Jueves
24 de noviembre de 2011 DIARIO
OFICIAL (Segunda Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
EDWIN FERRY COLORADO LOPEZ
TERCERO PERJUDICADO
PRESENTE.
En los autos del juicio de amparo 773/2011, promovido por Cruz Durán Ramírez, contra actos del Procurador General de Justicia del Distrito Federal y otras autoridades, se ordena emplazar por este medio al tercero perjudicado Edwin Ferry Colorado López, tal y como lo dispone el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo.
Queda
a su disposición en este Juzgado las copias de la demanda que
en derecho corresponde (artículo 317
del
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria a la Ley de Amparo).
Apercibido el tercero perjudicado de mérito que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente a defender sus derechos, en caso de no comparecer o nombrar autorizado para ello en el término referido, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal por medio de lista que se publica en este juzgado.
Para publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la toda la República.
Atentamente
México, D.F., a 31 de octubre de 2011.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Marcos Vargas Solano
Rúbrica. (R.- 336713)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Noveno de lo Mercantil
EDICTO
JUZGADO NOVENO MERCANTIL
PRIMER PARTIDO JUDICIAL
A las 09:30 nueve horas con treinta minutos, del día 09 nueve de diciembre del año 2011 dos mil once, remátese en el local de este Juzgado, dentro del Juicio MERCANTIL EJECUTIVO, expediente 1208/2010 que promueve JUAN CARLOS ESPARZA ALCANTAR en contra de JORGE LUIS RAMIREZ GUTIERREZ y EMMA ACOSTA CHAVEZ, el siguiente bien inmueble:
• La finca marcada con el numero 2185 dos mil ciento ochenta y cinco, de la calle Puerto Peñasco, lote 7 siete, manzana 3 tres, Fraccionamiento Belisario Domínguez, sector Libertad, en Guadalajara, Jalisco. Avaluó $506,000.00 (Quinientos seis mil pesos 00/100 M.N.).
• CITENSE POSTORES.
* Postura Legal: La que cubra las dos terceras partes del avaluó del inmueble.
(PUBLICARSE
POR 03 TRES VECES EN 09 NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE
LA
FEDERACION).
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 8 de noviembre de 2011.
El C. Secretario de Acuerdos
Lic. Jesús Barragán Sánchez
Rúbrica. (R.- 336953)
Estados Unidos Mexicanos
Gobierno del Estado de Jalisco
Poder Judicial del Estado
Supremo Tribunal de Justicia del Estado
Jalisco
Cuarta Sala
EDICTO
CUARTA SALA DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO
Emplácese
Terceros Perjudicados GRUPO COMERCIALIZADOR AS, S.A. DE C.V. y
PROCALMEX
S.A. DE C.V.
presentarse
Tribunal Colegiado Materia Civil Tercer Circuito en turno asiento
esta ciudad capital, porque actora presentó Demanda de Amparo
Directo contra actos Sala término de treinta días
siguiente última publicación MERCANTIL ORDINARIO
expediente 1897/2005 promovido por THE BANK OF NEW YORK y UBS
SECURITIES LLC contra INDUSTRIAS ALICON, S.A. DE C.V., JULIO CESAR
GOMEZ FERNANDEZ, ACEITERA LA JUNTA, S.A. DE C.V. y terceros
perjudicados indicados, índice Juzgado Quinto Mercantil Primer
Partido Judicial Toca 1058/2007 Copias demanda de garantías
queda disposición Secretaria de Sala.
Para publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y un Diario de mayor circulación Nacional, artículo 30 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 18 de octubre de 2011.
La Secretario de Acuerdos
Lic. Socorro Sánchez Solís
Rúbrica.
(R.- 335659)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Séptima Sala Civil
EDICTO
En
el cuaderno de amparo deducido del toca número 2076/2010,
sustanciado ante la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior
de Justicia del Distrito Federal, relativo al juicio EJECUTIVO
MERCANTIL, promovido por GRUPO INMOBILIARIO 151, S.A. DE C.V., en
contra de AG AIRLINES, S.A. DE C.V. Y OTROS SISTEMAS DIGITALES EN
TELEFONIA, S.A. DE C.V. (TERCERISTA) se ordenó emplazar por
medio de EDICTOS a los terceros perjudicados GRUPO INMOBILIARIO 151,
S.A. DE C.V., AG AIRLINES, S.A.
DE C.V., MOSES KENNEDY AGBESHIE y
JOSE LUIS VERA GOCHE, para que comparezca ante esta Sala dentro del
término de TREINTA DIAS contados a partir del día
siguiente de la última publicación de los presentes
edictos que se hará de siete en siete días por tres
veces en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico
“El Sol de México”, haciendo del conocimiento de
la tercera en cita que deberá señalar domicilio dentro
de la jurisdicción de esta Séptima Sala Civil. Quedando
a su disposición en esta Sala copia de
traslado de la
demanda de amparo interpuesta por MARIA ISABEL ORDAZ OROZCO EN SU
CARACTER
DE APODERADA LEGAL DE SISTEMAS DIGITALES EN TELEFONIA,
S.A. DE C.V. TERCERISTA EXCLUYENTE DE DOMINIO, en contra de la
sentencia de fecha uno de marzo del dos mil once.
México, D.F., a 21 de octubre de 2011.
La C. Secretaria de Acuerdos de la Séptima Sala Civil
Lic. Miriam Silva Mata
Rúbrica.
(R.- 335777)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Zacatecas
EDICTO
Por ignorarse el domicilio de los tercero perjudicados Enrique Contreras Hernández y Jesús Martínez Martínez, por auto de trece de julio de dos mil diez, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, el Juez ordenó se emplazara por edictos, haciéndole saber que en este Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Zacatecas, se ventila juicio de amparo 261/2010-II, promovido por J. Guadalupe Teodomiro Gallegos Olvera, contra actos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del estado de Zacatecas y otras autoridades, que hizo consistir en: el embargo decretado en autos de los juicios 438, 439, 440, 441 y 442/I/2004, promovido por Rutilio Muñoz Pérez y otros, contra Gas Loreto, sociedad anónima de capital variable; en el cual se encuentran fijadas las once horas del uno de septiembre de dos mil once, para el verificativo de la audiencia constitucional que en derecho proceda; se les previene para que comparezcan en el término de treinta días, que se contarán a partir del siguiente de la última publicación, apercibidos que de no comparecer a imponerse de los autos, las siguientes notificaciones se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado. Así mismo, se ordena fijar en los estrados de este Tribunal una copia del presente edicto hasta en tanto se tenga por legalmente emplazados a los citados terceros perjudicados.
Zacatecas, Zac., a 16 de agosto de 2011.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Lic. Ma. de los Angeles Huerta Vázquez
Rúbrica.
(R.- 335913)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Guadalajara, Jalisco
EDICTO
Remátese a las NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL TRECE DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE, en el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, juicio mercantil ejecutivo 181/2009, promovido por Productos de Consumo Z, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra María Concepción Lara Rosales y José Bladimiro Lara Gutiérrez, el siguiente bien inmueble: en la finca marcada con el número 916, de la calle Calcuta, Unidad Habitacional Cuahtemoc de esta ciudad, con precio de avalúo de $407,000.00 (cuatrocientos siete mil pesos 00/100 Moneda Nacional). Postura legal: la que cubra las dos terceras partes del precio de avalúo. Convocándose postores y en su caso acreedores.
Guadalajara, Jal., a 8 de noviembre de 2011.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Héctor Eduardo Cadena Guerra
Rúbrica.
(R.- 337142)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco
EDICTO
En el juicio de amparo 1575/2011, promovido por Josefina de la Cruz de la Cruz, contra actos del Tribunal Unitario Agrario de Distrito Dieciséis, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia de amparo, se ordena emplazar por este medio a la tercera perjudicada Felicita García Arias, quien debe presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibida que no hacerlo, por sí, por apoderado o por gestor que pueda recomendarlos, se seguirá el procedimiento en sus etapas, haciéndoseles las subsecuentes notificaciones por lista, que se fije en los estrados de este Juzgado, en términos de lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo. Quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, las copias de la demanda.
Para publicarse por tres veces los días veinticuatro de noviembre, cinco y catorce de diciembre de dos mil once, en uno de los periódicos de mayor circulación.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 21 de octubre de 2011.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia
Administrativa y del Trabajo en el Estado de Jalisco
Lic. Jonathan Omar Santana Miramontes
Rúbrica.
(R.- 337216)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, convoca séptima almoneda remate inmueble ubicado en la fracción segregada del predio rústico Santa María Cuentla ubicado en San Andrés Cholula, Puebla, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de San Andrés Cholula, Puebla, número de partida 408, foja 110, libro 1, tomo 169, propiedad Arturo Calixto Morales y Rosalía Antonia Chantes Formacio, postura legal de $612,329.60, señalándose las 11 horas del 02 de diciembre de 2011 para la audiencia de remate, posturas y pujas hasta el día y hora fijados para la audiencia de remate; publicación 24 de noviembre de 2011, datos secretaría de Juzgado. Juicio Ejecutivo Mercantil 101/2009, promueve Claudia Cuenca Tecpanecatl, endosataria en procuración de José Cuenca Nolasco, contra Arturo Calixto Morales y Rosalía Antonia Chantes Formacio.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 9 de noviembre de 2011.
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla
Hugo Alberto Carmona Olguín
Rúbrica.
(R.- 337253)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO, SAN ANDRES CHOLULA, PUEBLA; a usted, ELISA ROJAS CAMPUZANO, POR SU PROPIO DERECHO Y EN SU CARACTER DE ALBACEA DE LA SUCESION INTESTAMENTARIA A BIENES DE SERGIO MIGUEL ROJAS CAMPUZANO, quien tiene el carácter de parte tercera perjudicada en el juicio de amparo 814/2011 del JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA, se ordenó emplazarla a juicio por esta vía y se hace de su conocimiento que la quejosa SUCESION INTESTAMENTARIA A BIENES DE SILVIA CABALLERO Y ESCANDON DE MACIAS, A TRAVES DE SU ALBACEA PROVISIONAL SILVIA MARGARITA PONCE DE LEON CABALLERO, Y RAUL CABALLERO ESCANDON, POR SU PROPIO DERECHO, interpuso demanda de amparo contra actos del JUEZ QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TABARES, ACAPULCO, GUERRERO y otras autoridades; se le previene para que se presente dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, ya que en caso de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda, y las subsecuentes notificaciones se harán por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado.
San Andrés Cholula, Pue., a 8 de noviembre de 2011.
El C. Actuario Judicial del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Grover Eberth Feria Sánchez
Rúbrica.
(R.- 337278)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Unico Civil de Partido
Secretaría
Yuriria, Gto.
