Lunes
11 de julio de 2011 DIARIO
OFICIAL (Tercera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Durango, Dgo.
EDICTO
C. JESUS GARCIA MANCINAS.
En los autos del juicio de amparo 384/2011, promovido por BBVA BANCOMER, Sociedad Anónima, a través de su apoderado legal JORGE ALBERTO FERNANDEZ FAYA, contra actos de la Magistrada de la Primera Sala Civil Unitaria del Tribunal Superior de Justicia en el Estado y del Juez Segundo de lo Civil en esta capital; y, en virtud de ignorarse su domicilio, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en vista de lo prevenido por el numeral 2 de la Ley de Amparo, se ordenó emplazarlo por este medio como tercero perjudicado, se le hace saber que puede apersonarse dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente de la última publicación, así como que se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia correspondiente de la demanda de amparo.
Durango, Dgo., a 2 de junio de 2011.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Lic. Adriana Hernández Orrante
Rúbrica.
(R.- 327782)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia
Lázaro Cárdenas, Mich.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES:
Dentro de los autos que integran el juicio ejecutivo mercantil, número 488/2007 promovido por Jesús Martínez Duarte por conducto de su endosatario en procuración, frente a José Enrique Moreno Murga, se señalaron las 11:00 once horas del día 14 catorce de julio del año en curso, para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMERA Y PUBLICA ALMONEDA DEL BIEN EMBAGADO, identificable como:
Totalidad de Lote de terreno y la construcción ubicada en el lote 37 treinta y siete, manzana 1 uno, del fraccionamiento Popular de urbanización progresiva Lázaro Cárdenas, de este municipio, calle Tarascos número 124, con las siguientes medidas y colindancias.
NORTE: 8.38 metros con avenida Tarascos
SUR: 8.10 metros con lote número 38
ORIENTE: 16.94 metros con lote número 39
PONIENTE: 19.50 metros con lotes número 35 y 36.
SUPERFICIE TOTAL. 147.52 M2
Con un valor pericial de $986,760.00 novecientos ochenta y seis mil setecientos sesenta pesos 00/100 Moneda Nacional, y será postura legal que cubra las 2/3 dos terceras partes de la misma,. publíquese el presente por 3 tres veces dentro de 9 nueve días en los estrados del Juzgado y en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad Lázaro Cárdenas, Mich., a 16 de junio de 2011.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Guadalupe Ortiz García
Rúbrica. (R.- 327783)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en La Laguna
Boulevard Independencia 2111 Ote. C.P. 27100, Col. San Isidro
Torreón, Coahuila
EDICTO
IMELDA TORRES RAMIREZ
En los autos del Juicio de Amparo número 166/2011, promovido por Alfonso Martínez Valadez, contra actos del juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil en el Distrito Judicial Tercero de Gómez Palacio, Durango, con residencia en esa ciudad y otras autoridades, con fecha diecisiete de mayo de dos mil once, se dictó un auto en el cual se ordena sea emplazada la tercera perjudicada Imelda Torres Ramírez, por edictos que se publicarán por (3) tres veces de (7) siete en (7) siete días, en el Diario Oficial de la Federación y uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber que deberá presentarse ante este Juzgado Tercero de Distrito en la Laguna, dentro del término de (30) treinta días, contado a partir de la última publicación; además, que la parte quejosa reclama el auto de adjudicación sobre bienes inmuebles de su posesión y custodia en su carácter de depositario judicial, consistentes en un lote de terreno número siete, manzana XXI de la calle Pedernal y finca construida marcada con el número treinta y nueve de la unidad habitacional Los Alamos, en Gómez Palacio, Durango; dentro de los autos del Juicio Ejecutivo Mercantil 888/2008 del índice administrativo del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Civil en el Distrito Judicial Tercero de Gómez Palacio, Durango, con sede en esa ciudad, promovido por Jesús Torres Llamas, en contra de Imelda Torres Ramírez; y todas sus consecuencias legales correspondientes.
Torreón, Coah., a 17 de mayo de 2011.
Firma por autorización del Juez Tercero de Distrito en La Laguna
La Secretaria de Juzgado
Lic. Sandra Patricia Delgado Arreola
Rúbrica.
(R.- 327835)
AVISO AL PUBLICO
REQUISITOS NECESARIOS PARA LA INSERCION DE DOCUMENTOS A PUBLICAR:
• Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación de su documento, con dos copias legibles.
• Original del documento a publicar en papel membretado, con sello legible, firma autógrafa y fecha de expedición del mismo, sin alteraciones y acompañado de dos copias legibles.
• En caso de documentos a publicar de empresas privadas, deberá anexar copia de la cédula del R.F.C.
• En caso de licitación pública o estado financiero, necesariamente deberá acompañar su documentación con un disquete en cualquier procesador WORD.
• El pago por derechos de publicación deberá efectuarse mediante el esquema para pago de derechos e5cinco del SAT en ventanilla bancaria o a través de Internet, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El comprobante de pago deberá presentarse (el original que devuelve la institución bancaria o la impresión original del pago realizado en Internet), acompañado de una copia simple. El original del pago será resguardado por esta Dirección.
LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARAN DE LA SIGUIENTE FORMA:
• Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público recibidas los días miércoles, jueves y viernes, se publicarán el siguiente martes, y las recibidas en lunes y martes, se publicarán el siguiente jueves.
• Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asambleas se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibido y pagado, y tres días después si se acompañan con disquete, mientras que los estados financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación.
• El disquete deberá contener un solo archivo con toda la información.
• Por ningún motivo se recibirá documentación que no cubra los requisitos antes señalados.
• Horario de recepción de 9:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.
• Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081. Fax extensión 35076.
Nota:
Si envía la documentación por correspondencia o
mensajería, favor de anexar guía prepagada
de la
mensajería de su preferencia, correctamente llenada, para
poder devolverle la forma fiscal que le corresponde.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Puebla.- Disposición: Juez Primero de Distrito en el Estado de Puebla, residente en San Andrés Cholula, Puebla. Amparo 636/2010. Quejoso: AURELIA AHUEHUETL HERNANDEZ. Autoridad Responsable: Presidente de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, y otras autoridades. Acto Reclamado: El embargo, remate, adjudicación, respecto del inmueble ubicado en la Avenida nueve Poniente, número setecientos tres, de la colonia Centro de la ciudad de Puebla, decretado en el expediente D-4/674/2003, del índice de la autoridad responsable, emplácese mediante edictos al tercero perjudicado LAURO GARCIA URBINA, para que en el término de treinta días, contados a partir del siguiente a la última publicación, comparezca ante este Juzgado Federal a deducir sus derechos. Edictos que serán publicados por tres veces consecutivas de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y “Excelsior”. Copias demanda disposición en Secretaría.
San Andrés Cholula, Pue., a 30 de mayo de 2011.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Lic. Manuel Alejandro Herrera Gómez
Rúbrica.
(R.- 327837)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializada Asuntos Financieros Puebla, expediente 745/2008 Juicio Ejecutivo Mercantil, promueve BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, contra AURELIO ORTEGA CARVAJAL y ANA MARIA MONTIEL HERNANDEZ, auto veinte de mayo del dos mil once y auto diez de junio del dos mil once, anúnciese remate primera y pública almoneda sobre una fracción que se segrega del predio rústico denominado “LA VEGA”, ubicado en Ignacio Romero Vargas, Cuautlancingo, Cholula, Puebla, siendo postura legal QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS MONEDA NACIONAL Posturas y pujas deberán celebrarse a las doce horas del día quince de agosto del año dos mil once, fecha en que se verificará la audiencia de remate.
Puebla, Pue., a 17 de junio de 2011.
Diligenciario Non Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Lic. M. Soledad Guadalupe Basilio Gómez
Rúbrica.
(R.- 327984)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas vigentes son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,373.00
2/8 de plana $ 2,746.00
3/8 de plana $ 4,119.00
4/8 de plana $ 5,492.00
6/8 de plana $ 8,238.00
1 plana $ 10,984.00
1 4/8 planas $ 16,476.00
2 planas $ 21,968.00
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Quinta Sala Civil
EDICTO
C. DIRECTOR DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
PRESENTE
En los autos del Cuaderno de Amparo relativo al Toca número 794/10/1 promovido por la parte actora, respecto del Juicio ORDINARIO CIVIL seguido por LEVY MATARASSO JOSIANE en contra de INMOBILIARIA PITAGORAS Y SAN BORJA, S.A. DE C.V. se dictó un auto con fecha veintitrés de mayo del presente año, que en síntesis ordena: “Emplácese a la Tercera Perjudicada INMOBILIARIA PITAGORAS Y SAN BORJA, S.A. DE C.V. en términos de Ley en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico El Sol de México: para que comparezca ante la autoridad Federal a deducir sus derechos”.
Reitero a Usted las seguridades de mi atenta consideración.
“Sufragio Efectivo. No Reelección.”
México, D.F., a 24 de mayo de 2011.
La. C. Secretaria de Acuerdos de la Quinta Sala Civil
Lic. Ma. del Carmen Sanvicente Ramírez
Rúbrica.
(R.- 327321)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial Federal
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
con residencia en Guadalajara
EDICTO
A: JOVA DIAZ MARTINEZ y EVELIA CORREA DE VALDEZ.
En el juicio de amparo 1102/2010-VII, promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO BANORTE, contra los actos que reclama del JUEZ DECIMO DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD y OTRAS AUTORIDADES, que hacen consistir en forma esencial en: todas y cada una de las actuaciones, sentencia, interlocutoria y definitivas, remates, adjudicaciones, acuerdos, ejecución de los mismos, ordenes de lanzamiento que afectan en un futuro la esfera jurídica de la institución bancaria aquí quejosa, dictadas en los autos del juicio civil ordinario número 1320/1999 del índice del Juzgado Décimo de lo civil de esta ciudad, del cual se ostenta tercera extraña; se ordenó emplazar a dichas terceras por edictos para que comparezcan al presente procedimiento, dentro de los treinta días siguientes a la última publicación, si a su interés legal conviene.
*Para
su publicación por tres veces, de siete en siete días,
en el Diario Oficial de la Federación
y el periódico
el Excélsior.
Guadalajara, Jal., a 9 de junio de 2011.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Rafael Martínez García
Rúbrica.
(R.- 327480)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Cuarto Civil de Primera Instancia de Ecatepec de Morelos
Primera Secretaría
Juzgado Cuarto de lo Civil de Ecatepec de Morelos, Estado de México
EDICTO
SE CONVOCA POSTORES.
POR MEDIO DEL PRESENTE SE HACE SABER A TODAS LAS PERSONAS que en este Juzgado se tramita el expediente número 953/2007, relativo al juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por ING HIPOTECARIA, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, ANTES HIPOTECARIA COMERCIAL AMERICA S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, en contra de ROGELIO MANUEL TORRES CRUZ Y MARGARITA BURGOS HERNANDEZ, y se señalaron las TRECE HORAS DEL DIA TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, respecto del bien inmueble dado en garantía en autos ubicado en: UNIDAD PRIVATIVA TRES (3) CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE CONDOMINAL VEINTE (20), DE LA MANZANA VEINTIUNO (21), DEL CONJUNTO DE TIPO MIXTO, HABITACIONAL DE INTERES SOCIAL, POPULAR, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y DE SERVICIOS DENOMINADO “LAS AMERICAS”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, fijándose para el remate la cantidad de $684,000.00 (SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), cantidad que resulta de los avaluos rendidos por los peritos designados por la parte actora y en rebeldía de la parte demandada, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del total de la cantidad fijada para el remate.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, NO DEBIENDO MEDIAR ENTRE LA ULTIMA PUBLICACION Y LA ALMONEDA DE REMATE, MENOS DE CINCO DIAS.
ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, A NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE. Doy fe.
Lo anterior en cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha veinticinco y treinta de mayo del año dos mil once.
Autoriza:
Primer Secretario de Acuerdos
Lic. María del Carmen Hernández Mendoza
Rúbrica.
(R.- 327962)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL.
GRUPO DE PROTECCION DE SEGURIDAD PRIVADA COMERCIAL E INDUSTRIAL GPSPCISA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En
los autos del juicio de amparo 815/2011-II, promovido por Waller
Ramírez José Luis, contra actos de la Junta Especial
Dieciséis de la Local de Conciliación y Arbitraje del
Distrito Federal, al ser señalada como tercera perjudicada y
desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción
II del artículo 30
de la Ley de Amparo, así como en
el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su
emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se
publicarán por tres veces, de siete en siete días, en
el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República; haciendo de su
conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su
disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuenta
con un término de treinta días, contados a partir de la
última publicación de estos edictos, para que ocurra a
este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 16 de junio de 2011.
Lic. Faviola Ramírez Franco
Rúbrica.
(R.- 328006)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de lo Civil
Diligenciaría Par
Distrito Judicial
Puebla
EDICTO
SE CONVOCA A POSTORES.
Disposición Juez Segundo Civil Puebla, cumplimiento auto nueve de junio del dos mil Once, ordena remate inmueble embargado del dieciséis punto sesenta y seis por ciento, Lote Numero Dos de la parte restante del Predio Formado por los Lotes UNO, DOS Y TRES de la Prolongación del Fraccionamiento Empleados de la Secretaria de Recursos Hidráulicos del Antiguo Campamento de la Lagunilla de la Presa Manuel Avila Camacho Cuautinchan, Tecali, Puebla, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Puebla, bajo el folio 0106209, sirve postura legal la cantidad DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA PESOS, CON TREINTA CENTAVOS, MONEDA NACIONAL, que son las dos terceras partes del precio del avaluó. Para publicación tres veces dentro termino de nueve días mediante edictos, venciendo término posturas y pujas doce horas del día dieciséis de agosto del año dos mil once, promueve MARY CARMEN SAN MARTIN PORRAS como endosataria en procuración de FUNDACION UNIVERSIDAD DE LAS AMERICAS, PUEBLA en contra de AURELIO GOMEZ VEGA Y AURELIO MANUEL GOMEZ MOLINA, Juicio ejecutivo Mercantil, EXPEDIENTE 930/05.
Puebla, Pue., a 27 de junio de 2011.
El Diligenciario
Lic. Eduardo García Herrerías
Rúbrica.
(R.- 328203)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Cuarto de lo Civil
Secretaría “A-1”
EDICTO
JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL
SECRETARIA “B”
EXP. No. 1988/2009
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha diez de junio de dos mil once, dictado en el juicio EJECUTIVO MERCANTIL seguido por AUTOFINANCIAMIENTO MEXICO S.A. DE C.V. en contra de ARENAS MIMBRERA JESUS ISIDRO Y OTROS, EXP. 1988/09, el C. Juez Cuarto de lo Civil de esta Capital señalo LAS TRECE HORAS DEL CUATRO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE, para que tenga verificativo la audiencia de remate en primera almoneda del bien inmueble embargado UBICADO EN RETORNO 8, 3 D SUR 12-B MANZANA 6, LOTE 20, COLONIA AGRICOLA ORIENTAL, DELEGACION IZTACALCO DISTRITO FEDERAL, sirviendo como base para el remate la cantidad de SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHO PESOS 00/100 M.N. y siendo postura legal lo que cubra dicha cantidad.
Para su publicación por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en Tablero de Avisos de este juzgado.
México, D.F., a 14 de junio de 2011.
El C. Secretaria de Acdos “B”
Lic. Patricia Ferriz Salinas
Rúbrica.
(R.- 328230)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Segundo de lo Mercantil
EDICTO
REMATESE DIA 10 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A LAS 11:00 ONCE HORAS, SIGUIENTE BIEN INMUEBLE, RELATIVOS AL JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO PROMOVIDO POR FINANCIERA RURAL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO EN CONTRA DE JOSE LUIS CUELLAR MEDINA EXPEDIENTE NUMERO 19/2008.
1.- FINCA UBICADA EN DOMICILIO CONOCIDO L-2, MANZANA 8, ZONA 1, POBLACION DE CERRITOS DE ACEVES, EN MUNICIPIO DE ABASOLO GUANAJUATO, CON SUPERIFICIE DE TERRENO DE 288.97 M2 SUPERFICIE DE CONTRUCCION 223.31 M2
TOTAL DEL AVALUO $544,000.00 (QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.).
POSTURA LEGAL LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DEL AVALUO.
CITESE POSTORES Y ACREEDORES.
NOTA: PARA SU PUBLICACION EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, EN EL JUZGADO MENOR DE ABASOLO, GUANAJUATO Y DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS.
Guadalajara, Jal., a 15 de junio de 2011.
La Secretario de Acuerdos
Lic. Patricia González Toledo
Rúbrica.
(R.- 328312)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Séptimo Civil
Toluca
EDICTO
En
el expediente número 210/07, relativo al Juicio ORDINARIO
MERCANTIL, promovido por FILIBERTO GARCIA GARCIA, con el carácter
de PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE PROMOTORA Y
ADMINISTRADORA DE OBRAS URBANAS Y SUBURBANAS PAOUSS, S. DE R.L.
DE
C.V., EN CONTRA DE JOSE LUIS GONZALEZ ORTIZ a través de su
albacea SONIA PATRICIA POZOS GONZALEZ, por auto de veintidós
de junio de dos mil once, se señaló DOCE HORAS DEL DIA
DIECISEIS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE, para que tenga
verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, del bien embargado en el
presente, consistente en un Inmueble ubicado en la Calle Josefa Ortiz
de Domínguez, Numero 222 (antes 347) Pte., Casa 43, Colonia
Quinta las Manzanas Municipio de Metepec, México, con las
siguientes medidas y colindancias; al norte 16.26 metros con lote 42;
al sur: 16.23 metros con lote 44; al oriente 15.20 metros con camino
a la hortaliza; al poniente 15.20 metros con vialidad, datos
correspondientes al casa 43, lote 43, inscrito en fecha cinco de
agosto de mil novecientos noventa y tres, en el libro primero,
volumen 339, partida 611, foja 064, sirviendo de base para el remate
la cantidad de $2,394,044.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y
CUATRO MIL CUARENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), en que fue valuado
por el perito Tercero en Discordia, por lo que anúnciese su
venta a través de la publicación de edictos en el
periódico oficial DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, y en la
TABLA DE AVISOS que se lleva en el Juzgado por TRES VECES DENTRO DE
NUEVE DIAS, a efecto de convocar postores que deseen comparecer la
almoneda señalada; dado en la Ciudad de Toluca, Estado de
México, a los veinticuatro días del mes de junio del
dos mil once. doy fe.
Segundo Secretario de Acuerdos
Lic. Hernán Bastida Jiménez
Rúbrica.
Validación
Auto que lo ordena de fecha: veintidós de junio de dos mil once
Segundo Secretario de Acuerdos
Lic. Hernán Bastida Jiménez
Rúbrica.
(R.- 328588)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial del Estado
Juzgado Séptimo Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por éste publicarse Edictos tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y Tabla de Avisos de este Juzgado, anúnciese remate en PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble cuyos derechos de copropiedad fueron embargados dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número de expediente M-7/2009, promovido por el Lic. SALVADOR MARES MAGAÑA, en su carácter de Endosatario en Procuración de ARMANDO VILLALPANDO VALADEZ, en contra de ADOLFO MALDONADO PEREZ: inmueble consistente en casa habitación ubicada en Avenida de las Rosas, número 301, con número interior letra “A”, en zona urbana, con una superficie de 96 M2; con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte: 12 M con casa número 301; Al Sur: 12 M con casa número 301 letra “B”; Al Oriente: 8 M con Lote 17; y Al Poniente: 8 M con Avenida de su ubicación. Almoneda que tendrá verificativo a las 13:00 horas del día 16 de agosto del año 2011, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $265,000.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), precio avalúo, convóquese a postores y cítese a acreedores.
León, Gto., a 30 de junio de 2011.
El C. Secretario del Juzgado Séptimo Civil
Lic. Ramón Becerra Ramírez
Rúbrica.
(R.- 328672)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
VICTOR VELAZQUEZ VARGAS, CARLOS ARELLANO LOPEZ y JORGE CESAR GARCIA ARELLANO
En los autos del juicio de amparo directo número 729/2010, promovido por KARINA LILIANA MARTINEZ RUIZ, en contra de la sentencia dictada por la Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, dentro del toca penal 1458/2010, por auto de fecha catorce de junio de dos mil once, la Magistrada Presidenta del Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, ordenó se emplazara a los terceros perjudicados VICTOR VELAZQUEZ VARGAS, CARLOS ARELLANO LOPEZ y JORGE CESAR GARCIA ARELLANO, por medio de EDICTOS para que dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, comparezca ante este Tribunal Colegiado, en defensa de sus intereses si así lo estima conveniente, haciendo de su conocimiento que queda a su disposición en la Secretaria de este Tribunal, copia simple de la demanda de garantías. Los presentes edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República, se expide lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 30 de la Ley de Amparo y 315 del código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, a partir del lunes once de julio de dos mil once.
Mexicali, B.C., a 14 de junio de 2011.
El Secretario de Acuerdos del Segundo
Tribunal Colegiado del XV Circuito
Lic. Raymundo López García
Rúbrica.
(R.- 328681)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Septuagésimo Primero de lo Civil
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
En los autos del juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por DOBOS, S.A DE C.V., en contra de SERVICIOS ADUANALES Y DE TRAMITACION, S.A. DE C.V., expediente número 1597/2010, el C. Juez Septuagésimo Primero de lo Civil de esta Capital dicto un auto que a la letra dice:- México, Distrito Federal, a veintiséis de abril del año dos mil once.- Agréguese a sus autos el escrito del Mandatario Judicial de la persona moral actora en el presente juicio en términos del artículo 1069 párrafo tercero del Código de Comercio (Cédula debidamente registrada en el Libro que para tal efecto se lleva en este H. Juzgado a fojas 135), por hechas las manifestaciones que en el mismo se contienen y tomando en consideración las constancias de autos y visto el contenido de los informes que efectuaron las diversas instituciones y empresas, las cuales manifestaron no contar con dato alguno y mucho menos con el domicilio de la persona moral demandada SERVICIOS ADUANALES Y DE TRAMITACION, S.A. DE C.V; en consecuencia como se solicita con fundamento en los artículos 1068 fracción IV, y 1070 del Código de Comercio, y el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria POR IGNORAR LA ACTORA EL DOMICILIO ACTUAL DE LA DEMANDADA, EMPLACESELE A JUICIO A SERVICIOS ADUANALES Y DE TRAMITACION, S.A. DE C.V. MEDIANTE LA PUBLICACION DE EDICTOS por tres veces consecutivas de siete en siete días en el “Diario Oficial” y en el periódico “EL UNIVERSAL”, haciéndole saber a dicha persona moral demandada el juicio ORDINARIO MERCANTIL promovido en su contra por DOBOS, S.A. DE C.V., con numero de expediente 1597/2010, respecto de la relación comercial existente entre dichas empresas y en el que entre otras por concepto de prestaciones se le reclama lo siguiente: A) El pago de la cantidad de $28,148,823.00 (VEINTIOCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES PESOS 00/100 M. N.) que es el importe que la actora pagó al Servicio de Administración Tributaria, Administración General de Aduanas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con motivo de las ilícitas conductas realizadas por la empresa demandada, B) La cantidad de $5,874,274.00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M. N.) que la empresa actora entregó a la demanda como anticipo para pagar diversos gastos de importación que no han sido comprobados. C) Los daños y perjuicios causados por la demandada a la actora, D) El castigo fiscal de las cantidades reclamadas y E) Los gastos y costas del juicio. Para que dentro del término de TREINTA DIAS produzca su contestación a la demanda entablada en su contra, apercibida que de no hacerlo, se seguirá el presente juicio en su rebeldía y las subsecuentes notificaciones le surtirán efectos por boletín judicial de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1069 del Código de Comercio, quedando a su disposición en la Secretaría del Juzgado las copias simples de la demanda y de los documentos exhibidos como base de la acción; y asimismo fíjese una fotocopia íntegra de la demanda en el tablero de avisos de este H. Juzgado. NOTIFIQUESE.- Así lo proveyó y firma el C. JUEZ SEPTUAGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, Licenciado MARIO SALGADO HERNANDEZ, ante la C. Secretaria de Acuerdos, Licenciado MARIO SALGADO HERNANDEZ, ante la C. Secretaria de Acuerdos “B”, Licenciada LUZ MARIA PEÑA JIMENEZ, quien autoriza y da fe. DOY FE.
Atentamente
La C. Secretaria de Acuerdos
Rúbrica.
(R.- 327234)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito
Sección Amparo Mesa IV
Cd. Juárez, Chih.
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Chihuahua
EDICTO
ALMA REYNA CHACON ROJO
EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN AUTO DE TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL ONCE, DICTADO POR EL JUEZ CUARTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, LICENCIADO ALBERTO EMILIO CARMONA, EN EL JUICIO DE GARANTIAS 182/2011-IV, PROMOVIDO POR JESUS ABREGO LOPEZ Y FERNANDO GONZALEZ SILVA, CONTRA ACTOS DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO CUATRO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD, SE LE HACE DEL CONOCIMIENTO, QUE LES RESULTA CARACTER DE TERCERA PERJUDICADA, EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 5o. FRACCION III INCISO A) DE LA LEY DE AMPARO Y CON APOYO EN EL DIVERSO NUMERAL 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACION SUPLETORIA A LA PRIMER LEGISLACION EN CITA POR DISPOSICION EXPRESA DE SU ARTICULO 2o., SE LA MANDO EMPLAZAR POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO A ESTE JUICIO, PARA QUE SI A SU INTERES CONVINIERE SE APERSONE AL MISMO, DEBIENDOSE PRESENTAR ANTE ESTE JUZGADO FEDERAL, UBICADO EN AVENIDA TECNOLOGICO NUMERO 1670, FRACCIONAMIENTO FUENTES DEL VALLE, CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA, A DEDUCIR SUS DERECHOS DENTRO DE UN TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDOS QUE DE NO COMPARECER DENTRO DEL LAPSO INDICADO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARACTER PERSONAL LES SURTIRAN EFECTOS POR MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUE EN LOS ESTRADOS DE ESTE ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL.
EN LA INTELIGENCIA DE QUE ESTE JUZGADO HA SEÑALADO LAS DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DIA QUINCE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, QUEDANDO A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO FEDERAL COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO.
PARA
SU PLUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO
OFICIAL
DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION
EN LA REPUBLICA MEXICANA, SE EXPIDE EL PRESENTE EN CIUDAD JUAREZ,
CHIHUAHUA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JUNIO
DE DOS MIL ONCE. DOY
FE.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Chihuahua
Lic. Norma María Magdalena Avila Rojas
Rúbrica.
(R.- 327469)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Colima, Col.
Juicio de Amparo 522/2010-II
EDICTO
TERCERA PERJUDICADA:
INMOBILIARIA COCO CLUB DE LA VISTA
AL MAR DE MANZANILLO, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
J.A.522/2010
PRINCIPAL
SECCION AMPARO
MESA II
Mediante escrito presentado el diecinueve de abril de dos mil diez, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Colima, JOSE ALFREDO HIDALGO MARQUEZ, apoderado de “BANCO OBRERO, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE EN LIQUIDACION HOY EN QUIEBRA”, solicitó el amparo y protección de la justicia federal, contra los actos y por las autoridades que a continuación se transcriben:
“AUTORIDADES RESPONSABLES:- - - I). AUTORIDAD ORDENADORA: Lo es el C. Juez de Manzanillo-Mixto Familiar-Mercantil de la Ciudad y Puerto de Manzanillo, Colima.- - - II). AUTORIDAD EJECUTORA: Señalo como autoridad ejecutora a los señores actuarios adscrito al Juzgado de Manzanillo-Mixto Familiar Mercantil de la ciudad y Puerto de Manzanillo, Coima.- - - 4.- ACTOS RECLAMADOS: De las Autoridades Responsables reclamo el ILEGAL EMPLAZAMIENTO HECHO a mi representado dentro del Juicio Civil Ordinario número 00276/2008-C seguido ante el señor Juez Mixto Familiar y Mercantil de la ciudad y Puerto de Manzanillo, Colima, promovido en contra de mi representado pro el tercero perjudicado BALTAZAR NAVA SANCHEZ, y como consecuencia de lo anterior todo lo actuado en el procedimiento a partir de dicha actuación procesal, la declaración de rebeldía, la declaración de tener por confeso en sentido ficto al suscrito, la sentencia dictada dentro del juicio, la publicación de la sentencia, así como el procedimiento de ejecución respectivo que recae a la sentencia definitiva dictada en dicho proceso. Se reclama pues del señor Juez Mixto Familiar y Mercantil de la Ciudad y Puerto de Manzanillo, Calima, y de los referidos actuarios adscritos al dicho H. Juzgado, el INEXISTENTE Y POR L TANTO ILEGAL EMPLAZAMIENTO practicado a mi representada, juicio intentado en contra de mi representada sobre PRESCRIPCION POSITIVA de inmueble que hasta la presente fecha desconozco, y subsecuentemente todo lo actuado dentro del referido procedimiento”; resultando como tercera perjudicada, entre otros, INMOBIILIARIA COCO CLUB DE LA VISTA AL MAR DE MANZANILLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a quien se le emplaza por medio del presente edicto y se le hace saber que debe presentarse ante el Juzgado Primero de Distrito en el Estado, con residencia en Colima, Colima, dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto y señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las que resulten de carácter personal se le harán por medio de lista que se fijará en los estrados de este Tribunal. Lo anterior dentro del juicio de amparo número 522/2010-II, del índice de este propio órgano jurisdiccional. La audiencia constitucional tendrá su verificativo a las DIEZ HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL VEINTIDOS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE.
Para que se publique tres veces de siete en siete días.
Para su publicación en cualquiera de los siguientes periódicos:
“Diario Oficial de la Federación”. México, Distrito Federal.
Colima, Col., a 31 de mayo de 2011.
El Juez Primero de Distrito en el Estado de Colima
Lic. Edgar Estuardo Vizcarra Pérez
Rúbrica.
(R.- 327654)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, diecisiete de junio de dos mil once.
TERCERO PERJUDICADO: JOSE ARTURO SANCHEZ OCHOA.
En
los autos del Juicio de Amparo 154/2011-III, promovido por AUTOLANA,
Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos de la
Séptima Sala Civil y Juez Décimo Cuarto de lo Civil
ambos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal;
demanda: Actos Reclamados: consistentes en la resolución
interlocutoria
de fecha veintisiete de enero de dos mil once,
pronunciada por la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de
Justicia del Distrito Federal, en el toca de apelación
2110/2010-01, mediante el cual revocó la sentencia
interlocutoria de fecha cuatro de agosto de dos mil diez, pronunciada
por el Juez Décimo Cuarto de Civil del Distrito Federal, en
los autos del juicio especial hipotecario, expediente 351/2010,
promovido por AUTOLANA, Sociedad Anónima de Capital Variable,
en contra de R.H. Ingenieros, Sociedad Anónima de Capital
Variable y José Arturo Sánchez Ochoa, por el cual
declaró infundado e improcedente el incidente de nulidad de
actuaciones por defectos en el emplazamiento, planteado por José
Arturo Sánchez Ochoa; con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315
del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria de la Ley de Amparo, se ordena emplazar a juicio al
tercero perjudicado JOSE ARTURO SANCHEZ OCHOA, a fin de que
comparezca a deducir sus derechos en el término de treinta
días contados a partir del día siguiente en que se
efectúe la última publicación, quedando a su
disposición en la Secretaría de éste Juzgado
copia simple del escrito inicial de demanda, así como del auto
admisorio de fecha nueve de mayo de dos mil once, mismos que serán
publicados por tres veces de siete en siete días, en uno de
los periódicos de mayor circulación de la República,
así como en el Diario Oficial de la Federación,
haciéndole saber al tercero perjudicado antes mencionado que
deberá ocurrir al presente juicio de garantías dentro
del término de treinta días, contados a partir del día
siguiente al de la última publicación, apercibido de
que en caso de no apersonarse a este juicio de amparo, las
posteriores notificaciones se le harán por medio de lista, con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 30, fracción
II, de la Ley de Amparo.
México, D.F., a 17 de junio de 2011.
El C. Secretario Judicial del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Rafael Pineda Magaña
Rúbrica.
(R.- 327788)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimocuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
PARA
NOTIFICAR A LOS TERCEROS PERJUDICADOS OSCAR DEL TORO Y VILCHIS,
GUSTAVO WATKINS MARTINEZ, EMANUEL MARCIAL Y RAFAEL TORRES LOPEZ,
SEÑALADOS CON TAL CARACTER EN EL JUICIO DE AMPARO
1175/2010-IV-B, PROMOVIDO POR RAFAEL TOLEDO FLORES REPRESENTANTE
LEGAL DE INTERNATIONAL T&T, S. A DE C.V., CONTRA ACTOS
DEL
PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL
FISCAL DE PROCESOS EN JUZGADOS CIVILES Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE
LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL,
CONSISTENTES EN: “(…) LA RESOLUCION DE 18 DE OCTUBRE DE
2010, EMITIDA CON MOTIVO DE LA INCONFORMIDAD INCOADA POR EL SUSCRITO,
EN NOMBRE DE LA PERSONA MORAL QUE REPRESENTO Y EN CONTRA DE LA
DETERMINACION DEL NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL DENTRO DE LA
AVERIGUACION PREVIA NUMERO FCH/CUH-6/T3/1030/10-06.
EN LA
RESOLUCION QUE SE RECLAMA, SE ESTIMO PROCEDENTE CONFIRMAR LA
PROPUESTA DEL NO EJERCICIO DEFINITIVO DE LA ACCION PENAL, PREVIAMENTE
FORMULADA POR EL AGENTE
DEL
MINISTERIO PUBLICO DE LA SEPTUAGESIMA CUARTA AGENCIA INVESTIGADORA,
DE LA FISCALIA
DE PROCESOS EN JUZGADOS CIVILES, Y A SU VEZ ACORDADA PROCEDENTE POR
LA ENCARGADA DE DESPACHO RESPONSABLE DE ESA SEPTUAGESIMA CUARTA
AGENCIA...”, “…RECLAMA EL HABER DEJADO DE ORDENAR
DE MANERA ESPECIFICA, QUE LA NOTIFICACION DE LA RESOLUCION DE 18 DE
OCTUBRE DE 2010, SE REALIZARA DE MANERA PERSONAL, YA QUE LA MISMA SE
REALIZO DEJANDO LA RESOLUCION DE MERITO, TIRADA POR DEBAJO DE LA
PUERTA DEL DOMICILIO SEÑALADO PARA OIR NOTIFICACIONES Y EN
DIAS INHABILES…“ Y “…LAS OMISIONES Y
VIOLACIONES A LA LEY QUE SE COMETIERON CON LA CONFIRMACION DEL NO
EJERCICIO DEFINITIVO
DE LA ACCION PENAL EN DE (SIC) LA INDAGATORIA NUMERO
FCH/CUH-6/T3/1030/10-06...”;
HABIENDOSE ORDENADO EL EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS, MEDIANTE PROVEIDO
DE SEIS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, LOS CUALES CON FUNDAMENTO EN LOS
ARTICULOS 30, FRACCION II
DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO
FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACION SUPLETORIA DE
AQUELLA, SE ORDENO PUBLICAR POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN
EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DE
MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA, PARA EL EFECTO DE QUE COMPAREZCAN
ANTE ESTE JUZGADO POR SI O POR APODERADO QUE PUEDAN REPRESENTARLOS,
SI ASI CONVIENE A SUS INTERESES, EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS
CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO A SU
DISPOSICION, EN LA SECRETARIA CORRESPONDIENTE, LA COPIA SIMPLE DE LA
DEMANDA DE GARANTIAS PARA SU TRASLADO; ASIMISMO, SE HACE DE SU
CONOCIMIENTO QUE SE SEÑALARON LAS DIEZ HORAS CON VEINTE
MINUTOS DEL VEINTITRES DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, PARA LA CELEBRACION
DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN EL PRESENTE JUICIO.
Atentamente
México, D.F., a 13 de junio de 2011.
La Secretaria del Juzgado Decimocuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Rocío Arriaga Valdés
Rúbrica.
(R.- 327859)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
A
las 10:00-diez horas del día 02-dos de agosto del año
2011-dos mil once en el local de este Juzgado Séptimo de
Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del
Estado, dentro de los autos del expediente judicial numero 503/2009,
relativo al juicio ejecutivo mercantil promovido por el ciudadano
Edmundo Antonio Padilla Aguilar, en su carácter de Apoderado
General para Pleitos y Cobranzas de Banco del Bajío, Sociedad
Anónima, Institución de Banca Múltiple, en
contra de los ciudadanos Jorge Enrique Delgado Luevano, Héctor
Gerardo Delgado Villarreal y Estela Luevano Gómez, tendrá
verificativo la Audiencia de Remate en Publica Subasta y Primera
Almoneda del bien inmueble embargado en autos consistente en “LOTE
DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 5 DE LA MANZANA NUMERO 2, DEL
FRACCIONAMIENTO LOS FRESNOS, DE ESTA CIUDAD, MANZANA QUE SE ENCUENTRA
CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES: AL NORTE FABRILES DEL NORTE,
S.A. AL SUR VISTA FLORIDA; AL ORIENTE AVENIDA NUEVO SENDERO ORIENTE,
Y AL PONIENTE VISTA DEL PARQUE, TENIENDO DICHO LOTE DE TERRENO UNA
SUPERFICIE DE 157.50 M2 CIENTO CINCUENTA Y SIETE METROS CINCUENTA
DECIMETROS CUADRADOS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: 7.50
SIETE METROS CINCUENTA CENTIMETROS AL NORTE A COLINDAR CON PROPIEDAD
DE FABRILES DEL NORTE, S.A.; 7.50 SIETE METROS CINCUENTA CENTIMETROS
AL SUR CON FRENTE A LA CALLE VISTA FLORIDA; 21.00 VEINTIUN METROS EN
SU LADO ORIENTE A COLINDAR CON EL LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL
NUMERO 4 CUATRO Y 21.00 VEINTIUN METROS EN SU LADO PONIENTE A
COLINDAR CON EL LOTE MARCADO CON EL NUMERO 6 SEIS, cuyos datos de
registro son: número 2398, Volumen 176, Libro 48, Sección
I Propiedad, Unidad Monterrey, Nuevo León de fecha 30 de
octubre del año 1971”.
Sirviendo de base para el remate del bien inmueble citado con
antelación, la cantidad de $908,000.00 (novecientos ocho mil
pesos 00/100 moneda nacional), que representa el valor pericial del
referido bien inmueble, y servirá como postura legal para
intervenir en la Audiencia de Remate, la cantidad de $605,333.33
(seiscientos cinco mil trescientos treinta y tres pesos 33/100 moneda
nacional), que representa las dos terceras partes de la cantidad
anteriormente citada, por lo que convóquese a postores por
medio de edictos, los cuales deberán publicarse, 3-tres veces
dentro del término de 9-nueve días, en el Diario
Oficial de la Federación, y en los Estrados de este Juzgado,
en la inteligencia de que las referidas publicaciones deberán
realizarse dentro de 9 nueve días, no debiendo mediar menos de
cinco días entre la publicación del último
edicto y la fecha de almoneda. Así mismo, es de hacerse del
conocimiento, de que aquellas personas que deseen intervenir como
postores al citado remate deberán consignar el 10%-diez por
ciento de la suma que sirve como base para el remate, mediante
certificado de depósito expedido por la Secretaría de
Finazas y Tesorería General del Estado, sin cuyo requisito no
serán admitidos en dicha subasta. Por último, se
informa que en la secretaría
del juzgado se proporcionara
mayor información a los interesados que deseen intervenir en
la referida audiencia de remate.
Monterrey, N.L., a 15 de junio de 2011.
