Miércoles
5 de diciembre de 2012 DIARIO
OFICIAL (Primera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
En
los autos del juicio 411/2012-I, promovido por Celso Hernández
Durán, contra actos del Juez Trigésimo Noveno de lo
Familiar del Distrito Federal; por auto de veintitrés de mayo
de dos mil doce, se admitió la demanda, se tuvo como tercero
perjudicado, entre otros, a Víctor Manuel Sánchez
Hernández; se señaló como acto reclamado la
sentencia interlocutoria de diecinueve de mayo de dos mil once, así
como el acta de audiencia de veintiuno de junio de dos mil once,
dictados dentro del juicio sucesorio intestamentario a bienes de
Caliope Consuelo Sánchez Hernández, número
203/2010; y a la fecha no se ha podido emplazar al tercero en
mención; en consecuencia, hágase del conocimiento por
este conducto a dicho tercero que deberá presentarse ante este
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal,
sito en el acceso tres, primer nivel del Edifico Sede del Poder
Judicial de la Federación de San Lázaro, ubicado en
Eduardo Molina número dos, colonia El Parque, Delegación
Venustiano Carranza, México, Distrito Federal, dentro de
treinta días contados a partir del siguiente al de la última
publicación y señalar domicilio para oír y
recibir notificaciones en ésta ciudad, ya que de no hacerlo,
se le harán las subsecuentes notificaciones por medio
de
lista que se fije en los estrados de este juzgado, con fundamento en
el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo. Se
expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído
de diecinueve de octubre de dos mil doce.
Dos firmas ilegibles. Rúbricas.
México, D.F., a 19 de octubre de 2012.
La Secretaria
Ana Paola Sánchez Villanueva
Rúbrica.
(R.- 358587)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
ANA MARIA LLERENA CASILLAS Y DAVID ROSEN SACK.
En los autos del juicio de amparo número 786/2012-I, promovido por Alberto Machuca Aguirre, contra actos de la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y otra, radicado en este Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, al ser señalados como terceros perjudicados y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta capital, se hace de su conocimiento que en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 13 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Nancy Fabiola Franco Gómez
Rúbrica.
(R.- 358882)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
“Se comunica a los terceros perjudicados Nora Elsa Alpizar Ortega y Miguel Angel Elizalde Moreno, que en el juicio de amparo 710/2012-III del índice del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, promovido por Pablo Humberto Oliva Guzmán y otros, contra acto de la Sala Unitaria Civil de Tlalnepantla, México, consistente en la resolución de diecisiete de mayo de dos mil doce dictada en el toca de apelación 210/2012, se ordenó emplazarlos para que comparezcan al juicio constitucional en defensa de sus intereses, dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente.”
PARA SU PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL, POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS.
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 4 de octubre de 2012.
Secretaria
del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con
residencia en Naucalpan de Juárez
Grisel Ariana de la Cruz Cano
Rúbrica.
(R.- 358236)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERA PERJUDICADA: ANA BERTHA ORDOÑEZ GALAN
En los autos del juicio de amparo 276/2012-I promovido por RAUL ANGEL ZENTENO RODRIGUEZ, contra actos de la SEGUNDA SALA FAMILIAR Y JUEZ VIGESIMO PRIMERO DE LO FAMILIAR, AMBOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, en auto de nueve de abril del dos mil doce, se admito la demanda señalada, en dieciocho de mayo de dos mil doce, se ordenó se le emplace por EDICTOS, haciéndole saber que deberá presentarse en el local de este Juzgado de Distrito, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, y deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta Ciudad, apercibida que para el caso de no le surtirán efectos por medio de lista que se fije en este juzgado.
Atentamente
México, D.F., a 5 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Yuriko de los Santos Alvarez
Rúbrica.
(R.- 358418)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
En el juicio de amparo 856/2012-VI, promovido por Miguel Angel Amador Camacho, contra actos del Juez de Control de Ecatepec de Morelos, Estado de México y otra autoridad, reclama lo siguiente: el auto de vinculación a proceso dictado el once de febrero de dos mil doce, en la carpeta administrativa 77/2012, seguida en contra del ahora quejoso Miguel Angel Amador Camacho, por su probable intervención en la comisión del hecho delictuoso de robo de vehículo automotor cometido con violencia, en agravio de Angel Rodrigo Castillo Pedraza, se le manda emplazar por medio de edictos, con el objeto de que si a su interés conviene se apersone al juicio 856/2012-VI, en su carácter de tercero perjudicado; deberá presentarse en el local de este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, sito en Boulevard Toluca número cuatro, Colonia Industrial Naucalpan, en Naucalpan de Juárez, Estado de México, Código Postal 53370, dentro del plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de los presentes edictos, en el entendido de que se han señalado las diez horas con treinta minutos del siete de noviembre de dos mil doce, para la audiencia constitucional, queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de Distrito copia simple de la demanda de garantías.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República Mexicana. Naucalpan de Juárez, Estado de México, veintinueve de octubre de dos mil doce. Doy fe.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Humberto Guillén Santiago
Rúbrica.
(R.- 358753)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
3.
Constructora y Comercializadora del Sureste, Sociedad Anónima
de Capital Variable, a través de su representante, persona
moral tercero perjudicada en el juicio de amparo 1401/2012, de este
juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido
por José Luis Hidalgo Alvear, contra actos de la Junta
Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y
Arbitraje del Estado de Puebla y otras autoridades; se ha ordenado
emplazar por edictos a la referida tercero perjudicada, que deberán
publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario
Oficial de la Federación” y en cualquiera de los
periódicos siguientes: “Reforma”, “Excelsior”,
“El Financiero” o “El Universal”, a elección
del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y
315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles, de
aplicación supletoria a la ley citada. Queda a disposición
en la actuaría de este juzgado copia simple de la demanda de
garantías, haciéndole saber que deberá
presentarse dentro del término de treinta días,
contados a partir del siguiente al de la última publicación.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 31 de octubre de 2012.
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Naela Márquez Hernández
Rúbrica.
(R.- 358841)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Séptimo Civil de Toluca, México
EDICTO
En
el expediente número 286/1995 relativo al juicio EJECUTIVO
MERCANTIL, promovido por BANCO MEXICANO S. A. INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE GRUPO FINANCIERO INVERMEXICO, en contra de ANTONIO BAÑUELOS
HERRERA; por auto de fecha treinta de octubre de dos mil doce, se
señaló las
DOCE HORAS DEL DIA NUEVE DE ENERO DEL
AÑO DOS MIL TRECE, para que tenga verificativo
la “PRIMERA
ALMONEDA DE REMATE”, sobre el inmueble embargado en el presente
asunto consistente en:
UN INMUEBLE UBICADO EN RANCHO DENOMINADO
“LOS CUILOTES” EN SAN GASPAR MUNICIPIO DE VILLA GUERRERO,
ESTADO DE MEXICO EN SUS FRACCIONES A,D,E,F,G,H,I,J,K. Sirviendo de
base para el remate, la cantidad de $3.000,000.00 M/N (TRES MILLONES
DE PESOS), cantidad que fue valuada
por el perito Tercero en
Discordia, por lo que anúnciese su venta a través de la
publicación de edictos en el periódico oficial DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION, y en la TABLA DE AVISOS que se lleva
en
el Juzgado por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, a efecto de convocar
postores que deseen comparecer a la almoneda señalada. Se
expide el presente, en la Ciudad de Toluca, México a los trece
días del mes de noviembre del dos mil doce; doy fe.
AUTO QUE LO ORDENA DE FECHA: TREINTA DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE.
Segundo Secretario de Acuerdos
Lic. Indra Ivón Castillo Robledo
Rúbrica.
(R.- 359051)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCEROS PERJUDICADOS
CARLOS SANDOVAL ROJAS Y OSCAR H. MAZARIEGOS E.
En los autos del juicio de amparo 215/2012-V promovido por MARIA SOFIA ANDREA DABROWSKI ROMERO O ANDREA DABROWSKI, por su propio derecho, contra actos del Juez y Secretarios Actuarios adscritos al Juzgado Septuagésimo Cuarto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Admitida la demanda por auto de trece de marzo del año en curso, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazar por este medio a los terceros perjudicados CARLOS SANDOVAL ROJAS Y OSCAR H. MAZARIEGOS E.; haciéndole de su conocimiento que pueden apersonarse a juicio dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la última publicación que se haga por edictos; con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se les harán por lista, conforme a lo previsto en los artículos 30 fracción II y 28 párrafo tercero, de la Ley de Amparo; dejándose a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías, para los efectos legales a que haya lugar.
México, D.F., a 24 de agosto de 2012.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Blanca Araceli Arce Martínez
Rúbrica.
(R.- 359064)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- JUZGADO DECIMOSEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO.- A DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE.
A LA C. MARIA DEL SOCORRO AGUILAR TORRESCANO.
José Manuel Torres Angel, Juez Decimosegundo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl, ordena emplazar a usted como tercera perjudicada, mediante edictos, los cuales se publicarán, por tres veces, de siete en siete días, como esta ordenado en auto de trece de septiembre de dos mil doce, para que comparezca a deducir sus derechos, en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente al en que se efectúe la última publicación; en los autos del juicio de amparo número 1024/2011-III-6, promovido por Juan Manuel Alvarez González, Director General de Asuntos Jurídicos de la Procuraduría General de la República, contra actos del Juez Cuarto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chalco, Estado de México y otras autoridades, se le notifica que la audiencia constitucional que tendrá verificativo a las nueve horas con veinticuatro minutos del cuatro de octubre de dos mil doce, la cual será diferida tomando en cuenta el término de la última publicación, edemas se encuentra a su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple de la demanda de amparo.
Atentamente
El Secretario del Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México
Guido Pérez Ramírez
Rúbrica.
(R.- 359074)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia
Ecatepec de Morelos
Primera Secretaría
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, México
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
EXPEDIENTE 905/2009
AMBROSIO GUEVARA CONTRERAS, en su carácter de ENDOSATARIO EN PROCURACION del señor DELFINO VILLASEÑOR VIEYRA, promovió ante el Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, Estado de México, el expediente número 905/09, relativo al Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, en contra de GERARDO OLIVARES RODRIGUEZ, en el cual se señalaron las NUEVE HORAS DEL DIA CATORCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DOCE para que tenga verificativo el remate en cuarta almoneda del bien inmueble embargado en autos, debiendo realzar las publicaciones en términos de lo ordenado por el proveído de fecha treinta y uno de octubre del dos mil doce, sirviendo como base para el remate la cantidad de $4,631,993.00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.), cantidad que resulta después de haberse realizado la reducción del diez por ciento a la cantidad establecida como postura legal en la Primera Almoneda y que fue fijada de $5,146,659.00 (CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), por lo que dicha cantidad sirve como base para el remate del inmueble ubicado en EL BARRIO DE XAHUENTO, MUNICIPIO DE TULTEPEC, MEXICO, PREDIO DENOMINADO “PARAJE DE LA INSTANCIA” CON UNA SUPERFICIE DE 18,578.590 METROS CUADRADOS, siendo postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes del precio aludido en primer término, con tal de que la parte de contado sea suficiente para pagar el importe de lo sentenciado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 479 del Código Procesal invocado, así mismo, publíquese los edictos en la tabla de avisos del Juzgado competente atendiendo a la ubicación del inmueble. DOY FE. DADO EN ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DOCE.