EDICTO
Publicarase tres veces dentro de 9 nueve días, en “Diario Oficial” de la Federación y en la tabla de avisos o puerta del tribunal, anunciando venta en PRIMERA ALMONEDA PUBLICA del bien inmueble embargado en el expediente número M3/2010, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado HUMBERTO MARTINEZ ARREGUIN en cuanto Endosatario en Procuración del Licenciado BEJAMIN RANGEL ALVARADO en contra de SAMUEL SANTOYO ANDRADE como deudor principal y ADELAIDA SANTOYO GONZALEZ Y SAMUEL SANTOYO GARCIA como avales, sobre pago de pesos y en Ejercicio de la Acción Cambiaria Directa, consistente en el bien inmueble la finca urbana ubicada en zona 01 uno, en el poblado Ochomitas, perteneciente a este municipio de Yuriria, Guanajuato, en lote 02 dos, manzana 01 uno, con una superficie de 641 seiscientos cuarenta y un metros cuadrados y consta de las medidas y linderos siguientes; al Norte, 22.90 Mts., con JOSE SANTOYO; al Sur, 26.40 Mts., con CALLE AGUSTIN ITURBIDE; al Oriente, 27.40 Mts., con AGUSTIN SANTOYO y al Poniente, 28.00 Mts., con SOLAR NUMERO CINCO, colindantes actuales TOMAS ANDRADE Y J. GUADALUPE BALCAZAR almoneda que tendrá verificativo en el despacho de este Juzgado a las 10:00 diez horas del día 15 quince de diciembre del año 2011, siendo postura legal aquella que cubra las dos terceras partes de $427,300.00 (cuatrocientos veintisiete mil trescientos pesos 00/100 M.N) valor pericial mediado, convocándose a postores.
Yuriria, Gto., a 25 de octubre de 2011.
La Secretaria
Lic. Alejandra Valdez Ordaz
Rúbrica.
(R.- 336474)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento Tercero Perjudicado
ANA MARIA PEDROZA QUINTANA.
En el juicio de amparo 2108/2011, promovido por CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION e INSTITUTO DE CAPACITACION DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION, ASOCIACION CIVIL, contra actos del Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, Junta Especial Número Nueve de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, su Presidente y Actuario adscrito, consistente en la resolución incidental del recurso de revisión contra actos de ejecución, auto de ejecución de veintitrés de septiembre de dos mil ocho y embargo de veinticinco de agosto de dos mil diez, ordenados en el juicio laboral 168/2002; señalada como tercera perjudicada y desconocerse su domicilio, el diez de noviembre de dos mil once, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
México, D.F., a 16 de noviembre de 2011.
Lic. María Victoria Pichardo Vallejo
Rúbrica.
(R.- 337370)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Quinto de lo Mercantil
EDICTO
En el JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO número 434/2008 promovido por FINANCIERA RURAL, ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO, en contra de DELFINO PEREZ JIMENEZ, se rematara a las 12:00 DOCE HORAS DEL DIA 8 OCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 DOS MIL ONCE, lo siguiente.-
1. LOTE NUMERO 4. MANZANA 19, ZONA 1, UBICADO EN LA CALLE MARIANO ABASOLO NUMERO 143 Y LO EN EL CONSTRUIDO DEL NUCLEO AGRARIO DE NUEVA ITALIA, MUNICIPIO DE MUGICA MICHOACAN. AVALUO TOTAL $475,000.00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).
POSTURA LEGAL: 2/3 PARTES DEL AVALUO
DEBIENDO EXHIBIR EL 10% DE SU POSTURA LEGAL.
CONVOQUENSE LICITADORES.
PUBLICARSE POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO Y EN LOS ESTRADOS DE CIUDAD APATZINGAN, MICHOACAN.
Guadalajara, Jal., a 3 de noviembre de 2011.
La C. Secretario de Acuerdos del Juzgado Quinto de lo Mercantil
Lic. Salomé Micaela César Vizcaíno
Rúbrica. (R.- 337438)
Estado de México
Poder Judicial
Primera Sala Familiar
Tlalnepantla
Secretaría
Primera Sala Familiar Regional de Tlalnepantla, Estado de México
EDICTO
En el Toca número 257/2011, deducido del juicio ordinario civil sobre Divorcio Necesario, promovido por MARK JAMES LEWIS-JONES, en contra de LORENA ALEJANDRA ESCALANTE VAZQUEZ, tramitado ante el Juez Tercero Familiar de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, bajo el número de expediente 593/2009, el señor MARK JAMES LEWIS-JONES a través de su apoderada GLORIA MOTA ANGELES, el quince de abril de dos mil nueve, promovió por conducto de esta Sala y contra actos de la misma, Juicio de Garantías, señalando como acto reclamado: LA SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA VEINTICUATRO DE MARZO DE DOS MIL ONCE, DICTADA EN EL TOCA DE APELACION 257/2011, RADICADA EN LA PRIMERA SALA FAMILIAR REGIONAL DE TLALNEPANTLA, MEXICO. Y SEÑALA COMO TERCERO PERJUDICADO a LORENA ALEJANDRINA ESCALANTE VAZQUEZ. Por lo anterior, el auto de fecha trece de octubre del dos mil once, ordenó el emplazamiento de la tercera perjudicada LORENA ALEJANDRINA ESCALANTE VAZQUEZ, mediante edictos; en consecuencia, con fundamento en el artículo 30 de la Ley de Amparo y 315 del Código de Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria; publíquense los edictos por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, por medio del cual se le hace saber que tiene un término de TREINTA DIAS contados del siguiente al de la última publicación, para que se apersone al juicio de garantías radicado en el Segundo Tribunal Colegiado en materia Civil del Segundo Circuito, con número de amparo 492/2011; en la inteligencia que si trascurrido dicho término no comparece por sí, mandatario o gestor judicial, las ulteriores notificaciones se le harán por medio de rotulón que se fijará en la puerta del Segundo Tribunal Colegiado en materia Civil del Segundo Circuito. Se expide el mismo a los trece días del mes de octubre del dos mil once.
El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Familiar Regional de Tlalnepantla de Baz, México
Lic. Javier de Paz Pérez
Rúbrica.
(R.- 336050)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materias Civil y de Trabajo
en el Estado de Nuevo León
EMPLAZAMIENTO
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO
LETICIA CERDAN SAENZ.
PRESENTE.
EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN AUTO DE FECHA VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE, DICTADO EN EL JUICIO DE AMPARO NUMERO 775/2011/I/N, PROMOVIDO POR ALEJANDRO CARO OSORIO, EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL DE LA DIRECTAMENTE QUEJOSA AUTOBUSES DE LA PIEDAD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO, SE LE MANDA EMPLAZAR PARA QUE SE PRESENTE A ESTE JUZGADO DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS SIGUIENTES A LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO, HACIENDOLE SABER QUE QUEDA A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DEL JUZGADO, COPIA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, ESCRITO ACLARATORIO, DEL AUTO ADMISORIO Y DEL AUTO DE TRECE DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO, EN LA INTELIGENCIA DE QUE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL TENDRA VERIFICATIVO A LAS TRECE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA OCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE, Y QUE EN CASO DE NO COMPARECER ANTE ESTE TRIBUNAL EN EL PLAZO SEÑALADO Y NO PRECISAR DOMICILIO EN ESTA CIUDAD PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, LAS SUBSECUENTES SE LE HARAN POR LISTA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO.
Monterrey, N.L., a 27 de octubre de 2011.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materias Civil y del Trabajo
en el Estado de Nuevo León
Lic. Héctor Angel Sánchez Castillo
Rúbrica.
(R.- 336557)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Cuarto Civil de Partido
Secretaría
Salamanca, Gto.
EDICTO
PUBLICARSE POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, DEL BIEN INMUEBLE EMBARGADO EN EL PRESENTE JUICIO, CONSISTENTE EN: CASA HABITACION UBICADA EN CALLE PRIVADA EL GIRO 101, DEL FRACCIONAMIENTO LOS COLORINES QUE MIDE Y LINDA AL NORTE 12.00 METROS CON CALLE PRIVADA EL GIRO, AL SUR 14.00 METROS CON LOTES 14 Y 15, AL ORIENTE 28.00 METROS CON LOTES 10 Y 16 Y AL PONIENTE A PARTIR DEL LINDERO NORTE HACIA EL SUR 24.00 METROS, HACE UN ANGULO RECTO HACIA EL PONIENTE EN 2.00 METROS CON LOTE 8 HACE UN ANGULO RECTO AL SUR DONDE TERMINA CON UNA LINEA DE 4.00 METROS CON LOTE 14.- BIEN INMUEBLE EMBARGADO EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL EXPEDIENTE 44/2009M, PROMOVIDO POR EL LICENCIADO GERARDO MILANTONI CHAVEZ ENDOSATARIO EN PROCURACION DE CIRO HECTOR ORTIZ VAZQUEZ y OSCAR ORTIZ GALLARDO CONTRA VICTOR ADRIAN PEREZ VALLEJO, SOBRE ACCION CAMBIARIA DIRECTA.- ALMONEDA QUE TENDRA VERIFICATIVO EN EL DESPACHO DE ESTE JUZGADO, EL DIA 29 VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL ONCE A LAS DOCE HORAS, SIENDO POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR MAS ALTO DE LOS TRES PERITAJES QUE OBRAN EN AUTOS, SIENDO ESTE POR LA CANTIDAD DE $1,057.988.20 (UN MILLON CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 20/100 MONEDA NACIONAL), CONVOCANDOSE A POSTORES, ALMONEDA QUE TENDRA VERIFICATIVO EN EL DESPACHO DE ESTE JUZGADO EL DIA 29 VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL ONCE A LAS 12:00 DOCE HORAS.- CONSTE.
Atentamente
Salamanca, Gto., a 31 de octubre de 2011.
Secretario de Acuerdos
Juzgado Cuarto Civil
Lic. Paulo Sierra Vargas
Rúbrica.
(R.- 336615)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Publíquese por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y tabla de avisos del Juzgado anúnciese remate en Primera Almoneda de los siguientes inmuebles:
1.- El inmueble ubicado en calle Privada Peñitas número 108, de la colonia Peñitas de esta ciudad, con una superficie 102 metros cuadrados, que mide y linda de frente y contrafrente por 6 seis metros lineales, por 17 diecisiete metros lineales de fondo, al norte con J. GUADALUPE RAMIREZ, al sur con vendedora al oriente con el comprador y al poniente con TOMAS HERNANDEZ. Siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de $587,900.00 (quinientos ochenta y siete mil novecientos pesos 00/100 moneda nacional).
2.- El inmueble ubicado en calle Privada Peñitas número 108, de la colonia Peñitas de esta ciudad, con una superficie 204 doscientos cuatro metros cuadrados, que mide y linda 6 seis metros lineales de frente y de contra frente por 34 treinta y cuatro metros lineales de fondo, norte y poniente con propiedad del vendedor al sur con la entrada a Peñitas, al oriente con varios propietarios. Siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de $1,132,795.00 (un millón ciento treinta y dos mil setecientos noventa y cinco pesos 00/100 moneda nacional).
Almoneda que tendrá verificativo en el Juzgado Primero de lo Civil a las 13:00 trece horas del 02 de diciembre del año 2011 dos mil once. Juicio Ejecutivo Mercantil número M65/2004 promovido por ANACLETO GUERRERO TAPIA en contra de VICTOR HERNANDEZ GODINEZ
León, Gto., a 26 de octubre de 2011.
