Miércoles 12 de mayo de 2010 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 75




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Séptimo de lo Civil

Sría. “B”

Exp. 810/2004

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por CRUZ FLORES FAUSTO ARTURO,
en contra de JIMENEZ RODRIGUEZ VICTOR, Expediente Número 558/2005, de la Secretaria “B”, La C. Juez Séptimo de lo Civil del Distrito Federal, señaló: LAS TRECE HORAS DEL DIA PRIMERO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, por así permitirlo la Agenda del Juzgado, para que tenga lugar la Audiencia de Remate en Primera Almoneda, del inmueble ubicado EX EJIDO DE SANTIAGO ZAPOTITLAN, LOTE 06, MANZANA 604, ZONA 157, COLONIA SANTIAGO ZAPOTITLAN, DELEGACION TLAHUAC, CON LAS MEDIDAS Y COLINDANCIAS QUE OBRAN EN AUTOS, sirviendo como base del remate la cantidad de $1‘119,080.00
(UN MILLON CIENTO DIECINUEVE MIL OCHENTA PESOS 00/100 M.N.), precio del avaluo del perito designado por la parte demandada, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad.

Para su publicación por TRES VECES DENTRO DEL TERMINO DE NUEVE DIAS, en los Tableros de avisos de este H. Juzgado y el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

México, D.F., a 30 de abril de 2010.

La C. Secretaria de Acuerdos

Lic. María Patricia Ortega Díaz

Rúbrica.

(R.- 306187)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Trigésimo Segundo de lo Civil

EDICTO

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por IXE BANCO S.A INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE IXE GRUPO FINANCIERO, en contra de LACOPLAST, S.A DE C.V. Y OTROS, expediente número 386/2008, se han señalado las TRECE HORAS DEL DIA TRES DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, PARA LA CELEBRACION DE LA DILIGENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA respecto del bien embargado en juicio, ubicado en Calle 16 de Marzo de 1861 número ochenta y siete, Manzana ciento catorce, Lote mil ciento noventa y ocho, Colonia Leyes de Reforma, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, cuyas medidas, colindancias y características obran en autos; sirviendo de base para el remate la cantidad
de $7’355,200.00 (SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), precio de avalúo mas alto fijado por el perito designado en rebeldía de la parte demandada
y es postura legal la que cubra las dos terceras partes de esa cantidad; debiendo los posibles postores satisfacer el deposito previo previsto por el artículo 481 del invocado Código Procesal Federal, para ser aceptados como tales.

SE CONVOCAN POSTORES

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES, DENTRO DE NUEVE DIAS; EN EL ENTENDIDO
DE QUE, LA PRIMERA PUBLICACION DEBERA SER EN EL PRIMER DIA DE LOS NUEVE, LA TERCERA EN EL NOVENO DIA, Y LA SEGUNDA EN CUALQUIER DIA DE LOS QUE MEDIEN DEL SEGUNDO AL OCTAVO DIA.

México, D.F., a 21 de abril de 2010.

La C. Secretaria de Acuerdos “B”

Lic. Guadalupe Cecilia Flores Herrera

Rúbrica. (R.- 306294)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Sección Amparo

Mesa VI

Juicio de Amparo

Expediente 48/2010-VI

EDICTO

Tercero Perjudicado: José Alberto Antonetti Ruiztejeda.

En el juicio de amparo 48/2010-VI, promovido por Inmobiliaria Tribiera, sociedad anónima de capital variable contra actos de la Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en virtud de ignorar el domicilio del tercero perjudicado José Alberto Antonetti Ruiztejeda, por auto de cinco de abril
de dos mil diez, se ordenó emplazarlo por edictos, los cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, debiéndose publicar por tres veces, de siete en siete días, haciendo de su conocimiento que deberá apersonarse dentro del término de treinta días, contado
a partir del día siguiente al de la última publicación y haga valer sus derechos; apercibido que de no presentarse en dicho término, se le harán las ulteriores notificaciones por medio de lista, aún las de carácter personal.

México, D.F., a 5 de abril de 2010.

La Secretaria de Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Celestina Ordaz Barranco

Rúbrica.

(R.- 305298)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Primera Sala Civil

EDICTO

(RICARDO ARTURO HERRERA BARRE DE SAINT LEU)

Por medio del presente se hace del conocimiento de la demanda de garantías interpuesta por JOSE CARLOS GASTELUM MIRANDA en contra de la sentencia dictada por esta Sala el dos de febrero del dos mil diez, en el toca 1118/2003/03 para resolver el recurso de queja hecho valer por el tercerista JOSE CARLOS GASTELUM MIRANDA en el juicio ESPECIAL HIPOTECARIO seguido por BANCO DEL CENTRO, S.A. DE C.V. (sic) INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE en contra de RICARDO ARTURO HERRERA BARRE DE SAINT LEU A efecto de que acuda el tercero perjudicado RICARDO ARTURO HERRERA BARRE DE SAINT LEU en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno en defensa de sus intereses. Quedando a disposición en la Secretaria de esta Sala las Copias de traslado respectivas.

Para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el "DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION"

México, D.F., a 13 de abril de 2010.

El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Civil

Lic. Mario Alfredo Miranda Cueva

Rúbrica.

(R.- 305717)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Nuevo León

Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial

Monterrey, N.L.

EDICTO No. 58438

En el Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado, se llevará a cabo dentro de los autos del expediente judicial número 870/2006 relativo al JUICIO ORDINARIO MERCANTIL promovido por MAURICIO DAVID SAENZ GARCIA, la Audiencia de remate en Pública Subasta y Primera Almoneda del bien inmueble embargado en autos a la parte demandada JUAN RAMON GARCIA RODRIGUEZ, consistente en: LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 100 DE LA CALLE GIRASOLES DEL FRACCIONAMIENTO LOS AMARANTOS EN EL MUNICIPIO DE APODACA, NUEVO LEON, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 9 (NUEVE) DE LA MANZANA NUMERO (182) CIENTO OCHENTA Y DOS, DEL FRACCIONAMIENTO LOS AMARANTOS, EN EL MUNICIPIO DE APODACA, NUEVO LEON, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 101.02 M2. (CIENTO UN METROS DOS CENTIMETROS CUADRADOS) Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE, MIDE 3.71 (TRES METROS SETENTA Y UN CENTIMETROS) MAS OCHAVO QUE MIDE 4.18 MTS. (CUATRO METROS DIECIOCHO CENTIMETROS) QUE SE FORMA EN EL CRUCE DE LAS CALLES AJENJO Y GIRASOLES A LA QUE DA FRENTE; AL SUR MIDE 7.09 MTS. (SIETE METROS NUEVE CENTIMETROS) A COLINDAR CON LOTE 8 (OCHO); AL ESTE MIDE 15.00 MTS. (QUINCE METROS) A COLINDAR CON LOTE 10 (DIEZ) AL OESTE MIDE 12.10 MTS. (DOCE METROS DIEZ CENTIMETROS) Y COLINDA CON CALLE AJENJO. LA MANZANA DE REFERENCIA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES: AL NORTE CON LA CALLE GIRASOLES; AL SUR CON CALLE ENELDO; AL ESTE CON CALLE AMAPOLA; AL OESTE CON CALLE AJENJO. EL INMUEBLE DE REFERENCIA TIENE COMO MEJORAS LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 100 DE LA CALLE GIRASOLES DEL MENCIONADO FRACCIONAMIENTO Y MUNICIPIO; sirviendo de base para el remate del bien inmueble citado con antelación, la cantidad de $356,000.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.) que representa el valor pericial y será postura legal para intervenir en la Audiencia de Remate, la cantidad de $237,333.33 (DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.), que representa las dos terceras partes de la cantidad anteriormente citada, por lo que convóquese a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 03 tres veces dentro del término de 09 nueve días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, en la Tabla de Avisos o Puerta del Tribunal, así como del Juzgado Menor en turno del Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León. LA AUDIENCIA DE REMATE TENDRA VERIFICATIVO EL PROXIMO DIA 24 VEINTICUATRO DE MAYO DE 2010 DOS MIL DIEZ A LAS 10:30 DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, en el local de éste Juzgado. Por lo que aquéllas personas que deseen intervenir como postores, deberán consignar el 10% diez por ciento del Valor Pericial mediante billete de deposito que podrá ser expedido por aquéllas instituciones autorizadas por la ley, sin cuyo requisito no serán admitidos en dicha subasta. En inteligencia de que en el Juzgado se proporcionarán mayores informes. Doy fe. Monterrey, Nuevo León a 15 de Abril de 2010 dos mil diez.

C. Primer Secretario

Lic. Héctor Hugo González Cantú

Rúbrica.

(R.- 305590)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal

México, Distrito Federal

Expediente 113/2010-III

EDICTO

"(...)

con fundamento en lo dispuesto por la fracción II, del artículo 30, de la Ley de Amparo, en relación con el artículo 315, deI Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se ordena emplazar al GUILLERMO OBELE MASCORRO por medio de EDICTOS, los que deberán publicarse a costa de la parte quejosa por tres veces y de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de circulación nacional, haciéndole saber que a través del presente juicio de garantías 113/2010-III, promovido por FRANCISCO JAVIER RANGEL ROJO, éste demanda la protección de la justicia federal contra
LA RATIFICACION DEL ACUERDO DE NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL, EMITIDA POR EL SUBPROCURADOR DE AVERIGUACIONES PREVIAS CENTRALES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL EN LA CAUSA FTL/TLP-1/T2/1554/04-12 e indíquese al tercero perjudicado, que deberá presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a deducir sus derechos en el presente juicio, para dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 315 deI Código Federal de Procedimientos Civiles, apercibiéndole que en caso de no hacerlo así, por apoderado o gestor que pueda representarlos, se seguirá este juicio conforme legalmente le corresponde y las subsecuentes notificaciones, aún aquellas de carácter personal, se le harán por lista que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado.

(...)"

Atentamente

México, D.F., a 16 de abril de 2010.

Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

Christi Janet Arellanos Alonso

Rúbrica.

(R.- 306163)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito

Monterrey, Nuevo León

EDICTO

Sucesiones de Jesús Garza Leal y Sanjuana Uribe Treviño de Garza.

