Miércoles 11 de marzo de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 126




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES


Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Octavo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal

Mesa IV

EDICTO

En el proceso penal 63/2007, seguido a Marcela Ramírez Sánchez y Emilio Martínez Cortes, por su probable responsabilidad penal en la comisión del delito contra la salud en su modalidad de comercio, hipótesis de venta del estupefaciente denominado clorhidrato de cocaína, previsto y sancionado en el
artículo 194, fracción I, en relación con los numerales 193 y 196, fracción III, del Código Penal Federal, en concordancia con los artículos 234 al 237 de la Ley General de Salud, se hace saber al testigo Carmen Germán Curiel Terres, que debe asistir con identificación oficial ante este tribunal, sito en Javier Piña y Palacios, esquina con Martínez de Castro, San Mateo Xalpa, Xochimilco (Reclusorio Sur), a la diligencia de ampliación de declaración a su cargo, a las once horas del dieciocho de marzo de dos mil nueve.

Atentamente

México, D.F., a 11 de febrero de 2009.

La Juez Octavo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal

Elizabeth Vargas Lira

Rúbrica.

(R.- 284009)



Estados Unidos Mexicanos

Estado de Jalisco

Poder Judicial

Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco

Primer Partido Judicial

Juzgado Quinto de lo Mercantil

EDICTO

En los autos del Juicio MERCANTIL ORDINARIO, 2982/2007, promovido por: BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de: JUAN ABEL QUEZADA MORALES, rematarse 10:30 DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA 2 DOS DE ABRIL DEL AÑO 2009 DOS MIL NUEVE, lo siguiente:

CASA HABITACION, AVENIDA LOMA DORADA SUR NUMERO 406, LOTE 15, MANZANA 56, EN EL MUNICIPIO DE TONALA, JALISCO.

VALOR TOTAL DEL AVALUO 1´997,800.00 (UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)

Postura Legal: 2/3 partes avalúo.

Convoquen postores, que deberán exhibir el 10% de su postura legal.

Guadalajara, Jal., a 27 de febrero de 2009.

La C. Secretario de Acuerdos

Quinto de lo Mercantil

Lic. Salomé Micaela César Vizcaíno

Rúbrica.

(R.- 285145)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito

Tijuana, B.C.

EMPLAZAMIENTO A CENTRO DE DETECCION Y TRATAMIENTO MEDICO CYDEL, SOCIEDAD ANONIMA Y CENTRO RADIOLOGICO DEL RIO, SOCIEDAD ANONIMA AL MARGEN SELLO ESCUDO NACIONAL, DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN EL ESTADO, PARA SU RESPECTIVA PUBLICACION CONFORME A LO QUE SE PRECISA, TRANSCRIBO A USTED
EL PRESENTE

EDICTO

En los autos del juicio de garantías número 610/2008, promovido por Jaime Guillermo del Río Torres, por su propio derecho y en su carácter de apoderado legal de Inmobiliaria Herio, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos del Juez Tercero de lo Civil y otras autoridades, por actos relacionados con la reinscripción de embargo y su ejecución ordenado en el juicio 82/1992, mediante resolución de nueve de julio de dos mil ocho los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Periódico “El Mexicano” de esta ciudad, el Diario Oficial de la Federación, así como en el Periódico Reforma, de la ciudad de México, Distrito Federal, para el efecto de que comparezca ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Baja California, si así conviene a sus intereses en el término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría, la copia simple de la demanda de garantías para su traslado. Asimismo, se le hace saber que se fijaron las nueve horas del diecinueve de febrero de dos mil nueve para la celebración de la audiencia constitucional.

Atentamente

Tijuana, B.C., a 29 de enero de 2009.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado

Lic. Lidia Medrano Meza

Rúbrica.

(R.- 283774)



Estados Unidos Mexicanos

Gobierno del Estado Libre y Soberano de Colima

Poder Judicial

Supremo Tribunal de Justicia

Colima, Col.

Sala Mixta Civil, Familiar y Mercantil

EDICTO No. 01

JAVIER ALEJANDRO LOPEZ TEJEDA

Ante el Pleno de la Sala Mixta Civil, Familiar y Mercantil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, el Licenciado EFREN CARDENAS HERRERA, en su carácter de Endosatario en Procuración de JORGE ALEXANDER HERRERA ESPINOZA, promovió por conducto de esta Autoridad responsable y ante el
H. Tribunal Colegiado en Materia Civil en turno del Tercer Circuito de Guadalajara, Jalisco, Juicio de Garantías contra actos del Pleno de la Sala Mixta Civil, Familiar y Mercantil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, consistentes en la resolución pronunciada el día trece de Agosto del año dos mil ocho, en los autos del Toca de apelación número 386/2008, relativo al expediente número 720/2005, Juicio Mercantil Ejecutivo, promovido por los CC. JULIO JAVIER CENTENO DELGADO Y/O EFREN CARDENAS HERRERA,
en su carácter de Endosatarios en Procuración de JORGE ALEXANDER HERRERA ESPINOZA, en contra de los CC. JAVIER ALEJANDRO LOPEZ TEJEDA Y LUIS ALBERTO FLORES MALDONADO; ordenándose emplazarlo a juicio por medio del presente, por tener el carácter de tercer perjudicado en los términos del artículo 5 fracción III de la Ley de Amparo. Haciéndole saber que deberá presentarse dentro de un término máximo de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación ante el Tribunal Federal de conocimiento hacer valer sus derechos. Si pasado dicho término, no comparece por Apoderado o gestor
que lo represente, las posteriores notificaciones se harán por Lista que se fijará en los estrados de ese
H. Tribunal, de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente a la ley de la materia.

Para ser publicado por tres veces, de siete en siete días, en el periódico Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 30 fracción II de la Ley de Amparo.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Colima, Col., a 29 de enero de 2009.

El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Mixta

Lic. Mario Sila Ibarra Licea

Rúbrica.

(R.- 283990)

Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial

Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato

Sexta Sala Civil

Secretaría

EDICTO

TERCERO PERJUDICADO: C. CARLOS CRUZ MACIAS.

PRESENTE.

El Magistrado supernumerarios que integra la Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, en el juicio de amparo directo civil promovido por la C. MARIA BARBARA BOTELLO SANTIBAÑEZ, en su carácter de apoderado legal de la persona moral denominada BANCA MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de la sentencia de fecha 11 de noviembre de 2008, pronunciada por esta Sala, dentro del toca 607/08, por motivo de la apelación interpuesta por la ahora quejosa, en contra de la sentencia de fecha 04 de junio de 2008, dictada por el C. Juez Séptimo Civil de León, Guanajuato, en el Juicio Ordinario Mercantil número 121/05, sobre pago de pesos y otras prestaciones, promovido por el apelante, y en atención a que no se localizó domicilio alguno del tercero perjudicado el C. CARLOS CRUZ MACIAS, se ordenó su emplazamiento por este medio, conteniendo relación sucinta de la demanda que en lo conducente dice:

A) Autoridades Responsables: Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado.

B) Acto Reclamado: sentencia de fecha 11 de Noviembre de 2008, en el toca 607/08.

C) Preceptos Constitucionales Violados: artículos 14 y 16 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

D) Conceptos de Violación: la sentencia señalada como acto reclamado es violatoria de las Garantías de Legalidad y Seguridad Jurídica, consagradas en los artículos 14 y 16 de nuestra Carta Magna, toda vez que indebidamente el Ad Quem no funda en ningún lugar de la sor mi mandante en los agravios materia del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia definitiva. La Autoridad responsable viola flagrantemente en perjuicio del quejoso lo dicho en el artículo 14 Constitucional, al no fundamentar en ley alguna toda su dizque argumentación que a nada conduce para destruir los agravios propuestos por mi representada, ya que al no existir articulado de ningún Código o Ley vigente en donde sustente su sentencia, a la vez no puede dársele valor a sus argumentaciones, puesto que no se encuentra debidamente fundadas y no agota el principio de exhaustividad para realizar una correcta interpretación de la litis planteada y de los documentos base de la acción, por lo que la Sentencia recurrida viola en perjuicio de mi mandante lo estatuido por los artículos 78, 389, 390, 391, y 1050 del Código de Comercio. El quejoso en su carácter de cesionaria del crédito reclamado, demandó del tercero perjudicado el cumplimiento de las prestaciones dichas en el escrito inicial de demanda, fundando su acción en los documentos públicos mencionados por el A quo en su resultando único de la sentencia combatida. Documentos a los que la A quo les dio valor probatorio pleno y no obstante lo anterior la Sala deja de observar las constancias de autos. Se duele el quejoso y le causa agravio el que la A quo no haya estudiado el hecho de las pruebas documentales que hacen prueba plena y que entre las partes se generó una liga jurídica de derechos y obligaciones en virtud de que al no dar contestación a la demanda y haberse tenido que emplazar con edictos al demandado y aún con que se haya tenido contestada en sentido negativo, quedó demostrado en la pieza de autos la procedencia de la acción, insisto por las documentales públicas a que he hecho referencia. El no anexar la certificación contable en nada afecta a que el crédito fue entregado de acuerdo a las documentales referidas y si en el supuesto no concedido, no hubiera sido así, no se trató el juicio conforme a la vía ejecutiva mercantil para que operase el artículo 68 de la Ley de Instituciones de Crédito que así lo refiere en forma imperativa y en este caso no es así. La Sala viola la ley al dejar de considerar que la confesión expresa del demandado y que en materia de comercio las estipulaciones entre las partes son ley, igualmente, la confesión expresa del demandado es ley en cuanto a la aceptación y legitimación que hace a mi representada desde el momento que suscribió el contrato de crédito. La condena en costas es ilegal atendiendo al hecho primeramente a los agravios dichos y segundo de que no existe un daño al demandado. También demando se estudie y abalice el Principio de Exhaustividad que la autoridad responsable obvió y dejó de estudiar en los agravios expuestos pues al iniciarse el dizque estudio de los agravios expuestos en contra de la sentencia combatida el Ad quem dice que la sentencia dictada no es del todo ilegal, con ello conculca mis derechos públicos subjetivos, puesto que si no es del todo ilegal, quiere decir por otra parte que solo parcialmente es legal. Posteriormente solo argumenta la parte dizque legal de la sentencia y nunca aborda la parte que afirmó al inicio de la misma que es ilegal, bastando esta afirmación del todo incongruente del magistrado para revocar el fallo y conceder a mi mandante el Amparo Federal solicitado.

Asimismo se hace saber a los terceros perjudicados de mérito que deberán presentarse dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, ante el H. Tribunal Colegiado en Materia Civil y de Trabajo en Turno del XVI Circuito, apercibido que de no comparecer por sí o por medio de su representante, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas del H. Tribunal Colegiado en Materia Civil y de Trabajo en Turno.

Atentamente

Guanajuato, Gto., a 23 de enero de 2009.

La Secretaria de Acuerdos de la Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado

Lic. María Juvencia Sánchez Ortiz

Rúbrica.

(R.- 283952)

Estados Unidos Mexicanos

Supremo Tribunal de Justicia

Hermosillo, Sonora

EDICTO

MANUEL ARANA SOLANO

En amparo directo penal interpuesto por OSCAR ARMANDO CONTRERAS AGUAYO, sentenciado en toca 256/2008, por Secuestro Agravado, se le emplaza por este conducto, para que comparezca a substanciar sus derechos ante el Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, treinta días después última publicación. Copias amparo a su disposición en esta secretaria.

Hermosillo, Son., a 8 de diciembre de 2008.

El Secretario General de Acuerdos del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado

Lic. José Antonio Ruiz Araujo

Rúbrica.

(R.- 284373)



Estados Unidos Mexicanos

Supremo Tribunal de Justicia

Hermosillo, Sonora

EDICTO

ARACELI SANDOVAL ACOSTA

En amparo directo penal interpuesto por HECTOR ENRIQUE AGUIRRE LOUREIRO, sentenciado en
toca 922/2007, por robo con violencia de noche y violación agravada, se le emplaza por este conducto, para que comparezca a substanciar sus derechos ante el Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, treinta días después última publicación.

Copias amparo a su disposición en esta secretaria.

Hermosillo, Son., a 28 de enero de 2009.

El Secretario General de Acuerdos del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado

Lic. José Antonio Ruiz Araujo

Rúbrica.

(R.- 284378)



Estados Unidos Mexicanos

Supremo Tribunal de Justicia

Hermosillo, Sonora

EDICTO

ALEJANDRA JANETH SANTILLAN GASTELUM

En amparo directo penal interpuesto por DANIEL SALAZAR GUEVARA, sentenciado en toca 594/2008, por violación equiparada agravada, se le emplaza por este conducto, para que comparezca a substanciar sus derechos ante el Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, treinta días después última publicación. Copias amparo a su disposición en esta secretaria.

Hermosillo, Son., a 28 de enero de 2009.

El Secretario General de Acuerdos del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado

Lic. José Antonio Ruiz Araujo

Rúbrica.

(R.- 284380)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Cuarto Civil

Morelia, Mich.

EDICTO

PRIMERA ALMONEDA

Que dentro de los autos que integran el Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, número 1339/2006, que en ejercicio de la acción cambiaria directa y sobre pago de pesos, promovió Jaquelin Ortíz García, por conducto de su endosatario en procuración, frente a la Sucesión Intestamentaria a bienes de Natividad Castañeda Manríquez, por conducto de su albacea definitiva en cuanto deudor principal, se ordenó sacar a remate el siguiente bien inmueble:

UNICO.- Una propiedad con domicilio en la calle Ramón Martínez Ocaranza, número 10 diez que corresponde al lote 20 veinte, manzana IV, Fraccionamiento Ojo de Agua, Tenencia de Santa María de Guído, de esta Ciudad, con las siguientes medidas y colindancias: al norte: 7.00 siete metros con calle Ramón Martínez Ocaranza, al Sur: 7.00 siete metros con el lote número 19 diecinueve; al oriente 15.00 quince metros con lote número 1 uno y al Poniente 15.00 quince metros con área de donación, con una superficie de 105 ciento cinco metros cuadrados.-

La audiencia de remate en su primer almoneda judicial, tendrá verificativo a las 11:00 once horas del día 17 diecisiete de marzo del año 2009 dos mil nueve.-

Convóquense postores a la celebración de la misma, mediante la publicación de 3 tres edictos dentro de 9 nueve días en los estrados de este Juzgado, así como en el Diario Oficial de la Federación.

Servirá como base del remate la cantidad de $392,000.00 trescientos noventa y dos mil pesos 00/100 moneda nacional, y es como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha suma.-

Morelia, Mich., a 3 de febrero de 2009.

El Secretario de Acuerdos del Juzgado Cuarto Civil de Primera Instancia de este Distrito Judicial

Lic. Enock Iván Barragán Estrada

Rúbrica.

(R.- 284381)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito

Guanajuato

EDICTO

Por medio este publíquese tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación; en el periódico denominado “Excélsior” el cual corresponde a uno de mayor circulación en la República Mexicana, así como en el diario llamado “Correo” que corresponde a uno de los de mayor circulación diaria a nivel regional en esta entidad federativa, haciéndole saber a la tercero perjudicada “PROMOTORA E INMOBILIARIA DE LAS FINCAS”, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su representante legal, que deberá presentarse en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, con domicilio en carretera cuatro carriles Guanajuato-Silao, kilómetro 6.5, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, como se dispone en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles supletorio a la Ley de Amparo, a efecto de ser emplazada a juicio y a defender sus derechos como tercero perjudicada en el juicio de amparo II-595/2008, promovido por HECTOR RAUL MATHIEU RICHERAND, contra actos del Juez Tercero Civil de Partido, con sede en León, Guanajuato, y otras autoridades, consistente en el mandamiento de embargo en bienes de su propiedad; quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la demanda que le corresponde; en la inteligencia de que si transcurrido el plazo a que se ha hecho alusión no comparece, se continuará con el trámite del juicio
de amparo sin su intervención y las subsecuentes notificaciones se les harán por lista.- Doy Fe.

