Lunes 26 de julio de 2010 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 108




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Civil

Sahuayo, Mich.

EDICTO

JUZGADO DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA.

SAHUAYO, MICHOACAN.

SE EMPLAZA A JUICIO A: ATLAX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

Por este conducto se hace del conocimiento de ATLAX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que dentro del Juicio Ordinario Mercantil número 682/10, promovido por el apoderado jurídico de Eduardo Antonio Sánchez Núñez y Martha Aurora Gudiño Toscano, que sigue este medio, en los términos del auto que en lo conducente a continuación se transcribe:

Sahuayo de Morelos, Michoacán, a 16 dieciséis de junio de 2010 dos mil diez;

“...Se decreta el emplazamiento a juicio de ATLAX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
por medio de edictos, debiendo publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República y Estrados de este Juzgado; a fin de que comparezca a este Tribunal a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, dentro del término de 30 treinta días, contado del día siguiente al de la última publicación, apercibiéndole que de no hacerlo se dará por contestada la misma en sentido negativo, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaria de este Juzgado.”

Atentamente

Sahuayo de Morelos, Mich., a 22 de junio de 2010.

La Secretaria de Acuerdos

Lic. María de Lourdes Fernández Negrete

Rúbrica.

(R.- 309646)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México,

en Naucalpan de Juárez

EDICTO

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL

QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

EDUARDO POSADAS NEPOMUSENO.

“INSERTO: En cumplimiento a lo ordenado en proveído de esta fecha, en los autos del proceso penal 15/2010, instruida en contra de Víctor Hugo Gutiérrez Sánchez y Miguel Angel Gutiérrez Sánchez, como probables responsables en la comisión del delito contra la salud, en la modalidad de posesión simple de cocaína, previsto y sancionado en el artículo 477, en relación con el diverso 479, ambos de la Ley General de Salud vigente, en términos del numeral 13, fracción II, del Código Penal Federal, se cita al testigo Eduardo Posadas Nepomuseno, para que comparezca en el local del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de JUAREZ, sito en Boulevard Toluca número cuatro, sección penal, quinto piso, Colonia Fraccionamiento Industrial, en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México, con número telefónico 015553870500, extensión 1322, a partir de las nueve horas con treinta minutos del nueve de agosto de dos mil diez, para el desahogo de una diligencia en la que tendrá intervención únicamente como testigo de los hechos materia del proceso, lo que deberá hacer con credencial oficial vigente con fotografía.”

Atentamente

Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 8 de julio de 2010.

La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México

Lic. Claudia Guadalupe Trujillo Morales

Rúbrica.

(R.- 309946)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito

Hermosillo, Sonora

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora

EDICTO

DANIEL CASTRO GONZALEZ

(TERCERO PERJUDICADO).

En juicio de amparo número 576/2008, promovido por CRISTOBAL RODRIGUEZ TAVAREZ, en contra de actos de la COMISION AGRARIA MIXTA EN EL ESTADO DE SONORA, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD Y DE OTRAS AUTORIDADES, se ordena emplazar al citado tercero perjudicado por edictos que se publicaran por tres veces de siete en siete días, en Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la república, e igualmente en estrados de este juzgado, y requerirla para que dentro del plazo de treinta días a partir última publicación señale domicilio en esta ciudad donde oír notificaciones, apercibida que de no hacerlo en término concedido, se formulará por medio lista fijada en estrados este juzgado, conforme articulo 30 fracción II de Ley de Amparo, haciéndole de su conocimiento que copia de la demanda amparo, queda su disposición en este juzgado.

A).- QUEJOSO.- CRISTOBAL RODRIGUEZ TAVAREZ.

B).- TERCERO PERJUDICADO.- DANIEL CASTRO GONZALEZ.

C).- AUTORIDAD RESPONSABLE.- COMISION AGRARIA MIXTA EN EL ESTADO DE SONORA, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD Y DE OTRAS AUTORIDADES.

D).- ACTO RECLAMADO.- RESOLUCION QUE EN FORMA DE JUICIO DICTO EL TRES DE OCTUBRE DE 1989, EN EL EXPEDIENTE 2.2-89/29, RELATIVO A LA PRIVACION Y RECONOCIMIENTO DE DERECHOS AGRARIOS.

Asimismo, se informa que se fijaron las NUEVE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ, para celebración audiencia constitucional.

Hermosillo, Son., a 25 de mayo de 2010.

Secretario del Juzgado Primero de Distrito

Lic. Raúl Horacio Avilés Soto

Rúbrica.

(R.- 309239)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA, PUEBLA. JULIETA HERRERIA, Tercero Perjudicado dentro de los autos del juicio de amparo 568/2010, se ordenó emplazarlos a juicio en términos de lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles supletorio a la Ley de la materia y se hace de su conocimiento que LA PARTE QUEJOSA, ALFREDO PROSKAWER MUÑOZ, APODERADO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS DE MARLENE PROSKAWER ESPINOSA, interpusieron demanda de amparo contra actos del JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA Y DILIGENCIARIO NON ADSCRITO AL ANTERIOR; mismos que hizo consistir en: JUICIO DE POSESION, PROCEDIMIENTO QUE SE TRAMITA EN EL EXPEDIENTE 847/2007, DEL INDICE DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, ASI COMO TODAS Y CADA UNA DE LAS RESOLUCIONES PRONUNCIADAS, Y LA DICTADA CON FECHA CINCO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, DE LA QUE RECLAMA EL POSIBLE CUMPLIMIENTO QUE PUDIERA DARLE EL DILIGENCIARIO. Se le previene para que se presente al juicio de garantías de mérito dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, ya que en caso de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda, y las subsecuentes notificaciones se harán por medio de lista que se fija en los estrados de este JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO, quedando a su disposición en la Secretaría, las copias simples de traslado de la demanda y ampliación de la misma. Para su publicación en el periódico DE MAYOR CIRCULACION y en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, que deberá de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días.

San Andrés Cholula, Pue., a 23 de junio de 2010.

La Actuaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Puebla

Lic. Vianey Hernández Torres

Rúbrica.

(R.- 309531)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL. JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA. Comisariado Ejidal y Consejo de Vigilancia, del núcleo agrario denominado ejido de San Lucas Teteletitlán, perteneciente al Municipio de San Martín Atexcal; Distrito Judicial de Tepexi de Rodríguez, Puebla, a través de sus integrantes Presidente, Secretario y Tesorero, tercero perjudicado en el juicio de amparo 585/2010, se ordenó emplazarlo a juicio, por este medio, en términos de lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se hace de su conocimiento que LA PARTE QUEJOSA “PABLO DE LA CRUZ CARRILLO GARCIA, CELIO CARLOS BARRAGAN REYES Y RAFAEL GABINO BARRAGAN ORTIZ”, EN SU CARACTER DE PRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO, DEL COMISARIADO DE BIENES COMUNALES DEL NUCLEO AGRARIO ZAPOTITLAN, SALINAS, PERTENECIENTE AL MUNICIPIO DEL MISMO NOMBRE, DISTRITO JUDICIAL DE TEHUACAN, PUEBLA, interpuso demanda de amparo contra la Magistrada del Tribunal Unitario Agrario, Distrito Cuarenta y Siete, con sede en la ciudad de Puebla, en contra del auto de seis de abril del año dos mil diez, en el que decreta la caducidad en la ejecución de la sentencia que resuelve el fondo del juicio agrario número 279/2004; queda a su disposición, en la Secretaría del Juzgado, copia simple de la demanda y se le previene para que se apersone dentro de los treinta días siguientes a la última publicación y señale domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, se tendrá por emplazada, realizándose las subsecuentes notificaciones por medio de las listas del juzgado. Para su publicación en el periódico DIARIO DE CIRCULACION NACIONAL y en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, que deberá de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días.

San Andrés Cholula, Pue., a 2 de julio de 2010.

La Actuaria Judicial Adscrita

Lic. Vianey Hernández Torres

Rúbrica.

(R.- 309536)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

PERFUMERIA IMPERIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y MANUEL GARRIDO PATRON.

EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, SECCION AMPAROS, MESA V, JUICIO DE AMPARO, EXPEDIENTE NUMERO 275/2010 Y SUS ACUMULADOS 286/2010 Y 295/2010, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

En el juicio de amparo 275/2010, promovido por Lino Espinosa Palacios y sus acumulados 286/2010, seguido por Guillermo Mauricio Alan de Rosenzweig de Rosenzweig y 295/2010, promovido por la sucesión a bienes de José Luis Campderá Agudo y otras, contra actos de la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y otra autoridad, en virtud de ignorar el domicilio de los terceros perjudicados Perfumería Imperial, Sociedad Anónima de Capital Variable y Manuel Garrido Patrón, por auto de cinco de julio de dos mil diez, se ordenó emplazarlos al presente juicio de garantías por medio de edictos, haciendo
de su conocimiento que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, al presente juicio de garantías, por sí, por apoderado o por persona autorizada en términos de ley que pueda representarlos, apercibidos que de no presentarse en dicho término, se les harán las ulteriores notificaciones por medio de lista, aún las de carácter personal.

México, D.F., a 5 de julio de 2010.

El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito

en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Sergio Castañeda Hernández

Rúbrica.

(R.- 309688)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Tercero Civil

Morelia, Mich.

EDICTO

Convóquese postores.

Dentro de los autos que integran el Juicio Ejecutivo Mercantil, número 643/2009, promovido por el licenciado ADRIAN EUSEBIO DIMAS BEDOLLA, apoderado jurídico de HSBC, MEXICO, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, frente a FELIX FRANCISCO PEDRAZA BARRERA, se ordenó sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA, el siguiente bien inmueble:

1.- Casa Habitación, ubicada en la calle Loma del Tigre, número 87 ochenta y siete, correspondiente al Lote 13 trece, de la manzana 25 veinticinco, del fraccionamiento Loma Larga segunda Etapa, de Morelia, Michoacán, la cual cuenta con las siguientes medidas, colindancias y superficies: AL NOROESTE, 20.36 metros con Lote 14 catorce; AL NORESTE, 6.00 metros con calle Loma del Tigre, (que es la de ubicación);
AL SUROESTE, 6.00 metros con calle Loma Bonita (haciendo la aclaración que la colindancia real es con propiedad privada); AL SURESTE, 20.41 metros con Lote 12 doce; con una superficie total de terreno de 122.30 m2.-

Debiendo servir de base a dicha almoneda, la cantidad de $712,000.00 (SETECIENTOS DOCE MIL PESOS 00/100 M.N.); y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha suma.-

Convóquese postores mediante la publicación de 3 tres edictos dentro del término de 9 nueve días, que se publicarán, en los estrados de este Juzgado y Diario Oficial de la Federación.-

El remate tendrá verificativo el día 5 cinco de agosto del año en curso, a las 11:00 horas en la Secretaría de este Juzgado.-

Morelia, Mich., a 10 de junio de 2010.

La Secretaria

Lic. Hortencia Guzmán Martínez

Rúbrica.

(R.- 310196)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Consejo de la Judicatura Federal

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

Morelia, Mich.

EDICTO

DAVID OROPEZA CASILLAS y PROVEEDOR DEL AGRO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

TERCEROS PERJUDICADOS.

En los autos del juicio de amparo número 107/2009, promovido por JOSE CORTES ALVAREZ, mandatario jurídico de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, contra actos de la H. Primera Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán de Ocampo, con residencia en esta Ciudad, los que se hacen consistir en la sentencia de segunda instancia de fecha veintiuno de enero del dos mil nueve, dictada por la H. Primera Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, dentro del Toca número I-22/2009, dentro del presente juicio de garantías, se han señalado a Ustedes como terceros perjudicados; y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado el emplazamiento por edictos, los que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, así como en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación ante este Juzgado, quedando a su disposición la copia de la demanda de garantías, haciéndoles de su conocimiento que se han señalado las DIEZ HORAS DEL DIA DIECISEIS DE JULIO DE DOS MIL DIEZ, para la celebración de la audiencia CONSTITUCIONAL y previniéndoles para que señalen domicilio en esta Ciudad para oír notificaciones personales, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes aún las de carácter personal, les correrán por lista en términos del artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo.

Atentamente

Morelia, Mich., a 18 de junio de 2010.

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

Lic. Ana Rosa Alvarez Lagos

Rúbrica.

(R.- 310255)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México

EDICTO

• MARCELO MALVAEZ NIETO.

EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR AUTO DE NUEVE DE JULIO DE DOS MIL DIEZ; DICTADO POR EL JUEZ TERCERO DE DISTRITO EN MATERIAS DE AMPARO Y DE JUICIOS CIVILES EN EL ESTADO DE MEXICO, EN EL JUICIO DE AMPARO NUMERO 523/2010-VI, PROMOVIDO POR LUCIANO MEDINA COYOTE, CONTRA ACTOS DEL JUEZ CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO Y OTRA AUTORIDADES; RECLAMANDO DE ESTE LA RESOLUCION DICTADA EN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE CIVIL NUMERO 170/2007, FORMADO CON MOTIVO DE LA DEMANDA PROMOVIDA POR MARCELO MALVAEZ NIETO, CONTRA MARIO ALBERTO CONTRERAS SANCHEZ; POR LO QUE EN TERMINOS DEL ARTICULO 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES APLICADO SUPLETORIAMENTE A LA LEY DE AMPARO POR DISPOSICION EXPRESA DE SU ARTICULO 2°, EN RELACION CON EL ARTICULO 30, FRACCION II PARTE FINAL, SE ORDENO SU EMPLAZAMIENTO AL JUICIO DE GARANTIAS EN QUE SE ACTUA POR MEDIO DE LOS PRESENTES EDICTOS, PARA QUE SI A SUS INTERESES CONVINIERE, SE APERSONE AL MISMO, ENTENDIENDOSE QUE DEBE PRESETARSE EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIAS DE AMPARO Y DE JUICIOS CIVILES FEDERALES EN EL ESTADO DE MEXICO, SITO EN CALLE SOR JUANA INES DE LA CRUZ NUMERO 302 SUR, SEGUNDO PISO, COLONIA CENTRO, CODIGO POSTAL 50000, TOLUCA, ESTADO DE MEXICO DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DE ESTOS EDICTOS. HACIENDOLE DE SU CONOCIMIENTO QUE SE HAN FIJADO LAS DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL SEIS DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ, PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, QUEDANDO A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA VI DE ESTE ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA EN LOS TERMINOS PREVISTOS EN LA LEY, SE EXPIDE EL PRESENTE EN LA CIUDAD DE TOLUCA, MEXICO A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ. DOY FE.

La Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materias de

Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México

Lic. Liliana Lozano Mendoza

Rúbrica. (R.- 310273)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Noveno de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

EDICTO

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Noveno de Distrito de

Amparo en Materia Penal en el

Distrito Federal.

Sidar y Rovirosa, #2, esquina con Eduardo Molina,

colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza,

México, Distrito Federal, acceso 6, planta baja.

1) Edmundo Cardiel Mendel.

Tercero Perjudicado

Presente.

En los autos del juicio de amparo 368/2010-III, promovido por Francisco Cornejo Bernal, contra actos del Agente del Ministerio Público Titular de la Unidad Investigadora Cuatro sin Detenido, de la Coordinación Territorial MH-4, en la Fiscalía Desconcentrada en Miguel Hidalgo, consistente en la resolución que confirmó el no ejercicio de acción penal, se ordena emplazar por este medio al tercero perjudicado Edmundo Cardiel Mendel, tal como lo dispone el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo.

Queda a su disposición en la Mesa III de este Juzgado la copia de la demanda que en derecho le corresponde (artículo 317 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo).

El tercero perjudicado debe presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente, a defender sus derechos y, en caso de no comparecer o no nombrar autorizado en el término referido, se continuará el juicio sin su intervención y las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal; se practicarán por medio de lista que se publica en este Juzgado.

Durante el lapso del proceso de emplazamiento publíquese el presente en la puerta de este juzgado.

Atentamente

México, D.F., a 29 de junio de 2010.

El Secretario del Juzgado Noveno de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

Lic. Waldo Plata García

Rúbrica.

(R.- 310280)

Estados Unidos Mexicanos

Estado de Jalisco

Poder Judicial

Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco

Primer Partido Judicial

Juzgado Tercero de lo Mercantil

EDICTO

Remata este Juzgado a las 09:15 NUEVE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL 23 DE AGOSTO DE 2010, en el juicio MERCANTIL EJECUTIVO, expediente 2253/2006, promovido por JAIME VALLADOLID HERNANDEZ, en contra de SALVADOR PRECIADO CARRILLO, el siguiente bien inmueble:

Finca número 30, calle Pez Vela, Fraccionamiento Las Gaviotas en Puerto Vallarta, Jalisco, con superficie de 772.50 m2.

MEDIDAS Y LINDEROS:

Al norte: En 27.00m, con propiedad particular;

Al sur: En 24.50m con calle Pez Vela

Al oriente: En 30.00m con propiedad particular (actualmente callejón con terracería)

Al poniente: En 30.00m con el lote 5 de la manzana 306

PRECIO: 2’506,000.00 M.N. (DOS MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.).

POSTURA LEGAL: LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO SEÑALADO PARA REMATE.

CONVOQUESE POSTORES.

PUBLIQUESE TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, ASI COMO EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO Y EN LOS ESTADOS DE UN JUZGADO EN PUERTO VALLARTA, JALISCO.

Atentamente

Guadalajara, Jal., a 21 de junio de 2010.

Secretario de Acuerdos

Lic. Lorena Ríos Cervantes

Rúbrica.

(R.- 310282)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, en Naucalpan de Juárez

EDICTO

AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUAREZ.

