Viernes 27 de abril de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 101




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco

EDICTO

TERCERO PERJUDICADO

REMOLQUES HUSKY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y DANIEL NAVARRO VELASCO

Mediante auto de treinta de noviembre de dos mil once, este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, admitió la demanda de garantías promovida por Silvia María Gutiérrez Vera, contra actos del Actuario adscrito a la Cuarta Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, que quedó registrada con el número 2896/2011; asimismo, se tuvo como terceros perjudicados a “REMOLQUES HUSKY, Sociedad Anónima de Capital Variable y Daniel Navarro Velasco, ordenando emplazarlos a juicio, sin que a la fecha se hayan emplazado a dichos terceros; por tanto, a fin de hacerles saber la radicación del juicio y puedan comparecer a este a defender sus derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente; queda en la Secretaría de este Juzgado, a su disposición, copia simple de la demanda de garantías. Asimismo, se informa que la fecha para celebración de la audiencia constitucional está señalada para las NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL VEINTE DE MARZO DE DOS MIL DOCE.

Atentamente

Zapopan, Jal., a 28 de febrero de 2012.

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito

en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco

Lic. Olympia Camarena Guerrero

Rúbrica.

(R.- 344649)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

Emplazamiento a los terceros perjudicados Rodolfo Meneses Tlacomulco, María Cristina López Bravo, Alan Hernán González Ledesma, Juan Carlos Cigarroa Zarate, Guillermina Victoria Aguilar de Ita, María Trinidad García Mayoral y Sabina Arenas Hernández.

Presente.

En los autos del juicio de amparo número 1778/2010, promovido por Gonzalo Cerón Gutiérrez, contra el Juez Tercero de lo Penal del distrito judicial de Puebla, Puebla y otra; a quien reclama la orden de aprehensión dictada en el proceso 29/10, al ser señalados terceros perjudicados y desconocerse su domicilio, el catorce de febrero de dos mil doce, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en el Periódico “El Sol de Puebla”, con apoyo en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; haciendo de su conocimiento que deberán presentarse ante el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Puebla, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se le harán por lista. Queda a su disposición en este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.

San Andrés Cholula, Pue., a 2 de marzo de 2012.

El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado

Lic. Luis Gabriel Villavicencio Ramírez

Rúbrica.

(R.- 345234)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California Sur

EDICTO


JUICIO DE AMPARO 609/2011, PROMOVIDO POR CLARISSA ESCALANTE VIZCARRA, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL Y FAMILIAR, CON RESIDENCIA EN CABO SAN LUCAS, BAJA CALIFORNIA SUR, CONSISTENTE EN EL ACUERDO DICTADO EL VEINTISES DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ, EMITIDO DENTRO DEL JUICIO NUMERO 502/2009 Y OTROS; SE ORDENO EMPLAZAR A LA TERCERA PERJUDICADA GE MONEY CREDITO HIPOTECARIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, POR EDICTOS, PARA QUE COMPAREZCA EN TREINTA DIAS,
A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA ULTIMA PUBLICACION, SEÑALE DOMICILIO EN ESTA CIUDAD PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, APERCIBIDA DE NO HACERLO, SE HARAN POR LISTA; ARTICULO 30 LEY DE AMPARO Y 315 CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES
DE APLICACION SUPLETORIA.


La Paz, B.C.S., a 16 de marzo de 2012.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California Sur

Lic. Octavio Ramos Rodríguez

Rúbrica.

(R.- 344705)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

con residencia en Zapopan

EDICTO

A: TERCERO PERJUDICADO: VICTORINA HERNANDEZ ESPINOZA.

En el juicio de amparo 04/2012-VII, promovido por JORGE ARTURO ALVAREZ RODRIGUEZ, por su propio derecho, contra actos del JUEZ Y OFICIAL MAYOR NOTIFICADOR AMBOS ADSCRITOS
AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL CON SEDE EN GUADALAJARA, JALISCO, en que hace consistir en el emplazamiento llevado a cabo en los autos del juicio civil ordinario número 1218/2008, el veintiuno de octubre de dos mil diez, así como las consecuencias inherentes al mismo; se ordenó emplazar al tercero perjudicado VICTORINA HERNANDEZ ESPINOZA por edictos para que comparezca, dentro de los treinta días siguientes a la última publicación, si a su interés legal conviene.

Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y el periódico Excélsior.

Zapopan, Jal., a 30 de marzo de 2012.

El Secretario

Lic. Rafael Martínez García

Rúbrica.

(R.- 344992)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en Cuernavaca, Morelos

EDICTO

Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos.

SEGURIDAD ELECTRONICA PROFESIONAL SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE (ALERTEC), en el lugar donde se encuentre:

En los autos del juicio de amparo 1829/2011-I, promovido por ISRAEL LARA ARROYO, contra actos de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Morelos, con sede en esta ciudad, reclamando: “LA OMISION DE DICTAR LAUDO QUE RESUELVA EL FONDO DEL ASUNTO DENTRO DE LOS TERMINOS LEGALES CONTEMPLADOS EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO” juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos, ubicado en Boulevard del lago número 103, edificio “B”, nivel 4, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, código postal 62370, y en el cual se le han señalado con el carácter de tercera perjudicada y al desconocerse su domicilio actual, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la
Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndoles saber que deberá presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, sin necesidad de acuerdo, se le harán por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para LAS NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIA OCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE. Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar.

Atentamente

Cuernavaca, Mor., a 5 de marzo de 2012.

La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos

Lic. Alejandra Ivonne Mejenes Alvarez

Rúbrica.

(R.- 344871)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Pral. 60/2012-V

EDICTO

JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

En los autos del juicio de amparo 60/2012-V, promovido por ALFREDO MAGAÑA HERNANDEZ, por su propio derecho contra actos del Juez y Actuario, adscritos al Juzgado Octogésimo Primero de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; demanda admitida el veintisiete de enero de dos mil doce, y con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, a la Ley de Amparo, mediante proveído de veintisiete de los corrientes, se ordenó emplazar a juicio a la tercera perjudicada MARGARITA HERNANDEZ ACEVES, haciéndole saber que se puede apersonar por conducto de apoderado o representante legal, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al en que surta sus efectos la última publicación que se haga por edictos; con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones se harán por lista, conforme a lo previsto en el párrafo segundo del artículo 30 de la ley de Amparo; dejándose a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, copia simple de la demanda que nos ocupa, anexos que exhibió con la misma y auto admisorio.

México, D.F., a 30 de marzo de 2012.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Blanca Araceli Arce Martínez

Rúbrica.

(R.- 344939)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Jalisco

Supremo Tribunal de Justicia del Estado

Jalisco

Séptima Sala

EDICTO

Emplácese terceros perjudicados SILVIA PATRICIA GARCIA BRISEÑO y LEONEL FONSECA MARTINEZ, por sí y como su liquidador de PROMOTORA ANABER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, 30 días, a partir día siguiente última publicación, comparezcan H. Tribunal Colegiado Materia Civil Tercer Circuito, hacer valer derechos, juicio constitucional, promovido CARMEN AIDA CARDENAS GERARDO, actora; contra H. Séptima Sala S.T.J.E. Acto reclamado, sentencia de fecha 28 de marzo del 2011, toca 193/2011, apelación interpuesta por MARCO ANTONIO CRUZ PAES, Autorizado de la actora CARMEN AIDA CARDENAS GERARDO; expediente 2245/2008, Juzgado Séptimo Mercantil Primer Partido Judicial.

PARA PUBLICARSE TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN LOS ESTRADOS DE LA H. SEPTIMA SALA, EN UNO DE LOS PERIODICOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

Guadalajara, Jal., a 2 de abril de 2012.

La Secretario de Acuerdos

Lic. Diana Arredondo Rodríguez

Rúbrica.

(R.- 344954)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco

Pral. 372/2012

EDICTO

En el juicio de amparo 372/2012, promovido por GASOLINERA LAS AMERICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos de la autoridad: Sexta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco y otras, con fundamento en el artículo 30 fracción II Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, se ordena emplazar por edictos a Gasojal, Sociedad Anónima de Capital Variable, publicándose por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y periódico “EXCELSIOR”, al ser uno de los de mayor circulación de la República; queda a su disposición en este Juzgado, copia simple de la demanda de amparo; dígasele que cuenta con un plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación; para que ocurra
a este Organo Jurisdiccional a hacer valer derechos y se señalaron las once horas con cincuenta minutos del diecinueve de abril de dos mil doce, para que tenga verificativo audiencia constitucional.

Zapopan, Jal., a 9 de abril de 2012.

La Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco

Lic. Diana Ulloa Hernández

Rúbrica.

(R.- 345386)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Primera Sala Civil

Edicto


CITE AVIATION, LLC

Por medio del presente se hace del conocimiento del tercero perjudicado CITE AVIACION, LLC la demanda de garantías interpuesta por ZURICH COMPAÑIA DE SEGUROS, S.A. en contra de la sentencia dictada por esta Sala el veintiséis de septiembre de dos mil once, en el toca 805/2011/01 en los autos del juicio ORDINARIO MERCANTIL seguido por ZURICH COMPAÑIA DE SEGUROS, S.A. en contra de CITE AVIATION, LLC a efecto de que acuda en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno, para que manifieste lo que a su derecho convenga. Quedando a disposición en la Secretaria de esta Sala las Copias de traslado respectivas.

Para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación.


México, D.F., a 9 de abril de 2012.

El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Civil

Lic. Mario Alfredo Miranda Cueva

Rúbrica.

(R.- 345494)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

BERNARDO JULIO DEL VALLE ALVAREZ DEL CASTILLO.

EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, SECCION AMPAROS, MESA I, JUICIO DE AMPARO, EXPEDIENTE NUMERO 581/2011, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

En el juicio de amparo 581/2011, promovido por ROBERTO HERNANDEZ GARCIA, APODERADO DE BANCO SANTANDER SERFIN, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, AHORA BANCO SANTANDER (MEXICO), SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER Y MARCO ANTONIO AMBRIZ CARREON, POR SU PROPIO DERECHO, contra actos del Juez Sexagésimo Sexto de lo Civil del Distrito Federal y de otras autoridades, y en virtud de ignorar el domicilio del tercero perjudicado Bernardo Julio del Valle Alvarez del Castillo, por auto de veintitrés de marzo de dos mil doce, se ordenó emplazarlo al citado juicio de garantías por medio de edictos, haciendo de su conocimiento que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibido que de no presentarse en dicho término, se le harán las ulteriores notificaciones por medio de lista, aún las de carácter personal. Cabe señalar que en el amparo de mérito se reclaman los autos de veinticuatro y veintiocho, ambos del mes de junio de dos mil once, así como todos los actos tendentes a la ejecución de los mismos; actuaciones dictadas en el juicio ejecutivo mercantil, expediente 856/2008 del índice del Juzgado Sexagésimo Sexto de lo Civil del Distrito Federal.

EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS HABILES.

Atentamente

México, D.F., a 23 de marzo de 2012.

La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Miriam J. Miranda Vargas

Rúbrica.

(R.- 344941)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, con residencia oficial en San Andrés Cholula, Puebla.

