Miércoles
25 de mayo de 2011 DIARIO
OFICIAL (Tercera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por este publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, tabla de avisos de este Juzgado y tabla de avisos del Juzgado respectivo de la ciudad de Irapuato, Guanajuato, anúnciese remate en Primera Almoneda del siguiente inmueble: Paseo Futurama número 2120 de la colonia La Pradera en la ciudad de Irapuato, Guanajuato, con una superficie de 180 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: Norte 22.50 metros lineales con lote 23; Sur 22.50 metros lineales con lote 21; Oriente 8 metros lineales con lote 11 y al Poniente 8 metros lineales con calle Paseo Futurama. Siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio del avalúo, $1’110,500.00 (un millón ciento diez mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional). Almoneda que se verificará en el Juzgado Primero de lo Civil a la 13:00 trece horas del 02 de junio del año 2011 dos mil once. Juicio Ordinario Mecantil número M105/09 promovido por BANCO MERCANTIL DEL NOTE, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE en contra de LUIS ADOLFO CAMACHO CASTILLO.
León, Gto., a 3 de mayo de 2011.
La C. Secretaria Juzgado Primero Civil
Lic. Lucía Fonseca Aldana
Rúbrica.
(R.- 325320)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Décimo Primero Civil
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por este publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, Tablero de Avisos de este Juzgado, anúnciese REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, en el Juicio Ejecutivo Mercantil sobre Acción Cambiaria Directa, expediente número M220/09, promovido por el Licenciado José Angel Toledo García en su carácter de endosatario en procuración de Elva Lucila Juárez Villagómez en contra de Maria de la Cruz Buenrostro Márquez, respecto del bien inmueble embargado, ubicado en Fracción Norte en calle Privada Real del Maguey número 106 letra A del Fraccionamiento Residencial el Mezquite en lote 66, manzana única con superficie privativa 108 metros cuadrados, superficie construida de 110.50 metros cuadrados de esta ciudad, que mide y linda: al Norte 18 metros lineales con lote 67 numero 108 de la calle Privada Real del Maguey; al Sur 18 metros lineales con lote 66 numero 106 de la calle Privada Real del Maguey lote 73 numero 103 de la calle Real del Cactus; al Oriente 6 metros lineales con lote 73 numero 103 letra A de la calle Privada real del Cactus; y al Poniente 6 metros lineales con calle de su ubicación pro indiviso 51.4286 por ciento.
Almoneda
a verificarse a las a las 12:45 horas del día dos de junio del
año dos mil once, y será postura legal
las dos terceras partes de la cantidad de $ 789,000.00 (SETECIENTOS
OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), precio de avalúo,
convóquese a postores y cítese a acreedores, en el
entendido de que entre la fecha señalada para el remate y la
última publicación de los edictos no deben mediar
menos
de cinco días hábiles.
León, Gto., a 3 de mayo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Décimo Primero Civil
Lic. Lucía Berenice Vázquez Reyes
Rúbrica. (R.- 325321)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
AL TERCERO PERJUDICADO: JOSE DOMINGO FEDERICO LOPEZ ROSAS.
SE LE HACE SABER:
EN EL JUICIO DE AMPARO 1699/2010, DE ESTE JUZGADO DECIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA, PROMOVIDO POR GUILLERMINA CORTES RODRIGUEZ, POR PROPIO DERECHO, CONTRA ACTOS DE LA SEGUNDA SALA EN MATERIA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA, Y OTRA AUTORIDAD; SE LE SEÑALO COMO TERCERO PERJUDICADO; Y COMO SE DESCONOCE SU DOMICILIO, SE ORDENO EMPLAZARLO POR EDICTOS, QUE DEBERAN PUBLICARSE: EN EL “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION” Y EN CUALQUIERA DE LOS PERIODICOS SIGUIENTES: “REFORMA”, “EXCELSIOR”, “EL FINANCIERO” O “EL UNIVERSAL”, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 30 FRACCION II DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACION SUPLETORIA A LA LEY CITADA. QUEDANDO A SU DISPOSICION EN LA ACTUARIA DE ESTE JUZGADO COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, HACIENDOLES SABER QUE DEBERAN PRESENTARSE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 18 de abril de 2011.
Secretario de Juzgado
Paulo César Falcón Gómez
Rúbrica.
(R.- 324643)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Quinto Civil de Partido
Irapuato, Gto.
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO DE LA NACION
SECRETARIA DEL JUZGADO QUINTO CIVIL
DE IRAPUATO, GUANAJUATO.
POR
ESTE PUBLICARSE EDICTO POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION Y TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO,
ANUNCIANDOSE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA Y AL MEJOR POSTOR DEL BIEN
INMUEBLE EMBARGADO AL DEMANDADO EN JUICIO ESPECIAL MERCANTIL,
EXPEDIENTE M66/08 PROMOVIDO POR ARMANDO REYNOSO ESTRADA CONTRA LUIS
FELIPE VANZZINI GANEM, CONSISTENTE EN: FINCA URBANA EN AVENIDA
INSURGENTES NUMERO 949 DE LA COLONIA DISTRITO FEDERAL DE ESTA CIUDAD,
CON SUPERFICIE DE 1788.04 METROS CUADRADOS POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA
LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA SUMA DE $9´677.020.00 (NUEVE
MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL VEINTE PESOS 00/100 M.N)
VALOR PERICIAL, ALMONEDA QUE TENDRA VERIFICATIVO
A LAS ONCE HORAS
DEL DIA TRES DE JUNIO DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, CONVOCANDOSE A LA
MISMA A POSTORES Y ACREEDORES.- DOY FE.
Irapuato, Gto., a 6 de mayo de 2011.
Secretario del Juzgado Quinto Civil de Partido
Lic. Carlos Tinoco Noble
Rúbrica.
(R.- 325273)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de lo Civil del Estado de Puebla
Diligenciario
EDICTO
Disposición
Juez Octavo Civil, Expediente 179/2006, Juicio Ejecutivo Mercantil,
autos Junio veintiséis 2009 y Marzo diez 2011, Miguel René
Ortega Pacheco contra Lubin Licona Bailon, Ascención Licona
Bailon y Manuel Licona Zamora, convóquese postores Primera y
Publica Almoneda respecto del predio rústico denominado sitio
CALALE, ubicado en Santa Anita Nopalucan, Tlaxcala, propiedad de
Ascención Licona Bailon, inscrito partida número 923,
fojas 87 frente, sección primera, Volumen 111-A de Hidalgo,
postura legal dos terceras partes precio avalúo, Ciento Tres
Mil Cuarenta Pesos, Cero Centavos, Moneda Nacional, pujas
y
posturas realizarse, Doce Horas, día Diecisiete de Junio 2011,
autos disposición Secretaría Juzgado.
Puebla, Pue., a 25 de marzo de 2011.
Diligenciario Non
Lic. Olga Ramírez Cortés
Rúbrica.
(R.- 325793)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERA PERJUDICADA: MARTHA HADDAD BERNAL.
En
los autos del juicio de amparo número 1034/2010-I, promovido
por JOSE ANTONIO ALFONSO CALITL, contra actos del JUEZ QUINTO DE LO
CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, en el que se señala como tercera
perjudicada a MARTHA HADDAD BERNAL, y al desconocerse su domicilio
actual, con fundamento en la fracción II del artículo
30 de la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de
mérito por edictos, los que se publicarán por tres
veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en la República, y se hace de su
conocimiento que en la secretaría
de trámite de
amparo de este Juzgado, queda a su disposición copia simple de
la demanda de amparo y sus anexos, a efecto de que, en un término
de treinta días contados a partir de la última
publicación de tales edictos, ocurra al órgano
jurisdiccional a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 12 de mayo de 2011.
El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Ernesto Martínez Delgado
Rúbrica.
(R.- 325717)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo de lo Civil
Puebla, Pue.
Diligenciario
EDICTO
Disposición
Juez Décimo Civil Capital, en cumplimiento auto fecha Tres
Mayo Dos Mil Once dictado expediente 334/2010, Juicio Ejecutivo
Mercantil, promueve Dalila Muñoz Hernández contra María
Yolanda Cortés Olimán y Gabriel Morales León.
Convóquense postores mediante dos edictos de cinco en cinco
días termino diez días Remate Primera Pública
Almoneda de la Vivienda en Condominio Número Dos Edificio Uno
Letra “I” de la Calle Tulipanes perteneciente al Conjunto
Habitacional en Condominio denominado
“San Ramón”
Primera Sección o Etapa, Infonavit de la Colonia San Ramón
Ciudad Puebla, inscrito Registro Público Propiedad Comercio
Capital predio 241648 según escritura fecha dieciséis
febrero mil novecientos noventa y cinco fojas ciento noventa y ocho,
tomo quinientos cuarenta y nueve libro uno sirviendo de base
Doscientos Nueve Mil Quinientos Sesenta Pesos Cero Centavos Moneda
Nacional precio avalúo emitido perito de la parte actora
siendo postura legal Ciento Treinta y Nueve Mil Setecientos Seis
Pesos con Sesenta y Seis Centavos Moneda Nacional o sea dos terceras
partes avalúo considerándose término diez días
posturas pujas empezando transcurrir día siguiente última
publicación edictos venciéndose doce horas décimo
día, hora que se llevará a cabo remate respectivo,
quedando autos disposición interesados Secretaría,
hágasele
saber demandados pueden liberar inmueble haciendo pago integro
cantidad que fueron condenados.
Ciudad Judicial Puebla, a 16 de mayo de 2011.
El Diligenciario
Lic. Abel Paniagua Santamaría
Rúbrica.
(R.- 325794)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Menor Mixto
Secretaría
Apaseo el Alto, Gto.
EDICTO
Publicarse por dos veces dentro de cinco en cinco días en el Tablero de Avisos de éste Juzgado, en la tabla de avisos del Juzgado Menor Mixto de Jerecuaro, Guanajuato, y en el Diario Oficial de la Federación, anunciándose el remate en PRIMER ALMONEDA, del bien inmueble embargado en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil sobre Acción Cambiaria Directa número M441/2009, promovido por la LICENCIADA MARGARITA VARGAS VAZQUEZ, en su carácter de Apoderada Legal de CAJA POPULAR APASEO EL ALTO S.C. DE A.P. DE R.L. DE C.V., antes CAJA POPULAR APASEO EL ALTO S.C.L. DE C.V., en contra de HORTENCIA MERCADO SANCHEZ, consistente en un bien inmueble identificado como fracción de terreno para fincar en calle prolongación José Aguilar y Maya sin numero con superficie 375M2 que mide y linda: Mide 10 M (diez metros lineales) de frente al norte por 37.50M (Treinta y siete 50/100 Metros lineales) de fondo y linda al norte con callejón rumbo al rancho el Clarín de su ubicación, al sur con la vendedora Maria de Jesús Hernández viuda de Mercado, al oriente con Juan Tovar y al poniente con Imelda Mercado Sánchez; valuado en la cantidad de $342,000.00 trescientos cuarenta y dos mil pesos 00/100 Moneda Nacional, siendo postura legal para remate las dos terceras partes del precio fijado en el avalúo $228,000.00 doscientos veintiocho mil pesos 00/100 M.N., audiencia que tendrá verificativo a las 12:00 doce horas del 03 tres de Junio del año 2011 dos mil once. Se citan acreedores y se convocan postores.
Apaseo el Alto, Gto., a 3 de mayo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Menor Mixto
Lic. Yesenia María Cuevas Arriaga
Rúbrica.
(R.- 325341)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición la Juez Especializada en Asuntos Financieros de la Ciudad de Puebla, autos seis y catorce de abril y doce de mayo de dos mil once, convoca postores remate primera almoneda respecto de LA CASA HABITACION MARCADA CON EL NUMERO DIECISEIS MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE, GUION DOS, CALLE LICENCIADA LIDIA ZARRAZAGA MOLINA, COLONIA LUIS DONALDO COLOSIO DE ESTA CIUDAD DE PUEBLA, inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial de Puebla, a folios del veintisiete al cincuenta y siete, del tomo novecientos nueve, guión dos mil ocho, del libro quinto, de fecha dos de septiembre del año dos mil ocho, siendo postura legal la cantidad de SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL.
Venciéndose término para presentar posturas y pujas a las once horas cero minutos del día dieciséis de junio del dos mil once. Comunicándose al deudor que puede liberar el bien haciendo pago íntegro del monto de sus responsabilidades hasta antes cause estado auto que declara fincado el remate.
Expediente 773/2009, Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por HSBC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, en contra de MARTIN ERNESTO LOPEZ SALAS e ILIANA VERGARA HERNANDEZ.
Expido el presente edicto para su publicación por tres veces, en el Diario Oficial de la Federación y los Estrados de este Juzgado.
Ciudad Judicial Puebla, a 13 de mayo de 2011.
La Diligenciaría
Lic. María Soledad Guadalupe Basilio Gómez
Rúbrica.
(R.- 325818)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
EDICTO REMATE
En autos Juicio Mercantil Ejecutivo 74/2009-IV, promovido por Manuel Estévez Méndez, Ezequiel Cervantes Santana y Miguel Angel Hinojos Madrigal, endosatarios procuración Roberto Salvador Tostado Casillas, contra “GRUPO CONSECA”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, se señalaron las DOCE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL NUEVE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, AUDIENCIA REMATE, respecto bien inmueble Lote número 49, Manzana C, calle Matamoros, Fraccionamiento Jardines de la Primavera, en San Sebastián el Grande, Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, postura legal, la que cubra dos terceras partes precio avaluó asignado (TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SESENTA Y DOS PESOS, MONEDA NACIONAL); convóquese a postores mediante la publicación de edictos por tres veces, dentro de nueve días, en Diario Oficial de la Federación.
Guadalajara, Jal., a 16 de mayo de 2011.
El Secretario
Lic. Ricardo Díaz Chávez
Rúbrica.
(R.- 325927)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Xalapa de Equez.,Veracruz
(Avenida de las Culturas Veracruzanas No. 120, colonia Reserva Territorial,
Edificio “B”, planta baja, C. P. 91096, Xalapa, Veracruz)
EDICTO
Tercero Perjudicado: Leonardo Rosado Covarrubias
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que:
En los autos del juicio de amparo numero 1155/2010, del índice de este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en la avenida Culturas Veracruzanas número ciento veinte, colonia Reserva Territorial, Edificio “B”, Planta Baja, Código Postal 91096, Xalapa, Veracruz, se le señaló como tercero perjudicado y toda vez que se desconoce su domicilio a fin de emplazarlo en el presente asunto, por acuerdo de veinticinco de enero de dos mil once, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces consecutivas, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la citada ley, haciéndole saber que podrá presentarse dentro de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibido de que, si transcurrido ese término no comparece mediante escrito por sí, por conducto de su apoderado, o de la persona que legalmente lo represente, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, haciéndosele las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, por lista de acuerdos, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado Federal copia simple de la demanda de garantías, asimismo, se le hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para las diez horas con cincuenta minutos del quince de abril de dos mil once y, se le hace saber que el acto reclamado en el juicio de amparo de que se trata consiste en: “A)… la resolución de treinta y uno de agosto de dos mil diez, pronunciada por la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz en el Toca 2268/010-A, originada con motivo del Recurso de Denegada Apelación interpuesto por el suscrito ahora quejoso, en contra del auto de veinticinco de junio del año en curso, emitido por el Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en el Distrito Judicial de Veracruz, en la Causa Penal número 128/08/IV que se integró en contra de Leonardo Rosado Covarrubias.--- B).- En consecuencia, reclamo de la misma autoridad, la negativa o abstención de ordenar a la autoridad responsable ejecutora a restituirme en el goce real y material de mis parcelas ejidales números 104 Z-1 P./1 y 148 Z-1 P1/1 ubicadas en la congregación denominada la Javilla, perteneciente al Municipio de Jamapa, Veracruz…”. Cabe destacar que en términos del proveído de treinta y uno de marzo de dos mil once, la primera publicación deberá realizarse el nueve de mayo, la segunda el diecisiete de mayo y la tercera publicación el veinticinco de mayo, todos del año dos mil once. Que el término de treinta días con que cuenta el tercero perjudicado para presentarse ante este órgano jurisdiccional vencerá el seis de julio de dos mil once.
Atentamente
Xalapa-Equez., Ver., a 31 de marzo de 2011.
El Juez Primero de Distrito en el Estado de Veracruz
Lic. Arnulfo Moreno Flores
Rúbrica.
(R.- 324736)
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
DIRECTORIO
Conmutador: 50 93 32 00
Inserciones: Exts. 35078, 35079, 35080 y 35081
Sección de Licitaciones Ext. 35084
Producción: Exts. 35094 y 35100
Suscripciones y quejas: Exts. 35181 y 35009
Domicilio: Río Amazonas No. 62
Col. Cuauhtémoc, México, D.F.
C.P. 06500
México, D.F.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Cuernavaca, Mor.
Sección Amparo
EDICTO
“ASOCIACION CIVIL MEDICA EDUC. A. Y/O ASOCIACION CIVIL MEDICA EDUCATIVA ASOCIACION CIVIL”.
“CUMPLIMIENTO AUTO CUATRO DE MAYO DE DOS MIL ONCE, DICTADO POR LA JUEZ CUARTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, EN JUICIO AMPARO 40/2011, PROMOVIDO ALBERTO VILLADA SANCHEZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ PRIMERO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO DE MORELOS Y OTRA AUTORIDAD, SE HACE CONOCIMIENTO RESULTA CARACTER TERCERO PERJUDICADO, EN TERMINOS ARTICULO 5º, FRACCION III, INCISO A) LEY DE AMPARO Y 315 CODIGO FEDERAL PROCEDIMIENTOS CIVILES APLICADO SUPLETORIAMENTE, SE MANDO EMPLAZAR POR EDICTO A JUICIO, SI A SU INTERES CONVINIERE SE APERSONE A TRAVES DE QUIEN LEGALMENTE LO REPRESENTE, DEBIENDOSE PRESENTAR ESTE JUZGADO FEDERAL, UBICADO EN BOULEVARD DEL LAGO, NUMERO 103, COLONIA VILLAS DEPORTIVAS, CUERNAVACA, MORELOS, DEDUCIR DERECHOS DENTRO DE TERMINO TREINTA DIAS, A PARTIR SIGUIENTE A ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDO DE NO COMPARECER LAPSO INDICADO, ULTERIORES NOTIFICACIONES PERSONALES SURTIRAN EFECTOS POR LISTA SE PUBLIQUE ESTRADOS ESTE ORGANO CONTROL CONSTITUCIONAL.
EN INTELIGENCIA QUE JUZGADO HA SEÑALADO NUEVE HORAS CON VEINTICUATRO MINUTOS DEL ONCE DE MAYO DE DOS MIL ONCE, CELEBRACION AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, QUEDA DISPOSICION EN SECRETARIA JUZGADO COPIA DEMANDA AMPARO Y ANEXOS.”
PARA
SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA
REPUBLICA MEXICANA, SE EXPIDE LA PRESENTE EN LA CIUDAD DE CUERNAVACA,
MORELOS, A LOS NUEVE DIAS DEL MES
DE MAYO DE DOS MIL ONCE.- DOY
FE.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Carlos Adán Piza Cortez
Rúbrica.
(R.- 325438)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil
EDICTO
En el expediente 34/07, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por ANGULO ROSALES HUGO en contra de ALFREDO FILIBERTO CASTILLO GONZALEZ, el C. Juez Vigésimo Primero de lo Civil en la Ciudad de México, Distrito Federal, mediante proveído de fecha siete de abril del año en curso, ordenó el remate en PRIMERA ALMONEDA del inmueble embargado consistente en el lote de terreno y construcciones en el existentes ubicados en la Calle de Xicotencatl, esquina con la calle de Insurgentes, sección Iztaccihuatl en el municipio de Amecameca, Estado de México con la superficie, medidas y colindancias que obran en autos, por lo que deberá de convocarse postores por medio de edictos que se publiquen por tres veces dentro de nueve días en los sitios públicos de costumbre, en los estrados del juzgado, en los tableros de avisos de la Tesorería del Distrito Federal, en el Diario Oficial de la Federación, señalándose para que tenga verificativo a las DIEZ HORAS DEL DIA DIECISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL ONCE, sirviendo de base para el remate la cantidad de $7,335,148.00 (SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), siendo postura legal la que cubra la totalidad del precio de avalúo por tratarse de juicio ejecutivo mercantil, toda vez que el inmueble materia del remate se encuentra ubicado fuera de la jurisdicción de este juzgado, con los insertos necesarios gírese atento exhorto al C. Juez de Distrito en Ciudad Nezahualcoyotl, Estado de México, así como al Juez Competente en Amecameca, Estado de México, para que en auxilio de las labores de éste juzgado se sirva publicar los edictos en la forma y términos indicados en los estrados del juzgado.
México, D.F., a 11 de abril de 2011.
El C. Secretario de Acuerdos "B"
Lic. Angel Moreno Contreras
Rúbrica.
(R.- 325453)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por este publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, tabla de avisos de este Juzgado, así como en la tabla de avisos o puerta del Tribunal del Partido Judicial de San Francisco del Rincón, Guanajuato, anúnciese remate en Primera Almoneda del siguiente inmueble: del bien inmueble embargado en autos del presente juicio ubicado en la fracción 2 parcela 596Z calle Privada 1 1/6 en Poblado Barrio de Guadalupe en la ciudad de San Francisco del Rincón, Guanajuato, con la superficie de 10,989.76 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: Norte 66.83 metros lineales, 24.47 metros lineales y 44.62 metros lineales con fracción I y parcela 580; Sur 58.88 metros lineales con regadera: Oriente 103.21 metros lineales con camino y brecha y al Poniente 131.82 metros lineales con fracción 3. Siendo postura Legal la que cubra las dos terceras partes del precio del avalúo, $14’020,000.00 (CATORCE MILLONES VEINTE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), Almoneda que se verificará en el Juzgado Primero de lo Civil a las 13:00 trece horas del día 08 ocho de Junio del año 2011 dos mil once. Juicio Ejecutivo Mercantil número M149/06 promovido por BANCO DEL BAJIO S.A. en contra de NEW & FRESH COLORS IN SYNTHETICS Y JOSE ARMANDO CHAVEZ RODRIGUEZ.
La suscrita secretaria de Acuerdos Licenciada Lucia Fonseca Aldana hago constar que el sello que se imprime en la parte superior es el único con el que cuenta el Juzgado y presenta cierto desgaste debido al uso normal y ordinario que se le da.- Doy Fe. Rúbrica.
León, Gto., a 12 de mayo de 2011.
La C. Secretaria
Lic. Lucía Fonseca Aldana
Rúbrica.
(R.- 325573)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Segundo Civil de Otumba con residencia en Tecámac
Segunda Secretaría
Juzgado Segundo de lo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Otumba,
con residencia en Tecámac, Estado de México
EDICTO
En
el expediente número 455/2008, ESPERANZA CLAUDIA ESPINOSA
RANGEL por conducto de su endosataria en procuración promueve
juicio en la vía EJECUTIVA MERCANTIL, en contra de JOSE LUIS
AYALA ZARAGOZA y JORGE GARCIA ALCOCER, en el que por auto dictado el
04 cuatro de noviembre
del 2010 dos mil diez, en relación
al emitido el diez 10 de mayo del dos mil once 2011, se convocan
postores para la PRIMERA ALMONEDA de remate que tendrá
verificativo A LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL 08 OCHO DE
JUNIO DEL AÑO 2011 DOS MIL ONCE, respecto del inmueble
identificado como departamento C-203, ubicado en: Calle 16 dieciséis
de septiembre, número 113 ciento trece, Colonia Centro,
Municipio de Texcoco, Estado de México, con las siguientes
medidas y colindancias: al NORTE 2.95 metros con patio de servicio y
4.80 metros con cubo de iluminación y ventilación
número cuatro 04; al SUR 6.75 metros con banqueta y 1.00 metro
con cubo de escalera; al ORIENTE 4.00 con cubo de escalera
y 4.15
con departamento C-103; al PONIENTE 8.15 metros con departamento
D-103; arriba con planta de azotea; abajo con departamento C-202;
correspondiéndole el cajón de estacionamiento número
dieciocho 18, con una superficie de 63.00 metros cuadrados; sirviendo
como base para el remate la cantidad de $527,000.00 QUINIENTOS
VEINTISIETE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, siendo postura legal la
que cubra las dos terceras partes del precio fijado
Para
su publicación por tres veces dentro de nueve días en
el Diario Oficial de la Federación, en la Tabla de avisos de
este Juzgado y en la Tabla de Avisos del Juzgado correspondiente al
domicilio de ubicación del Inmueble, debiendo mediar entre la
última y la fecha de la almoneda no menos de cinco días,
se expide
en Tecámac Estado de México el doce 12 de
mayo del dos mil once 2011.
DOY FE.
Secretaria de Acuerdos
Lic. Adriana Bárcenas Reynoso
Rúbrica.
(R.- 325575)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Segundo Civil de Primera Instancia
Ecatepec de Morelos
Segunda Secretaría
Juzgado Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec, Estado de México
EDICTO
MARTHA
PATRICIA MENTADO TORRES en su carácter de Apoderada de ING
HIPOTECARIA S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO,
demanda en juicio ORDINARIO MERCANTIL
de JOSE DE JESUS HERNANDEZ
PINEDA y ROSA ANGELA GUZMAN SANCHEZ, bajo el expediente 934/2008, el
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL
DE ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO, señaló las DIEZ HORAS
DEL DIA OCHO DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, para que tenga
verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE respecto del inmueble
ubicado en: La vivienda “B”, dúplex, construida
sobre el lote condominal seis (06), de la manzana cuarenta y cinco
(45), del Conjunto de tipo mixto, habitacional de interés
social, popular, industrial, comercial y de servicios denominado “LAS
AMERICAS”, ubicado en el Municipio de Ecatepec, Estado de
México, la cual consta de: en planta baja: sala-comedor,
recámara, vestíbulo, cocina, jardín, patio de
servicio; en planta alta: dos recámaras y baño
completo, con superficie de terreno: 72.0000 metros cuadrados,
superficie total construida: 66.128 metros cuadrados; con las
siguientes medidas: Planta baja (superficie 31.672 metros cuadrados);
Planta alta (superficie 31.388 metros cuadrados): cochera y acceso,
(superficie 21.038 metros cuadrados); patio de servicio (superficie
2.205 metros cuadrados); jardín privativo (superficie 17.085
metros cuadrados), siendo postura legal la que cubra las dos terceras
partes de la cantidad de $492,000.00 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) monto de los avalúos que obran
en autos, apercibiendo a los postores para el caso de que su postura
sea en efectivo lo deberán hacer mediante billete de depósito
a nombre de este Juzgado. Haciéndole saber al demandado el
contenido del presente proveído, para los efectos legales
conducentes.- PUBLIQUESE POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE
JUZGADO, DEBIENDO MEDIAR UN TERMINO NO MENOR DE SIETE DIAS ENTRE LA
PUBLICACION DEL ULTIMO EDICTO Y LA ALMONEDA; ALMONEDA QUE SE LEVARA
EN FORMA PUBLICA EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO.- DADO EN ECATEPEC DE
MORELOS, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
ONCE.
Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación 08 de abril de 2011-04-13
Secretario de Acuerdos
Lic. Rosa Ma. Sánchez Rangel
Rúbrica. (R.- 325581)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
En
el Juicio Ejecutivo Mercantil 14/2005, promovido por JACOBO HANONO
ASKENAZI, en contra de
DAN ISMAG MORGENSTERN, como deudor
principal y SONNIA SCHWARZ STEPENSKY, en su carácter
de
aval, se han señalado las ONCE HORAS DEL DIA NUEVE DE JUNIO DE
DOS MIL ONCE, para que
tenga verificativo la SEGUNDA ALMONEDA DE
REMATE EN SUBASTA PUBLICA, respecto del
inmueble ubicado en CALLE
SIERRA MADRE NUMERO VEINTE, DEPARTAMENTO DOSCIENTOS UNO,
FRACCIONAMIENTO BALCONES DE LA HERRADURA HUIXQUILUCAN, ESTADO DE
MEXICO, propiedad de la parte demandada, por tanto convóquese
postores por medio de EDICTOS, que deberán publicarse por TRES
VECES, dentro de NUEVE DIAS, en el Diario
Oficial de la Federación, en un periódico de
circulación en esta Ciudad y en los Estrados de éste
Juzgado, sirviendo de base para el remate en segunda almoneda,
respecto del inmueble antes mencionado, con rebaja del veinte por
ciento de la tasación, y atendiendo
a que del avalúo
actualizado, rendido por el perito nombrado en autos se determinó
como precio el valor
del inmueble la cantidad de $1,947,650.50 (UN
MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS
50/100 M.N.), en consecuencia, el precio del remate sería la
cantidad de
$1,558,120.40 (UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO
VEINTE PESOS 40/100 M.N.),
siendo postura legal el importe de las dos terceras partes de dicha
cantidad. Doy Fe.
