Jueves
2 de febrero de 2012 DIARIO
OFICIAL (Tercera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de México
con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl
EDICTO
PARA CONVOCAR POSTORES A REMATE.
En
los autos del expediente 60/2010-VI relativo al juicio ejecutivo
mercantil promovido por Juan Gayosso Chávez en contra de Simón
Bravo Rodríguez, el Juez Quinto de Distrito en el Estado de
México,
con residencia en Nezahualcóyotl, con fecha
veintinueve de noviembre de dos mil once, acordó que con
fundamento en los artículos 1411 y 1412 del Código de
Comercio, se saque a remate en primera almoneda,
el bien mueble
embargado en autos, consistente en una camioneta Eurovan, blanca, con
número de serie WV1EJ07083H012272; sirviendo de base para el
remate la cantidad de $45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100
M.N.), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de
dicha cantidad, señalándose para el remate las DIEZ
HORAS CON CINCO MINUTOS DEL DIECISEIS DE FEBRERO
DE DOS MIL DOCE,
con fundamento en los artículos 474 y 475 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al
Código de Comercio, convóquense postores por medio de
edictos que deberán publicarse por tres veces dentro de tres
días, en el Diario Oficial de la Federación y en la
tabla de avisos o puerta de este juzgado federal.
Ciudad Nezahualcóyotl, Edo. de Méx., a 23 de enero de 2012.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el
Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl
Lic. Ana Luisa Cortés Narváez
Rúbrica.
(R.- 340708)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento Tercero Perjudicado.
DAVID LOPEZ MARTINEZ
En el juicio de amparo 2527/2011, promovido por MARIA GUADALUPE GARCIA CASARRUBIAS, contra el acto de la Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, consistente en la omisión de dictar laudo en el expediente laboral 96/2011, fue señalado como tercero perjudicado en proveído de catorce de octubre de dos mil once y al desconocerse su domicilio en diverso de catorce de diciembre del mismo año, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, por tanto se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
México, D.F., a 19 de enero de 2012.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Antonio Hernández García
Rúbrica.
(R.- 340821)
Estado de México
Poder Judicial
Primera Sala Civil
Texcoco
EDICTO
Emplazamiento a la tercero perjudicada PROMOTORA HABITACIONAL SAN JUAN DE ARAGON, S.A. HACIENDOSELE SEBAER QUE;
SAMUEL GONZALEZ TREJO Y ROSA MARIA BALDERAS MOSQUEDA. Promovieron Juicio de amparo directo civil, ante el Tribunal Colegiado del Segundo Circuito con sede en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, por conducto de esta Sala Civil de Texcoco, y por desconocerse su domicilio en el toca número 600/2011, se dictó auto de fecha doce de diciembre de dos mil once, en el que se ordena el emplazamiento por edictos, se le hace saber a la referida tercero perjudicada, que deberá presentarse a deducir sus derechos ante el Tribunal Colegiado del conocimiento, dentro del término de treinta días contados del día siguiente al de la última publicación, se fijó en la puerta de la Primera Sala Civil de Texcoco, copia de esta resolución por todo el tiempo que dure el emplazamiento, quedando a su disposición, copia simple de la demanda de garantías. Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se expide el veintiuno de diciembre de dos mil once.
Secretario de Acuerdos de la
Primera Sala Colegiada Civil de Texcoco
Lic. Iliana Justiniano Oseguera
Rúbrica.
(R.- 340164)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO DECIMO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL.
En los autos del juicio de amparo 537/2011-V-M, promovido por Fernando Olguín Lojero, contra actos del Subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y otras autoridades, se ordenó emplazar por edictos a los terceros perjudicados JESUS HERNANDEZ OLVERA Y ANTONIO HUERTA PSIHAS, y se le concede un término de 30 días contados a partir de la última publicación para que comparezcan a juicio a deducir sus derechos y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se les practicarán por medio de lista.
Atentamente
México, D.F., a 16 de enero de 2012.
La Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
María del Socorro Castillo Sánchez
Rúbrica.
(R.- 340523)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el D.F.
EDICTO
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. Veintiocho de diciembre dos mil once.
TERCERO PERJUDICADO: Desarrolladora Metropolitana Sociedad Anónima de Capital Variable
EXPEDIENTE
JUICIO DE AMPARO NUMERO 867/2011-II, promovido por Erika Haydde
Montiel de la Barrera por conducto de su apoderada legal Gloria Emma
de la Barrera Villagrán contra actos del Juez Vigésimo
Tercero de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal: Acto Reclamado: la sentencia interlocutoria de diecinueve de
septiembre de dos mil once, dictada en el juicio ejecutivo mercantil
1034/2008 que declaró infundado el recurso de revocación
promovido por la quejosa en contra del auto de dieciséis de
agosto de dos mil once; con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 30, fracción II, de la
Ley de Amparo y 315
del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria de la Ley de Amparo, se ordena emplazar a juicio a la
tercera perjudicada Desarrolladora Metropolitana Sociedad Anónima
de Capital Variable, por medio de edictos que serán publicados
por tres veces de siete en siete días,
en uno de los
periódicos de mayor circulación de la República,
así como en el Diario Oficial de la Federación, a fin
de que comparezcan a deducir sus derechos en el término de
treinta días contados a partir del día siguiente en que
se efectúe la última publicación, quedando a su
disposición en la Secretaría de éste Juzgado
copia simple del escrito inicial de demanda, y los autos del citado
juicio de amparo para que puedan imponerse de su contenido,
apercibida que en caso de no apersonarse a este juicio de amparo, las
posteriores notificaciones se les harán por medio de lista,
con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28, fracción
III, de la Ley de Amparo.
México, D.F., a 28 de diciembre de 2011.
El
Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de Distrito
en Materia
Civil en el Distrito Federal
Lic. César Martínez Uribe
Rúbrica.
(R.- 340131)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
LEOPOLODO LA RUBIA DE PRADO
En
los autos del juicio de amparo número 930/2011-V, promovido
por ANA LAURA MARTINEZ NOVELO, PROMOVIENDO POR SU PROPIO DERECHO Y EN
REPRESENTACION DE SU MENOR HIJA ANA MANUELA LA RUBIA MARTINEZ, contra
actos del Juez Tercero de lo Familiar en el Distrito Federal,
radicado en este Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil, en esta
capital; al ser señalado como tercero perjudicado y
desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción
II, del artículo 30 la Ley de Amparo,
se ordena su
emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se
publicarán por tres veces de siete en siete días, en el
Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación de la Republica, se hace de su
conocimiento que en la Secretaría de Acuerdos de este
tribunal, queda a su disposición copia simple de la demanda de
amparo, y que cuenta con un término de treinta días,
contados
a partir de la última publicación de tales
edictos para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos
Atentamente
México, D.F., a 23 de enero de 2012.
La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Itzell Adelina Martínez Martínez
Rúbrica.
(R.- 340829)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito
Tepic, Nayarit
EDICTO
Fabricio Martínez Zamorano, en su carácter de tercero perjudicado.
En
los autos de juicio de amparo directo 622/2011, promovido por Eduardo
Aguayo Jiménez, contra actos de la Sala Civil del Tribunal
Superior de Justicia del Estado de Nayarit, radicado en este Primer
Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, al ser
señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio
actual, con fundamento en la fracción II del artículo
30 de la Ley de Amparo, se ordena
su emplazamiento al juicio de
mérito por edictos, los que se publicarán por tres
veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la
Federación, se hace de su conocimiento que en la Secretaría
de Acuerdos de este Tribunal, queda a su disposición copia
simple de la demanda de amparo y que cuenta con término de 30
días, contados a partir de la última publicación,
de tales edictos para que ocurra al Tribunal Colegiado a hacer valer
sus derechos.
Atentamente
Tepic, Nay., a 28 de noviembre de 2011.
El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado
del Vigésimo Cuarto Circuito en el Estado de Nayarit
Lic. Jaime Salomón Haríz Piña
Rúbrica.
(R.- 341009)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
Carlos Ignacio Zaldívar Ugalde, tercero perjudicado en el amparo 1184/2011, se ordenó emplazarlo a juicio acorde al artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a dicha ley, y se hace de su conocimiento que Alejandra Margarita Pozos Lorenzzini, por propio derecho y en representación de la menor María Alessandra Zaldívar Pozos, interpuso demanda de amparo contra actos del Juez Tercero de lo Familiar del Distrito Judicial de Puebla y otra, mismos que hace consistir en la notificación realizada en los autos del expediente 1178/2009, y la resolución de siete de abril de dos mil once. Se le previene para que se presente al juicio dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, ya que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones se le harán mediante lista que se publique en los estrados de este juzgado; queda a su disposición en la secretaría copia simple de la demanda. Publíquese en cualquier periódico de mayor circulación en la República Mexicana y en el Diario Oficial de la Federación, por tres veces consecutivas de siete en siete días.
San Andrés Cholula, Pue., a 14 de diciembre de 2011.
La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Catalina Alvarez Ramales
Rúbrica.
(R.- 341013)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Aguascalientes, Ags.
EDICTO
JORGE PADILLA WALDO. En el juicio de amparo número 1388/2011-VI, promovido por Jessica Fernanda Padilla Sevilla por conducto de su tutor especial contra los actos del Juez Tercero de lo Familiar del Estado que a continuación se transcriben: “el acuerdo de fecha treinta de agosto del año 2011, en el sentido del desechamiento de la apelación interpuesta por mi parte en relación a la no admisión de la prueba testimonial igualmente ofrecida por mi parte aun y cuando se trata de un derecho de la menor y que por razón de la materia es obligación de la responsable aplicar la suplencia de la deficiencia de la queja”; se le señaló como tercero perjudicado, ordenándose su emplazamiento por este conducto. Haciéndosele saber que la audiencia constitucional se señaló para las nueve horas con diez minutos del diecinueve de diciembre de dos mil once. Queda en la secretaría del juzgado a su disposición copia de la demanda de garantías, en el plazo de treinta días naturales después de la última publicación; apercibido que de no comparecer, se le tendrá por emplazado y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por lista de acuerdos que se publique en los estrados de este Juzgado.
Aguascalientes, Ags., a 1 de diciembre de 2011.
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Aguascalientes
Luis Neri Alcocer
Rúbrica.
(R.- 341015)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
D.A.592/2011
J.A.211/2006
R.R.511/2010-41
Quejoso: Ejido La Zanja Acapulco Guerrero
EDICTO
QUEJOSO: EJIDO LA ZANJA ACAPULCO DE JUAREZ GUERRERO.
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO.
TERCERO PERJUDICADA: PLAYA HERMOSA DE ACAPULCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
A
PLAYA HERMOSA DE ACAPULCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
quien tiene el carácter de tercero perjudicada, en términos
del artículo 5, fracción III, inciso C), de la Ley de
Amparo, se le hace saber: Que en los autos del juicio de Amparo
592/2011, promovido por Raymundo Nogueda Analco, Fermina Analco
Chupin, Moisés Ozuna Cortes y Manuel Martínez Solís,
apoderado Presidente, Secretario y Tesorero, respectivamente, del
EJIDO LA ZANJA ACAPULCO DE JUAREZ GUERRERO, contra actos del Tribunal
Superior Agrario, radicado en este Décimo Segundo Tribunal
Colegiado en Materia Administrativa
del Primer Circuito, se
encuentra señalado como acto reclamado en específico:
la sentencia de veinticuatro de febrero de dos mil once, dictada en
el recurso de revisión R.R. 511/2010-41, del índice del
citado Tribunal.
