Miércoles 6 de abril de
2011 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
Guadalajara, Jal.
Amparo 1154/2010 y sus acumulados 1155/2010, 1156/2010, 1157/2010 y 1158/2010
EDICTO
Que mediante auto de catorce de junio de dos mil diez, este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Estado, admitió la demanda de garantías promovida por José Pablo Zamora Pastrana, como representante de la empresa quejosa denominada “GALAPA URBANIZADORES”, sociedad anónima de capital variable y otras, contra actos del Secretario de Desarrollo Urbano del Gobierno del Estado de Jalisco y otra autoridad, que quedó registrado con el número 1154/2010 y sus acumulados 1155/2010, 1156/2010, 1157/2010 y 1158/2010; se tuvo entre otros como terceros perjudicados a “DEMIURGON” y “GRUPO LEGALI”, ambas sociedades anónimas de capital variable, se ordenó su notificación y emplazamiento. Por acuerdo de dos de febrero de dos mil once, se ordena emplazar a dichos terceros perjudicados por edictos, a fin de hacerles saber la radicación del juicio y que pueden comparecer al mismo a defender sus derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente, por lo que queda en la Secretaría de este juzgado, a su disposición, copia simple de la demanda de garantías. Asimismo, se le informa que la fecha para la celebración de la audiencia constitucional son las DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL ONCE DE MARZO PROXIMO.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 3 de marzo de 2011.
La Secretaria
Lic. Guadalupe Grisell Rodríguez Olmedo
Rúbrica.
(R.- 322255)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializado en Asuntos Financieros de esta
Capital, expediente 763/2009, Juicio Ordinario Mercantil, promovido
por AGUSTIN DE TERESA CASTRO, por su representación, contra
NORBERTO RAMIREZ CARMONA, autos de fecha veintidós de octubre
de dos mil diez y diecisiete de febrero de dos mil once, decreta
remate en primera y pública almoneda del inmueble identificado
como:
LA CASA EN CONDOMINIO VEINTITRES DE LA CALLE DOCE GUION O,
DEL FRACCIONAMIENTO BOSQUES DE SAN SEBASTIAN, PUEBLA, PUEBA, INSCRITO
EN REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DE PUEBLA, BAJO EL NUMERO 365656
(TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS) DEL
INDICE MAYOR, siendo postura legal la cantidad de $326,666.66 M.N
(trescientos veintiséis mil seiscientos sesenta y seis pesos
sesenta y seis centavos, moneda nacional), cantidad igual a dos
terceras partes del precio primitivo del avalúo, convocándose
postores y haciéndoles saber que las posturas y pujas podrán
hacerse hasta antes de las once horas del veintiocho de abril del año
dos mil once, fecha en la cual tendrá verificativo la
audiencia de remate, publicación que se realizará por
tres veces dentro del termino de nueve días en el Diario
Oficial de la Federación y en la tabla de avisos del juzgado.
Para su publicación por tres veces en el Diario Oficial de de la Federación.
Para su publicación por tres veces en la tabla de avisos del juzgado.
H. Puebla de Z., a 22 de febrero de 2011.
La C. Diligenciaria
Lic. María Soledad Guadalupe Basilio Gómez
Rúbrica.
(R.- 322573)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
AMAPRO 730/2010
EDICTO
Se remite en acatamiento a lo ordenado en el acuerdo de veintidós
de febrero de año en curso, mediante el cual se ordenó
emplazar a las empresas Desarrollos Turísticos de Cosalá,
Asesoría Inmobiliaria de Occidente y Servicios de América,
todas Sociedades Anónimas de Capital Variable, terceros
perjudicados en el juicio de amparo 730/2010, del índice del
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de
Jalisco, promovido Corporativo Adobe, Sociedad Anónima de
Capital Variable, contra actos Primera Junta Especial de la Local de
Conciliación y Arbitraje en el Estado de Jalisco y otras,
consistente en el emplazamiento a la parte demanda en el juicio
laboral 631/2009-D, ordena notificar por edictos a las empresas
terceras perjudicados efecto de presentarse dentro próximos 30
días ante ésta autoridad, emplazamiento bajo términos
artículo 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315
Código Federal de Procedimientos Civiles aplicación
supletoria quedando copia de demanda a su disposición en este
Juzgado apercibidos que de no comparecer seguirá juicio en
rebeldía. Publíquese 3 veces de 7 en 7 días
Diario Oficial de la Federación, periódico
El
Informador y estrados del Juzgado.
Guadalajara, Jal., a 7 de marzo de 2011.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
Lic. Alma Rosa Enríquez Torres
Rúbrica.
(R.- 322251)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Séptimo Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por éste publicarse por 3 tres veces dentro de 9 nueve días
en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos
de éste Juzgado, anunciarse Remate en Primera Almoneda del
bien inmueble embargado en el Juicio Ejecutivo Mercantil número
de expediente M30/07 promovido por el Licenciado ARTURO GONZALEZ
HERNANDEZ, Apoderado Legal, de BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A.,
INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, en contra de GUSTAVO RAMON
BAENA GONZALEZ y BLANCA HILDA ESTRADA BALVANEDA, respecto de la finca
urbana en calle Paseo de los Faisanes, número 128,
Fraccionamiento San Isidro, en lote 14, manzana 7, con superficie
158.56 M2, con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte 19.93
M. con lote 13; Al Sur 19.81 M con lote 15; Al Oriente 8 M. con calle
de su ubicación; y, Al Poniente 8 M. con limite del
Fraccionamiento. Almoneda que tendrá verificativo a las 13:00
del día 14 de Abril del año 2011, siendo postura legal
la que cubra las dos terceras partes de la cantidad
de $887,000.00
pesos M.N. precio avalúo, convóquese a postores y
cítese acreedores.
León, Gto., a 15 de marzo de 2011.
El C. Secretario del Juzgado Séptimo Civil
Lic. Ramón Becerra Ramírez
Rúbrica.
(R.- 322770)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Guadalajara, Jalisco
Pral. 1153/2010-III
EDICTO
DIRIGIDO A:
MULTIVA FACTORING, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Juicio Amparo 1153/2010 promovido GLORIA ALEJANDRA SANCHEZ LARA, contra actos CUARTA SALA DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, reclamando: resolución de agosto treinta y uno de dos mil diez, por la que se modifica interlocutoria de cinco de abril, que declaró improcedente el incidente de cancelación de gravamen. Por acuerdo esta fecha se ordenó por ignorarse domicilio tercera perjudicada MULTIVA FACTORING, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, sea emplazada por edictos. Señalándose las NUEVE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL SIETE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, para celebración audiencia constitucional, quedando a disposición copias Secretaría del Juzgado. Haciéndole saber deberá presentarse, si así es su voluntad, por sí, apoderado o gestor que pueda representarlo, a deducir sus derechos ante este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, en el procedimiento antes mencionado, dentro treinta días contados a partir última publicación, en caso de no comparecer a señalar domicilio para recibir notificaciones se practicarán por lista, aún diversas carácter personal, artículo 30, fracción II, Ley de Amparo.
Para publicarse por tres veces de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en periódico “Reforma”, de la Ciudad de México, Distrito Federal.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 1 de marzo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Ana Gema González Moctezuma
Rúbrica.
(R.- 322256)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Segundo de lo Mercantil
EDICTO
EXPEDIENTE 1690/2008 JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO, PROMOVIDO POR RUBEN SANCHEZ CISNEROS CONTRA LAURA LETICIA LUCINA ANGULO SAGRERO
REMATESE 10:00 DIEZ HORAS, DIA 14 CATORCE DE ABRIL DEL AÑO 2011, SIGUIENTE BIEN INMUEBLE:
UNIDAD PRIVATIVA NUMERO 05 CINCO, UBICADO EN EL SEGUNDO NIVEL DEL CONDOMINIO HORIZONTAL DENOMINADO MARIA ESTHER DE LA AVENIDA GUADALUPE NUMERO 5058 CINCO MIL CINCUENTA Y OCHO DEL FRACCIONAMIENTO JARDINES DE GUADALUPE DE ZAPOPAN, JALISCO.
CON VALOR DE $1,790.000.00 (UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.)
CITESE POSTORES, DOS TERCERAS PARTES, PRECIO DEL AVALUO.
NOTA: PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
Guadalajara, Jal., a 23 de marzo de 2011.
La Secretario de Acuerdos
Lic. Patricia González Toledo
Rúbrica.
(R.- 323077)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Cuarto Civil
Cuautitlán, Méx.
Segunda Secretaría
Juzgado Cuarto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cuautitlán, México
EDICTO
En el expediente marcado con el número 890/2009, relativo al Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por CANIS FOOD NUTRITION S. DE R.L. DE C.V., en contra de CRESENCIO JOAQUIN DOMINGUEZ Y NICOLAZA PLACIDO SANCHEZ, se señalan las DOCE HORAS DEL VEINTISEIS DE ABRIL DE DOS MIL ONCE, para que la primera Almoneda de Remate de bien mueble embargado, consistente en: CAMIONETA FORD RANGER CAB XL AC CRW DE CUATRO PUERTAS, ESTANDAR SERIE NUMERO 8AFDT50D376047869, sirviendo de base para el remate la cantidad de $135,000.00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL PESOS (00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al avalúo practicado por los peritos de las partes, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio fijado al bien; luego, ANUNCIESE SU VENTA POR TRES VECES DENTRO DE TRES DIAS en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, sin que por ningún motivo medien menos de cinco días, entre la publicación del último edicto y fecha señalada para la celebración de la almoneda.
AUTO DE FECHA DIECIOCHO DE MARZO DEL DOS MIL ONCE.
Segundo Secretario de Acuerdos
Lic. Alejandra Flores Pérez
Rúbrica.
(R.- 323280)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
Por este medio, en relación con el proceso penal 138/2009-VIII, instruido en contra de Elvira Casco Majalca y otros, por su probable responsabilidad en la comisión del delito de delincuencia organizada y otro, con fundamento en el artículo 83 del Código Federal de Procedimientos Penales, se notifica a Daniela Vázquez Roldan, que deberá comparecer a la ONCE HORAS DEL DOCE DE MAYO DE DOS MIL ONCE, ante este Juzgado, sito en Carretera Libre Tepic-Mazatlán, kilómetro 10.6 Ejido el Rincón. Código postal 63502, Tepic, Nayarit, a un costado del Centro Federal de Readaptación Social Número 4 “Noroeste”, a fin de desahogar la testimonial a su cargo.
Edicto a publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
El Rincón, Municipio de Tepic, Nay., a 16 de marzo de 2011.
Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit
José Clemente Cervantes
Rúbrica.
(R.- 323294)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Séptima Sala Civil
EDICTO
En el cuaderno de amparo deducido del toca número 473/2010,
sustanciado ante la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior
de Justicia del Distrito Federal, relativo al juicio ORDINARIO CIVIL,
promovido por GARCIA HERNANDEZ ROBERTO CARLOS, en contra de LUZ,
ADRIAN Y MELESIO TREJO, se ordenó emplazar por medio de
EDICTOS al tercero perjudicado ADRIAN TREJO, para que comparezca ante
esta Sala dentro del término de TREINTA DIAS contados a partir
del día siguiente de la última publicación de
los presentes edictos que se hará de siete en siete días
por tres veces en el Diario Oficial de la Federación y en el
Periódico
“El Sol de México”, haciendo
del conocimiento del tercero en cita que deberá señalar
domicilio dentro de
la jurisdicción de esta Séptima
Sala Civil. Quedando a su disposición en esta Sala copia de
traslado de la demanda de amparo interpuesta por la parte actora, en
contra de la sentencia de fecha de veinticuatro
de junio del dos
mil diez.
México, D.F., a 28 de marzo de 2011.
