Viernes
30 de noviembre de 2012 DIARIO
OFICIAL (Tercera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado
Nogales, Sonora
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO: JAVIER TREJO VELASQUEZ.
POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO SE LE NOTIFICA QUE CON FECHA TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS MIL ONCE, SE RADICO EL JUICIO DE GARANTIAS NUMERO 99/2011, PROMOVIDO POR NOVAC, EXPORTS, S.A. DE C.V., CONTRA ACTOS DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION, CON RESIDENCIA EN MEXICO, DISTRITO FEDERAL, Y OTRAS AUTORIDADES, A LAS QUE LES RECLAMO LO SIGUIENTE: ACTO RECLAMADO: “…LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 151 DE LA LEY ADUANERA…”, ASIMISMO, SE HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE SE SEÑALARON LAS DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. Y SE LE EMPLAZA PARA QUE EN UN TERMINO DE NUEVE DIAS A PARTIR DE LA FECHA DE LA ULTIMA PUBLICACION DE ESTE EDICTO, SE APERSONE A ESTE JUICIO DE GARANTIAS Y SEÑALEN DOMICILIO CONOCIDO EN ESTA CIUDAD PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO HACERLO ASI, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES Y AUN LAS PERSONALES LES SURTIRAN EFECTOS POR LISTA DE ACUERDOS QUE SE PUBLICAN EN ESTE JUZGADO. SE LE INFORMA QUE QUEDAN A SU DISPOSICION EN LAS OFICINAS DE ESTE JUZGADO LAS COPIAS DE TRASLADO DE LA DEMANDA.- PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION QUE SE EDITA EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, Y EN EL PERIODICO “EL IMPARCIAL”, QUE SE EDITA EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA.
Atentamente
Nogales, Son., a 5 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Sonora
Lic. Hilda Elizabeth Plascencia Carrasco
Rúbrica. (R.- 359476)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito
Secretaría de Acuerdos
Ciudad Victoria, Tamps.
EDICTO
Consorcio Jupa, Sociedad Anónima de Capital Variable.
Domicilio ignorado.
En el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, se recibió demanda de amparo, la cual se radicó con el número 993/2012, promovida por RAMIRO GUADALUPE PORTES ALEJOS, a través de su apoderado Ramiro Ricardo Alanís, contra actos de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad, consistente en el laudo de diecisiete de febrero de dos mil doce, dentro del expediente laboral 96/2/2011, resultando como tercero perjudicado Consorcio Jupa, Sociedad Anónima de Capital Variable, y en virtud de desconocerse el domicilio actual, este órgano jurisdiccional ordenó su emplazamiento mediante edictos, a fin de que acuda al tribunal en cita, a defender sus intereses quedando a disposición en la Secretaría de Acuerdos del propio tribunal, copia simple de la referida demanda. Dos firmas ilegibles, rúbricas.
Y por el presente que se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, fijándose además en la puerta de este Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito, una copia íntegra del auto de fecha cuatro de octubre de dos mil doce, que se le manda notificar.
Ciudad Victoria, Tamps., a 4 de octubre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito
Lic. Elizabeth Ramírez López
Rúbrica. (R.- 359087)
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
México, D.F.
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 835/2012-II, promovido por Leonardo Soto Reséndiz, contra actos del Juez Cuadragésimo Séptimo Penal del Distrito Federal y otra autoridad, se ordenó emplazar por edictos al tercero perjudicado Miguel Maya Moreno, y se le concede un término de treinta días contado a partir de la última publicación para que comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán por medio de lista.
Atentamente
México, D.F., a 30 de noviembre de 2012.
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Julio Roberto Sánchez Francisco
Rúbrica. (R.- 358973)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Culiacán, Sinaloa
EDICTO
Gloria Margarita Santos Aguilar y Javier Casillas Acosta.
(terceros perjudicados).
Se hace de su conocimiento que en Juzgado Cuarto de Distrito Estado de Sinaloa, se tramita juicio de amparo 290/2012-II, promovido por Refugio del Carmen Ovalles Valenzuela, contra actos del Procurador General de Justicia del Estado, con sede en esta ciudad y otras autoridades, reclamando el auto de veintisiete de marzo de dos mil doce, a través del cual se le niega la devolución del vehículo marca Ford Lobo, cabina regular, modelo 2004, color blanco, número de serie 1FTRF04554KD55882,con placas de circulación UB47423, que refiere la quejosa es de su propiedad; juicio de amparo donde resultan terceros perjudicados Gloria Margarita Santos Aguilar y Javier Casillas Acosta; por tanto, se le requiere comparezcan al presente juicio de amparo dentro del plazo de treinta días siguientes a última publicación, a defender sus derechos, apercibidos que de no comparecer por si, apoderado o gestor que pueda representarlos, todas las subsecuentes notificaciones serán por lista de estrados; queda a su disposición en el juzgado la copia de la demanda. Audiencia constitucional diez horas del diez de octubre de dos mil doce.
Culiacán, Sin., a 26 de septiembre de 2012.
Juez Cuarto de Distrito en el Estado
Lic. Francisco Saldaña Arrambide
Rúbrica.
(R.- 358243)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito
Toluca, Estado de México
EDICTO
EMPLAZAMIENTO
Al margen sello con Escudo Nacional dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación.
En el juicio de amparo directo 131/2011, promovido por ANTONIO MONTOYA UBALDO y EDITH HERNANDEZ MUÑOZ, por propio derecho, contra actos de la Primera Sala Colegiada Penal de Tlalnepantla del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, consistente en la resolución dictada el veinticinco de noviembre de dos mil once, en el toca de apelación 1018/2010, y su ejecución atribuida al Juez Segundo Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cuautitlán, Estado de México, se dictó un acuerdo el veintitrés de octubre de dos mil doce, en el cual se ordenó emplazar a Guillermina Casas García, en virtud de ignorar su domicilio, por lo que se le manda emplazar haciéndole saber la instauración del presente juicio de garantías; por medio de este edicto que se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; asimismo se le hace saber que deberá presentarse en este Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término de diez días, contados a partir del siguiente al de la última publicación respectiva en el Diario Oficial de la Federación, en el entendido de que, en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fija en los estrados de este Tribunal. Lo anterior con fundamento en los artículos 30 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia.
Atentamente
Toluca, Edo. de Méx., a 23 de octubre de 2012.
El Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito
José Merced Pérez Rodríguez
Rúbrica. (R.- 358549)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Primera Sala Civil
EDICTO
HOGAR Y SEGURIDAD, S.A. DE C.V.
Por medio del presente se hace del conocimiento la demanda de garantías interpuesta por RAUL CARABALLO SANTANDER en contra de la sentencia dictada por esta Sala el siete de agosto de dos mil doce, en el toca 521/2012/01 en los autos del juicio ORDINARIO CIVIL seguido por CARABALLO SANTANDER RAUL en contra de HOGAR Y SEGURIDAD, S.A. DE C.V. a efecto de que acuda la tercera perjudicada HOGAR Y SEGURIDAD, S.A. DE C.V. en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno, para que manifieste lo que a su derecho convenga. Quedando a disposición en la Secretaria de esta Sala las Copias de traslado respectivas.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación
México, D.F., a 8 de noviembre de 2012.
El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Civil
Lic. Mario Alfredo Miranda Cueva
Rúbrica.
(R.- 358649)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Juicio de amparo: 950/2012
EDICTO
En los autos del Juicio de Amparo número 950/2012, promovido por ISRAEL ALEJANDRO ESTRADA CHAVEZ, contra actos del PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y OTRAS AUTORIDADES, de donde se advierte que JUAN JOSE CHAVARIN RODRIGUEZ Y/O JUAN JOSE CHAVARRIN RODRIGUEZ Y SANTA MONICA AGIS ISLAS, tienen el carácter de terceros perjudicados, y en virtud de que se desconoce el domicilio actual de los mismos, se ha ordenado emplazarlos por edictos que deberán publicarse por tres veces con intervalos de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, a la ley reglamentaria del juicio de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse por sí o a través de su representante legal, dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a manifestar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia simple de la demanda en la actuaría de este Juzgado. Si pasado este término, no comparecieren por sí o por su apoderado que pueda representarlos, se seguirá el juicio, haciéndole las subsecuentes notificaciones por lista que se fijara en los estrados de este Juzgado federal.
Atentamente
México, D.F., a 31 de octubre de 2012.
Juez Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
M. en D. Luz María Ortega Tlapa
Rúbrica.
(R.- 358889)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
En
los autos del juicio de amparo número 783/2012-I, promovido
por Guadalupe Cristina Moreno Mendoza,
contra actos del Juez Trigésimo Quinto de lo Civil del
Distrito Federal y otras autoridades; mediante proveído de
seis de septiembre de dos mil doce, se admitió a trámite
la demanda de amparo promovida por la quejosa en cita, en la que
señaló como acto reclamado la falta de emplazamiento,
la orden de remate y su ejecución decretados en el juicio
ejecutivo mercantil 325/2009 del índice del Juzgado Trigésimo
Quinto de lo Civil del Distrito Federal, en relación al
inmueble ubicado en Calzada de los Corceles, lote doce, manzana
cincuenta y cinco departamento nueve del condominio diecisiete del
fraccionamiento Colonias del Sur en Mixcoac delegación Alvaro
Obregón, en esta ciudad; se tuvo como tercero perjudicado a
Erick Antonio López Calderón; y a la fecha no ha sido
posible emplazar al tercero en comento, a pesar de haber solicitado
la investigación de domicilio a diversas instituciones, de las
cuales se obtuvieron resultados infructuosos; en consecuencia, hágase
del conocimiento por este conducto al tercero perjudicado de mérito
que deberá presentarse ante este Juzgado Tercero de Distrito
en Materia Civil en el Distrito Federal, sitio en el acceso tres,
primer nivel del Edifico Sede del Poder Judicial de la Federación
de San Lázaro, ubicado en Eduardo Molina número dos,
colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, México,
Distrito Federal, dentro de treinta días contados a partir del
siguiente al de la última publicación y señalar
domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta
ciudad, ya que de no hacerlo, se harán las subsecuentes
notificaciones por medio
de lista que se fije en los estrados de
este juzgado, con fundamento en el articulo 28, fracción III,
de la Ley de Amparo. Se expide el presente edicto, en cumplimiento a
lo ordenado en proveído de dieciséis de octubre
de
dos mil doce.
Dos firmas ilegibles. Rúbricas.
México, D.F., a 16 de octubre de 2012.
La Secretaria
Ana Paola Sánchez Villanueva
Rúbrica.
(R.- 358300)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en el Estado de México
con residencia en Naucalpan
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
“Se
comunica al tercero perjudicado Ignacio Ramírez Daniel, que en
el Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído
de cinco de septiembre de dos mil doce, se admitió a trámite
la demanda de garantías promovida por Darío Pérez
Galván, la cual se registró con el número de
amparo 997/2012-II, contra actos del Juez Segundo de lo Penal de
Primera Instancia de Ecatepec, estado de México y otras
autoridades, consistente en “el incautamiento de inmueble”,
en auto de esa misma fecha, se ordenó emplazarlo para que
compareciera al presente juicio en defensa de sus intereses, en
Boulevard Toluca, número cuatro, Colonia Industrial Naucalpan,
en Naucalpan de Juárez, Estado de México C.P. 53569,
dentro del término de treinta días, contado a partir
del día siguiente al de la última publicación
del presente; y se le requiere para que señale domicilio para
oír y recibir notificaciones
en la sede de este juzgado,
apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aun
las personal se le harán por lista.”
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 5 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México
Lic. Gloria Elvira Alvarez Zambrano
Rúbrica.
(R.- 358864)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito
Tijuana, B.C.
Sección Administrativa
EDICTO
AL MARGEN SELLO DEL ESCUDO NACIONAL, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO DECIMOTERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, PARA EMPLAZAMIENTO A RICARDO SOLIS MONTERO, PARA SU RESPECTIVA PUBLICACION CONFORME A LO QUE SE PRECISA, TRANSCRIBO A USTED EL PRESENTE:
En el juicio de amparo 633/2011, promovido por Javier Torres de León, contra actos del juez de Primera Instancia Penal con sede en Tecate, Baja California y otras autoridades, consistente en la orden de aprehensión, dictada en la causa penal 129/2011 por la probable comisión del delito de Robo Equiparado de Vehículo de Motor (en la modalidad de Compra de vehículo de motor robado), se ordenó emplazar a Ricardo Solís Montero, por EDICTOS, haciéndole saber que podrá presentarse dentro de treinta días contados al siguiente de la última publicación, apercibido que de no hacerlo, las posteriores notificaciones le surtirán por lista en los estrados de este juzgado. En la inteligencia de que se señalaron las nueve horas con diez minutos del tres de octubre de dos mil doce, para la celebración de la audiencia constitucional en este juicio; sin que ello implique que llegada la fecha constituya un impedimento para la publicación de los edictos, ya que este juzgado vigilará que no se deje en estado de indefensión al tercero perjudicado de referencia.
Atentamente
Tijuana, B.C., a 11 de septiembre de 2012.
Secretario del Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de Baja California
Mario Alberto Rivera Rangel
Rúbrica.
(R.- 358571)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Puebla.- Disposición: Juez Primero de Distrito en el Estado de Puebla, residente en San Andrés Cholula, Puebla. Amparo 1229/2011. Quejoso: ROLANDO JAVIER OSORNO CASTAÑEDA, como albacea definitivo de GERMAN NOE OSORNO OJEDA. Autoridad Responsable: Juez de lo Civil, residente en Huauchinango, Puebla. Acto Reclamado: La omisión de dar trámite al recurso de apelación en contra del auto de veinticuatro de junio de dos mil once, dictado en el expediente 482/2011 del índice del Juzgado de lo Civil, con residencia en Huauchinango, Puebla, en el que se desechó la demanda en la cual promovió la nulidad del juicio concluido y juicio posesorio para retener la posesión del inmueble controvertido en el expediente 336/2003, del Juzgado de lo Civil señalado; emplácese mediante edictos a la tercera perjudicada ARELY CARLOTA MERINO MARTINEZ, para que en el término de treinta días, contados a partir del siguiente a la última publicación, comparezca ante este Juzgado Federal a deducir sus derechos. Edictos que serán publicados por tres veces consecutivas de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y “Excelsior”. Copias demanda disposición en Secretaría.
San Andrés Cholula, Pue., a 17 de octubre de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Lic. Miguel Angel Trinidad Bautista
Rúbrica.
(R.- 358529)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Tercero perjudicado: María Felicitas León Angel, en su carácter de cónyuge supérstite del hoy occiso José Quiroz Rivera.
En el juicio de amparo 1215/2012, de este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por Guadalupe Gómez Rojas, contra actos del Juez Noveno de lo Penal de la ciudad de Puebla; se ha ordenado emplazar por edictos a la referida parte tercero perjudicada, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excelsior”, “El Financiero” o “El Universal”, a elección del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Queda a disposición en la Actuaría de este juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 23 de octubre de 2012.
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Rafael Torres Campos
Rúbrica.
(R.- 358530)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos.
SERGIO FERNANDO SALINAS MONTHER, EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRE:
En los autos del juicio de amparo 664/2012-IV, promovido por Agustín Lara Rodríguez, contra actos del Juez de Primera Instancia de Control, Juicio Oral y Ejecución de Sanciones del Primer Distrito Judicial en el Estado de Morelos, con residencia en esta ciudad y otra autoridad, reclamando: “[…]El auto de vinculación a proceso, dictado el veintiocho de febrero de dos mil doce[…].” juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos, ubicado en Boulevard del lago número 103, edificio “B”, nivel 4, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, código postal 62370, y en el cual se les ha señalado con el carácter de parte tercero perjudicado y al desconocerse su domicilio actual, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndole saber que deberá presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, sin necesidad de acuerdo, se le harán por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DOS DE ENERO DE DOS MIL TRECE. Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 19 de octubre de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Arturo Roque Hernández Yáñez
Rúbrica.
(R.- 358534)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
En el juicio de amparo número 530/2012 que promueve DAVID SOTELO CORRALES, en contra de la sentencia de veintitrés de marzo de dos mil doce, dictada en el Toca 4285/2011, del índice del Tribunal Superior de Justicia del Estado, por ignorarse domicilio de MARTHA ALEJANDRA VERGARA LOPEZ, en su carácter de tercera perjudicada, se ordenó con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, acorde a su artículo 2º este medio a efecto de emplazarla para que comparezca al juicio antes citado, dentro de los treinta días siguientes a la última publicación del presente edicto a imponerse de los autos, se deja la copia de demanda en la Secretaria de este recinto judicial, apercibida que de no comparecer, continuará el juicio y las notificaciones personales, así como las subsecuentes le serán hechas por lista de acuerdos que se publica en los estrados de este órgano jurisdiccional.
