Lunes
31 de enero de 2011 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito
Tijuana, B.C.
EMPLAZAMIENTO
A JOSE ANSELMO MORENO RODRIGUEZ AL MARGEN SELLO ESCUDO NACIONAL,
DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN EL
ESTADO, PARA SU RESPECTIVA PUBLICACION CONFORME A LO QUE SE PRECISA,
TRANSCRIBO A USTED
EL PRESENTE
EDICTO
En
los autos del juicio de garantías número 228/2010,
promovido por Aniceto Villaseñor Ortiz, contra actos del Juez
Cuarto de lo Civil en esta ciudad y otras autoridades, por actos
consistentes en el proveído que ordenó el emplazamiento
de las partes dentro del juicio sumario hipotecario, 579/2007, el
emplazamiento, así como cualquier registro, cancelación
total o parcial del embargo inscrito bajo partida 5347446, de doce
de
diciembre de dos mil tres, en el Registro Público de la
Propiedad y de Comercio, así como sus consecuencias; los
cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días,
en el Periódico “El Mexicano” de esta ciudad, el
Diario Oficial de la Federación, así como en el
Periódico Reforma, de la ciudad de México, Distrito
Federal, para el efecto de que comparezca ante este Juzgado Cuarto de
Distrito en el Estado de Baja California, si así conviene a
sus intereses en el término de treinta días contado a
partir del siguiente al de la última publicación,
quedando en la Secretaría, la copia simple de la demanda de
garantías para su traslado.
Atentamente
Tijuana, B.C., a 5 de octubre de 2010.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Lic. Lidia Medrano Meza
Rúbrica.
(R.- 319270)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Segunda Sala Civil
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A: DESARROLLADORA PLAYA VISTA S. DE R.L. DE C.V.
En
los autos del cuaderno de amparo, relativo al toca numero 1112/2010,
deducido del juicio Ejecutivo Mercantil seguido por BBVA Bancomer,
S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero
Bancomer contra Inmobiliaria Playa Ensueño, S.A. de C.V. y
Otra, la Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del
Distrito Federal, ordenó emplazar por edictos a la tercera
perjudicada Desarrolladora Playa Vista S. de R.L.
de C.V.,
haciéndole saber que cuenta con un término de TREINTA
DIAS, contados a partir de la última publicación de
este edicto, para comparecer ante la Autoridad Federal a defender sus
derechos, en el juicio de amparo interpuesto por Mauricio Arturo
Núñez Lozada, en su carácter de apoderado de
Inmobiliaria Playa Ensueño, S.A. de C.V. contra la sentencia
dictada por esta Sala el veintiuno de junio de dos mil diez, en el
referido toca, quedando a su disposición las copias simples de
traslado en la Secretaría de Acuerdos
de la H. SEGUNDA SALA
CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, en su
domicilio ubicado en el octavo piso de la Calle de Río de la
Plata número 48, Colonia Cuauhtémoc, Delegación
Cuauhtémoc, C.P. 06500, en México Distrito Federal.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 8 de diciembre de 2010.
La C. Secretaria Auxiliar de Acuerdos de la Segunda Sala Civil
del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Lic. María de Lourdes Pérez García
Rúbrica. (R.- 319855)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
(Avenida Américas 599, colonia Ladrón de Guevara, código postal 44600,
Guadalajara, Jalisco, teléfono 36309640)
EDICTO
A: FERNANDO ROBLES IGUIÑIZ, tercero perjudicado.
En
el juicio de amparo 2184/2010, promovido por Carlos Manuel Sánchez
Navarro, contra actos del:
1) Director del Registro Público
de la Propiedad y de Comercio, con residencia en Puerto Vallarta,
Jalisco y otras, con fundamento en el artículo 30 fracción
II de la Ley de Amparo, en relación con el numeral 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria a la Ley de la Materia, se ordena emplazar por edictos,
publicándose por tres veces, de siete en siete días, en
el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación de la República; queda a su
disposición, en la Secretaría de Juzgado, copia simple
de la demanda de amparo; dígasele que cuenta con un plazo de
treinta días, contados a partir de la última
publicación, para que ocurra a este Organo Jurisdiccional a
hacer valer derechos y que se señalaron las once horas con
diez minutos del cuatro de febrero de dos mil once, para que tenga
verificativo la audiencia constitucional.
Guadalajara, Jal., a 13 de enero de 2011.
La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
Lic. Ileana Cruz López
Rúbrica.
(R.- 319527)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial del Estado
Juzgado Séptimo Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por éste publicarse Edictos tres veces dentro nueve días Periódico Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos de éste Juzgado, anúnciese Remate en Primera Almoneda del bien inmueble embargado en el Juicio Ejecutivo Mercantil número de expediente M248/08, promovido por el Licenciado GREGORIO GONZALEZ PADILLA, Apoderado General para Pleitos y Cobranzas del Doctor ALFONSO AGUSTIN RAMIREZ MEDINA en contra de “CLINICA HOSPITAL CORADI, S.A. DE C.V.”. Respecto del inmueble ubicado en Boulevard Hidalgo número 2512, colonia Las Aguilas de esta ciudad, con superficie de 2,400 M2, con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte: 96.00 metros con fracción denominada La Virgen; Al Sur: 82.22 metros con fracción del mismo predio; Al Oriente: 27.00 metros con carretera a Ibarrilla; y, Al Poniente: 27.00 metros con Boulevard Hidalgo. Almoneda que tendrá verificativo a las 13:00 trece horas del día 15 quince de Febrero del 2011 dos mil once, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $13’792,410.00 (TRECE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS DIEZ PESOS 00/100 M.N.) precio avalúo, convóquese a postores y cítese acreedores.
León, Gto., a 12 de enero de 2011.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Séptimo Civil de Partido
Lic. Ramón Becerra Ramírez
Rúbrica.
(R.- 319645)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
En
los autos del juicio de amparo 555/2010-V, promovido por Eduardo
Novoa Villar, por su propio derecho, en su carácter de
heredero y como apoderado del albacea Eduardo Novoa Pani, de la
sucesión a bienes
de Carlos Eduardo Novoa Allard, contra
actos del Juez y Actuario adscritos al Juzgado Quincuagésimo
Cuarto de
lo Civil del Tribunal Superior de Justicia y Director
del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, ambos del
Distrito Federal; demanda admitida el veinte de agosto de dos mil
diez, y con fundamento en el artículo 315
del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, a
la Ley de Amparo, se ordenó emplazar a juicio a la tercera
perjudicada EUGENIA ALLARD ROMERO VIUDA DE NOVOA, SU SUCESION,
haciéndole saber que se puede apersonar por conducto de
apoderado o representante legal, dentro del término de treinta
días contados a partir del día siguiente al en que
surta sus efectos la última publicación que se haga por
edictos; con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes
notificaciones se harán
por lista, conforme a lo previsto
en el párrafo segundo del artículo 30 de la ley de
Amparo; dejándose a su disposición en la Secretaría
de este Juzgado, copia simple de la demanda que nos ocupa.
México, D.F., a 22 de diciembre de 2010.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Blanca Araceli Arce Martínez
Rúbrica.
(R.- 319433)
Estado de México
Poder Judicial
Primera Sala Civil
Texcoco
EDICTO
Emplazamiento a los terceros perjudicados SALVADOR GARCIA HURTADO Y MAYRA CARDONA VILLALPANDO.
ROSA REYNA ZENIL RUBIO. Promovió Juicio de amparo directo civil número 744/2010-IV, ante el Tribunal Colegiado del Segundo Circuito con sede en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, y por desconocerse su domicilio en el toca número 338/2010, se dictó auto de fecha catorce de enero de dos mil once, en el que se ordena el emplazamiento por edictos, se le hace saber a los referidos terceros perjudicados, que deberá presentarse a deducir sus derechos ante el Tribunal Colegiado del conocimiento, dentro del término de treinta días contados del día siguiente al de la última publicación, se fijó en la puerta de la Primera Sala Civil de Texcoco, copia de esta resolución por todo el tiempo que dure el emplazamiento, quedando a su disposición, copia simple de la demanda de garantías. Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se expide el día diecisiete de enero de dos mil once.
Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Colegiada Civil de Texcoco
Lic. Iliana Justiniano Oseguera
Rúbrica.
(R.- 319820)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Xalapa de Equez., Veracruz
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES A REMATE.
En los autos del juicio ejecutivo mercantil 144/2009 del índice de este Juzgado Segundo de Distrito en Xalapa, Veracruz, promovido por "Distribuidora Liverpool", S.A. de C.V., por su endosatario en procuración, por pago de pesos, se acordó sacar a remate en subasta pública, el bien inmueble consistente en el lote de terreno número quince, manzana "B" y casa habitación en él fincada, ubicado en la calle La Laja, número trece, del Fraccionamiento La Marquesa Animas, en esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias NORTE: diez metros, con propiedad particular. SUR: diez metros, con calle La Laja. ORIENTE: diecinueve punto cincuenta metros, con lote dieciséis; y, al PONIENTE: diecinueve punto cincuenta metros, con lote catorce, con superficie de ciento noventa y cinco metros cuadrados. Sirviendo como base, de la parte proporcional, según dictamen pericial, la cantidad de $729,300.00 (Setecientos veintinueve mil trescientos pesos 00/100 M.N.), y, como postura legal la que cubra las dos terceras partes del importe señalado.
Se encuentran señaladas las DOCE HORAS, DEL DIECISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE, para la audiencia de remate en pública almoneda. Convóquense postores por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces dentro del término de nueve días, en el Diario Oficial de la Federación, en la Tabla de Avisos de este juzgado federal, y en el periódico local “Diario de Xalapa”.
Atentamente
Xalapa, Ver., a 6 de enero de 2011.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Lic. Salvador Huesca Utrera
Rúbrica.
