Viernes
17 de junio de 2011 DIARIO
OFICIAL (Cuarta Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Primero de lo Civil
Uruapan, Mich.
EDICTO
PRIMERA ALMONEDA.
Dentro del Juicio ejecutivo mercantil número 1002/2009, promovido por Octaviano Soriano Martínez, frente a Gloria Sierra Cruz; se señalaron las 13:00 trece horas del día 8 ocho de agosto del año de 2011 dos mil once, para que se lleve a cabo el desahogo de la audiencia de remate en primera almoneda respecto del bien inmueble embargado consistente en: el lote número 18 dieciocho, manzana 38 treinta y ocho, zona 1 uno, perteneciente al Ejido San Francisco Uruapan; ahora denominada su ubicación calle Santa Elena esquina con Naranja de esta ciudad. Mandándose anunciar la venta y convocar postores mediante la publicación de 3 tres edictos dentro de 9 nueve días, en el Diario Oficial de la Federación y en el estrado de este Tribunal, convocándose postres; sirviendo de base para el remate la suma de $175,190.00 ciento setenta y cinco mil, ciento noventa pesos m.n. y como postura legal la que cubra las dos terceras partes de esa cantidad.
Uruapan del Progreso, Michoacán de Ocampo, a 20 de mayo de 2011.
El Secretario del Juzgado
P.J. Fernando Reyes Gómez
Rúbrica.
(R.- 326775)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Segundo Civil de Cuautitlán, con residencia en Cuautitlán Izcalli
Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Cuautitlán,
con residencia en Cuautitlán Izcalli, Estado de México
EDICTO
En el expediente marcado con el número 624/2005, relativo al Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por SUSANA GRACIELA SANCHEZ LIONS, en contra de JUANA ELENA ARTEAGA SOTO Y/O AVALES, ROSALINDA ARTEAGA SOTO, ADOLFO ALVARADO ZARZA. La Juez Segundo Civil del Distrito Judicial de Cuautitlán con Residencia en Cuautitlán Izcalli México, señala mediante proveído del uno de junio de dos mil once, LAS DOCE HORAS DEL DIA TREINTA DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo el remate en PRIMERA ALMONEDA, respecto del bien inmueble embargado ubicado en: RANCHO SANTA CECILIA, MARCADO CON EL NUMERO OFICIAL VEINTIOCHO, LETRA "A" SUJETO AL REGIMEN DE CONDOMINIO EN EL FRACCIONAMIENTO SAN ANTONIO, MUNICIPIO DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, siendo postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de la cantidad más alta en la que fue valuado el inmueble mencionado y que asciende a $650,000.00 (SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), debiendo anunciar su venta en el diario oficial de la federación y en la tabla de avisos de este juzgado, por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, convocándose postores, en la inteligencia de que en ningún caso medien menos de cinco días entre la ultima publicación del edicto y la almoneda de remate. Se expide el día tres de junio de dos mil once.
VALIDACION: 01/06/11
LICENCIADO ALFREDO ROSANO ROSALES.
SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS.
Segundo Secretario de Acuerdos
Lic. Alfredo Rosano Rosales
Rúbrica.
(R.- 326814)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Octavo de lo Civil
EDICTO DE REMATE
SE CONVOCAN POSTORES.
En cumplimiento a lo ordenado por autos de fechas primero de diciembre del año dos mil diez y veintinueve de abril y seis de mayo del año en curso, dictado en los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por ANTONIO MARBEZ NAMNUM, en contra de FRASCATI, S.A. DE C.V. y GUSTAVO A. JUAREZ SUAREZ, con número de expediente 657/2006, la C. Juez Octavo de lo Civil por Ministerio de Ley del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ordeno sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA, el inmueble materia de este procedimiento ubicado en AVENIDA SAN JERONIMO NUMERO 263, INTERIOR: RESTAURANT BAR "C", EN TIZAPAN DE SAN ANGEL, DELEGACION ALVARO OBREGON, C.P. 01090 MEXICO, DISTRITO FEDERAL, con los las medidas y colindancias señaladas en el avalúo, siendo postura legal y sirviendo como precio base para el remate la cantidad de $18'881,000,00 (DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N), señalándose para que tenga verificativo la audiencia de remate en PRIMER ALMONEDA LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTIDOS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE misma que se llevará a cabo en el local de este juzgado Octavo de lo Civil sito en Avenida Niños Heroes número 132, 4o. Piso Torre sur, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtemoc, en México, Distrito Federal.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES, DENTRO DE NUEVE DIAS DIAS PUBLICANDOSE EN LOS TABLEROS DE AVISO DE ESTE JUZGADO, Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
La Secretaria de Acuerdos "B"
Lic. Silvia Gelover Bernabé
Rúbrica.
(R.- 325688)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
EDICTO
Tercera perjudicada:
CYNTHYIA MARIE ROSELLINI Y/O CYNTIA MARIE ROSELLINI DELGADO.
Con
fecha nueve de diciembre de dos mil nueve, Delicia María
Olivar Solís, por su propio derecho, presentó demanda
de amparo ante la Oficialía de Correspondencia Común a
los Juzgados de Distrito, la que por razón de turno
correspondió conocer a este Juzgado Tercero de Distrito en el
Estado de Guerrero, con sede en la ciudad de Acapulco, radicándose
bajo el número 1525/2009-II; señalando como autoridades
responsables al Juez Sexto de Primera instancia del Ramo Civil del
Distrito Judicial de Tabares, a la Actuaria Judicial de su
adscripción y al Delegado del Registro Público de la
Propiedad y del Comercio Agrícola, con sede en esta ciudad, y
como actos reclamados: “Del C. JUEZ SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TABARES. a) El emplazamiento
hecho, en el juicio ordinario civil número 193-1/2007, toda
vez que jamás fui emplazada a juicio, como consecuencia, se
violó en mi perjuicio el derecho de audiencia, dado, que por
no haber sido emplazada a juicio, no tuve la oportunidad de contestar
la demanda, oponer defensas, ofrecer pruebas, formular alegatos y
recurrir la sentencia definitiva. b).- Como consecuencia, el auto que
tuvo por rebelde a la suscrita, y por perdido el derecho para
contestar la demanda, como consecuencia, todo el procedimiento
seguido en el expediente número 193-1/2007... c).- Derivado de
los actos anteriores, el otorgamiento de escritura respecto del
departamento 7 ph y bodega del Edificio “Lasata” de
Régimen en Propiedad en condominio construido en el Lote de
terreno 19 manzana 16, Fraccionamiento Costa Azul, en esta Ciudad y
Puerto de Acapulco, Gro., consignado en escritura pública
número 105, 190, en la que se consignó la compraventa a
favor CYNTHIA MARIE ROSELLINI y que fue otorgada por el Juez Sexto de
Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Tabares,
incluyendo su inscripción en el Registro Público de la
Propiedad.- DE LA C. LIC. ADRIANA GONZALEZ APREZA, ACTUARlA ADSCRITA
DEL JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE TABARES, RECLAMO: El emplazamiento hecho a la suscrita en
el expediente 193-1/2007, relativo al juicio ordinario civil iniciado
en mi contra por CYNTHIA MARIE ROSELLINI.- DEL C. DELEGADO DEL
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD, se
reclama:
a) La inscripción del título de propiedad
que se otorgó por el Juez Sexto de Primera Instancia del Ramo
Civil del Distrito Judicial de Tabares, derivado de la sentencia
dictada en el expediente número 193-1/2007, ante la fé
del NOTARIO PUBLICO NO. 2 del Distrito Judicial de Tabares LIC. JULIO
GARCIA ESTRADA, que consigna la escritura de compraventa a favor de
CYNTHIA MARIE ROSELLINI, sobre el departamento 7 ph y bodega del
Edificio "Lasata" de Régimen en Propiedad en
condominio construido en el Lote de terreno 19 manzana 16,
Fraccionamiento Costa Azul, en esta Ciudad y Puerto de Acapulco,
Gro., y que esta inscrito en el Registro Público de la
Propiedad en el folio de derechos reales número 74,708 y
195207 del distrito judicial de Tabares...
Asimismo,
con fecha cinco de enero del dos mil diez, Magdalena Camacho Díaz,
en su carácter de apoderada legal de la quejosa Claudia Serna
Olivar, presentó demanda de amparo ante la Oficialía
de
Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito, la que fue
turnada al día siguiente a este Juzgado Tercero de Distrito en
el Estado de Guerrero, con sede en la ciudad de Acapulco, radicándose
bajo el número 8/2010-V; señalando como autoridades
responsables a los Jueces Cuarto y Sexto de Primera Instancia del
Ramo Civil del Distrito Judicial de Tabares, a las Actuarias
Judiciales de su adscripción, y Delegado del Registro Público
de la Propiedad y del Comercio, todos domiciliados en este puerto, y
como actos reclamados: “1.- Del C. JUEZ SEXTO DE PRIMERA
INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TABARES. a).- El
emplazamiento supuestamente hecho a mi representada CLAUDIA SERNA
OLIVAR; así como todas y cada una de las actuaciones
realizadas, en el juicio ordinario civil número 193-1/2007,
que tiendan a privar de los derechos a mi mandante... En suma, todo
el procedimiento seguido en el expediente referido, incluyendo la
sentencia definitiva, su notificación y el auto que la declara
ejecutoriada, así como los autos dictados en ejecución
o para la ejecución de la sentencia, lo que incluye la orden
de escrituración del el departamento 7 ph y bodega del
Edificio “Lasata” de Régimen en Propiedad en
condominio construido en el Lote de terreno 19 manzana 16,
Fraccionamiento Costa Azul, en esta ciudad y Puerto de Acapulco,
Gro., a favor de la tercero perjudicado CINTHYIA MARIE ROSELLINI...
b) como consecuencia del acto reclamado en el inciso que antecede el
atoramiento de la escritura de compraventa, respecto del departamento
7 ph y bodega del Edificio “Lasata” de Régimen en
Propiedad en condominio construido en el Lote de terreno 19 manzana
16 Fraccionamiento Costa Azul, en esta Ciudad y Puerto de Acapulco,
Gro... 2.- DE LA ACTUARlA ADSCRITA AL JUZGADO SEXTO DE PRIMERA
INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TABARES, LIC.
ADRIANA GONZALEZ APREZA: El ilegal emplazamiento hecho a mi mandante
CLAUDIA SERNA OLIVAR, en el expediente número 193-1/2007, del
índice del juzgado de su adscripción, relativo al
juicio ordinario civil iniciado en su contra por CYNTHIA MARIE
ROSELLINI.- 3.- Del C. JUEZ CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TABARES, a).- El supuesto
emplazamiento que se hizo a mi mandante CLAUDIA SERNA OLIVAR, en el
juicio ordinario civil número 78-3/97... b).- Todo lo actuado
en el procedimiento seguido en el expediente civil número
78-3/97, incluyendo el auto por el cual se hubiera tenido por acusada
la rebeldía de mi representada, la sentencia definitiva
dictada en dicho procedimiento, el auto que la declara ejecutoriada y
el otorgamiento de escritura respecto del departamento 7 ph y bodega
del Edificio “Lasata” de Régimen en Propiedad en
condominio construido en el Lote de terreno 19 manzana 16,
Fraccionamiento Costa Azul, en esta Ciudad y Puerto de Acapulco,
Gro., consignado en escritura pública número 105,190...
4.- DE LA C. ACTUARlA ADSCRITA DEL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA
INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TABARES: El
emplazamiento hecho a mi mandante CLAUDIA SERNA OLIVAR, en el
expediente número 78-3/1997, relativo al juicio ordinario
civil iniciado en su contra por CYNTHIA MARIE ROSELLINI.- 5.- DEL C.
DELEGADO DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD CON RESIDENCIA EN ESTA
CIUDAD, se reclama: a).- La inscripción del título de
propiedad que se otorgó bien por el Juez Sexto o bien por el
Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial
de Tabares, derivado de las sentencias dictadas en los expedientes
número 193-1/2007 y 78-3/1997, respectivamente, ante la fe del
NOTARIO PUBLICO NO. 2, deI Distrito Judicial de Tabares, LIC. JULIO
GARCIA ESTRADA, que consigna el contrato de compraventa a favor de
CYNTHIA MARIE ROSELLINI, sobre el departamento 7 ph y bodega del
Edificio “Lasata” de Régimen en Propiedad en
condominio construido en el Lote de terreno 19 manzana 16,
Fraccionamiento Costa Azul, en esta Ciudad y Puerto de Acapulco, Gro.
y que está inscrito en el Registro Público de la
Propiedad en el folio de derechos reales número 74, 708 y el
195207 del distrito judicial de Tabares “.
Por resolución de dos de febrero de dos mil diez, se declaró procedente la acumulación de autos, respecto del juicio de amparo número 08/2010-V, al diverso 1525/2009-II; asuntos en los cuales se tuvieron como terceros perjudicados a Alberto Antonio Serna Salas y Cinthyia Marie Rosellini y posteriormente a ésta última se tuvo conocimiento que su nombre completo es Cyntia Marie Rosellini Delgado, sin que fuera posible emplazarla en los domicilios proporcionados para ese efecto, y se ordenó practicar ese acto procesal por edictos, por lo que se le hace saber que deberá comparecer ante este Juzgado, dentro del término de TREINTA DIAS contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, a deducir lo que a sus intereses convenga en el juicio de garantías 1525/2009-II y su acumulado 08/2010-V, haciéndole saber que quedan a su disposición en este juzgado las copias de la demanda que originó este asunto. El presente edicto deberá publicarse por tres veces, en intervalos de siete en siete días, en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION y en el periódico EXCELSIOR que se editan en México, Distrito Federal.
Notificándose que la audiencia constitucional tendrá verificativo a las nueve horas con diez minutos del diez de junio de dos mil once.
Acapulco, Gro., a 11 de mayo de 2011.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guerrero
Lic. Víctor Ignacio Rábago Castañeda
Rúbrica.
(R.- 325939)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO CUARTO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL.