Por auto de quince de agosto de dos mil once, se
admitió a trámite la demanda de garantías
precisada, asimismo, en el auto de admisión se tuvo como
tercera perjudicada a PLAYA HERMOSA DE ACAPULCO, sociedad anónima
de capital variable, del cual, se desconoce su domicilio actual;
independientemente de las investigaciones que se han realizado por lo
que mediante proveído de fecha cinco de octubre de dos mil
once, se ha ordenado emplazarla por edictos, los cuales deberán
publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el
Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación nacional, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 315, del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la
materia y 30, fracción II, de la Ley de Amparo. Se hace saber
a PLAYA DE HERMOSA DE ACAPULCO, sociedad anónima de capital
variable, que queda a su disposición en la Secretaria de
Acuerdos de este Tribunal Colegiado, cito en Avenida Periférico
número 2321, colonia Tlacopac, San Angel, codigo postal 01760,
Delegación Alvaro Obregón, copia simple de la demanda
de garantías y para su consulta el expediente citado; en la
inteligencia de que a partir de la última publicación
de este edicto en esos órganos
de información, tiene
treinta días para que comparezca ante en este Décimo
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer
Circuito, a deducir lo que a su derecho convenga, apercibido que sí
transcurrido ese término no comparece por sí o a través
de su representante, las subsecuentes notificaciones aun las de
carácter personal se harán por lista que se fijará
en los estrados de este Tribunal Colegiado.
México, D.F., a 6 de enero de 2012.
El
Magistrado Presidente del Décimo Segundo Tribunal Colegiado
en
Materia Administrativa del Primer Circuito
Lic. Eugenio Reyes Contreras
Rúbrica.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Fabiola Miroslava Bernal Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 340355)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en
Materias de Amparo y de Juicios Civiles
Federales en el Estado de México
EDICTO
Esteban Zurita Abarca. Kissi Dolores Martínez Reyes. Laura Bastida Bueno. Iliana Vázquez Lobera. Angélica Medina. María Bueno de Bautista.
Mediante proveído dictado el veintinueve de diciembre de dos mil once, en el juicio de amparo indirecto 792/2011-VI, promovido por Banco Interacciones Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Interacciones, por conducto de sus apoderados Jaime Javier Esquer Ruiz y Jesús Sergio Moreno González, contra la diligencia de embargo de treinta y uno de enero de dos mil ocho y su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial de Tenencingo, Estado de México, derivado del juicio laboral J4./423/2007, del índice de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca, Estado de México, así como la falta de cumplimiento al laudo emitido en dicho juicio.
Se ordenó su emplazamiento mediante edictos con el objeto de que sí a su interés conviene se apersonen al juicio citado, en su carácter de terceros perjudicados.
En el entendido de que se deberán presentar en el local de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México, sito en avenida Sor Juana Inés de la Cruz Trescientos Dos, colonia Centro, Toluca, Estado de México, código postal 50000, primer piso, en el plazo de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, se hace de su conocimiento que se señalaron las diez horas con treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil doce, para la audiencia constitucional y queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo en la Secretaría VI de este Juzgado.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana. Toluca, Estado de México, a veintinueve de diciembre de dos mil once. Doy fe.
El
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo
y
de Juicios Civiles Federales en el Estado de México
Humberto Gómez Ortiz
Rúbrica.
(R.- 340147)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado de lo Civil
Teziutlán, Pue.
Diligenciario
EDICTO
CONVOQUESE
POSTORES PRIMERA PUBLICA ALMONEDA, REMATE DEL BIEN INMUEBLE QUE LE
CORRESPONDE AL SEÑOR: MIGUEL ANGEL MORONI LEON, RESPECTO DEL
RESTO DEL PREDIO CON CONSTRUCCION UBICADO EN SECCION PRIMERA DEL
MUNICIPIO DE ATEMPAN, PUEBLA, CON MEDIDAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
AL NORTE MIDE: 45 METROS, LINDA CON PROPIEDAD DEL SR. SANTIAGO PARRA.
AL SUR MIDE: 45 METROS, LINDA CON FRACCION VENDIDA. AL ORIENTE MIDE:
61 METROS, LINDA CON PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO Y CALLE DE POR MEDIO.
AL PONIENTE MIDE: 62.20 METROS, LINDA CON PROPIEDAD DE LA SRA.
FELICITAS PERDOMO AGUILAR Y CON FRACCION VENDIDA. INSCRITO EN
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DE TLATLAUQUITEPEC, PUEBLA, BAJO
PARTIDA (400) FOJAS (157), TOMO (17BIS) LIBRO ( I ) DE FECHA
9 DE
DICIEMBRE DE 1982. POSTURA LEGAL LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO
DE AVALUO, SIENDO LA CANTIDAD DE: $ 673,600.00 (SEISCIENTOS SETENTA Y
TRES MIL SEISCIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), VENCIENDO
TERMINO LEGAL PARA OFRECER POSTURAS Y PUJAS, A LAS DIEZ HORAS CON
CERO MINUTOS DEL DIA VEINTINUEVE DE FEBRERO DEL DOS MIL DOCE. FECHA
DE LA AUDIENCIA DE REMATE. EXPEDIENTE 418/2009, JUICIO EJECUTIVO
MERCANTIL, PROMOVIDO POR SALVADOR BRIONES VAZQUEZ, EN CONTRA DE
MIGUEL ANGEL MORONI LEON E ILIANA DEL CARMEN SANCHEZ ALVARADO,
EXPEDIENTE A SU DISPOSICION EN SECRETARIA.
Para publicarse por tres veces dentro del término de nueve días en tabla de avisos de éste Juzgado, en la Tabla de Avisos del Juzgado de Tlatlauquitepec, Puebla y en el Diario Oficial de la Federación.
Teziutlán, Pue., a 8 de diciembre de 2011.
El Diligenciario
Lic. Enrique Gómez García
Rúbrica.
(R.- 340394)
Estados Unidos Mexicanos
Estado Libre y Soberano de Puebla
Tribunal Superior de Justicia
Primera Sala
EDICTO
SE ORDENA EMPLAZAR A EMILIO TRINIDAD ARCE ARCE Y GENARO LEZAMA SANCHEZ DISPOSICION MAGISTRADOS INTEGRAN PRIMERA SALA EN MATERIA CIVIL DEL HONORABLE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO. AUTO DE FECHA CINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DOCE, TOCA NUMERO 642/11, ORDENA EMPLAZAR A TERCEROS PERJUDICADOS EMILIO TRINIDAD ARCE ARCE Y GENARO LEZAMA SANCHEZ PARA QUE EN TREINTA DIAS SIGUIENTES ULTIMA PUBLICACION COMPAREZCAN ANTE EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO EN TURNO A DEFENDER SUS DERECHOS DENTRO DEL AMPARO PROMOVIDO POR RENE MALPICA DAVILA. ACTO RECLAMADO EJECUTORIA DE FECHA DIECIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL ONCE, DICTADA POR ESTA SALA CIVIL, EN LA QUE SE REVOCO EL FALLO ALZADO RELATIVO AL JUICIO DE NULIDAD DE ESCRITURA PUBLICA DE LOS AUTOS DE ORIGEN 446/08 RADICADO EN JUZGADO NOVENO CIVIL, PROMOVIDO POR RENE MALPICA DAVILA EN CONTRA DE MARIA DEL ROCIO GUADALUPE VICENTE CABRERA Y OTROS. ACTO RECLAMADO SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA Y EL CUMPLIMIENTO QUE SE LE PRETENDE DAR A LA MISMA, ALEGANDO QUE VIOLAN GARANTIAS INDIVIDUALES PREVISTAS EN LOS ARTICULO 14 Y 16 DE LA CONSTITUCION GENERAL DE LA REPUBLICA Y DISPOSICIONES SECUNDARIAS DEL CODIGO CIVIL COMO DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES AMBOS DEL ESTADO DE PUEBLA, SOSTENIENDO LA RESPONSABLE QUE RENE MALPICA DAVILA PROVO PARCIALMENTE SU ACCION YA QUE TODO DEBE CONTRAERSE A LA SUPUESTA BUENA FE DE LOS ADQUIRENTES Y ES EVIDENTE LO CONTRARIO YA QUE HAY MALA FE DE MARIA DEL ROCIO GUADALUPE VICENTE CABRERA Y CARLOS LOPEZ CADENA. COMO SE DEDUCE DE LA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO QUE PROMUEVE EL QUEJOSO, DONDE SOLICITA LA PROTECCION DE LA JUSTICIA DE LA UNION. COPIAS DE TRASLADO EN LA OFICIALIA DE PARTES DE ESTA SALA CIVIL.
PUBLIQUESE.- Tres veces de siete en siete días en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN EL PERIODICO EL UNIVERSAL
Puebla, Pue., a 13 de enero de 2012.
El Diligenciario Par
Lic. José Ariel Isauro Quintero Cabrera
Rúbrica.
(R.- 340447)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Menor Mixto
Secretaría
Uriangato, Gto.
EDICTO
Por éste publicarse por tres veces, dentro del plazo de nueve días hábiles, tanto en el Diario Oficial de la Federación como en la Tabla de Avisos de éste Juzgado; anúnciese remate en Primer Almoneda dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número 267/08-M, promovido por el C. JUAN MANUEL CASTRO PEREZ, por su propio derecho, en contra de MANUEL EUSTOLIO MORALES, sobre PAGO DE PESOS, siendo el siguiente bien inmueble:
1. Lote zona 01 en ejido San Miguel Uriangato III, en lote 13, manzana 09, con superficie de 98.00 metros cuadrados, que mide y linda: AL NORTE: 20.00 metros, con lote número 14; AL SUR: 20.00 metros, con la calle Plan de Iguala; AL ESTE: 4.90 metros, con lote número 12, y AL OESTE: 4.90 metros, con calle 18 de marzo. Propiedad de MANUEL EUSTOLIO MORALES.
Siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $138,000.00 (CIENTO TREINTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que fue el valor pericial asignado a tal bien raíz por el perito nombrado por la parte actora, Ingeniero Heberto Camargo Mora.
La referida Almoneda tendrá verificativo en el local de este Juzgado a las 10:00 diez horas del vigésimo día hábil siguiente al de la última publicación del edicto en el Diario Oficial de la Federación, pero en ningún caso mediarán menos de cinco días entre la aludida publicación y la Almoneda en comento.
Uriangato, Gto., a 10 de noviembre de 2011.
La Secretaria Suplente
Lic. Verónica López Alvarez
Rúbrica.
(R.- 340475)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERO PERJUDICADO: PROMOCIONES POP, SOCIEDAD CIVIL.
En los autos del juicio de amparo número 995/2011-V, promovido por Gobierno del Distrito Federal contra actos de la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y como no se conoce el domicilio cierto y actual del tercero perjudicado Promociones Pop, Sociedad Civil se ha ordenado en proveído de once de enero de dos mil doce, emplazarlo a juicio por medio de edictos, los que se publicara por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la Secretaría de este tribunal, copia simple de la demanda; asimismo se le hace saber que cuenta con el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este Juzgado Federal a hacer valer sus derechos sí a sus intereses conviniere, y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por lista de acuerdos de este órgano de control constitucional, y como esta ordenado en el proveído de quince de diciembre de dos mil once, se señalaron las once horas con treinta minutos del veinte de enero del presente año, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Atentamente
México, D.F., a 13 de enero de 2012.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Angel Jiménez Márquez
Rúbrica.
(R.- 340525)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON ESCUDO NACIONAL QUE DICE:
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL
FUNDACION CREANDO UN MUNDO NUEVO, ASOCIACION CIVIL (CENTRO DE FISCALIZACION CIUDADANA).
