Martes
16 de octubre de 2012 DIARIO
OFICIAL (Primera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
“Se
comunica al tercero perjudicado Oscar García Estrada, que en
el juicio de amparo 744/2011, del índice del
Juzgado
Decimoprimero de Distrito en el Estado de México, con
residencia en Naucalpan de Juárez, el veintisiete
de
junio de dos mil once, se admitió la de manda promovida por
Cornelio Mendoza Sánchez, a través de su representante
legal Néstor Cruz Reyes, contra actos del Presidente de la
Junta Especial Número Cinco Bis de la
Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Cuautitlán
Texcoco y otras autoridades, consistente en la abstención
de
proveer lo necesario para la pronta ejecución de laudo dentro
del expediente J5bis/109/2008 del índice de la
junta señalada como responsable, por lo que se ordenó
emplazarlo para que comparezca al juicio constitucional de que se
trata en defensa de sus intereses dentro del término de
treinta días, contado a partir del siguiente al
de la
última publicación de este mandato, bebiendo señalar
domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la
residencia de este órgano, bajo apercibimiento que de no
hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las
de carácter personal, se practicarán por medio de lista
que se fija en los estrados del Juzgado.”
PARA SU PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS.
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 11 de septiembre de 2011.
Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Daniela Montes de Oca Acosta
Rúbrica.
(R.- 356240)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
México, D.F.
EDICTO
En el juicio de amparo directo número D.C.645/2012, promovido por SOLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, antes BANCA SERFIN, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SERFIN, a través de su apoderado VICENTE SANCHEZ FABILA, contra actos de la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, radicado ante el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, se ordenó emplazar al presente juicio a la parte tercero perjudicada SUCESION DE ALEJANDRO VIVEROS ARAIZA, para que comparezca ante este órgano federal en el término de treinta días, contado a partir de la última publicación de los presentes edictos, fijándose además en la puerta de este tribunal colegiado, copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo que dure el emplazamiento, que se harán de siete en siete días, por tres veces, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad, haciéndole saber que si pasado el tiempo del emplazamiento este no comparece por apoderado que pueda representarla, se seguirá el juicio, y las ulteriores notificaciones se realizarán por rotulón, que se fijará en la puerta del tribunal, y deberá contener, en síntesis, la determinación judicial que ha de notificarse.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
México, D.F., a 10 de septiembre de 2012.
El
Secretario de Acuerdos del Décimo Tribunal Colegiado
en
Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Salomé Nicolás García
Rúbrica.
(R.- 356331)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa, con residencia en Los Mochis
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice:
Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa. Los Mochis, a cinco de septiembre de dos mil doce.
Quejosos: Ramón Orlando Leyva Portillo.
En los autos del juicio de amparo número 748/2011-4A, promovido por Ramón Orlando Leyva Portillo, en contra de los actos del Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Penal, con sede en esta ciudad y de otras autoridades, por auto de veintidós de mayo de dos mil doce, se ordenó emplazar a juicio a los terceros perjudicados Luz María Soto Leyva y Fortunato Hernández Cota, por edictos, haciéndole saber la instauración del presente juicio y el derecho que tienen para apersonarse al mismo si a su interés conviniere, dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, requiriéndoles para que señalen domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes, y aún las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado; déjese a su disposición copia de la demanda en la secretaría de este juzgado; haciéndoles saber que se señalaron las once horas del veintiuno de septiembre de dos mil doce, para la audiencia constitucional.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa
Lic. Juan Carlos Araujo Cota
Rúbrica.
(R.- 355973)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
A LA PARTE TERCERA PERJUDICADA
ASOCIACION CIVIL “PROFESOR RUBICEL RUIZ GAMBOA A TRAVES DE JOVITA MARCIOT CORTEZ.
Se
hace de su conocimiento que en los autos del toca penal
505-A-2P01/2007, se promovió juicio
de amparo directo por
Luis Fernando Sagastome Paz, en contra de la sentencia dictada el uno
de diciembre de dos mil once, por la Segunda Sala Regional Colegiada
en Materia Penal Zona 01 Tuxtla, con sede en esta ciudad. Asimismo,
la demanda de amparo fue radicada con el número de amparo
directo 520/2012 del índice del Tercer Tribunal Colegiado del
Vigésimo Circuito, con sede en Tuxtla Gutiérrez,
Chiapas. Lo que se comunica a usted para su legal emplazamiento al
juicio de amparo, por lo que queda a su disposición en el
Tribunal Colegiado en cita una copia de la demanda, así
también para que dentro del término de diez días
siguientes, al en que quede legalmente emplazado, acuda al Tribunal
Colegiado aludido a formular sus alegatos, si así conviniere a
sus intereses; y para que señale domicilio en la ciudad de
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; donde pueda oír y recibir
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo las subsecuentes
se le harán por lista, incluso las de carácter
personal.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 11 de septiembre de 2012.
El Secretario de Acuerdos del Tercer
Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito
Ramón Arias Montes
Rúbrica.
(R.- 356028)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos.
ALBERTO HERNANDEZ ALVEAR, en el lugar donde se encuentre:
En
los autos del juicio de amparo 792/2012-II, promovido por Vanessa
Díaz García, por conducto de su apoderado legal German
Andrés Ballesteros Cotero, contra actos de la Junta Especial
Número Uno de la Local de Conciliación y arbitraje del
Estado de Morelos, reclamando: “…Lo constituye el
acuerdo dictado con fecha 03 de mayo de 2012, dictado por la
Responsable dentro del expediente laboral 01/1325/10…”
juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Sexto
de Distrito en el Estado de Morelos, ubicado en Boulevard
del lago
número 103, edificio “B”, nivel 4, colonia Villas
Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos,
código postal 62370, y en el cual se le ha señalado con
el carácter de tercero perjudicado y al desconocerse su
domicilio actual, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que
deberán publicarse por tres veces de siete en siete días
en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios
de mayor circulación en la República Mexicana, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción
II de la
Ley de Amparo y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley
de
la Materia, haciéndole saber que deberá
presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente
al de la última publicación, por sí o por
apoderado; apercibido que de no hacerlo, las ulteriores
notificaciones, sin necesidad de acuerdo, se le harán por
lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda
a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda
de garantías de que se trata; asimismo se hace de su
conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista
para las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIEZ DE DICIEMBRE DE DOS
MIL DOCE. Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un
ejemplar.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 27 de agosto de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Arturo Roque Hernández Yáñez
Rúbrica.
(R.- 354948)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito, con residencia en Villahermosa, Tabasco. A: Manglio Virgilio Bravo Pérez y/o Manlio Virgilio Bravo Pérez. En el juicio de amparo 1029/2011, promovido por Felipe Reyes Osorio, se ordenó emplazar por edictos al tercero perjudicado Manglio Virgilio Bravo Pérez y/o Manlio Virgilio Bravo Pérez, a fin de que comparezca a ejercer sus derechos correspondientes en el juicio de referencia. En la demanda relativa se señaló como acto reclamado la sentencia de veinte de agosto de dos mil ocho, dictada en el toca penal 321/2008, por el delito de violación; se señalaron como autoridades responsables a la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del estado de Tabasco, Juez Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Teapa, Tabasco y Alcalde del Centro de Readaptación (reclusorio) de la ciudad de Macuspana, Tabasco, así como violación a los artículos 14 y 16 constitucionales. Queda a su disposición copia de la demanda. Se hace del conocimiento al tercero perjudicado para los efectos legales conducentes.
La Secretaria de Acuerdos
Maribel Pérez Morales
Rúbrica.
(R.- 356016)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Sexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO:
DANIEL SANCHEZ O SANCHEZ MARTINEZ.
Por este conducto, se ordena emplazar al tercero perjudicado: Santiago Juan o Santiago Vega Báez, dentro del juicio de amparo 408/2012, promovido por Ernesto Elizarraras Alfaro, contra actos del Magistrado de la Séptima Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y de otras autoridades, en cuya demanda de garantías se señala:
IV.- Acto reclamado: la sentencia de 04 de febrero de 2011, dictada en el toca 11/2011.
V.- Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 14 y 16.
Se hace saber al tercero perjudicado de mérito que debe presentarse dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, apercibido que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República.
Atentamente
Guanajuato, Gto., a 5 de septiembre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Lic. Ma. Guadalupe Vega Cabrera
Rúbrica.
(R.- 356019)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Sexta Sala Civil
EDICTO
SE NOTIFICA A: RAMIRO CONTRERAS NUÑEZ.
Por
auto de fecha DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, dictado en
el cuaderno de amparo relativo al toca 368/2010, por ignorarse su
domicilio se ordenó emplazarla por edictos para que dentro de
los treinta días siguientes a la última publicación
de éste edicto, se presente ante la autoridad federal,
quedando a su disposición las copias simples de la demanda de
amparo, interpuesta por la parte quejosa
P. M. I. TRADING LIMITED
POR CONDUCTO DE SU APODERADA MARCELA MARQUEZ ALONSO, en contra de la
sentencia de fecha diez de agosto del dos mil doce, dictada por esta
sala, que modifica el proveído de fecha cinco de enero del dos
mil diez, dictado por el C. Juez Séptimo de lo Civil en el
Distrito Federal, expediente número 211/2009, y que obra en el
toca antes señalado, del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO seguido
por P. M. I TRADING LIMITED, en contra de FERTILIZANTES NITRO S.A. DE
C. V. Y OTROS.
Para su publicación por Tres Veces de Siete en Siete días en el “Diario Oficial de la Federación”.
Reitero a usted, las seguridades de mi atenta y distinguida Consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 18 de septiembre de 2012.
El C. Secretario de Acuerdos de la Sexta Sala Civil
Lic. Juan Ulloa Cruz
Rúbrica.
(R.- 356103)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Sexta Sala Civil
EDICTO
SE NOTIFICA A: DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE LA COSTA ALEGRE S.A. DE C.V.
Por
auto de fecha DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, dictado en
el cuaderno de amparo
relativo al toca 368/2010, por ignorarse su domicilio se ordenó
emplazarla por edictos para que dentro de los treinta días
siguientes a la última publicación de éste
edicto, se presente ante la autoridad federal, quedando a su
disposición las copias simples de la demanda de amparo,
interpuesta por la parte quejosa P. M. I. TRADING LIMITED POR
CONDUCTO DE SU APODERADA MARCELA MARQUEZ ALONSO, en contra de la
sentencia dictada por esta sala, de fecha diez de agosto del dos mil
doce, que modifica el proveído de fecha cinco de enero del dos
mil diez, dictado por el C. Juez Séptimo de lo Civil en el
Distrito Federal, expediente número 211/2009, y que obra en el
toca antes señalado, del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO seguido
por
P. M. I TRADING LIMITED, en contra de FERTILIZANTES NITRO S.A.
DE C. V. Y OTROS.
Para su publicación por Tres Veces de Siete en Siete días en el “Diario Oficial de la Federación”
Reitero a usted, las seguridades de mi atenta y distinguida Consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 18 de septiembre de 2012.
El C. Secretario de Acuerdos de la Sexta Sala Civil
Lic. Juan Ulloa Cruz
Rúbrica.
(R.- 356105)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Segunda Sala Civil
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A: ROLANDO ALBERTO GARDUÑO HUERTA
En los autos del cuaderno de amparo, relativo al toca numero 953/2011, deducido del juicio Ejecutivo Mercantil seguido por Ford Credit de México, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple E.N.R. contra Nacional Automotriz, S.A. de C.V., Rolando Alberto Garduño Huerta, Inmobiliaria Jasibe, S.A. de C.V. e Inmobiliaria Nasa, S.A. de C.V., la Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ordenó emplazar por edictos al tercero perjudicado Rolando Alberto Garduño Huerta, haciéndole saber que cuenta con un término de TREINTA DIAS, contados a partir de la última publicación de este edicto, para comparecer ante la Autoridad Federal a defender sus derechos, en el juicio de amparo interpuesto por la quejosa Ford Credit de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad No Regulada, a través de su apoderado Juan Carlos Bolaños Silva, contra la sentencia dictada por esta Sala el cinco de marzo de dos mil doce, en el referido toca, quedando a su disposición las copias simples de traslado en la Secretaría de Acuerdos de la H. SEGUNDA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, en su domicilio ubicado en el octavo piso de la Calle de Río de la Plata número 48, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500, en México Distrito Federal.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”
México, D.F., a 2 de julio de 2012.
La
C. Secretaria de Acuerdos de la Segunda Sala Civil
del H.
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Lic. Matilde Ramírez Hernández
Rúbrica.
(R.- 355814)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento Tercero Perjudicado
SUPER CARNES JM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En
el juicio de amparo 1229/2012, promovido por OMAR IBRAHIM ANDRACA
ESPINOZA, por propio derecho, contra actos de la Junta Especial
Número Quince de la Local de Conciliación y Arbitraje
del Distrito Federal, consistente en la fecha lejana para la
celebración de la audiencia trifásica y la omisión
de continuar con la misma, relativa al expediente laboral 577/2012
seguido por Omar Ibrahim Andraca Espinoza, en contra de Iqnetwork,
Sociedad Anónima de Capital Variable y otros, señalado
como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio, el veintitrés
de agosto de dos mil doce, se ordenó su emplazamiento por
edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete
días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de
los periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana, se le hace saber que debe presentarse dentro del término
de treinta días, contado del siguiente al de la última
publicación de tales edictos, ante este juzgado
a hacer
valer sus derechos y señalar domicilio para recibir
notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el
juicio, y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter
personal, se le harán por lista. Queda a su disposición
en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de
la demanda
de garantías.
México, D.F., a 13 de septiembre de 2012.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Christian del Rosario Salinas Alvarez
Rúbrica.
(R.- 356502)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimosegundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
PATRICIA MENESES DIYARZA, MARIA VICTORIA GARCIA HERNANDEZ, LILIA ROMERO VELASCO y MARTHA LETICIA REYES VANEGAS
En
el Juicio de Amparo número 713/2012, promovido por MANUEL
RODRIGUEZ MEJIA y MANUEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, contra actos del JUEZ
VIGESIMO QUINTO PENAL DEL DISTRITO FEDERAL, radicado en este el
Juzgado, se reclama el auto de término constitucional de
veintisiete de junio de dos mil doce dentro de la causa penal
139/2011, y se ha señalado a ustedes como terceros
perjudicados, y, toda vez que se desconocen sus domicilios actuales,
se ha ordenado emplazarlos por edictos, que deberán publicarse
por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial
de la Federación y en un periódico de mayor circulación
en la República, de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se
encuentra a su disposición
en la Actuaría de este
Juzgado, copia simple de la demanda de garantías y se les hace
saber que cuentan con un plazo de treinta días, contados a
partir de la última publicación de tales edictos, para
apersonarse en el juicio de referencia y hagan valer sus derechos;
así también, se les requiere que señalen
domicilio para oír
y recibir notificaciones en esta
ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes, aún
las de carácter personal, se les harán por medio de
lista que se publica en este órgano jurisdiccional, según
lo dispone el artículo 30 de la Ley de Amparo.
