Viernes 9 de marzo de 2012 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) 84




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito

Aguascalientes, Ags.

EDICTO

(TERCERA PUBLICACION)


Lucas Villegas de la Cruz.

En el juicio de amparo número 720/2011-III, promovido por Cesar Franco Franco, contra actos del Procurador General de Justicia del Estado y otras, que hizo consistir en “… la orden de detención y desposesión de un vehículo de mi propiedad, MARCA FORD, TIPO LOBO, COLOR BLANCA, MODELO 2004, NUMERO DE SERIE 1FTRF04524KD62935, dentro de la AVERIGUACION 6625/05-11…”, se le designó como tercero perjudicado y se ordenó su emplazamiento por este conducto. Se le hace saber que deberá presentarse dentro de los treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibido que de no comparecer dentro de ese término se le tendrá por emplazado y las subsecuentes notificaciones, aun las personales, se le harán por lista. En este juicio se señalaron las nueve horas con quince minutos del diecisiete de febrero de dos mil doce, para la audiencia constitucional, en la cual se dictará la resolución correspondiente. Queda en la secretaría del juzgado copia de la demanda de garantías generadora de dicho juicio a su disposición para que comparezca al mismo si a sus intereses conviniere.


Aguascalientes, Ags., a 7 de febrero de 2012.

Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

Luis Neri Alcocer

Rúbrica.

(R.- 342214)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado

Nogales, Sonora

EDICTO

En el juicio de amparo 100/2011, promovido por MARCO ANTONIO DE AVILA ALBA, contra actos del JUEZ SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE JALISCO, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA, Y EL DIRECTOR DEL CENTRO ESTATAL PENITENCIARIO NOGALES II, en el que reclaman el auto de formal prisión en su contra y su ejecución, SE EMPLAZA a la tercero perjudicada SUSANA VENTURA NAVARRO, para que si a sus intereses conviene se apersone al referido juicio de garantías; asimismo, para que en el término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, señale domicilio en esta ciudad de Nogales, Sonora, en dónde oír y recibir notificaciones, apercibida que en caso de no hacerlo así, se ordenará hacerle las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado, de conformidad con los artículos 28, fracción III, y 30, fracción I, de la Ley de Amparo.

Para ser publicado tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana (tales como Excelsior, Universal).

Nogales, Son., a 8 de febrero de 2012.

La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Sonora,

con residencia en Nogales, Sonora

Lic. Hilda Elizabeth Plascencia Carrasco

Rúbrica.

(R.- 342241)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

Juicio de Amparo Indirecto 974/2011-III

Quejosos: Leonardo Tiro Moranchel

Autoridad Responsable: Juez Segundo de lo Penal del Distrito Judicial de Puebla y otra autoridad

EDICTO

TERCERA PERJUDICADA: MARIA DEL SOCORRO VALDEZ DE ANDA.

En el juicio de amparo 974/2011, promovido por Leonardo Tiro Moranchel, contra actos del Juez Segundo de lo Penal, residente en Puebla, Puebla y otra autoridad, de las que reclama el Auto de Formal Prisión, dictado dentro del proceso 161/2010,. Se manda a emplazar a la tercera perjudicada en cita por medio de edictos, haciéndole saber que deberá presentarse al referido juicio, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, señalando domicilio para recibir notificaciones personales, apercibida que de no hacerlo las subsecuentes se le harán mediante lista. Se manda fijar en el lugar de avisos de este Juzgado copia integra de la presente resolución por todo el tiempo del emplazamiento, después de lo cual se procederá a programar día y hora para la celebración de la audiencia constitucional

San Andrés Cholula, Pue., a 8 de febrero de 2012.

Juez Tercero de Distrito en el Estado de Puebla

Lic. Carlos Alberto Elorza Amores

Rúbrica.

(R.- 342814)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES ELECTROMECANICAS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, personal moral tercero perjudicada en el juicio de amparo 1789/2010, de este juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por José Triana Pérez, contra actos de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, y otras autoridades; se ha ordenado emplazar por edictos a la referida tercero perjudicada, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excelsior”, “El Financiero” o “El Universal”, a elección del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Queda a disposición en la actuaría de este juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación.

Atentamente

San Andrés Cholula, Pue., a 31 de enero de 2012.

Juez Décimo de Distrito en el Estado de Puebla

Lic. Naela Márquez Hernández

Rúbrica.

(r.- 342816)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

EDICTO

En los autos del juicio de amparo número 1021/2009, promovido por Pedro Villalobos Pérez, contra actos del Procurador General de Justicia del Distrito Federal y otras autoridades, se ordenó emplazar por edictos a los terceros perjudicados Rubén Morales Pérez, Antonio Sánchez García, Jesús Bernardino Báez Barrios, Zacarías Cruz Espinoza, Isais Hernández Sosa, y se les concede un término de treinta días contados a partir de la última publicación para que comparezcan a juicio a hacer valer sus derechos y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán por medio de lista.

Atentamente

México, D.F., a 21 de febrero de 2012.

Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

Lic. Adriana Juárez Soteno

Rúbrica.

(R.- 343155)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Puebla.- Disposición: Juez Primero de Distrito en el Estado de Puebla, residente en San Andrés Cholula, Puebla. Amparo 1705/2011. Quejoso: ESTAL ZAVALA MEDINA y DEUDIEL OCEGUERA ZAVALA. Autoridad Responsable: Magistrados que integran la Tercera Sala Materia Civil, del Tribunal Superior der Justicia del Estado, con residencia en Ciudad Judicial, Puebla, y otra autoridad. Acto Reclamado: auto de diecinueve de octubre de dos mil once, dictado dentro del toca de apelación 739/2011, de la Tercera Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con residencia en Ciudad Judicial, Puebla, emplácese mediante edictos a la parte tercero perjudicado ALEJANDRO JUAREZ MERINO, para que en el término de treinta días, contados a partir del siguiente a la última publicación, comparezca ante este Juzgado Federal a deducir sus derechos. Edictos que serán publicados por tres veces consecutivas de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y “Excelsior”. Copias demanda disposición en Secretaría.

San Andrés Cholula, Pue., a 31 de enero de 2012.

La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado

Lic. Martha Alicia Carballido Zamora

Rúbrica.

(R.- 342640)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito

Guanajuato

EDICTO

TERCERO PERJUDICADO:

ISABEL QREN.

Por este conducto, se ordena emplazar a la tercero perjudicada Isabel Qren, dentro del juicio de amparo 66/2012, promovido por Adrián Escalera Torres, contra actos del Magistrado de la Quinta Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en cuya demanda de garantías se señala:

IV.- Acto Reclamado.- La Resolución emitida el 18 de diciembre de 2008, dentro del toca 369/2008.

V.- Preceptos Constitucionales Violados.- Lo son los artículos 14 y 16 constitucionales.

Se hace saber a la tercero perjudicada de mérito que debe presentarse dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, apercibido que no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.

Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República.

Atentamente

Guanajuato, Gto., a 7 de febrero de 2012.

La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito

Lic. Ma. Guadalupe Vega Cabrera

Rúbrica.

(R.- 342645)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado, con residencia en

Poza Rica de Hgo., Ver.

EDICTO

En los autos del juicio de amparo 488/2011, promovido por ENRIQUE MARQUEZ GONZALEZ, contra actos que reclama del Juez Primero de Primera Instancia, con residencia en Papantla de Olarte, Veracruz, radicado en este Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Veracruz, con sede en Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, y como acto reclamado: “La resolución dictada en mi contra dentro de la causa penal número 67/2011, de fecha 24 de mayo del año 2011, en la que se dicta un AUTO DE FORMAL PRISION en contra del hoy procesado por los supuestos delitos de homicidio culposo, lesiones culposas y daños culposos.” En auto de diecisiete de junio de dos mil once, se admitió a trámite dicha demanda, rindió informe justificado la autoridad responsable y se advirtió que les reviste el carácter de tercero perjudicadas a MARIA DEL PILAR DOMINGUEZ MORALEZ Y MARIA CASTAN SANTIAGO. Toda vez que se han señalado como terceras perjudicadas y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlas por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”, y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana, como lo es el “EXCELSIOR”, que se editan en la Ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la citada ley; quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a deducir sus derechos, así como señalar domicilio en esta ciudad, apercibida que para el caso de no comparecer, pasado ese tiempo, se harán las ulteriores notificaciones por lista de acuerdos que se fijará en los estrados de este Juzgado; se les hace saber además que se han señalado las NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en este asunto.

SELLO ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.

SELLO JUZGADO DECIMOPRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN
POZA RICA, VERACRUZ.

Atentamente

El Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado

Lic. José Alberto Blanco Palmeros

Rúbrica. (R.- 342087)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito

Villahermosa, Tabasco

EDICTO

Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, con sede en Villahermosa, dos de febrero de dos mil doce: A Margarita de la Rosa Córdova.-En el juicio de amparo 2205/2011-I, promovido por Martín Palma de la Cruz, Isidro Córdova de la Cruz y Guadalupe Gómez Olán, contra el acto del Juez Penal de Primera Instancia de Comalcalco, Tabasco, se dictó el auto que en lo conducente dice: “…emplácese a Margarita de la Rosa Córdova, por medio de edictos, por lo que procédase a su expedición para su publicación… en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Diarios de mayor circulación en la República Mexicana, por tres veces, de siete en siete días, haciéndose saber a la tercera interesada referida, que deberá presentarse dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, al local de este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, sito en Malecón Leandro Rovirosa Wade, esquina con Juan Jovito Pérez, colonia Gaviotas de esta ciudad de Villahermosa, Tabasco, para hacer valer lo que a sus intereses conviniere con relación a este juicio; debiendo contener dicho edicto una relación sucinta de la demanda y fijándose además en los estrados de este Juzgado copia íntegra de este proveído y de los edictos por todo el tiempo del emplazamiento…”.

El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco

Lic. Abraham Augusto Rodríguez García

Rúbrica.

(R.- 342649)



Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Segundo de lo Civil

Diligenciaría

Distrito Judicial Puebla

EDICTO

Disposición Juez Segundo de lo Civil de esta Capital, ordenó en autos del expediente 658/2003 convocar postores en Remate Primera y Pública almoneda, respecto de “Los Departamentos 203 y 205 de la casa número 313 y 315 de la Avenida 2 Poniente de la Ciudad de Puebla”, Inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Indice Mayor 17803, a fojas 25, Tomo 460, del Libro 1, de fecha 14 de Diciembre de 1989. Medidas y colindancias desglosados en autos en avalúos de los inmuebles embargados. Siendo postura legal del departamento 203 la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL, y del departamento 205 la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS MONEDA NACIONAL, que cubren las dos terceras partes del precio de los avalúos, interesados ofrecer posturas y pujas dentro de diez días siguientes ultima publicación, Venciendo termino Doce Horas del día Veintisiete de Marzo del 2012. Deudor ANITA REYES AGUILAR, podrá liberar sus bienes antes del fincamiento de remate, previo pago total de liquidación en favor de TERESITA MORALES CASTRO.

Para su publicación por tres veces consecutivas en el “Diario Oficial de la Federación”, “Periódico El Sol de Puebla” y en la tabla de avisos del Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Puebla.

Puebla, Pue., a 20 de febrero de 2012.

Diligenciario Enlace

Lic. Eduardo García Herrerías

Rúbrica.

(R.- 342326)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla


Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, INCREMI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, personal moral tercero perjudicada en el juicio de amparo 1024/2011, de este juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por José Triana Pérez, contra actos de la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, y otras autoridades; se ha ordenado emplazar por edictos a la referida tercero perjudicada, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excelsior”, “El Financiero” o “El Universal”, a elección del Consejo de la Judicatura Federal;
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Queda a disposición en la actuaría de este juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación.


Atentamente

San Andrés Cholula, Pue., a 31 de enero de 2012.

Juez Décimo de Distrito en el Estado de Puebla

Lic. Naela Márquez Hernández

Rúbrica.

(R.- 342819)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado

con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO

MARIO GERARDO ARIAS DOMINGUEZ”

En los autos del juicio de amparo número 908/2011, promovido por Rafael Hernández López, contra actos del Juez Segundo del Ramo Penal para la Atención de Delitos No Graves del Distrito Judicial de San Cristóbal de las Casas, Chiapas y otra autoridad; al ser señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio actual, a pesar de que este Juzgado realizó diversas gestiones para obtenerlos, sin lograrlo; en consecuencia, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, así como en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley en cita, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para
que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, con apercibimiento que en caso de no comparecer por sí,
o por conducto de sus apoderados que los represente, las subsecuentes notificaciones se les harán por lista, aun las de carácter personal.

Atentamente

Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 3 de febrero de 2012.

El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. Rodrigo Cruz Domínguez

Rúbrica.

(R.- 342821)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito

Hermosillo, Sonora

EDICTO

JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE SONORA CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD, se ordena notificar a los terceros perjudicados en el amparo directo laboral 393/2011, MARLON INSTALACIONES ELECTRICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y ABEL TORRES TORRES, haciéndoseles saber que cuentan con treinta días constados a partir de la última publicación de edictos, para que comparezcan al SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL QUINTO CIRCUITO CON SEDE EN ESTA CIUDAD, a defender sus derechos, si lo estiman conveniente y para que señalen domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones; apercibidos que de no hacerlo así, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal colegiado, dejándose a su disposición con la secretaria de acuerdos, las copias de traslado de la demanda respectiva, de conformidad con lo dispuesto al artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo; lo anterior, toda vez que el quejoso ALEJANDRO SUAREZ SANCHEZ, promovió demanda de amparo en contra del laudo dictado por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sonora, con residencia en esta ciudad, en los autos del expediente laboral 1130/2007.

Para ser publicado tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, (tales como, Excélsior, el Universal).

Contiene firma ilegible; al margen sello oficial con la leyenda del Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.

Hermosillo, Son., a 14 de octubre de 2011.

Actuario Judicial del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito

Lic. Roberto del Castillo Ibarra

Rúbrica.

(R.- 342684)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO

ZULMA ELIZABETH CHANDOMI YAÑEZ

TERCERA PERJUDICADA

EN EL JUICIO DE AMPARO 1478/2011, PROMOVIDO POR ROYER CRUZ GUTIERREZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DEL RAMO PENAL PARA LA ATENCION DE DELITOS GRAVES, RESIDENTE EN CINTALAPA DE FIGUEROA, CHIAPAS, Y OTRAS AUTORIDADES, SE ORDENO EMPLAZAR A JUICIO, CON EL CARACTER DE TERCERA PERJUDICADA A ZULMA ELIZABETH CHANDOMI YAÑEZ, EN EL QUE SE SEÑALO COMO ACTO RECLAMADO LA ORDEN DE APREHENSION Y SU EJECUCION.

LA COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA QUEDA A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO FEDERAL, EN EL ENTENDIDO QUE TIENE DESPUES DE LA ULTIMA PUBLICACION TREINTA DIAS PARA COMPARECER ANTE ESTE ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO COMPARECER Y SEÑALAR DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES DE CARACTER PERSONAL SE PLATICARAN POR LISTA QUE SE PUBLICARA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO.

Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 3 de febrero de 2012.

La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. Elsa Eline Nucamendi Ruiz

Rúbrica.

(R.- 342830)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO


Carolina Hernández Toalá. En su carácter de tercero perjudicada en donde se encuentre

En el juicio de amparo número 1309/2011, promovido por Javier Montejo Pacheco, contra actos del Juez Primero del Ramo Penal para la Atención de Delitos Graves, con residencia en Cintalapa de Figueroa, Chiapas, por auto de veinte de enero del año en curso, se ordenó a emplazar a ustedes como en efecto
lo hago, por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República Mexicana, para que en el término de treinta días siguientes al de la última notificación, se apersonen a este juicio en su carácter de terceros perjudicados, si así conviniere a sus intereses; apercibidos que de no comparecer por sí o por apoderado o gestor que pueda representarlos, se ordenará que las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal
se realicen por medio de lista que se publica diariamente en los estrados de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28, fracción III, del ordenamiento legal en comento; en el entendido de que la copia de la demanda de garantías génesis de este expediente, queda a su disposición en la secretaría
de este Juzgado.


Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 2 de febrero de 2012.

El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. Pedro Hernández Coyote

Rúbrica.

(R.- 342834)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado,

con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO

Manuel de Jesús Avendaño Arguello, José Alejandro Yáñez Domínguez, Ariel Francisco Ordóñez Guzmán, Hipólito Antonio Pérez Román, Rene Alfredo Suasnavar Castañeda, Mario Ramón Gómez Román, Diobel Pérez Roblero y Mayra Delia Cortes Yamamoto. terceros perjudicados en donde se encuentren.

En el juicio de amparo número 935/2011, promovido por Oscar Culebro Aguiar, contra actos del Juez Primero del Ramo Penal, residente en Comitán de Domínguez, Chiapas, por auto de esta fecha se ordenó a emplazar a usted como en efecto lo hago, por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República Mexicana, para que en el término de treinta días siguientes al de la última notificación, se apersonen a este juicio en su carácter de terceros perjudicados, si así conviniere a sus intereses; apercibidos que de no comparecer por si o por apoderado o gestor que pueda representarlos, se ordenará que las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se realicen por medio de lista que se publica diariamente en este tribunal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28, fracción III, del ordenamiento legal en comento; en el entendido de que la copia de la demanda de garantías génesis de este expediente, queda a su disposición en la secretaría de este juzgado.

Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 30 de enero de 2012.

El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. Pedro Hernández Coyote

Rúbrica.

(R.- 342810)



Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Especializado en Asuntos Financieros

Ciudad Judicial

Puebla

EDICTO


Disposición Juez Especializada en Asuntos Financieros de la Ciudad de Puebla, auto diecisiete febrero de dos mil doce, convoca postores remate primera almoneda respecto de LA CASA OCHENTA Y DOS, CALLE GENERAL JOAQUIN COLUMBRES, FRACCIONAMIENTO LOMAS DE LORETO, DE ESTA CIUDAD, inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial de Puebla, bajo el número 65676 del índice de predio mayor, siendo postura legal la cantidad de UN MILLON TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS TREINTA Y TRES CENTAVOS, MONEDA NACIONAL.

Venciéndose término para presentar posturas y pujas a las once horas cero minutos del día dos de abril del dos mil doce. Comunicándose al deudor que puede liberar el bien haciendo pago íntegro del monto de sus responsabilidades hasta antes cause estado auto que declara fincado el remate.

Expediente 2349/2010, Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por HSBC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, en contra de JUAN MIGUEL SOLIS ORDOÑEZ Y JOHANA CRUZ TAMAYO.

Expido el presente edicto para su publicación por tres veces, en el Diario Oficial de la Federación y los Estrados de este Juzgado; Ciudad Judicial, Puebla, a veintiuno de febrero del año dos mil doce.


La Diligenciaria de Enlace

Lic. María Soledad Guadalupe Basilio Gómez

Rúbrica.

(R.- 343198)



Estados Unidos Mexicanos

Supremo Tribunal de Justicia del Estado

Jalisco

Tercera Sala

EDICTO

H. Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco

Por este conducto emplácese a REFACCIONES AUTOMOTRICES Y AMORTIGUADORES, S.A. DE C.V., también conocida como “RAYASA”, a efecto de hacerle saber de la demanda de amparo promovida por ANA ROSA GUTIERREZ GONZALEZ Y FRANCISCO MARCO VELEZ NARANJO, Endosatarios en Procuración de “MAYOREO AUTOMOTRIZ Y AGRICOLA, S.A. DE C.V.”, acto reclamado: sentencia definitiva de 23 veintitrés de agosto de 2011 dos mil once, dictada dentro de los autos del toca 248/2008 relativo al juicio MERCANTIL EJECUTIVO expediente 2356/2007 promovido por ANA ROSA GUTIERREZ GONZALEZ Y FRANCISCO MARCO VELEZ NARANJO, en su carácter de Endosatarios en Procuración de “MAYOREO AUTOMOTRIZ Y AGRICOLA, S.A. DE C.V.”, en contra de REFACCIONES AUTOMOTRICES Y AMORTIGUADORES, S.A. DE C.V., también conocida como “RAYASA”, por conducto de quien resulte ser su representante legal, y VIRGINIA J. RUVALCABA MIRAMONTES, para que comparezcan ante el H. Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito en turno, dentro del término de 30 días contados del siguiente al de la última publicación, artículo 167 de la Ley de Amparo. Copias de demanda de garantías quedan a su disposición en la Secretaría de la Sala.

Para publicarse por tres veces de siete en siete días en el periódico “EL EXCELSIOR” y “EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”. Artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

Atentamente

Guadalajara, Jal., a 10 de febrero de 2012.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

La Secretario de Acuerdos de la Tercera Sala

Lic. María Guadalupe Peña Ortega

Rúbrica.

(R.- 341959)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUEZ OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

TERCEROS PERJUDICADOS:

MAURICIO GUTIERREZ ULLRICH y MARIA ELENA

MARTHA ULLRICH DE LA VEGA.

En los autos del juicio de amparo número 1013/2011-III, promovido por LUIS ENRIQUE GARCIA ULLRICH, por propio derecho, contra actos de la Primera Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; en el que se señala como terceros perjudicados a MAURICIO GUTIERREZ ULLRICH y MARIA ELENA MARTHA ULLRICH DE LA VEGA, y al desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno
de los periódicos de mayor circulación en la República, y se hace de su conocimiento que en la Secretaría de trámite de amparo de este juzgado, queda a su disposición copia simple de la demanda de garantías a efecto de que en un término de treinta días contados a partir de la última publicación de tales edictos, ocurran al juzgado a hacer valer sus derechos.

Atentamente

México, D.F., a 9 de febrero de 2012.

La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Zenaida Díaz Flores

Rúbrica.

(R.- 343214)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Cuarta Sala Civil

EDICTO

LEONARDO ESPINOZA GALINDO Y/O LEONARDO E. GALINDO

Por auto de fecha veintiuno de febrero del año dos mil doce, dictado en el cuaderno de amparo relativo al toca número 691/2011/1, por ignorarse su domicilio, a pesar de la investigación con resultados negativos, se ordenó emplazarlo por medio de edictos para que dentro de los treinta días siguientes a la última publicación de este edicto, se apersone ante la Secretaría de Acuerdos de la Cuarta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a recibir las copias simples de la demanda de amparo presentada por la parte actora, en contra de la resolución dictada por esta Sala el dieciocho de agosto del dos mil once, que obra en el toca señalado y confirma la sentencia definitiva dictada el treinta de mayo del dos mil once, por el Juez Septuagésimo Segundo de lo Civil en el Distrito Federal, en el juicio ORDINARIO CIVIL promovido por MARTINEZ GALINDO VICTOR HUGO en contra de LEONARDO ESPINOSA GALINDO Y/O LEONARDO E. GALINDO Y OTROS, hecho lo anterior, deberá comparecer dentro del término de DIEZ DIAS, ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno a defender sus derechos.

NOTA: Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación,
así como en el periódico LA RAZON.

Atentamente

México, D.F., a 23 de febrero de 2012.

La Secretaria Auxiliar de la Cuarta Sala Civil

Lic. Bianca Gómez Abonce

Rúbrica.

(R.- 343232)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna

Torreón, Coah.

EDICTO

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN LA LAGUNA, EN TORREON, COAHUILA.

LIBERTAD TREJO SABAG.

TERCERA PERJUDICADA.

En los autos del juicio de amparo número juicio de amparo número 1226/2011, promovido por ANTONIO CHINCOYA CARMONA y MA. VERONICA GUADALUPE MARTINEZ SANCHEZ, contra actos que reclaman del JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL, con sede en esta ciudad, y otras autoridades, radicado en este Juzgado de Distrito en la Laguna, se ha señalado a usted como tercera perjudicada, y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenada emplazarla por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION” y en el periódico “EXCELSIOR”, que se editan en la ciudad de México, Distrito Federal, por ser de mayor circulación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicados supletoriamente a la citada ley, queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibida que para el caso de no comparecer, pasado ese tiempo, se seguirá el presente juicio en su rebeldía, y se harán las ulteriores notificaciones por lista que se fijará en los estrados de este Juzgado Federal; se le hace saber además, que se han señalado las diez horas del día doce de marzo de dos mil doce, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en este asunto; se hace de su conocimiento que la parte quejosa señala como actos reclamados esencialmente los consistentes en todo lo actuado en el Juicio Sumario Civil Hipotecario expediente número 716/2010 del índice del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil, con sede en Torreón, Coahuila.

Atentamente

Torreón, Coah., a 17 de febrero de 2012.

El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna

Lic. José Humberto Solís Sánchez

Rúbrica.

(R.- 342238)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado

Culiacán, Sinaloa

EDICTO

RG ALIMENTOS DEL MAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

(TERCERO PERJUDICADO).

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE EN ESTE JUZGADO CUARTO DE DISTRITO ESTADO, SE TRAMITA JUICIO DE AMPARO 1173/2011-I PROMOVIDO POR BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO, INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO, CONTRA ACTOS DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO TREINTA Y CINCO DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE Y OTRA AUTORIDAD, RECLAMANDO LA RESOLUCION DE OCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE, QUE DESECHO EL RECURSO DE REVISION INTERPUESTO CONTRA LA RESOLUCION DE VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, QUE DECLARO IMPROCEDENTE EL INCIDENTE DE TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO; SE LE REQUIERE PARA QUE COMPAREZCA A JUICIO DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DIAS SIGUIENTES A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION, A DEFENDER SUS DERECHOS EN RELACION CON EL PRESENTE JUICIO DE AMPARO, APERCIBIDO QUE DE NO COMPARECER A TRAVES DE SU APODERADO O GESTOR QUE PUEDA REPRESENTARLA, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES SE VERIFICARAN POR LISTA DE ESTRADOS, INCLUSO LAS DE CARACTER PERSONAL, QUEDAN A SU DISPOSICION EN ESTE JUZGADO LAS COPIAS SIMPLES
DE LA DEMANDA. AUDIENCIA CONSTITUCIONAL DIEZ HORAS DEL DIECISEIS DE FEBRERO DE DOS MIL DOCE.

Culiacán, Sin., a 30 de enero de 2012.

El Juez Cuarto de Distrito en el Estado

Lic. Francisco Saldaña Arrambide

Rúbrica.

(R.- 342405)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Quintana Roo

Chetumal, Q. Roo

EDICTO

En los autos del juicio de amparo número 755/2011-I-B, promovido por FANY ALFIE ROCHA, en el que señaló como acto reclamado el auto de formal prisión de siete de mayo de dos mil once, dictado por el Juez Segundo Penal de Primera Instancia, con sede en esta ciudad, Chetumal, Quintana Roo, por el delito de lesiones dolosas, así como del Director del Centro de Reinserción Social del Estado el cumplimiento a la resolución de siete de mayo de dos mil once, en la cual en su segundo punto resolutivo ordenó la identificación administrativa de la aquí quejosa; se ordenó notificar a la tercero perjudicada THANIA GUADALUPE TORRES ALCALA, por medio de edictos que se publicaran por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 30 de la Ley de Amparo, 297 fracción II y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; por lo que a través de los mismos se le hace saber a la aludida tercero perjudicada que deberá presentarse en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Quintana Roo, ubicado en avenida José María Morelos número Trescientos cuarenta y ocho, esquina con calle Laguna Encantada, con sede en Chetumal, Quintana Roo, dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarla, a defender sus derechos; apercibida que de no comparecer dentro del término señalado, se seguirá el juicio, haciéndose las ulteriores notificaciones por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado.

Asimismo, con fundamento en el artículo 149 de la Ley de Amparo, se le da vista con el contenido de los informes justificados rendidos por las autoridades señaladas como responsables.

Finalmente, se le hace saber que la audiencia constitucional del juicio está señalada para las DIEZ HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DOS DE MARZO DE DOS MIL DOCE.

Chetumal, Q. Roo, a 31 de enero de 2012.

El Juez Primero de Distrito en el

Estado de Quintana Roo

Lic. Rogelio Eduardo Leal Mota

Rúbrica.

(R.- 342674)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo

del Decimoséptimo Circuito en Chihuahua, Chihuahua

EDICTO

TERCEROS PERJUDICADOS: RODRIGO HECTOR SAENZ PALMA Y RAUL ANTONIO REYES RENTERIA.

En cumplimiento al acuerdo de catorce de diciembre de dos mil once, dictado en los autos del juicio de amparo directo civil 843/2011, que promueve Felipe Tomás Rivero Ortiz albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de Tomás Rivero Rivero, en el que se ordenó emplazar por edictos a los terceros perjudicados Rodrigo Héctor Sáenz Palma y Raúl Antonio Reyes Rentería. En consecuencia, procédase a emplazar por edictos a los mencionados terceros perjudicados, respecto de la demanda de garantías promovida por Felipe Tomás Rivero Ortiz albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de Tomás Rivero Rivero, en contra de la resolución de siete de julio de dos mil once, dictada por la Magistrada de la Séptima Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, en el toca de apelación 165/2011; debiéndose publicar dichos edictos por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo del conocimiento de los citados terceros perjudicados, que quedarán a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal, copia de la demanda de garantías y que deberán comparecer ante este órgano jurisdiccional, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibidos que de no comparecer dentro del término indicado, por sí, por apoderado o gestor que pueda representarlos, se les tendrá por debidamente emplazados y las ulteriores notificaciones se les harán por lista que se fijarán en los estrados de este tribunal colegiado. Doy fe.

Chihuahua, Chih., a 14 de diciembre de 2011.

El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado
en Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito

Lic. Sixto Villagómez García

Rúbrica.

(R.- 342686)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado,

con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO


Tomas Gómez Méndez, Pedro Gómez Sánchez, Alonso Gómez López, Francisco López Gómez y Martín López Gómez”

En los autos del juicio de amparo número 671/2011, promovido por Elías Sántiz López, contra actos del Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ocosingo, Chiapas, y otras autoridades; al ser señalado como terceros perjudicados y desconocerse su domicilio actual, a pesar de que este juzgado realizó diversas gestiones para obtenerlo, sin lograrlo; en consecuencia, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, así como en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley en cita, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República, haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda
a su disposición copia simple de la demanda de amparo, así como de diversos proveídos dictados por este órgano jurisdiccional, y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al juzgado a hacer valer sus derechos, con apercibimiento que en caso de no comparecer por sí, o por conducto de su apoderado que lo represente, las subsecuentes notificaciones se le harán por lista aún las de carácter personal.


Atentamente

Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 2 de febrero de 2012.

El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. Eralio Nieto Tapia

Rúbrica.

(R.- 342822)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en el Estado,

con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO


RAFAEL LOPEZ CORDOVA.

TERCERO PERJUDICADO.

EN EL JUICIO DE AMPARO VI.884/2011, PROMOVIDO POR FRANCISCO LOPEZ CASTILLO, JOSE ETANISLAO, LUIS ANTONIO Y ORBELIN DE APELLIDOS LOPEZ DAMAS, CONTRA ACTOS DE JUEZ DEL RAMO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA, CON RESIDENCIA EN PLAYAS DE CATAZAJA, CHIAPAS Y OTRA AUTORIDAD, SE ORDENO EMPLAZAR A JUICIO, CON EL CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO A RAFAEL LOPEZ CORDOVA, EN EL QUE SE SEÑALO COMO ACTO RECLAMADO:

“…LA ORDEN DE APREHENSION Y SU EJECUCION…”.

ASIMISMO, COMO GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS, LAS CONSAGRADAS EN LOS ARTICULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES.

POR OTRA PARTE, HAGASE SABER AL TERCERO PERJUDICADO QUE SE SEÑALARON LAS DIEZ HORAS CON CINCUENTA Y CINCO MINUTOS DEL VEINTIUNO DE FEBRERO DE DOS MIL DOCE, PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL.

LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA QUEDAN A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO FEDERAL, EN EL ENTENDIDO QUE CUENTA CON TREINTA DIAS DESPUES DE LA ULTIMA PUBLICACION, PARA COMPARECER ANTE ESTE ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO HACERLO ASI Y SEÑALAR DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES DE CARACTER PERSONAL SE PRATICARAN POR LISTA QUE SE PUBLICARA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO.


Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 8 de febrero de 2012.

El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. José Pascual Pineda Cruz

Rúbrica.

(R.- 342827)

Estado de México

Poder Judicial

Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla

Tribunal Superior de Justicia del Estado de México

Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, México

EDICTO

C. EFRAIN AGUILAR RODRIGUEZ (Tercero Perjudicado).

DOMICILIO: PUERTA DE ESTE ORGANO COLEGIADO

Hago de su conocimiento que HABACUC HORTEALES AGUILAR, promovió juicio de Garantías en contra de la sentencia de fecha uno de julio del dos mil once, dictada por la Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, Estado de México, en la TOCA 645/2010, en cumplimiento a la ejecutoria dictada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, en el amparo directo 1040/2010, en relación al Recurso de Apelación hecho valer por EFRAIN AGUILAR RODRIGUEZ, en contra de la resolución dictada por el Juez Primero Civil de Primera Instancia de Cuautitlán, México, el trece de agosto del dos mil diez, en el Juicio Ordinario Civil, expediente número 06/2010, promovido por EFRAIN AGUILAR RODRIGUEZ en contra de HABACUC HORTEALES AGUILAR, LUIS BENITO SALGADO GOMEZ Y GASPAR FLORES JIMENEZ, asimismo por auto de fecha siete de febrero del dos mil doce, la Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, México, ordeno el Emplazamiento por EDICTOS del Tercero Perjudicado EFRAIN AGUILAR RORIGUEZ, haciéndole saber que deberá presentarse a deducir sus derechos ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito en el Estado de México, en el Amparo Directo Número 713/2011, promovido por HABACUC HORTEALES AGUILAR, dentro del término de TREINTA DIAS contados a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados, asimismo deberá fijarse en la puerta del Tribunal copia integra del presente proveído y de la demanda de garantías, por todo el tiempo del emplazamiento, dejando a su disposición en la Secretaría de esta Sala las copias de traslado de la demanda de garantías debidamente selladas y cotejadas para que se imponga de ellas.

Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el DIARIO OFICIAL y en un PERIODICO de mayor circulación en la REPUBLICA MEXICANA, se expiden los presentes el día diez de febrero del dos mil doce.

Secretaria de Acuerdos de la Segunda Sala Colegiada Civil

de Tlalnepantla, Estado de México.

Lic. Eugenia Mendoza Becerra

Rúbrica.

(R.- 342514)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito

Hermosillo, Sonora

EDICTO


JUNTA ESPECIAL NUMERO VEINTIRES DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD, se ordena notificar a los terceros perjudicados en el amparo directo laboral 669/2010, GUARDIAS DE SEGURIDAD DE SONORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y ALARMAS DE SONORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, haciéndoseles saber que cuentan con treinta días constados a partir de la última publicación de edictos, para que comparezcan al SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL QUINTO CIRCUITO CON SEDE EN ESTA CIUDAD, a defender sus derechos, si lo estiman conveniente y para que señalen domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones; apercibidos que de no hacerlo así, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal colegiado, dejándose a su disposición con la secretaria de acuerdos, las copias de traslado de la demanda respectiva, de conformidad con lo dispuesto al artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo; lo anterior, toda vez que los quejosos JORGE SAMUEL GOMEZ JUAREZ, GUSTAVO ALBERTO OSUNA CASTELLANOS, VICTOR MANUEL NAJAR SALAS y RICARDO GOMEZ JUAREZ , promovieron demanda de amparo en contra del laudo dictado por la Junta Especial Número Veintitrés de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad, en los autos del expediente laboral 122/1996.

Para ser publicado tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, (tales como, Excélsior, el Universal).

Contiene firma ilegible; al margen sello oficial con la leyenda del Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.


Hermosillo, Son., a 5 de diciembre de 2011.

Actuario Judicial del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito

Lic. Roberto del Castillo Ibarra

Rúbrica.

(R.- 342838)

Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO


AGUSTIN SANTIZ GIRON

TERCERO PERJUDICADO

EN EL JUICIO DE AMPARO 1129/2011, PROMOVIDO POR PETRONA GIRON ENTZIN, BASILIO SANTIZ GIRON, MARCO ANTONIO SANTIZ GIRON Y JUAN GABRIEL SANTIZ GIRON, CONTRA ACTOS DEL JUEZ PRIMERO DEL RAMO PENAL PARA LA ATENCION DE DELITOS GRAVES DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN CRISTOBAL Y OTRA AUTORIDAD, CON SEDE EN SAN CRISTOBAL DE LAS CASAS, CHIAPAS, SE ORDENO EMPLAZAR A JUICIO, CON EL CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO A AGUSTIN SANTIZ GIRON, EN EL QUE SE SEÑALARON COMO ACTO RECLAMADO LA ORDEN DE APREHENSION Y SU EJECUCION.

LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA QUEDAN A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO FEDERAL, EN EL ENTENDIDO QUE TIENE DESPUES DE LA ULTIMA PUBLICACION TREINTA DIAS PARA COMPARECER ANTE ESTE ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO COMPARECER Y SEÑALAR DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES DE CARACTER PERSONAL SE PRACTICARAN POR LISTA QUE SE PUBLICARA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO.


Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 28 de diciembre de 2011.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. Arturo Gómez Castro

Rúbrica.

(R.- 343177)



Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Primero de lo Civil de Huejotzingo, Puebla

Actuaciones

Distrito Judicial

Huejotzingo, Pue.

EDICTO


SE CONVOCAN POSTORES

Disposición Juez Civil Huejotzingo, Puebla, expediente 1801/2004, Juicio Ejecutivo Mercantil promueve LEOCADIA ARCE MORALES endosataria procuración LETICIA CERVANTES MEDEL, contra PETRA RAMIREZ ESTRADA Y GUADALUPE ALVAREZ R. autos once octubre dos mil seis y siete marzo dos mil ocho, ORDENAN REMATE primera pública almoneda, sobre una fracción que se segrega casa número 304 Calle Josefa Ortiz de Domínguez Norte, Ubicado Municipio San Martín Texmelucan, Distrito Judicial, Huejotzingo, Puebla, medidas y colindancias siguientes: NORTE 10.42 metros con BENIGNO RAMIREZ; SUR 10.42 metros con ESTHER MARTINEZ ORTIZ; ORIENTE 5.15 metros con CALLE JOSEFA ORTIZ DE DOMINGUEZ; PONIENTE 5.25 metros con EZEQUIEL AGUILAR, inscrito Registro Público de la Propiedad Comercio Huejotzingo, Puebla, bajo partida 311 a fojas 88 Vuelta, Libro 1, Tomo 50, fecha 21 Julio 1992, a nombre de PETRA RAMIREZ ESTRADA, sobre cual trabo ejecución, citando postores legales para venta, siendo postura legal la que cubre dos terceras partes precio avalúo, cantidad NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO PESOS, CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL, sirve de postura legal, la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL, DIECISEIS PESOS CON NOVENTA CENTAVOS MONEDA NACIONAL, deben presentar posturas y pujas dentro veinte días siguientes, venciendo termino DOCE HORAS VIGESIMO DIA haberlo mandado anunciar previa certificación que realice secretaria, haciéndole saber demandado que podrá liberar su bien pagando en el acto lo sentenciado y garantiza el pago de las costas que estén por liquidarse.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO.


Diligenciario Non

Lic. Alba María Coeto Romano

Rúbrica.

(R.- 343182)

Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Especializado en Asuntos Financieros

Ciudad Judicial

Puebla

EDICTO


Disposición Juez Especializada en Asuntos Financieros de esta Ciudad de Puebla, autos veintitrés de noviembre y uno de diciembre de dos mil once, así como veintitrés de febrero de dos mil doce, ORDENA:

Publicarse tres veces término de nueve días, convoca Postores Primera y Pública Almoneda de Remate, Juicio Ejecutivo Mercantil, Expediente Número 25/2007 de este Juzgado, promueve JOSE RAUL MANZANO JIMENEZ COMO MANDATARIO DE FINANCIERA RURAL, contra UNION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DEL VALLE DE TECAMACHALCO S.A. DE C.V., FLORENTINO ALONSO HIDALGO, JUAN CARLOS ALONSO HIDALGO, MARTHA ERIKA ALONSO HIDALGO Y MARTHA JULIA HIDALGO VILLAFAÑE, se procede a anunciar la venta del inmueble embargado dentro del presente asunto, con las medidas y colindancias citadas en el avaluó respectivo, respecto del siguiente bien inmueble: LOTE DE TERRENO NUMERO TRES CON LAS NAVES INDUSTRIALES, OFICINAS Y CASA HABITACION EN EL EXISTENTES, QUE PERTENECIO AL “RANCHO DE LA MAGDALENA” UBICADO EN TOCHTEPEC, JURISDICCION DE TECAMACHALCO PUEBLA, INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE TECAMACHALCO, PUEBLA BAJO LA PARTIDA MIL DOSCIENTOS OCHO, A FOJAS CIENTO CINCUENTA Y DOS, DEL TOMO SESENTA Y UNO, DEL LIBRO PRIMERO, DE FECHA VEINTIDOS DE MAYO DE DOS MIL DOS. Sirviendo de base la cantidad de UN MILLON CIENTO SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS SESENTA Y SEIS CENTAVOS MONEDA NACIONAL que es el resultado de las dos terceras partes sobre el precio del avalúo, audiencia de remate primeramente señalada para las once horas del día doce de enero del dos mil doce, pero modificada por auto de uno de diciembre de dos mil once para celebrarse a las doce horas del veintinueve de febrero de dos mil doce y finalmente modificada por proveído de veintitrés de febrero de dos mil doce, para desahogarse esta AUDIENCIA DE REMATE, donde deberán exhibirse las posturas y pujas correspondientes, a las DIEZ HORAS DEL DIA TREINTA DE MARZO DE DOS MIL DOCE.

Para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.


La Diligenciaria de Enlace

Lic. Soledad Guadalupe Basilio Gómez

Rúbrica.

(R.- 343189)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito

Tijuana, B.C.

Sección Administrativa

EDICTO

EMPLAZAMIENTO A MARIA LUISA GARCIA DE PEREZ, AL MARGEN SELLO ESCUDO NACIONAL, DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EL ESTADO, PARA SU RESPECTIVA PUBLICACION CONFORME A LO QUE SE PRECISA, TRANSCRIBO A USTED EL PRESENTE

En los autos del juicio de garantías número 642/2011, promovido por Juan Vázquez Esparza, contra actos del Juez Tercero de lo Civil, en la ciudad de Tijuana, Baja California y otras autoridades, por actos consistentes en la sentencia definitiva dictada el once de noviembre de dos mil tres, dentro de los autos del juicio ordinario civil número 544/2003, promovido por Enriqueta Vargas Covarrubias, contra María Luisa García de Pérez, mediante la cual declaró a Enriqueta Vargas Covarrubias, como propietaria del lote de terreno 3, de la manzana 14 (hoy 114) de la colonia Anexa Francisco Villa, en esta ciudad de Tijuana, Baja California; asimismo, la inscripción de la sentencia referida en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en esta ciudad, que trajo como consecuencia la cancelación de la partida registral número 29472, del tomo 98, de la sección de traslación de fecha trece de julio de mil novecientos setenta y uno; así también, la cancelación de la partida catastral número CJ-114-003, de la Subdirección de Catastro, en esta ciudad; los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Periódico “El Mexicano” de esta ciudad, el Diario Oficial de la Federación, así como en el Periódico “Reforma”, de la ciudad de México, Distrito Federal, para el efecto de que comparezca ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Baja California, si así conviene a sus intereses en el término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría, la copia simple de la demanda de garantías para su traslado.

Atentamente

Tijuana, B.C., a 27 de enero de 2012.

Secretaria del Juzgado Cuarto

de Distrito en el Estado

Lic. Lidia Medrano Meza

Rúbrica.

(R.- 343290)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

EDICTO

AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIAPAS.

LOURDES LOBATO AGUILAR”

En los autos del juicio de amparo número 1140/2011, promovido por María Luz Bera López, contra actos de la Sala Regional Colegiada Mixta, zona Tres, del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con sede en San Cristóbal de las Casas, Chiapas; al ser señalada como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio actual, a pesar de que este Juzgado realizó diversas gestiones para obtenerlo, sin lograrlo; en consecuencia, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, así como en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley en cita, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República Mexicana, haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, con apercibimiento que en caso de no comparecer por sí, o por conducto de sus apoderados que los represente, las subsecuentes notificaciones se le harán por lista, aun las de carácter personal.

Atentamente

Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 8 de febrero de 2012.

El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Chiapas

Lic. Eralio Nieto Tapia

Rúbrica.

(R.- 343293)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

EDICTO

Juicio de amparo: 942/2011

En los autos del Juicio de Amparo número 942/2011, promovido por Esteban Manillas Estevez, contra actos del Juez Décimo Cuarto Penal del Distrito Federal, consistente en el Auto de Término Constitucional de veinticuatro de agosto de dos mil once, dictado en la causa penal 81/2011, donde se señaló entre otros a Felipe Romero Roa, Rosario Palacios Luna, Sebastian Lugo Cruz y DYCS Soporte y Servicios (hechos denunciados por Martha González Calderon), como terceros perjudicados, y en virtud de que se desconoce el domicilio actual de los citados terceros perjudicados, se ha ordenado emplazarlos por edictos que deberán publicarse por tres veces con intervalos de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, a la ley reglamentaria del juicio de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse por sí o a través de su representante legal, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a manifestar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia simple de la demanda en la actuaría de este Juzgado. Si pasado este término, no comparecieren por sí o por su apoderado que pueda representarlos, se seguirá el juicio, haciéndoles las subsecuentes notificaciones por lista que se fijará en los estrados de este Juzgado federal.

Atentamente

México, D.F., a 17 de febrero de 2012.

Juez Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

M. en D. Luz María Ortega Tlapa

Rúbrica.

(R.- 343310)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Tribunal Colegiado del Segundo Circuito con residencia en Nezahualcóyotl

Estado de México

EDICTO

TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.

Juicio de amparo: D.C. 167/2012.

Quejoso: MARIA DEL CARMEN ROSILES SANCHEZ, por conducto de su endosatario en procuración FERNANDO SANCHEZ ZEPEDA.

Terceros perjudicados: MARIO MONTES DE OCA OROZCO y ROSALBA SANCHEZ ARELLANO.

Se hace de su conocimiento que MARIA DEL CARMEN ROSILES SANCHEZ, por conducto de su endosatario en procuración FERNANDO SANCHEZ ZEPEDA, promovió amparo directo en contra de la resolución de diez de noviembre de dos mil diez, dictada por la PRIMERA SALA CIVIL REGIONAL DE TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO; ante ello, y en virtud de que no se ha podido emplazar a juicio a los terceros perjudicados, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado en forma supletoria, emplácese a juicio a los terceros perjudicados MARIO MONTES DE OCA OROZCO y ROSALBA SANCHEZ ARELLANO, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber a los citados terceros, que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; quedando apercibidos estos que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal colegiado de circuito. Doy Fe.

LIC. EDGAR MARTIN PEÑA LOPEZ

SECRETARIO DE ACUERDOS

PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION

Atentamente

Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,

con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México

Lic. Edgar Martín Peña López

Rúbrica.

(R.- 343312)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Baja California

Tribunal Superior de Justicia

Sección Amparos

EDICTO


OCAMPO MELCHOR VERDUZCO GUERRERO, ANDREA RIVERO GOMEZ, TAMBIEN CONOCIDA COMO ANDREA EUGENIA RIVERO GOMEZ Y BEATRIZ GALLARDO SALAZAR, TAMBIEN
CONOCIDA COMO MARIA BEATRIZ RIVERO SALAZAR.

EN EL CUADERNO DE AMPARO DIRECTO CIVIL No. 892/2011, PROMOVIDO POR LEOPOLDO ALEJANDRE SOLORIO, RELATIVO AL TOCA CIVIL NUMERO 0599/2011, DEDUCIDO DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL, EXPEDIENTE 0080/2006, PROMOVIDO POR LEOPOLDO ALEJANDRE SOLORIO EN CONTRA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, Y OTROS, POR AUTO DE FECHA ONCE DE ENERO DEL AÑO EN CURSO, SE ORDENO LLEVAR A CABO EL EMPLAZAMIENTO A LOS TERCEROS PERJUDICADOS OCAMPO MELCHOR VERDUZCO GUERRERO, ANDREA RIVERO GOMEZ, TAMBIEN CONOCIDA COMO ANDREA EUGENIA RIVERO GOMEZ Y BEATRIZ GALLARDO SALAZAR, TAMBIEN CONOCIDA COMO MARIA BEATRIZ RIVERO SALAZAR, POR MEDIO DE EDICTOS, AUTORIZADOS POR LOS CC. MAGISTRADOS INTEGRANTES DE LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, A FIN DE QUE SE PUBLIQUEN LOS EDICTOS RESPECTIVOS TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, HACIENDOSELES SABER A DICHOS TERCEROS PERJUDICADOS QUE DEBERAN PRESENTARSE, DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL EN QUE SE HAGA LA ULTIMA PUBLICACION, PARA QUE COMPAREZCAN ANTE EL H. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMOQUINTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, EN DEFENSA
DE SUS INTERESES, SI ASI LO ESTIMAN CONVENIENTE. QUEDAN A SU DISPOSICION EN LA SECCION DE AMPAROS DE LA SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA DE GARANTIAS.

EMPLAZAMIENTO QUE SE VERIFICA POR MEDIO DE EDICTOS, EN VIRTUD DE IGNORARSE SUS DOMICILIOS.

Para su publicación en los Estrados de este Tribunal Superior de Justicia del Estado, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, por tres veces de siete en siete días.


Atentamente

Mexicali, B.C., a 11 de enero de 2012.

El Secretario General de Acuerdos del
Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California

Lic. Pedro I. Amaya Rábago

Rúbrica.

(R.- 341977)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León

Mesa II

Juicio de Amparo 366/2010-2

EDICTO

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.

JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL Y DE TRABAJO EN EL

ESTADO DE NUEVO LEON.

INSISEL SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

En los autos del juicio de amparo número 366/2010-2, promovido por Sonia Leticia Cavazos Salazar, contra actos del Presidente de la Junta Especial número Seis de la Federal de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y otras autoridades, y en virtud de que se le señaló a usted como tercera perjudicada, desconociéndose su domicilio cierto y actual, en cumplimiento al acuerdo dictado el uno de febrero de dos mil doce, dentro del juicio antes citado, se ha ordenado emplazarla a juicios por EDICTOS, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos civiles de aplicación supletoria. Queda a disposición de la referida tercera perjudicada, en la Actuaría de este Tribunal copia simple de la demanda de amparo, de la que se desprende se cita como acto reclamado:

“…Todo lo actuado dentro de los autos de la providencia precautoria de embargo número 6/2006 y dentro del expediente 309/2006, ambos derivados del Juicio Ordinario Laboral promovido por el C. JORGE MAURICIO PASTOR POTOSKY en contra de TURBO SYSTEM DEL NORTE S.A. DE C.V. y OTRO. Como consecuencia la falta de llamamiento a juicio, el embargo, remate, adjudicación y orden de lanzamiento del inmueble consistente en un lote de terreno marcado con el número (16) dieciséis, de la manzana número (151) ciento cincuenta y un, catastralmente (59) cincuenta y nueve, del fraccionamiento El Vergel II, en el municipio de Allende, Nuevo León, tiene una superficie de (199.43 M2), ciento noventa y nueve metros cuadrados con cuarenta y tres centímetros inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 334, volumen IV, libro XXXVI, sección I propiedad de fecha 22 de junio del 2005…”; haciéndole saber que cuenta con un término de treinta días hábiles contados a partir de la última publicación de los edictos, para que ocurra ante este Juzgado Federal a hacer valer sus derechos, quedando a su disposición copia de demanda, de igual hágase del conocimiento que se encuentran señaladas las nueve horas del veintinueve de marzo del año en curso, para la celebración de la audiencia constitucional.


Monterrey, N.L., a 20 de febrero de 2012.

Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materias Civil

y de Trabajo en el Estado de Nuevo León

Lic. Marlen de León Vega

Rúbrica.

(R.- 342616)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
en el Estado de Baja California

EDICTO

Constructora L.C.B.C., Luis Carlos Barros Cabrera o quien resulte responsable de la fuente de trabajo.

En virtud de la demanda de amparo directo promovida por Mario David González Núñez, contra el acto reclamado consistente en el laudo de veintinueve de abril de dos mil once, dictado dentro del expediente laboral 522/2009 por la autoridad responsable Junta Especial de Conciliación y Arbitraje del Noroeste, con residencia en San Luis Río Colorado, Sonora; por auto de doce de julio de dos mil once, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número 625/2011 y se solicitó el emplazamiento de los terceros perjudicados Constructora L.C.B.C., Luis Carlos Barros Cabrera y quien resulte responsable de la fuente de trabajo ubicada en carretera federal, salida hacia al Este, a 400 metros del Cesues en San Luis Río Colorado, Sonora, en términos del artículo 30 de la Ley de Amparo, por tanto, se reservó proveer respecto a la admisión o rechazo de la demanda en cuestión y se ordenó la búsqueda de los citados terceros perjudicados en los domicilios donde pudieran ser emplazados, con fundamento en la fracción II del citado numeral, se agotaron los medios de investigación para su localización, sin haber obtenido resultado alguno; por lo que, en proveído de doce de enero de dos mil doce, este tribunal ordenó el emplazamiento de Constructora L.C.B.C., Luis Carlos Barros Cabrera o quien resulte responsable de la fuente de trabajo, por medio de edictos, en términos del normativo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.

Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, para que dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente de la última publicación, los terceros perjudicados Constructora L.C.B.C., Luis Carlos Barros Cabrera o quien resulte responsable de la fuente de trabajo, se apersonen al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo, se les tendrá por emplazados y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les realizarán por medio de lista que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos de los artículos 29 fracción III, en relación con el diverso 28, fracción III de la Ley de Amparo; asimismo, hágaseles saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de garantías interpuesta se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano colegiado.

Mexicali, B.C., a 1 de febrero de 2012.

La Secretaria de Acuerdos del Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito

Guadalupe Muro Páez

Rúbrica.

(R.- 342642)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Noveno de Distrito

Sección Civil

Tampico, Tamps.

EMPLAZAMIENTO POR EDICTO

HILARIO G. ESPINOZA

(TERCERO PERJUDICADO)

PRESENTE.

De conformidad con lo establecido en el acuerdo de veintiuno de diciembre de dos mil once, dictado en
los autos del
cuaderno de demanda de amparo relativo al juicio de amparo directo 282/2010 del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito, promovido por Rosa Pérez Serna, contra actos de este Juzgado, derivados del juicio ordinario mercantil 63/2009, promovido por Rosa Pérez Serna, en contra de Hilario G. Espinoza, y en cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de veinticinco de noviembre de dos mil once, dictado en los autos del juicio de amparo directo 282/2011, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, residente en Ciudad Madero, Tamaulipas, promovido por Rosa Pérez Serna, se hace del conocimiento del tercero perjudicado citado al rubro que en la demanda de amparo directo de referencia se precisó como acto reclamado:

La sentencia emitida por el Juez Noveno de Distrito en el juicio ordinario mercantil número 63/2009, el veintiocho de enero de dos mil diez, y notificada el dos de febrero de dos mil diez, por cuanto dejó (a criterio de la quejosa) de valorar las pruebas y constancias procesales aportadas por la parte quejosa

Por razón de turno, correspondió conocer de la demanda al Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, residente en Ciudad Victoria, misma que fue registrada con la partida 282/2010, del índice de ese Colegiado.

Tomando en consideración que fue agotado el procedimiento marcado por la ley, para emplazar al tercero perjudicado Hilario G. Espinoza, el veintisiete de diciembre de dos mil once, se ordenó emplazar a juicio a dicho tercero por edictos, los que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República; edictos que deberán ser publicados a costa del Consejo de la Judicatura Federal; y que contendrá una relación breve de la demanda de garantías, haciéndole de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito, quedará a su disposición, copia simple de la demanda de amparo, y que deberá comparecer al juicio de amparo directo que se ha precisado con antelación, en el término de diez días, contados a partir de la última publicación de los edictos, apercibido que, si transcurrido dicho término no comparece, se continuará el juicio de amparo directo y por su incomparecencia al juicio uniinstancial referido, se le harán las posteriores notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de lista que se publique en los estrados del Organo Colegiado del conocimiento; fíjese además en la puerta de este recinto oficial, copia íntegra del edicto, durante todo el tiempo del emplazamiento…”

Atentamente

Tampico, Tamps., a 21 de diciembre de 2011.

La Secretaria del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Tamaulipas

Lic. Sara Judith Gudiño Martínez

Rúbrica.

(R.- 342691)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México

con residencia en Naucalpan de Juárez

EDICTO


AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

CARLOS CASTAÑEDA LOPEZ, MARCO ANTONIO SOLIS PEREZ Y PABLO MARTINEZ GODINEZ.

Naucalpan de Juárez, Estado de México, veintitrés de febrero de dos mil doce.

En los autos del juicio de amparo 573/2011-V, promovido FRANCISCO JAVIER LOPEZ PEREZ, ante este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, contra actos del Juez Primero Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, Estado de México y otra autoridad, por desconocerse el domicilio de los terceros perjudicados CARLOS CASTAÑEDA LOPEZ, MARCO ANTONIO SOLIS PEREZ Y PABLO MARTINEZ GODINEZ, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa del Consejo de la Judicatura Federal, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado de Distrito una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:

INSERTO: Se comunica a los terceros perjudicados CARLOS CASTAÑEDA LOPEZ, MARCO ANTONIO SOLIS PEREZ Y PABLO MARTINEZ GODINEZ, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de once de mayo de dos mil once, se admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por FRANCISCO JAVIER LOPEZ PEREZ, correspondiéndole el número de juicio de amparo 573/2011-V, promovido contra actos del Juez Primero Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, Estado de México y otra autoridad, por los actos consistentes en:

“…la formal prisión dictada por la autoridad ordenadora mediante el correspondiente auto de término constitucional de fecha veinte de noviembre de dos mil ocho, por las infracciones penales de Daño en los Bienes y Lesiones, ambos culposos, en la causa penal 311/2008; así como del conocimiento de la autoridad ejecutora respecto de la formal prisión, aún cuando el quejoso se encuentra en libertad, no menos verdadero es que dicha autoridad fue notificada de la situación jurídica aludida, por el delito indicado.

Indíquesele a los terceros perjudicados CARLOS CASTAÑEDA LOPEZ, MARCO ANTONIO SOLIS PEREZ Y PABLO MARTINEZ GODINEZ, que deberán presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.

A efecto de que tengan conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a sus intereses conviniere, y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de uno de los municipios detallados en la “Declaratoria de la Zona Metropolitana del Valle de México”, contenida en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, de veintitrés de enero de dos mil seis, en el cual ejerza jurisdicción este Juzgado Federal.

Apercibidos que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de la materia, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se les harán por medio de lista, que se fija en este Juzgado.

Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado de Distrito, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.

Atentamente

La Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México

con residencia en Naucalpan de Juárez

Lic. Guadalupe Rocío Neri Reynaga

Rúbrica.

(R.- 343166)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Octavo Circuito

con residencia en Saltillo, Coahuila

Blvd. Isidro López Zertuche No. 2791, Col. Universidad, C.P. 25260. Saltillo, Coahuila

CEDULA DE NOTIFICACION


En los autos relativos al juicio de amparo directo 210/2011 promovido por Juan José Zermeño Tello, por derecho propio, contra la sentencia dictada por la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado, residente en esta ciudad, y otra, se dictó un auto que a la letra dice:

Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a diecisiete de enero de dos mil doce.

Con fundamento en el artículo 41, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, agréguese a los presentes autos el oficio que remite el Secretario de Acuerdo y Tramite de la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado, residente en esta ciudad, mediante el cual en cumplimiento al requerimiento de uno de diciembre de dos mil once realizado por este tribunal colegiado, anexa la razón de fecha tres de enero de dos mil doce, levantada por el actuario adscrito al Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Penal del Distrito Judicial de Viesca, residente en Torreón, Coahuila de Zaragoza, de la que se desprende la imposibilidad de emplazar al tercero perjudicado Fernando Alfonso Serrano Olguín en el domicilio proporcionado por el quejoso, toda vez que el número 1854 no existe en la Calle del Sarape, de la Colonia Villas de la Merced de dicha ciudad.

Por lo tanto, en cumplimiento a la resolución de diecisiete de noviembre de dos mil once dictada en el recurso de reclamación 4/2011, se ordena la notificación del tercero perjudicado Fernando Alfonso Serrano Olguín por medio de edictos a costa del Consejo de la Judicatura Federal; en consecuencia, remítase el formato de los mismos a la Administración Regional residente en esta ciudad, a fin de que cubra los gastos de publicación de los medios de notificación señalados, para lo cual deberá determinar lo conducente conforme a derecho e informar a este tribunal colegiado las gestiones que realice para ello. (…)

Notifíquese.

Así lo acordó y firma Carlos Alberto López del Río, Presidente del Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Octavo Circuito, con residencia en esta ciudad, ante la secretaria de acuerdos que da fe.”

Lo que certifico y transcribo por medio de cédula personal para efecto de que sea emplazado por edictos al tercero perjudicado Fernando Alfonso Serrano Olguín, con motivo de la demanda de amparo directo promovida por Juan José Zermeño Tello, contra la sentencia de la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Coahuila, residente en esta ciudad, dictada el veintinueve de abril de dos mil cinco, dentro del toca penal 172/2005, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y otro de circulación local, se le hace saber al tercero perjudicado que debe presentarse dentro del término de treinta días contados del día siguiente al de la última publicación a este tribunal colegiado para apersonarse en el juicio de amparo y recoger la copia de traslado de la demanda de amparo que estará a su disposición en la secretaría de este tribunal; publíquese copia íntegra del auto en los estrados de este tribunal por todo el tiempo del emplazamiento; de no comparecer dicho tercero al juicio por sí, apoderado o gestor, se seguirá este en rebeldía, haciéndosele las demás notificaciones por tabla de avisos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación de amparo. Se extiende el presente a los diecisiete días del mes de enero de dos mil doce. Doy Fe.-

EDICTO A PUBLICARSE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.


La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materias Penal

y de Trabajo del Octavo Circuito

Lic. Karen Denys López Monsiváis

Rúbrica.

(R.- 343174)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla


TERCERO PERJUDICADOS: 1. CLAUDIA CUELLAR VILLANUEVA, 7. MARIA MERCEDES BENITEZ LEMUS, 9. MARIA DEL PILAR ALICIA VIVEROS HERNANDEZ, 14. JESSICA ELIZABETH ALEXANDER GUERRERO, 15. ALFONSO FUENTES PEREZ, 17. ABRAHAM VELAZQUEZ ROMERO, 18. JUANA XX GUERRERO, 19. ELVIRA OCHOA SANCHEZ, 22. ANA RAMOS GARCIA, 28. EDGAR ANTONIO PEREZ BARROSO, 29. CONSTANTINO IZELO IZELO, 31. FLORENCIA ALMAZAN ARAGON, 34. NICOLAS SAAVEDRA CANSECO, 37. JULIO ALFREDO ORDUÑA FLORES, 38. JAVIER MACHORRO JIMENEZ,
41. ALEJANDRO RODRIGUEZ ACEVEDO, 42. EDUARDO ANTONIO FLORES CARDENAS, 46. JOSE SANCHEZ GAGNEBET, 53. MIGUEL ANGEL DIAZ TORRES, 54. EDUARDO SANCHEZ CRUZ, 56. LUIS MIGUEL CARRANZA LOPEZ, 57. MARTHA MUÑOZ HERNANDEZ, 58. ENRIQUE VIVEROS ACEVEDO,
60. JOSE ALBERTO VAZQUEZ HERNANDEZ, 65. ANA LILIA BAUTISTA CABALLERO, 69. BEATRIZ PONCE MANZANO, 71. ROBERTO HERNANDEZ FLORES, 72. JOSE ROBERTO ALCAIDE BERMUDEZ, 77. JOSE CLAUDIO AGUILAR HERNANDEZ, 78. LEOBARDO CRUZ RAMOS ISLAS, 79. EDNA ESPERANZA IGLESIAS CONCHAS, 80. MARIA ELENA AGUILAR MARTINEZ, 81. MARIA DE LOURDES ACEVEDO NIÑO RIVERA, 82. SANDRA PAOLA MONROY IGLESIAS, 83. ELOINA FLORES FLORES y
84. VICTOR MANUEL GREGORIO CASAS RIVAS
.

En el juicio de amparo 1742/2010 y su acumulado 164/2011, de este juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por GONZALO CERON GUTIERREZ y LUIS REY PEREZ JUAREZ, contra actos del JUEZ TERCERO DE LO PENAL DE LA CIUDAD DE PUEBLA; se han señalado como tercero perjudicados entre otros a 1. CLAUDIA CUELLAR VILLANUEVA, 7. MARIA MERCEDES BENITEZ LEMUS,
9. MARIA DEL PILAR ALICIA VIVEROS HERNANDEZ, 14. JESSICA ELIZABETH ALEXANDER GUERRERO, 15. ALFONSO FUENTES PEREZ, 17. ABRAHAM VELAZQUEZ ROMERO, 18. JUANA XX GUERRERO,
19. ELVIRA OCHOA SANCHEZ, 22. ANA RAMOS GARCIA, 28. EDGAR ANTONIO PEREZ BARROSO,
29. CONSTANTINO IZELO IZELO, 31. FLORENCIA ALMAZAN ARAGON, 34. NICOLAS SAAVEDRA CANSECO, 37. JULIO ALFREDO ORDUÑA FLORES, 38. JAVIER MACHORRO JIMENEZ, 41. ALEJANDRO RODRIGUEZ ACEVEDO, 42. EDUARDO ANTONIO FLORES CARDENAS, 46. JOSE SANCHEZ GAGNEBET, 53. MIGUEL ANGEL DIAZ TORRES, 54. EDUARDO SANCHEZ CRUZ, 56. LUIS MIGUEL CARRANZA LOPEZ, 57. MARTHA MUÑOZ HERNANDEZ, 58. ENRIQUE VIVEROS ACEVEDO, 60. JOSE ALBERTO VAZQUEZ HERNANDEZ, 65. ANA LILIA BAUTISTA CABALLERO, 69. BEATRIZ PONCE MANZANO, 71. ROBERTO HERNANDEZ FLORES, 72. JOSE ROBERTO ALCAIDE BERMUDEZ, 77. JOSE CLAUDIO AGUILAR HERNANDEZ, 78. LEOBARDO CRUZ RAMOS ISLAS, 79. EDNA ESPERANZA IGLESIAS CONCHAS, 80. MARIA ELENA AGUILAR MARTINEZ, 81. MARIA DE LOURDES ACEVEDO NIÑO RIVERA, 82. SANDRA PAOLA MONROY IGLESIAS, 83. ELOINA FLORES FLORES y 84. VICTOR MANUEL GREGORIO CASAS RIVAS
; y como se desconocen sus domicilios actuales, se ha ordenado emplazarlos por edictos, que deberán publicarse: PRIMERA PUBLICACION EL VEINTE DE FEBRERO, SEGUNDA PUBLICACION EL VEINTINUEVE DE FEBRERO y TERCERA PUBLICACION EL NUEVE DE MARZO, TODOS DE DOS MIL DOCE, en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excelsior”, “El Financiero” o “El Universal”, a elección del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Queda a disposición en la actuaría de este juzgado copia simple de las demandas de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse ante este juzgado dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, y que la audiencia constitucional se encuentra señalada para las NUEVE HORAS CON DOCE MINUTOS DEL VEINTITRES DE ENERO DE DOS MIL DOCE.


Atentamente

San Andrés Cholula, Pue., a 23 de diciembre de 2011.

Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla

Aída Araceli Ramírez Lozano

Rúbrica.

(R.- 341596)

Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado

10 Morelia, Mich. 10

EDICTO

Que se publica en cumplimiento a lo ordenado en auto de veintisiete de enero de dos mil doce dentro del juicio de amparo 819/2011, promovido por Lázaro Rosales Triste, se dictó el siguiente auto que en su parte conducente dice:

“…Por tanto, se ordena emplazar a la tercero perjudicada LIMPEQ, Sociedad Anónima de Capital Variable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y el numeral 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles por medio de edictos los cuales deberán contener una relación sucinta de la demanda y del auto de admisión; edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república,

De igual forma, se fijará además en la puerta de este juzgado una copia del edicto de que se trata por todo el tiempo del emplazamiento.

Para dar margen a lo anterior se difiere anticipadamente la celebración de la audiencia constitucional señalada para las once horas con cincuenta minutos del treinta y uno de enero de dos mil doce y en su lugar se fijan las once horas del día dieciséis de marzo de dos mil doce.

Por medio del edicto que se publique hágase saber a la tercera perjudicada LIMPEQ, Sociedad Anónima de Capital Variable, lo siguiente:

a) Que el día tres de noviembre de dos mil once este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado tuvo por admitida la demanda de garantías promovida por Carlos Humberto Rodríguez Fernández en cuanto apoderado de Lázaro Rosales Triste, misma que quedó registrada con el número 819/2011, y no se tramitó incidente de suspensión porque la parte quejosa no lo solicitó.

b) En su demanda señaló como acto reclamado y autoridades responsables los siguientes:

1. De la junta responsable el haber señalado fecha para una audiencia conciliatoria fuera de procedimiento la cual, según lo manifiesta la parte quejosa, no está prevista en la ley, dentro del juicio ordinario laboral
J-IIIS1-2177/2011 promovido por Lázaro Rosales Triste frente a
LIMPEQ, Sociedad Anónima de Capital Variable y otra.

2. Que dentro de dicho expediente haya fijado una fecha remota para la audiencia inicial; y,

3. Del actuario adscrito a la junta responsable el haber omitido el emplazamiento de la parte demandada
al juicio laboral precisado.

c) Se le hace saber que se señalaron las once horas del día dieciséis de marzo de dos mil doce para la celebración de la audiencia constitucional.

d) Requiérase a LIMPEQ; Sociedad Anónima de Capital Variable para que en el supuesto de cesación de efectos del acto reclamado, o en caso de que se actualice alguna causa notoria de sobreseimiento, lo haga saber a este Juzgado Federal, apercibidas que en caso de no hacerlo se les impondrá la sanción prevista en el numeral y párrafos citados.

e) Hágase saber a la empresa tercero perjudicada que deberá presentarse ante este juzgado a comparecer al juicio de amparo dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación del edicto y que si pasado este término, no comparece por apoderado o por persona que pueda representarla, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por lista que se fija en los estrados de este juzgado que se fijará en la puerta del juzgado.

f) Por último, hágase saber a la parte quejosa, que de conformidad con los artículos 5°, 6° y 7° del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, las sentencias ejecutorias son públicas y de conformidad con lo establecido en el artículo 8°, del propio reglamento puede ejercer el derecho de oponerse a la publicación de sus datos personales en la medida que no se impida conocer el criterio sostenido por el respectivo órgano jurisdiccional…”.

Notifíquese y cúmplase.

Así lo acordó y firma el licenciado Leonardo Rojas Barragán, secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Michoacán, encargado del despacho por licencia del titular, en términos del artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, quien actúa con la licenciada Carmen Criceida González Magaña, secretaria que autoriza y da fe.

Lo transcribo a Usted para su conocimiento y efectos legales conducentes.

Atentamente

Morelia, Mich., a 27 de enero de 2012.

La Secretaria del Juzgado Séptimo de

Distrito en el Estado de Michoacán

Lic. Carmen Criceida González Magaña

Rúbrica.

(R.- 342660)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

TERCERO PERJUDICADOS: 1. Alejandra Maceda Nájera. 5. Guadalupe Meza Muñoz. 7. Gloria Valdez Cedillo. 8. César Ricardo Lerma Tuxpan. 9. Arlet Guadalupe Maceda Nájera. 10. Juan Alberto Fuentes Hernández. 11. Juan Sánchez Lecona. 15. Renato Fernández Téllez. 18. Erick Córdova Ferra. 21. José Maurilio Cruz Saldaña. 24. Eduardo Sánchez Hernández. 36. María Marcelina Lucero Díaz García. 37. Julio César Conde García. 43. María Gloria Juárez Guarneros. 44. Víctor Arturo Hernández Trujillo. 45. Victoria Cuautle Atencos. 48. Laura Hernández Romero. 57. María del Carmen Morgado Aguilar. 59. Micaela Pérez Huitzil. 60. Irma Maricela Ramírez Huerta. 61. Adriana Becerra de la Calleja. 62. Marisol Hernández Reyes. 63. Francisca Guadalupe García Mirón. 64. Vicente Alonso Zúñiga. 65. María Lourdes Ortiz Padilla. 66. Irma Griselda Tehuitzil Mejia. 67. Josefina Martínez Reyes. 73. Jorge León Osorno. 75. Margarita Rivera Florencio. 77. Francisco Agustín Pozos Pérez. 80. Carlos Paisano Ecatl. 82. Francisco Genaro Campos Villatoro.
84. Hilario Rogelio de la Rosa Enríquez. 85. Teodora Paisano Ecatl. 86. Mario Aguilar Hernández. 87. Enrique Zamora. 90. Martina Castellano Gallo. 94. Blanca Albores García. 97. Edmundo García Gómez. 109. Abel Zamitiz Pérez y/o Abel Pérez Zamitiz. 110. Matilde Esperanza Morales Rosas. 111. José Mario Mendoza García. 112. Guadalupe Odilón Huitzil Mexicano. 113. Luciano Tuxpan Morales. 114. Eduardo Ramón Burgos Saavedra. 115. Julia Ocaña. 116. José Luis Jacinto Ahuatl Roldán. 117. Jovita Pérez Díaz. 118. Remedios Avila Cuateco. 119. María de Lourdes Candelario Maceda Huerta. 120. Rodolfo Guzmán Rosete. 121. Carmen Moreno Carrasco. 122. María del Socorro Cota Abaroa. 123. José Luis Ramírez Medero. 125. Luz María Vidal Moreno. 126. Irene Martínez Vidal. 128. Javier Romero Márquez. 132. Lucrecia Galindo Durán. 135. Estefanía Guadalupe Paisano Ecatl. 136. Maribel González Flores. 138. Jesús Iván Macuil López. 139. Máximo Hernández López. 142. Ulises Estrada Sánchez. 145. Abundio Tirado Luna. 146. Rosa María Lara Díaz.
151. Esther Zárate Betanzos. 152. Anahi Sánchez Pérez. 154. Margarita García Peregrina. 155. María Isabel Tecuapetla Bermudez. 156. Andrés Castro Flores. 158. Gian Luigi Zaniboni. 160. José Reyes Lara.
161. Ramón Torres Uribe. 162. Arturo Cruz Solis. 163. Alberto Carlos Mota Cortés. 167. Mario Benjamín Aguirre Casillas. 168. Tania Juárez Hernández. 169. Andrea Cerezo Serrano. 170. Julio Moreno Díaz. 171. Diana Elena Appleton Alvarez. 174. María Isabel Samaniego Aguirre. 175. Jorge Ramírez Melgarejo. 176. José Jorge Brito Morales. 177. José Rugerio Jiménez. 180. Gustavo Núñez González. 182. Mario Jorge Carranza Salazar. 183. Angelina Martínez Vázquez. 184. Antonio Palacios Hernández. 187. María Lucrecia Concepción Bautista Romero. 193. Reina Aereopagita Colorado. 194. Juan de la Cruz Cuautle Barrales. 195. María Guadalupe Cuautle Aguilar. 198. Federico Peregrina Ramos. 199. Porfirio Aguilar Aguilar. 202. Jorge López Peña. 203. Ricardo Osorio Santamaría. 208. Margarita Izunza Gómez. 210. Norma Leticia Munive Orduña. 213. Ricardo Gómez Soancatl. 214. Carmen Sánchez Acevedo. 215. Verónica García Gómez. 218. María Rebeca Díaz Bortolotti. 221. Beatriz Ramírez Trinidad. 224. Luz María Cervantes Baños y 225. Hortensia Hernández Quinto.

En el juicio de amparo 877/2011, de este juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por GONZALO CERON GUTIERREZ, contra actos del JUEZ DE LO PENAL CHOLULA, PUEBLA; se han señalado como tercero perjudicados entre otros a 1. Alejandra Maceda Nájera. 5. Guadalupe Meza Muñoz.
7. Gloria Valdez Cedillo. 8. César Ricardo Lerma Tuxpan. 9. Arlet Guadalupe Maceda Nájera. 10. Juan Alberto Fuentes Hernández. 11. Juan Sánchez Lecona. 15. Renato Fernández Téllez. 18. Erick Córdova Ferra.
21. José Maurilio Cruz Saldaña. 24. Eduardo Sánchez Hernández. 36. María Marcelina Lucero Díaz García. 37. Julio César Conde García. 43. María Gloria Juárez Guarneros. 44. Víctor Arturo Hernández Trujillo.
45. Victoria Cuautle Atencos. 48. Laura Hernández Romero. 57. María del Carmen Morgado Aguilar.
59. Micaela Pérez Huitzil. 60. Irma Maricela Ramírez Huerta. 61. Adriana Becerra de la Calleja. 62. Marisol Hernández Reyes. 63. Francisca Guadalupe García Mirón. 64. Vicente Alonso Zúñiga. 65. María Lourdes Ortiz Padilla. 66. Irma Griselda Tehuitzil Mejia. 67. Josefina Martínez Reyes. 73. Jorge León Osorno. 75. Margarita Rivera Florencio. 77. Francisco Agustín Pozos Pérez. 80. Carlos Paisano Ecatl. 82. Francisco Genaro Campos Villatoro. 84. Hilario Rogelio de la Rosa Enríquez. 85. Teodora Paisano Ecatl. 86. Mario Aguilar Hernández. 87. Enrique Zamora. 90. Martina Castellano Gallo. 94. Blanca Albores García. 97. Edmundo García Gómez. 109. Abel Zamitiz Pérez y/o Abel Pérez Zamitiz. 110. Matilde Esperanza Morales Rosas. 111. José Mario Mendoza García. 112. Guadalupe Odilón Huitzil Mexicano. 113. Luciano Tuxpan Morales. 114. Eduardo Ramón Burgos Saavedra. 115. Julia Ocaña. 116. José Luis Jacinto Ahuatl Roldán. 117. Jovita Pérez Díaz. 118. Remedios Avila Cuateco. 119. María de Lourdes Candelario Maceda Huerta. 120. Rodolfo Guzmán Rosete. 121. Carmen Moreno Carrasco. 122. María del Socorro Cota Abaroa. 123. José Luis Ramírez Medero. 125. Luz María Vidal Moreno. 126. Irene Martínez Vidal. 128. Javier Romero Márquez. 132. Lucrecia Galindo Durán. 135. Estefanía Guadalupe Paisano Ecatl. 136. Maribel González Flores. 138. Jesús Iván Macuil López. 139. Máximo Hernández López. 142. Ulises Estrada Sánchez. 145. Abundio Tirado Luna.
146. Rosa María Lara Díaz. 151. Esther Zárate Betanzos. 152. Anahi Sánchez Pérez. 154. Margarita García Peregrina. 155. María Isabel Tecuapetla Bermudez. 156. Andrés Castro Flores. 158. Gian Luigi Zaniboni.
160. José Reyes Lara. 161. Ramón Torres Uribe. 162. Arturo Cruz Solís. 163. Alberto Carlos Mota Cortés. 167. Mario Benjamín Aguirre Casillas. 168. Tania Juárez Hernández. 169. Andrea Cerezo Serrano. 170. Julio Moreno Díaz. 171. Diana Elena Appleton Alvarez. 174. María Isabel Samaniego Aguirre. 175. Jorge Ramírez Melgarejo. 176. José Jorge Brito Morales. 177. José Rugerio Jiménez. 180. Gustavo Núñez González.
182. Mario Jorge Carranza Salazar. 183. Angelina Martínez Vázquez. 184. Antonio Palacios Hernández.
187. María Lucrecia Concepción Bautista Romero. 193. Reina Aereopagita Colorado. 194. Juan de la Cruz Cuautle Barrales. 195. María Guadalupe Cuautle Aguilar. 198. Federico Peregrina Ramos. 199. Porfirio Aguilar Aguilar. 202. Jorge López Peña. 203. Ricardo Osorio Santamaría. 208. Margarita Izunza Gómez.
210. Norma Leticia Munive Orduña. 213. Ricardo Gómez Soancatl. 214. Carmen Sánchez Acevedo.
215. Verónica García Gómez. 218. María Rebeca Díaz Bortolotti. 221. Beatriz Ramírez Trinidad. 224. Luz María Cervantes Baños y 225. Hortensia Hernández Quinto; y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlos por edictos, que deberán publicarse: PRIMERA PUBLICACION EL VEINTE DE FEBRERO, SEGUNDA PUBLICACION EL VEINTINUEVE DE FEBRERO y TERCERA PUBLICACION EL NUEVE DE MARZO, TODOS DE DOS MIL DOCE, en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excelsior”, “El Financiero” o “El Universal”, a elección del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Queda a disposición en la actuaría de este juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse ante este juzgado dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, y que la audiencia constitucional se encuentra señalada para las nueve horas con diecisiete minutos del once de enero de dos mil doce.

Atentamente

San Andrés Cholula, Pue., a 15 de diciembre de 2011.

Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla

Hugo Alberto Carmona Olguín

Rúbrica.

(R.- 341814)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Tribunal Colegiado del Segundo Circuito con residencia en Nezahualcóyotl

Estado de México

EDICTO

TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.

Juicio de amparo: D.P. 245/2012.

Quejoso: GERARDO RIVERA CRUZ.

Tercero perjudicados: ANGEL ODIN HERNANDEZ, LIZETH HERNANDEZ HERNANDEZ, por conducto de BEATRIZ HERNANDEZ ADRIANA y ANA KAREN AGUIRRE RUIZ.

Se hace de su conocimiento que GERARDO RIVERA CRUZ, por propio derecho, promovió amparo directo en contra de la resolución de doce de septiembre de dos mil once, dictada por la PRIMERA SALA COLEGIADA PENAL DE TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO; ante ello, y en virtud de que no se ha podido emplazar a juicio a los citados tercero perjudicados, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado en forma supletoria, emplácese a juicio a ANGEL ODIN HERNANDEZ, LIZETH HERNANDEZ HERNANDEZ, por conducto de BEATRIZ HERNANDEZ ADRIANA y ANA KAREN AGUIRRE RUIZ., publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber a los citados terceros, que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; quedando apercibidos estos que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal colegiado de circuito. Doy Fe.

LIC. EDGAR MARTIN PEÑA LOPEZ

SECRETARIO DE ACUERDOS

PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION

Atentamente

Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,

con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México

Lic. Edgar Martín Peña López

Rúbrica.

(R.- 343313)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

EDICTO

Emplazamiento de la Tercero Perjudicada

*SINERGIA Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE (LOG&MEX)

En el juicio de amparo 3036/2011, promovido por GERARDO LUPERCIO FLORES MENDEZ, contra el acto de la Junta Especial Número Once de la Federal de Conciliación y Arbitraje, consistente en la omisión
de dictar el laudo correspondiente al expediente laboral 1103/2009, señalado como tercero perjudicada en proveído de siete de diciembre de dos mil once, y al desconocerse su domicilio el veinticinco de enero de dos mil doce, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.

México, D.F., a 16 de febrero de 2012.

Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

Lic. Christian del Rosario Salinas Alvarez

Rúbrica.

(R.- 343309)



AVISOS GENERALES




Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), le invita a participar en sus procesos de licitación de carácter internacional para la adquisición de bienes, contratación de servicios y obra pública.
Lo anterior, de conformidad con los artículos III y VIII del Acuerdo entre Las Naciones Unidas y el Gobierno
de los Estados Unidos Mexicanos, firmado el 23 de febrero de 1961, en apego a la resolución 1240 (XIII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, con el objeto de promover el progreso social y elevar el nivel de
vida así como de impulsar el desarrollo económico, social y técnico de México. Mayor información: rm@undp.org

No. de convocatoria

Descripción

SDP-03-2012

Consultoría para actualización del Inventario Nacional de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero 1990-2010 en la Categoría de Uso de Suelo,

Cambio de Uso de Suelo y Silvicultura (USCUSS)

Las bases de licitación no tienen costo alguno. Los interesados podrán encontrar ésta y otras convocatorias vigentes, las fechas de aclaraciones, visita al sitio y cierre, así como los requisitos para participar, en el portal de Internet del PNUD en México: http://www.undp.org.mx sección licitaciones vigentes. Twitter: PNUD_Mexico.

Fecha de elaboración del documento: 23 de febrero de 2012.

Directora de Recursos Materiales y Servicios Generales

Patricia Marrón

Rúbrica.

(R.- 343239)

Estados Unidos Mexicanos

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Centro SCT Quintana Roo

EDICTO

Visto el contenido del inicio de procedimiento administrativo de revocación y/o sanción contenido en el oficio S.C.T.6.22.413.176/2012 de fecha 6 de febrero del 2012, en contra de la empresa “SERVICIOS EJECUTIVOS FARALV S.A. DE C.V.”, permisionaria del servicio público Federal de Turismo Nacional en su clasificación Turístico de Lujo; esta autoridad procede a informar lo siguiente. De la revisión de las constancias del expediente formado con motivo de la visita de inspección ordenada en el oficio S.C.T.6.22.1.775/2011, se desprende que la empresa permisionaria del servicio de Autotransporte Federal “SERVICIOS EJECUTIVOS FARALV S.A. DE C.V.”, se encuentra contraviniendo lo previsto en el artículo 17 fracciones I y XIV de la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Federal; artículo 99 de la Ley General de Vías de Comunicaciones; artículo 13 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares; y por lo tanto, esta autoridad ordena INICIAR DE OFICIO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE REVOCACION Y/O SANCION EN CONTRA DE LA EMPRESA PERMISIONARIA “SERVICIOS EJECUTIVOS FARALV S.A. DE C.V.”, por lo que con fundamento en el artículo 79 fracción I de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal en relación con los artículos 14 y 38 último párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 99 párrafo segundo de la Ley General de Vías de Comunicaciones, se le otorga un término de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la última publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como de la última publicación del periódico de mayor circulación en el Territorio Nacional, para que manifieste lo que a su derecho corresponda, ofrezca las pruebas y defensas que estime pertinentes, con el apercibimiento de que si transcurrido el término señalado, no manifiesta nada en su defensa, se dictará la resolución correspondiente en términos de la fracción II, del artículo 79 de la invocada. No omito manifestarle que el escrito que contenga las manifestaciones que estime pertinentes respecto del presente inicio de procedimiento, deberán presentarse en las oficinas que ocupa el Centro SCT, Quintana Roo, ubicadas en la avenida Insurgentes número 410 de la colonia 20 de noviembre de la ciudad de Chetumal, Quintana Roo, con horario de oficina de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 2:30 p.m. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 44, 75, 81 y 82 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se adopta como medida de seguridad, la cancelación de todos y cada uno de los trámites que pretenda realizar la empresa citada, en el Sistema Integral de Información de Autotransporte Federal; lo anterior hasta en tanto se presente a las oficinas del Centro SCT, Quintana Roo, a efectos de regularizar la situación jurídica respecto del domicilio registrado por la empresa “SERVICIOS EJECUTIVOS FARALV S.A. DE C.V.”, ante este Centro SCT. Así mismo, con la finalidad de no dejar en estado de indefensión a la empresa antes citada, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se pone a su disposición para su consulta el expediente formado con motivo del inicio de procedimiento administrativo contenido en el oficio S.C.T.6.22.413.176/2012, en las oficinas enunciadas en supralíneas.

Atentamente

Chetumal, Q. Roo, a 6 de febrero de 2012.

Director General del Centro SCT Quintana Roo

C. Miguel Angel Núñez Pérez Gavilán

Rúbrica.

(R.- 343127)



Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Centro SCT Quintana Roo

EDICTO

Visto el contenido del procedimiento administrativo de revocación y/o sanción en contra de ENRIQUETA GONZALEZ MONTES, permisionaria del Servicio Público Federal; en consecuencia el suscrito Director General ha dictado los siguientes resolutivos: PRIMERO. En términos del considerando III de la resolución
contenida en el oficio número SCT.6.22.413.203/2012, se revoca el permiso
, otorgado a favor de la empresa permisionaria ENRIQUETA GONZALEZ MONTES, quedando imposibilitada la referida empresa para obtener un nuevo permiso dentro del plazo de cinco años contados a partir de la presente resolución; SEGUNDO. En términos de lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, se ordena publicar la presente resolución del procedimiento administrativo de revocación iniciado en contra de ENRIQUETA GONZALEZ MONTES, por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación; TERCERO. En términos de lo dispuesto en los artículos 35 fracción III y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se ordena publicar la presente resolución del procedimiento administrativo de revocación iniciado por esta autoridad en contra de ENRIQUETA GONZALEZ MONTES, por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación, y por tres días consecutivos en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el territorio nacional; CUARTO. En términos del considerando IV de la presente resolución, se ordena al Subdirector de Transporte del Centro SCT, Quintana Roo, para que en atención a como lo dispone el último párrafo del artículo 17 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, realice las acciones correspondientes por cuanto a la revocación del permiso de ENRIQUETA GONZALEZ MONTES, procediendo a inhabilitar y boletinar a la Policía Federal Preventiva, las placas del Servicio Público Federal que se encuentren activas a nombre de la empresa referida en líneas anteriores; QUINTO. En caso de inconformidad con la presente resolución, se informa al interesado, que con fundamento en los artículos 3 fracciones XIV y XV, y 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Recurso procedente es el de Revisión, contemplado en la ley antes citada y que el expediente puede ser consultado en las oficinas de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT Quintana Roo, sita en la Avenida Insurgentes número 410 esquina Nápoles, colonia 20 de Noviembre de 1978, de
esta Ciudad.

Atentamente

Chetumal, Q. Roo, a 24 de febrero de 2012.

Director General del Centro SCT Quintana Roo

C. Miguel Angel Núñez Pérez Gavilán

Rúbrica.

(R.- 343128)



Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Centro SCT Quintana Roo

EDICTO

Visto el contenido del procedimiento administrativo de revocación y/o sanción en contra de la empresa “TRANSPORTADORA TURISTICA SERGIOS S.A. DE C.V.”, permisionaria del Servicio Público Federal;
en consecuencia el suscrito Director General ha dictado los siguientes resolutivos:
PRIMERO. En términos del considerando III de la resolución contenida en el oficio número SCT.6.22.413.202/2012, se revoca el permiso, otorgado a favor de la empresa permisionaria “TRANSPORTADORA TURISTICA SERGIOS S.A. DE C.V.”, quedando imposibilitada la referida empresa para obtener un nuevo permiso dentro del plazo de cinco años contados a partir de la presente resolución; SEGUNDO. En términos de lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, se ordena publicar la presente resolución del procedimiento administrativo de revocación iniciado en contra de la empresa “TRANSPORTADORA TURISTICA SERGIOS S.A. DE C.V.” por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación; TERCERO. En términos de lo dispuesto en los artículos 35 fracción III y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se ordena publicar la presente resolución del procedimiento administrativo de revocación iniciado por esta autoridad en contra de la empresa “TRANSPORTADORA TURISTICA SERGIOS S.A. DE C.V.”, por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación, y por tres días consecutivos en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el territorio nacional; CUARTO. En términos del considerando IV de la presente resolución, se ordena al Subdirector de Transporte del Centro SCT, Quintana Roo, para que en atención a como lo dispone el último párrafo del artículo 17 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, realice las acciones correspondientes por cuanto a la revocación del permiso de la empresa “TRANSPORTADORA TURISTICA SERGIOS S.A. DE C.V.”, procediendo a inhabilitar y boletinar a la Policía Federal Preventiva, las placas del Servicio Público Federal que se encuentren activas a nombre de la empresa referida en líneas anteriores; QUINTO. En caso de inconformidad con la presente resolución, se informa al interesado, que con fundamento en los artículos 3 fracciones XIV y XV, y 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Recurso procedente es el de Revisión, contemplado en la ley antes citada y que el expediente puede ser consultado en las oficinas de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT Quintana Roo, sita en la Avenida Insurgentes número 410 esquina Nápoles, colonia 20 de Noviembre de 1978, de esta Ciudad.

Atentamente

Chetumal, Q. Roo, a 24 de febrero de 2012.

Director General del Centro SCT Quintana Roo

C. Miguel Angel Núñez Pérez Gavilán

Rúbrica.

(R.- 343129)



SI AL CAPITAL HUMANO, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 24 DE FEBRERO DE 2012

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 6 de marzo de 2012.

Liquidador

Gloria Martínez Balderrabano

Rúbrica.

(R.- 343295)


SANCHEZ BEYRUTI Y COMPAÑIA, S.C.P.

BALANCE DE LIQUIDACION
AL 15 DE FEBRERO DE 2012

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 5 de marzo de 2012.

Liquidador

Francisco Martínez García

Rúbrica.

(R.- 343298)



DESTREZA E INNOVACION ESPECIALIZADA EN CAPITAL HUMANO, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION
AL 21 DE FEBRERO DE 2012

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 5 de marzo de 2012.

Liquidador

Fernando Sánchez Elizalde

Rúbrica.

(R.- 343301)


TOOLS SERVICIOS COMPUTACIONALES,

S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 5 DE ENERO DE 2012

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 13 de febrero de 2012.

Liquidador

Francisco Martínez García

Rúbrica.

(R.- 343306)



GRUPO CONSTRUCTOR ABSA, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 2 DE ENERO DE 2012

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 13 de febrero de 2012.

Liquidador

Francisco Martínez García

Rúbrica.

(R.- 343308)


TABACALERA DEL PUERTO, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 11 DE ENERO DE 2012

Activo

Efectivo en caja $ 0

Pasivo

Capital $ 0

México, D.F., a 15 de febrero de 2012.

Liquidador

Francisco Martínez García

Rúbrica.

(R.- 343311)

Instituto para la Protección al Ahorro Bancario

El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, con fundamento en los artículos 4 y 26 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, de conformidad con lo establecido en el acuerdo número IPAB/JG/07/68.9, emitido por su Junta de Gobierno en su Sexagésima Octava Sesión Ordinaria, publica el monto de los pagos efectuados por las instituciones de banca múltiple por concepto de cuotas ordinarias correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2011.

(cifras en pesos)

INSTITUCION

Octubre-11

Noviembre-11

Diciembre-11

TOTAL

ABC CAPITAL, S.A.

768,079

817,523

914,042

2,499,644

AMERICAN EXPRESS BANK (MEXICO), S.A.

3,954,804

3,931,525

3,985,749

11,872,078

BANCA AFIRME, S.A.

4,608,028

4,665,963

4,715,774

13,989,765

BANCA MIFEL, S.A.

8,211,131

7,091,145

6,980,885

22,283,161

BANCO ACTINVER, S.A.

360,442

330,102

355,715

1,046,259

BANCO AHORRO FAMSA, S.A.

3,334,342

3,361,730

3,453,923

10,149,995

BANCO AUTOFIN MEXICO, S.A.

770,140

824,764

862,135

2,457,039

BANCO AZTECA, S.A.

22,488,630

23,204,087

22,771,014

68,463,731

BANCO BASE, S.A.

15,281

1,527

921

17,729

BANCO COMPARTAMOS, S.A.

1,637,362

1,680,618

1,842,957

5,160,937

BANCO CREDIT SUISSE (MEXICO), S.A.

2,109,523

1,518,497

2,959,331

6,587,351

BANCO DEL BAJIO, S.A.

21,482,834

22,323,971

22,501,502

66,308,307

BANCO FACIL, S.A.

5,957

4,967

4,054

14,978

BANCO INBURSA, S.A.

33,423,222

40,001,657

36,562,812

109,987,691

BANCO INTERACCIONES, S.A.

16,298,731

16,112,553

16,165,104

48,576,388

BANCO INVEX, S.A.

2,745,503

2,873,383

3,047,325

8,666,211

BANCO J. P. MORGAN, S.A.

636,439

590,382

455,814

1,682,635

BANCO MERCANTIL
DEL NORTE, S.A.

103,972,812

105,567,678

110,262,795

319,803,285

BANCO MONEX, S.A.

1,392,909

1,451,072

1,561,255

4,405,236

BANCO MULTIVA, S.A.

4,642,902

4,683,097

5,081,102

14,407,101

BANCO NACIONAL
DE MEXICO, S.A.

174,684,718

168,717,230

181,399,952

524,801,900

BANCOPPEL, S.A.

3,576,796

3,673,032

3,930,622

11,180,450

BANCO REGIONAL DE MONTERREY, S.A.

7,981,256

8,256,570

8,467,141

24,704,967

BANCO SANTANDER
(MEXICO), S.A.

110,111,586

107,754,734

110,643,418

328,509,738

BANCO VE POR MAS, S.A.

3,550,166

3,504,688

3,704,910

10,759,764

BANCO WAL-MART DE MEXICO ADELANTE, S.A.

733,636

814,262

932,100

2,479,998

BANK OF AMERICA MEXICO, S.A.

10,410,252

9,292,512

7,897,121

27,599,885

BANK OF TOKYO-MITSUBISHI UFJ (MEXICO), S.A.

918,154

1,005,739

1,100,252

3,024,145

BANSI, S.A.

1,854,050

1,891,301

1,961,563

5,706,914

BARCLAYS BANK MEXICO, S.A

0

21,249

0

21,249

BBVA BANCOMER, S.A.

241,012,551

237,509,991

242,697,107

721,219,649

CIBANCO, S.A.

1,840,448

1,918,458

2,070,327

5,829,233

DEUTSCHE BANK MEXICO, S.A.

1,733,785

1,590,888

1,400,420

4,725,093

HSBC MEXICO, S.A.

113,287,417

114,383,555

118,106,948

345,777,920

ING BANK (MEXICO), S.A.

2,250,229

1,881,563

2,148,517

6,280,309

INTER BANCO, S.A.

10,205

38,050

39,571

87,826

IXE BANCO, S.A.

10,525,936

11,240,271

11,107,694

32,873,901

SCOTIABANK INVERLAT, S.A.

42,077,135

43,241,044

42,772,070

128,090,249

THE ROYAL BANK OF SCOTLAND MEXICO, S.A.

601,405

632,317

790,403

2,024,125

UBS BANK, MEXICO, S.A.

24,221

25,743

26,335

76,299

VOLKSWAGEN BANK, S.A.

528,017

685,021

435,142

1,648,180

TOTAL

960,571,034

959,114,459

986,115,822

2,905,801,315

Notas:

Los importes de las cuotas cubiertas por las instituciones de banca múltiple fueron calculados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de conformidad con lo previsto en las "Disposiciones relativas a las cuotas ordinarias que las instituciones de banca múltiple están obligadas a cubrir al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 1999 y modificadas mediante resolución publicada en el mismo Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2008.

Con autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a partir del 1 de octubre de 2011, Banco Amigo, S.A., Institución de Banca Múltiple, cambió de denominación, por lo que a partir de esa fecha, la nueva denominación de la institución es ABC Capital, S.A., Institución de Banca Múltiple.

A partir del 3 de octubre de 2011, Banco Base, S.A., Institución de Banca Múltiple, inició operaciones.

Atentamente

México, D.F., a 23 de febrero de 2012.

Instituto para la Protección al Ahorro Bancario

Secretario Adjunto de Protección al Ahorro Bancario

Lorenzo J. Meade Kuribreña

Rúbrica.

Secretario Adjunto Jurídico

César Augusto Mondragón Santoyo

Rúbrica.

(R.- 343215)



TRANSCOMUNICADOR MEXIQUENSE S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

Por medio de la presente, y en términos de lo dispuesto por los artículos noveno de los estatutos sociales, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de la sociedad Transcomunicador Mexiquense S.A. de C.V., a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en el domicilio social de la empresa, en primera convocatoria el día veintiocho de marzo de dos mil doce, a las nueve horas, misma que se desarrollará de acuerdo a la siguiente:

ORDEN DEL DIA

I.- Discusión y, en su caso, aprobación del informe del Presidente del Consejo de Administración respecto del ejercicio social dos mil once, a que hace referencia el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

II.- Discusión y, en su caso, aprobación del informe de los Comisarios de la sociedad respecto del ejercicio social dos mil once.

III.- Asuntos generales y designación de delegado especial.

En términos de lo dispuesto por los artículos 166 fracción IV y 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, queda en las oficinas de la sociedad, a disposición de los accionistas, los informes del Presidente del Consejo de Administración y de los comisarios de la sociedad.

Atentamente

Ecatepec, Edo. de Méx., a 5 de marzo de 2012.

Presidente del Consejo de Administración

C. Juan José Sánchez Peláez

Rúbrica

Secretario del Consejo de Administración

C. Gustavo Hernández Cortes

Rúbrica.

Tesorero del Consejo de Administración

Lic. Rafael Sánchez Osornio

Rúbrica.

Comisario de la Sociedad

C. Luis Netzahualcóyotl Aguilar Amezcua

Rúbrica.

Comisario de la Sociedad

C. Humberto Enríquez Maya

Rúbrica.

(R.- 343222)

Secretaría de la Defensa Nacional

CONVOCATORIA DE LICITACION PUBLICA No. SDN-IIRMLP-01/2012

El que suscribe, General de Bgda. I.C. D.E.M. José Romero Rangel, Secretario Ejecutivo del Subcomité de Bienes Muebles de la II Región Militar, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 131 y 132 de la Ley General de Bienes Nacionales y las vigésima octava, vigésima novena y trigésima de las Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de la Administración Pública Federal Centralizada, tiene el agrado de invitar a participar al público en general a la venta de diversos lotes de desechos que a continuación se indican y que se describen en las bases respectivas, la cual se realizará mediante el procedimiento de licitación pública como sigue:

No. de lote

Descripción

Valor para venta

Ubicación

1, 22, 39

Desecho ferroso mixto contaminado

$1,748.83

El Ciprés y Mexicali, B.C.

2-5, 23

Desecho ferroso de segunda

$6,281.50

El Ciprés, B.C.; La Paz, B.C.S. y Hermosillo, Son.

6

25 kgs. de desecho de plástico ahular

$4.46

Hermosillo, Son.

7

25 kgs. de plástico acrílico

$34.29

8-21, 24-38, 41

Desecho ferroso vehicular

$131,691.76

Diversas plazas

40

11.98 kgs. de acero inoxidable

$85.12

El Ciprés, B.C.

La venta de las bases se realizará del 9 al 19 de marzo de 2012 en días hábiles, de 8:00 a 14:00 y tendrán un costo de $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.) más IVA (16%), debiendo realizar el pago en cualquier institución bancaria o vía Internet mediante la hoja de ayuda que se genera a través del esquema de pago denominado “e5cinco”, con la clave de la dependencia: 03 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL; clave de referencia: 036000170; cadena de la dependencia: 00105620000001; desglosando debidamente el importe e IVA; asimismo, podrán consultarse en la página: www.sedena.gob.mx.

La adquisición de bases se realizará en la Jefatura Regional de los Servicios de Administración e Intendencia, ubicada en avenida Heroico Colegio Militar, colonia Orizaba, código postal 21170, Mexicali, B.C. (Campo Militar número 2-B), para lo cual las personas físicas entregarán copia legible del comprobante de pago expedido por la institución bancaria, copia de identificación con validez oficial vigente (pasaporte, cartilla del Servicio Militar Nacional, credencial de elector o cédula profesional) y en caso de requerirlas a nombre de otra persona deberá presentar poder privado (carta poder) facultándolo para tal efecto, acompañado de copias de las identificaciones oficiales señaladas del poderdante, del apoderado y de los testigos. En el caso de las personas morales, el representante legal deberá entregar, además del comprobante de pago e identificación oficial, copia del poder notarial que lo acredite como tal.

Las ofertas deberán presentarse mediante la cédula anexa a las bases, en sobre cerrado, rotulado o manuscrito con los datos del licitante, garantizándolas con cheque de caja y/o certificado expedido por una institución bancaria (excepto Bancomer), a favor de la Tesorería de la Federación, por el 10% del valor de venta de los bienes que se pretenda adquirir, mismo que será devuelto al término del acto de fallo, salvo al que haya presentado la oferta más alta, quedando en garantía; en el concepto que la fecha de expedición de los cheques de caja deberá ser máximo 30 días anteriores a la fecha del acto de apertura de ofertas y en los casos de cheque certificado, éste deberá ser de la cuenta del licitante, ya sea persona física o moral.

Las dudas sobre el contenido de las bases se resolverán en la junta de aclaraciones que se realizará a las 9:00 horas del día 20 de marzo de 2012, en la sala de juntas de la Jefatura Regional de los Servicios de Administración e Intendencia, ubicada en avenida Heroico Colegio Militar, colonia Orizaba, código postal 21170, Mexicali, B.C. (Campo Militar número 2-B), a la cual podrá asistir cualquier persona, aun sin haber adquirido las bases de la licitación, registrando únicamente su asistencia y absteniéndose de intervenir durante el desarrollo de la reunión; asimismo, en caso que con motivo de dicha junta proceda la modificación a las bases, será obligación de los interesados obtener copia del acta que por ello se levante, la que también será colocada en la página de Internet para formar parte de las bases.

La inscripción se llevará a cabo en la sala de juntas de la Jefatura Regional de los Servicios de Administración e Intendencia, ubicada en avenida Heroico Colegio Militar, colonia Orizaba, código postal 21170, Mexicali, B.C. (Campo Militar número 2-B), el día 21 de marzo de 2012 a las 9:45 horas, a efecto de recepcionar la documentación requerida en las bases de la licitación; a las 11:00 horas del mismo día se procederá a la apertura de ofertas y a las 12:00 horas el fallo.

El pago de los bienes adjudicados se hará previo a su retiro mediante el esquema de pago denominado “e5cinco”, presentando en ventanilla bancaria de cualquier institución la hoja de ayuda que se anexará al oficio de adjudicación, teniendo como fecha límite para el retiro el día 13 de abril de 2012.

En caso de declararse desierto algún lote se procederá a su subasta, precisando que será postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor fijado para venta en la licitación; si en la primera almoneda no hubiera postura legal, se realizará una segunda, deduciendo en ésta un 10% del importe que en la anterior hubiere constituido la postura legal.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Mexicali, B.C., a 9 de marzo de 2012.

El Presidente del Subcomité de Bienes Muebles de la II R.M.

Gral. Bgda. I.C. D.E.M. José Romero Rangel

Rúbrica.

(R.- 343296)

Comisión Federal de Electricidad

Subdirección de Generación

Gerencia Regional de Producción Central

LICITACION PUBLICA No. LPPRCE0112

CONVOCATORIA

En cumplimiento a las disposiciones que establecen la Ley General de Bienes Nacionales y las Bases Generales para la Disposición Final y Baja de los Bienes Muebles de CFE, se convoca a las personas físicas y morales nacionales, a participar el día 27 de marzo de 2012, en la licitación pública número LPPRCE0112, para la venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se indican:

Lote

Descripción

Cantidad y unidad de medida

Valor mínimo para venta $

Depósito en garantía $

1

Desechos de diferentes tipos

50,620 K.G.

123,294.14

12,329.41

2

Desechos de diferentes tipos

83,590 K.G.

1,523,159.46

152,315.95

3

Desechos de diferentes tipos

8,935 K.G.

22,322.76

2,232.28

4

Desechos de diferentes tipos

15,967 K.G

63,414.33

6,341.43

5

Desechos de diferentes tipos

45,925 K.G.

110,377.13

11,037.71

Los bienes se localizan en diversos almacenes de la Gerencia Regional de Producción Central, cuyos domicilios se detallan en el anexo número 5 de las bases.

Los interesados podrán consultar y adquirir las bases de la licitación del 9 al 22 de marzo de 2012, en días hábiles, consultando la página electrónica de Comisión Federal de Electricidad, en la dirección electrónica: http://www.cfe.gob.mx/QuienesSomos/ventadebienes/muebles2011/paginas/muebles2012.aspx, y el pago
de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.) más IVA, mediante el depósito bancario a la cuenta bancaria de
Comisión Federal de Electricidad número contrato CIE número 620254, referencia bancaria número HH001208904, en el Banco BBVA Bancomer, S.A. y deberán enviar copia del comprobante del pago efectuado, anotando previamente su nombre, domicilio, RFC y número telefónico, al fax número (0155) 5039 9001, extensión 71189, o al correo electrónico: gabriel.barajas@cfe.gob.mx, y/o gbarajas7@hotmail.com, y confirmar al teléfono (0155) 5039 9001, extensiones 71191, 71192 y 71193, o acudiendo a la Oficina Regional de Almacenes, ubicada en avenida San Rafael 211 local “C”, Fraccionamiento Santa Cecilia, Tlalnepantla, Estado de México, con el Sr. Gabriel Barajas Cruz, Supervisor Regional E/F y/o con el ingeniero José Manuel Martínez Basterra, Jefe de la Unidad de Enajenación de Bienes Muebles, ubicada en Río Ródano número 14, 8o. piso, sala 807, colonia Cuauhtémoc, en horario de 9:00 a 14:00 horas, presentando identificación con validez oficial y Registro Federal de Contribuyentes.

La verificación física de los bienes se podrá efectuar acudiendo al lugar donde se localizan del 9 al 22 de marzo de 2012, en horario de 9:00 a 14:00 horas, en días hábiles.

La recepción de la documentación y el registro de inscripción establecida en las bases para participar en
la licitación, se efectuará el día 27 de marzo de 2012, a partir de las 9:00 a las 10:00 horas, en la puerta principal de la Subgerencia Regional de Generación Termoeléctrica Central, con domicilio en avenida San Rafael Santa Cecilia número 211-C, colonia Santa. Cecilia, Tlalnepantla, Estado de México, código postal 54130, y una vez recibida la documentación, se revisará y efectuará el registro de 10:15 a 13:30 horas en el aula de capacitación.

Los depósitos en garantía se constituirán mediante cheque de caja, expedidos por instituciones de banca y crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad, por los importes establecidos para los lotes de bienes que se licitan.

El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el día 27 de marzo de 2012, a las 12:00 horas, en el aula de capacitación de la Subgerencia Regional de Generación Termoeléctrica Central, ubicada
en avenida San Rafael Santa Cecilia número 211-C, colonia Santa Cecilia, Tlalnepantla, Estado de México, código postal 54130, en el entendido de que los interesados deberán cumplir con lo establecido en las bases respectivas y en caso contrario no podrán participar en el evento.

El acto de fallo se llevará a cabo el día 29 de marzo de 2012, a las 10:00 horas, en el domicilio citado para la recepción, registro y apertura de ofertas.

De no lograrse la venta de los bienes una vez emitido el fallo de la licitación, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor mínimo para venta considerado en la licitación y un 10% menos en segunda almoneda. El periodo de pago de los bienes adjudicados será los días 30 de marzo, 2, 3 y 4 de abril de 2012. El retiro de los bienes adjudicados se realizará en un plazo máximo de 25 días hábiles, posteriores a la fecha de pago de los mismos y en base al programa de retiro, anexo 6 de las bases.

Atentamente

México, D.F., a 9 de marzo de 2012.

El Gerente Regional de Producción Central

Ing. Jesús A. Nebradt García

Rúbrica.

(R.- 343242)