Guanajuato, Gto., a 25 de noviembre de 2008.

Año de la Educación Física y el Deporte

La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado

Lic. Blanca Patricia Villalobos Padilla

Rúbrica.

(R.- 284382)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Primero de Primera Instancia

Materia Civil

Apatzingán, Mich.

EDICTO

En juicio ejecutivo mercantil número 587/2008, promovido por los licenciados Rogelio García Churape y Rafael Alvarez del Río, endosatarios en procuración de Yolanda Esquivel Lara, Administrador Unico de la Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, denominada “Frutas Tropicales ACA”, en contra de Luz María Morales García o Luz Ma. Morales García; se ordenó sacar a remate en primera y pública almoneda los siguientes inmuebles:

1. Predio rústico denominado “Agua Nueva”, ubicado en el municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con propiedad de Ciro Ruiz García, cerca de alambre que divide;
AL SUR, en parte con Arturo García, divide cerca de malla de por medio y en parte con el rancho de Agua Nueva, cerca de alambre de por medio; AL OESTE, con propiedad de J. Jesús García Avila, cerca de alambre de por medio; AL ESTE, con propiedad de Alfredo Ayala y Ma. Luz Soberanis Quezada, divide cerca de alambre y camino de por medio. Con una superficie de 28-59-70 hectáreas, con valor pericial de $6,577,310.00.

2. Predio rústico denominado “La Cuchilla”, ubicado en el rancho de “Agua Nueva”, municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con propiedad de Ciro Ruiz Garcia, divide vallado de por medio; AL SUR, con propiedad de J. Jesús Ramírez Ruiz y Noemí González Delius, divide camino de por medio; AL OESTE, con propiedad de Noemí González Delius, divide camino de por medio;
AL ESTE, con propiedad de Juan López Alvarado, divide barranca de por medio, con una superficie de
13-59-36 hectáreas, con un valor pericial de $3,126,528.00.

3. Predio rústico denominado “La Cuchilla”, ubicado en el rancho de “Agua Nueva”, municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con propiedad de Ma. de la Luz Soberanis Quezada, vallado y camino en parte por división; AL SUR, con propiedad de Juan Rosales Montiel, cerca de alambre por división; AL OESTE, con propiedad de Alfredo Ayala, camino real por división, AL ESTE, con propiedad del doctor Juan López Alvarez, barranca por división, con una superficie de 08-13-04 hectáreas, con un valor pericial de $1,869,992.00.

4. Predio rústico denominado “Agua Nueva” ó “La Pila”, ubicado en el rancho de “Agua Nueva”, municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con sucesión de Pomposo Sánchez; AL SUR, con sucesión de Rafael Soberano; AL OESTE, con sucesión de J. Jesús Méndez; AL ESTE, con propiedad de Antonio y Genardo Vázquez, con una superficie de 38-74-46.97 hectáreas, con un valor pericial de $8,911,280.31.

5. Predio rústico denominado “La Mesita” ó “Terreno en Agua Nueva”, ubicado en el rancho de “Agua Nueva”, municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE con propiedad de Catarino Velásquez, divide Barranquilla y vallado; AL SUR, con Guadalupe Montiel, divide cerca de piedra;
AL OESTE, con propiedad de María Guadalupe Mora Estrella, divide Barranquilla; AL ESTE, con propiedad de Luterio Velásquez, Virginia Rosales, divide cerca de piedra y de alambre; con una superficie de 11-62-47.50 hectáreas, con un valor pericial de $2,673,692.50.

6. Predio rústico denominado “Agua Nueva”, ubicado en la Jurisdicción de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con propiedad de Leonardo Gildo, Laura López y Bernardo Rosales, divide cerca de magueyes y piedra; AL SUR, con propiedad de Jesús Velásquez, cerca de piedra que divide; AL OESTE, con propiedad de Bernardo Rosales y Guadalupe Montiel, cerca de piedra y Barranquilla que divide; AL ESTE, con propiedad de Jesús Velásquez y Cipriano Rosales, divide cerca de alambre, de piedra
y callejón de servidumbre, con una superficie de 11-14-35.50 hectáreas, con un valor pericial de $2,563,016.50.

7. Predio rústico denominado “El Madroño”, ubicado en el rancho de la Peñita, perteneciente al municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con Arturo García Figueroa, antes de David Acevedo, cerca de alambre por división; AL SUR, con Juan López Alvarez, cerca de alambre por división; AL ORIENTE, con Juan López Alvarez, antes de David Acevedo, barranca de por medio;
AL PONIENTE, con Guadalupe Viveros Garnica, antes propiedad de Juan López Alvarez, cerca de alambre que divide, con una superficie de 02-50-00 hectáreas, con un valor pericial de $575,000.00.

8. Predio rústico denominado “Los Granados”, ubicado en el rancho de la Peñita, perteneciente al municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con Arturo García Figueroa, antes de los hermanos Ortiz Esquivel, cerca de alambre que divide; AL SUR, con camino viejo a Tancítaro-Uruapan; AL ORIENTE, con Arturo García Figueroa, antes de los hermanos Ortiz Esquivel, cerca de alambre de por medio; AL PONIENTE, con Servando Delgado, antes de Lucina Romero y hermanos Ortiz Esquivel, cerca de alambre que divide, con una superficie de 03-00-00 hectáreas, con un valor pericial de $690,000.00.

9. Predio rústico denominado “Hemenegildo”, ubicado en el rancho de la Peñita, perteneciente al municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con el doctor Juan López Alvarez, magueyera vallado de por medio; AL SUR, con Arturo García Figueroa, verdugón de por medio; AL ORIENTE, con Seledonio Rosales Garnica, cerca de malla ciclónica de por medio; AL PONIENTE con Rafael Viveros, barranca de por medio con una superficie de 05-36-06, hectáreas con un valor pericial de $1,232,938.00.

10. Predio rústico denominado “Potrero del Encino”, ubicado en el rancho de la Peñita, perteneciente al municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con Arturo García Figueroa, línea imaginaria de por medio; AL SUR, con Arturo García Figueroa, verdugón de por medio; AL ORIENTE, con Juan López Luján, barranca piedras azules y cerca de malla ciclónica de por medio; AL PONIENTE, con el resto de la propiedad, cerca de malla ciclónica de por medio, con una superficie de 03-46-92, hectáreas, con un valor pericial de $797,916.00.

11. Predio rústico denominado “El Aguacate” y “El Granado”, ubicado en el rancho de Agua Nueva, perteneciente al municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con propiedad de Herminio Rosales y Seledonio Rosales, cerca de alambre de por medio; AL SUR, con propiedad de Francisco Soberano y Luis López, en una línea irregular, vallado, cerca de piedra callejón de servidumbre por división; AL ORIENTE, con propiedad de Rafael Viveros, Barranquilla y barranca de arena por división; AL PONIENTE, con propiedad de Juan López, dividiendo barranca de piedras azules y brecha que conduce de los ranchos Araparicuaro y Condembaro a la Peñita, y en el resto del inmueble propiedad de Daniel Rosales, barranquilla por división, con una superficie de 19-66-57 hectáreas, con un valor pericial de $4,523,111.00.

12. Predio rústico denominado “Terreno de Agua Nueva” y la “Peñita”, ubicado en el rancho de la Peñita, perteneciente al municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con propiedad de Juan López Alvarez, callejón por división; AL SUR, con propiedad de Anastasio Soberano en parte y en el resto con la propiedad de David Acevedo Rodríguez, divide cerca de alambre; AL ORIENTE, con propiedad de Juan López Alvarez, vallado por división; AL PONIENTE, con propiedad de Guadalupe Lujan de Guillén, barranca por división, con una superficie de 08-49-89 hectáreas, con un valor pericial de $1,954,747.00.

13. Predio rústico denominado “Terreno del Capulin” ó “El Madroño”, ubicado en el rancho de la Peñita, perteneciente al municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias. AL NORTE, con propiedad de David Acevedo Rodríguez, divide camino; AL SUR, con propiedad de Delfino Soberano Rosales, cerca por división; AL ORIENTE, con propiedad de Cornelio Viveros Rojas, cerca que divide; AL PONIENTE, con propiedad de Francisco Quiroz Mendoza, divide la barranca piedra azul, con una superficie de 09-50-00 hectáreas, con un valor pericial de $2,185,000.00.

14. Predio rústico denominado “El Capulin Blanco”, en comprensiones del rancho de la Peñita, perteneciente al municipio de Tancítaro, Michoacán. Con las siguientes colindancias, AL NORESTE, con propiedad de Reinaldo Rosales, Maria Cruz Caballero y Cruz Valerio, divide barranca de arena; AL NORTE, con propiedad de Maria Luisa Valerio, divide vallado; AL PONIENTE, con propiedad de Bernardo Rosales, María Velásquez y Juan Montiel, divide barranca de piedras azules; AL SUR, con propiedad de Fidel Martínez; AL SURESTE, con propiedad de Fidel Martínez y Fernando Rosales, con una superficie de 24-50-53 hectáreas, con un valor pericial de $5,636,219.00.

Se convocan postores, señalándose las 10:00 diez horas del día 17 diecisiete de marzo del año en curso; es postura legal la que cubra las 2/3 partes del valor pericial asignado a cada uno de los bienes inmuebles. Publíquese el presente por 3 tres veces dentro de 9 nueve días, en los estrados de este Juzgado, estrados del Juzgado Menor de Tancítaro, Michoacán y Diario Oficial de la Federación.

Apatzingán, Mich., a 18 de febrero de 2009.

El Secretario de Acuerdos

Lic. Francisco Huerta Landeros

Rúbrica.

(R.- 284401)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Primero Civil

Morelia, Mich.

EDICTO

PRIMERA ALMONEDA

SE CONVOCAN POSTORES:

Que dentro de los autos que integran el expediente número 575/2007 relativo al juicio Ejecutivo Mercantil promovido por SALVADOR MELENDEZ URIOSTEGUI frente a LUIS FELIPE ESPINOZA FARFAN Y HERMAN M. LOYA LOPEZ se ordenó sacar a remate la parte alícuota que corresponde al demandado del siguiente bien inmueble:

Finca urbana ubicado en la calle Isidro Huarte número 595 quinientos noventa y cinco zona centro de esta ciudad, con las siguientes medidas, colindancias y superficie.-

AL NORTE.- 30.00 metros con propiedad de Javier Sánchez Medal.-

AL SUR.- 30.00 metros con propiedad de Miguel Lúa Alavarez.-

AL ORIENTE.- 12.00 metros con propiedad de Lic. Rafael Magaña Cancino.-

AL PONIENTE.- 12.00 metros con la calle de su ubicación.-

Con una extensión superficial de 360 metros cuadrados

Sirviendo de base para el remate la cantidad de $756,666.67 (SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 67/100 M.N.), y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de la base del remate.-

Remate, tendrá verificativo en este Juzgado a las 10:00 diez horas del día 17 diecisiete de marzo del 2009 dos mil nueve.-

Convóquese postores mediante la publicación de 3 tres edictos dentro del término de 9 nueve días en los estrados de este Juzgado y Diario Oficial de la Federación.

Morelia, Mich., a 12 de febrero de 2009.

La Secretaria

Lic. Elizabeth Julieta Chávez Tungüi

Rúbrica.

(R.- 284542)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México

EDICTO

EMMA MEJIA SAMANO Y/O EMMA MEJIA Y SAMANO

MEDIANTE PROVEIDO DICTADO EL DIEZ DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE, EN EL JUICIO DE AMPARO 920/2008-VII, PROMOVIDO POR MARIA IRENE GARCIA LUGO, CONTRA EL ASEGURAMIENTO PROVISIONAL DECRETADO POR LOS AGENTES DEL MINISTERIO PUBLICO INVESTIGADORES ADSCRITOS LA MESA CUATRO DEL SEGUNDO TURNO Y DE LA MESA CATORCE, DEL DEPARTAMENTO DE AVERIGUACIONES PREVIAS, DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MEXICO, EN LA AVERIGUACION PREVIA TOL/AC/II/4/1050/2008, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE SEBASTIAN LERDO DE TEJADA CUATROCIENTOS NUEVE, EN ESTA CIUDAD. SE ORDENO SU EMPLAZAMIENTO MEDIANTE EDICTOS CON EL OBJETO DE QUE, SI A SU INTERES CONVIENE, SE APERSONE, POR CONDUCTO DE SU APODERADO O REPRESENTANTE, AL JUICIO CITADO, EN SU CARACTER DE TERCERA PERJUDICADA, PARA LO CUAL DEBERA PRESENTARSE EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIAS DE AMPARO Y DE JUICIOS CIVILES FEDERALES EN EL ESTADO DE MEXICO, SITO EN AVENIDA SOR JUANA INES DE LA CRUZ TRESCIENTOS DOS, COLONIA CENTRO, TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, CODIGO POSTAL 50000, PRIMER PISO, EN EL PLAZO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SE SEÑALARON LAS TRECE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL CINCO DE MARZO DE DOS MIL NUEVE PARA LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, QUEDA A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA SIETE DE ESTE JUZGADO, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA. TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, DIEZ DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE. DOY FE.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo

y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México

Lic. Nancy América Morón Suárez

Rúbrica.

(R.- 284548)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial Federal

Juzgado Segundo de Distrito

en el Estado de Querétaro

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE ELECTRONICA PRECISION C.T.M.

En virtud de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la iniciación del juicio de amparo, ventilado bajo el expediente número 1314/2008-4, promovido por INMOBILIARIA COPRADETEQUI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos del Juez Segundo de Primera Instancia Civil con residencia en San Juan del Río, Querétaro y otra autoridad, juicio en el cual se le señaló con el carácter de tercero perjudicado y se le emplaza para que en el término de treinta días, contados a partir de la última
publicación de este edicto, comparezca al juicio de garantías de mérito, apercibido que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda y las siguientes notificaciones, se le harán por lista que se fijarán en el tablero de avisos de este Juzgado Segundo de Distrito quedando a su disposición en la Secretaría las copias simples de traslado.

Querétaro, Qro., a 28 de enero de 2009.

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

Lic. Ma. Guadalupe Xicoténcatl Pérez

Rúbrica.

(R.- 284558)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Décima Sala Civil

EDICTO

EMPLAZAMIENTO A: GUADALUPE BADILLO JURADO.

En el toca número 1238/2006/4 deducido del juicio ORDINARIO CIVIL promovido por UGALDE SANDOVAL SAUL en contra de COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, se EMPLAZA al tercero perjudicado para que en un término de TREINTA DIAS, contados a partir de la última publicación de este edicto, comparezca ante la Autoridad Federal a defender sus derechos, en el amparo promovido por SEGUROS ING, S.A. DE C.V., quedando a disposición del tercero las copias de traslado en esta Sala, sita en el 10º piso de Río de la Plata número 48, Colonia y Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad.

México, D.F., a 23 de febrero de 2009.

La C. Secretaria de Acuerdos de la Décima Sala Civil

Lic. María Elena Urrutia Alvarez

Rúbrica.

(R.- 284585)



Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Décimo de lo Civil

Puebla, Pue.

Diligenciario

EDICTO

Disposición Ciudadano Juez Décimo de lo Civil esta capital, Expediente número 618/2005, decretase remate primera publica almoneda casa duplex planta baja marcada con el numero seis, del Tercer Retorno de la cinco “A” Sur, de la Unidad Loma Bella esta ciudad, inscrita Registro Público la Propiedad Folio número 134707 a nombre demandada Aminta Hortensia Sánchez López, siendo base remate precio avalúo DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS postura legal cubra dos terceras partes dicha cantidad, ciento sesenta y un mil quinientos pesos cero centavos moneda nacional, vence término presentar postura y pujas doce horas décimo día a partir última publicación hora en que se llevará a cabo remate respectivo Juicio Ejecutivo Mercantil Raúl Galindo Rodríguez Vs. Aminta Hortensia Sánchez López.

Puebla, Pue., a 26 de enero de 2009.

El C. Diligenciario

Lic. Abel Paniagua Santamaría

Rúbrica. (R.- 284871)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

EDICTO

Emplazamiento a juicio a los terceros perjudicados 1. Proverbia Corporation, 2.- Desarrolladora Patria, Sociedad Anónima de Capital Variable, 3.- Grupo Constructor Segundo Milenio, Sociedad Anónima de Capital Variable y 4.- Grupo Fracsa, Sociedad Anónima de Capital Variable,

Juicio de amparo 315/2008, promovido por Fernanda Patricia Ochoa Quiñones, contra los actos del juez y secretario ejecutor adscritos al Juzgado Décimo de lo Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco y director del Registro Público de la Propiedad de esta ciudad y, que hace consistir en el embargo
del lote diecisiete, manzana A, Pontevedra, Zapopan, Jalisco, en el juicio mercantil ordinario 1722/2006, y su inscripción al Registro Público de la Propiedad. Por acuerdo de dieciocho de febrero de dos mil nueve, se ordenó emplazar a juicio a las terceras perjudicadas 1.- Proverbia Corporation, 2.- Desarrolladora Patria, Sociedad Anónima de Capital Variable, 3.- Grupo Constructor Segundo Milenio, Sociedad Anónima de Capital Variable y 4.- Grupo Fracsa, Sociedad Anónima de Capital Variable, mediante edictos. Se señalaron las diez horas con cuarenta minutos del diecinueve de marzo de dos mil nueve, para la celebración de la audiencia constitucional; quedan copias de ley a su disposición en este juzgado de Distrito. Hágaseles saber que deberán presentarse (si así es su voluntad) a deducir sus derechos ante este juzgado de Distrito, dentro del término treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibidas de que si, pasado este término, no comparecen por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlas, las ulteriores notificaciones les serán practicadas por medio de lista (esto último acorde a lo dispuesto por la fracción II, del artículo 30, de la Ley de Amparo).

Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, se expide el presente en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, a veinte de febrero de dos mil nueve.

El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

Lic. Gilberto Velasco Vidrio

Rúbrica.

(R.- 284561)



Estado de México

Poder Judicial

Juzgado Primero Civil de Primera Instancia

del Distrito de Lerma, México

Primera Secretaría

EDICTO

En el expediente número 757/08 relativo al Juicio Especial Mercantil, promovido por GERARDO CORREA ETCHEGARAY. el Juez Primero Civil de Primer Instancia de Lerma, México, dicto sentencia definitiva en la que decreto la cancelación del título consistente en la acción ordinaria nominativa de la serie B, número 523, del CLUB DE GOLF LOS ENCINOS S.A., en consecuencia se ordena la publicación una vez en el Diario Oficial de la Federación, un extracto del decretado de cancelación y se previene a los interesados para que dentro del plazo de TREINTA DIAS, comparezcan a este Juzgado a manifestar su inconformidad con la cancelación decretada con el apercibimiento para el caso de no hacerlo, se procederá a la etapa de reposición en términos de lo que establece el procedimiento de la Ley General de Títulos y Operaciones
de Crédito, por lo cual se transcriben los puntos resolutivos de la sentencia donde se ordena la cancelación:

PRIMERO.- Ha sido fundada la reclamación de cancelación, que siguió GERARDO CORREA ETCHEGARAY, respecto de la acción ordinario nominativa de la serie B, numero 523, del CLUB DE GOLF LOS ENCINOS, S.A.

SEGUNDO.- Se ordena la publicación una vez en el Diario Oficial de la Federación, un extracto del decreto de cancelación y se previene a los interesados para que dentro del plazo de TREINTA DIAS, comparezcan ante este Juzgado a manifestar su conformidad con la cancelación decretada con el apercibimiento que para el caso de no hacerlo, se procederá a la etapa de reposición.

TERCERA.- Notifíquese la presente resolución al subscriptor o emisor del documento CLUB DE GOLF LOS ENCINOS S.A. y en el acto hágase del conocimiento la prevención que deberá otorgar al señor GERARDO CORREA ETCHEGARAY un duplicado de la acción ordinaria nominativa de la serie B, numero 523, del CLUB DE GOLF LOS ENCINOS S.A., una vez que el presente fallo quede firme y para lo cual posteriormente se le requerirá, edicto que se expide el día dieciséis de diciembre del año dos mil ocho. DOY FE.

El Primer Secretario de Acuerdos

Lic. Eucario García Arzate

Rúbrica.

(R.- 285065)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Segundo de lo Familiar

Morelia, Mich.

EDICTO

NOTIFIQUESE A:

FERNANDO PEREZ LOPEZ

POR MEDIO DEL PRESENTE, HAGO DE SU CONOCIMIENTO, QUE DENTRO DEL EXPEDIENTE NUMERO 250/2008 RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO PROMOVIDO POR MARGARITA LOPEZ CANTERO FRENTE A FERNANDO PEREZ LOPEZ, SE DICTO EL SIGUIENTE AUTO:

Morelia, Michoacán, a 23 veintitrés de septiembre del 2008 dos mil ocho.-

Dada cuenta con el escrito que presenta el Licenciado Antonio Landa Ponce, con el carácter que tiene reconocido, y como lo solicita, se ordena emplazar al demandado Fernando Pérez López, por medio de la publicación de 3 tres edictos que se publiquen por 3 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, otro de mayor circulación en la Entidad (La Voz de Michoacán), en los estrados de este Juzgado, y en el Diario Oficial de la Federación, para que dentro del término de 30 treinta días, contados a partir de la primera publicación comparezca ante este mismo Tribunal, a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, bajo apercibimiento que en caso de no hacerlo, se le dará por contestada la misma en sentido NEGATIVO, quedando a disposición de la parte demandada en la Secretaria de este Organo Jurisdiccional las copias de traslado respectivas.

Atentamente

Morelia, Mich., a 1 de octubre de 2008.

El Secretario de Acuerdos

C. Ricardo Gamiño Bedolla

Rúbrica. (R.- 285054)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Novena Sala Civil

EDICTO

EMPLAZAMIENTO A: CRUZ JARQUIN RAFAEL

EN LOS AUTOS DEL CUADERNO DE AMPARO, RELATIVO AL TOCA 1195/2008 Y 1 DEL JUICIO CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO SEGUIDO DE JIMENEZ SERRANO ROGELIO EN CONTRA DE JOSEFINA CAROLINA PEÑA ROMERO, LA NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, ORDENO EMPLAZAR POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO CRUZ JARQUIN RAFAEL HACIENDOLE SABER QUE CUENTA CON UN TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION DE ESTE EDICTO, PARA COMPARECER ANTE LA AUTORIDAD FEDERAL A DEFENDER SUS DERECHOS, QUEDANDO A SU DISPOSICION LAS COPIAS SIMPLES DE TRASLADO EN LA SECRETARIA DE ACUERDOS EN LA
H. NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, SITO EN EL DECIMO PISO DE LA CALLE RIO DE LA PLATA, NUMERO CUARENTA Y OCHO, COLONIA CUAUHTEMOC, DELEGACION CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL SEIS MIL QUINIENTOS, EN MEXICO DISTRITO FEDERAL.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

México, D.F., a 2 de marzo de 2009.

La C. Secretaria de Acuerdos de la Novena Sala

Lic. María de la Luz Alonso Tolamatl

Rúbrica.

(R.- 285061)



Estados Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Quincuagésimo Quinto de lo Civil

EDICTO DE REMATE

SE CONVOCAN POSTORES.

El C. Juez 55o. de lo Civil señalo las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTE DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la Audiencia de REMATE en TERCERA ALMONEDA, en el juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por GOMEZ RANGEL ANTONIA, en contra de SAUL MIRANDA ROMERO Y OTRO, expediente 865/07, respecto del inmueble embargado en el presente juicio, ubicado en la CALLE DE TEJOCOTES LOTE DIEZ, MANZANA VEINTIUNO, COLONIA VIVEROS COATECTLAN, DELEGACION TLALPAN, CODIGO POSTAL 14479, DISTRITO FEDERAL. Sirviendo como base para el remate la cantidad de $635,850.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.).

México, D.F., a 20 de febrero de 2009.

El C. Secretario de Acuerdos “A”

Lic. Eliseo Hernández Córdova

Rúbrica. (R.- 285234)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Octavo de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

A: JOSE TOMAS MACARIO HERRERA MARTINEZ.

En acuerdo de fecha cuatro de febrero de dos mil nueve, dictado en los autos del juicio de amparo número 1540/2008 del índice del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por ELPIDIO PEREZ PEREZ contra actos del JUNTA ESPECIAL NUMERO SEIS DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO Y OTRA AUTORIDAD, actos reclamados consistentes en: “De la autoridad ordenadora.- Lo constituye todas y cada una de las actuaciones practicadas dentro del expediente número D.4/323/2002, de la Junta Especial Número Cuatro de la Junta de Conciliación y Arbitraje del Estado, relativo al Juicio Laboral promovido por los señores José Tomas Macario Herrera Martínez, Isaías Herrera Parraguirre, Salomón Leonardo Báez y Francisco Leonardo Romero en contra de Miguel Angel Melgarejo Cortes y/o quien resulte legitimo propietario del lote de terreno número diecisiete de la manzana número catorce del Fraccionamiento “Valle del Angel” de esta ciudad de Puebla, actualmente identificado como la casa marcada con el número tres mil setecientos diecisiete de la calle Niebla del fraccionamiento “Valle del Angel” de esta Ciudad de Puebla, ello por la falta de emplazamiento en el presente Juicio Laboral antes citado, toda vez que nunca fui emplazado a Juicio, siendo que el suscrito es el legitimo propietario del bien inmueble citado en líneas anteriores, dejándome en el más completo estado de indefensión, toda vez que no he sido ni oído ni vencido en Juicio alguno, por no darme la oportunidad de comparecer al mismo para dar contestación a la demanda incoada en mi contra y ofrecer las excepciones, defensas y pruebas.--- De la ejecutora.-
Lo constituye la falta de emplazamiento hecho al suscrito dentro del Juicio Laboral que se sigue dentro del expediente número D-4/323/2002, de la Junta Especial Número Cuatro de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, toda vez que en ningún momento fui emplazado dentro del Juicio Laboral, siendo que el suscrito es el legítimo propietario del lote de terreno número diecisiete de la manzana número catorce del Fraccionamiento “Valle del Angel” de esta Ciudad de Puebla, actualmente identificado como la casa marcada con el número tres mil setecientos dieciséis de la calle Niebla del Fraccionamiento “Valle del Angel” de esta Ciudad de Puebla, tal y como se demostrará en su momento procesal oportuno.” Se ha señalado a usted como tercero perjudicado, y como se desconoce su domicilio, con fundamento en los artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley anterior, se le emplaza por edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y periódico “Reforma”, debiendo presentarse en el término de treinta días contados al día siguiente a la última publicación y señalar domicilio para recibir notificaciones en esta localidad o en la Ciudad de Puebla, apercibido que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones que le correspondan se le harán por lista, aún las de carácter personal. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías, señalándose para la audiencia constitucional LAS NUEVE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DIA DIECISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE. Doy Fe.

San Andrés Cholula, Pue., a 10 de febrero de 2009.

El Actuario Judicial

Lic. Luis Gerardo Fernández Chávez

Rúbrica.

(R.- 283951)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia

en la ciudad de Boca del Río, Veracruz, perteneciente al Séptimo Circuito

EDICTO

EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO NUMERO 927/2008-I, PROMOVIDO POR MARTIN DURAN GONZALEZ, EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE COMUN DE LA PARTE QUEJOSA EJIDO JOSE CARDEL, DEL MUNICIPIO DE LA ANTIGUA, VERACRUZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA, CON RESIDENCIA EN VERACRUZ, VERACRUZ, Y OTRAS AUTORIDADES, CON ESTA PROPIA FECHA SE DICTO EL SIGUIENTE ACUERDO:

“...no ha sido posible localizar al tercero perjudicado José Mauricio Fernando García Moreno;
(...) en consecuencia, a fin de integrar debidamente el juicio de garantías en que se actúa, con apoyo en el artículo 30, fracción II última parte, de la Ley de Amparo, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en la materia, procédase a emplazar al aludido tercero José Mauricio Fernando García Moreno, mediante edictos a entera costa de la parte quejosa, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, así como en alguno de los periódicos de mayor circulación nacional; haciéndole saber que en el presente juicio de garantías 927/2008-I, Martín Durán González, en su carácter de representante común de la parte quejosa Ejido José Cardel, del municipio de La Antigua, Veracruz, demanda la protección de la Justicia Federal, contra actos del Juzgado Sexto de Primera Instancia, con residencia en Veracruz, Veracruz y otras autoridades, de las que reclama “Todo lo actuado en el expediente número 435/2007 del índice del Juzgado Sexto de Primera Instancia de la ciudad de Veracruz, Veracruz, relativo a las diligencias de información testimonial Adperpetuam que en vía de jurisdicción voluntaria se hicieran valer, así como la resolución dictada en el expediente el 19 de Abril del 2007, en la que se aprobaron las diligencias ya citadas promovidas por el C. José Antonio Jácome Solís. De la autoridad señalada como ejecutora reclamamos la cancelación de la inscripción número 10066 del tomo 504 de la Sección Primera del año 2007 relativo a la inscripción
de la resolución de fecha 19 de Abril del 2007 emitida por la ordenadora en el expediente número 435/2007, así como la cancelación de las ventas y/o donaciones que se deriven de dicha inscripción”. Hágase del conocimiento al aludido tercero perjudicado que dentro del plazo de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, deberá comparecer a este Juzgado a deducir sus derechos en este juicio de amparo.“.

LO QUE COMUNICO A USTED PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.

Boca del Río, Ver., a 30 de enero de 2009.

El Juez Sexto de Distrito en el Estado de Veracruz

Lic. Roberto Castillo Garrido

Rúbrica.

El Secretario

Lic. Roberto Ladrón de Guevara Parraguirre

Rúbrica.

(R.- 284101)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado

San Luis Potosí

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES

Auto dictado en fecha veinticinco de febrero de dos mil nueve, en los autos del juicio ejecutivo mercantil 139/2007-IV, promovido por Sergio Valencia Maldonado, por conducto de sus endosatarios en procuración, en contra de Rina Aracely Guerrero Suazo y otro, ordena sacar a REMATE EN SEGUNDA ALMONEDA, el bien inmueble embargado en el presente juicio, consistente en: el ubicado en lote catorce, manzana quince del fraccionamiento Santa Lucía en esta ciudad, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de esta ciudad, el trece de noviembre de dos mil tres, bajo el número 7417, a fojas 106 a 108, del libro de Escrituras Públicas, del Tomo CXVII, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte en treinta y tres metros con lote número doce, al Sur en treinta y tres metros con el lote número dieciséis, al Oriente en diez metros con la calle Tauro, al Poniente en diez metros con el lote número trece y con una superficie de trescientos metros cuadrados, mismo que se sacará a remate en el precio primitivo de $587,000.00 (quinientos ochenta y siete mil pesos 00/100 moneda nacional) valor pericial asignado en autos, con deducción de un diez por ciento, anunciándose su venta por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en los Estrados de este juzgado, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor del avalúo, con deducción de un diez por ciento, la que tendrá verificativo en el local de este juzgado a las doce horas con diez minutos del día veinte de marzo de dos mil nueve.

Ciudad Valles, S.L.P., a 25 de febrero de 2009.

El Secretario del Juzgado

Ramón Lozano Bernal

Rúbrica.

(R.- 285282)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito

Cuernavaca, Mor.

Juicio 2051/2008-I y su Acumulado 102/2009-II

EDICTO

EMPLAZAMIENTO A LOS

TERCEROS PERJUDICADOS:

GUILLERMO TERRONES “N” y

DALIA TERRONES “N”

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación. Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Morelos. En los autos del juicio de amparo 2051/2008-I, promovido por JAIME ENRIQUE PADILLA ACERO y DALIA GEORGINA TERRONES CASTILLO y acumulado 102/2009-II, promovido por INDUSTRIAS FORZA, S.A. DE C.V., haciéndoles saber que el acto reclamado se hace consistir en: “…

IV.- ACTO RECLAMADO: 1. El embargo de fecha 14 de noviembre de 2008 practicado por el actuario responsable en el inmueble de nuestra propiedad, así como sus todos (sic) sus efectos y consecuencias, entre los que destacamos, la inspección de dicho embargo en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado y el remate del inmueble que se nos embargó.”

IV.- ACTO RECLAMADO: 1. La falta de emplazamiento y en su caso, el ilegal emplazamiento que hayan practicado a la persona moral que represento al juicio laboral número 01/1534/07-B, radicado en la Junta Especial número uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del estado de Morelos, promovido por ELADIO FLORES BELTRAN en contra de INDUSTRIAS FORZA S.A. DE C.V., DALIA TERRONES “N”, GUILLERMO TERRONES “N”, así como los efectos y consecuencias tanto de derecho como de hecho que del mismo se deriven.”

Se le hace de su conocimiento que se les ha señalado a ustedes como terceros perjudicados y toda vez que se desconoce su domicilio actual; no obstante la investigación del mismo en términos del artículo 30 fracción II, de la Ley de Amparo, por acuerdo de trece de febrero de dos mil nueve, se ha ordenado emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional, haciéndoles saber que deben presentarse dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones les correrán por lista que se fija en los estrados de éste Juzgado Federal, y que en razón de lo anterior con esta fecha se difirió anticipadamente la audiencia constitucional a fin de otorgarle el término legal para apersonarse al presente juicio, por lo que se dicto un acuerdo que en lo conducente es del tenor siguiente:”…

“…Cuernavaca, Morelos a 20 de febrero de dos mil nueve…en consecuencia, para dar margen a lo dictado en dicho proveído; se difiere anticipadamente la audiencia constitucional señalada a las doce horas con cuarenta minutos del día veintitrés de febrero del año en curso y, en su lugar se fijan las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTIUNO DE MAYO DE DOS MIL NUEVE, para que tenga verificativo la misma…”

NOTIFIQUESE PERSONALMENTE Y CUMPLASE.

Así lo proveyó y firma la Licenciada Erico Torres Miranda, Juez Tercero de Distrito en el Estado de Morelos, ante el Licenciado Roberto Bravo Vargas, Secretario que autoriza las actuaciones y da fe…”

Atentamente

Cuernavaca, Mor., a 4 de marzo de 2009.

El Juez Tercero de Distrito en el Estado de Morelos

Lic. Erico Torres Miranda

Rúbrica.

El Secretario

Lic. Roberto Bravo Vargas

Rúbrica.

(R.- 285171)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala

EDICTO

C. CHEMAYA MIZRAHI DANIEL (TAMBIEN CONOCIDO COMO CHEMA MIZRAHI DANIEL), E INDUSTRIAS DE ACRILICOS, S.A. DE C.V.

TERCEROS PERJUDICADOS.

En los autos del juicio de amparo 1402/2008-VI, promovido por SUNCHEMICAL COLORES, S.A. DE C.V., contra actos del Juez Primero de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Lardizábal y Uribe y otras autoridades; donde se les tuvo como terceros perjudicados, se ordena su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en el periódico “EL UNIVERSAL” por ser uno de los de mayor circulación a nivel nacional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, según su artículo 2o., quedan a su disposición con el Actuario de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías y se les hace saber, además, que se han señalado las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA NUEVE DE MARZO DEL DOS MIL NUEVE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.

Tlaxcala, Tlax., a 11 de febrero de 2009.

La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado

Lic. María de Lourdes Morales García

Rúbrica.

(R.- 284336)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

con residencia en Guadalajara

EDICTO

A: TERCERO PERJUDICADO LUIS GERARDO IBARRA RIVAS

O LUIS GERARDO DE LA PAZ IBARRA RIVAS.

En el amparo 09/2009-II, índice Juzgado Primero Distrito Materia Civil Estado de Jalisco, promovido por Vicente Rivera Casillas, contra actos del Juez Décimo Segundo Civil de esta ciudad y Secretaria Ejecutora de su adscripción, en el que reclama el lanzamiento que se le efectuó en el juicio civil ordinario 562/2008; se ordenó emplazarlo por edictos para que comparezca, por sí o conducto de representante legal, en treinta días, siguientes a última publicación, si a su interés legal conviene.

Guadalajara, Jal., a 27 de febrero de 2009.

La Secretaria

Lic. María Esther Ponce Arroyo

Rúbrica.

(R.- 285149)



Estados Unidos Mexicanos

Estado de Jalisco

Poder Judicial

Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco

Primer Partido Judicial

Juzgado Tercero de lo Mercantil

EDICTO

REMATA ESTE JUZGADO TERCERO MERCANTIL A LAS 09:45 NUEVE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS, DIA 14 CATORCE DE ABRIL DEL 2009 DOS MIL NUEVE, DENTRO DEL JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO, PROMOVIDO POR AVIMAEL MILLAN HERNANDEZ en contra de RAFAEL GARCIA VAZQUEZ Y MARIA MAGDALENA PULIDO PEREZ, EXPEDIENTE 2585/2006, EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE:- FINCA MARCADA CON EL NUMERO 3616 DE LA CALLE PRESA OSORIO, FRACCIONAMIENTO LAGOS DE ORIENTE EN GUADALAJARA, JALISCO, CON SUPERFICIE DE 105 m2 CIENTO CINCO METROS CUADRADOS, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: NORTE en 5.00 metros con calle Presa de Osorio. AL SUR en 5.00 metros con Propiedad Particular. AL ORIENTE en 21.00 metros con Propiedad Particular. AL PONIENTE en 21.00 metros con propiedad particular.

POSTURA LEGAL DOS TERCERAS PARTES DE LA CANTIDAD DE $619,000.00 (SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), MONTO QUE RESULTA SER EL PRECIO FIJADO EN AUTOS.

CONVOQUESE POSTORES: CITESE ACREEDORES: RODOLFO CERVANTES ALONSO Y GUADALUPE GUTIERREZ ROMO.

Guadalajara, Jal., a 3 de marzo de 2009.

La Secretario de Acuerdos

Lic. Lorena Ríos Cervantes

Rúbrica.

(R.- 285289)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Nuevo León

Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial

Monterrey, N.L.

EDICTO

A las 10:00-diez horas del día 12-doce de marzo del año 2009-dos mil nueve, en el local de este Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado, dentro de los autos del expediente judicial numero 976/2004, relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL promovido inicialmente por el ciudadano JOSE LUIS MENDEZ MORALES, y continuado por el ciudadano HERNAN MORENO LIVAS, ambos en su carácter de apoderados generales para pleitos y cobranzas de la persona moral denominada MOLINOS AZTECA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE en contra de la ciudadana YADIRA LARA URBINA, tendrá verificativo la Audiencia de Remate en Pública Subasta y Primera Almoneda del bien inmueble embargado en autos consistente en: Predio urbano. Manzana 2218, cuartel fracción “C” del lote 98, localización Villa Juárez, Benito Juárez, Sonora. Superficie de 625.00 M2. Colinda al norte en 20 M con fracción “A” del lote 98, al sur en 20.00 M con calle 5 de febrero, al este en 31.25 M con resto del lote 90 y al oeste, en 31.25 M con calle Benito Juárez. Sirviendo de base para el remate del bien inmueble citado con antelación, la cantidad de $456,000.00 (cuatrocientos cincuenta y seis mil pesos 00/100 moneda nacional), que equivale al valor pericial del referido inmueble, y servirá como postura legal para intervenir en la audiencia de remate, la cantidad de $304,000.00 (trescientos cuatro mil pesos 00/100 moneda nacional), que representa las dos terceras partes de la cantidad anteriormente citada, por lo que convóquese a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse, 3-tres veces dentro del término de 9-nueve días, en el Diario Oficial de la Federación, en los Estrados de este Juzgado, así mismo, y toda vez que la finca antes mencionada, se encuentra ubicada fuera de la jurisdicción de este tribunal, esto es en Huatabampo, Sonora, motivo por el cual la publicación de edictos correspondientes, deberá realizarse por igual término en los Estrados del Juzgado de Huatabampo, Sonora. Así mismo, es de hacerse del conocimiento, de que aquellas personas que deseen intervenir como postores al citado remate deberán consignar el 10%-diez por ciento de la suma que sirve como base para el remate, mediante certificado de depósito expedido por la Secretaría de Finazas y Tesorería General del Estado, sin cuyo requisito no serán admitidos en dicha subasta. Por último, se informa que en la secretaría del juzgado se proporcionara mayor información a los interesados que deseen intervenir
en la referida audiencia de remate. Monterrey, Nuevo León, a 25 veinticinco del mes de noviembre del año 2008-dos mil ocho.

La Primer Secretario del Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente

del Primer Distrito Judicial del Estado

Lic. Rosalinda Rodríguez Belmares

Rúbrica.

(R.- 284479)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz

con residencia en Boca del Río

EDICTO

REMATE

PRIMERA ALMONEDA

En la sección de ejecución relacionada al expediente 34/2007-IV, promovido por "TALLERES NAVALES DEL GOLFO", Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de "TRIDENT GAMING DEVELOPMENT, INC." Y del propietario de la embarcación marítima denominada "M/V FIESTA CASINO, por el cobro de dólares; por acuerdo datado el día dieciocho de febrero de dos mil nueve, se ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda: El bien consistente la embarcación "M/V FIESTA CASINO.- El remate se efectuará en este Juzgado Quinto de Distrito, ubicado en la Avenida Juan Pablo II Número 646, esquina calle Tiburón, Fraccionamiento Costa de Oro, en la ciudad de Boca del Río, Veracruz, a las ONCE HORAS DEL DIA DIECIOCHO DE MARZO DE DOS MIL NUEVE.- Será postura legal la que cubra las tres cuartas partes del valor pericial de CUATROCIENTOS OCHENTA MIL DOLARES, 00/100 MONEDA AMERICANA.- Se convocan postores, los que previamente deberán exhibir el diez por ciento del valor pericial, para poder intervenir en la subasta.

Para su publicación por por tres veces consecutivas, dentro de tres días, debiendo publicarse en días hábiles en el Diario Oficial de la Federación, en la tabla de aviso de este Juzgado, en el periódico
"El Dictamen" y "El Notiver. Se expide el presente en Boca del Río, Veracruz, a veinticinco de febrero de
dos mil nueve.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado

Lic. Anuar Sigfrido Corro Ortiz

Rúbrica.

(R.- 284892)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

A: MARIA GUADALUPE DE FELIPE LOZANO.

Dentro los autos del juicio de amparo número 1295/2008, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por OFELIA DE FELIPE LOZANO contra actos de la C. JUEZ CUARTO DE LO FAMILIAR CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE PUEBLA Y OTRAS, actos reclamados consistentes en: “todo lo actuado dentro del expediente número 593/2003, y la falta de llamamiento a juicio o emplazamiento dentro del expediente 593/2003 así como también, la inscripción del inmueble ubicado en la Dieciséis de Septiembre, número nueve mil quinientos cuatro, de la colonia dieciséis de septiembre sur,…” Se ha señalado a usted como tercera perjudicada y como se desconoce su domicilio, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicados supletoriamente al ordenamiento legal antes invocado, según su artículo 2o., se ordena su emplazamiento por edictos que se publicaran por tres veces de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en el Periódico “La jornada”, deberá presentarse en el término de treinta días contados al día siguiente de la última publicación y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que si pasado el término, no comparece por sí o por apoderado o gestor que pueda representarla, se le harán las posteriores notificaciones por lista que se fijarán en los estrados este Juzgado de Distrito. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías, señalándose para la audiencia constitucional LAS NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIA TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS MIL NUEVE. Doy Fe.

Ciudad de Puebla, Pue., a 24 de febrero de 2009.

El Actuario Judicial Adscrito

Lic. Edmundo Armando Loranca Covarrubias

Rúbrica.

(R.- 285291)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tamaulipas

EDICTO

Primera Publicación.

En el Juicio de Amparo número 335/2008-2, promovido por Jesús Fernando Tapia Arriaga, en su carácter de apoderado jurídico para pleitos y cobranzas de la persona moral denominada TIENDAS SORIANA, S.A.DE C.V., contra actos del Juez de Primera Instancia de lo Civil con residencia en esta ciudad y otra autoridad, se dictó el siguiente acuerdo:

“Nuevo Laredo, Tamaulipas, a veintitrés de febrero de dos mil nueve.

Vista las razones actuarial de fechas dieciséis, diecisiete y dieciocho de los corrientes, en la que se hace constar que no fue posible notificar a los terceros perjudicados Jannette Francisca Longoria Herrmann, Rafael, Martín Eduardo y Francisco, todos ellos de apellidos Reyes Madrigal; los acuerdos de veintisiete de enero de dos mil nueve, doce de agosto, diecisiete y veinticuatro de septiembre del año próximo pasado, por las razones ahí expuestas.

Asimismo, se advierte que mediante proveídos de treinta de septiembre del año próximo pasado y veintisiete de enero del año en curso, se ordenó investigar el domicilio correcto y actual de los terceros perjudicados Jannette Francisca Longoria Herrmann, Rafael, Martín Eduardo y Francisco, todos ellos de apellidos Reyes Madrigal, a través de las dependencias gubernamentales y personas morales de Derecho Privado mencionadas en el citado proveído, a fin de poder emplazarlos al presente juicio de garantías, sin que se hubiere logrado, a pesar de la información que algunas de ellas proporcionaron al respecto.

Por lo tanto, a fin de que no se paralice el trámite del presente juicio de garantías, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se ordena emplazar por edictos a los terceros perjudicados Jannette Francisca Longoria Herrmann, Rafael, Martín Eduardo y Francisco, todos ellos de apellidos Reyes Madrigal, a costa de la parte quejosa.

Prevéngase al apoderado legal de la parte quejosa, para que dentro del término de tres días, contado a partir de la notificación de este proveído, él o alguna persona autorizada para tales efectos, se presente ante este Juzgado de Distrito a recoger los edictos que deberán publicarse en los términos que precisa el Código Federal de Procedimientos Civiles, apercibido que de no recoger dichos edictos para la publicación respectiva dentro del aludido plazo o de no justificar dentro del término de tres días posteriores a su recepción, haber hecho la publicidad respectiva, se decretará el sobreseimiento en el juicio de garantías en que se actúa por falta de interés jurídico del promovente.

Lo anterior con apoyo en la Tesis de Jurisprudencia número 2a./J. 64/2002, por Contradicción de tesis 16/2000, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, Novena Epoca, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, XVI, Julio de 2002, consultable en la página 211, que dice: “EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS, PAGAR SU PUBLICACION Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado se hará mediante notificación personal, siempre que se conozca o se logre investigar su domicilio, o por medio de edictos a costa del quejoso, si a pesar de la investigación se ignora aquél. Ahora bien, del análisis sistemático de lo previsto en el artículo 73, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, en relación con los diversos dispositivos 30, fracción II y 5o., fracción III, del propio ordenamiento, así como en el numeral 14, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se concluye que si una vez agotada la investigación a que alude el referido artículo 30, fracción II, y ordenado el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado por medio de edictos a costa del quejoso, éste no los recoge, paga su publicación y exhibe ésta, procede decretar el sobreseimiento en el juicio de garantías, toda vez que incumple con un presupuesto procesal, que se erige en formalidad esencial del procedimiento y hace que el juzgador de amparo no pueda pronunciarse sobre el fondo de lo planteado en el juicio constitucional; por ende, se actualiza una causa de improcedencia, pues con la no publicación de los edictos ordenados queda paralizado el juicio de garantías al arbitro del quejoso, con lo que se contraviene lo dispuesto en el artículo 17 de la Constitución Federal, puesto que se entorpece la administración de justicia, por retardarse la solución del conflicto, ya que ello no es atribuible al órgano jurisdiccional, sino al propio quejoso, cuyo interés particular no puede estar por encima del interés público, tutelado por dicho precepto constitucional, en razón de que la sociedad está interesada en que los juicios se resuelvan dentro de los términos que al respecto señale la ley y no quede su resolución al arbitrio de una de las partes, en este caso del quejoso.”

Notifíquese personalmente.

Así lo proveyó y firma el licenciado Ricardo Samaniego Ramírez, Juez Tercero de Distrito en el Estado de Tamaulipas, ante el Secretario que autoriza y da fe. Doy fe.”

Que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, y por el presente edicto se le emplaza a Usted al juicio de amparo antes citado.

Atentamente

Nuevo Laredo, Tamps., a 23 de febrero de 2009.

El Juez Tercero de Distrito en el Estado de Tamaulipas

Lic. Ricardo Samaniego Ramírez

Rúbrica.

El Secretario

Lic. Josué Javier Gómez Abrach

Rúbrica. (R.- 285295)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito

La Paz, Baja California Sur

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California Sur

EDICTO

EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL NUMERO 16/2006, SEGUIDO POR JOSE LUIS HINOJOSA VENTURA, EN CONTRA DE RAFAEL MARTINEZ MONTEVERDE, EL TRECE DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE SE DICTO UN AUTO MEDIANTE EL CUAL SE ORDENA SACAR A VENTA EN TERCERA ALMONEDA EL BIEN EMBARGADO AL DEMANDADO, CONSISTENTE EN EL INMUEBLE MARCADO CON EL NUMERO 219 DE LA CALLE FRANCISCO J. MUJICA, ENTRE ALMENDRAS Y CASTAÑAS, COLONIA INDECO, EN ESTA CIUDAD, CUYOS DATOS DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESTA CIUDAD, CONSTAN EN EL VOLUMEN 120, CON EL NUMERO 434, FOJA 326, DE LA SECCION PRIMERA, CONVOCANDOSE POSTORES MEDIANTE PUBLICACION DE EDICTO POR UNA SOLA VEZ, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, ASI COMO EN LA PUERTA DE ESTE JUZGADO, A EFECTO QUE ACUDAN A ESTE ORGANO JURISDICCIONAL A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL TREINTA DE MARZO DE DOS MIL NUEVE, FECHA Y HORA EN QUE TENDRA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE REMATE EN TERCERA ALMONEDA DEL BIEN EMBARGADO EN AUTOS, FIJANDOSE COMO PRECIO BASE LA CANTIDAD DE $468,000.00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS MONEDA NACIONAL), QUE FUE EL VALOR RESULTANTE DEL AVALUO PRACTICADO POR EL PERITO DESIGNADO POR LA PARTE ACTORA, Y CON EL CUAL SE TUVO CONFORME A LA DEMANDADA, TENIENDOSE COMO POSTURA LEGAL LAS DOS TERCERAS PARTES DE DICHA CANTIDAD MENOS UN DIEZ POR CIENTO, ASI COMO UN DIEZ POR CIENTO ADICIONAL.

La Paz, B.C.S., a 13 de febrero de 2009.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado

Lic. Nérik Atahualpa Camacho Solorio

Rúbrica.

(R.- 282850)



AVISO AL PUBLICO

REQUISITOS NECESARIOS PARA LA INSERCION DE DOCUMENTOS A PUBLICAR:

• Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación de su documento, con dos copias legibles.

• Original del documento a publicar en papel membretado, con sello legible, firma autógrafa y fecha de expedición del mismo, sin alteraciones y acompañado de dos copias legibles.

• En caso de documentos a publicar de empresas privadas, deberá anexar copia de la cédula del R.F.C.

• En caso de licitación pública o estado financiero, necesariamente deberá acompañar su documentación con un disquete en cualquier procesador WORD.

• El pago por derechos de publicación deberá efectuarse mediante el esquema para pago de derechos e5cinco del SAT en ventanilla bancaria o a través de Internet, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El comprobante de pago deberá presentarse (el original que devuelve la institución bancaria o la impresión original del pago realizado en Internet), acompañado de una copia simple. El original del pago será resguardado por esta Dirección.

LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARAN DE LA SIGUIENTE FORMA:

• Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público recibidas los días miércoles, jueves y viernes, se publicarán el siguiente martes, y las recibidas en lunes y martes, se publicarán el siguiente jueves.

• Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asambleas se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibido y pagado, y tres días después si se acompañan con disquete, mientras que los estados financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación.

• El disquete deberá contener un solo archivo con toda la información.

• Por ningún motivo se recibirá documentación que no cubra los requisitos antes señalados.

• Horario de recepción de 9:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.

• Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081. Fax extensión 35076.

Nota: Si envía la documentación por correspondencia o mensajería, favor de anexar guía prepagada
de la mensajería de su preferencia, correctamente llenada, para poder devolverle la forma fiscal que le corresponde.

Atentamente

Diario Oficial de la Federación

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

con residencia en Guadalajara

EDICTO

A: Kriptonia, Sociedad Anónima de Capital Variable y Mercados Guezplagova, Sociedad Anónima de Capital Variable.

En el amparo 999/2008-VI, promovido por Alvaro Leaño Espinosa, Apoderado General de Inmobiliaria Valle Nuevo, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos de la Cámara de Diputados y otras autoridades, consistentes en la aprobación, expedición, promulgación y publicación del artículo 924 de la Ley Federal del Trabajo, así como el auto de once de septiembre de dos mil ocho, dictado por el Juez Décimo Segundo de lo Civil de esta ciudad, en el Juicio Civil Sumario 286/06; se ordenó emplazarlas por edictos para que comparezcan, por sí o por conducto de representante legal, en treinta días siguientes a última publicación, si a su interés legal conviene.

Guadalajara, Jal., a 15 de enero de 2009.

La Secretaria

Lic. María Mireya Acevedo Manríquez

Rúbrica.

(R.- 285148)




AVISOS GENERALES


Auditoría Superior de la Federación

Auditoría Especial de Cumplimiento Financiero

Procedimiento No. AECF/04/2006/R/03/002

ASUNTO: Se notifica resolución y pliego definitivo de responsabilidades 003/2009.

CIUDADANO JOSE MANUEL BERMUDEZ HERNANDEZ

En cumplimiento a lo ordenado dentro de los puntos resolutivos TERCERO y SEXTO de la resolución de fecha catorce de enero de 2009, dictada por el Auditor Superior de la Federación, dentro de los autos que integran el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias AECF/04/2006/R/03/002, instruido entre otros, al C. José Manuel Bermúdez Hernández, quien en la época de los hechos se desempeñaba con el carácter de Coordinador General de Administración del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, asimismo, en cumplimiento al acuerdo de fecha 12 de febrero de 2009, emitido por el C.P.C. Juan Manuel Portal M., Auditor Especial de Cumplimiento Financiero, por este medio en vía de notificación se hace de su conocimiento que en relación a la presunta responsabilidad resarcitoria que se le atribuyó en el expediente de mérito, se resolvió:

“- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - RESUELVE - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Esta Auditoría Superior de la Federación es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo señalado en el Considerando I que antecede. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -“ - - - SEGUNDO.- Es existente la responsabilidad resarcitoria atribuida al ciudadano José Manuel Bermúdez Hernández, en calidad de responsable directo, debiendo resarcir el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por lo que se le finca Pliego Definitivo de Responsabilidades a título de indemnización, por la cantidad de $564,732.37 (QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS PESOS 37/100 M.N.), la cual, como se señala comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal por la cantidad de $459,916.72 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS PESOS 72/100 M.N.), más su actualización desde la fecha en que se cometió la irregularidad al 30 de junio de dos mil ocho, por $104,815.65 (CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS QUINCE PESOS 65/100 M.N.), en los términos de lo expresado en el Considerando IV, de esta resolución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO.- En cumplimiento a los anteriores Resolutivos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 53, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, notifíquese la presente resolución y el Pliego Definitivo de Responsabilidades al responsable José Manuel Bermúdez Hernández, para que en un plazo de quince días naturales contados a partir de la notificación, cubran ante la Tesorería de la Federación el monto de los respectivos Pliegos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CUARTO.- Remítase copia autógrafa del Pliego Definitivo de Responsabilidades a la Tesorería de la Federación, para el efecto de que si en un plazo de quince días naturales contados a partir de la notificación, éste no es cubierto, se haga efectivo en términos de ley, mediante el procedimiento administrativo de ejecución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEXTO.- Hágase del conocimiento del responsable José Manuel Bermúdez Hernández, que puede impugnar la presente resolución directamente ante la Auditoría Superior de la Federación mediante el Recurso de Reconsideración, o bien, mediante el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “ - - - OCTAVO.- Verifíquese a través de la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, el cumplimiento de lo ordenado y, en su oportunidad, archívese el expediente del presente procedimiento, como asunto total y definitivamente concluido. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo resolvió y firma el Auditor Superior de la Federación C.P.C. Arturo González de Aragón O. - - - - - - - - - “

Asimismo, derivado de la resolución de mérito el Auditor Superior de la Federación emitió el Pliego Definitivo de Responsabilidades número 003/2009, de fecha 14 de enero de 2009, en el que se determinó:

PLIEGO DEFINITIVO DE RESPONSABILIDADES


DATOS DE REFERENCIA


NOMBRE DE LA ENTIDAD FISCALIZADA:

GOBIERNO MUNICIPAL DE OAXACA DE JUAREZ, OAXACA

IMPORTE DE LA RESPONSABILIDAD

“A José Manuel Bermúdez Hernández, en calidad de responsable directo, debiendo resarcir el daño causado al patrimonio del Estado en su Hacienda Pública Federal, por lo que se le finca Pliego Definitivo de Responsabilidades a título de indemnización, por la cantidad de $564,732.37 (QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS PESOS 37/100 M.N.).”

Atentamente

El Auditor Especial de Cumplimiento Financiero

C.P.C. Juan Manuel Portal M.

Rúbrica.

(R.- 284838)

Estados Unidos Mexicanos

Auditoría Superior de la Federación

Cámara de Diputados

Dirección General de Responsabilidades

Procedimiento DGR/B/09/2008/R/04/049

Oficio DGR/B/B2/551/2009

ASUNTO: Citatorio para audiencia

C. JESUS ALFREDO DELGADO MUÑOZ

En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 74, fracción VI, y 79, fracción IV, de la propia Constitución; 14, fracción IX, 16, fracción XV, 35, 45, fracción I, 46, fracción I, 47, 48, 49, 52, 53, 55, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; 2o., apartado 52000, 14, fracción XXXV, y 28, fracción IV, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2007, en concordancia con el apartado 52000, función 12, del Manual de Organización de la Auditoría Superior de la Federación, se le cita para que comparezca ante el suscrito en las oficinas de la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, ubicadas en el primer piso del edificio sede,
de avenida Coyoacán número 1501, colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, código postal 03100, en la Ciudad de México, Distrito Federal, al desahogo de la audiencia prevista en el artículo 53, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, la cual tendrá verificativo a las 10:00 horas del décimo segundo día hábil siguiente a aquel en que sea notificado el presente oficio citatorio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, en términos de su artículo 54. Se hace de su conocimiento que esta diligencia obedece a que la Auditoría Superior de la Federación practicó al Municipio de Juárez, Chihuahua, con motivo de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública 2004, la auditoría número 143 de tipo "Financiera y de Cumplimiento", denominada “Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal” (FORTAMUN-DF), cuyo objetivo fue, entre otros aspectos: verificar que los recursos federales asignados al Municipio de Juárez, Chihuahua, correspondientes al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), se registraron, administraron, ejercieron y destinaron de conformidad con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y demás normatividad aplicable y comprobar la existencia de mecanismos que fortalezcan la transparencia en su aplicación. Derivado de los trabajos de auditoría se detectaron las irregularidades descritas en el Pliego de Observaciones número 202/2006 de fecha veintitrés de agosto de dos mil seis, por un monto de $2,355,90.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVENTA PESOS 00/100 M.N.), mismo que fue notificado al Presidente Municipal de Juárez, Chihuahua, mediante el oficio número DGJ-F-(02)-2219/06 de fecha 25 de agosto de 2006. Al efecto, mediante diversos oficios, la entidad fiscalizada en respuesta remitió documentación e información, la cual fue analizada por la Dirección General de Auditoría a los Recursos Federales en Estados y Municipios de
la Auditoría Superior de la Federación, concluyendo en su dictamen técnico número DGARFEM.N.S./004/2008
de fecha trece de febrero de dos mil ocho, que se aclaró la cantidad de $59,689.80 (CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS 80/100 M.N.), del pliego de observaciones número 202/2006, dentro del plazo de cuarenta y cinco días que establece el artículo 52 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; sin embargo, subsiste un perjuicio a la Hacienda Pública Federal por la cantidad de $2,296,210.20 (DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS 20/100 M.N.), dictamen técnico que corre agregado en los autos del expediente del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias en que se actúa, documento en el que se describen, entre otras irregularidades, la presuntamente cometida por usted durante su desempeño como Presidente Municipal del Ayuntamiento de Juárez, Chihuahua, la cual se hace consistir en que: no administró correctamente por conducto de sus dependencias los recursos federales asignados a la Hacienda Pública Municipal, ya que no estableció los procedimientos técnicos, financieros y contables que permitieran el adecuado control y examen del gasto público; lo anterior, en razón de que el Municipio de Juárez realizó el pago de los contratos
números: JUR/067/04, celebrado con Artículos de Protección Universal, S.A. de C.V., para la adquisición de chalecos antibalas; JUR/115/04 y JUR/123/04, celebrados con Alden Juárez, S.A. de C.V., para la adquisición de 70 camionetas y siete camiones, respectivamente; JUR/124/04, celebrado con SCEISE, S.A. de C.V., para la adquisición de cámaras de video; JUR/125/04, celebrado con Romo Comunicaciones, S. de R.L., para la adquisición de radios de comunicación y JUR/126/04, celebrado con Ingeniería en Transformaciones Metálicas, S.A. de C.V., para la adquisición de seis semirremolques, sin que se hubiesen aplicado las penas convencionales, establecidas en los referidos contratos en sus cláusulas octava, novena y décima, por un monto de $2,296,210.20 (DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS 20/100 M.N.), en virtud de que los proveedores no cumplieron con los plazos de entrega de los bienes pactados, ya que en todos los casos se presentaron atrasos superiores a los 10 días calendario, como a continuación señala:

Contrato

Fecha según contrato

Fecha real de entrega

Días de retraso

Importe de penalización

JUR/067/04

10/04/04

12/07/04

93

$192,000.00

JUR/115/04

14/05/04

1/06/04

18

$1,169,000.00

JUR/123/04

21/04/04

6/07/04

76

$245,664.80

JUR/124/04

21/04/04

13/08/04

114

$221,077.10

JUR/125/04

22/04/04

12/05/04

20

$239,468.30

JUR/126/04

12/06/04

17/08/04

66

$229,000.00

Total




$2,296,210.20

La conducta irregular desplegada por usted, en su carácter de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Juárez, Chihuahua, ocasionó que se incumpliera lo establecido en las cláusulas octava de los contratos número JUR/067/04, JUR/115/04, JUR/123/04 y JUR/126/04, novena del contrato número JUR/JUR/124/04 y décima del contrato JUR/125/04, en los que se estableció que por cada día natural que transcurriera con posterioridad a la fecha en que el proveedor debiera entregar los bienes objeto del contrato, sin que lo hubiese hecho en su integridad, le sería descontada la cantidad equivalente al 1% sobre el monto total del contrato, sin que rebasara el 10% del valor de los instrumentos legales. De igual forma, se considera que infringió
lo dispuesto en el artículo 29, fracción XIV del Código Municipal del Estado de Chihuahua que dispone lo siguiente: Artículo 29.- El Presidente Municipal tendrá las siguientes facultades y obligaciones: fracción XIV. Administrar por conducto de las dependencias competentes la Hacienda Pública Municipal, estableciendo los procedimientos técnicos, financieros y contables que permitan el adecuado control y examen del ingreso y el gasto público, siendo aplicable en lo conducente lo dispuesto por el capítulo único del título quinto de la Ley
de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Chihuahua. Por lo anterior, se presume que incurrió en la responsabilidad resarcitoria a que se refieren los artículos 46, fracción I, 47, 48 y 49 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, por lo que deberá sujetarse al procedimiento que establece el artículo 53 del mismo ordenamiento y, en su caso, a la obligación de resarcir el monto del perjuicio causado al patrimonio del Estado en su Hacienda Pública Federal por la cantidad de $2,296,210.20 (DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS 20/100 M.N.), más su actualización. En la audiencia a que se le cita podrá ofrecer pruebas y alegar en la misma lo que a su derecho convenga,
por sí o por medio de un defensor; apercibido que de no comparecer, sin justa causa, se tendrá por precluido su derecho para ofrecer pruebas o formular alegatos, y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo; informándole, asimismo, que al acudir a consultar el expediente y comparecer a la audiencia a que se hace mención, en términos del artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización Superior de la Federación por disposición de su numeral 54 y 2 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el Distrito Federal, así como presentar identificación oficial vigente que contenga fotografía y firma. Asimismo, se le ponen a la vista en días hábiles de 9:00 a 18:00 horas las constancias que integran el expediente de referencia, en las oficinas que ocupa la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, en el domicilio señalado en el presente citatorio.

México, D.F., a 25 de febrero de 2009.

El Director General

Lic. Guillermo Narváez Bellacetin

Rúbrica.

(R.- 285048)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Seguridad Pública Federal

Dirección General de Seguridad Privada

PUBLICACION DE SANCION

El 27 de enero de 2009, se amonestó a la empresa Seguridad Privada, Protección y Servicios Especializados, S.A. de C.V., autorización 05/08/073/II, sita en Díaz Mirón número 1603, colonia Puerto México, código postal 96510, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

México, D.F., a 27 de enero de 2009.

El Director General de Seguridad Privada

de la Secretaría de Seguridad Pública

Mtro. Luis Armando Rivera Castro

Rúbrica.

(R.- 285151)



R.A.M.P.A., S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA

Se convoca a los señores accionistas de R.A.M.P.A., S.A. de C.V. a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas que se celebrará el próximo día lunes 23 de marzo de 2009 a las 19:00 horas, en el domicilio ubicado en Agustín Ahumada número 310, de las Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11000 y en la que se tratará el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.- Otorgamiento de Poderes.

2.- Elección de consejeros y comisario.

3.- Cualquier otro asunto relacionado con los anteriores que el presidente someta a la Asamblea.

En términos de lo establecido por la cláusula vigésima tercera de los estatutos sociales de R.A.M.P.A., S.A. de C.V. se recuerda a los señores accionistas que para efecto de poder acudir a la Asamblea que se convoca deberán depositar sus títulos de acciones con anterioridad a la hora fijada para la Asamblea en el domicilio ubicado en Agustín Ahumada número 310, de las Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11000, a la atención de la señora Patricia Norma de Hoyo a fin de tramitar su tarjeta de admisión a la mencionada Asamblea.

México, D.F., a 6 de marzo de 2009.

Presidente del Consejo de Administración

Patricia Norma de Hoyo

Rúbrica.

(R.- 285188)



INSYS CORPORATIVO, S.A. DE C.V.

(EN LIQUIDACION)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008

Activo Circulante

$ 50,000.00

Caja

$ 50,000.00

Total de Activo

$ 50,000.00

Total de Pasivo

$ 0.00

Total de Capital

$ 50,000.00

El presente balance final de liquidación se publica para los efectos y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el importe del capital histórico está representado por 50,000 acciones de la porción fija, con valor nominal de $1.00 cada una, equivalente a $50,000.00 determinando que el valor actualizado de cada acción es por la cantidad de $1.00; por lo que de esta última cifra resulta que el haber social se devolverá a cada accionista en proporción al porcentaje de su participación en el capital social.

México, D.F., a 2 de enero de 2009.

Liquidador

C.P. José Gabriel Ortiz

Rúbrica.

(R.- 283410)

AFORE AZTECA, S.A. DE C.V.

Mediante oficio número D00/100/030/20009 de fecha 24 de febrero de 2009, el Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, en cumplimiento al Acuerdo número JG76/05/2009 tomado por la Junta de Gobierno de esa Comisión, en su Septuagésima Sexta Sesión Ordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2009, hizo constar la autorización a las comisiones de Afore Azteca, S.A de C.V., de conformidad con lo dispuesto por el artículo tercero transitorio del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero del año en curso.

De conformidad con lo dispuesto en la regla décima octava de la Circular CONSAR 04-5, y el oficio antes referido, a continuación se publican, en tiempo y forma, las comisiones que Afore Azteca, S.A. de C.V., cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual:

COMISIONES DE AFORE AZTECA, S.A DE C.V.

Siefore Azteca Básica 1, S.A. de C.V., Siefore Azteca, S.A. de C.V., Siefore Azteca Básica 3, S.A. de C.V., Siefore Azteca Básica 4, S.A. de C.V. y Siefore Azteca Básica 5, S.A de C.V. (Siefores Básicas), cobrarán una comisión sobre saldo anual conforme al siguiente cuadro:

Concepto

Factor

Comisión sobre saldo

1.94% anual sobre el saldo administrado

Comisiones por cuota fija

Conceptos

Comisión

Estados de cuenta adicionales

Sin Comisión

Reposición de documentos

Sin Comisión

Las comisiones serán aplicables a todos los trabajadores registrados o asignados a los que Afore Azteca, S.A. de C.V., administre los fondos de su cuenta individual desde la fecha de su entrada en vigor, independientemente de la fecha en que se registre o se asigne el trabajador en lo sucesivo a Afore Azteca, S.A. de C.V.

En virtud de que las comisiones de Afore Azteca, S.A. de C.V. no implican un incremento en las comisiones que se cobran a los trabajadores asignados o registrados, ya sean éstos activos o inactivos, en el presente caso, no se actualizará el derecho de los trabajadores a traspasar su cuenta individual previsto en el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

De conformidad con lo dispuesto en la regla décima octava de la Circular CONSAR 04-5, las comisiones que Afore Azteca, S.A. de C.V. cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual, entrarán en vigor transcurridos 60 días naturales posteriores a la publicación de este documento en el Diario Oficial, y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2009.

La publicación del presente documento no implica aceptación y conformidad respecto al contenido del mismo, y se elabora y se publica Ad Cautelam derivado del Juicio de Amparo Indirecto número 100/2009 promovido por Afore Azteca, S.A. de C.V. que se sigue en el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal.

México, D.F., a 3 de marzo de 2009.

Representante Legal

Sergio Eduardo Gordillo Martínez

Rúbrica.

(R.- 285197)



ALTA TECNOLOGIA EN LABORATORIOS, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA

Con fundamento en los artículos 181, 182 y 183 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y en los estatutos vigentes de la sociedad, se convoca a una ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA de accionistas que se llevará a cabo en el domicilio de la sociedad ubicada en Comoporis número 43, colonia El Caracol, Delegación Coyoacán, Distrito Federal, el próximo día 27 de 2009 a las 10:30 horas, de acuerdo al siguiente:

ORDEN DEL DIA

I.- Modificación al objeto social.

II.- Designación de la persona encargada de acudir ante notario para protocolizar el acta.

Se suplica a los accionistas su puntual asistencia, en virtud del quórum requerido por la ley de los estatutos.

México, D.F., a 6 de marzo de 2009.

Representante Legal

Lucía Ramírez Hernández

Rúbrica.

(R.- 285206)

FEDERACION REGIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRESTAMO CENTRO SUR

S.C. DE R.L. DE C.V.

AVISO

Con fundamento en los artículos 81 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular (LACP) y cuarto transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la LACP, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2005 (“Decreto de fecha 27 de mayo de 2005”), así como por lo dispuesto por el artículo segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LACP, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 2007 (“Decreto
de fecha 31 de agosto 2007”) y para los efectos que los mismos establecen, la Federación Regional de Cooperativas de Ahorro y Préstamo Centro Sur S.C. de R.L. de C.V. publica el siguiente listado:

I. Entidades de Ahorro y Crédito Popular sobre las que ejerce funciones de supervisión auxiliar sin que estén afiliadas:

Nombre de la sociedad

Entidad federativa

1.- Financiera del Sector Social S.A. de C.V. S.F.P.

Distrito Federal


II. Sociedades, asociaciones que se encuentran registradas ante la Federación en términos de lo previsto en el artículo 4 bis de la LACP:

Nombre de la sociedad

Entidad federativa

Nombre de la sociedad

Entidad federativa

1.- Guarda Fácil

S.C. de R.L. de C.V.

Morelos

4.- Corporativo Cruz del Valle Real en México, S.C. de R.L.

Puebla

2.- Activo Empresarial S.C.

Tlaxcala

5.- Fondo de Capitalización UPROMEXGRO S.C.

Guerrero

3.- Caja Principal de Reservas Productivas S.C. de R.L.

Distrito Federal

6.- Caja Solidaria Tamaulipas

S.C. de R.L. de C.V.

Tamaulipas


III. Sociedades, asociaciones que se encuentran registradas ante la Federación en términos de lo previsto en el artículo 4 bis que se han sujetado a lo previsto por el artículo 4 bis-2 de la LACP:

Nombre de la sociedad

Entidad federativa

Nombre de la sociedad

Entidad federativa

1.- Unión San Mateo Tecoloapan S.C.

Estado de México

3.- Institución Rural Papagayo, S.C.

Guerrero

2.- Chimali S.C.L. de C.V

Morelos




IV. Sociedades o asociaciones afiliadas que cumplen los requisitos previstos en el artículo cuarto transitorio del “Decreto de fecha 27 de mayo de 2005”:

Nombre de la sociedad

Entidad federativa

Nombre de la sociedad

Entidad federativa

1.- Cooperativa 19 de Octubre, S.C.L

Morelos

10.- Sociedad Cooperativa de Consumo de Servicios

“Caja Popular Roma Uno”, S.C.L.

Distrito Federal

2.- Cooperativa Coatetelco, S.C.L

Morelos

11.- Cooperativa Suljaa´, S.C.L.

Guerrero

3.- Cooperativa El Rosario, S.C.L.

Estado de México

12.- Cooperativa Tepoztlán, S.C.L.

Morelos

4.- Cooperativa Jardines

de Santa Clara, S.C.L.

Estado de México

13.- Cooperativa Tilza, S.C.L.

Morelos

5.- Caja La Guadalupana, S.C.L.

Morelos

14.- Cooperativa San Andrés Coyutla, S.C.L.

Veracruz

6.- Caja Popular Motolinia, A.C.

Estado de México

15.- Cooperativa Acapiotzin, S.C. de R.L.

Morelos

7.- Cooperativa Pirámides S.C.L.

Estado de México

16.- Cooperativa Interestatal de la Huasteca, S.C. de R.L.

Hidalgo

8.- Cooperativa Quetsal de Morelos, S.C. de R.L. de C.V.

Morelos

17.- Caja Solidaria Zongolica, S.C.

Veracruz

9.- Cooperativa Rerum Novarum S.C.L.

Guerrero




V. Sociedades o asociaciones no afiliadas asesoradas por la Federación y que cumplen los requisitos previstos en el artículo cuarto transitorio del “Decreto de fecha 27 de mayo de 2005”:

Nombre de la sociedad

Entidad federativa

Nombre de la sociedad

Entidad federativa

1.- Serfinso, S.C. de R.L.

San Luis Potosí

8.- Zihuatlán de la Costa Grande, S.C.

Guerrero

2.- Caja Reforma,

S.C.L. de C.V

Distrito Federal

9.- Tlapanaltomin, S.C.

Guerrero

3.- Tosepantomin, S.C.

Puebla

10.- Cooperativa Yolomecatl S.C. de R.L. de C.V.

Oaxaca

4.- SERFIR

S.C. de R.L. de C.V.

Chiapas

11.- POP BOX,

S.C. de R.L. de C.V.

Distrito Federal

5.- Caja Solidaria Fondo Estatal de Mujeres

Indígenas de Morelos, S.C.

Morelos

12.- Sociedad Cooperativa Las Vegas, S.C.L.

Veracruz

6.- Chinde Etanyo

“Juntos para Trabajar”, S.C.

Guerrero

13.- Caja Solidaria

Santa Prisca, S.C.

Guerrero

7.- SERFICAM, S.C.

Puebla




VI. Sociedades o asociaciones no afiliadas asesoradas por la Federación y que cumplen los requisitos previstos en el artículo segundo transitorio del “Decreto de 31 de agosto de 2007”:

Nombre de la sociedad

Entidad federativa

Inversiones de Tlaxcala S.C. de R.L.

Tlaxcala

Esta Federación no cuenta con sociedades o asociaciones que se encuentren en los supuestos establecidos: I. Entidades de Ahorro y Crédito Popular que se encuentran afiliadas a la Federación
II. Sociedades, asociaciones que se encuentran registradas ante la Federación en términos de lo previsto en el artículo 4 bis que se han sujetado a lo previsto por el artículo 4-bis 3 de la LACP III. Sociedades o asociaciones afiliadas que cumplen los requisitos previstos en el artículo segundo transitorio del “Decreto de 31 de agosto de 2007 IV. Sociedades o asociaciones clasificadas en la categoría a la que se refiere la fracción IV del artículo tercero transitorio del “Decreto de 31 de agosto de 2007” y que se sujetaron a lo previsto en el artículo sexto transitorio, párrafos penúltimo y último del citado Decreto; V. Sociedades o asociaciones que deberán abstenerse de realizar operaciones que impliquen la captación de recursos de conformidad con lo dispuesto artículo cuarto transitorio del “Decreto de fecha 27 de mayo de 2005”.

Cuernavaca, Mor., a 2 de marzo de 2009.

Federación Regional de Cooperativas de Ahorro y Préstamo Centro Sur S.C. de R.L. de C.V.

Representante legal

C. E. Manuel Horta Martínez

Rúbrica.

(R.- 285154)

Secretaría de la Función Pública

Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales

Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal

CONVOCATORIA PARA LA LICITACION PUBLICA 001/2009 DE INMUEBLES FEDERALES

El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, a quien en lo sucesivo se denominará como “EL INDAABIN”, órgano desconcentrado
de la Secretaría de la Función Pública, a quien en adelante se denominará como “LA SECRETARIA”, de conformidad con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 fracción V, 11 fracción I, 20, 27 fracción IV, 29 fracciones I, II y VI, 84 fracción I, 85, 86, párrafo primero,
88, 95, 96, 101 fracciones I, VI, VIII, 143 fracción II, 148 y el transitorio décimo cuarto y demás artículos relativos y aplicables de la Ley General de Bienes Nacionales publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2004; y en el Acuerdo por el que se establecen las Normas para la Venta de Inmuebles de Propiedad Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2008. Convoca a todas las personas físicas y morales interesadas a participar en la licitación pública de 17 inmuebles de propiedad federal con Decretos Presidenciales y Acuerdos Secretariales de Desincorporación y autorización de enajenación onerosa publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 12 de septiembre de 2003, 23 de mayo de 2005, 8 de febrero de 2006, 20 de julio de 2006, 26 de enero de 2007, 28 de mayo de 2008 y 29 de mayo de 2008. Los inmuebles serán enajenados onerosamente “ad corpus”, 12 en forma individual y 5 en dos paquetes, ubicados en diversos estados de la República Mexicana y que se describen a continuación:

Registro Fed. Inm.

Tipo de

Inm.

Ubicación

Superficie terreno (m2)

Valor base

Visita al inmueble

Junta de aclaraciones

25-6137-4

Terreno Rústico

"El Brasil" carretera México Acapulco, entronque

con la carretera estatal Iguala Tuxpan, Iguala, Gro. *

2,346.66

$745,347.00

1-abril-09

13:00 Hrs.

1-abril-09

13:30 Hrs.

12-13781

Terreno Rústico

""El Brasil" carretera México Acapulco, entronque

con la carretera estatal Iguala Tuxpan, Iguala, Gro. *

2,219.97

$624,589.00

1-abril-09

13:00 Hrs.

1-abril-09

13:30 Hrs.

14-789-9

Terreno

Calles de Panteón, Alameda y Corona s/n,

manzana 19, Cuartel 3o. Ameca, Jal. *

4,802.32

$1’536,875.00

1-abril-09

15:00 Hrs.

1-abril-09

15:30 Hrs.

14-7890

Terreno Urbano

Lote 11, manzana 3, Sección Sol, Fraccionamiento

Sierra Encantada, Huitzilac, Mor.

1,848.00

$174,942.00

31-marzo-09

11:00 Hrs.

31-marzo-09

11:30 Hrs.

17-4547-4

Terreno Industrial

Polígono IV, segunda etapa, convergencia Boulevard Oscar Flores y carretera al Centro de Reclusión Social, Fraccionamiento Industrial, Parque Industrial Aeropuerto, Cd. Juárez, Chih.

4,738.57

$2’025,644.00

30-marzo-09

10:30 Hrs.

30-marzo-09

11:00 Hrs.

8-06444

Terreno Urbano

Lote 5, manzana 17, calle Morelos esquina con Chihuahua, Sector Juárez, Zona 4, Fundo Legal del pueblo de Armería, Armería, Col.

448.65

$424,748.00

31-marzo-09

14:00 Hrs.

31-marzo-09

14:30 Hrs.

10-04536

Terreno

Urbano

Fracción Segregada de La Huerta, cuartel quinto,

San Juan del Río, Dgo.

450.00

$68,891.00

1-abril-09

12:30 Hrs.

1-abril-09

13:00 Hrs.

* El adquirente tendrá a su cargo la subdivisión del inmueble, al formalizarse la adquisición.

Paquete de dos fracciones en la Localidad de Villa Angel Flores, Municipio de Navolato, Sin., con valor base de $1’062,770.00 (un millón sesenta y dos mil setecientos setenta pesos 00/100 M.N.) Monto de garantía de seriedad: 10% de la oferta de compra.

Registro Fed. Inm.

Tipo de

Inm.

Ubicación

Superficie terreno (m2)

Visita al inmueble

Junta de aclaraciones

14-5671-4

Terreno Rústico

Finca Rústica Calle Río Viejo No. 49 y 50,

localidad Villa Angel Flores, Navolato, Sin.

195,000.00

48,750.00

31-marzo-09

11:30 Hrs.

31-marzo-09

12:00 Hrs.


Paquete de tres inmuebles en el "Condominio Plaza Marina", Fraccionamiento Marina Vallarta, Puerto Vallarta, Jal., con valor base de $952,756.00 (novecientos cincuenta y dos mil setecientos cincuenta y seis pesos 00/100 M.N.) Monto de garantía de seriedad: 10% de la oferta de compra.

Registro Fed. Inm.

Tipo de

Inm.

Ubicación

Superficie terreno (m2)

Superficie

de Const. (m2)

Visita al inmueble

Junta de aclaraciones

14-13537-1

Local

Local Comercial No. A-53, planta baja, carretera Pto. Vallarta,

km 8, lote C01, manzana 14

23.97

23.97

1-abril-09

10:00 Hrs.

1-abril-09

10:30 Hrs.

14-13533-5

Local

Local Comercial No. F-23, planta baja, carretera Pto. Vallarta

km 8, lote C01, manzana 14

45.52

45.52

1-abril-09

10:00 Hrs.

1-abril-09

10:30 Hrs.

14-13534-4

Local

Local Comercial, identificado como Isla A-11-A, planta baja, carretera Pto. Vallarta km 8, lote C01, manzana 14 *

57.80

S/construcción

1-abril-09

10:00 Hrs.

1-abril-09

10:30 Hrs.

* Se informa que el régimen condominal a que está sujeto este inmueble, tiene algunas especificaciones en cuanto a su uso.


Registro Fed. Inm.

Tipo de

Inm.

Ubicación

Superficie terreno (m2)

Superficie

de Const. (m2)

Valor base

Visita al inmueble

Junta de aclaraciones

1-1588-6

Local

Lote 11-A, manzana 4, sección 11, Unidad

Habitacional IV Centenario, Aguascalientes, Ags.

105.00

113.83

$282,892.00

30-marzo-09

12:00 Hrs.

30-marzo-09

12:30 Hrs.

06-01221-4

Depto.

Departamento 67, Edificio 6, Conjunto Habitacional Jardines de Vista Hermosa, Manzana 15, 1a. Sección Fraccionamiento "Jardines de Vista Hermosa"

Colima, Col.

65.80

65.80

$274,861.00

31-marzo-09

10:00 Hrs.

31-marzo-09

10:30 hrs.

06-01223-2

Depto.

Departamento 78, Edificio 7, Conjunto Habitacional Jardines de Vista Hermosa, Manzana 15, 1a. Sección Fraccionamiento "Jardines de Vista Hermosa",

Colima, Col.

65.80

65.80

$293,565.00

31-marzo-09

10:00 Hrs.

31-marzo-09

10:30 Hrs.

02-5289-3

Casa

Unidad C-27, Condominio C-7, "Condominios del C-1

al C-9" Ave. Paseo Villafontana No. 3731, Fraccionamiento "Sección Villafontana",

lote 1-G, Manzana 346, Tijuana, B.C.

109.79

70.35

$531,361.00

1-abril-09

10:30 Hrs.

1-abril-09

11:00 Hrs.

10-6780-9

Casa

Lote 10, manzana V, Privada de Guadiana No. 103, Fraccionamiento "Lomas de Sahuatoba" Durango, Dgo.

256.00

204.50

$861,007.00

1-abril-09

9:30 Hrs.

1-abril-09

10:00 Hrs.

Venta de bases de la licitación.- Las bases para participar en la licitación pública se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y venta en las oficinas de la Dirección de Aprovechamiento y Comercialización de Inmuebles del INDAABIN, sitas en Salvador Novo número 8, colonia Barrio de Santa Catarina, código postal 04010, Delegación Coyoacán, en México, Distrito Federal, teléfonos 55-54-79-14 y 55-54-04-56, extensiones 227 y 228, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta el 27 de marzo de 2009, de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas.

El costo de adquisición de cada una de estas bases es de $1,650.00 (un mil seiscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.). Los interesados en participar en la licitación pública, deberán recabar previamente en el domicilio señalado el formato correspondiente, a efecto de poder acudir de 10:00 a 14:00 horas, a alguna institución de crédito a realizar el pago por la cantidad señalada, presentarse nuevamente en las oficinas citadas y canjear el recibo de pago por las bases.

El promovente deberá canjear su recibo de pago a más tardar el 27 de marzo de 2009 a las 18:00 horas.

Visitas a los inmuebles y junta de aclaraciones.- Se llevarán a cabo en el domicilio del inmueble objeto de la enajenación, en las fechas y horarios establecidos, tanto en las bases como en esta convocatoria. Los inmuebles se enajenan “ad corpus” en las condiciones que actualmente se encuentran. La superficie de los inmuebles corresponde a lo que se consigna en los títulos de propiedad.

Valor base para la licitación pública de inmuebles.- Los participantes deberán considerar el valor base de los inmuebles, para presentar sus ofertas de compra, en el entendido de que se desecharán las ofertas de compra que consignen un importe inferior al valor base.

Garantía de seriedad.- Los interesados en participar en la licitación pública deberán garantizar la seriedad de sus propuestas. Las garantías deberán extenderse
a favor de la Tesorería de la Federación por el 10% del monto de las ofertas de compra (sin considerar centavos) y presentarse mediante cheque de caja.

Registro de participantes y revisión de documentos.- El 2 de abril de 2009 de 9:00 a 10:30 horas, en Salvador Novo número 8, colonia Barrio de Santa Catarina, código postal 04010, Delegación Coyoacán, en México, Distrito Federal.

Presentación y apertura de ofertas de compra.- Los participantes entregarán su oferta de compra en sobre cerrado el día 2 de abril de 2009 a las 11:00 horas, en las oficinas de la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, sitas en la calle de Salvador Novo número 8, colonia Barrio de Santa Catarina, código postal 04010, Delegación Coyoacán, en México, Distrito Federal.

Una vez recibidas todas las ofertas de compra, se llevará a cabo su apertura ante la presencia del representante de la Contraloría Interna de la Secretaría de la Función Pública de acuerdo al procedimiento establecido en las bases. En primer lugar, el Director de Aprovechamiento y Comercialización de Inmuebles del INDAABIN, dará a conocer a los participantes el valor base de la licitación pública del inmueble y a continuación, abrirá cada sobre y leerá en voz alta el monto de la oferta de compra presentada por cada participante.

Fallo.- El mismo día 2 de abril de 2009, una vez leídas todas las ofertas de compra, se procederá al acto de fallo, declarando ganador de la licitación al participante que presente la oferta más alta, siempre y cuando sea igual o superior al valor base establecido para la licitación pública de los inmuebles.

Pago.- El ganador dispondrá de un plazo de 30 días siguientes a la fecha del fallo, para cubrir el importe total de su oferta de compra, mediante transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la Federación.

México, D.F., a 11 de marzo de 2009.

En suplencia del Director General del Patrimonio Inmobiliario Federal, con fundamento en el artículo 15 del Reglamento del INDAABIN

El Director de Aprovechamiento y Comercialización de Inmuebles

Lic. Salvador Romero Domínguez

Rúbrica.

(R.- 285254)

Comisión Federal de Electricidad

Gerencia Regional de Transmisión Oriente

CONVOCATORIA GRTOR-001/2009

En cumplimiento a las disposiciones que establecen la Ley General de Bienes Nacionales y las Bases Generales para la Disposición Final y Baja de los Bienes Muebles de CFE, se convoca a las personas físicas
y morales nacionales, a participar el día 27 de marzo de 2009 en la licitación pública número LPTNOT0109 para la venta de los bienes muebles no útiles, que a continuación se indican:

No. de lote

Descripción

Cantidad y unidad de medida

Valor mínimo para venta

$

Depósito en garantía


01

Desecho ferroso de primera

11,760.00 kg

2.53

2,975.28

02

Desecho ferroso de segunda

40.00 kg

1.76

7.04

03

Desecho ferroso de tercera

33,051.00 kg

1.57

5,189.01

04

Aluminio

10,041.00 kg

15.81

15,874.82

05

Cobre desnudo

56.00 kg

*****

*****

06

Cable de aluminio (ACSR)

2,060.00 kg

20.25

4,171.50

07

Cable Cu paralelo con forro

1,105.00 kg

17.09

1,888.45

08

Cable de cobre y forro de plástico autos

720.00 kg

18.00

1,296.00

09 y 10

Artículos de porcelana con herraje

70,780.00 kg

0.52

3,680.56

11

Aislador de porcelana

9,470.00 kg

0.41

388.27

12

Llantas segmentadas y/o no Renov.

1,976.00 kg

0.15

29.64

13

Plástico

2,532.00 kg

0.75

189.90

14

Plástico acrílico

950.00 kg

1.15

109.25

****Los interesados en adquirir el lote número 05, deberán acudir o hablar por teléfono al Departamento de Adquisiciones y Obras Públicas, de la Gerencia Regional de Transmisión Oriente, ubicada en avenida Framboyanes, lote 22, manzana 6, Ciudad Industrial Bruno Pagliai, Veracruz, Ver., teléfono 01 (229) 9895082 el día 26 de marzo de 2009, donde se les informará del valor para venta y del depósito en garantía para
dicho lote.

