Lunes
20 de febrero de 2012 DIARIO
OFICIAL (Primera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado,
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
RAUL HECTOR MANDUJANO BARRIOS
MARIA DEL CARMEN GUTIERREZ GARCIA.
TERCEROS PERJUDICADOS.
EN
EL JUICIO DE AMPARO I.249/2011, PROMOVIDO POR EDILSER LEONEL MENDEZ
RAMIREZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ PRIMERO DEL RAMO PENAL, RESIDENTE EN
CINTALAPA DE FIGUEROA, CHIAPAS, SE ORDENO EMPLAZAR A JUICIO, CON EL
CARACTER DE TERCEROS PERJUDICADOS
A RAUL HECTOR MANDUJANO BARRIOS
Y MARIA DEL CARMEN GUTIERREZ GARCIA, EN EL QUE SE SEÑALO COMO
ACTO RECLAMADO: LA ORDEN DE APREHENSION DICTADA EN CONTRA DEL
QUEJOSO, POR EL DELITO DE HOMICIDIO, EN LA CAUSA PENAL 16/2011 Y COMO
GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS, LAS CONSAGRADAS EN LOS ARTICULOS 14,
16 Y 22 CONSTITUCIONALES; HAGASE SABER A LOS TERCEROS PERJUDICADOS
QUE LA COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA QUEDA A SU DISPOSICION EN LA
SECRETARIA DE ESTE JUZGADO FEDERAL, EN EL ENTENDIDO QUE TIENEN
DESPUES DE LA ULTIMA PUBLICACION, TREINTA DIAS PARA COMPARECER ANTE
ESTA ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL, BAJO APERCIBIMIENTO QUE DE
INCUMPLIR, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES DE CARACTER PERSONAL, SE
PRACTICARAN POR LISTA QUE SE PUBLICA EN ESTE JUZGADO DE DISTRITO.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 13 de diciembre de 2011.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Benito Siu Cruz
Rúbrica.
(R.- 341556)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Cuadragésimo Noveno de lo Civil
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES
En los autos del expediente número 502/2006 en el juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por HINOJOSA OSORIO CANDIDO ANTONIO y ELIAS TUACHI CHAYO, en contra de INMOBILIARIA TELOLOAPAN, S.A. DE C.V., el C. Juez Cuadragésimo Noveno de lo Civil en el Distrito Federal, señaló mediante proveído dictado dentro de la audiencia de fecha veinte de enero del año en curso, las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA DOS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo la audiencia de remate en publica subasta y en segunda almoneda el bien inmueble embargado en los autos del juicio antes citado, consistente en CALLE JUAN CUAMATZIN ESQUINA CON ANILLO DE CIRCUNVALACION CASA 2, COLONIA CENTRO, DELEGACION VENUSTIANO CARRANZA, DISTRITO FEDERAL, y es postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $23,793,000.00 (VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N), con deducción de un diez por ciento sobre el precio primitivo precio fijado por el perito NORA VAZQUEZ MONTOYA, por ser el avalúo mas alto de los rendidos en autos respecto del inmueble embargado.
Para su publicación por tres veces dentro de nueve días, en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, periódico EL DIARIO DE MEXICO, en la tabla de avisos o estrados de este.
México, D.F., a 25 de enero de 2012.
El C. Secretario “B” de Acuerdos
Lic. Juan Francisco García Segu
Rúbrica.
(r.- 341979)
PRES PROM, S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACION)
Conforme
a lo establecido en la fracción V del artículo 242 de
la Ley de Sociedades Mercantiles,
a continuación se publica
el siguiente:
PRES PROM, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION
28 DE JULIO DE 2011
Activo |
|
Caja Tesorería: |
$300,000.00 |
Suma el activo: |
$300,000.00 |
Pasivo y Capital |
|
Capital social mínimo: |
$300,000.00 |
Capital social variable: |
$000,000.00 |
Pasivo |
$000,000.00 |
Suma Pasivo y Capital: |
$300,000.00 |
México, D.F., a 28 de julio de 2011.
Liquidador
Israel Aguilar Vilchis
Rúbrica.
(R.- 340755)
E PROMOTION, S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACION)
Conforme
a lo establecido en la fracción V del artículo 242 de
la Ley de Sociedades Mercantiles,
a continuación se publica
el siguiente:
E PROMOTION, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION
29 DE JULIO DE 2011
Activo |
|
Caja Tesorería: |
$300,000.00 |
Suma el activo: |
$300,000.00 |
Pasivo y Capital |
|
Capital social mínimo: |
$300,000.00 |
Capital social variable: |
$000,000.00 |
Pasivo |
$000,000.00 |
Suma Pasivo y Capital: |
$300,000.00 |
México, D.F., a 29 de julio de 2011.
Liquidador
José Luis Sabido Fajardo
Rúbrica.
(R.- 340756)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Trigésimo Tercero de lo Civil
Secretaría “A”
Expediente No. 747/2009
EDICTO
En los autos del JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL promovido por MOTOCARROS KAMAJI, S.A. DE C.V., en contra de SALVADOR CHRISTIAN CRUZ GARCIA, LA C. JUEZ TRIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, dicto unos autos de fechas dieciséis de enero del año en curso, siete de diciembre, veinticinco de noviembre y diecisiete de noviembre todos del año dos mil once, por medio del cual y en ejecución de Sentencia se ordena sacar a remate en pública subasta EL INMUEBLE UBICADO EN EL lote de terreno marcado con el número 3601-48, lote 26, ubicado en el retorno villas de campanario actualmente calle Privada de las fuentes numero 3601-48, lote 26 fraccionamiento “Residencial Fuentes Saint Germain” en la ciudad de Cholula Puebla, con las medidas linderos y colindancias que se especifican en autos, para que tenga verificativo la audiencia de remate en primera almoneda se señalan DIEZ HORAS DEL DIA CINCO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DOCE; siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $1,261,500.00 (UN MILLON DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) precio de los avalúos mediados.
Nota: Para su publicación por TRES VECES DENTRO DE DIEZ DIAS YA QUE SE CONCEDE UN DIA MAS EN RAZON DE LA DISTANCIA.
- DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
- EN LA PUERTA DEL TRIBUNAL
SE CONVOCAN POSTORES
México, D.F., a 19 de enero de 2011.
La C. Secretaria de Acuerdos “A”
Lic. Martina Saula Armas Luna
Rúbrica.
(R.- 340759)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Quintana Roo,
con residencia en Cancún
EDICTO
En el juicio de amparo 558/2011, promovido por KELLOGG COMPANY MEXICO, S. DE R.L. DE C.V., contra actos del Presidente de la Junta Numero Cincuenta y Seis de lo Federal de Conciliación y Arbitraje, se señaló como acto reclamado: “la falta de emplazamiento, dentro del juicio laboral 128/2008, del índice de la responsable”. Se ordenó emplazar al tercero perjudicada CARMELO JIMENEZ HULIN; por medio de edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en el periódico “Excélsior de México”, haciéndole saber que debe presentarse ante este Juzgado de Distrito dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente al de la última publicación y señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, se seguirá el juicio haciéndole las ulteriores notificaciones por medio de lista.
Atentamente
Cancún, Q. Roo, a 6 de diciembre de 2011.
Juez Cuarto de Distrito en el Estado
Lic. Miguel Nahim Nicolás Jiménez
Rúbrica.
(R.- 341319)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Querétaro
Juicio de Amparo: 639/2011-4
Quejoso: Luis Angel Almaguer Martínez
Acto reclamado: Auto de fecha 18 de febrero de 2011 y laudo
Fecha de publicación: 18 de agosto de dos mil once
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
En virtud de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la iniciación del juicio de amparo, ventilado bajo el expediente número 639/2011-4 promovido por VICENTE SERGIO PADILLA VALDES EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL DE LUIS ANGEL ALMAGUER MARTINEZ, contra actos de la Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje con residencia en esta ciudad y otras autoridades, juicio en el cual se le señaló con el carácter de tercero perjudicado y se le emplaza para que en el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto, comparezca al juicio de garantías de mérito, por conducto de su apoderado o gestor que pueda representarlo, apercibida que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda y las siguientes notificaciones que surjan en el presente juicio, aún las de carácter personal, se le harán por lista que se fijarán en el tablero de avisos de este Juzgado Segundo de Distrito quedando a su disposición en la Secretaría las copias simples de traslado.
Querétaro, Qro., a 20 de enero de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Lic. Ma. Guadalupe Xicoténcatl Pérez
Rúbrica.
(r.- 341334)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de lo Civil
Diligenciario
EDICTO
Disposición
Juez Primero Civil Puebla, Expediente 1372/2010 Juicio Ejecutivo
Mercantil promueve DANIEL MARTINEZ MORALES contra MARTHA MORALES
AMATECO, Ejecución de Sentencia Primera Almoneda sobre bien
inmueble ubicado en UNA FRACCION QUE SE SEGREGA DE LA FRACCION DEL
TERRENO DENOMINADO HIXTLAUACAN, ubicado en domicilio conocido en el
pueblo San Baltazar Tetela Puebla, conocido también como
Privada Justo Sierra sin Número San Baltazar Tetela Puebla,
inscrito en Registro Público de la Propiedad de esta ciudad,
bajo el número 634274 a fojas 351/359 Tomo 31-2002
del
Libro 5º. Folio Electrónico 311548 de fecha Diecisiete de
Enero dos mil dos, citan postores legales para venta siendo precio
base para postura legal NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y
TRES PESOS TREINTA Y TRES CENTAVOS M.N. que corresponde dos terceras
partes precio avalúo, venciendo término para presentar
posturas y pujas doce horas del día Trece de Marzo dos mil
doce, haciéndole saber al demandado que podrá liberar
su bien, pagando monto íntegro de sus responsabilidades antes
que cause estado el remate.
Para su publicación por dos veces que se publiquen de cinco a cinco días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos del Juzgado Primero Civil de esta capital.
Puebla, Pue., a 3 de febrero de 2012.
Diligenciaria
Lic. Lucero López Larios
Rúbrica.
(R.- 341512)
Estado de México
Poder Judicial
Primera Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, Estado de México
EDICTO
HAGO
SABER: Toca suplementario de amparo 731/2010. Acuerdo. IRMA LETICIA
GARNICA RAMONES, promovió juicio de amparo por conducto de
esta Primera Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, Estado de México,
ante el PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO
CIRCUITO CON RESIDENCIA EN TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, señalando
como acto reclamado la resolución de diez de noviembre de dos
mil diez, dictada en el toca de apelación 731/2010,
ordenándose emplazar a los terceros perjudicados ISIDRO
RODRIGUEZ MARTINEZ, MANUEL OCEJO RIOS, ELENA OCEJO DE LAVIADA, ANDRES
OCEJO GIRON y GUILLERMO OCEJO GIRON, en acatamiento al requerimiento
del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito
con residencia en Toluca, Estado de México, en términos
de lo dispuesto por los artículos 30 fracción II de la
Ley de Amparo y 315 del Código Federal
de Procedimientos
Civiles, de aplicación supletoria. Publíquese por TRES
VECES DE SIETE EN SIETE DIAS en el Diario Oficial de la Federación
y en uno de los diarios de mayor circulación en la República
Mexicana, haciéndoles saber la instauración del juicio
de garantías 38/2011, y el derecho que tienen, con fundamento
en el artículo 167 de la Ley de Amparo, de apersonarse dentro
de un término máximo de DIEZ DIAS, contados a partir
del siguiente a la última publicación, si lo creyeren
conveniente. Dado en Tlalnepantla, Estado de México,
veintisiete de enero de dos mil doce.
DOY FE.
Secretaria
de Acuerdos de la Primera Sala Colegiada Civil
de Tlalnepantla,
Estado de México
Lic. Selene Leal Pérez
Rúbrica.
(R.- 341526)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Cuernavaca, Morelos
Boulevard del Lago número 103, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo,
Cuernavaca, Morelos, código postal 62370
Sección Amparo
EDICTO
A: CIPRIANO CARRILLO RUIZ Y “MAQUILADORA DE CUERNAVACA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTREN.