En los autos del juicio de amparo número 1018/2010-2, promovido por HARRY BRONSOILER KRIEGER, contra actos del Fiscal Desconcentrado en Cuauhtémoc, se ordenó emplazar por edictos al tercero perjudicado Carlos Gómez Sánchez, con apoyo en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo quedando a su disposicion en este Juzgado de Distrito copia simple de la demanda de garantías y se le concede un término de 30 días contados a partir de la última publicación para que comparezca a juicio a deducir sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se le practicarán por medio de lista.
NOTA: ESTE EDICTO DEBERA PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO “LA PRENSA”.
Atentamente
Mexico, D.F., a 9 de junio de 2011.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Enrique Frías Medina
Rúbrica.
(R.- 321991)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Pachuca, Hidalgo
Sección Civil
EDICTO
En los autos del juicio ejecutivo mercantil 9/2004-l-A, tramitado en el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Jesús Héctor Aguirre León, en contra de Mariano, Evaristo y Ernesto, todos de apellidos Santiago Hernández, así como de Ema Godínez Monter de Santiago, en el que mediante proveído de treinta de mayo de dos mil once, se señalaron las trece horas con treinta minutos del veintinueve de junio del año en curso, para llevar a cabo la audiencia de remate en primera almoneda respecto del bien inmueble ubicado en Galeana, número treinta y cinco, municipio de Actopan, Hidalgo, valuado en $1,262,735.00 (un millón doscientos sesenta y dos mil setecientos treinta y cinco pesos 00/100 M.N.), siendo postura legal aquella que cubra las dos terceras partes de la cantidad señalada, por lo que se ordena convocar postores, quienes deberán exhibir en efectivo el importe de la postura legal, en términos del artículo 479 del Código Federal de Procedimientos Civiles, observándose en lo conducente lo previsto en el artículo 482 de mismo ordenamiento legal, aplicado supletoriamente al Código de Comercio. En la inteligencia de que los avalúos se encuentran agregados en autos a la vista de las personas interesadas en participar como postores.
Atentamente
Pachuca, Hgo., a 30 de mayo de 2011.
Secretario del Juzgado
Marco Antonio Tamayo Martínez
Rúbrica.
(r.- 326943)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato
Tercera Sala Civil
EDICTO
Publíquese el presente 3 tres veces de 7 siete en 7 siete días en el Diario Oficial de la Federación y Periódico de mayor circulación nacional; hágase saber a Maria Guadalupe Barba Plata y a Hiriam Gerardo Romero Castillo, en su carácter de terceros perjudicados, que en esta Sala se presentó demanda de amparo promovida por el licenciado Pedro Gómez González, en contra de la SENTENCIA de fecha 27 veintisiete de octubre de 2010, pronunciada en el toca 514/2010 a la apelación interpuesta por el Licenciado Manuel Baños Sánchez, en su carácter de mandatario Judicial de Sandra Sarahí Lona Martínez quien a su vez es apoderada de Hiriam Gerardo Romero Castillo y María Guadalupe Barba Plata, parte demandada y por el Licenciado Pedro Gómez González en su carácter de apoderado legal de BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO “BANORTE”, en contra de la sentencia de fecha 06 seis de agosto de 2010 dos mil diez, dictada por la Juez Séptimo Civil de Partido en León, Guanajuato, relativo al Juicio Ordinario Mercantil número 172/2002-M, sobre acción de pago de pesos derivado del contrato de apertura de crédito con interés y garantía hipotecaria y otras prestaciones, promovido por el Licenciado Sergio Almanza Nuñez, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de Banco Nacional de México, Sociedad Anónima, Integrante del Grupo Financiero Banamex-Accival, Sociedad Anónima de Capital Variable, quien cedió los derechos litigiosos a la persona moral BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO “BANORTE”, quien continuó el juicio a través del Licenciado Pedro Gómez González, en su carácter a apoderado general para pleitos y cobranzas de la persona moral antes mencionada, en contra de Hiriam Gerardo Romero Castillo y María Guadalupe Barba Plata. Emplazándolos en su carácter de terceros perjudicados para que comparezcan en el término de 30 treinta días al Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimosexto Circuito en turno, a defender su derechos, quedando a su disposición en la Secretaria de esta Tercera Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, copia de la demanda de amparo por el tiempo que dure el emplazamiento.
Guanajuato, Gto., a 28 de abril de 2011.
La Secretaria de la Tercera Sala Civil
Lic. Gabriela Quezada Torres
Rúbrica.
(R.- 327207)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Tercero Perjudicado: Víctor Manuel Reyes y Magaña.
En
el margen superior izquierdo aparece un sello que dice: Estados
Unidos Mexicanos, Poder Judicial
de la Federación, sección
amparos, mesa IV, juicio de amparo 114/2011-IV, Juzgado Segundo de
Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal.
En
el juicio de amparo 114/2011-IV. Quejosa: Alma Esther Magaña
Bautista; Autoridades responsables: Primera Sala Familiar del
Distrito Federal y otra; Actos reclamados: Resolución de
treinta y uno de enero del dos mil once dictada en el toca 98/2011 y
su ejecución; Auto admisorio: Se admite a trámite la
demanda
y se tiene como terceros perjudicados a Alma Tatiana y
Víctor Manuel, ambos de apellidos Reyes y Magaña y a la
Sucesión de Manuel Reyes y Rangel; se fijan las once horas con
diez minutos del nueve de junio del dos mil once para que tenga
verificativo la audiencia constitucional; Auto de cuatro de mayo del
dos mil once: se ordena
el emplazamiento a juicio del tercero perjudicado Víctor
Manuel Reyes y Magaña por medio de edictos,
los que deberán publicarse en el Diario Oficial de la
Federación y en un periódico de circulación
nacional, por tres veces, de siete en siete días, y se le hace
saber al citado tercero perjudicado que deberá presentarse
ante este juzgado dentro del término de treinta días,
contado a partir del siguiente al de la última publicación
de los edictos, ya que de no hacerlo, se le harán las
subsecuentes notificaciones por medio de lista.
México, D.F., a 19 de mayo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Marhec Delgado Padilla
Rúbrica.
(R.- 326817)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Segundo Civil de Otumba con residencia en Tecámac
Primera Secretaría
Juzgado Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Otumba,
con residencia en Tecámac, Estado de México
EDICTO
En
el expediente número 31/2010, MARTHA MACIAS TAFOYA, promueve
en la vía EJECUTIVA MERCANTIL
en
contra de LETICIA SANTOS GONZALEZ. El Juez Segundo Civil de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Otumba con residencia en Tecámac,
por auto de fecha veintiséis de Mayo de Dos Mil Once, señaló
las DOCE HORAS (12:00) DEL DIA TREINTA (30) DE JUNIO DE DOS MIL ONCE
(2011) para que tenga verificativo
la Primera Almoneda de Remate del bien inmueble ubicado en: RONDA 1,
UNIDAD A. MANZANA 19,
LOTE 11, CONDOMINIO PRIVADA RONDA, VILLAS DEL REAL, MUNICIPIO DE
TECAMAC, ESTADO DE MEXICO. Convocando postores para la referida
Almoneda sirviendo como precio base para la misma la cantidad de
TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL
($342,000.00), siendo postura legal la que cubra las dos terceras
partes.
Para
su publicación por TRES VECES dentro de NUEVE DIAS en el
"DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION"
Y
EN LA TABLA DE AVISOS O PUERTA DE ESTE JUZGADO, se expiden los
presentes a los treinta y uno días del mes de Mayo del año
dos mil once. DOY FE.
Secretario Judicial
Lic. Refugio Ortiz Prieto
Rúbrica.
(R.- 326796)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de lo Civil del Estado de Puebla
Actuaciones
Distrito Judicial
Cholula, Pue.
EDICTO
Disposición Juez Segundo Civil de Cholula, expediente 1595/2006, Juicio Ejecutivo Mercantil, promueve José Rodolfo Ochoa Madrid demandado Félix Vicens Tecuatl también conocido como José Cirilo Félix Vicens Tecuatl; convoca postores primera pública almoneda del cincuenta por ciento del inmueble embargado, predio rustico denominado “Hueyotlipan”, ubicado en Tehuiloyocan, Estado de Puebla; inscrito bajo la partida número 285, a fojas 083 vuelta, del libro I, tomo 94, de fecha diez de abril de mil novecientos noventa y cinco; a nombre de Cástula Ahuatl Cortes, sobre el cual se trabo ejecución, citando postores legales para la venta por medio de edictos. Sirve de postura legal la cantidad de CIENTO NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS, CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL, que corresponde a las dos terceras partes del precio de avalúo, debiéndose presentar postura y puja en términos de ley. Señalándose las Doce horas del día Treinta de Junio de dos mil once para la audiencia de remate. El demandado podrá liberar su bien pagando íntegramente el monto de sus responsabilidades hasta antes de causar estado el auto de fincamiento del remate.
Cholula, Pue., a 30 de mayo de 2011.
La Ciudadana Diligenciaria
Lic. Laura Antonia Clemente Lozano
Rúbrica.
(R.- 326642)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de lo Civil del Estado de Puebla
Diligenciario
EDICTO
Disposición Juez Octavo Civil de Puebla, expediente 64/2009, Juicio Ejecutivo Mercantil, promueve Alberto Herrera Bello; convoca postores primera pública almoneda del cien por ciento del bien inmueble embargado, consistente en “Lote numero nueve, manzana numero cuarenta y uno, del Ejido denominado San Bernabé Temoxtitla, Ciudad de Puebla, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio de esta Ciudad de Puebla, a nombre de EVA DE LA ROSA RODRIGUEZ, bajo el número de folio electrónico 321216, según escritura registrada con fecha 18 dieciocho de diciembre de 2002 dos mil dos, a fojas trecientos treinta y siete al trecientos cincuenta y tres, Tomo 716/2002, del Libro 5 quinto, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio del avaluó, siendo la cantidad de cual es de $339,866.66 M.N (trescientos treinta y nueve mil ochocientos sesenta y seis pesos 66/100 Moneda Nacional) habiéndose tomado como base el precio del avalúo emitido por el perito de parte actora. Convóquese postores mediante edictos para que presentes postura y puja en términos de ley. Señalándose las Doce horas del día Veintinueve de Junio del año dos mil once para la audiencia de remate. El demandado podrá liberar su bien pagando íntegramente el monto de sus responsabilidades hasta antes de causar estado el auto de fincamiento del remate.
Cholula, Pue., a 30 de mayo de 2011.
El Ciudadano Diligenciario
Lic. José Enrique Cruz Pérez
Rúbrica.
(R.- 326637)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERO PERJUDICADA: BARBARA GUADALUPE GONZALEZ PEREZ, TAMBIEN CONOCIDA COMO GUADALUPE GONZALEZ PEREZ.
...En los autos del juicio de amparo número 191/2011-I, promovido por JACQUELINE GONZALEZ HERNANDEZ, por propio derecho, contra actos del Juez Septuagésimo Cuarto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y actuario adscrito a dicho Juzgado, y como no se conoce el domicilio cierto y actual de la tercero perjudicada BARBARA GUADALUPE GONZALEZ PEREZ, TAMBIEN CONOCIDA COMO GUADALUPE GONZALEZ PEREZ, se ha ordenado en el proveído de treinta de mayo de dos mil once, emplazarla a juicio por medio de edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la Secretaría de este tribunal, copia simple de la demanda con sus respectivos anexos; asimismo se le hace saber que cuenta con el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este Juzgado Federal a hacer valer sus derechos sí a sus intereses conviniere, y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por lista de acuerdos de este órgano de control constitucional. Y como esta ordenado en el proveído de uno de junio del año en curso, se señalaron las doce horas del cinco de julio de dos mil once, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Atentamente
México, D.F., a 30 de mayo de 2011.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Angel Jiménez Márquez
Rúbrica.
(R.- 326964)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL.
CARLOS MEDINA RIVERA
En los autos del juicio de amparo número 333/2011-V, promovido por Transportaciones Zepol, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra actos de la Junta Especial Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje y otras, al ser señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se ordena su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurran a este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 18 de mayo de 2011.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Faviola Ramírez Franco
Rúbrica.
(R.- 326497)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento Tercero Perjudicado
JOSE MENDEZ CHAVEZ.
En el juicio de amparo 455/2011, promovido por la DELEGACION BENITO JUAREZ, por conducto de su apoderado Angel Hernández Salazar, contra el acto de la Segunda Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, consistente en el acuerdo de dieciocho de octubre de dos mil diez, dictado en el expediente laboral 7246/2003, señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio, el trece de mayo de dos mil once, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
México, D.F., a 18 de mayo de 2010.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Christian del Rosario Salinas Alvarez
Rúbrica.
(R.- 327096)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo Primero de lo Civil
Ciudad Judicial
Diligenciaría
EDICTO
Disposición Juez Décimo Primero Civil esta Capital. Expediente 536/04. Juicio Ordinario Mercantil. Rebeca Liceaga Angeles contra Emma Austreberta García Rodríguez y José Amaro Elías Ruiz Vergara. Acuerdos 31 marzo 2011 y 26 mayo 2011. Decreta remate y ordena convocar postores Primera Almoneda Pública mediante edictos a publicar tres veces en término nueve días. Casa 304 Calle 47 Poniente, colonia Huexotitla, esta Ciudad. Postura legal seiscientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos treinta y tres centavos moneda nacional, cubre dos terceras partes precio avalúo. Posturas y pujas antes 12 horas 8 julio 2011, que se verificará audiencia de remate. Demandado puede liberar inmueble pagando monto de sus responsabilidades, antes cause estado auto de fincamiento del remate.
Puebla, Pue., a 3 de junio de 2011.
