Jueves 31 de marzo de
2011 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Segundo Civil de Partido
Secretaría
Guanajuato, Gto.
EDICTO
Al margen sello Escudo Nación, Publíquese por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, Diario Mayor Circulación de la Localidad y tabla avisos de este Juzgado y Juzgado Civil de Partido de San Francisco del Rincón, Guanajuato, anunciándose remate en Primera Almoneda respecto del bien inmueble ubicado en Privada de los Claveles número 117, fracción 7 colonia la Esperanza actualmente Los Rieles de San Francisco del Rincón, Guanajuato mismo que tiene una superficie de 127.61 metros cuadrados, al Norte: 17.20 metros con Colonia Infonavit Del Valle; Al Sur: 17.19 metros con Fracción 8; Al Oriente: 7.00 metros con Privada Vía De Los Claveles; Al Poniente: 7.56 metros con propiedad del señor Efraín Dávalos P.; bien en garantía dentro del expediente M98/2009 relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, en ejercicio de la acción de pago de pesos y Ejecución de Garantía Hipotecaria, promovido por el Licenciado JOSE DE JESUS ASCENCIO HERNANDEZ, Apoderado General para pleitos y cobranzas de “HSBC MEXICO” Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC, en contra de GLORIA GONZALEZ SANCHEZ y JOSE DE JESUS FLORES HUERTA, Diligencia que se llevará a cabo a las 14:00 horas del día 8 de abril de 2011, sirviendo como postura legal las dos terceras partes de la cantidad de $547,000.00 (quinientos cuarenta y siete mil pesos 00/100 Moneda Nacional), precio del avalúo, convocándose postores y citándose acreedores.
Guanajuato, Gto., a 10 de marzo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Segundo Civil de Partido
Lic. Yessica Daniela López Macías
Rúbrica. (R.- 322230)
Estado de México
Poder Judicial
Tribunal Superior de Justicia
Segunda Sala Civil
Toluca
Segunda Sala Civil Regional de Toluca
EDICTO
HAGO SABER: Toca suplementario de amparo 154/2010. Acuerdo. EDUARDA MARTHA RODRIGUEZ ESCUTIA, promovió juicio de amparo por conducto de esta Segunda Sala Civil de Toluca, ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito con residencia en Toluca, México, señalando como acto reclamado la Sentencia de treinta y uno de marzo de dos mil diez, dictada en el toca de apelación 154/2010, ordenándose emplazar a las terceras perjudicadas MICAELA ESCUTIA BALBUENA y ANA MARIA ESCUTIA BALBUENA, en acatamiento al requerimiento del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito con residencia en Toluca, México, en términos de lo dispuesto por los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria. Publíquese por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndoles saber la instauración del JUICIO DE GARANTIAS 767/2010, y el derecho que tienen, con fundamento en el artículo 167 de la Ley de Amparo, de apersonarse dentro de un término máximo de diez días, contados a partir del siguiente a la ultima publicación, si lo creyeren conveniente. Dado en la ciudad de Toluca, Estado de México, veintitrés de febrero de dos mil once. DOY FE. SECRETARIA DE ACUERDOS DE LA SEGUNDA SALA CIVIL REGIONAL DE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO.
Lic. Eufrosina Arévalo Zamora
Rúbrica.
(R.- 322384)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Séptimo Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por
éste publicarse por 3 tres veces dentro de 9 nueve días
en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos
de éste Juzgado, anunciarse Remate en Primera Almoneda del
bien inmueble embargado en el Juicio Ejecutivo Mercantil número
de expediente M30/07 promovido por el Licenciado ARTURO GONZALEZ
HERNANDEZ, Apoderado Legal, de BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A.,
INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, en contra de GUSTAVO RAMON
BAENA GONZALEZ y BLANCA HILDA ESTRADA BALVANEDA, respecto de la finca
urbana en calle Paseo de los Faisanes, número 128,
Fraccionamiento San Isidro, en lote 14, manzana 7, con superficie
158.56 M2, con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte 19.93
M. con lote 13; Al Sur 19.81 M con lote 15; Al Oriente 8 M. con calle
de su ubicación; y, Al Poniente 8 M. con limite del
Fraccionamiento. Almoneda que tendrá verificativo a las 13:00
del día 14 de Abril del año 2011, siendo postura legal
la que cubra las dos terceras partes de la cantidad
de $887,000.00
pesos M.N. precio avalúo, convóquese a postores y
cítese acreedores.
León, Gto., a 15 de marzo de 2011.
El C. Secretario del Juzgado Séptimo Civil
Lic. Ramón Becerra Ramírez
Rúbrica.
(R.- 322770)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición, Juez Especializada Asuntos Financieros, auto Quince Marzo Dos Mil Once, ordena convocar postores primera y publica almoneda remate, respecto inmueble identificado Casa marcada número Dos Mil Ochocientos Cuatro, Calle Quince Norte, Ciudad y Terreno que ocupa Lote Diecinueve, Colonia Lázaro Cárdenas, Ciudad Puebla, sirviendo de base para remate cantidad UN MILLON NOVECIENTOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS, TREINTA Y TRES CENTAVOS M.N., resultado de dos tercera partes precio avalúo, debiéndose anunciar venta mediante tres edictos publiquen dentro término nueve días, convocándose postores, haciéndoles saber posturas y pujas deberán exhibirse Audiencia Remate celebrarse TRECE HORAS DIA VEINTISEIS ABRIL DOS MIL ONCE. Hágase saber deudor puede liberar bien embargado, pagando íntegramente monto responsabilidades. Expediente 1715/2009, Juicio Ejecutivo Mercantil, promueve FERNANDO SALAZAR MARTINEZ por representación, contra JESUS VERGARA LIMON.
Publíquese
por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la
Federación y en las Puertas
del Juzgado.
Puebla, Pue., a 17 de marzo de 2011.
Ejecutor Non
Lic. Ma. Soledad Gpe. Basilio Gómez
Rúbrica.
(R.- 322930)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero Civil
Diligenciaría
Ciudad Judicial Puebla
EDICTO
Disposición Juez Tercero Civil esta Ciudad, convóquese Postores Remate primera pública almoneda respecto Departamento Uno, Edificio C-16, Plaza CM-1 Unidad Habitacional “Agua Santa” esta Ciudad, siendo postura legal cantidad CIENTO VEINTE MIL PESOS, CERO CENTAVOS M.N., cubre Dos Terceras partes precio avalúo; debiendo ofrecer posturas y pujas acorde ley, señalándose doce horas, Abril diecinueve dos mil once, verificativo Audiencia Remate; Exp. 676/2007 Juicio Ejecutivo Mercantil, promueve ANGEL ALFONSO AMARO CORDERO contra JORGE CORDERO TORRES y GABRIELA POZOS POZADAS, haciéndose saber demandados pueden liberar bien, pagando prestaciones, disposición autos Secretaria juzgado.
Puebla, Pue., a 7 de marzo de 2011.
C. Diligenciaria
Lic. Martha Hernández Ramos
Rúbrica. (R.- 322661)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla
Juzgado Quinto de lo Civil
Ciudad Judicial
Disposición judicial, se señalan las doce horas del día veinte de abril del año dos mil once, diligencia de remate en segunda pública almoneda, casa marcada número 5019, privada Niño Artillero, colonia Adolfo López Mateos, Puebla, Pue. Inscripción registral Predio Mayor 0123261, postura legal la que cubra la cantidad de Doscientos Cincuenta y Nueve Mil Doscientos pesos, cero centavos, moneda nacional, equivalente a dos terceras partes del precio total del avalúo, correspondiente al 50% de los derechos propiedad del demandado José Delfino González Vieyra, venciendo termino presentación postura y pujas Doce Horas Del Décimo día ultima publicación. Exp. Núm. 929/08, Juicio Ejecutivo Mercantil, Actor José Mariano Velasco Arango.
H. Puebla de Z., a 24 de febrero de 2011.
La Diligenciaria Non
Lic. Lidia Caporal de Matías
Rúbrica.
(R.- 321784)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito
Morelia, Mich.
EDICTO
Por auto de esta fecha se ordenó emplazar a Martha Soledad García Barrera y María de Jesús Rodríguez Piñón, en los autos del juicio de amparo directo penal 471/2010, promovido por José Ignacio Martínez, por propio derecho, ante el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, residente en Morelia, contra la sentencia de veintitrés de febrero de dos mil diez, emitida en el toca I-50/2010, por el magistrado de la Primera Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del estado y con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena la publicación de edictos de tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación de la República, haciéndoseles saber que deben presentarse ante este tribunal dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación a defender sus derechos y se deja a su disposición copia de la demanda respectiva en la secretaria de acuerdos, apercibidos que de no comparecer las subsecuentes notificaciones serán por lista. Se fijará además en la puerta de este órgano, una copia íntegra por todo el tiempo del emplazamiento.
Morelia, Mich., a 9 de marzo de 2011.
Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito
Lic. Alejandro Villanueva Páramo
Rúbrica.
(R.- 323053)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Segundo de lo Mercantil
EDICTO
EXPEDIENTE 1690/2008 JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO, PROMOVIDO POR RUBEN SANCHEZ CISNEROS CONTRA LAURA LETICIA LUCINA ANGULO SAGRERO
REMATESE 10:00 DIEZ HORAS, DIA 14 CATORCE DE ABRIL DEL AÑO 2011, SIGUIENTE BIEN INMUEBLE:
UNIDAD PRIVATIVA NUMERO 05 CINCO, UBICADO EN EL SEGUNDO NIVEL DEL CONDOMINIO HORIZONTAL DENOMINADO MARIA ESTHER DE LA AVENIDA GUADALUPE NUMERO 5058 CINCO MIL CINCUENTA Y OCHO DEL FRACCIONAMIENTO JARDINES DE GUADALUPE DE ZAPOPAN, JALISCO.
CON VALOR DE $1,790.000.00 (UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.)
CITESE POSTORES, DOS TERCERAS PARTES, PRECIO DEL AVALUO.
NOTA: PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
Guadalajara, Jal., a 23 de marzo de 2011.
La Secretario de Acuerdos
Lic. Patricia González Toledo
Rúbrica.
(R.- 323077)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AURELIO SALTO RANGEL.
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, SECCION AMPAROS, MESA VII, JUICIO DE AMPARO NUMERO 17/2011.
En el juicio de amparo 17/2011, promovido por María de los Angeles Zavala Orobio, contra actos del Juez Sexagésimo Séptimo de lo Civil del Distrito Federal, en virtud de ignorar el domicilio del tercero perjudicado Aurelio Salto Rangel, en auto de veintitrés de febrero del año en curso, se ordenó emplazarlo al presente juicio de garantías por medio de edictos, haciendo de su conocimiento que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, al presente juicio de garantías, por si o por medio de apoderado o por persona autorizada en términos de ley que pueda representarlo, apercibido que de no presentarse en dicho término, se le harán las ulteriores notificaciones por medio de lista, aún las de carácter personal.
México, D.F., a 23 de febrero de 2011.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Diana Estrada Medina
Rúbrica.
(R.- 321797)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
TERCEROS PERJUDICADOS: ESTRUCTURAS CIVILES Y METALICAS DE OCCIDENTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPIATAL VARIABLE.
PRESENTE: El Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito, en el amparo directo civil 400/2010, promovido por “Mitsubishi Electric de México”, Sociedad Anónima de Capital Variable, (anteriormente denominada “Melco de México”, Sociedad Anónima de Capital Variable), contra los acto de la Tercera Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, con sede en esta ciudad, en proveído de quince de febrero de dos mil once, en atención a que no se localizó domicilio alguno de la tercera perjudicada, se ordenó su emplazamiento por este medio, conteniendo relación sucinta de la demanda que en lo conducente dice:
A).- Autoridades responsables: Cómo ordenadora la Tercera Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado y como ejecutora el Juzgado Octavo Civil de Partido de León, Guanajuato.
B).-
Acto reclamado: de la ordenadora la sentencia dictada en el toca
85/2009, con motivo del recurso
de apelación interpuesto en
contra de la sentencia que recayó en el juicio ordinario
mercantil M-156/2005
y su ejecución.
C).- Preceptos constitucionales violados: 14, 16 y 17.
D).- Conceptos de violación: Le causa agravio que la ordenadora al reasumir jurisdicción haya acreditado que la vía no es la correcta trasgrediendo los principios de legalidad, seguridad jurídica y congruencia respecto del procedimiento.
Asimismo se hace saber a la parte tercera perjudicada de mérito que deberá presentarse dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, apercibida que de no comparecer por sí o por medio de su representante, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Atentamente
Guanajuato, Gto., a 18 de febrero de 2011.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito
Lic. Gabriel Higinio Rodríguez González
Rúbrica.
(R.- 322380)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial del Estado
Juzgado Décimo Tercero Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por
este publicarse por 3 tres veces dentro de 9 nueve días en
Diario Oficial de la Federación y tabla de avisos de este
Juzgado y anunciando REMATE en primera almoneda de la casa habitación
ubicada en la CALLE RIO ESCONDIDO NUMERO 1227 DEL FRACCIONAMIENTO
PRADOS VERDES, DE ESTA CIUDAD, LOTE NUMERO 28, MANZANA 12, CON UNA
SUPERFICIE DE 305 METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, 10.00
metros lineales con lote número 01; al SUR, 10 metros lineales
con calle de su ubicación; al ESTE, 30.50 metros lineales con
lote 28 y, al OESTE, 30.50 metros lineales con lote 27. Inmueble
embargado dentro del proceso ejecutivo mercantil promovido por el
Licenciado David Alfonso Gasca Delgado, Apoderado de “Scotiabank
Inverlat”, S.A., Institución de Banca Múltiple,
Grupo Financiero Scotiabank Inverlat en contra de Jorge Ramos
Infante, registrado bajo el número de expediente 2/09-M.
