Viernes
21 de diciembre de 2012 DIARIO
OFICIAL (Cuarta Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito. Al representante legal de la persona moral denominada “Taco Rico”. En el juicio de amparo directo 434/2012, promovido por ESTEBAN DURAN GUARNEROS, contra la sentencia de seis de julio de dos mil doce, dictada por la Primera Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, en el toca 132/2012, relativo al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia pronunciada en el proceso penal 342/2007 del Juzgado Octavo de lo Penal del Distrito Judicial de Puebla, instruido por el delito de robo calificado. En el citado juicio de amparo, la persona moral en cita tiene el carácter de tercera perjudicado, atento a que es ofendida dentro del proceso de origen, y al desconocerse su domicilio actual, se ha dispuesto emplazarla –por conducto de su representante legal- por edictos, en términos de los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria. Queda a su disposición en la actuaría de este tribunal copia simple de la demanda de amparo; deberá presentarse ante este órgano colegiado a deducir los derechos que le corresponden dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación; caso contrario, las subsecuentes notificaciones se realizarán por lista, como lo dispone el artículo 28 fracción III de la ley de la materia.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 29 de noviembre de 2012.
Magistrado Presidente
Diógenes Cruz Figueroa
Rúbrica.
(R.- 360187)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Baja California
Juzgado Quinto de lo Civil
Mexicali, B.C.
EDICTO
AL PUBLICO EN GENERAL:
En
los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por ISRAEL MONZON
FRAIJO en contra
de REINA JUDITH MARQUEZ JARAMILLO Y ABEL MARQUEZ
GONZALEZ, expediente número 153/2008 la C. JUEZ QUINTO DE LO
CIVIL DE ESTE PARTIDO JUDICIAL, señaló las ONCE HORAS
DEL DIA VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL TRECE, para que
tenga verificativo el remate en PRIMERA ALMONEDA del inmueble que se
identifica como: LOTE 16 DE LA MANZANA 004 DEL FRACCIONAMIENTO
CONJUNTO URBANO UNIVERSITARIO CON UNA SUPERFICIE DE 280.00 METROS
CUADRADOS, ubicación del inmueble:
Avenida Arquitectos No.2283, fraccionamiento Conjunto Urbano Universitario de esta ciudad, tramo de calles limítrofes y orientación: al norte 14.00 metros con lote 02; al sur en 14.00 con Av. Arquitectos; al este: en 20.00 metros con lote 17; al oeste: 20.00 metros con lote 15. Hágase del conocimiento al público en general que servirá de base para la subasta el precio de $797,000.00 pesos (SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), fijado por los peritos respectivo y que será postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor de los mismos. Debiéndose publicar este edito en los estrados de este H. Juzgado, asi como en el Diario Oficial de la Federación, por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Mexicali, B.C., a 10 de octubre de 2012.
La C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Sandra Leticia Cervantes Ruiz
Rúbrica.
(R.- 360391)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
En el Juicio de Amparo 709/2012, promovido por Sandra Segoviano Platero, contra actos del Juez Quincuagésimo Penal del Distrito Federal; en el que se señaló como tercero perjudicado entre otros a José Luis Ongay y Oramas y Carlos Darwin Montuy Hernández, se ordenó emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en esta ciudad capital, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Haciéndole saber que cuenta con un plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio a hacer valer sus derechos; que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se publica en este órgano jurisdiccional.
Atentamente
México, D.F., a 23 de noviembre de 2012.
La Juez Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Josefína del Carmen Mora Dorantes
Rúbrica.
(R.- 354546)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO QUINTO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL.
ISRAEL ENRIQUE PERALTA CRESPO. En los autos del juicio de amparo 782/2012-II, promovido por Jorge Clemente Montesinos, contra actos del Juez Vigésimo Octavo Penal del Distrito Federal, al ser señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurra a este Juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
Secretario del Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Gerardo Arturo Uribe Benítez
Rúbrica.
(R.- 359212)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer
Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo
del
Decimoséptimo Circuito en Chihuahua, Chihuahua
EDICTO
TERCERO PERJUDICADA: SUCESION A BIENES DE OSCAR EMILIO RAMIREZ TERRAZAS.
En cumplimiento al acuerdo de ocho de octubre de dos mil doce, dictado en los autos del juicio de amparo directo civil 563/2012, promovido por la licenciada Zeret Alejandra Chacón Escápite, apoderada de la parte quejosa Comisión Federal de Electricidad, en contra de la sentencia de ocho de marzo de dos mil doce, dictada por la Magistrada de la Primera Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, en el toca 632/2011, en el que se ordenó emplazar por Edictos a la sucesión a bienes de Oscar Emilio Ramírez Terrazas, en consecuencia procédase a emplazar por edictos a la mencionada parte tercero perjudicada al citado juicio de amparo, debiéndose publicar dichos edictos por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo del conocimiento de la parte tercero perjudicada, que quedará a su disposición en la Secretaria de Acuerdos de este Tribunal una copia de la demanda de garantías respectiva y que deberá comparecer ante este órgano jurisdiccional, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibido que de no comparecer dentro del término indicado, por sí, por apoderado o gestor que pueda representarlo, se le tendrá por debidamente emplazado y las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fijarán en los estrados de este tribunal colegiado.
Chihuahua, Chih., a 10 de octubre de 2012.
El
Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado
en Materias
Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito
Lic. Sixto Villagómez García
Rúbrica.
(R.- 359335)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
Por ignorarse el domicilio del tercero perjudicado José de Jesús de la Torre Bañuelos, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de Amparo, se ordenó emplazar por edictos, haciéndole saber que en este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas, se ventila el juicio de amparo 377/2012-II, promovido por Citlalli Macías González, Enrique Amador Medel, Francisco Belmontes Vázquez, Efraín Reyes de la O, Ramón Luévano Silva y José Ramiro Belmontes, contra actos de la Segunda Sala penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas, que hicieron consistir en: la resolución de dieciséis de mayo de dos mil doce, dentro del toca penal oral 20/2012, en el cual se encuentran fijadas las once horas del tres de diciembre de dos mil doce, para la celebración de la audiencia constitucional; se le previene para que comparezca en el término de treinta días, que contarán a partir del siguiente de la última publicación, apercibido que de no hacerlo, las siguientes notificaciones se le harán por medio de lista que se fije en los estrado de este Juzgado.
Zacatecas, Zac., a 30 de octubre de 2012.
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito
Lic. Víctor Adrián Macías Dozal
Rúbrica.
(R.- 359539)
Estado de México
Poder Judicial
Primera Sala Civil
Texcoco
EDICTO
Emplazamiento a los terceros perjudicados: GILBERTO SANCHEZ MERCADO, LUZ MARIA SANCHEZ MERCADO Y JOSE TRINIDAD SANCHEZ MERCADO.
Se le hace saber que; PATRICIA BEATRIZ DEL VILLAR VILLALON. Promovió Juicio de amparo directo civil, ante el Tribunal Colegiado del Segundo Circuito con sede en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, por conducto de esta Sala Civil de Texcoco, y por desconocerse su domicilio en el toca número 121/2012, se dictó auto de fecha veinte de noviembre de dos mil doce, en el que se ordena el emplazamiento por edictos, se les hace saber a los referidos terceros perjudicados, que deberán presentarse a deducir sus derechos ante el Tribunal Colegiado del conocimiento, dentro del término de treinta días contados del día siguiente al de la última publicación, se fijó en la puerta de la Primera Sala Civil de Texcoco, copia de esta resolución por todo el tiempo que dure el emplazamiento, quedando a su disposición, copia simple de la demanda de garantías. Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se expide el veinte de noviembre de dos mil doce.
Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Colegiada Civil de Texcoco
Lic. Iliana Justiniano Oseguera
Rúbrica.
(R.- 359565)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz,
con residencia en Boca del Río
Sección Amparo
Mesa II-1
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número II-841/2011-1, promovido por Jesús Antonio Ortiz Mendoza y Jesús Antonio Ortiz Estrada, contra actos del 1. Juez Primero de Primera Instancia, con residencia en Cosamaloapan, Veracruz, se ordenó emplazar por edictos a los terceros perjudicados 15. Cornelio Hilario Carrión y 26 Magdalena Pérez Francisco, por ignorarse sus domicilios, a quienes se hace saber que deberán presentarse en este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, con sede en Boca del Río, Veracruz, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, a efecto de correrles traslado con copia simple de la demanda de amparo, y para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, se expide el edicto; lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, con fundamento en lo dispuesto por el precepto segundo de la citada ley, apercibidos que de no comparecer, y señalar domicilio procesal, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por lista de acuerdos, en términos de lo dispuesto por el artículo 30 fracción II de la Ley de Amparo.
Boca del Río, Ver., a 19 de octubre de 2012.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Lic. Ernesto García Rubio
Rúbrica.
(R.- 359541)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito
Morelia, Mich.
EDICTO
ANTONIO Y YOLANDA DE APELLIDOS SAUCEDO MENDOZA, REPRESENTADOS POR SU MADRE TOMASA MENDOZA DIAZ.
En el lugar en que se encuentren hago saber a Ustedes que:
En
los autos del juicio de amparo directo 513/2012, promovido por Erasmo
Santoyo Rodríguez y/o Erasmo Santoyo Barrera, contra actos de
la magistrada de la Octava Sala Penal del Supremo Tribunal de
Justicia del estado, con residencia en esta ciudad, radicado en este
Tribunal Colegiado en Materia Penal, se les ha señalado como
parte tercero perjudicada y, como se desconoce su domicilio actual,
por acuerdo de cinco de noviembre del año en curso, se ordenó
emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres
veces,
de siete en siete días en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los Diarios de mayor circulación
en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de
aplicación supletoria a la citada ley, haciéndoles
saber que podrán presentarse en este Tribunal a defender sus
derechos de considerarlo necesario dentro de treinta días
contados a partir del siguiente al de la última publicación,
apercibidos que de no hacerlo las posteriores notificaciones se les
harán por lista de acuerdos que se fije en los estrados de
este órgano, quedando a su disposición en la Secretaría
de Acuerdos del mismo copia simple de la demanda de amparo.
Morelia, Mich., a 9 de noviembre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito
Lic. Claudia Angélica Millán Peraza
Rúbrica.
(R.- 359795)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl
EDICTO
TERCEROS INTERESADOS: GUILLERMO LAGUNA CORONA y OSCAR LAGUNA CORONA.
En
razón de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica
la radicación del juicio de amparo 912/2012, promovido por
CARLOS IRAM SANDOVAL, CARLOS NOE ARENAS LOPEZ y JOSE LUIS MORA
SANTOS, contra actos del JUEZ DE CONTROL Y JUICIO ORAL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO Y DIRECTORA DEL CENTRO
PREVENTIVO Y DE READAPTACION SOCIAL NEZA-BORDO, ESTADO DE MEXICO, con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 107 de la
Constitución Federal Vigente, les recae el carácter de
terceros interesados, emplazándoseles por este conducto para
que en el plazo de treinta días contados a partir del día
siguiente al de la última publicación de este edicto,
comparezcan al juicio de garantías de mérito,
apercibiéndoles que de no hacerlo, éste se seguirá
conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones, aún las
de carácter personal, se les practicarán mediante lista
que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado Sexto de Distrito
en el Estado de México, con residencia
en Nezahualcóyotl,
quedando a su disposición en la Secretaría las copias
simples de traslado; en el entendido de que deberá publicarse
en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico
de mayor circulación en la República, por tres veces
consecutivas de siete en siete días.
Asimismo, se hace de su conocimiento que se encuentran señaladas las DIEZ HORAS DEL DIECIOCHO DE DICIEMBRE DOS MIL DOCE DE DOS MIL DOCE, para la celebración de la audiencia constitucional.
Atentamente
Nezahualcóyotl, Edo. de Méx., a 13 de noviembre de 2012.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México
Lic. Orlando Feregrino Feregrino
Rúbrica.
(R.- 359888)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
EDICTO
Solga Constructora, Sociedad Anónima de Capital Variable:
En
el juicio de amparo 274/2011, promovido por Sabás Ojeda Clara,
por propio derecho, contra actos del Juez de Primera Instancia del
Ramo Penal del Distrito Judicial de Abasolo, con residencia en
Ometepec, Guerrero y otra autoridad, se le señaló como
tercero perjudicado; por auto de esta fecha se ordenó
emplazarlo por edictos que se publicarán por tres veces, de
siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación
y en uno de los periódicos de mayor circulación en la
República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315
del Código Federal de Procedimientos Civiles,
de
aplicación supletoria en materia de amparo; deberá
presentarse dentro del término de treinta días contados
a partir del día siguiente al de la última publicación;
queda a su disposición con el actuario de este juzgado copia
simple de la demanda de garantías y de todos los acuerdos
dictados, se le hace saber que la audiencia constitucional está
señalada para las diez horas del treinta de enero de dos mil
trece. Los actos reclamados se hicieron consistir en la orden de
aprehensión dictada en su contra en la causa penal 118-I/2005,
del índice del juzgado responsable y su ejecución.
Acapulco, Gro., a 30 de octubre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guerrero
Lic. María Hernández Villegas
Rúbrica.
(R.- 359571)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito,
con residencia en Oaxaca, Oaxaca
EDICTO
José Luis Martínez Castañeda y Gonzalo Jiménez Martínez.
En el juicio de amparo directo 743/2009, promovido por la Comunidad de Santo Domingo Ixcatlán, Tlaxiaco, Oaxaca, por conducto de sus representantes comunes, Juan Santiago García, Bertoldo Bernabé García y Teresa Castañeda García, contra la sentencia de quince de octubre de dos mil nueve, dictada por el magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 46, con residencia en Huajuapan de León, Oaxaca, en el expediente agrario 160/2009, al tener el carácter de terceros perjudicados y desconocerse su domicilio, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley en cita, se les emplaza al juicio de mérito, por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciendo de su conocimiento que queda a su disposición, en la Secretaría de este Tribunal Colegiado, la copia simple de la demanda de amparo y que cuentan con un término de treinta días, contado a partir de la última publicación de estos edictos, para que, si a sus intereses conviene, ocurran a este órgano de control constitucional a hacer valer sus derechos.
Atentamente
Oaxaca de Juárez, Oax., a 14 de noviembre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Adriana Ivonne Cuevas González
Rúbrica.
(R.- 359574)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito
en Mazatlán, Sinaloa
EDICTO
En el amparo directo 807/2011, se ordenó emplazar a juicio a Bertha Haydé Salazar López, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, por lo que se le hace de su conocimiento que Daniela Paola Díaz Rodríguez, promovió demanda de amparo contra la sentencia de diez de octubre de dos mil once, dictada por el Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Culiacán, Sinaloa, en el expediente 1609/2010. Además, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se le previene para que en el término de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, se presente a señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las personales, se harán por lista que se fije en los estrados de este Tribunal, sin posterior acuerdo. También, se hace de su conocimiento que la copia de la demanda se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Tribunal, con apoyo en el artículo 317 del citado Código legal.-
Mazatlán, Sin., a 20 de noviembre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. María Isabel Alvarez Cañedo
Rúbrica.
(R.- 359801)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Circuito en el Estado
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
Keylin Johana Alvarado García, en su carácter de tercera perjudicada en donde se encuentre.
En El Juicio de amparo 32/2011, promovido por Levis Manuel Vázquez Velázquez, contra actos del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Circuito, con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, por auto de dieciséis de noviembre de dos mil doce, se ordenó a emplazar a usted, por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República Mexicana, para que en el término de treinta días siguientes al de la última notificación, se apersone a este juicio en su carácter de tercera perjudicada, si así conviniere a sus intereses; apercibida que de no comparecer por sí o por apoderado o gestor que pueda representarla, se ordenará que las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se realicen por medio de lista que se publica diariamente en los estrados de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo; en el entendido de que la copia de la demanda de garantías génesis de este expediente, queda a su disposición en este órgano jurisdiccional.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 16 de noviembre de 2012.
El Secretario del Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Circuito
Lic. Jorge de Jesús Flores Sánchez
Rúbrica.
(R.- 359808)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
EMPLAZAMIENTO
A: Socorro Ananely Alejandro Medina por si y como denunciante de Vianey Alejandro Mendoza.
(Tercera perjudicada)
En acuerdo de trece de noviembre dos mil doce, dictado en el juicio de amparo 1221/2012-VIII, del Juzgado Segundo de Distrito con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, promovido por el quejoso José Camilo Prieto Fabián, contra actos del Juez de lo Penal de Chalchicomula, Puebla y otra autoridad, consistente el acto reclamado en: “…la resolución de fecha veintisiete de junio de dos mil doce, la cual dicta el ilegal auto de formal prisión o preventiva”. Se señaló como parte tercera perjudicada a Socorro Ananely Alejandro Medina por si y como denunciante de Vianey Alejandro Mendoza, y como se desconoce su domicilio y por así haberse agotado todos los medios legales para ello, con fundamento en los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena su emplazamiento a la tercera perjudicada Socorro Ananely Alejandro Medina por si y como denunciante de Vianey Alejandro Mendoza, por edictos que se publicaran tres veces, de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en el periódico “La Jornada”, misma deberá presentarse en el término de treinta días contados al día siguiente de la última publicación y deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en San Andrés Cholula, Puebla o en Puebla, Puebla, apercibido que si pasado el término para ello, no comparece por sí o por apoderado legal o gestor que pueda representarla, se le harán las posteriores notificaciones por lista que se fijarán en los estrados este juzgado, señalándose para la audiencia constitucional las nueve horas con diez minutos del día trece de diciembre de dos mil doce. Doy Fe.
San Andrés Cholula, Pue., a 14 de noviembre de 2012.
El Actuario Judicial
Lic. Jorge Alejandro Hernández Fonseca
Rúbrica.
(R.- 359936)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito
Monterrey, Nuevo León
EDICTO
A LOS C. EDGAR HERNANDEZ LEAL y JOSE REFUGIO DURON PUENTE, SE LES EMPLAZA A JUICIO YA QUE LES RESULTA EL CARACTER DE TERCEROS PERJUDICADOS EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO PENAL 211/2012, DEL INDICE DE ESTE SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL CUARTO CIRCUITO, PROMOVIDO POR JESUS GUADALUPE TORRES TORRES, CONTRA LA SENTENCIA DE TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL ONCE, DICTADA POR EL MAGISTRADO DEL SEGUNDO TRIBUNAL UNITARIO DEL CUARTO CIRCUITO; SE LES CONCEDE UN TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADO A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION, PARA QUE COMPAREZCAN A JUICIO A HACER VALER SUS DERECHOS, SEÑALEN DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, APERCIBIDOS QUE DE NO HACERLO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, SE LES PRACTICARAN POR MEDIO DE LISTA.
Monterrey, N.L., a 21 de noviembre de 2012.
El
Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal
Colegiado en Materia
Penal del Cuarto Circuito
Lic. David Gerardo López Fernández
Rúbrica.
(R.- 359813)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal del Estado de Nuevo León
EDICTO
Amparo 524/2012-III, promovido por Sergio Gámez Quiroz, contra actos del Juez Primero de lo Penal del Primer Distrito Judicial del Estado, existe como tercero perjudicado María Isabel Ruiz Montañez y se desconoce su domicilio actual; por ende, se ordena emplazar a juicio por EDICTOS, que deberán publicarse tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico diario de mayor circulación que se edite en la entidad, con fundamento en el art. 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente a la ley de Amparo. Queda a disposición de la tercero, en la Secretaría de este Tribunal copia simple del referido acuerdo, de la demanda de amparo y del auto de admisión; asimismo cuenta con un término de treinta días contados a partir de la última publicación, por sí, por apoderado legal o gestor que pueda representarla a hacer valer sus derechos, debiendo señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones se practicarán por lista que se publique en los estrados de este Tribunal Federal. Se fijaron las diez horas con treinta y dos minutos del treinta y uno de diciembre próximo, para celebrar la audiencia constitucional.
Atentamente
Monterrey, N.L., a 20 de noviembre de 2012.
Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León
María de la Luz Rodríguez Nava
Rúbrica.
(R.- 359814)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, Lilia Silva Aguilar tercero perjudicada en el juicio de amparo 571/2012, de este juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por Guillermo Cortés Torreblanca, contra actos del 1. Juez Décimo de lo Civil de la ciudad de Puebla y otra autoridad; se ha ordenado emplazar por edictos a la referida tercero perjudicada, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excelsior”, “El Financiero” o “El Universal”, a elección del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Queda a disposición en la actuaría de este juzgado copia simple de la demanda de garantías, del auto admisorio y del proveído de quince de noviembre de dos mil doce, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 26 de noviembre de 2012.
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Naela Márquez Hernández
Rúbrica.
(R.- 359942)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato
EDICTO
Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación, Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en la ciudad de León, Guanajuato.
En
el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con
residencia en la ciudad de León, Guanajuato, se encuentra
radicado el juicio de amparo 1113/2012, promovido por HECTOR MANUEL
REYES HERNANDEZ, contra actos del Agente del Ministerio Público
V en León, Guanajuato, consistentes en la determinación
de archivo de la averiguación previa 54/2010; juicio de amparo
en el que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30,
fracción II, de la Ley de Amparo, y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a
la Ley de Amparo, se ordena emplazar a juicio al tercero perjudicado
JUAN ALBERTO AGUILAR GOMEZ, por medio de edictos que deberán
publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario
Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de
mayor circulación en la República;
en el entendido
que el tercero perjudicado en cita, deberá comparecer a juicio
dentro del término de
treinta días, contados a
partir del siguiente al de la última publicación, por
sí, por apoderado o gestor que pueda representarlo.
Lo que se hace constar para los fines legales consiguientes.
León, Gto., a 15 de noviembre de 2012.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato
Rosa Ojilvia Pérez Martínez
Rúbrica.
(R.- 359943)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Cuarto Circuito,
con sede en Tepic, Nayarit
EDICTO
En los autos del Juicio de Amparo 91/2012-I, del índice del Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en la ciudad de Tepic, Nayarit, promovido por Janio Mateo Olmedo Rojas y José María López Flores, contra actos del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en esta ciudad y otras autoridades, que hacen consistir en la resolución de veintidós de diciembre de dos mil once, dictada en el toca penal 132/2009, por dicha autoridad en la cual confirmó el auto de formal prisión dictado a los quejosos en el expediente 19/2009 por el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Nayarit y que ahora conoce el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, dentro de los autos de la causa penal 75/2009-X acumulada a la diversa 38/2009-X ; por esta vía se ordena emplazar al presente juicio al tercero perjudicado Alberto Salomón Aquino Pacheco, por lo que deberá presentarse dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación ante este Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Cuarto Circuito, ubicado en Avenida Las Brisas número exterior 40, número interior 42, segundo piso, plaza comercial Tepic, fraccionamiento Las Brisas, en esta ciudad, en cualquier día de lunes a viernes en horas hábiles a partir de las nueve a las quince horas, para que señale domicilio donde pueda oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones se harán por lista que se fije en los estrados de este Tribunal Federal, aún las de carácter personal, en términos de la fracción III, del artículo 28, de la Ley de la Materia, hasta en tanto indique un domicilio para tal efecto. En el entendido que se fijaron las NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL CUATRO DE ENERO DE DOS MIL TRECE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Atentamente
Tepic, Nay., a 23 de noviembre de 2012.
El Secretario del Segundo Tribunal
Unitario del Vigésimo Cuarto Circuito
Lic. Carlos Ricardo Cortés Ortiz
Rúbrica.
(R.- 359955)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado
Coatzacoalcos, Ver.
EDICTO
A: José Luis Martínez Fernández
En los autos del juicio de amparo 389/2012-III, y su acumulado 540/2012-V, promovidos por Aroldo Mercado Sabillón y Marlon Arnulfo Barahona, actores en el toca penal 23/2012-A, del índice de la Séptima Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, relativo a la causa penal 583/2011, del índice del Juez Tercero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Coatzacoalcos, Veracruz, en proveído de doce de septiembre de dos mil doce, se dictó lo siguiente: notifíquese por medio de edictos al tercero perjudicado de referencia, que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, deberá comparecer a este juzgado a deducir sus derechos en el presente juicio de amparo.
Atentamente
Coatzacoalcos, Ver., a 19 de septiembre de 2012.
EL Juez Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz
Lic. Pedro Antonio Rodríguez Díaz
Rúbrica.
(R.- 360178)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal.
En cinco de diciembre de dos mil doce, se ordenó emplazar a los terceros perjudicados Tibet Rodríguez Orta y Arnulfo González Niño, mediante edictos, publicados por tres veces, de siete en siete días, para que comparezcan a este juzgado en el término de treinta días hábiles a partir del siguiente de la última publicación; quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Juzgado copia de la demanda del juicio de amparo 2014/2012, promovido por Ignacio Campos Silva, contra actos de la Junta Especial Número Catorce de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y otras. Se les apercibe que de no comparecer, las subsecuentes notificaciones se harán por medio de lista.