La C. Secretaria Juzgado Primero Civil
Lic. Lucía Fonseca Aldana
Rúbrica.
(r.- 336648)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias
Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito
Chihuahua, Chihuahua
EDICTO
A LOS TERCEROS PERJUDICADOS MARCO ANTONIO GONZALEZ
MARQUEZ Y LAURA HAYDEE GONZALEZ MARQUEZ
Como se desconocen sus domicilios, se ordenó emplazarlos por edictos al juicio de amparo directo 834/2010 de este tribunal, promovido por Ricardo Pérez Gallardo Zamora, en contra de la resolución de treinta de junio de dos mil diez, dictada por el Magistrado de la Segunda Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua, con residencia en esta ciudad, en el toca de apelación 96/2010; los cuales se publicarán: el 14 y 24 de noviembre, así como 5 de diciembre todos de 2011; en el Diario Oficial de la Federación, y en cualquiera de los periódicos siguientes: Reforma, Excelsior, El Universal o La Jornada: haciendo de su conocimiento que en la secretaría de acuerdos de este Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito, sito en Avenida Mirador 6500, cuarto piso, ala sur, fraccionamiento Campestre Washington, Chihuahua, Chihuahua, está a su disposición copia de la demanda de garantías; y transcurrido el término de treinta días, contados a partir del siguiente a la última publicación, se les tendrá por emplazados, y las ulteriores notificaciones se les harán por lista, conforme al artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio de la Ley de Amparo.
Chihuahua, Chih., a 21 de octubre de 2011.
Actuaria
del Segundo Tribunal Colegiado en Materias
Civil y de Trabajo del
Decimoséptimo Circuito
Luz María Meléndez Márquez
Rúbrica.
(R.- 336711)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Cuarta Sala Civil
EDICTO
CORPORACION INMOBILIARIA INTERNACIONAL, S.A.
ASOCIACION DE COLONOS DE COLINAS DEL BOSQUE, A.C.
VICTOR RENE MONTOYA HERRERA.
Por auto de fecha veintiocho de octubre del año dos mil once, dictado en el cuaderno de amparo relativo al toca número 592/2010/5, por ignorarse su domicilio, a pesar de la investigación con resultados negativos, se ordenó emplazarlos por medio de edictos para que dentro de los treinta días siguientes a la última publicación de este edicto, se apersonen ante la Secretaría de Acuerdos de la Cuarta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a recibir las copias simples de la demanda de amparo presentada por la parte actora, en contra de la resolución dictada por esta Sala el veintisiete de abril del dos mil once, que obra en el toca señalado y confirma la sentencia definitiva dictada el once de noviembre del dos mil diez, por el Juez Décimo Primero de lo Civil en el Distrito Federal, en el juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por BENHUMEA MAPLES VICTOR MANUEL en contra de CORPORACION INMOBILIARIA INTERNACIONAL, S.A. Y OTROS, hecho lo anterior, deberá comparecer dentro del término de DIEZ DIAS, ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno a defender sus derechos.
NOTA: Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, así como en el periódico El Sol de México.
Atentamente
México, D.F., a 28 de octubre de 2011.
La Secretaria Auxiliar de la Cuarta Sala Civil
Lic. Irma Lorena Cano Dávila
Rúbrica.
(R.- 336798)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado del Segundo Circuito
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.
Juicio de amparo: 1299/2011
Quejosa: CLEMENTINA IBARRA SALAMANCA
Tercero perjudicado: ENEDINA MARTINEZ ESPINOZA Y PANFILO LANDETA PRIETO
Se hace de su conocimiento que CLEMENTINA IBARRA SALAMANCA, promovió amparo directo en contra de la resolución de cinco de octubre de dos mil once, dictada por la PRIMERA SALA CIVIL REGIONAL DE TEXCOCO; ante ello, y en virtud de que de las constancias que integran el presente asunto no se pudo localizar a los terceros perjudicados, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado en forma supletoria, emplácese a juicio a los terceros ENEDINA MARTINEZ ESPINOZA y PANFILO LANDETA PRIETO, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndosele saber a los citados terceros, que deberán presentarse dentro del término de TREINTA, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; quedando apercibidos éstos que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal. colegiado. Doy Fe.
Nezahualcóyotl, Estado de México, veintiséis de octubre de dos mil once.
LIC. EDGAR MARTIN PEÑA LOPEZ
SECRETARIO DE ACUERDOS.
PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito
con residencia en Nezahualcóyotl
Lic. Edgar Martín Peña López
Rúbrica.
(R.- 336800)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO
RICARDO RUIZ PULIDO
Juicio de amparo 870/2011, Quejoso: Roberto Martínez Cortes. Terceros perjudicados: Ricardo Ruiz Pulido y Cutberto Carvajal Juárez. Autoridades responsables: Procurador General de Justicia del Distrito Federal y otra. Acto Reclamado: “resolución de quince de julio de dos mil once por la cual se resuelve el recurso de inconformidad”. En seis de septiembre de año en curso, se admitió a trámite la demanda y se tuvo como terceros perjudicados a los antes mencionados, no lográndose el emplazamiento del primero; el catorce de octubre del año en curso, con fundamento en ley, se ordenó el emplazamiento del citado tercero perjudicado Ricardo Ruiz Pulido por edictos a costa de la parte quejosa, a efecto de que si estima conveniente se apersone en el presente juicio de garantías, haciéndole saber que se encuentran señaladas las nueve horas con treinta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil once, para la celebración de audiencia constitucional; se le requiere para que en un término de tres días contados a partir de su emplazamiento, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se publique en este juzgado.
México, D.F., a 21 de octubre de 2011.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Alejandra Juárez Zepeda
Rúbrica.
(R.- 336572)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Guadalajara, Jal.
EDICTO
TERCEROS PERJUDICADOS:
Fuente de trabajo que se ubicaba en la calle San Juan de Ulúa No. 1803, entre las calles Ignacio Ramírez y Agustín Melgar, en la colonia Niños Héroes, en esta ciudad y Bonifacio Rico González.
Mediante demanda de garantías presentada el día once de enero de dos mil once, María Trinidad Zambrano López, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra acto de la Quinta Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, que hizo consistir como sigue: “A la citada autoridad se le reclama el proyecto de resolución en forma de laudo de fecha veintidós de noviembre del año dos mil diez, elevado a la categoría de laudo definitivo el día primero de diciembre del año 2010.”; a quienes se les emplaza por medio del presente edicto y se les hace saber que deben presentarse ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, con residencia en esta ciudad, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto y señalen domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las que resulten de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fijará en los estrados de este Tribunal Federal. Lo anterior dentro del juicio de amparo directo número 828/2011, del índice de este propio órgano judicial.
Para que se publique tres veces de siete en siete días.
Para su publicación:
- "Diario Oficial de la Federación", México, Distrito Federal.
- Periódico "Excélsior", México, Distrito Federal.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 17 de octubre de 2011.
La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Lic. Leticia González Madrigal
Rúbrica.
(R.- 336812)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUEZA OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERO PERJUDICADO
INMOBILIARIA BARRA AZUL, S.A. DE C.V.
En los autos del juicio de amparo número 797/2011-II, promovido por VPN PLUS II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos del Juez Séptimo de lo Civil del Distrito Federal y Actuario adscrito a dicho juzgado; en el que se señala como tercero perjudicado a INMOBILIARIA BARRA AZUL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, y al desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edicto, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, y se hace de su conocimiento que en la Secretaría de trámite de amparo de este juzgado, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo a efecto de que en un término de treinta días contados a partir de la última publicación de tales edictos, ocurra al juzgado hacer valer su derecho correspondiente.
Atentamente
México, D.F., a 15 de noviembre de 2011.
La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Itzel Adelina Martínez Martínez
Rúbrica.
(R.- 337303)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil
Zamora, Mich.
EDICTO
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL
ZAMORA, MICHOACAN.
Dentro de los autos del juicio Ejecutivo Mercantil número 170/08 promovido por el Apoderado Jurídico de Industrias Agrícolas Unidas, S.A, de C.V. frente a Marcelo Palomino González se señalaron las 14:00 catorce horas del día 18 dieciocho de enero del año 2012 dos mil doce, para que tenga verificativo la audiencia de remate en su PRIMERA ALMONEDA, respecto del siguiente bien inmueble:
Predio
rústico denominado La Puerta o El Limón, ubicada en el
Municipio de Pajacuarán, Michoacán, con las siguientes
medidas y linderos: AL NORTE, 53.30 metros de Poniente a Oriente da
vuelta al Norte en 46.00 metros y termina al Oriente en 149.00 metros
y linda con propiedad de Francisco Alejo Esquivel y otros,
AL SUR,
201.00 metros con Ejido Fray Domínguez, AL ESTE 97.00 metros
de Norte a Sur da vuelta al Oriente en 30.00 metros y termina al Sur
en 798.00 metros, linda con propiedad de Benito del Río y
otros y al OESTE 835.00 metros y linda con propiedad de Salvador
Valencia Méndez y María Valencia con una superficie de
16-88-85 has. Y un valor pericial de $3´038,710.00 (TRES
MILLONES TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS 00/100 M.N.).,
Es base para el remate el valor pericial asignado y postura legal la que cubra las dos terceras partes de los mismos.- CONVOQUENSE POSTORES.
Atentamente
Zamora, Mich., a 8 de noviembre de 2011.
El Secretario de Acuerdos
C. Leonardo López Magaña
Rúbrica.
(R.- 337356)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Tercero Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por
éste publíquense por 3 TRES VECES, dentro de 9 NUEVE
DIAS, en el Periódico Oficial de la Federación y Tabla
Avisos de este Tribunal; ANUNCIESE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA del
bien inmueble embargado en el Juicio EJECUTIVO MERCANTIL número
235/07-M, promovido por el ciudadano Licenciado ENOE GUERRA VAZQUEZ,
Apoderado Legal de la Sociedad Financiera
PATRIMONIO S.A. DE
C.V.
en
contra del ciudadano EUGENIO PIÑON TOCHE; y que a continuación
se describe:
DOMICILIO
DEL BIEN INMUEBLE: Condominio marcado con el número 1114 de la
calle Jalpa
de
Canobas número 115, vivienda 41 del Condominio Habitacional
Cedros del fraccionamiento "Noria de Septiem" de esta
ciudad, con superficie común 63.48M2, superficie construida de
112.06; área de desplante 52.10M2; cuyas medidas y
colindancias son las siguientes:
Al Norte línea que parte de oriente a poniente: 11.50M con vialidad interna de servidumbre (área común) y Pancoupe Curvo de 6.28M, con la misma vialidad interna de servidumbre (área común) al Sur 15.50M con área privativa de vivienda número 40, al oriente 6M con área privativa de vivienda número 42 y al Poniente 2M con vialidad interna de servidumbre (área común) indiviso 2.02 por ciento.
