Miércoles
4 de julio de 2012 DIARIO
OFICIAL (Primera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializada en Asuntos Financieros, en proveído de fechas veintidós de agosto de dos mil once y dieciséis de mayo de dos mil doce, expediente 1261/08, promovido por JOSE LUIS SANTOS TORRES en representación de BANCO NACIONAL DE MEXICO, S. A., contra GERARDO GUILLERMO MACFARLAND AVILA; convóquese postores remate primera y pública almoneda de la CASA HABITACION NUMERO VEINTIDOS, DE LA CALLE FUENTES DE TALAMANTES, DEL FRACCIONAMIENTO FUENTES DEL MOLINO, SECCION ARBOLEDAS DEL MUNICIPIO DE JUAN B., CUAUTLANCINGO, CHOLULA PUEBLA. Postura legal SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS CERO CENTAVOS M.N. Posturas y pujas vencen once horas del doce de julio del año en curso, demandado libera remate haciendo pago íntegro a sus responsabilidades
Publicaciones que se llevarán a cabo por tres veces en el término de nueve días en el Diario Oficial de la Federación, en las puertas de este Juzgado y en el lugar donde se ubica el inmueble.
Puebla, Pue., a 7 de junio de 2012.
Diligenciario Enlace
Lic. Raúl Bonilla Márquez
Rúbrica.
(R.- 349518)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
Emplazamiento al tercero perjudicado:
Ramón Pérez del Villar.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación. Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Morelos. En los autos del juicio de amparo 352/2012, promovido por Raúl Rivera Medina, contra actos de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, con residencia en esta ciudad, se ha señalado a esa persona con el carácter de tercera perjudicada en el juicio de garantías mencionado, y como se desconoce su domicilio actual, por acuerdo de veinticuatro de mayo de dos mil doce, se ordenó emplazarla por edictos, le hago saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, en las oficinas que ocupa este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Morelos, ubicadas en boulevard del Lago, número 103, colonia Villas Deportivas, delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, Código Postal 62370, lo cual podrá hacerlo por conducto de su apoderado legal.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 14 de junio de 2012.
El Juez Quinto de Distrito en el Estado de Morelos Lic. Salvador Hernández Hernández Rúbrica. |
El Secretario del Juzgado Lic. Javier Robles Almaráz Rúbrica. |
(R.- 350269)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo de lo Civil
Puebla, Pue.
Diligenciario Enlace
EDICTO
Juez Décimo Civil, Puebla Puebla; auto 6 julio 2011, juicio ejecutivo mercantil 1489/2009, promueve Armando Meléndez Montenegro contra Gustavo Sánchez Urrieta. Convóquese postores primera almoneda remate inmueble identificado como departamento 3, edificio 8, andador de la Soledad, fraccionamiento La Carmelita esta Ciudad, avalúo trescientos veinte mil setecientos veintiséis pesos, cuarenta centavos, M.N. Postura legal dos terceras partes precio avalúo doscientos trece mil ochocientos diecisiete pesos, sesenta centavos, M.N. Postura y pujas diez días siguientes última publicación, vence término 12:00 hrs., demandado puede suspender remate haciendo pago íntegro prestaciones reclamadas. Disposición autos Secretaría Juzgado.
H. Puebla de Z., a 20 de junio de 2012.
Diligenciaria
Lic. Viviana Toxqui Pérez
Rúbrica. (R.- 349823)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito
Guanajuato
Publicarse por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en Diario Oficial de la Federación y de mayor circulación en la República Mexicana y Tablero de Avisos de este tribunal federal, éste último durante el tiempo de publicaciones, a efecto de emplazar al tercero perjudicado MIGUEL AHUMADA MERGOLD, para que comparezca a defender sus derechos en el juicio de garantías 1152/2011-B, radicado en el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato, promovido por MARIA GUADALUPE MORENO CARDONA, contra actos del Gobernador del Estado Guanajuato y otras autoridades, por lo que deberá presentarse ante este tribunal federal, dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de última publicación del edicto respectivo a recibir copia de demanda de amparo y señalar domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos de no hacerlo, las subsecuentes, se harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal federal, aún las de carácter personal.
Guanajuato, Gto., a 31 de mayo de 2012.
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato
José Antonio Negrete González
Rúbrica.
(R.- 350275)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
VI
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México
EDICTO
NOTIFICACION
Al margen sello con Escudo Nacional dice: Estados Unidos Mexicanos.
Poder Judicial de la Federación.
En la causa penal 54/2007-VI, instruida a Julio César Carrillo Flores, por el delito de delincuencia organizada, la Secretario Encargada del Despacho del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México, dictó un acuerdo para hacer saber a los testigos Jesús Rolando Rodríguez Garay, Jesús Rubén Rojo Mancinas y Omar Rivas Espinoza, que deberán comparecer debidamente identificados, a las diez horas del quince de agosto de dos mil doce, en las instalaciones del Centro Federal de Readaptación Social Número Uno “Altiplano”, ubicado en Almoloya de Juárez, Estado de México, para el desahogo de careos procesales entre los citados atestes y entre estos con el procesado Julio César Carrillo Flores.
Atentamente
Toluca, Edo. de Méx., a 14 de junio de 2012.
La Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
de Procesos Penales Federales en el Estado de México
Licda. Hortensia Guadalupe Juárez García
Rúbrica.
(R.- 350279)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Tercera Sala Civil
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
A LA TERCERA PERJUDICADA: GRUPO FINANZA, S.A. DE C.V.
En los autos del cuaderno de amparo del Actor, relativo al toca número 1745/2011 deducido del juicio ORDINARIO MERCANTIL seguido por BECERRA MENDOZA JORGE Y OTROS en contra de INMOBILIARIA ARCOBALENO, S.A. Y OTROS, se dictó proveído de fecha ocho de mayo de dos mil doce, mediante el cual se provee que ignorándose el domicilio de la parte tercera perjudicada: GRUPO FINANZA, S.A. DE C.V., se ordenó emplazarla al presente juicio de garantías por medio de EDICTOS, lo anterior con fundamento en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo vigente, en relación al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los cuales se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS y a costa del promovente de la demanda de amparo interpuesta contra actos de ésta Sala, consistente en la sentencia de fecha veinticuatro de febrero del dos mil doce en los autos del toca 1745/2011, la referida Tercera Perjudicada deberá comparecer ante la Autoridad Federal, a defender sus derechos en el término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, quedando en la Secretaría de esta tercera Sala Civil, copia simple de la demanda de garantías a su disposición.
México, D.F., a 11 de mayo de 2012.
La C. Secretaria de Acuerdos de la Tercera Sala Civil
Lic. Elsa Zaldívar Cruz
Rúbrica.
(R.- 348505)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco
Pral. 239/2012
EDICTO
En el juicio de amparo 239/2012, promovido por LUIS ARMANDO PAYAN LOPEZ, como apoderado especial de DULCE MYRIAM ESTRADA REYES, contra actos de la TERCERA JUNTA ESPECIAL DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE JALISCO, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia de amparo, se ordena emplazar por este medio al tercero perjudicado CONSULTORIA Y ASESORIA METROPOLITANA, SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, quien debe presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibido que no hacerlo, por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se seguirá el procedimiento en sus etapas, haciéndosele las subsecuentes notificaciones por lista, que se fije en los estrados de este Juzgado, en términos de lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo. Quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, las copias de la demanda.
PARA PUBLICARSE POR TRES VECES LOS DIAS VEINTICINCO DE JUNIO, CUATRO Y TRECE DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
Atentamente
Zapopan, Jal., a 17 de mayo de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa
y de Trabajo en el Estado de Jalisco
Lic. Jonathan Omar Santana Miramontes
Rúbrica.
(R.- 348640)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito
Secretaría de Acuerdos
Cd. Victoria, Tamps.
EDICTO
HORACIO ROSALES CAMACHO y CANDIDO ROSALES RAMIREZ.
Domicilio ignorado.
En el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, se recibió demanda de amparo, la cual se radicó con el número 311/2012, promovida por NICOLAS ROSALES REYES, contra actos de la Sala Colegiada en Materia Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con sede en esta ciudad, dentro del toca penal 939/2010, derivado de la causa penal 33/2004, consistente en la sentencia de dos de febrero de dos mil once, resultando como terceros perjudicados HORACIO ROSALES CAMACHO y CANDIDO ROSALES RAMIREZ y en virtud de desconocerse el domicilio actual, este órgano jurisdiccional ordenó su emplazamiento mediante edictos, a fin de que acudan al tribunal en cita, a defender sus intereses quedando a disposición en la Secretaría de Acuerdos del propio tribunal, copia simple de la referida demanda. Dos firmas ilegibles, rúbricas.
Y por el presente que se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, fijándose además en la puerta de este Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito, una copia íntegra del auto de fecha veinte de marzo de dos mil doce, que se les manda notificar.
Ciudad Victoria, Tamps., a 7 de mayo de 2012.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito
Lic. Francisco Rivelino Arias Moreno
Rúbrica.
(R.- 348446)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito
Estado de Chihuahua
Sección Amparos
EDICTO
LUIS CARLOS MARCIAL TREVIZO Y CESAR GERMAN CRUZ SMITH.
TERCEROS PERJUDICADOS, en el juicio de amparo 1097/2011, promovido por J. CARMEN CRUZ NORIEGA, contra actos de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad, el cual se hizo consistir en el ilegal emplazamiento y procedimiento del expediente laboral 2/08/4138 del índice de la junta responsable.
Publíquese este acuerdo tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Excélsior, que se edita en la ciudad de México, Distrito Federal, haciéndose saber que debe presentarse dentro del término de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibiéndose que pasado este término, si no comparece por sí o por medio de apoderado o gestor que pueda representarlo, se tendrá por legalmente emplazado, y las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le notificarán por rotulón, que se fijará en la puerta de este Juzgado.
Chihuahua, Chih., a 16 de marzo de 2012.
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Chihuahua
Miguel Angel Ibarra Cuéllar
Rúbrica.
(R.- 348886)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl
EDICTO
JULIO GILBERTO CABALLERO GARCIA
En
razón de ignorar su domicilio, por este medio, se le notifica
la radicación del juicio de amparo registrado bajo el
expediente número 287/2012,
promovido por
JESUS
CUAUHTEMOC RUIZ PONCE, contra actos del Juez Segundo Penal de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, Estado de
México, juicio en el cual, con fundamento en lo dispuesto por
la fracción III, inciso b) del artículo 5° de la
Ley de Amparo, le recae el carácter de tercero interesado,
emplazándosele por este conducto, para que en el plazo de
treinta días contado a partir del día siguiente al de
la última publicación de este edicto, comparezca al
juicio
de garantías de mérito, apercibiéndole
que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y
las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter
personal, se le practicarán mediante lista que se fije en
el
tablero de avisos de este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de
México, con residencia
en Nezahualcóyotl, quedando a
su disposición en la Secretaría las copias simples de
traslado; en el entendido de que deberá publicarse en el
Diario Oficial de la Federación y en un periódico de
mayor circulación en la República, por tres veces
consecutivas de siete en siete días.
Asimismo, se hace de su conocimiento que se encuentran señaladas las DIEZ HORAS DEL VEINTITRES DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, para la celebración de la audiencia constitucional.
Atentamente
Nezahualcóyotl, Edo. de Méx., a 4 de junio de 2012.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl
Lic. Enrique Cirilo Robles
Rúbrica.
(R.- 349457)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
I
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México
EDICTO
NOTIFICACION.
Al margen sello con Escudo Nacional dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Judicial de la Federación.
“En los autos de la causa penal 138/2008-I, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, instruida contra Abdy Silvano Escalante Zurita y/o Abdy Cilvano Escalante Zurita, por su probable responsabilidad en la comisión del delito de delincuencia organizada y otros, se señalan las diez horas del veintidós de agosto de dos mil doce, para el desahogo de la diligencia de careos procesales entre Christiam Raquel Mendiola Galván y Ana Karen Escalante Zurita con los militares Rubén González Bonales, José Angel Zopillactle Sánchez, Miguel de la Cruz Bautista, Rubén Vázquez de León y Agustín García Hernández; quienes deberán comparecer puntual y debidamente identificadas, en las instalaciones del Centro Federal de Readaptación Social número Uno “Altiplano”, en Almoloya de Juárez, Estado de México para la celebración de las diligencias judiciales de las que les resulta cita..”
Toluca, Edo. de Méx., a 14 junio de 2012.
Juez Tercero de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México
Lic. Raúl Valerio Ramírez
Rúbrica.
(R.- 350281)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de México,
con sede en Naucalpan de Juárez
EDICTO
Se emplaza a los terceros perjudicados Andrés Pacheco Flores, María de Jesús Navarro “N” y Alfredo Villareal González.
En el juicio de amparo número 962/2011-VI del índice de este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado el México, promovido por Diana Vanesa Rodríguez Benito, en su carácter de defensor particular de Ernesto Gutiérrez Cervantes, en contra del Juez Segundo Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, Estado de México. Se reclama "…El auto de plazo constitucional de fecha veintisiete de octubre de dos mil diez…”; por violación de las garantías individuales consagradas en los artículos 14 y 16 Constitucionales.
Se les manda emplazar para que comparezcan al juicio constitucional de que se trata, en defensa de sus intereses, previniéndoles que de no comparecer dentro del término de treinta días, contados al siguiente de la última publicación del presente edicto, para todos los efectos legales a que haya lugar, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por rotulón que se fijará en los estrados de éste Recinto Judicial. Lo anterior tiene su apoyo en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 19 de junio de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de México
Lic. Rosa María Sánchez Baltazar
Rúbrica.
(R.- 350282)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
D.C. 212/2012
EDICTO
GRUPO REAL DE GANADEROS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En
los autos del juicio de amparo directo número D.C. 212/2012,
promovido por JOSE LUIS ORTIZ LARRAÑAGA, apoderado legal de
NACIONAL FINANCIERA, SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO, INSTITUCION DE
BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO
“FONDO DE CAPITALIZACION E INVERSION DEL SECTOR RURAL”
(FOCIR), contra la sentencia que reclama de la Séptima Sala
Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal,
radicado en este Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia
Civil del Primer Circuito, al ser señalado como tercero
perjudicado y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en el
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, de aplicación supletoria de conformidad con lo que
dispone el artículo 2o. de la Ley
de Amparo, se otorga su
emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se
publicarán por tres veces de siete en siete días en el
Diario Oficial de la Federación y el periódico “El
Universal”, se hace de su conocimiento que en la Secretaría
de Acuerdos de este Tribunal Colegiado, queda a su disposición
copia simple de la demanda de amparo y que cuenta con un término
de 30 días, contados a partir de la última publicación
de tales edictos para que ocurra ante este órgano
jurisdiccional a hacer valer sus derechos.
México, D.F., a 4 de junio de 2012.
El Secretario de Acuerdos del Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Fernando Aragón González
Rúbrica.
(R.- 349055)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
Luz María López González.
Con fundamento en los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por auto de tres de febrero de dos mil doce, se ordena emplazar por medio del presente edicto a la tercera perjudicada Luz María López González, a costa de la parte quejosa, dentro del juicio de amparo 1587/2011, promovido por Sergio Rubén Maslaton Misri, contra actos de la Junta Especial Número 4Bis de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Cuautitlán Texcoco y otras; se le hace saber que los edictos deberán publicarse por tres veces de siete en siete días cada uno, y la tercera perjudicada deberá apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación y que están a su disposición en la Secretaria de este Juzgado las copias de la demanda a efecto de que se emplace a la misma.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos legales procedentes.
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 11 de junio de 2012.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de México
Juan Carlos Velázquez Morales
Rúbrica.
(R.- 350412)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
Juicio Ordinario Civil 25/2009
EDICTO
Emplazamiento: Persona moral Flomac, Sociedad Anónima de Capital Variable e Indalecio Flores González.
En
cumplimiento a lo ordenado en proveído de veinticuatro de
abril de dos mil doce, dictado en autos del Juicio Ordinario Civil
25/2009, tramitado ante el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de
Chiapas, seguido por Angel Arce López, en su carácter
de apoderado legal del Organismo Público Descentralizado
Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, así
como del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos,
Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de
Desarrollo, en contra de Flomac, Sociedad Anónima de Capital
Variable; Indalecio Flores González y a la compañía
aseguradora Fianzas Monterrey, Sociedad Anónima, haciéndole
saber que cuenta con un término de nueve días más
cinco en razón de la distancia contados a partir de la última
publicación de este edicto, para comparecer ante la autoridad
federal
a defender sus derechos, quedando a su disposición
las copias simples de traslado en la Secretaría
correspondiente del mencionado Juzgado, localizado en Boulevard Angel
Albino Corzo, dos mil seiscientos cuarenta y uno, Edificio “A”,
Planta Baja, Fraccionamiento Las Palmas, en Tuxtla Gutiérrez,
Chiapas.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 24 de abril de 2012.
Secretaria de Juzgado
Lic. Patricia Solís Urbina
Rúbrica.
(R.- 350421)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
Unión Diamante, Sociedad Anónima de Capital Variable.
En
virtud de la demanda de amparo directo promovida por Paz Quintero
Angulo, contra el acto reclamado a las autoridades responsables
Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja
California, con sede en esta ciudad, consistente en la sentencia
definitiva dictada en su contra el veintisiete de enero de dos mil
diez, dentro del toca penal 3063/2009, por la comisión del
delito de robo con violencia; por auto de uno de marzo de dos mil
doce, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número
236/2012 y de conformidad con el artículo 5o,
fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, este Quinto
Tribunal Colegiado
del XV Circuito, consideró que al
ofendido dentro de la causa penal 101/2007 de origen, Unión
Diamante, Sociedad Anónima de Capital Variable, le asiste el
carácter de tercero perjudicado en el presente juicio de
garantías; por tanto, se reservó proveer respecto a la
admisión o rechazo de la demanda en cuestión,
y se
ordenó a la autoridad responsable la búsqueda del
tercero perjudicado en los domicilios donde pudiese
ser
emplazado, con fundamento en el artículo 30, fracción
II, de la Ley de Amparo, se agotaron los medios de investigación
para su localización, sin haber obtenido resultado alguno; por
lo que, en proveído de cinco
de junio de dos mil doce,
este tribunal ordenó el emplazamiento de Unión
Diamante, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de
edictos, en términos del normativo 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a
la Ley de Amparo.
Los
edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete
días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos
diarios de mayor circulación en la República, para que
dentro del término de treinta días, contado
a
partir del siguiente al de la última publicación, el
tercero perjudicado Unión Diamante, Sociedad Anónima de
Capital Variable, se apersone al presente juicio, con el
apercibimiento de que de no hacerlo, se le tendrá por
emplazado y las subsecuentes notificaciones, aún las de
carácter personal, se le realizarán por medio de lista
que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en
términos de los artículos 29, fracción III,
en
relación con el diverso 28, fracción III de la Ley de
Amparo; asimismo, hágasele saber por medio del edicto
en
comento, que la copia de la demanda de garantías interpuesta
se encuentra a su disposición
en la Secretaría de
Acuerdos de este órgano colegiado.
Mexicali, B.C., a 11 de junio de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Lic. Guadalupe Muro Páez
Rúbrica. (R.- 350129)
Estados Unidos Mexicanos
Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos
Juzgado Primero Civil
Cuernavaca, Mor.
Primer Distrito Judicial
Primera Secretaría
EDICTO
La Juez Primero de lo Civil de Cuernavaca, Morelos, Licenciada Laura Galván Salgado, dictó auto con fecha siete de marzo de dos mil doce, en la QUIEBRA de PROMOTORA E IMPORTADORA MEXICANA, S.A. DE C.V. antes COMERCIALIZADORA SANFER, S.A. DE C.V. Exp. Num. 62/99, en el que se admite el INCIDENTE DE REHABILITACION promovido por FERNANDO SANCHEZ NAVARRO, apoderado legal de PROMOTORA E IMPORTADORA MEXICANA S.A. de C.V. en base a los hechos marcados con los números “1.- 2.- 3.- 4.- 5.- 6.- 7.- 8.- 9.-” HACIENDOSE EL REQUERIMIENTO A LOS QUE TENGAN QUE OPONERSE PARA QUE ALEGUEN DENTRO DE UN PLAZO DE UN MES LO QUE EN DERECHO CORRESPONDA, el cual empezará a correr a partir de la última publicación.
Para su publicación por tres veces consecutivas en el Periódico “El Diario de Morelos” y en el Diario Oficial de la Federación.
Cuernavaca, Mor., a 30 de marzo de 2012.
El Primer Secretario de Acuerdos
Lic. Martín Hernández Figueroa
Rúbrica.
Vo. Bo.
La Juez Primero de lo Civil
Lic. Laura Galván Salgado
Rúbrica. (R.- 349777)
AVISO AL PUBLICO
Se comunica que para las publicaciones de estados financieros, éstos deberán ser presentados en un solo archivo. Dicho documento deberá estar capturado en cualquier procesador de textos WORD.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Cuarta Sala Civil
EDICTO
CONTRATISTAS DE MAQUILAS AGRICOLAS GAMMA, S.A. CE C.V.
Por auto de fecha quince de junio del año dos mil doce, dictado en el cuaderno de amparo relativo al toca número 1056/2011/1, por ignorarse su domicilio, a pesar de la investigación con resultados negativos, se ordenó emplazarla por medio de edictos para que dentro de los treinta días siguientes a la última publicación de este edicto, se apersone ante la Secretaría de Acuerdos de la Cuarta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a recibir las copias simples de la demanda de amparo presentada por la parte actora, en contra de la resolución dictada por esta Sala el doce de enero del dos mil doce, que obra en el toca señalado y revoca la sentencia definitiva dictada el nueve de septiembre del dos mil once, por el Juez Noveno de lo Civil en el Distrito Federal, en el juicio ORDINARIO MERCANTIL promovido por MEXICANA DE COBRE, S.A. de C.V. en contra de CONTRATISTAS DE MAQUILAS AGRICOLAS GAMMA, S.A. DE C.V., hecho lo anterior, deberá comparecer dentro del término de DIEZ DIAS, ante el Tribunal COLEGIADO en Materia Civil del Primer Circuito en Turno a defender sus derechos.
NOTA:
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el Diario Oficial de la Federación,
así como en
el periódico LA RAZON.
Atentamente
México, D.F., a 19 de junio de 2012.
La Secretaria Auxiliar de la Cuarta Sala Civil
Lic. Bianca Gómez Abonce
Rúbrica.
(R.- 350382)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL
MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUEZA OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL
EN EL
DISTRITO FEDERAL.
TERCERO PERJUDICADO
JESUS TAURINO SOLIS.
En
los autos del juicio de amparo número 357/2012-II, promovido
por Silvia Hernández González, por propio derecho,
contra actos del Juez Trigésimo Séptimo de lo Civil del
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y actuario
adscrito a dicho juzgado, radicado en este Juzgado Octavo de Distrito
en Materia Civil, en esta capital; al ser señalado como
tercero perjudicado y desconocerse su domicilio actual, con
fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley
de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio
de mérito
por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en
siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en
uno de los periódicos de mayor circulación en esta
capital, se hace de su conocimiento que en la Secretaría de
Acuerdos de este juzgado, queda a su disposición copia simple
de la demanda de amparo, y que cuenta con un término de
treinta días, contados a partir de la última
publicación de tales edictos,
para que ocurra al juzgado
hacer valer su derecho.
Atentamente
México, D.F., a 13 de junio de 2012.
La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Itzel Adelina Martínez Martínez
Rúbrica.
(R.- 350280)
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
TERCEROS PERJUDICADOS RUBEN ABELARDO PALACIOS CARLIN Y GERARDO GARCIA RUBIO.
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a cinco de junio de dos mil doce.
En
los autos del juicio de amparo 1161/2011-I,
promovido
por Andrés Reyes Hernández, por propio derecho, ante
este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,
contra actos del Juez
Segundo Penal de Primera Instancia de Tlalnepantla, Estado de México
y otras autoridades,
por
desconocerse el domicilio de los terceros perjudicados
Rubén Abelardo Palacios Carlín y Gerardo García
Rubio,
a través de quien legalmente los represente, se ordenó
su emplazamiento por edictos a costa de la parte quejosa, los que
se
publicarán por tres veces, de siete en siete días, en
el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de
mayor circulación nacional, y además se fijará
en la puerta de este Juzgado Federal una copia íntegra
del
edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“INSERTO: Se comunica a los terceros perjudicados Rubén Abelardo Palacios Carlín y Gerardo García Rubio, a través de quien legalmente los represente, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de veintiuno de septiembre de dos mil once, este Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por Andrés Reyes Hernández, por propio derecho, correspondiéndole el número de juicio de amparo indirecto 1161/2011-I, promovido contra actos del Juez Segundo Penal de Primera Instancia de Tlalnepantla, Estado de México y otras autoridades, consistente en:
“IV.- ACTO RECLAMADO: La orden de búsqueda, aprehensión y/o reaprehensión…
Indíquese a los terceros perjudicados Rubén Abelardo Palacios Carlín y Gerardo García Rubio, que deberán presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal, a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tengan conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tienen de apersonarse al mismo si a su interés conviniere, y a su vez señalen un domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este juzgado.
Apercibidos que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le practicará por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado Federal, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
La Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Myrna Sirene León Pérez
Rúbrica.
(R.- 349292)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región,
con residencia en el Distrito Federal
Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región,
con residencia en el Distrito Federal
EDICTO
A
TODOS LOS QUEJOSOS QUE PROMOVIERON JUICIOS DE AMPARO CONTRA LA LEY
DEL ISSSTE.
En
los juicios de amparo promovidos durante los años 2007, 2008,
2009 y 2010 ante los entonces denominados Juzgados Primero y Segundo
de Distrito Auxiliares con competencia y jurisdicción en toda
la República y residencia en el Distrito Federal, en que se
reclamó la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Estado, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el treinta y uno de marzo de dos mil siete, que se
han tramitado hasta su archivo, en los que los quejosos hayan
exhibido documentos originales y que hasta el momento no hayan
acudido a las instalaciones de dichos juzgados a recoger los mismos,
se hace de su conocimiento que: “Los interesados deberán
acudir al local que ocupan los ahora Juzgados Primero y Segundo de
Distrito, ambos del Centro Auxiliar de la Primera Región, con
residencia en el Distrito Federal, con identificación oficial
vigente, dentro del plazo de noventa días, contado a partir
del siguiente día hábil al de la última
publicación del presente edicto, a recoger los mencionados
documentos que en su caso obren en los expedientes relativos,
apercibidos que de no hacerlo, dichos documentos podrán ser
destruidos junto con los expedientes de amparo, de conformidad con el
punto Décimo Primero, último párrafo, del
Acuerdo General Conjunto 1/2009 de veintiocho de septiembre de dos
mil nueve, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo
a la
transferencia, digitalización, depuración y destrucción
de los expedientes generados en los Juzgados
de Distrito.”
México, D.F., a 21 de junio de 2012.
Juez Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región con residencia en el Distrito Federal Guillermina Coutiño Mata Rúbrica. |
Juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región con residencia en el Distrito Federal Alfredo Cid García Rúbrica. |
(R.- 350170)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos.
COMPAÑIA ARROCERA COVADONGA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y ARROMEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRE:
En los autos del juicio de amparo 1945/2011-VII, promovido por Daniel Ortega Galán, por conducto de su apoderado legal Miguel Angel López Lugo, contra actos de la Junta Especial Número Treinta y Uno de la Federal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, reclamando: “…lo constituye el acuerdo de fecha 1° de diciembre de 2011.” juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos, ubicado en Boulevard del lago número 103, edificio “B”, nivel 4, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, código postal 62370, y en el cual se les han señalado con el carácter de parte tercera perjudicada y al desconocerse sus domicilios actuales, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, sin necesidad de acuerdo, se les harán por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE. Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 10 de mayo de 2012.
La Secretaria del Juzgado Sexto de
Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Ana María Jiménez Rivera
Rúbrica.
(R.- 348624)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERO PERJUDICADO ALFONSO SALVADOR SANCHEZ GARCIA.
En los autos del juicio de amparo expediente 289/2012-IV, promovido por el BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO, INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO, se advierte que no se conoce el domicilio cierto y actual del tercero perjudicado ALFONSO SALVADOR SANCHEZ GARCIA; en consecuencia, se ha ordenado en proveído de siete de junio de dos mil doce, emplazarlo a juicio por medio de edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana; ello, en atención a lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de este tribunal, copia simple de la demanda, asimismo, se le hace saber que cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este Juzgado Federal a hacer valer sus derechos si a sus intereses conviniere, y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital; apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por lista de acuerdos de este órgano de control constitucional, y como está ordenado en el proveído de veintinueve de mayo de dos mil doce, se señalaron las catorce horas con treinta minutos del diecinueve de junio del presente año, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Atentamente
México, D.F., a 11 de junio de 2012.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Raymundo Esteban Alor García
Rúbrica.
(R.- 349406)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Campeche, Camp.
EDICTO
C. LILIA AURORA VARGAS CHAN.
Por
este medio se hace de su conocimiento que mediante proveído de
esta propia fecha, pronunciado por el suscrito Juez Segundo de
Distrito en el Estado, dentro del expediente relativo al juicio de
amparo número 333/2012 I, del índice de este
Juzgado, promovido por Martha Rafaela Chac Pantí, contra actos
del Juez Mixto de Primera Instancia del Ramo Civil y Familiar del
Cuarto Distrito Judicial del Estado, con residencia
en
Hecelchakán, Campeche y otra autoridad, que hace consistir
básicamente en la resolución de fecha uno de marzo de
dos mil doce, emitida dentro del expediente 202/2004-2005/II-IV, que
desechó el recurso
de apelación interpuesto por la
aquí quejosa, en contra de la interlocutoria de diez de
febrero de dos mil doce, se ordenó emplazarla a juicio por
edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete
días, en el Diario Oficial de la Federación y en el
periódico que tenga diariamente mayor circulación en la
República, por desconocerse su domicilio y dado que de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o,
fracción III, inciso a) de la Ley de Amparo, le resulta el
carácter de tercero perjudicada en este asunto. Asimismo, se
hace de su conocimiento que cuenta con el término de treinta
días para comparecer a este juicio constitucional a defender
sus derechos, contados a partir de la última publicación
de tales edictos, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo
30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con
el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles,
en aplicación supletoria a la Ley Reglamentaria del Juicio de
Garantías.
De igual forma se le hace saber que para la celebración de la audiencia constitucional en el juicio de amparo al que se le emplaza se señalaron las nueve horas con diez minutos del día veintiuno de junio del año en curso.
San Francisco de Campeche, Camp., a 31 de mayo de 2012.
El Juez Segundo de Distrito en el Estado
Lic. Mario Toraya
Rúbrica.
(R.- 350249)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Hidalgo
Juzgado Tercero de Distrito
Pachuca, Hidalgo
Sección Amparo
EDICTO
En
el juicio de amparo 195/2012-5 del índice del Juzgado Tercero
de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Baltazar López
Pérez, contra actos del Juez Cuarto de lo Penal del Distrito
Judicial de Pachuca, Hidalgo; se dictó acuerdo por el que se
ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr
el
emplazamiento de los terceros perjudicados Ricardo Pineda Alvarez y
Eduardo Moreno Rosas, a quienes se hace de su conocimiento que en
este Juzgado se encuentra radicado el juicio de garantías
mencionado,
en el que se señaló como acto
reclamado: “(…)El Auto de Plazo Constitucional, de fecha
29 de noviembre del 2011, dictado dentro de la Causa número
121/2011, que se me instruye como probable responsable en la comisión
del delito de SECUESTRO AGRAVADO, en agravio de RICARDO PINEDA
ALVAREZ, EDUARDO MORENO ROSAS, RITO GARCIA CASTILLO y la menor ANAHI
MARQUEZ NIETO(...)”. Por ello se hace
del conocimiento de
Ricardo Pineda Alvarez y Eduardo Moreno Rosas, que deberán
presentarse dentro del término de treinta días,
contados a partir del día siguiente al de la última
publicación, a efecto de que si lo estiman pertinente haga
valer los derechos que les asistan y señalen domicilio en la
ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones
ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo
así, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter
personal, se les harán por medio de lista que se fije en los
estrados de éste órgano de control constitucional.
Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra
de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.
Pachuca de Soto, Hgo., a 12 de junio de 2012.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Sergio Pastelín Islas
Rúbrica.
(R.- 350250)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado
Décimo Octavo Circuito
Cuernavaca, Morelos
EDICTO
Ante
este Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, con
residencia en Cuernavaca, Morelos, se encuentra radicado el juicio de
amparo 806/2011, promovido por NICOLAS JIMENEZ GALICIA, por conducto
de su apoderado Gerardo González Pedraza contra el laudo de
diecisiete de agosto de dos mil once, dictado por la Junta Especial
Número Treinta y Uno de la Federal de Conciliación y
Arbitraje en el Estado de Moleos, en el expediente laboral 178/2006.
En el referido expediente, se ordenó emplazar
al tercero
perjudicado CONSTRUCTORA ALGEZ SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
por medio de edictos que deberán publicarse tres veces de
siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación
y en uno de los diarios de mayor circulación nacional; a fin
de que dentro del plazo no mayor a treinta días contado a
partir de la última publicación, comparezca al citado
Tribunal a defender sus derechos, y señalar domicilio en esta
ciudad, para oír y recibir notificaciones, apercibida que de
no hacerlo así, las posteriores de carácter personal se
le harán por medio de lista que se fije en los estrados de
dicho órgano jurisdiccional, quedando a su disposición
copia simple de la demanda de amparo en la Secretaria de Acuerdos de
este Tribunal.
Lo anterior de conformidad con el artículo
30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con
el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria, de acuerdo con lo dispuesto
en el numeral 2o
de la Ley de Amparo.
Para ser publicado tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación nacional.
Cuernavaca, Mor., a 18 de junio de 2012.
Secretario de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito
Lic. Víctor Manuel García Bonilla
Rúbrica.
(R.- 350254)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
TERCEROS PERJUDICADOS:
ELIZABETH
COFRADIA CUARENTA, ARACELI Y LUIS ANGEL, DE APELLIDOS ACOSTA
COFRADIA
Y JUAN ARREGUIN.
Por
este conducto, se ordena emplazar a los terceros perjudicados
Elizabeth Cofradía Cuarenta, Araceli y Luis Angel, de
Apellidos Acosta Cofradía Y Juan Arreguín, en el juicio
de amparo directo 275/2012, promovido por Víctor Valencia
Mancera, por conducto de José Arturo Vega Aboytes, defensor
particular, contra el acto reclamado al Magistrado de la Primera Sala
Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado,
en cuya
demanda de garantías se señala:
IV.- Acto reclamado: la sentencia dictada en 25 de mayo del año 2012, dentro del toca 49/2012.
VI.-
Preceptos constitucionales cuya violación se reclama:
Artículos 14, y 16, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Se hace saber a los terceros perjudicados de mérito que deben presentarse dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, apercibidos que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese
por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y
en uno de los periódicos diarios
de mayor circulación
en la República.
Atentamente
Guanajuato, Gto., a 12 de junio de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Lic. Ma. Guadalupe Vega Cabrera
Rúbrica.
(R.- 350266)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL.
Pedro Luis Fernández Pérez, Carlos Fernández Araoz, Alicia Vivanco González, Gonzalo Hinojosa Poch, Carlos Puente Costales y Jordi Morral Hospital.
En
los autos del juicio de amparo 2003/2011-II, promovido por Jorge
Martínez Figueroa, contra actos de la Junta Especial Número
Siete de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito
Federal y otro, al ser señalados como terceros perjudicados y
desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción
II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su
emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se
publicarán por tres veces, de siete en siete días, en
el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República; haciendo de su
conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su
disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuentan
con un término
de treinta días, contados a partir
de la última publicación de estos edictos, para que
ocurran a este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 15 de junio de 2012.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Faviola Ramírez Franco
Rúbrica.
(R.- 350274)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN VILLAHERMOSA, TABASCO.
ALEX ALVAREZ GUTIERREZ:
Comunico a usted que tiene el carácter de TERCERO PERJUDICADO dentro de los autos del juicio de amparo número 486/2012-VII, del índice del JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TABASCO, y se hace de su conocimiento que CARLOS LEONARDO BELTRAN LOPEZ, interpuso demanda de amparo contra actos del Juez Segundo Penal de Primera Instancia de Centro, Tabasco, y otras autoridades, en el que señaló como acto reclamado, el auto de formal prisión emitido en su contra el veintidós de febrero de dos mil doce, por su probable responsabilidad en la comisión de los delitos de ayuda en la comisión del ilícito de tentativa de homicidio calificado, asociación delictuosa y robo de vehículo equiparado; por lo que se le previene para que se presente al juicio de garantías de mérito dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, y señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, ya que en caso de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones se harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Juzgado, quedando a su disposición en la secretaría, las copias simples de la demanda de amparo para su traslado. El que se expide para su publicación en el periódico EXCELSIOR y el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, que deberá de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días.
Villahermosa, Tab., a 5 de junio de 2012.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco
Lic. Alma Edith Martínez González
Rúbrica.
(R.- 350276)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León
EDICTO
María del Carmen Chapa Villarreal.
(testigo)
Domicilio ignorado.
En los autos del proceso penal número 97/2010-V, instruido en contra de Juan Carlos Escobedo Chapa y otros, por el delito de contra la salud y otro, se dictó un proveído de fecha doce de junio de dos mil doce, en el cual, entre otras cosas, se señalaron las diez horas con veinte minutos del nueve de julio de dos mil doce, para el desahogo de la diligencia de declaración testimonial a cargo de la María del Carmen Chapa Villarreal, ordenándose la notificación a ésta, por medio de edictos en atención a que se desconoce su domicilio, mismo que se publicará por única vez en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico “El Norte” que se edita en esta ciudad de Monterrey, Nuevo León, haciéndole del conocimiento que deberá comparecer al recinto oficial que ocupa este Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, ubicado en avenida Constitución número 241 poniente, zona centro, en Monterrey, Nuevo León, debidamente identificado, para la práctica de la diligencia antes mencionada.
Lo que se comunica a Usted para los efectos legales correspondientes.
Monterrey, N.L., a 12 de junio de 2012.
La Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León
Lic. Rubí Sandoval Aguilera
Rúbrica.
(R.- 350278)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz,
con residencia en Boca del Río
EDICTO
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO II-1200/2011-1, PROMOVIDO POR OFELIA IRENE LOPEZ LOPEZ, CONTRA ACTOS DEL 1. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA, CON RESIDENCIA EN TUXTEPEC, OAXACA, Y OTRAS AUTORIDADES, SE ORDENO EMPLAZAR POR EDICTOS A LOS TERCERO PERJUDICADOS 15. CORNELIO HILARIO CARRION Y 26 MAGDALENA PEREZ FRANCISCO, POR IGNORAR SU DOMICILIO, A QUIENES SE LES HACE SABER QUE DEBERAN PRESENTARSE EN ESTE JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON SEDE EN BOCA DEL RIO, VERACRUZ, DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION A EFECTO DE EMPLAZARLOS A JUICIO, YA QUE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL ESTA SEÑALADA PARA LAS NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIECISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, Y PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, SE EXPIDE EL EDICTO; LO ANTERIOR EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 30, FRACCION II, DE LA LEY DE AMPARO Y 315, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACION SUPLETORIA A LA LEY DE AMPARO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL PRECEPTO SEGUNDO DE LA CITADA LEY, APERCIBIDOS QUE DE NO COMPARECER LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, SE LES HARAN POR LISTA DE ACUERDOS, EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL NUMERAL 30, FRACCION II, DE LA LEY DE AMPARO.
Atentamente
Boca del Río, Ver., a 23 de mayo de 2012.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Ernesto García Rubio
Rúbrica.
(R.- 350368)
Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en el Estado Xalapa de Equez., Ver. EDICTO ANGEL RENDON MONTIEL En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que: En los autos del Juicio de Amparo 45/2012, promovido por GUILLERMO LENIN CRUZ GARCIA, POR CONDUCTO DE SU DEFENSOR VOLUNTARIO ROGELIO POZOS MARTINEZ, contra de actos del Juez Tercero Menor, con residencia en esta ciudad, y otras autoridades, radicado en este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en avenida Culturas Veracruzanas, número ciento veinte, colonia Reserva Territorial, Edificio “B” primero piso, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, se le ha señalado como parte tercero perjudicada y, como se desconoce su domicilio actual, por acuerdos de veintisiete de marzo de dos mil doce, se ha ordenado emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II, de la Ley de Amparo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la citada ley, haciéndole saber que podrá presentarse dentro de treinta días en este Juzgado, contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibido que de no hacerlo las posteriores notificaciones, se les harán por lista de acuerdos, que se fije en los estrados de este Juzgado, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado Federal copia simple de la demanda de amparo, asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para las ONCE HORAS DEL VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DOCE; y se le hace saber que el acto reclamado en el juicio de amparo de que se trata se hizo consistir en: “(…)RESOLUCION DE TERMINO CONSTITUCIONAL DE 27 DE DICIEMBRE DE 2011, EN LA QUE SE DICTO AUTO DE FORMAL PRISION POR EL PROBABLE DELITO DE DAÑOS EN SU MODALIDAD DE CULPOSOS EN AGRAVIO DE JAVIER CRUZ ORTIZ, ANGEL RENDON MONTIEL, REINALDO OLIVARES FLORES Y HECTOR BARTOLOME CANCELA RUIZ Y EL RESOLUTIVO TERCERO MEDIANTE EL CUAL SE ORDENA LA TOMA DE LA FICHA SINALEGTICA (…)”. Atentamente Xalapa, Ver., a 2 de mayo de 2012. El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz Jesús Arturo Cuéllar Díaz Rúbrica. (R.- 348228) |
|
Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado
Cuarto de Distrito en Boulevard
del Lago número 103, colonia Villas Deportivas, Delegación
Miguel Hidalgo, teléfono 3-18-51-49 Sección Civil EDICTO A: SEA SISTEMAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. En el lugar donde se encuentre: En los autos del juicio ejecutivo ordinario civil 62/2010, promovido por CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS, se dictó el siguiente acuerdo: “…Cuernavaca, Morelos; siete de junio de dos mil doce. […] se ordena realizar la presente notificación al demandado por medio de edictos que se publicarán por tres veces, consecutivas en el "Diario Oficial", haciéndole saber que, a fin de dar margen a lo anterior, se deja sin efectos el desahogo de la prueba confesional programada para las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y TRES MINUTOS DEL DIECIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DOCE, y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y TRES MINUTOS DEL TRECE DE JULIO DEL PRESENTE AÑO, para el desahogo de la prueba la confesional a cargo de la parte demandada SEA Sistemas, Sociedad Anónima de Capital Variable, a fin de que absuelva las posiciones que sean calificadas de legales en la diligencia respectiva, contenidas en el pliego de posiciones exhibido en escrito de once de noviembre de dos mil once.
Por
lo que se ordena citar por medio de […] Notifíquese personalmente a la parte actora. Lo proveyó la licenciada Griselda Sáenz Horta, Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos, ante la licenciada Flor Verenisse Gómez Peinado, Secretaria que autoriza las actuaciones. Doy fe…” Cuernavaca, Mor., a 7 de junio de 2012. La Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos Lic. Griselda Saénz Horta Rúbrica. La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos Lic. Flor Verenisse Gómez Peinado Rúbrica. (R.- 350429) |
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
En los autos del juicio número 224/2012-VII, promovido por María Lucia Alvarez Noguez, contra actos del Juez Septuagésimo Sexto de lo Civil del Distrito Federal y actuario de su adscripción; por auto de veintitrés de marzo de dos mil doce, previa aclaración, se admitió a trámite la demanda de amparo promovida por la quejosa en cita y se tuvo como terceros perjudicados a Concepción, Carmen Patricia, Juan Carlos Eleuterio, su sucesión, Oscar Gerardo, todos de apellidos Escalante Cervantes y Riverdale Café, sociedad anónima de capital variable, en dicha demanda se señaló como acto reclamado: “la orden de desocupación y entrega de los inmuebles de avenida Río Magdalena, número 322 y 326, delegación Alvaro Obregón, colonia Tizapan, México Distrito Federal, dictada en el juicio controversia de arrendamiento inmobiliario número 559/2009, seguido por los terceros perjudicados personas físicas, en contra del tercero perjudicado Riverdale Café, sociedad anónima de capital variable, del índice del Juez responsable”; y es la fecha que no se ha podido emplazar al tercero perjudicado Riverdale Café, sociedad anónima de capital variable, a pesar de haber solicitado la investigación de domicilio al Titular de la Policía Federal Ministerial (antes Agencia Federal de Investigación), Apoderado de Teléfonos de México, sociedad anónima bursátil de capital variable, Secretaría de Transportes y Vialidad del Gobierno del Distrito Federal, Secretaría de Relaciones Exteriores e Instituto Mexicano del Seguro Social, quienes en cumplimiento al requerimiento realizado por este Juzgado de Distrito en dieciocho de mayo de dos mil doce, proporcionaron información sobre los datos del domicilio del tercero perjudicado en mención, por lo que no se ha podido realizar el emplazamiento referido; en consecuencia, hágase del conocimiento por este conducto al tercero perjudicado de mérito que deberá presentarse ante este Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en el acceso seis, nivel plaza del Edifico Sede del Poder Judicial de la Federación de San Lázaro, ubicado en Eduardo Molina número dos, colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal, dentro de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, con fundamento en el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo. Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de treinta y uno de mayo del cursante.
México, D.F., a 31 de mayo de 2012.
Secretario de Acuerdos del Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Jesús Moreno Flores
Rúbrica.
(R.- 349739)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado
Primero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de
Trabajo
y de Juicios Federales en el Estado
Nayarit
EDICTO
En
el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Nayarit, se encuentra
instaurado el Juicio de Amparo 36/2012, promovido por ARTURO ZAVALA
VEGA Y OTROS, contra actos del Gobernador Constitucional
del
Estado de Nayarit y otras autoridades, a quienes en el capítulo
de actos reclamados de la demanda de garantías, señaló
lo siguiente:
“IV.- LOS ACTOS RECLAMADOS:
De las autoridades señaladas como responsables reclamamos la falta de emplazamiento al procedimiento donde se otorgaron nuevos permisos de transporte de pasajeros urbano (combi) a los hoy terceros perjudicados, para la explotación de la ruta RIO SUCHIATE, en la que los hoy quejosos somos permisionarios originarios y por ende tenemos derechos adquiridos en la ruta de transporte de pasajeros urbano (combi) ruta RIO SUCHIATE. Por lo tanto las responsables sin darnos nuestra garantía de audiencia es decir sin oírnos y vencernos en juicio, la Comisión Técnica del Transporte del Estado de Nayarit, el Secretario General de Gobierno y autorizado por el Gobernador del Estado de Nayarit, otorgaron a los terceros perjudicados los permisos y las placas de circulación de servicio público estatal número 62-85-MDB, 62-88-MDB, 68-46-MDB, 71-55-MDB, 76-57-MDB, 76-91-MDB y 76-87-MDB por parte de el Director de Tránsito y Transporte del Estado de Nayarit.
De
las ejecutoras precisamente la privación de nuestros derechos
adquiridos como permisionarios
sin haber sido oídos y
vencidos en juicio o procedimiento, y el otorgamiento de las placas
respectivas a los terceros perjudicados...”
Por
otra parte, al haber realizado la búsqueda de la tercera
perjudicada Aidee Yadira Rivera Santiago,
no se encontró
ningún domicilio en donde pudiera ser emplazada a juicio; por
lo que mediante proveído de doce de junio de dos mil doce, se
ordenó emplazarlo a juicio, por medio de EDICTOS, los cuales
deberán ser publicados por tres veces, de siete en siete días,
en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos diarios de mayor circulación en la República
(EL UNIVERSAL, EXCELSIOR, LA JORNADA, ENTRE OTROS A NIVEL NACIONAL).
Hágase del conocimiento de la tercera perjudicada Aidee Yadira Rivera Santiago, que quedan en la Secretaría de este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Nayarit, las copias de traslado, requiriéndosele para que señale domicilio en esta capital para recibir notificaciones o en su defecto las subsecuentes, aun las de carácter personal, se le harán por lista de estrados; además, se le hace saber que la audiencia constitucional en este juicio se encuentra programada para las NUEVE HORAS CON VEINTISEIS MINUTOS DEL ONCE DE JULIO DE DOS MIL DOCE.
Atentamente
Tepic, Nay., a 12 de junio de 2012.
El
Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo
Civil,
Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el
Estado de Nayarit
Lic. José Javier Ruiz Martínez
Rúbrica.
(R.- 350383)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Noveno de lo Civil
Secretaría B
Exp. 548-09
EDICTO
EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR PLASTICOS URPRI S.A. DE C.V., EN CONTRA DE DISTRIBUIDORAS RAM-GO S.A. DE C..V, Y OTRO.- LA C. JUEZ DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE:
México, Distrito Federal a cinco de junio del año dos mil doce.- “…. Así como el proveído dictado el día veintinueve de abril de dos mil diez, mediante el cual se asentó de manera incompleta el nombre de uno de los acreedores, debiendo ser el correcto MIGUEL ANGEL GARCIA FLORES, aclaración que se hace al proveído de referencia…”NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez ante su C. Secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.- DOY FE.--.- México, Distrito Federal a quince de mayo del año dos mil doce.- A sus autos el escrito de cuenta del apoderado de la parte actora con el que se le tiene devolviendo los edictos a que se refiere el ocurso que se provee y como se pide, elabórense de nueva cuenta los mismos a fin de dar cumplimiento a lo ordenado por auto dictado el día veintinueve de noviembre del año dos mil diez.- NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez ante su C. Secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.- DOY FE.- - - México, Distrito Federal a veintinueve de noviembre del año dos mil diez.- A sus autos el escrito de cuenta del mandatario judicial de la parte actora con el que se les tiene exhibiendo el oficio y exhorto a que se refiere el ocurso que se provee. Asimismo, tomando en consideración lo manifestado en el mismo, así como las constancias de autos como se pide y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1070 del Código de Comercio procédase a notificar al acreedor MIGUEL ANGEL GARCIA FLORES el proveído de fecha veintinueve de abril del presente año al por medio de EDICTOS, mismos que deberán publicarse por TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION y en el periódico EL DIARIO IMAGEN, a fin de dar cumplimiento a dicha notificación.- Lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.- NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez ante su C. Secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.- DOY FE.-- México, Distrito Federal a veintinueve de abril del año dos mil diez.- A sus autos el escrito de cuenta del mandatario judicial de la parte actora con el que se le tiene en ejecución de sentencia exhibiendo el certificado de libertad de gravámenes a que se refiere el ocurso que se provee y tomando en consideración que del mismo se desprende un crédito a favor de BANCO SANTANDER MEXICANO S.A. MIGUEL GARCIA FLORES Y GRUPO CONVERMEX S.A. DE C..V, mediante notificación personal hágase del conocimiento de dichos acreedores el estado de ejecución que guarda el presente juicio.- NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez ante su C. Secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.- DOY FE.
México, D.F., a 5 de junio de 2012.
C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Susana Leos Godínez
Rúbrica.
(R.- 350157)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito
Tijuana, B.C.
EDICTO
Emplazamiento a JUAN MANUEL PRIETO TORRES, ERNESTO PRIETO TORRES y RENATO CESAR PRIETO TORRES. Al margen, sello Escudo Nacional, dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja California, en esta ciudad.
Juicio
Ejecutivo Mercantil 11/2011-I promovido por Iván de Jesús
López Aguayo, en su carácter
de endosatario en
procuración de Juan José Arellano Hernández,
demandando en la vía ejecutiva mercantil y en ejercicio de la
acción cambiaria directa a JUAN MANUEL PRIETO TORRES, ERNESTO
PRIETO TORRES
y RENATO CESAR PRIETO TORRES, las siguientes
prestaciones:
“a).- El pago de la cantidad de $50,000,000.00 (CINCUENTA MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal, pactada en el pagaré base de la acción.
b).- EL PAGO de los intereses moratorios correspondientes al 5% mensual pactado en el documento base de la acción, que se han generado y que se sigan generando sobre la cantidad de dinero mencionada en el inciso anterior, desde el inicio de la mora hasta el pago de la suerte principal, monto que se liquidará en la etapa de ejecución de sentencia.
c).- EL PAGO de costas.” (sic).
Por
auto de veintitrés de mayo de dos mil doce, con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 1068, fracción IV, 1070
ambos del Código de Comercio y 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles,
de aplicación supletoria a la
citada legislación, se ordenó efectuar el emplazamiento
de los demandados
JUAN MANUEL PRIETO TORRES, ERNESTO PRIETO TORRES
y RENATO CESAR PRIETO TORRES, por medio de edictos, que deberán
publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la
Federación y en el periódico “Excélsior”,
ambos de la Capital de la República, haciéndole saber
al demandado que la parte actora Juan José Arellano Hernández,
por conducto de su endosatario en procuración Iván de
Jesús López Aguayo, los requiere del pago de las
prestaciones demandadas y en caso de no hacerlo cuenta con el plazo
del emplazamiento por edictos para que señalen bienes para
embargo que basten para garantizar las prestaciones exigidas.
Asimismo, que deberán comparecer a juicio dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al en que les surta efectos la última de las publicaciones, para que hagan el pago llano de lo adecuado o se opongan a la ejecución si para ello tuvieren excepciones y en su caso, contesten la demanda, apercibidos que de no dar contestación a la misma, se les tendrá por confesos de los hechos; asimismo, que quedan a salvo sus derechos para probar en contra lo exigido, en cualquier otro caso se tendrá por contestada en sentido negativo, de conformidad con el artículo 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en materia mercantil; además, sin necesidad de que se acuse su rebeldía se seguirá el curso de este juicio, se tendrá por perdido el derecho que debieron ejercitarse dentro del plazo correspondiente y se les harán las ulteriores notificaciones por rotulón, de conformidad con el artículo 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio.
Tijuana, B.C., a 23 de mayo de 2012.
Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja California
Yolanda Alicia Santoyo Trujillo
Rúbrica.
(R.- 350222)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Al margen de un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, dos de mayo de dos mil doce.
CODEMANDADOS: JOSE ISIDORO LEVY BEHAR, BENJAMIN SACAL YEDID, ELIAS SUTTON FASJA, JACOBO ZAGA SABA, ALBERTO ABRAHAM AZKENAZI MOHANA, ERZA MARCOS CATTAN, GERARDO REYES VARELA VELASQUEZ Y DANIEL COHEN MOTOLA
EN
LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL NUMERO 368/2010-B, SEGUIDO
POR GUILLERMO JOSE CAMARGO DAVALOS Y OTROS, CONTRA BANCA MIFEL,
SOCIEDAD ANONIMA
Y OTROS, SE DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE:
En la Ciudad de México, a dos de mayo de dos mil doce.
[...]
Por otra parte, visto el segundo de los escritos de cuenta, presentado por la parte actora, por conducto de su autorizado en términos del tercer párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio, Alejandro Silva Ortega; como lo solicita y toda vez que de constancias de autos se advierte que se han agotado los medios para emplazar al presente juicio a los codemandados José Isidoro Levy Behar, Benjamín Sacal Yedid, Elías Sutton Fasja, Jocobo Zaga Saba, Alberto Abraham Azkenazi Mohana, Erza Marcos Cattan, Gerardo Reyes Varela Velásquez y Daniel Cohen Motola, en términos del artículo 1070 del Código de Comercio, sin que se haya logrado dicho fin; en tales condiciones, practíquese su emplazamiento POR MEDIO DE EDICTOS, los cuales contendrán un extracto del auto admisorio de once de noviembre de dos mil diez y de éste que se dicta, debiendo publicarse en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional, y en un periódico local del Distrito Federal; por tres veces, de siete en siete días, consecutivas, haciendo del conocimiento de los referidos codemandados que deberán presentarse en este Juzgado dentro del término de treinta días contados del siguiente al de la última publicación, a producir la contestación a la demanda instaurada en su contra, en el entendido que de no hacerlo, se seguirá el juicio en su rebeldía, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1070 del Código de Comercio, así como 315 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles.
Hágase del conocimiento de la parte actora por medio de lista, que quedan a su disposición en la secretaría de este Juzgado, los oficios y edictos respectivos; en el entendido de que queda a su cargo el costo de su publicación y la exhibición de las constancias que así lo acrediten.
Y
a los citados codemandados, se les hace saber que las copias simples
del escrito de demanda
y anexos, quedan a su disposición en
la Secretaría de la mesa civil de este Organo Jurisdiccional.
Fíjese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del presente proveído y del auto admisorio por todo el tiempo del emplazamiento.
NOTIFIQUESE por medio de lista y por edictos a los codemandados José Isidoro Levy Behar, Benjamín Sacal Yedid, Elías Sutton Fasja, Jacobo Zaga Saba, Alberto Abraham Azkenazi Mohana, Erza Marcos Cattan, Gerardo Reyes Varela Velásquez y Daniel Cohen Motola.
Lo proveyó y firma Rodolfo Sánchez Zepeda, titular del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, ante la Secretaria que autoriza y da fe, Karla Belem Ramírez García. Doy fe.
*//jr
DOS FIRMAS ILEGIBLES. RUBRICAS.
En la Ciudad de México, a once de noviembre de dos mil diez.
Con el escrito de cuenta y anexos que se acompañan al mismo, fórmese expediente y hágase la anotación en el Libro de Registro de Asuntos Civiles y Administrativos bajo el número 368/2010-B.
Visto el escrito presentado por Guillermo José Camargo Dávalos; Janire Ercoreca Quintana; María Patricia Virginia Camargo Peraita; Gabriela Casilda Salido Eguía; Francisco Javier Carrión Tiscareñó -quien se ostenta cesionario de Juan Carlos Rojas Ortiz y Jorge Fernández Agraz Hernández -; Héctor Mitre Montero y Dora López Villafañe; Carmen Jesús Camacho Olvera; Flor Esther Antebi Amar; Sung Pil Cho y Yun Yon Cho; José Alberto Artime Sánchez (quien se ostenta cesionario de Miguel Eduardo Bravo Dufau); Evelyn Cathrin Karlsson Ramos; Víctor Manuel Calleja Montes de Oca; Francisco Javier Barrón Soto; Carlos Manuel Ruiz Torres y Juan Alejandro Arévalo Lamadrid –su sucesión- por conducto de su heredera, Margarita Teresa Lesser Pizá -personalidad que tiene reconocida en autos-; mediante el cual demandan en la vía ordinaria mercantil, diversas prestaciones a:
Banca Mifel, sociedad anónima, en su carácter de fiduciaria del fideicomiso número 519/2004.
Comité Técnico del Fideicomiso 519/2004.
Así como a los fideicomitentes “B”:
Rafael Dana Halabe; Jaime Dana Halabe; Benjamín Sacal Yedid; Elías Sutton Fasja; Ezra Marcos Cattan; Enrique William Olsoff Pagovich; Manuel Nestel Itzkowich; Roberto Namjias Sades; Menahem Angel Mitrani Behar; Mauricio Faradji Hazan; Salomón Nates Maya; Rafael Saadia Zaga; Jacobo Saadia Zaga; Salomón Zaga Kalach; Rafael Zaga Kalach; Marcos Zaga Galante; Rafael Zaga Saba; Jacobo Zaga Saba; Manuel Gonzalo Morales Torres; Manuel Robles Gil Antillón; María Eliuth Rodríguez Zamudio; Gerardo Reyes Varela Velásquez; María Alejandra Galguera González; Israel Kumetz Toiber; Salomón Toiber Geller; Isaac Michan Ovadia; Isaac Michan Betech; José Sassón Chayo; Marcos Sassón Asse, José Sassón Shamosh; Daniel Cohen Motola; Gastón Cohen Banrey; Alberto Abraham Azkenazi Mohana; José Isidoro Levy Behar; y Neshia Jassan Cababie.
Demanda que se admite a trámite con fundamento en los artículos 104, fracción I-A, de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, 53, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 1377 del Código de Comercio; en consecuencia, mediante notificación personal y con las copias simples de la demanda y anexos que se acompañan, debidamente selladas y cotejadas, emplácese y córrase traslado a los demandados Banca Mifel, sociedad anónima, en su carácter de fiduciaria del fideicomiso número 519/2004 (con domicilio en: Presidente Masaryk número doscientos catorce, piso doce, colonia Polanco (plaza magna), delegación Miguel Hidalgo, en esta ciudad).
[…]
Asi como a los fideicomitentes “B”.
Ezra Marcos Cattan, con domicilio en: Paseo de los Laureles número “404-1106”, Cuajimalpa de Morelos en esta ciudad.
Jacobo Zaga Saba, con domicilio en Bosques de Tejocotes número noventa y tres, interior mil trescientos uno, Bosques de las Lomas, Cuajimalpan, en esta ciudad.
Alberto Abraham Azkenazi Mohana, con domicilio en Florencia número cuarenta y uno, colonia Juárez, delegación Cuauhtémoc, en esta ciudad.
[…]
Para que dentro del término de quince días produzcan su contestación, señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad y opongan las excepciones que tenga a su favor, de conformidad con los artículos 1069, primer párrafo, 1075, segundo párrafo, 1378 y 1379 del Código de Comercio.
Notifíquese por lista y personalmente a la demandada.
Lo proveyó y firma el licenciado Fernando Rangel Ramírez, titular del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, ante el secretario que autoriza y da fe. Doy fe.
DOS FIRMAS ILEGIBLES. RUBRICAS.
Ciudad de México, a 2 de mayo de 2012.
La Secretaria del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Karla Belem Ramírez García
Rúbrica.
(R.- 350418)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Civil de Cuantía Menor
Tenancingo, Méx.
EDICTO
CONVOCA POSTORES
En el expediente número 285/2011, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el LICENCIADO JUAN CARLOS DAVILA DAVILA, endosatario en procuración de RUBEN NAVARRO FERNANDEZ, en contra de JOSE ANTONIO ARREGUIN ROMERO y ANA MARIA AGUILAR VALDEZ, el Juez Civil de Cuantía Menor de Tenancingo, México, mediante auto de fecha veinticinco de junio de dos mil doce, CONVOCA POSTORES para la SEGUNDA ALMONEDA DE REMATE, del bien inmueble UBICADO EN LA AVENIDA MIGUEL HIDALGO PONIENTE, NUMERO QUINIENTOS (500), ESQUINA CON CALLE ZARAGOZA, COLONIA CENTRO, MUNICIPIO DE TENANCINGO, MEXICO, sólo en su CUARENTA Y CINCO POR CIENTO DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte 18.00 metros con Avenida Hidalgo Poniente; al Sur 17.85 metros con Eduardo Pérez Rubí; al Oriente 13.03 metros con Guadalupe Vázquez y al Poniente 11.80 metros con Calle Zaragoza; con una superficie de doscientos veintitrés punto cincuenta y seis metros cuadrados (223.56 m2), con un área total de construcción de doscientos setenta y ocho metros cuadrados (278.00m2); que tendrá verificativo a las DIEZ HORAS DEL DIA DIECISEIS DE JULIO DE DOS MIL DOCE. Sirviendo de base para el remate la cantidad de $1,588,230.00 (UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA PESOS 00/100 M. N.).
Por lo que publíquese el presente por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos del Juzgado.
Tenancingo, Edo. de Méx., a 26 de junio de 2012.
Secretario de Acuerdos
Lic. Javier Alvarez López
Rúbrica.
(R.- 350410)
AVISOS GENERALES
|
INMOBILIARIA GOVO, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
Se convoca a todos los accionistas de INMOBILIARIA GOVO, S.A. DE C.V., a una Asamblea Ordinaria de Accionistas que tendrá verificativo el día 18 de julio de 2012 a las 10:00 horas, en el domicilio social, sito en cerrada Sandía 14, colonia Santa Cruz Xochitepec, en la Ciudad de México, Distrito Federal, bajo el siguiente:
ORDEN DEL DIA
l. Ratificación del capital actual de la sociedad.
ll. Aprobación de los estados financieros correspondientes a los ejercicios sociales por los años de 2009, 2010 y 2011.
lll. Nombramiento del Organo de Administración de la sociedad.
lV. Ratificación y/o nombramiento del Organo de Vigilancia de la sociedad.
V. Solicitud de los estados financieros de los ejercicios sociales correspondientes a los años 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008.
Se recuerda a los accionistas que podrán hacerse representar en la Asamblea por mandatario, a quien bastará que otorguen su representación, mediante carta poder simple. Se informa a los accionistas que los informes necesarios para ejercitar el voto en la Asamblea, se encuentran a su disposición a partir de esta fecha y hasta el día en que tenga verificativo la misma, para los efectos legales conducentes.
Ciudad de México, D.F., a 4 de julio de 2012.
Administrador Unico Sustituto
Jorge Alberto González Volcán
Rúbrica.
(R.- 350428)
ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C.
PROYECTOS DE NORMAS MEXICANAS ANCE
Aviso
por el que se informa de la emisión de proyectos y
modificación parcial del contenido técnico de normas
mexicanas, aprobados por el Comité de Normalización de
ANCE, CONANCE, para su consulta pública a efecto de que dentro
de los siguientes 60 días naturales, los interesados presenten
sus comentarios, de conformidad con el artículo 51-A de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización y artículos
43 y 44
de su Reglamento.
PROY-NMX-J-559-ANCE-2012, ILUMINACION-LAMPARAS DE VAPOR DE SODIO EN ALTA PRESION-ESPECIFICACIONES. Establece los requisitos de seguridad e intercambiabilidad para las lámparas de vapor de sodio en alta presión con terminal sencilla con balastro a 60 Hz. Asimismo, establece los requisitos eléctricos para balastros e ignitores, así como los requisitos para los luminarios que alojan a las lámparas producto de esta Norma. Cancela a la NMX-J-559-ANCE-2004.
PROY-NMX-J-656/1-ANCE-2012, EVALUACION DE LA SEGURIDAD EN DISPOSITIVOS FOTOVOLTAICOS (FV)-SEGURIDAD EN EQUIPOS DE CONVERSION DE ENERGIA PARA USO EN SISTEMAS FOTOVOLTAICOS (FV)-PARTE 1-REQUISITOS GENERALES. Aplica para los equipos de conversión de energía (PCE) que se utilizan en sistemas fotovoltaicos (FV). Esta Norma define los requisitos mínimos para el diseño y la fabricación de un PCE para la protección contra: descargas eléctricas, peligros en relación a la energía, peligros de incendio, peligros mecánicos o similares.
PROY-NMX-J-657/2-ANCE-2012, SISTEMAS HIBRIDOS Y DE ENERGIA RENOVABLE-GUIA PARA LA ELECTRIFICACION RURAL-PARTE 2: REQUISITOS DE ENFOQUE PARA SISTEMAS DE ELECTRIFICACION. Establece una metodología para la realización de los estudios socio-económicos que son parte del marco de trabajo de los proyectos de electrificación rural. Dicha metodología se enfoca o dirige a los equipos de trabajo de dichos proyectos y en particular a los expertos a cargo de los estudios socio-económicos.
PROY-NMX-J-669-ANCE-2012, METODOS DE MEDICION PARA LA CORRIENTE DE TOQUE Y CORRIENTE EN EL CONDUCTOR DE PROTECCION (CONDUCTOR DE PUESTA A TIERRA). Establece los métodos de medición para la corriente directa o la corriente alterna de forma sinusoidal o no sinusoidal, la cual fluye a través del cuerpo humano; y la corriente que fluye a través de un conductor de protección.
Los
comentarios deben remitirse a la Gerencia de Normalización de
la Asociación de Normalización y Certificación,
A.C., sita en avenida Lázaro Cárdenas número
869, Fraccionamiento 3, colonia Nueva Industrial Vallejo, código
postal 07700, Delegación Gustavo A. Madero, México,
D.F., mismo domicilio en el cual
podrán ser consultados
gratuitamente o adquiridos, teléfono 57 47 45 50, fax 57 47 45
60, correo electrónico: ahernandez@ance.org.mx. Costo de los
proyectos: $85 (ochenta y cinco pesos 00/100 M.N.).
México, D.F., a 21 de junio de 2012.
Apoderado Legal
Jorge Amaya Sarralangui
Rúbrica.
(R.- 350403)
GRUPO MODELO, S.A.B. DE C.V.
CONVOCATORIA
Por acuerdo del Consejo de Administración de GRUPO MODELO, S.A.B. DE C.V. (la “Sociedad”) se convoca a los accionistas de la Sociedad a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el 20 de julio de 2012 a las 18:00 horas, en el auditorio de las oficinas de la Sociedad, ubicadas en Javier Barros Sierra número 555, PB, colonia Zedec Santa Fe, 01210, México, Distrito Federal, para tratar los asuntos contenidos en el siguiente:
ORDEN DEL DIA
I.
Discusión y, en su caso, aprobación de un aumento en la
parte mínima fija del capital social, que se llevaría a
cabo mediante la conversión de la totalidad de las acciones de
la Serie “C”, Clase II y que corresponden íntegramente
a la parte variable del capital social, en igual número de
acciones de la misma Serie “C”, Clase I, con idénticas
características, que en lo sucesivo corresponderían a
la parte mínima fija del capital
social. En consecuencia la parte mínima fija del capital
social se incrementaría en $955´080,503.00 M.N.,
en
tanto que la parte variable se disminuiría en idéntica
cantidad, por lo que el capital social total de la Sociedad no se
modificaría. Resoluciones al respecto, incluyendo la
modificación procedente al artículo sexto y séptimo
de los estatutos sociales. Resoluciones al respecto.
II. Discusión y, en su caso, aprobación de una reforma a los artículos vigésimo noveno y cuadragésimo primero de los estatutos sociales. Resolución al respecto.
III.
Discusión y, en su caso, aprobación de una propuesta de
fusión de la Sociedad, conforme a la cual Grupo Modelo, S.A.B.
de C.V., con carácter de fusionante, se fusionaría con
las sociedades denominadas Diblo, S.A. de C.V. y Dirección de
Fábricas, S.A. de C.V., las cuales se extinguirían con
carácter de fusionadas. Aprobación del balance general
de la Sociedad al 31 de mayo de 2012, con base en el cual
se
llevaría a cabo la fusión. Resoluciones al respecto.
IV. Discusión y, en su caso, aprobación de una reforma integral a los estatutos sociales de la Sociedad, incluyendo la ratificación o designación de los miembros del Consejo de Administración como consecuencia de los acuerdos que, en su caso, se tomen. Resoluciones al respecto.
V. Designación de delegados que formalicen y den cumplimiento a las resoluciones que tome la Asamblea. Resoluciones al respecto.
Para tener derecho de asistir a la asamblea, los accionistas deberán de depositar en las oficinas de la Sociedad, ubicadas en el edificio “Torre Acuario”, localizado en la Calle de Javier Barros Sierra número 555, piso 6, colonia Zedec Santa Fe, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01210, México, D.F., a más tardar el 19 de julio de 2012, los títulos de acciones o los recibos de depósito extendidos por una institución bancaria, nacional o extranjera, o por la S.D. Indeval, S.A. de C.V., Institución para el Depósito de Valores. Contra la entrega de los documentos indicados se expedirá a los accionistas inscritos en el Libro de Registro de Acciones su tarjeta de admisión, la que deberán entregar para asistir a la Asamblea.
Se recuerda a las Casas de Bolsa que deberán presentar un listado que contenga nombre, domicilio, nacionalidad y número de acciones del accionista que representen.
México, D.F., a 4 de julio de 2012.
Secretario del Consejo de Administración
Margarita Hugues Vélez
Rúbrica.
(R.- 350406)
GRUPO MODELO, S.A.B. DE C.V.
CONVOCATORIA
Por
acuerdo del Consejo de Administración de GRUPO MODELO, S.A.B.
DE C.V. (la “Sociedad”) se convoca a los accionistas de
la Serie “A” a una Asamblea Especial de Accionistas de la
Serie “A” de la Sociedad que se llevará a cabo el
20 de julio de 2012 a 17:30 horas, en el auditorio de las oficinas
de
la Sociedad, ubicadas en Javier Barros Sierra número 555, PB,
colonia Zedec Santa Fe, 01210, México, Distrito Federal, para
tratar los asuntos contenidos en el siguiente:
ORDEN DEL DIA
I.
Discusión y, en su caso, aprobación de un aumento en la
parte mínima fija del capital social, que se llevaría a
cabo mediante la conversión de la totalidad de las acciones de
la Serie “C”, Clase II y que corresponden íntegramente
a la parte variable del capital social, en igual número de
acciones de la misma Serie “C”, Clase I, con idénticas
características, que en lo sucesivo corresponderían a
la parte mínima fija del capital
social. En consecuencia la parte mínima fija del capital
social se incrementaría en $955´080,503.00 M.N.,
en
tanto que la parte variable se disminuiría en idéntica
cantidad, por lo que el capital social total de la Sociedad no se
modificaría. Resoluciones al respecto, incluyendo la
modificación procedente al artículo sexto y séptimo
de los estatutos sociales. Resoluciones al respecto.
II. Discusión y, en su caso, aprobación de una reforma a los artículos vigésimo noveno y cuadragésimo primero de los estatutos sociales. Resolución al respecto.
III.
Discusión y, en su caso, aprobación de una propuesta de
fusión de la Sociedad, conforme a la cual Grupo Modelo, S.A.B.
de C.V., con carácter de fusionante, se fusionaría con
las sociedades denominadas Diblo, S.A. de C.V. y Dirección de
Fábricas, S.A. de C.V., las cuales se extinguirían con
carácter de fusionadas. Aprobación del balance general
de la Sociedad al 31 de mayo de 2012, con base en el cual
se
llevaría a cabo la fusión. Resoluciones al respecto.
IV. Discusión y, en su caso, aprobación de una reforma integral a los estatutos sociales de la Sociedad, incluyendo la ratificación o designación de los miembros del Consejo de Administración como consecuencia de los acuerdos que en su caso se tomen. Resoluciones al respecto.
V. Designación de delegados que formalicen y den cumplimiento a las resoluciones que tome la Asamblea. Resoluciones al respecto.
Para
tener derecho de asistir a la Asamblea, los accionistas deberán
de depositar en las oficinas de la Sociedad, ubicadas en el edificio
“Torre Acuario”, localizado en la Calle de Javier Barros
Sierra número 555, piso 6, colonia Zedec Santa Fe, Delegación
Alvaro Obregón, código postal 01210, México,
D.F., a más tardar el 19 de julio de 2012, sus títulos
de acciones. Contra la entrega de los mismos se expedirá a los
accionistas inscritos en el Libro de Registro de Acciones su tarjeta
de admisión, la que deberán entregar para asistir
a
la Asamblea.
México, D.F., a 4 de julio de 2012.
Secretario del Consejo de Administración
Margarita Hugues Vélez
Rúbrica.
(R.- 350408)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas, son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,539.00
2/8 de plana $ 3,078.00
3/8 de plana $ 4,617.00
4/8 de plana $ 6,156.00
6/8 de plana $ 9,234.00
1 plana $ 12,312.00
1 4/8 planas $ 18,468.00
2 planas $ 24,624.00
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Petróleos Mexicanos
Dirección Corporativa de Administración
de Petróleos Mexicanos
Subdirección de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Petróleos Mexicanos, a través de la Subdirección de Administración Patrimonial de Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, a participar en la licitación pública que se menciona a través del procedimiento presencial para la enajenación onerosa de los siguientes bienes:
Licitación SUAP/M |
Descripción general y valor de referencia para venta |
Cantidad y unidad de medida |
Localización |
Plazo máximo de retiro |
146/12 |
Válvulas, conexiones para tubería, de diferentes tipos y especificaciones, herramientas, refaccionamiento diverso, materiales para construcción, tornillería y artículos similares, ropa, artículos de aseo y sanitarios, metales y soldaduras, material eléctrico, instrumentos de medición y control, materiales diversos, empaquetaduras, rodamientos, selladores, abrasivos, mesas metálicas. $2’885,100.00 M.N. |
1 lote
1 lote
1 lote
|
ACN Tula Atitalaquía, Hgo.
ACN Camargo Camargo, Chih.
ACN Madero Cd. Madero, Tamps.
|
60 días hábiles |
La verificación física se podrá efectuar acudiendo al lugar donde se localizan los bienes del 4 al 27 de julio de 2012 en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.
Las bases de la licitación estarán disponibles para su consulta, adquisición e impresión a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria en la página de Pemex, a través de la ruta: http://www.pemex.com > Productos y servicios > Venta de activos improductivos, también estarán a su disposición en la “Ventanilla única” localizada en la avenida Marina Nacional número 329, edificio “C”, planta baja, colonia Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311, previa presentación del certificado de compra de bases.
Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil bancario anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Su costo será de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.). IVA incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria, deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual deberá utilizar el formato (Guía de Pago) que genera el sistema electrónico en la precitada página en Internet.
El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU.A., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas 77070 U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Para participar en la licitación pública es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco, la confirmación de pago del interesado.
El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 30 de julio de 2012 a las 10:00 horas, en Bahía de San Hipólito número 56, 3er. piso, colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11300, México, D.F. y el acto de fallo se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas, en el mismo lugar.
Las ofertas deberán referirse a la licitación y deberán ser garantizadas mediante transferencia electrónica en los términos de las bases respectivas, cuyo importe deberá ser el 10% del monto del valor de referencia para venta.
De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor de referencia para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda. Para mayor información favor de llamar al teléfono 01 (55)1944-2500, extensiones 59360 y 59213.
México, D.F., a 4 de julio de 2012.
El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Rúbrica.
(R.- 350424)