En el juicio de amparo 1769/2011 del Juzgado Quinto de Distrito en Puebla, promovido por Carmen Jurado Lara y/o María del Carmen Jurado Lara, contra falta de emplazamiento en el expediente 407/2011, reclamado al Juez Quinto de lo Familiar de Puebla y otra autoridad, se señaló Oscar Lerín Martínez como tercero perjudicado, quien se emplaza por tres edictos a publicarse de siete en siete días, en Diario Oficial Federación y en uno de mayor circulación. Queda a su disposición en actuaría de este juzgado copia simple demanda de amparo, haciéndole saber que deberá presentarse dentro de treinta días contados del siguiente al de última publicación, y se hace saber que se señalaron las nueve horas con diez minutos del dieciocho de mayo de dos mil doce, para la audiencia constitucional dentro del juicio de amparo 1769/2011.

Atentamente

San Andrés Cholula, Pue., a 27 de marzo de 2012.

Secretario

Lic. José Antonio Radbruch Sánchez

Rúbrica.

(r.- 345669)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado

Culiacán, Sinaloa

EDICTO

Oscar Francisco Monarrez Sosa

(Tercero Perjudicado).

Se hace de su conocimiento que ante este Juzgado de Distrito se tramita el juicio de amparo 228/2011-II promovido por Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banco de Desarrollo en su carácter de fiduciario sustituto de Banco de México, en el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda FOVI, representada la acreedora Hipotecaria Crédito y Casa, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Limitado, contra actos de la Sala de Circuito Civil Zona Centro de esta ciudad y otra autoridad, reclamando el sentencia de veinticinco de febrero del año en curso, en el toca civil 380/2010-C, en el cual le resulta carácter de tercero perjudicado a Oscar Francisco Monarrez Sosa, y al desconocerse su domicilio se le requiere para que comparezca a juicio dentro del plazo de treinta días siguientes a partir de la última publicación, apercibido que de no comparecer por si, apoderado o por gestor que pueda representarlo, las subsecuentes notificaciones se verificarán por lista de estrados, incluso las de carácter personal, quedan a su disposición en este juzgado las copias simples de la demanda

Culiacán, Sin., a 24 de mayo de 2011.

El Juez Cuarto de Distrito en el Estado

Lic Francisco Saldaña Arrambide

Rúbrica.

(R.- 345890)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Tribunal Unitario del Vigésimo Octavo Circuito en Tlaxcala, Tlaxcala

EDICTO

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. TRIBUNAL UNITARIO DEL VIGESIMO OCTAVO CIRCUITO, TLAXCALA, TLAXCALA.

EDICTO.- A la tercera perjudicada, AZT INTERNATIONAL, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, o a quien sus derechos represente, en el toca civil 50/2010-III, relacionado con el concurso mercantil 99/2008, del índice del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, por proveído de trece de marzo de dos mil once; con apoyo en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo se ordenó emplazarle al juicio de amparo directo 607/2011, promovido por BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO, por conducto de su apoderado Guillermo Mauricio Alan de Rosenzweig de Rosenzweig, como en efecto se hace, por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, así como en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que en el plazo de treinta días siguientes al de la última publicación de este edicto, se apersone en el referido juicio de garantías, ante el Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, en su carácter de tercera perjudicada, si a sus derechos conviene, en la inteligencia que de no hacerlo, transcurrido el plazo, las ulteriores notificaciones se le harán por lista. Se hace notar que la copia de la demanda y del autos en que se tuvo por presentada, quedan a su disposición en la secretaría de acuerdos de este tribunal. Expido el presente en Tlaxcala, Tlaxcala, a los trece días del mes de marzo del año dos mil doce, en cumplimiento a lo ordenado en el citado auto.

Atentamente

La Secretaria del Tribunal Unitario del Vigésimo Octavo Circuito

Edna Claudia Rueda Avalos

Rúbrica.

(R.- 344626)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa

y de Trabajo en el Estado de Jalisco

EDICTO


TERCERO PERJUDICADO

FUENTE DE TRABAJO UBICADA EN LA CALLE IGNACIO ALDAMA, NUMERO 93, NOVENTA Y TRES, COLONIA EL BRISEÑO EN ZAPOPAN, JALISCO

Mediante auto de nueve de enero de dos mil doce, este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, admitió la demanda de garantías promovida por Manuel González López, contra actos de la Décimo Tercera Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, que quedó registrada con el número 56/2012; asimismo, se tuvo como tercero perjudicado a la fuente de trabajo ubicada en la CALLE IGNACIO ALDAMA, NUMERO 93, NOVENTA Y TRES, COLONIA EL BRISEÑO EN ZAPOPAN, JALISCO, ordenando emplazarla a juicio, sin que a la fecha se haya emplazado a dicho tercero; por tanto, a fin de hacerle saber la radicación del juicio y pueda comparecer a este a defender sus derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente; queda en la Secretaría de este Juzgado, a su disposición, copia simple de la demanda de garantías. Asimismo, se informa que la fecha para celebración de la audiencia constitucional está señalada para las DIEZ HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL SEIS DE MARZO DE DOS MIL DOCE.

PARA QUE SE PUBLIQUE TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS


Atentamente

Zapopan, Jal., a 28 de febrero de 2012.

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa

y de Trabajo en el Estado de Jalisco

Lic. Olympia Camarena Guerrero

Rúbrica.

(R. 344643)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco

EDICTO

TERCEROS PERJUDICADOS

ANGEL DIAZ GOMEZ Y LA FUENTE DE TRABAJO UBICADA EN LA CALLE SALVADOR GARCIA DIEGO NUMERO 480, SECTOR REFORMA.

AMPARO 2846/2011

Mediante auto de veinticuatro de noviembre de dos mil once, este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, admitió la demanda de garantías promovida por Francisco Salgado Pérez, contra actos de la Primera Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, que quedó registrada con el número 2846/2011; asimismo, se tuvo como terceros perjudicados a ANGEL DIAZ GOMEZ Y LA FUENTE DE TRABAJO UBICADA EN LA CALLE SALVADOR GARCIA DIEGO NUMERO 480, SECTOR REFORMA, ordenando emplazarlos a juicio, sin que a la fecha se hayan emplazado a dichos terceros perjudicados; por tanto, a fin de hacerles saber la radicación del juicio y puedan comparecer a
éste a defender sus derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente; queda en la Secretaría de este Juzgado, a su disposición, copia simple de la demanda de garantías. Asimismo, se informa que la fecha para celebración de la audiencia constitucional está señalada para las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL OCHO DE FEBRERO DE DOS MIL DOCE.

Atentamente

Guadalajara, Jal., a 31 de enero de 2012.

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa

y de Trabajo en el Estado de Jalisco

Lic. Olympia Camarena Guerrero

Rúbrica.

(R.- 344978)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

RECUPERFIN COMERCIAL, S. R. L. DE C. V., MARTHA BEATRIZ MADRIGAL RAMIREZ Y RICARDO GUSTAVO CASTRO JUAREZ

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, JUICIO DE AMPARO 849/2011.

En el juicio de amparo 849/2011, promovido por Beatriz Eugenia Guerrero Rosas, contra actos del Juez 40º de lo Civil del D. F. y otra autoridad, en virtud de ignorar el domicilio de los terceros perjudicados Recuperfin Comercial, S. R. L. de C. V., Martha Beatriz Madrigal Ramírez y Ricardo Gustavo Castro Juárez, por auto de 20 de febrero de 2012, se ordenó emplazarlos por medio de edictos; haciendo de su conocimiento que deberán presentarse dentro del plazo de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, por su propio derecho, por apoderado o por persona autorizada en términos de ley que puedan representarlos; de lo contrario, se les harán todas las notificaciones por medio de lista. En el amparo de mérito se reclama la orden de lanzamiento respecto del inmueble ubicado en 2ª Cerrada de Paseo del Pregonero número 230, departamento 502, edificio 1, Col. Colina del Sur, Del. Obregón, en esta ciudad, derivada del juicio especial hipotecario, expediente 275/1999, del índice del Juzgado 40º de lo Civil del D. F., promovido por Recuperfin Comercial, S. R. L. de C. V., contra Martha Beatriz Madrigal Ramírez y Ricardo Gustavo Castro Juárez.

EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS HABILES.

México, D.F., a 1 de marzo de 2012.

La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Yara Patricia Morales Chavarría

Rúbrica.

(R.- 345023)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

EDICTO


Julio Rodríguez Monsalve, Alejandro Ayala y Aranda. Manuel González Chico, Alfredo Juan Carreño León y Sergio Alejandro González Amador y/o Sergio Alejandro Hernández Amador

En el Juicio de Amparo número 1209/2011, Miguel Francisco González Canudas en su carácter de titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Judicatura Federal y Representante Legal de dicho órgano, demandó amparo contra actos del Procurador General de la República y otras autoridades, que hizo consistir en el oficio número SPCAJ/SP/4911/2011, de siete de noviembre de dos mil once, en el cual se autorizó en definitiva el no ejercicio de la acción penal en la averiguación previa A.P.128/UEIDCSPCAJ/2008, así como el acuerdo de veintiséis de agosto de dos mil diez, por medio del cual el agente del Ministerio Público responsable consultó el no ejercicio de la acción penal en la averiguación previa antes citada; señalando como preceptos violados los artículos 14, 16 y 20 Constitucionales; juicio en el que se ha señalado a ustedes como terceros perjudicados y, dado que se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles
de aplicación supletoria a la Ley de la Materia. Por tanto, se encuentra a su disposición en la Actuaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías y se les hace saber que cuentan con un plazo de treinta días, contado a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hacer valer sus derechos; así también, se les informa que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se publica en este órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 30 de la Ley de Amparo.


Atentamente

México, D.F., a 28 de marzo de 2012.

La Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Amparo
en Materia Penal en el Distrito Federal

Mirna Gómez Valverde

Rúbrica.

(R.- 344977)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco

Amparo 1995/2011

EDICTO

Por este medio, en cumplimiento a lo ordenado en auto de veinte de marzo de dos mil doce, dictado
en el cuaderno principal del juicio de amparo número 1995/2011, promovido por ILDEFONSO MARQUEZ ORTEGA, albacea provisional de las sucesiones intestamentarias a bienes de JUSTINO MARQUEZ HERRERA y JULIA ORTEGA UREÑA, contra los actos que reclama del Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio y otras autoridades, se emplaza a juicio a “SOIC DE MEXICO”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, tercero perjudicado en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Lo anterior, de conformidad con el artículo 315 del Código de Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la secretaría de este órgano judicial, copia simple de la demanda de garantías, escrito aclaratorio de ésta y anexos que se acompañan. Se le hace saber que cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al
de la última publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que su interés conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista. Asimismo, se le hace del conocimiento que se encuentran señaladas las NUEVE HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL DIA DIECISEIS DE ABRIL PROXIMO, para la celebración de la audiencia constitucional, por así permitirlo las labores de este Juzgado de Distrito.

Atentamente

Guadalajara, Jal., a 20 de marzo de 2012.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia

Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco

Lic. María del Carmen Cervantes Hernández

Rúbrica.

(R.- 345393)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado de Distrito

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

EMPLAZAMIENTO.