ALMONEDA A VERIFICARSE a las 11:00 once horas del día 5 cinco de Diciembre del año 2011 dos mil nueve.- Será postura legal las dos terceras partes de $735,000.00 (setecientos treinta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), precio de avalúo.- Convóquese a postores y cítese a los acreedores que aparecen en el Certificado de Gravámenes a la misma.
León, Gto., a 8 de noviembre de 2011.
El C. Secretario del Juzgado Tercero de lo Civil
Lic. Fidel Puga Méndez
ALOH
Rúbrica.
(R.- 337412)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Cuadragésimo Cuarto de lo Civil D.F.
EDICTO
En los autos del cuaderno de amparo directo promovido ante este juzgado por, Gloria Mota Angeles, apoderada legal de BANCO NACIONAL DE MEXICO S.A. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX (antes BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANAMEX. ACCIVAL, S.A. DE C.V.), en su carácter de mandataria de SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL S.N.C. INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO, EN SU CARACTER DE FIDUCIARIO DE BANCO DE MEXICO, FIDUCIARIO DEL GOBIERNO FEDERAL EN EL FIDEICOMISO FONDO DE OPERACION Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA (FOVI), contra actos del Juez Cuadragésimo Cuarto de lo Civil en el Distrito Federal, se tuvo como tercera perjudicada a CLARA ORTIZ MATA, y el acto reclamado consiste en la sentencia definitiva de fecha veinte de mayo de dos mil once, derivada de los autos del juicio Especial Hipotecario número 523/2010, seguido por SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO, INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO, EN SU CARACTER DE FIDUCIARIO SUSTITUTO DEL FONDO DE OPERACION Y FINANCAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA (FOVI) EN CONTRA DE CLARA ORTIZ MATA. Y en virtud a que se desconoce un domicilio conocido y cierto de la tercera perjudicada CLARA ORTIZ MATA, se ordeno emplazarla a juicio de amparo citado por edictos, publicados por TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS en el Diario Oficial de la Federación y en Periódico “DIARIO DE MEXICO”, considerado de cobertura amplia y nacional, en atención a los artículos 30 de la ley de amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio a la ley de amparo. Quedan a su disposición, en la Secretaria de este Juzgado, sito, en Doctor Claudio Bernard No. 60, 3er Piso, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, México Distrito Federal, copia de la demanda de garantías, haciéndole saber que cuenta con el termino de TREINTA DIAS, a partir de la ultima publicación de los edictos, para que ocurra ante este juzgado y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores, aun las de carácter personal se le harán por lista que se fije en este juzgado, con fundamento en el articulo 30, fracción II, de la ley de amparo.
Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales a que haya lugar.
Los cuales se deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico “DIARIO DE MEXICO”, POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS.
La C. Secretaria de Acuerdos “A”
Lic. María del Monte Carmelo Barreto Trujano
Rúbrica.
(R.- 336553)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Cuarto Civil de Partido
Secretaría
Salamanca, Gto.
EDICTO
PUBLICARSE
POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION, TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO Y EN LA TABLA DE AVISOS
DEL JUZGADO QUE POR TURNO CORRESPONDA EN LA CIUDAD DE IRAPUATO,
GUANAJUATO, TODA VEZ QUE EL INMUEBLE A REMATAR SE ENCUENTRA UBICADO
EN DICHA CIUDAD, ANUNCIANDO REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, DEL BIEN
INMUEBLE EMBARGADO EN EL PRESENTE JUICIO, CONSISTENTE EN: CASA
HABITACION EN CALLE CERRADA HACIENDA DE PEÑUELAS NUMERO 1573,
CON NUMERO INTERIOR 9, FRACCIONAMIENTO HACIENDA DE ALDAMA ETAPA “A”,
EN LOTE 9 MANZANA 2, CON SUPERFICIE DE AREA PRIVATIVA DE 601.56
METROS CUADRADOS, AREA COMUN INTERNA 144.23 METROS CUADRADOS,
SUPERFICIE COMUN INTERNA DE 745.79 METROS CUADRADOS, INDIVISO INTERNO
0.41 POR CIENTO, AREA COMUN EXTERNA DE 101.54 METROS
CUADRADOS,
INDIVISO EXTERNO 0.03 POR CIENTO AREA PRIVATIVA TOTAL
DE 601.56 METROS CUADRADOS AREA COMUN TOTAL 245.8 METROS CUADRADOS
AREA TOTAL DE 847.36 METROS CUADRADOS INDIVISO TOTAL DE 0.44 POR
CIENTO CUENTA PREDIAL 14H005574001, QUE MIDE Y LINDA: AL NORTE EN UN
TRAMO DE 29.42 METROS LINEALES CL-X-10-MZ-2, AL ORIENTE 1 (UNO) TRAMO
20 METROS LINEALES CL-X-5-MZ-3, AL SUR 1 (UNO) TRAMO 33.25 METROS
LINEALES CL-X-4-MZ-2 Y AL PONIENTE DOS TRAMOS EL PRIMERO EL PRIMERO
LINEA CURVA 15.35 METROS LINEALES CON CERRADA HACIENDA DE PEÑUELAS
EL SEGUNDO LINEA CURVA 5.54 METROS LINEALES
CON CERRADA HACIENDA
DE PEÑUELAS.- BIEN INMUEBLE EMBARGADO EN EL JUICIO EJECUTIVO
MERCANTIL EXPEDIENTE 44/2009M, PROMOVIDO POR EL LICENCIADO GERARDO
MILANTONI CHAVEZ ENDOSATARIO EN PROCURACION DE CIRO HECTOR ORTIZ
VAZQUEZ y OSCAR ORTIZ GALLARDO CONTRA VICTOR ADRIAN PEREZ VALLEJO,
SOBRE LA ACCION CAMBIARIA DIRECTA.- ALMONEDA QUE TENDRA VERIFICATIVO
EN EL DESPACHO DE ESTE JUZGADO, EL DIA 15 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL
ONCE A LAS DOCE HORAS, SIENDO POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA LAS DOS
TERCERAS PARTES DEL VALOR MAS ALTO DE LOS TRES VALORES PERICIALES QUE
OBRAN EN AUTOS, SIENDO ESTE POR LA CANTIDAD DE $3,000.250.00 (TRES
MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)
CONVOCANDOSE A POSTORES.- CONSTE.
Atentamente
Salamanca, Gto., a 10 de octubre de 2011.
Secretario de Acuerdos
Juzgado Cuarto Civil
Lic. Paulo Sierra Vargas
Rúbrica.
(R.- 336620)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil
en el Distrito Federal
EDICTO
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL 357/2008-A, SEGUIDO POR
FEDERACION,
ESTA POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION CONTRA KORINA
BIANCA CUEVAS BELTRAN Y OTRA (1), SE DICTO EL SIGUIENTE AUTO:
“México, Distrito Federal, veintiuno de septiembre de dos mil once.
Vista la certificación de cuenta de la que se desprende que los tres días concedidos a las partes mediante auto de siete de septiembre del presente año, para manifestar lo que a su derecho conviniera respecto del dictamen rendido por Beatriz Martínez Contreras, perito tercero en discordia en materia de valuación, transcurrieron del doce al diecinueve de los cursantes, sin que lo hayan hecho las demandadas; en tal virtud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 288 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se tiene por perdido el derecho que en tiempo pudieron ejercitar, para los efectos a que haya lugar.
Agréguese a los autos el ocurso de la actora, por medio del cual manifiesta su conformidad con el dictamen rendido por Beatriz Martínez Contreras, perito tercero en discordia en materia de valuación.
Ahora bien, visto el estado procesal de autos se fijan las diez horas con veinticinco minutos de ocho de diciembre de dos mil once, para que tenga verificativo la audiencia de remate en primera y pública almoneda, de los derechos que se tienen sobre el inmueble ubicado en Almacenes 74, edificio Chihuahua, entrada F, departamento 122, de la Unidad Habitacional Tlatelolco, delegación Cuauhtémoc, código postal 06900 y/o departamento 122 “F”, edificio Chihuahua, ubicado en calle de Almacenes 74, actualmente Ricardo Flores Magón, de la Unidad Habitacional UH-3, del conjunto denominado “Presidente López Mateos”, en Nonoalco Tlatelolco, delegación Cuauhtémoc, código postal 06900, en esta ciudad; debiendo publicar los edictos en el Diario Oficial de la Federación y en los estrados de este juzgado federal, por dos veces, de cinco en cinco días, ello con fundamento en el artículo 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles, lo que deberá ser a costa de la actora; sirviendo de base para el remate de los derechos que se tiene sobre el referido inmueble que ascienden a $425,000.00 (cuatrocientos veinticinco mil pesos 00/100 moneda nacional) y será postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicho precio de avalúo; por lo que, se convocan postores para la subasta de referencia, en la que los licitadores que deseen tomar parte de ella, deberán consignar previamente a este juzgado una cantidad igual por lo menos al diez por ciento efectivo del valor del bien, es decir $42,500.00 (cuarenta y dos mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional), como lo establece el artículo 574 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Notifíquese por rotulón y personalmente a la actora y al Procurador General de la República.
Lo proveyó y firma el licenciado Felipe V Consuelo Soto, Juez Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, ante la Secretaria que autoriza. Doy fe.”
EDICTOS QUE SE PUBLICARAN DOS VECES DE CINCO EN CINCO DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
La Secretaria del Juzgado Décimo Primero de Distrito
en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Ana Paola Sánchez Villanueva
Rúbrica.
(R.- 336696)
Yucatán
Poder Judicial del Estado
Tribunal Superior de Justicia
Sala Colegiada Civil, Familiar y Mercantil
Actuaría
EDICTO
SALA COLEGIADA CIVIL, FAMILIAR Y MERCANTIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO
C. JOAQUIN ROCHE DIAZ.
DOMICILIO IGNORADO.
ASUNTO: DEMANDA DE AMPARO DIRECTO PROMOVIDA POR INDUSTRIA SALINERA DE YUCATAN”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE A TRAVES DE SU DIRECTOR GENERAL JOSE RAFAEL PALOMENQUE ROCHE ALIAS JOSE PALOMENQUE ROCHE, CONTRA ACTOS DE ESTA SALA COLEGIADA Y DE OTRA AUTORIDAD.
ACTO RECLAMADO: LA RESOLUCION DE FECHA VEINTE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE, DICTADA EN EL TOCA RELATIVO A LOS RECURSOS DE APELACION INTERPUESTOS, EL PRIMERO POR “INDUSTRIA BIOQUIMICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE A TRAVES DE SU REPRESENTANTE LEGAL, IGNACIO VAZQUEZ MARTINEZ Y EL SEGUNDO POR LA PERSONA MORAL DENOMINADA “LANTEX”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE POR CONDUCTO DE SU APODERADO MARCO ANTONIO CORRALES MURILLO EN CONTRA DE LA SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA VEINTIDOS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ, DICTADA POR LA JUEZ PRIMERO MERCANTIL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO EN EL EXPEDIENTE NUMERO 1215/2003 RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL PROMOVIDO POR LA CITADA SOCIEDAD QUEJOSA, EN CONTRA DE JESUS GASPAR PALMA CASTRO, JOAQUIN ROCHE DIAZ, DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y COMERCIO DEL ESTADO, REGISTRADOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y COMERCIO DEL ESTADO, DIRECTOR DEL CATASTRO DEL ESTADO, DIRECTOR DEL CATASTRO DE TIZIMIN, YUCATAN, DIRECTOR DEL CATASTRO DE MERIDA, YUCATAN, ABOGADO CARLOS AYUSO RODRIGUEZ, NOTARIO PUBLICO NUMERO VEINTIUNO DEL ESTADO, LICENCIADO CECILIO GONZALEZ MARQUEZ, NOTARIO PUBLICO NUMERO CIENTO CINCUENTA Y UNO DE LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL Y DE LAS REFERIDAS SOCIEDADES APELANTES.