Mexicali, B.C., a 22 de octubre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Lic. Ana Luisa Araceli Pozo Meza
Rúbrica.
(R.- 358540)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
Mario Hernández Díaz, Berenice o Verenice Viridiana Velázquez León, Alfonso Schmitz San Martín y Virginia Morales Guzmán terceros perjudicados en el amparo 1470/2010, se ordenó emplazarlos a juicio acorde al artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a dicha ley, y se hace de su conocimiento que Alberto Conde Villegas, interpuso demanda de amparo contra actos del Juez de lo Penal del Distrito Judicial de Cholula, Puebla y otras, mismos que hace consistir en la orden de aprehensión y detención. Se les previene para que se presenten al juicio dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, ya que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones se les harán mediante lista que se publique en los estrados de este juzgado; queda a su disposición en la secretaría copia simple de la demanda. Publíquese en cualquier periódico de mayor circulación en la República Mexicana y en el Diario Oficial de la Federación, por tres veces consecutivas de siete en siete días.
San Andrés Cholula, Pue., a 25 de octubre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Catalina Alvarez Ramales
Rúbrica.
(R.- 358544)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
EMPLAZAMIENTO DEL TERCERO PERJUDICADO
DIONICIO GOMEZ VILLEGAS
En el juicio de amparo 1382/2012, PROMOVIDO POR MIRZEE NOHELIA GOMEZ SANCHEZ, contra el acto de la Junta Especial Número Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, consistente en la resolución incidental de insumisión al arbitraje de veinte de marzo de dos mil doce, en el juicio laboral 13/2009, señalado como tercero perjudicado en proveído de veinticinco de junio de dos mil doce, y al desconocerse su domicilio el veintitrés de octubre de dos mil doce, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
México, D.F., a 30 de octubre de 2012.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Antonio Hernández García
Rúbrica.
(R.- 358686)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de lo Civil del Estado de Puebla
Actuaciones
Distrito Judicial
Cholula, Pue.
EDICTO
Disposición Juez Segundo Civil Cholula, Puebla ordena convocar postores remate en primera y pública almoneda, respecto de una fracción predio Cuautlancingo M-26 L-9 del Municipio de Cuautlancingo Estado de Puebla, con una superficie de 653.25 Mts inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo la partida número 110 Bis a fojas 82 Libro 1 Tomo 207 a nombre de MIGUEL ADOLFO SARMIENTO RAMOS, siendo el precio del avalúo la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS siendo postura legal la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS que cubre las dos terceras partes del avalúo realizado, debiéndose presentar postores y pujas en términos de Ley, anúnciese por tres veces termino de nueve días, publicándose edictos en el Diario Oficial de la Federación y tabla de avisos de este Juzgado señalándose las DOCE HORAS DEL DIA DIEZ DE DICIEMBRE 2012 para el desahogo de la audiencia de remate, expediente 243/2009 Ejecutivo Mercantil promueve JOSE LUIS BLANCO VARGAS VS MIGUEL ADOLFO SARMIENTO RAMOS.
9 de noviembre de 2012.
Diligenciaria
Lic. Laura A. Clemente Lozano
Rúbrica.
(R.- 358770)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materias de Amparo
y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México
EDICTO
NOTIFICACION
JUAN MANUEL ROMERO ORTEGA.
Al margen sello con Escudo Nacional dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Judicial de la Federación.
En el juicio de amparo 797/2011-VIII, promovido por LUIS SERVANDO HERNANDEZ RUEDA, contra actos del Juez Primero Penal de Primera Instancia de Toluca, México y otras autoridades, el Juez Primero de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México, dictó un acuerdo para hacer saber al tercero perjudicado Juan Manuel Romero Ortega, que se le tuvo como tercero perjudicado y en términos del artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se le manda emplazar a este juicio por medio de los presentes edictos, para que si a su interés conviniere se apersone a él, en el entendido de que deben presentarse en el local de este Juzgado, sito en calle Sor Juana Inés de la Cruz, número trescientos dos Sur, tercer piso, colonia Centro, en ésta ciudad de Toluca, Estado de México, por sí o por medio de apoderado o representante legal, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto; asimismo, se hace de su conocimiento que se han fijado las diez horas del veintiséis de noviembre de dos mil doce, para que tenga verificativo el desahogo de la audiencia constitucional. Quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda.
Atentamente
Toluca, Edo. de Méx., a 25 de octubre de 2012.
Por acuerdo del Juez, firma el Secretario del Juzgado Primero de Distrito
en Materias de Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México
Lic. Jozue Tonatiuh Romero Mendoza
Rúbrica.
(R.- 358568)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Séptimo Civil de Toluca, México
EDICTO
En
el expediente número 286/1995 relativo al juicio EJECUTIVO
MERCANTIL, promovido por BANCO MEXICANO S. A. INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE GRUPO FINANCIERO INVERMEXICO, en contra de ANTONIO BAÑUELOS
HERRERA; por auto de fecha treinta de octubre de dos mil doce, se
señaló las
DOCE HORAS DEL DIA NUEVE DE ENERO DEL
AÑO DOS MIL TRECE, para que tenga verificativo
la “PRIMERA
ALMONEDA DE REMATE”, sobre el inmueble embargado en el presente
asunto consistente en:
UN INMUEBLE UBICADO EN RANCHO DENOMINADO
“LOS CUILOTES” EN SAN GASPAR MUNICIPIO DE VILLA GUERRERO,
ESTADO DE MEXICO EN SUS FRACCIONES A,D,E,F,G,H,I,J,K. Sirviendo de
base para el remate, la cantidad de $3.000,000.00 M/N (TRES MILLONES
DE PESOS), cantidad que fue valuada
por el perito Tercero en
Discordia, por lo que anúnciese su venta a través de la
publicación de edictos en el periódico oficial DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION, y en la TABLA DE AVISOS que se lleva
en
el Juzgado por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, a efecto de convocar
postores que deseen comparecer a la almoneda señalada. Se
expide el presente, en la Ciudad de Toluca, México a los trece
días del mes de noviembre del dos mil doce; doy fe.
AUTO QUE LO ORDENA DE FECHA: TREINTA DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE.
Segundo Secretario de Acuerdos
Lic. Indra Ivón Castillo Robledo
Rúbrica.
(R.- 359051)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
Juicio de Amparo Indirecto 1798/2011-V
Quejosos: Antonio Saenz Ximello y otros
Autoridad responsable: Juez Misto de Primera Instancia en Acatlán de Osorio, Puebla
EDICTO
TERCEROS PERJUDICADOS: LIZETH XICOTENCATL GARCIA, FLORICEL GARCIA IGNACIO, MARIA RAQUEL RODRIGUEZ GARCIA Y BARTOLA CASTELLANOS JULIAN.
En el juicio de amparo 1798/2011, promovido por Antonio Saenz Ximello y Otros, contra actos del Juez Tercero de Lo Civil del Distrito Judicial de Puebla Y otra autoridad, de las que reclama Auto de Formal Prisión, Se manda a emplazar a los terceros perjudicados en cita por medio de edictos, haciéndole saber que deberá presentarse al referido juicio, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, señalando domicilio para recibir notificaciones personales, apercibida que de no hacerlo las subsecuentes se le harán mediante lista. Se manda fijar en el lugar de avisos de este Juzgado copia integra de la presente resolución por todo el tiempo del emplazamiento, después de lo cual se procederá a programar día y hora para la celebración de la audiencia constitucional
San Andrés Cholula, Pue., a 31 de octubre de 2012.
Juez Tercero de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Carlos Alberto Elorza Amores
Rúbrica.
(R.- 359079)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
Hilaria Aniceto Efigenio y Raymundo Cilio Victorino terceros perjudicados en el amparo 736/2012, se ordenó emplazarlos a juicio acorde al artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a dicha ley, y se hace de su conocimiento que Israel Onofre López en su carácter de Defensor Público de Emiliano Domínguez Romano, promovió demanda de amparo contra actos del Juez de Ejecución de Medidas en Materia de Justicia para Adolescentes y otra autoridad, mismos que hace consistir en la resolución de diecisiete de abril de dos mil doce, a través de la cual se determina no ha lugar a declarar la sustitución de la medida de internamiento definitivo por la libertad asistida. Se les previene para que se presenten al juicio dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, ya que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones se les harán mediante lista que se publique en los estrados de este juzgado; queda a su disposición en la secretaría copia simple de la demanda. Publíquese en cualquier periódico de mayor circulación en la República Mexicana y en el Diario Oficial de la Federación, por tres veces consecutivas de siete en siete días.
San Andrés Cholula, Pue., a 7 de noviembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Ricardo Agustín Torres Saldaña
Rúbrica.
(R.- 359090)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Juicio Ejecutivo Mercantil número 83/2009, promovido por Aldo Noé Barbosa Huerta endosatario en procuración del actor Adán Martínez Román, en contra de María Guadalupe Gallardo Rosales, se anuncia la venta judicial en primera y pública almoneda del bien inmueble embargado: “Inmueble ubicado en la Calle Segunda de Juárez número seis mil quinientos cincuenta y seis (6556) guión tres (3), de la colonia Vicente Guerrero, de la ciudad de Puebla, Puebla.”, hágase saber a los interesados que dicho predio tiene un valor, de $388,961.87 (trescientos ochenta y ocho mil novecientos sesenta y un pesos con ochenta y siete centavos moneda nacional), según avalúo practicado por el perito valuador Rubén Rivera García, de ahí que será postura legal la que cubra las dos terceras partes del predio del avalúo y que asciende a la siguiente cantidad: $259,307.90 (doscientos cincuenta y nueve mil trescientos siete pesos, con noventa centavos moneda nacional).
Las posturas y pujas deberán efectuarse por tres veces consecutivas dentro de los nueve días hábiles en el Diario Oficial de la Federación, así como en la tabla de avisos de este Juzgado, pero en ningún caso mediaran menos de cinco días entre la publicación del último edicto y la almoneda. San Andrés, Cholula, Puebla, trece horas del trece de diciembre de dos mil doce, para la celebración de la almoneda.
El Actuario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Guillermo Martínez Barreda
Rúbrica.
(R.- 359192)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado,
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
Pascuala Moreno Jiménez, por sí y en representación de los menores Griselda Verónica y Benjamín de apellidos Hernández Moreno, en su carácter de tercero perjudicada en donde se encuentre.
En el juicio de amparo número 856/2012, promovido por Julián Hernández Ruiz, contra actos del Juez Mixto de Primera Instancia, con sede en Ocosingo, Chiapas, y de otras autoridades, por auto de esta fecha se ordenó a emplazar a usted como en efecto lo hago, por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la república mexicana, para que en el término de treinta días siguientes al de la última notificación, se apersone a este juicio en su carácter de tercero perjudicada, si así conviniere a sus intereses; apercibida que de no comparecer por sí o por apoderado o gestor que pueda representarla, se ordenará que las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se realicen por medio de lista que se publica diariamente en los estrados de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28, fracción III, del ordenamiento legal en comento; en el entendido de que la copia de la demanda de garantías génesis de este expediente, queda a su disposición en la secretaría de este Juzgado.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 31 de octubre de 2012.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Pedro Hernández Coyote
Rúbrica.
(R.- 358844)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala
EDICTO
C. TERESA HERNANDEZ TORIZ
(Tercera perjudicada)
En los autos del juicio de amparo 617/2012-I promovido por FERNANDO ESPINOZA GALAVIZ Y/O FERNANDO ESPINOZA G., contra actos del Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Juárez y otras autoridades, consistentes en la sentencia de veintiséis de noviembre de dos mil diez, en el juicio de usucapión 877/2010 y todo lo actuado en el mismo; se ha nombrado a usted como tercera perjudicada dentro de dicho juicio de amparo y en el mismo, se ordena emplazarla por edictos, que deberán publicarse por tres veces en el diario “Oficial de la Federación” y en el periódico “EL UNIVERSAL” por ser uno de los de mayor circulación a nivel nacional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de conformidad con el diverso 2o.; queda a su disposición con el Actuario de este Juzgado copias simples de la demanda de garantías y se le hace saber, además, que se han señalado las NUEVE HORAS CON DIECISEIS MINUTOS DEL DIECISEIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Tlaxcala, Tlax., a 12 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Lic. Raquel Rebeca Zertuche Zertuche
Rúbrica.
(R.- 359242)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERO PERJUDICADO
FORZA PLASTICS, S.A. DE C.V.
En los autos del juicio de amparo 783/2012-III, promovido por D’BEBE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de sus apoderados ALFREDO NAVARRETE MARTINEZ Y MAURICIO NAVARRETE SANCHEZ, contra actos de la Décimo Sala, Juez y Actuario adscritos al Juzgado Trigésimo Primero, todos de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Admitida la demanda por proveído de siete de septiembre del año en curso, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazar por este medio al tercero perjudicado FORZA PLASTICS, S.A. DE C.V.; haciéndole de su conocimiento que pueden apersonarse a juicio dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la última publicación que se haga por edictos; con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se le harán por lista, conforme a lo previsto en los artículos 30 fracción II y 28 párrafo tercero, de la Ley de Amparo; dejándose a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías, para los efectos legales a que haya lugar.
México, D.F., a 21 de noviembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil, en el Distrito Federal
Lic. José Rubén Luna Martínez
Rúbrica.
(R.- 359297)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato
EDICTO
En el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en León, se encuentra radicado el juicio de amparo 1114/2012, promovido por María Elena López Arévalo, contra actos del Juez Primero Civil del Partido Judicial de León, Guanajuato; juicio en el que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se ordenó emplazar a juicio al tercero perjudicado, AURELIANO TRUJILLO GONZALEZ, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República a costa de la quejosa; en el entendido que el citado tercero perjudicado, deberá comparecer a juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación.
Lo que se hace constar para los fines legales consiguientes.
León, Gto., a 26 de octubre de 2012.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato
Teresa Ivonne López Hernández
Rúbrica.
(R.- 359452)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Al margen de un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, veinticuatro de octubre de dos mil doce.
Juicio de amparo número 579/2012-v, promovido por Raymundo Ramos Campillo, contra actos de la Cuarta Sala Civil y Juez Octogésimo Primero de lo Civil, ambos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Se ordena emplazar a la parte tercera perjudicada, Gustavo Alberto Leiva Nuncio y Claudia Flores Delgado, por medio de edictos, que se publicaran por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, a fin de que comparezcan a este juicio a deducir sus derechos en el término de treinta días contados a partir del siguiente al en que se efectúe la última publicación, quedando en esta secretaria a su disposición, copia simple de la demanda de garantías y demás anexos exhibidos, apercibidos que de no apersonarse al presente juicio, las ulteriores notificaciones se harán en términos de lo dispuesto por la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo. Relación sucinta de la demanda de garantías: acto reclamado la sentencia de fecha primero de junio de 2012, dictada por la Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Norma Vaca Sánchez
Rúbrica.
(R.- 359498)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
DISPOSICION
JUEZA ESPECIALIZADA EN ASUNTOS FINANCIEROS ESTA CAPITAL, ORDENA POR
AUTOS FECHAS CUATRO Y VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE, VEINTIDOS y
VEINTINUEVE DE OCTUBRE, TODOS DEL DOS MIL DOCE, CONVOCAR POSTORES A
REMATE PRIMERA Y PUBLICA ALMONEDA, RESPECTO INMUEBLES EMBARGADOS
IDENTIFICADOS COMO 1.- CASA MARCADA CON EL NUMERO VEINTIOCHO Y PREDIO
EN QUE ESTA CONSTRUIDA, CON FRENTE A LA CALLE DE PEROTE, COLONIA LA
PAZ, ESTA CIUDAD, SIENDO PRECIO AVALUO PROMEDIO DE LAS TRES
TASACIONES DE AVALUOS EMITIDOS EN JUICIO QUE ES LA CANTIDAD DE UN
MILLON DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS
PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS MONEDA NACIONAL, SIENDO POSTURA
LEGAL LA QUE CUBRA DOS TERCERAS PARTES DEL AVALUO, O SEA OCHOCIENTOS
CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS CON CUARENTA
Y CUATRO CENTAVOS MONEDA NACIONAL, Y 2.- CASA MARCADA CON EL NUMERO
TREINTA Y UNO “A”, DE LA CALZADA DE LOS FUERTES, COLONIA
LUZ DEL ALBA, ESTA CIUDAD, SIENDO PRECIO AVALUO PROMEDIO DE LAS TRES
TASACIONES DE AVALUOS EMITIDOS EN JUICIO QUE ES LA CANTIDAD DE
QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL SESENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y SEIS
CENTAVOS MONEDA NACIONAL, SIENDO POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA DOS
TERCERAS PARTES DEL AVALUO, O SEA TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL
SETECIENTOS ONCE PESOS CON ONCE CENTAVOS MONEDA NACIONAL; HABIENDOSE
SEÑALADO AUDIENCIA
DE REMATE PARA LAS ONCE HORAS DEL DIA
ONCE DE DICIEMBRE AÑO EN CURSO. ASIMISMO
SE HACE SABER A
LOS DEMANDADOS, QUE PUEDEN SUSPENDER REMATE CUBRIENDO INTEGRAMENTE EL
MONTO DE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS EN LA CAUSA, HASTA ANTES DE
CAUSAR ESTADO AUTO DE FINCAMIENTO REMATE. EXPEDIENTE 353/2011, JUICIO
EJECUTIVO MERCANTIL, PROMUEVE FERNANDO SALAZAR MARTINEZ CONTRA JAIME
THOME VILLALBA Y VERONICA BRENIS MANICA. DISPOSICION AUTOS SECRETARIA
DE JUZGADO.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DEL TERMINO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
H. Puebla de Z., a 5 de noviembre de 2012.
El Diligenciario Enlace del Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Lic. Roberto I. Calderón Dávila
Rúbrica.
(R.- 356684)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado
Cuarto de Distrito en Materias de Amparo
y de Juicios Civiles
Federales en el Estado de México
EDICTO
GONZALO MARTINEZ VILCHIS.
MEDIANTE
PROVEIDO DICTADO EL QUINCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, EN EL JUICIO
DE AMPARO 354/2012-V, PROMOVIDO POR ISIDRO BLANQUEL LUA, CONTRA LO
ACTUADO EN LOS EXPEDIENTES 152/2006 Y 456/2006, DEL INDICE DEL
JUZGADO SEPTIMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DE TOLUCA, ESTADO DE
MEXICO, EL PRIMERO PROMOVIDO POR PEDRO PABLO PONS HINOJOSA CONTRA
GUADALUPE LUA ALARCON Y, EL SEGUNDO POR GUADALUPE LUA ALARCON CONTRA
PEDRO PABLO PONS HINOJOSA, ASI COMO LA EJECUCION DE LA SENTENCIA
DICTADA EN AMBOS JUICIOS, SE ORDENO SU EMPLAZAMIENTO MEDIANTE EDICTOS
CON EL OBJETO DE QUE SI A SU INTERES CONVIENE SE APERSONE AL JUICIO
CITADO, EN SU CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO, PARA LO CUAL SE DEBERA
PRESENTAR EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIAS
DE AMPARO Y DE JUICIOS CIVILES FEDERALES EN EL ESTADO DE MEXICO, SITO
EN AVENIDA SOR JUANA INES DE LA CRUZ TRESCIENTOS DOS SUR, COLONIA
CENTRO, EN TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, CODIGO POSTAL 50000, PRIMER
PISO, EN EL PLAZO DE TREINTA DIAS, CONTADO A PARTIR DEL SIGUIENTE AL
DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO, EN LA INTELIGENCIA DE
QUE SEÑALARON LAS DOCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL
VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, PARA LA AUDIENCIA
CONSTITUCIONAL, QUEDA
A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA CINCO DE
ESTE JUZGADO, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA. TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, A VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE. DOY FE.
La
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo
y
de Juicios Civiles Federales en el Estado de México
Perla Gabriela Villegas Díaz
Rúbrica.
(R.- 359229)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado
H. Matamoros, Tamaulipas
EDICTO
Tercero perjudicado Felipe de Jesús Gutiérrez Campa, por este conducto se le comunica que el licenciado Manuel Alamillo Vélez, en su carácter de defensor particular de Ricardo Escobedo Muller, promovió demanda de amparo, contra el auto de formal prisión de fecha tres de abril de dos mil doce, dictado en contra del citado agraviado, por el Juez Primero de Primera Instancia de lo Penal, con residencia en esta ciudad, dentro de la causa penal 120/2009, por el delito de fraude, registrándose la misma bajo el número 933/2012-V; asimismo, se le hace saber que se ordenó su emplazamiento al presente juicio de amparo y que deberá comparecer, si así conviniere a sus intereses, ante este Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas, dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto, el cual se publicará tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; y deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta localidad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se le realizarán por lista que se publica en este Juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo.
La copia de la demanda queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.
Matamoros, Tamps., a 22 de octubre de 2012.
El Juez de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas
Lic. Francisco Javier Cavazos Argüelles
Rúbrica.
El Secretario
Lic. Sigfredo Omar Ceballos Ruiz
Rúbrica.
(R.- 358539)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
TERCERO PERJUDICADA MARIA FERNANDA OVALLES LAZOS.
En virtud de la demanda de amparo directo promovida por Martín Rentería Páramo, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia definitiva dictada en su contra el veinte de enero de dos mil doce, dentro del toca penal 3525/2011; por auto de dos de abril de dos mil doce, se registró la demanda de amparo directo bajo el número 338/2012, y de conformidad con el artículo 5º, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, este Primer Tribunal Colegiado del XV Circuito, consideró que a MARIA FERNANDA OVALLES LAZOS, le asiste el carácter de tercero perjudicada en el presente juicio de amparo; por tanto, se reservó proveer respecto a la admisión o rechazo de la demanda en cuestión, y se ordenó la búsqueda de la tercero perjudicada en los domicilios donde pudiese ser emplazada, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se agotaron los medios de investigación para su localización, sin haber obtenido resultado alguno; por lo que, en proveído de esta misma fecha, este tribunal ordenó el emplazamiento de MARIA FERNANDA OVALLES LAZOS, por medio de edictos, en términos del normativo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, para que dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, la tercero perjudicada MARIA FERNANDA OVALLES LAZOS, se apersone al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo, se le tendrá por emplazada y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le realizarán por medio de lista que se publique en los estrados de este órgano colegiado, en términos de los artículos 29, fracción III, en relación con el diverso 28, fracción III de la Ley de Amparo; asimismo, hágasele saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de amparo promovida se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano colegiado.
Mexicali, B.C., a 22 de octubre de 2012.
Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Luis Rubén Armengol de Salazar
Rúbrica.
(R.- 358559)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
JUAN DURAN TAPIA Y MARIA DE JESUS MARROQUIN ARREOLA.
EN EL JUICIO DE AMPARO 222/2012-VI, PROMOVIDO POR JOSE DANIEL HERNANDEZ MARTINEZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL CON RESIDENCIA EN ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO Y OTRA AUTORIDAD, CONSISTENTES EN EL EDICTO DE VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE, EN EL QUE SE CONVOCAN POSTORES PARA LA PRIMERA ALMONEDA DENTRO DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 510/2002, Y COMO CONSECUENCIA EL REMATE DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN CALLE COLOMBIA, NUMERO DOS, LOTE VEINTITRES, MANZANA SESENTA Y DOS, COLONIA JARDINES DE CERRO GORDO, ECATEPEC, ESTADO DE MEXICO, EL CUAL ADUCE ES DE SU PROPIEDAD, ADEMAS DE ELLO LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO AL EXPEDIENTE REFERIDO; SE ORDENO SU EMPLAZAMIENTO POR MEDIO DE EDICTOS, CON EL OBJETO DE QUE SI A SU INTERES CONVIENE SE APERSONEN AL JUICIO EN SU CARACTER DE TERCEROS PERJUDICADOS; DEBERAN PRESENTARSE EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUAREZ, SITO EN BOULEVARD TOLUCA NUMERO CUATRO, COLONIA INDUSTRIAL NAUCALPAN, EN NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO, CODIGO POSTAL 53370, DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DE LOS PRESENTES EDICTOS, EN EL ENTENDIDO DE QUE SE HAN SEÑALADO LAS NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIECISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, PARA LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, QUEDA A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS Y ESCRITO ACLARATORIO.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION. NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO, OCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE. DOY FE.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito
en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Humberto Guillén Santiago
Rúbrica. (R.- 357299)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
EDICTO
Remátese en el local del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan, a las 11:35 del 8 de enero de 2013, juicio Mercantil Ejecutivo 65/2008, promovido por PABLO ALVAREZ MAGAÑA, contra LUCIO HERNANDEZ BRAVO Y LUCIA HERNANDEZ PINEDA, el siguiente bien:
INMUEBLE: FINCA UBICADA EN CALLE MICHOACANA 104, LOTE 7, MANZANA 95, COLONIA GERENERAL JOSE VICENTE VILLADA, EN CIUDAD NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.
VALOR DEL JUSTIPRECIO: Un millón cuatrocientos treinta y nueve mil doscientos veintidós pesos con cincuenta centavos, moneda nacional.
SIENDO POSTURA LEGAL LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DEL JUSTIPRECIO, MENOS LA DEDUCCION DE UN DIEZ POR CIENTO, DE LO CUAL RESULTA UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS PESOS CON VEINTICINCO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL, POR TRATARSE DE SEGUNDA ALMONEDA.
CONVOQUENSE POSTORES Y CITESE ACREEDORES.
PUBLIQUESE
EL PRESENTE EDICTO POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION, ASI COMO EN LA TABLA DE AVISOS Y EN LA
PUERTA DE INGRESO DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO, ASI COMO EN LA TABLA
DE AVISOS Y EN LA PUERTA DE INGRESOS DE UN JUZGADO DE CIUDAD
NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO, EN EL ENTENDIDO DE
QUE NO
MEDIARAN MENOS DE DIECISIETE DIAS ENTRE LA PUBLICACION DEL ULTIMO
EDICTO
Y LA ALMONEDA.
Atentamente
Zapopan, Jal., a 17 de octubre de 2012.
Secretario
Lic. Víctor Hugo Medina Navarro
Rúbrica.
(R.- 359337)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
MULTISERVICIOS EMPRESARIALES PERSONALIZADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y ALBERTO APARICIO MACIAS.
En los autos del juicio de amparo 2419/2011-V, promovido por FABIOLA ROMERO MILLAN, contra actos de la Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, radicado en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, se les ha señalado como terceros perjudicados y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado por auto de treinta de mayo de dos mil doce, emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentra a su disposición en la Actuaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles saber que cuentan con un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hacer valer sus derechos; así también, se les informa que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibidos que de no hacerlo, la subsecuentes, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista en la que se publican los acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de éste órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 30 de la Ley de Amparo.
Atentamente
México, D.F., a 9 de noviembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Erasmo Cruz Ramírez
Rúbrica.
(R.- 359387)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Sexto Civil
Toluca
Primera Secretaría
EDICTO
En los autos del expediente 581/11, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por UNION DE CREDITO PROMOTORA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DEL ESTADO DE MEXICO S.A. DE C.V., contra BANQUETES Y COMEDORES, SOCIEDAD ANONIMA DEL CAPITAL VARIABLE Y OTROS, el Juez de los autos señaló las DIEZ HORAS DEL DIA ONCE DE ENERO DE DOS MIL TRECE, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, del bien embargado Consistente en Un lote de terreno y construcción número veintiuno, manzana D, del Fraccionamiento Residencial Campestre Rancho “La Virgen”, ubicado en Calle San Carlos número ciento tres (103), municipio de Metepec, México, inscrito a nombre de ARACELI DE LA SIERRA VEGA en el registro Público de la Propiedad bajo la partida número 198-6608, Volumen 283, Libro Primero, Sección Primera a fojas veinticinco de fecha tres de julio del año mil novecientos ochenta y nueve (1989) anunciándose su venta por TRES VECES, dentro de nueve días por medio de edictos que se publicarán en Diario Oficial de la Federación, en la tabla de avisos de este juzgado y en el lugar de ubicación del inmueble, convocándose postores para la almoneda, sirviendo como precio base para el remate la cantidad de $3,280,000.00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), valor que le fuera otorgado por los peritos de las partes, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad, conforme lo establece el artículo 479 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio. Dado en la Ciudad de Toluca, Estado de México a los VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE. DOY FE.
Secretario
Lic. Luz Gabriela Aguilar Corona
Rúbrica.
(R.- 359457)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL.
Tercero perjudicado: Omar Giovanni Xolalpa Jiménez
En
los autos del juicio de amparo 948/2012-V-A, promovido por Joa Daviet
Pineda Dorantes por conducto de su defensor particular, contra actos
del Presidente de la Séptima Sala Penal del Distrito Federal;
está señalado como tercero perjudicado y por
desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción
II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, y el artículo
315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado
supletoriamente a la Ley de la Materia, se ordena su emplazamiento al
juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por
tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la
Federación y en el periódico
de mayor circulación
en la República; se hace de su conocimiento que en la
Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia
simple de la demanda de amparo, y tiene un término de treinta
días, contados a partir de la última publicación
de tales edictos, para ocurrir a este órgano constitucional,
por propio derecho, o a través de su representantes legales, a
hacer valer sus derechos; apercibido que, en caso de no hacer
manifestación alguna, las subsecuentes notificaciones, aún
las de carácter personal, se practicaran por medio de lista
que se publica en éste Juzgado, conforme lo dispuesto en el
artículo 30, fracción II, de la Ley Reglamentaria de
los artículos 103 y 107 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Atentamente
México, D.F., a 20 de noviembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Víctor Armando Olmedo Lobato
Rúbrica.
(R.- 359459)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.
Juicio de amparo: D.C. 1049/2012.
Quejoso: LEONARDO LOPEZ ESPINDOLA, por propio derecho.
Terceros perjudicados: ANGELES MATILDE LOPEZ SANCHEZ Y MARIA HORTENSIA REYES CHAVEZ.
Se hace de su conocimiento que LEONARDO LOPEZ ESPINDOLA, por propio derecho, promovió amparo directo en contra de la resolución de dos de agosto de dos mil once, dictada por la PRIMERA SALA CIVIL REGIONAL DE TEXCOCO, DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MEXICO; ante ello, y en virtud de que no se ha podido emplazar a juicio a la tercera perjudicada MARIA HORTENSIA REYES CHAVEZ, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado en forma supletoria, emplácese a juicio a la tercera perjudicada MARIA HORTENSIA REYES CHAVEZ, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber a los citados terceros, que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; quedando apercibidos estos que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal colegiado de circuito. Doy Fe.
Lic. Edgar Martín Peña López
Secretario de Acuerdos.
Atentamente
Secretario
de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con
residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Edgar Martín Peña López
Rúbrica.
(R.- 359496)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Segundo de lo Civil
Dr. Claudio Bernard No. 60 Quinto piso, Col. Doctores,
Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720.
Secretaría A
Exp. 1103/2010
“La Etica Judicial un Compromiso de Todos”
EDICTO
JUZGADO QUINCUAGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL. En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL, promovido HIDALGO ROMERO JOSE LUIS en contra de C. DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL. La C. Juez QUINCUAGESIMO SEGUNDO CIVIL de esta ciudad, dicto un acuerdo de fecha once de mayo del año dos mil once y seis de septiembre del año dos mil diez que en lo conducente dice: … se hace del conocimiento de las personas que puedan considerarse perjudicadas, al público en general, así como a los vecinos, que el inmueble ubicado en: CALLE PRIVADA DILIGENCIAS NUMERO 7 PROVISIONAL, EN EL PUEBLO DE SAN MIGUEL AJUSCO, DELEGACION TLALPAN, DISTRITO FEDERAL, con una superficie de 546.00M2, medidas y colindancias; al Norte 21.00 M2, con Alfonso García Bolaños y Cruz Eslava Camacho; al Sur 21.00 M2, con Calle Privada Diligencias; al Oriente 26.25 M2, con Alfonso Valiente Banuet y María del Coro Arizmendi Arriaga; y al Poniente 25.75M2, con Rubén Alcántara Moreno, EL CUAL SE ENCUENTRA SUJETO A PROCEDIMIENTO DE INMATRICULACION JUDICIAL; los cuales deberán ser publicados en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, en el BOLETIN JUDICIAL, en la GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, SECCION BOLETIN REGISTRAL y en el DIARIO DE MEXICO… debiendo de publicarse por una sola vez.
México, D.F., a 7 de junio de 2011.
La C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Margarita Alvarado Rosas
Rúbrica.
(R.- 359497)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Baja California
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO: CONSTRUCTORA Y ARRENDADORA ARCOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, y MARIA MIJARES VALLES
En el lugar donde se encuentren.
En
los autos del juicio de amparo número 517/2012, promovido por
GUSTAVO ADOLFO DE HOYOS WALTER, APODERADO LEGAL DE PACCAR FINANCIAL
MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE
OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, contra actos del Juez Segundo
de lo Civil del Partido Judicial de Mexicali, con sede en esta
ciudad, mismos que se hacen consistir en: La sentencia interlocutoria
de fecha 3 de Julio de 2012, dictada dentro del expediente 1255/2009,
mismo que se publicó en boletín judicial el día
9 de Julio 2009, surtiendo efectos la notificación el día
10 de Julio de 2012, toda vez que al dictar las sentencia
interlocutoria que resuelve el recurso de revocación promovido
en contra del auto de 31 de agosto de 2010, confirma éste
último ordenado quede vigente en todos sus términos, se
le emplaza a juicio y se les hace saber que deberán comparecer
ante este Juzgado Decimoquinto de Distrito del Decimoquinto Circuito,
ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación,
Calle Del Hospital, número 594, quinto piso, Centro Cívico
y Comercial, de esta ciudad de Mexicali,
Baja
California, código postal 21000, dentro del término de
treinta días, contados a partir del día siguiente al de
la última publicación del presente edicto, a efecto de
hacerles entrega de la demanda y del auto de quince de agosto de dos
mil doce, por el cual se ordenó su emplazamiento al presente
juicio y se les apercibe que en caso de no hacerlo así se
seguirá el juicio en rebeldía y las ulteriores
notificaciones, aun las que tengan carácter personal, se les
harán por medio de lista que se fija en este juzgado;
asimismo, se le hace saber que se fijaron las nueve horas con treinta
minutos del día veintinueve de octubre de dos mil doce, para
la celebración de la audiencia constitucional.
Para
su publicación por tres veces, de siete en siete días,
en el Diario Oficial de la Federación y en uno
de los
periódicos de mayor circulación en la república.
Lo anterior en cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha dieciséis
de octubre de dos mil doce.- Conste.
Mexicali, B.C., a 16 de octubre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Decimoquinto de
Distrito en Mexicali, Baja California
Lic. Xóchitl Hernández Farfán
Rúbrica.
(R.- 358272)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región,
Especializado en Extinción de Dominio
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
“Inserto:”
“Se comunica a los codemandados Andrés Pelagio Vega y
Arturo Trinidad Castro Hernández, que en este Juzgado Tercero
de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región,
Especializado en Extinción de Dominio, con competencia y
jurisdicción en toda la República y residencia en el
Distrito Federal, mediante proveído de SIETE DE AGOSTO DE DOS
MIL DOCE, se admitió a trámite la demanda de extinción
de dominio, promovida por los agentes del Ministerio Público
de la Federación, adscritos a la Subprocuraduría
de
Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, de la
Procuraduría General de la República, en contra de
Teodoro García Simental y/o Diego García Simental y/o
Jorge Romero Altamirano alias “EL TEO”; Arturo Trinidad
Castro Hernández; y Andrés Pelagio Vega, se registró
con el número 9/2012, consistente esencialmente en “…SE
ADMITE LA DEMANDA; en la vía y forma propuesta por la que los
ocursantes demandaron la declaratoria de extinción de dominio
respecto de los siguientes bienes: 1. Inmueble ubicado en calle Pez
Vela 710, colonia Fide Paz, La Paz, Baja California Sur, Código
Postal 023099; identificado también como Calle Pez Vela, Lote
Número 24, de la Manzana 101-013-113. 2. Numerario consistente
en la cantidad de $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.)
Asimismo se emplaza a dichos codemandados para que dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir de la última publicación de los edictos, de contestación a la demanda instaurada por los Agentes del Ministerio Público de la Federación, asimismo, quedan en la Secretaría de este Juzgado las respectivas copias de traslado; apercibido que de no dar contestación a la demanda se seguirá el juicio en rebeldía.”
PARA
SU PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL
PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA (YA SEA “EL
UNIVERSAL”, “EL EXCELSIOR”, “REFORMA”,
“LA JORNADA”) O CUALQUIER OTRO DE ESTA NATURALEZA,
POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS HABILES.
México, D.F., a 6 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito del Centro Auxiliar
de la Primera Región Especializado en Extinción de Dominio,
con competencia y jurisdicción en toda la República y residencia en el Distrito Federal
Lic. Celestina Ordaz Barranco
Rúbrica.
(R.- 358850)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
QUEJOSOS: JORGE ELEUTERIO JAIMES LOPEZ.
“”...INSERTO: Se comunica a los terceros perjudicados Eutimio Cárdenas Guzmán y María del Socorro Esparza Cantú de Cárdenas, que en el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante auto de veinticuatro de febrero de dos mil doce, se admitió la demanda de garantías promovida por Jorge Eleuterio Jaimes López, correspondiéndole el número de amparo 172/2012-VI, señalando esencialmente como acto todo lo actuado en el Juicio Ejecutivo Mercantil 1891/1993, del índice del Juzgado Cuarto Civil de Monterrey, Nuevo León, y señala como autoridad responsable la que enseguida se enuncia:
“III.- AUTORIDADES RESPONSABLES:
ORDENADORA: C. JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE MONTERREY, EN EL ESTADO DE NUEVO LEON, MEXICO.
EJECUTORAS: C. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA EN TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO.
C. DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD EN EL ESTADO DE MEXICO, ACTUALMENTE DENOMINADO INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DEL ESTADO DE LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, OFICINA REGISTRAL TLALNEPANTLA.
Asimismo, se les hace de su conocimiento el derecho que tienen de apersonarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir de la última publicación, en la inteligencia que dentro de los tres días subsiguientes a que comparezcan a este órgano jurisdiccional, deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en Naucalpan de Juárez, Estado de México, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo, se les practicaran aún las de carácter personal, por medio de lista, que se publicará en este órgano de control constitucional.
Finalmente, se les hace del conocimiento que la fecha de la audiencia se encuentra señalada para las NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL VEINTIDOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, día y hora disponible en la agenda que para tal efecto lleva este Juzgado.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 9 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Paola Guerrero Serrano
Rúbrica.
(R.- 358834)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Campeche, Camp.
EDICTO
AL TERCERO PERJUDICADO:
LOPEZ GUTIERREZ GARCIA PEREZ y
ASOCIADOS, SOCIEDAD CIVIL.
Por
este medio se hace de su conocimiento que mediante proveído de
once de abril de dos mil doce, pronunciado por la Jueza Primero de
Distrito en el Estado de Campeche, dentro de los autos del juicio de
amparo 252/2012 del índice de este órgano de control
constitucional, se admitió la demanda de amparo promovida por
Jorge Ramírez Vasconcelos, Ulises Solórzano Castillejos
y José Alias Velázquez, por conducto de su apoderada
Mireya del Socorro Uc Quintal, contra actos de la Junta Especial
Número Cincuenta y Dos de la Federal de Conciliación y
Arbitraje del Estado, con sede en Ciudad del Carmen, Campeche y
otras, consistente en: “el auto de veintinueve de agosto de dos
mil once, dictado en el expediente laboral 94/2007, en el que se le
negó la solicitud de decretar el secuestro provisional que
marca el artículo 857, fracción II,
de la Ley
Federal del Trabajo, sobre los bienes de los demandados”, y
toda vez que a pesar de las investigaciones realizadas por este
Juzgado de Distrito, no ha sido posible realizar el emplazamiento
de
la tercera
perjudicada López Gutiérrez García Pérez
y Asociados, Sociedad Civil, se
ordenó la notificación, por medio de edictos, que
deberán publicarse a costa del Consejo de la Judicatura
Federal, por tres veces, de siete en siete días en el Diario
Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de
mayor circulación en la República; y dado que de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o. fracción
III, inciso a) de la Ley de Amparo, le resulta el carácter de
tercera perjudicada, en este asunto. Asimismo, se hace del
conocimiento
de la tercera
perjudicada López Gutiérrez García Pérez
y Asociados, Sociedad Civil, que
cuenta con el término de treinta días para comparecer a
este juicio constitucional a defender sus derechos, mismos que surten
sus efectos a partir de la última publicación de tales
edictos, tal como lo establece el artículo 30, fracción
II, de la citada ley de la materia, en relación con el 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria a la Ley de Amparo.
San Francisco de Campeche, Camp., a 18 de octubre de 2012.
Miriam de Jesús Cámara Patrón
Rúbrica.
(R.- 358856)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado de Circuito
Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimocuarto Circuito
Mérida, Yucatán
EDICTO
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMOCUARTO CIRCUITO.
Calle 47 No.575 letra "H" por 84 letra "A" y 84, Colonia Santa Petronila, C.P. 97000.
Mérida, Yucatán.
ROXANA GORDILLO GONGORA
Domicilio ignorado.
En
el expediente 253/2012 formado con motivo de la demanda de amparo
directo promovida por INES PILAR SALAZAR HERRERA contra la sentencia
dictada el veintinueve de febrero de dos mil doce, por la
Sala
Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de
Yucatán, en el toca número 1464/2011;
se le tuvo como tercero perjudicada en este asunto, ordenándose
emplazarla como tal, personalmente, para que comparezca en defensa de
sus derechos, de estimarlo pertinente.
Ahora
bien, como quiera que a pesar de las gestiones realizadas, mismas que
aparecen en autos, no han sido posible localizar su domicilio para
llevar adelante dichas diligencias, con fundamento en la fracción
II
del artículo 30 de la Ley de Amparo, se le emplaza por
medio de edictos en los términos del numeral 315 del Código
de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, haciéndole
saber que puede comparecer ante este Tribunal Colegiado en Materias
Penal y Administrativa del Decimocuarto Circuito, en un plazo de
treinta días contados a partir del siguiente al de la última
publicación; que la parte agraviada atribuyó a la
autoridad responsable lo siguiente:
"ACTO RECLAMADO.- La injusta sentencia de segunda instancia de fecha 29 veintinueve de febrero del año 2012 dos mil doce, dictados (sic) en los autos del Toca Penal número 1464/2011 y en los de la causa penal número 195/2008 del Juzgado Octavo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, en la que se me consideró penalmente responsable del delito de FRAUDE denunciado por ROXANA GORDILLO GONGORA”, que queda en la Secretaría de este Tribunal copia de la demanda de garantías a su disposición y que el informe justificado de la autoridad responsable se encuentra glosado al expediente relativo para conocimiento de las partes y ejercicio de sus derechos.
Y para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación nacional, expido el presente edicto en la ciudad de Mérida, Yucatán, a los ocho días del mes de noviembre de dos mil doce.
El
Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materias
Penal y
Administrativa del Decimocuarto Circuito
Lic. Francisco Gabriel Brito Marín
Rúbrica.
(R.- 358872)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
MI PIZZA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En virtud de la demanda de amparo directo promovida por Skep Prácticas Administrativas Integrales, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada y Capital Variable, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Magistrado del Octavo Tribunal Unitario del Decimoquinto Circuito, con residencia en Tijuana, consistente en la sentencia definitiva dictada en su contra el treinta de marzo de dos mil doce, dentro del toca mercantil 3/2012; por auto de seis de junio de dos mil doce, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número 566/2012 y de conformidad con el artículo 5o, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, este Quinto Tribunal Colegiado del XV Circuito, considero que la parte demandada dentró del toca mercantil 03/2012 de origen, Mi Pizza, Sociedad Anónima de Capital Variable, le asiste el carácter de tercero perjudicado en el presente juicio de garantías, por tanto, se reservó proveer respecto a la admisión o rechazo de la demanda en cuestión, y se ordenó la búsqueda del tercero perjudicado en los domicilios donde pudiese ser emplazado, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se agotaron los medios de investigación para su localización, sin haber obtenido resultado alguno; por lo que, en proveído de veintidós de octubre de dos mil doce, este tribunal ordenó el emplazamiento de Mi Pizza, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos, en términos del normativo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Los
edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete
días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos
diarios de mayor circulación en la República, para que
dentro del término de treinta días, contado a partir
del siguiente de la última publicación, la tercera
perjudicada Mi Pizza, Sociedad Anónima de Capital Variable, se
apersone al presente juicio, con el apercibimiento de que de no
hacerlo, se le tendrá por emplazado y las subsecuentes
notificaciones, aún las de carácter personal, se le
realizarán por medio de lista que se publicaran en los
estrados de este órgano colegiado, en términos de los
artículos 29 fracción III,
en relación con
el diverso 28, fracción III de la Ley de Amparo; asimismo,
hágasele saber por medio del edicto en comento, que la copia
de la demanda de garantía interpuesta se encuentra a su
disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano
colegiado.
FIRMA DE LA SECRETARIA DE TRIBUNAL Y SELLO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMOQUINTO CIRCUITO CON RESIDENCIA EN MEXICALI, BAJA CALIFORNIA.-
Mexicali, B.C., a 22 de octubre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Lic. Guadalupe Muro Páez
Rúbrica.
(R.- 359043)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, con residencia en Ciudad Valles
EDICTO
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, con residencia en Ciudad Valles.
Tercera Perjudicada: Crediproductor Cañero, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad no Regulada o Crediproductor Cañero, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad no Regulada
En los autos del juicio de amparo 215/2012-II, promovido en este Juzgado de Distrito por José Januario Delgado Vázquez, contra actos de la Junta Especial Número uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad, en el que Usted tiene el carácter de tercera perjudicada, el diez de octubre de dos mil doce, se dictó un proveído en el que se ordena emplazarla al juicio de garantías en comento por medio de edictos a costa de la federación, para que comparezca a defender sus derechos, haciéndosele saber que en la demanda de garantías el acto que se reclama de la autoridad responsable, es “Reclamo a la autoridad responsable los infundados y carentes de motivación, acuerdos dictado con fecha 11 y 12 de Junio del año 2012, mismos que me fueron notificados mediante lista de acuerdos de fecha 13 de Junio del año en curso y en los cuales respectivamente se especifica la negativa por parte de la responsable, de realizar la aclaración extemporánea del laudo laboral dictado por la responsable con fecha 13 de Enero del año 2012, dentro del expediente laboral 219/2010/1-2, ya que en dicha sentencia este tribunal omitió establecer el nombre correcto de la parte demandada así como condenar a quien resulte responsable de la fuente de trabajo y de la misma manera infundadamente niega despachar ejecución en contra de la I.- ASOCIACION DE PEQUEÑOS PROPIETARIOS CAÑEROS DEL INGENIO PLAN DE SAN LUIS, C.N.P.P., C.N.O.P., A.C, CON DOMICILIO AMPLIAMENTE CONOCIDO EN CARRETERA VALLES EL NARANJO EN LA LOCALIDAD DE LA HINCADA DEL MUNICIPIO DE CIUDAD VALLES S.L.P.; II).- CREDIPRODUCTOR CAÑERO S.A. DE C.V. SOFOM E.N.R.", PERTENECIENTE A LA ASOCIACION DE PEQUEÑOS PROPIETARIOS CAÑEROS DEL INGENIO PLAN DE SAN LUIS A.C. CON DOMICILIO AMPLIAMENTE CONOCIDO EN CARRETERA VALLES EL NARANJO EN LA LOCALIDAD DE LA HINCADA DEL MUNICIPIO DE CIUDAD VALLES S.L.P.; III.- QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE LA RELACION LABORAL DEL SUSCRITO Y LA FUENTE DE TRABAJO UBICADA EN CARRETERA VALLES- EL NARANJO EN LA LOCALIDAD DE LA HINCADA DEL MUNICIPIO DE CIUDAD VALLES S.L.P. quienes son las mismas personas morales que la ASOCIACION DE PEQUEÑOS PROPIETARIOS DEL INGENIO PLAN DE SAN LUIS A.C, CREDIPRODUCTOR CAÑERO SOFOM E.N.R. PERTENECIENTE A LA ASOCIACION DE PEQUEÑOS PROPIETARIOS DEL INGENIO PLAN DE SAN LUIS A.C. ambos CON DOMICILIO AMPLIAMENTE CONOCIDO EN CARRETERA VALLES EL NARANJO EN LA LOCALIDAD DE LA HINCADA DEL MUNICIPIO DE CIUDAD VALLES S.L.P.; personas que fueron condenadas en la condena laudatoria y ubican el mismo domicilio en donde el ahora quejoso labore y del cual fui despedido injustificadamente por la parte patronal, por lo que dentro de dicho procedimiento laboral fueron vulneradas mis garantías constitucionales pues yo me di cuenta del nombre correcto del patrón hasta en la etapa de ejecución, siendo omisa la responsable de cerciorase del nombre del patrón y aplicar en mi beneficio la suplencia en mis planteamientos de derecho prerrogativa que me beneficia como trabajador pues el suscrito señale el domicilio donde preste mis servicios subordinados como lo estipula el artículo 712 de la ley laboral vigente y además en la diligencia de emplazamiento acompañe al diligenciario al local donde laboré hasta el día de mi injustificado despido, por lo que dichas violaciones deben reponer el procedimiento para efecto de que se desahoguen las pruebas pertinentes y se dicte un nuevo laudo en que se condene a la parte patronal de lo contrario se estarían violando de manera grave mis garantías como trabajador considerando ser procedente mis peticiones toda vez que las personas condenadas y las personas en contra de quién solicito se aclare el nombre son las mismas así como los hechos y prestaciones reclamadas únicamente hay una variación literaria en cuanto a siglas de que se encuentran acompañadas los nombres de las personas morales como claramente se observa, sin que esto sea motivo suficiente para que la parte patronal evada su responsabilidad con el suscrito.” y, que la audiencia constitucional se encuentra señalada para el cinco de noviembre de dos mil doce a las diez horas con veinte minutos.
