Jueves
22 de julio de 2010 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Primera Sala Civil
EDICTO
RICARDO GARCIA MAQUEDA Y ANGELICA PATRICIA VIVAS SOLANO
Por medio del presente se hace
del conocimiento de la demanda de garantías interpuesta por
JULIAN FERNANDEZ RODRIGUEZ quien se ostenta como apoderado de GABRIEL
EDUARDO RUIZ LEZAMA en contra de la sentencia dictada por esta Sala
el veinte de enero del dos mil diez, en el toca 1052/2009/01 para
resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte
actora en contra de la sentencia definitiva de
fecha veintiuno de
septiembre de dos mil nueve, dictada por el JUEZ DECIMO SEGUNDO DE LO
CIVIL
EN EL DISTRITO FEDERAL en los autos del juicio ORDINARIO
CIVIL seguido por RUIZ LEZAMA GABRIEL EDUARDO en contra de GOBIERNO
DEL DISTRITO FEDERAL Y OTROS. A efecto de que acudan los terceros
perjudicados RICARDO GARClA MAQUEDA Y ANGELICA PATRlClA VIVAS SOLANO
en el término de treinta días, contados a partir del
día siguiente de la última publicación, ante el
Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno en
defensa de sus intereses. Quedando a disposición en la
Secretaria de esta Sala las Copias de traslado respectivas.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el "Diario Oficial de la Federación".
México, D.F., a 30 de junio de 2010.
El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Civil
Lic. Mario Alfredo Miranda Cueva
Rúbrica.
(R.- 309229)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
Amparo 159/2010
EDICTO
Mediante auto de veintidós de enero de dos mil diez, este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado, admitió la demanda de garantías promovida por el Sindicato de Trabajadores del Autotransporte en el Estado de Jalisco, por conducto de su Secretario General Héctor Javier Arenas Novoa, contra actos del Presidente de la Junta de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco y otra autoridad, que quedó registrada con el número 159/2010; asimismo, dentro de dicho auto se tuvo entre otros como tercero perjudicado a Raúl Humberto Torrecilla Martínez, ordenando emplazarlo a juicio, sin que a la fecha se haya emplazado a dicho tercero perjudicado; por tanto, a fin de hacerle saber la radicación del juicio y pueda comparecer a defender sus derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente; queda en la Secretaría de este Juzgado, a su disposición, copia simple de la demanda de garantías. Asimismo, se informa que la fecha para celebrar la audiencia constitucional está señalada para las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL UNO DE JULIO DE DOS MIL DIEZ.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 23 de junio de 2010.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
Lic. René Castro Lara
Rúbrica.
(R.- 309242)
Estados Unidos Mexicanos
Gobierno del Estado de Jalisco
Poder Judicial del Estado de Jalisco
Supremo Tribunal de Justicia del Estado
Jalisco
Séptima Sala
EDICTO
Emplácese tercero perjudicado Mario Rene Lozano Delgado, 30 días, a partir día siguiente última publicación, comparezca H. Tribunal Colegiado Materia Civil Tercer Circuito, hacer valer derechos, juicio constitucional, promovido Roberto Federico Jurado Orozco, actor, contra H. Séptima Sala S.T.J.E. Acto reclamado, sentencia 21 Octubre 2009, toca 1089/2009, apelación interpuesta actor, expediente 1336/2008, Juzgado Noveno Civil Primer Partido Judicial.
PARA PUBLICARSE TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN LOS ESTRADOS DE LA H. SEPTIMA SALA, EN UNO DE LOS PERIODICOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
Guadalajara, Jal., a 6 de julio de 2010.
La Secretario de Acuerdos
Lic. Diana Arredondo Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 309645)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL.
MEGA SERVICIOS ATLANTIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, WENDY DEL ROSARIO DIAZ Y ESTANISLAO MARTINEZ.
En los autos del juicio de amparo 2181/2009-I, promovido por Depilite, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos de la Junta Especial Seis de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y otras, al ser señalados como terceros perjudicados y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento que, en la secretaría de este juzgado quedan a su disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurran a este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 29 de junio de 2010.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Faviola Ramírez Franco
Rúbrica.
(R.- 309636)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Estado de Chihuahua
Juzgado Octavo de Distrito
EDICTO
Por este medio, en cumplimiento a
lo ordenado mediante proveído de dos de julio de dos mil diez,
dictado en los autos del juicio de amparo número 415/2010,
promovido por Hipotecaria Nacional Sociedad Anónima de Capital
Variable Sociedad Financiera de Objeto Limitado Grupo BBVA Bancomer,
contra actos del Juez Tercero de lo Civil del Distrito Judicial
Morelos, con residencia en esta ciudad y otras autoridades; de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción
II y 157 de la Ley de Amparo, en relación con el
315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria, a la ley de la materia, emplácese a los terceros
perjudicados José Luís González Tovar y Alma
Rocío Zendejas Medina al presente juicio de amparo, por medio
de edictos, en la inteligencia de que deberán publicarse por
tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la
Federación y en el periódico El Excelsior, o Heraldo de
México, o El Universal, de la Ciudad de México,
Distrito Federal; hágase saber a los referidos terceros
perjudicados que deberán presentarse ante este Juzgado
Federal, dentro del término de treinta días, contados a
partir del siguiente al de la última publicación, para
que reciban la copia de la demanda de garantías, debiendo
fijarse además una copia de los citados edictos en los
estrados de este Tribunal por todo el tiempo del emplazamiento.
Chihuahua, Chih., a 2 de julio de 2010.
El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado
Lic. Ramón de la Rosa Hernández
Rúbrica.
(R.- 310155)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Al margen. El Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal.