Secretario del Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado
Lic. Gerardo Zapata Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 327993)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
Juicio Ordinario Mercantil 13/2008
EDICTO
AL PUBLICO EN GENERAL:
Que en el juicio ordinario mercantil 13/2008, promovido por María del Carmen Esteban Cariño, Apoderada General de la Institución de Crédito denominada Banco Nacional de Crédito Rural, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, contra Isabel Toledo Lievano, el Juez del conocimiento mediante proveído de veintiséis de abril de dos mil once, con fundamento en el artículo 1411 del Código de Comercio, ordenó sacar a remate en PUBLICA SUBASTA y PRIMERA ALMONEDA el Lote de terreno marcado con el número dos de la manzana setenta y ocho, zona uno, con superficie de mil quinientos cuarenta y siete punto doce metros cuadrados, ubicado en el Poblado de Villamorelos, en el municipio de Cintalapa, Chiapas, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE, cuarenta punto veintidós metros con avenida segunda sur; AL SURESTE, treinta y ocho punto ochenta y nueve metros con calle tercera oriente; AL SUROESTE, treinta y nueve punto cincuenta y tres metros con solar tres; AL NOROESTE, treinta y ocho punto setenta y nueve metros, con solar uno, propiedad de Isabel Toledo Lievano, inscrita bajo el número 367, del libro dos, tomo uno, de la sección Primera, de fecha veintidós de octubre de mil novecientos noventa y siete, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial de Cintalapa, Chiapas, valuado por el perito de la parte actora en $215,000.00 (doscientos quince mil pesos 00/100 moneda nacional).
Convocándose postores que deseen intervenir en la subasta, en el entendido que es postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor total del avalúo; para tomar parte los licitadores en la subasta deberán exhibir previamente billete de depósito a disposición de este Juzgado Federal, que ampare una cantidad igual o por lo menos el diez por ciento (10%) del valor comercial, equivalente a $21,500.00 (veintiún mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional), sin soslayar las exigencias previstas en los artículos 479, 481, 482 y demás relativos del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley mercantil, sin los cuales no serán admitidos.
Anunciándose su venta judicial por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces dentro de nueve días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en los estrados de este órgano jurisdiccional, entendiéndose que la primera publicación deberá realizarse el primer día y el tercero el noveno, pudiendo efectuarse el segundo de ellos en cualquier tiempo del mencionado término.
Señalándose las DOCE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL VEINTINUEVE DE JULIO DE DOS MIL ONCE, para que tenga verificativo la diligencia de remate del bien embargado descrito en párrafos que anteceden, convocándose a postores y quedando los autos a disposición de los interesados en la Secretaría del conocimiento, para que procedan a examinarlas, si a sus intereses convinieren. DOY FE.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 7 de junio de 2011.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado
Lic. Patricia Solís Urbina
Rúbrica.
(R.- 328466)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en
Materia Administrativa del
Segundo Circuito, con residencia en
Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
TERCEROS PERJUDICADOS: MARIA LUISA SALAS ANDONAEGUI, GLORIA ANDONAEGUI GONZALEZ Y JORGE MANUEL IBARRA ANDONAEGUI.
En los autos del juicio de amparo 777/2009, promovido Regulo Lara Alarcón, por propio derecho, ante este Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, contra la sentencia de catorce de agosto de dos mil ocho, dictada en el juicio agrario 46/2007, por el Tribunal Unitario Agrario del Distrito Nueve, por desconocerse el domicilio de los terceros perjudicados María Luisa Salas Andonaegui, Gloria Andonaegui González y Jorge Manuel Ibarra Andonaegui, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa del Consejo de la Judicatura Federal, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este tribunal federal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
INSERTO: Se comunica a los terceros perjudicados María Luisa Salas Andonaegui, Gloria Andonaegui González y Jorge Manuel Ibarra Andonaegui, que en el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, mediante proveído de diecisiete de noviembre de dos mil nueve, este órgano colegiado registró la demanda de amparo promovida por Regulo Lara Alarcón, por propio derecho, correspondiéndole el número de juicio de amparo directo 777/2009, promovida contra actos del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Nueve, con residencia en Toluca, consistente en: “IV.- ACTO RECLAMADO: DEL MAGISTRADO DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO NUEVE DE TOLUCA, MEXICO, la Sentencia dictada en el expediente NO.46/2007 de fecha catorce de agosto del año dos mil ocho”.
Indíquese a los terceros perjudicados María Luisa Salas Andonaegui, Gloria Andonaegui González y Jorge Manuel Ibarra Andonaegui, que deberán presentarse en las instalaciones de este tribunal federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados a efecto de que tengan conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tienen de apersonarse al mismo si a sus intereses conviniere, y a su vez señalen un domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad de Naucalpan de Juárez, Estado de México.
Apercibidos que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les practicarán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal.
Fíjese una copia del edicto en las puertas de acceso de este órgano constitucional, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 21 de junio de 2011.
Magistrado
Presidente del Primer Tribunal Colegiado
en Materia
Administrativa del Segundo Circuito
Jacob Troncoso Avila
Rúbrica.
(R.- 328488)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimosegundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal
EDICTO
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
JUZGADO DUODECIMO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRIO FEDERAL.
EDICTO A ROBERTO ANTONIO MALDONADO RIOSA, TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE AMPARO 1755/2009, PROMOVIDO POR FRANCISCO JAVIER ISLAS MANCERA REPRESENTANTE LEGAL DE TELEFONOS DE MEXICO SOCIEDAD ANONIMA BURSATIL DE CAPITAL VARIABLE, EN CONTRA DE ACTOS DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION Y OTRAS AUTORIDADES, SE DICTO EL ACUERDO QUE A LA LETRA DICE:
“México, Distrito Federal, a primero de junio de dos mil once.
Visto el estado procesal que guardan los presentes autos de los que se advierte que se pretendió emplazar al tercero perjudicado, sin haberlo localizado y toda vez que ya se agotó el procedimiento de investigación del domicilio del citado tercero, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia de conformidad con su artículo 2o., lo que procede es realizar el emplazamiento en este juicio del referido tercero perjudicado, Roberto Antonio Maldonado Riosa, por medio de EDICTOS, a costa de la parte quejosa.
En consecuencia, dígase a la parte quejosa que dichos edictos deberán ser publicados por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo saber a dicho tercero perjudicado que debe presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente día al de la última publicación, requiriéndole para que señale domicilio en esta ciudad.
Al respecto es aplicable la tesis l.6º.C.47 K, visible a página 995, Tomo Xl, Enero de 2000, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, que al rubro dice:
“EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS EN EL JUICIO DE AMPARO. PROCEDE HASTA QUE SE HAYA REALIZADO LA INVESTIGACION PARA DAR CON EL DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO, SI NO HUBO RESULTADOS FAVORABLES.”.
Luego entonces, con fundamento en el artículo 297 fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, requiérase a la parte quejosa, para que en un término de tres días, contado a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, se constituya en este Juzgado de Distrito, para el efecto de recibir los edictos en cuestión, o en su caso, manifieste el impedimento que le asista para hacerlo, apercibida que de no hacerlo así y en el término antes indicado, se decretará el sobreseimiento en el presente juicio, toda vez que al incumplir con un presupuesto procesal, la suscrita se encuentra Imposibilitada para pronunciarse sobre el fondo de lo planteado en este juicio constitucional.
Sirve de apoyo a lo anterior, la tesis número Tesis 2a./J. 64/2002, visible en la página 211, tomo XVI, Novena Epoca del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Julio de 2002, Segunda Sala, cuyo rubro y texto se transcriben:
“EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS, PAGAR SU PUBLICACION Y EXHIBIRLA, DA LUGAR AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado se hará mediante notificación personal, siempre que se conozca o se logre investigar su domicilio, o por medio de edictos a costa del quejoso, si a pesar de la investigación se ignora aquél. Ahora bien, del análisis sistemático de lo previsto en el artículo 73, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, en relación con los diversos dispositivos 30, fracción II y 5o., fracción III, del propio ordenamiento, así como en el numeral 14, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se concluye que si una vez agotada la investigación a que alude el referido artículo 30, fracción II, y ordenado el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado por medio de edictos a costa del quejoso, éste no los recoge, paga su publicación y exhibe ésta, procede decretar el sobreseimiento en el juicio de garantías, toda vez que incumple con un presupuesto procesal, que se erige en formalidad esencial del procedimiento y hace que el juzgador de amparo no pueda pronunciarse sobre el fondo de lo planteado en el juicio constitucional; por ende, se actualiza una causa de improcedencia, pues con la no publicación de los edictos ordenados queda paralizado el juicio de garantías al arbitrio del quejoso, con lo que se contraviene lo dispuesto en el artículo 17 de la Constitución Federal, puesto que se entorpece la administración de justicia, por retardarse la solución del conflicto, ya que ello no es atribuible al órgano jurisdiccional, sino al propio quejoso, cuyo interés particular no puede estar por encima del interés público, tutelado por dicho precepto constitucional, en razón de que la sociedad está interesada en que los juicios se resuelvan dentro de los términos que al respecto señale la ley y no quede su resolución al arbitrio de una de las partes, en este caso del quejoso.”
Asimismo y una vez que los edictos en cuestión sean recibidos por la parte quejosa, fíjese en la puerta principal de este órgano jurisdiccional, copia íntegra del presente auto por todo el tiempo que dure el emplazamiento de mérito, quedando apercibido el tercero perjudicado Roberto Antonio Maldonado Riosa, que de no comparecer en este juicio de garantías, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado Federal.
Por otra parte, agréguese a sus autos para que obre como corresponda el escrito de cuenta suscrito por el apoderado legal de la parte tercero perjudicada Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas Sociedad Anónima de Capital de Variable, y en atención a su contenido, con fundamento en el artículo 155 de la Ley de Amparo, se tienen por formulados los alegatos que vierte, mismos que serán tomados en consideración en el momento procesal oportuno.
Así mismo, con fundamento en el articulo 151 de la Ley de Amparo se tienen como pruebas de su parte, las documentales que en copia fotostática simple exhibe, las cuales serán tomadas en consideración al momento de emitirse el presente fallo.
Finalmente, por lo que hace a la nueva fecha de audiencia, la suscrita se reserva el señalamiento de la misma, hasta en tanto sea desahogado el presente proveído.
Notifíquese; y personalmente a la parte quejosa.
Así lo proveyó y firma Blanca Lobo Domínguez, Juez Decimosegundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, ante la Secretaria Yadiralia Ventura Montes quien autoriza y da fe. Doy fe”.
Atentamente
México, D.F., a 1 de junio de 2011.
Secretaria del Juzgado Decimosegundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal
Lic. Yadiralia Ventura Montes
Rúbrica.
(R.- 327638)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal
EDICTO
ANDRES VALDEOLIVAR GARCIA
En cumplimiento al auto de dieciséis de junio de dos mil once, dictado en el juicio de amparo 347/2011, promovido por JAIME TELLEZ ELIAS, POR SU PROPIO DERECHO, en contra de actos del TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO OCTAVO, al cual se le reclama la sentencia interlocutoria de fecha ocho de febrero de dos mil once, dictada en los autos del juicio agrario número 565/09, y mediante la cual resuelve que es incompetente para conocer del juicio agrario natural, en virtud de la excepción de incompetencia opuesta por el demandado ANDRES VALDEOLIVAR GARCIA; y toda vez que en el presente juicio de garantías se le tuvo a éste último con el carácter de tercero perjudicado, en términos de lo dispuesto por el artículo 5o., fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo; en razón de lo anterior y con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley de la materia por disposición expresa de su numeral 2o., se ordena emplazarlo a dicho asunto por medio del presente edicto, para que si a su interés legal conviene se apersone al mismo, entendiéndose que debe presentarse en el local de este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, sito en Avenida Periférico Sur, número 1950, colonia Tlacopac, delegación Alvaro Obregón, código postal 01090, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto. Haciendo de su conocimiento que la celebración de la audiencia constitucional está fijada para las diez horas con cuarenta minutos del día veinte de julio de dos mil once. Previniéndole para que señale domicilio en esta ciudad, dentro de los tres días siguientes al en que surta efectos el emplazamiento, apercibido que de no hacerlo se le harán por lista las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal. Quedando a su disposición en la secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, que puede ser cualquiera de los siguientes: el Reforma; el Universal; el Financiero; la Jornada y el Excélsior.
Atentamente
México, D.F., a 20 de junio de 2011.
Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal
Lic. Agustín Tello Espíndola
Rúbrica.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal
Lic. Carlos Alberto Avila Salas
Rúbrica.
(R.- 328502)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito
Cancún, Q. Roo
Amparo Directo Civil 561/2010
EDICTO
“FIELD TURF OF MEXICO”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, EN SU CARACTER DE TERCERO PERJUDICIADA.
EN EL LUGAR EN DONDE SE ENCUENTRE:
EN AUTOS DEL EXPEDIENTE NUMERO 561/2010, FORMADO CON MOTIVO DEL AMPARO DIRECTO PROMOVIDO POR LA PERSONA MORAL DENOMINADA “VIVO CONSTRUCCION”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR CONDUCTO DE SU APODERADO EDDY MARTINEZ GONZALEZ, CONTRA LA SENTENCIA DICTADA EL CINCO DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ, POR LA SALA MIXTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, CON RESIDENCIA EN CHETUMAL, QUINTANA ROO, EN AUTOS DEL TOCA CIVIL 252/2010, DE SU INDICE; EL MAGISTRADO PRESIDENTE DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO SEPTIMO CIRCUITO, DICTO UN ACUERDO QUE ES DEL TENOR LITERAL SIGUIENTE
En
cumplimiento a lo ordenado en acuerdo de ocho de junio del año
en curso, dictado en los autos del amparo directo 561/2010, promovido
por la persona moral denominada “Vivo Construcción”,
Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su
apoderado Eddy Martínez González, contra la sentencia
de cinco de agosto de dos mil diez, dictada por la Sala Mixta del
Tribunal Superior de Justicia del Estado
de Quintan Roo, residente
en Chetumal, en el toca civil 252/2010, se ordenó realizar el
emplazamiento de la tercero perjudicada “FIELD TURF OF MEXICO”,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de edictos por tres
veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en la República Mexicana; haciéndole
saber a la aludida tercero perjudicada que deberá presentarse
dentro del termino de treinta días, contados a partir del
siguiente al de la última publicación, tal como lo
dispone el articulo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, de
considerarlo pertinente para la defensa de sus intereses; asimismo,
fíjese en el tablero de estrados de este Tribunal, copia
íntegra de la demanda de amparo que se ordena publicar, por
todo el tiempo del emplazamiento.