Para publicarse conforme a lo ordenado por auto de once de octubre de dos mil doce, por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional, haciéndole saber a la referida tercera perjudicada, que deberá presentarse ante este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado, sito en Abasolo 414, altos Primer Piso, Zona Centro, Ciudad Valles, San Luis Potosí, dentro del término de treinta días, contado del siguiente al de la última publicación, a hacer valer los derechos que estime pertinentes y que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, o bien, dentro de los municipios conurbados al en que reside este órgano de control constitucional, esto es, El Naranjo, Tamuín, Tanlajás, Aquismón y Tamasopo, todos de esta entidad federativa, apercibida para caso de no comparecer por sí o por apoderado que pueda representarlo, la ulteriores notificaciones que se ordenen en este asunto, se le harán por lista que se fije en los estrados de este órgano de control constitucional, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda en cuestión.
Ciudad Valles, S.L.P., a 11 de octubre de 2012.
El
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de San
Luis Potosí,
con residencia en Ciudad Valles
Lic. Carlos Rodríguez Villalobos
Rúbrica.
(R.- 358533)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Trigésimo Cuarto de lo Civil
Secretaría “B”
Exp. B-491/2010
EDICTO
EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR INMOBILIARIA LIBRA, S.A. DE C.V. EN CONTRA DE CREACIONES Y REPRESENTACIONES, PALMA, S.A. DE C.V. Y RENAN JOSE PALMA ACOSTA, EXPEDIENTE NUMERO B-491/2010, EL CIUDADANO JUEZ TRIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, LICENCIADO ELISEO JUAN HERNANDEZ VILLAVERDE DICTO AUTO DE FECHA DIECISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE QUE EN LO CONDUCENTE DICE:…
A su expediente número 491/2010 el escrito de cuenta de la parte actora, visto su contenido, como lo solicita se aclara la sentencia definitiva dictada en fecha ocho de octubre del año dos mil doce de la que se desprende, a foja tres, en su párrafo segundo lo siguiente: “…cada uno de ellos por la cantidad de $50,0000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.)…”, siendo lo correcto “…cada uno de ellos por la cantidad de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.)…”, de igual forma se aclara el contenido del resolutivo PRIMERO que en su parte conducente se desprende: “…y los demandados CREACIONES Y REPRESENTACIONES PALMA, S.A. DE C.V., se constituyeron en rebeldía…” siendo lo correcto “…y los demandados CREACIONES Y REPRESENTACIONES PALMA, S.A. DE C.V. y RENAN JOSE PALMA ACOSTA, se constituyeron en rebeldía…”; asimismo en relación al resolutivo CUARTO que en su parte conducente indica: “…en caso de no cumplir hágase trance y remate de los bienes que fueron embargado y con su producto pago a la parte actora…”, siendo lo correcto “…en caso de no cumplir embárguense bienes propiedad de la demandada, hágase trance y remate de los mismos y con su producto pago a la parte actora…”aclaraciones que se hacen para los efectos legales a que haya lugar y que forma parte integra de la citada resolución, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1331 del Código de Comercio; y en virtud de que los demandados fueron notificados por edictos, consecuentemente publíquense los resolutivos de la sentencia en cita debidamente aclarados por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el Diario de México, como encuentra su fundamento en lo dispuesto por el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al de la materia.- Notifíquese.
México Distrito Federal, a nueve de octubre del año dos mil doce.
RESUELVE
PRIMERO.- Ha sido procedente la vía Ejecutiva Mercantil, en que la parte actora INMOBILIARIA LIBRA, S.A. DE C.V. justificó su acción y los demandados CREACIONES Y REPRESENTACIONES PALMA, S.A. DE C.V., se constituyeron en rebeldía.
SEGUNDO.- Se condena al demandado CREACIONES Y REPRESENTACIONES PALMA, S.A. DE C.V. y RENAN JOSE PALMA ACOSTA a pagar a favor de la actora la cantidad de $2’450,000.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de suerte principal, mas el pago de los intereses moratorios a razón del 5% CINCO POR CIENTO MENSUAL, los que deberán ser cuantificados, en los términos precisados en el cuerpo de este fallo, sobre el particular.
TERCERO.-
Se condena a la parte reo a pagar a la parte actora, los gastos y
costas causados en
esta instancia.
CUARTO.- Para efectos de cumplir con la condena impuesta en este fallo, se concede a la parte demandada el plazo de CINCO DIAS HABILES, contados a partir del día siguiente en que el mismo cause ejecutoria o sea legalmente ejecutable, en caso de no cumplir hágase trance y remate de los bienes que fueron embargado y con su producto pago a la parte actora.
QUINTO.- Notifíquese.
ASI
definitivamente juzgando, lo resolvió y firma el C. JUEZ
TRIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL, Licenciado ELISEO JUAN HERNANDEZ
VILLAVERDE, ante su C. Secretaria de Acuerdos con quien actúa
y
da fe.
Para ser publicado por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el Diario de México,
Secretaria de Acuerdos “B”
Lic. Verónica Guzmán Gutiérrez
Rúbrica.
(R.- 358868)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato
EDICTO
En el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en León, Guanajuato, se encuentra radicado en el juicio de amparo 1125/2012, promovido por María Elena López Arévalo, contra actos del Juez Primero Civil de Partido de esta ciudad, de quien reclama: “…Se reclama de la autoridad responsable, la determinación, la determinación asumida mediante auto de fecha 18 de junio del año 2012, notificada por lista el día 19 de junio del año 2012, en sus párrafos vigésimo quinto y vigésimo sexto cuando determina lo siguiente: A sus antecedentes el ocurso signado por MARIA ELENA LOPEZ AREVALO, presentando en la secretaría de este juzgado el día 15 de los corrientes: En relación a su solicitud se le hace saber que no se encuentra pendiente de resolver cuestión alguna respecto a la objeción que refiere en tanto que mediante proveído de fecha diecisiete de febrero del año 2010 se le tuvieron por hechas las manifestaciones vertidas en el ocurso que presentó en fecha 16 de aquel mes y año; igualmente en auto de fecha 29 de abril del año 2010, se dio respuesta a lo peticionado en diverso libelo presentado el 28 del mismo mes de abril del año 2010, en el cual igualmente se le hizo saber que para el caso de que el contrato de cesión de derechos que obra en autos fuere un documento falso, tenía a salvo sus derechos para hacerlos valer en la vía y forma que considerara conveniente, por tanto, debe estarse a ordenando en los citados proveídos.”; juicio de amparo en el que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena emplazar a juicio al tercero perjudicado Aureliano Trujillo González, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, a costa de la parte quejosa; en el entendido que el tercero perjudicado en cita, deberá compadecer a juicio dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, por apoderado o gestor que pueda representarlo.
Lo que se hace constar para los fines legales consiguientes.
León, Gto., a 7 de noviembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato
Sonia Cuéllar González
Rúbrica.
(R.- 359455)
AVISOS GENERALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de la Reforma Agraria
Dirección General de Ordenamiento y Regularización
Dirección de Expropiaciones
Expediente 13555/SCT
C. MIGUEL ANGEL AGUIÑIGA MURILLO, PARCELA 541.
DOMICILIO: DESCONOCIDO
EJIDO: CAMICHIN DE JAUJA
MUNICIPIO: TEPIC
ESTADO: NAYARIT
Con
fundamento en los artículos 14 y 16 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos;
35, fracción
III, 37 y 38 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se le
notifica que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes,
mediante oficio número 1.2.302.- 18840 de fecha 30 de
noviembre de 2011, solicitó a esta Dependencia, la
expropiación de una superficie de 19-57-84.75 Has., para
destinarse a la construcción del Libramiento Tepic, que afecta
la parcela número 541 de la cual tiene posesión.
Con
motivo de dicha solicitud de expropiación, se instauró
el procedimiento expropiatorio bajo el número de expediente
13555, por lo que se le concede un término de treinta días
naturales, contados a partir de la fecha de la última
publicación, para que acuda a esta Secretaría de la
Reforma Agraria, manifestando lo que
a su interés convenga.
Atentamente
México, D.F., a 5 de noviembre de 2012.
El Director General
Lic. David Cerecedes Fierro
Rúbrica.
(R.- 359125)
REPRESENTACION DE PAPELES ESPECIALES, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
Por
medio de la presente se les comunica a los socios de la sociedad
denominada REPRESENTACION DE
PAPELES ESPECIALES, S.A. DE C.V., que el día veintiuno de
diciembre del dos mil doce, a las once horas
se
celebrará una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas
en el domicilio de la sociedad ubicado en la calle de Santo Domingo
número 241, colonia Fraccionamiento Industrial San Antonio,
Delegación Azcapotzalco, en México, Distrito Federal,
para tratar sobre los siguientes puntos del Orden del Día:
ORDEN DEL DIA
I.-
Informe respecto a las acciones suscritas y pagadas del aumento de
capital aprobado en Asamblea
de fecha tres de mayo del dos mil
doce.
II.- Cambio de régimen de administración de la sociedad de Administrador Unico a Consejo de Administración, y en su caso, designación del Consejo de Administración.
III - Informe de la venta de acciones por parte de uno de los accionistas de la sociedad.
IV.- Designación de delegados a efecto de que se presenten ante el notario público correspondiente para formalizar y dar cumplimiento a las resoluciones adoptadas por la Asamblea.
V.- Levantamiento del acta de asamblea.
La presente convocatoria se hace en cumplimiento a lo ordenado en los Estatutos de la Sociedad.
México, D.F., a 12 de octubre de 2012.
Administrador Unico de Representación de Papeles Especiales, S.A. de C.V.
Mario Bessudo Sourasky
Rúbrica.
(R.- 359500)
Estados Unidos Mexicanos
Casa de Moneda de México
Subdirección Corporativa Jurídica
Alejandro Ramírez Sandoval, Subdirector Corporativo Jurídico de la Casa de Moneda de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11 fracciones II y III de la Ley de la Casa de Moneda de México, así como el apartado VI, numeral 1.2.4. del Manual de Organización de la Casa de Moneda de México, y
CONSIDERANDO
El ACUERDO publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de agosto del año 2012 por el que se modifica al diverso por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican, publicado el 10 de agosto de 2010; esta entidad, previo el cumplimiento de los requisitos correspondientes, publica la normatividad interna que en seguida se indica:
DENOMINACION DE LA NORMA: “BASES GENERALES PARA EL REGISTRO, AFECTACION, DISPOSICION FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES DE LA CASA DE MONEDA DE MEXICO”
EMISOR: CASA DE MONEDA DE MEXICO.
FECHA DE EMISION: 9 DE NOVIEMBRE DE 2012.
MATERIA: RECURSOS MATERIALES.
TRANSITORIO
Unico.-
El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente
de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
México, D.F., a 23 de noviembre de 2012.
El Subdirector Corporativo Jurídico
Lic. Alejandro Ramírez Sandoval
Rúbrica.
(R.- 359491)
Estados Unidos Mexicanos
Casa de Moneda de México
Marcelo de los Santos Fraga, Director General de la Casa de Moneda de México, con fundamento en los artículos 22, 59 fracciones I y V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 11 fracciones II y VI de la Ley de la Casa de Moneda de México; 30 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; 15 del Estatuto Orgánico de la Casa de Moneda de México; así como, 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y
CONSIDERANDO
Que legalmente se consideran días inhábiles, entre otros, aquellos días en que se suspenden labores, y que ello debe hacerse del conocimiento público mediante acuerdo que deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente:
Acuerdo por el cual la Casa de Moneda de México da a conocer los días del año 2012 y algunos del 2013 en que se suspenderán labores, así como otros días inhábiles.
Primero.- Durante el año 2012, la Casa de Moneda de México suspenderá labores los sábados y los domingos, así como los días que a continuación se señalan; y en los periodos vacacionales que se indican:
2 y 3 de enero;
6 y 15 de febrero;
19 de marzo;
5 y 6 de abril;
1 de mayo, y;
1, 2 y 19 de noviembre.
Lunes 23 de julio al viernes 3 de agosto de 2012, inclusive.
Jueves 20 de diciembre al jueves 4 de enero de 2013, inclusive.
Segundo.- Los días señalados en el artículo anterior, así como aquellos establecidos en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se computarán como inhábiles para todos los efectos a que haya lugar, en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
TRANSITORIO
Unico.-
El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente
de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
México, D.F., a 20 de noviembre de 2012.
El Director General de la Casa de Moneda de México
C.P.C. Marcelo de los Santos Fraga
Rúbrica. (R.- 359489)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia Jurídica
Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros F
312-2/49364/2012
Expediente CNBV.312.211.23 (5976)
Asunto: Se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de esa entidad.
Banco Base, S.A.
Institución de Banca Múltiple
Blvd. Manuel Avila Camacho No. 36
Piso 21, despacho 2102 a 2104
Col. Lomas de Chapultepec
11000, México, D.F.
At’n.: C.P. Lorenzo Barrera Segovia
Director General
Con fundamento en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito y con motivo de la reforma al artículo segundo de los estatutos sociales de esa institución, acordada en asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas celebrada el 30 de abril de 2012, esta Comisión tiene a bien modificar la Base Tercera de la “Autorización para la escisión de Base Internacional Casa de Bolsa, S.A. de C.V., así como para la organización y operación de la institución de banca múltiple a denominarse Banco Base, S.A., Institución de Banca Múltiple”, contenida en oficio 210-135/2011 emitido por esta Comisión el 14 de junio de 2011 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio del mismo año, para quedar en los siguientes términos:
“…
TERCERA.- Su domicilio será el Municipio de San Pedro Garza García, N.L.
…”
Atentamente
México, D.F., a 19 de octubre de 2012.
Director General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Lic. José Antonio Bahena Morales
Rúbrica.
Director General Adjunto de Grupos e Intermediarios Financieros F-1
Lic. Emilio Saturno Arzate
Rúbrica.
(R.- 359307)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Presidencia
Vicepresidencia Jurídica
Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros F
Of.: 100/028/2012
Exp.: CNBV.312.211.23 (7684)
Asunto: Autorización para la organización y operación de una institución de banca múltiple a denominarse Banco Inmobiliario Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple.
HIPOTECARIA CASA MEXICANA, S.A. DE C.V.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE,
ENTIDAD NO REGULADA
Río Elba número 20, piso 3
Colonia Cuauhtémoc
06500, México, D.F.
At´n.: Lic. Víctor Manuel Requejo Hernández
Representante legal
Con escrito de fecha 15 de agosto de 2012 y complementarios del 4, 11 y 19 de octubre del mismo año, esa entidad solicitó a esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores autorización para organizarse y operar como institución de banca múltiple, mediante la transformación de su régimen de organización y funcionamiento de sociedad financiera de objeto múltiple, entidad no regulada a institución de banca múltiple.
Al respecto, la junta del Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en sesión celebrada en esta fecha, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8 y 10 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que la documentación presentada por Hipotecaria Casa Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada con motivo de su solicitud, cumple con los requisitos previstos en los artículos 9, 10 y 10 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito y 2 fracción I y 336 de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito;
SEGUNDO.-
Que el Banco de México, con oficio OFI/S33-002-7123 de fecha
24 de octubre de 2012, emitió opinión favorable
respecto de la solicitud de autorización para la organización
y operación
de la institución de banca múltiple
a denominarse Banco Inmobiliario Mexicano, S.A., Institución
de Banca Múltiple, y
TERCERO.- Que del análisis a la información recibida se concluyó que desde el punto de vista legal, financiero y operativo es procedente se otorgue la autorización solicitada, adoptó el siguiente:
ACUERDO
Se
autoriza la organización y operación de una institución
de banca múltiple a denominarse Banco Inmobiliario Mexicano,
S.A., Institución de Banca Múltiple, resultante de la
transformación de régimen de Hipotecaria Casa Mexicana,
S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad
No Regulada,
de sociedad financiera de objeto múltiple,
entidad no regulada a institución de banca múltiple.
La autorización para la organización y operación de Banco Inmobiliario Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, queda condicionada a que se obtenga de esta Comisión la autorización para el inicio de sus operaciones, en términos del artículo 46 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito.
La entidad cuya organización y operación se autoriza, estará sujeta a las siguientes:
BASES
PRIMERA.-
La denominación de la sociedad será Banco Inmobiliario
Mexicano, S.A., Institución de
Banca Múltiple.
SEGUNDA.- Su duración será indefinida.
TERCERA.- Su objeto social comprenderá la realización de las actividades y la prestación de los servicios que señala el artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito.
CUARTA.- Su domicilio social será la Ciudad de México, D.F.
QUINTA.- El importe de su capital social pagado será de $516’007,100.00 (quinientos dieciséis millones siete mil cien pesos 00/100) M.N.
SEXTA.- La autorización a que se refiere el presente oficio es, por su propia naturaleza, intransmisible.
SEPTIMA.- La institución estará sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
OCTAVA.- El servicio de banca y crédito que la institución preste por virtud de la presente autorización, así como las demás operaciones que lleve a cabo, al igual que su organización y funcionamiento en general, se sujetarán, en lo no señalado expresamente en este oficio, a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley de Instituciones de Crédito, a las reglas y disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a las disposiciones que respecto de sus operaciones expida el Banco de México y a las demás normas y disposiciones vigentes y las que se emitan en el futuro, que por su naturaleza le resulten aplicables.
De conformidad con el proyecto presentado, en la misma asamblea general extraordinaria de accionistas en que se acuerde la transformación de Hipotecaria Casa Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, para adoptar el régimen legal de institución de banca múltiple, deberá decretarse el aumento al capital social con que contará Banco Inmobiliario Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple-señalado en la BASE QUINTA de este oficio-el cual habrá de quedar suscrito y pagado en su totalidad al ejercerse el derecho de preferencia de que gozan los accionistas de Hipotecaria Casa Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada.
Por otra parte, como consecuencia del acuerdo adoptado por la Junta del Gobierno y en atención al planteamiento general contenido en el escrito de solicitud, esta Comisión, con fundamento en el artículo 8, segundo párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito, emite opinión favorable respecto del proyecto de estatutos sociales de Banco Inmobiliario Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, mismo que se anexa al presente con el sello de esta Comisión.
La sociedad promovente deberá hacer entrega a esta Comisión, en un plazo de noventa días naturales, contado a partir de la fecha de notificación del presente oficio y una vez celebrada la asamblea general extraordinaria de accionistas que acuerde la transformación de su régimen de organización y funcionamiento, de sociedad financiera de objeto múltiple, entidad no regulada a institución de banca múltiple, para su aprobación, el instrumento público en que consten los citados estatutos, según lo dispone el referido artículo 8, segundo párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito. En todo caso, deberá agregarse al instrumento respectivo el texto de este oficio, o integrarse a él copia del mismo.
El acuerdo anterior se adopta sin perjuicio de las demás autorizaciones y aprobaciones que con motivo del acto descrito deban obtenerse de esta Comisión u otras autoridades competentes, en términos de las disposiciones normativas aplicables, así como del ejercicio de las facultades legales atribuidas a esta misma Comisión, durante el proceso de transición de Hipotecaria Casa Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada a Banco Inmobiliario Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple.
El presente oficio deberá publicarse, a costa de Hipotecaria Casa Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación de su domicilio social, de conformidad con lo previsto en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito.
Lo anterior se comunica con fundamento en los artículos 16 fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y 9, 11, segundo párrafo y 12 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2009 y modificado mediante Decreto publicado en el mismo Diario el 23 de abril de 2012.
Atentamente
México, D.F., a 16 de noviembre de 2012.
Presidente
Dr. Guillermo Enrique Babatz Torres
Rúbrica.
(R.- 359441)
Municipio de Juárez, Chihuahua
México
PROYECTO DE TRANSPORTE SUSTENTABLE Y CALIDAD DEL AIRE
CONTRATACION DE SERVICIOS DE CONSULTORIA
DONACION GEF No. TF09695
ANUNCIO DE EXPRESIONES DE INTERES
El Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, ha sido designado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que como agente financiero administre y dé seguimiento a la donación otorgada por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) por un monto equivalente a $5,378,000 usd con recursos provenientes del Fondo Global del Medio Ambiente (GEF) para el Proyecto denominado “Transporte Sustentable y Calidad del Aire”, ejecutado parcialmente por el Municipio de Juárez, Chihuahua, como “Entidad Elegible” y se propone utilizar una parte de los fondos para efectuar los pagos contemplados en el contrato para la realización del proyecto consistente en
Elaborar el Estudio Integral de factibilidad del Corredor Troncal “Poniente Aeropuerto” en Ciudad Juárez, Chihuahua, desarrollando detalladamente los componentes necesarios para la implantación del Corredor Troncal de Transporte, bajo el enfoque BRT, en las etapas de determinación de la trayectoria, definición de los elementos conceptuales del corredor, diseño funcional, operacional y proyecto ejecutivo de obra civil, así como la estructuración Legal y Financiera necesaria para el diseño, plan de gestión y participación de los actuales operadores del corredor de transporte público.
El periodo estimado de ejecución del estudio es de 9 meses.
El Municipio de Juárez, Chihuahua, como “Entidad Elegible” invita a empresas consultoras elegibles a presentar expresiones de interés para prestar los servicios de consultoría solicitados.
Los consultores interesados, deberán enviar una carta donde expresen su interés por participar en el concurso de estos trabajos, y proporcionar información suficiente que indique que están calificados para realizar el Proyecto.
Esta información deberá incluir el curricular de la firma para identificar su experiencia en trabajos similares, disponibilidad de especialistas para ejecutar el proyecto, el equipo técnico disponible, última declaración fiscal e información sobre su situación financiera, copia de los últimos 2 contratos de características similares al proyecto, entre otras. Los consultores se podrán asociar con otras firmas, con el fin de contar con mejores calificaciones.
Para mayor información acerca de los trabajos, comunicarse a los teléfonos (656) 6136520, 2073242 y 2073243.
De
las expresiones de interés deberán ser enviadas vía
correo directo o correo electrónico a las direcciones
indicadas abajo, siendo la fecha límite el 3 de diciembre de
2012 en el horario de 8:00 a
15:00 horas.
Presidencia Municipal
Area: Dirección Jurídica
Domicilio: Unidad Administrativa Benito Juárez, primer piso,
Avenida Francisco Villa 950 Norte
Ciudad Juárez, Chihuahua, México
código postal 32000, zona Centro
Responsable: Lic. Héctor Arcelús Pérez
Tel: (656) 207 8800 y 207 8875
Email: harcelus@juarez.gob.mx
Instituto Municipal de Investigación y Planeación (IMIP)
Domicilio: Benjamín Franklin y Estocolmo número 4185
Colonia Progresista
Ciudad Juárez, Chihuahua, México
Código postal 32310
Responsable: Ing. Vicente López Urueta, Ing. Alberto Nicolás López Duarte
Tel: (656)-207-3242 y 43
Email: vlopez@imip.org.mx, nlopez@imip.org.mx e imip@imip.org.mx
Atentamente
Ciudad Juárez, Chih., a 23 de noviembre de 2012.
El Secretario del H. Ayuntamiento
Lic. Héctor Arcelús Pérez
Rúbrica.
(R.- 359428)
“BAS HERMANOS”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
A LOS ACCIONISTAS DE “BAS HERMANOS”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SE HACE DE SU CONOCIMIENTO:
Francisco
Bas Bernot en mi carácter de liquidador de dicha sociedad, y
en ejercicio de todos los actos inherentes a mi cargo en términos
del artículo 242 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y
demás disposiciones aplicables, me es bien dar a conocer el
Balance Final de Liquidación de “BAS HERMANOS”,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, en los términos del
párrafo II del artículo 247 de la
Ley General de
Sociedades Mercantiles.
BAS HERMANOS, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION A 23 DE OCTUBRE DE 2012
ACTIVO CIRCULANTE |
543,598.00 |
TOTAL ACTIVO |
543,598.00 |
RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES |
-2,611,529.00 |
RESERVA LEGAL |
1,538.00 |
CAPITAL SOCIAL |
3,153,589.00 |
TOTAL CAPITAL |
543,598.00 |
México, D.F., a 23 de octubre de 2012.
Representante Legal
Francisco Bas Bernot
Rúbrica.
(R.- 357892)
COMERCIALIZADORA
MORACAVA, BALANCE DE LIQUIDACION AL 5 DE OCTUBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 19 de octubre de 2012. Liquidador José López Moreno Rúbrica. (R.- 359139)
|
|
CORPORACION RUBYEE S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 20 DE NOVIEMBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 26 de noviembre de 2012 Liquidador Erika Liliana Vázquez Contreras Rúbrica. (R.- 359347) |
“LINAMAR
COMERCIALIZADORA” BALANCE DE LIQUIDACION AL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 26 de noviembre de 2012. Liquidador María de Lourdes Serrano Rúbrica. (R.- 359383) |
|
“STAG COMERCIALIZADORA” S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 6 DE SEPTIEMBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 26 de noviembre de 2012. Liquidador María de Lourdes Serrano Rúbrica. (R.- 359384) |
AVISO AL PUBLICO
Se comunica que para las publicaciones de estados financieros, éstos deberán ser presentados en un solo archivo. Dicho documento deberá estar capturado en cualquier procesador de textos WORD.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
VIDRIOS MARTE S.A. DE C.V.
FUSIONANTE
AVISO DE FUSION
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, y para efectos de dar cumplimiento a los acuerdos tomados en la Asamblea General Extraordinaria de esta Sociedad en la Ciudad de México el 31 de octubre de 2012, se hace saber que Vidrios Marte, S.A. de C.V., acordó FUSIONARSE con Thermak Vidrio Aislante S.A. de C.V., extinguiéndose ésta como Fusionada y subsistiendo Vidrios Marte S.A. de C.V., como Fusionante, por trasmisión de la Fusionada de la totalidad de su patrimonio, de conformidad con lo siguiente:
VIDRIOS MARTE, S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 31 DE OCTUBRE DE 2012 |
|
ACTIVO |
__________ |
Total de activo circulante |
103,518,541 |
Total activo fijo |
49,868,339 |
Total Activo |
153,386,880 |
PASIVO E INVERSIONES DE LOS ACCIONISTAS |
|
Total Pasivo circulante |
92,390,974 |
Total Pasivo a Largo plazo |
20,139,991 |
Total Pasivo |
112,530,965 |
INVERSION DE LOS ACCIONISTAS |
|
Total Inversión de los accionistas |
40,855,915 |
Total Pasivo e Inversión de los accionistas |
153,386,880 |
Vidrios Marte, S.A. de C.V., respetará todos los derechos adquiridos por terceros en virtud de los actos, contratos o documentos jurídicos en que constan y quedará subrogada como causahabiente en todos los derechos y garantías y privilegios derivados de todas las relaciones jurídicas en las que Thermak Vidrio Aislante S.A. de C.V., sea parte con todo cuanto de hecho y por derecho corresponda desde el momento en que la fusión surta efectos. Fusión acordada surtirá todos sus efectos el 31 de octubre de 2012, toda vez que la sociedad cuenta con el consentimiento y acuerdo de todos sus acreedores. Un extracto de los acuerdos de Fusión se encuentra a disposición de los accionistas y acreedores en el domicilio social en Tlatilco 138, colonia Tlatilco, código postal 02860, México, D.F.
THERMAK VIDRIO AISLANTE S.A. DE C.V.
FUSIONADA
BALANCE GENERAL AL 31 DE OCTUBRE DE 2012 |
|
ACTIVO |
_________ |
Total activo circulante |
52,762 |
Total activo fijo |
22,149,639 |
Total activo |
22,202,401 |
PASIVO E INVERSIONES DE LOS ACCIONISTAS |
_________ |
Total Pasivo circulante |
332,524 |
Total Pasivo a largo plazo |
0 |
Total Pasivo |
332,524 |
INVESION DE LOS ACCIONISTAS |
_________ |
Total Inversión de los accionista |
21,869,877 |
Total Pasivo e inversión de los accionistas |
22,202,401 |
26 de noviembre de 2012.
Director Financiero
Carlos Gallardo Domínguez
Rúbrica.
(R.- 359378)
YELINI, S.A. DE C.V. BALANCE
DE LIQUIDACION Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 9 de noviembre de 2012. Liquidador Rogelio Antonio Barrios Lozano Rúbrica. (R.- 358524)
|
|
MGM TRADE ELECTRONICS, S.A. DE C.V. BALANCE
DE LIQUIDACION Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 12 de noviembre de 2012. Liquidador José López Moreno Rúbrica. (R.- 358525)
|
|
RECCONT, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 12 DE OCTUBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 19 de octubre de 2012. Liquidador Rogelio Antonio Barrios Lozano Rúbrica. (R.- 359136)
|
|
ARTISANS ET BOULANGERS, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 2 DE OCTUBRE DE 2012
Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0
México, D.F., a 26 de octubre de 2012. Liquidador Gloria Martínez Balderrabano Rúbrica. (R.- 359137) |
|
INFOCONSTRUCCIONES, S. DE R.L. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 25 DE OCTUBRE DE 2012 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 9 de noviembre de 2012. Liquidador Gloria Martínez Balderrabano Rúbrica. (R.- 359404) |
|
COMERCIALIZADORA SOMBRERETE, S. DE R.L. BALANCE DE LIQUIDACION AL 22 DE OCTUBRE DE 2012 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 12 de noviembre de 2012. Liquidador Francisco Martínez García Rúbrica. (R.- 359407) |
ALTA DIRECCION EMPRESARIAL ESAR, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 26 DE OCTUBRE DE 2012 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a. 9 de noviembre de 2012. Liquidador José López Moreno Rúbrica. (R.- 359409) |
|
COMERCIALIZADORA PORTO NOVO, S. DE R.L. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 24 DE OCTUBRE DE 2012 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 9 de noviembre de 2012. Liquidador Gloria Martínez Balderrabano Rúbrica. (R.- 359412) |
COMERCIALIZADORA CALOTMUL, S. DE R.L. BALANCE DE LIQUIDACION AL 23 DE OCTUBRE DE 2012 Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 12 de noviembre de 2012. Liquidador Francisco Martínez García Rúbrica. (R.- 359414) |
|
PROMOCOMERCIO, S.A. DE C.V. BALANCE
DE LIQUIDACION AL Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 30 de octubre de 2012. Liquidador Francisco Martínez García Rúbrica. (R.- 357992) |
Comisión Federal de Electricidad
Gerencia Regional de Transmisión Sureste
CONVOCATORIA
En cumplimiento a las disposiciones que establecen la Ley General de Bienes Nacionales y las Bases Generales para la Disposición Final y Baja de los Bienes Muebles de CFE, se convoca a las personas físicas y morales nacionales, a participar el día 14 de diciembre de 2012 en la licitación pública número LPTNSE0112 para la venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se indican:
No. de lote |
Descripción |
Cantidad y unidad de medida |
Valor mínimo para venta $ |
Depósito en garantía $ |
01 |
Aceite quemado y/o usado |
50,755 lt |
5.00 |
25,377.50 |
02 |
Artículos de porcelana c/herraje |
76,821 kg |
0.49 |
3,764.23 |
03 |
Desecho ferroso de segunda |
127,728 kg |
1.66 |
21,202.85 |
04 |
Plástico |
2,960 kg |
0.94 |
278.24 |
Los
bienes se localizan en diversos almacenes de nuestra Gerencia cuyos
domicilios se detallan en la relación de bienes anexa a las
bases. Los interesados podrán consultar y adquirir las bases
de la licitación
del 30 de noviembre al 12 de diciembre de
2012 en días hábiles, consultando la página
electrónica
de CFE:
http://www.cfe.gob.mx/ConoceCFE/12_Ventadebienes/Muebles/Paginas/Muebles-2012.aspx
y el pago de
$5,000.00 (cinco mil pesos, 00/100 M.N.) más IVA, mediante el
depósito bancario en efectivo en la cuenta
CIE número
627003, referencia bancaria número 3062PK00006 en Bancomer,
S.A. y enviar copia del comprobante del pago efectuado anotando
previamente su nombre, domicilio y RFC al correo:
ariosto.burguete@cfe.gob.mx, o acudir a las oficinas ubicadas en
carretera Panamericana número 5675, Interior 500 metros,
colonia Plan de Ayala, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en
horario de 9:00 a 14:00 horas, presentando identificación con
validez oficial y del Registro Federal de Contribuyentes, o solicitar
informes de esta licitación en la Unidad de Enajenación
de Bienes Muebles, ubicadas en Río Ródano número
14, 8o. piso, sala 807, Delegación Cuauhtémoc, México,
D.F., teléfono (555) 2294400, extensiones 84237, en horario de
10:00 a 14:00 horas. La verificación física de los
bienes se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde
se
localizan del 30 de noviembre al 12 de diciembre de 2012, en horario
de 9:00 a 14:00 horas. El registro de inscripción
y recepción de la documentación establecida en las
bases para participar en la licitación se efectuará
el 14
de diciembre de 2012, en horario de 8:30 a 9:00 horas, en la sala de
juntas de la Administración de la Gerencia.