C. BARTOLA CASTELLANOS JULIAN, ROBERTA ZEMPOALTECATL CONDE, FLORICEL GARCIA IGNACIO, MARIA RAQUEL RODRIGUEZ GARCIA, VIRIDIANA LIZETH TECPA HERRERA, ADRIANA MONSERRATH SAN PEDRO PAZ y YESENIA AMAIRANI MENDEZ SORIANO.

TERCEROS PERJUDICADOS.

PRESENTE.

En los autos del juicio de amparo número 1746/2011, promovido por MANUEL ROMAN AGUILAR ALVAREZ, contra actos del Juez de lo Penal de Acatlán de Osorio, Puebla y otras autoridades; que se hace consistir en el auto de formal prisión dictada en el proceso 189/2011 de su índice y su ejecución; y al ser señalados ustedes, como terceros perjudicados y desconocerse su domicilio, con fecha nueve de abril de dos mil doce, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en el Periódico “El Sol de Puebla”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, según su artículo 2°; haciendo de su conocimiento que deberán presentarse ante el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.

Atentamente

San Andrés Cholula, Pue., a 11 de abril de 2012.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado

Lic. Guadalupe Olmedo Lozano

Rúbrica.

(R.- 345419)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil

EDICTO

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, expediente 383/2010, promovido por BANCA MIFEL, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO MIFEL en contra de SANTIAGO CASTILLON FERNANDEZ, EL C JUEZ VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL, dicto un auto en audiencia de fecha que en su parte conducente dice: En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las once horas con treinta minutos del día veintiséis de marzo del año dos mil doce….” EL C. JUEZ DECLARA ABIERTA LA AUDIENCIA…” EL JUEZ ACUERDA: Se tienen por hechas las manifestaciones del apoderado de la parte actora, y como lo solicita, dado que no comparecieron postores a la presente audiencia, se señalan las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TREINTA DE MAYO DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la audiencia de remate en segunda almoneda con rebaja del diez por ciento del precio señalado para esta almoneda, esto es, $1,341,090.20 (UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y UN NOVENTA PESOS 20/100 M.N.), por tal motivo, se ordena convocar postores en los términos ordenados en proveído de dieciséis de enero del año en curso…” OTRO AUTO que en su parte conducente dice: México, Distrito Federal a dieciséis de enero del año dos mil doce…” del inmueble embargado, consistente en la fracción de terreno ubicado en la Ciudad de Monterrey Nuevo León y Finca marcada con el número 2721 de la Avenida Colón Oriente, en Monterrey Nuevo León, precio de avalúo $1,490,100.20 (UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA MIL CIEN PESOS 20/100 M.N.), por tal motivo convóquense postores por medio de edictos, que deberá publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla
de avisos de este juzgado y toda vez que los inmuebles se ubican fuera de esta jurisdicción deberán publicarse los edictos también en la puerta del Juzgado de Distrito en Monterrey, Nuevo León, para lo cual GIRESE ATENTO EXHORTO AL C. JUEZ COMPETENTE EN DICHA ENTIDAD, para que en auxilio de las labores de éste Juzgado, proceda a realizar las publicaciones respectivas ordenadas en éste auto, en el Juzgado de Distrito correspondiente…”

Para su publicación por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de avisos de este juzgado.

La C. Secretaria de Acuerdos “A”

Lic. Elsa Reyes Camacho

Rúbrica. (R.- 345653)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas,

con residencia en Tampico

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES

En el Juicio Ordinario Mercantil 24/2009, promovido por Víctor Humberto Chávez Castillo, en su carácter de apoderado de la persona moral Hipotecaria Nacional, sociedad anónima de capital variable, sociedad financiera de objeto limitado, Grupo Financiero BBVA Bancomer, en contra de Higinio Martín López Hernández y otra. se anuncia remate en primera almoneda el bien inmueble identificado como: finca número 16436, ubicada en el municipio de Madero, Tamaulipas, terreno urbano ubicado en la calle Brigido Villasana, manzana 23, lote 14, colonia Manuel R. Díaz, superficie 200 metros cuadrados, con medidas y colindancias: norte: 20 metros, con lote 12, este: 10 metros, con calle Brigido Villasana, sur: 20 metros, con lote 16, oeste 10 metros con lote 13, cuyo valor asciende a la cantidad de $850,000.00 (ochocientos Cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional), resultando del avalúo, siendo la postura legal las dos terceras partes que es 566,666.66 (quinientos sesenta y seis mil, seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional), audiencia que se verificará en el local que ocupa este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con sede en Tampico, a las doce horas del ocho de mayo de dos mil doce, quedando los autos a disposición de los interesados para que tomen los datos que consideren pertinentes, debiendo hacer posturas y pujas por escrito reuniendo los requisitos del artículo 481 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al Código de Comercio, por disposición de su numeral 1054, las que se presentarán a partir del día siguiente de la publicación del último edicto, venciéndose el termino un minuto antes de las doce horas del ocho de mayo de dos mil doce, previa toma de lista de los postores que se presenten.

Edictos que se publicarán por tres veces dentro de nueve días, en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con los artículos 1411 del Código de Comercio y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la legislación mercantil invocada, por disposición de su numeral 1054.

Atentamente

Tampico, Tamps., a 26 de marzo de 2012.

El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas

Lic. Francisco Javier Pecina Gallegos

Rúbrica.

(r.- 345747)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo

Sección Amparo

EDICTO


En el juicio de amparo 487/2011-3 del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Arturo Serrano Moedano en su carácter de apoderado legal de Recuperación de Comercio Interior, sociedad de responsabilidad limitada de capital variable, contra actos del Juez Tercero Civil del Distrito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo; se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento de los terceros perjudicados Gabriela, Javier y José Raúl de apellidos Martínez Velázquez, a quienes se hace de su conocimiento que en este Juzgado se encuentra radicado el juicio de garantías mencionado, en el que se señalaron como acto reclamado: “(...) la inconstitucionalidad de la Sentencia interlocutoria de fecha 01 de Marzo de 2011, la cual fue notificada el día 10 de Marzo de 2011, dentro del Juicio Especial Hipotecario número 363/2007, radicado en el Juzgado Tercero Civil de Pachuca, Hidalgo (...)“. Por ello se hace del conocimiento de Gabriela, Javier y José Raúl de apellidos Martínez Velázquez, que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señalen domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.


Pachuca de Soto, Hgo., a 9 de abril de 2012.

El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo

Lic. Juan Manuel Gómez Soriano

Rúbrica.

(R.- 345797)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en Uruapan, Michoacán

Pral. 291/2011-II

EDICTO

DOROTEO VERDUZCO SANDOVAL Y J. TRINIDAD ZUÑIGA GUTIERREZ.

EN EL JUICIO DE AMPARO 397/2011, DEL INDICE DEL JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MICHOACAN, CON RESIDENCIA EN URUAPAN, PROMOVIDO POR RAFAEL OCHOA VARGAS, CONTRA ACTOS DEL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL, DE LOS REYES, MICHOACAN, DE QUIENES RECLAMA, EN ESENCIA: ‘EL PROCEDIMIENTO LLEVADO A CABO DENTRO DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL 54/2004, QUE SOBRE PETICION DE HERENCIA PROMUEVE MARTIN CHAVEZ BLANCO, EN CONTRA DE J. JESUS CHAVEZ BLANCO Y OTROS, EN EL CUAL REFIERE EL QUEJOSO SE LE PRETENDE DESPOSEER DEL PREDIO LA JOYA DE LA ARENA, UBICADO EN LA SIDRA, MUNICIPIO DE TANCITARO, MICHOACAN, ASI COMO EL EXHORTO GIRADO AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DE APATZINGAN, MICHOACAN, PARA EMPLAZAR AL CODEMANDADO J. TRINIDAD ZUÑIGA GUTIERREZ’. SE ORDENO EMPLAZAR POR MEDIO DE EDICTOS EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SUPLETORIO A LA LEY DE AMPARO, A LOS TERCEROS PERJUDICADOS DOROTEO VERDUZCO SANDOVAL Y J. TRINIDAD ZUÑIGA GUTIERREZ, QUIENES DEBERA APERSONARSE POR SI O POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL, ANTE ESTE JUZGADO, DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADO A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE SU ULTIMA PUBLICACION Y DESIGNAR DOMICILIO EN URUAPAN, MICHOACAN, PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES DE CARACTER PERSONAL, APERCIBIDOS QUE DE NO HACERLO, SE LES PRACTICARAN POR MEDIO DE LISTA, QUE SE FIJA EN LOS ESTRADOS DE ESTE TRIBUNAL FEDERAL; ADEMAS SE LE HACE SABER QUE EN LA SECRETARIA DE DICHO ORGANO JURISDICCIONAL, SE ENCUENTRAN A SU DISPOSICION UNA COPIA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS Y AUTO ADMISORIO.

Atentamente

Uruapan, Mich., a 22 de febrero de 2012.

La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Michoacán

Lic. Julieta Franco Luna

Rúbrica.

(R.- 345970)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en Colima, Col.

Juicio de Amparo 850/2011-II

EDICTO

TERCERO PERJUDICADO

Ricardo Mojica Gómez

J. A. 850/2011

PRINCIPAL

SECCION AMPARO

MESA II

Mediante escrito presentado el veintiocho de junio de dos mil once, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Colima, Vicente Santillán Suárez, solicitó el amparo y protección de la justicia federal, contra los actos y por las autoridades que a continuación se transcriben:
“3.-AUTORIDADES RESPONSABLES a) C. ADMINISTRADOR LOCAL DE AUDITORIA FISCAL DE COLIMA, … b) C. ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE MANZANILLO… 4.- ACTOS RECLAMADOS: La ilegal retención por parte de las responsables del tractocamión propiedad del quejoso, toda vez que casi quince años después de me fue embargado y sujeto a procedimiento administrativo en materia número 058/96,
no me lo han regresado, ni dispuesto lo necesario para que en su defecto me fuese pagado su valor, debidamente actualizado, al tenor de los artículos 157 de la Ley Aduanera y 17-A del Código Fiscal de la Federación, ambos de 1996, siendo contraria a derecho la citada e indefinida retención que actualmente mantienen,…”, resultando como tercero perjudicado Ricardo Mojica Gómez, a quien se le emplaza por medio del presente edicto y se le hace saber que debe presentarse ante el Juzgado Primero de Distrito en el Estado, con residencia en Colima, Colima, dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto, para que si a su interés conviene, se apersone al juicio y aporte las pruebas que estime convenientes, además, señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibido
que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las que resulten de carácter personal se le harán por medio de lista que se fijará en los estrados de este Tribunal. Lo anterior dentro del juicio de amparo número 850/2011-II, del índice de este propio órgano jurisdiccional. La audiencia constitucional tendrá su verificativo a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL TRECE DE ABRIL DE DOS MIL DOCE.

Para que se publique tres veces de siete en siete días

Para su publicación en cualquiera de los siguientes periódicos:

Diario Oficial de la Federación”, México, Distrito Federal.

Colima, Col., a 27 de marzo de 2012.

El Juez Primero de Distrito en el Estado de Colima

Lic. Edgar Estuardo Vizcarra Pérez

Rúbrica.

(R.- 344923)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Decimotercero de Distrito

Tijuana, B.C.