Cancún, Q. Roo, a 8 de junio de 2011.
Poder Judicial de la Federación
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal
Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito
Lic. Jorge Fernando García Barragán
Rúbrica.
(R.- 328650)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado
Poza Rica, Ver.
EDICTO
En sección de ejecución del Juicio Ejecutivo Mercantil número 165/2008, deI índice del Juzgado Décimo Tercero de Distrito con residencia en la ciudad de Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, promovido por Bertha Patricia Mercadante López, en su carácter de endosataria en procuración de Eliseo Pulido Rosales, en contra de Aida Galván de Castillo, por el cobro de pesos. En cumplimiento al auto de siete de junio de dos mil once, se comunica al público en general que se señalaron las DOCE HORAS CON TREINTA Y SIETE MINUTOS DEL VEINTICINCO DE JULIO DE DOS MIL ONCE, para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, respecto del bien inmueble embargado, consistente en un terreno urbano y construcciones, cuyas colindancias son: al Norte 13.00 metros con la propiedad del Sr. Enrique González; al Sur 13.00 metros colinda con boulevard Adolfo Ruiz Cortines; al Este 52 metros colinda con la propiedad de la Sra. Marina Franco Sotomayor y al Oeste 52.00 metros colinda con la propiedad de los Sres. Julia Busto y Roberto Herrera, inscrita en forma definitiva bajo el acta número 1631, del folio 7218 a 7222, Sección Primera, de fecha diecinueve de julio de mil novecientos ochenta y tres, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta ciudad, propiedad de la demandada; será postura legal, la que alcance a cubrir la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS, que corresponde a las dos terceras partes de TRES MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL por la que le fue valuado el inmueble embargado.
Se expide el presente para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como, fijarlos en la tabla de avisos de este Juzgado.
Poza Rica, Ver., a 27 de junio de 2011.
El Secretario del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz
Ernesto Valdivia Vásquez
Rúbrica.
(R.- 328110)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
EDICTO
TERCEROS PERJUDICADOS: “HOTEL GRAND MEIGAS” E “INTERNACIONAL GRAND MEIGAS”.
“CUMPLIMIENTO AUTO TREINTA DE MAYO DE DOS MIL ONCE, DICTADO POR EL JUEZ CUARTO DISTRITO ESTADO GUERRERO, JUICIO AMPARO 994/2010, PROMOVIDO ANDRE JOSEPH VICTOR MOTTEAU, POR CONDUCTO DE SU APODERADO LEGAL RAMON ALMONTE BORJA, CONTRA ACTOS DEL PRESIDENTE EJECUTOR DE LA PRIMERA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, CON SEDE EN ESTA CIUDAD, SE HACE CONOCIMIENTO RESULTA CARACTER DE TERCEROS PERJUDICADOS, TERMINOS ARTICULO 5o., FRACCION III, INCISO A) LEY DE AMPARO Y 315 CODIGO FEDERAL PROCEDIMIENTOS CIVILES APLICADO SUPLETORIAMENTE, SE LES MANDO EMPLAZAR POR EDICTO A JUICIO, PARA QUE SI A SUS INTERESES CONVINIERE SE APERSONEN, DEBIENDOSE PRESENTAR ANTE ESTE JUZGADO FEDERAL, UBICADO BOULEVARD DE LAS NACIONES 640, GRANJA 39, FRACCION “A”, FRACCIONAMIENTO GRANJAS DEL MARQUES, CODIGO POSTAL 39890, ACAPULCO, GUERRERO, DEDUCIR DERECHOS DENTRO DEL TERMINO TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR SIGUIENTE A ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDOS QUE DE NO COMPARECER LAPSO INDICADO, ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN CARACTER PERSONAL SURTIRAN EFECTOS POR LISTA SE PUBLIQUE ESTRADOS ESTE ORGANO CONTROL CONSTITUCIONAL. EN INTELIGENCIA QUE ESTE JUZGADO HA SEÑALADO NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL NUEVE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, PARA CELEBRACION AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. QUEDA DISPOSICION EN SECRETARIA DEL JUZGADO COPIA DEMANDA AMPARO Y ANEXOS”.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, SE EXPIDE LA PRESENTE EN LA CIUDAD DE ACAPULCO, GUERRERO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL ONCE.- DOY FE.
El Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero
Lic. Fernando Rodríguez Escárcega
Rúbrica.
(R.- 328181)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO:
MIGUEL ANGEL MONTERO MORALES.
Con fecha seis de octubre de dos mil diez, se recibió en la Oficialía de Partes Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Guerrero, de esta ciudad, la demanda de garantías promovida por SILVESTRE CONTRERAS CISNEROS, MARTIN CONTRERAS ARIZMENDI Y PABLO BACHO GUZMAN, por propio derecho, misma que por cuestión de turno correspondió conocer a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guerrero, radicándose bajo el número de amparo 1203/2010, contra actos y autoridades que a continuación se detallan:
“III.- AUTORIDAD RESPONSABLE.- LA SEGUNDA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE ACAPULCO, GUERRERO…
IV.- ACTO RECLAMADO.- La Omisión de la ahora responsable de desahogar la audiencia a que se refiere el artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo en el expediente laboral número 414/2010.”
Le resultó al agraviado MIGUEL ANGEL MONTERO MORALES el carácter de tercero perjudicada, en términos del artículo 5o., fracción III, inciso a) de la Ley de Amparo, sin que fuera posible localizarlo, ordenando su emplazamiento por edictos; por lo que se hace saber al representante del citado tercero que deberá comparecer dentro del término de TREINTA DIAS contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, ante este Juzgado Segundo de Distrito, con sede en Acapulco, Guerrero, a deducir lo que a sus intereses convenga dentro del juicio de garantías 1203/2010, haciéndole saber que queda a su disposición en este juzgado la copia de la demanda que originó este asunto.
El presente edicto deberá publicarse por tres veces en intervalos de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación de la República.
Lo que se transcribe para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Atentamente
Acapulco, Gro., a 3 de junio de 2011.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guerrero
Lic. Julio César Díaz Morfín
Rúbrica.
(R.- 328182)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Segundo Civil
Toluca, México
Segunda Secretaría
Juzgado Segundo Civil de Primera Instancia en Toluca, Estado de México
EDICTO
CONVOCA POSTORES
En
el expediente número 444/2009, relativo al juicio EJECUTIVO
MERCANTIL, promovido por HSBC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION
DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC, en contra de MARIA CRISTINA
VERGARA GARCIA, el Juez Segundo Civil de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, mediante auto
de veintiocho de junio de dos mil once, CONVOCA POSTORES para la
PRIMERA ALMONEDA DE REMATE del bien embargado en el presente asunto,
ubicado en CALLE VICENTE YAÑEZ PINZON NUMERO DOSCIENTOS
CUATRO, LOTE TRES, MANZANA OCHO, UBICADO EN EL FRACCIONAMIENTO
RESIDENCIAL COLON, TOLUCA MEXICO; que mide y linda: AL NORTE veinte
metros cincuenta centímetros con lote dos; AL SUR veinte
metros cincuenta centímetros con lote cuatro; AL ORIENTE diez
metros con calle VICENTE YAÑEZ PINZON y AL PONIENTE diez
metros
con lote número veinte, con una superficie de
doscientos cinco metros cuadrados, inscrito ante el REGISTRO PUBLICO
DE LA PROPIEDAD, en el Libro Primero, Sección Primera, bajo la
partida 1266, volumen 534 de fecha diecisiete de octubre de dos mil
siete; que tendrá verificativo a las TRECE HORAS DEL ONCE DE
AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, siendo postura legal la cantidad de
$3,150,000.00 (TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.
N.), en que fue valuado por el perito tercero en discordia, siendo
postura legal la que cubra el importe fijado como base para el
remate. Por lo que anúnciese su venta mediante edictos que se
publicarán en el periódico Diario Oficial de la
Federación y en la tabla de avisos de este Juzgado; por TRES
veces dentro de NUEVE DIAS; convóquese postores, de manera que
entre la publicación o fijación del último
edicto y la fecha del remate medie un término no menor de
CINCO días; convóquese postores.
Toluca, Edo. de Méx., a 29 de junio de 2011.
Secretario de Acuerdos
Lic. Eva María Marlen Cruz García
Rúbrica.
(r.- 328269)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de México
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
En el Juicio Ejecutivo Mercantil 14/2005, promovido por JACOBO HANONO ASKENAZI, en contra de DAN ISMAG MORGENSTERN, como deudor principal y SONNIA SCHWARZ STEPENSKY, en su carácter de aval, se han señalado las DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIA VEINTICINCO DE JULIO DE DOS MIL ONCE, para que tenga verificativo la TERCERA ALMONEDA DE REMATE EN SUBASTA PUBLICA, respecto del inmueble ubicado en CALLE SIERRA MADRE NUMERO VEINTE, DEPARTAMENTO DOSCIENTOS UNO, FRACCIONAMIENTO BALCONES DE LA HERRADURA HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MEXICO, propiedad de la parte demandada, por tanto convóquese postores por medio de EDICTOS, que deberán publicarse por TRES VECES, dentro de NUEVE DIAS, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de circulación en esta Ciudad y en los Estrados de éste Juzgado, sirviendo de base para el remate en tercera almoneda, respecto del inmueble antes mencionado, con rebaja del veinte por ciento de la tasación, y atendiendo a que del avalúo actualizado, rendido por el perito nombrado en autos se determinó como precio del valor del inmueble la cantidad de $1,948,000.00 (UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), en consecuencia, el precio del remate sería la cantidad de $1,558,400.00 (UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), siendo postura legal el importe de las dos terceras partes de dicha cantidad. Doy Fe.
Lo que comunico a usted para su conocimiento y efectos legales procedentes.
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 17 de junio de 2011.
La Secretaria
Yadira Rodríguez Contreras
Rúbrica.
(R.- 328281)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Primero Civil
Zamora, Mich.
EDICTO
Que en el juicio Ejecutivo Mercantil número 508/2010 promovido por los apoderados de la moral AFIPYME, S.A. DE C.V. SOFOM ENR., en contra de Gerardo Calderón Pérez y Ramiro Calderón Pérez, fijáronse las 10.00 diez horas del día 9 nueve de agosto del año en curso, para que tenga verificativo la audiencia de remate en su PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble embargado en autos, la cual tendrá lugar en el local del Juzgado Primero Civil de Zamora, Michoacán, ubicado en la Avenida Virrey de Mendoza 195 esquina con Apatzingán, Piso 1-B, respecto de:
Predio urbano con construcción ubicado en la calle o Avenida Michoacán, lote 13, manzana 43 de la Colonia o Fraccionamiento Lázaro Cárdenas de la ciudad de Pátzcuaro, Michoacán, el cual mide y linda:
NORTE: mide 8.00 metros con Lote No. 5.
SUR mide 08.00 metros con Avenida Michoacán,
ORIENTE: 20.00 metros con Lote No. 12,
PONIENTE, mide 20.00 metros con lote número 14.
Con una extensión superficial de 160.00 metros cuadrados y valor pericial promedio de $120,350.40 (CIENTO VEINTE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 40/100 M.N.).
Sirve de base para el remate el valor pericial promedio fijado al inmueble y es postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad.
Zamora, Mich., a 23 de junio de 2011.
El Secretario del Juzgado Primero Civil
Lic. Sergio Méndez Prado
Rúbrica.
(R.- 328318)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Novena Sala Civil
EDICTO
Emplazamiento: GUILLERMO HUERTA RAMIREZ, NEGOCIOS INMOBILIARIOS, S.A. DE C.V., RANCHO PlOMO TAMBOREO, S.A. DE C.V. y OSFENA S.A. DE C.V.
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de fecha veintitrés de junio del año en curso, dictado en los autos del cuaderno de amparo, del toca 1142/2005/21 al 24 del Juicio ordinario civil seguido por BOSQUES RESIDENCIALES DEL SUR, S.A. DE C.V. en contra de GUILLERMO HUERTA RAMIREZ Y OTROS., la Novena Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia Del Distrito Federal, ordenó emplazar por edictos a GUILLERMO HUERTA RAMIREZ, NEGOCIOS INMOBILIARIOS, S.A. DE C.V., RANCHO PIOMO TAMBOREO, S.A. DE C.V. y OSFENA S.A. DE C.V., de la demanda de amparo interpuesta por BOSQUES RESIDENCIALES DEL SUR, S.A. DE C.V., haciéndoles saber que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto, para comparecer ante la autoridad federal a defender sus derechos, quedando a su disposición las copias simples de traslado en la Secretaria de Acuerdos en la H. Novena Sala Civil Del Tribunal Superior de Justicia Del Distrito Federal, sito en el Décimo Piso de la Calle Río de la Plata, número cuarenta y ocho, colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal seis mil quinientos, en México Distrito Federal.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
México, D.F., a 23 de junio de 2011.
La C. Secretaria de Acuerdos de la Novena Sala
Lic. María de la Luz Alonso Tolamatl
Rúbrica.