Los bienes se localizan en diversos almacenes de la Gerencia Regional de Transmisión Oriente, cuyos domicilios se detallan en la relación de bienes anexa a las bases. Los interesados podrán consultar y adquirir las bases de la licitación del 11 al 25 de marzo de 2009 en días hábiles, consultando la página electrónica de CFE: http://www.cfe.gob.mx/es/NegociosConCFE/ventadebienes/muebles/ y el pago de $900.00 más IVA, mediante el depósito bancario en efectivo en la cuenta Convenio CIE número 627003, referencia número
CIE-3054PJ00005 en el Banco Bancomer y enviar copia legible del comprobante del pago efectuado anotando previamente su nombre, domicilio y RFC al fax número 01 (229) 9895009 o acudir a las oficinas de la Gerencia Regional de Transmisión Oriente, ubicadas en avenida Framboyanes, lote 22, manzana 6, Ciudad Industrial Bruno Pagliai, código postal 91697, Veracruz, Ver., con el L.A.E. Juan Antonio López Alarcón, Jefe del Departamento de Adquisiciones y Obras Públicas, teléfono 01 (229) 9895082 o 9895073, extensiones 31870, 31880 o 30383, en horario de 10:00 a 13:00 horas, los días 11 al 25 de marzo de 2009 o bien en las oficinas de la Unidad de Enajenación de Bienes Muebles, con domicilio en Río Ródano número 14, 8o. piso, sala 807, colonia Cuauhtémoc, México, D.F., teléfono 01 (55) 5229-4400, extensiones 92804, 92805 y 92806, en horario de 10:00 a 13:00 horas, los días 11 al 25 de marzo de 2009, presentando identificación con validez oficial y del Registro Federal de Contribuyentes. La verificación física de los bienes se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan del 11 al 26 de marzo de 2009, en horario de 9:00 a 14:00 horas. El registro de inscripción y recepción de la documentación establecida en las bases para participar en la licitación
se efectuará el día 27 de marzo de 2009, en horario de 8:00 a 9:00 horas, en la sala de juntas número 2
del Departamento de Adquisiciones y Obras Públicas de la Gerencia Regional de Transmisión Oriente, ubicada en avenida Framboyanes, lote 22, manzana 6, Ciudad Industrial Bruno Pagliai, código postal 91697, Veracruz, Ver. Los depósitos en garantía se constituirán mediante cheques certificados o de caja, expedidos por instituciones de crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad, por los importes establecidos para los lotes de bienes que se licitan. El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el día 27 de marzo
de 2009 a las 11:30 horas, en la sala de juntas número 2 del Departamento de Adquisiciones y Obras Públicas de la Gerencia Regional de Transmisión Oriente, ubicada en avenida Framboyanes, lote 22, manzana 6, Ciudad Industrial Bruno Pagliai, código postal 91697, Veracruz, Ver., en el entendido de que los interesados deberán cumplir con lo establecido en las bases respectivas y en caso contrario no podrán participar en el evento. El acto de fallo correspondiente se efectuará el día 27 de marzo de 2009, al término de la evaluación de las propuestas, en el mismo lugar donde se efectuó el acto de apertura de ofertas respectivo. De no lograrse la venta de los bienes una vez emitido el fallo de la licitación, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor mínimo para venta considerado en la licitación y un 10% menos en segunda almoneda. El retiro de los bienes se realizará en un plazo máximo de 20 días hábiles posteriores a la fecha de pago de los mismos.

A fin de dar transparencia a las licitaciones públicas que CFE realiza, esta área invitará a participar en el presente evento a un notario público de la localidad, que dará fe del acto de apertura de ofertas, sin derecho
a voz ni voto.

Atentamente

México, D.F., a 11 de marzo de 2009.

El Gerente Regional

Ing. Francisco Javier Santander Velásquez

Rúbrica.

(R.- 285276)



IMPORTADORA MEXVIT S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 20 DE FEBRERO DE 2009

Caja $ 50,000.00

Capital $ 50,000.00

México, D.F., a 24 de febrero de 2009.

Liquidador

Luis Angel Rodríguez Ramírez

Rúbrica.

(R.- 285161)


MAHANI PRODUCCIONES S.C.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 6 DE FEBRERO DE 2009

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 23 de febrero de 2009.

Liquidador

Liliana Escalante Mendoza

Rúbrica.

(R.- 285163)



GRUPO PUBLICITARIO ALTIA S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 30 DE ENERO DE 2009

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 20 de febrero de 2009.

Liquidador

Francisco Martínez García

Rúbrica.

(R.- 285158)


AVISO AL PUBLICO

Se informa al público en general que los costos por suscripción y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, a partir del 1 de enero de 2009, son
los siguientes:

Suscripción semestral: $ 1,104.00

Ejemplar de una sección del día: $ 11.00

El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional.

Atentamente

Diario Oficial de la Federación


FORAM EQUIPAMIENTO, S.A. DE C.V.

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008


CAJA

$

0


BANCOS


0


TOTAL DE ACTIVO CIRCULANTE




SUMA DEL ACTIVO



0





ACREEDORES DIVERSOS

$



IMPUESTOS POR PAGAR




SUMA DEL PASIVO



0





CAPITAL SOCIAL

$

50,000


APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL


329,216


RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES


(375,201)


UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO


(4,015)


SUMA DEL CAPITAL CONTABLE



0





SUMA DEL PASIVO Y EL CAPTITAL CONTABLE



0


FORAM EQUIPAMIENTO, S.A. DE C.V.

ESTADO DE RESULTADOS POR EL PERIODO QUE VA

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008


TOTAL DE INGRESOS POR LA ACTIVIDAD

$


0


INGRESOS POR SERVICIOS PRESTADOS


0



UTILIDAD O (PERDIDA) BRUTA




0

GASTOS DE OPERACION



524


DIVERSOS


524



UTILIDAD O (PERDIDA) EN OPERACION




(524)

COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO (NETO)



(3,492)


PRODUCTOS FINANCIEROS





GASTOS FINANCIEROS


(3,492)



UTILIDAD O (PERDIDA) DESPUES DE PRODUCTOS FINANCIEROS




(4,015)

INGRESOS POR PARTIDAS DISCONTINUAS (NETO)



0


UTILIDAD O (PERDIDA) ANTES DE IMPUESTOS




(4,015)

PROVISION DE ISR



0


IMPUESTO SOBRE LA RENTA


0



UTILIDAD O (PERDIDA) NETA




(4,015)


Atentamente

México, D.F., a 4 de marzo de 2009.

Liquidador

Marcelo Páramo Fernández

RFC PAFM670503TM4

Rúbrica.

(R.- 285246)

DENTEGRA SEGUROS DENTALES, S.A.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008

(cifras en pesos)

100

Activo



110

Inversiones


$ 19,110,644.18

111

Valores y Operaciones con Productos Derivados

$ 19,110,644.18


112

Valores

19,110,644.18


113

Gubernamentales

18,726,527.77


114

Empresas Privadas

250,000.00


115

Tasa Conocida

0.00


116

Renta Variable

250,000.00


117

Extranjeros

0.00


118

Valores Otorgados en Préstamo

0.00


119

Valuación Neta

105,313.97


120

Deudores por Intereses

28,802.44


121

(-) Estimación para Castigos

0.00


122

Operaciones con Productos Derivados

0.00


123

Préstamos

0.00


124

Sobre Pólizas

0.00


125

Con Garantía

0.00


126

Quirografarios

0.00


127

Contratos de Reaseguro Financiero

0.00


128

Descuentos y Redescuentos

0.00


129

Cartera Vencida

0.00


130

Deudores por Intereses

0.00


131

(-) Estimación para Castigos

0.00


132

Inmobiliarias

0.00


133

Inmuebles

0.00


134

Valuación Neta

0.00


135

(-) Depreciación

0.00


136

Inversiones para Obligaciones Laborales al Retiro


0.00

137

Disponibilidad


3,660,622.01

138

Caja y Bancos

3,660,622.01


139

Deudores


9,652,762.76

140

Por Primas

6,200,824.42


141

Agentes y Ajustadores

0.00


142

Documentos por Cobrar

0.00


143

Préstamos al Personal

0.00


144

Otros

3,451,938.34


145

(-) Estimación para Castigos

0.00


146

Reaseguradores y Reafianzadores


0.00

147

Instituciones de Seguros y Fianzas

0.00


148

Depósitos Retenidos

0.00


149

Participación de Reaseguradores por Siniestros Pendientes

0.00


150

Participación de Reaseguradores por Riesgos en Curso

0.00


151

Otras Participaciones

0.00


152

Intermediarios de Reaseguro y Reafianzamiento

0.00


153

Participación de Reafianzadoras en la

Rva. de Fianzas en Vigor


0.00


154

(-) Estimación para Castigos

0.00


155

Otros Activos


69,183.38

156

Mobiliario y Equipo

0.00


157

Activos Adjudicados

0.00


158

Diversos

69,183.38


159

Gastos Amortizables

0.00


160

(-) Amortización

0.00


161

Productos Derivados

0.00





____


Suma del Activo


$ 32,493,212.33

200

Pasivo



210

Reservas Técnicas


$ 9,403,865.65

211

De Riesgos en Curso

$ 8,305,869.45


212

Vida

0.00


213

Accidentes y Enfermedades

8,305,869.45


214

Daños

0.00


215

Fianzas en Vigor

0.00


216

De Obligaciones Contractuales

1,097,996.20


217

Por Siniestros y Vencimientos

590,422.05


218

Por Siniestros Ocurridos y No Reportados

453,571.59


219

Por Dividendos sobre Pólizas

48,148.53


220

Fondos de Seguros en Administración

0.00


221

Por Primas en Depósito

5,854.03


222

De Previsión

0.00


223

Previsión

0.00


224

Riesgos Catastróficos

0.00


225

Contingencia

0.00


226

Especiales

0.00


227

Reservas para Obligaciones Laborales al Retiro


0.00

228

Acreedores


3,905,453.18

229

Agentes y Ajustadores

1,236,520.51


230

Fondos de Administración de Pérdidas

0.00


231

Acreedores por Responsabilidades de Fianzas

0.00


232

Diversos

2,668,932.67


233

Reaseguradores y Reafianzadores


0.00

234

Instituciones de Seguros y Fianzas

0.00


235

Depósitos Retenidos

0.00


236

Otras Participaciones

0.00


237

Intermediarios de Reaseguro y Reafto.

0.00


238

Operaciones con Productos Derivados


0.00

239

Financiamientos Obtenidos


0.00

240

Emisión de Deuda



241

Por Oblig. Sub. No Suscep. de Conv. en Acciones

0.00


242

Otros Títulos de Crédito

0.00


243

Contratos de Reaseguro Financiero

0.00


244

Otros Pasivos


980,450.34

245

Provisiones para la Participación de Util. al Personal

0.00


246

Provisiones para el Pago de Impuestos

0.00


247

Otras Obligaciones

856,626.66


248

Créditos Diferidos

123,823.68





____


Suma del Pasivo


14,289,769.17

300

Capital



310

Capital o Fondo Social Pagado


45,183,976.15

311

Capital o Fondo Social

46,914,976.15


312

(-) Capital o Fondo No Suscrito

1,731,000.00


313

(-) Capital o Fondo No Exhibido

0.00


314

(-) Acciones Propias Recompradas

0.00


315

Obligaciones Subordinadas de Conversión

Obligatoria a Capital



0.00

316

Reservas


-640.32

317

Legal

0.00


318

Para Adquisición de Acciones Propias

0.00


319

Otras

-640.32


320

Superávit por Valuación


0.00

321

Subsidiarias


0.00

322

Resultados de Ejercicios Anteriores


-11,781,872.79

323

Resultado del Ejercicio


-15,198,019.88

324

Exceso o Insuficiencia en la Actualización del Capital Contable


0.00


Suma del Capital


18,203,443.16




____


Suma del Pasivo y Capital


$ 32,493,212.33


Orden



810

Valores en Depósito


0.00

820

Fondos en Administración


0.00

830

Responsabilidades por Fianzas en Vigor


0.00

840

Garantías de Recuperación por Fianzas Expedidas


0.00

850

Reclamaciones Recibidas Pendientes de Comprobación


0.00

860

Reclamaciones Contingentes


0.00

870

Reclamaciones Pagadas y Canceladas


0.00

880

Recuperación de Reclamaciones Pagadas


0.00

890

Pérdida Fiscal por Amortizar


0.00

900

Rva. por Constituir para Obligaciones Laborales al Retiro


0.00

910

Cuentas de Registro


0.00

920

Operaciones con Productos Derivados


0.00

921

Operaciones con Valores Otorgados en Préstamo


0.00

922

Garantías Recibidas por Derivados


0.00

El presente balance general se formuló de conformidad con las disposiciones emitidas en materia de contabilidad por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose correctamente reflejadas en su conjunto, las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.

El presente balance general fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.

Los estados financieros y las notas de revelación que forman parte integrante de los estados financieros, pueden ser consultados en Internet, en la página electrónica: www.dentegra.com.mx

Los estados financieros se encuentran dictaminados por el C.P.C. Jesús Meza Osornio miembro de la sociedad denominada Mancera, S.C. contratada para prestar servicios de auditoría externa a esta institución; asimismo, las reservas técnicas de la institución fueron dictaminadas por el Act. José Manuel Méndez Martínez.

El dictamen emitido por el auditor externo, los estados financieros y las notas que forman parte integrante de los estados financieros dictaminados, se ubicarán para su consulta en Internet, en la página electrónica www.dentegra.com.mx, a partir de los sesenta días naturales siguientes al cierre del ejercicio de 2008.

Fecha de expedición: 5 de marzo de 2009.

Director General Comisario

Ana María Romero Fernández Francisco José Sánchez González

Rúbrica. Rúbrica.

Subdirector de Administración y Finanzas

Alicia Domínguez Toledo

Rúbrica.


DENTEGRA SEGUROS DENTALES, S.A.

ESTADO DE RESULTADOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008

(cifras en pesos)

400

Primas




410

Emitidas


$ 11,898,311.90


420

(-) Cedidas


0.00


430

De Retención


11,898,311.90


440

(-) Incremento Neto de la Reserva de Riesgos

en Curso y de Fianzas en Vigor



7,820,930.70


450

Primas de Retención Devengadas



$ 4,077,381.20

460

(-) Costo Neto de Adquisición


1,967,636.17


470

Comisiones a Agentes

$ 1,344,219.59



480

Compensaciones Adicionales a Agentes

0.00



490

Comisiones por Reaseguro

y Reafianzamiento Tomado


0.00



500

(-) Comisiones por Reaseguro Cedido

0.00



510

Cobertura de Exceso de Pérdida

0.00



520

Otros

623,416.58



530

(-) Costo Neto de Siniestralidad, Reclamaciones y Otras

Obligaciones Contractuales




1,615,703.02


540

Siniestralidad y Otras

Obligaciones Contractuales


1,615,703.02



550

Siniestralidad Recuperada

del Reaseguro No Proporcional


0.00



560

Reclamaciones

0.00



570

Utilidad (Pérdida) Técnica



494,042.01

580

(-) Incremento Neto de Otras Reservas Técnicas


0.00


590

Reserva Para Riesgos Catastróficos

0.00



600

Reserva de Previsión

0.00



610

Reserva de Contingencia

0.00



620

Otras Reservas

0.00



625

Resultado de Operaciones Análogas y Conexas

4,632,237.00



630

Utilidad (Pérdida) Bruta



5,126,279.01

640

(-) Gastos de Operación Netos


21,132,797.48


650

Gastos Administrativos y Operativos

20,078,557.67



660

Remuneraciones y Prestaciones al Personal

1,054,239.81



670

Depreciaciones y Amortizaciones

0.00



680

Utilidad (Pérdida) de la Operación



-16,006,518.47

690

Resultado Integral de Financiamiento


924,804.59


700

De Inversiones

23,178.58



710

Por Venta de Acciones

770,617.11



720

Por Valuación de Inversiones

105,313.96



730

Por Recargo sobre Primas

25,694.94



750

Por Emisión de Instrumentos de Deuda

0.00



760

Por Reaseguro Financiero

0.00



770

Otros

0.00



780

Resultado Cambiario

0.00



790

(-) Resultado por Posición Monetaria

0.00



800

Utilidad (Pérdida) antes de ISR, PTU y PRS



-15,081,713.88

810

(-) Provisión para el pago de

Impuesto Sobre la Renta



116,306.00


820

(-) Provisión para la Participación

de Utilidades al Personal



0.00


830

Participación en el Resultado

de las Subsidiarias



0.00


840

Utilidad (Pérdida) del Ejercicio



$ -15,198,019.88

El presente estado de resultados se formuló de conformidad con las disposiciones en materia de contabilidad emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose reflejados todos los ingresos y egresos derivados de las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.

El presente estado de resultados fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.

Fecha de expedición: 5 de marzo de 2009.

Director General Comisario

Ana María Romero Fernández Francisco José Sánchez González

Rúbrica. Rúbrica.

Subdirector de Administración y Finanzas

Alicia Domínguez Toledo

Rúbrica.

(R.- 285224)