Almoneda tendrá verificativo a las 11:00 horas del día
08 de Abril del 2011, siendo postura legal la cantidad de $592,155.36
que representa las dos terceras partes de $888,233.06 precio
actualizado de avalúo. Asimismo hágase del conocimiento
de postores que el importe de la postura legal deberá
exhibirse de contado porque el 10% diez por ciento que previene el
artículo 482 cuatrocientos ochenta y dos del Código
Federal de Procedimientos Civiles, supletorio del de Comercio, es
insuficiente para pagar el importe liquidado
en sentencia.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
León, Gto., a 10 de marzo de 2011.
Juzgado Décimo Tercero Civil de Partido
Secretaria de Acuerdos
Lic. Luz Gisela Ureña Gutiérrez
Rúbrica.
(r.- 322454)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, Pue.
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla.
SE CONVOCAN POSTORES.
Juicio Ejecutivo Mercantil 191/2008, promovido por Israel Daniel Díaz Cuautle y José Oscar Díaz Muñoz, endosatarios en procuración de Gustavo Roberto Barroeta Lazcano, en contra de María del Refugio Sánchez Sánchez, se anuncia remate del cincuenta por ciento del bien inmueble identificado como lote número nueve, manzana nueve, Fraccionamiento Villa San Alejandro, de la Ciudad de Puebla, Puebla, cuyo valor asciende a la cantidad de $1,668,191.00 M.N. (un millón seiscientos sesenta y ocho mil ciento noventa y un pesos cero centavos moneda nacional), resultando de la división de la cantidad obtenida del avalúo correspondiente, siendo postura legal las dos terceras partes, que es $1,112,127.33 M.N. (un millón ciento doce mil ciento veintisiete pesos treinta y tres centavos moneda nacional), audiencia que se realizará a las TRECE HORAS CON TRES MINUTOS DEL OCHO DE ABRIL DE DOS MIL ONCE, en el local del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, quedando los autos a disposición de los interesados para que tomen los datos que estimen pertinentes, debiendo hacer posturas y pujas por escrito reuniendo requisitos del artículo 481 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio, las que se presentarán a partir del día siguiente de la publicación del edicto correspondiente, venciéndose el término un minuto antes de las TRECE HORAS CON TRES MINUTOS DEL OCHO DE ABRIL DE DOS MIL ONCE, previa toma de lista de los postores que se presenten.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 7 de marzo de 2011.
Juez Quinto de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Martín Ubaldo Mariscal Rojas
Rúbrica.
(R.- 322492)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Materia Civil
Morelia, Mich.
EDICTO
JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL
MORELIA, MICHOACAN
SE CONVOCAN POSTORES:
Dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número 530/2009, que sobre pago de pesos, promueve BANCO NACIONAL DE MEXICO S.A. frente a GERARDO ERNESTO JARQUIN BUSTOS, se señalaron las 13:00 trece horas del día 15 quince de Abril del 2011 dos mil once, para que tenga verificativo en el local de este Juzgado, la audiencia de remate en TERCERA ALMONEDA a fin de subastar públicamente y al mejor postor el siguiente bien inmueble que a continuación se describe:
1.-
Predio urbano con casa habitación, lote número 13
ubicado en la calle Rafaela López Aguado número 68,
colonia Gertrudis Bocanegra de esta Ciudad, mismo que cuenta con las
siguientes medidas y colindancias:
Al Norte.- 10.00 metros con
Estela Mesa de Vega; Al Sur 10. metros con la calle Rafaela López
Aguado de su ubicación; Al Oriente 25.00 metros con Rafael
Cedeño y al Poniente 25.00 metros con Leonardo Zamudio,
con
una superficie de 250.00 metros cuadrados.
Sirviendo de base para el remate la cantidad de $1,903,500.00 UN MILLON NOVECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS PESOS, resultante de la deducción del 10% diez por ciento del precio que sirvió de base para la almoneda anterior.
Convóquese licitadores mediante la publicación de 1 un edicto por una sola vez cuando menos con 5 cinco días de anticipación a la fecha del remate en los Estrados de este Juzgado y Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Morelia, Mich., a 25 de febrero de 2011.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Eugenia Alquicira Alvarado
Rúbrica.
(R.- 322695)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUAREZ.
TERCERO PERJUDICADO
CESAR
SANCHEZ CAMACHO, POR CONDUCTO DE SU SUCESION O DE QUIEN LEGALMENTE
LO
REPRESENTE.
En
los autos del juicio de amparo indirecto número 68/2011-VI,
promovido por Miguel Angel Flores Valencia, contra actos del Juez
Cuarto de lo Civil de Primera Instancia con residencia en Cuautitlán,
Estado de México y otra autoridad; a quien le reclama entre
otras cosas todo lo actuado en el juicio ordinario civil plenario de
posesión 63/2006, y al desconocerse su sucesión o quien
legalmente lo represente, con fundamento
en la fracción II,
del artículo 30, de la Ley de Amparo, así como en el
artículo 315, del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, y en
cumplimiento a lo ordenado en auto de esta misma fecha, en donde se
ordenó su emplazamiento al juicio de mérito por
edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en
siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en
uno de los periódicos de mayor circulación en la
República Mexicana, que puede ser cualquiera de los
siguientes: el Reforma; el Universal; el Financiero; la Jornada; el
Excélsior o cualquier otro; haciendo de su conocimiento que en
la Secretaría de este Juzgado quedan a su disposición
copia simple de la demanda de amparo y que la audiencia
constitucional está señalada para las once horas con
cinco minutos del día cuatro de abril de dos mil once y que
cuenta con un término de treinta días, contados a
partir de la última publicación de los edictos, para
que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 17 de marzo de 2011.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. José Martín Narciso Pérez
Rúbrica.
(R.- 323037)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil
Uruapan, Mich.
EDICTO
CONVOCANDO A POSTORES
JUZGADO SEGUNDO CIVIL
PRIMERA Y PUBLICA ALMONEDA:
Dentro del JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PAGO DE PESOS número 1384/2006, promovido por RAFAEL ORTIZ DIMAS frente a RUBEN RODRIGUEZ MORFIN, por auto de esta misma fecha, se ordenó sacar a remate el siguiente inmueble:
PREDIO URBANO CON CONSTRUCCION QUE CONTIENE DESTINADO A CASA HABITACION, ubicado en la calle Simón Bolívar No. 54 de San Juan Nuevo Parangaricutiro, Mich., MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE, 20.00 metros, con ANGELINA RODRIGUEZ MORFIN; SUR, 20.00 metros, MIGUEL CISNEROS; ORIENTE, 10.00 metros, ELVIRA MORFIN; PONIENTE, 10.00 metros, CALLE DE SU UBICACION.- SUPERFICIE 200.00 M2.
Señalándose las 10:00 diez horas del 15 quince de Abril de este año, para la PRIMERA ALMONEDA, sirviendo como base del remate la cantidad de $287,562.00 DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS PESOS, siendo postura legal el que cubra las dos terceras partes de dicha suma.
Publíquese EDICTOS POR 3 TRES VECES DENTRO DE 9 NUEVE DIAS EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y DE MAYOR CIRCULACION EN LA ENTIDAD.
Uruapan, Mich., a 18 de marzo de 2011.
El Secretario
Lic. Francisco Javier Muñoz Reyes
Rúbrica.
(R.- 323076)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Guadalajara, Jal.
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO:
Gloria Armida Becerra Lizardi.
Mediante
demanda de amparo presentada el día uno de octubre de dos mil
diez, Alfredo Flores González, Vicente Rosas Valdivia,
Valeriano Rosas Valdivia y Armando Pérez Mejía,
solicitaron el amparo y protección de la Justicia Federal
contra acto de la Tercera Junta Especial de la Local de Conciliación
y Arbitraje del Estado de Jalisco, que hizo consistir como sigue: “El
laudo definitivo dictado por la autoridad responsable con fecha
quince de julio de dos mil diez….”; a quien se le
emplaza por medio del presente edicto y se le hace saber que debe
presentarse ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo
del Tercer Circuito,
con residencia en esta ciudad, dentro del
término de treinta días, contados a partir del día
siguiente al de la última publicación del edicto y
señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir
notificaciones, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, aún
las que resulten de carácter personal, se le harán por
medio de lista
que se fijará en los estrados de este
Tribunal Federal. Lo anterior dentro del juicio de amparo directo
número 1186/2010, del índice de este propio órgano
judicial.
Para que se publique tres veces de siete en siete días.
Para su publicación:
- "Diario Oficial de la Federación", México, Distrito Federal.
- Periódico "Excélsior", México, Distrito Federal.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 28 de enero de 2011.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Lic. Marco Antonio López Jardines
Rúbrica.
(R.- 323217)
Estado de México
Poder Judicial
Tribunal Superior de Justicia del Estado de México,
Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, México
EDICTO
C. ENRIQUE ARREOLA DE ANDA, ANTONIO GUDIÑO SANCHEZ, HORACIO ORTIZ GARCIA, GENOVEVA CARRERA DE ORTIZ, PABLO ROMERO GONZALEZ, JORGE ANTONIO VILLANUEVA RODRIGUEZ Y JORGE SOTELO REGIL NOTARIO PUBLICO NUMERO CIENTO OCHO DEL DISTRITO FEDERAL.
HAGO
DE SU CONOCIMIENTO QUE RODOLFO BASTIDA MARIN ALBACEA DE LA SUCESION A
BIENES DE BEATRIZ GONZALEZ DE MUCIÑO, POR CONDUCTO DE SU
APODERADO LEGAL CARLOS HERNANDEZ FLORES, PROMOVIO JUICIO DE GARANTIAS
EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE FECHA SEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL
NUEVE DICTADA POR LA SEGUNDA SALA COLEGIADA CIVIL
DE TLALNEPANTLA
ESTADO DE MEXICO EN LA TOCA 747/2009, EN RELACION AL RECURSO DE
APELACION HECHO VALER POR RODOLFO BASTIDA MARIN ALBACEA DE LA
SUCESION A BIENES
DE BEATRIZ GONZALEZ DE MUCIÑO, POR
CONDUCTO DE SU APODERADO LEGAL CARLOS HERNANDEZ FLORES, EN CONTRA DE
LA RESOLUCION DICTADA POR EL JUEZ DECIMO TERCERO CIVIL DE PRIMERA
INSTANCIA DE HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MEXICO, EL CUATRO DE SEPTIEMBRE
DEL DOS MIL NUEVE, EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL, EXPEDIENTE NUMERO
22/2004, PROMOVIDO POR BEATRIZ GONZALEZ DE MUCIÑO Y MOLINO
VIEJO, S.A. DE C.V. EN CONTRA DE ENRIQUE ARREOLA DE ANDA, ANTONIO
GUDIÑO SANCHEZ, YOLANDA GUAL DE GUDIÑO, HORACIO ORTIZ
GARCIA, GENOVEVA CARRERA DE ORTIZ, PABLO ROMERO GONZALEZ, JORGE
ANTONIO VILLANUEVA RODRIGUEZ, CARLOS VILLANUEVA RODRIGUEZ, JORGE
SOTELO REGIL, BERTOLDO PEREZ ROMERO, ANSELMA PEREZ ORTIZ, NOTARIO
PUBLICO CIENTO OCHIO DEL DISTRITO FEDERAL, ARCHIVO GENERAL DE
NOTARIAS DEL ESTADO DE MEXICO Y REGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y
DEL COMERCIO DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, ASIMISMO POR AUTO DE
FECHA CATORCE DE FEBRERO DEL DOS MIL ONCE, LA SEGUNDA SALA COLEGIADA
CIVIL DE TLALNEPANTLA MEXICO ORDENO EL EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS DE
LOS TERCEROS PERJUDICADOS ENRIQUE ARREOLA DE ANDA, ANTONIO GUDIÑO
SANCHEZ, HORACIO ORTIZ GARCIA, GENOVEVA CARRERA DE ORTIZ, PABLO
ROMERO GONZALEZ, JORGE ANTONIO VILLANUEVA RODRIGUEZ Y JORGE SOTELO
REGIL, NOTARIO PUBLICO NUMERO CIENTO OCHO DEL DISTRITO FEDERAL,
HACIENDOLES SABER QUE DEBERAN PRESENTARSE A DEDUCIR SUS DERECHOS ANTE
EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO
EN EL ESTADO DE MEXICO, EN EL AMPARO DIRECTO 103/2010, PROMOVIDO POR
RODOLFO BASTIDA MARIN ALBACEA DE LA SUCESION A BIENES DE BEATRIZ
GONZALEZ DE MUCIÑO, POR CONDUCTO DE SU APODERADO LEGAL CARLOS
HERNANDEZ FLORES DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR
DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DE LOS EDICTOS ORDENADOS,
ASIMISMO DEBERA FIJARSE EN LA PUERTA DEL TRIBUNAL COPIA INTEGRA DEL
PRESENTE PROVEIDO Y DE LA DEMANDA DE GARANTIAS POR TODO EL TIEMPO DEL
EMPLAZAMIENTO, DEJANDO A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTA SALA
LAS COPIAS DE TRASLADO DE LA DEMANDA DE GARANTIAS DEBIDAMENTE
SELLADAS Y COTEJADAS PARA QUE SE IMPONGAN DE ELLAS.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, SE EXPIDEN LOS PRESENTES EL DIA DIECISEIS DE FEBRERO DEL DOS MIL ONCE.
Secretaria de Acuerdos de la Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, Estado de México
Lic. Eugenia Mendoza Becerra
Rúbrica.