Lo que comunico a usted para su conocimiento y efectos legales procedentes.
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 12 de mayo de 2011.
La Secretaria
Yadira Rodríguez Contreras
Rúbrica.
(R.- 325582)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Tercero de lo Mercantil
EDICTO
REMATA ESTE JUZGADO A LAS 10:30 DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS EL 05 CINCO DE JULIO DE 2011 DOS MIL ONCE, JUICIO MERCANTIL ORDINARIO, PROMOVIDO POR HSBC MEXICO, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC EN CONTRA DE JOSE ANTONIO ZARATE RUIZ, EXPEDIENTE 1846/2009, SIGUIENTE BIEN:-
FINCA MARCADA CON EL NUMERO 135 DE LA CALLE VISTA DEL SUR, MANZANA 06, CONDOMINIO VISTAS DEL BOSQUE 06, FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL EL CENTINELA III, ZAPOPAN, JALISCO.-
MEDIDAS Y LINDEROS:
NORTE: en 4.07 mts. con vista del sur.-
SUR: en 4.08 mts. con limite de propiedad privada.-
ESTE: de norte a sur en 4.41 mts. dobla al este en 1.12 mts. dobla al sur en 3.06 mts., dobla al oeste en 1.12 mts., dobla al sur en 3.83 mts., dobla al oeste en 1.12 mts., dobla al sur en 3.71 mts., dobla al este en 1.12 mts., dobla al sur en 7.90 mts. con lote 41 y cerrando polígono.-
OESTE: en 23.38 mts. con lote 39.-
PRECIO: $764,325.00 (SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO PESOS 00/100 M.N.)
SIENDO POSTURA LEGAL LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO SEÑALADO PARA REMATE.-
CONVOQUENSE POSTORES.-
PUBLIQUESE EL PRESENTE EDICTO TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, ASI COMO EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO.-
Nota: La última publicación debe realizarse el noveno día HABIL
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 27 de abril de 2011.
C. Secretario de Acuerdos del Juzgado Tercero de lo Mercantil del Primer Partido Judicial
Lic. Lorena Ríos Cervantes
Rúbrica.
(R.- 325662)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Sexta Sala Civil
EDICTO
SE NOTIFICA A: DOCTOR VERTIZ 1080 S.A DE C.V.
Por auto de fecha CUATRO DE MAYO DEL DOS MIL ONCE, dictado en el cuaderno de amparo relativo al toca 2476/2010, por ignorarse su domicilio se ordenó emplazarlo por edictos para que dentro de los treinta días siguientes a la última publicación de éste edicto, se presente ante la autoridad federal, quedando a su disposición las copias simples de la demanda de amparo, interpuesta por la parte quejosa PABLO CACERES SENN APODERADO LEGAL DE IXE BANCO S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, IXE GRUPO FINANCIERO, en contra de la sentencia dictada por esta sala, y que obra en el toca antes señalado, misma que confirma la sentencia definitiva dictada el veintiocho de mayo del dos mil diez, por el C. Juez Cuadragésimo Noveno de lo Civil en el Distrito Federal, expediente número 265/2009, del juicio ORDINARIO CIVIL, seguido por LOPEZ MONTIEL GABRIEL, en contra de LUIS ALVAREZ MORPHY CAMOU.
Reitero a usted, las seguridades de mi atenta y distinguida Consideración.
Para su publicación por Tres Veces de Siete en Siete días en el "Diario Oficial de la Federación".
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 9 de mayo de 2011.
El C. Secretario de Acuerdos de la Sexta Sala Civil
Lic. Juan Ulloa Cruz
Rúbrica.
(R.- 325615)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia
Tlalnepantla
Primera Secretaría
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia de Tlalnepantla, México
EDICTO
Se Convocan Postores.
En
el juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por MIRIAM MONTES SAINZ,
expediente 547/2006, el Juez Primero Civil de Primera Instancia de
Tlalnepantla, Estado de México; en proveído de fecha
veinticinco de abril del año dos mil once señaló:
las DOCE HORAS del día SEIS DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE, para
que tenga verificativo la audiencia de remate en Segunda Almoneda,
respecto del BIEN INMUEBLE UBICADO CALLE PARQUE DEL DESIERTO DEL
CARMEN NUMERO 38, EN LA COLONIA JARDINES DEL ALBA, EN EL MUNICIPIO DE
CUAUTITLAN, IZCALLI, ESTADO DE MEXICO; fijándose como base
para el remate del bien inmueble antes descrito la cantidad de
$1´309,230.00 (UN MILLON TRESCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS
TREINTA PESOS 00/100 M.N.), en que fue el resultado de la deducción
del diez por ciento de su valor, tal y como lo marca el artículo
475 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria a la legislación mercantil, siendo postura legal
la que cubra el total de la cantidad que sirve de base para el
remate; INSCRITO EN EL INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DE
TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, BAJO LA PARTIDA NUMERO 317, VOLUMEN
206, LIBRO PRIMERO, SECCION PRIMERA DE FECHA VEINTISEIS DE JULIO DE
MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO, por tanto, se convocan postores,
Debiéndose anunciar su venta por medio de edictos, que se
publicaran por UNA VEZ, en el Diario Oficial de la Federación
y en la tabla de avisos o puerta de éste Tribunal y del
Tribunal de Cuautitlán Izcalli, México, debiendo
presentar con toda oportunidad ante esta autoridad los ejemplares
correspondientes.
El
presente se expide en fecha dieciséis de mayo del año
dos mil once, para los fines y efectos a que haya lugar.
Primer Secretario de Acuerdos
Lic. Rita Erika Colín Jiménez
Rúbrica.
(r.- 325630)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
San Luis Potosí
Juicio de Amparo 470/2011-VI
EDICTO
Grupo Industrial Morgan, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Luis Rodolfo García González.
En
el Juicio de Amparo 470/2011-VI, promovido Prefinsa Potosina,
Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su
autorizado en términos del artículo 1069 del Código
de Comercio, Luis Ynessou Asrate Gutiérrez, contra actos de la
Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con
residencia en esta ciudad, y otra autoridad, se dictó un auto
en el que se ordena emplazarla a dicho juicio de garantías,
para que en su carácter de tercero perjudicada comparezca a
defender sus derechos a la audiencia constitucional señalada
para las DIEZ HORAS VEINTE MINUTOS DEL DIA DIECINUEVE DE MAYO DE DOS
MIL ONCE, haciéndole saber que el acto reclamado en la demanda
con la que se inició el juicio constitucional
de
referencia, consiste en la sentencia definitiva dictada el once de
junio de dos mil diez, dentro del Toca de Apelación 452/2010
que resolvió recurso de apelación interpuesto por la
quejosa, en contra de la interlocutoria de doce de marzo de dos mil
diez que resolvió el incidente de liquidación de gastos
y costas, relativo al juicio Ordinario mercantil 471/2010 del Juzgado
Segundo del Ramo Civil, en esta ciudad.
Para publicarse conforme a lo ordenado por auto de fecha cuatro de mayo del año en curso, por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana y otro de mayor circulación en el Estado, haciéndole saber a la referida tercero perjudicada, que deberá presentarse dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación quedando a su disposición en la Secretaría del Juzgado copia de la demanda.
San Luis Potosí, S.L.P., a 11 de mayo de 2011.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Marcos Mario García Carreto
Rúbrica.
(R.- 325698)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Cuadragésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal
EDICTO
GRUPO AVOLAR, S.A. DE C.V.
En el juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por IVOICE CALL CENTER, S.A. DE C.V., en contra de GRUPO AVOLAR, S.A. DE C.V. expediente numero 1187/2008, mediante proveídos dictados el doce y veintinueve, ambos del mes de abril del año dos mil once, el C. Juez Cuadragésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal, con fundamento en el artículo 1383 del Código de Comercio, se procede a proveer respecto a las pruebas ofrecidas por la parte actor única oferente, en los siguientes términos: Se admite las pruebas ofrecidas por la parte actora; y para que tenga verificativo la audiencia de desahogo de pruebas, se señalan las ONCE HORAS DEL DIA PRIMERO DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE. En preparación de la confesional ofrecida por la actora, cítesele por los conductos legales a la parte demandada persona moral GRUPO AVOLAR, S.A. DE C.V., para que por conducto de su representante legal o apoderado que tenga facultades para ello, para que en el día y hora antes señalado comparezca al local de este Juzgado, a absolver posiciones, apercibida que en caso de no comparecer sin justa causa se le declarará confesa de las posiciones que previamente se califiquen de legales, ello con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1232 fracción I del citado Código. Tomando en consideración que en el presente juicio el emplazamiento de la demandada se practicó por medio de edictos, de conformidad con el artículo 118 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación mercantil, se ordena notificar la celebración de la audiencia que se publicará por tres veces consecutivas en el Diario Oficial, debiéndose poner a disposición los edictos para su tramite.
México, D.F., a 5 de mayo de 2011.
La C. Secretaria de Acuerdos “A”
Lic. María del Monte Carmelo Barreto Trujano
Rúbrica.
(R.- 325908)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
Sección de Amparo
Acapulco, Gro.
EDICTO
“ANTONIO NAVARRETE, NAHIM DAG DUG Y FRANCISCO DE LA CHESNAYE”.
“CUMPLIMIENTO AUTO SEIS DE MAYO DE DOS MIL ONCE, DICTADO POR EL JUEZ SEXTO DISTRITO ESTADO DE GUERRERO, EN JUICIO AMPARO 480/2011, PROMOVIDO DENNIE MIRNA VILLALVAZO STEPHENS, APODERADA DE LA SEÑORA ESTHER STEPHENS GALEANA VIUDA DE VILLALVAZO, CONTRA ACTOS DEL GOBERNADOR DEL ESTADO DE GUERRERO, CON SEDE EN CHILPANCINGO, GUERRERO, SE HACE CONOCIMIENTO RESULTA CARACTER TERCERO PERJUDICADOS, EN TERMINOS ARTICULO 5º, FRACCION III, INCISO A) LEY DE AMPARO Y 315 CODIGO FEDERAL PROCEDIMIENTOS CIVILES APLICADO SUPLETORIAMENTE, SE MANDO EMPLAZAR POR EDICTO A JUICIO, SI A SU INTERES CONVINIERE SE APERSONE A TRAVES DE QUIEN LEGALMENTE LO REPRESENTE, DEBIENDOSE PRESENTAR ESTE JUZGADO FEDERAL, UBICADO BOULEVARD DE LAS NACIONES NUMERO 640, GRANJA 39, FRACCION “A”, FRACCIONAMIENTO GRANJAS DEL MARQUES, CODIGO POSTAL 39890, ACAPULCO, GUERRERO, DEDUCIR DERECHOS DENTRO DE TERMINO TREINTA DIAS, A PARTIR SIGUIENTE A ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDO DE NO COMPARECER LAPSO INDICADO, ULTERIORES NOTIFICACIONES PERSONALES SURTIRAN EFECTOS POR LISTA SE PUBLIQUE ESTRADOS ESTE ORGANO CONTROL CONSTITUCIONAL.
EN INTELIGENCIA QUE JUZGADO HA SEÑALADO NUEVE HORAS CON CATORCE MINUTOS DEL VEINTITRES DE MAYO DE DOS MIL ONCE, CELEBRACION AUDIENCIA CONTITUCIONAL, QUEDA DISPOSICION EN SECRETARIA JUZGADO COPIA DEMANDA AMPARO Y ANEXOS.”
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, SE EXPIDE LA PRESENTE EN LA CIUDAD DE ACAPULCO, GUERRERO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL ONCE.- DOY FE.
La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero
Lic. Silvia Adriana Neri
Rúbrica. (R.- 325910)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Primero Civil
Zamora, Mich.
EDICTO
En el juicio EJECUTIVO MERCANTIL número 411/2007, seguido por CAJA POPULAR 14 DE NOVIEMBRE, A.C., frente a DARIA BAUTISTA PONCE Y PEDRO LAZARO MENDOZA, se fijaron las 12:00 doce horas del próximo día 2 dos de junio del año en curso, para rematar en SEGUNDA ALMONEDA que tendrá verificativo en el interior del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial, ubicado en calle Virrey de Mendoza número 195 esquina con Apatzingán, piso 1-B de Zamora, Michoacán lo siguiente:
1.- fracción de casa habitación ubicada en calle Ignacio Zaragoza s/n antes misión cultural s/n de la población de Tirindaro, municipio de Zacapu, Michoacán, que mide y linda:
NORTE, 12:00 metros con propiedad de la señora BENITA MARTINEZ de por medio;
SUR, 12.00 metros con calle Ignacio Zaragoza de su ubicación;
ORIENTE, 29.00 metros con propiedad de Antonio Guzman y Pedro Aviles, cerca medianera de por medio;
PONIENTE, 29.00 metros con sucesión de Valentín Bautista, Cerca medianera de por medio.
Mismo que tiene una superficie de 348.00 M2 y un valor pericial promedio de los avalúos de $263,748.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), menos la deducción del 10% correspondiente a esta nueva almoneda y será postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad.
Zamora, Mich., a 6 de mayo de 2011.
La Secretaria del Juzgado Primero Civil
Lic. Claudia Alejandra Ortiz Sámano
Rúbrica.
(R.- 325931)
AVISO AL PUBLICO
REQUISITOS NECESARIOS PARA LA INSERCION DE DOCUMENTOS A PUBLICAR:
• Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación de su documento, con dos copias legibles.
• Original del documento a publicar en papel membretado, con sello legible, firma autógrafa y fecha de expedición del mismo, sin alteraciones y acompañado de dos copias legibles.
• En caso de documentos a publicar de empresas privadas, deberá anexar copia de la cédula del R.F.C.
• En caso de licitación pública o estado financiero, necesariamente deberá acompañar su documentación con un disquete en cualquier procesador WORD.
• El pago por derechos de publicación deberá efectuarse mediante el esquema para pago de derechos e5cinco del SAT en ventanilla bancaria o a través de Internet, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El comprobante de pago deberá presentarse (el original que devuelve la institución bancaria o la impresión original del pago realizado en Internet), acompañado de una copia simple. El original del pago será resguardado por esta Dirección.
LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARAN DE LA SIGUIENTE FORMA:
• Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público recibidas los días miércoles, jueves y viernes, se publicarán el siguiente martes, y las recibidas en lunes y martes, se publicarán el siguiente jueves.
• Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asambleas se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibido y pagado, y tres días después si se acompañan con disquete, mientras que los estados financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación.
• El disquete deberá contener un solo archivo con toda la información.
• Por ningún motivo se recibirá documentación que no cubra los requisitos antes señalados.
• Horario de recepción de 9:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.
• Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081. Fax extensión 35076.
Nota:
Si envía la documentación por correspondencia o
mensajería, favor de anexar guía prepagada
de la
mensajería de su preferencia, correctamente llenada, para
poder devolverle la forma fiscal que le corresponde.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Séptimo Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por este publicarse Edictos tres veces dentro de nueve días Diario Oficial de la Federación y Tabla de Avisos Juzgado, anúnciese remate en PRIMERA ALMONEDA de los bienes inmuebles embargados dentro del JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL número de expediente M-236/2009, promovido por el Licenciado ARMANDO REYNOSO ESTRADA, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de “BANCO SANTANDER (MEXICO)” SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, en contra de GUSTAVO y RICARDO, de apellidos SOTO TORRES: consistentes en:
1.-
el ubicado en Avenida Hermenegildo Bustos, Fraccionamiento Granjas
Campestre Satélite Cabrera en zona urbana en lote 23
veintitrés, manzana 48 cuarenta y ocho, con una superficie de
525 quinientos veinticinco metros cuadrados; con las siguientes
medidas y colindancias: AL Norte: 15 Metros lineales con Lote 9 y 10;
Al Sur: 15 Metros lineales con avenida de su ubicación; Al
Oriente: 35 Metros lineales con
Lote 22; y, Al Poniente: 35 Metros
lineales con lote 24, siendo postura legal la que cubra las dos
terceras partes de la cantidad de $1´957.120.00 ( UN MILLON
NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE PESOS 00/00 M.N.)
precio avalúo
2.- Fracción de terreno del predio rustico denominado “Rancho de Arroyo Hondo” en calle San Nicolás, antes Roble, Colonia Monte de Cristo de esta ciudad, con una superficie de 1703.89 mil setecientos tres punto ochenta y nueve metros cuadrados; con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte: en línea quebrada de poniente a oriente 40 Metros lineales, quiebra al norte en 7 metros. Con propiedad particular quiebra al oriente en 26 Metros lineales con propiedad de Margarita Duemas de Coligares; AL SUR: 67.80 Metros lineales con la calle Robles; y, Al Oriente: 36 Metros lineales con propiedad de Augusto Kasthel, y Al Poniente: 16.90 Metros lineales con Propiedad de Augusto Kasthel; siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $916,877.00 (NOVECIENTOS DIECISEIS MIL OCHOSCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 00/00 M.N.) precio avalúo.
3.- el predio rustico denominado “gasto del rancho” que corresponde a un pequeño lote de labor de segunda con una superficie de 1600 mil seiscientos metros cuadrados; con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte: 40 Metros lineales con Oscar Coligares Gerzabec; Al Sur: 40 Metros lineales con propiedad de Augusto Kasthel,; Al Oriente: 40 Metros lineales con propiedad de Margarita Duema Cauigares; y, Al Poniente: 40 Metros lineales con propiedad de Augusto Kasthel; siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $432,000.00 (CUATROSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS 00/00 M.N.) precio avalúo.
4.- el lote de terreno urbano que formo parte del Vallado de Manchiguez de la Antigua Hacienda de Santa Rosa de este municipio, en calle caporal sin número, de la Colonia Río Escondido con una superficie de 1000 mil metros cuadrados; con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte: 50 Metros lineales con Fortino Cabrera, Al Sur: 50 Metros lineales con Miguel Soto Murillo; Al Oriente: 20 Metros lineales con Guillermo Soto Murillo; y, Al Poniente: 20 Metros lineales con callejón de por medio, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $4´246,807.50 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOSCIENTOS SIETE PESOS 50/00 M.N.), precio avalúo.
Almoneda que tendrá verificativo a las 13:00 HORAS DEL DIA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2011, convóquese a postores y cítese a acreedores.
León, Gto., a 3 de mayo de 2011.
El C. Secretario del Juzgado Séptimo Civil
Lic. Ramón Becerra Ramírez
Rúbrica.
(R.- 325285)
Estado de México
Poder Judicial
Tribunal Superior de Justicia del Estado de México
Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, México
EDICTO
C. LUIS ALEJANDRO RABAGO MADRIGAL (TERCERO PERJUDICADO).
DOMICILIO: PUERTA DE ESTE ORGANO COLEGIADO.
HAGO DE SU CONOCIMIENTO QUE GILBERTO MARTINEZ RAMIREZ, PROMOVIO JUICIO DE GARANTIAS EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE FECHA NUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIEZ, DICTADA POR LA SEGUNDA SALA COLEGIADA CIVIL DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, EN LA TOCA 213/2010, EN CUMPLIMIENTO A LAS EJECUTORIAS DE AMPARO QUE EMITIO EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO, EN LOS JUICIOS DE AMPARO NUMEROS 500/2010 Y 501/2010, EN RELACION AL RECURSO DE APELACION HECHO VALER POR ALBERTO PALUMBO BRAVO Y LUIS ALEJANDRO RABAGO MADRIGAL, EN CONTRA DE LA RESOLUCION DICTADA POR EL JUEZ SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, DE FECHA DIECINUEVE DE FEBRERO DEL DOS MIL DIEZ, EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL, EXPEDIENTE NUMERO 492/2008, PROMOVIDO POR GILBERTO MARTINEZ RAMIREZ EN CONTRA ALBERTO PALUMBO BRAVO Y LUIS ALEJANDRO RABAGO MADRIGAL, ASIMISMO POR AUTO DE FECHA SEIS DE MAYO DEL DOS MIL ONCE, LA SEGUNDA SALA COLEGIADA CIVIL DE TLALNEPANTLA, MEXICO, ORDENO EL EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS DEL TERCERO PERJUDICADO LUIS ALEJANDRO RABAGO MADRIGAL, HACIENDOLE SABER QUE DEBERA PRESENTARSE A DEDUCIR SUS DERECHOS ANTE EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO EN EL ESTADO DE MEXICO, EN EL AMPARO DIRECTO 47/2011, PROMOVIDO POR GILBERTO MARTINEZ RAMIREZ, DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DE LOS EDICTOS ORDENADOS, ASIMISMO DEBERA FIJASE EN LA PUERTA DEL TRIBUNAL COPIA INTEGRA DEL PRESENTE PROVEIDO Y DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, POR TODO EL TIEMPO DEL EMPLAZAMIENTO, DEJANDO A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTA SALA LAS COPIAS DE TRASLADO DE LA DEMANDA DE GARANTIAS DEBIDAMENTE SELLADAS Y COTEJADAS PARA QUE SE IMPONGA DE ELLAS.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, SE EXPIDEN LOS PRESENTES EL DIA TRECE DE MAYO DEL DOS MIL ONCE.
La Secretaria de Acuerdos de la Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, Estado de México
Lic. Eugenia Mendoza Becerra
Rúbrica.
(R.- 325701)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Chihuahua
Poder Judicial
Juzgado Séptimo Civil
Distrito Morelos
EDICTO DE REMATE
En el expediente número 895/2009 relativo al juicio ORDINARIO MERCANTIL promovido por los licenciados HECTOR HUGO PEREA ARBALLO y JOSE ALEJANDRO PEREA ARBALLO, apoderados generales para pleitos y cobranzas de BANCO SANTANDER (MEXICO), SOCIEDAD ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, en contra de GERARDO HERRERA E IRMA LETICIA HERRERA LERMA, obra el siguiente auto que a la letra dice:
“CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A VEINTINUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE.
Agréguese
el escrito presentado el día veintisiete de abril del año
en curso por el LICENCIADO HECTOR HUGO PEREA ARBALLO. Se señalan
las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTE DE JUNIO DEL AÑO
DOS MIL ONCE para la realización de la audiencia de REMATE en
PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble embargado, consistente en la finca
ubicada en la calle Quinta Santa Ana número 209 del
fraccionamiento Quinta Real, Primera Etapa, de Cuauhtémoc,
Chihuahua, que cuenta con una superficie
de 232.6200 metros
cuadrados y obra inscrito en el número 46 a folio 46 del libro
797 de la Sección Primera del Registro Público de la
Propiedad del Distrito Judicial Benito Juárez. Anúnciese
su venta por medio de edictos que se publicarán en el Diario
Oficial de la Federación y un tanto más en el tablero
de avisos de este Juzgado, por tres veces dentro de nueve días,
en busca de postores. La base para el remate es la cantidad
de
$665,000.00 (SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 MONEDA
NACIONAL) y la postura legal la suma de $443,333.33 (CUATROCIENTOS
CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA
NACIONAL), que son las dos terceras partes del precio fijado como
base. Gírese exhorto con los insertos necesarios, al Juez de
la ciudad mencionada, para que se sirva publicar en el Juzgado a su
cargo un tanto de los edictos ordenados. Asimismo, se le tiene
autorizando para oír y recibir notificaciones y documentos a
las personas que menciona. Notifíquese a la parte demandada
por medio de cédula.
Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por los artículos
1054, 1068, 1069, 1071 y 1411 del Código
de Comercio; así
como 309, 316, 474 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente.
NOTIFIQUESE:
Así, lo acordó y firma la LICENCIADA CELIA GONZALEZ RENTERIA, Juez Séptimo de lo Civil del Distrito Judicial Morelos, en unión de la Secretaria de Acuerdos, con quien actúa y da fe. DOY FE.
LICENCIADA CELIA GONZALEZ RENTERIA.- LICENCIADA MARIA ELENA CRUZ ELORRIAGA, RUBRICAS.
Lo que se hace de su conocimiento para los efectos legales a que haya lugar.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Chihuahua, Chih., a 9 de mayo de 2011.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Séptimo Civil del Distrito Judicial Morelos
Lic. María Elena Cruz Elorriaga
Rúbrica.
(R.- 325719)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Cuarto de lo Mercantil
EDICTO
Por
este conducto, se EMPLAZA a los demandados OLIVERO SANCHEZ MEZA Y
MARIA ELOINA ANGEL MORALES, para que en el término de 30
treinta días contados a partir de la última
publicación, den contestación a la demanda instaurada
en su contra. y opongan excepciones y defensas, en autos del juicio
MERCANTIL EJECUTIVO, expediente 1104/2010, promovido por FINANCIERA
RURAL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO, en su contra, con el
apercibimiento que de no hacerlo se les declarará por perdido
el derecho para contestar la misma, por falta de interés
jurídico, requiriéndoseles para que dentro del mismo
término realicen el pago de lo reclamado y en caso de no
hacerlo para que señalen bienes de su propiedad para
garantizar lo reclamado, con el apercibimiento que de no hacerlo el
derecho pasará a
su contraria, se le previene para que al
contestar la demanda señalen domicilio en donde recibir
notificaciones, y seguirá el juicio sus etapas respectivas, se
demandan los siguientes conceptos:
1.- POR EL PAGO DE LA CANTIDAD DE $132,231.18 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 18/100 M.N.) CALCULADA AL D1A 14 DE OCTUBRE DEL 2004 SEGUN DETALLE CONTENIDO EN EL ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO SUSCRITO POR EL CONTADOR DE MI PODERDANTE, QUE CORRESPONDE A LOS CONCEPTOS SIGUIENTES:
2.-
CAPITAL $113,000.00 (CIENTO TRECE MIL PESOS 00/100 M.N.), CANTIDAD
QUE RESULTA DE LA SUMA DE LOS CONCEPTOS DE CAPITAL VIGENTE Y CAPITAL
VENCIDO, INTERESES FINANCIEROS VIGENTES E INTERESES FINANCIEROS
VENCIDOS QUE CORRESPONDEN AL MONTO PRINCIPAL QUE LA DEMANDADA ADEUDAN
CON MOTIVO DEL CREDITO QUE MI PODERDANTE ABRIO A SU FAVOR, A LA FECHA
DE CORTE SEGUN EL ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO QUE SE ANEXA
A LA
PRESENTE.
3.-
INTERESES
ORDINARIOS $12,741.37 (DOCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN
PESOS
37/100 M.N.), CANTIDAD QUE RESULTA DE LA SUMA DE CONCEPTOS
DE INTERESES ORDINARIOS VIGENTES E INTERESES ORDINARIOS VENCIDOS
GENERADOS AL TIPO Y CONDICIONES PACTADOS EN EL FUNDATORIO DE LA
PRETENSION, A LA FECHA DE CORTE. SEGUN EL ESTADO DE CUENTA
CERTIFICADO QUE SE ANEXA A LA PRESENTE; MAS LOS QUE SE SIGAN
GENERANDO HASTA LA TOTAL LIQUIDACION DEL ADEUDO, LOS CUALES SERAN
CUANTIFICADOS EN EJECUCION
DE SENTENCIA.
4.-
INTERESES MORATORIOS $6,489.81 (SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y
NUEVE PESOS 81/100 M.N.) CANTIDAD QUE RESULTA AL TIPO Y CONDICIONES
PACTADAS EN EL FUNDATORIO DE LA PRETENSION; GENERADOS A LA FECHA DE
CORTE, SEGUN EL ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO QUE SE ANEXA A LA
PRESENTE; MAS LOS QUE SE SIGAN GENERANDO HASTA
LA TOTAL
LIQUIDACION DEL ADEUDO, LOS CUALES SERAN CUANTIFICADOS EN
EJECUCION
DE SENTENCIA.
5.- POR EL PAGO DE GASTOS Y COSTAS, QUE POR LA TRAMITACION DEL PRESENTE PROCESO JURISDICCIONAL SE ORIGINEN.
Para publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación y en Periódico “Público”.
Guadalajara, Jal., a 6 de octubre de 2010.
Secretario de Acuerdos
Lic. Enriqueta Acosta Pérez
Rúbrica.
(R.- 325872)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal
México, Distrito Federal
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A LOS TERCEROS PERJUDICADOS: ASHLEY F. VIBERG STEVENS Y CARLO BICACI COHEN
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 304/2011-IV PROMOVIDO POR HOTELES PRESIDENTE S.A. DE C.V. Y HOTELES Y CENTROS ESPECIALIZADOS, S.A., POR CONDUCTO DE SU APODERADO BRAULIO ANTONIO ARSUAGA LOSADA, SE DICTO EL SIGUIENTE ACUERDO:
“MEXICO, DISTRITO FEDERAL, DOS DE MAYO DE DOS MIL ONCE.
Con fundamento en el artículo 62 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del numeral 2 de la Ley de Amparo, agréguense los oficios de cuenta, remitidos por el Director de la Comisión Federal de Electricidad, mediante los cuales, desahoga el requerimiento establecido en proveídos de seis y once de abril actual (foja 69 y 82); de lo que se toma conocimiento para los efectos legales conducentes
Por otra parte, visto el estado procesal que guardan los autos y toda vez que después de las gestiones realizadas por este órgano jurisdiccional no fue posible emplazar al presente juicio de amparo a los terceros perjudicados ASHLEY F. VIBERG STEVENS Y CARLO BICACI COHEN; al considerar que el emplazamiento desde el punto de vista procesal, es un acto jurídico de suma importancia en el curso del juicio, porque es precisamente a través de éste como se da a conocer a las partes interesadas la existencia e iniciación de un procedimiento judicial, cuyas consecuencias pueden traducirse en privación de derechos, para lo cual debe observarse en éste las formalidades esenciales del procedimiento; por tanto, el principio del cumplimiento del debido proceso legal comienza con un emplazamiento correcto, en observancia a la garantía de audiencia prevista en el artículo 14 de la Constitución Federal.
En
ese contexto, y como se advierte del estado de los autos, de la
investigación efectuada por este Juzgado de Distrito no se
advierte domicilio alguno en el que se hubiera podido emplazar a los
terceros perjudicados mencionados, pues a pesar de los datos
proporcionados por las diversas autoridades que fueron requeridas
para tal efecto, no se logró su debido emplazamiento;
consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por la fracción
II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, en relación
con el artículo 315, del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se ordena
emplazar a los terceros perjudicados de referencia por medio de
EDICTOS, los que deberán publicarse a costa de la parte
quejosa por tres veces y de siete en siete días, en el Diario
Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de
circulación nacional a elección del quejoso, hágase
saber que a través del presente juicio de garantías
304/2011-IV, HOTELES PRESIDENTE S.A. DE C.V. y HOTELES Y CENTRO
ESPECIALIZADOS, S.A., por conducto de su apoderado legal Braulio
Antonio Arsuaga Losada, demandaron el amparo y protección de
la justicia federal contra la resolución de trece de enero de
dos mil once, mediante la cual se consideró procedente la
autorización de no ejercicio de la acción penal, de la
averiguación previa AP/PGR/DDF/SPE-III/6402/07-12, emitida por
el Delegado en el Distrito Federal de la Procuraduría General
de la República, así como el dictamen y autorización
hecho de la propuesta de veintidós de diciembre de dos mil
diez, dada por el Agente del Ministerio Publico de la Federación
Investigador Adscrito a la Subdirección de Procedimientos
Especiales
de dicha Delegación, titular de la mesa III-DDF.
Asimismo, hágase saber a los terceros perjudicados mencionados, que deberán presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DIAS contados a partir del día siguiente al de la última publicación a deducir sus derechos en el presente juicio, para dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, quedando a su disposición en la actuaria de este Juzgado de Distrito, copia del escrito inicial de demanda y del auto admisorio; apercibidos que en caso de no hacerlo así, por apoderado o gestor que pueda representarlas, se seguirá este juicio conforme legalmente le corresponde, y las subsecuentes notificaciones, aun aquellas de carácter personal, se les harán por lista que se fija en este Juzgado.
Por otro lado, fíjese rotulón en la puerta de acceso de este órgano de control constitucional, con copia íntegra del presente acuerdo por todo el tiempo del emplazamiento, y con apoyo en el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, requiérase a la parte quejosa para que dentro del plazo de TRES DIAS, contados a partir de que surta efectos la notificación de este auto, acuda ante este Juzgado a recoger los edictos en mención y dentro de los cinco días siguientes acredite estar realizando los trámites respectivos para su publicación; bajo el apercibimiento que, en caso de no hacerlo así se acordará conforme a derecho proceda, en razón de que estaría incumpliendo con un presupuesto procesal, que se erige en la formalidad esencial del procedimiento, y que no permite que este Juzgado Federal pueda pronunciarse sobre el fondo del asunto planteado, contravendría con ello, lo dispuesto por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, puesto que entorpece la administración de justicia, lo cual en el caso no depende de este órgano federal, sino del propio quejoso, cuyo interés particular no debe estar por encima del interés público, tutelado por el citado precepto constitucional.
Sirve de apoyo a lo anterior, la tesis 67K, sustentada por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo III, abril de 1996, página 421, que a la letra dice:
“NOTIFICACION POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE GARANTIAS. REQUISITOS QUE DEBEN SATISFACERSE PARA QUE PROCEDA. Es procedente mandar a notificar a los terceros perjudicados en el juicio de garantías, por medio de edictos, a costa del quejoso, si ya se agotó previamente el trámite que previene la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, que en la parte que interesa establece:”…En cambio, si no consta en autos el domicilio del tercero perjudicado o de persona extraña al juicio, ni la designación de casa o despacho para oír notificaciones, el empleado lo asentará así a fin de que se dé cuenta al presidente del Tribunal Colegiado de Circuito correspondiente, al Juez o a la autoridad que conozca del asunto, para que dicten las medidas que estimen pertinentes con el propósito de que se investigue su domicilio. Si a pesar de la investigación se desconoce el domicilio, la primera notificación se hará por edictos a costa del quejoso, en los términos que señale el Código Federal de Procedimientos Civiles. “Por tanto, la ley obliga al Juez a quo, cuando no consta en autos el domicilio del tercero perjudicado, a dictar las medidas que estime pertinentes con el propósito de que se investigue su domicilio y esta orden conlleva la obligación para la autoridad constitucional, de realizar las indagaciones tendientes a ese fin, como pudiera ser ante dependencias policiacas por si dicho tercero tuviera antecedentes penales o del orden administrativo; en el Registro Público de la Propiedad por si a su nombre estuviera inscrito algún inmueble; en el ayuntamiento para el caso de que se hubiese registrado algún negocio; en el directorio telefónico; en el Departamento de Tránsito del Estado; en las oficinas fiscales, o bien en las constancias del juicio natural del que deriven los actos reclamados. De ahí que si no se agotan estas circunstancias, las notificaciones por edictos al tercero perjudicado del juicio de garantías no deben ordenarse”.
Lo anterior, hágase del conocimiento de las autoridades señaladas como responsables, para los efectos legales correspondientes.
Por
último, téngase por hecha la certificación
secretarial con que se da cuenta para los efectos legales
a que
haya lugar.
NOTIFIQUESE.
Así
lo proveyó el licenciado AUGUSTO OCTAVIO MEJIA OJEDA, Juez
Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito
Federal, ante Víctor Manuel Ramírez Díaz
secretario, que autoriza y da fe.
DOY FE. Dos rubricas”
LO QUE SE HACE DE SU CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
Atentamente
Secretario del Juzgado Tercero Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Víctor Manuel Ramírez Díaz
Rúbrica.
(R.- 325416)
AVISOS GENERALES
|
INMOBILIARIA DANA, S.A.
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
C.P. OLIVIA AZUCENA JIMENEZ VALDES, EN MI CARACTER DE ADMINISTRADORA UNICA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO VIGESIMO SEPTIMO DE LOS ESTATUTOS SOCIALES, CONVOCO A LOS ACCIONISTAS DE INMOBILIARIA DANA, S.A. A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA QUE SE CELEBRARA EL DIA JUEVES 16 DE JUNIO DE 2011 A LAS 12:00 HORAS, EN EL DOMICILIO DE LA SOCIEDAD PARA TRATAR EL SIGUIENTE:
ORDEN DEL DIA
I.- Discusión, aprobación o modificación del informe del Administrador Unico sobre la marcha de la sociedad respecto del ejercicio social concluido el 31 de diciembre de 2010.
II.- Discusión, aprobación o modificación del informe del Administrador Unico relativo a la información contable, financiera y a los estados financieros correspondientes al ejercicio de 2010, tomando en cuenta el informe del comisario.
III.- Adopción de las medidas que se juzguen oportunas conforme a los resultados de los puntos I y II anteriores.
IV.- Ratificación o designación del Administrador Unico y de los representantes legales.
V.- Ratificación o designación del comisario de la sociedad.
VI.-
Fijación de los emolumentos que deberán percibir el
Administrador Unico, los representantes legales
y el comisario de
la sociedad.
VII.- Asuntos generales.
Atentamente
México, D.F., a 24 de mayo de 2011.
Administradora Unica
C.P. Olivia Azucena Jiménez Valdés
Rúbrica. (R.- 325792)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Delegación Estatal Estado de México
Agencia del Ministerio Público de la Federación
Mesa Dos
Naucalpan de Juárez, Estado de México
Mesa Segunda Investigadora en Naucalpan de Juárez
PUBLICACION POR EDICTO
Se
notifica a Quien Resulte ser propietario del inmueble ubicado en
calle Callejón Cinco de Mayo número dos, colonia San
Rafael Chamapa, Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de
México, que en la averiguación previa
PGR/MEX/NAU-II/767/2009, instruida en contra de quien resulte
responsable, por el delito de contra la salud en su modalidad de
comercio hipótesis de venta del estupefaciente de
clorhidrato
de cocaína; se decretó el aseguramiento
ministerial de ese inmueble, razón por la que deberá
abstenerse de enajenarlo, gravarlo o hipotecarlo y que de no
manifestar lo que a su derecho convenga en un término
de
noventa días naturales contados a partir de la presente
notificación, ante el Licenciado Sixto Carlos Herrera Jiménez,
Agente del Ministerio Público de la Federación,
adscrito a la Mesa Segunda Investigadora, con domicilio en avenida 16
de Septiembre número 784, primer piso, Fraccionamiento
Industrial Alce Blanco, Municipio de Naucalpan de Juárez,
Estado de México, causará abandono a favor del Gobierno
Federal.
Lo anterior para todos los efectos legales a que haya
lugar.
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 1 de marzo de 2011.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrito a la Mesa Segunda Investigadora
Lic. Sixto Carlos Herrera Jiménez
Rúbrica.
(R.- 325775)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
y de Falsificación o Alteración de Moneda
EDICTO
Se
notifica al APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA DENOMINADA “JJG
COMERCIALIZADORA,
S.A. DE C.V., Y A QUIEN O QUIENES TENGAN INTERES
JURIDICO, el acuerdo de fecha 11 once de febrero de 2010 dos mil
diez, dictado en autos de la indagatoria UEIORPIFAM/AP/174/2009, por
el cual se decretó el ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL,
de la cantidad de USD $2,150,000.00
(DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA
MIL DOLARES AMERICANOS 00/100). Mismos que fueron asegurados el día
19 diecinueve de septiembre de 2009 dos mil nueve, en el Puerto de
Manzanillo,
Colima. Lo anterior de conformidad a lo dispuesto por
el artículo 182 A del Código Federal de Procedimientos
Penales.
Atentamente
"Sufragio Efectivo. No Reelección.”
México, D.F., a 11 de febrero de 2010.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. Alvaro Ortiz Hernández
Rúbrica.
(R.- 325845)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
M. 287126 LALA
ExPed. P.C. 646/2010(C-210)6863
Folio 9955
NOTIFICACION POR EDICTO
WOBBSI, S.A. DE C.V.
Se hace de su conocimiento que dentro del procedimiento administrativo contencioso de caducidad de la marca 287126 LALA, promovido por ERIKA CORDOVA AGUILAR, apoderada de IBE BUSINESS ENTERPRISE AG., con fecha 26 de abril de 2011, y folio de salida 9831, se dictó la resolución correspondiente, cuyos puntos resolutivos se transcriben a continuación:
PRIMERO.- Se declara administrativamente la caducidad del registro marcario 287126 LALA, prevista en el artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial, por las razones que se exponen en la presente resolución.
SEGUNDO.- Notifíquese esta resolución a la parte actora de forma personal y a la demandada a través de edictos. En consecuencia, con apoyo en los artículos 187, 194 y 199 de la Ley de la Propiedad Industrial, gírese a la actora oficio que contenga un extracto de la presente resolución a efecto de que por una sola vez sea publicado en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de los de mayor circulación en la Republica Mexicana y surta efectos la notificación de la presente resolución a la demandada. Por lo anterior, en términos de lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se concede a la parte actora, el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente que se notifique la presente, para exhibir la publicación del extracto de resolución, haciendo de su conocimiento que en caso de no dar cumplimiento al presente requerimiento, se le impondrá una multa que podría ser hasta por el importe de veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, de conformidad con los artículos 213 fracción XXVIII, 214 fracción I y 220 de la Ley de la Propiedad Industrial.
TERCERO.- Publíquese en la Gaceta de la Propiedad Industrial, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 6o. y 8o. de la Ley de la Propiedad Industrial, así como 15 del Reglamento de dicho ordenamiento.
El
presente se signa en la Ciudad de México, con fundamento en
los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del
Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el
10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V, XXII, 7 Bis 2, título
sexto y séptimo y demás aplicables de la Ley de la
Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 27 de junio
de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según
corresponda, mediante decretos publicados los días 2 de agosto
de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de
2004, 16 de junio de 2005,
25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009,
6 de enero de 2010, 18 y 28 de junio de 2010, en dicho medio
informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c) subinciso ii)
segundo guión, Coordinación Departamental de
Cancelación y Caducidad, 4o., 5o., 11 último párrafo
14 fracciones I a VIII, XI y XII del Reglamento
del Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el día 14 de diciembre de 1999
(reformado y adicionado, según corresponda mediante decretos
de 1 de julio de 2002 y
15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se
publicó el 28 del mismo mes y año en dicho medio
informativo, así como decreto del 7 de septiembre de 2007);
1o., 3o., 4o., 5o. fracción V inciso c, subinciso ii) segundo
guión, Coordinación Departamental de Cancelación
y Caducidad, 18 fracciones I a la VIII, XI y XII y 32 del Estatuto
Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
publicado en el Diario Oficial de la Federación el
27 de
diciembre de 1999 (reformando y adicionado, según corresponda,
mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de
2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004 en dicho
medio informativo, y acuerdo de fecha 23 de septiembre de 2007) y
1o., 3o. y 7o. primer párrafo incisos j), k), m), n), o), p),
q), r) y s) y tercer párrafo del Acuerdo que Delega Facultades
en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador,
Directores Divisionales, Titulares de Oficinas Regionales,
Subdirectores Divisionales, Coordinadores
Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota
aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de
febrero de 2009, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de
septiembre
de 2007, publicadas en dicho medio informativo).
Atentamente
27 de abril de 2011.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Fernando Soler Aguilar
Rúbrica.
(R.- 325776)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
THE COCA-COLA COMPANY
vs
EMBOTELLADORA DE AGUAS GASEOSAS HUANCAYO S.R.L.
M. 987730 ON
ExPed. P.C. 2138/2010 (C-695) 19857
Folio 6100
NOTIFICACION POR EDICTO
EMBOTELLADORA DE AGUAS GASEOSAS HUANCAYO S.R.L.
Por
escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta
Dirección, el día 20 de diciembre
de 2010, al cual
recayó el folio de entrada 019857, por Rodrigo Edgardo Anciano
Haces, apoderado de
THE COCA-COLA COMPANY, solicitó la
declaración administrativa de caducidad del registro marcario
citado al rubro, haciendo consistir su acción en el supuesto
derivado del artículo 152 fracción II de la Ley de la
Propiedad Industrial.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida de que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Para
su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos
de mayor circulación de la República
y en el Diario
Oficial de la Federación, en los términos y para los
efectos establecidos en el artículo 194 de la Ley de la
Propiedad Industrial.
El
presente se signa en la Ciudad de México, Distrito Federal, en
la fecha señalada al rubro, con fundamento
en
los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del
Decreto por el cual de crea el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. bis 2,
títulos sexto y séptimo y demás aplicables de la
Ley de la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y
derogada, según corresponda, mediante decretos del 2 de agosto
de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo
de 1999, 26 de enero
de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009,
6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010, en dicho medio informativo);
1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión,
Coordinación Departamental de Nulidades, 4o., 5o., 11 último
párrafo y 14 fracciones I a VIII, XI y XII del Reglamento del
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario
Oficial de la Federación
el 14 de diciembre de 1999
(reformado y adicionado, según corresponda, mediante Decretos
de 1 de julio
de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya Fe de erratas se
publicó el 28 del mismo mes y año, así como
decreto de 7 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio
informativo); 1o., 2o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c),
subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental
de Nulidades, 18 fracciones I a la VIII, XI y XII y 32 del Estatuto
Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de
diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda
mediante Acuerdo y Decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de
2004, con nota aclaratoria publicada con fecha 4 de agosto de 2004, y
Acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio
informativo) y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo, incisos d), f),
j), k), l), m), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo del
Acuerdo que delega facultades
en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores
Divisionales, Titulares de las Oficinas
Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores
Departamentales, y otros Subalternos del Instituto Mexicano
de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 15 de diciembre de 1999
(con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación,
según corresponda, de fechas 4 de febrero de 2000, 29 de julio
de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, publicados
en dicho medio informativo).
Atentamente
17 de marzo de 2011.
El Coordinador Departamental de Nulidades
Román Iglesias Sánchez
Rúbrica.
(R.- 325784)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia Jurídica
Dirección General de Autorizaciones Especializadas
Oficio 311-33992/2011
CNBV.311.311.23 (554 U-637) “2011-04-14” (9)
Asunto: Se modifican los términos de la autorización para operar otorgada a esa sociedad.
Starfin Unión de Crédito, S.A. de C.V.
Bosques de Alisos No. 45-A, 3er. piso
Colonia Bosques de las Lomas,
05120, Delegación Cuajimalpa,
México, D.F.
Con fundamento en los artículos 14 y 16 de la Ley de Uniones de Crédito y con motivo de la reforma al artículo sexto de los estatutos de esa sociedad, acordada en la asamblea general extraordinaria de accionista celebrada el 18 de octubre de 2010, esta Comisión tiene a bien modificar el punto Segundo, fracción II de la autorización para operar que le fue otorgada mediante oficio 601-II-6171 de fecha 23 de febrero de 1993, para quedar como sigue:
“SEGUNDO.-
II.- El capital social autorizado es de $45’462,800.00 (cuarenta y cinco millones cuatrocientos sesenta y dos mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), representado por 348,547 acciones Serie “A” correspondientes al capital fijo sin derecho a retiro y 348,547 acciones Serie “B” correspondientes al capital variable, sin expresión de valor nominal.
III.-
TERCERO.- ”
Atentamente
México, D.F., a 14 de abril de 2011.
Director General
Lic. Héctor Barrenechea Nava
Rúbrica.
(R.- 325700)
SPIELO HISPANOAMERICA, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
Por medio de la presente, los liquidadores de la Sociedad SPIELO HISPANOAMERICA, S.A. DE C.V. convocan a todos los accionistas a una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día 13 de junio de 2011 a las 9:00 horas, en las oficinas ubicadas en Torre del Bosque Pent-House, Boulevard Manuel Avila Camacho número 24, colonia Lomas de Chapultepec, México, D.F., código postal 11000, para tratar los asuntos del siguiente:
ORDEN DEL DIA
I. Presentación del balance final de liquidación de la Sociedad; su discusión y, en su caso, aprobación.
II.
Presentación
del proyecto de división del remanente de la sociedad
presentado por los liquidadores
de la Sociedad; su discusión
y, en su caso, aprobación.
III. Presentación de la liquidación de la sociedad y de la gestión de los liquidadores; su discusión y, en su caso, aprobación.
IV.
Designación
de delegados especiales para formalizar y, en su caso, ejecutar las
resoluciones adoptadas
por
la Asamblea.
Para ser admitidos a la asamblea, los accionistas deberán estar inscritos en el Libro de Registro de Acciones de la sociedad.
Los accionistas que no puedan asistir personalmente podrán hacerse representar en la Asamblea por apoderado que cuente con un poder general o especial o por apoderado designado mediante carta poder otorgada ante 2 (dos) testigos.
México, D.F., a 25 de mayo de 2011.
Liquidador Francisco García Naranjo Alvarez Rúbrica. |
Liquidador Joaquín González Chávez Rúbrica. |
(R.- 325865)
SOCIEDAD DE AUTORES Y COMPOSITORES DE MEXICO, S. DE G.C. DE I.P.
MIEMBRO DE LA CONFEDERACION INTERNACIONAL
DE SOCIEDADES DE AUTORES Y COMPOSITORES (CISAC)
PRIMERA CONVOCATORIA
Por
acuerdo del H. Consejo Directivo de esta Sociedad y con fundamento en
los artículos 205 fracciones VIII,
IX y 206 de la Ley Federal del Derecho de Autor vigente; 123, 124,
125 de su Reglamento y en los artículos 16, 16 bis, 18, 19,
20, 21, 22, 23, 24 y 42 inciso b) de nuestros estatutos, se convoca a
los miembros de la SOCIEDAD DE AUTORES Y COMPOSITORES DE MEXICO, S.
DE G.C. DE I.P., a la ASAMBLEA GENERAL
ORDINARIA que tendrá verificativo en su domicilio social,
ubicado en calle Real de Mayorazgo 129,
colonia Xoco, código postal 03330, de esta capital, a las
10:00 horas, del martes 14 de junio de 2011, de conformidad con
el
siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.-
Designación
y aceptación del cargo de escrutadores, para verificar y
determinar el quórum, de conformidad
con
la nómina de votos y la lista de asistencia.
2.-
Los
escrutadores verificarán el quórum, de acuerdo con el
Proyecto de Distribución de Votos previamente
aprobado en asamblea de fecha 1 de diciembre de 2009, en los términos
del artículo 22 de los estatutos sociales, así como de
los artículos 206 de la Ley Federal del Derecho de Autor; 123,
124 fracciones II y III,
y 125 del Reglamento de la Ley Federal
del Derecho de Autor.
3.- Los escrutadores comunicarán a la Asamblea si existe el quórum de ley y, en caso afirmativo, se procederá a la apertura de la Asamblea, declarando a ésta legalmente constituida en primera convocatoria.
4.- Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la asamblea anterior.
5.- Informe del Consejo Directivo.
6.- Presentación, discusión y aprobación, en su caso, del balance correspondiente al ejercicio del año 2010.
7.- Informe del Comité de Vigilancia.
8.-
Ratificación
del acuerdo de aprobación del Proyecto de Distribución
de Votos emitido y aprobado en la asamblea de fecha 1 de diciembre de
2009, en términos del artículo 205 fracción XII,
de la Ley Federal
del Derecho de Autor y 22 de los estatutos, para
que continúe su vigencia y aplicación para las
asambleas futuras a que convoque esta Sociedad Autoral.
9.- Asuntos generales.
10.- Clausura de la Asamblea.
México, D.F., a 18 de mayo de 2011.
Secretario del Consejo Directivo
Mtro. José Manuel Contreras Marroquín
(R.- 325777)
FIANZATO, S.C. BALANCE DE LIQUIDACION AL 7 DE MAYO DE 2010 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 10 de febrero de 2011. Liquidador José Luis Rosales Martínez Rúbrica. (R.- 325829) |
|
AVISO AL PUBLICO
Se
informa al público en general que los costos por
suscripción semestral y ejemplar del Diario Oficial de la
Federación, a partir del 1 de enero Suscripción semestral al público: $ 1,172.00 Ejemplar de una sección del día: $ 11.00 El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación |
CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR, S.A. DE C.V. SOFOM, E.N.R.
CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V.
AVISO DE FUSION
En cumplimiento al artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y a las resoluciones tomadas por la asamblea general extraordinaria de accionistas de CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V., y por la asamblea general extraordinaria de accionistas de CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR, S.A. DE C.V. SOFOM, E.N.R., celebradas respectivamente el 21 de enero de 2010 y el 20 de enero de 2011, se da a conocer lo siguiente:
1.-
Que en las asambleas antes mencionadas se aprobó el convenio
de fusión de fecha 2 (DOS) de noviembre
de 2010 celebrado entre CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V.,
como fusionante
y
CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR, S.A. DE C.V. SOFOM, E.N.R. como
fusionada.
2.- Que la fusión surtirá sus efectos frente a terceros en el momento de la inscripción en el Registro Público de Comercio de los domicilios de las sociedades que se fusionan, en los términos de los artículos 223 y 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
3.- Que para efecto de las partes la fusión surtirá sus efectos a partir del 16 de mayo de 2011.
4.- Que CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V. como empresa fusionante absorberá la totalidad de los activos, pasivos, derechos y obligaciones de CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR, S.A. DE C.V. SOFOM, S.N.R.
5.- Que como sistema de extinción de pasivos se establece que CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V., asume la obligación de pagar a la vista la totalidad de los pasivos a favor de todos y cada uno de los acreedores que pueda tener CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR, S.A. DE C.V. SOFOM, E.N., por lo que se extinguen los pasivos de esta sociedad que son absorbidos por la empresa fusionante.
6.- Que la empresa fusionante garantizará cualquier responsabilidad directa o contingente, particularmente aquellas de carácter fiscal que pudieran ser a cargo de la sociedad que desaparece con motivo de la fusión acordada.
7.- Que en cumplimiento al artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publican los balances generales de cada sociedad que reflejan la situación financiera de las mismas al 31 de diciembre de 2010.
México, D.F., a 16 de mayo de 2011.
Crédito y Arrendamiento Gocar, S.A. de C.V. SOFOM, E.N.R.
Presidente del Consejo de Administración
Lic. José Gómez Báez
Rúbrica.
(R.- 325827)
CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V.
CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR, S.A. DE C.V. SOFOM, E.N.R.
AVISO DE FUSION
En cumplimiento al artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y a las resoluciones tomadas por la asamblea general extraordinaria de accionistas de CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V., y por la asamblea general extraordinaria de accionistas de CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR, S.A. DE C.V. SOFOM, E.N.R., celebradas respectivamente el 21 de enero de 2010 y el 20 de enero de 2011, se da a conocer lo siguiente:
1.-
Que en las asambleas antes mencionadas se aprobó el convenio
de fusión de fecha 2 (dos) de noviembre
de 2010 celebrado entre CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V.,
como fusionante
y
CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR, S.A. DE C.V. SOFOM, E.N.R. como
fusionada.
2.- Que la fusión surtirá sus efectos frente a terceros en el momento de la inscripción en el Registro Público de Comercio de los domicilios de las sociedades que se fusionan, en los términos de los artículos 223 y 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
3.- Que para efecto de las partes la fusión surtirá sus efectos a partir del 16 de mayo de 2011.
4.-
Que CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V. como empresa
fusionante absorberá
la totalidad de los activos, pasivos,
derechos y obligaciones de CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR,
S.A. DE
C.V. SOFOM, S.N.R.
5.- Que como sistema de extinción de pasivos se establece que CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V., asume la obligación de pagar a la vista la totalidad de los pasivos a favor de todos y cada uno de los acreedores que pueda tener CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR, S.A. DE C.V. SOFOM, E.N., por lo que se extinguen los pasivos de esta sociedad que son absorbidos por la empresa fusionante.
6.- Que la empresa fusionante garantizará cualquier responsabilidad directa o contingente, particularmente aquellas de carácter fiscal que pudieran ser a cargo de la sociedad que desaparece con motivo de la fusión acordada.
7.-
Que en cumplimiento al artículo 223 de la Ley General de
Sociedades Mercantiles, se publican los balances generales de cada
sociedad que reflejan la situación financiera de las mismas al
31 de diciembre
de 2010.
México, D.F., a 16 de mayo de 2011.
Controladora Automotriz Gocar, S.A. de C.V.
Presidente del Consejo de Administración
Lic. José Gómez Báez
Rúbrica.
(R.- 325823)
CREDITO Y ARRENDAMIENTO GOCAR, S.A. DE C.V. SOFOM
PREPARACION DE ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 PARA FUSION
ACTIVO |
|
ACTIVO CIRCULANTE |
|
CAJA |
--- |
BANCOS |
281,409 |
CLIENTES EN ARRENDAMIENTO PURO |
16,666 |
CLIENTES EN CREDITO |
60,302 |
DEUDORES DIVERSOS |
2,501,023 |
INTERCOMPAÑIAS |
18,807,110 |
CONTRIBUCIONES A FAVOR |
1,852 |
IVA ACREDITABLE |
2,320,563 |
TOTAL ACTIVO CIRCULANTE |
23,988,925 |
ACTIVO FIJO |
|
MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA |
17,899 |
DEPRECIACION ACUMULADA DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA |
(4,579) |
EQUIPO DE COMPUTO |
125,696 |
DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE COMPUTO |
(92,317) |
TOTAL ACTIVO FIJO |
46,699 |
ACTIVO DIFERIDO |
|
CREDITO MERCANTIL |
--- |
DEPOSITOS EN GARANTIA |
26,900 |
IMPUESTOS DIFERIDOS |
--- |
TOTAL ACTIVO DIFERIDO |
26,900 |
SUMA DEL ACTIVO |
24,062,525 |
PASIVO |
|
PASIVO CIRCULANTE |
|
PRESTAMOS DIRECTOS |
19,702,691 |
PROVEEDORES |
1,372,244 |
IMPUESTOS Y DERECHOS POR PAGAR |
9,173 |
INTERCOMPAÑIAS COMPRAS NUESTRAS |
3,462,358 |
DEPOSITOS NO IDENTIFICADOS |
346,847 |
IVA TRASLADADO |
990,716 |
CLIENTES IXE AUTOMOTRIZ |
16,654 |
TOTAL PASIVO CORTO PLAZO |
25,900,683 |
PASIVO LARGO PLAZO |
|
INT COBRADOS POR ANT CREDITOS |
--- |
TOTAL PASIVO A LARGO PLAZO |
--- |
SUMA DEL PASIVO |
25,900,683 |
CAPITAL |
|
CAPITAL SOCIAL FIJO |
50,000 |
RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES |
(1,673,518) |
UTILIDAD O PERDIDA DEL EJERCICIO |
(214,640) |
TOTAL CAPITAL CONTABLE |
(1,838,158) |
SUMA DEL PASIVO Y DEL CAPITAL |
24,062,525 |
16 de mayo de 2011.
Presidente del Consejo de Administración
Lic. José Gómez Báez
Rúbrica.
(R.- 325824)
CONTROLADORA AUTOMOTRIZ GOCAR, S.A. DE C.V.
PREPARACION DE ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 PARA FUSION
ACTIVO |
|
ACTIVO CIRCULANTE |
|
CAJA |
1,000 |
BANCOS |
53,838 |
CLIENTES EN ARRENDAMIENTO PURO |
28,361 |
CLIENTES EN CREDITO |
|
DEUDORES DIVERSOS |
24,189,871 |
INTERCOMPAÑIAS |
15,504 |
ANTICIPOS A PROVEEDORES |
926,582 |
CONTRIBUCIONES A FAVOR |
343,928 |
IVA ACREDITABLE |
870,058 |
PAGOS ANTICIPADOS |
--- |
TOTAL ACTIVO CIRCULANTE |
26,429,142 |
ACTIVO FIJO |
|
TERRENOS |
10,908,872 |
EQUIPO DE TRANSPORTE ARRENDADO |
--- |
DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE TRANSPORTE ARRENDADO |
--- |
MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA |
68,107 |
DEPRECIACION ACUMULADA DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA |
(4,176) |
EQUIPO DE COMPUTO |
30,130 |
DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE COMPUTO |
(6,416) |
INVERSIONES PERMANENTES EN ACCIONES |
149,697,698 |
TOTAL ACTIVO FIJO |
160,694,215 |
ACTIVO DIFERIDO |
|
GASTOS DE INSTALACION |
330,108 |
AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE INSTALACION |
(82,093) |
CREDITO MERCANTIL |
--- |
DEPOSITOS EN GARANTIA |
16,667 |
IMPUESTOS DIFERIDOS |
727,182 |
TOTAL ACTIVO DIFERIDO |
991,862 |
SUMA DEL ACTIVO |
188,115,219 |
PASIVO |
|
PASIVO CIRCULANTE |
|
ANTICIPO CLIENTES |
143,318 |
PROVEEDORES |
83,848 |
ACREEDORES |
16,237,536 |
IMPUESTOS Y DERECHOS POR PAGAR |
91,586 |
INTERCOMPAÑIAS COMPRAS CLIENTES |
|
INTERCOMPAÑIAS COMPRAS NUESTRAS |
14,042,232 |
DEPOSITOS NO IDENTIFICADOS |
1,285,838 |
IVA TRASLADADO |
1,817,889 |
OTRAS PROVISIONES |
|
TOTAL PASIVO CORTO PLAZO |
33,702,249 |
PASIVO LARGO PLAZO |
|
INT COBRADOS POR ANT CREDITOS |
--- |
TOTAL PASIVO A LARGO PLAZO |
---- |
SUMA DEL PASIVO |
33,702,249 |
CAPITAL |
|
CAPITAL SOCIAL FIJO |
117,080 |
CAPITAL SOCIAL PART. CREDIGOCAR |
|
CAPITAL SOCIAL VARIABLE |
149,890,548 |
CAPITAL SUSCRITO NO PAGADO |
1 |
PRIMA EN COLOCACION DE ACCIONES |
31,572,275 |
RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES |
(7,809,785) |
EXCESO O INSUFICIENCIA EN LA ACTUALIZACION |
(21,240,919) |
EFECTO ACUMULADO DE ISR DIFERIDO |
4,831,969 |
UTILIDAD O PERDIDA DEL EJERCICIO |
6,287,896 |
RECONOCIMIENTO INICIAL METODO DE PARTICIPACION |
9,236,095 |
TOTAL CAPITAL CONTABLE |
154,412,970 |
SUMA DEL PASIVO Y DEL CAPITAL |
188,115,219 |
16 de mayo de 2011.
Presidente del Consejo de Administración
Lic. José Gómez Báez
Rúbrica.
(R.- 325821)
ESTUDIOS CHURUBUSCO AZTECA, S.A.
CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA
EN
OBSERVANCIA A LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS EN SU ARTICULO 134, Y DE CONFORMIDAD CON EL TITULO V DE LA
LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES Y LAS BASES GENERALES PARA EL
REGISTRO, AFECTACION, DISPOSICION FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES DE
ESTUDIOS CHURUBUSCO AZTECA, S.A., SE CONVOCA A LOS INTERESADOS EN
PARTICIPAR EN LA LICITACION PUBLICA NUMERO 11195001-ECHASA-GRM-001-11
PARA LA ENAJENACION DE PLATA EN ESCAMA, PROVENIENTE DE LAS MAQUINAS
RECUPERADORAS DEL LABORATORIO FOTOQUIMICO, CUYA CONVOCATORIA QUE
CONTIENE LAS BASES DE PARTICIPACION SE ENCUENTRA DISPONIBLE PARA SU
CONSULTA Y OBTENCION GRATUITA EN LA PAGINA DE ESTUDIOS CHURUBUSCO:
http://www.estudioschurubusco.com, O BIEN SE PODRA CONSULTAR
EN EL
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DE ESTUDIOS CHURUBUSCO AZTECA,
S.A., SITO EN EL EDIFICIO “HERMANOS SOLER”, UBICADO EN
LA CALLE DE ATLETAS NUMERO 2, COLONIA COUNTRY CLUB, DELEGACION
COYOACAN, CODIGO POSTAL 04220, MEXICO, D.F., TELEFONO 5549 3060,
EXTENSION 248, DEL DIA 25 DE MAYO DE 2011 Y HASTA LA FECHA SEÑALADA
PARA LA JUNTA DE ACLARACION DE LA CONVOCATORIA, DE 9:00 A
15:00
HORAS. A CONTINUACION SE PRESENTA EL RESUMEN DE DICHA LICITACION:
NUMERO, CARACTER, TIPO Y DESCRIPCION DE LA LICITACION |
11195001-ECHASA-GRM-001-11 PARA LA ENAJENACION DE PLATA EN ESCAMA, PROVENIENTE DE LAS MAQUINAS RECUPERADORAS DEL LABORATORIO FOTOQUIMICO. |
VOLUMEN A ENAJENAR |
SE ESPECIFICA EN LA CONVOCATORIA. |
FECHA DE PUBLICACION EN LA PAGINA DE ESTUDIOS CHURUBUSCO AZTECA, S.A. |
25/05/2011. |
JUNTA DE ACLARACIONES |
1/06/2011, A LAS 12:00 HORAS. |
PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES |
8/06/2011, A LAS 12:30 HORAS. |
México, D.F., a 25 de mayo de 2011.
El Director de Administración y Finanzas
Dr. José Roberto Hernández Paniagua
Rúbrica.
(R.- 325859)
ADMINISTRACION PORTUARIA INTEGRAL DE MAZATLAN, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
CONCURSO PUBLICO No. API/MAZ/TUM/01/11
La Administración Portuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V. (API), con base en los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, del Programa Nacional de Infraestructura 2007-2012 y del Programa Maestro de Desarrollo Portuario del Puerto de Mazatlán 2008-2013 y con fundamento en los artículos 1o., 20, 27, 30, 53 y 59 de la Ley de Puertos; 24, fracciones XVI y XIX y 33 Bis 1 de la Ley Federal de Competencia Económica; 1o. y 33 del Reglamento de la Ley de Puertos; 56, fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica; y demás disposiciones aplicables; así como de conformidad con la concesión otorgada por el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a la API, de fecha 26 de julio de 1994, para la Administración Integral del Puerto de Mazatlán, Sinaloa (la CONCESION), y el Acuerdo CA-LXXII-1, aprobado por el Consejo de Administración de la API, en su Sesión LXXII, del 28 de enero de 2011, que tuvo el carácter de extraordinaria, CONVOCA a todas las personas físicas y morales, nacionales o extranjeras, interesadas en participar en el concurso público número API/MAZ/TUM/01/11 (el CONCURSO), cuyo objeto consiste en:
I. La adjudicación de un contrato de cesión parcial de derechos derivados de la CONCESION, con una vigencia de 20 (veinte) años, y la posibilidad de que se prorrogue hasta el término de la CONCESION ahora vigente, que es el 26 de julio de 2044 (previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las leyes y en el contrato), que comprenderá: (i) La explotación, uso y aprovechamiento de un área de agua y de terrenos de dominio público por 166,116.27 m2 de la terminal de usos múltiples de uso público ubicada en el recinto portuario del Puerto de Mazatlán, Sinaloa (el AREA), (ii) La construcción de obras en el AREA y (iii) La prestación de servicios portuarios en la citada terminal;
II. La adjudicación de un contrato de compraventa de bienes, consistentes en equipo menor de apoyo terrestre para el manejo de carga contenerizada y no contenerizada, en los términos de las bases del CONCURSO.
Sin perjuicio de la información y requisitos establecidos en las bases del CONCURSO que deberán observar las personas que tengan interés en participar, las etapas y actos principales del CONCURSO, son los siguientes:
No. de CONCURSO |
Costo de las bases (IVA incluido) |
Fecha límite para adquirir las bases del CONCURSO |
Juntas de aclaraciones |
Visita al AREA |
Presentación y apertura de proposiciones |
API/MAZ/TUM/01/11 |
$55,000.00 (cincuenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) |
24 de junio de 2011 |
1a.- 1 de agosto de 2011 2a.- 3 de octubre de 2011 |
8 de julio de 2011 |
21 de octubre de 2011 |
Acto de fallo |
Firma de los contratos (de cesión parcial de derechos y de compraventa) |
Capital contable mínimo requerido |
Fecha límite para entrega del AREA |
25 de noviembre de 2011 |
16 de enero de 2012 |
$50’000,000.00 (cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.) |
A
más tardar dentro de los 10 días hábiles
siguientes a que: |
CONSIDERACIONES GENERALES:
1.
Sitio, fechas y horarios para la adquisición de las bases del
CONCURSO: estarán disponibles a partir del 25 de mayo de 2011
y hasta el 24 de junio de 2011, de lunes a viernes, en días
hábiles y en un horario de 8:00 a las 15:00 horas, en el
domicilio de la API, ubicado en Interior Recinto Fiscal S/N, C.P.
82000, Mazatlán, Sinaloa, teléfono +52 (669) 982 3611,
fax +52 (669) 982 1960, correo electrónico:
dirgral@puertomazatlan.com.mx y gcomercial@puertomazatlan.com.mx, con
la atención del Ing. Víctor T. Humarán
Castellanos. Las bases y el apéndice 1 de las mismas, relativo
a la guía para el desarrollo del CONCURSO, estarán
disponibles
a la fecha de adquisición de las primeras. Los
apéndices 2 a 7, relativos al modelo de contrato de cesión
parcial de derechos, el modelo de contrato de compraventa de bienes,
el Programa Maestro de Desarrollo Portuario del Puerto de Mazatlán,
el prospecto descriptivo, las Reglas de Operación del Puerto
de Mazatlán y la CONCESION, respectivamente, estarán
disponibles a través del cuarto de información del
CONCURSO, en los términos de las bases.
2.
Costo y forma de pago de las bases del CONCURSO: el costo de las
bases es de $55,000.00 (cincuenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), el
cual incluye el Impuesto al Valor Agregado, mismo que podrá
pagarse mediante: (i)
Cheque certificado o de caja expedido por una institución
bancaria debidamente autorizada,
a nombre de Administración
Portuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V., o (ii)
Transferencia electrónica interbancaria a la Clave Bancaria
Estandarizada (CLABE) número 021 744 009 776 737 888 (Banco
HSBC) y Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número 014 744
655 006 350 163 (Banco Santander), a nombre de Administración
Portuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V., caso este
último, en que habrá de exhibirse a la API la impresión
del recibo electrónico en el que conste la transferencia
debidamente aplicada. Este pago no será reembolsable en ningún
caso. La adquisición de las bases del CONCURSO no otorga el
derecho a los interesados de presentar proposiciones, sino que, para
su presentación, habrán de apegarse a lo que al
respecto establecen las citadas bases.
3. Opinión de la Comisión Federal de Competencia (COFECO): de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33 Bis 1 de la Ley Federal de Competencia Económica y 58 de su Reglamento, las personas que tengan interés en participar en el CONCURSO, deberán solicitar la opinión de la COFECO, en los términos señalados en las bases del CONCURSO.
4. Visita al AREA: la visita al AREA se llevará a cabo el día 8 de julio de 2011, en los términos establecidos en las bases del CONCURSO.
5. Juntas de aclaraciones: tendrán lugar en las fechas señaladas en el cuadro anterior, en los términos establecidos en las bases del CONCURSO.
6. Presentación de proposiciones: el acto de presentación y apertura de proposiciones se efectuará el día 21 de octubre de 2011 a las 12:00 horas, en el domicilio de la API, en los términos establecidos en las bases del CONCURSO.
7. Idioma: el idioma que se utilizará en el CONCURSO es el español, salvo las excepciones expresamente señaladas en las bases del CONCURSO, en las que los documentos que correspondan deberán acompañarse de traducción al idioma español.
8. Moneda: la moneda que se utilizará en el CONCURSO será el peso mexicano.
9.
Requisitos generales para participar en el CONCURSO: Los interesados
deberán adquirir las bases del CONCURSO, cumplir con la etapa
de precalificación
y cumplir y acreditar los requisitos
técnicos, económicos, financieros y legales
establecidos en las propias bases del CONCURSO.
10. Criterios generales para la emisión del fallo del CONCURSO:
a)
La API evaluará las proposiciones conforme a las bases del
CONCURSO y emitirá un dictamen interno que servirá para
motivar y fundamentar la emisión
del fallo del CONCURSO.
b) Los contratos objeto del CONCURSO se adjudicarán al concursante cuya proposición haya sido declarada solvente al reunir condiciones de desarrollo, calidad y precio, en virtud de cumplir los requisitos técnicos, económicos, financieros y legales establecidos en las bases del CONCURSO y ofrezca las mejores condiciones para el Estado, conforme a los criterios señalados en las propias bases.
c) El CONCURSO se declarará desierto, podrá cancelarse o suspenderse, en los términos establecidos en las bases del mismo.
11. Acto de fallo: el 25 de noviembre de 2011, en el domicilio de la API y conforme a los criterios establecidos en las bases del CONCURSO, la API emitirá el fallo, derivado del cual, en su caso, celebrará los contratos objeto del CONCURSO.
12.
No negociación: Ninguna de las condiciones establecidas en las
bases del CONCURSO o en las proposiciones presentadas por los
concursantes, podrán
ser negociadas.
13. Personas impedidas: no podrán participar en el CONCURSO, las personas que se encuentren impedidas en términos de las bases del CONCURSO.
Mazatlán, Sin., a 25 de mayo de 2011.
Administración Portuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V.
El Director General
Lic. Alfonso Gil Díaz
Rúbrica.
(R.- 325830)
LIBERTAD SERVICIOS FINANCIEROS, S.A. DE C.V., S.F.P.
DICTAMEN DE LOS COMISARIOS
A la Asamblea General de Accionistas:
En nuestro carácter de comisarios y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y los estatutos de la sociedad Libertad Servicios Financieros, S.A. de C.V., S.F.P., les presentamos nuestro dictamen sobre la razonabilidad de la información entregada a ustedes por el Consejo de Administración, en relación con la operación de la sociedad por el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2010.
Hemos asistido a las asambleas de accionistas y juntas del Consejo de Administración a las que hemos sido convocados, así mismo hemos obtenido de la Dirección General, la información sobre las operaciones, documentación y registros que consideramos necesarios examinar. Nuestra revisión ha sido efectuada de acuerdo con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas.
Los
estados financieros no reflejan los efectos, sobre los conceptos de
diferencias temporales según
la Norma de Información
Financiera D-4 y los que resulten al identificar los créditos
renovados.
En nuestra opinión, excepto por lo señalado en el párrafo anterior, los criterios y políticas contables y de información seguidos por la sociedad y considerados por el Consejo de Administración para preparar la información presentada a esta asamblea, son adecuados, suficientes y consistentes; por lo tanto, dicha información refleja en forma razonable en los aspectos importantes la situación financiera de la sociedad Libertad Servicios Financieros, S.A. de C.V., S.F.P., al 31 de diciembre de 2010, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por el año terminado en esa fecha, de conformidad con los Criterios de Contabilidad para las Entidades de Ahorro y Crédito Popular, establecidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Querétaro, Qro., a 15 de abril de 2011.
Comisario C.P.C. Javier A. González González Rúbrica. |
Comisario C.P. Ricardo Velasco Arellano Rúbrica. |
Comisario
C.P. Jorge Luis Sánchez Hernández
Rúbrica.
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SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR
NIVEL DE OPERACIONES III
H. COLEGIO MILITAR NUMERO 67, COLONIA EL PUEBLITO CORREGIDORA, QRO.
BALANCE GENERAL
POR EL AÑO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en miles de pesos)
Activo |
2010 |
Disponibilidades |
$95,595 |
Inversiones en valores |
|
Títulos para negociar |
1,585,014 |
Cartera de crédito vigente |
|
Créditos comerciales |
988,406 |
Créditos de consumo |
5,851,660 |
Créditos de vivienda |
167,513 |
Total de cartera de crédito vigente |
7,007,579 |
Cartera crédito vencida |
|
Créditos comerciales |
19,955 |
Créditos de consumo |
720,711 |
Créditos de vivienda |
12,316 |
Total de cartera crédito vencida |
752,982 |
Total cartera de crédito |
7,760,561 |
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
(912,465) |
Cartera de crédito, neta |
6,848,096 |
Otras cuentas por cobrar |
68,141 |
Bienes adjudicados |
63,757 |
Inmuebles, mobiliario y equipo, neto |
242,744 |
Inversiones permanentes en acciones |
50 |
Otros activos |
41,133 |
Total Activos |
$8,944,530 |
Pasivo y capital contable |
|
Captación tradicional |
|
Depósitos de exigibilidad inmediata |
$948,639 |
Depósitos a plazo |
6,152,973 |
Total captación tradicional |
7,101,612 |
Otras cuentas por pagar |
|
ISR y PTU por pagar |
4,086 |
Fondo de obra social |
1,728 |
Acreedores diversos y otras cuentas por pagar |
87,413 |
|
93,227 |
Total Pasivo |
7,194,839 |
Capital contable |
|
Capital contribuido |
|
Capital social |
1,015 |
Efecto por Incorporación al Régimen de Entidades de Ahorro y Crédito Popular |
1,451,540 |
|
1,452,555 |
Capital ganado |
|
Fondo de Reserva |
3,456 |
Resultado del Ejercicio |
264,300 |
Resultado de Ejercicios Anteriores |
29,380 |
Total Capital Contable |
1,749,641 |
Total Pasivo y Capital Contable |
$8,944,530 |
Cuentas de orden |
|
Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito vencida |
$296,346 |
Otras cuentas de registro |
$514,056 |
El saldo histórico del capital social al 31 de diciembre de 2010 es de $1,015 miles de pesos.
Indice de capitalización por riesgo de crédito y de mercado 260.7876%.
Indice de capitalización (riesgos de crédito) 27.1219%.
Los
presente balances generales, se formularon de conformidad con los
Criterios de Contabilidad para Entidades de Ahorro y Crédito
Popular, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores con fundamento en lo dispuesto por el artículo 117,
primer párrafo de la Ley de Ahorro y Crédito
Popular,
de observancia general y obligatoria, aplicados de manera
consistente, encontrándose reflejadas las operaciones
efectuadas por la Sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las
cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas
financieras y a las disposiciones legales y administrativas
aplicables. El presente balance general fue aprobado por el Consejo
de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios
que lo suscriben.
Las notas adjuntas son parte integrante de estos estados financieros.
Director de Administración y Finanzas Lic. Juan Martín Rodríguez González Rúbrica. |
Director General Lic. José María Fernández Gámez Rúbrica. |
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NIVEL DE OPERACIONES III
H. COLEGIO MILITAR NUMERO 67, COLONIA EL PUEBLITO CORREGIDORA, QRO.
ESTADOS DE RESULTADOS
POR EL AÑO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en miles de pesos)
|
2010 |
|
|
Ingresos por intereses |
$1,767,230 |
Gastos por intereses |
(308,569) |
Margen financiero |
1,458,661 |
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
(175,319) |
Margen financiero ajustado por riesgos crediticios |
1,283,342 |
Comisiones y tarifas cobradas |
5,722 |
Comisiones y tarifas pagadas |
(4,312) |
Resultado por intermediación |
- |
Ingreso Total de la operación |
1,284,752 |
Gastos de administración y promoción |
(970,291) |
Resultado de la operación |
3,144,461 |
Otros productos |
73,904 |
Otros gastos |
(13,088) |
Resultado antes de impuestos a la utilidad |
375,277 |
ISR y PTU Causados |
(110,977) |
Resultado neto |
$264,300 |
Los
presentes estados de resultados se formularon de conformidad con los
Criterios de Contabilidad para Entidades de Ahorro y Crédito
Popular, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores con fundamento en lo dispuesto por el artículo 117,
primer párrafo de la Ley de Ahorro y Crédito Popular,
de observancia general y obligatoria, aplicados de manera
consistente, encontrándose reflejados todos
los ingresos y
egresos derivados de las operaciones efectuadas por la Sociedad
durante los periodos arriba mencionados, las cuales se realizaron y
valuaron con apego a sanas prácticas financieras y a las
disposiciones legales y administrativas aplicables.
Los presentes estados de resultados fueron aprobados por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.
Las notas adjuntas son parte integrante de estos estados financieros.
Director de Administración y Finanzas Lic. Juan Martín Rodríguez González Rúbrica. |
Director General Lic. José María Fernández Gámez Rúbrica. |
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H. COLEGIO MILITAR NUMERO 67, COLONIA EL PUEBLITO CORREGIDORA, QRO.
ESTADOS DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE
POR EL AÑO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en miles de pesos)
|
CAPITAL CONTRIBUIDO |
CAPITAL GANADO |
|||||
CONCEPTO |
CAPITAL SOCIAL |
EIRE |
FONDO DE RESERVA |
RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES |
RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS |
RESULTADO NETO |
TOTAL CAPITAL CONTABLE |
SALDO AL 1 DE ENERO 2010 |
1,015 |
1,451,540 |
0 |
34,564 |
0 |
0 |
1,487,119 |
MOVIMIENTOS INHERENTES A LAS DECISIONES DE LOS SOCIOS DE SOCIEDADES COOPERATIVAS O ACCIONISTAS DE SOCIEDADES FINANCIERAS POPULARES |
|
|
|
|
|
|
|
SUSCRIPCION DE CERTIFICADOS DE APORTACION O ACCIONES |
0 |
|
|
|
|
|
0 |
CAPITALIZACION DE UTILIDADES |
|
|
|
|
|
|
|
AUMENTO DE EIRE |
|
|
|
|
|
|
0 |
TRASPASO DEL RESULTADO NETO A RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES |
|
|
3,456 |
-5,184 |
|
0 |
-1,728 |
DEPRECIACION ACUMULADA POR REVALUACION DE ACTIVOS |
|
|
|
|
|
|
|
DISTRIBUCION DE EXCEDENTES (1) O PAGO DE DIVIDENDOS (2) |
|
|
|
|
|
|
|
SUBTOTAL |
0 |
0 |
3,456 |
-5,184 |
0 |
0 |
-1,728 |
MOVIMIENTOS INHERENTES AL RECONOCIMIENTO DE LA UTILIDAD INTEGRA |
|
|
|
|
|
|
|
UTILIDAD INTEGRAL |
|
|
|
|
|
|
|
RESULTADO NETO |
|
|
|
|
|
264,300 |
264,300 |
RESULTADO POR VALUACION DE TITULOS DISPONIBLES PARA LA VENTA |
|
|
|
|
|
|
|
RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS |
|
|
|
|
|
|
|
SUBTOTAL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
264,300 |
264,300 |
SALDO AL 31 DE DICIEMBRE 2010 |
1,015 |
1,451,540 |
3,456 |
29,380 |
0 |
264,300 |
1,749,692 |
Los
presentes estados de variaciones en el capital contable se formularon
de conformidad con los Criterios de Contabilidad para Entidades de
Ahorro y Crédito Popular,
emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 117, primer párrafo
de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de observancia general
y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose
reflejados todos los movimientos en las cuentas de capital contable
derivado
de las operaciones efectuadas por la Sociedad durante los
periodos arriba mencionados, las cuales se realizaron y valuaron con
apego a sanas prácticas financieras y a las disposiciones
legales y administrativas aplicables.
Los
presentes estados de variaciones en el capital contable fueron
aprobados por el Consejo de Administración bajo la
responsabilidad de los funcionarios
que lo suscriben.
Las notas adjuntas son parte integrante de estos estados financieros.
Director de Administración y Finanzas Lic. Juan Martín Rodríguez González Rúbrica. |
Director General Lic. José María Fernández Gámez Rúbrica. |
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ESTADOS DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA
POR EL AÑO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en miles de pesos)
Actividades de operación |
|
Resultado neto |
$264,300 |
Partidas aplicadas a resultados que no generaron o requirieron la utilización de recursos- |
|
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
11,665 |
Depreciación y amortización |
29,420 |
Provisión para obligaciones diversas |
4,753 |
|
310,138 |
Aumento (Disminución) en: |
|
Captación tradicional |
263,425 |
Cartera de crédito |
(11,863) |
Aumento (Disminución) en: |
|
Inversiones en valores |
(542,296) |
Préstamos bancarios y de otros organismos |
- |
Otras cuentas por cobrar |
8,290 |
Otras cuentas por pagar |
(8,478) |
Recursos utilizados por la operación |
19,216 |
Actividades de financiamiento: |
|
Fondo de obra social |
(1,728) |
Recursos utilizados o generados en actividades de financiamiento |
17,488 |
Actividades de inversión: |
|
Adquisiciones o venta de activo fijo y de inversiones permanentes en acciones |
(43,526) |
Venta de bienes adjudicados |
48,973 |
Recursos generados o utilizados en actividades de inversión |
5,447 |
Aumento (disminución) de efectivo y equivalentes |
22,935 |
Efectivo y equivalentes al principio del año |
72,660 |
Efectivo y equivalentes al final del año |
$95,595 |
Los presentes estados de cambios en la situación financiera se formularon de conformidad con los Criterios de Contabilidad para Entidades de Ahorro y Crédito Popular, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por el artículo 117, primer párrafo de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por la Sociedad durante los periodos arriba mencionados, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas financieras y a las disposiciones legales y administrativas aplicables.
Los presentes estados de cambios en la situación financiera fueron aprobados por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.
Las notas adjuntas son parte integrante de estos estados financieros.
Director de Administración y Finanzas Lic. Juan Martín Rodríguez González Rúbrica. |
Director General Lic. José María Fernández Gámez Rúbrica. |
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NIVEL DE OPERACIONES III
H. COLEGIO MILITAR NUMERO 67, COLONIA EL PUEBLITO CORREGIDORA, QRO.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
POR EL AÑO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(cifras en miles de pesos)
Actividades
Libertad Servicios Financieros, S.A. de C.V., Sociedad Financiera Popular (la “Sociedad”) se constituyó en escritura pública de fecha 21 de mayo de 2009. La Sociedad se dedica principalmente a:
La captación de fondos o recursos monetarios y su colocación mediante préstamos, créditos u otras operaciones en términos de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Facilitar a los sus clientes el acceso al crédito.
Apoyar al financiamiento de micro, pequeño y medianas empresas.
Realizar la operaciones a que se refieren los artículos 36, 36 bis, 36 bis 1 y 36 bis 2 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de conformidad con el nivel de operaciones autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores sujetándose a lo establecido en las Disposiciones emitidas al efecto por la Comisión.
La
Sociedad está autorizada por la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores (la “Comisión”) para operar
como Sociedad Financiera Popular mediante el oficio número
310-35259/2008 y 120-30710/2008
CNVB .311.311.16 (57775)
“2008-12-19” <10> del día 19 del mes de
diciembre del año 2008, siendo su objeto principal prestar
servicios de ahorro y crédito popular en los términos
de la legislación aplicable.
Bases de Presentación
Unidad
monetaria de los estados financieros- Los estados financieros y
notas al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y por los años que
terminaron en esas fechas incluyen saldos y transacciones de
pesos
de diferente poder adquisitivo.
Utilidad integral- Es la modificación del capital contable durante el ejercicio por conceptos que no son aportaciones, reducciones y distribuciones de capital; se integra por la utilidad neta del ejercicio más otras partidas que por disposiciones específicas de algunos criterios contables emitidos por la Comisión, se presentan directamente en el capital contable sin tener efecto en el estado de resultados. En 2010 la utilidad integral está conformada por el resultado del ejercicio.
Principales diferencias con las normas de información financiera mexicanas
Los estados financieros adjuntos han sido preparados, de conformidad con los Criterios de Contabilidad para las Entidades de Ahorro y Crédito Popular (“Criterios”) emitidos por la Comisión, los cuales, en los siguientes casos, difieren de las Normas de Información Financiera Mexicanas (“NIF”), aplicados comúnmente en la preparación de estados financieros para otro tipo de sociedades no reguladas.
Resumen de las principales políticas contables
Las
políticas contables que sigue la Sociedad, están de
acuerdo con los criterios contables prescritos por la Comisión,
los cuales se incluyen en las Disposiciones de Carácter
General aplicables a las Entidades de Ahorro y Crédito Popular
y Organismos de Integración a que se refiere la Ley de Ahorro
y Crédito Popular
(las Disposiciones), los cuales requieren
que la Administración de la Sociedad efectúe ciertas
estimaciones y utilice determinados supuestos para valuar algunas de
las partidas de los estados financieros y para efectuar las
revelaciones que se requieren en los mismos. Sin embargo, los
resultados reales pueden diferir de dichas estimaciones.
La Administración de la Sociedad, aplicando el juicio
profesional, considera que las estimaciones
y
supuestos utilizados fueron los adecuados en las circunstancias.
Las principales políticas contables seguidas por la Sociedad son las siguientes:
Reconocimiento
de los efectos de la inflación- Los estados financieros
reconocen los efectos de la inflación como lo requieren las
reglas de carácter general incluidas en el anexo F, Criterios
de Contabilidad para
Entidades de Ahorro y Crédito Popular con activos superiores
a 7,000,000 Unidades de Inversión (“UDIS”),
y
con Nivel de Operaciones III.
La
inflación acumulada al 31 de diciembre de 2010, calculada con
base en UDIS es 14.55%. Los porcentajes
de
inflación calculados con base en UDIS por los años que
terminaron el 31 de diciembre de 2010 4.29%.
Disponibilidades- Consisten principalmente en caja, dotación de cajeros, billetes y monedas (Bóveda), depósitos de las entidades financieras efectuados en el país y por último, otras disponibilidades, tales como documentos de cobro inmediato, considerando entre éstos a los cheques y giros a favor de la entidad con disponibilidad inmediata.
Inversiones en valores-
Títulos para negociar
Están integradas por inversiones con fines de negociación, cuando son instrumentos de deuda o capital y la Sociedad tiene el propósito de negociarlos a corto plazo y antes de su vencimiento; estas inversiones se valúan a valor razonable y se reconocen las fluctuaciones en valuación en los resultados del periodo.
Cartera de crédito- El otorgamiento, control y recuperación de créditos se encuentran regulados en el manual de crédito de la Sociedad, el cual ha sido autorizado por el Consejo de Administración. Dicho manual establece el marco de actuación de los funcionarios que intervienen en el proceso de crédito.
La autorización de los créditos como responsabilidad del Consejo de Administración se encuentra delegada en la Administración, las políticas y procedimientos establecen los mecanismos que les permiten asegurarse de la solvencia moral y capacidad técnica del personal involucrado en la actividad crediticia.
El proceso de crédito está basado en un análisis de las solicitudes de crédito, con el fin de determinar el riesgo integral del acreditado.
La cartera de crédito se registra por el monto del crédito otorgado desde la fecha de desembolso más los intereses devengados no cobrados. La tasa de interés ordinaria ponderada en el ejercicio fue de 2.11% mensual más el 16% de Impuesto al Valor Agregado.
Cartera vencida- La cartera, incluyendo sus intereses, se considera como vencida a los 90 días naturales posteriores a la fecha de su vencimiento de la primera amortización vencida y no liquidada por el acreditado. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la cartera vencida ascendía a $752,982, y $720,192, respectivamente.
La acumulación de intereses se suspende al momento en que el crédito se traspasa a cartera vencida.
Los
créditos vencidos reestructurados no se consideran como
cartera vigente sino hasta el momento en que existe evidencia del
pago sostenido, el cual se considera cuando la Sociedad recibe el
cobro sin retraso
y en su totalidad de tres amortizaciones
consecutivas, o bien, el cobro de una exhibición en los casos
en que la amortización cubra periodos mayores a 60 días.
Estimación preventiva para riesgos crediticios- La estimación preventiva para riesgos crediticios representa la reserva para cubrir las posibles pérdidas derivadas de créditos irrecuperables. Dicha estimación es revisada mensualmente y se determina utilizando los porcentajes aplicados conforme a la política vigente de incobrabilidad de la Sociedad y de conformidad con las Disposiciones de la Comisión sobre dicha estimación al 31 de diciembre de 2010 y 2009.
Para la estimación preventiva para riesgos crediticios, el cálculo se realiza de conformidad con la metodología establecida en el Anexo D de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Entidades de Ahorro y Crédito Popular y Organismos de Integración a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular, acorde con el tipo de crédito que corresponda. Salvo para los créditos comerciales cuyo saldo es igual o mayor a un importe equivalente en moneda nacional a 900 mil UDIS a la fecha de la calificación.
La cartera crediticia comercial cuyo saldo es igual o mayor a un importe equivalente en moneda nacional a novecientas mil UDIS a la fecha de la calificación, incluyendo aquellos créditos a cargo de un mismo deudor cuya suma en su conjunto sea igual o mayor ha dicho importe, se califican individualmente cada tres meses aplicando la metodología no paramétrica aplicable a las instituciones de crédito.
Por
lo que respecta a los intereses devengados no cobrados
correspondientes a créditos que se consideren como cartera
vencida, se crea una estimación por un monto equivalente al
total de éstos,
al momento del traspaso del crédito
como cartera vencida.
Las reservas preventivas serán iguales al importe de multiplicar el saldo insoluto del crédito por el porcentaje que corresponda según el tipo de crédito de que se trate.
Porcentajes de estimación preventiva
Cartera crediticia de consumo
Se obtiene el rango de días de mora en el que se encuentra el crédito y se aplica el porcentaje para obtener la estimación preventiva de acuerdo a los siguientes rangos:
Días de mora |
Tipo I |
% de Estimación |
|
0 |
1% |
1 a 7 |
4% |
8 a 30 |
15% |
31 a 60 |
30% |
61 a 90 |
50% |
91 a 120 |
75% |
121 a 180 |
90% |
181 o más |
100% |
Cartera crediticia comercial
(Saldo menor a un importe equivalente en moneda nacional a novecientas mil UDIS a la fecha de la calificación).
Días de mora |
Tipo I |
% de Estimación |
|
0 |
0.50% |
1 a 30 |
2.50% |
31 a 60 |
15% |
61 a 90 |
30% |
91 a 120 |
40% |
121 a 150 |
60% |
151 a 180 |
75% |
181 a 210 |
85% |
211 a 240 |
95% |
más de 240 |
100% |
Para aquellos créditos comerciales con saldo menor a un importe equivalente en moneda nacional a novecientos mil UDIS a la fecha de calificación que se encuentren reestructurados los porcentajes que aplican son los siguientes:
Días de mora |
Tipo II |
% de estimación |
|
0 |
10% |
1 a 30 |
10% |
31 a 60 |
30% |
61 a 90 |
40% |
91 a 120 |
50% |
121 a 150 |
70% |
151 a 180 |
95% |
181 a 210 |
100% |
211 a 240 |
100% |
más de 240 |
100% |
Cartera crediticia de vivienda
Días de mora |
% de estimación |
0 |
0.35% |
1 a 30 |
1.05% |
31 a 60 |
2.45% |
61 a 90 |
8.75% |
91 a 120 |
17.50% |
121 a 150 |
33.25% |
151 a 180 |
34.30% |
181 a 1460 |
70% |
más de 1460 |
100% |
La cartera crediticia comercial cuyo saldo es igual o mayor a un importe equivalente en moneda nacional a novecientas mil UDIS a la fecha de la calificación, incluyendo aquellos créditos a cargo de un mismo deudor cuya suma en su conjunto sea igual o mayor ha dicho importe, se califican individualmente cada tres meses aplicando la metodología no paramétrica aplicable a las instituciones de crédito.
Se
deberá crear la reserva preventiva para cada crédito en
la porción cubierta y, en su caso expuesta, conforme a la
clasificación del grado de riesgo que se contiene en la tabla
que a continuación se inserta
y ajustándose al rango
superior que en ésta se indica:
Tabla de sitios dentro de los rangos |
|||
De reservas preventivas |
|||
Grado de riesgo |
Inferior |
Intermedio |
Superior |
A-1 |
|
0.50% |
|
A-2 |
|
0.99% |
|
B-1 |
1% |
3% |
4.99% |
B-2 |
5% |
7% |
9.99% |
B-3 |
10% |
15% |
19.99% |
C-1 |
20% |
30% |
39.99% |
C-2 |
40% |
50% |
59.99% |
D |
60% |
75% |
89.99% |
E |
|
100% |
|
Otras
cuentas por cobrar- Corresponden a las cuentas por cobrar no
comprendidas en la cartera de crédito, las cuales, en su
caso, se deducen de la estimación por irrecuperabilidad o
difícil cobro. Los saldos
de cuentas por cobrar son
reservados a los 60 y 90 días naturales siguientes a su
registro inicial cuando corresponden a deudores identificados y no
identificados, respectivamente.
Bienes adjudicados- Los bienes adquiridos mediante adjudicación judicial deberán registrarse en la fecha en que cause ejecutoria el auto aprobatorio del remate mediante el cual se decretó la adjudicación.
Los
bienes que hayan sido recibidos mediante dación en pago se
registrarán, por su parte, en la fecha en que
se firme la escritura de dación, o en la que se haya dado
formalidad a la transmisión de la propiedad del bien.
El
valor de registro de los bienes adjudicados será igual a su
costo o valor neto de realización, el que sea menor.
En la fecha en la que se registre en la contabilidad un bien adjudicado, el valor del activo que dio origen a la adjudicación, así como la estimación que en su caso se tenga constituida, deberán darse de baja del balance general de las entidades.
Cuando el valor del activo que dio origen a la adjudicación, neto de estimaciones, sea superior al valor del bien adjudicado, la diferencia se reconocerá en los resultados del ejercicio en el rubro de otros gastos.
Cuando el valor del activo que dio origen a la adjudicación neto de estimaciones fuese inferior al valor del bien adjudicado, el valor de este último deberá ajustarse al valor neto del activo. Los bienes adjudicados deberán ser valuados conforme se establece en los criterios de contabilidad para entidades de ahorro y crédito popular, de acuerdo al tipo de bien de que se trate, debiendo registrar dicha valuación contra los resultados del ejercicio como otros productos u otros gastos, según corresponda.
El efecto por la actualización de dichos bienes deberá reconocerse en la cuenta transitoria utilizada para el reconocimiento de los efectos de la inflación.
Al momento de la venta de los bienes adjudicados, la diferencia entre el precio de venta y el valor en libros del bien adjudicado, deberá reconocerse en los resultados del ejercicio como otros productos u otros gastos, según corresponda.
Inmuebles,
mobiliario y equipo- Los bienes que integran las propiedades, planta
y equipos son registrados a su costo de adquisición; de
acuerdo a los criterios de contabilidad para las entidades de ahorro
y crédito popular, establecidos por la Comisión los
bienes inmuebles se encuentran registrados a su valor de avalúo.
La
depreciación se calcula conforme al método de línea
recta con base en la vida útil estimada de los activos, como
sigue:
|
Años |
Construcciones |
40 |
Equipo de cómputo |
3.3 |
Mobiliario y equipo de oficina |
14 |
Vehículos automotores |
4 |
Inversiones permanentes en acciones- Aquellas inversiones permanentes efectuadas por la Sociedad en entidades en las que no tiene el control, control conjunto, ni influencia significativa, inicialmente se registran al costo de adquisición y los dividendos recibidos se reconocen en los resultados del periodo.
Deterioro de activos de larga duración en uso- La Sociedad revisa el valor en libros de los activos de larga duración en uso, ante la presencia de algún indicio de deterioro que pudiera indicar que el valor en libros pudiera no ser recuperable en el caso de su eventual disposición.
Otros activos- Los costos erogados para la adquisición de bienes y servicios, y que den origen a beneficios económicos futuros porque cumplen con ciertos requisitos para su reconocimiento como activos, se capitalizan, y se amortizan con base en la vida útil estimada bajo el método de línea recta.
Captación tradicional- Los pasivos por captación tradicional se registran al valor contractual de la obligación más los intereses devengados, determinados por los días transcurridos al cierre de cada mes, los cuales se cargan a los resultados del ejercicio conforme se devengan como un gasto por interés.
Participación
de los trabajadores en las utilidades-
La participación de los trabajadores en las utilidades para
el ejercicio 2010 y 2009 asciende a la cantidad de $4,086 y 4,450
respectivamente y fue determinada conforme a las disposiciones
legales aplicables, aplicando a la base gravable el 10%,
considerando la limitante establecida en la Ley Federal del Trabajo
respecto a las empresas que reciban intereses, en cuyo caso el
importe máximo a repartir será el equivalente a un mes
de salario del trabajador.
Se registra en el rubro de gastos de
Administración y promoción en los resultados del año
en que se
causa.
Provisiones- Se reconocen cuando se tiene una obligación presente como resultado de un evento pasado, que probablemente resulte en la salida de recursos económicos y que pueda ser estimada razonablemente.
Impuestos a la utilidad- El Impuesto Sobre la Renta (“ISR”) y el Impuesto Empresarial a Tasa Unica (“IETU”) se registran en los resultados del año en que se causan. Para reconocer el impuesto diferido se determina si, con base en proyecciones financieras, la Sociedad causará ISR o IETU y reconoce el impuesto diferido que corresponda al impuesto que esencialmente pagará. El diferido se reconoce aplicando la tasa correspondiente a las diferencias temporales que resultan de la comparación de los valores contables y fiscales de los activos y pasivos, y en su caso, se incluyen los beneficios de las pérdidas fiscales por amortizar y de algunos créditos fiscales. El impuesto diferido activo se registra sólo cuando existe alta probabilidad de que pueda recuperarse.
Estado
de cambios- El estado de cambios en la situación financiera
presenta los recursos generados
o utilizados en la operación,
los principales cambios ocurridos en la estructura financiera de la
Sociedad
y su reflejo final en el efectivo y equivalentes de efectivo en un
periodo determinado.
Fondo de obra social- Las utilidades retenidas incluyen el Fondo de Obra Social, que de acuerdo con la Ley de Ahorro y Crédito Popular, y en base al fundamento de los artículos 12 y 14, dicho fondo se constituye e integra del resultado del ejercicio que muestran los estados financieros, aplicando el porcentaje acordado en Asamblea y de conformidad a lo establecido por la ley; en el cual tendrá objeto para la realización de obras sociales en los términos que establezcan los estatutos de la Sociedad.
Efectos por incorporación al Régimen de Entidades de Ahorro y Crédito Popular (“EIRE”)- Como se menciona en el artículo 2 fracción VII de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Entidades de Ahorro y Crédito Popular y Organismos de Integración a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular, los estados financieros reconocen dentro del rubro denominado “Efecto por incorporación al régimen de entidades de ahorro y crédito popular” el efecto neto en el capital contable por la aplicación de los Criterios de Contabilidad que le corresponden.
Obligaciones de carácter laboral- De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la Sociedad tiene obligaciones por concepto de indemnizaciones y primas de antigüedad pagaderas a empleados que dejen de prestar sus servicios bajo ciertas circunstancias.
La
Sociedad registra el pasivo por indemnizaciones, prima de antigüedad,
pensiones, servicios médicos integrales y seguro de vida a
medida que se devenga, de acuerdo con cálculos actuariales
basados en el método de crédito unitario proyectado,
utilizando tasas nominales en 2010 y 2009. La Sociedad reconoce las
ganancias y pérdidas actuariales contra el resultado del
ejercicio, de conformidad con lo establecido en la
NIF D-3
“Beneficios a los empleados”.
Por lo tanto, se está reconociendo el pasivo que, a valor presente, cubrirá la obligación por beneficios proyectados a la fecha estimada de retiro del empleado que labora en la Sociedad así como la obligación derivada del personal jubilado.
Transacciones en moneda extranjera- Las operaciones denominadas en moneda extranjera son registradas al tipo de cambio vigente del día de la operación. Los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera se valorizan en moneda nacional al tipo de cambio de cierre de cada periodo, emitido por Banco de México. Las diferencias en cambios incurridas en relación con activos o pasivos contratados en moneda extranjera se registran en resultados.
Margen financiero- El margen financiero de la Sociedad está conformado por la diferencia resultante del total de los ingresos por intereses menos los gastos por intereses.
Los ingresos por intereses se integran por los rendimientos generados por la cartera de crédito, en función de los plazos establecidos en los contratos celebrados con los acreditados y las tasas de interés pactadas, amortización de los intereses cobrados por anticipado, así como los premios o intereses por depósitos en entidades financieras, préstamos bancarios, cuentas de margen, inversiones en valores, reportos y préstamos de valores, al igual que las primas por colocación de deuda, las comisiones cobradas por el otorgamiento inicial del crédito, así como los dividendos de instrumentos de patrimonio neto se consideran ingresos por intereses.
Los gastos por intereses consideran los premios, descuentos e intereses por la captación de la Sociedad. La amortización de los costos y gastos asociados por el otorgamiento inicial del crédito forman parte de los gastos por intereses.
Disponibilidades
Al 31 de diciembre de 2010, este rubro se integra como sigue:
Efectivo en caja y cajeros automáticos |
$39,390 |
Bancos moneda nacional |
56,205 |
|
$95,595 |
Inversiones en valores
Al 31 de diciembre de 2010 el saldo en inversiones en valores está integrado exclusivamente por títulos adquiridos en reporto sobre deuda gubernamental.
|
2010 |
Títulos para negociar |
$1,585,014 |
Plazos promedio de vencimiento de cada tipo de inversión
Tipo de Inversión |
Plazo
promedio |
Importe |
Inversiones a plazos menores a 30 días |
5 |
$1,099,492 |
Inversiones a plazos iguales o mayores a 30 días |
72 |
485,522 |
Total Títulos a negociar |
|
$1,585,014 |
Cartera de crédito
La cartera de crédito al 31 de diciembre de 2010, se integra como sigue:
Créditos comerciales:
Capital vigente |
$970,629 |
Intereses devengados |
17,777 |
Cartera de créditos comerciales vigente |
988,406 |
Capital vencido |
18,989 |
Intereses vencidos |
966 |
Cartera de créditos comerciales vencido |
19,955 |
Estimación Adicional |
- |
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
(35,531) |
Total de cartera de crédito, neta |
$972,830 |
Créditos consumo:
Capital vigente |
$5,750,928 |
Intereses devengados |
100,732 |
Cartera de créditos de consumo vigente |
5,851,660 |
Capital vencido |
670,097 |
Intereses vencidos |
50,614 |
Cartera de créditos de consumo vencido |
720,711 |
Estimación Adicional |
- |
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
(867,567) |
Total de cartera de crédito de consumo, neta |
$5,704,804 |
Créditos a la vivienda:
Capital vigente |
$166,303 |
Intereses devengados |
1,210 |
Cartera de créditos a la vivienda vigente |
167,513 |
Capital vencido |
11,675 |
Intereses vencidos |
641 |
Cartera de créditos de consumo vencido |
12,316 |
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
(9,367) |
Total de cartera de crédito a la vivienda, neta |
$170,462 |
Cartera de Crédito Total Neta |
|
Comercial |
$972,830 |
Consumo |
5,704,804 |
Vivienda |
170,462 |
Total cartera de crédito, neta |
$6,848,096 |
Estimación preventiva para riesgos crediticios
La
estimación de cuentas incobrables se determina con base a la
cartera en riesgo sobre los cuales se
aplica el porcentaje fijo de la determinación de la estimación
para préstamos incobrables descrita en el inciso f. del
apartado II correspondiente a la Nota 3. Al 31 de diciembre de 2010,
la cartera de préstamos en riesgo
y la estimación de
cuentas incobrables se integran como sigue:
Cartera Crediticia de Consumo
Plazo de antigüedad (días de mora) |
Cartera de préstamo |
Estimación de cuentas incobrables |
0 |
$4,820,725 |
$(48,207) |
1 a 7 |
286,064 |
(11,443) |
8 a 30 |
455,070 |
(68,261) |
31 a 60 |
287,343 |
(86,203) |
61 a 90 |
100,749 |
(50,374) |
91 a 120 |
52,748 |
(39,561) |
121 a 180 |
61,545 |
(55,391) |
181 o más |
508,127 |
(508,127) |
Total |
$6,572,371 |
$(867,567) |
Cartera Crediticia a la Vivienda
Plazo de antigüedad (días de mora) |
Cartera de préstamo |
Estimación de cuentas incobrables |
0 |
$148,317 |
$(520) |
1 a 30 |
3,454 |
(36) |
31 a 60 |
11,445 |
(280) |
61 a 90 |
5,244 |
(459) |
91 a 120 |
57 |
(10) |
121 a 150 |
2,572 |
(855) |
151 a 180 |
- |
- |
181 a 1460 |
5,109 |
(3,576) |
Más de 1460 |
3,631 |
(3,631) |
Total |
$179,829 |
$(9,367) |
Cartera Crediticia Comercial
Plazo de antigüedad (días de mora) |
Cartera de préstamo |
Estimación de cuentas incobrables |
0 |
$25,010 |
$(125) |
1 a 30 |
2,840 |
(71) |
31 a 60 |
199 |
(30) |
61 a 90 |
- |
- |
91 a 120 |
1,488 |
(595) |
121 a 150 |
- |
- |
151 a 180 |
1,206 |
(905) |
181 a 210 |
- |
- |
211 a 240 |
- |
- |
Más de 240 |
4,600 |
(4,600) |
Total |
$35,343 |
$(6,326) |
Calificación Individual Comercial
Grado de Riesgo |
Cartera de préstamo |
Estimación de cuentas incobrables |
A1 |
$377,558 |
$(1,888) |
A2 |
384,497 |
(3,807) |
B1 |
82,270 |
(4,105) |
B2 |
116,033 |
(11,591) |
B3 |
- |
- |
C1 |
- |
- |
C2 |
12,660 |
(7,814) |
D |
- |
- |
E |
- |
- |
Total |
$973,018 |
$(29,205) |
|
2010 |
|
Tipo de Cartera |
Cartera de préstamo |
Estimación de cuentas incobrables |
|
|
|
Consumo |
$6,572,371 |
$(867,567) |
Vivienda |
179,829 |
(9,367) |
Comercial I |
35,343 |
(6,326) |
Comercial II |
- |
- |
Comercial Calificada |
973,018 |
(29,205) |
Estimaciones adicionales |
- |
- |
|
$7,760,561 |
$(912,465) |
Al 31 de diciembre de 2010, la estimación de cuentas incobrables, se integra como sigue:
|
2010 |
Saldo inicial |
$900,800 |
Incrementos |
175,319 |
Aplicaciones |
(163,654) |
|
$912,465 |
Los
préstamos otorgados, agrupados por sectores económicos
al 31 de diciembre de 2010, se muestran
a continuación:
|
2010 |
|
|
|
Porcentaje de |
|
Monto |
Concentración |
Privado (empresas y particulares) |
$1,008,360 |
12.99% |
Consumo |
6,572,372 |
84.69% |
Vivienda |
179,829 |
2.32% |
|
$7,760,561 |
|
Otras cuentas por cobrar
El rubro de otras cuentas por cobrar al 31 de diciembre de 2010, se integra como sigue:
Cuentas por cobrar |
$14,883 |
Estimación por irrecuperabilidad |
(9,306) |
Impuestos por recuperar |
62,564 |
|
$68,141 |
Bienes adjudicados
El rubro de bienes adjudicados al 31 de diciembre de 2010, se integra como sigue:
Inmuebles Adjudicados |
$62,453 |
Bienes Muebles |
1,304 |
|
$63,757 |
Inmuebles, mobiliario y equipo, neto
Este rubro al 31 de diciembre de 2010, se integra como sigue:
Terreno |
$62,991 |
Construcción |
25,393 |
|
88,384 |
Actualización por revaluación |
109,560 |
|
197,944 |
Mobiliario y equipo |
48,399 |
Equipo de cómputo |
66,706 |
Equipo de transporte |
44,053 |
|
357,102 |
Depreciación acumulada |
(110,377) |
Depreciación acumulada actualización por revaluación |
(3,981) |
|
(114,358) |
|
$242,744 |
Inversiones permanentes en acciones
Al 31 de diciembre de 2010, la Sociedad, posee inversiones permanentes en acciones en la Sociedad FINE Servicios Financieros S.C. (Federación Regulatoria) por un importe de $50 mismas que se encuentran amparadas en los registros contables de la organización con un Certificado de Aportación.
Otros activos
Al 31 de diciembre de 2010, este rubro se integra como sigue:
Pagos anticipados |
$14,308 |
Activos por amortizar |
15,746 |
|
30,054 |
Bienes consumibles |
988 |
Depósitos en garantía |
10,091 |
|
11,079 |
Total |
$41,133 |
Las partidas principales que representan este rubro son:
Las licencias por cambio de Core Bancario y que a largo plazo serán derechos.
Los depósitos en garantía que son necesarios para la operatividad de las sucursales y que representa un derecho
El pago anticipado de la renta de las oficinas Corporativas
Captación tradicional
Al 31 de diciembre de 2010, este rubro se integra como sigue:
Depósitos de exigibilidad inmediata |
$948,639 |
Depósitos a plazo |
6,069,148 |
Provisión de intereses |
83,825 |
Total |
$7,101,612 |
Capital contable
El capital social a valor nominal al 31 de diciembre se integra como sigue:
|
Número de acciones |
Importe |
Capital fijo “Serie A” |
1,015 |
$1,015 |
Capital Social de la Sociedad se integra por aportaciones mínimas y obligatorias de cada uno de los socios.
El capital social fue suscrito por la cantidad de $1,500 miles de pesos, cancelándose al cierre del ejercicio 2009 el importe de $485 miles de pesos por concepto parte social suscrita no pagada, quedando el capital social en la cantidad de $1,015 miles de pesos.
Efectos por incorporación al régimen de entidades de ahorro y crédito popular (EIRE)
Como se menciona en el artículo 2 fracción VII de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Entidades de Ahorro y Crédito Popular y Organismos de Integración a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular, los estados financieros reconocen dentro del rubro denominado “Efecto por incorporación al régimen de entidades de ahorro y crédito popular” el efecto neto en el capital contable por la aplicación de los Criterios de Contabilidad que le corresponden.
A continuación se muestran las partidas que generaron el efecto por incorporación al régimen de entidades de ahorro y crédito popular (EIRE):
Revaluación de inmuebles |
$110,052 |
Otros criterios generados antes de Sofipo |
4,366 |
Reservas reconocidas con anterioridad |
15,156 |
Resultado de ejercicios anteriores |
1,271,966 |
Provisionamientos para obligaciones diversas |
50,000 |
|
$1,451,540 |
Fondo de Reserva
En el ejercicio 2009 no se constituyó la reserva legal, ya que se inician operaciones el 1 de septiembre del mismo año; su creación se da hasta abril de 2010 bajo estatuto de asamblea y de conformidad a lo establecido por la ley en comento, cuyo importe a valor nominal asciende a $3,456 hasta el 31 de diciembre de 2010.
Fondo de Obra Social
En el ejercicio 2009 no se registra el fondo de obra social, ya que se inician operaciones el 1 de septiembre del mismo año; su creación se da hasta abril de 2010 bajo estatuto de asamblea y de conformidad a lo establecido por la ley en comento, cuyo importe a valor nominal asciende a $1,728 hasta el 31 de diciembre de 2010.
Impuestos a la utilidad
La Sociedad está sujeta al ISR y al IETU.
ISR- La tasa es 30% para los años de 2010 a 2012, del 28% para 2009 y será 29% para 2013 y 28% para 2014.
IETU- Tanto los ingresos como las deducciones y ciertos créditos fiscales se determinan con base en flujos de efectivo de cada ejercicio. A partir de 2010 la tasa es 17.5% y para 2009 fue 17.0%.
El impuesto a la utilidad causado es el que resulta mayor entre el ISR y el IETU.
El impuesto sobre la renta causado en el ejercicio asciende a la cantidad de $ 106,893, y fue determinado conforme a las disposiciones fiscales aplicables en el ejercicio 2010, aplicándose a la base gravable el 30% del de ISR.
Los impuestos a la utilidad se integran como sigue:
ISR: Causado |
$106,893 |
Al 31 de diciembre de 2010 la tasa legal es igual a la tasa fiscal, por lo tanto no se presentó conciliación de tasas.
Beneficios a empleados
El
estudio de Beneficios a empleados se elaboró de acuerdo con
principios y prácticas actuariales generalmente aceptados,
reflejando el valor presente actuarial de los beneficios que otorga
la Prima de Antigüedad e Indemnización legal, al término
de la relación laboral (antes del retiro) y al retiro (edad
avanzada), para el personal al servicio de la Sociedad, en el periodo
comprendido entre el 1 de enero 2010
y el 31 de diciembre del
2010, incluyendo los acumulados antes de esas fechas.
El costo neto del periodo por las obligaciones derivadas del plan de indemnización legal y primas de antigüedad, ascendió a $3,375 en 2010.
Los valores presentes de estas obligaciones y las tasas utilizadas para su cálculo, son:
Obligación por beneficios definidos |
$(14,180) |
Situación del fondo o pasivo no fondeado |
(14,180) |
Partidas pendientes de amortizar: |
1,927 |
Ganancias y pérdidas actuariales no reconocidas (**) |
(19) |
Pasivo neto proyectado |
$(12,272) |
** Las ganancias y pérdidas actuariales incluyen las variaciones en cifras reales contra las estimadas al inicio y variaciones en supuestos.
Tasas nominales utilizadas en los cálculos actuariales:
|
% |
Descuento de las obligaciones por beneficios proyectados a su valor presente |
8.5 |
Tasa de rendimiento esperada de activos del plan |
8.5 |
Incremento salarial |
5 |
El costo neto del periodo se integra como sigue:
Costo laboral del servicio actual |
$1,927 |
Costo financiero |
1,030 |
Rendimiento esperado de los activos del plan |
- |
Costo laboral de servicios pasados |
193 |
Ganancias y pérdidas actuariales netas |
225 |
Efecto de cualquier reducción o liquidación anticipada (distinta a reestructuración o discontinuación) |
- |
Costo neto del periodo |
$3,375 |
Cambios en el valor presente de la obligación por beneficios definidos:
Valor presente de la obligación por beneficios definidos al 1 de enero |
$(14,180) |
Costo laboral del servicio actual |
1,927 |
Pérdida (ganancia) actuarial sobre la obligación |
(19) |
Valor presente de la obligación por beneficios definidos al 31 de diciembre |
$(12,272) |
Posición en moneda extranjera
Al 31 de diciembre de 2010, se tienen activos y pasivos en moneda extranjera, principalmente en dólares americanos, convertidos al tipo de cambio emitido por Banco de México de $12.3496 por dólar americano, como sigue:
Activos |
4,591 |
Posición activa, neta en dólares americanos |
372 |
La Sociedad efectúa operaciones en moneda extranjera, principalmente en dólar americano.
Principales políticas y procedimientos establecidos relativos a la evaluación y seguimiento del Riesgo Crediticio
El Valor en Riesgo (VaR) de la cartera de crédito, es una medida que resume la máxima pérdida esperada sobre un horizonte de tiempo y un nivel de confianza definidos, este VaR refleja el nivel de aversión al riesgo de la institución. La Unidad de Administración de Riesgos de la Sociedad estableció los parámetros para el cálculo del VaR con un horizonte de tiempo de un año a un nivel de confianza al 99% y calcula el VaR como la suma de la Pérdida Esperada y la Pérdida No Esperada de la cartera de créditos.
El
Administrador de Riesgo Crédito mensualmente, con información
de la cartera de créditos, construye las matrices de
transición con base en la calificación de los créditos
de acuerdo a sus días de mora, a través de este método,
se obtiene la probabilidad de transición mensual por número
de créditos vigentes, por un año
de análisis,
posteriormente se anualizan los porcentajes por medio de la
multiplicación de matrices, las cuales permiten conocer la
probabilidad de que un deudor no pague la totalidad de sus
obligaciones (probabilidad de default o probabilidad de
incumplimiento) además le permite observar los cambios en la
morosidad o comportamiento de pagos de los deudores, esto con la
finalidad de anticipar pérdidas potenciales.
Límites de VaR
El Consejo de Administración aprobó un límite del 0.20% de la posición, referenciado al resultado obtenido al aplicar la metodología VaR al portafolio. Este límite se ajustará con base en análisis de desempeño histórico del portafolio.
Principales políticas y procedimientos establecidos para determinar concentraciones de Riesgo Crédito
El Administrador de Riesgo Crédito llevará a cabo una revisión trimestral que contemplará la concentración de la cartera crediticia de acuerdo a:
Zona geográfica:
Producto
Sector económico
Calificación
Tipo de operación
Calificación interna de la cartera
Principales políticas y procedimientos establecidos relativos a la evaluación y seguimiento del riesgo mercado.
El Riesgo de Mercado es la pérdida potencial por cambios en los factores de riesgo que inciden sobre la valuación de las posiciones por operaciones activas y pasivas, tales como tasas de interés nominales y reales, precios e índices de precios y tipos de cambio, principalmente.
La metodología para llevar a cabo la medición del riesgo de mercado en la Institución, consiste en determinar la pérdida potencial máxima de un instrumento o portafolio, con un determinado nivel de confianza y sobre un periodo de tiempo definido. A esta pérdida potencial se le denomina Valor en Riesgo (VaR). Existen diferentes metodologías o enfoques para el cálculo del VaR. Actualmente
La Sociedad considera la siguiente metodología para el cálculo del VaR:
Simulación Histórica (de tipo revaluación), con un nivel de confianza del 97.4% a mil observaciones diarias con un cuartil de la distribución a considerar como pérdida potencial del 1.96.
Es importante mencionar que a partir de que inició el seguimiento al Riesgo Mercado, no se ha presentado ningún escenario que exceda al límite establecido en el Manual de Administración de Riesgos.
Capital por Riesgo de Mercado.
El requerimiento de capital por riesgo de mercado será el que se obtenga de aplicar un 30 por ciento al monto total que resulte del cálculo del requerimiento de capital por riesgo de crédito determinado conforme a lo establecido por el artículo 102 de la Circular Unica de Ahorro y Crédito Popular.
Actualmente el cálculo de Var para la posición de tesorería, es elaborada a través de la empresa VALMER (Valor de Mercado), de forma semanal.
Contingencias
Al 31 de diciembre de 2010 existen demandas en contra de la Sociedad, sin embargo, en opinión de sus abogados las acciones presentadas se consideran improcedentes y en caso de algún fallo en contra no afectarían de manera significativa su situación financiera.
Autorización de la emisión de los estados financieros
Los
estados financieros fueron autorizados para su emisión el 30
de marzo de 2011, por el Lic. Juan Martín Rodríguez
González, Director de Administración y Finanzas y el
Lic. José María Fernández Gámez, Director
General, y están sujetos a la aprobación del Consejo de
Administración y de la asamblea ordinaria
de accionistas de
la Sociedad, quien puede decidir su modificación de acuerdo
con lo dispuesto en la
Ley General de Sociedades Mercantiles.
Director de Administración y Finanzas Lic. Juan Martín Rodríguez González Rúbrica. |
Director General Lic. José María Fernández Gámez Rúbrica. |
(R.- 325447)
CONSUPAGO, S.A. DE C.V.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO
DICTAMEN DEL COMISARIO
A la Asamblea General de Accionistas:
En mi carácter de comisario y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y los Estatutos de Consupago, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado (la Compañía), rindo a ustedes mi dictamen sobre la veracidad, suficiencia y razonabilidad de la información financiera que ha presentado a ustedes el H. Consejo de Administración, en relación con la marcha de la Compañía por el año que terminó el 31 de diciembre de 2010.
He asistido a las asambleas de accionistas y juntas de Consejo de Administración a las que he sido convocado y he obtenido de los directores y administradores, toda la información sobre las operaciones, documentación y registros que considere necesario examinar. Mi revisión ha sido efectuada de acuerdo con Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México.
Como
se indica en las notas 1 y 3 de los estados financieros, las
operaciones de la Compañía, así como sus
requerimientos de información financiera, están
regulados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la
Comisión) y otras leyes aplicables. En la Nota 1 se describen
las operaciones de la Compañía y las condiciones del
entorno regulatorio que afectan a la misma. En la Nota 3 se describen
los criterios contables establecidos por la Comisión en las
“Disposiciones de carácter general aplicables a las
instituciones de crédito”, las cuales utiliza la
Compañía para la preparación de su información
financiera. En la Nota 4
se señalan las principales
diferencias entre los criterios contables establecidos por la
Comisión y las Normas de Información Financiera
Mexicanas, aplicadas comúnmente en la preparación de
estados financieros para otro tipo de sociedades no reguladas.
En
mi opinión, los criterios, políticas contables y de
información seguidos por la compañía y
considerados por los administradores para preparar la información
presentada por los mismos a esta asamblea, son adecuados y
suficientes y se aplicaron en forma consistente con el ejercicio
anterior; por lo tanto, dicha información refleja en forma
veraz, razonable y suficiente la situación financiera de
Consupago, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado al 31
de diciembre de 2010, los resultados de sus operaciones, las
variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo por el
año que terminó el 31 de diciembre de 2010,
de
conformidad con los criterios contables establecidos por la Comisión.
25 de marzo de 2011.
Comisario
CPC. Rony García Dorantes
Rúbrica.
CONSUPAGO, S.A. DE C.V.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO
DICTAMEN DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
Al Consejo de Administración y accionistas:
Hemos examinado los balances generales de Consupago, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado (la Compañía), al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y sus relativos estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de flujos de efectivo, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la Administración de la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en nuestras auditorías.
Nuestros exámenes fueron realizados de acuerdo con las normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México, las cuales requieren que la auditoría sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con los criterios contables establecidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la Comisión). La auditoría consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de los criterios contables utilizados, de las estimaciones significativas efectuadas por la Administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para sustentar nuestra opinión.
Como
se indica en las Notas 1 y 3 a los estados financieros, las
operaciones de la Compañía, así como sus
requerimientos de información financiera, están
regulados por la Comisión y otras leyes aplicables.
En la
Nota 1 se describen las operaciones de la Compañía y
las condiciones del entorno regulatorio que afectan a la misma. En la
Nota 3 se describen los criterios contables establecidos por la
Comisión en las “Disposiciones de carácter
general aplicables a las instituciones de crédito” (las
Disposiciones), las cuales utiliza la Compañía para la
preparación de su información financiera. En la Nota 4
se señalan las principales diferencias entre los criterios
contables establecidos por la Comisión y las normas de
información financiera mexicanas, aplicadas comúnmente
en la preparación de estados financieros para otro tipo de
sociedades
no reguladas.
En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados, presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Consupago, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado, al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con los criterios contables establecidos por la Comisión.
25 de marzo de 2011.
Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.
Miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited
Registro en la Administración General de Auditoría Fiscal Federal No. 14409
C.P.C. Rony García Dorantes
Rúbrica.
CONSUPAGO, S.A. DE C.V.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO
(SUBSIDIARIA DE GRUPO CONSUPAGO, S.A. DE C.V.)
BALANCES GENERALES
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(en miles de pesos)
Activo |
2010 |
2009 |
Disponibilidades |
$352,446 |
$455,959 |
Inversiones en valores: |
|
|
Títulos para negociar |
724,826 |
125,784 |
Títulos Conservados al vencimiento |
56,366 |
191,257 |
|
781,192 |
317,041 |
Cartera de Crédito vigente: |
|
|
Créditos al Consumo |
2,093,760 |
2,107,407 |
Cartera de Crédito vencida: |
|
|
Crédito al consumo |
57,004 |
60,408 |
Total de cartera de crédito |
2,150,764 |
2,167,815 |
Estimación preventiva de riesgos crediticios |
(74,129) |
(113,165) |
Cartera de créditos, neta |
2,076,635 |
2,054,650 |
Otras cuentas por cobrar |
547,550 |
401,222 |
Bienes adjudicados, neto |
476 |
504 |
Mobiliario y equipo, neto |
19,116 |
18,105 |
Impuestos diferidos, neto |
43,454 |
24,329 |
Otros activos, neto |
183,251 |
162,341 |
Total de Activo |
$4,004,120 |
$3,434,151 |
Pasivo y capital contable |
|
|
Pasivos bursátiles |
$763,372 |
$503,809 |
Préstamos bancarios y de otros organismos: |
|
|
De corto plazo |
503,158 |
373,301 |
De largo plazo |
1,096,531 |
1,272,065 |
Otras cuentas por pagar: |
|
|
Impuestos a la utilidad por pagar |
45,436 |
15,040 |
Acreedores diversos |
39,611 |
30,833 |
|
85,047 |
45,873 |
Total Pasivo |
2,448,108 |
2,195,048 |
Capital Contable: |
|
|
Capital contribuido: |
|
|
Capital social |
468,480 |
468,480 |
Capital ganado: |
|
|
Reservas de capital |
45,109 |
21,739 |
Resultado de ejercicios anteriores |
545,514 |
281,474 |
Resultado Neto |
496,909 |
467,410 |
Total de capital contable |
1,556,012 |
1,239,103 |
Total pasivo y capital contable |
$4,004,120 |
$3,434,151 |
Cuentas de orden |
|
|
Cuentas por cobrar a dependencias de terceros |
$244,757 |
$- . |
Intereses devengados cartera vencida |
$4,711 |
$20,783 |
“Los presentes balances generales, se formularon de conformidad con los Criterios de Contabilidad para las Instituciones de Crédito, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 99, 101 y 102 de la Ley de Instituciones de Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas las operaciones efectuadas por la Compañía hasta las fechas arriba mencionadas, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas bancarias y a las disposiciones legales y administrativas aplicables.”
“El saldo histórico del capital social al 31 de diciembre de 2010 es de $443,726”.
“Los presentes balances generales fueron aprobados por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.”
“Los
estados financieros adjuntos han sido publicados en la página
de Internet: www.bmv.com.mx.
De igual forma la información
que, en cumplimiento de las disposiciones de carácter general,
se le proporciona periódicamente a la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores puede ser consultada en la página de
Internet: www.cnbv.gob.mx”.
Las notas adjuntas son parte de estos estados financieros.
CONSUPAGO, S.A. DE C.V.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO
(SUBSIDIARIA DE GRUPO CONSUPAGO, S.A. DE C.V.)
PASEO DE LA REFORMA 2654, 7o. PISO, COL. LOMAS ALTAS, C.P. 11950, MEXICO, D.F.
ESTADOS DE RESULTADOS
POR LOS AÑOS QUE TERMINARON EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(en miles de pesos)
|
2010 |
2009 |
Ingresos por intereses |
$1,431,338 |
$1,418,864 |
Gastos por intereses |
(177,005) |
(221,900) |
Margen financiero |
1,254,333 |
1,196,964 |
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
(118,909) |
(56,437) |
Margen financiero ajustado por riesgos crediticios |
1,135,424 |
1,140,527 |
Comisiones y tarifas pagadas |
(254,277) |
(309,819) |
Ingresos totales de la operación |
881,147 |
830,708 |
Gastos de administración y promoción |
(245,847) |
(227,875) |
Resultado de la operación |
635,300 |
602,833 |
Otros productos |
187,161 |
66,716 |
Otros gastos |
(122,921) |
(40,746) |
Resultado antes de impuestos a la utilidad |
699,540 |
628,803 |
Impuestos a la utilidad: |
|
|
Causados |
(221,756) |
(166,781) |
Diferidos |
19,125 |
5,388 |
Resultado neto |
$496,909 |
$467,410 |
“Los presentes estados de resultados se formularon de conformidad con los criterios de contabilidad para las instituciones de crédito emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 99, 101 y 102 de la Ley de Instituciones de Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejados todos los ingresos y egresos derivados de las operaciones efectuadas por la Compañía por los períodos arriba mencionados, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas bancarias y a las disposiciones legales y administrativas aplicables.”
“Los presentes estados de resultados fueron aprobados por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.”
“Los
estados financieros adjuntos han sido publicados en la página
de Internet: www.bmv.com.mx
De
igual forma la información que, en cumplimiento de las
disposiciones de carácter general, se le proporciona
periódicamente a la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores puede ser consultada en la página de Internet:
www.cnbv.gob.mx”.
Las notas adjuntas son parte de estos estados financieros.
CONSUPAGO, S.A. DE C.V.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO
(SUBSIDIARIA DE GRUPO CONSUPAGO, S.A. DE C.V.)
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE
POR LOS AÑOS QUE TERMINARON EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(en miles de pesos)
|
Capital Contribuido |
Capital ganado |
|
|||
|
|
Capital Social |
Reservas de capital |
Resultado de ejercicios anteriores |
Resultado neto |
Total de capital contable |
|
|
|
|
|
|
|
Saldos al 31 de diciembre de 2008 |
|
$468,480 |
$4,139 |
$24,579 |
$351,995 |
$849,193 |
Movimientos inherentes a las decisiones de los accionistas- |
|
|
|
|
|
|
Aplicación del resultado del ejercicio anterior |
|
- |
17,600 |
334,395 |
(351,995) |
- |
Pago de dividendos |
|
- |
- |
(77,500) |
- |
(77,500) |
Total |
|
- |
17,600 |
256,895 |
(351,995) |
(77,500) |
Movimientos inherentes al reconocimiento de la utilidad integral- |
|
|
|
|
|
|
Resultado neto |
|
- |
- |
- |
467,410 |
467,410 |
Saldo al 31 de diciembre de 2009 |
|
468,480 |
21,739 |
281,474 |
467,410 |
1,239,103 |
Movimientos inherentes a las decisiones de los accionistas- |
|
|
|
|
|
|
Aplicación del resultado del ejercicio anterior |
|
- |
23,370 |
444,040 |
(467,410) |
- |
Pago de dividendos |
|
- |
- |
(180,000) |
- |
(180,000) |
Total |
|
- |
23,370 |
264,040 |
(467,410) |
(180,000) |
Movimientos inherentes al reconocimiento de la utilidad integral- |
|
|
|
|
|
|
Resultado neto |
|
- |
- |
- |
496,909 |
496,909 |
Saldos al 31 de diciembre de 2010 |
|
$468,480 |
$45,109 |
$545,514 |
$496,909 |
$1,556,012 |
“Los presentes estados de variaciones en el capital contable se formularon de conformidad con los Criterios de Contabilidad para las Instituciones de Crédito, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 99, 101 y 102 de la Ley de Instituciones de Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejados todos los movimientos en las cuentas de capital contable derivados de las operaciones efectuadas por la Compañía por los periodos arriba mencionados, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas bancarias y a las disposiciones legales y administrativas aplicables.”
“Los presentes estados de variaciones en el capital contable fueron aprobados por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.”
“Los
estados financieros adjuntos han sido publicados en la página
de Internet: www.bmv.com.mx
De
igual forma la información que, en cumplimiento de las
disposiciones de carácter general, se le proporciona
periódicamente a la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores puede ser consultada en la página de Internet:
www.cnbv.gob.mx”.
Las notas adjuntas son parte de estos estados financieros.
CONSUPAGO, S.A. DE C.V.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO
(SUBSIDIARIA DE GRUPO CONSUPAGO, S.A. DE C.V.)
PASEO DE LA REFORMA 2654, 7o. PISO, COL. LOMAS ALTAS, C.P. 11950, MEXICO, D.F.
ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO
POR LOS AÑOS QUE TERMINARON EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(en miles de pesos)
|
2010 |
2009 |
Resultado neto |
$496,909 |
$467,410 |
Ajustes por partidas que no implican flujo de efectivo: |
|
|
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
118,909 |
56,437 |
Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro |
84,383 |
12,116 |
Depreciaciones y amortizaciones |
11,804 |
11,793 |
Impuestos a la utilidad causados diferidos |
202,631 |
161,393 |
Ajustes por partidas que no implican flujo de efectivo |
914,636 |
709,149 |
Actividades de operación: |
|
|
Cambio en inversiones en valores |
(464,151) |
53,437 |
Cambio en cartera de crédito |
(140,894) |
109,475 |
Cambio en otras cuentas por cobrar y por pagar |
( 221,905) |
(277,638) |
Cambio en otros activos |
(3,755) |
(6,729) |
Cambio en impuestos a la utilidad por pagar |
(191,360) |
(211,775) |
Cambio en pasivos bursátiles |
259,563 |
76,842 |
Cambio en préstamos interbancarios y de otros organismos |
(45,677) |
(238,978) |
Flujos netos de efectivo de actividades de operación |
106,457 |
213,389 |
Actividades de inversión: |
|
|
Pagos por la adquisición de inmuebles, mobiliario y equipo |
(29,970) |
(4,323) |
Flujos netos de efectivo de actividades de inversión |
(29,970) |
(4,323) |
Actividades de financiamiento: |
|
|
Pagos de dividendos en efectivo |
(180,000) |
(77,500) |
Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento |
(180,000) |
(77,500) |
(Disminución) incremento neto de efectivo |
( 103,513) |
131,566 |
Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del periodo |
455,959 |
324,393 |
Efectivo y equivalentes de efectivo al final del periodo |
352,446 |
455,959 |
“Los
presentes estados de flujos de efectivo se formularon de conformidad
con los Criterios de Contabilidad para las Instituciones de Crédito,
emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores,
con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 99, 101 y 102 de
la Ley de Instituciones de Crédito, de observancia general y
obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose
reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo
derivados de las operaciones efectuadas por la Compañía
hasta
las fechas arriba mencionadas, las cuales se realizaron y
valuaron con apego a sanas prácticas bancarias y a las
disposiciones legales y administrativas aplicables.”
“Los presentes estados de flujos de efectivo fueron aprobados por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los directivos que los suscriben.”
Las notas adjuntas son parte de estos estados financieros.
CONSUPAGO, S.A. DE C.V.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO
(SUBSIDIARIA DE GRUPO CONSUPAGO, S.A. DE C.V.)
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
POR LOS AÑOS QUE TERMINARON EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(en miles de pesos)
Operaciones y entorno regulatorio de la operación
El
16 de julio de 2001 se constituyó Consupago, S.A. de C.V. (la
Compañía) subsidiaria al 99.98 % de Grupo Consupago,
S.A. de C.V., y su principal actividad es el otorgamiento y obtención
de créditos.
El
otorgamiento de créditos lo realiza a través del
“Crédito Institucional”, que son
créditos en efectivo a empleados de entidades y dependencias
gubernamentales con los que la Compañía tiene
celebrados convenios garantizados con descuentos vía nómina.
La
Compañía fue autorizada a partir del 2 de marzo de 2007
por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
Unidad de Banca y Ahorro, para operar como Sociedad Financiera de
Objeto Limitado (SOFOL).
En consecuencia, se reformaron sus
estatutos sociales y la Compañía cambió su
denominación social a Consupago, S.A. de C.V., Sociedad
Financiera de Objeto Limitado. Asimismo, atendiendo a lo establecido
en las Reglas generales a que deberán sujetarse las sociedades
a que se refiere la fracción IV del artículo 103 de la
Ley de Instituciones de Crédito, publicadas en el Diario
Oficial de la Federación (DOF) el 19 de diciembre de 2005, al
estar la Compañía vinculada patrimonialmente a Banco
Fácil, S.A., Institución de Banca Múltiple, debe
aplicar, entre otros aspectos operativos, los criterios contables
establecidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
(la Comisión) para instituciones de crédito.
Dentro
de las facultades que le corresponden a la Comisión en su
carácter de regulador, pudiera llevar
a cabo revisiones de
la información financiera y requerir modificaciones a la
misma.
La
Compañía no tiene empleados y todos los servicios
contables y administrativos son prestados por una compañía
afiliada. Consecuentemente, la Compañía no está
obligada a hacer pagos por participación
de utilidades al
personal, ni tiene obligaciones de carácter laboral.
Bases de presentación
Utilidad integral- Es la modificación del capital contable durante el ejercicio por conceptos que no son distribuciones y movimientos del capital contribuido; se integra por la utilidad neta del ejercicio más otras partidas que representan una ganancia del mismo periodo, las cuales se presentan directamente en el capital contable sin afectar el estado de resultados.
Resumen de las principales políticas contables
Las
políticas contables que sigue la Compañía, están
de acuerdo con los criterios contables establecidos por la Comisión,
las cuales requieren que la Administración efectúe
ciertas estimaciones y utilice ciertos supuestos para determinar la
valuación de algunas de las partidas incluidas en los estados
financieros y efectuar las revelaciones que se requieren en los
mismos. Aun cuando pueden llegar a diferir de su efecto final, la
Administración considera que dichas estimaciones y supuestos
utilizados fueron los adecuados en
las circunstancias.
De acuerdo con el criterio contable A-1 de la Comisión, la contabilidad de la Compañía se ajustará a las Normas de Información Financiera (NIF), definidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF), excepto cuando a juicio de la Comisión sea necesario aplicar una normatividad o un criterio contable específico, tomando en consideración que las Sociedades Financieras de Objeto Limitado realizan operaciones especializadas.
Las principales políticas contables que sigue la Compañía se resumen a continuación:
Reconocimiento
de los efectos de la inflación en la información
financiera - La
inflación acumulada de los tres ejercicios anuales anteriores
al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es 14.48% y 15.01%,
respectivamente; por lo tanto, el entorno económico califica
como no inflacionario en ambos ejercicios.
Los porcentajes de
inflación por los años que terminaron el 31 de
diciembre de 2010 y 2009 fueron 4.40% y 3.57%, respectivamente.
A partir del 1 de enero de 2008, la Compañía suspendió el reconocimiento de los efectos de la inflación en los estados financieros; sin embargo, los activos y el capital contable incluyen los efectos de reexpresión reconocidos hasta el 31 de diciembre de 2007.
Disponibilidades- Se registran a su valor nominal. Las disponibilidades en moneda extranjera corresponden en su mayoría a depósitos a la vista denominados en dólares estadounidenses y se valúan al tipo de cambio publicado por Banco de México (Banxico) en el DOF, el día hábil bancario posterior a la fecha de valuación.
Inversiones en valores-
Títulos
para negociar- Estos títulos atienden a las posiciones propias
de la Compañía que se adquieren con la intención
de enajenarlos, obteniendo ganancias derivadas de las diferencias en
precios que resulten de las operaciones de compraventa en el corto
plazo, que con los mismos realicen como participantes
del mercado.
Están representados por inversiones en pagarés
bancarios.
Al momento de su adquisición, se reconocen inicialmente a su valor razonable, el cual corresponde al precio pactado, y posteriormente se valúan a valor razonable, aplicando valores de mercado proporcionados por el proveedor de precios, autorizado por la Comisión; el efecto contable de esta valuación se registra en los resultados del ejercicio. El valor razonable incluye, en el caso de títulos de deuda, tanto el componente de capital como los intereses devengados de los títulos.
En la fecha de su enajenación, se reconoce el resultado por compraventa por el diferencial entre su valor en libros y la suma de las contraprestaciones recibidas.
Los intereses devengados se registran directamente en resultados, en tanto que los dividendos cobrados en efectivo de los instrumentos de patrimonio neto se reconocen en los resultados del ejercicio en el momento en que se genere el derecho a recibir el pago de los mismos.
