Viernes 17 de octubre de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 81




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

Juicio de Amparo 661/2008-V

EDICTO

En los autos del Juicio de Amparo número 661/2008-V, promovido por Hilda García Islas y José Fernando Godínez Cardoso, apoderados de BANCA QUADRUM, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, contra actos del SUBPROCURADOR DE INVESTIGACION ESPECIALIZADA EN DELITOS FEDERALES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE DELITOS FISCALES, AREA DE DELITOS FINANCIEROS Y OTRAS AUTORIDADES, consistente en el EL OFICIO FDFIN/2261/2008 DE ONCE DE JULIO DE DOS MIL OCHO, NOTIFICADO EL CATORCE DE JULIO DEL AÑO QUE TRANSCURRE, POR EL CUAL SE NOTIFICA EL DIVERSO OFICIO SIEDF/1886/2007 DE VEINTE DE AGOSTO DE DOS MIL SIETE, EN EL QUE SE AUTORIZO EN DEFINITIVA LA CONSULTA DE NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL EN LA AVERIGUACION PREVIA UEIDFF/FINM13/1/2004 Y SU ACUMULADA UEIDFF/FINM13/2/2004, donde se señaló entre otros a VICTOR MANUEL REYES PENICHE, JOSE AURELIO GALLEGOS VEGA y EMILIO MITRE CENDEJAS, como terceros perjudicados, y en virtud de que se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlos por edictos que deberán publicarse por tres veces con intervalos de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, a la Ley de Amparo, haciéndoles saber que deberán presentarse por sí o a través de su representante legal, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a manifestar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia simple de la demanda en la actuaría de este Juzgado. Si pasado este término, no comparecieren por sí o por su apoderado que pueda representarlos, se seguirá el juicio, haciéndoles las subsecuentes notificaciones por lista que se fijara en los estrados de este Juzgado.

Atentamente

México, D.F., a 29 de septiembre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito de Amparo

en Materia Penal en el Distrito Federal

Lic. Asminda Murguía Soto

Rúbrica.

(R.- 276806)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Sexagésimo Tercero de Paz Civil

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES

EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR LOPEZ ROBLES MARIA MARGARITA, EN CONTRA DE FANNY PELCASTRE APARICIO, EXPEDIENTE NUMERO 792/2006.

EL C. Juez señala las ONCE HORAS DEL DIA CUATRO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la Audiencia de Remate en Primera Almoneda respecto del bien inmueble, ubicado en: CALLE RETORNO ABEDUL, LOTE 33 “A”, MANZANA 11, ZONA 01, POBLADO DE SAN ANDRES TOTOLTEPEC, DELEGACION TLALPAN, MEXICO, D.F.; y al respecto se convocan postores sirviendo de base para el remate la cantidad de (UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), precio del avalúo, siendo postura legal para el remate la que cubra las dos terceras partes del avalúo.

México, D.F., a 30 de septiembre de 2008.

La C. Secretaria de Acuerdos "B"

Lic. Martha Rodea Monroy

Rúbrica. (R.- 276480)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

NOSTROMO AMERICA LLC, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE.

EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, SECCION AMPAROS, MESA VII, JUICIO DE AMPARO, EXPEDIENTE NUMERO 597/2008, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

En el juicio de amparo 597/2008, promovido por TV Azteca, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Carlos David Villasante Santoyo, contra actos de la Cuarta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y otras autoridades, y en virtud de ignorar el domicilio de la tercera perjudicada Nostromo América LLC, por auto de tres de septiembre de dos mil ocho, se ordenó emplazarla al presente juicio de garantías por medio de edictos, haciendo de su conocimiento que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibida que de no presentarse en dicho término, se le harán las ulteriores notificaciones por medio de lista, aún las de carácter personal.

Atentamente

México, D.F., a 3 de septiembre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Silvia Lara Cisneros

Rúbrica.

(R.- 275183)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

EDICTO

Por auto de dieciocho de septiembre de dos mil ocho, se ordenó emplazar a: Cooperativa de Mercado Operacional, sociedad civil de responsabilidad limitada. (Mercasol, sociedad civil de responsabilidad limitada), Líneas Aéreas Azteca, Osai, Operadora de Líneas Ejecutivas (Olesa), Unión Sindical de Trabajadores de Líneas Aéreas Azteca, todas sociedades anónimas de capital variable, Leonardo Sánchez Avalos, Eduardo García Villegas, Gustavo Ricaño Moreno, y Pablo González Ulloa, mediante edictos, publicados por tres veces, de siete en siete días, para que comparezcan a este juzgado dentro del término de treinta días a partir del siguiente al de la última publicación; quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado copia de la demanda de amparo relativa al juicio de garantías 1010/2008, promovido por Azaid Arturo Aguirre Aguilar y otros, contra actos de la Junta Especial Número Tres Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje.

México, D.F., a 19 de septiembre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

Lic. María de Lourdes Meléndez Martínez

Rúbrica.

(R.- 275418)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Sexto de lo Civil

EDICTO DE REMATE

SE CONVOCAN POSTORES

En cumplimiento a lo ordenado por auto dictado en audiencia de remate de fecha cuatro de septiembre del presente año y proveídos de fechas trece de marzo, veinticinco de junio del año en curso, dictado en los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por BANCO SANTANDER SERFIN S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN, en contra de GRUPO VICDA S.A. DE C.V., Y OTROS, Expediente 76/06, La C. Juez Sexto de lo Civil del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ordenó sacar a remate en SEGUNDA ALMONEDA Y PUBLICA SUBASTA, del inmueble ubicado en TERRENO UBICADO EN BRISAS DEL CANTABRICO, LOTE 30, MANZANA VII, SECCION PRIMERA, FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL “LAS BRISAS DE CUERNAVACA”, MUNICIPIO DE TEMIXCO, ESTADO DE MORELOS, sirviendo de base para el remate del inmueble 529,000.00 (QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), menos la deducción del diez por ciento dando la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIEN PESOS MONEDA NACIONAL, y será postura legal la cantidad que cubra el total de dicha cantidad, lo anterior tomando en consideración la naturaleza jurídica del presente juicio EJECUTIVO MERCANTIL, señalándose para que tenga verificativo la diligencia de remate en SEGUNDA ALMONEDA Y PUBLICA SUBASTA las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTITRES DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, la cual se celebrara en el local que ocupa este juzgado ubicado en Avenida Niños Héroes 132, Cuarto Piso, Torre Norte, en la colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc en México Distrito Federal.

La C. Secretaria de Acuerdos

Lic. María Antonia Olmedo Cervantes

Rúbrica.

(R.- 276201)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

TERCERO PERJUDICADO: MANUEL AGUILAR RODRIGUEZ.

EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 431/2008-II Y SU ACUMULADO 432/2008-III, PROMOVIDO POR FELIPE CASTRO RODRIGUEZ CONTRA ACTOS DEL JUEZ VIGESIMO SEXTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL; Se señaló como tercero perjudicado a Manuel Aguilar Rodríguez, y como acto reclamado el proveído de nueve de mayo de dos mil ocho, dictado por el Juez Vigésimo Sexto de lo Civil del Distrito Federal, en el juicio ordinario civil 902/2007, promovido por Manuel Aguilar Rodríguez contra María del Carmen Domitila Calvo del Rosario y otros, por el que admitió la prueba documental consistente en el informe que rinda la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, respecto de las finanzas de los ahora quejosos Felipe Castro Rodríguez y María del Carmen Domitila Calvo del Rosario. En el juicio de amparo referido, mediante proveído de catorce de agosto del año que se cursa, se ordenó emplazar al tercero perjudicado Manuel Aguilar Rodríguez por medio de edictos, requiriéndole que deberá presentarse ante este juzgado dentro del término de treinta días contados del siguiente al de la última publicación, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista, en los estrados de este juzgado; asimismo, hágase del conocimiento de dicho tercero perjudicado que queda a su disposición en este juzgado Federal, copia simple de la demanda de amparo y del auto admisorio del juicio en que se actúa y su acumulado.

México, D.F., a 21 de agosto de 2008.

El Secretario

Lic. Sergio Iván Sánchez Lobato

Rúbrica.

(R.- 275429)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Cuarta Sala Civil

EDICTO

- COMITE TECNICO OPERATIVO DE LA SOCIEDAD DE COLONOS DEL FRACCIONAMIENTO COLINAS DEL BOSQUE, ASOCIACION CIVIL.

- JOSE LAGOS DIAZ.

Por auto de fecha diez de septiembre del año en curso, dictado en el cuaderno de amparo relativo al
toca 1431/2006/2, por ignorarse su domicilio, se ordenó emplazarlo por edictos, para que dentro de los treinta días siguientes a la última publicación de éste edicto, comparezca ante el QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO, en el amparo DC.- 501/2008, a defender sus derechos como tercero perjudicado, en el amparo presentado por ROCIO CHICHARRO SERRA, en contra de la resolución de fecha veinte de junio del año dos mil ocho, que obra en el toca antes señalado y la cual confirmó el auto
de veintitrés de abril del año en curso, dictada por la Juez Cuadragésimo Séptimo de lo Civil en el Distrito Federal, en el juicio ORDINARIO CIVIL seguido por CHICHARRO SERRA ROCIO contra LAGOS DIAZ JOSE Y OTROS.

Atentamente

México, D.F., a 10 de septiembre de 2008.

El Secretario de Acuerdos de la Cuarta Sala Civil

Lic. Héctor Julián Aparicio Soto

Rúbrica.

(R.- 276116)

Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial

Juzgado Octavo Civil

León, Gto.

EDICTO

Por este publicárase tres veces dentro nueve días, el Diario Oficial de la Federación, Tabla Avisos este Juzgado. Anúnciase remate en Primera Almoneda inmueble ubicado en la casa habitación duplex ubicada en calle Bahía de Estambul No. 108-A condominio 187, lote 4, manzana 11 del Fraccionamiento Paseo de la Castellana de esta Ciudad, con las siguientes medidas y colindancias: al Noreste: en 4.5 Mts. con calle de su ubicación, al Suroeste: en 4.5 Mts. con casa No. 107 letra A; Al Sureste: en 18.00 Mts. con casa número 110, Al Noroeste: en 18.00 Mts. con casa número 108, con una superficie de 81.00 M2, embargado en el Juicio Ejecutivo Mercantil No. M74/07 promovido por el C. LIC. MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ MARQUEZ en contra de JUAN ALEJANDRO VAZQUEZ BADILLO. Almoneda verificárase a las 13.00 horas del día 03 del mes de Noviembre del año en curso, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $330,586.20 (trescientos treinta mil quinientos ochenta y seis pesos 20/100 M.N.) precio de avalúo. Se convocan postores.

León, Gto., a 6 de octubre de 2008.

La C. Secretaria del Juzgado Octavo Civil

Lic. Luz Gisela Ureña Gutiérrez

Rúbrica.

(R.- 276674)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado de Distrito

Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

México, Distrito Federal

EDICTO

Emplazamiento Terceros Perjudicados

MANUEL GLOBER y YADIRA RAMIREZ

Presente

En los autos del juicio de amparo 667/2008, promovido por CENTRO DE APOYO AL MICROEMPRESARIO, INSTITUCION DE ASISTENCIA PRIVADA; contra actos de la Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y otras autoridades; que hace consistir, específicamente, en todo lo actuado dentro del expediente laboral 902/2006, e incluso el laudo dictado en el mismo; al ser señalados como terceros perjudicados y desconocerse su domicilio, el once de septiembre de dos mil ocho, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndoles saber que deben presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, se les harán por lista. Quedan a su disposición en la secretaría de este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.

Atentamente

México, D.F., a 24 de septiembre de 2008.

El Secretario

Lic. Alberto Mendoza Macías

Rúbrica. (R.- 277049)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

con residencia en Guadalajara

EDICTO

A: “MANUEL MOTA OROZCO y LUZ EDITH CONTRERAS FERNANDEZ”

En los autos del juicio de amparo 604/2008-III promovido por SOLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos del JUEZ NOVENO DE LO MERCANTIL DE ESTA CIUDAD, se ordenó emplazarlo por edictos para que comparezca en treinta días, siguientes a la última publicación, si a su interés legal conviene.

Guadalajara, Jal., a 6 de octubre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

Lic. Paula Villalvazo Morales

Rúbrica.

(R.- 276975)

Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Tercera Sala Civil

EMPLAZAMIENTO POR EDICTO

A LOS TERCEROS PERJUDICADOS: PALACIOS SANCHEZ DAVID Y MONICA FIGUEROA ECHEVARRIA.

En los autos del cuaderno de amparo del Actor relativo al toca número 755/2008 deducido del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO seguido por CREDITO INMOBILIARIO, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE ENTIDAD NO REGULADA en contra de PALACIOS SANCHEZ DAVID Y OTRA, se dictó proveído de fecha diez de septiembre del dos mil ocho, mediante el cual se provee que ignorándose el domicilio de los Terceros Perjudicados PALACIOS SANCHEZ DAVID Y MONICA FIGUEROA ECHEVARRIA se ordenó emplazar a los mismos al presente juicio de garantías por medio de EDICTOS, lo anterior con fundamento en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo vigente, en relación al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los cuales se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS y a costa del promovente de la demanda de amparo interpuesta contra actos de ésta Sala, consistente en la sentencia de fecha treinta de abril del dos mil ocho, dictada en los autos del toca 755/2008, los referidos Terceros Perjudicados deberán comparecer ante la Autoridad Federal a defender sus derechos en el término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, quedando
en la Secretaría de esta Tercera Sala Civil, copia simple de la demanda de garantías a su disposición.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 22 de septiembre de 2008.

La C. Secretaria de Acuerdos de la Tercera Sala Civil

Lic. Elsa Zaldívar Cruz

Rúbrica.