(R.- 321817)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Guadalajara, Jalisco
EDICTO
En
el juicio civil ordinario 276/2009-IV, promovido por David Alcantar
Jaramillo, en su carácter de apoderado general para pleitos y
cobranzas de la Comisión Federal de Electricidad, en contra de
Lucila Preciado Anguiano de Rivera y Javier Rivera Huerta, en el que
se demandan como prestaciones:
el cumplimiento forzoso del
contrato de mutuo sin y con intereses y garantía hipotecaria,
contenido en la escritura pública número 16313 de fecha
08 de septiembre de 2001, pasada ante la fe del Notario Público
número 7 de Zapopan, Jalisco, así como por el pago de
$730,024.39 (setecientos treinta mil veinticuatro pesos 39/100 m.n.),
por concepto de suerte principal e intereses moratorios derivados del
citado contrato por el pago del impuesto al valor agregado que
resulte de la cantidad anteriormente señalada, y por el pago
de gastos y costas. Desprendiéndose de la demanda que las
partes celebraron contrato de mutuo sin intereses y con garantía
hipotecaria número 5805G, por la cantidad de $124,156.80
(CIENTO VEINTICUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS 80/100 M.N.),
y con interés y garantía hipotecaria número
5805G, por la cantidad de $248,726.38 (DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL
SETECIENTOS VEINTISEIS PESOS 38/100 M.N.), haciendo un total de
$372,883.18 (TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES
PESOS 18/100 M.N.), como consta en la escritura pública número
16,313 de fecha 08 de septiembre de 2001, pasada ante la fe del
Notario Público número 7 de Zapopan, Jalisco, para
garantizar el pago de la cantidad antes citada, en la cláusula
séptima del documento fundatorio, la demandada hipotecaria
entregó en garantía hipotecaria el inmueble: Unidad
privada o lote número 245-37, del Condominio Horizontal
“VILLAS LEONARDO RODRIGUEZ ALCAINE”, identificado con el
número oficial 245, de la calle Dr. Rubén Villaseñor
Bordes, en la ciudad de Autlán de Navarro, Jalisco, asimismo
en la cláusula cuarta el ahora reo se obligo a restituir a la
actora el importe de dichos créditos, así como las
cantidades resultantes por concepto de intereses, mediante
exhibiciones bisemanales equivalentes al veintidós por ciento
del salario tabulado del deudor como trabajador de la actora,
dejándose de pagar los importes a partir de julio del dos mil
cinco, por lo que dichos créditos al treinta y uno de mayo del
dos mil diez, arrojan por concepto de intereses moratorios, e interés
adicional, la cantidad de $286,675.54 (DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL
SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 54/100 MONEDA NACIONAL), de
conformidad con el calculo realizado por el departamento del personal
de la Comisión Federal de Electricidad, que se anexó al
escrito inicial de demanda; por otra parte, se ordenó emplazar
a la citada demandada Lucila Preciado Anguiano de Rivera, mediante
edictos a fin de que dentro de los treinta días siguientes al
de la última publicación, se presente a dar
contestación a la demanda entablada en su contra, apercibida
que de no hacerlo dentro del plazo concedido, se seguirá el
juicio en su rebeldía; asimismo para que señale
domicilio para oír y recibir notificaciones en la residencia
de este Juzgado, ya que en caso contrario, se le harán las
mismas, aún las de carácter personal, por medio de
rotulón. En el entendido de que las copias de la demanda y
documentos fundatorios de la acción quedan a su disposición
en la Secretaría de este Juzgado Federal.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación como en uno de los periódicos de mayor circulación en la República.
Guadalajara, Jal., a 1 de julio de 2010.
El Secretario
Lic. Benjamín Jesús Hernández Espinoza
Rúbrica.
(R.- 321977)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Chihuahua
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil
Distrito Benito Juárez
EDICTO DE REMATE
En
el expediente número 337/10, relativo al juicio EJECUTIVO
MERCANTIL, promovido por el LIC. JAIME EDUARDO RUIZ Y/O OTRO, ENDS.
EN PROC. DE HECTOR ANDRES LOPEZ ALVAREZ, en contra de RAFAEL SOLANO
AGUILAR, existe un auto que a la letra dice: ---CIUDAD CUAUHTEMOC,
CHIHUAHUA.,
A VEINTIUNO DE FEBRERO DEL DOS MIL ONCE.--- Por
presentado el LICENCIADO ELEAZAR GRANILLO LOPEZ, de personalidad
acreditada en autos, con su escrito recibido el once de los
corrientes, como lo solicita y toda vez que las partes no hicieron
manifestación alguna respecto al dictamen pericial que se les
puso a la vista mediante auto de fecha veintinueve de noviembre del
dos mil diez, en consecuencia, se aprueba el mismo, de conformidad
con lo dispuesto por el articulo 1079 del Código de Comercio
Reformado. Por lo que se señalan las NUEVE HORAS CON TREINTA
MINUTOS DEL DIA QUINCE DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, para que
tenga lugar la audiencia de remate en primera almoneda del bien que
se encuentra garantizando las prestaciones reclamadas en este juicio
consistente en: INMUEBLE Y CONTRUCCIONES EDIFICADAS EN EL, LOCALIZADO
EN AVENIDA ALLENDE, MANZANA 75 DE ESTA CIUDAD DE CUAUHTEMOC,
CHIHUAHUA., CON UNA SUPERFICIE DE 1,340.0000 METROS CUADRADOS, CON
LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLIDANCIAS; DEL 1 AL 2 FRENTE EN 40.0000
METROS CON CALLE 12; DEL 2 AL 3 DERECHO EN 27.000 CON AVENIDA
ALLENDE; DEL 3 AL 4 FONDO EN 20.0000 METROS CON SLAR A; DEL 4 AL 5
FONDO EN 13.0000 METROS CON SOLAR A; DEL 5 AL 6 FONDO EN 20.0000
METROS CON SOLAR B; Y DEL 6 AL 7 IZQUIERDO EN 40.0000 METROS CON
SOLAR C, mismo que obra inscrito en el Registro Público de la
Propiedad de este Distrito Judicial Benito Juárez, bajo el
número 617, folio 118 del Libro 306 de la Sección
Primera, a nombre de RAFAEL SOLANO AGUILAR, y servirá de base
para el remate la cantidad de $9,030,000.00 (NUEVE MILLONES TREINTA
MIL PESOS 00/100 M.N.), término medio aritmético de los
avalúos aprobados y, será postura legal la cantidad de
$6,020,000.00 (SEIS MILLONES VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N), que es la
que cubre las dos terceras partes de la cantidad antes mencionada,
por lo que se ordena anunciar su venta por medio de EDICTOS por tres
veces, dentro de nueve días, por tratarse de bienes raíces,
conforme lo dispuesto por el artículo 1411 del Código
de Comercio, y que se publicarán en el Diario Oficial de la
Federación y en el Tablero de Avisos de este Juzgado, en
demanda de postores, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
474 del Código Federal de Procedimientos Civiles.---
NOTIFIQUESE.--- Así lo acordó y firma el LICENCIADO
ADOLFO MALDONADO DELGADO Juez Primero de lo Civil del Distrito
Judicial Benito Juárez, ante su Secretaria de Acuerdos, con
quién actúa y da Fe.
DOY FE.- Rúbricas.
LO QUE SE HACE DE SU CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
Ciudad Cuauhtémoc, Chih., a 7 de marzo de 2011.
La Secretaria
Lic. Margarita Ramos Govea
Rúbrica.
(R.- 322369)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
A
las 10:00-diez horas del día 13 trece de abril del 2011-dos
mil once en el local de este Juzgado Séptimo de Jurisdicción
Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado, dentro de los
autos del expediente judicial numero 1032/2006, relativo al juicio
ordinario mercantil, promovido inicialmente por el ciudadano Luis
Adolfo Lemoine Molina, en su carácter de apoderado general
para pleitos y cobranzas de Hipotecaria Nacional,
S.A. de C.V.,
Sociedad Financiera de Objeto Limitado, Grupo Financiero BBVA
Bancomer, ahora Hipotecaria Nacional, Sociedad Anónima de
Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple,
Entidad Regulada, Grupo Financiero BBVA Bancomer, y continuado por el
ciudadano Angel Edgar Cantú Hernández con
el mismo
carácter, en contra de la ciudadana Nancy Alcala Arredondo,
tendrá verificativo la Audiencia de Remate en Publica Subasta
y Primera Almoneda del bien inmueble embargado en autos consistente
en
"Lote de terreno marcado con el número 51
(CINCUENTA Y UNO), de la manzana número 176 (CIENTO SETENTA Y
SEIS) del Fraccionamiento LOS AMARANTOS en el municipio de Apodaca,
Nuevo León, con una superficie total de 91.17 M2 (NOVENTA Y UN
METROS DIECISIETE CENTIMETROS CUADRADOS) y las siguientes medidas y
colindancias: Al Norte mide 15.00 MTS. (QUINCE METROS) y colinda con
el lote 52 (CINCUENTA Y DOS); al Sur mide 15.00 MTS. (QUINCE METROS)
y colinda con el lote 50 (CINCUENTA);
al Este mide 6.00 MTS. (SEIS
METROS) y colinda con parte de los lotes 26 (VEINTISEIS) y 27
(VEINTISIETE); y al Oeste mide 6.16 MTS. (SEIS METROS DIECISEIS
CENTIMETROS) a dar frente a la calle Sorgo.
La manzana de
referencia se encuentra circundada por las siguientes calles: al
Norte, con la calle Melisa; al Sur, con Ave. Los Amarantos; al Este
con Ave. Los Amarantos y al Oeste con la calle Sorgo. El inmueble de
referencia tiene como mejoras la finca marcada con el número
253 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES)
de la calle Sorgo, del
mencionado Fraccionamiento y Municipio".
Sirviendo
de base para el remate del bien inmueble citado con antelación,
la cantidad de $335,000.00 (trescientos treinta y cinco mil pesos
00/100 moneda nacional), que representa el valor pericial del
referido bien inmueble, y servirá como postura legal para
intervenir en la Audiencia de Remate, la cantidad de $223,333.33
(doscientos veintitrés mil trescientos treinta y tres pesos
33/100 moneda nacional), que representa las dos terceras partes de la
cantidad anteriormente citada, por lo que convóquese a
postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse,
3-tres veces dentro del término de 9-nueve días en el
Diario Oficial de la Federación, en los Estrados de este
Juzgado; así como en los Estrados del Juzgado Menor de San
Nicolás de los Garza, Nuevo León, en la inteligencia de
que las referidas publicaciones deberán realizarse dentro de 9
nueve días, no debiendo mediar menos de cinco días
entre la publicación del último edicto y la fecha de
almoneda. Así mismo, es de hacerse del conocimiento, de que
aquellas personas que deseen intervenir como postores al citado
remate deberán consignar el 10%-diez por ciento de la suma
que sirve como base para el remate, mediante certificado de
depósito expedido por la Secretaría de Finazas y
Tesorería General del Estado, sin cuyo requisito no serán
admitidos en dicha subasta. Por último, se informa que en la
secretaría del juzgado se proporcionara mayor información
a los interesados que deseen intervenir en la referida audiencia de
remate.
Monterrey, N.L., a 21 de febrero de 2011.
Secretario del Juzgado Séptimo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado
Lic. Gerardo Zapata Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 322564)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Cuarto de lo Mercantil
EDICTO
Por este conducto, se EMPLAZA a la parte demandada ZULMA LONORILDA ESTRADA FONSECA, ADOLFO PEREZ VELAZQUEZ, VENTURA ESTRADA GONZALEZ, LEONOR FONSECA PARRA Y VENTURA ESTRADA FONSECA, para que en el término de 30 treinta días contados a partir de la última publicación, den contestación a la demanda instaurada en su contra y opongan excepciones y defensas, en autos del juicio MERCANTIL EJECUTIVO, expediente 2316/2008, promovido por FINANCIERA RURAL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO, en su contra, apercibidos que de no hacerlo, se declarará por precluído su derecho para hacerlo así como, para ofrecer pruebas en otro momento, se le previene para que al contestar la demanda señale domicilio en donde recibir notificaciones, y seguirá el juicio sus etapas respectivas, haciéndole saber que las copias simples de Ley quedan a su disposición en la Secretaría del Juzgado para que se impongan de las mismas, se demandan los siguientes conceptos:
1.- POR LA CANTIDAD DE $1'492,000.00 (UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.), POR CONCEPTO DE CAPITAL VIGENTE, CANTIDAD GENERADA HASTA EL DIA 05 DE DICIEMBRE AÑO 2006.
2.- POR LA CANTIDAD DE $41,313.93 (CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TRECE PESOS 93/100 M.N.) POR CONCEPTO DE CAPITAL VENCIDO Y NO PAGADO, CANTIDAD GENERADA HASTA EL DIA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006, ASI MISMO SE RECLAMAN LAS CANTIDADES QUE POR ESTE CONCEPTO SE SIGAN GENERANDO HASTA LA TOTAL LIQUIDACION DEL ADEUDO.
3.- POR EL PAGO DE LA CANTIDAD DE $141,974.32 (CIENTO CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 32/100 M.N.) POR CONCEPTO DE INTERESES ORDINARIOS VIGENTES, GENERADOS DE CONFORMIDAD CON LO PACTADO POR LAS PARTES EN LOS DOCUMENTOS FUNDATORIOS, CANTIDAD GENERADA HASTA EL DIA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006.
4.- POR EL PAGO DE LA CANTIDAD DE $561.58 (QUINIENTOS SESENTA Y UN PESOS CON 58/100 M.N.) POR CONCEPTO DE INTERESES ORDINARIOS MORATORIOS, GENERADOS DE CONFORMIDAD CON LO PACTADO POR LAS PARTES EN LOS DOCUMENTOS FUNDATORIOS, CANTIDAD GENERADA HASTA EL DIA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006, ASI MISMO SE RECLAMAN LAS CANTIDADES QUE POR ESTE CONCEPTO SE SIGAN GENERANDO HASTA LA TOTAL LIQUIDACION DEL ADEUDO.
5.- POR EL PAGO DE GASTOS Y COSTAS JUDICIALES QUE SE ORIGINEN CON MOTIVO DE LA TRAMITACION DEL PRESENTE JUICIO.
Publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico denominado "Público" de esta ciudad.
Guadalajara, Jal., a 8 de abril de 2010.
Secretario de Acuerdos
Lic. Enriqueta Acosta Pérez
Rúbrica.