TERCERO PERJUDICADO EN EL PRESENTE JUICIO.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 1710/2011-II, PROMOVIDO POR SINDICATO DE TRABAJADORES PETROLEROS DE LA REPUBLICA MEXICANA, CONTRA ACTOS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE ENLACE DE PETROLEOS MEXICANOS Y OTRAS AUTORIDADES, RADICADO EN ESTE JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL, SE HA SEÑALADO A USTED COMO TERCERO PERJUDICADO Y COMO SE DESCONOCE SU DOMICILIO ACTUAL, SE HA ORDENADO EMPLAZARLO POR EDICTOS, EL CUAL SERA PUBLICADO POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION” Y EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 30, FRACCION II DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACION SUPLETORIA A LA LEY CITADA; POR TANTO SE LE HACE SABER QUE DEBERA PRESENTARSE EN EL LOCAL QUE OCUPA ESTE JUZGADO, DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION, A EFECTO DE EMPLAZARLO A JUICIO; PARA ELLO, QUEDA A SU DISPOSICION EN LA ACTUARIA DE ESTE JUZGADO COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, DEL AUTO ADMISORIO DE TRECE DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE; ASIMISMO, SE LE HACE SABER, QUE SE HAN SEÑALADO LAS NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL OCHO DE FEBRERO DEL DOS MIL DOCE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN ESTE ASUNTO.
Atentamente
Cd. de México, D.F., a 20 de enero de 2012.
Secretario
del Juzgado Tercero de Distrito en Materia
Administrativa en el
Distrito Federal
Lic. José Woodrow García Mata Frías
Rúbrica.
(R.- 340901)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. En los autos del juicio de amparo directo número DC.-5/2012, promovido por LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, POR CONDUCTO DEL AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION ADSCRITO A LA DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DE LA SUBPROCURADURIA JURIDICA Y DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, contra actos del Segundo Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito, cuyo acto reclamado deriva del toca 427/2011; y como no se conoce el domicilio cierto y actual de la tercera perjudicada LIZETH MARIA ESCALANTE RODRIGUEZ, se ha ordenado emplazarla a juicio por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Periódicos de mayor circulación en toda la República, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por lo tanto, queda a disposición de la tercera perjudicada antes mencionada, en la Secretaría de este órgano jurisdiccional, copias simples de la demanda y sus anexos; asimismo se le hace saber que cuenta con el término de treinta días que se computarán a partir del día hábil siguiente a la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este Tribunal Colegiado a hacer valer sus derechos si a su interés conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por lista de acuerdos de este Tribunal.
Atentamente
México, D.F., a 11 de enero de 2012.
Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal
Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Sergio Molina Castellanos
Rúbrica.
(R.- 340941)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito
Tijuana, B.C.
EDICTO
Emplazamiento al tercero perjudicado RAFAEL VAZQUEZ GOMEZ.
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación.
En el Juicio de Amparo 270/2011, promovido por J. JESUS GONZALEZ JIMENEZ también conocido como JESUS GONZALEZ JIMENEZ, por propio derecho, contra actos del Juez Sexto de lo Civil, Actuario adscrito al Juzgado Sexto de lo Civil y Registrador Público de la Propiedad y del Comercio, todas con residencia en esta ciudad, consistente en la falta de emplazamiento, actuaciones, diligencias, sentencia y reposición de autos obrantes en el juicio sumario civil 593/2005, en especial la diligencia de embargo practicada el veintinueve de abril de dos mil once; por auto de esta fecha, se acordó emplazar a RAFAEL VAZQUEZ GOMEZ, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION y en el PERIODICO “EXCELSIOR”, de la Ciudad de México, Distrito Federal, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días, contado a partir de la última publicación, y si pasado dicho plazo no se apersonara, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal le surtirán efectos por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito; en la inteligencia de que se han señalado las DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL VEINTISEIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE, para la celebración de la Audiencia Constitucional, en el presente asunto.
Tijuana, B.C., a 30 de agosto de 2011.
Juez Quinto de Distrito en el Estado de Baja California
Jorge Salazar Cadena
Rúbrica.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja California
Tania Guadalupe Domínguez Campaña
Rúbrica.
(R.- 341002)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia
Administrativa en el Distrito Federal
EDICTO
JUZGADO DECIMO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL
QUEJOSOS:
MULTISERVICIOS MEXICANOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
Y
OTRAS.
En los autos del Juicio de Amparo 722/2011-II, en fecha nueve de diciembre de dos mil once, se ordenó emplazar por este medio como tercero perjudicado a PUBLIWALL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE;
Para lo cual deberá publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y, 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia.
En ese orden de ideas, queda a su disposición en este Juzgado copia simple de la demanda y del proveído de treinta de junio de dos mil once, y para su consulta el expediente citado; apercibido de que a partir de la última publicación de este edicto tiene treinta días para que se presente en este Juzgado a deducir lo que a su derecho convenga, y si transcurrido ese término no comparece por sí o a través de su representante, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se harán por lista que se fijará en este Juzgado.
México, D.F., a 13 de diciembre de 2011.
La Secretaria del Juzgado
Lic. Cecilia Susana Vázquez Castillo
Rúbrica.
(R.- 341003)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
3.
Graciela Vázquez Peña, 4. María Porfiria Leticia
Flores Reyes, 8. María Eugenia Benítez García,
13.
Federico Ruíz García albacea de la sucesión de
Ceferina María Josefina Zacantl Marcos, 14. Bayron Xalteno
Mora, 16. Guadalupe Sainos Carrizales, 21. César Enrique del
Rivero Sánchez, 28. María Mercedes Ernestina Hernández
Encarnación, 30. Martina Maya Marín, 34. Rubén
Xalteno Dinorín, 40. Héctor Esteban González
Aviles, 41. Ricardo Pegueros García, 42. Alejandra Socorro
Mora Vargas, 43. María Luz Ramos Santiago, 44. Rosa María
Teresa Ramos y Sánchez, 53. Rosa María Castillo Ita,
61. Maricarmen Vasconcelos de la Llave, 73. Miguel Angel Saldívar
Ruiz, 74. María Guillermina Cabrera Hernández, 75.
Andrés Vázquez Lerdo, 77. Ivonne Flores Muñoz,
78. María Teresa Pérez Rodríguez, 79. Bernardo
Sosa Ramos, 82. María Margarita Concepción Pérez
García, 88. Tomasa de los Angeles Coyotl Lozada, 90. Jorge
Takahashi Corro, 93. Bernabé López Ortega, 98. José
Roberto Sánchez Martínez, 99. Rosa Lidia Fuentes
Orellán y 100. Jacinto Ponce Méndez, terceros
perjudicados en el juicio de amparo 1744/2010, de este juzgado Décimo
de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por Gonzalo Cerón
Gutiérrez, contra actos del Juez Tercero de lo Penal de la
ciudad de Puebla y otras autoridades; se ha ordenado emplazar por
edictos a los referidos
tercero perjudicados, que deberán
publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario
Oficial
de la Federación” y en cualquiera de los
periódicos siguientes: “Reforma”, “Excelsior”,
“El Financiero” o
“El Universal”, a
elección del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la
Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Queda a
disposición en la actuaría de este juzgado copia simple
de la demanda de garantías, haciéndoles saber que
deberán presentarse dentro del término de treinta días,
contados a partir del siguiente al de la última publicación,
y que están señaladas las diez horas con cuatro minutos
del veintiséis
de enero de dos mil doce para la celebración
de la audiencia constitucional en el presente asunto.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 15 de diciembre de 2011.
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Naela Márquez Hernández
Rúbrica.
(R.- 341008)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Quinto de Distrito en el Estado de Baja California
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO: CONSTRUCTORA Y ARRENDADORA ARCOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, TRASLADOS Y RUTAS DE MAQUINARIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y MARIA TERESA MIJARES VALLES
En el lugar donde se encuentren.
En
los autos del juicio de amparo numero 300/2011, promovido por AlDA
BERENICE MARQUEZ CURIEL, APODERADA LEGAL DE PACCAR FINANCIAL MEXICO,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO
MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, contra actos del Juez Segundo de lo
Civil, con sede en esta ciudad, mismos que se hacen consistir en: La
sentencia interlocutoria de fecha 4 de abril de 2011, dictada dentro
del expediente 1255/2009, mismo que se publicó en boletín
judicial el día 24 de marzo de 2011, surtiendo efectos la
notificación el día 8 de abril del año en curso,
toda vez que declara al resolver el recurso de revocación
promovido en contra de auto de fecha 31 de agosto de 2010, confirma
éste último ordenando quede vigente en todos sus
términos; se le emplaza a juicio y se le hace saber que deberá
comparecer ante este Juzgado Decimoquinto de Distrito del
Decimoquinto Circuito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial
de la Federación, Calle Del Hospital, número 594,
quinto piso, Centro Cívico y Comercial, de esta ciudad de
Mexicali, Baja California, código postal 21000, dentro del
término
de treinta días, contados a partir del día
siguiente al de la última publicación del presente
edicto, a efecto de hacerle entrega de la demanda y del auto de nueve
de mayo de dos mil once, por el cual se ordenó
su
emplazamiento al presente juicio y se les apercibe que en caso de no
hacerlo así se seguirá el juicio en rebeldía y
las ulteriores notificaciones, aun las que tengan carácter
personal, se le harán por medio de lista que se fija en este
juzgado; asimismo, se le hace saber que se fijaron las nueve horas
del día dieciocho
de enero de dos mil doce, para la
celebración de la audiencia constitucional.
Para
su publicación por tres veces, de siete en siete días,
en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la república.
Lo anterior en cumplimiento a lo ordenado por auto
de fecha
treinta de diciembre de dos mil once.- Conste.
Mexicali, B.C., a 30 de diciembre de 2011.
La Secretaria del Juzgado Decimoquinto de Distrito en Mexicali, Baja California
Lic. Xóchitl Hernández Farfán
Rúbrica.
(R.- 340412)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Menor Mixto
Secretaría
Uriangato, Gto.
EDICTO
Por éste publíquese por tres veces, dentro del término de nueve días, tanto en el Diario Oficial de la Federación como en la tabla de avisos de este Juzgado y en la tabla de avisos del Juzgado Unico Menor Mixto en Moroleón, Guanajuato; anunciando Remate en Primer Almoneda dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número 14/2009-M del índice de este Juzgado Unico Menor Mixto, promovido inicialmente por el Licenciado Alejandro Núñez Martínez y continuado por el Ciudadano Jesús Rodríguez Garduño, por su propio derecho, en contra de Nadia Aguilar Vieyra y/o Nadya Aguilar Vieyra, sobre pago de pesos; convocándose a postores respecto al siguiente:
Parte alícuota que le corresponde a la demandada Nadia Aguilar Vieyra y/o Nadya Aguilar Vieyra, del bien inmueble consistente en el Lote ubicado en calle Francisco Pérez Baeza sin número, en Lote 9 nueve, con superficie de 201.00 doscientos uno metros cuadrados, que mide y linda al Norte: 7.00 siete metros lineales, con la calle Alfonso Ortíz; Al Sur: 7.00 siete metros lineales, con callejón; al Oriente: 30.00 treinta metros lineales, con Lote número 8 ocho; y al Poniente: 27.50 veintisiete 50/100 metros lineales, con Lote número 10 diez. Bien raíz inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Partido Judicial de Moroleón, Guanajuato con folio real R21*7483, a nombre de José Guzmán Ibarra y Nadia Aguilar Vieyra.
Siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $108,000.00 ciento ocho mil pesos que fue el valor pericial asignado a lo embargado en autos, en el dictamen presentado el cinco de agosto del dos mil once por el Arquitecto Enrique Tinoco Ruíz.
La Almoneda en comento tendrá verificativo en el local de este Juzgado, sito calle Gerardo Pedraza número 87 de Uriangato, Guanajuato; a las diez horas del vigésimo día hábil siguiente al de la publicación del último edicto en el Diario Oficial de la Federación, pero en ningún caso mediarán menos de cinco días entre la aludida publicación y la Almoneda en comento.
