Jueves 12 de julio de 2012 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 99




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla.

En los autos del juicio de amparo 1548/2011 y su acumulado 63/2012, promovidos por Martha Arce Padilla o Martha Arce Padilla de Rodríguez, por conducto de su apoderado legal para pleitos y cobranzas Enrique Rodríguez Arce y Gustavo Rodríguez Tapia, contra actos del Junta Especial Número Uno de las que integran la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Puebla y otras autoridades, en el que reclama el laudo dictado el veintiocho de noviembre de dos mil tres, dentro del expediente D-1/373/1998, entre otros actos; se ha señalado a Martín Rodríguez Báez, Carlos Debella Jaso y Ulises Barreda Ortega, como terceros perjudicados y como se desconoce su domicilio, se ordena emplazarlos por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal
de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la actuaría de este juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación y se le hace saber que se han señalado las once horas con diez minutos del siete de junio de dos mil doce, para la audiencia constitucional.

C.C.P.- El Director del Diario Oficial de la Federación.

Presente.

C.C.P.- El Director del Periódico de mayor circulación en la República Mexicana

Presente.

San Andrés Cholula, Pue., a 7 de junio de 2012.

El Secretario

Lic. Marcos Martínez Moguel

Rúbrica. (R.- 350886)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero

Acapulco

EDICTO

Clínica de Regeneración Celular Sistemas de Vida y/o Sistemas de Vida, Sociedad Anónima de
Capital Variable”.

Cumplimiento auto doce de junio de dos mil doce, dictado por Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito Estado Guerrero, Encargada del Despacho por licencia del Titular, en el juicio amparo 411/2012, promovido por Thor Amhed González Lanuza Esteves de Casabuena, contra actos de la Primera Junta Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, se hace conocimiento resulta carácter tercera perjudicada, término artículo 5º, fracción III, inciso a) Ley de Amparo y 315 Código Federal Procedimiento Civiles aplicado supletoriamente, se le mandó emplazar por edictos a juicio, para que si a sus intereses conviniere se apersone, debiéndose presentar ante este juzgado federal, ubicado Boulevard de las Naciones 640, Granja 39, Fracción “A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, Código Postal 39890, Acapulco, Guerrero, deducir derechos dentro de término treinta días, contados a partir siguiente a última publicación del presente edicto; apercibido de no comparecer lapso indicado, ulteriores notificaciones aún carácter personal surtirán efectos por lista se publique estrados este órgano control constitucional. En inteligencia que este juzgado ha señalado diez horas con diez minutos del veintiséis de junio de dos mil doce, para celebración audiencia constitucional. Queda disposición en secretaría juzgado copia demanda amparo”.

Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico de mayor circulación en la República Mexicana, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, a los doce días del mes de junio de dos mil doce. Doy fe.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito

Lic. María Alejandra Popoca Pérez

Rúbrica. (R.- 350637)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial Federal

Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

Al MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADO UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO DECIMOPRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA. En el juicio de amparo 1101/2011-I del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula, promovido por Iván Barrales Rojas, en contra del acto que reclama del Juez de lo Penal del Distrito judicial de Cholula, Puebla, y otra, consistente en auto de formal prisión de treinta y uno de octubre de dos mil once; se ordenó la publicación de edictos para emplazar a la tercero perjudicado Rocío del Coral Ruiz del Sol Hernández, quien debe presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para que haga valer sus derechos, y señale domicilio en San Andrés Cholula, Puebla, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado, apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.

San Andrés Cholula, Pue., a 25 de abril de 2012.

La Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Puebla

Santa Flor de María Avendaño López

Rúbrica.

(R.- 349674)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en el D.F.

EDICTO


En proveído de once de junio del año en curso, dictado en el juicio de amparo directo D.C.395/2012, promovido por Irene Liliana Razumney Grinberg, contra la sentencia dictada por la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el veinticuatro de febrero de dos mil doce, en el toca 2032/2011, que resolvió el recurso de apelación interpuesto en el juicio ordinario civil, seguido por la quejosa en contra de Gomar de Arcos María Luisa y otros, expediente 72/2008, ante el Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal, se ordenó realizar los edictos respectivos a fin de emplazar a la tercera perjudicada María Luisa Gomar de Arcos, por dicho medio, a quien se le hace saber que cuenta con el plazo de treinta días para comparecer al juicio constitucional a defender sus derechos.

La copia de traslado de la demanda de garantías queda a su disposición en la secretaría de acuerdos de este órgano jurisdiccional.


Atentamente

México, D.F., a 11 de junio de 2012.

Mgdo. Fernando Rangel Ramírez

Rúbrica.

(R.- 349732)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA, PUEBLA.

SE CONVOCAN POSTORES.

En los auto del juicio ejecutivo mercantil 43/2006 promovido por Luis Miguel Escartin Sánchez, Apoderado general para pleitos y cobranzas de “Bodegas y Agroindustriales de Tapachula”, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de Julio Alberto Arreola Vázquez, en su carácter de apoderado de legal de Joaquín Arreola Estrada, y otros, se anuncia remate respecto de los bienes Inmuebles identificados como: 1.- Predio rústico denominado “LAS PILITAS”, ubicado en la localidad de Tenencia de Cuanajo del Municipio y Distrito de Pátzcuaro, Michoacán, por la cantidad de tres millones ochocientos tres mil trescientos treinta y tres pesos, con treinta y tres centavos ($3,803,333.33); 2.- Predio rustico denominado “Rancho Seco” de la localidad de Tenencia de Cuanajo del Municipio y Distrito de Pátzcuaro, Michoacán, por la cantidad de novecientos cuarenta y siete mil trescientos treinta y tres pesos, con treinta y tres centavos ($947,333.33); Y, 3. Lote de terreno urbano marcado con el número Once de la Privada de la Avenida 21 y calle 5, del fraccionamiento Alameda, Córdoba, Veracruz, por la cantidad de ochocientos veintiún mil novecientos treinta y tres pesos, con treinta y tres centavos ($821,933.33). Audiencia que se realizará a las TRECE HORAS CON TRECE MINUTOS DEL VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, en el local del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, quedando los autos a disposición de los interesados para que tomen los datos que estimen pertinentes, debiendo hacer posturas y pujas por escrito reuniendo los requisitos que establece el artículo 481 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al Código de Comercio, las que se presentaran a partir del día siguiente de la publicación del edicto correspondiente, venciéndose el término un minuto antes de las trece horas con trece minutos del veinticuatro de julio de dos mil doce, previa toma de lista de los postores que se presenten.

Atentamente

San Andrés Cholula, Pue., a 25 de mayo de 2012.

El Juez Quinto de Distrito en el Estado de Puebla

Lic. Alfonso Ortiz López

Rúbrica.

(R.- 349540)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito

Guanajuato

EDICTO

Publicarse por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los de mayor circulación en la República Mexicana y Tablero de Avisos de este tribunal federal, éste último durante todo el tiempo del emplazamiento, a efecto de emplazar al tercero perjudicado ALEJANDRO OLMOS VARGAS, para que comparezca a defender sus derechos en el juicio de garantías 1454/2011-D, radicado en el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, con residencia en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, promovido por GERMAN ANTONIO MONROY GARCIA, por su propio derecho, contra actos del Juez Primero Penal de Partido, residente en Irapuato, Guanajuato y de otras autoridades, por lo que deberá presentarse ante este tribunal federal, dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación del edicto respectivo a recibir copia de la demanda de amparo y a señalar domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, se le harán por medio de lista que se le fija en los estrados de este tribunal federal, aun las de carácter personal.

Guanajuato, Gto., a 16 de mayo de 2012.

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

Minerva Mendoza Pérez

Rúbrica.

(R.- 350291)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Querétaro

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO


SERGIO LADISLAO ARROYO RODRIGUEZ.

En virtud de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la iniciación del juicio de amparo, ventilado bajo el expediente número 694/2012-1, promovido por MA. JOSEFINA JIMENEZ CRUZ, ANTONIO ENRIQUEZ LARA y FRANCISCO ZAMORA DORANTES, en su carácter de Presidente, Secretario y Tesorero del EJIDO CASA BLANCA, contra actos del Juez Séptimo de Primera Instancia Civil en el Estado de Querétaro, con residencia en esta ciudad, juicio en el cual se le señaló con el carácter de tercero interesado y se le emplaza para que en el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto, comparezca al juicio de garantías de mérito, por sí, por apoderado o gestor que pueda representarle, apercibida que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda y las siguientes notificaciones que surjan en el presente juicio, aún las de carácter personal, se le harán por lista que se fijarán en el tablero de avisos de este Juzgado Segundo de Distrito quedando a su disposición en la Secretaría las copias simples
de traslado.


Querétaro, Qro., a 18 de junio de 2012.

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

Lic. Gabriela Zárate Martínez

Rúbrica.

(R.- 350500)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO

A LA PARTE TERCERA PERJUDICADA

SOLUCIONES PRIMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

Se hace de su conocimiento que en los autos del expediente laboral J/O/945/2007, se promovió juicio de amparo directo por Miguel Eduardo Jiménez Trejo, en contra del laudo dictado el dieciséis de febrero de dos mil diez, por la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad. Asimismo, la demanda de amparo fue radicada con el número de amparo directo 981/2012 del índice del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Lo que se comunica a usted para su legal emplazamiento al juicio de amparo, por lo que queda a su disposición en el Tribunal Colegiado en cita una copia de la demanda, así también para que dentro del término de diez días siguientes, al en que quede legalmente emplazado, acuda al Tribunal Colegiado aludido a formular sus alegatos, si así conviniere a sus intereses; y para que señale domicilio en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; donde pueda oír y recibir notificaciones, en el entendido que de no hacerlo las subsecuentes se le harán por lista, incluso las de carácter personal.

Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 19 de junio de 2012.

El Secretario de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito

Ramón Arias Montes

Rúbrica.

(R.- 350634)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León

EDICTO

En el juicio de amparo 557/2011, promovido por Jesús Salvador Rivera Floriano, contra actos del Juez Cuarto de lo Penal del Primer Distrito Judicial del Estado, con sede en esta ciudad, y otra autoridad, se señaló a Edgar Leal Esparza como tercero perjudicado, desconociéndose su domicilio, por lo que en proveído de nueve de marzo de dos mil doce se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, conforme a los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; quedan a disposición del tercero perjudicado, en la Secretaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías, siendo el acto reclamado por el quejoso, el auto de formal prisión de ocho de junio de dos mil once, en el que se le consideró probable responsable en la comisión del delito de ROBO CON VIOLENCIA, y la identificación ordenada, dentro del proceso penal 99/2011-I; se le hace saber que cuenta con treinta días hábiles,
a partir de la publicación, para acudir a este órgano federal a hacer valer sus derechos; en cumplimiento a la citada disposición legal adjetiva, también se fija copia del auto aludido, en los estrados de este juzgado.

Monterrey, N.L., a 9 de marzo de 2012.

El Secretario del Juzgado Sexto Distrito en Materia en el Estado

Lic. Samuel Ventura Ramos

Rúbrica.

(R.- 350635)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito

Celaya, Gto.

EDICTO

A la tercera perjudicada Claudia Ochoa Trigeros.

En los autos del juicio de amparo número 81/2012-III, promovido por Agustín Jamaica Sandoval y Aurelio Jamaica Tirado, se le ha señalado como tercera perjudicada y como se ha ordenado mediante proveído de doce de junio de dos mil doce, emplazarla a juicio por edictos, quedando a su disposición copia simple
de la demanda de amparo en la Secretaría de este Juzgado de Distrito, la cual en síntesis dice: “QUEJOSOS: AGUSTIN JAMAICA SANDOVAL Y AURELIO JAMAICA TIRADO…”. “AUTORIDAD RESPONSABLE: Juez Unico penal de partido de Salvatierra, Gto…”.“ACTO RECLAMADO: AUTO DE FORMAL PRISION dentro del proceso penal número 117/2011 …”; además se le hace saber que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, deberá comparecer ante este Tribunal Federal, para hacer valer lo que a sus intereses convenga. Si pasado el término concedido no compareciere, se seguirá
el juicio en su ausencia y se le tendrá por emplazada, haciéndole las ulteriores notificaciones por medio de lista en los estrados de este Tribunal.

Atentamente

Celaya, Gto., a 12 de junio de 2012.

Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado

Lic. Jorge Eduardo Ramírez Téllez

Rúbrica.

(R.- 350259)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,

con residencia en Zapopan

EDICTO

A: TERCERA PERJUDICADA ANTONIO VELAZQUEZ PACHECO

En el amparo 16/2012-III, del índice del JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO MATERIA CIVIL ESTADO DE JALISCO, promovido por ALFONSO LEON MALAGON, contra actos del JUEZ, del SECRETARIO EJECUTOR, y del NOTIFICADOR, todos adscritos al JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD, en el que reclama el emplazamiento y todo lo actuado con posterioridad dentro del juicio civil sumario número 488/2011, del índice del Juzgado Décimo Tercero de lo Civil de esta ciudad; se ordenó emplazarlo por edictos para que comparezca, por sí o conducto de representante legal, en treinta días, siguientes a última publicación, si a su interés legal conviene.

Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y el periódico Excélsior.

Zapopan, Jal., a 14 de junio de 2012.

La Secretaria

Lic. Paula Villalvazo Morales

Rúbrica.

(R.- 350654)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito

Morelia, Mich.

EDICTO

Emplazamiento a María de Jesús Rodríguez Piñón y Martha Soledad García Barrera, dentro de los autos del juicio de amparo directo 231/2012, tramitado ante el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, con residencia en Morelia, Michoacán, promovido por Eliseo Arredondo Valencia, por propio derecho, contra la sentencia de veintitrés de febrero de dos mil diez, dictada por el magistrado de la Primera Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del estado, en el toca 50/2010. Con apoyo en lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena la publicación de edictos por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación de la República, haciéndoseles saber que deben presentarse ante este tribunal dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, a defender sus derechos, y se deja a su disposición copia de la demanda respectiva en la secretaría de acuerdos, apercibidas que de no comparecer las subsecuentes notificaciones serán por lista. Se fijará además, en la puerta de este órgano, una copia íntegra del mismo por todo el tiempo del emplazamiento.

Morelia, Mich., a 15 de junio de 2012.

El Presidente del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito

Magdo. Omar Liévanos Ruiz

Rúbrica.

(R.- 350659)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito

Guanajuato

EDICTO

Por este se publicará tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico denominado “Excélsior”, haciéndole saber a EPIFANIO OVIEDO RAMIREZ, JESUS ROMERO BALANDRAN y MANUEL ROBLEDO OVIEDO, que deberán presentarse por conducto de quien legalmente los represente, ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación a defender sus derechos como terceros interesados en el juicio de amparo número IV-1361/2011, promovido por MARIA TERESA y TOMAS, AMBOS DE APELLIDOS DOMINGUEZ ALONSO, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia de la demanda que les corresponde, en la inteligencia de que si transcurrido el término a que se ha hecho alusión no comparecen por si o por conducto de su representante legal, se continuará con el trámite del juicio de amparo sin su intervención y las subsecuentes notificaciones, se harán por lista, aún las de carácter personal.- Doy Fe.

Guanajuato, Gto., a 6 de junio de 2012.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato

Lic. Marco Antonio López Cabrera

Rúbrica.

(R.- 350668)



Estados Unidos Mexicanos

Estado de Guanajuato

Poder Judicial

Juzgado Civil de Partido

Secretaría

Apaseo El Grande, Gto.

EDICTO

Por éste publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación, en el Diario de Mayor circulación de la localidad y Tablero de Avisos de éste Juzgado, anunciando el REMATE EN SEGUNDA Y PUBLICA ALMONEDA del Juicio Ejecutivo Mercantil número M44/2009 promovido por JORGE LUIS CAMACHO MONTOYA endosatario en procuración de MIGUEL RAMIREZ RAMIREZ en contra de JESUS HERRERA MEDINA, radicado en el Juzgado Civil de Partido de Apaseo el Grande, Guanajuato, anunciando la venta del lote número 48 cuarenta y ocho, manzana 3 tres, zona 01 uno, con una superficie de 170.00 ciento setenta metros cuadrados, que mide y linda: al Noreste: 6.04 metros con privada Licea; al Sureste: 28.82 metros con lote 46 cuarenta y seis; al Suroeste: 3.73 metros y 2.33 metros, con los lotes 30 treinta y 12 doce y 11 once;
Al Noroeste: 5.24 metros y 24.09 metros con lote 30 treinta, el cual esta registrado bajo el folio real número R5*10445, de manera que entre la publicación o fijación del edicto y la fecha del remate, medie un término que no sea menor de cinco días. En la almoneda se tendrá como precio el primitivo, con deducción de un 10% diez por ciento, la que tendrá verificativo a las 12:00 doce horas del 15o. décimo quinto día hábil siguiente al de la última publicación del edicto en el Periódico Oficial. Se convoca a postores y se cita a acreedores.

Apaseo El Grande, Gto., a 2 de julio de 2012.

La Secretaria de Acuerdos

Lic. Lorena Patiño Flores

Rúbrica.

(R.- 350735)



AVISO AL PUBLICO

Al público en general se le comunica que las tarifas, son las siguientes:

1/8 de plana $ 1,539.00

2/8 de plana $ 3,078.00

3/8 de plana $ 4,617.00

4/8 de plana $ 6,156.00

6/8 de plana $ 9,234.00

1 plana $ 12,312.00

1 4/8 planas $ 18,468.00

2 planas $ 24,624.00

Atentamente

Diario Oficial de la Federación

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito

Pachuca, Hidalgo

Sección Amparo

EDICTO

Macedonio Gómez Tenorio y Aurora Guzmán Garnica,

donde se encuentren.

En acatamiento al acuerdo de dieciséis de mayo de dos mil doce, dictado en el juicio de amparo 528/2012-V, del índice de este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Rafael Ramos Terrones, contra actos del Juez Cuarto del Ramo Penal de Pachuca de Soto, Hidalgo, que hizo consistir en el auto de plazo constitucional de siete de octubre de dos mil once, dictado en la causa penal 96/2011; juicio de amparo en el cual fueron señalados como terceros perjudicados y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de que se apersonen al mismo y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que de no hacerlo así, las ulteriores y aun las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaria correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que deben presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación y que fueron señaladas las nueve horas con veintitrés minutos del once de junio de dos mil doce, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.

Este edicto debe publicarse por tres veces consecutivas, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico diario de mayor circulación en la República Mexicana.

Pachuca de Soto, Hgo., a 31 de mayo de 2012.

Secretario del Juzgado Primero de

Distrito en el Estado de Hidalgo

Lic. Juvenal Hernández Rivera

Rúbrica.

(R.- 349291)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito

Celaya, Gto.

EDICTO

A LA TERCERA PERJUDICADA

AGRUPACION FLOR, SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

En los autos del juicio de amparo 438/2012-V, promovido por Magdalena Sofía Sánchez González de McMordie, contra actos del Magistrado de la Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado
de Guanajuato y otra autoridad, se le ha señalado como tercera perjudicada y como se desconoce su domicilio actual, se ordenó emplazarlo a juicio por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, quedando a su disposición copia simple de la demanda de amparo en la secretaría de este Juzgado de Distrito, la cual en síntesis dice: “I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.- Ha quedado señalado con anterioridad. II.- NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS TERCEROS PERJUDICADOS.- “AGRUPACION FLOR, SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con domicilio en Boulevard Adolfo López Mateos, número 521, primer piso, de la ciudad de Celaya, Guanajuato…III.- AUTORIDADES RESPONSABLES: a) El Magistrado de la Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Guanajuato. b) El Juez Primero de Partido de lo Civil, con residencia en esta ciudad, en su carácter de ejecutora. IV. ACTO RECLAMADO. Lo constituye la sentencia de fecha 21 de marzo del año en curso, dictada por el Magistrado de la Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, al resolver el toca civil número 56/2012.”; además se le hace saber que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, deberá comparecer ante el Tribunal Federal, para hacer valer lo que a sus intereses convenga. Si pasado el término concedido no compareciere, se seguirá el juicio en su ausencia y se le tendrá por emplazada, haciéndole las ulteriores notificaciones por medio de lista en los estrados de este Tribunal.

Atentamente

Celaya, Gto., a 6 de junio de 2012.

El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado

Lic. Jesús Antonio Azuara Reyes

Rúbrica.

(R.- 349608)

Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Trigésimo Cuarto de lo Civil

Secretaría “B”

Exp. B-491/2010

EDICTO

EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR INMOBILIARIA LIBRA, S. A. DE C. V. EN CONTRA DE CREACIONES Y REPRESENTACIONES, PALMA, S. A. DE C. V. Y RENAN JOSE PALMA ACOSTA, EXPEDIENTE NUMERO B-491/2010, EL CIUDADANO JUEZ TRIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, LICENCIADO ELISEO JUAN HERNANDEZ VILLAVERDE DICTO AUTO DE FECHA DOS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE QUE EN LO CONDUCENTE DICE:. “...con fundamento en el articulo 1070 del Código de Comercio, y ante la imposibilidad de emplazar a la codemandada (CREACIONES Y REPRESENTACIONES, PALMA, S.A. DE C.V.), emplácesele a ésta por conducto de su representante legal, por medio de EDICTOS en el periódico DIARIO DE MEXICO, POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO ANTES PRECISADO, haciéndose saber a dicha codemandada de la presente demanda y que disponen de un término de TREINTA DIAS para contestarla contados a partir de la última publicación del EDICTO, quedando en la Secretaria de este Juzgado las copias simples de traslado para que las recojan-... Doy fe.”

PARA SER PUBLICADO TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO “DIARIO DE MEXICO”.

Secretaria de Acuerdos “B”

Lic. Paulina Jaramillo Orea

Rúbrica.

(R.- 350545)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en México, D.F.

EDICTO


AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL NUMERO 338/2010-VII, PROMOVIDO POR LOTERIA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PUBLICA, EN CONTRA DE JORGE MATEOS PIEDRAS, CON FECHA TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, SE DICTO UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LA PARTE DEMANDADA JORGE MATEOS PIEDRAS, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, A FIN DE QUE CONTESTE LA DEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA, EN EL TERMINO DE QUINCE DIAS, CONTADOS, A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA, ANEXOS EXHIBIDOS Y AUTO ADMISORIO, EN ACATAMIENTO AL AUTO DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUSCINTA DE LA DEMANDA, EN LA QUE LA ACTORA, DEMANDO EN LA VIA ORDINARIA MERCANTIL LAS SIGUIENTES PRESTACIONES: 1.- EL PAGO DE LA CANTIDAD DE $91,872.00 (NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), POR CONCEPTO DE SUERTE PRINCIPAL. 2.- EL PAGO DE LOS INTERESE GENERADOS Y LOS QUE SIGAN CAUSANDO HASTA LA LIQUIDACION DEL ADEUDO, SIENDO EL CASO QUE DICHA CUANTIFICACION SE LLEVARA A CABO EN EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO. 3.- LOS GASTOS Y COSTAS, QUE CON MOTIVO DEL PRESENTE JUICIO SEAN CAUSADOS.”.


México, D.F., a 31 de mayo de 2012.

El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Eulalio Reséndiz Hernández

Rúbrica.

(R.- 350728)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado,

con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO

A QUIEN ACREDITE SER PROPIETARIO O PROPIETARIOS.

Se hace de su conocimiento que en la causa penal II.6/2005, del índice de este juzgado, que se instruyó en contra de Aaron Pérez Cruz, Hiran González Escarpulli, Xicoténcatl Alfonso Vázquez, Juan Barranco Tenorio y Arturo Aguas Merino, por el delito de TRANSPORTAR POR TERRITORIO NACIONAL CON PROPOSITO DE TRAFICO A VARIOS EXTRANJEROS SIN LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE, CON EL FIN DE OCULTARLOS PARA EVADIR LA REVISION MIGRATORIA, EN CONDICIONES QUE PUSIERON EN PELIGRO LA SALUD, LA INTEGRIDAD O LA VIDA DE LOS INDOCUMENTADOS Y RESPECTO DE MENORES DE EDAD, previsto y sancionado en el artículo 138, párrafo segundo y cuarto, de la Ley General de Población; se dejó a su disposición los siguientes objetos: cuatro teléfonos celulares marca Nokia, modelos 3520 y 2220, series ESNO4303019890 y ESN03812387251, respectivamente, Samsung, modelo SPH-A460, serie 08110871454 y Sagen, modelo SA1-SN2, serie M9H95P2002. Se hace de su conocimiento que cuenta con el plazo de noventa días naturales contados a partir de la publicación del presente edicto, para que comparezca a la Delegación Regional Sureste del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, a solicitar su devolución, con el apercibimiento que de hacerlo, causará abandono a favor del Erario Federal.

Por acuerdo de la Secretaria en Funciones de Juez Distrito, se autoriza firmar el presente al Secretario licenciado Antonio Fuentes Cruz, encargado del expediente II.6/2005.

Atentamente

Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. Antonio Fuentes Cruz

Rúbrica.

(R.- 350638)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado,

con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas.

C. MANUEL DE JESUS NARCIA COUTIÑO

En el juicio de amparo número 248/2012, promovido por SERGIO MANUEL RAMOS RAMIREZ y otros, contra actos del Juez del Ramo Penal, con sede en Villaflores, Chiapas y otras autoridades, radicado en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, sito en Palacio de Justicia Federal, Edificio “B”, Planta Baja, Boulevard Angel Albino Corzo, número 2641, Colonia Las Palmas, código postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas en el que se dictó el acuerdo de fecha catorce de junio de dos mil doce, mediante el cual se ordenó emplazarle al juicio, en virtud de que se le ha señalado como tercero perjudicado y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlo por edictos, que deberá publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II, de la Ley de Amparo
y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley en cita; haciéndole saber que podrán presentarse dentro de los TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación por sí o apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le surtirán efectos por medio de lista en estrados de este Juzgado. Quedando a su disposición en este órgano judicial la demanda de garantías de que se trata; asimismo, se le hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para su celebración las NUEVE HORAS DE VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE. Fíjese en la puerta de este Tribunal un ejemplar de este edicto, por el término que dure la notificación.

Atentamente

Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 14 de junio de 2012.

El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. Ricardo Coutiño Gordillo

Rúbrica.

(R.- 350640)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo

Sección Amparo

EDICTO

En el juicio de amparo 2018/2011-3 del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Juan de la Cruz Díaz Olmedo, contra actos del Tribunal Unitario Agrario Distrito 14 en Hidalgo; se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento de la tercero perjudicada Georgina Quintanar Sandoval, a quien se hace de su conocimiento que en este Juzgado se encuentra radicado el juicio de garantías mencionado, en el que se señaló como acto reclamado:
“(…) el auto de fecha 08 de noviembre del año en curso y por consecuencia todas las actuaciones judiciales del expediente 391/2010-14, radicado en el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 14 (...)”. Por ello se hace
del conocimiento de Georgina Quintanar Sandoval, que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señale domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.

Pachuca de Soto, Hgo., a 20 de junio de 2012.

El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo

Lic. Juan Manuel Gómez Soriano

Rúbrica.

(R.- 350643)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero

Acapulco

EDICTO

Citlalli Morales Gallardo”.

Cumplimiento auto trece de junio de dos mil doce, dictado por Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito Estado Guerrero, Encargada del Despacho por licencia del Titular, en el juicio amparo 1361/2011, promovido por Jorge Alberto Morales Gallardo, contra actos de la Primera Junta Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, se hace conocimiento resulta carácter tercera perjudicada, término artículo 5º, fracción III, inciso a) Ley de Amparo y 315 Código Federal Procedimiento Civiles aplicado supletoriamente,
se le mandó emplazar por edictos a juicio, para que si a sus intereses conviniere se apersone, debiéndose presentar ante este juzgado federal, ubicado Boulevard de las Naciones 640, Granja 39, Fracción “A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, Código Postal 39890, Acapulco, Guerrero, deducir derechos dentro de término treinta días, contados a partir siguiente a última publicación del presente edicto; apercibido de no comparecer lapso indicado, ulteriores notificaciones aún carácter personal surtirán efectos por lista se publique estrados este órgano control constitucional. En inteligencia que este juzgado ha señalado diez horas con diez minutos del cinco de julio de dos mil doce, para celebración audiencia constitucional. Queda disposición en secretaría juzgado copia demanda amparo”.

Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico de mayor circulación en la República Mexicana, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, a los trece días del mes de junio de dos mil doce. Doy fe.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito

Lic. María Alejandra Popoca Pérez

Rúbrica.

(R.- 350644)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala

Sección Civil

EDICTO

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TLAXCALA

JUICIO ORDINARIO MERCANTIL 254/2010-B

El juicio ordinario mercantil 254/2010-B, promovido por Pablo Vázquez Dorantes, en su carácter de apoderado legal para pleitos y cobranzas de BBVA Bancomer, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer, en contra de Víctor Fernández Vargas, el Juez Segundo
de Distrito en el Estado de Tlaxcala, ordenó sacar a remate, en PRIMERA ALMONEDA, el bien inmueble embargado inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Tlaxcala,
bajo la partida 406 a fojas 194 frente, sección primera, volumen 24, del Distrito de Morelos. Señalándose para el desahogo de esa diligencia las DIEZ HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 478 y 479 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, hágase saber a los postores que será postura legal, las dos terceras partes del precio fijado a la cosa, exhibida de contado, que asciende a la cantidad de $430,000.00 (cuatrocientos treinta mil pesos cero centavos, moneda nacional).

Asimismo, hágase saber a los postores que para formular sus propuestas deberán cumplir los requisitos establecidos en los numerales 481 y 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos legales procedentes.

PARA PUBLICARSE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION POR TRES VECES DENTRO DEL TERMINO DE NUEVE DIAS.

Atentamente

Tlaxcala, Tlax., a 11 junio de 2012.

El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala

Gustavo López Maldonado

Rúbrica.

(R.- 350740)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial

Juzgado Segundo de lo Civil del Estado de Puebla

Cholula, Puebla

EDICTO

SE CONVOCA TODO POSTOR INTERESADO, EXPEDIENTE 984/2009 RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL PROMOVIDO POR PABLO VAZQUEZ DORANTES APODERADO DE HIPOTECARIA NACIONAL SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, CONTRA FEDERICO ALBERTO RUIZ FLORES, DISPOSICION DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOLULA, AUTOS DE FECHA VEINTISIETE DE FEBRERO, VEINTE DE ABRIL Y QUINCE DE JUNIO AMBOS DE DOS MIL DOCE, CONVOQUENSE POSTORES PARA PRIMERA PUBLICA ALMONEDA DE REMATE SOBRE INMUEBLE IDENTIFICADO COMO:LA CASA TREINTA DE LA CALLE VALLES CALDERA DEL CONJUNTO HABITACIONAL GEO VILLAS SAN JACINTO DEL MUNICIPIO DE CUAUTLANCINGO ESTADO DE PUEBLA, TAMBIEN CONOCIDO COMO LA VIVIENDA MARCADA CON EL NUMERO TREINTA DE LA CALLE VALLES CALDERAS DEL CONJUNTO HABITACIONAL SUJETO AL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DENOMINADO COMERCIALMENTE GEO-VILLAS SAN JACINTO, CONDOMINIO VALLE CALDERAS NUMEROS VEINTISEIS Y VEINTISIETE, UBICADO EN CAMINO A LA EX HACIENDA DE SAN JACINTO SIN NUMERO, DE SAN LORENZO ALMECATLA, CUAUTLANCINGO, ESTADO DE PUEBLA, SEÑALANDOSE PARA EL DESAHOGO DE ESA DILIGENCIA LAS DOCE HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, SIENDO POSTURA LEGAL LA CANTIDAD DE $220,000.00 (DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) QUE SON LAS DOS TERCERAS PARTES SOBRE EL PRECIO DEL AVALUO. POR MEDIO DE EDICTOS PARA PUBLICARSE POR TRES VECES EN EL TERMINO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO.

Cholula, Pue., a 4 de julio de 2012.

C. Diligenciario del Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Cholula

Lic. Jesús Carreto Ochoa

Rúbrica.

(R.- 350885)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

TERCERA PERJUDICADA: COMERCIALIZADORA Y CONSTRUCTORA DE GOLF, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, SECCION AMPAROS, MESA I, JUICIO DE AMPARO 230/2012-I, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

En los autos del juicio de amparo 230/2012-I, promovido por TADASHI KATAOCA MATSUMOTO,
por su propio derecho: Nombre del quejoso TADASHI KATAOCA MATSUMOTO: Terceros perjudicados COMERCIALIZADORA Y CONSTRUCTORA DE GOLF, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y CARLOS MORALES FRIAS: Autoridades responsables: Juez Vigésimo de lo Civil del Distrito Federal, Actuario adscrito a dicho juzgado y Delegado del Registro Público de la Propiedad y del Comercio en Acapulco, Guerrero. IV. ACTOS RECLAMADOS: todo lo actuado en el juicio especial hipotecario radicado
en el expediente número 1079/2009. AUTO ADMISORIO DE TRECE DE ABRIL DE DOS MIL DOCE… pídase a las autoridades responsables su informe justificado… AUTO DE VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DOCE…se fijan las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL ONCE DE JULIO DEL DOS MIL DOCE, hágase lo anterior del conocimiento de las partes… AUTO DE VEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DOCE: …hágase el emplazamiento a juicio de la tercera perjudicada COMERCIALIZADORA Y CONSTRUCTORA DE GOLF, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de edictos, los que deberán publicarse por
tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional… haciéndole del conocimiento a dicha tercera perjudicada que deberá presentarse ante este juzgado dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista en los estrados de este juzgado…”.

México, D.F., a 28 de junio de 2012.

El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Agustín Rivera Merino

Rúbrica.

(R.- 350930)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en Salina Cruz, Oaxaca

Sección Penal

Mesa III

Causa Penal 183/2011

EDICTO

A QUIEN CORRESPONDA.

En razón de ignorar quien es el propietario del vehículo Sedán, marca Hyundai Chrysler, tipo Atos, modelo 2001, color blanco, con placas de circulación MEP-5705 del Estado de México, con número de VIN KMHAN51G61U128433, en regular estado de conservación, afecto a la causa penal 183/2001, que se radica en el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado, con sede en Salina Cruz, Oaxaca, de acuerdo a lo que establece el artículo 182 fracción II inciso d) del Código Federal de Procedimientos Penales, se procede a la notificación del presente por edicto que se publicará por una sola ocasión en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, para efectos de que dentro del plazo de noventa días naturales, ejerza su derecho respecto de la devolución del mismo, con el apercibimiento que de no hacer manifestación dentro del plazo concedido, se procederá a declarar su abandono, en términos del artículo 41 del Código Penal Federal, en concordancia con los artículos 38 fracción II, 39 y 46 de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.

Atentamente

Salina Cruz, Oax., a 20 de junio de 2012.

El Secretario Judicial del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Oaxaca

Lic. José Antonio Gómez Gómez

Rúbrica.

(R.- 350933)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito

Mérida, Yuc.

Sección Amparo

Exp. 549/2011

EDICTO

AL PUBLICO EN GENERAL

En el juicio de amparo número II-549/2011, promovido por LUCIANO CRUZ MANZANO TORRES, contra actos que reclama del DIRECTOR GENERAL DE INSPECCION Y VIGILANCIA DE LA COMISION NACIONAL DE ACUACULTURA Y PESCA (CONAPESCA), CON SEDE EN MAZATLAN, SINALOA, y otras autoridades, consistente en la retención de los bienes muebles consistentes en una lancha tipo Imensa, Eslora
de 25 pies, manga de 72 pulgadas, puntal de 38 pulgadas y un motor marino modelo BE175NXEC, marca Evinrude de 175 h.p., con motivo de la inspección realizada por Oficiales Federales de Pesca adscritos a la Dirección General de Inspección y Vigilancia de la SAGARPA, el veintiuno de marzo de dos mil once, en
aguas de jurisdicción federal frente a las costas del poblado de Sisal, Hunucmá, Yucatán; habiéndose admitido
el juicio de amparo de mérito por auto de trece de abril de dos mil once y a pesar de haberse agotado diversas medidas de investigación, se ignora el domicilio del tercero perjudicado JUAN CARLOS CAMPOS, motivo por el cual se ordenó emplazarlo a juicio por edictos, que se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndole saber al mencionado tercero perjudicado que queda a su disposición, en
la Secretaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías, y que en caso de convenir a sus intereses deberá presentarse dentro del término de TREINTA DIAS contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a dar cumplimiento a la prevención que se le hizo en el acuerdo de veintitrés de junio de dos mil once, en el sentido de señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones en este juicio, apercibido que en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones se le harán por lista, con apoyo en el artículo 28, fracción III, de la Ley de la materia; una vez transcurrido dicho término sin hacer pronunciamiento alguno al respecto, se seguirá el juicio en su rebeldía.

Se expide el presente edicto en la ciudad de Mérida, Yucatán, a los siete días de mayo de dos mil doce.

Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán

María Teresa Aguilar Be

Rúbrica.

(R.- 350657)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Juicio de Amparo 439/2012

Secc. Amps.

Mesa IX

Exp. 439/2012

En el juicio de amparo 439/2012, promovido por Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, contra actos de la Novena Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en virtud de ignorar el domicilio de la tercera perjudicada Tesoros Internacional, Sociedad Anónima de Capital Variable, por auto de 26 de junio de 2012, se ordenó emplazarla por medio
de edictos; haciendo de su conocimiento que deberá presentarse dentro del plazo de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, por apoderado o por persona autorizada en términos de ley que pueda representarla; de lo contrario, se le harán todas las notificaciones por medio de lista. En el amparo
de mérito se reclama la sentencia de veinticinco de abril de 2012, dictada por la Novena Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en el toca de apelación 301/2012, misma que confirmó la sentencia interlocutoria de 24 de febrero de 2012, dictada por el Juez 59
o Civil del D.F., mediante el cual se aprobó parcialmente el incidente de liquidación de intereses con conversión de cantidades a pesos mexicanos, derivado del juicio especial hipotecario expediente 375/2008.

EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS HABILES.

México, D.F., a 26 de junio de 2012.

La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Yara Patricia Morales Chavarría

Rúbrica.

(R.- 350922)



AVISO AL PUBLICO

Se comunica que para las publicaciones de estados financieros, éstos deberán ser presentados en un solo archivo. Dicho documento deberá estar capturado en cualquier procesador de textos WORD.

Atentamente

Diario Oficial de la Federación

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en

el Estado de Guerrero

EDICTO

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.

JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN

EL ESTADO DE GUERRERO.

EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 1663/2011-III, PROMOVIDO POR ARTURO LATABAN LOPEZ, EN SU CARACTER DE AUDITOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA AUDITORIA GENERAL DEL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD, EL CIUDADANO JORGE ARTURO PORRAS GUTIERREZ, JUEZ PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO, ORDENO QUE SE PUBLICARA EL SIGUIENTE EDICTO QUE A LA LETRA DICE:

SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE FELIPE DE JESUS CABRERA HERNANDEZ, QUE LE RESULTA EL CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO EN TERMINOS DEL ARTICULO 5, FRACCION III, INCISO A) DE LA LEY DE AMPARO, DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 1663/2011-III, PROMOVIDO POR ARTURO LATABAN LOPEZ, EN SU CARACTER DE AUDITOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA AUDITORIA GENERAL DEL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD, CONTRA
ACTOS DEL DIRECTOR GENERAL CONSULTIVO DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA
DEL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD Y OTRAS AUTORIDADES, EXPEDIENTE QUE CORRESPONDE AL INDICE DE ESTE JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA OFICIAL EN LA CIUDAD DE CHILPANCINGO, GUERRERO; POR TANTO, SE LE HACE SABER QUE DEBERA PRESENTARSE ANTE ESTE JUZGADO FEDERAL A DEDUCIR SUS DERECHOS DENTRO DE UN TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDO QUE DE NO COMPARECER DENTRO DEL LAPSO
INDICADO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARACTER PERSONAL LES SURTIRAN EFECTOS POR MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUE EN LOS ESTRADOS DE ESTE ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL.

LO QUE SE PUBLICA PARA LOS EFECTOS LEGALES PROCEDENTES.

Atentamente

Chilpancingo, Gro., a 25 de mayo de 2012.

El Secretario del Juzgado Primero

de Distrito en el Estado de Guerrero

José Salvador Cervantes Olvera

Rúbrica.

(R.- 350331)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Baja California,

con residencia en Ensenada, Baja California

EDICTO

A: Norteamericana L&M COMPANIES INC.

JUICIO DE AMPARO 202/2012-I

PROMOVIDO POR: MARGARITA ESTHELA RODRIGUEZ MONTAÑEZ, CONTRA ACTOS DE LAS AUTORIDADES QUE DENOMINO COMO JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MERCANTIL EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO SONORA, Y OTRAS AUTORIDADES.

Por auto de fecha doce de marzo de dos mil doce, dictado en el juicio de amparo número 202/2012, promovido por MARGARITA ESTHELA RODRIGUEZ MONTAÑEZ, se tuvo a Norteamericana L&M COMPANIES INC., como tercero perjudicado, y habiendo agotado los medios de localización, se ordenó emplazar al tercero perjudicado, por medio de EDICTOS, a publicarse POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciendo de su conocimiento que deberá comparecer al presente juicio de garantías dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos que se ordenan; igualmente, se le requiere para que dentro del término de tres días contados a partir del día siguiente al en que surta sus efectos legales la presente notificación, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por lista, lo anterior con fundamento en el artículo 30 fracción II, de la Ley de Amparo, quedando asimismo a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías; en el entendido de que el presente juicio de garantías es promovido por MARGARITA ESTHELA RODRIGUEZ MONTAÑEZ, contra actos de las autoridades que denomina JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MERCANTIL EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO SONORA, Y OTRAS AUTORIDADES, y se reclama en el juicio de amparo 202/2012-I:

Al C. Juez Primero de Primera Instancia Mercantil de la ciudad de Hermosillo Sonora, se le reclama la orden que dio dentro del expediente registrado como Juicio Ordinario Mercantil promovido por la empresa Norteamericana L&M COMPANIES INC, en contra de la empresa agrícola LOS EUCALIPTOS, S.A. DE C.V. y del SR. GAMALIEL MUNGUIA SALGADO, registrado con número de expediente de las cuentas bancarias números 6311930237 y 4051588366, afectación que consiste en el embargo y disposición del numerario que exista en esas cuentas de la institución bancaria denominada HSBC, Sucursal 0139 de San Quintín, Municipio de Ensenada, Baja California.

Del C. Juez Civil y Actuario adscrito ambos de San Quintín, del municipio de Ensenada, Baja California, les reclamo la ejecución del embargo sobre las cuentas bancarias números 6311930237 y 4051588366, afectación que consiste en el embargo y disposición del numerario que existía en esas cuentas de la institución bancaria denominada HSBC, Sucursal 0139 de san Quintín, Municipio de Ensenada, Baja California (sic)”.

Ensenada, B.C., a 18 de junio de 2012.

Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado

Lic. Claudia Lizette González González

Rúbrica.

(R.- 350334)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito

Mexicali, B.C.

EDICTO


TERCERA PERJUDICADA, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL MAYRA ROMERO GONZALEZ, PATRICIA RAMIREZ ROMERO Y KARLA ESTHER RAMIREZ ROMERO.

En virtud de la demanda de amparo directo promovida por JULIO SUAREZ CASTILLO, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Magistrados Integrantes de la Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia definitiva dictada en su contra el veinte de junio de dos mil ocho, dentro del toca penal 0936/2008, por la comisión de delitos en agravio de la TERCERA PERJUDICADA, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL MAYRA ROMERO GONZALEZ, PATRICIA RAMIREZ ROMERO Y KARLA ESTHER RAMIREZ ROMERO, por auto de veintiocho de marzo de dos mil doce, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número 278/2012 y de conformidad con el artículo 5º, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, este Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, consideró que a las ofendidas dentro de la causa penal 249/2007, de origen, les asiste el carácter de terceras perjudicadas en el presente juicio de garantías; por tanto, se reservó proveer respecto a la admisión o rechazo de la demanda en cuestión, y se ordenó la búsqueda de las citadas terceras perjudicadas en los domicilios donde pudiesen ser emplazadas, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se agotaron los medios de investigación para su localización, sin haber obtenido resultado alguno; por lo que, en proveído de cuatro de junio de dos mil doce, este Tribunal ordenó su emplazamiento, por medio de edictos, en términos del artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.

Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República (Periódico Excelsior), para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, la TERCERA PERJUDICADA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL MAYRA ROMERO GONZALEZ, PATRICIA RAMIREZ ROMERO Y KARLA ESTHER RAMIREZ ROMERO, se apersonen al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo así, se les tendrá por emplazadas y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les realizarán por medio de lista que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos de los artículos 29, fracción II, en relación con el diverso 28, fracción III de la Ley de Amparo; asimismo, hágase saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de garantías interpuesta, se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano colegiado.

Mexicali, B.C., a 4 de junio de 2012.

La Secretaria de Acuerdos del Cuarto

Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito

Lic. Ana Luisa Araceli Pozo Meza

Rúbrica.

(R.- 350262)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Quintana Roo,

con residencia en Cancún

Juicio de Amparo 380/2012

EDICTO

En el juicio de amparo 380/2012, promovido por ARACELI SANTIAGO ROJAS, se señaló como acto reclamado: “…la falta de emplazamiento legal al juicio especial de desahucio, radicado ante el Juez Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cancún, Quintana Roo, con el número 320/2011, promovido por Inmobiliaria Cancún Maya, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra Sergio Alberto Ramírez Grande”. Señalándose las NUEVE HORAS DEL TREINTA DE JULIO DE DOS MIL DOCE, para la celebración de la audiencia constitucional. Se ordenó emplazar al Tercero Perjudicado Sergio Alberto Ramírez Grande, por medio de edictos a costa de la quejosa, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en el periódico “Excélsior de México”, haciéndole saber que deben de presentarse ante este Juzgado del Distrito dentro de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación y señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo, se seguirá el juicio haciéndoles las ulteriores notificaciones por medio de lista, quedando a su disposición en la Secretaría las copias de traslado.

Atentamente

Cancún, Q. Roo, a 3 de julio de 2012.

El Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Quintana Roo

Lic. Miguel Nahim Nicolás Jiménez

Rúbrica.

(R.- 350882)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Cuadragésimo Sexto de lo Civil

EDICTO

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR BANCA MIFEL S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO MIFEL EN CONTRA DE COMPAÑIA DE EQUIPOS, MAQUINARIA Y TRANSFORMACION DE PAPEL S.A. DE C.V. Y OTRO, EXPEDIENTE NUMERO 708/2009, EL C. JUEZ CUADRAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL, señaló las DOCE HORAS DEL DIA DIECISEIS DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, para que se lleve a cabo la audiencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA respecto del bien inmueble embargado UBICADO EN CASA NUMERO NUEVE DE LA CALLE CLUB
DE GOLF MEXICO, COLONIA CLUB DE GOLF MEXICO DELLEGACION TLALPAN, EN ESTA CIUDAD DE MEXICO DISTRITO FEDERAL, cuyas medidas y colindancias obran en los avalúos rendidos en autos, siendo postura legal la que cubra la totalidad del precio de avaluo por tratarse de juicio EJECUTIVO MERCANTIL que es la cantidad de $6,543,377.45 (SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 45/100 M.N.), con fundamento en el artículo 1411 del Código de Comercio.
SE CONVOCAN POSTORES.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS.

EN LOS TABLEROS DE AVISOS DE ESTE JUZGADO Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

México, D.F., a 25 de junio de 2012.

El C. Secretario de Acuerdos

Lic. Ciro Cueto de la Cruz

Rúbrica.

(R.- 350903)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito

Ciudad Juárez, Chih.

EDICTO


En el juicio de amparo 158/2012-II, promovido por JUAN CARLOS GURROLA NAVARRO, del índice de este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, contra actos del Juez de Garantía del Distrito Judicial Bravos, residente en esta ciudad, a quien le reclama el auto de vinculación dictado en su contra, dentro de la causa penal 977/2011, por el delito de secuestro en perjuicio de Miguel Barajas Barragán, por hechos ocurridos aproximadamente desde las siete horas con treinta minutos hasta las dieciséis horas con veinte minutos del nueve de junio de dos mil once.

Por proveído de veintidós de marzo de dos mil doce, se admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por el directamente agravidado, contra actos del Juez de Garantía del Distrito Judicial Bravos, a quien le reclamó: IV. ACTO RECLAMADO: De la Autoridad señalada como ordenadora reclamo lo siguiente:

I.- QUE OPERA A FAVOR DEL HOY AMPARISTA UNA CAUSA DE EXCLUSION DE DELITO COMO LO ES LA ATIPICIDAD PREVISTA EN EL ART. 28 FRACC. II DEL CODIGO PENAL VIGENTE.

II.- NO ESTAN PLENAMENTE CONFIGURADOS LOS ELEMENTOS INTEGRALES DE LA DESCRIPCION TIPICA, POR EL CUAL FUI ILEGALMENTE VINCULADO A PROCESO.

III.- SE RECLAMA QUE NO SE VALORARON ADECUADAMENTE LOS MEDIOS DE PRUEBA,
DE ACUERDO A LAS REGLAS DE LA MAXIMAS DE LA EXPERIENCIA Y DE LA SANA CRITICA, QUE REGULAN LA VALORIZACION DE LA PRUEBA.

IV.- SE RECLAMA QUE LOS PRESENTES HECHOS QUE SE SOMETEN PARA SU ANALISIS CONSTITUCIONAL, NO ENCUADRAN EN EL TIPO PENAL POR CUAL SE ME VINCULO A PROCESO.

V.- SE RECLAMA LA ANTICONSTITUCIONAL E ILEGAL, DE DICHA RESOLUCION QUE SE PRONUNCIO SIN HABERSE SEGUIDO LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO, YA QUE NO ESTA DEBIDAMENTE FUNDADO Y MOTIVADO LA RESOLUCION EMITIDA POR EL TRIBUNAL DE GARANTIA, QUE HOY SE SOMETE A SU ANALISIS CONSTITUCIONAL.

Durante el trámite del juicio de amparo, se advirtió que a Miguel Barajas Barragán, le reviste el carácter
de tercero perjudicado, de conformidad con lo establecido por el artículo 5, fracción II, inciso b) de la
Ley de Amparo, atento a ello, se giró oficio al Fiscal de Investigación y Persecución del Delito Zona Norte,
a fin de que proporcionará el domicilio de dicho tercero, con la información proporcionado por ésa autoridad, por proveído de nueve de abril del año en curso, se comisionó al Actuario de la adscripción para que lo emplazará, sin haber obtenido respuesta favorable.

En consecuencia, por diverso proveído de doce de abril del año que transcurre, y conforme al artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se ordenó hacer la investigación del domicilio del tercero perjudicado Miguel Barajas Barragán, girando oficio a diversas autoridades, sin llegar a la localización de éste.

En tal virtud, por proveídos de cinco y ocho de junio de dos mil doce, se autorizó la publicación de los edictos a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, para lo cual se ordenó remitir oficio al Administrador Regional del Consejo de la Judicatura Federal en Ciudad Juárez, Chihuahua, a efecto de que proveyera lo necesario para la publicación de los edictos, los cuales deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república, haciéndole saber al tercero perjudicado Miguel Barajas Barragán, que deberá presentarse dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, así como, que se señaló como fecha para la audiencia constitucional dentro del presente juicio de amparo las DIEZ HORAS DEL VEINTE DE JULIO DE DOS MIL DOCE; fijándose además en la puerta de este juzgado una copia íntegra de este proveído por todo el tiempo del emplazamiento, con el apercibimiento que si pasado ese término no comparece
a este juzgado, las ulteriores notificaciones se le harán por medio de rotulón el que se fijará en las puertas
de este juzgado.

Lo anterior con apoyo en lo dispuesto en el Artículo 30, Fracción II, de la Ley de Amparo y el numeral 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia.


Ciudad Juárez, Chih., a 8 de junio de 2012.

El Secretario

Lic. Armando Guerrero Ríos

Rúbrica.

(R.- 350271)

Estados Unidos Mexicanos

Gobierno de Tamaulipas

Poder Judicial

Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas

Juez Primero de Primera Instancia Penal del Cuarto Distrito Judicial

EDICTO


DEPENDENCIA: JUZGADO 1o. DE 1a. INST. PENAL

(PROFESOR ROMERO 11 Y 12 #45 COL. INDUSTRIAL).

SECCION: PENAL

EXPEDIENTE: 165/2008

ASUNTO: Edicto.

ACUERDO.

En Matamoros, Tamaulipas, a (27) veintisiete de junio de dos mil doce (2012).

Se tiene por recibido el oficio signado por el licenciado Ignacio García Zuñiga, Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala Unitaria del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Tamaulipas, con residencia
en ciudad Victoria, Tamaulipas, abrase cuadernillo auxiliar con motivo del juicio de amparo directo promovido por los sentenciados de autos, en contra de la ejecutoria dictada en Segunda Instancia, y en atención a lo ordenado por la Superioridad, este Organo Jurisdiccional, apegándose a lo dispuesto en el articulo 30 fracción II, de la Ley de Amparo, y agotados todos los medios a su alcance y tomando todas las medidas pertinentes con objeto de investigar el paradero y lugar de residencia del tercero perjudicado Guadalupe Blanco Mendoza, tercero perjudicado que es el emplazable al juicio de amparo; por lo tanto con estricto apego a lo dispuesto en el articulo 30 fracción II de la Ley de Amparo, al agotarse los medios al alcance de este Tribunal para indagar el domicilio del tercero perjudicado de merito y ante la imposibilidad de lograr ese objetivo; con fundamento
en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente por disposición expresa del artículo II de la Ley de Amparo, se ordena emplazar al tercero perjudicado GUADALUPE BLANCO MENDOZA, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la republica mexicana y se fijaran además en la puerta del Juzgado, haciéndole saber al tercero perjudicado que cuenta con un término de treinta días, para que si lo estima pertinente ocurra directamente a juicio, así mismo infórmesele a dicho perjudicado que la copia de la demanda de amparo queda a su disposición en la Secretaria de este Juzgado, por otro lado y con objeto de dar cumplimiento a lo antes mencionado requiérase a los quejosos Alfredo Rodriguez Vazquez y Jesus Alfredo Rodriguez Ceceño ya sea por si mismos o por conducto de su autorizado en los términos del articulo 27 de la Ley de Amparo, para que en el improrrogable termino de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación de este auto comparezca ante este Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Penal, con el objeto de recibir los edictos correspondientes para su publicación, los cuales correrán a su costa; en el entendido que una vez que se haya realizado la reseñada publicación, deberá presentar ante este Organo Jurisdiccional las constancias que acrediten la orden
de publicación de los edictos mencionados, de igual forma comuníquese lo anterior a la Segunda Sala Unitaria en Materia Penal del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Tamaulipas, con residencia oficial
en Ciudad Victoria, Tamaulipas.

Lo anterior con fundamento en los artículos 18, 20, 21, 91, 307 y demás relativos del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado.

Notifíquese y Cúmplase.

Así lo acuerda y firma el Licenciado LEOBARDO MARTINEZ CONTRERAS Juez Primero de Primera Instancia de lo Penal del Cuarto Distrito Judicial del Estado, quien actúa con el licenciado JOSE LUIS GARCIA GONZALEZ, Secretario de Acuerdos y que da fe. Doy fe.

Enseguida se publicó en lista.


Secretario de Acuerdos

Lic. José Luis García González

Rúbrica.

(R.- 350733)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas,

con residencia en Ciudad Reynosa, Tamaulipas

PABLO CRUZ GERONIMO

Tercero Perjudicado.

En los autos del juicio de amparo 91/2012-IV y su acumulado 92/2012-IV, promovido por ROBERTO SERVIN RUIZ y LARIKEN CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, en contra del Junta Especial número cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, Presidente y Actuario adscritos a dicha junta, en virtud de que se le ha señalado como tercero perjudicado y en cumplimiento al acuerdo dictado el dieciocho de mayo de dos mil doce, se ha ordenado emplazarlo a juicio por EDICTOS a costa del consejo de la Judicatura Federal, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley reglamentaria invocada.

Amparo Indirecto 91/2012-IV y su acumulado 92/2012-IV Laboral.

Quejosos:

ROBERTO SERVIN RUIZ.

LARIKEN CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

Tercero Perjudicado:

PABLO CRUZ GERONIMO

Autoridades Responsables:

1.- Junta Especial número cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.

2.- Presidente de la Junta Especial número cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado

3.- Actuario adscrito a la Junta Especial número cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.

Acto Reclamado:

Del c. Actuario adscrito el ilegal emplazamiento a juicio al suscrito que se me equipara a un tercero extraño al mismo como codemandado fisco dentro del expediente laboral número 91/5/2010; de la H. Junta Especial número 5 de la local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, y como consecuencia del ilegal emplazamiento
a juicio al suscrito la totalidad de las actuaciones posteriores dentro del expediente antes mencionado; y del
C. Presidente de la Junta antes mencionada, el auto que ordena el ilegal emplazamiento a juicio al suscrito dictado dentro del citado expediente, así como las actuaciones posteriores

Antecedentes del acto reclamado:

Como lo justifico con la cedula de notificación correspondiente, en fecha 25 de Enero del actual fui notificado por el actuario adscrito a la Junta Especial Número 5 de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado en esta ciudad de un laudo dictado dentro del expediente laboral de donde emana el acto reclamado, dándome cuenta por ese medio y hasta esa fecha que ante la autoridad responsable el C. PABLO CRUZ GERONIMO, demandó laboralmente y en la vía ordinaria al suscrito y a la empresa LARIKEN CONSTRUCIONES, S.A. DE C.V., y a quien resultara responsable de la fuente de trabajo, el pago de la indemnización Constitucional y otros conceptos laborales. Dándome cuenta mediante dicha notificación que la junta radicó la demanda y la registró con el número 91/5/2010, fijado fecha señalada compareció por parte del actor el LIC. RAMON GONZALEZ HERNANDEZ, no compareciendo personal alguna como partes demandas y quien resultará responsable de la fuente de trabajo, siguiéndose dicha audiencia con la segunda etapa como es la de demandada y excepciones, en la cual la parte actora realizó diversa precisiones, teniéndose al suscrito debido a mi incomparecencia por contestada la demanda en sentido afirmativo habiéndose señalado posteriormente una nueva fecha para la audiencia en la etapa de demanda y excepciones haciéndose efectivo el apercibimiento al suscrito y teniéndose por perdido el derecho para ofrecer pruebas. De lo anteriormente expuesto se desprende que al actuario supuestamente se constituyó en el domicilio señalado como del suscrito y realizó el ilegal emplazamiento sin cumplir con las formalidades que exige la Ley Federal del Trabajo en materia de emplazamiento, por lo que bajo protesta de decir verdad, manifiesto que el suscrito nunca fui emplazado a juicio y por lo tanto no fui oído ni vencido en el mismo, y si bien es cierto que en el expediente obran el citatorio y la cedula de notificación mediante los cuáles supuestamente se me emplazó, lo cierto es que no reúnen los requisitos que establece el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo, pues el actuario omite asentar las razones por las que al persona que lo atendió en el caso del citatorio no firma este ni sienta fehacientemente si dicha persona que lo atendió se encontraba en la casa o local donde
se constituyó, además de que el referido emplazamiento no fue recibido por mí, ni tuve conocimiento de su existencia, por lo que desde luego que el suscrito no comparecí a la citada audiencia trifásica antes mencionada y en consecuencia se me tuvo por contestando la demanda en sentido afirmativo, y por pedido el derecho de ofrecer pruebas. Y de no ser por la notificación del laudo de fecha veinticinco de enero del actual me fue notificada y que fue encontrada por el suscrito por debajo de la puerta del domicilio donde se constituyó el actuario, no hubiera habido conocimiento de la existencia de la demanda laboral en su contra en la junta número 5 en esta ciudad.

Acto reclamado.

Del actuario adscrito el ilegal emplazamiento a juicio a la empresa LARIKEN CONSTRUCCIONES,
S.A. DE C.V., que se le equipara a un tercero extraño al mismo como persona moral codemandada, dentro del expediente laboral número 91/5/2010; de la H. Junta Especial número 5 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, y como consecuencia del ilegal emplazamiento a juicio a mi representada la totalidad de las actuaciones posteriores dentro del expediente antes mencionado; y el C. Presidente de la Junta antes mencionada, el auto que ordena el ilegal emplazamiento a juicio a mi representada dictado dentro del citado expediente, así como las actuaciones posteriores,

Antecedentes del acto reclamado

Como lo justifico con la cédula de notificación correspondiente, en fecha veinticinco de enero del actual la empresa que represento fue notificada por el actuario adscrito a la Junta Especial número 5 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado en esta ciudad, de un laudo dictado dentro del expediente laboral de donde emana el acto reclamado dándome cuenta por ese medio y hasta esa fecha que ante la autoridad responsable el C. PABLO CRUZ GERONIMO, demandó laboralmente y en la vía ordinaria a la empresa que represento denominada LARIKEN CONSTRUCCIONES S.A DE C.VC., al suscrito ROBERTO SERVIN RUIZ, en lo personal, y a quien resultara responsable de la fuente de trabajo, el pago de la indemnización constitucional y otros conceptos laborales. Dándome cuenta mediante dicha notificación hecha a mi representada que la Junta radicó la demanda y la registro con el número 91/5/2010, fijando fecha para que tuviera verificativo la audiencia de ley. Por lo que al llegar a la fecha señalada compareció por parte del actor el LIC. RAMON GONZALEZ HERNANDEZ, no compareciendo persona alguna por parte de mi representada y quien resultara responsable de la fuente de trabajo, siguiéndose dicha audiencia con la segunda etapa como es la demanda y excepciones, en la cual la parte actora realizó diversas precisiones, tendiéndose a mi representada debido a su incomparecencia por contestando la demanda en sentido afirmativo, habiéndole señalado posteriormente una nueva fecha para la audiencia en la etapa de demanda y excepciones haciéndose efectivo el apercibimiento a mi representada y teniéndose por perdido el derecho para ofrecer pruebas. De lo anteriormente expuesto se desprende que el actuario supuestamente se constituyó en el domicilio señalado como de mi representada y realizó el ilegal emplazamiento sin cumplir con las formalidades que exige la Ley Federal del Trabajo en materia de emplazamiento. Por lo que bajo protesta de decir verdad manifiesto que mi representada no fue emplazada a juicio y por tanto no fue oída ni vencida en el mismo, y si bien es cierto que en el expediente obran el citatorio y la cédula de notificación mediante los cuales supuestamente se le emplazó, lo cierto es que no reúnen los requisitos que establece el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo, pues el actuario omite asentar las razones por las que la persona que lo atendió en el caso del citatorio no firma este no asienta fehacientemente si dicha persona que lo atendió se encontraba en la casa o local donde se constituyó, además que el referido emplazamiento no fue recibido por mi representada ni tuvo conocimiento de su existencia, por lo que desde luego que mi representada no compareció a la citada audiencia trifásica antes mencionada y en consecuencia se me tuvo por contestando la demanda en sentido afirmativo, y por pedido el derecho de ofrecer pruebas. Y de no ser por la notificación del laudo de fecha veinticinco de enero del actual me fue notificada y que fue encontrada por el suscrito por debajo de la puerta del domicilio donde se constituyó el actuario, no hubiera habido conocimiento de la existencia de la demanda laboral en su contra en la junta número 5 en esta ciudad.

Preceptos Constitucionales Violados:

14 y 16.

Haciéndole saber que cuenta con un término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, para que ocurra ante este juzgado federal a hacer valer sus derechos.

Reynosa, Tamps., a 6 de junio de 2012.

La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas

Saira Miriam Gracia Carrasco

Rúbrica.

(R.- 350641)



AVISOS GENERALES




GRUPO EUROLOOK S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA

Se convoca a los accionistas de la sociedad GRUPO EUROLOOK, S.A. DE C.V., a la celebración de la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA de accionistas a celebrarse en primera convocatoria a las DIEZ HORAS del día TREINTA Y UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE en el domicilio social ubicado en Miguel Lerdo de Tejada número Noventa y Tres Letra B, colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01020, en México, Distrito Federal, con el objeto de tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.- Discusión, aprobación o modificación, en su caso, del informe del administrador único sobre el estado financiero y marcha de la sociedad, respecto de los ejercicios sociales de los años 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011.

2.- Aplicación de resultados.

3.- Ratificación o remoción, en su caso, del administrador único de la sociedad.

4.- Ratificación o remoción del comisario de la sociedad.

5.- Ratificación o remoción del apoderado de la sociedad.

6.- Informe general del administrador único respecto de las actividades de la sociedad.

7.- Asuntos generales.

Los accionistas podrán hacerse representar en la asamblea por mandatario a quién bastará otorguen facultades de representación mediante carta poder, asimismo los accionistas.

A partir de la publicación de la presente convocatoria, quedan a disposición de los asambleístas los documentos contables, financieros y sociales a fin de que los mismos sean analizados.

México, D.F., a 2 de julio de 2012.

Administrador Unico

José Luis Sánchez Sánchez

Rúbrica.

(R.- 350680)



Servicio de Administración Tributaria

Administración General Jurídica

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO
DE LA ADMINISTRACION LOCAL DE AUDITORIA FISCAL DE CAMPECHE,
CON SEDE EN CIUDAD DE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE


A los sujetos de la competencia de la Administración Local de Auditoría Fiscal de Campeche, con sede en Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, autoridades federales, locales, dependencias, entidades federativas, litigantes, órganos jurisdiccionales, y al público en general, se les informa:

Con el propósito de proveer el mejor despacho de los asuntos y en consecuencia ejercer las facultades contenidas en los artículos 17 y 19 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, contenido en el artículo primero del “Decreto por el que se expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, en vigor a partir del 23 de diciembre de 2007, modificado por el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2010, en vigor al día siguiente de su publicación con fundamento en los artículos 3, fracciones VIII y XV, y 22, fracción XX del referido Reglamento Interior; se hace del conocimiento de todas las autoridades federales, locales, dependencias, entidades federativas, litigantes, órganos jurisdiccionales y al público en general, que a partir del día dos de julio del año en curso, el domicilio de la Administración Local de Auditoría Fiscal de Campeche, con sede en Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, se encuentra ubicado en Avenida Lavalle Urbina No. 3 entre Avenida Fundadores y calle Ricardo Castillo Oliver, Fraccionamiento Area Ah-Kim-Pech, Sector Fundadores, Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, C.P. 24010. Lo anterior para todos los efectos judiciales, legales y administrativos procedentes.


México, D.F., a 21 de junio de 2012.

El Administrador General Jurídico

Lic. Jesús Rojas Ibáñez

Rúbrica.

(R.- 350791)

Pemex Gas y Petroquímica Básica

Dirección Corporativa de Administración

de Petróleos Mexicanos

Subdirección de Administración Patrimonial

AVISO MODIFICATORIO

A TODOS LOS ADQUIRENTES DE BASES DE LA LICITACION PUBLICA NUMERO

SUAP-DG-05/12

De conformidad con lo establecido por el artículo 55 de las Normas, Bases, Lineamientos y Procedimientos para la Administración del Patrimonio de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y Lineamiento 152 párrafo final de los Lineamientos Generales para la Administración de los Bienes Inmuebles de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, se les comunica que se modifican los términos de la convocatoria publicada en este mismo medio el día 16 de mayo de 2012, para quedar de la siguiente manera:

Dice

Debe decir

Descripción y ubicación del gasoducto

Descripción y ubicación del gasoducto

Ductos, equipos, estaciones de medición y regulación de los Ramales… en los Estados

de México, Hidalgo, Querétaro y Puebla

Ductos, equipos, estaciones de medición y regulación de los Ramales… en los Estados

de México e Hidalgo

Longitud

aproximada

Longitud

aproximada

Estaciones de Medición y Regulación

21

(veintiún estaciones)

Estaciones de Medición y Regulación

14

(catorce estaciones)

Se comunica lo anterior, para todos los efectos legales y normativos a que haya lugar.

México, D.F., a 12 de julio de 2012.

El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria

Lic. Juan Zuani González

Rúbrica.

(R.- 350947)



Servicio de Administración Tributaria

Administración General Jurídica

NOTA ACLARATORIA AL “AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL CAMBIO
DE DOMICILIO DE LAS ADMINISTRACIONES LOCALES DE AUDITORIA FISCAL,
JURIDICA, SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE Y RECAUDACION, ASI COMO DE LAS SUBADMINISTRACIONES DE RECURSOS Y SERVICIOS, Y DE LA LOCAL
DE COMUNICACIONES Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION DE CIUDAD JUAREZ,
CON SEDE EN CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA”, PUBLICADO EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 22 DE MAYO DE 2012


A los sujetos de la competencia de las administraciones locales de Auditoría Fiscal, Jurídica, Servicios al Contribuyente y Recaudación, así como de las Subadministraciones de Recursos y Servicios, y de la local de Comunicaciones y Tecnologías de la Información de Ciudad Juárez, con sede en Ciudad Juárez, Chihuahua, autoridades federales, locales, dependencias, entidades federativas, litigantes, órganos jurisdiccionales, y al público en general, se les informa:

Con fundamento en los artículos 19, 24 y 27 en relación con los artículos 17, 22 y 25 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, contenido en el artículo primero del "Decreto por el que se expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, en vigor a partir del 23 de diciembre de 2007, modificado por el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2010, en vigor al día siguiente de su publicación con fundamento en el artículo 3, fracciones VIII y XV del referido Reglamento Interior, se hace del conocimiento la nota aclaratoria respecto del “Aviso mediante el cual se da a conocer el cambio de domicilio de las administraciones locales de Auditoría Fiscal, Jurídica, Servicios al Contribuyente y Recaudación, así como de las Subadministraciones de Recursos y Servicios, y de la local de Comunicaciones y Tecnologías de la Información de Ciudad Juárez, con sede en Ciudad Juárez, Chihuahua”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de mayo de 2012, en los siguientes términos:

En la parte final del párrafo dice:

“… se encuentra ubicado en avenida Teófilo Borunda número 8670-A, esquina con Paseo de la Victoria, colonia Partido Iglesias, código postal 32618, en Ciudad Juárez, Chihuahua. …”

Debe decir:

“… se encuentra ubicado en avenida Teófilo Borunda número 8670-A, esquina con Paseo de la Victoria, colonia Partido Iglesias, código postal 32528, en Ciudad Juárez, Chihuahua. …”


México, D.F., a 2 de julio de 2012.

El Administrador General Jurídico

Lic. Jesús Rojas Ibáñez

Rúbrica.

(R.- 350794)



VC SOLUTION MEXICO, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

De conformidad con el artículo décimo primero de los estatutos sociales, así como el ciento ochenta y seis de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de VC Solution México, Sociedad Anónima de Capital Variable a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas a celebrarse el día 26 de julio de dos mil doce a las 10:00 horas, en las oficinas de Yácatas número 511, colonia Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, en la Ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Nombramiento de escrutadores.

2. Lista de asistencia.

3. Lectura y aprobación de estados financieros del 2003 al 2011.

4. Renuncia de accionista y admisión de nuevo socio.

5. Renuncia de comisario y nuevo nombramiento.

6. Aumento al giro de la sociedad.

7. Nombramiento de nuevo Consejo de Administración.

8. Asuntos generales.

México, D.F., a 10 de julio de 2012.

Presidente del Consejo de Administración

Lic. Joaquín Velázquez Medina

Rúbrica.

(R.- 350902)



KYO PRINT SYSTEM, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

De conformidad con el artículo décimo primero de los estatutos sociales, así como el ciento ochenta y seis de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de Kyo Print System, Sociedad Anónima de Capital Variable, a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día 26 de julio de dos mil doce a las 10:00 horas, en las oficinas de Yácatas número 511, colonia Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez en la Ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Lista de asistencia.

2. Revocación de poderes.

3. Lectura y aprobación de estados financieros del 2004 al 2011.

4. Cambio de domicilio fiscal.

5. Renuncia de comisario y nuevo nombramiento.

6. Aprobación y ratificación del contrato celebrado con Kyo Print System México, S.A. de C.V.

7. Entrega de acciones.

8. Asuntos generales.

A falta de quórum para esta Asamblea se convoca a una segunda Asamblea para el día 27 de julio de
dos mil doce a la misma hora.

México, D.F., a 10 de julio de 2012.

Administrador Unico

Lic. Joaquín Velázquez Medina

Rúbrica.

(R.- 350904)

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Nulidades

WAL-MART STORES, INC.

Vs.

SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ

M. 1002398 PLANETA MEJOR Y DISEÑO

ExPed. P.C. 2224/2011 (C-601) 20356

Folio 15325

NOTIFICACION POR EDICTO


SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ

Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 13 de diciembre de 2011, al cual recayó el folio de entrada 020356, Enrique Alberto Díaz Mucharraz, apoderado de WAL-MART STORES, INC., solicitó la declaración administrativa de caducidad de la marca citada al rubro, haciendo consistir su acción en el supuesto derivado del artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.

Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194 de la
Ley de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, en la fecha señalada al rubro, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. bis 2, Títulos Sexto y Séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante Decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009, 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010, 27 de enero y 9 de abril de 2012, publicados en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones l a III,
V a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante Decretos de 1 de julio de 2002, 15 de julio de 2004, cuya Fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año, así como Decreto de 7 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 18 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XlI y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante Acuerdos de 10 de octubre de 2002, 29 de julio de 2004, cuya Nota Aclaratoria se publicó el 4 de agosto de 2004, así como Acuerdo de 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo); y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo, incisos d), f), j), k), l), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos
del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda,
de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo).


Atentamente

7 de junio de 2012.

El Coordinador Departamental de Nulidades

Román Iglesias Sánchez

Rúbrica.

(R.- 350681)

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Nulidades

WAL-MART STORES, INC.

Vs.

SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ.

M. 867856 PLANETA MEJOR BETTER PLANET

ExPed. P.C. 2222/2011 (C-600) 20354

Folio 15329

NOTIFICACION POR EDICTO


SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ

Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 13 de diciembre de 2011, al cual recayó el folio de entrada 020354, Enrique Alberto Díaz Mucharraz, apoderado de WAL-MART STORES, INC., solicitó la declaración administrativa de caducidad de la marca citada al rubro, haciendo consistir su acción en el supuesto derivado del artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.

Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194 de la
Ley de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, en la fecha señalada al rubro, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. bis 2, Títulos Sexto y Séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante Decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009, 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010, 27 de enero y 9 de abril de 2012, publicados en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante Decretos de 1 de julio de 2002, 15 de julio de 2004, cuya Fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año, así como Decreto de 7 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 18 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XII y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante Acuerdos de 10 de octubre de 2002, 29 de julio de 2004, cuya Nota Aclaratoria se publicó el 4 de agosto de 2004, así como Acuerdo de 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo); y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo, incisos d), f), j), k), l), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de febrero
de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho
medio informativo).


Atentamente

7 de junio de 2012.

El Coordinador Departamental de Nulidades

Román Iglesias Sánchez

Rúbrica.

(R.- 350683)

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial

Coordinación Departamental de Nulidades

WAL-MART STORES, INC.

Vs.

SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ

M. 867470 PLANETA MEJOR BETTER PLANET Y DISEÑO

ExPed. P.C. 2221/2011 (C-599) 20353

Folio 15327

NOTIFICACION POR EDICTO


SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ

Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 13 de diciembre de 2011, al cual recayó el folio de entrada 020353, Enrique Alberto Díaz Mucharraz, apoderado de WAL-MART STORES, INC., solicitó la declaración administrativa de caducidad de la marca citada al rubro, haciendo consistir su acción en el supuesto derivado del artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.

Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194 de la
Ley de la Propiedad Industrial.

El presente se signa en la Ciudad de México, en la fecha señalada al rubro, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. bis 2, Títulos Sexto y Séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante Decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009, 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010,
27 de enero y 9 de abril de 2012, publicados en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 4o., 5o., 11 último párrafo y
14 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante Decretos de 1 de julio de 2002, 15 de julio de 2004, cuya Fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año, así como Decreto de 7 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 18 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XII y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado
y adicionado, según corresponda, mediante Acuerdos de 10 de octubre de 2002, 29 de julio de 2004, cuya Nota Aclaratoria se publicó el 4 de agosto de 2004, así como Acuerdo de 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo); y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo, incisos d), f), j), k), l), n), o), p), q), r)
y s) y tercer párrafo del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre
de 2007, publicados en dicho medio informativo).


Atentamente

7 de junio de 2012.

El Coordinador Departamental de Nulidades

Román Iglesias Sánchez

Rúbrica.

(R.- 350684)

Comisión Federal de Electricidad

División de Distribución Jalisco

CONVOCATORIA

En cumplimiento a las disposiciones que establecen la Ley General de Bienes Nacionales y las Bases Generales para la Disposición Final y Baja de los Bienes Muebles de CFE, se convoca a las personas físicas y morales nacionales, a participar el día 27 de julio de 2012, en la licitación pública número LPDJAL0212, para la venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se indican:

Lote No.

Descripción

Cantidad y unidad de medida

Valor mínimo para venta $

Depósito en garantía $

01 al 30

Vehículos terrestres diversos

tipos y modelos

30 U.I.

455,530.50

45,553.05

31

Desecho ferroso vehicular

12,028 Kgs.

53,404.32

5,340.43

Los bienes se localizan en diversos almacenes de la División Jalisco, cuyos domicilios se detallan en la relación de bienes anexa a las bases. Los interesados podrán consultar y adquirir las bases de la licitación del 12 al 25 de julio de 2012 en días hábiles, consultando la página electrónica de CFE:

http://www.cfe.gob.mx/QuienesSomos/ventadebienes/Muebles2011/Paginas/Muebles2012.aspx y el pago de $10,000.00 más IVA, mediante el depósito bancario en efectivo en la cuenta 0141449370 de BBVA Bancomer y enviar copia del comprobante del pago efectuado anotando previamente su nombre, domicilio, teléfono y RFC al correo electrónico edmundo.mariscal@cfe.gob.mx y confirmar al teléfono 013331341300, extensión 21109, o acudir a las oficinas ubicadas en avenida 16 de Septiembre número 455, 5o. piso, edificio anexo, Zona Centro en Guadalajara, Jalisco, en horario de 8:30 a 15:00 horas, con el Ing. Edmundo Mariscal Castellanos, presentando identificación original con validez oficial y copia del Registro Federal de Contribuyentes o podrá solicitar información en la Unidad de Enajenación de Bienes Muebles, al teléfono 01 (55) 5229-4400, extensiones 84224 y 84225, de 9:00 a 14:00 horas.

La verificación física de los bienes se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan del día
12 al 26 de julio de 2012, en horario de 8:30 a 15:00 horas. El registro de inscripción y recepción de la documentación establecida en las bases para participar en la licitación se efectuará el 27 de julio de 2012
en horario de 9:00 a 9:30 en el auditorio de la Zona Metropolitana Hidalgo, ubicado en calle San Francisco número 548 esquina calle Magnolias, colonia Santa Margarita, Zapopan, Jalisco.

Los depósitos en garantía se constituirán mediante cheques de caja, expedidos por instituciones de crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad, por los importes establecidos para los lotes de bienes que se licitan. El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 27 de julio de 2012 a las 11:00 horas, en el auditorio de la Zona Metropolitana Hidalgo, ubicado en calle San Francisco número 548 esquina calle Magnolias, colonia Santa Margarita, Zapopan, Jalisco, en el entendido de que los interesados deberán cumplir con lo establecido en las bases respectivas y en caso contrario no podrán participar en el evento. El acto de fallo correspondiente se efectuará el 27 de julio de 2012 a las 13:00 horas, en el auditorio de la Zona Metropolitana Hidalgo, ubicado en calle San Francisco número 548 esquina calle Magnolias, colonia Santa Margarita, Zapopan, Jalisco. De no lograrse la venta de los bienes una vez emitido el fallo de la licitación, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor mínimo para venta considerado en la licitación y un 10% menos en segunda almoneda.
El retiro de los bienes se realizará en un plazo máximo de 20 días hábiles posteriores a la fecha de pago
de los mismos.

Atentamente

Guadalajara, Jal., a 12 de julio de 2012.

Gerente Divisional

Ing. Antonio Macías Padilla

Rúbrica.

(R.- 350883)



PROYECTOS ARQUITECTONICOS MILENIO, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 27 DE JUNIO DE 2012


Activo

Efectivo en caja $0

Pasivo

Capital $0


México, D.F., a 5 de julio de 2012.

Liquidador

Gloria Martínez Balderrabano

Rúbrica.

(R.- 350713)



DESARROLLOS INMOBILIARIOS ALLENDE, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 28 DE JUNIO DE 2012


Activo

Efectivo en caja $0

Pasivo

Capital $0


México, D.F., a 5 de julio de 2012.

Liquidador

Francisco Martínez García

Rúbrica.

(R.- 350715)


Comisión Federal de Electricidad

AVISO

Declaratoria de Vigencia de la Norma de Referencia NRF-043-CFE-2011 “Herrajes y conjuntos de Herrajes para líneas de transmisión aéreas con tensiones de 69 kV a 400 kV” y Aclaración de la Norma de Referencia NRF-022-CFE-2009.

Interruptores de potencia de 72,5 kV a 420 kV”.

DECLARATORIA DE VIGENCIA: El Comité de Normalización de la Comisión Federal de Electricidad (CONORCFE), por disposición de la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A y 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia del documento que se lista a continuación; mismo que ha sido elaborado, aprobado y publicado como proyecto de Norma de Referencia CFE, bajo la responsabilidad del comité de normalización denominado “Comité de Normalización de Comisión Federal de Electricidad”, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo de la Norma de Referencia que se indica, puede ser consultado en la sede de dicho comité ubicada en avenida Apaseo Oriente sin número, Ciudad Industrial, 36541, Irapuato, Gto., teléfono 01(462) 623-9400, extensiones 7124 y 7230. El presente documento entrará en vigor 90 días después de la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

PROY-NRF-043-CFE-2011

HERRAJES Y CONJUNTOS DE HERRAJES PARA LINEAS DE TRANSMISION AEREAS CON TENSIONES DE 69 kV A 400 kV

Campo de aplicación.- Se aplica en los procesos de adquisición de herrajes y conjuntos de herrajes para líneas de transmisión.

Concordancia con Normas Internacionales.- Existe concordancia parcial con la norma internacional
IEC 61284-1997, en el capítulo relativo a control de calidad.

Aclaración de la Norma de Referencia NRF-022-CFE-2010 “Interruptores de potencia de 72,5 kV a 420 kV”. Publicada el 4 de marzo de 2011 en el Diario Oficial de la Federación.

El Comité de Normalización de Comisión Federal de Electricidad (CONORCFE), por disposición de la Dirección General de Normas, con fundamento en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización en su artículo 46 fracción V, último párrafo de su Reglamento; aclara lo siguiente:

PRIMERO.- Por error mecanográfico se describe mal el símbolo de la magnitud en 6.2.12 Simultaneidad en la operación de los polos y en 6.2.13 Simultaneidad entre contactos del mismo polo.

SEGUNDO.- Se debe considerar la siguiente aclaración en la Norma de Referencia NRF-022-CFE-2010:

DICE:

DEBE DECIR:

REFERENCIA

TEXTO

REFERENCIA

TEXTO

6.2.12 Simultaneidad en la operación de los polos

a) En operación de cierre 4,16 m

Máximo

b) En operación de apertura 2,77 m

Máximo

6.2.12 Simultaneidad en la operación de los polos

a) En operación de cierre 4,16 ms

Máximo

b) En operación de apertura 2,77 ms

Máximo

6.2.13 Simultaneidad entre contactos del mismo polo

a) En operación de cierre 2 m

Máximo.

b) En operación de apertura 2 m

Máximo

6.2.13 Simultaneidad Entre Contactos del Mismo Polo

a) En operación de cierre 2 ms

Máximo

b) En operación de apertura 2 ms,

Máximo

TRANSITORIO

UNICO.- La presente aclaración surte sus efectos a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Irapuato, Gto., a 27 de junio de 2012.

Presidente del Comité de Normalización de CFE

Ing. Jorge Adolfo Pérez Guzmán

Rúbrica.

(R.- 350908)

BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006

cifras expresadas en pesos mexicanos



Diciembre



2006

ACTIVO



Activo Circulante:


33,944,700

Activo Fijo:


2,548,428

Activo Diferido:


5,359,082

Total Activo


$41,852,210

PASIVO



Pasivo a Corto Plazo


17,699,594

Pasivo a Largo Plazo


12,780,457

Total Pasivo


$30,480,051

CAPITAL CONTABLE



Capital Social Histórico


6,600,000

Reserva Legal Histórico


1,320,000

Resultado del periodo y/o del ejercicio


3,364,644

Resultado acumulados de ejercicios anteriores


7,113,529

Otras cuentas de capital


(7,026,014)

Total Capital Contable


$11,372,159

Total Pasivo y Capital Contable


$41,852,210


Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2006, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.


México, D.F., a 14 de junio de 2012.

Administrador

Rodolfo Rau Ludwig

Rúbrica.

Comisario

C.P. Francisco Javier Moreno Santillán

Rúbrica.


BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007

cifras expresadas en pesos mexicanos



Diciembre



2007

ACTIVO



Activo Circulante:


33,817,693

Activo Fijo:


3,591,458

Activo Diferido:


5,749,643

Total Activo


$43,158,794

PASIVO



Pasivo a Corto Plazo


16,534,332

Pasivo a Largo Plazo


15,151,328

Total Pasivo


$31,685,660

CAPITAL CONTABLE



Capital Social Histórico


6,600,000

Reserva Legal Histórico


1,320,000

Resultado del periodo y/o del ejercicio


(326,509)

Resultado acumulados de ejercicios anteriores


10,872,052

Otras cuentas de capital


(6,992,409)

Total Capital Contable


$11,473,134

Total Pasivo y Capital Contable


$43,158,794


Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2007, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.


México, D.F., a 14 de junio de 2012.

Administrador

Rodolfo Rau Ludwig

Rúbrica.

Comisario

C.P. Francisco Javier Moreno Santillán

Rúbrica.

BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008

cifras expresadas en pesos mexicanos



Diciembre



2008

ACTIVO



Activo Circulante:


44,897,252

Activo Fijo:


38,475

Activo Diferido:


5,165,656

Total Activo


$50,101,383

PASIVO



Pasivo a Corto Plazo


24,707,067

Pasivo a Largo Plazo


14,226,616

Total Pasivo


$38,933,683

CAPITAL CONTABLE



Capital Social Histórico


6,600,000

Reserva Legal Histórico


1,320,000

Resultado del periodo y/o del ejercicio


(305,434)

Resultado acumulados de ejercicios anteriores


9,554,829

Otras cuentas de capital


(6,001,695)

Total Capital Contable


$11,167,700

Total Pasivo y Capital Contable


$50,101,383


Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2008, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.


México, D.F., a 14 de junio de 2012.

Administrador

Rodolfo Rau Ludwig

Rúbrica.

Comisario

C.P. Francisco Javier Moreno Santillán

Rúbrica.


BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009

cifras expresadas en pesos mexicanos



Diciembre



2009

ACTIVO



Activo Circulante:


39,810,047

Activo Fijo:


117,082

Activo Diferido:


3,907,178

Total Activo


$43,834,307

PASIVO



Pasivo a Corto Plazo


11,329,696

Pasivo a Largo Plazo


14,654,299

Total Pasivo


$25,983,995

CAPITAL CONTABLE



Capital Social Histórico


12,377,929

Reserva Legal Histórico


1,320,000

Resultado del periodo y/o del ejercicio


904,683

Resultado acumulados de ejercicios anteriores


9,249,395

Otras cuentas de capital


(6,001,695)

Total Capital Contable


$17,850,312

Total Pasivo y Capital Contable


$43,834,307


Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2009, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.


México, D.F., a 14 de junio de 2012.

Administrador

Rodolfo Rau Ludwig

Rúbrica.

Comisario

C.P. Francisco Javier Moreno Santillán

Rúbrica.

BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010

cifras expresadas en pesos mexicanos



Diciembre



2010

ACTIVO



Activo Circulante:


40,921,881

Activo Fijo:


123,026

Activo Diferido:


4,053,422

Total Activo


$45,098,329

PASIVO



Pasivo a Corto Plazo


10,326,949

Pasivo a Largo Plazo


15,236,112

Total Pasivo


$25,563,061

CAPITAL CONTABLE



Capital Social Histórico


12,377,929

Reserva Legal Histórico


1,320,000

Resultado del periodo y/o del ejercicio


1,684,956

Resultado acumulados de ejercicios anteriores


10,154,078

Otras cuentas de capital


(6,001,695)

Total Capital Contable


$19,535,268

Total Pasivo y Capital Contable


$45,098,329


Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2010, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.


México, D.F., a 14 de junio de 2012.

Administrador

Rodolfo Rau Ludwig

Rúbrica.

Comisario

C.P. Francisco Javier Moreno Santillán

Rúbrica.


BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011

cifras expresadas en pesos mexicanos



Diciembre



2011

ACTIVO



Activo Circulante:


37,906,358

Activo Fijo:


79,920

Activo Diferido:


4,433,932

Total Activo


$42,420,210

PASIVO



Pasivo a Corto Plazo


4,461,935

Pasivo a Largo Plazo


20,371,672

Total Pasivo


$24,833,607

CAPITAL CONTABLE



Capital Social Histórico


12,377,929

Reserva Legal Histórico


1,320,000

Resultado del periodo y/o del ejercicio


(1,948,665)

Resultado acumulados de ejercicios anteriores


11,839,034

Otras cuentas de capital


(6,001,695)

Total Capital Contable


$17,586,603

Total Pasivo y Capital Contable


$42,420,210


Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2011, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.


México, D.F., a 14 de junio de 2012.

Administrador

Rodolfo Rau Ludwig

Rúbrica.

Comisario

C.P. Francisco Javier Moreno Santillán

Rúbrica.

(R.- 350775)