Atentamente
México, D.F., a 13 de septiembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Mirna Gómez Valverde
Rúbrica.
(R.- 356732)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal del Tercer Circuito
Guadalajara, Jal.
EDICTO
En
los autos de la causa penal 150/2010-VIII, instruida en contra de
Jorge Arturo García y otros, por un delito contra la salud, en
sentencia de fecha veintiséis de diciembre de dos mil once, se
ordenó para que comparezca quien acredite la legal propiedad
del vehículo marca Nissan, tipo estacas, color blanco, modelo
2004, número de serie EN6CD15S24K138524, con placas de
circulación JP25844 del Estado de Jalisco, así como el
vehículo marca Volkswagen, tipo Sedan-Bora, color blanco,
modelo 2007, número de serie 3VWRN11K37M119552, con placas de
circulación VXA7564 del Estado de Sonora, asegurado el diez de
mayo de dos mil diez, por este órgano jurisdiccional, ante el
Servicio de Administración y Enajenación
de Bienes
del Sector Público a exigir la devolución de los
automotores referidos, apercibido a quien acredite su legal
propiedad, que de no hacerlo causará abandono a favor del
erario federal, en términos de los artículos 182 B,
fracción II y 182 Ñ, ambos del Código Federal de
Procedimientos Penales.
Así lo proveyó y firma el Juez Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Jaime Arturo Garzón Orozco, ante la secretario Brenda Betsabet Morales Cuellar, con quien actúa y da fe.
Atentamente
Complejo Penitenciario de la Zona Metropolitana de Guadalajara, Jal., a 25 de septiembre de 2012.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Lic. Brenda Betsabet Morales Cuellar
Rúbrica.
(R.- 356883)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Primera Sala Civil
EDICTO
VICTOR GARIBAY FLORIANO
Por medio del presente se hace del conocimiento la demanda de garantías interpuesta por los C.C. JOSE TRINIDAD ESLAVA GUEVARA, GERARDO CAMACHO MOLINA Y TOMAS MARGARITO DE LA ROSA en contra de la sentencia dictada por esta Sala el ocho de septiembre de dos mil once, en el toca 1063/2009/02 en los autos del juicio ORDINARIO CIVIL seguido por COMISARIADO EJIDAL DEL POBLADO DENOMINADO “SAN NICOLAS TOTOLAPAN” DELEGACION MAGDALENA CONTRERAS, D.F. en contra de VICTOR GARIBAY FLORIANO Y OTROS a efecto de que acuda el tercero perjudicado VICTOR GARIBAY FLORIANO en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno, para que manifieste lo que a su derecho convenga. Quedando a disposición en la Secretaria de esta Sala las Copias de traslado respectivas.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 26 de septiembre de 2012.
El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Civil
Lic. Mario Alfredo Miranda Cueva
Rúbrica.
(R.- 356919)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México,
en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUAREZ.
TERCERA PERJUDICADA MARIA CECILIA LEDESMA GARCIA
En los autos del juicio de amparo indirecto número 611/2012-I, promovido por Crispín Santillán Sánchez, por su propio derecho, contra actos del Juez Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Jilotepec, Estado de México y otras autoridades; con motivo de la orden de aprehensión de nueve de abril de dos mil doce, dictada en contra del quejoso.
En
esa virtud, al advertirse de constancias que le reviste el carácter
de tercera perjudicada a María Cecilia Ledesma García y
desconocerse su domicilio actual y correcto, con fundamento en la
fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo y el
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente a la primera, y en cumplimiento a
lo ordenado en auto de esta misma fecha, en donde se ordenó su
emplazamiento al juicio de amparo 611/2012-I por edictos, los que se
publicarán por tres veces,
de siete en siete días,
en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República
Mexicana, que puede ser cualquiera de los siguientes: el Reforma; el
Universal; el Financiero; la Jornada; el Excélsior; haciendo
de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado quedan
a su disposición copias simples de la demanda de amparo, auto
admisorio de veintitrés de mayo de dos mil doce; asimismo, se
hace de su conocimiento que la audiencia constitucional está
señalada para las diez horas con treinta y siete minutos del
siete de septiembre de dos mil doce y que cuenta con un término
de treinta días hábiles, contados a partir de la última
publicación de los edictos, para que ocurra a este Juzgado a
hacer valer sus derechos, en el entendido que de no señalar
domicilio para oír y recibir notificaciones en el Municipio de
Naucalpan de Juárez, Estado de México, en que reside
este Juzgado de Distrito, o bien, los conurbados que son:
Tlalnepantla, Huixquilucan, Jilotzingo y Atizapán de la misma
Entidad Federativa, las posteriores notificaciones aún las de
deban ser personales se le harán por lista de acuerdos que se
publica en los estrados de este Juzgado de Distrito, con fundamento
en el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 6 de septiembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México,
con sede en Naucalpan de Juárez
Lic. Celia Salinas Santos
Rúbrica.
(R.- 355602)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Sexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
SUCESION A BIENES DEL TERCERO PERJUDICADO:
DANIEL SANCHEZ O SANCHEZ MARTINEZ.
Por este conducto, se ordena emplazar a la Sucesión a Bienes del tercero perjudicado: Daniel Sánchez o Sánchez Martínez, dentro del juicio de amparo 173/2012, promovido por Juan Gómez Pacheco, contra actos del Magistrado de la Décima Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en cuya demanda de garantías se señala:
IV.- Acto reclamado: la sentencia de 13 de febrero de 2012, dictada en el toca 10/2012.
V.- Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 14, 16 y 20.
Se hace saber a quienes tengan derecho a la albacea a la sucesión a bienes del citado tercero perjudicado de mérito que deben presentarse dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, apercibidos que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República.
Atentamente
Guanajuato, Gto., a 4 de septiembre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Lic. Ma. Guadalupe Vega Cabrera
Rúbrica.
(R.- 355984)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Amparo. 388/2012-VI.
Al margen de un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, uno de octubre de dos mil doce.
En los autos del Juicio de Amparo número 388/2012-VI, promovido por María Luisa Vázquez y Gutiérrez, contra actos de la Novena Sala Civil y Juez Quincuagésimo Sexto de lo civil, ambos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, con fecha diecinueve de septiembre de dos mil doce, se dictó un auto por el que se ordena emplazar a la parte tercera perjudicada Sucesión a Bienes de Laura Melgarejo de González Hermosillo, representada por Jorge González Hermosillo Farías, por medio de edictos, que se publicaran por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en un Periódico de Mayor Circulación en esta ciudad, a fin de que comparezca a este juicio a deducir sus derechos en el término de treinta días contados, a partir del siguiente al en que se efectúe la última publicación, quedando en esta secretaria a su disposición, copia simple de la demanda de garantías y demás anexos exhibidos, apercibida que de no apersonarse al presente juicio, las ulteriores notificaciones se harán en términos de lo dispuesto por la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, asimismo, mediante proveído de fecha veinticuatro de agosto de dos mil doce, se señalaron las trece horas con treinta minutos del día once de octubre de dos mil doce, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. Ahora bien, y en acatamiento al auto mencionado en primer término, se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de garantías, en la que la parte quejosa señalo como autoridades responsables a la Novena Sala Civil y Juez Quincuagésimo Sexto de lo Civil, ambos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y como tercera perjudicada a Sucesión a Bienes de Laura Melgarejo de González Hermosillo, representada por Jorge González Hermosillo Farías, la parte quejosa precisa como acto reclamado: “…A.- De la autoridad señalada como responsable ordenadora se reclama la sentencia de fecha diez de abril de dos mil doce dictada en el toca número 214/2012; B.- De la autoridad señalada como responsable ejecutora, se reclama la ejecución que se pretende llevar cabo del acto reclamado emanado de la responsable ordenadora…”
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal.
