Jueves 9 de diciembre de
2010 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito
Tijuana, B.C.
EDICTO
En los autos del juicio de garantías número 241/2010-I, promovido por la David Cebreros Ayala, contra actos del Juez Cuarto de lo Civil, y Actuario adscrito al Juzgado Cuarto de lo Civil, Ciudad, raclamando substancialmente lo siguiente: “...la orden de desposeimiento o dasalojo, dictada en el expediente número 1058/2008 de su índice, respecto del bien inmueble identificado como fracción B de la manzana 15 del Fraccionamiento Garita de Otay de esta ciudad, con una superficie aproximada de 9,046.08 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias al Norte: con 55.00 metros con avenida Fray Junípero Serra; al Sur: con 41.26 metros con Fracción A Oeste. Avenida Aduana Garita y Boulevard Tercera; y al Este: con 199.00 metros con la misma manzana ...”; con fundamento en los artículos 30, fracción II, última parte de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de Aplicación supletoria a la ley de la materia, se ordena emplazar a la tercero perjudicada Unión de Militantes Transportistas Dos Naciones, C.N.C., por edictos, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Periódico “El Mexicano” de esta ciudad, el Diario Oficial de La Federación, así como en el Periódico Reforma, de la ciudad de México, Distrito Federal, para el efecto de que comparezca ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Baja California, si así conviene a sus intereses en el término de treinta dias contado a partir del siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría, la copia simple de la demanda de garantías para su traslado.
Atentamente
Tijuana, B.C., a 21 de septiembre de 2010.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Baja California
Lic. Lidia Medrano Meza
Rúbrica. (R.- 316494)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa
Mazatlán
EDICTO
AL MARGEN: UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS JUZGADO DECIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SINALOA MAZATLAN.
ALTAGRACIA NIEBLAS URIAS.
JUEZ DECIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN MAZATLAN, SINALOA, ORDENA A USTED EMPLAZARLA COMO TERCERO PERJUDICADA EN EL JUICIO DE AMPARO 221/2010, PROMOVIDO POR ANGEL GARCIA ACUÑA, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD, MEDIANTE EDICTOS, POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, PARA QUE COMPAREZCA DEDUCIR DERECHOS POR TERMINO DE TREINTA DIAS, A PARTIR DEL SIGUIENTE DIA AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION. HACIENDO CONSISTIR LOS ACTOS RECLAMADOS EN LA ORDEN PARA QUE NO SE ENTREGUE PENSION ALIMENTICIA, RELATIVA AL JUICIO SUMARIO CIVIL 1515/2004. NOTIFICANDOLE QUE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL TENDRA VERIFICATIVO A LAS NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIA VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.
Mazatlán, Sin., a 18 de octubre de 2010.
Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa,
con residencia en Mazatlán
Lic. Sonia Jumilla Zamudio
Rúbrica.
(R.- 317079)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Tercero de Distrito de Amparo de Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 490/2010-5, promovido por Herminia Ayala Alemán, contra actos del Fiscal de Procesos en Juzgados Civiles de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y otras autoridades, consistentes en los acuerdos de propuesta y confirmación del no ejercicio de la acción penal de fechas cinco, seis y veintiocho de abril de dos mil diez, emitidos en la averiguación previa número FPC/74/T2/088/07-02, en la que figura como probable responsable entre otros a José Manuel Salazar Estrada y María del Pilar Caudillo Martínez, señalados como terceros perjudicados en este juicio, de quien a la fecha se desconoce el domicilio donde puedan ser emplazados, por lo que en proveído de veinte de octubre de este año, se ordenó dicho emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad, conforme con lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a aquél ordenamiento; de igual forma, se hace saber a los mencionados terceros perjudicados que deberán presentarse por sí o por conducto de representante, a manifestar lo que a su derecho convenga, dentro del plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición copia simple de la demanda de garantías en la Actuaría de este órgano jurisdiccional. Si pasado este plazo no comparecen, por sí o por conducto de apoderado que pueda representarlos, se seguirá el trámite del juicio, realizando las subsecuentes notificaciones mediante la lista de acuerdos de este Juzgado de Distrito.
Atentamente
México, D.F., a 26 de octubre de 2010.
La Secretaria del Juzgado Décimo Tercero de Distrito de Amparo
en Materia Penal en el Distrito Federal
Angélica Rodríguez Gómez
Rúbrica.
(R.- 316253)
Estado de México
Poder Judicial
Tribunal Superior de Justicia del Estado de México
Juzgado Décimo Primero Civil de Primera Instancia de Tlalnepantla,
residencia en Atizapán de Zaragoza
Segunda Secretaría
Juzgado Décimo Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Tlalnepantla,
con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR AUTO DE FECHA DIEZ DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ, DICTADO EN AUTOS DEL EXPEDIENTE NUMERO 462/2009, RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR BRAULIO DESENTIZ RUIZ O BRAULIO DESENTIS, EN CONTRA DE MADITSS, S.A. DE C.V. Y MANUEL IGNACIO RODRIGUEZ MONTERDE, QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE LO SIGUIENTE:
Como lo solicita se fijan para que tenga lugar el remate en primera almoneda del bien inmueble embargado en este juicio consistente en el LOTE NUMERO TREINTA Y UNO (31) DEL RESIDENCIAL BOSQUES UBICADO EN AVENIDA MANUFACTURA, NUMERO CUATRO (4), DEL FRACCIONAMIENTO PARQUES INDUSTRIALES DE LA CIUDAD DE QUERETARO, QUERETARO, CON UNA SUPERFICIE DE 594.57M2.
Las diez horas del día diecisiete de diciembre del año en curso, sirviendo de base para el remate la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N. precio de avalúo y será postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio del avalúo, es decir la cantidad de UN MILLON SETENTA MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N. convocando postores ordenándose su publicación por tres veces dentro de nueve días, en el "Diario Oficial" de la Federación y en la tabla de avisos del juzgado. Se expide a los DIECISIETE (17) DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ (2010).
DOY FE.
Secretario de Acuerdos
Lic. Ana Lidia Ortiz González
Rúbrica.
(R.- 316809)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Primera Sala Civil
EDICTO
FERNARDO BERNARDINO MORAN DE CON Y MARIA DEL PILAR TREJO DE MORAN
Por medio del presente se hace del conocimiento de la demanda de garantías interpuesta por JESUS ROBLES IÑIGUEZ y AlDA GUERRERO DE ROBLES por su propio derecho en contra de la sentencia dictada por esta Sala el seis de septiembre del dos mil diez, en el toca 1047/1999/20 para resolver el recurso de apelación que hizo valer el tercerista JESUS ROBLES IÑIGUEZ en contra de la sentencia definitiva de fecha veintiuno de mayo del dos mil diez, dictada por el Juez Vigésimo Sexto de lo Civil en los autos del juicio ORDINARIO CIVIL seguido por FONTANES PADILLA MARIA GUADALUPE en contra de FERNANDO BERNARDINO MORAN DE CON Y OTRA A efecto de que acudan los terceros perjudicados FERNARDO BERNARDINO MORAN DE CON Y MARIA DEL PILAR TREJO DE MORAN el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno en defensa de sus intereses. Quedando a disposición en la Secretaria de esta Sala las Copias de traslado respectivas.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el "DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION"
México, D.F., a 18 de noviembre de 2010.
El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Civil
Lic. Mario Alfredo Miranda Cueva
Rúbrica.
(R.- 316960)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil
México, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES
Que en los autos del juicio ejecutivo mercantil 170/2007, promovido por Jesús Bernardo Maldonado y Verver Vargas, contra Tavita Alejandra Arizmendi Recendis también conocida como Tavita Alejandra Arizmendi Resendiz y otro, mediante proveído dictado dentro de la diligencia de diecinueve de noviembre de dos mil diez, se ordenó convocar postores, y se señalaron las diez horas con treinta minutos del día veinte de diciembre de dos mil diez, para que tenga verificativo la diligencia de remate en tercer almoneda del bien inmueble embargado, el cual se ubica en la fracción de lote de terreno marcado con el número uno, manzana ciento cuarenta y tres, zona uno, ubicado en la calle Mazatlán, colonia Progreso Macuiltepetl, Xalapa, Estado de Veracruz, y construcciones en él edificadas, consistentes en la casa marcada con el número veintitrés, de la calle Mazatlán, colonia Progreso MacuiltepetI, Xalapa, estado de Veracruz, sirve de base para el remate la cantidad de $585,630.00 (quinientos ochenta y cinco mil seiscientos treinta pesos 00/100 moneda nacional), edicto que se publicará por una sola vez en el tablero de avisos de este juzgado y en el Diario Oficial de la Federación; y por una sola vez, en la puerta del Juzgado de Distrito en turno en el Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa.
México, D.F., a 24 de noviembre de 2010.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Raúl Aurelio Servín García
Rúbrica.
(R.- 317529)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL EXPEDIENTE 116/2007-I, PROMOVIDO POR EXCELETEC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE EN CONTRA DE COSTA REAL PROMOTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y MIGUEL RAFAEL CARDENAS TIJERINA, SE DICTO LO SIGUIENTE:
“MEXICO DISTRITO FEDERAL, TREINTA DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ. Respecto del escrito registrado con el folio 15236, téngasele por hechas las manifestaciones; ahora bien, toda vez que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1070 del Código de Comercio aplicable, para que proceda la notificación por edictos, basta el informe de una sola autoridad o institución pública que proporcione los datos de identificación y el último domicilio que aparezca en sus registros de la persona buscada, medio agotado en el presente asunto, pues se han girado varios oficios con ese fin; en esa medida, y como solicita, con apoyo en lo dispuesto por el precepto legal citado, notifíquese por medio de edictos a costa de la actora, a la tercera acreedora CLAREMONT COMERCIAL CORP, … haciéndole del conocimiento a la citada acreedora que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados en el presente proveído, a fin de que, en su caso, manifieste lo que a su derecho convenga; edicto que se publicará por tres veces consecutivas, de siete en siete días, en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional y en el Diario Oficial; lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al código mercantil aplicable. Se hace del conocimiento al tercer acreedor CLAREMONT COMERCIAL CORP, que el estado de ejecución que guarda el juicio es el remate del inmueble embargado, mismo que dicho tercer acreedor tiene grabado, por lo que por este medio se le notifica para que intervenga en el avalúo y subasta del bien inmueble a rematar, si le conviniera”.