(R.- 276102)



Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial

Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato

Novena Sala Civil

Secretaría

EDICTO

Por el presente, publíquese tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y un Periódico de mayor circulación de la República y hágase saber a ALICIA BARRERA ACUÑA, Apoderada Legal de ROBERTO PEREZ GONZALEZ, en su carácter de Tercero Perjudicado, que en la Secretaría de esta Sala se presentó demanda de amparo que será remitida en su oportunidad al Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito en Turno, promovida por ESTHER PEREZ GONZALEZ, contra actos de esta Sala consistentes en la sentencia de fecha 30 treinta de octubre de 2007 dos mil siete, pronunciada en Toca número 565/2007, formado con motivo de la apelación interpuesta por el licenciado RAFAEL CANO AYALA, en su carácter de representante de ALICIA BARRERA ACUÑA, Apoderada Legal de ROBERTO PEREZ GONZALEZ en contra de la sentencia de fecha 30 treinta de agosto del año 2007 dos mil siete, dictada por el C. Juez Unico Civil de Moroleón, Gto., dentro del Juicio Ordinario Civil número C-38/07, promovido por la parte apelante en contra de la ahora Quejosa, sobre restitución, desocupación y entrega de un inmueble y otras prestaciones; lo anterior con el fin de lo que establece el artículo 167 ciento sesenta y siete de la Ley de Amparo y que es el de EMPLAZAR al tercero perjudicado referido, para que en el término de 10 diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación del Edicto en el Diario Oficial de la Federación, se presente por sí o por medio de apoderado o gestor que legalmente pueda representarla a defender sus derechos ante el Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito en turno con sede en esta Ciudad Capital; asimismo, se le apercibe de que si pasado el término señalado no comparece, se seguirá el Juicio de Amparo, haciéndosele las ulteriores notificaciones por LISTA, aún las de carácter personal, salvo disposición contraria de la Ley.

Guanajuato, Gto., a 10 de septiembre de 2008.

El Secretario de la Novena Sala Civil

Lic. Jorge Arturo Rodríguez Alamo

Rúbrica.

(R.- 276256)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Primero Civil

Zamora, Mich.

EDICTO

En el juicio mercantil ejecutivo 99/2007, seguido por GASOLINERA DEL VALLE DE ZAMORA, S.A. DE C.V. frente a JORGE CONTRERAS MURATALLA, se fijaron las 13:00 horas del próximo día 5 cinco de noviembre, para rematar en PRIMERA ALMONEDA, que tendrá verificativo en el interior del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Zamora, Michoacán, ubicado en la calle Madero norte número 115, lo siguiente:

Casa habitación duplex en la planta alta, ubicada en Andador Caoba número 70 A, del Infonavit Arboledas de esta ciudad, misma que mide y linda:

NORTE, 6.00 metros con andador Caoba de ubicación;

SUR, 6.00 metros con propiedad privada;

ORIENTE, 18.00 metros con propiedad privada;

PONIENTE, 18.00 metros con propiedad privada.

Misma que tiene un valor pericial promedio de los avalúos de: $207,825.55 (DOSCIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO PESOS 55/100 M.N.).

-Sirve base para el remate el valor pericial fijado y será postura legal la cubra las dos terceras partes de dicha cantidad.

Zamora de Hidalgo, Mich., a 14 de agosto de 2008.

La Secretaria del Juzgado Primero Civil

Lic. Claudia Alejandra Ortiz Sámano

Rúbrica.

(R.- 276489)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

San Luis Potosí

EDICTO

DISPOSICION: Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, expediente número 9/2006 relativo al juicio Ejecutivo Mercantil promovido por ROSA MARTHA MEDELLIN MARTINEZ contra XOCHITH ABIGAIL ONTIVEROS GOMEZ DE LA CASA, en el que por auto de fecha veinticuatro de septiembre de dos mil ocho, se fijan las ONCE HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la primera almoneda de remate del bien inmueble embargado en el citado juicio, ubicado en Avenida Popocatépetl número 257, departamento 401, Edificio L, Privada Cerro de la Bufa, Fraccionamiento María Cecilia, en esta ciudad, con una superficie de 69.05 sesenta y nueve metros cinco centímetros cuadrados, y tiene las siguientes medidas lineales y colindancias. Al Oeste, en 10.70 metros, linda con 9.05 metros, con vacío sobre andador del régimen No. 12 y 1.65 metros con vacío sobre acceso común. Al Este; en 10.70 metros, linda con 9.05 metros con Departamento L-402, Tercer Nivel del régimen No. 12 y 1.65 metros con área de pasillos y escaleras. Al Norte; en 7.325 metros, linda con vacío sobre privada del Departamento L-101 en planta baja y al Sur; en 7.325 metros, linda con 1.325, con área de pasillo de acceso y 6.00 metros con vacío sobre área de acceso común al Régimen No 12. Servirá de base para el remate la cantidad de $191,000.00 (Ciento noventa y un mil pesos 00/100 M.N.), valor promedio de los avalúos practicados a dicho bien, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de esa cantidad. Se anuncia su venta por medio de EDICTOS que se publicarán por tres veces en un plazo de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en los estrados de este juzgado. Se convocan postores.

El Secretario del Juzgado

Lic. Marcos Mario García Carreto

Rúbrica.

(R.- 274745)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

EDICTO

JUAN CARMONA, LETICIA CORONA ARELLANO y JESUS TOVAR.

En los autos del juicio de amparo número 920/2008-V, promovido por CECILIA CORONA ARELLANO, por propio derecho y en su carácter de apoderada legal de SERVICIOS INTEGRALES PARA LA OPERACION INSTITUCIONAL, SOCIEDAD CIVIL, contra actos de la Junta Especial Número Quince de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, radicado en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, se les ha señalado como terceros perjudicados y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado por auto de doce de septiembre de dos mil ocho, emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico Excélsior, que resultan ser de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentran a su disposición en la Actuaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles saber que cuentan con un plazo de treinta días, contados a partir de
la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hagan valer sus derechos; así también, se les informa que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista en la que se publican los acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de éste órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 30 de la Ley de Amparo.

Atentamente

México, D.F., a 24 de septiembre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

Lic. María Victoria Villarreal Lizárraga

Rúbrica.

(R.- 276808)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 138/2008 PROMOVIDO POR ELIESER CASIANO POPOCATL CASTILLO APODERADO LEGAL DE LA PARTE QUEJOSA PERSONA MORAL DENOMINADA “AGRUPACION DE MOMOXPAN PUEBLA, ASOCIACION CIVIL, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOLULA, PUEBLA Y OTRAS AUTORIDADES, RECLAMANDO LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO Y TODO LO ACTUADO DENTRO DEL JUICIO NUMERO 1136/2000, QUE FUE RADICADO EN ESTE JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA; SE HA SEÑALADO A GUILLERMO CERVANTES FARFAN, COMO TERCERO PERJUDICADO, COMO SE DESCONOCE SUS DOMICILIO SE ORDENA EMPLAZARLO POR MEDIO DE EDICTOS, QUE
SE PUBLICARAN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL EXCELSIOR, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 30, FRACCION II DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. HACIENDOLES SABER QUE DEBERAN PRESENTARSE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION QUEDANDO COPIA DE LA DEMANDA A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO, Y SE LES HACE SABER QUE ESTAN SEÑALADAS LAS ONCE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIEZ DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, PARA LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL.

Atentamente

San Andrés Cholula, Pue., a 24 de septiembre de 2008.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla

Lic. José I. Carlos López Ramos

Rúbrica.

(R.- 276995)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal

Expediente 872/2007

Trámite

EDICTO

México, Distrito Federal, a siete de octubre de dos mil ocho.

Visto, el estado procesal que guardan los presentes autos de los cuales se advierte que este órgano jurisdiccional a efecto de agotar todas las instancias y medidas necesarias para emplazar a los diversos terceros perjudicados señalados por la parte quejosa, y, cuya notificación no ha sido posible según la lista detallada en el proveído de veintisiete de junio del año en curso (foja 2066), procedió a requerir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Administración General de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabjadores del Estado, Administrador de Identificación del Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria, Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores de la Unidad de Apoyo Consultivo en Materia Registral del Instituto Federal Electoral, Policía Judicial del Distrito Federal, Subdirección de Información y Estadística de la Secretaría de Transportes y Vialidad, e Instituto de Vivienda del Distrito Federal; dependencias que en su momento remitieron diversos oficios respecto de los requerimientos que les fueron formulados, mismos que fueron reservados mediante los diversos proveídos de veintinueve de mayo (foja 1912), dos (foja 1925), tres (foja 1937), cuatro (foja 1930) once (foja 1998) trece (foja 2019) y veintisiete (fojas 2066 a 2068) todos estos del mes de junio uno (foja 2093) dos (fojas 2099 a 2100) cuatro (foja 2142) ocho (foja 2144) nueve (foja 2337) quince (foja 2355) dieciséis (foja 2380) veintinueve (foja 2398) y treinta (fojas 2422 a 2423), todos ellos del mes de julio; trece de agosto (fojas 2502 y 2503), y, once de septiembre (foja 2789) todos de dos mil ocho.

En consecuencia y atento a lo anterior, así como en lo asentado en las razones actuariales que obran en autos, se procede a acordar lo conducente, toda vez que de los diversos oficios remitidos por las autoridades en cita, así como de las razones actuariales que obran en el expediente en que se actúa se advierte la imposibilidad de conocer con certeza el domicilio en el cual pueden ser emplazados los terceros perjudicados que se detallaron en proveído de veintisiete de junio del año en curso, así como si efectivamente, los que ya fueron emplazados son los mismos que tienen dicho carácter en el presente juicio de garantías, por haber manifestado las autoridades que respecto de algunos de ellos existen más de tres homónimos, y respecto de otros no existe en su base de datos registro alguno; en tales circunstancias, se tienen por realizadas las manifestaciones vertidas por las oficiantes en cita y por desahogados los requerimientos que les fueron formulados, tomando al efecto este juzgador conocimiento de dichas circunstancias.

Ahora bien, toda vez que a la fecha no se tiene la certeza de que se haya efectuado el emplazamiento respecto de algunos de los terceros perjudicados, en virtud de la existencia de varios homónimos, y, respecto de otros se desconce el domicilio; se procede a enlistar la falta de emplazamiento correspondiente a los siguientes terceros perjudicados:

1.- Martín Gumersindo Escobedo Reyes o Martin Escobedo Reyes

2.- Beltrán Reyes Maria Elena

3.- Robledo Ramos Manuel

4.- Filemón Balderas Vergara

5.- Zamora García Jhoan

6.- Marco Antonio romero Chavoya o Marco Antonio Romero Chagoya

7.- Molina Mier Amalia

8.- Marcos Hernández Vázquez

9.- Luis Hernández Montoya

10.- Samuel Sánchez Robles

11.- Ramírez Ruiz Apolinar

12.- Nora Puente Muñoz o Nora Elena Puente Muñoz

13.- Hernández Montoya Edith

14.- Martín Molina Mier

15.- a la Sucesión de Rogelio Barrera Avalos

16.- Benjamín Rosas Bautista

17.- Jesús Hernández Martínez

18.- Tomas Hernández Martínez o tomas Hernández Montoya

19.- Adrián Escobedo Reyes

20.- Silvia Hernández

21.- Maurillo Ruiz

22.- Irma Pérez Rosas

23.- Alicia Sánchez Araiza

24.- Josefina Castillo Méndez

25.- Felipa Hernández Vázquez

26.- María del Rosario Prado Martínez o Maria del Rosario Pardo Martínez

27.- Roberto Reyes Morales

28.- Ricardo Piña Pérez

29.- José Alfredo Romero Aguirre

30.- José Luis Beltrán Romero

31.- Baños Carrillo Jonathan

32.- Beltrán Reyes Jaime

33.- Ibarra Castro Mario

34.- Jaramillo Morales Juan

35.- López Reyes Maria Rosario

36.- Serrano Morales Estela

37.- Morales Alvarez Carlos

38.- Morales Marcos Margarita

39.- Nava Jiménez Erika

40.- Nava Rodríguez Maria de Jesús

41.- Sánchez Rosas Amelia

42.- Ramírez Ruiz Apolinar

43.- Reyes García Juan Aurelio

44.- Reyes Morales Benito

45.- Flores Cruz Maria Eva

46.- Mier Hernández Ana

47.- Reyes Morales José Guadalupe

48.- Reyes Morales Oscar Daniel

49.- Robledo Ramos Manuel

50.- Andrés Sánchez Lemuz

En consecuencia, con fundamento en los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente conforme al 2o. de la Ley de la Materia, realícese dicho emplazamiento a costa de la parte quejosa, por medio de EDICTOS, que contendrán una relación suscinta de la demanda y se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.

Por tanto, requiérase a la parte quejosa para que dentro del término de TRES DlAS, contados a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, se presente en el local que ocupa este juzgado a recoger los mencionados edictos, y una vez hecho lo anterior tres días más, contados a partir del día siguiente a la recepción de los edictos de mérito para exhibir ante este juzgado las constancias con las que acredite que se realizó el pago de las publicaciones indicadas en los términos precisados.

Apercibida de que de no hacerlo así, se decretará el sobreseimiento del presente juicio por falta de interés de la parte quejosa en su prosecución, de conformidad con el artículo 73, fracción XVIII en relación con los diversos dispositivos 30 fracción II y 5o. fracción III de la Ley de Amparo, así como en el numeral 14, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sirve de apoyo a lo anterior, la tesis de la Novena Epoca, Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XVI, julio de 2002, número 2a./J.64/2002, página 211, de rubro y texto siguientes:

EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS, PAGAR SU PUBLICACION Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado se hará mediante notificación personal, siempre que se conozca o se logre investigar su domicilio, o por medio de edictos a costa del quejoso, si a pesar de la investigación se ignora aquél. Ahora bien, del análisis sistemático de lo previsto en el artículo 73, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, en relación con los diversos dispositivos 30, fracción II y 5o., fracción III, del propio ordenamiento, así como en el numeral 14, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se concluye que si una vez agotada la investigación a que alude el referido artículo 30, fracción II, y ordenado el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado por medio de edictos a costa del quejoso, éste no los recoge, paga su publicación y exhibe ésta, procede decretar el sobreseimiento en el juicio de garantías, toda vez que incumple con un presupuesto procesal, que se erige en formalidad esencial del procedimiento y hace que el juzgador de amparo no pueda pronunciarse sobre el fondo de lo planteado en el juicio constitucional; por ende, se actualiza una causa de improcedencia, pues con la no publicación de los edictos ordenados queda paralizado el juicio de garantías al arbitrio del quejoso, con lo que se contraviene lo dispuesto en el artículo 17 de la Constitución Federal, puesto que se entorpece la administración de justicia, por retardarse la solución del conflicto, ya que ello no es atribuible al órgano jurisdiccional, sino al propio quejoso, cuyo interés particular no puede estar por encima del interés público, tutelado por dicho precepto constitucional, en razón de que la sociedad está interesada en que los juicios se resuelvan dentro de los términos que al respecto señale la ley y no quede su resolución al arbitrio de una de las partes, en este caso del quejoso.”

Finalmente, respecto de la solicitud formulada por la quejosa mediante escrito presentado el seis de octubre del año en curso, cuyo acuerdo se reservó, dígase a la promovente que deberá estarse a lo acordado en párrafos precedentes.

Notifíquese personalmente a la parte quejosa, por oficio a las autoridades responsables y por lista a las demás partes.

Así lo proveyó y firma Ricardo Olvera García, Juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, asistido por la Secretaria Mónica Fong Lara quien autoriza.

Doy fe.

México, D.F., a 7 de octubre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Décimo Sexto de Distrito

en Materia Administrativa en el Distrito Federal

Mónica Fong Lara

Rúbrica.

(R.- 276786)



Estados Unidos Mexicanos

Estado de Chihuahua

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito

Sección Amparo

J.A. 550/2008

EDICTO

Por auto de veinticinco de agosto de dos mil siete, pronunciado por el licenciado José Alberto Arriaga Farías, Juez Tercero de Distrito en el Estado, con residencia en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, se ordenó el emplazamiento por edictos de la moral aquí tercero perjudicada Corporación Técnica de la Construcción, Sociedad Anónima de Capital Variable, dentro del juicio de amparo 550/2008, promovido por Olivia Ochoa Romero y Gloria González Valdez, en su carácter de mandatarias generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio y para otorgar y suscribir títulos y operaciones de crédito, de las personas morales denominadas Corporativo Inmobiliario del Norte, Sociedad Anónima de Capital Variable y Grupo Promotor y Constructor Tres Estrellas, Sociedad Anónima de Capital Variable, respectivamente, contra actos del Administrador Local de Recaudación de Chihuahua, con sede en esta ciudad, y otras autoridades, al tenor del auto que se inserta, en lo conducente:

"Chihuahua, Chihuahua, veinticinco de agosto de dos mil ocho.

En tales condiciones, advirtiéndose de las constancias de autos que no fue posible localizar el domicilio en el que pueda ser emplazado a este juicio de garantías, el tercero perjudicado en cita, pese a haberse agotado lo ordenado en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo; por consiguiente, en términos de lo dispuesto por el artículo 157 de la ley de la materia, y a efecto de no dejar indefinido el presente juicio de amparo, se ordena el emplazamiento del citado tercero perjudicado, por medio de edictos y a costa de la parte quejosa, a quien deberá requerirse para que dentro del término de tres días, contados a partir del siguiente al en que quede legalmente notificada de este proveído, comparezca a recogerlos y, en el plazo de treinta días, acredite haber mandado hacer su publicación; en la inteligencia de que dichos edictos deberán ser publicados por tres veces consecutivas, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en un periódico de circulación nacional; y hágase del conocimiento del tercero perjudicado que deberá presentarse dentro
del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación ante este Juzgado, apercibido que de no comparecer dentro del plazo indicado por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, el juicio seguirá su curso y las ulteriores notificaciones se le harán por rotulón que se fijará en la puerta del Juzgado.

Por otra parte, visto el estado actual de los autos, hágase del conocimiento del referido tercero perjudicado la instauración de este juicio de garantías 550/2008, promovido por Olivia Ochoa Romero y Gloria González Valdez, en su carácter de mandatarias generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio y para otorgar y suscribir títulos y operaciones de crédito, de las personas morales denominadas Corporativo Inmobiliario del Norte, Sociedad Anónima de Capital Variable y Grupo Promotor y Constructor Tres Estrellas, Sociedad Anónima de Capital Variable, respectivamente, contra actos del Administrador Local de Recaudación de Chihuahua, Subadministrador Local de Recaudación de Chihuahua, Ministro Ejecutor Elodia Araceli Gamboa Hernández, o quien la reemplace en sus funciones, Ministro Ejecutor Julio César Castillo Mendoza, o quien lo reemplace en sus funciones y Coordinador o Jefe de los Ministros Ejecutores del Servicio de Administración Tributaria, todos con residencia en esta ciudad, mismo que se hizo consistir en:

"ACTOS RECLAMADOS DE CADA UNA DE LAS AUTORIDADES SEÑALADAS COMO RESPONSABLES:

En cuanto a las ordenadoras, se reclama lo siguiente:

A.- Del ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE CHIHUAHUA y del SUBADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE CHIHUAHUA, reclamo los actos siguientes:

a) Los mandamientos de ejecución correspondientes a los créditos fiscales con números H-422660,
H-422661, H422662 y H- 422663 suscritos en once de abril de dos mil ocho, mandamientos que suscribió el
Subadministrador de la Administración Local de Recaudación, en ausencia del Administrador Local de Recaudación.

b) Asimismo, cualquier otro mandamiento que en ampliación del embargo anteriormente realizado, tienda a afectar bienes de nuestra propiedad en nuestro domicilio que se ubica en Deza y Ulloa número 2123, colonia San Felipe de este cudad.

B.- Del ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE CHIHUAHUA, el acuerdo despachado en el oficio 400-32-2008-2611, mediante el cual se acuerda, sin que previamente se hubiera asentado en el acta respectiva la oposición que se hizo valer, nilas causas por las que ello se expresó, el rompimiento de cerraduras y chapas en el domicilio ubicado en Deza y Ulloa número 2123, colonia San Felipe de este ciudad.

C.- De los MINISTROS EJECUTORES ELODIA ARACELI GAMBOA HERNANDEZ, JULIO CESAR CASTILLO MENDOZA y el COORDINADOR O JEFE DE LOS MINISTROS EJECUTORES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, con residencia en esta ciudad:

a) La diligencia realizada en fechas veintiséis y veintisiete de mayo de dos mil ocho en el domicilio ubicado en la calle Deza y Ulloa número 2123, colonia San Felipe de esta ciudad, mediante la cual se dejó citatorio y se ingresó en el domicilio de nuestras representadas, y sin que existiera un mandamiento girado en contra de ellas, en forma totalmente arbitraria, negándoles la posibilidad de acreditar que son propietarias de los bienes que se encontraban en el domicilio, se realizó embargo sobre bienes de su propiedad y posesión.

b) Cualquier otra diligencia que se vaya a realizar con relación a los créditos mencionados, para afectar bienes de nuestra propiedad en nuestro domicilio."

Notifíquese y personalmente a la parte quejosa.

Así, lo acordó y firma el licenciado José Alberto Arriaga Farías, Juez Tercero de Distrito en el Estado, ante la licenciada Cristina Lozoya Gámez, Secretaria con quien actúa y da fe. Doy fe." Dos rúbricas.

Lo que transcribo en vía de edicto, para que tenga debido cumplimiento.

Chihuahua, Chih., a 28 de agosto de 2008.

"2008, Año de la Educación Física y el Deporte”

La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado

Lic. Cristina Lozoya Gámez

Rúbrica.

(R.- 276490)

Estados Unidos Mexicanos

Estado de Chihuahua

Poder Judicial del Estado de Chihuahua

Juzgado Primero Civil

Distrito Bravos

EDICTO DE REMATE

AL PUBLICO EN GENERAL:

EN EL EXPEDIENTE NUMERO 993/04, RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR EL C. LIC. ROBERTO RENTERIA MANQUEROS, EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE CORR MEX CIUDAD JUAREZ, S.A. DE C.V. EN CONTRA DE LUIS ALFREDO LICON HERRERA. SE DICTO UN ACUERDO QUE DICE:

ACUERDO:- - - CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA, A DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO. Por presentado el licenciado JUAN CARLOS MEDINA GALVAN, con su escrito recibido el diecisiete de septiembre del año en curso, visto lo solicitado, y como de autos se desprende que este juzgado por un error señalado como fecha para el remate en primera almoneda el día seis de agosto del año en curso, con las facultades que al suscrito otorga el articulo 1055 fracción VIII del Código de Comercio, se procede a regularizar el procedimiento: Sáquese a remate en PRIMERA ALMONEDA los dos bienes inmuebles embargados dentro del presente juicio, a que se refiere el promovente, adjudicándose al mejor postor conforme a derecho, anunciándose su venta por medio de edictos que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, por tres veces dentro de nueve días y un tanto más en el tablero de avisos de este tribunal, convocando así a postores, ordenándose se agregue un tanto al expediente para los efectos legales conducentes, sirviendo de base para el inmueble ubicado en Calle Nirvana del Fraccionamiento Nuevo Paraíso, de la Ciudad de Chihuahua, Chih., con una superficie de terreno de 200.00 metros cuadrados, que se saca a remate, sirve como base la cantidad de $625,813.60 (SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS TRECE PESOS 60/100 MONEDA NACIONAL) y como postura legal la cantidad de $417,209.06 (CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS NUEVE PESOS 06/100 MONEDA NACIONAL); para el inmueble ubicado en Calle Degollado número 7604-A de la Colonia Burócrata Federal de la Ciudad de Chihuahua, Chih., con una superficie de terreno de 330.48 metros cuadrados, que se saca a remate y sirve como base para el mismo, la cantidad de $684,500.95 (SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS 95/100 MONEDA NACIONAL) y como postura legal la cantidad de $456,333.96 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 96/100 MONEDA NACIONAL). Señalándose las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, para que tenga lugar la almoneda indicada. Con fundamento en el articulo 1411 del Código de Comercio y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles, en virtud de que dichos inmuebles se encuentran en la Ciudad de Chihuahua, Chih., gírese atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez Competente de dicha Ciudad, para que en auxilio de las labores de este tribunal se sirva publicar en los estrados de ese juzgado, un tanto de los edictos de remate aquí ordenados, a fin de que en su caso comparezcan postores a la referida audiencia de remate.- NOTIFIQUESE- Así lo acordó y firma el C. LIC. JOSE LUIS RUIZ FLORES. JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL PARA EL DISTRITO JUDICIAL BRAVOS, quien actúa con el Secretario de Acuerdos que da fe de las actuaciones.- DOY FE.-

BIENES INMUEBLES QUE SE SACAN A REMATE: Terrenos y fincas en el construidos, el primero de ellos ubicado en Calle Nirvana del Fraccionamiento Nuevo Paraíso, de la Ciudad de Chihuahua, Chih. Con una superficie de terreno de 200.00 metros cuadrados, inscrito bajo el numero 99 a folio 100 del libro 2901 de la sección primera; y el ubicado en Degollado numero 7604-A de la Colonia Burócrata Federal de la Ciudad de Chihuahua, Chih. Con una superficie de terreno de 330.48 metros cuadrados inscrito bajo el numero 46, folio 46 del libro 3412 de la sección primera del Registro Publico de la Propiedad de la Ciudad de Chihuahua, Chih.

Lo anterior se hace del conocimiento del público en general, convocando a postores para la mencionada subasta.

Ciudad Juárez, Chih., a 22 de septiembre de 2008.

El C. Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero Civil del Distrito Judicial Bravos

Lic. Tomás Rigoberto Medrano

Rúbrica.

(R.- 276224)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Sexagésimo Segundo de lo Civil

EDICTO

SEGUNDA ALMONEDA

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por BANCO SANTANDER, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, ANTES BANCO SANTANDER SERFIN, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN, en contra de MANUEL DE JESUS MEXIA ALVAREZ, la C. Juez dicto un auto que a la letra dice: ---México, Distrito Federal, a veintiocho de agosto del año dos mil ocho.--- Agréguese a su expediente número 608/2006, el escrito del apoderado de la parte actora, como se solicita, se ordena sacar a remate en SEGUNDA ALMONEDA, conforme a lo dispuesto por el artículo 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles el inmueble embargado en el presente juicio ubicado en: LOTE DE TERRENO 11, DE LA MANZANA PRIMERA, DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO COLORINES, ACTUALMENTE NUMERO OFICIAL 2, DE LA CALLE COLORINES Y DOMINGO DIEZ, EN LA CIUDAD DE CUERNAVACA, ESTADO DE MORELOS, con una superficie de 799.00 metros cuadrados, con las medidas y colindancias que obran en autos, sirviendo de base para el remate del inmueble el valor que arrojó el avalúo correspondiente, que obra a fojas de la 149 a
la 159 de los presentes autos, menos el diez por ciento o sea la cantidad de $4’951,800.00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes, esto es, la cantidad de $3’301,200.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS UN MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100) debiendo presentar los posibles postores el diez por ciento de la señalada como base para dicho remate, o sea $495,180.00 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) en términos de lo dispuesto por el numeral 481 Código Federal de Procedimientos Civiles, mediante billete de depósito de Fiduciaria en el Fideicomiso Fondo de Apoyo de Administración de Justicia del Distrito Federal, a mas tardar un día antes de la celebración de la audiencia de remate apercibidos que de no hacerlo, no podrán fungir como posibles postores. Procédase a realizar las publicaciones de los edictos por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos o puerta de este juzgado. Se señalan LAS DIEZ HORAS DEL DIA VEINTITRES DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO; en consecuencia, póngase a disposición del promovente los edictos correspondientes, para su debida diligenciación, de conformidad con los artículos 1072, 1410, 1411 y demás relativos del Código de Comercio y toda vez que el inmueble se encuentra fuera de la jurisdicción de este juzgado, con los insertos necesarios, gírese atento exhorto AL JUEZ COMPETENTE DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE CUERNAVACA, ESTADO DE MORELOS para que en auxilio de las labores de este juzgado, proceda a publicar los edictos en las puertas del Juzgado, sin concederse días mas por razón de la distancia por no encontrarse dentro de los supuestos a que alude el artículo 1075 del Código de Comercio; NOTIFIQUESE.-
Lo proveyó y firma la C. Juez Sexagésimo Segundo de lo Civil, ante la C. Secretaria de Acuerdos “B”, con quien actúa y da fe.- Doy fe.

México, D.F., a 3 de septiembre de 2008.

La C. Secretaria de Acuerdos “B”

Lic. Claudia Leticia Rovira Martínez

Rúbrica.

(R.- 276189)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Nuevo León

Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial

Monterrey, N.L.

EDICTO

A las 11:00-once horas del día 31 treinta y uno de Octubre del año 2008-dos mil ocho, tendrá verificativo en el local de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial numero de 0503/2007 relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por GUADALUPE POSADAS RIVERA en contra de GUSTAVO GOMEZ ARMAS y KARLA MIRELLA AGUILAR GONZALEZ, a fín de que se proceda al remate en pública y subasta y primera almoneda del 100%-cien por ciento de los derechos que le corresponden a la parte demandada, respecto del bien inmueble embargado en autos consistente en: UNIDAD O VIVIENDA NUMERO 25-VEINTICINCO DEL CONDOMINIO PRIVADA DE LOS LAURELES, NUMERO 25,2005-VEINICINCO MIVILLA RESIDENCIAL
DEL BOSQUE CONSTRUIDO SOBRE EL LOTE DE TERRENO NUMERO 14-CATORCE DE LA MANZANA 903-NOVECIENTOS TRES, SOBRE LA AVENIDA PASEO DEL BOSQUE, DEL FRACCIONAMIENTO VILLA RESIDENCIAL DEL BOSQUE EN LA CIUDAD DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA.- DE ESTACIONAMIENTO 14.575 M2- (CATORCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS).- INDIVISO
1.0854 % UNO PUNTO OCHOCIENTOS CINCUENTA CUATRO PORCENTAJE.- PRIVATIVA 90.843 M2- (NOVENTA METROS OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES).- EL CUAL SE ENCUENTRA INSCRITO FECHA 15-QUINCE DE ABRIL DEL AÑO 2004-DOS MIL CUATRO.- TENIENDO COMO MEJORAS LA
FINCA MARCADA CON EL NUMERO 4,103-CATORCE MIL CIENTO TRES, VIVIENDA B-2, CONDOMINIO B-1, DE LA CALLE DE LAS GAZANIAS, DE LA DELEGACION DE LA PRESA, EN TIJUANA, BAJA CALIFORNIA Convóquese a postores a pública subasta mencionada mediante edictos que deberán publicarse por 03-tres veces dentro de 09-nueve días en el Diario Oficial de la Federación, en la Tabla de Avisos de éste Recinto Judicial, así como en los estrados del Juzgado con Jurisdicción y Competencia en Tijuana, Baja California.- Entendiéndose que el primero de los anuncios deberán de publicarse, el primero de ellos el primer día del plazo citado y el tercero al noveno día, pudiendo el segundo de ellos publicarse en cualquier tiempo. En la inteligencia de que no deberán mediar menos de 05-cinco días entre la publicación del último edicto y la almoneda.- En el entendido de que servirá de postura legal para el remate la cantidad de $218,000.00-(doscientos dieciocho mil pesos m.n.), cantidad la anterior que corresponde a las dos terceras partes del avalúo rendido por el perito tercero en discordia designado en autos.- Así mismo, se hace del conocimiento que aquellas personas que deseen intervenir como postores a la audiencia de remate, deberán consignar mediante certificado de deposito expedido por la Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado, el 10%- diez por ciento del valor total del avalúo rendido en autos. En la inteligencia de que en la Secretaría de éste Juzgado se proporcionarán mayores informes..- DOY FE.-

Monterrey, N.L., a 11 de marzo de 2008.

El C. Secretario adscrito al Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente

del Primer Distrito Judicial del Estado

Lic. José Octavio Zavala Torres

Rúbrica.

(R.- 276626)


AVISOS GENERALES


CEL-MEDICAL DISTRIBUCION, S.A. DE C.V.

Se convoca a los accionistas de la empresa Cel-Medical Distribución, S.A. de C.V., a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria que se celebrará a las once horas del día 31 de octubre del año 2008, en las oficinas ubicadas en Coras número 477-2, colonia Ajusco, código postal 04300, en la Ciudad de México, Distrito Federal, al tenor del siguiente:

ORDEN DEL DIA

I. Nombramiento de escrutadores y declaración de estar legalmente constituida la Asamblea.

II. Propuesta, análisis y toma de decisión para modificar los estatutos de la sociedad con relación al régimen de las asambleas generales de accionistas, ordinarias y extraordinarias, incluyendo el procedimiento de convocatorias y la publicación de las mismas y de los avisos.

III. Propuesta, análisis y toma de decisión para remover como Secretario del Consejo de Administración
al C. Sabino Cruz Cervantes, revocándole asimismo todos sus poderes.

IV. Propuesta, análisis y toma de decisión, para aumentar el capital social de Cel-Medical Distribución,
S.A. de C.V.

V. Designación del delegado especial para asistir ante notario público a fin de protocolizar el acta de la presente Asamblea.

VI. Redacción, lectura y, en su caso, aprobación, del acta la presente Asamblea.

Fecha de elaboración: 10 de octubre de 2008.

Presidente del Consejo de Administración

C. José Luis Antillón Clairín

Rúbrica.

(R.- 277034)



BALECA MEDICAL, S.A. DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 10 DE JULIO DE 2008

Activo


Total de Activo

$0.00

Pasivo e Inversión de los Accionistas


Pasivo


Total de Pasivo

$0.00

Inversión de los Accionistas


Capital Fijo

$50,000.00

Capital Variable

$902,500.00

Utilidad (pérdida) de ejercicios anteriores

$(952,500.00)

Utilidad (pérdida) del ejercicio 2008

$0.00

Total de Inversión de los Accionistas

$0.00

Total de Pasivo e Inversión de los Accionistas

$0.00

En cumplimento con lo dispuesto por el artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el balance final de liquidación de la sociedad.

México, D.F., a 6 de octubre de 2008.

Liquidador

María Patricia Islas Flores

RFC: IAFP6507239L6

Rúbrica.

(R.- 276742)

Estados Unidos Mexicanos

Procuraduría General de la República

Delegación Estatal Michoacán

Subdelegación de Procedimientos Penales “A”

Agencia del Ministerio Público de la Federación Especializada en Delitos contra la Salud

Agencia Tercera Investigadora del Ministerio Público de la Federación

Morelia, Michoacán

PUBLICACION POR EDICTO

AL PROPIETARIO DEL VEHICULO MARCA FORD, TIPO SPORT UTILITY, LINEA EXPLORER, CUATRO PUERTAS, COLOR ARENA, SIN PLACAS DE CIRCULACION, MODELO 1998, CON NUMERO DE SERIE 1FMZU34E4WZB65066, QUE FUE ASEGURADO EL OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO QUE DENTRO DE LA AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/MICH/M-III/510/2008, QUE SE INSTRUYE EN ESTA FISCALIA DE LA FEDERACION POR EL DELITO DE VIOLACION A LA LEY DE ARMAS DE FUEGOS Y EXPLOSIVOS, DONDE SE DICTO UN ACUERDO QUE A LA LETRA DICE: (POR LO QUE VE A DICHA UNIDAD) “…PRIMERO.- CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 40 Y 41 DEL CODIGO PENAL FEDERAL, 2o. FRACCIONES II Y VI, 181, 182-A, 182-B, 182-C DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, LOS VEHICULOS DE LA MARCA NISSAN, TIPO SPORT UTILITY, CUATRO PUERTAS, LINEA XTERRA XE, COLOR BLANCA, PLACAS DE CIRCULACION PHK-8914 DEL ESTADO DE MICHOACAN, MODELO 2000, CON NUMERO DE SERIE 5N1ED28T3YC559990 Y,
B).- MARCA FORD, TIPO SPORT UTILITY, LINEA EXPLORER, CUATRO PUERTAS, COLOR ARENA, SIN PLACAS DE CIRCULACION, MODELO 1998, CON NUMERO DE SERIE 1FMZU34E4WZB65066 QUEDAN ASEGURADOS Y SE DEJAN A DISPOSICION DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO CON SEDE EN LA CIUDAD DE QUERETARO, QUERETARO. SEGUNDO.- EN VIRTUD DE QUE SE DESCONOCE LA IDENTIDAD Y DOMICILIO DE LOS PROPIETARIOS DE LAS UNIDADES MOTRICES Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR
LOS ARTICULOS 181, 182-A, 182-B FRACCION II, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, NOTIFIQUESE POR EDICTOS EL ASEGURAMIENTO DE ESTOS, APERCIBIENDO AL INTERESADO Y/O AL REPRESENTANTE LEGAL PARA QUE NO ENAJENE O GRAVE LOS BIENES ASEGURADOS, Y EN LOS MISMOS TERMINOS BEBERA MANIFESTAR LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, EN UN TERMINO DE NOVENTA DIAS NATURALES AL DE LA NOTIFICACION, LOS BIENES CAUSARAN ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL. TERCERO.- GIRESE OFICIO AL
C. DIRECTOR GENERAL DE COMUNICACION SOCIAL CON SEDE EN LA CIUDAD DE MEXICO DISTRITO FEDERAL, Y SE SIRVA PUBLICAR EDICTOS EN LOS TERMINOS EXPUESTOS, SOBRE LAS UNIDADES MOTRICES SIGUIENTES: A).- MARCA NISSAN, TIPO SPORT UTILITY, CUATRO PUERTAS, LINEA XTERRA XE, COLOR BLANCA, PLACAS DE CIRCULACION PHK-8914 DEL ESTADO DE MICHOACAN, MODELO 2000, CON NUMERO DE SERIE 5N1ED28T3YC559990 Y, B).- MARCA FORD, TIPO SPORT UTILITY, LINEA EXPLORER, CUATRO PUERTAS, COLOR ARENA, SIN PLACAS DE CIRCULACION, MODELO 1998, CON NUMERO DE SERIE 1FMZU34E4WZB65066, LOS QUE SE PUBLICARAN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION NACIONAL Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN EL ESTADO DE MICHOACAN, POR TRES VECES CON INTERVALO DE TRES DIAS…”

LO ANTERIOR PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Morelia, Mich., a 27 de agosto de 2008.

El Agente del Ministerio Público de la Federación

Titular de la Agencia Tercera Investigadora

Lic. Juan García Zúñiga

Rúbrica.

(R.- 276110)

Estados Unidos Mexicanos

Procuraduría General de la República

Delegación Estatal Michoacán

Subdelegación de Procedimientos Penales “A”

Agencia del Ministerio Público de la Federación Especializada en Delitos contra la Salud

Agencia Tercera Investigadora del Ministerio Público de la Federación

Morelia, Michoacán

PUBLICACION POR EDICTO

AL PROPIETARIO DEL VEHICULO MARCA MITSUBISHI, TIPO CAMIONETA SPORT UTILITY, LINEA MONTERO SPORT LS, COLOR ROJA, CON PLACAS DE CIRCULACION PFY-3947 PARTICULARES DEL ESTADO DE MICHOACAN, NUMERO DE IDENTIFICACION VEHICULAR JA4LS31P9WP042486, MANUFACTURA EXTRANJERA, BAJO EL AÑO MODELO 1998, QUE FUE ASEGURADA EL DIA DIEZ DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO. QUE DENTRO DE LA AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/MICH/M-III/393/2008, SE INSTRUYE EN ESTA REPRESENTACION SOCIAL DE LA FEDERACION POR EL DELITO DE CONTRA LA SALUD, VIOLACION A LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, Y VIOLACION A LA LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR, DONDE SE DICTO UN ACUERDO QUE A LA LETRA DICE:

... DE LAS CONSTANCIAS QUE INTEGRAN LA PRESENTE INDAGATORIA SE ADVIERTE QUE NO ES NECESARIO SEGUIRSE RETENIENDO POR ESTA REPRESENTACION UN VEHICULO MARCA MITSUBISHI, TIPO CAMIONETA SPORT UTILITY, LINEA MONTERO SPORT LS, COLOR ROJA, CON PLACAS DE CIRCULACION PFY-3947 PARTICULARES DEL ESTADO DE MICHOACAN, NUMERO DE IDENTIFICACION VEHICULAR JA4LS31P9WP042486, MANUFACTURA EXTRANJERA, BAJO EL AÑO MODELO 1998, ES POR LO QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 40 Y 41 DEL CODIGO PENAL FEDERAL, 2o. FRACCIONES II Y VI, 181, 182-A, 182-B, 182-C, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES ESTA REPRESENTACION SOCIAL DE LA FEDERACION

ACUERDA

PRIMERO.- CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 40 Y 41 DEL CODIGO PENAL FEDERAL, 2o. FRACCIONES II Y VI, 181, 182-A, 182-B, 182-C, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, QUEDA EL VEHICULO MARCA MITSUBISHI, TIPO CAMIONETA SPORT UTILITY, LINEA MONTERO SPORT LS, COLOR ROJA, CON PLACAS DE CIRCULACION PFY-3947 PARTICULARES DEL ESTADO DE MICHOACAN, NUMERO DE IDENTIFICACION VEHICULAR JA4LS31P9WP042486, MANUFACTURA EXTRANJERA, BAJO EL AÑO MODELO 1998, ASEGURADO A DISPOSICION DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO, CON SEDE EN ESTA CIUDAD.