Lic. Nancy Almogabar Santos
Rúbrica.
(R.- 356452)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Querétaro
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
ARIEL CANO PEREZ.
PRESENTE.
En razón de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la iniciación del juicio de amparo radicado bajo el expediente número 535/2012-I, promovido por MA. DEL ROSARIO CHOMBO ROMERO, contra actos del Juez Tercero de Primera Instancia Civil en esta ciudad, juicio en el cual se le señaló con el carácter de tercero perjudicado y por este medio se le emplaza para que en el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, deberá presentarse ante este Tribunal, apercibiéndole que en caso de no hacerlo así, por apoderado o gestor que pueda representarlo, se seguirá este juicio conforme legalmente le corresponde y las subsecuentes notificaciones, aún aquellas de carácter personal, se le harán por lista que se fije en los estrados de este juzgado, quedando a su disposición en la Secretaría de este órgano jurisdiccional, la copia simple de traslado de la demanda de garantías.
Asimismo, se hace de conocimiento, que la audiencia constitucional, esta prevista para las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIECIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE.
Atentamente
Querétaro, Qro., a 4 de octubre de 2012.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Querétaro
Lic. Mirna Luna Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 356872)
AVISO AL PUBLICO
Se comunica que para las publicaciones de estados financieros, éstos deberán ser presentados en un solo archivo. Dicho documento deberá estar capturado en cualquier procesador de textos WORD.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil
del Segundo Circuito
Amparo Directo 407/2012
Antecedentes
Toca de Apelación 706/2011
EDICTO
HAGO SABER: En el juicio de Juicio de Amparo Directo 407/2012, promovido por MARTHA RAMONA VILACLARA CELORIO, a través de su apoderada legal MARTHA CELORIO SERRANO, contra actos de la Primera Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca de apelación 706/2011, se dictó un acuerdo el veintinueve de agosto de dos mil once, en el cual se ordenó emplazar a la parte tercera perjudicada MANUFACTURAS PARA LA INDUSTRIA ALIMENTICIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de edictos, en virtud de ignorar su domicilio, por lo que se le manda emplazar haciéndole saber la instauración del presente juicio de garantías; por medio de este edicto que se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la Republica, fijándose además, en la puerta del tribunal, una copia íntegra del presente, por todo el tiempo del emplazamiento, asimismo se les hace saber que deberán presentarse en este tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término de diez días, contados a partir del siguiente al de la última publicación respectiva en el Diario Oficial de la Federación, en el entendido de que, en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se les harán por lista que se fija en los estrados de este tribunal. Lo anterior con fundamento en los artículos 30 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia. Doy fe. Secretario de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito.
Toluca, Edo. de Méx., a 5 de septiembre de 2011.
Secretario de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito
Lic. Iván Llolistli Romero Mendoza
Rúbrica.
(R.- 355696)
Estado de México
Poder Judicial
Tribunal Superior de Justicia del Estado de México
Primera Sala Civil Regional de Toluca
EDICTO
En los autos del toca 197/2012, formado con motivo del recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia definitiva de fecha quince de febrero de dos mil doce, emitida por el Juez Tercero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, México, dentro del Juicio Ordinario Civil que, bajo el número de expediente 10/2010, promovió JOSE LUIS LOPEZ GUTIERREZ en contra de INMOBILIARIA VILEC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; la parte actora interpuso demanda de amparo civil directo en contra de la sentencia definitiva de fecha veinticinco de abril de dos mil doce, dictada por esta Primera Sala Civil Regional de Toluca, México, la cual fue admitida por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito bajo el número 514/2012. En consecuencia, en cumplimiento al requerimiento federal de fecha seis de septiembre de dos mil doce, con fundamento en el artículo 30 fracción II de la Ley de Amparo, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se EMPLAZA a la tercera perjudicada INMOBILIARIA VILEC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a través de edictos, los que se han ordenado publicar por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS en el periódico Diario Oficial de la Federación y en otro de mayor circulación de la República, haciéndole saber que debe presentarse ante el tribunal federal en mención dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, si a sus intereses conviene, apercibido de que si pasado dicho término no comparece por conducto de su apoderado o gestor que la represente, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones por rotulón, mismo que deberá contener la síntesis de la determinación judicial que ha de notificarse y se fijará en la puerta del Tribunal. Queda la copia simple de la demanda de amparo a su disposición en el local de este órgano jurisdiccional, para que las reciba si a su derecho e intereses conviene. Fíjese una copia íntegra del presente proveído en los estrados de esta Sala durante todo el tiempo del emplazamiento. DOY FE.
Toluca, Edo. de Méx., a 12 de septiembre de 2012.
Secretaria de Acuerdos
Lic. Liliana Rojas Cruz
Rúbrica.
(R.- 355706)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializada en Asuntos Financieros:
Auto treinta y uno de Agosto de dos mil doce, Se ordena convocar a postores en PRIMERA Y PUBLICA ALMONEDA DE REMATE respecto del inmueble embargado en autos, identificado como: PREDIO RUSTICO FORMADO POR DOS LOTES NUMEROS 226 Y 227 UBICADOS EN EL MUNICIPIO DE AMATLAN, NARANJOS VERACRUZ, INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE NARANJOS VERACRUZ, EN FORMA DEFINITIVA BAJO LOS NUMEROS 432 Y 930, SECCION PRIMERA DE FECHAS TREINTA DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE Y DIECISEIS DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE, propiedad de MAXIMINO HERNANDEZ RAMIREZ, siendo postura legal la cantidad de: SETECIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS MONEDA NACIONAL, que es el resultado de las dos terceras partes del precio del avaluó, debiéndose anunciar la venta por tres veces dentro del termino de nueve días por medio edictos, convocándose a postores y haciéndoles saber que las posturas y pujas deberán exhibirse en audiencia de Remate a celebrarse a las DOCE HORAS DEL DIA VEINTICUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, hágase saber al deudor que puede liberar su bien embargado en autos pagando íntegramente el monto de sus responsabilidades. Juicio Ejecutivo Mercantil: promueve FINANCIERA RURAL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL a través de su apoderado: VICTOR FLORES GARCIA en contra de MAXIMINO HERNANDEZ RAMIREZ.
Expediente: 36/2010
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN TABLA DE AVISOS DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN ASUNTOS FINANCIEROS Y EN JUZGADO CIVIL QUE EJERZA JURISDICCION EN EL MUNICIPIO DE NARANJOS, ESTADO DE VERACRUZ.
Ciudad Judicial Puebla, a 12 de septiembre de 2012.