Sucesores Ramiro Fernando Garza Uribe, Angel Mario Garza Uribe y Gerardo Garza Uribe

(TERCEROS PERJUDICADOS)

DOMICILIOS IGNORADOS

En el juicio de amparo directo número 582/2008, promovido por Galo Marcel Guerrero Martínez, por su propio derecho y como representante común de Miguel Bravo Reyna, César Guadalupe Villarreal Villarreal, José Luis Cazares Martínez, Juvencio González Guerra y Alejandro Javier Rodríguez Morán, se determinó:

Por proveído de treinta de marzo dos mil diez, con fundamento en el artículo 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se ordenó emplazar a las sucesiones de Jesús Garza Leal y Sanjuana Uribe Treviño de Garza, aquí terceras perjudicadas, así como a sus sucesores Ramiro Fernando Garza Uribe, Angel Mario Garza Uribe y Gerardo Garza Uribe, por medio de edictos, los que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación
y en el periódico “EL NORTE” que se edita en esta ciudad, para que dentro del término de diez días, de conformidad con el artículo 167 de la Ley de Amparo, después de los treinta días siguientes a la última publicación de este edicto, se apersonen en el referido Juicio de Garantías ante este Tribunal Colegiado, en su carácter de terceros perjudicados, si a sus derechos conviniere; en la inteligencia de que la copia de la demanda queda a disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Organo Jurisdiccional.

Publíquese en los estrados de este Tribunal, copia certificada del presente proveído, por todo el tiempo del emplazamiento, en el entendido de que, si pasado dicho término los terceros perjudicados no comparecen por sí, por apoderado o por quien pueda representarlos legalmente, se seguirá el trámite del presente juicio de amparo, y las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se le harán por lista en los estrados de este Tribunal, en términos del artículo 30 fracción II de la ley de la materia.

Atentamente

Monterrey, N.L., a 6 de abril de 2010.

El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito

Lic. Celso Escalante Córdova

Rúbrica.

(R.- 305272)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito del Décimo Sexto Circuito

León, Guanajuato

EDICTO

Al Margen un sello con el Escudo Nacional que dice:

Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en la Ciudad de León, Guanajuato.

Expediente 94/2010-II

En los autos del juicio de amparo 94/2010-II, promovido por “FAREZCO II”, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos del Magistrado de la Novena Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con sede en Guanajuato, Capital, consistente en la resolución dictada el diecisiete de diciembre del dos mil nueve, dentro del toca de apelación 677/2009, se señalaron a JESUS ROMO MENDEZ y M. LUZ LIRA como terceros perjudicados y como se desconoce su domicilio actual, se ordenó emplazarlos por edictos que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico “El Universal”, por ser uno de los de mayor circulación en la República Mexicana,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, haciéndoles saber que deberán presentarse a este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en la ciudad de León, dentro de un plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación; además, se fijará en los estrados de este Tribunal una copia íntegra del edicto por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición copias simples de la demanda en la actuaría de este Juzgado. Si llegado el término no comparecieren por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlos, se seguirá el juicio haciéndoles las subsecuentes notificaciones por lista.

León, Gto., a 8 de abril de 2010.

El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato

Lic. Salvador Antonio Bermúdez Manrique

Rúbrica.

(R.- 305358)

Estado de México

Poder Judicial del Estado

Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia

Nezahualcóyotl

Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, México

EDICTO

En los autos del expediente 63/2007, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por MARIA JARAMILLO ADAME EN CONTRA DE MA. DEL CARMEN ESQUIVEL E.; El Juez Tercero de lo Civil del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, México; dictó un auto en el que se señalan las TRECE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIEZ, para que tenga verificativo en SEXTA ALMONEDA de remate la venta del bien embargado en autos, consistente en el inmueble ubicado
en CALLE BOSQUES DE GABON NUMERO NOVENTA Y DOS (92), LOTE CIENTO TREINTA Y CINCO (135), MANZANA OCHENTA Y DOS (82), COLONIA BOSQUES DE ARAGON, MUNICIPIO DE NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO, CUYOS DATOS REGISTRALES SON LIBRO PRIMERO, SECCION PRIMERA, PARTIDA SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE (649), VOLUMEN CIENTO CINCUENTA (150); siendo postura legal la que cubra la cantidad de $815,939.082 (OCHOCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS OCHENTA Y DOS CENTAVOS 00/100 M.N.).

SE CONVOCAN POSTORES.

PARA SU PUBLICACION POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS DEL JUZGADO DE MANERA QUE ENTRE LA PUBLICACION O FIJACION DEL EDICTO Y LA FECHA DEL REMATE MEDIE UN TERMINO QUE NO SEA MENOR DE CINCO DIAS, ENTREGADOS EN CIUDAD NEZAHUALCOYOTL A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL DOS MIL DIEZ. DOY FE.

Primer Secretario de Acuerdos

Lic. Daniel Olivares Rodríguez

Rúbrica.

(R.- 306182)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia

Materia Civil

Uruapan, Mich.

EDICTO

PRIMERA ALMONEDA

Dentro del juicio Ejecutivo Mercantil número 1354/2008, promovido por Juventino Saavedra Ramírez, frente a Manuel Lucatero Torres, se señalaron las 11:00 once horas del día 4 cuatro de junio del año 2010 dos mil diez, para que se lleve a cabo la Primera Audiencia de Remate en el local de este Juzgado, respecto del siguiente inmueble:

1.- Casa habitación con local comercial, ubicado con frente a la calle Aldama, número 24, de la población de Tancitaro, Michoacán, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias; al norte 7.36 siete metros con treinta y seis centímetros, con Luís Barragán, barda propia en medio, al sur 7.00 siete metros, con calle de su ubicación, al oriente 18.65 dieciocho metros con sesenta y cinco centímetros, con sucesión de Ignacio Sánchez, barda propia en medio, y al poniente 18.65 dieciocho metros con sesenta y cinco centímetros, con Rogelio Sánchez Mora, barda propia, al que se le asigna un valor pericial de $1‘264,329.00 un millón doscientos sesenta y cuatro mil trescientos veintinueve pesos.

Mandándose anunciar mediante la publicación de 3 tres edictos durante 9 nueve días hábiles en el estrado de este Juzgado, y en el Diario Oficial de la Federación, sirviendo de base para el remate el valor pericial fijado; siendo postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes del valor asignado; convocándose a postores.

Se expide el presente para la publicación en los lugares acostumbrados.

Uruapan, Mich., a 23 de abril de 2010.

La Secretaria del Juzgado Tercero Civil

Lic. Rosa Guía Calderón

Rúbrica.

(R.- 306216)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Michoacán

Juzgado Cuarto Civil

Morelia, Mich.

Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil de este Distrito Judicial

EDICTO

PRIMERA ALMONEDA

Que dentro de los autos que integran el Juicio Ordinario Mercantil, número 585/2009, que en ejercicio de la acción personal de crédito y real hipotecaria, promueve Scotiabank Inverlat S.A., frente a Martha Aida Aburto Salas y Miguel Angel Díaz Ruiz, se ordenó sacar a remate el siguiente bien inmueble:

UNICO. Vivienda número 40, ubicada en la calle Insurgentes Oaxaqueños, número 120 ciento veinte, del Fraccionamiento Villas Morelianas, tercera Etapa, Condominio, modulo 3 tres, al Suroeste de esta Ciudad,
con las siguiente medidas y colindancias: al NORTE 09.325 metros, con vivienda número 39 y muro común colindante de por medio, al SUR 9.325 metros con vivienda número 41 cuarenta y uno y muro común colindante de por medio, al ORIENTE 04.70 metros con área común, al PONIENTE 4.70 metros, con vivienda número 5 y condominio número 2 dos.

La Audiencia de Remate en su Primera Almoneda Judicial, tendrá verificativo a las 11:00 once horas del día 1 uno de junio del año 2010 dos mil diez.

CONVOQUESE POSTORES, a la celebración de la misma, mediante la publicación de 3 tres edictos dentro del término de 9 nueve días hábiles, en los estrados de este Juzgado y en el Diario Oficial de la Federación.

Servirá como base del remate la cantidad de $627,000.00 seiscientos veintisiete mil pesos 00/100 Moneda Nacional, y como postura legal, la que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha suma.

Morelia, Mich., a 5 de abril de 2010.

El Secretario de Acuerdos del Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil de este Distrito Judicial

Lic. Enock Iván Barragán Estrada

Rúbrica.

(R.- 306374)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Quinto de lo Civil

Secretaría “B”

Expediente 804/2007

EDICTO

CONVOQUENSE POSTORES

En cumplimiento a lo ordenado en proveído de fecha catorce de abril del año dos mil diez, dictado en el expediente número 804/2007, relativo a los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por GONZALEZ ACOSTA MARCO ANTONIO E HIPOLITO CIENFUEGOS RAMIREZ EN CONTRA DE ALBERTO ISRAEL JUAREZ MORENO, ALBERTO JUAREZ CORTES Y FRANCISCO A. DOMINGUEZ G., el C. Juez Quinto de lo Civil del Distrito Federal, señaló LAS ONCE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, para que tenga verificativo la audiencia de Remate en Segunda Almoneda del bien inmueble embargado en los autos del juicio antes citado, sito en el inmueble marcado con el número 343,
de la Calle Teziutlan, Colonia Granjas del Sur (Fracción Poniente que se segrego del Lote 3 de los en que se dividió el Rancho de Xaxalpa, hoy Colonia Patrimonio), Ciudad de Puebla, Estado de Puebla, siendo el precio de avalúo la cantidad de $2’838,500.00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N), que para esta segunda subasta deberá tomarse en cuenta con deducción del 10%, siendo postura legal la que alcance a cubrir las dos terceras partes del precio de remate. CONVOQUENSE POSTORES.

PARA SU PUBLICACION EN EL DIARIO DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DEE AVISOS O PUERTA DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, POR UNA SOLA VEZ, Y DE MANERA QUE, ENTRE LA PUBLICACION O FIJACION DEL EDICTO Y LA FECHA DE REMATE, MEDIE UN TERMINO QUE NO SEA MENOR DE CINCO DIAS. ATENTO LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 474 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, APLICADO SUPLETORIAMENTE AL CODIGO DE COMERCIO, EN LA PUERTA DEL JUZGADO COMPETENTE DE LA CIUDAD DE PUEBLA, ESTADO DE PUEBLA, POR UNA SOLA VEZ Y DE MANERA QUE, ENTRE LA PUBLICACION O FIJACION DEL EDICTO O LA FECHA DEL REMATE MEDIE UN TERMINO QUE NO SEA MENOR DE CINCO DIAS

México, D.F., a 14 de abril de 2010.