Alicia Macías Lobato
En los autos del juicio de amparo 322/2010-II, promovido por José Martín Rodríguez Morales, contra actos del Quinta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia y Juez Cuadragésimo Octavo de lo Civil, ambos del Distrito Federal; al ser señalada como tercera perjudicada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de la Materia, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 24 de junio de 2010.
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Nelson Arturo García García
Rúbrica.
(R.- 309166)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
EDICTO
Testigos
JOSE ANTONIO HERNANDEZ MARU.
CELSO ESPINOSA GARCIA,
Y JESUS FERNANDO RODRIGUEZ PEREZ
En razón de ignorar su domicilio, se les comunica que en el expediente número 37/1997-IV, que se instruye a RAMON ALCIDES MAGAÑA o ALCIDES RAMON MAGAÑA, por la comisión del delito de VIOLACION A LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y OTROS; en tal virtud, con fundamento en el artículo 83, párrafo primero del Código Federal de Procedimientos Penales, por este medio se les hace saber que deberán comparecer debidamente identificados con credencial oficial vigente, ante este Juzgado Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, con domicilio en calle Reforma número ochenta, colonia Lomas de San Lorenzo Tezonco, delegación Iztapalapa, código postal 09780, anexo al Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, a las ONCE HORAS DEL DIA JUEVES CINCO DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ, ello a fin de desahogar su testimonio ordenada por este juzgado, en el presente asunto.
Atentamente
México, D.F., a 1 de julio de 2010.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
Lic. Jose Luis Méndez Hernández
Rúbrica.
(R.- 309458)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Sección Amparo
EDICTO
En el juicio de amparo número 1519/2009-2 del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por María Guadalupe Nares Sánchez y Rogelio Ortiz Addauto, en su carácter de apoderados legales de “Inmobiliaria Puruandiro”, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos que reclaman del Juez Cuarto de Partido de Primera Instancia Civil de Celaya, Estado de Guanajuato; se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento del tercero perjudicado Gerardo Galván Cruz, a quien se hace de su conocimiento que ante este Juzgado se encuentra radicado el juicio de garantías mencionado, en el que el acto reclamado constituye todo lo actuado en el juicio ordinario mercantil M045/2003 del índice de la autoridad responsable de mérito, y como consecuencia de ello, el embargo, remate y adjudicación del inmueble ubicado en el pueblo del Llano, primera sección, perteneciente al Municipio de Tula de Allende, Estado de Hidalgo, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: al norte: dos líneas de 14.10 metros con carretera Tula-Jorobas y 33.00 metros linda con propiedad particular,. al sur: en dos líneas de 6.32 metros con propiedad particular y 10.38 metros con ejido Ignacio Zaragoza, al oriente: en cuatro líneas de 27.80 metros, 139.00 metros, 34.45 metros y 25.65 metros linda con Felipe Rodríguez Larios, y al poniente: en tres líneas 174.57 metros, con Gloria Zavaleta, 33.67 metros y 12.46 metros con propiedad particular. Por ello se hace del conocimiento de Gerardo Galván Cruz, que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señale domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.
Pachuca de Soto, Hgo., a 15 de junio de 2010.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Rocío Bonilla Pérez
Rúbrica.
(R.- 309096)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Décimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal
Expediente 207/04
EDICTO
En los autos del Juicio EJECUTIVO
MERCANTIL, promovido por ORGANISMO DESCENTRALIZADO
DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL SERVICIOS DE ADMINISTRACION Y
ENAJENACION DE BIENES (SAE) en contra de JOSE ANTONIO PEREZ LOMELI C.
Juez dicto un auto de fecha dos de junio del año en curso,. A
sus autos el oficio de cuenta 3270, que remite el H. DECIMO CUARTO
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DE PRIMER CIRCUITO, y tomando en
consideración las razones actuariales de fecha veinte de mayo
del año dos mil diez en el que el SECRETARIO ACTUARIO del
juzgado se constituyó en los siguientes domicilios: El ubicado
en Viaducto Tlalpan número 100, Colonia Arenal Tepepan,
Delegación Tlalpan, y en ese mismo día se traslado al
domicilio ubicado en la Calle Moralillo número 133, Interior
2, Colonia Reynosa Tamaulipas, D.F., sin poder localizar dicho
domicilio por las razones que expone, razones suficientes para
considerar que de acuerdo a las informaciones proporcionadas por el
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL
ESTADO y del INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, resultaron inexactos para
emplazar a la tercero perjudicada MARIA DEL ROSARIO MENDEZ HERNANDEZ,
razón por la cual, se procede emplazar a la mencionada tercera
perjudicada mediante edictos en términos del artículo
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, haciéndose
saber que debe presentarse el tercero perjudicado dentro del termino
de 30 días contados al día siguiente de la última
publicación para que acuda ante el H. DECIMO CUARTO TRIBUNAL
COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO a deducir sus
derechos. En relación con el Amparo D.C. 125/2010.
NOTIFIQUESE.- LO PROVEYO Y FIRMA EL C. JUEZ DECIMO SEGUNDO DE LO
CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL.- DOY FE.-
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EL PERIODICO EL UNIVERSAL.
México, D.F., a 2 de julio de 2010.
La C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Maribel Aguilar Sánchez
Rúbrica.
(R.- 309821)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Primero de lo Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
PRIMERA ALMONEDA
CONVOCATORIA DE POSTORES:
Dentro de los autos que integran el expediente número 100/2009 relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por ENRIQUE RAYA CISNEROS frente a EDMUNDO GARCIA CISNEROS Y LAURA AYALA FERNANDEZ se ordenó sacar a remate el siguiente bien inmueble:
1.- El lote número 29, de la manzana 21, zona 1 de la localidad Núcleo Agrario s/n, de San José del municipio de Tarímbaro, distrito de Morelia, Michoacán.
AL SURESTE: 10.00 metros colinda con lotes 11, 12, y 13
AL NORESTE: 20.00 metros con casa número 85.
AL SURESTE: 20.00 metros con propiedad privada (casa)
AL NORESTE: 10.00 metros con la calle cascada de su ubicación
Con una superficie total de 200.00 metros cuadrados.
Convóquese postores a la referida subasta, mediante la publicación del presente edicto por 3 tres veces en 9 nueve días en los estrados de este Juzgado y Diario Oficial de la Federación.
Sirviendo de base para la subasta la cantidad de $182,500.00 (CIENTO OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de la base del remate.
Remate que tendrá verificativo en este Juzgado a las 13:00 trece horas del día 10 diez de agosto del 2010 dos mil diez.
Atentamente
Morelia, Mich., a 29 de junio de 2010.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Enrique Zarco Arreola
Rúbrica.
(R.- 309869)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO.- SOLUCION DE ACTIVOS RESIDENCIALES, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO
NUMERO 256/2010-I, PROMOVIDO POR EDUARDO ALBERTO BENITEZ DE LA GARZA
Y MARIA ENRIQUETA ANA JOVE LOYO DE BENITEZ, CONTRA ACTOS DE LA CUARTA
SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y JUEZ QUINCUAGESIMO OCTAVO,
AMBOS DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, Se señaló, como
tercero perjudicado a Solución de Activos Residenciales,
Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, y como acto
reclamado esencialmente la resolución de nueve de marzo de dos
mil diez, dictada por la Cuarta Sala Civil del Tribunal Superior de
Justicia del Distrito Federal, en el toca número 12/2010-0,
que confirma la interlocutoria que declara improcedente el incidente
de prescripción de la acción pendiente de litis. En
auto de seis de abril de dos mil diez, se admitió a trámite
dicha demanda y se señaló fecha para la celebración
de la audiencia constitucional. En proveído de treinta de
junio de dos mil diez, agotada la investigación del domicilio
del referido tercero perjudicado se ordenó emplazarle por
medio de edictos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos
30, fracción ll, de la Ley de Amparo y 315 del supletorio
Código Federal de Procedimientos Civiles. Hágase del
conocimiento del tercero perjudicado Solución de Activos
Residenciales, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital
Variable, que deberá presentarse ante este juzgado dentro del
término
de treinta días hábiles contados del
siguiente al en que se haga la última publicación de
los edictos respectivos, a señalar domicilio en esta ciudad,
ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes
notificaciones por medio de la lista, que se fije en los estrados de
este juzgado; asimismo, hágase del conocimiento del citado
tercero perjudicado que queda a su disposición en este juzgado
federal, copia simple de la demanda de amparo y del auto admisorio.
México, D.F., a 30 de junio de 2010.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Gustavo Medrano González
Rúbrica.
(R.- 310163)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Juzgado de Distrito en el Estado de Guanajuato con residencia en la ciudad de León
EDICTO
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en la ciudad de León, Guanajuato.
Juicio de Amparo
587/2010-III
En los autos del juicio: de amparo principal 587/2010-III, promovido por María Yanalté Sánchez Neri, apoderada legal de BBVA Bancomer, sociedad anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer, contra actos del Delegado de la Procuraduría General de la República, Agente del Ministerio Público de la Federación, habilitada como Auxiliar del Procurador General de la República, en la Delegación Estatal en el Estado de Guanajuato y Agente del Ministerio Público de la Federación, Titular de la Agencia Tercera Investigadora de Procedimientos Penales, todos con sede en esta ciudad de León, Guanajuato, reclamando, esencialmente, la resolución de quince de febrero de dos mil diez, pronunciada en el recurso de inconformidad 1/2009, en la que se confirmó el no ejercicio de la acción penal en la averiguación previa PGR/GTO/LEON-III/10605/2007; radicándose el juicio constitucional con el número anotado al rubro, en este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en León, donde se señaló a ROBERTO CASTAÑEDA GOMEZ, con el carácter de tercero perjudicado y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en el periódico “El Universal”, por ser uno de los de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, haciéndole saber que deberá presentarse por sí o a través de persona autorizada ante este tribunal federal, ubicado en boulevard Adolfo López Mateos número 915, Oriente, esquina con callejón del Toro, colonia el Coecillo, en esta localidad, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación; además, se fijará en la puerta de este tribunal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición copias fotostáticas simples de la demanda en la actuaría de este órgano de control constitucional. Si pasado este término, no compareciere por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se seguirá el juicio, haciéndole las subsecuentes notificaciones por lista que se fijará en los estrados del juzgado.
Atentamente
León, Gto., a 23 de junio de 2010.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato
Lic. Rafaela Madrid Padilla
Rúbrica.
(R.- 309015)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Piedras Negras, Coahuila
EDICTO
Artemiza Gutiérrez Valderrama, se le emplaza con el carácter de tercera perjudicada, de la demanda de amparo promovida por Ejido Barroterán, Municipio De Muzquiz, Coahuila, a la cual le correspondió el número 311/2009, en auto admisorio de uno de junio de dos mil nueve, contra los actos reclamados del Secretario de la Reforma Agraria, con residencia en México, Distrito Federal, y de otras autoridades; consistentes en:
“La omisión al
realizar la ejecución del plano proyecto del Ejido Barroterán,
Municipio de Muzquiz, Estado de Coahuila, de Zaragoza, conforme a la
Resolución Presidencial de fecha 31 de julio de 1940, respecto
a la ubicación real de la superficie de dotación, por
Resolución Presidencial de 3000-00-00 hectáreas de
fecha
31 de julio de 1940 y que esta siendo afectado al realizar
la delimitación, destino y asignación de tierras
ejidales de fecha 17 de diciembre de 1995, de conformidad a la Ley
Agraria, Reglamento de la Ley Agraria en materia de Certificación
de Derechos Ejidales y Titulación de solares y las Normas
Técnicas para la Delimitación de las Tierras al
Interior del ejido, en las cuales se le reconocen 2400-55-42.817
hectáreas, percatándonos de un faltante de
599-55-42.817 hectáreas. La entrega forman (documentada) de la
ubicación real de la figura del Ejido Barroterán,
Municipio de Muzquiz, Estado de Coahuila de Zaragoza, de conformidad
al acta de deslinde en apoyo del plano definitivo aprobado, toda vez
que se esta violando las garantías individuales en sus
artículos 14 y 16 de la constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; así como las ordenes no giradas
a la autoridad ejecutoriada para que materializara el acto reclamado.