México, D.F., a 11 de diciembre de 2012.
La Secretaria
Lic. María de Lourdes Meléndez Martínez
Rúbrica.
(R.- 360455)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
TERCERO PERJUDICADAS:
EVELIN MARIA HERRERA Y THALIA MARIA BOZA
Por este conducto, se ordena emplazar a las tercero perjudicadas, EVELIN MARIA HERRERA Y THALIA MARIA BOZA, en el juicio de amparo directo 575/2012, promovido por Francisco Javier García Laguna, contra el acto reclamado al Magistrado de la Sexta Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en cuya demanda de garantías se señala:
IV.- Acto reclamado: la sentencia dictada en 14 de febrero de 2011, dentro del toca 413/2010.
VI.- Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: Artículos 14, y 16, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se hace saber a las tercero perjudicadas de mérito que deben presentarse dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, apercibidos que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República.
Atentamente
Guanajuato, Gto., a 16 de noviembre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Lic. Ma. Guadalupe Vega Cabrera
Rúbrica.
(R.- 359951)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito
Irapuato, Gto.
Publicarse por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los de mayor circulación en la República Mexicana, (Reforma, El Universal, La Jornada, Excélsior y otros), y Tablero de Avisos de este tribunal federal, éste último durante todo el tiempo del emplazamiento una vez que la Administradora Regional publique los mismos, a efecto de emplazar a la tercero perjudicado Luis Alberto Pedraza Renaud, para que comparezca a defender sus derechos en el juicio de garantías 178/2012-III, radicado en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en Irapuato, Guanajuato, promovido por Benigno Benjamín Gutiérrez Alvarez y otros, contra actos del Juez Primero Civil de Partido, con residencia en Silao, Guanajuato y otras autoridades, por lo que deberá presentarse ante este tribunal federal, dentro del término de treinta días contados al siguiente de la última publicación del edicto respectivo a recibir copia de la demanda de amparo, y a señalar domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal federal, aún las de carácter personal.
Irapuato, Gto., a 9 de noviembre de 2012.
Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
María del Rosario Osuna Beltrán
Rúbrica.
(R.- 359956)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Colima, Col.
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO:
MA. ELENA GONZALEZ
J.A. 306/2012
PRINCIPAL
SECCION AMPARO
MESA III
Mediante
escrito presentado el seis de marzo de dos mil doce, en la Oficina de
Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado
de Colima, ELENA SANCHEZ MORA,
solicitó
el amparo y protección de la justicia federal, contra actos
del Juez y Secretario de Acuerdos, adscritos al Juzgado Mixto de lo
Civil y Mercantil de Manzanillo, Colima, consistentes, esencialmente,
en el acuerdo de dieciséis de agosto de dos mil once, en el
que la actora “Desarrolladora Mar del Sur, Sociedad Anónima
de Capital Variable”, ejercita acción reivindicatoria,
demandando a Ma. Elena González, siendo la verdadera
posesionaria de ese inmueble es la aquí quejosa Elena Sánchez
Mora, resultando como tercera perjudicada MA. ELENA GONZALEZ, a quien
se le emplaza por medio del presente edicto y se le hace saber que
debe presentarse ante el Juzgado Primero de Distrito en el Estado,
con residencia en Colima, Colima, dentro del término de
treinta días, contado a partir del día siguiente al de
la última publicación del edicto, para que si a su
interés conviene, se apersone al juicio y aporte las pruebas
que estime convenientes; además, señale domicilio en
esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibido que
de no hacerlo, las subsecuentes, aún las que resulten de
carácter personal se le harán por medio de lista que se
fijará en los estrados de este Tribunal. Lo anterior dentro
del juicio de amparo número 306/2012-III,
del índice de este propio órgano jurisdiccional. La
audiencia constitucional tendrá su verificativo a las NUEVE
HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL OCHO DE NOVIEMBRE DE DOS
MIL DOCE.
Para que se publique tres veces de siete en siete días.
Colima, Col., a 8 de octubre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Colima
Lic. Norma Leticia Ramos Virgen
Rúbrica.
(R.- 359546)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO
SILVESTRE FELIX FELIX
Por este conducto, se ordena emplazar al tercero perjudicado SILVESTRE FELIX FELIX, en el juicio de amparo directo 570/2012, promovido por JESUS ADAN QUINTERO VALENCIA, contra actos del Magistrado de la Cuarta Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y Juez de Ejecución de Medias Judiciales y Sanciones Penales del Sistema de Justicia Penal Oral con residencia en Valle de Santiago, Guanajuato.
ACTO RECLAMADO: Sentencia de veintitrés de marzo de dos mil seis, dictada dentro del toca 79/2006.
PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS: Los artículos 14 y 16.
Se hace saber al tercero perjudicado de mérito que debe presentarse dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, apercibido que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República.
Atentamente
Guanajuato, Gto., a 15 de noviembre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Lic. Ma. Guadalupe Vega Cabrera
Rúbrica.
(R.- 359957)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado,
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
Jaime Santiz Gómez, en su carácter de tercero perjudicado en donde se encuentre.
En el juicio de amparo número 1107/2012, promovido por Evangelina Ballinas León, contra actos del Fiscal Especializado para la Atención de Delitos Relacionados con Servidores Públicos, con sede en esta ciudad y otras autoridades, por auto de quince de noviembre de dos mil doce, se ordenó emplazar a usted como en efecto lo hago, por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República Mexicana, para que en el término de treinta días siguientes al de la última notificación, se apersone a este juicio en su carácter de tercero perjudicado, si así conviniere a sus intereses; apercibido que de no comparecer por si o por apoderado o gestor que pueda representarlo, se ordenará que las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se realicen por medio de lista que se publica diariamente en los estrados de este tribunal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28, fracción III, del ordenamiento legal en comento; en el entendido de que la copia de la demanda de garantías génesis de este expediente, queda a su disposición en la secretaría de este Juzgado.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 23 de noviembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Sergio Gerardo Sarmiento Domínguez
Rúbrica.
(R.- 359961)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
EMPLAZAMIENTO DE LOS TERCEROS PERJUDICADOS
CENTRO HOSPITALARIO DE ESPECIALIDADES MEDICAS DE ORIENTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
JESUS MANZO ALCANTARA
GABRIEL MANZO MARTINEZ
CARLOS MANZO MARTINEZ
En el juicio de amparo 2199/2012, promovido por MARIA GUADALUPE PAEZ ARTEAGA, contra el acto de la Junta Especial Número Nueve de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, consistente en la omisión de dictar laudo en el juicio laboral 1299/2012, señalados como terceros perjudicados en proveído de once de septiembre de dos mil doce, y al desconocerse su domicilio el veinticinco de octubre de dos mil doce, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
México, D.F., a 21 de noviembre de 2012.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Christian del Rosario Salinas Alvarez
Rúbrica.
(R.- 360023)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, con sede en Villahermosa, veinticuatro de octubre de dos mil doce: A Croswill Amado Ortiz Conde. En el juicio de amparo 1841/2012-I, promovido por Bernardo Vidaña Bautista, contra el acto del Juez Primero Penal de Primera Instancia de Cárdenas, Tabasco y otra autoridad, se dictó el auto que en lo conducente dice: “…resulta procedente ordenar el emplazamiento a juicio del tercero interesado Croswill Amado Ortiz Conde, por medio de edictos que correrán a costa del quejoso Bernardo Vidaña Bautista. Por tanto, procédase a la expedición de dichos edictos para su publicación por cuenta del impetrante de garantías, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, por tres veces de siete en siete días, haciéndoles saber al nombrado tercero interesado que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado al siguiente de la última publicación, al local de este Juzgado Cuarto de Distrito, sito en Malecón Leandro Rovirosa Wade esquina con Juan Jovito Pérez de la colonia Las Gaviotas de esta Ciudad, debiendo contener dichos edictos una relación sucinta de la demanda y fijarse además en los estrados de este juzgado copia íntegra de este proveído y de los edictos por todo el tiempo del emplazamiento…”.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco
Lic. Sandra Guzmán Gutiérrez
Rúbrica.
(R.- 360169)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado
H. Matamoros, Tamaulipas
EDICTO
Terceros perjudicados María Isabel García Hernández y Gustavo Adolfo Cázares, por este conducto se le comunica que José Alfonso Pereztagle Angulo, Jorge Raúl González y Enrique Escorcia Vargas, promovieron demanda de amparo, contra el auto de formal prisión de veintitrés de septiembre de dos mil diez, dictado en contra de los citados agraviados, por el Juez Segundo de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en esta ciudad, dentro del exhorto 1022/2010-III, del índice del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Veracruz, con sede en Xalapa, relativo a la causa penal 126/2010-V, por el delito de delincuencia organizada, registrándose la misma bajo el número 1326/2011-V; asimismo, se les hace saber que se ordenó su emplazamiento al presente juicio de amparo y que deberán comparecer, si así conviniere a sus intereses, ante este Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas, dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto, el cual se publicará tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; y deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta localidad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se les realizarán por lista que se publica en este Juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo.
La copia de la demanda queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.
Matamoros, Tamps., a 9 de noviembre de 2012.
El Juez de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas
Lic. Francisco Javier Cavazos Argüelles
Rúbrica.
El Secretario
Lic. Gilberto Anaya Camargo
Rúbrica.
(R.- 359550)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito
Mazatlán, Sin.
EDICTO
En el amparo directo 167/2012, se ordenó emplazar a juicio a Víctor González García, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, por lo que se hace de su conocimiento que Armando Cabrera Peraza o Amando Cabrera Peraza promovió demanda de amparo contra la sentencia de veintinueve de noviembre de dos mil once, dictada por la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con residencia en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, en el toca 574/2011. Además, con fundamento en el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se le previene para que en el término de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, se presente a señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las personales, se harán por lista que se fije en los estrados de este Tribunal, sin posterior acuerdo. También, se hace de su conocimiento que la copia de la demanda se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Tribunal, con apoyo en el artículo 317, del citado Código legal.
Mazatlán, Sin., a 28 de noviembre de 2012.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Jesús García Hernández
Rúbrica.
(R.- 360175)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado 2do de Distrito, Villahermosa, Tabasco. A: María Asunción Rodríguez Benítez y/o María Asunción Rodríguez Benito, En el juicio de amparo 92/2012-IX, promovido por José Juan Arias Torres, se ordenó emplazar por edictos a la tercero perjudicada, para que si a su interés conviene, comparezca a ejercer los derechos que le correspondan en el juicio de garantías citado. En la demanda respectiva se señaló como acto reclamado la orden de presentación, aprehensión y/o detención, se señaló como autoridad responsable al Juez Penal de Primer Instancia de Nacajuca, Tabasco y otras, y como preceptos constitucionales violados, los artículos 14 y 16. Se hace del conocimiento a la tercero perjudicada que la audiencia constitucional se fijó para las once horas con veintisiete minutos del veintidós de octubre de dos mil doce, la cual se diferirá hasta en tanto el expediente esté debidamente integrado. Queda a su disposición copia de la demanda.
La Secretaria
Adela Alejandra Lastra Ortiz
Rúbrica.
(R.- 360176)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA, CON RESIDENCIA OFICIAL EN LA CIUDAD DE SAN ANDRES CHOLULA, PUEBLA.
EN
EL JUICIO DE AMPARO 101/2012 RADICADO EN ESTE JUZGADO QUINTO DE
DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE SAN ANDRES
CHOLULA, PUEBLA, PROMOVIDO POR ANA MARIA DE GANTE AVALOS, VALENTE
MEDINA SEOANE, AGUSTIN CRUZ AGUAYO, DARIO MEDINA SEOANE, MIGUEL ANGEL
CORONA CEREZO Y ALFONSO COLUNGA VELAZQUEZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ
SEGUNDO DE LO PENAL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, RECLAMAN LA ORDEN DE
APREHENSION DICTADA POR EL REFERIDO JUEZ, EN LA CAUSA PENAL 324/2009,
COMO PROBABLES RESPONSABLES DE LA COMISION DEL DELITO DE FRAUDE; SE
HA SEÑALADO A ELIZABETH DE LA C. AYALA GUERRERO O ELIZABETH
DEL CARMEN AYALA GUERRERO
COMO
TERCERO PERJUDICADA Y COMO SE DESCONOCE SU DOMICILIO, SE HA ORDENADO
EMPLAZARLA POR MEDIO DE EDICTOS, QUE DEBERAN PUBLICARSE TRES VECES
CONSECUTIVAS, DE SIETE
EN SIETE DIAS, EN EL “DIARIO
OFICIAL” Y EN EL PERIODICO “EL EXCELSIOR”, QUE ES
UNO
DE LOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA, DE CONFORMIDAD
CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 30, FRACCION II DE LA LEY DE AMPARO
Y 315 DEL CODIGO FEDERAL
DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACION
SUPLETORIA A LA LEY DE AMPARO. QUEDA A SU DISPOSICION EN LA ACTUARIA
DE ESTE JUZGADO COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, HACIENDOLE
SABER QUE DEBERA PRESENTARSE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS
CONTADOS DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION, Y SE LE HACE
SABER QUE SE HAN SEÑALADO LAS DIEZ
HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL SIETE DE ENERO DE DOS MIL
TRECE,
PARA LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL DENTRO DE ESTE JUICIO.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 23 de noviembre de 2012.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Jesús Karina Almada Rábago
Rúbrica.
(R.- 359940)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento del Tercero Perjudicado
YORI SALANT PERRELMAN
En el juicio de amparo 2126/2012, promovido por DIANA BEATRIZ OCHOA CRUZ, contra el acto de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, consistente en la audiencia de veintinueve de junio de dos mil doce dictada en el juicio laboral 1737/2012, señalado como tercero perjudicado en proveído de diecisiete de septiembre de dos mil doce, y al desconocerse su domicilio el quince de octubre de dos mil doce, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
México, D.F., a 23 de noviembre de 2012.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Christian del Rosario Salinas Alvarez
Rúbrica.
(R.- 360277)
AVISO AL PUBLICO
Se comunica que para las publicaciones de estados financieros, éstos deberán ser presentados en un solo archivo. Dicho documento deberá estar capturado en cualquier procesador de textos WORD.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al
margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos
Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Segundo Tribunal
Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito. HECTOR LOPEZ
HERNANDEZ: Disposición del Segundo Tribunal Colegiado en
Materia Penal del Sexto Circuito, en el juicio de amparo directo
número 295/2012, promovido por GERMAN MIRON JACOME, contra la
sentencia de cuatro de abril de dos mil siete, dictada por la Primera
Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de
Puebla, en el toca de apelación 118/2007, formado con motivo
del recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia
pronunciada dentro del proceso penal 233/2005 del Juzgado Cuarto de
lo Penal, instruido en contra del citado quejoso por los delitos de
portación de arma e instrumento prohibido y robo calificado.
En el citado juicio de amparo usted ha sido señalado tercero
perjudicado, y como se desconoce su domicilio actual, se ha dispuesto
emplazarlo por edictos, en términos de los artículos 30
fracción II de la
Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria.
Queda
a su disposición en la actuaría de este
Tribunal Colegiado copia simple de la demanda, haciéndole
saber que se encuentra en aptitud de presentarse a deducir los
derechos que con tal carácter le corresponde, dentro
del
término de treinta días, contado a partir del siguiente
al de la última publicación; caso contrario,
las
subsecuentes notificaciones se realizarán por lista, como lo
dispone el artículo 28, fracción III de la
ley de
la materia.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 6 de noviembre de 2012.
Magistrado Presidente
Diógenes Cruz Figueroa
Rúbrica.
(R.- 359551)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito del Décimo Sexto Circuito
León, Guanajuato
EDICTO
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice:
Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en la Ciudad de León, Guanajuato.
EXPEDIENTE 727/2012-III
En los autos del Juicio de Amparo número 727/2012-III, promovido por Roberto Rodríguez Díaz, contra actos del Juez Tercero Penal de Partido y del Agente del Ministerio Público V, ambos con sede en esta ciudad, reclamando la resolución emitida dentro del recurso 8/2012, a través de la cual confirmó la determinación de archivo de la averiguación previa 123/2010, perteneciente a la Agencia del Ministerio Público V de León, Guanajuato, radicándose el juicio constitucional con el número anotado al rubro, en este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en la ciudad de León, donde se señaló a Juan Carlos Guzmán Villaseca y Karla Yazmín de Guadalupe Guzmán Hernández, con el carácter de terceros perjudicados y como se desconoce el domicilio de los mismos, se ha ordenado emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el "Diario Oficial de la Federación" y en el periódico "El Universal", por ser uno de los de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, haciéndoles saber que deberán presentarse por sí o a través de persona autorizada ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato, ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos número 915, Oriente, esquina con callejón del Toro, colonia Coecillo, en la ciudad de León, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación; además, se fijará en la puerta de este Tribunal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición copias fotostáticas simples de la demanda en la actuaría de este Juzgado. Si pasado este término, no comparecieren por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlos, se seguirá el juicio, haciéndoles las subsecuentes notificaciones por lista que se fijará en los estrados de este Juzgado.
Atentamente
León, Gto., a 23 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guanajuato
Lic. Rafaela Madrid Padilla
Rúbrica.
(R.- 359954)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado
H. Matamoros, Tamaulipas
EDICTO
Tercero
perjudicado Martín Castillo Escudero, por este conducto se le
comunica que Silvia Gutiérrez Valentín, promovió
demanda de amparo contra el ilegal emplazamiento de fecha veintidós
de febrero de dos mil once, mediante el cual se pretende hacer
constar que la nombrada agraviada fue llamada a juicio hipotecario en
el expediente 01445/2012, del índice del Juzgado Segundo de
Primera Instancia Civil, de esta ciudad, registrándose la
misma bajo el número 680/2012-IV; asimismo, se le hace saber
que se ordenó su emplazamiento al presente juicio de amparo y
que deberá comparecer, si así conviniere a sus
intereses, ante este Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y
Juicios Federales en el estado de Tamaulipas, dentro del término
de treinta días, contados a partir de la última
publicación del edicto, el cual se publicará tres
veces,
de siete en siete días en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en la República Mexicana; y deberá
señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en
esta localidad; apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes
notificaciones, aún las personales, se le realizarán
por lista que se publica en este Juzgado de Distrito, con fundamento
en el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo.
La copia de la demanda queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.
Matamoros, Tamps., a 31 de octubre de 2012.
El Juez de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas
Lic. Francisco Javier Cavazos Argüelles
Rúbrica.
El Secretario
Lic. Josué Juárez Hernández
Rúbrica.
(R.- 359579)
CATALINA BELTRAN RUBI, EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRE.
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 648/2012-V, PROMOVIDO POR FLOR DE
MARIA BELTRAN RUBI CONTRA ACTOS DEL JUEZ OCTAVO CIVIL EN MATERIA
FAMILIAR Y DE SUCESIONES DE LA PRIMERA DEMARCACION TERRITORIAL DEL
ESTADO DE MORELOS, CUYO ACTO RECLAMADO CONSISTE EN EL AUTO DE CUATRO
DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, DICTADO EN EL EXPEDIENTE 78/2011; SE
EMPLAZA A USTED CON EL CARACTER DE TERCERA PERJUDICADA Y SE LE HACE
SABER QUE DEBERA COMPARECER ANTE ESTE JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN
EL ESTADO DE MORELOS, UBICADO EN BOULEVARD DEL LAGO, NUMERO CIENTO
TRES, EDIFICIO “B”, COLONIA VILLAS DEPORTIVAS, EN
CUERNAVACA, MORELOS, DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADO A
PARTIR DEL DIA HABIL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL
PRESENTE EDICTO, PARA HACERLE ENTREGA DE COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA Y
DEMAS CONSTANCIAS RELATIVAS AL JUICIO DE AMPARO 648/2012-V Y SE LE
APERCIBE QUE EN CASO DE NO HACERLO ASI, SE SEGUIRA EL JUICIO EN SU
REBELDIA Y LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARACTER
PERSONAL, SE LE HARAN POR MEDIO DE LISTA QUE SE FIJA EN LOS ESTRADOS
DE ESTE JUZGADO.
Cuernavaca, Mor., a 14 de noviembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Francisco René Marmolejo Vázquez
Rúbrica.
(R.- 359584)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
Emplazamiento a la parte tercera perjudicada:
SHALOM DE CUERNAVACA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación. Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Morelos. En los autos del juicio de amparo 1100/2012, promovido por Germán Andrés Ballesteros Cotero, en su carácter de apoderado legal del quejoso Alfonso Víctor Alfaro Rivera, contra actos del Presidente de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, con residencia en esta ciudad, se ha señalado a esa persona moral con el carácter de tercera perjudicada en el juicio de garantías mencionado, y como se desconoce su domicilio actual, por acuerdo de diecisiete de octubre de dos mil doce, se ordenó emplazarla por edictos, le hago saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, en las oficinas que ocupa este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Morelos, ubicadas en Boulevard del Lago, número 103, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, Código Postal 62370, lo cual podrá hacerlo por conducto de su apoderado legal.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 17 de octubre de 2012.
El Juez Quinto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Salvador Hernández Hernández
Rúbrica.
El Secretario del Juzgado
Lic. Javier Robles Almaráz
Rúbrica.
(R.- 359800)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Culiacán, Sinaloa
EDICTO
Magdalena Villavelázquez Solís.
(tercero perjudicada).
Se hace de su conocimiento que en Juzgado Cuarto de Distrito Estado de Sinaloa, se tramita juicio de amparo 325/2012-II, promovido por Gulfredo Lugo Aispuro, contra actos del Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en esta ciudad y otras autoridades, reclamando la orden de desocupación del bien inmueble localizado en calle Escobedo esquina con Fray Andrés Tello número 2105-A, colonia Miguel Hidalgo de esta ciudad de Culiacán, Sinaloa; juicio de amparo donde resulta tercero perjudicada Magdalena Villavelázquez Solís; por tanto, se le requiere comparezca al presente juicio de amparo dentro plazo treinta días siguientes a última publicación, a defender sus derechos, apercibida que de no comparecer por si, apoderado o gestor que pueda representarla, todas las subsecuentes notificaciones serán por lista de estrados, queda a su disposición en el juzgado la copia de la demanda. Audiencia constitucional doce horas del veintiocho de agosto de dos mil doce.
Culiacán, Sin., a 24 de agosto de 2012.
Secretario
del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Sinaloa, Encargado del
Despacho por licencia
del Titular, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 43 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial
de la Federación, y autorización
contenida en la circular ST/CCJ/3ª.RR/03/2012, de nueve de
agosto
de dos mil doce, suscrito por el licenciado Vicente David
Burguet Franco, Secretario Técnico
de la Comisión
de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal
Lic. Kristhian Alvarez del Castillo Huergo
Rúbrica.
(R.- 359803)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Sexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
TERCERO PERJUDICADAS:
PERSONAS MORALES AUTOTRANSPORTES SEKOM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y PRODUCTORA DE TARIMAS DEL SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Por este conducto, se ordena emplazar a las tercero perjudicadas: personas morales Autotransportes Sekom, Sociedad Anónima de Capital Variable y Productora de Tarimas del Sur, Sociedad Anónima de Capital Variable, dentro del juicio de amparo 457/2012, promovido por Eulogio Farías Vázquez, contra actos del Magistrado de la Quinta Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y de otras autoridades, en cuya demanda de garantías se señala:
Acto reclamado: la sentencia de 25 de noviembre de 2011, dictada en el toca 333/2011.
Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 14 y 20.
Se hace saber a las tercero perjudicadas de mérito que deben presentarse dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, apercibidas que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República.
Atentamente
Guanajuato, Gto., a 22 de noviembre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Lic. Ma. Guadalupe Vega Cabrera
Rúbrica.
(R.- 359939)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado,
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
JOSE EMILIO MORENO JIMENEZ, ROBERTO IVAN FLORES ALVARADO, OVIDIO GIRON AGUILAR Y SHEYLA LENICA VILLATORO ARGÜELLO.
TERCERO PERJUDICADO EN EL LUGAR EN QUE
SE ENCUENTRE.
En el juicio de amparo 964/2012, promovido por Alberto Antonio Domínguez Alvarez, contra actos del Juez Tercero del Ramo Penal, residente en Cintalapa de Figueroa, Chiapas, radicado en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, sito en Palacio de Justicia Federal, Edificio “B”, Planta Baja, Boulevard Angel Albino Corzo, número 2641, Colonia Las Palmas, código postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en el que se dictó el acuerdo de siete de agosto de dos mil doce, mediante el cual se ordenó emplazarles al presente juicio, en virtud de que se les han señalado como terceros perjudicados y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley en cita; haciéndoles saber que podrán presentarse dentro de los TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación por sí o apoderado, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones les surtirán efectos por medio de lista en estrados de este Juzgado. Quedando a su disposición en este órgano judicial la demanda de garantías de que se trata; asimismo, se le hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para su celebración las NUEVE HORAS DEL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE. Fíjese en la puerta de este tribunal un ejemplar de este edicto, por el término que dure la notificación.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 21 de noviembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Darinel de Jesús Rodríguez Moreno
Rúbrica.
(R.- 359941)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
TERCEROS PERJUDICADOS:
LUZ OBDULIA AYALA VAZQUEZ, KATIA MARIA Y JESUS
ARMANDO, AMBOS DE APELLIDOS ROMERO AYALA.
Por este conducto, se ordena emplazar a los Terceros Perjudicados: Luz Obdulia Ayala Vázquez, Katia María y Jesús Armando, ambos de apellidos Romero Ayala, dentro del juicio de amparo 473/2012, promovido por Jorge Reyes Hernández, contra actos del Magistrado de la Primera Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en cuya demanda de garantías se señala:
IV.- Acto reclamado: la sentencia de 26 de Octubre de 2011, dictada en el toca 305/2011.
V.- Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 14, 16 y 19.
Se hace saber a los terceros perjudicados de mérito que deben presentarse dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, apercibidos que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República.
Atentamente
Guanajuato, Gto., a 21 de noviembre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Lic. Ma. Guadalupe Vega Cabrera
Rúbrica.
(R.- 359945)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
EDICTO
Jorge Eduardo Rodríguez Orozco.
Gabriel Maximiliano Cervantes Alvarez.
“Cumplimiento auto doce de noviembre de dos mil doce, dictado por el Juez Tercero Distrito Estado Guerrero, con residencia en la ciudad de Acapulco, en Juicio Amparo 1264/2011-I, promovido por Marco Antonio Gómez Rumualdo, por su propio derecho, contra actos de Jueces Primero y Segundo de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Azueta, con residencia en Zihuatanejo, Guerrero, y los Coordinadores de Zona de la Policía Ministerial del Estado, domiciliados en Tecpan de Galeana y Atoyac de Alvarez, Guerrero, se hace conocimiento resulta carácter terceros perjudicados, en términos artículo 5o., Fracción III, inciso b) Ley de Amparo y 315 Código Federal Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, se mandó emplazar por edicto a juicio, si a sus intereses convinieren se apersonen, debiéndose presentar ante este Juzgado Federal, ubicado Boulevard de las Naciones número 640, Granja 39, Fracción “A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, código postal 39890, Acapulco, Guerrero, deducir derechos dentro de término treinta días, a partir siguiente a última publicación del presente edicto; apercibidos de no comparecer lapso indicado, ulteriores notificaciones personales surtirán efectos por lista se publique estrados este órgano control constitucional.
En inteligencia que se han señalado nueve horas del catorce de diciembre de dos mil doce, celebración audiencia constitucional, queda disposición en secretaría juzgado copia demanda amparo.”
Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, a los doce días del mes de Noviembre de dos mil doce.- doy fe.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guerrero
Lic. Víctor Ignacio Rábago Castañeda
Rúbrica.
(R.- 359948)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
EDICTO
Emplazamiento a juicio al tercero perjudicado Luis Israel Romero Ferreyra.
Amparo
674/2012, promovido por José Guillermo Romo Díaz,
contra actos del Juez Quinto de lo Mercantil del Primer Partido
Judicial del Estado de Jalisco, y otras, que consiste en lo actuado
en el expediente 172/2011, así como el remate de la finca 93,
calle Independencia, en Santa María Tequepexpan, Tlaquepaque,
Jalisco. Por acuerdo de 01 de octubre 2012, se ordenó emplazar
a juicio a Luis Israel
Romero Ferreyra, mediante edictos. Se
señalaron las 11:00 del 26 de octubre 2012, para la audiencia
constitucional; quedan copias de ley a su disposición en este
juzgado. Hágaseles saber que deberá presentarse (si así
es su voluntad) a deducir sus derechos ante este juzgado, dentro de
30 días contados
a partir del día siguiente al de la
última publicación, apercíbaseles que, si pasado
este término, no comparecen por sí o por representante,
ulteriores notificaciones serán practicadas por lista (acorde
a la fracción II, del artículo 30, de la Ley de
Amparo).
Para
su publicación por 3 veces, de 7 en 7 días, en el
Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos
diarios de mayor circulación en la República, se expide
en Zapopan, Jalisco, a 05 de octubre
de 2012.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado
Lic. Denisse Adriana Sánchez Pozos
Rúbrica.
(R.- 359960)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Estado de Chihuahua
EDICTO
OSCAR ORTEGA RAMIREZ Y ELVIA MENDOZA GARCIA DE ORTEGA.
(TERCEROS PERJUDICADOS)
En
el juicio de amparo número 1082/2012 promovido por
ADMINISTRADORA BLUE 2234, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE
CAPITAL VARIABLE, contra actos del Magistrado de la Tercera Sala de
lo Civil del Supremo Tribunal de Justicia, con residencia en esta
ciudad, se ordenó emplazar por edictos a los terceros
perjudicados OSCAR ORTEGA RAMIREZ Y ELVIA MENDOZA GARCIA DE ORTEGA,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción
II y 157 de la Ley de Amparo en relación con el
315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria, a la Ley de Amparo, a costa de la parte quejosa, en la
inteligencia de que los edictos deberán publicarse por tres
veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario
Oficial de la Federación y en el periódico El
Excelsior, o Heraldo de México, o El Universal o Novedades, de
la Ciudad de México, Distrito Federal, haciéndoles
saber a los terceros perjudicados que deberán presentarse
dentro del término de treinta días, contados a partir
del siguiente al de la última publicación, para que
reciban la copia de la demanda de garantías, debiendo fijarse
además una copia de los citados edictos en los estrados de
este Juzgado por todo el tiempo del emplazamiento, apercibiéndoseles
que pasado este término si no comparecen por sí o por
medio de apoderado o quien legalmente los represente, se les tendrá
por emplazados, y las ulteriores notificaciones, aún las de
carácter personal, se les notificarán por lista que se
fijará en los estrados de este tribunal.
Chihuahua, Chih., a 18 de octubre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado Chihuahua
Lic. Gabriela G. Corral Vera
Rúbrica.
(R.- 360154)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al
margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos
Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Segundo Tribunal
Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito. RICARDO SANCHEZ
VIVEROS: Disposición del Segundo Tribunal Colegiado en Materia
Penal del Sexto Circuito, en el juicio de amparo directo número
388/2012, promovido por MARCO ANTONIO MORENO MONICO o MARCO ANTONIO
MONICO MORENO, contra la sentencia de trece de noviembre de dos mil
seis, dictada por la Primera Sala en Materia Penal del Tribunal
Superior de Justicia del Estado, en el toca de apelación
893/2006, formado con motivo del recurso de apelación
interpuesto en contra de la sentencia pronunciada dentro del proceso
penal 447/2000 del Juzgado Penal del Distrito Judicial de Atlixco,
Puebla, instruido en contra
del citado quejoso por los delitos de
robo calificado y robo simple. En el citado juicio de amparo usted ha
sido señalado tercero perjudicado, y como se desconoce su
domicilio actual, se ha dispuesto emplazarlo por edictos, en términos
de los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de
aplicación supletoria. Queda a su disposición en la
actuaría de este Tribunal Colegiado copia simple de la
demanda, haciéndole saber que se encuentra en aptitud de
presentarse a deducir los derechos que con tal carácter le
corresponde, dentro del término de treinta días,
contado a partir del siguiente al de la última publicación;
caso contrario, las subsecuentes notificaciones se realizarán
por lista, como lo dispone el artículo 28, fracción III
de la ley de la materia.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 15 de noviembre de 2012.
Magistrado Presidente
Diógenes Cruz Figueroa
Rúbrica.
(R.- 360164)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado,
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
HUMBERTO
HERNANDEZ OCAÑA, SU CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO EN DONDE
SE ENCUENTRE.
EN
EL JUICIO DE AMPARO NUMERO 788/2012, PROMOVIDO POR ANDRES AYALA
LEYVA, CONTRA ACTOS DE LA SEGUNDA SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL ESTADO, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD Y OTRA AUTORIDAD,
POR AUTO DE ESTA FECHA SE ORDENO A EMPLAZAR A USTED COMO EN EFECTO LO
HAGO, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES DE SIETE
EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN
PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, PARA QUE EN
EL TERMINO DE TREINTA DIAS SIGUIENTES AL DE LA ULTIMA NOTIFICACION,
SE APERSONE A ESTE JUICIO EN SU CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO, SI
ASI CONVINIERE A SUS INTERESES; APERCIBIDO QUE DE NO COMPARECER POR
SI O POR APODERADO O GESTOR QUE PUEDA REPRESENTARLO,
SE ORDENARA
QUE LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARACTER PERSONAL SE
REALICEN POR MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLICA DIARIAMENTE EN LOS
ESTRADOS DE ESTE TRIBUNAL, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL
ARTICULO 28, FRACCION III, DEL ORDENAMIENTO LEGAL EN COMENTO; EN EL
ENTENDIDO DE QUE LA COPIA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS GENESIS DE ESTE
EXPEDIENTE, QUEDA A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA
DE ESTE
JUZGADO.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 9 de octubre de 2012.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Luis Alberto Gutiérrez Amado
Rúbrica.
(R.- 360180)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
RAUL ROMERO VENEGAS.
En los autos del juicio de amparo número 665/2012-V, promovido por Arturo González Monroy, contra actos del Juez Septuagésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal y actuario adscrito a dicho juzgado; radicado en este Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil, en esta capital; al ser señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta capital, se hace de su conocimiento que en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 27 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Ruth Edith Pacheco Escobedo
Rúbrica.
(R.- 360278)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento de la Tercero Perjudicada
NOVACTION MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
En
el juicio de amparo 2112/2012, promovido por YOLANDA ATAYDEMEJIA,
contra el acto de la Junta Especial Número Diez de la Local de
Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y otras,
consistente en la omisión de notificar a la demanda y dictar
resolución interlocutoria de liquidación en el
expediente laboral 346/2012, al desconocerse su domicilio el
diecisiete de octubre de dos mil doce, se ordenó su
emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces,
de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación
y en uno de los periódicos de mayor circulación en la
República Mexicana, se le hace saber que deben presentarse
dentro del término de treinta días, contados del
siguiente al de la última publicación de tales edictos,
ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar
domicilio para recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo
se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun
las de carácter personal, se le harán por lista. Queda
a su disposición en la Secretaría de este Organo
Jurisdiccional copia simple de la demanda
de garantías.
México, D.F., a 28 de noviembre de 2012.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Christian del Rosario Salinas Alvarez
Rúbrica.
(R.- 360282)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimocuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Amparos
Mesa VA
P- 741/2012
LESF
EDICTO
PARA NOTIFICAR AL MARIA ISABEL SANCHEZ PEREZ, REPRESENTANTE DEL TERCERO PERJUDICADO ONESIMO DIAZ ROBLES, SEÑALADO CON TAL CARACTER EN EL JUICIO DE AMPARO 741/2012-V-A, PROMOVIDO POR NESTOR RAMIREZ BAUTISTA, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO MILITAR ADSCRITO A LA PRIMERA REGION MILITAR Y OTRAS AUTORIDADES, CONSISTENTES EN: "EL AUTO DE FORMAL PRISION DE ONCE DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EMITIDO EN LA CAUSA 387/2012; HABIENDOSE ORDENADO EL EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS, MEDIANTE PROVEIDO DE VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, LOS CUALES CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 30, FRACCION II, DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACION SUPLETORIA DE AQUELLA, SE ORDENO PUBLICAR POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA, PARA EL EFECTO DE QUE COMPAREZCA ANTE ESTE JUZGADO POR SI O POR APODERADO QUE PUEDA REPRESENTARLA, SI ASI CONVIENE A SUS INTERESES, EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO A SU DISPOSICION, EN LA SECRETARIA CORRESPONDIENTE, LA COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS PARA SU TRASLADO; ASIMISMO, SE HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE SE SEÑALARON LAS NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL ONCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE, PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA.
Atentamente
México, D.F., a 28 de noviembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Decimocuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Juan Pablo Cortés Torres
Rúbrica.
(R.- 360284)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento de los Terceros Perjudicados
ESPECIALISTAS EN SEGURIDAD PRIVADA Y SALVAGUARDAS DE NEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; GALOE_PI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; ESPRISAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; VIGILANCIA EJECUTIVA PERSONALIZADA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; ARTURO RODRIGUEZ; GERMAN NAVARRO ALBA; MIGUEL ALFONSO AGUILAR MARTINEZ
En el juicio de amparo 1440/2012, promovido por JORGE ANTONIO GONZALEZ BARRAGAN, contra el acto de la Junta Especial Número Quince de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y su Presidente, consistente en la omisión de dictar el laudo en el juicio laboral 2433/2011, señalados como terceros perjudicados en proveído de veintiuno de junio de dos mil doce, y al desconocerse su domicilio el veintitrés de octubre del mismo año, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se les hace saber que deben presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
México, D.F., a 15 de noviembre de 2012.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Lourdes Cristina Valadez Pérez
Rúbrica.
(R.- 360286)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl
EDICTO
TERCERA INTERESADA
MARLENE MONTSERRAT GIL ALBARRAN
En
razón de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica
la radicación del juicio de amparo 824/2012, promovido por
PAULA GAMBOA MONDRAGON, EN SU CARACTER DE DEFENSOR PARTICULAR DE
AUSENCIO NAVA MARTINEZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO
JUDICIAL
DE OTUMBA, ESTADO DE MEXICO Y OTRA AUTORIDAD, con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 107 de la
Constitución Federal Vigente, le recae el carácter de
tercera interesada, emplazándosele por este conducto para que
en el plazo de treinta días contado a partir del día
siguiente al de la última publicación de este edicto,
comparezca al juicio de garantías de mérito,
apercibiéndole que de no hacerlo, éste se seguirá
conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones, aún las
de carácter personal, se le practicarán mediante lista
que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado Sexto de Distrito
en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl,
quedando a su disposición en la Secretaría las copias
simples de traslado; en el entendido de que deberá publicarse
en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico
de mayor circulación en la República, por tres veces
consecutivas de siete en siete días.
Asimismo, se hace de su conocimiento que se encuentran señaladas las DIEZ HORAS DEL CUATRO DE ENERO DE DOS MIL TRECE, para la celebración de la audiencia constitucional.
Atentamente
Nezahualcóyotl, Edo. de Méx., a 26 de noviembre de 2012.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México
Lic. Orlando Fererino Feregrino
Rúbrica.
(R.- 360289)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, cinco de diciembre de dos mil doce.
TERCERO PERJUDICADO: Mauricio Magdaleno Mena.
En
los autos del Juicio de Amparo 936/2012-IV, promovido por Jorgiade
Juárez Téllez, por su propio derecho contra actos de la
Segunda Sala Civil, Juez Vigésimo Quinto de lo Civil y
Actuario adscrito a dicho juzgado, todos ellos del Tribunal Superior
de Justicia del Distrito Federal; consistentes en: La sentencia de
fecha veintiséis de septiembre del dos mil doce, dictado en el
toca 421/2012/2, en la que en su primer punto resolutivo confirmó
la Sentencia Interlocutoria de nueve de mayo de dos mil doce, dictada
en el juicio ordinario civil interpuesto por Magdaleno Mena Mauricio,
en contra de Jorgiade Juárez Téllez, expediente número
542/2011; en la que se declara improcedente el incidente de nulidad
de actuaciones y condena al aquí
quejoso
al pago de costas en ambas instancias; con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 30, fracción II,
de
la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria de la Ley de Amparo, se
ordena emplazar a juicio al tercero perjudicado Mauricio Magdaleno
Mena., a fin de que comparezca a deducir sus derechos en el término
de treinta días contados a partir del día siguiente en
que se efectúe la última publicación, quedando a
su disposición en la Secretaría de éste Juzgado
copia simple del escrito inicial y aclaratorio de demanda, así
como del auto admisorio de fecha diecinueve de octubre de dos mil
doce, mismos que serán publicados por tres veces de siete en
siete días, en uno de los periódicos de mayor
circulación de la República, así como en el
Diario Oficial de la Federación, haciéndole saber al
tercero perjudicado antes mencionado que deberá ocurrir al
presente juicio de garantías dentro del término de
treinta días, contados a partir del día siguiente al de
la última publicación, apercibido de que en caso de no
apersonarse a este juicio de amparo, las posteriores notificaciones
se les harán por medio de lista, con fundamento en lo
dispuesto por el artículo 30, fracción II, de la Ley de
Amparo.
México, D.F., a 5 de diciembre de 2012.
El C. Secretario Judicial del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Salvador Damián González
Rúbrica.
(R.- 360506)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito del Décimo Primer Circuito
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Michoacán,
con residencia en Morelia
Sección Amparo
EDICTO
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO I-503/2012, PROMOVIDO POR CARLOS
HUMBERTO RODRIGUEZ FERNANDEZ Y MARIA TERESA BOCANEGRA AVILA, EN
CUANTO APODERADO JURIDICO Y DEPOSITARIA, RESPECTIVAMENTE, DE LA
QUEJOSA DIRECTA MARIA TERESA AVILA MORALES, CONTRA ACTOS DEL TITULAR
DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL ESTADO, Y OTRAS
AUTORIDADES; LA LICENCIADA MARTA ELENA BARRIOS SOLIS, JUEZ CUARTO DE
DISTRITO EN EL ESTADO DE MICHOACAN, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE
MORELIA,
EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN AUTO DE CINCO DE
SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE, Y CON FUNDAMENTO EN LA ULTIMA PARTE DE LA
FRACCION II DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, SE ORDENA PUBLICAR
LOS PRESENTES EDICTOS POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DE MAYOR
CIRCULACION EN LA REPUBLICA, A FIN DE EMPLAZAR A LA MORAL TERCERA
PERJUDICADA POSADA DON VASCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO HOTEL POSADA DON VASCO, AL JUICIO
DE AMPARO SEÑALADO EN LINEAS QUE ANTECEDEN, HAGASELE SABER A
LA CITADA TERCERA PERJUDICADA EN COMENTO QUE DEBERA PRESENTARSE POR
CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE DENTRO DEL PLAZO DE
TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA
PUBLICACION, QUEDANDO A SU DISPOSICION COPIA DE LA DEMANDA DE AMPARO
EN ESTE JUZGADO FEDERAL, A FIN DE QUE HAGA VALER LO QUE A SU INTERES
CONVENGA; ASIMISMO, SE LE HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE SE ENCUENTRAN
SEÑALADAS LAS DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL VEINTISIETE
DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA
CONSTITUCIONAL; IGUALMENTE, QUE DEBERA SEÑALAR DOMICILIO PARA
OIR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES DENTRO DE LA RESIDENCIA DE
ESTE JUZGADO, APERCIBIDA QUE DE NO HACERLO, LAS SUBSECUENTES SE LE
HARAN POR LISTA, AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, EN TERMINOS DE LO
ORDENADO EN LA FRACCION II, DEL ARTICULO 30, DE LA LEY DE AMPARO.
Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Michoacán, con residencia en Morelia
Lic. Marta Elena Barrios Solís
Rúbrica.
(R.- 359806)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
RUBEN RAMIREZ BARBOSA
En virtud de la demanda de amparo directo promovida por PABLO CESAR y ANGELICA MARIA ambos de apellidos Martínez Santana, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia definitiva dictada en su contra el nueve de septiembre de dos mil once, dentro del toca 484/2011; por auto de dieciséis de julio de dos mil doce, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número 684/2012; reservándose proveer respecto a la admisión o rechazo de la demanda en cuestión, toda vez, que se ordenó la búsqueda del tercero perjudicado RUBEN RAMIREZ BARBOSA en los domicilios donde pudiese ser emplazado, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se agotaron los medios de investigación para su localización, sin haber obtenido resultado alguno; por lo que, en proveído de veintiocho de septiembre de dos mil doce, este tribunal ordenó el emplazamiento de RUBEN RAMIREZ BARBOSA, por medio de edictos, en términos del normativo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, para que dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, el tercero perjudicado RUBEN RAMIREZ BARBOSA, se apersone al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo, se le tendrá por emplazado y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le realizarán por medio de lista que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos de los artículos 29, fracción III, en relación con el diverso 28, fracción III de la Ley de Amparo; asimismo, hágasele saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de garantías interpuesta se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano colegiado.
Mexicali, B.C., a 9 de octubre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Guadalupe Muro Páez
Rúbrica.
(R.- 359811)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos.
MARIA SONIA GLADIS GONZALEZ GOMEZ
EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRE.
En los autos del juicio de amparo número 330/2012-C, promovido por Lisandro Leonel Rodríguez Figueroa, contra actos del Juez de Control de Garantías y Juicio Oral del Primer Distrito Judicial en el Estado de Morelos, con sede en esta ciudad, Director del Centro Estatal de Readaptación Social (cereso) Morelos, con residencia en Atlacholoaya, Morelos, y Jueza de Control del Distrito Judicial de Toluca, con sede en Almoloya de Juárez, México, en el que reclama del Lic. Tomás Mateo Morales en su carácter de Juez de Primera Instancia de Garantía y Juicio Oral del Primer Distrito Judicial en el Estado de Morelos, el auto que recae al escrito del recurso de apelación interpuesto por mi defensor particular, el día 23 de enero de 2012 y que ordena enviar en el escrito de apelación al Juez de Primera Instancia del Estado de México, ya que como se desprende quien es competente para conocer del recurso de apelación interpuesto por el defensor particular del suscrito; del Director del Centro Estatal de Readaptación Social (CERESO) Morelos, en su momento se reclamó el posible traslado que se hizo el día 02 de marzo de 2012; y en el cual se ha señalado con el carácter de tercero perjudicada a María Sonia Gladis González Gómez y como se desconoce su domicilio actual de éste último, se ha ordenado emplazarlo por edictos, que deberá publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndole saber que debe presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le surtirán efectos por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para las NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL CINCO DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE.
Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar.
Atentamente
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos
Ana Lorena García Arellano
Rúbrica.
(R.- 359559)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Piedras Negras, Coahuila
EDICTO
José Antonio Aguirre Luna, se le emplace con el carácter de tercero perjudicado de la demanda de amparo promovida por Antonia Castillo Martínez e Ignacio González Cruz, a la cual le correspondió el número 325/2012, en auto admisorio de seis de junio de dos mil doce, contra los actos reclamados al Juez de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Sabinas, Coahuila de Zaragoza, consistentes en:
“…IV.- ACTO RECLAMADO.- A) Del C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SABINAS, COAHUILA, reclamamos dentro del expediente Número 242/20120, el AUTO de fecha 20 de Abril del 2012, que manda dar debido cumplimiento a la sentencia definitiva dictada en los autos del expediente arriba indicado, radicado en el Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SABINAS, COAHUILA, de fecha 7 de Noviembre de 2011, dictado dentro del TOCA CIVIL NUMERO 622/2011 en que se nos requiere para que restituyamos al Tercero Perjudicado el bien inmueble ubicado en calle 5 de mayo Numero 2 y calle Mineros Barrio 4 de Minas de Barroteran, Municipio de Melchor Múzquiz Coahuila dentro del término de 5 días. Sin embargo dicho mandato es atentatorio de nuestras garantías individuales, pues no obstante que tenemos instaurado un Juicio de Usucapion en este mismo Juzgado de la Responsable, expediente Número 482/2010 y cuya demanda se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, bajo la partida 22098, Libro 227, Sección V, de fecha 8 de Marzo de 20120, como se acredita con el anexo respectivo. Repito, se nos pretende arbitrariamente despojar del mismo, por el solo hecho de haberse burlado el Tercero perjudicado de la Justicia, pretendiendo ignorar nuestra demanda, no siendo vencido en juicio.
b)
Que reclamamos de la Sala Colegiada Civil y Familiar del Tribunal
Superior de Justicia del Estado,
la sentencia definitiva dictada
en el Juicio 242/2010 y específicamente el auto de ejecución
que con motivo de la misma dicto el C. Juez de Primera Instancia en
Materia Civil. Con residencia en Sabinas, Coahuila.
Aclarando
que actualmente, se ejecutó dicho auto (el día 11 de
mayo del 2012), no obstante de estar interpuesto en el amparo en que
se actúa, por lo que la suspensión que al efecto se
dice deberá tener
los efectos retroactivos pertinentes.
Criterio que es acorde con el sostenido en múltiples ocasiones
por los Tribunales Superiores Federales, tanto Colegiados como la
Suprema Corte y asimismo existen diversos criterios que permiten
actuar a la autoridad federal con posterioridad a la ejecución
de la sentencia al considerar ‘como último acto de
ejecución’, propiamente la práctica de dicha
diligencia y no la sentencia definitiva.
En relación al inciso: e) Nos permitimos manifestar que se promovió el juicio de amparo directo 28/2012, encontrándose dictada la resolución final de dicho amparo”.
Lo anterior se hace del conocimiento de la parte tercera perjudicada, para que dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación comparezca por sí o por apoderado que pueda representarlo, requiriéndolo para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, con apercibimiento que de no señalarlo, las subsecuentes aun las de carácter personal se le harán por medio de lista.
Queda en la Secretaría del Juzgado copia de la demanda para que se imponga de ella.
El presente edicto se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico o diario de mayor circulación en la República Mexicana.
Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza, a 26 de septiembre de 2012.
Por Acuerdo del Juez Tercero de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza
Secretario de Acuerdos
Lic. Jorge Alfonso Fuentes Avalos
Rúbrica.
(R.- 359797)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua
Sección Amparo
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 514/2012-IV, promovido ante este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua, con sede en Ciudad Juárez, por Julio Alanis Torres, Ernesto Molina González, Jaime Bueno Morales, José María Reyes Ruiz-Esparza, Ismael Garybay Flores y René Osvaldo Regalado, contra actos del Jefe del Servicio de Administración Tributaria con residencia en la ciudad de México, Distrito Federal y otros; el suscrito licenciado Carlos Miguel García Treviño, por acuerdo de dos de octubre de dos mil doce, ordenó emplazar a Constructora e Inmobiliaria Sierra Blanca, Sociedad Anónima de Capital Variable, a quien se le atribuyó el carácter de tercero perjudicado en el presente juicio, lo que se ordenó mediante edictos, con apoyo en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo.
Al respecto los quejosos reclaman, todas las actuaciones que obran en el Procedimiento Administrativo de Ejecución número EXP SAT-322-14-07-2011 MR., del que se pretende privar a los promoventes de los derechos adquiridos mediante laudo firme en el expediente laboral 3/03/2582, del índice de la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje, ello en relación a la ejecución, remate y adjudicación, respecto de dos inmuebles, con los siguientes datos del registro público de la propiedad y del comercio de esta ciudad:
a). INSCRIPCION 99, FOLIO 103 LIBRO 3184 DE SECCION PRIMERA del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta Ciudad.
b).
INSCRIPCION 98, FOLIO 102, LIBRO 3184 DE SECCION PRIMERA del Registro
Público de
la Propiedad y del Comercio de esta Ciudad.
Así como la omisión de la responsable de ordenar la cancelación de la anotación marginal preventiva en relación a la adjudicación de éstos a favor del fisco federal.
Se
hace saber a la moral tercero perjudicada Constructora e Inmobiliaria
Sierra Blanca, Sociedad Anónima de Capital Variable que la
copia simple de la demanda de amparo queda a su disposición en
la secretaría de este juzgado, y cuenta con treinta días
a partir de la última publicación de los edictos a fin
de que acuda ante este órgano jurisdiccional a señalar
domicilio para recibir notificaciones y hacer valer sus derechos,
apercibida, que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter
personal, se le practicarán por lista
de acuerdos.
Nota: Para su publicación por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República.
Ciudad Juárez, Chih., a 7 de noviembre de 2012.
Por acuerdo de Juez Quinto de Distrito
en el Estado de Chihuahua
La Secretaria
Lic. Alma Karina González Carrillo
Rúbrica.
(R.- 360170)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Morelia, Mich.
EDICTO
Emplazamiento a:
ACELIA JAKELINE CALAÑA TRUJILLO
ANGEL ADRIAN NARANJO CALAÑA
OMAR YAEL LUNA GOMEZ
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO III-695/2012-M, PROMOVIDO POR
VICTOR HUGO MENDEZ SANTOYO, CONTRA ACTOS DEL JUEZ CUARTO DE PRIMERA
INSTANCIA EN MATERIA PENAL, CON SEDE EN ESTA CIUDAD; LA SECRETARIA
DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MICHOACAN, CON
RESIDENCIA EN MORELIA, DE CONFORMIDAD CON EL AUTO DE VEINTIUNO DE
NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, CON FUNDAMENTO EN LA ULTIMA PARTE DE LA
FRACCION II DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, PUBLIQUENSE LOS
PRESENTES EDICTOS POR TRES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN UNO DE LOS
PERIODICOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA Y OTRO EN EL ESTADO
DE MICHOACAN, A FIN DE EMPLAZAR A LOS TERCEROS PERJUDICADOS ACELIA
JAKELINE CALAÑA TRUJILLO, ANGEL ADRIAN NARANJO CALAÑA Y
OMAR YAEL LUNA GOMEZ, AL JUICIO DE AMPARO ANTES REFERIDO, HAGASELES
SABER A LOS CITADOS TERCEROS PERJUDICADOS QUE DEBERAN PRESENTARSE
DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE
AL DE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO A SU DISPOSICION COPIA DE LA
DEMANDA DE AMPARO EN ESTE JUZGADO FEDERAL, A FIN DE QUE HAGAN VALER
LO QUE A SU INTERES CONVENGA; ASIMISMO, SE LES HACE DE SU
CONOCIMIENTO QUE SE ENCUENTRAN SEÑALADAS LAS NUEVE HORAS CON
CINCUENTA MINUTOS DEL DIA DOS DE ENERO DE DOS MIL TRECE, PARA LA
CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, EN EL ENTENDIDO DE QUE SI
AL LLEGAR LA FECHA ANTES FIJADA AUN ESTA TRANSCURRIENDO
EL PLAZO
OTORGADO A LOS TERCEROS AFECTADOS EN CITA, A FIN DE QUE COMPAREZCAN A
ESTE JUZGADO DE DISTRITO, ESTE ORGANO JURISDICCIONAL PROVEERA LO QUE
EN DERECHO CORRESPONDA SOBRE SU DIFERIMIENTO; IGUALMENTE SE LES HACE
SABER QUE DEBERAN SEÑALAR DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR TODO
TIPO DE NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, APERCIBIDOS DE QUE DE NO
HACERLO, LAS SUBSECUENTES SE LES HARAN POR LISTA, AUN LAS DE CARACTER
PERSONAL, DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 30, FRACCION II, DE LA LEY DE
LA MATERIA.
Morelia, Mich., a 23 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Michoacán
Lic. Rosa María Cortés Guzmán
Rúbrica.
(R.- 360177)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna
Torreón, Coahuila
EDICTO
PASTELERIA DOLCE VITA.
TERCERA PERJUDICADA.-
En
los autos del juicio de amparo número 1743/2012, promovido por
Sanjuanita Flores Martínez, contra actos que reclama de la
Junta Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en
esta ciudad, y otra autoridad, radicado en este Juzgado Segundo de
Distrito en la Laguna, se ha señalado a usted como tercera
perjudicada, y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado
emplazarla por medio de edictos, que deberán publicarse por
tres veces de siete en siete días en el “DIARIO OFICIAL
DE LA FEDERACION”, y en el periódico “EXCELSIOR”,
que se editan en la ciudad de México, Distrito Federal, por
ser de mayor circulación, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo, y
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicados
supletoriamente a la citada ley, queda a su disposición en la
Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de
garantías, haciéndole saber que deberá
presentarse dentro del término de treinta días,
contados a partir del día siguiente al de la última
publicación, apercibida que para el caso de no comparecer,
pasado ese tiempo, se seguirá el presente juicio en su
rebeldía, y se harán las ulteriores notificaciones por
lista que se fijará en los estrados de este Juzgado Federal;
se le hace saber además, que se han señalado las DIEZ
HORAS CON VEINTIDOS MINUTOS DEL DIA CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL
DOCE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en este
asunto; se hace de su conocimiento que la quejosa señala como
actos reclamados los siguientes:
“I.- DE LA PRIMERA DE LAS
AUTORIDADES RECLAMO LA NEGATIVA A DICTAR ACUERDO DE LAS PROMOCIIONES
DE FECHAS 13 DE ABRIL DE 2012 DONDE SEÑALO LA QUEJOSA NUEVO
DOMICILIO Y JAMAS RECAYO ACUERDO AL RESPECTO DENTRO DEL JUICIO
LABORAL 1456/2010 MESA IV.
2.- LA NEGATIVA DE DICTAR ACUERDO
CORRESPONDIENTE PARA EL DESAHOGO DE PRUEBAS SOLICITADO POR ESCRITO
CON FECHA 23 DE MAYO DE 2012, RECAYENDO UN ACUERDO CON FECHA 12 DE
JUNIO DE 2012 QUE JAMAS ESTUVO FUNDADO Y MOTIVADO. 3.- LA ORDEN DE
NEGATIVA AL ACTUARIO DE LA MESA 4 A NOTIFICAR LOS ACUERDOS DE FECHAS
DE DESAHOGO DE PRUEBAS DICTADOS EN EL EXPEDIENTE LABORAL DE
REFERENCIA. 4.- LA INDOLENCIA CON LA QUE SE CONDUCE LA RESPONSABLE
ASI COMO LA TARDANZA EN DAR TRAMITE AL PRESENTE JUICIO LABORAL
FAVORECIENDO LOS INTERESES DE LOS TERCEROS PERJUDICADOS. II.- DE LA
SEGUNDA DE LAS AUTORIDADES SU NEGATIVA Y RENUENCIA A NOTIFICAR A LOS
DEMANDADOS DENTRO DEL JUICIO PRINCIPAL LOS DIVERSOS ACUERDOS DONDE
FUE FIJADAS FECHAS DE AUDIENCIA PARA EL DESAHOGO DE PRUEBAS ELLO POR
ORDENES DE LA JUNTA RESPONSABLE, MANIFESTANDO SIEMPRE EL ACTUARIO QUE
COMO NO SE LO ORDENAN LA JUNTA LOCAL Y NO TIENE MEDIOS PARA IR NO VA
IR.”.
Atentamente
Torreón, Coah., a 14 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna
Lic. María Elena Sifuentes Reza
Rúbrica.
(R.- 360186)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Morelia, Mich.
EDICTO
Emplazamiento a:
DORA ALICIA ALFARO RUBIO
AGENCIA DE CAMBIO ALFARO.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO I-537/2012 PROMOVIDO POR ENRIQUE SALVADOR PEREZ VILLASECA, CONTRA ACTOS DEL MAGISTRADO DE LA TERCERA SALA PENAL DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD, DE QUIEN RECLAMO LA RESOLUCION DICTADA EL VIENTICINCO DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, DENTRO DEL TOCA PENAL I-283/2012, FORMADO CON MOTIVO DEL RECURSO DE APELACION QUE HIZO VALER CONTRA EL AUTO QUE RESOLVIO EL INCIDENTE NO ESPECIFICADO SOBRE RPESCRIPCION PECUNIARIA DE REPARACION DEL DAÑO, DICTADO EN EL PROCESO PENAL 507/1992; LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MICHOACAN, CON RESIDENCIA EN MORELIA, DE CONFORMIDAD CON EL AUTO DE VEINTITRES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, CON FUNDAMENTO EN LA ULTIMA PARTE DE LA FRACCION II DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, PUBLIQUENSE LOS PRESENTES EDICTOS POR TRES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN UNO DE LOS PERIODICOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA Y OTRO EN EL ESTADO DE MICHOACAN, A FIN DE EMPLAZAR A LOS TERCEROS PERJUDICADOS DORA ALICIA ALFARO RUBIO Y AGENCIA DE CAMBIO ALFARO, AL JUICIO DE AMPARO ANTES REFERIDO, HAGASELES SABER A LOS CITADOS TERCEROS PERJUDICADOS QUE DEBERAN PRESENTARSE DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO A SU DISPOSICION COPIA DE LA DEMANDA DE AMPARO EN ESTE JUZGADO FEDERAL, A FIN DE QUE HAGAN VALER LO QUE A SU INTERES CONVENGA; ASIMISMO, SE LES HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE SE ENCUENTRAN SEÑALADAS LAS DIEZ HORAS DEL DOS DE ENERO DE DOS MIL TRECE, PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, EN EL ENTENDIDO DE QUE SI AL LLEGAR LA FECHA ANTES FIJADA AUN ESTA TRANSCURRIENDO EL PLAZO OTORGADO A LOS TERCEROS AFECTADOS EN CITA, A FIN DE QUE COMPAREZCAN A ESTE JUZGADO DE DISTRITO, ESTE ORGANO JURISDICCIONAL PROVEERA LO QUE EN DERECHO CORRESPONDA SOBRE SU DIFERIMIENTO; IGUALMENTE SE LES HACE SABER QUE DEBERAN SEÑALAR DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, APERCIBIDOS DE QUE DE NO HACERLO, LAS SUBSECUENTES SE LES HARAN POR LISTA, AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 30, FRACCION II, DE LA LEY DE LA MATERIA.
Morelia, Mich., a 23 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Michoacán
Lic. María Dolores Cedeño Morales
Rúbrica.
(R.- 360165)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelos.
PEDRO LICONA “N”, Y JUAN JAIME “N”.
EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTREN.
En
los autos del juicio de amparo número 860/2012-J, promovido
por Francisco Ramiro Clavel Mejía, en su carácter de
apoderado legal de JOSE JUAN NAVARRO PARRA, contra actos de la Junta
Especial Número Treinta y Uno de la Federal de Conciliación
y Arbitraje en el Estado de Morelos, con residencia en esta ciudad,
reclamando la “negativa a regularizar el procedimiento en que
se actúa, y señalar nueva fecha y hora para llevar a
cabo la Reinstalación del actor; a través del acuerdo
de fecha 16 de mayo de 2012”;
juicio de garantías que se radicó en este Juzgado
Primero de Distrito en el Estado de Morelos, sito en Boulevard
del
Lago número 103, Edificio “A”. Nivel P.B.. colonia
Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, en esta ciudad
de Cuernavaca, Morelos, y en el cual entre otros se ha señalado
con el carácter de terceros perjudicados a Pedro Licona “N”,
y Juan Jaime “N”, y como se desconoce su domicilio actual
de éstos últimos, se ha ordenado emplazarlos por
edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en
siete días en el Diario Oficial de la Federación y en
uno de los diarios de mayor circulación en la República
Mexicana,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos
30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a
la Ley de la Materia, haciéndoles saber que debe presentarse
dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la
última publicación, por sí o por apoderado;
apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones les
surtirán efectos por lista que se publique en los estrados de
este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo
Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata;
asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional
se encuentra prevista para LAS NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIA
TRECE DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE.
Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 9 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Primero de
Distrito en el Estado de Morelos
Mónica M. Montejo Constantino
Rúbrica.
(R.- 359085)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Xalapa de Equez., Ver.
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO: JORGE ARROYO.
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que:
En los autos del Juicio de Amparo 2350/2012, promovido por Raymundo Neri Alvarado García, contra de actos del Juez Primero de Primera Instancia, con sede en Pacho Viejo, Veracruz, y otras autoridades, radicado en este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en avenida Culturas Veracruzanas, número ciento veinte, colonia Reserva Territorial, Edificio “B” primero piso, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, se le ha señalado como tercero perjudicado y, como se desconoce su domicilio actual, por acuerdo de trece de noviembre de dos mil doce, se ha ordenado emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II, de la Ley de Amparo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la citada ley, haciéndole saber que podrán presentarse dentro de treinta días en este Juzgado de Distrito, contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibido que de no hacerlo las posteriores notificaciones, se le harán por lista de acuerdos, que se fije en los estrados de este órgano jurisdiccional, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado Federal copia simple de la demanda de amparo, asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para las TRECE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL ONCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE; y se le hace saber que el acto reclamado en el juicio de amparo de que se trata se hizo consistir en: “(…) LA ORDEN DE APREHENSION GIRADA EN CONTRA DE LA PARTE QUEJOSA, ASI COMO SU EJECUCION, ASIMISMO, LA NEGATIVA U OMISION DE EMITIR DETERMINACION POR PARTE DEL AGENTE CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO INVESTIGADOR, CON SEDE EN ESTA CIUDAD, EN LOS AUTOS DE LA INVESTIGACION MINISTERIAL 1072/2010(…)”.
Atentamente
Xalapa, Ver., a 13 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz
Rosalía Pérez Aguilar
Rúbrica.
(R.- 359543)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A LOS TERCEROS PERJUDICADOS:
MARTIN LOPEZ RUIZ Y CONSTRUCCIONES MARITIMAS MEXICANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO 714/2012, PROMOVIDO POR PETROLEOS MEXICANOS, CONTRA EL ACTO DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO SIETE BIS DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, CONSISTENTE EN EL LAUDO DE QUINCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE, EN EL EXPEDIENTE LABORAL NUMERO 135/1998, SE DICTO EL SIGUIENTE ACUERDO:
“…México, Distrito Federal, a quince de noviembre de dos mil doce.
(…)
(…)
(…)
Ahora
bien, visto el estado procesal que guardan los presentes autos, se
advierte que ha quedado agotada la investigación de domicilio
que se realizó a fin de emplazar a los terceros perjudicados
Construcciones Marítimas Mexicanas, Sociedad Anónima de
Capital Variable Y Martín López Ruiz; por tanto, con
fundamento en el artículo 30 de la Ley de Amparo, y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria a la Ley de la materia, conforme a su numeral 2°, se
ordena el emplazamiento de los terceros perjudicados en mención
por medio de edictos, los cuales se publicarán a costa de la
parte quejosa en el Diario Oficial de la Federación y en uno
de los periódicos de mayor circulación en la
República
Mexicana,
que puede ser cualquiera de los siguientes: “La Jornada”,
“El Universal”, “El Excelsior”, “El
Financiero”
o
“El Reforma”, por tres veces de siete en siete días,
conteniendo una relación suscinta de la demanda, y haciéndole
saber que debe presentarse dentro del término de treinta días,
contado del siguiente de su publicación, debiéndose
fijar copia del edicto respectivo en los estrados de este Tribunal
por todo el tiempo que dure el emplazamiento.
(…)
En su oportunidad, fíjese un tanto de los edictos en el tablero de avisos de esté Tribunal.
NOTIFIQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Así lo proveyó y firma la Magistrada María Edith Cervantes Ortiz, Presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, ante el licenciado Gustavo Adolfo Talavera Campos, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.”
Por lo anterior, se encuentra a su disposición en la Actuaría de este Tribunal, copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles saber que cuentan con un plazo de treinta días naturales, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hacer valer sus derechos.
Así también, se les informa que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidas que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se publican los acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de éste órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 30 de la Ley de Amparo.
LO QUE COMUNICO A USTED PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS LEGALES CONDUCENTES.
Atentamente
México, D.F., a 22 de noviembre de 2012.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito
Lic. Gustavo Adolfo Talavera Campos
Rúbrica.
(R.- 359860)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en el Estado
Morelia, Mich.
EDICTO
APOLINAR MALAGON SOTO.
Tercero Interesado.
En los autos del juicio de amparo número 555/2012-I, promovido por Juan Velázquez Esquivel, contra actos del Juez Trigésimo Quinto de lo Civil del Distrito Federal, Juez Primero y Segundo de Primera Instancia en Materia Civil, Actuaria Adscrita a la Mesa Non y Par de la Secretaría de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Civil, Actuario Adscrito a la Mesa Non y Par del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil, todos con residencia en Zitácuaro, Michoacán, en donde los actos reclamados se hacen consistir en; “…A).- De la ordenadora JUEZ TRIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE MEXICO DISTRITO FEDERAL, la ejecución de la sentencia, orden, auto o proveído dictados con la finalidad de desposeerme de las tierras de uso común ubicadas en la localidad de Carpinteros del municipio de Zitácuaro, Michoacán que tiene una superficie aproximada de VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS, proveído, sentencia o auto dictado dentro de los autos que integran el Juicio Ordinario Mercantil número 243/2000 que promueve Nacional Financiera S.N.C. como fiduciario en el fideicomiso 955-3 fideicomiso de recuperación de cartera Siderca antes unión de crédito del Valle de México S.A. de C.V. que tramitan frente al señor APOLINAR MALAGON SOTO, “…en específico le solicito la nulidad de todo lo actuado en el juicio de origen que tenga como finalidad desposeerme de las tierras de uso común que me han sido asignadas y los autos dictados tendientes a poner en posesión real y material al tercer perjudicado, consistentes entre otros los proveídos dictados de fechas 24 veinticuatro de noviembre del año próximo pasado, 10 diez de febrero, 16 dieciséis de febrero, 27 veintisiete de marzo, 27 veintisiete de abril del año en curso, citando de manera enunciativa y no limitativa los autos dictados así como todos aquellos con los que se pretenda despojarme de mi propiedad, mediante el juicio señalado ya que el suscrito soy ajeno a la Litis… Así mismo reclamo como acto si así ya fue determinado por la autoridad responsable la ilegalidad de la adjudicación de las tierras de uso común señaladas con antelación, ya que el suscrito que soy el legítimo poseedor y propietario de dichas tierras, no les adeudo nada y nunca les he adeudado nada al tercero perjudicado NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. como fiduciario en el fideicomiso 955-3 Fideicomiso de recuperación de cartera Siderca antes Unión de Crédito del Valle de México S.A de C.V;… Por lo cual le reclamo a esta autoridad ordenadora todas y cada una de las actuaciones que obren dentro del Juicio Ordinario Mercantil número 243/2000… tendientes a desposeerme las tierras de uso común ubicadas en la localidad de carpinteros del municipio de Zitácuaro, Michoacán…” B).- De las ordenadoras: la inminente ejecución a la orden de poner en posesión real y material de las tierras de uso común ubicadas en la localidad de carpinteros del municipio de Zitácuaro, Michoacán…”. Se ha señalado como tercero interesado a APOLINAR MALAGON SOTO, y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlo ´por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y uno de los periódicos de mayor circulación en la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, según su artículo 2º, quedando a su disposición en la Actuaría de este juzgado copias simples de la demanda de garantías, se hace de su conocimiento también, que deberá presentarse ante este Tribunal dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, a deducir sus derechos, si así lo estima conveniente, apercibido que de no comparecer dentro del término antes aludido, las subsecuentes notificaciones se le harán por medio de lista de acuerdos.
Morelia, Mich., a 3 de diciembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Michoacán
Lic. Verónica Araceli Camorlinga Hernández
Rúbrica.
(R.- 360531)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo
Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo
Primer Circuito
en Chilpancingo, Gro.
EDICTO
GRANADA INC. S.A. DE C.V.
PRESENTE:
El Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, con residencia en la ciudad de Chilpancingo, Guerrero, ordenó mediante acuerdo de fecha seis de noviembre del año en curso, dictado en el expediente relativo al juicio de amparo directo 308/2012, formado con motivo de la demanda de amparo promovida por MARK ADAMS Y CARMEN ADAMS, por conducto de su apoderado legal JAVIER RUIZ GUTIERREZ, contra actos de la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, consistente en la resolución de fecha veinticinco de noviembre de dos mil once, dictado en el toca civil número 321/2011, se le llame a dicho juicio por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en algunos de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, en razón de desconocerse su domicilio, con base en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, haciéndole saber que en dicho Organo Jurisdiccional se encuentra formado el amparo directo civil referido, a efecto de que concurra ante este Tribunal Federal, dentro del término de treinta días siguientes a aquél en que se realice la última publicación del presente edicto, para hacer valer sus derechos como tercero perjudicada, previniéndole asimismo para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en el lugar de residencia del Tribunal, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, las posteriores le surtirán efectos por lista.
Atentamente
Chilpancingo, Gro., a 7 de noviembre de 2012.
El
Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias
Civil
y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito
Lic. Dionicio O. Ramírez Avilés
Rúbrica.
(R.- 360247)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas, son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,539.00
2/8 de plana $ 3,078.00
3/8 de plana $ 4,617.00
4/8 de plana $ 6,156.00
6/8 de plana $ 9,234.00
1 plana $ 12,312.00
1 4/8 planas $ 18,468.00
2 planas $ 24,624.00
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Guanajuato,
con residencia en la ciudad de Celaya
EDICTO
AL PUBLICO EN GENERAL.
En cumplimiento al auto de veintiséis de noviembre de dos mil doce, dictado en el juicio de amparo 434/2012, radicado en este Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Guanajuato, promovido por McCormick Tractores de México, Sociedad Anónima, contra actos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de esta ciudad y otra autoridad, de quien reclamó la citación a una audiencia y la audiencia de remate en el juicio laboral 1905/2010/L1/CE/IND; se ordenó el emplazamiento por edictos de los terceros perjudicados José Luis García Fernández y María Sandra Luna Almanza, que deberán ser publicados por TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA; deberá también publicarse en la tabla de avisos de este Juzgado; donde se previene a los terceros perjudicados, para que en el término de TREINTA DIAS contados a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, comparezcan a recoger la copia de la demanda de amparo, que queda a su disposición en la Secretaría de este Tribunal; lo anterior, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles.
Celaya, Gto., a 30 de noviembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Guanajuato
Lic. Antonio Guiza Cabrera
Rúbrica.
(R.- 360500)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Edo. de San Fco. de Campeche
EDICTO
En el juicio de amparo número 772/2012-V, promovido por LOGISTICA MEXICANA DEL CARIBE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, se emplaza a juicio a MARIA DE LOS ANGELES CASTELLANOS MARTINEZ, tercero perjudicada en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a su interés conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista.
San Francisco de Campeche, Camp., a 23 de noviembre de 2012.
El Juez Segundo de Distrito en el Estado
Lic. Mario Toraya
Rúbrica.
(R.- 360520)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado
Séptimo de Distrito en el Estado de México,
en
Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUAREZ.
TERCERAS PERJUDICADAS
JULIETA MUÑOZ MORGADO, KARINA CORDERO MUÑOZ y REBECA CORDERO MUÑOZ
En los autos del juicio de amparo indirecto número 370/2012-VI, promovido por Oscar Uriel Cordero Bravo, contra actos del Juez Primero Familiar de Cuautitlán, Estado de México, y otras autoridades; a quienes les reclama la omisión y falta de citación o emplazamiento en su carácter de heredero o con derecho a herencia, a bienes del finado Julio Cordero López, de cualquier juicio sucesorio del que conozcan las autoridades responsables, por la omisión de intervenir en el procedimiento para hacer valer sus derechos hereditarios, invariablemente de la etapa procesal en que se encuentre; y, al desconocerse su domicilio actual y correcto, con fundamento en la fracción II, del artículo 30, de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, y en cumplimiento a lo ordenado en auto de cinco de diciembre de dos mil doce, en donde se ordenó su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, que puede ser cualquiera de los siguientes: el Reforma; el Universal; el Financiero; la Jornada; el Excélsior; haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado quedan a su disposición copia simple de la demanda de amparo y que la audiencia constitucional está señalada para las diez horas con veintisiete minutos del día tres de enero de dos mil trece y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos, para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 11 de diciembre de 2012.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Francisco Fabián Hernández Pérez
Rúbrica.
(R.- 360523)
AVISOS GENERALES
|
JK TORNEL, S.A. DE C.V.
NOTA ACLARATORIA
En relación a las publicaciones emitidas en el Diario Oficial de la Federación de fechas 29 de octubre, 1 de noviembre y 6 de noviembre del presente año, la empresa JK TORNEL, S.A. DE C.V., desea aclarar los importes señalados en el aviso de deducción fiscal de créditos relativos a las empresas que continuación se enlistan:
NOMBRE O RAZON SOCIAL |
RFC |
DICE |
DEBE DECIR |
Bamm Renovadora, S.A. |
BRE8510253M2 |
$12,016,195.20 |
$11,713,214.46 |
Llantamex, S.A. de C.V. |
LLA841016TR3 |
$10,091,089.04 |
$10,091,089.04 |
Lubriton, S.A. de C.V. |
LUB870814C61 |
$7,764,416.03 |
$7,764,416 |
Distribuidora de Productos para Neumáticos, S.A. de C.V. |
DPN980914VB5 |
$601,709 |
$678,065.42 |
México, D.F., a 10 de diciembre de 2012.
Representante Legal
Juan Carlos Tornel Cruz
Rúbrica. (R.- 360510)
“INGENIEROS ASOCIADOS EN GEOTECNIA Y SUPERVISION”, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
Con
fundamento en el artículo décimo primero del Estatuto
Social de “Ingenieros Asociados en Geotecnia y Supervisión”,
S.A. de C.V., se convoca a los accionistas de esta empresa, a la
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, que deberá
tener verificativo en el domicilio social ubicado en avenida
Insurgentes Sur número 382, interior 32, colonia Roma Sur,
código postal 06760, Delegación Cuauhtémoc,
en
esta Ciudad de México, el próximo día 28 de
diciembre de 2012 a las 18:00 horas, para tratar los asuntos que se
contienen en el siguiente:
ORDEN DEL DIA
I.- Declaración de que está legalmente instalada la asamblea.
II.- Prórroga de la duración de la sociedad y modificación al estatuto social.
III.- Ampliación del objeto social para comercializar con inmuebles y modificación al estatuto social.
IV.- Ratificación en sus cargos al Administrador Unico y al Comisario.
V.- Designación de persona para que ocurra ante Notario a protocolizar el acta.
Los accionistas deberán comprobar su calidad de tales, en los términos de la ley.
Esta convocatoria la hace el Administrador Unico, con fundamento en el artículo 183 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
México, D.F., a 13 de diciembre de 2012.
El Administrador Unico
Ing. José Luis León Torres
Rúbrica.
(R.- 360504)
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
EDICTO
C. JULIO RODRIGUEZ MONSALVE
En
los autos de los procedimientos para el fincamiento de
responsabilidades resarcitorias números
DGRRFEM/B/12/2012/08/270, DGRRFEM/B/12/2012/08/279 y
DGRRFEM/B/12/2012/08/282, que se siguen ante esta Dirección
General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y
Municipios, con motivo de la falta de solventación de los
pliegos de observaciones números 719/2010, 796/2010 y
798/2010, respectivamente, formulados al Gobierno del Distrito
Federal, como resultado de la revisión y fiscalización
superior de la Cuenta Pública 2008, dentro de los cuales ha
sido considerado como presunto responsable
de los actos u
omisiones que se describen, mismos que fueron acontecidos durante el
periodo comprendido del primero de enero al treinta y uno de
diciembre del dos mil ocho, en el desempeño de sus funciones
como Director
de Administración y Finanzas de los Servicios de Salud Pública
del Distrito Federal,
en el siguiente orden
Procedimiento número DGRRFEM/B/12/2012/08/270.
No
aseguró la aplicación y cumplimiento de las normas,
controles y sistemas en la administración de recursos humanos,
además de que no dirigió, coordinó, ni controló
las actividades encaminadas
a la selección, contratación,
pagos y movimientos de personal, lo que originó que con cargo
a los recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud
(FASSA) 2008, se efectuaran indebidamente pagos por concepto de
percepciones a cinco trabajadores con puesto de médicos
especialistas, sin que contaran con el título o certificado
que los acreditará para ejercer una especialidad.
Ocasionándose en consecuencia un presunto daño a la
Hacienda Pública Federal, por un monto de $2’019,633.33
(DOS MILLONES DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100
M.N.), más los intereses generados desde
su disposición
hasta su reintegro a la cuenta del Fondo de Aportaciones para los
Servicios de Salud
(FASSA) 2008.
Procedimiento número DGRRFEM/B/12/2012/08/279.
No estableció los lineamientos para la adecuada administración de los recursos humanos, a fin de garantizar el buen funcionamiento de las unidades operativas de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, dejando de asegurar la aplicación y cumplimiento de las normas, controles y sistemas en la administración de recursos humanos, pues no supervisó la aplicación y estricta observancia de las disposiciones jurídicas establecidas en las leyes y reglamentos en materia laboral aplicables, omitiendo dirigir, coordinar y controlar las actividades encaminadas al pago y movimientos del personal, lo que originó que con cargo a recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA) 2008, se efectuaran indebidamente pagos a 297 empleados eventuales, por importes mayores de los establecidos en los respectivos contratos de honorarios, ello en contravención de las cláusulas cuarta y quinta de cada contrato. Ocasionándose en consecuencia un presunto daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $2´050,149.55 (DOS MILLONES CINCUENTA MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS 55/100 M.N.), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del Fondo.
Procedimiento número DGRRFEM/B/12/2012/08/282.
No
estableció los lineamientos para la adecuada administración
de los recursos humanos, a fin de garantizar el buen funcionamiento
de las unidades operativas de los Servicios de Salud Pública
del Distrito Federal, dejando de asegurar la aplicación y
cumplimiento de las normas, controles y sistemas en la administración
de recursos humanos, pues no supervisó la aplicación y
estricta observancia de las disposiciones jurídicas
establecidas en las Condiciones Generales de Trabajo, leyes y
reglamentos en materia laboral aplicables, omitiendo dirigir,
coordinar y controlar las actividades encaminadas al pago y
movimientos del personal, lo que originó que la nómina
ordinaria de los Servicios de Salud del Distrito Federal, se
elaborara sin considerar los movimientos reales del personal,
ocasionándose que con cargo a los recursos del Fondo de
Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA) 2008, durante las
quincenas números 19, 20, 21 y 22
del ejercicio dos mil
ocho, se efectuaran indebidamente cuatro pagos correspondientes al
salario de la
C. María Isabel Tinoco Lugo, quien sin
contar con autorización de comisión sindical
correspondiente,
dejó de prestar sus servicios como
enfermera en el C.S. T-III Dr. Luis E. Ruíz de la Jurisdicción
Sanitaria “Venustiano Carranza”, para desarrollar
actividades propias de la comisión sindical que le fue negada,
según se desprende del oficio número
J.S.V.C./SAF/RH/2982/2008 de fecha veinticinco de septiembre del dos
mil ocho, a través del cual se le comunicó por parte
del Director Jurisdiccional ”Venustiano Carranza” que
dicha comisión le fue negada. Presumiéndose en
consecuencia la existencia de un daño al estado en su Hacienda
Pública Federal, por un monto de $36,871.60 (TREINTA Y SEIS
MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN PESOS 60/100 M.N.)
más los intereses generados desde su disposición hasta
su reintegro a la cuenta
del fondo.
Por
lo que al desconocerse su domicilio actual; con fundamento en el
artículo
37 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo, de
aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización y
Rendición de Cuentas de la Federación, se
le emplazará a los procedimientos de mérito por
edictos, los que se publicarán
por tres días consecutivos en el Diario
Oficial de la Federación y
en uno de los periódicos de mayor circulación en el
territorio nacional,
y se le emplaza para que comparezca personalmente a las audiencias de
ley, las cuales se celebrarán, conforme a los tres
procedimientos antes citados, a las 9:00, 11:00 y 13:00 horas del
décimo tercer día hábil siguiente al de la
última publicación de tales edictos, en las oficinas
que ocupa esta Dirección General, ubicadas en la carretera
Picacho Ajusco número 167, colonia Ampliación Fuentes
del Pedregal, Delegación Tlalpan, código postal 14140,
México, D.F., poniéndose a su disposición para
su consulta en el citado domicilio, en un horario de 9:00 a 14:00
horas en días hábiles, las constancias que integran los
expedientes de referencia, a fin de que manifieste lo que a su
derecho convenga en relación a los hechos que se le imputan,
así como para que ofrezca pruebas y formule alegatos,
audiencias a las que podrá asistir acompañado de su
abogado o persona de confianza,
apercibido que de no comparecer sin justa causa, se tendrán
por ciertos los hechos que se le imputan, y precluído su
derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, y se resolverá
con los elementos que obren en el expediente respectivo.
México, D.F., a 12 de diciembre de 2012.
El Director General
Lic. Oscar R. Martínez Hernández
Rúbrica.
(R.- 360375)
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
EDICTO
C. MA. ELIA CARITINA MEDINA ORTEGA
En
los autos del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades
resarcitorias DGRRFEM/B/12/2012/08/275, que se sigue ante esta
Dirección General de Responsabilidades a los Recursos
Federales en Estados y Municipios, con motivo de la falta de
solventación del pliego de observaciones número
R0883/2010, formulado al Gobierno del Estado de San Luis Potosí,
como resultado
de la revisión y fiscalización
superior de la Cuenta Pública 2008, dentro del cual ha sido
considerada como presunto responsable de los actos u omisiones que
adelante se describen, en virtud de que durante el desempeño
de su cargo como Responsable
del Area de Normatividad y Seguimiento en la Dirección de
Administración de la Secretaría de Educación
Pública del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, y a
quien se le atribuye que como responsable de validar y controlar las
hojas de compatibilidad de empleos así como mantener
actualizados los controles internos; omitió informar sobre el
estado que guardaban las plantillas de personal; toda vez, que de la
revisión a la nómina de honorarios y de la relación
de personal contratada por honorarios durante el ejercicio de 2008
(en medios magnéticos), correspondientes al Estado de San Luis
Potosí, se determinó que se destinaron recursos del
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal
por un monto de $70,542.11 (SETENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS
PESOS 11/100 M.N.), para el pago de 4 trabajadores que se encontraban
contratados por honorarios y que a su vez contaban con al menos una
plaza presupuestal en la nómina ordinaria, de los cuales no
fue presentada evidencia documental que acreditará la
compatibilidad de empleos correspondiente y su situación
laboral; por lo que no fueron aplicados correctamente los recursos
del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y
Normal (FAEB), por lo que ocasionó un daño a la
Hacienda Pública por un monto de $70,542.11 (SETENTA MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 11/100 M.N.), más los
intereses generados desde su disposición hasta su reintegró
a la cuenta del fondo, y
por desconocerse su domicilio actual; con fundamento en el artículo
37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación
supletoria a la Ley de Fiscalización y Rendición de
Cuentas de la Federación, se
le emplaza al procedimiento de mérito por edictos, los que se
publicarán
por tres días consecutivos en el Diario
Oficial de la Federación y
en uno de los periódicos de mayor circulación en el
territorio nacional,
y se le cita para que comparezca personalmente a la audiencia de Ley,
la cual se celebrará a las 11:00 horas del décimo día
hábil siguiente al de la última publicación de
tales edictos, en las oficinas que ocupa esta Dirección
General, ubicadas en la Carretera Picacho Ajusco número 167,
colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, Delegación
Tlalpan, código postal 14140, en la Ciudad de México,
Distrito Federal, poniéndose a su disposición para su
consulta en el citado domicilio, en un horario de 9:00 a 14:00 horas,
en días hábiles, las constancias que integran el
expediente de referencia, a fin de que manifieste lo que a su derecho
convenga en relación a los hechos que se le imputan, así
como para que ofrezca pruebas
y formule alegatos,
audiencia a la que podrá asistir acompañado de su
abogado o persona de confianza,
apercibido que de no comparecer sin justa causa, se tendrán
por ciertos los hechos que se le imputan, y precluído su
derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, y se resolverá
con los elementos que obren en el expediente respectivo.
México, D.F., a 10 de diciembre de 2012.
El Director General
Lic. Oscar R. Martínez Hernández
Rúbrica.
(R.- 360373)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia Jurídica
Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros E
312-1/49416/2012
Exp. CNBV.312.211.23 (5587)
Asunto: Se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de esa entidad.
Consubanco, S.A.
Institución de Banca Múltiple
(antes Banco Fácil, S.A., Institución de Banca Múltiple)
Boulevard Manuel Avila Camacho 24-PH,
colonia Lomas de Chapultepec,
11000, México, D.F.
At´n: C.P. Carlos Pío Fuentevilla Alvarez
Director General
Mediante oficio 312-1/97021/2012 de fecha 26 de septiembre de 2012, esta Comisión aprobó la reforma al artículo primero de los estatutos sociales de esa entidad, con motivo del cambio de su denominación social a Consubanco, S.A., Institución de Banca Múltiple, acordado en asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 5 de octubre del mismo año.
En
cumplimiento al requerimiento contenido en el oficio citado, con
escrito del pasado 29 de noviembre presentan a esta Comisión
copia certificada de la escritura pública 68,851 del 8 de
octubre último, otorgada ante la fe del Lic. Carlos Antonio
Morales Montes de Oca, notario número 227 de México,
D.F. e inscrita
en el Registro Público de Comercio de esta
ciudad el 23 de noviembre de 2012, en la que se formalizó la
modificación estatutaria de que se trata.
Por lo anterior y con fundamento en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito, esta Comisión tiene a bien resolver lo siguiente:
SE MODIFICA LA “RESOLUCION POR LA QUE SE AUTORIZA LA ORGANIZACION Y OPERACION DE UNA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE DENOMINADA BANCO FACIL, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE”, CONTENIDA EN OFICIO 101.-693 EMITIDO POR LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO EL 22 DE NOVIEMBRE DE 2006 Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 11 DE DICIEMBRE DEL MISMO AÑO, MODIFICADA POR ULTIMA VEZ MEDIANTE OFICIO UBVA/077/2009 EMITIDO POR LA PROPIA DEPENDENCIA EL 29 DE JUNIO DE 2009 Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 5 DE DICIEMBRE DE 2012, SUSTITUYENDOSE LA DENOMINACION SOCIAL DE ESA INSTITUCION POR LA DE CONSUBANCO, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE.
Atentamente
México, D.F., a 5 de diciembre de 2012.
Director General de Autorizaciones al Sistema Financiero Lic. José Antonio Bahena Morales Rúbrica. |
Director General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros E C.P. Fernando Rodríguez Antuña Rúbrica. |
(R.- 360511)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia Jurídica
Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros F
Of. 312-3/49404/2012
Exp. CNBV.312.211.23 (7669)
Asunto: se autoriza a esa entidad el establecimiento de una Oficina de Representación en México.
NCG Banco, S.A.
Paseo de los Tamarindos No. 60, piso 4,
Col. Bosques de las Lomas
05120, México, D.F.
At’n.: Sr. Carlos Nogueira Rodríguez
Representante legal
Hacemos referencia a sus escritos de fechas 27 de abril, 29 de mayo y 18 de septiembre del presente año, mediante los cuales solicitan la autorización de esta Comisión para el establecimiento en México de una Oficina de Representación, en los términos de la documentación presentada al efecto.
Sobre el particular, la Junta de Gobierno de esta Comisión, en sesión celebrada el 16 de noviembre de 2012, con fundamento en el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito y la Quinta y Séptima de las “Reglas aplicables al establecimiento y operación de oficinas de representación de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito” y considerando que la sociedad promovente acreditó debidamente el cumplimiento de los requisitos legales y documentales previstos en las mencionadas Reglas, adoptó los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO.- Se autoriza a NCG Banco, S.A., el establecimiento de una Oficina de Representación en México.
SEGUNDO.-
Como
consecuencia del acuerdo anterior, queda sin efectos la autorización
para el establecimiento
de
la Oficina de Representación en México de Caixa de
Aforros de Galicia, Vigo, Ourense e Pontevedra, contenida
en oficio 312-3/34776/2011, emitido por la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores el 19 de septiembre
de 2011.
La autorización anterior ha sido concedida atendiendo a los siguientes:
ANTECEDENTES
1.
Mediante
oficio 312-3/34776/2011 emitido por esta Comisión el 19 de
septiembre de 2011, se autorizó a Caixa
de Aforros de Galicia, Vigo, Ourense e Pontevedra, el establecimiento
de una Oficina de Representación
en
México.
2. Mediante escritos de fechas 25 de enero y 21 de febrero de 2012, Caixa de Aforros de Galicia, Vigo, Ourense e Pontevedra, informó a esta misma autoridad la segregación de sus activos, pasivos, derechos y obligaciones -con excepción de determinados activos y pasivos vinculados con la obra de beneficio social y la actividad del Monte de Piedad-, a una nueva entidad bancaria denominada NCG Banco, S.A. (NCG Banco), segregación que quedó formalizada el 14 de septiembre de 2011.
3. El consejo de administración de NCG Banco, S.A., en sesión celebrada el mismo día de su creación, acordó mantener una Oficina de Representación en México con las mismas funciones que ha venido realizando la Oficina de Representación de Caixa de Aforros de Galicia, Vigo, Ourense e Pontevedra.
La Oficina de Representación cuyo establecimiento se autoriza, quedará sujeta a las siguientes:
BASES
Primera.- Deberá ajustarse en todo cuanto corresponda a su funcionamiento a lo dispuesto en el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito y en las “Reglas aplicables al establecimiento y operación de oficinas de representación de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito” y, en lo particular, a lo siguiente:
I. Ostentará en todo momento la denominación de NCG Banco, S.A., seguida de la expresión “Oficina de Representación en México”.
II. Tendrá su domicilio en la Ciudad de México, D.F.
III. Su representante será el señor Carlos Nogueira Rodríguez.
Segunda.- La Oficina de Representación estará sujeta a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Tercera.- Por su propia naturaleza jurídica, esta autorización es intransmisible.
El presente oficio deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, a costa de NCG Banco, S.A.
Finalmente, se les comunica que la fecha en que formalmente esa entidad operará como Oficina de Representación de NCG Banco, S.A. estará sujeta al aviso que para ese efecto deberá presentar a esta Comisión con una anticipación de al menos cinco días hábiles a la fecha prevista para tal evento.
Lo anterior se comunica con fundamento en los artículos 12, 17, fracción XII, 19, fracción I, inciso g) y 40, fracción IV del Reglamento Interior de esta Comisión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2009 y modificado mediante Decreto publicado en el mismo Diario el 23 de abril de 2012; 11, fracción I, incisos 1) y 3) y 31, fracción I, inciso 1) del Acuerdo por el que el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega facultades en los Vicepresidentes, Directores Generales y Directores Generales Adjuntos de la misma Comisión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de octubre de 2009 y modificado mediante Acuerdos publicados en el citado Diario los días 8 de mayo y 4 de julio de 2012.
Atentamente
México, D.F., a 28 de noviembre de 2012.
Director General de Autorizaciones al Sistema Financiero Lic. José Antonio Bahena Morales Rúbrica. |
Directora General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros F Lic. Aída Isabel Santos Barrera Rúbrica. |
(R.- 360513)
DUROPLAST, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 5 de diciembre de 2012. Liquidador Erika Liliana Vázquez Contreras Rúbrica. (R.- 359915)
|
|
SILVIA PENDAS, S.A. BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 5 de diciembre de 2012. Liquidador Erika Liliana Vázquez Contreras Rúbrica. (R.- 359917)
|
EAUDIO, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0
México, D.F., a 12 de diciembre de 2012. Liquidador Gloria Martínez Balderrabano Rúbrica. (R.- 360308) |
|
CORPORACION DE CONSULTORES EN INFORMATICA Y SERVICIOS DE ADMINISTRACION, S.C. BALANCE DE LIQUIDACION AL 29 DE OCTUBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0
México, D.F., a 7 de diciembre de 2012. Liquidador Francisco Martínez García Rúbrica. (R.- 360310)
|
ALUMAX EXTRUSIONS MEXICO, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION
ESTADO DE POSICION FINANCIERA AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012
Activo |
|
Pasivos |
|
Impuestos por Recuperar |
$260,495 |
Cuentas por Pagar Partes Relacionadas |
$83,039 |
|
|
Suma de Pasivo |
$83,039 |
|
|
Capital Contable |
|
|
|
Capital Social |
$88,394,688 |
|
|
Pérdidas Acumuladas de Ejercicios Anteriores |
87,613,645 |
|
|
Pérdida Neta |
603,587 |
|
________ |
Suma del Capital Contable |
$177,457 |
Suma del Activo |
$260,495 |
Suma del Pasivo más Capital Contable |
$260,495 |
En términos del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, este balance se publica por 3 veces de 10 en 10 días y quedará a disposición de los señores accionistas por un plazo de 15 días a partir de la última publicación.
Ciénega de Flores, N.L., a 5 de diciembre de 2012.
Liquidadora de la Sociedad C.P. Norma Alicia Bernal González Rúbrica. |
Liquidadora de la Sociedad C.P. María del Rosario Contreras Sandoval Rúbrica. |
(R.- 360007)
SERVICIO AMBULATORIO CLA, S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACION)
BALANCE GENERAL AL 31 DE OCTUBRE DE 2012
(pesos sin centavos)
ACTIVO |
|
Suma el activo |
0 |
PASIVO |
|
Suma el pasivo |
0 |
CAPITAL |
|
Capital social |
50,000 |
Pérdidas acumuladas |
(50,000) |
Suma el capital |
0 |
Suma el pasivo y capital |
0 |
México, D.F., a 10 de noviembre de 2012.
Liquidador
C.P. Eduardo Cossi Estrada
Rúbrica.
(R.- 359920)
CODINSA REPRESENTACIONES, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 5 de diciembre de 2012. Liquidador José de Jesús Pérez Díaz Rúbrica. (R.- 359914) |
|
AVISO AL PUBLICO Se informa al público en general que los costos por suscripción semestral y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, son los siguientes: Suscripción semestral al público: $ 1,203.00 Ejemplar de una sección del día: $ 12.00 El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación |
Estado de Chihuahua
Municipio de Juárez
México
Presidencia Municipal
Secretaría del Ayuntamiento
Ciudad Juárez
Oficio SA/558/12
PROYECTO DE TRANSPORTE SUSTENTABLE Y CALIDAD DEL AIRE
CONTRATACION DE SERVICIOS DE CONSULTORIA
DONACION GEF, No. TF09695
ANUNCIO DE EXPRESIONES DE INTERES
El
Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad
Nacional de Crédito, ha sido designado por
la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público para que como agente
financiero administre y dé seguimiento a la donación
otorgada por el Banco Internacional de Reconstrucción y
Fomento (BIRF) por un monto equivalente a US $5,378,000 con recursos
provenientes del Fondo Global del Medio Ambiente (GEF) para el
Proyecto denominado “Transporte Sustentable y Calidad del
Aire”, ejecutado parcialmente por el Municipio de Juárez,
Chihuahua, como “Entidad Elegible” y se propone utilizar
una parte de los fondos para efectuar los pagos contemplados en el
contrato para la realización del proyecto consistente en:
Diseñar un plan regulatorio de movilidad para el transporte de carga en Ciudad Juárez y proponer mejoras a la normatividad actual relacionadas con el transporte de carga. Estos objetivos se lograrán mediante un estudio que permita:
(i) Organizar y canalizar de manera óptima los flujos de vehículos de carga a través de la red vial de Ciudad Juárez, generando un plan comprensivo para la movilidad de los diferentes tipos de vehículos y tipos de carga adecuados para la infraestructura vial disponible y futura, y
(ii)
Actualizar
el instrumento legal ya existente, el cual defina las rutas
permitidas para movimiento de los vehículos de carga, las
atribuciones de la autoridad, así como las sanciones que
permitan hacer segura
y expedita la movilidad de este tipo de
vehículos reduciendo al máximo los impactos negativos.
El periodo estimado de ejecución del estudio es de seis meses.
El
Municipio de Juárez, Chihuahua, como “Entidad Elegible”
invita a empresas consultoras elegibles a presentar expresiones de
interés para prestar los servicios de consultoría
solicitados. Los consultores interesados deberán enviar una
carta en donde expresen su interés por participar en el
concurso de estos trabajos y proporcionar información
suficiente que indique que están calificados para realizar el
Proyecto.
Esta información podrá incluir el
currículum de la firma para identificar su experiencia en
trabajos similares, disponibilidad de especialistas para ejecutar el
proyecto, el equipo técnico disponible, última
declaración fiscal e información sobre su situación
financiera, copia de los últimos dos contratos de
características similares
al proyecto, entre otras.
Los consultores se podrán asociar con otras firmas, con el fin de contar con mejores calificaciones. La dirección postal y de correo electrónico para enviar dicha documentación y para obtener mayor información acerca de los trabajos objeto del presente anuncio, se señala al final, en horas hábiles de 8:00 a 15:00 horas.
De las expresiones de interés deberán ser enviadas vía correo directo o correo electrónico a la dirección indicada al final, siendo la fecha límite el 3 de enero de 2013 en el horario anteriormente indicado.
La información deberá enviarse a:
Area: Dirección Jurídica
Domicilio: Unidad Administrativa Benito Juárez, primer piso,
Av. Francisco Villa 950 Norte
Ciudad Juárez, Chihuahua, México, código postal 32000, Zona Centro
Responsable: Lic. Héctor Arcelús Pérez,
Teléfono (656) 207 8800 y 75
E-mail: harcelus@juarez.gob.mx
Instituto Municipal de Investigación y Planeación
Domicilio: avenida Benjamín Franklin número 4185 y calle Estocolmo, colonia Progresista.
Ciudad Juárez, Chihuahua, México, código postal 32310
Responsable: Ing. Vicente López Urueta, Ing. Alberto Nicolás López Duarte
Teléfono (656)-207-3242 y 43
E-mail: vlopez@imip.org.mx, nlopez@imip.org.mx, imip@imip.org.mx
Atentamente
Ciudad Juárez, Chih., a 10 de diciembre de 2012.
El Secretario del H. Ayuntamiento
Lic. Héctor Arcelús Pérez
Rúbrica.
(R.- 360526)
Estado de Chihuahua
Municipio de Juárez
México
Presidencia Municipal
Secretaría del Ayuntamiento
Ciudad Juárez
Oficio SA/559/12
PROYECTO DE TRANSPORTE SUSTENTABLE Y CALIDAD DEL AIRE
CONTRATACION DE SERVICIOS DE CONSULTORIA
DONACION GEF, No. TF09695
ANUNCIO DE EXPRESIONES DE INTERES
El
Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad
Nacional de Crédito, ha sido designado por
la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público para que como agente
financiero administre y dé seguimiento a la donación
otorgada por el Banco Internacional de Reconstrucción y
Fomento (BIRF) por un monto equivalente a US $5,378,000 con recursos
provenientes del Fondo Global del Medio Ambiente (GEF) para el
Proyecto denominado “Transporte Sustentable y Calidad del
Aire”, ejecutado parcialmente por el Municipio de Juárez,
Chihuahua, como “Entidad Elegible” y se propone utilizar
una parte de los fondos para efectuar los pagos contemplados en el
contrato para la realización del proyecto consistente en:
Desarrollo de un plan de integración del sistema de movilidad de bicicletas con el corredor de transporte público en Ciudad Juárez y la Campaña de fomento para el uso de carriles para bicicletas. Estos objetivos se lograrán mediante un estudio que permita:
(i) Introducir y promover el caminar y usar la bicicleta como una alternativa viable y segura a los autos particulares y otros sistemas tradicionales de transporte motorizado con el fin de crear un sistema de alimentación a los sistemas troncales de transporte colectivo, y
(ii) Desarrollar una campaña de fomento para el uso de carriles para bicicletas.
El periodo estimado de ejecución del estudio es de seis meses.
El
Municipio de Juárez, Chihuahua, como “Entidad Elegible”
invita a empresas consultoras elegibles a presentar expresiones de
interés para prestar los servicios de consultoría
solicitados. Los consultores interesados deberán enviar una
carta en donde expresen su interés por participar en el
concurso de estos trabajos y proporcionar información
suficiente que indique que están calificados para realizar el
Proyecto.
Esta información podrá incluir el
currículum de la firma para identificar su experiencia en
trabajos similares, disponibilidad de especialistas para ejecutar el
proyecto, el equipo técnico disponible, última
declaración fiscal e información sobre su situación
financiera, copia de los últimos dos contratos de
características similares al proyecto, entre otras. Los
consultores se podrán asociar con otras firmas, con el fin de
contar con mejores calificaciones. La dirección postal y de
correo electrónico para enviar dicha documentación y
para obtener mayor información acerca de los trabajos objeto
del presente anuncio, se señala al final, en horas hábiles
de 8:00 a 15:00 horas.
De las expresiones de interés deberán ser enviadas vía correo directo o correo electrónico a la dirección indicada al final, siendo la fecha límite el 3 de enero de 2013 en el horario anteriormente indicado.
La información deberá enviarse a:
Area: Dirección Jurídica
Domicilio: Unidad Administrativa Benito Juárez, primer piso,
Av. Francisco Villa 950 Norte
Ciudad Juárez, Chihuahua, México, código postal 32000, Zona Centro
Responsable: Lic. Héctor Arcelús Pérez,
Teléfonos (656) 207 8800 y 75
E-mail: harcelus@juarez.gob.mx
Instituto Municipal de Investigación y Planeación
Domicilio: avenida Benjamín Franklin número 4185 y calle Estocolmo, colonia Progresista.
Ciudad Juárez, Chihuahua, México, código postal 32310
Responsable: Ing. Vicente López Urueta, Ing. Alberto Nicolás López Duarte
Teléfonos (656)-207-3242 y 43
E-mail: vlopez@imip.org.mx, nlopez@imip.org.mx, imip@imip.org.mx
Atentamente
Ciudad Juárez, Chih., a 10 de diciembre de 2012.
El Secretario del H. Ayuntamiento
Lic. Héctor Arcelús Pérez
Rúbrica.
(R.- 360528)
Banco de Desarrollo de América del Norte
Gobierno del Estado de Tamaulipas
Junta de Agua y Drenaje de la Ciudad de Matamoros
Proyecto de Mejoras a los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado y
Construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Oeste
en Matamoros, Tamaulipas
Servicios de Supervisión, Administración y Control de Obra
SOLICITUD DE EXPRESIONES DE INTERES
La Junta de Aguas y Drenaje (JAD) que proporciona los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento a la ciudad de Matamoros, Tamaulipas, pretende utilizar parte de los recursos provenientes del Banco de Desarrollo de América del Norte (BDAN) de su programa de Fondo de Infraestructura Ambiental Fronteriza (BEIF), que opera con aportaciones de la agencia de protección ambiental del Estados Unidos (EPA), para llevar a cabo los servicios de Supervisión, Administración y Control de Obra de una parte del proyecto denominado: “Mejoras a los sistemas de agua potable y alcantarillado, y construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Oeste” que incluye: la construcción de seis estaciones de bombeo, colectores y líneas a presión, así como la infraestructura de alcantarillado en la zona suroeste, que consta de dos estaciones de bombeo, colectores, líneas a presión y la ampliación del sistema de alcantarillado a 34 colonias, de igual forma la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Oeste con capacidad para 540 lps en su primera etapa. El proyecto propuesto tiene un costo total estimado de 944 millones de pesos.
La ciudad de Matamoros, se localiza al noroeste del Estado de Tamaulipas, donde colinda al Este con el Golfo de México y al Norte con la ciudad de Brownsville, Texas, al otro lado del Río Bravo. Cuenta una población estimada de 489,193 habitantes y se registra una tasa anual de crecimiento de 1.50%.
La implementación del proyecto descrito permitirá evitar las descargas de aguas residuales sin tratamiento al drenaje pluvial, las cuales terminan en la Laguna Madre. El proyecto beneficiará aproximadamente a 43,956 viviendas, lo que equivale a 160,879 habitantes de la ciudad de Matamoros.
Los proyectos ejecutivos que conforman el proyecto se desarrollaron conforme a las especificaciones técnicas de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente de Tamaulipas en materia de sistemas de alcantarillado sanitario, así como a las especificaciones técnicas establecidas en el Manual de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento elaborado por la Comisión Nacional del Agua (Conagua). Los diseños cumplen también con lo dispuesto por la Norma Oficial Mexicana NOM-001-CNA-1995, "Sistemas de Alcantarillado Sanitario-Especificaciones de Hermeticidad", estos fueron revisados por la Comisión de Cooperación Ecológica Fronteriza (Cocef), el BDAN y validados por Conagua.
La JAD contratará los servicios de una empresa que realice las funciones de supervisión, administración y control de obra exclusivamente para las obras que se indican más adelante. Para la contratación de dicha empresa la JAD llevará a cabo un proceso de licitación siguiendo las políticas de adquisición y contratación del BDAN, y su objeto será vigilar el buen desempeño del proyecto y el uso apropiado de los fondos. Se espera que el consultor dé seguimiento al avance del proyecto en los aspectos técnicos y administrativos, identifique desviaciones, emita recomendaciones, realice informes y documentos relacionados con el mismo, participe en reuniones con la JAD (representantes del BDAN en su caso) y las empresas contratistas.
El inicio de los servicios se tiene programado para principios del mes de marzo de 2013 y el programa tendrá una duración estimada de 419 días naturales.
Se invita por este medio a las empresas interesadas en realizar los trabajos de supervisión, administración y control de obra a que envíen su expresión de interés informando de su intención de presentar una propuesta de cotización para la ejecución de los servicios mencionados. La participación de empresas en la selección de consultores para contratos financiados por el BDAN será de conformidad con las políticas de adquisición y contratación del mismo, y está abierta a empresas de cualquier país. El contrato se celebrará entre la empresa seleccionada y la JAD. Una vez recibidas las expresiones de interés de las empresas interesadas en participar para la realización de estos trabajos, se preparará una lista corta de las empresas mejor calificadas, las cuales serán formalmente invitadas a presentar su propuesta en una fecha posterior, entregándoles junto con la invitación los términos de referencia, información complementaria sobre el proceso de evaluación de las propuestas y el modelo de contrato que se utilizará para su formalización. Los documentos de licitación y los términos de referencia serán emitidos únicamente en idioma español.
Las empresas interesadas deberán contar con experiencia mínima de 5 (cinco) años en la supervisión, control de calidad y administración de contratos de construcción de: estaciones de bombeo, infraestructura de alcantarillado, colectores sanitarios y líneas de impulsión.
Las obras consideradas a ser supervisadas y administradas son:
• Construcción de la línea de presión de EB-32 a rebombeo. Construcción de la línea a gravedad de la EB-32 a rebombeo.
• Construcción de la línea de presión de rebombeo a PTAR Oeste.
• Construcción Estación de Bombeo número 32.
• Construcción del Colector Benjamín Gaona.
• Construcción de red de atarjeas para ampliación de cobertura de alcantarillado en la zona suroeste.
Para determinar la capacidad y experiencia de las empresas interesadas para participar en este concurso, deberán presentar la siguiente información:
• Una breve descripción de la empresa, su organización y servicios.
• Detalles
referentes a la experiencia y trabajos realizados en administración
y supervisión de construcción de obras de ingeniería
civil, hidráulica y sanitaria. Conocimiento de prácticas
y procedimientos
de construcción para obras civiles; de
ingeniería hidráulica y sanitaria; diseño y
revisión de diseños de obras de ingeniería
hidráulica y sanitaria; control y administración de
obras y contratos de la administración pública y
privados; elaboración de precios unitarios y control de
calidad de materiales y procedimientos constructivos, incluyendo una
breve descripción de las actividades realizadas, monto
contratado, duración de los trabajos y el personal que
participó como mínimo en los últimos cinco años,
incluyendo una breve descripción de las actividades
realizadas, lugar, monto y duración de las mismas, así
como los nombres del personal que participó.
• Nombre y número telefónico de por lo menos tres referencias de trabajos que hayan concluido, dicha información será verificada.
• Currículum vítae de los especialistas que serán propuestos para la ejecución de estos trabajos, los cuales deberán contar con una experiencia mínima comprobable de 5 (cinco) años en las áreas en que serán propuestos y se mencionan de manera enunciativa mas no limitativa: Ing. especialista en hidráulica e Ing. especialista en saneamiento. Para lo cual deberán utilizar los formularios que están disponibles en la página web del BDAN, en la siguiente dirección de Internet: http://www.nadb.org/pdfs/procurementdocs/CV_Span.pdf.
Sólo se considerarán empresas que presenten currículum vítae de aquellos que tengan experiencia directa en los servicios arriba mencionados y que tengan la capacidad de comunicarse en el idioma español. Se requiere que todos los currículum vítae vengan firmados por la persona mencionada en él, así como por el representante legal de la empresa, incluyendo una carta compromiso que asegure que dichas personas participarán en el proyecto.
• Documentación que compruebe un capital contable mínimo de $1’500,000.00 pesos M.N. (un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.), mismo que deberá acreditarse con los estados financieros dictaminados del año fiscal 2011 actualizados al 31 de diciembre de 2011 (balances generales y estados de resultados) elaborados por un perito externo autorizado por la SHCP o su equivalente para empresas extranjeras.
Tres copias de la información especificada se deberán entregar a la Junta de Aguas y Drenaje de Matamoros, en la dirección que se indica más adelante, en un sobre marcado “Expresión de Interés”, Proyecto de Mejoras a los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado y Construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Oeste en Matamoros, Tamaulipas “Servicios de Supervisión, Administración y Control de Obra”, antes de las 3:00 P.M. (tiempo del Centro de México), del día 26 de diciembre de 2012.
La JAD, no será responsable de cualquier pérdida o demora en la entrega de la documentación tanto por parte de la empresa como de los servicios de mensajería, cada empresa es responsable de la entrega a tiempo de su documentación.
La confidencialidad y divulgación de información para este concurso quedará sujeta lo establecido en las Políticas y Procedimientos de Contratación y Adquisición del BDAN.
Para mayor información acerca de este concurso y entrega de documentos, los interesados deberán contactar a la persona que se menciona a continuación, manifestando su deseo de participar en dicha licitación:
Ing. Moisés Mena Sainz, Gerente.
Proyecto Integral de Agua y Saneamiento
Avenida Virgilio Garza Ruiz sin número
Entrada a Fraccionamiento Puerto Rico
H. Matamoros, Tamaulipas, México
Tels.: (868)150 2130 y 150 2131
Correo electrónico: moimena@gmail.com
Horario de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.
Atentamente
H. Matamoros, Tamps., a 18 de diciembre de 2012.
Junta de Aguas y Drenaje de la Ciudad de Matamoros
Gerente General
Lic. Gerardo Guerra Astudillo
Rúbrica.
(R.- 360507)
GRUPO HOLCIM APASCO
AVISO DE DEDUCCION FISCAL DE CREDITOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS DE GRUPO HOLCIM. Integrado entre otras por las empresas a CEMENTOS APASCO, S.A. DE C.V., CONCRETOS APASCO, S.A. DE C.V., GRAVASA, S.A. DE C.V. y ECOLTEC, S.A. DE C.V., comunican al público en general que:
De
conformidad y en cumplimiento a lo establecido en las reformas
publicadas en el Diario Oficial de la Federación del dieciocho
de julio del año dos mil seis y primero de octubre de dos mil
siete, al artículo 31 de
la Ley del Impuesto Sobre la
Renta, en el cual refieren a los requisitos que deben contener las
deducciones fiscales fracción XVI
incisos A) y B). En
el caso de pérdidas por créditos incobrables, éstas
se consideren realizadas en el mes en el que se consuma el plazo de
prescripción, que corresponda, o antes si fuera notoria la
imposibilidad práctica de cobro.
Para los efectos de este artículo, se considera que existe notoria imposibilidad práctica de cobro, entre otros, en los siguientes casos:
A)
Tratándose
de créditos cuya suerte principal al día de su
vencimiento no exceda de treinta mil unidades de inversión,
cuando en el plazo de un año contado a partir de que incurra
en mora, no se hubiera logrado su cobro. En este caso, se
considerarán incobrables en el mes en que se cumpla un año
de haber incurrido
en mora.
Cuando se tengan dos o más créditos con una misma persona física o moral de los señalados en el párrafo anterior, se deberá sumar la totalidad de los créditos otorgados para determinar si éstos no exceden del monto a que se refiere dicho párrafo.
Lo
dispuesto en el inciso A) de esta fracción será
aplicable tratándose de créditos contratados con el
público en general, cuya suerte principal al día de su
vencimiento se encuentre entre cinco mil pesos y treinta mil unidades
de inversión, siempre que el contribuyente de acuerdo con las
reglas de carácter general que al respecto emita el Servicio
de Administración Tributaria informe de dichos créditos
a las sociedades
de información crediticia que obtengan
autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público de conformidad con la Ley de Sociedades de Información
Crediticia.
Así mismo, será aplicable lo dispuesto en el inciso A) de esta fracción, cuando el deudor del crédito de que se trate sea contribuyente que realiza actividades empresariales y el acreedor informe por escrito al deudor de que se trate, que efectuará la deducción del crédito incobrable, a fin de que el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta en los términos de esta Ley. Los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en este párrafo, deberán informar a más tardar el 15 de febrero de cada año de los créditos incobrables que dedujeron en los términos de este párrafo en el año calendario inmediato anterior.
En
tal circunstancia, y
para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente,
las personas que de acuerdo a la información proporcionada a
nuestras empresas son de las que se encuentran en el rubro
de
personas con actividad empresarial, mismas que a continuación
se enlistan:
Por Cementos Apasco, S.A. de C.V.:
Nombre del cliente |
RFC |
Importe del crédito |
MARIA ESTHER FLORES ROBLEDO. |
FORE661106FUA |
$6,749.58 |
PEDRO GONZALEZ GUTIERREZ |
GOGP611023KY1 |
$69,364.08 |
MARIA ADELINA VILLA ARREOLA |
VIAA720805UT2 |
$108,355.64 |
ORIGEN CONSTRUCCIONES Y ACARREOS, S. DE R.L. |
OCA960523SUA |
$87,611.90 |
MATERIALES FATIMA, S.A. DE C.V. |
MFA770720CR3 |
$120,111.68 |
ACEROS Y CEMENTOS FATIMA, S.A. DE C.V. |
ACF091204LN1 |
$2,996.83 |
JOSE OROZCO OROZCO |
OOJO480319AP6 |
$453.77 |
MIGUEL VELEZ ALARCON |
VEAM8903169Q2 |
$23,571.05 |
EDGAR LOPEZ SALAZAR |
LOSE670906V47 |
$12,171.41 |
JOSE ROSALIO TENORIO ALVARADO |
TEAR850816SLA |
$33,025.13 |
ROBERTO VARGAS DUARTE |
VADR640607Q33 |
$15,208.03 |
ROBERTO BAHENA SALAZAR |
BASR820221DI5 |
$40,434.84 |
JORGE ANTONIO SANCHEZ JIMENEZ |
SAJJ7407052G9 |
$52,140.98 |
HORTENCIA CASTAÑO GONZALEZ |
CAGH361020G40 |
$43,475.74 |
VILLANUEVA NAVARRO LUIS FERNANDO |
VINL630619KA1 |
$117,739.52 |
RENTERIA REYES CUAUHTEMOC |
RERC740607LT1 |
$69,028.91 |
LEONEL DIAZ SEPULVEDA |
DISL530513969 |
$128,391.90 |
CONCRETOS MALDONADO, S.A. DE C.V. |
CMA0702081C6 |
$118,436.25 |
SANCHEZ FIGUEROA MARYSOL GERARD |
SAFM970601RE6 |
$18,817.70 |
MEDELLIN LUIS MONICA GUADALUPE |
MELM710409FK1 |
$5,553.03 |
GONZALEZ ROSALES PRISCILA |
GORP9210262U5 |
$1,990.65 |
AGATON MUÑIZ GAMALIEL |
AAMG6711278T5 |
$15,206.43 |
ALCARAZ DE LA PEÑA JOSE LUIS |
AAPL6102253Z4 |
$38,897.04 |
MACHADO MARQUEZ MAURA |
MANM4401163V1 |
$108,821.48 |
RADILLO SOTO MARIA DE JESUS |
RASJ470502MR9 |
$9,612.77 |
IBAÑEZ PEREZ JORGE |
IAPJ650309850 |
$16,741.32 |
MAPCO DE MEXICALI S. DE R.L. DE C.V. |
MME060223EL5 |
$62,011.14 |
CONSTRUCCION
Y ADMINISTRACION DE CAJEME |
CAC850904UI0 |
$20,311.82 |
GUZMAN LOPEZ RAMON |
GULR600113KU8 |
$66,884.60 |
SANDOVAL TREJO JAVIER |
SATJ780602L70 |
$89,018.40 |
AGUILERA GARCIA OSCAR FERNANDO |
AUGO650422M89 |
$91,766.88 |
MUROCRETOS EL PERICO S.C. DE R.L. DE C.V. |
MPE070307TK5 |
$107,852.02 |
IMPULSORA Y DISTRIBUIDORA DE ACEROS Y AGREGADOS DEL GOLFO S.A. DE C.V. |
IDA0405218S2 |
$27,990.00 |
Por Concretos Apasco, S.A. de C.V.:
Nombre del cliente |
RFC |
Importe del crédito |
PROFUTURO DE SAN JOSE ITURBIDE, S.A. DE C.V. |
PSJ0805238C8 |
$87,588.56 |
INTEGRAGAS TELCORZ, S.A. DE C.V. |
ITE0406084K1 |
$62,713.11 |
MARTINEZ CAMARA LUIS ALBERTO |
MACL601111L63 |
$34,181.74 |
CONSTRUCTORA
ESPECIALIZADA EN INDUSTRIA, |
CEI010219JXA |
$129,253.77 |
V.I.G. INGENIERIA ESTRUCTURAL, S.A. DE C.V. |
VIE041015IZ4 |
$79,674.25 |
CONSTRUCTORA MACARJOR, S.A. DE C.V. |
CMA000713G71 |
$49,426.11 |
BUFFETE CONSTRUCTOR INTEGRADO S.A. DE C.V. |
BCI021004UH9 |
$5,042.00 |
PEREZ MORENO CONRADO |
PEMC6011262A6 |
$29,990.00 |
CONSORCIO
CONSTRUCTIVO Y ASOCIADOS, |
CCA05111618A |
$65,489.65 |
FEDERICO RAMON DEL RIO VILLASEÑOR |
RIVF720223D92 |
$20,633.78 |
GUTIERREZ PALOMARES EDUARDO ARTURO |
GUPE660826R96 |
$16,858.45 |
SERTECONIN S.A. DE C.V. |
SER100705474 |
$12,057.20 |
SIIMON, S.A. DE C.V. |
SII000929S54 |
$77,742.69 |
EDIFICADORA DE LOS CABOS S. DE R.L. DE C.V. |
ECA040708AF9 |
$94,861.70 |
DESARROLLADORA DE PROYECTOS CIVILES Y AMBIENTALES S.A. DE C.V. |
DPC0208093Q4 |
$19,052.26 |
MMB CONSTRUCTORA S.C. |
MCO080529UJA |
$11,243.85 |
BERRY & TORRES PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES S. DE R.L. DE C.V. |
BTP940730SL5 |
$10,680.88 |
CONSTRUCTORA
Y COORDINADORA CABAM |
CCC0604058B8 |
$30,478.69 |
GDA CONSTRUCTORA S.A. DE C.V. |
GCO950907G70 |
$15,839.02 |
CORP. MCR CONSTRUCCIONES S.C. DE R.L. DE C.V. |
CMC050520NH7 |
$9,964.48 |
FREC ARQUITECTOS S.A. DE C.V. |
FAR010322RT4 |
$10,353.63 |
JUAREZ GARCIA MIGUEL |
JUGM6309169U0 |
$15,621.12 |
CONSTRUCTORA
ENSENADA E INMOBILIARIA, |
CEI871016MI7 |
$8,434.44 |
ANNKARACOL S. DE R.L. DE C.V. |
ANN070707DD1 |
$96,654.67 |
SUMA CONSTRUCTORA S.A. DE C.V. |
SCO0707314Z7 |
$30,988.32 |
SOLUCIONES ECOLOGICAS DE MEXICO S.A. DE C.V. |
SEM950405D1A |
$55,278.90 |
V&G ASESORIA Y CONSTRUCCION S.A DE C.V. |
VAC0106097L5 |
$79,989.02 |
PACHMAR CONSORCIO CONSTRUCTOR VERACRUZANO S.A. DE C.V. |
PCC001123NC4 |
$103,679.38 |
CONSTRUCTORA Y URBANIZADORA XICOTENCATL S.A. DE C.V. |
CUX761119BJ9 |
$55,547.42 |
TRANSVERSAL DE ADMINISTRACION S.A. DE C.V. |
TAD0611132W1 |
$55,461.50 |
Por Ecoltec, S.A. de C.V.:
Nombre del cliente |
RFC |
Importe del crédito |
SANMINA SCI SYSTEMS DE MEXICO, S.A. DE C.V. |
SSM950412Q42 |
$25,223.51 |
PROMOTORA AMBIENTAL DEL SURESTE S.A. DE C.V. |
PAS930513PD3 |
$94,759.68 |
B) Tratándose de crédito cuya suerte principal al día de su vencimiento sea mayor a treinta mil unidades de inversión cuando el acreedor haya demandado ante la autoridad judicial el pago del crédito o se haya iniciado el procedimiento arbitral convenido para su cobro y además se cumpla con lo previsto en el párrafo final del inciso anterior.
En
tal circunstancia, y
para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente,
las persona que de acuerdo a la información proporcionada a
nuestras empresas son de las que se encuentran en el rubro
de
personas con actividad empresarial, mismas que a continuación
se enlistan:
Por Cementos Apasco, S.A. de C.V.:
Nombre del cliente |
RFC |
Importe del crédito |
JOSE LUIS RICO BIBIAN |
RIBL830706323 |
$391,179.15 |
REGAL BLOCK S.A. DE C.V. |
RBL041222TH1 |
$290,785.25 |
EDANGOR S.A. DE C.V. |
EDA080930823 |
$1,501,872.56 |
GOMEZ FLORES MARTIN |
GOFM661205RS1 |
$236,767.36 |
NUÑEZ ACARREOS Y EXCAVACIONES S.A. DE C.V. |
NAE030707M34 |
$415,199.01 |
MONTALVO BERNAL RICARDO RENE |
MOBR600214JC0 |
$2,491,492.67 |
CENTRAL CEMENTERA DEL GOLFO S.A. DE C.V. |
CCG971121JM6 |
$381,928.41 |
MAPCO DE MEXICALI S. DE R.L. DE C.V. |
MME060223EL5 |
$567,956.60 |
Por Concretos Apasco, S.A. de C.V.:
Nombre del cliente |
RFC |
Importe del Crédito |
DEN CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V. |
DCO020131J80 |
$1,037,067.24 |
ARRENDADORA Y EDIFICADORA ALMAAR, S.A. DE C.V. |
AEA940407CRA |
$324,339.12 |
MAXPLUS EDIFICACIONES, S.A. DE C.V. |
MED0309016N2 |
$223,437.69 |
NGD CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V. |
NCO040130JX3 |
$262,134.41 |
GRUPO SIFRA, S.A. DE C.V. |
GSI080424EB3 |
$166,866.40 |
JOSE LUIS CARRERA MORALES |
CAML6201294A9 |
$194,261.23 |
GRUPO RICAO, S.A. DE C.V. |
GRI080829CJ4 |
$324,034.44 |
EMEZET CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. |
ECO040116QY5 |
$1,350,814.48 |
GRUPO
CONSTRUCTOR DEL COLORADO |
GCC0601263Y8 |
$366,444.37 |
JORGE ANTONIO SANCHEZ JIMENEZ |
SAJJ7407052G9 |
$539,776.93 |
CONSTRUCTORA BALCA S.A. DE C.V |
CBA920127F45 |
$257,034.13 |
VAZQUEZ VALENZUELA MARCO ANTONIO |
VAVM7302207J0 |
$159,797.04 |
INGENIERIA
ESPECIALIZADA EN OBRA CIVIL, |
IEE070227FE7 |
$150,445.70 |
GRUPO CONSTRUCTOR INTEGRAL ALFA Y OMEGA S.A. DE C.V. |
GCI021114IW0 |
$199,990.00 |
EDIPO CONSTRUCTORES S.A. DE C.V. |
ECO960207HU7 |
$779,459.57 |
ESTACIONAMIENTO Y LOCALES COMERCIALES DE HERMOSILLO, S.A. DE C.V. |
ELC050823IU6 |
$561,380.60 |
PRESIDENCIA MUNICIPAL DE TECATE |
PMT540302AR5 |
$630,995.72 |
MCI DESARROLLOS, S.A. DE C.V. |
MDE0208178Z0 |
$254,973.72 |
CONSTRUCTORA
Y ARRENDADORA GARDUÑO |
CAG050603R6A |
$200,144.98 |
JG CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. |
JGC030513KM8 |
$993,658.36 |
GRUPO INMOBILIARIO CASLO, S.A. DE C.V. |
GIC9711188T3 |
$228,795.56 |
DC DAMKEN SERVICIOS INDUSTRIALES Y CONSTRUCCION S.A. DE C.V. |
DDS080502641 |
$188,172.70 |
Por Gravasa, S.A. de C.V.:
Nombre del cliente |
RFC |
Importe del crédito |
EL PERICO FERRETERO S. DE R.L. DE C.V. |
PFC9904063S7 |
$177,814.70 |
Mediante este aviso se les informa que se efectuarán las deducciones de los créditos incobrables a su cargo, a fin de que dichas personas acumulen el ingreso derivado de la deuda no cubierta en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en su artículo 31 fracción XVI incisos A) y B).
El texto completo de dicha reforma puede ser consultado en el Diario Oficial de la Federación publicado el dieciocho de julio del año dos mil seis y primero de octubre de dos mil siete.
México, D.F., a 12 de diciembre de 2012.
Representante Legal
Lic. Raúl Bernardo Arroyo Ramón
Rúbrica.
(R.- 360554)
Petróleos Mexicanos
En cumplimiento al artículo 45, párrafo tercero de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Petróleos Mexicanos publica los compromisos de resultados bimestrales con desglose mensual del convenio de desempeño.
Informe correspondiente al 5o. Bimestre de 2012
|
Septiembre |
Octubre |
Total del bimestre |
Acumulado en el año |
ANEXO 1. ACCIONES DE AHORRO Y AUSTERIDAD |
||||
3.1.1. Reducción del gasto en servicios personales (millones de pesos) 1/ |
||||
Comprometido |
0.0 |
51.9 |
51.9 |
81.6 |
Alcanzado |
0.0 |
52.6 |
52.6 |
82.3 |
Variación absoluta |
0.0 |
0.7 |
0.7 |
0.7 |
3.2. Ahorro en gasto administrativo y de apoyo (millones de pesos) 2/ |
||||
Comprometido |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
Alcanzado |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
Variación absoluta |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
3.3. Acciones para evitar retrasos y sobre-costos en ejecución de obras 3/ |
ANEXO 2. INDICADORES Y METAS |
||||
Presupuesto en flujo de efectivo (millones de pesos) |
||||
(1) Ingresos brutos |
|
|
|
|
Comprometido |
149,856.5 |
155,428.4 |
305,285.0 |
1,460,092.2 |
Alcanzado |
154,379.9 |
162,171.8 |
316,551.7 |
1,572,374.1 |
Variación absoluta |
4,523.4 |
6,743.3 |
11,266.7 |
112,281.9 |
(2) Impuestos |
|
|
|
|
Comprometido |
80,966.5 |
93,171.8 |
174,138.3 |
812,445.5 |
Alcanzado |
82,765.8 |
98,524.2 |
181,290.0 |
899,541.0 |
Variación absoluta |
1,799.3 |
5,352.3 |
7,151.7 |
87,095.5 |
(3) Mercancía para reventa |
|
|
|
|
Comprometido |
24,823.5 |
28,882.6 |
53,706.1 |
250,987.8 |
Alcanzado |
32,342.6 |
34,312.0 |
66,654.5 |
321,858.3 |
Variación absoluta |
7,519.1 |
5,429.4 |
12,948.4 |
70,870.5 |
(4=1-2-3) Ingresos netos |
|
|
|
|
Comprometido |
44,066.6 |
33,374.0 |
77,440.6 |
396,658.9 |
Alcanzado |
39,271.6 |
29,335.6 |
68,607.2 |
350,974.8 |
Variación absoluta |
-4,795.0 |
-4,038.4 |
-8,833.4 |
-45,684.1 |
Indicadores operativos |
|
|
|
|
Producción de crudo (Mbd) |
|
|
|
|
Comprometido |
2,579.3 |
2,579.2 |
2,579.2 |
2,560.0 |
Alcanzado |
2,554.7 |
2,541.5 |
2,548.0 |
2,543.4 |
Variación absoluta |
-24.6 |
-37.6 |
-31.2 |
-16.6 |
Producción de gas natural (MMpcd) |
|
|
|
|
Comprometido |
6,086.7 |
6,073.2 |
6,079.8 |
6,202.2 |
Alcanzado |
6,201.8 |
6,004.3 |
6,101.5 |
6,352.5 |
Variación absoluta |
115.2 |
-68.9 |
21.6 |
150.3 |
Proceso de crudo (Mbd) |
|
|
|
|
Comprometido |
1,262.6 |
1,284.1 |
1,273.5 |
1,324.8 |
Alcanzado |
1,099.3 |
1,105.1 |
1,102.3 |
1,194.4 |
Variación absoluta |
-163.2 |
-179.1 |
-171.3 |
-130.3 |
Venta interna de gasolinas (Mbd) |
|
|
|
|
Comprometido |
831.8 |
866.8 |
849.6 |
841.8 |
Alcanzado |
774.4 |
813.3 |
794.2 |
800.7 |
Variación absoluta |
-57.4 |
-53.4 |
-55.4 |
-41.2 |
Exportación de crudo (Mbd) |
|
|
|
|
Comprometido |
1,256.2 |
1,259.0 |
1,257.6 |
1,181.1 |
Alcanzado |
1,338.8 |
1,367.2 |
1,353.2 |
1,252.1 |
Variación absoluta |
82.6 |
108.1 |
95.6 |
71.0 |
Importación de gasolinas (Mbd) |
|
|
|
|
Comprometido |
348.5 |
373.0 |
360.9 |
343.5 |
Alcanzado |
359.9 |
445.8 |
403.6 |
382.0 |
Variación absoluta |
11.5 |
72.9 |
42.7 |
38.5 |
Información preliminar.
Las sumas pueden no coincidir por redondeo.
1/ Como resultado de los acuerdos tomados con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cifra comprometida para 2012 en la reducción del gasto en servicios personales, disminuyó de 148.6 a 81.6 millones de pesos, sin embargo se logró alcanzar 82.3 mdp.
2/ La generación de ahorros está prevista para bimestres posteriores, y considera la aplicación de las medidas de ahorro contempladas en el Oficio Circular 307-A.-0917 del 12 de Marzo de 2010 de la SHCP, referente al "Programa Nacional de Reducción de Gasto Público”.
3/
Al corte del quinto bimestre de 2012, se encuentra en autorización
la inclusión de los elementos de proyectos de Seguridad Salud
y Protección Ambiental dentro del Manual del Sistema
Institucional
de Desarrollo de Proyectos (SIDP); así
mismo, se encuentra documentado el Manual de Proyectos de
Mantenimiento, ambos pertenecientes a la segunda etapa del SIDP.
México, D.F., a 20 de diciembre de 2012.
La Subdirectora de Programación y Presupuestación
Guadalupe Merino Bañuelos
Rúbrica.
(R.- 360541)
EQUIPOS
Y SERVICIOS ESPECIALIZADOS BALANCE DE LIQUIDACION AL 5 DE NOVIEMBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0
México, D.F., a 26 de noviembre de 2012. Liquidador Francisco Martínez García Rúbrica. (R.- 360304)
|
|
ALTA
DIRECCION DE NEGOCIOS BALANCE DE LIQUIDACION AL 29 DE OCTUBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0
México, D.F., a 10 de diciembre de 2012. Liquidador Fernando Sánchez Elizalde Rúbrica. (R.- 360305)
|
CONSULTORIA
Y ASESORIA BALANCE DE LIQUIDACION AL 7 DE DICIEMBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0
México, D.F., a 12 de diciembre de 2012. Liquidador José López Moreno Rúbrica. (R.- 360306)
|
|
EMPRESA DE MULTISERVICIOS Y SUMINISTROS Y ADMINISTRACION PERSONAL DE MEXICO, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 4 DE DICIEMBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0
México, D.F., a 10 de diciembre de 2012. Liquidador Francisco Martínez García Rúbrica. (R.- 360307)
|
Petróleos Mexicanos
Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios
AVISO DE DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS DE REFERENCIA
NORMA DE REFERENCIA |
NOMBRE |
NRF-009-PEMEX-2012 |
Identificación de instalaciones fijas. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-009-PEMEX-2004 del 22 de noviembre de 2004). |
NRF-035-PEMEX-2012 |
Sistemas de Tubería en plantas industriales - Instalación y pruebas. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-035-PEMEX-2005 del 17 de septiembre de 2005). |
NRF-101-PEMEX-2012 |
Grúas de pedestal para plataformas marinas. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-101-PEMEX-2006 del 14 de septiembre de 2006). |
NRF-157-PEMEX-2012 |
Construcción de estructuras de concreto. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-157-PEMEX-2006 del 14 de septiembre de 2006). |
NRF-172-PEMEX-2012 |
Válvulas de alivio de presión y vacío para tanques de almacenamiento. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-172-PEMEX-2007 del 4 de septiembre de 2007). |
NRF-252-PEMEX-2012 |
Materiales absorbentes y adsorbentes de hidrocarburos y aceites. |
NRF-291-PEMEX-2012 |
Depósitos
metálicos para inhibidores de corrosión de los
sistemas |
NRF-292-PEMEX-2012 |
Registros
para instalación y retiro de testigos y/o probetas
corrosimétricas |
NRF-293-PEMEX-2012 |
Lonas ignífugas. |
NRF-297-PEMEX-2012 |
Junta aislante tipo monoblock. |
Petróleos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 51-A, 55 y 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 44 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, pública las Declaratorias de Vigencia de las normas de referencia que se listan a continuación, mismas que han sido aprobadas por el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios en su sesión del 29 de noviembre de 2012.
De conformidad con el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 46 de su Reglamento, los proyectos de normas de referencia correspondientes, se publicaron para consulta pública en el Diario Oficial de la Federación de fechas 28 de noviembre de 2011, 15 de mayo de 2012 y 24 de agosto de 2012, respectivamente, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, después de su publicación, los interesados presentarán sus comentarios ante el seno del Comité; los comentarios que se recibieron en ese periodo, se atendieron y fueron incorporados a las mismas.
Se declara la vigencia de las normas de referencia listadas, a los 60 días naturales, contados a partir de la publicación en el DOF de la presente declaratoria.
Durante
este lapso, el texto completo de los documentos que se relacionan,
puede ser
consultados por la Internet, en las direcciones:
http://www.economia.gob.mx/comunidad-negocio/normalizacion/catálogo-mexicano-de-normas
y http://www.pemex.com.
CLAVE O CODIGO |
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA |
NRF-009-PEMEX-2012 |
Identificación de instalaciones fijas. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-009-PEMEX-2004 del 22 de noviembre de 2004). |
Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales para la señalización de seguridad e higiene, e Identificación de riesgos en instalaciones fijas de los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Alcance Esta Norma de Referencia específica los requerimientos para la señalización e identificación de riesgos en instalaciones fijas terrestres y costa fuera de los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, por medio colores y señales de seguridad e higiene. Quedan excluidos de esta Norma de Referencia: a) Equipos de transporte como son autotanques, carrotanques y embarcaciones marítimas, entre otros. b) Tuberías o líneas de conducción (ductos) enterradas y sumergidas. c) Instalaciones marítimas como son muelles y atracaderos, entre otros cubiertos por otras normas. d) La señalización para la transportación terrestre, marítima, fluvial o aérea. Esta Norma de Referencia cancela y sustituye a la NRF-009-PEMEX-2004, del 22 de noviembre de 2004, Especificación P.3.403.1:2009 en lo relativo a las instalaciones fijas y Norma 3.134.01. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia concuerda con la NOM-026-STPS-2008. |
CLAVE O CODIGO |
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA |
NRF-035-PEMEX-2012 |
Sistemas de tubería en plantas industriales-instalación y pruebas. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-035-PEMEX-2005 del 17 de septiembre de 2005). |
Objetivo Establecer los requisitos que se deben cumplir en la fabricación o construcción de tubería para instalaciones terrestres o costa fuera de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Alcance Esta Norma de Referencia es para la fabricación o construcción de tubería para instalaciones terrestres o costa fuera de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, incluye materiales, habilitado, Instalación, Montaje, inspección y pruebas de las Tuberías. Esta Norma de Referencia no contempla: a)
Diseño y especificaciones de materiales para tubería;
b)
Ductos de recolección y transporte de hidrocarburos y sus
derivados; c)
Tuberías submarinas o ascendentes a instalaciones costa
fuera; Esta Norma de Referencia NRF-035-PEMEX-2012 cancela y sustituye a la NRF-035-PEMEX-2005 del 17 de septiembre de 2005 y las especificaciones P.2.0371.01-Sistemas de tubería en plantas industriales-instalación y pruebas‖ y P.3.0371.02-Prefabricación de tuberías en taller-tolerancias dimensionales‖. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Los requisitos de esta norma concuerdan parcialmente con las normas internacionales ISO 13703:2000 con ISO 13703:2000/Cor. 1:2002, en el capítulo 10 y la ISO 15649:2001 en los numerales 4.1.1, 5.1.1 y anexos A y B, ISO 14692-4:2002 y el párrafo A.2 del Anexo A de ISO 15156-2:2009. |
CLAVE O CODIGO |
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA |
NRF-101-PEMEX-2012 |
Grúas de pedestal para plataformas marinas. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-101-PEMEX-2006 del 14 de septiembre de 2006). |
Objetivo Establecer las especificaciones técnicas y documentales para la adquisición, arrendamiento o contratación de las grúas de pedestal para plataformas marinas fijas, así como los requisitos que se deben de cumplir en los servicios de instalación, inspección y pruebas. Alcance Esta Norma de Referencia cubre los requisitos técnicos para el diseño, materiales, fabricación, instalación y pruebas de grúas de pedestal utilizadas en plataformas marinas fijas. Las figuras del anexo 12.2 ilustran los tipos de grúas cubiertos por esta norma de referencia. No contempla las grúas instaladas en plataformas flotantes o barcos utilizados en operaciones de perforación y producción. Esta norma de referencia cancela y sustituye a la norma NRF-101-PEMEX-2006. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna norma mexicana o internacional. |
|
CLAVE O CODIGO |
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA |
NRF-157-PEMEX-2012 |
Construcción de estructuras de concreto. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-157-PEMEX-2006 del 14 de septiembre de 2006). |
Objetivo Establecer los requisitos que deben cumplir los Contratistas para la construcción de estructuras de concreto en las instalaciones y centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Alcance Esta Norma de Referencia, establece los requerimientos técnicos y documentales que se deben cumplir en la construcción de estructuras de concreto. Esta norma no contempla la construcción de estructuras de concreto costa fuera. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna norma mexicana o internacional. |
CLAVE O CODIGO |
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA |
NRF-172-PEMEX-2012 |
Válvulas de alivio de presión y vacío para tanques de almacenamiento. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-172-PEMEX-2007 del 4 de septiembre de 2007). |
Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales que se deben cumplir para la adquisición de las válvulas para alivio de presión y vacío en tanques de almacenamiento a utilizarse en las instalaciones industriales. Alcance Esta Norma de Referencia aplica para la adquisición de válvulas para alivio de presión y vacío, sus materiales, inspección, pruebas y transporte; mismas que son utilizadas en tanques de almacenamiento atmosféricos verticales de cúpula fija, diseñados para operar en un rango de presiones desde 0.22 kPaman (0.03125 Psig) hasta 103.42 kPaman (15 Psig). Esta Norma de Referencia no aplica para: las válvulas en tanques atmosféricos verticales de cúpula flotante; ni para las válvulas que ya se encuentran en operación. Esta norma de referencia NRF-172-PEMEX-2012 cancela y sustituye a la NRF-172-PEMEX-2007. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna norma mexicana o internacional. |
CLAVE O CODIGO |
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA |
NRF-252-PEMEX-2012 |
Materiales absorbentes y adsorbentes de hidrocarburos y aceites. |
Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales para la adquisición de materiales absorbentes y adsorbentes de hidrocarburos y aceites. Alcance Esta norma contempla los tipos de materiales, especificaciones, empaque, etiquetado y pruebas de desempeño, así como la documentación a entregar por el proveedor de los materiales absorbentes y adsorbentes de hidrocarburos y aceites que se utilicen en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna norma mexicana o internacional. |
CLAVE O CODIGO |
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA |
NRF-291-PEMEX-2012 |
Depósitos metálicos para inhibidores de corrosión de los sistemas de protección interior de ductos terrestres de transporte. |
Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales que se debe cumplir para el diseño, construcción, instalación y mantenimiento, de los depósitos para los inhibidores de corrosión de los sistemas de protección interior de los ductos de transporte y recolección. Alcance Esta NRF contiene lineamientos, requisitos técnicos y documentales, que se deben cumplir para diseño, construcción y mantenimiento de los depósitos que son parte del sistema de protección interior con inhibidores de corrosión para ductos de transporte y recolección. Incluye características y requisitos de materiales, criterios para dimensionamiento de soportes, conexiones y diques de contención; asimismo establece lineamientos para lograr condiciones de seguridad. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna norma mexicana o internacional. |
|
CLAVE O CODIGO |
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA |
NRF-292-PEMEX-2012 |
Registros para instalación y retiro de testigos y/o probetas corrosimétricas de los sistemas de evaluación de ductos terrestres de transporte. |
Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales que se deben cumplir para el diseño, construcción y mantenimiento de las fosas o registros para la instalación y retiro de testigos y/o probetas corrosimétricas de los sistemas de evaluación de ductos terrestres de transporte y recolección. Alcance Esta Norma de Referencia incluye los requisitos técnicos y documentales, así como los lineamientos mínimos que debe cumplir el contratista en los rubros de seguridad, diseño de integridad estructural, selección de materiales, construcción y mantenimiento de las fosas o registros nuevos para la instalación y retiro de testigos y/o probetas corrosimétricas de los sistemas de evaluación de ductos terrestres de transporte y recolección. Esta NRF no incluye lo referente a la instalación y retiro de testigos y/o probetas corrosimétricas de los sistemas de evaluación de ductos costa afuera. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna norma mexicana o internacional. |
CLAVE O CODIGO |
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA |
NRF-293-PEMEX-2012 |
Lonas ignífugas. |
Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales que se deben cumplir en la adquisición y/o arrendamiento de las lonas ignífugas que se utilizan en el desarrollo de trabajos calientes que se llevan a cabo en las instalaciones industriales terrestres, marinas y embarcaciones de Pemex. Alcance Esta Norma de Referencia cubre los requisitos técnicos mínimos para la especificación, fabricación, pruebas y mantenimiento de las lonas ignifugas que se utilizan en las actividades de trabajos calientes que se desarrollan en las etapas de construcción, operación, inspección y mantenimiento que se llevan a cabo en las instalaciones industriales terrestres, costa afuera y embarcaciones de Pemex. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna norma mexicana o internacional. |
CLAVE O CODIGO |
TITULO DEL PROYECTO DE NORMA |
NRF-297-PEMEX-2012 |
Junta aislante tipo monoblock. |
Objetivo Establecer los requisitos técnicos y documentales en la adquisición de juntas aislantes tipo monoblock para aislar eléctricamente los ductos, que limitan la corriente sólo a las secciones que se deben proteger mediante los sistemas de protección catódica. Alcance Esta Norma de Referencia considera los requisitos técnicos para la adquisición directa por Pemex o como procura en obras, fabricación, inspección y pruebas dieléctricas en fábrica y en campo, de las juntas aislantes tipo monoblock que se utilizan para aislar eléctricamente los ductos de transporte de hidrocarburos con sistema de protección catódica. Los requisitos para bridas aislantes están fuera del alcance de esta Norma de Referencia, mismos que se establecen en la NRF-096-PEMEX-2010-Conexiones y Accesorios para Ductos de Recolección y Transporte de Hidrocarburos‖. Concordancia con normas mexicanas o internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna norma mexicana o internacional. |
México, D.F., a 29 de noviembre de 2012.
El Director Corporativo de Operaciones y Presidente del
Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios
Ing. Carlos R. Murrieta Cummings
Rúbrica.
(R.- 360539)
Pemex Petroquímica
Dirección Corporativa de Administración
Subdirección de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA SUAP-MP/04/13
De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Pemex Petroquímica, a través de la Subdirección de Administración Patrimonial de Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en la licitación pública que se menciona a través del procedimiento presencial para la enajenación onerosa de los bienes muebles que enseguida se enlistan, y que se localizan en el Complejo Petroquímico Cangrejera, en Coatzacoalcos, Ver.
Licitación SUAP-MP/ |
Descripción general |
Cantidad y unidad de medida |
Valor de referencia para venta |
Plazo máximo de retiro |
04/13 |
Equipos
y Componentes que formaron parte de la Planta (para desmantelar) |
1 Unidad |
$4’293,200.00 M.N. |
220 días hábiles |
La verificación física se podrá efectuar acudiendo al lugar donde se localizan los bienes del 21 de diciembre de 2012 al 19 de febrero de 2013, en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.
Las bases de la licitación estarán disponibles para su consulta, adquisición e impresión a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria en la página de Pemex, a través de la ruta: http://www.pemex.com > Productos y servicios > Venta de activos improductivos, también estarán a su disposición en la “Ventanilla única” localizada en la avenida Marina Nacional número 329, edificio “C”, planta baja, colonia Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311, con un horario de 9:00 a 15:00 horas, previa presentación del certificado de compra de bases.
Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil bancario anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Su costo será de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria, deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual deberá utilizar el formato (Guía de Pago) que genera el sistema electrónico en la precitada página en Internet.
El
pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria
por el equivalente en dólar de los EE.UU.A., a la cuenta
9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas,
77070, U.S.A., código ABA 111000614, a nombre de Petróleos
Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá
3 días hábiles, antes de la fecha establecida para
el acto de presentación y apertura de ofertas.
Para participar en la licitación pública, es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco, la confirmación de pago del interesado.
Previo al acto de presentación y apertura de ofertas, se llevará a cabo una reunión de aclaraciones, la cual tendrá lugar el día 29 de enero de 2013 a las 11:00 horas, en la sala de juntas de la Gerencia del Complejo Petroquímico Cangrejera, sita en kilómetro 10.5 carretera Coatzacoalcos-Villa Hermosa.
El acto de presentación y apertura de ofertas, se celebrará el 20 de febrero de 2013, a las 10:00 horas, en Bahía de San Hipólito número 56, 3er. piso, colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11300, México, D.F., y el acto de fallo se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas, en el mismo lugar.
Las ofertas deberán referirse a la licitación y deberán ser garantizadas mediante transferencia electrónica en los términos de las bases respectivas, cuyo importe deberá ser el 10% del monto del valor de referencia para venta.
De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor de referencia para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda. Para mayor información favor de llamar al teléfono 01 (55)1944-2500, extensiones 59360 y 59213.
México, D.F., a 21 de diciembre de 2012.
El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Rúbrica.
(R.- 360540)
Pemex Petroquímica
Dirección Corporativa de Administración
Subdirección de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA SUAP-MP/06/13
De
conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes
Nacionales, Pemex Petroquímica, a través de la
Subdirección de Administración Patrimonial de Petróleos
Mexicanos, invita a personas físicas y morales, nacionales y
extranjeras, a participar en la licitación pública que
se llevará a cabo, a través
del procedimiento
presencial, para la enajenación onerosa de los siguientes
bienes:
Licitación SUAP-MP |
Descripción general Valor para venta |
Cantidad
y unidad |
Localización |
Plazo de retiro |
06/13
|
Equipos y componentes que formaron parte de la planta derivados clorados I y II (Para
desmantelar) VPV: |
2 Lotes
|
C.P. Pajaritos, Coatzacoalcos, Ver.
|
220 días hábiles
|
La verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan los bienes del 21 de diciembre de 2012, al 6 de febrero de 2013, en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.
Las bases de la licitación estarán disponibles para su consulta y adquisición en la página de Pemex, a través de la ruta; http://www.pemex.com>Productos y servicios>Venta de activos improductivos, también estarán a su disposición en la “ventanilla única”, sita en Marina Nacional 329, edificio “C”, planta baja, colonia Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311, con un horario de 9:00 a 15:00 horas, previa presentación del certificado de compra de bases.
Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil bancario anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Su
costo será de $5,100.00 (cinco mil cien pesos 00/100 M.N.) IVA
incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria deberá
hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo
a nombre
de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará
el formato (Guía de Pago) que genera el sistema electrónico
en la página de Internet.
El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A., de Houston, Texas 77070 U.S.A., código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá 3 días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Para
participar en la licitación pública, es requisito
indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de
bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual
será liberado una vez que Pemex obtenga del banco la
confirmación de pago del interesado. Previo al acto de
presentación y apertura de ofertas, se llevará a cabo
una reunión de aclaraciones, la cual tendrá lugar el
día
22 de enero
de 2013, a las 11:00 horas, en las oficinas de la Subgerencia del
C.P. Pajaritos, Coatzacoalcos, Ver. El acto de presentación y
apertura de ofertas se celebrará el 7 de febrero de 2013, a
las 11:00 horas, en Bahía de San Hipólito número
56, tercer piso, colonia Verónica Anzures, Delegación
Miguel Hidalgo, código postal 11300, México, D.F. El
acto de fallo se efectuará al concluir el acto de presentación
y apertura de ofertas en el mismo lugar. La oferta deberá
estar referida a la licitación y deberá ser garantizada
mediante transferencia electrónica,
en los términos
de las bases respectivas, cuyo importe deberá ser del 10% del
monto del valor de referencia para venta.
De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor de referencia para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda.
Para mayor información favor de llamar al teléfono 1944-2500, extensiones 59360 y 59213.
México, D.F., a 21 de diciembre de 2012.
El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Lic. Juan Zuani González
Rúbrica.
(R.- 360534)
Petróleos Mexicanos
Dirección Corporativa de Administración
Subdirección de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Petróleos Mexicanos, a través de la Subdirección de Administración Patrimonial, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones públicas que se llevarán a cabo, a través del procedimiento presencial, para la enajenación onerosa de los siguientes bienes:
Licitación SUAP-M- |
Descripción general |
Valor
de referencia |
Localización unidades |
Plazo de retiro |
07/13
|
Chrysler Ram pick-up 2002 Chevrolet Silverado 2003 |
$49,900.00 M.N.
|
A.C.N. Dos Bocas, Tab. 2 |
15 días hábiles |
08/13
|
Chrysler Ram pick-up 2002 (5) Chevrolet Silverado 2006 (2) Chevrolet R15 Silverado 2002 |
$211,100.00 M.N.
|
A.C.N. Salina Cruz, Oax. 8 |
15 días hábiles |
09/13
|
Chevrolet Silverado 2004 (2) Chrysler Ram pick-up 1998 Chrysler Voyager austera 2005 |
$113,300.00 M.N.
|
A.C.N. Huimanguillo, Tab. 4 |
15 días hábiles |
10/13
|
Chevrolet Silverado 2004 Chevrolet pick-up custom 1998 |
$49,600.00 M.N.
|
A.C.N. Cadereyta, N.L. 2 |
15 días hábiles |
11/13
|
Chevrolet Silverado 2004 |
$140,000.00 M.N.
|
A.C.N. Madero, Tamps. 4 |
15 días hábiles |
12/13
|
Chevrolet Silverado 2004 Chevrolet Chevy (M) 2004 |
$54,400.00 M.N.
|
Reynosa, Tamps. 2 |
15 días hábiles |
La verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan los bienes del 21 de diciembre de 2012 al 10 de enero de 2013, en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.
Las
bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta
y adquisición en la página de Pemex,
a través
de la ruta; http://www.pemex.com>Productos y servicios >Venta
de activos improductivos,
también estarán a su
disposición en la “Ventanilla única”, sita
en Marina Nacional 329, edificio “C”, planta baja,
colonia Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo,
México, D.F., código postal 11311, con un horario de
9:00 a 15:00 horas, previa presentación del certificado de
compra de bases.
Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil bancario anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Su
costo será de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.) IVA
incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria deberá
hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo
a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará
el formato (Guía de Pago) que genera el sistema electrónico
en la página
de Internet.
El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólar de los EE.UU., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas, 77070, U.S.A., código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso la venta se suspenderá 3 días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Para participar en las licitaciones públicas, es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco la confirmación de pago del interesado.
El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 11 de enero de 2013, a las 10:00 horas, en Bahía de San Hipólito número 56, tercer piso, colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11300, México, D.F. El acto de fallo se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas en el mismo lugar.
Las ofertas podrán estar referidas a una o a varias licitaciones, debiendo presentarse de manera individual y deberán ser garantizadas mediante transferencia electrónica, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe deberá ser del 10% del monto del valor de referencia para venta.
De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor de referencia para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda.
Para mayor información favor de llamar al teléfono 1944-2500, extensiones 59360 y 59213.
México, D.F., a 21 de diciembre de 2012.
El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Lic. Juan Zuani González
Rúbrica.
(R.- 360538)
GRUPO AEROPORTUARIO DEL CENTRO NORTE, S.A.B. DE C.V.
Hago referencia a los oficios 4.1.210.-1302 al 4.1.210.-1314, de fecha 27 de noviembre de 2012, emitidos por la Dirección General de Aeronáutica Civil de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en virtud del cual se registran las tarifas específicas de Arrendamientos de Espacios para Concesionarios, Permisionarios y Operadores del Transporte Aéreo y Prestadores de Servicios Aeroportuarios y Complementarios, tarifas por Derecho de Acceso para el Servicio de Transporte Terrestre al Público y tarifas de Pensiones de Estacionamiento Privado de Vehículos, que se aplicarán a los usuarios que hagan uso de los mismos, en las concesionarias Aeropuerto de Acapulco, S.A. de C.V., Aeropuerto de Ciudad Juárez, S.A. de C.V., Aeropuerto de Chihuahua, S.A. de C.V., Aeropuerto de Culiacán, S.A. de C.V., Aeropuerto de Durango, S.A. de C.V., Aeropuerto de Mazatlán, S.A. de C.V., Aeropuerto de Monterrey, S.A. de C.V., Aeropuerto de Reynosa, S.A. de C.V., Aeropuerto de San Luis Potosí, S.A. de C.V., Aeropuerto de Tampico, S.A. de C.V., Aeropuerto de Torreón, S.A. de C.V., Aeropuerto de Zacatecas, S.A. de C.V., y Aeropuerto de Zihuatanejo, S.A. de C.V.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento de la Ley de Aeropuertos, a continuación se publican las tarifas correspondientes, mismas que están contenidas en los anexos de los oficios en referencia.
TARIFAS DE ARRENDAMIENTO PARA BIENES UBICADOS DENTRO DEL EDIFICIO TERMINAL
VIGENTES A PARTIR DE 1 ENERO 2013
Concesionarias aeropuertos de: Acapulco, Ciudad Juárez, Culiacán, Chihuahua, Durango, Monterrey, Mazatlán, Reynosa, San Luis Potosí, Tampico, Torreón, Zacatecas y Zihuatanejo |
||||
Bien |
Tipo |
Descripción |
Unidad de cobro |
Precio mensual |
Locales o espacios de venta de boletos |
A |
Local o espacio para venta de boletos ubicado en el ambulatorio del edificio terminal |
M² |
$739.60 |
B |
Local o espacio para venta de boletos con acabados ubicado en zona de documentación del edificio terminal |
M² |
$589.60 |
|
C |
Local o espacio para venta de boletos sin acabados ubicado en zona de documentación del edificio terminal |
M² |
$546.70 |
|
Locales o espacios de operaciones |
A |
Local o espacio con terminados en piso y pared; techo de plafón, cancelaría, cristalería y contactos para voz y datos |
M² |
$739.60 |
B |
Local o espacio con terminados en piso, pared de block y techo de plafón |
M² |
$589.60 |
|
C |
Local
o espacio con piso terminado, pared o división tablarroca y
techo |
M² |
$546.70 |
|
D |
Local
o espacio con firme de cemento, pared o división tablarroca
y techo |
M² |
$514.50 |
|
Almacenes,
bodegas |
A |
Terminados en piso, pared; techo de plafón |
M² |
$535.90 |
B |
Terminados en piso, pared de block o división tablarroca y techo de cemento |
M² |
$402.00 |
|
C |
Piso de concreto, pared de block o división tablarroca y techo de cemento |
M² |
$268.00 |
|
Mostradores |
A |
Mueble
destinado a documentación de pasajeros y equipaje, dotado
con dos posiciones con espacio para báscula y para
instalación de terminales |
Posición |
$3,215.50 |
|
B |
Mueble
compartible destinado a documentación de pasajeros y
equipaje, |
Posición |
$2,894.00 |
C |
Mueble destinado a documentación de pasajeros con espacio para instalación de terminal e impresora ubicado en sala de última espera |
Posición |
$2,143.70 |
|
D |
Mueble compartible ubicado en sala de última espera destinado a documentación de pasajeros de salida sin instalación para terminal e impresora fija |
Unidad/Posición |
$1,607.80 |
|
Mostradores por evento |
A |
Destinado a documentación de pasajeros de 1 a 3 horas de ocupación |
Unidad/Posición |
$214.40 |
B |
Por hora o fracción destinado a documentación de pasajeros de vuelos chárter |
Unidad/Posición |
$80.40 |
|
C |
Por hora o fracción destinado a documentación de pasajeros de vuelos de itinerario diario |
Unidad/Posición |
$42.90 |
|
D |
Por hora con equipo y sistema cute destinado a documentación de pasajeros regulares o de temporada |
Unidad/Posición |
$21.40 |
|
Espacio para documentación |
A |
Superficie para mostrador propiedad del arrendatario |
M² |
$589.60 |
Notas:
• Estas tarifas están en pesos.
• Estas tarifas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual será trasladado en los términos de la Ley de la Materia.
Bien |
Tipo |
Descripción |
Unidad de cobro |
Precio mensual |
||||
Concesionarias aeropuertos de: |
||||||||
Acapulco, Ciudad Juárez, Reynosa y Zacatecas |
Culiacán, Chihuahua, Durango, Monterrey, San Luis Potosí y Torreón |
Mazatlán |
Tampico |
Zihuatanejo |
||||
Módulos para venta de boletos de transporte terrestre |
A |
Mueble especial con ventanilla y puerta de acceso |
Módulo |
NO APLICA |
NO APLICA |
$4,126.60 |
$6,859.80 |
$6,163.10 |
B |
Mueble sencillo |
Posición |
$3,011.90 |
$3,751.40 |
$3,011.90 |
$3,011.90 |
$3,011.90 |
Notas:
• Estas tarifas están en pesos.
• Estas tarifas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual será trasladado en los términos de la Ley de la Materia.
TARIFAS DE ARRENDAMIENTO PARA BIENES UBICADOS FUERA DEL EDIFICIO TERMINAL
VIGENTES A PARTIR DE 1 ENERO 2013
Bien |
Tipo |
Descripción |
Unidad de cobro |
Precio Mensual |
||
Concesionarias Aeropuertos de: |
||||||
Acapulco, Monterrey y Zihuatanejo |
Ciudad Juárez, Chihuahua y Mazatlán |
Culiacán, Durango, Reynosa, San Luis Potosí, Tampico, Torreón y Zacatecas |
||||
Local o espacio para oficina de operaciones |
A |
Piso terminado, pared de block o estructura metálica con cubierta de loza acero, cancelería de aluminio natural y cristal claro |
M² |
$228.60 |
$182.70 |
$144.50 |
B |
Piso de concreto pulido, pared de block y loza de concreto |
M² |
$111.50 |
$89.10 |
$70.50 |
|
C |
Piso de concreto, pared de block y techo de lámina |
M² |
$74.30 |
$59.40 |
$47.10 |
|
D |
Firme de cemento, pared de lámina y techo de lámina |
M² |
$43.70 |
$34.90 |
$27.60 |
|
Almacén, bodega o taller |
A |
Terminados en piso y pared, techo de plafón |
M² |
$122.20 |
$91.10 |
$65.50 |
B |
Piso de concreto, pared de block y loza de concreto |
M² |
$61.20 |
$45.50 |
$32.70 |
|
C |
Firme de concreto, pared de block y techo de lámina |
M² |
$39.40 |
$29.40 |
$21.10 |
|
Hangar |
A |
Piso de concreto, pared de block y techo de lámina (no asbesto) |
M² |
$70.70 |
$56.50 |
$51.80 |
B |
Piso de concreto, pared de lámina y loza de lámina (no asbesto) |
M² |
$54.40 |
$43.50 |
$39.80 |
|
C |
Piso de asfalto, pared de lámina y techo de lámina asbesto |
M² |
$41.80 |
$33.50 |
$30.60 |
|
D |
Piso de terracería, pared de lámina y techo de lámina de asbesto |
M² |
$32.20 |
$25.70 |
$23.60 |
|
Plataforma |
A |
Superficie para aviones tipo "E": B747 o equivalente |
M² |
$69.70 |
$55.80 |
$48.80 |
B |
Superficie para aviones tipo "D": A300, B767 o equivalente |
M² |
$53.60 |
$42.90 |
$37.50 |
|
C |
Superficie para aviones tipo "C": A320, B737 o guarda de equipo de apoyo en tierra |
M² |
$34.80 |
$27.90 |
$24.40 |
|
D |
Superficie para aviones tipo "B": ERJ145, CRJ200 o guarda de equipo de apoyo en tierra |
M² |
$26.80 |
$21.40 |
$18.70 |
|
Terrenos |
A |
Superficie asfaltada |
M² |
$42.70 |
$36.70 |
$30.00 |
B |
Superficie con grava |
M² |
$32.80 |
$28.20 |
$23.10 |
|
C |
Superficie natural con acceso a vialidades |
M² |
$27.40 |
$23.50 |
$19.20 |
|
D |
Superficie natural sin acceso a vialidades |
M² |
$19.90 |
$17.00 |
$13.90 |
Notas:
• Estas tarifas están en pesos.
• Estas tarifas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual será trasladado en los términos de la Ley de la Materia.
TARIFAS POR DERECHO DE ACCESO A LOS VEHICULOS DEL
SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE AL PUBLICO PERMANENTE
VIGENTES A PARTIR DE 1 ENERO 2013
Concesionaria |
Precio mensual por unidad |
|||
Automóvil o Similar |
Vagoneta o Similar |
Microbús |
Autobús |
|
Aeropuerto de Acapulco |
$1,831.20 |
$2,817.00 |
$3,521.30 |
$7,042.60 |
Aeropuerto de Ciudad Juárez |
$1,549.90 |
$2,254.10 |
$2,817.00 |
$5,634.10 |
Aeropuerto de Culiacán |
$1,691.10 |
$2,535.40 |
$3,239.90 |
$6,338.30 |
Aeropuerto de Chihuahua |
$1,691.10 |
$2,535.40 |
$3,239.90 |
$6,338.30 |
Aeropuerto de Durango |
$1,127.20 |
$1,549.90 |
$1,972.80 |
$3,944.20 |
Aeropuerto de Monterrey |
$2,112.80 |
$3,099.90 |
$3,944.20 |
$7,888.20 |
Aeropuerto de Mazatlán |
$1,831.20 |
$2,817.00 |
$3,521.30 |
$7,042.60 |
Aeropuerto de Reynosa |
$987.00 |
$1,408.50 |
$1,831.20 |
$3,521.30 |
Aeropuerto de San Luis Potosí |
$1,408.50 |
$2,112.80 |
$2,677.00 |
$5,352.50 |
Aeropuerto de Tampico |
$1,549.90 |
$2,254.10 |
$2,817.00 |
$5,634.10 |
Aeropuerto de Torreón |
$1,972.80 |
$2,958.30 |
$3,804.00 |
$7,606.70 |
Aeropuerto de Zacatecas |
$1,549.90 |
$2,254.10 |
$2,817.00 |
$5,634.10 |
Aeropuerto de Zihuatanejo |
$1,831.20 |
$2,817.00 |
$3,521.30 |
$7,042.60 |
Notas:
• Estas tarifas están en pesos.
• Estas tarifas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual será trasladado en los términos de la Ley de la Materia.
TARIFAS POR DERECHO DE ACCESO A LOS VEHICULOS DEL
SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE AL PUBLICO NO PERMANENTE
VIGENTES A PARTIR DE 1 ENERO 2013
Concesionaria |
Precio por unidad por evento |
|||
Pasajeros y turismo |
Carga (zona restringida) |
|||
Vagoneta o similar |
Autobús |
Camioneta o camión (hasta 8 toneladas) |
Tráiler o camión (más de 8 toneladas) |
|
Aeropuerto de Acapulco |
$212.30 |
$324.20 |
$212.30 |
$324.20 |
Aeropuerto de Ciudad Juárez |
$183.90 |
$310.70 |
$183.90 |
$310.70 |
Aeropuerto de Culiacán |
$183.90 |
$310.70 |
$183.90 |
$310.70 |
Aeropuerto de Chihuahua |
$183.90 |
$310.70 |
$183.90 |
$310.70 |
Aeropuerto de Durango |
$183.90 |
$310.70 |
$183.90 |
$310.70 |
Aeropuerto de Monterrey |
$254.70 |
$423.00 |
$254.70 |
$423.00 |
Aeropuerto de Mazatlán |
$212.30 |
$324.20 |
$212.30 |
$324.20 |
Aeropuerto de Reynosa |
$183.90 |
$310.70 |
$183.90 |
$310.70 |
Aeropuerto de San Luis Potosí |
$183.90 |
$310.70 |
$183.90 |
$310.70 |
Aeropuerto de Tampico |
$183.90 |
$310.70 |
$183.90 |
$310.70 |
Aeropuerto de Torreón |
$183.90 |
$310.70 |
$183.90 |
$310.70 |
Aeropuerto de Zacatecas |
$183.90 |
$310.70 |
$183.90 |
$310.70 |
Aeropuerto de Zihuatanejo |
$212.30 |
$324.20 |
$212.30 |
$324.20 |
Notas:
• Estas Tarifas están en pesos.
• Estas tarifas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual será trasladado en los términos de la Ley de la Materia.
TARIFAS DE PENSION DE ESTACIONAMIENTO PRIVADO DE VEHICULOS
VIGENTES A PARTIR DE 1 ENERO 2013
Concesionaria |
Precio mensual por vehículo |
||
Clase “A” |
Clase “B” |
Clase “C” |
|
Aeropuerto de Acapulco |
$745.69 |
$497.41 |
$186.21 |
Aeropuerto de Ciudad Juárez |
$745.05 |
$497.30 |
$186.49 |
Aeropuerto de Culiacán |
$745.69 |
$497.41 |
$186.21 |
Aeropuerto de Chihuahua |
$745.69 |
$497.41 |
$186.21 |
Aeropuerto de Durango |
$745.69 |
$497.41 |
$186.21 |
Aeropuerto de Monterrey |
$931.03 |
$745.69 |
$311.21 |
Aeropuerto de Mazatlán |
$745.69 |
$497.41 |
$186.21 |
Aeropuerto de Reynosa |
$745.05 |
$497.30 |
$186.49 |
Aeropuerto de San Luis Potosí |
$745.69 |
$497.41 |
$186.21 |
Aeropuerto de Tampico |
$745.69 |
$497.41 |
$186.21 |
Aeropuerto de Torreón |
$745.69 |
$497.41 |
$186.21 |
Aeropuerto de Zacatecas |
$745.69 |
$497.41 |
$186.21 |
Aeropuerto de Zihuatanejo |
$745.69 |
$497.41 |
$186.21 |
Notas:
• Clase “A”.- Son superficies asfaltadas con cajones numerados, señalización y vialidades internas, iluminación, caseta o pluma de acceso y con ubicación cercana a las instalaciones aeroportuarias. Los cajones se asignan dando preferencia a tripulaciones y sobrecargos, y de acuerdo con la capacidad instalada se ofrecen a cualquier empleado de la comunidad aeroportuaria por antigüedad de solicitudes.
• Clase “B”.- Son superficies similares a las de clase “A” pero más alejadas y cuando las distancias lo justifican, se cuenta con circuito de transporte interno. Los cajones se asignan de acuerdo con la capacidad instalada por antigüedad de solicitudes.
• Clase
“C”.- Son superficies de terreno con graba y el acceso se
asigna a empleados del aeropuerto y vehículos oficiales de
autoridades por antigüedad
de solicitudes.
• Estas tarifas están en pesos.
• Estas tarifas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual será trasladado en los términos de la Ley de la Materia.
Atentamente
San Pedro Garza García, N.L., a 10 de diciembre de 2012.
Representante Legal
Ing. Porfirio González Alvarez
Rúbrica.
(R.- 360494)