EVA COVARRUBIAS LOPEZ, GUILLERMO GUERRERO VARGAS E INMOBILIARIA KARPE, SOCIEDAD ANONIMA

En autos del juicio de amparo indirecto 185/2010-I, promovido por Carlos del Valle Leal, apoderado general de Scotiabank Inverlat, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Scotiabank Inverlat, como fiduciaria en el fideicomiso F/100471, y Guillermo Mauricio Alan de Rosenzweig de Rosenzweig, como apoderado general de Alcal, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos del Juez Primero Civil de Primera Instancia en Tlalnepantla, Estado de México y otras autoridades; quienes reclaman la falta de emplazamiento al juicio ordinario civil usucapión 316/2004, del índice del Juzgado antes referido, promovido por Eva Covarrubias López en contra de Inmobiliaria Karpe, sociedad anónima y Guillermo Guerrero Vargas, al ser señalados como terceros perjudicados y desconocerse sus domicilios actuales y correctos, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, y en cumplimiento a lo ordenado en auto de cinco de julio de dos mil diez, se ordenó su emplazamiento a juicio por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, para que, si a sus intereses conviene se apersonen; haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y la audiencia constitucional está señalada para el doce de julio de dos mil diez, a las diez horas con treinta y cinco minutos y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos, para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, previniéndolos para que señalen domicilio en la jurisdicción de este juzgado dentro de los tres días siguientes al en que surta efectos su emplazamiento, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes actuaciones se les notificarán por lista.

Atentamente

Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 8 de julio de 2010.

El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México,

con sede en Naucalpan de Juárez

Lic. Daniel Rodríguez Estrada

Rúbrica.

(R.- 309698)



Estados Unidos Mexicanos

Gobierno de Tamaulipas

Poder Judicial

Supremo Tribunal de Justicia

del Estado de Tamaulipas

Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil

Segundo Distrito Judicial

Altamira, Tamaulipas

EDICTO DE REMATE

El LICENCIADO JOSE RAMON URIEGAS MENDOZA, JUEZ QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO CIVIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO, EN CUMPLIMIENTO A LA DILIGENCIA DE REMATE DE FECHA DIEZ DE JUNIO, DEL AÑO DOS MIL DIEZ, DICTADA EN EL EXPEDIENTE NUMERO 370/2009 RELATIVO AL JUICIO EJECTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR LA LIC. ELDA PATRICIA REYES PEREZ, EN SU CARACTER DE ENDOSATARIO EN PROCURACION DE FINCREA S.A. DE C.V., EN CONTRA DEL C. ROBERTO GOMEZ TOBIAS, SE ORDENO SACAR A REMATE EL SIGUIENTE BIEN:

INMUEBLE FINCA NUMERO 12295 DEL TERRENO URBANO FRACCION 8, LOTE 16, MANZANA 1, FRACCIONAMIENTO LAS VILLAS, AREA DENOMINADA VILLAS DEL SOL DEL MUNICIPIO DE TAMPICO, TAMAULlPAS, CON UNA SUPERFICIE DE 309.88 M2., CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLlNDANCIAS: AL NORESTE: EN 12.25 METROS CON SERVIDUMBRE DE PASO DE LA FRACCION 3 DEL LOTE 16.- AL SURESTE: EN 12.25 METROS CON LOTE 17.- AL SUROESTE: EN 25.29 METROS CON FRACCION 7 DEL MISMO LOTE 16.- AL NOROESTE: EN 25.00 METROS CON FRACCION 9 DEL MISMO LOTE 16, CON LOS SIGUIENTES DATOS DE RESGISTRO: INSCRIPCION 1a. ESCRITURA PUBLICA NUMERO 14065, VOLUMEN 315, CON FECHA 30 DE MAYO DE 1994.

VALOR COMERCIAL $4,964.000.00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.)

PARA SU PUBLICACION POR MEDIO DE EDICTOS, POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DlAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN LA TABLA DE AVISOS O PUERTA DE ESTE JUZGADO, CONVOCANDOSE A POSTORES A LA DILIGENCIA DE REMATE EN SEGUNDA ALMONEDA QUE TENDRA VERIFICATIVO A LAS ONCE HORAS DEL DlA DIECISEIS DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO, SIENDO LA POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL AVALUO O DEL PRECIO FIJADO POR LOS PERITOS.- EN LA INTELIGENCIA DE QUE EN LA ALMONEDA SE TENDRA COMO PRECIO EL PRIMITIVO, CON DEDUCCION DE UN DIEZ POR CIENTO, DEL INMUEBLE QUE SE SACA A REMATE.- ES DADO EN LA CIUDAD DE ALTAMIRA TAMAULlPAS A LOS VEINTINUEVE DlAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.- DOY FE.

Atentamente

El C. Juez Quinto de Primera Instancia de lo Civil

del Segundo Distrito Judicial en la Entidad

Lic. José Ramón Uriegas Mendoza

Rúbrica.

C. Secretaria de Acuerdos

Lic. Rosa Badillo Hernández

Rúbrica.

(R.- 309771)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Nuevo León

Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial

Monterrey, N.L.

A las 11:00 once horas del día 16 dieciséis de agosto del 2010 dos mil diez, tendrá verificativo en el local de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial numero 811/2006 relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por José Luis Méndez Morales en contra de Jaime Sánchez León, a fin de que tenga verificativo en el local de éste Juzgado el remate en pública subasta y primera almoneda del 100% cien por ciento de los derechos que le corresponden a la parte demandada respecto al bien inmueble embargado en autos, consistente en: CON EL NUMERO 4937 CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE, DE LA SECCION PRIMERA DE FECHA 03 TRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 DOS MIL TRES, SE REGISTRO A NOMBRE DE BLANCA ESTHELA HUERTA VIRGEN, EL SOLAR CON LA CASA DE AMPOSTERIA Y TECHO DE TEJA EN EL CONSTRUIDA, UBICADA EN EL MUNICPIO DE COETZALA, VERACRUZ, CON LAS SIGUIENTE MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE 36.80000 TREINTA Y SEIS PUNTO OCHENTA MIL METROS CON PROPIEDAD DE LA SEÑORA ENCARNACION GARCIA, AL SUR 36.75000 TREINTA Y SEIS PUNTO SETENTA Y CINCO MIL METRO CON AVENIDA JUAREZ, AL ORIENTE CON 29.85000 VIENTINUEVE MIL PUNTO OCHENTA Y CINCO METROS CON AVENIDA INDEPENDENCIA Y AL PONIENTE 26.26000 VEINTISEIS MIL PUNTO VEINTISES MIL METROS CON PROPIEDAD DE LA SEÑORA SUSANA GARCIA. CON UNA SUPERFICIE DE 1031.39 MIL TREINTA Y UNO PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS. Convóquese a postores a pública subasta mencionada mediante edictos que deberán publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, en la tabla de avisos de este Juzgado y en la tabla de avisos del Juzgado de lo Civil de Primera Instancia con Jurisdicción y Competencia en Amatlan de los Reyes, Veracruz, entendiéndose que el primero de los anuncios deberán de publicarse, el primer día del plazo citado y el tercero al noveno día, pudiendo el segundo de ellos publicarse en cualquier tiempo. En la inteligencia de que servirá de postura legal para el remate la cantidad de $201,333.33 (dos cientos y un mil trecientos treinta y tres pesos 33/100 M.N.), la cual corresponde a las dos terceras partes de los avalúos fijados por los peritos designados en autos. En la inteligencia de que en la Secretaría de este Juzgado se proporcionarán mayores informes a los interesados. Monterrey Nuevo León a 18 dieciocho de junio del 2010 dos mil diez. Doy Fe.- RUBRICAS.

C. Secretario Adscrito

Lic. Beatriz Magaly Villarreal Arámbula

Rúbrica.

(R.- 309575)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Nuevo León

Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial

Monterrey, N.L.

EDICTO

A las 10:00-diez horas del día 26-veintiséis de Agosto del año 2010-dos mil diez, tendrá verificativo en el local de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial numero 265/2007 relativo al JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, promovido por ADOLFO CANTU GARZA, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de IGNACIO CONSTANTINO SOLORZANO, MARIA ELODIA MUÑIZ RODRIGUEZ, GABRIEL MAURICIO CONSTANTINO MUÑIZ, ARACELY GUADALUPE CONSTANTINO MUÑIZ y JULIO CESAR CONSTANTINO MUÑIZ, la audiencia de remate en pública subasta y primera almoneda del 100%-cien por ciento de los derechos que le corresponden a la parte demandada respecto del bien inmueble otorgado en garantía hipotecaria en el contrato base de la acción, con todas las construcciones, instalaciones, así como las mejoras hechas y las que en adelante se realicen en el mismo, incluyendo el usufructo vitalicio que IGNACIO CONSTANTINO SOLORZANO y MARIA ELODIA MUÑIZ RODRIGUEZ se reservaron para sí respecto de tal inmueble el cual consiste en: “LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 5219-CINCO MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE DE LA CALLE REGIO, DE LA COLONIA VILLA SANTA CECILIA DE LA CIUDAD DE MONTERREY, NUEVO LEON, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 04-CUATRO DE LA MANZANA NUMERO 11-ONCE, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NOROESTE 18-DIECIOCHO METROS Y COLINDA CON LOS LOTES NUMEROS 5-CINCO Y 6-SEIS; AL SUROESTE MIDE 14.65-CATORCE METROS SESENTA Y CINCO CENTIMETROS Y DA FRENTE A LA CALLE REGIO; AL NORESTE MIDE 14.66-CATORCE METROS SESENTA Y SEIS CENTIMETROS Y COLINDA CON EL LOTE NUMERO 3-TRES; Y AL SURESTE MIDE 18.00-DIECIOCHO METROS Y COLIDNA CON PROPIEDAD PRIVADA, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 263.79 M2-DOSCIENTOS SESENTA Y TRES METROS SETENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS. INSCRITO ANTE EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO BAJO EL NUMERO 3799, VOLUMEN 199, LIBRO 95, SECCION I PROPIEDAD, UNIDAD MONTERREY, DE FECHA 12 DE JUNIO DE 1985.- Convóquese a postores a pública subasta mencionada mediante edictos que deberán publicarse por 03-tres veces dentro de 09-nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos de éste Recinto Judicial.- En la inteligencia de que servirá de postura legal para el remate la cantidad de $939,333.33-(NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.); la cual corresponde a las dos terceras partes de los avalúos rendidos por los peritos designados en autos.- Así mismo, se hace del conocimiento de aquellas personas que deseen intervenir como postores a la audiencia de remate anunciada, deberán consignar como mínimo la cantidad de $140,900.00-(CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.) ante el Juzgado y mediante Certificado de Depósito expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, suma que corresponde al 10%-diez por ciento del valor total del avalúo antes mencionado pudiéndose brindar mayor información en la Secretaría de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado.

Monterrey, N.L., a 6 de julio de 2010.

C. Secretario del Juzgado Tercero de Jurisdicción

Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado

Lic. César Augusto Díaz González

Rúbrica.

(R.- 310053)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Nuevo León

Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial

Monterrey, N.L.

EDICTO

A las 10:00- diez horas del día 20-veinte de Agosto del año 2010-dos mil diez, tendrá verificativo en el local de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial numero 290/2009 relativo al JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, promovido por ADOLFO CANTU GARZA, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de GE CONSUMO MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA en contra de EDUARDO EMMANUEL DIAZ MARTINEZ, la audiencia de remate en pública subasta y primera almoneda del 100%-cien por ciento de los derechos que le corresponden a la parte demandada respecto al bien inmueble embargado en autos, consistente en: LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 26-VEINTISEIS DE LA MANZANA NUMERO 04-CUATRO, (CATASTRALMENTE 237-DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE), DEL FRACCIONAMIENTO “URBI VILLA DEL CEDRO”, SEGUNDO SECTOR, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEON, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 110.253 MTS2 Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORESTE MIDE 6.682 METROS A DAR FRENTE A LA CALLE PASEO DE LOS ALPES; AL SURESTE MIDE 16.500 METROS A COLINDAR CON EL LOTE 25; AL NOROESTE MIDE 16.500 METROS A COLINADAR CON EL LOTE 27 Y AL SUROESTE MIDE 6.682 METROS A COLINDAR CON LIMITE DE FRACCIONAMIENTO. LA MANZANA DE REFERENCIA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES: AL NORESTE CON PASEO DE LOS ALPES, Y AVENIDA DEL CENTRO NORTE; AL SURESTE CON PASEO DE LOS ALPES Y FRACCIONAMIENTO Y PASEO DE LOS CIPRES; AL NOROESTE CON PASEO DE LOS ALPES, LIMITE DE FRACCIONAMIENTO Y PASEO DE LOS CIPRES; Y AL SUROESTE CON PASEO LOS ALPES Y LIMITE DE FRACCIONAMIENTO. TENIENDO COMO MEJORAS LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 151-CIENTO CINCUENTA Y UNO DE LA CALLE PASEO LOS ALPES, DE DICHO FRACCIONAMIENTO. CUYOS DATOS DE REGISTRO SON LOS SIGUIENTES: NUMERO 9140, VOLUMEN 270, LIBRO 366, SECCION I PROPIEDADA, UNIDAD MONTERREY, NUEVO LEON, DE FECHA 10 DE OCTUBRE DE 2008.- a postores a pública subasta mencionada mediante edictos que deberán publicarse por 03-tres veces dentro de 09-nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos de éste Recinto Judicial.- En la inteligencia de que servirá de postura legal para el remate la cantidad de $433,333.33 (CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N..); la cual corresponde a las dos terceras partes de los avalúos rendidos por los peritos designados por las partes.- Así mismo, se hace del conocimiento de aquellas personas que deseen intervenir como postores a la audiencia de remate anunciada, deberán consignar como mínimo la cantidad de $65,000.00-(SESENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) ante el Juzgado y mediante Certificado de Deposito expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, suma que corresponde al 10%-diez por ciento del valor total del avalúo antes mencionado pudiéndose brindar mayor información en la Secretaria de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado.

Monterrey, N.L., a 6 de julio de 2010.

C. Secretario del Juzgado Tercero de Jurisdicción

Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado

Lic. Dora Hernández Saucedo

Rúbrica.

(R.- 310075)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Nuevo León

Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial

Monterrey, N.L.

EDICTO

A las 10:00- diez horas del día 19-diecinueve de Agosto del año 2010-dos mil diez, tendrá verificativo en el local de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial numero 649/2009 relativo al JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, promovido por ADOLFO CANTU GARZA, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de GE CONSUMO MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA en contra de ROBERTO FRANCISCO GARCIA GARCIA Y AMANDA MARICELA PARRA GOMEZ, la audiencia de remate en pública subasta y primera almoneda del 100%-cien por ciento de los derechos que le corresponden a la parte demandada respecto al bien inmueble embargado en autos, consistente en: LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 25-VEINTICINCO DE LA MANZANA NUMERO 25-VEINTICINCO, (CATASTRALMENTE 351-TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO), DEL FRACCIONAMIENTO “URBI VILLA COLONIAL”, PRIMER SECTOR, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEON, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 93.380 M2 Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE MIDE 14.000 METROS A COLINDAR CON EL LOTE 24; AL SUR MIDE 14.000 METROS A COLINDAR CON EL LOTE 26; AL ORIENTE MIDE 6.670 METROS A DAR FRENTE A LA CALLE SAN JUAN CAPISTRANO Y AL PONIENTE MIDE 6.670 METROS A COLINDAR CON EL LOTE 4.- LA MANZANA DE REFERENCIA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES: AL NORTE CON CALLE PASEO BALUARTE; AL SUR CON AVENIDA NO REELECCION; AL ORIENTE CON SAN JUAN CAPISTRANO Y AL PONIENTE CON PASEO COLONIAL PONIENTE. SOBRE DICHO INMUEBLE SE ENCUENTRA CONSTRUIDA LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 107-CIENTO SIETE DE LA CALLE SAN JUAN CAPISTRANO, DE DICHO FRACCIONAMIENTO.-EL CUAL ESTA INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO CON LOS SIGUIENTES DATOS: NUMERO 5090, VOLUMEN 264, LIBRO 192, SECCION I PROPIEDAD, UNIDAD MONTERREY, DE FECHA 17 DE MAYO DE 2006.- a postores a pública subasta mencionada mediante edictos que deberán publicarse por 03-tres veces dentro de 09-nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos de éste Recinto Judicial.- En la inteligencia de que servirá de postura legal para el remate la cantidad de $333,333.33(TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N..); la cual corresponde a las dos terceras partes de los avalúos rendidos por los peritos designados por las partes.- Así mismo, se hace del conocimiento de aquellas personas que deseen intervenir como postores a la audiencia de remate anunciada, deberán consignar como mínimo la cantidad de $50,000.00-(CIENCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) ante el Juzgado y mediante Certificado de Deposito expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, suma que corresponde al 10%-diez por ciento del valor total del avalúo antes mencionado pudiéndose brindar mayor información en la Secretaria de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado.

Monterrey, N.L., a 6 de julio de 2010.

C. Secretario del Juzgado Tercero de Jurisdicción

Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado

Lic. Dora Hernández Saucedo

Rúbrica.

(R.- 310091)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Octavo de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

GRUPO SIICE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ó GRUPO SICE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a través de quien legalmente la represente (TERCERO PERJUDICADO).