La C. Secretaria de Acuerdos

Lic. Mitzi Cruz Aquino

Rúbrica.

(R.- 306333)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

EMPLAZAMIENTO.

C. JUAN MANUEL RIVERA FLORES.

TERCERO PERJUDICADO.

PRESENTE.

En los autos del juicio de amparo número 1564/2009, promovido por Juan José Martínez Barreda, por su propio derecho, contra actos de la Administración Local de Recaudación de Puebla Norte y otra autoridad;
que se hace consistir en las actuaciones practicadas dentro del procedimiento de ejecución número
SAT-322-10-01-2009 del índice de la responsable ordenadora, entre ellos, el embargo trabado sobre el inmueble ubicado en el número veintidós de la calle B 111, del Fraccionamiento Arboledas del Sur de la ciudad de Puebla; y para que dicte la Juez la resolución que en derecho corresponda al ser señalado Usted, como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio, con fecha ocho de febrero de dos mil diez, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en el Periódico “El Sol de Puebla”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, según su artículo 2o.; haciendo de su conocimiento que deberá presentarse ante el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda
de garantías.

Atentamente

San Andrés Cholula, Pue., a 22 de abril de 2010.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado

Lic. Ma. R. Julieta Romero Guzmán

Rúbrica.

(R.- 306410)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Quincuagésimo Tercero de lo Civil

SE CONVOCAN POSTORES

En los autos del juicio ejecutivo mercantil, promovido por Axefin S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Multiple, E.N.R., en contra de Zanif Mexico S.A. de C.V., Asia Link Promotions, S.A. de C.V., Ida Giulia La Greca Viramontes, Jose Trejo Colín y Tayde Valencia Mora, expediente número 370/2009, el C. Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil del Distrito Federal, dictó un auto que dice:

Se convocan postores a la subasta judicial en primera almoneda respecto del inmueble la Casa Habitación marcada con el número 48 (hoy 54) de la Calle Bruno de Ezeta y Terreno en el que está construida, que es el lote número 5 -“A”, de la manzana 273, hoy Circuito Navegantes, ciudad Satélite, Naucalpan de Juárez, Estado de México, que tendrá verificativo en el local del juzgado a LAS DIEZ HORAS DEL DIA PRIMERO DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, cuyo precio de avalúo es la cantidad de $2,052,000.00 (dos millones cincuenta y dos mil pesos 00/100 M.N.), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad..
Con fundamento en el artículo 1411, del Código de Comercio, y 474, del Código Federal de Procedimientos Civiles, Se convocan postores, mediante edictos que se mandan publicar por tres veces dentro de nueve días, debiendo mediar cinco días entre la publicación del último edicto y la fecha de la almoneda, en el Diario Oficial de la Federación y en el tablero de avisos de éste juzgado. Para participar como postor se deberá depositar una cantidad igual al diez por ciento del valor del bien indicado Notifíquese. Lo proveyó y firma el Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil, Licenciado Francisco René Ramírez Rodríguez, ante la Secretaria de Acuerdos, quien autoriza y da fe.

México, D.F., a 27 de abril de 2010.

La. C. Secretaria de Acuerdos “B”

Lic. Lorena Galindo Ramírez

Rúbrica.

(R.- 306426)

Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Cuadragésimo Cuarto de lo Civil

del Distrito Federal

Exp. 539/08

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES.

En el juicio Ejecutivo Mercantil promovido por AUTOFINANCIAMIENTO MEXICO, S.A. DE C.V. en contra de QUIROZ VITE EDUARDO Y OTROS, el C. Juez Cuadragésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal, dictó auto que en su parte conducente dice: México, Distrito Federal, a diecisiete de febrero del año dos mil diez. Agréguese a sus autos del expediente número 539/2008... con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1411 del Código de Comercio, procédase a sacar a remate en Primera Almoneda el bien inmueble embargado en juicio. Para que tenga verificativo la Audiencia de Remate en Primera Almoneda se señalan las DIEZ HORAS DEL TREINTA Y UNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, ubicado en el inmueble embargado ubicado en:- Lote 29, zona 19, Fraccionamiento denominado Gaviotas, zona 9, Sector San José, del Municipio del Centro de Villahermosa Tabasco, hoy físicamente Calle Puerto Rico, casa 217, en la Colonia Gaviotas Sur, convóquense postores mediante edictos que deberán publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, ello con fundamento en el artículo 474 Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación mercantil, y fíjense en los tableros de avisos de este juzgado; sirve de base para el remate la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N., precio de avaluó debiendo los posibles postores satisfacer el depósito previo y en términos del artículo 574 del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria a la legislación mercantil, una cantidad igual, por lo menos al diez por ciento efectivo del valor de avalúo y para el evento de que no acudan postores y el acreedor se interese en la adjudicación, ésta será por el precio del avalúo, atento al artículo 1412 de la Ley Mercantil; en el entendido que la primera publicación habrá de efectuarse el primer día, la tercera el noveno día y la segunda de ellas en cualquier tiempo entre las referidas. Tomando en consideración que se encuentra fuera de la jurisdicción del suscrito, en consecuencia gírese exhorto con los insertos necesarios al C. Juez Competente en Villahermosa, Tabasco, a fin de proceder a realizar las publicaciones de edictos, en las puertas del juzgado respectivo, y en los sitios de costumbre, con fundamento en el artículo 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación mercantil...

México, D.F., a 26 de marzo de 2010.

El C. Secretario de Acuerdos “A”

Lic. María del Monte Carmelo Barreto Trujano

Rúbrica.

(R.- 305884)



Sinaloa

Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil

Distrito Judicial de Ahome

Los Mochis, Sinaloa

EDICTO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, CON DOMICILIO EN LA UNIDAD ADMINISTRATIVA UBICADA EN MARCIAL ORDOÑEZ Y ALLENDE, PLANTA ALTA CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE LOS MOCHIS, SINALOA.

Que en el expediente número 707/2006-1, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por los LICENCIADOS J. JESUS PEREZ QUIROZ y GULLERMO SERRANO MALACON, en su carácter de endosatarios en procuración de ARRENDAMIENTOS Y FOMENTO INDUSTRIAL DE SINALOA, S.A. DE C.V., en contra de la señora ALMA DE LA VEGA BELTRAN, la C. Juez ordenó sacar a remate el siguiente bien inmueble embargado:

Una finca urbana solar y construcción, ubicada en Calle Bahía de Ohuira número 112 Sur, Fraccionamiento Jordán Madero de esta ciudad, clave catastral MS-300-04-020-047, propiedad de la señora ALMA ANGELINA DE LA VEGA BELTRAN, Inscripción 15, deI Libro 728 de la Sección Primera del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias, AL NORTE: 32.00 mts., con lote 14; AL SUR: 32.00 mts., con lote 18; AL ORIENTE: 15.00 mts., colinda con Calle Bahía de Ohuira;
y AL PONIENTE: 15.00 mts., con lote 15; con un total de superficie de 480.00 M2.

Esta Primera Almoneda tendrá verificativo en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL DIEZ, siendo postura legal la cantidad de $1’408,666.66
(UN MILLON CUATROCIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL), importe de las dos terceras partes del avalúo pericial practicado.

Notifíquese el cuerpo del edicto a HIPOTECARIA NACIONAL, haciéndole saber el estado de ejecución que guarda el presente juicio, con el fin de que intervenga en la subasta si así le conviniere.

ESTE EDICTO SE PUBLICARA POR TRES VECES, EN EL EXACTO TERMINO DE NUEVE DIAS EN EL "DEBATE Y EL NOROESTE" QUE SE EDITAN EN ESTA CIUDAD, ASI COMO EN LA TABLA DE AVISOS O PUERTAS DEL JUZGADO Y POR UNA SOLA VEZ EN EL PERIODICO OFICIAL DE LA FEDERACION”; POR OTRO LADO, EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO EMITIDO POR EL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO, EN SESION PLENARIA ORDINARIA DEL DIA TRES DE AGOSTO DE DOS MIL CINCO, Y PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL EL ESTADO DE SINALOA, EL DIA CINCO DEL MISMO MES Y AÑO, LA PUBLICACION DEL EDICTO ORDENADO EN ESTE NEGOCIO DEBERA HACERSE UTILIZANDO FUENTE DE LETRA LEGIBLE Y DE TAMAÑO NO MENOR A OCHO PUNTOS.

Los Mochis, Sin., a 21 de abril de 2010.

La C. Secretario Primero

Lic. Esther Lorena Soto Soto

Rúbrica.

(R.- 306214)



Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Segundo de lo Civil

Diligenciaría Par

Distrito Judicial Puebla

EDICTO

Disposición Juez Segundo de lo Civil, Ciudad Puebla. Convóquese postores en Primera y Pública Almoneda, respecto de subfracción del lote número cuarenta y seis, de los que se dividió la Hacienda de Castillotla de esta ciudad. Postura legal OCHOCIENTOS MIL PESOS, CERO CENTAVOS, que cubre las dos terceras partes del avalúo primitivo. Señalándose las doce horas del día veintiséis de mayo de dos mil diez para la audiencia de remate, para formular posturas y pujas. Promueve IONE BEATRIZ LASTRA RUBIO y PEDRO VARGAS PEREZ, en contra de JOSE LUIS CARREON DIEZ SALCEDA y MARIA TERESA CADAVID DE CARREON. JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL Expediente 1122/09.

Para su publicación por tres veces dentro
del término de nueve días, en el Periódico Oficial de la Federación.

H. Puebla de Z., a 22 de abril de 2010.

Diligenciario Par

Eduardo García Herrerías

Rúbrica.

(R.- 305794)


AVISO AL PUBLICO

Se informa al público en general que los costos por suscripción y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, a partir del 1 de enero de 2010, son
los siguientes:

Suscripción semestral: $ 1,139.00

Ejemplar de una sección del día: $ 11.00

El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional.