Secretaría Amparo

Juicio de Amparo 556/2011

EDICTO

Emplazamiento a Alejandro Javier Crosthwaite Reyes y Carlos Alberto Casillas Sánchez. Al margen, sello Escudo Nacional, dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Decimotercero de Distrito, Tijuana, Baja California.

Juicio de amparo 556/2011, promovido por la moral quejosa CHD Instalaciones Electromecánicas, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado legal Agustín Carmona García, contra actos del subprocurador de Zona de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en Playas de Rosarito, Baja California y otras autoridades y otras autoridades, de la cual reclama
lo siguiente:

IV. ACTO RECLAMADO.-

1.- La OMISION en llevar a cabo acción alguna tendiente a cumplir con la carga de la prueba de los hechos imputados y de la culpabilidad, dentro de la Averiguación Previa 1082/10/201/AP.

2.- La ORDEN DE CANCELACION de la inscripción preventiva de la Averiguación Previa número 1082/10/207/AP, girada dentro de ésta, al Registrador Público de la Propiedad y de Comercio de Playas de Rosarito, B.C.”

Por auto de esta fecha se acordó emplazar a los terceros perjudicados Alejandro Javier Crosthwaite Reyes y Carlos Alberto Casillas Sánchez, por EDICTOS que deberán publicarse tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en cualquiera de los siguientes diarios Excélsior, Reforma o Esto, todos de la ciudad de México, Distrito Federal, no obstante éste último sea de contenido deportivo, en virtud de que tienen de forma notoria gran circulación nacional, indistintamente a elección de la parte quejosa, haciéndole saber que podrá presentarse dentro de treinta días contados al siguiente de la última publicación, apercibida que de no hacerlo, las posteriores notificaciones le surtirán por lista en los estrados de este juzgado de Distrito. En la inteligencia de que se señalaron las nueve horas con cuarenta minutos del veinte de marzo
de dos mil doce, para la celebración de la audiencia constitucional en este juicio; sin que ello implique que llegada la fecha constituya un impedimento para la publicación de los edictos; ya que este juzgado vigilará
que no se deje en estado de indefensión al tercero perjudicado de referencia.

Atentamente

Tijuana, B.C., a 16 de marzo de 2012.

Secretaria del Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de Baja California

María Verónica Zavala Hermosillo

Rúbrica.

(R.- 345036)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en Colima, Col.

EDICTO

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION

SECCION AMPARO

PRINCIPAL 53/2011-I

En los autos del juicio de amparo número 53/2011-1, promovido por AARON JOEL ALCARAZ VILLAFUENTE, se dictó el siguiente acuerdo:

“…Visto el estado procesal que guardan los presentes autos de los que se aprecia que fueron agotadas las investigaciones para obtener el domicilio donde pudiera ser emplazada la tercera perjudicada LOGISTICA ADUANAL REGIONAL S.C.; en consecuencia, sin obtener resultados positivos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en la materia, se ordena su emplazamiento por medio de edictos a costa del peticionario de garantías, los que deberán publicarse tres veces, de siete en siete días, en el "Diario Oficial
de la Federación", que se edita en México, Distrito Federal y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndole saber a la referida tercera perjudicada, que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Colima, para que si a su interés conviene se apersone en esta acción constitucional y aporte las pruebas que estime convenientes; requiriéndolo para que señale domicilio en esta ciudad de Colima, para oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, con apoyo en lo previsto
por el invocado artículo 30, fracción II de la Ley de la Materia, las subsecuentes notificaciones, aun las
que resulten de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fijará en los estrados de este órgano jurisdiccional...

Notifíquese y personalmente a la parte quejosa.

Lo proveyó y firma el licenciado Edgar Estuardo Vizcarra Pérez, Juez Primero de Distrito en el Estado de Colima, que actúa con el Secretario, licenciado Guadalupe Guillermo David Vazquez Michel, quien autoriza
y da fe.” ”. Lic. E. E. Vizcarra P.- Lic. G.G.D Vázquez M.- DOS FIRMAS ILEGIBLES.

Lo que transcribo para su conocimiento y efectos legales conducentes.

Atentamente

Colima, Col., a 31 de enero de 2012.

El Secretario adscrito al Juzgado Primero de Distrito en el Estado

Lic. Guadalupe Guillermo David Vázquez Michel

Rúbrica.

(R.- 345415)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Niños Héroes 132, Col. Doctores, C.P. 06720, México, D.F.

México

Juzgado Trigésimo Primero de lo Civil

Exp. 698/2006

EDICTO

En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL Exp. No. 698/2006 promovido por HIPOTECARIA MEXICO S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO VS IXTAPALUCA BIENES RAICES S.A. DE C.V., el C. Juez Trigésimo Primero de lo Civil, ordeno por auto de fecha cinco de enero y catorce de febrero ambos del año en curso, que se señalan LAS DIEZ HORAS DEL DIA CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE para el REMATE EN PRIMERA ALMONEDA respecto de los inmuebles hipotecados, ubicados en: CASA HABITACION NUMERO A-008, DEL LOTE 2, DEL CONJUNTO HABITACIONAL DENOMINADO “LA ERA”, UBICADO EN LA AVENIDA DEL PANTEON NUMERO CUATRO, DE LA COLONIA LA ERA, MUNICIPIO DE IXTAPALUCA ESTADO DE MEXICO. Sirviendo de base para el remate del bien mencionado la suma de $363,909.00 (TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NUEVE PESOS 00/100 M.N.) precio de avaluó y es postura legal; CASA HABITACION NUMERO A-011, DEL LOTE 2, DEL CONJUNTO HABITACIONAL DENOMINADO “LA ERA”, UBICADO EN LA AVENIDA DEL PANTEON NUMERO CUATRO, DE LA COLONIA LA ERA, MUNICIPIO DE IXTAPALUCA ESTADO DE MEXICO. Sirviendo de base para el remate del bien mencionado la suma de $363,909.00 (TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NUEVE PESOS 00/100 M.N.) precio de avaluó y es postura legal; CASA HABITACION NUMERO A-029, DEL LOTE 5, DEL CONJUNTO HABITACIONAL DENOMINADO “LA ERA”, UBICADO EN LA AVENIDA DEL PANTEON NUMERO CUATRO, DE LA COLONIA LA ERA, MUNICIPIO DE IXTAPALUCA ESTADO DE MEXICO. Sirviendo de base para el remate del bien mencionado la suma de $341,377.00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.) precio de avaluó y es postura legal; CASA HABITACION NUMERO A-030, DEL LOTE 5, DEL CONJUNTO HABITACIONAL DENOMINADO “LA ERA”, UBICADO EN LA AVENIDA DEL PANTEON NUMERO CUATRO, DE LA COLONIA LA ERA, MUNICIPIO DE IXTAPALUCA ESTADO DE MEXICO. Sirviendo de base para el remate del bien mencionado la suma de $341,377.00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), precio de avaluó y es postura legal; CASA HABITACION NUMERO A-032, DEL LOTE 5, DEL CONJUNTO HABITACIONAL DENOMINADO
“LA ERA”, UBICADO EN LA AVENIDA DEL PANTEON NUMERO CUATRO, DE LA COLONIA LA ERA, MUNICIPIO DE IXTAPALUCA ESTADO DE MEXICO. Sirviendo de base para el remate del bien mencionado la suma de $341,377.00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.) precio de avaluó y es postura legal; CASA HABITACION NUMERO A-035, DEL LOTE 6, DEL CONJUNTO HABITACIONAL DENOMINADO “LA ERA”, UBICADO EN LA AVENIDA DEL PANTEON NUMERO CUATRO, DE LA COLONIA LA ERA, MUNICIPIO DE IXTAPALUCA ESTADO DE MEXICO. Sirviendo de base para el remate del bien mencionado la suma de $363,909.00 (TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NUEVE PESOS 00/100 M.N.), precio de avaluó y es postura legal y CASA HABITACION NUMERO A-036, DEL LOTE 6, DEL CONJUNTO HABITACIONAL DENOMINADO “LA ERA”, UBICADO EN LA AVENIDA DEL PANTEON NUMERO CUATRO, DE LA COLONIA LA ERA, MUNICIPIO DE IXTAPALUCA ESTADO DE MEXICO. Sirviendo de base para el remate del bien mencionado la suma de $341,377.00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), precio de avaluo y es postura legal, anunciándose su venta mediante edictos que se publiquen por TRES VECES EN NUEVE DIAS

En el Diario Oficial de la Federación y en los tableros de avisos de este juzgado. Se convocan postores.

México, D.F., a 10 de abril de 2012.

La C. Secretaria de Acuerdos “B”

Lic. Juanita Tovar Uribe

Rúbrica. (R.- 346021)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos

EDICTO

Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos.

PROVEEDORA DE ARTICULOS DEL BAJIO, S.A. DE C.V; CANSEMEX, S.A. DE C.V; SISTEMAS ABENDER, S.A. DE C.V; CYRPSA DEL CENTRO, S.A. DE C.V.; DALBAMEX, S.A. DE C.V. Y CURUPAY, S.A. DE C.V; en el lugar donde se encuentren:

En los autos del juicio de amparo número 267/2011-D promovido por MARCO ANTONIO GARCIA GARCIA apoderado legal de ALFREDO ORTEGA ROSALES, contra actos de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Morelos, con residencia en esta ciudad, en el que el citado quejoso hace consistir el acto reclamado en la negativa de la autoridad responsable de desahogar los informes de autoridad ordenados desde el cuatro de agosto de dos mil diez, juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos, ubicado en Boulevard del Lago número 103, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, código postal 62370, y en el cual se les ha señalado con el carácter de parte tercero perjudicados y al desconocerse su domicilio actual, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, sin necesidad de acuerdo, se les harán por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para LAS DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIA ONCE DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO.

Fíjese un ejemplar tanto en la mampara de este Tribunal Federal como en la mampara de la entrada del Edificio sede.

Atentamente

Cuernavaca, Mor., a 8 de marzo de 2012.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos

Roberto Ramírez Moreno

Rúbrica.

(R.- 345228)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado

Cuernavaca, Mor.

EDICTO

Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos.

CONJUNTO HABITACIONAL RINCONES DE TEZOYUCA, ASOCIACION CIVIL Y/O CONJUNTO HABITACIONAL RINCONES DEL AGUA, ASOCIACION CIVIL, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LOS REPRESENTE, ASI COMO JUAN JOSE DURAN “N”, GRACIANO ANTONIO ARANDIA DE LA PEÑA, JORGE CASPETA GARCIA Y FERNANDO VARGAS “N”, EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTREN:

En los autos del juicio de amparo 1351/2011-III, promovido por Brontys Procoro Ramírez Silva, contra actos de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y arbitraje del Estado de Morelos, reclamando: “…La omisión de la autoridad responsable al no proveer en tiempo y forma absolutamente nada, a la solicitud que por escrito realice, la cual fue de su conocimiento con fecha 12 de Septiembre del 2011, (misma que se adjunta al presente en acuse original para constancia, promoción mediante la cual revoque a los anteriores apoderados legales del hoy quejoso, así como solicite seme reconociera como nuevo apoderado legal del quejoso en el juicio de origen, y se expidieran a mi costa copias certificadas de todos lo actuado en el expediente de origen entre otras cosas…” juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos, ubicado en Boulevard del lago número 103, edificio “B”, nivel 4, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, código postal 62370, y en el cual se les ha señalado con el carácter de terceros perjudicados y al desconocerse su domicilio actual, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, sin necesidad de acuerdo, se les harán por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para las NUEVE HORAS CON VEINTICINCO MINUTOS HORAS DEL ONCE DE JUNIO DE DOS MIL DOCE. Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar.

