Jueves 11 de febrero de
2010 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, A TRECE DE ENERO DE DOS MIL DIEZ.
EN LOS AUTOS DEL
JUICIO DE AMPARO NUMERO 869/2009-IV,
PROMOVIDO POR HERLINA
AVILA RAMIREZ, CONTRA
ACTOS DEL JUEZ VIGESIMO
SEXTO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO
FEDERAL Y ACTUARIO ADSCRITO A DICHO JUZGADO, CON
FECHA UNO
DE DICIEMBRE DE DOS MIL NUEVE Y CINCO DE ENERO DE DOS
MIL DIEZ, SE DICTARON LOS AUTOS POR LOS QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LOS
TERCEROS PERJUDICADOS JORGE
MUÑOZ RUIZ Y FELIPE BALLESTEROS LOPEZ, POR
MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE
DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN UNO DE LOS DIARIOS
DE MAYOR CIRCULACION DE ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE COMPAREZCAN A ESTE
JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE
TREINTA DIAS CONTADOS A
PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION,
QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA
DEMANDA DE GARANTIAS Y DEMAS ANEXOS EXHIBIDOS, APERCIBIDOS QUE DE NO
APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE
HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION II, DEL ARTICULO 30
DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE SE
SENALARON LAS TRECE HORAS
CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTIDOS DE ENERO DE DOS MIL DIEZ, PARA
QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, EN ACATAMIENTO A
LOS AUTOS DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUSCINTA DE LA
DEMANDA DE GARANTIAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA RECLAMA TODAS
Y CADA UNA DE LAS ACTUACIONES JUDICIALES CONTENIDAS EN EL JUICIO
ORDINARIO CIVIL PROMOVIDO POR JORGE MUÑOZ RUIZ, ANTE EL
JUZGADO VIGESIMO SEXTO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL, BAJO EL EXPEDIENTE 771/2007, SECRETARIA "A",
A PARTIR DE LAS SIGUIENTES
RESOLUCIONES CUYA NULIDAD
SE RECLAMA, EN VIRTUD DE QUE CARECEN DE
LAS FOMALIDADES ESENCIALES QUE DEBEN REGIR TODO
PROCEDIMIENTO. ASI COMO LA
RESOLUCION DE CINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SIETE, LA CUAL ORDENO
AGREGAR A SUS AUTOS DEL JUICIO DE ORIGEN EL INSTRUCTIVO Y RAZON QUE
SUSCRIBE EL ACTUARIO ADSCRITO AL JUZGADO, Y SE ORDENA A LA SECRETARIA
QUE PROCEDA HACER EL COMPUTO CORRESPONDIENTE, Y FINALMENTE LA
SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA TRES DE MARZO DE DOS MIL OCHO.
Atentamente
México, D.F., a 13 de enero de 2010.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Mauro Aja Canales
Rúbrica.
(R.- 301149)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Noveno de lo Civil
EDICTO
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por BANCO
SANTANDER (MEXICO), S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO
FINANCIERO SANTANDER en contra de MOISON PLASTICAS, S.A. DE C.V.,
MOISES CHAYO CHEREM Y SARA ANA HUSNY ESSES, expediente 225/2006, LA
C. JUEZ QUINCUAGESIMO NOVENO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL en
cumplimiento a lo ordenado por auto dictado en Audiencia de Remate de
fecha nueve de Diciembre del año dos mil nueve, ordenó
sacar a remate en subasta pública en SEGUNDA ALMONEDA los
bienes inmueble embargados a los codemandados debiendo anunciarse por
medio de edictos que se publicarán en los TABLEROS DE ESTE
JUZGADO, EN LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL D.F., EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO LA JORNADA POR TRES
VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, debiendo los licitadores consignar por lo
menos una cantidad igual al diez por ciento efectivo del valor de
cada inmueble, sin cuyo requisito no serán admitidos y que se
ubican en: a) Derechos de Copropiedad en un cincuenta por
ciento que le corresponden al codemandado Moisés Chayo Cherem,
del Terreno y construcción ubicado en el Lote marcado con el
número ciento ocho de la calle dos de la manzana VII del
Fraccionamiento de Tipo Industrial denominado “Parque
Industrial Toluca 2000” ubicado en Toluca, Estado de México,
con superficie doce mil metros cuadrados sirviendo de base para el
remate la cantidad de $19,347,750.00 (DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS
CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.) que
corresponde al valor mediado entre los avalúos rendidos por
los peritos designado por las partes MENOS EL DIEZ POR CIENTO DE LA
CANTIDAD ANTES SEÑALADA, resulta la cantidad de $17,412,975.00
(DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y
CINCO PESOS 00/100 M.N.). b) Los Derechos de copropiedad en un
cincuenta por ciento que le corresponden al codemandado Moisés
Chayo Cherem sobre el Terreno y construcción ubicado en el
Lote marcado con
el número uno de la manzana VII, del
Fraccionamiento de Tipo Industrial denominado “Parque
Industrial Toluca 2000” ubicado en Toluca, Estado de México,
con superficie de cinco mil novecientos setenta y cuatro punto cero
tres metros cuadrados, sirviendo de base para el remate la cantidad
de $6,145.750.00 (SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL
SETECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.) que corresponde al valor
mediado entre los avalúos rendidos por los peritos designado
por las partes, MENOS EL DIEZ POR CIENTO DE LA CANTIDAD ANTES
SEÑALADA, resultando la cantidad de $5,531,175.00 (CINCO
MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y CINCO PESOS
00/100 M.N.)