CONCEPTOS DE VIOLACION: SE RECLAMAN COMO VIOLADOS LOS ARTICULOS CATORCE, DIECISEIS Y DIECISIETE CONSTITUCIONALES.
AUTORIDADES RESPONSABLES: LA SALA COLEGIADA CIVIL, FAMILIAR Y MERCANTIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE YUCATAN Y EL JUEZ PRIMERO MERCANTIL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.
Y por cuanto se asegura que Usted es de domicilio ignorado, procedo a hacerle la notificación, por medio de tres publicaciones de siete en siete días, en el Diario oficial de la Federación y de algún periódico de información diaria de mayor circulación en la República Mexicana y le hago saber que deberá presentarse ante el H. Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, en el expediente número 451/2011, dentro del término de treinta días contados del siguiente al de la última publicación, a defender sus derechos si así le conviniere.
Mérida, Yuc., a 4 de noviembre de 2011.
La Actuaria
Lic. en Derecho Karla Rossana Guerra Alcocer
Rúbrica.
(R.- 336716)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Cuarto de Paz Civil del Distrito Federal
En expediente registrado con el número 1249/2008, relativo al juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por González Piña Fany, en contra de David Mejia González, se han dictado los siguientes autos:
“México, Distrito Federal, veinticinco de febrero del dos mil once”.
“…se ordena sacar a remate en primera almoneda y pública subasta, el bien inmueble ubicado en: “Calle Cuitlahuác, manzana 26, lote 2, Predio la Magueyera, colonia Mixcoatl, Delegacion Iztapalapa en esta ciudad”, unicamente lo que respecta al cincuenta por ciento de los derechos de copropiedad, que tiene el hoy ejecutado sobre el inmueble en comento, y como se advierte del avalúo engrosado al sumario...”, “...por lo tanto, anúnciese la subasta mediante edictos, que se fijen por tres veces dentro de nueve días en el “Diario Oficial de la Federación” y tablero de avisos de este juzgado, en términos del numeral 1411 del Código de Comercio, ...”, “…se convocan postores los que para intervenir en el remate, deberán consignar previamente el diez por ciento del valor del bien inmueble, mediante billete de depósito expedido por el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros S.N.C., con apoyo en los preceptos 481 y 482 del citado código...”, “Notifíquese. Lo resolvió y firma el Juez Quincuagésimo Cuarto de Paz Civil, del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Licenciado Arturo González Cortes, ante el Secretario de Acuerdos, que autoriza y da fe. Doy fe.”
DOS FIRMAS ILEGIBLES.
OTRO AUTO
“México, Distrito Federal, cuatro de noviembre del año dos mil once”.
“...se señalan las nueve horas con treinta minutos del día cinco de diciembre del año actual, para que tenga verificativo la audiencia de remate en primera almoneda y pública subasta, el bien inmueble descrito en auto de fecha veinticinco de febrero del año actual; tomando en cuenta que la actualización del avalúo exhibido por la ejecutante, arroja la cantidad de $816,600.00 (ochocientos dieciséis mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), por ende, es postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $408,300.00 (cuatrocientos ocho mil trescientos pesos 00/100 M.N.)...”, “...Lo resolvió y firma Licenciado Arturo González Cortés, Juez Quincuagésimo Cuarto de Paz Civil, del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ante el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe. Doy fe…”
DOS FIRMAS ILEGIBLES.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES, DENTRO DE NUEVE DIAS.
El Secretario de Acuerdos "A”
Lic. Javier Gil Ramírez
Rúbrica.
(R.- 336796)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Al margen, un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIAL CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
En los autos del juicio ordinario mercantil expediente 344/2011-IV, promovido por URBAN PROTECTION SYSTEMS, LLC, contra MODUVOX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y OTRO, se dictó lo siguiente:
“En trece de junio de dos mil once. … SE ADMITE la demanda en la vía y forma propuesta. En consecuencia con las copias simples del escrito inicial de demanda y de los anexos emplácese a ARMANDO VILLARREAL JIMENEZ, para que dentro del plazo de QUINCE DIAS, contados a partir del día siguiente al en que surta sus efectos la legal notificación de este proveído, conteste la demanda instaurada en su contra . . . ”
“MEXICO, DISTRITO FEDERAL, VEINTISEIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE.
Agréguese el escrito de cuenta signado por la autorizada de la actora; atento su contenido, se provee:
Téngase por hechas sus manifestaciones; ahora bien, considerando que se ignora el domicilio del codemandado ARMANDO VILLAREAL JIMENEZ, y hasta la fecha no ha sido posible emplazarlo a juicio, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1068, fracción IV del Código de Comercio aplicable, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación mercantil, emplácese por medio de edictos a costa de la parte actora, los que se publicarán por tres veces en intervalos de siete días, en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana y en el Diario Oficial de la Federación, debiéndose además fijar en la puerta de este juzgado una copia íntegra de la determinación, por todo el tiempo del emplazamiento, en el que se asentarán las prestaciones reclamadas en el escrito inicial de demanda y el auto admisorio de trece de junio de dos mil once, en su parte esencial; haciéndole saber a la enjuiciada que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación; en tal virtud, requiérase a la actora a fin de que en el plazo de tres días recoja los edictos, apercibida que de no hacerlo se le tendrá por desistida de la instancia.
NOTIFIQUESE Y PERSONALMENTE A LA ACTORA.
Lo proveyó y firma el licenciado Víctor Miguel Bravo Melgoza, Juez Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, ante el Secretario con quien actúa. Doy fe.”
Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Raymundo Esteban Alor García
Rúbrica.
(R.- 337001)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
TERCERA PERJUDICADA: María de los Angeles Trejo Piedras.
En
los autos del juicio de amparo 953/2011-VIII, promovido por Antonia
Hernández Reyes, por propio derecho, contra actos del Juez
Segundo de lo Civil de Cuantía Menor del Distrito Judicial de
Ecatepec de Morelos en el Estado de México y otra autoridad,
por desconocerse el domicilio de la tercera perjudicada María
de los Angeles Trejo Piedras, se ordenó su emplazamiento por
edictos a costa del Consejo de la Judicatura Federal, los que se
publicarán por tres veces, de siete en siete días, en
el Diario Oficial de
la Federación y en un periódico
de mayor circulación nacional, y además se fijará
en la puerta de este Juzgado Federal una copia íntegra del
edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“INSERTO: Se comunica a la tercera perjudicada María de los Angeles Trejo Piedras, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de dieciséis de agosto de dos mil once, este Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por Antonia Hernández Reyes, correspondiéndole el número de juicio de amparo indirecto 953/2011-VIII, promovido contra actos del Juez Segundo de lo Civil de Cuantía Menor del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos en el Estado de México, consistente en:
“IV.- ACTO RECLAMADO: El acuerdo de fecha tres de agosto de dos mil once, dictado en el juicio seguido bajo el rubro María de los Angeles Trejo Piedras vs Antonia Hernández Reyes, Ejecutivo Mercantil 867/2010, Secretaria Primera seguido ante el Juzgado Segundo de lo Civil de Cuantía Menor del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, en el Estado de México…
Indíquese a la tercera perjudicada María de los Angeles Trejo Piedras, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tenga conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a sus intereses conviniere, y a su vez señale un domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de Naucalpan de Juárez, Estado de México.
Apercibida que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se les practicarán por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado Federal, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 7 de noviembre de 2011.
La Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. María del Carmen Casasús Medina
Rúbrica.
(R.- 337269)
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
ZURAZADAI GUTIERREZ DIAZ Y/O ZURISDAY GUTIERREZ DIAZ Y/O ZURISADAI GUTIERREZ DIAZ.
Naucalpan de Juárez, Estado de México, nueve de noviembre de dos mil once.
En los autos del juicio de amparo 486/2011-IX, promovido STEPHANIE TREJO CALZADA, ante este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, contra actos del Juez Penal Oral de Cuantía Menor de Tlalnepantla, Estado de México, por desconocerse el domicilio de la tercera perjudicada ZURAZADAI GUTIERREZ DIAZ Y/O ZURISDAY GUTIERREZ DIAZ Y/O ZURISADAI GUTIERREZ DIAZ, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa de la parte quejosa, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado de Distrito una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“INSERTO: Se comunica a la tercera perjudicada ZURAZADAI GUTIERREZ DIAZ Y/O ZURISDAY GUTIERREZ DIAZ Y/O ZURISADAI GUTIERREZ DIAZ, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de diecinueve de abril de dos mil once, se admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por STEPHANIE TREJO CALZADA, correspondiéndole el número de juicio de amparo 486/2011-IX, promovido contra actos del Juez Penal Oral de Cuantía Menor de Tlalnepantla, Estado de México, por los actos consistentes en:
a) El Auto de Término Constitucional dentro de la Causa Penal 515/2010 con el que se sujetó a proceso a la hoy quejosa STEPHANIE TREJO CALZADA por el delito de lesiones dolosas, ésto sin que existan elementos suficientes para tener por acredita la probable responsabilidad de la referida quejosa.
b) La orden dictada dentro del Auto de Término Constitucional del que me quejo a efecto de que la quejosa STEPHANIE TREJO CALZADA sea identificada administrativamente y se le practiquen estudios de personalidad.
Indíquesele a la tercera perjudicada ZURAZADAI GUTIERREZ DIAZ Y/O ZURISDAY GUTIERREZ DIAZ Y/O ZURISADAI GUTIERREZ DIAZ, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tengan conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a sus intereses conviniere, y señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de uno de los municipios detallados en la “Declaratoria de la Zona Metropolitana del Valle de México”, contenida en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, de veintitrés de enero de dos mil seis, en el cual ejerza jurisdicción este juzgado federal.
Apercibida que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de la materia, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le harán por medio de lista, que se fija en este juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado de Distrito, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Samuel Enrique Madrigal Méndez
Rúbrica.
(R.- 337351)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Cuadragésimo de lo Civil
EDICTO
ACTOR: AUTOFINANCIAMIENTO MEXICO, S.A. DE C.V.
DEMANDADO: ARRENDADORA Y CONSTRUCTORA ELECTRICA DE LEON Y SERGIO OMAR BERUMEN CHAVEZ.
JUICIO: EJECUTIVO MERCANTIL.
EXPEDIENTE: 93/2004 SECRETARIA “A”
El C. Juez Cuadragésimo de lo Civil dictó unos proveídos que en lo conducente dice:
México Distrito Federal a veinticinco de octubre del dos mil once.
A
sus autos el escrito de cuenta del apoderado de la actora y anexos
que se acompañan, se tienen por hechas las manifestaciones a
que se refiere éste y como se pide para que tenga lugar el
remate en primera Almoneda se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA
SEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO por así permitirlo
la agenda de audiencias de este juzgado, debiéndose preparar
el mismo como se encuentra ordenado en auto de fecha once de mayo
último, asimismo se deja sin efectos el día y hora
indicado en auto de seis de octubre último, para los efectos
legales a que haya lugar. Notifíquese. Así lo proveyó
y firma el
C. Juez Licenciado YAOPOL PEREZ AMAYA JIMENEZ ante la
C. Secretaria de Acuerdos que autoriza
y da fe. Doy Fe.
México Distrito Federal a seis de octubre del dos mil once.
A sus autos el escrito de cuenta del apoderado de la actora, se tienen por hechas las manifestaciones a que se refiere éste y como se pide para que tenga lugar el remate en Primera Almoneda se señalan las… por así permitirlo la agenda de audiencias de este juzgado, debiéndose preparar el mismo como se encuentra ordenado en auto de fecha once de mayo del año en curso, debiéndose sacar a remete en la cantidad de $389.000.00 ( TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 en Moneda Nacional) precio fijado por perito, siendo postura legal la suma total de la cantidad antes mencionada, asimismo se deja sin efectos el día y hora señalados a que se refiere el auto de fecha treinta y uno de agosto último, para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese. Así lo proveyó y firma el C. Juez por Ministerio de Ley Licenciado GILIBERTO AGUIÑIGA CAMPOS ante la C. Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe. Doy Fe.
México Distrito Federal a once de mayo del dos mil once.
A sus autos el escrito de cuenta del endosatario en procuración de la actora, se tienen por hechas las manifestaciones a que se refiere éste y dado en contenido de diversa resolución emitida por la Séptima Sala Civil de este tribunal en el Toca 2379/2010 la cual adquirió firmeza, como se pide y para el efecto de regularizar el procedimiento, se ordena sacar a remate el bien inmueble embargado a la demandada ubicado en Andador de Corralejo Número 103 Interior 403 Fraccionamiento Conjunto Habitacional “Haciendas el Rosario”, Municipio de León de los Almada, Estado de Guanajuato México, con una superficie de 74.00 metros cuadrados. Se ordena convocar postores mediante edictos que se publicaran por tres veces de dentro de los Nueve Días, debiendo mediar entre la última publicación y la fecha de la audiencia Cinco Días Hábiles en términos de lo dispuesto en el artículo 1411 del Código de Comercio, en relación con los numerales 469 y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles los cuales se publicaran en los lugares públicos de costumbre así como en el Diario Oficial de la Federación. Para que tenga lugar el remate en primera almoneda se señalan las …, por así permitirlo la agenda de audiencias de este juzgado. Y toda vez que el inmueble se encuentra fuera de esta jurisdicción, como se pide se ordena librar exhorto al C. Juez de Distrito en Materia Civil con residencia en el Municipio de León, Estado de Guanajuato a fin de que con los insertos necesarios que se le acompañaran al mismo se sirva publicar los edictos en los lugares públicos de costumbre y en la tabla de aviso de ese Tribunal a fin de convocar postores interesados en intervenir en el presente remate. Sirviendo de base para el remate la cantidad de …, precio fijado por peritos, sirviendo de base para el remate la cantidad toral de dicha suma, para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese. Así lo proveyó y firma el C. Juez Licenciado YAOPOL PEREZ AMAYA JIMENEZ ante la C. Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe. Doy Fe.
La C. Secretaria de Acuerdos “A”
Lic. María del Rosario Rosillo Reséndiz
Rúbrica.
(r.- 337231)
AVISOS GENERALES
|
BURNS PHILP MEXICO, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION
AL 31 DE OCTUBRE DE 2011
ACTIVO |
|
Total del Activo |
0 |
PASIVO |
|
Pasivos |
0 |
CAPITAL CONTABLE |
|
Capital social |
50,000.00 |
Reserva Legal |
2,372.93 |
Resultado de ejercicios anteriores |
- 809,555.92 |
Resultado del ejercicio |
757,182.99 |
Total de Pasivo y Capital |
0 |
8 de noviembre de 2011.
Liquidador
María Patricia Islas Flores
Rúbrica.
(R.- 337206)
Pemex Exploración y Producción
Subdirección de Mantenimiento y Logística
EDICTO
COMUNICACION DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO NUMERO 428239814 CELEBRADO CON LA EMPRESA “CONSTRUCCIONES INTEGRALES DEL CARMEN, S.A. DE C.V.”
Con fecha 18 de agosto de 2011, el Consejo de Administración de Pemex Exploración y Producción, en Sesión Ordinaria No. 141, aprobó la modificación a la estructura básica del citado organismo con efectos a partir del 19 de septiembre de 2011, acordando que la Subdirección de la Coordinación de Servicios Marinos, cambiara de denominación a Gerencia Mantenimiento y Logística de Pemex Exploración y Producción. Asimismo con la modificación estructural la Gerencia de Administración y Finanzas de Servicios Marinos cambió de denominación a Gerencia de Suministros y Servicios Administrativos de Mantenimiento y Logística, adscrita a la Subdirección de Administración y Finanzas de dicho organismo.
Por ignorarse el domicilio de la empresa “CONSTRUCCIONES INTEGRALES DEL CARMEN, S.A. DE C.V.”, Pemex Exploración y Producción, con fundamento en los artículos 35 fracción III y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria en términos del artículo 13 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y punto 1 de la cláusula vigésima novena del contrato número 428239814, se comunica lo siguiente:
Inicio del Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato de obra pública sobre la base de precios unitarios No. 428239814, cuyo objeto consiste en la “Instalación de cantiliver y cobertizo de protección para un bote de salvamento en Abk-D y cuatro botes de salvamento en Pol-A e interconexión, pruebas, arranque y puesta en operación de quemador boom y servicios auxiliares en la plataforma Enlace Litoral con apoyo de una embarcación”; que Pemex Exploración y Producción tiene celebrado con la empresa “Construcciones Integrales del Carmen, S.A. de C.V.” de conformidad con lo siguiente
PRIMERO.- Con fecha 18 de diciembre de 2009, PEP y la Contratista Construcciones Integrales del Carmen, S.A. de C.V., formalizaron el Convenio Modificatorio No. Uno, integrante del Contrato No. 428239814, mediante el cual las partes contratantes convinieron que la fecha de terminación de los trabajos objeto del referido acto jurídico, sería el día 11 de octubre de 2009, sin embargo, el Contratista incumplió con sus obligaciones contractuales, ya que no concluyó totalmente los trabajos en la fecha estipulada en el Contrato; ello es así, ya que hasta la fecha en que se emite el presente documento, la Contratista continúa sin concluir los trabajos establecidos en las partidas Nos.: II.2, II.4, II.9, II.10 y II.11, del Anexo DT-1 relativo al Programa Calendarizado de Ejecución General de los trabajos (Cantidades de trabajo a realizar por mes), integrante al acto jurídico número 428239814.
SEGUNDO.- Con fecha 22 de junio de 2009, PEP y el Contratista formalizaron el Contrato No. 428239814, conviniendo en su Cláusula Primera, que el Contratista ejecutaría los trabajos contratados conforme a lo pactado en los anexos del contrato, entre ellos, el Anexo BP relativo a Especificaciones Particulares, sin embargo, incumplió con esa obligación contractual, ya que el Contratista no ejecutó los trabajos de las partidas Nos.: II.1, II.3, II.6 y II.8, conforme a lo estipulado en el alcance del citado anexo.
Por lo anterior, al no concluir el Contratista los trabajos contratados en la fecha convenida (11 de octubre de 2009), en el Convenio Modificatorio No. Uno, integrante del acto jurídico No. 428239814, y no haber ejecutado los trabajos conforme a los alcances del Anexo BP, integrante del citado contrato, por consiguiente, su conducta encuadra en la causal de rescisión administrativa marcada con el No. 3), de la Cláusula Vigésima Octava del Contrato No. 428239814, la cual textualmente establece lo siguiente:
VIGESIMA OCTAVA.- RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO
PEP podrá, rescindir administrativamente el presente contrato, en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, en los siguientes casos:
…
…
3).- Si el CONTRATISTA no ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado en el presente contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por el residente de obra o por el supervisor.
Por lo antes expuesto, al haberse ubicado el Contratista Construcciones Integrales del Carmen, S.A. de C.V., en la causal de rescisión marcada con el número 3), contenida en la Cláusula Vigésima Octava del Contrato No. 428239814; Pemex Exploración y Producción, Inicia el Procedimiento de Rescisión Administrativa del citado acto jurídico, por tal motivo, la Contratista Construcciones Integrales del Carmen, S.A. de C.V., tiene el término de (15) quince días hábiles, para que exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes; por su parte, Pemex Exploración y Producción, determinará lo conducente, dentro de los quince días hábiles siguientes al vencimiento del plazo concedido a la Contratista, tal y como lo establece el punto 3 de la Cláusula Vigésima Novena del Contrato No. 428239814; y el artículo 61, fracción III, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas.
El oficio número PEP-SCS-441-2011, de fecha 1 de agosto de 2011 y sus anexos, quedan a su disposición, en el domicilio ubicado en el domicilio ubicado en el Edificio Complementario No. 1, tercer nivel, calle Aviación (Avenida 31), cruzamiento con avenida Periférica Norte y Calle 60, colonia Petrolera, código postal 24180, en Ciudad del Carmen, Campeche, que corresponde a las oficinas de la Subgerencia de Recursos Materiales de la Gerencia de Suministros y Servicios Administrativos de Mantenimiento y Logística de la Subdirección de Administración y Finanzas de Pemex-Exploración y Producción, el cual contiene las consideraciones que motiva el Inicio del Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato No. 428239814; mismo que podrá ser consultado en días hábiles en horario de 8:00 a 15:30 horas, y la contestación que se dé al referido oficio, deberá presentarse en el domicilio ubicado en el Edificio Administrativo Kikab, Calle 60 sin número entre avenida Concordia y avenida Aviación, colonia Petrolera, código postal 24170, en Ciudad del Carmen, Campeche, que corresponde a las oficinas de la Subdirección de Mantenimiento y Logística de Pemex Exploración y Producción, en los días y horarios antes mencionados.
No se omite manifestar, que una vez que surta efectos la notificación del Inicio de Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato No. 428239814, el Contratista, deberá comparecer en el término de tres días hábiles siguientes, en la sala interior de la Terminal de Transportes Aéreos (helipuerto de Pemex), ubicada en la entrada a la Terminal Marítima Dos Bocas, en Ranchería El Limón sin número, código postal 86600, Paraíso, Tabasco, para proceder a la elaboración y formalización del Acta Circunstanciada del estado en que se encuentra la obra, objeto físico del contrato número 428239814; para tal efecto, el Contratista deberá notificar a la supervisión de PEP con 48 horas de anticipación el nombre de la persona que realizará la visita en campo con la finalidad de efectuar los trámites logísticos del transporte aéreo y ésta deberá presentarse con la ropa y equipo de protección completo (casco, botas antiderrapantes al aceite, overol, lentes y protectores auditivos).