Atentamente

Cuernavaca, Mor., a 8 de marzo de 2012.

El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos

Lic. José Luis Allier Piñera

Rúbrica.

(R.- 345229)






AVISOS GENERALES





Secretaría de Comunicaciones y Transportes

CENTRO SCT TABASCO

EDICTO


Con relación al Permiso número 113.921.27.0323 de fecha 12 de febrero de 1993, expedido a favor de TECNICA EN INGENIERIA Y CONSTRUCCION, S.A. DE C.V. Y/O URIEL TORRES RUIZ., por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en la Ley de Vías Generales de Comunicación, para instalar y operar una red para el servicio radiotelefónico privado, le comunico lo siguiente. De la revisión que se ha efectuado al expediente que se tiene abierto a nombre de esa permisionada en el Centro SCT Tabasco, se desprende que no existe constancia alguna con la cual se acredite que haya efectuado el pago de los derechos, por el uso del Espectro Radioeléctrico por los periodos comprendidos de 2011 al 2012, en virtud de lo cual, existe un adeudo al erario por la cantidad de $15,587.00 (quince mil quinientos ochenta y siete pesos 00/100 M.N.), con vigencia al término del mes de febrero de 2012, conforme a las cuotas aplicables en materia de derechos y a las actualizaciones y recargos establecidos en el artículo 17 A y 21 del Código Fiscal de la Federación. Por lo anterior se le requiere exhiba los comprobantes de pago correspondientes, dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de notificación del presente, o manifieste lo que a su derecho convenga, con el apercibimiento que de no hacerlo se turnará su adeudo al Servicio de Administración Tributaria (SAT), para que inicie el procedimiento administrativo de ejecución. Asimismo, se iniciará el procedimiento de revocación de su autorización de acuerdo al artículo 37 del Reglamento de Telecomunicaciones y a los artículos 34, 38 y demás relativos de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 3o. y demás aplicables de la Ley Federal de Derechos, así como el artículo 24 Bis apartado D Fracciones I, IV, X, XI y XII del Reglamento Interno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones.
La información requerida y/o el escrito con el cual manifieste lo que a su derecho convenga, deberá presentarlos en la oficina del Departamento de Comunicaciones Radio y Televisión, del Centro SCT Tabasco, sita en privada del Caminero número 17, colonia Primero de Mayo, código postal 86190, Villahermosa, Tab.


Atentamente

Villahermosa, Tab., a 12 de abril de 2012.

Director General del Centro SCT Tabasco

Ing. Rafael Sarmiento Alvares

Rúbrica.

(R.- 346079)



TRABAJAMOS PARA SER LOS MEJORES,

S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 3 DE ABRIL DE 2012


Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0


México, D.F., a 12 de abril de 2012.

Liquidador

José López Moreno

Rúbrica.

(R.- 345334)


DE LA TORRE CONSTRUCCION Y DESARROLLO, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 17 DE ENERO DE 2012


Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0


México, D.F., a 7 de marzo de 2012.

Liquidador

Fernando Sánchez Elizalde

Rúbrica.

(R.- 346028)

Estados Unidos Mexicanos

Procuraduría General de la República

Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada

Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud

PUBLICACION POR EDICTO


Se notifica AL PROPIETARIO, INTERESADO y/o REPRESENTANTE LEGAL, el acuerdo de 19 de marzo de 2008, dictado en autos de la indagatoria PGR/SIEDO/UEIDCS/217/2008, derivada de la PGR/SIEDO/UEIDCS/116/2008 por el cual se determina el ACUERDO DE ASEGURAMIENTO MINISTERIAL de los siguientes bienes: 1.- Inmueble ubicado en vía del sol lote 29, Punta Pescadero, camino Barriles-Cardon SJ Los Barriles, La Paz, Baja California Sur y/o lote 11 de la manzana 814-012-001 del Fraccionamiento Punta Pescadero, Delegación los Barriles, en el Municipio de la Paz, Baja California Sur, así como el menaje en él contenido; 2.- Cuatrimoto de la marca Honda TRX 250 EX, número de serie 478TE27U644300832, modelo 2004; 3.- Cuatrimoto de la marca Yamaha RAPTOR 80, número de serie 1Y4ABO2T95CO31298, modelo 2005; 4.- Cuatrimoto de la marca HONDA RECONES TRX250 TE, número de serie 1HFTE214954512695, modelo 2005; 5.- Motocicleta de campo traviesa marca KTM 450 XC, número de serie VBKMXM4086M312971, modelo 2006; 6.- Dos motocicletas de campo traviesa marca KTM 50 mini adventure, modelos 2006, con números de serie VBKMRA2317M016696 y VBKMRA2307M016673;
7.- Motocicleta de campo traviesa marca KTM 65 SX, número de serie VBKMRA2317M017735; 8.- Vehículo tipo Boguie de la marca Yamaha Rhino 660, número de serie 5Y4AM06Y16A015008, modelo 2006;
9.- Vehículo de la marca Ford E-350 modelo 2005 con número de serie 1FMNE31P05HA97144, placas de circulación CZJ-15-07; 10.- Vehículo de la marca GM 2500 Pick-up Cheyenne modelo 2006 con número
de serie 2GCEK13T761187200, placas CE-72-575; 11.- Numerario consistente en treinta y seis mil doscientos pesos Moneda Nacional; así mismo, el acuerdo de 19 de marzo de 2008 dictado en autos de la misma indagatoria, por el cual se determina el ACUERDO DE ASEGURAMIENTO MINISTERIAL de los siguientes bienes: 1.- Inmueble ubicado en RT40, Fraccionamiento Residencial Punta Palmilla, Cabo San Lucas, Baja California Sur y/o lote 34, manzana 1 de la calle Caleta Palmilla, San José del Cabo, así como el menaje en el contenido; 2.- Motocicleta campo traviesa marca KTM 250 SXF, número de serie VBKMXJ4346M013423, modelo 2006; 3.- Tres motocicletas campo traviesa marca KTM 505 SXF, dos modelo 2007 y una modelo 2008, con números de serie VBKMXN4307M333184, VBKMXN4317M333145 y VBKMXN4348M336235 respectivamente; 4.- Vehículo de la marca GM Cadillac Escalade Luxury, modelo 2007 color gris, con número de serie 1GYFK63837R397664; 5.- Vehículo de la marca Toyota Tacoma Prerunner SR5, modelo 2007, color blanco, con número de serie 3TMJU62N77M031807, placas CE-67-783; 6.- Vehículo de marca Honda CRV modelo 2005, color gris, con número de serie JHLRD78795C607982, placas CZH-93-18; 7.- Vehículo de la marca Hyundai, tipo camión H100, modelo 2008, color blanco, con número de serie KMFZB17H38U296224; así mismo la diligencia de cateo de 20 de marzo de 2008 llevada a cabo en la misma indagatoria, en la cual se determina el ACUERDO DE ASEGURAMIENTO MINISTERIAL de los siguientes bienes; 1.- Inmueble ubicado en calle Saturno número 26, colonia Santa Anita, C.P. 22480, Tijuana, Baja California y/o calle Saturno número 26, conjunto residencial Santa Anita, colonia Lomas Hipódromo en Tijuana Baja California y/o lote 18 de la manzana 7 del Fraccionamiento Santa Anita, Tijuana, Baja California, así como el menaje en él contenido. Razón por la que deberá abstenerse de enajenarlos, gravarlos o hipotecarlos y que de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de noventa días naturales contados a partir de la presente notificación, ante el Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud, con domicilio en Paseo de la Reforma número 75, segundo piso, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, C.P. 06300, causarán ABANDONO a favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto por el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales. Se pone a su disposición, en el mismo domicilio, copias de las actas que incluyen inventario de los bienes que se mencionan, y se le apercibe para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones, o éstas se realizarán por estrados. Lo anterior con fundamento en los artículos 181 párrafos primero y segundo, 182-A, 182-B párrafo primero, fracción II en relación con el 107 del Código Federal de Procedimientos Penales; 4o. fracción I apartado A inciso j) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; toda vez que existen indicios de que representan el producto y/o instrumento de actividades ilícitas, contempladas en leyes federales. CUMPLASE.


Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección”.

México, D.F., a 2 de abril de 2012.

La Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a

la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada

Lic. Ana María Silva Ramírez

Rúbrica.

(R.- 346061)

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad

M. 431737 NEVADOS Y DISEÑO

Exped. P.C. 1268/2011 (C-351) 12210

Folio 9603

NOTIFICACION POR EDICTO

JOSE CRISTOBAL ARRIAGA Y RAMIREZ.

Se hace de su conocimiento que en el procedimiento administrativo de caducidad identificado bajo el
P.C. 1268/2011 (C-351) 12210, iniciado en este Instituto el 27 de julio de 2011, ABRAHAM GUILLERMO ALEGRIA MARTINEZ, apoderado de ABRACOM, S.A. DE C.V., mediante oficio número 8610 de fecha 30 de marzo de 2012, se dictó resolución, la que se transcribe en sus puntos resolutivos a continuación:

RESUELVE

PRIMERO.- Se declara administrativamente la caducidad prevista en la fracción II del artículo 152 de la Ley de la Propiedad Industrial, respecto del registro marcario 431737 NEVADOS Y DISEÑO, propiedad de JOSE CRISTOBAL ARRIAGA Y RAMIREZ.

SEGUNDO.- Notifíquese esta resolución a la parte actora y a la demandada a través de edictos. En consecuencia, y a efecto de que surta efectos la notificación de la presente resolución a la demandada, con apoyo en los artículos 187, 194 y 199 de la Ley de la Propiedad Industrial, gírese a la actora oficio por separado que contenga un extracto de la presente resolución, a efecto de que lo publique por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de los de mayor circulación en la República Mexicana. Por lo anterior, en términos de lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se concede a la parte actora, el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente en que se notifique el oficio que contenga un extracto de la presente resolución, para exhibir las respectivas publicaciones; no obstante lo anterior, y cuando así lo exija el asunto y no se perjudiquen los derechos de los interesados o de terceros, de conformidad con el artículo 31 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, dicho plazo podrá ampliarse a petición de la actora, por cinco días hábiles adicionales a efecto de que se encuentre en posibilidad de cumplir debidamente con lo ordenado, haciendo de su conocimiento que en caso de no dar cumplimiento al presente requerimiento, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 183 de la Ley de la Propiedad Industrial se ordenará su publicación por estrados.

TERCERO.- Publíquese en la Gaceta de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V, XXII, 7 Bis 2, Títulos Sexto y Séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante decretos publicados los días 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009, y 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010 y 27 de enero
de 2012, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii), segundo guión, Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad, 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a III, V a VIII, XI y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante decretos de 1 de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año en dicho medio informativo, así como decreto del 7 de septiembre de 2007); 1o., 2o. 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c, subinciso ii), segundo guión, Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad, 18 fracciones I a III, V a VIII, XI y XII, y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004 en dicho medio informativo, y acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007), y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo, incisos j), k), m), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, publicadas en dicho medio informativo).

Atentamente

12 de abril de 2012.

El Coordinador Departamental

de Cancelación y Caducidad

Fernando Soler Aguilar

Rúbrica.

(R.- 346006)

Secretaría de la Función Pública

Organo Interno de Control en el Instituto Nacional de Salud Pública

Area de Responsabilidades

Expediente RE-0004/2010

EDICTO

C. RAUL CONTRERAS ALCANTARA

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 108, 109, fracción III y 113, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, fracción III, 4 y 21, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 1, 3, apartado D, 76, segundo párrafo y 80, fracción I, punto 1, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 62, fracción I de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 33 y 34
de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud; 18 y 19 del Decreto por el que se crea el Instituto Nacional de Salud Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 26 de enero de 1987; 1, 4, fracción V, 37 y 38 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Salud Pública; se le notifica que en los autos del procedimiento administrativo de responsabilidades RE-0004/2010, que se sigue ante esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Instituto Nacional de Salud Pública, con motivo de la vista ordenada por el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública en las resoluciones de fechas primero de julio de dos mil nueve dictadas en los expedientes 1801/09 y 1815/09, dentro del cual ha sido considerado como presunto responsable de los hechos que a continuación se le imputan y que pueden ser causa de responsabilidad administrativa consistentes en que; A.- En su carácter de Director de Administración y Finanzas del Instituto Nacional de Salud Pública, en respuesta a la solicitud de información presentada por el C. Jorge Arturo Morales Palomares mediante el Sistema INFOMEX-Gobierno Federal (INFOMEX), con número de folio 1227000004209 en donde requirió “Copia de la sentencia de fecha 06/septiembre/2006 emitida por la Sexta Sala Regional Metropolitana del TFJFA en el Juicio 27924/04-17-06-08, Juicio en el que el Instituto Nacional de Salud Pública era el actor.”, mediante oficio número DAF/0211/09 de fecha 1 de abril de 2009, usted comunicó a la Unidad de Enlace del Instituto Nacional de Salud Pública que: “De acuerdo a lo que se establece en el artículo 14 fracción IV de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, esta información se considera como RESERVADA ya que dicha sentencia no ha causado ejecutoria, por lo que el procedimiento Judicial no ha finalizado y se encuentra activo.” y con posterioridad, mediante oficio número DAF/0372/09 de fecha 18 de mayo de 2009, modificó su respuesta original señalando que el documento solicitado no obra en los archivos del Departamento de Asuntos Jurídicos, ni en área bajo cargo de la Dirección de Administración y Finanzas; con lo que causó deficiencia del servicio encomendado, además de que su conducta implicó incumplimiento a lo previsto en los artículos 43, 45 y 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. B.- En su carácter de Director de Administración y Finanzas del Instituto Nacional de Salud Pública, en respuesta a la solicitud de información presentada por el C. Jorge Arturo Morales Palomares mediante el Sistema INFOMEX-Gobierno Federal (INFOMEX), con número de folio 1227000004409 en donde requirió: “Copia de la resolución contenida en el oficio 500-05-2008-3008 por medio de la cual se da cumplimiento a la sentencia de fecha 6/septiembre/2006 emitida en el Juicio 27924/04-17-06-08 por la Sexta Sala Regional Metropolitana del TFJFA. Copia de las acciones legales realizadas para combatir la misma o en su defecto copia del pago del crédito fiscal efectuado, así como copia de la justificación para pagar sin combatir dicha resolución.” (sic), Mediante oficio número DAF/0213/09 de fecha 1 de abril de 2009, usted comunicó a la Unidad de Enlace del Instituto Nacional de Salud Pública lo siguiente: “De acuerdo a lo que se establece en el artículo 14 fracción IV de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, esta información se considera como RESERVADA ya que dicha sentencia no ha causado ejecutoria, por lo que el procedimiento Judicial no ha finalizado y se encuentra activo.” y con posterioridad mediante oficio número DAF/0374/09 de fecha 19 de mayo de 2009, en el que usted modificó su respuesta original señalando que los documentos solicitados no obran en los archivos del Departamento de Asuntos Jurídicos, ni en área bajo cargo de la Dirección de Administración y Finanzas; con lo que causó deficiencia del servicio encomendado, además de que su conducta implicó incumplimiento a lo previsto en los artículos 43, 45 y 46 de la Ley Federal
de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Presuntas responsabilidades que de ser comprobadas constituirían incumplimiento a las obligaciones establecidas en las fracciones I y XXIV
del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, además de que podría actualizarse la causa de responsabilidad administrativa por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental prevista en el artículo 63, fracción II de dicha Ley; y por desconocerse su domicilio actual; con fundamento en los artículos 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a dicha Ley, se le cita al procedimiento de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el territorio nacional, para que comparezca personalmente ante esta autoridad, a la audiencia de ley prevista en el artículo 21, fracción I, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a celebrarse en las oficinas de esta Area de Responsabilidades, sitas en avenida Universidad número 655, edificio de gobierno, sótano 25 (S-25), colonia Sta. María Ahuacatitlán, código postal 62100, Cuernavaca, Morelos, a las 11:00 horas del décimo quinto día hábil siguiente al de la última publicación de los edictos, a rendir su declaración en torno a los hechos que se le imputan y que pueden ser causa de responsabilidad administrativa, a la cual podrá comparecer asistido de un defensor, apercibido que de no comparecer sin justa causa, se tendrán por ciertos los actos u omisiones que se le imputan; se le pone a la vista para su consulta, en días hábiles y horas hábiles, las constancias que integran el expediente de referencia; del mismo modo, se hace de su conocimiento que en el primer escrito que presente o bien en la audiencia de ley, deberá designar domicilio para oír y recibir notificaciones en Cuernavaca, Morelos, sede esta autoridad Administrativa, apercibiéndole que en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones se practicarán por rotulón conforme al artículo 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria.

México, D.F., a 14 de marzo de 2012.

El Titular del Area de Responsabilidades

Lic. Rafael Reséndiz Sánchez

Rúbrica.

(R.- 345402)



HORSCHECK, DIAZ Y ASOCIADOS, S.C.

PRIMERA CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS

De conformidad con lo establecido en las cláusulas vigésima séptima, vigésima octava y demás relacionadas de los estatutos sociales, se convoca a los socios de HORSCHECK, DIAZ Y ASOCIADOS, S.C. a la Asamblea General de Socios que se llevará a cabo a las 10:00 horas del día 14 de mayo de 2011, en el domicilio social de la sociedad, de conformidad con lo establecido en la cláusula vigésima cuarta de los estatutos sociales, ubicado en Calle 31 número 239, manzana 187, lote 1, colonia Jardines de Santa Clara, en el Municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, código postal 55450; lo anterior, para tratar los asuntos contenidos en el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I. Discusión y, en su caso, aprobación sobre los estados financieros de la sociedad, comprendidos del
1 de enero al 31 de diciembre de 2011.

II. Discusión y, en su caso, aprobación sobre el cambio de denominación de la sociedad, por el de HORSCHECK, LOPEZ Y ASOCIADOS, S.C.

III. Discusión y, en su caso, aprobación sobre la exclusión del Contador Público Martín Díaz Salvador como socio de la sociedad, no liberándolo de responsabilidad por las acciones y gestiones realizadas en nombre de la sociedad.

IV. Discusión y, en su caso, aprobación sobre la revocación de los poderes otorgados al Contador Público Martín Díaz Salvador.

V. Designación de delegados especiales que ejecuten las resoluciones adoptadas por la Asamblea.

Ecatepec de Morelos, Edo. de Méx., a 24 de abril de 2012.

Directora General

C.P. María de los Angeles Horscheck López

Rúbrica.

(R.- 346067)

IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V.

AVISO DE ESCISION

En cumplimiento a lo establecido por la fracción V del artículo 228 Bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., celebrada con fecha 7 DE FEBRERO DE 2012, se aprobó la escisión de ésta, mediante la creación de una nueva sociedad anónima de capital variable, bajo la denominación de CORPORACION ADMINISTRATIVA IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., subsistiendo como escindente IUSA IZTAPALAPA,
S.A. DE C.V., con su actual denominación social, régimen normativo y estatutos sociales en vigor. En dicha asamblea se resolvió, entre otras cosas, lo siguiente:

a) Aprobar la escisión parcial de IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., como sociedad escindente, separando parte de su activo, pasivo y capital social para que, sin que ésta se extinga, los aporte en bloque CORPORACION ADMINISTRATIVA IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., como sociedad escindida., con base en el balance general proforma de la sociedad al 31 de enero de 2012, y tomando en consideración los estados financieros al 31 de diciembre de 2011.

b) Aprobar que la escisión surta sus efectos entre las partes el día 29 de Febrero de 2012, conforme
a lo acordado en la resolución primera de la Asamblea que se comenta y, frente a terceros, conforme a lo dispuesto por el artículo 228 Bis fracción VII de la Ley General de Sociedades Mercantiles. La estructura económica de la sociedad CORPORACION ADMINISTRATIVA IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., quedará como sigue:

Activo: IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., como escindente, transmitirá a CORPORACION ADMINISTRATIVA IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., como sociedad escindida, bienes, valores y derechos por la cantidad de $15’558,000.00 (quince millones quinientos cincuenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.);

Pasivo: IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., como escindente, transmitirá a CORPORACION ADMINISTRATIVA IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., como sociedad escindida, deudas y/o cargas por la cantidad de $15’065,000.00 (Quince millones sesenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.);

Capital social: IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., como escindente, aportará a CORPORACION ADMINISTRATIVA IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., S.A. DE C.V., un capital social proveniente de la disminución de capital de IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., un importe de 1’144’867,000.00 (mil ciento cuarenta y cuatro millones ochocientos sesenta y siete mil pesos 00/100 M.N.).

La transmisión del activo, pasivo y capital social antes referidos, se realizará una vez que la escisión surta sus efectos entre las partes y conforme a lo acordado en las resoluciones de la asamblea que se comenta, y la Ley. Al surtir sus efectos entre las partes, la escisión parcial acordada, la sociedad CORPORACION ADMINISTRATIVA IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V. se convertirá en causahabiente a título universal de los bienes, derechos y obligaciones mencionados en el inciso b) anterior, por lo que adquirirá el dominio directo de éstos, incorporándolos a su patrimonio sin reserva ni limitación alguna.

c) Aprobar, en los términos presentados en la mencionada asamblea, el proyecto de asignación de activos, pasivos y capital que corresponderá a CORPORACION ADMINISTRATIVA IUSA IZTAPALAPA,
S.A. DE C.V., como sociedad escindida, en la inteligencia de que los números mostrados podrán cambiarse según los resultados que se obtengan después de 45 (cuarenta y cinco) días naturales, contados a partir
de la fecha en que se efectúe la presente publicación de Ley y la inscripción de los acuerdos de escisión,
en los Registros Públicos de Comercio respectivos.

d) Aprobar la constitución de la sociedad escindida, CORPORACION ADMINISTRATIVA IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., la cual se regirá por los estatutos sociales que se agregan al apéndice del acta de la asamblea a que se refiere el presente aviso, en los cuales se contiene la regulación corporativa de las mismas.

e) El texto completo de la asamblea, incluyendo sus anexos, se encuentran a disposición de los accionistas y acreedores de IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V., en el domicilio de la Secretaría de la misma, ubicado en Reforma número 2608-PH, colonia Lomas Altas, código postal 11950, México, D.F., únicamente por el periodo de tiempo establecido en la fracción V del citado artículo 228 Bis.

México, D.F., a 7 de febrero de 2012.

Iusa Iztapalapa, S.A. de C.V.

Delegado Especial de la Asamblea

Lic. Luis Antonio Almazán Esquivel

Rúbrica.

IUSA IZTAPALAPA, S.A. DE C.V.

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA AL 31 DE ENERO DE 2012

PARA EFECTOS DE ESCISION

(miles de pesos)


IUSA

IZTAPALAPA

IUSA

IZTAPALAPA

Escindente

CORPORACION

ADMINISTRATIVA

IUSA

IZTAPALAPA

Escindida

Activo circulante

127,758

123,744

4,014

Inversiones en acciones

11,577

33

11,544

Activo fijo (neto)

66,558

66,558

0

Otros activos

157

157

0

Suma activo

206,050

190,492

15,558

Pasivo a corto plazo

86,801

71,736

15,065

Pasivo a largo plazo

14,128

14,128

0

Suma pasivo

100,929

85,864

15,065

Capital social

1,223,867

79,000

1,144,867

Otras cuentas de capital contable

(1,118,746)

25,628

(1,144,374)

Total de capital contable

105,121

104,628

493

Total de pasivo y capital contable

206,050

190,492

15,558

México, D.F., a 3 de febrero de 2012.

Representante Legal

C.P. Alfonso Hernández Ceballos

Rúbrica.

(R.- 345990)



DBR DE MEXICO, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA

Se convoca a los accionistas y Comisario de la sociedad denominada DBR DE MEXICO, S.A. DE C.V.
a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día 14 de mayo de 2012 a las 10:00 horas, en el domicilio ubicado en Plaza de La Fontana número 14, Lomas de Boulevares, Tlalnepantla, código
postal 54020, Estado de México, para efecto de desahogar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

I. Renuncia, designación o ratificación, en su caso, del Administrador Unico y Comisario de la sociedad.

II. Informe del Administrador Unico por los ejercicios sociales terminados al 31 de diciembre de 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011.

III. Presentación y aprobación, en su caso, de los estados financieros de la sociedad al 31 de diciembre de 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011, previo informe
del Comisario, aplicación de resultados.

IV. Remuneración al Administrador Unico y Comisario de la sociedad.

V. Ratificación del decreto y pago de dividendos de fecha 26 de diciembre de 2011.

VI. Aumento al capital social en su parte variable; resoluciones al respecto.

VII. Designación de delegados.

Los estados financieros de la sociedad al 31 de diciembre de 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, el informe del Administrador Unico y el informe del Comisario, correspondiente a los ejercicios sociales concluidos en la misma fecha, quince días antes de la fecha de celebración de la asamblea, estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la sociedad ubicado en Plaza de La Fontana número 14, Lomas de Boulevares, Tlalnepantla, código postal 54020, Estado de México.

Los accionistas podrán concurrir a la Asamblea por sí o por medio de representante, en este último caso, deberán otorgar el poder correspondiente; atento a lo dispuesto en el artículo 192 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; no podrán representar a accionistas los administradores y Comisario de la sociedad.

Atentamente

18 de abril de 2012.

Administrador Unico

Luis Rodríguez Padilla

Rúbrica.

(R.- 346074)

HIR COMPAÑIA DE SEGUROS, S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011

(cifras en pesos)

100

Activo



110

Inversiones


91,253,317.72

111

Valores y Operaciones con Productos Derivados

45,234,088.95


112

Valores

45,234,088.95


113

Gubernamentales

44,912,130.21


114

Empresas Privadas

254,190.00


115

Tasa Conocida

0.00


116

Renta Variable

254,190.00


117

Extranjeros

0.00


118

Valores Otorgados en Préstamos

0.00


119

Valuación Neta

67,768.74


120

Deudores por Intereses

0.00


121

(-) Estimación para Castigos

0.00


122

Valores Restringidos

0.00


123

Operaciones con Productos Derivados

0.00


124

Reporto

10,081,318.78


125

Préstamos

0.00


126

Sobre Pólizas

0.00


127

Con Garantía

0.00


128

Quirografarios

0.00


129

Contratos de Reaseguro Financiero

0.00


130

Descuentos y Redescuentos

0.00


131

Cartera Vencida

0.00


132

Deudores por Intereses

0.00


133

(-) Estimación para Castigos

0.00


134

Inmobiliarias

35,937,909.99


135

Inmuebles

24,748,636.27


136

Valuación Neta

24,567,769.90


137

(-) Depreciación

13,378,496.18


138

Inversiones para Obligaciones Laborales


0.00

139

Disponibilidad


10,951,877.55

140

Caja y Bancos

10,951,877.55


141

Deudores


68,804,357.61

142

Por Primas

69,953,528.84


143

Agentes y Ajustadores

18,406.93


144

Documentos por Cobrar

717,921.88


145

Préstamos al Personal

0.00


146

Otros

2,684,735.19


147

(-) Estimación para Castigos

4,570,235.23


148

Reaseguradores y Reafianzadores


88,342,144.74

149

Instituciones de Seguros y Fianzas

7,494,754.56


150

Depósitos Retenidos

0.00


151

Part. de Reaseg. por Siniestros Pendientes

78,269,783.92


152

Part. de Reaseg. por Riesgos en Curso

2,577,606.26


153

Otras Participaciones

0.00


154

Intermediarios de Reaseg. y Reafto.

0.00


155

Participación de Reafianzadoras en la

Rva. de Fianzas en Vigor

0.00


156

(-) Estimación para Castigos

0.00


157

Otros Activos


31,047,832.79

158

Mobiliario y Equipo

2,767,158.73


159

Activos Adjudicados

0.00


160

Diversos

26,384,173.00


161

Gastos Amortizables

5,268,480.58


162

(-) Amortización

3,371,979.52


163

Activos Intangibles

0.00


164

Productos Derivados

0.00



Suma del Activo


290,399,530.41

200

Pasivo



210

Reservas Técnicas


151,646,342.41

211

De Riesgos en Curso

47,364,340.11


212

Vida

47,291,798.85


213

Accidentes y Enfermedades

72,541.26


214

Daños

0.00


215

Fianzas en Vigor

0.00


216

De Obligaciones Contractuales

104,282,002.30


217

Por Siniestros y Vencimientos

41,049,914.41


218

Por Siniestros Ocurridos y no Reportados

26,766,515.11


219

Por Dividendos sobre Pólizas

35,913,686.06


220

Fondos de Seguros en Administración

0.00


221

Por Primas en Depósito

551,886.72


222

De Previsión

0.00


223

Previsión

0.00


224

Riesgos Catastróficos

0.00


225

Contingencia

0.00


226

Especiales

0.00


227

Rva. para Obligaciones Laborales


0.00

228

Acreedores


22,982,306.70

229

Agentes y Ajustadores

5,502,113.47


230

Fondos en Administración de Pérdidas

0.00


231

Acreedores por Responsabilidades de Fzas.

0.00


232

Diversos

17,480,193.23


233

Reaseguradores y Reafianzadores


44,929,653.77

234

Instituciones de Seguros y Fianzas

44,929,653.77


235

Depósitos Retenidos

0.00


236

Otras Participaciones

0.00


237

Intermediarios de Reaseg. y Reafto.

0.00


238

Operaciones con Productos Derivados


0.00

239

Financiamientos Obtenidos


0.00

240

Emisión de Deuda

0.00


241

Por Obligaciones Subordinadas No Susceptibles de Convertirse en Acciones

0.00


242

Otros Títulos de Crédito

0.00


243

Contratos de Reaseguro Financiero

0.00


244

Otros Pasivos


1,450,153.51

245

Provisión para la Part. de Util. al Personal

0.00


246

Provisión para el Pago de Impuestos

0.00


247

Otras Obligaciones

1,447,034.74


248

Créditos Diferidos

3,118.77



Suma del Pasivo


221,008,456.39

300

Capital



310

Capital o Fondo Social Pagado


125,424,635.68

311

Capital o Fondo Social

132,135,699.64


312

(-) Capital o Fondo no Suscrito

0.00


313

(-) Capital o Fondo no Exhibido

6,711,063.96


314

(-) Acciones Propias Recompradas

0.00


315

Oblig. Subordinadas de Conversión Obligatoria a Capital


0.00

316

Reservas


8,717,934.42

317

Legal

8,717,934.42


318

Para Adquisición de Acciones Propias

0.00


319

Otras

0.00


320

Superávit por Valuación


17,075,058.49

321

Subsidiarias


0.00

323

Resultados de Ejercicios Anteriores


(16,994,865.96)

324

Resultado del Ejercicio


(64,831,688.61)

325

Exceso o Insuficiencia en la Act. del Capital Contable


0.00


Suma del Capital


69,391,074.02


Suma del Pasivo y Capital


290,399,530.41

800

Orden



810

Valores en Depósito


0.00

820

Fondos en Administración


96,417.75

830

Responsabilidades por Fianzas en Vigor


0.00

840

Garantías de Recuperación por Fianzas Expedidas


0.00

850

Reclamaciones Recibidas Pendientes de Comprobación


0.00

860

Reclamaciones Contingentes


0.00

870

Reclamaciones Pagadas


0.00

875

Reclamaciones Canceladas


0.00

880

Recuperación de Reclamaciones Pagadas


0.00

890

Pérdida Fiscal por Amortizar


0.00

900

Rva. por Constituir para Obligaciones Laborales al Retiro


0.00

910

Cuentas de Registro


149,345,464.41

920

Operaciones con Productos Derivados


0.00

921

Operaciones con Valores Otorgados en Préstamo


0.00

922

Garantías Recibidas por Derivados


0.00

923

Garantías Recibidas por Reporto


0.00

El presente Balance General se formuló de conformidad con las disposiciones emitidas en materia de contabilidad por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose correctamente reflejadas en su conjunto las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.

El presente Balance General fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.

Los Estados Financieros y las Notas de Revelación que forman parte integrante de los estados financieros, pueden ser consultados en Internet, en la página electrónica: www.hirseguros.com.mx y la ruta de acceso directo es: www.hirseguros.com.mx/Inf_Fin_HIR.html

Los Estados Financieros se encuentran dictaminados por el C.P.C. Enrique Andrade Gutiérrez, miembro de la sociedad denominada Salles, Sáinz-Grant Thornton, S.C., contratada para prestar los servicios de auditoría externa a esta institución, asimismo, las reservas técnicas de la institución fueron dictaminadas por el Act. Miguel Berber Bravo.

El Dictamen emitido por el auditor externo, los Estados Financieros y las notas que forman parte integrante de los Estados Financieros dictaminados, se ubicarán para su consulta en Internet, en la página electrónica: www.hirseguros.com.mx y la ruta de acceso directo es: www.hirseguros.com.mx/Inf_Fin_HIR.html, a partir de los sesenta días naturales siguientes al cierre del ejercicio 2011.