c) Departamento tres, edificio Bugambilias del
Condominio denominado Las Verandas, verificado sobre la Fracción
restante de la división del bien inmueble denominado El
Mascareño, que se encuentra ubicado en el primer piso y cuenta
con dos lugares para estacionamiento en Cuernavaca Estado de Morelos
con superficie de ciento ochenta y ocho metros cuadrados sirviendo de
base para el remate la cantidad de $1,815,000.00 (UN MILLON
OCHOCIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.) que corresponde al valor
mediado entre los avalúos rendidos por los peritos designado
por las partes, MENOS EL DIEZ POR CIENTO DE LA CANTIDAD ANTES
SEÑALADA, resulta la cantidad de $1,633,500.00 (UN MILLON
SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.). d)
Terreno y Construcción del inmueble marcado con el número
ochenta y tres de la Avenida de los Bosques, Lote Quince de la
Manzana diez del Fraccionamiento Lomas de Tecamachalco, Sección
Bosques Huixquilucan, Estado de México, sirviendo de base para
el remate la cantidad de $5,682,500.00 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS
OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) que corresponde al
valor mediado entre los avalúos rendidos por los peritos
designado por las partes, SIENDO POSTURA LEGAL EL PRECIO FIJADO A
CADA INMUEBLE MENOS EL DIEZ POR CIENTO DE LA CANTIDAD ANTES SEÑALADA,
resulta la cantidad de $5,114,250.00 (CINCO MILLONES CIENTO CATORCE
MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), rebaja que se hace a los
inmuebles en cuestión con fundamento en el artículo 475
del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria al Código de Comercio, siendo postura legal el
precio fijado a cada inmueble, debiendo los licitadores consignar por
lo menos una cantidad igual al diez por ciento efectivo del valor de
cada inmueble, sin cuyo requisito no serán admitidos. Para que
tenga verificativo la subasta pública en segunda almoneda se
señalan las ONCE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS
MIL DIEZ.- Notifíquese.-
Lo proveyó y firma la C.
Juez.- Doy fe.- Dos Firmas Rúbricas Ilegibles.-
El C. Secretaria de Acuerdos “A”
Lic. Miguel Augusto Tiburcio Toral
Rúbrica.
(R.- 301495)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, TRES DE DICIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.
En los autos de los medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil
numero 121/2009-VI, promovido por TELEVISA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL ARIABLE, mediante proveído de veinticinco de noviembre
de dos mil nueve, se dictó un auto en el que se ordenó
emplazar a FDI FABRICA DE IDEAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, por medio de edictos, que se publicaran por tres veces, de
siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación
y Periódico de mayor circulación, a fin de que
comparezca a este juicio a dar contestación a la demanda
insaturada e su contra en el termino de treinta días contados
a partir del siguiente al en que se efectúe la ultima
publicación, quedando a su disposición en el juzgado la
demanda de merito y demás anexos exhibidos por la actora,
apercibido que de no apersonarse al presente juicio, se seguirá
el presente juicio en su rebeldía y las ulteriores
notificaciones aun las de carácter personal, se harán
por medio de estrados. En acatamiento al auto de merito, se procede a
hacer una relación sucinta de la demanda presentada en la que
en términos del artículo 1165, del Código de
Comercio, la parte actora solicitó se le requiera a FDI
FABRICA DE IDEAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto
de mandatario para pleitos y cobranzas o actos de dominio o
representante legal, con poder suficiente, para que bajo protesta de
decir verdad, hagan reconocimiento de su firma, así como del
origen y monto del adeudo
que se consignan en las facturas que
para tal efecto exhibe, por la cantidad de $2,283,258.7 (DOS MILLONES
DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS
70/100 MONEDA NACIONAL), apercibido que en caso de rehusarse a
manifestar lo señalado en líneas precedentes, se tendrá
por reconocida la firma y por reconocido el adeudo, lo anterior, con
fundamento en el párrafo quinto del artículo 1065 del
Código de Comercio.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Séptimo de Distrito en
Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Mauro Aja Canales
Rúbrica.
(R.- 301392)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial del Estado
Juzgado Segundo Civil de Partido
Secretaría
Pénjamo, Gto.
EDICTO
Publíquese por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, Tabla de Avisos de este Tribunal y Juzgado Unico Menor Mixto de Abasolo, Guanajuato, anúnciese venta en PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble embargado dentro del presente Juicio Ejecutivo Mercantil M8/07 promovido por LICENCIADO JOSE MARIA GONZALEZ NAVARRO y otro, en contra de LUIS OSVALDO CEBALLOS HERNANDEZ, sobre Pago de Pesos, consistente en casa habitación ubicada calle Picacho sin número, lote 01, Manzana 01, Fraccionamiento Lomas de Santa María, Abasolo, Guanajuato, superficie de 266.17 metros cuadrados, con siguientes medidas y colindancias: norte, 29.20 metros con lote 02; sur, 29.85 metros con lotes 22, 23 y 24; oriente, 9.05 metros con lote 18; y, poniente, 9.06 metros con calle Picacho, anunciándose su remate de manera pública por primera vez; AUDIENCIA DE REMATE que tendrá verificativo en este Juzgado a las 12:00 doce horas del vigésimo día hábil siguiente a la última publicación en el Diario Oficial de la Federación, postura legal para el remate del bien inmueble, aquella que cubra las cantidad de $1´014,266.66 (Un millón catorce mil doscientos sesenta y seis pesos, 66/100, M.N.), que corresponde a las dos terceras partes del valor pericial más alto fijado al inmueble descrito en supralíneas. Convóquense postores y cítese acreedores por este medio.
Pénjamo, Gto., a 19 de agosto de 2009.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Raúl González Godínez
Rúbrica.
(R.- 301502)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Tercero de lo Mercantil
EDICTO
Remata este Juzgado a las 09:45 HORAS DIA 25 DE FEBRERO DE 2010, en juicio MERCANTIL EJECUTIVO expediente 3341/2006 promueve LUIS GUILLERMO SANTOS PAREDES, contra MARIA CONCEPCION ROMERO MAGALLON y JUAN ROBLEDO RIVERA siguiente inmueble:
* Departamento habitacional número 41, del edificio F, localizado en cuarto nivel del condominio ubicado en calle Ahuehuetes número 4445, construido sobre manzana 10, sector VI, unidad habitacional del Sauz, Tlaquepaque, Jalisco, superficie 61.70 m2, correspondiéndole porcentaje de 1.4991% de áreas comunes.
JUSTIPRECIO $303,800.00 M.N. (TRESCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).
CONVOQUESE POSTORES, POSTURA LEGAL DOS TERCERAS PARTES DEL JUSTIPRECIO.
Para publicarse por tres veces dentro de nueve días en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, así como en los estrados de este juzgado.
Guadalajara, Jal., a 25 de enero de 2010.
Secretario de Acuerdos
Lic. Lorena Ríos Cervantes
Rúbrica.
(R.- 301697)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México
con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO SEXTO DE DISTRITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.
En los autos del juicio de amparo 884/2009, promovido por JOSE GUADALUPE REYES GONZALEZ Y LUIS ALBERTO HOCHSTRASSER ROLDAN, contra actos DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO CINCO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL VALLE DE CUAUTITLAN, TEXCOCO, CON RESIDENCIA EN ECATEPEC DE MORELOS ESTADO DE MEXICO Y OTRAS AUTORIDADES; se ordenó emplazar por edictos al tercero perjudicado JUAN REMEDIOS FLORES HERRERA, con apoyo en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, quedando a disposición en este Juzgado de Distrito, copia simple de la demanda de garantías auto admisorio; se le concede un término de 30 días contados a partir de la última publicación para que comparezca a juicio a deducir sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se le practicarán por medio de lista.
NOTA: ESTE EDICTO DEBERA PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, GACETA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE MEXICO Y EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA A ELECCION DEL QUEJOSO.
Atentamente
Ciudad Nezahualcóyotl, Edo. de Méx., a 20 de enero de 2010.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Fidel Acosta Hernández
Rúbrica.
(R.- 301510)
Fe de errata al Edicto promovido por JOSE GUADALUPE REYES GONZALEZ, en los autos del juicio de amparo número 884/2009, publicado el 2 de febrero de 2010.
En la Primera Sección, página 77, en el octavo renglón, dice:
En los autos del juicio de amparo 884/209...
Debe decir:
En los autos del juicio de amparo 884/2009...
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
PARA EMPLAZAR A PARKING TECH, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
En los autos del juicio ordinario civil federal 463/2009, el Juez
Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal,
Licenciado Alejandro Villagómez Gordillo, ordenó por
auto de veintiuno de diciembre de
dos mil nueve, emplazar por
medio de edictos a PARKING TECH, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, para hacerle saber que cuenta con el término de
treinta días, siguientes a la última publicación,
para apersonarse a juicio, oponga las excepciones y defensas que
considere necesarias, ofrezca las pruebas que estime necesarias, con
el apercibimiento que de no hacerlo se seguirá el juicio en su
rebeldía y las ulteriores notificaciones, incluso las
personales, se harán por medio de rotulón que se fije
en los estrados del juzgado, quedando a su disposición las
copias de traslado en la Secretaría de este juzgado.
Asimismo, se hace saber que la controversia suscitada entre las partes en este juicio que son: como actor AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y como demandada PARKING TECH, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, en la que el actor reclama las siguientes prestaciones:
“A) La declaración judicial de TERMINACION DEL CONTRATO,
documento base de la presente acción, celebrado entre
Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V.,
y la ahora demandada Parking Tech, S.A. de C.V. de fecha 15 de
septiembre de 2006. B) EL PAGO DE LA CANTIDAD DE $805,628.03
(OCHOCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO PESOS 03/100 M.N.) por
concepto de pagos no realizados (ventas no depositadas de los
ingresos diarios registrados por la operación del
estacionamiento vertical uno, así como del anexo Terminal II
ambos del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México)
corresponde a los días 29 y 30 de septiembre de 2007 y 01 de
octubre de 2007, en términos de la cláusula primera,
inciso A) párrafo o viñeta séptima (7) del pacto
de marras base de la presente acción, así como de las
cláusulas primera, segunda y tercera del convenio
modificatorio al contrato de prestación de servicio celebrado
entre nuestra representada y la ahora demandada en fecha 30 de agosto
de 2007. C) El PAGO DE LA CANTIDAD DE $200,552.39 (DOSCIENTOS MIL
QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS 39100 M.N.) por concepto de
intereses moratorios que se han generado al 31 de agosto de 2008, más
los que se sigan generando a partir hasta la fecha en que se cubra el
total del adeudo, en términos de la cláusula primera,
inciso B), párrafo octavo (8) del documento basal de la
presente acción, relacionado con el punto 81 del catálogo
de norma, políticas y procedimientos para la operación
de los establecimientos vertical 01 y vertical T2, cantidad que se
cuantificará en ejecución de sentencia. D) EL PAGO DE
LOS GASTOS
Y COSTAS que se originen con motivo de la tramitación
del presente juicio.”
Prestaciones que basó, entre otras cosas, en el incumplimiento de PARKING TECH, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, en el contrato para la prestación del servicio de operación del estacionamiento vertical número uno, así como del anexo Terminal II, ambos del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Sociedad Anónima de Capital Variable.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Ana Lilia Olvera Arizmendi
Rúbrica.
(R.- 301403)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala
EDICTO
C. Harold Delgado González
María Luisa Sánchez Ocomatl
(terceros perjudicados)
En los autos del juicio de amparo 1165/2009, promovido por Reyes Mendieta Corona, contra actos de la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Instituto Mexicano del Seguro Social, Notario Público Número Uno, del distrito judicial de Hidalgo, Registrador Público de la Propiedad y del Comercio en el Estado y Notario Público Número Uno, del distrito judicial de Ocampo, consistente en la sentencia de fecha veintisiete de mayo de dos mil nueve, dictada por la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado, en el toca civil de queja 65/2009, se ha nombrado a usted como tercero perjudicado dentro del presente juicio de Amparo 1165/2009, se ordena emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, por ser uno de los de mayor circulación a nivel nacional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, según su artículo 2o., quedan a su disposición con el actuario de este Juzgado copias simples de la demanda de garantías y se le hace saber, además, que se han señalado las nueve horas con treinta minutos del día dieciocho de febrero del año en curso, para la audiencia constitucional.
Tlaxcala, Tlax., a 20 de enero de 2010.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Lic. Jesús Federico Rojas Pesquera
Rúbrica.
(R.- 301509)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil
México, D.F.
EDICTO
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, a veintiocho de enero de dos mil diez.
TERCERA PERJUDICADA: CONSTRUVIPO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos del Juicio de Amparo 915/2009-VI, promovido por Elda
Susana López Celis y Martín Santos Pascual, en su
carácter de asesora legal y tesorero, respectivamente de Unión
de Vivienda Popular y Comunidades, Asociación Civil, y María
del Carmen Montes de Oca Sánchez, por su propio derecho,
contra actos del Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil del
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Actuario adscrito
a dicho Juzgado y Registrador del Instituto de la Función
Registral del Estado de México de los Municipios de Naucalpan
y Huixquilucan; demanda que señala como ACTOS RECLAMADOS: La
falta
de emplazamiento a los quejosos en el juicio especial
hipotecario 125/2006, seguido por FINCASA HIPOTECARIA, S.A. DE C.V.,
en contra de UNION DE VIVIENDA POPULAR Y COMUNIDADES A.C. y
CONSTRUVIPO, S.A. de C.V., así como el remate en primera
almoneda del inmueble ubicado en calle Fresnillos, numero dieciséis,
colonia San Rafael Chamapa, en Naucalpan, Estado de México; la
cancelación y declaración de extinción de
gravámenes hipotecarios a favor de la hoy quejosa, ante la
dirección del Registro Publico del Estado de México, de
los Municipios de Naucalpan y Huixquilucan, la falta de llamamiento
al incidente de liquidación de sentencia e intereses, así
como su ejecución; con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315
del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria de la Ley de Amparo, se ordena emplazar a juicio a la
tercera perjudicada CONSTRUVIPO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, a fin de que comparezcan a deducir sus derechos en el
término de treinta días contados a partir del día
siguiente en que se efectúe la última publicación,
quedando a su disposición en la Secretaría de este
Juzgado copia simple del escrito inicial de demanda, así como
del auto admisorio de veinte de octubre de dos mil nueve, mismos que
serán publicados por tres veces de siete en siete días,
en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación de la República,
apercibido que en caso de no apersonarse a este juicio de amparo, las
ulteriores notificaciones se le harán por medio de lista, con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 30, fracción
lI
de la Ley de Amparo.
Atentamente
México, D.F., a 28 de enero de 2010.
El C. Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Juan Armando Brindis Moreno
Rúbrica.
(R.- 301851)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
CARLOS FABRE Y LESTRADE
EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRE.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 1747/2009-II, PROMOVIDO POR HECTOR DE LA FUENTE CERISOLA Y ARACELI MOTTA CASTAÑEDA, CONTRA ACTOS DEL JUEZ TERCERO PENAL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO DE MORELOS, CONSISTENTE EN EL AUTO DE TREINTA DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL NUEVE DICTADO EN LA CAUSA PENAL 22/2009, POR EL CUAL SE DIO TRAMITE AL INCIDENTE DE REPARACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS Y SE DECRETO COMO MEDIDA PRECAUTORIA EL EMBARGO SOBRE BIENES PROPIEDAD DE LOS AQUI QUEJOSOS; SE EMPLAZA A USTED Y SE HACE SABER QUE DEBERA COMPARECER ANTE ESTE JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, UBICADO EN LA CALLE FRANCISCO LEYVA NUMERO 3, ALTOS, COLONIA CENTRO, EN CUERNAVACA, MORELOS, DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO, A EFECTO DE HACERLE ENTREGA DE COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA Y ANEXOS, DEL AUTO ADMISORIO DEL VEINTISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL NUEVE Y SE LE APERCIBE QUE EN CASO DE NO HACERLO ASI, SE SEGUIRA EL JUICIO EN SU REBELDIA Y LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES QUE SEAN DE CARACTER PERSONAL, SE HARAN POR MEDIO DE LISTA QUE SE FIJA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO.
Cuernavaca, Mor., a 15 de enero de 2010.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Francisco René Marmolejo Vázquez
Rúbrica.
(R.- 301676)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Décimo Primero de lo Civil
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES
En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, expediente 855/2006, promovido por BANCO SANTANDER, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER HOY BANCO SANTANDER (MEXICO), S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO, SANTANDER en contra de NOEMI RIVERA ITURRALDE Y GUILLERMO AVELAR ARVIZU, el C. Juez Décimo Primero de lo Civil del Distrito Federal dictó los proveídos de fecha once, diecisiete y veinticinco de junio, trece de julio, seis de octubre y veintiocho de septiembre y nueve de diciembre todos del año dos mil nueve , y se señaló las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la Audiencia de Remate en Segunda Almoneda de los bienes inmuebles embargados, siendo los siguientes: La Casa marcada sin numero, en la Primera Calle Tenoxtitlan hoy numero 5 de la Primera Calle Tenoxtitlan, Colonia Morelos, Delegación Cuauhtémoc, en México, Distrito Federal. Sirve de base para el remate del mismo la cantidad de $3’483,900.00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.), precio de avalúo ya rebajado en un diez porciento y siendo postura legal la citada cantidad; los Lotes de Terreno 1267 y 1268 Ubicados en Calle Andalucía, Fraccionamiento El Cid, Tercera Sección La Marina, en Mazatlán, Estado de Sinaloa los que constituyen una sola unidad y Construcciones en ellos existentes, Sirve de base para el remate de ambos inmuebles en conjunto la cantidad de $6’702,300.00 (SEIS MILLONES SETECIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), precio de avalúo ya rebajado en un diez porciento y siendo postura legal la citada cantidad, Debiendo los posibles licitadores, cumplir con el deposito previo para ser admitidos como tales, por una cantidad igual a por lo menos al diez porciento de la cantidad que sirve de base para la almoneda.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES, DENTRO DE NUEVE DIAS, LA PRIMERA PUBLICACION DEBERA EFECTUARSE EL PRIMER DIA, LA TERCERA EL NOVENO DIA Y LA SEGUNDA DE ELLAS EN CUALQUIER TIEMPO ENTRE LAS REFERIDAS.
México, D.F., a 11 de enero de 2010.
La C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Rosa Arcos Rayón
Rúbrica.
(R.- 301804)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, A VEINTINUEVE DE ENERO DE DOS MIL DIEZ.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 874/2009-I, PROMOVIDO POR ANA MARIA SANCHEZ ORTIZ, POR SU PROPIO DERECHO, CONTRA ACTOS DE LA CUARTA SALA FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, CON FECHA VEINTIOCHO DE ENERO DE DOS MIL DIEZ, SE DICTO UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LA TERCERA PERJUDICADA, MARIA GUADALUPE LOERA MACIAS, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS Y DEMAS ANEXOS EXHIBIDOS, APERCIBIDA QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION II, DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, EN ACATAMIENTO AL AUTO DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA RECLAMA DE LA CUARTA SALA FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, LA SENTENCIA DE VEINTITRES DE OCTUBRE DE DOS MIL NUEVE, DICTADA POR LA CUARTA SALA FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL EN EL TOCA DE APELACION 2067/2009, CON MOTIVO DEL RECURSO DE APELACION PROMOVIDO POR LA HOY QUEJOSA EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL, NULIDAD DE MATRIMONIO, EXPEDIENTE NUMERO 683/2008, PROMOVIDO POR ANA MARIA SANCHEZ ORTIZ EN CONTRA DE MARIA GUADALUPE LOERA MACIAS, RADICADO EN EL JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Nancy Almogabar Santos
Rúbrica.
(R.- 301865)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en México, D.F.
EDICTO
TERCERA PERJUDICADA: MARIA TERESA MONTALVO VIUDA DE LEGASPI.
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, SECCION AMPAROS, MESA IV, JUICIO DE AMPARO 904/2009-IV, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
Juicio
de amparo 904/2009-IV. I. Quejosa: COMPAÑIA DE INVERSIONES,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE: II.- Tercera perjudicada: MARIA
TERESA MONTALVO VIUDA DE LEGASPI;
III. Autoridades responsables:
JUEZ QUINCUAGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL y ACTUARIO ADSCRITO A DICHO JUZGADO.
IV. ACTOS RECLAMADOS: la falta de emplazamiento y todo lo actuado en
el juicio ejecutivo mercantil radicado en el expediente 330/2008, y
su ejecución. AUTO ADMISORIO DE TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS
MIL NUEVE “... Se admite a trámite dicha demanda…
pídase a las autoridades responsables su informe
justificado…Se tiene como tercera perjudicada a MARIA TERESA
MONTALVO VIUDA DE LEGASPI … AUTO DE TRES DE FEBRERO DEL DOS
MIL DIEZ “…se difiere la audiencia constitucional
señalada para hoy y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS CON
CUARENTA MINUTOS DEL VEINTICUATRO DE FEBRERO DEL DOS MIL DIEZ…
hágase el emplazamiento a juicio de la citada tercera
perjudicada, por medio de edictos los que deberán publicarse
por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial
de la Federación y en un periódico de circulación
nacional, conteniendo una relación sucinta de la demanda de
amparo, del auto que la admitió a trámite, así
como de este proveído, haciéndole del conocimiento a
dicha tercera perjudicada que deberá presentarse ante este
juzgado dentro del término de treinta días, contado a
partir del siguiente al de la última publicación de los
edictos, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes
notificaciones por medio de lista en los estrados de este juzgado…
Notifíquese… Doy fe”.
México, D.F., a 3 de febrero de 2010.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Jorge Bautista Soria
Rúbrica.
(R.- 302010)
Estados Unidos Mexicanos
Supremo Tribunal de Justicia del Estado
Jalisco
H. Tercera Sala
EDICTO
Por este conducto emplácese a LUZ MARIA CUELLAR ZARRAGA, a efecto de hacerle saber de la demanda de amparo promovida por PABLO MARTIN GARCIA PLASCENCIA, Endosatario en Procuración de INDUSTRIAS PEACE, S.A. DE C.V., acto reclamado: sentencia definitiva de fecha 25 veinticinco de agosto de 2009 dos mil nueve, dictada dentro de los autos del toca de apelación 356/2009 relativo al juicio MERCANTIL EJECUTIVO expediente 1107/2007 promovido por PABLO MARTIN GARCIA PLASCENCIA, LUIS ALEJANDRO PEREZ FLORES Y JOSE MIGUEL CANELO RAMIREZ, Endosatarios en Procuración de INDUSTRIAS PEACE, S.A. DE C.V., en contra de LUZ MARIA CUELLAR ZARRAGA, e HIRAM HERNANDEZ GARCIA, (éste último desistido), para que comparezca ante el H. Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito en turno, dentro del término de 30 días contados del siguiente al de la última publicación, artículo 167 de la Ley de Amparo. Copias de demanda de garantías quedan a su disposición en la Secretaría de la Sala.
Para publicarse por tres veces de siete en siete días en el periódico “EL EXCELSIOR” y “EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”. Artículo 315 del Código de Procedimientos Civiles.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 3 de febrero de 2010.
“2010, Año del Bicentenario del Inicio del Movimiento de Independencia Nacional
y del Centenario del Inicio de la Revolución Mexicana”
La Secretario de Acuerdos de la Tercera Sala
Lic. María Guadalupe Peña Ortega
Rúbrica.
(R.- 302005)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
FRANCISCO ROJAS BECERRIL, en su carácter de albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de Blanca Belinda Rojas Arteaga.
EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRE.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 922/2009-V PROMOVIDO POR LILIA
FLORES TORRES,
SE LE EMPLAZA Y COMUNICA QUE DEBERA COMPARECER ANTE
ESTE JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DEL ESTADO DE MORELOS, UBICADO EN
CALLE FRANCISCO LEYVA 3 ALTOS, COLONIA CENTRO EN CUERNAVACA, DENTRO
DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA
ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO, A EFECTO DE HACERLE ENTREGA
DE LA DEMANDA Y ANEXOS, DEL AUTO ADMISORIO Y AUTO DE SEIS DE JULIO DE
DOS MIL NUEVE, DONDE SE LE RECONOCIO EL CARACTER DE TERCERO
PERJUDICADO, APERCIBIDO QUE DE NO HACERLO ASI SE SEGUIRA EL JUICIO EN
REBELDIA Y LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARACTER
PERSONAL, SE HARAN POR MEDIO DE LA LISTA QUE SE FIJA EN LOS ESTRADOS
DE ESTE JUZGADO.
Cuernavaca, Mor., a 26 de enero de 2010.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito del Estado de Morelos
Lic. Francisco René Marmolejo Vázquez
Rúbrica.
(R.- 302014)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas vigentes son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,373.00
2/8 de plana $ 2,746.00
3/8 de plana $ 4,119.00
4/8 de plana $ 5,492.00
6/8 de plana $ 8,238.00
1 plana $ 10,984.00
1 4/8 planas $ 16,476.00
2 planas $ 21,968.00
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Primero de lo Civil
Sría. “B”
Exp. 944/2005
EDICTO DE REMATE
SE CONVOCAN POSTORES
EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR PLUMA VERDE RAFAEL EN CONTRA DE HORTENSIA MONTOYA SITALAN, EXPEDIENTE NUMERO 944/2005, LA C. JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, EN EL DISTRITO FEDERAL, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR AUTOS DE FECHAS VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL NUEVE Y QUINCE DE ENERO DEL DOS MIL DIEZ, ORDENO SACAR A REMATE EN PRIMERA ALMONEDA EL BIEN INMUEBLE EMBARGADO IDENTIFICADO LOTE DE TERRENO 03, DE LA MANZANA 04, ZONA 01, POBLADO SANTA CRUZ, XOCHITEPEC, DISTRITO FEDERAL ACTUALMENTE CALLE NUEZ, NUMERO 8, COLONIA XOCHITEPEC, DELEGACION XOCHIMILCO, C.P. 16100, MEXICO DISTRITO FEDERAL CON VALOR DE AVALUO DE $624,000.00 (SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) PARA CUYO EFECTO SE SEÑALAN LAS DIEZ HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE FEBRERO DEL DOS MIL DIEZ, SIENDO POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE AVALUO; DEBIENDO LOS LICITADORES PARA TOMAR PARTE EN LA SUBASTA, FORMULAR SUS POSTURAS POR ESCRITO, CONFORME A LO ORDENADO EN EL ARTICULO 481 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACION SUPLETORIA AL DE COMERCIO, CONSIGNANDO A SU VEZ PREVIAMENTE, UNA CANTIDAD EQUIVALENTE A POR LO MENOS EL DIEZ POR CIENTO DEL MONTO QUE SIRVE DE BASE PARA EL REMATE, MEDIANTE BILLETE DE DEPOSITO, SIN CUYO REQUISITO NO SERAN ADMITIDOS.
QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DENTRO DE NUEVE DIAS, PUBLICANDOSE ESTOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO
La C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Rosa María del Consuelo Mojica Rivera
Rúbrica.
(R.- 302017)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Décimo Primero Menor Civil
León, Gto.
Secretaría
EDICTO
Por este publicarse por 1 una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y Tabla de avisos de este Tribunal, anúnciese remate en Segunda almoneda del Juicio Ejecutivo Mercantil Número 728/2007-M, promovido por el Licenciado MIGUEL ANGEL MENDOZA LASSO, en contra de J. JESUS MARTINEZ SALAZAR, sobre pago de pesos, siendo el siguiente bien inmueble:
FINCA UBICADA EN CALLE ARGON NUMERO 217 DEL FRACCIONAMIENTO VALLE DE
SEÑORA,
EN ESTA CIUDAD.
CON SUPERFICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS.
CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: 6.00 METROS CON LOTE 9.
AL SUR: 6.00 METROS CON CALLE ARGON.
AL ESTE: 15.00 METROS CON LOTE 33.
AL OESTE: 15.00 METROS CON LOTE 35.
Señalando para tal efecto las 11:00 once horas del día 19 diecinueve de Febrero del año 2010 dos mil diez, Siendo postura legal la cantidad de $209,056.88 (DOSCIENTOS NUEVE MIL CINCUENTA Y SEIS PESOS 88/100 M.N.), que representa las dos terceras partes de $348,428.13 (TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO PESOS 13/100 M.N.), valor asignado al inmueble, con deducción de un 10% por tratarse de segunda almoneda, se convocan postores, cítese acreedores.
León, Gto., a 29 de enero de 2010.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Décimo Primero Menor Civil
Lic. Jazbek Turín Cortéz Palacios
Rúbrica.
(R.- 302018)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Séptimo Civil
Morelia, Michoacán
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES:
Dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número 848/2008, que sobre pago de pesos promueve ANABEL PATRICIA CORTES VILLA frente a J. JESUS LOZA MENDEZ, se señalaron las 13:00 trece horas del día 30 treinta de Marzo del 2010 dos mil diez, para que tenga verificativo en el local de este Juzgado la audiencia de remate en PRIMERA ALMONEDA a fin de subastar públicamente y al mejor postor el siguiente bien inmueble que a continuación se describe:
Departamento número 1, ubicado en la Planta Alta, con entrada por la calle Michoacán, del edificio en Condominio denominado Conjunto Habitacional Loza colonia Melchor Ocampo de Morelia, Michoacán, con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte 19 metros con vacio, al Sur 19.00 metros con vacio, al Oriente 6.00 metros con vacio que da a la calle Privada de Michoacán y al Poniente 6.00 metros con vacio que da al resto de la propiedad, con una superficie de 114.00 metros cuadrados.
Sirviendo de base para el remate la cantidad de $415,744.00 CUATROCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS, y como postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha suma.
Convóquese licitadores a la subasta, mediante la publicación de 3 tres edictos dentro del plazo de 9 nueve días hábiles, el primero en el primer día, el tercero en el noveno y el segundo dentro del plazo en mención, en el Diario Oficial de la Federación y Estrados de este Juzgado.
Atentamente
Morelia, Mich., a 25 de enero de 2010.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Eugenia Alquicira Alvarado
Rúbrica.
(R.- 302021)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Segundo Menor en Materia Civil
Morelia, Michoacán
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES:
Dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número 2549/2009, que
sobre pago de pesos, promueve MARTHA RAMIREZ TAPIA frente a JOSEFINA
SIETE CHAMONICA, se señalaron las 10:30 diez horas con treinta
minutos del día 4 cuatro de Marzo del año 2010 dos mil
diez, para que tenga verificativo en el local de este Juzgado la
audiencia de remate en PRIMER ALMONEDA a fin de subastar públicamente
y al mejor postor
el siguiente bien inmueble que a continuación
se describe:
1.- Una propiedad rústica denominada El Arenal del Municipio de Charo, del Distrito de Morelia, Michoacán, mismo que se registra a favor de JOSEFINA SIETE CHAMONICA, bajo el número 028, del tomo 02861; la cual tiene las siguientes medidas y linderos: al Norte 112.00 metros con propiedad de María Vicenta Baeza, raya en medio; al Sur 189.00 metros con el Potrero llamado “La Flor del Agua”, callejón y cerca en medio; al Oriente 191.00 metros con propiedad de Juan Chijate, callejón de por medio; y al Poniente 237.00 metros con propiedad de Desiderio Baeza, barranca de por medio.-
Sirviendo de base para el remate la cantidad de $323,535.00 (TRESCIENTOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), y como postura legal la que cubra las dos terceras partes de su precio.
Convóquese licitadores mediante la publicación del
edicto correspondiente por 3 tres veces dentro
de 9 nueve días
hábiles en los Estrados de este Juzgado y Diario Oficial de la
Federación.-
Atentamente
Morelia, Mich., a 21 de enero de 2010.
La Secretaria de Acuerdos
M. en D. Esperanza Valdez Barriga
Rúbrica.
(R.- 302035)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil
Toluca, México
Segunda Secretaría
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia de Toluca, México
EDICTO
En los autos de expediente número 554/07, relativo al Juicio
EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por RAFAEL LOPEZ PEREZ, a través
de su endosatario en procuración DAVID TARANGO SERRANO en
contra de ENRIQUE ALEJANDRO GARCIA HERNANDEZ, el Juez Primero Civil
de Primera Instancia de Toluca, México, señaló
las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTICINCO DE FEBRERO DEL
AÑO DOS MIL DIEZ, para que tenga verificativo la PRIMERA
ALMONEDA DE REMATE, respecto de las acciones que como socio le
corresponden al demandado ENRIQUE ALEJANDRO GARCIA HERNANDEZ de la
empresa denominada EMBOTELLADORA TOLUQUEÑA S.A. DE C.V.
embargado en la diligencia de fecha: diez de diciembre del año
dos mil siete, las cuales tienen un precio de avalúo de
$2,194,293.66
(DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y TRES PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL), en consecuencia,
anúnciese su venta en el “Diario Oficial de la
Federación”, en la tabla de avisos de éste
Juzgado, mediante edictos que se publicarán por TRES VECES
DENTRO DE TRES DIAS, convocando postores, de manera que entre la
fijación o publicación del último edicto y la
fecha del remate medie un tiempo que no sea menor de SIETE DIAS. Se
convoca a postores para que comparezcan
a la venta, se expide a
los quince días del mes de enero del año dos mil diez.
Secretario
Lic. Rosa Anita Cruz Rosas
Rúbrica.
(R.- 302029)
AVISOS GENERALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Seguridad Pública Federal
Dirección General de Seguridad Privada
TEXTO A PUBLICARSE
El 13 de enero de 2010, en el expediente 205/2007, se AMONESTO a la
persona moral UNIDAD ESPECIALIZADA EN SEGURIDAD PRIVADA OMEGA, S.A.
DE C.V., con revalidación de
autorización
RA-093-01-09/03/08/044/II, vigente al quince
de abril del dos mil diez, sita en calle Coquimbo número 709,
despacho 3, colonia Lindavista, código postal 07300,
Delegación Gustavo A. Madero, Distrito Federal, México.
México, D.F., a 13 de enero de 2010.
El Director General de Seguridad Privada
Mtro. Luis Armando Rivera Castro
Rúbrica.
(R.- 301863)
CAMARA NACIONAL DE EMPRESAS DE CONSULTORIA
CONVOCATORIA
Con
fundamento en el artículo 20 de la Ley de Cámaras
Empresariales y sus Confederaciones y artículos 29, 30, 31,
32, 34, 35, 36, 37 y 47 Frac. V, VII, VIII y IX del estatuto que rige
a esta institución, se convoca
a la
XXXVIII Asamblea
General Ordinaria de Afiliados, que tendrá lugar el martes 23
de febrero de 2010 a las 16:30 horas, en la sala de juntas de las
oficinas de la Cámara Nacional de Empresas de Consultoría,
ubicadas en Montecito número 38, piso 18, oficina 35, colonia
Nápoles, México, D.F.
El orden del día y otros detalles de esta convocatoria podrán consultarse en la página electrónica o en las oficinas de la CNEC: www.cnec.org
México, D.F., a 11 de febrero de 2010.
Presidente
Dr. Reyes Juárez del Angel
Rúbrica.
(R.- 302028)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Servicio de Administración Tributaria
Administración General de Recursos y Servicios
Administración Central de Apoyo Jurídico
Extracto de modificación al Título de Concesión para Administrar las Devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a los extranjeros con calidad de turistas, de conformidad con la Ley General de Población, que retomen al extranjero por vía aérea o marítima, que les haya sido trasladado en la adquisición de mercancías.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por la condición 26 (veintiséis) del Título de Concesión Nacional número SAT.AGRS.CONCESION.002/07-005, se realiza la presente publicación en los siguientes términos:
MODIFICACION AL TITULO DE CONCESION PARA ADMINISTRAR LAS DEVOLUCIONES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), A LOS EXTRANJEROS CON CALIDAD DE TURISTAS DE CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE POBLACION, QUE RETORNEN AL EXTRANJERO POR VIA AEREA O MARITIMA, QUE LES HAYA SIDO TRASLADADO EN LA ADQUISICION DE MERCANCIAS, NUMERO SAT.AGRS.CONCESION.002/07-005, OTORGADO POR EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT) ORGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, REPRESENTADO POR EL LIC. JOSE GERARDO CORDOVA BEJARANO, EN SU CARACTER DE ADMINISTRADOR CENTRAL DE APOYO JURIDICO, DE LA ADMINISTRACION GENERAL DE RECURSOS Y SERVICIOS EN FAVOR DE LA EMPRESA ADAMANT CORPORATION, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL LIC. ALEJANDRO BETANCOURT LEDESMA, EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “EL CONCEDENTE” Y “EL CONCESIONARIO” RESPECTIVAMENTE.
Fecha de otorgamiento: 11 de noviembre de 2009.
PRIMERA.- CONTINUIDAD DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES.- “EL
CONCESIONARIO” y
“EL CONCEDENTE”, aceptan y se
obligan a que además de lo estipulado en la presente
modificación, continuarán vigentes con toda su fuerza
legal, las condiciones contenidas en el título de concesión,
SAT.AGRS.CONCESION.002/07-005.
SEGUNDA.- OBJETO DE LA MODIFICACION.- El Gobierno Federal a través de “EL CONCEDENTE” modifica la condición 3 (tres) del Título de Concesión SAT.AGRS.CONCESION.002/07-005, adicionando a los doce puntos de salida autorizados el siguiente:
Aeropuerto Internacional, Lic. Gustavo Díaz Ordaz, en Puerto Vallarta, Jalisco.
TERCERA.- PRESTACION DE LOS SERVICIOS.- De conformidad con la propia condición 3 (tres) del Título de Concesión, y la Séptima Regla de Operación “EL CONCESIONARIO” deberá iniciar operaciones en el punto de salida adicional concedido dentro del plazo de 60 días naturales contados a partir del otorgamiento de la presente concesión.
CUARTA.- COMISION.- Con relación a lo dispuesto en la
condición 5 (cinco) del Título de Concesión y el
segundo párrafo de la Regla Décima Segunda de las
Reglas de Operación, “EL CONCESIONARIO” deberá
registrar el esquema de comisión que aplicará en el
punto adicional concedido, previo a la aplicación
del
mismo, así como realizar la publicación en su portal de
Internet y en el Módulo de Atención, referente al punto
adicional citado.
QUINTA.- MODIFICACION DE LA GARANTIA.- “EL CONCESIONARIO” deberá presentar en el término de 10 días naturales a partir del otorgamiento de la presente modificación el documento en el que se reconozca por parte de la Afianzadora Sofimex, S.A., la presente modificación del Título de Concesión y garantice el cumplimiento de las obligaciones contenidas tanto en el título como en la presente modificación.
Se expide la presente constancia en la Ciudad de México,
Distrito Federal, a los once días del mes
de noviembre de
dos mil nueve.- Conste.
El Administrador Central de Apoyo Jurídico
Lic. José Gerardo Córdova Bejarano
Rúbrica.
(R.- 301837)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Oficios 310-87156/2009 y 120-85325/2009
CNBV.311.311.16 (5818) “2009-12-17” <10>
Asunto: Se autoriza a Caja Popular Las Huastecas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. realizar las operaciones que se indican.
Federación Victoria Popular, S.C.
Av. las Huertas No. 103, Col. Vista Alegre,
3a. Sección, C.P. 76090, Santiago de Querétaro, Qro.
Caja Popular Las Huastecas, S.C.L.
Carretera Federal San Juan del Río/Xilitla km. 167,
Ahuacatlán de Gpe., C.P. 76310, Pinal de Amoles, Qro.
At’n.: Lic. Hilda Gabriela Rico Reséndiz
Representante legal de la Federación
C. Julián Meza Romero
Representante legal de la Sociedad
La Junta de Gobierno de esta Comisión Nacional Bancaria y de
Valores, en sesión celebrada el 8 de diciembre de 2009, en
atención a la solicitud de Federación Victoria Popular,
S.C., contenida en el escrito recibido el 7 de julio de 2009, por el
cual, en nombre de la sociedad denominada Caja Popular Las Huastecas,
S.C.L., solicita la autorización de la Comisión para
que dicha sociedad se organice y funcione como Sociedad Cooperativa
de Ahorro y Préstamo y considerando que el 14 de agosto de
2009 entró en vigor la Ley para Regular las Actividades de las
Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo de conformidad
con el artículo primero transitorio del “Decreto por el
que se expide la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades
Cooperativas de Ahorro y Préstamo y se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones de la
Ley General de Sociedades
Cooperativas, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de la Ley
de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley de
Instituciones de Crédito”, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 13 de agosto de 2009 (en lo
sucesivo el Decreto), con fundamento en los artículos 10 de la
Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de
Ahorro y Préstamo; 2, 4, fracción XI y 12, fracción
V, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y
1, 3, fracción I y 6 del Reglamento Interior de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, entre otros, acordó:
“DECIMO TERCERO.- Los integrantes de la Junta de Gobierno, con base en la opinión favorable del Comité de Autorizaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores adoptada en su sesión celebrada el 26 de noviembre de 2009, autorizaron por unanimidad la realización o la continuación de la realización de las operaciones de ahorro y préstamo como Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, a la sociedad que se denominará “Caja Popular Las Huastecas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.”, con un nivel de operaciones III, en términos de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.”
La presente Autorización se concede de conformidad con las bases siguientes:
Primera.- Caja Popular Las Huastecas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., podrá realizar o continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo como Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo conforme a lo dispuesto por los artículos 10, 11 y demás aplicables de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
Segunda.- Caja Popular Las Huastecas, S.C. de A.P. de R.L. de
C.V., se sujetará a las disposiciones de la Ley para Regular
las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo,
la Ley General
de Sociedades Cooperativas, las demás que le
sean aplicables y particularmente a lo siguiente:
I.- Su denominación será “Caja Popular Las Huastecas”, la cual se usará seguida de las palabras Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, o de su abreviatura S.C. de A.P. de R.L. de C.V.
II.- Su domicilio social se ubicará en el Estado de Querétaro y tendrá un Nivel de Operaciones III.
Tercera.- Por su naturaleza, la Autorización es intransmisible en términos del primer párrafo del artículo 10 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
Cuarta.- La Autorización deberá publicarse en el
Diario Oficial de la Federación, de acuerdo con el octavo
párrafo del artículo 10 de la Ley para Regular las
Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro
y Préstamo.
Quinta.- La Autorización surtirá sus efectos al día hábil siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto por el artículo 132, fracción I de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
Sexta.- En términos del octavo párrafo del artículo 10 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, Caja Popular Las Huastecas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. deberá inscribir la Autorización de que se trata o sus modificaciones en el Registro Público de Comercio que corresponda a su domicilio social, a más tardar dentro de los 60 días naturales siguientes a los de su notificación, debiendo remitir a la Comisión el testimonio respectivo en un plazo de 15 días naturales posteriores a la inscripción.
Una vez efectuada la inscripción de la Autorización en el citado Registro, a Caja Popular Las Huastecas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. le aplicará en su totalidad el régimen normativo establecido en la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y en las disposiciones que de ella emanen.
Séptima.- De acuerdo con lo que establece el artículo
octavo transitorio del artículo primero del Decreto,
a
partir de que a Caja Popular Las Huastecas, S.C. de A.P. de R.L. de
C.V., conforme a la Base Sexta anterior, le sea aplicable el régimen
normativo establecido en la Ley para Regular las Actividades de las
Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y hasta la fecha
de constitución del Fondo de Protección a que se
refiere ese mismo ordenamiento legal, esa Sociedad deberá
crear una reserva especial que provisione el importe de la cuota de
seguro de depósito que le corresponda aportar de conformidad
con la señalada Ley y en las disposiciones de carácter
general que hubiere expedido la Comisión o que estén en
vigor. Una vez constituido el referido Fondo de Protección,
Caja Popular Las Huastecas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. deberá
entregar los recursos de la reserva que hubiese constituido a la
cuenta del Fondo de Protección a que se refiere el artículo
54 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades
Cooperativas de Ahorro
y Préstamo.
Lo anterior, se notifica con fundamento en lo dispuesto por los artículos 10, tercer párrafo, 121, 123 y 132, fracción I de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo; sexto transitorio, tercer párrafo, del artículo primero del Decreto; y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 16, fracción XVI, así como antepenúltimo y penúltimo párrafos, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 1, 3, 4, 9, 11, penúltimo párrafo, 12, 15, fracción IX y último párrafo, en relación con el 24, fracciones I, inciso a) y II, en concordancia con el 16, fracción VIII y 17, fracción XII, 41, fracción X, y 61 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2009; 16, fracción I, incisos 1) y 3), y 32, fracción I, inciso 2), del Acuerdo por el que el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega facultades en los Vicepresidentes, Directores Generales y Directores Generales Adjuntos de la misma Comisión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de octubre de 2009; así como 1, fracciones IV y VIII, del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el citado Diario Oficial el 31 de agosto de 2009.
Atentamente
México, D.F., a 17 de diciembre de 2009.
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidente Jurídico Lic. Jorge Leonardo González García Rúbrica. |
Vicepresidente de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas Populares Act. Yerom Castro Fritz Rúbrica. |
(R.- 302044)