Uriangato, Gto., a 9 de enero de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Unico Menor Mixto
Lic. Rosa María Vega González
Rúbrica.
(R.- 340488)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
TERCEROS PERJUDICADOS MERCOVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y JUAN PABLO GONZALEZ GUTIERREZ.
En los autos del juicio de amparo 887/2011-VII, promovido por Esteban Zárate Lowery, apoderado legal de Fianzas Asecam, sociedad anónima, Grupo Financiero Asecam, ante este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, contra actos del Instituto de la Función Registral del Estado de México Ecatepec-Coacalco, por desconocerse el domicilio de los terceros perjudicados Mercova, Sociedad Anónima de Capital Variable y Juan Pablo González Gutiérrez, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa del amparista, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de Ia Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado Federal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“lNSERTO: Se comunica a los terceros perjudicados Mercova, Sociedad Anónima de Capital Variable y Juan Pablo González Gutiérrez, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de veinticinco de julio de dos mil once, este Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por Esteban Zárate Lowery, apoderado legal de Fianzas Asecam, sociedad anónima, Grupo Financiero Asecam, correspondiéndole al número de juicio de amparo indirecto 887/2011-Vll, promovido contra actos del Instituto de la Función Registral del Estado de México Ecatepec-Coacalco, consistente en:
"IV.-
ACTO RECLAMADO: La cancelación o tildación de la
afectación en garantía por Ia cantidad de
$51 000,
000.00 de pesos, con motivo de las fianzas DFR999-003487,
DFR999-002114, DFR999-003485, DFR999-002115 y DFR999-003486
correspondiente al inmueble identificado como Fracción del
Lote ubicado en el Pueblo de Santa Clara, Municipio de Ecatepec de
Morelos, Estado de México con superficie de
4, 358.40
metros cuadrados.
Indíquese a los terceros perjudicados Mercova, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de quien legalmente Ia represente y Juan Pablo González Gutiérrez, que deberán presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de Ia última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tengan conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tienen de apersonarse al mismo si a su interés conviniere, y a su vez señalen un domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de Ia jurisdicción de este juzgado.
Apercibidos que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimiento Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se les practicarán por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado Federal, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 6 de enero de 2012.
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Samuel Enrique Madrigal Méndez
Rúbrica.
(R.- 340489)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO DECIMOTERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, A TRECE DE ENERO DE DOS MIL DOCE.
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 915/2011, PROMOVIDO POR RODOLFO
ALVARADO CAMACHO, CONTRA ACTOS DEL JUEZ, SECRETARIOS ACTUARIOS “A”
Y “B”, TODOS ADSCRITOS AL JUZGADO SEPTUAGESIMO TERCERO DE
LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y
SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, SE DICTO UN
AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR AL TERCERO PERJUDICADO LA FAMA
MONTAÑESA, SOCIEDAD ANONIMA DE COMERCIAL VARIABLE, POR MEDIO
DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS
EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN EL PERIODICO “DIARIO
DE MEXICO”, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS
DERECHOS EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS, A PARTIR DEL DIA
SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN
ESTA SECRETARIA
A SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE
GARANTIAS, APERCIBIDO QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS
ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA
FRACCION II, DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE
SEÑALARON LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL SIETE DE
FEBRERO DE DOS MIL DOCE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA
CONSTITUCIONAL, ESTO EN ACATAMIENTO AL AUTO DE DIEZ DE ENERO DEL
PRESENTE AÑO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUSCINTA DE LA
DEMANDA DE GARANTIAS, EN EL QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALO COMO
AUTORIDAD RESPONSABLE AL JUEZ, SECRETARIOS ACTUARIOS “A”
Y “B”, TODOS ADSCRITOS AL JUZGADO SEPTUAGESIMO
TERCERO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO
FEDERAL
Y SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y
COMO TERCEROS PERJUDICADOS
A BRAULIO HECTOR OCAMPO MARTINEZ Y A LA FAMA MONTAÑESA,
SOCIEDAD ANONIMA DE COMERCIAL VARIABLE, Y PRECISA COMO ACTO RECLAMADO
LA ORDEN DE LANZAMIENTO Y SU EJECUCION SOBRE EL INMUEBLE MATERIA DE
LA LITIS Y LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO.
El Secretario del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Humberto Coria Martínez
Rúbrica.
(R.- 340642)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERA PERJUDICADA:
ARIELLA ROMERO VEIT.
En los autos del juicio de amparo número 857/2011-VI promovido por Agustín Alvarado Vargas albacea de la sucesión testamentaria a bienes de Víctor Gutiérrez Romero por conducto de su apoderado legal Luis Antonio Siañez Gutiérrez, contra actos de la Décima Sala y Juez Cuadragésimo Primero, ambos de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, con fecha dos de enero del dos mil doce, se dictó un auto que ordena con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación Supletoria a la Ley de la Materia, se emplace a la tercera perjudicada ARIELLA ROMERO VEIT por medio de EDICTOS, en los términos siguientes:
Relación de la demanda de amparo:
La parte quejosa señala como actos reclamados:
“Resolución de fecha 13 de septiembre de 2011, dictada en el Toca 484/2007/3, por la H. Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, derivada del Recurso de Apelación interpuesto por el suscrito, en contra del auto de fecha 23 de junio de 2011, dictada por el C. Juez Cuadragésimo Primero de lo Civil del D.F., Juicio Ordinario Civil, en el expediente número 605/06.
En general todo acto de autoridad que me haya dejado sin posibilidad de defensa en el juicio donde emana el acto reclamado, en virtud de la indebida, e improcedente actuación de la Autoridad señalada como responsable”.
Auto admisorio:
Mediante proveído de veintisiete de octubre de dos mil once, se admitió a trámite la demanda, requiriéndose a la Sala y Juez responsables sus informes justificados, se reconoció el carácter de terceros perjudicados a Ariella Romero Veit, Aaron Lee Romero Veit y Víctor Alan Romero Veit; se dio intervención a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita señalándose fecha para la celebración de la Audiencia Constitucional la cual se difirió y por auto de veintiséis de diciembre del dos mil once se fijaron las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TRECE DE ENERO DEL AÑO EN CURSO.
Lo
anterior, se deberá publicar en el Diario Oficial de la
Federación y en el periódico “El Universal”
o “Excelsior”, así como en un lugar visible del
Juzgado en que se actúa por tres veces, de siete en siete
días, haciendo del conocimiento a dicha tercera perjudicada
ARIELLA ROMERO VEIT, que tiene el término de treinta días,
contados a partir del siguiente al de la última publicación
para comparecer a juicio, con
el apercibimiento que de no hacerlo
las subsecuentes notificaciones aún las de carácter
personal se le harán por medio de lista que se fije en este
Juzgado atento a lo preceptuado en el referido numeral 30, fracción
II de la Ley de Amparo, quedando a su disposición copia de la
demanda de garantías, del escrito aclaratorio y del auto
admisorio en el local de este Juzgado.
Atentamente
México, D.F., a 9 de enero de 2012.
La Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Arcelia Carmona Fuentes
Rúbrica.
(R.- 340820)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas,
con residencia en Tampico
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
Grecia Dennys Infante Pérez, Karla Erika Gutiérrez Avalos,
Blanca Monserrat Ortiz Torres y Valeria Rubio Rivera
(Terceros perjudicados).
Presente.
En cumplimiento al auto de seis de diciembre de dos mil once, dictado en el amparo indirecto 846/2011 y sus acumulados 1020/2011 y 1087/2011, promovido por Sergio Abraham Huerta Calles y Félix Tovar Ledesma, quienes por escritos presentados el diez de junio de dos mil once y once de agosto del año en curso respectivamente, solicitaron el amparo y la protección de la Justicia Federal contra actos de la Juez Especializada en Conductas Antisociales Cometidas por Adolescentes, con residencia en Altamira, Tamaulipas, que hicieron consistir en:
El auto de vinculación a proceso o formal prisión decretado en contra de Sergio Abraham Huerta Calles, dentro del expediente 33/2011, y el auto de vinculación a proceso o formal prisión decretado en contra de Félix Tovar Ledesma, dentro del expediente 29/2011, del índice del Juzgado Especializado en Conductas Antisociales Cometidas por Adolescentes, con residencia en Altamira, Tamaulipas.
Por razón de turno correspondió conocer de la demanda de Sergio Abraham Huerta Calles a este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con sede en esta Ciudad, por auto de catorce de junio de dos mil once, admitió a trámite la demanda de amparo; se solicitó el informe justificado correspondiente a la autoridad responsable; se dio vista al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito para los efectos de su representación; y por resoluciones de uno de septiembre y trece de octubre de dos mil once, se declararon procedentes la acumulación del juicio de amparo 1087/2011 del índice de este juzgado y 1020/2011 del índice del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con sede en esta ciudad, al diverso 846/2011 del índice de este juzgado, ambos promovidos por Félix Tovar Ledesma.
Por proveído de seis de diciembre de la presente anualidad, se señaló las diez horas con siete minutos del dos de enero de dos mil doce, para la celebración de la audiencia constitucional.
Tomando en consideración que fue agotado el procedimiento marcado por la ley, para emplazar a la parte tercero perjudicada Grecia Dennys Infante Pérez, Karla Erika Gutiérrez Avalos, Blanca Monserrat Ortiz Torres y Valeria Rubio Rivera, el seis de diciembre de dos mil once, se ordenó emplazar a juicio a dichos terceros por edictos, los que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República; que deberán ser publicados a costa del Consejo de la Judicatura Federal; contendrá una relación breve de la demanda de garantías, del auto admisorio, del proveído de seis de diciembre de la presente anualidad, haciéndoles de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito, quedarán a su disposición, copia simple de la demanda de garantías, de las actuaciones señaladas; deberán presentarse al juicio dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos, apercibidas que, si no comparecen, se continuará el juicio y por su incomparecencia se les harán las posteriores notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de lista que se publique en los estrados de este Organo de Control Constitucional; fíjese en la puerta del juzgado copia íntegra del edicto, durante todo el tiempo del emplazamiento…”
Atentamente
Tampico, Tamps., a 23 de diciembre de 2011.
La Secretaria del Juzgado Décimo de
Distrito en el Estado de Tamaulipas
Lic. Ma. de Lourdes Reséndiz Balderas
Rúbrica.
(R.- 341017)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Vigésimo Noveno de lo Civil
AVISO DE CONVOCATORIA
SE CONVOCA A ASAMBLEAS TANTO EXTRAORDINARIA COMO ORDINARIA, RESPECTO DE LA MORAL DENOMINADA APLICACIONES ALIMENTARIAS, S.A.
En los autos de PROCEDIMIENTO ESPECIAL MERCANTIL, promovido por SAVOIR GARCIA YVES ALEXANDRE Y SAVOIR GARCIA GUY JEAN LEON, el Ciudadano Juez Vigésimo Noveno de lo Civil, ordenó CONVOCAR A ASAMBLEAS TANTO EXTRAORDINARIA COMO ORDINARIA, RESPECTO DE LA MORAL DENOMINADA APLICACIONES ALIMENTARIAS, S.A.
MEXICO, DISTRITO FEDERAL A TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
“Se
hace del conocimiento de las partes que el Tribunal Superior de
Justicia del Distrito Federal, motivado por el interés de que
las personas que tienen algún litigio cuenten con otra opción
para resolver su conflicto, ha implementado -como forma alternativa
de solución de controversias- la Mediación, creando al
efecto el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de
Justicia del Distrito Federal, ubicado en Río Lerma, número
62, 2o. Piso, Colonia y Delegación Cuauhtémoc, D.F.,
Código Postal 06500, con los teléfonos
52 07 25 84 y
52 08 33 49, donde se les atenderá en forma gratuita.