México, D.F., a 4 de noviembre de 2010.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Raymundo Esteban Alor García
Rúbrica.
(R.- 316428)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito
San Francisco de Campeche, Campeche
EDICTO
MICHAEL J. KNEELAND Y TRANSPORTES MARITIMOS MEXICANOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
(TERCEROS PERJUDICADOS)
EN EL LUGAR EN DONDE SE ENCUENTREN:
EN AUTOS DEL EXPEDIENTE NUMERO 836/2009, FORMADO CON MOTIVO DEL AMPARO DIRECTO PROMOVIDO POR JUAN FRANCISCO MARQUEZ ANGEL, CONTRA EL ACTO QUE RECLAMA DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO CINCUENTA Y DOS DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, CON SEDE EN CIUDAD DEL CARMEN, CAMPECHE; EN EL QUE USTEDES APARECEN COMO TERCEROS PERJUDICADOS; EL MAGISTRADO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGESIMO PRIMERO CIRCUITO, DICTO UN ACUERDO QUE ES DEL TENOR LITERAL SIGUIENTE:
“San Francisco de Campeche, Campeche; veintiocho de octubre de dos mil diez.
Visto el oficio de cuenta, mediante el cual el Administrador Regional de Campeche, del Consejo de la Judicatura Federal, informa a este Tribunal, que fueron autorizadas con cargo al citado Consejo, las publicaciones de los edictos, con la finalidad de emplazar a juicio a los terceros perjudicados Michael J. Kneeland y Transportes Marítimos Mexicanos, Sociedad Anónima de Capital Variable, tal como se advierte del oficio SEORMSG/DGAR/DCO/12623/2010, que se adjuntó al de cuenta, motivo por el cual solicita se le gire la información necesaria para las aludidas publicaciones.
En mérito de lo anterior, gírese oficio a la
Administración Regional en Campeche, del Consejo de la
Judicatura Federal, para que con apoyo en el artículo 30,
fracción II, de la Ley de Amparo, publique por tres veces, de
siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación
y en algún periódico diario de circulación
nacional, edictos que deberán contener una relación
suscinta de la demanda promovida por Juan Francisco Márquez
Angel; haciéndole saber a los terceros perjudicados Michael J.
Kneeland y Transportes Marítimos Mexicanos, Sociedad Anónima
de Capital Variable, que deberán presentarse dentro del
término de treinta días, a defender sus derechos en
caso de que lo estimen necesario, contados a partir del siguiente al
de la última publicación, tal como lo dispone el
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles,
de aplicación supletoria a la Ley de Amparo por
disposición de su artículo 2; asimismo, en su
oportunidad, fíjese en la puerta de este Tribunal, copia
íntegra de la resolución que se ordena publicar, por
todo el tiempo del emplazamiento.
Notifíquese y cúmplase.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, licenciado David Alberto Barredo Villanueva, ante la Secretaria de Acuerdos que da fe, licenciada Gabriela Mejía González. Doy fe.” DOS FIRMAS.
Para el efecto de que comparezcan a defender sus derechos, en caso de que así lo estimen necesario, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación.
Lo que se manda publicar por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico diario de circulación nacional, para que surta sus efectos legales en vía de notificación en forma; en la inteligencia de que el tamaño mínimo de las letras de los edictos de que se trata deberán ser de ocho puntos, incluyendo el nombre de las partes, número de juicio y tribunal correspondiente, y de siete puntos el texto.
San Francisco de Campeche, Camp., a 28 de octubre de 2010.
Poder Judicial de la Federación
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito
Lic. Gabriela Mejía González
Rúbrica.
(R.- 316633)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Colima, Col.
EDICTO
TERCERA PERJUDICADA:
MARGARITO TOVAR
JOSE ORTEGA VALDEZ
ANTONIO ROQUE OCHOA
J.A. 253/2010-III
PRINCIPAL
SECCION AMPARO
MESA III
Mediante escrito presentado el uno de marzo de dos
mil diez, en la Oficina de Correspondencia Común de los
Juzgados de Distrito en el Estado de Colima, COMISION FEDERAL DE
ELECTRICIDAD, solicitó el amparo
y
protección de la justicia federal, contra los actos y por las
autoridades que a continuación se transcriben:
“III.- AUTORIDADES RESPONSABLES. El C. Juez Mixto Civil y Mercantil de Manzanillo, Colima..--- IV.- ACTOS RECLAMADOS:--- El acuerdo de 29 de enero de 2010 pronunciado dentro del juicio civil ordinario numero de expediente 1585/2008, en el cual la Autoridad Responsable acordó: No a lugar a acordar el recurso de revocación planteado en razón de ser este improcedente, consintiendo en el hecho de que si bien, el auto de fecha 13 de mayo de dos mil nueve dispuso que se le comunicara al actor JOSE ISAAC ORTEGA CAKDERIB que debería permitir el acceso a través de su predio, al personal de mantenimiento de la demandada COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, para que el personal de esta última realizará trabajos de mantenimiento en las líneas de conducción dicho auto no tiene la cohercitividad (sic) de una sentencia ejecutoriada, pues en el presente juicio se discute una controversia de pago de dos daños, por lo que el suscrito juez no tiene facultades para imponer el cumplimiento del mismo.…”
Señalando, como terceros perjudicados a
entre otros, a MARGARITO TOVAR, JOSE ORTEGA VALDEZ y ANTONIO ROQUE
OCHOA, a quien se le emplaza por medio del presente edicto y se le
hace saber que debe presentarse ante el Juzgado Primero de Distrito
en el Estado, con residencia en Colima, Colima, dentro del término
de treinta días, contado a partir del día siguiente al
de la última publicación del edicto y señale
domicilio
en esta ciudad para oír
y recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo las
subsecuentes, aún las que resulten de carácter personal
se le harán por medio de lista que se fijará en los
estrados de este Tribunal.
Lo anterior dentro del juicio de amparo número 253/2010-III,
del índice de este propio órgano judicial.
La
audiencia constitucional tendrá su verificativo a las NUEVE
HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL VEINTIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ.
Para que se publique de siete en siete días.
Para su publicación en cualquiera de los siguientes periódicos:
“Diario Oficial de la Federación”. México, Distrito Federal.
Colima, Col., a 23 de agosto de 2010.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Colima
Lic. Héctor Manuel Ocegueda Ramírez
Rúbrica.
(R.- 317055)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS JUZGADO DECIMOTERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, A DIECISIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 689/2010, PROMOVIDO POR
IGNACIO REY MORALES LECHUGA Y/O IGNACIO R. MORALES LECHUGA, POR SU
PROPIO DERECHO EN SU CARACTER DE NOTARIO PUBLICO NUMERO CIENTO
DIECISEIS DEL DISTRITO FEDERAL, CONTRA ACTOS DEL JUEZ DECIMO OCTAVO
DE LO FAMILIAR, Y JUEZ VIGESIMO QUINTO DE LO FAMILIAR, AMBOS DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, SE DICTO UN AUTO
POR
EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LOS TERCEROS PERJUDICADOS MOISES
SABA ADES; JAQUELINE PAULINA PATRICIA BARRIS SANCHEZ DE SABA, TAMBIEN
CONOCIDA COMO JAQUELINE PAULINA PATRICIA BARRIS DE SABA; PAUL MICHAEL
SABA BARRIS Y REBECA MICHELLE SABA BARRIS, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE
SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN EL PERIODICO “DIARIO DE MEXICO”,
A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL
TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS, A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL EN
QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A
SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, APERCIBIDO
QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES
NOTIFICACIONES SE HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION
II, DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE SEÑALARON
LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL NUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL
DIEZ, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, ESTO
EN ACATAMIENTO AL AUTO DE CINCO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO,
SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUSCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS,
EN EL QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALO COMO AUTORIDADES
RESPONSABLES AL JUEZ DECIMO OCTAVO DE LO FAMILIAR, Y JUEZ VIGESIMO
QUINTO DE LO FAMILIAR, AMBOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
DISTRITO FEDERAL, Y COMO TERCEROS PERJUDICADOS A MOISES SABA ADES;
JAQUELINE PAULINA PATRICIA BARRIS SANCHEZ DE SABA, TAMBIEN CONOCIDA
COMO JAQUELINE PAULINA PATRICIA BARRIS DE SABA; PAUL MICHAEL SABA
BARRIS Y REBECA MICHELLE SABA BARRIS, Y PRECISA COMO ACTO RECLAMADO
EL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL EL JUEZ
DE ORIGEN DETERMINO NO HA
LUGAR A TENER POR INTERPUESTO EL RECURSO DE APELACION PROMOVIDO POR
EL AHORA QUEJOSO EN CONTRA DEL AUTO QUE TUVO A LOS AHORA TERCEROS
PERJUDICADOS RATIFICANDO EL ESCRITO POR EL QUE REPUDIARON LOS LEGADOS
ESTABLECIDOS POR EL DE CUJUS EN SU FAVOR.
El Secretario del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Humberto Coria Martínez
Rúbrica.
(R.- 317083)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas vigentes son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,373.00
2/8 de plana $ 2,746.00
3/8 de plana $ 4,119.00
4/8 de plana $ 5,492.00
6/8 de plana $ 8,238.00
1 plana $ 10,984.00
1 4/8 planas $ 16,476.00
2 planas $ 21,968.00
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
TERCERO PERJUDICADO: RODRIGO GUILLERMO VAZQUEZ ROMO.
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintitrés de junio de dos mil diez.
En los autos del juicio de amparo 433/2010-I, promovido por Maria Martha Romo López, ante este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, contra actos del Juez Décimo Octavo de lo Civil del Distrito Federal, por desconocerse el domicilio del tercero perjudicado RODRIGO GUILLERMO VAZQUEZ ROMO, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa de la amparista, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado Federal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“INSERTO: Se comunica al tercero perjudicado RODRIGO GUILLERMO VAZQUEZ ROMO, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de veinte de abril de dos mil diez, este Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por Maria Martha Romo López, correspondiéndole el número de juicio de amparo indirecto 433/2010-I, promovido contra actos del Juez Décimo Octavo de lo Civil del Distrito Federal, consistente en: “IV.- ACTO RECLAMADO:
Todo lo actuado en el juicio especial hipotecario tramitado con el rubro de Banco Nacional de México S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex Accival, S.A. de C.V., en contra de Rodrigo Guillermo Vázquez Romo, con número de expediente 526/2006, ante el Juez Décimo Octavo de lo Civil del Distrito Federal.