Títulos conservados a vencimiento - Son aquellos títulos de deuda, cuyos pagos son fijos o determinables y con vencimiento fijo (lo cual significa que un contrato define los montos y fechas de los pagos a la entidad tenedora), respecto a los cuales la Compañía tiene tanto la intención como la capacidad de conservar hasta su vencimiento.
Al
momento de su adquisición, se reconocen inicialmente a su
valor razonable, el cual corresponde al precio pactado, afectando los
resultados del ejercicio por el devengamiento de intereses. En la
fecha de su enajenación, se reconoce el resultado por
compraventa por el diferencial entre el valor neto de realización
y
su valor en libros.
Deterioro en el valor de un título- La Compañía evalúa si a la fecha del balance general existe evidencia objetiva de que un título está deteriorado.
Se considera que un título está deteriorado y, por lo tanto, se incurre en una pérdida por deterioro, si y sólo si, existe evidencia objetiva del deterioro como resultado de uno o más eventos que ocurrieron posteriormente al reconocimiento inicial del título, mismos que tuvieron un impacto sobre sus flujos de efectivo futuros estimados que puede ser determinado de manera confiable. Es poco probable identificar un evento único que individualmente sea la causa del deterioro, siendo más factible que el efecto combinado de diversos eventos pudiera haber causado el deterioro. Las pérdidas esperadas como resultado de eventos futuros no se reconocen, no importando que tan probable sean.
Cartera
de crédito vigente- Representa
el saldo de los montos efectivamente entregados a los acreditados
que se encuentran vigentes más los intereses devengados no
cobrados. Los créditos que habiéndose reestructurado y
cuentan con evidencia de pago sostenido pueden ser clasificados como
cartera de crédito vigente. Los intereses se
reconocen como ingresos en el momento en que se devengan.
La
acumulación de intereses se suspende al momento en que el
crédito se traspasa a cartera vencida, a los 90 días
naturales.
Los intereses devengados durante el periodo en que el crédito se consideró cartera vencida se reconocen como ingresos en el momento en que se cobran.
Principales políticas y procedimientos para la originación de crédito:
La Compañía otorga préstamos a empleados federales de manera rápida, sencilla y efectiva con un mínimo de requisitos.
Los créditos que otorga la Compañía son al consumo, el producto está denominado como “Dinero inmediato a través de tu Nómina”
Los montos de los créditos originados van de $5 a $200.
La Compañía cuenta con liquidaciones anticipadas, anticipos de cobranza y liquidaciones mediante otorgamiento de un nuevo crédito.
Pago sostenido del crédito.- Cumplimiento de pago del acreditado sin retraso, por el monto total exigible de capital e intereses, como mínimo de tres amortizaciones consecutivas del esquema de pagos del crédito.
Cartera de crédito vencida- Los créditos son registrados como cartera vencida cuando, tratándose de créditos con amortizaciones que hayan sido pactados en pagos periódicos parciales, tengan 90 días naturales posteriores a la fecha de vencimiento de la primera amortización vencida y no liquidada por el acreditado.
Estimación
preventiva para riesgos crediticios- La Compañía
constituye y registra las reservas preventivas
correspondientes a la cartera crediticia de consumo, con cifras al
último día de cada mes, ajustándose
al
procedimiento siguiente:
Estratifica la totalidad de la cartera en función al número de incumplimientos que se reportan en los periodos de facturación a la fecha de la calificación en relación al pago exigible o al pago mínimo establecido por la Compañía, utilizando los datos del historial de pagos, de por lo menos 9, 13 o 18 periodos anteriores a dicha fecha, conforme a lo señalado en las siguientes tablas.
Constituye, para cada estrato, las reservas preventivas que resulten de aplicar al importe total del saldo insoluto de los créditos que se ubiquen en cada estrato, los porcentajes de reservas preventivas que se indican a continuación, dependiendo si los periodos de facturación con incumplimiento son semanales, quincenales o mensuales. La Compañía no incluye los intereses devengados no cobrados registrados en balance, de créditos que estén en cartera vencida. Los intereses devengados no cobrados sobre cartera vencida son reservados en su totalidad al momento de su traspaso.
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009 la calificación y constitución de reservas preventivas correspondientes a la cartera crediticia de consumo se realiza de acuerdo con los siguientes porcentajes de reservas:
Tabla aplicable para créditos con facturación semanal:
Número de períodos de facturación que reporten incumplimiento (semanas) |
Probabilidad de incumplimiento |
Porcentajes
de reservas |
0 |
0.5% |
0.5% |
1 |
1.5% |
1.5% |
2 |
3% |
3% |
3 |
5% |
5% |
4 |
10% |
10% |
5 |
20% |
20% |
6 |
30% |
30% |
7 |
40% |
40% |
8 |
50% |
50% |
9 |
55% |
55% |
10 |
60% |
60% |
11 |
65% |
65% |
12 |
70% |
70% |
13 |
75% |
75% |
14 |
80% |
80% |
15 |
85% |
85% |
16 |
90% |
90% |
17 |
95% |
95% |
18 o más |
100% |
100% |
Tabla aplicable para créditos con facturación quincenal:
Número de periodos de facturación que reporten incumplimiento (quincenas) |
Probabilidad de incumplimiento |
Porcentajes
de reservas |
0 |
0.5% |
0.5% |
1 |
3% |
3% |
2 |
10% |
10% |
3 |
25% |
25% |
4 |
45% |
45% |
5 |
55% |
55% |
6 |
65% |
65% |
7 |
70% |
70% |
8 |
75% |
75% |
9 |
80% |
80% |
10 |
85% |
85% |
11 |
90% |
90% |
12 |
95% |
95% |
13 o más |
100% |
100% |
Tabla aplicable para créditos con facturación mensual:
Número de periodos de facturación que reporten incumplimiento (meses) |
Probabilidad de incumplimiento |
Porcentajes
de reservas |
0 |
0.5% |
0.5% |
1 |
10% |
10% |
2 |
45% |
45% |
3 |
65% |
65% |
4 |
75% |
75% |
5 |
80% |
80% |
6 |
85% |
85% |
7 |
90% |
90% |
8 |
95% |
95% |
9 o más |
100% |
100% |
Cuentas por cobrar a dependencias- Representan cuentas por cobrar generadas una vez que existe evidencia de retención al acreditado de la parcialidad correspondiente a través de su nómina y a su vez, la Compañía no ha recibido los flujos de efectivo a que se refiere dicha evidencia.
Al
31 de diciembre se constituye una reserva del 100% por las cuentas
por cobrar con un atraso mayor
a 90 días naturales.
Bienes adjudicados- Los bienes adjudicados se registran contablemente en la fecha en que causa ejecutoria el auto aprobatorio del remate mediante el cual se decretó la adjudicación al valor que se fije para efectos de adjudicación o al valor neto de realización, el que sea menor. El valor neto de realización es el precio probable de venta del activo, determinado por avalúos, que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión, menos los costos y gastos de venta que se eroguen en la realización del bien.
Los bienes recibidos mediante dación en pago se registran en la fecha que se firme la escritura de dación o en la fecha que se formalice la transmisión de propiedad del bien, al valor de reconocimiento de los bienes adjudicados es igual a su costo o valor razonable deducido de costos y gastos estrictamente indispensables que se eroguen, el que sea menor.
Cuando el valor del activo o de las amortizaciones devengadas o vencidas que dio origen a la adjudicación, neto de estimaciones, sea superior al valor del bien adjudicado, la diferencia se reconoce en los resultados del ejercicio como otros egresos de la operación.
Cuando el valor del activo o de las amortizaciones devengadas o vencidas que dio origen a la adjudicación, neto de estimaciones, sea inferior al valor del bien adjudicado, el valor de este último se ajusta al valor neto del activo.
Los bienes adjudicados se valúan conforme a los criterios de contabilidad para instituciones de crédito, de acuerdo al tipo de bien de que se trate, registrando dicha valuación contra los resultados del ejercicio como otros ingresos (egresos) de la operación.
Conforme
a las disposiciones aplicables a la metodología de la
calificación de la cartera crediticia, deben constituirse
reservas por tenencia de bienes adjudicados o recibidos en dación
en pago, las cuales deben determinarse semestralmente o anualmente
para reconocer las pérdidas potenciales de valor por el paso
del tiempo en los bienes, distinguiendo porcentajes en función
al tiempo transcurrido desde que fue recibido
y la naturaleza de
ellos, trátese de bienes muebles o inmuebles, reconociendo los
efectos en los resultados del ejercicio como otros ingresos (egresos)
de la operación.
Mobiliario y equipo, neto- El mobiliario y equipo se registran originalmente al costo de adquisición. Hasta el año 2007 el mobiliario y equipo se actualizaba utilizando un factor derivado del valor de las Unidades de Inversión (UDI). La depreciación y amortización relativa se registra aplicando al costo o al costo actualizado hasta dicha fecha, utilizando los siguientes porcentajes:
|
Tasa |
Mobiliario y equipo |
10% |
Equipo de cómputo |
30% |
Equipo de transporte |
25% |
Otros
activos- Se encuentran representados principalmente por comisiones
pagadas por apertura
de crédito, los cuales se amortizan
conforme a la vida del crédito y gastos de instalación.
Hasta el 31 de diciembre de 2007 los gastos de instalación,
se actualizaban mediante un factor derivado del valor de la UDI
desde su fecha de erogación hasta el cierre del ejercicio. La
amortización de los gastos de instalación
se
calcula bajo el método de línea recta a la tasa del
5%.
Operaciones en moneda extranjera- Las operaciones en moneda extranjera se registran al tipo de cambio vigente en la fecha de la operación. Los activos y pasivos en moneda extranjera se expresan en moneda nacional utilizando el tipo de cambio dado a conocer por Banxico en el DOF, el día hábil bancario posterior a la fecha de valuación.
Los ingresos y egresos derivados de operaciones en moneda extranjera, se valorizan en moneda nacional al tipo de cambio vigente en la fecha de operación. Las fluctuaciones cambiarias se registran en los resultados del ejercicio en que ocurren.
Impuestos a la utilidad- El Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto Empresarial a Tasa Unica (IETU) se registran en los resultados del año en que se causan. Para reconocer el impuesto diferido se determinará si, con base en proyecciones financieras y fiscales, la Compañía causará ISR o IETU y reconoce el impuesto diferido que corresponda al impuesto que esencialmente pagará. La Compañía determina el impuesto diferido sobre las diferencias temporales y créditos fiscales, desde el reconocimiento inicial de las partidas y al final de cada periodo. El impuesto diferido derivado de las diferencias temporales se reconoce utilizando el método de activos y pasivos, que es aquel que compara los valores contables y fiscales de los activos y pasivos. De esa comparación surgen diferencias temporales, tanto deducibles como acumulables, que sumadas al crédito fiscal por las provisiones preventivas para riesgos crediticios pendientes de deducir, se les aplica la tasa fiscal a las que se reversarán las partidas. Los importes derivados de estos tres conceptos corresponde al pasivo o activo por impuesto diferido reconocido. El efecto de todas las partidas antes indicadas se presenta neto en el balance general bajo el rubro de “Impuestos diferidos, neto”.
Provisiones- Se reconocen cuando se tiene una obligación presente como resultado de un evento pasado, que probablemente resulte en la salida de recursos económicos y que pueda ser estimada razonablemente.
Reconocimiento de ingresos, gastos por interés y comisiones- Los intereses derivados de los préstamos otorgados, se reconocen en el estado de resultados conforme se devengan en función de los plazos establecidos en los contratos celebrados con los acreditados y las tasas de interés pactadas.
Los intereses generados por los préstamos bancarios y de otros organismos, se registran en el estado de resultados conforme se devengan.
La Compañía no cobra comisiones por el otorgamiento inicial de crédito.
Cuentas de orden
Cuentas por cobrar a Dependencias de terceros- Representa las venta de la cartera que la Compañía realizó a un tercero y de la cual se tiene la cobranza delegada a cargo de la Compañía.
Intereses
devengados no cobrados derivados de la cartera vencida- Representa
los intereses no reconocidos
en
el estado de resultados, por tratarse de operaciones clasificadas
como cartera vencida.
Utilidad por acción- La utilidad básica por acción de cada periodo ha sido calculada dividiendo el resultado neto entre el promedio ponderado de acciones en circulación de cada ejercicio dando efecto retroactivo a las acciones emitidas por capitalización de primas o utilidades acumuladas. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la utilidad básica por acción es de $1.1199 y $1.0534, respectivamente.
Principales diferencias con Normas de Información Financiera aceptadas en México
Los
estados financieros han sido preparados de conformidad con los
criterios contables establecidos por la Comisión, los cuales,
en los siguientes casos, difieren de las NIF, aplicadas comúnmente
en la preparación
de estados financieros para otro tipo de
sociedades no reguladas:
Los deudores diversos no cobrados en 90 o 60 días dependiendo de su naturaleza, se castigan en el estado de resultados, independientemente de su posible recuperación por parte de la Compañía.
Cuando
los créditos se mantengan en cartera vencida, el control de
los intereses devengados
se registra en cuentas de orden. Cuando
dichos intereses son cobrados, se reconocen directamente en los
resultados del ejercicio. Las NIF requieren el registro de los
intereses devengados en resultados y el reconocimiento de la reserva
correspondiente.
La
Compañía presenta el estado de flujos de efectivo de
conformidad con los criterios contables
de la Comisión,
los cuales no presentan el rubro de efectivo excedente para aplicar
en actividades de financiamiento, el cual es requerido presentar en
las NIF, así como se aumenta del resultado neto,
la
estimación preventiva para riesgos crediticios y la
estimación de irrecuperabilidad o difícil cobro, lo
cual no es requerido por las NIF.
Disponibilidades
Las disponibilidades al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se integran como sigue:
|
2010 |
2009 |
Caja |
$39 |
$40 |
Depósitos en bancos nacionales (a) |
138,659 |
7,304 |
213,748 |
448,615 |
|
|
$352,446 |
$455,959 |
Incluyen depósitos bancarios en cuentas de cheques en dólares estadounidenses por un importe de 40,539 valuados al tipo de cambio de $12.3817 publicado en el DOF el último día del mes.
Corresponden
a cobranza depositada en cuentas bancarias del Fideicomiso No. 208 y
Fideicomiso No. 1359, que garantizan la deuda contratada con Bank of
Montreal Financial Group (Bank of Montreal)
y Scotiabank
Inverlat, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo
Financiero Scotiabank Inverlat (Scotiabank), respectivamente, que se
detallan en la Nota 14.
Inversiones en valores
Las inversiones al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se integran como sigue:
|
|
2010 |
Tipo de título |
Fecha de vencimiento |
Importe |
|
|
|
3 de enero 2011 |
$442,172 |
|
Reporto gubernamental |
3 de enero 2011 |
282,654 |
|
|
724,826 |
|
|
|
10 de enero 2012 |
23,151 |
|
Certificados bursátiles fiduciarios (a) |
10 de mayo 2012 |
33,215 |
|
|
56,366 |
Total |
|
$781,192 |
|
|
2009 |
Tipo de título |
Fecha de vencimiento |
Importe |
Títulos para negociar: |
|
|
Pagaré bancario |
4 de enero de 2010 |
$125,784 |
Títulos conservados al vencimiento: |
|
|
Certificados bursátiles fiduciarios |
10 de septiembre de 2010 |
90,618 |
Certificados bursátiles fiduciarios |
10 de octubre de 2010 |
100,639 |
|
|
191,257 |
Total |
|
$317,041 |
Al 31 de diciembre de 2010 los títulos conservados a vencimiento no presentan signos de deterioro por lo que la Compañía no ha reconocido ningún efecto por deterioro en los resultados del ejercicio.
Cartera de créditos, neta
La cartera de créditos al 31 de diciembre de 2010 y 2009 se muestra a continuación:
|
2010 |
2009 |
Institucional |
|
|
$2,007,034 |
$2,009,249 |
|
Intereses |
143,730 |
158,566 |
Total |
2,150,764 |
2,167,815 |
(74,129) |
(113,165) |
|
|
(74,129) |
(113,165) |
Total |
$2,076,635 |
$2,054,650 |
La cartera está integrada por préstamos a plazos de 12 a 48 meses, con tasas de interés variable.
Durante
los meses de agosto, octubre, noviembre y diciembre de 2010, se
reestructuraron 8,850 créditos de los cuales 8,019 se
reclasificaron a cartera vigente una vez que pudo comprobarse el pago
sostenido de cada uno de ellos. El monto total reestructurado fue de
$56,325 y el reclasificado a cartera vigente fue
de $49,270.
Al
31 de diciembre de 2010 y 2009, parte de la cartera se encuentra
garantizando la deuda contratada
con Bank of Montreal y Scotiabank
por un monto de 1,684,235 y 1,829,061, respectivamente, que se
detalla
en la Nota 14.
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la Compañía tiene créditos castigados en el año por un importe de $157,945 y $92,737 respectivamente.
Los movimientos en la cartera vencida al 31 de diciembre son los siguientes:
|
2010 |
2009 |
Cartera vencida al inicio del año |
$60,408 |
$20,418 |
Traspasos de cartera vigente a vencida |
203,811 |
118,332 |
Traspasos de cartera vencida a vigente |
(49,270) |
- |
Liquidación de adeudos |
- |
(7,561) |
Aplicaciones a la reservas |
(157,945) |
(70,781) |
Cartera vencida al final del año |
$57,004 |
$60,408 |
Al 31 de diciembre de 2010, la antigüedad de los saldos de la cartera vigente es la siguiente:
|
0 a 29 días |
30 a 59 días |
60 a 89 días |
90 a 120 días |
Total |
Cartera institucional |
$2,044,011 |
$29,658 |
$20,091 |
$ - |
$2,093,760 |
Al 31 de diciembre de 2010, la antigüedad de los saldos de la cartera vencida es la siguiente:
|
90 a 180 días |
181 a 365 días |
Total |
Cartera institucional |
$57,004 |
$ - |
$57,004 |
Estimación preventiva para riesgos crediticios
Los movimientos de la estimación preventiva para riesgos crediticios al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se muestran a continuación:
|
2010 |
2009 |
Saldo inicial |
$113,165 |
$149,465 |
Incremento de provisiones a resultados |
118,909 |
56,437 |
Aplicaciones a la reserva |
(157,945) |
(92,737) |
Saldo final |
$74,129 |
$113,165 |
Otras cuentas por cobrar
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se integra como sigue:
|
2010 |
2009 |
Cuentas por cobrar con partes relacionadas |
$152,292 |
$168,581 |
Cuentas por cobrar a dependencias gubernamentales |
304,148 |
225,480 |
Anticipo de comisiones |
81,357 |
- |
Anticipo a proveedores |
246 |
209 |
Cuentas por cobrar a distribuidores |
3,203 |
4,637 |
Otros deudores |
6,304 |
2,315 |
|
$547,550 |
$401,222 |
Las cuentas por cobrar a dependencias gubernamentales al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se integran como sigue:
|
2010 |
2009 |
Cuentas por cobrar a dependencias |
$304,148 |
$237,540 |
Reserva para cuentas incobrables |
- |
(12,060) |
|
$304,148 |
$225,480 |
Bienes adjudicados, neto
Al 31 de diciembre el rubro se integra como sigue:
|
2010 |
2009 |
Inmuebles adjudicados |
$560 |
$560 |
Menos- Estimación para baja de valor |
(84) |
(56) |
|
$476 |
$504 |
Mobiliario y equipo, neto
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se integra como sigue:
|
2010 |
2009 |
$4,659 |
$4,527 |
|
Equipo de transporte |
16,244 |
16,941 |
19,663 |
13,709 |
|
|
40,566 |
35,177 |
Depreciación acumulada |
(21,450) |
(17,072) |
|
$19,116 |
$18,105 |
Otros activos, neto
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se integra como sigue:
|
2010 |
2009 |
$9,265 |
$8,971 |
|
31,637 |
11,423 |
|
(8,736) |
(5,383) |
|
|
32,166 |
15,011 |
118,378 |
128,504 |
|
359 |
553 |
|
Impuesto sobre la renta |
24 |
4,823 |
32,324 |
13,450 |
|
|
$183,251 |
$162,341 |
|
2010 |
2009 |
Deuda Bursátil Euro-pesos (a) |
$750,000 |
$- |
Certificados Bursátiles Corto Plazo |
- |
502,512 |
Intereses devengados |
13,372 |
1,297 |
Total |
$763,372 |
$503,809 |
Notas de mediano plazo (High Yield MTN)
Durante el mes de octubre 2010 la Compañía recibió calificaciones de S&P y Fitch Ratings para un programa Quirografario de Notas de Mediano Plazo hasta por un monto de USD $300,000,000. La primera emisión al amparo del programa se llevo a cabo el día 27 de octubre con las siguientes características:
Tranche Inicial: |
$750,000 |
Fecha de Emisión: |
27 octubre 2010 |
Plazo: |
2.5 años |
Amortización: |
Al vencimiento |
Tasa: |
9.875% anual |
Pago de Intereses: |
Semestral |
Calificaciones: |
S&P: Global Notes BB-, Local Issuer A |
|
Fitch: Global Notes BB-, Local Issuer A- |
Estructurador: |
BCP Securities, LLC |
Colocadores Tranche Inicial: |
BCP Securities, LLC y GBM International Inc. |
Al 31 de diciembre de 2010 el saldo de las notas de mediano plazo es de $750,000.
Préstamos bancarios y de otros organismos
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009 se integra como sigue:
|
2010 |
2009 |
Corto plazo: |
|
|
Bank of Montreal Financial Group, devengaron intereses a una tasa TIIE + 2.53% (a) |
$340,287 |
$366,775 |
Scotiabank Inverlat, S.A., devengaron intereses a una tasa TIIE + 3.5% (b) |
156,750 |
- |
Intereses devengados |
6,121 |
6,526 |
Total a corto plazo: |
503,158 |
373,301 |
Largo plazo: |
|
|
Bank of Montreal Financial Group, devengaron intereses a una tasa TIIE +2.53% (Senior) y TIIE + 4.85% (Subordinated) (a) |
957,143 |
1,272,065 |
Scotiabank Inverlat, S.A., devengaron intereses a una tasa TIIE + 3.5% (b) |
139,388 |
- |
Total a largo plazo: |
1,096,531 |
1,272,065 |
Total |
$1,599,689 |
$1,645,366 |
Al 31 de diciembre de 2010 sobre la línea de crédito de Bank of Montreal no se puede disponer más, sólo se realizan las amortizaciones y pago de intereses mensuales correspondientes.
El F/208 es un contrato de fideicomiso irrevocable y de administración de pago, celebrado el 17 de noviembre de 2005 y modificado en su totalidad mediante un segundo convenio modificatorio total celebrado el 30 de junio de 2008 y mediante un tercer convenio modificatorio total celebrado el 9 de julio de 2009 entre la Compañía como fideicomitente y fideicomisario en cuarto lugar, Bank of Montreal, actuando en representación y en beneficio de los acreditantes privilegiados como fideicomisario en primer lugar y segundo lugar, respectivamente, Sherman Financial Group LLC, como fideicomisario en tercer lugar y parte originalmente del contrato de fideicomiso irrevocable y de administración de pago, y Deutsche Bank México, S.A. Institución de Banca Múltiple (“Deutsche Bank”) actuando como fiduciario, y el cual fue constituido como un instrumento legal para administrar la cartera que la Compañía aporta a dicho fideicomiso y de ésta manera, garantizar el pago a Bank of Montreal.
La Compañía como fideicomitente del F/208, tiene la obligación de instruir a las dependencias con las que tiene celebrados convenios y que retienen del sueldo de los trabajadores a quienes la Compañía les ha otorgado un crédito, para que éstas depositen las cantidades retenidas a la cuenta del fideicomiso, la cual es administrada por Deutsche Bank. Asimismo, las cuentas de cobranza en las que la Compañía recibía las cantidades retenidas por las dependencias, están afectadas con un contrato de mandato irrevocable, mediante el cual la institución de banca múltiple en la que están aperturadas dichas cuentas de cobranzas, transfiere a la cuenta de fideicomiso cualquier cantidad que haya sido depositada en las multicitadas cuentas de cobranza.
Deutsche Bank México, administra el patrimonio del F/208 (derechos de créditos aportados, ganancias originadas por inversiones permitidas, etc.), y distribuye generalmente las ganancias obtenidas en el siguiente orden de prelación:
1. Para el pago de impuestos de conformidad con la legislación aplicable.
2. Para el pago de honorarios, costos y gastos del Fiduciario.
3. Pago de honorarios y otros al prestador de servicios.
4. Para el pago de las cantidades adeudadas a los acreditados privilegiados.
5. Para el pago de las cantidades adeudadas a los acreditados subordinados.
6. Para el pago de las cantidades adeudadas en virtud del préstamo otorgado por Sherman Financial Group, LLC a favor de la Compañía.
7. Las cantidades restantes son para la Compañía.
Las cesiones de derechos de crédito que la Compañía realiza de tiempo en tiempo a favor de Deustche Bank, no se pueden considerar como ventas de cartera, toda vez que el fideicomitente conserva el derecho de reversión respecto dichos derechos de crédito. Asimismo, la Compañía continúa administrando los créditos aportados al F/208, de manera que, si existe cualquier controversia o reclamación respecto a un crédito, la Compañía es la que atiende dichas reclamaciones, quejas o demandas ante las diversas dependencias administrativas (PROFECO y CONDUSEF) y judiciales. De igual forma, la Compañía sigue gestionando la cobranza respecto a los derechos de crédito cedidos ante las dependencias, con la salvedad de que las cantidades generadas por dicha gestión, a partir de la fecha de la cesión de los derechos, deben de ser depositadas a la cuenta del fideicomiso en mención.
La Compañía pretende bursatilizar ciertos derechos de crédito excedentes y derechos de créditos de aforo que pueda readquirir de tiempo en tiempo del fiduciario conforme al contrato, mediante la celebración de uno o más fideicomisos emisores y la cesión de los derechos de crédito revertidos que readquiera al fiduciario emisor correspondiente de conformidad con el contrato, el cual emitirá y realizará oferta pública o colocará entre particulares los valores. Para lograr este fin, una vez que cualesquier derechos de crédito sean revertidos por el fiduciario al fideicomitente de conformidad con un contrato de reversión cualquier cobranza de derechos de crédito revertidos derivada de dichos derechos de crédito que sea pagada en cualquier cuenta del fideicomitente, a partir de la fecha de reversión correspondiente, será transferida por el fiduciario al titular de derechos de crédito revertidos correspondiente, en los términos del convenio modificatorio.
Asimismo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, los préstamos contratados con Bank of Montreal Financial Group son en moneda nacional.
En
el mes de abril de 2010, la Compañía firmó un
contrato de apertura de crédito revolvente con Scotiabank
Inverlat, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo
Financiero Scotiabank Inverlat a través
de un Contrato de
Fideicomiso Irrevocable Traslativo de Dominio y de Garantía
con derechos de Reversión por un importe autorizado de
$500,000 con vigencia al 14 de abril de 2014.
|
2010 |
||
Concepto/Institución |
Bank of Montreal |
Bank of Montreal |
Scotiabank |
Monto autorizado de línea |
$510,430 |
$787,000 |
$500,000 |
Saldo al 31 de diciembre |
510,430 |
787,000 |
296,138 |
Importe no utilizado de la línea |
$ - |
$ - |
$203,862 |
Al 31 de diciembre de 2010, se tienen contratados CAPs de tasa de interés basados en TIIE por un monto nocional de $1,950,000.
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, derivado de los préstamos bancarios mencionados anteriormente, la Compañía tiene la siguiente cartera de crédito y depósitos en efectivo en garantía, como sigue:
|
2010 |
2009 |
||
Institución |
Garantía de cartera de crédito |
Garantía en depósitos en efectivo |
Garantía de cartera de crédito |
Garantía en depósitos en efectivo |
Bank of Montreal Financial Group |
$1,367,903 |
$163,636 |
$1,829,061 |
$245,178 |
Scotiabank |
316,332 |
50,112 |
- |
- |
|
$1,684,235 |
$213,748 |
$1,829,061 |
$245,178 |
A continuación se muestran los plazos de vencimiento de los préstamos contratados por la Compañía al 31 de diciembre de 2010 y 2009:
Periodo de vencimiento |
2010 |
2009 |
12 meses |
$503,158 |
$373,301 |
24 meses |
470,568 |
366,775 |
36 meses |
423,229 |
315,040 |
48 meses |
202,734 |
393,500 |
60 meses |
- |
196,750 |
|
$1,599,689 |
$1,645,366 |
Acreedores diversos
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se integra como sigue:
|
2010 |
2009 |
$14,692 |
$4,574 |
|
3,095 |
3,183 |
|
717 |
1,008 |
|
6,876 |
3,503 |
|
14,231 |
18,565 |
|
|
$39,611 |
$30,833 |
Partes relacionadas
La
Compañía ha realizado las siguientes transacciones con
partes relacionadas al 31 de diciembre
de 2010 y 2009:
|
2010 |
2009 |
Ingresos: |
|
|
Banco Fácil, S.A., Institución de Banca Múltiple |
$14,112 |
$882 |
Consupresta, S.A. de C.V. |
247 |
327 |
Prestacción, S.A. de C.V. |
1,239 |
- |
Total |
$15,598 |
$1,209 |
Gastos: |
|
|
Prestacción, S.A. de C.V. |
$17,003 |
$13,895 |
Preser, S.A. de C.V. (a) |
4,801 |
- |
Su Personal Paguitos, S.A. de C.V. |
96,702 |
88,347 |
Resurgent Capital Services, L.P. |
6,972 |
12,414 |
Grupo Consupago, S.A. de C.V. |
578 |
- |
Consupresta, S.A. de C.V. |
18,871 |
627 |
Total |
$144,927 |
$115,283 |
Al
31 de diciembre de 2010 y 2009, la Compañía tiene los
siguientes saldos por cobrar y por pagar con sus compañías
afiliadas o asociadas, las cuales se presentan dentro del rubro de
otras cuentas por cobrar
y por pagar:
|
2010 |
2009 |
Cuentas por cobrar a: |
|
|
Tiendas Chedraui, S.A. de C.V. |
$- |
$2,328 |
Prestacción, S.A. de .C.V. (b) |
146,639 |
162,610 |
Grupo Consupago, S.A. de C.V. |
3 |
- |
Banco Fácil, S.A., Institución de Banca Múltiple |
5,650 |
- |
Su Personal Paguitos, S.A. de C.V. |
- |
3,643 |
Total |
$152,292 |
$168,581 |
Cuentas por pagar a: |
|
|
Resurgent Capital Services, L.P. |
$2,925 |
$2,977 |
Servicios y Asesoría, S.A. de C.V. |
170 |
- |
Consupresta, S.A. de C.V. |
- |
206 |
Total |
$3,095 |
$3,183 |
Son los intereses pagados por la cesión de cuentas por cobrar a dependencias mayores a 90 días de atraso.
Corresponde al importe de los anticipos de las cesiones de cartera realizadas en el mes de diciembre. Durante el ejercicio, la Compañía realizó con Prestacción, S.A. de .C.V. operaciones de cesiones de cartera por un importe de $143,797.
Cesión de cuentas por cobrar a dependencias
Durante
2010, la Compañía celebró operaciones con Preser
(parte relacionada), referentes a la cesión onerosa con
cobranza delegada de los derechos de cobro a las dependencias
gubernamentales por un monto de $542,818, el valor neto es el
resultado de descontar al valor nominal la tasa de interés
interbancaria
de equilibrio (TIIE) + 7 puntos porcentuales. El
valor del descuento asciende a $5,453.
La cesión de cuentas por
cobrar a dependencias al valor de venta con descuento al 31 de
diciembre
de 2010 fue como sigue:
|
Valor a descuento |
Abril |
$41,922 |
Mayo |
32,509 |
Junio |
33,956 |
Julio |
36,765 |
Agosto |
39,924 |
Septiembre |
87,479 |
Octubre |
87,846 |
Noviembre |
87,959 |
Diciembre |
89,005 |
|
$537,365 |
Posición en moneda extranjera
La posición en moneda extranjera al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es:
|
2010 |
2009 |
Dólares estadounidenses: |
|
|
Activos monetarios |
40,539 |
160,498 |
Posición larga |
40,539 |
160,498 |
Equivalentes en pesos |
$502 |
$2,093 |
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el tipo de cambio dado a conocer por Banxico en relación con el dólar estadounidense era de $12.3817 y $13.0437, respectivamente, por dólar.
Al 25 de marzo 2011, la posición en moneda extranjera (no auditada), es similar a la del cierre del ejercicio.
Capital contable
Al 31 de diciembre de 2010, el capital social está representado por 443,726 acciones ordinarias comunes, divididas en dos series “A” y “B”, nominativas, totalmente suscritas y pagadas con valor nominal de un mil pesos cada una y está integrado como sigue:
|
Número
autorizado |
Importe |
Capital fijo |
|
|
Serie A, sin derecho a retiro |
46,000 |
$46,000 |
Capital variable |
|
|
Serie B, con derecho a retiro |
397,726 |
397,726 |
|
443,726 |
443,726 |
Efecto de actualización reconocido hasta el 31 de diciembre de 2007 |
|
24,754 |
Total |
|
$468,480 |
La
distribución del capital contable, excepto por los importes
actualizados del capital social aportado y de las utilidades
retenidas fiscales, causará el ISR sobre dividendos a cargo de
la Compañía a la tasa vigente.
El impuesto que se
pague por dicha distribución se podrá acreditar contra
el ISR del ejercicio en el que se pague el impuesto sobre dividendos
y en los dos ejercicios inmediatos siguientes, contra el impuesto del
ejercicio y los pagos provisionales de los mismos.
Las utilidades retenidas incluyen la reserva legal. De acuerdo con la Ley General de Sociedades Mercantiles, de las utilidades netas del ejercicio debe separarse un 5% como mínimo para formar la reserva legal, hasta que su importe ascienda al 20% del capital social a valor nominal. La reserva legal puede capitalizarse, pero no debe repartirse a menos que se disuelva la Compañía, y debe ser reconstituida cuando disminuya por cualquier motivo.
Mediante asamblea general ordinaria de accionistas celebrada el 30 de abril de 2009, se decretó el pago de un dividendo en efectivo por un importe de $77,500.
Mediante
asambleas generales extraordinarias de accionistas celebradas el 15
de enero, 30 de marzo,
5 de abril, 3 de junio, 2 de julio, 4 de
agosto y 1 de septiembre de 2010 se decretó el pago de
dividendos en efectivo
por un importe de $30,000, $20,000, $90,000, $10,000, $10,000,
$10,000 y $10,000, respectivamente.
Impuestos a la utilidad
Régimen de Impuesto Sobre la Renta y al Impuesto Empresarial a Tasa Unica- La Compañía está sujeta en 2010 y 2009 al ISR y al IETU.
El ISR se calcula a la tasa del 30% considerando como gravables o deducibles ciertos efectos de la inflación, tales como la depreciación calculada sobre valores en pesos constantes, se acumula o deduce el efecto de la inflación sobre ciertos activos y pasivos monetarios a través del ajuste anual por inflación.
La tasa es 30% para los años de 2010 a 2012 y 28% para 2009, y será 29% para 2013 y 28% para 2014.
El IETU grava las enajenaciones de bienes, las prestaciones de servicios independientes y el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, en los términos definidos en dicha ley, menos ciertas deducciones autorizadas. El impuesto por pagar se calcula restando al impuesto determinado los créditos por las pérdidas reportadas para efectos de dicho impuesto, crédito por inversiones, créditos por salarios y servicios personales subordinados y el impuesto causado en el ejercicio. Como regla general, los ingresos, las deducciones y ciertos créditos fiscales se determinan con base en flujos de efectivo, sin embargo, la Compañía respecto de los servicios por los que paguen y cobren intereses lo determinan a través del margen de intermediación con base en lo devengado. La tasa de IETU establece que el impuesto se causará a partir del año de 2010 a la tasa del 17.50% y del 17% en 2009.
El impuesto a la utilidad causado es el que resulta mayor entre el ISR y el IETU.
Con base en proyecciones financieras, de acuerdo con lo que se menciona en la INIF 8 “Efectos del Impuesto Empresarial a Tasa Unica”, la Compañía identificó que esencialmente pagará ISR, por lo tanto, reconoce únicamente ISR diferido.
Conciliación del resultado contable fiscal- Las principales partidas que afectaron la determinación del resultado fiscal de la Compañía fueron la deducción de las estimaciones preventivas para riesgos crediticios, la depreciación y amortización de activos y gastos diferidos y el ajuste anual por inflación, los cuales tienen tratamiento diferente para efectos contables y fiscales.
El impuesto sobre la renta diferido al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se integra como sigue:
|
2010 |
2009 |
ISR diferido activo: |
|
|
Cartera castigada pendiente de deducir |
$72,690 |
$28,357 |
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
22,239 |
33,949 |
Otras provisiones |
2,161 |
4,668 |
ISR diferido activo |
97,090 |
66,974 |
ISR diferido (pasivo): |
|
|
Comisiones pagadas por anticipado |
(53,636) |
(42,645) |
ISR diferido pasivo |
(53,636) |
(42,645) |
|
|
|
Total activo diferido |
$43,454 |
$24,329 |
La conciliación de la tasa legal del ISR y la tasa efectiva expresadas como un porcentaje de la utilidad antes de impuestos a la utilidad es:
|
2010 |
2009 |
Tasa legal |
30% |
28% |
(Menos) efecto de diferencias permanentes |
(4%) |
(4%) |
Más efectos de la inflación |
3% |
2% |
Tasa efectiva |
29% |
26% |
Otros productos
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se componen como sigue:
|
2010 |
2009 |
Quebrantos cuentas incobrables dependencias 2009 |
$12,060 |
$ - |
Pagos no reclamados |
15,112 |
11,196 |
Ingresos por recuperación de cuentas |
113,720 |
49,500 |
Comisiones por GDF-BNP |
23,998 |
- |
Ingresos por refacturación de gastos |
14,112 |
773 |
Utilidad cambiaria |
919 |
870 |
Venta de activo fijo |
413 |
2,812 |
Otros ingresos |
6,827 |
1,565 |
Total otros productos |
$187,161 |
$66,716 |
Otros gastos
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se componen como sigue:
|
2010 |
2009 |
Quebrantos cuentas incobrables dependencias 2009 |
$- |
$12,060 |
Quebranto de cuentas incobrables dependencias |
84,383 |
- |
Comisiones por cobranza comisiones GDF-BNP |
23,998 |
- |
Costo financiero venta de cartera |
5,453 |
- |
Intereses a cargo venta de cartera Preser |
4,801 |
- |
Costo de activo fijo vendido/siniestrado |
1,478 |
3,533 |
Otros gastos |
2,808 |
25,153 |
Total otros gastos |
$122,921 |
$40,746 |
Información por segmentos
Los principales datos por segmento de negocio al 31 de diciembre de 2010 y 2009, son los siguientes:
2010 |
Créditos al consumo |
Tesorería |
Otros |
Total |
Margen financiero |
$1,243,443 |
$10,890 |
$ - |
$1,254,333 |
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
(118,909) |
- |
- |
(118,909) |
Margen financiero ajustado por riesgos crediticios |
1,124,534 |
10,890 |
- |
1,135,424 |
Comisiones y tarifas pagadas |
(246,482) |
(7,795) |
- |
(254,277) |
Ingresos (egresos) totales de la operación |
878,052 |
3,095 |
- |
881,147 |
Gastos de administración y promoción |
(245,847) |
- |
- |
(245,847) |
Resultado de la operación |
632,205 |
3,095 |
- |
635,300 |
Otros productos y gastos, neto |
6,902 |
- |
57,338 |
64,240 |
Resultado antes de impuestos a la utilidad |
639,107 |
3,095 |
57,338 |
699,540 |
Impuestos a la utilidad |
(202,631) |
- |
- |
(202,631) |
Resultado neto |
$436,475 |
$3,095 |
$57,339 |
$496,909 |
2009 |
Créditos al consumo |
Tesorería |
Otros |
Total |
Margen financiero |
$1,204,228 |
$(7,264) |
$ - |
$1,196,964 |
Estimación preventiva para riesgos crediticios |
(56,437) |
- |
- |
(56,437) |
Margen financiero ajustado por riesgos crediticios |
1,147,791 |
(7,264) |
- |
1,140,527 |
Comisiones y tarifas pagadas |
(299,958) |
(9,861) |
- |
(309,819) |
Ingresos (egresos) totales de la operación |
847,833 |
(17,125) |
- |
830,708 |
Gastos de administración y promoción |
(227,875) |
- |
- |
(227,875) |
Resultado de la operación |
619,958 |
(17,125) |
- |
602,833 |
Otros productos y gastos, neto |
37,479 |
- |
(11,509) |
25,970 |
Resultado antes de impuestos a la utilidad |
657,437 |
(17,125) |
(11,509) |
628,803 |
Impuestos a la utilidad |
(161,393) |
- |
- |
(161,393) |
Resultado neto |
$496,044 |
$(17,125) |
$(11,509) |
$467,410 |
Principales conceptos que integran el estado de resultados
Los principales conceptos que integran los resultados de la Compañía por los ejercicios 2010 y 2009, son como sigue:
|
2010 |
2009 |
Ingresos por intereses: |
|
|
Operaciones de crédito de consumo |
$1,394,169 |
$1,364,466 |
Inversiones en valores |
26,063 |
44,390 |
Otros |
11,106 |
10,008 |
Total |
$1,431,338 |
$1,418,864 |
Gastos por intereses: |
|
|
Préstamos bancarios |
$164,328 |
$175,942 |
Préstamos de otros organismos |
12,677 |
45,958 |
Total |
$177,005 |
$221,900 |
Administración de riesgos (no auditada)
En materia de Administración Integral de Riesgos, la Compañía se sujeta a lo establecido en el capítulo IV del título II de la Circular Unica de Bancos, como lo señala el artículo 70 de la Circular Unica de Instituciones Financieras Especializadas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2009.
El proceso de la administración integral de riesgos se refiere al conjunto de objetivos, políticas, procedimientos, y acciones que se implementan para identificar, medir, monitorear, limitar, controlar, informar y revelar los distintos tipos de riesgo a que se encuentra expuesta la Compañía.
Los responsables de la Administración Integral de Riesgos y sus funciones son:
El Consejo de Administración, cuya responsabilidad es la de aprobar los objetivos, lineamientos y políticas para la administración integral de riesgos, los límites globales y específicos de exposición a los distintos tipos de riesgo y los mecanismos para la realización de acciones correctivas.
El Director General cuya responsabilidad es la de vigilar que se mantenga la independencia necesaria entre las unidades para la administración integral de riesgos y las de negocios, así como definir una mayor cultura en materia de administración de riesgos.
El Comité de Riesgos cuya función es la de administrar los riesgos a que se encuentra expuesta la Compañía y vigilar que a realización de las operaciones se ajusten a los objetivos, políticas y procedimientos para la administración integral de riesgos.
Auditoría Interna, quien es responsable de llevar a cabo cuando menos una vez al año una revisión de la administración integral de riesgos.
La Compañía está enfocada al otorgamiento de créditos personales para descuento en nómina.
Los criterios, políticas y procedimientos adoptados por la Compañía, en materia de administración integral de riesgos, están sustentados en políticas internas y en la normatividad aplicable.
Riesgos de Crédito
Definido como la pérdida potencial por la falta de pago de un acreditado o de una contraparte contractual, en la Compañía este riesgo se encuentra limitado de acuerdo a lo establecido en el Manual de Administración de Riesgos, autorizado por el Comité de Riesgos y el Consejo de Administración de la Compañía. En dicho documento tiene establecido:
La definición del mercado objetivo;
El proceso de otorgamiento del crédito;
El mecanismo de cobranza de la Compañía;
La definición de los sujetos de crédito;
La fuente de pago;
La Compañía realiza un análisis periódico de la evolución de la Cartera Crediticia, por medio de la medición de indicadores de atraso, quebranto, concentración, pérdidas, etc. para cada uno de los diferentes portafolios que componen la cartera, éste es analizado y autorizado mensualmente por el Comité de Riesgos de la Compañía, órgano de gobierno encargado de vigilar la evolución de riesgos.
De manera particular, tanto la construcción de indicadores, como la revisión de la Cartera crediticia así como toda la información que se presenta ante el Comité de Riesgos, es preparada por la Unidad para la Administración Integral de Riesgos, área independiente de las Unidades de Negocio y Administrativas, quien también posee facultades de intervención y ejecución inmediata en aquellos casos que durante sus procesos periódicos y/o especiales de revisión, detecte condiciones que contravengan los objetivos, lineamientos, políticas y límites de exposición y tolerancia, previamente autorizados por el Consejo de Administración.
Determinación de políticas y lineamientos, vigilancia de la correcta aplicación de procedimientos, segregación de funciones en el proceso de la actividad crediticia, una estricta vigilancia del cumplimiento de los Límites de Exposición al Riesgo de Crédito y la periódica medición y vigilancia de la evolución de los indicadores clave de la Compañía presentados ante un órgano de Gobierno Corporativo, con amplias facultades para toma de decisiones son en su conjunto el proceso por medio del cual la Compañía efectúa la Administración Integral de Riesgos, en apego a los criterios y condiciones determinados por las autoridades financieras en la Circular Unica de Bancos.
Para
los próximos doce meses, la Compañía ha
determinado su pérdida esperada en un rango de entre
el 3%
y 4%.
Riesgos de Liquidez
Definido como la pérdida potencial por la imposibilidad o dificultad de renovar pasivos o de contratar otros en condiciones normales para la Compañía, por la venta anticipada o forzosa de activos a descuentos inusuales para hacer frente a sus obligaciones, o bien, por el hecho de que una posición no pueda ser oportunamente enajenada, adquirida o cubierta mediante el establecimiento de una posición contraria equivalente.
La
Compañía ha mitigado este riesgo con la estructuración
de su deuda, ya que sus principales pasivos están contratados
a largo plazo y los de corto plazo financian principalmente capital
de trabajo, el riesgo de no poder renovarlos está disminuido
con la capacidad de endeudamiento con la que aún se cuenta en
pasivos
de largo plazo.
Dentro de las fuentes de fondeo actuales de la Compañía se encuentran, una línea bancaria de corto plazo con IXE Banco por $100 millones de pesos con garantía de Cartera de Créditos al consumo, misma que tiene una vigencia hasta el 13 de septiembre de 2011 para financiar capital de trabajo y necesidades eventuales de tesorería. Un programa de Certificados Bursátiles de corto plazo hasta por $1,000 millones de pesos con calificación F2 y A2 por Fitch Ratings y Standard & Poor´s, respectivamente, dicho programa está vigente hasta el 1 de septiembre de 2011 y es quirografario. La compañía cuenta con una línea de crédito con garantía de Cartera de Créditos al Consumo por $500 millones de pesos contratada con Scotiabank. Adicionalmente la compañía cuenta con un programa de Notas de Mediano Plazo (Euro-peso) hasta por un importe de $300 millones de dólares estadounidenses, dichas notas pueden ser emitidas en prácticamente cualquier moneda (USD, GBP, MXN) y son quirografarias.
Riesgos de Mercado
Definido como la perdida potencial por cambios en los factores de riesgo, que inciden sobre la valuación o sobre los resultados esperados de un portafolio de inversión, tales como tasas de interés tipos de cambio, índices de precios, etc.
La Compañía no realiza operaciones en instrumentos financieros que puedan involucrar un riesgo de mercado y solamente ejecuta las inversiones que el Consejo de Administración y sus Comités Auxiliares presenten a su consideración.
Los límites son los siguientes:
Inversión, sólo se realizan inversiones de excedentes de tesorería;
Localización,
sólo se admite la inversión de excedentes en reportos
a un día de títulos o valores de mercado nacionales
contemplados en la Ley del Mercado de Valores con autorización
vigente emitida
por la Comisión, principalmente en valores
gubernamentales, cualquier inversión con posición
propia debe ser autorizada con el Consejo de Administración;
Tasa de Interés, sólo se admiten inversiones de excedentes de tesorería en títulos o valores de renta fija. Cualquier inversión en instrumentos de renta variable deberá ser autorizada por el Consejo de Administración;
Instrumentos denominados en divisas, no se realizan inversión en títulos en instrumentos denominados en moneda extranjera;
Coberturas,
para mitigar el riesgo de tasa de interés en el costo de su
deuda la Compañía cuenta
con coberturas sobre la
TIIE (CAP).
Riesgo Operacional
Definido como la Pérdida Potencial por fallas o deficiencias en los controles internos, por errores en el procesamiento y almacenamiento de las operaciones y en la transmisión de información.
La
Compañía utiliza la estimación de la pérdida,
severidad y probabilidad de ocurrencia de este indicador establecido
en el modelo denominado Método del indicador Básico a
que se refieren las reglas para los requerimientos de capitalización
de las Instituciones de Banca Múltiple y las Sociedades
Nacionales
de Crédito, Instituciones de Banca de
Desarrollo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación
el 23 de noviembre de 2007.
Para efectos de complementar, o ajustar este índice, la Compañía actualmente prepara la Base de Datos de las pérdidas históricas que someterá a la autorización de la Comisión en los términos de la Regla Séptima de las Reglas de Capitalización referidas.
Riesgo Tecnológico
Definido como la pérdida potencial por daños, interrupción, alteración, o fallas derivadas del uso o dependencia en el hardware, software, aplicaciones, redes y cualquier otro canal de distribución de información necesario para la prestación de servicios con los clientes de la Compañía.
La
Compañía ha desarrollado una serie de procesos y
procedimientos para mitigar los efectos adversos
de la suspensión
temporal de parte o de todos estos sistemas.
Para la operación diaria dispone de diversos sistemas que le aseguran la correcta y oportuna transmisión de los datos, así como el respaldo de los mismos.
Al menos una vez al año se realiza una auditoría de sistemas por un despacho independiente;
Se cuenta con mecanismos de protección, respaldo y resguardo de información generada en sus diferentes plataformas mediante un proceso documentado y recurrente;
Se
cuenta con una plataforma de sistemas que cuentan con mecanismos de
protección de accesos
no autorizados;
Se cuenta con un Plan de Continuidad de Negocio y recuperación de Desastres que contemplan contingencias que requieren acceso remoto para personal clave de la Compañía;
Cuenta con un sistema de información que le permite obtener diferentes indicadores y reportes de las transacciones para monitorear las actividades del negocio;
Riesgo Legal
Definido como la pérdida potencial derivada del incumplimiento de las disposiciones legales y administrativas aplicables, emisión de resoluciones desfavorables, aplicación de sanciones con relación a las operaciones que se lleven a cabo.
Todas las actividades de la Compañía se realizan dentro del marco legal.
Cuenta con una Dirección Jurídica integrada por diversos profesionales que se encargan de evaluar y revisar en el marco jurídico las operaciones de la Compañía.
Cuenta con los servicios de una firma de abogados independientes con cobertura nacional para atender diversos requerimientos judiciales y administrativos relacionados con la actividad crediticia de la Compañía.
Cuenta con un Código de Etica que establece las reglas para guiar la actuación de los empleados y colaboradores.
Cuadro comparativo de vencimientos de los principales activos y pasivos
A continuación se muestran los plazos de vencimiento de los principales rubros de activo y pasivo al 31 de diciembre de 2010:
|
Hasta |
De
6 meses |
De
1 año |
Total |
Disponibilidades |
$352,446 |
$- |
$- |
$352,446 |
Inversiones en valores |
752,192 |
18,000 |
11,000 |
781,192 |
Cartera de crédito- |
|
|
|
|
Vigente |
536,355 |
434,497 |
1,122,908 |
2,093,760 |
Cuentas por cobrar |
547,550 |
- |
- |
547,550 |
Total de activos |
$2,188,543 |
$452,497 |
$1,133,908 |
$3,774,948 |
Pasivos bursátiles |
$13,372 |
$- |
$750,000 |
$763,372 |
Préstamos bancarios y de otros organismos |
261,764 |
241,394 |
1,096,531 |
1,599,689 |
Otras cuentas por pagar |
85,047 |
- |
- |
85,047 |
Total de pasivos |
360,183 |
241,394 |
1,846,531 |
2,448,108 |
Activos menos pasivos |
$1,828,360 |
$211,103 |
$(712,623) |
$1,326,840 |
Eventos subsecuentes
Amortización de préstamos bancarios- Al 31 de enero se realizaron las amortizaciones sobre las líneas de crédito de Bank of Montreal y Scotiabank, de la siguiente manera:
Fecha de pago |
Pago de principal recibido |
18 de enero de 2011 |
$25,321 |
10 de enero de 2010 |
$25,072 |
Partes relacionadas- Al 31 de enero de 2011 se celebró un contrato de cesión de cartera con Prestacción, S.A. de C.V. por un importe de $8,523.
Dividendos- El 26 de enero de 2011 mediante asamblea general extraordinaria de accionistas se aprobó distribuir y pagar a los accionistas de la sociedad como dividendos la cantidad de $70,000.
Nuevos pronunciamientos contables
Con
el objetivo de converger la normatividad mexicana con la normatividad
internacional, durante 2010 el Consejo Mexicano para la Investigación
y Desarrollo de Normas de Información Financiera promulgó
las
siguientes NIF, Interpretaciones a las Normas de Información
Financiera (INIF) y mejoras a las NIF, aplicables a entidades con
propósitos lucrativos y que entran en vigor, como sigue:
B-5, Información financiera por segmentos, y
B-9, Información financiera a fechas intermedias
C-5, Pagos anticipados y otros activos
Mejoras a las Normas de Información Financiera 2011.
Algunos de los principales cambios que establecen estas normas, son:
La NIF B-5, Información financiera por segmentos.- Establece el enfoque gerencial para revelar la información financiera por segmentos a diferencia del Boletín B-5 que, aunque manejaba un enfoque gerencial, requería que la información a revelar se clasificará por segmentos económicos, áreas geográficas o por grupos homogéneos de clientes; no requiere que las áreas del negocio estén sujetas a riesgos distintos entre sí para separarlas; permite catalogar como segmento a las áreas en etapa preoperativa; requiere revelar por separado los ingresos por intereses, gastos por intereses y pasivos; y revelar información de la entidad en su conjunto sobre productos, servicios, áreas geográficas y principales clientes y proveedores. Al igual que el Boletín anterior, esta norma sólo es obligatoria para empresas públicas o que estén en proceso de convertirse en públicas.
La NIF B-9, Información financiera a fechas intermedias.- A diferencia del Boletín B-9, requiere la presentación en forma condensada del estado de variaciones en el capital contable y del estado de flujos de efectivo como parte de la información financiera a fechas intermedias y, para efectos comparativos, requiere que la información presentada al cierre de un periodo intermedio se presente con la información al cierre de un periodo intermedio equivalente al del año inmediato anterior y, en el caso del balance general, requiere presentar el del cierre anual inmediato anterior.
La NIF C-5, Pagos anticipados.- Establece como una característica básica de los pagos anticipados el que éstos no le transfieren aún a la Compañía los riesgos y beneficios inherentes a los bienes y servicios que está por adquirir o recibir; por lo tanto, los anticipos para la compra de inventarios o inmuebles, maquinaria y equipo, entre otros, deben presentarse en el rubro de pagos anticipados y no en los rubros de inventarios o inmuebles, maquinaria y equipo, respectivamente; requiere que los pagos anticipados se reconozcan como pérdida por deterioro cuando pierdan su capacidad para generar beneficios económicos futuros y requiere que los pagos anticipados relacionados con la adquisición de bienes se presenten, en el balance general, en atención a la clasificación de la partida de destino, en el circulante o en el no circulante.
Mejoras a las NIF 2011, las principales mejoras que generan cambios contables que deben reconocerse en ejercicios que inicien a partir 1 de enero de 2011, son:
NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores.- Requiere que en el caso de que la entidad haya aplicado un cambio contable o corregido un error, presente un estado de posición financiera al inicio del periodo más antiguo por el que se presente información financiera comparativa con la del periodo actual ajustado con la aplicación retrospectiva. Asimismo, requiere que dentro del estado de variaciones en el capital contable, la entidad muestre por cada rubro del capital contable: a) los saldos iniciales previamente informados; b) los efectos de la aplicación retrospectiva por cada partida afectada en el capital contable, segregando los efectos de los cambios contables y los de correcciones de errores; y c) los saldos iniciales ajustados retrospectivamente.
NIF B-2, Estado de flujos de efectivo.- Se elimina la obligación de presentar el rubro de efectivo excedente para aplicar en actividades de financiamiento o, efectivo a obtener de actividades de financiamiento, dejando dicha presentación a nivel de recomendación.
Boletín C-3, Cuentas por cobrar.- Se incluyen normas para el reconocimiento de ingresos por intereses de las cuentas por cobrar y aclara que no es permitido reconocer ingresos por intereses devengados derivados de cuentas por cobrar consideradas como de difícil recuperación.
NIF C-13, Partes relacionadas.- Precisa la definición de familiar cercano como una parte relacionada para considerar a todas las personas que califican como partes relacionadas o bien, para no incluir a aquéllas que en realidad, a pesar del parentesco, no lo son.
A la fecha de emisión de estos estados financieros, la Compañía está en proceso de determinar los efectos de estas nuevas normas en su información financiera.
(R.- 325507)