(R.- 328456)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
EN MATERIA CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
MORELIA, MICHOACAN.
PRIMERA ALMONEDA.
Que dentro del expediente número 1507/2007, relativo al Juicio Ordinario Mercantil, sobre pago de pesos y otras prestaciones, promueve por conducto de su apoderado jurídico Scotiabank Inverlat, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, grupo Financiero Scotiabank Inverlat frente a Arturo Moreno Tzintzun, se ordenó sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA el siguiente inmueble:
Predio urbano con construcción de casa habitación, ubicado en la calle Loma Chica, número 67, lote 21, manzana 28, en el fraccionamiento Lomas del Valle, de esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias:
AL NOROESTE: 20.00 metros, con lote número 20;
AL SURESTE: 20.00 metros, con lote número 22;
AL NORESTE 7.00 metros, con calle Loma Chica, que es la de su ubicación;
Al SUROESTE 7.00 metros, con lotes número 10 diez y 11 once.
CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 140.00 METROS CUADRADOS.
Sirviéndose
de base para el mismo la cantidad de $960.000.00 novecientos sesenta
mil pesos 00/100
M. N. que resulto del valor pericial promedio, y
como postura legal, la que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha
cantidad.-
Convóquense
postores mediante la publicación de 3 edictos dentro de 9
nueve días, en el Diario Oficial
de la Federación y
estrados de este Juzgado.-
Dicho remate tendrá verificativo en la Secretaria de este Juzgado a las 11:00 once horas del día 8 ocho de agosto del año en curso.-
Morelia, Mich., a 15 de junio de 2011.
El Secretario
Lic. Juan Manuel Arredondo González
Rúbrica.
(R.- 328457)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Guadalajara, Jal.
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO:
Consorcio Familiar, sociedad anónima de capital variable.
Mediante demanda de amparo presentada el día veintidós de noviembre de dos mil diez, Lorenza Padilla Camarena y Francisco Rivera Villasana, en su carácter de apoderados de Domus Desarrolladora Inmobiliaria, sociedad anónima de capital variable, solicitaron el amparo y protección de la Justicia Federal contra acto de la Quinta Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, que hizo consistir como sigue: “El proyecto de resolución en forma de laudo de fecha 31 treinta y uno de mayo del año 2010 dos mil diez,...“; a quien se le emplaza por medio del presente edicto y se le hace saber que debe presentarse ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, con residencia en esta ciudad, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto y señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, las subcuentes, aún las que resulten de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fijará en los estrados de este Tribunal Federal. Lo anterior dentro del juicio de amparo directo número 179/2011, del índice de este propio órgano judicial.
Para que se publique tres veces de siete en siete días.
- Para su publicación:
"Diario Oficial de la Federación", México, Distrito Federal.
- Periódico "Excélsior", México, Distrito Federal.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 26 de mayo de 2011.
La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Lic. Leticia González Madrigal
Rúbrica.
(R.- 328473)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial del Estado
Juzgado Segundo Civil de Partido
Secretaría
Pénjamo, Gto.
EDICTO
Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación, en la tabla de avisos de este Tribunal y en la tabla de avisos del Tribunal de Querétaro, Querétaro, anúnciese venta en QUINTA ALMONEDA, del bien inmueble embargado dentro del JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL NUMERO M19/2009, promovido por el LICENCIADO ADOLFO MENDOZA LEYVA, endosatario en procuración de Antonio Cendejas y Licenciada Sandra Cendejas Hernandez, contra FIDEL FERNANDEZ RUIZ y MARIA GUADALUPE BARCENAS NUÑEZ sobre un bien inmueble ubicado en el lote número 5, manzana número 1, calle San Valentín número 124, fraccionamiento Jurica San Francisco en la ciudad de Querétaro, Querétaro, el cual cuenta con una superficie de 1,000.00 mil metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: al noreste 22.54 metros con calle San Valentín, al suroeste 17.46 metros con fraccionamiento Villas del Mesón, al noreste 50.00 metros con lote 6 seis, al sureste 49.99 metros con lote 4 cuatro; señalándose las 12:00 doce horas del décimo quinto día hábil siguiente a la publicación del edicto en el Diario Oficial de la Federación, siendo postura legal la cantidad de $4´127,306.40 (Cuatro millones ciento veintisiete mil trescientos seis pesos 40/100 N.N), que es la cantidad resultante de descontar el 10% de la cantidad que sirvió de base para la anterior Almoneda. Convóquense postores y cítese acreedores por este medio.
Pénjamo, Gto., a 10 de mayo de 2011.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Segundo Civil de este Partido Judicial
Lic. Raúl González Godínez
Rúbrica.
(R.- 328490)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Sexagésimo Segundo de lo Civil
EDICTO
REMATE.
SE CONVOCAN POSTORES.
En
los autos del juicio EJECUTIVO
MERCANTIL promovido por
HSBC MEXICO, S.A.,
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC,
en contra de GUSTAVO
ESCUDERO ALVARADO,
expediente numero 1006/2009. LA C. JUEZ SEXAGESIMO SEGUNDO DE LO
CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, señaló las DIEZ
HORAS DEL DIA DIECISEIS DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO,
para que tenga verificativo el REMATE EN SUBASTA PUBLICA EN PRIMERA
ALMONEDA del bien inmueble ubicado en: LOTE DE TERRENO NUMERO UNO DE
LA MANZANA DIECINUEVE Y CONSTRUCCIONES SOBRE EL EXISTENTES MARCADAS
CON EL NUMERO CIENTO TREINTA Y SIETE DE LA CALLE PASEO DE
VALLEESCONDIDO DEL FRACCIONAMIENTO CLUB DE GOLF, VALLEESCONDIDO,
MUNICIPIO
DE ATIZAPAN DE ZARAGOZA, DISTRITO DE TLALNEPANTLA,
ESTADO DE MEXICO, CON SUPERFICIE, MEDIDAS Y COLINDANCIAS QUE SON DE
VERSE EN AUTOS, sirviendo de base para el remate la cantidad que
resulta del avalúo rendido por el perito de la parte
demandada, es decir de la cantidad
de $10,318,100.00 (DIEZ
MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL CIEN PESOS 00/100 M.N.), siendo la
postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad.
México, D.F., a 23 de junio de 2011.
La C. Secretaria de Acuerdos "B"
Lic. Tabata Guadalupe Gómez López
Rúbrica.
(r.- 328635)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE MORELIA, MICHOACAN
PRIMERA ALMONEDA
En el Juicio Ejecutivo Mercantil número 373/2007, que en ejercicio de la acción cambiaria directa, promueve Miguel Villa García y María Rosalva Ochoa Vázquez, frente a Francisca Sánchez Vázquez, se ordenó sacar en remate en primera Almoneda el siguiente inmueble:
Lote Urbano con Casa Habitación en obra negra número 31 treinta y uno, de la manzana 12 doce, zona 1 uno, del núcleo agrario de la Quemada, del municipio y distrito de Morelia, Michoacán, actualmente calle Jesús Carranza número 230 doscientos treinta esquina Manuel Zepeda Peraza, con las siguientes medidas y colindancias según escritura:
Al noreste: 11.02 metros con lote 32 treinta y dos.
Al sureste: 11.60 metros con lote 30 treinta.
Al suroeste: 14.00 metros con calle Manuel Zepeda.
Al noroeste: 11.70 metros con calle Jesús Carranza.
Con una extensión superficial según escritura de 174.00 metros cuadrados.
Sirve
de base para el mismo la cantidad de $495,828.00 cuatrocientos
noventa y cinco mil ochocientos veintiocho pesos 00/100 moneda
nacional, y es postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes
de
dicha cantidad.
Convóquese postores mediante la publicación de 3 tres edictos dentro de 9 nueve días, en el Diario Oficial de la Federación y en los Estrados de éste Juzgado.
Dicho remate tendrá verificativo en la Secretaría de éste Juzgado a las 11:00 once horas del día 3 tres de agosto de la presente anualidad.
Morelia, Mich., a 30 de mayo de 2011.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Segundo de
Primera Instancia Civil de este Distrito Judicial
Lic. Juan Manuel Arredondo González
Rúbrica.
(r.- 328641)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el
Estado de Campeche, Camp.
EDICTO
A cualquier parte interesada que se considere con derecho sobre el fondo constituido puede presentar a examen sus créditos dentro del término de treinta días hábiles contados a partir de la última publicación de edictos.
Por este medio se hace de su conocimiento que dentro de los autos del juicio de procedimiento de limitación de responsabilidad 15/2011-II-B del índice de este Juzgado, promovido por Héctor Iván Maldonado Lozada, en su carácter de apoderado general de “LOGISTICA MARITIMA PETROLERA”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por la cantidad de de tres millones cuatrocientos treinta y ocho mil setecientos sesenta y cinco pesos 00/100 moneda nacional, con motivo de los hechos ocurridos el catorce de junio de dos mil diez, con relación al accidente marítimo en el cual colisionó el buque abastecedor “Nicolás Bravo”, propiedad de la persona moral que representa, con las plataformas denominadas “Activo Pol Chuc Plataforma Pool-A Enlace (E-PA-I) y “Activo Pol Chuc Plataforma Pool-A Temporal (PB-PA-I)”, en las cercanías del puerto de Isla del Carmen, en Ciudad del Carmen, Campeche, se dictó el proveído con fecha veinte de mayo de dos mil once, pronunciado por la suscrita Jueza Primero de Distrito en el Estado de Campeche; en el que en su parte conducente dice lo siguiente.
“San Francisco de Campeche, Campeche, veinte de mayo de dos mil once.
Visto lo de cuenta, se provee: se tiene por presentado el escrito signado por Héctor Ivan Maldonado Lozada, en su carácter de apoderado general de “LOGISTICA MARITIMA PETROLERA”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por el que promueve en la vía especial marítima el procedimiento de limitación de responsabilidad por la cantidad de tres millones cuatrocientos treinta y ocho mil setecientos sesenta y cinco pesos 00/100 moneda nacional, con motivo de los hechos ocurridos el catorce de junio de dos mil diez, con relación al accidente marítimo en el cual colisionó el buque abastecedor “Nicolás Bravo”, propiedad de la persona moral que representa, con las plataformas denominadas “Activo Pol Chuc Plataforma Pool-A Enlace (E-PA-I) y “Activo Pol Chuc Plataforma Pool-A Temporal (PB-PA-I)”, en las cercanías del puerto de Isla del Carmen, en Ciudad del Carmen, Campeche.
Con vista en la fotocopia certificada de la escritura pública diecisiete mil novecientos cuarenta y ocho, de primero de abril de dos mil once, pasada ante la fe del licenciado Oscar José Casanova Sánchez, Titular de la Notaría Pública número Ocho, y del Patrimonio Inmobiliario Federal de Tampico, Tamaulipas, relativa al poder general amplísimo para pleitos y cobranzas que dicha Sociedad Mercantil confiere entre otros a Héctor Iván Maldonado Lozada, y en atención a lo dispuesto por el precepto 276, fracción I, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Navegación y Comercio Marítimo se reconoce la personalidad con la que se ostenta el compareciente, y se le tiene por promoviendo el juicio especial de limitación de responsabilidad, con el objeto siguiente:
a)
Que declare su Señoría la existencia del derecho de mi
representada como propietaria del buque abastecedor denominado
“Nicolás Bravo”, para limitar su responsabilidad
con relación al accidente marítimo en el cual colisionó
con las plataformas denominadas Activo Pol Chuc Plataforma Pool-A
Enlace (E-PA-I) y “Activo Pol Chuc Plataforma Pool-A Temporal
(PB-PA-I)” y “Activo Pol-Chuc Plataforma Pool-A Temporal
(PB-PA-I), el día catorce de junio del próximo
pasado en las cercanías del puerto de Isla del Carmen, en
Ciudad del Carmen, Campeche.
b)
Se determine la suma total que deba pagar a sus posibles acreedores,
en su caso de ser condenado en términos del Convenio Sobre
Limitación de la Responsabilidad Nacida de Reclamaciones de
Derecho Marítimo, 1976, por lo hechos ocurridos el catorce de
junio de dos mil diez, por el buque denominado
“Nicolás
Bravo”.
Ahora bien, toda vez que el promovente acompañó a su escrito de demanda copia certificada del Registro Público Marítimo Nacional, emitido por la Dirección General de Marina Mercantil, Registro Marítimo Nacional, con el que acredita la propiedad de la embarcación denominada “Nicolás Bravo”; Certificado de Matrícula 2804043722-J emitido por la Secretaría de comunicaciones y Transportes, Coordinación General de Puertos y Marina Mercante, copia certificada de su Arqueo, con folio de inscripción en el Registro Público Marítimo Nacional, así como la póliza de fianza 3747-01163-2 por la cantidad de tres millones cuatrocientos noventa y siete mil cuatrocientos cuatro pesos 44/100 moneda nacional, con el que pretende limitar su responsabilidad; por tanto, con fundamento en el artículo 104 de la Constitución Federal; 53, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 304 a 311 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 1, 468, 469 y demás relativos del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia; SE ADMITE la demanda de la VIA ESPECIAL MARITIMA, fórmese el expediente bajo el número 15/2011-II-B, Regístrese su ingreso en el Libro de Gobierno, y dese aviso de inicio al Tribunal Unitario del Trigésimo Primer Circuito, con sede en esta ciudad.