Diligenciario
Lic. Roberto I. Calderón Dávila
Rúbrica.
(R.- 356102)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERO PERJUDICADO
APOYOS CORPORTIVOS INTEGRALES, S.A. DE C.V.
En
los autos del juicio de amparo 715/2012-V, promovido por JOSE ALBERTO
BAROCIO TREVIÑO Y GABRIELA GALLEGOS OLIVA, contra actos de la
Segunda Sala Civil y del Juez Trigésimo Segundo de lo Civil,
ambos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
Admitida la demanda por auto de veinte de agosto del año en
curso, con fundamento en el artículo 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles,
de aplicación
supletoria, se ordena notificar la radicación del juicio de
amparo en cita, por este medio al tercero perjudicado APOYOS
CORPORTIVOS INTEGRALES, S.A. DE C.V.; haciéndole de su
conocimiento que pueden apersonarse a juicio dentro del término
de treinta días contados a partir del siguiente al en que
surta sus efectos la última publicación que se haga por
edictos; con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes
notificaciones aún las de carácter personal, se le
harán por lista, conforme a lo++ previsto en los artículos
30 fracción II y 28 párrafo tercero, de la Ley de
Amparo; dejándose a su disposición en la Secretaría
de este Juzgado copia simple del auto de veinte de agosto del año
en curso, para los efectos legales a que haya lugar.
México, D.F., a 1 de octubre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. María del Carmen Cerecedo Arreola
Rúbrica.
(R.- 356681)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado
Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito
Federal
EDICTO
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO DECIMOTERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, A VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 225/20102, PROMOVIDO POR FELIPE ARCOS PEREZ, CONTRA ACTOS DEL JUEZ Y ACTUARIO, ADSCRITOS AL JUZGADO VIGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, SE DICTO UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LA TERCERA PERJUDICADA MARIA MARTHA RICO AGUILAR, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN EL PERIODICO “DIARIO DE MEXICO”, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS, A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, APERCIBIDA QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION II, DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE SEÑALARON LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL TRES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, ESTO EN ACATAMIENTO AL AUTO DE TREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, SE PROCEDA A HACER UNA RELACION SUCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, EN EL QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALO COMO AUTORIDAD RESPONSABLE AL JUEZ Y ACTUARIO, ADSCRITOS AL JUZGADO VIGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y COMO TERCEROS PERJUDICADOS A FIANZAS MONTERREY SOCIEDAD ANONIMA, BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE Y MARIA MARTHA RICO AGUILAR, Y PRECISA COMO ACTO RECLAMADO LOS AUTOS DE NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE Y VEINTITRES DE ENERO DE DOS MIL DOCE, DICTADOS EN EL JUICIO ESPECIAL MERCANTIL 340/02.
La Secretaria del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Michel Araceli Aldana Baca
Rúbrica.
(R.- 356938)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUAREZ.
TERCEROS PERJUDICADOS: SANTIAGO ROMERO VAZQUEZ, MANUELA MENDOZA ROMAN, JORGE PERFECTO NIETO, CLEMENTE REDIEL SANCHEZ, ELIZABETH GODINEZ ACEVEDO, FABIOLA MONTES ESCARTIN Y LETICIA OLVERA GARCIA.
En los autos del juicio de amparo indirecto número 1416/2011-IV, promovido por Víctor Gustavo Hernández Mejía, Víctor Luciano Barrón Benítez, Aly González Ozuna y Marco Antonio Carranza Sánchez, por su propio derecho, contra actos del Juez Primero Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México; con motivo del proceso penal 278/2010-2, del índice del Juzgado de referencia, juicio de amparo en el que los quejosos reclaman lo siguiente:
-El auto de formal prisión de fecha uno de abril de dos mil once, por los delitos de homicidio calificado.
En esa virtud, al ser señalados como terceros perjudicados Santiago Romero Vázquez, Manuela Mendoza Román, Jorge Perfecto Nieto, Clemente Rediel Sánchez, Elizabeth Godínez Acevedo, Fabiola Montes Escartín y Leticia Olvera García y desconocerse sus domicilios actuales y correctos, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo y el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la primera, y en cumplimiento a lo ordenado en auto de catorce de junio de dos mil doce, en donde se ordenó su emplazamiento al juicio de amparo 1416/2011-IV por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, que puede ser cualquiera de los siguientes: el Reforma; el Universal; el Financiero; la Jornada; el Excélsior; haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado quedan a su disposición copias simples de la demanda de amparo y auto admisorio de once de noviembre de dos mil once; asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional está señalada para las diez horas con cinco minutos del dieciocho de octubre de dos mil doce y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos, para que ocurran a este Juzgado a hacer valer sus derechos, en el entendido que de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el Municipio en que reside este Juzgado de Distrito, o bien, los conurbados que son: Tlalnepantla, Huixquilucan, Jilotzingo y Atizapan, las posteriores notificaciones aún las de deban ser personales se le harán por lista de acuerdos que se publica en los estrados de este Juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 27 de septiembre de 2012.
El
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de
México,
con sede en Naucalpan de Juárez
Lic. Daniel Rodríguez Estrada
Rúbrica.
(R.- 356747)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado,
con sede en Culiacán, Sinaloa
EDICTO
PROCESADORA Y COMERCIALIZADORA DE
MARISCOS EXE SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de veinticuatro de septiembre de dos mil doce, dictado en el juicio de amparo número 1066/2011-I, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Sinaloa, con residencia en esta ciudad, promovido por José Alberto Peña Piña y Francisco Javier Zamanillo Cervantes, como apoderados generales para pleitos y cobranzas de Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, contra actos de la Junta Especial Número Treinta y Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad y otras autoridades, consistente en el deficiente emplazamiento así como todas las subsecuentes actuaciones relativas al juicio laboral de origen 615/2004, del índice de la junta responsable, promovido por Procesadora y Comercializadora de Mariscos EXE Sociedad Anónima de Capital Variable.
Se emplaza por esta vía a Procesadora y Comercializadora de Mariscos EXE Sociedad Anónima de Capital Variable, tercera perjudicada a efecto de que comparezca al juicio de amparo 1066/2011-I, que se tramita en el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Sinaloa, sito en el Edificio “A” del Poder Judicial de la Federación ubicado en Carretera a Navolato número 10321 poniente, (Kilómetro 9.5) primer piso, Sindicatura de Aguaruto, código postal 80375, de esta ciudad, dentro del término de treinta días contados del siguiente a partir de la última publicación, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones se harán por lista que se publica en los estrados de este órgano jurisdiccional, en términos de lo dispuesto en la fracción III del artículo 28 de la Ley de Amparo. Se le hace saber que están señaladas las diez horas con treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil doce, para la celebración de la audiencia constitucional prevista en el artículo 155 de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en este juzgado, la copia simple de la demanda.
Para publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, con todos los requisitos de ley.
Culiacán, Sin., a 8 de octubre de 2012.
El Secretario del Juzgado Tercero de
Distrito en el Estado de Sinaloa
Lic. Carlos Armando Salcedo Cordero
Rúbrica.
(R.- 356779)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
TERCERA PERJUDICADA GLORIA ANDRADE NEVAREZ.
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintidós de agosto de dos mil doce.