Asimismo, en términos de lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se solicita a la Contratista Construcciones Integrales del Carmen, S.A. de C.V., que en el término de 10 días naturales, contados a partir de que se lleve a cabo la notificación del Inicio del Procedimiento de Rescisión Administrativa, haga entrega a PEP, de toda la documentación que le fue proporcionada para ejecutar los trabajos relativos al Contrato No. 428239814.
Atentamente
Ciudad del Carmen, Camp., a 14 de noviembre de 2011.
Pemex Exploración y Producción
Subdirector de Mantenimiento y Logística
Lic. Mario Alberto Avila Lizárraga
Rúbrica.
(R.- 337110)
CALERAS B Y B, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
En términos del artículo vigésimo de los estatutos sociales de CALERAS B Y B, S.A. DE C.V., se convoca a sus accionistas a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse a las 10:00 horas del día 13 de diciembre de 2011, en las oficinas de la sociedad, sita en Pennsylvania número 4, tercer piso, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, en esta Ciudad de México, Distrito Federal, con el siguiente orden del día:
1. Instalación de la asamblea.
2. Ratificación del contenido y acuerdos tomados en asamblea de fecha 10 de junio de 2001, por la que se tomó el acuerdo de aumentar el capital social en su parte variable en la cantidad de $64’765,000.00 pesos.
3. Determinación de la fecha en que los accionistas deberán efectuar la exhibición y pago del capital social no pagado a la fecha, que fue objeto del aumento de capital social acordado en la asamblea de fecha 10 de junio de 2001.
4. Aprobación de la fe de erratas de la asamblea general ordinaria de fecha 3 de septiembre de 2003, respecto del capital social suscrito a esa fecha.
5. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación o modificación de los informes a que se refiere el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, correspondientes a los ejercicios sociales de 2008 a 2010, tomando en cuenta el informe del comisario y acuerdo sobre medidas que se juzguen oportunas.
6. Ratificación o nombramiento de miembros del Consejo de Administración, así como determinación de sus emolumentos.
7. Ratificación o nombramiento de comisarios, así como determinación de sus emolumentos.
8. Aprobación para la enajenación y transmisión de acciones solicitada por el accionista IDALIT, S.A. DE C.V.
9. Discusión y aprobación sobre las posibles acciones legales, incluyendo acción de responsabilidad, a ejercitarse en contra de quienes han sido o son factores y administradores de la sociedad, designando persona que las ejercite.
10. Asuntos generales.
A partir de esta fecha se encuentran a disposición de los accionistas los informes referidos en el quinto punto del orden del día y una copia de los mismos, en las oficinas de la sociedad ubicadas en el domicilio señalado de lunes a viernes, de las nueve a las catorce horas.
México, D.F., a 15 de noviembre de 2011.
Caleras B y B, S.A. de C.V.
Presidente del Consejo de Administración
Ing. Andrés Reynaldo Ramos Cortés
Rúbrica.
(R.- 337304)
TRANSPORTES B Y B, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
En términos del artículo vigésimo de los estatutos sociales de TRANSPORTES B Y B, S.A. DE C.V., se convoca a sus accionistas a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse a las 11:00 horas del día 13 de diciembre de 2011, en las oficinas de la sociedad, sita en Pennsylvania número 4, tercer piso, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, en esta Ciudad de México, Distrito Federal, con el siguiente orden del día:
1. Instalación de la asamblea.
2. Ratificación del contenido y acuerdos tomados en asamblea de fecha 10 de junio de 2001, por la que se tomó el acuerdo de aumentar el capital social en su parte variable en la cantidad de $4’100,000.00 pesos.
3. Determinación de la fecha en que los accionistas deberán efectuar la exhibición y pago del capital social no pagado a la fecha, que fue objeto del aumento de capital social acordado en la asamblea de fecha 10 de junio de 2001.
4. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación o modificación de los informes a que se refiere el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, correspondientes a los ejercicios sociales de 2008 a 2010, tomando en cuenta el informe del comisario y acuerdo sobre medidas que se juzguen oportunas.
5. Ratificación o nombramiento de miembros del Consejo de Administración, así como determinación de sus emolumentos.
6. Ratificación o nombramiento de comisarios, así como determinación de sus emolumentos.
7. Aprobación para la enajenación y transmisión de acciones solicitada por el accionista IDALIT, S.A. DE C.V.
8. Discusión y aprobación sobre las posibles acciones legales, incluyendo acción de responsabilidad, a ejercitarse en contra de quienes han sido o son factores y administradores de la sociedad, designando persona que las ejercite.
9. Asuntos generales.
A partir de esta fecha se encuentran a disposición de los accionistas los informes referidos en el cuarto punto del orden del día y una copia de los mismos, en las oficinas de la sociedad ubicadas en el domicilio señalado de lunes a viernes, de las nueve a las catorce horas.
México, D.F., a 15 de noviembre de 2011.
Transportes B y B, S.A. de C.V.
Presidente del Consejo de Administración
Ing. Andrés Reynaldo Ramos Cortés
Rúbrica.
(R.- 337309)
CORPORACION INDUSTRIAL ALIMENTICIA, S.A. DE C.V.
Con fundamento en lo dispuesto en la cláusula décima quinta de los estatutos sociales de Corporación Industrial Alimenticia, S.A. de C.V. (la “Sociedad”) y en los artículos 183, 186 y demás aplicables de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de la Sociedad a una Asamblea General Ordinaria de Accionistas que tendrá verificativo a las 10:00 horas del día 9 de enero de 2012, en la sala de juntas denominada “FROSH” ubicada en las oficinas de la Sociedad, con domicilio en Avenida de la Industria sin número, colonia "El Trébol", Parque Industrial "El Convento", Tepotzotlán, Estado de México, para tratar y resolver sobre los asuntos contenidos en el siguiente:
I. Informe del Consejo de Administración sobre las operaciones de la Sociedad durante el ejercicio social concluido el 31 de diciembre de 2010 a que se refiere el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Presentación del informe del comisario de la Sociedad a que se refiere la fracción IV del artículo 166 de la Ley General de Sociedades Mercantiles respecto del informe del Consejo de Administración por el ejercicio social concluido el 31 de diciembre de 2010. Resolución respecto a la aprobación, en su caso, de dichos informes.
II. Discusión y, en su caso, aumento de la parte variable del capital social de la Sociedad, y emisión de acciones Serie “B” representativas del capital social variable de la Sociedad.
III. Revisión respecto de resoluciones previamente adoptadas por la Asamblea de Accionistas de la Sociedad.
IV. Asuntos relacionados.
V. Designación de delegados especiales que formalicen las resoluciones adoptadas por la Asamblea.
En
términos y para los efectos de los artículos 173 y 186
de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se pondrá a
disposición de los accionistas de la Sociedad, en las oficinas
de la misma, en días y horas hábiles
15 (quince)
días antes de la celebración de la asamblea que por la
presente se convoca, el informe a que se refiere el artículo
172 del citado ordenamiento, incluyendo el informe que rinde el
comisario de la Sociedad de conformidad con la fracción IV del
artículo 166 de la citada ley.
Conforme
a lo dispuesto por la cláusula décima sexta de los
estatutos sociales de la Sociedad y el artículo 129 de la Ley
General de Sociedades Mercantiles, únicamente podrán
asistir a la Asamblea las personas
que aparezcan inscritas como
accionistas en el libro de Registro de Acciones de la Sociedad, ya
sea que comparezcan personalmente o que se encuentren debidamente
representadas en términos del artículo 192
de la Ley
General de Sociedades Mercantiles.
Tepotzotlán, Edo. de Méx., a 17 de noviembre de 2011.
Comisario
Javier Cajal Bañuelos
Rúbrica.
(R.- 337435)
ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C.
PROYECTOS DE NORMAS MEXICANAS ANCE
Aviso por el que se informa de la emisión de proyectos y modificación parcial del contenido técnico de normas mexicanas, aprobados por el Comité de Normalización de ANCE, CONANCE, para su consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, los interesados presenten sus comentarios, de conformidad con el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y artículos 43 y 44 de su Reglamento.
PROY-NMX-J-178-ANCE-2011, Conductores-Determinación del esfuerzo y alargamiento por tensión a la ruptura de aislamientos, pantallas semiconductoras y cubiertas de conductores eléctricos-método de prueba. Establece el método de prueba para determinar el esfuerzo y alargamiento por tensión a la ruptura de aislamientos, pantallas semiconductoras y cubiertas de conductores eléctricos (cancela a la NMX-J-178-ANCE-2008).
PROY-NMX-J-523/471-ANCE-2011, Vocabulario electrotécnico–Parte 471: Aisladores. Establece los términos y definiciones que se utilizan para aisladores, sus accesorios, y la instalación de los mismos; tanto para líneas aéreas como para subestaciones.
PROY-NMX-J-648/2-1-ANCE-2011, Pruebas ambientales en productos eléctricos-parte 2-1: Pruebas-Prueba a: frío. Establece las pruebas que aplican a especímenes con y sin disipación de calor. En el caso de especímenes sin disipación de calor, aplican las pruebas Ab y Ad. La prueba Ae se realiza para probar equipo que requiere operarse durante la prueba, incluso en el periodo de acondicionamiento.
PROY-NMX-J-648/2-2-ANCE-2011, Pruebas ambientales en productos eléctricos-Parte 2-2: Pruebas-Prueba B: Calor seco. Especifica los métodos de prueba de calor seco aplicables tanto a los especímenes con disipación de calor, como aquéllos que no disipan calor.
PROY-NMX-J-655/1-ANCE-2011, Desempeño y eficiencia en sistemas fotovoltaicos (FV)-Parte 1: mediciones de desempeño para irradiancia, temperatura y energía en módulos fotovoltaicos. Especifica los requisitos para evaluar el desempeño de módulos fotovoltaicos en términos de la característica de potencia nominal (watts), en un cierto intervalo de irradiancias y temperaturas.
PROY-NMX-J-655/2-ANCE-2011, Desempeño y eficiencia en sistemas fotovoltaicos (FV)-Parte 2: Acondicionadores de energía-Procedimiento para la medición de la eficiencia. Establece una guía para medir la eficiencia de los acondicionadores de energía que se utilizan en los sistemas fotovoltaicos aislados y sistemas fotovoltaicos interactivos con la compañía suministradora, donde la salida del acondicionador de energía es una tensión de c.a. estable de frecuencia constante, o una tensión de c.d. estable.
PROY-NMX-J-655/3-ANCE-2011, Desempeño y eficiencia en sistemas fotovoltaicos (FV)-Parte 3: Controladores de carga de baterías para sistemas fotovoltaicos-Desempeño y funcionamiento. Especifica los requisitos mínimos para el funcionamiento y el desempeño de los controladores de carga de batería (CCB), que se utilizan con baterías de plomo ácido en sistemas fotovoltaicos (FV) terrestres.