En
los autos del juicio de amparo número 1046/2011, promovido por
LEOCADIA HERNANDEZ DIAZ, contra actos de la Junta Especial Número
Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con
residencia en esta ciudad, consistente en el acuerdo de veinticuatro
de junio de dos mil once, emitido dentro del juicio laboral
01/1032/04; por acuerdo de trece de diciembre del año en
curso, se ordenó emplazar a los terceros perjudicados CIPRIANO
CARRILLO RUIZ y “MAQUILADORA DE CUERNAVACA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, por edictos para que comparezcan dentro de los
treinta días, siguientes a la última publicación
de estos edictos a este Juzgado de Distrito ubicado en Boulevard del
Lago número 103, colonia Villas Deportivas, Delegación
Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, si a sus intereses legales
conviene, a efecto de entregarles copia de la demanda de amparo, así
como del auto de admisión de
la misma.
Por otra parte, se les apercibe que en caso de no hacerlo así y no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, se les tendrá debidamente emplazados, se seguirá el juicio y las subsecuentes notificaciones se les harán por lista de estrados que se fijan en este órgano jurisdiccional.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y de la misma manera en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.
Cuernavaca, Mor., a 13 de diciembre de 2011.
La Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Griselda Sáenz Horta
Rúbrica.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Juan Lenín Díaz Hidalgo
Rúbrica. (R.- 341543)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado
Décimo Octavo Circuito
Cuernavaca, Morelos
EDICTO
CUARTO
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO OCTAVO CIRCUITO.- amparo directo
laboral 633/2011, promovido por PABLO FITZ BARRERA, se ordena
emplazar al tercero perjudicado LEOBARDO SALGADO HERNANDEZ,
haciéndosele saber que cuenta con TREINTA DIAS, contados a
partir de la última publicación de los edictos, para
que comparezca a éste Tribunal Colegiado a defender sus
derechos y señale domicilio en esta ciudad, para oír y
recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo así, las
posteriores de derecho
se le harán por medio de lista que
se fije en los estrados del órgano jurisdiccional citado, lo
anterior toda vez que el quejoso interpuso demanda de amparo
reclamando el laudo de quince de julio de dos mil once, dictado por
la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación
y Arbitraje en el Estado de Morelos, derivado del expediente laboral
01/535/07.
Para ser publicado tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico “La Unión de Morelos” de esta ciudad de Cuernavaca, Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 13 de diciembre de 2011.
Secretario de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito
Lic. Víctor Manuel García Bonilla
Rúbrica.
(R.- 341546)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito
Secretaría de Acuerdos
Cd. Victoria, Tamps.
EDICTO
Fibergam, Sociedad Anónima de Capital Variable.
Domicilio ignorado.
En el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, se recibió demanda de amparo, la cual se radicó con el número 1206/2010, promovida por JUAN RICARDO SILVA MENDOZA, contra actos de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en Tampico, Tamaulipas, dentro del expediente laboral 674/2/2005, en el que es tercero perjudicado Fibergam, Sociedad Anónima de Capital Variable, y en virtud de desconocerse el domicilio actual, este órgano jurisdiccional ordenó su emplazamiento mediante edictos, a fin de que acuda al tribunal en cita, a defender sus intereses quedando a disposición en la Secretaría de Acuerdos del propio tribunal, copia simple de la referida demanda. Dos firmas ilegibles, rúbricas.-
Y por el presente que se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, fijándose además en la puerta de este Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito, una copia íntegra del auto de fecha nueve de enero de dos mil doce, que se le manda notificar.
Ciudad Victoria, Tamps., a 9 de enero de 2012.
El
Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materias
Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito
Lic. Francisco Rivelino Arias Moreno
Rúbrica. (R.- 341551)
Estados Unidos Mexicanos
Gobierno del Estado de Jalisco
Poder Judicial del Estado de Jalisco
Supremo Tribunal de Justicia
Quinta Sala
EDICTO
Emplácese Tercero Perjudicado MARIA GUADALUPE SANDOVAL GONZALEZ preséntese defender derechos término TREINTA DIAS contados partir última publicación, promovido por JOSE DEL ROSARIO GONZALEZ GONZALEZ Toca 250/2004 Exp. 1796/1999 Quinta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco.
Publicarse
tres veces de siete en Siete días en un periódico de
circulación nacional y en el Diario Oficial
de la
Federación.
Guadalajara, Jal., a 31 de enero de 2012.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Miguel Angel Estrada Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 341261)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
México, D.F.
EDICTO
ELISA PEREZ REAL.
En
los autos del juicio de amparo directo D.C.- 750/2011, del índice
del Noveno Tribunal Colegiado
en Materia Civil del Primer
Circuito, promovido por ELISA PEREZ REAL, por su propio derecho, y en
cumplimiento a lo ordenado en proveído de veintiséis de
enero de dos mil doce, se ordenó emplazar
por edictos a la
tercera perjudicada FRANQUICIAS MEXICANAS QUE ANTOJO, SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, haciéndole saber
que deberá presentarse dentro del término de DIEZ DIAS,
ante este Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer
Circuito, contados a partir del día siguiente al de la última
publicación.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y el periódico excelsior, así como en los estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
México, D.F., a 26 de enero de 2012.
El Magistrado Presidente del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Gonzalo Hernández Cervantes
Rúbrica.
(r.- 341558)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
URBANIZADORA VICTORIA, SOCIEDAD ANONIMA y
NATALIA SILVA VIUDA DE VILLANUEVA.
En los autos del juicio de amparo directo número 883/2011, promovido por IRMA CHAVEZ GARCIA y JAVIER ENCINAS QUINTERO, en contra de la sentencia dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, dentro del toca civil 1746/2009, por auto de fecha dieciocho de noviembre de dos mil once, la Magistrada Presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, ordenó se emplazara a los terceros perjudicados URBANIZADORA VICTORIA, SOCIEDAD ANONIMA y NATALIA SILVA VIUDA DE VILLANUEVA, por medio de EDICTOS para que dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, comparezca ante este Tribunal Colegiado, en defensa de sus intereses si así lo estima conveniente, haciendo de su conocimiento que queda a su disposición en la Secretaria de este Tribunal, copia simple de la demanda de garantías. Los presentes edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación (una vez aprobado el presupuesto de egresos de dos mil doce).
Se
expide lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos
30 de la Ley de Amparo y 315
del código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria.
Mexicali, B.C., a 18 de enero de 2012.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Lic. Raymundo López García
Rúbrica.
(R.- 341559)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Tercera Sala Civil
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
A LOS TERCEROS PERJUDICADOS: JULIA VARGAS MARTINEZ,
FERNANDO HERNANDEZ FLORES y MARIA GUADALUPE MARTINEZ
ALVAREZ DE ARROYO.
En los autos del cuaderno de amparo del Actor relativo al toca número 1225/2011 deducido del juicio ORDINARIO CIVIL seguido por MIRANDA ALFARO ROMAN en contra de JULIA VARGAS MARTINEZ Y OTROS, se dictó proveído de fecha quince de noviembre del dos mil once, mediante el cual se provee que ignorándose el domicilio de los Terceros Perjudicados JULIA VARGAS MARTINEZ, FERNANDO HERNANDEZ FLORES y MARIA GUADALUPE MARTINEZ ALVAREZ DE ARROYO, se ordenó emplazar a los mismos al presente juicio de garantías por medio de EDICTOS, lo anterior con fundamento en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo vigente, en relación al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los cuales se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS y a costa del promovente de la demanda de amparo interpuesta contra actos de ésta Sala, consistente en la sentencia de fecha catorce de julio del dos mil once, dictada en los autos del toca 1225/2011, los referidos Terceros Perjudicados deberán comparecer ante la Autoridad Federal, a defender sus derechos en el término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, quedando en la Secretaría de esta Tercera Sala Civil, copia simple de la demanda de garantías a su disposición.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de noviembre de 2011.
La C. Secretaria de Acuerdos de la Tercera Sala Civil
Lic. Elsa Zaldívar Cruz
Rúbrica.
(R.- 340794)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Sexto Civil Toluca
Juzgado Sexto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, México
EDICTO
A JUAN MANUEL GARDUÑO ORTIZ, y BEATRIZ GARCIA MARTINEZ.
SE LES HACE SABER:
Que
en el expediente 144/11, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL,
promovido por el LICENCIADO RODOLFO JAIMES MUCIÑO, en su
carácter de Apoderados Legales de BANCO NACIONAL DE MEXICO,
SOCIEDAD ANONIMA, INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, antes
BANCO NACIONAL DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INTEGRANTE DEL GRUPO
FINANCIERO BANAMEX ACCIVAL, S.A.
DE C.V., en contra de
JUAN MANUEL GARDUÑO ORTIZ, como deudor principal y de
BEATRIZ
GARCIA MARTINEZ, como concurrente, se ordenó mediante auto de
fecha veintidós de junio del año dos mil once, se
emplazara JUAN MANUEL GARDUÑO ORTIZ, como deudor principal y
de
BEATRIZ
GARCIA MARTINEZ, como concurrente, por medio de edictos respecto a la
demanda instaurada en su contra y en lo esencial le demanda las
siguientes prestaciones: A). El pago de $266,178.75 (DOSCIENTOS
SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y OCHO PESOS 75/100 M.N.), por
concepto de suerte principal. B).- El pago de $22,888.70 (VEINTIDOS
MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 70/100), por concepto
de
intereses ordinarios. C).- El pago de los intereses moratorios. D).-
el pago de los gastos y costas que origine el presente litigio hasta
la conclusión. HECHOS en fecha diecisiete de agosto de mil
novecientos noventa y cinco, los ahora demandados celebraron convenio
con la parte actora del cual se deriva este juicio. Para que dentro
del término de treinta días contado a partir del día
siguiente al de la última publicación, a dar
contestación a la demanda instaurada en su contra, fijándose
además en la puerta del tribunal, una copia íntegra de
la resolución durante todo el tiempo del emplazamiento, con el
apercibimiento de que si pasado este plazo no comparece por sí,
mediante apoderado o gestor que pueda representarlo, se seguirá
el juicio en su rebeldía, haciéndose las posteriores
notificaciones aún las personales, mediante lista y boletín
judicial. Edictos que se publicarán POR TRES VECES DE SIETE EN
SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DIARIOS
DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA. Toluca, México a veinte
de enero de dos mil once. DOY FE.
Secretario
Lic. Carlos Alberto Reyes Silva
Rúbrica.
(R.- 340797)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave
Juzgado Segundo de Primera Instancia
Poza Rica, Veracruz
EDICTO
En el Juicio Ejecutivo Mercantil 696/2007 del Indice del Juzgado Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, promovido por el Lic. ISRAEL E. FRIAS MEZANO en mi carácter de Endosatario en Procuración de KARIN POHLENZ ESPINDOLA en contra de JORGE ANGEL VIDAL HERNANDEZ, sobre cobro de pesos y otras prestaciones, se señalaron las DIEZ HORAS DEL VEINTINUEVE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DOCE, para la audiencia prevista por el artículo 1411 del Código de Comercio en relación con el 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente a la materia Mercantil, en la cuál en primera almoneda se rematarán los siguientes bienes: a) cincuenta por ciento del lote de terreno número 3, manzana 3, sección B, ubicado en el Fraccionamiento El Pital de Papantla, Veracruz, con superficie de 105.00 metros cuadrados, y casa en él construída, con las medidas y colindancias siguientes: NORTE 7.00 metros, con calle sin nombre; SUR 7.00 metros, con Lote 12; ESTE 15.00 metros con Lote 4 y OESTE 15.00 metros, con Lote 2.- Será postura legal la que cubra las dos terceras partes de la suma de CIENTO VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N. valor asignado por los peritos, y b).- La mitad de la quinta parte de la fracción de terreno desmembrada de la parcela 130, del Lote denominado Pital y Mozutla de Papantla, Veracruz, con superficie total de 4,930.00 metros cuadrados, con medidas y colindancias siguientes: NORTE, 40.00 metros con camino de acceso; SUR, 40.90 metros, con Miguel Pérez; ESTE, 127.50 metros con Ingeniero Zúñiga; y OESTE, 119.00 metros con María Aguirre. Será postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N. valor fijado por los peritos; significándose que las personas que deseen intervenir como licitadores deberán depositar previamente en la cuenta de cheques 3500, Operación TRX 5503, del Banco HSBC el diez por ciento sobre el valor designado a dichos bienes, convocándose postores para el efecto conforme a los artículos 474, 479 y 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio al de Comercio.