SEGUNDO.- EN VIRTUD DE QUE SE DESCONOCE LA IDENTIDAD Y DOMICILIO DEL PROPIETARIO Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 181, 182-A, 182-B, FRACCION II, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, NOTIFIQUESE POR EDICTOS EL ASEGURAMIENTO DE ESTAR APERCIBIDO EL INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL DE NO ENAJENAR O GRAVAR LOS BIENES ASEGURADOS Y QUE DE NO MANIFESTAR LO QUE EN SU DERECHO CONVENGA EN UN TERMINO NO MAYOR A TRES MESES SIGUIENTES A LA NOTIFICACION, ESTE BIEN CAUSARA ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL.

LO ANTERIOR PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Morelia, Mich., a 28 de julio de 2008.

El Agente del Ministerio Público de la Federación

Lic. Juan García Zúñiga

Rúbrica.

(R.- 276106)



Estados Unidos Mexicanos

Procuraduría General de la República

Delegación Estatal Michoacán

Subdelegación de Procedimientos Penales “A”

Agencia del Ministerio Público de la Federación Especializada en Delitos contra la Salud

Agencia Tercera Investigadora del Ministerio Público de la Federación

Morelia, Michoacán

PUBLICACION POR EDICTO

AL PROPIETARIO DEL VEHICULO MARCA NISSAN, TIPO SPORT UTILITY, CUATRO PUERTAS, LINEA XTERRA XE, COLOR BLANCA, PLACAS DE CIRCULACION PHK-8914 DEL ESTADO DE MICHOACAN, MODELO 2000, CON NUMERO DE SERIE 5N1ED28T3YC559990, QUE FUE ASEGURADO EL OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO. QUE DENTRO DE LA AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/MICH/M-III/510/2008, QUE SE INSTRUYE EN ESTA FISCALIA DE LA FEDERACION POR EL DELITO DE VIOLACION A LA LEY DE ARMAS DE FUEGOS Y EXPLOSIVOS, DONDE SE DICTO UN ACUERDO QUE A LA LETRA DICE: (POR LO QUE VE A DICHA UNIDAD) “…PRIMERO.- CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 40 Y 41 DEL CODIGO PENAL FEDERAL, 2o. FRACCIONES II Y VI, 181, 182-A, 182-B, 182-C DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, LOS VEHICULOS DE LA MARCA NISSAN, TIPO SPORT UTILITY, CUATRO PUERTAS, LINEA XTERRA XE, COLOR BLANCA, PLACAS DE CIRCULACION PHK-8914 DEL ESTADO DE MICHOACAN, MODELO 2000, CON NUMERO DE SERIE 5N1ED28T3YC559990 Y, B).- MARCA FORD, TIPO SPORT UTILITY, LINEA EXPLORER, CUATRO PUERTAS, COLOR ARENA, SIN PLACAS DE CIRCULACION, MODELO 1998, CON NUMERO DE SERIE 1FMZU34E4WZB65066 QUEDAN ASEGURADOS Y SE DEJAN A DISPOSICION DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO CON SEDE EN LA CIUDAD DE QUERETARO, QUERETARO. SEGUNDO.- EN VIRTUD DE QUE SE DESCONOCE LA IDENTIDAD Y DOMICILIO DE LOS PROPIETARIOS DE LAS UNIDADES MOTRICES Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 181, 182-A, 182-B FRACCION II, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, NOTIFIQUESE POR EDICTOS EL ASEGURAMIENTO DE ESTOS, APERCIBIENDO AL INTERESADO Y/O AL REPRESENTANTE LEGAL PARA QUE NO ENAJENE O GRAVE LOS BIENES ASEGURADOS, Y EN LOS MISMOS TERMINOS BEBERA MANIFESTAR LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, EN UN TERMINO DE NOVENTA DIAS NATURALES AL DE LA NOTIFICACION, LOS BIENES CAUSARAN ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL. TERCERO.- GIRESE OFICIO AL C. DIRECTOR GENERAL DE COMUNICACION SOCIAL CON SEDE EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, Y SE SIRVA PUBLICAR EDICTOS EN LOS TERMINOS EXPUESTOS, SOBRE LAS UNIDADES MOTRICES SIGUIENTES: A).- MARCA NISSAN, TIPO SPORT UTILITY, CUATRO PUERTAS, LINEA XTERRA XE, COLOR BLANCA, PLACAS DE CIRCULACION PHK-8914 DEL ESTADO DE MICHOACAN, MODELO 2000, CON NUMERO DE SERIE 5N1ED28T3YC559990 Y, B).- MARCA FORD, TIPO SPORT UTILITY, LINEA EXPLORER, CUATRO PUERTAS, COLOR ARENA, SIN PLACAS DE CIRCULACION, MODELO 1998, CON NUMERO DE SERIE 1FMZU34E4WZB65066, LOS QUE SE PUBLICARAN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION NACIONAL Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN EL ESTADO DE MICHOACAN, POR TRES VECES CON INTERVALO DE TRES DIAS…”

LO ANTERIOR PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Morelia, Mich., a 27 de agosto de 2008.

El Agente del Ministerio Público de la Federación

Titular de la Agencia Tercera Investigadora

Lic. Juan García Zúñiga

Rúbrica.

(R.- 276111)



Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Vicepresidencia de Normatividad

Vicepresidencia de Supervisión de Banca Múltiple y Casas de Bolsa

Dirección General de Autorizaciones

Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras D

312-1/11982/2008

Expediente CNBV.312.211.23 (5588)

ASUNTO: Se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de esa entidad.

Banco Wal-Mart de México Adelante, S.A.

Institución de Banca Múltiple

José María Castorena No. 470, piso 2-A

Col. San José de los Cedros

05200, México, D.F.

At’n.: Sr. Julio Bosco Gómez Martínez

Director General

Con fundamento en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito y con motivo de la reforma al artículo séptimo de los estatutos sociales de esa institución, acordada mediante resolución unánime adoptada por la totalidad de sus accionistas el 1 de julio de 2008, esta Comisión tiene a bien modificar el punto Tercero de la “Resolución por la que se autoriza la organización y operación de una institución de banca múltiple denominada Banco WaI-Mart de México Adelante, S.A., Institución de Banca Múltiple”, contenida en oficio 101.-697 emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 22 de noviembre de 2006 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre del mismo año, para quedar en los siguientes términos:

“…

TERCERO.- El capital social de Banco Wal-Mart de México Adelante, S.A., Institución de Banca Múltiple, será la cantidad de $1,103’106,993.00 (mil ciento tres millones ciento seis mil novecientos noventa y tres pesos).

…”

Atentamente

México, D.F., a 25 de septiembre de 2008.

El Director General El Director General de Supervisión

de Autorizaciones de Instituciones Financieras D

Lic. José Antonio Bahena Morales C.P. Silvia Lavalle Henaro

Rúbrica. Rúbrica.

(R.- 276887)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Servicio de Administración Tributaria

Administración General de Recaudación

Administración Local de Recaudación del Oriente del D.F.

Subadministración de Control

Oficio 400-38-00-00-00-21826

EDICTO

En virtud de que se ignora el lugar donde se encuentra el C. Ismael Castillo Sánchez, con R.F.C. CASI700907, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 4 y 7 fracciones I, VII y XVIII, 8 fracción III, primero, tercero y cuarto transitorios de la Ley del Servicio de Administración Tributaria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995, en vigor a partir del día 1 de julio de 1997, modificada mediante decretos publicados en el mismo Organo Oficial de difusión el 4 de enero de 1999 y 12 de junio de 2003, vigentes a partir del día siguiente de su publicación, artículo 27, en relación con las fracciones III, IV y XXV del artículo 25 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, así como artículo 37, párrafo primero, apartado “A”, fracción LXV, en cuanto al nombre y sede de esta Administración Local de Recaudación de Oriente del D.F., con sede en el Distrito Federal, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria contenido en el artículo primero del “Decreto por el que se Expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público” publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de octubre de 2007, cuya vigencia inició en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, según el artículo primero transitorio del mismo decreto; así como el artículo primero, fracción LXV, correspondiente a la Administración Local de Recaudación del Oriente del Distrito Federal, con sede en el Distrito Federal, cuya circunscripción comprende la que el propio “Acuerdo por el que se Establece la Circunscripción Territorial
de las Unidades Administrativas Regionales del Servicio de Administración Tributaria” previene, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de mayo de 2008, en vigor a partir del 22 de julio de 2008, modificado mediante acuerdo publicado en el citado órgano oficial el día 18 de julio de 2008, en
vigor a partir del 22 de julio del mismo año, artículos 5, 10, 134 fracción IV, 135, y en aplicación supletoria, los artículos 136 y 140 del Código Fiscal de la Federación y 309 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se procede a notificar por edictos,
por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial y en un diario de mayor circulación en la República, Pliego Preventivo de Responsabilidades DIOF-SVR-03/2001 de fecha 31 de mayo de 2001, emitido por Subdirección de Visitas y Reconocimientos de la Dirección de Inspección a la Operación Fiscal de la Dirección General de Vigilancia de Fondos y Valores de la Tesorería de la Federación, por la cantidad de $290,287.00 (doscientos noventa mil doscientos ochenta y siete pesos 00/100 M.N.), por no haber supervisado y verificado que se aplicara la normatividad establecida en el artículo 22 párrafo séptimo del Código Fiscal de la Federación, vigente en 1999, en los cálculos matemáticos que fueron realizados para la actualización del saldo a devolver de la promoción que solicitó el contribuyente "Farmair Distribuciones, S.A. de C.V.", contraviniendo lo estipulado en el manual de organización específico de la Administración Local de Recaudación del Oriente del D.F., de junio de 1997, provocando con dicha conducta un daño económico al erario federal por autorizar y devolver de más la cantidad de $290,287.00 (doscientos noventa mil doscientos ochenta y siete pesos 00/100 M.N.).

Se hace del conocimiento del contribuyente, que atento a lo previsto en el artículo 23 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, el presente acto administrativo, puede ser impugnado dentro de los 45 días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, mediante el recurso de revocación, el cual debe presentarse ante las oficinas de la Administración Local Jurídica competente conforme a su domicilio fiscal, o bien, a través del juicio contencioso administrativo (juicio de nulidad) que debe presentar ante la sala regional competente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

México, D.F., a 17 de septiembre de 2008.

El Administrador Local de Recaudación

Lic. José Luis Barclay Arce

Por ausencia del Administrador Local de Recaudación de Oriente del Distrito Federal, con sede en el
Distrito Federal, con fundamento en los artículos 2, 8, cuarto párrafo y 27, segundo párrafo, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, contenido en el artículo primero del “Decreto por el que se expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y se modifica el Reglamento Interior
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 22 de octubre de 2007, en vigor en un plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, en suplencia del Administrador Local de Recaudación de Oriente del Distrito Federal
Lic. José Luis Barclay Arce, firma el Subadministrador de la Administración Local de Recaudación
del Oriente del Distrito Federal, con sede en el Distrito Federal

El Subadministrador de Control

L.C. Basilio Castillo Jiménez

Rúbrica.

(R.- 277024)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Servicio de Administración Tributaria

Administración General de Recaudación

Administración Local de Recaudación del Oriente del D.F.

Subadministración de Control

Oficio 400-38-00-00-00-21827

EDICTO

En virtud de que se ignora el lugar donde se encuentra el C. Jorge Alberto Santillana Zaldívar, con
R.F.C.
SAZJ450627, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 4 y 7 fracciones I, VII y XVIII,
8 fracción III, primero, tercero y cuarto transitorios de la Ley del Servicio de Administración Tributaria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995, en vigor a partir del día 1 de julio de 1997, modificada mediante decretos publicados en el mismo Organo Oficial de Difusión el 4 de enero
de 1999 y 12 de junio de 2003, vigentes a partir del día siguiente de su publicación, artículo 27, en relación con las fracciones III, IV y XXV del artículo 25 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, así como artículo 37, párrafo primero, apartado “A”, fracción LXV, en cuanto al nombre y sede de esta Administración Local de Recaudación de Oriente del D.F., con sede en el Distrito Federal, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria contenido en el artículo primero del “Decreto por el que se expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público” publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de octubre de 2007, cuya vigencia inició en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de
su publicación, según el artículo primero transitorio del mismo decreto; así como el artículo primero fracción LXV, correspondiente a la Administración Local de Recaudación del Oriente del Distrito Federal, con sede en el Distrito Federal, cuya circunscripción comprende la que el propio “Acuerdo por el que se Establece la Circunscripción Territorial de las Unidades Administrativas Regionales del Servicio de Administración Tributaria” previene, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de mayo de 2008, en vigor a partir del 22 de julio de 2008, modificado mediante acuerdo publicado en el citado Organo Oficial el día 18 de julio de 2008, en vigor a partir del 22 de julio del mismo año, artículos 5, 10, 134 fracción IV, 135, y en aplicación supletoria, los artículos 136 y 140 del Código Fiscal de la Federación y 309 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se procede a notificar por edictos, por tres veces, de siete en siete días en el
Diario Oficial y en un periódico de mayor circulación en la República,
el Pliego de Responsabilidades P.R.011/AGO/03 de fecha 30 de marzo de 2006, emitido por el Organo Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, por la cantidad de $221,045.00 (doscientos veintiún mil cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.), en atención a que como encargado temporal del Recinto Fiscal de Oceanía, recibió las mercancías especificadas en las órdenes CVM150105/99, CVM150123/99, CVM150129/99 y CVM150142/99, de fechas 21 y 22 de junio y 6 de julio de 1999, las cuales pasaron a ser propiedad del Fisco Federal y, al no realizar la entrega recepción del almacén fiscal cuando dejó el encargo, se le consideró responsable por el faltante de mercancías con valor de $221,045.00, por lo que se le fincó el Pliego Preventivo de Responsabilidades DIOF-SVR-002/03, de fecha 30 de abril de 2003 y calificado con el pliego P.R.011/AGO/03, mismo que se notifica en este acto, en el sentido de cancelar el Pliego Preventivo DIOF-SVR-02/2003.

Se hace del conocimiento del contribuyente, que atento a lo previsto en el artículo 23 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, el presente acto administrativo, puede ser impugnado dentro de los 45 días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, mediante el recurso de revocación, el cual debe presentarse ante las oficinas de la Administración Local Jurídica competente conforme a su domicilio fiscal, o bien, a través del juicio contencioso administrativo (juicio de nulidad) que debe presentar ante la sala regional competente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

México, D.F., a 17 de septiembre de 2008.

El Administrador Local de Recaudación

Lic. José Luis Barclay Arce

Por ausencia del Administrador Local de Recaudación de Oriente del Distrito Federal, con sede en el
Distrito Federal, con fundamento en los artículos 2, 8, cuarto párrafo y 27, segundo párrafo, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, contenido en el artículo primero del “Decreto por el que se expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y se modifica el Reglamento Interior
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 22 de octubre de 2007, en vigor en un plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, en suplencia del Administrador Local de Recaudación de Oriente del Distrito Federal
Lic. José Luis Barclay Arce, firma el Subadministrador de la Administración Local de Recaudación
del Oriente del Distrito Federal, con sede en el Distrito Federal

El Subadministrador de Control

L.C. Basilio Castillo Jiménez

Rúbrica.

(R.- 277027)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Servicio de Administración Tributaria

Administración General de Recaudación

Administración Local de Recaudación del Oriente del D.F.

Subadministración de Control

Oficio 400-38-00-00-00-21825

EDICTO

En virtud de que se ignora el lugar donde se encuentra el C. Simón Garza Ledesma, con R.F.C. GALS5580212 con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 4 y 7 fracciones I, VII y XVIII, 8 fracción III, primero, tercero y cuarto transitorios de la Ley del Servicio de Administración Tributaria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995, en vigor a partir del día 1 de julio de 1997, modificada mediante decretos publicados en el mismo Organo Oficial de Difusión el 4 de enero de 1999 y 12 de junio de 2003, vigentes a partir del día siguiente de su publicación, artículo 27, en relación con las fracciones III, IV y XXV del artículo 25 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, así como artículo 37, párrafo primero, apartado “A”, fracción LXV, en cuanto al nombre y sede de esta Administración Local de Recaudación de Oriente del D.F., con sede en el Distrito Federal, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria contenido en el artículo primero del “Decreto por el que se Expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público” publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de octubre de 2007, cuya vigencia inicio en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, según el artículo primero transitorio del mismo decreto; así como el artículo primero fracción LXV, correspondiente a la Administración Local de Recaudación del Oriente del Distrito Federal, con sede en el Distrito Federal, cuya circunscripción comprende la que el propio “Acuerdo por el que se Establece la Circunscripción Territorial de las Unidades Administrativas Regionales del Servicio de Administración Tributaria” previene, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de mayo de 2008, en vigor a partir del 22 de julio
de 2008, modificado mediante acuerdo publicado en el citado órgano oficial el día 18 de julio de 2008, en vigor a partir del 22 de julio del mismo año, artículos 5, 10, 134 fracción IV, 135, y en aplicación supletoria, los artículos 136 y 140 del Código Fiscal de la Federación y 309 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se procede a notificar por edictos, por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial y en el periódico
diario de mayor circulación en la República, el Pliego Preventivo de Responsabilidades DIOF-SVR-03/03
de fecha 20 de mayo de 2003, emitido por la Subdirección de Visitas y Reconocimientos de la Dirección de Inspección a la Operación Fiscal, de la Dirección General de Vigilancia de Fondos y Valores y Proyectos
de Inversión, de la Tesorería de la Federación, por la cantidad de $64,328.00 (sesenta y cuatro mil
trescientos veintiocho pesos 00/100 M.N.), por haber causado con su proceder un daño económico al erario federal contraviniendo lo estipulado en el Manual de Procedimientos del Recinto Fiscal de Mercancías
de Procedencia Extranjera Embargadas Precautoriamente, de conformidad con el artículo 224 fracción I del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación y primer párrafo, parte final del artículo 28 de la Ley Aduanera.

Se hace del conocimiento del contribuyente, que atento a lo previsto en el artículo 23 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, el presente acto administrativo, puede ser impugnado dentro de los 45 días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, mediante el recurso de revocación, el cual debe presentarse ante las oficinas de la Administración Local Jurídica competente conforme a su domicilio fiscal, o bien, a través del juicio contencioso administrativo (juicio de nulidad) que debe presentar ante la sala regional competente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

México, D.F., a 17 de septiembre de 2008.

El Administrador Local de Recaudación

Lic. José Luis Barclay Arce

Por ausencia del Administrador Local de Recaudación de Oriente del Distrito Federal, con sede en el
Distrito Federal, con fundamento en los artículos 2, 8, cuarto párrafo y 27, segundo párrafo, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, contenido en el artículo primero del “Decreto por el que se expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y se modifica el Reglamento Interior
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 22 de octubre de 2007, en vigor en un plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, en suplencia del Administrador Local de Recaudación de Oriente del Distrito Federal
Lic. José Luis Barclay Arce, firma el Subadministrador de la Administración Local de Recaudación
del Oriente del Distrito Federal, con sede en el Distrito Federal

El Subadministrador de Control

L.C. Basilio Castillo Jiménez

Rúbrica.

(R.- 277029)

Secretaría de la Función Pública

Contraloría Interna

Dirección General Adjunta de Responsabilidades e Inconformidades

ASUNTO: NOTIFICACION POR EDICTO.

SE NOTIFICA A: C. EDUARDO ULISES CHAVEZ HIDALGO. RFC CAHE720829JJ9.

Conforme acuerdo de inicio de 23 de septiembre de 2008 dictado en el expediente administrativo A/053/2008 -a su disposición para consulta en la ubicación que adelante se indica- y fundamentado
en artículos 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos,
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles (de aplicación supletoria), 3 apartado A fracción XIV subfracción XIV.1, 25, 26 fracciones II numeral 2, 27 fracciones V, VII y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; se le NOTIFICA POR EDICTOS: se requiere su comparecencia personal, con identificación oficial vigente, a audiencia de ley -que se desarrollará ante el suscrito o ante el Director de Responsabilidades e Inconformidades “A” de la Contraloría Interna-, a las DIEZ HORAS, DE CUALQUIER DIA HABIL -COMPRENDIDO ENTRE LOS SEIS Y TREINTA DIAS HABILES QUE SIGAN A AQUEL EN QUE SE
PUBLIQUE LA PRESENTE NOTIFICACION POR TERCERA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION-, en la Contraloría Interna de esta Secretaría, ubicada en avenida Insurgentes Sur número 1735, noveno piso, ala Sur, oficina 924, colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01020, México, D.F. Para que en dicha audiencia manifieste lo que le convenga, sobre presuntos incumplimientos denunciados por la Directora General Adjunta de Quejas, Denuncias e Investigaciones de la Contraloría Interna Secretaría de la Función Pública en oficio 112.DGAQDI/2943-07/ICZ/2586/2008 de 2 de septiembre de 2008, consistentes en: UNICO: En su carácter de Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, omitió presentar la contestación a la demanda -presentada por
el C. César Sánchez Morales en contra de la resolución de 28 de abril de 2005, emitida en el expediente administrativo número PA-70/2002- en el juicio contencioso administrativo número 21821/05-17-05-7,
del índice de la Quinta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa-, dentro del término de 45 días hábiles establecido a la sazón por el artículo 212 del Código Fiscal de la Federación; lo que provocó que la referida Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa instructora, desechara dicha contestación por extemporánea. Ello, porque el 23 de agosto
de 2005, recibió en el Area de Responsabilidades, el emplazamiento a juicio correspondiente. Sin embargo, no fue sino hasta el 17 de noviembre de 2005, cuando emitió el oficio 750-3/1255/2005, dando contestación a la demanda de nulidad de referencia, documento que incluso fue presentado ante la Oficialía de Partes del referido Tribunal al día siguiente, es decir, el 18 de
noviembre de 2005, y ello evidentemente de manera extemporánea, pues el término para producir la contestación había fenecido desde el 27 de octubre de 2005. Lo cual, en su caso, presumiblemente infringe lo dispuesto en los artículos 8 fracción XXIV de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en relación con lo establecido
en los artículos 37 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 67, fracción I,
numeral 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, 5 del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas de la Secretaría de la Función Pública y se establece subordinación jerárquica de servidores públicos previsto en su Reglamento Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2005 y 212 del Código Fiscal de la Federación vigente en la época de los hechos antes descritos.
Tiene derecho de comparecer con defensor; pero de omitir comparecer usted personalmente a la audiencia, se tendrán por ciertos los hechos imputados y las subsecuentes notificaciones se harán por rotulón conforme dispone el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

México, D.F., a 1 de octubre de 2008.

Secretaría de la Función Pública

El Director General Adjunto de Responsabilidades e Inconformidades

Lic. Guillermo González Luna

Rúbrica.

(R.- 276538)

Estados Unidos Mexicanos

Auditoría Superior de la Federación

Cámara de Diputados

Unidad de Asuntos Jurídicos

Dirección General de Responsabilidades

Procedimiento DGR/A/03/2008/R/03/011

Oficio DGR/A/2064/2008

ASUNTO: Citatorio para audiencia

C. ALFONSO BECERRIL ZARCO

En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 74 fracción IV, párrafo sexto, y 79 fracción IV, de la propia Constitución General de la República; 14 fracción IX, 16 fracción XV, 45 fracción I, 46 fracción I, 47, 48, 49, 52, 53, 54 y 55 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; 14 fracción XXXV; 28 fracción IV del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2007 y, apartado 52000, numeral 12, del Manual de Organización de la Auditoría Superior
de la Federación, se le cita para que comparezca ante el suscrito Director General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, en las oficinas que ocupa esta Entidad de Fiscalización Superior
de la Federación, ubicadas en el primer piso del edificio marcado con el número 1501 de avenida Coyoacán, colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, código postal 03100, en la Ciudad de México, Distrito Federal,
al desahogo de la audiencia prevista en la fracción I del artículo 53 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, la cual tendrá verificativo a las 11:00 horas, del décimo tercer día hábil siguiente a aquel en que sea notificado el presente oficio citatorio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, en términos de su artículo 54.

Se hace de su conocimiento que esta diligencia obedece a que, el C. Auditor Superior de la Federación, en cumplimiento a las atribuciones que le confieren los artículos 74, fracción IV, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y 6, fracción II del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, vigente en esa época, aprobó, el 30 de junio de 2004, el “Programa de Auditorías, Visitas e Inspecciones Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2003”. En dicho Programa, el mencionado Titular de la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales ya señaladas, autorizó practicar auditoría a las operaciones realizadas por la Procuraduría General de la República (PGR), con motivo de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública Federal, correspondiente al ejercicio fiscal de 2003.

Derivado de lo anterior y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 77 fracción IV de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, 7, fracción XXVIII, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior
de la Federación, vigente en esa época, así como el “Programa de Auditorías, Visitas e Inspecciones Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2003”, el CPC. Juan Manuel Portal Martínez, Auditor Especial de Cumplimiento Financiero de la Auditoría Superior de la Federación, mediante oficio número AECF/0637/2004, del 12 de julio de 2004, dirigido al Gral. y Lic. Marcial Rafael Macedo de la Concha, en ese entonces, Procurador General de la República, emitió la orden para practicar la auditoría 278, de tipo Financiera y de Cumplimiento, denominada “Egresos Presupuestales del Capítulo 1000 “Servicios Personales””, que tuvo por objeto verificar que el presupuesto asignado en el ejercicio de 2003, a la Agencia Federal de Investigación (AFI), en el capítulo 1000 “Servicios Personales”, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas.

Como resultado de los trabajos de la citada auditoría número 278, practicada a la entidad fiscalizada Procuraduría General de la República, se detectaron diversas irregularidades, las cuales generaron
diversas acciones, entre las que se encuentra, la Solicitud de Aclaración identificada con la clave de acción
03-17100-2-278-03-001, en la que se solicita a la Procuraduría General de la República que presente a la Auditoría Superior de la Federación evidencia del reintegro por $549,071.42 (QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y UN PESOS 42/100 M.N.). Debido a que la entidad fiscalizada no remitió a esta entidad de fiscalización superior de la Federación el reintegro total de los recursos dentro del plazo improrrogable de 45 días hábiles, contados a partir de la notificación de la precitada Solicitud de Aclaración la Auditoría Superior de la Federación formuló el Pliego de Observaciones número 298/2006, del 30 de noviembre de 2006, por un monto de $278,390.71 (DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS 71/100 M.N.), como resultante de las irregularidades consistentes en:

De 68 bajas de personal que se revisaron y que se realizaron durante el transcurso del ejercicio de 2003, se constató que las primeras se tramitaron debidamente. Sin embargo, se observó que en 22 casos el personal dado de baja siguió cobrando su sueldo entre una quincena y los 4.5 meses siguientes a la fecha estipulada en su renuncia, por lo que se pagaron percepciones brutas en demasía por $549,071.42 (QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y UN PESOS 42/100 M.N.) de 22 empleados que habían causado baja; de dichos pagos $379,147.31 (TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE PESOS 31/100 M.N.) se pagaron directamente al trabajador y $169,924.11 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO PESOS 11/100 M.N.) correspondieron a los enteros efectuados a terceros institucionales (ISSSTE, METLIFE, FOVISSSTE, FOGAREF, etc.).

Al respecto y derivado del seguimiento efectuado a la acción promovida de referencia, la PGR presentó evidencia de la recuperación de $270,680.71 (DOSCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS 71/100 M.N.), correspondientes a las percepciones de 6 empleados, por lo que se determinó un saldo pendiente de recuperar de $278,390.71 (DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS 71/100 M.N.) por las percepciones líquidas de 16 empleados que habían causado baja y que se pagaron en demasía.

Igualmente, se hace de su conocimiento que, mediante oficio DGJ-F-(02)-3255/06, del 30 de noviembre de 2006, la Licenciada Berta Sánchez García, en ese entonces Directora General Jurídica de la Auditoría Superior de la Federación, notificó con fundamento en el artículo 27 fracción IX del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, vigente en esa época, al Lic. Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, en ese entonces Procurador General de la República, el Pliego de Observaciones 298/2006 del
30 de noviembre de 2006, por un monto de $278,390.71 (DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS 71/100 M.N.), con la finalidad de que en los términos del mismo, la Procuraduría General de la República, proceda a su solventación dentro del término improrrogable de 45 días hábiles.