El C. Secretario de Acuerdos de la Séptima Sala Civil
Lic. Ricardo Iñigo López
Rúbrica.
(R.- 323300)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Sexta Sala Civil
Toca 1307/2010
EDICTO
SE NOTIFICA A: GUALTIERO PIOLI PALLADINI.
Por auto de fecha SIETE DE MARZO DEL DOS MIL ONCE, dictado en el cuaderno de amparo relativo al toca 1307/2010, por ignorarse su domicilio se ordenó emplazarla por edictos para que dentro de los treinta días siguientes a la última publicación de éste edicto, se presente ante la autoridad federal, quedando a su disposición las copias simples de la demanda de amparo, interpuesta por la parte quejosa ALFONSO ORTIZ FERNANDEZ, RUBEN ORTIZ FERNANDEZ, MARIA EUGENIA MALDONADO MARTINEZ, LEOPOLDO MALDONADO MARTINEZ, GABRIEL MARTIN MALDONADO MARTINEZ Y JAVIER MALDONADO MARTINEZ, que obra en el toca antes señalado, que confirma la sentencia definitiva dictada el trece de mayo del dos mil diez, por el C. Juez Quincuagésimo Séptimo de lo Civil en el Distrito Federal, expediente número 648/2006, del juicio ORDINARIO MERCANTIL, seguido por ORTIZ FERNANDEZ ALFONSO Y OTROS, en contra de ITALICA S.A. DE C.V. Y OTROS. Habiéndole correspondido al H. Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito amparo Número D.C. 589/2010.
Para su publicación por Tres Veces de Siete en Siete días en el "Diario Oficial de la Federación".
Reitero a usted, las seguridades de mi atenta y distinguida Consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 7 de marzo de 2011.
El C. Secretario de Acuerdos de la Sexta Sala Civil
Lic. Juan Ulloa Cruz
Rúbrica.
(R.- 322518)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de lo Civil
Diligenciaría Non
EDICTO
DISPOSICION JUEZ PRIMERO CIVIL CAPITAL
Cumplimiento auto diecisiete marzo dos mil once dictado expediente
671/2007, juicio Ejecutivo Mercantil, promueve DALILA MUÑOZ
HERNANDEZ CONTRA ARMANDO LANDERO ESTEVEZ, Convoquense postores
mediante edictos tres veces termino nueve dias Remate Primera Publica
Almoneda INMUEBLE LOTE NUMERO DOS MANZANA DOSCIENTOS DIECISIETE ZONA
UNO SAN BALTAZAR CAMPECHE PUEBLA INSCRITO REGISTRO PUBLICO PROPIEDAD
COMERCIO CIUDAD PREDIO 267621 POSTURA LEGAL CIENTO TREINTA Y DOS MIL
CIENTO SESENTA PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL QUE CUBRE dos
terceras partes avaluo, audiencia remate DOCE HORAS VEINTIOCHO ABRIL
DOS MIL
ONCE desahogara diligencia terminos ley, autos disposición
Secretaría, hagasele saber demandado liberara inmueble pagando
integramente del monto de sus responsabilidades si paga en el acto lo
sentenciado
y garantiza el pago de costas.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DEL TERMINO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO “INTOLERANCIA” Y TABLA DE AVISOS DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DE ESTA CAPITAL,.
Ciudad Judicial, Pue., a 25 marzo 2011.
Diligenciaria
Lic. Lucero López Larios
Rúbrica.
(R.- 323387)
Estados Unidos Mexicanos
Supremo Tribunal de Justicia del Estado
Jalisco
Tercera Sala
EDICTO
Por este conducto emplácese a ANA CECILIA HERNANDEZ CHAVEZ, a
efecto de hacerle saber de la demanda de amparo promovida por RAMIRO
E. SIERRA QUINTANA Apoderado de la demandada, acto reclamado la
resolución de fecha 23 de agosto del 2010, dictada dentro del
toca de apelación 527/2008 relativo al juicio CIVIL ORDINARIO
promovido por FRANCISCO JAVIER FLORES PEREZA Apoderado General
Judicial para Pleitos y Cobranzas de CARMEN BEATRIZ HUERTA LEAL en
contra de RAMIASI,
S.A. DE C.V., expediente 1166/04; para que
comparezca ante el H. Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer
Circuito en turno, dentro del término de 30 días
contados del siguiente al de la última publicación,
artículo 167 de la Ley de Amparo. Copia de demanda de
garantías queda a su disposición en la Secretaría
de la Sala.
Para publicarse por tres veces de siete en siete días en el periódico “EL EXCELSIOR” y “EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”. Artículo 315 del Código Federal de Procedimiento Civiles.
Guadalajara, Jal., a 29 de marzo de 2011.
“2011, Año de los Juegos Panamericanos en Jalisco”
La Secretario de Acuerdos de la Tercera Sala
Lic. María Guadalupe Peña Ortega
Rúbrica.
(R.- 323480)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Baja California
Juzgado Cuarto de lo Civil
Mexicali, B.C.
EDICTO
AL PUBLICO EN GENERAL.
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por JAIR CORONA BAEZA en contra de ALMA YOLANDA ANDRADE BECERRA, Expediente número 0733/2009, la C. Juez Cuarto de lo Civil de este Partido Judicial señaló las TRECE HORAS DEL DIA DOS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE, para que tenga verificativo el REMATE EN PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble dado en garantía que a continuación se describe.
INMUEBLE QUE SE VALUA: Avenida Caliss número 21 (Lote 14 de la Manzana 001) del Fraccionamiento Conjunto Urbano Caliss y Construcciones en el existentes de esta ciudad.
MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NOROESTE EN 10.000 metros con terreno de
Industrial Jabonera;
AL SURESTE EN 0.000 metros con Avenida Caliss
(calle de servicio); AL NORESTE EN 25.000 metros con Lote 15; AL
SUROESTE EN 25.000 metros con Lote 13.
AREA TOTAL: 250.000 metros cuadrados.
VALOR COMERCIAL $650,000.00 (SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).
LO QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS CONVOCANDOSE POSTORES, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SE SERVIRA DE BASE PARA EL REMATE EL PRECIO FIJADO POR EL PERITO DE LA PARTE ACTORA Y QUE SERA POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL MISMO.
SE CONVOCAN POSTORES
PARA SU PUBLICACION en el Diario Oficial de la Federación y en los Estrados de este Juzgado POR TRES VECES, DENTRO DE NUEVE DIAS.
Mexicali, B.C., a 31 de enero de 2011.
El C. Secretario de Acuerdos
Lic. Ernesto Fernández Zamora
Rúbrica.
(R.- 322787)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
Guadalajara, Jal.
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 990/2010, promovido
por Jens Hoffmann, por su propio derecho, contra actos de la Tercera
Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje en el
Estado de Jalisco y de otra autoridad, consistentes en la “…la
orden de ejecución y embargo llevado a cabo por la “autoridad
expresada como responsable dentro del “procedimiento laboral
radicado bajo expediente número
“444/2006-C…”;
juicio que fue radicado en este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia
Administrativa en el Estado de Jalisco, se tuvieron como terceros
perjudicados, entre otras personas, a Ignacio Becerra Martínez,
Ramón Serna Aispuro y Ofelia López Ruvalcaba, a quienes
por auto de tres de marzo del año en curso, se ordenó
emplazar al presente juicio por medio de edictos. En consecuencia, se
emplaza a las indicadas personas, a efecto de que comparezcan a la
presente instancia constitucional a defender sus derechos, ya sea por
sí, o bien, por conducto de quien legalmente los represente,
dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del
siguiente al de la última publicación del presente, por
lo que queda a su disposición en la Secretaría de este
Juzgado, copia simple de la demanda de garantías y del escrito
aclaratorio de la misma. Para la celebración de la audiencia
constitucional están señaladas las NUEVE HORAS CON
CUARENTA MINUTOS DEL CUATRO DE ABRIL PROXIMO.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 3 de marzo de 2011.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
Lic. Marcos Morales Moreno
Rúbrica.
(R.- 322840)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
ROSA MEDINA CANDIDO
En los autos del juicio de amparo 3049/2010-IV, promovido por SIMITRIO TETETLA ISLAS, en contra actos de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, radicado en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, Presidente y Actuario adscrito, se le ha señalado como tercera perjudicada y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado por auto de quince de diciembre de dos mil diez, emplazarla por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentra a su disposición en la Actuaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías, haciéndole saber que cuenta con un plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hacer valer sus derechos; así también, se le informa que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista en la que se publican los acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de éste órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 30 de la Ley de Amparo.
Atentamente
México, D.F., a 9 de marzo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Liliana Guadalupe Vargas González
Rúbrica.
(R.- 323051)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
FRANCISCO JAVIER DE PABLO SERRA
En el Juicio de Amparo número 66/2011, RAFAEL ARANDA VOLLMER,
demandó amparo contra actos del AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO
AUXILIAR DEL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL y
OTRAS AUTORIDADES, que hizo consistir en la propuesta de no ejercicio
de la acción penal de diez de septiembre de dos mil diez,
dictada en la averiguación previa FDF/T/T2/584/09-06,
así
como la autorización de dicha determinación de
veintiséis de octubre siguiente y la autorización del
dictamen de inejercicio de veinticuatro de diciembre del mismo año,
señalando como preceptos violados los artículos 14, 16,
20, inciso A, fracción I; y 21 Constitucionales; juicio en el
que se ha señalado a usted como tercero perjudicado y, dado
que se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlo por
edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en
siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en
un periódico de mayor circulación en la República
de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción
II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles. Por tanto, se encuentra a su disposición
en la Actuaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de
garantías, y se le hace saber que cuenta con un plazo de
treinta días, contado a partir de la última publicación
de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y
hacer valer sus derechos; así también, se le informa
que deberá señalar domicilio para oír y recibir
notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter
personal, se le harán por medio de lista que se publica en
este órgano jurisdiccional, según lo dispone el
artículo 30 de la Ley de Amparo.
Atentamente
México, D.F., a 25 de marzo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Amparo
en Materia Penal en el Distrito Federal
Mirna Gómez Valverde
Rúbrica
(R.- 323258)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia
Tlalnepantla
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia de Tlanepantla, México
EDICTO
Se Convocan Postores:
En el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por MIRIAM MONTES SAINZ,
expediente 547/2006, el Juez Primero Civil de Primera Instancia de
Tlalnepantla, Estado de México; en auto de fecha once de marzo
del año dos mil once señaló: las DOCE HORAS del
día VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL ONCE, para que tenga
verificativo la audiencia de remate en Primer Almoneda, respecto del
BIEN INMUEBLE UBICADO CALLE PARQUE DEL DESIERTO DEL CARMEN NUMERO 38,
EN LA COLONIA JARDINES DEL ALBA,
EN EL MUNICIPIO DE CUAUTITLAN,
IZCALLI, ESTADO DE MEXICO; fijándose como base para el remate
del bien inmueble antes descrito la cantidad de $1´454,700 (UN
MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA
Y CUATRO MIL SETECIENTOS PESOS
00/100 M.N.), en que fue valuado dicho bien por el perito tercero en
discordia, siendo postura legal la que cubra el total de la cantidad
que sirve de base para el remate.; INSCRITO EN EL INSTITUTO DE LA
FUNCION REGISTRAL DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, BAJO LA PARTIDA
NUMERO 317, VOLUMEN 206, LIBRO PRIMERO, SECCION PRIMERA DE FECHA
VEINTISEIS DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO, por tanto, se
convocan postores, debiéndose anunciar su venta por medio de
edictos, que se publicaran por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, en el
Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos o
puerta de éste tribunal, debiendo presentar con toda
oportunidad ante esta autoridad los ejemplares correspondientes.