Para su publicación por tres veces dentro de nueve días hábiles, en el “Diario Oficial de la Federación”, en los estrados de este Juzgado y del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Papantla, Veracruz. Se expide el presente a los trece días del mes de Diciembre del dos mil once, en la ciudad de Poza Rica de Hidalgo, Veracruz.- DOY FE.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia
Lic. Eloísa Molina Espinosa
Rúbrica.
(R.- 341115)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
TERCEROS PERJUDICADOS:
- RODOLFO SALAZAR SANDOVAL
Y GUSTAVO ADOLFO ARELLE SARRAG.
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 979/2011-I, PROMOVIDO POR CENTRO
PEDAGOGICO JUAN BOSCO, SOCIEDAD CIVIL, CONTRA ACTOS DEL JUEZ
TRIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO FEDERAL, se tuvo, entre
otros, como terceros perjudicados a Rodolfo Salazar Sandoval Y
Gustavo Adolfo Arelle Sarrag y como acto reclamado, se tuvo
esencialmente, falta de emplazamiento, diligencia y acuerdos
posteriores; sentencia definitiva; auto de cinco de octubre de dos
mil once y todo lo actuado en los autos del Juicio Ejecutivo Civil
549/2002, del índice del Juzgado Trigésimo Tercero de
lo Civil del Distrito Federal, promovido por Gustavo Adolfo Arelle
Sarrag y otros, contra María Guadalupe Valdez Iniesta y Jorge
Eduardo Sánchez Ugalde. En auto de veintiocho de noviembre de
dos mil once, se admitió la demanda que dio origen al juicio
de amparo referido y mediante proveído de veinticuatro de
enero de dos mil doce,
se ordenó emplazar por medio de edictos a los citados terceros
perjudicados, requiriéndoles para que se
presenten ante este juzgado dentro del término de treinta días
hábiles, contados del siguiente al de la última
publicación, ya que de no hacerlo, se les harán las
subsecuentes notificaciones por medio de lista que se fije en los
estrados de este juzgado; asimismo, se hace de su conocimiento que
queda a su disposición en este Juzgado Noveno de Distrito en
Materia Civil en el Distrito Federal, copia simple de la demanda de
amparo
y auto admisorio.
México, D.F., a 24 de enero de 2012.
El Secretario
Lic. Gustavo Medrano González
Rúbrica.
(R.- 341263)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Segundo Civil de Cuantía Menor
Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES:
QUE
EN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE 181/2009, RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO
MERCANTIL, PROMOVIDO POR MARIA DEL PILAR JUAREZ HERNANDEZ, EN CONTRA
DE ISIDRO DE LA LUZ HERNANDEZ, RADICADO EN EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL
DE CUANTIA MENOR DE CIUDAD NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO, mediante
auto de fecha veintiséis de enero del año dos mil doce,
se ordenó mandar a anunciar el remate del bien inmueble, por
lo que se señalan las ONCE HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE FEBRERO
DEL AÑO DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo la primera
almoneda de remate, respecto del bien inmueble embargado en autos,
ubicado en CALLE TEXANITA, NUMERO CIENTO TREINTA Y NUEVE, COLONIA
BENITO JUAREZ, NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO, PARA SU MEJOR
UBICACION, LOTE SEIS, MANZANA TRESCIENTOS CATORCE, COLONIA AURORA,
por lo que deberá convocares a postores por medio de edictos
que se PUBLICARAN POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN LA TABLA DE AVISOS O PUERTA DEL
JUZGADO, no debiendo mediar entre la publicación del ultimo
edicto menos de cinco días, sirviendo de base para dicho
remate la cantidad de $859,360.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA
Y NUEVE
MIL TRESCIENTOS SESENTA PESOS 00/100 M.N.), que es la cantidad en que
fue valuado dicho bien por el perito en rebeldía de la parte
demandada; debiéndose notificar en forma personal el contenido
del presente proveído a las partes, para los efectos legales a
que haya lugar. Doy Fe.
Secretario de Acuerdos
Lic. Juan de Jesús Alonso Carrasco
Rúbrica.
VALIDACION
FECHA DE ACUERDO QUE ORDENA LA PUBLICACION DEL EDICTO: VEINTISEIS DE ENERO DEL DOS MIL DOCE.
Secretario de Acuerdos del Juzgado Segundo Civil de
Cuantía Menor de Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Juan de Jesús Alonso Carrasco
Rúbrica.
(R.- 341276)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero
Sección de Amparo
Acapulco, Gro.
EDICTO
“JOSE MALDONADO GARCIA”.
“CUMPLIMIENTO AUTO NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE, DICTADO POR JUEZ SEXTO DISTRITO ESTADO GUERRERO, JUICIO AMPARO 644/2011, PROMOVIDO POR SANTOS TORRES MERAS Y JUAN MERAZ VARGAS, POR SU PROPIO DERECHO, CONTRA ACTOS DEL JUEZ PRIMERO DE PERIMERA INSTANCIA DEL RAMO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUETA, CON SEDE EN ZIHUATANEJO, GUERRERO, SE HACE CONOCIMIENTO RESULTA CARACTER TERCERO PERJUDICADA, TERMINOS ARTICULO 5°, FRACCION III, INCISO A) LEY DE AMPARO Y 315 CODIGO FEDERAL PROCEDIMIENTOS CIVILES APLICADO SUPLETORIAMENTE, SE LE MANDO EMPLAZAR POR EDICTO A JUICIO, PARA QUE SI A SUS INTERESES CONVINIERE SE APERSONE, DEBIENDOSE PRESENTAR ANTE ESTE JUZGADO FEDERAL, UBICADO BOULEVARD DE LAS NACIONES 640, GRANJA 39, FRACCION “A”, FRACCIONAMIENTO GRANJAS DEL MARQUES, CODIGO POSTAL 39890, ACAPULCO, GUERRERO, DEDUCIR DERECHOS DENTRO DE TERMINO TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR SIGUIENTE A ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDA DE NO COMPARECER LAPSO INDICADO, ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN CARACTER PERSONAL SURTIRAN EFECTOS POR LISTA SE PUBLIQUE ESTRADOS ESTE ORGANO CONTROL CONSTITUCIONAL. EN INTELIGENCIA QUE ESTE JUZGADO HA SEÑALADO NUEVE HORAS CON CUARENTA Y DOS MINUTOS DEL DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE, PARA CELEBRACION AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. QUEDA DISPOSICION EN SECRETARIA JUZGADO COPIA DEMANDA AMPARO”.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, SE EXPIDE LA PRESENTE EN LA CIUDAD DE ACAPULCO, GUERRERO, A LOS NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE.- DOY FE.
El Juez Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero
Lic. Juan Manuel Díaz Núñez
Rúbrica.
(r.- 341340)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
“Rubicela Ramírez Matus”
En
los autos del juicio de amparo número 711/2011, promovido por
Juan Ramón Palacios Lara, en representación de Otoniel
Monzón Gómez, contra actos del Juez Segundo del Ramo
Penal de este Distrito Judicial, residente en ejido Lázaro
Cárdenas del municipio de Cintalapa de Figueroa, Chiapas,
y otra autoridad;
al ser señalado como tercero perjudicada y desconocerse su
domicilio actual, a pesar de que este juzgado realizó diversas
gestiones para obtenerlo, sin lograrlo; en consecuencia, con
fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de
Amparo, así como en el numeral 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley en cita,
se ordena su emplazamiento al juicio
de mérito por edictos,
los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días,
en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico
de mayor circulación en la República, haciendo de su
conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su
disposición copia simple de la demanda de amparo, así
como de los proveídos de dos, siete y veinte de junio, uno de
julio, dos, doce y diecinueve de agosto, dos y nueve de septiembre,
todos del presente año, y que cuenta con un término de
treinta días, contados a partir de la última
publicación de tales edictos, para que ocurra al juzgado a
hacer valer sus derechos, con apercibimiento que en caso de no
comparecer por sí, o por conducto de su apoderado que lo
represente, las subsecuentes notificaciones se le harán por
lista aún las de carácter personal.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 5 de diciembre de 2011.
El Secretario del Juzgado Séptimo
de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Eralio Nieto Tapia
Rúbrica.
(R.- 341554)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Cuernavaca, Mor.
EDICTO
Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos.
María Guadalupe Sánchez González Viuda De García, en el lugar donde se encuentre:
En los autos del juicio de amparo 1029/2011-I, promovido por Juan Lucio García Díaz, contra actos de la Magistrados Integrantes de la Sala Auxiliar del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Morelos, con sede en esta ciudad, reclamando: “La sentencia de fecha 12 de mayo de 2011, misma que recayó al recurso de apelación promovido por el suscrito, notificada al día dieciocho de mayo del presente año, esto en atención de que la misma carece de motivación y fundamentación que la ley requiere para su debida eficacia, violando con ello el procedimiento y con esto, las Garantías Constitucionales que el Estado me confiere ” juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos, ubicado en Boulevard del lago número 103, edificio “B”, nivel 4, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, código postal 62370, y en el cual se les han señalado con el carácter de tercera perjudicada y al desconocerse su domicilio actual, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndoles saber que deberá presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, sin necesidad de acuerdo, se le harán por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TREINTA DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOCE. Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 6 de enero de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Edmundo Pedroza Sandín
Rúbrica. (R.- 341555)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
LUCIA JIMENEZ RUIZ REPRESENTANTE DE LOS MENORES ANGELICA AMAIRANI Y GUILLERMO ANTONIO DE APELLIDOS BAUTISTA JIMENEZ.
TERCERA PERJUDICADA.
EN EL JUICIO DE AMPARO 1276/2011, PROMOVIDO POR EDWAR BAUTISTA CRUZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ PRIMERO DEL RAMO PENAL PARA LA ATENCION DE DELITOS NO GRAVES, RESIDENTE EN CHIAPA DE CORZO, CHIAPAS, Y OTRAS AUTORIDADES, SE ORDENO EMPLAZAR A JUICIO, CON EL CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO A LUCIA JIMENEZ RUIZ REPRESENTANTE DE LOS MENORES ANGELICA AMAIRANI Y GUILLERMO ANTONIO DE APELLIDOS BAUTISTA JIMENEZ, EN EL QUE SE SEÑALO COMO ACTO RECLAMADO LA ORDEN DE APREHENSION.
LAS
COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA QUEDAN A SU DISPOSICION EN LA
SECRETARIA
DE ESTE JUZGADO FEDERAL, EN EL ENTENDIDO QUE TIENE
DESPUES DE LA ULTIMA PUBLICACION TREINTA DIAS PARA COMPARECER ANTE
ESTE ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL,
CON EL APERCIBIMIENTO QUE
DE NO COMPARECER Y SEÑALAR DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR
NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES DE
CARACTER PERSONAL SE PRACTICARAN POR LISTA QUE SE PUBLICARA EN LOS
ESTRADOS DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 5 de diciembre de 2011.
La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Elsa Eline Nucamendi Ruiz
Rúbrica.
(R.- 341557)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Cuernavaca, Morelos
Boulevard del Lago número 103, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo,
Cuernavaca, Morelos, código postal 62370
Sección Amparo
EDICTO
A: JAIME VALADEZ CAZARES Y “URBASOL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTREN.
En los autos del juicio de amparo número 528/2011, promovido por RICARDO MADRID MENDOZA Y OTROS, contra actos de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con residencia en Cuautla, Morelos, consistente en la omisión de aplicar las medidas de apremio establecidos en la ley laboral dentro del expediente 01/335/05 en contra del Director de Servicios Periciales de la Subprocuraduría Región Oriente de Cuautla, Morelos; por acuerdo de quince de diciembre del año en curso, se ordenó emplazar a los terceros perjudicados JAIME VALADEZ CAZARES Y URBASOL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por edictos para que comparezcan dentro de los treinta días, siguientes a la última publicación de estos edictos a este Juzgado de Distrito ubicado en Boulevard del Lago número 103, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, si a sus intereses legales conviene, a efecto de entregarles copia de la demanda de amparo, así como del auto de admisión de la misma.
Por otra parte, se les apercibe que en caso de no hacerlo así y no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, se les tendrá debidamente emplazados, se seguirá el juicio y las subsecuentes notificaciones se les harán por lista de estrados que se fijan en este órgano jurisdiccional.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y de la misma manera en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.
Cuernavaca, Mor., a 15 de diciembre de 2011.
La Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Griselda Sáenz Horta
Rúbrica.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Juan Lenín Díaz Hidalgo
Rúbrica.
(R.- 341560)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito de Procesos
Penales Federales en el Distrito Federal
EDICTO DE NOTIFICACION
En el proceso penal 225/2010-V, del índice del Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, instruido contra ERICK DANIEL LOPEZ ROMERO, por el delito CONTRA LA SALUD, en la modalidad de extracción del país, del estupefaciente denominado clorhidrato de cocaína, en grado de tentativa, previsto y sancionado en los artículos 193 y 194, fracción II, en relación con el diverso 12 del Código Penal Federal, en concordancia con los diversos 234 al 237 de la Ley General de Salud, se determinó poner a disposición de la persona que crea tener derecho:
1. Un bolso de tela gris, con la leyenda “SAMSONITE” de aproximadamente cuarenta y siete centímetros de largo por veinticinco de alto y veintidós centímetros de ancho.
2. Un bolso de tela rojo, con la leyenda “Samsonite” de aproximadamente cuarenta y ocho centímetros de largo por veintiséis centímetros de alto y veintiséis centímetros de ancho.
3. Una maleta marca “Mobility Luggage”, de aproximadamente cuarenta y siete centímetros de largo, por veinticinco centímetros de alto y veintidós centímetros de ancho.
A fin de que acrediten su propiedad para realizar las gestiones respectivas para su devolución.
Con el apercibimiento que de no hacer la reclamación relativa ante este Juzgado Federal, en el término de tres meses, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 182 Ñ, del Código Federal de Procedimientos Penales, el citado numerario, causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito de
Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
Lic. Lizbeth Martínez Arias
Rúbrica.
(R.- 341700)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal del Tercer Circuito
en el Estado de Jalisco
EDICTO
En términos de los artículos 2o., 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al primer ordenamiento, se le emplaza al tercero perjudicado Octaviano Carrillo Urtusuastegui, dentro del presente juicio de amparo 26/2011-III-B, mediante escrito presentado el once de enero de dos mil once, compareció la quejosa Manuela Lara Solano a solicitar el amparo y protección de la Justicia Federal contra las autoridades y actos reclamados, precisados en su escrito inicial de demanda, por ese motivo, se inició a trámite el juicio de garantías, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco.
En esa virtud y por desconocer su domicilio, juicio por medio del presente edicto, a cuyo efecto la fotocopia de la demanda de garantías queda a su disposición en la secretaría y se le hace saber que:
Deberá presentarse ante este órgano judicial, dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, sito en el kilómetro 17.5 de la carretera Libre a Zapotlanejo, Jalisco a promover lo que a su interés estime pertinente.
Deberá señalar domicilio en la Zona Metropolitana de Guadalajara, Jalisco, para recibir notificaciones personales, apercibido que de incumplir, las ulteriores se le harán por medio de lista, que se fije en los estrados de este tribunal, y se le hace de su conocimiento que la audiencia constitucional tendrá verificativo a las nueve horas con diez minutos del ocho de diciembre de dos mil once.
Así lo proveyó y firma el Juez Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Jaime Arturo Garzón Orozco, ante la secretaria Teresa Alicia Ledezma Velasco, que autoriza y da fe.
Atentamente
18 de noviembre de 2011.
Complejo Penitenciario de la Zona Metropolitana de Guadalajara, Jalisco
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en
Materia Penal en el Estado de Jalisco
Lic. Teresa Alicia Ledezma Velasco
Rúbrica.
(R.- 341801)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCEROS
PERJUDICADOS: JOSE TOBIAS YUNES TORBAY y MARGARITA BAHNSEN LOPEZ
DE
YUNES.
En los autos del juicio de amparo número 929/2011-IV, promovido por Cales de Zacatepec, Sociedad Anónima de Capital Variable por conducto de su apoderado José Antonio Yunes Bahnsen, contra actos del Juez Cuadragésimo Séptimo de lo Civil del Distrito Federal; en el que se señala como terceros perjudicados a JOSE TOBIAS YUNES TORBAY y a MARGARITA BAHNSEN LOPEZ DE YUNES, y al desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de La Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, y se le hace de su conocimiento que queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y sus anexos, a efecto de que, en un término de treinta días contados a partir de la última publicación de tales edictos, ocurran al órgano jurisdiccional a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 10 de febrero de 2012.
El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Fortres Mangas Martínez
Rúbrica.
(R.- 341956)
Estados Unidos Mexicanos
Supremo Tribunal de Justicia del Estado
Jalisco
Tercera Sala
EDICTO
H. Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco
Por este conducto emplácese a REFACCIONES AUTOMOTRICES Y AMORTIGUADORES, S.A. DE C.V., también conocida como “RAYASA”, a efecto de hacerle saber de la demanda de amparo promovida por ANA ROSA GUTIERREZ GONZALEZ Y FRANCISCO MARCO VELEZ NARANJO, Endosatarios en Procuración de “MAYOREO AUTOMOTRIZ Y AGRICOLA, S.A. DE C.V.”, acto reclamado: sentencia definitiva de 23 veintitrés de agosto de 2011 dos mil once, dictada dentro de los autos del toca 248/2008 relativo al juicio MERCANTIL EJECUTIVO expediente 2356/2007 promovido por ANA ROSA GUTIERREZ GONZALEZ Y FRANCISCO MARCO VELEZ NARANJO, en su carácter de Endosatarios en Procuración de “MAYOREO AUTOMOTRIZ Y AGRICOLA, S.A. DE C.V.”, en contra de REFACCIONES AUTOMOTRICES Y AMORTIGUADORES, S.A. DE C.V., también conocida como “RAYASA”, por conducto de quien resulte ser su representante legal, y VIRGINIA J. RUVALCABA MIRAMONTES, para que comparezcan ante el H. Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito en turno, dentro del término de 30 días contados del siguiente al de la última publicación, artículo 167 de la Ley de Amparo. Copias de demanda de garantías quedan a su disposición en la Secretaría de la Sala.
Para publicarse por tres veces de siete en siete días en el periódico “EL EXCELSIOR” y “EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”. Artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 10 de febrero de 2012.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
La Secretario de Acuerdos de la Tercera Sala
Lic. María Guadalupe Peña Ortega
Rúbrica.
(R.- 341959)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado
Poza Rica, Ver.
EDICTO
JUICIO DE AMPARO 957/2011-II-B
LUZ DEL CARMEN LOPEZ ROMANO
En el juicio de amparo número 957/2011-II-B, promovido por Celso Rogelio Quiroz Pulido, contra actos del Juez Primero de Primera Instancia con sede en esta ciudad, y por desconocerse el domicilio de la parte tercero perjudicado Luz del Carmen López Romano, por auto dictado en esta misma fecha, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en algún periódico de circulación nacional, para que dentro del término de treinta días, a partir de la última publicación, señalen domicilio en esta ciudad, donde oír y recibir notificaciones, que de no hacerlo en el término concedido, se le formularán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado, de conformidad con la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, haciéndose de su conocimiento con la copia de la demanda de amparo que se encuentra en este Juzgado a su disposición.
Quejoso: CELSO ROGELIO QUIROZ PULIDO.
Tercero Perjudicado: LUZ DEL CARMEN LOPEZ ROMANO.
Acto Reclamado: “…De la autoridad señalada como ordenadora, reclamo la orden de aprehensión decretada en mi contra, la cual es violatoria de todo procedimiento legal y de las autoridades ejecutoras el cumplimiento de dicha orden de aprehensión por ellos mismos o por los agentes a sus órdenes…”
Se fijaron las DOCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL VEINTISIETE DE ENERO DE DOS MIL DOCE, para la celebración de la audiencia constitucional.
Atentamente
Poza Rica de Hidalgo, Ver., a 24 de enero de 2012.
El Secretario del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado
José Roberto Vásquez de Jesús
Rúbrica.
(R.- 341967)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
TERCEROS PERJUDICADOS: ROBERTO CARLOS ORTIZ MURILLO, BLANCA LILIA CARMONA MIRANDA, CIRILO CHAVEZ RESENDIZ Y DEMETRIO MARTINEZ VELASCO.
En los autos del juicio de amparo 674/2011-I y sus acumulados 757/2011-VII, 823/2011-VIII, 845/2011-IV y su acumulado 846/2011-V, 858/2011-IV, así como los diversos 879/2011-VI Y 1178/2011-VIII, promovido por Aaron González Alvarado y otros, por propio derecho, contra actos del Juez Quinto de lo Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México, por desconocerse el domicilio de los terceros perjudicados ROBERTO CARLOS ORTIZ MURILLO, BLANCA LILIA CARMONA MIRANDA, CIRILO CHAVEZ RESENDIZ Y DEMETRIO MARTINEZ VELASCO, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa del Consejo de la Judicatura Federal, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado Federal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“INSERTO: Se comunica a los terceros perjudicados ROBERTO CARLOS ORTIZ MURILLO, BLANCA LILIA CARMONA MIRANDA, CIRILO CHAVEZ RESENDIZ Y DEMETRIO MARTINEZ VELASCO, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de siete de junio de dos mil once, este Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por Aaron González Alvarado, correspondiéndole el número de juicio de amparo indirecto 674/2011-I, promovido contra actos del Juez Quinto de lo Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México, consistente en:
“IV.- ACTO RECLAMADO: El contenido del auto de Plazo constitucional dictado por la unidad señalada como responsable en mi contra, en fecha veinticinco de mayo del año dos mil once, dentro de la causa penal número 91/2011, en el cual se me decreta auto de formal prisión por aparecer como probable responsable en la comisión del delito de delincuencia organizada, cometido en agravio de la seguridad pública…
Indíquese a los terceros perjudicados ROBERTO CARLOS ORTIZ MURILLO, BLANCA LILIA CARMONA MIRANDA, CIRILO CHAVEZ RESENDIZ Y DEMETRIO MARTINEZ VELASCO, que deberán presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tengan conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tienen de apersonarse al mismo si a sus intereses conviniere, y a su vez señalen un domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de Naucalpan de Juárez, Estado de México.
Apercibidos que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se les practicarán por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado Federal, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 9 de enero de 2012.
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Leopoldo Antonio Reyes
Rúbrica.
(R.- 340441)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
TERCERO PERJUDICADO: HECTOR SALVADOR SUMANO LOPEZ.
En los autos del juicio de amparo 745/2011-VIII, promovido por José Alfredo Zarazúa López, por propio derecho, contra actos del Juez Vigésimo Civil de México, Distrito Federal del Poder Judicial del Distrito Federal y otras autoridades, por desconocerse el domicilio del tercero perjudico Héctor Salvador Sumano López, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa del Consejo de la Judicatura Federal, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado Federal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“INSERTO: Se comunica al tercero perjudicado Héctor Salvador Sumano López, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de veinte de junio de dos mil once, este Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por José Alfredo Zarazúa López, correspondiéndole el número de juicio de amparo indirecto 745/2011-VIII, promovido contra actos del Juez Vigésimo Civil de México, Distrito Federal del Poder Judicial del Distrito Federal y otras autoridades, consistente en:
“IV.- ACTO RECLAMADO: La orden por vía de exhorto dirigido al Juez competente del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, para que por su conducto me notificara, emplazara y requiriera el pago que se me demanda en el juicio ejecutivo mercantil, radicado en este juzgado bajo el expediente número 1062/1995 de la Secretaría B; de quienes reclama la ilegal notificación, emplazamiento, requerimiento de pago y embargo de bienes, que presuntamente se me realizó en fecha treinta de junio del año de mil novecientos noventa y cinco, y que ordenó se me realizara por conducto del Juez exhortado, en el domicilio ubicado en Calle Edward Jenner, Número 36, Lote 8, Manzana 3, Colonia Granjas San Cristóbal, Municipio de Coacalco de Berriozabal, Estado de México… así como su ejecución...