C. Diligenciario Par
Lic. Raúl Bonilla Márquez
Rúbrica. (R.- 326893)
Sinaloa
Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil
Culiacán, Sinaloa
Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil
Distrito Judicial de Culiacán, Sinaloa, México
EDICTO DE REMATE
Que en el expediente número 1330/2009, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido ante este Juzgado por FICAMPRO, S.A. DE C.V., en contra de JOSE ROSARIO SAMBADA PARRA, se ordeno sacar a remate y en primera almoneda el siguiente bien inmueble embargado que a continuación se describe:
Lote
de terreno urbano y construcción marcado con el número
3905, ubicado en Calle Pradera, Colonia Jardines del Valle, de esta
ciudad, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de
esta Municipalidad bajo
la inscripción número 79
libro 612, Sección Primera, con una superficie total de
terreno de 122.50 M2,
con clave catastral 7000-027-186-017-001, con las siguientes medidas
y colindancias:
NORTE: 17.50 MTS. Y LINDA CON LOTE No. 18.
SUR: 17.50 MTS. Y LINDA CON CALLE HERACLIO BERNAL.
ORIENTE: 7.00 MTS. Y LINDA CON LOTE No. 16.
PONIENTE: 7.00 MTS. Y LINDA CON CALLE PRADERAS.
Es postura legal para el remate la cantidad de $293,333.33 (DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL), importe de las dos terceras partes del avalúo pericial.
La almoneda se verificará en el local que ocupa este Juzgado, sito en Avenida Lázaro Cárdenas, No.891 Sur, Edificio “B” , Primer Piso, Centro Culiacán, Sinaloa, a las 13:00 horas del día 21 de Junio del año en curso.
SE SOLICITAN POSTORES.
Publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, editado en la Ciudad de México, Distrito Federal, y en tabla de avisos o puerta del Tribunal, en el entendido que ésta última publicación deberá realizarse en los mismos términos del rotativo de arriba.
Al efecto, se requerirá que entre la primera y última publicación, no transcurran más de nueve días sin necesidad de que los intervalos del anuncio se dividan en espacios regulares. En todo caso, sólo será necesario que el último edicto se haya publicado con una anticipación de tres días hábiles a la fecha señalada para la celebración de la venta judicial.
EN EL ENTENDIDO DE QUE POR ACUERDO DEL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN CESION ORDINARIA DEL DIA TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CINCO, MISMO QUE FUE DEBIAMENTE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE SINALOA EN 5 DE DICHO MES Y AÑO Y QUE SURTIO EFECTO APARTIR DE SU APROBACION SE ORDENA LA PUBLICACION DE LOS EDICTOS ORDENADOS PRECEDENTEMENTE Y HAGA UTILIZANDO FUENTE DE LETRA LEGIBLE DE TAMAÑO NO MENOS DE 8 PUNTOS.
Atentamente
Culiacán, Sin., a 13 de mayo de 2011.
El C. Secretario Segundo
Lic. Edgardo Espinoza Lizárraga
Rúbrica.
(R.- 326806)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Décimo Menor Civil
León, Gto.
Secretaría
EDICTO
Se ordena anunciar la Venta Judicial en Segunda y Pública Almoneda respecto del siguiente bien inmueble: Una casa habitación ubicada en calle FOSFORO NUMERO 402 del Fraccionamiento VALLE DE SEÑORA de esta ciudad, con una superficie de 90.00 m2, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte 6.00 metros lineales con calle Fosforo; al Sur 6 metros lineales con lote 22; al Este 15.00 metros lineales con lote 2; y al Oeste 15.00 metros lineales con calle de Oxigeno;; siendo postura legal aquella que cubra las dos terceras partes de $479,000.00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), que corresponde al valor asignado pericialmente, menos el 10% por tratarse de segunda almoneda; anunciándose este remate a través de edictos que deberán publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de avisos de este Tribunal, almoneda que tendrá verificativo el día 11 once de Julio de 2011 dos mil once a las 11:00 horas; por tanto, convóquese a postores, en términos del numeral 1411 del Código de Comercio y 469 y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al mercantil. Lo anterior dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número M530/09 promovido por el C. CARLOS ALBERTO LOPEZ OROZCO en contra de ANDRES ISRAEL GARCIA DIAZ, sobre el pago de pesos.
León, Gto., a 10 de junio de 2011.
La C. Secretaria del Juzgado Décimo Menor Civil
Lic. Ma. del Rosario Maldonado Araujo
Rúbrica.
(R.- 327302)
Sinaloa
Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial
Guasave, Sinaloa
EDICTO DE REMATE
Que en el expediente número 316/2010, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por INGENIERO MANUEL LEON ESPINOZA en contra de ROQUE SANCHEZ GAXIOLA, se ordenó sacar a remate en pública subasta y en PRIMERA ALMONEDA, el siguiente bien inmueble:
Terreno
agrícola de riego de gravedad, ubicado en el predio de San
Rafael Bacayahueto, propiedad del C. ROQUE SANCHEZ GAXIOLA; con clave
catastral número R-6214 fracción de 10-19-67.87
hectáreas; inscrito en el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio de esta ciudad de Guasave, Sinaloa, bajo la
inscripción número 146, del libro 321, de la sección
primera, con las siguientes colindancias según escrituras; al
norte: con Francisco Sánchez Félix, al sur: con dren
San Rafael, al oriente: con poblado San Rafael y al poniente:
con
Gilberto Amillano Sánchez.
Servirá de postura legal para la venta del bien inmueble la cantidad de $452,000.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL); importe de las dos terceras partes de los avalúos periciales que obran agregados en autos, se señalan las OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA DOCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE, para que tenga verificativo el remate ordenado precedentemente en el local que ocupa este juzgado ubicado en la Unidad Administrativa, avenida Adolfo López Mateos y calle Pino Suárez, colonia Angel Flores, así mismo se ordena notificar por este mismo medio a AUTOS Y TRACTORES DE SINALOA.
Convóquese a postores.
Publíquese por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos o puerta del Tribunal.- EN EL ENTENDIDO DE QUE LA PUBLICACION DE LOS EDICTOS DEBERA HACERSE UTILIZANDO FUENTE DE LETRA LEGIBLE Y DE TAMAÑO NO MENOR DE OCHO PUNTOS.
Guasave, Sin., a 7 de junio de 2011.
El Secretario Segundo del Juzgado Primero
Lic. Julián Elenes Arredondo
Rúbrica.
(R.- 327121)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES
DENTRO DE LOS AUTOS QUE INTEGRAN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL NUMERO 998/2008 PROMOVIDO POR SCOTIABANK INVERLAT, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT FRENTE A JOSE ANGEL ROSELL ZANOTELLI, SE SEÑALARON LAS 10:00 DIEZ HORAS DEL DIA 05 CINCO DE JULIO DE LA PRESENTE ANUALIDAD, A FIN DE QUE SE LLEVE A CABO LA AUDIENCIA DE REMATE EN CUARTA ALMONEDA RESPECTO DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE:
UNICO.- Predio Urbano con construcción de departamento en condominio vertical ubicado en la calle Prolongación de Avenida Francisco I. Madero Poniente, número 1280 mil doscientos ochenta guión 3 tres lote 4 cuatro, manzana I, fraccionamiento Los Manantiales, sector Independencia de esta ciudad, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: al Norte 3.50 metros, con vestíbulo planta alta; al Sur en línea quebrada de 9.35 metros con pozo de iluminación; al Oriente 15.15 metros con el lote 3; al Poniente en línea quebrada de 12:00 metros con área privativa número 4, departamento derecho planta alta. con una extensión superficial de 61.53 metros cuadrados, estacionamiento área privativa número 3 tres A: al norte 2.60 metros con prolongación Avenida Francisco I. Madero Poniente; al Sur 2.50 metros con acceso principal; al oriente 7.80 metros con estacionamiento área privativa 2 dos, departamento derecho, planta baja y al Poniente 7.10 metros con estacionamiento área privativa número 4 departamento derecho, planta alta con una extensión superficial de 19 metros cuadrados, a la que se le asigna un valor de $338,964.96 (TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 96/100 M.N.).
Sirviendo de base para el remate la suma anteriormente indicada y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes del valor asignado, se convocan postores a esta audiencia y se ordena publicar 1 un edicto en los Estrados de este Juzgado y Diario Oficial de la Federación.-
Morelia, Mich., a 30 de mayo de 2011.
El Secretario de Acuerdos
Juzgado Quinto Civil
Lic. Jesús Javier Nieto Ortiz
Rúbrica.
(R.- 327286)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
DENTRO DE LOS AUTOS QUE INTEGRAN EL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL NUMERO 1149/2008, PROMOVIDO POR SCOTIABANK INVERLAT, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT FRENTE A MARTHA JOSEFINA DE LOS DOLORES TORRES, SE SEÑALARON LAS 10:00 DIEZ HORAS DEL DIA 5 CINCO DE JULIO DEL AÑO 2011 DOS MIL ONCE, PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA DE REMATE EN TERCERA ALMONEDA RESPECTO DEL SIGUIENTE INMUEBLE:
UNICO: vivienda en condominio identificada como casa 16 dieciséis, ubicada en la calle Obispo Educador número oficial 28 veintiocho, lote X, del modulo 13 trece del conjunto habitacional Ocolusen ll de la colonia Fray Antonio de San Miguel Iglesias de esta ciudad, misma que tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 10.60 metros, con calle Obispo Educador, AL SUR: 10.60 metros con módulo 14 catorce, AL ESTE: 15.00 metros con lote IX, AL OESTE: 15.00 metros con lote XI, extensión superficial de 159 metros cuadrados; a la que se le asigna un valor de $777,600.00 (SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 M.N.)
Sirviendo de base para el remate la suma anteriormente indicada y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes del valor asignado, se convocarán postores a esta Audiencia y se ordena la publicación de un solo edicto, en los estrados de este Juzgado, y Diario Oficial de la Federación.
Morelia, Mich., a 23 de mayo de 2011.
La Secretaria del Juzgado
Quinto de lo Civil
Lic. Fabiola Jiménez Balleño
Rúbrica.
(R.- 327281)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Sexto de Primera Instancia en Materia Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL
CONVOCANDO POSTORES:
Dentro del juicio Ordinario Mercantil número 405/2008, promueve SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, frente a BLANCA ALICIA GONZALEZ RAMIREZ, se señalaron las 11:00 once horas del día 6 seis de julio del año en curso, para que se lleve a cabo en este juzgado la Audiencia Pública de remate en su SEGUNDA ALMONEDA, respecto del siguiente bien:
Unico.- La casa marcada con el número 50 cincuenta, construida sobre el lote 4 cuatro, de la manzana 4 cuatro ubicado en la calle Tajamulco en el Fraccionamiento Montaña Monarca III conocido comercialmente como Residencial del Valle ubicado en el Ejido de Jesús del Monte Tenencia de Santa María de Guido del Municipio y Distrito de Morelia, Michoacán, con las siguientes medidas y colindancias: al norte, 18.66 metros con el lote 3; al sur, 16.99 con lote 5; al este, 11.62 con Av. Montaña Monarca; y al oeste, 11.50 metros, con la calle de su ubicación, con una superficie total de 204.94 metros cuadrados.-
VALOR PERICIAL TOTAL.- $1´845,000.00 UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N., valor pericial asignado en autos, resultante de la reducción del 10% diez por ciento de la almoneda anterior.-
POSTURA LEGAL.- La que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha suma.-
Morelia, Mich., a 7 de julio de 2011.
La Secretaria de Acuerdos
C. Indra Rodríguez Uribe
Rúbrica.
(R.- 327291)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Séptimo Civil
Toluca
Juzgado Séptimo Civil del Distrito Judicial Toluca
EDICTO
EN EL EXPEDIENTE NUMERO 93/10, RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR EL LICENCIADO EFRAIN PLATA CASTELAN APODERADO LEGAL DE HSBC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC EN CONTRA DE VERONICA VILLADA MORGAN, EN PRIMERA ALMONEDA DE FECHA OCHO DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, SE SEÑALARON LAS DIEZ HORAS DEL DIA ONCE DE JULIO DEL DOS MIL ONCE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA SEGUNDA ALMONEDA DE REMATE RESPECTO DEL INMUEBLE EMBARGADO EN EL PRESENTE JUICIO, EL CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN CALLE PROLONGACION ALCATRACES NUMERO 17, CASA 26, EN EL FRACCIONAMIENTO SANTA CECILIA II, SAN SALVADOR TIZATLALLI, METEPEC, ESTADO DE MEXICO, EL CUAL TIENE LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: 20.66 METROS CON AREA DE USO COMUN (AREA VERDE); AL SUR 20.61 METROS CON LOTE NO. 25; AL ORIENTE: 8.66 METROS CON AREA DE VIALIDAD PRIVADA; AL PONIENTE: 8.00 METROS CON PROPIEDAD PARTICULAR; CON UNA SUPERFICIE DE: 190.75 METROS CUADRADOS, INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPEDAD BAJO LOS SIGUIENTES DATOS REGISTRALES: VOLUMEN 545, PARTIDA NUMERO 1023, SECCION PRIMERA, LBRO PRIMERO, DE FECHA VEINTIOCHO DE ABRIL DE 2008, SIRVIENDO COMO BASE PARA EL REMATE LA CANTIDAD DE $2’061,000.00 (DOS MILLONES SESENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N.) SIENDO POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO FIJADO, CANTIDAD QUE RESULTA DE LA DEDUCCION DEL DIEZ POR CIENTO EN QUE FUE SACADO A REMATE EN LA SEGUNDA ALMONEDA DE REMATE, ANUNCIESE SU VENTA A TRAVES DE LA PUBLICACION DE EDICTOS EN EL PERIODICO OFICIAL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS QUE SE LLEVA EN EL JUZGADO POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, A EFECTO DE CONVOCAR POSTORES; DADO EN LA CIUDAD DE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, EL TRECE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE.
Validación: Toluca, Estado de México, a 8 de junio de 2011.
Primer Secretario de Acuerdos
Lic. María Alicia Osorio Arellano
Rúbrica.
