Jueves
12 de julio de 2012 DIARIO
OFICIAL (Tercera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla.
En
los autos del juicio de amparo 1548/2011 y su acumulado 63/2012,
promovidos por Martha Arce Padilla o Martha Arce Padilla de
Rodríguez, por conducto de su apoderado legal para pleitos y
cobranzas Enrique Rodríguez Arce y Gustavo Rodríguez
Tapia, contra actos del Junta Especial Número Uno de las que
integran la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el
Estado de Puebla y otras autoridades, en el que reclama el laudo
dictado el veintiocho de noviembre de dos mil tres, dentro del
expediente D-1/373/1998, entre otros actos; se ha señalado a
Martín Rodríguez Báez, Carlos Debella Jaso y
Ulises Barreda Ortega, como terceros perjudicados y como se desconoce
su domicilio, se ordena emplazarlos por medio de edictos, que deberán
publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario
Oficial de la Federación” y en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República Mexicana, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción
II de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal
de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de
Amparo. Queda a su disposición en la actuaría de este
juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles
saber que deberán presentarse dentro del término de
treinta días, contados del siguiente al de la última
publicación y se le hace saber que se han señalado las
once horas con diez minutos del siete de junio de dos mil doce, para
la audiencia constitucional.
C.C.P.- El Director del Diario Oficial de la Federación.
Presente.
C.C.P.- El Director del Periódico de mayor circulación en la República Mexicana
Presente.
San Andrés Cholula, Pue., a 7 de junio de 2012.
El Secretario
Lic. Marcos Martínez Moguel
Rúbrica. (R.- 350886)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
EDICTO
“Clínica
de Regeneración Celular Sistemas de Vida y/o Sistemas de Vida,
Sociedad Anónima de
Capital Variable”.
“Cumplimiento auto doce de junio de dos mil doce, dictado por Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito Estado Guerrero, Encargada del Despacho por licencia del Titular, en el juicio amparo 411/2012, promovido por Thor Amhed González Lanuza Esteves de Casabuena, contra actos de la Primera Junta Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, se hace conocimiento resulta carácter tercera perjudicada, término artículo 5º, fracción III, inciso a) Ley de Amparo y 315 Código Federal Procedimiento Civiles aplicado supletoriamente, se le mandó emplazar por edictos a juicio, para que si a sus intereses conviniere se apersone, debiéndose presentar ante este juzgado federal, ubicado Boulevard de las Naciones 640, Granja 39, Fracción “A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, Código Postal 39890, Acapulco, Guerrero, deducir derechos dentro de término treinta días, contados a partir siguiente a última publicación del presente edicto; apercibido de no comparecer lapso indicado, ulteriores notificaciones aún carácter personal surtirán efectos por lista se publique estrados este órgano control constitucional. En inteligencia que este juzgado ha señalado diez horas con diez minutos del veintiséis de junio de dos mil doce, para celebración audiencia constitucional. Queda disposición en secretaría juzgado copia demanda amparo”.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico de mayor circulación en la República Mexicana, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, a los doce días del mes de junio de dos mil doce. Doy fe.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito
Lic. María Alejandra Popoca Pérez
Rúbrica. (R.- 350637)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial Federal
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADO UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO DECIMOPRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA. En el juicio de amparo 1101/2011-I del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula, promovido por Iván Barrales Rojas, en contra del acto que reclama del Juez de lo Penal del Distrito judicial de Cholula, Puebla, y otra, consistente en auto de formal prisión de treinta y uno de octubre de dos mil once; se ordenó la publicación de edictos para emplazar a la tercero perjudicado Rocío del Coral Ruiz del Sol Hernández, quien debe presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para que haga valer sus derechos, y señale domicilio en San Andrés Cholula, Puebla, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado, apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.
San Andrés Cholula, Pue., a 25 de abril de 2012.
La Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Puebla
Santa Flor de María Avendaño López
Rúbrica.
(R.- 349674)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en el D.F.
EDICTO
En proveído de once de junio del año en curso, dictado en el juicio de amparo directo D.C.395/2012, promovido por Irene Liliana Razumney Grinberg, contra la sentencia dictada por la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el veinticuatro de febrero de dos mil doce, en el toca 2032/2011, que resolvió el recurso de apelación interpuesto en el juicio ordinario civil, seguido por la quejosa en contra de Gomar de Arcos María Luisa y otros, expediente 72/2008, ante el Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal, se ordenó realizar los edictos respectivos a fin de emplazar a la tercera perjudicada María Luisa Gomar de Arcos, por dicho medio, a quien se le hace saber que cuenta con el plazo de treinta días para comparecer al juicio constitucional a defender sus derechos.
La copia de traslado de la demanda de garantías queda a su disposición en la secretaría de acuerdos de este órgano jurisdiccional.
Atentamente
México, D.F., a 11 de junio de 2012.
Mgdo. Fernando Rangel Ramírez
Rúbrica.
(R.- 349732)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA, PUEBLA.
SE CONVOCAN POSTORES.
En los auto del juicio ejecutivo mercantil 43/2006 promovido por Luis Miguel Escartin Sánchez, Apoderado general para pleitos y cobranzas de “Bodegas y Agroindustriales de Tapachula”, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de Julio Alberto Arreola Vázquez, en su carácter de apoderado de legal de Joaquín Arreola Estrada, y otros, se anuncia remate respecto de los bienes Inmuebles identificados como: 1.- Predio rústico denominado “LAS PILITAS”, ubicado en la localidad de Tenencia de Cuanajo del Municipio y Distrito de Pátzcuaro, Michoacán, por la cantidad de tres millones ochocientos tres mil trescientos treinta y tres pesos, con treinta y tres centavos ($3,803,333.33); 2.- Predio rustico denominado “Rancho Seco” de la localidad de Tenencia de Cuanajo del Municipio y Distrito de Pátzcuaro, Michoacán, por la cantidad de novecientos cuarenta y siete mil trescientos treinta y tres pesos, con treinta y tres centavos ($947,333.33); Y, 3. Lote de terreno urbano marcado con el número Once de la Privada de la Avenida 21 y calle 5, del fraccionamiento Alameda, Córdoba, Veracruz, por la cantidad de ochocientos veintiún mil novecientos treinta y tres pesos, con treinta y tres centavos ($821,933.33). Audiencia que se realizará a las TRECE HORAS CON TRECE MINUTOS DEL VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, en el local del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, quedando los autos a disposición de los interesados para que tomen los datos que estimen pertinentes, debiendo hacer posturas y pujas por escrito reuniendo los requisitos que establece el artículo 481 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al Código de Comercio, las que se presentaran a partir del día siguiente de la publicación del edicto correspondiente, venciéndose el término un minuto antes de las trece horas con trece minutos del veinticuatro de julio de dos mil doce, previa toma de lista de los postores que se presenten.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 25 de mayo de 2012.
El Juez Quinto de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Alfonso Ortiz López
Rúbrica.
(R.- 349540)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Guanajuato
EDICTO
Publicarse por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los de mayor circulación en la República Mexicana y Tablero de Avisos de este tribunal federal, éste último durante todo el tiempo del emplazamiento, a efecto de emplazar al tercero perjudicado ALEJANDRO OLMOS VARGAS, para que comparezca a defender sus derechos en el juicio de garantías 1454/2011-D, radicado en el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, con residencia en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, promovido por GERMAN ANTONIO MONROY GARCIA, por su propio derecho, contra actos del Juez Primero Penal de Partido, residente en Irapuato, Guanajuato y de otras autoridades, por lo que deberá presentarse ante este tribunal federal, dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación del edicto respectivo a recibir copia de la demanda de amparo y a señalar domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, se le harán por medio de lista que se le fija en los estrados de este tribunal federal, aun las de carácter personal.
Guanajuato, Gto., a 16 de mayo de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Minerva Mendoza Pérez
Rúbrica.
(R.- 350291)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Querétaro
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
SERGIO LADISLAO ARROYO RODRIGUEZ.
En
virtud de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la
iniciación del juicio de amparo, ventilado bajo el expediente
número 694/2012-1, promovido por MA. JOSEFINA JIMENEZ CRUZ,
ANTONIO ENRIQUEZ LARA y FRANCISCO ZAMORA DORANTES, en su carácter
de Presidente, Secretario y Tesorero del EJIDO CASA BLANCA, contra
actos del Juez Séptimo de Primera Instancia Civil en el Estado
de Querétaro, con residencia en esta ciudad, juicio en el cual
se le señaló con el carácter de tercero
interesado y se le emplaza para que en el término de treinta
días, contados a partir de la última publicación
de este edicto, comparezca al juicio de garantías de mérito,
por sí, por apoderado o gestor que pueda representarle,
apercibida que de no hacerlo, éste se seguirá conforme
a derecho proceda y las siguientes notificaciones que surjan en el
presente juicio, aún las de carácter personal, se le
harán por lista que se fijarán en el tablero de avisos
de este Juzgado Segundo de Distrito quedando a su disposición
en la Secretaría las copias simples
de traslado.
Querétaro, Qro., a 18 de junio de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Lic. Gabriela Zárate Martínez
Rúbrica.
(R.- 350500)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
A LA PARTE TERCERA PERJUDICADA
SOLUCIONES PRIMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Se hace de su conocimiento que en los autos del expediente laboral J/O/945/2007, se promovió juicio de amparo directo por Miguel Eduardo Jiménez Trejo, en contra del laudo dictado el dieciséis de febrero de dos mil diez, por la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad. Asimismo, la demanda de amparo fue radicada con el número de amparo directo 981/2012 del índice del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Lo que se comunica a usted para su legal emplazamiento al juicio de amparo, por lo que queda a su disposición en el Tribunal Colegiado en cita una copia de la demanda, así también para que dentro del término de diez días siguientes, al en que quede legalmente emplazado, acuda al Tribunal Colegiado aludido a formular sus alegatos, si así conviniere a sus intereses; y para que señale domicilio en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; donde pueda oír y recibir notificaciones, en el entendido que de no hacerlo las subsecuentes se le harán por lista, incluso las de carácter personal.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 19 de junio de 2012.
El Secretario de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito
Ramón Arias Montes
Rúbrica.
(R.- 350634)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León
EDICTO
En
el juicio de amparo 557/2011, promovido por Jesús Salvador
Rivera Floriano, contra actos del Juez Cuarto de lo Penal del Primer
Distrito Judicial del Estado, con sede en esta ciudad, y otra
autoridad, se señaló a Edgar Leal Esparza como tercero
perjudicado, desconociéndose su domicilio, por lo que en
proveído de nueve de marzo de dos mil doce se ordenó su
emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse en
el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación nacional, conforme a los artículos
30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles; quedan a disposición del
tercero perjudicado, en la Secretaría de este Juzgado, copia
simple de la demanda de garantías, siendo el acto reclamado
por el quejoso, el auto de formal prisión de ocho de junio de
dos mil once, en el que se le consideró probable responsable
en la comisión del delito de ROBO CON VIOLENCIA, y la
identificación
ordenada, dentro del proceso penal 99/2011-I; se le hace saber que
cuenta con treinta días hábiles,
a
partir de la publicación, para acudir a este órgano
federal a hacer valer sus derechos; en cumplimiento a la citada
disposición legal adjetiva, también se fija copia del
auto aludido, en los estrados de este juzgado.
Monterrey, N.L., a 9 de marzo de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto Distrito en Materia en el Estado
Lic. Samuel Ventura Ramos
Rúbrica.
(R.- 350635)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito
Celaya, Gto.
EDICTO
A la tercera perjudicada Claudia Ochoa Trigeros.
En
los autos del juicio de amparo número 81/2012-III, promovido
por Agustín Jamaica Sandoval y Aurelio Jamaica Tirado, se le
ha señalado como tercera perjudicada y como se ha ordenado
mediante proveído de doce de junio de dos mil doce, emplazarla
a juicio por edictos, quedando a su disposición copia
simple
de la demanda de amparo en la Secretaría de este
Juzgado de Distrito, la cual en síntesis dice: “QUEJOSOS:
AGUSTIN JAMAICA SANDOVAL Y AURELIO JAMAICA TIRADO…”.
“AUTORIDAD RESPONSABLE: Juez Unico penal de partido de
Salvatierra, Gto…”.“ACTO RECLAMADO: AUTO DE FORMAL
PRISION dentro del proceso penal número 117/2011 …”;
además se le hace saber que dentro del término de
treinta días, contados a partir del siguiente al de la última
publicación, deberá comparecer ante este Tribunal
Federal, para hacer valer lo que a sus intereses convenga. Si pasado
el término concedido no compareciere, se seguirá
el
juicio en su ausencia y se le tendrá por emplazada, haciéndole
las ulteriores notificaciones por medio de lista en los estrados de
este Tribunal.
Atentamente
Celaya, Gto., a 12 de junio de 2012.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
Lic. Jorge Eduardo Ramírez Téllez
Rúbrica.
(R.- 350259)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
EDICTO
A: TERCERA PERJUDICADA ANTONIO VELAZQUEZ PACHECO
En el amparo 16/2012-III, del índice del JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO MATERIA CIVIL ESTADO DE JALISCO, promovido por ALFONSO LEON MALAGON, contra actos del JUEZ, del SECRETARIO EJECUTOR, y del NOTIFICADOR, todos adscritos al JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD, en el que reclama el emplazamiento y todo lo actuado con posterioridad dentro del juicio civil sumario número 488/2011, del índice del Juzgado Décimo Tercero de lo Civil de esta ciudad; se ordenó emplazarlo por edictos para que comparezca, por sí o conducto de representante legal, en treinta días, siguientes a última publicación, si a su interés legal conviene.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y el periódico Excélsior.
Zapopan, Jal., a 14 de junio de 2012.
La Secretaria
Lic. Paula Villalvazo Morales
Rúbrica.
(R.- 350654)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito
Morelia, Mich.
EDICTO
Emplazamiento a María de Jesús Rodríguez Piñón y Martha Soledad García Barrera, dentro de los autos del juicio de amparo directo 231/2012, tramitado ante el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, con residencia en Morelia, Michoacán, promovido por Eliseo Arredondo Valencia, por propio derecho, contra la sentencia de veintitrés de febrero de dos mil diez, dictada por el magistrado de la Primera Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del estado, en el toca 50/2010. Con apoyo en lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena la publicación de edictos por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación de la República, haciéndoseles saber que deben presentarse ante este tribunal dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, a defender sus derechos, y se deja a su disposición copia de la demanda respectiva en la secretaría de acuerdos, apercibidas que de no comparecer las subsecuentes notificaciones serán por lista. Se fijará además, en la puerta de este órgano, una copia íntegra del mismo por todo el tiempo del emplazamiento.
Morelia, Mich., a 15 de junio de 2012.
El Presidente del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito
Magdo. Omar Liévanos Ruiz
Rúbrica.
(R.- 350659)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Guanajuato
EDICTO
Por este se publicará tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico denominado “Excélsior”, haciéndole saber a EPIFANIO OVIEDO RAMIREZ, JESUS ROMERO BALANDRAN y MANUEL ROBLEDO OVIEDO, que deberán presentarse por conducto de quien legalmente los represente, ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación a defender sus derechos como terceros interesados en el juicio de amparo número IV-1361/2011, promovido por MARIA TERESA y TOMAS, AMBOS DE APELLIDOS DOMINGUEZ ALONSO, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia de la demanda que les corresponde, en la inteligencia de que si transcurrido el término a que se ha hecho alusión no comparecen por si o por conducto de su representante legal, se continuará con el trámite del juicio de amparo sin su intervención y las subsecuentes notificaciones, se harán por lista, aún las de carácter personal.- Doy Fe.
Guanajuato, Gto., a 6 de junio de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato
Lic. Marco Antonio López Cabrera
Rúbrica.
(R.- 350668)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Civil de Partido
Secretaría
Apaseo El Grande, Gto.
EDICTO
Por
éste publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la
Federación, en el Diario de Mayor circulación de la
localidad y Tablero de Avisos de éste Juzgado, anunciando el
REMATE EN SEGUNDA Y PUBLICA ALMONEDA del Juicio Ejecutivo Mercantil
número M44/2009 promovido por JORGE LUIS CAMACHO MONTOYA
endosatario en procuración de MIGUEL RAMIREZ RAMIREZ en contra
de JESUS HERRERA MEDINA, radicado en el Juzgado Civil de Partido de
Apaseo el Grande, Guanajuato, anunciando la venta del lote número
48 cuarenta y ocho, manzana 3 tres, zona 01 uno, con una superficie
de 170.00 ciento setenta metros cuadrados, que mide y linda: al
Noreste: 6.04 metros con privada Licea; al Sureste: 28.82 metros con
lote 46 cuarenta y seis; al Suroeste: 3.73 metros y 2.33 metros, con
los lotes 30 treinta y 12 doce y 11 once;
Al Noroeste: 5.24
metros y 24.09 metros con lote 30 treinta, el cual esta registrado
bajo el folio real número R5*10445, de manera que entre la
publicación o fijación del edicto y la fecha del
remate, medie un término que no sea menor de cinco días.
En la almoneda se tendrá como precio el primitivo, con
deducción de un 10% diez por ciento, la que tendrá
verificativo a las 12:00 doce horas del 15o. décimo quinto día
hábil siguiente al de la última publicación del
edicto en el Periódico Oficial. Se convoca a postores y se
cita a acreedores.
Apaseo El Grande, Gto., a 2 de julio de 2012.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Lorena Patiño Flores
Rúbrica.
(R.- 350735)
AVISO AL PUBLICO
Al público en general se le comunica que las tarifas, son las siguientes:
1/8 de plana $ 1,539.00
2/8 de plana $ 3,078.00
3/8 de plana $ 4,617.00
4/8 de plana $ 6,156.00
6/8 de plana $ 9,234.00
1 plana $ 12,312.00
1 4/8 planas $ 18,468.00
2 planas $ 24,624.00
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Pachuca, Hidalgo
Sección Amparo
Macedonio Gómez Tenorio y Aurora Guzmán Garnica,
donde se encuentren.
En acatamiento al acuerdo de dieciséis de mayo de dos mil doce, dictado en el juicio de amparo 528/2012-V, del índice de este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Rafael Ramos Terrones, contra actos del Juez Cuarto del Ramo Penal de Pachuca de Soto, Hidalgo, que hizo consistir en el auto de plazo constitucional de siete de octubre de dos mil once, dictado en la causa penal 96/2011; juicio de amparo en el cual fueron señalados como terceros perjudicados y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de que se apersonen al mismo y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que de no hacerlo así, las ulteriores y aun las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaria correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que deben presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación y que fueron señaladas las nueve horas con veintitrés minutos del once de junio de dos mil doce, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Este edicto debe publicarse por tres veces consecutivas, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico diario de mayor circulación en la República Mexicana.
Pachuca de Soto, Hgo., a 31 de mayo de 2012.
Secretario del Juzgado Primero de
Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Juvenal Hernández Rivera
Rúbrica.
(R.- 349291)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito
Celaya, Gto.
EDICTO
A LA TERCERA PERJUDICADA
AGRUPACION FLOR, SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
En
los autos del juicio de amparo 438/2012-V, promovido por Magdalena
Sofía Sánchez González de McMordie, contra actos
del Magistrado de la Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de
Justicia en el Estado
de Guanajuato y otra autoridad, se le ha
señalado como tercera perjudicada y como se desconoce su
domicilio actual, se ordenó emplazarlo a juicio por edictos,
que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días,
en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana, de conformidad con los artículos 30 fracción
II de la Ley de Amparo y 315 del Código de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria, quedando a su disposición
copia simple de la demanda de amparo en la secretaría de este
Juzgado de Distrito, la cual en síntesis dice: “I.-
NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.- Ha quedado señalado con
anterioridad. II.- NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS TERCEROS PERJUDICADOS.-
“AGRUPACION FLOR, SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con domicilio en Boulevard Adolfo
López Mateos, número 521, primer piso, de la ciudad de
Celaya, Guanajuato…III.- AUTORIDADES RESPONSABLES: a) El
Magistrado de la Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en
el Estado de Guanajuato. b) El Juez Primero de Partido de lo Civil,
con residencia en esta ciudad, en su carácter de ejecutora.
IV. ACTO RECLAMADO. Lo constituye la sentencia de fecha 21 de marzo
del año en curso, dictada por el Magistrado de la Sexta Sala
Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, al resolver el
toca civil número 56/2012.”; además se le hace
saber que dentro del término de treinta días, contados
a partir del siguiente al de la última publicación,
deberá comparecer ante el Tribunal Federal, para hacer valer
lo que a sus intereses convenga. Si pasado el término
concedido no compareciere, se seguirá el juicio en su ausencia
y se le tendrá por emplazada, haciéndole las ulteriores
notificaciones por medio de lista en los estrados de este Tribunal.
Atentamente
Celaya, Gto., a 6 de junio de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
Lic. Jesús Antonio Azuara Reyes
Rúbrica.
(R.- 349608)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Trigésimo Cuarto de lo Civil
Secretaría “B”
Exp. B-491/2010
EDICTO
EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR INMOBILIARIA LIBRA, S. A. DE C. V. EN CONTRA DE CREACIONES Y REPRESENTACIONES, PALMA, S. A. DE C. V. Y RENAN JOSE PALMA ACOSTA, EXPEDIENTE NUMERO B-491/2010, EL CIUDADANO JUEZ TRIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, LICENCIADO ELISEO JUAN HERNANDEZ VILLAVERDE DICTO AUTO DE FECHA DOS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE QUE EN LO CONDUCENTE DICE:. “...con fundamento en el articulo 1070 del Código de Comercio, y ante la imposibilidad de emplazar a la codemandada (CREACIONES Y REPRESENTACIONES, PALMA, S.A. DE C.V.), emplácesele a ésta por conducto de su representante legal, por medio de EDICTOS en el periódico DIARIO DE MEXICO, POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO ANTES PRECISADO, haciéndose saber a dicha codemandada de la presente demanda y que disponen de un término de TREINTA DIAS para contestarla contados a partir de la última publicación del EDICTO, quedando en la Secretaria de este Juzgado las copias simples de traslado para que las recojan-... Doy fe.”
PARA SER PUBLICADO TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO “DIARIO DE MEXICO”.
Secretaria de Acuerdos “B”
Lic. Paulina Jaramillo Orea
Rúbrica.
(R.- 350545)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en México, D.F.
EDICTO
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL NUMERO 338/2010-VII, PROMOVIDO POR LOTERIA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PUBLICA, EN CONTRA DE JORGE MATEOS PIEDRAS, CON FECHA TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, SE DICTO UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LA PARTE DEMANDADA JORGE MATEOS PIEDRAS, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, A FIN DE QUE CONTESTE LA DEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA, EN EL TERMINO DE QUINCE DIAS, CONTADOS, A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA, ANEXOS EXHIBIDOS Y AUTO ADMISORIO, EN ACATAMIENTO AL AUTO DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUSCINTA DE LA DEMANDA, EN LA QUE LA ACTORA, DEMANDO EN LA VIA ORDINARIA MERCANTIL LAS SIGUIENTES PRESTACIONES: 1.- EL PAGO DE LA CANTIDAD DE $91,872.00 (NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), POR CONCEPTO DE SUERTE PRINCIPAL. 2.- EL PAGO DE LOS INTERESE GENERADOS Y LOS QUE SIGAN CAUSANDO HASTA LA LIQUIDACION DEL ADEUDO, SIENDO EL CASO QUE DICHA CUANTIFICACION SE LLEVARA A CABO EN EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO. 3.- LOS GASTOS Y COSTAS, QUE CON MOTIVO DEL PRESENTE JUICIO SEAN CAUSADOS.”.
México, D.F., a 31 de mayo de 2012.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Eulalio Reséndiz Hernández
Rúbrica.
(R.- 350728)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado,
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
A QUIEN ACREDITE SER PROPIETARIO O PROPIETARIOS.
Se hace de su conocimiento que en la causa penal II.6/2005, del índice de este juzgado, que se instruyó en contra de Aaron Pérez Cruz, Hiran González Escarpulli, Xicoténcatl Alfonso Vázquez, Juan Barranco Tenorio y Arturo Aguas Merino, por el delito de TRANSPORTAR POR TERRITORIO NACIONAL CON PROPOSITO DE TRAFICO A VARIOS EXTRANJEROS SIN LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE, CON EL FIN DE OCULTARLOS PARA EVADIR LA REVISION MIGRATORIA, EN CONDICIONES QUE PUSIERON EN PELIGRO LA SALUD, LA INTEGRIDAD O LA VIDA DE LOS INDOCUMENTADOS Y RESPECTO DE MENORES DE EDAD, previsto y sancionado en el artículo 138, párrafo segundo y cuarto, de la Ley General de Población; se dejó a su disposición los siguientes objetos: cuatro teléfonos celulares marca Nokia, modelos 3520 y 2220, series ESNO4303019890 y ESN03812387251, respectivamente, Samsung, modelo SPH-A460, serie 08110871454 y Sagen, modelo SA1-SN2, serie M9H95P2002. Se hace de su conocimiento que cuenta con el plazo de noventa días naturales contados a partir de la publicación del presente edicto, para que comparezca a la Delegación Regional Sureste del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, a solicitar su devolución, con el apercibimiento que de hacerlo, causará abandono a favor del Erario Federal.
Por acuerdo de la Secretaria en Funciones de Juez Distrito, se autoriza firmar el presente al Secretario licenciado Antonio Fuentes Cruz, encargado del expediente II.6/2005.
Atentamente
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Antonio Fuentes Cruz
Rúbrica.
(R.- 350638)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado,
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas.
C. MANUEL DE JESUS NARCIA COUTIÑO
En
el juicio de amparo número 248/2012, promovido por SERGIO
MANUEL RAMOS RAMIREZ y otros, contra actos del Juez del Ramo Penal,
con sede en Villaflores, Chiapas y otras autoridades, radicado en
este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, sito en
Palacio de Justicia Federal, Edificio “B”, Planta Baja,
Boulevard Angel Albino Corzo, número 2641, Colonia Las Palmas,
código postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas en el
que se dictó el acuerdo de fecha catorce de junio de dos mil
doce, mediante el cual se ordenó emplazarle al juicio, en
virtud de que se le ha señalado como tercero perjudicado y,
como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlo por
edictos, que deberá publicarse por tres veces de siete en
siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en
uno de los diarios de mayor circulación en la República
Mexicana; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30
fracción II, de la Ley de Amparo
y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a
la ley en cita; haciéndole saber que podrán presentarse
dentro de los TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la
última publicación por sí o apoderado,
apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le
surtirán efectos por medio de lista en estrados de este
Juzgado. Quedando a su disposición en este órgano
judicial la demanda de garantías de que se trata; asimismo, se
le hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se
encuentra prevista para su celebración las NUEVE HORAS DE
VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE. Fíjese en la puerta de
este Tribunal un ejemplar de este edicto, por el término que
dure la notificación.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 14 de junio de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Ricardo Coutiño Gordillo
Rúbrica.
(R.- 350640)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Sección Amparo
EDICTO
En
el juicio de amparo 2018/2011-3 del índice del Juzgado Tercero
de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Juan de la Cruz
Díaz Olmedo, contra actos del Tribunal Unitario Agrario
Distrito 14 en Hidalgo; se dictó acuerdo por el que se ordenó
la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento
de la tercero perjudicada Georgina Quintanar Sandoval, a quien se
hace de su conocimiento que en este Juzgado se encuentra radicado el
juicio de garantías mencionado, en el que se señaló
como acto reclamado:
“(…) el auto de fecha 08 de
noviembre del año en curso y por consecuencia todas las
actuaciones judiciales del expediente 391/2010-14, radicado en el
Tribunal Unitario Agrario del Distrito 14 (...)”. Por ello se
hace
del conocimiento de Georgina Quintanar Sandoval, que deberá
presentarse dentro del término de treinta días,
contados a partir del día siguiente al de la última
publicación, a efecto de que si lo estima pertinente haga
valer los derechos que le asistan y señale domicilio en la
ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones
ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo
así, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter
personal, se les harán por medio de lista que se fije en los
estrados de éste órgano de control constitucional.
Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra
de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.
Pachuca de Soto, Hgo., a 20 de junio de 2012.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Juan Manuel Gómez Soriano
Rúbrica.
(R.- 350643)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
EDICTO
“Citlalli Morales Gallardo”.
“Cumplimiento
auto trece de junio de dos mil doce, dictado por Secretaria del
Juzgado Cuarto de Distrito Estado Guerrero, Encargada del Despacho
por licencia del Titular, en el juicio amparo 1361/2011, promovido
por Jorge Alberto Morales Gallardo, contra actos de la Primera Junta
Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta
ciudad, se hace conocimiento resulta carácter tercera
perjudicada, término artículo 5º, fracción
III, inciso a) Ley de Amparo y 315 Código Federal
Procedimiento Civiles aplicado supletoriamente,
se le mandó
emplazar por edictos a juicio, para que si a sus intereses conviniere
se apersone, debiéndose presentar ante este juzgado federal,
ubicado Boulevard de las Naciones 640, Granja 39, Fracción
“A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, Código
Postal 39890, Acapulco, Guerrero, deducir derechos dentro de término
treinta días, contados a partir siguiente a última
publicación del presente edicto; apercibido de no comparecer
lapso indicado, ulteriores notificaciones aún carácter
personal surtirán efectos por lista se publique estrados este
órgano control constitucional. En inteligencia que este
juzgado ha señalado diez horas con diez minutos del cinco de
julio de dos mil doce, para celebración audiencia
constitucional. Queda disposición en secretaría juzgado
copia demanda amparo”.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico de mayor circulación en la República Mexicana, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, a los trece días del mes de junio de dos mil doce. Doy fe.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito
Lic. María Alejandra Popoca Pérez
Rúbrica.
(R.- 350644)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala
Sección Civil
EDICTO
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TLAXCALA
JUICIO ORDINARIO MERCANTIL 254/2010-B
El
juicio ordinario mercantil 254/2010-B,
promovido por Pablo Vázquez Dorantes, en su carácter de
apoderado legal para pleitos y cobranzas de BBVA Bancomer, Sociedad
Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo
Financiero BBVA Bancomer, en contra de Víctor Fernández
Vargas, el Juez Segundo
de Distrito en el Estado de Tlaxcala,
ordenó sacar a remate, en PRIMERA ALMONEDA, el bien inmueble
embargado inscrito en el Registro Público de la Propiedad y
del Comercio del Estado de Tlaxcala,
bajo la partida 406 a fojas
194 frente, sección primera, volumen 24, del Distrito de
Morelos. Señalándose para el desahogo de esa diligencia
las DIEZ HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL DIEZ DE AGOSTO DE DOS
MIL DOCE.
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 478 y 479 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, hágase saber a los postores que será postura legal, las dos terceras partes del precio fijado a la cosa, exhibida de contado, que asciende a la cantidad de $430,000.00 (cuatrocientos treinta mil pesos cero centavos, moneda nacional).
Asimismo, hágase saber a los postores que para formular sus propuestas deberán cumplir los requisitos establecidos en los numerales 481 y 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Lo que se comunica para su conocimiento y efectos legales procedentes.
PARA PUBLICARSE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION POR TRES VECES DENTRO DEL TERMINO DE NUEVE DIAS.
Atentamente
Tlaxcala, Tlax., a 11 junio de 2012.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala
Gustavo López Maldonado
Rúbrica.
(R.- 350740)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial
Juzgado Segundo de lo Civil del Estado de Puebla
Cholula, Puebla
EDICTO
SE CONVOCA TODO POSTOR INTERESADO, EXPEDIENTE 984/2009 RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL PROMOVIDO POR PABLO VAZQUEZ DORANTES APODERADO DE HIPOTECARIA NACIONAL SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, CONTRA FEDERICO ALBERTO RUIZ FLORES, DISPOSICION DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOLULA, AUTOS DE FECHA VEINTISIETE DE FEBRERO, VEINTE DE ABRIL Y QUINCE DE JUNIO AMBOS DE DOS MIL DOCE, CONVOQUENSE POSTORES PARA PRIMERA PUBLICA ALMONEDA DE REMATE SOBRE INMUEBLE IDENTIFICADO COMO:LA CASA TREINTA DE LA CALLE VALLES CALDERA DEL CONJUNTO HABITACIONAL GEO VILLAS SAN JACINTO DEL MUNICIPIO DE CUAUTLANCINGO ESTADO DE PUEBLA, TAMBIEN CONOCIDO COMO LA VIVIENDA MARCADA CON EL NUMERO TREINTA DE LA CALLE VALLES CALDERAS DEL CONJUNTO HABITACIONAL SUJETO AL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DENOMINADO COMERCIALMENTE GEO-VILLAS SAN JACINTO, CONDOMINIO VALLE CALDERAS NUMEROS VEINTISEIS Y VEINTISIETE, UBICADO EN CAMINO A LA EX HACIENDA DE SAN JACINTO SIN NUMERO, DE SAN LORENZO ALMECATLA, CUAUTLANCINGO, ESTADO DE PUEBLA, SEÑALANDOSE PARA EL DESAHOGO DE ESA DILIGENCIA LAS DOCE HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, SIENDO POSTURA LEGAL LA CANTIDAD DE $220,000.00 (DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) QUE SON LAS DOS TERCERAS PARTES SOBRE EL PRECIO DEL AVALUO. POR MEDIO DE EDICTOS PARA PUBLICARSE POR TRES VECES EN EL TERMINO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO.
Cholula, Pue., a 4 de julio de 2012.
C. Diligenciario del Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Cholula
Lic. Jesús Carreto Ochoa
Rúbrica.
(R.- 350885)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
TERCERA PERJUDICADA: COMERCIALIZADORA Y CONSTRUCTORA DE GOLF, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, SECCION AMPAROS, MESA I, JUICIO DE AMPARO 230/2012-I, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
En
los autos del juicio de amparo 230/2012-I, promovido por TADASHI
KATAOCA MATSUMOTO,
por su propio derecho: Nombre del quejoso
TADASHI KATAOCA MATSUMOTO: Terceros perjudicados COMERCIALIZADORA Y
CONSTRUCTORA DE GOLF, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y CARLOS
MORALES FRIAS: Autoridades responsables: Juez Vigésimo de lo
Civil del Distrito Federal, Actuario adscrito a dicho juzgado y
Delegado del Registro Público de la Propiedad y del Comercio
en Acapulco, Guerrero. IV. ACTOS RECLAMADOS: todo lo actuado en el
juicio especial hipotecario radicado
en el expediente número
1079/2009. AUTO ADMISORIO DE TRECE DE ABRIL DE DOS MIL DOCE…
pídase a las autoridades responsables su informe justificado…
AUTO DE VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DOCE…se fijan las DIEZ
HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL ONCE DE JULIO DEL DOS MIL DOCE, hágase
lo anterior del conocimiento de las partes… AUTO DE VEINTIOCHO
DE JUNIO DEL DOS MIL DOCE: …hágase el emplazamiento a
juicio de la tercera perjudicada COMERCIALIZADORA Y CONSTRUCTORA DE
GOLF, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de edictos, los
que deberán publicarse por tres
veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la
Federación y en un periódico de circulación
nacional…
haciéndole del conocimiento a dicha tercera perjudicada que
deberá presentarse ante este juzgado dentro del término
de treinta días, contado a partir del siguiente al de la
última publicación de los edictos, ya que de no
hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio
de lista en los estrados de este juzgado…”.
México, D.F., a 28 de junio de 2012.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Agustín Rivera Merino
Rúbrica.
(R.- 350930)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Salina Cruz, Oaxaca
Sección Penal
Mesa III
Causa Penal 183/2011
EDICTO
A QUIEN CORRESPONDA.
En razón de ignorar quien es el propietario del vehículo Sedán, marca Hyundai Chrysler, tipo Atos, modelo 2001, color blanco, con placas de circulación MEP-5705 del Estado de México, con número de VIN KMHAN51G61U128433, en regular estado de conservación, afecto a la causa penal 183/2001, que se radica en el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado, con sede en Salina Cruz, Oaxaca, de acuerdo a lo que establece el artículo 182 fracción II inciso d) del Código Federal de Procedimientos Penales, se procede a la notificación del presente por edicto que se publicará por una sola ocasión en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, para efectos de que dentro del plazo de noventa días naturales, ejerza su derecho respecto de la devolución del mismo, con el apercibimiento que de no hacer manifestación dentro del plazo concedido, se procederá a declarar su abandono, en términos del artículo 41 del Código Penal Federal, en concordancia con los artículos 38 fracción II, 39 y 46 de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.
Atentamente
Salina Cruz, Oax., a 20 de junio de 2012.
El Secretario Judicial del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Oaxaca
Lic. José Antonio Gómez Gómez
Rúbrica.
(R.- 350933)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
Mérida, Yuc.
Sección Amparo
Exp. 549/2011
EDICTO
AL PUBLICO EN GENERAL
En
el juicio de amparo número II-549/2011, promovido por LUCIANO
CRUZ MANZANO TORRES, contra actos que reclama del DIRECTOR GENERAL DE
INSPECCION Y VIGILANCIA DE LA COMISION NACIONAL DE ACUACULTURA Y
PESCA (CONAPESCA), CON SEDE EN MAZATLAN, SINALOA, y otras
autoridades,
consistente en la retención de los bienes muebles consistentes
en una lancha tipo Imensa, Eslora
de
25 pies, manga de 72 pulgadas, puntal de 38 pulgadas y un motor
marino modelo BE175NXEC, marca Evinrude de 175 h.p., con motivo de la
inspección realizada por Oficiales Federales de Pesca
adscritos a la Dirección General de Inspección y
Vigilancia de la SAGARPA, el veintiuno de marzo de dos mil once, en
aguas
de jurisdicción federal frente a las costas del poblado de
Sisal, Hunucmá, Yucatán; habiéndose admitido
el
juicio de amparo de mérito por auto de trece de abril de dos
mil once y a pesar de haberse agotado diversas medidas de
investigación, se ignora el domicilio del tercero perjudicado
JUAN CARLOS CAMPOS, motivo por el cual se ordenó emplazarlo a
juicio por edictos, que se publicarán por TRES VECES DE SIETE
EN SIETE DIAS en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana, haciéndole saber al mencionado tercero perjudicado
que queda a su disposición, en
la Secretaría de este
Juzgado, copia simple de la demanda de garantías, y que en
caso de convenir a sus intereses deberá presentarse
dentro del término de TREINTA DIAS contados a partir del día
siguiente al de la última publicación, a dar
cumplimiento a la prevención que se le hizo en el acuerdo de
veintitrés de junio de dos mil once, en el sentido de señalar
domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones en
este juicio, apercibido que en caso de no hacerlo, las subsecuentes
notificaciones se le harán por lista, con apoyo en el artículo
28, fracción III, de la Ley de la materia; una vez
transcurrido dicho término sin hacer pronunciamiento alguno al
respecto, se seguirá el juicio en su rebeldía.
Se expide el presente edicto en la ciudad de Mérida, Yucatán, a los siete días de mayo de dos mil doce.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán
María Teresa Aguilar Be
Rúbrica.
(R.- 350657)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Juicio de Amparo 439/2012
Secc. Amps.
Mesa IX
Exp. 439/2012
En
el juicio de amparo 439/2012, promovido por Banco Nacional de
Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, Institución
de Banca de Desarrollo, contra actos de la Novena Sala Civil del
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en virtud de
ignorar el domicilio de la tercera perjudicada Tesoros Internacional,
Sociedad Anónima de Capital Variable, por auto de 26 de junio
de 2012, se ordenó emplazarla por medio
de edictos;
haciendo de su conocimiento que deberá presentarse dentro del
plazo de 30 días, contados a partir del día siguiente
al de la última publicación, por apoderado o por
persona autorizada en términos de ley que pueda representarla;
de lo contrario, se le harán todas las notificaciones por
medio de lista. En el amparo
de mérito se reclama la
sentencia de veinticinco de abril de 2012, dictada por la Novena Sala
Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en el
toca de apelación 301/2012, misma que confirmó la
sentencia interlocutoria de 24 de febrero de 2012, dictada por el
Juez 59o
Civil del D.F., mediante el cual se aprobó parcialmente el
incidente de liquidación de intereses con conversión de
cantidades a pesos mexicanos, derivado del juicio especial
hipotecario expediente 375/2008.
EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS HABILES.
México, D.F., a 26 de junio de 2012.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Yara Patricia Morales Chavarría
Rúbrica.
(R.- 350922)
AVISO AL PUBLICO
Se comunica que para las publicaciones de estados financieros, éstos deberán ser presentados en un solo archivo. Dicho documento deberá estar capturado en cualquier procesador de textos WORD.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en
el Estado de Guerrero
EDICTO
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN
EL ESTADO DE GUERRERO.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 1663/2011-III, PROMOVIDO POR ARTURO LATABAN LOPEZ, EN SU CARACTER DE AUDITOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA AUDITORIA GENERAL DEL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD, EL CIUDADANO JORGE ARTURO PORRAS GUTIERREZ, JUEZ PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO, ORDENO QUE SE PUBLICARA EL SIGUIENTE EDICTO QUE A LA LETRA DICE:
SE
HACE DEL CONOCIMIENTO DE FELIPE DE JESUS CABRERA HERNANDEZ, QUE LE
RESULTA EL CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO EN TERMINOS DEL ARTICULO
5, FRACCION III, INCISO A) DE LA LEY DE AMPARO, DENTRO DEL JUICIO DE
AMPARO INDIRECTO 1663/2011-III, PROMOVIDO POR ARTURO LATABAN LOPEZ,
EN SU CARACTER DE AUDITOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA
AUDITORIA GENERAL DEL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD, CONTRA
ACTOS
DEL DIRECTOR GENERAL CONSULTIVO DE LA PROCURADURIA GENERAL DE
JUSTICIA
DEL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD Y OTRAS AUTORIDADES,
EXPEDIENTE QUE CORRESPONDE AL INDICE DE ESTE JUZGADO PRIMERO DE
DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA OFICIAL EN LA CIUDAD DE
CHILPANCINGO, GUERRERO; POR TANTO, SE LE HACE SABER QUE DEBERA
PRESENTARSE ANTE ESTE JUZGADO FEDERAL A DEDUCIR SUS DERECHOS DENTRO
DE UN TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE
LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO; APERCIBIDO QUE DE NO
COMPARECER DENTRO DEL LAPSO INDICADO,
LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARACTER PERSONAL LES
SURTIRAN
EFECTOS POR MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUE EN LOS ESTRADOS DE ESTE
ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL.
LO QUE SE PUBLICA PARA LOS EFECTOS LEGALES PROCEDENTES.
Atentamente
Chilpancingo, Gro., a 25 de mayo de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero
de Distrito en el Estado de Guerrero
José Salvador Cervantes Olvera
Rúbrica.
(R.- 350331)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Baja California,
con residencia en Ensenada, Baja California
EDICTO
A: Norteamericana L&M COMPANIES INC.
JUICIO DE AMPARO 202/2012-I
PROMOVIDO POR: MARGARITA ESTHELA RODRIGUEZ MONTAÑEZ, CONTRA ACTOS DE LAS AUTORIDADES QUE DENOMINO COMO JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MERCANTIL EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO SONORA, Y OTRAS AUTORIDADES.
Por auto de fecha doce de marzo de dos mil doce, dictado en el juicio de amparo número 202/2012, promovido por MARGARITA ESTHELA RODRIGUEZ MONTAÑEZ, se tuvo a Norteamericana L&M COMPANIES INC., como tercero perjudicado, y habiendo agotado los medios de localización, se ordenó emplazar al tercero perjudicado, por medio de EDICTOS, a publicarse POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciendo de su conocimiento que deberá comparecer al presente juicio de garantías dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos que se ordenan; igualmente, se le requiere para que dentro del término de tres días contados a partir del día siguiente al en que surta sus efectos legales la presente notificación, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por lista, lo anterior con fundamento en el artículo 30 fracción II, de la Ley de Amparo, quedando asimismo a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías; en el entendido de que el presente juicio de garantías es promovido por MARGARITA ESTHELA RODRIGUEZ MONTAÑEZ, contra actos de las autoridades que denomina JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MERCANTIL EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO SONORA, Y OTRAS AUTORIDADES, y se reclama en el juicio de amparo 202/2012-I:
“Al C. Juez Primero de Primera Instancia Mercantil de la ciudad de Hermosillo Sonora, se le reclama la orden que dio dentro del expediente registrado como Juicio Ordinario Mercantil promovido por la empresa Norteamericana L&M COMPANIES INC, en contra de la empresa agrícola LOS EUCALIPTOS, S.A. DE C.V. y del SR. GAMALIEL MUNGUIA SALGADO, registrado con número de expediente de las cuentas bancarias números 6311930237 y 4051588366, afectación que consiste en el embargo y disposición del numerario que exista en esas cuentas de la institución bancaria denominada HSBC, Sucursal 0139 de San Quintín, Municipio de Ensenada, Baja California.
Del C. Juez Civil y Actuario adscrito ambos de San Quintín, del municipio de Ensenada, Baja California, les reclamo la ejecución del embargo sobre las cuentas bancarias números 6311930237 y 4051588366, afectación que consiste en el embargo y disposición del numerario que existía en esas cuentas de la institución bancaria denominada HSBC, Sucursal 0139 de san Quintín, Municipio de Ensenada, Baja California (sic)”.
Ensenada, B.C., a 18 de junio de 2012.
Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado
Lic. Claudia Lizette González González
Rúbrica.
(R.- 350334)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
TERCERA PERJUDICADA, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL MAYRA ROMERO GONZALEZ, PATRICIA RAMIREZ ROMERO Y KARLA ESTHER RAMIREZ ROMERO.
En virtud de la demanda de amparo directo promovida por JULIO SUAREZ CASTILLO, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Magistrados Integrantes de la Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia definitiva dictada en su contra el veinte de junio de dos mil ocho, dentro del toca penal 0936/2008, por la comisión de delitos en agravio de la TERCERA PERJUDICADA, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL MAYRA ROMERO GONZALEZ, PATRICIA RAMIREZ ROMERO Y KARLA ESTHER RAMIREZ ROMERO, por auto de veintiocho de marzo de dos mil doce, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número 278/2012 y de conformidad con el artículo 5º, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, este Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, consideró que a las ofendidas dentro de la causa penal 249/2007, de origen, les asiste el carácter de terceras perjudicadas en el presente juicio de garantías; por tanto, se reservó proveer respecto a la admisión o rechazo de la demanda en cuestión, y se ordenó la búsqueda de las citadas terceras perjudicadas en los domicilios donde pudiesen ser emplazadas, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se agotaron los medios de investigación para su localización, sin haber obtenido resultado alguno; por lo que, en proveído de cuatro de junio de dos mil doce, este Tribunal ordenó su emplazamiento, por medio de edictos, en términos del artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República (Periódico Excelsior), para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, la TERCERA PERJUDICADA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL MAYRA ROMERO GONZALEZ, PATRICIA RAMIREZ ROMERO Y KARLA ESTHER RAMIREZ ROMERO, se apersonen al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo así, se les tendrá por emplazadas y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les realizarán por medio de lista que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos de los artículos 29, fracción II, en relación con el diverso 28, fracción III de la Ley de Amparo; asimismo, hágase saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de garantías interpuesta, se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano colegiado.
Mexicali, B.C., a 4 de junio de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Cuarto
Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Lic. Ana Luisa Araceli Pozo Meza
Rúbrica.
(R.- 350262)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Quintana Roo,
con residencia en Cancún
Juicio de Amparo 380/2012
EDICTO
En el juicio de amparo 380/2012, promovido por ARACELI SANTIAGO ROJAS, se señaló como acto reclamado: “…la falta de emplazamiento legal al juicio especial de desahucio, radicado ante el Juez Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cancún, Quintana Roo, con el número 320/2011, promovido por Inmobiliaria Cancún Maya, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra Sergio Alberto Ramírez Grande”. Señalándose las NUEVE HORAS DEL TREINTA DE JULIO DE DOS MIL DOCE, para la celebración de la audiencia constitucional. Se ordenó emplazar al Tercero Perjudicado Sergio Alberto Ramírez Grande, por medio de edictos a costa de la quejosa, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en el periódico “Excélsior de México”, haciéndole saber que deben de presentarse ante este Juzgado del Distrito dentro de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación y señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo, se seguirá el juicio haciéndoles las ulteriores notificaciones por medio de lista, quedando a su disposición en la Secretaría las copias de traslado.
Atentamente
Cancún, Q. Roo, a 3 de julio de 2012.
El Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Quintana Roo
Lic. Miguel Nahim Nicolás Jiménez
Rúbrica.
(R.- 350882)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Cuadragésimo Sexto de lo Civil
EDICTO
En
los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR BANCA MIFEL
S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO MIFEL EN CONTRA
DE COMPAÑIA DE EQUIPOS, MAQUINARIA Y TRANSFORMACION DE PAPEL
S.A. DE C.V. Y OTRO, EXPEDIENTE NUMERO 708/2009, EL C. JUEZ
CUADRAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL, señaló las DOCE HORAS
DEL DIA DIECISEIS DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, para que se lleve a cabo
la audiencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA respecto del bien inmueble
embargado UBICADO EN CASA NUMERO NUEVE DE LA CALLE CLUB
DE GOLF
MEXICO, COLONIA CLUB DE GOLF MEXICO DELLEGACION TLALPAN, EN ESTA
CIUDAD DE MEXICO DISTRITO FEDERAL, cuyas medidas y colindancias obran
en los avalúos rendidos en autos, siendo postura legal la que
cubra la totalidad del precio de avaluo por tratarse de juicio
EJECUTIVO MERCANTIL que es la cantidad de $6,543,377.45 (SEIS
MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE
PESOS 45/100 M.N.), con fundamento en el artículo 1411 del
Código de Comercio.
SE CONVOCAN POSTORES.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS.
EN LOS TABLEROS DE AVISOS DE ESTE JUZGADO Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
México, D.F., a 25 de junio de 2012.
El C. Secretario de Acuerdos
Lic. Ciro Cueto de la Cruz
Rúbrica.
(R.- 350903)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito
Ciudad Juárez, Chih.
EDICTO
En el juicio de amparo 158/2012-II, promovido por JUAN CARLOS GURROLA NAVARRO, del índice de este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, contra actos del Juez de Garantía del Distrito Judicial Bravos, residente en esta ciudad, a quien le reclama el auto de vinculación dictado en su contra, dentro de la causa penal 977/2011, por el delito de secuestro en perjuicio de Miguel Barajas Barragán, por hechos ocurridos aproximadamente desde las siete horas con treinta minutos hasta las dieciséis horas con veinte minutos del nueve de junio de dos mil once.
Por proveído de veintidós de marzo de dos mil doce, se admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por el directamente agravidado, contra actos del Juez de Garantía del Distrito Judicial Bravos, a quien le reclamó: IV. ACTO RECLAMADO: De la Autoridad señalada como ordenadora reclamo lo siguiente:
I.- QUE OPERA A FAVOR DEL HOY AMPARISTA UNA CAUSA DE EXCLUSION DE DELITO COMO LO ES LA ATIPICIDAD PREVISTA EN EL ART. 28 FRACC. II DEL CODIGO PENAL VIGENTE.
II.- NO ESTAN PLENAMENTE CONFIGURADOS LOS ELEMENTOS INTEGRALES DE LA DESCRIPCION TIPICA, POR EL CUAL FUI ILEGALMENTE VINCULADO A PROCESO.
III.-
SE RECLAMA QUE NO SE VALORARON ADECUADAMENTE LOS MEDIOS DE PRUEBA,
DE ACUERDO A LAS REGLAS DE LA MAXIMAS DE LA EXPERIENCIA Y DE LA
SANA CRITICA, QUE REGULAN LA VALORIZACION DE LA PRUEBA.
IV.- SE RECLAMA QUE LOS PRESENTES HECHOS QUE SE SOMETEN PARA SU ANALISIS CONSTITUCIONAL, NO ENCUADRAN EN EL TIPO PENAL POR CUAL SE ME VINCULO A PROCESO.
V.- SE RECLAMA LA ANTICONSTITUCIONAL E ILEGAL, DE DICHA RESOLUCION QUE SE PRONUNCIO SIN HABERSE SEGUIDO LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO, YA QUE NO ESTA DEBIDAMENTE FUNDADO Y MOTIVADO LA RESOLUCION EMITIDA POR EL TRIBUNAL DE GARANTIA, QUE HOY SE SOMETE A SU ANALISIS CONSTITUCIONAL.
Durante
el trámite del juicio de amparo, se advirtió que a
Miguel Barajas Barragán, le reviste el carácter
de
tercero perjudicado, de conformidad con lo establecido por el
artículo 5, fracción II, inciso b) de la
Ley de
Amparo, atento a ello, se giró oficio al Fiscal de
Investigación y Persecución del Delito Zona Norte,
a
fin de que proporcionará el domicilio de dicho tercero, con la
información proporcionado por ésa autoridad, por
proveído de nueve de abril del año en curso, se
comisionó al Actuario de la adscripción para que lo
emplazará, sin haber obtenido respuesta favorable.
En consecuencia, por diverso proveído de doce de abril del año que transcurre, y conforme al artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se ordenó hacer la investigación del domicilio del tercero perjudicado Miguel Barajas Barragán, girando oficio a diversas autoridades, sin llegar a la localización de éste.
En
tal virtud, por proveídos de cinco y ocho de junio de dos mil
doce, se autorizó la publicación de los edictos a cargo
del Consejo de la Judicatura Federal, para lo cual se ordenó
remitir oficio al Administrador Regional del Consejo de la Judicatura
Federal en Ciudad Juárez, Chihuahua, a efecto de que proveyera
lo necesario para la publicación de los edictos, los cuales
deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días,
en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la república,
haciéndole saber al tercero perjudicado Miguel Barajas
Barragán, que deberá presentarse dentro del término
de treinta días contados a partir del día siguiente al
de la última publicación, así como, que se
señaló como fecha para la audiencia constitucional
dentro del presente juicio de amparo las DIEZ HORAS DEL VEINTE DE
JULIO DE DOS MIL DOCE; fijándose además en la puerta de
este juzgado una copia íntegra de este proveído por
todo el tiempo del emplazamiento, con el apercibimiento que si pasado
ese término no comparece
a este juzgado, las ulteriores
notificaciones se le harán por medio de rotulón el que
se fijará en las puertas
de este juzgado.
Lo anterior con apoyo en lo dispuesto en el Artículo 30, Fracción II, de la Ley de Amparo y el numeral 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia.
Ciudad Juárez, Chih., a 8 de junio de 2012.
El Secretario
Lic. Armando Guerrero Ríos
Rúbrica.
(R.- 350271)
Estados Unidos Mexicanos
Gobierno de Tamaulipas
Poder Judicial
Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas
Juez Primero de Primera Instancia Penal del Cuarto Distrito Judicial
EDICTO
DEPENDENCIA: JUZGADO 1o. DE 1a. INST. PENAL
(PROFESOR ROMERO 11 Y 12 #45 COL. INDUSTRIAL).
SECCION: PENAL
EXPEDIENTE: 165/2008
ASUNTO: Edicto.
ACUERDO.
En Matamoros, Tamaulipas, a (27) veintisiete de junio de dos mil doce (2012).
Se
tiene por recibido el oficio signado por el licenciado Ignacio García
Zuñiga, Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala Unitaria del
Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Tamaulipas, con
residencia
en ciudad Victoria, Tamaulipas, abrase cuadernillo
auxiliar con motivo del juicio de amparo directo promovido por los
sentenciados de autos, en contra de la ejecutoria dictada en Segunda
Instancia, y en atención a lo ordenado por la Superioridad,
este Organo Jurisdiccional, apegándose a lo dispuesto en el
articulo 30 fracción II, de la Ley de Amparo, y agotados todos
los medios a su alcance y tomando todas las medidas pertinentes con
objeto de investigar el paradero y lugar de residencia del tercero
perjudicado Guadalupe Blanco Mendoza, tercero perjudicado que es el
emplazable al juicio de amparo; por lo tanto con estricto apego a lo
dispuesto en el articulo 30 fracción II de la Ley de Amparo,
al agotarse los medios al alcance de este Tribunal para indagar el
domicilio del tercero perjudicado de merito y ante la imposibilidad
de lograr ese objetivo; con fundamento
en el numeral 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado
supletoriamente por disposición expresa del artículo II
de la Ley de Amparo, se ordena emplazar al tercero perjudicado
GUADALUPE BLANCO MENDOZA, en el Diario Oficial de la Federación
y en uno de los periódicos de mayor circulación de la
republica mexicana y se fijaran además en la puerta del
Juzgado, haciéndole saber al tercero perjudicado que cuenta
con un término de treinta días, para que si lo estima
pertinente ocurra directamente a juicio, así mismo infórmesele
a dicho perjudicado que la copia de la demanda de amparo queda a su
disposición en la Secretaria de este Juzgado, por otro lado y
con objeto de dar cumplimiento a lo antes mencionado requiérase
a los quejosos Alfredo Rodriguez Vazquez y Jesus Alfredo Rodriguez
Ceceño ya sea por si mismos o por conducto de su autorizado en
los términos del articulo 27 de la Ley de Amparo, para que en
el improrrogable termino de tres días contados a partir de que
surta efectos la notificación de este auto comparezca ante
este Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Penal, con el objeto
de recibir los edictos correspondientes para su publicación,
los cuales correrán a su costa; en el entendido que una vez
que se haya realizado la reseñada publicación, deberá
presentar ante este Organo Jurisdiccional las constancias que
acrediten la orden
de publicación de los edictos
mencionados, de igual forma comuníquese lo anterior a la
Segunda Sala Unitaria en Materia Penal del Supremo Tribunal de
Justicia en el Estado de Tamaulipas, con residencia oficial
en
Ciudad Victoria, Tamaulipas.
Lo anterior con fundamento en los artículos 18, 20, 21, 91, 307 y demás relativos del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado.
Notifíquese y Cúmplase.
Así lo acuerda y firma el Licenciado LEOBARDO MARTINEZ CONTRERAS Juez Primero de Primera Instancia de lo Penal del Cuarto Distrito Judicial del Estado, quien actúa con el licenciado JOSE LUIS GARCIA GONZALEZ, Secretario de Acuerdos y que da fe. Doy fe.
Enseguida se publicó en lista.
Secretario de Acuerdos
Lic. José Luis García González
Rúbrica.
(R.- 350733)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas,
con residencia en Ciudad Reynosa, Tamaulipas
PABLO CRUZ GERONIMO
Tercero Perjudicado.
En
los autos del juicio de amparo 91/2012-IV y su acumulado 92/2012-IV,
promovido por ROBERTO SERVIN RUIZ y LARIKEN CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, en contra del Junta Especial número
cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado,
Presidente y Actuario adscritos a dicha junta, en virtud de que se le
ha señalado como tercero perjudicado y en cumplimiento al
acuerdo dictado el dieciocho de mayo de dos mil doce, se ha ordenado
emplazarlo a juicio por EDICTOS a costa del consejo de la Judicatura
Federal, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete
en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y
en uno de los periódicos de mayor circulación en la
República, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal
de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la
ley reglamentaria invocada.
Amparo Indirecto 91/2012-IV y su acumulado 92/2012-IV Laboral.
Quejosos:
ROBERTO SERVIN RUIZ.
LARIKEN CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Tercero Perjudicado:
PABLO CRUZ GERONIMO
Autoridades Responsables:
1.- Junta Especial número cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.
2.- Presidente de la Junta Especial número cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado
3.- Actuario adscrito a la Junta Especial número cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.
Acto Reclamado:
Del
c. Actuario adscrito el ilegal emplazamiento a juicio al suscrito que
se me equipara a un tercero extraño
al mismo como codemandado fisco dentro del expediente laboral número
91/5/2010; de la H. Junta Especial número 5 de la local de
Conciliación y Arbitraje en el Estado, y como consecuencia del
ilegal emplazamiento
a juicio al suscrito la totalidad de las
actuaciones posteriores dentro del expediente antes mencionado; y
del
C. Presidente de la Junta antes mencionada, el auto que ordena
el ilegal emplazamiento a juicio al suscrito dictado dentro del
citado expediente, así como las actuaciones posteriores
Antecedentes del acto reclamado:
Como
lo justifico con la cedula de notificación correspondiente, en
fecha 25 de Enero del actual fui notificado por el actuario adscrito
a la Junta Especial Número 5 de la Local de Conciliación
y Arbitraje en el Estado en esta ciudad de un laudo dictado dentro
del expediente laboral de donde emana el acto reclamado, dándome
cuenta por ese medio y hasta esa fecha que ante la autoridad
responsable el C. PABLO CRUZ GERONIMO, demandó laboralmente y
en la vía ordinaria al suscrito y a la empresa LARIKEN
CONSTRUCIONES, S.A. DE C.V., y a quien resultara responsable de la
fuente de trabajo, el pago de la indemnización Constitucional
y otros conceptos laborales. Dándome cuenta mediante dicha
notificación que la junta radicó la demanda y la
registró con el número 91/5/2010, fijado fecha señalada
compareció por parte del actor el LIC. RAMON GONZALEZ
HERNANDEZ, no compareciendo personal alguna como partes demandas y
quien resultará responsable de la fuente de trabajo,
siguiéndose dicha audiencia con la segunda etapa como es la de
demandada y excepciones, en la cual la parte actora realizó
diversa precisiones, teniéndose al suscrito debido a mi
incomparecencia por contestada la demanda en sentido afirmativo
habiéndose señalado posteriormente una nueva fecha para
la audiencia en la etapa de demanda y excepciones haciéndose
efectivo el apercibimiento al suscrito y teniéndose por
perdido el derecho para ofrecer pruebas. De lo anteriormente expuesto
se desprende que al actuario supuestamente se constituyó en el
domicilio señalado como del suscrito y realizó el
ilegal emplazamiento sin cumplir con las formalidades que exige la
Ley Federal del Trabajo en materia de emplazamiento, por lo que bajo
protesta de decir verdad, manifiesto que el suscrito nunca fui
emplazado a juicio y por lo tanto no fui oído ni vencido en el
mismo, y si bien es cierto que en el expediente obran el citatorio y
la cedula de notificación mediante los cuáles
supuestamente se me emplazó, lo cierto es que no reúnen
los requisitos que establece el artículo 743 de la Ley Federal
del Trabajo, pues el actuario omite asentar las razones por las que
al persona que lo atendió en el caso del citatorio no firma
este ni sienta fehacientemente si dicha persona que lo atendió
se encontraba en la casa o local donde
se constituyó,
además de que el referido emplazamiento no fue recibido por
mí, ni tuve conocimiento de su existencia, por lo que desde
luego que el suscrito no comparecí a la citada audiencia
trifásica antes mencionada y en consecuencia se me tuvo por
contestando la demanda en sentido afirmativo, y por pedido el derecho
de ofrecer pruebas. Y de no ser por la notificación del laudo
de fecha veinticinco de enero del actual me fue notificada y que fue
encontrada por el suscrito por debajo de la puerta del domicilio
donde se constituyó el actuario, no hubiera habido
conocimiento de la existencia de la demanda laboral en su contra en
la junta número 5 en esta ciudad.
Acto reclamado.
Del
actuario adscrito el ilegal emplazamiento a juicio a la empresa
LARIKEN CONSTRUCCIONES,
S.A. DE C.V., que se le equipara a un
tercero extraño al mismo como persona moral codemandada,
dentro del expediente laboral número 91/5/2010; de la H. Junta
Especial número 5 de la Local de Conciliación y
Arbitraje del Estado, y como consecuencia del ilegal emplazamiento a
juicio a mi representada la totalidad de las actuaciones posteriores
dentro del expediente antes mencionado; y el C. Presidente de la
Junta antes mencionada, el auto que ordena el ilegal emplazamiento a
juicio a mi representada dictado dentro del citado expediente, así
como las actuaciones posteriores,
Antecedentes del acto reclamado
Como lo justifico con la cédula de notificación correspondiente, en fecha veinticinco de enero del actual la empresa que represento fue notificada por el actuario adscrito a la Junta Especial número 5 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado en esta ciudad, de un laudo dictado dentro del expediente laboral de donde emana el acto reclamado dándome cuenta por ese medio y hasta esa fecha que ante la autoridad responsable el C. PABLO CRUZ GERONIMO, demandó laboralmente y en la vía ordinaria a la empresa que represento denominada LARIKEN CONSTRUCCIONES S.A DE C.VC., al suscrito ROBERTO SERVIN RUIZ, en lo personal, y a quien resultara responsable de la fuente de trabajo, el pago de la indemnización constitucional y otros conceptos laborales. Dándome cuenta mediante dicha notificación hecha a mi representada que la Junta radicó la demanda y la registro con el número 91/5/2010, fijando fecha para que tuviera verificativo la audiencia de ley. Por lo que al llegar a la fecha señalada compareció por parte del actor el LIC. RAMON GONZALEZ HERNANDEZ, no compareciendo persona alguna por parte de mi representada y quien resultara responsable de la fuente de trabajo, siguiéndose dicha audiencia con la segunda etapa como es la demanda y excepciones, en la cual la parte actora realizó diversas precisiones, tendiéndose a mi representada debido a su incomparecencia por contestando la demanda en sentido afirmativo, habiéndole señalado posteriormente una nueva fecha para la audiencia en la etapa de demanda y excepciones haciéndose efectivo el apercibimiento a mi representada y teniéndose por perdido el derecho para ofrecer pruebas. De lo anteriormente expuesto se desprende que el actuario supuestamente se constituyó en el domicilio señalado como de mi representada y realizó el ilegal emplazamiento sin cumplir con las formalidades que exige la Ley Federal del Trabajo en materia de emplazamiento. Por lo que bajo protesta de decir verdad manifiesto que mi representada no fue emplazada a juicio y por tanto no fue oída ni vencida en el mismo, y si bien es cierto que en el expediente obran el citatorio y la cédula de notificación mediante los cuales supuestamente se le emplazó, lo cierto es que no reúnen los requisitos que establece el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo, pues el actuario omite asentar las razones por las que la persona que lo atendió en el caso del citatorio no firma este no asienta fehacientemente si dicha persona que lo atendió se encontraba en la casa o local donde se constituyó, además que el referido emplazamiento no fue recibido por mi representada ni tuvo conocimiento de su existencia, por lo que desde luego que mi representada no compareció a la citada audiencia trifásica antes mencionada y en consecuencia se me tuvo por contestando la demanda en sentido afirmativo, y por pedido el derecho de ofrecer pruebas. Y de no ser por la notificación del laudo de fecha veinticinco de enero del actual me fue notificada y que fue encontrada por el suscrito por debajo de la puerta del domicilio donde se constituyó el actuario, no hubiera habido conocimiento de la existencia de la demanda laboral en su contra en la junta número 5 en esta ciudad.
Preceptos Constitucionales Violados:
14 y 16.
Haciéndole saber que cuenta con un término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, para que ocurra ante este juzgado federal a hacer valer sus derechos.
Reynosa, Tamps., a 6 de junio de 2012.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas
Saira Miriam Gracia Carrasco
Rúbrica.
(R.- 350641)
AVISOS GENERALES
|
GRUPO EUROLOOK S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
Se convoca a los accionistas de la sociedad GRUPO EUROLOOK, S.A. DE C.V., a la celebración de la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA de accionistas a celebrarse en primera convocatoria a las DIEZ HORAS del día TREINTA Y UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE en el domicilio social ubicado en Miguel Lerdo de Tejada número Noventa y Tres Letra B, colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01020, en México, Distrito Federal, con el objeto de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Discusión, aprobación o modificación, en su caso, del informe del administrador único sobre el estado financiero y marcha de la sociedad, respecto de los ejercicios sociales de los años 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011.
2.- Aplicación de resultados.
3.- Ratificación o remoción, en su caso, del administrador único de la sociedad.
4.- Ratificación o remoción del comisario de la sociedad.
5.- Ratificación o remoción del apoderado de la sociedad.
6.- Informe general del administrador único respecto de las actividades de la sociedad.
7.- Asuntos generales.
Los accionistas podrán hacerse representar en la asamblea por mandatario a quién bastará otorguen facultades de representación mediante carta poder, asimismo los accionistas.
A partir de la publicación de la presente convocatoria, quedan a disposición de los asambleístas los documentos contables, financieros y sociales a fin de que los mismos sean analizados.
México, D.F., a 2 de julio de 2012.
Administrador Unico
José Luis Sánchez Sánchez
Rúbrica.
(R.- 350680)
Servicio de Administración Tributaria
Administración General Jurídica
AVISO
MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO
DE LA
ADMINISTRACION LOCAL DE AUDITORIA FISCAL DE CAMPECHE,
CON SEDE EN
CIUDAD DE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE
A los sujetos de la competencia de la Administración Local de Auditoría Fiscal de Campeche, con sede en Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, autoridades federales, locales, dependencias, entidades federativas, litigantes, órganos jurisdiccionales, y al público en general, se les informa:
Con el propósito de proveer el mejor despacho de los asuntos y en consecuencia ejercer las facultades contenidas en los artículos 17 y 19 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, contenido en el artículo primero del “Decreto por el que se expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, en vigor a partir del 23 de diciembre de 2007, modificado por el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2010, en vigor al día siguiente de su publicación con fundamento en los artículos 3, fracciones VIII y XV, y 22, fracción XX del referido Reglamento Interior; se hace del conocimiento de todas las autoridades federales, locales, dependencias, entidades federativas, litigantes, órganos jurisdiccionales y al público en general, que a partir del día dos de julio del año en curso, el domicilio de la Administración Local de Auditoría Fiscal de Campeche, con sede en Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, se encuentra ubicado en Avenida Lavalle Urbina No. 3 entre Avenida Fundadores y calle Ricardo Castillo Oliver, Fraccionamiento Area Ah-Kim-Pech, Sector Fundadores, Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, C.P. 24010. Lo anterior para todos los efectos judiciales, legales y administrativos procedentes.
México, D.F., a 21 de junio de 2012.
El Administrador General Jurídico
Lic. Jesús Rojas Ibáñez
Rúbrica.
(R.- 350791)
Pemex Gas y Petroquímica Básica
Dirección Corporativa de Administración
de Petróleos Mexicanos
Subdirección de Administración Patrimonial
AVISO MODIFICATORIO
A TODOS LOS ADQUIRENTES DE BASES DE LA LICITACION PUBLICA NUMERO
SUAP-DG-05/12
De conformidad con lo establecido por el artículo 55 de las Normas, Bases, Lineamientos y Procedimientos para la Administración del Patrimonio de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y Lineamiento 152 párrafo final de los Lineamientos Generales para la Administración de los Bienes Inmuebles de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, se les comunica que se modifican los términos de la convocatoria publicada en este mismo medio el día 16 de mayo de 2012, para quedar de la siguiente manera:
Dice |
Debe decir |
Descripción y ubicación del gasoducto |
Descripción y ubicación del gasoducto |
Ductos, equipos, estaciones de medición y regulación de los Ramales… en los Estados de México, Hidalgo, Querétaro y Puebla |
Ductos, equipos, estaciones de medición y regulación de los Ramales… en los Estados de México e Hidalgo |
Longitud aproximada |
Longitud aproximada |
Estaciones de Medición y Regulación 21 (veintiún estaciones) |
Estaciones de Medición y Regulación 14 (catorce estaciones) |
Se comunica lo anterior, para todos los efectos legales y normativos a que haya lugar.
México, D.F., a 12 de julio de 2012.
El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Lic. Juan Zuani González
Rúbrica.
(R.- 350947)
Servicio de Administración Tributaria
Administración General Jurídica
NOTA
ACLARATORIA AL “AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL
CAMBIO
DE DOMICILIO DE LAS ADMINISTRACIONES LOCALES DE AUDITORIA
FISCAL,
JURIDICA, SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE Y RECAUDACION, ASI
COMO DE LAS SUBADMINISTRACIONES DE RECURSOS Y SERVICIOS, Y DE LA
LOCAL
DE COMUNICACIONES Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION DE CIUDAD
JUAREZ,
CON SEDE EN CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA”, PUBLICADO EN
EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 22 DE MAYO DE 2012
A los sujetos de la competencia de las administraciones locales de Auditoría Fiscal, Jurídica, Servicios al Contribuyente y Recaudación, así como de las Subadministraciones de Recursos y Servicios, y de la local de Comunicaciones y Tecnologías de la Información de Ciudad Juárez, con sede en Ciudad Juárez, Chihuahua, autoridades federales, locales, dependencias, entidades federativas, litigantes, órganos jurisdiccionales, y al público en general, se les informa:
Con fundamento en los artículos 19, 24 y 27 en relación con los artículos 17, 22 y 25 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, contenido en el artículo primero del "Decreto por el que se expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, en vigor a partir del 23 de diciembre de 2007, modificado por el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2010, en vigor al día siguiente de su publicación con fundamento en el artículo 3, fracciones VIII y XV del referido Reglamento Interior, se hace del conocimiento la nota aclaratoria respecto del “Aviso mediante el cual se da a conocer el cambio de domicilio de las administraciones locales de Auditoría Fiscal, Jurídica, Servicios al Contribuyente y Recaudación, así como de las Subadministraciones de Recursos y Servicios, y de la local de Comunicaciones y Tecnologías de la Información de Ciudad Juárez, con sede en Ciudad Juárez, Chihuahua”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de mayo de 2012, en los siguientes términos:
En la parte final del párrafo dice:
“… se encuentra ubicado en avenida Teófilo Borunda número 8670-A, esquina con Paseo de la Victoria, colonia Partido Iglesias, código postal 32618, en Ciudad Juárez, Chihuahua. …”
Debe decir:
“… se encuentra ubicado en avenida Teófilo Borunda número 8670-A, esquina con Paseo de la Victoria, colonia Partido Iglesias, código postal 32528, en Ciudad Juárez, Chihuahua. …”
México, D.F., a 2 de julio de 2012.
El Administrador General Jurídico
Lic. Jesús Rojas Ibáñez
Rúbrica.
(R.- 350794)
VC SOLUTION MEXICO, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
De conformidad con el artículo décimo primero de los estatutos sociales, así como el ciento ochenta y seis de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de VC Solution México, Sociedad Anónima de Capital Variable a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas a celebrarse el día 26 de julio de dos mil doce a las 10:00 horas, en las oficinas de Yácatas número 511, colonia Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, en la Ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Nombramiento de escrutadores.
2. Lista de asistencia.
3. Lectura y aprobación de estados financieros del 2003 al 2011.
4. Renuncia de accionista y admisión de nuevo socio.
5. Renuncia de comisario y nuevo nombramiento.
6. Aumento al giro de la sociedad.
7. Nombramiento de nuevo Consejo de Administración.
8. Asuntos generales.
México, D.F., a 10 de julio de 2012.
Presidente del Consejo de Administración
Lic. Joaquín Velázquez Medina
Rúbrica.
(R.- 350902)
KYO PRINT SYSTEM, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
De conformidad con el artículo décimo primero de los estatutos sociales, así como el ciento ochenta y seis de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de Kyo Print System, Sociedad Anónima de Capital Variable, a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día 26 de julio de dos mil doce a las 10:00 horas, en las oficinas de Yácatas número 511, colonia Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez en la Ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Lista de asistencia.
2. Revocación de poderes.
3. Lectura y aprobación de estados financieros del 2004 al 2011.
4. Cambio de domicilio fiscal.
5. Renuncia de comisario y nuevo nombramiento.
6. Aprobación y ratificación del contrato celebrado con Kyo Print System México, S.A. de C.V.
7. Entrega de acciones.
8. Asuntos generales.
A
falta de quórum para esta Asamblea se convoca a una segunda
Asamblea para el día 27 de julio de
dos mil doce a la misma
hora.
México, D.F., a 10 de julio de 2012.
Administrador Unico
Lic. Joaquín Velázquez Medina
Rúbrica.
(R.- 350904)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
WAL-MART STORES, INC.
Vs.
SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ
M. 1002398 PLANETA MEJOR Y DISEÑO
ExPed. P.C. 2224/2011 (C-601) 20356
Folio 15325
NOTIFICACION POR EDICTO
SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ
Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 13 de diciembre de 2011, al cual recayó el folio de entrada 020356, Enrique Alberto Díaz Mucharraz, apoderado de WAL-MART STORES, INC., solicitó la declaración administrativa de caducidad de la marca citada al rubro, haciendo consistir su acción en el supuesto derivado del artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Para
su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República y en el Diario
Oficial de la Federación, en los términos y para los
efectos establecidos en el artículo 194 de la
Ley de la
Propiedad Industrial.
El
presente se signa en la Ciudad de México, en la fecha señalada
al rubro, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción
IX, 6o. y 10 del Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de
la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y
XXII, 7o. bis 2, Títulos Sexto y Séptimo y demás
aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991
(reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante
Decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo
de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de
2006, 6 de mayo de 2009, 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010, 27 de
enero y 9 de abril de 2012, publicados en dicho medio informativo);
1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión,
Coordinación Departamental de Nulidades, 4o., 5o., 11 último
párrafo y 14 fracciones l a III,
V a VIII, Xl y XII del
Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de
diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda,
mediante Decretos de 1 de julio de 2002, 15 de julio de 2004, cuya Fe
de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año, así
como Decreto de 7 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio
informativo); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c),
subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental
de Nulidades, 18 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XlI y 32 del
Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el
27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según
corresponda, mediante Acuerdos de 10 de octubre de 2002, 29 de julio
de 2004, cuya Nota Aclaratoria se publicó el 4 de agosto de
2004, así como Acuerdo de 13 de septiembre de 2007, publicados
en dicho medio informativo); y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo,
incisos d), f), j), k), l), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo
del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales
Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las
Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores
Departamentales y otros Subalternos
del Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota
aclaratoria y modificación, según corresponda,
de 4
de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de
septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo).
Atentamente
7 de junio de 2012.
El Coordinador Departamental de Nulidades
Román Iglesias Sánchez
Rúbrica.
(R.- 350681)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
WAL-MART STORES, INC.
Vs.
SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ.
M. 867856 PLANETA MEJOR BETTER PLANET
ExPed. P.C. 2222/2011 (C-600) 20354
Folio 15329
NOTIFICACION POR EDICTO
SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ
Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 13 de diciembre de 2011, al cual recayó el folio de entrada 020354, Enrique Alberto Díaz Mucharraz, apoderado de WAL-MART STORES, INC., solicitó la declaración administrativa de caducidad de la marca citada al rubro, haciendo consistir su acción en el supuesto derivado del artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Para
su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República y en el Diario
Oficial de la Federación, en los términos y para los
efectos establecidos en el artículo 194 de la
Ley de la
Propiedad Industrial.
El
presente se signa en la Ciudad de México, en la fecha señalada
al rubro, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción
IX, 6o. y 10 del Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de
la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y
XXII, 7o. bis 2, Títulos Sexto y Séptimo y demás
aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991
(reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante
Decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo
de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de
2006, 6 de mayo de 2009, 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010, 27 de
enero y 9 de abril de 2012, publicados en dicho medio informativo);
1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión,
Coordinación Departamental de Nulidades, 4o., 5o., 11 último
párrafo y 14 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XII del
Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de
diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda,
mediante Decretos de 1 de julio de 2002, 15 de julio de 2004, cuya Fe
de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año, así
como Decreto de 7 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio
informativo); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c),
subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental
de Nulidades, 18 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XII y 32 del
Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el
27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según
corresponda, mediante Acuerdos de 10 de octubre de 2002, 29 de julio
de 2004, cuya Nota Aclaratoria se publicó el 4 de agosto de
2004, así como Acuerdo de 13 de septiembre de 2007, publicados
en dicho medio informativo); y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo,
incisos d), f), j), k), l), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo
del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales
Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las
Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores
Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota
aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de
febrero
de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de
septiembre de 2007, publicados en dicho
medio informativo).
Atentamente
7 de junio de 2012.
El Coordinador Departamental de Nulidades
Román Iglesias Sánchez
Rúbrica.
(R.- 350683)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
WAL-MART STORES, INC.
Vs.
SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ
M. 867470 PLANETA MEJOR BETTER PLANET Y DISEÑO
ExPed. P.C. 2221/2011 (C-599) 20353
Folio 15327
NOTIFICACION POR EDICTO
SANTIAGO PABLO MARTIN RODRIGUEZ
Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 13 de diciembre de 2011, al cual recayó el folio de entrada 020353, Enrique Alberto Díaz Mucharraz, apoderado de WAL-MART STORES, INC., solicitó la declaración administrativa de caducidad de la marca citada al rubro, haciendo consistir su acción en el supuesto derivado del artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Para
su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República y en el Diario
Oficial de la Federación, en los términos y para los
efectos establecidos en el artículo 194 de la
Ley de la
Propiedad Industrial.
El
presente se signa en la Ciudad de México, en la fecha señalada
al rubro, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción
IX, 6o. y 10 del Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de
la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y
XXII, 7o. bis 2, Títulos Sexto y Séptimo y demás
aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991
(reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante
Decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo
de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de
2006, 6 de mayo de 2009, 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010,
27
de enero y 9 de abril de 2012, publicados en dicho medio
informativo); 1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii),
primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades,
4o., 5o., 11 último párrafo y
14 fracciones I a
III, V a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según
corresponda, mediante Decretos de 1 de julio de 2002, 15 de julio de
2004, cuya Fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año,
así como Decreto de 7 de septiembre de 2007, publicados en
dicho medio informativo); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V,
inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación
Departamental de Nulidades, 18 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XII
y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 27 de diciembre de 1999 (reformado
y adicionado, según
corresponda, mediante Acuerdos de 10 de octubre de 2002, 29 de julio
de 2004, cuya Nota Aclaratoria se publicó el 4 de agosto de
2004, así como Acuerdo de 13 de septiembre de 2007, publicados
en dicho medio informativo); y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo,
incisos d), f), j), k), l), n), o), p), q), r)
y s) y tercer
párrafo del Acuerdo que delega facultades en los Directores
Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares
de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores
Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota
aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de
febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de
septiembre
de 2007, publicados en dicho medio informativo).
Atentamente
7 de junio de 2012.
El Coordinador Departamental de Nulidades
Román Iglesias Sánchez
Rúbrica.
(R.- 350684)
Comisión Federal de Electricidad
División de Distribución Jalisco
CONVOCATORIA
En cumplimiento a las disposiciones que establecen la Ley General de Bienes Nacionales y las Bases Generales para la Disposición Final y Baja de los Bienes Muebles de CFE, se convoca a las personas físicas y morales nacionales, a participar el día 27 de julio de 2012, en la licitación pública número LPDJAL0212, para la venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se indican:
Lote No. |
Descripción |
Cantidad y unidad de medida |
Valor mínimo para venta $ |
Depósito en garantía $ |
01 al 30 |
Vehículos terrestres diversos tipos y modelos |
30 U.I. |
455,530.50 |
45,553.05 |
31 |
Desecho ferroso vehicular |
12,028 Kgs. |
53,404.32 |
5,340.43 |
Los bienes se localizan en diversos almacenes de la División Jalisco, cuyos domicilios se detallan en la relación de bienes anexa a las bases. Los interesados podrán consultar y adquirir las bases de la licitación del 12 al 25 de julio de 2012 en días hábiles, consultando la página electrónica de CFE:
http://www.cfe.gob.mx/QuienesSomos/ventadebienes/Muebles2011/Paginas/Muebles2012.aspx y el pago de $10,000.00 más IVA, mediante el depósito bancario en efectivo en la cuenta 0141449370 de BBVA Bancomer y enviar copia del comprobante del pago efectuado anotando previamente su nombre, domicilio, teléfono y RFC al correo electrónico edmundo.mariscal@cfe.gob.mx y confirmar al teléfono 013331341300, extensión 21109, o acudir a las oficinas ubicadas en avenida 16 de Septiembre número 455, 5o. piso, edificio anexo, Zona Centro en Guadalajara, Jalisco, en horario de 8:30 a 15:00 horas, con el Ing. Edmundo Mariscal Castellanos, presentando identificación original con validez oficial y copia del Registro Federal de Contribuyentes o podrá solicitar información en la Unidad de Enajenación de Bienes Muebles, al teléfono 01 (55) 5229-4400, extensiones 84224 y 84225, de 9:00 a 14:00 horas.
La
verificación física de los bienes se podrá
efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan del día
12
al 26 de julio de 2012, en horario de 8:30 a 15:00 horas. El registro
de inscripción y recepción de la documentación
establecida en las bases para participar en la licitación se
efectuará el 27 de julio de 2012
en horario de 9:00 a 9:30
en el auditorio de la Zona Metropolitana Hidalgo, ubicado en calle
San Francisco número 548 esquina calle Magnolias, colonia
Santa Margarita, Zapopan, Jalisco.
Los
depósitos en garantía se constituirán mediante
cheques de caja, expedidos por instituciones de crédito a
favor de Comisión Federal de Electricidad, por los importes
establecidos para los lotes de bienes que se licitan. El acto de
presentación y apertura de ofertas se celebrará el 27
de julio de 2012 a las 11:00 horas, en el auditorio de la Zona
Metropolitana Hidalgo, ubicado en calle San Francisco número
548 esquina calle Magnolias, colonia Santa Margarita, Zapopan,
Jalisco, en el entendido de que los interesados deberán
cumplir con lo establecido en las bases respectivas y en caso
contrario no podrán participar en el evento. El acto de fallo
correspondiente se efectuará el 27 de julio de 2012 a las
13:00 horas, en el auditorio de la Zona Metropolitana Hidalgo,
ubicado en calle San Francisco número 548 esquina calle
Magnolias, colonia Santa Margarita, Zapopan, Jalisco. De no lograrse
la venta de los bienes una vez emitido el fallo de la licitación,
se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura
legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor mínimo
para venta considerado en la licitación y un 10% menos en
segunda almoneda.
El retiro de los bienes se realizará en
un plazo máximo de 20 días hábiles posteriores a
la fecha de pago
de los mismos.
Atentamente
Guadalajara, Jal., a 12 de julio de 2012.
Gerente Divisional
Ing. Antonio Macías Padilla
Rúbrica.
(R.- 350883)
PROYECTOS ARQUITECTONICOS MILENIO, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 27 DE JUNIO DE 2012
Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0
México, D.F., a 5 de julio de 2012. Liquidador Gloria Martínez Balderrabano Rúbrica. (R.- 350713)
|
|
DESARROLLOS INMOBILIARIOS ALLENDE, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 28 DE JUNIO DE 2012
Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0
México, D.F., a 5 de julio de 2012. Liquidador Francisco Martínez García Rúbrica. (R.- 350715)
|
Comisión Federal de Electricidad
AVISO
Declaratoria de Vigencia de la Norma de Referencia NRF-043-CFE-2011 “Herrajes y conjuntos de Herrajes para líneas de transmisión aéreas con tensiones de 69 kV a 400 kV” y Aclaración de la Norma de Referencia NRF-022-CFE-2009.
“Interruptores de potencia de 72,5 kV a 420 kV”.
DECLARATORIA
DE VIGENCIA: El Comité de Normalización de la Comisión
Federal de Electricidad (CONORCFE), por disposición de la
Dirección General de Normas de la Secretaría de
Economía, con fundamento en los artículos 34 fracciones
XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 51-A y 67 de la Ley Federal sobre Metrología
y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, y habiéndose
satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para
estos efectos, expide la declaratoria de vigencia del documento que
se lista a continuación; mismo que ha sido elaborado, aprobado
y publicado como proyecto de Norma de Referencia CFE, bajo la
responsabilidad del comité de normalización denominado
“Comité de Normalización de Comisión
Federal de Electricidad”, lo que se hace del conocimiento de
los productores, distribuidores, consumidores y del público en
general.
El texto completo de la Norma de Referencia que se
indica, puede ser consultado en la sede de dicho comité
ubicada en avenida Apaseo Oriente sin número, Ciudad
Industrial, 36541, Irapuato, Gto., teléfono 01(462) 623-9400,
extensiones 7124 y 7230. El presente documento entrará en
vigor 90 días después de la publicación de esta
declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
PROY-NRF-043-CFE-2011 |
HERRAJES Y CONJUNTOS DE HERRAJES PARA LINEAS DE TRANSMISION AEREAS CON TENSIONES DE 69 kV A 400 kV |
Campo de aplicación.- Se aplica en los procesos de adquisición de herrajes y conjuntos de herrajes para líneas de transmisión. Concordancia
con Normas Internacionales.- Existe concordancia parcial con la
norma internacional |
Aclaración de la Norma de Referencia NRF-022-CFE-2010 “Interruptores de potencia de 72,5 kV a 420 kV”. Publicada el 4 de marzo de 2011 en el Diario Oficial de la Federación.
El Comité de Normalización de Comisión Federal de Electricidad (CONORCFE), por disposición de la Dirección General de Normas, con fundamento en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización en su artículo 46 fracción V, último párrafo de su Reglamento; aclara lo siguiente:
PRIMERO.- Por error mecanográfico se describe mal el símbolo de la magnitud en 6.2.12 Simultaneidad en la operación de los polos y en 6.2.13 Simultaneidad entre contactos del mismo polo.
SEGUNDO.- Se debe considerar la siguiente aclaración en la Norma de Referencia NRF-022-CFE-2010:
DICE: |
DEBE DECIR: |
||
REFERENCIA |
TEXTO |
REFERENCIA |
TEXTO |
6.2.12 Simultaneidad en la operación de los polos |
a) En operación de cierre 4,16 m Máximo b) En operación de apertura 2,77 m Máximo |
6.2.12 Simultaneidad en la operación de los polos |
a) En operación de cierre 4,16 ms Máximo b) En operación de apertura 2,77 ms Máximo |
6.2.13 Simultaneidad entre contactos del mismo polo |
a) En operación de cierre 2 m Máximo. b) En operación de apertura 2 m Máximo |
6.2.13 Simultaneidad Entre Contactos del Mismo Polo |
a) En operación de cierre 2 ms Máximo b) En operación de apertura 2 ms, Máximo |
TRANSITORIO
UNICO.- La presente aclaración surte sus efectos a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Irapuato, Gto., a 27 de junio de 2012.
Presidente del Comité de Normalización de CFE
Ing. Jorge Adolfo Pérez Guzmán
Rúbrica.
(R.- 350908)
BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006
cifras expresadas en pesos mexicanos
|
|
Diciembre |
|
|
2006 |
ACTIVO |
|
|
Activo Circulante: |
|
33,944,700 |
Activo Fijo: |
|
2,548,428 |
Activo Diferido: |
|
5,359,082 |
Total Activo |
|
$41,852,210 |
PASIVO |
|
|
Pasivo a Corto Plazo |
|
17,699,594 |
Pasivo a Largo Plazo |
|
12,780,457 |
Total Pasivo |
|
$30,480,051 |
CAPITAL CONTABLE |
|
|
Capital Social Histórico |
|
6,600,000 |
Reserva Legal Histórico |
|
1,320,000 |
Resultado del periodo y/o del ejercicio |
|
3,364,644 |
Resultado acumulados de ejercicios anteriores |
|
7,113,529 |
Otras cuentas de capital |
|
(7,026,014) |
Total Capital Contable |
|
$11,372,159 |
Total Pasivo y Capital Contable |
|
$41,852,210 |
Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2006, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.
México, D.F., a 14 de junio de 2012.
Administrador Rodolfo Rau Ludwig Rúbrica. |
Comisario C.P. Francisco Javier Moreno Santillán Rúbrica. |
BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
cifras expresadas en pesos mexicanos
|
|
Diciembre |
|
|
2007 |
ACTIVO |
|
|
Activo Circulante: |
|
33,817,693 |
Activo Fijo: |
|
3,591,458 |
Activo Diferido: |
|
5,749,643 |
Total Activo |
|
$43,158,794 |
PASIVO |
|
|
Pasivo a Corto Plazo |
|
16,534,332 |
Pasivo a Largo Plazo |
|
15,151,328 |
Total Pasivo |
|
$31,685,660 |
CAPITAL CONTABLE |
|
|
Capital Social Histórico |
|
6,600,000 |
Reserva Legal Histórico |
|
1,320,000 |
Resultado del periodo y/o del ejercicio |
|
(326,509) |
Resultado acumulados de ejercicios anteriores |
|
10,872,052 |
Otras cuentas de capital |
|
(6,992,409) |
Total Capital Contable |
|
$11,473,134 |
Total Pasivo y Capital Contable |
|
$43,158,794 |
Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2007, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.
México, D.F., a 14 de junio de 2012.
Administrador Rodolfo Rau Ludwig Rúbrica. |
Comisario C.P. Francisco Javier Moreno Santillán Rúbrica. |
BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008
cifras expresadas en pesos mexicanos
|
|
Diciembre |
|
|
2008 |
ACTIVO |
|
|
Activo Circulante: |
|
44,897,252 |
Activo Fijo: |
|
38,475 |
Activo Diferido: |
|
5,165,656 |
Total Activo |
|
$50,101,383 |
PASIVO |
|
|
Pasivo a Corto Plazo |
|
24,707,067 |
Pasivo a Largo Plazo |
|
14,226,616 |
Total Pasivo |
|
$38,933,683 |
CAPITAL CONTABLE |
|
|
Capital Social Histórico |
|
6,600,000 |
Reserva Legal Histórico |
|
1,320,000 |
Resultado del periodo y/o del ejercicio |
|
(305,434) |
Resultado acumulados de ejercicios anteriores |
|
9,554,829 |
Otras cuentas de capital |
|
(6,001,695) |
Total Capital Contable |
|
$11,167,700 |
Total Pasivo y Capital Contable |
|
$50,101,383 |
Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2008, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.
México, D.F., a 14 de junio de 2012.
Administrador Rodolfo Rau Ludwig Rúbrica. |
Comisario C.P. Francisco Javier Moreno Santillán Rúbrica. |
BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009
cifras expresadas en pesos mexicanos
|
|
Diciembre |
|
|
2009 |
ACTIVO |
|
|
Activo Circulante: |
|
39,810,047 |
Activo Fijo: |
|
117,082 |
Activo Diferido: |
|
3,907,178 |
Total Activo |
|
$43,834,307 |
PASIVO |
|
|
Pasivo a Corto Plazo |
|
11,329,696 |
Pasivo a Largo Plazo |
|
14,654,299 |
Total Pasivo |
|
$25,983,995 |
CAPITAL CONTABLE |
|
|
Capital Social Histórico |
|
12,377,929 |
Reserva Legal Histórico |
|
1,320,000 |
Resultado del periodo y/o del ejercicio |
|
904,683 |
Resultado acumulados de ejercicios anteriores |
|
9,249,395 |
Otras cuentas de capital |
|
(6,001,695) |
Total Capital Contable |
|
$17,850,312 |
Total Pasivo y Capital Contable |
|
$43,834,307 |
Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2009, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.
México, D.F., a 14 de junio de 2012.
Administrador Rodolfo Rau Ludwig Rúbrica. |
Comisario C.P. Francisco Javier Moreno Santillán Rúbrica. |
BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
cifras expresadas en pesos mexicanos
|
|
Diciembre |
|
|
2010 |
ACTIVO |
|
|
Activo Circulante: |
|
40,921,881 |
Activo Fijo: |
|
123,026 |
Activo Diferido: |
|
4,053,422 |
Total Activo |
|
$45,098,329 |
PASIVO |
|
|
Pasivo a Corto Plazo |
|
10,326,949 |
Pasivo a Largo Plazo |
|
15,236,112 |
Total Pasivo |
|
$25,563,061 |
CAPITAL CONTABLE |
|
|
Capital Social Histórico |
|
12,377,929 |
Reserva Legal Histórico |
|
1,320,000 |
Resultado del periodo y/o del ejercicio |
|
1,684,956 |
Resultado acumulados de ejercicios anteriores |
|
10,154,078 |
Otras cuentas de capital |
|
(6,001,695) |
Total Capital Contable |
|
$19,535,268 |
Total Pasivo y Capital Contable |
|
$45,098,329 |
Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2010, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.
México, D.F., a 14 de junio de 2012.
Administrador Rodolfo Rau Ludwig Rúbrica. |
Comisario C.P. Francisco Javier Moreno Santillán Rúbrica. |
BOMBAS ALEMANAS S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011
cifras expresadas en pesos mexicanos
|
|
Diciembre |
|
|
2011 |
ACTIVO |
|
|
Activo Circulante: |
|
37,906,358 |
Activo Fijo: |
|
79,920 |
Activo Diferido: |
|
4,433,932 |
Total Activo |
|
$42,420,210 |
PASIVO |
|
|
Pasivo a Corto Plazo |
|
4,461,935 |
Pasivo a Largo Plazo |
|
20,371,672 |
Total Pasivo |
|
$24,833,607 |
CAPITAL CONTABLE |
|
|
Capital Social Histórico |
|
12,377,929 |
Reserva Legal Histórico |
|
1,320,000 |
Resultado del periodo y/o del ejercicio |
|
(1,948,665) |
Resultado acumulados de ejercicios anteriores |
|
11,839,034 |
Otras cuentas de capital |
|
(6,001,695) |
Total Capital Contable |
|
$17,586,603 |
Total Pasivo y Capital Contable |
|
$42,420,210 |
Se publican conforme lo dicta el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los estados financieros de Bombas Alemanas, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2011, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital y los cambios en la situación financiera por el año que terminó en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera Generalmente Aceptadas en México.
México, D.F., a 14 de junio de 2012.
Administrador Rodolfo Rau Ludwig Rúbrica. |
Comisario C.P. Francisco Javier Moreno Santillán Rúbrica. |
(R.- 350775)