(R.- 319851)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Sexto de lo Civil
EDICTO DE REMATE
SE CONVOCAN POSTORES
En
cumplimiento a lo ordenado por autos de fechas veintidós de y
noviembre, seis y siete de diciembre de dos mil diez y trece de enero
de dos mil once, relativos a los autos del juicio EJECUTIVO
MERCANTIL, promovido por KALTEX FIBERS, S.A. DE C.V., en contra de
INTERCRIL, S.A. DE C.V. Y GLADYS ABISAD ABIJAIR, expediente 821/07,
la C. Juez Sexto de lo Civil en el Distrito Federal ordenó
sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA Y PUBLICA SUBASTA el inmueble
sujeto a embargo en este procedimiento ubicado en LA CALLE ESTEBAN DE
ATUÑANO, NUMERO 161, COLONIA LA AHOGADA, MUNICIPIO DE PUEBLA
DE ZARAGOZA, C.P. 72130 EN EL ESTADO DE PUEBLA, sirviendo de base
para el remate la cantidad de NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA
Y TRES MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 M.N. Señalándose
para que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN PRIMERA
ALMONEDA Y PUBLICA SUBASTA las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA
VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE, la cual tendrá
verificativo en el local que ocupa éste Juzgado Civil, ubicado
en la Avenida Niños Héroes, número 132, Tercer
Piso, Torre Sur, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc,
en ésta Ciudad. Con la precisión de que los postores
deberán exhibir el diez por ciento de la cantidad antes
mencionada para formar parte del remate, en la inteligencia, que las
posturas se deberán formular por escrito, expresando y
cumpliendo, el o los postores o su representante con poder jurídico,
los requisitos a que se refieren los artículos 481 y 482 del
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria al Código de Comercio, siempre y cuando no vayan en
contra de la naturaleza jurídica del juicio
en que se
actúa; precisándose que por lo que se refiere al
numeral II del primer precepto legal invocado, la cantidad que
deberán referir, es la postura legal, atendiendo a la citada
naturaleza del presente juicio. Finalmente se
precisa que las
cantidades que exhiban, deberán hacerlo mediante billete de
depósito.
EDICTOS QUE DEBERAN PUBLICARSE POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, DEBIENDO MEDIAR ENTRE LA ULTIMA PUBLICACION DEL EDICTO Y LA FECHA SEÑALADA PARA EL REMATE CINCO DIAS POR LO MENOS, EN LOS SIGUIENTES LUGARES:
EN LOS TABLEROS DE AVISOS DE ESTE JUZGADO.
EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
Secretaria Conciliadora en funciones de Secretaria de Acuerdos "A"
Lic. Sonia Alejandra García Beltrán
Rúbrica. (R.- 319854)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Noveno de lo Mercantil
EDICTO
JUZGADO NOVENO DE LO MERCANTIL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO.
A las 10:00 DIEZ HORAS DEL DIA 15 QUINCE DE FEBRERO DEL AÑO 2011 DOS MIL ONCE, remátese en el local de éste H. Juzgado dentro del Juicio MERCANTIL ORDINARIO, expediente número 2697/2006, promovido por BANCO NACIONAL DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, en contra de IDOLINA VARGAS OLIVARRIA Y JUAN JOSE LEON PELAYO, el siguiente bien inmueble embargado en autos:
El bien inmueble marcado con el número 1656, de la calle Sierra de Bolaños de la Primera sección del conjunto habitacional Colinas de las Aguilas, en Zapopan, Jalisco con superficie total 133.00 metros cuadrados. Asignándosele un valor de $740.242.50 (SETECIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 50/100 M.N.).
*CITENSE POSTORES.
*Postura Legal: La que cubra las dos terceras partes del avalúo correspondiente a $740.242.50 (SETECIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 50/100 M.N.).
(Publicarse en el Diario Oficial de la Federación por 03 tres veces dentro de 09 nueve días).
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 21 de enero de 2011.
La C. Secretario de Acuerdos
Lic. Ana Luisa Gómez Macedo
Rúbrica.
(R.- 319881)
AVISO AL PUBLICO
Se comunica que para las publicaciones de estados financieros, éstos deberán ser presentados en un solo archivo. Dicho documento deberá estar capturado en cualquier procesador de textos WORD.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Octavo Civil
León, Gto.
Secretaría
EDICTO
Por este publicárase tres veces dentro de nueve días, en Diario Oficial de la Federación, tabla de avisos este Juzgado y en la puerta del Juzgado de Páztzcuaro, Michoacán. Anúnciese remate primera almoneda el inmueble ubicado en el número en el número 5 cinco de la calle Ciprés del municipio de Pátzcuaro, Michoacán con una superficie de 339.82 trescientos treinta y nueve punto ochenta y dos metros cuadrados, que mida y linda al norte 26.30 veintiséis punto treinta metros con inmueble marcado con el número 3 tres de la calle Ciprés, al sur 24.80 veinticuatro punto ochenta metros con el número 7 siete de la calle Ciprés, al oriente 13.30 trece punto treinta metros con calle de su ubicación y al poniente 13.38 trece punto treinta y ocho metros con propiedad privada, embargado en el procedimiento Ejecutivo Mercantil número M99/09 promovido por “FARMACOS NACIONALES”, S.A. DE C.V. representado por LUIS RAUL RODRIGUEZ AGUILERA en contra de ROSA MARIA PEDRAZA GUIDO y JOSE LUIS VARELA MERINO, siendo postura legal la cantidad de $794,474.22 (setecientos noventa y cuatro mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos 22/100 moneda nacional) que representa las dos terceras partes de $1,191,711.33 (un millón ciento noventa y un mil setecientos once pesos 33/100 moneda nacional). Asimismo hágase del conocimiento de los postores que la postura deberá exhibirse de contado porque el 10% diez por ciento que preveé el artículo 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio al de Comercio, es insuficiente para cubrir el importe de la condena. Señalándose para tal efecto las 13:00 trece horas del 15 quince de febrero del año 2011 dos mil once. Cítese postores y acreedores.
León, Gto., a 12 de enero de 2011.
El Secretario del Juzgado Octavo Civil
Lic. Jesús Javier Palafox Daniel
Rúbrica.
(R.- 319694)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
EDICTO
ALFREDO ARANDA ESCOBAR.
En
los autos del juicio de amparo número 624/2010, promovido por
DC COMICS, se le ha señalado a usted como tercero perjudicado
y como se desconoce su domicilio actual, por auto de catorce de
diciembre de dos mil diez, se ha ordenado emplazarlo por edictos que
deberán publicarse por tres veces de siete en siete días
en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico
de mayor circulación en la República Mexicana, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción
II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal
de
Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentra a su
disposición en la Actuaría de este Tribunal Colegiado,
copia simple de la demanda de garantías, haciéndole
saber que cuenta con un plazo de treinta días hábiles,
contado a partir de la última publicación de tales
edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hacer valer
sus derechos; así también, se le informa que deberá
señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en
esta ciudad, apercibido que, de no hacerlo, las subsecuentes, aún
las de carácter personal, se le harán por medio de la
lista en la que se publican los acuerdos emitidos en el juicio de
amparo 624/2010, del índice de este órgano
jurisdiccional, según lo dispone el artículo 30 de la
Ley de Amparo.
Atentamente
México, D.F., a 7 de enero de 2011.
El Secretario de Acuerdos del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Lic. Mario de Jesús Sosa Escudero
Rúbrica.
(R.- 319786)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
En
los autos del juicio 914/2010-I, promovido por Eduardo Fausto Monroy
Chávez y otros, contra actos del Juez Vigésimo Quinto
de lo Civil del Distrito Federal; por auto de cuatro de noviembre de
dos mil diez, se admitió a trámite la demanda de
garantías, se tuvo como tercero perjudicado Paccar Financial
México, sociedad anónima de capital variable, sociedad
financiera de objeto múltiple, entidad no regulada; en dicha
demanda se señaló como acto reclamado todo lo actuado
dentro del juicio ejecutivo mercantil 1938/2009-B del índice
de la responsable, seguido por la tercera perjudicada contra quejosa;
y a la fecha no se ha
podido emplazar al tercero perjudicado, a
pesar de haber solicitado la investigación de domicilio a
diversas instituciones, quienes dieron contestación al
requerimiento realizado por este Juzgado de Distrito, sin embargo, de
dicha investigación no se obtuvieron resultados productivos;
en consecuencia, hágase del conocimiento por este conducto al
tercero perjudicado de mérito que deberá presentarse
ante este Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil
en el Distrito Federal, sito en el acceso seis, nivel plaza del
Edifico Sede del Poder Judicial de la Federación de San
Lázaro, ubicado en Eduardo Molina número dos,
colonia
El Parque, Delegación Venustiano Carranza, México,
Distrito Federal, dentro de treinta días contados a partir del
siguiente al de la última publicación y señalar
domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta
ciudad, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes
notificaciones por medio de lista que se fije en los estrados de este
juzgado, con fundamento en el artículo 28, fracción
III, de la Ley de Amparo. Se expide el presente edicto, en
cumplimiento a lo ordenado en proveído de veinte de diciembre
de dos mil diez.
Dos firmas ilegibles. Rúbricas.
México, D.F., a 20 de diciembre de 2010.
La Secretaria
Ana Paola Sánchez Villanueva
Rúbrica.
(R.- 319789)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Cuadragésimo Noveno de lo Civil
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES
En
los autos del expediente número 679/2004 relativo al juicio
EJECUTIVO MERCANTIL promovido
por TRAPAGA BARRERA FERNANDO en
contra de MANUEL MORENO CORTINA Y YOLANDA FRANCO ALMARAZ, el C. Juez
Cuadragésimo Noveno de lo Civil en el Distrito Federal,
mediante proveído de diecinueve de enero de dos mil once,
señaló las ONCE HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE FEBRERO DEL
DOS MIL ONCE, para que tenga verificativo la audiencia de remate en
publica subasta y en primera almoneda del inmueble ubicado en CALLE
AZUCENA SIN NUMERO LOTE 9, MANZANA 620, SECCION FLORES POLIGONO 7, DE
LA ZONA V (CINCO ROMANO), DEL FRACCIONAMIENTO “JARDINES DE
MORELOS”, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO,
siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de las
cantidades de $334,550.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.).
Reitero a Usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Para su publicación, por TRES VECES, dentro del término de NUEVE DIAS en la inteligencia de que la publicación o fijación de los edictos y la fecha de remate, medie un término que no sea menor de cinco días hábiles; así como en el periódico “LA CRONICA DE HOY” y en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 21 de enero de 2011.
La C. Secretaria de Acuerdos "A" del Juzgado Cuadragésimo Noveno de lo Civil
Lic. María Elena Urrutia Alvarez
Rúbrica.
(R.- 319806)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil
Toluca, México
Segunda Secretaría
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia de Toluca, México
EDICTO
En
los autos del expediente 266/2009, relativo al juicio EJECUTIVO
MERCANTIL, promovido por BERENICE PEREZ RUBI, contra BERENICE
GONZALEZ CAMPUZANO DE RUBI; el Juez Primero Civil
de Primera
Instancia de Toluca, México, señalo las DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTIDOS DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE, para
que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE respecto del
bien inmueble embargado en la diligencia de fecha dieciocho de mayo
del año dos mil nueve, consistente en inmueble ubicado en
Coaxusco de Sultepec, Estado de México, el cual cuenta con las
siguientes medidas y colindancias:
CON SUPERFICIE DE METROS CUADRADOS MIDIENDO EN SU CONJUNTO 19 METROS DE ORIENTE A PONIENTE, POR VEINTISEIS METROS DE NORTE A SUR Y LINDA DE ORIENTE CON PROPIEDAD DE REYNALDO CAMPUZANO POR EL PONIENTE CON LA DE JUAN SANCHEZ POVEDANO, POR EL NORTE CON LA DE ADOLFO TINOCO Y POR EL SUR CON LA CALLE DE SU UBICACION. Tiene un precio de avalúo de (SETECIENTOS OCHENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), en consecuencia, anúnciese la venta del inmueble descrito en el "Diario Oficial de la Federación", en la tabla de avisos de éste Juzgado y del lugar de ubicación del citado inmueble, mediante edictos que se publicarán por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, convocando postores, de manera que entre la fijación o publicación del último edicto y la fecha del remate medie un termino que no se menor de SIETE DIAS. Se convoca a postores para que comparezcan a la venta.
Toluca, Edo. de Méx., a 11 de enero de 2011.
Secretario de Acuerdos
Lic. Rosa Anita Cruz Rosas
Rúbrica.
(R.- 319822)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
EMPLAZAMIENTO
A: BIOTANIC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, NUTRICLUB, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, FRANCISCO CEBALLOS ROJAS, JUAN CARLOS VAZQUEZ RISSI
(Terceros perjudicados)
En
acuerdo de doce de enero de dos mil once, dictado en el juicio de
amparo 44/2010, del Juzgado Segundo de Distrito con residencia en San
Andrés Cholula, Puebla, promovido por la parte quejosa
GUILLERMO EDUARDO YAÑEZ CARRANZA, como representante legal de
“NUTRISA”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra
actos reclamados a la Junta Especial Tres de la Local de Conciliación
y Arbitraje del Estado, con residencia en Puebla y otras autoridades
consistentes en: “el emplazamiento practicado a la parte
quejosa dentro del juicio laboral D-3/474/2005; todo lo actuado en
el
juicio; así como el laudo dictado en el mismo”.
Señalándose como terceros perjudicados a BIOTANIC,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, NUTRICLUB, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, FRANCISCO CEBALLOS ROJAS y JUAN CARLOS VAZQUEZ
RISSI, y como se desconocen sus domicilios, por haberse agotado todos
los medios legales, con fundamento en los artículos 30,
fracción II, de la Ley de Amparo y 315, del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria,
se ordena su emplazamiento a los terceros perjudicados antes citados,
por edictos que se publicaran tres veces, de siete en siete días,
en el “Diario Oficial de la Federación” y en el
periódico “La Jornada”, para efectos de
presentarse en el término de treinta días contados al
día siguiente de la última publicación y deberán
señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en
San Andrés Cholula, Puebla, o en la Ciudad de Puebla, Puebla,
apercibidas que si pasado el término, no comparecen por sí
o por apoderado legal o gestor que puedan representarlos, se les
harán las posteriores notificaciones por lista que se fijarán
en los estrados de este juzgado de Distrito, señalándose
para la audiencia constitucional LAS DIEZ HORAS CON VEINTE MINUTOS
DEL DIA VEINTIOCHO DE ENERO DE DOS MIL ONCE. Doy fe.
San Andrés Cholula, Pue., a 18 de enero de 2011.
La Actuaria Judicial
Lic. Rosa Beristáin Olivares
Rúbrica.
(R.- 319877)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
DENTRO
DE LOS AUTOS QUE INTEGRAN EL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL NUMERO
1011/2005, PROMOVIDO POR BBVA BANCOMER SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA,
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER,
DIRECCION FIDUCIARIA FRENTE A RAMON CANSECO VALLADARES, SE SEÑALARON
LAS 12:00 DOCE HORAS DEL DIA 22 VEINTIDOS DE FEBRERO DEL AÑO
2011 DOS MIL ONCE, A FIN DE QUE SE LLEVE A CABO LA AUDIENCIA
DE
REMATE EN TERCERA ALMONEDA, RESPECTO DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE:
UNICO.- Predio urbano con casa habitación, ubicado en el número 48 GL, Andador sin número, Lote número 22 veintidós, Manzana número 29 veintinueve, Zona número 1, calle Andador Guatemala sin número oficial de la colonia Respuesta Social de la Tenencia de Buenos Aires, de la ciudad de Lázaro, Cárdenas, Michoacán, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: al noreste 08.00 metros colinda con calle sin nombre, al sureste 19.90 metros con lote número 23 veintitrés, al suroeste en 08.00 metros con lote número 5 cinco y al noroeste 19.80 metros con lote número 21 veintiuno, con una superficie total de 159.00 metros cuadrados; al que se le asigna un valor de $145,071.00 (CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL SETENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.)
Sirviendo de base para el remate la suma anteriormente indicada y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes del valor asignado, se convoca postores a esta audiencia y se ordena la publicación de 1 un edicto, en el Diario Oficial de la Federación, en los Estrados de este Juzgado y en los del lugar de ubicación del inmueble sujeto a remate.
Morelia, Mich., a 5 de enero de 2011.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Quinto Civil
Lic. Fabiola Jiménez Balleño
Rúbrica.
(R.- 319879)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Cuadragésimo Noveno de lo Civil
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES
En los autos del expediente número 632/2009 en el juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por MONTERO AVILA JAVIER DE JESUS, en contra de GARCIA JIMENEZ MAURICIO JAVIER Y PROMOTORA GACI, S.A. DE C.V., el C. Juez Cuadragésimo Noveno de lo Civil en el Distrito Federal, señaló mediante proveído dictado en proveído de tres de enero del año en curso, las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTIDOS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL ONCE, para que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y en segunda almoneda el bien inmueble embargado en los autos del juicio antes citado, consistente en el inmueble ubicado en las calles de AVENIDA COYOACAN, NUMERO, MIL DIECISEIS, COLONIA DEL VALLE, DELGACION BENITO JUAREZ, EN MEXICO DISTRITO FEDERAL, y es postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio primitivo que fue la cantidad de $27,780,000.00 (VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N), con una deducción de un diez por ciento; siendo que el precio primitivo fue fijado por el perito MISAEL SANTIAGO DEHESA PULIDO, respecto del inmueble embargado.
Para su publicación por tres veces, de tres en tres días, en los estrados del Juzgado, en la tabla de avisos o puerta del Tribunal, en el Diario Oficial de la Federación, en los de la Tesorería del Distrito Federal, así como en el periódico IMAGEN.
México, D.F., a 6 de enero de 2011.
El C. Secretario “B” de Acuerdos
Lic. Juan Francisco García Segu
Rúbrica.
(R.- 319908)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo de lo Civil
Puebla, Pue.
Diligenciario Non
EDICTO
Por Disposición Juez Décimo de lo Civil, ordenado por auto de fecha treinta agosto dos mil diez convocar postores por medio de edicto que deberán publicarse por dos veces de cinco en cinco días por un término de diez días para posturas y pujas última publicación venciendo a las doce horas del décimo día; en ejecución de sentencia a una primera almoneda de remate respecto del bien inmueble embargado a favor del actor, es decir, el lote veintiocho de la manzana noventa y ocho, zona uno del ejido, denominado Guadalupe, dicho inmueble, con un valor de postura legal por la cantidad de ciento ocho mil pesos cero centavos moneda nacional, importe de las dos terceras partes del precio de avalúo, Juicio Ejecutivo Mercantil 809/2007, promovido por José Ángel Guillermo Ramírez Juárez en contra de Roberto Becerra Ramírez y otros.
H. Puebla de Zaragoza, a 21 de octubre de 2010.
Diligenciaria Non del Juzgado Décimo de lo Civil
Lic. Alicia Frida Márquez Hernández
Rúbrica. (R.- 319828)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito
Chilpancingo, Gro.
EDICTO
FRANCISCO CORTEZ PASTENES., (TERCERO PERJUDICADO).
PRESENTE.
LA
JUEZA SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON SEDE EN CHILPANCINGO DE
LOS BRAVO, GUERRERO, DICTO ACUERDO EL SEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL
DIEZ, EN EL QUE ORDENO EMPLAZAR A JUICIO POR EDICTOS A FRANCISCO
CORTEZ PASTENES, A QUIEN LE RESULTA EL CARACTER DE TERCERO
PERJUDICADO, DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 1336/2010-VI,
PROMOVIDO POR FAUSTO VILLANUEVA DAMIAN, CONTRA ACTOS DEL JUZGADO
PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
LOS BRAVO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD, Y OTRAS AUTORIDADES, RECLAMANDO
LA ORDEN DE INSCRIPCION DE EMBARGO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA
PROPIEDAD, COMERCIO Y CREDITO AGRICOLA EN EL ESTADO, DENTRO DEL
EXPEDIENTE EJECUTIVO MERCANTIL NUMERO 204/2006-II, PROMOVIDO POR ZAID
ARMANDO ARRIAGA Y OTRO POR LA CANTIDAD DE 1,500,000 (UN MILLON
QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.); DEMANDA QUE SE ADMITIO EL TRES DE
SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ, SOLICITANDOSE INFORME JUSTIFICADO A LAS
AUTORIDADES RESPONSABLES; AL AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO
DE LA
FEDERACION ADSCRITO, SE LE DIO LA INTERVENCION LEGAL QUE LE COMPETE;
Y EN CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 19, DEL ACUERDO GENERAL 76/2003, Y
NUMERAL 8 LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION
GUBERNAMENTAL SE PREVINO AL QUEJOSO PARA QUE MANIFESTARA EXPRESAMENTE
SU OPOSICION DE QUE SE PUBLIQUE SU NOMBRE Y DATOS PERSONALES EN LA
INTELIGENCIA DE QUE LA FALTA DE OPOSICION CONLLEVA A SU ACEPTACION Y
LA SENTENCIA SE PUBLIQUE CON DICHOS DATOS. SE LE HACE SABER QUE
DEBERA PRESENTARSE ANTE ESTE JUZGADO FEDERAL A DEDUCIR SUS DERECHOS
DENTRO DE UN TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL DIA
SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDO
QUE DE NO COMPARECER DENTRO DEL LAPSO INDICADO, LAS ULTERIORES
NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARACTER PERSONAL LE SURTIRAN EFECTOS POR
MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUEN EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO
FEDERAL; SE SEÑALARON LAS TRECE HORAS CINCUENTA MINUTOS DEL
DIECISEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIEZ, PARA CELEBRAR LA AUDIENCIA
CONSTITUCIONAL.
“2010, Año del Acceso a la Justicia”
Chilpancingo, Gro., a 6 de diciembre de 2010.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado
Araceli García Bernal
Rúbrica.
(R.- 319451)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Puebla.
SE CONVOCAN POSTORES.
Juicio Ejecutivo Mercantil 164/2007, promovido por FINANCIERA RURAL, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, través de su apoderado general, contra GABRIELA MARTINEZ VEGA, en su carácter de obligado solidario y garante hipotecario, EDWARD WENZELL LOPEZ, ALBERTO XAVIER SEGOVIA PHILIP y/o ALBERTO SEGOVIA PHILIP, ambos por su propio derecho y en su carácter de garantes hipotecarios, ENRIQUE LOPEZ FERNANDEZ MORIS, en su calidad de obligado solidario y depositario judicial, y VEGETALES LA CONCEPCION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, se anuncia remate de los bienes inmuebles que se hacen consistir en: a) Fracción denominada “El Jaguey”, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial de San Juan de los Llanos, Puebla, bajo la partida veintinueve, foja treinta, libro uno, tomo treinta y ocho, de trece de agosto de mil novecientos noventa, cuyo valor asciende a la cantidad de quince millones ciento noventa y seis mil pesos cero centavos, siendo postura legal las dos terceras partes que es la cantidad de diez millones ciento treinta mil seiscientos sesenta y seis pesos setenta centavos. b) Fracción denominada “La Infinita”, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial de San Juan de los Llanos, Puebla, bajo la partida veinticinco, foja doscientos veintisiete vuelta, libro uno, tomo veintiséis, de cinco de septiembre de mil novecientos sesenta y tres, cuyo valor asciende a la cantidad de diez millones seiscientos diez mil pesos cero centavos, siendo postura legal las dos terceras partes que es la cantidad de siete millones setenta y tres mil trescientos treinta y tres pesos treinta y dos centavos. c) Fracción denominada “Las Cuevas”, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial de San Juan de los Llanos, Puebla, bajo la partida setecientos cuarenta y siete y/o cuatrocientos cuarenta y siete, foja ciento ochenta y ocho frente, libro uno, tomo cincuenta y seis, de cinco de julio de dos mil siete, cuyo valor asciende a la cantidad de veinte millones doscientos treinta y siete mil pesos cero centavos, siendo postura legal las dos terceras partes que es la cantidad de trece millones cuatrocientos noventa y un mil trescientos treinta y tres pesos treinta y tres centavos. La respectiva audiencia se realizará a las DIEZ HORAS DEL DIA DIECISEIS DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE, en el local del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Puebla, quedando los autos a disposición de los interesados para que tomen los datos que estimen pertinentes, debiendo hacer posturas y pujas por escrito reuniendo los requisitos del artículo 481 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio, las que se presentarán a partir del día siguiente de la publicación del último edicto, venciéndose el término un minuto antes de las DIEZ HORAS DEL DIA DIECISEIS DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE, previa toma de lista de los postores que se presenten.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 10 de enero de 2011.
El Actuario del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado
Lic. Carlos Arturo Lezama Anaya
Rúbrica.
(R.- 319646)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Primero de lo Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL
MORELIA, MICHOACAN
PRIMERA ALMONEDA
CONVOQUESE POSTORES:
Dentro de los autos que integran el juicio ejecutivo mercantil número 1092/2006, promovido por ANTONIO AGUILAR BOTELLO y RAMON BOTELLO AGUILAR frente a DAVID OSIO VILLEGAS, LETICIA GORROSTIETA y JUAN JOSE GASPAR GUZMAN, se ordenó sacar a remate los siguiente bienes inmuebles:
1.- Inmueble ubicado en la calle Privada de Tepeyac, número 77, de la colonia Guadalupe, del municipio y distrito de esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE: 19.00 metros, colinda con el lote número doce prima.
AL SUR: 19.00 metros, colinda con lote número once.
AL ORIENTE: 07.00 metros, colinda con la calle Privada Tepeyac que es la de su ubicación.
AL PONIENTE: 07.00 metros, colinda con callejón de Herradura.
Con una superficie total de 133.00 metros cuadrados.
Sirviendo de base para la subasta la cantidad de $449,553.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.) y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de la base del remate.
2. Inmueble ubicado en la calle Samuel Ruiz Cabañas 3 tres, lote 279 del Fraccionamiento Los Fresnos, del municipio de Querétaro, Querétaro, con las siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE: 18.50 metros, colinda con el lote doscientos ochenta.
AL SUR: 18.60 metros, colinda con los lotes doscientos setenta y siete y doscientos setenta y ocho.
AL ORIENTE: 08.00 metros, colinda con la calle Samuel Ruiz Cabañas que es la de su ubicación.
AL PONIENTE: 08.00 metros, colinda con varios propietarios.
Con una superficie total de 148.40 metros cuadrados.
Sirviendo de base para la subasta la cantidad de $643,900.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.) y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de la base del remate.
Convóquese postores a la referida subasta, mediante la publicación del presente edicto por 3 tres veces en 9 nueve días en los estrados de este Juzgado y Diario Oficial de la Federación, así como estrados del Juzgado de Primera Instancia Competente y en Turno de Queretaro, Queretaro, lugar en el que se ubica el inmueble citado en segundo lugar, ampliándose el término de publicación del edicto referenciado por 3 tres días más en razón de la distancia.
Remate que tendrá verificativo en este Juzgado a las 13:00 trece horas del día 09 nueve de febrero del año 2011 dos mil once.
Atentamente
Morelia, Mich., a 6 de enero de 2011.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Enrique Zarco Arreola
Rúbrica.
(R.- 319669)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
A las 10:00-diez horas del día 24-veinticuatro de febrero del año 2011-dos mil once en el local de este Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado, dentro de los autos del expediente judicial numero 115/2007, relativo al juicio ejecutivo mercantil promovido por el ciudadano Juan Antonio González Pineda, en su carácter de apoderado jurídico general para pleitos y cobranzas de la institución de crédito denominada Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, en contra de la ciudadana Nancy Alcalá Arredondo., tendrá verificativo la Audiencia de Remate en Pública Subasta y Primera Almoneda del bien inmueble embargado en autos consistente en: “LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 13 TRECE, DE LA MANZANA NUMERO 81 OCHENTA Y UNO DEL FRACCIONAMIENTO “LA FAMA II” DE SANTA CATARINA, NUEVO LEON CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 144.00 M2 (CIENTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS) Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL SURESTE MIDE 4.00 METROS Y DA FRENTE A LA CALLE OTOMI; AL NOROESTE MIDE 16.00 METROS A COLINDAR CON EL LOTE 12 DOCE; AL NORESTE MIDE 20.00 VEINTE METROS A COLINDAR CON LA CALLE COATL; AL SUROESTE, UNA LINEA QUEBRADA EN CINCO TRAMOS, QUE PARTIENDO DE FRENTE AL N-O MIDE 12.00 DOCE METROS DE ESTE PUNTO AL S-O MIDE 4.00 CUATRO METROS, DE ESTE PUNTO HACIA EL N-O MIDE 4.00 CUATRO METROS, DE ESTE PUNTO HACIA EL S-O MIDE 8.00 METROS A COLINDAR CON LOS LOTES 14 CATORCE Y 15 QUINCE Y DE ESTE PUNTO HACIA EL N-O MIDE 4.00 CUATRO METROS A COLINDAR CON EL LOTE NUMERO 11 ONCE. COLINDANCIAS DE LA MANZANA.- AL SURESTE, OTOMI; AL NOROESTE XITLE; AL NORESTE COATL Y AL SUROESTE TEOTIHUACAN”. TENIENDO COMO MEJORAS LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 423 CUATROCIENTOS VEINTITRES DE LA CALLE OTOMI, DE LA COLONIA LA FAMA 2 EN SANTA CATARINA, NUEVO LEON. SIRVIENDO DE BASE PARA EL REMATE DEL BIEN INMUEBLE CITADO CON ANTELACION, LA CANTIDAD DE $580,000.00 (QUINIENTOS OCHENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que representa el valor pericial del referido bien inmueble, y servirá como postura legal para intervenir en la Audiencia de Remate, la cantidad de $386,666.66 (trescientos ochenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional) que representa las dos terceras partes de la cantidad anteriormente citada, por lo que convóquese a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse, 3-tres veces dentro del término de 9-nueve días, en el Diario Oficial de la Federación, y en los Estrados de este Juzgado, así como en los Estrados del Juzgado Menor de San Pedro Garza García, Nuevo León, en la inteligencia de que las referidas publicaciones deberán realizarse dentro de 9 nueve días, no debiendo mediar menos de cinco días entre la publicación del último edicto y la fecha de almoneda. Así mismo, es de hacerse del conocimiento, de que aquellas personas que deseen intervenir como postores al citado remate deberán consignar el 10%-diez por ciento de la suma que sirve como base para el remate, mediante certificado de depósito expedido por la Secretaría de Finazas y Tesorería General del Estado, sin cuyo requisito no serán admitidos en dicha subasta. Por último, se informa que en la secretaría del juzgado se proporcionara mayor información a los interesados que deseen intervenir en la referida audiencia de remate.
Monterrey, N.L., a 13 de diciembre de 2010.
Secretario del Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado
Lic. Gerardo Zapata Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 319677)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Primero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO 61662
Se
señalan las 12:30-doce horas con treinta minutos del día
16-dieciséis de febrero del año 2011-dos mil once.- a
fin de que en el local del Juzgado Primero de Jurisdicción
Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado y dentro de los
autos del expediente judicial numero 911/2007 relativo al Juicio
Ordinario Mercantil promovido por Ubaldo González Cantú
en contra de María de Jesús Myrna Hernández
Ramírez y Daniel Constantino Valdez García para los
efectos que tenga verificativo la audiencia de remate en pública
subasta y primera almoneda, respecto del bien inmueble embargado en
autos propiedad de la parte demandada consistente en: Lote de terreno
marcado con el numero (22) veintidós, de la manzana numero
(50) cincuenta, de la Colonia Mitras Poniente Urdiales, ubicado en el
municipio de García, Nuevo León. El cual tiene una
superficie total de (82.71m2) ochenta y dos metros setenta y un
centímetros cuadrados, y las siguientes medidas y
colindancias: al noreste mide (7.54), siete metros cincuenta y cuatro
centímetros, a colindar con lote (03 y 04), tres y cuatro; al
suroeste línea curva que mide (7.50) siete metros cincuenta
centímetros, a colindar con cerro del huajuco, con la que da
frente, al sureste mide (11.00) once metros y colinda con el lote
numero (21) veintiuno, al noroeste mide (11.00) once metros y colinda
con el lote numero (23) veintitrés.
la manzana se encuentra
circundada por las siguientes calles. al noroeste colinda con calle
cerro la leona, al suroeste colinda con calle cerro del huajuco, al
suroeste colinda con calle cerro del mirador, y al noroeste colinda
con calle cerro de la silla. Teniendo como mejoras de la finca con
calle cerro del huajuco numero (619) seiscientos diecinueve, del
citado fraccionamiento. cuyos datos de registro son: número
1262, volumen 89, libro 51, sección
I propiedad, unidad García, de fecha 14- catorce de julio del
2005- dos mil cinco.-advirtiéndose
que el valor del inmueble en cuestión lo es la cantidad de
$432,000.00 (cuatrocientos treinta y dos mil pesos 00/100 moneda
nacional), servirá como postura legal la cantidad de
$288,000.00 (doscientos ochenta y ocho mil pesos 00/100 moneda
nacional), que corresponde a las dos terceras partes del valor
emitido por el perito de su intención y al cual se allano la
parte accionante. Al efecto procédase a convocar a postores
por medio de edictos que deberán publicarse por 03- tres veces
dentro del término de 09-nueve días hábiles en
el Diario Oficial de la Federación y en los estrados de este
juzgado. en la inteligencia de que la ultima publicación
deberá de realizarse por los menos 05- cinco días antes
de la fecha programada para la almoneda, ya que su publicación
de otra forma reduciría la oportunidad de los terceros
extraños a juicio que pudieran interesarse en la adquisición
del bien, debiendo los postores interesados en intervenir en la
subasta de referencia, consignar previamente, mediante certificado de
depósito, cuando menos la cantidad equivalente al 10% - diez
por ciento del valor emitido por los peritos designados en autos. lo
anterior de conformidad con el artículo 1411 del código
de comercio en vigor; así como los numerales 469, 470, 472,
473, 474, 475, 481 y 482 del código federal de procedimientos
civiles en vigor, aplicado de manera supletoria a la legislación
mercantil. Hágase saber a los interesados que en la secretaría
de este juzgado se les dará mayores informes al respecto. En
la inteligencia de que el domicilio del recinto judicial se encuentra
ubicado en la Avenida Padre Mier numero 300 Oriente tercer piso en el
centro de este municipio de Monterrey Nuevo León doy fe.
Monterrey, N.L., a 10 de enero de 2011.
Secretario del Juzgado Primero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado
Lic. Pedro Mayorga García
Rúbrica.
(R.- 319784)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO, VILLAHERMOSA, TABASCO, A VEINTICUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.
AL TERCERO PERJUDICADO.
JULIO SAHAGUN CALDERON Y JOSE DEL CARMEN HERNANDEZ TRINIDAD.
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 595/2010-III, PROMOVIDO POR
RAUL GALLEGOS LOPEZ, QUEJOSO EN EL PRESENTE JUICIO DE GARANTIAS, EN
EL QUE RECLAMO AL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO Y OTRA
AUTORIDAD, LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO, ASI COMO LAS SUBSECUENTES
ACTUACIONES EMITIDAS EN EL EXPEDIENTE 371/97 DEL INDICE DE DICHA
AUTORIDAD, RELATIVA A LA ACCION DE NUEVO CENTRO DE POBLACION EJIDAL,
ARGUMENTANDO QUE LA SENTENCIA EMITIDA EN DICHO JUICIO SE PRETENDIO
EJECUTAR, AFECTANDO LA POSESION DE SU PREDIO “INNOMINADO”
CON SUPERFICIE DE 154-50-00 HECTAREAS, AMPARADO CON LA ESCRITURA
PUBLICA NUMERO 5,974, BAJO EL NUMERO 286 DEL LIBRO GENERAL DE
ENTRADAS, QUEDANDO AFECTADO EL PREDIO NUMERO 2,443 A FOLIO 219
DEL
LIBRO MAYOR VOLUMEN, INSCRITA EL 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
1981, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE
EMILIANO ZAPATA, TABASCO. POR ACUERDO DE VEINTE DE LOS CORRIENTES, SE
ORDENO: DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 30, FRACCION II DE LA LEY DE
AMPARO, SE PROCEDIERA A NOTIFICAR A LOS TERCEROS PERJUDICADOS: JULIO
SAHAGUN CALDERON Y JOSE DEL CARMEN HERNANDEZ TRINIDAD, CONFORME LO
PREVE EL NUMERAL 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE
APLICACION SUPLETORIA A LA LEY DE LA MATERIA, ACORDE LO PREVISTO EN
SU SEGUNDO NUMERAL, ESTO ES, DEBERA HACERSE POR EDICTOS, QUE
CONTENDRAN UNA RELACION SUSCINTA DE LA DEMANDA, DEBIENDO HACERSE ESA
NOTIFICACION POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DE LOS DE MAYOR
CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA Y HAGASE SABER A DICHOS
CONVINIESE, EN CUYO EXPEDIENTE QUEDA A SU DISPOSICION COPIA DE LA
DEMANDA; APERCIBIDOS QUE EN CASO DE NO APERSONARSE AL PRESENTE
JUICIO, EN EL TERMINO INDICADO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE LES
HARAN POR MEDIO DE LISTA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 30, FRACCION
II, DE LA LEY DE AMPARO; SE ORDENA ADEMAS FIJAR EN LA PUERTA DE ESTE
PROPIO JUZGADO COPIA INTEGRA DE ESTE ACUERDO POR TODO EL TIEMPO QUE
DURE EL EMPLAZAMIENTO.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Lic. Juan Carlos Meza Ochoa
Rúbrica.
(R.- 319788)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas vigentes son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,373.00
2/8 de plana $ 2,746.00
3/8 de plana $ 4,119.00
4/8 de plana $ 5,492.00
6/8 de plana $ 8,238.00
1 plana $ 10,984.00
1 4/8 planas $ 16,476.00
2 planas $ 21,968.00
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL
MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL
DISTRITO FEDERAL,
A TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 772/2010-IV, PROMOVIDO POR
VALDEMAR DOMINGO GUERRA ESCUDERO, CONTRA ACTOS DEL JUEZ CUADRAGESIMO
SEGUNDO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO
FEDERAL Y EJECUTOR ADSCRITO A DICHO JUZGADO, ASI COMO LOS JUECES
PRIMERO, SEGUNDO TERCERO CUARTO, QUINTO SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO,
NOVENO, DECIMO Y DECIMO PRIMERO DE LA PARTIDA JUDICIAL DE TIJUANA,
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, Y EJECUTORES ADSCRITOS A DICHOS JUZGADOS,
DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL
DISTRITO FEDERAL Y DIRECTOR
DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y
DEL COMERCIO DE TIJUANA ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, CON FECHA
VEINTICUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIEZ, SE DICTO EL AUTO POR EL
QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LOS TERCEROS PERJUDICADOS AMANCIO ESCUDERO
ALARCON Y COMPONENTES AUTOMOTRICES DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES
VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION,
Y EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION DE ESTA CIUDAD, A FIN DE
QUE COMPAREZCAN A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE
TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA
ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION,
COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS Y DEMAS ANEXOS EXHIBIDOS,
APERCIBIDOS QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES
NOTIFICACIONES SE HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION
II, DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE HACE DE SU
CONOCIMIENTO QUE SE SEÑALARON LAS NUEVE HORAS CON TREINTA
MINUTOS DEL DIA ONCE DE ENERO DE DOS MIL ONCE, PARA QUE TENGA
VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, EN ACATAMIENTO A LOS AUTOS
DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUSCINTA DE LA DEMANDA DE
GARANTIAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA RECLAMA DEL CIUDADANO JUEZ
CUADRAGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL: RECLAMO LA
FALTA DE EMPLAZAMIENTO LEGAL AL JUICIO CIVIL EJECUTIVO MERCANTIL
NUMERO 1409/993, EL AUTO
DE FECHA DE INICIO Y EXEQUENDUM, QUE
CONTIENE EL MANDAMIENTO DE REQUERIMIENTO DE PAGO, EMBARGO Y
EMPLAZAMIENTO GIRADO EN CONTRA DEL SEÑOR VALDEMAR DOMINGO
GUERRA ESCUDERO; EL AUTO DE TRECE DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y TRES, EN DONDE TIENE SUPUESTAMENTE SEÑALANDO
DOMICILIO Y POR NO CONTESTADA LA DEMANDA POR EXTEMPORANEA; LA
SENTENCIA DE REMATE, EL AUTO QUE LA DECLARO EJECUTORIADA, LA
DILIGENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, LLEVADA A CABO A LAS DOCE
HORAS DEL DIA VEINTINUEVE DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
SIETE;
LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE FECHA VEINTITRES DE
SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE, QUE APROBO Y DECLARO
FINCADO EL REMATE DE LOS BIENES EMBARGADOS A FAVOR DE BANCO NACIONAL
DE COMERCIO INTERIOR SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO,
ASI COMO DE
TODAS Y CADA UNA DE LAS ACTUACIONES DICTADAS EN EL EXPEDIENTE
MERCANTIL NUMERO 1409/93, SECRETARIA “A” RELATIVO AL
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO INICIALMENTE POR BANCO NACIONAL
DE COMERCIO INTERIOR, SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO EN CONTRA DE
VALDEMAR DOMINGO GUERRA ESCUDERO, EN VIRTUD DE QUE DICHAS ACTUACIONES
SE REALIZARON CON BASE EN UN PROCEDIMIENTO EN EL QUE NO FUE EMPLAZADO
EN FORMA DEBIDA Y LEGAL. Y DE LOS JUECES PRIMERO, SEGUNDO TERCERO
CUARTO, QUINTO SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO, NOVENO, DECIMO Y DECIMO
PRIMERO DE LA PARTIDA JUDICIAL DE TIJUANA, ESTADO DE BAJA CALIFORNIA,
RECLAMO LA RADICACION DEL EXHORTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE MERCANTIL
NUMERO 1409/93, DEL INDICE DEL JUZGADO CUADRAGESIMO SEGUNDO DE LO
CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, Y LA ORDEN QUE EN AL
C. EJECUTOR
ADSCRITO A SU JUZGADO, A FIN DE QUE PROCEDA A DAR CUMPLIMIENTO AL
CITADO EXHORTO, Y HAGA LA ENTREGA DE LA POSESION MATERIAL DE LOS
BIENES INMUEBLES PROPIEDAD DE MI PODERDANTE A LA PARTE ACTORA. DEL
EJECUTOR DEL JUZGADO CUDRAGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO
FEDERAL, RECLAMO LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO LEGAL A JUICIO A VALDEMAR
DOMINGUEZ GUERRA ESCUDERO, ASI COMO LA DILIGENCIA DE CITA DE ESPERA O
CITATORIO, LEVANTADO A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA
TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES; LA
DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO, EMBARGO Y EMPLAZAMIENTO
REALIZADA A LAS DIEZ HORAS DEL DIA TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES;
LA DILIGENCIA DE FECHA DIECINUEVE DE
ABRIL DE DOS MIL CUATRO, ASI COMO TODAS Y CADA UNA DE LAS
NOTIFICACIONES Y DILIGENCIAS REALIZADAS EN EL EXPEDIENTE MERCANTIL
NUMERO 1409/93, SECRETARIA “A” CON TODAS SUS
CONSECUENCIAS LEGALES. DE LOS CIUDADANOS EJECUTORES ADSCRITOS A LOS
JUZGADOS PRIMERO SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, QUINTO, SEXTO, SEPTIMO,
OCTAVO, NOVENO, DECIMO Y DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE LA PARTIDA
JUDICIAL DE TIJUANA, ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. RECLAMO EL
CUMPLIMIENTO QUE LE PRETENDE DAR A LA RADICACION DEL EXHORTO DERIVADO
DEL EXPEDIENTE MERCANTIL NUMERO 1409/93, DEL INDICE DEL JUZGADO
CUADRAGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, A FIN DE QUE
HAGAN LA ENTREGA DE LA POSESION MATERIAL DE LOS BIENES INMUEBLES DE
MI PROPIEDAD A LA PARTE ACTORA. DE LOS CIUDADADANOS DIRECTOR DEL
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL
Y DIRECTOR
DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE
TIJUANA, ESTADO DE BAJA CALIFORNIA: RECLAMO LA ANOTACION DEL EMBARGO
PROCEDENTE DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 1409/93, YA CITADO, Y LA
CANCELACION DEL REGISTRO DE PROPIEDAD DE LOS TRES INMUEBLES DE MI
PROPIEDAD DESCRITOS EN EL CAPITULO DE ANTECEDENTES DEL ACTO
RECLAMADO, Y EN SU LUGAR LA ANOTACION DE PROPIEDAD QUE HICIERON A
FAVOR DEL BANCO NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR, SOCIEDAD NACIONAL DE
CREDITO.
Atentamente
México, D.F., a 31 de diciembre de 2010.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Mauro Aja Canales
Rúbrica.
(R.- 319217)
AVISOS GENERALES
|
“BICENTENARIO RFM”, S.A.P.I. DE C.V.
CONVOCATORIA
PEDRO SOLARES ORTEGA, con el carácter de Presidente del Consejo de Administración y como delegado especial de dicho órgano social, CONVOCA a los accionistas de la sociedad mercantil denominada “BICENTENARIO RFM”, S.A.P.I. DE C.V. a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la referida sociedad, que se celebrará en el domicilio social situado en avenida Doctor Río de la Loza número 136 B, colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, a las 10:30 horas del día 16 de febrero de 2011, la cual se desarrollará al tenor del siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Lista de asistencia.
2.- Verificación de quórum.
3.- Instalación de la Asamblea.
4.- Informe sobre la marcha de los negocios de la sociedad y estados de situación financiera.
5.- Admisión y exclusión de socios.
6.- Reforma de estatutos sociales.
7.- Revocación y otorgamiento de poderes.
8.- Designación de delegado especial.
Quedan a disposición de los accionistas de “BICENTENARIO RFM”, S.A.P.I. DE C.V., en las oficinas de la sociedad citadas en el primer párrafo de esta convocatoria, todos los documentos e información que serán analizados en la Asamblea General de accionistas a la que por este medio se les convoca.
Atentamente
México, D.F., a 26 de enero de 2011.
Presidente del Consejo de Administración
Pedro Solares Ortega
Rúbrica.
(R.- 319902)
FADERI, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE OCTUBRE DE 2010
MONEDA NACIONAL
ACTIVO |
|
Circulante |
|
Caja y Bancos |
$353,954 |
Total Activo |
$353,954 |
PASIVO |
|
Circulante |
|
CAPITAL CONTABLE |
|
Capital Social |
$317,000 |
Reserva Legal |
13,589 |
Resultado de Ejercicios Ant. |
635,679 |
Resultado del Ejercicio de liquidación |
(612,315) |
Suma el Capital Contable |
353,954 |
Suma Pasivo y Capital |
$353,954 |
México, D.F., a 12 de enero de 2011.
Liquidador
Lic. Angélica del Río Herrera
Rúbrica.
(R.- 319476)
Auditoría Superior de la Federación
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento DGR/C/11/2010/R/06/059
NOTIFICACION POR EDICTO
ASUNTO: Citatorio para audiencia.
A
la persona moral PROJECTS & INDUSTRIAL PRODUCTS, LLC.- En el
procedimiento para el fincamiento
de responsabilidades resarcitorias DGR/C/11/2010/R/06/059, iniciado
por acuerdo del 19 de noviembre de 2010, derivado de la auditoría
285, “Mantenimiento a Plantas”, es señalada como
presunta responsable
de haber incumplido con la entrega de los
bienes relativos a las partidas 01 y 03, en las fechas establecidas
en la orden de compra ITS-18-5-00588 y en el oficio PQCA-SAF-0328/06
de fecha 3 de abril de 2006, en el que se le otorgó prórroga
para la entrega de dichos bienes, así como por no haber
actualizado las garantías correspondientes, y sin que hubiere
realizado el pago de las penas convencionales derivado de dicho
incumplimiento, constitutivos de un presunto perjuicio a PEMEX
Petroquímica por USD$46,219.05 (CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS
DIECINUEVE DOLARES 05/100 USD); por lo que, ante la imposibilidad de
localización de su domicilio, en acuerdo de fecha 17 de enero
de 2011, se determinó procedente citarla a través de
edictos, mediante publicaciones por tres días consecutivos en
el Diario Oficial de la Federación y en “La Prensa”,
de Editora La Prensa, Sociedad Anónima de Capital Variable,
periódico de circulación en el territorio nacional, a
efecto de que comparezca ante esta autoridad, a través de su
representante legal, a la audiencia prevista en la fracción I
del artículo 57 de la Ley de Fiscalización y Rendición
de Cuentas de la Federación, que se celebrará en las
oficinas de esta Dirección General de Responsabilidades, sitas
en avenida Coyoacán 1501, primer piso, colonia Del Valle,
Delegación Benito Juárez, código postal 03100,
México, Distrito Federal, a las 11:00 horas del décimo
cuarto día hábil siguiente a la fecha en que surta
efectos la notificación, es decir a partir del día
siguiente al de su última publicación, a efecto de
manifestar lo que a su interés convenga, ofrecer pruebas y
formular alegatos, apercibida de que de no comparecer sin justa
causa, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y
precluido su derecho para ofrecer pruebas o formular alegatos y se
resolverá con los elementos que obren en el expediente
respectivo. Para los efectos conducentes, se le pone a la vista para
su consulta el expediente mencionado, en días hábiles
de 9:00 a 18:30 horas, en el domicilio citado.
México, D.F., a 17 de enero de 2011.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I de la Ley de Fiscalización
y Rendición de Cuentas de la Federación, y 2 apartado 52000, 14 fracción LIII y 28 fracción III
del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación
El Director General
Lic. Marino Castillo Vallejo
Rúbrica.
(R.- 319923)
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
TASA NAFIN
De
conformidad con las resoluciones publicadas en el Diario Oficial de
la Federación los días 30 de marzo,
28 de abril, 29
de mayo y 30 de junio de 1995, se comunica que la Tasa NAFIN (TNF) de
enero aplicable
en febrero de 2011, ha sido determinada en 4.85%
anual.
México, D.F., a 25 de enero de 2011.
Nacional Financiera, S.N.C.
Director de Tesorería Mario Govea Soria Rúbrica. |
Director Jurídico Contencioso y de Crédito Javier Nava Tello Rúbrica. |
(R.- 319861)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
IHHR HOSPITALITY PVT. LTD.
VS.
OPERADORA DE HOTELES ANANDUS, S.A. DE C.V.
M. 863809 ANANDA Y DISEÑO
Exped. P.C. 785/2008 (N-171) 6834
Folio 1393
NOTIFICACION POR EDICTO
OPERADORA DE HOTELES ANANDUS, S.A. DE C.V.
Se
hace de su conocimiento que dentro del procedimiento de caducidad de
la marca 863809 ANANDA
Y DISEÑO, promovido por HECTOR
VIRGILIO FLORES LOZANO, apoderado de IHHR HOSPITALITY PVT. LTD.,
mediante oficio 26281 de fecha 30 de noviembre de 2009, se dictó
la resolución correspondiente, cuyos puntos resolutivos se
transcriben a continuación:
I.- Se declara la caducidad del presente procedimiento, por haber desaparecido sustancialmente la materia del mismo.
ll.- Comuníquese esta resolución a las partes.
Por lo anterior, este Instituto procede a notificar a usted mediante su publicación por una sola vez en un periódico de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194 y 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
El
presente se signa en la Ciudad de México, Distrito Federal, en
la fecha señalada al rubro, con fundamento en los artículos
1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea
el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de
1993;
6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. Bis 2, títulos sexto
y séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad
Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
27 de junio de 1991, (reformada, adicionada y derogada, según
corresponda, mediante decretos del 2 de agosto de 1994, 26 de
diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de
junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009
y 6 de enero
de 2010, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V,
inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación
Departamental de Nulidades, 4o., 5o., 11 último párrafo
y 14 fracciones I a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 14 de diciembre de 1999 (reformado y
adicionado, según corresponda, mediante Decretos de 1 de
julio
de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya Fe de erratas se publicó
el 28 del mismo mes y año, así como Decreto de 7 de
septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo); 1o., 2o.,
3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer
guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 18
fracciones I a la VIII, Xl y XII y 32 del Estatuto Orgánico
del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999
(reformado y adicionado, según corresponda, mediante Acuerdo y
Decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota
aclaratoria publicada con fecha 4 de agosto de 2004, y Acuerdo de
fecha 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio
informativo) y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo, incisos d), f),
j), k), l), m), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo del
Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos,
Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas
Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales
y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota
aclaratoria y modificación, según corresponda, de
fechas 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004
y 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo).
Atentamente
27 de enero de 2010.
El Coordinador Departamental de Nulidades
Román Iglesias Sánchez
Rúbrica.
(R.- 319787)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
M. 876516 CUTIE
ExPed. P.C. 1511/2010 (C-509) 15032
Folio 30033
ELBA MONICA LEYVA ESPINOSA.
PRESENTE
Por escrito presentado en las instalaciones de este Instituto el día 28 de septiembre de 2010, con registro de entrada 15032, signado por ENRIQUE ALBERTO DIAZ MUCHARRAZ, en representación de WAL-MART STORES INC., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario 876516 CUTIE, propiedad de ELBA MONICA LEYVA ESPINOSA, haciendo consistir su acción en la fracción II del artículo 152 relacionado con el artículo 130 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, ELBA MONICA LEYVA ESPINOSA, el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el plazo señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
El
presente se signa en la Ciudad de México, con fundamento en
los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del
Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el
10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V, XXII, 7 Bis 2, título
sexto y séptimo y demás aplicables de la Ley de la
Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 27 de junio
de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según
corresponda, mediante decretos publicados los días 2 de agosto
de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de
2004, 16 de junio de 2005,
25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009,
6 de enero de 2010, 18 y 28 de junio de 2010, en dicho medio
informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c) subinciso ii)
segundo guión, Coordinación Departamental de
Cancelación
y Caducidad, 4o., 5o., 11 último párrafo
y 14 fracciones I a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el día 14 de diciembre de 1999
(reformado y adicionado, según corresponda mediante decretos
de 1 de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se
publicó el 28 del mismo mes y año en dicho medio
informativo, así como decreto
del 7 de septiembre de 2007);
1o., 3o., 4o., 5o. fracción V inciso c, subinciso ii) segundo
guión, Coordinación Departamental de Cancelación
y Caducidad, 18 fracciones I a la VIII, Xl y XII y 32 del Estatuto
Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de
diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda,
mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de
2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004 en dicho
medio informativo, y acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007) y
1o., 3o. y 7o. primer párrafo incisos j), k), m), n), o), p),
q), r)
y s) y tercer párrafo del Acuerdo que delega
facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador,
Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales,
Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros
Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y
modificación, según corresponda, de 4 de febrero de
2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre
de
2007, publicadas en dicho medio informativo).
Atentamente
21 de diciembre de 2010.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Eduardo Vázquez Labra
Rúbrica.
(R.- 319818)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
MARCA. 1121571 HISAVER Y DISEÑO
ExPed. P.C. 1173/2010 (N-300) 11887
Folio 204
NOTIFICACION POR EDICTO
MARIA TERESA SANCHEZ CANALES.
Por escrito de fecha 2 de agosto de 2010, con número de folio 11887, ENRIQUE ALBERTO DIAZ MUCHARRAZ, apoderado de WELLBAS LIMITED, presentó la solicitud de declaración administrativa de nulidad de la marca 1121571 HISAVER y diseño, propiedad de MARIA TERESA SANCHEZ CANALES, haciendo consistir su acción en el artículo 15 fracción I en relación con la fracción XVI del artículo 90 del mismo ordenamiento legal.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, MARIA TERESA SANCHEZ CANALES, el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
El
presente se signa en la Ciudad de México, con fundamento en
los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del
Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el
10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V, XXII, 7 Bis 2, Título
Sexto y Séptimo y demás aplicables de la Ley de la
Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 27 de junio
de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según
corresponda, mediante decretos publicados los días 2 de agosto
de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero del
2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009, 6
de enero de 2010, 18 y 28 de junio de 2010, en dicho medio
informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c) subinciso ii)
segundo guión, Coordinación Departamental de
Cancelación y Caducidad, 4o., 5o., 11 último párrafo
y 14 fracciones I a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el día 14 de diciembre de 1999
(reformado y adicionado, según corresponda mediante decretos
de 1o. de julio del 2002 y 15 de julio del 2004, cuya fe de erratas
se publicó el 28 del mismo mes y año en dicho medio
informativo, así como decreto
del 7 de septiembre de 2007);
1o., 3o., 4o., 5o. fracción V inciso c, subinciso ii) segundo
guión, Coordinación Departamental de Cancelación
y Caducidad, 18 fracciones I a la VIII, Xl y XII y 32 del Estatuto
Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de
diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda,
mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de
2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto del 2004 en dicho
medio informativo, y acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007) y
1o., 3o. y 7o. primer párrafo incisos j), k), m), n), o), p),
q), r)
y s) y tercer párrafo del Acuerdo que delega
facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador,
Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales,
Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros
Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y
modificación, según corresponda, de 4 de febrero del
2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto del 2004 y 13 de septiembre
de
2007, publicadas en dicho medio informativo).
Atentamente
7 de enero de 2011.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Eduardo Vázquez Labra
Rúbrica.
(R.- 319815)
INDUSTRIAS FIESTA DE MORELOS S.A. BALANCE DE LIQUIDACION AL 19 DE ENERO DE 2011 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 25 de enero de 2011. Liquidador José Alvarez Gómez Tagle Rúbrica. (R.- 319903) |
|
PAPELES TROQUELADOS S.A. BALANCE DE LIQUIDACION AL 11 DE ENERO DE 2011 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 25 de enero de 2011. Liquidador José Alvarez Gómez Tagle Rúbrica. (R.- 319904) |
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia Jurídica
Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros D
210-90283/2010
Exp.: CNBV.312.211.23 (5898)
Asunto: Se autoriza la organización y operación de la casa de bolsa a denominarse Kuspit Casa de Bolsa, S.A. de C.V.
KUSPIT, S.A. de C.V.
ALTPER, S.A.P.I. de C.V.
Blvd. Manuel Avila Camacho No. 24-PH
Col. Lomas de Chapultepec
11000, México, D.F.
At’n.: Sr. Rodrigo Ocejo Rojo
Representante Legal
Hacemos referencia a su escrito de fecha 23 de septiembre de 2010 y complementarios del 10 y 22 de noviembre del mismo año, mediante los cuales solicitan la autorización de esta Comisión para la organización y operación de una casa de bolsa con las características que señalan en su planteamiento, remitiendo al efecto la documentación e información previstas en las disposiciones legales y administrativas aplicables.
Al respecto, la Junta de Gobierno de esta Comisión, en sesión celebrada el 9 de los actuales y con fundamento en el artículo 114 de la Ley del Mercado de Valores, adoptó el siguiente acuerdo:
UNICO.- Se autoriza la organización y operación de la casa de bolsa a denominarse Kuspit Casa de Bolsa, S.A. de C.V.
La organización y operación de la entidad autorizada se sujetará a las siguientes:
BASES
Primera.- La casa de bolsa deberá apegarse en todo momento a lo dispuesto en el artículo 114 y demás relativos del título VI, capítulo I, secciones I a IV y capítulo II de la Ley del Mercado de Valores, a las Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa y demás disposiciones legales y administrativas que le resulten aplicables conforme a su naturaleza y, en lo particular, a lo siguiente:
I. Su denominación será Kuspit Casa de Bolsa, la cual se usará seguida de las palabras Sociedad Anónima de Capital Variable o de su abreviatura S.A. de C.V.
II. Tendrá como domicilio social la Ciudad de México, Distrito Federal.
III. El capital social mínimo fijo será de $62’700,000.00 M.N.
IV. Su duración será indefinida.
Segunda.- La administración de la sociedad estará encomendada a un consejo de administración y a un director general, en sus respectivas esferas de competencia y deberá contar con un comité de auditoría, en términos de los artículos 122 y 126 de la Ley del Mercado de Valores.
Tercera.- Los estatutos sociales de la casa de bolsa deberán ser aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y, una vez obtenida la aprobación, inscribirse en el Registro Público de Comercio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115, último párrafo de la Ley del Mercado de Valores.
Cuarta.- La sociedad estará sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Quinta.- Por su propia naturaleza jurídica esta autorización es intransmisible y no implica certificación sobre la solvencia de la casa de bolsa de que se trata, según lo dispone el artículo 114 de la Ley del Mercado de Valores.
Sexta.- La autorización surtirá efectos el día hábil siguiente al de su notificación, en términos de lo dispuesto por el artículo 402, en relación con los artículos 399 y 400 de la Ley del Mercado de Valores.
Séptima.- El presente oficio deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, a costa del interesado, de conformidad con lo establecido en el artículo 114, segundo párrafo de la Ley del Mercado de Valores.
Atento a lo dispuesto por el artículo 153, fracciones I, II y III de la Ley del Mercado de Valores, se podrá revocar la presente autorización si la sociedad no se constituye o no presenta los datos relativos a su inscripción en el Registro Público de Comercio dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la autorización, si no hubiere pagado el capital mínimo al momento de su constitución o no inicia operaciones en un plazo de seis meses contado a partir de la inscripción en el citado Registro.
Para efectos de lo antes señalado, la sociedad deberá acreditar a esta Comisión con al menos treinta días hábiles de anticipación al inicio de sus operaciones, el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 116 de la Ley del Mercado de Valores y 2 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa.
Lo
anterior se comunica con fundamento en los artículos 12, 15,
fracciones VIII y IX, 17, fracción XII, 19, fracción I,
inciso f) y 40, fracción VI del Reglamento Interior de esta
Comisión, publicado en el Diario Oficial
de la Federación
el 12 de agosto de 2009; 10, 11, fracción I, incisos 1) y 3) y
31, fracción I, inciso 1) del Acuerdo por el que el Presidente
de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega
facultades en los Vicepresidentes, Directores Generales y Directores
Generales Adjuntos de la misma Comisión, publicado en el
citado Diario el 2 de octubre de 2009.
Atentamente
México, D.F., a 15 de diciembre de 2010.
Vicepresidente Jurídico Lic. Jorge Leonardo González García Rúbrica. |
Vicepresidente de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B Lic. Patricio Bustamante Martínez Rúbrica. |
(R.- 319887)
ACUERDO
POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTICULOS 20o., 21o., 22o. y 24o. FRACCION
d)
y SE ADICIONA LA FRACCION XVII DEL ARTICULO 2o. DEL
REGLAMENTO
DE AGENTES DE PRONOSTICOS PARA LA ASISTENCIA PUBLICA
El Consejo Directivo de Pronósticos para la Asistencia, con fundamento en los artículos Sexto, fracción III y Décimo Segundo del Decreto por el que se crea un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio que se denominará Pronósticos para la Asistencia Pública, y 9o. del Estatuto Orgánico de Pronósticos para la Asistencia Pública, y
CONSIDERANDO
Que Pronósticos para la Asistencia Pública es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado mediante el Decreto del Titular del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 1978;
Que la venta al público de los productos que ofrece Pronósticos para la Asistencia Pública, se efectuará por el organismo directamente, o a través de terceros y agentes;
Que
el Reglamento de Agentes de Pronósticos para la Asistencia
Pública se publicó en el Diario Oficial de la
Federación de fecha 1 de agosto de 2006, el cual tiene por
objeto establecer las normas de operación
de los agentes
autorizados a efecto de dar una mayor satisfacción al
consumidor final;
Que con la finalidad de poder brindar una mejor atención al público y promover la venta de los productos que ofrece Pronósticos para la Asistencia Pública, es necesario modificar las disposiciones que rigen el accionar de los agentes de dicho organismo descentralizado;
Que resulta necesario otorgar claridad a la forma de pago de premios que realice la Entidad directamente o por conducto de los Agentes o Bancos autorizados, así como establecer mecanismos que permitan optimizar la operación de la Entidad respecto a la recolección de boletos, por lo que tiene a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTICULO UNICO.- Se reforman los artículos 20o., 21o., 22o. y 24o. fracción d) y se adiciona la fracción XVII del artículo 2o. del Reglamento de Agentes de Pronósticos para la Asistencia Pública, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 2o.- Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
I. a XVI. …
XVII. Comprobante de Participación.- Al medio físico o electrónico autorizado por Pronósticos que acredita la titularidad de un Boleto.
Artículo 20o.- Salvo pacto en contrario, el agente deberá pagar el importe de las ventas que hubiera realizado de todas las participaciones, productos o servicios que comercialice, previa deducción de la comisión a su favor a que se refiere el artículo 18o. del presente Reglamento y del importe de los boletos premiados pagados de acuerdo al artículo 21o., conforme al contrato de comisión mercantil que celebre el agente con Pronósticos.
El agente recibirá cada mes el estado de cuenta de las ventas y pagos realizados, disponiendo de un lapso de 15 días naturales a partir de su conocimiento para objetarlas, transcurrido éste, se darán como plenamente aceptados por el agente los movimientos y saldos que se le hayan presentado.
Salvo pacto en contrario, el agente que no efectúe el entero de las ventas de los concursos, sorteos, productos o servicios que ofrece Pronósticos al público, dentro de los plazos que le sean previamente comunicados, se le suspenderá la señal de la terminal, la cual será reactivada al momento de efectuar su pago y se hará acreedor a un cargo de hasta tres salarios mínimos vigentes en el Distrito Federal, por concepto de reactivación de señal, importe que será deducido de la comisión de la venta de la semana en que haya sido suspendida la terminal.
Artículo 21o.- El Agente podrá pagar, previa validación del Boleto o del Comprobante de Participación en la Terminal, premios cuyo importe sea de $1 (un peso 00/100 M.N.) hasta $9,999.99 (nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) brutos. Para el caso de Boletos, el pago se efectuará contra la presentación y entrega material del Boleto.
Los Canales Alternos de Distribución podrán realizar el pago de premios hasta por la cantidad de $9,999.99 (nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) brutos, a través de los siguientes medios: i) Pago en efectivo, ii) Abono en cuenta, iii) Abono en tiempo aire. iv) Cualquier otra forma previamente autorizada por Pronósticos. La forma y el monto de pago de cada uno de ellos, deberá quedar establecida en el Contrato de Comisión Mercantil respectivo, lo cual se hará del conocimiento del público.
El pago de premios superiores a $9,999.99 (nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) brutos, únicamente será efectuado en la Oficina Central de Pronósticos o en los Bancos autorizados, los cuales se harán del conocimiento del público. El pago se efectuará únicamente contra la presentación y entrega material del Boleto o Comprobante de Participación firmada por el participante, en caso de que el comprobante sea físico.
El Agente tiene la obligación de destruir todos aquellos boletos premiados pagados en su terminal que correspondan a premios por importe desde $1.00 (un peso 00/100 M.N.) y hasta $9,999.99 (nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.).
El Agente será responsable por el mal uso que pueda darse a los Boletos y Comprobantes de Participación pagados o descargados directamente en su Agencia y que deriven en una contingencia legal o reclamo de pago por parte del poseedor.
Artículo
22o.- El Agente deberá hacer
entrega de la totalidad de los Boletos cancelados en la Terminal que
le haya sido asignada, haciéndose responsable del pago por el
mal uso que pueda darse a los Boletos cancelados que no entregue de
manera mensual a Pronósticos y que deriven en una contingencia
legal
o reclamo de pago.
El Agente deberá pagar el importe de aquellos Boletos cancelados que no haya entregado en los primeros diez días del mes siguiente al de su cancelación, los cuales le serán cargados a su estado de cuenta.
Pronósticos contará con un plazo de seis meses para realizar el cargo a que se refiere el párrafo anterior.
Artículo 24o.- …
…
…
a) al c) …
d) El agente no realice la notificación de baja de agencia en los términos y plazos señalados en el artículo 12o. del presente Reglamento, debiendo cumplir nuevamente con los requisitos para el otorgamiento de una agencia autorizada.
e) al i) …
…
a) al e) …
...
TRANSITORIOS
PRIMERO.-
El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente
de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
El
Secretario del Consejo Directivo de Pronósticos para la
Asistencia Pública, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 12, fracción IX, del Estatuto Orgánico
de Pronósticos para la Asistencia Pública, certifica
que el “Acuerdo por el que se reforman los artículos
20o., 21o., 22o. y 24o. fracción d) y se adiciona la fracción
XVII del artículo 2o. del Reglamento de Agentes de Pronósticos
para la Asistencia Pública”,
de Pronósticos
para la Asistencia Pública, fue aprobado por el Consejo
Directivo de Pronósticos para la Asistencia Pública, en
Sesión Ordinaria número 188, celebrada el 13 de
diciembre de 2010.
México, D.F., a 10 de enero de 2011.
Secretario del Consejo Directivo
Lic. Sergio Eduardo Huacuja Betancourt
Rúbrica.
(R.- 319890)
ESTUDIOS AVANZADOS EN HOMEOPATIA, A.C.
ESTADO DE RESULTADOS POR DISOLUCION Y LIQUIDACION
DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
INGRESOS |
|
|
DONATIVOS |
0 |
|
SUMAN LOS INGRESOS |
|
0 |
EGRESOS |
|
|
GASTOS DE ADMINISTRACION |
0 |
|
SUMAN LOS EGRESOS |
|
0 |
REMANENTE DISTRIBUIBLE DEL PERIODO |
|
0 |
Ciudad Nezahualcóyotl, a 25 de enero de 2011.
Presidente Contador
Representante Legal L.C. Delfina Hernández Nolasco
Alejandro Torres Teran No. Céd. Prof. 5306217
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 319901)
ESTUDIOS AVANZADOS EN HOMEOPATIA, A.C.
ESTADO DE SITUACION FINANCIERA POR DISOLUCION Y LIQUIDACION
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
ACTIVO CIRCULANTE |
|
|
CAJA |
0 |
|
BANCOS |
0 |
|
DEUDORES |
0 |
|
SUMA EL CIRCULANTE |
|
0 |
FIJO |
|
|
EQUIPO DE COMPUTO |
0 |
|
DEPREC. ACUM. E. COMPUTO |
0 |
|
EQUIPO DE COMPUTO NETO |
0 |
|
SUMA EL FIJO |
|
0 |
SUMA EL ACTIVO |
|
0 |
PASIVO A CORTO PLAZO |
|
|
ACREEDORES |
0 |
|
IMPUESTOS POR PAGAR |
0 |
|
SUMA EL PASIVO |
|
0 |
CAPITAL CONTABLE |
|
|
PATRIMONIO |
0 |
|
RESULTADO DE EJERC. ANT. |
0 |
|
REMANENTE DISTRIB. DEL PERIODO |
0 |
|
SUMA EL CAPITAL CONTABLE |
|
0 |
SUMA PASIVO + CAPITAL |
|
0 |
Ciudad Nezahualcóyotl, a 25 de enero de 2011.
Presidente Contador
Representante Legal L.C. Delfina Hernández Nolasco
Alejandro Torres Teran No. Céd. Prof. 5306217
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 319899)
FILANDER DE MEXICO, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010
(cifras en pesos)
ACTIVO |
|
Circulante |
5,851,616.75 |
Fijo |
253,085.05 |
Diferido |
6,530.05 |
Total de Activo |
6,111,231.85 |
PASIVO |
|
Circulante |
10,538,916.98 |
Total de Pasivo |
10,538,916.98 |
CAPITAL CONTABLE |
|
Capital Social |
50,000.00 |
Resultado de Ejercicios Anteriores |
-5,301,167.11 |
Aportaciones para Futuros Aumentos de Capital |
857,447.50 |
Resultado del Ejercicio |
-33,965.52 |
Total de Capital |
-4,427,685.13 |
En cumplimiento y para los efectos del artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el presente balance general de liquidación.
Este balance general, los papeles y libros de la sociedad, quedan a disposición de los accionistas para los efectos a que dé lugar.
México, D.F., a 30 de septiembre de 2010.
Liquidador
Luis Manuel De la Vega Villareal
Rúbrica.
(R.- 319802)
FESTALEGRIA DE MEXICO, DISTRIBUIDORA S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 7 DE ENERO DE 2011 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 25 de enero de 2011. Liquidador José Alvarez Gómez Tagle Rúbrica. (R.- 319910) |
|
CRI INTERMEDIARIO DE REASEGURO S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 16 DE OCTUBRE DE 2007 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 14 de enero de 2011. Liquidador Julio Hernández Yáñez Rúbrica. (R.- 319920) |
GMASM S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 14 DE ENERO DE 2011 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 18 de enero de 2011. Liquidador Francisco Martínez García Rúbrica. (R.- 319922) |
|
AVISO AL PUBLICO
Se
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