(R.- 327301)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Estado de Chihuahua
EDICTO
NEGOCIACION TEXTIL LA CONCORDIA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, JOSE ATRI JALIFE, DAVID ATRI CHUEQUE y ELIAS ATRI CHUEQUE, (TERCEROS PERJUDICADOS)
En el juicio de amparo número 970/2010 promovido por BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER por conducto de su Apoderado General para Pleitos y Cobranzas, licenciado Fernando Fernández Yarce, contra actos del JUEZ TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, se ordenó emplazar por edictos a los terceros perjudicados NEGOCIACION TEXTIL LA CONCORDIA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, JOSE ATRI JALIFE, DAVID ATRI CHUEQUE y ELIAS ATRI CHUEQUE (TERCEROS PERJUDICADOS), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, a la Ley de Amparo, a costa de la parte quejosa, en la inteligencia de que los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico El Excelsior, haciéndole saber a los terceros perjudicados que deberán presentarse dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, para que reciban la copia de la demanda de garantías, debiendo fijarse además una copia de los citados edictos en los estrados de este Juzgado por todo el tiempo del emplazamiento, apercibiéndoseles que pasado este término si no comparecen por sí o por medio de apoderado o quien legalmente lo represente, se les tendrá por emplazados, y las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por lista que se fijará en los estrados de este Tribunal.
Así lo acordó y firma el licenciado GABRIEL ASCENCION GALVAN CARRIZALES, Juez Segundo de Distrito en el Estado, ante el Secretario que autoriza y da fe.- Doy fe.
Chihuahua, Chih., a 23 de mayo de 2011.
El Secretario
Lic. Félix Jesús Gardea Castillo
Rúbrica.
(r.- 326632)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
Sección de Amparo
Acapulco, Gro.
EDICTO
“Benito Eulalio López Martínez”.
“Cumplimiento auto cinco de abril de dos mil once, dictado por el Juez Sexto Distrito Estado Guerrero, en juicio amparo 412/2011, promovido por Juan Calderón Tornez, por propio derecho contra actos del Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Tabares, con sede en esta ciudad y otras autoridades, se hace conocimiento resulta carácter tercero perjudicado, en términos articulo 5°, fracción III, inciso b) Ley de Amparo y 315 Código Federal Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, se mandó emplazar por edicto a juicio, si a sus intereses conviniere se apersone debiéndose presentar ante este juzgado federal, ubicado Boulevard de las Naciones número 640, Granja 39, Fracción “a”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, código postal 39890, Acapulco, Guerrero, deducir derechos dentro de termino treinta días, a partir siguiente a ultima publicación del presente edicto; apercibido de no comparecer lapso indicado, ulteriores notificaciones personales surtirán efectos por lista se publique estrados este órgano control constitucional.
En inteligencia que juzgado ha señalado nueve horas con cincuenta y dos minutos del doce de mayo de dos mil once, celebración audiencia constitucional, queda disposición en secretaría juzgado copia demanda amparo y anexos.”
Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el diario oficial de la federación y en el periódico de mayor circulación en la republica mexicana, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, a los dos días del mes de mayo de dos mil once.- Doy fe.
El Juez Sexto de Distrito
en el Estado de Guerrero
Lic. Francisco Peñaloza Heras
Rúbrica.
(R.- 326797)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil
EDICTO
En el expediente numero 710//09, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, Promovido por FICEN, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO., en contra de VICTOR MANUEL ALVAREZ LOPEZ Y OTRA, el C. JUEZ VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL por proveídos dictados de fechas diecinueve y veinticinco de mayo del presente año, señalo LAS DIEZ HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, para que tenga lugar la diligencia de remate en PRIMERA ALMONEDA, respecto del bien inmueble embargado en autos consistente en Fracción de la Finca Urbana y construcciones existentes en esta, marcada con el numero 53, de la calle José Antonio Torres, colonia Centro, C.P. 46900, en Mascota Jalisco, con superficie de siete mil quinientos un metros cuadrados, y las medidas y colindancias que obran en autos, sirviendo como base para la almoneda la cantidad de OCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N., siendo postura legal la que cubra la totalidad del precio de la almoneda, debiendo los postores interesados exhibir el diez por ciento de dicha cantidad para tener derecho a intervenir en el remate, ampliando el termino de publicación en tres días mas en razón de la distancia, por lo que dichas publicaciones deberán de hacerse dentro del termino de doce días.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, ampliando el termino de publicación en tres días mas en razón de la distancia, por lo que dichas publicaciones deberán de hacerse dentro del termino de doce días. EN LOS SITIOS PUBLICOS DE COSTUMBRE, EN LOS ESTRADOS DEL JUZGADO, EN LOS TABLEROS DE AVISOS DE LA TESORERIA DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO “EL SOL DE MEXICO”
SE CONVOCAN POSTORES
México, D.F., a 30 de mayo de 2011.
El C. Secretario de Acuerdos "B"
Lic. Angel Moreno Contreras
Rúbrica.
(R.- 326538)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
Juzgado de Distrito
EDICTO
EMPLAZAMIENTO.
MELITON ROMERO.
TERCERO PERJUDICADO.
PRESENTE.
En los autos del juicio de amparo número 1558/2010, promovido por MIGUEL CONTRERAS FLORES EN SU CARACTER DE ALBACEA PROVISIONAL DE TAURINO CONTRERAS RUBIO, contra actos del Juez Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Tehuacán, Puebla; que consisten en la falta de emplazamiento al juicio de usucapión 334/2007, deI índice del citado Juzgado; por lo que en cumplimiento a lo ordenado el once de abril de dos mil once, se le emplaza por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en el Periódico “El Sol de Puebla”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, según su artículo 2o.; haciendo de su conocimiento que deberá presentarse ante el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, ubicado en avenida Osa Menor número ochenta y dos, colonia Ciudad Judicial Siglo XXI, Municipio de San Andrés Cholula, Puebla, reserva territorial Atlixcáyotl, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 19 de abril de 2011.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Lic. María R. Julieta Romero Guzmán
Rúbrica.
(R.- 326579)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Guadalajara, Jal.
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO:
Quien
resulte ser propietario de la Unidad 8513, de la ruta 24 del Servicio
Subrogado de Servicios
y Transportes.
Mediante demanda de garantías presentada el día dieciocho de junio de dos mil diez, Alfonso Cárdenas de la Cruz, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra acto de la Décima Primera Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, que hizo consistir como sigue: “…acuerdo de fecha 19 de mayo de 2009….”; a quien se le emplaza por medio del presente edicto y se le hace saber que debe presentarse ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, con residencia en esta ciudad, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto y señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las que resulten de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fijará en los estrados de este Tribunal Federal. Lo anterior dentro del juicio de amparo directo número 1106/2010, del índice de este propio órgano judicial.
Para que se publique tres veces de siete en siete días.
Para su publicación:
- "Diario Oficial de la Federación", México, Distrito Federal.
- Periódico "Excélsior", México, Distrito Federal.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 7 de marzo de 2011.
La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Lic. Leticia González Madrigal
Rúbrica.
(R.- 327332)
Estado de México
Poder Judicial
Primera Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla
EDICTO
Emplazamiento a la tercera perjudicada Adriana Marcela Rivas Gasca.
Lorena Velázquez Jardón, promovió juicio de Amparo Directo Civil número 280/2011, ante el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito en el Estado de México con sede en Toluca, señalando en su demanda de garantías como acto reclamado la sentencia de veinte de enero de dos mil once, dictada por esta Primera Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, México, en el toca de apelación 844/2010, señalado como tercera perjudicada a Adriana Marcela Rivas Gasca y a la Sucesión de Abigail Anguiano de Gaspar, y como autoridad responsable a esta Sala. Respecto a la tercera perjudicada Adriana Marcela Rivas Gasca, el seis de mayo de dos mil once, se dictó un auto en el que se ordena su emplazamiento por edictos a costa de la parte quejosa, por lo que se hace saber a Adriana Marcela Rivas Gasca, que deberá presentarse a deducir sus derechos si lo creyere conveniente, ante el Cuarto Tribunal Colegiado citado, dentro del termino de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de Toluca, y en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se le harán a través de los estrados de la autoridad federal. Fíjese en la puerta de esta sala copia de esta resolución, por todo el tiempo que dure el emplazamiento, quedando a su disposición en esta Alzada, copia simple de la demanda de garantías. Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana. Se expide el veinte de mayo de dos mil once.
Secretario de Acuerdos
Lic. Selene Leal Pérez
Rúbrica.
(R.- 325989)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Culiacán, Sinaloa
EDICTO
Agrícola Península La Paz, Sociedad Anónima de Capital Variable.
EN
AUTOS DEL JUICIO AMPARO 332/2010, PROMOVIDO POR DRISKILL AGRICULTURAL
SERVICES, INC, POR CONDUCTO DE SU APODERADO LEGAL ADALBERTO TERAN
MARTINEZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO
CIVIL, Y POR IGNORARSE SU DOMICILIO, POR AUTO PROPIA FECHA ORDENOSE
SU EMPLAZAMIENTO POR EDICTO QUE SE PUBLICARAN
POR TRES VECES, DE
SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO
DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION REPUBLICA; HAGASELE SABER DEBERA
PRESENTARSE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS DEL
SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION EFECTUADA PARA QUE RECIBA LA
COPIA DEL EMPLAZAMIENTO, EN LA INTELIGENCIA DE QUE, SI PASADO ESTE
TERMINO NO COMPARECE POR SI, POR APODERADO O POR GESTOR QUE PUEDA
REPRESENTARLO, SE CONTINUARA CON EL JUICIO Y LAS SUBSECUENTES
NOTIFICACIONES SE LE HARAN POR MEDIO DE LISTA DE ACUERDOS QUE SE FIJA
EN LOS ESTRADOS DE ESTE TRIBUNAL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 30,
FRACCION II,
DE LA LEY DE AMPARO, AUDIENCIA CONSTITUCIONAL DIEZ
HORAS CUARENTA Y DOS MINUTOS DEL VEINTINUEVE DE JUNIO DE DOS MIL
ONCE.
“ACTOS RECLAMADOS: “LA ILEGAL NOTIFICACION A DRISKILL AGRICULTURAL SERVICES INC, SOBRE LA INICIACION DEL JUICIO SUMARIO CIVIL HIPOTECARIO SEGUIDO POR NUEVA AGROINDUSTRIAS DEL NORTE, S.A. DE C.V. EN CONTRA DE AGRICOLA PENINSULA LA PAZ, S.A. DE C.V., TRAMITADO ANTE EL JUEZ CUARTO DE LO CIVIL EN CULIACAN, SINALOA, BAJO EL NUMERO DE EXPEDIENTE 1372/2007. SE RECLAMAN TAMBIEN TODOS LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DE DICHO JUICIO, COMO SON LA ILEGAL SENTENCIA Y REMATE QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE DECRETE O HUBIESE DECRETADO EN CONTRA DEL BIEN SOBRE EL QUE LA QUEJOSA ES ACREEDOR HIPOTECARIO EN PRIMER LUGAR”.
Culiacán, Sin., a 31 de mayo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sinaloa
Guadalupe Félix López
Rúbrica.
(R.- 327000)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Tercero Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL
MORELIA, MICHOACAN.
CONVOQUESE POSTORES:
Dentro de los autos que integran el Juicio Ejecutivo Mercantil número 1057/09, promovido por el licenciado LUIS ROGELIO MONTOYA ZAVALA, endosatario en procuración de AARHUSKARLSHAMN MEXICO, S.A. DE C.V. frente a MOISES LOPEZ RODRIGUEZ, se ordenó sacar a remate en TERCERA ALMONEDA los siguientes bienes inmuebles:
1.- Un predio agrícola, Lote número 14 catorce, Colonia Guadalajara, Comondú, Baja California Sur, el cual cuenta con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 1,000 mil metros, colindando con lote número 6; AL SUR: 1,000, mil metros, con Lote número 13 trece; AL ORIENTE: 1,000, mil metros, con Lotes números 10 y 11; AL PONIENTE: 1,000, mil metros, con lote número 15; con una superficie total de 100,000 M2., cien mil metros cuadrados.
Debiendo servir de base a dicha almoneda, por lo que respecta al inmueble descrito, la cantidad de $1’417,365.90 (UN MILLON CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS 90/100 M.N). y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha cantidad.-
2.- Un predio agrícola. Lote número 9, Colonia Acatic, Valle de Santo Domingo, en el Municipio de Comondú, Baja California Sur, el cual cuenta con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 1,000, mil metros, colindando con Lote número 11; AL SUR: 1,000, mil metros, con lote número 5 cinco; AL ORIENTE: 1,000 M., mil metros, con Lote número 8; AL PONIENTE: 1,000, mil metros, con lote número 10; con una superficie total de 100,000 M2., cien mil metros cuadrados.
Debiendo servir de base a dicha almoneda, por lo que respecta al inmueble descrito, la cantidad de $93,063.60 (NOVENTA Y TRES MIL SESENTA Y TRES PESOS 60/100 M.N). y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha cantidad.-
Convóquese postores mediante la publicación de 1 solo edicto, que deberá de publicarse en los estrados de este Juzgado, Diario Oficial de la Federación y lugar de ubicación de los inmuebles sujetos a remate, por conducto del Juez Competente y en Turno de Ciudad Constitución, Baja California Sur.-
El remate tendrá verificativo a las 13:00 trece horas del día 27 veintisiete de junio del año en curso, en la secretaria de este Juzgado.
Morelia, Mich., a 20 de mayo de 2011.
La Secretaria
Lic. Hortencia Guzmán Martínez
Rúbrica.
(R.- 326779)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Juzgado Vigésimo Cuarto Civil
Secretaría "A"
No. Exp. 1197/07
EDICTO
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por NUÑEZ RIVERA DIEGO ARMANDO HOY TORRES ARREOLA ALEJANDRO en contra de ROMO CORTES RICARDO, expediente número 1197/2007, el C. Juez Vigésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal LIC. ALEJANDRO PEREZ CORREA dictó un (os) autos (s) que a la letra y en conducente dice (n):
México, Distrito Federal a treinta de mayo del dos mil once.
Agréguese a sus autos el escrito con folios 46, como se solicita se señalan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA CUATRO DE JULIO DEL DOS MIL ONCE, día y hora en que lo permiten las labores del juzgado para que tenga verificativo la audiencia de remate ordenada en autos, debiéndose prepararse en forma y términos que se especifican en auto del diecisiete de marzo del dos mil once. NOTIFIQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal Licenciado ALEJANDRO PEREZ CORREA, quien actúa ante el C. Secretario de acuerdos Licenciado Onésimo Lugo Godínez, quien autoriza y da fe. Doy Fe.
México, Distrito Federal a diecisiete de marzo del dos mil once.
Agréguese a sus autos el escrito de cuenta, (...) se señalan las (...), día y hora en que lo permiten las labores del juzgado para que tenga verificativo la celebración del REMATE EN ALMONEDA PUBLICA del inmueble embargado en autos ubicado en ZONA 01, MANZANA 21, LOTE 3-A, COLONIA SANTA MARIA AZTAHUACAN, DELEGACION IZTAPALAPA, DISTRITO FEDERAL; debiéndose convocar postores por medio de edictos que se publiquen por TRES VECES, dentro del plazo de NUEVE DIAS HABILES, en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION y en los ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, siendo el precio base del remate la cantidad de $1'000,000.00 (UN MILLON DE PESOS 00/100 M.N.) valor que arrojo el avalúo exhibido por la parte actora, siendo postura legal la que cubra dicha cantidad. Debiendo los licitadores exhibir cuando menos el diez por ciento del precio base para tomar parte en la subasta, lo anterior de conformidad con lo previsto por los artículos 1257, 1411, del Código de Comercio, 474 y 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles. NOTIFIQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal Licenciado ALEJANDO PEREZ CORREA, quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado ONESIMO LUGO GODINEZ, quien autoriza y da fe, lo que se hace saber a las partes en términos del artículo 115 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. DOY FE.
México, D.F., a 1 de junio de 2011.
El C. Secretario de Acuerdos
Lic. Onésimo Lugo Godínez
Rúbrica.
(R.- 327111)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, con sede en Mérida, Yucatán
EDICTO
DOLORES AMELIA GUTIERREZ RIVERA (O) DOLORES GUTIERREZ RIVERO.
DOMICILIO DESCONOCIDO.
(TERCERO PERJUDICADA)
En cumplimiento al auto de veintitrés de mayo de dos mil once, dictado en los autos del juicio de amparo número 1401/2010, radicado en este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Yucatán, promovido por Marcelino García Franco, defensor particular de EMANUEL BARRERA SANCHEZ, contra actos que reclama del Juez Cuarto Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, se ordenó en el presente juicio de amparo el emplazamiento por Edictos a la tercero perjudicada DOLORES AMELIA GUTIERREZ RIVERA (O) DOLORES GUTIERREZ RIVERO; el cual deberá ser publicado por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DlAS en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO “REFORMA”, el segundo, por ser el de mayor circulación en la República Mexicana, donde se le hará saber a la referida tercero perjudicada, que el expediente en el que se actúa, queda a su disposición para que se imponga de autos en la Secretaría de este Juzgado, debiendo señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones se harán por lista; lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Actuaría de este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Yucatán, copia simple de la demanda.
Por último, de conformidad con el Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y acceso a la información Pública, hágase del conocimiento de las partes que tiene expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales, en términos del artículo 8 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental cuando se presente una solicitud de acceso a alguna de las resoluciones o a las pruebas y demás constancias que obren en el expediente respectivo, siempre y cuando la unidad administrativa que lo tenga bajo su resguardo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello si la resolución solicitada, que se estime definitiva y haya causado ejecutoria, las pruebas o las demás constancias contienen información considerada como reservada en términos de lo previsto en la fracción IV del artículo 13 de la Ley referida, así como para precisar las constancias que en su caso, consideran reservadas confidenciales, esto último atendiendo a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6o. del ordenamiento reglamentario en consulta.
Mérida, Yuc., a 23 de mayo de 2011.
La Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Yucatán
Lic. Mirza Estela Be Herrera
Rúbrica.
(R.- 327054)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, JUZGADO DECIMOTERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, A DIEZ DE MAYO DE DOS MIL ONCE.
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AUTORIZACION PARA VENTA DE PRENDA NUMERO
718/2010 PROMOVIDO POR COÖPERATIEVE CENTRALE RAIFFEISEN
BOERENLEENBANK, B.A., RABOBANK NEDERLAND, SUCURSAL NUEVA YORK
(RABOBANK) CONTRA COMPAÑIA ARROCERA COVADONGA, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SE RECLAMO SE AUTORICE LA VENTA DE LA
PRENDA QUE SE CONSTITUYO PARA GARANTIZAR LAS OBLIGACIONES QUE ASUMIO
EN EL CONTRATO; LA PRENDA SE CONSTITUYO EN TERMINOS DE LO SEÑALADO
EN LA CLAUSULA PRIMERA DE LOS CONTRATOS DE PRENDA CONTENIDOS EN EL
ACTA 100 Y EN EL ACTA 101, AMBAS DEL TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS
MIL DIEZ; TAL PRENDA SE CONSTITUYO SOBRE LOS DERECHOS MARCARIOS QUE
DERIVAN DE LOS TITULOS IDENTIFICADOS EN LOS REGISTROS SIGUIENTES:
ACTA 100: a) MARCA "COVADONGA” CON REGISTRO 355869; b)
MARCA "COVADONGA Y DISEÑO” CON REGISTRO 893215; c)
MARCA “COVADONGA Y DISEÑO” CON REGISTRO 517857;
d) MARCA "COVADONGA” CON REGISTRO 517561; e) MARCA
INNOMINADA SIGNO DISTINTIVO (DISEÑO), CON REGISTRO 554500; f)
MARCA “COVADONGA LINEA GOURMET" CON REGISTRO 901129; g)
MARCA "COVADONGA SINALOA Y DISEÑO" CON REGISTRO
962071; h) AVISO COMERCIAL "COVADONGA, SABOR Y TRADICION QUE DA
CONFIANZA" CON REGISTRO 40988; i) AVISO COMERCIAL "COVADONGA,
SABOR Y TRADICION QUE DA CONFIANZA" CON REGISTRO 40989; j)
"MEXICA Y DISEÑO” CON REGISTRO 938577; k) "MEXICA
Y DISEÑO" CON REGISTRO 932301; l) “MEXICA”
CON REGISTRO 431506; m) "MEXICA” CON REGISTRO 575255; n)
"MEXICA Y DISEÑO" CON REGISTRO 514109; o) "MEXICA
Y DISEÑO" CON REGISTRO 642905; p) "MEXICA” CON
REGISTRO 578207;
q) "LA VIRGEN" CON REGISTRO 537175.
ACTA 101: a) "INSURGENTE Y DISEÑO” CON REGISTRO
550445; b) “INSURGENTE Y DISEÑO'' CON REGISTRO 529755;
c) “MORELOS INSURGENTE Y DISEÑO" CON REGISTRO
970151; d) “MORELOS INSURGENTE Y DISEÑO” CON
REGISTRO 966616; e) “MORELOS INSURGENTE Y DISEÑO"
CON REGISTRO 1105466; f) “MORELOS INSURGENTE Y DISEÑO"
CON REGISTRO 1105465; g) “MORELOS INSURGENTE MORELOS Y DISEÑO"
CON REGISTRO 792440; h) “MORELOS INSURGENTE Y DISEÑO"
CON REGISTRO 809886; i) "ECATEPEC DE MORELOS CON REGISTRO
355289; j) "MORELOS TRADICIONAL" CON REGISTRO 901128; k)
"ECATEPEC DE MORELOS INSURGENTE Y DISEÑO" CON
REGISTRO 813974; I) “ECATEPEC DE MORELOS" CON REGISTRO
479019; m) "MORELOS INSURGENTE MORELOS" CON REGISTRO
763924; n) "LOS MEXICANISIMOS DE MORELOS" CON REGISTRO
985277; o) “ECATEPEC DE MORELOS INSURGENTE” CON REGISTRO
743546; p) "MORELOS INSURGENTE EXPRESS" CON REGISTRO
1105021; q) "MORELOS INSURGENTE TRADICIONAL EL FRIJOL DE MEXICO"
CON REGISTRO 35909; r) "PRACTIBOLSA MORELOS” CON REGISTRO
988777; s) "ECATEPEC DE MORELOS INSURGENTE MORELOS Y DISEÑO"
CON NUMERO DE REGISTRO 813930; y t) "MORELOS INSURGENTE EXPRESS"
CON REGISTRO 1103405; ASI MEDIANTE PROVEIDO DE DIEZ DE MAYO DE DOS
MIL ONCE, SE ORDENO EMPLAZAR A LA DEMANDADA POR MEDIO DE EDICTOS QUE
SE PUBLICARAN POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION Y EN EL PERIODICO "DIARIO DE MEXICO", PARA QUE
DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS SIGUIENTES A LA ULTIMA
PUBLICACION, SE PRESENTE A ESTE JUZGADO A OPONER LAS EXCEPCIONES Y
DEFENSAS A EFECTO DE DEMOSTRAR LA IMPROCEDENCIA DE LA VENTA DE LA
PRENDA APERCIBIDO QUE DE NO HACERLO SE PROCEDERA EN TERMINOS DEL
ARTICULO 341 DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO.
México, D.F., a 10 de mayo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Alejandra Piña González
Rúbrica.
(R.- 327203)
AVISOS GENERALES
|
OPERADORA DE FONDOS DE INVERSION VE POR MAS, S.A. DE C.V.
SOCIEDAD OPERADORA DE SOCIEDADES DE INVERSION
GRUPO FINANCIERO VE POR MAS
(SOCIEDAD FUSIONANTE)
Y
ADMINISTRADORA CORPORATIVA AGG, S.A. DE C.V.
ADMINISTRADORA CORPORATIVA CRECE, S.A. DE C.V.
ADMINISTRADORA CORPORATIVA JGL, S.A. DE C.V.
ADMINISTRADORA CORPORATIVA RINDE, S.A. DE C.V.
ADMINISTRADORA CORPORATIVA SOLIDA, S.A. DE C.V.
ADMINISTRADORA CORPORATIVA SPQ, S.A. DE C.V.
(SOCIEDADES FUSIONADAS)
Para efectos y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 fracción V de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, se publican los acuerdos relativos a la fusión de la Sociedad FUSIONANTE y las Sociedades FUSIONADAS.
De conformidad con las resoluciones adoptadas por las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de la Sociedad FUSIONANTE y de las Sociedades FUSIONADAS, celebradas el 25 de enero de 2011, se resolvió fusionar a dichas sociedades, subsistiendo OPERADORA DE FONDOS DE INVERSION VE POR MAS, S.A. DE C.V., SOCIEDAD OPERADORA DE SOCIEDADES DE INVERSION, GRUPO FINANCIERO VE POR MAS y desapareciendo las Sociedades FUSIONADAS.
La Sociedad FUSIONANTE y las Sociedades FUSIONADAS aprobaron que las cifras que sirvan como base para realizar la fusión sean las que arroja el balance general incluido en los estados financieros con cifras al mes de noviembre de 2010, debiéndose por lo tanto, en la fecha que surta efectos la fusión, consolidar en la Sociedad FUSIONANTE, las cuentas de activo, pasivo y capital contable de las Sociedades FUSIONADAS, con las actualizaciones correspondientes.
Una vez que se lleve a cabo la inscripción correspondiente en el Registro Público de Comercio respectivo, previa la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en términos de lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, la fusión surtirá plenos efectos entre las partes así como para efectos fiscales.
Asimismo, convinieron en que al surtimiento de efectos de las fusiones, la Sociedad FUSIONANTE asumirá a título universal el patrimonio de las Sociedades FUSIONADAS, incluyendo todos los bienes y derechos, así como todas las obligaciones y pasivos de cualquier naturaleza de esta última, al valor que tengan en libros al momento en que surta efectos la fusión, por lo que la Sociedad FUSIONANTE asumirá sin reserva ni limitación alguna el capital contable, activo, pasivo y cuentas de orden de las Sociedades FUSIONADAS, existentes a dicha fecha. En consecuencia, la Sociedad FUSIONANTE quedará obligada a cumplir en su oportunidad con todas las obligaciones civiles, mercantiles, laborales, fiscales, administrativas y de cualquier otra índole existentes a cargo de las Sociedades FUSIONADAS y sustituirá a éstas en todas las garantías otorgadas por ellas, derivadas de contratos, convenios, licencias, permisos, concesiones y, en general, actos y operaciones realizadas por las Sociedades FUSIONADAS.
México, D.F., a 10 de junio de 2011.
Operadora de Fondos de Inversión Ve por Más, S.A. de C.V.,
Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión,
Grupo Financiero Ve por Más
Delegado Especial
Almaquio Basurto Rosas
Rúbrica.
(R.- 327012)
Diconsa, S.A. de C.V.
Sucursal Tamaulipas
Diconsa, S.A. de C.V., Sucursal Tamaulipas; con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 58, numeral V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, en el Artículo 131 de la Ley General de Bienes Nacionales, así como en el Capítulo V, Base Trigésima Novena de las Bases Generales para la Administración, Registro, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de Diconsa S.A. de C.V., en vigor; convoca a personas físicas y morales a participar en la licitación pública número LPN/003/DIC-TAM/EBM/2011, relativo a la enajenación por lote de los bienes muebles y vehículos en regulares y malas condiciones que se describen a continuación:
Bienes en malas condiciones
Lote |
Tipo de bien |
Piezas |
Ubicación * |
Precio mínimo de venta |
1 |
Equipo de cómputo |
68 |
Almacén Central |
$2,498.50 |
2 |
Mobiliario y equipo de oficina |
28 |
Almacén Central |
$652.00 |
3 |
Maquinaria y equipo |
57 |
Almacén Central |
$100,020.00 |
4 |
Equipo de tienda |
984 |
Almacén Central |
$21,460.00 |
5 |
Llantas diferentes tamaños |
150 |
Almacén Central |
$7,500.00 |
Unidades vehiculares en regulares y malas condiciones
No. Econ. |
Descripción |
Marca |
Modelo |
Ubicación |
Precio mínimo de venta |
2820011 |
Pick up |
NISSAN |
2002 |
Almacén Central |
$19,400.00 |
2820021 |
Pick up |
NISSAN |
2002 |
Almacén Central |
$17,300.00 |
2810014 |
Camión Redilas |
DINA |
1993 |
Almacén Central |
$90,300.00 |
2810022 |
Tractocamión |
DINA |
1993 |
Almacén Central |
$145,800.00 |
Las
bases y especificaciones tienen un costo de $1,500.00 (un mil
quinientos pesos 00/100 M.N.). Están a la disposición
de los interesados en la Tesorería de Diconsa S.A. de C.V.,
sucursal Tamaulipas, cuyas oficinas se ubican en bulevar Tamaulipas
kilómetro 701 número 3448 Residencial Campestre, así
como en la Dirección de Administración y Recursos
Humanos de Diconsa, S.A. de C.V.; ubicadas en avenida Insurgentes Sur
número 3483, colonia Villa Olímpica, Miguel Hidalgo,
Delegación Tlalpan, México D.F.; al teléfono
01-55-52-29-07-00 extensiones 65611, 65614 y 65624.
La venta de bases para la licitación será diariamente en días hábiles, de 10:00 a 12:00 horas, a partir del día de publicación de la presente convocatoria y hasta el día 23 de junio del año en curso, debiendo realizar dicho pago mediante cheque certificado o de caja a favor de Diconsa, S.A. de C.V.
Los bienes objeto de la presente licitación podrán ser inspeccionados por quienes adquieran bases del 17 al 29 de junio de 2011, en días hábiles, de 9:00 a 14:00 horas, previa cita con el C. Kielco Alfonso Guel Saldierna, al teléfono (834) 316-06-62, extensiones 71316 y 71370.
Todos los participantes en la licitación que hayan comprado bases deberán entregar en sobre cerrado de manera inviolable la documentación legal requerida en las bases así como sus ofertas, el día 30 de junio de 2011 a las 10:01, en el Centro de Calidad de la sucursal Tamaulipas, ubicada en bulevar Tamaulipas kilómetro 701 número 3448 Residencial Campestre, Ciudad Victoria Tamaulipas.
La licitación pública se llevará a cabo conforme al siguiente calendario de eventos:
Fecha y hora de la junta de aclaraciones |
Fecha y hora de registro de asistentes |
Fecha y hora del acto de apertura de ofertas |
Fecha y hora del acto de fallo |
22 de junio de 2011 11:00 Hrs. |
30 de junio de 2011 de 9:30 a 10:00 Hrs. |
30 de junio de 2011 10:01 Hrs. |
30 de junio de 2011 15:00 Hrs. |
Dichos eventos se realizarán en la sala de juntas de Diconsa, S.A. de C.V., Sucursal Tamaulipas, sita ubicada en bulevar Tamaulipas kilómetro 701 número 3448 Residencial Campestre, Ciudad Victoria, Tamaulipas.
Los interesados en participar en la licitación deberán garantizar su oferta mediante cheque certificado o de caja expedido por una institución o sociedad nacional de crédito. El documento que se elija deberá ser expedido en favor de Diconsa, S.A. de C.V., por el importe correspondiente al 10% del valor de su oferta, de los bienes por los que presente propuesta, sin incluir IVA.
La entrega física y documental de los bienes será dentro de los 10 días hábiles posteriores al acto de fallo, previa realización del pago total correspondiente por parte de los adjudicatarios, el cual deberá hacerse dentro de los 5 días hábiles posteriores al fallo de adjudicación.
Se procederá a la subasta de los bienes que no se logre su venta, siendo postura legal en la primera almoneda las dos terceras partes del precio mínimo de avalúo considerado en esta licitación, y un 10% menos en la segunda almoneda.
Ciudad Victoria, Tamps., a 14 de junio de 2011.
Presidente del Subcomité de Bienes Muebles
de Diconsa S.A. de C.V., Sucursal Tamaulipas
Encargado de la Gerencia Estatal de Sucursal Tamaulipas
C. Rosa María Uribe Mora
Rúbrica.
(R.- 327236)
AVISO AL PUBLICO
REQUISITOS NECESARIOS PARA LA INSERCION DE DOCUMENTOS A PUBLICAR:
• Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación de su documento, con dos copias legibles.
• Original del documento a publicar en papel membretado, con sello legible, firma autógrafa y fecha de expedición del mismo, sin alteraciones y acompañado de dos copias legibles.
• En caso de documentos a publicar de empresas privadas, deberá anexar copia de la cédula del R.F.C.
• En caso de licitación pública o estado financiero, necesariamente deberá acompañar su documentación con un disquete en cualquier procesador WORD.
• El pago por derechos de publicación deberá efectuarse mediante el esquema para pago de derechos e5cinco del SAT en ventanilla bancaria o a través de Internet, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El comprobante de pago deberá presentarse (el original que devuelve la institución bancaria o la impresión original del pago realizado en Internet), acompañado de una copia simple. El original del pago será resguardado por esta Dirección.
LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARAN DE LA SIGUIENTE FORMA:
• Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público recibidas los días miércoles, jueves y viernes, se publicarán el siguiente martes, y las recibidas en lunes y martes, se publicarán el siguiente jueves.
• Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asambleas se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibido y pagado, y tres días después si se acompañan con disquete, mientras que los estados financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación.
• El disquete deberá contener un solo archivo con toda la información.
• Por ningún motivo se recibirá documentación que no cubra los requisitos antes señalados.
• Horario de recepción de 9:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.
• Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081. Fax extensión 35076.
Nota:
Si envía la documentación por correspondencia o
mensajería, favor de anexar guía prepagada
de la
mensajería de su preferencia, correctamente llenada, para
poder devolverle la forma fiscal que le corresponde.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Gobernación
EDICTO
Al margen el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación. Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos.
RODRIGO GONZALEZ MEDELLIN.
Respecto al escrito presentado el 26 de noviembre de 2010, con folio 31060, se dictó el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Los requisitos a cumplir para la obtención del permiso que refiere en la consulta de mérito, se señalan en los artículos 20 fracción I, 21, 22 y en su caso 30, del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos vigente desde el 15 de octubre de 2004.
Atentamente
México, D.F., a 23 de mayo de 2011.
Directora General Adjunta de Juegos y Sorteos
Lic. Ma. Guadalupe López Mares
Rúbrica.
(R.- 327411)
MULTIPRESTAMOS MEXICANOS, S.A. DE C.V. BALANCE
FINAL DE LIQUIDACION ACTIVO 3’492,452.36 TOTAL ACTIVO 3’492,452.36 PASIVO 0.00 CAPITAL 3’492,452.36 SUMA PASIVO Y CAPITAL 3’492,452.36 Metepec, Edo. de Méx., a 7 de junio de 2011. Liquidador Ing. Ricardo Rafael Osuna Urrea Rúbrica. (R.- 327242) |
|
SOLVENCIAS DEL MAYAB, S.A. DE C.V. BALANCE
FINAL DE LIQUIDACION ACTIVO 462,209.70 TOTAL ACTIVO 462,209.70 PASIVO 0.00 CAPITAL 462,209.70 SUMA PASIVO Y CAPITAL 462,209.70
México, D.F., a 7 de junio de 2011. Liquidador Ing. Ricardo Rafael Osuna Urrea Rúbrica. (R.- 327247) |
MULTIPRESTAMOS MEXICANOS DEL VALLE DE MEXICO, S.A. DE C.V.
BALANCE
FINAL DE LIQUIDACION
AL 31 DE MAYO DE 2011
ACTIVO 69,227.02
TOTAL ACTIVO 69,227.02
PASIVO 1’003,485.03
CAPITAL -934,258.01
SUMA PASIVO Y CAPITAL 69,227.02
Atizapán de Zaragoza, Edo. de Méx., a 7 de junio de 2011.
Liquidador
Ing. Ricardo Rafael Osuna Urrea
Rúbrica.
(R.- 327245)
AVISO AL PUBLICO
Se informa al público en general que los costos por suscripción semestral y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, son los siguientes:
Suscripción semestral al público: $ 1,172.00
Ejemplar de una sección del día: $ 11.00
*El precio se incrementa en $4.00 por cada sección adicional.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Comisión Federal de Electricidad
Gerencia Regional de Transmisión Peninsular
CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA No. LPTNPE0111
En cumplimiento a las disposiciones que establecen la Ley General de Bienes Nacionales y las Bases Generales para la Disposición Final y Baja de los Bienes Muebles de CFE, se convoca a las personas físicas y morales nacionales, a participar el día 30 de junio de 2011 en la licitación pública número LPTNPE0101 para la venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se indican:
No. lote |
Descripción |
Cantidad y unidad de medida |
Valor mínimo para venta $ |
Depósito |
01 |
Desecho ferroso de segunda |
34,900 Kg Aprox. |
1.57 |
5,479.30 |
02 |
Llantas segmentadas y/o no renovables |
3,000 Kg Aprox. |
0.18 |
54.00 |
03 |
Plástico |
300 Kg Aprox. |
0.85 |
25.50 |
04 |
Conductores eléctricos de cobre con forro de plástico de diversos tipos y calibres |
800 Kg Aprox. |
64.33 |
5,146.40 |
05 |
Aisladores de porcelana |
37,200 Kg Aprox. |
0.36 |
1,339.20 |
06 |
Artículos de porcelana con herraje |
22,500 Kg Aprox. |
0.46 |
1,012.50 |
07 |
Desecho ferroso vehicular |
1,300 Kg Aprox. |
4.53 |
588.90 |
08 |
Aluminio |
3,200 Kg Aporx. |
19.36 |
6,195.20 |
Los bienes se localizan en diversos almacenes: en las ciudades de Mérida y Valladolid, en el Estado de Yucatán, Lerma y Escárcega en el Estado de Campeche; Cancún y Chetumal en el Estado de Quintana Roo, cuyos domicilios se detallan en la relación de bienes anexa a las bases. Los interesados podrán consultar y adquirir las bases de la licitación del 17 al 28 de junio de 2011 en días hábiles, consultando la página electrónica de CFE: http://www.cfe.gob.mx/QuienesSomos/ventadebienes/Muebles2011/Paginas/Muebles2011.aspx y el pago de $4,500.00 pesos más IVA, mediante el depósito bancario en efectivo en la cuenta del Banco BBVA Bancomer al convenio CIIE 627003 con número de referencia 3068PW00002 y enviar copia del comprobante del pago efectuado anotando previamente su nombre y razón social, domicilio fiscal y RFC al correo electrónico juan.bustos@cfe.gob.mx y también al tanus09@yahoo.com.mx de los cuales se les enviará un e-mail de acuse de recibo, o acudir a las oficinas ubicadas en la Gerencia Regional de Transmisión Peninsular, ubicadas en la Calle 24 número 199 X 35 y 37, colonia Chuburná de Hidalgo en Mérida, Yucatán, con el L.A.E. Juan Carlos Bustos García, Jefe de la Oficina Regional de Almacenes y Tráfico, a los teléfonos 01 999 9423088 / 81 / 00, extensión 30418 / 19, así como en la Unidad de Enajenación de Bienes Muebles, sita en Río Ródano número 14, 8o. piso, sala 807, colonia Cuauhtémoc, México, D.F., con el ingeniero José Manuel Martínez Basterra, Jefe de la Unidad, al teléfono 01 55 52294400, extensión 84237 en horario de 10:00 a 13:00 horas presentando identificación con validez oficial y del Registro Federal de Contribuyentes. La verificación física de los bienes se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan del 17 al 28 de junio de 2011, en horario de 8:30 a 13:30 horas en días hábiles. El registro de inscripción y recepción de la documentación establecida en las bases para participar en la licitación se efectuará el 30 de junio de 2011 en horario de 9:30 a 10:00 horas en el Auditorio del Centro de Capacitación de la Gerencia Regional de Transmisión Peninsular, en Calle 24 número 199 x 35 y 37, colonia Chuburná de Hidalgo, código postal 97200, en Mérida, Yucatán. Los depósitos en garantía se constituirán mediante cheques de caja expedidos por instituciones de crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad, por los importes establecidos para los lotes de bienes que se licitan. El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 30 de junio de 2011, a las 13:30 horas, en el domicilio señalado con anterioridad en el entendido de que los interesados deberán cumplir con lo establecido en las bases respectivas y en caso contrario no podrán participar en el evento. El acto de fallo correspondiente se efectuará el 30 de junio de 2010, a las 15:30 horas, en el domicilio señalado con anterioridad. De no lograrse la venta de los bienes una vez emitido el fallo de la licitación, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor mínimo para venta considerado en la licitación y un 10% menos en segunda almoneda. El retiro de los bienes se realizará en un plazo máximo de 30 días hábiles, posteriores a la fecha de pago de los mismos.
Atentamente
México, D.F., a 17 de junio de 2011.
Gerente Regional
Ing. José Luis Ixta Valdés
Rúbrica.
(R.- 327231)
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia Jurídica
Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros A
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros A
312-3/34631/2011
Expediente CNBV.312.211.23 (5519)
Asunto: Se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de esa entidad.
Inter Banco, S.A.
Institución de Banca Múltiple
(antes Banco Regional, S.A., Institución de Banca Múltiple
Banregio Grupo Financiero)
Río Tíber 70, piso 5
Col. Cuauhtémoc 06500, México, D.F.
At’n.: Lic. Jorge Garza Adame
Director General
Mediante oficio 312-3/34505/2011 de fecha 7 de enero 2011, esta Comisión aprobó la reforma a los artículos primero, tercero y quinto de los estatutos sociales de esa institución (entonces denominada Banco Regional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero), en los términos del proyecto de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas remitido al efecto, que incluía el cambio de su denominación a “Inter Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple” y de domicilio social a la Ciudad de México, D.F.
En cumplimiento al requerimiento contenido en el oficio de referencia, con escrito del pasado 24 de marzo presentan a esta Comisión copia certificada de la escritura pública 16,248 de fecha 22 de marzo de 2011, otorgada ante la fe del Lic. Héctor Mauricio Villegas Garza, notario número 122 de Monterrey, N.L. e inscrita en la misma fecha en el Registro Público de Comercio del Estado de Nuevo León, en la que formalizó la modificación estatutaria aprobada por resolución de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 1o. de febrero de 2011.
Por lo anterior y considerando que mediante oficio 210-05/2011 de fecha 10 de enero de 2011, esta Comisión autorizó a Grupo Intercam, S.A. de C.V. la adquisición de la totalidad menos una de las acciones representativas del capital social de “Banco Regional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero” y, asimismo, que con diverso UBVA/013/2011 de fecha 17 de marzo de 2011, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó la separación de “Banco Regional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero”, del grupo financiero “Banregio Grupo Financiero, S.A. de C.V.”, es de resolverse lo siguiente:
SE
MODIFICA LA “RESOLUCION POR LA QUE SE AUTORIZA LA ORGANIZACION
Y OPERACION
DE UNA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE DENOMINADA BANCO
REGIONAL, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, BANREGIO GRUPO
FINANCIERO”, CONTENIDA EN OFICIO 101-696 DE FECHA 17 DE
NOVIEMBRE DE 2006 PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL
15 DE DICIEMBRE DEL MISMO AÑO, MODIFICADA MEDIANTE OFICIO
UBVA/037/2009 DE FECHA 6 DE MARZO DE 2009 PUBLICADO EN EL CITADO
DIARIO EL 21 DE MAYO DEL MISMO AÑO, PARA QUEDAR COMO SIGUE:
“PRIMERO.-
En uso de la facultad que al Gobierno Federal, por conducto de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, le
confiere el artículo 8o. de la Ley de Instituciones de
Crédito, se autoriza la organización
y operación
de la institución de banca múltiple denominada “Inter
Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple”.
SEGUNDO.- La duración de la sociedad a que se refiere la presente Resolución será indefinida.
TERCERO.- El capital social de “Inter Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple”, es de $632´120,000.00 (seiscientos treinta y dos millones ciento veinte mil pesos 00/100) M.N.
CUARTO.- El domicilio de “Inter Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple”, es la Ciudad de México, D.F.
QUINTO.- La autorización a que se refiere la presente Resolución es, por su propia naturaleza, intrasmisible.
SEXTO.- Derogado.
SEPTIMO.- “Inter Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple”, estará sujeto a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
OCTAVO.- El servicio de banca y crédito que se preste por virtud de la presente Resolución, así como las demás operaciones y la organización de “Inter Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple”, se sujetará, en lo no señalado expresamente en esta Resolución, a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley de Instituciones de Crédito y a las disposiciones que, respecto a sus operaciones, emita el Banco de México y a las demás normas que, por su propia naturaleza, le resulten aplicables, así como a toda aquella legislación y regulación vigente aplicable a la materia, o la que se emita en el futuro.”
Atentamente
México, D.F., a 18 de abril de 2011.
Director General de Autorizaciones al Sistema Financiero Lic. José Antonio Bahena Morales Rúbrica. |
Director General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros A Lic. Efraín Solorio Pérez Rúbrica. |
(R.- 327339)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
Marca 963969 HORTIFRUT y diseño
ExPed P.C. 367/2011(C-99)3279
Folio 10307
NOTIFICACION POR EDICTO
HORTIFRUT, S.A.
Por escrito de fecha 28 de febrero de 2011, con folio de entrada 3279, MARTIN MICHAUS ROMERO, apoderado de la sociedad WAL-MART DE MEXICO, S.A. DE C.V., presentó la solicitud de declaración administrativa de caducidad de la marca 963969 HORTIFRUT y diseño, propiedad de la sociedad HORTIFRUT, S.A., haciendo consistir su acción en el artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.
Por lo anterior y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, la sociedad HORTIFRUT, S.A., el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
El presente se signa en la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V, XXII, 7o. Bis 2, Título Sexto y Séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante decretos publicados los días 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009, 6 de enero de 2010, 18 y 28 de junio de 2010, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c) subinciso ii, segundo guión, Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad, 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a VIII, XI y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda mediante decretos de 1 de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año en dicho medio informativo, así como decreto del 7 de septiembre de 2007); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V inciso c, subinciso ii) segundo guión, Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad, 18 fracciones I a la VIII, XI y XII y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004 en dicho medio informativo, y acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007), 1o., 3o. y 7o. primer párrafo incisos j), k), m), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo del Acuerdo que Delega Facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, publicadas en dicho medio informativo.)
Atentamente
2 de mayo de 2011.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Fernando Soler Aguilar
Rúbrica.
(R.- 327328)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
M. 964440 HORTIFRUT
ExPed. P.C. 369/2011 (C-101) 3283
Folio 9959
NOTIFICACION POR EDICTO
HORTIFRUT, S.A.
PRESENTE
Por escrito presentado en este Instituto el día 28 de febrero de 2011, con folio de entrada 3283, signado por MARTIN MICHAUS ROMERO, en nombre y representación de WAL-MART DE MEXICO, S.A.B. DE C.V., presentó la solicitud de declaración administrativa de caducidad del registro marcario 964440 HORTIFRUT, propiedad de HORTIFRUT, S.A., haciendo consistir su acción en el artículo 151 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, HORTIFRUT, S.A., el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
El
presente se signa en la Ciudad de México, con fundamento en
los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del
Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el
10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V, XXII, 7 Bis 2, Título
Sexto y Séptimo y demás aplicables de la Ley de la
Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 27 de junio
de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según
corresponda, mediante decretos publicados los días 2 de agosto
de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 mayo de 1999, 26 de enero de
2004, 16 de junio de 2005, 25
de enero de 2006, 6 de mayo de
2009, 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010, en dicho medio
informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c) subinciso ii),
segundo guión, Coordinación Departamental de
Cancelación y Caducidad, 4o., 5o., 11 último párrafo
y 14 fracciones I a VIII, XI y XII del Reglamento del Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el día 14 de diciembre de 1999
(reformado y adicionado, según corresponda mediante decretos
de 1o. de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se
publicó el 28 del mismo mes y año en dicho medio
informativo, así como decreto del 7 de septiembre de 2007);
1o., 3o., 4o., 5o. fracción V inciso c, subinciso ii) segundo
guión, Coordinación Departamental de Cancelación
y Caducidad, 18 fracciones I a la VIII, XI y XII y 32 del Estatuto
Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de
diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda,
mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de
2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004 en dicho
medio informativo, y acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007), y
1o., 3o. y 7o. primer párrafo incisos j), k), m), n), o), p),
q), r)
y s) y tercer párrafo del Acuerdo que delega
facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador,
Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales,
Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros
Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y
modificación, según corresponda, de 4 de febrero de
2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de
2007, publicadas en dicho medio informativo.)
Atentamente
27 de abril de 2011.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Fernando Soler Aguilar
Rúbrica.
(R.- 327330)
ARRENDADORA BANAMEX, S.A. DE C.V.
ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO
INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX
INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
Al Consejo de Administración y a los accionistas:
Hemos examinado los balances generales de Arrendadora Banamex, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Integrante del Grupo Financiero Banamex (la Arrendadora), al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de flujos de efectivo que les son relativos, por los años terminados en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la Arrendadora. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos, con base en nuestras auditorías.
Nuestros
exámenes fueron realizados de acuerdo con las normas de
auditoría generalmente aceptadas en México, las cuales
requieren que la auditoría sea planeada y realizada de tal
manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados
financieros no contienen errores importantes y de que están
preparados de acuerdo con los criterios de contabilidad para las
arrendadoras financieras en México.
La auditoría
consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la
evidencia que respalda las cifras y revelaciones en los estados
financieros; asimismo, incluye la evaluación de los criterios
de contabilidad utilizados, de las estimaciones significativas
efectuadas por la administración y de la presentación
de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que
nuestros exámenes proporcionan una base razonable para
sustentar nuestra opinión.
Como se explica en la nota 1 a los estados financieros, la Arrendadora está obligada a preparar y presentar sus estados financieros de acuerdo con los criterios de contabilidad para las arrendadoras financieras en México, establecidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la Comisión), dichos criterios en algunos aspectos difieren de las Normas de Información Financiera mexicanas (NIF), emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C., principalmente en la clasificación y presentación de algunos rubros dentro de los estados financieros.
Como se menciona en la nota 10 a los estados financieros, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la Arrendadora obtuvo el 100% de los préstamos bancarios con compañías relacionadas.
En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Arrendadora Banamex, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Integrante del Grupo Financiero Banamex al 31 de diciembre de 2010 y 2009, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en su capital contable y los flujos de efectivo por los años terminados en esas fechas, de conformidad con los criterios de contabilidad para las arrendadoras financieras en México, establecidos por la Comisión, tal como se describe en la nota 1 a los estados financieros.
21 de febrero de 2011.
KPMG Cárdenas Dosal, S.C.
C.P.C. Juan Carlos Laguna Escobar
Rúbrica.
ARRENDADORA BANAMEX, S.A. DE C.V.
ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO
INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX
DICTAMEN DEL COMISARIO
A la Asamblea de Accionistas:
En
mi carácter de Comisario y en cumplimiento con lo dispuesto en
el artículo 166 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y
los estatutos de Arrendadora Banamex, S.A. de C.V., Organización
Auxiliar del Crédito, Integrante del Grupo Financiero Banamex
(la Arrendadora), rindo a ustedes mi dictamen sobre la veracidad,
suficiencia y razonabilidad de la información contenida en los
estados financieros que se acompañan, la que ha presentado a
ustedes el Consejo de Administración por el año
terminado el 31
de diciembre de 2010.
He obtenido de los directores y administradores, las resoluciones adoptadas fuera de asamblea, la información sobre las operaciones, documentación y los registros que consideré necesario examinar. Asimismo, he revisado el balance general de Arrendadora Banamex, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Integrante del Grupo Financiero Banamex al 31 de diciembre de 2010 y sus correspondientes estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de flujos de efectivo por el año terminado en esa fecha, los cuales son responsabilidad de la administración de la Arrendadora. Mi revisión ha sido efectuada de acuerdo con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México.
Como se explica en la nota 1 a los estados financieros, la Arrendadora está obligada a preparar y presentar sus estados financieros de acuerdo con los criterios de contabilidad para las arrendadoras financieras en México, establecidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la Comisión), dichos criterios en algunos aspectos difieren de las Normas de Información Financiera mexicanas (NIF), emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C., principalmente en la clasificación y presentación de algunos rubros dentro de los estados financieros.
Como se menciona en la nota 10 a los estados financieros, al 31 de diciembre de 2010, la Arrendadora obtuvo el 100% de los préstamos bancarios con compañías relacionadas.
En mi opinión, los criterios y políticas contables y de información seguidos por la Arrendadora, y considerados por los administradores para preparar los estados financieros presentados por los mismos a esta asamblea, son adecuados y suficientes, en las circunstancias, y han sido aplicados en forma consistente con el ejercicio anterior; por lo tanto, dicha información refleja en forma veraz, razonable y suficiente la situación financiera de Arrendadora Banamex, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Integrante del Grupo Financiero Banamex al 31 de diciembre de 2010, los resultados de sus operaciones, las variaciones en su capital contable y los flujos de efectivo por el año terminado en esa fecha, de conformidad con los criterios de contabilidad para las arrendadoras financieras en México, establecidos por la Comisión, tal como se describe en la nota 1 a los estados financieros.
Atentamente.
México, D.F., a 21 de febrero de 2011.
Comisario
C.P.C. Jorge E. Peña Tapia
Rúbrica.
ARRENDADORA BANAMEX, S.A. DE C.V.
ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO, GRUPO FINANCIERO BANAMEX
ISABEL LA CATOLICA 165, OBRERA, DISTRITO FEDERAL, 06800
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en miles de pesos)
ACTIVO |
|
|
|
DISPONIBILIDADES |
|
|
$226,905 |
CUENTAS DE MARGEN |
|
|
|
INVERSIONES EN VALORES |
|
|
|
Títulos para negociar |
|
$0 |
|
Títulos disponibles para la venta |
|
0 |
|
Títulos conservados a vencimiento |
|
0 |
0 |
DEUDORES POR REPORTO (SALDO DEUDOR) |
|
|
0 |
DERIVADOS |
|
|
|
Con fines de negociación |
|
$0 |
|
Con fines de cobertura |
|
0 |
0 |
AJUSTES DE VALUACION POR COBERTURA DE ACTIVOS FINANCIEROS |
|
|
0 |
CARTERA DE ARRENDAMIENTO VIGENTE |
|
|
|
Cartera de arrendamiento comercial |
|
|
|
Actividad empresarial o comercial |
$1,399,302 |
|
|
Entidades financieras |
0 |
|
|
Entidades gubernamentales |
0 |
$1,399,302 |
|
Cartera de arrendamiento al consumo |
|
0 |
|
TOTAL CARTERA DE ARRENDAMIENTO VIGENTE |
|
$1,399,302 |
|
CARTERA DE ARRENDAMIENTO VENCIDA |
|
|
|
Cartera de arrendamiento comercial |
|
|
|
Actividad empresarial o comercial |
$298 |
|
|
Entidades financieras |
0 |
|
|
Entidades gubernamentales |
0 |
$298 |
|
Cartera de arrendamiento al consumo |
|
0 |
|
TOTAL CARTERA DE ARRENDAMIENTO VENCIDA |
|
$298 |
|
TOTAL CARTERA DE ARRENDAMIENTO |
|
$1,399,600 |
|
(-) MENOS: |
|
|
|
ESTIMACION PREVENTIVA PARA RIESGOS CREDITICIOS |
|
17,913 |
|
TOTAL DE CARTERA DE ARRENDAMIENTO (NETO) |
|
|
$1,381,687 |
OTRAS CUENTAS POR COBRAR (NETO) |
|
|
753 |
BIENES ADJUDICADOS |
|
|
0 |
INMUEBLES, MOBILIARIO Y EQUIPO (NETO) |
|
|
416,925 |
INVERSIONES PERMANENTES |
|
|
0 |
ACTIVOS
DE LARGA DURACION DISPONIBLES PARA |
|
|
0 |
IMPUESTOS DIFERIDOS (NETO) |
|
|
0 |
OTROS ACTIVOS |
|
|
|
Cargos diferidos, pagos anticipados e intangibles |
|
$7,250 |
|
Otros activos a corto y largo plazo |
|
0 |
$7,250 |
TOTAL ACTIVO |
|
|
$2,033,520 |
PASIVO Y CAPITAL |
|
|
|
PASIVOS BURSATILES |
|
$0 |
|
PRESTAMOS BANCARIOS Y DE OTROS |
|
|
|
ORGANISMOS |
|
|
|
De corto plazo |
$483,237 |
|
|
De largo plazo |
544,223 |
$1,027,460 |
|
COLATERALES VENDIDOS |
|
|
|
Reportos (saldo acreedor) |
$0 |
|
|
Derivados |
0 |
|
|
Otros Colaterales vendidos |
0 |
0 |
|
DERIVADOS |
|
|
|
Con fines de negociación |
0 |
|
|
Con fines de cobertura |
0 |
0 |
|
AJUSTES DE VALUACION POR COBERTURA DE PASIVOS FINANCIEROS |
|
0 |
|
OTRAS CUENTAS POR PAGAR |
|
|
|
Impuestos a la utilidad por pagar |
$0 |
|
|
Participación de los trabajadores por pagar |
0 |
|
|
Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar en asambleas de accionistas |
0 |
|
|
Acreedores por liquidación de operaciones |
155,012 |
|
|
Acreedores por cuentas de margen |
0 |
|
|
Acreedores diversos y otras cuentas por pagar |
8,961 |
163,973 |
|
OBLIGACIONES SUBORDINADAS EN CIRCULACION |
|
0 |
|
IMPUESTOS DIFERIDOS (NETO) |
|
51,391 |
|
CREDITOS DIFERIDOS Y COBROS ANTICIPADOS |
|
55,578 |
|
TOTAL PASIVO |
|
$1,298,402 |
|
CAPITAL CONTABLE |
|
|
|
CAPITAL CONTRIBUIDO |
|
|
|
Capital social |
$401,537 |
|
|
Aportaciones
para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea |
0 |
|
|
Prima en venta de acciones |
0 |
|
|
Obligaciones subordinadas en circulación |
0 |
$401,537 |
|
CAPITAL GANADO |
|
|
|
Reservas de capital |
$233,111 |
|
|
Resultado de ejercicios anteriores |
0 |
|
|
Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta |
0 |
|
|
Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo |
0 |
|
|
Resultado por tenencia de activos no monetarios |
0 |
|
|
Resultado neto |
100,470 |
333,581 |
|
TOTAL CAPITAL CONTABLE |
|
$735,118 |
|
TOTAL PASIVO Y CAPITAL CONTABLE |
|
$2,033,520 |
CUENTAS DE ORDEN |
|
Activos y pasivos contingentes |
$0 |
Colaterales recibidos por la entidad |
0 |
Colaterales recibidos y vendidos por la entidad |
0 |
Ingreso financiero devengado no cobrado derivado de la cartera de arrendamiento vencida |
28,530 |
Rentas devengadas no cobradas derivadas de operaciones de arrendamiento operativo |
0 |
Otras cuentas de registro |
0 |
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 19 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las organizaciones auxiliares del crédito, casas de cambio, uniones de crédito, sociedades financieras de objeto limitado y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se revela el monto del capital social histórico $64,799.
"El presente balance general se formuló de conformidad con los criterios de contabilidad para las arrendadoras financieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 52 y 53 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas las operaciones efectuadas por la organización auxiliar hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones aplicables. El presente balance general fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los directivos que lo suscriben."
Para mayor información consultar www.banamex.com/esp/grupo/inf_financiera.html y cnbv.gob.mx.
El índice de suficiencia del capital al 31 de diciembre de 2010 es de 36.31%.
Director General Act. Luis Felipe de Jesús Rubio Cervantes Rúbrica. |
Contralor C.P. Carlos López Ramos Rúbrica. |
Auditor Interno C.P. Alejandro Zirión Quijano Rúbrica. |
Contador General C.P. Armando Leos Trejo Rúbrica. |
ARRENDADORA BANAMEX, S.A. DE C.V.
ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO, GRUPO FINANCIERO BANAMEX
ISABEL LA CATOLICA 165, OBRERA, DISTRITO FEDERAL, 06800
ESTADO DE RESULTADOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en miles de pesos)
Ingresos por intereses |
$111,344 |
|
Ingresos por arrendamiento operativo |
163,246 |
|
Otros beneficios por arrendamiento capitalizable |
7,624 |
$282,214 |
Gastos por intereses |
$71,775 |
|
Depreciación de bienes en arrendamiento operativo |
97,481 |
|
Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) |
0 |
169,256 |
MARGEN FINANCIERO |
|
112,958 |
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
|
0 |
MARGEN FINANCIERO AJUSTADO POR RIESGOS CREDITICIOS |
|
$112,958 |
Comisiones y tarifas cobradas |
$2,254 |
|
Comisiones y tarifas pagadas |
176 |
|
Resultado por intermediación |
0 |
|
Otros ingresos (egresos) de la operación |
5,765 |
7,843 |
TOTAL DE INGRESOS (EGRESOS) DE LA OPERACION |
|
$120,801 |
Gastos de administración |
|
12,293 |
RESULTADO DE LA OPERACION |
|
$108,508 |
Otros productos |
$6,711 |
|
Otros gastos |
176 |
6,535 |
RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS A LA UTILIDAD |
|
$115,043 |
Impuestos a la utilidad causados |
$0 |
|
Impuestos a la utilidad diferidos (netos) |
14,573 |
14,573 |
RESULTADO ANTES DE PARTICIPACION EN SUBSIDIARIAS Y ASOCIADAS |
|
$100,470 |
Participación en el resultado de subsidiarias y asociadas |
|
0 |
RESULTADO ANTES DE OPERACIONES DISCONTINUADAS |
|
$100,470 |
Operaciones discontinuadas |
|
0 |
RESULTADO NETO |
|
$100,470 |
"El presente estado de resultados se formuló de conformidad con los criterios de contabilidad para las arrendadoras financieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52 y 53 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejados todos los ingresos y egresos derivados de las operaciones efectuadas por la organización auxiliar durante el periodo arriba mencionado, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones aplicables. El presente estado de resultados fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los directivos que lo suscriben."
Para mayor información consultar www.banamex.com/esp/grupo/inf_financiera.html y cnbv.gob.mx.
Director General Act. Luis Felipe de Jesús Rubio Cervantes Rúbrica. |
Contralor C.P. Carlos López Ramos Rúbrica. |
Auditor Interno C.P. Alejandro Zirión Quijano Rúbrica. |
Contador General C.P. Armando Leos Trejo Rúbrica. |
ARRENDADORA BANAMEX, S.A. DE C.V.
ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO, GRUPO FINANCIERO BANAMEX
ISABEL LA CATOLICA 165, OBRERA, C.P. 06800, MEXICO, D.F.
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en miles de pesos)
Resultado neto |
|
$100,470 |
Ajustes por partidas que no implican flujo de efectivo |
|
|
Utilidad o pérdida por valorización asociada a actividades de inversión y financiamiento |
$1,156 |
|
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
(5,748) |
|
Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro |
159 |
|
Pérdidas por deterioro o efecto por reversión del deterioro asociados a actividades de inversión y financiamiento |
0 |
|
Depreciaciones y amortizaciones |
97,481 |
|
Provisiones |
953 |
|
Impuestos a la utilidad causados y diferidos |
14,573 |
|
Participación en el resultado de subsidiarias no consolidadas y asociadas |
0 |
|
Operaciones discontinuadas |
0 |
|
Otros |
(11,457) |
$97,117 |
Actividades de operación |
|
|
Cambio en cuentas de margen |
|
$0 |
Cambio en inversiones en valores |
|
0 |
Cambio en deudores por reporto |
|
0 |
Cambio en derivados (activo) |
|
0 |
Cambio en cartera de arrendamiento |
|
23,750 |
Cambio en bienes para darlos en arrendamiento operativo |
|
19,779 |
Cambio en bienes adjudicados |
|
0 |
Cambio en otros activos operativos |
|
246 |
Cambio en pasivos bursátiles |
|
0 |
Cambio en préstamos bancarios y de otros organismos |
|
(397,931) |
Cambio en colaterales vendidos |
|
0 |
Cambio en derivados (pasivo) |
|
0 |
Cambio en obligaciones subordinadas con características de pasivo |
|
0 |
Cambio en otros pasivos operativos |
|
29,841 |
Cambio en instrumentos de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con actividades de operación) |
|
0 |
Flujos netos de efectivo de actividades de operación |
|
(324,315) |
Actividades de inversión |
|
|
Cobros por disposición de inmuebles, mobiliario y equipo |
|
$0 |
Pagos por adquisición de inmuebles, mobiliario y equipo |
|
0 |
Cobros por disposición de subsidiarias y asociadas |
|
0 |
Pagos por adquisición de subsidiarias y asociadas |
|
0 |
Cobros por disposición de otras inversiones permanentes |
|
0 |
Pagos por adquisición de otras inversiones permanentes |
|
0 |
Cobros de dividendos en efectivo |
|
0 |
Pagos por adquisición de activos intangibles |
|
0 |
Cobros por disposición de activos de larga duración disponibles para la venta |
|
0 |
Cobros por disposición de otros activos de larga duración |
|
0 |
Pagos por adquisición de otros activos de larga duración |
|
0 |
Cobros asociados a instrumentos de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con actividades de inversión) |
|
0 |
Pagos asociados a instrumentos de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con actividades de inversión) |
|
0 |
Flujos netos de efectivo de actividades de inversión |
|
0 |
Actividades de financiamiento |
|
|
Cobros por emisión de acciones |
|
$0 |
Pagos por reembolsos de capital social |
|
0 |
Pagos de dividendos en efectivo |
|
0 |
Pagos asociados a la recompra de acciones propias |
|
0 |
Cobros por la emisión de obligaciones subordinadas con características de capital |
|
0 |
Pagos asociados a obligaciones subordinadas con características de capital |
|
0 |
Otros pagos o cobros en créditos diferidos |
|
0 |
Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento |
|
0 |
Incremento o disminución neta de efectivo |
|
$(126,728) |
Ajustes al flujo de efectivo por variaciones en el tipo de cambio |
|
(1,156) |
Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del periodo |
|
354,789 |
Efectivo y equivalentes de efectivo al final del periodo |
|
$226,905 |
"El presente estado de flujos de efectivo se formuló de conformidad con los criterios de contabilidad para arrendadoras financieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52 y 53 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todas las entradas y salidas de efectivo derivadas de las operaciones efectuadas por la organización auxiliar durante el periodo arriba mencionado, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones aplicables. El presente estado de flujos de efectivo fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los directivos que lo suscriben."
Para mayor información consultar www.banamex.com/esp/grupo/inf_financiera.html y cnbv.gob.mx.
Director General Act. Luis Felipe de Jesús Rubio Cervantes Rúbrica. |
Contralor C.P. Carlos López Ramos Rúbrica. |
Auditor Interno C.P. Alejandro Zirión Quijano Rúbrica. |
Contador General C.P. Armando Leos Trejo Rúbrica. |
ARRENDADORA BANAMEX, S.A. DE C.V.
ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO, GRUPO FINANCIERO BANAMEX
ISABEL LA CATOLICA 165, OBRERA, C.P. 06800, MEXICO, D.F.
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en miles de pesos)
|
Capital Contribuido |
Capital Ganado |
|
||||||||
Concepto |
Capital social |
Aportaciones para futuros aumentos de capital acordados en asamblea de accionistas |
Prima en venta de acciones |
Obligaciones subordinadas en circulación |
Reservas de capital |
Resultado de ejercicios anteriores |
Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta |
Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo |
Resultado por tenencia de activos no monetarios |
Resultado neto |
Total capital contable |
Saldos al 31 de diciembre de 2009 |
$401,537 |
0 |
0 |
0 |
$141,757 |
$(13,468) |
0 |
0 |
0 |
$104,822 |
$634,648 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
MOVIMIENTOS INHERENTES A LAS DECISIONES DE LOS ACCIONISTAS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Suscripción de acciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Capitalización de utilidades |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Constitución de reservas |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Traspaso de resultados de ejercicios anteriores |
|
|
|
|
91,354 |
13,468 |
|
|
|
(104,822) |
0 |
Pago de dividendos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Otros |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Total de los movimientos inherentes a las decisiones de los accionistas |
0 |
0 |
0 |
0 |
91,354 |
13,468 |
0 |
0 |
0 |
(104,822) |
0 |
MOVIMIENTOS INHERENTES AL RECONOCIMIENTO DE LA UTILIDAD INTEGRAL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Resultado neto |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
100,470 |
100,470 |
Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Resultado por tenencia de activos no monetarios |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Ajustes por obligaciones laborales al retiro |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Otros |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0 |
Total de los movimientos inherentes al reconocimiento de la utilidad integral |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
100,470 |
100,470 |
Saldos final al 31 de diciembre de 2010 |
401,537 |
0 |
0 |
0 |
233,111 |
0 |
0 |
0 |
0 |
100,470 |
735,118 |
"El presente estado de variaciones en el capital contable se formuló de conformidad con los criterios de contabilidad para arrendadoras financieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52 y 53 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejados todos los movimientos en las cuentas de capital contable derivados de las operaciones efectuadas por la organización auxiliar durante el periodo arriba mencionado, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones aplicables. El presente estado de variaciones en el capital fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los directivos que lo suscriben."
Para mayor información consultar www.banamex.com/esp/grupo/inf_financiera.html y cnbv.gob.mx.
Director General Act. Luis Felipe de Jesús Rubio Cervantes Rúbrica. |
Auditor Interno C.P. Alejandro Zirión Quijano Rúbrica. |
Contralor C.P. Carlos López Ramos Rúbrica. |
Contador General C.P. Armando Leos Trejo Rúbrica. |
(R.- 327256)