Los comentarios deben remitirse a la Gerencia de Normalización de la Asociación de Normalización y Certificación, A.C., sita en avenida Lázaro Cárdenas número 869, Fraccionamiento 3, colonia Nueva Industrial Vallejo, código postal 07700, Delegación Gustavo A. Madero, México, D.F., mismo domicilio en el cual podrán ser consultados gratuitamente o adquiridos, teléfono 57 47 45 50, fax 57 47 45 60, correo electrónico: ahernandez@ance.org.mx. Costo de los proyectos: $85 (ochenta y cinco pesos 00/100 M.N.).
México, D.F., a 16 de noviembre de 2011.
Apoderado Legal
Martín Flores Ruíz
Rúbrica.
(R.- 337367)
AEROPUERTO DE SAN JOSE DEL CABO, S.A. DE C.V.
Hago referencia al oficio número 4.1.210.-1029, de fecha 3 de noviembre de 2011, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en virtud del cual se registran las modificaciones en los numerales VIII, IX y X de las Bases de Aplicación Tarifaria, para la prestación del servicio Fixed Base Operator (F.B.O.) en el Aeropuerto de San José del Cabo, S.A. de C.V.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento de la Ley de Aeropuertos, a continuación se publican las modificaciones de las bases de aplicación tarifaria, mismas que están contenidas en el anexo único del oficio de referencia.
Atentamente
Apoderado Legal del Aeropuerto de San José del Cabo, S.A. de C.V.
Lic. Raúl Revuelta Musalem
Rúbrica.
BASES
DE APLICACION TARIFARIA PARA EL COBRO DEL SERVICIO DE F.B.O.
(FIXED
BASE OPERATOR), EN EL AEROPUERTO DE SAN JOSE DEL CABO (SJD)
1. La presente tiene por objeto establecer las bases para la aplicación de las tarifas correspondientes al servicio de FBO para la aviación privada.
2. Para los efectos de estas bases de regulación tarifaria, se entiende por:
I. Aeronave: cualquier vehículo capaz de transitar con autonomía en el espacio aéreo con personas, carga y/o correo.
II. Aeropuerto: el Aeropuerto de San José del Cabo (SJD).
III. Autoridad aeronáutica: la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
IV. Edificio terminal: las zonas de libre acceso; zonas de acceso restringido; áreas de revisión utilizadas por las diferentes autoridades adscritas al aeropuerto, las cuales comprenden las salas de revisión de equipaje y última espera; los sistemas de información de llegadas y salidas de vuelo, y la señalización, ubicadas dentro del edificio terminal del aeropuerto.
V. MTOW: peso máximo de despegue de la aeronave.
VI. Operador aéreo: el propietario o poseedor de una aeronave de estado, de las comprendidas en el artículo 5 fracción II, inciso a) de la Ley de Aviación Civil, así como de una aeronave de transporte aéreo privado no comercial, mexicana o extranjera.
VII. Pasajero: toda persona que aborde una aeronave y cuente con un boleto, billete, cupón o contrato-factura para realizar un vuelo y que sea transportada a un lugar específico consignado en cualquiera de los documentos antes referidos.
VIII. Servicio de pernocta.
IX. Tarifa: la contraprestación que debe pagar el usuario por el servicio de F.B.O.
3. Las tarifas para el servicio de F.B.O. que presta el Aeropuerto de San José del Cabo se regirán por las presentes disposiciones:
I. Las tarifas aplicables para la prestación del servicio de F.B.O., en el Aeropuerto de San José del Cabo son:
Tarifas aplicables por tipo de aeronave |
||||
Concepto |
DC9-15/30, B727,737,707 |
Challenger BAC111, DA900/500m, Jet Star, GULFI/II/III/IV/V, C750 |
LJ60/55/30/20, C500 Serie, DA/10/20, WW, HS-125,SL40/60/65/75/TC MU Merlin BE90/100/200/300 |
Cessna 182/210/340/402/414/421 |
Pernocta nacional ($/servicio) |
3,739.98 |
614.15 |
461.90 |
198.22 |
Pernocta internacional ($/servicio) |
7,479.96 |
2,613.31 |
1,908.99 |
1,220.37 |
Tránsito nacional ($/servicio) |
2,243.99 |
498.71 |
414.39 |
158.58 |
Tránsito internacional ($/servicio) |
4,487.98 |
2,083.72 |
1,699.42 |
808.08 |
Estas tarifas están expresadas en pesos mexicanos.
A las tarifas se les deberá aplicar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de acuerdo con la Ley en esta materia.
II. En aquellos casos en los cuales la aeronave no se encuentre dentro de alguna de las clasificaciones de la tabla de tarifas aplicables, el cálculo de la tarifa se realizará con base en el peso máximo despegue (MTOW) similar a la clasificación de la tabla de tarifas aplicables.
III. La aplicación de la tarifa por el servicio de F.B.O, será por unidad y servicio.
IV. Los servicios que incluye el pago de la Tarifa de F.B.O. son los siguientes:
a. Movimiento de la aeronave.
b. Coordinación de servicios de alimentos gourmet a las aeronaves.
c. Coordinación de renta de autos, de limusina y transportación.
d. Disposición de staff bilingüe.
e. Reservación de hoteles y otros servicios.
f. Planta de arranque.
g. Uso de telefonía por parte de la tripulación.
h. Uso de Internet por parte de la tripulación.
i. Traslado de equipaje de la aeronave al vehículo.
j. Traslado del pasajero edificio-aeronave-edificio.
k. Servicios de aguas negras.
l. Uso de sala de pilotos a tripulación.
m. Comisariato básico (café-hielo).
V. Para efectos del uso de planta de arranque, el servicio se incluye sin costo adicional por los primeros 20 minutos (se cobrarán $600.00 pesos M.N. por cada media hora adicional).
VI. El servicio de uso de telefonía por parte de la tripulación incluye el derecho para la tripulación de efectuar dos llamadas (reporte de llegada y salida), toda llamada adicional será cobrada a $50.00 pesos M.N. por minuto).
VII. Para los efectos de las tarifas del presente documento, se aplicarán las cuotas para vuelos internacionales en aquellos casos en que dicho vuelo proceda de o se dirija a un aeropuerto en el extranjero en su última escala de salida o la primera de llegada. En todos los demás casos, se aplicarán las tarifas de vuelos nacionales.
VIII. El servicio de suministro de combustible (turbosina y gas avión) tendrá un cargo adicional del 14.5% por concepto de administración, e incluye el suministro por personal especializado del FBO.
IX. Adicionalmente, las tarifas por servicios aeroportuarios (servicio de aterrizaje, estacionamiento, permanencia prolongada o pernocta, TUA nacional, TUA internacional, etc.), serán las tarifas registradas ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, vigentes al momento de proporcionar el servicio y en términos de sus reglas de aplicación vigentes, tendrán un cargo adicional del 29.8% por concepto de administración.
X. Las tarifas por aquellos servicios no contemplados en las presentes bases de aplicación tarifaria tales como: migración, TUA nacional, TUA internacional, Derecho de No Inmigrante (DNI), Derecho por Servicios Migratorios (DSM), Derecho de Piso, Otros Servicios Especiales, Extensión DGAC, Internación DGAC, Extensión Torre (SENEAM), comisariato, entre otros, tendrán un cargo adicional del 29.8% por concepto de administración.
XI. El pago de los servicios mencionados en el presente esquema se efectuará, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 de Ley de Aeropuertos, así como de acuerdo con lo establecido en el contrato celebrado entre las partes.
XII. Se podrán autorizar descuentos a las tarifas, siempre que dichos descuentos se apliquen de forma no discriminatoria, y previa aprobación de la Dirección Comercial.
XIII. Será responsabilidad del aeropuerto que el servicio objeto de las presentes bases sea prestado conforme a las normas estándares establecidos por las autoridades correspondientes, así como a las reglas de operación del aeropuerto.
San José del Cabo, B.C.S., a 14 de noviembre de 2011.
Apoderado Legal del Aeropuerto de San José del Cabo, S.A. de C.V.
Lic. Raúl Revuelta Musalem
Rúbrica.
(R.- 337407)
TOMMY HILFIGER DE MEXICO, S.A. DE C.V.
PRIMERA CONVOCATORIA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo noveno de los estatutos sociales de Tommy Hilfiger de México, S.A. de C.V. (la “Sociedad”), por medio de la presente, se requiere a los accionistas de la Sociedad para que asistan a la asamblea general extraordinaria de accionistas que se llevará a cabo el próximo 12 de diciembre de 2011, a las 10:00 horas, en el domicilio ubicado en Cerro de Moctezuma número 13, interior 1, colonia Lomas de Occipaco, en Naucalpan, Estado de México, bajo el siguiente:
ORDEN DEL DIA
PRIMERO. Revocación y, en su caso, nombramiento de nuevo liquidador de la Sociedad.
SEGUNDO. Remoción de los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad.
TERCERO. Revocación y otorgamiento de poderes.
CUARTO. Designación de delegados.
Naucalpan, Edo. de Méx., a 24 de noviembre de 2011.
Liquidador de Tommy Hilfiger de México, S.A. de C.V.
C.P. Rodolfo Mendez García
Rúbrica. (R.- 337359)
TRAMONTINA DE MEXICO, S.A. DE C.V.
AVISO DE REDUCCION DE CAPITAL
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo noveno de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que en asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 25 de octubre de 2011, se resolvió disminuir el capital social en su parte fija de la Sociedad, mediante el reembolso de 150 acciones con un valor total de $150,000.00 M.N. (ciento cincuenta y mil pesos 00/100 Moneda Nacional), con lo que el capital social mínimo quedó en la cantidad de $3,436,000.00 M.N. (tres millones cuatrocientos treinta y seis mil pesos 00/100 Moneda Nacional).
Huixquilucan, Edo. de Méx., a 25 de octubre de 2011.
Administrador General y Presidente de la Asamblea
Euclides Francisco Zan
Rúbrica.
(R.- 335973)
DIGITAL NET INFORMATICA S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2011 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 28 de octubre de 2011. Liquidador Fernando Sánchez Elizalde Rúbrica. (R.- 336084) |
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CERVANTES ADMINISTRACION INTEGRAL S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 7 DE OCTUBRE DE 2011 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 28 de octubre de 2011. Liquidador Fernando Sánchez Elizalde Rúbrica. (R.- 336089) |
HONORATO H. WITINET COMPAÑIA S. EN N.C. BALANCE DE LIQUIDACION AL 5 DE OCTUBRE DE 2011 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 28 de octubre de 2011. Liquidador Fernando Sánchez Elizalde Rúbrica. (R.- 336091) |
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CONSTRUCTORA XELAJU, S.A. DE C.V.
BALANCE
DE LIQUIDACION Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 México, D.F., a 1 de noviembre de 2011. Liquidador Gloria Martínez Balderrabano Rúbrica. (R.- 336265) |