Al público en general se le comunica que las tarifas vigentes son las siguientes:

1/8 de plana $ 1,373.00

2/8 de plana $ 2,746.00

3/8 de plana $ 4,119.00

4/8 de plana $ 5,492.00

6/8 de plana $ 8,238.00

1 plana $ 10,984.00

1 4/8 planas $ 16,476.00

2 planas $ 21,968.00

Atentamente

Diario Oficial de la Federación

Sinaloa

Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil

Distrito Judicial de Ahome

Los Mochis, Sinaloa

EDICTO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, CON DOMICILIO EN LA UNIDAD ADMINISTRATIVA UBICADA EN MARCIAL ORDOÑEZ Y ALLENDE, PLANTA ALTA CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE LOS MOCHIS, SINALOA.

que en el expediente número 490/2008-3, relativo al juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el licenciado José Alfredo Barreras Vega, en su carácter de endosatario en procuración de Bioseed, s.a. de c.v., en contra del señor Obed Torres Ortiz, la C. Juez ordenó sacar a remate los siguientes inmuebles embargados:

1.- finca urbana compuesta de terreno baldío, ubicada en calle montes camerún s/n, fraccionamiento del lago, de la ciudad de Obregón, Sonora, clave catastral 1800-06-596-002, propiedad del señor Obed Torres Ortiz, inscripción 101245 volumen 162, sección primera, registrado ante el instituto catastral del Estado
de Sonora (dirección general de servicios regístrales); con las siguientes medidas y colindancias, al norte: mide 19.00 mts., colinda con lotes 2 y 3; al sur: mide 19.00 mts., colinda con lote 07; al este: mide 11.60 mts., colinda con calle montes camerún; y al oeste: mide 11.60 mts., colinda con lote 04; con un total de superficie de 220.40 m2.

siendo postura legal la cantidad de $182,000.00 (ciento ochenta y dos mil pesos 00/100 moneda nacional), importe de las dos terceras partes del avalúo pericial practicado.

2.- finca urbana compuesta de terreno baldío, ubicado en calle 06 de abril, esquina con calle montes camerún, fraccionamiento del lago, ciudad Obregón Sonora, (lote 3, manzana 4, según escrituras), clave catastral 1800-06-596-001, propiedad del señor Obed Torres Ortiz, inscripción 101244 volumen 162, sección primera, registrado ante el instituto catastral del Estado de Sonora (dirección general de servicios regístrales); con las siguientes medidas y colindancias, al norte: mide 12.75 mts., colinda con calle 6 de abril; al sur: mide 12.75 mts., colinda con lote 05; al este: mide 17.84 mts., colinda con calle montes camerún; y al oeste: mide 17.84 mts., colinda con lote 02; con un total de superficie de 227.46 m2.

siendo postura legal la cantidad de $146,666.66 (ciento cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional), importe de las dos terceras partes del avalúo pericial practicado.

notificándoseles que se señalan las doce horas del día veintisiete de mayo de dos mil diez, para que tenga verificativo el remate en primera almoneda de los bienes inmuebles embargados en el presente juicio.

notifíquese en el cuerpo del edicto al acreedor crédito y ahorro del noroeste, el estado de ejecución que guardan los presentes autos con el fin de que intervenga en la subasta si así le conviniere.

ESTE EDICTO SE PUBLICARA POR DOS VECES, DE CINCO EN CINCO DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS O PUERTAS DEL JUZGADO; POR OTRO LADO, EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO EMITIDO POR EL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO, EN SESION PLENARIA ORDINARIA DEL DIA TRES DE AGOSTO DE DOS MIL CINCO, Y PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL EL ESTADO DE SINALOA, EL DIA CINCO DEL MISMO MES Y AÑO, LA PUBLICACION DEL EDICTO ORDENADO EN ESTE NEGOCIO DEBERA HACERSE UTILIZANDO FUENTE DE LETRA LEGIBLE Y DE TAMAÑO NO MENOR A OCHO PUNTOS.

Los Mochis, Sin., a 26 de abril de 2010.

La C. Secretario Segundo

Lic. Zoyla Rosa Villanazul Martínez

Rúbrica.

(R.- 306053)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito

Mexicali, Baja California

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California,

con Residencia en Mexicali

Juicio de Amparo 542/2009-2

EDICTO

En los autos del juicio de amparo número 542/2009-2, se ordenó emplazar a juicio al tercero perjudicado FRANCISCO HERNANDEZ VAZQUEZ, en términos de lo dispuesto por el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el diverso numeral 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de la Materia y se hace de su conocimiento que DAVID WIRANO ARGUILEZ GALLEGO, interpuso demanda de amparo, contra actos del Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil, con residencia en esta ciudad y otras autoridades, los cuales hace consistir en: ““1.- Del C. Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil de este Judicial de Mexicali Baja California, reclamo el embargo ordenado
y trabado con motivo de la tramitación del incidente de pago de honorarios dentro del juicio ordinario civil radicado bajo expediente número 1141/94, promovido por INMOBILIARIA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA en contra de FRANCISCO HERNANDEZ VAZQUEZ Y OTROS ante el Juzgado Primero de lo Civil, el cual fue practicado sobre una superficie de 70 hectáreas, superficie que recayó sobre el terreno de mi propiedad, según se verá más adelante, el cual se identifica como: Lote sin número, sin manzana, también identificado como Fracción III del Rancho Punta Estrella de esta ciudad, con superficie de 86-17-00, (OCHENTA Y SEIS HECTAREAS, DIECISIETE AREAS, CERO CENTIAREAS) ubicado en el puerto de San Felipe, en el municipio de Mexicali, del Estado Baja California, con las siguientes colindancias: Al Norte
con lote numero 16; Al Sur, con lote numero 19-A; Al Este, con Rancho Punta Estrella Fracción IV y al Oeste, con terrenos del suscrito, superficie total que es propiedad suscrito quejoso. Asimismo, reclamo de la autoridad señalada como responsable ordenadora, las consecuencias derivadas del referido embargo trabado en el incidente de pago de honorarios, promovido dentro del juicio ordinario civil 1141/94 ya mencionado, como son la orden de remate de adjudicación hecha de la superficie de 70 hectáreas a favor de JUAN ARTURO AMADEO CAMPOS NORIEGA, así como la orden de poner en posesión a dicho adjudicatario, que pudiera emitir o haya emitido la autoridad responsable Juez Primero de lo Civil, o cualquier oficio o la misma haya girado o pretenda girar a la diversa autoridad señalada como responsable ejecutora Juez Mixto de Primera Instancia en el puerto de San Felipe, mismos actos y superficie que recayeron sobre el inmueble de mi propiedad. II.- De las autoridades señaladas como ejecutoras en los incisos A, B, C, D y E reclamo la ejecución de la orden de embargo, por la que se trabo el embargo que afecta y recae de manera legal sobre el bien inmueble de mi propiedad, mismo que quedo identificado en párrafos anteriores, y que solicito se de aquí por reproducida dicha identificación, para todos los efectos legales correspondientes; la ejecución de cualquier exhorto que se les haya girado, con el propósito de poner en posesión al adjudicatario ya mencionado, de la superficie de 70 hectáreas que afecta y recae sobre el inmueble de mi propiedad; el auxilio que las autoridades municipales en San Felipe pueda prestar para tales efectos; asimismo la inscripción en la oficina del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, del embargo que afecta y recae de manera ilegal sobre el inmueble de de mi propiedad.”; se le EMPLAZA y se le hace saber que deberá comparecer ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California, ubicado en el Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación, calle del Hospital número 594, Centro Cívico y Comercial, de esta ciudad de Mexicali, Baja California, Código Postal 21000, dentro del termino de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto, a efecto de hacerle entrega de la demanda de garantías la cual se admitió en este juzgado de distrito con fecha catorce de agosto de dos mil nueve, y del proveído dictado en esta misma fecha por el que se ordena su emplazamiento, se le apercibe que en caso de no hacerlo así se seguirá el juicio en rebeldía y las ulteriores notificaciones aún las que tengan carácter personal se le harán por medio de lista que se le fije en los estrados de este juzgado, en términos del artículo 30, fracción II, conforme a las reglas establecidas en el diverso 28, fracción III, ambos de la ley de amparo.

Para su publicación por tres veces consecutivas, de siete en siete días, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República.

LO QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.

Mexicali, B.C., a 15 de abril de 2010.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California

Lic. Roberto Medina Arellano

Rúbrica.

(R.- 306365)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado

H. Matamoros, Tamaulipas

El dieciocho de marzo de dos mil diez, doy cuenta al Juez con el oficio MAT/058/2010 con un anexo, suscrito por el Director del Instituto Registral y Catastral de Tamaulipas de esta ciudad, así como con el estado del juicio de amparo 33/2010-IV. Conste

La Secretaria.

Matamoros, Tamaulipas, dieciocho de marzo de dos mil diez.

Téngase por recibido el oficio MAT/058/2010 con un anexo, suscrito por el Director del Instituto Registral y Catastral de Tamaulipas de esta ciudad, a través del cual remite copia certificada del acta constitutiva registrada en esa oficina, relativa a la sociedad cooperativa La Sirenita, S.C.L., así como la verificación de lo anterior; con fundamento en el artículo 221 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, de conformidad con su numeral 2o. se ordena agregar a sus autos para que obre como corresponda.

Se tiene a la autoridad antes citada dando cumplimiento a lo solicitado en auto de ocho de marzo
del presente año (foja 211), ya que del primero de tales anexos se desprende el domicilio de la referida persona moral.

Ahora bien, advirtiéndose de autos que dicho domicilio es el mismo que proporcionara la parte quejosa y el jefe de la Oficina Fiscal del Estado (foja 200), en el cual el actuario adscrito fue informado que no corresponde al de la tercero perjudicada sociedad Cooperativa La Sirenita de Matamoros, S.C.L., con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se ordena emplazar a dicha tercero perjudicada, haciéndole saber que se admitió a trámite la demanda de amparo, promovida por Francisco Camacho Urbina, contra actos de los Integrantes de la Junta Especial número seis de la Local de Conciliación y Arbitraje de esta ciudad, dentro del expediente laboral 00133/6/2007; ello a través de edictos que se publicarán a costa del quejoso por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.

Al respecto es aplicable la tesis de jurisprudencia II.T.15 K, emitida por el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, visible en la página 833, Novena Epoca, Tomo XII, Julio de dos mil, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, que a la letra dice:

“TERCERO PERJUDICADO. SU EMPLAZAMIENTO, CUANDO EL QUEJOSO NO SEÑALA DOMICILIO POR IGNORARLO. De acuerdo con lo dispuesto en la fracción II, del artículo 116 de la Ley de Amparo, en la demanda de garantías el quejoso debe indicar el nombre y domicilio del tercero perjudicado; empero, si manifiesta que ignora el último dato, es indudable que no se le puede obligar a proporcionarlo.
En consecuencia, es indebido tener por no interpuesto el libelo, sustentando que incumplió la prevención vinculada con dicho requisito, porque en aquella hipótesis, el Juez Federal tiene la obligación de dictar las medidas pertinentes con el objeto de investigar la residencia y de no localizarla, practicar el emplazamiento por edictos, como lo prevé la fracción II del numeral 30 de ese ordenamiento.”

Indíquese a la tercero perjudicada sociedad cooperativa La Sirenita de Matamoros, S.C.L., que deberá comparecer ante este Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales, dentro de los treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto, y señalar dirección para oír y recibir notificaciones en esta localidad, apercibida que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le realizarán por medio de lista que se publica en este Juzgado de Distrito, de conformidad con lo previsto por el numeral 30, fracción II, de la Ley de Amparo.

Asimismo, comuníquesele por vía de edictos que las copias de la demanda quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.

Por otro lado, se ordena a la Secretaría fije en la puerta de este Tribunal copia certificada de la parte conducente del presente proveído, por el tiempo que dure el emplazamiento.

A fin de que se dé cumplimiento a lo antes ordenado, requiérase al impetrante del amparo en cita, para que en el término de tres días, comparezca ante este Juzgado a recibir las copias certificadas de lo esencial del presente acuerdo para su publicación por edictos, y una vez que se haya efectuado la reseñada publicación, presente ante este órgano jurisdiccional las constancias que acrediten que ordenaron la publicación del edicto aludido, apercibido que de ser omiso al respecto, se decretará el sobreseimiento en el presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en la jurisprudencia número 2a./J. 64/2002, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 211 del Apéndice al semanario Judicial de la Federación y su gaceta, Tomo XVI, correspondiente al mes de julio de dos mil dos, Materia Común, Novena Epoca, que es del tenor siguiente:

“EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS, PAGAR SU PUBLICACION Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado se hará mediante notificación personal, siempre que se conozca o se logre investigar su domicilio, o por medio de edictos a costa del quejoso, si a pesar de la investigación se ignora aquél, Ahora bien, del análisis sistemático de lo previsto en el artículo 73, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, en relación con los diversos dispositivos 30, fracción II y 5o., fracción III, del propio ordenamiento, así como en el numeral 14, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se concluye que si una vez agotada la investigación a que alude el referido artículo 30, fracción II, y ordenado el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado por medio de edictos a costa del quejoso, éste no los recoge, paga su publicación y exhibe ésta, procede decretar el sobreseimiento en el juicio de garantías, toda vez que incumple con un presupuesto procesal, que se erige en formalidad esencial del procedimiento y hace que el juzgador de amparo no pueda pronunciarse sobre el fondo de lo planteado en el juicio constitucional; por ende, se actualiza una causa de improcedencia, pues con la no publicación de los edictos ordenados queda paralizado el juicio de garantías al arbitrio del quejoso, con lo que se contraviene lo dispuesto en el artículo 17 de la Constitución Federal, puesto que se entorpece la administración de justicia, por retardarse la solución del conflicto, ya que ello no es atribuible al órgano jurisdiccional, sino al propio quejoso, cuyo interés particular no puede estar por encima del interés público, tutelado por dicho precepto constitucional, en razón de que la sociedad está interesada en que los juicios se resuelvan dentro de los términos que al respecto señale la ley y no quede su resolución al arbitrio de una de las partes, en este caso del quejoso.”

Notifíquese personalmente.

Así lo acuerda y firma el licenciado Francisco Javier Cavazos Argüelles, juez de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el estado de Tamaulipas, ante la licenciada Norma Verónica García Hurtado, secretaria con quien actúa y da fe.

Certificación

Matamoros, Tamaulipas, veintitrés de marzo de dos mil diez, la suscrita licenciada Norma Verónica García Hurtado, secretaria del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el estado de Tamaulipas, certifica y hace constar que la presente impresión es fiel y exacta de su original que obra agregada al juicio de amparo número 33/2010-IV. Conste.

La Secretaria

Lic. Norma Verónica García Hurtado

Rúbrica.

(R.- 305850)



Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial del Estado

Guanajuato

Juzgado Segundo Civil de Partido

Secretaría

San Francisco del Rincón, Gto.

EDICTO

Publíquese por tres veces dentro de nueve días en la tabla de avisos de este tribunal y en el Diario Oficial de la Federación, anunciándose el remate en Primer Almoneda a las 10:00 diez horas del día veintiuno de mayo del año dos mil diez, de los bienes inmuebles embargados dentro del juicio ejecutivo mercantil número M24/2007, promovido por la Licenciada María Santos Alvarado León en su carácter de apoderada legal de Financiera Rural, Organismo Público Descentralizado en contra de la sociedad mercantil denominada "New & Fresh Colors in Synthetics" y José Armando Chávez Rodríguez y son los siguientes:

I. FRACCION DE TERRENO FRACCION 2 DOS PARCELA 596Z 1 P 1/6 UBICADA EN EL POBLADO BARRIO DE GUADALUPE DE ESTE MUNICIPIO, CON UNA SUPERFICIE DE 10,989.76 METROS CUADRADOS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLlNDANCIAS: AL NORTE, 66.83 METROS LINEALES, 24.47 METROS LINEALES, 44.62 METROS LINEALES Y LINDA CON FRACCION I y PARCELA NUMERO 580; AL SUR, 58.88 METROS LINEALES Y LINDA CON REGADERA; AL ORIENTE, 103.21 METROS LINEALES Y LINDA CON CAMINO Y FRECHA (SIC), Y; AL PONIENTE, 131.82 METROS LINEALES Y LINDA CON FRACCION 3 TRES, con valor pericial de $20'251,500.00 (veinte millones doscientos cincuenta y un mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional); siendo su postura legal sus DOS TERCERAS PARTES, la cantidad de $$13'501,000.00 (trece millones quinientos un mil pesos 00/100 moneda nacional).

II. FRACCION DE TERRENO DEL PREDIO RUSTICO UBICADO EN EL SALITRE, MUNICIPIO DE ABASOLO, GUANAJUATO, CON UNA SUPERFICIE DE 3-09-90 HECTAREAS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLlNDANCIAS: AL NORTE, 367.00 METROS LINEALES Y LINDA CON RAUL CHAVEZ; AL SUR, 312.80 METROS LINEALES Y LINDA CON LUIS MARTINEZ MARTINEZ; AL ORIENTE EN TRES TRAMOS EL PRIMERO DE SUR A NORTE EN 77.00 METROS, EL SEGUNDO DE PONIENTE A ORIENTE EN 29.50 METROS Y LINDA CON VARIOS PROPIETARIOS, EL TERCERO DE SUR A NORTE EN 20.00 METROS Y LINDA CON CAMINO VECINAL, Y; AL PONIENTE, 97.00 METROS LINEALES CON LUIS MARTINEZ MARTINEZ, con valor pericial de $543,000.00 (quinientos cuarenta y tres mil pesos 00/100 moneda nacional); siendo postura legal las DOS TERCERAS PARTES, misma que asciende a $362,000.00 (trescientos sesenta y dos mil pesos 00/100 moneda nacional).

III. GRANJA PERISODA IDENTIFICADA COMO FRACCION DEL PREDIO EL CERRITO DE LOS BUEYES DEL MUNICIPIO DE ABASOLO, GUANAJUATO, QUE MIDE Y LINDA AL NORTE EN LINEA QUEBRADA DE DOS TRAMOS EN LA MISMA DIRECCION 168.20 METROS Y 3.85 METROS Y LINDA CON CAMINO A LA ESTACION; AL SURESTE, 189.55 METROS LINEALES Y LINDA CON CELEDONIO MARTINEZ; AL PONIENTE, EN DOS TRAMOS: EL PRIMERO DE SURESTE A NOROESTE EN 122.20 METROS EL SEGUNDO DE SUR A NORTE EN 20.00 METROS AMBOS CON J. GUADALUPE y CONSUELO GALLARDO, con valor pericial de $10'245,500.00 (diez millones doscientos cuarenta y cinco mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional); siendo postura legal sus DOS TERCERAS PARTES, misma
que asciende a $6'830,333.20 (seis millones ochocientos treinta mil trescientos treinta y tres pesos 20/100 moneda nacional).

IV. FRACCION DE TERRENO UBICADA EN EL PREDIO RUSTICO DENOMINADO SAN CAYETANO DEL MUNICIPIO DE ABASOLO GUANAJUATO, CON UNA SUPERFICIE DE 5-00-00 HECTAREAS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLlNDANCIAS: AL NORTE, 216.60 METROS LINEALES Y LINDA CON VICENTE ACEVEDO; AL SUR, 210.55 METROS LINEALES Y LINDA CON MIGUEL ACEVEDO; AL ORIENTE, 339.55 METROS LINEALES Y LINDA CON MILTON MORENO, Y; AL PONIENTE 169.88 METROS LINEALES CON J. JESUS CARRILLO, con valor pericial de $7'581,500.00 (siete millones quinientos ochenta y un mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional); siendo postura legal sus DOS TERCERAS PARTES, misma que asciende a $5'054,333.20 (cinco millones cincuenta y cuatro mil trescientos treinta y tres mil pesos 20/100 moneda nacional).

V. FRACCION DE TERRENO RUSTICO DENOMINADO POTRERILLOS DEL MUNICIPIO DE HUANIMARO, GUANAJUATO, CON UNA SUPERFICIE DE 66-00-00 HECTAREAS, DE LAS CUALES
7-92-35 HECTAREAS SON DE SEGUNDA CLASE Y 19-07-65 HECTAREAS SON DE AGOSTADERO Y
39-00-00 SON DE INSULTIVABLE (SIC), AL NORTE LINDA CON EJIDO AGUA BLANCA, AL SUR LINDA CON HERMILlO AMEZQUITA, AL ORIENTE LINDA CON LUZ CASTRO ACOSTA Y EJIDO AMEZQUITA, Y; AL PONIENTE LINDA CON EJIDO SANTA RITA, con valor pericial de $8'306,000.00 (ocho millones trescientos seis mil pesos 00/100 moneda nacional); siendo postura legal sus DOS TERCERAS PARTES misma que asciende a $5'537,333.20 (cinco millones quinientos treinta y siete mil trescientos treinta y tres pesos 20/100 moneda nacional).

VI. FRACCION DE TERRENO UBICADA EN EL PREDIO RUSTICO DENOMINADO LAS MESAS DEL MUNICIPIO DE HUANIMARO, GUANAJUATO, CON UNA SUPERFICIE DE 20-00-00 HECTAREAS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLlNDANCIAS: AL NORTE EN LINEA QUEBRADA DE PONIENTE A ORIENTE EN 205.63 METROS Y LINDA ACTUALMENTE CON POBLADO LAS MESAS; AL SUR, 520.11 METROS LINEALES Y LINDA ACTUALMENTE CON PROPIEDAD DEL SEÑOR PABLO VAZQUEZ AGUILERA; AL ORIENTE EN LINEA QUEBRADA DE NORTE A SUR EN 547.01 METROS CON EJIDO DE OTATES, Y; AL PONIENTE, EN LINEA QUEBRADA DE NORTE A SUR EN 584.66 METROS CON SEÑORES GONZALEZ, con valor pericial de $$3'600,000.00 (tres millones seiscientos mil pesos 00/100 moneda nacional); siendo su postura legal sus DOS TERCERAS PARTES, con valor pericial de $2'400,000.00 (dos millones cuatrocientos mil pesos 00/100 moneda nacional).

VII. INMUEBLE CONSISTENTE EN UNA FRACCION DEL PREDIO RUSTICO DENOMINADO LAS ANIMAS O EL CERRITO DE LOS BUEYES DEL MUNICIPIO DE ABASOLO, GUANAJUATO, CON SUPERFICIE DE 6,180.80 METROS LINEALES: QUE MIDE Y LINDA AL NORTE, 104.68 METROS LINEALES Y LINDA CON JAVIER MARTINEZ RAMOS; AL SUR, 104.68 METROS LINEALES Y LINDA CON CAMINO VECINAL; AL ORIENTE, 59.04 METROS LINEALES Y LINDA CON SALUD AVILES CORTES, Y; AL PONIENTE, 59.04 METROS LINEALES Y LINDA CON PEDRO AYALA, con valor pericial de 630,500.00 (seiscientos treinta mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional); siendo su postura legal sus DOS TERCERAS PARTES, con valor pericial de $420,333.32 (cuatrocientos veinte mil trescientos treinta y tres pesos 32/100 moneda nacional), convóquense a postores.

San Francisco del Rincón, Gto., a 28 de abril de 2010.

“2010. Año del Bicentenario de la Independencia Nacional y del Centenario de la Revolución Mexicana”

La Ciudadana Secretaria Interina de Acuerdos del Juzgado Segundo Civil de Partido

Lic. Fabiola Camacho Patlán

Rúbrica.

(R.- 305939)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Segundo Tribunal Unitario del Décimo Primer Circuito en Morelia, Mich.

EDICTO

Por este medio, en cumplimiento a lo ordenado en auto de dieciséis de febrero del dos mil diez, dictado en el cuaderno formado con motivo de la demanda de amparo directo promovida por el licenciado José Luis Cruz López, apoderado jurídico de la quejosa National Unión Fire Insurange Company Of Pittsburgh, P.A., contra la resolución dictada por este Tribunal, en el toca civil 13/2008, relativo al concurso mercantil 1/2004, del índice del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado, con residencia en Uruapan, Michoacán, demanda que dio origen al juicio de amparo directo número 291/2009; se emplaza a juicio a: AGUSTIN VELAZQUEZ LAGUNAS, ALFONSO JAVIER SERVIN PIMENTEL, ANGEL FELIPE MARTINEZ NAVA, ANGEL GABINO REYES HERNANDEZ, ARTURO RUIZ MILLAN , BENITO AGUILAR MARTINEZ, CRISTOBAL VARGAS ALBIZAR, DIEGO CALDERON DURAN, ELVIRA BOLAÑOS MARTINEZ, ERNESTO RAMIREZ HUERTA, EUSTORGIO FELICIANO CRISTOBAL, FERNANDO RAMIREZ DIAZ, FLORIBERTO CHINO CASIANO, GERARDO HERNANDEZ MARTINEZ, HIRAM ORLANDO BOLAÑOS CACHO, HUGO GARCIA ARCIGA, IGNACIO DE LOYOLA MOLINA ESTRADA, JAVIER VELAZQUEZ CORZA, JORGE GARCIA FLORES, JOSE FRANCISCO LUA LOPEZ, JOSE LUIS CASTRO CHENGE, JOSE LUIS GARCIA ARROYO, JOSEFINA SALGADO RUEDA RODRIGUEZ, JUAN CARLOS VELAZQUEZ SOLORZANO, JUAN FERNANDO AGUIRRE SAMANO, LUIS ESPINOZA ZACARIAS, LUIS FELIPE RIVERA ZARZOSA, MAGALI TESTA MERCADO, MIGUEL ANGEL JIMENEZ PANIAGUA, RAMIRO CASTRO CHIHUAQUE, RAMIRO GERONIMO JIMENEZ, ROSAURA GUADALUPE AGUILAR SALAZAR, RUBICELI SALGADO ZAMUDlO, TERESA CENDEJAS ROSALES, VICTOR MANUEL PEREZ VALDOVINOS, HUMBERTO BRAVO MENA, ALFONSO CARRERA TADEO, AMADIEL LEYVA CORDOVA, AMANDO CAMACHO CHINO, CARLOS VILLALOBOS TAFOLLA, FRANCISCO MORA ALEJANDRE, GREGORIO GARCIA LAUREL, JAVIER LEYVA SERRANO, JOSAFAT CLICERIO LOPEZ, JOSE ANTONIO GOMEZ CARDENAS, JOSE LUIS DOMINGUEZ GODINEZ, JOSE RODRIGUEZ ROSALES, MARTIN EQUIHUA RODRIGUEZ, MAURICIO LOGINOS RODRIGUEZ, ROBERTO DORANTES PINEDA, ROBERTO SALAZAR CHAVEZ, SALUSTIO DE LOS SANTOS ROSALES, VICTOR HUGO ABAUNZA OROZCO, A.A. ROBERTO RAMOS Y SUCESORES, ACERO CENTRO, AISLAMIENTO Y FORROS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, ALFA EQUIPOS DE OFICINA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, ALFA MARINE SURVEYORS, ALIS CONEXIONES INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, ARPILLAS Y SACOS DE PLASTICO DE PEROTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, ARRENDADORA CAPITAL CORPORATION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, AUTO EXPRESS UNION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, BICOR DISEÑO CIENTIFICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, BYRON JACKSON CO. SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CALFINA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CALGON DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CARLOS ANDRELL CAMACHO VIEYRA, CASA ARGOYTIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CASA ROCAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CASTRO DE LA CRUZ ROMAN, CAZER CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CC. INGENIEROS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, COMERCIAL FERRETERA RIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, COMERCIALIZADORA GROCANO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, COMPAÑIA REGIOMONTANA DE TRAJES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, COMPUTACION TAl, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONAGRA INTERNACIONAL, CONSTRUCTORA CAYRE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONSTRUCTORA Y DESARROLLOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONTROLES E INSPECCION ESPECIALIZADA, COSAISA, COSTACERO, CRIBAMICH, DESPACHO AJR CONSULTING, DESPACHO ROEL Y ASOCIADOS S.C., DIDICABLE SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, DISEÑO CLIMA Y CONFORT SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, DISTRIBUIDORA ELECTRICA KARLEON SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, ELECTROCONTROLES DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, ELIGIO SANCHEZ OSUNA, EMBALAJES BARRAGAN SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, EQUIPOS Y COMPONENTES PARA MANEJO DE SOLIDOS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, ESPECIALISTAS TECNICOS EN FLUIDOS DE DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, FILTRANTES TECNICOS SOCIEDAD ANONIMA, FISHER ROSEMOUNT SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, FOTO RIVERA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, FREDA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, FRONTIER INTERNATIONAL SHOPPING, GAS DE MICHOACAN SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, GATES RUBBER DE MEXICO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, GRUPO VYCIR SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, HUMBERTO SANCHEZ GARZON, IMC GLOBAL OPERATION, INC., INSTRUMENTACION INDUSTRIAL INTEGRADA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, JESUS FIGUEROA FONSECAL, JUAN ANTONIO TREVIÑO VALDEZ (REMAP DE MONTERREY), JUAN FERNANDO GARCIA RODRIGUEZ. KALTNBACH -THURENING S.A., LOGISTICA MULTIMODAL SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, MANTENIMIENTO INTEGRAL DE MONTERREY SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, MARCELINO FINO ARCOS, MATERIAL Y EQUIPO MEDICO PARA HOSPITAL, METALICA DE BARLOVENTO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, METALICA DE LA COSTA MICHOACANA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, MILLER POTENCIA FLUIDA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, MULTICONTROL SUMINISTROS DEL BALSAS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, MYTOSA DEL BALSAS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, NPK CHEMICAL VENTURES SOCIEDAD POR ACCIONES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, NUEVO DEPOSITO FERRETERO S.A, ORPA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, PAMA S.A., PRAXAIR MEXICO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, PRODUCTOS QUIMICOS Y SERVICIOS ROMA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, PROMOCIONES INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, PROTINSA SEGURIDAD INDUSTRIAL, R.A. RODRIGUEZ SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, RADIO TAXI R.O.A. LAS TRUCHAS A.C., REFACCIONES INDUSTRIALES DE MEXICO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, REPRESENTACIONES INGENIERIA Y VENTAS ESPECIALIZADAS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, REPRESENTACIONES, DISTRIBUCIONES INDUSTRIALES S.A., RUFINA RANGEL MORALES, TECNO PROCESS INDUSTRIALES, TFM. SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, TITANOX SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, TRACTORES Y MAQUINARIAS, TRANSFAMA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, TRANSAMMONIA INC. (INES VARGAS CHRISTLIEB), TRIDEX COMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, TUBERIA DE ACERO DE MONTERREY SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SAN JUAN NAVIGATION LLC, SISTEMAS Y SERVICIOS DE RADIOCOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA ASSOCIATES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOLOL GRUPO FINANCIERO ASOCIATES, SOCIETE GENERALE DE SURVEILLANCE DE MEXCIO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, TECNIPARTES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, TUV AMERICA DE MEXICO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, UNITRAMP LIMITED, VAESA DE MEXICO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, VIAJES REYNA PIO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, VICENTE J. LOPEZ CHAVEZ, WENCESLAO LOPEZ ARNAIZ, Y A QUIEN ACREDITE TENER EL CARACTER DE ALBACEA EN EL JUICIO SUCESORIO, QUE EN SU CASO, SE HUBIERE RADICADO A BIENES DEL EXTINTO ALFONSO CARRERA TADEO, terceros perjudicados en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Lo anterior, de conformidad con el artículo 315 deI Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la Secretaría de este Organo Judicial, copia simple de la demanda de garantías y anexos que se acompañan. Se les hace saber que cuentan con el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran ante el Tribunal Colegiado en Materia ‘Civil del Décimo Primer Circuito, con residencia en esta ciudad de Morelia, Michoacán, a hacer valer lo que a sus intereses conviniere y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad Capital.

Atentamente

Morelia, Mich., a 16 de febrero de 2010.

La Secretaria del Segundo Tribunal Unitario del Décimo Primer Circuito

Lic. Celia Montoya Rojas

Rúbrica.

(R.- 306170)






AVISOS GENERALES





BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A.

INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE

GRUPO FINANCIERO BANORTE (DIVISION FIDUCIARIA)

CONVOCATORIA

ASAMBLEA GENERAL DE TENEDORES DE

CERTIFICADOS DE PARTICIPACION ORDINARIOS NO AMORTIZABLES

“CEMEX.CPO”

Se convoca a los Tenedores de Certificados de Participación Ordinarios No Amortizables de Cemex, S.A.B. de C.V., a una Asamblea General de Tenedores que deberá celebrarse en primera convocatoria en el Centro Financiero Banamex, ubicado en Calzada del Valle número 350 Oriente, 1er. piso, colonia Del Valle,
en el Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, a las 10:00 (diez) horas del día 9 (nueve) del mes de junio del año 2010 (dos mil diez), para resolver sobre los asuntos contenidos en el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I. PRESENTACION, DISCUSION Y APROBACION, EN SU CASO, DE PROPUESTA PARA CONSOLIDAR LAS ACTAS DE EMISION DE CERTIFICADOS DE PARTICIPACION ORDINARIOS NO AMORTIZABLES DENOMINADOS “CEMEX.CPO”, MODIFICAR LA CLAUSULA PRIMERA DEL ACTA DE EMISION E INCREMENTAR EL NUMERO DE “CEMEX.CPO” PARA SER SUSCRITOS CON POSTERIORIDAD CON MOTIVO DE LA CONVERSION DE OBLIGACIONES EMITIDAS POR CEMEX, S.A.B. DE C.V., TODO LO ANTERIOR A EFECTO DE DAR CUMPLIMIENTO A LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE CEMEX, S.A.B. DE C.V. CELEBRADA EL PASADO 29 DE ABRIL DE 2010.

II. DESIGNACION DE DELEGADOS ESPECIALES.

III. LECTURA Y, EN SU CASO, APROBACION DEL ACTA DE ASAMBLEA.

Se comunica a los Tenedores de Certificados de Participación Ordinarios No Amortizables “Cemex.CPO” que las tarjetas de admisión para asistir a la Asamblea se entregarán contra la constancia de depósito respectiva expedida por el S.D. Indeval, S.A. de C.V., Institución para el Depósito de Valores y, en su caso, con los listados complementarios a que se refiere la Ley del Mercado de Valores. Las tarjetas de admisión correspondientes se deberán solicitar y entregar en días hábiles, en las oficinas del Representante Común, Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, División Fiduciaria, ubicadas en avenida Revolución número 3000 Sur, colonia Primavera, 4o. piso, de esta ciudad, a más tardar a las trece horas del día 2 (dos) de junio del presente año.

Monterrey, N.L., a 5 de mayo de 2010.

Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple

Grupo Financiero Banorte (División Fiduciaria)

Representante Común de los Tenedores

Delegado Fiduciario

Lic. Miguel Arnulfo Ramos Salgado

Rúbrica.

(R.- 306348)

Estados Unidos Mexicanos

Cámara de Diputados

Auditoría Superior de la Federación

Unidad de Asuntos Jurídicos

Dirección General de Responsabilidades

Procedimiento DGR/C/12/2009/R/05/051

Oficio DGR/C/1369/2010

ASUNTO: Citatorio para audiencia.

C. MANUEL ENRIQUE SEGURA GUTIERREZ.

Por desconocerse su domicilio, por acuerdo del 29 de marzo de 2010, dictado en el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias citado al rubro, se ordenó su notificación por edictos; por lo que en cumplimento de los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 74 fracción VI, párrafo segundo y 79 fracción IV, de la propia Constitución Federal; 1o., 2o., 12o. fracción IV, 15 fracción XVI, 49 fracción I, 50 fracción I, 51, 52, 53, 54, 57, 58, 59, 60 y 65 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; 2o., apartado 52000, 14 fracción LIII
y 28 fracción III, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de agosto de 2009; y apartado 52000, numeral 14, del Manual de Organización de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el citado órgano informativo oficial el 14 de septiembre de 2009, se le cita para que comparezca ante el suscrito en las oficinas de la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, sitas en el 1er. piso del inmueble ubicado en avenida Coyoacán 1501, colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, código postal 03100, en el Distrito Federal, al desahogo de la audiencia prevista en la fracción I del artículo 57 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a celebrarse a las 11:15 horas, del décimo quinto día hábil siguiente a aquél en que surta efectos la notificación del presente oficio citatorio, según el artículo 60 de la citada Ley. Ello, debido a presuntas irregularidades detectadas durante la auditoría 458, denominada Egresos Presupuestales para el Otorgamiento de Créditos, practicada al Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C., (BANCOMEXT), descritas en el Pliego de Observaciones 059/2008, del 30 de mayo de 2008, por un monto de $24,967,682.96 (VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 96/100 M.N.), pliego que fue notificado al entonces Director General de BANCOMEXT, por oficio DGR/C/1249/2008, del 3 de junio de 2008. Al efecto, la entidad fiscalizada, en respuesta al citado pliego de observaciones, remitió documentación e información, que fue analizada por la Dirección General de Auditoría Financiera Federal “C” de la Auditoría Superior de la Federación, concluyendo en su dictamen técnico DGAFF“C”/DT/014/2009, del 16 de junio de 2009, la no solventación del citado pliego de observaciones, persistiendo una presunta afectación patrimonial a la entidad fiscalizada por $24’967,682.96 (VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 96/100 M.N.); dictamen técnico que corre agregado al expediente técnico integrado con motivo de la auditoría señalada, en el que se describen las irregularidades presuntamente cometidas por Usted, durante su desempeño como Ejecutivo de Cuenta Titular de Promoción de Negocios del Centro Bancomext, Gómez Palacio, Durango, las cuales se hacen consistir en: No coordinar, ni dar seguimiento a los procesos de operación, supervisión y de administración de once créditos, así como que omitió vigilar que las garantías
de dichos créditos conservaran la proporción mínima requerida; asimismo, omitió verificar que se regularizarán los incumplimientos a los términos y condiciones pactadas en los convenios de Reconocimiento y Reestructuración de Adeudos, determinados mediante los informes de supervisión de los ejercicios fiscales de 2004 y 2005, reportados por la Dirección de Supervisión de Crédito y Administración de Cartera, ni emprendió las medidas correctivas que minimizaran los riesgos de cobro con el fin de promover una sana operación y la recuperación de los apoyos otorgados, las citadas omisiones provocaron que los acreditados ingresaran
a la cartera vencida con fechas 5 de agosto y 2 de septiembre de 2005, según lo señalado en el Reporte
de Cartera Vencida Total por Grupo de Riesgo, al 31 de diciembre de 2005, y que no fuera posible la recuperación de los créditos otorgados. Por lo que al no comprobarse el debido seguimiento y las gestiones pertinentes de cobranza para la recuperación de los créditos otorgados, además de no haber vigilado que las garantías fueran reales y suficientes para cubrir los adeudos, se provocó que no fuera posible la recuperación de los créditos otorgados, razón por la cual con las conductas descritas, Usted ocasionó presumiblemente un daño al patrimonio de la entidad fiscalizada, por $24’967,682.96 (VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 96/100 M.N.), que corresponde al importe de las irregularidades citadas, infringiendo los artículos 30, tercer párrafo, de la Ley de Instituciones de Crédito, en relación con el artículo 6, fracción I, de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C. y 4o. del Reglamento Orgánico del Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional
de Crédito Institución de Banca de Desarrollo y la función número 3, del Ejecutivo de Cuenta Titular de Promoción de Crédito del Manual de Organización de Bancomext; Apartado de Propósitos y Lineamientos correspondientes a los párrafos segundo, tercero, quinto y sexto del Tomo I, Capítulo 600 Administración de Cartera, subapartado 605 Seguimiento de Cartera de los Lineamientos del Manual de Crédito de Primer Piso; presumiéndose que incurrió en responsabilidad resarcitoria según los artículos 50, fracción I, 51, 52, 53 y 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y debe sujetarse al procedimiento previsto en el artículo 57 de la Ley señalada y, en su caso, a la obligación de resarcir el monto del daño que se le imputa, el que se actualizará para efectos de su pago, en la forma y términos que establece el Código Fiscal de la Federación, en tratándose de contribuciones, según el artículo 62 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. En la audiencia a la que se le cita personalmente, podrá manifestar lo que a su interés convenga, ofrecer pruebas y formular alegatos, pudiendo asistir acompañado de abogado defensor o persona de confianza; apercibido que de no comparecer personalmente, sin justa causa, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y por precluido su derecho para ofrecer pruebas o formular alegatos, y se resolverá con los elementos que obren en el expediente, según el artículo 57 fracción III de la Ley señalada. Asimismo, según los artículos 57 fracción V, párrafo segundo, y 59 de la Ley en cita, se le pone a la vista para consulta, en días hábiles y en un horario de 9:00 a 18:30 horas, el expediente DGR/C/12/2009/R/05/051, en las oficinas ubicadas en el domicilio señalado anteriormente.