Debiendo proceder a investigar la ubicación de la superficie
faltante y una vez realizado esto aplicar lo establecido en los
artículos 308 y 309 de la Ley Federal de la Reforma Agraria
expuesto y fundando los artículos 212 y 227 de la Ley de
Amparo. De la ejecutoriada la omisión o desatención de
la materialización del acto tendiente a la integración
de la figura real con soporte documental indubitablemente y por
consecuencia la certificación, delimitación y destino
mediante la Ley, Reglamentos y Normas que nuestro derecho mexicano y
la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos contempla.”
Lo anterior se hace de su conocimiento, para que dentro del término de treinta días, contando a partir del día siguiente al de la última publicación comparezca por sí o por apoderado que pueda representarla, requiriéndola para que señale el domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, con apercibimiento que de no señalarlo, las subsecuentes aun las de carácter personal se le harán por medio de lista. Quedan en la Secretaría del Juzgado copia de la demanda para que se imponga de ella. El presente edicto se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico o diario de mayor circulación en la República Mexicana.
Piedras Negras, Coah., a 8 de junio de 2010.
Por Acuerdo del Juez Tercero de Distrito en el Estado de Coahuila
Secretaria de Acuerdos
Lic. Siva Visnu López González
Rúbrica.
(R.- 309082)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Segundo Civil
Toluca, México
Segunda Secretaría
EDICTO
En el expediente Número 21/2009, en el presente Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, que promueve FELIX AGUILAR MARTINEZ, en contra de ANTONIO RODRIGUEZ LEGORRETA y ANTONIO RODRIGUEZ ARZATE. El Juez Segundo Civil de Primera Instancia, Cuantía Mayor del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, señaló las TRECE HORAS DEL DIA SEIS DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ, para que tenga lugar la SEGUNDA ALMONEDA DE REMATE del bien embargado en el presente Juicio, consistente en: Un bien inmueble Ubicado en CALLE DE MERIDA NUMERO SETENTA, SAN LORENZO TEPALTITLAN, TOLUCA, MEXICO, INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL: BAJO LA PARTIDA NUMERO 28-10344, VOLUMEN 487, LIBRO PRIMERO SECCION PRIMERA, FOJA 8 DE FECHA VEINTIDOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CUATRO, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: Entres líneas 19.50 metros con EULALIA OBANDO RODRIGUEZ; 14.02 metros con BERTHA RODRIGUEZ LEGORRETA y; 6.30 metros con BERENICE RODRIGUEZ AL SUR.- En tres líneas: 4.10 metros: 28.70 metros y; 7.25 METROS CON CALLE MERIDA en las tres líneas; AL ORIENTE.- En tres líneas 48.00 metros; 0.60 centímetros y; 4.25 metros con JUAN y BERENICE RODRIGUEZ LEGORRETA y calle MERIDA; PONIENTE.- En tres líneas 37.80´ metros con calle INDEPENDENCIA; 4.50 metros con calle MERIDA y; 10.00 metros con EULALIO OBANDO RODRIGUEZ, con una superficie de 1,814.00 METROS CUADRADOS; El Juez ordenó su venta por medio de edictos que se publicarán en el periódico Oficial de la Federación y en el tabla de avisos que se lleva en este Juzgado, por TRES VECES dentro de NUEVE DIAS, convocando postores y citando acreedores, sirviendo de base para el remate la cantidad que cubra las dos terceras partes de la cantidad de (SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS 00/100 M.N.), cantidad de resultado de la deducción de un diez por ciento del precio primitivo en que fue valuado por el perito oficial tercero en discordia.
DOY FE.
Toluca, Edo. de Méx., a 6 de julio de 2010.
Secretario
Lic. Ma. Guadalupe Garduño García
Rúbrica.
(R.- 309549)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado, con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
LEOBARDO TREVIÑO CHAPA, BAUDELIO TREVIÑO CHAPA, RAMIRO TREVIÑO CHAPA Y MARIA BRIGIDA GARZA SILVA.
TERCEROS PERJUDICADOS.
EN EL JUICIO DE AMPARO VI.1306/2009, PROMOVIDO POR FINANCIERA RURAL, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, POR CONDUCTO DE SU APODERADO LEGAL CARLOS GERARDO YAÑEZ BACRE, CONTRA ACTOS DE LA SEGUNDA SALA REGIONAL COLEGIADA EN MATERIA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD Y OTRA AUTORIDAD, SE ORDENO EMPLAZAR A JUICIO, CON EL CARACTER DE TERCEROS PERJUDICADOS A LEOBARDO TREVIÑO CHAPA, BAUDELIO TREVIÑO CHAPA, RAMIRO TREVIÑO CHAPA Y MARIA BRIGIDA GARZA SILVA, EN EL QUE SE SEÑALO COMO ACTO RECLAMADO:
“...LO CONSTITUYE LA RESOLUCION DICTADA EN EL TOCA CIVIL NUMERO 657-C/2007 PRIMER SUBSECUENTE, DE FECHA TRES DE JULIO DE DOS MIL NUEVE, LA SEGUNDA SALA REGIONAL COLEGIADA EN MATERIA CIVIL DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, DECLARANDO INSUBSISTENTE LA SENTENCIA DICTADA EL VEINTIDOS DE MAYO DE DOS MIL NUEVE, EN EL EXPEDIENTE 872/2006, RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL…”
ASIMISMO, COMO GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS, LAS CONSAGRADAS EN LOS ARTICULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES.
POR OTRA PARTE, HAGASE SABER A LOS TERCEROS PERJUDICADOS QUE LA FECHA PARA CELEBRAR LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL SERA A LAS ONCE HORAS CON CINCO MINUTOS DEL OCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIEZ.
LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA QUEDAN A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO FEDERAL, EN EL ENTENDIDO QUE TIENEN DESPUES DE LA ULTIMA PUBLICACION TREINTA DIAS PARA COMPARECER ANTE ESTE ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO COMPARECER Y SEÑALAR DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES DE CARACTER PERSONAL SE PRACTICARAN POR LISTA QUE SE PUBLICARA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 30 de marzo de 2010.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Roberto Emilio Rosas Godoy
Rúbrica.
(R.- 310164)
AVISOS GENERALES
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Servicio de Administración Tributaria
Administración General de Recursos y Servicios
CONVOCATORIA PUBLICA PARA OBTENER TITULOS DE AUTORIZACION
A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 16 DE LA LEY ADUANERA
No. SAT. AGRS-008/2010
Con fundamento en los artículos
16 de la Ley Aduanera y 3o. transitorio de la Ley del Servicio de
Administración Tributaria, este último publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre
de 1995,
28 fracción XLVII, en relación con el 29 apartado “I”,
del Reglamento Interior del Servicio de Administración
Tributaria, en vigor, el Servicio de Administración Tributaria
(SAT), Organo Desconcentrado
de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP), ha decidido autorizar en
términos del precepto citado en primer lugar los servicios que
más adelante se precisan, por lo cual convoca a los
interesados en obtener Título de Autorización para
prestar al SAT los servicios que a continuación se describen:
Servicio de Desarrollo de Software (SDS)
Consistente en el conjunto de
capacidades que permitan la implementación del ciclo de vida
completo
de las aplicaciones (levantamiento de requerimientos,
análisis, diseño, desarrollo, pruebas de laboratorio,
distribución e instalación, puesta en operación
y mantenimientos tanto correctivos como evolutivos), utilizando las
últimas herramientas tecnológicas y legadas, que
responda a los estándares internacionales de calidad que
demandan las condiciones y tendencias del mercado global.
La arquitectura de los desarrollos deberá incorporar los siguientes enfoques para consolidar soluciones lo suficientemente flexibles y robustas:
1. Basada en componentes;
2. Orientada a servicios, y
3. Conducida por el negocio.
REQUISITOS:
Las interesadas en obtener un Título de Autorización deberán cumplir, de conformidad con el artículo 16 de la Ley Aduanera con los siguientes requisitos:
I. Tener cinco años de experiencia prestando los servicios que se vayan a autorizar.
II.
Tener un capital social pagado de por lo menos $1’373,988.00
M.N. (actualizado de conformidad con
el anexo 2 de las Reglas de
Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicadas
en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2010).
III. Cumplir con los requisitos de procedimiento que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca en la convocatoria que para estos efectos publique en el Diario Oficial de la Federación.
De conformidad con la fracción III del artículo 16 de la Ley Aduanera, se fija como requisito de procedimiento que las interesadas deben cumplir, el entregar la documentación que se detalla a continuación:
a.
Carta original en papel membretado de la persona moral solicitante,
en la cual el apoderado legal, manifieste el interés de su
representada en obtener el Título de Autorización
motivo de esta convocatoria, debiendo indicar el número de
convocatoria y el tipo de servicios; número de identificación
fiscal, monto de capital social pagado, así como domicilio
para oír y recibir notificaciones dentro del territorio
nacional.
Dicha carta deberá contener firma autógrafa
del representante legal, así como, copia simple y original o
copia certificada para cotejo de identificación oficial
vigente, y poder notarial que acredite tener las facultades para
actos de administración.
b. Copia simple y original o copia certificada para cotejo, del testimonio de la(s) escritura(s) pública(s) que contenga(n) el acta constitutiva, y principal(es) reforma(s) entre otro(s) la(s) modificación(es) al capital social, misma(s) que deberá(n) contener los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
c. Copia simple y original o copia certificada para cotejo de los estados financieros del año inmediato anterior, auditados y dictaminados conforme al artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación.
d. Original del currículum de la solicitante, donde manifieste la experiencia de al menos cinco años en la prestación de servicios similares a los que se pretende autorizar en esta convocatoria, mismo que deberá contener la firma autógrafa del representante legal; así como copia simple y original o copia certificada, para cotejo de contratos, convenios, pedidos o facturas, con los que compruebe la experiencia de cinco años prestando servicios similares a los solicitados en esta convocatoria. En el caso de que impliquen información reservada o confidencial se deberá testar en la parte conducente por el notario público que lleve a cabo la certificación correspondiente.
Todos los documentos que se presenten deberán estar en idioma español, legibles y no contener tachaduras ni enmendaduras; en el caso de ser personas morales extranjeras, podrán estar en idioma diferente al español con excepción del documento referido en el inciso a., apostillados y en cuyo caso deberán acompañarse de traducción simple al español efectuada por perito.
Las personas morales interesadas
en obtener el Título de Autorización para prestar al
SAT los servicios descritos en la presente convocatoria, podrán
presentar la documentación a partir del día de la
publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial
de la Federación y hasta el 22 de julio de 2011, en un
horario
de 9:00 a 14:00 horas, debiendo entregar todos y cada uno
de los documentos antes señalados.