Secretario de Acuerdos
Lic. Rita Erika Colín Jiménez
Rúbrica.
(R.- 323464)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
A las 10:00-diez horas del día 13 trece de abril del 2011-dos
mil once en el local de este Juzgado Séptimo de Jurisdicción
Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado, dentro de los
autos del expediente judicial numero 1032/2006, relativo al juicio
ordinario mercantil, promovido inicialmente por el ciudadano Luis
Adolfo Lemoine Molina, en su carácter de apoderado general
para pleitos y cobranzas de Hipotecaria Nacional,
S.A. de C.V.,
Sociedad Financiera de Objeto Limitado, Grupo Financiero BBVA
Bancomer, ahora Hipotecaria Nacional, Sociedad Anónima de
Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple,
Entidad Regulada, Grupo Financiero BBVA Bancomer, y continuado por el
ciudadano Angel Edgar Cantú Hernández con
el mismo
carácter, en contra de la ciudadana Nancy Alcala Arredondo,
tendrá verificativo la Audiencia de Remate en Publica Subasta
y Primera Almoneda del bien inmueble embargado en autos consistente
en
"Lote de terreno marcado con el número 51
(CINCUENTA Y UNO), de la manzana número 176 (CIENTO SETENTA Y
SEIS) del Fraccionamiento LOS AMARANTOS en el municipio de Apodaca,
Nuevo León, con una superficie total de 91.17 M2 (NOVENTA Y UN
METROS DIECISIETE CENTIMETROS CUADRADOS) y las siguientes medidas y
colindancias: Al Norte mide 15.00 MTS. (QUINCE METROS) y colinda con
el lote 52 (CINCUENTA Y DOS); al Sur mide 15.00 MTS. (QUINCE METROS)
y colinda con el lote 50 (CINCUENTA);
al Este mide 6.00 MTS. (SEIS
METROS) y colinda con parte de los lotes 26 (VEINTISEIS) y 27
(VEINTISIETE); y al Oeste mide 6.16 MTS. (SEIS METROS DIECISEIS
CENTIMETROS) a dar frente a la calle Sorgo.
La manzana de
referencia se encuentra circundada por las siguientes calles: al
Norte, con la calle Melisa; al Sur, con Ave. Los Amarantos; al Este
con Ave. Los Amarantos y al Oeste con la calle Sorgo. El inmueble de
referencia tiene como mejoras la finca marcada con el número
253 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES)
de la calle Sorgo, del
mencionado Fraccionamiento y Municipio".
Sirviendo de base para el remate del bien inmueble citado con
antelación, la cantidad de $335,000.00 (trescientos treinta y
cinco mil pesos 00/100 moneda nacional), que representa el valor
pericial del referido bien inmueble, y servirá como postura
legal para intervenir en la Audiencia de Remate, la cantidad de
$223,333.33 (doscientos veintitrés mil trescientos treinta y
tres pesos 33/100 moneda nacional), que representa las dos terceras
partes de la cantidad anteriormente citada, por lo que convóquese
a postores por medio de edictos, los cuales deberán
publicarse, 3-tres veces dentro del término de 9-nueve días
en el Diario Oficial de la Federación, en los Estrados de este
Juzgado; así como en los Estrados del Juzgado Menor de San
Nicolás de los Garza, Nuevo León, en la inteligencia de
que las referidas publicaciones deberán realizarse dentro de 9
nueve días, no debiendo mediar menos de cinco días
entre la publicación del último edicto y la fecha de
almoneda. Así mismo, es de hacerse del conocimiento, de que
aquellas personas que deseen intervenir como postores al citado
remate deberán consignar el 10%-diez por ciento de la suma
que sirve como base para el remate, mediante certificado de
depósito expedido por la Secretaría de Finazas y
Tesorería General del Estado, sin cuyo requisito no serán
admitidos en dicha subasta. Por último, se informa que en la
secretaría del juzgado se proporcionara mayor información
a los interesados que deseen intervenir en la referida audiencia de
remate.
Monterrey, N.L., a 21 de febrero de 2011.
Secretario del Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado
Lic. Gerardo Zapata Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 322564)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AMPARO. 814/2010-VI.
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, DIECISIETE DE MARZO DE DOS MIL ONCE.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 814/2010-VI, PROMOVIDO POR
JOSE TURQUIE ROZILLO, POR CONDUCTO DE SU TUTORA INTERINA Y
REPRESENTANTE ESTELA ORTIZ ORTIZ, CONTRA ACTOS DE LA DECIMA SALA
CIVIL, JUEZ VIGESIMO OCTAVO DE LO CIVIL Y ACTUARIO ADSCRITO A DICHO
JUZGADO, TODOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
Y ACTUARIO ADSCRITO A DICHO JUZGADO, CON FECHA DIEZ DE MARZO DE DOS
MIL ONCE, SE DICTO UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LOS
TERCEROS PERJUDICADOS JORGE MINVIELLE BUSH, YOLANDA JOSEFINA TURQUIE
LOZANO DE MARTINEZ, JOSE MARTINEZ ACUÑA Y SUCESION A NOMBRE DE
NORMA MARGARITA TURQUIE LOZANO, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE
PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN
ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE COMPAREZCAN A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS
DERECHOS EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS, A PARTIR DEL
SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN
ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE
GARANTIAS Y DEMAS ANEXOS EXHIBIDOS, APERCIBIDOS QUE DE NO APERSONARSE
AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARAN EN
TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION II, DEL ARTICULO 30 DE LA
LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE SEÑALARON LAS TRECE HORAS DEL DIA
TREINTA DE MARZO DE DOS MIL ONCE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. AHORA BIEN, Y EN ACATAMIENTO AL AUTO
MENCIONADO EN PRIMER TERMINO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUCINTA
DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALO
COMO AUTORIDAD RESPONSABLE A LA DECIMA SALA CIVIL, JUEZ VIGESIMO
OCTAVO DE LO CIVIL Y ACTUARIO ADSCRITO A DICHO JUZGADO, TODOS DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y COMO TERCEROS
PERJUDICADOS A JOSE ANTONIO TURQUIE LOZANO, JORGE MINVIELLE BUSH,
YOLANDA JOSEFINA TURQUIE LOZANO DE MARTINEZ, JOSE MARTINEZ ACUÑA
Y SUCESION A NOMBRE DE NORMA MARGARITA TURQUIE LOZANO, LA PARTE
QUEJOSA PRECISA COMO ACTO RECLAMADO: “… IV.- DE LA
AUTORIDAD ORDENADORA SE RECLAMA LA SENTENCIA QUE LE RECAYERA EL
RECURSO DE APELACION EN EL TOCA NUMERO 315/2003/05, DE FECHA TREINTA
Y UNO DE AGOSTO DE 2010, PUBLICADA EN EL BOLETIN JUDICIAL NUMERO 154
DE FECHA 1° DE SEPTIEMBRE DE 2010, SURTIENDO EFECTOS EL 2 DE
SEPTIEMBRE DEL MISMO AÑO, POR LO QUE EL TERMINO DE LOS QUINCE
DIAS PARA INTERPONER EL PRESENTE JUICIO (EN TERMINOS DEL ARTICULO 21
DE LA LEY DE AMPARO) CORRE DEL 3 DE SEPTIEMBRE AL 28 DE SEPTIEMBRE
DEL PRESENTE AÑO. DE LAS AUTORIDADES EJECUTORAS SE RECLAMA
LA EJECUCION QUE PRETENDAN DARLE A LA RESOLUCION CITADA, QUE SERIA EL
HACER EFECTIVO EL COBRO
DE INTERESES, EN EL INCIDENTE DE
EJECUCION DE SENTENCIA …”
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Nancy Almogabar Santos
Rúbrica.
(R.- 322850)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa
Los Mochis, Sin.
Sección Amparos
Mesa 1
Pral. 245/2010
EDICTO
JOSE RODOLFO CHAVEZ ESPINOZA .
DOMICILIO IGNORADO
EN EL JUICIO DE AMPARO 245/2010-1, PROMOVIDO POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, CONTRA ACTOS DEL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON SEDE EN ESTA CIUDAD, CUYOS ACTOS RECLAMADOS SE HACEN CONSISTIR EN LO SIGUIENTE:
"SE RECLAMA DEL C. JUEZ SEXTO DE DISTRITO, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE LOS MOCHIS, SINALOA, EL OFICIO NUMERO 1700/2010, DIRIGIDO AL DELEGADO ESTATAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN SINALOA, CULIACAN, SINALOA, EXPEDIDO PARA CONOCIMIENTO Y EFECTOS LEGALES A FIN DE QUE SE DEJE INSUBSISTENTE EL DIVERSO OFICIO 531/2005, EXPEDIDO EL 27 DE ENERO DE 2005, EN EL QUE SE LE COMUNICO LA DESTITUCION E INHABILITACION PARA DESEMPEÑAR OTRO EMPLEO, CARGO O COMISIONES PUBLICOS, A LOS SENTENCIADOS JOSE RODOLFO CHAVEZ ESPINOZA, MARCO ANTONIO APODACA GONZALEZ Y MIGUEL ANGEL ZAMUDIO ALARCON, SIENDO LA CAUSA QUE MOTIVA LA INTERPOSICION DE LA PRESENTE DEMANDA DE GARANTIAS, EN VIRTUD DE HABERSE VIOLENTADO LAS GARANTIAS QUE ESTABLECEN LOS ARTICULOS 14, 16 Y 21 DE LA CONSTITUCION GENERAL DE LA REPUBLICA."; RAZON POR LA CUAL Y TODA VEZ QUE SE IGNORA EL DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO JOSE RODOLFO CHAVEZ ESPINOZA, POR ESTE CONDUCTO SE LE HACE SABER DE LO ANTERIOR, ESTO ES, DE LA EXISTENCIA DEL CITADO JUICIO DE AMPARO, EL CUAL FUE ADMITIDO EL VEINTISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ, Y SE LE EMPLAZA PARA QUE OCURRA AL MISMO, EN LA INTELIGENCIA QUE LA COPIA DE LA DEMANDA DE AMPARO QUEDA A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SINALOA, CON RESIDENCIA EN LOS MOCHIS, SINALOA.
ESTOS EDICTOS SE PUBLICARAN TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL "DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION", "EL EXCELSIOR", DIARIO DE MAYOR CIRCULACION EN EL PAIS, EDITADO EN LA CIUDAD DE MEXICO, Y EL PERIODICO "EL DEBATE" DE MAYOR CIRCULACION EN ESTA CIUDAD DE LOS MOCHIS, SINALOA.
Atentamente
Los Mochis, Sin., a 8 de marzo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito
en el Estado de Sinaloa
Lic. Nazaret Peñuelas Villegas
Rúbrica.
(R.- 322966)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Sexto de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
A las 12:00-doce horas del día 3-tres de mayo del año 2011- dos mil once, tendrá verificativo en el local de este Juzgado Sexto de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial número 177/2009, relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por MARIO CESAR GARZA PEÑA, en contra de ADRIAN VALENTIN GUERRA PICON, ROZZBEL VAZQUEZ RETA Y MONICA GUERRA PICON, el remate en pública subasta y primera almoneda del 100%- cien por ciento de los derechos que les corresponden a los codemandados ROZZBEL VAZQUEZ RETA Y MONICA GUERRA PICON, respecto al bien inmueble embargado en autos, consistente en: Lote de terreno marcado con el número (09) nueve, de la manzana número (703) setecientos tres, del Fraccionamiento Bosque Real, Tercer Sector, Jurisdicción del Municipio de Apodaca, Nuevo León; con una superficie total de (90.00 M2) noventa metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: Al Nor-Este mide (15.00) quince metros, a colindar con el lote número (10) diez; Al Sur-Oeste mide (15.00) quince metros, a colindar con el lote número (08) ocho; al Sur-Este mide (6.00) seis metros, dando frente a la calle Duraznillo; y al Nor-Oeste mide (6.00) seis metros, a colindar con el lote número (22) veintidós; localizado en la manzana circundada por las calles de: Al Nor-Este, calle Bonzai; al Sur-Oeste, calle Tila; al Sur-Este, calle Colorín; y al Nor-Oeste, calle Duraznillo. Al efecto, convóquese a postores a la subasta mencionada mediante edictos que deberán publicarse por 03-tres veces dentro de 09-nueve días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos de este Recinto Judicial.- Entendiéndose que el primero de los anuncios deberá de publicarse, el primer día del plazo citado y el tercero al noveno día, pudiendo el segundo de ellos publicarse en cualquier tiempo. En la inteligencia de que no deberán mediar menos de 05-cinco días entre la publicación del último edicto y la almoneda. En la inteligencia de que servirá de postura legal para el remate la cantidad de $393,333.33 (TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL), la cual corresponde a las dos terceras partes de los avalúos rendidos por los Peritos de las partes. Así mismo, se hace del conocimiento que aquellas personas que deseen intervenir como postores, deberán consignar mediante certificado de deposito expedido por la Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado, el 10% del valor total del avaluó rendido por los peritos designados en este Juicio. Así mismo, se informa que se proporcionaran mayores informes en la Secretaría de este Juzgado. Monterrey, Nuevo León a 16- dieciséis de marzo de 2011-dos mil once.- DOY FE.
C. Secretario adscrito al Juzgado Sexto de Jurisdicción Concurrente
del Primer Distrito Judicial en el Estado
Lic. Antonio Filiberto Vega Pérez
Rúbrica.
(R.- 323060)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimosexto de Distrito
Tijuana, B.C.
Juicio de Amparo 73/2011-I
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A LA TERCERO PERJUDICADA LETICIA SIFUENTES ZAPATA. Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación.
En el juicio de amparo número 73/2011-I, promovido por GILBERTO HURTADO RODRIGUEZ, por su propio derecho, contra actos del Juez Cuarto de lo Civil de ese Partido Judicial y otras autoridades, en el que se reclama lo siguiente:
“a) Del Juez Cuarto de lo Civil del Partido Judicial de Tijuana, B.C., reclamo toda las actuaciones llevadas a cabo dentro del expediente 67/2002, promovido por María Virginia Rodríguez Pacheco, en contra de Leticia Sifuentes Zapata, incluyendo la falta de notificación y emplazamiento legal, todas las diligencias de ofrecimiento y desahogo de pruebas, la sentencia definitiva y el auto que la declaró ejecutoriada, reclamando igualmente todo el procedimiento de remate respecto del inmueble embargado o gravado, así como la orden de ejecución mediante la cual se adjudicó el lote número 03, manzana 219 y sus construcciones con superficie de 238.35 metros cuadrados, sección Costa de Oro, del fraccionamiento Playas de Tijuana, de esta ciudad, reclamándose también la orden de lanzamiento o desposesión del referido bien inmueble y casa habitación construida sobre el mismo, que hago como consecuencia la desposesión de bien de mi legítima propiedad, sin haber sido oído y vencido en juicio.
b) Del C. Actuario del Juzgado Cuarto de lo Civil del Partido Judicial de Tijuana, B.C., se reclama la cumplimentación de la orden de ejecución sobre el lote número 03, 03, manzana 219 y sus construcciones, con superficie de 238.35 metros cuadrados, de la sección Costa de Oro, del fraccionamiento Playas de Tijuana, de esta ciudad, que trajo como consecuencia la desposesión de un bien de mi legítima propiedad sin haber sido oído y vencido a juicio.
c) Del C. Registrador Público de la Propiedad y de Comercio de esta ciudad, reclamo, todas las inscripciones que en forma preventiva o definitiva se hubiesen realizado del lote 03, manzana 219, de la sección Costa de Oro, del fraccionamiento Playas de Tijuana, de esta ciudad, que emane del expediente 67/2002, del Juzgado Cuarto de lo Civil o de otro procedimiento seguido en contra de Leticia Sifuentes Zapata y en donde afecte el inmueble ya mencionado.”
Por auto dictado el once de mazo de dos mil once, se acordó emplazar a usted, en su carácter de tercero perjudicada, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico "El Excélsior" de la ciudad de México, Distrito Federal, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente de la última publicación, y si pasado dicho término no se apersona, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, le surtirán efecto por medio de lista, en la inteligencia de que se han señalado las DIEZ HORAS DEL TRECE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, para la celebración de la audiencia constitucional, en el juicio de garantías antes mencionado.
Atentamente
Tijuana, B.C., a 11 de marzo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Decimosexto de Distrito en el Estado de Baja California
Lic. Matilde del Carmen González Barbosa
Rúbrica.
(R.- 323250)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUAREZ.
ROGELIO AQUINO CHAPARRO.
En autos del juicio de amparo indirecto 1412/2010-IV, promovido por
Maribel Castillo Hernández, en su carácter de apoderada
legal del Organismo Público Descentralizado para la Prestación
de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del
Municipio de Tlalnepantla, Estado de México, contra actos
de
la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación
y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco y sus integrantes;
quien reclama la resolución incidental de fecha veintidós
de septiembre de dos mil diez, en el juicio laboral J3/671/2009, del
índice de la referida Junta, promovido por el licenciado M.
Marcial Pérez y Pérez, apoderado de los actores Alberto
Macedonio Dueñas, Rogelio Aquino Chaparro, Agustín
Marín Vega, Pedro Erick Ramírez Sánchez, Pablo
Bonifacio Hernández Cruz, Lucía Vanessa Pompa Cabrera y
Eduardo Chavarría Godínez, en contra del Organismo
Público Descentralizado para la Prestación de los
Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio
de Tlalnepantla, Estado de México. Que Rogelio Aquino Chaparro
fue señalado y se le tuvo como tercero perjudicado en el
juicio de garantías citado al rubro y, al desconocerse su
domicilio actual y correcto; con fundamento en la fracción II,
del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, en cumplimiento
a lo ordenado en auto de veintitrés de marzo de dos mil once,
se ordenó su emplazamiento a juicio por edictos, los que se
publicarán por tres veces, de siete en siete días, en
el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República Mexicana, que
puede ser cualquiera de los siguientes: Reforma, Universal,
Financiero, La Jornada, Excélsior, para que, si a sus
intereses conviene se apersone a esta instancia, por sí o a
través de quien legalmente lo represente; haciendo de su
conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado queda a su
disposición copia simple de la demanda de amparo, que la
audiencia constitucional está señalada para el catorce
de abril de dos mil once, a las once horas con cinco minutos y que
cuenta con un término de treinta días, contados a
partir de la última publicación de los edictos, para
que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos, previniéndolo
para que señale domicilio en la jurisdicción de este
juzgado dentro del término señalado, apercibido que de
no hacerlo, las subsecuentes actuaciones se le notificarán por
lista.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 25 de marzo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, con sede en Naucalpan de Juárez
Lic. Benita Cuevas Zepeda
Rúbrica.
(R.- 323295)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Chihuahua
Poder Judicial
Juzgado Sexto Civil
Distrito Morelos
EDICTO DE REMATE
EN EL EXPEDIENTE NUMERO 1299/09, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, PROMOVIDO POR LICENCIADOS HECTOR HUGO PEREA ARBALLO Y JOSE ALEJANDRO PEREA ARBALLO, APODERADOS DE, BANCO SANTANDER (MEXICO), S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, EN CONTRA DE MARIA DE LOURDES GARCIA LOZANO TAMBIEN ACOSTUMBRA USAR LOS NOMBRES DE, MARIA DEL LOURDES GARCIA LOZANO COMO ACREDITADA Y LA PARTE GARANTE Y LOURDES GARCIA LOZANO, existe un auto que a la letra dice.
CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A DIEZ DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE.
A sus autos el escrito presentado por el licenciado OBED KINOKOVY DOMINGUEZ VALENZUELA, recibido el cuatro del actual. Como lo solicita, de nueva cuenta se señalan las TRECE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO para que tenga verificativo la audiencia de remate en PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble gravado, consistente en FINCA URBANA UBICADA EN PRIVADA DE JOSE MARTI NUMERO 5508, DE LA COLONIA GRANJAS DE ESTA CIUDAD, CON UNA SUPERFICIE DE 200.0000 METROS CUADRADOS, inscrita bajo el número 123, a folio 123 del libro 4297 de la Sección Primera del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Distrito Judicial Morelos, sirviendo de base para el remate la cantidad de $889,000.00 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) que es el término medio de los avalúos rendidos, y como postura legal, la suma de $592,666.66 (QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL) que cubre las dos terceras partes del precio que sirve de base; anunciándose su venta por medio de edictos que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, por tres veces dentro de nueve días y un tanto más en el tablero de avisos de este Tribunal. Lo anterior en busca de postores. Con fundamento en el artículo 1411 del Código de Comercio.
NOTIFIQUESE:
Así, lo acordó y firma la Licenciada MICAELA MINJAREZ GONZALEZ, Juez Sexto de lo Civil del Distrito Judicial Morelos, en unión del Secretario de Acuerdos, con quien actúa y da fe. DOY FE.
PUBLICADO EN LA LISTA DEL DIA ONCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE, CON EL NUMERO 70. CONSTE.
SURTIO SUS EFECTOS EL DIA CATORCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE A LAS DOCE HORAS. CONSTE.
Clave: 124_B :mcal
LICENCIADA MICAELA MINJAREZ GONZALEZ.- LICENCIADO SERGIO DAVID HOLGUIN MARQUEZ..- SECRETARIO RUBRICAS.- DOY FE.
EL BIEN INMUEBLE QUE SE SACA A REMATE ES EL DESCRITO EN EL PROEMIO DE ESTE EDICTO.
LO QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL EN DEMANDA DE POSTORES.
Chihuahua, Chih., a 17 de marzo de 2011.
El Secretario
Lic. Sergio David Holguín Márquez
Rúbrica.
(R.- 323371)
Sinaloa
Juzgado Quinto de Primera Instancia del Ramo Civil
Culiacán, Sin.
Juzgado Quinto de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Culiacán, Sinaloa
EDICTO DE REMATE
Que en el expediente número 1310/2008, formado al Juicio EJECUTIVO MERCANTIL por el PAGO DE PESOS, promovido ante este Juzgado por NUEVA AGROINDUSTRIAS DEL NORTE, S.A. DE C.V., a través de sus endosatarios en procuración, en contra de FERTILIZANTES Y MEJORADORES URBA, S.A. DE C.V., y PATRICIO BACASEGUA CORTEZ, se ordena sacar a remate en Primera Almoneda el Bien Inmueble que a continuación se describe:
Lote de terreno urbano y construcción marcado con el número 33 de la Manzana 93, Zona uno, ubicada por la calle 9 Caballihuasa, entre Sinaloita y Paparique de Juan José Ríos, en Guasave, Sinaloa, con una superficie de 327.00 M2 según escrituras; Clave Catastral número 01/93/30, cuyos datos regístrales son: Inscripción número 34, del Libro número 265, de la Sección Primera, con las siguientes medidas y colindancias:
AL NORESTE: 13.10 metros y colinda con lote 31;
AL SURESTE: 25.00 metros y colinda con lote 17;
AL SUROESTE: 13.10 metros y colinda con Calle 09;
AL NOROESTE: 25.00 metros y colinda con lote 18;
La postura legal del inmueble, es la cantidad de $68,533.33 (SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL) importe de las dos terceras partes del avaluo pericial practicado.
SE SOLICITAN POSTORES.
La Almoneda tendrá verificativo en el Local que ocupa este Juzgado sito en Avenida Lázaro Cárdenas número 891 Sur, Palacio de Justicia Edificio “B”, Primer Piso, Unidad Administrativa, a las 13:00 horas del día 28 veintiocho de abril de 2011 dos mil once.
Publíquese por tres veces dentro del termino de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, que se edita en esta Ciudad y en la Tabla de Avisos de este Juzgado, Asimismo se ordena publicar por tres veces dentro de nueve días mas un día por razón de la distancia, en las puertas del Juzgado de Primera Instancia del Ramo Civil en turno y en la Secretaría del Ayuntamiento de Guasave, sinaloa. En la inteligencia de que las publicaciones deberán realizarse utilizando fuente de letra legible y de tamaño no menor a ocho puntos.
Atentamente
Culiacán, Sin., a 16 de marzo de 2011
C. Secretario Segundo
Lic. Jesús Manuel García Ruiz
Rúbrica.
(R.- 323422)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
EDICTO
TERCERO PERJUDICADA:
MARIA CRUZ PEREZ.
Con fecha quince de junio de dos mil diez, se recibió en la Oficialía de Partes Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Guerrero, de esta ciudad, la demanda de garantías promovida por ALEJANDRO PELAEZ MAYA, por propio derecho, misma que por cuestión de turno correspondió conocer a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guerrero, radicándose bajo el número de amparo 762/2010, contra actos y autoridades que a continuación se detallan:
“III.- AUTORIDAD RESPONSABLE:
ORDENADORAS:
A).- C. JUEZ OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TABARES (señala domicilio)
EJECUTORAS:
A).- EL C. DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO REGIONAL DE READAPTACION SOCIAL (señala domicilio)”
“IV.- ACTO RECLAMADO.- De las autoridades responsables
ordenadoras, se reclama el Auto de Formal Prisión, del JUZGADO
OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA PENAL el plazo constitucional,
dictado en mi contra de fecha NUEVE de junio del año dos mil
diez, por el delito de ROBO, cometidos en agravio de MARIA CRUZ
PEREZ, en la causa penal 85-2/2005, de las autoridades responsables
ejecutoras el cumplimiento y ejecución del mismo, toda vez que
no está acorde a los lineamientos legales que establece
del
mismo, toda vez que no está acorde a los lineamientos legales
que establece el artículo 19 de nuestra Carta Magna.”
Le resultó a la agraviada MARIA CRUZ PEREZ el carácter de tercero perjudicada, en términos del artículo 5°, fracción III, inciso a) de la Ley de Amparo, sin que fuera posible localizarlo, ordenando su emplazamiento por edictos; por lo que se hace saber al representante de la citada tercero que deberá comparecer dentro del término de TREINTA DIAS contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, ante este Juzgado Segundo de Distrito, con sede en Acapulco, Guerrero, a deducir lo que a sus intereses convenga dentro del juicio de garantías 762/2010, haciéndole saber que queda a su disposición en este juzgado la copia de la demanda que originó este asunto.
El presente edicto deberá publicarse por tres veces en intervalos de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación de la República.
Lo que se transcribe para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Atentamente
Acapulco, Gro., a 11 de febrero de 2011.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guerrero
Sergio Pita Romero
Rúbrica.
(R.- 323487)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Primero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
Se señalan las 11:00 once horas del día 26-veintiseis
de Abril del año 2011.- dos mil once.- a fin de que en el
local del Juzgado Primero de Jurisdicción Concurrente del
Primer Distrito Judicial en el Estado y dentro de los autos del
expediente judicial numero 725/2008 relativo al Juicio Ordinario
Mercantil promovido por Ubaldo González Cantú en contra
de Omar Ramírez Ramos y Veronica Martinez Sánchez para
los efectos que tenga verificativo la audiencia de remate en pública
subasta y primera almoneda, respecto del bien inmueble embargado en
autos propiedad de la parte demandada consistente en: LOTE DE TERRENO
MARCADO CON EL NUMERO 10 (DIEZ) DE LA MANZANA NUMERO 325 (TRESCIENTOS
VEINTICINCO), DEL FRACCIONAMIENTO RENACERES RESIDENCIAL PRIMER
SECTOR, DEL MUNICIPIO DE APODACA, NUEVO LEON, EL CUAL TIENE UNA
SUPERFICIE DE 90.00 M2 (NOVENTA METROS CUADRADOS), CON LAS SIGUIENTES
MEDIDAS Y COLINDANCIAS AL NOROESTE MIDE 6.00 MTS. (SEIS METROS) A DAR
FRENTE A LA CALLE PROFESOR MOISES SAENZ; AL SURESTE MIDE 6.00 MTS.
(QUINCE METROS)
A COLINDAR CON EL NUMERO 16 (Dieciséis); AL
NOROESTE MIDE 15.00 MTS. (QUINCE METROS) A COLINDAR CON EL LOTE
NUMERO 11 (ONCE) Y AL SUROESTE MIDE 15.00 MTS. (QUINCE METROS)
A
COLINDAR CON EL LOTE NUMERO 9 (NUEVE). LA MANZANA DE REFERENCIA SE
ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES: AL NOROESTE CON
PROFESOR MOISES SAENZ; AL SURESTE CON CALLE TOKIO; AL NORESTE CON
AVENIDA RENACERES Y AL SURESTE CON CALLE ROMA TENIENDO COMO MEJORAS
LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 205 (DOSCIENTOS CINCO), DE LA CALLE
PROFESOR MOISES SAENZ, DEL MENCIONADO FRACCIONAMIENTO. CUYOS DATOS DE
REGISTRO SON: NUMERO 7090, VOLUMEN 88, LIBRO 284, SECCION I
PROPIEDAD, UNIDAD APODACA, NUEVO LEON, DE FECHA 12-DOCE DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DE 2007-DOS MIL SIETE. Advirtiéndose que el
valor del inmueble en cuestión lo es la cantidad de
$377,041.00 (trescientos setenta y siete mil cuarenta y un pesos
00/100 moneda nacional), servirá como postura legal la
cantidad de $251,360.66 (doscientos cincuenta y un mil trescientos
sesenta pesos 66/100 moneda nacional), que corresponde a las dos
terceras partes del valor emitido por los peritos designados en
autos. Al efecto, procédase a convocar a postores por medio de
edictos que deberán publicarse por 3-tres veces dentro del
término de 9-nueve días hábiles tanto en el
Diario Oficial de la Federación, y en la Tabla de Avisos de
este Juzgado. En la inteligencia de que la última publicación
deberá de realizarse por los menos 05-cinco días antes
de la fecha programada para la almoneda, ya que su publicación
de otra forma reduciría la oportunidad de los terceros
extraños a juicio que pudieran interesarse en la adquisición
del bien, Debiendo los postores interesados en intervenir en la
subasta de referencia, consignar previamente, mediante certificado de
depósito, cuando menos la cantidad equivalente al 10%-diez por
ciento del valor emitido por los peritos designados en autos. Lo
anterior de conformidad con el artículo 1411 del Código
de Comercio, así como los numerales 469, 470, 472, 473, 474,
475, 481 y 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles,
aplicado de manera supletoria a la Legislación Mercantil.
Hágase saber a los interesados que en la secretaría de
este juzgado se les dará mayores informes al respecto. En la
inteligencia de que el domicilio del recinto judicial se encuentra
ubicado en la Avenida Padre Mier numero 300 Oriente tercer piso en el
centro de este municipio de Monterrey Nuevo León doy fe.
Monterrey, N.L., a 24 de marzo de 2011.
Secretario del Juzgado Primero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado
Lic. Pedro Mayorga García
Rúbrica.
(R.- 323489)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
San Luis Potosí
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de esta fecha, dictado en el juicio de amparo número 1290/2010-I, promovido por Guillermo Alejandro Guerra Cordero, contra actos de la Junta Especial Número 34 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se emplaza a los terceros perjudicados José Luis Tadeo Martínez, José Federico Galván Alcantar y Manufacturas GCI, Sociedad Anónima de Capital Variable, ahora denominada Fountar, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos, para los cual, se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de garantías con que se formó este juicio, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, en los términos siguientes:
El presente juicio de garantías lo promueve Guillermo Alejandro Guerra Cordero, contra actos de la Junta Especial Número 34 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado, a quienes les reclama:
“I.- La determinación de la Responsable emitida en la audiencia de las diez treinta horas del dieciséis de noviembre de dos mil diez que desecha por notoriamente improcedente el incidente de falta de personalidad que promovió como mi apoderada jurídica la Licenciada Ma. Guadalupe Cárdenas Alonso, respecto de la impugnación de falta de personalidad del supuesto representante de Sistemas y Componentes Eléctricos, S.A. de C.V. Licenciado José del Río Argüelles, determinando reconocer personalidad al C. Licenciado José del Río Argüelles como supuesto representante de Sistemas y Componentes Eléctricos S.A. de C.V.
II.- Todas las consecuencias directas e indirectas mediatas e inmediatas, próximas y remotas que de hecho y de derecho se deriven del acto reclamado en el punto I inmediato precedente.”
Asimismo, mediante proveído de ocho de diciembre de dos mil diez, se tuvo como terceros perjudicados a: Gustavo Adolfo Terán Morales, Sebastián Nava Acosta, Fernando González Rojas, Raúl Contreras Almendarez, José Luis Rojas Méndez, Ricardo Amezcua Zapata, Mario Rey Vargas Morales, Thomas Palomo Borbolla, Josefina Rodríguez García, Martha Beatriz Cano Araiza, Arturo Campos Torres, Alma Gregoria García, Miguel Angel Sustáita Silva, Eleutorio Ontiveros Ortiz, Martha Eugenia Acuña Medellín, Juan Manuel Gómez Mendoza, Rafael García Tovar, José Guadalupe Alfaro Martínez, Manuel Heriberto Díaz Rivas, Mary Carmen Sánchez Gómez, todos ellos representados por Fernando Waldo Ramírez; Ricardo Arriaga Hurtado, Esteban Augusto Avalos Báez, Jorge Ulises Huerta Almendárez, José Ricardo Pérez Flores, éstos representados por Víctor Manuel Martínez Palomino; José Luis Tadeo Martínez, José Valencia Rodríguez, Esteban Oviedo Martínez, María Virginia Hernández Villanueva, José Federico Galván Alcántar, Porfirio Alvarez Aguilar, Gerardo Martín Galarza Flores, Miguel Angel García González, Sistemas y Componentes Eléctricos, S.A. de C.V., y Manufacturas GCI, S.A. de C.V., actualmente denominada Fountar, S.A. de C.V.
En consecuencia, hágasele saber por edictos a José Luis Tadeo Martínez, José Federico Galván Alcantar y Manufacturas GCI, Sociedad Anónima de Capital Variable, ahora denominada Fountar, Sociedad Anónima de Capital Variable, que deberán presentarse ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación; que queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo y que, en caso de no comparecer, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal.
Colóquese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del presente acuerdo por todo el tiempo que dure el emplazamiento.
Con fundamento en el artículo 297, fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, requiérase a la parte quejosa para que en el término de tres días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, se presente ante este Juzgado a recoger los edictos correspondientes; y una vez transcurrido éste, dentro de un término igual de tres días, acredite ante este Juzgado que procedió a la publicación de dichos edictos, apercibida que de no hacerlo así, se sobreseerá el presente juicio, de conformidad con el artículo 73, fracción XVIII, en relación con los diversos dispositivos 30, fracción II, y 5o., fracción III, de la Ley de Amparo, así como del numeral 14, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En consecuencia, se deja sin efectos la audiencia constitucional señalada para las diez horas con diez minutos del día once de marzo de dos mil once, y en su lugar se fijan las nueve horas del día trece de mayo de dos mil once.