Los depósitos en garantía se constituirán mediante cheques de caja, expedidos por instituciones de banca y crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad, por los importes establecidos para los lotes de bienes que se licitan. El acto de presentación y apertura de ofertas se celebrará el 14 de diciembre, a las 10:00 horas, en la sala de juntas de la Administración en el entendido de que los interesados deberán cumplir con lo establecido en las bases respectivas y en caso contrario no podrán participar en el evento. El acto de fallo correspondiente se efectuará el 14 de diciembre de 2012 a las 12:00 horas, en la sala de juntas de la Administración. De no lograrse la venta de los bienes una vez emitido el fallo de la licitación, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor mínimo para venta considerado en la licitación y un 10% menos en segunda almoneda. El retiro de los bienes se realizará en un plazo máximo de 15 días hábiles posteriores a la fecha de pago de los mismos.
Atentamente
México, D.F., a 30 de noviembre de 2012.
Gerente
Ing. José Andrés Martínez González
Rúbrica.
(R.- 359557)
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
TASA NAFIN
De conformidad con las resoluciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 30 de marzo, 28 de abril, 29 de mayo y 30 de junio de 1995, se comunica que la Tasa NAFIN (TNF) de noviembre aplicable en diciembre de 2012, ha sido determinada en 4.85% anual.
México, D.F., a 27 de noviembre de 2012.
Nacional Financiera, S.N.C.
Director General Adjunto Financiero Enrique Carrillo Aguila Rúbrica. |
Director Jurídico Contencioso y de Crédito Javier Nava Tello Rúbrica. |
(R.- 359481)
Pemex Exploración y Producción
Dirección Corporativa de Administración
Subdirección de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
LICITACIONES PUBLICAS SUAP-ME-204/12 A SUAP-ME-207/12
De
conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes
Nacionales, Pemex Exploración y Producción, a través
de la Subdirección de Administración Patrimonial de
Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y
morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones
públicas que se llevarán
a cabo, a través
del procedimiento presencial, para la enajenación onerosa de
los siguientes bienes:
Licitación SUAP-ME/ |
Descripción general |
Valor
de referencia |
Localización unidades |
Plazo
máximo |
204/12 |
Chevrolet Silverado 2003 (11) Chevrolet Chevy Joy 2003 Ford Econoline Wagon 2003 |
$416,100.00 M.N. |
A.C.N. Huimanguillo, Tab. 13 |
15 días hábiles |
205/12 |
Chevrolet Silverado 2004 |
$70,000.00 M.N. |
Villahermosa, Tab. 2 |
15 días hábiles |
206/12 |
Mitsubishi Lancer 2006 Chevrolet Express Van 2003 |
$123,550.00 M.N. |
Ciudad Pemex, Tab. 2 |
15 días hábiles |
207/12 |
Chevrolet Silverado 2001 Chevrolet R15 Silverado 2002 |
$43,400.00 M.N. |
A.C.N. Cobos, Ver. 2 |
15 días hábiles |
La verificación física se podrá efectuar acudiendo a los lugares donde se localizan los bienes del 30 de noviembre al 17 de diciembre de 2012 en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.
Las bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta, adquisición e impresión en la página de Pemex a través de la ruta; http://www.pemex.com > Productos y servicios > Venta de activos improductivos, también estarán a su disposición en la “Ventanilla única” sita en Marina Nacional 329, edificio “C”, planta baja, colonia Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311, con un horario de 9:00 a 15:00 horas previa presentación del certificado de compra de bases.
Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil bancario anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Su costo será de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria, deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el formato (guía de pago) que genera el sistema en la página de Internet.
El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas, 77070, U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Para participar en las licitaciones públicas, es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco, la confirmación de pago del interesado.
El acto de presentación y apertura de ofertas, se celebrará el 18 de diciembre de 2012 a las 10:00 horas, en Bahía de San Hipólito número 56, tercer piso, colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11300, México, D.F. El acto de fallo, se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas, en el mismo lugar.
Las ofertas podrán estar referidas a una o a varias licitaciones, debiendo presentarse de manera individual y deberán ser garantizadas mediante transferencia electrónica, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe deberá ser de 10% del monto del valor de referencia para venta.
De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor de referencia para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda.
Para mayor Información favor de llamar al teléfono 1944-2500, extensiones 59360 y 59213.
México, D.F., a 30 de noviembre de 2012.
El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Lic. Juan Zuani González
Rúbrica.
(R.- 359465)
Pemex Exploración y Producción
Dirección Corporativa de Administración
Subdirección de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
LICITACIONES PUBLICAS SUAP-ME-201/12 A SUAP-ME-203/12
De
conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes
Nacionales, Pemex Exploración y Producción, a través
de la Subdirección de Administración Patrimonial de
Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y
morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones
públicas que se llevarán
a cabo, a través
del procedimiento presencial, para la enajenación onerosa de
los siguientes bienes, localizados en Campo Reynosa, Reynosa, Tamps.
Licitación SUAP-ME/ |
Descripción general |
Valor de referencia para venta |
Plazo máximo de retiro |
201/12 |
Chevrolet Silverado 2004 |
$420,000.00 M.N. 12 unidades |
15 días hábiles |
202/12 |
Chevrolet Silverado 2004 (2) Chevrolet Van Express 2006 Chevrolet Silverado 2006 (9) |
$591,900.00 M.N. 12 unidades |
15 días hábiles |
203/12 |
Chevrolet Silverado 2006 |
$552,200.00 M.N. 11 unidades |
15 días hábiles |
La verificación física se podrá efectuar acudiendo al lugar donde se localizan los bienes, del 30 de noviembre al 14 de diciembre de 2012 en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.
Las bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta, adquisición e impresión en la página de Pemex a través de la ruta: http://www.pemex.com > Productos y servicios > Venta de activos improductivos, también estarán a su disposición en la “Ventanilla única”, sita en Marina Nacional 329, edificio “C”, planta baja, colonia Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311, con un horario de 9:00 a 15:00 horas previa presentación del certificado de compra de bases.
Su venta se suspenderá a las 14:00 horas del segundo día hábil bancario, anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Su costo será de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.). IVA incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria, deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el formato (guía de pago) que genera el sistema en la página de Internet.
El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas, 77070, U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles, antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Para participar en las licitaciones públicas, es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco, la confirmación de pago del interesado.
El acto de presentación y apertura de ofertas, se celebrará el 17 de diciembre de 2012, a las 10:00 horas, en Bahía de San Hipólito número 56, tercer piso, colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11300, México, D.F. El acto de fallo, se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas, en el mismo lugar.
Las ofertas deberán referirse a una o varias licitaciones, y deberán ser garantizadas mediante transferencia electrónica, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe deberá ser de 10% del monto del valor de referencia para venta.
De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor de referencia para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda.
Para mayor Información favor de llamar al teléfono 1944-2500, extensiones 59360 y 59213.
México, D.F., a 30 de noviembre de 2012.
El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Lic. Juan Zuani González
Rúbrica.
(R.- 359467)
Pemex Exploración y Producción
Dirección Corporativa de Administración
Subdirección de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
LICITACIONES PUBLICAS SUAP-ME-198/12 A SUAP-ME-200/12
De
conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes
Nacionales, Pemex Exploración y Producción, a través
de la Subdirección de Administración Patrimonial de
Petróleos Mexicanos, invita a personas físicas y
morales, nacionales y extranjeras, a participar en las licitaciones
públicas que se llevarán
a cabo, a través
del procedimiento presencial, para la enajenación onerosa de
los siguientes bienes, localizados en Campo Reynosa, Reynosa, Tamps.
Licitación SUAP-ME/ |
Descripción general |
Valor de referencia para venta Unidades |
Plazo máximo de retiro |
198/12 |
Chevrolet Silverado 2004 (4) Chevrolet Silverado 2006 (7) |
$491,400.00 M.N. 11 unidades |
15 días hábiles |
199/12 |
Chevrolet Silverado 2006 |
$552,200.00 M.N. 11 unidades |
15 días hábiles |
200/12 |
Chevrolet Silverado 2006 (8) Chevrolet Silverado 2004 (4) |
$541,600.00 M.N. 12 unidades |
15 días hábiles |
La verificación física se podrá efectuar acudiendo al lugar donde se localizan los bienes, del 30 de noviembre al 13 de diciembre de 2012 en días hábiles, de 8:30 a 15:00 horas.
Las bases de las licitaciones estarán disponibles para su consulta, adquisición e impresión en la página de Pemex a través de la ruta: http://www.pemex.com > Productos y servicios > Venta de activos improductivos, también estarán a su disposición en la “Ventanilla única”, sita en Marina Nacional 329, edificio “C”, planta baja, colonia Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., código postal 11311, con un horario de 9:00 a 15:00 horas previa presentación del certificado de compra de bases.
Su venta se suspenderá a 14:00 horas del segundo día hábil bancario, anterior a la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Su costo será de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.). IVA incluido. El pago de las bases de la presente convocatoria, deberá hacerse mediante transferencia bancaria o depósito en efectivo a nombre de Petróleos Mexicanos, para lo cual utilizará el formato (guía de pago) que genera el sistema en la página de Internet.
El pago también puede efectuarse mediante transferencia bancaria por el equivalente en dólares de los EE.UU., a la cuenta 9460-042560 del J.P. Morgan Chase Bank, N.A. de Houston, Texas, 77070, U.S.A., Código ABA 111000614, a nombre de Petróleos Mexicanos, en este último caso, la venta se suspenderá tres días hábiles, antes de la fecha establecida para el acto de presentación y apertura de ofertas.
Para participar en las licitaciones públicas, es requisito indispensable exhibir original y copia del certificado de compra de bases que el sistema electrónico genere a su nombre, el cual será liberado una vez que Pemex obtenga del banco, la confirmación de pago del interesado.
El acto de presentación y apertura de ofertas, se celebrará el 14 de diciembre de 2012, a las 10:00 horas, en Bahía de San Hipólito número 56, tercer piso, colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11300, México, D.F. El acto de fallo, se efectuará al concluir el acto de presentación y apertura de ofertas, en el mismo lugar.
Las ofertas deberán referirse a una o varias licitaciones, y deberán ser garantizadas mediante transferencia electrónica, en los términos de las bases respectivas, cuyo importe deberá ser de 10% del monto del valor de referencia para venta.
De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor de referencia para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda.
Para mayor información favor de llamar al teléfono 1944-2500, extensiones 59360 y 59213.
México, D.F., a 30 de noviembre de 2012.
El Subgerente de Apoyo Legal y Formalización Inmobiliaria
Lic. Juan Zuani González
Rúbrica.
(R.- 359468)
Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos
Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
CONVOCATORIA No. CAPUFE-SRMSG-GS-SAI-EVM-LP-02-2012
En cumplimiento a los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales y las Bases Generales para la Administración y Baja de Bienes Muebles en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, se convoca a las personas físicas y/o morales interesadas en participar en la enajenación mediante licitación pública de vehículos y maquinaria de diversas marcas y modelos propiedad de Capufe, de conformidad a lo siguiente:
Vehículos y maquinaria de diversas marcas y modelos propiedad de Capufe
No. de licitación |
Costo de las bases más IVA |
Fecha límite para adquirir bases |
Junta de aclaraciones |
Registro de participantes |
Acto de apertura de ofertas |
Emisión del fallo |
CAPUFE-SRMSG-GS-SAI-EVM-LP-02-2012 |
$200.00 (doscientos pesos 00/100 M.N.) |
5/Dic./12 |
6/Dic./12 10:00 horas |
10/Dic./12 10:00 a 12:00 horas |
11/Dic./12 10:00 horas |
12/Dic./12 10:00 horas |
Concepto |
Descripción |
Unidad de medida |
Valor total para venta |
185 partidas |
Vehículos |
Unidad |
(Anexo 1 de las bases) |
- Los vehículos se podrán verificar físicamente por los interesados, previa autorización que emita el Titular de la Subgerencia de Almacenes e Inventarios, en las instalaciones que se señalan en el anexo 1 de las bases de licitación los días 29 y 30 de noviembre y del 3 al 5 de diciembre de 2012, de 9:00 a 14:00 horas, de conformidad a lo establecido en bases.
- Los bienes que se licitarán son ofrecidos en venta, en las condiciones en que se encuentren, por lo que no se extenderá garantía alguna.
- Las bases podrán ser consultadas por los interesados los días 29 y 30 de noviembre y del 3 al 5 de diciembre de 2012 de 9:00 a 14:00 horas, en la Subgerencia de Almacenes e Inventarios, ubicada en Calzada de los Reyes número 24, colonia Tetela del Monte, Cuernavaca, Morelos; así como en la página de Internet del organismo (www.capufe.gob.mx).
- La forma de pago de las bases será a través del Banco HSBC, a favor de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, a la cuenta bancaria número 0185029007, los interesados en participar previo el pago de las bases, podrán recoger las mismas, entregando la ficha de depósito con sello original del banco, de 9:00 a 14:00 horas los días 29 y 30 de noviembre y del 3 al 5 de diciembre de 2012, en el domicilio descrito con antelación, o en su caso, obtenerlas a través de la página de Internet del organismo, para lo cual deberán entregar el documento de pago al momento de entregar la documentación solicitada para el registro y participación en la licitación, evento que se realizará el día 10 de diciembre de 2012 de 10:00 a 12:00 horas, conforme a lo establecido en las bases de la presente licitación.
- Los eventos de la presente licitación se llevarán a cabo en el archivo de concentración y sala de usos múltiples de esta entidad, ubicado en Calzada de los Reyes número 519 y 24, colonia Tetela del Monte, Cuernavaca, Morelos.
- La garantía de sostenimiento de los participantes para garantizar su oferta, será mediante cheque certificado o de caja, expedido por una institución bancaria, a elección del participante; a favor de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, por un monto equivalente al 10% del precio de venta del bien que se enajena, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
- El pago del importe de los bienes muebles se efectuará a más tardar dentro de los cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la comunicación del fallo.
- El retiro de los bienes se realizará por parte del adjudicatario ganador o su representante legal de conformidad a lo establecido en las bases de la licitación, una vez que haya liquidado el importe total de los mismos.
Cuernavaca, Mor., a 29 de noviembre de 2012.
Subgerente de Almacenes e Inventarios
Ricardo Esparza Ruvalcaba
Rúbrica.