El procedimiento para el
otorgamiento del Título de Autorización a que se
refiere esta convocatoria será
de la siguiente forma:
1. En la entrega de la documentación, se realizará por el área competente, la revisión cuantitativa.
2.
En el supuesto de que cumpla, se remitirá la documentación
al área requirente del servicio, para
la evaluación
cualitativa de la documentación, realizándose en forma
simultánea la evaluación cualitativa de la
documentación legal. Tanto en la evaluación
cuantitativa y jurídico cualitativa como en la cualitativa se
emitirá un dictamen por el área respectiva.
3. En el supuesto de que la interesada cumpla con estas dos etapas, se emitirá el Título de Autorización correspondiente.
4.
En el supuesto de incumplimiento de los requisitos establecidos en
esta convocatoria, se requerirá a la interesada, para que de
conformidad con los artículos 17-A y 32 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo, presente la documentación
faltante dentro del plazo de 10 días hábiles,
posteriores a la notificación; de lo contrario, la solicitud
será rechazada, lo cual se notificará a la misma. Una
vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de
la fecha en que se dictamine el rechazo de la solicitud de Título
de Autorización, la convocante podrá proceder a la
devolución de la documentación presentada, previa
petición de la interesada o a su
destrucción, salvo que hubiere sido recurrido el trámite,
en cuyo caso la documentación
se
conservará hasta la total conclusión del recurso e
instancias subsecuentes.
5. En el caso de que la solicitud hubiere sido rechazada por la omisión de alguno de los requisitos contenidos en esta convocatoria, la interesada podrá presentar la solicitud de Título de Autorización nuevamente, con el total de la documentación señalada en la misma, durante la vigencia de ésta.
El SAT podrá modificar la vigencia de la convocatoria, siempre que la modificación se haga del conocimiento de las interesadas por el mismo medio utilizado para su publicación.
El SAT se reserva el derecho de
otorgar Título de Autorización a personas morales que
no se encuentre
al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones fiscales, para efectos del artículo 32-D del
Código Fiscal de la Federación.
La entrega de documentación se llevará a cabo en la Administración Central de Fideicomisos, sita en calle avenida Juárez número 101, piso 17, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06040, México, D.F., a la atención del licenciado Abelardo García Badilla, Administrador Central de Fideicomisos, de la Administración General de Recursos y Servicios. La entrega de los títulos de autorización, se llevará a cabo previa cita al teléfono 51-30-75-12.
Con el objeto de aclarar posibles dudas, podrán formularse preguntas mediante correo electrónico a la siguiente dirección: titulos@sat.gob.mx.
Para efectos de notificación, el SAT publicará el otorgamiento o no otorgamiento del Título de Autorización en la página electrónica del SAT: www.sat.gob.mx, en la sección “Transparencia” en la subsección “Otra Información de Transparencia”, “Títulos de Autorización (artículo 16 de la Ley Aduanera)”, en la subsección “Otorgamiento de Títulos”, a más tardar 45 días hábiles posteriores, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación, dicho plazo se interrumpirá en el caso de que el SAT considere necesario requerir información a la solicitante, reanudándose cumplido el requerimiento.
Efectos y alcances del Título de Autorización.
Los títulos de autorización que se otorguen de conformidad con la presente convocatoria, no eximen a las autorizadas de la obligación de sujetarse al o los requisitos establecidos en los procedimientos de contratación que se instrumenten para la prestación de los servicios motivo de la presente convocatoria.
México, D.F., a 22 de julio de 2010.
El Administrador Central de Fideicomisos de la Administración General
de Recursos y Servicios del Servicio de Administración Tributaria
Abelardo García Badilla
Rúbrica.
(R.- 309860)
Area de Responsabilidades
Expediente P.A. 53/2009
Oficio 09/195/OIC-AR/126/2010
EDICTO
ASUNTO.- CITATORIO A AUDIENCIA
C. SAUL ROMAN TIBURCIO
Con fundamento en los artículos
37 fracción XII y XVII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 62 fracción I de
la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 2, 3 fracción
III, 4 y 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos; 80 fracción
I numeral 1
del Reglamento Interior de la Secretaría de la
Función Pública, artículo 3 del Decreto por el
que se extingue el organismo público descentralizado
Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su Ley Orgánica
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio
de 2001, y la base Octava de las Bases para llevar a cabo la
liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México
(publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 28
de
junio de 2001), se le cita, con fundamento en el artículo 21
fracción I, y 47 de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos, así como,
los artículos 309 fracción I y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, en virtud de que existe un
procedimiento administrativo en su contra, a la audiencia que se
celebrará a las 17:00 (diecisiete horas) del día 19
(diecinueve) de agosto
de 2010 (dos mil diez), en las oficinas del
titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control,
en el organismo público descentralizado Ferrocarriles
Nacionales de México en Liquidación, ubicadas en
Calzada de la Virgen número 2799, U.H. Culhuacán,
C.T.M. Obrero, Sección 2, Delegación Coyoacán,
código postal 04489, Distrito Federal, edificio “B”,
piso 2, a efecto de que comparezca personalmente ante la presencia
del Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de
Control en Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación,
a rendir su declaración en torno a los hechos y las conductas
que se le atribuyen, mismos que se consideran pueden ser causa de
responsabilidad, audiencia a la que tiene derecho a comparecer
asistido de un defensor.
Los hechos
indebidos que se le imputan, de acuerdo con las constancias que obran
en autos del expediente en que se actúa PA 53/2009, consisten
en que, en su carácter de servidor público, de acuerdo
con el contrato de prestación de servicios celebrado con
Ferrocarriles Nacionales de México, el 13 de agosto
de
2007, no denunció por escrito ante la Secretaría de la
Función Pública o el Organo Interno de Control en
Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación, los
actos u omisiones que con motivo de su empleo o comisión llegó
a advertir respecto de cualquier servidor público que pudo
incurrir en responsabilidad administrativa en los términos de
la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores
Públicos y demás disposiciones aplicables, toda vez que
el 3 de diciembre de 2007, conoció
que el Delegado Fiduciario Especial dispuso
de forma ilícita, de las vías generales de comunicación
ferroviaria “QA”, “NC”, “DN”, de
propiedad Federal, mediante Contrato de Transacción celebrados
entre Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación
y la empresa REMETSA S.A. de C.V., ya que se dieron en pago bienes
que pertenecen a la Federación, sin que se hubiera tramitado
ni obtenido previamente, los respectivos acuerdos de
desincorporación, como lo establece el artículo 95 de
la Ley General de Bienes Nacionales, ni logrado la aprobación
de las secretarías de Hacienda y Crédito Público,
de la Función Pública y de Comunicaciones y
Transportes, para efectuar el pago de obligaciones a cargo del citado
organismo, conforme a las fracciones XII y XIII de la base tercera de
las Bases de Liquidación de Ferrocarriles Nacionales de
México, publicadas en el Diario Oficial de la Federación
el 28 de junio de 2001, máxime que se trataba de bienes
propiedad
del Gobierno Federal, sujetos al régimen de
dominio público.
Por todo lo anterior, se le considera responsable de la violación al artículo 8, fracción XVIII de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en virtud de que conoció que a través del contrato de transacción celebrado entre REMETSA S.A. de C.V., y Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación, se dispuso ilícitamente de las referidas vías generales de comunicación ferroviaria “QA”, “NC” y “DN”, sin denunciar dichos actos ante la Secretaría de la Función Pública o el Organo Interno de Control en Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación.
De igual
manera, se le comunica que el expediente administrativo de
responsabilidades número P.A. 53/2009, que contiene las
constancias documentales de los hechos indebidos, de los que
derivan
las imputaciones que se le hacen, está puesto a su
disposición en las oficinas de esta Area de Responsabilidades,
ubicadas en Calzada de la Virgen número 2799, UH Culhuacán,
C.T.M. Obrero, Sección 2, Delegación
Coyoacán, código postal 04489, Distrito Federal,
edificio “B”, piso 2, en días hábiles, en
horarios de 9:00 (nueve) a 15:00 (quince) horas, y de 16:30
(dieciséis horas treinta minutos) a 18:00 (dieciocho), previa
identificación personal y razón de cuenta que obre en
autos. Si pasado el término señalado para la audiencia,
no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda
representarlo, se seguirá el procedimiento en rebeldía,
haciéndosele las ulteriores notificaciones por rotulón,
que se fijará en la puerta del Organo Interno
de Control en
Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación.
Atentamente
México, D.F., a 6 de julio de 2010.
Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control
en Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación
Lic. Jorge Porfirio Casanova Ibáñez
Rúbrica. (R.- 309618)
CENTRO DE VERIFICACION MORELOS, S.A. DE C.V.
SEGUNDA CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
SE CONVOCA A LOS ACCIONISTAS PARA
QUE ASISTAN A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS QUE
TENDRA VERIFICATIVO EN SEGUNDA CONVOCATORIA EL DIA 25 DE AGOSTO DEL
AÑO 2010 A LAS 12:00 PM. HORAS EN EL DOMICILIO SOCIAL DE LA
EMPRESA UBICADO EN CALLE DE PELUQUEROS NUMERO NOVENTA Y NUEVE,
COLONIA MORELOS, DELEGACION VENUSTIANO CARRANZA, CODIGO POSTAL 15260,
EN VIRTUD DE NO HABERSE CELEBRADO LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DIA
25 DE JUNIO DEL AÑO
2010, EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO NOVENO Y DEMAS
RELATIVOS DE LOS ESTATUTOS SOCIALES ASI COMO, CON FUNDAMENTO EN EL
ARTICULO 182 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES, EN LA CUAL
SE DESAHOGARA EL SIGUIENTE:
ORDEN DEL DIA
I. INFORME ESPECIAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION.
II. DISCUSION Y RESOLUCION PARA DISOLUCION ANTICIPADA DE LA SOCIEDAD.
III. DISCUSION Y RESOLUCION, EN SU CASO, PARA PONER EN LIQUIDACION A LA SOCIEDAD COMO CONSECUENCIA DE LA DISOLUCION DE LA MISMA.
IV. DISCUSION Y RESOLUCION PARA LA DESIGNACION DEL LIQUIDADOR DE LA SOCIEDAD.
V. DISCUSION Y RESOLUCION PARA LA REVOCACION DE PODERES.
VI. DESIGNACION DE DELEGADO.
México, D.F., a 8 de julio de 2010.
Comisario
Eligio Martínez Rosales
Rúbrica.
(R.- 309991)
GRUPO TRACSA, S.A. DE C.V.
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
PRIMERA CONVOCATORIA
Se convoca a los accionistas de
GRUPO TRACSA, S.A. DE C.V. (la Sociedad), a una Asamblea General
Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el día
16 (dieciséis) de agosto de 2010 (dos mil diez), a las
9:00
nueve horas en la oficina ubicada en la finca número 772-A de
las calles de Rufino Tamayo, de la colonia Colinas de la Normal, en
la ciudad de Guadalajara, Jalisco, con el fin de resolver sobre los
asuntos contenidos en el siguiente:
ORDEN DEL DIA
I.- Propuesta y, en su caso, aprobación para aumentar el capital social, en su parte variable, y
II.- Designación de delegados especiales para formalizar las resoluciones de la presente Asamblea.
Se informa a los accionistas de la Sociedad que únicamente serán admitidos a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas aquellos accionistas cuyos nombres se encuentren inscritos en el libro de registro de acciones de la Sociedad, y que hayan depositado sus títulos de acciones o certificados provisionales cuando menos 48 (cuarenta y ocho) horas antes de la hora señalada para la celebración de la asamblea, en las oficinas ubicadas en la avenida Periférico Sur número 7800, colonia Santa María Tequepexpan, código postal 45600, Tlaquepaque, Jalisco, México.
Guadalajara, Jal., a 16 de julio de 2010.
Administrador General Unico
Alejandro Carlos Gómez César
Rúbrica.
(R.- 310118)
WERTEXPERTEN DE MEXICO, S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 30 DE JUNIO DE 2009
ACTIVO |
|
Activo Circulante |
|
Bancos |
0 |
Clientes |
0 |
Total Activos Circulantes |
0 |
Total Activos |
0 |
PASIVO Y CAPITAL |
|
Pasivos |
|
Proveedores y/o Acreedores |
0 |
Impuestos por pagar |
0 |
Total Pasivos |
0 |
Capital Contable |
|
Capital |
50,000 |
Pérdidas acumuladas |
-50,000 |
Total Capital Contable |
0 |
Total Pasivo más Capital |
0 |
“La presente publicación del balance final de la compañía Wertexperten de México, S.A. de C.V., se hace para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles”.
México, D.F., a 14 de junio de 2010.
Liquidador y Representante Legal de la Sociedad
C.P.C. Froylán González Guzmán
Céd. Prof. 980663
Rúbrica.
(R.- 310185)
COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA DEBA, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 22 DE JUNIO DE 2010 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 28 de junio de 2010. Liquidador Noé Hernández López Rúbrica. (R.- 309168) |
|
EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES LOMELIN S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 28 DE JUNIO DE 2010 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 1 de julio de 2010. Liquidador Luis Angel Rodríguez Ramírez Rúbrica. (R.- 309434) |
GRUPO EMPRESARIAL ABARPIN, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 17 DE JUNIO DE 2010 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 23 de junio de 2010. Liquidador Gloria Martínez Balderrabano Rúbrica. (R.- 309679) |
|
SERVICES OF CLEANLINESS, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 9 DE JUNIO DE 2010 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 23 de junio de 2010. Liquidador Luis Angel Rodríguez Ramírez Rúbrica. (R.- 309682) |
Talleres Gráficos de México
Organismo Público Descentralizado
LICITACION PUBLICA No. T.G.M.-EBM-01/10
CONVOCATORIA
Talleres Gráficos de México, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, así como lo dispuesto en las Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de la Administración Pública Federal, a través de la Gerencia de Administración, invita a las personas físicas y morales interesadas en participar en la licitación pública número T.G.M.-EBM-01/10, para la enajenación de bienes muebles en desuso, que a continuación se detallan:
Lote No. |
Descripción general de los bienes |
Cantidad |
Unidad de medida |
Precio mínimo de venta antes de IVA M.N. |
Unico |
Mobiliario Maquinaria Bienes informáticos Vehículos Materia prima y refacciones |
229 47 59 02 200 |
Pieza Pieza Pieza Pieza Partida |
$809,000.00 M.N. |
Las bases de la licitación se encuentran a su disposición para su consulta y venta en la Subgerencia de Servicios Generales de la Entidad, ubicada en el 1er. piso de avenida Canal del Norte número 80, colonia Felipe Pescador, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06280, México, D.F., en días hábiles del 22 de julio al 3 de agosto de 2010 de 9:00 a 13:30 horas y en la página electrónica www.tgm.com.mx.
Las bases tendrán un costo de $800.00 (ochocientos pesos 00/100 M.N.) que deberá ser pagado con cheque de caja o certificado expedido a favor de Talleres Gráficos de México, en la caja de la entidad, ubicada en el 2o. piso de avenida Canal del Norte número 80, colonia Felipe Pescador, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06280, México, D.F., en días hábiles del 22 de julio al 3 de agosto de 2010 de 9:00 a 13:30 horas.
La verificación física de los bienes podrá realizarse el 3 de agosto de 2010, a las 11:00 horas en punto, en la Subgerencia de Servicios Generales de la entidad, previo registro de asistencia en el control respectivo. Después de esta fecha y hora no se permitirá la verificación de los bienes.
La junta de aclaraciones se realizará el 6 de agosto de 2010 a las 11:00 horas. Las preguntas se deberán presentar por escrito como mínimo 24 horas antes de la junta de aclaraciones, en la Subgerencia de Servicios Generales de la entidad de 9:00 a 13:30 y de 14:30 a 18:00 horas.
El acto de recepción de documentos y apertura de ofertas económicas, se llevará a cabo el 9 de agosto de 2010, a las 11:00 horas.
El acto de fallo y adjudicación se realizará el 9 de agosto de 2010, a las 13:00 horas.
Todos los actos tendrán verificativo en el salón de usos múltiples de esta entidad ubicado en planta baja de avenida Canal del Norte número 80, colonia Felipe Pescador, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06280, México, D.F.
Los bienes adjudicados deberán ser retirados por el participante ganador en avenida Canal del Norte número 80, colonia Felipe Pescador, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06280, México, D.F., el pago deberá realizarse en el transcurso de los tres días hábiles posteriores al acto de fallo y adjudicación y el plazo máximo de retiro de los bienes será de 15 (quince) días hábiles, contados a partir de la fecha en que se haya efectuado el pago total de los mismos.
Para garantizar su oferta, los proponentes deberán presentar cheque certificado o de caja expedido por institución de banca o crédito a favor de Talleres Gráficos de México, por un importe equivalente al 10% exacto del precio mínimo de venta de los bienes.
Se procederá a la subasta de los bienes que no se logre su venta, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado para la licitación, y un 10% menos en la segunda almoneda.
México, D.F., a 22 de julio de 2010.
Gerente de Administración
Lic. Eduardo Palacios Sosa
Rúbrica.
(R.- 310159)