(R.- 322878)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
A
las 10:00 diez horas del día 29 veintinueve de Abril del 2011
dos mil once, tendrá verificativo en el local de este Juzgado
Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito
Judicial en el Estado, dentro del expediente judicial número
584/2009 relativo al JUICIO ORDINARIO MERCANTIL promovido por
GUADALUPE JAVIER ELIZONDO OROZCO en contra de JULIAN CASTILLO
HERNANDEZ, a fin de que tenga verificativo en el local de éste
Juzgado el remate en pública subasta y primera almoneda del
100% cien por ciento de los derechos que le corresponden a la parte
demandada JULIAN CASTILLO HERNANDEZ, respecto del bien inmueble
embargado en autos consistente en: Lote de terreno marcado con el
numero 32 treinta y dos de la manzana numero 67 sesenta y siete, del
Fraccionamiento Dos Ríos, Noveno Sector, ubicado en el
municipio de Guadalupe, Nuevo León, con una superficie total
de 97.54 noventa y siete metros cincuenta y cuatro decímetros
de metro cuadrado, y las siguientes medidas y colindancias: AL
NORESTE, mide 6.33 seis metros treinta y tres centímetros a
colindar con el lote 21 veintiuno; AL SUROESTE, mide 6.67 seis metros
sesenta y siete centímetros a dar frente a la calle Río
Ameca; AL SURESTE, mide 15.00 quince metros a colindar con lote 31
treinta y uno; AL NOROESTE mide 15.00 quince metros a colindar con el
lote 33 treinta y tres.
La manzana de referencia se encuentra
circundada por las siguientes calles: AL NORESTE, Río
Panuco,
AL SUROESTE, Río Verde y Río Ameca; AL
SURESTE, Río Balsas; y AL NORESTE, Río Danubio. Y finca
marcada con el número 142 ciento cuarenta y dos de la calle
Río Ameca, en el citado Fraccionamiento.- En la inteligencia
de que los datos de inscripción del referido inmueble son los
siguiente: NUMERO 670, VOLUMEN 139, LIBRO 27, SECClON PRIMERA
PROPIEDAD, UNIDAD GUADALUPE DE FECHA 15 DE FEBRERO DEL 2007.-
convóquese a postores a pública subasta mencionada
mediante edictos que deberán publicarse por tres veces dentro
de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y
en la Tabla de Avisos de éste Recinto Judicial.- Entendiéndose
que el primero de los anuncios deberán de publicarse, ellos el
primer día del plazo citado y el tercero al noveno día,
pudiendo el segundo de ellos publicarse en cualquier tiempo.- Siendo
la base para el remate el importe de $614,000.00 (SEISCIENTOS CATORCE
MIL PESOS 00/100 M.N.), que corresponde a la valor del inmueble según
el avalúo practicado por los peritos designados en autos y
servirá como postura legal para el remate la cantidad de
$409,333.33 (CUATRO NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100
M.N.), la cual corresponde a las dos terceras partes de la suma antes
mencionada. En la inteligencia de los postores que quisieran
comparecer deberán consignar previamente en la Secretaria de
Finanzas y Tesorería General del Estado, una cantidad igual
por lo menos al 10% diez por ciento del valor del bien, allegando el
certificado correspondiente; hágase saber además a los
interesados en la secretaria de este juzgado se proporcionan mayores
informes.
Monterrey, N.L., a 15 de marzo de 2011.
C. Secretario adscrito al Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente
del Primer Distrito Judicial en el Estado
Lic. Dora Hernández Saucedo
Rúbrica.
(R.- 323065)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Zacatecas
Secc. Amparo
Mesa II
Pral. 677/2010
EDICTO
Por
ignorarse el domicilio del tercero perjudicado Unión de
Crédito Regional Sociedad Anónima de Capital Variable,
con fundamento en el artículo 315, del Código Federal
de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de
Amparo, el Juez Segundo de Distrito en el estado de Zacatecas, ordenó
emplazar por edictos al citado tercero perjudicado, haciéndole
saber que en este Juzgado Segundo de Distrito en el estado de
Zacatecas, se ventila juicio de amparo 677/2010-II, promovido por
Moctezuma Espinoza Jaime, contra actos del Juez Octavo del Ramo Civil
de la ciudad de San Luis Potosí y otras autoridades, que hizo
consistir en: “III.- (…) que sea embargado un bien de mi
legitima propiedad ubicado en el Fraccionamiento “Villas del
mineral” en Fresnillo, Zac. (…) también reclamo
la orden girada por la misma responsable remitida vía exhorto
al C. Juez de Primera Instancia del Ramo Mercantil del Distrito
Judicial de Fresnillo, Zac., que es de mi domicilio para que se
escriture mi propiedad a Maria Concepción Sánchez Leal
y se le ponga en posesión de mi propiedad, orden que
seguramente ha nacido del ya referido expediente 1006/2006, de donde
emanan los actos que estoy reclamando (…)”. IV.- (…)
La orden que ha dictado dentro de los Juicios Mercantiles Ejecutivos
número números 547/95, 551/95, 574/95, 556/95, 557/95,
576/95, 591/95, 776/95 promovidos en contra de la empresa Mercantil
“Proaño” S.A. DE C.V, en donde aparece como actora
la
Unión de Crédito Regional, S.A. de C.V.
representada por el Licenciado Luis Enrique Navarro González,
Juicios en el que soy totalmente ajeno y en los que se está
ordenando se escriture el bien de mi propiedad y se les de posesión,
según aparece publicado en Internet dichos mandatos el día
de hoy veinticuatro de septiembre del presente año, en estos
juicios señalados indebidamente donde soy totalmente ajeno
indebidamente se ha ordenado que se me prive de mi propiedad y s ele
entregue a una persona ajena con quien no me une ninguna relación
de negocios de donde hubiera nacido semejante orden (…)”.
V.- (…) Le reclamo la ejecución que pretende llevar a
acabo de las ordenes que ya precis, estas no pueden encontrarse
fundadas y motivadas por que nacen de un juicio donde soy totalmente
extraño a dicho procedimiento (…)”.
En el cual
se encuentran señaladas las once horas del veintiocho de marzo
de dos mil once, para el verificativo de la audiencia constitucional
que en derecho proceda; se le previne para que comparezca
en el
término de treinta días, que contarán a partir
del siguiente de la última publicación, apercibidos que
de no imponerse de los autos, las siguientes notificaciones se le
harán por medio de lista que se fije en los estrados de este
Juzgado. Asimismo, se ordena fijar en los estrados de este Tribunal
una copia del presente edicto hasta en tanto se tenga por legalmente
emplazado al citado tercero perjudicado.
Se publicaran por tres veces de siete en siete días, en el “Diario Oficial”; y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación de la República (Reforma).
Atentamente
Zacatecas, Zac., a 16 de marzo de 2011.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
Lic. Ma. de los Angeles Huerta Vázquez
Rúbrica.
(R.- 323079)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Zacatecas
Secc. Amparo
Mesa I
Pral. 686/2010
EDICTO
Por
ignorarse el domicilio de los terceros perjudicados PROAÑO
Sociedad Anónima de Capital Variable, Abarrotes El Dos de
Enero Sociedad Anónima de Capital Variable, Inmobiliaria Guva,
Sociedad Anónima
de Capital Variable y Unión de
Crédito Regional Sociedad Anónima de Capital Variable,
con fundamento en el artículo 315, del Código Federal
de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de
Amparo,
el Juez Segundo de Distrito en el estado de Zacatecas,
ordenó emplazar por edictos a los citados terceros
perjudicados, haciéndoles saber que en este Juzgado Segundo de
Distrito en el estado de Zacatecas, se ventila juicio de amparo
686/2010-I, promovido por Ernesto Carrera Santa Cruz, contra actos
del Juez Octavo del Ramo Civil de la ciudad de San Luis Potosí
y otras autoridades, que hizo consistir en: “III.- (…)
que sea embargado un bien de mi legitima propiedad que se identifica
como lote urbano ubicado en Prolongación Avenida García
Salinas s/n Colonia Venustiano Carranza de la ciudad de Fresnillo,
Zacatecas, con clave catastral número 2-23, (…) también
reclamo la orden girada por la misma responsable remitida vía
exhorto al C. Juez de Primera Instancia del Ramo Mercantil del
Distrito Judicial de Fresnillo, Zacatecas, que es de mi domicilio
para que se escriture mi propiedad a María Concepción
Sánchez Leal y se le ponga en posesión de mi propiedad,
orden que seguramente ha nacido del ya referido expediente 1006/2006,
de donde emanan los actos que estoy
reclamando (…)”.IV.- (…) La orden que ha dictado
dentro de los Juicios Mercantiles Ejecutivos
número números 547/95, 551/95, 574/95, 556/95, 557/95,
576/95, 591/95, 776/95 promovido en contra de la empresa Mercantil
“Proaño” S.A. DE C.V., representada por el
Licenciado Luis Enrique Navarro González, Juicios en el que
soy totalmente ajeno y en los que se está ordenando se
escriture el bien de mi propiedad y se les de posesión, según
aparece publicado en Internet dichos mandatos el día de hoy
veinticuatro septiembre del presente año, en estos juicios
señalados indebidamente donde soy totalmente ajeno
indebidamente se ha ordenado que se me prive de mi propiedad y s ele
entregue a una persona ajena con quien no me une ninguna relación
de negocios de donde hubiera nacido semejante orden (…)”.
V.- (…) Le reclamo la ejecución que pretende llevar a
acabo de las órdenes que ya precisaron, estas no pueden
encontrarse fundadas y motivadas por que nacen de un juicio donde soy
totalmente ajeno (…)”. En el cual se encuentran
señaladas las once horas con veinticinco minutos del
veintitrés de marzo de dos mil once, para el verificativo de
la audiencia constitucional que en derecho proceda; se les previne
para que comparezcan en
el término de treinta días,
que contarán a partir del siguiente de la última
publicación, apercibidos que de no imponerse de los autos, las
siguientes notificaciones se les harán por medio de lista que
se fije en los estrados de este Juzgado. Asimismo, se ordena fijar en
los estrados de este Tribunal una copia del presente edicto hasta en
tanto se tengan por legalmente emplazados a los citados terceros
perjudicados.
Se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el “Diario Oficial”, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República (Reforma).
Atentamente
Zacatecas, Zac., a 15 de marzo de 2011.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
Lic. Ma. de los Angeles Huerta Vázquez
Rúbrica.
(R.- 323080)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
Cancún, Q. Roo
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún
Concurso Mercantil 268/20010
EDICTO
EN LOS AUTOS DEL CONCURSO MERCANTIL NUMERO 268/2010, PROMOVIDO POR "COZUMEL CARIBE", SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, EN EL CUAL EN FECHA TREINTA DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ SE DICTO SENTENCIA DEFINITIVA, QUEDANDO LOS RESOLUTIVOS AL TENOR LITERAL SIGUIENTE:
RESUELVE
PRIMERO. Es procedente la solicitud formulada al haberse acreditado en autos que la solicitante del concurso, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley de Concursos Mercantiles, incurrió en incumplimiento generalizado en el pago de sus obligaciones, por lo que con esta fecha veinte de septiembre de dos mil diez, se declara en concurso mercantil a COZUMEL CARIBE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
SEGUNDO. Se declara abierta la etapa de conciliación por ciento ochenta y cinco días naturales, sin perjuicio de lo demás ordenado por el artículo 145 de la Ley de Concursos Mercantiles.
TERCERO. Se ordena al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles que dentro del término de cinco días y a través del procedimiento aleatorio previamente establecido, designe conciliador, quien dentro de los tres días siguientes a su designación deberá hacer del conocimiento de los acreedores su nombramiento y señalar un domicilio dentro de la jurisdicción de este juzgado para el cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley. En tanto se efectúa designación de conciliador, el comerciante, sus administradores, gerentes y dependientes tendrán las obligaciones que la ley atribuye a los depositarios.
SEXTO.- Se ordena al conciliador inicie el procedimiento de reconocimiento de créditos, efectuando de oficio en los términos establecidos por los artículos 121 y 123 de la Ley de Concursos Mercantiles su determinación; deberá elaborar la lista de créditos a cargo del comerciante que propone reconocer, con base entre otras fuentes, en la contabilidad del mismo, con los demás documentos que permitan determinar su pasivo, con la información que el propio comerciante y su personal están obligados a proporcionar, la información que se desprenda del dictamen del visitador, así como, en su caso, de las solicitudes de reconocimiento que se le presenten.
SEPTIMO.- Se hace del conocimiento de los acreedores residentes en la Republica Mexicana, que aquellos que así lo deseen, presenten al conciliador en el domicilio que éste señale para el cumplimiento de sus obligaciones, sus solicitudes de reconocimiento de crédito conforme a lo dispuesto por el artículo 125 de la Ley de Concursos Mercantiles, sin perjuicio de lo ordenado en el resolutivo que antecede.
Los acreedores residentes en el extranjero podrán presentar sus solicitudes de reconocimiento de crédito, si a sus intereses conviene, ante la persona y lugar indicados, dentro de un plazo de cuarenta y cinco días naturales conforme el artículo 291 de la Ley de Concursos Mercantiles.
DECIMO.- Con fundamento en la fracción VIII del artículo 43 de la Ley de Concursos Mercantiles se ordena al comerciante la inmediata suspensión del pago de adeudos contraídos con anterioridad a la fecha en que comience a surtir efectos la presente sentencia; salvo los que sean indispensables para la operación ordinaria de la empresa, respecto de los cuales deberá informar a este juzgado dentro de las veinticuatro horas siguientes de efectuados.