Lo anterior con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2, 5, 6, párrafos primero y segundo y 9 fracción VII de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal.”
Con el escrito de cuenta, un juego de copias certificadas de constancias de libro de registro de accionistas “Aplicaciones Alimenticias, S.A.”, un juego de copias certificadas del testimonio de escritura número veinticuatro mil ochenta y dos en el que consta la constitución de la moral “Aplicaciones Alimenticias, S.A.” “Aplicaciones Alimenticias, S.A.”, y un instrumento notarial número treinta y siete mil veintiséis en el que consta notificación y requerimiento, que al mismo acompaña y se ordena guardar dichos documento base de la acción en el seguro del Juzgado. Fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número 66/2012, como corresponde. Se tienen por presentados a SAVOIR GARCIA YVES ALEXANDRE y SAVOIR GARCIA GUY JEAN LEON, quienes promueven por su propio derecho y en su carácter de accionistas de la sociedad denominada APLICACIONES ALIMENTARIAS, S.A., atendiendo a la copia certificada del instrumento notarial número veinticuatro mil ochenta y dos que exhibe. Téngase por señalado el domicilio que indican para oír, recibir notificaciones para los mismos fines. Respecto a la autorización que solicita de los profesionistas que refiere, con fundamento en lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio, dígase a la parte actora que una vez que dichas personas registren su cédula en el libro que para tal efecto lleva este Juzgado y la exhiban en la primera diligencia en la que intervengan se acordara lo que en derecho corresponda. Y como lo solicitan, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 184, 186, y 187, de la Ley General de Sociedades Mercantiles SE CONVOCA A ASAMBLEAS TANTO EXTRAORDINARIA COMO ORDINARIA, respecto de la moral denominada APLICACIONES ALIMENTARIAS, S.A., mismas que tendrán verificativo el día VEINTITRES DE FEBRERO DEL DOS MIL DOCE A LAS DIEZ HORAS, en el domicilio de dicha sociedad, sito en; Heriberto Frías 1035, Colonia del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P. 03100, en México, Distrito Federal, bajo el tenor del siguiente orden del día:
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
Propuesta, discusión y en su caso, aprobación para que la Sociedad adopte el régimen de “capital variable”, y para que lleve a cabo una modificación integral de los estatutos sociales de la Sociedad. Resoluciones al respecto.
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
Propuesta, discusión y en su caso aprobación de la propuesta para ratificar y/o nombrar a los miembros del órgano de administración y vigilancia de la Sociedad, así como para designar al Comité de Autorización previsto en los estatutos sociales. Resoluciones al respecto. Propuesta, discusión, y en su caso, aprobación del informe a que se refiere el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles correspondiente a los ejercicios sociales 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010. Resoluciones al respecto. Propuesta, discusión y en su caso, aprobación para revocar y otorgar poderes por parte de la Sociedad. Resoluciones al respecto. Designación de delegados especiales para formalizar y ejecutar, en su caso, las resoluciones adoptadas por la Asamblea General Extraordinaria y Ordinaria. Resoluciones al respecto. La convocatoria de asambleas que antecede debe publicarse como aviso en el periódico EL UNIVERSAL, así como en el DIARIO OFICIAL, debiendo exhibir las constancias respectivas de tales publicaciones, para los efectos legales a que haya lugar. Y a efecto de dar cumplimiento al segundo párrafo del artículo 39 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día veintiocho de marzo del año dos mil ocho, por lo que requiérase a las partes en el presente asunto, para que en el término de TRES DIAS, manifieste de manera expresa el derecho que le asiste para oponerse, en relación con terceros, a la publicación de sus datos personales, al hacerse pública la sentencia, en el entendido de que la omisión a desahogar dicho requerimiento, constituirá su negativa para que dicha información sea pública. Asimismo con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28 del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, se pone en conocimiento de las partes que, una vez que concluya el asunto, se procederá a la destrucción del mismo, en el término que señala el tercer párrafo del presente artículo, que a la letra dice. “Las partes interesadas que hayan presentado pruebas, muestras y documentos en los juicios ya concluidos y se ordene su destrucción deberán acudir al Juzgado en el que se radicó el juicio a solicitar la devolución de sus documentos, dentro del término de seis meses contados a partir de la respectiva notificación.” NOTIFIQUESE. LO PROVEYO Y FIRMA EL C. JUEZ VIGESIMO NOVENO DE LO CIVIL, ante el C. Secretario de Acuerdos, con quien actúa y da fe. DOY FE.
PARA SU PUBLICACION POR UNA SOLA VEZ, EN EL PERIODICO EL UNIVERSAL Y DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Laura Alanis Monroy
Rúbrica.
(R.- 340955)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
Sección Amparos
Principal.- 628/2011-II
Juicio de Amparo Indirecto.- 628/2011
EDICTO
QUEJOSA: ELISEO FERNANDEZ CORDOVA A TRAVES DE MARIA DEL SOCORRO PEREZ CORTES Y EDGAR OLVERA CASTELAN
AUTORIDAD RESPONSANLE: JUEZ DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE PUEBLA Y OTRA AUTORIDAD.
TERCERO PERJUDICADO: JORGE QUIROZ SPEZZIA.
En amparo 628/2011-II, promovido por ELISEO FERNANDEZ CORDOVA A TRAVES DE MARIA DEL SOCORRO PEREZ CORTES Y EDGAR OLVERA CASTELAN, contra actos Juez Décimo Segundo de lo Civil del Distrito Judicial Puebla y otra autoridad, se le reclama auto veinticuatro de marzo dos mil once, dictado juicio ejecutivo mercantil 1515/2008, desechó recurso de revocación, contra auto de ocho de marzo mismo año desechó tercería excluyente de preferencia. Se manda emplazar tercero perjudicado citado por edictos, haciéndole saber que deberá presentarse ante este Juzgado Federal, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente de la última publicación, señalando domicilio para recibir notificaciones personales, apercibido no hacerlo las subsecuentes se le harán mediante lista. Se manda fijar en lugar de avisos de este Juzgado copia integra de la presente resolución por todo el tiempo del emplazamiento, después de lo cual se señalará día y hora para la audiencia constitucional.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 8 de diciembre de 2011.
El Juez Tercero de Distrito en el Estado
Lic. Carlos Alberto Elorza Amores
Rúbrica.
(R.- 341019)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
Al
margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos
Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Décimo
de Distrito en el Estado de Puebla, 1. Aurora Lira Soto, 2. José
Carmen Coyotencatl Ramos, 3. Mario René Flores Parada, 4.
María Teresa Garita Cacalo, 5. Cirenia Rueda Daniel,
6.
Daniel Murguía Aca, 7. Gloria Atzompa Tetitla (sic, debe ser
Gloria Tzompa Tetitla –foja 81 del anexo I-),
8. Zenaida
Zitle Tzompa, 9. Cuauhtémoc Flores Huitzil, 10. Santiago
Cerqueda Méndez, 11. Alejandro Rojas Pineda, 12. Francisco
Javier Solar Olmedo, 13. Abel Eduardo Zacarias Delgado, 14. Margarita
Torres Roque, 15. Ambrosio Xicotencatl Cordero, 16. Silvia García
Briones, 17. Lilia Abigail Alquicer Barrera, 18. Rebeca Felipa Rangel
Martínez, 19. Eugenia Dolores del Carmen Ramos Nieva, 20.
Xochilt Espíndola Vázquez,
21. Guadalupe Sánchez
Sánchez, 22. Lucía López Hernández, 23.
Jorge Antonio Pereda García, 24. Pedro Díaz y Pastrana,
25. Yarakenya Valerdi Rodríguez, 26. Lorenza Rosalía
Quecholac Quecholac, 27. Hilda Cervantes Velázquez, 28.
Cressencia Carrera Bravo, 29. María de la Luz Flores Flores,
30. Petra González Rojas, 31. Luis Fernando López Mota,
32. Carmen Hernández González, 33. Josefina Sarmiento
Palma,
34. Angela Palma Mexicano, 35. Carlos Javier de Aquino
Bonilla, 36. José Luis Cruz Alvarez, 37. José Arturo
Campos García, 38. María Teresa Lezama y Castillo, 39.
Alberto Ramírez Muñoz, 40. Angeles Nocelo Cinto, 41.
Manuel Galindo Rodríguez, 42. Martha Escudero Odriozola, 43.
María Teófila Antonia Aca Castelar,
44. Ismael
Hernández Martínez, 45. Carmen Ramos Rodríguez,
46. Ignacio Pérez Palma, 47. María Isabel Santos
Zacatzontetl, 48. Elizabeth Sánchez del Villar y Garza, 49.
Silvia Sarmiento Morales, 50. Epifania Ramírez Galeno, 51.
Mara Mozencahua Mora, 52. Anabel Daniel Sánchez, 53. Isabel
Paisano Mexicano,
54. María Blanca Bortolotti Osorio, 55.
Amado García Téllez, 56. María Catalina Loeza
Romero, 57. Juventino Ama Rodríguez, 58. Sandra Mayela Sánchez
Sánchez, 59. Cristina Vázquez Lecona, 60. Sandra
Tehuitzil García, 61. María Teresita Castañeda
López, 62. Gabriel Cruz Villalobos, 63. Silvia Sarmiento
Palma,
64. Esther Morales Cuautle, 65. Angelina Castillo
Fernández, 66. María Magdalena Domínguez Moreno,
67. Imelda Montiel Orlanzino, 68. Juan Rodríguez Cruz, 69.
Ana María Patiño Mendoza, 70. María Camarillo
Lima, 71. Rafael Abraham Moto Moto, 72. María del Rosario
Cervantes Zárate, 73. Esperanza Zárate Ramírez,
74. María Cesilia Josefa Ramírez Hernández, 75.
Felipa Ahuatl Mendoza, 76. María Edith Huizil Ahuatl, 77.
María Norma Edith Martínez Yañez, 78. Lucía
Velázquez García, 79. Alicia Oliver Cosme, 80. José
Alejandro Lezama Castañeda, 81. Isaías Delfino Estevez
Panohaya, 82. Roberto Juárez Salazar, 83. Cristina Flores
López, 84. Iván Trinidad Calderón Arévalo,
85. Ana Laura Carranza Durán, 86. Rubén Ramírez
Santillán, 87. José Luis Flores Morales, 88. Audencia
Lozano Hernández, 89. Jesús Cervantes Flores,
90.
María Estela Lara Lara, 91. Balvina Zamora Alvarez, 92.
Juliana Castillo Mozo, 93. María del Refugio Soto Gómez,
94. Jorge Zitla Tzompa, 95. Enrique Méndez Pérez, 96.
José Abarca Amaro, 97. Blanca Molina García, 98. Nancy
Liliana Bonilla Pérez, 99. María Auxilio López
Cano, 100. Antonia Pérez Martínez,
101. José
Gutiérrez Tovar, 102. Josefina Lima Méndez, 103.