En los autos del juicio de amparo 425/2012-VIII, promovido por José Arturo Zermeño Cano, apoderado legal de BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER contra actos del Juez Tercero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cuautitlán, con residencia en Cuautitlán Izcalli, Estado de México y otra autoridad, por desconocerse el domicilio de la tercera perjudicada Gloria Andrade Nevarez, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa de la parte quejosa, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado Federal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“INSERTO: Se comunica a la tercera perjudicada Gloria Andrade Nevarez, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de nueve de abril de dos mil doce, este Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por José Arturo Zermeño Cano, apoderado legal de BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, correspondiéndole el número de juicio de amparo indirecto 425/2012-VIII, promovida contra actos del Juez Tercero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cuautitlán, con residencia en Cuautitlán Izcalli, Estado de México y otra autoridad, consistentes en:
“IV.- ACTO RECLAMADO: ... todas y cada una de las actuaciones, determinaciones, acuerdos, sentencias y actos de ejecución, que se dictaron en el juicio ordinario civil de nulidad absoluta de acto traslativo de propiedad contenido en la escritura pública 1645 de fecha primero de septiembre de mil novecientos noventa y dos, radicado ante el mencionado juez en el expediente número 533/2011, promovido por María Ruth Pantoja Andrade en su carácter de albacea de la sucesión Rodolfo Pantoja Durán, en contra de Armando Pantoja Durán, Graciela Jiménez García, Gloria Andrade Nevarez, Ma. Cristina Cerillo Alvarez, Director del Instituto de la Función Registral de Cuatitlán, México... por omitir realizar el llamamiento de mi representada BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER al juicio que se menciona…
Indíquese a la tercera perjudicada Gloria Andrade Nevarez, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal, a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tenga conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a su interés conviniere, y a su vez señale un domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este juzgado.
Apercibida que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le practicará por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado Federal, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
La Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. María del Carmen Casasús Medina
Rúbrica.
(R.- 355546)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE:
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCEROS PERJUDICADOS: GUADALUPE OCHOA DE RUIZ DE CHAVEZ, JESUS AVILA SALAZAR Y DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL.
Juicio de amparo número 633/2012-IV promovido por Marcial Marmolejo Trejo, contra actos del Juez Décimo de lo Civil del Distrito Federal; se dictó en trece de septiembre de dos mil doce, un auto en el cual se ordena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación Supletoria a la Ley de la Materia, se emplace a GUADALUPE OCHOA DE RUIZ DE CHAVEZ, por medio de EDICTOS, en los términos siguientes:
La quejosa señaló como actos reclamados:
a).- La negativa a que el suscrito o las personas autorizadas por el mismo, puedan ver el expediente 479/1982, en el cual he promovido en múltiples ocasiones y el cual en fechas anteriores pude revisar y promover.
b).- En consecuencia de no tener acceso a poder revisar el expediente 479/1982, desconozco y tengo incertidumbre jurídica del acuerdo recaído a la promoción del suscrito de fecha 24 veinticuatro de mayo de 2012 dos mil doce, en el que solicite se DECLARE LA CADUCIDAD y en consecuencia la CANCELACION DEL AVISO PREVENTIVO ordenado por la Responsable, mediante oficio número 341 trescientos cuarenta y uno de fecha 25 veinticinco de febrero de 1982 mil novecientos ochenta y dos en el REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESTA CIUDAD en la Partida número 206 doscientos seis Foja 139 ciento treinta y nueve, Tomo 153 ciento cuenta y tres, volumen, serie A, Sección Primera, promovida por Guadalupe Ochoa de Ruiz de Chávez en contra de Jesús Avila Salazar.
c).- La negativa de la Responsable para que DECLARE LA CADUCIDAD y en consecuencia la CANCELACION DEL AVISO PREVENTIVO ordenado por la Responsable, mediante oficio número 341 trescientos cuarenta y uno de fecha 25 veinticinco de febrero de 1982 mil novecientos ochenta y dos, con motivo del juicio Ordinario de Prescripción Positiva, que fue inscrita preventivamente el día 01 uno de marzo de 1982 mil novecientos ochenta y dos en el REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESTA CIUDAD en la Partida número 206 doscientos seis, Foja 139 ciento treinta y nueve, Tomo 153 ciento cincuenta y tres, Volumen, Serie A, Sección Primera, promovida por Guadalupe Ochoa de Ruíz de Chávez en contra de Jesús Avila Salazar y que a la fecha tiene más de treinta años dicha inscripción y que derivada de la misma, el suscrito no pueda obtener el documento idóneo para oponer a terceros mi derecho de propiedad respecto de mi bien inmueble.
Previo requerimiento al quejoso, presento su desahogo por escrito presentado en fecha dieciocho de julio de dos mil doce.
Por auto dictado el diecinueve de julio de dos mil doce, se admitió la demanda, se requirió a la autoridad responsable su respectivo informe justificado, se dio vista a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita, se ordenó emplazar a los terceros perjudicados Guadalupe Ochoa de Ruiz de Chávez, Jesús Avila Salazar y el Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, y se señaló fecha y hora para la celebración de la audiencia constitucional.
Lo anterior, se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de circulación a nivel nacional, así como en un lugar visible del Juzgado en que se actúa por tres veces, de siete en siete días, haciéndosele del conocimiento a Guadalupe Ochoa de Ruiz de Chávez, que tiene treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación que se realice, para comparecer al presente juicio a deducir los derechos que le asisten, quedando a su disposición copia de la demanda de garantías con anexos, escrito aclaratorio con sus anexos, y auto admisorio en el local de este Juzgado, haciéndosele saber que de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones o bien de no comparecer dentro de dicho término, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista que se fije en este Juzgado, en términos del artículo 30 fracción II de la Ley de Amparo.
Atentamente
México, D.F., a 24 de septiembre de 2012.
La
Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito
en
Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Angélica Flores Jaúregui
Rúbrica.
(R.- 356870)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTO
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
SECRETARIA DE ACUERDOS.
JUICIO DE AMPARO DIRECTO 672/2012.
QUEJOSO: JAVIER ALFONSO JIMENEZ REYNOSO.
EMPLAZAMIENTO A LA TERCERA PERJUDICADA: UNION DE CREDITO DEL VALLE DE ANAHUAC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En
cumplimiento a lo ordenado por auto de tres de octubre del año
en curso, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30
de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, procédase a CITAR, NOTIFICAR Y EMPLAZAR a la tercera
perjudicada UNION DE CREDITO DEL VALLE DE ANAHUAC, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, por medio de EDICTOS a costa del quejoso, los
cuales se publicarán por TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS,
en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República,
como lo dispone el precepto legal en cita, haciéndole saber a
la tercera perjudicada que deberá presentarse dentro del
término de treinta días, contados del día
siguiente al de la última publicación, ante este
tribunal colegiado, a deducir sus derechos, quedando a su disposición
en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, copia de la
demanda de amparo relativa al expediente A.D.C. 672/2012, promovida
por JAVIER ALFONSO JIMENEZ REYNOSO, por conducto de su apoderado José
Alfredo Cedeño Rodríguez, contra el acto que reclama de
la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal, consistente en la sentencia definitiva dictada el veintitrés
de mayo
de dos mil doce, en el toca 566/2012, lo que se hace de
su conocimiento, para los efectos legales a que
haya lugar.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA, ATENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
México, D.F., a 8 de octubre de 2012.
La C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Margarita Domínguez Mercado
Rúbrica.