México, D.F., a 20 de abril de 2010.

El Director General de Responsabilidades

Lic. Guillermo Narváez Bellacetín

Rúbrica.

(R.- 306106)



CLUB ALEMAN DE MEXICO, S.A. DE C.V.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

SEGUNDA CONVOCATORIA

En cumplimiento a lo ordenado por los artículos 180, 181, 183, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, 47 de los estatutos sociales, y al acuerdo del Consejo de Administración de veinte de enero
de dos mil diez, se cita en segunda convocatoria a los accionistas del Club Alemán de México, S.A. de C.V.,
a la Asamblea General Ordinaria Anual, que se llevará a cabo en el domicilio social ubicado en Aldama 153, colonia Tepepan, Xochimilco, México, D.F., 16020, a las dieciocho horas, del veintiséis de mayo de dos mil diez, la cual se desarrollará de acuerdo con el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I. Apertura e instalación de la Asamblea.

II. Designación de escrutadores y verificación del quórum legal.

III. Informe del Consejo de Administración, sobre la situación financiera de la sociedad, correspondiente
al ejercicio social de 2009.

IV. Informe de los comisarios de la sociedad.

V. Aprobación y aplicación de los resultados financieros del ejercicio social de 2009.

VI. Presentación del informe ejecutivo del Consejo de Administración.

VII. Aprobación y ratificación de los actos y acuerdos del Consejo de Administración.

VIII. Ratificación de la renuncia a percibir emolumentos correspondientes a los administradores y comisarios.

IX. Designación de delegados para protocolizar ante notario público, el acta de la Asamblea.

X. Clausura formal.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 57 de los estatutos sociales, para tener derecho a asistir
a la Asamblea, los accionistas deberán depositar sus acciones en la secretaría de la sociedad o en alguna institución de crédito del país o del extranjero que elija el accionista, a más tardar la víspera del día en que
la Asamblea deba reunirse. La constancia de depósito servirá como tarjeta de admisión a la Asamblea.

México, D.F., a 22 de abril de 2010.

Presidente del Consejo de Administración

Lic. Víctor Manuel Alonso Guzmán

Rúbrica.

(R.- 306285)

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Nulidades

HOME BOX OFFICE, INC.

Vs.

NATANAEL COVARRUBIAS ENRIQUEZ

M. 794869 THE PACIFIC FILMWORKS Y DISEÑO

ExPed. P.C. 6/2010 (C-2) 42

Folio 6994

NOTIFICACION POR EDICTO

NATANAEL COVARRUBIAS ENRIQUEZ

Por escrito presentado en la oficialía de partes de la Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual, el día 7 de enero de 2010, al cual recayó el folio de entrada 000042, José F. Hinojosa Cuéllar, apoderado de HOME BOX OFFICE, INC., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro, haciendo consistir su acción en el supuesto derivado del artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.

Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación de la República
y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, Distrito Federal, en la fecha señalada al rubro, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993;
6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. Bis 2, títulos sexto y séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante decretos del 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009
y 6 de enero de 2010, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a VIII, XI y XII Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante Decretos del 1 de julio
de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya Fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año, así como Decreto de
7 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo); 1o., 2o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 18 fracciones I a la VIII, XI y XII y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante Acuerdo y Decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota aclaratoria publicada con fecha 4 de agosto de 2004, y Acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo) y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo, incisos d), f), j), k), l), m), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 199 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda, de fechas 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo).

Atentamente

6 de abril de 2010.

El Coordinador Departamental de Nulidades

Román Iglesias Sánchez

Rúbrica.

(R.- 306370)

GLOBALCARD, S.A. DE C.V., SOFOM E.R.

SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA

BALANCES GENERALES

31 DE DICIEMBRE DE 2009 Y 2008

(miles de pesos)

Activo

2009

2008

Disponibilidades (nota 5)

$ 4,427

4,485

Deudores por reporto (notas 3a y 6)

55,487

143,427

Cartera de crédito vigente (nota 8)



Créditos de consumo

597,500

164,852

Cartera de crédito vencida (nota 8)



Créditos de consumo

210,422

8,716

Cartera de crédito

807,922

173,568

Menos



Estimación preventiva para riesgos crediticios (nota 8)

(265,409)

(19,755)

Total cartera de crédito, neto

542,513

153,813

Otras cuentas por cobrar, neto (nota 9)

17,311

39,087

Inmuebles, mobiliario y equipo, neto (nota 10)

131,894

97,006

Inversiones permanentes en acciones (notas 1b y 11)

-

10,703

Impuestos diferidos, neto (nota 15)

119,983

72,698

Otros activos, cargos diferidos, pagos anticipados e intangibles, neto (nota 12)

35,951

44,789

Total activo

$ 907,566

566,008

Pasivo y Capital



Préstamos bancarios y otros organismos de corto plazo (nota 13)

$ 307,763

-

Derivados (nota 7)



Con fines de cobertura

22,663

-

Otras cuentas por pagar



Impuestos a la utilidad por pagar

29

-

Participación de los Trabajadores en las Utilidades por pagar

10,118

-

Acreedores diversos y otras cuentas por pagar (nota 14)

29,242

35,600


39,389

35,600

Créditos diferidos y cobros anticipados (nota 17)

130,628

10,742

Total pasivo

500,443

46,342

Capital contable (nota 16)



Capital contribuido



Capital social

865,391

484,466

Obligaciones subordinadas en circulación (notas 1 y 16)

-

337,565

Capital perdido



Reserva de capital

17

-

Resultado de ejercicios anteriores

(381,284)

(4,222)

Resultado neto

(77,001)

(298,143)

Total capital contable

407,123

519,666

Total pasivo y capital contable

$ 907,566

566,008

Cuentas de orden (nota 18)



Activos y pasivos contingentes

$ 715,944

-

Compromisos crediticios

732,563

816,756

Colaterales recibidos por la entidad

55,475

-

Intereses devengados no cobrados derivados de cartera vencida

-

1,602

Otras cuentas de registro

850,163

2,279

Ver notas adjuntas a los estados financieros.

"El saldo histórico del capital social al 31 de diciembre de 2009 y 2008 es de $865,391 y $484,466, respectivamente."

"Los presentes balances generales se formularon de conformidad con los Criterios de Contabilidad para las Instituciones de Crédito, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 99, 101 y 102 de la Ley de Instituciones de Crédito, de observancia general
y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todas las operaciones efectuadas por la Institución hasta las fechas arriba mencionadas, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas bancarias y a las disposiciones legales y administrativas aplicables".

"Los presentes balances generales fueron aprobados por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los directivos que los suscriben".

Fecha de expedición: 20 de febrero de 2010.

Director General

Juan José Garay Rodríguez

Rúbrica.

Director Ejecutivo de Finanzas

Laura Araceli Castillo Pichardo

Rúbrica.

Director de Auditoría Interna

Jesús Eduardo Velázquez Reyes

Rúbrica.

Director de Contraloría

Adrián Beltrán Alcocer

Rúbrica.

Subdirector de Contabilidad

Germán Toledo Miranda

Rúbrica.


GLOBALCARD, S.A. DE C.V., SOFOM E.R.

SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA

ESTADOS DE RESULTADOS

AÑOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 Y 2008

(miles de pesos)


2009

2008

Ingresos por intereses (nota 17)

$ 266,073

25,598

Gastos por intereses (nota 17)

(22,147)

(7,114)

Margen financiero

243,926

18,484

Estimación preventiva para riesgos crediticios (nota 8)

(370,350)

(19,755)

Margen financiero ajustado por riesgos crediticios

(126,424)

(1,271)

Comisiones y tarifas cobradas

102,403

12,774

Comisiones y tarifas pagadas (nota 17)

(8,190)

(3,552)

Resultado por intermediación

(22,663)

(81,216)

Otros ingresos de la operación

298,232

-

Ingresos/Egresos Totales de la Operación

243,358

(73,265)

Gastos de administración (nota 17)

(343,382)

(292,869)

Resultado de la operación

(100,024)

(366,134)

Otros productos

11,298

172

Otros gastos

(1,650)

(7)

Resultado antes de impuestos a la utilidad

(90,376)

(365,969)

Impuestos a la utilidad causados (nota 15)

(29)

-

Impuestos a la utilidad diferidos (nota 15)

13,404

67,963

Resultado antes de participación en asociada

(77,001)

(298,006)

Participación en el resultado de asociada (nota 11)

-

(137)

Resultado neto

$ (77,001)

(298,143)

Ver notas adjuntas a los estados financieros.

"Los presentes estados de resultados se formularon de conformidad con los criterios de contabilidad para las instituciones de crédito, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 99, 101 y 102 de la Ley de Instituciones de Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejados todos los ingresos y egresos derivados de las operaciones efectuadas por la Institución durante los periodos arriba mencionados, las cuales se realizaron
y valuaron con apego a sanas prácticas bancarias y a las disposiciones legales y administrativas aplicables".

"Los presentes estados de resultados fueron aprobados por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los directivos que los suscriben".

Director General

Juan José Garay Rodríguez

Rúbrica.

Director Ejecutivo de Finanzas

Laura Araceli Castillo Pichardo

Rúbrica.

Director de Auditoría Interna

Jesús Eduardo Velázquez Reyes

Rúbrica.

Director de Contraloría

Adrián Beltrán Alcocer

Rúbrica.

Subdirector de Contabilidad

Germán Toledo Miranda

Rúbrica.

(R.- 306356)