Porfirio Hernández Trujillo, 104. María del Rocío
Hernández López, 105. María Esther Santana
Méndez, 106. Martina Vázquez Fajardo, 107. María
de Lourdes Martínez Flores, 108. Andrés Tecotl Huitzil,
109. María Lucía Rosas Chávez, 110. María
Ofelia Sánchez Jiménez, 111. Lucía Berruecos
Luna, 112. María Alicia Flores Mexicano, 113. Magdalena Pintle
Monroy,
114. Araceli León Zequeira, 115. Margarita Luna
Grande, 116. Remedios Toxqui Flores, 117. Lucía Martínez
Cuellar, 118. Fidencio Gómez Tlatoa, 119. Loyola Zúñiga
Quinto, 120. Irma Badillo Xilot, 121. Elvira Méndez Bruno,
122. Lucía Flores Almazán, 123. María Verónica
Galindo Méndez, 124. Santos Bonilla Luna, 125. José
María Hernández y Márquez, 126. María
Guadalupe Guevara Fabián, 127. María Liliana Llerandi
Heredia, 128. Rogelio Carmona de la Vega, 129. Josefina Cuautle
Flores, 130. Miguel Patricio Rodríguez Toriz,
131. Claudia
Navarro Escobar, 132. Carolina Peña Pérez, 133. Irma
Clemente Cruz, 134. Felicitas Morales Torrentera, 135. Elizabeth
Ortega Pérez, 136. Edith Fuentes Ramírez, 137. Claudia
Paisano Zamora,
138. María Elena Cano Santa Cruz, 139.
José Torres Gutiérrez, 140. María Alejandra
Galindo Tecuatl,
141. Irma Giles Ramírez, 142. Yolanda
Venancio Gómez, 143. Verónica Montiel Orlanzino, 144.
Ninive Nava Domínguez, 145. Abdón Nava García,
146. Jaime Julián Báez Salazar, 147. Eva Gallardo
Villareal, 148. Pedro Pablo García Reyes, 149. María
del Carmen Francisca Yañez Ramírez, 150. Luz del Carmen
Martínez Yañez, 151. Rafael Moto Flores, 152. Francisca
Rosa María Brito Hernández, 153. María Minerva
Ixehuatl Sandoval, 154. Alvaro Romero Soria, 155. Jesús
Rolando Cervantes Zárate, 156. Norma Tepale Toxtle, 157.
Maricela Aguilar Ascuas (si, debe ser Marcela Aguilar Ascuas –foja
938 del anexo IV_), 158. José Guillermo Gabriel Meléndez
Tepox, 159. Juan Pablo Guerra López, 160. María Matilde
Juárez Pozos, 161. María Febe Olivares Báez,
162. Liberia Palacios Ortiz, 163. Hilda Tuxpan Morales, 164. Alberto
Titla Salazar, 165. Juan Pérez Ramos, 166. Martha Rita
González Luna, 167. Enrique Sebastián Muñoz
Vargas, 168. Silvia Chávez Flores, 169. Soledad Toxqui
Percino, 170. Teodora Vera Reyes, 171. José Arturo Paisano
Meneses, 172. Marcelino Aparicio del Rosario, 173. María
Concepción Espinosa Bautista, 174. María Rosaura Juana
Quinto Cabañas, 175. Isabel Pérez Ramírez, 176.
Paulino Enrique Ramírez Soto, 177. Isabel Aca Aca, 178.
Salvador Romero Aguilar, 179. José Claudio Javier Vázquez
Rueda, 180. Gabriel Manuel Xochipilteca Tlachi, 181. Antonia Evelia
Pérez Huitzil, 182. Julián Chacatl Tenancacale, 183.
Gabriel Cuautle Cuautle, 184. María del Consuelo Hernández
Acosta, 185. Víctor Manuel Torres Tenorio, 186. Juan Cuautle
Aguilar, 187. Domingo Mexicano Ramos, 188. Raquel Guerrero Bayliss,
189. José Antonio Velasco Vargas, 190. Miguel Angel Vera
Guerrero, 191. Hilario Tlahque Salinas, 192. María Fortuna
Oliver Cosme, 193. Laura Tecol Tehutle, 194. Martha Von Raesfeld
Alonso, 195. Josefa Ecatl Coyopol, 196. Manuel Sabino Vidal, 197. Luz
María Morales Pérez,
198. Héctor Nicolás
Silvia González apoderado y representante de Kerstin Claudia
Schulz, 199. Jorge Patricio González Monroy; 200. Elizabeth
Galindo Linares, 201. Mario Galindo Gutiérrez, 202. María
de los Angeles Cu, 203. María Mercedes Guadalupe de León
Ramos, 204. Luis Gerardo Cuauhtémoc Hernández, 205.
Jesús López Juárez, 206. Juan Arturo Carrillo
Cervantes, 207. Enrique Sayas Hernández, 208. Rubén
Varela Serrano, 209. Francisco Javier Cosca Vázquez, 210.
María Esther Hernández López, 211. José
Jorge Alfredo Velasco Macías, 212. Anselmo Sánchez
Cozatl, 213. Graciela Moreno Rodríguez, 214. Rubén
Sánchez Gutiérrez, 215. Teofilo Cordero Tepoxtecatl,
216. Amado Cabrera Varela, 217. Florecita Glafira Nolasco Moreno,
218. Arturo Ramos Nieva, 219. Marcos Chapuli Torres, 220. Joel
Cuachayo Barraza, 221. Baruch Cuachayo Nocelotl, 222. Armando Aguirre
Castillo, 223. Apolonia Anita Flores Hernández, 224.
Victoriano Mendieta Carmona, 225. Rosana Daniel Vázquez, 226.
Jorge Aurelio Soto Pérez, 227. Senovia Grande Ramos, 228.
Francisco Petlalco Cuapa, 229. José Carlos Morales y Avila,
230. Virginia Flores Flores,
231. Dolores Santiago Cruz, 232.
María Enriqueta Minutti Merlo, 233. Ramiro Pérez
Romero, 234. Miguel Federico Galicia Chantes, 235. Gloria Olivia
Castro Pineda, 236. María del Carmen Estela Hernández
Cepeda, 237. Máximo José Luis Aquino García,
238. Gabriela Torres Silva, 239. Esperanza Romero Cordero, 240. Rosa
María Teresita de los Santos Suárez, 241. Rosa Avilés
Cortes, 242. José Guadalupe Carranza Zacarías, 243.
Heriberto Ortiz Ramírez, 244. Hortencia Sánchez y
Garza, 245. María Dolores Carranza Durán, 246. Rafael
Hernández Sampayo, 247. Bertha Carmino Couto, 248. Daniel
Rojas Vertiz Cuesy, 249. Javier Sánchez Ramírez, 250.
Miguel Patlacalco González, 251. Micaela Alberta Hernández
Mexicano, 252. Josefina Moreno Petlacalco, 253. María de la
Luz Ubaldo García, 254. María del Carmen Hortensia
Carpio Icelo,
255. Arturo Meléndez Paisano, 256. Alma
Delia Carrillo Ríos, 257. María Reynalda Yolanda
Xicotencatl Mozo, 258. Roselia Radilla Mendiola, 259. Juan Manuel
Ortiz Peralta, 260. Florecita Galicia Méndez, 261. Gabino
Ramos Díaz, 262. Héctor Adrián Reyes Flores,
263. Blanca Alegre Ramos, 264. Blanca Ramos del Muro,
265.
Guadalupe Silva Guerrero, 266. Sacramento Cortes Cardoso, 267. Ana
María Ríos Ortiz, 268. María del Carmen
Maldonado y Fernández de Lara, 269. María del Carmen
Cleotilde Papaqui Tovar, 270. María de los Angeles Lima
Zambrano, 271. Fernando Lima Zambrano, 272. Franklin Juárez
Ramírez, 273. Gabriela Corro Vázquez, 274. Magali
Torres Villalobos, 275. Flor Elia Cazales Catalán, 276.
Soledad Paisano Flores,
277. María Eleazar Zamora Ramírez,
278. José Luis Juan Romero Sánchez, 279. María
Antonia Vázquez Reyes, 280. Felipe Landero Zamudio, 281. José
Adolfo Ortega Moto, 282. Cuauhtémoc Crisanto Campos Rangel,
283. Luciano Tuxpan Morales, 284. Verónica Cozatl Gamboa, 285.
Erika Montiel Orlanzino, 286. José Bartolomé Huerta
Gómez, 287. Yolanda Venancio Gómez, 288. María
Teresa Mateos Oidor, 289. Catalina Aguilar Tagle, 290. Susana Berra
Orlanzino, 291. Bernardo Berra Mazzocco, 292. Matilde Orlandino
Merlo, 293. Luis Miguel Berra Orlanzino, 294. Alberto Zacarías
Valencia, 295. Antonio Tlapaltotolo Morales,
296. Gabriela Corro
Vázquez, 297. José Donato Nava Miguel, 298. María
de la Luz Galindo Flores, 299. Alicia Zárate Miguel, 300.
Domingo Cervantes Flores, 301. Eleazar Barrios Flores, 302. Angela
Cielo Espinosa,
303. Irma Edith Tehuitzil Mejía, 304.
Florina Tehuitzil Mejía, 305. Jorge Petlacalco González,
306. Carlos Raúl Alvarado Suárez, 307. María del
Rosario Zárate Ramírez, 308. Pedro Zárate Sauce,
309. Enrique Daniel Aca, 310. José Diego Torres Coyotecatl,
311. Rafaela Sandoval Manny, 312. Juan Herrera Ortega, 313. Hortensia
Durán Severino, 314. Sofía Baez Sánchez, 315.
Blanca Margarita Herrera Reyes, 316. Amalia Zambrano Martínez,
317. Guadalupe Odilón Huitzil Mexicano, 318. Francisco Conde
Camacho, 319. María Isabel Bermeo Hernández, 320.
Graciela García Morales, 321. María del Carmen Parra
Alonso, 322. Luz Marina García Castellanos, 323. María
Clemencia Florina Cozatl Galindo, 324. Margarita Lucrecia de Luna
Barrientos, 325. Martha Flores Aguilar, 326. José María
González Alvarez, 327. José de Jesús Flores y
López, 328. José Justino Mexicano Ramos, 329. Eugenia
Cerqueda García, 330. María Demetria Mendivil Cardoza,
331. María Elena Flores Canuto, 332. José Alberto
Modesto Gabriel Mexicano Ramos, 333. Angel Cielo Quechol,
334.
Alvaro Raymundo Hernández Tentle, 335. Josefina Sánchez
Muñoz, 336. Jesús Salvador Cerqueda García, 337.
Antonio Flores Cortes, 338. Blanca Amada García Castellanos,
339. Cristina Olivos Roldán,
340. María Braulio
Rafaela Mexicano Ramos, 341. Silverio Aparicio del Rosario, 342.
Susana Aparicio del Rosario, 343. Facundo Hernández Jiménez,
344. Teresa Tlapapatl Cuapa, 345. Salustia Pérez Espinosa,
346. María del Carmen Virginia Quitl Estrada y 347.
Etelberto Martínez Moreno, terceros perjudicados en el juicio
de amparo 339/2011 y su acumulado 973/2011, de este juzgado Décimo
de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por Mauricio
Tiro Alvarez, Olimpia Moranchel Narváez, Mauricio Tiro
Moranchel, Iris Tiro Moranchel, Luz del Carmen Escobar Hernández,
Luis Rey Pérez Juárez, Eduardo de la Luz Lozano,
Edmundo Azahud Romero López, Néstor Martín de la
Fuente Hernández y Gonzalo Cerón Gutiérrez,
contra
actos del
Juez de lo Penal de Cholula, Puebla y otras autoridades; se ha
ordenado emplazar por edictos a los referidos tercero perjudicados,
que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días
en el “Diario Oficial de la Federación” y en
cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”,
“Excelsior”, “El Financiero”
o “El
Universal”, a elección del Consejo de la Judicatura
Federal; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30
fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a
la ley citada. Queda a disposición en la actuaría de
este juzgado copia simple de la demanda
de garantías,
haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del
término de treinta días, contados a partir del
siguiente al de la última publicación, y que está
reservada la fecha y hora de la celebración de la audiencia
constitucional en el presente asunto hasta en tanto la Dirección
General de Administración Regional, con sede en San Andrés
Cholula, Puebla, exhiba la última publicación de los
edictos.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 14 de diciembre de 2011.
