocho, mediante el
cual ordenó poner en posesión material y jurídica
al prenombrado adjudicatario y actor del juicio de donde se derivan
los actos reclamados, respecto del bien inmueble de mi propiedad y
posesión, así como de las construcciones allí
existentes, autorizando inclusive, el auxilio de la fuerza pública
y el rompimiento de cerraduras en caso de ser necesario, girando para
tale efecto, el oficio correspondiente al C. Secretario de Seguridad
Pública Municipal”.
---“Finalmente se le
reclaman todas las demás consecuencias que de hecho y de
derecho se deriven de lo actuado dentro del expediente número
47/2007, relativo al juicio ejecutivo mercantil promovido por el
señor JOSE SIMON ENRIQUEZ en contra de la señora ROSA
MARIA MAYA RUIZ”.--- “De la Ejecutora.-
El C.
Secretario Actuario adscrito al Juzgado Quinto de Primera Instancia
de lo Civil con residencia en esta ciudad, se reclama la ejecución
material que le dio a la orden judicial de fecha catorce de abril del
corriente año dos mil ocho, dictada por la responsable
ordenadora, en el sentido de poner en posesión material y
jurídica al adjudicatario, actor y ahora tercero perjudicado
JOSE SIMON ENRIQUEZ respecto del bien inmueble rematado en autos, que
es de mi propiedad y posesión, cuyos datos de identificación
ya quedaron transcritos con anterioridad y a los que desde luego me
remito en obvio de repeticiones innecesarias y en atención al
principio de economía procesal.--- “De la Ejecutora.- El
C.
Secretario de Seguridad Pública Municipal con residencia en
esta ciudad, se reclama el auxilio de la fuerza pública que le
fue presa al
C. Secretario Actuario adscrito al Juzgado Quinto de
lo Civil, a efecto de dar cumplimiento material a la orden de poner
en posesión material y jurídica al ahora tercero
perjudicado señor JOSE SIMON ENRIQUEZ respecto del bien
inmueble ampliamente descrito con anterioridad, así como las
construcciones en él existentes”.--- “De la
ejecutora.- El C. Registrador Público de la Propiedad y de
Comercio con residencia en esta ciudad, se reclama concretamente la
ejecución material que le dio a la orden judicial emitida por
la responsable ordenadora, en el sentido de inscribir el embargo
trabado sobre el predio de mi propiedad y posesión, así
como las construcciones allí existentes, e identificado como
lote de terreno número 27 de la manzana 129, con superficie de
164.00 metros cuadrados, de la Sección El Dorado del
Fraccionamiento Playas de Tijuana de esta ciudad, e inscrito bajo la
partida de inscripción número 5387688, sección
civil de fecha seis de septiembre de dos mil cuatro….”
Por auto de esta fecha se acordó emplazar a los terceros perjudicados José Simón Enríquez y Rosa María Maya Ruiz, por EDICTOS que deberán publicarse tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, en el periódico “Excélsior” de la ciudad de México, Distrito Federal y en el periódico el “Mexicano” de esta ciudad, haciéndoles saber que podrán presentarse dentro de treinta días contados al siguiente de la última publicación, apercibidos que de no hacerlo, las posteriores notificaciones les surtirán por lista en los estrados de esta Tribunal; en la inteligencia de que se señalaron las nueve horas con cuarenta minutos del día cinco de septiembre de dos mil ocho, para la celebración de la audiencia constitucional en este juicio, sin que ello implique que llegada la fecha constituya un impedimento para la publicación de los edictos; ya que este juzgado vigilará que no se deje en estado de indefensión a los terceros perjudicados de referencia.
Tijuana, B.C., a 4 de septiembre de 2008.
“2008, Año de la Educación Física y el Deporte”
La Secretaria del Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de Baja California
Lic. María Verónica Zavala Hermosillo
Rúbrica.
(R.- 275144)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
Expediente 72/2006
Juicio Ejecutivo Mercantil
EDICTO
ACTOR: FINANCIERA RURAL, ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO, por conducto de sus apoderados generales VICTOR FLORES GARCIA Y/O GABRIEL LOPEZ ARELLANO VINAGERAS.
DEMANDADOS: JOSE LUIS RECHY MARTINEZ en su carácter de deudor principal y ANABEL RECHY BENAVIDES en su carácter de obligada solidaria.
En cumplimiento a los autos de veinticinco de agosto, dos, ocho y diecisiete de septiembre de dos mil ocho, se convocan postores para el remate en primera y pública almoneda, misma que tendrá verificativo a las ONCE HORAS DEL CATORCE DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO en el local que ocupa este juzgado respecto de los inmuebles que a continuación se describen:
El primer inmueble, se encuentra identificado como la fracción que se segregó del predio rústico denominado “Tepetaco”, ubicado en la población de Xonacatlán, específicamente en el kilómetro 99.5 de la carretera federal Puebla-Nautla, sin número, colonia Xonacatlán, Municipio de Cuyoaco, Puebla, y se encuentra registrado a nombre de JOSE LUIS RECHY MARTINEZ, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de San Juan de los Llanos, con cabecera en Libres, Puebla, bajo la partida 361, fojas 98 vuelta, libro Uno, tomo 52, de veintiséis de febrero de dos mil tres, y respecto del mismo la postura legal para el remate señalado en dicho auto es la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS CON SEIS CENTAVOS, MONEDA NACIONAL, correspondiente a las dos terceras partes del valor fijado en el avalúo.
En
cuanto al segundo de los inmuebles, corresponde al predio rústico
denominado “Cruz de Encino”, ubicado en la población
de Tochimpa, Sección Sexta, Municipio de Tlatlauquitepec,
Puebla, mismo que se encuentra registrado a nombre de ANABEL RECHY
BENAVIDES en el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio del distrito Judicial de Tlatlauquitepec, Puebla, bajo la
partida 1007, fojas 167, tomo 58,
libro Primero, de veintiuno de
octubre de dos mil tres, y la postura legal para su remate es la
cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS
SESENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS, MONEDA NACIONAL,
cantidad que corresponde a las dos terceras partes del valor fijado
en el avalúo.
Por tanto se ordena el anuncio de la venta legal de los referidos inmueble por tres veces dentro del plazo de nueve días en el “Diario Oficial de la Federación”, así como en las puertas del Juzgado, con fundamento en el artículo 479 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al Código de Comercio por mandato de su artículo 1054.
Hágase saber a los postores que deberán formular posturas y pujas a partir de la última publicación y hasta el día y hora señalados para que tenga verificativo la audiencia, mismas que deberán reunir los requisitos a que se refiere el artículo 481 del Código Federal de Procedimientos Civiles, mismas que podrán ser presentadas a partir del día siguiente a la última publicación y hasta el día y hora señalados para que tenga verificativo la audiencia de remate.
Asimismo haga saber a los interesados que quedan a su disposición en la secretaría del juzgado las actuaciones, para que se impongan del contenido de las mismas y tomen los datos que estimen pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 488 del Código Federal de Procedimientos civiles de aplicación supletoria al Código de Comercio.
Comuníquese a la parte demandada que puede liberar el bien del embargo referido siempre y cuando haga pago integro de las cantidades a que fue condenado en sentencia definitiva.
San Andrés Cholula, Pue., a 22 de septiembre de 2008.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Lic. Silvia Elizabeth Baca Cardoso
Rúbrica.
(R.- 275664)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Segundo de lo Civil
Secretaría “B”
Expediente 78/2006
EDICTO
En
los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por BANCO
SANTANDER SERFIN, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO
FINANCIERO SANTANDER SERFIN, HOY BANCO SANTANDER SERFIN, S.A.,
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, en contra
de GRUPO ARIESA S.A. DE C.V., ALBERTO MENDOZA GALlCIA Y LAURA
PATRICIA PARRA CAZADEY, expediente número 78/2006, la C. Juez
Segundo de lo Civil Licenciada María Magdalena Malpica
Cervantes dictó un auto relativo al presente juicio que en lo
conducente dice: México, Distrito Federal, cinco de septiembre
del año dos mil ocho.-. A sus autos el escrito de cuenta de la
parte actora, en términos de su promoción se tienen por
hechas sus manifestaciones, y toda vez que el procedimiento es de
orden público y que la Suscrita no puede violar las
formalidades esenciales del procedimiento, con fundamento en el
artículo 1055 fracción VIII del Código de
Comercio, se procede a regularizar el procedimiento en los siguientes
términos: Tomando en consideración que al presente
juicio le es aplicable el Código Federal de Procedimientos
Civiles, de manera supletoria al Código de Comercio, en virtud
de la naturaleza jurídica del presente asunto y los documentos
acompañados en el escrito inicial de demanda, y como lo
solicita la parte actora, a fin de evitar nulidades futuras, se dejan
insubsistentes las audiencias de remate celebradas los días
diez de julio y dos de septiembre del año en curso, en virtud
de lo señalado con anterioridad y por no cumplir con las
formalidades esenciales del procedimiento, lo que se hace del
conocimiento de las partes. De igual forma como lo solicita la parte
actora se ordena la adjudicación directa del bien inmueble
identificado como LOTE DE TERRENO NUMERO SIETE DE LA MANZANA
QUINCUAGESIMA O CINCUENTA DE LA SECCION DECIMA "A" O
SECCION DECIMA "A", PANORAMA, DEL FRACCIONAMIENTO LOMAS DE
COCOYOC Y CONSTRUCCIONES SOBRE EL EXISTENTES, C.P. 62840 MUNICIPIO DE
YAUTEPEC ESTADO DE MORELOS, a favor de la parte actora en la suma de
$1,850,000.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100
M.N.), cantidad con la que se cubre parte del adeudo liquido y
exigible al primero de agosto del dos mil siete cuyo importe es
$2,198,503.52 (DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TRES
PESOS 52/100 M.N.), lo anterior con fundamento en el artículo
1412 Bis del Código de Comercio. Dado el estado procesal de
actuaciones, con fundamento en el artículo 474 del Código
Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente al Código
de Comercio, se ordena sacar a remate en pública subasta y en
PRIMERA ALMONEDA los bienes inmuebles ubicados en LOTE DE TERRENO Y
CONSTRUCCIONES DEL LOTE NUMERO 8, DE LA MANZANA QUINCUAGESIMA DE LA
SECCION DECIMA O PANORAMA "A" DEL FRACCIONAMIENTO LOMAS DE
COCOYOC,
C.P. 62840, MUNICIPIO DE ATLATLAHUCAN, ESTADO DE MORELOS
y LOTE DE TERRENO NUMERO 6, DE LA MANZANA “L”, SECCION
PANORAMA X-A, DEL FRACCIONAMIENTO LOMAS DE COCOYOC Y CONSTRUCCIONES
SOBRE EL EXISTENTES, C.P. 62840, MUNICIPIO DE YAUTEPEC, ESTADO DE
MORELOS y señalando para que tenga verificativo la diligencia
de remate las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTISIETE DE
OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, debiéndose de convocar
postores por medio de edictos que se fijaran en el tablero de avisos
de éste Juzgado, así como en el tablero de avisos de la
Tesorería del Gobierno del Distrito Federal, en el "Diario
Oficial" de la Federación y publicarse en el periódico
"EL UNIVERSAL" publicaciones que deberán hacerse por
dos veces de cinco en cinco días, y sirve de base para el
remate respecto del primero de los inmuebles señalados con
anterioridad, la suma de $630,000.00 (SEISCIENTOS TREINTA MIL PESOS
00/100 M.N.), respecto del segundo de los inmuebles señalados
con anterioridad, la suma de 1,490,000.00 (UN MILLON CUATROClENTOS
NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), y será postura legal la que
cubra le totalidad de las sumas antes mencionadas respectivamente.
Tomando en consideración que los bienes inmuebles a rematarse
se encuentran fuera de la jurisdicción de este juzgado, con
los insertos necesarios gírese atento exhorto al C. Juez
Competente en YAUTEPEC ESTADO DE MORELOS, pare que en auxilio de las
labores de este juzgado, se sirva publicar los edictos convocando
postores, en los lugares de costumbre de dicha entidad, facultando al
C. Juez exhorto para que acuerde todo tipo de promociones tendentes a
diligenciar el presente proveído.-Notifíquese.- Lo
proveyó y firma la C. Juez.- Doy Fe.- OTRO AUTO.- México,
Distrito Federal, a diez de septiembre del año dos mil
ocho.-Dada cuenta con los presentes autos... se aclaran los proveídos
de fechas cinco de septiembre del año en curso, visibles a
fojas 246 y 264 de actuaciones únicamente por lo que respecta
a los términos que deberán publicarse los edictos
ordenados en dichos proveídos, toda vez que el artículo
1411 del Código de Comercio, si establece tal situación,
por lo que no es necesario aplicarse supletoriamente el Código
Federal de Procedimientos Civiles, en esa virtud, se hace del
conocimiento de las partes que los edictos ordenados en los proveído
señalados en líneas que anteceden deberán
publicarse por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS y no por dos veces de
cinco en cinco días, por lo que dicha precisión deberá
formar parte de los autos antes indicados.- Notifíquese. Lo
proveyó y firma la C. Juez. Doy Fe.- OTRO AUTO.
FIRMAS RUBRICAS.
México, D.F., a 19 de septiembre de 2008.
El C. Secretario de Acuerdos “B”
Lic. Jesús Javier Paredes Varela
Rúbrica.
(R.- 276550)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
San Luis Potosí
EDICTO
QUE SE ORDENO POR AUTO DE VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO, EN EL JUICIO DE AMPARO 852-2008-0, PROMOVIDO POR BBVA BANCOMER, S.A. POR CONDUCTO DE SU APODERADO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS LICENCIADO FRANCISCO JAVIER CONTRERAS BAÑUELOS, CONTRA ACTOS DEL JUEZ OCTAVO DEL RAMO CIVIL DE ESTA CIUDAD.
"...San Luis Potosí, San Luis Potosí, a veintisiete de agosto de dos mil ocho.
Téngase por recibido y agréguese a los presentes autos para los fines legales a que haya lugar, el oficio JJPNE/2148/2008 signado por el Gerente de Area San Luis Potosí de Teléfonos de México, mediante el cual informa que después de una búsqueda en la base de datos con que cuenta esa Oficina Comercial, no se encontró domicilio alguno del tercero perjudicado Jaime Samano Solís; lo anterior, en relación a lo solicitado por oficio 3448-0 del índice de este Juzgado.
Por otra parte, visto el estado que guardan los presentes autos y como de los mismos se advierte que a la fecha se encuentra pendiente el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado Jaime Samano Solís, en virtud de que no obra en autos domicilio para tal efecto y toda vez que de las investigaciones ordenadas en autos no se encontró domicilio alguno del citado tercero perjudicado; en consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento decretado en proveído de treinta y uno de julio de dos mil ocho y con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria de la Ley de Amparo, emplácese al aludido tercero perjudicado por medio de edictos, a costa de la parte quejosa, los que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en el periódico "Excelsior", por ser uno de los de mayor circulación en este país; hágase saber a dicho tercero perjudicado que deberá presentarse ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado, dentro del término de treinta días contados a partir de siguiente al de la última publicación de los edictos, apercibido que de no hacerlo se le tendrá legalmente emplazado a este juicio de garantías y las notificaciones que le corresponda se harán por medio de lista.
Requiérase a la parte quejosa para que dentro del término de tres días comparezca a este Juzgado a recibir los edictos correspondientes, a fin de que a la brevedad proceda a su publicación, y en su oportunidad, exhiba las constancias relativas, apercibida legalmente que de no hacerlo se decretará el sobreseimiento en el presente juicio de garantías.
Lo anterior atento a lo sustentado en la Tesis 2a./J. 64/2002, aprobada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, localizable en la página 211, Tomo XVI, Julio de 2002, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, que dispone:
"EMPLAZAMIENTO
POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO, EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE
RECOGERLOS, PAGAR SU PUBLICACION Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL
SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO. De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de
Amparo, el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado se hará
mediante notificación personal, siempre que se conozca o se
logre investigar su domicilio, o por medio de edictos a costa del
quejoso, si a pesar de la investigación se ignora aquél.
Ahora bien, del análisis sistemático de lo previsto en
el artículo 73,
fracción XVIII, de la Ley de Amparo,
en relación con los diversos dispositivos 30, fracción
II y 5o., fracción III, del propio ordenamiento, así
como en el numeral 14, párrafo segundo, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, se concluye que si
una vez agotada la investigación a que alude el referido
artículo 30, fracción II, y ordenado el emplazamiento a
juicio del tercero perjudicado por medio de edictos a costa del
quejoso, éste no los recoge, paga su publicación y
exhibe ésta, procede decretar el sobreseimiento en el juicio
de garantías, toda vez que incumple con un presupuesto
procesal, que se erige en formalidad esencial del procedimiento y
hace que el juzgador de amparo no pueda pronunciarse sobre el fondo
de lo planteado en el juicio constitucional; por ende, se actualiza
una causa de improcedencia, pues con la no publicación de los
edictos ordenados queda paralizado el juicio de garantías al
arbitrio del quejoso, con lo que se contraviene lo dispuesto en el
artículo 17 de la Constitución Federal, puesto que se
entorpece la administración de justicia, por retardarse la
solución del conflicto, ya que ello no es atribuible al órgano
jurisprudencial, sino al propio quejoso, cuyo interés
particular no puede estar por encima del interés público,
tutelado por dicho precepto constitucional, en razón de que la
sociedad está interesada en que los juicios se resuelvan
dentro de los términos que al respecto señale la ley y
no quede su resolución al arbitrio de una de las partes, en
este caso del quejoso."
Por otra parte, fíjese en los estrados de este Juzgado copia íntegra de este proveído por todo el tiempo del emplazamiento.
Finalmente y para dar tiempo a lo anterior se difiere la audiencia constitucional señalada para este día y en su lugar se fijan las diez horas del diez de septiembre de dos mil ocho, para su celebración.
Notifíquese; hágase personalmente a la parte quejosa.
Lo proveyó y firma José Manuel Quistián Espericueta, Juez Primero de Distrito en el Estado y Secretaria con quien actúa, licenciada Yolanda Zamarripa Pérez.- Doy fe..."
LA CIUDADANA LICENCIADA YOLANDA ZAMARRIPA PEREZ, SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO.
CERTIFICA
QUE LA PRESENTE COPIA ESTA TOMADA FIELMENTE DE SU ORIGINAL, QUE OBRA EN EL JUICIO DE AMPARO 852/2008-0, PROMOVIDO POR BBVA BANCOMER, S.A. POR CONDUCTO DE SU APODERADO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS LICENCIADO FRANCISCO JAVIER CONTRERAS BAÑUELOS, CONTRA ACTOS DEL JUEZ OCTAVO DEL RAMO CIVIL DE ESTA CIUDAD.
San Luis Potosí, S.L.P., a 27 de agosto de 2008.
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Lic. Yolanda Zamarripa Pérez
Rúbrica.
(R.- 275574)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Chihuahua
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
Sección Amparo
J.A. 550/2008
EDICTO
Por auto de veinticinco de agosto de dos mil siete, pronunciado por el licenciado José Alberto Arriaga Farías, Juez Tercero de Distrito en el Estado, con residencia en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, se ordenó el emplazamiento por edictos de la moral aquí tercero perjudicada Corporación Técnica de la Construcción, Sociedad Anónima de Capital Variable, dentro del juicio de amparo 550/2008, promovido por Olivia Ochoa Romero y Gloria González Valdez, en su carácter de mandatarias generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio y para otorgar y suscribir títulos y operaciones de crédito, de las personas morales denominadas Corporativo Inmobiliario del Norte, Sociedad Anónima de Capital Variable y Grupo Promotor y Constructor Tres Estrellas, Sociedad Anónima de Capital Variable, respectivamente, contra actos del Administrador Local de Recaudación de Chihuahua, con sede en esta ciudad, y otras autoridades, al tenor del auto que se inserta, en lo conducente:
"Chihuahua, Chihuahua, veinticinco de agosto de dos mil ocho.
…
En
tales condiciones, advirtiéndose de las constancias de autos
que no fue posible localizar el domicilio en el que pueda ser
emplazado a este juicio de garantías, el tercero perjudicado
en cita, pese a haberse agotado lo ordenado en el artículo 30,
fracción II,
de
la Ley de Amparo; por consiguiente, en términos de lo
dispuesto por el artículo 157 de la ley de la materia, y a
efecto de no dejar indefinido el presente juicio de amparo, se ordena
el emplazamiento del citado tercero perjudicado, por medio de edictos
y a costa de la parte quejosa, a quien deberá requerirse para
que dentro del término de tres días, contados a partir
del siguiente al en que quede legalmente notificada de este proveído,
comparezca a recogerlos y, en el plazo de treinta días,
acredite haber mandado hacer su publicación; en la
inteligencia de que dichos edictos deberán ser publicados por
tres veces consecutivas, de siete en siete días en el Diario
Oficial de la Federación, y en un periódico de
circulación nacional; y hágase del conocimiento del
tercero perjudicado que deberá presentarse dentro
del
término de treinta días, contados a partir del
siguiente al de la última publicación ante este
Juzgado, apercibido que de no comparecer dentro del plazo indicado
por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, el
juicio seguirá su curso y las ulteriores notificaciones se le
harán por rotulón que se fijará en la puerta del
Juzgado.
Por otra parte, visto el estado actual de los autos, hágase del conocimiento del referido tercero perjudicado la instauración de este juicio de garantías 550/2008, promovido por Olivia Ochoa Romero y Gloria González Valdez, en su carácter de mandatarias generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio y para otorgar y suscribir títulos y operaciones de crédito, de las personas morales denominadas Corporativo Inmobiliario del Norte, Sociedad Anónima de Capital Variable y Grupo Promotor y Constructor Tres Estrellas, Sociedad Anónima de Capital Variable, respectivamente, contra actos del Administrador Local de Recaudación de Chihuahua, Subadministrador Local de Recaudación de Chihuahua, Ministro Ejecutor Elodia Araceli Gamboa Hernández, o quien la reemplace en sus funciones, Ministro Ejecutor Julio César Castillo Mendoza, o quien lo reemplace en sus funciones y Coordinador o Jefe de los Ministros Ejecutores del Servicio de Administración Tributaria, todos con residencia en esta ciudad, mismo que se hizo consistir en:
"ACTOS RECLAMADOS DE CADA UNA DE LAS AUTORIDADES SEÑALADAS COMO RESPONSABLES:
En cuanto a las ordenadoras, se reclama lo siguiente:
A.- Del ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE CHIHUAHUA y del SUBADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE CHIHUAHUA, reclamo los actos siguientes:
a)
Los
mandamientos de ejecución correspondientes a los créditos
fiscales con números H-422660,
H-422661, H422662 y H-
422663 suscritos en once de abril de dos mil ocho, mandamientos que
suscribió el Subadministrador
de la Administración Local de Recaudación, en ausencia
del Administrador Local de Recaudación.
b) Asimismo, cualquier otro mandamiento que en ampliación del embargo anteriormente realizado, tienda a afectar bienes de nuestra propiedad en nuestro domicilio que se ubica en Deza y Ulloa número 2123, colonia San Felipe de este cudad.
B.- Del ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE CHIHUAHUA, el acuerdo despachado en el oficio 400-32-2008-2611, mediante el cual se acuerda, sin que previamente se hubiera asentado en el acta respectiva la oposición que se hizo valer, nilas causas por las que ello se expresó, el rompimiento de cerraduras y chapas en el domicilio ubicado en Deza y Ulloa número 2123, colonia San Felipe de este ciudad.
C.- De los MINISTROS EJECUTORES ELODIA ARACELI GAMBOA HERNANDEZ, JULIO CESAR CASTILLO MENDOZA y el COORDINADOR O JEFE DE LOS MINISTROS EJECUTORES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, con residencia en esta ciudad:
a) La diligencia realizada en fechas veintiséis y veintisiete de mayo de dos mil ocho en el domicilio ubicado en la calle Deza y Ulloa número 2123, colonia San Felipe de esta ciudad, mediante la cual se dejó citatorio y se ingresó en el domicilio de nuestras representadas, y sin que existiera un mandamiento girado en contra de ellas, en forma totalmente arbitraria, negándoles la posibilidad de acreditar que son propietarias de los bienes que se encontraban en el domicilio, se realizó embargo sobre bienes de su propiedad y posesión.
b) Cualquier otra diligencia que se vaya a realizar con relación a los créditos mencionados, para afectar bienes de nuestra propiedad en nuestro domicilio."
…
Notifíquese y personalmente a la parte quejosa.
Así, lo acordó y firma el licenciado José Alberto Arriaga Farías, Juez Tercero de Distrito en el Estado, ante la licenciada Cristina Lozoya Gámez, Secretaria con quien actúa y da fe. Doy fe." Dos rúbricas.
Lo que transcribo en vía de edicto, para que tenga debido cumplimiento.
Chihuahua, Chih., a 28 de agosto de 2008.
"2008, Año de la Educación Física y el Deporte”
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Lic. Cristina Lozoya Gámez
Rúbrica.
(R.- 276490)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Novena Sala Civil
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A: GLOBAL CASA DE CAMBIO S.A. DE C.V.
EN
LOS AUTOS DEL CUADERNO DE AMPARO, RELATIVO AL TOCA NUMERO 1374/2007 y
1 DERIVADO DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL SEGUIDO POR ORTIZ MIER
RAMON, en contra de PROMOTORA SADASI S.A. DE C.V. Y OTRA, LA NOVENA
SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL,
ORDENO EMPLAZAR POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO GLOBAL CASA DE
CAMBIO S.A. DE C.V., HACIENDOLE SABER QUE CUENTA CON UN TERMINO DE
TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION DE ESTE
EDICTO, PARA COMPARECER ANTE LA AUTORIDAD FEDERAL A DEFENDER SUS
DERECHOS, QUEDANDO A SU DISPOSICION LAS COPIAS SIMPLES DE TRASLADO EN
LA SECRETARIA DE ACUERDOS EN LA
H. NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, SITO EN EL DECIMO PISO DE
LA CALLE RIO DE LA PLATA, NUMERO CUARENTA Y OCHO, COLONIA CUAUHTEMOC,
DELEGACION CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL SEIS MIL QUINIENTOS, EN MEXICO
DISTRITO FEDERAL.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
México, D.F., a 23 de septiembre de 2008.
La C. Secretaria de Acuerdos de la Novena Sala
Lic. María de la Luz Alonso Tolamatl
Rúbrica.
(R.- 276373)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
México, Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento Terceros Perjudicados
MANUEL GLOBER y YADIRA RAMIREZ
Presente
En los autos de juicio de amparo 667/2008, promovido por CENTRO DE APOYO AL MICROEMPRESARIO, INSTITUCION DE ASISTENCIA PRIVADA; contra actos de la Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y otras autoridades; que hace consistir, específicamente, en todo lo actuado dentro del expediente laboral 902/2006, e incluso el laudo dictado en el mismo; al ser señalados como terceros perjudicados y desconocerse su domicilio, el once de septiembre de dos mil ocho, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndoles saber que deben presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, se les harán por lista. Quedan a su disposición en la secretaría de este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
Atentamente
México, D.F., a 24 de septiembre de 2008.
El Secretario
Lic. Alberto Mendoza Macías
Rúbrica. (R.- 276595)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Primero Civil
Maravatío, Mich.
EDICTO
SE CONVOCA POSTORES.
PRIMERA ALMONEDA.
Dentro de expediente número 2227/2006, juicio ejecutivo mercantil sobre pago de pesos, que promueve Fco. Javier Velez Gómez, a través de sus endosatarios en procuración, en contra de Juan González Ramírez, se manda sacar a remate en subasta pública el siguiente:
Un predio rústico de riego denominado "Las Peñitas, ubicado en la Ex Hacienda de Carandapaz, Municipio de Senguio, y Distrito de Maravatío, Michoacán, mide y linda al Norte 1,060.00 Mts. con el ejido de los sauces, partiendo la línea donde cruza el camino de Senguio a la estación, con el río de San Ramón, siguiendo el cauce del río que corre rumbo al noroeste hasta llegar a una cerca doble de piedra, por la cual sigue hasta donde atraviesa esta el río de Senguio, al Oriente 1,050 Mts. con Margarita y Julián González, partiendo la línea del último punto citado y siguiento el cauce del río de Sanguio, hasta llegar a una mojonera, de piedra orilla del río del lado del llano, llamado de Carindapaz, al Sur 585.00 Mts. con Julián González, partiendo del último punto línea recta rumbo al suroeste, sobre el llano de Carindapaz hasta llegar a otra mojonera de piedra, situada en la orilla del camino que va del pueblo de Senguio a la Estación, al Poniente 720.00 Mts. Partiendo de este último punto por el camino a la estación, rumbo al noroeste, hasta llegar al punto donde cruza el río de San Ramón, que fue el punto de partida. Con una superficie de 65-98-50 Hectáreas. Sirviendo de base para el remate la cantidad de $9,898,875.00 (nueve millones ochocientos noventa y ocho mil ochocientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.), y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha suma. Propietario
Se
convoca los postores para que asistan a la audiencia que tendrá
lugar el día 23 veintitrés de octubre de la presente
anualidad a las 11:30 once horas con treinta minutos, mediante la
publicación de 3 tres edictos dentro de 9 nueve días
que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación
y en los Estrados de éste
H. Juzgado y lugar de ubicación
del inmueble.
Atentamente
Maravatío, Mich., a 10 de septiembre de 2008.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero Civil de Primera Instancia
Lic. J. Pablo Aguilar Villagrán
Rúbrica.
(R.- 276405)
AVISOS GENERALES
|
“AGORA RECURSOS”, SOCIEDAD ANONIMA, DE CAPITAL VARIABLE,
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA
AVENIDA PASEO DE LA REFORMA No. 381
COLONIA JUAREZ, C.P. 06600, MEXICO, D.F.
Por acuerdo tomado en la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de “Agora Recursos”, Sociedad Anónima, de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, celebrada con fecha 17 de marzo del año 2008, se acordó disminuir el capital social por las cantidades siguientes y como consecuencia modificar los estatutos sociales en su artículo sexto:
1).- En la parte fija, en la cantidad de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) mediante la cancelación de 150 acciones suscritas pero no pagadas por el señor Saúl Mercado Monroy, sin que proceda reembolso de cantidad alguna.
2).-
En la parte variable, en la cantidad de $850,000.00 (ochocientos
cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) mediante la cancelación de
850 acciones suscritas pero no pagadas por el señor Saúl
Mercado Monroy,
sin que proceda reembolso de cantidad alguna.
Total de capital social disminuido $1'000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) para quedar con un capital social de $5'500,000.00 (cinco millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
Se publica lo anterior con fundamento en el artículo 9o. de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
México, D.F., a 17 de septiembre de 2008.
Presidente del Consejo de Administración
Lic. José Luis Canales Barrenechea
Rúbrica.
(R.- 275523)
SOCIEDAD MEXICANA DE OFTALMOLOGIA, S.C.
AVISO DE TRANSFORMACION
A
todos los socios de la Sociedad Mexicana de Oftalmología se
les informa que, con fecha 2 de agosto
de 2008, en el marco del
XXVIII Congreso Mexicano de Oftalmología, celebrado en Mérida,
Yucatán, contando con la asistencia y conformidad de la
totalidad de los socios por sí o por conducto de sus
representantes, se celebró la segunda asamblea plenaria de
representantes en donde entre otros asuntos, se aprobó la
reforma de estatutos y la transformación de la Sociedad
Mexicana de Oftalmología a Asociación Civil en
beneficio de todos sus miembros.
El presente se informa para los efectos a que dé lugar.
Atentamente
México, D.F., a 1 de octubre de 2008.
Presidente
Dra. Laura Leticia Arroyo Muñoz
Rúbrica.
(R.- 276368)
Secretaría de la Función Pública
Contraloría Interna
Dirección General Adjunta de Responsabilidades e Inconformidades
ASUNTO: NOTIFICACION POR EDICTO.
SE NOTIFICA A: C. EDUARDO ULISES CHAVEZ HIDALGO. RFC CAHE720829JJ9.
Conforme
acuerdo de inicio de 23 de septiembre de 2008 dictado en el
expediente administrativo A/053/2008 -a su disposición para
consulta en la ubicación que adelante se indica- y
fundamentado
en artículos 21 fracción I de la Ley
Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores
Públicos,
315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles (de aplicación supletoria), 3 apartado A fracción
XIV subfracción XIV.1, 25, 26 fracciones II numeral 2, 27
fracciones V, VII y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría
de la Función Pública; se le NOTIFICA POR EDICTOS: se
requiere su comparecencia personal, con identificación oficial
vigente, a audiencia de ley -que se desarrollará ante el
suscrito o ante el Director de Responsabilidades e Inconformidades
“A” de la Contraloría Interna-, a las DIEZ HORAS,
DE CUALQUIER DIA HABIL -COMPRENDIDO ENTRE LOS SEIS Y TREINTA DIAS
HABILES QUE SIGAN A AQUEL EN QUE SE PUBLIQUE
LA PRESENTE NOTIFICACION POR TERCERA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION-,
en la Contraloría Interna de esta Secretaría, ubicada
en avenida Insurgentes Sur número 1735, noveno piso, ala Sur,
oficina 924, colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón,
código postal 01020, México, D.F. Para que en dicha
audiencia manifieste lo que le convenga, sobre presuntos
incumplimientos
denunciados por la Directora General Adjunta de Quejas, Denuncias e
Investigaciones de la Contraloría Interna Secretaría de
la Función Pública en oficio
112.DGAQDI/2943-07/ICZ/2586/2008 de 2 de septiembre de 2008,
consistentes en: UNICO: En su carácter de Titular del Area de
Responsabilidades del Organo Interno de Control en la Lotería
Nacional para la Asistencia Pública, omitió presentar
la contestación a la demanda -presentada por
el C. César
Sánchez Morales en contra de la resolución de 28 de
abril de 2005, emitida en el expediente administrativo número
PA-70/2002- en el juicio contencioso administrativo número
21821/05-17-05-7,
del índice de la Quinta Sala Regional
Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa-, dentro del término de 45 días hábiles
establecido a la sazón por el artículo 212 del Código
Fiscal de la Federación; lo que provocó que la referida
Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa instructora, desechara dicha contestación por
extemporánea. Ello, porque el 23 de agosto
de 2005, recibió
en el Area de Responsabilidades, el emplazamiento a juicio
correspondiente. Sin embargo, no fue sino hasta el 17 de noviembre de
2005, cuando emitió el oficio 750-3/1255/2005, dando
contestación a la demanda de nulidad de referencia, documento
que incluso fue presentado ante la Oficialía de Partes del
referido Tribunal al día siguiente, es decir, el 18 de
noviembre
de 2005, y ello evidentemente de manera extemporánea, pues el
término para producir la contestación había
fenecido desde el 27 de octubre de 2005. Lo
cual, en su caso, presumiblemente infringe lo dispuesto en los
artículos 8
fracción XXIV de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos, en relación
con lo establecido
en los artículos 37 fracción XII
de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 67, fracción I,
numeral 3 del Reglamento Interior
de la Secretaría de la Función Pública, 5 del
Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades
Administrativas de la Secretaría de la Función Pública
y se establece subordinación jerárquica de servidores
públicos previsto en su Reglamento Interior, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2005 y 212
del Código Fiscal de la Federación vigente en la época
de los hechos antes descritos. Tiene
derecho de comparecer con defensor; pero de omitir comparecer usted
personalmente a la audiencia, se tendrán por ciertos los
hechos imputados y las subsecuentes notificaciones se harán
por rotulón conforme dispone el artículo 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles.
México, D.F., a 1 de octubre de 2008.
Secretaría de la Función Pública
El Director General Adjunto de Responsabilidades e Inconformidades
Lic. Guillermo González Luna
Rúbrica.
(R.- 276538)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de la Función Pública
Organo Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria
Area de Responsabilidades
Exp. Admvo. RES-847/2008
“2008, Año de la Educación Física y el Deporte"
Asunto: Citatorio para la audiencia prevista por el artículo 21, fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
C. ROBERTO DE JESUS LARA SMITH
PRESENTE.
Con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 108, 109
fracción III, y 113 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3 fracción III, 4, 7, 8,
21, 24, 36, 37 y 47 de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos, reformada por
Decreto de 26 de abril de 2006, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 21 de agosto siguiente; 12 de la Ley del
Servicio de Administración Tributaria; 2, segundo párrafo
y 39 del Reglamento Interior del Servicio de Administración
Tributaria; 37 fracciones XII y XVII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 3, apartado D, segundo
párrafo, 67 fracción I, punto 1 del Reglamento Interior
de la Secretaría de la Función Pública,
reformado mediante Decreto de 17 de junio de 2005, publicado en el
mismo medio de difusión oficial el 21 siguiente; y de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 fracción
I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos, que regula el inicio y trámite del
Procedimiento Administrativo Disciplinario en contra de servidores
públicos; asimismo, establece que la notificación a que
se refiere la citada fracción se practicará de manera
personal al presunto responsable y entre la fecha de la citación
y la de la audiencia deberá mediar un plazo no menor de 5 ni
mayor de 15 días hábiles; con fundamento en los
artículos 309, fracción I y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a
la Ley de la Materia, de conformidad con su numeral 47, sírvase
Usted comparecer a las 12:00 horas del décimo día
hábil, contado a partir del día siguiente al de la
última publicación del presente citatorio, en el Diario
Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor
circulación nacional, en las oficinas
que ocupa esta Area
de Responsabilidades del Organo Interno de Control, ubicadas en
avenida Hidalgo número 77, módulo III, primer nivel,
colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código
postal 06300 en la Ciudad de México, Distrito Federal, para la
celebración de la audiencia a que hace referencia este último
precepto legal, a fin de que rinda su declaración en torno a
los hechos que presuntamente se le imputan y que pueden ser causa de
responsabilidad administrativa, y con la finalidad de respetar su
garantía de audiencia, dicha comparecencia podrá ser
realizada a través de escrito.
Lo
anterior, en virtud de que mediante oficio 101-04-00-00-00-2008-04189
de 17 de septiembre de 2008, el Titular del Area de Quejas de este
Organo Interno de Control, remitió el expediente de
investigación
DE-0752/2007-SAT, a fin de que se instruya
procedimiento administrativo de responsabilidades en contra de Usted,
por su presunta conducta irregular en el desempeño del puesto
de Mando de Coordinación (CO), Nivel SUC1, como
Subadministrador de Trámites y Asuntos Legales, adscrito a la
Aduana de Colombia, Nuevo León, dependiente de la
Administración General de Aduanas del Servicio de
Administración Tributaria, consistente en que:
Usted, en el desempeño de su puesto de Mando de Coordinación (CO), Nivel SUC1, como Subadministrador de Trámites y Asuntos Legales, adscrito a la Aduana de Colombia, Nuevo León, dependiente de la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria, presuntamente no cumplió con el servicio que le fue encomendado, ni se abstuvo de omisiones que causaran deficiencia en el servicio público, toda vez que no señaló específicamente la parte relativa del artículo tercero, del “Acuerdo por el que se señala el nombre, sede y circunscripción territorial de las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2005, que establece la competencia territorial de la Aduana de Colombia, al emitir el oficio número 326-SAT-19-861-IV-004161 de 25 de octubre de 2005, que contenía la resolución al Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera AVM800050073 iniciado al C. Arturo Treviño Leal, sin precisar la parte del párrafo del precepto que prevé dicha competencia, lo cual era necesario para que en el mandamiento relativo se identificará con toda exactitud la parte específica de la norma o normas que prevén la competencia territorial a favor de la autoridad aduanera, a fin de completar la debida fundamentación legal y cumplir satisfactoriamente con lo dispuesto en el artículo 38, fracción III, del Código Fiscal de la Federación; incumpliendo con dicha omisión disposiciones legales relacionadas con el servicio público, en consecuencia no salvaguardó los principios de legalidad y eficiencia que rigen entre otros el actuar de los servidores públicos.
Lo anterior, toda vez que la Administración Local Jurídica de Guadalupe resolvió el Recurso de Revocación número 00020/2006, mediante diverso 325-SAT-19-I-R1-6-1580 de 22 de marzo de 2006, dejar sin efectos la resolución contenida en el oficio 326-SAT-19-861-IV-004161 de 25 de octubre de 2005, emitida por la Aduana de Colombia, esto en razón de que la citada Aduana fue omisa en fundamentar debidamente el nombre, sede y circunscripción territorial, al emitir la resolución al Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera número AVM800050073 contenida en el oficio número 326-SAT-19-861-IV-004161 de 25 de octubre de 2005, suscrito por Usted, en su carácter de Subadministrador de Trámites y Asuntos Legales de la Aduana de Colombia, Nuevo León, en suplencia por ausencia de citada Unidad Administrativa.
Asimismo,
es de señalarse que derivado de la conducta desplegada por
Usted, en su carácter de Subadministrador de Trámites y
Asuntos Legales de la Aduana de Colombia, Nuevo León, con su
conducta presuntamente omisa causó un perjuicio al fisco
federal en cantidad de $36,263,678.00 (treinta y seis millones
doscientos sesenta y tres mil seiscientos setenta y ocho 00/100
M.N.), misma que fue determinada en el oficio
326-SAT-19-861-IV-004161 de 25 de octubre de 2005, en la que se
resolvió la situación fiscal del contribuyente Arturo
Treviño Leal, por concepto de Impuesto General de Importación
Omitido Actualizado, Cuota Compensatoria Omitida Actualizada,
Impuesto al Valor Agregado Omitido Actualizado, Multa correspondiente
por infracción al artículo 178, fracción IV, de
la Ley Aduanera en vigor y Recargos, la cual quedó sin
efectos, mediante la resolución contenida en el diverso
325-SAT-19-I-R1-6-1580 de 22 de marzo
de 2006, tal y como se
precisó en el acuerdo de 17 de septiembre de 2008, signado por
el Titular del Area de Quejas de este Organo Interno de Control.
En atención a lo antes expuesto, se desprende que Usted, con su conducta presuntamente irregular incumplió lo establecido por los artículos 7 y 8 fracciones I y XXIV de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, esta última fracción en concordancia con lo establecido por el numeral 38 fracción III, del Código Fiscal de la Federación, y el artículo tercero, del “Acuerdo por el que se establece el nombre, sede y circunscripción territorial de las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2005.
Se hace de su conocimiento que en la audiencia tiene derecho a ser asistido de un defensor, apercibiéndolo que en caso de dejar de comparecer ante esta autoridad a la celebración de la audiencia, en la fecha, hora y lugar antes señalados sin causa justificada, para que rinda su declaración en torno a la presunta conducta irregular que se le imputa, se le tendrá por cierta la misma, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21, fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
En su comparecencia a la audiencia, objeto del presente citatorio, deberá traer consigo una identificación oficial vigente, con fotografía; asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, de lo contrario las que sean necesarias realizar posteriormente al presente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en lugar visible de esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo establecido por los artículos 305, 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de conformidad con el numeral 47 de la Ley antes citada.
No omito manifestarle que se encuentra a su disposición para consulta el expediente de responsabilidades RES-847/2008, así como el diverso de investigación DE-0752/2007-SAT, relacionado con los hechos antes señalados, lo cual podrá realizar en días hábiles, de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00 horas, en las oficinas que ocupa esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control, para lo cual deberá traer consigo identificación oficial vigente, con fotografía.
Asimismo,
se habilita al personal adscrito a este Organo Interno de Control,
para que realice la notificación del presente oficio citatorio
en caso de ser necesario en días y horas inhábiles, en
términos de lo dispuesto
por el artículo 282 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria a la Ley Federal
de Responsabilidades Administrativas
de los Servidores Públicos, en términos del numeral 47
señalado
con antelación.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 22 de septiembre de 2008.
El Titular del Area de Responsabilidades
Lic. Gabriel Ortiz Capetillo
Rúbrica.
(R.- 275680)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de la Función Pública
Organo Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria
Area de Responsabilidades
Exp. Admvo. RES-770/2008
“2008, Año de la Educación Física y el Deporte”
Asunto: Citatorio para la audiencia prevista por el artículo 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
PRESENTE.
Con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 108, 109
fracción III, y 113 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos;
2, 3 fracción III, 4, 7, 8, 21, 24, 36, 37 y 47 de la Ley
Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores
Públicos, reformada por Decreto de 26 de abril de 2006,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de
agosto siguiente;
12 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 2,
segundo párrafo y 39 del Reglamento Interior del Servicio de
Administración Tributaria; 37 fracciones XII y XVII de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal;
3, apartado D, segundo párrafo, 67 fracción I, punto 1
del Reglamento Interior de la Secretaría de la
Función Pública, reformado mediante Decreto de 17 de
junio de 2005, publicado en el mismo medio de difusión oficial
el 21 siguiente;
y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 fracción
I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos, que
regula el inicio y trámite del Procedimiento Administrativo
Disciplinario en contra de servidores públicos; asimismo,
establece que la notificación a que se refiere la citada
fracción se practicará de manera personal al presunto
responsable y entre la fecha de la citación y la de la
audiencia deberá mediar un plazo no menor de cinco ni mayor de
15 días hábiles; con fundamento en los artículos
309 fracción I y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la
Materia, de conformidad con su numeral 47, sírvase Usted
comparecer a las 10:00 horas del décimo día hábil,
contado a partir del día siguiente al de la última
publicación del presente citatorio, en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los diarios de mayor circulación
nacional, en las oficinas que ocupa esta Area de Responsabilidades
del Organo Interno de Control,
ubicadas en avenida Hidalgo
número 77, colonia Guerrero,
Delegación Cuauhtémoc, código postal 06300 en la
Ciudad de México, Distrito Federal, para la celebración
de la audiencia a que hace referencia este último precepto
legal, a fin de que rinda su declaración en torno a los hechos
que presuntamente se le imputan y que pueden ser causa de
responsabilidad administrativa.
Lo
anterior, en virtud de que mediante oficio número 101 04 00 00
00 2008 03695 de 19 de agosto de 2008,
el Titular del Area de Quejas de este Organo Interno de Control,
remitió el expediente de investigación número
DP-643/2008-SFP,
a fin de que se inicie el procedimiento administrativo de
responsabilidades en contra de Usted,
por probables irregularidades cometidas como
Mando Ejecutivo (EE) Nivel EEC1, con funciones
de Jefe de
Departamento de Control de Documentos, adscrita a la entonces
Subadministración de Innovación y Calidad de León,
hoy Administración General de Recursos y Servicios del
Servicio de Administración Tributaria, consistentes en que:
Usted, como Mando Ejecutivo (EE) Nivel EEC1, con funciones de Jefe de Departamento de Control de Documentos, adscrita en la época de los hechos a la entonces Subadministración de Innovación y Calidad de León, hoy Administración General de Recursos y Servicios del Servicio de Administración Tributaria, presuntamente no presentó la Declaración de Conclusión de Situación Patrimonial, no obstante que estaba obligado a presentarla dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión de su encargo, el cual concluyó el treinta y uno de agosto de dos mil cinco, como se desprende de la copia certificada del Aviso de Cambio de Situación Patrimonial número 443-005 del dos de septiembre de dos mil cinco, en términos de lo dispuesto por los artículos 36 fracción II y 37 fracción II de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, lo que en la especie no aconteció, en consecuencia, presuntamente no salvaguardó el principio de legalidad que rigen entre otros, el actuar de los servidores públicos.
En
atención a lo antes expuesto, se desprende que Usted,
como Mando Ejecutivo (EE) Nivel EEC1, con funciones de Jefe de
Departamento de Control de Documentos, adscrita a la entonces
Subadministración
de Innovación y Calidad de León,
hoy Administración General de Recursos y Servicios del
Servicio de Administración Tributaria, con
su conducta presuntamente irregular incumplió lo establecido
por los numerales
36
fracción II y 37
fracción II
de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos;
infringiendo
con ello lo dispuesto por los artículos 7
y 8
fracción XV,
de la citada Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos, que disponen:
…
Por otra parte, se señala que con la presunta conducta irregular desplegada por Usted, no se causó un daño o perjuicio al Fisco Federal, ni obtuvo beneficio o lucro alguno, como se desprende del acuerdo de diecinueve de agosto de dos mil ocho, emitido por el Titular del Area de Quejas del Organo Interno de Control.
Se hace de su conocimiento que en la audiencia tiene derecho a ser asistida de un defensor, apercibiéndola que en caso de dejar de comparecer ante esta autoridad a la celebración de la audiencia, en la fecha, hora y lugar antes señalados sin causa justificada, para que rinda su declaración en torno a la conducta irregular que presuntamente se le imputa, se le tendrá por cierta la misma, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21, fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
En
su comparecencia a la audiencia, objeto del presente citatorio,
deberá traer consigo una identificación oficial
vigente, con fotografía y señalar domicilio para oír
y recibir notificaciones en la Ciudad de México, de lo
contrario las que sean necesarias realizar posteriormente, inclusive
las de carácter personal, se llevarán a cabo a través
de rotulón que se fijará en lugar visible de esta Area
de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Servicio de
Administración Tributaria, con fundamento en lo establecido
por los artículos 305, 306 y 316 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley
Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores
Públicos, de conformidad con el numeral 47 de la
Ley antes
citada.
No omito manifestarle que se encuentra a su disposición para consulta el expediente de responsabilidades RES-770/2008, y el de investigación DP-643/2008-SFP, relacionados con los hechos antes señalados, lo cual podrá realizar en días hábiles, de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00 horas, en las oficinas que ocupa esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control, para lo cual deberá traer consigo identificación oficial con fotografía vigente.
Asimismo, se habilita al personal adscrito a este Organo Interno de Control, para que realice la notificación del presente oficio citatorio en caso de ser necesario en días y horas inhábiles, en términos de lo dispuesto por el artículo 282 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 8 de septiembre de 2008.
El Titular del Area de Responsabilidades
Lic. Gabriel Ortiz Capetillo
Rúbrica.
(R.- 275092)
PROMOTORA TOLLOCAN, S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACION)
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2008
ACTIVO 0.00
PASIVO 0.00
CAPITAL CONTABLE 0.00
TOTAL PASIVO Y CAPITAL CONTABLE 0.00
En cumplimiento y para los efectos del artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el presente balance general de liquidación.
Tlalnepantla, Edo. de Méx., a 30 de septiembre de 2008.
Liquidador
Alex Joseph Abitbol Nasser
Rúbrica.
(R.- 276590)
OUTSOURCING DE NOMINAS S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2008 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 6 de octubre de 2008. Liquidador Liliana Escalante Mendoza Rúbrica. (R.- 276416) |
|
AVISO AL PUBLICO
Se
informa al público en general que los costos por
suscripción y ejemplar del Diario Oficial de la Federación,
a partir del 1 de enero de 2008, son Suscripción semestral: $ 1,064.00 Ejemplar de una sección del día: $ 10.00 El precio se incrementará $3.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación |
EMPAQUES PLEGADIZOS MODERNOS, S.A. DE C.V.
PRIMERA CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ANUAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
De
conformidad con lo establecido por los artículos 166-VI, 180,
181, 183 y demás aplicables de la Ley General de Sociedades
Mercantiles, así como de acuerdo a lo previsto por las
cláusulas décimo cuarta y décimo quinta de los
estatutos sociales de la sociedad Empaque Plegadizos Modernos S.A. de
C.V. (“EPM”),
se convoca a los señores
accionistas de EPM, a la Asamblea General Anual Ordinaria de
Accionistas que tendrá lugar a las 9:30 horas del día
lunes 3 de noviembre de 2008, sita en Calle de las Flores número
42,
Los Reyes Acaquilpan, La Paz, Estado de México, código
postal 56400, conforme al siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Informe del administrador único en relación a las actividades de la sociedad, durante el ejercicio social terminado al 31 de diciembre de 2007.
2. Discusión y, en su caso, aprobación del balance, estado de resultados y demás información financiera de la Sociedad, por el ejercicio social terminado al 31 de diciembre de 2007.
3. Informe del comisario de la sociedad.
4. Distribución de utilidades.
5. Lectura y discusión, del reporte de obligaciones fiscales requerido en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
6. Designación de los miembros del Consejo de Administración de la sociedad.
7. Designación de funcionarios del Consejo de Administración de la sociedad.
8. Designación del comisario de la sociedad.
9. Emolumentos.
10. Designación de delegados.
Para
asistir y ser admitidos en la Asamblea, los accionistas que aparezcan
inscritos en el Libro de Registro de Acciones de EPM y/o sus
apoderados deberán exhibir cualquiera de los siguientes
documentos:
(i)
Títulos originales, (ii)
Carta de depósito de institución bancaria, o (iii)
Tarjeta de admisión que, en su caso, expida EPM. El Libro de
Registro de Acciones que lleve EPM, se cerrará tres días
hábiles antes de la fecha fijada para la celebración de
la Asamblea.
Conforme a lo dispuesto por la cláusula décimo séptima de los estatutos sociales de EPM, los accionistas podrán ser representados en las asambleas por la persona o personas que designen mediante simple carta poder firmada ante dos testigos.
De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 186 de la Ley
General de Sociedades Mercantiles,
los estados financieros y demás
información señalada en términos de dicho
artículo, estarán a disposición
de los
accionistas en el domicilio de EPM antes indicado, de 10:00 a 15:00
horas, de lunes a viernes, a partir del día siguiente a la
publicación de la presente convocatoria y hasta el día
en que se celebre la Asamblea General Anual Ordinaria de Accionistas
que se convoca en términos de la presente.
México, D.F., a 10 de octubre de 2008.
Comisario
C.P. José Francisco Vizcaya Angeles
Rúbrica.
(R.- 276417)
SEGURIDAD PRIVADA GONDI, S.A. DE C.V.
PRIMERA CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ANUAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
De conformidad con lo establecido por los artículos 166-VI, 180, 181, 183 y demás aplicables de la Ley General de Sociedades Mercantiles, así como de acuerdo a lo previsto en los apartados C y D del artículo Noveno de los Estatutos Sociales de la sociedad Seguridad Privada Gondi, S.A. de C.V. (“SPG”), se convoca a los señores accionistas de SPG, a la Asamblea General Anual Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar a las 9:00 horas del día miércoles 29 de octubre de 2008, sita en boulevard Manuel Avila Camacho número 36 (Torre Esmeralda II), piso 21, colonia Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal, código postal 11000, conforme al siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Informe del administrador único en relación a las actividades de la sociedad, durante el ejercicio social terminado al 31 de diciembre de 2007.
2. Discusión y, en su caso, aprobación del balance, estado de resultados y demás información financiera de la sociedad, por el ejercicio social terminado al 31 de diciembre de 2007.
3. Informe del comisario de la sociedad.
4. Distribución de utilidades.
5. Lectura y discusión, del reporte de obligaciones fiscales requerido en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
6. Designación de los miembros del Consejo de Administración de la sociedad.
7. Designación de funcionarios del Consejo de Administración de la sociedad.
8. Designación del comisario de la sociedad.
9. Emolumentos.
10. Designación de delegados.
En términos de lo dispuesto en el apartado F del artículo noveno de los estatutos sociales de SPG, los títulos de las acciones o las constancias de depósito extendidas por instituciones de crédito, nacionales o extranjeras, casas de bolsa, o S.D. Indeval, deberán ser depositadas en el domicilio de SPG antes referido con dos días hábiles de anticipación a la fecha de la celebración de la Asamblea que se convoca en términos de esta convocatoria. Contra la entrega, se expedirá la tarjeta de admisión en la que se expresará el nombre del accionista y el número de votos que le corresponden. La sociedad sólo reconocerá como accionistas a aquellas personas que estén inscritas en el libro de registro que para tal efecto lleva la sociedad.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 192 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los accionistas podrán ser representados en las asambleas por la persona o personas que designen mediante simple carta poder firmada ante dos testigos.
De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 186 de la Ley
General de Sociedades Mercantiles,
los estados financieros y demás
información señalada en términos de dicho
artículo, estarán a disposición
de los
accionistas en el domicilio de SPG antes indicado, de 10:00 a 15:00
horas, de lunes a viernes, a partir del día siguiente a la
publicación de la presente convocatoria y hasta el día
en que se celebre la Asamblea General Anual Ordinaria de Accionistas
que se convoca en términos de la presente.
México, D.F., a 10 de octubre de 2008.
Comisario
C.P. José Francisco Vizcaya Angeles
Rúbrica.
(R.- 276419)
CELULOSAS MAIRO, S.A. DE C.V.
PRIMERA CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ANUAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
De
conformidad con lo establecido por los artículos 166-VI, 180,
181, 183 y demás aplicables de la Ley General de Sociedades
Mercantiles, así como de acuerdo a lo previsto por las
cláusulas décimo cuarta y décimo quinta de los
estatutos sociales de la sociedad Celulosas Mairo, S.A. de C.V.
(“CM”), se convoca a los señores accionistas de
CM, a la Asamblea General Anual Ordinaria de Accionistas que tendrá
lugar
a las 16:00 horas del día lunes 3 de noviembre de
2008, sita en boulevard Manuel Avila Camacho número 36 (Torre
Esmeralda II), piso 21, colonia Lomas de Chapultepec, Delegación
Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal, código postal
11000, conforme al siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Informe del Presidente del Consejo de Administración en relación a las actividades de la sociedad, durante el ejercicio social terminado al 31 de diciembre de 2007.
2. Discusión y, en su caso, aprobación del balance, estado de resultados y demás información financiera de la sociedad, por el ejercicio social terminado al 31 de diciembre de 2007.
3. Informe del comisario de la sociedad.
4. Distribución de utilidades.
5. Lectura y discusión, del reporte de obligaciones fiscales requerido en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
6. Designación de los miembros del Consejo de Administración de la sociedad.
7. Designación de funcionarios del Consejo de Administración de la sociedad.
8. Designación del comisario de la sociedad.
9. Emolumentos.
10. Designación de delegados.
Para
asistir y ser admitidos en la Asamblea, los accionistas que aparezcan
inscritos en el Libro de Registro de Acciones de CM y/o sus
apoderados, deberán exhibir cualquiera de los siguientes
documentos:
(i)
Títulos originales, (ii)
Carta de depósito de institución bancaria o (iii)
Tarjeta de admisión que, en su caso, expida CM. El Libro de
Registro de Acciones que lleve CM, se cerrará tres días
hábiles antes de la fecha fijada para la celebración de
la Asamblea.
Conforme a lo dispuesto por la cláusula décimo séptima de los estatutos sociales de CM, los accionistas podrán ser representados en las asambleas por la persona o personas que designen mediante simple carta poder firmada ante dos testigos.
De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 186 de la Ley
General de Sociedades Mercantiles,
los estados financieros y demás
información señalada en términos de dicho
artículo, estarán a disposición
de los
accionistas en el domicilio de CM antes indicado, de 10:00 a 15:00
horas, de lunes a viernes, a partir del día siguiente a la
publicación de la presente convocatoria y hasta el día
en que se celebre la Asamblea General Anual Ordinaria de Accionistas
que se convoca en términos de la presente.
México, D.F., a 10 de octubre de 2008.
Comisario
C.P. José Francisco Vizcaya Angeles
Rúbrica.
(R.- 276420)
EMPAQUES MODERNOS DE GUADALAJARA, S.A. DE C.V.
PRIMERA CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ANUAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
De
conformidad con lo establecido por los artículos 166-VI, 180,
181, 183 y demás aplicables de la
Ley General Sociedades
Mercantiles, así como de acuerdo a lo previsto por las
cláusulas décimo cuarta y décimo quinta de los
estatutos sociales de la sociedad Empaques Modernos de Guadalajara,
S.A. de C.V. (“EMG”), se convoca a los señores
accionistas de EMG, a la Asamblea General Anual Ordinaria de
Accionistas que tendrá lugar a las 11:30 horas del día
jueves 6 de noviembre de 2008, sita en el kilómetro 7.3
carretera
Guadalajara, El Salto, El Salto, Jalisco, México, código
postal 45680, apartado 34, conforme al siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Informe del Presidente del Consejo de Administración en relación a las actividades de la sociedad, durante el ejercicio social terminado al 31 de diciembre de 2007.
2. Discusión y, en su caso, aprobación del balance, estado de resultados y demás información financiera de la sociedad, por el ejercicio social terminado al 31 de diciembre de 2007.
3. Informe del comisario de la sociedad.
4. Distribución de utilidades.
5. Lectura y discusión, del reporte de obligaciones fiscales requerido en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
6. Designación de los miembros del Consejo de Administración de la sociedad.
7. Designación de funcionarios del Consejo de Administración de la sociedad.
8. Designación del comisario de la sociedad.
9. Emolumentos.
10. Designación de delegados.
Para
asistir y ser admitidos en la Asamblea, los accionistas que aparezcan
inscritos en el libro de registro de acciones de EMG y/o sus
apoderados, deberán exhibir cualquiera de los siguientes
documentos:
(i)
Títulos originales, (ii)
Carta de depósito de institución bancaria o (iii)
Tarjeta de admisión que, en su caso, expida EMG. El libro de
registro de acciones que lleve EMG, se cerrará tres días
hábiles antes de la fecha fijada para la celebración de
la Asamblea.
Conforme a lo dispuesto por la cláusula décimo séptima de los estatutos sociales de EMG, los accionistas podrán ser representados en las asambleas por la persona o personas que designen mediante simple carta poder firmada ante dos testigos.
De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 186 de la Ley
General de Sociedades Mercantiles,
los estados financieros y demás
información señalada en términos de dicho
artículo, estarán a disposición
de los
accionistas en el domicilio de EMG antes indicado, de 10:00 a 15:00
horas, de lunes a viernes, a partir del día siguiente a la
publicación de la presente convocatoria y hasta el día
en que se celebre la Asamblea General Anual Ordinaria de Accionistas
que se convoca en términos de la presente.
México, D.F., a 10 de octubre de 2008.
Comisario
C.P. José Francisco Vizcaya Angeles
Rúbrica.
(R.- 276422)
ALVISA COMERCIAL, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE AGOSTO DE 2006
ACTIVO |
|
|
CIRCULANTE |
|
|
BANCOS Y OTROS ACTIVOS |
$ 675,944.00 |
|
INVENTARIOS |
$ 152,185.00 |
|
SUMA DE ACTIVO CIRCULANTE |
|
$ 828,129.00 |
FIJO |
|
|
EQ. DE TRANSPORTE Y DE OFICINA |
|
$ 73,306.00 |
SUMA ACTIVO |
|
$ 901,435.00 |
PASIVO |
|
|
CIRCULANTE |
|
|
CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR |
|
$ 58,751.00 |
CAPITAL |
|
|
CAPITAL SOCIAL |
$ 748,893.00 |
|
RESULTADO EJERC. ANTERIORES |
68,597.00 |
|
RESULTADO EJERC. 2006 |
25,194.00 |
|
SUMA CAPITAL CONTABLE |
|
$ 842,684.00 |
SUMA PASIVO Y CAPITAL |
|
$ 901,435.00 |
México, D.F., a 31 de mayo de 2008.
Liquidador
C. Víctor Manuel Herrasti Mariel
Rúbrica.
(R.- 276268)
AVISO AL PUBLICO
REQUISITOS NECESARIOS PARA LA INSERCION DE DOCUMENTOS A PUBLICAR:
• Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación de su documento, con dos copias legibles.
• Original del documento a publicar en papel membretado, con sello legible, firma autógrafa y fecha de expedición del mismo, sin alteraciones y acompañado de dos copias legibles.
• En caso de documentos a publicar de empresas privadas, deberá anexar copia de la cédula del R.F.C.
• En caso de licitación pública o estado financiero, necesariamente deberá acompañar su documentación con un disquete en cualquier procesador WORD.
• A partir del 1 de enero de 2007, el pago por derechos de publicación deberá efectuarse mediante el esquema para pago de derechos e5cinco del SAT en ventanilla bancaria o a través de Internet, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El comprobante de pago deberá presentarse (el original que devuelve la institución bancaria o la impresión original del pago realizado en Internet), acompañado de una copia simple. El original del pago será resguardado por esta Dirección.
LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARAN DE LA SIGUIENTE FORMA:
• Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público recibidas los días miércoles, jueves y viernes, se publicarán el siguiente martes, y las recibidas en lunes y martes, se publicarán el siguiente jueves.
• Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asambleas se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibido y pagado, y tres días después si se acompañan con disquete, mientras que los estados financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación.
• El disquete deberá contener un solo archivo con toda la información.
• Por ningún motivo se recibirá documentación que no cubra los requisitos antes señalados.
• Horario de recepción de 9:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.
• Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081. Fax extensión 35076.
Nota: Si envía la documentación por correspondencia o mensajería, favor de anexar guía prepagada de la mensajería de su preferencia, correctamente llenada, para poder devolverle la forma fiscal que le corresponde.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S.N.C.
CONDICIONES DEL MERCADO DE CREDITOS GARANTIZADOS CON GARANTIA HIPOTECARIA
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia del Crédito Garantizado se da a conocer lo siguiente:
Información
de las condiciones del mercado de créditos garantizados con
garantía hipotecaria correspondientes al mes de julio de 2008
para créditos operados
y ofertas vinculantes.
Presentación.
Con el propósito de dar cumplimiento a la normatividad señalada, la Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. (SHF) recibió la información relacionada con las condiciones del mercado de Créditos Garantizados con garantía hipotecaria, correspondiente a los intermediarios financieros no bancarios denominados Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOLES) e instituciones de banca múltiple, que les permita a los interesados evaluar las ofertas vinculantes que reciban.
La información se desglosa según el tipo de moneda, plazo, tasa de interés y valor de la vivienda, como sigue:
I. Créditos en Unidades de Inversión (UDIS).
Son financiamientos otorgados principalmente por las SOFOLES con recursos fondeados por SHF, referenciados en UDIS y destinados para adquisición de vivienda nueva o usada, con tasa de interés fija. No obstante de estar denominado en UDIS, el pago mensual cambia conforme con el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal.
II. Créditos en pesos.
i. Ofertas vinculantes de créditos por parte de las instituciones de banca múltiple y SOFOLES con sus propios recursos, o financiados por SHF, principalmente para adquisición de vivienda nueva o usada, con tasa de interés fija. En esta ocasión se presenta la información más representativa de la oferta que los intermediarios tienen, según la información recibida por SHF: Se contemplan cuatro clasificaciones de créditos a tasa fija: mensualidades fijas, crecientes, decrecientes o ajustables por bonificación en tasa de interés, y para cada institución se presentan las condiciones de aquel producto con el menor CAT.
ii. Financiamientos otorgados principalmente por las SOFOLES con recursos fondeados por SHF, referenciados en pesos y destinados para adquisición de vivienda nueva o usada, con tasa de interés fija.
Atentamente
México, D.F., a 25 de septiembre de 2008.
Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C.
Director de Estudios Económicos de la Vivienda
Mtro. Antonio Puig Escudero
Rúbrica.
Julio
Créditos operados en Udis para vivienda económica a tasa fija para un periodo de 25 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $300,000 y crédito de $270,000.
|
ING Hipotecaria |
Patrimonio |
Finpatria |
Hipotecaria Su Casita |
Hipotecaria Casa Mexicana |
Hipotecaria Crédito y Casa |
|
Pago mensual inicial |
$2,437 |
$2,498 |
$2,676 |
$2,674 |
$2,684 |
$2,713 |
|
Enganche |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
|
Crédito |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
|
Erogación inicial |
% Apertura como valor del crédito |
2.80% |
2.50% |
2.50% |
3.11% |
2.82% |
3.06% |
% Avalúo como valor de la vivienda |
0.28% |
0.31% |
0.32% |
0.37% |
0.32% |
0.28% |
|
Estudio socioeconómico |
$1,101 |
$1,240 |
$1,334 |
$839 |
$843 |
$978 |
|
Factor de pago al millar operado |
$9.03 |
$9.25 |
$9.91 |
$9.90 |
$9.94 |
$10.05 |
|
Factor de pago al millar vinculante |
$9.25 |
$9.80 |
$11.11 |
$10.43 |
$10.14 |
$8.50 |
|
% máximo del ingreso que representa el pago |
25% |
25% |
25% |
25% |
25% |
25% |
|
Aforo máximo |
90% |
90% |
90% |
90% |
90% |
90% |
|
Costo Anual Total (CAT) Operado |
11.00% |
11.34% |
12.23% |
12.44% |
12.44% |
12.63% |
Créditos operados en Udis con COFINANCIAMIENTO para vivienda económica a tasa fija para un periodo de 25 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $300,000 y crédito de $270,000. No incluye el componente de INFONAVIT o de FOVISSSTE.
|
ING Hipotecaria |
Patrimonio |
Hipotecaria Crédito y Casa |
Hipotecaria Su Casita |
Hipotecaria Casa Mexicana |
|
Pago mensual inicial |
$2,456 |
$2,520 |
$2,683 |
$2,816 |
$2,905 |
|
Enganche |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
|
Crédito |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
|
Erogación inicial |
% Apertura como valor del crédito |
2.93% |
2.50% |
2.97% |
3.04% |
2.93% |
% Avalúo como valor de la vivienda |
0.42% |
0.50% |
0.62% |
0.77% |
0.23% |
|
Estudio socioeconómico |
$1,060 |
$1,199 |
$950 |
$811 |
$809 |
|
Factor de pago al millar operado |
$9.10 |
$9.33 |
$9.94 |
$10.43 |
$10.76 |
|
Factor de pago al millar vinculante |
$9.25 |
$9.80 |
$8.50 |
$10.43 |
$10.14 |
|
% máximo del ingreso que representa el pago |
25% |
25% |
25% |
25% |
25% |
|
Aforo máximo |
90% |
90% |
90% |
90% |
90% |
|
Costo Anual Total (CAT) Operado |
10.97% |
11.36% |
12.11% |
13.36% |
13.82% |
Créditos operados en Udis con APOYO INFONAVIT para vivienda media a tasa fija para un periodo de 25 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $700,000 y crédito de $630,000.
|
ING Hipotecaria |
Patrimonio |
Hipotecaria Casa Mexicana |
Hipotecaria Crédito y Casa |
|
Pago mensual inicial |
$5,716 |
$5,829 |
$6,010 |
$6,048 |
|
Enganche |
$70,000 |
$70,000 |
$70,000 |
$70,000 |
|
Crédito |
$630,000 |
$630,000 |
$630,000 |
$630,000 |
|
Erogación inicial |
% Apertura como valor del crédito |
1.95% |
2.50% |
2.51% |
2.12% |
% Avalúo como valor de la vivienda |
0.26% |
0.27% |
0.27% |
0.27% |
|
Estudio socioeconómico |
$1,059 |
$1,200 |
$810 |
$943 |
|
Factor de pago al millar operado |
$9.07 |
$9.25 |
$9.54 |
$9.60 |
|
Factor de pago al millar vinculante |
$9.25 |
$9.80 |
$9.73 |
$8.46 |
|
% máximo del ingreso que representa el pago |
25% |
25% |
25% |
25% |
|
Aforo máximo |
90% |
90% |
90% |
90% |
|
Costo Anual Total (CAT) Operado |
10.79% |
11.25% |
11.55% |
11.68% |
Ofertas vinculantes en pesos para vivienda media y residencial a tasa fija con un plazo de 15 años (valor de la vivienda de $1,000,000 pesos) /*. Continúa.
|
Bancomer |
Santander/4 |
GE Money/6 |
Banco Mercantil del Norte/5 |
Banco Nacional de México |
Mifel |
Scotiabank Inverlat/4 |
Bajío/4 |
Banca Afirme |
Patrimonio/4 |
|
Pago mensual promedio |
$9,216 |
$10,019 |
$10,017 |
$9,246 |
$10,082 |
$9,519 |
$9,996 |
$9,601 |
$10,448 |
$10,266 |
|
Enganche |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
|
Crédito |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
|
Erogación inicial |
% Apertura como valor del crédito |
2.25% |
2.70% |
3.13% |
3.00% |
3.00% |
2.50% |
2.50% |
2.90% |
2.50% |
2.50% |
% Avalúo como valor de la vivienda |
0.35% |
0.29% |
0.36% |
0.35% |
0.21% |
0.29% |
0.20% |
0.03% |
0.35% |
0.29% |
|
Estudio socioeconómico |
$529 |
$0 |
$150 |
$500 |
$575 |
$920 |
$0 |
$0 |
$0 |
$1,256 |
|
Gastos notariales/1 |
2.82% |
2.00% |
2.50% |
1.80% |
2.62% |
1.00% |
1.33% |
1.00% |
1.73% |
1.84% |
|
Impuestos/2 |
5.00% |
5.00% |
6.25% |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
|
Factor de pago al millar vinculante |
$11.52 |
$12.52 |
$12.52 |
$11.56 |
$12.60 |
$11.90 |
$12.50 |
$12.00 |
$13.06 |
$12.83 |
|
% del ingreso que representa el pago/3 |
33% |
38% |
N.D. |
40% |
35% |
33% |
30% |
35% |
40% |
30% |
|
Aforo |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
|
Costo Anual Total (CAT) |
10.95% |
11.77% |
11.98% |
12.73% |
12.79% |
13.14% |
13.20% |
13.31% |
13.54% |
14.11% |
Ofertas vinculantes en pesos para vivienda media y residencial a tasa fija con un plazo de 15 años (valor de la vivienda de $1,000,000 pesos) /*. Termina.
|
Inbursa |
Hipotecaria Nacional |
Fincasa Hipotecaria/4 |
ING Hipotecaria |
Hipotecaria Su Casita/7 |
Hipotecaria Crédito y Casa |
HSBC/5 |
Hipotecaria Casa Mexicana |
Hipotecaria Independiente |
Finpatria |
|
Pago mensual promedio |
$10,213 |
$18,098 |
$11,470 |
$10,517 |
$18,424 |
$10,646 |
$10,677 |
$11,160 |
$12,092 |
$11,317 |
|
Enganche |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
$200,000 |
|
Crédito |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
$800,000 |
|
Erogación inicial |
% Apertura como valor del crédito |
2.50% |
2.25% |
2.50% |
2.50% |
1.50% |
3.00% |
3.00% |
2.50% |
0.31% |
3.50% |
% Avalúo como valor de la vivienda |
0.29% |
0.30% |
0.29% |
0.25% |
0.28% |
0.29% |
0.24% |
0.29% |
0.34% |
0.29% |
|
Estudio socioeconómico |
$0 |
$460 |
$690 |
$1,150 |
$850 |
$988 |
$900 |
$850 |
$800 |
$1,350 |
|
Gastos notariales/1 |
1.59% |
0.81% |
0.99% |
2.00% |
1.10% |
3.32% |
2.50% |
3.00% |
1.76% |
2.00% |
|
Impuestos/2 |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
5.00% |
5.88% |
5.00% |
|
Factor de pago al millar vinculante |
$12.77 |
$22.62 |
$14.34 |
$13.15 |
$23.03 |
$13.31 |
$13.35 |
$13.95 |
$15.12 |
$14.15 |
|
% del ingreso que representa el pago/3 |
30% |
33% |
30% |
33% |
35% |
30% |
35% |
33% |
26% |
33% |
|
Aforo |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
80% |
|
Costo Anual Total (CAT) |
14.48% |
14.76% |
14.84% |
15.17% |
15.72% |
15.73% |
15.99% |
16.71% |
17.12% |
17.32% |
N.D. = No Disponible.
*/ Se contemplan cuatro clasificaciones de créditos a tasa fija: mensualidades fijas, crecientes, decrecientes o ajustables por bonificación en tasa de interés, y para cada institución se presentan las condiciones de aquel producto con el menor CAT.
1/ Honorarios Notariales respecto al valor del inmueble, no se incluyen en el cálculo del CAT.
2/ Considera el IVA, Registro Público de la Propiedad y el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, como porcentaje del valor de la vivienda, no se incluyen en el cálculo del CAT.
3/ Se considera el ingreso mínimo necesario.
4/ Mensualidad decreciente por disminución de las comisiones y/o seguros.
5/ Mensualidad ajustable durante la vida del crédito por bonificación en la tasa de interés.
6/ Mensualidad creciente en toda la vida del crédito conforme a un(os) factor(es) predeterminado(s).
7/ Se consideraron las condiciones de un crédito similar con aforo de 90% y se realizó el cálculo correspondiente con aforo de 80% con el fin de hacerlo comparable.
Créditos operados en pesos para vivienda económica a tasa fija para un periodo de 20 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $300,000 y crédito de $270,000.
|
Patrimonio |
ING Hipotecaria |
Hipotecaria Casa Mexicana |
Hipotecaria Crédito y Casa |
Hipotecaria Su Casita |
Finpatria |
|
Pago mensual inicial |
$3,236 |
$3,261 |
$3,490 |
$3,380 |
$3,454 |
$3,697 |
|
Enganche |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
|
Crédito |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
|
Erogación inicial |
% Apertura como valor del crédito |
2.50% |
2.79% |
2.57% |
3.22% |
3.12% |
2.50% |
% Avalúo como valor de la vivienda |
0.29% |
0.30% |
0.32% |
0.28% |
0.37% |
0.69% |
|
Estudio socioeconómico |
$1,199 |
$1,103 |
$810 |
$948 |
$810 |
$1,290 |
|
Factor de pago al millar operado |
$11.99 |
$12.08 |
$12.93 |
$12.52 |
$12.79 |
$13.69 |
|
Factor de pago al millar vinculante |
$12.06 |
$12.20 |
$13.02 |
$11.76 |
$22.29 |
$13.46 |
|
% máximo del ingreso que representa el pago |
25% |
25% |
25% |
25% |
25% |
25% |
|
Aforo máximo |
90% |
90% |
90% |
90% |
90% |
90% |
|
Costo Anual Total (CAT) Operado |
17.19% |
18.04% |
18.32% |
18.81% |
19.80% |
19.85% |
Créditos operados en pesos con COFINANCIAMIENTO para vivienda económica a tasa fija para un periodo de 20 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $300,000 y crédito de $270,000. No incluye el componente de INFONAVIT o de FOVISSSTE.
|
Patrimonio |
ING Hipotecaria |
Hipotecaria Crédito y Casa |
Hipotecaria Casa Mexicana |
Hipotecaria Vértice |
Hipotecaria Su Casita |
|
Pago mensual inicial |
$3,249 |
$3,260 |
$3,380 |
$3,482 |
$3,649 |
$3,744 |
|
Enganche |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
$30,000 |
|
Crédito |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
$270,000 |
|
Erogación inicial |
% Apertura como valor del crédito |
2.50% |
3.26% |
3.01% |
3.46% |
2.76% |
2.82% |
% Avalúo como valor de la vivienda |
0.28% |
0.26% |
0.26% |
0.30% |
0.66% |
0.34% |
|
Estudio socioeconómico |
$1,199 |
$1,102 |
$943 |
$811 |
$1,450 |
$811 |
|
Factor de pago al millar operado |
$12.03 |
$12.07 |
$12.52 |
$12.90 |
$13.52 |
$13.87 |
|
Factor de pago al millar vinculante |
$12.06 |
$12.20 |
$11.76 |
$13.02 |
$13.20 |
$21.94 |
|
% máximo del ingreso que representa el pago |
25% |
25% |
25% |
25% |
25% |
25% |
|
Aforo máximo |
90% |
90% |
90% |
90% |
90% |
90% |
|
Costo Anual Total (CAT) Operado |
15.90% |
16.50% |
16.71% |
17.92% |
19.05% |
19.81% |
Créditos operados en pesos con APOYO INFONAVIT para vivienda media a tasa fija para un periodo de 20 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $700,000 y crédito de $630,000.
|
Patrimonio |
ING Hipotecaria |
|
Pago mensual inicial |
$7,551 |
$7,575 |
|
Enganche |
$70,000 |
$70,000 |
|
Crédito |
$630,000 |
$630,000 |
|
Erogación inicial |
% Apertura como valor del crédito |
2.50% |
1.62% |
% Avalúo como valor de la vivienda |
0.28% |
0.26% |
|
Estudio socioeconómico |
$1,199 |
$1,110 |
|
Factor de pago al millar operado |
$11.99 |
$12.02 |
|
Factor de pago al millar vinculante |
$12.05 |
$12.20 |
|
% máximo del ingreso que representa el pago |
25% |
25% |
|
Aforo máximo |
90% |
90% |
|
Costo Anual Total (CAT) Operado |
15.86% |
16.40% |
(R.- 276561)