10 de abril de 2012.

Director General

Roberto Rafael González Añorve

Rúbrica.

Comisario

Manuel P. Domínguez Pesqueira

Rúbrica.

Director de Administración, Finanzas y Operaciones

Luis C. Prado Rojas

Rúbrica.


HIR COMPAÑIA DE SEGUROS, S.A. DE C.V.

ESTADO DE RESULTADOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011

(cifras en pesos)

400

Primas




410

Emitidas


764,237,964.78


420

(-) Cedidas


207,484,901.16


430

De Retención


556,753,063.62


440

(-) Inc. Neto de la Rva. de Riesgos

en Curso y de Fzas. en Vigor


22,607,063.46


450

Primas de Retención Devengadas



534,146,000.16

460

(-) Costo Neto de Adquisición


66,101,278.02


470

Comisiones a Agentes

71,196,492.69



480

Compensaciones Adicionales

a Agentes

0.00



490

Comisiones por Reaseguro

y Reafianzamiento Tomado

0.00



500

(-) Comisiones por Reaseguro Cedido

122,414.94



510

Cobertura de Exceso de Pérdida

1,114,519.74



520

Otros

(6,087,319.47)



530

(-) Costo Neto de Siniestralidad, Reclamaciones y Otras

Obligaciones Contractuales


500,180,557.13


540

Siniestralidad y Otras

Obligaciones Contractuales

500,180,557.13



550

Siniestralidad Recuperada del Reaseguro no Proporcional

0.00



560

Reclamaciones

0.00



570

Utilidad (Pérdida) Técnica



(32,135,834.99)

580

(-) Incremento Neto de

Otras Reservas Técnicas


0.00


590

Reserva para Riesgos Catastróficos

0.00



600

Reserva de Previsión

0.00



610

Reserva de Contingencia

0.00



620

Otras Reservas

0.00



625

Resultado de Operaciones Análogas

y Conexas


385,000.00


630

Utilidad (Pérdida) Bruta



(31,750,834.99)

640

(-) Gastos de Operación Netos


37,384,774.11


650

Gastos Administrativos y Operativos

36,537,740.26



660

Remuneraciones y Prestaciones

al Personal

0.00



670

Depreciaciones y Amortizaciones

847,033.85



680

Utilidad (Pérdida) de la Operación



(69,135,609.10)

690

Resultado Integral de Financiamiento


4,303,920.49


700

De Inversiones

4,144,744.51



710

Por Venta de Inversiones

0.00



720

Por Valuación de Inversiones

(69,761.88)



730

Por Recargo Sobre Primas

23,108.19



750

Por Emisión de Instrumentos de Deuda

0.00



760

Por Reaseguro Financiero

0.00



770

Otros

197,626.46



780

Resultado Cambiario

8,203.21



790

(-) Resultado por Posición Monetaria

0.00



800

Utilidad (Pérdida) Antes de

I.S.R., P.T.U. y P.R.S.



(64,831,688.61)

810

(-) Provisión para el Pago del Impuesto Sobre la Renta


0.00


820

(-) Provisión para la Participación

de Utilidades al Personal


0.00


830

(-) Participación en el Resultado

de Subsidiarias


0.00


840

Utilidad (Pérdida) antes de Operaciones Discontinuadas



(64,831,688.61)

850

Operaciones Discontinuadas



0.00

860

Utilidad (Pérdida) del Ejercicio



(64,831,688.61)

El presente Estado de Resultados se formuló de conformidad con las disposiciones en materia de contabilidad emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose reflejados todos los ingresos y egresos derivados de las operaciones efectuadas por la institución hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables, y fueron registradas en las cuentas que corresponden conforme al catálogo de cuentas en vigor.

El presente Estado de Resultados fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.

10 de abril de 2012.

Director General

Roberto Rafael González Añorve

Rúbrica.

Comisario

Manuel P. Domínguez Pesqueira

Rúbrica.

Director de Administración, Finanzas y Operaciones

Luis C. Prado Rojas

Rúbrica.

(R.- 346002)

Secretaría de Gobernación

Oficialía Mayor

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

Dirección General Adjunta de Adquisiciones

CONVOCATORIA

La Secretaría de Gobernación en cumplimiento con las disposiciones que establece la Ley General de Bienes Nacionales y a las Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de la Administración Pública Federal Centralizada, convoca a todas las personas físicas y morales que tengan interés en participar en la licitación pública No. SG-EBD-DAAI-01/12 para la adjudicación del contrato único anual de enajenación de desecho ferroso y desecho de madera, con un estimado aproximado de 145,465.33 kilogramos, proveniente de bienes muebles, mismos que se describen a continuación:

Licitación pública número SG-EBD-DAAI-01/12

TIPO DE DESECHO

VALOR MINIMO

PARA VENTA

Kg.

IMPORTE DE GARANTIA

70,000.00

FERROSO

FERROSO SEGUNDA

1.7034


MIXTO CONTAMINADO

0.5972


FERROSO VEHICULAR

4.4963


MADERA

LEÑA COMUN

0.0575



Los interesados podrán consultar las bases a partir de la fecha de la presente convocatoria en la página de Internet http://www.gobernacion.gob.mx en el apartado de “MAS ENLACES RELEVANTES”, o para consulta y adquisición en las oficinas del Departamento de Enajenación de Bienes, con la Lic. Alma Ivette Sampedro Garrido, a partir del 27 de abril y hasta el 11 de mayo de 2012, de 9:00 a 13:00 horas, ubicadas en Abraham González número 48, 2o. piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, teléfono 57 28 74 00, extensiones 34183 y 34200.

La junta de aclaraciones se celebrara el día 4 de mayo del actual a las 10:00 horas, asimismo el acto de presentación y apertura de ofertas se llevarán a cabo el día 14 de mayo del año en curso a las 10:30 horas y el acto de fallo se realizará el mismo día una vez terminado el acto de apertura de ofertas, en dicho suceso se procederá a la subasta en el mismo evento en caso de declararse desierta la licitación por los motivos citados en las bases respectivas, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor mínimo para venta considerado para la licitación, y un 10% menos en segunda almoneda. Dichos eventos se efectuaran, respectivamente en la sala de usos múltiples, ubicada en Abraham González número 48, segundo piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, teléfono 57 28 74 00, extensiones 34183 y 34200, formulándose las actas correspondientes que firmarán los participantes.

Los participantes deberán garantizar la seriedad de sus ofertas mediante cheque de caja o certificado por el monto especificado en las bases, expedido por una institución bancaria a favor de la Tesorería de la Federación, la fecha de expedición de los cheques no deberá tener una anticipación mayor a cinco días hábiles.

Las garantías a que se refiere el párrafo anterior, serán devueltas a los participantes al término del acto de fallo, salvo el caso de quien resulte adjudicado, la cual permanecerá en poder de la Secretaría a título
de garantía del cumplimiento, el cual podrá canjear por fianza por el mismo monto.

Los requisitos que deben cumplir los interesados se encuentran señalados en las bases, cuyo costo será de $1,100.00 (un mil cien pesos 00/100 M.N.) más IVA directamente o $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.) más IVA si son impresas por el participante por Internet en la página: http://www.gobernacion.gob.mx, importe que en ambos casos serán pagados en las instituciones bancarias autorizadas, a través del formato que genera el sistema “e5cinco” llamado hoja de ayuda, mismo que podrán obtener en la página citada.

Atentamente

México, D.F., a 27 de abril de 2012.

El Director General Adjunto de Adquisiciones

Lic. Oscar Audelo Rivera

Rúbrica.

(R.- 346054)

Casa de Moneda de México

Planta San Luis Potosí

Subdirección Corporativa de Recursos Materiales

LICITACION PUBLICA No. LP-CMM-02-12

CONVOCATORIA

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 131 y 139 de la Ley General de Bienes Nacionales, las Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de la Casa de Moneda de México, a través de la Subdirección Corporativa de Recursos Materiales, convocan a todas las personas físicas y morales interesadas en participar en la licitación pública LP-CMM-02-12 para la enajenación de Scrap de lámina perforada de acero inoxidable 430 y cospel de desperdicio.

No. de licitación

Descripción

Junta de aclaraciones

Apertura de ofertas

Acto de fallo

Venta por

Precio mínimo de venta

Lugar de los actos

LP-CMM-02-12

186,973.20 Kg Scrap de acero inoxidable 430 en presentación de rollos de lámina perforada y cospel de desperdicio

15 de mayo de 2012

a las 10:00 horas

16 de mayo de 2012

a las 9:00 horas

16 de mayo de 2012

a las 10:00 horas

Partida única

2ʼ262,375.72

En auditorio de la Planta de San Luis Potosí

1.- Venta de bases e inscripción de los participantes: en avenida Comisión Federal de Electricidad número 200, manzana 50, Zona Industrial 1a. Sección, San Luis Potosí, S.L.P., código postal 78395, del 27 de abril al 11 de mayo de 2012, de 9:00 a 13:00 horas. Los interesados tendrán derecho a participar en la licitación una vez realizado el pago de las bases, siendo el costo de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.), debiendo realizar el pago en efectivo, cheque de caja o certificado a nombre de Casa de Moneda de México, las bases podrán ser consultadas en la página de Internet: http://www.cmm.gob.mx.

2.- Verificación de los bienes: los bienes a enajenar, se podrán verificar el 14 de mayo de 2012 previa solicitud y autorización de la Subdirección Corporativa de Recursos Materiales, en un horario de 9:00 a 10:00 horas, en el domicilio especificado en las bases.

3.- Garantía de sostenimiento de ofertas: las propuestas deberán garantizarse mediante cheque certificado o de caja expedido por institución de crédito debidamente constituida por el 10% del valor mínimo de venta sobre las partidas en que efectúe oferta, a favor de Casa de Moneda de México.

4.- Pago de los bienes: los participantes ganadores, deberán efectuar el pago del 100% de la partida adjudicada a más tardar dentro de los siguientes cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de emisión del fallo correspondiente, de conformidad a las condiciones establecidas en las bases de la licitación.

5.- Retiro de los bienes: el retiro de los bienes será, por cuenta y cargo del concursante ganador, de acuerdo al programa presentado en las bases, y una vez realizado el pago correspondiente en la caja General de Casa de Moneda de México, así como la entrega de la constancia de pagos y retenciones del ISR, IVA
e IEPS (formato 37-A).

6.- Subasta: si la partida no resulta adjudicada una vez emitido el fallo, será sujeta a subasta, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor mínimo de venta, y un 10% menos en segunda almoneda, de conformidad al procedimiento establecido en las bases.

7.- Otras consideraciones: en la presente licitación, podrán asistir libremente en los actos públicos, cualquier cámara, colegio, asociaciones profesionales u otros organismos no gubernamentales, así como cualquier persona física, que sin haber adquirido las bases, manifieste su interés de estar presente en dichos actos, bajo la condición de que deberá registrar su asistencia y cumplir con las normas de seguridad establecidas en la entidad, asimismo no podrá formular preguntas, debiendo abstenerse de intervenir en cualquier forma en los actos.

27 de abril de 2012.

Subdirector Corporativo de Recursos Materiales y Obra Pública

Jaime Gerardo Ramírez Mendoza

Rúbrica.

(R.- 345991)