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Naela Márquez Hernández
Rúbrica.
(R.- 340819)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Octavo Civil de Partido
Secretaría
León, Gto.
EDICTO
Por
este publicárase tres veces en el Diario Oficial de la
Federación, tabla de avisos de este juzgado y puerta del
juzgado. Anúnciese remate en primera almoneda el inmueble
ubicado en el número en el número 114 ciento catorce de
la calle Bosques Verdes del fraccionamiento Jardines del Bosque de
esta ciudad, con superficie de 108 ciento ocho metros cuadrados, que
mide y linda al noreste 6 seis metros con calle Bosques Verdes, al
suroeste 6 seis metros con lotes número 40 cuarenta y 39
treinta y nueve, al sureste 18 dieciocho metros con lote número
7 siete y al noroeste 18 dieciocho metros con lote número 5
cinco, embargado en el proceso ejecutivo mercantil número
M259/2009 promovido por el licenciado CHRISTIAN EDUARDO MIRELES
GOMEZ, endosatario en procuración de BERNARDINA RAMIREZ
HERNANDEZ en contra de RAMON GOMEZ TORRES, siendo postura legal la
cantidad de $543,150.91 (quinientos cuarenta y tres mil ciento
cincuenta pesos 91/100 moneda nacional) que representa las dos
terceras partes de $814,726.37 (ochocientos catorce mil setecientos
veintiséis pesos 37/100 moneda nacional). Asimismo hágase
del conocimiento de los postores que la postura deberá
exhibirse de contado porque el 10% diez por ciento que preveé
el artículo 482 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, supletorio al de Comercio, es insuficiente para cubrir el
importe de la condena. Señalándose para tal efecto las
12:00 doce horas del 14 catorce
de febrero del año 2012 dos
mil doce. Cítese postores y acreedores.
León, Gto., a 11 de enero de 2011.
Secretaria del Juzgado Octavo Civil
Lic. Helena Othomichi Nagafuji Aguilar
Rúbrica. (R.- 340397)
AVISOS GENERALES
|
Instituto Mexicano del Seguro Social
Delegación Estatal Guanajuato
Jefatura de Servicios Jurídicos
Departamento Consultivo
AVISO
La Delegación Estatal Guanajuato del Instituto Mexicano del Seguro Social, informa que a partir de esta fecha, la Subdelegación Celaya cambia su domicilio de calle Francisco Juárez 304, esquina con calle Jesús Ortiz, colonia Centro, código postal 38040, en Celaya, Guanajuato, para instalar su nueva sede en el domicilio localizado en calle Paseo de Guanajuato 110, colonia Jardines de Celaya, Primera Sección, código postal 38080, en Celaya, Guanajuato.
Atentamente
“Seguridad y Solidaridad Social”
Celaya, Gto., a 1 de febrero de 2012.
Titular de la Delegación Guanajuato
Dr. Moisés Andrade Quezada
Rúbrica. (R.- 340939)
GRUPO FINANCIERO VE POR MAS
AVISO DE INCORPORACION AL GRUPO FINANCIERO VE POR MAS, S.A. DE C.V.
Mediante
Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Grupo
Financiero Ve por Más, S.A. de C.V. y de Casa de Bolsa Ve por
Más, S.A. de C.V., Grupo Financiero Ve por Más (antes
Casa de Bolsa Arka, S.A. de C.V.) (la “Casa de Bolsa”),
ambas celebradas el día 13 de diciembre de 2011,
se
acordaron entre otros asuntos: (i) la incorporación de la Casa
de Bolsa como entidad financiera del Grupo Financiero Ve por Más;
(ii) la modificación de la denominación de Casa de
Bolsa Arka, S.A. de C.V., por la de “Casa de Bolsa Ve por Más,
S.A. de C.V., Grupo Financiero Ve por Más”; y (iii) la
celebración por parte
de la Casa de Bolsa del Convenio
Unico de Responsabilidades respectivo.
México, D.F., a 2 de febrero de 2012.
Delegado de la Asamblea de Accionistas de Grupo Financiero Ve por Más, S.A. de C.V. Lic. Almaquio Basurto Rosas Rúbrica. |
|
Delegado
de la Asamblea de Accionistas de Casa de Bolsa Ve por Más,
S.A. de C.V., Grupo Financiero Lic. Almaquio Basurto Rosas Rúbrica. |
(R.- 340750)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de la Función Pública
Organo Interno de Control en el
Instituto Mexicano del Seguro Social
Area de Responsabilidades
NOTIFICACION POR EDICTO
En razón del desconocimiento de dónde es posible encontrar al C. LUIS ABRAHAM ROBLES GODINEZ y que éste no tiene un domicilio fijo, por lo expuesto y fundado en el acuerdo de fecha diecinueve de abril de dos mil once, dictado por el suscrito en el expediente 301/2011, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, se procede a notificar por edictos al C. LUIS ABRAHAM ROBLES GODINEZ una relación sucinta de los hechos imputados de los que se presume su responsabilidad administrativa, derivado del desempeño de su cargo como N41 Analista Coordinador C. 80, adscrito del Departamento de Presupuesto de la Jefatura de Servicios de Finanzas de la Delegación Sur del Distrito Federal del Instituto Mexicano del Seguro Social, los cuales se hacen consistir en que:
Haber dejado de observar las obligaciones de cumplir con el servicio que le fue encomendado, así como de abstenerse de cualquier acto u omisión que causara la deficiencia de dicho servicio e implicara abuso o ejercicio indebido de su cargo, así como incumplimiento de cualquier disposición legal, reglamentaria y administrativa relacionada con el servicio público, desempeñar el mismo sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Instituto Mexicano del Seguro Social le otorga por el desempeño de sus funciones, cumplir las leyes y la normatividad que determinen el manejo de recursos económicos públicos, utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le hayan sido atribuidas para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, exclusivamente para los fines a que están afectos, custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión, tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso indebido, en virtud de que usted C. LUIS ABRAHAM ROBLES GODINEZ, haciendo uso de la firma mancomunada que se le otorgó a través del oficio número 37.90.01.62.01.00/324 de fecha veintidós de octubre, dirigido al Actuario Javier Olivera Martínez, Director de Banca de Gobierno de Scotiabank Inverlat, S.A., por el C. P. Rosendo Jesús Flores Esquivel, en ese entonces Jefe Delegacional de Servicios de Planeación y Finanzas y la Lic. Margarita Saldaña Hernández, entonces Titular de la Delegación Sur del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Distrito Federal, visible a fojas 1449 y 1450, para entre otras, para la cuenta 5725690 Fondo Fijo Delegacional, emitió y suscribió 45 cheques a su nombre, como se advierte de las impresiones de los mismos, emitidos por el Subdirector Unidad Administrativa Scotia Capital, los cuales obran a fojas 1458 a 1502, como se relacionan en el Cuadro 1, que se describirá en líneas posteriores, cobrándolos y depositándolos a las cuentas números 148-6456880, 142880, 4086 88616 y 148-6543201, todas ellas de la institución bancaria BANAMEX, como se relaciona en el referido Cuadro 1 en el rubro “DEPOSITO EN CUENTA No.”, lo que a su vez se corrobora en el Dictamen Técnico Contable de fecha veintinueve de julio de dos mil diez, signado por el C.P. MARTIN ALCANTARA SANTIAGO y la L.C. ANDREA VILLALOBOS LUEVANOS, personal adscrito a la Coordinación de Investigación y Asuntos de Defraudación de la Dirección Jurídica del Instituto Mexicano del Seguro Social, visible a fojas 1378 a la 1385, siendo usted C. LUIS ABRAHAM ROBLES GODINEZ, titular de las cuentas bancarias números 142880, 4086 88616 y 148-6543201, como se acredita con el Contrato de apertura de cuenta bancaria de fecha seis de febrero de dos mil nueve, con cuenta de cheques número 4266000000142880, Contrato de apertura de cuenta bancaria de fecha dieciocho de febrero de dos mil nueve, con cuenta de cheques número 4086000000088616 y Contrato de apertura de cuenta bancaria de fecha diecisiete de julio de dos mil nueve, con cuenta de cheques número 0148000006543201, visibles a fojas 1404 a 1443, sin que existiera justificación ni autorización alguna, para que dichos cheques fueran emitidos a nombre de usted C. LUIS ABRAHAM ROBLES GODINEZ, cheques que emitió en forma irregular, en virtud de que los cheques en cita, provenían de la cuenta número 105725690 de la Institución Bancaria ScotiaBank Inverlat, S.A., denominada “IMSS Delegación No. 3 Suroeste Fondo”, siendo para Pago a Proveedores, sin que existiera una obligación por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social, para que le fueran expedidos, ya que no tenía la calidad de ser proveedor de algún bien o servicio, sino de trabajador del Instituto Mexicano del Seguro Social, ocupando en forma interina la categoría de N41 Analista Coord C, a partir del dieciséis de septiembre del dos mil siete, como se acredita con la Propuesta para Ocupación de Plaza Vacante de fecha primero de abril de dos mil siete, visible a foja 96 de autos, asimismo emitió y suscribió cinco cheques, como se advierte de las impresiones de los mismos, emitidos por el Subdirector Unidad Administrativa Scotia Capital, los cuales obran a fojas 1504 a 1508 como se relacionan en el Cuadro 2 que se describirá en párrafos subsecuentes, a nombre de las personas CC. RODRIGUEZ MARTINEZ EDGAR, ALVARADO VARELA LAURA y GARCIA JUAREZ FLORA, en forma indebida, en razón de que con las mismas, el Instituto tampoco tenía ninguna obligación contractual por no ser proveedores del Instituto, conductas con las cuales ocasionó un daño patrimonial al Instituto Mexicano del Seguro Social, por la cantidad de $23'998,333.24 (veintitrés millones novecientos noventa y ocho mil trescientos treinta y tres pesos 24/100 M.N.), contraviniendo además lo normado en el punto 6.5.6 INSTRUCCIONES PARA LA ADMINISTRACION DE LOS FONDOS FIJOS POR LOS RESPONSABLES DEL FONDO FIJO, apartado CUENTA BANCARIA, párrafo tercero del Manual de Procedimientos para el Trámite de Pago y Control de Techos Financieros, que a la letra estipula: “La expedición de cheques se hará preferentemente para cubrir aquellas partidas que excedan al equivalente a 30 veces el salario mínimo diario vigente en el D.F., debiendo vigilar que la expedición sea nominativa a favor del proveedor, contratista o prestador de servicios legalmente registrado desde el punto de vista fiscal, no aceptándose en ningún caso la expedición de cheques al portador.”
De acreditarse la conducta irregular atribuida a usted C. LUIS ABRAHAM ROBLES GODINEZ, habría dejado de observar lo dispuesto en los artículos 7 y 8 fracciones I, II, III, V, XIII y XXIV de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, esta última fracción en relación con el punto 6.5.6 INSTRUCCIONES PARA LA ADMINISTRACION DE LOS FONDOS FIJOS POR LOS RESPONSABLES DEL FONDO FIJO, apartado CUENTA BANCARIA, párrafo tercero del Manual de Procedimientos para el Trámite de Pago y Control de Techos Financieros; artículo 66 fracciones I y III del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y artículos 303 y 303-A de la Ley del Seguro Social.