Notifíquese personalmente a la parte quejosa.
Así lo acordó y firma el licenciado Juan de Dios Monreal Cuéllar, Juez Cuarto de Distrito en el Estado, asistido del licenciado Neftalí Alejandro García Sánchez, Secretario que autoriza y da fe.
Lo transcribo a usted para su conocimiento y efectos legales conducentes.
San Luis Potosí, S.L.P., a 9 de marzo de 2011.
Secretario del Juzgado
Lic. Neftalí Alejandro García Sánchez
Rúbrica.
(R.- 322658)
Sinaloa
Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Ahome,
con residencia en Los Mochis, Sinaloa
Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Ahome,
con residencia en esta ciudad de Los Mochis, Sinaloa, ubicada en Unidad Administrativa,
sita por calles Marcial Ordóñez y Allende
EDICTO DE REMATE
PRIMERA ALMONEDA
Que en el expediente número 416/2010, relativo a juicio
EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por FERTILIZANTES E INSECTICIDAS
COBANARO, S.A. DE C.V., en contra de JESUS VALDEZ LEYVA
y MARIA
ELENA GUILLEN ELIZONDO, el C. Juez ordenó sacar a remate el
siguiente bien inmueble:
LA FINCA URBANA COMO SOLAR 11, MANZANA 14, UBICADA EN CALLE CINCO (HOY CANDELARIO OCHOA) SIN NUMERO, AL NORTE DE LA CASA MARCADA CON EL NUMERO 527 SUR DEL FRACCIONAMIENTO JARDINES DEL COUNTRY, DE ESTA CIUDAD, CON UNA SUPERFICIE DE 420.00 METROS CUADRADOS, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: 30.00 METROS CON LOTE 12 DE LA MISMA MANZANA; AL SUR 30.00 METROS CON LOTE 10 DE LA MISMA MANZANA; AL ORIENTE: 14.00 METROS CON LOTE 30 DE LA MISMA MANZANA Y AL PONIENTE 14.00 METROS CON CALLE PROFESOR CANDELARIO OCHOA GONZALEZ; INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESTA CIUDAD, BAJO INSCRIPCION NUMERO 58, LIBRO 299, SECCION PRIMERA A NOMBRE DE MARIA ELENA GUILLEN ELIZONDO
LA FINCA RUSTICA NUMERO 1085, UBICADA EN EL PREDIO MAVARI,
SINDICATURA DE HIGUERA DE ZARAGOZA, DEL MUNICIPIO DE AHOME, SINALOA,
POR LA CARRETERA INTERESTATAL QUE VA DE EL EJIDO LA DESPENSA A EL
CAMPO PESQUERO EL JITZAMURI, AL LLEGAR A EL POBLADO DE SAN PABLO AL
LADO PONIENTE, ENTRONCA UN CAMINO DE TERRACERIA QUE VA AL SUR DE ESTE
POBLADO, POR ESTE, CAMINAR ENTRE LAS TIERRAS DE CULTIVO A 1.500
METROS ESTA UN PUENTE SOBRE UN DREN AGRICOLA, AL PASAR ESTE,
INMEDIATAMENTE AHI SE ENCUENTRA EL LOTE, CON UNA SUPERFICIE DE
25-00-00 HECTAREAS, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL
NORTE: 196.67 METROS CON TERRENOS MANCOMUNADOS DE SAN PABLO; AL SUR
183.78 FRACCION QUE SERA VENDIDA AL MENOR DE EDAD ALDO VALDEZ LEYVA;
AL ORIENTE: 1,376.28 METROS CON TERRENOS DE LA SUCESION DE MARIANO
LOPEZ Y AL PONIENTE 1,376.28 METROS CON LOTE 4; INSCRITA EN EL
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO
DE ESTA CIUDAD,
BAJO INSCRIPCION NUMERO 135, LIBRO 143, SECCION PRIMERA A NOMBRE DE
JESUS VALDEZ LEYVA.
Siendo postura legal para el presente remate del primer inmueble la cantidad de $475,200.00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), y para el segundo inmueble $775,333.32 (SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 32/100 MONEDA NACIONAL), importe de las dos terceras partes de los avalúos periciales practicados.
La Almoneda tendrá verificativo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DIA VEINTINUEVE DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE.
PUBLIQUESE ESTE EDICTO CON LETRA LEGIBLE DE TAMAÑO NO MENOR DE OCHO PUNTOS POR TRES VECES EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL CUAL SE EDITA EN LA CIUDAD MEXICO, DISTRITO, FEDERAL, Y EN LA TABLA DE AVISOS O EN PUERTA DE ESTE TRIBUNAL, DENTRO DEL TERMINO DE NUEVE DIAS,.
Atentamente
Los Mochis, Sin., a 8 de marzo de 2011.
El C. Secretario Segundo
Lic. Arturo Soto Apodaca
Rúbrica.
(R.- 323493)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito
Tijuana, B.C.
EMPLAZAMIENTO A LA PARTE TERCERO PERJUDICADA
FOMENTO AGRARIO DENOMINADO MATAMOROS
Al margen, sello Escudo Nacional, dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Quinto de Distrito.- Tijuana, Baja California.
En los autos del juicio de amparo 648/2010-II, Mario Olvera Machado, en su carácter de Delegado Estatal de la COMISION PARA LA REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT), contra actos del Juez Noveno de Primera Instancia del Ramo Civil del Partido Judicial de Tijuana, Baja California, Registrador Público de la Propiedad y de Comercio, Director de Catastro Municipal y Subdirector de Catastro, todos con residencia en esta ciudad; se señaló como acto reclamado: "1.- Reclamo de la autoridad responsable ORDENADORA C. JUEZ NOVENO DE LO CIVIL DE TIJUANA, B.C., los siguientes actos:
a).- TODAS Y CADA UNA DE LAS ACTUACIONES Y ACTOS PROCESALES que dentro del juicio ordinario civil de prescripción positiva que se radicó ante el C. Juez Noveno de lo Civil, de esta ciudad de Tijuana, B.C., bajo número de Expediente 401/2004, promovido por los C. GARCIA NORIEGA DANIEL y FOMENTO AGRARIO DENOMINADO MATAMOROS en su carácter de parte actora y demandada sucesivamente, así como todas y cada una de las actuaciones que se hayan practicado dentro de ese juicio, y que se substanciaron ante el C. Juez Noveno de lo Civil, de esta ciudad de Tijuana, B.C., en virtud de que mi representada COMISION PARA LA REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT), nunca ha sido emplazado a juicio, incluso reclamo la sentencia que se hubiere Dictado así como los actos procesales practicados en cumplimiento o ejecución de la sentencia.
b).- De la ejecutora reclamo la inscripción debidamente
practicada ante el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio de esta ciudad en la partida 5407969 sección civil de
fecha de inscripción 22 de febrero del 2005, por la C.
REGISTRADORA DEL REGISTRO PUBLICOI DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE
TIJUANA, B.C. y del C DIRECTOR DE CATASTRO MUNICIPAL DE TIJUANA,
B.C., y C. SUBDIRECTOR DE CATASTRO MUNICIPAL DE TIJUANA, B.C.,
reclamo la asignación de la clave catastral MZ-325-001 y la
sobreposición y/o afectación al predio propiedad de mi
representada, en sí de ambas ejecutoras reclamo cualesquier
otra actuación que tenga por objeto cumplir o ejecutar la
sentencia que se haya dictado dentro del proceso ya señalado
en perjuicio del derecho de propiedad y posesión del que goza
mi representada en virtud de que es propietaria del bien inmueble
objeto del presente juicio, así como cualquier acto que tenga
por objeto ejecutar o cumplir cualquier medida cautelar y/o de
apremio en donde
se ordene trabar formal embargo, actos que de
manera enunciativa más no limitativa señalo, reclamo
que se hace en virtud de que como antes se dijo mi representada
COMISION PARA LA REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT)
no he sido formal ni materialmente emplazada al juicio en que
posiblemente se practicaron tales actos y que se desprenden del
juicio ordinario civil de prescripción positiva que se radicó
ante el C. Juez Noveno de lo Civil de esta ciudad de Tijuana, B.C,
bajo número de Expediente 401/2004, promovido por los C.
GARCIA NORIEGA DANIEL y FOMENTO AGRARIO DENOMINADO MATAMOROS, en su
carácter de parte actora y demandada sucesivamente, reclamo
que se hace en virtud a que mi representada no ha sido emplazada ni
notificada dentro de este juicio en calidad de tercero interesada a
juicio.
2.- En general se reclama de la responsable ordenadora, y ejecutora todo lo actuado en juicio ordinario civil de prescripción positiva que se radicó ante el C. Jueza Noveno de lo Civil, de esta ciudad de Tijuana, B.C., bajo número de Expediente 401/2004, promovido por los C. GARCIA NORIEGA DANIEL y FOMENTO AGRARIO DENOMINADO MATAMOROS, en su carácter de parte actora y demandada sucesivamente, así como los actos que pudieran practicarse con el fin de privarme en el derecho de posesión y de propiedad que sobre el bien inmueble objeto detenta mi representada COMISION PARA LA REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT), ya que es propietaria del bien inmueble ubicado en LOMAS DEL MARIANO MATAMOROS con una superficie de 6,000 M2 correspondiente a los lotes 372, 373, 374, 422 y 423 de la manzana 25 de esta ciudad de Tijuana, B.C., toda vez que la obtuvo el día 09 de febrero de 1996 mediante decreto presidencia de expropiación por causa de utilidad pública, además de que el mismo lo ha poseído de manera pacífica pública, continua y de buena fe y en concepto de propietaria, desde el día 20 de septiembre de 1996, incluso reclamo aquellos actos que en cumplimiento y ejecución se hubiesen dictado o realizado para la práctica de cualquier diligencia que tenga por objeto privarse de la propiedad y posesión que detenta sobre el bien objeto materia de ese juicio ordinario civil, así como cualquier acto que en ejecución o cumplimiento de sentencia se haya ordenado, y asimismo se reclaman también en su cualquier otro acto que se ordenó para privar a la quejosa del dominio, propiedad bien antes citado, actos todos ellos derivados de las actuaciones practicadas en el juicio ordinario civil referido y tramitados ante la responsable, que se traduce en verdaderos actos de molestia y de privación en perjuicio de la parte quejosa a la que no le brindan la garantía de audiencia, por tener como ya se dijo el carácter de TERCERO EXTRAÑO al juicio del que derivan los actos reclamados". (sic).
Al tener en consideración que se agotaron los medios de
localización a fin de conocer el domicilio de la parte tercero
perjudicada FOMENTO AGRARIO DENOMINADO MATAMOROS; hágase el
conocimiento de
la citada tercero perjudicada que deberá
presentarse ante este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja
California, con residencia en la ciudad de Tijuana, sito en Avenida
Paseo de Los Héroes, diez mil quinientos cuarenta ((10540)
Cuarto Piso, Zona Río de la ciudad de Tijuana, Baja
California, por sí o por medio de quien legalmente la
represente, dentro del término de TREINTA DIAS contados a
partir del siguiente al de la última publicación, y
señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en
esta ciudad, ya que de no hacerlo, se le harán las
subsecuentes notificaciones por medio de lista que se fije en los
estrados de este Juzgado Federal. Así mismo se hace de su
conocimiento que se han señalado las DIEZ HORAS DEL VEINTITRES
DE MAYO DE DOS MIL ONCE, para la celebración de la audiencia
constitucional. Se expide el presente edicto, mismo que deberá
de ser publicado por TRES VECES de SIETE en SIETE DIAS hábiles
en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos diarios de mayor circulación en la República
concretamente en el periódico "Excélsior",
ambos de la Capital de la República, en cumplimiento a lo
ordenado en proveído de uno de marzo de dos mil once.
Tijuana, B.C., a 8 de marzo de 2011.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado
Rubén Robles Cortés
Rúbrica.
(R.- 322764)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas
EDICTO
Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Chiapas
C. ENRIQUE LOPEZ CRUZ.
DONDE SE ENCUENTRE
En la causa penal 130/2009, que se instruye en contra de NEFTALI DE LUCIO LORENZANA Y/O ECTALI DE LUCIO LORENZANA, por el delito de CONTRA LA SALUD, en las modalidades de venta del estupefaciente denominado clorhidrato de cocaína, posesión del estupefaciente denominado clorhidrato de cocaína y marihuana, con fines de comercio, previsto y sancionado por los artículos 193, 194, fracción I,195 párrafo primero del Código Penal Federal, en relación al precepto legal 13, fracción II, del mismo ordenamiento legal, se determinó se notifique a usted, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 83, del Código Federal de Procedimientos Penales, que se fijaron las ONCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL QUINCE DE ABRIL DE DOS MIL ONCE, para que se presente con identificación oficial a las instalaciones que ocupa el Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Chiapas, con sede en la tercera avenida norte esquina con tercera calle oriente número veintitrés, colonia centro, de esta ciudad, en día y hora hábil, debidamente identificado, para una diligencia de carácter penal, con el procesado señalado en líneas que anteceden.
Y para su publicación por dos veces, en un periódico
de mayor circulación en esta ciudad, expido
el presente en
Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas, a los
veintiocho días del mes de febrero de
dos mil once.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito
Lic. José de Jesús Soto Ríos
Rúbrica.
(R.- 323490)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil del D.F.
Secretaría “A”
Expediente 773/2008
EDICTO
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por BANCO J.P. MORGAN, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, J.P. MORGAN GRUPO FINANCIERO, DIVISION FIDUCIARIA ahora HIPOTECARIA SU CASITA S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA en contra de EGUIA DEL RIO DAVID expediente número 773/2008, el C. Juez ha dictado un(os) auto(s) que a la letra y en lo conducente dice(n):
México, Distrito Federal a dieciocho de marzo del dos mil once.
(…) como se solicita se señalan las DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL ONCE, día
y hora en que lo permiten las labores del juzgado para que tenga
verificativo la audiencia de remate ordenada en autos, debiendo
prepararse en la forma y términos que se especifican en auto
del dieciocho de febrero del presente año, (…).
NOTIFIQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo
Cuarto de lo Civil del Distrito Federal Licenciado ALEJANDRO PEREZ
CORREA, quien actúa ante el
C. Secretario de Acuerdos
Licenciado Onésimo Lugo Godínez, quien autoriza y da
fe, lo que se hace saber a las partes en términos del artículo
115 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal. DOY FE.
México, Distrito Federal a dieciocho de febrero del dos mil once.
(…) Como se solicita para que tenga verificativo la celebración del REMATE EN PRIMERA ALMONEDA del inmueble hipotecado identificado como DEPARTAMENTO 16 (DIECISEIS) DEL CONJUNTO RESIDENCIAL HACIENDA HOUSE, CONSTRUIDO SOBRE EL LOTE 6 MANZANA 5 SECCION RESIDENCIAL III, ZONA TURISTICA DE IXTAPA, DEL MUNICIPIO DE JOSE AZUETA, ESTADO DE GUERRERO se señalan las (…), debiéndose convocar postores por medio de edictos que se publiquen por TRES VECES, dentro del plazo de NUEVE DIAS HABILES, en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION y en los ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, siendo el precio base del remate la cantidad de $1,348,000.00 (UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M. N.), siendo postura legal la que cubra dicha cantidad. Debiendo los licitadores exhibir cuando menos el diez por ciento del precio base para tomar parte en la subasta. (…) lo anterior de conformidad con lo previsto por los artículos 1411 del Código de Comercio, 474 y 482 del Código Federal Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación mercantil. (…).
México, D.F., a 25 de marzo de 2011.
El C. Secretario de Acuerdos “A”
Lic. Onésimo Lugo Godínez
Rúbrica. (R.- 322169)
AVISOS GENERALES
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ITDP MEXICO, A.C.
CONVOCATORIA
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 2675 del Código Civil para el Distrito Federal, así como lo previsto por el artículo décimo sexto y décimo séptimo de los estatutos sociales de la Asociación, se convoca a los señores asociados de ITDP MEXICO, A.C., a la Asamblea General Extraordinaria de Asociados, que se celebrará el próximo día 29 de abril de 2011 a las 9:00 horas, en el domicilio ubicado en Galileo 55, primer piso, colonia Polanco, código postal 11560, México, D.F., de conformidad con el siguiente:
ORDEN DEL DIA
I. Discusión y aprobación, en su caso, de la modificación a los estatutos sociales de la Asociación.
II. Discusión y aprobación, en su caso, respecto la admisión de un nuevo asociado a la Asociación.
III. Discusión y aprobación, en su caso, respecto la renuncia presentada por un miembro y Secretario de la Junta Directiva.
IV. Cualquier otro asunto relacionado con los anteriores.
Atentamente
México, D.F., a 28 de marzo de 2011.
ITDP México, A.C.
Presidente de la Junta Directiva
Bernardo Baranda Sepúlveda
Rúbrica.
(R.- 323461)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de la Función Pública
Dirección General Adjunta de Responsabilidades e Inconformidades
ASUNTO: NOTIFICACION POR EDICTOS.
SE NOTIFICA AL:
C. VICTOR MANUEL FLORES VALADEZ: R.F.C. FOVV471223I50, EX TITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL EN LA PROCURADURIA AGRARIA Y EX TITULAR DEL AREA DE QUEJAS DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL EN LA PROCURADURIA AGRARIA.
EXPEDIENTE: B/009/2010.
De conformidad al contenido del Acuerdo del 14 de enero del 2011 dictado en expediente B/009/2010, con fundamento en el articulo 21, fracción I, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en relación con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia, se hace de su conocimiento que derivado de las denuncias presentadas por el C. Lic. Rafael Francisco Ortiz de la Torre, Titular del Area de Responsabilidades y Titular del Area de Quejas del Organo Interno de Control en la Procuraduría Agraria, en contra de Usted, cuando se desempeñó como Titular del Area de Responsabilidades y Titular de Area de Quejas de ese mismo Organo Interno de Control, se advierte que: Presuntamente omitió reportar los oficios números DG/311/1856/2007 del 14 de noviembre de 2007, DG/311/2627/2007 del 20 de diciembre de 2007, DG/311/1046/2008 del 9 de mayo de 2008, y DG/311/1530/2008 de 22 de julio de 2008 sucritos por el Director General de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública, dentro del acta entrega recepción de la Titularidad de las Areas de Responsabilidades y de Quejas del Organo Interno de Control en mención, elaborada el 31 de octubre de 2008, con la que entregó y rindió su informe de los asuntos que tenía a su cargo y el estado que guardaban, obstaculizándose con tal omisión la continuidad en la prestación del servicio público. Derivado de la anterior irregularidad presuntamente ocasionó se actualizara la prescripción de las facultades del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en la Procuraduría Agraria, para en su caso imponer sanciones a los servidores públicos a que se refieren los oficios: DG/311/1856/2007, DG/311/2627/2007, DG/311/1046/2008 y DG/311/1530/2008, ya que omitió reportarlos en su acta de entrega recepción. En este mismo orden de ideas, es importante señalar que respecto al diverso oficio número DG/311/DR/742/2008, sí fue reportado, pero las actuaciones y diligencias realizadas para su atención no fueron efectuados en tiempo para poder interrumpir la prescripción, y así sancionar en su caso a los servidores públicos presuntos responsables contenidos en el oficio de mérito, Por todo lo anterior presuntamente violó lo dispuesto por los artículos 7, 8, fracciones I, IV y XXIV, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, artículos 1, 2, 4, 5 y 8, del DECRETO para realizar la entrega recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión, publicado el 14 de septiembre de 2005 en el Diario Oficial de la Federación; PRIMERO, TERCERO, CUARTO, NOVENO DECIMO y DECIMO SEGUNDO del ACUERDO que establece las disposiciones que deberán observar los servidores públicos al separarse de su empleo, cargo o comisión para realizar la entrega recepción del informe de los asuntos a su cargo y de los recursos que tengan asignados, publicado el 13 de octubre de 2005 en el Diario Oficial de la Federación, y las disposiciones PRIMERA, SEGUNDA, CUARTA y QUINTA del “OFICIO número SP/100/0328/2006, publicado el 15 de junio de 2006 en el Diario Oficial de la Federación, y como consecuencia lo dispuesto en el artículo 67, fracción I, numeral 1 y fracción III, numeral 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado el 27 de mayo de 2005 en el Diario Oficial de la Federación.
Por tanto es procedente efectuar la respectiva notificación por edictos, los cuales se publicaran por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, asimismo se le informa que deberá apersonarse a la audiencia de ley dentro del término de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente de la última publicación de los edictos, para que acuda ante la Dirección General Adjunta de Responsabilidades e Inconformidades, ubicada en Avenida Insurgentes Sur, número 1735, ala sur 9o. piso, en la Colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, C.P. 01020, Distrito Federal, a efecto de rendir su declaración en torno a los hechos que se le imputan, así como para hacer valer su defensa, teniendo el derecho de asistir acompañado de su defensor, en términos de lo previsto en la fracción I del artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, apercibido de que en caso de no comparecer sin causa justificada, se tendrán por ciertas las irregularidades que se le imputan, y concluida la diligencia, se le concederá un plazo de cinco días hábiles para que ofrezca los elementos de prueba que estime pertinentes relacionados con los hechos que se le atribuyen, atento a lo señalado en la fracción II del mencionado precepto legal; finalmente se hace de su conocimiento que el expediente en que se actúa está a su disposición para su consulta, en días y horas hábiles en la Dirección General Adjunta de Responsabilidades e Inconformidades, de esta Contraloría Interna.
México, D.F., a 16 de marzo de 2011.
Secretaría de la Función Pública
Director General Adjunto de Responsabilidades e Inconformidades
Lic. Guillermo González Luna
Rúbrica.
(R.- 322614)
CHUBB DE MEXICO COMPAÑIA AFIANZADORA, S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en pesos)
100 |
Activo |
|
|
110 |
Inversiones |
|
251,418,185.93 |
111 |
Valores y Operaciones con Productos Derivados |
248,696,862.89 |
|
112 |
Valores |
248,696,862.89 |
|
113 |
Gubernamentales |
134,268,242.53 |
|
114 |
Empresas Privadas |
98,066,217.14 |
|
115 |
Tasa Conocida |
98,055,217.14 |
|
116 |
Renta Variable |
11,000.00 |
|
117 |
Extranjeros |
14,109,418.00 |
|
118 |
Valores Otorgados en préstamo |
0.00 |
|
119 |
Valuación Neta |
1,187,718.19 |
|
120 |
Deudores por Intereses |
1,065,267.03 |
|
121 |
(-) Deterioro de Valores |
0.00 |
|
122 |
Valores Restringidos |
0.00 |
|
123 |
Operaciones con Productos Derivados |
0.00 |
|
124 |
Reporto |
0.00 |
|
125 |
Préstamos |
0.00 |
|
126 |
Con Garantía |
0.00 |
|
127 |
Quirografarios |
0.00 |
|
128 |
Descuentos y Redescuentos |
0.00 |
|
129 |
Cartera Vencida |
0.00 |
|
130 |
Deudores por Intereses |
0.00 |
|
131 |
(-) Estimación para Castigos |
0.00 |
|
132 |
Inmobiliarias |
2,721,323.04 |
|
133 |
Inmuebles |
456,249.96 |
|
134 |
Valuación Neta |
2,851,803.82 |
|
135 |
(-) Depreciación |
586,730.74 |
|
136 |
Inversiones para Obligaciones Laborales |
|
20,638,869.41 |
137 |
Disponibilidad |
|
7,009,175.98 |
138 |
Caja y Bancos |
7,009,175.98 |
|
139 |
Deudores |
|
50,522,625.37 |
140 |
Por Primas |
88,409,130.25 |
|
141 |
Agentes |
1,572,418.67 |
|
142 |
Documentos por Cobrar |
0.00 |
|
143 |
Deudores por Responsabilidades de Fianzas Por Reclamaciones Pagadas |
(11,547,758.71) |
|
144 |
Préstamos al Personal |
167,500.00 |
|
145 |
Otros |
1,422,093.59 |
|
146 |
(-) Estimación para Castigos |
29,500,758.43 |
|
147 |
Reafianzadores |
|
177,767,101.97 |
148 |
Instituciones de Fianzas |
0.00 |
|
149 |
Primas Retenidas por Reafianzamiento Tomado |
0.00 |
|
150 |
Otras Participaciones |
2,023,188.88 |
|
151 |
Intermediarios de Reafianzamiento |
0.00 |
|
152 |
Participación de Reafianzadoras en la Reserva de Fianzas en Vigor |
175,743,913.09 |
|
153 |
(-) Estimación para Castigos |
0.00 |
|
154 |
Otros Activos |
|
54,294,707.61 |
155 |
Mobiliario y Equipo |
3,428,657.15 |
|
156 |
Activo Adjudicados |
96,000.00 |
|
157 |
Diversos |
46,975,604.82 |
|
158 |
Gastos Amortizables |
7,307,660.48 |
|
159 |
(-) Amortización |
3,513,214.84 |
|
160 |
Activos Intangibles |
0.00 |
|
161 |
Productos Derivados |
0.00 |
|
|
Sumas del Activo |
|
561,650,666.27 |
200 |
Pasivo |
|
|
210 |
Reservas Técnicas |
|
199,355,736.45 |
211 |
Fianzas en Vigor |
185,020,656.84 |
|
212 |
Contingencia |
14,335,079.61 |
|
213 |
Reservas para Obligaciones Laborales |
|
20,264,277.43 |
214 |
Acreedores |
|
40,951,508.51 |
215 |
Agentes |
20,534,911.26 |
|
216 |
Acreedores por Responsabilidad de Fianzas |
0.00 |
|
217 |
Diversos |
20,416,597.25 |
|
218 |
Reafianzadores |
|
43,327,919.10 |
219 |
Instituciones de Fianzas |
24,682,352.38 |
|
220 |
Depósitos Retenidos |
1,994,937.88 |
|
221 |
Otras Participaciones |
16,650,628.84 |
|
222 |
Intermediarios de Reafianzamiento |
0.00 |
|
223 |
Operaciones con Productos Derivados |
|
0.00 |
224 |
Financiamientos Obtenidos |
|
0.00 |
225 |
Emisión de Deuda |
0.00 |
|
226 |
Por Obligaciones Subordinadas No Susceptibles de Convertirse en Acciones |
0.00 |
|
227 |
Otros Títulos de Crédito |
0.00 |
|
228 |
Contratos de Reaseguro Financiero |
0.00 |
|
229 |
Otros Pasivos |
|
49,650,759.29 |
230 |
Provisiones para la Participación de los Trabajadores en la Utilidad |
5,732,954.00 |
|
231 |
Provisiones para el Pago de Impuestos |
17,301,159.20 |
|
232 |
Otras Obligaciones |
26,442,215.39 |
|
233 |
Créditos Diferidos |
174,430.70 |
|
|
Suma del Pasivo |
|
353,550,200.78 |
300 |
Capital |
|
|
310 |
Capital Pagado |
|
361,620,372.12 |
311 |
Capital Social |
361,620,372.12 |
|
312 |
(-) Capital No Suscrito |
0.00 |
|
313 |
(-) Capital No Exhibido |
0.00 |
|
314 |
(-) Acciones Propias Recompradas |
0.00 |
|
315 |
Obligaciones Subordinadas de Conversión Obligatoria a Capital |
|
0.00 |
316 |
Reservas |
|
33,603,683.82 |
317 |
Legal |
33,603,683.82 |
|
318 |
Para Adquisición de Acciones Propias |
0.00 |
|
319 |
Otras |
0.00 |
|
320 |
Superávit por Valuación |
|
223,047.89 |
321 |
Subsidiarias |
|
0.00 |
323 |
Resultado de Ejercicios Anteriores |
|
(207,833,914.13) |
324 |
Resultado del Ejercicio |
|
18,962,169.91 |
325 |
Exceso o Insuficiencia en la Actualización del Capital Contable |
|
1,525,105.88 |
|
Suma del Capital |
|
208,100,465.49 |
|
Suma del Pasivo y Capital |
561,650,666.27 |
|
|
Orden |
|
|
810 |
Valores en Depósito |
8,478,412.88 |
|
820 |
Fondos en Administración |
0.00 |
|
830 |
Responsabilidades por Fianzas en Vigor |
2,357,594,151.18 |
|
840 |
Garantías de Recuperación por Fianzas Expedidas |
2,329,908,123.30 |
|
850 |
Reclamaciones Recibidas Pendientes de Comprobación |
14,317,413.64 |
|
860 |
Reclamaciones Contingentes |
4,477,507.02 |
|
870 |
Reclamaciones Pagadas |
1,286,093.77 |
|
875 |
Reclamaciones Canceladas |
4,248,931.91 |
|
880 |
Recuperación de Reclamaciones Pagadas |
320,273.51 |
|
890 |
Pérdida Fiscal por Amortizar |
0.00 |
|
900 |
Reserva por Constituir para Obligaciones Laborales |
0.00 |
|
910 |
Cuentas de Registro |
108,945,031.77 |
|
920 |
Operaciones con Productos Derivados |
0.00 |
|
921 |
Operaciones con Valores Otorgados en Préstamo |
0.00 |
|
922 |
Garantías Recibidas por Derivados |
0.00 |
|
923 |
Garantías Recibidas por Reporto |
0.00 |
“El presente Balance General se formuló de conformidad con las disposiciones emitidas en materia de contabilidad por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose correctamente reflejadas en su conjunto, las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.”
“El presente Balance General fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.”
“Los Estados Financieros y las Notas de Revelación que forman parte integrante de los estados financieros, pueden ser consultados en Internet, en la página electrónica:
“http://www.chubb.com/international/mexico/”
“Los Estados Financieros se encuentran dictaminados por el C.P.C. Jesús Meza Osornio, miembro de la sociedad denominada Mancera, S.C. contratada para prestar los servicios de auditoría externa a esta institución; asimismo, las reservas técnicas de la institución fueron dictaminadas por el Act. Alberto Elizarrarás Zuloaga.”
“El dictamen emitido por el auditor externo, los Estados Financieros y las notas que forman parte integrante de los Estados Financieros dictaminados, se ubicarán para su consulta en Internet, en la página electrónica: http://www.chubb.com/international/mexico/ a partir de los sesenta días naturales siguientes al cierre del ejercicio 2010.”
"El capital pagado incluye la cantidad de $0.00 moneda nacional,
originada por la capitalización parcial
del superávit
por valuación de inmuebles".
Elaborado: 30 de marzo 2011.
Director General Lic. Juan Segura Warnholtz Rúbrica. |
Subdirector de Finanzas Lic. Andrés Avilez Barragán Rúbrica. |
Contralor Normativo
L.C. Ana Luz Gómez Gurrola
Rúbrica.
CHUBB DE MEXICO COMPAÑIA AFIANZADORA, S.A. DE C.V.
ESTADO DE RESULTADOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en pesos)
400 |
Primas |
|
|
|
410 |
Emitidas |
|
279,429,305.35 |
|
420 |
(-) Cedidas |
|
265,446,112.34 |
|
430 |
De Retención |
|
13,983,193.01 |
|
440 |
(-) Incremento Neto de la Reserva de Riesgos en Curso y de Fianzas en Vigor |
|
2,264,427.98 |
|
450 |
Primas de Retención Devengadas |
|
|
11,718,765.03 |
460 |
(-) Costo Neto de Adquisición |
|
(64,124,736.60) |
|
470 |
Comisiones a Agentes |
80,216,695.07 |
|
|
480 |
Comisiones por Reafianzamiento Tomado |
0.00 |
|
|
490 |
(-) Comisiones por Reafianzamiento Cedido |
(168,558,275.90) |
|
|
500 |
Cobertura de Exceso de Pérdida |
0.00 |
|
|
510 |
Otros |
24,216,844.23 |
|
|
520 |
(-) Costo Neto Reclamaciones |
|
2,107,015.49 |
|
530 |
Reclamaciones |
2,107,015.49 |
|
|
540 |
(-) Reclamaciones Recuperada del Reaseguro y Reafianzamiento No Proporcional |
0.00 |
|
|
550 |
Utilidad (Pérdida) Técnica |
|
|
73,736,486.14 |
560 |
(-) Incremento Neto de Otras Reservas Técnicas |
|
608,661.45 |
|
570 |
Incremento a la Reserva de Contingencia |
608,661.45 |
|
|
585 |
Resultado de Operaciones Análogas y Conexas |
0.00 |
|
|
590 |
Utilidad (Pérdida) Bruta |
|
|
73,127,824.69 |
600 |
(-) Gastos de Operación Netos |
|
53,010,219.99 |
|
610 |
Gastos Administrativos y Operativos |
24,566,731.56 |
|
|
620 |
Remuneraciones y Prestaciones al personal |
26,344,762.91 |
|
|
630 |
Depreciaciones y Amortizaciones |
2,098,725.52 |
|
|
640 |
Utilidad (Pérdida) de la Operación |
|
|
20,117,604.70 |
650 |
Resultado Integral de Financiamiento |
|
6,254,640.95 |
|
660 |
De Inversiones |
5,430,755.55 |
|
|
670 |
Por Venta de Inversiones |
943,495.48 |
|
|
680 |
Por Valuación de Inversiones |
1,445,446.93 |
|
|
700 |
Por Emisión de Instrumentos de Deuda |
0.00 |
|
|
710 |
Por Reaseguro Financiero |
0.00 |
|
|
720 |
Otros |
14,150.84 |
|
|
730 |
Resultado Cambiario |
(1,579,207.85) |
|
|
740 |
(-) Resultado por Posición Monetaria |
0.00 |
|
|
750 |
Utilidad (Pérdida) antes de impuestos a la Utilidad y PRS |
|
|
26,372,245.65 |
760 |
(-) Provisión para el Pago de Impuestos a la Utilidad |
|
7,410,075.74 |
|
780 |
Participación en el Resultado de Subsidiarias (PRS) |
|
0.00 |
|
790 |
Utilidad (Pérdida) antes de Operaciones Discontinuadas |
|
|
18,962,169.91 |
800 |
Operaciones Discontinuadas |
|
0.00 |
|
810 |
Utilidad (Pérdida) del Ejercicio |
|
|
18,962,169.91 |
El presente Estado de Resultados se formuló de conformidad con las disposiciones en materia de contabilidad emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose reflejados todos los ingresos y egresos derivados de las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.
El presente Estado de Resultados fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.
Elaborado: 30 de marzo 2011.
Director General Lic. Juan Segura Warnholtz Rúbrica. |
Subdirector de Finanzas Lic. Andrés Avilez Barragán Rúbrica. |
Contralor Normativo
L.C. Ana Luz Gómez Gurrola
Rúbrica.
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