Indíquese al tercero perjudicado Héctor Salvador Sumano López, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tenga conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a sus intereses conviniere, y a su vez señale un domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de Naucalpan de Juárez, Estado de México.
Apercibido que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se les practicarán por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado Federal, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 9 de enero de 2012.
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Samuel Enrique Madrigal Méndez
Rúbrica.
(R.- 340444)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO DECIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
Quejosa: Integración Educativa Victoria, Sociedad Civil, misma que opera bajo las nomenclaturas Instituto Juana de Arco y Nuevo Instituto Juana de Arco.
Terceras perjudicadas: Imelda Aguilar Manzano viuda de Lazcarro, Irma Alicia Lazcarro Aguilar de Ramos, Francisco Javier Ramos Aguilar, María de Lourdes Lazcarro Aguilar, e Inmobiliaria Antofalla, Sociedad Anónima de Capital Variable.
En los autos del juicio de amparo 941/2011-I, promovido por Integración Educativa Victoria, Sociedad Civil, misma que opera bajo las nomenclaturas Instituto Juana de Arco y Nuevo Instituto Juana de Arco, contra actos del Juez Trigésimo Noveno de lo Civil del Distrito Federal, y actuarios adscritos a dicho juzgado, por auto de doce de enero de dos mil doce, este juzgado, al desconocer el domicilio actual de la tercera perjudicada María de Lourdes Lazcarro Aguilar, con fundamento en los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, se ordenó su emplazamiento al presente sumario por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, lo anterior para que en el término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, la aludida tercera perjudicada ocurra ante este tribunal y haga valer sus derechos, por lo que se le hace de su conocimiento que ante la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y escrito aclaratorio, apercibida que en caso de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, éstas se le harán por medio de lista.
En consecuencia, se hace la relación sucinta de la demanda consistente en que la parte quejosa antes referida, promovió el presente juicio en contra del Trigésimo Noveno de lo Civil del Distrito Federal, y actuarios adscritos a dicho juzgado, reclamando una orden de lanzamiento dictada en el juicio ordinario civil 460/2009, y su ejecución.
Atentamente
México, D.F., a 16 de enero de 2012.
Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
María Estela García Aviña
Rúbrica.
(r.- 340775)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado
Quincuagésimo Noveno de lo Civil
EDICTO
JUZGADO 59 CIVIL
SECRETARIA “B”
EXP. 576/08
EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR FABIAN ESPINOSA BENITO ISIDRO EN CONTRA DE VILLAVICENCIO GOMEZ JUAN ELIAS Y OTRA LA C. JUEZ DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE.
México Distrito federal a dieciseis de enero del dos mil doce- En cumplimiento a los proveídos de fechas nueve y dieciseis de enero del año en curso. A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora y en ejecución de sentencia como se pide para que tenga verificativo la subasta publica en primera almoneda del bien inmueble embargada a la parte demandada consistente en LOTE 47 MANZANA 145 VIVIENDA CUADRUPLEX LETRA “C” CALLE IXTACALCO NUMERO OFICIAL 225 FRACCIONAMIENTO CIUDAD AZTECA MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS ,ESTADO DE MEXICO . para que tenge verificativo dicha subasta se señalan las DOCE HORAS DEL DIA VEINTIUNO DE FEBRERO PROXIMO, sirviendo de base para remate la totalidad del avaluo rendido por el perito de la parte actora que haciende a la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL PESOS 100/100 M.N. , siendo postura legal para los licitadores las dos terceras partes del precio del avaluo que sirvio de base para el remate y para intervenir en el remate los licitadores deberan exhibir el diez por ciento del valor del inmueble mediante certificado de deposito expedido por ( BANCEFI) BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS y sin cuyo requisito no seran admitidos como postores . Asimismo dicha subasta de conformidad con el 1411 del Código de Comercio y 474 del código Federal de procedimientos civiles de aplicación supletoria debera de anunciarse por medio de edictos que se publicaran por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN LOS TABLEROS DE AVISOS DEL JUZGADO Y EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION -.NOTIFIQUESE Lo proveyo y firma la C. Juez ante su C. secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe DOS FIRMAS ILEGIBLES RUBRICAS.
PARA SU PUBLICACION DEBIENDO PUBLICARSE POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN LOS TABLEROS Y AVISOS DEL JUZGADO Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
México, D.F., a 20 de enero de 2012.
La C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Susana Leos Godínez
Rúbrica.
(R.- 341070)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado,
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
RAUL HECTOR MANDUJANO BARRIOS Y MARIA DEL CARMEN GUTIERREZ GARCIA, QUIENES TIENEN LA CALIDAD DE PADRE Y MADRE DE LA PERSONA QUE EN VIDA RESPONDIO AL NOMBRE DE RAUL ANGEL MANDUJANO GUTIERREZ
TERCEROS PERJUDICADOS.
EN EL JUICIO DE AMPARO V.1376/2010, PROMOVIDO POR EDILSER LEONEL MENDEZ RAMIREZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ TERCERO DEL RAMO PENAL, CON SEDE EN CINTALAPA DE FIGUEROA, CHIAPAS Y OTRA AUTORIDAD, SE ORDENO EMPLAZAR A JUICIO, CON EL CARACTER DE PARTE TERCERA PERJUDICADA A RAUL HECTOR MANDUJANO BARRIOS Y MARIA DEL CARMEN GUTIERREZ GARCIA, QUIENES TIENEN LA CALIDAD DE PADRE Y MADRE DE LA PERSONA QUE EN VIDA RESPONDIO AL NOMBRE DE RAUL ANGEL MANDUJANO GUTIERREZ, EN EL QUE SE SEÑALO COMO ACTO RECLAMADO:
“…D).
ACTO RECLAMADO. EL AUTO DE FORMAL PRISION DICTADO EN MI CONTRA DEL
HOY QUEJOSO DE NOMBRE EDILSER LEONEL MENDEZ RAMIREZ, POR LA
RESPONSABLE DE FECHA 27 DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2010, POR EL
C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA, DEL DISTRITO JUDICIAL DE
COPAINALA DE MEZCALAPA, CHIAPAS, COMO PROBABLE RESPONSABLE DEL DELITO
DE PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD EN LA MODALIDAD DE PLAGIO O
SECUESTRO, DICTADO
EN LA CAUSA PENAL 406/2009, DEL INDICE DEL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA PENAL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE TUXTLA, (SIC) …”.
ASIMISMO PRECISO, COMO GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS, LAS CONSAGRADAS EN LOS ARTICULOS 14, 16, 19, 20 Y 22 CONSTITUCIONALES.
LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA QUEDAN A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO FEDERAL, EN EL ENTENDIDO QUE TIENEN DESPUES DE LA ULTIMA PUBLICACION TREINTA DIAS PARA COMPARECER ANTE ESTE ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO HACERLO NI SEÑALAR DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES DE CARACTER PERSONAL SE PRACTICARAN POR LISTA QUE SE PUBLICARA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 20 de diciembre de 2011.
El Secretario del Juzgado Sexto
de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Carlos Arteaga Torres
Rúbrica.
(R.- 341540)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Baja California
Tribunal Superior de Justicia
Sección Amparos
EDICTO
OCAMPO
MELCHOR VERDUZCO GUERRERO, ANDREA RIVERO GOMEZ, TAMBIEN CONOCIDA COMO
ANDREA EUGENIA RIVERO GOMEZ Y BEATRIZ GALLARDO SALAZAR, TAMBIEN
CONOCIDA COMO MARIA BEATRIZ RIVERO SALAZAR.
EN
EL CUADERNO DE AMPARO DIRECTO CIVIL No. 892/2011, PROMOVIDO POR
LEOPOLDO ALEJANDRE SOLORIO, RELATIVO AL TOCA CIVIL NUMERO 0599/2011,
DEDUCIDO DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL, EXPEDIENTE 0080/2006, PROMOVIDO
POR LEOPOLDO ALEJANDRE SOLORIO EN CONTRA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE
BAJA CALIFORNIA, Y OTROS, POR AUTO DE FECHA ONCE DE ENERO DEL AÑO
EN CURSO, SE ORDENO LLEVAR A CABO EL EMPLAZAMIENTO A LOS TERCEROS
PERJUDICADOS OCAMPO MELCHOR VERDUZCO GUERRERO, ANDREA RIVERO GOMEZ,
TAMBIEN CONOCIDA COMO ANDREA EUGENIA RIVERO GOMEZ Y BEATRIZ GALLARDO
SALAZAR, TAMBIEN CONOCIDA COMO MARIA BEATRIZ RIVERO SALAZAR, POR
MEDIO DE EDICTOS, AUTORIZADOS POR LOS CC. MAGISTRADOS INTEGRANTES DE
LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, A FIN
DE QUE SE PUBLIQUEN LOS EDICTOS RESPECTIVOS TRES VECES DE SIETE EN
SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO
DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, HACIENDOSELES SABER A
DICHOS TERCEROS PERJUDICADOS QUE DEBERAN PRESENTARSE, DENTRO DEL
TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL EN
QUE SE HAGA LA ULTIMA PUBLICACION, PARA QUE COMPAREZCAN ANTE EL H.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMOQUINTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA
EN MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, EN DEFENSA
DE SUS INTERESES, SI ASI
LO ESTIMAN CONVENIENTE. QUEDAN A SU DISPOSICION EN LA SECCION DE
AMPAROS DE LA SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL ESTADO, LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA DE GARANTIAS.
EMPLAZAMIENTO QUE SE VERIFICA POR MEDIO DE EDICTOS, EN VIRTUD DE IGNORARSE SUS DOMICILIOS.
Para su publicación en los Estrados de este Tribunal Superior de Justicia del Estado, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, por tres veces de siete en siete días.
Atentamente
Mexicali, B.C., a 11 de enero de 2012.
El
Secretario General de Acuerdos del
Tribunal Superior de Justicia
del Estado de Baja California
Lic. Pedro I. Amaya Rábago
Rúbrica.
(R.- 341977)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
Cuernavaca, Mor.
EDICTO
JUICIO 608/2011-III
EMPLAZAMIENTO A LOS TERCEROS PERJUDICADOS: MANUEL VELASQUEZ SOTELO Y MARTHA SOTELO VILCHIS.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación. Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Morelos. En los autos del juicio de amparo 608/2011-III, promovido por Jorge Santiago Bautista, contra actos que reclama de la Junta Especial Uno de la Local de conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, haciéndoles saber que el acto reclamado se hace consistir en: “…ACTO RECLAMADO.- La omisión por parte de la responsable de cumplir con los términos señalados por los artículos 884 y 885 de la Ley Federal del Trabajo, para el efecto de tramitar y concluir el juicio, es decir, cerrar la instrucción y dictar el laudo...”.; derivado del expediente laboral 01/352/2007, promovido por Jorge Santiago Bautista. Se les hace de su conocimiento que se les ha señalado como terceros perjudicados y toda vez que se desconoce sus domicilios actuales, no obstante la investigación de los mismos en términos del artículo 30 fracción II, de la Ley de Amparo, por acuerdo de once de mayo de dos mil once, se ha ordenado emplazarlos por edictos a costa del consejo de la judicatura federal mismos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional, haciéndoles saber que deben presentarse dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones les correrán por lista que se fija en los estrados de éste Juzgado Federal, y que en razón de lo anterior se difirió anticipadamente la audiencia constitucional a fin de otorgarles el término legal para apersonarse al presente juicio, por lo que se dictó un acuerdo que en lo conducente es del tenor siguiente:
“…Cuernavaca Morelos, veintitrés de noviembre de dos mil once.
Visto el estado procesal que guardan los autos de los que se advierte que con fecha catorce de julio de dos mil once, se ordenó el emplazamiento de los terceros perjudicados MANUEL VELASQUEZ SOTELO Y MARTHA SOTELO VILCHIS, mediante la publicación de edictos a costa de la parte quejosa, por tal motivo y no obstante a ello, toda vez que la parte quejosa pertenece a la clase trabajadora, como se advierte de la prueba ofrecida para verificar la capacidad económica de impetrante, lo que implica que este juzgador considere la imposibilidad para cubrir un gasto de esa naturaleza, como lo manifestó y acredito el quejoso; por lo tanto, para no retardar la pronta impartición de justicia, principio rector de este órgano federal en observancia al artículo 17 constitucional, y sin el afán de prejuzgar sobre el sentido del presente asunto, tomando en consideración el acto que se reclama y las consecuencias jurídicas adyacentes, quien ahora resuelve estima necesario llevar a cabo el emplazamiento de tales terceros perjudicados, en consecuencia, se ordena dicha formalidad procesal por medio de edictos, por lo que con fundamento en lo dispuesto por el numeral 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente en la especie, a costa del Consejo de la Judicatura Federal, emplácese a los terceros perjudicados MANUEL VELASQUEZ SOTELO Y MARTHA SOTELO VILCHIS, mediante EDICTOS, los que deberán contener una relación sucinta de la demanda y los datos necesarios, a fin de que estén en aptitud de comparecer a este juicio constitucional, los que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación a nivel nacional; haciéndoles saber que deberán presentarse en un término de treinta días, contados a partir del siguiente a la última publicación, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por medio de la lista que se fija en los Estrados de este órgano jurisdiccional, en donde además se deberá fijar copia autorizada íntegra de éste proveído, durante el propio término de treinta días.
Ante esa virtud, remítasele los originales del edicto correspondiente, así como el disco magnético que contenga el archivo a publicar, debiendo acreditar dentro del término de tres días al en que los reciba, haber efectuado los trámites respectivos para su publicación; igualmente, deberá exhibir conforme se vayan publicando, los ejemplares correspondientes.
El anterior razonamiento, encuentra apoyo en el criterio que sostiene el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, en la tesis IX.1o.26C, visible en la página 580, del Tomo VIII, Noviembre de 1998, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, que a la letra dice:
"TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE AMPARO. RAZON DE SU EMPLAZAMIENTO. La necesidad de emplazar al tercero perjudicado en el juicio de amparo, tiende a observar la garantía de audiencia y así otorgarle la oportunidad legal de comparecer al mismo y defender sus intereses, haciendo las alegaciones que considere convenientes y ofrecer todas las pruebas para ese efecto”.
Para dar margen a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional señalada para hoy, fijándose nuevamente las DIEZ HORAS DEL TRECE DE MARZO DE DOS MIL DOCE, para su verificativo; lo anterior, a efecto de no dejarlos en estado de indefensión.…”.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 25 de noviembre de 2011.
El Juez Tercero de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Erico Torres Miranda
Rúbrica.
(R.- 341549)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
TERCERO
PERJUDICADOS:
1.
CLAUDIA CUELLAR VILLANUEVA, 7. MARIA MERCEDES BENITEZ LEMUS, 9. MARIA
DEL PILAR ALICIA VIVEROS HERNANDEZ, 14. JESSICA ELIZABETH ALEXANDER
GUERRERO, 15. ALFONSO FUENTES PEREZ, 17. ABRAHAM VELAZQUEZ ROMERO,
18. JUANA XX GUERRERO, 19. ELVIRA OCHOA SANCHEZ, 22. ANA RAMOS
GARCIA, 28. EDGAR ANTONIO PEREZ BARROSO, 29. CONSTANTINO IZELO IZELO,
31. FLORENCIA ALMAZAN ARAGON, 34. NICOLAS SAAVEDRA CANSECO, 37. JULIO
ALFREDO ORDUÑA FLORES, 38. JAVIER MACHORRO JIMENEZ,
41.
ALEJANDRO RODRIGUEZ ACEVEDO, 42. EDUARDO ANTONIO FLORES CARDENAS, 46.
JOSE SANCHEZ GAGNEBET, 53. MIGUEL ANGEL DIAZ TORRES, 54. EDUARDO
SANCHEZ CRUZ, 56. LUIS MIGUEL CARRANZA LOPEZ, 57. MARTHA MUÑOZ
HERNANDEZ, 58. ENRIQUE VIVEROS ACEVEDO,
60. JOSE ALBERTO VAZQUEZ
HERNANDEZ, 65. ANA LILIA BAUTISTA CABALLERO, 69. BEATRIZ PONCE
MANZANO, 71. ROBERTO HERNANDEZ FLORES, 72. JOSE ROBERTO ALCAIDE
BERMUDEZ, 77. JOSE CLAUDIO AGUILAR HERNANDEZ, 78. LEOBARDO CRUZ RAMOS
ISLAS, 79. EDNA ESPERANZA IGLESIAS CONCHAS, 80. MARIA ELENA AGUILAR
MARTINEZ, 81. MARIA DE LOURDES ACEVEDO NIÑO RIVERA, 82. SANDRA
PAOLA MONROY IGLESIAS, 83. ELOINA FLORES FLORES y
84. VICTOR
MANUEL GREGORIO CASAS RIVAS.
En
el juicio de amparo 1742/2010 y su acumulado 164/2011, de este
juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido
por GONZALO CERON GUTIERREZ y LUIS REY PEREZ JUAREZ, contra
actos del
JUEZ
TERCERO DE LO PENAL DE LA CIUDAD DE PUEBLA;
se han señalado como tercero perjudicados entre otros a 1.
CLAUDIA CUELLAR VILLANUEVA, 7. MARIA MERCEDES BENITEZ LEMUS,
9.
MARIA DEL PILAR ALICIA VIVEROS HERNANDEZ, 14. JESSICA ELIZABETH
ALEXANDER GUERRERO, 15. ALFONSO FUENTES PEREZ, 17. ABRAHAM VELAZQUEZ
ROMERO, 18. JUANA XX GUERRERO,
19. ELVIRA OCHOA SANCHEZ, 22. ANA
RAMOS GARCIA, 28. EDGAR ANTONIO PEREZ BARROSO,
29. CONSTANTINO
IZELO IZELO, 31. FLORENCIA ALMAZAN ARAGON, 34. NICOLAS SAAVEDRA
CANSECO, 37. JULIO ALFREDO ORDUÑA FLORES, 38. JAVIER MACHORRO
JIMENEZ, 41. ALEJANDRO RODRIGUEZ ACEVEDO, 42. EDUARDO ANTONIO FLORES
CARDENAS, 46. JOSE SANCHEZ GAGNEBET, 53. MIGUEL ANGEL DIAZ TORRES,
54. EDUARDO SANCHEZ CRUZ, 56. LUIS MIGUEL CARRANZA LOPEZ, 57. MARTHA
MUÑOZ HERNANDEZ, 58. ENRIQUE VIVEROS ACEVEDO, 60. JOSE ALBERTO
VAZQUEZ HERNANDEZ, 65. ANA LILIA BAUTISTA CABALLERO, 69. BEATRIZ
PONCE MANZANO, 71. ROBERTO HERNANDEZ FLORES, 72. JOSE ROBERTO ALCAIDE
BERMUDEZ, 77. JOSE CLAUDIO AGUILAR HERNANDEZ, 78. LEOBARDO CRUZ RAMOS
ISLAS, 79. EDNA ESPERANZA IGLESIAS CONCHAS, 80. MARIA ELENA AGUILAR
MARTINEZ, 81. MARIA DE LOURDES ACEVEDO NIÑO RIVERA, 82. SANDRA
PAOLA MONROY IGLESIAS, 83. ELOINA FLORES FLORES y 84. VICTOR MANUEL
GREGORIO CASAS RIVAS;
y como se desconocen sus domicilios actuales, se ha ordenado
emplazarlos por edictos, que
deberán publicarse: PRIMERA
PUBLICACION EL VEINTE DE FEBRERO, SEGUNDA PUBLICACION EL VEINTINUEVE
DE FEBRERO y TERCERA PUBLICACION EL NUEVE DE MARZO, TODOS DE DOS MIL
DOCE,
en el “Diario Oficial de la Federación” y en
cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”,
“Excelsior”, “El Financiero” o “El
Universal”, a elección del Consejo de la Judicatura
Federal; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30
fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a
la ley citada. Queda a disposición en la actuaría de
este juzgado copia simple de las demandas de garantías,
haciéndoles saber que deberán presentarse ante este
juzgado dentro del término de treinta días, contados a
partir del siguiente al de la última publicación, y que
la audiencia constitucional se encuentra señalada para las
NUEVE
HORAS CON DOCE MINUTOS DEL VEINTITRES DE ENERO DE DOS MIL DOCE.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 23 de diciembre de 2011.
Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla
Aída Araceli Ramírez Lozano
Rúbrica.
(R.- 341596)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
TERCERO
PERJUDICADOS: 1. Alejandra Maceda Nájera. 5. Guadalupe Meza
Muñoz. 7. Gloria Valdez Cedillo. 8. César Ricardo Lerma
Tuxpan. 9. Arlet Guadalupe Maceda Nájera. 10. Juan Alberto
Fuentes Hernández. 11. Juan Sánchez Lecona. 15. Renato
Fernández Téllez. 18. Erick Córdova Ferra. 21.
José Maurilio Cruz Saldaña. 24. Eduardo Sánchez
Hernández. 36. María Marcelina Lucero Díaz
García. 37. Julio César Conde García. 43. María
Gloria Juárez Guarneros. 44. Víctor Arturo Hernández
Trujillo. 45. Victoria Cuautle Atencos. 48. Laura Hernández
Romero. 57. María del Carmen Morgado Aguilar. 59. Micaela
Pérez Huitzil. 60. Irma Maricela Ramírez Huerta. 61.
Adriana Becerra de la Calleja. 62. Marisol Hernández Reyes.
63. Francisca Guadalupe García Mirón. 64. Vicente
Alonso Zúñiga. 65. María Lourdes Ortiz Padilla.
66. Irma Griselda Tehuitzil Mejia. 67. Josefina Martínez
Reyes. 73. Jorge León Osorno. 75. Margarita Rivera Florencio.
77. Francisco Agustín Pozos Pérez. 80. Carlos Paisano
Ecatl. 82. Francisco Genaro Campos Villatoro.
84. Hilario Rogelio
de la Rosa Enríquez. 85. Teodora Paisano Ecatl. 86. Mario
Aguilar Hernández. 87. Enrique Zamora. 90. Martina Castellano
Gallo. 94. Blanca Albores García. 97. Edmundo García
Gómez. 109. Abel Zamitiz Pérez y/o Abel Pérez
Zamitiz. 110. Matilde Esperanza Morales Rosas. 111. José Mario
Mendoza García. 112. Guadalupe Odilón Huitzil Mexicano.
113. Luciano Tuxpan Morales. 114. Eduardo Ramón Burgos
Saavedra. 115. Julia Ocaña. 116. José Luis Jacinto
Ahuatl Roldán. 117. Jovita Pérez Díaz. 118.
Remedios Avila Cuateco. 119. María de Lourdes Candelario
Maceda Huerta. 120. Rodolfo Guzmán Rosete. 121. Carmen Moreno
Carrasco. 122. María del Socorro Cota Abaroa. 123. José
Luis Ramírez Medero. 125. Luz María Vidal Moreno. 126.
Irene Martínez Vidal. 128. Javier Romero Márquez. 132.
Lucrecia Galindo Durán. 135. Estefanía Guadalupe
Paisano Ecatl. 136. Maribel González Flores. 138. Jesús
Iván Macuil López. 139. Máximo Hernández
López. 142. Ulises Estrada Sánchez. 145. Abundio Tirado
Luna. 146. Rosa María Lara Díaz.
151. Esther Zárate
Betanzos. 152. Anahi Sánchez Pérez. 154. Margarita
García Peregrina. 155. María Isabel Tecuapetla
Bermudez. 156. Andrés Castro Flores. 158. Gian Luigi Zaniboni.
160. José Reyes Lara.
161. Ramón Torres Uribe. 162.
Arturo Cruz Solis. 163. Alberto Carlos Mota Cortés. 167. Mario
Benjamín Aguirre Casillas. 168. Tania Juárez Hernández.
169. Andrea Cerezo Serrano. 170. Julio Moreno Díaz. 171. Diana
Elena Appleton Alvarez. 174. María Isabel Samaniego Aguirre.
175. Jorge Ramírez Melgarejo. 176. José Jorge Brito
Morales. 177. José Rugerio Jiménez. 180. Gustavo Núñez
González. 182. Mario Jorge Carranza Salazar. 183. Angelina
Martínez Vázquez. 184. Antonio Palacios Hernández.
187. María Lucrecia Concepción Bautista Romero. 193.
Reina Aereopagita Colorado. 194. Juan de la Cruz Cuautle Barrales.
195. María Guadalupe Cuautle Aguilar. 198. Federico Peregrina
Ramos. 199. Porfirio Aguilar Aguilar. 202. Jorge López Peña.
203. Ricardo Osorio Santamaría. 208. Margarita Izunza Gómez.
210. Norma Leticia Munive Orduña. 213. Ricardo Gómez
Soancatl. 214. Carmen Sánchez Acevedo. 215. Verónica
García Gómez. 218. María Rebeca Díaz
Bortolotti. 221. Beatriz Ramírez Trinidad. 224. Luz María
Cervantes Baños y 225. Hortensia Hernández Quinto.
En
el juicio de amparo 877/2011, de este juzgado Décimo de
Distrito en el Estado de Puebla, promovido por GONZALO CERON
GUTIERREZ, contra actos del JUEZ DE LO PENAL CHOLULA, PUEBLA; se han
señalado como tercero perjudicados entre otros a 1. Alejandra
Maceda Nájera. 5. Guadalupe Meza Muñoz.
7. Gloria
Valdez Cedillo. 8. César Ricardo Lerma Tuxpan. 9. Arlet
Guadalupe Maceda Nájera. 10. Juan Alberto Fuentes Hernández.
11. Juan Sánchez Lecona. 15. Renato Fernández Téllez.
18. Erick Córdova Ferra.
21. José Maurilio Cruz
Saldaña. 24. Eduardo Sánchez Hernández. 36.
María Marcelina Lucero Díaz García. 37. Julio
César Conde García. 43. María Gloria Juárez
Guarneros. 44. Víctor Arturo Hernández Trujillo.
45.
Victoria Cuautle Atencos. 48. Laura Hernández Romero. 57.
María del Carmen Morgado Aguilar.
59. Micaela Pérez
Huitzil. 60. Irma Maricela Ramírez Huerta. 61. Adriana Becerra
de la Calleja. 62. Marisol Hernández Reyes. 63. Francisca
Guadalupe García Mirón. 64. Vicente Alonso Zúñiga.
65. María Lourdes Ortiz Padilla. 66. Irma Griselda Tehuitzil
Mejia. 67. Josefina Martínez Reyes. 73. Jorge León
Osorno. 75. Margarita Rivera Florencio. 77. Francisco Agustín
Pozos Pérez. 80. Carlos Paisano Ecatl. 82. Francisco Genaro
Campos Villatoro. 84. Hilario Rogelio de la Rosa Enríquez. 85.
Teodora Paisano Ecatl. 86. Mario Aguilar Hernández. 87.
Enrique Zamora. 90. Martina Castellano Gallo. 94. Blanca Albores
García. 97. Edmundo García Gómez. 109. Abel
Zamitiz Pérez y/o Abel Pérez Zamitiz. 110. Matilde
Esperanza Morales Rosas. 111. José Mario Mendoza García.
112. Guadalupe Odilón Huitzil Mexicano. 113. Luciano Tuxpan
Morales. 114. Eduardo Ramón Burgos Saavedra. 115. Julia Ocaña.
116. José Luis Jacinto Ahuatl Roldán. 117. Jovita Pérez
Díaz. 118. Remedios Avila Cuateco. 119. María de
Lourdes Candelario Maceda Huerta. 120. Rodolfo Guzmán Rosete.
121. Carmen Moreno Carrasco. 122. María del Socorro Cota
Abaroa. 123. José Luis Ramírez Medero. 125. Luz María
Vidal Moreno. 126. Irene Martínez Vidal. 128. Javier Romero
Márquez. 132. Lucrecia Galindo Durán. 135. Estefanía
Guadalupe Paisano Ecatl. 136. Maribel González Flores. 138.
Jesús Iván Macuil López. 139. Máximo
Hernández López. 142. Ulises Estrada Sánchez.
145. Abundio Tirado Luna.
146. Rosa María Lara Díaz.
151. Esther Zárate Betanzos. 152. Anahi Sánchez Pérez.
154. Margarita García Peregrina. 155. María Isabel
Tecuapetla Bermudez. 156. Andrés Castro Flores. 158. Gian
Luigi Zaniboni.
160. José Reyes Lara. 161. Ramón
Torres Uribe. 162. Arturo Cruz Solís. 163. Alberto Carlos Mota
Cortés. 167. Mario Benjamín Aguirre Casillas. 168.
Tania Juárez Hernández. 169. Andrea Cerezo Serrano.
170. Julio Moreno Díaz. 171. Diana Elena Appleton Alvarez.
174. María Isabel Samaniego Aguirre. 175. Jorge Ramírez
Melgarejo. 176. José Jorge Brito Morales. 177. José
Rugerio Jiménez. 180. Gustavo Núñez González.
182. Mario Jorge Carranza Salazar. 183. Angelina Martínez
Vázquez. 184. Antonio Palacios Hernández.
187.
María Lucrecia Concepción Bautista Romero. 193. Reina
Aereopagita Colorado. 194. Juan de la Cruz Cuautle Barrales. 195.
María Guadalupe Cuautle Aguilar. 198. Federico Peregrina
Ramos. 199. Porfirio Aguilar Aguilar. 202. Jorge López Peña.
203. Ricardo Osorio Santamaría. 208. Margarita Izunza Gómez.
210. Norma Leticia Munive Orduña. 213. Ricardo Gómez
Soancatl. 214. Carmen Sánchez Acevedo.
215. Verónica
García Gómez. 218. María Rebeca Díaz
Bortolotti. 221. Beatriz Ramírez Trinidad. 224. Luz María
Cervantes Baños y 225. Hortensia Hernández Quinto; y
como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlos por
edictos, que deberán publicarse: PRIMERA PUBLICACION EL VEINTE
DE FEBRERO, SEGUNDA PUBLICACION EL VEINTINUEVE DE FEBRERO y TERCERA
PUBLICACION EL NUEVE DE MARZO, TODOS DE DOS MIL DOCE, en el “Diario
Oficial de la Federación” y en cualquiera de los
periódicos siguientes: “Reforma”, “Excelsior”,
“El Financiero” o “El Universal”, a elección
del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de
aplicación supletoria a la ley citada. Queda a disposición
en la actuaría de este juzgado copia simple de la demanda de
garantías, haciéndoles saber que deberán
presentarse ante este juzgado dentro del término de treinta
días, contados a partir del siguiente al de la última
publicación, y que la audiencia constitucional se encuentra
señalada para las nueve horas con diecisiete minutos del once
de enero de dos mil doce.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 15 de diciembre de 2011.
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla
Hugo Alberto Carmona Olguín
Rúbrica.
(R.- 341814)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTO
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO DC. 715/2011-13, PROMOVIDO POR
DROGUEROS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su
apoderada ELISA ALEJANDRA BECERRIL GAMEZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ
DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, CONSISTENTES, EN LA
SENTENCIA DE QUINCE DE AGOSTO DE DOS MIL ONCE, DICTADA EN EL
EXPEDIENTE 569/2010 DE SU INDICE; CON FECHA CINCO DE DICIEMBRE DE DOS
MIL ONCE, ESTE TRIBUNAL COLEGIADO ORDENO EMPLAZAR AL TERCERO
PERJUDICADO ARCADIO AGUILAR CERVANTES, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE
PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN PERIODICO “EL SOL DE MEXICO”,
A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEFENDER SUS DERECHOS EN
EL TERMINO DE DIEZ DIAS, CONTADO A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE
EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDA EN LA SECRETARIA DE ACUERDOS DEL
TRIBUNAL COLEGIADO, A SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE
GARANTIAS, APERCIBIDO QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS
ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN AQUELLAS DE CARACTER PERSONAL, SE HARAN
POR LISTA EN TERMINOS DE LO DISPUESTO EN LA FRACCION II DEL ARTICULO
30 DE
LA LEY DE AMPARO.
México, D.F., a 20 de enero de 2012.
El Secretario del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. José Febo Trujeque Ramírez
Rúbrica.
(R.- 340747)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas vigentes, son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,539.00 2/8 de plana $ 3,078.00 3/8 de plana $ 4,617.00 4/8 de plana $ 6,156.00 |
6/8 de plana $ 9,234.00 1 plana $ 12,312.00 1 4/8 planas $ 18,468.00 2 planas $ 24,624.00 |
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
AVISOS GENERALES
|
CASA DE BOLSA MULTIVA, S.A. DE C.V.
GRUPO FINANCIERO MULTIVA
AVISO AL PUBLICO
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo noveno de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se hace del conocimiento del público en general, la disminución del capital social de Casa de Bolsa Multiva, S.A. de C.V., Grupo Financiero Multiva, aprobado por su asamblea general ordinaria de accionistas de fecha 16 de diciembre de 2011, en los términos siguientes:
PRIMERO.- Se aprueba disminuir el capital social, en la cantidad de $25'000,000.00 (veinticinco millones de pesos 00/100 M.N.), mediante el reembolso a los accionistas en forma proporcional a su actual tenencia accionaria, a razón de $0.3302320842 (cero pesos 3302320842/10000000000), tomados del renglón de actualización del capital social que reflejan los estados financieros antes aprobados, sin que sea necesario cancelar acciones ni modificar su valor teórico, ni reformar los estatutos sociales.
SEGUNDO.- Se ordena y se instruye a la Administración de la Sociedad tomar debida nota del reembolso acordado y que el mismo se tome del renglón de actualización del capital social, para considerarlo en la elaboración de los estados financieros.
TERCERO.- En virtud del acuerdo que antecede, se aprueba que en las oficinas de la Sociedad, a partir del día siguiente de la fecha de esta asamblea y a más tardar el 30 de diciembre de 2011 se realice el reembolso por la suma de $25'000,000.00 (veinticinco millones de pesos 00/100 M.N.).
CUARTO.- En términos del artículo noveno de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se autoriza al Secretario del Consejo para realizar las publicaciones que al efecto se requieran.
México, D.F., a 13 de febrero de 2012.
Secretario del Consejo
Lic. C. Francisco Salazar Aldana
Rúbrica.
(R.- 341879)
CHEVRON DE BAJA CALIFORNIA, S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACION)
A
fin de cumplir con lo establecido en el artículo 247 fracción
II de la Ley General de Sociedades Mercantiles,
a
continuación se publica el balance final de liquidación,
al 31 de diciembre de 2011, de Chevron de Baja California, S.A. de
C.V.
CHEVRON DE BAJA CALIFORNIA, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION
(pesos al 31 de diciembre de 2011)
Activo |
|
ACTIVO CIRCULANTE: |
|
Efectivo |
0 |
Total Activo |
0 |
CAPITAL CONTABLE: |
|
Capital social |
0 |
Total capital contable |
0 |
México, D.F., a 8 de febrero de 2012.
Liquidador
C.P. Gerardo de Jesús Molina Perera
Rúbrica.
(R.- 341961)
ZURICH, COMPAÑIA DE SEGUROS, S.A.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 182, 183 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los Accionistas de la Sociedad a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el día 16 de marzo de 2012 a las 12:00 horas, en el domicilio social sito en boulevard Manuel Avila Camacho número 126, colonia Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11000, México, D.F., para tratar los asuntos contenidos en el siguiente:
I. Discusión y aprobación, en su caso, sobre la capitalización de aportaciones para futuros aumentos de capital.
II. Reforma de la Cláusula Sexta de los estatutos sociales, con motivo de la capitalización, así como solicitud de autorización para reformar estatutos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
III. Designación de delegado para protocolización notarial de esta acta en caso de ser necesario.
Serán admitidos los accionistas que aparezcan inscritos en el Libro de Registro de Accionistas o depositen sus acciones con por lo menos un día de anticipación al señalado para la Asamblea en las oficinas de la Sociedad, y/o las constancias de depósitos de los títulos expedidas por una institución de crédito, en el domicilio de la Sociedad. A cambio del depósito de los títulos de acciones o de las constancias de depósito de éstas, los accionistas o sus representantes legales recibirán una tarjeta de admisión que expresará su nombre y el número de acciones que represente, así como el número de votos que le corresponden. Los accionistas podrán ser representados en la Asamblea por apoderados que acrediten su personalidad mediante simple carta poder que cumpla con los requisitos a que se refiere el artículo 29 fracción III de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
México, D.F., a 13 de febrero de 2012.
Presidente del Consejo de Administración
Zurich, Compañía de Seguros, S.A.
John Stephen Donnelly Samper
Rúbrica.
(R.- 341999)
HOUSTON
CHEMICAL MEXICO, BALANCE
DE LIQUIDACION
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 31 de enero de 2012. Liquidador Francisco Martínez García Rúbrica. (R.- 341154) |
|
WASTON SERVICIOS ADMINISTRATIVOS S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 31 DE ENERO DE 2012 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 7 de febrero de 2012. Liquidador Gerardo Hernández Rojas Rúbrica. (R.- 341428) |
TABACALERA DEL PUERTO S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 11 DE ENERO DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 15 de febrero de 2012. Liquidador Francisco Martínez García Rúbrica. (R.- 341963)
|
|
AVISO AL PUBLICO Se informa al público en general que los costos por suscripción semestral y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, son los siguientes: Suscripción semestral al público: $ 1,203.00 Ejemplar de una sección del día: $ 12.00 El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación |
ORDINARIA DE ASOCIADOS
Muy apreciado asociado:
La Junta Directiva del Casino Español de México, A.C., en sesión celebrada el día miércoles 1o. del presente mes de febrero y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 25 de los Estatutos Sociales, acordó convocar a Asamblea General Ordinaria de Asociados para el miércoles 7 de marzo, a las 17:00 horas, o en su defecto, en segunda convocatoria, a las 17:30 del mismo día, en su domicilio social de avenida Isabel la Católica número 29, con arreglo al siguiente
ORDEN DEL DIA
I. Instalación de la Asamblea y nombramiento de escrutadores de la misma.
II. Informe de la Junta Directiva de su gestión durante el último año social.
III. Presentación de las cuentas de la Asociación correspondientes al ejercicio social cerrado al 31 de diciembre de 2011 (Art. 26 de los Estatutos Sociales).
IV. Informe del Comisario y resolución sobre proposición o proposiciones que contenga en relación con el Balance General y demás documentos de contabilidad.
V. Elección
de -conformidad con el artículo 40 de los Estatutos Sociales-
de doce Consejeros Propietarios: D. Tomás Manuel Fernández
Rodríguez, D. Miguel Suárez Díaz, D. Fernando
Pedraja Bear,
D. Guillermo Carro Elósegui, D. José
Amable Cueto García, D. Jorge Díaz Estrada, D. Jesús
Galera Lamadrid, D. Tomás Mier Gutiérrez, D. José
Manuel Vaqueiro Justo, D. Samuel Fernández Canal, D. Pablo
Mirantes Suárez y D. José Julián Mirantes López
y seis consejeros suplentes: D. Angel O’ Dogherty Sánchez,
D. José Luis Nogueira de Rojas, D. Ramón Gómez
Asenjo, D. Manuel Castañón Bayón, D. Eulogio
Fernández Alba, D. Isidoro García Martínez.
VI. Los asociados, en uso de sus derechos sociales, a título personal o agrupado con otros asociados, podrán presentar planillas que se citan en el punto V de este orden del día, quienes cesan en sus funciones en este acto. Las planillas deberán registrarse hasta 10 días antes de la fecha de celebración de esta Asamblea en la Secretaría de la Asociación.
VII. Elección de Comisario Propietario y Suplente.
VIII. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de esta Asamblea.
Ciudad de México, a 2 de febrero de 2012.
Secretario
Miguel Suárez Díaz
Rúbrica.
(R.- 341699)
Cámara de Diputados
Auditoría Superior de la Federación
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento: DGR/A/02/2011/R/06/009
Oficio: DGR/A/A2/173/2012
A
JOSE MANUEL MARTINEZ RODRIGUEZ.- En el procedimiento para el
fincamiento de responsabilidades resarcitorias
DGR/A/02/2011/R/06/009, iniciado por acuerdo del 15 de febrero de
2011, derivado de la auditoría 482, de tipo “Financiera
y de Cumplimiento”, denominada “Egresos Presupuestales de
la Partida 4101 “Subsidios a la Producción” Fondo
de Apoyo a Proyectos Productivos Agrarios, es señalado como
presunto responsable de haber omitido verificar la correcta y total
integración del expediente de los grupos: Adocretos Tochtepec
S.C. de R.L., Tequila de Zapata S.P.R. de R.L., y Mujeres El
Pensamiento de Cuatexmola S.P.R. de R.L., con folios
FP/PUE/110806/382, FP/PUE/170806/653 y FP/PUE/170806/655; asimismo,
omitió llevar a cabo las acciones correspondientes para
requerir a los citados Grupos
el cumplimiento de la obligación
de remitir a la Representación de la Secretaría de la
Reforma Agraria en el Estado de Puebla, el informe de la correcta
aplicación de los recursos y la documentación
comprobatoria, posterior al plazo de noventa días naturales a
partir de la fecha de recepción de los mismos, ocasionando con
ello que no se contara con el “Informe General de Comprobación
al FAPPA” y la documentación relativa a la comprobación
de la correcta aplicación del recurso por un importe de
$500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), $499,996.00
(CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS
00/100 M.N.) y $82,800.00 (OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100
M.N.), lo que ocasionó un presunto daño al Estado en su
Hacienda Pública Federal por un monto de $1,082,796.00 (UN
MILLON OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 00/100
M.N.); por lo que, ante la imposibilidad de localizarlo en los
domicilios que obran en el expediente, mediante acuerdo de fecha 7 de
febrero de dos mil doce, se determinó procedente citarlo a
través de edictos, que serán publicados por tres días
consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en “La
Prensa”, de Editora La Prensa, Sociedad Anónima de
Capital Variable, periódico de circulación en el
territorio nacional, a efecto de que comparezca ante esta autoridad a
la audiencia prevista en la fracción I del artículo 57
de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la
Federación, que se celebrará en las oficinas de esta
Dirección General de Responsabilidades, sitas en avenida
Coyoacán 1501, primer piso, colonia Del Valle, Delegación
Benito Juárez, código postal 03100, México,
Distrito Federal, a las 12:00 horas del décimo tercer día
hábil siguiente a la fecha en que surta efectos la
notificación, es decir, a partir del día siguiente al
de su última publicación, a efecto de manifestar lo que
a su interés convenga, ofrecer pruebas y formular alegatos,
apercibido de que de no comparecer sin justa causa, se tendrán
por ciertos los hechos que se le imputan y precluido su derecho para
ofrecer pruebas o formular alegatos y se resolverá con los
elementos que obren en el expediente respectivo. Para los efectos
conducentes, se le pone a la vista para su consulta el expediente
mencionado, en días hábiles de 9:00 a 18:30 horas, en
el domicilio citado.
México, D.F., a 7 de febrero de 2012.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y 2o., 15 fracción LIII y 35 fracción III del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación
El Director General
Lic. Víctor José Lazcano y Beristain
Rúbrica.
(R.- 341823)
Cámara de Diputados
Auditoría Superior de la Federación
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento: DGR/A/02/2011/R/06/008
Oficio: DGR/A/A2/172/2011
A JOSE MANUEL MARTINEZ RODRIGUEZ.- En el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias DGR/A/02/2011/R/06/008, iniciado por acuerdo del 14 de febrero de 2011, derivado de la auditoría 472, de tipo “Financiera y de Cumplimiento”, denominada “Egresos Presupuestales de la Partida 4101 “Subsidios a la Producción” Programa de la Mujer en el Sector Agrario, es señalado como presunto responsable de haber omitido verificar la correcta y total integración del expediente de los grupos: Guadalupe y San Antonio del Alto, con folios PM/PUE/140806/2509 y PM/PUE/170806/2802; asimismo, omitió llevar a cabo las acciones correspondientes para requerir a los citados Grupos el cumplimiento de la obligación de remitir a la Representación de la Secretaría de la Reforma Agraria en el Estado de Puebla el informe de la correcta aplicación de los recursos y la documentación comprobatoria, posterior al plazo de noventa días naturales a partir de la fecha de recepción de los mismos, ocasionando con ello que no se contara con el “Informe General de Comprobación al PROMUSAG” y la documentación relativa a la comprobación de la correcta aplicación del recurso por un importe de $10,056.60 (DIEZ MIL CINCUENTA Y SEIS PESOS 60/10 M.N.) y $70,000.00 (SETENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), lo que ocasionó un presunto daño al Estado en su Hacienda Pública Federal por un monto de $80,056.60 (OCHENTA MIL CINCUENTA Y SEIS PESOS 60/100 M.N.); por lo que, ante la imposibilidad de localizarlo en los domicilios que obran en el expediente, mediante acuerdo de fecha 7 de febrero de dos mil doce, se determinó procedente citarlo a través de edictos, que serán publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en “La Prensa”, de Editora La Prensa, Sociedad Anónima de Capital Variable, periódico de circulación en el territorio nacional, a efecto de que comparezca ante esta autoridad a la audiencia prevista en la fracción I del artículo 57 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, que se celebrará en las oficinas de esta Dirección General de Responsabilidades, sitas en avenida Coyoacán 1501, primer piso, colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, código postal 03100, México, Distrito Federal, a las 10:00 horas del décimo tercer día hábil siguiente a la fecha en que surta efectos la notificación, es decir, a partir del día siguiente al de su última publicación, a efecto de manifestar lo que a su interés convenga, ofrecer pruebas y formular alegatos, apercibido de que de no comparecer sin justa causa, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y precluido su derecho para ofrecer pruebas o formular alegatos y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo. Para los efectos conducentes, se le pone a la vista para su consulta el expediente mencionado, en días hábiles de 9:00 a 18:30 horas, en el domicilio citado.
México, D.F., a 7 de febrero de 2012.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y 2o., 15 fracción LIII y 35 fracción III del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación
El Director General
Lic. Víctor José Lazcano y Beristain
Rúbrica.
(R.- 341827)
En
cumplimiento con lo establecido en las disposiciones 17.1 y 21.1 de
la Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado
de precios para las actividades reguladas en materia de gas natural
DIR-GAS-001-2007 (Directiva), y el Considerando Trigésimo
Primero la Resolución RES/198/2011, emitida por la Comisión
Reguladora de Energía (CRE), se publica la nueva lista de
tarifas de Gasoductos de Chihuahua,
S. de R.L. de C.V.
Esta lista de tarifas entrará en vigor cinco días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua.
LISTA DE TARIFAS DE GASODUCTOS DE CHIHUAHUA, S. DE R.L. DE C.V.
Cargo por |
Tarifa (Pesos/Gcal) |
Tarifa (Pesos/GJoule) |
Periodicidad |
Entregas en Samalayuca y Gloria a Dios hacia Cd. Juárez |
|||
Servicios en base firme |
|
|
|
Cargo por Capacidad |
2.9450 |
0.7034 |
Diaria |
Cargo por uso |
0.0249 |
0.0060 |
Diaria |
Servicio interrumpible |
|
|
|
2.9402 |
0.7022 |
Diaria |
|
|
|||
Entregas en Gloria a Dios hacia Chihuahua |
|||
Servicio en base firme Transporte frontera-GAD |
|||
Capacidad |
2.9450 |
0.7034 |
Diaria |
Uso |
0.0249 |
0.0060 |
Diaria |
Compresión GAD |
|
|
|
Capacidad |
15.7498 |
3.7618 |
Diaria |
Uso |
0.3966 |
0.0947 |
Diaria |
%combustible |
2.17% |
|
|
Servicio Interrumpible |
|
|
|
Transporte frontera-GAD |
2.9402 |
0.7022 |
Diaria |
Cargo por compresión |
0.3966 |
0.0947 |
Diaria |
%combustible |
2.17% |
|
|
Las tarifas no incluyen IVA.
Las tarifas y el ingreso máximo fueron actualizados con un tipo de cambio de 13.9787 pesos por dólar americano.
México, D.F., a 7 de febrero de 2012.
Gasoductos de Chihuahua, S. de R.L. de C.V.
Director Comercial
Ing. Mauricio Abogado Valdés
Rúbrica.
(R.- 342001)