DECIMO CUARTO.- Con independencia del lugar originalmente pactado para pago, los créditos a cargo de la concursada que carezcan de garantía real dejarán de causar intereses a la fecha de esta sentencia; si no hubieren sido denominados originalmente en UDIS, se convertirán a dicha unidad previa conversión a moneda nacional de los que en su caso estuvieren denominados en moneda extranjera; el tipo de cambio y la equivalencia de las citadas unidades serán los determinados por el Banco de México para la fecha de esta sentencia. Con independencia del lugar originalmente pactado para pago, los créditos con garantía real, a partir de la fecha de esta sentencia, sólo causarán intereses ordinarios y hasta por el valor de la garantía; se mantendrán en la moneda o unidad en la que originalmente se denominaron, pero también se convertirán a UDIS sólo para cuantificar el alcance de su participación en las decisiones en que así se requiera, caso en el cual, se empleará la equivalencia antes mencionada.
Así lo resolvió y firma la licenciada Ana Maria Nava Ortega, Juez Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo, ante el licenciado Oscar Daniel Ortiz Cetina, Secretario que autoriza y da fe.- Doy fe.- DOS FIRMAS ILEGIBLES.- RUBRICAS.”
PARA SU PUBLICACION POR DOS VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO NOVEDADES DE CANCUN SE EXPIDE LO ANTERIOR EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 43, FRACCION XI Y 45 DE LA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES.
Cancún, Q. Roo, a 12 de enero de 2011.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Lic. Oscar Daniel Ortiz Cetina
Rúbrica.
(R.- 321835)
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Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Monterrey, Nuevo León
EDICTO
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
MONTERREY, NUEVO LEON.
En
el juicio de amparo directo 46/2010, promovido ante el Primer
Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, por
Epitacio López Gámez, por sí y en representación
de Epitacio López Silva, Juan López Gámez,
Francisco López Gámez y Valentín López
Gamez, en contra de la resolución de ocho de enero de dos mil
siete, dictada por el Tribunal Unitario Agrario, Distrito 20, dentro
del expediente
20-268/04, relativo al procedimiento de depuración
censal y privación de derechos del poblado “VENUSTIANO
CARRANZA”, municipio de Galeana, Estado de Nuevo León,
se dictó un acuerdo que en lo conducente dice:
“En
consecuencia, toda vez que ha sido imposible emplazar a los terceros
perjudicados y se desconoce el domicilio en donde puedan ser
localizados, no obstante las investigaciones que anteriormente fueron
realizadas por el Tribunal Unitario Agrario para ubicarlos, según
se advierte a foja 113 del presente asunto, con fundamento en lo
dispuesto por el artículo 30 de la ley de Amparo y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria a la referida ley, se ordena el emplazamiento a los
terceros perjudicados, Liborio Rodríguez R., Liborio Rodríguez
C., Adolfo Rodríguez C., Luis Rodríguez C., David
Rodríguez C., Alfonso Rodríguez C., Teodoro Rodríguez
C., Israel Rodríguez A., Antero Rodríguez A., Alfonso
Rodríguez A., Andrés Pérez Rodríguez,
Manuel Ezquivel Ezquivel, José Angel Treviño A., Jaime
Treviño Anzalde, Gilberto Montoya, Agustina Ceballos Vda.,
Eliseo Carrera Ceballos, Juan Carrera Ceballos, Daniel Carrera
Ceballos, Juan Luna López, Trinidad López, Alejandro
Luna López, Ramón Icazo Esquivel, Jesús Icazo
Macias, Emilio Picasso Macías, Guillermo Picasso M., Raúl
Picasso Macías, J. Santos Cedillo Araiza, Salvador Cedillo G.,
Guadalupe González, Maurilio González G., Juvencio
González G., Jesús N. González G., Amado
Guerrero Torres, Amado Guerrero Juárez, Jesús Gaytán
G., Carlos Ramos Freyre, Juan López Olvera, Juan López
Delgado, Gonzalo López Delgado, Salvador López Delgado,
Roberto López Delgado, Epigmenio Tovar Fuente, José A.
Tovar Tristán, Félix López Montelongo, Lorenzo
Froto Cárdenas, Rafael Froto Villa, Arturo Froto Villa, Benito
García López, J. Santos García M., Carlos García
Montoya, Apolonio Carrillo R., Ignacio Taraco Torres, Francisco
Taraco M., J. Cruz Barrientos J., Manuel Barrientos Ch., José
Barrientos Ch., J. Cruz Barrientos Ch., Apolinar Rojas Silva, Eulalio
Cárdenas Adame, Everardo Cárdenas V., Héctor
Cárdenas Valdéz, Elías Cárdenas Valdéz,
Gregorio García Montoya, Víctor Cárdenas Adame,
Joaquín Herrera Juárez, Candelario Cerda Cerda, Antonio
Barbosa Núñez, José Alvarez De León,
Jacinto Esquivel F., Andrés López Santiago, Jesús
Vázquez Rivera, Guadalupe Vázquez R., Roberto Vázquez
Rivera, Hipólito Vázquez Rivera, Juan Briceño
Vázquez, Jesús Félix Flores, Andrés
Rodríguez S., Manuel Esquivel F., Efraín Esquivel C.,
Hipólito Rojas, Alfonso Rojas, Pedro Rojas Contreras, J.
Dolores Rojas M., Muvario Rojas Méndez, Juana Rojas vda. de
S., Julián Cruz Gamboa, Juan Gamboa Solís, Manuel Cruz
Gamboa, Lucio Gamboa Solís, Alejandro Romeo Avila, J. Santos
Gamboa S., Isaías Rojas Silva, Florentino Tovar R., Alvaro
Tovar Hernández, Margarito Barrientos, Hilaria Taraco Vda.,
Ovidio Olvera y Pedro Barrón Contreras.
En consecuencia,
con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de
Amparo, publíquese el presente edicto que contendrán
una relación sucinta de la demanda, y se publicarán por
tres veces, de siete en siete días, en el "Diario
Oficial" y en uno de los periódicos diarios de mayor
circulación en la República, haciéndosele saber
que deben presentarse dentro
del término de treinta días,
contados del siguiente al de la última publicación.
Además, fíjese en la puerta del tribunal, una copia
integra de la resolución, por todo el tiempo del
emplazamiento. Si, pasado este término, no comparecen por sí,
por apoderado o por gestor que pueda representarlos, las subsecuentes
notificaciones se realizaran por medio de lista de acuerdos que se
fija en los estrados de este tribunal colegiado; déjese a
disposición de los terceros perjudicados, en la secretaría
de acuerdos de este tribunal, copia de la demanda de amparo.”
El Presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Magistrado de Circuito
Sergio Eduardo Alvarado Puente
Rúbrica.
La Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Lic. Diana Francia Puente Martínez
Rúbrica.
(R.- 323040)
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Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Monterrey, Nuevo León
EDICTO
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
MONTERREY, NUEVO LEON.
En el juicio de amparo directo 45/2010, promovido ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, por Rodolfo Rodríguez Rivera, por su propio derecho y con el carácter de representante legal de Pedro Calvillo Pérez, Altagracia Solís Solís, Jesús Gerardo García Ledesma, Claudia Elizabeth Calvillo Solís, José Luis Balderas Zúñiga, Deogracia Calvillo Solís, Jesús Adriana Peña Dimas y Nora Iztel Calvillo Solís, en contra de la resolución de ocho de enero de dos mil siete, dictada por el Tribunal Unitario Agrario, Distrito 20, dentro del expediente 20-268/04, relativo al procedimiento de depuración censal y privación de derechos del poblado “VENUSTIANO CARRANZA”, municipio de Galeana, Estado de Nuevo León, se dictó un acuerdo que en lo conducente dice:
“En
consecuencia, toda vez que ha sido imposible emplazar a los terceros
perjudicados y se desconoce el domicilio en donde puedan ser
localizados, no obstante las investigaciones que anteriormente fueron
realizadas por el Tribunal Unitario Agrario para ubicarlos, según
se advierte a foja 113 del presente asunto, con fundamento en lo
dispuesto por el artículo 30 de la ley de Amparo y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria a la referida ley, se ordena el emplazamiento a los
terceros perjudicados, Liborio Rodríguez R., Liborio Rodríguez
C., Adolfo Rodríguez C., Luis Rodríguez C., David
Rodríguez C., Alfonso Rodríguez C., Teodoro Rodríguez
C., Israel Rodríguez A., Antero Rodríguez A., Alfonso
Rodríguez A., Andrés Pérez Rodríguez,
Manuel Ezquivel Ezquivel, José Angel Treviño A., Jaime
Treviño Anzalde, Gilberto Montoya, Agustina Ceballos Vda.,
Eliseo Carrera Ceballos, Juan Carrera Ceballos, Daniel Carrera
Ceballos, Juan Luna López, Trinidad López, Alejandro
Luna López, Ramón Icazo Esquivel, Jesús Icazo
Macias, Emilio Picasso Macías, Guillermo Picasso M., Raúl
Picasso Macías, J. Santos Cedillo Araiza, Salvador Cedillo G.,
Guadalupe González, Maurilio González G., Juvencio
González G., Jesús N. González G., Amado
Guerrero Torres, Amado Guerrero Juárez, Jesús Gaytán
G., Carlos Ramos Freyre, Juan López Olvera, Juan López
Delgado, Gonzalo López Delgado, Salvador López Delgado,
Roberto López Delgado, Epigmenio Tovar Fuente, José A.
Tovar Tristán, Félix López Montelongo, Lorenzo
Froto Cárdenas, Rafael Froto Villa, Arturo Froto Villa, Benito
García López, J. Santos García M., Carlos García
Montoya, Apolonio Carrillo R., Ignacio Taraco Torres, Francisco
Taraco M., J. Cruz Barrientos J., Manuel Barrientos Ch., José
Barrientos Ch., J. Cruz Barrientos Ch., Apolinar Rojas Silva, Eulalio
Cárdenas Adame, Everardo Cárdenas V., Héctor
Cárdenas Valdéz, Elías Cárdenas Valdéz,
Gregorio García Montoya, Víctor Cárdenas Adame,
Joaquín Herrera Juárez, Candelario Cerda Cerda, Antonio
Barbosa Núñez, José Alvarez De León,
Jacinto Esquivel F., Andrés López Santiago, Jesús
Vázquez Rivera, Guadalupe Vázquez R., Roberto Vázquez
Rivera, Hipólito Vázquez Rivera, Juan Briceño
Vázquez, Jesús Félix Flores, Andrés
Rodríguez S., Manuel Esquivel F., Efraín Esquivel C.,
Hipólito Rojas, Alfonso Rojas, Pedro Rojas Contreras, J.
Dolores Rojas M., Muvario Rojas Méndez, Juana Rojas vda. de
S., Julián Cruz Gamboa, Juan Gamboa Solís, Manuel Cruz
Gamboa, Lucio Gamboa Solís, Alejandro Romeo Avila, J. Santos
Gamboa S., Isaías Rojas Silva, Florentino Tovar R., Alvaro
Tovar Hernández, Margarito Barrientos, Hilaria Taraco Vda.,
Ovidio Olvera y Pedro Barrón Contreras.
En consecuencia,
con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de
Amparo, publíquese el presente edicto que contendrán
una relación sucinta de la demanda, y se publicarán por
tres veces, de siete en siete días, en el "Diario
Oficial" y en uno de los periódicos diarios de mayor
circulación en la República, haciéndosele saber
que deben presentarse dentro del término de treinta días,
contados del siguiente al de la última publicación.
Además, fíjese en la puerta
del tribunal, una copia
integra de la resolución, por todo el tiempo del
emplazamiento. Si, pasado este término, no comparecen por sí,
por apoderado o por gestor que pueda representarlos, las subsecuentes
notificaciones se realizaran por medio de lista de acuerdos que se
fija en los estrados de este tribunal colegiado; déjese a
disposición de los terceros perjudicados, en la secretaría
de acuerdos de este tribunal, copia de la demanda de amparo.”
El Presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Magistrado de Circuito
Sergio Eduardo Alvarado Puente
Rúbrica.
La Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Lic. Diana Francia Puente Martínez
Rúbrica.
(R.- 323043)
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PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
MONTERREY, NUEVO LEON.
En el juicio de amparo directo 44/2010, promovido ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, por Rogelio Calvillo López, por sí y en representación de Aniseto Medrano Solís, Miguel Angel Calvillo Alejandro, Rogelio Calvillo Alejandro, René Calvillo Alejandro, Petronilo Pérez Paredes, José Rodrigo Rodríguez Rivera y Gustavo Contreras Alvarado, en contra de la resolución de ocho de enero de dos mil siete, dictada por el Tribunal Unitario Agrario, Distrito 20, dentro del expediente 20-268/04, relativo al procedimiento de depuración censal y privación de derechos del poblado “VENUSTIANO CARRANZA”, municipio de Galeana, Estado de Nuevo León, se dictó un acuerdo que en lo conducente dice:
“En
consecuencia, toda vez que ha sido imposible emplazar a los terceros
perjudicados y se desconoce el domicilio en donde puedan ser
localizados, no obstante las investigaciones que anteriormente fueron
realizadas por el Tribunal Unitario Agrario para ubicarlos, según
se advierte a foja 113 del presente asunto, con fundamento en lo
dispuesto por el artículo 30 de la ley de Amparo y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria a la referida ley, se ordena el emplazamiento a los
terceros perjudicados, Liborio Rodríguez R., Liborio Rodríguez
C., Adolfo Rodríguez C., Luis Rodríguez C., David
Rodríguez C., Alfonso Rodríguez C., Teodoro Rodríguez
C., Israel Rodríguez A., Antero Rodríguez A., Alfonso
Rodríguez A., Andrés Pérez Rodríguez,
Manuel Ezquivel Ezquivel, José Angel Treviño A., Jaime
Treviño Anzalde, Gilberto Montoya, Agustina Ceballos Vda.,
Eliseo Carrera Ceballos, Juan Carrera Ceballos, Daniel Carrera
Ceballos, Juan Luna López, Trinidad López, Alejandro
Luna López, Ramón Icazo Esquivel, Jesús Icazo
Macias, Emilio Picasso Macías, Guillermo Picasso M., Raúl
Picasso Macías, J. Santos Cedillo Araiza, Salvador Cedillo G.,
Guadalupe González, Maurilio González G., Juvencio
González G., Jesús N. González G., Amado
Guerrero Torres, Amado Guerrero Juárez, Jesús Gaytán
G., Carlos Ramos Freyre, Juan López Olvera, Juan López
Delgado, Gonzalo López Delgado, Salvador López Delgado,
Roberto López Delgado, Epigmenio Tovar Fuente, José A.
Tovar Tristán, Félix López Montelongo, Lorenzo
Froto Cárdenas, Rafael Froto Villa, Arturo Froto Villa, Benito
García López, J. Santos García M., Carlos García
Montoya, Apolonio Carrillo R., Ignacio Taraco Torres, Francisco
Taraco M., J. Cruz Barrientos J., Manuel Barrientos Ch., José
Barrientos Ch., J. Cruz Barrientos Ch., Apolinar Rojas Silva, Eulalio
Cárdenas Adame, Everardo Cárdenas V., Héctor
Cárdenas Valdéz, Elías Cárdenas Valdéz,
Gregorio García Montoya, Víctor Cárdenas Adame,
Joaquín Herrera Juárez, Candelario Cerda Cerda, Antonio
Barbosa Núñez, José Alvarez De León,
Jacinto Esquivel F., Andrés López Santiago, Jesús
Vázquez Rivera, Guadalupe Vázquez R., Roberto Vázquez
Rivera, Hipólito Vázquez Rivera, Juan Briceño
Vázquez, Jesús Félix Flores, Andrés
Rodríguez S., Manuel Esquivel F., Efraín Esquivel C.,
Hipólito Rojas, Alfonso Rojas, Pedro Rojas Contreras, J.
Dolores Rojas M., Muvario Rojas Méndez, Juana Rojas vda. de
S., Julián Cruz Gamboa, Juan Gamboa Solís, Manuel Cruz
Gamboa, Lucio Gamboa Solís, Alejandro Romeo Avila, J. Santos
Gamboa S., Isaías Rojas Silva, Florentino Tovar R., Alvaro
Tovar Hernández, Margarito Barrientos, Hilaria Taraco Vda.,
Ovidio Olvera y Pedro Barrón Contreras.
En consecuencia,
con fundamento en el artículo 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria a la Ley de Amparo, publíquese el presente edicto
que contendrán una relación sucinta
de la demanda, y se publicarán por tres veces, de siete en
siete días, en el "Diario Oficial" y en uno de los
periódicos diarios de mayor circulación en la
República, haciéndosele saber que deben presentarse
dentro del término de treinta días, contados del
siguiente al de la última publicación. Además,
fíjese en la puerta
del tribunal, una copia integra de la
resolución, por todo el tiempo del emplazamiento. Si, pasado
este término, no comparecen por sí, por apoderado o por
gestor que pueda representarlos, las subsecuentes notificaciones se
realizaran por medio de lista de acuerdos que se fija en los estrados
de este tribunal colegiado; déjese a disposición de los
terceros perjudicados, en la secretaría de acuerdos de este
tribunal, copia de la demanda de amparo.”
El Presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Magistrado de Circuito
Sergio Eduardo Alvarado Puente
Rúbrica.
La Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Lic. Diana Francia Puente Martínez
Rúbrica.
(R.- 323046)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Chihuahua
Poder Judicial del Estado
Juzgado Octavo Civil
Distrito Morelos
EDICTO DE REMATE
EN EL EXPEDIENTE NUMERO 664/09, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, PROMOVIDO POR LOS LICENCIADOS HECTOR HUGO PEREA ARBALLO Y/O JOSE ALEJANDRO PEREA ARBALLO Y/O OBED KINOKOVY DOMINGUEZ VALENZUELA, EN SU CARACTER DE APODERADOS DE FINANCIERA RURAL, ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO, EN CONTRA DE AMERICO CARMONA ARENIVAR, existe un auto que a la letra dice.
“CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A CUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE.
Agréguese
a los autos el escrito recibido en este Tribunal el día uno de
los corrientes, presentado por el LICENCIADO HECTOR HUGO PEREA
ARBALLO, como lo solicita, se ordena sacar a remate en SEGUNDA
ALMONEDA el bien inmueble dado en garantía, es decir el
consistente en TERRENO URBANO EN CALLE DONATO GUERRA EN EL MUNICIPIO
DE PARRAL, CHIHUAHUA, CON UNA SUPERFICIE DE 1,316.69 (MIL TRESCIENTOS
DIECISEIS PUNTO SESENTA Y NUEVE) METROS CUADRADOS, con una rebaja del
10% (diez por ciento) del precio que sirvió de base para la
primer almoneda, anunciándose su venta para la búsqueda
de postores mediante edicto que se publique por una única
ocasión en un periódico de circulación local en
el lugar que se ubique el inmueble, así como en el Diario
Oficial de la Federación y un tanto más que se coloque
en el tablero de avisos de este tribunal así como en el del
Juzgado Civil en Turno del Distrito Judicial Hidalgo, de conformidad
con el artículo 475 del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia
mercantil, así como los artículos 1411 y 1068 fracción
IV del Código
de Comercio. Sirviendo de base para el remate
la cantidad de $2,578,500.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y OCHO
MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que es el resultado de
reducir el 10% (diez por ciento) de la cantidad que sirvió de
base para el remate en primer almoneda, es decir de la cantidad de
$2,865,000.00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL PESOS
00/100 MONEDA NACIONAL), y como postura legal la cantidad de
$1,719,000.00 (UN MILLON SETECIENTOS DIECINUEVE MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL), que son las dos terceras partes del precio base de
esta almoneda; por lo anterior, se señalan las NUEVE HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DIA TRECE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE
para que tenga verificativo la audiencia de remate en segunda
almoneda. NOTIFIQUESE a la parte demandada el presente proveído
por medio de CEDULA, dada la rebeldía en que se constituyó,
de conformidad con los artículos 1068 y 1069 del Código
de Comercio. Gírese atento exhorto al Juez Civil en Turno del
Distrito Judicial Hidalgo, a efecto de que tenga a bien publicar el
edicto en el presente proveído
ordenado. Lo anterior, con fundamento en el artículo 1071 del
Código de Comercio.
NOTIFIQUESE:
Así lo acordó y firma el LICENCIADO JOSE HUMBERTO RODELO GARCIA, Juez Octavo de lo Civil del Distrito Judicial Morelos, ante su Secretario de Acuerdos LICENCIADO MAURICIO EDUARDO AVILA VILLALOBOS, con quien actúa y da fe. DOY FE.
DOS RUBRICAS Y LEGIBLES
LO QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL EN DEMANDA DE POSTORES.
Chihuahua, Chih., a 14 de marzo de 2011.
El Secretario de Acuerdo
Lic. Luis Alfonso Ramos González
Rúbrica.
(R.- 323118)
AVISOS GENERALES
|
Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V.
AVISO
01/2011, RELATIVO A LA CONVOCATORIA PUBLICA
API/TUX/01/09 (LA CONVOCATORIA), PUBLICADA EN ESTE MEDIO
INFORMATIVO, EL 7 DE OCTUBRE DE 2009, Y QUE
TIENE POR OBJETO EL OTORGAMIENTO DE UN CONTRATO DE CESION PARCIAL DE
DERECHOS DERIVADOS
DE CONCESION, PARA EL USO, APROVECHAMIENTO Y
EXPLOTACION DE UNA
INSTALACION PORTUARIA (MUELLE) DE USO PUBLICO,
PARA EL MANEJO DE CARGA CONTENERIZADA Y GENERAL, EN EL PUERTO DE
TUXPAN, VERACRUZ
De conformidad con la sección 9 de la CONVOCATORIA, y del apartado 14.7 de las bases de concurso, se informa que se modifica la CONVOCATORIA como a continuación se indica.
I. La parte inicial del apartado 1.1., dice:
La asignación del contrato de cesión parcial de derechos (el CONTRATO), derivado de la CONCESION, con una vigencia inicial de 20 (veinte) años, con posibilidad de prórroga de hasta 14 (catorce) años más…
Debe decir:
La asignación del contrato de cesión parcial de derechos (el CONTRATO), derivado de la CONCESION, con una vigencia inicial de 20 (veinte) años, con posibilidad de que se prorrogue hasta el término de la CONCESION ahora vigente, que es el 31 de julio de 2044.
Las fechas establecidas para la presentación de proposiciones y fallo, se han modificado mediante circulares, con apoyo en las bases de concurso.
El resto del texto de la CONVOCATORIA permanece sin modificaciones.
Tuxpan, Ver., a 31 de marzo de 2011.
Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V.
Ing. Alfredo Lorenzo Sánchez Hevia
(R.- 323279)
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
TASA NAFIN
De conformidad con las resoluciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 30 de marzo, 28 de abril, 29 de mayo y 30 de junio de 1995, se comunica que la Tasa NAFIN (TNF) de marzo aplicable en abril de 2011, ha sido determinada en 4.85% anual.
México, D.F., a 28 de marzo de 2011.
Nacional Financiera, S.N.C.
Director de Tesorería Mario Govea Soria Rúbrica. |
Director Jurídico Contencioso y de Crédito Javier Nava Tello Rúbrica. |
(R.- 323106)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia Jurídica
Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Dirección General de Supervisión de Intermediarios Especializados
312-3/33234/2010
Exp. CNBV.312.211.23 (5921)
Asunto: se autoriza a esa entidad el establecimiento de una nueva oficina de representación en México.
UPS CAPITAL BUSINESS CREDIT
Montecito No. 38, piso 30
Oficina 34, Col. Nápoles
03810, México, D.F.
At’n.: Sr. Jorge Agustín Navarro Moreno
Representante
Hacemos
referencia a su escrito del 15 de junio de 2010 y complementarios de
fechas 13 de septiembre
y 22 de octubre del mismo año,
mediante los cuales solicitan la autorización de esta Comisión
para el establecimiento en territorio nacional de una nueva Oficina
de Representación, esta vez con sede en la ciudad de
Monterrey, N.L.
Al
respecto, la Junta de Gobierno de esta Comisión, en sesión
celebrada el 9 de diciembre de 2010
y con fundamento en el
artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito y la
Sexta, fracción III de las “Reglas aplicables al
establecimiento y operación de oficinas de representación
de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo
7o. de la Ley de Instituciones de Crédito”, acordó:
UNICO.-
Autorizar a UPS Capital Business Credit el establecimiento de una
Oficina de Representación
en territorio nacional, con sede
en la ciudad de Monterrey, N.L.
La autorización ha sido concedida de acuerdo con los antecedentes y bases siguientes:
ANTECEDENTES
1.
Mediante oficio 102-E-367-DGBM-IV-3659 de fecha 5 de diciembre de
1996, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
autorizó a First National Bank of New England establecer una
Oficina de Representación
en México.
2. Con oficio DGBA/AIBM/082/99 de fecha 24 de marzo de 1999, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tomó nota del cambio de denominación de First National Bank of New England a First International Bank, National Association.
3.
Mediante oficio DGBA/AIBM/465/99 de fecha 24 de septiembre de 1999,
la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público
tomó nota de la transformación de First International
Bank, National Association a banco estatal y del cambio de su
denominación a First International Bank.
4. Con oficio UBA/DGABM/690/2003 de fecha 11 de septiembre de 2003, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tomó nota del cambio de denominación de First International Bank a UPS Capital Business Credit.
5.
El Consejo de Administración de UPS Capital Business Credit,
en sesión celebrada el día 30 de abril
de 2010,
aprobó el establecimiento en México de una Oficina de
Representación adjunta, a domiciliarse en la ciudad de
Monterrey, N.L.
6.
El Banco de México, mediante oficios S53/49-10 y S53/68-10 de
fechas 13 de julio y 4 de octubre
de 2010, manifestó no
tener inconveniente en que se otorgue a UPS Capital Business Credit,
la autorización solicitada.
7. UPS Capital Business Credit ha señalado como su principal Oficina de Representación, para efectos de residencia de su representante, la ubicada en la Ciudad de México, D.F.
8. UPS Capital Business Credit manifestó su compromiso de someterse incondicionalmente a las leyes, disposiciones y autoridades de los Estados Unidos Mexicanos, en todo lo que se refiere a los actos y actividades que realice en territorio nacional.
BASES
Primera.- La oficina de representación se sujetará en todo cuanto corresponda a su funcionamiento a lo dispuesto en el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito y en las “Reglas aplicables al establecimiento y operación de oficinas de representación de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito” y, en lo particular, a lo siguiente:
I. Deberá ostentar en todo momento la denominación de UPS Capital Business Credit, seguida de la expresión “Oficina de Representación en México, Monterrey, N.L.”.
II. Tendrá su domicilio en la ciudad de Monterrey, N.L.
III. Su representante será el señor Jorge Agustín Navarro Moreno.
Segunda.- La oficina de representación estará sujeta a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Tercera.- Por su propia naturaleza jurídica esta autorización es intransmisible.
Cuarta.- El presente oficio deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, a costa de la interesada.
Lo
anterior se comunica con fundamento en los artículos 12, 17,
fracción XII, 20, fracción I, inciso b) y 40, fracción
VI del Reglamento Interior de esta Comisión, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2009; 12,
fracción I, incisos 1) y 3) y 31), fracción I, inciso
1) del Acuerdo por el que el Presidente
de
la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega facultades
en los Vicepresidentes, Directores Generales
y
Directores Generales Adjuntos de la misma Comisión, publicado
en el citado Diario el 2 de octubre de 2009.
Atentamente
México, D.F., a 10 de diciembre de 2010.
Director General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Lic. José Antonio Bahena Morales
Rúbrica.
Directora General de Supervisión de Intermediarios Especializados
Lic. Aída Isabel Santos Barrera
Rúbrica.
(R.- 323071)
AVISO AL PUBLICO
REQUISITOS NECESARIOS PARA LA INSERCION DE DOCUMENTOS A PUBLICAR:
• Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación de su documento, con dos copias legibles.
• Original del documento a publicar en papel membretado, con sello legible, firma autógrafa y fecha de expedición del mismo, sin alteraciones y acompañado de dos copias legibles.
• En caso de documentos a publicar de empresas privadas, deberá anexar copia de la cédula del R.F.C.
• En caso de licitación pública o estado financiero, necesariamente deberá acompañar su documentación con un disquete en cualquier procesador WORD.
• El pago por derechos de publicación deberá efectuarse mediante el esquema para pago de derechos e5cinco del SAT en ventanilla bancaria o a través de Internet, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El comprobante de pago deberá presentarse (el original que devuelve la institución bancaria o la impresión original del pago realizado en Internet), acompañado de una copia simple. El original del pago será resguardado por esta Dirección.
LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARAN DE LA SIGUIENTE FORMA:
• Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público recibidas los días miércoles, jueves y viernes, se publicarán el siguiente martes, y las recibidas en lunes y martes, se publicarán el siguiente jueves.
• Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asambleas se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibido y pagado, y tres días después si se acompañan con disquete, mientras que los estados financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación.
• El disquete deberá contener un solo archivo con toda la información.
• Por ningún motivo se recibirá documentación que no cubra los requisitos antes señalados.
• Horario de recepción de 9:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.
• Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081. Fax extensión 35076.
Nota:
Si envía la documentación por correspondencia o
mensajería, favor de anexar guía prepagada
de la
mensajería de su preferencia, correctamente llenada, para
poder devolverle la forma fiscal que le corresponde.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
M. 946356 COMPUGUIA Y DISEÑO
ExPed. P.C. 1024/2010 (C-352) 10321
Folio 335
JONATHAN FRANCISCO ALVAREZ GONZALEZ Y NORMA BERENICE MORALES TIRADO
PRESENTES.
Por escrito presentado en las instalaciones de este Instituto el día 7 de julio de 2010, con folio de entrada 10321, MARCO ANTONIO MAYTORENA RODRIGUEZ, apoderado de HIGH TECH EDITORES, S.A. DE C.V., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario 946356 COMPUGUIA Y DISEÑO, propiedad de JONATHAN FRANCISCO ALVAREZ GONZALEZ y NORMA BERENICE MORALES TIRADO, haciendo consistir su acción en la causal contenida en la fracción II del artículo 152 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, JONATHAN FRANCISCO ALVAREZ GONZALEZ y NORMA BERENICE MORALES TIRADO, el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el plazo señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la ley de la Propiedad Industrial.
El
presente se signa en la Ciudad de México, con fundamento en
los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del
Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el
10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V, XXII, 7 Bis 2, títulos
sexto y séptimo y demás aplicables de la Ley de la
Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 27 de junio
de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según
corresponda, mediante decretos publicados los días 2 de agosto
de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de
2004, 16 de junio de 2005,
25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009,
6 de enero de 2010, 18 y 28 de junio de 2010 en dicho medio
informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c) subinciso ii),
segundo guión, Coordinación Departamental de
Cancelación
y Caducidad, 4o., 5o. 11 último párrafo
y 14 fracciones I a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el día 14 de diciembre de 1999
(reformado y adicionado, según corresponda mediante decretos
de 1 de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se
publicó el 28 del mismo mes y año en dicho medio
informativo, así como decreto del
7 de septiembre de 2007);
1o., 3o., 4o., 5o. fracción V inciso c, subinciso ii) segundo
guión, Coordinación Departamental de Cancelación
y Caducidad, 18 fracciones I a la VIII, XI y XII y 32 del Estatuto
Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de
diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda,
mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de
2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004 en dicho
medio informativo, y acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007) y
1o., 3o. y 7o. primer párrafo incisos j), k), m), n), o), p),
q),
r) y s) y tercer párrafo del Acuerdo que delega
facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador,
Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales,
Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros
Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y
modificación, según corresponda, de 4 de febrero de
2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre
de
2007, publicadas en dicho medio informativo).
Atentamente
10 de enero de 2011.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Eduardo Vázquez Labra
Rúbrica.
(R.- 322896)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
INTEGRA, AGENTES DE SEGUROS Y FIANZAS, S.A. DE C.V.
Vs.
JOSE DE JESUS OLIVARES OTERO
M.1131558 INTEGRA ASESORES IA.
ExPed. P.C. 621/2010 (N-161) 6569
Folio 29061
NOTIFICACION POR EDICTO
JOSE DE JESUS OLIVARES OTERO
Por
escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta
Dirección, el día 30 de abril de 2010,
al cual
recayó el folio de entrada 006569, Abraham Zetune Moljo,
apoderado de INTEGRA AGENTE DE SEGUROS Y FIANZAS, S.A. DE C.V.,
solicitó la declaración administrativa de nulidad del
registro marcario citado al rubro, haciendo consistir su acción
en el supuesto derivado del artículo 151 fracción IV de
la Ley de la Propiedad Industrial.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a JOSE DE JESUS OLIVARES OTERO, parte demandada, el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial.
El
presente se signa en la Ciudad de México, Distrito Federal, en
la fecha señalada al rubro, con fundamento en los artículos
1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea
el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993;
6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. Bis 2, títulos sexto y
séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad
Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según
corresponda, mediante decretos del 2 de agosto de 1994, 26 de
diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de
junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009,
6 de enero,
18 y 28 de junio de 2010, en dicho medio informativo); 1o., 3o.
fracción V, inciso c), subincisos ii), primer guión,
Coordinación Departamental de Nulidades, 4o., 5o., 11 último
párrafo y 14 fracciones I a VIII,
XI y XII del Reglamento
del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999
(reformado y adicionado, según corresponda, mediante Decretos
de
1 de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya Fe de erratas se
publicó el 28 del mismo mes y año, así como
Decreto de 7 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio
informativo); 1o., 2o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c),
subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental
de Nulidades, 18 fracciones I a la VIII, XI y XII y 32 del Estatuto
Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de
diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda,
mediante Acuerdo y Decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de
2004, con Nota Aclaratoria publicada con fecha 4 de agosto de 2004 y
Acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio
informativo) y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo, incisos d), f),
j), k), l), m), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo del
Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos,
Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas
Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales
y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota
aclaratoria y modificación, según corresponda, de
fechas 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004
y 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo).
Atentamente
15 de diciembre de 2010.
El Coordinador Departamental de Nulidades
Román Iglesias Sánchez
Rúbrica.
(R.- 323072)
Petróleos Mexicanos
Pemex Gas y Petroquímica Básica
Gerencia de Recursos Materiales
De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, así como con las Normas, Bases, Lineamientos y Procedimientos para la Administración del Patrimonio de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a través de la Gerencia de Recursos Materiales, llevará a cabo las licitaciones públicas números PGPB-900-11-A-008-GRM a la PGPB-900-11-A-012-GRM en las que podrán participar personas físicas y morales nacionales y extranjeras para la venta de bienes muebles improductivos no útiles para Pemex Gas y Petroquímica Básica. Los bienes motivo de estas licitaciones son:
Licitación PGPB-900-11- |
Descripción del bien |
Localización |
Valor para venta (M.N.) |
Fecha, hora y lugar de recepción y apertura de ofertas |
Fecha, hora y lugar de fallo de ofertas |
A-008-GRM A-009-GRM A-010-GRM A-011-GRM A-012-GRM |
Camiones (2) montacargas (1) Camión (1) Camiones (3) Camiones (2) Unimog (1) |
CPG Reynosa-Burgos Sector Ductos Monterrey Sector Ductos Torreón Sector Ductos Chihuahua UAT Monterrey |
$374,886.00 $86,782.50 $287,622.00 $185,962.50 $61,614.00 |
29 de abril de 2011 a las 11:00 Hrs. en Av. Marina Nacional No. 329, Auditorio Antonio J. Bermúdez, ubicado en el primer piso del edificio “A”, Col. Petróleos Mexicanos, C.P. 11311, México, D.F., teléfono directo Lada (01-55) 19-44-56-39 |
29 de abril de 2011 al concluir el acto de recepción y apertura de ofertas en el mismo lugar. Plazo de retiro: 10 días hábiles |
La Gerencia de Recursos Materiales, proporcionará en avenida Marina Nacional número 329, edificio B-1, 4o. piso, colonia Petróleos Mexicanos, código postal 11311, D.F., teléfono (01-55) 19-44-56-39 a partir del día 31 de marzo de 2011, de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:00 horas, en días hábiles, la siguiente documentación:
1.
Las
bases que regirán la enajenación con un costo de
$300.00 -Trescientos pesos 00/100 M.N.- IVA incluido, las cuales
podrán adquirirse del 31 de marzo
al 27 de abril de 2011,
en el domicilio antes citado. El pago deberá realizarse
mediante depósito bancario, en efectivo o mediante cheque de
caja a nombre de Pemex Gas y Petroquímica Básica en la
cuenta CIE Contrato número 6712-6 de BBVA Bancomer. La
adquisición de las bases es requisito para participar en el
evento.
2. Las autorizaciones de acceso a las instalaciones de los centros de trabajo, para la inspección de los bienes motivo de esta licitación.
3. Formato de cédula de ofertas, las ofertas deberán presentarse conforme se señala en las bases de licitación.
4. De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado para la licitación, y un 10% menos en segunda almoneda.
El comprador de bases deberá proporcionar nombre, domicilio fiscal y Registro Federal de Contribuyentes.
La presente convocatoria y bases de licitación podrán ser consultadas en las direcciones de Internet: http://www.sucap.pemex.com y http://www.gas.pemex.com
Rúbrica.
(R.- 322985)
Petróleos Mexicanos
Pemex Gas y Petroquímica Básica
Gerencia de Recursos Materiales
De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, así como con las Normas, Bases, Lineamientos y Procedimientos para la Administración del Patrimonio de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a través de la Gerencia de Recursos Materiales, llevará a cabo la licitación pública número PGPB-900-11-A-013-GRM A LA PGPB-900-11-A-020-GRM en las que podrán participar personas físicas y morales nacionales y extranjeras para la venta de bienes muebles improductivos no útiles para Pemex Gas y Petroquímica Básica. Los bienes motivo de estas licitaciones son:
Licitación PGPB-900-11- |
Descripción del bien |
Localización |
Valor para venta (M.N.) |
Fecha, hora y lugar de recepción y apertura de ofertas |
Fecha, hora y lugar de fallo de ofertas |
A-013-GRM A-014-GRM A-015-GRM A-016-GRM A-017-GRM A-018-GRM A-019-GRM A-020-GRM |
Camiones (2) camioneta (1) Camionetas (5) Camioneta (1) Camioneta (1) Camión (1) Camioneta (1) Camioneta (1) Automóvil (1) |
Sector Ductos Madero CPG Nuevo Pemex CPG Reynosa-Burgos CPG Poza Rica Sector Ductos Torreón Sector Ductos Tlaxcala Sector Ductos Cárdenas Sector Ductos Salamanca |
$419,017.50 $67,511.90 $17,614.74 $6,720.00 $305,532.00 $23,780.64 $32,419.80 $10,281.50 |
29 de abril de 2011 a las 16:00 Hrs. en Av. Marina Nacional No. 329, Auditorio Antonio J. Bermúdez, ubicado en el primer piso del edificio “A”, Col. Petróleos Mexicanos, C.P. 11311, México, D.F., Teléfono directo Lada (01-55) 19-44-56-39 |
29 de abril de 2011 al concluir el acto de Recepción y apertura de ofertas en el mismo lugar. Plazo de retiro: 10 días hábiles |
La Gerencia de Recursos Materiales, proporcionará en avenida Marina Nacional número 329, edificio B-1, 4o. piso, colonia Petróleos Mexicanos, código postal 11311, D.F., teléfono (01-55) 19-44-56-39 a partir del día 31 de marzo de 2011 de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:00 horas, en días hábiles, la siguiente documentación:
1.
Las bases que regirán la enajenación con un costo de
$300.00 -Trescientos pesos 00/100 M.N.- IVA incluido,
las cuales podrán adquirirse del 31 de marzo
al 27 de abril
de 2011 en el domicilio antes citado. El pago deberá
realizarse mediante depósito bancario, en efectivo o mediante
cheque de caja a nombre de Pemex Gas y Petroquímica Básica
en la cuenta CIE Contrato número 6712-6 de BBVA Bancomer. La
adquisición de las bases es requisito para participar en el
evento.
2. Las autorizaciones de acceso a las instalaciones de los centros de trabajo, para la inspección de los bienes motivo de esta licitación.
3. Formato de cédula de ofertas, las ofertas deberán presentarse conforme se señala en las bases de licitación.
4. De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado para la licitación, y un 10% menos en segunda almoneda.
El comprador de bases deberá proporcionar nombre, domicilio fiscal y Registro Federal de Contribuyentes. Plazo de retiro por licitación: 10 días hábiles.
La presente convocatoria y bases de licitación podrán ser consultadas en las direcciones de Internet: http://www.sucap.pemex.com y http://www.gas.pemex.com
Rúbrica.
(R.- 322984)
Secretaría de la Función Pública
Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal
El
Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales, a quien en lo sucesivo se denominará como “EL
INDAABIN”, órgano desconcentrado de la Secretaría
de la Función Pública, a quien en adelante se
denominará como “LA SECRETARIA”, de conformidad
con lo establecido en los artículos 134 de
la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1 fracción V,
11 fracción I, 20, 27 fracción IV, 29 fracciones I, II
y VI, 84 fracción I, 85, 86, párrafo primero, 88, 95,
96, 101 fracciones I, VI, VIII, 143 fracción II, 148 y el
transitorio décimo y demás artículos relativos y
aplicables de la Ley General de Bienes Nacionales publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2004; y en el
Acuerdo por el que se establecen las Normas para la Venta de
Inmuebles de Propiedad Federal, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 12 de junio de 2008. Convoca a todas las
personas físicas y morales interesadas a participar en la
licitación pública de 19 inmuebles de propiedad federal
con decretos presidenciales y acuerdos secretariales de
desincorporación y autorización de enajenación
onerosa publicados en el Diario Oficial de la Federación los
días: 2 de mayo de 2002, 12 de septiembre de 2003, 23 de mayo
de 2005, 5 de diciembre de 2005, 8 de febrero de 2006, 20 de julio de
2006, 9 de junio de 2008, 27 de agosto de 2008, 26 de septiembre de
2008 y 18 de noviembre de 2010. Los inmuebles serán enajenados
onerosamente “ad corpus”, 16 en forma individual y 3 en
un paquete, ubicados en diversos estados de la República
Mexicana y que se describen a continuación:
Registro Fed. Inm. |
Tipo de Inm. |
Ubicación |
Superficie terreno (m2) |
Valor base |
Visita al inmueble |
Junta de aclaraciones |
05-07106-0 |
Terreno |
Privada de Anáhuac, calle Honduras e Ignacio Altamirano, Col. Centro, Monclova, Coah. |
6,747.32* |
$3,725,672.00 |
19-abril-11 12:30 Hrs. |
19-abril-11 13:00 Hrs. |
17-03332-0 |
Terreno |
Lote 14, Privada de las Ranas, “La Loma de las Piletas”, Col. Altavista, Cuernavaca, Mor. |
330.00 |
$509,790.00 |
19-abril-11 10:30 Hrs. |
19-abril-11 11:00 Hrs. |
17-04547-4 |
Terreno |
Lote 11, manzana 3, sección Sol, Fraccionamiento Campestre Sierra Encantada, Huitzilac, Mor. |
1,848.00 |
$147,519.00 |
19-abril-11 9:00 Hrs. |
19-abril-11 9:30 Hrs. |
17-03226-0 |
Terreno rústico |
Predio denominado “El Llano”, km 100 carretera México-Acapulco, Alpuyeca, Xochitepec, Mor. |
12,448.45** |
$9,421,753.00 |
19-abril-11 13:00 Hrs. |
19-abril-11 13:30 Hrs. |
22-03002-4 |
Terreno |
Fracción de la Ex Hacienda San Nicolás, carretera San Juan del Río-Tequisquiapan, Tequisquiapan, Qro. |
42,818.00*** |
$3,451,725.00 |
18-abril-11 11:00 Hrs. |
18-abril-11 11:30 Hrs. |
25-06134-7 |
Terreno rústico |
Predio denominado “El Caimán” a 7.6 kms de Sinaloa de Leyva, Sinaloa de Leyva, Sin. |
200,000.00**** |
$96,195.00 |
18-abril-11 12:00 Hrs. |
18-abril-11 12:30 Hrs. |
25-06135-6 |
Terreno rústico |
Predio denominado “Cruz de Piedra” A 2.7 kms de Sinaloa de Leyva, Sinaloa de Leyva, Sin. |
200,000.00***** |
$96,195.00 |
18-abril-11 12:00 Hrs. |
18-abril-11 12:30 Hrs. |
30-10437-4 |
Terreno |
Calle Galeana s/n, Fundo Legal de Boca del Río, Ver. |
309.00 |
$1,263,387.00 |
19-abril-11 10:30 Hrs. |
19-abril-11 11:00 Hrs. |
* La superficie en venta es de 6,150.41 m2, según Plano DRPCPF-2867-2009-T de fecha 4 de junio de 2009, por lo que se excluyen de la enajenación las áreas ocupadas por la CFE y por una fracción de una vialidad.
** La superficie en venta es de 10,964.39 m2, según Plano número DRPCPF-1862-2007-T de fecha 21 de diciembre de 2007, por lo que se excluyen de la enajenación las áreas ocupadas por vialidades.
***
La superficie en venta es de 37,293.67 m2, según
Plano número DRPCPF-3518-2011-T de fecha 14 de febrero de
2011, por lo que se excluyen
de la enajenación las áreas
ocupadas por el jardín de niños “Antonio Servin”
y las escuelas primarias matutina: “José María
Morelos” y vespertina: “Cuauhtémoc”.
Uso
de suelo de equipamiento institucional (educación, cultura,
salud, asistencia pública, recreación,
deporte, comunicaciones y transportes, servicios urbanos y
administración pública).
**** La enajenación consiste en la cesión a título oneroso de los derechos posesorios que tiene el Gobierno Federal sobre el inmueble, mismo que cuenta con una superficie de 200,000.00 m2 conforme a la escritura pública, y de 191,589.83 m2, de acuerdo al Plano número DRPCPF-3075-2009-T de fecha 22 de diciembre de 2009.
***** La enajenación consiste en la cesión a título oneroso de los derechos posesorios que tiene el Gobierno Federal sobre el inmueble.
Registro Fed. Inm. |
Tipo de Inm. |
Ubicación |
Superficie terreno (m2) |
Superficie de Const. (m2) |
Valor base |
Visita al inmueble |
Junta de aclaraciones |
02-00523-0 |
Local |
Local
6 y 5 cajones de estacionamiento*, |
403.00 |
338.00 |
$1,113,830.00 |
19-abril-11 12:00 Hrs. |
19-abril-11 12:30 Hrs. |
07-08294-8 |
Terreno c/Const. |
Lote 4, Calle 9 Norte Oriente, C.P. 30450, Arriaga, Chis. |
1,560.78** |
358.45 |
$457,122.00 |
19-abril-11 10:00 Hrs. |
19-abril-11 10:30 Hrs. |
15-9142-2 |
Casa |
Lote 18, manzana V, 2a. Sección, Fraccionamiento "La Herradura", Bosque de la Antequera No. 175, Huixquilucan, Edo. de Méx. |
521.90 |
1,417.38 |
$16,598,544.00 |
18-abril-11 12:30 Hrs. |
18-abril-11 13:00 Hrs. |
25-10661-8 |
Casa |
Lote 7, manzana 2, condominio "Viñedos", tercera etapa, Sección Burdeos, avenida de Los Sauces No. 1054-33, interior Paseo Basolo, Culiacán, Sin. |
110.80 |
161.80 |
$1,065,534.00 |
18-abril-11 17:00 Hrs. |
18-abril-11 17:30 Hrs. |
* Los cajones de estacionamiento son los números 30, 31 y 32, con superficie global de 39.00 m2; y los números 33 y 34, con superficie global de 26.00 m2, lo que da un total de superficie de estacionamientos de 65.00 m2.
** Superficie de acuerdo a la escritura: 1,560.78 m2, superficie real de acuerdo a levantamiento topográfico: 1,678.18 m2 según Plano número DRPCPF-2870-2009-T de fecha 10 de junio de 2009.
Los siguientes inmuebles incluyen un descuento, de conformidad con lo establecido por la fracción I del artículo 85 de la Ley General de Bienes Nacionales, que en su parte conducente establece que: “si el inmueble federal de que se trate no se vende, la Secretaría podrá optar por celebrar una segunda licitación pública, señalando como postura legal el ochenta por ciento del valor base”.
Registro Fed. Inm. |
Tipo de Inm. |
Ubicación |
Superficie terreno (m2) |
Valor base |
Visita al inmueble |
Junta de aclaraciones |
15-13897-7 |
Terreno rústico |
Fracción de terreno, calle Agua Bendita, Paraje San Miguel s/n, Col. Barrio de San Miguel, Huixquilucan, Edo. de México* |
2,432.29 |
$744,260.00 |
18-abril-11 10:30 Hrs. |
18-abril-11 11:00 Hrs. |
15-13898-6 |
Terreno rústico |
Fracción de terreno, Paraje Eñandu s/n, calle Agua Bendita, Col. Barrio de San Miguel, Huixquilucan, Edo. de México* |
1,337.86 |
$437,493.00 |
18-abril-11 10:30 Hrs. |
18-abril-11 11:00 Hrs. |
* Ambos inmuebles no tienen acceso a vialidades, por lo que el adquirente gestionará, en su caso, la servidumbre de paso respectiva.
Paquete de 3 inmuebles ubicados en Hgo., con valor base de $15’071,502.00 (quince millones setenta y un mil quinientos dos pesos 00/100 M.N.).
Registro Fed. Inm. |
Tipo de Inm. |
Ubicación |
Superficie terreno (m2) |
Visita al inmueble |
Junta de aclaraciones |
13-11970-2 |
Terreno urbano |
Lote 248, manzana XXXV, Fraccionamiento "Parque Industrial Tepeji", km. 61, autopista México-Querétaro, Tepeji del Río de Ocampo, Hgo. |
20,525.04 |
18-abril-11 13:30 Hrs. |
18-abril-11 14:00 Hrs. |
13-11972-0 |
Terreno urbano |
Lote 250, manzana XXXV, Fraccionamiento "Parque Industrial Tepeji", km. 61, autopista México-Querétaro, Tepeji del Río de Ocampo, Hgo. |
20,242.54 |
18-abril-11 13:30 Hrs. |
18-abril-11 14:00 Hrs. |
13-11973-0 |
Terreno urbano |
Lote 251, manzana XXXV, Fraccionamiento "Parque Industrial Tepeji", km. 61, autopista México-Querétaro, Tepeji del Río de Ocampo, Hgo. |
30,893.82 |
18-abril-11 13:30 Hrs. |
18-abril-11 14:00 Hrs. |
Los siguientes inmuebles incluyen un descuento, de conformidad con lo establecido por la fracción I del artículo 85 de la Ley General de Bienes Nacionales, que en su parte conducente establece que: “si el inmueble federal de que se trate no se vende, la Secretaría podrá optar por celebrar una tercera licitación pública, señalando como postura legal el sesenta por ciento del valor base”.
Registro Fed. Inm. |
Tipo de Inm. |
Ubicación |
Superficie terreno (m2) |
Valor base |
Visita al inmueble |
Junta de aclaraciones |
16-06037-8 |
Terreno Urbano |
“Los Mameyes”, calle Dr. Miguel Silva s/n, Arteaga, Mich. * |
9,709.47 |
$733,596.00 |
19-abril-11 13:30 Hrs. |
19-abril-11 14:00 Hrs. |
19-18453-9 |
Terreno Urbano |
Lote 5, Congregación Colombia, frente a la carretera Monterrey-Colombia km 6.3, Anáhuac, N.L. |
161,315.00 |
$3’021,079.00 |
18-abril-11 12:30 Hrs. |
18-abril-11 13:00 Hrs. |
* Este inmueble tiene dos usos de suelo de acuerdo al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Arteaga, Mich. (a una fracción, corresponde el uso de suelo “A” restringido sólo a viveros y a la otra el “B” condicionado a lo que marquen las disposiciones ambientales agrícolas vigentes).
Venta de bases de la licitación: las bases para participar en la licitación pública se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en la página Web del INDAABIN: www.indaabin.gob.mx, y en las oficinas de la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal del INDAABIN, sitas en Salvador Novo número 8, colonia Barrio de Santa Catarina, código postal 04010, Delegación Coyoacán, en México, Distrito Federal, teléfonos 55-54-79-14 y 55-54-04-56, extensiones 225, 227 y 228, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta el 15 de abril de 2011, de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas.
El costo total de adquisición de cada una de estas bases es de $1,650.00 desglosándose de la siguiente manera: importe: $1,422.00 (un mil cuatrocientos veintidós pesos 00/100 M.N.), IVA: $228.00 (doscientos veintiocho pesos 00/100 M.N.).
Los
interesados en participar en la licitación pública
deberán recabar previamente a través de la página
Web del INDAABIN: www.indaabin.gob.mx, o en el domicilio arriba
señalado la hoja de ayuda para el pago en ventanilla bancaria
de derechos, productos y aprovechamientos (e5cinco), a efecto de
poder acudir de 10:00 a 14:00 horas, a alguna institución de
crédito a realizar el pago por la cantidad señalada y
presentarse nuevamente en las oficinas citadas y canjear el recibo
de
pago por las bases. El promovente deberá canjear su recibo de
pago a más tardar el 15 de abril de 2011, antes de las 18:00
horas.
Visitas a los inmuebles y junta de aclaraciones.- Se llevarán a cabo en el domicilio del inmueble objeto de la enajenación, en las fechas y horarios establecidos tanto en las bases como en esta convocatoria. Los inmuebles se enajenan “ad corpus” en las condiciones que actualmente se encuentran. La superficie de los inmuebles corresponde a lo que se consigna en los títulos de propiedad.
Valor
base para la licitación pública de inmuebles.- Los
participantes deberán considerar el valor base de los
inmuebles, para presentar sus ofertas de compra,
en el entendido
de que se desecharán las ofertas de compra que consignen un
importe inferior al valor base.
Garantía
de seriedad.- Los interesados en participar en la licitación
pública deberán garantizar la seriedad de sus
propuestas. Las garantías deberán extenderse
a favor
de la Tesorería de la Federación por el 10% del monto
de las ofertas de compra (sin considerar centavos) y presentarse
mediante cheque de caja.
Registro de participantes y revisión de documentos.- El 20 de abril de 2011, de 9:00 a 10:30 horas, en Salvador Novo número 8, colonia Barrio de Santa Catarina, código postal 04010, Delegación Coyoacán, en México, Distrito Federal.
Presentación y apertura de ofertas de compra.- Los participantes entregarán su oferta de compra en sobre cerrado el día 20 de abril de 2011 a las 11:00 horas, en las oficinas de la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, sitas en la calle de Salvador Novo número 8, colonia Barrio de Santa Catarina, código postal 04010, Delegación Coyoacán, en México, Distrito Federal.
Una vez recibidas todas las ofertas de compra, se llevará a cabo su apertura ante la presencia del representante de la Contraloría Interna de la Secretaría de la Función Pública de acuerdo al procedimiento establecido en las bases. En primer lugar, el Presidente del INDAABIN o, a quien designe para presidir el acto, dará a conocer a los participantes el valor base de la licitación pública del inmueble y a continuación, abrirá cada sobre y leerá en voz alta el monto de la oferta de compra presentada por cada participante.
México, D.F., a 31 de marzo de 2011.
Director General del Patrimonio Inmobiliario Federal
Rúbrica.
(R.- 323099)