(R.- 356948)
AVISOS GENERALES
|
DEISTASTE MEXICO, S.A. DE C.V. SOFOM ENR
ESTADO DE SITUACION FINANCIERA
AL 31 DE JULIO DE 2012
(cifras expresadas en pesos)
ACTIVO |
|
ACTIVO CIRCULANTE |
|
Efectivo e inversiones temporales |
$50,000 |
Total activo circulante |
$50,000 |
Total Activo |
$50,000 |
PASIVO |
|
PASIVO A LARGO PLAZO |
|
Intercompañías (Anexo I) |
$272,723 |
Total pasivo |
$272,723 |
CAPITAL CONTABLE |
|
Capital Social |
$50,000 |
Resultados acumulados |
$(285,430) |
Utilidad neta del año |
$12,707 |
Total capital contable |
$(222,723) |
Total Pasivo y Capital Contable |
$50,000 |
México, D.F., a 5 de octubre de 2012.
Liquidador de Deistaste México, S.A. de C.V. SOFOM ENR
Ruy Méndez Marimon
Rúbrica.
(R.- 356940)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial
Dirección de Delitos contra la Propiedad Industrial “B”
Mesa I
PUBLICACION POR EDICTO
Se
notifica a propietario y/o sus representantes legales, en
cumplimiento del acuerdo ministerial dictado
en la averiguación
previa 130/UEIDDAPI/2009, para que manifiesten lo que a su derecho
convenga, respecto de los objetos asegurados, por constituir objetos
e instrumentos del delito previsto y sancionado en el artículo
424 bis fracción I, del Código Penal Federal, los
cuales se especifican a continuación:
Un (1) estéreo, marca LG color negro con gris, en mal estado de conservación
Un (1) estéreo, marca SAMSUNG, color negro con gris, en mal estado de conservación 1.
Un (1) estéreo, marca LG color gris, en mal estado de conservación.
Un (1) estéreo, marca SONY, color negro con gris, en mal estado de conservación.
Un (1) estéreo, marca LG color negro con gris, en mal estado de conservación.
Un (1) estéreo marca SHARP, gris con azul.
Cinco (5) bocinas de color negro con gris, sin marca en mal estado de conservación.
Una (1) televisión marca LG, color negro con gris en mal estado de conservación.
Una (1) televisión marca PHILCO, color negro con gris en mal estado de conservación.
Una (1) televisión SONY, color, negro en mal estado de conservación.
Una (1) televisión marca PANASONIC, color gris en mal estado de conservación
Una (19) televisión marca PHILIPS, color gris con gris en mal estado de conservación.
Una (1) televisión marca PHILIPS, color gris con gris en mal estado de conservación
Tres
mil seiscientos (3600) fonogramas de diferentes títulos en
forma disco compacto en regular estado
de conservación.
Veinticuatro mil cuatrocientos 24400 videogramas de diferentes títulos en forma de disco compacto en regular estado de conservación.
Respecto
de los objetos antes descritos se notifica a quien o quienes resulten
propietarios, interesado o representante legal, que en fecha cuatro
de julio de dos mil nueve, se decretó su formal aseguramiento
de dichos objetos encontrados en el predio denominado “Plaza de
la 58”, instalado en la calle cincuenta y ocho (58), con número
oficial quinientos diez (510), colonia Centro, código postal
97000, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán,
específicamente en local dos 2, local tres 3, local cuatro 4,
local cinco 5, local siete 7, local cincuenta y tres 53, local
sesenta y seis 66, local setenta y seis 76, local setenta y ocho 78,
local setenta y nueve 79, local noventa y dos 92, local cien 100,
local ciento cuarenta y cuatro 144, local ciento cincuenta y dos 152,
local ciento cincuenta y tres 153, local ciento cincuenta y cinco
155, por considerarlos objetos
e instrumentos del delito previsto
y sancionado en el artículo 424 bis fracción I, del
Código Penal Federal, por lo que en términos de lo
dispuesto por el artículo 182-A del Código Federal de
Procedimientos Penales, no se podrá enajenar ni gravar los
bienes asegurados y cuenta con un término de 90 días
naturales, contados a parir de la notificación y transcurrido
el plazo señalado de no manifestar lo que a su derecho
convenga, los bienes asegurados causarán abandono a favor del
Gobierno Federal; así mismo queda a su disposición
en
esta mesa instructora la fe ministerial e inventario, así como
el acuerdo de aseguramiento, con domicilio en avenida Insurgentes Sur
235, primer piso, colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc,
código postal 06700, México, Distrito Federal, lo
anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 20, 21
y 102, apartado “A” de la Constitución Política
de los Estados unidos Mexicanos; 40, 41 y 223 fracción III y
224 de la Ley de la Propiedad Industrial; 2o. fracción II,
180, 182-A, 182-B, fracción II, y 206 del Código
Federal
de Procedimientos Penales; 4o. fracción I inciso
A) inciso a), b), c), e) y ñ) de la Ley Orgánica de la
Propiedad General de la Republica, 1o., 2o. y 29 de su Reglamento, en
relación con lo dispuesto por el numeral tercero del Acuerdo
A/11/00, emitido por el C. Procurador General de la República
y publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha
tres de mayo del año dos mil. Lo que se hace constar para los
efectos legales a que haya lugar. DAMOS FE.
México, D.F., a 17 de julio de 2012.
El
Agente del Ministerio Público de la Dirección de
Delitos contra los Derechos
de Autor y la Propiedad Industrial de
la Procuraduría General de la República
Lic. María Guadalupe Castañón López
Rúbrica.
(R.- 356814)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Delegación Estatal Jalisco
Agencia Federal de Procedimientos Penales “A”
Agencia Federal Número Uno de Procedimientos Penales “A”
Mesa III
Guadalajara, Jalisco
PUBLICACION POR EDICTO
En cumplimiento al acuerdo dictado dentro de los autos de la averiguación previa número AP/PGR/JAL/GDL/AG1M3/5775/2010 y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16, 21, y 102 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 2 fracción II y IV, 38, 123, 180, 182-A y 182-b del Código Federal de Procedimientos Penales; 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y demás relativos de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; se notifica al Ciudadano JESUS MIGUEL GUARDADO FIGUEROA “PROPIETARIO”, o a sus representantes legales, así como a quien o quienes tengan interés jurídico y/o acredite la propiedad y procedencia lícita del inmueble ubicado en:
A.- INMUEBLE MARCADO CON EL NUMERO 226 (DOSCIENTOS VEINTISEIS) DE LA CALLE ALVAREZ DEL CASTILLO, COLONIA OBLATOS, MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO;
Su aseguramiento ministerial decretado dentro de los autos de la Averiguación Previa AP/PGR/JAL/GDLAG1M3/5775/2010, por lo que hace al inmueble mencionado en el inciso A, en fecha 23 veintitrés del mes de septiembre del año 2010 dos mil diez.
Lo anterior para efecto de que manifiesten lo que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta Agencia Federal Número Uno de Procedimientos Penales “A” Uno, Mesa III, de la Procuraduría General de la República, en el Estado de Jalisco, ubicadas en la avenida 16 de Septiembre número 591, segundo piso, colonia Mexicaltzingo, Guadalajara, Jalisco, lugar en donde se les pondrán a su disposición las constancias conducentes del aseguramiento correspondiente; asimismo se les apercibe que en caso de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo de noventa días naturales, que señala el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, a partir de la presente notificación, dichos bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal. CUMPLASE.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Guadalajara, Jal., a 6 de septiembre de 2012.