En
tal virtud, con fundamento en los artículos 14, 16, 108, 109
fracción III y 113 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. fracciones I al IV, 2o., 3o.
fracción III, 4o., 20, 21, 23 y 24 de la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos;
37 fracciones XII y XVII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 62 fracción I de
la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3o. apartado D) y 80
fracción I punto 1 del Reglamento Interior de la Secretaría
de la Función Pública; artículo Quinto del
Acuerdo Secretarial mediante el cual se adscriben orgánicamente
las unidades administrativas de la Secretaría de la Función
Pública y se establece la subordinación jerárquica
de servidores públicos previsto en el Reglamento Interior de
la misma, y los artículos 3 parte final, 83 párrafos
primero, segundo y tercero y 84 del Reglamento Interior del Instituto
Mexicano del Seguro Social; así como lo previsto por el
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, por este medio se practica la notificación del
citatorio para la audiencia prevista en el artículo 21
fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos; para efecto de que
el C. LUIS ABRAHAM ROBLES GODINEZ comparezca dentro de los treinta
días hábiles siguientes contados a partir de la última
publicación del presente, a la citada Audiencia, en las
oficinas que ocupa esta Area de Responsabilidades del Organo Interno
de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, sito en el
número 479, piso 10, de la calle de Melchor Ocampo, colonia
Nueva Anzures,
C. P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, en
esta Ciudad de México, D.F., quedando a disposición de
la citada servidora pública, el oficio número
00641/30.15/6732/2011 de fecha 5 de septiembre de 2011, en el
domicilio citado, así mismo se le hace saber el derecho de
comparecer asistido por un defensor.
Concluida la audiencia, en términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción II de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, se le concede un término de cinco días hábiles para que ofrezca los elementos de prueba que estime pertinentes, vía oficialía de partes de este Organo Interno de Control, con un horario de las 9:00 a las 15:00 horas, y que tengan relación con los hechos que se le atribuyen, haciéndole de su conocimiento que esta autoridad pone a su disposición, para consulta, el expediente administrativo relacionado con las irregularidades que se le imputan en las oficinas antes citadas, en días y horas hábiles, para lo cual deberá traer consigo credencial oficial vigente con fotografía, así como el último comprobante de pago, ambos en original y copia simple.
De igual forma, se le hace saber, que si deja de comparecer sin causa justificada a la audiencia, se tendrán por ciertos los actos u omisiones que se le imputan, lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Finalmente, se le hace el requerimiento para que señale domicilio a fin de que se realicen las notificaciones de carácter personal, en la población en que tendrá verificativo la Audiencia de Ley a la que se le cita, apercibido que de no hacerlo, las notificaciones subsecuentes, aun las de carácter personal, se le harán por rotulón ubicado en las oficinas que ocupa el Area de Responsabilidades, conforme lo prevén los artículos 305, 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 2 de enero de 2012.
El Titular del Area de Responsabilidades
Lic. Eduardo J. Viesca de la Garza
Rúbrica.
(R.- 340341)
METROPOLITANOS RUTA 30, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
Por medio de la presente, y en términos de lo dispuesto por los artículos sexto, vigésimo noveno y trigésimo de los estatutos sociales, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de la persona moral denominada Metropolitanos Ruta 30, S.A. de C.V., a la Asamblea General Ordinaria, que se llevará a cabo en el domicilio social de la empresa, en primera convocatoria el día tres de marzo de dos mil doce, a las nueve horas, misma que se desarrollará de acuerdo al siguiente:
ORDEN DEL DIA
I.- Discusión y en su caso aprobación del informe del Presidente del Consejo de Administración respecto del ejercicio anual dos mil once, respecto de:
a. Informe económico correspondiente al ejercicio fiscal dos mil once.
b. Información y explicación de las principales políticas y criterios contables y financieros aplicados al ejercicio fiscal dos mil once; así como los proyectos existentes.
c. Información detallada y clasificada de la situación financiera de la empresa durante y el término del ejercicio dos mil once.
d. Información detallada de los resultados de la empresa.
II.- Discusión y en su caso aprobación del estado de resultados por área de operación administrativa de la empresa durante el ejercicio dos mil once:
III.- Discusión
y en su caso aprobación del informe del Comisario respecto del
ejercicio social dos
mil once.
IV.- Asuntos generales y designación de Delegado Especial.
Queda a disposición de los accionistas en las oficinas de la sociedad, los informes del Presidente del Consejo de Administración, y del Comisario de la sociedad.
Atentamente
Tultitlán, Edo. de Méx., a 30 de enero de 2012.
Presidente del Consejo de Administración
Rafael Sánchez Navarrete
Rúbrica.
(R.- 340993)
METROPOLITANOS RUTA 30, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
Por medio de la presente y en términos de los artículos sexto, vigésimo noveno y trigésimo de los estatutos sociales, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de la Sociedad denominada Metropolitanos Ruta 30, S.A. de C.V., a la Asamblea General Extraordinaria que se llevará a cabo en el domicilio social de la empresa, en primera convocatoria el día tres de marzo de dos mil doce, a las once horas, misma que se desarrollará de acuerdo al siguiente:
ORDEN DEL DIA
I. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación de la enajenación de acciones a valor nominal, de la serie “B” del capital variable.
II. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación de un aumento del capital social en su parte fija y variable, así como la emisión de las acciones que amparen el capital que se llegara a aumentar, en los términos estatutarios.
III. Distribución del capital social.
IV. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación de la modificación de los estatutos sociales.
V. Actualización del padrón de accionistas.
VI. Asuntos generales y designación de Delegado Especial.
AVISO: La presente convocatoria tiene efectos de notificación personal respecto del punto II y III del presente orden del día, para que los accionistas manifiesten el interés del derecho de preferencia contemplado en el artículo décimo quinto de los estatutos sociales, reformado mediante asamblea general extraordinaria, de fecha 20 de marzo de 2010; y en términos de lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para los efectos legales conducentes a que haya lugar.
Atentamente
Tultitlán, Edo. de Méx., a 30 de enero de 2012.
Presidente
Rafael Sánchez Navarrete
Rúbrica.
(R.- 340999)
FEDERACION DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS FINANCIEROS RURALES, A.C.
AVISO
Con fundamento en los artículos 81 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular (LACP) y cuarto transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2005, así como lo dispuesto en los artículos séptimo y décimo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 2007 y para los efectos que los mismos establecen, la Federación de Instituciones y Organismos Financieros Rurales, A.C., pública el siguiente listado:
I. Sociedades Financieras Populares (autorizadas) que se encuentran afiliadas a la Federación.
Nombre de la sociedad |
Entidad federativa |
La Perseverancia del Valle de Tehuacán, S.A. de C.V., S.F.P. |
Puebla |
Servicios Financieros Alternativos, S.A. de C.V., S.F.P. |
Oaxaca |
Apoyo Múltiple, S.A. de C.V., S.F.P. |
Sinaloa |
II. Sociedades Financieras Populares sobre las que se ejerce funciones de supervisión auxiliar sin que estén afiliadas.
Nombre de sociedad |
Entidad federativa |
------- |
------- |
III. Sociedades afiliadas que cumplen con los requisitos previstos en el artículo cuarto transitorio del “Decreto de fecha 27 de mayo de 2005”, y que obtuvieron prórroga a su programa en términos del artículo séptimo transitorio del “Decreto del 31 de agosto de 2007”.
Nombre de la sociedad |
Entidad federativa |
Calificación 2o. semestre 2011 |
Nombre de la sociedad |
Entidad federativa |
Calificación 2o. semestre 2011 |
Fincoax, S.C. |
Oaxaca |
“B” 68.11% |
Finrural, S.C. |
Puebla |
“B” 66.76% |
Fondos de Cooperación Zihualtme Kimpantiya Tekitice, S.C. |
Hidalgo |
“B+” 82.63% |
Credimich, S.A. de C.V. |
Michoacán |
“B+” 84.12% |
Fincafé, S.C. |
Oaxaca |
“B” 76.86% |
------- |
------- |
-------- |
IV. Sociedades no afiliadas que cumplen con los requisitos previstos en el artículo cuarto transitorio del “Decreto de fecha 27 de mayo de 2005”, y que obtuvieron prórroga a su programa en términos del artículo séptimo transitorio del “Decreto del 31 de agosto de 2007”.
Nombre de la sociedad |
Entidad federativa |
Calificación 2o. semestre 2011 |
Nombre de la sociedad |
Entidad federativa |
Calificación 2o. semestre 2011 |
Impulsora Económica del Sur, S.A. de C.V. |
Jalisco |
“B+” 83.55% |
------- |
------- |
------- |
V. Sociedades que incumplieron con los requisitos previstos en el artículo cuarto transitorio del decreto fecha 27 de mayo de 2005 y que no obtuvieron una prórroga condicionada a su programa en términos de “Decreto del 31 de agosto de 2007”, por lo que deberán abstenerse de realizar operaciones que impliquen captación de recursos.
Nombre de la sociedad |
Entidad federativa |
Calificación 2o. semestre 2011 |
Nombre de la sociedad |
Entidad federativa |
Calificación 2o. semestre 2011 |
------- |
------- |
------- |
------- |
------- |
------- |
VI. Sociedades a las que se les rescindió el contrato de supervisión que tenían celebrado con la Federación de Instituciones y Organismos Financieros Rurales, A.C.
Nombre de sociedad |
Entidad federativa |
------- |
------- |
------- |
------- |
------- |
------- |
------- |
------- |
------- |
------- |
VII. Con fundamento en el artículo 46 Bis 3 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular con reformas al 13 de agosto del 2009, se informa sobre las sociedades financieras comunitarias de nivel básico que se encuentran registradas ante la Federación de Instituciones y Organismos Financieros Rurales, A.C., y que entregan trimestralmente información para efectos de monitorear su situación financiera son:
Nombre de la sociedad |
Entidad Federativa |
1. SMB Rural, S.A. de C.V., S.F.C. |
Puebla, Oaxaca e Hidalgo |
2. Función Integral CEPCO, S.A. de C.V. Sociedad Financiera Comunitaria |
Oaxaca |
3. Empuje Regional a Micro y Mediana Empresa Sofico, S.A. de C.V. |
Estado de México |
4. Unión
Económica Familiar Sociedad Financiera Comunitaria, S.A.
|
Estado de México |
5. Impulsora de Desarrollo Yecapixtla, S.A. de C.V., S.F.C. |
Morelos |
6. Impulsando el Desarrollo en Angostura, S.A. de C.V., S.F.C. |
Sinaloa |
7. Credicam Financiera Nacional, S.A. de C.V. |
Chiapas |
8. Desarrolladora Rural Lec Qui Yaal, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera Comunitaria” |
Oaxaca |
9. Impulso Puedes, S.A. de C.V., Sociedad Financiera Comunitaria |
Oaxaca |
Nota 1: De conformidad con el artículo 46 Bis 5, último párrafo, las sociedades financieras comunitarias listadas anteriormente no se encuentran supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y tampoco participan en el fondo de protección conforme a lo que establece la Ley de Ahorro y Crédito Popular por contar con un nivel básico de operaciones (activos inferiores o iguales a 2.5 millones de UDIS).
27 de enero de 2012.
Gerente General de Federación de Instituciones y Organismos Financieros Rurales, A.C.
C.P. José Antonio Ortega Carbajal
Rúbrica.
(R.- 340954)
COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA SELBACH S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 3 DE ENERO DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 5 de enero de 2012. Liquidador Gerardo Hernández Rojas Rúbrica. (R.- 340113) |
|
UNIVERSAL TRANSPORTE TERRESTRE, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 4 DE ENERO DE 2012 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 6 de enero de 2012. Liquidador Gloria Martínez Balderrabano Rúbrica. (R.- 340117) |
STAFFING SOLUTIONS, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 2 DE ENERO DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 6 de enero de 2012. Liquidador José López Moreno Rúbrica. (R.- 340118) |
|
AVISO AL PUBLICO Se informa al público en general que los costos por suscripción semestral y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, son los siguientes: Suscripción semestral al público: $ 1,203.00 Ejemplar de una sección del día: $ 12.00 El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación |