Martes
3 de julio de 2012 DIARIO
OFICIAL (Tercera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Sección Amparo
EDICTO
Al margen del Escudo Nacional, con la leyenda Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación, Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco.
Con fundamento en lo dispuesto en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, en el juicio de amparo indirecto 883/2011-I, promovido por Luis Manuel Saldaña Pedroza, defensor de Rubén Soto Serrano y José Concepción Medrano Velazco, se ordenó el emplazamiento por medio de edictos al tercero perjudicado David García Manzo, por desconocer el domicilio de éste, por lo que deberá hacérsele saber que el referido juicio queda a su disposición en la secretaria del juzgado para que se imponga de su contenido.
Asimismo, que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados desde el siguiente al de la última publicación, en el entendido de que si no comparece dentro del término en comentario, se le harán las posteriores notificaciones de este juicio mediante la lista que se fija en los estrados de este Juzgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la ley de la materia.
Complejo Penitenciario de la Zona Metropolitana de Guadalajara, Jal., a 22 de mayo de 2012.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Eddie Antonio Rodríguez Tabares
Rúbrica.
(R.- 350247)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializada Asuntos Financieros Distrito Judicial Puebla, expediente numero 1934/2009, juicio ejecutivo mercantil promueve Banco Mercantil del Norte S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, a través representante legal ROLANDO HUMBERTO RAMIREZ SANCHEZ, contra EDUARDO ARMENTA GARCIA, GUILLERMINA DOLORES VAZQUEZ RAMIREZ, autos marzo treinta, junio ocho dos mil doce, ordenan anunciar Primera Publica almoneda remate inmueble embargado identificado Lote de terreno número tres de la manzana número Uno, actualmente ubicado Cerrada de la Amistad Colonia Agrícola Villa Albertina Puebla, Puebla, a nombre de GUILLERMINA DOLORES VAZQUEZ RAMIREZ, sirviendo base remate cantidad de CUATROCIENTOS MIL PESOS CERO CENTAVOS EN MONEDA NACIONAL, resultado dos terceras partes sobre precio avalúo, debiéndose anunciar venta medio tres edictos se publiquen dentro término NUEVE DIAS en el Diario Oficial de la Federación, puerta Juzgado, convocándose postores, haciendo saber posturas, pujas deberán exhibirse en audiencia remate a celebrarse doce horas de agosto veintidós dos mil doce, no debiendo mediar término menor de cinco días entre la última publicación respectiva fecha señalada, hágase saber deudor puede liberar bien embargado en autos pagando monto sus responsabilidades.
Ciudad Judicial, Pue., a 21 de junio de 2012.
El Diligenciario
Lic. Raúl Bonilla Márquez
Rúbrica.
(R.- 350296)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Zacatecas
Personas que tengan interés jurídico al respecto:
En el juicio de amparo 429/2011-4, promovido por FELIPE VALENZUELA RUIZ, JUAN CARLOS GARCIA GUERRERO, MARCO OSVALDO TORRES BELTRAN Y AGUSTIN RAMIREZ SALDIVAR, contra actos de la Segunda Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con sede en esta ciudad y otra autoridad, se le hace saber que debe presentarse ante este Juzgado dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación, apercibido que de no comparecer dentro del plazo concedido, se le hará las posteriores notificaciones por medio de lista que se fije y publique en los estrados de este órgano jurisdiccional.
Zacatecas, Zac., a 17 de abril de 2012.
Secretario de Juzgado
Lic. Jorge Martín Zamora González
Rúbrica.
(R.- 349040)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado
Décimo Octavo Circuito
Cuernavaca, Morelos
EDICTO
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO OCTAVO CIRCUITO.- amparo directo laboral 714/2011, promovido por José Tránsito Cabrera Ríos, se ordena emplazar a la tercera perjudicada Maquinaria y Construcciones RECOMSA, sociedad anónima de capital variable, haciéndosele saber que cuenta con TREINTA DIAS, contados a partir de la última publicación de los edictos, para que comparezca a éste Tribunal Colegiado a defender sus derechos y señale domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo así, las posteriores de derecho se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste órgano jurisdiccional, lo anterior toda vez que el quejoso interpuso demanda de amparo reclamando el laudo de trece de abril de dos mil once, dictado por la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, en el expediente laboral 01/815/2005.
Para ser publicado tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional. Contiene firma ilegible al margen sello oficial con las leyendas del Escudo Nacional Estados Unidos Mexicanos y Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito. Cuernavaca, Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 24 de mayo de 2012.
Secretario de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito
Lic. Víctor Manuel García Bonilla
Rúbrica.
(R.- 349042)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
“Yadira Dileri Hernández Guzmán representada por María Isabel Hernández Guzmán”
En
los autos del juicio de amparo número 1648/2011, promovido por
Sara Rivera González, contra actos del Juez Tercero del Ramo
Penal del Distrito Judicial de Tuxtla, con sede en Cintalapa de
Figueroa, Chiapas,
y otra autoridad;
al ser señalado como tercero perjudicada y desconocerse su
domicilio actual, a pesar de que este juzgado realizó diversas
gestiones para obtenerlo, sin lograrlo; en consecuencia, con
fundamento
en el artículo 30, fracción II, de la
Ley de Amparo, así como en el numeral 315 del Código
Federal
de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la
ley en cita, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito
por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en
siete días, en el Diario Oficial
de la Federación y
en el periódico de mayor circulación en la República,
haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este
juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de
amparo, así como de los proveídos de dieciséis,
veintiséis, y treinta de diciembre de dos mil once, cuatro,
nueve, trece, veintitrés, veintisiete y treinta de enero,
quince y diecisiete de febrero, siete, doce, catorce, veintidós
de marzo, siete y veintitrés de abril, todos del presente año,
y que cuenta con un término de treinta días, contados a
partir de la última publicación de tales edictos, para
que ocurra al juzgado a hacer valer sus derechos, con apercibimiento
que en caso de no comparecer por sí, o por conducto de su
apoderado que lo represente, las subsecuentes notificaciones se le
harán por lista aún las de carácter personal.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 27 de abril de 2012.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Omar Maldonado Villafuerte
Rúbrica.
(R.- 349043)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito
Guanajuato
ADC 286/2012
EDICTO
A: JORGE ALBERTO DIAZ RUIZ, LEOPOLDO RUIZ CARACHEO, MANUEL YAÑEZ RAMIREZ, JOSE MEDINA ROSAS Y J. ISABEL CERVANTES ANGUIANO.
En el expediente del juicio de amparo directo civil 286/2012, promovido por Oscar Adolfo Márquez Lozornio en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de Francisco Lozornio Castillo, contra actos de la Primera Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado con residencia en esta ciudad y del Juez Cuarto Civil de Partido de León, Guanajuato, con fecha dieciséis de mayo de dos mil doce se dictó un proveído que dispone emplazar a los terceros perjudicados JORGE ALBERTO DIAZ RUIZ, LEOPOLDO RUIZ CARACHEO, MANUEL YAÑEZ RAMIREZ, JOSE MEDINA ROSAS Y J. ISABEL CERVANTES ANGUIANO, por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico “Excélsior”, que es uno de los de mayor circulación en la República; se ordenó emplazarlos en su carácter de terceros perjudicados, y requerirlos para que comparezcan en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, al Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, a defender sus derechos. Asimismo, hacerle saber que la copia simple de la demanda de amparo queda a su disposición en la Secretaría de ese Tribunal Colegiado.
Guanajuato, Gto., a 16 de mayo de 2012.
Lic. Mayra del Carmen Carrillo Trujillo
Rúbrica. (R.- 349048)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Sección Amparos
EDICTO
Al margen del Escudo Nacional, con la leyenda Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación, Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco.
Con
fundamento en lo dispuesto en el numeral 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a
la Ley de Amparo, en el juicio de amparo indirecto 17/2012-II,
promovido por Porfirio González Velázquez, se ordenó
el emplazamiento por medio de edictos a las terceras perjudicadas
Viancy Romero Soto y Verónica Soto Núñez,
por desconocer el domicilio de estas, por lo que deberán
hacérseles saber que el referido juicio queda a su disposición
en la secretaria del juzgado para que se imponga de su contenido.
Asimismo, que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contados desde el siguiente al de la última publicación, en el entendido de que si no comparecen dentro del término en comentario, se le harán las posteriores notificaciones de este juicio mediante la lista que se fija en los estrados de este Juzgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la ley de la materia.
Complejo Penitenciario de la Zona Metropolitana de Guadalajara, Jal., a 16 de mayo de 2012.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Eddie Antonio Rodríguez Tabares
Rúbrica.
(R.- 349050)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial Federal
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADO UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO DECIMOPRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA. En el juicio de amparo 1101/2011-I del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula, promovido por Iván Barrales Rojas, en contra del acto que reclama del Juez de lo Penal del Distrito judicial de Cholula, Puebla, y otra, consistente en auto de formal prisión de treinta y uno de octubre de dos mil once; se ordenó la publicación de edictos para emplazar a la tercero perjudicado Rocío del Coral Ruiz del Sol Hernández, quien debe presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para que haga valer sus derechos, y señale domicilio en San Andrés Cholula, Puebla, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado, apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.
San Andrés Cholula, Pue., a 25 de abril de 2012.
La Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Puebla
Santa Flor de María Avendaño López
Rúbrica.
(R.- 349674)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializada en Asuntos Financieros de la Ciudad de Puebla, auto veintiocho de febrero y veinticinco de mayo de dos mil doce, convoca postores remate primera almoneda respecto de LA CASA NUMERO DIECINUEVE, CALLE SERAFINES, CONJUNTO RESIDENCIAL EN CONDOMINIO “ANGELES”, NUMERO VEINTE DEL CAMINO REAL A SANTA CLARA, RESERVA TERRITORIAL ATLIXCAYOTL, SAN ANDRES CHOLULA, PUEBLA; inscrita bajo partida seiscientos once, a fojas ciento sesenta, Libro Uno, de tres de enero de dos mil ocho en Cholula, Puebla, siendo postura legal la cantidad de OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS SESENTA Y SEIS CENTAVOS, MONEDA NACIONAL.
Venciéndose término para presentar posturas y pujas a las doce horas del día once de julio del dos mil doce. Comunicándose al deudor que puede liberar el bien haciendo pago íntegro del monto de sus responsabilidades hasta antes cause estado auto declara fincado el remate.
Expediente 248/2009, Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por HSBC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, en contra de ELIA CRISTINA MARQUEZ SANCHEZ.
El Diligenciario de Enlace
Lic. Raúl Bonilla Márquez
Rúbrica.
(R.- 349548)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito
Celaya, Gto.
EDICTO
A LA TERCERA PERJUDICADA
AGRUPACION FLOR, SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
En
los autos del juicio de amparo 438/2012-V, promovido por Magdalena
Sofía Sánchez González de McMordie, contra actos
del Magistrado de la Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de
Justicia en el Estado
de Guanajuato y otra autoridad, se le ha
señalado como tercera perjudicada y como se desconoce su
domicilio actual, se ordenó emplazarlo a juicio por edictos,
que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días,
en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana, de conformidad con los artículos 30 fracción
II de la Ley de Amparo y 315 del Código de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria, quedando a su disposición
copia simple de la demanda de amparo en la secretaría de este
Juzgado de Distrito, la cual en síntesis dice: “I.-
NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.- Ha quedado señalado con
anterioridad. II.- NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS TERCEROS PERJUDICADOS.-
“AGRUPACION FLOR, SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con domicilio en Boulevard Adolfo
López Mateos, número 521, primer piso, de la ciudad de
Celaya, Guanajuato…III.- AUTORIDADES RESPONSABLES: a) El
Magistrado de la Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en
el Estado de Guanajuato. b) El Juez Primero de Partido de lo Civil,
con residencia en esta ciudad, en su carácter de ejecutora.
IV. ACTO RECLAMADO. Lo constituye la sentencia de fecha 21 de marzo
del año en curso, dictada por el Magistrado de la Sexta Sala
Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, al resolver el
toca civil número 56/2012.”; además se le hace
saber que dentro del término de treinta días, contados
a partir del siguiente al de la última publicación,
deberá comparecer ante el Tribunal Federal, para hacer valer
lo que a sus intereses convenga. Si pasado el término
concedido no compareciere, se seguirá el juicio en su ausencia
y se le tendrá por emplazada, haciéndole las ulteriores
notificaciones por medio de lista en los estrados de este Tribunal.
Atentamente
Celaya, Gto., a 6 de junio de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
Lic. Jesús Antonio Azuara Reyes
Rúbrica.
(R.- 349608)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializado en Asuntos Financieros, Puebla, expediente 505/2009, Juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido Licenciado GABRIEL PEDRO TORRES PEREZ, en representación de “Banco Mercantil del Norte Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero “BANORTE”, contra IVONNE REYES BRAVO acuerdo veintitrés de febrero, y veintiocho de mayo, todos del año dos mil doce, ordena decretar remate en Primera y Pública Almoneda, CASA CINCUENTA Y UNO GUION VEINTINUEVE DE LA CALLE GUADALAJARA DE LA COLONIA INDEPENDENCIA EN CHOLULA, PUEBLA, sirviendo de base para el remate la cantidad de TRESCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS TREINTA Y DOS CENTAVOS MONEDA NACIONAL; posturas y pujas deberán hacerse a las DOCE horas del día ONCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE, fecha que tendrá verificativo audiencia de remate, hágase saber deudor que puede liberar bien si paga íntegramente monto de sus responsabilidades antes causar estado auto fincamiento de remate.
Ciudad Judicial Puebla, a 28 de mayo de 2012.
C. Diligenciario Enlace
Lic. Raúl Bonilla Márquez
Rúbrica.
(R.- 349376)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado 2do de Distrito, Villahermosa, Tabasco. A: quien acredite la propiedad del vehiculo marca nissan tipo tsuru, modelo 2008, con numero confidencial 8k305263. En el juicio de amparo 975/2012VI, promovido por Francisco Mendoza Mendoza y otro, se ordenó emplazar por edictos al tercero perjudicado de referencia, para que si a su interés conviene, comparezca a ejercer los derechos que le correspondan en el juicio de garantías citado. En la demanda respectiva se señaló como acto reclamado el auto de formal prisión decretado el veinte de abril de dos mil doce, en la causa penal 76/2012, por los delitos de tentativa de robo de vehículo equiparado y otros, se señaló como autoridad responsable al Juez Sexto Penal de Primera Instancia del municipio de Centro, Tabasco y otra, y como preceptos constitucionales violados, los artículos 1, 14, 16, 17, 19 y 20. Se hace del conocimiento al tercero perjudicado que se reservó fijar fecha y hora para la audiencia constitucional hasta en tanto el expediente esté debidamente integrado. Queda a su disposición copia de la demanda.
La Secretaria
Lic. Reyna Liliana Fernández Lima
Rúbrica.
(R.- 349056)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Querétaro
EDICTO
JUICIO DE AMPARO 694/212
EMPLAZAMIENTO
PARTE TERECERA PERJUDICADA: SUCESION A BIENES DE JOAQUIN MENDEZ SORIA A TRAVES DE SU ALBACEA.
En razón de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la iniciación del juicio de amparo ventilado bajo el expediente número 694/2012 promovido por EDUARDO CARREON VARGAS, contra actos del JUEZ SEGUNDO PENAL DE SAN JUAN DEL RIO, QUERETARO; sumario en el cual le resulta el carácter de parte tercera perjudicada, emplazándole por este conducto para que en el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este edicto, comparezca al juicio de garantías de mérito, apercibiéndole que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones se le harán por lista que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado Primero Distrito en el Estado, quedando a su disposición en la secretaría las copias simples de traslado.
Atentamente
Querétaro, Qro., a 3 de mayo de 2012.
Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Querétaro
Lic. Karla Aigxa Ortíz Carrasco
Rúbrica.
(R.- 349282)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Baja California Sur
EDICTO
JUICIO DE AMPARO 344/2011, PROMOVIDO POR MARIA NICOLASA ESTRADA MORALES, CONTRA ACTOS DEL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD Y OTRAS, RECLAMA ACTOS DERIVADOS DEL JUICIO RELATIVO A LA SUCESION TESTAMENTARIA A BIENES DEL SEÑOR RAUL RICARDO ESTRADA NAVARRO; SE ORDENO EMPLAZAR AL TERCERO PERJUDICADO SUCESION A BIENES DEL SEÑOR RAUL RICARDO ESTRADA NAVARRO POR EDICTOS, PARA QUE COMPAREZCA EN TREINTA DIAS, A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA ULTIMA PUBLICACION, SEÑALE DOMICILIO EN ESTA CIUDAD PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, APERCIBIDO QUE DE NO HACERLO SE HARAN POR LISTA; ARTICULO 30 LEY DE AMPARO Y 315 CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACION SUPLETORIA.
La Paz, B.C.S., a 30 de mayo de 2012.
Secretario en funciones de Juez en términos de lo establecido en el artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de ocho de noviembre de dos mil once
Gregorio Antonio Marín Bárcenas
Rúbrica.
(R.- 349676)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito
Ciudad Juárez, Chihuahua
EDICTO
Jorge Esteban Martínez Zapata.
Por medio del presente se le hace saber que Luis Gerardo Gutiérrez Murillo, promovió ante este Juzgado Noveno de Distrito en el Estado, el juicio de amparo 119/2012-IV, contra actos del juez de Garantía del Distrito Judicial Bravos, con asiento en esta localidad, los cuales hizo consistir en:
“IV.- ACTOS RECLAMADOS.- Juez de Garantía auto de vinculación a proceso”.
En razón de que se ignora su domicilio, por auto de fecha once de mayo de dos mil doce, se le manda emplazar por medio de este EDICTO que se publicará por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República y en uno de esta ciudad, fijándose además en la puerta de este Juzgado, una copia del presente, por todo el tiempo del emplazamiento.
Asimismo, se le hace saber que deberá presentarse en este Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término de treinta días, iniciado a contar a partir del siguiente al de la última publicación, en el concepto de que si no lo hace así, las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fijará en los estrados de este Juzgado.
Lo
anterior con fundamento en los artículos 30, fracción
II, de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de
Amparo, por disposición expresa de su
ordinal 2o.
Ciudad Juárez, Chih., a 11 de mayo de 2012.
Por acuerdo del Juez Noveno de Distrito en el Estado
El Secretario
Lic. Hugo Armando Mantilla Morales
Rúbrica.
(R.- 349041)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TABASCO, CON RESIDENCIA EN VILLAHERMOSA.
“CONSTRUCTORA
INMOBILIARIA LASCA Y ASOCIADOS”, “CONSTRUCTORA
INMOBILIARIA ASOCIADOS”, AMBAS SOCIEDADES ANONIMAS DE CAPITAL
VARIABLE, Y LUIS ALONZO SANCHEZ CARBOT, quienes tienen el carácter
de TERCEROS PERJUDICADOS dentro de los autos del juicio de amparo
160/2012-VI, se ordenó emplazarlos a juicio en términos
de lo dispuesto por el artículo 30 fracción II de la
Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles Supletorio a la Ley de la Materia y
se hace de su conocimiento que la parte quejosa CARLOS JIMENEZ
VELAZQUEZ, promovió demanda de amparo contra actos de la Junta
Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco, con
sede en esta ciudad, en la que señaló como acto
reclamado: “…la sentencia interlocutoria dictada por la
responsable mediante resolución de 14 de diciembre del 2011 en
donde la H. Junta Local
de Conciliación y Arbitraje del
Estado, declara improcedente INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACION en
el expediente laboral número 1065/2009 promovido por la parte
actora violando así los artículos 762, 764
y como
consecuencia se violan mis derechos, garantías individuales de
seguridad y certeza jurídica que nos concede la Constitución,
en los artículos 8, 14, 16 de la Constitución
Federal…”; se les previene para que se presenten al
juicio de garantías de mérito dentro de los treinta
días siguientes al de la última publicación,
y
señalen domicilio en esta ciudad para oír y recibir
notificaciones, ya que en caso de no hacerlo, éste
se
seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones
se harán por medio de lista que se fija en los estrados de
este JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TABASCO, CON
RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE VILLAHERMOSA, quedando a su disposición
en la secretaría, la copia simple
de la demanda de amparo
para su traslado. El que se expide para su publicación en el
Diario Oficial de la Federación y en un periódico de
mayor circulación en el país, que deberá de
efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días.
Villahermosa, Tab., a 15 de mayo de 2012.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito
en el Estado de Tabasco
David Gustavo Méndez Granado
Rúbrica.
(R.- 349063)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
EDICTO DE NOTIFICACION
En la causa penal 35/2011-III, del índice del Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, instruida contra JUAN ANTONIO GALICIA GONZALEZ y otros, por su probable responsabilidad en la comisión del delito CONTRA LA SALUD, se ordenó notificar al testigo Luis Edgar Castro Segura, que deberá presentarse a las diez horas con treinta y tres minutos del seis de julio de dos mil doce, ante este Juzgado Federal, sito en el primer piso de la calle Jaime Nunó 175, colonia Zona Escolar, Delegación Gustavo A. Madero, de esta ciudad (Reclusorio Norte), con identificación oficial vigente, a fin de llevar acabo un careo procesal, apercibido que de no hacerlo así, en vía de apremio se le impondrá una multa de CINCUENTA DIAS de salario mínimo general vigente en esta ciudad, equivalente a la cantidad de $3,116.50 (tres mil ciento dieciséis pesos 50/100 moneda nacional), en términos de lo dispuesto en la fracción II
del artículo 44 del Código Federal de Procedimientos Penales.
México, D.F., a 13 de junio de 2012.
El Juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
Lic. Ricardo Delgado Quiróz
Rúbrica.
(R.- 349976)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Guanajuato
EDICTO
Por este se publicará tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico denominado “Excélsior”, haciéndole saber a EPIFANIO OVIEDO RAMIREZ, JESUS ROMERO BALANDRAN y MANUEL ROBLEDO OVIEDO, que deberán presentarse por conducto de quien legalmente los represente, ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación a defender sus derechos como terceros interesados en el juicio de amparo número IV-1361/2011, promovido por MARIA TERESA y TOMAS, AMBOS DE APELLIDOS DOMINGUEZ ALONSO, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia de la demanda que les corresponde, en la inteligencia de que si transcurrido el término a que se ha hecho alusión no comparecen por si o por conducto de su representante legal, se continuará con el trámite del juicio de amparo sin su intervención y las subsecuentes notificaciones, se harán por lista, aún las de carácter personal.- Doy Fe.
Guanajuato, Gto., a 6 de junio de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato
Lic. Marco Antonio López Cabrera
Rúbrica.
(R.- 350341)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
ERNESTO GOMEZ GOMEZ
Naucalpan de Juárez, Estado de México, dieciocho de junio de dos mil doce.
En los autos del juicio de amparo 383/2012-V y su acumulado 524/2012-III, promovido por Liz Norma Flores Azcanio, Rosalinda Azcanio Carabantes y Johanna Ivette Flores Azcanio, ante este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, contra actos del Juez Quinto Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec, México, por desconocerse el domicilio del tercero perjudicado ERNESTO GOMEZ GOMEZ, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa del Consejo de la Judicatura Federal, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado de Distrito una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“INSERTO: Se comunica al tercero perjudicado ERNESTO GOMEZ GOMEZ, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de veintitrés de marzo de dos mil doce, se admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por Liz Norma Flores Azcanio, Rosalinda Azcanio Carabantes, posteriormente se acumuló la diversa demanda promovida por Johanna Ivette Flores Azcanio, correspondiéndoles el número de juicio de amparo 383/2012-V y su acumulado 524/2012-III,, promovido contra actos del Juez Quinto Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec, México, por los actos consistentes en:
“…ACTOS RECLAMADOS Del Juez Quinto Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec, México, se reclama el AUTO FORMAL PRISION decretado en nuestra contra del día veintiséis de febrero de dos mil doce a las doce horas, en la causa penal 40/2011 misma que se les instruye a LIZ NORMA FLORES AZCANIO y ROSALINDA AZCANIO CARABANTES, por la presunta comisión del delito de allanamiento de morada, en agravio del que dice ofendido el C. ERNESTO GOMEZ GOMEZ.
Así como el Auto de Formal Prisión de veintinueve de julio de dos mil once, en contra de Johanna Ivette Flores Azcanio, dentro de la causa penal 40/2011, por la presunta comisión del delito de Allanamiento de Morada.
Indíquesele al tercero perjudicado ERNESTO GOMEZ GOMEZ, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tenga conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a sus intereses conviniere, y señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de uno de los municipios detallados en la “Declaratoria de la Zona Metropolitana del Valle de México”, contenida en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, de veintitrés de enero de dos mil seis, en el cual ejerza jurisdicción este Juzgado Federal.
Apercibido que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de la materia, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se les harán por medio de lista, que se fija en este Juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado de Distrito, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
La Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Guadalupe Rocío Neri Reynaga
Rúbrica.
(R.- 350277)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Aguascalientes
Aguascalientes, Ags.
EDICTO
Para emplazar a: WANDA GABRIELA Y DIANA CAROLINA AMBAS DE APELLIDOS ANZALDO RODRIGUEZ, POR CONDUCTO DE SU MADRE ELVIA GABRIELA RODRIGUEZ AGUIAR. En el juicio de amparo número 51/2012-IV, promovido por GUSTAVO ANDRADE Y PUENTE, contra actos del JUEZ SEXTO PENAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, se ordenó emplazar por medio de edictos como lo establece el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo a las terceras perjudicadas WANDA GABRIELA Y DIANA CAROLINA AMBAS DE APELLIDOS ANZALDO RODRIGUEZ, POR CONDUCTO DE SU MADRE ELVIA GABRIELA RODRIGUEZ AGUIAR. Queda en la Secretaría del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Aguascalientes, copia de la demanda de garantías generadora de dicho juicio, a su disposición para que comparezcan al mismo si a sus intereses conviniere, y se les hace de su conocimiento que de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2o., deberán presentarse al Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Aguascalientes; ubicado en Avenida Aguascalientes Sur número 603, Primer Piso, Ala Norte, Fraccionamiento Jardines de Aguascalientes, en la ciudad de Aguascalientes, dentro del término de treinta días contados del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se les requiere para que señalen domicilio en esta ciudad de Aguascalientes para oír y recibir notificaciones, apercibiéndolas que en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Aguascalientes, en términos de los numerales 28, fracción III, y 30, fracción I, de la Ley de Amparo, y que si pasado ese término de treinta días no comparecen, se seguirá el juicio 51/2012-IV. Aguascalientes, Aguascalientes, 17 de Mayo de 2012. LA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO. LIC. LILIA ESTHER MARTINEZ TRUJILLO.
Atentamente
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Aguascalientes
Lic. Lilia Esther Martínez Trujillo
Rúbrica.
(R.- 349045)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Pachuca, Hidalgo
Sección Amparo
Macedonio Gómez Tenorio y Aurora Guzmán Garnica,
donde se encuentren.
En acatamiento al acuerdo de dieciséis de mayo de dos mil doce, dictado en el juicio de amparo 528/2012-V, del índice de este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Rafael Ramos Terrones, contra actos del Juez Cuarto del Ramo Penal de Pachuca de Soto, Hidalgo, que hizo consistir en el auto de plazo constitucional de siete de octubre de dos mil once, dictado en la causa penal 96/2011; juicio de amparo en el cual fueron señalados como terceros perjudicados y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de que se apersonen al mismo y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que de no hacerlo así, las ulteriores y aun las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaria correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que deben presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación y que fueron señaladas las nueve horas con veintitrés minutos del once de junio de dos mil doce, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Este edicto debe publicarse por tres veces consecutivas, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico diario de mayor circulación en la República Mexicana.
Pachuca de Soto, Hgo., a 31 de mayo de 2012.
Secretario del Juzgado Primero de
Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Juvenal Hernández Rivera
Rúbrica.
(R.- 349291)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materias Civil y
de Trabajo en el Estado de Nuevo León
EDICTO
Enrique Martín Uribe Serradell.
Por
este conducto se hace de su conocimiento que en los autos del juicio
de amparo 473/2012-V-A, promovido por Francisco Javier José
Pedro González Aleu, contra actos del Juez Primero de lo Civil
del Primer Distrito Judicial del Estado y otras autoridades, derivado
del Juicio Ejecutivo Mercantil 264/1998, se le tuvo con el carácter
de tercero perjudicado; asimismo, en virtud de que a la fecha no se
ha logrado su localización, se procede a emplazarlo a través
de este medio para que se encuentre en aptitud de comparecer a dicho
juicio de garantías si lo estima conveniente a sus intereses,
razón por la que en la Secretaría de este Juzgado de
Distrito quedará a su disposición copia simple de los
autos de catorce de marzo y dieciséis de mayo de dos mil doce,
así como la demanda de garantías, para que se presente
a recepcionarlos, ya sea
de manera personal o por conducto de su
apoderado; de igual modo se le informa que deberá señalar
domicilio en esta ciudad para oír y recibir citas y
notificaciones, apercibido que de no hacerlo en el término de
treinta días contado a partir del siguiente al de la última
publicación, se continuará el juicio, y por su
incomparecencia, las subsecuentes notificaciones se le harán
por lista de acuerdos que se publica en los estrados de este órgano
jurisdiccional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
30 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la otrora
legislación.
Monterrey, N.L., a 31 de mayo de 2012.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en
Materias Civil y de Trabajo en el Estado
Lic. Carlos David Calvo Domínguez
Rúbrica.
(R.- 348921)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa
Mazatlán
EDICTO DE REMATE
AL MARGEN: UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS JUZGADO DECIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SINALOA, CON RESIDENCIA EN MAZATLAN.
EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 23/2010-J-I-A, PROMOVIDO POR EL LICENCIADO IVAN DE JESUS LOPEZ AGUAYO, ENDOSATARIO EN PROCURACION DE LA PARTE ACTORA COMERCIAL D’PORTENIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONTRA NADIA AIDEE OSORIO RAMIREZ Y JOSE LUIS OSORIO MORENO, EN AUTO DE VEINTITRES DE MAYO DE DOS MIL DOCE, SE ORDENO SACAR A REMATE EN PRIMERA ALMONEDA EL SIGUIENTE BIEN:
INMUEBLE UBICADO EN CALLE PAMPAS, NUMERO 3205, L-8, MZ-36, DE FRACCIONAMIENTO PRADOS DEL SOL, EN ESTA CIUDAD, SIENDO BASE PARA EL REMATE, LA CANTIDAD DE $198,666.67 (CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 67/100) MONEDA NACIONAL, POSTURA LEGAL QUE CORRESPONDE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL AVALUO ACTUALIZADO REALIZADO RESPECTO DEL INMUEBLE EMBARGADO.
EL REMATE EN SU PRIMERA ALMONEDA TENDRA VERIFICATIVO EN EL DOMICILIO QUE OCUPA ESTE JUZGADO DE DISTRITO, UBICADO EN CALLE RIO BALUARTE NUMERO 1220, DEL FRACCIONAMIENTO TELLERIA DE ESTA CIUDAD, A LAS ONCE HORAS DEL DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL DOCE, CONVOCANDOSE A POSTORES, LOS CUALES PARA TOMAR PARTE EN LA SUBASTA, DEBERAN PRESENTAR POR ESCRITO SU POSTURA.
Atentamente
Mazatlán, Sin., a 23 de mayo de 2012.
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa
Lic. Javier Carreño Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 349729)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Segundo Civil de Partido
Secretaría
Irapuato, Gto.
EDICTO
POR ESTE PUBLICARSE TRES VECES DENTRO DE 9 DIAS EN DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, PERIODICO MAYOR CIRCULACION CIUDAD, Y TABLERO DE AVISOS O PUERTA JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PARTIDO DE IRAPUATO, GTO., ANUNCIANDO VENTA PRIMERA ALMONEDA BIEN INMUEBLE EMBARGADO JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL NUMERO 8/2008 PROMUEVE LIC. JOSE ANTONIO GALVAN AGUILERA EN CONTRA DE MIGUEL ANGEL CATALAN HERNANDEZ Y AURORA BATALLA GUZMAN, SOBRE PAGO DE PESOS, CONSISTENTE: CASA HABITACION (LOTE Y CONSTRUCCIONES) UBICADO CALLE PASEO DEL VERANO NUMERO 3469, FRACCIONAMIENTO VILLAS DE IRAPUATO, SEGUNDA SECCION, SEGUNDA ETAPA, LOTE 59, MANZANA 16 DE IRAPUATO, GTO., SUPERFICIE DE 680 METROS CUADRADOS, SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS; NOROESTE 17.00 METROS CON LOTE 24; NORESTE 40.00 METROS CON LOTE 58; SUROESTE 40.00 METROS, CON LOTE 60; SURESTE 17.00 METROS CON CALLE PASEO DEL VERANO, ALMONEDA TENDRA VERIFICATIVO, DESPACHO JUZGADO SEGUNDO CIVIL, IRAPUATO, GTO, 6 AGOSTO 2012, A LAS 13:00 HORAS, SIENDO POSTURA LEGAL CANTIDAD $2’042,666.66 DOS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 M.N., CORRESPONDE A DOS TERCERAS PARTES AVALUOS RENDIDOS POR PERITOS Y QUE ASCIENDE A $3’064,000.00 PESOS, CONVOQUENSE POSTORES Y CITESE ACREEDORES.
Irapuato, Gto., a 26 de junio de 2012.
La Secretaria Juzgado Segundo Civil de Irapuato, Gto.
Lic. Jannelt López Moreles
Rúbrica.
(R.- 350305)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en
el Estado de Guerrero
EDICTO
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN
EL ESTADO DE GUERRERO.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 1663/2011-III, PROMOVIDO POR ARTURO LATABAN LOPEZ, EN SU CARACTER DE AUDITOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA AUDITORIA GENERAL DEL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD, EL CIUDADANO JORGE ARTURO PORRAS GUTIERREZ, JUEZ PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO, ORDENO QUE SE PUBLICARA EL SIGUIENTE EDICTO QUE A LA LETRA DICE:
SE
HACE DEL CONOCIMIENTO DE FELIPE DE JESUS CABRERA HERNANDEZ, QUE LE
RESULTA EL CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO EN TERMINOS DEL ARTICULO
5, FRACCION III, INCISO A) DE LA LEY DE AMPARO, DENTRO DEL JUICIO DE
AMPARO INDIRECTO 1663/2011-III, PROMOVIDO POR ARTURO LATABAN LOPEZ,
EN SU CARACTER DE AUDITOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA
AUDITORIA GENERAL DEL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD, CONTRA
ACTOS
DEL DIRECTOR GENERAL CONSULTIVO DE LA PROCURADURIA GENERAL DE
JUSTICIA
DEL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD Y OTRAS AUTORIDADES,
EXPEDIENTE QUE CORRESPONDE AL INDICE DE ESTE JUZGADO PRIMERO DE
DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA OFICIAL EN LA CIUDAD DE
CHILPANCINGO, GUERRERO; POR TANTO, SE LE HACE SABER QUE DEBERA
PRESENTARSE ANTE ESTE JUZGADO FEDERAL A DEDUCIR SUS DERECHOS DENTRO
DE UN TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE
LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDO QUE DE NO
COMPARECER DENTRO DEL LAPSO INDICADO,
LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARACTER PERSONAL LES
SURTIRAN
EFECTOS POR MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUE EN LOS ESTRADOS DE ESTE
ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL.
LO QUE SE PUBLICA PARA LOS EFECTOS LEGALES PROCEDENTES.
Atentamente
Chilpancingo, Gro., a 25 de mayo de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero
de Distrito en el Estado de Guerrero
José Salvador Cervantes Olvera
Rúbrica.
(R.- 350331)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Baja California,
con residencia en Ensenada, Baja California
EDICTO
A: Norteamericana L&M COMPANIES INC.
JUICIO DE AMPARO 202/2012-I
PROMOVIDO POR: MARGARITA ESTHELA RODRIGUEZ MONTAÑEZ, CONTRA ACTOS DE LAS AUTORIDADES QUE DENOMINO COMO JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MERCANTIL EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO SONORA, Y OTRAS AUTORIDADES.
Por auto de fecha doce de marzo de dos mil doce, dictado en el juicio de amparo número 202/2012, promovido por MARGARITA ESTHELA RODRIGUEZ MONTAÑEZ, se tuvo a Norteamericana L&M COMPANIES INC., como tercero perjudicado, y habiendo agotado los medios de localización, se ordenó emplazar al tercero perjudicado, por medio de EDICTOS, a publicarse POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciendo de su conocimiento que deberá comparecer al presente juicio de garantías dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos que se ordenan; igualmente, se le requiere para que dentro del término de tres días contados a partir del día siguiente al en que surta sus efectos legales la presente notificación, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por lista, lo anterior con fundamento en el artículo 30 fracción II, de la Ley de Amparo, quedando asimismo a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías; en el entendido de que el presente juicio de garantías es promovido por MARGARITA ESTHELA RODRIGUEZ MONTAÑEZ, contra actos de las autoridades que denomina JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MERCANTIL EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO SONORA, Y OTRAS AUTORIDADES, y se reclama en el juicio de amparo 202/2012-I:
“Al C. Juez Primero de Primera Instancia Mercantil de la ciudad de Hermosillo Sonora, se le reclama la orden que dio dentro del expediente registrado como Juicio Ordinario Mercantil promovido por la empresa Norteamericana L&M COMPANIES INC, en contra de la empresa agrícola LOS EUCALIPTOS, S.A. DE C.V. y del SR. GAMALIEL MUNGUIA SALGADO, registrado con número de expediente de las cuentas bancarias números 6311930237 y 4051588366, afectación que consiste en el embargo y disposición del numerario que exista en esas cuentas de la institución bancaria denominada HSBC, Sucursal 0139 de San Quintín, Municipio de Ensenada, Baja California.
Del C. Juez Civil y Actuario adscrito ambos de San Quintín, del municipio de Ensenada, Baja California, les reclamo la ejecución del embargo sobre las cuentas bancarias números 6311930237 y 4051588366, afectación que consiste en el embargo y disposición del numerario que existía en esas cuentas de la institución bancaria denominada HSBC, Sucursal 0139 de san Quintín, Municipio de Ensenada, Baja California (sic)”.
Ensenada, B.C., a 18 de junio de 2012.
Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado
Lic. Claudia Lizette González González
Rúbrica.
(R.- 350334)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Noveno de lo Civil
Secretaría B
Exp. 548-09
EDICTO
EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR PLASTICOS URPRI S.A. DE C.V., EN CONTRA DE DISTRIBUIDORAS RAM-GO S.A. DE C..V, Y OTRO.- LA C. JUEZ DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE:
México, Distrito Federal a cinco de junio del año dos mil doce.- “…. Así como el proveído dictado el día veintinueve de abril de dos mil diez, mediante el cual se asentó de manera incompleta el nombre de uno de los acreedores, debiendo ser el correcto MIGUEL ANGEL GARCIA FLORES, aclaración que se hace al proveído de referencia…”NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez ante su C. Secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.- DOY FE.--.- México, Distrito Federal a quince de mayo del año dos mil doce.- A sus autos el escrito de cuenta del apoderado de la parte actora con el que se le tiene devolviendo los edictos a que se refiere el ocurso que se provee y como se pide, elabórense de nueva cuenta los mismos a fin de dar cumplimiento a lo ordenado por auto dictado el día veintinueve de noviembre del año dos mil diez.- NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez ante su C. Secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.- DOY FE.- - - México, Distrito Federal a veintinueve de noviembre del año dos mil diez.- A sus autos el escrito de cuenta del mandatario judicial de la parte actora con el que se les tiene exhibiendo el oficio y exhorto a que se refiere el ocurso que se provee. Asimismo, tomando en consideración lo manifestado en el mismo, así como las constancias de autos como se pide y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1070 del Código de Comercio procédase a notificar al acreedor MIGUEL ANGEL GARCIA FLORES el proveído de fecha veintinueve de abril del presente año al por medio de EDICTOS, mismos que deberán publicarse por TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION y en el periódico EL DIARIO IMAGEN, a fin de dar cumplimiento a dicha notificación.- Lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.- NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez ante su C. Secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.- DOY FE.-- México, Distrito Federal a veintinueve de abril del año dos mil diez.- A sus autos el escrito de cuenta del mandatario judicial de la parte actora con el que se le tiene en ejecución de sentencia exhibiendo el certificado de libertad de gravámenes a que se refiere el ocurso que se provee y tomando en consideración que del mismo se desprende un crédito a favor de BANCO SANTANDER MEXICANO S.A. MIGUEL GARCIA FLORES Y GRUPO CONVERMEX S.A. DE C..V, mediante notificación personal hágase del conocimiento de dichos acreedores el estado de ejecución que guarda el presente juicio.- NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez ante su C. Secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.- DOY FE.
México, D.F., a 5 de junio de 2012.
C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Susana Leos Godínez
Rúbrica.
(R.- 350157)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito
Tijuana, B.C.
EDICTO
Emplazamiento a JUAN MANUEL PRIETO TORRES, ERNESTO PRIETO TORRES y RENATO CESAR PRIETO TORRES. Al margen, sello Escudo Nacional, dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja California, en esta ciudad.
Juicio
Ejecutivo Mercantil 11/2011-I promovido por Iván de Jesús
López Aguayo, en su carácter
de endosatario en
procuración de Juan José Arellano Hernández,
demandando en la vía ejecutiva mercantil y en ejercicio de la
acción cambiaria directa a JUAN MANUEL PRIETO TORRES, ERNESTO
PRIETO TORRES
y RENATO CESAR PRIETO TORRES, las siguientes
prestaciones:
“a).- El pago de la cantidad de $50,000,000.00 (CINCUENTA MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal, pactada en el pagaré base de la acción.
b).- EL PAGO de los intereses moratorios correspondientes al 5% mensual pactado en el documento base de la acción, que se han generado y que se sigan generando sobre la cantidad de dinero mencionada en el inciso anterior, desde el inicio de la mora hasta el pago de la suerte principal, monto que se liquidará en la etapa de ejecución de sentencia.
c).- EL PAGO de costas.” (sic).
Por
auto de veintitrés de mayo de dos mil doce, con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 1068, fracción IV, 1070
ambos del Código de Comercio y 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles,
de aplicación supletoria a la
citada legislación, se ordenó efectuar el emplazamiento
de los demandados
JUAN MANUEL PRIETO TORRES, ERNESTO PRIETO TORRES
y RENATO CESAR PRIETO TORRES, por medio de edictos, que deberán
publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la
Federación y en el periódico “Excélsior”,
ambos de la Capital de la República, haciéndole saber
al demandado que la parte actora Juan José Arellano Hernández,
por conducto de su endosatario en procuración Iván de
Jesús López Aguayo, los requiere del pago de las
prestaciones demandadas y en caso de no hacerlo cuenta con el plazo
del emplazamiento por edictos para que señalen bienes para
embargo que basten para garantizar las prestaciones exigidas.
Asimismo, que deberán comparecer a juicio dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al en que les surta efectos la última de las publicaciones, para que hagan el pago llano de lo adecuado o se opongan a la ejecución si para ello tuvieren excepciones y en su caso, contesten la demanda, apercibidos que de no dar contestación a la misma, se les tendrá por confesos de los hechos; asimismo, que quedan a salvo sus derechos para probar en contra lo exigido, en cualquier otro caso se tendrá por contestada en sentido negativo, de conformidad con el artículo 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en materia mercantil; además, sin necesidad de que se acuse su rebeldía se seguirá el curso de este juicio, se tendrá por perdido el derecho que debieron ejercitarse dentro del plazo correspondiente y se les harán las ulteriores notificaciones por rotulón, de conformidad con el artículo 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio.
Tijuana, B.C., a 23 de mayo de 2012.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja California
Yolanda Alicia Santoyo Trujillo
Rúbrica.
(R.- 350222)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
San Luis Potosí
EDICTO
En
cumplimiento a lo ordenado en proveído de esta fecha, dictado
en el juicio de amparo número 1563/2011-IV,
promovido por ELVIRA GARCIA FLORES y GARY RIOS GARCIA, contra actos
del Juez Cuarto del Ramo Civil de esta ciudad, Actuario adscrito a
dicho Juzgado y Director de la Central de Actuarios del Poder
Judicial del Estado y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
30, fracción II, de la Ley de Amparo, se emplaza al tercero
perjudicado GUILLERMO CASTILLO PIÑA, por medio de edictos y se
procede a hacer una relación suscinta de la demanda de
garantías con que se formó este juicio, en cumplimiento
a lo dispuesto en el numeral 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo:
Que el presente juicio de garantías lo promueve Elvira García
Flores y Gary Rios García, contra actos del Juez Cuarto del
Ramo Civil de esta ciudad, Director de la Central de Actuarios del
Poder Judicial del Estado, Actuario adscrito Luis Fernando Barrera
Gómez, de quienes reclama: “a) Con fecha de 13 de
Diciembre de 2011 siendo las 15:00 hrs se notifica mediante
instructivo el acto reclamado a Juan Piña Hernández hoy
occiso (fecha de defunción 12 de Octubre de 2008) única
ocasión donde se señala como domicilio Lanzagorta 106
Barrio de San Sebastián, el acuerdo del 4 de Noviembre de
2011, el cual dice: “Lo transcribe…aa) Entendió
la diligencia con Gary Rios García, en carácter de
herederos que poseo junto con mi madre, como terceros con título
suficiente para acreditar el uso o disfrute del inmueble. Esto se
acredita con copia simple de a) la escrituras del inmueble y b) del
testamento que consignó Juan Piña Hernández a
favor de Maximino
Rios Torres, mi padre, asimismo se acompaña
con c) acta de matrimonio celebrado entre el Sr. Maximo Rios Torres y
la Sra. Elvira García Flores, acompañando d) acta de
defunción de Juan Piña Hernández y e) Maximino
Rios Torres; y acta de nacimiento de f) Gary Rios García
documentales que se ofrecen para acreditar lo anteriormente
manifestado, que se le mostraron a la autoridad responsable ejecutora
(actuario Luis Fernando Barrera Gómez funcionario que hizo
caso omiso a los documentos y se concretó a anotar simplemente
que no se le acredito la posesión con los documentos que se le
mostraron y procedió junto con dos elementos de la policía
ministerial del Estado y seis personas físicas que
desconocemos su nombre a lanzarnos con nuestros bienes muebles en la
vía pública y no hizo relación alguna o
inventario de los mismos en el acta de las 15:00 hrs del día
13 de Diciembre del 2011 que también señalo como acto
reclamado donde se ejecuta el acuerdo al principio señalado.
Pasando por alto lo que ordena el acuerdo de 4 de Noviembre de 2011
en su parte final dice: “SI SE ENCONTRASE OCUPADA POR TERCEROS
QUE NO TUVIERAN TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL USO O DISFRUTE
DEL INMUEBLE” en el presente caso estudio se le mostro a la
autoridad responsable ejecutoria actuaria los títulos
suficientes que acreditan el uso y disfrute del inmueble e hizo caso
omiso a los mismo violando la garantía de legalidad.- b)
Diligencia de Ejecución del acuerdo al principio señalado
el cual dice: (la transcribe).- ba) Esta acta contraviene lo señalado
en el punto 1 de la demanda del actor hoy tercer perjudicado, al
demandar a Juan Piña Hernández con un domicilio en
María Cecilia No. 112 Fraccionamiento Maria Cecilia de esta
ciudad capital, al presentar la demanda el 11 de mayo de 2011, Juan
Piña Hernández ya había fallecido, por esta
razón no se contesto ni compareció a juicio y todas las
notificaciones subsecuentes aun las de carácter personal le
fueron hechas validamente por lista en los estrados del juzgado, esto
contraviene lo señalado al principio por el actuario Luis
Fernando Barrera Gómez se constituyo en el domicilio de
Lanzagorta No. 106 Barrio de San Sebastián por única
ocasión donde los hoy quejosos no fuimos llamados a juicio por
ser los poseedores del inmueble con justo título.- bb) En la
misma diligencia indebidamente anoto que Gary Rios García dijo
ser el encargado cuando en realidad le mostré el testamento de
fecha 12 de Marzo de 1982 que otorgó Juan Piña
Hernández a Maximino Rios Torres, mismo que acompaño en
copia simple como prueba documental solicitando se fije fecha y hora
para presentar el original a fin de que se coteje y compulse la copia
que se deje en este juicio que se nos restituya en el goce y disfrute
del inmueble…; en consecuencia, hágasele saber por
edictos a GUILLERMO CASTILLO PIÑA, que deberá
presentarse ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, dentro
del término de treinta días contado a partir del
siguiente al de la última publicación, que queda a su
disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de
la demanda de amparo y que, en caso de no comparecer, las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter
personal, se le practicarán por medio de lista que se fije en
los estrados de este tribunal.
Se deja sin efectos la celebración de la audiencia constitucional señalada para las nueve horas del día veintiuno de junio de dos mil doce; y en su lugar se fijan las nueve horas del día siete de agosto de dos mil doce.
Colóquese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del presente acuerdo por todo el tiempo que dure el emplazamiento…”
Lo transcribo a usted para su conocimiento y efectos legales conducentes.
San Luis Potosí, S.L.P., a 9 de mayo de 2012.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Lic. Ma. del Carmen López Fabián
Rúbrica.
(R.- 349675)
Estados Unidos Mexicanos
Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos
Juzgado Primero Civil
Cuernavaca, Mor.
Primer Distrito Judicial
Primera Secretaría
EDICTO
La Juez Primero de lo Civil de Cuernavaca, Morelos, Licenciada Laura Galván Salgado, dictó auto con fecha siete de marzo de dos mil doce, en la QUIEBRA de PROMOTORA E IMPORTADORA MEXICANA, S.A. DE C.V. antes COMERCIALIZADORA SANFER, S.A. DE C.V. Exp. Num. 62/99, en el que se admite el INCIDENTE DE REHABILITACION promovido por FERNANDO SANCHEZ NAVARRO, apoderado legal de PROMOTORA E IMPORTADORA MEXICANA S.A. de C.V. en base a los hechos marcados con los números “1.- 2.- 3.- 4.- 5.- 6.- 7.- 8.- 9.-” HACIENDOSE EL REQUERIMIENTO A LOS QUE TENGAN QUE OPONERSE PARA QUE ALEGUEN DENTRO DE UN PLAZO DE UN MES LO QUE EN DERECHO CORRESPONDA, el cual empezará a correr a partir de la última publicación.
Para su publicación por tres veces consecutivas en el Periódico “El Diario de Morelos” y en el Diario Oficial de la Federación.
Cuernavaca, Mor., a 30 de marzo de 2012.
El Primer Secretario de Acuerdos
Lic. Martín Hernández Figueroa
Rúbrica.
Vo. Bo.
La Juez Primero de lo Civil
Lic. Laura Galván Salgado
Rúbrica. (R.- 349777)
AVISOS GENERALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Seguridad Pública Federal
Dirección General de Seguridad Privada
PUBLICACION DE SANCION
El veintiocho de febrero de dos mil doce, en el expediente administrativo 181/2009, que se tramita ante la Dirección General de Seguridad Privada de la Secretaría de Seguridad Pública, se sancionó al prestador de servicios de seguridad privada denominado BACATA SUPERVISION OPERATIVA DE SEGURIDAD PRIVADA, S.A. DE C.V., con la siguiente sanción:
SUSPENSION DE LOS EFECTOS DE LA AUTORIZACION
PARA PRESTAR SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA,
POR EL PERIODO DE 1 MES.
Prestador
de servicios de seguridad privada que tiene su oficina matriz en:
avenida 16 de Septiembre número 784, 3er. piso,
Fraccionamiento Industrial Alce Blanco, código postal 53370,
Naucalpan, Estado
de México.
Lo anterior, por la contravención a diversas disposiciones contenidas en la Ley Federal de Seguridad Privada y su Reglamento.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 18 de mayo de 2012.
El Director General de Seguridad Privada
Dr. Luis Armando Rivera Castro
Rúbrica.
(R.- 350047)
Servicio de Administración Tributaria
Administración General de Recursos y Servicios
CONVOCATORIA PUBLICA PARA OBTENER TITULOS DE AUTORIZACION
A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 16 DE LA LEY ADUANERA
No. SAT. AGRS-018/2012
Con
fundamento en los artículos 16 de la Ley Aduanera y 3o.
transitorio de la Ley del Servicio de Administración
Tributaria, este último publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 15 de diciembre
de 1995, 28 fracción
XLVII, en relación con el 29 apartado “I”, del
Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria,
en vigor, el Servicio de Administración Tributaria (SAT),
Organo Desconcentrado
de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP), ha decidido autorizar en
términos del precepto citado en primer lugar los servicios que
más adelante se precisan, por lo cual convoca a los
interesados en obtener Título de Autorización para
prestar al SAT los servicios que a continuación se describen:
Servicio de control de transporte de carga en aduanas
Consiste en contar con un proveedor que proporcione de manera integrada y unificada al SAT, los servicios de control de acceso de vehículos de carga mediante el acondicionamiento físico, provisión, instalación, implementación, mantenimiento y soporte de componentes habilitadores a efecto de satisfacer las necesidades y alcances en materia de control y seguridad en los recintos fiscales y fiscalizados de la Administración General de Aduanas del SAT, esto con base en sus funciones, las cuales son la de fiscalizar, vigilar y controlar la entrada y salida de mercancías, así como los medios en que son transportadas, asegurando el cumplimiento en las disposiciones que en materia de comercio exterior haya expedido la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como otras Secretarías del Estado Federal con competencia para ello, ayudar a garantizar la seguridad nacional, proteger la economía del país, la salud pública y el medio ambiente, impidiendo el flujo de mercancías peligrosas o ilegales hacia nuestro territorio, además de fomentar el cumplimiento voluntario de esas disposiciones por parte de los usuarios.
Los interesados en solicitar el Título de Autorización o sus subcontratados deberán comprobar experiencia en los siguientes servicios:
• Acondicionamiento de infraestructura física;
• Infraestructura y arquitectura tecnológica de sistemas;
• Soporte y mantenimiento de infraestructura física.
REQUISITOS
Las interesadas en obtener un Título de Autorización deberán cumplir, de conformidad con el artículo 16 de la Ley Aduanera con los siguientes requisitos:
I. Tener cinco años de experiencia prestando los servicios que se vayan a autorizar.
II. Tener un capital social pagado de por lo menos $1’965,630.00 M.N. (actualizado, de conformidad con el anexo 2 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2011).
III. Cumplir con los requisitos de procedimiento que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca en la convocatoria que para estos efectos publique en el Diario Oficial de la Federación.
De conformidad con la fracción III del artículo 16 de la Ley Aduanera, se fija como requisito de procedimiento que las interesadas deben cumplir, el entregar la documentación que se detalla a continuación:
a. Carta
original en papel membretado de la persona moral solicitante, en la
cual el apoderado legal, manifieste el interés de su
representada en obtener el Título de Autorización
motivo de esta convocatoria, debiendo indicar el número de
convocatoria y el tipo de servicios; cédula o número de
identificación fiscal o su equivalente, monto de capital
social pagado, así como domicilio para oír y recibir
notificaciones dentro del territorio nacional. Dicha carta deberá
contener firma autógrafa del representante legal.
Adicionalmente, se deberá presentar, copia simple y original o
copia certificada, para cotejo, de identificación oficial
vigente,
y de poder notarial que acredite tener las facultades
para actos de administración.
b. Copia
simple y original o copia certificada, para cotejo, del testimonio de
la(s) escritura(s) pública(s) que contenga(n) el acta
constitutiva, y principal(es) reforma(s) entre otro(s) la(s)
modificación(es) al capital social, misma(s) que deberán
contener los datos de inscripción en el Registro Público
correspondiente o
su equivalente.
c. Copia simple y original o copia certificada, para cotejo, de los estados financieros del año inmediato anterior, auditados y dictaminados conforme al artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación.
d. Original del currículum de la solicitante, donde manifieste la experiencia de al menos cinco años en la prestación de servicios similares a los que se pretende autorizar en esta convocatoria, mismo que deberá contener la firma autógrafa del representante legal; así como copia simple y original o copia certificada, para cotejo, de contratos, convenios, pedidos o facturas, en los que se haga constar de forma expresa el servicio ofrecido tal que se compruebe la experiencia de cinco años prestando servicios similares a que se refiere esta convocatoria. En el caso de que impliquen información reservada o confidencial se deberá testar en la parte conducente por el notario público que lleve a cabo la certificación correspondiente.
Todos los documentos que se presenten deberán estar en idioma español, legibles y no contener tachaduras ni enmendaduras.
En el caso de personas morales extranjeras, los documentos podrán presentarse en idioma diferente al español con excepción de la carta referida en el inciso a, apostillados y en cuyo caso deberán acompañarse de traducción simple al español efectuada por perito.
Las personas morales interesadas en obtener el Título de Autorización para prestar al SAT los servicios descritos en la presente convocatoria, podrán presentar la documentación a partir del día de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el 3 de julio 2013, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, debiendo entregar todos y cada uno de los documentos antes señalados.
El procedimiento para el otorgamiento del Título de Autorización a que se refiere esta convocatoria será de la siguiente forma:
1. En la entrega de la documentación, se realizará por el área competente, la revisión cuantitativa.
2. En
el supuesto de que cumpla, se remitirá la documentación
al área requirente del servicio, para la evaluación
cualitativa de la documentación, realizándose en forma
simultánea la evaluación cualitativa de
la
documentación legal.
En todas las evaluaciones mencionadas se emitirá un dictamen
por el área respectiva.
3. En el supuesto de que la interesada cumpla con estas dos etapas, se emitirá el Título de Autorización correspondiente.
4. En el supuesto de incumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria, se requerirá a la interesada, para que, de conformidad con los artículos 17-A y 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, presente la documentación faltante dentro del plazo de 10 días hábiles, posteriores a la fecha de notificación; de lo contrario, la solicitud será rechazada, lo cual se notificará a la misma. Una vez transcurridos sesenta días naturales, contados a partir de la fecha en que se dictamine el rechazo de la solicitud de Título de Autorización, la convocante podrá proceder a la devolución de la documentación presentada, previa petición de la interesada o a su destrucción, salvo que hubiere sido recurrido el trámite, en cuyo caso la documentación se conservará hasta la total conclusión del recurso e instancias subsecuentes.
5. En el caso de que la solicitud hubiere sido rechazada por la omisión de alguno de los requisitos contenidos en esta convocatoria, la interesada podrá presentar la solicitud de Título de Autorización nuevamente, con el total de la documentación señalada en la misma, durante la vigencia de ésta.
El SAT podrá modificar la vigencia de la convocatoria, siempre que la modificación se haga del conocimiento de las interesadas por el mismo medio utilizado para su publicación.
El
SAT se reserva el derecho de verificar que las personas morales
interesadas en obtener Título
de Autorización se
encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales, para efectos del artículo 32-D del Código
Fiscal de la Federación; en caso de no encontrarse al
corriente en el cumplimiento
de sus obligaciones el SAT no
otorgará Título de Autorización.
La
entrega de documentación se llevará a cabo en la
Administración Central de Fideicomisos, sita en avenida Paseo
de la Reforma número 10, piso 10, colonia Tabacalera,
Delegación Cuauhtémoc, código postal 06030,
México, D.F., a la atención del Administrador Central
de Fideicomisos, de la Administración General de Recursos y
Servicios. La entrega de los títulos de autorización,
se llevará a cabo previa cita al teléfono
51-30-75-85.
Con el objeto de aclarar posibles dudas, podrán formularse preguntas mediante correo electrónico a la siguiente dirección: titulos@sat.gob.mx.
Para efectos de notificación, el SAT publicará el otorgamiento o no otorgamiento del Título de Autorización en la página electrónica del SAT: www.sat.gob.mx, en la sección “Administración SAT” en la subsección “Más Información de Administración SAT”, “Títulos de Autorización (artículo 16 de la Ley Aduanera)”, en la subsección “Otorgamiento de Títulos”, a más tardar 45 días hábiles, posteriores, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación, dicho plazo se interrumpirá en el caso de que el SAT considere necesario requerir información a la solicitante, reanudándose cumplido el requerimiento.
Efectos y alcances del Título de Autorización.
Los títulos de autorización que se otorguen, de conformidad con la presente convocatoria, no eximen a las autorizadas de la obligación de sujetarse al o los requisitos establecidos en los procedimientos de contratación que se instrumenten para la prestación de los servicios motivo de la presente convocatoria.
México, D.F., a 3 de julio de 2012.
Administrador Central de Fideicomisos de la Administración General
de Recursos y Servicios del Servicio de Administración Tributaria
Lic. María Concepción Lugo Alarcón
Rúbrica.
(R.- 350150)
BANCOMER, S.A.
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE
GRUPO FINANCIERO
ASAMBLEA
GENERAL DE TENEDORES DE LOS CERTIFICADOS DE PARTICIPACION ORDINARIOS
AMORTIZABLES EMITIDOS POR BANCOMER, S.A. INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE,
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, DIVISION FIDUCIARIA
“MAYAB 02BU”
De
conformidad con los artículos 228 s, 217 fracción X,,
218, 219 y 220 de la Ley General de Títulos y Operaciones de
Crédito, se convoca a los tenedores (los “Tenedores”)
de los
Certificados de Participación Ordinarios Amortizables con
clave de pizarra “MAYAB 02BU” (los “Certificados
MAYAB 02BU”) emitidos por BBVA Bancomer, S.A., Institución
de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer, en su
carácter de fiduciario del fideicomiso número F/23010-2
de fecha 13 de abril de 1992 (según ha sido modificado a esta
fecha, el “Fideicomiso Emisor”) cuyo fideicomisario en
segundo lugar es Consorcio del Mayab, S.A. de C.V.
(la
“Concesionaria”), a una Asamblea General de Tenedores que
tendrá verificativo en SEGUNDA CONVOCATORIA en las oficinas
del Representante Común ubicadas en Prolongación Paseo
de la Reforma 1015, Punta Santa Fe, Torre B, piso 10, colonia Santa
Fe, Delegación Alvaro Obregón, código postal
01376, en México, D.F., a 12:00 (doce) horas del día 16
(dieciséis) del mes de julio del año 2012 (dos mil
doce), para tratar los asuntos contenidos en el siguiente:
ORDEN DEL DIA
I. Informe del Fiduciario respecto de la situación que guarda el Patrimonio del Fideicomiso Emisor.
II. Informe del Representante Común respecto de los pagos efectuados del servicio de la deuda.
III. Solicitud, discusión y, en su caso, aprobación de la propuesta que será presentada a la asamblea por la Concesionaria para llevar a cabo la amortización anticipada de los Certificados MAYAB 02BU y, como consecuencia de la misma, la cancelación de la inscripción respectiva en el Registro Nacional de Valores.
IV.
Discusión y, en su caso, aprobación de la propuesta que
será presentada a la asamblea por la Concesionaria para la
aprobación de las modificaciones al Acta de Emisión de
los CPOs y a los documentos constitutivos del Fideicomiso Emisor y/o
del fideicomiso número F/21935, o bien para su terminación;
así como
la aprobación de cualquier otro acto, la entrega de cualquier
instrucción o la firma de cualquier documento
tendiente
a lograr la ejecución y cumplimiento de los acuerdos tomados
en la resolución anterior, en caso
de resultar necesario.
V.
Asuntos generales relacionados con los puntos anteriores, discusión
y, en su caso, aprobación, de
los actos necesarios y/o
convenientes y la designación de delegados especiales para dar
cumplimiento a las resoluciones que se adopten en términos de
los puntos anteriores.
Se les recuerda a los Tenedores que para asistir a la Asamblea General de Tenedores deberán entregar: (i) La constancia de tenencia que expida la S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V., (ii) el listado que al efecto expida el custodio correspondiente, (iii) carta poder para hacerse representar en la Asamblea General de Tenedores, y (iv) poder e identificación del representante legal que firma la carta poder; en las oficinas del Representante Común, ubicadas en Prolongación Paseo de la Reforma 1015, Punta Santa Fe, Torre B, piso 10, colonia Santa Fe, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01376, en esta ciudad, en atención a la Lic. Tania Aguilar Damián, en el horario comprendido de 9:00 a 14:30 y de 16:30 a 18:00 horas, de lunes a viernes, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y hasta el día hábil inmediato anterior a la fecha de la Asamblea. Lo anterior a efecto de que se proceda a la expedición de los pases correspondientes.
México, D.F., a 3 de julio de 2012.
Value, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Value Grupo Financiero
Representante Común de los Tenedores
Apoderado
Ing. Alfonso Mejía Bual
Rúbrica.
(R.- 350308)
SERVICIOS Y EQUIPOS TERRESTRES, S.A. DE C.V.
NOTA ACLARATORIA
A LOS TENEDORES DE CERTIFICADOS DE PARTICIPACION ORDINARIOS
NO AMORTIZABLES
“CPO’S SERVICIOS Y EQUIPOS TERRESTRES SET-IV SERIE LP-05-12”
Se hace referencia a la convocatoria a asamblea de tenedores de los Certificados de Participación Ordinarios no Amortizables emitidos por Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Dirección Fiduciaria, en su carácter de fiduciario, identificados como CPO’S SERVICIOS Y EQUIPOS TERRESTRES SET-IV SERIE LP-05-12 publicada el 25 de junio de 2012 en el periódico El Financiero, donde dice: “21 de octubre de 2011”; debe decir: “6 de julio de 2012”.
México, D.F., a 3 de julio de 2012.
Representante Común de los Tenedores
Scotia Inverlat Casa de Bolsa, S.A. de C.V.
Grupo Financiero Scotiabank Inverlat
Representante Legal
Jesús Alejandro Santillán Zamora
Rúbrica.
(R.- 350335)
THOMAS HOWELL GROUP (MEXICO), S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL AL 30 DE ABRIL DE 2012
ACTIVO |
|
CUENTAS POR COBRAR |
$ - |
TOTAL ACTIVO CIRCULANTE |
- |
SUMA AL ACTIVO |
- |
PASIVO |
|
ACREEDORES |
0 |
TOTAL PASIVO DE CORTO PLAZO |
0 |
CAPITAL CONTABLE |
|
CAPITAL SOCIAL FIJO |
300,000 |
ACT. CAPITAL SOCIAL |
0 |
CAPITAL SOCIAL |
300,000 |
RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES |
- 300,000 |
RESULTADOS DEL EJERCICIO DEL 1 DE ENERO AL 30 DE ABRIL |
0 |
SUMA CAPITAL CONTABLE |
- |
SUMA PASIVO Y CAPITAL CONTABLE |
$ - |
México, D.F., a 25 de junio de 2012.
Representante Legal
Rogelio Espinosa Gutiérrez
Rúbrica.
(R.- 350299)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas, son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,539.00
2/8 de plana $ 3,078.00
3/8 de plana $ 4,617.00
4/8 de plana $ 6,156.00
6/8 de plana $ 9,234.00
1 plana $ 12,312.00
1 4/8 planas $ 18,468.00
2 planas $ 24,624.00
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
GENIAL COMERCIALIZADORA DEL CENTRO, S.A. DE C.V.
BALANCE DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011
ACTIVO |
|
CIRCULANTE |
|
CAJA |
$50,000.00 |
TOTAL CIRCULANTE |
$50,000.00 |
FIJO |
|
TOTAL FIJO |
$0.00 |
DIFERIDO |
|
TOTAL DIFERIDO |
$0.00 |
SUMA DEL ACTIVO |
$50,000.00 |
PASIVO CIRCULANTE |
$0.00 |
TOTAL CIRCULANTE |
$0.00 |
FIJO |
|
TOTAL FIJO |
$0.00 |
DIFERIDO |
|
SUMA DEL PASIVO |
$50,000.00 |
CAPITAL |
|
CAPITAL SOCIAL |
$50,000.00 |
TOTAL CAPITAL |
$50,000.00 |
SUMA DE CAPITAL |
$50,000.00 |
SUMA DEL PASIVO MAS CAPITAL SOCIAL |
$50,000.00 |
México, D.F., a 21 de junio de 2012.
Liquidador
Mario Martínez Arévalos
Rúbrica.
(R.- 350237)
TECNOALERT S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 15 DE MARZO DE 2012
Activo Circulante Impuesto a Favor $186,879 Capital $186,879
México, D.F., a 20 de marzo de 2012. Liquidador Gerardo Hernández Rojas Rúbrica. (R.- 350323) |
|
DESARROLLOS P.O.P. S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 27 DE FEBRERO DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 27 de junio de 2012. Liquidador Fernando Sánchez Elizalde Rúbrica. (R.- 350326) |
CREATIVIDAD HEDONISTA S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 23 DE FEBRERO DE 2012
Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0
México, D.F., a 27 de junio de 2012. Liquidador Fernando Sánchez Elizalde Rúbrica. (R.- 350329)
|
|
AVISO AL PUBLICO Se informa al público en general que los costos por suscripción semestral y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, son los siguientes: Suscripción semestral al público: $1,203.00 Ejemplar de una sección del día: $ 12.00 El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación |