Lunes 22 de septiembre de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 125




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

APOYOS CORPORATIVOS INTEGRALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, SECCION AMPAROS, MESA V, EXPEDIENTE NUMERO 455/2008, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

En el juicio de amparo 455/2008, promovido por René Angel de la Serna Torres, por su propio derecho y en representación de Julieta Torres Vallejo, contra actos del Juez Quincuagésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal y otra, en virtud de ignorar el domicilio de la tercera perjudicada Apoyos Corporativos Integrales, Sociedad Anónima de Capital Variable, por auto de doce de agosto del año dos mil ocho, se ordenó emplazarla al presente juicio de garantías por medio de edictos, haciéndole de su conocimiento que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibida que de no presentarse en dicho término, se le harán las ulteriores notificaciones por medio de lista, aún las de carácter personal.

Atentamente

México, D.F., a 18 de agosto de 2008.

El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Numa Alberto Alvarez Arellano

Rúbrica.

(R.- 273651)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

EDICTO

PARA EMPLAZAR:

PROCALMEX” SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, Y “GRUPO COMERCIALIZADOR AS”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

En juicio amparo indirecto 655/2008-I y su acumulado 660/2008-IV, el primero, promovido por Marco Antonio Peña Barba, autorizado de la parte demandada en el juicio origen “Industrias Alicón”, Sociedad Anónima de Capital Variable y el segundo promovido por The Bank of New York y Ubs Securities Llc, se ordenó emplazar a “Procalmex”, Sociedad Anónima de Capital Variable, y “Grupo Comercializador As”, Sociedad Anónima de Capital Variable; acto reclamado: resolución de cinco de junio de dos mil ocho, dictada por la Cuarta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, dentro del toca 1058/2007. Procalmex”, Sociedad Anónima de Capital Variable, y “Grupo Comercializador As”, Sociedad Anónima de Capital Variable, deberán comparecer por conducto de su representante legal a este Juzgado, dentro del término treinta días hábiles, a partir del siguiente última publicación edicto, de no hacerlo, ulteriores notificaciones, aún personales, se practicarán por lista.

Guadalajara, Jal., a 1 de septiembre de 2008.

La Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

Lic. Laura Elena Velasco Reyes

Rúbrica.

(R.- 274224)

Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Séptima Sala Civil

EDICTO

En el cuaderno de amparo deducido del toca número 506/2008, sustanciado ante la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, relativo al juicio ORDINARIO CIVIL promovido por MONDRAGON SAUCEDO DAVID en contra de LETICIA ROBLES MENDOZA Y OTROS, expediente número 435/2006, se ordenó emplazar por medio de EDICTOS a la tercera perjudicada LETICIA ROBLES MENDOZA., para que comparezca ante esta Sala dentro del término de TREINTA DIAS contados a partir del día siguiente de la última publicación de los presentes edictos que se hará de siete en siete días por tres veces en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico “El Universal”, debiendo señalar domicilio dentro de la jurisdicción de esta Séptima Sala Civil. Quedando a su disposición en esta Sala copia de traslado de la demanda de amparo interpuesta por la parte actora, en contra de la sentencia de fecha veintitrés de mayo del dos mil ocho.

México, D.F., a 29 de agosto de 2008.

El C. Secretario de Acuerdos de la Séptima Sala Civil

Lic. Ricardo Iñigo López

Rúbrica.

(R.- 274225)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Décimo Sexto de Paz Civil

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES

En el juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por GALLEGOS PEREZ HERMELINDA, en contra de LAURA SANCHEZ CAMPOS Y MARGARITA SANCHEZ CAMPOS, expediente 578/04, la C. JUEZ DECIMO SEXTO DE PAZ CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, por auto dictado en fecha veintiséis de agosto del año en curso, señaló las DIEZ HORAS DEL DIA SEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la audiencia de remate en tercera almoneda del bien inmueble ubicado en SEGUNDA CERRADA DE SANTA MARIA, LOTE 15, MANZANA 24, COLONIA APATLACO, DELEGACION IZTAPALAPA, MEXICO, D.F., toda vez que la cantidad de QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N., fue la que sirvió de base en segunda almoneda, con deducción de un diez por ciento; para la tercera almoneda servirá como base para el remate la cantidad de QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA PESOS 00/100 M.N., y servirá como postura legal las dos terceras partes de dicha cantidad siendo la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS 00/100 M.N. postores de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente al Código de Comercio, debiendo comparecer y se les hace saber que para tomar parte en la subasta, deberán de consignar previamente mediante Billete de Depósito, por lo menos el diez por ciento del precio que servirá de base para el remate.

Atentamente

México, D.F., a 29 de agosto de 2008.

La Secretaria de Acuerdos “B”

Lic. Sandra Isabel Díaz Velasco

Rúbrica. (R.- 274279)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México,

con residencia en Naucalpan

EDICTO

TERCERO PERJUDICADO: SUCESION INTESTAMENTARIA A BIENES DE MARIA CURBELO
Y MARIA DE LOS DOLORES ARZUMENDI CURBELO POR CONDUCTO DE SU ALBACEA FERNANDO MAYEN SANCHEZ.

INSERTO: Se comunica al tercero perjudicado Sucesión Intestamentaria a Bienes de Maria Curbelo y Maria de los Dolores Arzumendi Curbelo por conducto de su albacea Fernando Mayen Sánchez, que en el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de dieciséis de junio del presente año, se admitió a trámite la demanda de amparo 809/2008-II, promovida por Irene Gabino Allende, Iván Martínez Gabino y Alvaro Ruiz Fragoso, por propio derecho, en contra de los actos del Juez Décimo Civil de Tlalnepantla, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, en el que señalo como acto reclamado:

LA SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA 18 DE MARZO DEL AÑO 2008, DICTADA EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE USUCAPIO (SIC), PROMOVIDA POR DEMETRIO SANCHEZ MARTINEZ EN CONTRA DE ISMAEL GABINO Y SUCESION INTESTAMENTARIA A BIENES DE MARIA CURBELO VIUDA DE AZUMENDI, MARIA DEL CONSUELO AZUMENDI Y CURBELO Y MARIA DE LOS DOLORES ARZUMENDI CURBELO, EN EL EXPEDIENTE 943/2007.”

Indíquese al tercero perjudicado Sucesión Intestamentaria a Bienes de Maria Curbelo y Maria de los Dolores Arzumendi Curbelo por conducto de su albacea Fernando Mayen Sánchez, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado a fin de apersonarse a juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la última publicación, de los edictos ordenados.

Lo anterior, a fin de que tenga conocimiento del inicio del juicio, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a sus intereses conviniere, y a su vez señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de Naucalpan de Juárez, Estado de México, apercibido que en caso de no hacerlo así, con fundamento
en el artículo 30 fracción II de la ley de la materia, en relación con el 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la primera, las subsecuentes, aún las de carácter personal se le harán por lista que se fije en un lugar visible en este órgano de control constitucional.

Atentamente

Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 26 de agosto de 2008.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México,

con residencia en Naucalpan de Juárez

Lic. Patricia Cruz Acosta

Rúbrica.

(R.- 274519)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

San Luis Potosí

EDICTO

En el juicio ejecutivo mercantil número 37/2006, promovido por LUIS ALFONSO SAUCEDO HERNANDEZ, EN SU CARACTER DE ENDOSATARIO EN PROCURACION DE FELICIANO MORENO CERDA, en contra de CENOBIO SAUCEDO ARRIAGA, con fecha veintiséis del actual, se dictó un auto en que se ordena sacar a remate en primera almoneda que se verificará en el local que ocupa este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, a las DOCE HORAS TREINTA MINUTOS DEL DIA TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, el bien inmueble embargado en el referido juicio, ubicado en el municipio de Moctezuma, San Luis Potosí, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE.- 62.00 metros, linda con propiedad del señor José Arrollo Miranda. AL. SUR.- 62.00 metros, linda con propiedad del señor José Arrollo Miranda. AL ORIENTE.- 161.28 metros, linda con propiedad del señor José Arrollo Miranda. AL PONIENTE.- 161.28 metros, linda con carretera:

...Siendo postura legal, la que cubra las dos terceras partes del precio de dicho inmueble, es decir, $1’845,377.36 (un millón ochocientos cuarenta y cinco mil trescientos setenta y siete pesos 36/100 M.N.), cuyo monto total es de $2’768,066.05 (dos millones setecientos sesenta y ocho mil sesenta y seis pesos 05/100 M.N.), según avalúo rendido por el perito de la parte actora, al haberse tenido a la demandada conforme con dicho dictamen, en proveído de veintisiete de marzo último.

En consecuencia, convóquense postores por medio de edictos que se publiquen por tres veces dentro del plazo de nueve días, en el Diario Oficial de la Federación, así como en la puerta y estrados de este juzgado, conforme lo dispone el último numeral invocado...”

San Luis Potosí, S.L.P., a 26 de agosto de 2008.

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito

Lic. Ma. Felícitas Escobar Muñoz

Rúbrica.

(R.- 274113)

Estado de México

Poder Judicial

Juzgado Cuarto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cuautitlán, México

EDICTO

En el expediente marcado con el número 443/2007, relativo al Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por EDUARDO RUBEN DAVILA LOPEZ, en contra de RUBEN TAGLE VAZQUEZ, se señalan las NUEVE HORAS DEL DIA TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, para que tenga
verificativo la Primera Almoneda de Remate respecto del bien mueble embargado en el presente juicio, consistente en: VEHICULO CHEVROLET, VECTRA, TIPO VECTRA ELEGANCE, MODELO 2005, SERIE WOL2C54N251025273, COLOR AZUL MARINO, CUATRO PUERTAS, INTERIORES EN PIEL BEIGE, CON RADIO, QUEMACOCOS, SIN PLACAS DE CIRCULACION, EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACION, CON EQUIPO PUENTE CLOSE D, CON WOFER DEL NUMERO DOCE; con un valor asignado de $103,300.00 (CIENTO TRES MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), cantidad asignada por los peritos designados en autos. Siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio fijado en el avalúo que sirve como base en el remate, debiéndose anunciar para su venta por tres veces dentro de tres días, en el Diario Oficial de la Federación y tabla de avisos o puerta del Tribunal. Pronunciado en Cuautitlán, Estado de México el veintisiete de agosto del dos mil ocho.

DOY FE.

El Secretario Judicial

Lic. Mary Carmen Flores Román

Rúbrica.

(R.- 274584)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Sexagésimo Tercero de lo Civil

Exp. 20/95

Sec. “B”

EDICTO

En cumplimiento a lo ordenado por proveído de fecha veinticinco de agosto del presente año, dictado en los autos del juicio QUIEBRA de MARGOL, S.A. DE C.V. expediente número 20/95; en el cuaderno PRINCIPAL TOMO II; dicto una sentencia de fecha seis de julio de mil novecientos noventa y ocho, que decreto en estado de quiebra a la empresa MARGOL, S.A. DE C.V., designado como sindico en el presente juicio a SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, se señalo como interventor provisional a MULTIBANCO MERCANTIL PROBURSA, S.A. DE C.V., se tiene como fecha de retroacción provisional
el "veintisiete de enero de mil novecientos noventa y cinco día diez de febrero de mil novecientos noventa y cuatro", se concede el término de cuarenta y cinco días para que presenten sus créditos los acreedores de la empresa; se prohíbe hacer pago o entrega de bienes de cualquier clase al deudor, bajo el apercibimiento
de doble pago.

México, D.F., a 4 de septiembre de 2008.

La C. Secretario de Acuerdos del Juzgado Sexagésimo Tercero Civil

Lic. Esmeralda Cid Camacho

Rúbrica.

(R.- 274753)



Estado de México

Poder Judicial del Estado de México

Juzgado Cuarto Civil de Cuantía Mayor del Distrito Judicial de Toluca, México

Juzgado Cuarto Civil

Toluca, México

Primera Secretaría

EDICTO

EN EL EXPEDIENTE NUMERO 71/06, RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR JOSE MEZA MENA, EN CONTRA DE MANUEL TELLEZ ARCE Y GRACIELA GUADALUPE BECERRIL BECERRIL, EL JUEZ CUARTO CIVIL DE CUANTIA MAYOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, MEXICO, POR AUTO DE FECHA OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO, SEÑALO LAS TRECE HORAS DEL DIA DIECISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, RESPECTO DEL BIEN EMBARGADO EN EL PRESENTE JUICIO, CONSISTENTE EN UN INMUEBLE UBICADO EN TEMOAYA, ESTADO DE MEXICO; CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: 92.00 METROS CON CECILIA ABELINO REYES Y GREGORIO GIL REYES; AL SUR: 156.80 METROS CON TOMAS SUSANO; AL ORIENTE: 262.00. METROS CON CAÑO REGADOR; AL PONIENTE: 258.00 METROS CON RIO LERMA; CON UNA SUPERFICIE DE 32,340 METROS CUADRADOS; REGISTRADO ANTE EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, BAJO EL LIBRO UNO, VOLUMEN 349, PARTIDA 328 DE FECHA QUINCE DE DICIEMBRE DE 1994 A FAVOR DE MANUEL TELLEZ ARCE, POR LO QUE A TRAVES DE EDICTOS, ANUNCIESE SU VENTA EN FORMA LEGAL POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO; SIRVIENDO DE BASE PARA EL REMATE DEL BIEN INMUEBLE LA CANTIDAD DE $380.200,00 (TRESCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), CANTIDAD RESULTANTE DE LOS AVALUOS RENDIDOS EN AUTOS, SIENDO POSTURA LEGAL LAS DOS TERCERAS PARTES, DEL PRECIO QUE SIRVE DE BASE PARA EL REMATE. ASIMISMO MEDIANTE NOTIFICACION PERSONAL HAGASE SABER A LOS ACREEDORES GIMSA AUTOMOTRIZ, S.A. DE C.V., DINA TULTITLAN S.A. DE C.V. Y SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACION DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MEXICO QUE SE SACARA A LA VENTA EL BIEN INMUEBLE EMBARGADO EN TERMINOS DEL NUMERAL 1401 DEL CODIGO DE COMERCIO; Y TOMANDO EN CONSIDERACION QUE EL DOMICILIO DE GIMSA AUTOMOTRIZ, S.A. DE C.V. Y DINA TULTITLAN S.A. DE C.V. SE ENCUENTRA FUERA DE LA JURISDICCION DE ESTE JUZGADO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 1070 Y 1071 DEL CODIGO EN CITA, CON LOS INSERTOS NECESARIOS GIRESE ATENTO EXHORTO AL JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO DE METEPEC, MEXICO Y DEL DISTRITO FEDERAL MEXICO, RESPECTIVAMENTE, A EFECTO DE QUE EN AUXILIO DE LAS LABORES DE ESTE JUZGADO SE DE CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN LINEAS ANTERIORES. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE DEMANDADA Y A LOS ACREEDORES QUE APARECEN EN EL CERTIFICADO DE GRAVAMENES. TOLUCA, MEXICO VEINTIDOS DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO. DOY FE.

El Secretario

Lic. Francisco Vargas Ramírez

Rúbrica.

(R.- 274802)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Sexagésimo de lo Civil

Secretaría “B”

Expediente 458/2007

EDICTO

En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha once y dieciocho ambos del mes de agosto del año dos mil ocho. En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por AUTOFINANCIAMIENTO MEXICO, S.A. DE C.V., en contra de CHUC GARCIA FELIPE ALBERTO, expediente número 458/2007., El C. Juez Sexagésimo de lo Civil ordeno sacar a publica subasta en PRIMERA ALMONEDA el dia VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO A LAS ONCE HORAS, el inmueble ubicado en LA CALLE 18, NUMERO 419, COLONIA VICENTE GUERRERO, EN CAMPECHE, ESTADO DE CAMPECHE, para lo cual se deberan publicar los edictos por señalándose las ONCE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, debiéndose anunciar el presente remate por medio de edictos que se fijaran por TRES VECES dentro de NUEVE DIAS, en el diario oficial de la federación y en el tablero de avisos de este juzgado, señalándose como valor del inmueble la cantidad de CIENTO SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N., toda vez que el inmueble materia del remate se encuentra ubicado fuera de la jurisdicción de este juzgado con los anexos e insertos necesarios gírese atento exhorto al C. Juez Competente en Campeche, en Campeche, Estado de Campeche, para que en auxilio de las labores de este Juzgado se sirva ordenar las publicaciones de los edictos ordenadas en el presente auto, en las puertas del Juzgado correspondiente.- Notifíquese.-
Lo proveyó y firma el C. Juez.- Doy fe.

México, D.F., a 20 de agosto de 2008.

El C. Juez Sexagésimo de lo Civil del Distrito Federal

Lic. Carlos Aguilar Godínez

La C. Secretaria de Acuerdos

Lic. María Elvira Mendoza Ledesma

Rúbrica.

(R.- 274226)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

RAUL PEREZ TORRES, Tercero Perjudicado dentro de los autos del juicio de amparo 723/2008, se ordenó emplazarlo a juicio en términos de lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles supletorio a la Ley de la materia y se hace de su conocimiento que LA PARTE QUEJOSA JOSE ANTONIO MENDEZ ROQUE, interpuso demanda de amparo contra actos del JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE PUEBLA y otra autoridad; se le previene para que se presente al juicio de garantías de mérito dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, ya que en caso de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda, y las subsecuentes notificaciones se harán por medio de lista que se fija en los estrados de este JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO, quedando a su disposición en la Secretaría, las copias simples de traslado. Para su publicación en el periódico EXCELSIOR y en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, que deberá de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días.

San Andrés Cholula, Pue., a 5 de septiembre de 2008.

La Actuaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Puebla

Lic. Celia Fernández Sosa

Rúbrica.

(R.- 274799)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal

EDICTO

Por este medio, en relación con la causa 144/2007, que se instruye contra Braulio Medina Mendoza, por la comisión del delito Contra la salud, con fundamento en el artículo 83 del Código Federal de Procedimientos Penales, se notifica al testigo Aldo Torres López, que deberá comparecer, a las diez horas con treinta minutos del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, en el local de este Juzgado, sito en calle Reforma número ochenta, colonia Lomas de San Lorenzo Tezonco, delegación Iztapalapa, código postal 09780, anexo al Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, a fin de desahogar los careos procesales a su cargo.

Atentamente

México, D.F., a 8 de septiembre de 2008.

El Juez Decimosegundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal

Lic. Jesús Terríquez Basulto

Rúbrica.

(R.- 274996)



Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial

Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato

Quinta Sala Civil

Secretaría

EDICTO

Por este publicarse tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y Periódico Mayor Circulación del País, y emplácese por este medio a Plurimar Sociedad Anónima de Capital Variable, señalada como tercera perjudicada, por el quejoso Rodolfo Ledesma Camacho, en su carácter de apoderado legal de Maria Rosario Albiz Valle y José Maria Salegi Urbieta, quien interpuso demanda de amparo, por violación a los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; lo anterior con motivo de la resolución de fecha 24 de Abril del 2008, pronunciada por esta Quinta Sala Civil dentro del toca número 182/2008, formado con motivo de los recursos de apelación interpuestos tanto por el Licenciado Pedro Salgado Zuloaga, Notario Publico numero 27 de la ciudad de Irapuato, Guanajuato; así como por Ma. Antonieta Barragán, albacea de la sucesión testamentaria a bienes de Elena Barragán Mendoza, en contra de la sentencia de fecha 14 catorce de Diciembre del 2007, dictada por la C. Juez Tercero Civil de Partido de Irapuato, Guanajuato, dentro del Juicio Ordinario Civil número C-682/2006, sobre nulidad de convenio de división, nulidad de compraventa y otras prestaciones, promovido por el Licenciado Rodolfo Ledesma Camacho, en su carácter de apoderado legal de María rosario Albiz Valle y José Maria Salegi Urbieta, en contra de Aurora del Carmen Barragán Valdez, Alma Rosa Aurora Arrioja Barragán, Ana Lilia Arrioja Barragán, Miguel Acevedo Buchanan, del Encargado del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la ciudad de Irapuato, Guanajuato, Pedro Salgado Zuloaga Notario Publico numero 27 del Partido Judicial de Irapuato, Guanajuato; así como de Plurimar Sociedad Anónima de Capital Variable; se hace saber a la tercera perjudicada que tiene el término de 30 treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a la última de las publicaciones efectuados en el Diario Oficial de la Federación, para que se presente a esta Quinta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato; a deducir sus intereses, apercibido que de no hacerlo por sí, apoderado o gestor, se seguirá juicio de amparo en su rebeldía, haciéndole ulteriores notificaciones en el rotulón del Tribunal Colegiado en Materias Civil y del Trabajo del Decimosexto Circuito; en turno fíjese en la tabla de Avisos de esta Sala, copia del proveído que ordena el emplazamiento y de la demanda de garantías.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Guanajuato, Gto., a 19 de agosto de 2008.

La Secretaria de Acuerdos de la Quinta Sala Civil

Lic. Gabriela Quezada Torres

Rúbrica.

(R.- 274925)



Estado de México

Poder Judicial

Juzgado Cuarto Civil de Cuantía Mayor del Distrito Judicial de Toluca, México

Juzgado Cuarto Civil

Toluca, México

Primera Secretaría

EDICTO

En el expediente número 347/07, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por MIGUEL RODRIGUEZ DIAZ, A TRAVES DE SUS ENDOSATARIOS EN PROCURACION LICENCIADO JOSE GABRIEL ESTRADA GARCIA Y/O LICENCIADO RAUL ESTRADA FRANCO, en contra de MIGUEL MONTIEL TENORIO y de LOURDES MIRELES SANCHEZ, el Juez Cuarto Civil de Cuantía Mayor del Distrito Judicial de Toluca, México, por auto de fecha veinte de agosto del dos mil ocho, señaló las TRECE HORAS DEL DIA VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE; respecto del bien embargado en el presente juicio, consistente en el lote 12, Manzana C, ubicado en Calle Emiliano Zapata, número 24, Fraccionamiento Ampliación San Esteban, en términos del Pueblo San Esteban Huitzilasco, Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México; con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 24.20 metros con LOTE 11; AL SUR: 26.20 metros con LOTE 13; AL ORIENTE: 8.00 metros con LOTE 37; y AL PONIENTE: 8.27 metros con CALLE; con una superficie total de 201.60 metros cuadrados; inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Naucalpan, México, bajo la Partida número 656, Volumen 1050, Libro Primero, Sección Primera, de fecha veintiocho de junio de mil novecientos noventa y uno. Por lo que a través de edictos, anúnciese su venta en forma legal por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos de este Juzgado y en el lugar de la ubicación del inmueble; sirviendo de base para el remate la cantidad de $890,000.00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad resultante del avalúo rendido por el perito designado por la parte actora y dada la conformidad de la parte demandada, siendo postura legal las dos terceras partes, del precio que sirve de base para el remate. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE DEMANDADA. Toluca, México a veintiséis de agosto del dos mil ocho. DOY FE.

El Secretario

Lic. Francisco Vargas Ramírez

Rúbrica.

(R.- 274364)

Estado de México

Poder Judicial

Juzgado Cuarto Civil de Toluca

Segunda Secretaría

Toluca, Méx.

EDICTO

En el expediente 70/06, relativo al Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por MANUEL EDUARDO PLATA DIAZ en contra de MANUEL TELLEZ ARCE Y GRACIELA GUADALUPE BECERRIL BECERRIL, El Licenciado ALEJANDRO VELAZQUEZ CONTRERAS Juez Cuarto Civil de Toluca, señaló las TRECE HORAS DEL DIA DIECISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la celebración de la primer almoneda de remate en este juicio y relativa al inmueble embargado consistente en un terreno con superficie de 32,340.00 metros cuadrados ubicados en Temoaya, Estado de México, inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Libro Uno, Volumen 349, partida 328, del quince de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, siendo el precio base para el remate la cantidad que cubra las dos terceras partes de $380,200.00 (TRESCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS PESOS CERO CENTAVOS), valor este determinado en los avalúos exhibidos por los peritos de los contendientes; por lo anterior publíquese la venta de este por tres veces dentro de nueve días en al Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de avisos de este Juzgado, debiendo para ello citarse a los acreedores DINA TULTITLAN, S.A. DE C.V., GIMSA AUTOMOTRIZ, S.A. DE C.V., y SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACION DEL ESTADO DE MEXICO en los domicilios señalados en autos, la fecha fijada para el remate de referencia a efecto de que si así lo estiman comparezcan a la diligencia de referencia y deduzcan sus derechos; para ello, gírense los exhortos correspondientes a Metepec, México y Distrito Federal; por todo lo anterior, se convocan postores. Dado en la ciudad de Toluca, México, a los veintinueve días de agosto del dos mil ocho.- DOY FE.

El Secretario

Lic. Ricardo Novia Mejía

Rúbrica.

(R.- 274719)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Octavo de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES.

Juicio Ejecutivo Mercantil 70/2007, promovido por CARLOS EFREN FERRAO ROJAS Y RAYMUNDO CERVANTES SAMANIEGO, en su carácter de endosatarios en procuración de MA. DE LOS ANGELES FRANCO DIAZ, contra AGUSTIN BOLAÑOS HERRERA, se anuncia remate del bien inmueble que se hace consistir en el predio fusionado formado por los lotes 9 y 11 de la manz. 15 del fraccionamiento Villa Carmel y casa construida marcada con el número 1805 o 1809 del Boulevard Guadalupe Victoria del Fraccionamiento antes citado, cuyo valor asciende a la cantidad de $3,005,200.00 TRES MILLONES CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N., resultado del avalúo, siendo postura legal las dos terceras partes que es la cantidad de $2,003,466.66 DOS MILLONES TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 M.N., la respectiva audiencia se realizará a las ONCE HORAS DEL DIA QUINCE DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, en el local del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Puebla, quedando los autos a disposición de los interesados para que tomen los datos que estimen pertinentes, debiendo hacer posturas y pujas por escrito reuniendo los requisitos del artículo 481 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio, las que se presentarán a partir del día siguiente de la publicación del último edicto, venciéndose el término un minuto antes de las ONCE HORAS DEL DIA QUINCE DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, previa toma de lista de los postores que se presenten.

Atentamente

San Andrés Cholula, Pue., a 3 de septiembre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado

Lic. Jeanette Wendolyne Espinosa Flores

Rúbrica.

(R.- 274509)

Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial

Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato

Primera Sala Civil

EDICTO

Por el presente publíquese tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y Periódico de Circulación Nacional y hágase saber al ciudadano Sergio González Rangel, la interposición de la demanda de amparo promovida por el Licenciado Jesús Martínez Zavala, en su calidad de apoderado legal de “Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte”, contra actos de esta Primera Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato, consistentes en la resolución de fecha 30 treinta de abril de 2008 dos mil ocho, dictada en el Toca 175/2008, con motivo de
la apelación interpuesta en contra de sentencia pronunciada por la C. Juez de Partido Sexto Civil en León, Guanajuato, en el Juicio Ejecutivo Mercantil número 731/96-M, promovido por la hoy parte quejosa en contra de Sergio González Rangel y otro; para que en el término de 30 treinta días comparezca ante el Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito en turno, a defender sus derechos en su carácter de tercero perjudicado.

Guanajuato, Gto., a 22 de agosto de 2008.

La Secretaria de Acuerdos de la Primera Sala Civil del

Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Guanajuato

Lic. Margarita Rodríguez Huichapa

Rúbrica.

(R.- 274909)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

En los autos del juicio ejecutivo mercantil número 137/2007-B, seguido por Concretos Apasco, Sociedad Anónima de Capital Variable contra Aguirsa, Sociedad Anónima de Capital Variable y otros, se dictó un auto con fecha ocho de septiembre de dos mil ocho, mediante el cual se ordena sacar a venta en primera almoneda los bienes de los demandados Aguirsa, Sociedad Anónima de Capital Variable, Alejandra del Carmen Peña Coronado y Rosa María Aguirre Muñoz, así como del obligado solidario Juan Carlos Aguirre Torres, consistentes en: lote de terreno marcado con el número veinticinco, manzana cuatro, colonia Habitacional Campestre Residencial el Encanto, primera sección, León, Guanajuato, con folio real R20*214619 a nombre de Rosa María Aguirre Muñoz; lote de terreno marcado con el número veinticuatro, manzana cuatro, colonia Habitacional Campestre Residencial el Encanto, primera sección, León Guanajuato, con folio real R20*214618 a nombre de Juan Carlos Aguirre Torres y Parcela doscientos setenta y dos
(272) Z 1 P 1-2, Ejido de la Loza de los Padres, con una superficie de dos hectáreas, cincuenta y cinco áreas, treinta y ocho punto treinta y cuatro centiáreas, León Guanajuato, con folio real R20*157045; convocándose postores a efecto que acudan a este juzgado a las DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DIA DIECISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, fecha y hora en que tendrá verificativo la audiencia de remate de los bienes inmuebles embargados en autos, fijándose como precio base la cantidad de $2’079,400.00 (dos millones setenta y nueve mil cuatrocientos pesos moneda nacional), y teniéndose como postura legal las dos terceras partes de dicha cantidad.

Ciudad de México, D.F., a 8 de septiembre de 2008.

La Secretaria

Lic. Martha Angélica Trujillo Arias

Rúbrica.

(R.- 274936)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito

Guanajuato

EDICTO

Por medio este publíquese tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación; en el periódico denominado “Excélsior” el cual corresponde a uno de mayor circulación en la República Mexicana, así como en el diario llamado “Correo” que corresponde a uno de los de mayor circulación diaria a nivel regional en esta entidad federativa, haciéndole saber a los terceros perjudicados JAVIER GONZALEZ HERNANDEZ, JUAN CARLOS GONZALEZ BARRON, JUAN CRESPO DUEÑAS y VICTOR HERNANDEZ GARCIA, que deberán presentarse en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, con domicilio en carretera cuatro carriles Guanajuato-Silao, kilómetro 6.5, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, como se dispone en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles supletorio a la Ley de Amparo, a efecto de ser emplazados a juicio y a defender sus derechos como terceros perjudicados en el juicio de amparo I-1036/2007, promovido por JOSE LUIS BARROSO GUERRA, en representación de la persona moral denominada “CAJA POPULAR 9 DE AGOSTO SALAMANCA” SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos del Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, con sede en Irapuato, Guanajuato, y otras autoridades, consistente en la resolución interlocutoria de fecha ocho de agosto de dos mil siete, y las violaciones dentro del procedimiento; quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la demanda que le corresponde; en la inteligencia de que si transcurrido el plazo a que se ha hecho alusión no comparecen, se continuará con el trámite del juicio de amparo sin su intervención y las subsecuentes notificaciones se les harán por lista.- Doy Fe.

Guanajuato, Gto., a 15 de agosto de 2008.

La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado

Lic. Mariana Torres Cornejo

Rúbrica.

(R.- 275139)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Cuarta Sala Civil

EDICTO

MAXI PRODUCTOS ALIMENTICIOS S.A. DE C.V.

Por auto de fecha DIECIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL OCHO, dictado en el cuaderno de amparo relativo al toca 1042/2007/3, por ignorarse su domicilio, a pesar de la investigación con resultados negativos, se ordenó emplazarlo por edictos para que dentro de los treinta días siguientes a la última publicación de éste edicto, se apersone ante la Secretaría de Acuerdos de la Cuarta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a recibir las copias simples de la demanda de amparo presentada por la parte demandada en contra de la resolución de fecha seis de febrero del dos mil ocho, que obra en el toca antes señalado y confirma la sentencia definitiva dictada el veinte de noviembre del dos mil siete, por la Juez Primero de lo Civil en el Distrito Federal, en el juicio ejecutivo mercantil seguido por Maxi Productos Alimenticios S.A. de C.V. contra Miguel Angel Cruz Becerril, hecho lo cual debe comparecer dentro del término de DIEZ DIAS ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito respectivo, a defender sus derechos.

Atentamente

México, D.F., a 18 de agosto de 2008.

El Secretario de Acuerdos de la Cuarta Sala Civil

Lic. Héctor Julián Aparicio Soto

Rúbrica.

(R.- 275142)



AVISO AL PUBLICO

Se comunica que para las publicaciones de estados financieros, éstos deberán ser presentados en un solo archivo. Dicho documento deberá estar capturado en cualquier procesador de textos WORD.

Atentamente

Diario Oficial de la Federación

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Decimotercero de Distrito

Tijuana, B.C.

Secretaría Amparo

Juicio de Amparo 313/2008

EDICTO

Emplazamiento a JOSE SIMON ENRIQUEZ y ROSA MARIA MAYA RUIZ. Al margen, sello Escudo Nacional, dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Decimotercero de Distrito, Tijuana, Baja California.

Juicio de Amparo número 313/2008, promovido por Jesús Mendoza Andrade, contra actos del Juez Quinto Civil, con sede en esta ciudad, y otras autoridades, de quienes se reaclama lo siguiente:

“…De la Ordenadora.- La C. Juez Quinto de Primera Instancia de lo Civil con residencia en esta ciudad, se reclama todo lo actuado dentro del expediente número 47/2008, relativo al juicio ejecutorizo mercantil promovido por el ahora tercero perjudicado de nombre JOSE SIMON ENRIQUEZ en contra de la también tercero perjudicada señora ROSA MARIA MAYA RUIZ, a partir del auto admisorio de la demanda, así como la falta de emplazamiento al suscrito quejoso, incluyendo todos los autos, acuerdos y proveídos dictados hasta pronunciar la sentencia definitiva de fecha siete de mayo de dos mil siete”.---“También se le reclama el auto de fecha doce de diciembre de dos mil siete, mediante el cual ordenó sacar a remate el predio de mi propiedad y posesión, es decir, el bien inmueble identificado como lote de terreno número 27 de la manzana 129, con superficie de 164.00 metros cuadrados, Sección El Dorado del Fraccionamiento Playas de Tijuana de esta ciudad, e inscrito bajo la partida de inscripción número 5387688, sección civil de fecha seis de septiembre de dos mil cuatro, así como las construcciones allí existentes”.--- “Así mismo se le reclama la resolución judicial dictada dentro de la audiencia de remate en primera almoneda, de fecha treinta de enero del cursante año dos mil ocho, mediante la cual adjudicó al tercero perjudicado de nombre JOSE SIMON ENRIQUEZ el bien inmueble de mi propiedad y posesión y las construcciones allí existentes”.--- “Por otra parte se reclama la orden de inscribir ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de esta ciudad, el embargo trabado en autos sobre el bien inmueble y construcciones de mi propiedad y posesión, girando para tal efecto, el oficio número 2880 de fecha dieciséis de noviembre de dos mil siete”. “De igual forma, se le reclama el auto de fecha catorce de abril del cursante año dos mil ocho, mediante el cual ordenó poner en posesión material y jurídica al prenombrado adjudicatario y actor del juicio de donde se derivan los actos reclamados, respecto del bien inmueble de mi propiedad y posesión, así como de las construcciones allí existentes, autorizando inclusive, el auxilio de la fuerza pública y el rompimiento de cerraduras en caso de ser necesario, girando para tale efecto, el oficio correspondiente al C. Secretario de Seguridad Pública Municipal”.
---“Finalmente se le reclaman todas las demás consecuencias que de hecho y de derecho se deriven de lo actuado dentro del expediente número 47/2007, relativo al juicio ejecutivo mercantil promovido por el señor JOSE SIMON ENRIQUEZ en contra de la señora ROSA MARIA MAYA RUIZ”.--- “De la Ejecutora.-
El C. Secretario Actuario adscrito al Juzgado Quinto de Primera Instancia de lo Civil con residencia en esta ciudad, se reclama la ejecución material que le dio a la orden judicial de fecha catorce de abril del corriente año dos mil ocho, dictada por la responsable ordenadora, en el sentido de poner en posesión material y jurídica al adjudicatario, actor y ahora tercero perjudicado JOSE SIMON ENRIQUEZ respecto del bien inmueble rematado en autos, que es de mi propiedad y posesión, cuyos datos de identificación ya quedaron transcritos con anterioridad y a los que desde luego me remito en obvio de repeticiones innecesarias y en atención al principio de economía procesal.--- “De la Ejecutora.- El
C. Secretario de Seguridad Pública Municipal con residencia en esta ciudad, se reclama el auxilio de la fuerza pública que le fue presa al
C. Secretario Actuario adscrito al Juzgado Quinto de lo Civil, a efecto de dar cumplimiento material a la orden de
poner en posesión material y jurídica al ahora tercero perjudicado señor JOSE SIMON ENRIQUEZ respecto del bien inmueble ampliamente descrito con anterioridad, así como las construcciones en él existentes”.--- “De la ejecutora.- El C. Registrador Público de la Propiedad y de Comercio con residencia en esta ciudad, se reclama concretamente la ejecución material que le dio a la orden judicial emitida por la responsable ordenadora, en el sentido de inscribir el embargo trabado sobre el predio de mi propiedad y posesión, así como las construcciones allí existentes, e identificado como lote de terreno número 27 de la manzana 129, con superficie de 164.00 metros cuadrados, de la Sección El Dorado del Fraccionamiento Playas de Tijuana de esta ciudad, e inscrito bajo la partida de inscripción número 5387688, sección civil de fecha seis de septiembre de dos mil cuatro….”

Por auto de esta fecha se acordó emplazar a los terceros perjudicados José Simón Enríquez y Rosa María Maya Ruiz, por EDICTOS que deberán publicarse tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, en el periódico “Excélsior” de la ciudad de México, Distrito Federal y en el periódico el “Mexicano” de esta ciudad, haciéndoles saber que podrán presentarse dentro de treinta días contados al siguiente de la última publicación, apercibidos que de no hacerlo, las posteriores notificaciones les surtirán por lista en los estrados de esta Tribunal; en la inteligencia de que se señalaron las nueve horas con cuarenta minutos del día cinco de septiembre de dos mil ocho, para la celebración de la audiencia constitucional en este juicio, sin que ello implique que llegada la fecha constituya un impedimento para la publicación de los edictos; ya que este juzgado vigilará que no se deje en estado de indefensión a los terceros perjudicados de referencia.

Tijuana, B.C., a 4 de septiembre de 2008.

2008, Año de la Educación Física y el Deporte”

La Secretaria del Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de Baja California

Lic. María Verónica Zavala Hermosillo

Rúbrica.

(R.- 275144)

Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala

Concurso Mercantil 99/2008

EDICTO

COMERCIANTE: AZT INTERNACIONAL, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su representante legal MIGUEL ANGEL FERRER HADAD.

A todo aquel que se crea con derecho se le hace saber:

Que en los autos del concurso mercantil número 99/2008, en cumplimiento a la sentencia de fecha catorce de agosto de dos mil ocho, se ordena la publicación de un extracto de la misma que en sus puntos resolutivos dice:

PRIMERO. Es procedente la solicitud de Concurso Mercantil al haberse acreditado en autos que la solicitante del concurso, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley de Concursos Mercantiles incurrió en incumplimiento generalizado en el pago de sus obligaciones, por lo que con esta fecha (ocho de agosto de dos mil ocho), se declara en Concurso Mercantil a “AZT INTERNACIONAL”, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, quien tiene los siguientes domicilios:

a) Reforma Sur, número veintisiete interior “A”, Panzacola, Estado de Tlaxcala.

b), Reforma Sur Número veintisiete Nave 1-2-3-4, Panzacola, Estado de Tlaxcala.

c), Calle Agustín Melgar y Juan de la Barrera, sin número San Lorenzo Teotipilco, Tehuacan, Estado de Puebla.

SEGUNDO. Con fundamento en el artículo 43, fracción V, de la Ley de Concursos Mercantiles, se declara abierta la etapa de conciliación por ciento ochenta y cinco días naturales, sin perjuicio de lo demás ordenado por el artículo 145 de la citada ley.

TERCERO. ...

CUARTO. Sin que la siguiente relación agote el procedimiento de reconocimiento, graduación y prelación de créditos se hace del conocimiento de los interesados que del contenido del dictamen emitido por el visitador se desprende que son acreedores del comerciante:

TARRANT DE MEXICO SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA DE

CAPITAL VARIABLE

LOTE 5, 6, 7 Y 15 CALLE C. MANZANA 6.

COL. PARQUE INDUSTRIAL PUEBLA 2000.

PUEBLA, PUEBLA.

TARRANT DE MEXICO SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

(SUCURSAL TLAXCALA)

LOTE 1 A, B Y C S/N

COL. SAN DIEGO XOCOYLCAM

CORREDOR INDUSTRIAL IXTACUIXTLA

IXTACUIXTLA, TLAXACALA.

AZT INMOBILIARIA SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA DE

CAPITAL VARIABLE

REFORMA SUR 27.

SIN COLONIA.

PANZACOLA, TLAXACALA.

C.P. 90796.

TEE TEASE INC.

SLAUSON AVE 5804-E

CALIFORNIA, USA.

C.P. 90040.

ACABADOS Y CORTES TEXTILES

SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

LOTE I ABC S/N

COL. SAN DIEGO ZOCOYUCAN

IXTAQUIXTLA, TLAXACALA

SOLO CONFECCIONES, SOCIEDAD

ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE.

AV. LUIS AUDIRAC 5.

COL. COYOTZINGO

TEZIUTLAN, PUEBLA

C.P. 72850.

GLOBAL DENIM SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE.

LOTE 2, MANZANA 2.

CORREDOR INDUSTRIAL QUETZALCOATL.

SAN MARTIN TEXMELUCAN, PUEBLA

EMPAQUES SAN ALEJANDRO SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

PRIVADA 10 PONIENTE 2927.

COL. VILLA SAN ALEJANDRO.

PUEBLA, PUEBLA.

C.P. 72580.

VEGA CASTRO IGNACIA.

AV. CRUZ COLORADA 19.

SEGUNDA SECCION, SANTA INES ZACATELCO.

ZACATELCO, TLAXCALA.

C.P. 90740.

SPINTEX SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE.

KM 14.5 CARRETERA FEDERAL PUEBLA-

TLAXCALA.

SAN FRANCISCO PAPALOTLA, TLAXCALA.

BECKTEL SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE.

ESCAPE 5.

FRACCIONAMIENTO INDUSTRIAL ALCE

BLANCO.

NAULCALPAN DE JUAREZ.

ESTADO DE MEXICO.

C.P. 53370.

INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA

VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.

SUBDELEGACION TEHUACAN

CALZADA LOPEZ MATEOS 3210, LOCAL 16

COL. CENTRO.

TEHUACAN, PUEBLA.

RETIRO CESANTIA Y VEJEZ.

ADOLFO LOPEZ MATEOS 310 ALTOS.

COL. CENTRO.

TEHUACAN, PUEBLA.

INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA

VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.

SUBDELEGACION TLAXCALA.

BOULEVARD REVOLUCION 56.

COL. ATEMPAN.

TLAXCALA, TLAXCALA.

RETIRO CESANTIA Y VEJEZ TLAXCALA.

BOULEVARD GUILLERMO VALLE 115.

COL. CENTRO.

TLAXCALA, TLAXCALA.

I.S.R. EJERCICIO 2002 S/G DICTAMEN FISCAL.

I.S.R. SALARIOS.

SECRETARIA DE FINANZAS DEL

ESTADO DE PUEBLA.

CALZADA LOPEZ MATEOS 3210.

COL. CENTRO.

TEHUACAN, PUEBLA.

C.P. 72580.

VEGA CASTRO IGNACIA

AV. CRUZ COLORADA 19.

SEGUNDA SECCION SANTA INES ZACATELCO.

ZACATELCO, TLAXCALA.

C.P. 90740.

SPINTEX SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE.

KM 14.5 CARRETERA FEDERAL PUEBLA-

TLAXCALA.

SAN FRANCISCO PAPALOTLA, TLAXCALA.

BECKTEL SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE.

ESCAPE 5.

FRACCIONAMIENTO INDUSTRIAL ALCE

BLANCO.

NAULCALPAN DE JUAREZ.

ESTADO DE MEXICO.

C.P. 53370.

INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA

VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.

SUBDELEGACION TEHUACAN

CALZADA LOPEZ MATEOS 3210, LOCAL 16.

COL. CENTRO.

TEHUACAN, PUEBLA.

RETIRO CESANTIA Y VEJEZ.

ADOLFO LOPEZ MATEOS 310 ALTOS.

COL. CENTRO.

TEHUACAN, PUEBLA.

INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA

VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.

SUBDELEGACION TLAXCALA.

BOULEVARD REVOLUCION 56.

COL. ATEMPAN.

TLAXCALA, TLAXCALA.

RETIRO CESANTIA Y VEJEZ TLAXCALA.

BOULEVARD GUILLERMO VALLE 115.

COL. CENTRO.

TLAXCALA, TLAXCALA.

I.S.R. EJERCICIO 2002 S/G DICTAMEN

FISCAL.

I.S.R. SALARIOS.

SECRETARIA DE FINANZAS DEL

ESTADO DE PUEBLA.

CALZADA LOPEZ MATEOS 3210.

COL. CENTRO.

TEHUACAN, PUEBLA.

SEPTIMO. Se hace del conocimiento de los acreedores residentes en la Republica Mexicana que aquellos que así lo deseen presenten al conciliador en el domicilio que este señale para el cumplimiento de sus obligaciones sus solicitudes de reconocimiento de crédito conforme a lo dispuesto por el articulo 125 de la Ley de Concursos Mercantiles, sin perjuicio de los ordenado en el resolutivo que antecede. Los acreedores residentes en el extranjero podrán presentar dichas solicitudes en un plazo de cuarenta y cinco días naturales conforme al artículo 291 de la Ley de Concursos Mercantiles.

OCTAVO. ...

NOVENO. ...

DECIMO. Se ordena al comerciante suspender el pago de adeudos contraídos con anterioridad a la fecha en que comience a surtir efectos esta sentencia de concurso mercantil; salvo los que sean indispensables para la operación ordinaria de la empresa, respecto de los cuales deberá informar a este juzgado dentro de las veinticuatro horas siguientes de efectuados, esto de conformidad con lo establecido en el articulo 43 fracción VIII de la Ley de Concursos Mercantiles.

DECIMO PRIMERO. Con apoyo en el precepto 43 fracción IX de la ley de la materia, se ordena que durante la etapa de conciliación sea suspendido todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del comerciante con las excepciones a que se refiere el articulo 65 de la Ley de Concursos Mercantiles, es decir, el mandamiento de embargo o ejecución de carácter laboral en términos de los dispuesto en la fracción XXIII del apartado A del articulo 123 constitucional y sus disposiciones reglamentarias, considerando los salarios de los dos años anteriores al concurso mercantil. Sin perjuicio de lo anterior las acciones promovidas y los seguidos contra él, que se encuentren en trámite al dictarse esta sentencia que tengan un contenido patrimonial no se acumularán al juicio concursal sino que se seguirán por el comerciante bajo la vigilancia del conciliador para lo cual el concursado deberá informar al especialista de la existencia de dichos procedimientos al día siguiente de que sea de su conocimiento su designación como establece el articulo 84 de la Ley de Concursos Mercantiles.

DECIMO SEGUNDO. En términos del numeral 43 fracción XI y 45 de la Ley de Concursos Mercantiles se ordena al conciliador que dentro de los cinco días siguientes a su designación tramite la publicación de un extracto de esta sentencia por una vez en el Diario Oficial de la Federación y en los Periódico “El Sol de Tlaxcala”, por ser éste último uno de los de mayor circulación en esta capital, para lo cual se ordena, desde ahora, elaborar los edictos conteniendo dicho extracto y los oficios correspondientes y ponerlos a disposición del conciliador.

DECIMO TERCERO. Asimismo, en términos del artículo 89 de la Ley de Concursos Mercantiles, se hace del conocimiento de las partes que a partir de la fecha en que se dicte la sentencia de concurso mercantil:

I. El capital y los accesorios financieros insolutos de los créditos en moneda nacional, sin garantía real, dejarán de causar intereses y se convertirán a UDIs utilizando al efecto la equivalencia de dichas unidades que da a conocer el Banco de México. Los créditos que hubieren sido denominados originalmente en UDIs dejarán de causar intereses;

II. El capital y los accesorios financieros insolutos de los créditos en moneda extranjera, sin garantía real, independientemente del: lugar en que originalmente se hubiere convenido que serían pagados, dejarán de causar intereses y se convertirán a moneda nacional al tipo de cambio determinado por el Banco de México para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Dicho importe se convertirá, a su vez, a UDIs en términos de lo previsto en la fracción anterior, y

III. Los créditos con garantía real, con independencia de que se hubiere convenido inicialmente que su pago sería en la República Mexicana o en el extranjero, se mantendrán en la moneda o unidad en la que estén denominados y únicamente causarán los intereses ordinarios estipulados en los contratos, hasta por el valor de los bienes que los garantizan.

Para los efectos de determinar la participación de los acreedores con garantía real en las decisiones que les corresponda tomar conforme a la Ley especial de la materia, el monto de sus créditos a la fecha de declaración del concurso, se convertirá a UDIs en términos de lo establecido para los créditos sin garantía real en las fracciones I y II de este artículo. Los acreedores con garantía real participarán como tales por este monto, independientemente del valor de sus garantías, salvo que decidan ejercer la opción prevista en el párrafo siguiente.

Cuando un acreedor con garantía real considere que el valor de su garantía es inferior al monto del adeudo por capital y accesorios a la fecha de declaración del concurso mercantil, podrá solicitar al juez que se le considere como acreedor con garantía real por el valor que el propio acreedor le atribuya a su garantía, y como acreedor común por el remanente. El valor que el acreedor le atribuya a su garantía se convertirá en UDIs al valor de la fecha de declaración del concurso mercantil. En este caso, el acreedor deberá renunciar expresamente, en favor de la Masa, a cualquier excedente entre el precio que se obtenga al ejecutar la garantía y el valor que le atribuyó, considerando el valor de las UDIs de la fecha en que tenga lugar la ejecución.

DECIMO CUARTO. ...

DECIMO QUINTO. Expídase a costa de las partes que lo soliciten, copia certificada de esta sentencia, como lo establece la fracción XV del artículo 43 de la Ley de Concursos Mercantiles.

DECIMO SEXTO. Notifíquese personalmente esta sentencia al comerciante y al visitador. Notifíquese esta sentencia por correo certificado con acuse de recibo a las autoridades fiscales competentes

...

Así también notifíquese a los acreedores residentes en la República Mexicana de cuyos domicilios se tiene conocimiento, sin perjuicio de que, en el evento de imposibilidad para notificar a los acreedores en la forma anteriormente ordenada, se entenderán notificados de la declaración del concurso mercantil en el día en que se haga la última publicación de las señaladas en el décimo segundo punto resolutivo. Al acreedor con domicilio conocido residente en el extranjero (Estados Unidos de Norteamérica), se ordena notificarle esta sentencia en términos del artículo 291 de la Ley de Concursos Mercantiles, mediante el envío a través de los servicios de una empresa de mensajería internacional con acuse de recibo, de un comunicado que contenga un extracto de la sentencia, básicamente de aquellos resolutivos que contienen requerimientos para los acreedores y, la identificación del nombre y domicilio del conciliador que se designe, a fin de que si a sus intereses conviene le soliciten expresamente el reconocimiento de su crédito, dentro del plazo ampliado de cuarenta y cinco días naturales siguientes a la recepción de la comunicación.

Así lo resolvió y firma el Licenciado IGNACIO MANUEL CAL Y MAYOR GARCIA Juez Primero de Distrito en la ciudad de Tlaxcala, con la licenciada ARTEMISA VENUS FERNANDEZ ANGEL, Secretaria que autoriza. Doy fe.”

La presente publicación se hace de acuerdo a lo establecido por el artículo 43, fracción Xl de la Ley de Concursos Mercantiles, para los efectos legales a que haya lugar, en el entendido que las partes que no hayan sido notificadas de la declaración de concurso mercantil en el día que se haga la última publicación de las señaladas en el artículo 45 del citado ordenamiento legal.

Publíquese por una sola ocasión en el Diario Oficial de la Federación y en el Sol de Tlaxcala.

Tlaxcala, Tlax., a 14 de agosto de 2008.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado

Lic. Job Rodríguez Pacheco

Rúbrica.

(R.- 274932)






AVISOS GENERALES





GOLDEN PACK, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA PARA CELEBRAR UNA ASAMBLEA GENERAL

ORDINARIA DE ACCIONISTAS

Con fundamento en lo previsto en los artículos séptimo, décimo primero y décimo segundo de los estatutos sociales de GOLDEN PACK, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, se convoca a los accionistas de dicha sociedad a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas que se celebrará el día veintinueve de septiembre de dos mil ocho a la 12:00 horas, en el domicilio social de Golden Pack, S.A. de C.V., en el que se desahogará el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I.- Discusión y, en su caso, aprobación de aportaciones para aumento de capital en su parte variable.

II.- Asuntos generales.

III.- Nombramiento de delegado de la Asamblea.

Ciudad de México, a 9 de septiembre de 2008.

Administrador Unico

C.P. José Luis Hernández Chávez

Rúbrica. (R.- 274911)



Estados Unidos Mexicanos

Procuraduría General de la República

Delegación Estatal Michoacán

Subdelegación de Procedimientos Penales “A”

Agencia del Ministerio Público de la Federación Especializada en Delitos contra la Salud

Morelia, Michoacán

Agencia Tercera Investigadora del Ministerio Público de la Federación

PUBLICACION POR EDICTO

AL PROPIETARIO DEL VEHICULO MARCA FORD, TIPO PICK UP, LINEA F-150 CUSTOM, MODELO 1988, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACION WD52480 DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, NUMERO DE IDENTIFICACION VEHICULAR 1FTEF15HXJKA42433, DE MANUFACTURA EXTRANJERA, QUE FUE ASEGURADA EL DIA DIEZ DE ENERO DEL AÑO DOS MIL OCHO. QUE DENTRO DE LA AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/MICH/A/18/08/INC/214/08, SE INSTRUYE EN ESTA REPRESENTACION SOCIAL DE
LA FEDERACION POR EL DELITO DE CONTRA LA SALUD, DONDE SE DICTO UN ACUERDO QUE A LA LETRA DICE:

“… DE LAS CONSTANCIAS QUE INTEGRAN LA PRESENTE INDAGATORIA SE ADVIERTE QUE NO ES NECESARIO SEGUIRSE RETENIENDO POR ESTA REPRESENTACION UN VEHICULO MARCA FORD, TIPO PICK UP, LINEA F-150 CUSTOM, MODELO 1988, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACION WD52480 DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, NUMERO DE IDENTIFICACION VEHICULAR 1FTEF15HXJKA42433, DE MANUFACTURA EXTRANJERA, ES POR LO QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 40 Y 41 DEL CODIGO PENAL FEDERAL, 2o. FRACCIONES II Y VI, 181, 182-A, 182-B, 182-C, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES ESTA REPRESENTACION SOCIAL DE LA FEDERACION:

ACUERDA

PRIMERO.- CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 40 Y 41 DEL CODIGO PENAL FEDERAL; 2o. FRACCIONES II Y VI, 181, 182-A, 182-B, 182-C, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. QUEDA EL VEHICULO MARCA FORD, TIPO PICK UP, LINEA F-150 CUSTOM, MODELO 1988, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACION WD52480 DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, NUMERO DE IDENTIFICACION VEHICULAR 1FTEF15HXJKA42433, DE MANUFACTURA EXTRANJERA, ASEGURADO A DISPOSICION DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO, CON SEDE EN ESTA CIUDAD.

SEGUNDO.- EN VIRTUD DE QUE SE DESCONOCE LA IDENTIDAD Y DOMICILIO DEL PROPIETARIO Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 181, 182-A, 182-B FRACCION II,
DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, NOTIFIQUESE POR EDICTOS EL ASEGURAMIENTO DE ESTA APERCIBIDO EL INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL DE NO ENAJENAR O GRAVAR LOS BIENES ASEGURADOS Y QUE DE NO MANIFESTAR LO QUE EN SU
DERECHO CONVENGA EN UN TERMINO NO MAYOR A TRES MESES SIGUIENTES A LA NOTIFICACION. ESTE BIEN CAUSARA ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL.

LO ANTERIOR PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Morelia, Mich., a 5 de agosto de 2008.

El Agente del Ministerio Público de la Federación

Titular de la Agencia Tercera Investigadora

Lic. Juan García Zúñiga

Rúbrica.

(R.- 274626)



Estados Unidos Mexicanos

Procuraduría General de la República

Subprocuraduría Investigación Especializada en Delincuencia Organizada

Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de

Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda

Coordinación General de Integración y Seguimiento

EDICTO

Se notifica a los CC. JUANA ADRIANA SEPULVEDA SEPULVEDA, RAMON SOLIS BEEVER Y RAMON SOLIS HERNANDEZ, el acuerdo de fecha 2 dos de julio de 2008 dos mil ocho, en los siguientes términos: “

“…TENGASE por recibido los escritos signados por Juana Adriana Sepúlveda Sepúlveda,
Ramón Solís Beever y Ramón Solís Hernández, promoviendo en la averiguación previa PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/111/2004, con los que señalaron lo siguiente: “…Que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 20 A) fracción IX de la Constitución Política de loe Estadios Unidos Mexicanos y en los artículos 124 Bis, 127 Bis, 128 fracción III inciso b) y demás aplicables del Código de Procedimientos Penales Federales, vengo a nombrar como mi representante legal ante esta Fiscalía al C. Lic Jorge Rene Flores García, para todos los efectos legales procedentes…”; documentos que se DAN FE de tener a la vista en términos del artículo 208 del Código Federal de Procedimientos Penales, los cuales se agregan a las presentes actuaciones para que surtan sus efectos legales conducentes.

VISTO el contenido de las peticiones hechas por los promoventes, mediante los cuales nombran como su representante legal al licenciado Jorge Rene Flores García; en ese sentido, hágase saber a los peticionarios que la averiguación previa PGR/SIEDO/UEIOFM/111/2004, con fecha 28 veintiocho de marzo de 2007, se ejerció acción penal dentro de los autos de la misma, por lo que NO HA LUGAR A ACORDAR FAVORABLE SU PETICION, Lo anterior con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21 y 102 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 4, 16, 103, del Código Federal de Procedimientos Penales; 2, 3, 4, 5, 7, 9, y 11 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en relación con los artículos 2 y 28 fracción III de su Reglamento, por lo que es de acordarse y se

ACUERDA

PRIMERO.- No ha lugar acordar favorable la petición que hicieron Juana Adriana Sepúlveda Sepúlveda, Ramón Solís Beever y Ramón Solís Hernández, en virtud de lo señalado en el cuerpo del presente acuerdo.

SEGUNDO.- En virtud de que los promoventes no señalaron domicilio para efectos de recibir notificación, hágase saber el contenido del presente acuerdo a través de las vías legales correspondientes.

CUMPLASE…”

Atentamente

México, D.F., a 11 de agosto de 2007.

El Agente del Ministerio Público de la Federación

Lic. Daniel Arellano Camacho

Rúbrica.

(R.- 274631)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de la Función Pública

Organo Interno de Control en el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública

Area de Responsabilidades

EDICTO

Maria Eugenia Rubi Harfush,

En el lugar donde se encuentre:

En cumplimiento a lo ordenado en el proveído del veinte de agosto de dos mil ocho, dictado dentro del procedimiento administrativo RESP-001/08, instruido en su contra, ya que Usted en el desempeño de su empleo como Jefe de Departamento en la Dirección General de Coordinación y Vigilancia de la A.P.F., del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, probablemente incurrió en conductas que pueden ser constitutivas de responsabilidad administrativa, con fundamento en los artículos 14, 16, 108, 109 fracción III y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37 fracción XVII, y XXVII y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 2, 3 fracción III, 4, 20, 21 fracción I, 23, y demás relativos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 9o. del Decreto de Creación del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública; 1, 2, penúltimo párrafo, 3 y 67 fracción I punto 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, se le cita a través de esta vía, concediéndosele un término de treinta días, para imponerse de los autos del citado procedimiento administrativo en el Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, sito en avenida México número 151, colonia Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, código postal 04100, México, Distrito Federal, para que tome conocimiento de la fecha y hora en que tendrá verificativo la audiencia de Ley prevista por el artículo 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Si pasado este término, no comparece personalmente, se seguirá el procedimiento en rebeldía, haciéndosele las subsecuentes notificaciones por rotulón, que se fijará en la puerta de esta área.

México, D.F., a 22 de septiembre de 2008.

La Titular del Area de Responsabilidades

Lic. Ana Yadira Alarcón Márquez

Rúbrica.

(R.- 274338)



Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de la Función Pública

Organo Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria

Area de Responsabilidades

Exp. Admvo. RES-770/2008

2008, Año de la Educación Física y el Deporte”

Oficio 101-03-2008-6632

Asunto: Citatorio para la audiencia prevista por el artículo 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

C. RUTH LILIANA KOHOUTEK VAZQUEZ GUZMAN

PRESENTE.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 108, 109 fracción III, y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3 fracción III, 4, 7, 8, 21, 24, 36, 37 y 47 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, reformada por Decreto de 26 de abril de 2006, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto siguiente; 12 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 2, segundo párrafo y 39 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; 37 fracciones XII y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, apartado D, segundo párrafo, 67 fracción I, punto 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, reformado mediante Decreto de 17 de junio de 2005, publicado en el mismo medio de difusión oficial el 21 siguiente; y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que regula el inicio y trámite del Procedimiento Administrativo Disciplinario en contra de servidores públicos; asimismo, establece que la notificación a que se refiere la citada fracción se practicará de manera personal al presunto responsable y entre la fecha de la citación y la de la audiencia deberá mediar un plazo no menor de cinco ni mayor de 15 días hábiles; con fundamento en los artículos 309 fracción I y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, de conformidad con su numeral 47, sírvase Usted comparecer a las 10:00 horas del décimo día hábil, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente citatorio, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación nacional, en las oficinas que ocupa esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control, ubicadas en avenida Hidalgo
número 77, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06300 en la Ciudad de México, Distrito Federal, para la celebración de la audiencia a que hace referencia este último precepto legal, a fin de que rinda su declaración en torno a los hechos que presuntamente se le imputan y que pueden ser causa de responsabilidad administrativa.

Lo anterior, en virtud de que mediante oficio número 101 04 00 00 00 2008 03695 de 19 de agosto de 2008, el Titular del Area de Quejas de este Organo Interno de Control, remitió el expediente de investigación número DP-643/2008-SFP, a fin de que se inicie el procedimiento administrativo de responsabilidades en contra de Usted, por probables irregularidades cometidas como Mando Ejecutivo (EE) Nivel EEC1, con funciones
de Jefe de Departamento de Control de Documentos, adscrita a la entonces Subadministración de Innovación y Calidad de León, hoy Administración General de Recursos y Servicios del Servicio de Administración Tributaria, consistentes en que:

Usted, como Mando Ejecutivo (EE) Nivel EEC1, con funciones de Jefe de Departamento de Control de Documentos, adscrita en la época de los hechos a la entonces Subadministración de Innovación y Calidad de León, hoy Administración General de Recursos y Servicios del Servicio de Administración Tributaria, presuntamente no presentó la Declaración de Conclusión de Situación Patrimonial, no obstante que estaba obligado a presentarla dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión de su encargo, el cual concluyó el treinta y uno de agosto de dos mil cinco, como se desprende de la copia certificada del Aviso de Cambio de Situación Patrimonial número 443-005 del dos de septiembre de dos mil cinco, en términos de lo dispuesto por los artículos 36 fracción II y 37 fracción II de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, lo que en la especie no aconteció, en consecuencia, presuntamente no salvaguardó el principio de legalidad que rigen entre otros, el actuar de los servidores públicos.

En atención a lo antes expuesto, se desprende que Usted, como Mando Ejecutivo (EE) Nivel EEC1, con funciones de Jefe de Departamento de Control de Documentos, adscrita a la entonces Subadministración
de Innovación y Calidad de León, hoy Administración General de Recursos y Servicios del Servicio de Administración Tributaria,
con su conducta presuntamente irregular incumplió lo establecido por los numerales 36 fracción II y 37 fracción II de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; infringiendo con ello lo dispuesto por los artículos 7 y 8 fracción XV, de la citada Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que disponen:

Por otra parte, se señala que con la presunta conducta irregular desplegada por Usted, no se causó un daño o perjuicio al Fisco Federal, ni obtuvo beneficio o lucro alguno, como se desprende del acuerdo de diecinueve de agosto de dos mil ocho, emitido por el Titular del Area de Quejas del Organo Interno de Control.

Se hace de su conocimiento que en la audiencia tiene derecho a ser asistida de un defensor, apercibiéndola que en caso de dejar de comparecer ante esta autoridad a la celebración de la audiencia, en la fecha, hora y lugar antes señalados sin causa justificada, para que rinda su declaración en torno a la conducta irregular que presuntamente se le imputa, se le tendrá por cierta la misma, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21, fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

En su comparecencia a la audiencia, objeto del presente citatorio, deberá traer consigo una identificación oficial vigente, con fotografía y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, de lo contrario las que sean necesarias realizar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en lugar visible de esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo establecido por los artículos 305, 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de conformidad con el numeral 47 de la
Ley antes citada.

No omito manifestarle que se encuentra a su disposición para consulta el expediente de responsabilidades RES-770/2008, y el de investigación DP-643/2008-SFP, relacionados con los hechos antes señalados, lo cual podrá realizar en días hábiles, de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00 horas, en las oficinas que ocupa esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control, para lo cual deberá traer consigo identificación oficial con fotografía vigente.

Asimismo, se habilita al personal adscrito a este Organo Interno de Control, para que realice la notificación del presente oficio citatorio en caso de ser necesario en días y horas inhábiles, en términos de lo dispuesto por el artículo 282 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 8 de septiembre de 2008.

El Titular del Area de Responsabilidades

Lic. Gabriel Ortiz Capetillo

Rúbrica.

(R.- 275092)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Vicepresidencia de Normatividad

Dirección General Técnica

Oficios 311-32012/2008 y 134-31855/2008

CNBV.311.311.26 (5602)“2008-08-21” <9>

Asunto: Se modifican los términos de la autorización para operar otorgada a Caja Hipódromo, S.C. de R.L. de C.V.

Caja Hipódromo, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.

Tepehuanes No. 709, Col. Hipódromo

C.P. 34270, Durango, Dgo.

At’n.: C. Héctor Vázquez Tinoco

Director General

Con fundamento en los artículos 9 y 10, antepenúltimo y penúltimo párrafos, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y con motivo de la reforma a los artículos 1, 2 y 3 de las bases constitutivas de esa sociedad, acordada en la asamblea general extraordinaria de socios celebrada el 9 de marzo de 2008, esta Comisión tiene a bien modificar la base Segunda, fracción I de la autorización para organizarse y funcionar como
Entidad de Ahorro y Crédito Popular que le fue otorgada mediante el oficio número 311-871158/2007
y 134-870731/2007 de fecha 18 de mayo de 2007, para quedar como sigue:

Segunda.- Caja Hipódromo, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., se sujetará a las disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, Ley General de Sociedades Cooperativas, a las demás que le sean aplicables
y particularmente a lo siguiente:

I.- Su denominación será “Caja Hipódromo”, la cual se usará seguida de las palabras Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo de Responsabilidad Limitada de Capital Variable o de su abreviatura
S.C. de A.P. de R.L. de C.V.

II.-

Atentamente

México, D.F., a 21 de agosto de 2008.

El Director General Técnico

Lic. Enrique Fernando Barrera Betancourt

Rúbrica.

El Director General de Supervisión de Entidades de Ahorro y Crédito Popular

Ing. Rodrigo Sánchez Arriola Luna

Rúbrica. (R.- 274953)



AVISO AL PUBLICO

REQUISITOS NECESARIOS PARA LA INSERCION DE DOCUMENTOS A PUBLICAR:

Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación de su documento, con dos copias legibles.

Original del documento a publicar en papel membretado, con sello legible, firma autógrafa y fecha de expedición del mismo, sin alteraciones y acompañado de dos copias legibles.

En caso de documentos a publicar de empresas privadas, deberá anexar copia de la cédula del R.F.C.

En caso de licitación pública o estado financiero, necesariamente deberá acompañar su documentación con un disquete en cualquier procesador WORD.

A partir del 1 de enero de 2007, el pago por derechos de publicación deberá efectuarse mediante el esquema para pago de derechos e5cinco del SAT en ventanilla bancaria o a través de Internet, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El comprobante de pago deberá presentarse (el original que devuelve la institución bancaria o la impresión original del pago realizado en Internet), acompañado de una copia simple. El original del pago será resguardado por esta Dirección.

LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARAN DE LA SIGUIENTE FORMA:

Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público recibidas los días miércoles, jueves y viernes, se publicarán el siguiente martes, y las recibidas en lunes y martes, se publicarán el siguiente jueves.

Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asambleas se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibido y pagado, y tres días después si se acompañan con disquete, mientras que los estados financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación.

El disquete deberá contener un solo archivo con toda la información.

Por ningún motivo se recibirá documentación que no cubra los requisitos antes señalados.

Horario de recepción de 9:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.

Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081. Fax extensión 35076.

Nota: Si envía la documentación por correspondencia o mensajería, favor de anexar guía prepagada de la mensajería de su preferencia, correctamente llenada, para poder devolverle la forma fiscal que le corresponde.

Atentamente

Diario Oficial de la Federación

PLAN CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.

(EN LIQUIDACION)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE AGOSTO DE 2008

(cifras expresadas en pesos)

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que por acuerdo tomado por la totalidad de los accionistas, el 30 de enero de 2006, se resolvió la disolución de la sociedad. Disuelta la sociedad se ha puesto en liquidación, habiéndose procedido a practicar el balance final de liquidación con cifras al 31 de agosto de 2008, el cual se publica por tres veces, de diez en diez días.

El balance, papeles y libros de la sociedad quedan a disposición de los accionistas a efectos de lo previsto en el segundo párrafo del inciso II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.


PLAN CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.

ESTADO DE POSICION FINANCIERA, BALANCE GENERAL AL 31/08/2008

(pesos)

ACTIVO

AGOS.-08

Activo Circulante


Cuentas por cobrar-neto

$5,268,291

Total CIRCULANTE

5,268,291

SUMA DEL ACTIVO

5,268,291

PASIVO

AGOS.-08

Pasivo circulante


Cuentas por Pagar

$22,200

Total CIRCULANTE

22,200

SUMA DEL PASIVO

22,200

CAPITAL CONTABLE


Capital social

19,437,039

Déficit

(-18,184,220)

Utilidad (Pérdida)

3,993,272

CAPITAL CONTABLE

5,246,091

PASIVO Y CAPITAL

5,268,291


ESTADO DE RESULTADOS

31 DE AGOSTO DE 2008

(pesos)

Ingresos

4,048,764

Total

4,048,764

Gastos

55,492

Total

55,492

Utilidad (Pérdida) de Operación

3,993,272

Utilidad (Pérdida) antes de Provisiones

3,993,272

Utilidad (Pérdida) neta

3,993,272

El Haber Social será repartido entre los socios de manera proporcional a su participación accionaria.

México, D.F., a 31 de agosto de 2008.

Plan Construcciones, S.A. de C.V.

Liquidadores

C.P. César Guadalupe Moreno C.P. Luis Rufino Garmilla Rojón

Rúbrica. Rúbrica.

(R.- 274385)




OPERADORA MEXICANA DE ARRENDAMIENTOS Y MANTENIMIENTO

S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 8 DE AGOSTO DE 2008

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 22 de agosto de 2008.

Liquidador

Norma Angélica González Platas

Rúbrica.

(R.- 273529)


CONSTRUCCIONES Y DISEÑOS S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 25 DE JULIO DE 2008

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 12 de septiembre de 2008.

Liquidador

José Luis Rosales Martínez

Rúbrica.

(R.- 274905)

ULEMA, S.A. DE C.V.

(EN LIQUIDACION)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE JULIO DE 2008

(cifras expresadas en pesos)

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que por acuerdo tomado por la totalidad de los accionistas, el 30 de enero de 2006, se resolvió la disolución de la sociedad. Disuelta la sociedad se ha puesto en liquidación, habiéndose procedido a practicar el balance final de liquidación con cifras al 31 de julio de 2008, el cual se publica por tres veces, de 10 en
10 días.

El balance, papeles y libros de la sociedad quedan a disposición de los accionistas a efectos de lo previsto en el segundo párrafo del inciso II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.


ULEMA, S.A. DE C.V.

ESTADO DE POSICION FINANCIERA, BALANCE GENERAL AL 31/07/2008

(pesos)

ACTIVO

JUL.-08

Activo Circulante


Cuentas por cobrar-neto

$367,933

Total CIRCULANTE

367,933

SUMA DEL ACTIVO

367,933

PASIVO

JUL.-08

Pasivo circulante


Cuentas por Pagar

$4,555,951

Total CIRCULANTE

4,555,951

SUMA DEL PASIVO

4,555,951

CAPITAL CONTABLE


Capital social

2,293,888

Déficit

(6,485,798)

Utilidad (Pérdida)

3,892

CAPITAL CONTABLE

(4,188,018)

PASIVO Y CAPITAL

367,933


ESTADO DE RESULTADOS

31 DE JULIO DE 2008

(pesos)

Ingresos

7,964

Total

7,964

Gastos

29,887

Total

29,887

Utilidad (Pérdida) de Operación

(21,923)

Ingreso (Costo) Integral de Financiamiento

(Pérdida) Utilidad Cambiaria-Neta


25,815


Total



25,815

Utilidad (Pérdida) antes de Provisiones

3,892

Utilidad (Pérdida) neta



3,892

El Haber Social será repartido entre los socios de manera proporcional a su participación accionaria.

México, D.F., a 31 de julio de 2008.

Ulema, S.A. de C.V.

Liquidadores

C.P. César Guadalupe Moreno C.P. Luis Rufino Garmilla Rojón

Rúbrica. Rúbrica.

(R.- 274389)

Secretaría de la Defensa Nacional

LICITACION PUBLICA No. SDN-LP-02/2008

CONVOCATORIA

El que suscribe, General de Brigada Diplomado de Estado Mayor AUGUSTO MOISES GARCIA OCHOA, Director General de Administración de la Secretaría de la Defensa Nacional, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 131 y 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, las vigésima séptima, vigésima octava, vigésima novena y trigésima de las Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de la Administración Pública Federal Centralizada, invita al público en general a la licitación pública que se realizará para la venta de 10 lotes de bienes y desechos que se describen en las bases respectivas:

No. lote

Descripción

Valor p/venta

Ubicación

1

Avión DC-9-15RC, matrícula 3540

$9’492,273.00

Depó. Gral. Ar.

(Santa Lucía, Méx.)

2-5

38,072 Kgs Aprox. de desecho ferroso

de segunda en 4 lotes

$1.9286/Kg

6-7

1,775 Kgs Aprox. de desecho ferroso mixto contaminado en 2 lotes

$0.6761/Kg

Diferentes instalaciones

8-9

14,300 Kgs Aprox. de desecho ferroso vehicular en 2 lotes

$3.9343/Kg

10

2,460 Kgs Aprox. de polipropileno

$2.0427/Kg

Las bases tendrán un costo de $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.), realizándose el pago en cualquier institución bancaria, utilizando la forma 16 (Declaración General de Pago de Productos y Aprovechamientos) del SAT, con la clave 600017 (por la enajenación y venta de bases de licitación pública), a favor de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Efectuado el pago, los interesados entregarán copia de identificación vigente con validez oficial, copia del Registro Federal de Contribuyentes y copia al carbón de la forma 16 del SAT del pago realizado por las bases, en la sala de juntas de la Subdirección General de Administración, de la mencionada Secretaría, ubicada en avenida Industria Militar y Periférico sin número, colonia Lomas de Sotelo, Distrito Federal, recibiendo a cambio las bases correspondientes.

La venta de las bases se realizará del 22 de septiembre y hasta el 10 de octubre de 2008 en días hábiles, de 8:00 a 13:30 horas, y podrán consultarse en la página: www.sedena.gob.mx.

Las propuestas de compra deben presentarse mediante la cédula anexa a las bases, en sobre cerrado, rotulado o manuscrito con los datos del participante, garantizándolas con cheque de caja y/o certificado expedido por una institución bancaria (excepto Bancomer), a favor de la Tesorería de la Federación, por el 10% del valor para venta del total de los lotes que se pretenda adquirir, el cual será devuelto a los participantes al término de la apertura de propuestas, salvo al que haya presentado la mejor oferta, quedando en garantía, la cual se hará efectiva en caso de incumplimiento por parte del adjudicado.

Las dudas sobre el contenido de las bases se resolverán en la junta de aclaraciones que se realizará a las 9:00 horas del día 13 de octubre de 2008, en la mencionada sala de juntas, a la cual podrá asistir cualquier persona, aun sin haber adquirido las bases de la licitación, registrando únicamente su asistencia y absteniéndose de intervenir durante el desarrollo de la reunión; asimismo, en caso que con motivo de dicha junta proceda la modificación a las bases, será obligación de los interesados obtener copia del acta que por ello se levante, la que también será colocada en la página de internet para formar parte de las bases.

El acto de inscripción se llevará a cabo en la misma instalación el día 14 de octubre de 2008 a las 9:30 horas, por tal motivo, los interesados en participar deberán encontrarse con la debida anticipación en la sala antes señalada, a efecto de entregar la documentación requerida en las bases de la licitación. A las 11:00 horas del mismo día se procederá a la apertura de ofertas y a las 12:00 horas el fallo.

El pago de los lotes adjudicados se hará previo a su retiro y dentro de los tres días hábiles posteriores a la comunicación de adjudicación, utilizando la forma 16 del SAT (Declaración General de Pago de Productos y Aprovechamientos) a nombre de la Secretaría de la Defensa Nacional, con las claves 600011 para el lote 1, 600013 para los lotes 2-9 y 600014 para el lote 10, en cualquier institución bancaria, teniendo como fecha límite para retirar los lotes de su ubicación actual el día 31 de octubre del presente año; en el concepto que en el caso de los lotes de desecho ferroso vehicular, su recepción se hará, sin excepción, en las condiciones en que éstos se encuentren.

En caso de declararse desierta alguna(s) de la(s) partida(s), se procederá a su subasta, precisando que será postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor fijado para venta en la licitación;
si en la primera almoneda no hubiera postura legal, se realizará una segunda, deduciendo en ésta un 10%
del importe que en la anterior hubiere constituido la postura legal.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Lomas de Sotelo, D.F., a 22 de septiembre de 2008.

El Director General de Administración

Gral. BGDA.D.E.M. Augusto Moisés García Ochoa

Rúbrica.

(R.- 275148)