En acuerdo de fecha veintiocho de junio de dos mil diez, dictado dentro de los autos del juicio de amparo número 1669/2009 del índice del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula, promovido por CONSTRUCTORA PASVOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a través de su apoderado legal JOSE ISABEL FELIX SANCHEZ, en contra de los actos de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje, Presidente de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje, y Actuario adscrito a la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje, todos del Estado de Puebla, (actos reclamados consistentes en: “…1.- De
la Junta Especial número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado reclamo:… A) El desahogo de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones ofrecimiento y admisión de pruebas de fecha
cuatro de mayo del año dos mil uno, llevado a cabo dentro de las actualizaciones del expediente laboral número D-4/66/2001 de los de la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, relativo al juicio natural seguido por los señores: MARIO TLAXCO ROQUE, JAVIER ROBLES RODRIGUEZ, ALEJANDRO CRUZ RAMOS, ROGELIO AARON TLAXCO CORONA, en contra de TIENDAS SORIANA, S.A. DE C.V., ORGANIZACION Y DESARROLLO PARA LA CONSTRUCCION, S.A. DE C.V., CONSTRUCTORA PASVOR, S.A. DE C.V., GRUPO SICE, S.A. DE C.V., PROPIETARIO DEL INMUEBLE Y BENEFICIARIO DE LOS SERVICIOS UBICADO EN AVENIDA MUNICIPIO LIBRE, NUMERO QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO DE ESTA CIUDAD, ENRIQUE MORAN CAMARILLO, HERIBERTO FRAGOZO, HECTOR RIOS RIVERA MELO y QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE LA RELACION LABORAL, audiencia que se llevó a cabo sin que mi representada estuviere debida y legalmente emplazado para comparecer a dicha audiencia; y por tanto los subsecuentes acuerdos que recayeron a cada una de las etapas procesales, en los cuales por falta de debido emplazamiento a juicio, se le tuvo a mi representada por contestada la demanda en sentido afirmativo y por perdido el derecho de ofrecer pruebas en la referida audiencia.---B) El laudo dictado en el expediente
D-4/66/2001 con fecha VEINTISEIS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL TRES, sin que mi representada fuera oída no vencida en juicio, a través de la cual condena a la quejosa al pago de diversas prestaciones a favor de los hoy terceros perjudicados, en forma por demás ilegal y violatoria de garantías.--- 2.- Del actuario de la referida Junta, reclamo la falta de emplazamiento a juicio, a la hoy quejosa, así como el citatorio previo y cedula de emplazamiento, hecho supuestamente a la hoy quejosa, de fecha diecinueve y veinte de marzo del año dos mil uno.--- 3.- Del Presidente de la Junta Especial número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado responsable, se reclama:--- Todo acto de ejecución que pretende realizar del laudo emitido, sin que se hubiera dado oportunidad de defensa al quejoso, pero no fue citada ni emplazada legalmente a juicio natural. Tales actos futuros que serían probablemente entre otros, laudo, auto de requerimiento de pago y embargo, designación de perito valedor, fijación de posturas, orden de publicaciones y convocatorias para remate de bienes, señalamiento de audiencia de remate, calificación de posturas, acuerdo de remate de bienes y adjudicación en fin todo acto tendiente a la ejecución del laudo.---”), se ha señalado a usted GRUPO SIICE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ó GRUPO SICE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a través de quien legalmente la represente, como tercero perjudicado, y como se desconoce su domicilio, con fundamento en los artículo 30, fracción II, de la Ley
de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley anterior, se le emplaza por edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y el periódico “Reforma”, haciéndole saber que deberá apersonarse en el presente juicio de amparo dentro del término de treinta días contados al día siguiente a la última publicación y señalar domicilio para recibir notificaciones en esta localidad de San Andrés Cholula, Puebla o en la ciudad de Puebla, apercibido que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones que le correspondan se le harán por lista aún las de carácter personal, además se fijará en la puerta del juzgado una copia íntegra de la resolución por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías, señalándose para la celebración de la audiencia constitucional del presente asunto LAS NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIA QUINCE DE JULIO DE DOS MIL DIEZ. Doy fe.

San Andrés Cholula, Pue., a 5 de julio de 2010.

El Secretario

Lic. Martín Alfaro Mena

Rúbrica.

(R.- 309824)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado

Hermosillo, Sonora

EDICTO

JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SONORA, CON RESIDENCIA EN HERMOSILLO.

JUICIO DE AMPARO 1217/2009

QUEJOSO: JOSE MANUEL GRACIA SALAS Y OTROS.

TERCERO PERJUDICADOS: CLAUDIO FERNANDO, JOSE ADALBERTO, JAIME ENRIQUE, NADIA IDALI, JESUS FLAVIO, NORMA GLORIA, FRANCISCO JAVIER Y MARIA SANICTE, TODOS DE APELLIDOS GRACIA ESQUIVEL y ROGELIO MARTINEZ AGUILERA.

JOSE MANUEL, LUIS RODRIGO, RAMON, ANA LETICIA, JOSEFINA, RAFAEL, MARIA TERESA, MARIA ELENA, MARIA DEL CARMEN Y DORA ESPERANZA, TODOS DE APELLIDOS GRACIA SALAS, CONTRA JUEZ SEGUNDO PRIMERA INSTANCIA FAMILIAR Y OTRA AUTORIDAD, ACTOS RECLAMADOS: “1.- DEL JUEZ SEGUNDO FAMILIAR: A) Auto de radicación o acuerdo de admisión a trámite del juicio sucesorio intestamentario a bienes de JESUS MARIA GRACIA MANGE, expediente 1112/2006 deI Juzgado Segundo Familiar Hermosillo, Sonora, y consecuencias. B) Omisión de notificarnos la admisión a trámite del juicio sucesorio intestado a bienes de JESUS MARIA GRACIA MANGE, es decir la falta de emplazamiento. C) Privación de derechos, bienes, posesiones o propiedades sobre los bienes muebles o inmuebles que se incluyeron o forman parte del inventario que se presentó dentro del expediente 1112/2006, así como la desposesión sobre los mismos, que legal y materialmente ejercemos sobre tales bienes. D) Cualquier acto, acuerdo, determinación o resolución dentro del expediente número 1112/2006 que implique una afectación en nuestros derechos, bienes, posesiones o propiedades. 2.- DEL REGISTRADOR TITULAR DE LA OFICINA JURISDICCIONAL DE SERVICIOS REGISTRALES EN URES, SONORA, la inscripción de la escritura 37681 volumen 709 de fecha 19 de mayo de 2009, otorgada ante fe del Notario Público que se señala como tercero perjudicado, e inscripción de la escritura 37748, volumen 710 de fecha 29 mayo 2009, contiene contrato compraventa celebrado entre NORMA GLORIA GRACIA ESQUIVEL, vendedora y MARTINEZ AGUILERA, comprador."

EN ATENCION A QUE CLAUDIO FERNANDO, JOSE ADALBERTO, JAIME ENRIQUE, NADIA IDALI, JESUS FLAVIO, NORMA GLORIA, FRANCISCO JAVIER Y MARIA SANICTE, TODOS DE APELLIDOS GRACIA ESQUIVEL y ROGELIO MARTINEZ AGUILERA, TIENEN EL CARACTER DE TERCERO PERJUDICADOS EN EL AMPARO, Y SE DESCONOCE EL DOMICILIO EN QUE PUEDAN EFECTUARSE LAS PRIMERAS NOTIFICACIONES, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 30, FRACCION II, DE LA LEY DE AMPARO, Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACION SUPLETORIA, SE ORDENO NOTIFICARLE EL EMPLAZAMIENTO, POR EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL, Y REQUERIRLOS PARA QUE, EN EL PLAZO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION, SE APERSONEN AL JUICIO DE AMPARO Y SEÑALEN DOMICILIO CIERTO EN ESTA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, DONDE OIR NOTIFICACIONES, APERCIBIDOS QUE DE NO HACERLO DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO, POR SI, POR APODERADO, O POR GESTOR QUE PUEDA REPRESENTARLOS, SE SEGUIRA EL JUICIO EN SU AUSENCIA, Y LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES, AUN AQUELLAS DE CARACTER PERSONAL SE LE HARAN CONFORME A LAS REGLAS PARA LAS NOTIFICACIONES QUE NO DEBEN SER PERSONALES, ESTO, POR MEDIO DE LISTA QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, EN TERMINOS DE LA FRACCION III DEL ARTICULO 28 DE LA LEY DE AMPARO.

Atentamente

Hermosillo, Son., a 28 de junio de 2010.

Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Sonora

Lic. Enrique Gómez Ordóñez

Rúbrica.

(R.- 310124)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil

Morelia, Mich.

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES.

DENTRO DE LOS AUTOS QUE INTERGRAN EL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL NUMERO 791/2008, PROMOVIDO POR VALENTINA EQUIHUA GOMEZ FRENTE A HECTOR AGUILAR FRAGA, SE SEÑALAN LAS 12:00 DOCE HORAS DEL DIA 27 VEINTISIETE DE AGOSTO DE LA PRESENTE ANUALIDAD, A FIN DE QUE SE LLEVE A CABO LA AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMER ALMONEDA, RESPECTO DE SIGUIENTE BIEN INMUEBLE:

UNICO. Una fracción del terreno que se toma del predio rústico denominado EL MEZQUITE, ubicado en la antigua Hacienda de San Nicolás del Colegio, Municipio de Tarímbaro, Michoacán, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: al NORTE 16.15 metros con el señor ALBERTO RAMOS RAYA; al SUR 16.15 metros con camino del Club Erandeni; al ORIENTE 105.05 metros con resto de la señora MAGDALENA AGUILAR RAMIREZ y al PONIENTE 105 metros con el señor MANUEL CHAVEZ, con una extensión superficial de cero hectáreas dieciocho áreas cero centiáreas, al que se le asigna un valor de $1’000,000.00 (UN MILLON DE PESOS 00/100 M.N.)

Sirviendo de base para el remate la suma anteriormente indicada y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes del valor asignado, se convoca postores a esta audiencia, mediante la publicación de 3 tres edictos dentro del término de 9 nueve días, en los Estrados de este Juzgado, en el Diario Oficial de la Federación y en el lugar de ubicación del inmueble sujeto a remate.- Morelia, Michoacán, a 08 ocho de julio del año 2010, dos mil diez.

La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Quinto Civil

Lic. Fabiola Jiménez Balleño

Rúbrica. (R.- 310150)



AVISOS GENERALES



AFFINITY DE MEXICO, S.A. DE C.V.

R.F.C. AME000331PV4

Segunda de tres publicaciones, de conformidad con lo ordenado en el artículo 247, fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

AFFINITY DE MEXICO, S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009

TOTAL ACTIVO 8,347,798.00

TOTAL PASIVO 7,543,190.00

TOTAL CAPITAL CONTABLE 804,608.00

TOTAL DE PASIVO Y CAPITAL 8,347,799.00

México, D.F., a 31 de diciembre de 2009.

Delegado Especial

Lic. Agustín Casas de la Torre

Rúbrica.

(R.- 309628)



IMPACTO PUBLICIDAD Y COMERCIALIZACION, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 28 DE MAYO DE 2010

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 18 de junio de 2010.

Liquidador

Francisco Martínez García

Rúbrica.

(R.- 310218)


SATRIALES, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 25 DE MAYO DE 2010

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 18 de junio de 2010.

Liquidador

José Luis Rosales Martínez

Rúbrica.

(R.- 310220)

Estados Unidos Mexicanos

Procuraduría General de la República

Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada

Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas

EDICTO

PROPIETARIO Y/O APODERADO LEGAL Y/O A QUIEN SE CREA CON DERECHO.

El Ciudadano Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a esta Unidad Especializada, con fundamento legal en lo dispuesto con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21 y 102, apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 6, 7 y 8 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; 1 fracción I, 2 fracciones II y XI, 168, 180, 181, 182, 182-A, 182-B fracción II, 182-C, 182-D, 182-F del Código Federal de Procedimientos Penales; 50 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 1, 3 y 5 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; 3o. fracción VI y 4o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 27 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el 27 y 28 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; Acuerdo A/011/00 emitido por el C. Procurador General de la República; por esta vía, se notifican los aseguramientos ministeriales de fecha veintisiete de enero del año dos mil nueve, dentro de la Averiguación Previa PGR/SIEDO/UIETA/166/2008, respecto de las siguientes embarcaciones; 1.- Embarcación tipo yate, marca “SEA Ray” modelo “SUNDANCER 240” número de serie US-SERV25091001 240DA3199, color blanco con vivos verdes, de nombre “CARACOLA” con motor “MERCURY MERCRUISER”, con timón tipo volante, radio de banda civil, panel de controles, camarote, capacidad aproximada de 10 pasajeros, con dimensiones aproximadas de 8 metros de eslora, 2.5 metros de manga y 1.7 metros de puntal. En remolque marca MCA MIDWEST de dos ejes, en regular estado de conservación; 2.- Una embarcación tipo velero, de nombre “MARIETTA”, marca MCGREGOR, serie MACX0638D696, color blanco, matrícula 12011328114-7 Zihuatanejo, Guerrero, con etiqueta de VELEROS S.A. DE C.V., con motor fuera de borda de la marca JOHNSON, de 50 HP, con timón tipo volante, brújula, camarote con letrina, cubierta para alimentos, lavabo, radio de banda civil, con 7.8 metros de eslora, 2.4 metros de manga y 1.5 metros de puntal, en regular estado de conservación, en remolque de un eje, sin marca en mal estado de conservación; 3.- Una embarcación tipo yate de la marca CHRIS CRAFT, de nombre “CUMBAMCHA” con motor fuera de borda de la marca YAMAHA, de 75HP, un motor auxiliar fuera de borda de la marca JOHNSON de 4 HP, matrícula 706 Zihuatanejo, Guerrero, número de serie parcial GK105F192 (primeros dígitos no visibles), con timón tipo volante, tablero de controles, de 6 metros de eslora, 2.3 metros de manga y 1.5 metros de puntal aproximadamente, en regular estado de conservación, en remolque de un eje en mal estado de conservación; 4.- Una embarcación tipo velero, de la marca MCGREGOR, con la etiqueta VELEROS S.A. DE C.V., número de serie 1S-MACMN631 J405, con matrícula 15011057145, casco en color azul con blanco, con motor fuera de borda de la marca YAMAHA, de cuatro tiempos, de 25 HP, timón tipo volante, con camarote con parrilla, baño, cocina, con 8 metros de eslora, 2 metros de manga y 21 metros de puntal aproximadamente, en regular estado de conservación, en remolque de un eje con etiqueta de VELEROS S.A. DE C.V., en regular estado de conservación; 5.- Una embarcación tipo yate, marca SEA RAY, de nombre PRINCIPESSA, con la leyenda SUNDECK, en color blanco con vivos azul, con número de serie USSERV40190404 240SD3660, con motor de la marca MERCURY MERCRUISER, timón tipo volante, radio de banda civil, panel de controles, camarote, de 7.9 metros de eslora, 2.5 metros de manga y 1.5 metros de puntal, en regular estado de conservación; en remolque de dos ejes que contiene la leyenda SHORE LAND IV, en regular estado de conservación; 6.- Una embarcación tipo yate, de la marca MARY STAR BY MASTER CRAFT, de nombre PURA VIDA, en color blanco con vivos café, con la leyenda WILMINGTON, DE., número de serie US-MBCZHAA9C304, de 10 metros de eslora, 2.6 metros de manga y 1.6 metros de puntal aproximadamente, con timón tipo volante, controles, lavabo, para diez pasajeros aproximadamente, con motor dentro de borda, en regular estado de conservación; en remolque de dos ejes, EAGLE TRAILER, en regular estado de conservación; 7.- Una embarcación tipo lancha, en fibra de vidrio, color gris, sin marca ni modelo visible, con cuatro motores fuera de borda de la marca YAMAHA V250, con cabina desmontable, de 11.1 metros de eslora, 2.7 metros de manga y 2.3 metros de puntal aproximadamente, en regular estado de conservación; 8.- Una embarcación tipo lancha, en fibra de vidrio, color gris, sin marca ni modelo visible, con cuatro motores fuera de borda de la marca YAMAHA V250, de 12.7 metros de eslora, 3.2 metros de manga y 2.3 metros de puntal aproximadamente, en regular estado de conservación; 9.- Una embarcación tipo lancha, en fibra de vidrio, color gris, sin marca ni modelo visible, con tres motores fuera de borda de la marca YAMAHA V250, con cabina desmontable de 11.1 metros de eslora, 2.7 metros de manga y 2.3 metros de puntal aproximadamente, en regular estado de conservación; 10.- Una embarcación tipo lancha, en fibra de vidrio, color gris, sin marca ni modelo visible, con cuatro motores fuera de borda de la marca YAMAHA V250, de 12.7 metros de eslora, 3.2 metros de manga y 2.3 metros de puntal aproximadamente, en regular estado de conservación; 11.- Una embarcación tipo yate, de nombre “TEQUILA SUN” con timón tipo volante, controles camarote con lavabo, gabinete, de dimensiones aproximadas de 6.8 metros de eslora, 2.3 metros de manga y 1.7 metros de puntal, con motor fuera de borda de la marca YAMAHA, V6200, y motor auxiliar sin marca ni modelo visible, en remolque de dos ejes en mal estado de conservación; 12.- Una embarcación tipo yate, de nombre MARITZA, matrícula 240 IXTAOA, GRO, número de serie US-SERV2967J798 240DA3149, marca SEA RAY, modelo SUNDANCER 240, con motor MERCURY MERCRUISER, timón tipo volante, radio banda civil, panel de control, brújula, camarote, en color blanco, de aproximadamente 7.2 metros de eslora, 2.5 metros de manga y 1.4 metros de puntal, en remolque de dos ejes con la leyenda “EZ LOADER”, en regular estado de conservación; 13.- Una embarcación tipo yate, de la marca EDGEWATER, de nombre VAGANCIA, con controles, con número de serie DMA03937J304, con dimensiones aproximadas de 8 metros de eslora, 2.8 metros de manga y 1.5 metros de puntal, con dos motores de la marca YAMAHA 225, en remolque, en regular estado de conservación; 14.- Una embarcación tipo yate, de la marca EDGEWATER, con controles, con número de serie DMA05121L506, con dimensiones aproximadas de 8 metros de eslora, 2.8 metros de manga y 1.5 metros de puntal, con dos motores de la marca YAMAHA 225, en remolque, regular estado de conservación; 15.- Una embarcación tipo lancha, de nombre “GUILLO TINA” matrícula DL3098AA, marca CORRECT CRAFT, número de serie CTC78001G607, con las leyendas “AIR 226 TEAM AIR NAUTIC,” con motor PCM MARINE, con 7.1 metros de eslora, 2.4 metros de manga y 1.2 metros de puntal, en mal estado de conservación, en remolque de dos ejes; 16.- Una embarcación tipo lancha, con eslora de aproximadamente 11 metros, manga de 3.00 metros aproximadamente y puntal de 2.50 metros aproximadamente. El casco fabricado en fibra de vidrio de color gris, en regulares condiciones de uso y conservación, con cabina de navegación, sistema de propulsión a través de tres motores de la marca YAMAHA modelo V250, embarcación que no cuenta con nombre o número de serie, con un remoque de tres ejes en regulares condiciones de uso; 17.- Una embarcación tipo lancha, con eslora de aproximadamente 11 metros, manga de 3.00 metros aproximadamente y puntal de 2.50 metros aproximadamente. El casco fabricado en fibra de vidrio de color gris, en regulares condiciones de uso y conservación, con cabina de navegación, sistema de propulsión a través de cuatro motores de la marca YAMAHA modelo V250, embarcación que no cuenta con nombre o número de serie con un remoque de tres ejes en regulares condiciones de uso; así como el diverso aseguramiento de fecha primero de julio de dos mil nueve dentro de la averiguación previa número AP/PGR/SIEDO/UEITA/034/2009, triplicado de la AP/PGR/SIEDO/UEITA/166/2008 referente a los siguientes vehículos: 1.- Vehículo de la marca Volkswagen, Tipo Routan, cuatro puertas, en color blanco, sin placas de circulación con el número de identificación vehicular 2V8HW44199R522466, modelo 2009; 2.- Vehículo de la marca Chevrolet, Tipo Express Van, cuatro puertas, en color blanco, sin placas de circulación con el número de identificación vehicular 1GNFG15T441231439, modelo 2004; 3.- Vehículo de la marca Jeep, tipo Grand Cherokee Limited, cuatro puertas, en color blanco, con el número de identificación vehicular 1J4EZ78Y0TC114558, modelo 1996;
4.- Vehículo de la marca Dodge, tipo Pick Up Ram 1500, dos puertas, en color blanco, con el número de identificación vehicular 1D7HU16N15J616314, modelo 2005; 5.- Vehículo de la marca Honda, Tipo Pilot, cuatro puertas, en color blanco, sin placas de circulación, con número de identificación vehicular 5FNYF18508B800365, modelo 2008; 6.- Vehículo de la marca Ford, Tipo Explorer, cuatro puertas, en color rojo, con placas de circulación PFW-96-48 del Estado de Michoacán, con el número de identificación vehicular 1FMDU32P2TZA09067, modelo 1996; 7.- Vehículo de la marca Toyota, tipo camioneta Rav4, cuatro puertas, en color gris, sin placas de circulación con el número de identificación vehicular JTMZD31V186054777, modelo 2008; 8.- Vehículo de la marca Nissan, tipo camioneta Armada Se, cuatro puertas, en color negro, con placas de circulación 723-UMN, del Distrito Federal, con el número de identificación vehicular 5N1AA08A96N741852, modelo 2006; 9.- Vehículo de la marca Dodge, tipo camioneta Durango Limited, cuatro puertas, en color blanco, sin placas de circulación, con engomado vehicular en el medallón con la matrícula LZG-39-00 del Estado de México, con el número de identificación vehicular 1D4HD58D65F616272, modelo 2005. En tal virtud, se solicita notificar los aseguramientos señalados por vía de edictos, a efecto de que el propietario, apoderado legal y/o la persona que se crea con derecho, manifieste lo que su derecho convenga; apercibido que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la presente notificación, los citados objetos e inmuebles causarán abandono a favor de la Federación, en término de lo establecido en el artículo 24 de la Ley Federal para la Administración
y Enajenación de Bienes del Sector Público, así mismo se le apercibe para que no enajene ni grave los
bienes asegurados.

“Sufragio Efectivo. No Reelección”.

México, D.F., a 12 de mayo de 2010.

El Agente del Ministerio Público de la Federación

Lic. Víctor Manuel Martínez Mendoza

Rúbrica.

(R.- 310278)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

Subprocuraduría de Inspección Industrial

Dirección General de Inspección de Fuentes de Contaminación

EDICTO

Se le hace saber a la C. Leoba Rueda Nava y/o su representante legal, domicilio ignorado.- Visto.- el expediente número PFPA/3.2/2C.27.1/00009-09, en el que obran las órdenes de inspección números PFPA/3.2/2C.27.1/012-2009-OI-VER y PFPA/3.2/2C.27.1/015-2009-OI-VER, de fechas 22 y 26 de octubre de 2009, en las que se estableció como objeto, el de verificar las condiciones de los recursos naturales, suelo, flora y fauna, e identificar la existencia de contaminación con hidrocarburos, sus derivados, materiales y/o residuos peligrosos o combustibles. Asimismo, obran las actas de inspección números PFPA/3.2/2C.27.1/012-2009-AI-VER y PFPA/3.2/2C.27.1/015-2009-AI-VER, de fechas 23, 24 y 26 de octubre de 2009, en las que se circunstanciaron los siguientes hechos: se observaron 3 áreas de suelo natural, de aproximadamente 2,370, 20,000 y 10,000 m2, impactadas con sustancias que por sus características físicas de color, olor y consistencia, se presume que son hidrocarburos poliaromáticos, intemperizados y petrificados, una de estas áreas se localiza a 700 metros del área de válvulas. Asimismo, los cuerpos de agua del lugar inspeccionado tienen una apariencia turbia, con la formación de iridiscencia en la superficie y conglomerados de posible hidrocarburo, la vegetación se encuentra impregnada de dicha sustancia y además se percibe el olor a compuestos orgánicos volátiles de hidrocarburo. Asimismo, del recorrido aéreo, se observó que la dispersión de la citada sustancia, va más allá del corredor de ductos, extendiéndose sobre la superficie del predio rústico denominado “El Yegüero”, propiedad de la C. Leoba Rueda Nava. De la inspección realizada, se determinó que en cada una de las áreas visitadas existe infiltración o percolación de la sustancia que por sus características de olor, color y por su consistencia es hidrocarburo, o su derivado como combustóleo. En el acta de inspección de fecha 26 de octubre de 2009, se circunstanció que no se llevó a cabo la visita, en virtud de que no se encontró persona alguna que la atendiera. Se hace del conocimiento de la C. Leoba Rueda Nava, que deberá comparecer dentro del término de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto, ante la Dirección General de Inspección de Fuentes de Contaminación, ubicada en avenida Camino al Ajusco número 200, 5o. piso, ala Norte, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, México, Distrito Federal, código postal 14210, por sí o por medio de apoderado o representante legal debidamente acreditado, y manifieste lo que a su derecho convenga y en su caso, aporte las pruebas que considere pertinentes en relación con los hechos u omisiones circunstanciados en las actas de inspección referidas. Asimismo, se le hace saber que el expediente número PFPA/3.2/2C.27.1/00009-09, se encuentra para su consulta en las oficinas de la Dirección General de Inspección de Fuentes de Contaminación. Se le apercibe a la C. Leoba Rueda Nava, que de no comparecer por sí o por medio de apoderado o representante legal, en el plazo legalmente concedido, se seguirá el procedimiento en rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por rotulón, mismas que se fijarán en las oficinas de la Dirección General de Inspección de Fuentes de Contaminación. Para su publicación por dos días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico Notiver.

Atentamente

México, D.F., a 19 de julio de 2010.

El Director General de Inspección de Fuentes de Contaminación

Lic. Sergio Eduardo Herrera Torres

Rúbrica.

(R.- 310223)



AVISO AL PUBLICO

Al público en general se le comunica que las tarifas vigentes son las siguientes:

1/8 de plana $ 1,373.00

2/8 de plana $ 2,746.00

3/8 de plana $ 4,119.00

4/8 de plana $ 5,492.00

6/8 de plana $ 8,238.00

1 plana $ 10,984.00

1 4/8 planas $ 16,476.00

2 planas $ 21,968.00

Atentamente

Diario Oficial de la Federación

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de la Función Pública

Organo Interno de Control en la Secretaría de Turismo

Area de Responsabilidades

EL REY DE LA LIMPIEZA, S.A. DE C.V. Y/O

C. MARTIN SALVADOR PEREA RODRIGUEZ

REPRESENTANTE LEGAL

Expediente: SP/001/2008.

Oficio: 21/ARQ/109/2010

Asunto: Citatorio

Con fundamento en los artículos 14, 16, y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 37 fracciones XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59, 60 fracción IV, 61, 63 y 64 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, 12, 13, 14, 28, 35, 38, 53, 54, 72, 73 y demás relativos a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 3 letra D, 80 fracción I numerales 6 y 10, 82 primer párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública y 10 del Reglamento Interno de la Secretaría de Turismo, se le hace de su conocimiento que a través del oficio número DGA/DGARMSG/1058/2008, de veinticinco de junio de dos mil ocho, recepcionado en esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en la Secretaría de Turismo, el día treinta siguiente, el C.P. Fernando Calvo, Director General Adjunto de Recursos Materiales y Servicios Generales, en términos de lo previsto en el artículo 60 fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, remitió diversa documentación relacionada con el contrato de Prestación de Servicios número C.015.07, celebrado con el Representante Legal de la empresa denominada “El Rey de la Limpieza, S.A. de C.V.”, agregando que referente a dicho contrato, los trabajadores se quejaron que no estaban registrados en el Seguro Social, razón por lo que la citada Dirección Adjunta, solicitó al Instituto Mexicano del Seguro Social, información relacionada a la inscripción del personal de esa empresa, que prestó sus servicios en la Secretaría de Turismo, contestando dicha Institución, que el registro patronal proporcionado por su empresa, no existe en su base de datos y que ninguno de los trabajadores está inscrito en la aludida Institución.

Derivado de lo anterior, presuntamente la empresa, denominada “EL REY DE LA LIMPIEZA, S.A. DE C.V”, con su conducta se ubica en la hipótesis prevista en los artículos 59 y 60 fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, al haber presentado registros patronales,
que no existen en la base de datos del IMSS, y de la lista proporcionada de los trabajadores que relaciona, no se encuentran inscritos en la misma.

Por tal motivo, y con fundamento en los artículos 35, fracción III, 37, 38 y 72 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, se otorga un término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la presente notificación, a efecto de que a través de su representante legal, exponga lo que a su derecho e interés convenga, y en su caso, aporte las pruebas que estime pertinentes ante el Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en la Secretaría de Turismo, ubicada en Schiller 138, segundo piso, colonia Chapultepec Morales, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11587, en esta ciudad, en donde además podrá consultar el expediente, dentro del horario comprendido de las nueve a las catorce treinta horas, y de las quince horas con treinta minutos a las dieciocho horas, apercibiéndole que si en dicho plazo no concurre ante esta H. Autoridad a realizar manifestación alguna, se tendrá por precluido su derecho en términos del artículo 288 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, y esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en la Secretaría de Turismo, procederá a dictar la resolución correspondiente. De igual forma, deberá adjuntar en original y copia para el debido cotejo, instrumento público por medio del cual se acredite la personalidad con la que se promueve, así como identificación oficial vigente.

Asimismo, se le informa que de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles, deberá señalar un domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, en la Ciudad de México, así como designar a personas para oír y recibir las mismas, apercibida para el caso de no atender el presente requerimiento, las ulteriores notificaciones se le realizarán de conformidad a las reglas para las notificaciones que no deban de ser personales, con fundamento en lo establecido en los artículos 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Atentamente

México, D.F., a 8 de junio de 2010.

Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control

en la Secretaría de Turismo

Lic. Alejandra Bistraín Hernández

Rúbrica.

(R.- 309252)

VIADUCTOS DE PEAJE, S.A. DE C.V.

NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.

AVISO A LOS TENEDORES DE LOS CERTIFICADOS DE PARTICIPACION

ORDINARIOS AMORTIZABLES DE VIADUCTOS DE PEAJE, S.A. DE C.V.

EMISION VIPESA 95

En relación con la emisión de Certificados de Participación Amortizables Vinculados al Indice Nacional
de Precios al Consumidor (VIPESA 95) y en cumplimiento a lo establecido en la cláusula quinta del Acta de Emisión correspondiente, informamos el VALOR AJUSTADO DEL PRINCIPAL, así como EL VALOR NOMINAL AJUSTADO POR CERTIFICADO.

Así mismo comunicamos que a partir del 26 de julio de 2010, se pagarán los intereses correspondientes al periodo del 24 de abril al 23 de julio de 2010 a una tasa de interés bruta del 9.60% en las oficinas del S.D. Indeval, S.A. de C.V., ubicadas en Paseo de la Reforma número 255, 3er. piso, colonia Cuauhtémoc.

El pago se efectuará contra entrega del cupón número 62

VALOR AJUSTADO DEL PRINCIPAL MAS

CAPITALIZACION DE INTERESES $4,428’060,411.68

VALOR NOMINAL AJUSTADO POR CERTIFICADO $1015.610186165140

MONTO DE INTERESES BRUTOS A LIQUIDAR $33’000,000.00

NOTA: Del monto de los intereses brutos devengados por $105’690,314.36 del periodo del 24 de abril al 23 de julio de 2010, se capitalizan $72’690,314.36 y $33’000,000.00 se liquidan a cuenta del cupón número 62.

México, D.F., a 20 de julio de 2010.

Banorte

Banco Mercantil del Norte, S.A.

Representante Común de los Tenedores

Delegado Fiduciario

Lic. Rebeca Isela Trejo Sánchez

Rúbrica.

Delegado Fiduciario

Lic. Luisa Fernanda Poletti Vázquez

Rúbrica.

(R.- 310268)



TMM AGENCIAS, S.A. DE C.V.

(FUSIONANTE)

Y

SERVICIOS CORPORATIVOS TMM, S.A. DE C.V.

(FUSIONADA)

AVISO DE FUSION

En cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 223, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se hace del conocimiento público que por acuerdos adoptados en las asambleas generales extraordinarias de accionistas de TMM AGENCIAS, S.A. de C.V. (“TMMA”) y SERVICIOS CORPORATIVOS TMM, S.A. de C.V. (“SERCORP”), de 30 de junio de 2010, dichas sociedades resolvieron fusionarse, subsistiendo como sociedad “FUSIONANTE” TMMA y desapareciendo SERCORP en su carácter de sociedad “FUSIONADA”. Con base
en dichas resoluciones los apoderados especiales de las sociedades que se fusionan, en este acto publican las siguientes:

BASES DE FUSION

1. Las partes acuerdan la fusión de TMMA, como sociedad FUSIONANTE y de SERCORP como sociedad FUSIONADA.

2. La fusión de TMMA como sociedad FUSIONANTE y SERCORP como sociedad FUSIONADA se llevará a cabo tomando como base los balances proforma de dichas sociedades al 30 de junio de 2010.

3. Conforme a lo aprobado por el convenio de fusión de las sociedades que participan en la misma, y tomando en consideración que el capital contable de SERCORP conforme a los balances al amparo de los cuales se aprobó la fusión, se transmiten a título universal, sin reserva, ni limitación alguna a TMMA, y TMMA así lo asume, con todos los derechos, bienes, contratos, convenios, activos, pasivos, acciones, privilegios, garantías y todo lo que de hecho y por derecho forme parte del patrimonio de la sociedad FUSIONADA.

4. En virtud de la fusión el capital social de SERCORP formará parte del capital variable de TMMA, cancelándose en su oportunidad las acciones en circulación de la sociedad fusionada, y canjeando en su oportunidad, a sus accionistas por acciones representativas del capital social de TMMA, quedando el capital mínimo fijo de TMMA en la suma de $503,223.00 (quinientos tres mil doscientos veintitrés mil pesos 00/100 moneda nacional).

5. La fusión surtirá efectos legales, contables y fiscales entre las partes a partir del 30 de junio de 2010, y ante terceros en la fecha en que se haya dado cumplimiento a los requisitos legales previstos para una fusión, en los términos de los artículos 223 y 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

6. En virtud de la fusión, todos los activos, acciones, y derechos y todos los pasivos, obligaciones y responsabilidades de toda índole y, en general, todo el patrimonio de la FUSIONADA sin reserva ni limitación alguna pasarán a título universal a formar parte del patrimonio de TMMA.

7. TMMA, asumirá todas las obligaciones contraídas por SERCORP y se sustituye en todas las garantías que hayan sido otorgadas por la sociedad FUSIONADA, con todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda.

8. Los órganos de administración y vigilancia de la sociedad FUSIONADA, cesarán en sus respectivos cargos, precisamente en la fecha en que surta sus efectos la fusión, conforme al convenio de fusión respectivo.

9. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 223 y 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, TMMA conviene en pagar todos y cada uno de los pasivos de SERCORP que asume por efecto de la fusión en los plazos y de acuerdo con los términos y condiciones de cada uno de dichos pasivos así asumidos, en el entendido de que aquellos pasivos que existieren entre las partes, por tener alguno de ellos carácter de deudor o acreedor, quedarán extinguidos y eliminados por confusión.

10. Los poderes otorgados por SERCORP con anterioridad a la fecha de la fusión quedan revocados por efecto de la fusión a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de los acuerdos de fusión y se ratifican en todos sus términos los poderes otorgados por TMMA.

Para efectos de lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publican los balances generales proforma, tanto de TMMA como de SERCORP, preparados al día 30 de junio de 2010.

México, D.F., a 30 de junio de 2010.

TMM AGENCIAS, S.A. DE C.V.

Apoderado

Jacinto David Marina Cortés

Rúbrica.

SERVICIOS CORPORATIVOS TMM, S.A. DE C.V.

Apoderado

Jacinto David Marina Cortés

Rúbrica.

Apoderado

Carlos Pedro Aguilar Méndez

Rúbrica.

Apoderado

Agustín Salinas González

Rúbrica.


TMM AGENCIAS, S.A. DE C.V.

BALANCE PROFORMA DE FUSION AL 30 DE JUNIO DE 2010

(cifras en pesos)

ACTIVO

1,126,963,258

PASIVO

1,052,038,221

CAPITAL

74,925,037

Director de Administración

Carlos Aguilar Méndez

Rúbrica.


SERVICIOS CORPORATIVOS TMM, S.A. DE C.V.

BALANCE PROFORMA DE FUSION AL 30 DE JUNIO DE 2010

(cifras en pesos)

ACTIVO

773,323,817

PASIVO

844,687,366

CAPITAL

-71,363,548

Director de Administración

Carlos Aguilar Méndez

Rúbrica.

(R.- 310283)