VALIDACION:
FECHA DEL ACUERDO QUE ORDENO LA PUBLICACION: 31 DE OCTUBRE DEL 2012.
Secretario
Lic. Leticia Rodríguez Vázquez
Rúbrica. (R.- 358800)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado 2do de Distrito, Villahermosa, Tabasco. A: Julio César García Bazan. En el juicio de amparo 1675/2012-II, promovido por Gustavo Pardo Calles, se ordenó emplazar por edictos al tercero perjudicado Julio César García Bazan, para que si a su interés conviene, comparezca a ejercer los derechos que le correspondan en el juicio de garantías citado. En la demanda respectiva se señaló como acto reclamado la resolución que contiene el auto de formal prisión de catorce de enero de dos mil doce, en contra por el quejoso, dictado en la causa penal 04/2012, se señaló como autoridad responsable al Juez Primero Penal de Primera Instancia de Centro, Tabasco y Director del Centro de Reinserción Social del Estado de Tabasco y como preceptos constitucionales violados, el artículo 19. Se hace del conocimiento al tercero perjudicado que la audiencia constitucional se encuentra señalada para las once horas del treinta de octubre de dos mil doce. Queda a su disposición copia de la demanda.
La Secretaria
Lic. Alma Laurence Contreras Garibay
Rúbrica.
(R.- 359082)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito
Mazatlán, Sin.
EDICTO
En el amparo directo 306/2012, se ordenó emplazar a juicio a Leticia Vidaña Aispuro (quien era esposa del occiso Aurelio Peña Villa), en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, por lo que se le hace de su conocimiento que el quejoso Miguel Niebla o Estanislado Niebla Chávez, promovió demanda de amparo contra la sentencia de treinta de enero de dos mil doce, dictada por la Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con sede en Culiacán, Sinaloa, en el toca de apelación 268/2011. Además, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se le previene para que en el término de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, se presente a señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las personales, se harán por lista que se fije en los estrados de este Tribunal, sin posterior acuerdo. También, se hace de su conocimiento que la copia de la demanda se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Tribunal, con apoyo en el artículo 317 del citado Código legal.-
Mazatlán, Sin., a 30 de octubre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Deogracia Navarrete Flores
Rúbrica.
(R.- 359086)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa, con residencia en Mazatlán
EDICTO
A LA PARTE TERCERO PERJUDICADA BEATRIZ GUADALUPE MEDINA VELAZQUEZ
Juez
Décimo de Distrito en el Estado, con residencia en Mazatlán,
Sinaloa, ordena a usted (es) emplazarlo (s) como tercero (s)
perjudicado (s) en el juicio de amparo 568/2011, promovido por
VIRGINIA GARCIA PAZ, contra actos del Juez Segundo de Primera
Instancia del Ramo Penal, Comandante de la Policía Ministerial
del Estado de Sinaloa, Secretario de Seguridad Pública
Municipal y Subprocurador Regional de Justicia Zona Sur en el Estado,
con residencia en esta ciudad, mediante edictos, por tres veces, de
siete en siete días, para que comparezca a deducir derechos
por el término de treinta días, a partir del siguiente
día al en que se efectúe la última publicación.
Haciendo consistir los actos reclamados en la orden de reaprehensión,
notificándole que
la audiencia constitucional tendrá
verificativo a las once horas con veinte minutos del cinco de
noviembre de dos mil doce.
Mazatlán, Sin., a 28 de septiembre de 2012.
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa, con residencia en Mazatlán
Lic. Jonathan Joaquín Quezada Alvarez
Rúbrica.
(R.- 359088)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado 2do de Distrito, Villahermosa, Tabasco. A: 1. Víctor Manuel Martínez Cuervo y 8. Luis Alberto Sánchez Torres. En el juicio de amparo 1588/2012-III, promovido por María Martha de la Cruz Cano, se ordenó emplazar por edictos a los terceros perjudicados, para que si a su interés conviene, comparezcan a ejercer los derechos que le correspondan en el juicio de garantías citado. En la demanda respectiva se señaló como acto reclamado el auto de formal prisión dictado en la causa penal 251/2011, se señaló como autoridad responsable al Juez Sexto Penal de Centro, Tabasco y como preceptos constitucionales violados, los artículos 14, 16 y 19. Se hace del conocimiento a los terceros perjudicados que se reservó señalar fecha de audiencia constitucional, hasta en tanto el expediente esté debidamente integrado. Queda a su disposición copia de la demanda.
El Secretario
Lic. Jorge Arturo Acosta Argüelles
Rúbrica.
(R.- 359093)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito. MARIA MAGDALENA CASAS MARTINEZ (esposa del pasivo del delito, PERFECTO ORTIZ LOPEZ). Disposición del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, pronunciada en el juicio de amparo directo número 222/2012, promovido por SILVIA ROMERO CARRERA, contra la sentencia de veinticuatro de septiembre de dos mil doce, dictada por la Primera Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado, en autos del toca 403/2002, formado con motivo del recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia pronunciada en el proceso 249/2001 del índice del Juzgado Primero de lo Penal del Distrito Judicial de Tehuacán, Puebla, instruido por el delito de homicidio calificado. En el juicio de amparo referido, usted tiene el carácter de tercera perjudicada, atento a que por su condición de cónyuge del pasivo, es quien pudiera tener derecho a la reparación del daño o a exigir la responsabilidad civil proveniente del delito imputado a la quejosa y al desconocerse su domicilio actual, se ha dispuesto emplazarla por edictos, en términos de los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria. Queda a su disposición en la actuaría de este tribunal copia simple de la demanda de garantías, haciéndole saber que se encuentra en aptitud de presentarse ante este Organo Colegiado a deducir los derechos que con tal carácter -de tercero perjudicado- le corresponde; dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, en el entendido que en caso contrario, las subsecuentes notificaciones se realizarán por lista, como lo dispone el diverso 28, fracción III de la ley de la materia.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 28 de septiembre de 2012.
Magistrado Presidente
Diógenes Cruz Figueroa
Rúbrica.
(R.- 358876)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito, con residencia en Villahermosa, Tabasco. A: Daniel Alberto Sarabia Jiménez. En el juicio de amparo 492/2012, promovido por Guadalupe Hernández Patistán, se ordenó emplazar por edictos al tercero perjudicado Daniel Alberto Sarabia Jiménez, a fin de que comparezca a ejercer sus derechos correspondientes en el juicio de referencia. En la demanda relativa se señaló como acto reclamado la sentencia de dos de febrero de dos mil once, dictada en el toca penal 249/2010-IV, por los delitos de robo de vehículo y robo de vehículo en grado de tentativa; se señalaron como autoridades responsables a la Cuarta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del estado de Tabasco, Juez Primero de lo Penal de Primera Instancia del Séptimo Distrito Judicial de Huimanguillo, Tabasco y Director del Centro de Readaptación Social del municipio de Huimanguillo, Tabasco, así como violación a los artículos 14, 16, 17 y 22 constitucionales. Queda a su disposición copia de la demanda. Se hace del conocimiento al tercero perjudicado para los efectos legales conducentes.
La Secretaria de Acuerdos
Maribel Pérez Morales
Rúbrica.
(R.- 359094)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado 2do de Distrito, Villahermosa, Tabasco. A: José Atila Pliego Solís y/o José Atila Priego Solís, En el juicio de amparo 1998/2012-VI, promovido por Javier Valenzuela de la Cruz, se ordenó emplazar por edictos a la parte tercero perjudicada, para que si a su interés conviene, comparezca a ejercer los derechos que le correspondan en el juicio de garantías citado. En la demanda respectiva se señaló como acto reclamado el auto de formal prisión de siete de agosto de dos mil once se señalaron como autoridades responsables al Juez Cuarto Penal del Primer Distrito Judicial de Centro, Tabasco y otra, y como preceptos constitucionales violados, los artículos 14 y 16, párrafo VII y X 19 y 20 inciso b) fracción dos. Se hace del conocimiento a la parte tercero perjudicada que la audiencia constitucional se fijó para las doce horas con cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre de dos mil doce, la cual se diferirá hasta que sea legalmente emplazada, Queda a su disposición copia de la demanda.
La Secretaria
Reyna Liliana Fernández Lima
Rúbrica.
(R.- 359095)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Por
auto de treinta y uno de octubre de dos mil doce, se ordenó
emplazar a juicio a International Media Consulting Group, sociedad
anónima de capital variable; Gabino Robledo Aburto, y María
Martha Flores Patricio, mediante edictos, publicados por tres veces,
de siete en siete días, para que comparezcan a este juzgado
dentro del término de treinta días a partir del
siguiente de la última publicación; quedando a su
disposición en la Secretaría de Acuerdos de este
Juzgado copia de la demanda de garantías del juicio de amparo
2233/2012, promovido por el ALEJANDRA ORTIZ HERNANDEZ, contra actos
de la Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación
y Arbitraje del Distrito Federal y otra autoridad. Se les
apercibe
que de no comparecer, las subsecuentes notificaciones se
harán por medio de lista.
México, D.F., a 31 de octubre de 2012.
La Secretaria
Lic. Rita Elena Muñoz Canales
Rúbrica.
(R.- 359105)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala
EDICTO
En
el Juicio Ejecutivo Mercantil 268/2008-IV, promovido por MARIA ISABEL
ZENAIDA ESCALONA HERNANDEZ, contra DIANA PATRICIA AGUILAR LIMA, el
Juez Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, señaló
las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIECISIETE DE DICIEMBRE DE DOS
MIL DOCE, para la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, del inmueble embargado,
denominado “CONTLA”, ubicado en el Municipio de Panotla,
Tlaxcala, que mide y colinda: AL NORTE: 19.90, con calle común
y Juan Lima Flores;
al SUR: 20.90, con Graciela Lima Flores; al
ORIENTE: 23.50, con Cecilio Flores M. y Martín Flores M.; y al
PONIENTE: 22.75, con Salvador Lima Moreno. Inscrito en el Registro
Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Tlaxcala,
bajo la partida setecientos dieciséis (716), a fojas sesenta y
ocho (68) vuelta, Sección Primera, volumen ciento once “A”
(111 “A”), del Distrito Judicial de Hidalgo, de fecha
doce de julio de dos mil uno. Anúnciese su venta en forma
legal por edictos que se publicaran por dos veces, de cinco en cinco
días, en el Diario Oficial de la Federación, asi como
en la puerta de este Juzgado Federal; sirviendo de base para el
remate del inmueble: $94,312.00 (noventa y cuatro mil trescientos
doce pesos, cero centavos, moneda nacional), resultante de las dos
terceras partes del avalúo del perito de la parte actora.