En
este sentido, con fundamento en el artículo 311, inciso d) de
la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, se tiene la
cantidad de tres millones cuatrocientos noventa y siete mil
cuatrocientos cuatro pesos 44/100 moneda nacional, como fondo de
limitación de responsabilidad de la parte actora “Logística
Marítima Petrolera”, Sociedad Anónima de Capital
Variable, monto que se garantiza con la póliza de fianza
3747-01163-2 expedida por la Afianzadora Aserta, Sociedad Anónima
de Capital Variable, Grupo Financiero ASERTA,…
Asimismo, se ordena la suspensión de todo mandamiento de embargo o ejecución contra bienes propiedad de la actora derivados de créditos imputables al fondo de limitación de responsabilidad,…
De igual manera, como lo solicita la parte actora, se tiene como presunta acreedora a la empresa “PEMEX EXPLORACION Y PRODUCCION”.
En consecuencia, como la presunta acreedora “PEMEX EXPLORACION Y PRODUCCION”, según lo asentado por el promovente, tiene su domicilio en la Bahía de Ballenas, predio cinco, colonia Huasteca, delegación Miguel Hidalgo, código postal 11311, México, Distrito Federal, que se encuentra fuera de la residencia de este órgano jurisdiccional; por ello, con fundamento en el artículo 1071 del Código de Comercio, de aplicación supletoria a la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, conforme al artículo 264 de este último ordenamiento legal, gírese atento exhorto al Juez de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, en turno, con residencia en la ciudad de México, a fin de que en auxilio de las labores de este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Campeche, lleve a cabo la notificación al presunto acreedor, entregándole copia de la solicitud, de los documentos anexos y del presente proveído, previniéndolo para que en el término de treinta días hábiles presente ante este Juzgado Federal sus créditos para el respectivo examen, apercibiéndola que en caso de no presentar su reclamación dentro en tiempo y forma, estará impedida para ejercitar derecho alguno relacionado con tal reclamación, en contra de Naviera “Logística Marítima Petrolera”, Sociedad Anónima de Capital Variable;…
…Con apoyo en el artículo 313 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, y con la finalidad de que cualquier interesado que se considera con derecho sobre el fondo constituido pueda presentar a examen sus créditos dentro del término de treinta días hábiles contados a partir de la última publicación de edictos, fíjese en el tablero de avisos de este juzgado un extracto del presente auto y publíquese el mismo en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación en esta ciudad, por tres veces, debiendo mediar entre una y otra publicación diez días hábiles;…
San Francisco de Campeche, Camp., a 27 de mayo de 2011.
La Jueza Primero de Distrito en el Estado de Campeche
Lic. Miriam de Jesús Cámara Patrón
Rúbrica.
(R.- 327083)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Xalapa de Equez., Ver.
Juzgado Primero de Distrito en el Estado, con residencia en Xalapa, Veracruz
(Avenida Culturas Veracruzanas número 120, colonia
Reserva Territorial, Edificio “B”, planta baja, código postal 91096)
EDICTO
Tercero perjudicadas: Blanca Morales Cabrera y “Transportes Morales” o Fuente de Trabajo a través de quien legalmente la represente, ubicada en María Enriqueta Camarillo, número veintiocho de la Colonia Rafael Lucio, de Xalapa, Veracruz.
En los autos del juicio de amparo número 1216/2010, promovido por Antonio Cabrera Guevara, se dictó el siguiente acuerdo:
“Xalapa-Enríquez, Veracruz, trece de junio de dos mil once... en atención a lo solicitado por la parte quejosa, y fundamentalmente porque cuenta con setenta y seis años de edad, padece diversas enfermedades, como lo acredita con las recetas médicas que obran en autos a fojas trescientos ochenta y cinco a cuatrocientos de autos, y es de escasos recursos económicos, con apoyo en el citado precepto, en relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la citada Ley, procédase al emplazamiento de las tercero perjudicadas Blanca Morales Cabrera y “Transportes Morales” o Fuente de Trabajo, a través de quien legalmente la represente, ubicada en María Enriqueta Camarillo, número veintiocho de la Colonia Rafael Lucio, de esta ciudad, mediante edictos, los cuales se publicarán a costa del Consejo de la Judicatura Federal, por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, esto es, el once, diecinueve y veintisiete de julio, haciéndoles saber a las citadas tercero perjudicadas que el juicio de amparo 1216/2010, fue promovido por Antonio Cabrera Guevara, contra actos del Pleno de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad, y otra autoridad, de quien reclama: “… la resolución de fecha 19 de agosto del año dos mil diez EN LA QUE LA PRIMERA SE ABSTUVO DE INTERVENIR Y LA SEGUNDA DECLARANDO PROCEDENTE EL RECURSO DE REVISION DE ACTOS DE EJECUCION, PLANTEADO POR LA PARTE DEMANDADA BLANCA MORALES CABRERA Y EN LA CUAL DEJA SIN EFECTO EL EMBARGO TRABADO SOBRE UN BIEN INMUEBLE CONSISTENTE EN CAMION TIPO TORTON MARCA DINA COLOR BLANCO, REDILAS ROJAS Y VIVOS AZULES CON PLACAS NUMERO 366-DX9 DEL TRANSPORTE PUBLICO FEDERAL EN BUEN ESTADO”; por lo que, deberán presentarse ante este Juzgado Primero de Distrito, con sede en la ciudad de Xalapa, Veracruz, dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto, con el apercibimiento de que, si transcurrido ese término no comparecen mediante escrito, o por conducto de su apoderado o de las personas que legalmente las representen, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, haciéndoseles las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, por lista de acuerdos.
Por lo anterior, déjese a disposición de las citadas tercero perjudicadas copia simple de la demanda de garantías y fíjese en la tabla de avisos de este juzgado copia íntegra de este acuerdo, por todo el tiempo del emplazamiento. (…)
Notifíquese.
Así, lo proveyó y firma el licenciado Arnulfo Moreno Flores, Juez Primero de Distrito en el Estado de Veracruz, ante el licenciado Alberto Arbea Pérez, Secretario quien autoriza y da fe.” “FIRMAS RUBRICAS.”
Atentamente
Xalapa de Enríquez, Ver., a 13 de junio de 2011.
El Juez Primero de Distrito en el Estado de Veracruz
Lic. Arnulfo Moreno Flores
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Veracruz
Lic. Alberto Arbea Pérez
Rúbrica.
(R.- 328682)
AVISOS GENERALES
|
Pemex Exploración y Producción
Gerencia de Administración y Finanzas Norte
Subgerencia de Recursos Materiales
CONVOCATORIA
Pemex Exploración y Producción (PEP), a través del Departamento de Operación de Pozos e Instalaciones de Explotación, Area Altamira, convoca a todas las personas físicas o morales establecidas en México o en el extranjero, especialistas en la inyección de productos químicos, para que participen en las pruebas de selección de productos químicos: Reductores de viscosidad y Rompedores de emulsión inyectados a través de tubería capilar dentro de los aparejos de producción en el fondo de los pozos, con el objetivo de mejorar el flujo de los pozos en los campos Tamaulipas-Constituciones y otros Campos del Activo Integral Poza Rica-Altamira, Area Altamira.
Requisitos que se deberán cumplir:
Los
participantes deberán sujetarse a las recomendaciones citadas
en el “Reglamento para la realización de pruebas de
productos químicos inyectados mediante tubería capilar
en el fondo del pozo, dentro de los aparejos de producción de
los pozos productores de aceites altamente viscosos y/o emulsionados”
emitida por Pemex Exploración y Producción, reglamento
que les proporcionará a los convocados que participen y que
podrá ser adaptado a las condiciones de operación de
los pozos del Activo Integral Poza Rica-Altamira, Area Altamira, sólo
en el caso de que hubiera condiciones diferentes a las indicadas en
este reglamento. Estos productos químicos deberán
reducir la viscosidad y romper la emulsión provocada por las
altas viscosidades
y los altos porcentajes de agua,
respectivamente.
Para
poder participar en las pruebas de laboratorio e industriales, los
convocados deberán cumplir con
lo siguiente:
1.- Requerimientos del convocado que deberá cumplir para poder realizar las pruebas de laboratorio:
Suministrará: Frascos especiales de plástico para toma de muestras de hidrocarburos. Los productos y reactivos químicos necesarios. Todos los insumos, medios de transporte.
2.- Requerimientos del convocado que deberá cumplir para poder realizar las pruebas Industriales:
Suministrará, instalará, desmantelará y dará mantenimiento y monitoreo constante a:
Los productos químicos necesarios en cantidad y calidad durante todo el tiempo que duren las pruebas.
Tubería capilar de ¼ de pulgadas de acero inoxidable y resistente al H2S y a los hidrocarburos extraídos en los pozos petroleros. Bomba Texteam, con trabajo a presión de gas, presión de carga 5 psi, presión máxima de descarga 2000 lb/pg2. Tubing de ¼ pg., de acero inoxidable tipo 316. Depósito de almacenamiento de 200 lts. Donde se almacenará el producto químico respectivo, con su indicador de nivel debidamente calibrado en cm. Todas las herramientas, accesorios e insumos necesarios. Las hojas técnicas y de seguridad de sus productos químicos.
3.- Requerimientos que el convocado deberá cumplir para la gente de Laboratorio:
Casco de seguridad. Lentes de seguridad transparentes. Tapabocas. Bata de laboratorio, color blanco, de algodón o ignífuga. Guantes especiales para manejo de sus productos químico. Protección auditiva.
4.- Requerimientos de seguridad, que el convocado deberá cumplir para la gente de campo:
Casco de seguridad. Faja de cintura. Lentes de seguridad. Protección auditiva. Ropa de algodón o ignífuga. Calzado de seguridad con punta de acero. Guantes de seguridad.
Para poder participar en la respectiva licitación, los convocados que aplicaron sus productos químicos y que dieron resultados positivos, deberán cumplir con los siguientes parámetros:
Disminuir la contrapresión en la línea de descarga de este tipo de pozos.
Incrementar la producción base diaria de aceite neto, mínimamente en 6 bdp en cada pozo que sea intervenido, considerando que a los pozos seleccionados no se les haya estado inyectando productos químicos al momento de su entrega al convocante.
Mantener la producción base de aceite neto, considerando que a los pozos seleccionados se les ha estado inyectando productos químicos al momento de su entrega al convocante.
El decremento mínimo aceptable de la producción base diaria de aceite neto en este caso, será de 10%.
De lo contrario será negativa la prueba.
Para ambas pruebas el convocado deberá de tener todo el personal requerido tanto de campo como de oficina, así como deberá estar debidamente identificado con sus credenciales y con los logotipos de su compañía en sus prendas superiores de vestir (camisa, blusa, etc.), así como portar sus gafetes de identidad durante todo el tiempo que permanezcan dentro de las instalaciones de PEP en el periodo de las pruebas, para así cumplir satisfactoriamente con lo solicitado por PEP.
Pemex Exploración y Producción no pondrá, ni pagará algún recurso financiero ni material para la realización de dichas pruebas.
Todo lo anterior deberá cumplir con las políticas de seguridad, salud y protección ambiental de Pemex Exploración y Producción.
Para todo aquello no contemplado en esta convocatoria, se harán las respectivas reuniones previas a dichas pruebas, conjuntamente PEP y convocados, en donde PEP les indicará las reglas al respecto.
La
coordinación general y supervisión de las actividades
estarán a cargo de los ingenieros Juan Manuel Barrón
González y César Bezies Ovando del Departamento de
Operación de Pozos e Instalaciones,
Area Altamira
dependiente de la Coordinación de Operación de Pozos e
Instalaciones de Explotación, Area Altamira, ubicada en
Carretera Tampico-Mante kilómetro 23, Interior Campo
Tamaulipas, Altamira Tamaulipas, código postal 89600, teléfono
01 (833) 2-29-19-00, extensión 21350.
Esta
convocatoria tendrá una vigencia de 15 días a partir de
la fecha de su publicación, periodo en el cual, podrán
inscribirse todos los proveedores interesados en participar en las
pruebas de selección de productos químicos utilizados
en el tratamiento de rompedores de emulsión, mediante tubería
capilar en aparejos
de producción para mejorar el flujo de
los pozos.
Los proveedores inscritos serán programados por los supervisores asignados para la realización de reuniones previas a la realización de las pruebas respectivas, e indicándoles su periodo de prueba.
Los
proveedores interesados en participar deberán entregar a los
supervisores designados por el Departamento de Operación de
Pozos e Instalaciones, Area Altamira, el resultado de las pruebas
tanto de laboratorio como de campo efectuadas durante el periodo que
indique el representante citado y no deberá
de pasar de
más de dos días hábiles posteriores al término
de éstas.
Para
aquellos proveedores que obtuvieran resultados positivos y cumplan
con el parámetro fundamental, se les notificará por
escrito en un lapso no mayor a cinco días hábiles en
las oficinas del Departamento de Operación de Pozos e
Instalaciones de Explotación, Area Altamira, en el horario
estipulado de atención.
El producto químico que
presente deficiencia en las pruebas o que no cumpla con los
parámetros establecidos será rechazado y se notificará
por escrito. No existirá compromiso para la asignación
de algún contrato con
la persona moral o física que
haya realizado las pruebas en forma satisfactoria.
Poza Rica de Hidalgo, Ver., a 11 de julio de 2011.
Subgerente de Recursos Materiales, Región Norte
Noé Zuarth Corzo
Rúbrica.
(R.- 328286)
IPER INSTALACIONES PROYECTOS ELECTRICOS ROBLEDO S.A. DE C.V.
BALANCE
DE LIQUIDACION Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 28 de junio de 2011. Liquidador Fernando Sánchez Elizalde Rúbrica. (R.- 328111) |
|
INGENIERIA TABLEROS E INSTALACION INDUSTRIAL S.A. DE C.V.
BALANCE
DE LIQUIDACION Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 28 de junio de 2011. Liquidador Noé Hernández López Rúbrica. (R.- 328114) |
PALMAS MULTIPRESTAMOS, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE MAYO DE 2011 ACTIVO 98’340,666.05 TOTAL ACTIVO 98’340,666.05 PASIVO 10’568,723.58 CAPITAL 87’771,942.47 SUMA PASIVO Y CAPITAL 98’340,666.05 Toluca, Edo. de Méx., a 9 de junio de 2011. Liquidador Ing. Ricardo Rafael Osuna Urrea Rúbrica. (R.- 327250) |
|
AVISO AL PUBLICO Se informa al público en general que los costos por suscripción semestral y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, son los siguientes: Suscripción semestral al público: $ 1,172.00 Ejemplar de una sección del día: $ 11.00 El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación |
NORMALIZACION Y CERTIFICACION ELECTRONICA, A.C.
AVISO PARA CONSULTA PUBLICA
PROYECTOS DE NORMAS MEXICANAS DE ELECTRONICA
Con objeto de cumplir con lo establecido en los artículos 51-A fracción III y 66 fracción III del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; así como 43 y 46 del Reglamento a la misma Ley, Normalización y Certificación Electrónica, A.C. (NYCE), Organismo Nacional de Normalización, publica la denominación, clave y extracto de los proyectos de Norma Mexicana que a continuación se enlistan, los cuales fueron aprobados por el Comité Técnico de Normalización Nacional de Electrónica, así como por el Consejo Directivo de NYCE el 25 de mayo de 2011, para someterse a consulta pública por un término de 60 días naturales.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-12. PRUEBAS. PRUEBA Cab: CALOR HUMEDO, PRUEBA CONTINUA. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-12-NYCE-2008).
Este proyecto de Norma Mexicana proporciona un método de prueba para determinar la aptitud de los productos electrónicos, de los componentes o los materiales para el transporte, almacenaje y el uso bajo condiciones de alta humedad.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-14. PRUEBAS. PRUEBA Db: PRUEBA CICLICA DE CALOR HUMEDO (CICLO DE 12 h + 12 h). (CANCELA A LA NMX-I-007/2-14-NYCE-2008).
Esta
parte de la Norma Mexicana NMX-I-007-NYCE determina la aptitud de los
componentes, equipos u otros artículos para ser utilizados,
trasportados y almacenados bajo condiciones de alta humedad combinada
con variaciones cíclicas de la temperatura y, en general, con
formación de condensación en la superficie
de los
especímenes.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-24. PRUEBAS. PRUEBA Ga Y GUIA: ACELERACION CONSTANTE. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-24-NYCE-2007).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto establecer un método para verificar la capacidad (idoneidad) estructural y el funcionamiento correcto de equipos, componentes y otros productos, denominados a partir de ahora “especímenes”, sometidos a fuerzas producidas por aceleraciones (distintas de la gravedad), tales como las que se encuentran en vehículos en movimiento, especialmente en vehículos aéreos, en partes rotativas y proyectiles, y proporcionar un método de prueba de robustez estructural de ciertos componentes.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-26. PRUEBAS. PRUEBA J Y GUIA: CRECIMIENTO DE HONGOS. (Cancela a la NMX-I-007/2-26-NYCE-2008).
Esta parte de la Norma Mexicana NMX-I-007-NYCE proporciona un método de prueba que determina hasta qué punto los equipos electrónicos soportan el crecimiento de hongos y de qué manera cualquier crecimiento de hongos afecta al funcionamiento y a otras propiedades relevantes del equipo.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-27. PRUEBAS. PRUEBA Ka: NIEBLA SALINA. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-27-NYCE-2007).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto comparar la resistencia al deterioro producido por la niebla salina en muestras de construcción análoga.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-28. PRUEBAS. PRUEBA Kc: PRUEBA DE DIOXIDO DE AZUFRE PARA CONTACTOS Y CONEXIONES. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-28-NYCE-2007).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto:
a) Determinar la influencia de atmósferas con dióxido de azufre sobre las propiedades de contacto de los contactos y conexiones revestidos o compuestos de metales preciosos, excluyendo los contactos formados por plata y algunas de sus aleaciones;
b) Verificar las conexiones sin soldadura con respecto a su hermeticidad o efectividad.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-29. PRUEBAS. PRUEBA Kd: PRUEBA DE SULFURO DE HIDROGENO PARA CONTACTOS Y CONEXIONES. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-29-NYCE-2007).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto:
a) Determinar la influencia de ambientes contaminados de sulfuro de hidrógeno sobre las propiedades de los contactos fabricados de:
Plata o aleaciones de plata;
Plata protegida con otro revestimiento;
Otros metales revestidos de plata o aleaciones de plata.
b) Verificar las conexiones sin soldadura realizadas en el mismo material mencionado en el inciso a), desde el punto de vista de su impermeabilidad o efectividad.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-30. PRUEBAS. PRUEBA M: BAJA PRESION ATMOSFERICA. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-30-NYCE-2007).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto establecer una prueba para determinar la aptitud de los componentes, equipos u otros artículos para ser almacenados, transportados o utilizados en condiciones de baja presión atmosférica.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-35. PRUEBAS. PRUEBA Qa: SELLADO DE CASQUILLOS, EJES Y JUNTAS. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-35-NYCE-2007).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto determinar el sellado de casquillos, ejes, juntas y dispositivos similares.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-36. PRUEBAS. PRUEBA Qc: SELLADO DE ENVASES, FUGA DE GAS. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-36-NYCE-2007).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto determinar el sellado de especímenes que contiene un cierto volumen de gas (por ejemplo, especímenes no completamente rellenos de impregnantes).
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-37. PRUEBAS. PRUEBA Qd: SELLADO DE ENVASES, FILTRACION DE LIQUIDO. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-37-NYCE-2007).
Este
proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto determinar el sellado de
especímenes rellenos
de líquido.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-38. PRUEBAS. PRUEBA Qf: INMERSION. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-38-NYCE-2007).
Este
proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto determinar el sellado al
agua de componentes, equipos o de otros especímenes, cuando
son sometidos a una inmersión bajo condiciones establecidas de
presión
y tiempo.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-39. PRUEBAS. PRUEBA Qk: SELLADO-METODO DE RASTREO DE GAS CON ESPECTROMETRO DE MASAS. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-39-NYCE-2007).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto verificar la hermeticidad de los especímenes mediante la evaluación de las tasas de fuga con la ayuda de un gas trazador (helio) y un espectrómetro de masas.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-40. PRUEBAS. PRUEBA Ql: PRUEBA DE LA BOMBA DE PRESION. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-40-NYCE-2007).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto determinar el sellado de especímenes en los que las características eléctricas pueden ser afectadas por la penetración del líquido.
ELECTRONICA-PRUEBAS AMBIENTALES. PARTE 2-43. PRUEBAS. GUIA PARA LA PRUEBA T: SOLDADURA. (CANCELA A LA NMX-I-007/2-43-NYCE-2009).
El
propósito de este proyecto de Norma Mexicana es el de
proporcionar información y recomendaciones a los redactores de
especificaciones que incluyan referencias a las Normas Mexicanas
NMX-I-60068-2-20-NYCE,
NMX-I-60068-2-54-NYCE, y NMX-I-60068-2-58-NYCE.
ELECTRONICA-COMPONENTES-CODIGO PARA EL MARCADO DE LOS RESISTORES Y CAPACITORES. (CANCELA A LA NMX-I-010/01-NYCE-2009).
Este proyecto de Norma Mexicana especifica los códigos de marcado para los resistores y capacitores, y los índices para el material dieléctrico y de electrodos de la película de plástico y de los capacitores de papel.
ELECTRONICA-COMPONENTES-GUIA PARA LA SELECCION DE LOS COLORES A UTILIZAR PARA EL MARCADO DE LOS CAPACITORES Y LOS RESISTORES. (CANCELA A LA NMX-I-010/02-NYCE-2005).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto establecer una guía para reducir los errores o la mala interpretación que puedan resultar de una elección impropia o de una mala interpretación de los colores. Asimismo, proporciona en forma de coordenadas cromáticas y factores de luminancia, los colores a utilizar en el marcado para la codificación y la identificación de los capacitores y los resistores destinada a los equipos electrónicos.
ELECTRONICA-CONECTORES DE RADIOFRECUENCIA, CONJUNTOS CONECTORES CABLEADOS Y CABLES - MEDICION DEL NIVEL DE INTERMODULACION. (CANCELA A LA NMX-I-013-NYCE-2003).
Este proyecto de Norma Mexicana es aplicable a la medición del nivel de intermodulación (IM) de conectores de radiofrecuencia, conjuntos conectores cableados y cables.
ELECTRONICA-SISTEMAS DE VALORES LIMITES DE RAYOS CATODICOS, VALVULAS ELECTRONICAS Y DISPOSITIVOS SEMICONDUCTORES ANALOGOS. (CANCELA A LA NMX-I-014-NYCE-2007).
Este proyecto de Norma Mexicana tiene por objeto lograr unificar criterios para el uso de los sistemas de valores límites en tubos de rayos catódicos, válvulas electrónicas y dispositivos semiconductores, de forma tal que existan definiciones y subdivisiones claras de responsabilidades entre los fabricantes de dispositivos electrónicos y los diseñadores de circuitos electrónicos.
ELECTRONICA-COMPONENTES-SERIES DE VALORES NORMALES PARA RESISTORES Y CAPACITORES. (CANCELA A LA NMX-I-017-NYCE-2005).
Esta Norma Mexicana tiene por objeto fijar las series de valores normales de componentes tales como resistores y capacitores.
En caso de tener interés por conocer el contenido técnico de los proyectos de normas mexicanas para emitir sus comentarios, agradeceremos acudir a las instalaciones de NYCE ubicadas en avenida Lomas de Sotelo número 1112, 3er. piso, colonia Lomas de Sotelo, México, D.F., teléfono 5395-0777, extensión 258. Asimismo, los comentarios deben remitirse a la Subdirección de Normalización y de la Calidad de NYCE a la dirección antes señalada, o bien al correo electrónico: emartinez@nyce.org.mx. Es importante destacar que los 60 días iniciarán al día siguiente de la publicación de este aviso.
Atentamente
México, D.F., a 5 de julio de 2011.
Subdirector de Normalización y de la Calidad de NYCE
Ernesto Martínez Martínez
Rúbrica.
(R.- 328645
Pemex Refinación
LICITACION PUBLICA No. GAPS-LP-01/2011
CONVOCATORIA
Pemex-Refinación,
organismo público descentralizado, en cumplimiento de las
disposiciones que se establecen en el Título Quinto de la Ley
General de Bienes Nacionales y las Bases Generales que Regulan la
Enajenación Onerosa de Bienes Muebles No Utiles de Petróleos
Mexicanos y Organismos Subsidiarios, invita a
las personas
físicas y morales nacionales y/o extranjeras, que tengan
interés de participar en la licitación pública
No. GAPS-LP-01/2011, que se llevará a cabo en las oficinas de
la Subgerencia de Administración Patrimonial de Bienes
Muebles, para la venta de bienes improductivos con la clasificación,
localización y depósito
de garantía que a
continuación se indica.
No. lote |
Descripción
de |
Cant. |
Unidad |
Ubicación |
Garantía |
Plazo de retiro |
Valor para venta ($) |
1 |
Materiales
obsoletos |
1 |
Lote |
Terminal Marítima Cd. Madero, Tamps. |
10% del valor para venta |
40 días hábiles |
762,000.00 |
Costo de bases |
Obtención de bases |
Registro, recepción de documentos y ofertas |
Apertura de ofertas |
Fallo |
$1,000.00 |
Del 11 de julio al 21 de julio de 2011 |
25 de julio de 2011 de 11:00 a 11:30 Hrs. |
25 de julio de 2011 al término de la recepción de documentos e inscripción. |
25 de julio de 2011 al término de la apertura de ofertas. |
Las
personas interesadas en participar, deberán comprar las bases
de esta convocatoria, cuyo costo deberá ser cubierto mediante
cheque de caja o efectivo, previa obtención de recibo de pago
en la página de Internet http://www.ref.pemex.com
<transparencia><Desincorporación de Bienes><Compra
de Bases> y realizar el pago en el Banco SCOTIABANK/INVERLAT
mediante la ficha electrónica obtenida vía correo
electrónico; una vez cubierto el pago, deberán obtener
las bases en la página de Internet http://www.ref.pemex.com.
La inspección de los bienes se podrá llevar a cabo del
12 de julio al 22 de julio 2011, en días hábiles, en un
horario de 9:00 a 14:00 horas, previa obtención del pase de
acceso el que deberá ser solicitado a la dirección
electrónica horacio.delgado@pemex.com. Para entrar a
las
instalaciones de Pemex Refinación, es obligatorio el uso de
ropa de algodón, camisa manga larga y zapatos de tipo
industrial. Las ofertas deberán ser garantizadas en los
términos de las bases respectivas. De no lograrse la venta de
los bienes por el procedimiento de licitación pública,
se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura
legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor para
venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda
almoneda. Para cualquier información al respecto, favor de
comunicarse a los teléfonos (55) 19448957 y (55) 19442500
extensiones 53280, 53282 y 53284. Visite para efectos informativos
las páginas en Internet en las direcciones:
http://www.ref.pemex.com y http://www.sucap.pemex.com.
México, D.F., a 11 de julio de 2011.
Subgerente
C.P. Armando R. Arroyo y Machado
Rúbrica.
(R.- 328643)