(R.- 359514)
Comisión Federal de Electricidad
Dirección de Finanzas
Subdirección de Operación Financiera
CONVENIO DE DESEMPEÑO 2012 DE COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
RESULTADOS DE DESEMPEÑO CORRESPONDIENTES AL PERIODO ENERO-OCTUBRE DEL EJERCICIO 2012
En
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 45, 61, 110 y 111
de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
(LFPRH), la Comisión Federal de Electricidad suscribió
un Convenio de Desempeño con las secretarías de
Hacienda y Crédito Público, de la Función
Pública, y de Energía, mismo que tiene
por objeto:
a) Establecer acciones que modernicen y mejoren la prestación del servicio público, promuevan la productividad en el desempeño de las funciones y reduzcan gastos de operación, a fin de incrementar la eficiencia y eficacia en la gestión pública de la entidad.
b) Formalizar el compromiso por parte de CFE para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin que se afecte el cumplimiento de las metas de sus programas aprobadas en el Presupuesto de Egresos correspondiente.
c) Definir compromisos por parte de CFE para establecer metas de ahorro y de eficiencia operativa, entre otras, basadas en estándares internacionales, y
d) Establecer compromisos de la entidad sobre resultados y medidas presupuestarias que promuevan un ejercicio más eficiente y eficaz del gasto público, así como una efectiva rendición de cuentas.
Teniendo en cuenta los resultados obtenidos durante el año 2011, y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2012, las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública, de Energía y la CFE procedieron a revisar y adecuar los anexos del convenio. Así, a efecto de dar cumplimiento al objeto del convenio, CFE asumió los compromisos señalados en los anexos que se mencionan a continuación:
Anexo 1. Acciones de Ahorro y Austeridad
Anexo 2. Indicadores y Metas
Anexo 2.1 Indicadores presupuestarios
Anexo 2.2 Indicadores financieros
Anexo 2.3 Indicadores operativos
En virtud de lo anterior, y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 45 tercer párrafo de la LFPRH, que establece que las entidades deberán publicar bimestralmente con desglose mensual los resultados de desempeño en el Diario Oficial de la Federación, se adjuntan cinco cédulas con la información mensualizada sobre los resultados alcanzados por la CFE durante el periodo enero-octubre, contenidos en el Convenio de Desempeño de la Comisión Federal de Electricidad para el ejercicio fiscal 2012.
Atentamente
México, D.F., a 22 de noviembre de 2012.
Subdirectora
Lic. Guadalupe Mateos Ortiz
Rúbrica.
Anexo 1. Acciones de ahorro y austeridad
Resultados alcanzados enero-octubre 2012
Acción |
(Millones de pesos) |
||||||||||
Enero |
Febr. |
Marzo |
Abril |
Mayo |
Junio |
Julio |
Ago. |
Sept. |
Oct. |
Acumulado |
|
Reducción en servicios personales |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
Ahorro en gasto administrativo y de apoyo |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
49.9 |
Total |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
4.99 |
49.9 |
Anexo 2.1 Indicadores presupuestarios
Resultados alcanzados enero-octubre 2012
Concepto |
(Millones de pesos) |
|||||||
Enero |
Febrero |
Marzo |
Abril |
Mayo |
Junio |
Julio |
Agosto |
|
Ingresos propios |
22,770.6 |
22,281.2 |
24,718.2 |
25,920.1 |
26,377.1 |
27,728.9 |
43,556.3 |
27,738.8 |
Venta de servicios |
22,644.6 |
21,989.9 |
24,437.5 |
25,587.8 |
25,635.3 |
27,344.9 |
28,211.8 |
25,557.9 |
Ingresos diversos |
126.0 |
291.3 |
280.7 |
332.3 |
741.8 |
384.0 |
15,344.5 |
180.9 |
Gasto programable |
21,909.0 |
17,918.0 |
23,738.2 |
18,735.4 |
21,966.4 |
22,378.9 |
30,635.0 |
12,463.6 |
Gasto de operación |
19,934.5 |
18,703.1 |
21,443.6 |
17,918.0 |
19,042.5 |
21,246.0 |
26,836.1 |
13,580.1 |
Inversión física |
1,713.6 |
1,047.8 |
2,636.9 |
1,468.3 |
1,675.8 |
1,560.1 |
2,648.6 |
1,605.7 |
Inversión financiera |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
Operaciones ajenas netas |
260.9 |
(1,832.8) |
(342.2) |
(650.9) |
1,248.1 |
(427.3) |
1,150.3 |
(2,722.2) |
Balance de operación |
861.6 |
4,363.1 |
980.0 |
7,184.7 |
4,410.7 |
5,350.1 |
12,921.3 |
15,275.2 |
Transferencias |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
Balance primario |
861.6 |
4,363.1 |
980.0 |
7,184.7 |
4,410.7 |
5,350.0 |
12,921.2 |
15,275.2 |
Costo financiero neto |
546.9 |
733.3 |
746.6 |
565.6 |
920.2 |
1,326.0 |
470.9 |
774.4 |
Balance financiero |
314.7 |
3,629.8 |
233.4 |
6,619.1 |
3,490.4 |
4,024.0 |
12,450.4 |
14,500.9 |
Concepto |
(Millones de pesos) |
||
Septiembre |
Octubre |
Acumulado |
|
Ingresos propios |
27,439.4 |
26,415.3 |
274,945.9 |
Venta de servicios |
27,035.0 |
26,094.5 |
256,539.2 |
Ingresos diversos |
404.4 |
320.8 |
18,406.7 |
Gasto programable |
38,737.1 |
14,923.2 |
223,404.8 |
Gasto de operación |
32,233.3 |
14,036.5 |
204,973.6 |
Inversión física |
2,988.3 |
3,979.6 |
21,324.7 |
Inversión financiera |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
Operaciones ajenas netas |
3,515.5 |
(3,093.0) |
(2,893.5) |
Balance de operación |
(11,297.7) |
11,492.1 |
51,541.1 |
Transferencias |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
Balance primario |
(11,297.7) |
11,492.1 |
51,541.1 |
Costo financiero neto |
569.0 |
663.5 |
7,316.3 |
Balance financiero |
(11,866.6) |
10,828.6 |
44,224.7 |
Parámetros utilizados: |
|
Precio petróleo (Dll/Barril) |
83.50 |
Precio gas (Dll/MMbtu) |
4.57 |
Tipo de cambio ($/Dll) |
12.20 |
Crecimiento PIB (%) |
3.90 |
Anexo 2.2 Indicadores financieros
Resultados alcanzados enero-octubre 2012
Indicador |
Unidad de medida |
Ene. |
Feb. |
Marzo |
Abril |
Mayo |
Junio |
Julio |
Relación precio/costo |
% |
82.0 |
82.0 |
84.0 |
82.0 |
81.0 |
80.0 |
80.0 |
Rentabilidad neta (utilidad neta/ventas) |
% |
18.0 |
8.8 |
14.6 |
8.0 |
(7.5) |
(1.2) |
(1.1) |
Rentabilidad operacional (utilidad en operación/ventas) |
% |
(0.6) |
(0.2) |
4.6 |
2.5 |
1.7 |
0.1 |
(0.3) |
Liquidez (activo circulante/pasivo de corto plazo |
No. veces |
1.8 |
1.8 |
1.8 |
1.7 |
1.7 |
1.4 |
1.5 |
Endeudamiento (pasivo total/activo total) |
% |
80.4 |
80.4 |
83.5 |
84.1 |
86.0 |
87.8 |
86.5 |
EBITDA */ |
Millones de pesos |
3,470 |
8,902 |
16,287 |
20,266 |
24,638 |
26,620 |
30,909 |
Indicador |
Unidad de medida |
Ago. |
Sept. |
Oct. |
Relación precio/costo |
% |
80.0 |
83.0 |
83.0 |
Rentabilidad neta (utilidad neta/ventas) |
% |
(2.5) |
(0.8) |
(3.5) |
Rentabilidad operacional (utilidad en operación/ventas) |
% |
(1.2) |
(1.3) |
(2.4) |
Liquidez (activo circulante/pasivo de corto plazo |
No. veces |
1.4 |
1.3 |
1.2 |
Endeudamiento (pasivo total/activo total) |
% |
86.9 |
85.8 |
86.5 |
EBITDA */ |
Millones de pesos |
33,504 |
36,891.0 |
38,305 |
*/ EBITDA=Utilidad operacional+depreciación y amortización+costo de obligaciones laborales al retiro no exigibles en el año (netas de lo pagado en el ejercicio).
Anexo 2.3.- Indicadores operativos Resto del País (CFE sin ex LFC)
Resultados alcanzados enero-octubre 2012 1/
Concepto |
Unidad de Medida |
Enero |
Febrero |
Marzo |
Abril |
Mayo |
Junio |
Julio |
Productividad Laboral |
||||||||
1. Usuarios/Trabajador de Operación (*) |
Usuarios/Trab |
409.65 |
415.59 |
417.45 |
417.78 |
417.34 |
417.50 |
417.53 |
2. Ventas/Trabajador de Operación (*) |
GWh/Trab |
0.19 |
0.37 |
0.58 |
0.78 |
1.00 |
1.24 |
1.47 |
3. Ventas/Trabajador de Distribución (*) |
GWh/Trab |
0.28 |
0.58 |
0.89 |
1.21 |
1.55 |
1.90 |
2.26 |
Eficiencia Operativa |
|
|
|
|
|
|
|
|
4. Disponibilidad promedio Centrales Termoeléctricas Base |
(%) |
77.51 |
78.76 |
79.07 |
79.09 |
79.97 |
80.62 |
80.89 |
5. Eficiencia térmica Centrales Termoeléctricas Base |
(%) |
37.28 |
37.38 |
37.25 |
37.07 |
36.96 |
36.92 |
36.85 |
6. Pérdidas de Energía Técnicas |
(%) |
5.99 |
6.00 |
6.19 |
6.10 |
6.00 |
5.98 |
5.95 |
7. Pérdidas de Energía No Técnicas |
(%) |
5.33 |
5.34 |
5.14 |
5.10 |
5.21 |
5.26 |
5.23 |
Calidad del Servicio |
|
|
|
|
|
|
|
|
8. Tiempo de interrupción por usuario (**) |
min/usuario |
2.44 |
4.93 |
7.78 |
10.66 |
14.31 |
19.17 |
24.75 |
9. Inconformidades por cada mil usuarios |
Incon/1000 usua |
2.58 |
2.62 |
2.68 |
2.70 |
2.78 |
2.91 |
3.02 |
Administrativo - Financieros |
|
|
|
|
|
|
|
|
10. Gastos Servicios Administrativos Productos Explotación |
(%) |
4.70 |
4.97 |
5.11 |
5.32 |
5.33 |
5.59 |
5.77 |
11. Cobertura de Inventarios en Almacenes de Operación |
mes |
26.29 |
24.36 |
19.04 |
18.74 |
17.59 |
17.69 |
18.26 |
12. Crecimiento de Personal de Oficinas Nacionales |
(%) |
-0.42 |
-0.46 |
-0.42 |
-0.60 |
-0.56 |
-0.51 |
-0.54 |
Concepto |
Unidad de medida |
Agosto |
Sept. |
Octubre |
Productividad Laboral |
||||
1. Usuarios/Trabajador de Operación (*) |
Usuarios/Trab |
416.73 |
416.70 |
417.03 |
2. Ventas/Trabajador de Operación (*) |
GWh/Trab |
1.71 |
1.94 |
2.16 |
3. Ventas/Trabajador de Distribución (*) |
GWh/Trab |
2.62 |
2.98 |
3.33 |
Eficiencia Operativa |
|
|
|
|
4. Disponibilidad promedio Centrales Termoeléctricas Base |
(%) |
80.50 |
80.27 |
79.47 |
5. Eficiencia térmica Centrales Termoeléctricas Base |
(%) |
36.83 |
36.81 |
36.79 |
6. Pérdidas de Energía Técnicas |
(%) |
6.02 |
6.00 |
5.96 |
7. Pérdidas de Energía No Técnicas |
(%) |
5.09 |
5.02 |
5.21 |
Calidad del Servicio |
|
|
|
|
8. Tiempo de interrupción por usuario (**) |
min/usuario |
29.65 |
33.73 |
39.82 |
9. Inconformidades por cada mil usuarios |
Incon/1000 usua |
3.11 |
3.12 |
3.07 |
Administrativo - Financieros |
|
|
|
|
10. Gastos Servicios Administrativos Productos Explotación |
(%) |
5.77 |
5.79 |
5.86 |
11. Cobertura de Inventarios en Almacenes de Operación |
mes |
17.43 |
17.72 |
17.04 |
12. Crecimiento de Personal de Oficinas Nacionales |
(%) |
-0.69 |
-0.65 |
-0.76 |
Anexo 2.3.- Indicadores operativos Zona Centro
Resultados alcanzados enero-octubre 2012 1/
Concepto |
Unidad de Medida |
Enero |
Febrero |
Marzo |
Abril |
Mayo |
Junio |
Julio |
Productividad laboral |
||||||||
1. Usuarios/Trabajador de Operación (*) |
Usuarios/Trab |
490.59 |
486.30 |
485.11 |
485.16 |
485.85 |
487.10 |
488.47 |
2. Ventas/Trabajador de Operación (*) |
GWh/Trab |
0.19 |
0.38 |
0.57 |
0.77 |
0.97 |
1.17 |
1.37 |
3. Ventas/Trabajador de Distribución (*) |
GWh/Trab |
0.21 |
0.41 |
0.63 |
0.85 |
1.07 |
1.30 |
1.52 |
Eficiencia Operativa |
|
|
|
|
|
|
|
|
4. Disponibilidad promedio Centrales Termoeléctricas Base |
(%) |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
5. Eficiencia térmica Centrales Termoeléctricas Base |
(%) |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
6. Pérdidas de Energía Técnicas |
(%) |
13.41 |
13.48 |
13.42 |
13.35 |
8.57 |
8.83 |
8.74 |
7. Pérdidas de Energía No Técnicas |
(%) |
18.39 |
18.39 |
18.24 |
17.88 |
22.44 |
21.63 |
21.75 |
Calidad del Servicio |
|
|
|
|
|
|
|
|
8. Tiempo de interrupción por usuario (**) |
min/usuario |
7.75 |
14.52 |
23.48 |
32.75 |
40.80 |
51.30 |
59.43 |
9. Inconformidades por cada mil usuarios |
Incon/1000 usua |
4.68 |
4.98 |
5.00 |
4.88 |
4.89 |
5.02 |
5.15 |
Administrativo - Financieros |
|
|
|
|
|
|
|
|
10. Gastos Servicios Administrativos Productos Explotación |
(%) |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
11. Cobertura de Inventarios en Almacenes de Operación |
mes |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
12. Crecimiento de Personal de Oficinas Nacionales |
(%) |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
NA |
Concepto |
Unidad de Medida |
Ago. |
Sept. |
Oct. |
Productividad laboral |
||||
1. Usuarios/Trabajador de Operación (*) |
Usuarios/Trab |
489.67 |
490.59 |
491.64 |
2. Ventas/Trabajador de Operación (*) |
GWh/Trab |
1.57 |
1.76 |
1.96 |
3. Ventas/Trabajador de Distribución (*) |
GWh/Trab |
1.74 |
1.95 |
2.17 |
Eficiencia Operativa |
|
|
|
|
4. Disponibilidad promedio Centrales Termoeléctricas Base |
(%) |
NA |
NA |
NA |
5. Eficiencia térmica Centrales Termoeléctricas Base |
(%) |
NA |
NA |
NA |
6. Pérdidas de Energía Técnicas |
(%) |
9.49 |
10.56 |
10.62 |
7. Pérdidas de Energía No Técnicas |
(%) |
20.80 |
19.48 |
19.08 |
Calidad del Servicio |
|
|
|
|
8. Tiempo de interrupción por usuario (**) |
min/usuario |
67.19 |
75.75 |
81.45 |
9. Inconformidades por cada mil usuarios |
Incon/1000 usua |
5.23 |
5.21 |
5.14 |
Administrativo - Financieros |
|
|
|
|
10. Gastos Servicios Administrativos Productos Explotación |
(%) |
NA |
NA |
NA |
11. Cobertura de Inventarios en Almacenes de Operación |
Mes |
NA |
NA |
NA |
12. Crecimiento de Personal de Oficinas Nacionales |
(%) |
NA |
NA |
NA |
1/ Los valores corresponden al periodo, considerando suma de datos básicos para que reflejen su comportamiento al final del mismo.
(*) El dato de fuerza de trabajo es de hombres periodo y corresponde al periodo de valores mensuales del año.
(**) Los valores del tiempo de interrupción por usuario NO consideran los eventos ajenos a la entidad.
NA= No aplicable.
(R.- 359416)