Convóquese a postores, cítese a demandado y acreedor
para que deduzcan sus derechos.- Dado en Tlaxcala, Tlaxcala,
a
seis de noviembre de dos mil doce.
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala
Lic. Beatríz Godines Mesinas
Rúbrica.
(R.- 359238)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo
del Decimoséptimo Circuito en Chihuahua, Chihuahua
EDICTO
TERCERO PERJUDICADA: ALERTA ALTA SEGURIDAD Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En cumplimiento a la resolución de treinta y uno de octubre de dos mil doce, dictada en los autos del juicio de amparo directo laboral 120/2012, en el que se le ordenó emplazar por Edictos a Alerta Alta Seguridad y Servicios, Sociedad Anónima de Capital Variable, respecto de la demanda promovida por el licenciado Antonio Juan Martín Rodríguez, apoderado de Efrén Romero Sotelo, en contra del laudo de uno de febrero de dos mil once, dictado por la Junta Especial Número Veintiséis de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, en el expediente laboral 392/2001, en consecuencia procédase a emplazar por edictos a la mencionada tercero perjudicada en el citado juicio de amparo, debiéndose publicar dichos edictos por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo del conocimiento de la tercero perjudicada, que quedará a su disposición en la Secretaria de Acuerdos de este Tribunal una copia de la demanda de garantías respectiva y que deberá comparecer ante este órgano jurisdiccional, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibida que de no comparecer dentro del término indicado, por sí, por apoderado o gestor que pueda representarla, se le tendrá por debidamente emplazada y las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fijarán en los estrados de este tribunal colegiado.
Chihuahua, Chih., a 15 de noviembre de 2012.
El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado
en Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito
Lic. Sixto Villagómez García
Rúbrica.
(R.- 359100)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Jueza Especializada en Asuntos Financieros de Puebla, Puebla, expediente 248/2007 Juicio Ejecutivo Mercantil promueve MANUEL AGUSTIN CABRERA TORRES, apoderada BANCO MERCANTIL DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO BANORTE, contra FRANCISCO JAVIER TORRES MARTINEZ autos veinticinco de septiembre y veinticuatro de octubre ambos del 2012, se anuncia remate en Primera y Pública Almonede Casa número CIENTO TRES de la Calle JOSEFA ORTIZ DE DOMINGUEZ, COLONIA SAN FELIPE HUEYOTLIPAN, PUEBLA, PUEBLA., inscrito en Registro Público de la Propiedad de esta Ciudad bajo el predio mayor 107320 siendo postura legal $1,510,000.00 (UN MILLON QUINIENTOS DIEZ MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) cubre dos terceras partes valor avalúo VENCE TERMINO para posturas y pujas doce horas del cuatro de Enero del 2013. Notifíquese deudor puede liberar bien embargado pagando íntegramente monto de sus responsabilidades.
Atentamente
Ciudad Judicial Puebla, Pue., a 9 de noviembre de 2012.
Diligenciario de Enlace
Lic. Roberto I. Calderón Dávila
Rúbrica.
(R.- 359322)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.-
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
Respecto a la causa 144/2011, que se instruye contra Roberto Fernández Páez, por el delito abuso de autoridad, con fundamento en el artículo 83 del Código Federal de Procedimientos Penales, se notifica a los testigos Franco Rivera Herrera y Felipe Bautista Martínez que deberán comparecer, a las diez horas del trece de diciembre de dos mil doce, en el local de este Juzgado, ubicado en Reforma número ochenta, Lomas de San Lorenzo Tezonco, Iztapalapa, código postal 09780, anexo al Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, a fin de celebrar la ampliación de declaración a su cargo.
Atentamente.
El Juez Decimosegundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal.
Lic. Gerardo Eduardo García Anzures.
Edicto a publicarse en el Diario Oficial de la Federación:
Atentamente
México, D.F., a 13 de noviembre de 2012.
El Juez Decimosegundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
Lic. Gerardo Eduardo García Anzures
Rúbrica.
(R.- 359381)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito
Ciudad Juárez, Chih.
EDICTO DE NOTIFICACION
En
el proceso penal 70/2007, que se instruyó contra MANUEL
BALTIERREZ GALLEGOS y/o ALEJANDRO RODRIGUEZ MEZA y/o CESAR ENRIQUE
OLVERA BARRETO y/o DANIEL MAGALLON
y/o PEDRO y otros, por delito
de Operaciones con Recurso de Procedencia Ilícita, previsto y
sancionado en el artículo 400 bis, del Código Penal
Federal y otros; mediante auto de quince de octubre de dos mil doce
se ordenó notificar por medio de edictos a quién
acredite tener derecho a la entrega del automotor marca FORD F150,
modelo mil novecientos noventa y siete, con placas de circulación
6GSB16 del Estado de Texas, número de serie 1FTDF1765VKA71903.
Lo anterior, a fin de que dentro del plazo de tres meses, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, comparezca en este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, sito en Avenida Tecnológico número mil seiscientos setenta, del Fraccionamiento Fuentes del Valle, en ciudad Juárez, Chihuahua, a acreditar dicha propiedad para efectos de tramitar la devolución de dicho vehículo, con el apercibimiento que de no hacerlo en el plazo estipulado, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 182 Ñ, del Código Federal de Procedimientos Penales, dicho vehículo causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Ciudad Juárez, Chih., a 26 de octubre de 2012.
Por acuerdo del Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Chihuahua
La Secretaria
Lic. María Isabel Olivas Domínguez
Rúbrica.
(R.- 359540)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.P. 1336/2012, promovido por Luis Agustín Sevilla, se ordena emplazar a juicio a través del presente edicto a la tercero perjudicada Socorro Morales Seno.
Hágase saber a la tercero perjudicada Socorro Morales Seno, que deberá presentarse ante este Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México, dentro del término de TREINTA DIAS contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a defender sus derechos en el presente juicio de amparo para dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, apercibida que en caso de no hacerlo así, se seguirá este juicio conforme legalmente le corresponde y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por lista que se fija en los estrados de este tribunal.
Atentamente
Nezahualcóyotl, Edo. de Méx., a 14 de noviembre de 2012.
Secretario
de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con
residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Edgar Martín Peña López
Rúbrica.
(R.- 359650)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Sexto Civil
Toluca
Primera Secretaría
EDICTO
En los autos del expediente 581/11, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por UNION DE CREDITO PROMOTORA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DEL ESTADO DE MEXICO S.A. DE C.V., contra BANQUETES Y COMEDORES, SOCIEDAD ANONIMA DEL CAPITAL VARIABLE Y OTROS, el Juez de los autos señaló las DIEZ HORAS DEL DIA ONCE DE ENERO DE DOS MIL TRECE, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, del bien embargado Consistente en Un lote de terreno y construcción número veintiuno, manzana D, del Fraccionamiento Residencial Campestre Rancho “La Virgen”, ubicado en Calle San Carlos número ciento tres (103), municipio de Metepec, México, inscrito a nombre de ARACELI DE LA SIERRA VEGA en el registro Público de la Propiedad bajo la partida número 198-6608, Volumen 283, Libro Primero, Sección Primera a fojas veinticinco de fecha tres de julio del año mil novecientos ochenta y nueve (1989) anunciándose su venta por TRES VECES, dentro de nueve días por medio de edictos que se publicarán en Diario Oficial de la Federación, en la tabla de avisos de este juzgado y en el lugar de ubicación del inmueble, convocándose postores para la almoneda, sirviendo como precio base para el remate la cantidad de $3,280,000.00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), valor que le fuera otorgado por los peritos de las partes, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad, conforme lo establece el artículo 479 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio. Dado en la Ciudad de Toluca, Estado de México a los VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE. DOY FE.
Secretario
Lic. Luz Gabriela Aguilar Corona
Rúbrica.
(R.- 359457)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Al margen, un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
En los autos del juicio ejecutivo mercantil expediente 529/2009-IV, promovido por RODRIGO ARANDA SALMERON en contra de ANA MARIA CASTILLO TAPIA, mediante audiencia de quince de noviembre de dos mil doce, se dictó lo que en esencia dice: “(…) se señalan las TRECE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS del DOCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE, para la audiencia de séptima almoneda respecto del inmueble ubicado en Calle Camino a San Pedro, Número 14, departamento 504, Condominio Norte, Edificio B, Conjunto Habitacional Cinco de Mayo, Colonia los Volcanes, Tlalpan, Distrito Federal, sirviendo de base para el remate la cantidad de $343,842.33 (TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL), que resulta de deducir el diez por ciento de $382,047.03 (TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUARENTA Y SIETE PESOS 03/100 MONEDA NACIONAL),siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio base fijado para esta séptima almoneda, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 479 de la legislación antes citada y, para tal efecto, convóquese postores mediante edictos que deberán publicarse por una sola vez, en la forma que previene el numeral 475 del ordenamiento adjetivo civil, esto es, publicándose edictos en el Diario Oficial de la Federación y en la puerta de este juzgado, de manera que, entre la publicación o fijación del edicto y la fecha del remate, medie un plazo que no sea menor de cinco días…”.
El Secretario adscrito al Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. José María Lavalle Cambranis
Rúbrica.
R.- 359690)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL.
MARGARITA BELTRANENA.
En los autos del juicio de amparo número 1348/2011-II, promovido por José y/o José Guadalupe Minero Guerra y otro, por conducto de su apoderado, contra actos de la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, al ser señalada como tercera perjudicada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo que originó el aludido juicio y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurra a este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 16 de noviembre de 2012.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Jorge Omar Gutiérrez Cortés
Rúbrica.
(R.- 359701)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Cuernavaca, Mor.
Boulevard del Lago número 103, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo,
Cuernavaca, Morelos, código postal 62370
Sección Amparo
A: “Mancri, Sociedad AnOnima de Capital Variable, conocida comercialmente como Hotel Bar y Restaurante MarIa Cristina”, EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTREN.
En los autos del juicio de amparo número 1203/2012, promovido por Rubén Contreras Paredes, contra actos de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con residencia en esta ciudad, consistente en la omisión de pronunciarse respecto del incidente de sustitución patronal dentro del juicio laboral 01/1177/07; por acuerdo de veintiséis de octubre del año en curso, se ordenó emplazar a la tercera perjudicada Mancri, Sociedad AnOnima de Capital Variable, conocida comercialmente como Hotel Bar y Restaurante MarIa Cristina, por edictos para que comparezca dentro de los treinta días, siguientes a la última publicación de estos edictos a este Juzgado de Distrito ubicado en Boulevard del Lago número 103, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, si a sus intereses legales conviene, a efecto de entregarle copia de la demanda de amparo, así como del auto de admisión de la misma.
Por otra parte, se le apercibe que en caso de no hacerlo así y no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, se le tendrá debidamente emplazada, se seguirá el juicio y las subsecuentes notificaciones se le harán por lista de estrados que se fijan en este órgano jurisdiccional.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y de la misma manera en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.
Cuernavaca, Mor., a 26 de octubre de 2012.
La Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Griselda Sáenz Horta
Rúbrica.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Jonathan Pineda Castro
Rúbrica.
(R.- 358870)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
DA- 254/2012
J.N. 24187/03-17-06-7/918/08-PL-09-10
EDICTO
QUEJOSO: ASOFARMA DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.
TERCERO PERJUDICADA: OFFENBACH MEXICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
A OFFENBACH MEXICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, quien tiene el carácter de tercero perjudicada, en términos del artículo 5, fracción III, inciso A), de la Ley de Amparo, se le hace saber: Que en los autos del juicio de Amparo 254/2012, promovido por Mauricio Escoto Martínez Castro, en su carácter de apoderado, de ASOFARMA DE MEXICO, sociedad anónima de capital variable, radicado en este Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, se encuentra señalado como acto reclamado en específico: la sentencia de veinticinco de octubre de dos mil diez, dictada por la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el juicio de atrayente 24187/03-17-06-7/918/08-PL-09-10, del índice de la citada Sala. Por auto de dieciocho de abril de dos mil doce, se admitió a trámite la demanda de garantías precisada, asimismo, en el auto de admisión se tuvo como tercero perjudicada a OFFENBACH MEXICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, entre otras y de la cual se desconoce su domicilio actual, independientemente de las investigaciones que se han realizado, mediante proveído de fecha cinco de noviembre de dos mil doce, se ha ordenado emplazarla por edictos, los cuales deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia y 30, fracción II, de la Ley de Amparo. Se hace saber a OFFENBACH MEXICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que queda a su disposición en la Secretaria de Acuerdos de este· Tribunal Colegiado copia simple de la demanda de garantías y para su consulta el expediente citado; en la inteligencia de que a partir de la última publicación de este edicto en esos órganos de información, tiene treinta días para que comparezca ante en este Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, a deducir lo que a su derecho convenga, apercibidas que sí transcurrido ese término no comparecen por sí o a través de su representante legal, las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal se harán por lista que se fijará en los estrados de este Tribunal Colegiado.
México, D.F., a 14 de noviembre de 2012.
El
Magistrado Presidente del Décimo Segundo Tribunal Colegiado
en
Materia Administrativa del Primer Circuito
Lic. Eugenio Reyes Contreras
Rúbrica.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Arturo Soto Reyes Loranca
Rúbrica.
(R.- 359069)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Mérida, Yucatán
Sección Amparos
Mesa III
Exp. 862/2012
EDICTO
JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO
EN EL ESTADO
CALLE 47 NO. 575-H X 45 Y 84-a
SEGUNDO PISO
COL. SANTA PETRONILA
MERIDA, YUCATAN, MEXICO
ROGELIO MAULEON ELVIRA
DOMICILIO IGNORADO
En autos del expediente número 862/2012-III, formado con motivo de la demanda de amparo indirecto promovida por HENRY MARTIN MOGUEL JIMENEZ, por conducto de su defensor particular Miguel Bargas Díaz, contra actos del Juez Octavo Penal de Primer Departamento Judicial del Estado, se le tuvo como tercero perjudicado en este asunto, ordenándose emplazarlo como tal personalmente, a fin de que comparezcan en defensa de sus derechos, de estimarlo pertinente. Ahora bien, toda vez que a pesar de las gestiones realizadas, según constancias que aparecen en autos, no ha sido posible localizarlos para llevar adelante dicha diligencia, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, se le emplaza por medio de edictos en los términos del numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, haciéndoles saber que deben comparecer ante este JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE YUCATAN, en un plazo de treinta días contados a partir del siguiente a la última publicación; requiriéndolos para que dentro del lapso señalado proporcionen domicilio para oír y recibir citas y notificaciones apercibidos que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado, asimismo se les hace saber que la parte quejosa reclama del Juez Octavo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, con residencia en Mérida, Yucatán, el Auto de Formal Prisión dictado en la causa penal 179/2012 del índice Juzgado Octavo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado de Yucatán. Por lo que queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado Federal copia de la demanda de garantías; asimismo se le hace saber que el informe justificado de la autoridad responsable se encuentra glosado al expediente relativo para conocimiento de las partes y ejercicio de sus derechos.
Y para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, expido el presente edicto en la ciudad de Mérida, Yucatán, a los seis días del mes de noviembre de dos mil doce.
Atentamente
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Lic. Francisco Javier Cetina Cetina
Rúbrica.
(R.- 358442)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Baja California
EDICTO
Terceros perjudicados: MARTHA SILVIA MORENO AGUIRRE, UNION DE CREDITO MERCANTIL DE CALIFORNIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, RAFAEL SALAS, ADOLFO AUDELES AVILAS, JUAN JOSE VAZQUEZ MONTES y RAFAEL SALAS MUÑOZ.
En los autos del Juicio de Amparo 195/2011 que promovió Marina Valenzuela Ortiz, contra actos del Juez Primero de lo Civil, con sede en esta ciudad y otras autoridades, del que reclamó: “…A) Del Juez Primero de lo Civil, con sede en esta ciudad, reclamo mediante el presente Juicio de Garantías, la nulidad de todo lo actuado a partir de la admisión de la demanda, dentro del Juicio Ordinario Civil, expediente No. 1401/2007 y seguido en contra de la Sra. Martha Silvia Moreno Aguirre, así como también las subsecuentes actuaciones, notificaciones que ellas se ordenaron, la sentencia definitiva que decreta procedente la acción de prescripción positiva, y que afecta el inmueble de mi propiedad, de fecha 2 de marzo de 2010, las notificaciones subsecuentes a ella y el auto que la declara ejecutoriada y ordena su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de fecha 12 de mayo de 2010, sentencia que declara a hoy tercera perjudicada que se ha convertido en propietaria del inmueble identificado como lotes 36 y 37 de la manzana 30 del desarrollo urbano Venustiano Carranza de esta ciudad con superficie de 375 metros cuadrados y no así de las construcciones… B).- Del Registrador Publico de la Propiedad y de Comercio de esta ciudad, reclamo la ejecución dada a la sentencia recaída en el juicio de prescripción positiva aludido en el inciso que antecede de la cancelación total de la inscripción partida 117, tomo 23, sección civil de fecha 12 de diciembre de 1989 y la inscripción que de la sentencia hace…. C).- Del Juez Quinto de lo Civil, de este partido Judicial reclamo la ejecución que pretenda dar de cualquier acto, dentro del Juicio No. 1584/2010, promovido por la quejosa en mi contra, que tiendan a privarme de mis derechos de propiedad, de mis posesiones y bienes, así como la continuidad y el dictado de una sentencia.”; se les emplaza al juicio de garantías en cita del índice del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Baja California, con sede en la ciudad de Mexicali, y se les hace saber que deberán comparecer ante este Organo Jurisdiccional, con domicilio que se ubica en el Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, calle del Hospital número 594, Zona Industrial Centro Cívico y Comercial de esta ciudad de Mexicali, Baja California, código postal 21000, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; lo anterior, a efecto de hacerles entrega de la demanda de garantías del juicio de amparo en cita, la cual se admitió a trámite en veintitrés de marzo de dos mil once y del proveído de tres de octubre de dos mil doce, por el que se ordena su emplazamiento por edictos; con el apercibimiento, que de no hacerlo así, se seguirá el juicio en su rebeldía y las ulteriores notificaciones aún las que tengan carácter personal se les harán por medio de lista de estrados que se fija en este Juzgado, en términos del artículo 30, fracción I, conforme a las reglas previstas en el diverso numeral 28, fracción III, ambos de la ley de amparo.
Atentamente
Mexicali, B.C., a 31 de octubre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Baja California
Lic. Xóchitl Hernández Farfán
Rúbrica.
(R.- 359092)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas, son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,539.00
2/8 de plana $ 3,078.00
3/8 de plana $ 4,617.00
4/8 de plana $ 6,156.00
6/8 de plana $ 9,234.00
1 plana $ 12,312.00
1 4/8 planas $ 18,468.00
2 planas $ 24,624.00
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estado de México
Poder Judicial
Primera Sala Familiar
Texcoco
EDICTO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MEXICO
PRIMERA SALA FAMILIAR REGIONAL DE TEXCOCO.
TERCEROS PERJUDICADOS EN EL PRESENTE JUICIO.
LEONOR VAZQUEZ ORTIZ
JOSE LUIS DELGADO VAZQUEZ
CARLOS DANIEL DELGADO VAZQUEZ
Se hace de su conocimiento que el señor JOSE LUIS DELGADO TRUJILLO, por su propio derecho, promovió juicio de amparo directo por conducto de esta Sala Familiar Regional de Texcoco, ante el Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México; en la que señala como acto reclamado la sentencia dictada en el toca de apelación número 599/2011, donde por auto de fecha ocho de marzo del año dos mil once, dictado en el cuaderno suplementario de amparo, se ordenó emplazar por Edictos, a los terceros perjudicados LEONOR VAZQUEZ ORTIZ, JOSE LUIS DELGADO VAZQUEZ y CARLOS DANIEL DELGADO VAZQUEZ, en virtud de haberlo señalado el prenombrado quejoso, como terceros perjudicados, y en atención a que se desconoce su domicilio actual. Autoridad responsable: La Primera Sala Familiar Regional de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México. Acto Reclamado: La sentencia dictada el 24 veinticuatro de noviembre del año 2011 dos mil once, por la Primera Sala Familiar Regional de Texcoco, Estado de México, en el toca de apelación 599/2011, promovido por JOSE LUIS DELGADO TRUJILLO, relativo al juicio de Cancelación de Pensión Alimenticia, promovida por el propio quejoso, en contra de los hoy terceros perjudicados. Preceptos constitucionales violados: Lo son los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Concepto de violación: Expresado en los siguientes términos: “…viola en perjuicio de a parte quejosa los derechos públicos subjetivos contenidos en los artículos 14 párrafo segundo, y 16, párrafo primero, de la Constitución Federal, como consecuencia de que en tal resolución judicial se incurre en una indebida interpretación y aplicación del artículo 4.144 del Código Civil para el Estado de México, en una falta de aplicación de los artículos 4.126, 4.130, 4.135, 4.145, 4.223, fracción III, 4.339 y 4.340 del Código Civil para el Estado de México, y en una violación de os artículos 1.95 (que establece el principio de congruencia que debe satisfacer toda resolución judicial) 1.137, 1.213, 1.252, 1.253, 1.254, 1.267, 1.268, 1.273, 1.287, 1.293, 1.359, 1.366 y demás conducentes del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México…”. Por lo antes expuesto y fundado, a ese H. Tribunal Colegiado, atentamente pido se sirva: Primero.- Tenerme por presentada en tiempo y forma, solicitando el amparo y protección de la Justicia Federal. Segundo.- Tener por autorizados en los términos del artículo 27 de la Ley de Amparo a los profesionistas indicados. Tercero.- Previa substanciación legal, dictar sentencia en donde se otorgue a esta parte quejosa el amparo y protección de la Justicia de la unión, en contra de la sentencia reclamada. Protesto lo necesario.” Por lo que, se hace saber a LEONOR VAZQUEZ ORTIZ, JOSE LUIS DELGADO VAZQUEZ y CARLOS DANIEL DELGADO VAZQUEZ, que deberán apersonarse, en su carácter de terceros perjudicados, dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, ante el Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México, tal y como lo dispone el artículo 135 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparos, de considerarlo necesario a la defensa de sus intereses. Para su publicación por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un Periódico de mayor circulación en la República Mexicana. Si pasado este término, no comparece por si, por apoderado o por gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones por rotulón, que se fijará en la puerta del correspondiente Tribunal; quedando a su disposición las copias de traslado de la demanda de amparo, en su oportunidad, fíjese en la puerta de este Tribunal, copia integra de la resolución que se ordena publicar por todo el tiempo del emplazamiento.
Se expide a los 13 trece días del mes de marzo del año 2012 dos mil doce.
Secretario de Acuerdos de la Sala Familiar Regional de Texcoco
Lic. Marcelino García Nava
Rúbrica.
(R.- 359692)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito
San Francisco de Campeche, Campeche
Amparo Directo 749/2011
Materia Laboral
EDICTO
TELVENT MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. (TERCERO PERJUDICADA) EN EL LUGAR EN DONDE SE ENCUENTREN:
EN AUTOS DEL EXPEDIENTE NUMERO 749/2011, PROMOVIDA POR FORTUNATO GORROCHO RAMOS, CONTRA EL LAUDO DICTADO EL VEINTISIETE DE ENERO DE DOS MIL ONCE, POR LA JUNTA ESPECIAL NUMERO CINCUENTA Y DOS DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN CIUDAD EL CARMEN, CAMPECHE; EN EL QUE USTED APARECE COMO TERCERO PERJUDICADA; EL MAGISTRADO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGESIMO PRIMERO CIRCUITO, DICTO UN ACUERDO QUE ES DEL TENOR LITERAL SIGUIENTE:
“…San Francisco de Campeche, Campeche, a veinticuatro de octubre de dos mil doce.
Visto el estado que guardan los autos, de los que se advierte que el término de tres días concedido en proveído de quince de octubre del año en curso, al quejoso Fortunato Gorrocho Ramos, para que manifestara si se encontraba en posibilidades económicas de sufragar los gastos necesarios para llevar a cabo el emplazamiento por edictos de la tercero perjudicada Telvent México, Sociedad Anónima de Capital Variable, transcurrió del diecinueve al veintitrés de octubre de este año, dado que le fue notificado el diecisiete de los corrientes, y feneció el veintitrés citado, sin que lo haya hecho.
En mérito de lo anterior, resulta necesario realizar el citado emplazamiento por medio de edictos a costa del Consejo de la Judicatura Federal, ello de conformidad con la tesis jurisprudencial 2a./J. 108/2010, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 416, tomo XXXII, Agosto de 2010, Novena Epoca, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, cuyo rubro indica: “EMPLAZAMIENTO AL TERCERO PERJUDICADO POR EDICTOS. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS Y PAGAR SU PUBLICACION NO CONDUCE NECESARIAMENTE AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO.”
Por tanto, gírese oficio a la Administración Regional en Campeche, del Consejo de la Judicatura Federal, para que con apoyo en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, publique por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en algún periódico diario de circulación nacional, edictos que deberán contener una relación suscinta de la demanda promovida por Fortunato Gorrocho Ramos, con personalidad acreditada en el expediente laboral 116/2008, esto es: C. FORTUNATO GORROCHO RAMOS, con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones... Que en mi carácter de parte actora, personalidad que tengo debidamente acreditada dentro de los autos del juicio laboral número 116/2008…, vengo a solicitar EL AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL… II. NOMBRE Y DOMICILIO DE LA TERCERO PERJUDICADA: TELVENT MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, con domicilio ubicado en calle 28, número 138, ENTRE Calles 35 y 37, en la colonia centro de Ciudad del Carmen, Campeche…, IV. ACTO RECLAMADO.- El laudo dictado con fecha veintisiete de enero del año dos mil once, por la Junta Especial Número Cincuenta y Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado, con residencia en Ciudad del Carmen, Campeche, en relación al juicio laboral seguido por el suscrito en contra de la hoy tercero perjudicada, bajo el número de expediente 116/2008, el cual es incongruente, por no estar dictado a la verdad sabida y buena fe guardada…”; haciéndole saber a la tercero perjudicada Telvent México, Sociedad Anónima de Capital Variable, que deberá presentarse dentro del término de treinta días, a defender sus derechos en caso de que lo estime necesario, contados a partir del siguiente al de la última publicación, tal como lo dispone el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo por disposición de su artículo 2; asimismo, en su oportunidad, fíjese en la puerta de este Tribunal, copia íntegra de la resolución que se ordena publicar, por todo el tiempo del emplazamiento.
Notifíquese y cúmplase.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, licenciado José Atanacio Alpuche Marrufo, ante la Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe, licenciado Mario Elfego Leal Maturino. Doy fe”. Dos firmas ilegibles.
PARA EL EFECTO DE QUE COMPAREZCA A DEFENDER SU DERECHO, EN CASO DE QUE ASI LO ESTIME NECESARIO, DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION.
LO QUE SE MANDA PUBLICAR POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DIARIO DE CIRCULACION NACIONAL, PARA QUE SURTA SUS EFECTOS LEGALES EN VIA DE NOTIFICACION EN FORMA; EN LA INTELIGENCIA DE QUE EL TAMAÑO MINIMO DE LAS LETRAS DE LOS EDICTOS DE QUE SE TRATA DEBERAN SER DE OCHO PUNTOS, INCLUYENDO EL NOMBRE DE LAS PARTES, NUMERO DE JUICIO Y TRIBUNAL CORRESPONDIENTE, Y DE SIETE PUNTOS EL TEXTO.
San Francisco de Campeche, Camp., a 24 de octubre de 2012.
Poder Judicial de la Federación
El Secretario de Acuerdos del Tribunal
Colegiado del Trigésimo Primer Circuito
Lic. Mario Elfego Leal Maturino
Rúbrica.
(R.- 359084)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito
San Francisco de Campeche, Campeche
Amparo Directo 4/2012
Materia Laboral
EDICTO
CONSORCIO TRIBUTARIO VALENTIN, SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. (TERCERO PERJUDICADA) EN EL LUGAR EN DONDE SE ENCUENTREN:
EN AUTOS DEL EXPEDIENTE NUMERO 4/2012, PROMOVIDO POR GERARDO CUAUHTEMOC GARCIA ESCOBEDO, POR CONDUCTO DE SU APODERADA VANIA MARGARITA GONZALEZ RAYGOZA, CONTRA EL LAUDO DICTADO EL VEINTIOCHO DE ENERO DE DOS MIL DIEZ, DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO CINCUENTA Y DOS DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN CIUDAD DEL CARMEN, CAMPECHE; EN EL QUE USTED APARECE COMO TERCERO PERJUDICADA; EL MAGISTRADO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGESIMO PRIMERO CIRCUITO, DICTO UN ACUERDO QUE ES DEL TENOR LITERAL SIGUIENTE:
“… San Francisco de Campeche, Campeche, a veinticuatro de octubre de dos mil doce.
Visto el estado que guardan los autos, de los que se advierte que el término de tres días concedido en proveído de quince de octubre del año en curso, al quejoso Gerardo Cuauhtémoc García Escobedo, para que manifestara si se encontraba en posibilidades económicas de sufragar los gastos necesarios para llevar a cabo el emplazamiento por edictos de la tercero perjudicada Consorcio Tributario Valentín, Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, transcurrió del diecinueve al veintitrés de octubre de este año, dado que le fue notificado el diecisiete de los corrientes, y feneció el veintitrés citado, sin que lo haya hecho.
En mérito de lo anterior, resulta necesario realizar el citado emplazamiento por medio de edictos a costa del Consejo de la Judicatura Federal, ello de conformidad con la tesis jurisprudencial 2a./J. 108/2010, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 416, tomo XXXII, Agosto de 2010, Novena Epoca, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, cuyo rubro indica: “EMPLAZAMIENTO AL TERCERO PERJUDICADO POR EDICTOS. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS Y PAGAR SU PUBLICACION NO CONDUCE NECESARIAMENTE AL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO.”
Por tanto, gírese oficio a la Administración Regional en Campeche, del Consejo de la Judicatura Federal, para que con apoyo en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, publique por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en algún periódico diario de circulación nacional, edictos que deberán contener una relación suscinta de la demanda promovida por Gerardo Cuauhtémoc García Escobedo, por conducto de su apoderada legal Vania Margarita González Raygoza, esto es: C. GERARDO CUAUHTEMOC GARCIA ESCOBEDO, por conducto de su apoderada legal Vania Margarita González Raygoza, Procuradora Auxiliar Federal de la Defensa del Trabajo, con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones... Apoderada de parte actora…, vengo a demandar en nombre de mi representado EL AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL… II. NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS TERCEROS PERJUDICADOS: ROTORK SERVO CONTROLES DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y CONSORCIO TRIBUTARIO VALENTIN, SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, con domicilio en la Avenida Camarón, número 231, esquina Calle Sardina, Colonia Justo Sierra, en Ciudad del Carmen, Campeche… IV. ACTO RECLAMADO.- El laudo dictado con fecha 28 de enero de 2010, por la Junta Especial Número Cincuenta y Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado, con residencia en Ciudad del Carmen, Campeche, en relación al juicio laboral seguido por el suscrito en contra de las hoy tercero perjudicadas, bajo el número de expediente 401/2008, el cual es incongruente, por no estar dictado a la verdad sabida y buena fe guardada…”; haciéndole saber a la tercero perjudicada Consorcio Tributario Valentín, Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, que deberá presentarse dentro del término de treinta días, a defender sus derechos en caso de que lo estime necesario, contados a partir del siguiente al de la última publicación, tal como lo dispone el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo por disposición de su artículo 2; asimismo, en su oportunidad, fíjese en la puerta de este Tribunal, copia íntegra de la resolución que se ordena publicar, por todo el tiempo del emplazamiento.
Notifíquese y cúmplase.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, licenciado José Atanacio Alpuche Marrufo, ante la Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe, licenciado Mario Elfego Leal Maturino. Doy fe”. Dos firmas ilegibles.
PARA EL EFECTO DE QUE COMPAREZCA A DEFENDER SU DERECHO, EN CASO DE QUE ASI LO ESTIME NECESARIO, DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION.
LO QUE SE MANDA PUBLICAR POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DIARIO DE CIRCULACION NACIONAL, PARA QUE SURTA SUS EFECTOS LEGALES EN VIA DE NOTIFICACION EN FORMA; EN LA INTELIGENCIA DE QUE EL TAMAÑO MINIMO DE LAS LETRAS DE LOS EDICTOS DE QUE SE TRATA DEBERAN SER DE OCHO PUNTOS, INCLUYENDO EL NOMBRE DE LAS PARTES, NUMERO DE JUICIO Y TRIBUNAL CORRESPONDIENTE, Y DE SIETE PUNTOS EL TEXTO.
San Francisco de Campeche, Camp., a 24 de octubre de 2012.
Poder Judicial de la Federación
El Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito
Lic. Mario Elfego Leal Maturino
Rúbrica.
(R.- 359096)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
1) REPRESENTACIONES DEL SUR, ANTERIORMENTE REPRESENTACIONES HUITRON, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
2) PLASTICOS ROY
EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTREN.
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 871/2012-V, PROMOVIDO POR FRANCISCO
JAVIER DEBRAY
RODRIGUEZ CONTRA ACTOS DE LA JUNTA ESPECIAL TRES DE LA LOCAL DE
CONCILIACION
Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE MORELOS, CUYO ACTO RECLAMADO CONSISTE EN LA
RESOLUCION DE VEINTICUATRO DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, DICTADA EN EL
INCIDENTE DE SU SUSTITUCION PATRONAL PROMOVIDO EN EL CONFLICTO
LABORAL 01/170/06; SE EMPLAZA A USTEDES CON EL CARACTER DE TERCEROS
PERJUDICADOS Y SE LES HACE SABER QUE DEBERAN COMPARECER ANTE ESTE
JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, UBICADO EN
BOULERVAD DEL LAGO, NUMERO CIENTO TRES, EDIFICIO “B”,
COLONIA VILLAS DEPORTIVAS,
EN CUERNAVACA, MORELOS, DENTRO DEL
TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE LA
ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO, A EFECTO DE HACERLES ENTREGA
DE COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA Y DEMAS CONSTANCIAS RELATIVAS AL JUICIO
DE AMPARO 871/2012-V Y SE LES APERCIBE QUE EN CASO DE NO HACERLO ASI,
SE SEGUIRA EL JUICIO EN SU REBELDIA Y LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES,
AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, SE LES HARAN POR MEDIO DE LISTA QUE SE
FIJA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO.
Cuernavaca, Mor., a 12 de noviembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Francisco René Marmolejo Vázquez
Rúbrica.
(R.- 358833)
AVISOS GENERALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Expediente: 186/12-EPI-01-7
Actor: Distribuidora Liverpool, S.A. de C.V.
EDICTO
C. LUIS FELIPE CARRILLO NERI
En los autos del juicio contencioso administrativo número 186/12-EPI-01-7, promovido por el DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V., en contra de la C. Coordinador Departamental de Examen de Marcas "A" del Instituto Mexicano de Ia Propiedad Industrial, en Ia que se demanda Ia nulidad de Ia resolución contenida en el oficio con código de barras número 20110559191 MA/M/1985/1139983 de fecha 28 de octubre de 2011, se dictó un acuerdo de fecha 9 de agosto de 2012, en donde se ordenó emplazar al C. LUIS FELIPE CARRILLO NERI, tercero interesado, al juicio antes citado, por medio de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo reformado y 18 de Ia Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, reforma publicada el 10 de diciembre de 2010 en el Diario Oficial de Ia Federación y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, para lo cual, se le hace saber que tiene un término de cuarenta y cinco días contados a partir del día hábil siguiente de Ia última publicación del Edicto ordenado, para que comparezca en esta Sala Especializada, en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ubicada en Insurgentes Sur 881, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, México, Distrito Federal, apercibida de que en caso contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín electrónico, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67 reformado de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora.
México, D.F., a 9 de agosto de 2012.
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
La C. Magistrada Instructora de la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Lic. Luz María Anaya Domínguez
Rúbrica.
La C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Sofía Azucena de Jesús Romero Ixta
Rúbrica.
(R.- 358479)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Sala Especializada en Materia de Propiedad
Intelectual
Expediente: 1225/11-EPI-01-5 GRUPO PISCIMEX, S.A. DE C.V.
EDICTO
COMERCIALIZADORA AFIFON, S.A. DE C.V.
En los autos del juicio contencioso administrativo número 1225/11-EPI-01-5, promovido por GRUPO PISCIMEX, S.A. DE C.V., en contra de la Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial de la Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en el que se demanda la nulidad de la resolución contenida en el oficio con número de folio 9926 de 27 de abril de 2011, donde se resolvió negar la declaración administrativa de nulidad del registro marcario 1131471 GRUPO YANUN y DISEÑO, prevista en el artículo 151, fracciones I y IV de la Ley de la Propiedad Industrial; se dictó un acuerdo con fecha 2 de mayo de 2012, en donde se ordenó emplazar a COMERCIALIZADORA AFIFON, S.A. DE C.V., al juicio antes citado, por medio de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo reformado y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, reforma publicada el 10 de diciembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, para lo cual, se le hace saber que tiene un término de cuarenta y cinco días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezca en esta Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ubicada en Insurgentes Sur 881, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, México, Distrito Federal, apercibida de que en caso contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín electrónico, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67 reformado de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
México, D.F., a 3 de septiembre de 2012.
La C. Magistrada Instructora de la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Lic. María de los Angeles Garrido Bello
Rúbrica.
Secretaria de Acuerdos
Lic. Ruth Beatriz de la Torre Edmiston
Rúbrica.
(R.- 359068)
FINAGRO DEL NORTE, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
Con
fundamento en los Estatutos Sociales, así como en los
artículos 178, 181, 183, 186, 187 y 192 de la Ley General de
Sociedades Mercantiles, por medio de la presente comunicación
se convoca formalmente a los señores accionistas de Finagro
del Norte, S.A. de C.V., a una Asamblea General Ordinaria que tendrá
lugar el día 20 de diciembre de 2012, a las 12:00 horas en el
domicilio ubicado en Montes Urales 455,
4o. piso, Lomas de
Chapultepec, 11000, México, D.F., para tratar los puntos del
orden del día que se transcribe a continuación:
I. Presentación, discusión y en su caso aprobación de los estados financieros de la sociedad por los ejercicios sociales de los años de 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011; así como del informe del Consejo de Administración sobre la marcha de la sociedad, las políticas seguidas por la administración y los proyectos existentes, por dicho período.
II. Presentación, discusión y en su caso aprobación del informe rendido por el Comisario de la sociedad respecto del informe rendido por la Administración a que se refiere el punto que antecede.
III. Notificación del cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 86, fracción XX de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
IV. Designación de delegados especiales que formalicen las resoluciones adoptadas por esta Asamblea.
Para que los accionistas puedan asistir a la Asamblea, se requiere que estén inscritos como tales en el registro correspondiente de la sociedad.
Los accionistas podrán asistir personalmente o por conducto de mandatario, pertenezcan o no a la sociedad, a excepción de miembros del Consejo y Comisario. Para estos fines será suficiente que el mandato conste por escrito y firmado ante dos testigos con firmas autógrafas.
México, D.F., a 29 de noviembre de 2012.
Comisario
Alfonso Camacho Salazar
Rúbrica.
(R.- 359704)
FINAGRO DEL SURESTE, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
Con fundamento en los Estatutos Sociales, así como en los artículos 178, 182, 183, 186, 187 y 192 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, por medio de la presente comunicación se convoca formalmente a los señores accionistas de Finagro del Sureste, S.A. de C.V., a una Asamblea General Extraordinaria que tendrá lugar el día 20 de diciembre de 2012, a las 11:00 horas en el domicilio ubicado en Montes Urales 455, 4o. piso, Lomas de Chapultepec, 11000, México, D.F., para tratar los puntos del orden del día que se transcribe a continuación:
Propuesta de aprobación del Balance General de la sociedad al 30 de noviembre de 2012.
Otorgamiento de poderes.
Propuesta para fusionar la sociedad, y resoluciones que se adopten.
Designación de delegados especiales que formalicen las resoluciones adoptadas por esta Asamblea.
Para que los accionistas puedan asistir a la Asamblea, se requiere que estén inscritos como tales en el registro correspondiente de la sociedad.
Los accionistas podrán asistir personalmente o por conducto de mandatario, pertenezcan o no a la sociedad, a excepción de miembros del Consejo y Comisario. Para estos fines será suficiente que el mandato conste por escrito y firmado ante dos testigos con firmas autógrafas.
México, D.F., a 29 de noviembre de 2012.
Comisario
Alfonso Camacho Salazar
Rúbrica.
(R.- 359697)
FINAGRO DEL NORTE, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
Con
fundamento en los Estatutos Sociales, así como en los
artículos 178, 182, 183, 186, 187 y 192 de la Ley General de
Sociedades Mercantiles, por medio de la presente comunicación
se convoca formalmente a los señores accionistas de Finagro
del Norte, S.A. de C.V., a una Asamblea General Extraordinaria que
tendrá lugar el día 20 de diciembre de 2012 a las 13:00
horas, en el domicilio ubicado en Montes Urales 455,
4o. piso,
Lomas de Chapultepec, 11000, México, D.F., para tratar los
puntos del orden del día que se transcribe a continuación:
I. Propuesta de aprobación del Balance General de la sociedad al 30 de noviembre de 2012.
II. Otorgamiento de poderes.
III. Propuesta para fusionar la sociedad, y resoluciones que se adopten.
IV. Designación de delegados especiales que formalicen las resoluciones adoptadas por esta Asamblea.
Para que los accionistas puedan asistir a la Asamblea, se requiere que estén inscritos como tales en el registro correspondiente de la sociedad.
Los accionistas podrán asistir personalmente o por conducto de mandatario, pertenezcan o no a la sociedad, a excepción de miembros del Consejo y comisario. Para estos fines será suficiente que el mandato conste por escrito y firmado ante dos testigos con firmas autógrafas.
México, D.F., a 29 de noviembre de 2012.
Comisario
Alfonso Camacho Salazar
Rúbrica.
(R.- 359709)
FINAGRO DEL SURESTE, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
Con
fundamento en los Estatutos Sociales, así como en los
artículos 178, 181, 183, 186, 187 y 192 de la Ley General de
Sociedades Mercantiles, por medio de la presente comunicación
se convoca formalmente a los señores accionistas de Finagro
del Sureste, S.A. de C.V., a una Asamblea General Ordinaria que
tendrá lugar el día 20 de diciembre de 2012 a las 10:00
horas, en el domicilio ubicado en Montes Urales 455,
4o. piso,
Lomas de Chapultepec, 11000, México, D.F., para tratar los
puntos del orden del día que se transcribe a continuación:
I. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación de los estados financieros de la sociedad por los ejercicios sociales de los años de 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011; así como del informe del Consejo de Administración sobre la marcha de la sociedad, las políticas seguidas por la administración y los proyectos existentes, por dicho periodo.
II. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación del informe rendido por el comisario de la sociedad respecto del informe rendido por la Administración a que se refiere el punto que antecede.
III. Notificación del cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 86, fracción XX de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
IV. Designación de delegados especiales que formalicen las resoluciones adoptadas por esta Asamblea.
Para que los accionistas puedan asistir a la Asamblea, se requiere que estén inscritos como tales en el registro correspondiente de la sociedad.
Los accionistas podrán asistir personalmente o por conducto de mandatario, pertenezcan o no a la sociedad, a excepción de miembros del Consejo y comisario. Para estos fines será suficiente que el mandato conste por escrito y firmado ante dos testigos con firmas autógrafas.
México, D.F., a 29 de noviembre de 2012.
Comisario
Alfonso Camacho Salazar
Rúbrica.
(R.- 359702)
MEDI ACCESS, S.A.P.I. DE C.V.
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
CONVOCATORIA
Ernesto Christian Joaquín Warnholtz von Worgitzky y Klaus Juergen Wiegandt Bahnsen, en nuestro carácter de miembros del Consejo de Administración de la sociedad Medi Access, S.A.P.I de C.V. (la “Sociedad”), y de conformidad con el artículo décimo cuarto de los Estatutos de la misma, convocamos a los accionistas de la Sociedad mediante la publicación de un aviso en el Diario Oficial a reunirse a las 17:00 horas del día 21 de diciembre de 2012, dentro del domicilio social, en las oficinas de la Sociedad ubicadas en Blvd. Adolfo Ruiz Cortines 3642-PH, colonia Jardines del Pedregal, Delegación Alvaro Obregón, México, D.F. para llevar a cabo una Asamblea General Ordinaria de Accionistas en donde se discutirán y adoptarán las resoluciones correspondientes de acuerdo con el siguiente:
ORDEN DEL DIA
Informe del Consejo de Administración de la Sociedad, respecto a las operaciones de la Sociedad durante el ejercicio social que concluyó el 31 de diciembre de 2011, que incluye los estados financieros de la Sociedad a dicha fecha, así como el informe del comisario, documentos que serán presentados en los términos de los artículos 166 y 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; resoluciones al respecto.
Resoluciones sobre la aplicación de resultados correspondientes al ejercicio social concluido el 31 de diciembre de 2011.
Discusión
y resolución, sobre la renuncia y designación o
ratificación, en su caso, de los miembros del Consejo de
Administración, del secretario no miembro del Consejo de
Administración y del comisario
de la Sociedad.
Nombramiento de delegados.
Se recuerda a los accionistas que podrán comparecer personalmente o por conducto de apoderado designado mediante simple carta poder otorgada ante dos testigos.
Los documentos relacionados con el Orden del Día de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas se encuentran a disposición de los accionistas en la oficina principal de la Sociedad.
México, D.F., a 5 de diciembre de 2012.
Consejero Propietario del Consejo de Administración Klaus Juergen Wiegandt Bahnsen Rúbrica. |
Consejero Propietario del Consejo de Administración Ernesto Christian Joaquín Warnholtz von Worgitzky Rúbrica. |
(R.- 359695)
AFORE BANAMEX, S.A. DE C.V., INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX
Mediante oficio D00/100/127/2012 de fecha 22 de noviembre de 2012, el Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, en cumplimiento al Acuerdo número JGO 06/03/2012 adoptado por la Junta de Gobierno de esa Comisión en su Sexta Sesión Ordinaria de 2012 celebrada el 22 de noviembre de 2012, hizo constar la autorización a las comisiones de Afore Banamex, S.A. de C.V., integrante del Grupo Financiero Banamex, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
De acuerdo con lo dispuesto en el oficio antes referido, a continuación se publican en el Diario Oficial de la Federación, las comisiones que Afore Banamex, S.A. de C.V., integrante del Grupo Financiero Banamex, cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual, a partir del 1o. de enero y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Siefore Banamex Básica 1, S.A. de C.V., Siefore Banamex Básica 2, S.A. de C.V., Siefore Banamex Básica 3, S.A. de C.V., y Siefore Banamex Básica 4, S.A. de C.V, (Siefores Básicas), las comisiones que se indican enseguida:
Concepto |
Factor |
Comisión sobre saldo |
1.16% anual sobre el saldo administrado |
Siefore Banamex de Aportaciones Voluntarias, S.A. de C.V. (Siefore Adicional), cobrará una comisión por saldo de conformidad al siguiente cuadro:
Concepto |
Factor |
Comisión sobre saldo |
1.00% anual |
Siefore Banamex de Aportaciones Voluntarias Plus, S.A. de C.V. (Siefore Adicional), cobrará una comisión por saldo de conformidad con el siguiente cuadro:
Concepto |
Factor |
Comisión sobre saldo |
1.50% anual |
Comisiones por cuota fija
Conceptos |
Comisión |
Expedición de estados de cuenta adicionales (*) |
Sin comisión |
Reposición de documentos |
Sin comisión |
(*) Adicionalmente y sin ningún cargo, se pondrá a disposición del trabajador que lo solicite una tarjeta que le permitirá consultar el saldo de su cuenta individual vía caja permanente Banamex.
La comisión será aplicable a todos los trabajadores registrados o asignados a los que Afore Banamex, S.A. de C.V., integrante del Grupo Financiero Banamex, administre los fondos de su cuenta individual a partir del 1o. de enero de 2013, independientemente de la fecha en que se registre o se asigne el trabajador en lo sucesivo a esta Administradora.
México, D.F., a 29 de noviembre de 2012.
Afore Banamex, S.A. de C.V.,
integrante del Grupo Financiero Banamex
Director General
Luis Sebastián Sayeg Seade
Rúbrica.
(R.- 359675)
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
DIRECTORIO
Conmutador: 50 93 32 00
Inserciones: Exts. 35078, 35079, 35080 y 35081
Sección de Licitaciones Ext. 35084
Producción: Exts. 35094 y 35100
Suscripciones y quejas: Exts. 35181 y 35009
Domicilio: Río Amazonas No. 62
Col. Cuauhtémoc, México, D.F.
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México, D.F.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Presidencia
Vicepresidencia Jurídica
Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros A
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros C
Of.: 100/027/2012
Exp.: CNBV.312.211.23 (7718)
Asunto: Autorización para la organización y operación de una institución de banca múltiple a denominarse Fundación Dondé Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple.
FUNDACION RAFAEL DONDE, I.A.P.
SR. ALONSO RODRIGO ARES DE PARGA ALVAREZ UGENA
SR. EDUARDO JOAQUIN GALLASTEGUI ARMELLA
Alejandro Dumas número 50
Colonia Chapultepec Polanco
11560, México, D.F.
Con escrito de fecha 17 de septiembre de 2012 y complementarios del 21 de septiembre y 2 de octubre del mismo año, el señor Eduardo Dondé de Teresa, en representación de Fundación Rafael Dondé, I.A.P. y los señores Alonso Rodrigo Ares de Parga Alvarez Ugena y Eduardo Joaquín Gallástegui Armella, por su propio derecho (en conjunto, los promoventes), solicitaron a esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores autorización para la organización y operación de una institución de banca múltiple a denominarse Fundación Dondé Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple.
Al respecto, la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en sesión celebrada en esta fecha, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley de Instituciones de Crédito, y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que la documentación presentada por los promoventes con motivo de su solicitud, cumple con los requisitos previstos en los artículos 9 y 10 de la Ley de Instituciones de Crédito y 2, fracción II, 336 y 337 Bis de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito;
SEGUNDO.- Que el Banco de México, con oficio OFI/S33-002-7260 de fecha 5 de noviembre de 2012, emitió opinión favorable respecto de la solicitud de autorización para la organización y operación de la institución de banca múltiple a denominarse Fundación Dondé Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, con las recomendaciones que en el propio oficio se señalan; y
TERCERO.- Que del análisis a la información recibida se concluyó que desde el punto de vista legal, financiero y operativo es procedente se otorgue la autorización solicitada, adoptó el siguiente:
ACUERDO
Se autoriza la organización y operación de una institución de banca múltiple a denominarse Fundación Dondé Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple.
La autorización para la organización y operación de Fundación Dondé Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, queda condicionada a que se obtenga de esta Comisión la autorización para el inicio de sus operaciones, en términos del artículo 46 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito.
La entidad cuya organización y operación se autoriza, estará sujeta a las siguientes:
BASES
PRIMERA.-
La denominación de la sociedad será Fundación
Dondé Banco, S.A., Institución de
Banca Múltiple.
SEGUNDA.- Su duración será indefinida.
TERCERA.-
Su objeto social corresponderá a las actividades señaladas
en el artículo 2, fracción II de las Disposiciones de
carácter general aplicables a las instituciones de crédito
y consistirá, de manera exclusiva, en la realización de
las operaciones y la prestación de los servicios establecidos
en las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII,
XIV, XV, XVI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII y XXVIII del
artículo 46
de la Ley de Instituciones de Crédito,
con las limitaciones previstas en el propio artículo 2,
fracción II de las citadas Disposiciones.
CUARTA.- Su domicilio social será Mérida, Yucatán.
QUINTA.- El importe de su capital social inicial será de $300’000,000.00 (trescientos millones de pesos 00/100) M.N.
SEXTA.- La autorización a que se refiere el presente oficio es, por su propia naturaleza, intransmisible.
SEPTIMA.- La institución estará sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
OCTAVA.-
El servicio de banca y crédito que la institución
preste por virtud de la presente autorización, así como
las demás operaciones que lleve a cabo, al igual que su
organización y funcionamiento en general, se sujetarán,
en lo no señalado expresamente en este oficio, a la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
a la Ley de Instituciones de Crédito, a las reglas y
disposiciones de carácter general aplicables a las
instituciones de crédito que emita la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores, a las disposiciones que respecto de sus
operaciones expida el Banco de México y a las demás
normas y disposiciones vigentes
y las que se emitan en el futuro,
que por su naturaleza le resulten aplicables.
De
conformidad con el proyecto presentado, en la misma asamblea general
extraordinaria de accionistas en que se acuerde la transformación
de la sociedad denominada Yash Kin, S.A. de C.V. para adoptar el
régimen legal de institución de banca múltiple,
deberá decretarse el aumento al capital social con que contará
Fundación Dondé Banco, S.A., Institución de
Banca Múltiple, señalado en la BASE QUINTA de este
oficio, con los recursos que le sean aportados al fideicomiso de
inversión previsto en el esquema expuesto
en dicho
proyecto.
Por
otra parte, atendiendo a las recomendaciones del Banco de México
contenidas en su oficio
OFI/S33-002-7260 de fecha 5 de noviembre
de 2012, con miras a lograr una mayor transparencia en la operación
y en la rendición de información que permita tener una
visión integral del grupo económico de que se trata, en
beneficio del público al que estará dirigida la
institución, esta Comisión, con fundamento
en los
artículos 2, 4, fracciones I y IX y 19 de la Ley de la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores, requiere a los
promoventes para que, una vez que Fundación Dondé
Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple inicie
sus
operaciones:
Realice las acciones necesarias tendientes a que, en la celebración de sus operaciones, la clientela identifique plenamente que se trata de una persona moral distinta a Fundación Rafael Dondé, I.A.P., específicamente de una institución de banca múltiple.
Presente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores -a través de la unidad administrativa encargada de su supervisión-, estados financieros consolidados trimestrales y anuales de Fundación Rafael Dondé, I.A.P., estos últimos auditados por un despacho de reconocido prestigio.
Por
otra parte, como consecuencia del Acuerdo adoptado por la Junta de
Gobierno y en atención al planteamiento general contenido en
el escrito de solicitud, esta Comisión, con fundamento en el
artículo 8, segundo párrafo de la Ley de Instituciones
de Crédito, emite opinión favorable respecto del
proyecto de estatutos sociales de Fundación Dondé
Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, mismo que
se anexa
al presente con el sello de esta Comisión.
Los
promoventes deberán hacer entrega a esta Comisión, en
un plazo de noventa días naturales contado a partir de la
fecha de notificación del presente oficio y una vez celebrada
la asamblea general extraordinaria de accionistas que acuerde la
transformación de Yash Kin, S.A. de C.V. a efecto de adoptar
el régimen legal de institución de banca múltiple,
para su aprobación, el instrumento público en que
consten los citados estatutos, según lo dispone el referido
artículo 8, segundo párrafo de la Ley de Instituciones
de Crédito.
En todo caso, deberá agregarse al
instrumento respectivo el texto de este oficio, o integrarse a él
copia
del mismo.
El Acuerdo anterior se adopta sin perjuicio de las demás autorizaciones y aprobaciones que con motivo del acto descrito deban obtenerse de esta Comisión u otras autoridades competentes, en términos de las disposiciones normativas aplicables, así como del ejercicio de las facultades legales atribuidas a esta misma Comisión, durante el proceso de organización de Fundación Dondé Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple.
El presente oficio deberá publicarse, a costa de los promoventes, en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación de su domicilio social, de conformidad con lo previsto en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito.
Lo anterior se comunica con fundamento en los artículos 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y 9, 11, segundo párrafo y 12 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2009 y modificado mediante Decreto publicado en el mismo Diario el 23 de abril de 2012.
Atentamente
México, D.F., a 16 de noviembre de 2012.
Presidente
Dr. Guillermo Enrique Babatz Torres
Rúbrica.
(R.- 359674)
Pemex Petroquímica
Dirección Corporativa de Administración
Subdirección de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
LICITACION SUAP-MP/211/12
De conformidad con el Artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Pemex Petroquímica, a través de la Subdirección de Administración Patrimonial, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en la licitación pública que se menciona a través del procedimiento presencial para la enajenación onerosa de los bienes muebles que enseguida se enlistan, y que se localizan en el CPQ. Independencia, en San Martín Texmelucan, Pue.
Licitación SUAP-MP/ |
Descripción general |
Cantidad y unidad de medida |
Valor de referencia para venta |
Plazo máximo de retiro |
211/12 |
Tambores de lámina de 200 Lts. |
3,000 Pzas. |
$227,800.00 M.N. |
40 días hábiles |
La verificación física se podrá efectuar acudiendo al lugar donde se localizan los bienes del 5 de diciembre de 2012 al 18 de diciembre de 2012 en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.
Las bases de la licitación estarán disponibles para su consulta, adquisición e impresión a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria en la página de Pemex, a través de la ruta: http://www.pemex.com > Productos y servicios > Venta de activos improductivos, también estarán a su disposición en la “Ventanilla única” localizada en la avenida Marina Nacional número 329, edificio “C”, planta baja, colonia Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311, con un horario de 9:00 a 15:00 horas, previa presentación del certificado de compra de bases.
Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil bancario anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Su costo será de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.). IVA incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria, deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual deberá utilizar el formato (guía de pago) que genera el sistema electrónico en la precitada página en Internet.
El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU.A., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas 77070 U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá 3 días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Para participar en la licitación pública, es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco, la confirmación de pago del interesado.
El acto de presentación y apertura de ofertas, se celebrará el 19 de diciembre de 2012 a 10:00 horas, en Bahía de San Hipólito número 56, 3er. piso, colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11300, México, D.F. y el acto de fallo, se efectuará al concluir el acto de presentación, y apertura de ofertas, en el mismo lugar.
Las
ofertas deberán referirse a la licitación y deberán
ser garantizadas mediante transferencia electrónica en los
términos de las bases respectivas, cuyo importe deberá
ser el 10% del monto del valor de referencia
para venta.
De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor de referencia para venta considerado en la licitación, menos 10% en segunda almoneda. Para mayor Información favor de llamar al teléfono 01 (55)1944-2500, extensiones 59360 y 59213.
México, D.F., a 5 de diciembre de 2012.
El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Rúbrica.
(R.- 359696)
Planta San Luis Potosí
Subdirección Corporativa de Recursos Materiales
En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 131 y 139 de la Ley General de Bienes Nacionales, las Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de la Casa de Moneda de México, a través de la Subdirección Corporativa de Recursos Materiales, convocan a todas las personas físicas y morales interesadas en participar en la licitación pública LP-CMM-13 12 para la enajenación de scrap de lámina perforada de acero inoxidable 430 y cospel de desperdicio.
No. de licitación |
Descripción
|
Junta de aclaraciones |
Apertura de ofertas |
Acto de fallo
|
Venta por |
Precio mínimo de venta |
Lugar de los actos |
LP-CMM-13-12
|
196,204.200Kg Scrap de acero inoxidable 430 en presentación de rollos de lámina perforada y cospel de desperdicio |
19 de Diciembre de 2012 a las 10:00 horas |
19 de Diciembre de 2012 a las 10:00 horas |
19 de Diciembre de 2012 a las 10:30 horas |
Partida única |
2,374,070.82 |
En la Sala de Juntas de la Subdirección de Recursos Materiales Planta de San Luis Potosí |
1.- Venta de bases e inscripción de los participantes: en avenida Comisión Federal de Electricidad número 200, Manzana 50, Zona Industrial 1a. Sección, San Luis Potosí, S.L.P. código postal 78395, del 4 de diciembre al 17 de diciembre de 2012 de 9:00 a 13:00 horas. Los interesados tendrán derecho a participar en la licitación una vez realizado el pago de las bases, siendo el costo de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.), debiendo realizar el pago en efectivo, cheque de caja o certificado a nombre de Casa de Moneda de México, las bases podrán ser consultadas en la página de Internet: http://www.cmm.gob.mx
2.- Verificación de los bienes: los bienes a enajenar, se podrán verificar 18 de diciembre de 2012 previa solicitud y autorización de la Subdirección Corporativa de Recursos Materiales, en un horario de 9:00 a 10:00 horas. en el domicilio especificado en las bases.
3.- Garantía de sostenimiento de ofertas: las propuestas deberán garantizarse mediante cheque certificado o de caja expedido por institución de crédito debidamente constituida por el 10% del valor mínimo de venta sobre las partidas en que efectúe oferta, a favor de Casa de Moneda de México.
4.- Pago de los bienes: los participantes ganadores, deberán efectuar el pago del 100% de la partida adjudicada a más tardar dentro de los siguientes cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de emisión del fallo correspondiente, de conformidad a las condiciones establecidas en las bases de la licitación,
5.- Retiro de los bienes: el retiro de los bienes, será por cuenta y cargo del concursante ganador de acuerdo al programa presentado en las bases y una vez realizado el pago correspondiente en la caja general de Casa de Moneda de México, así como la entrega de la constancia de pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS (formato 37-A).
6.- Subasta: Si la partida no resulta adjudicada una vez emitido el fallo, será sujeta a subasta, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor mínimo de venta, y 10% menos en segunda almoneda, de conformidad al procedimiento establecido en las bases.
7.- Otras consideraciones: En la presente licitación podrán asistir libremente en los actos públicos, cualquier Cámara, Colegio, Asociaciones Profesionales u otros Organismos no Gubernamentales, así como cualquier persona física, que sin haber adquirido las bases, manifieste su interés de estar presente en dichos actos, bajo la condición de que deberá registrar su asistencia y cumplir con las normas de seguridad establecidas en la Entidad, así mismo no podrá formular preguntas, debiendo abstenerse de intervenir en cualquier forma en los actos.
4 de diciembre de 2012.
Subdirector Corporativo de Recursos Materiales
Jaime Gerardo Ramírez Mendoza
Rúbrica.
(R.- 359676)