En respuesta al precitado Pliego de Observaciones número 298/2006, la entidad fiscalizada remitió diversa documentación e información, que una vez realizado el análisis a la misma y en cumplimiento a las atribuciones que le confiere el artículo 16 fracciones I y VI, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior
de la Federación, la DGAFF“B” concluyó que se solventó parcialmente la irregularidad por la que se formuló el citado Pliego de Observaciones, por lo que subsiste, la afectación patrimonial al Estado en su Hacienda Pública Federal, por un monto $250,848.02 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS 02/100 M.N.), por las razones siguientes:

Es en este contexto que, la conducta presumiblemente irregular desplegada por usted, en su carácter de Director de Pagos de la Dirección General de Recursos Humanos de la Procuraduría General de la República, se hace consistir en: Haber omitido realizar los trámites correspondientes por la baja del C. ROBERTO COMPARAN ARIAS que fue notificada en su momento por el área correspondiente el diecisiete de julio
de 2003, por lo que se generó un pago en demasía de las quincenas de la 14 a la 17, por un monto de $34,541.98. Por otra parte, no obstante que tuvo conocimiento de la renuncia de REYNA VERONICA RIVERA ORTEGA el tres de junio de 2003 omitió realizar el trámite de baja definitiva lo que originó pagos en demasía de las quincenas de la 13 a la 18, por un monto de $30,197.98 y, por último omitió haber realizado los trámites correspondientes por la baja de JHIMY JOSUE MONTALVO GIL una vez notificada por la AFI el 23 de abril
de 2003, por la cantidad de $18,364.20.

Ocasionando usted, con tales conductas omisivas un daño al Estado en su Hacienda Pública Federal, por un monto de $83,104.16 (OCHENTA Y TRES MIL CIENTO CUATRO PESOS 16/100 M.N.), contraviniendo en consecuencia, presuntamente, lo dispuesto por los artículos 44, fracción I, y 59, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como las Políticas establecidas en el Trámite de Movimientos de Baja de Personal del Manual de Políticas, Normas y Procedimientos de la Dirección de Pagos, que establecen que: “La Dirección de Pagos es el área responsable de recibir y dar trámite a la documentación generada por las diferentes Unidades Administrativas de las bajas de personal...”

De lo anterior, se desprende que con su omisión al cumplimiento de las disposiciones legales y normatividad antes descritas y del debido seguimiento a la aplicación de los recursos presupuestales, ha causado un probable daño estimable en dinero al Estado en su Hacienda Pública Federal, incurriendo presumiblemente en la responsabilidad resarcitoria a que se refieren los artículos 46 fracción I, 47 y 48 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, por lo que deberá sujetarse al procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias previsto en el artículo 53 del mismo ordenamiento y, en su caso, a la obligación de resarcir el monto del daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal por la cantidad de $83,104.16 (OCHENTA Y TRES MIL CIENTO CUATRO PESOS 16/100 M.N.) más su actualización.

En la audiencia a que se le cita podrá ofrecer pruebas y alegar en la misma lo que a su derecho convenga por sí o por medio de un defensor; apercibido que de no comparecer, sin justa causa, se tendrá por precluido su derecho para ofrecer pruebas o formular alegatos, y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 53, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; debiendo presentar en la audiencia que nos ocupa, identificación oficial vigente
con fotografía.

Asimismo, se le ponen a la vista para su consulta las constancias que integran el expediente número DGR/A/03/2008/R/03/011, en días hábiles de 9:00 a 18:00 horas en las oficinas que ocupa la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, cuyo domicilio ha quedado señalado en el presente citatorio.

México, D.F., a 8 de septiembre de 2008.

El Director General

Lic. Guillermo Narváez Bellacetin

Rúbrica.

(R.- 276535)

GOR, S.A.

CONVOCATORIA

El que suscribe señor NOE MORENO GONZALEZ, Comisario de la Sociedad y con fundamento en lo dispuesto por los Estatutos Sociales, así como en los artículos 181, 183, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de GOR, S.A., a la Asamblea General Ordinaria anual de Accionistas de dicha sociedad, que tendrá verificativo el día 28 de octubre de 2008 a las 10:00 horas, en avenida Ejército Nacional 579, planta baja, colonia Granada, México, Distrito Federal, en la cual se tratarán los asuntos contenidos en el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I.- Informe del balance general y estado de pérdidas y ganancias del ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007, en los términos del artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

II.- Informe del comisario.

III.- Discusión, aprobación o modificación, en su caso, del balance y estados financieros correspondiente al ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007.

IV.- Aplicación de los resultados del ejercicio señalado en los puntos anteriores.

V.- Nombramiento del administrador único o ratificación, en su caso.

VI.- Nombramiento del comisario o ratificación, en su caso.

VII.- Asuntos generales.

Se comunica a los accionistas que para asistir a la Asamblea, deberán presentar los títulos o certificados que amparen sus acciones, o exhibir constancia expedida por instituciones de crédito, en donde conste que se encuentran depositadas sus acciones.

Los señores accionistas tienen derecho de asistir personalmente o por medio de apoderado, bastando para ello una simple carta poder.

Que asimismo los documentos e informes a que se refiere el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, están a disposición de los accionistas a partir de esta convocatoria, en las oficinas de la empresa ubicadas en Ejército Nacional 579, planta baja, colonia Granada, México, Distrito Federal, de lunes a viernes, de 10:00 a 14:00 horas.

México, D.F., a 2 de octubre de 2008.

Comisario

C.P. Noé Moreno González

Rúbrica.

(R.- 276885)



SOCIEDAD D Y M ELIEN’S, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA

Se convoca a todos los accionistas de la sociedad denominada “D Y M ELIEN’S, S.A. DE C.V. a la Asamblea General Ordinaria que tendrá verificativo a las 12:00 horas del próximo día veintisiete de octubre de dos mil ocho, en el domicilio ubicado en el despacho número dos altos, de la Privada “A” Oriente de la 16 de septiembre número tres mil novecientos uno, colonia El Carmen Huexotitla de esta ciudad de Puebla, Puebla; en cumplimiento a la cláusula décima primera de los estatutos sociales, así como a lo dispuesto por los artículos 180, 181 y 183 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; tratándose los siguientes puntos del:

ORDEN DEL DIA

I. Lista de asistencia y verificación de quórum legal.

II. Lectura y aprobación, en su caso, del orden del día.

III. Lectura, discusión y aprobación, en su caso, de los informes del órgano de administración y comisario de la sociedad.

IV. Designación y, en su caso, ratificación del administrador único de la sociedad, así como determinación de sus facultades.

V. Designación y, en su caso, ratificación del órgano de vigilancia.

VI. Asuntos generales.

VII. Clausura.

Dada la importancia de los asuntos a tratar y la trascendencia de esta Asamblea para la buena marcha de la asociación, rogamos su puntual asistencia.

Atentamente

Puebla, Pue., a 9 de octubre de 2008.

Comisario de la Sociedad

Carmen Aguilar Palacios

Rúbrica.

(R.- 277005)

GENCEL APLICADA, S.A. DE C.V.

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

La asamblea general ordinaria y extraordinaria de los accionistas de la empresa Gencel Aplicada, S.A. de C.V., celebrada el día 18 de septiembre de 2008, acordó, entre otras resoluciones, las siguientes:

1. Aumentar el capital social, en su parte variable, con aportaciones por un monto de $200,000.00 (doscientos mil pesos con cero centavos moneda nacional). Para estos efectos se aprobó la emisión de doscientas mil acciones con valor nominal de un peso cada una.

2. En consecuencia del referido aumento, el nuevo capital social de Gencel Aplicada, S.A. de C.V., es de $250,000.00 (doscientos cincuenta mil pesos con cero centavos moneda nacional), de los cuales $50,000.00 (cincuenta mil pesos con cero centavos moneda nacional) constituyen el capital mínimo fijo sin derecho a retiro en los términos del artículo sexto de los estatutos sociales.

3. Los accionistas que deseen ejercer su derecho de preferencia, deberán notificarlo al Presidente del Consejo de Administración de la sociedad, por escrito y con acuse de recibo, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la presente publicación, en las oficinas ubicadas en Coras 477-2, colonia Ajusco, código postal 04300, en la Ciudad de México, Distrito Federal.

4. Se autoriza al C. José Miguel Peña Yomoguita para suscriba la totalidad de las nuevas acciones emitidas, en caso de que ningún accionista decidiera ejercer su derecho de preferencia.

La presente publicación se realiza en cumplimiento con lo prescrito por el artículo 132 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

México, D.F., a 13 de octubre de 2008.

Presidente del Consejo de Administración

C. José Miguel Peña Yomoguita

Rúbrica.

(R.- 277038)



SINAPSIS TECHNOLOGIES MEXICO, S.A. DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE JUNIO DE 2008

(cifras en miles de pesos)

Activo




Circulante



Efectivo en caja y bancos

24,947.0

Total del Activo


24,947.0

Capital Contable




Capital Social

23,670.0


Prima por suscripción de Acciones

1,737.0


Pérdidas acumuladas

-460.0

Total del capital contable


24,947.0

El presente balance se publica en cumplimiento de lo señalado en el artículo 247 fracción II de la
Ley General de Sociedades Mercantiles.

La parte del Haber Social que le corresponde a cada accionista se detalla a continuación:

Quest Technologies, S.A. de C.V.

77%

19,209.0

Tech Ventures, S.A. de C.V.

5%

1,247.4

Juan Daniel González Nacif

9%

2,245.2

Juan Alberto Téllez Rosas

3%

748.4

Carlos Feria Arroyo

3%

748.4

Gerardo Franco Meléndez

3%

748.4


100%

24,947.0

México, D.F., a 10 de julio de 2008.

Liquidador

C.P.C. Juan Carlos Bojorges Pérez

Rúbrica.

(R.- 276826)

SIEFORE DE LA GENTE BASICA 1, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION)

SOCIEDAD DE INVERSION ESPECIALIZADA DE FONDOS PARA EL RETIRO

BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE MAYO DE 2008

cifras en pesos

ACTIVO


Disponibilidades


Bancos

$ 4,082,035

Total Activo

$ 4,082,035

PASIVO Y CAPITAL CONTABLE



____

Total Pasivo

$ 0

Capital Contable


Capital Social Pagado

$ 4,000,000

Prima en Venta de Acciones

-7,577,994

Resultado de Ejercicios Anteriores

6,917,639

Resultado del Ejercicio

742,390

Total Capital Contable

$4,082,035


____

Total Pasivo y Capital Contable

$4,082,035

CUENTAS DE ORDEN


Otras Cuentas de Registro


Acciones en Circulación Posición Propia

3,960,000

Acciones de Siefores en Posición de Terceros

40,000

1) El capital social histórico de Siefore de la Gente Básica 1, S.A. de C.V., en liquidación es de $4,000,000.00.

2) La disolución y liquidación de la Siefore de la Gente Básica 1, S.A. de C.V., se realizó en cumplimiento al Acuerdo tomado por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 29 de enero de 2008.

3) En cumplimiento al artículo 56 de la Ley del SAR, las inversiones correspondientes a los ahorros de los trabajadores fueron transferidos el 11 y 15 de febrero de 2008, a la cuenta concentradora en Banco de México, según lo previsto en el artículo 75 de la Ley del SAR.

4) El numerario que se presenta en el concepto de disponibilidades por $4,082,035 corresponde al remanente distribuible a los socios como sigue:

Socio

% Haber Social

Importe

AFORE DE LA GENTE, S.A. DE C.V. EN LIQUIDACION

99%

$4,041,215

BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS, S.N.C. I.B.D.

1%

$40,820

TOTAL

100%

$4,082,035

5) El presente balance final de liquidación, por el ejercicio comprendido del 1 de febrero al 31 de mayo
de 2008, se publica en cumplimiento del artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

6) El presente balance dictaminado, fue revisado por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro
para el Retiro, organismo que ordenó su publicación mediante oficio número DOO/200/0457/2008 del 18 de septiembre de 2008.

México, D.F., a 31 de mayo de 2008.

SCI, S.A. de C.V. Apoderado del Liquidador

Apoderado Apoderado

Lic. Federico Manuel López Cárdenas C.P. Víctor Manuel Saavedra Domínguez

Rúbrica. Rúbrica.

Apoderado

C.P. Miguel Alfaro Sánchez

Rúbrica.

(R.- 276223)



SIEFORE DE LA GENTE BASICA 2, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION)

SOCIEDAD DE INVERSION ESPECIALIZADA DE FONDOS PARA EL RETIRO

BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE MAYO DE 2008

cifras en pesos

ACTIVO


Disponibilidades


Bancos

$ 102,051

Total Activo

$ 102,051

PASIVO Y CAPITAL CONTABLE



____

Total Pasivo

$ 0

Capital Contable


Capital Social Pagado

$100,000

Prima en Venta de Acciones

-4,174,947

Resultado de Ejercicios Anteriores

3,222,738

Resultado del Ejercicio

954,260

Total Capital Contable

$ 102,051


____

Total Pasivo y Capital Contable

$ 102,051

CUENTAS DE ORDEN


Otras Cuentas de Registro


Acciones en Circulación Posición Propia

99,000

Acciones de Siefores en Posición de Terceros

1,000

1) El capital social histórico de Siefore de la Gente Básica 2, S.A. de C.V., en liquidación es de $100,000.00.

2) La disolución y liquidación de la entidad Siefore de la Gente Básica 2, S.A. de C.V., se realizó en cumplimiento al Acuerdo tomado por la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 29 de enero de 2008.

3) En cumplimiento al artículo 56 de la Ley del SAR, las inversiones correspondientes a los ahorros de los trabajadores fueron transferidos el 11 y 15 de febrero de 2008, a la cuenta concentradora en Banco de México, según lo previsto en el artículo 75 de la Ley del SAR.

4) El numerario que se presenta en el concepto de disponibilidades por $102,051 corresponde al remanente distribuible a los socios como sigue:

Socio

% Haber Social

Importe

AFORE DE LA GENTE, S.A. DE C.V. EN LIQUIDACION

99%

$101,030

BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS, S.N.C. I.B.D.

1%

$1,021

TOTAL

100%

$102,051

5) El presente balance final de liquidación, por el ejercicio comprendido del 1 de febrero al 31 de mayo
de 2008, se publica en cumplimiento del artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

6) El presente balance dictaminado fue revisado por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, organismo que ordenó su publicación mediante oficio número DOO/200/0457/2008 del 18 de septiembre de 2008.

México, D.F., a 31 de mayo de 2008.

SCI, S.A. de C.V. Apoderado del Liquidador

Apoderado Apoderado

Lic. Federico Manuel López Cárdenas C.P. Víctor Manuel Saavedra Domínguez

Rúbrica. Rúbrica.

Apoderado

C.P. Miguel Alfaro Sánchez

Rúbrica. (R.- 276227)



CONTROLADORA COMERCIAL MEXICANA, S.A.B. DE C.V.

CONVOCATORIA

A LOS OBLIGACIONISTAS DE LAS OBLIGACIONES QUIROGRAFARIAS DE

CONTROLADORA COMERCIAL MEXICANA, S.A.B. DE C.V. 2000

COMERCI O00U”

Con fundamento en el acta de emisión de las Obligaciones Quirografarias de Controladora Comercial Mexicana, S.A.B. de C.V. 2000 (COMERCI O00U), así como en los artículos 217 fracción X, 218 y demás relativos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, se convoca a los obligacionistas de las Obligaciones Quirografarias de Controladora Comercial Mexicana, S.A.B. de C.V. 2000 (COMERCI O00U),
a una Asamblea General de Obligacionistas que se celebrará el día 29 de octubre de 2008 a las 10:30 horas, en el domicilio ubicado en avenida Paseo de la Reforma número 255, 10 piso, colonia Cuauhtémoc, código postal 06500, México, Distrito Federal, bajo el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I. Informe de Controladora Comercial Mexicana, S.A.B. de C.V., respecto a su situación financiera.

II. Informe de Scotia Inverlat Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Scotiabank Inverlat (el “Representante Común”), en su carácter de representante común de los obligacionistas, respecto de la verificación de eventos de vencimiento anticipado a que se refiere la cláusula décima sexta del acta de emisión de las Obligaciones Quirografarias de Controladora Comercial Mexicana, S.A.B. de C.V. 2000 (COMERCI O00U).

III. Resoluciones de los obligacionistas en relación con el informe del Representante Común a que se refiere el segundo punto del orden del día.

IV. Designación de delegados de la Asamblea.

Con fundamento en el artículo 221 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, para poder asistir a la Asamblea los obligacionistas deberán presentar las tarjetas de admisión correspondientes a sus títulos, expedidas por el Representante Común, por lo que previamente los obligacionistas deberán exhibir en las oficinas de Scotia Inverlat Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Scotiabank Inverlat, ubicadas en Lorenzo Boturini número 202, primer piso, colonia Tránsito, México, Distrito Federal, a la atención de María Elena Trujillo Vega y/o Raúl López Isita, los títulos o las respectivas constancias de depósito expedidas por S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V., de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y hasta con cuando menos un día hábil de anticipación a la fecha fijada para la celebración de la Asamblea. Contra entrega de las constancias se expedirán los respectivos pases de asistencia, sin los cuales no podrán participar en la Asamblea.

Los obligacionistas podrán estar representados en la Asamblea por apoderado acreditado con simple
carta poder.

México, D.F., a 17 de octubre de 2008.

Representante Común de los Obligacionistas

Scotia Inverlat Casa de Bolsa, S.A. de C.V.

Grupo Financiero Scotiabank Inverlat

Representante Legal

Jesús Alejandro Santillán Zamora

Rúbrica.

(R.- 277046)



ASOCIACION DE USUARIOS DE LA PRESA EL CHIQUE, A.C.

CONTRATO No. DP-MAQ-ZAC-034-CH-LP-01-08

CONVOCATORIA No. 01

1. La Asociación de Usuarios de la Presa El Chique A.C. ha recibido apoyos del Programa de Desarrollo Parcelario en la Alianza para el Campo, de conformidad con los anexos de ejecución y técnico, derivados del acuerdo de coordinación, celebrado entre el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua (CNA), por otra el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, para la instrumentación del programa en los Distritos de Riego, con el objeto de conjuntar y hacer compatibles para su ejecución programas hidroagrícolas propios de la Comisión, comprendidos en el programa de “Alianza para el Campo” en el marco de las reglas de operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola.

2. (La Asociación de Usuarios de la Presa El Chique, A.C. invita a licitantes elegibles a presentar ofertas a través de documentos impresos, para el suministro de maquinaria para conservación (una motoconformadora de 140 HP).

3. Los licitantes que estén interesados podrán obtener información adicional y consultar los documentos de licitación en las oficinas de la Asociación de Usuarios de la Presa El Chique, A.C. ubicadas en domicilio
C. Roble número 99, colonia Arboledas, Tabasco, Zac. País: México, teléfono 01-463-957-11-35.

4. Los licitantes que deseen participar deberán presentar su propuesta a través de documentos impresos, podrán obtener a un costo de $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.) un juego completo de los documentos de licitación directamente con el comprador antes mencionado en horas y días hábiles.

5. Las disposiciones contenidas en las instrucciones a los licitantes y en las condiciones generales del contrato son las que figuran en las bases de licitación para la adquisición de bienes.

6. Las ofertas serán abiertas a las 12:30 horas día 27 de octubre de 2008 en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir, en las oficinas de la Asociación de Usuarios de la Presa El Chique, A.C., sita en calle Roble número 99, colonia Arboledas, Tabasco, Zac.

7. Los bienes objeto de esta licitación deberán ser suministrados a más tardar 40 días después de la firma del contrato. En el almacén de la Asociación de Usuarios de la Presa El Chique, Tabasco, Zac., conforme al plan de entregas indicado en las bases de licitación.

8. El pago se realizará dentro de los 45 días posteriores a la entrega de la maquinaria y la factura.

9. Ninguna de las condiciones contenidas en los documentos de licitación, ni en las ofertas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.

10. Esta licitación no está sujeta a la cobertura de los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio suscritos por México.

Tabasco, Zac., a 16 de octubre de 2008.

Presidente de la Asociación de Usuarios de la Presa El Chique, A.C.

C. J. Guadalupe Nuño Avila

Rúbrica.

(R.- 277063)

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Subdirección General Jurídica del ISSSTE-Subdirección de Notariado y Bienes Inmuebles

LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 116 y 117 de la Ley General de Bienes Nacionales, y de conformidad con los numerales 9.2, 9.3, 9.4, 9.6, 9.8, 9.11, 9.22 y 9.27 de los “Lineamientos Generales para la Administración del Patrimonio Inmobiliario del ISSSTE”, se convoca a las personas físicas y morales de los sectores público, social y privado, con excepción de los que se encuentren en los supuestos del artículo 8 fracción XX de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a participar en las licitaciones públicas nacionales para la enajenación a título oneroso de los cuatro bienes inmuebles que se describen a continuación:

Primera convocatoria

No. de licitación

Costo de bases

Venta de bases

Visita al predio

Junta de aclaraciones

Acto de presentación y apertura de proposiciones económicas

LPN/ISSSTE/SNBI/ 004/2008

$2,000.00 M.N.

Del 17 al 31 de octubre de 2008

30 de octubre de 2008

12:00 Hrs.

31 de octubre de 2008

12:00 Hrs.

3 de noviembre de 2008

12:00 Hrs.


Descripción y ubicación del inmueble

Unidad de medida

Superficie

Uso o destino

Precio mínimo o de avalúo de venta

Terreno Urbano en Blvd. Constelación y Blvd. Salvador Alvarado

y Calle Emile Barliner, Fracc. Humaya, Culiacán, Sinaloa

Inmueble

64,471.89 m2

Habitacional

$11’038,540.00 M.N.


No. de licitación

Costo de bases

Venta de bases

Visita al predio

Junta de aclaraciones

Acto de presentación y apertura de proposiciones económicas

LPN/ISSSTE/SNBI/ 005/2008

$2,000.00 M.N.

Del 4 al 13 de noviembre de 2008

12 de noviembre de 2008

12:00 Hrs.

13 de noviembre de 2008

12:00 Hrs.

14 de noviembre de 2008

12:00 Hrs.


Descripción y ubicación del inmueble

Unidad de medida

Superficie

Uso o destino

Precio mínimo o de avalúo de venta

Terreno en Avenida del Ferrocarril Interoceánico (antes Bugambilias) No. 418, Fracc. Los Volcanes, Tetelcingo, Mpio. de Cuautla, Morelos

Inmueble

113,418.00 m2

Mixta Comercial Habitacional

$18’266,945.00 M.N.


Tercera convocatoria

No. de licitación

Costo de bases

Venta de bases

Visita al predio

Junta de aclaraciones

Acto de presentación y apertura de proposiciones económicas

LPN/ISSSTE/SNBI/ 006/2008

$2,000.00 M.N.

Del 4 al 13 de noviembre de 2008

12 de noviembre de 2008

14:00 Hrs.

13 de noviembre de 2008

14:00 Hrs.

14 de noviembre de 2008

14:00 Hrs.


Descripción y ubicación del inmueble

Unidad de medida

Superficie

Uso o destino

Precio mínimo o de avalúo de venta

Terreno urbano en Av. Germán Corona del Rosal s/n,

colonia Parque Urbano Pachoacan, Municipio Pachuca, Hidalgo

Inmueble

30,557.87 m2

Habitacional

$12’371,643.00 M.N.


No. de licitación

Costo de bases

Venta de bases

Visita al predio

Junta de aclaraciones

Acto de presentación y apertura de proposiciones económicas

LPN/ISSSTE/SNBI/ 007/2008

$2,000.00 M.N.

Del 10 al 20 de noviembre de 2008

19 de noviembre de 2008

12:00 Hrs.

20 de noviembre de 2008

12:00 Hrs.

21 de noviembre de 2008

12:00 Hrs.


Descripción y ubicación del inmueble

Unidad de medida

Superficie

Uso o destino

Precio mínimo o de avalúo de venta

Dos terrenos baldíos “La Bufa o La Yerbabuena” en carretera Panorámica

km 3.5 lotes 2 y 3, Cerro del Hormiguero, Municipio de Guanajuato, Gto.

Inmueble

19,859.90 m2

Parque Urbano

$1’985,275.00 M.N.

Todos los inmuebles se enajenan en las condiciones físicas y jurídicas en las que actualmente se encuentran; y en el caso de los inmuebles licitados en tercera convocatoria el valor del inmueble corresponde a la postura legal del valor base, conforme lo dispone el artículo 85 de la Ley General de Bienes Nacionales y al numeral 9.27 fracción I de los Lineamientos Generales para la Administración del Patrimonio Inmobiliario del ISSSTE.

El costo de las bases para cada licitación es de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.), IVA incluido y su forma de pago será en efectivo o cheque certificado y se encuentran disponibles para consulta y venta de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00 horas, en la Subdirección de Notariado y Bienes Inmuebles, ubicada en Miguel Noreña número 28, 6o. piso, colonia San José Insurgentes, código postal 03900, D.F., en la página de Internet del Instituto: www.issste.gob.mx, o bien en las delegaciones estatales del ISSSTE en las que se encuentra ubicado el inmueble a licitar.

Los actos licitatorios, se llevarán a cabo en los estados de Sinaloa, boulevard Francisco I. Madero número 526 Oriente, 2o. piso, colonia Centro, código postal 80000; Guanajuato, avenida Francisco Juárez esquina calle Las Américas, colonia Los Laureles, código postal 38020; Celaya, Gto.; y en el caso de los inmuebles ubicados en los estados de Morelos e Hidalgo, los actos licitatorios se llevarán a cabo en calle Miguel Noreña número 28, piso 6, colonia San José Insurgentes, código postal 03900, México, Distrito Federal.

La visita de inspección a los predios, la junta de aclaración de bases y la de apertura de ofertas, se llevarán a cabo en el lugar, día y hora indicados. El fallo será emitido preferentemente al día siguiente, teniendo como plazo límite dentro de los 40 días naturales contados a partir de la fecha de presentación, apertura de proposiciones económicas. El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español. La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será:
peso mexicano.

Serán desechadas aquellas propuestas de personas físicas o morales que se encuentren en los supuestos del artículo 8 fracción XX de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Los interesados en participar en la licitación deberán garantizar su oferta mediante cheque certificado librado por los mismos o de caja, expedido por una sociedad nacional o una institución de crédito, o fianza otorgada por una institución autorizada, a elección de los interesados. El cheque deberá expedirse a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

El importe de la garantía a favor del Instituto será del diez por ciento del valor de los bienes que, como precio mínimo, se haya determinado en esta convocatoria y que se sustenta en el avalúo oficial emitido por el INDAABIN, así como en la normatividad al efecto citada y aplicada para el caso de la tercera convocatoria a licitación pública nacional, o por el avalúo que hubiere servido de base para la convocatoria. Dicha garantía será devuelta a los interesados al término del acto de fallo, salvo aquella que corresponda al licitante ganador, la cual se retendrá a título de garantía del pago de los bienes adjudicados y su importe se podrá aplicar a la cantidad que se hubiere obligado a cubrir. El pago total de los inmuebles se efectuará mediante cheque certificado a los cinco días hábiles, siguientes del comunicado del fallo.

México, D.F., a 17 de octubre de 2008.

El Secretario Ejecutivo del Comité de Bienes Inmuebles del ISSSTE

C.P. José Eduardo Navarro Alvarado

Rúbrica.

(R.- 276968)