Indíquesele al tercero perjudicado RODRIGO GUILLERMO VAZQUEZ ROMO, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tenga conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a sus intereses conviniere, y a su vez señale un domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de Naucalpan de Juárez, Estado de México.
Apercibido que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se les practicarán por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado Federal, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
La Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Myrna Sirene León Pérez
Rúbrica.
(R.- 317499)
Estados Unidos Mexicanos
Gobierno del Estado Libre y Soberano de Colima
Poder Judicial
Supremo Tribunal de Justicia
Juzgado Segundo de lo Mercantil
Colima, Col.
EDICTO No. 210/2010
En el expediente número 943/2010, Juicio MERCANTIL EJECUTIVO, promovido por el C. LIC. CHRISTIAN VELASCO MILANES, en su carácter de endosatario en procuración del C. CLAUDIO JACOBO ARIAS DIAZ, en contra de C. JESUS FERNANDO FERNANDEZ MORALES, se dicto un auto que en lo conducente dice:
COLIMA, COLIMA; A 16 (DIECISEIS) DE NOVIEMBRE DEL 2010 (DOS MIL DIEZ).
A los autos el escrito de cuenta firmado por el C. LIC. CHRISTIAN VELASCO MILANES, en su carácter de endosatario en procuración de la parte actora dentro de las presentes actuaciones, y en virtud de que no ha sido posible localizar a la parte demandada, JESUS FERNANDO FERNANDEZ MORALES, tal y como se hace constar con los informes rendidos por la dependencias federales y estatales, por lo tanto, como lo solicita el promovente y de conformidad con lo estipulado por el articulo 315º del Código Federal de Procedimientos Civiles, se ordena emplazar por edictos al demandado JESUS FERNANDO FERNANDEZ MORALES, edictos que se publicaran por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, haciéndole saber a la parte demandada que tiene un adeudo con el señor CLAUDIO JACOBO ARIAS DIAZ, por la cantidad de $2’000,000.00 (DOS MILLONES DE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), como suerte principal, mas intereses moratorios, gastos, costas, impuestos y honorarios que se originen con motivo del presente juicio; por lo que deberá de presentarse ante este H. Juzgado Segundo de lo Mercantil, dentro del término de 30 (treinta) días contados a partir de la última publicación del edicto de referencia a dar contestación a la demanda entablada en su contra u oponga(n) excepciones si las tuviere(n) que hacer valer, apercibido(s) que en caso de no hacerlo se tendrán por presuntivamente ciertos los hechos que dejare(n) de contestar.- Asimismo, para que señalen bienes de su propiedad suficientes para garantizar las prestaciones reclamadas, apercibidos que de no hacerlo dentro del término señalado, pasara ese derecho al actor; de acuerdo a lo establecido por el artículo 1392º del Código de Comercio.- Se le hace de su conocimiento que quedan en la Primera Secretaria de este H. Juzgado a su disposición las copias simples de traslado, lo anterior de conformidad a lo dispuesto por el artículo 315º del Código Federal de Procedimientos Civiles vigente en el Estado y de aplicación supletoria al de Comercio
NOTIFIQUESE.
Así lo acordó y firma el Ciudadano Juez Titular del Juzgado Segundo de lo Mercantil de Colima, Colima; Ciudadano Licenciado M. PEDRO LUNA REYES, quien actúa con el Primer Secretario de Acuerdos, Ciudadano Licenciado GABRIEL GARCIA NAVA, quien autoriza y da fe.
Colima, Col., a 16 de noviembre de 2010.
El Primer Secretario de Acuerdos del Juzgado Segundo Mercantil
Lic. Gabriel García Nava
Rúbrica.
(R.- 317760)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juazgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO No. 61081
En el Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer
Distrito Judicial en el Estado, se llevará a cabo dentro de
los autos del expediente judiciual número 912/2007 relativo al
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL promovido por VICTOR HUGO VALDEZ RAMIREZ
en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas
de HSBC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO
FINANCIERO HSBC en contra de RAQUEL RODRIGUEZ GARZA, la Audiencia de
remate en pública subasta y primer almoneda el bien inmueble
embargado a la parte demandada RAQUEL RODRIGUEZ GARZA, consistente
en: LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 17 DIECISIETE DE LA CALLE VILLAS
DE LA HERRADURA DEL FRACCIONAMIENTO VILLAS DE LA HERRADURA, UBICADO
EN MONTERREY, NUEVO LEON; CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DE TERRENO MARCADO
CON EL NUMERO (9) NUEVE, IDENTIFICADO CATASTRALMENTE CON EL NUMERO
(264) DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO, DE LA MANZANA NUMERO (6) SEIS, DEL
FRACCIONAMIENTO VILLAS DE LA HERRADURA, UBICADO EN MONTERREY, NUEVO
LEON, EL CUAL TIENE UNA SUPERFICIE TOTAL DE (154.00 M2) CIENTO
CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y
COLINDANCIAS: AL SUROESTE, MIDE (7.00) SIETE METROS Y DA FRENTE A LA
CALLE VILLAS DE LA HERRADURA;
AL NORESTE MIDE (7.00) SIETE METROS
Y COLINDA CON LIMITE DEL FRACCIONAMIENTO; AL SURESTE, MIDE (22.00)
VEINTIDOS METROS Y COLINDA CON EL LOTE NUMERO (8) OCHO (CATRASTAL
263); Y AL NOROESTE MIDE (22.00) VEINTIDOS METROS Y COLINDA CON EL
LOTE NUMERO (10) DIEZ (CATASTRAL 265). LA MANZANA DE REFERENCIA SE
ENCUENTRA CIRCUNDADA POR: AL NORESTE, CON LIMITE DEL FRACCIONAMIENTO;
AL SUROESTE, LIMITE DEL FRACCIONAMIENTO; AL SURESTE, EJE CAMINO A LA
LAGRIMA; Y AL NOROESTE, AREA MUNICIPAL. TIENE COMO MEJORAS LA FINCA,
MARCADA CON EL NUMERO (17) DIECISIETE DE LA CALLE VILLAS DE LA
HERRADURA DEL MENCIONADO FRACCIONAMIENTO, DATOS DEL FRACCIONAMIENTO:
BAJO EL NUMERO 728, VOLUMEN 174, LIBRO 122, SECCION FRACCIONAMIENTO,
UNIDAD MONTERREY, DE FECHA 21 DE SEPTIEMBRE DE 2004; sirviendo de
base para el remate de dicho bien inmueble la cantidad de
$1’775,000.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que representa el valor pericial del
bien inmueble antes descrito, teniendo por ende como postura legal
para intervenir en la audiencia de remate, la suma de $1’183,333.33
(UN MILLON CIENTO OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS
33/100 MONEDA NACIONAL), que representa las dos terceras partes de la
cantidad anteriormente citada. La audiencia de remate tendrá
verificativo el próximo día 12 doce de enero de 2011
dos mil once a las 10:30 diez horas con treinta minutos, en el local
de este Juzgado; por lo que convóquese a postores por medio de
edictos, los cuales deberán publicarse 3 tres veces dentro del
término de 9 nueve días, tanto en el Diario Oficial de
la Federación, en la tabla de avisos o puerta del tribunal. De
igual manera, se hace del conocimiento, que aquellas personas que
deseen intervenir como postores al multicitado remate, deberán
consignar mediante certificado de depósito expedido por la
Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado,
el 10% diez por ciento del Valor Pericial, sin cuyo requisito no
serán admitidos en dicha subasta. En la inteligencia de que en
el Juzgado se proporcionarán mayores informes. Doy fe.
Monterrey, N.L., a 2 de diciembre de 2010.
C. Secretario
Lic. Ricardo Angeles López
Rúbrica.
(R.- 317780)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
El
día 14 catorce de enero del 2011 dos mil once a las 10:30 diez
horas con treinta minutos, en el local de este Juzgado Segundo de
Jurisdicción Concurrente del Primer distrito Judicial en el
Estado de Nuevo León, se llevara a cabo la Audiencia de Remate
en Publica Subasta y Primera Almoneda, dentro de los autos que
integran
el expediente judicial 974/2006 relativo al JUICIO EJECUTIVO
MERCANTIL promovido por GERONIMO
VALDEZ LOPEZ
EN CONTRA DE LIZBETH JUANA CAMERINA RODRIGUEZ BURNES respecto del
bien inmueble embargado en autos consistente en: LA FINCA MARCADA CON
EL NUMERO 5310 CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ, DE LA CALLE JARDIN TREBOL,
DE LA COLONIA VALLE VERDE, PRIMER SECTOR, EN EL MUNICIPIO DE
MONTERREY, NUEVO LEON, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DE TERRENO MARCADO
CON EL NUMERO 3, DE LA MANZANA 46, DE LA UNIDAD VALLE VERDE, PRIMER
SECTOR, EN LA CIUDAD DE MONTERREY, NUEVO LEON, CON UNA SUPERFICIE
TOTAL DE 170.00 M2 Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: 17.00
METROS AL NOROESTE CON LOTE 4; 10.00 METROS AL SUROESTE CON LOTES 6 Y
21; 10.00 METROS AL NORESTE CON JARDIN TREBOL, Y 17.00 METROS AL
SURESTE CON LOTE 2. CIRCUNDADA LA MANZANA POR LAS SIGUIENTES CALLES:
CHOPO, ABEDUL, JARDIN TREBOL Y JARDIN EVANO; sirviendo de base para
el remate de dicho bien inmueble la cantidad de $850,000.00
(ochocientos cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional), que
representa el valor pericial del bien inmueble antes descrito, y será
postura legal para intervenir en la Audiencia de Remate la cantidad
de $566,666.66 (quinientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y
seis pesos 66/100 moneda nacional), que representa las dos terceras
partes de la cantidad anteriormente citada. por lo que convóquese
a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse
3 tres veces dentro del término de 9 nueve días, en el
Diario Oficial de la Federación, y en la tabla de avisos o
puerta del tribuna.
Así mismo, se hace del conocimiento,
que aquellas personas que deseen intervenir como postores al
multicitado remate deberán consignar mediante certificado de
depósito expedido por la Secretaría de Finanzas y
Tesorería General del Estado, el 10% diez por ciento de la
suma que sirve como valor total de los avalúos rendidos por
los peritos en juicio, sin cuyo requisito no serán admitidos
en dicha subasta, y que además dichos postores deberán
cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 481 de
la referida codificación procesal, supletoria a la materia
mercantil. En la inteligencia de que no deberán mediar menos
de 5 cinco días entre la publicación del último
edicto y la almoneda. Por otro lado, respecto a las personas
interesadas en participar como postores en la audiencia de remate, se
les podrá brindar mayor información en la Secretaría
de este Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer
Distrito Judicial del Estado de Nuevo León, Monterrey Nuevo
León a 26 de noviembre del 2010.- DOY FE.
El C. Primer Secretario del Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente
del Primer Distrito Judicial en el Estado
Lic. Héctor Hugo González Cantú
Rúbrica.
(R.- 317819)
Estados Unidos Mexicanos
San Luis Potosí
Poder Judicial del Estado
Juzgado Sexto del Ramo Civil
Secretaría
EDICTO
Disposición Juez Sexto Ramo Civil esta Capital, dentro Juicio
Ejecutivo Mercantil 833/2007, que FINANCIERA RURAL, ORGANISMO PUBLICO
DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, por conducto su
Apoderado Lic. CRISTOBAL RODRIGUEZ GUTIERREZ, promueve en contra de
RANCHO LA JARRILLA, SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, el día 16 de noviembre de 2010 se dictó
proveído que en su parte conducente dice: “...se ordena
sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA, los bienes inmuebles embargados
en el presente juicio consistentes en: a) Predio rústico,
ahora parte del urbano que se identifica como lote 23, ubicado en el
Municipio de Tamuín, San Luis Potosí, inmueble que
tiene una superficie 177-46-95 ciento setenta y siete hectáreas,
cuarenta y seis áreas y noventa y cinco centiáreas y
las siguientes medidas y linderos: AL NOROESTE.- Mide 1,429.06 metros
y linda con lote 10 y terrenos del aeropuerto; AL SUR.- Mide 1,275.52
metros y linda con lote número 22, resto del predio; AL
NORESTE.- Mide en 5 líneas que miden: 378.30, metros, 272.30
metros, 438.30 metros, 382.30 metros y 64.65 metros, colindando con
carretera que va de Tamuín Estación Tamuín; AL
SUROESTE.- En 15 líneas que miden: 49.79 metros, 112.30
metros, 78.30 metros, 70.30 metros, 46.30 metros, 127.30 metros,
66.30 metros, 189.30 metros, 100.30 metros, 64.30 metros, 98.30
metros, 127.40 metros, 146.00 metros, 110.00 metros, 84.95 metros y
lindan con el Río Choy. Dicho inmueble se encuentra inscrito
ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de
Ciudad Valles, S.L.P., a favor de GASTON SANTOS PUE, bajo el número
44 deI tomo II de propiedad de fecha 19 diecinueve de enero de 1989.
b) Predio rústico ubicado en el Municipio de Tamuín
Estado de San Luis Potosí, con una superficie de 180-55-47
ciento ochenta hectáreas, cincuenta y cinco áreas y
cuarenta y siete centiáreas y las siguientes medidas y
colindancias:
AL NOROESTE.- Mide 1,002.31 metros y linda con
terrenos expropiados por la Secretaría de Agricultura y
Recursos Hidráulicos limite norte del Fundo Legal del camino a
Tamuín de por medio; AL NORESTE.- Mide 1,948.62 metros y linda
con Terrenos Expropiados por la Secretaría de Agricultura y
Recursos Hidráulicos limite norte del Fundo legal del camino a
Tamuín de por medio; AL. SUROESTE.- Mide 1,585.00 metros y
linda con carretera que va de Tamuín a Estación Tamuín;
AL SURESTE.- Mide 1,075.00 mil setenta y cinco metros y linda con
residencial “La Garita”. Dicho inmueble se encuentra
inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y de
Comercio de Ciudad Valles, S.L.P., a favor de GASTON SANTOS PUE, bajo
el número 27 deI tomo XV de propiedad de fecha 13 de marzo de
1997. Audiencia que tendrá verificativo en el local de este
Juzgado, a las 10:00 HORAS DEL DIA 17 DE ENERO DE 2011... sirviendo
de base para el remate del primer predio embargado en el presente
juicio, consistente en: a) Predio rústico, ahora parte del
urbano que se identifica como lote 23, ubicado en el Municipio de
Tamuín, San Luis Potosí... la cantidad de $8’444,886.16
(OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS OCHOCIENTOS
OCHENTA Y SEIS PESOS 16/100 M.N.)... no admitiéndose postura
que no cubra la legal. Respecto del diverso predio consistente en:
b).- Predio rústico ubicado en el Municipio de Tamuín
Estado de San Luis Potosí... la cantidad de $7’928,942.61
(SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS
PESOS 61/100 M.N.)... no admitiéndose postura que no cubra la
legal. En las relatadas condiciones, convóquense postores por
medio de edictos, mismos que serán publicados por tres veces
dentro del término de nueve días en el Diario Oficial
de la Federación, así como en los estrados de este
Juzgado... advirtiendo que los inmuebles objeto del remate... se
ubican en el Municipio de Tamuín, S.L.P... también
deberán publicarse los edictos respectivos, en los estrados
del Juzgado Mixto de Primera Instancia con residencia en Ciudad
Valles, S.L.P., en Turno, por tres veces, dentro del término
de nueve días, girándose al efecto el exhorto
correspondiente... De igual manera... también deberán
publicarse los edictos respectivos, en los estrados del Juzgado Menor
de Tamuín, S.L.P., por tres veces, dentro del término
de nueve días, girándose al efecto el despacho
correspondiente... Notifíquese.”
San Luis Potosí, S.L.P., a 18 de noviembre de 2010.
Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Rosaura Cruz Rocha
Rúbrica.
(R.- 317152)
Estados Unidos Mexicanos
Gobierno de Tamaulipas
Poder Judicial
Supremo Tribunal de Justicia Estado de Tamaulipas
Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Penal del Quinto Distrito Judicial del Estado
Reynosa, Tamps.
Sección Penal
Número de Oficio 3255
Expediente 0516/2003
Asunto: El que se indica
Cd. Reynosa, Tam., a Lunes, 08 de Noviembre de 2010.
LA C. JOSEFINA GARCIA TREVIÑO
EN SU CARACTER DE TERCERA PERJUDICADA
POR VIRTUD DE IGNORARSE DONDE PUEDA SER LOCALIZADA A USTED.
PRESENTE.
En
virtud de lo ordenado mediante auto de esta propia fecha, emitido por
la C. LICENCIADA ROSALIA GOMEZ GUERRA, Juez Segundo de Primera
Instancia Penal del Quinto Distrito Judicial del Estado, dentro de
los autos del expediente numero 0516/2003, que se instruye en contra
de ALFREDO TORRES ZUMAYA, por el delito de HOMICIDIO, en agravio de
OSCAR TREVIÑO JASSO, se ordena emplazarla por medio de
EDICTOS, por las razones esgrimidas en dicho proveído a efecto
de dar cumplimiento a los ordenado por
el H. Magistrado de la
Segunda Sala del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado, mediante
auto de fecha dos de junio del dos mil diez,
EDICTOS
Amen de que continuación se transcribe el auto de fecha catorce de septiembre del año dos mil diez, el cual a la letra reza:
- - - AUTO ACLARATORIO COMPLEMENTARIO DEL AUTO DE FECHA NUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ, QUE ORDENA EMPLAZAR A LA CIUDADANA JOSEFINA GARCIA TREVIÑO, POR MEDIO DE EDICTOS A COSTA DEL QUEJOSO, RESPECTO DEL LUGAR DE LA PUBLICACION DE LOS EDICTOS.- En la Ciudad de Reynosa, Tamaulipas a los CATORCE días del Mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil DIEZ. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Vistos de nueva cuenta los autos que integran la causa penal numero 516/2003 que se instruye en contra de ALFREDO TORRES ZUMAYA, por el delito de HOMICIDIO, y, apareciendo de los mismos que mediante auto de fecha nueve de septiembre del año dos mil diez, este Tribunal ordeno emplazar legalmente a la parte ofendida la Ciudadana JOSEFINA GARCIA TREVIÑO, lo anterior a fin de dar cumplimiento a lo ordenado por el Honorable Magistrado de la Segunda Sala Unitaria del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado, mediante proveído de fecha Dos de Junio del dos mil diez, y toda vez que se agoto la investigación del domicilio de la C. JOSEFINA GARCIA TREVIÑO, en su carácter de tercera perjudicada y al no obtener resultados favorables, por lo que en consecuencia y de conformidad en lo dispuesto por el articulo 30 fracción II de la Ley de Amparo en Vigor este Tribunal a fin de dar cumplimiento a lo ordenado por la Autoridad ordenadora, se ordena realizar dicho emplazamiento al tercero perjudicado, por medio de edictos a costa del quejoso de conformidad en lo dispuesto que señala el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo en relación con la fracción II del diverso 30 de esta última legislación, más sin embargo por un error involuntario se asentó en dicho proveído que se ordenaba emplazar a la C. JOSEFINA GARCIA TREVIÑO, por medio de edictos que se habrían de publicar por TRES VECES de SIETE EN SIETE DIAS en el DIARIO OFICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, con sede en Ciudad Victoria, Tamaulipas, y, en uno de mayor circulación en esta Ciudad y de la Republica, luego entonces, a través del presente auto se aclara dicho proveído , solo respecto a que deberá emplazarse al tercero perjudicado de referencia por medio de edictos que se publicaran por TRES VECES de SIETE EN SIETE DIAS, en el diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos, o diarios de mayor circulación en la Republica, por lo que se corre traslado con una copia simple de la demanda de amparo directo que promovió ALFREDO TORRES ZUMAYA, contra la resolución numero 780 de fecha seis de agosto del año dos mil siete, dictada por el Honorable Magistrado de la Segunda Sala del H. Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, dentro del toca penal numero 630/2007, que modifico la sentencia de fecha diez de septiembre del año dos mil cuatro, dentro del proceso penal numero 516/2003, del índice de este Juzgado, modificación que consiste en que se dejen firmes e intocados los resolutivos PRIMERO, SEGUNDO Y CUARTO, y se modifica el resolutivo TERCERO, y su respectivo considerando, para quedar como sigue: tercero.- Se condena a ALFREDO TORRES ZUMAYA, al pago de la reparación del daño consistente en la cantidad de $125,892.00 (CIENTO VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.) cuya cantidad deberá ser entregada a la persona que acredite su legitimación y mayor derecho de parte ofendida. Traslado que se le corre a JOSEFINA GARCIA TREVIÑO, y se le hace saber del termino de diez días de que dispone para que ocurra directamente al Juicio ante el Honorable Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito en Turno con sede en la capital del Estado, y, toda vez que la publicación de los edictos corre a cargo del quejoso ALFREDO TORRES ZUMAYA, notifíquesele personalmente el presente proveído al sentenciado de referencia, a efecto de que se efectúen las publicaciones de los edictos correspondientes, debiéndose además fijar en la puerta de este tribunal una copia integra de la resolución a emplazar por todo el tiempo del emplazamiento, y, para lo cual se instruye a la Secretaria de acuerdos de este tribunal para que se efectúe lo anterior, y, notifique el presente proveído al sentenciado ALFREDO TORRES ZUMAYA.----------------------------------------------------------------------------------------- - - Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 18, 19, 20, 21, 82 fracción II, 84 fracción I, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 307 y demás relativos del Código de Procedimientos Penales Vigente en el Estado, y, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 167, en relación con el diverso 30 fracción II de la Ley de Amparo en Vigor, y, con apego además a lo prevenido en los diversos 309, 310, 311, 315, 318, 320, 321 y demás relativos del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de manera supletoria.------------------------- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE: Así lo acordó y firma la Ciudadana Licenciada ROSALIA GOMEZ GUERRA, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Penal del Quinto Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con Secretaria de Acuerdos, la C. LICENCIADA SONIA INFANTE BARRIENTOS, quien autoriza y da fe de lo actuado. -------------------------------------------------------- DOY FE.------------------------------------------------------------------- -- - Enseguida se publicó en lista.----------------conste.---------------------------------------------------------------------------
Atentamente
C. Juez Segundo Penal de Primera Instancia del Quinto Distrito en el Estado
Lic. Rosalía Gómez Guerra
Rúbrica.
Secretaria de Acuerdos
Lic. Sonia Infante Bartientos
Rúbrica.
(R.- 317138)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento al tercero perjudicado
EDUARDO MONDRAGON CEDILLO.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 2774/2010-VI, PROMOVIDO POR ABAMEX CHEVROLET, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; AEROPLASA AUTOMOTRIZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; y, ABMX SERVICIOS OPERATIVOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SE DICTO EL SIGUIENTE ACUERDO:
En los autos del juicio de amparo 2774/2010-VI, promovido por ABAMEX CHEVROLET, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; AEROPLASA AUTOMOTRIZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; y, ABMX SERVICIOS OPERATIVOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su representante legal, Gilberto Cayetano Reyes Velázquez, contra actos del Presidente de la Junta Especial Número Diecisiete de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, y Actuario adscrito a dicha Junta, radicado en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, se le ha señalado a usted como tercero perjudicado y como a la fecha se desconoce su domicilio actual, por acuerdo de diecisiete de noviembre de este año, se ha ordenado emplazarlo al presente juicio por edictos, que deberá publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional a elección de la parte quejosa, ambos de la capital de la República Mexicana, haciéndole saber que debe presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, lo cual podrá hacerlo por sí o por conducto de apoderado que pueda representarlo; apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le correrán por lista que se fije en los estrados de éste Juzgado de Distrito; de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, por disposición del artículo 2o. de la anterior legislación.
LO QUE COMUNICO A USTED PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS LEGALES CONDUCENTES.
Atentamente
México, D.F., a 24 de noviembre de 2010.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Alejandro Cabral Peña
Rúbrica.
(R.- 317572)
Estados Unidos Mexicanos
Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas
Octava Sala Unitaria Civil-Familiar
Ciudad Victoria, Tamps.
EDICTO
A QUIEN CORRESPONDA
SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA
DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.
OCTAVA SALA UNITARIA EN
MATERIAS CIVIL Y FAMILIAR.
EDICTOS A:
ALEJANDRO SANDOVAL TORRES.
DOMICILIO DESCONOCIDO.
En el Cuaderno de antecedentes formado con motivo de la demanda de amparo directo que por conducto y contra actos de esta Octava Sala Unitaria en Materias Civil y Familiar del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas; promueven Josefina Silva Quintero por si y en representación de sus menores hijos Alejandro y Miguel Angel de apellidos Sandoval Silva, ante el H. Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, la Ciudadana Licenciada BLANCA AMALIA CANO GARZA, Magistrada de la Octava Sala Unitaria del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado, dictó acuerdo con fecha 6 seis de mayo de 2010 dos mil diez del tenor literal siguiente:
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 6 seis de mayo de 2010 dos mil diez.
Por recibido el oficio 3518/2010 del 3 tres de mayo del presente año, signado por la Secretaría de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, con residencia en esta Ciudad, derivado del Juicio de Amparo Directo 270/2010-1, deducido del Toca Familiar 136/2008, mediante el cual comunica haber registrado en ese Tribunal, con el número citado en antecedentes, el expediente formado con motivo de la demanda de amparo promovida por JOSEFINA SILVA QUINTERO por sí y en representación de sus menores hijos ALEJANDRO y MIGUEL ANGEL SANDOVAL SILVA; ordenando realizar el emplazamiento al tercero perjudicado ALEJANDRO SANDOVAL TORRES, por medio de edictos acorde a lo dispuesto por el diverso 30 fracción II de la Ley de Amparo, observando para ello lo establecido por el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia por lo que, vistas las constancias del cuaderno de antecedentes formado con motivo de la demanda de garantías promovida por JOSEFINA SILVA QUINTERO en nombre propio y en representación de sus menores hijos ALEJANDRO y MIGUEL ANGEL SANDOVAL SILVA contra actos de esta Autoridad derivados del Toca Familiar 136/2008; y en especial las actuaciones tendentes a obtener el domicilio del tercero perjudicado ALEJANDRO SANDOVAL TORRES para llevar a efecto el emplazamiento de la precitada demanda de garantías; consistentes en a).- Oficio 466 del 15 quince de julio de 2008 dos mil ocho, enviado al Comandante del 77 Batallón de Infantería con sede en esta Ciudad Capital, mediante el cual se le solicitó informe respecto al domicilio o lugar en que pudiera ser localizado el C. ALEJANDRO SANDOVAL TORRES; b).- Oficio No. 480 del 5 cinco de agosto de 2008 dos mil ocho, a través del cual se le solicitó nuevamente al Comandante del 77 Batallón de Infantería con sede en esta Ciudad Capital, informara el domicilio de la Octava Compañía que precisa en su oficio 14392; informe que fue rendido por oficio 15399 del 6 seis de agosto de 2008 dos mil ocho en el que se señala que el domicilio de la preindicada Octava Compañía; c).- , Exhorto enviado por oficio 494 del 11 once de agosto de 2008 dos mil ocho, al Juez competente de Oaxaca para realizar el emplazamiento al C. ALEJANDRO SALDOVAL TORRES de la demanda de amparo referida en antecedentes; emplazamiento que no fue realizado, por las razones que se precisó la ejecutora notificadora; d).- Oficio 594 del 10 diez de octubre de 2008 dos mil ocho, girado al Comandante del 77 Batallón de Infantería, localizado en esta Capital solicitándole nuevamente información tendiente a la ubicación y emplazamiento del C. ALEJANDRO SALDOVAL TORRES; quien mediante oficio 020454 del 17 diecisiete de octubre de 2008 dos mil ocho proporcionó la información requerida; e).- Exhorto al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Oaxaca a fin de que a través del Juez competente, llevara acabo el emplazamiento al tercero perjudicado ALEJANDRO SANDOVAL TORRES.- Exhorto que a su vez fue devuelto sin diligenciar por las razones que en el mismo se señalan; f).- Oficios 88, 89, 90 y 91 dirigidos a la Secretaría de Relaciones Exteriores; al Vocal Ejecutivo de la Junta Local de Tamaulipas del Instituto Federal Electoral; al Delegado del Instituto Mexicano del Seguro Social; y, al encargado de la Delegación del ISSSTE de Tamaulipas, respectivamente todos del 3 tres de abril de 2009, a fin de que proporcionaran informes respecto al domicilio donde pudiera ser localizado el C. ALEJANDRO SANDOVAL TORRES; autoridades de las cuales, solo la Secretaría de Relaciones Exteriores respondió afirmativamente; g).- El 4 de junio de 2009 dos mil nueve se giró el oficio 132, a la Secretaría de la Defensa Nacional a fin de que, de ser posible informara a esta Autoridad el domicilio y adscripción del C. ALEJANDRO SANDOVAL TORRES para realizar el emplazamiento aludido; oficio que fue contestado oportunamente con los datos que correspondientes; sin embargo, al constituirse la notificadora adscrita al Juzgado Séptimo Familiar de Tlalnepantla con residencia en Naucalpan, Estado de México, no pudo llevar acabo el emplazamiento en virtud de no haber sido posible la localización del C. ALEJANDRO SANDOVAL TORRES; y, h).- Exhorto enviado por este Tribunal mediante oficio 2291 del 12 de marzo de la anualidad cursante, al Presidente del Supremo Tribunal Militar, a fin de que se ordenara el emplazamiento al C. ALEJANDRO SANDOVAL TORRES, exhorto que por oficio 1219 citado en antecedentes fue devuelto sin diligenciar, por las razones que en el mismo se precisan.
En consecuencia, procede dar trámite al escrito del 26 veintiséis de junio de 2008 dos mil ocho, presentado en este Tribunal el 27 veintisiete del mes y año en cita; teniéndose a la quejosa JOSEFINA SILVA QUINTERO por sí y en representación de sus menores hijos ALEJANDRO y MIGUEL ANGEL SANDOVAL SILVA, con el original de la Demanda de Amparo Directo y 8 copias de la misma promoviendo por conducto de esta Sala Juicio de Amparo Directo ante el H. Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en turno, con residencia en esta Ciudad, contra actos de esta Octava Sala Unitaria, cuyo acto reclamado consiste en: “…la Resolución Definitiva dictada en el Toca 136/2008 formado con motivo del recurso de Apelación que interpusiera contra la resolución del expediente 1189/2007 relativo al Juicios Sumario Sobre Alimentos Definitivos, promovido por la suscrita en contra del C. ALEJANDRO SANDOVAL TORRES.” Ahora bien, ante el desconocimiento de su domicilio y, con fundamento en el artículo 30 fracción II de la Ley de Amparo, en armonía con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, procede llevar acabo el emplazamiento a juicio de amparo directo, del tercero perjudicado C. ALEJANDRO SANDOVAL TORRES, por medio de edictos, los cuales serán a costa de la quejosa y deberán publicarse por 3 tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndosele saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente hábil, al de la última publicación, ante el Primer Tribunal Colegiado en materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, con residencia en esta Ciudad, en defensa de sus derechos; si pasado ese término no comparece por si, por medio de apoderado o gestor, que pueda representarlo, se seguirá el juicio en su rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por lista. Asimismo se fijará, el presente en la puerta de esta Octava Sala Unitaria, en Materias Civil y Familiar, del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, quedando a disposición del tercero perjudicado la copia de la demanda de amparo en comento. Notifíquese este proveído personalmente a la quejosa en el domicilio que tiene señalado en su escrito de demanda, haciéndosele saber que dentro del término de cinco días, contados a partir de que surta efectos la notificación de este proveído, deberá comparecer a esta Octava Sala Unitaria para la entrega de los edictos correspondientes, cuyos ejemplares de publicación deberá entregar dentro de los quince días siguientes a su recepción en esta Sala, o en su defecto la constancia de pago para su publicación en el Diario Oficial y en el periódico diario preindicados; apercibida que de no hacerlo, esta circunstancia se hará del conocimiento del Primer Tribunal Colegiado precitado. Se autoriza para la práctica de la diligencia al Actuario adscrito a la Central de Actuarios de este Primer Distrito Judicial.
NOTIFIQUESE PERSONALMENTE AL QUEJOSO.- Así lo acordó y firmó la Ciudadana LICENCIADA BLANCA AMALIA CANO GARZA, Magistrada de la Octava Sala Unitaria en Materias Civil y Familiar del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado, ante la Licenciada EMMA ALVAREZ CHAVEZ, comisionada a la Secretaría de Acuerdos que autoriza.- DOY FE.
L’BACG/EACH/memz.
Enseguida, se publicó en lista.- CONSTE.
Dos firmas ilegibles, rúbricas.
Y POR EL PRESENTE QUE SE PUBLICARA POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, FIJANDOSE ADEMAS EN LA PUERTA DE ESTA OCTAVA SALA UNITARIA UNA COPIA INTEGRA DEL AUTO DE FECHA 6 SEIS DE MAYO DE 2009 DOS MIL NUEVE, QUE SE LE MANDA NOTIFICAR.
Ciudad Victoria, Tamps., a 6 de mayo de 2010.
La Comisionada a la Secretaría de Acuerdos de la
Octava Sala Unitaria en Materias Civil y Familiar
Lic. Emma Alvarez Chávez
Rúbrica.
(R.- 316639)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia
Tlalnepantla
Primera Secretaría
Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México
EDICTO
En el expediente número 1035/2007, relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por COMERCIALIZADORA DE CAMIONES CEYLAN, S.A. DE C.V. en contra de JOSE ALBERTO BRAVO ONDAL, JOSE ARTURO MORALES ALEJANDRE Y MARTHA HERNANDEZ LOPEZ, por auto de fecha primero de octubre del dos mil diez, se señalan las DIEZ HORAS DEL VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIEZ, para que tenga verificativo la SEGUNDA ALMONEDA DE REMATE respecto del bien inmueble embargado mediante diligencia de fecha veintiocho de enero del dos mil ocho, ubicado en Cerrada de Nardo número 10, colonia Santa Clara, Tultitlán, Estado de México, con una superficie total de ciento setenta metros cuadrados (170 metros cuadrados), con las siguientes medidas y colindancias al Norte en 16.80 metros con lote 23; al Sur en 10.80 metros con lote 5 y 6; al Oriente en 15.05 metros con lote 25; y al Poniente en 10.70 metros con Privada de Nardo, valuado en su totalidad por los peritos de las partes en la cantidad de $620,000.00 M.N. (SEISCIENTOS VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.), en consecuencia se convoca a postores, sirviendo como postura legal para el remate la cantidad antes mencionada, con deducción de un diez por ciento; debiéndose publicar los edictos por tres veces dentro de nueve días, en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos de este Juzgado, de tal manera que entre la última publicación o fijación del edicto y la fecha de remate, medie un término que no sea menor de cinco días, en términos de lo que disponen los artículos 1411 del Código de Comercio.
Segundo Secretario
Lic. Gilberta Garduño Guadarrama
Rúbrica. (R.- 317048)
AVISOS GENERALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
y de Falsificación o Alteración de Moneda
Coordinación General de Integración y Seguimiento
EDICTO
Se notifica a CC. HUGO DANIEL LOPEZ JIMENEZ alias ‘EL CHATO
MARAÑA’, RICARDO ALEJANDRO LOPEZ REYNA alias ‘EL
NALGON’ o ‘EL RIKYN’, JUAN CARLOS CARMONA HERNANDEZ
alias ‘JUANILLO’, JOSE PUENTE LOPEZ, RICARDO DORANTES
LARA alias ‘POLLO’, RYAN SMITH FLORES GARZA alias ‘EL
RAYO’, BRENDA BERENICE MONSIVAIS alias ‘BRENDA’,
YESSICA ALEJANDRA ALCANTAR OCHOA alias ‘YESSICA’, o a sus
representantes legales, así como a quien o quienes tengan
interés jurídico y/o acredite la propiedad y
procedencia lícita, el acuerdo de fecha 11 once de agosto de
2010 dos mil diez, dictado en autos de la Averiguación Previa
UEIORPIFAM/AP/182/2010, por el cual se decretó el
Aseguramiento Precautorio del numerario consistente en la cantidad de
$16’563,180.00 (DICECISEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES
MIL CIENTO OCHENTA PESOS 00/100 M.N.) y de 27,211.00 UDS (VEINTISIETE
MIL DOSCIENTOS ONCE DOLARES AMERICANOS 00/100 M.E.) así como
el Inmueble ubicado en CALLE SANTA CATALINA NUMERO 5678,
FRACCIONAMIENTO RIVERA DE LINDA VISTA, MUNICIPIO DE GUADALUPE, NUEVO
LEON; apercibido de que en caso de no manifestar lo que ha su derecho
convenga en el plazo de 90 días naturales contados a partir de
la presente notificación dichos bienes causarán
abandono a favor del Gobierno Federal. Lo anterior de conformidad a
lo dispuesto por el artículo 182 A
182 B fracción II
del Código Federal de Procedimientos Penales.
Atentamente
“Sufragio Efectivo. No Reelección.”
México, D.F., a 12 de octubre de 2010.
La Agente del Ministerio Público de la Federación
Adscrito a la UEIORPIFAM
Lic. Isabel Sánchez Hernández
Rúbrica.
(R.- 317809)
Secretaría de la Función Pública
Contraloría Interna
Dirección General Adjunta de Responsabilidades e Inconformidades
ASUNTO: NOTIFICACION POR EDICTOS.
SE NOTIFICA AL C. EDGAR GARCIA SAENZ. RFC. GASE670626-HI2.
Conforme al acuerdo de inicio de treinta de marzo
de dos mil diez, dictado en el expediente administrativo A/010/2010
–a su disposición para consulta en la ubicación
que adelante se indica- y fundamentado en los artículos 21
fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos, 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles (de aplicación
supletoria), 3 apartado A fracción XIX, subfracción
XIX.1; 40, 41 fracción II, numeral 2; 42, fracciones IV, VII y
XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función
Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 15 de abril de 2009; se le NOTIFICA POR EDICTOS que se requiere su
comparecencia personal, con identificación oficial vigente, a
audiencia de ley
-que se desarrollará
indistintamente ante el suscrito o ante los Directores de
Responsabilidades e Inconformidades “A”
o “B” de la Contraloría Interna-, a las DIEZ
HORAS, DE CUALQUIER DIA HABIL COMPRENDIDO ENTRE LOS SEIS Y TREINTA
DIAS HABILES QUE SIGAN A AQUEL EN QUE SE PUBLIQUE LA PRESENTE
NOTIFICACION POR TERCERA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION,
en la Contraloría Interna de esta
Secretaría, ubicada en avenida Insurgentes Sur número
1735, noveno piso, ala Sur, oficina 924,
colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón,
código postal 01020, México, D.F. para que en dicha
audiencia manifieste lo que le convenga, sobre presuntos
incumplimientos denunciados consistentes en:
A) Continuó
ejerciendo hasta el quince de octubre de dos mil siete las funciones
correspondientes al cargo de Titular del Organo Interno de Control de
la Comisión Federal de Electricidad en su Región
Oriente, que le fue conferido el dieciséis de agosto de dos
mil cuatro pese a que mediante resolución del primero de abril
de dos mil cinco, notificada el siete de abril de la misma anualidad,
se confirmó la resolución del veintinueve de abril de
dos mi tres, dictada en los autos del expediente numero P.A.D.
028/2001, correspondiente al índice de la Secretaría de
la Contraloría del Gobierno del Estado de Chihuahua, en la que
se le impuso como sanción administrativa la consistente en la
inhabilitación por tres años para desempeñar
empleos, cargos o comisiones en el servicio público;
constituyendo dicha circunstancia causa legal que le impedía
seguir desempeñando las funciones inherentes al cargo en
cuestión. Conducta que presumiblemente infringe lo dispuesto
en los artículos 8 fracciones I y VIII de la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Tiene derecho de comparecer con defensor; pero de omitir comparecer
Usted personalmente a la audiencia, se tendrán por ciertos los
hechos imputados y las subsecuentes notificaciones se harán
por rotulón conforme al artículo 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles.
México, D.F., a 9 de noviembre de 2010.
Secretaría de la Función Pública
Director General Adjunto de Responsabilidades e Inconformidades en la Contraloría Interna
Lic. Guillermo González Luna
Rúbrica.
(R.- 317302)
Se
convoca a todos los señores y señoras accionistas de la
empresa mercantil denominada MICRO,
S.A. DE C.V. a la Asamblea
General que con el doble carácter de Ordinaria y
Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el día
21 de diciembre del año 2010 a las 10.00 horas, en el
domicilio de la sociedad ubicado en la calle Emiliano Zapata número
1, colonia San Lorenzo Río Tenco, Municipio de Cuautitlán
hoy de Cuautitlán
Izcalli, Distrito de Cuautitlán, Estado de México,
código postal 54713, de conformidad con el siguiente:
ORDEN DEL DIA
I.- Lista de asistencia;
II.- Información del fallecimiento del señor Rogelio Benjamín Pérez Manzano, Administrador Unico de la empresa, por parte de su única y universal heredera y albacea, señora Gloria Becerril Ortega.
III.- Nombramiento del nuevo Administrador Unico de la empresa.
IV.- Nombramiento del comisario de la empresa.
V.- Ampliación del objeto social y consecuentemente modificación al artículo segundo de los estatutos sociales.
VI.- Modificación a los artículos tercero y noveno de los estatutos sociales.
VII.- Ratificar o nombrar nuevo apoderado para la venta del terreno ubicado en calle Emiliano Zapata número 1, colonia San Lorenzo Río Tenco, Cuautitlán Izcalli, Distrito de Cuautitlán, Estado de México, código postal 54713.
VIII.- Asuntos generales.
IX.- Designación de delegado especial que ocurra ante Notario para la protocolización e inscripción en el Registro Público de Comercio del acta correspondiente.
Atentamente
Cuautitlán Izcalli, Edo. de Méx., a 6 de diciembre de 2010.
Accionista, Apoderada de Micro, S.A. de C.V.,
Unica y Universal Heredera y Albacea de la Sucesión Testamentaria
del señor Rogelio Benjamín Pérez Manzano
Gloria Becerril Ortega
Rúbrica.
(R.- 317787)
ALMACENADORA SERFIN, S.A. DE C.V.
ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO
GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION
AL 31 DE OCTUBRE DE 2010
(cifras en pesos)
ACTIVO |
|
|
DISPONIBILIDADES |
|
$8,782 |
INVERSIONES EN VALORES |
|
|
Títulos para negociar |
|
10,344,489 |
OTRAS CUENTAS POR COBRAR |
|
283,557 |
TOTAL ACTIVO |
|
$10,636,828 |
PASIVO Y CAPITAL |
|
|
OTRAS CUENTAS POR PAGAR |
|
|
Acreedores diversos y otras cuentas por pagar |
|
5,151,090 |
TOTAL PASIVO |
|
$5,151,090 |
CAPITAL CONTABLE |
|
|
CAPITAL CONTRIBUIDO |
|
$222,192,172 |
Capital social |
|
|
CAPITAL GANADO |
|
(216,706,434) |
Reservas de capital |
$9,943,925 |
|
Resultado del ejercicio anterior |
(225,079,852) |
|
Resultado neto |
(1,570,507) |
_________ |
TOTAL CAPITAL CONTABLE |
|
$5,485,738 |
TOTAL PASIVO Y CAPITAL CONTABLE |
|
$10,636,828 |
El presente balance general se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para Almacenes Generales de Depósito, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52 y 53 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas las operaciones efectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales y administrativas aplicables.
El presente balance general fue aprobado por el banco liquidador y está bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.
México, D.F., a 29 de noviembre de 2010.
Banco Santander (México), S.A.
Institución de Banca Múltiple
Grupo Financiero Santander
(Liquidador)
(Causahabiente de Banca Serfin, S.A.
Institución de Banca Múltiple
Grupo Financiero Santander Serfin)
Representado por
Liquidador
C.P. Octavio Medina Fraga
Rúbrica.
(R.- 315698)
FARMA SABE S.A. DE C.V.
El día 20 de octubre de 2010 en Escritura Pública No. 55405 se protocoliza en asamblea general extraordinaria de accionistas la disolución de la sociedad FARMA SABE S.A. DE C.V. nombrando como liquidador a la señora Rocío Olimpia Márquez Mancera.
ESTADOS DE RESULTADOS
Del 1 de enero al 31 de octubre de 2010.
Ventas |
26,136 |
Costo de Ventas |
612,794 |
Pérdida Bruta |
(586,658) |
Gastos de Operación |
156,059 |
Pérdida Neta |
(742,717) |
BALANCE GENERAL AL 31 DE OCTUBRE DE 2010
ACTIVO |
|
|
CAJA Y BANCOS |
23,789 |
|
IVA ACREDITABLE |
278,114 |
|
|
|
301,903 |
FIJO |
|
|
ACTIVO FIJO |
170,806 |
|
DEP. ACUM ACTIVO FIJO |
(125,986) |
|
GASTOS INSTALACION |
38,635 |
|
DEP. ACUM GAST. INST. |
(5,496) |
|
|
|
77,959 |
DIFERIDO |
|
|
PAGOS ANTICIPADOS |
3,416 |
3,416 |
TOTAL ACTIVO |
|
383,278 |
PASIVO |
|
|
IMPUESTOS POR PAGAR |
413 |
|
|
|
413 |
CAPITAL CONTABLE |
|
|
CAPITAL SOCIAL |
50,000 |
|
APORT. AUMENTOS CAPITAL |
3,173,073 |
|
RESULTADO DE EJER. ANT. |
(2,097,491) |
|
RESULTADO DEL EJERCICIO |
(742,717) |
|
|
|
382,865 |
TOTAL PASIVO Y CAPITAL |
|
383,278 |
11 de noviembre de 2010.
Liquidadora
Rocío Olimpia Márquez Mancera
Rúbrica.
(R.- 316363)
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
DIRECTORIO
Conmutador: 50 93 32 00
Inserciones: Exts. 35078, 35079, 35080 y 35081
Fax: 35076
Sección de Licitaciones Ext. 35084
Producción: Exts. 35094 y 35100
Suscripciones y quejas: Exts. 35181 y 35009
Domicilio: Río Amazonas No. 62
Col. Cuauhtémoc, México, D.F.
C.P. 06500
México, D.F.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Pemex Exploración y Producción
Subdirección Región Norte
Gerencia de Administración y Finanzas
Subgerencia de Recursos Materiales
CONVOCATORIA
Pemex Exploración y Producción, a través de la Gerencia de Transporte y Distribución de Hidrocarburos Norte, convoca a todas las personas físicas o morales establecidos en México o en el extranjero, especialistas en productos químicos para el tratamiento del petróleo crudo producido y comercializado en la Región Norte, para que participen en las pruebas de selección de productos químicos desemulsificantes empleados en la deshidratación de petróleo crudo de la corriente Tamaulipas y Cacalilao para su comercialización que se integra con crudo de instalaciones del Activo Integral Poza Rica-Altamira de la Región Norte:
Requisitos que se deben cumplir, es que los participantes deben realizar propuestas de productos químicos que cumplan con la calidad requerida en el crudo Tamaulipas y Cacalilao, en los siguientes parámetros: agua y sedimento en crudo deshidratado: 0.8% máximo, salinidad del crudo deshidratado: 80.0 libras/1000 barriles máximo, grasas y aceites en agua separada: 15 ppm máximo, considerando el mejor rendimiento del producto para cumplir con el parámetro establecido.
Así mismo se les informa de la disponibilidad de muestra de crudo Tamaulipas y Cacalilao (1 galón), será en el Laboratorio de Control de Calidad Altamira, ubicado en el Callejón de Barriles Int. Batería Arenque, Ciudad Madero, Tamaulipas con el fin de que elaboren sus propuestas de productos y dosificaciones que cumplan la calidad del crudo mencionado, mismas que será evaluado en el mismo laboratorio.
Las propuestas que resulten satisfactorias en la evaluación en el laboratorio de PEP, serán las consideradas para proceder a realizar la prueba industrial, es importante resaltar que las pruebas, materiales, servicios y productos, no tiene costo ni compromiso de asignación de contrato alguno con PEP.
Las indicaciones y tiempos para realizar las pruebas industriales se realizarán en la sala de juntas de la Coordinación de Transporte y Distribución de Hidrocarburos Altamira, con dirección en edificio administrativo, interior del campo Tamaulipas, en carretera Tampico-Mante kilómetro 25, Altamira Tamaulipas.
Cronograma |
||||
Crudo |
Disponibilidad de muestras |
Evaluación |
Protocolo prueba industrial |
Prueba industrial |
Cacalilao |
13-14 de diciembre de 2010 |
20-21 de diciembre de 2010 |
28 de diciembre de 2010 |
17-21 de enero de 2011 |
Tamaulipas |
15-16 de diciembre de 2010 |
22-23 de diciembre de 2010 |
28 de diciembre de 2010 |
24-28 de enero de 2011 |
El resultado de las pruebas industriales que sean satisfactorias,
formarán parte de los requisitos de evaluación técnica
que debe presentarse en el proceso de contratación en el
suministro de productos químicos desemulsificantes para el
acondicionamiento del crudo Tamaulipas y Cacalilao a efectuarse en el
próximo
año 2011.
La Coordinación General y Supervisión de las actividades estará a cargo de la ingeniera Zoila María Gómez Torre, especialista técnico “B” responsable del Area Control de Calidad, adscrito a la Coordinación de Transporte y Distribución de Aceite, de la Gerencia de Transporte y Distribución de Hidrocarburos Norte, teléfono (01-782) 8261000, extensiones 32827 y 33542; E-mail: zoila.maria.gomez@pep.pemex.com, ubicada en el tercer piso del edificio administrativo sin número, colonia Herradura, interior del Campo Pemex, Poza Rica, Ver., código postal 93370 y Supervisión de las actividades estará a cargo del ingeniero Gerardo Contreras Hernández, adscrito a la Coordinación de Transporte y Distribución de Hidrocarburos Sector Altamira, teléfono (01-782) 826100, extensiones 21438, 21468, 21349, 28405, E-mail: gerardo.contreras@pemex.com, ubicado en carretera Tampico-Mante kilómetro 23.5, interior Campo Tamaulipas, código postal 84600, Altamira Tamaulipas, código postal 84600.
Para la realización de las pruebas de laboratorio e industrial, los interesados deberán contar con el equipo y material necesario para realizar las pruebas, así como la utilización del equipo de protección personal de seguridad necesario y cumplir con los requerimientos del SSPA, la totalidad de los costos correrán totalmente por cuenta de los interesados en las pruebas, sea persona física o moral. No existirá compromiso para la asignación de algún contrato con la persona moral o física que efectúe las pruebas, aun cuando el resultado sea satisfactorio. Pemex Exploración y Producción a través de la Coordinación de Transporte y Distribución de Aceite, GTDH Norte extenderá el resultado a la persona física o moral que haya realizado las pruebas en forma satisfactoria.
Poza Rica de Hidalgo, Ver., a 9 de diciembre de 2010.
Subgerente de Recursos Materiales, Región Norte
Noé Zuarth Corzo
Rúbrica.
(R.- 317960)
Pemex Exploración y Producción
Subdirección Región Norte
Gerencia de Administración y Finanzas
Subgerencia de Recursos Materiales
CONVOCATORIA
Pemex Exploración y Producción, a través de la Gerencia de Transporte y Distribución de Hidrocarburos Norte, convoca a todas las personas físicas o morales establecidos en México o en el extranjero, especialistas en productos químicos para el tratamiento del petróleo crudo producido y comercializado en la Región Norte, para que participen en las pruebas de selección de productos químicos desemulsificantes empleados en la deshidratación de petróleo crudo de la corriente, Marfo, Alamo, Horcon y Muro para su comercialización que se integra con crudo de instalaciones de los Activos Integrales Poza Rica-Altamira y Aceite Terciario del Golfo de la Región Norte:
Requisitos que se deben cumplir, es que los participantes deben realizar propuestas de productos químicos que cumplan con la calidad requerida en los crudo Marfo, Alamo, Horcon y Muro en los siguientes parámetros: agua y sedimento en crudo deshidratado: 0.4% máximo, salinidad del crudo deshidratado: 40.0 libras/1000 barriles máximo, grasas y aceites en agua separada: 15 ppm máximo, considerando el mejor rendimiento del producto para cumplir con el parámetro establecido.
Así mismo se les informa de la disponibilidad de muestra de los crudos será en el Laboratorio de Control de Calidad Poza Rica, ubicado en boulevard Lázaro Cárdenas, Interior Campo Pemex (Activo Integral Poza Rica-Altamira, Area Poza Rica, edificio CREL), colonia Herradura, código postal 93370, Poza Rica, Ver., con el fin de que elaboren sus propuestas de productos y dosificaciones que cumplan la calidad del crudo mencionada, mismas que serán evaluadas en el Laboratorio de Control de Calidad de la CTDH Sector Poza Rica.
Las propuestas que resulten satisfactorias en la evaluación en el laboratorio de PEP, serán las consideradas para proceder a realizar la prueba industrial, es importante resaltar que las pruebas, materiales, servicios y productos, no tienen costo ni compromiso de asignación de contrato alguno con PEP.
Las indicaciones y tiempos para realizar las pruebas industriales se realizarán en la sala de juntas del Laboratorio de Control de Calidad de la CTDH Sector Poza Rica, con dirección boulevard Lázaro Cárdenas sin número entrada puerta número 1 edificio CREL, interior del campo Pemex, colonia Herradura, Poza Rica, Ver., código postal 93370.
Cronograma |
||||
Crudo |
Disponibilidad de muestras |
Evaluación |
Protocolo prueba industrial |
Prueba industrial |
Alamo Horcon Muro |
16 de diciembre de 2010 |
4-5 de enero de 2011 |
10 de enero de 2011 |
31 de enero al 4 de febrero de 2011 |
Marfo |
3 de febrero de 2011 |
3-4 de marzo de 2011 |
13 de abril de 2011 |
16 al 27 de mayo de 2011 |
El resultado de las pruebas industriales que sean satisfactorias, formarán parte de los requisitos de evaluación técnica que debe presentarse en el proceso de contratación en el suministro de productos químicos desemulsificantes para el acondicionamiento de estas corrientes, a efectuarse en el próximo año 2011.
La Coordinación General estará a cargo de la ingeniera
Zoila María Gómez Torre, responsable del Area Control
de Calidad, adscrito a la Coordinación de Transporte y
Distribución de Aceite, de la Gerencia de Transporte y
Distribución de Hidrocarburos Norte, teléfono (01-782)
8261000, extensiones 32827 y 33542;
E-mail:
zoila.maria.gomez@pemex.com, ubicada en el tercer piso del edificio
administrativo sin número, colonia Herradura, interior del
Campo Pemex, Poza Rica, Ver., código postal 93370 y la
supervisión de las actividades estará a cargo del
ingeniero Mario Alberto Venegas López, responsable de la
Sección de Medición y Control de Calidad, adscrito a la
Coordinación de Transporte y Distribución de
Hidrocarburos Sector Poza Rica (01-782) 8261000, extensiones 34261 y
34260, E-mail: mario.alberto.venegas@pemex.com, ubicada en la planta
baja del interior del edificio COPIE, boulevard Lázaro
Cárdenas, colonia Herradura, interior Campo Pemex, Poza Rica,
Ver., código postal 93370.
Para la realización de las pruebas de laboratorio e
industrial, los interesados deben contar con el equipo y material
necesario para realizar las pruebas, así como la utilización
del equipo de protección personal de seguridad necesario y
cumplir con los requerimientos del SSPA, la totalidad de los costos
correrán totalmente por cuenta de los interesados en las
pruebas, sea persona física o moral. No existirá
compromiso para la asignación de algún contrato con la
persona moral o física que efectúe las pruebas, aun
cuando el resultado sea satisfactorio. Pemex Exploración y
Producción a través de la Coordinación de
Transporte y Distribución
de Aceite, GTDH Norte extenderá
el resultado a la persona física o moral que haya realizado
las pruebas en forma satisfactoria.
Poza Rica de Hidalgo, Ver., a 9 de diciembre de 2010.
Subgerente de Recursos Materiales, Región Norte
Noé Zuarth Corzo
Rúbrica.
(R.- 317966)
Pemex Exploración y Producción
Subdirección Región Norte
Gerencia de Administración y Finanzas
Subgerencia de Recursos Materiales
CONVOCATORIA
Pemex Exploración y Producción, a través de la Gerencia de Transporte y Distribución de Hidrocarburos Norte, convoca a todas las personas físicas o morales establecidos en México o en el extranjero, especialistas en productos químicos para el tratamiento del petróleo crudo producido y comercializado en la Región Norte, para que participen en las pruebas de selección de productos químicos desemulsificantes empleados en la deshidratación de petróleo crudo de la corriente Naranjos para su comercialización que se integra con crudo de instalaciones del Area Cerro Azul del Activo Integral Poza Rica-Altamira de la Región Norte:
Requisitos que se deben cumplir, es que los participantes deben realizar propuestas de productos químicos que cumplan con la calidad requerida en el crudo Naranjos en los siguientes parámetros: agua y sedimento en crudo deshidratado: 0.4% máximo, salinidad del crudo deshidratado: 40 libras/1000 barriles máximo, grasas y aceites en agua separada: 15 ppm máximo, considerando el mejor rendimiento del producto para cumplir con el parámetro establecido.
Así mismo se les informa de la disponibilidad de muestra de crudo Naranjos (1 galón), para el día 15 de diciembre del 2010, en la Planta Deshidratadora Naranjos ubicada en Calle Amado Nervo sin número, colonia Manuel Avila Camacho, Naranjos, Ver.; con el fin de que elaboren sus propuestas de productos y dosificaciones que cumplan la calidad del crudo mencionada, mismas que serán evaluadas el 21 y 22 de diciembre a partir de las 9:00 horas, en el Laboratorio de Control de Calidad de Hidrocarburos Cerro Azul, ubicado en calle Rafael Nieto sin número, área Talleres, Cerro Azul, Ver., código postal 92510.
Las propuestas que resulten satisfactorias en la evaluación en el laboratorio de PEP, serán las consideradas para proceder a realizar la prueba industrial, en el periodo comprendido del 10 al 14 de enero de 2011, es importante resaltar que las pruebas, materiales, servicios y productos, no tiene costo ni compromiso de asignación de contrato alguno con PEP.
Las indicaciones y tiempos para realizar las pruebas industriales se realizarán en la sala de juntas de la Residencia de Transporte y Distribución de Hidrocarburos Cerro Azul, con dirección calle Niños Héroes sin número, colonia Ex-refinería, Cerro Azul, Ver., código postal 92511, el día 27 de diciembre de 2010 con horario de 16:00 a 19:00 horas.
El resultado de las pruebas industriales que resulten satisfactorias, formarán parte de los requisitos de evaluación técnica que debe presentarse en el proceso de contratación en el suministro de productos químicos desemulsificantes para el acondicionamiento del crudo Naranjos a efectuarse en el próximo año 2011.
La Coordinación General estará a cargo de la ingeniera
Zoila María Gómez Torre, responsable del Area Control
de Calidad, adscrito a la Coordinación de Transporte y
Distribución de Aceite, de la Gerencia de Transporte y
Distribución de Hidrocarburos Norte, teléfono (01-782)
8261000, extensiones 32827 y 33542;
E-mail:
zoila.maria.gomez@pemex.com, ubicada en el tercer piso del edificio
administrativo sin número, colonia Herradura, interior del
Campo Pemex, Poza Rica, Ver., código postal 93370 y la
Supervisión de las actividades estará a cargo del
ingeniero Roberto Barron Razo, Jefe de la Planta Deshidratadora,
adscrito a la Residencia de Transporte y Distribución de
Hidrocarburos Cerro Azul, (01-782) 8261000, extensiones 31644 y
31642, E-mail: roberto.barron@pemex.com, ubicada en la calle Amado
Nervo sin número, colonia Avila Camacho, Naranjos, Ver., y/o
Ingeniero Sonia Carvajal Jaime responsable del Laboratorio de Control
de Calidad Cerro Azul, adscrito a la Residencia de Transporte y
Distribución de Hidrocarburos Cerro Azul
(01-782) 8261000,
extensiones 31110 y 31114, E-mail: sonia.carvajal@pemex.com, ubicada
en calle Niños Héroes sin número, colonia
Ex-refinería, Cerro Azul, Veracruz, código postal
92511.
Para la realización de las pruebas de laboratorio e industrial, los interesados deben contar con el equipo y material necesario para realizar las pruebas, así como la utilización del equipo de protección personal de seguridad necesario y cumplir con los requerimientos del SSPA, la totalidad de los costos correrán totalmente por cuenta de los interesados en las pruebas, sea persona física o moral. No existirá compromiso para la asignación de algún contrato con la persona moral o física que efectúe las pruebas, aun cuando el resultado sea satisfactorio. Pemex Exploración y Producción a través de la Coordinación de Transporte y Distribución de Aceite, GTDH Norte extenderá el resultado a la persona física o moral que haya realizado las pruebas en forma satisfactoria.
Poza Rica de Hidalgo, Ver., a 9 de diciembre de 2010.
Subgerente de Recursos Materiales, Región Norte
Noé Zuarth Corzo
Rúbrica.
(R.- 317969)