El C. Agente del Ministerio Público de la Federación
Titular de la Mesa Tres de la Agencia Federal Número Uno
de Procedimientos Penales “A”
Lic. Juan Carlos Navarrete Cruz
Rúbrica.
(R.- 356812)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Delegación Estatal en Chihuahua
Subdelegación de Procedimientos Penales “C”
Agencia Unica del Ministerio Público de la Federación
Guachochi, Chihuahua
PUBLICACION POR EDICTO
Se notifica a quienes tengan algún derecho de propiedad o de cualquier otra naturaleza o a sus representantes legales, respecto del vehículo que se detallará a continuación, y que se encuentra asegurado dentro de los autos de la averiguación previa número AP/PGR/CHIH/GUACH/2019/2012, instruida en contra de quien resulte responsable, por el delito previsto en el artículo 194, del Código Penal Federal, se ha decretado el aseguramiento ministerial de dicho vehículo, por lo que, deberán abstenerse de enajenarlos, gravarlos o hipotecarlos y se les apercibe que de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de noventa días naturales contados a partir del día de la publicación de este edicto, ante el Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a Agencia Unica Investigadora de Guachochi, Chihuahua, con residencia en la ciudad de Hidalgo del Parral, Chihuahua, de la Subdelegación de Procedimientos Penales “C”, de la Delegación Estatal de la Procuraduría General de la República en Chihuahua, con domicilio en la calle profesora Manuela Saenz Vaca número 13 de la colonia Magisterial, en la Ciudad de Hidalgo del Parral, Chihuahua, teléfono 627-522-22-17; los bienes muebles de que se trata, causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
UN VEHICULO MARCA CHEVROLET, LINEA TAHOE, MODELO 1998, COLOR BLANCO, CON NUMERO DE SERIE 1GNEK13RXXJ548230, CON ENGOMADO DE CODEPAFA NUMERO 4035, SIN PLACAS DE CIRCULACION, DEL CUAL SE APRECIA LA CARROCERIA EN REGULARES CONDICIONES, DE TRANSMISION AUTOMATICA, ASIENTOS DE PIEL EN COLOR CAFE EN MALAS CONDICIONES, PISO ALFOMBRADO COLOR CAFE EN MALAS CONDICIONES, INTERIORES EN MALAS CONDICIONES, SIN ESTEREO, SIN VIDRIOS EN LAS PUERTAS LATERALES DEL LADO DEL CONDUCTO, PARABRISAS ESTRELLADO, VIDRIO LATERAL TRASERO DEL LADO DEL COPILOTO QUEBRADO, LLANTAS EN MAL ESTADO SIN ACUMULADOR.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Hidalgo del Parral, Chih., a 10 de agosto de 2011.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrito a la Agencia Unica de Guachochi, Chihuahua,
con residencia en la Ciudad de Hidalgo del Parral, Chihuahua
Lic. Ricardo David López García
Rúbrica.
(R.- 356815)
ARRENDADORA LASSER, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
En
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Noveno de los
Estatutos Sociales, se convoca a los Accionistas de ARRENDADORA
LASSER, S.A. DE C.V., a la Asamblea General Ordinaria y
Extraordinaria de Accionistas que se celebrará a las 10:00
horas del día 1 de noviembre de 2012, dentro del domicilio
social,
en el inmueble marcado con el número 225 de la
avenida Lomas de Vistahermosa, colonia Lomas de Vistahermosa,
Delegación Cuajimalpa, código postal 05100, México,
Distrito Federal, de acuerdo a los siguientes órdenes del día:
ORDEN DEL DIA PARA LA ASAMBLEA ORDINARIA
Presentación,
discusión y, en su caso, aprobación, de la Información
Financiera a que se refiere el artículo 172 de la Ley General
de Sociedades Mercantiles, correspondiente a los ejercicios sociales
de 2008
a 2011; y adopción de los acuerdos pertinentes en
cuanto a la distribución de utilidades que en su caso arrojen
cualesquiera de los estados financieros que sean aprobados.
Nombramiento de nuevo Organo de Administración.
Revocación de poderes.
Asuntos generales.
Designación de Delegados Especiales de la Asamblea.
ORDEN DEL DIA PARA LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
Modificación de la Cláusula Novena de los Estatutos Sociales.
Designación de Delegados Especiales de la Asamblea.
Para tener derecho a asistir a la Asamblea, los accionistas deberán depositar los títulos de sus acciones en la Secretaría de la Sociedad, a más tardar a las 18:00 horas, del día anterior a la Asamblea y podrán comparecer a ella por sí o por medio de apoderado con carta poder, suscrita ante dos testigos.
La información financiera estará a disposición de los accionistas en las oficinas de la Sociedad, de conformidad con lo establecido en los artículos 173 y 186 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
México, D.F., a 9 de octubre de 2012.
Administradora Unica
Olga Helena Labastida Gómez de la Torre
Rúbrica.
(R.- 356871)
Pemex Gas y Petroquímica Básica
Dirección Corporativa de Administración de Petróleos Mexicanos
Subdirección de Administración Patrimonial
CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA SUAP-DG-08/12
De conformidad con las disposiciones que establecen el artículo 117, segundo párrafo de la Ley General de Bienes Nacionales y las Normas, Bases, Lineamientos y Procedimientos para la Administración del Patrimonio de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, Pemex Gas y Petroquímica Básica a través de la Subdirección de Administración Patrimonial de Petróleos Mexicanos, invita a personas morales mexicanas y extranjeras, con capacidad legal para adquirir bienes inmuebles y legitimadas en términos de las bases para adquirir estos bienes en particular, a participar en la licitación pública antes mencionada, que se llevará a cabo a través del procedimiento presencial para la enajenación de ductos de distribución de su propiedad localizados en el Sector Chihuahua, que a continuación se señalan:
Licitación pública |
Descripción y ubicación |
Longitud aproximada |
Valor de referencia para venta |
SUAP-DG-08/12 |
Gasoducto de 12” D.N. del km 0+00 al 17+640 que corre de la EM del Centro del Sector al Complejo Industrial Chihuahua, ubicado su inicio en el km 211+965 de la carretera número 45 Delicias-Chihuahua, Estado de Chihuahua y Gasoducto de 2” D.N. número de ERM 08045, ubicado en el km 34+400 del gasoducto de 8” que corre de Chihuahua hacia Anáhuac en el Estado de Chihuahua |
Gasoducto de 12” D.N.: 17.640 kms (diecisiete kilómetros seiscientos cuarenta metros)
Gasoducto de 2” D.N.: 0.026 kms (veintiséis metros) |
$61’000,000.00 (sesenta y un millones de pesos 00/100 M.N.) |
Fecha,
hora y lugar del acto de |
Fecha, hora y lugar del acto de fallo |
20 de noviembre de 2012 12:00 horas Av. Marina Nacional No. 329, Torre Ejecutiva, piso 34, Col. Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo en México, Distrito Federal, C.P. 11311 |
Al
finalizar el acto de presentación y |
Pemex
Gas y Petroquímica Básica,
a través de la Subdirección de Administración
Patrimonial de Petróleos Mexicanos, proporcionará a los
interesados las bases que regirán la licitación
considerada en esta convocatoria a partir del 16 de octubre y hasta
el 16 de noviembre de 2012, en los días y horas hábiles,
en las oficinas de la Subdirección de Administración
Patrimonial, Subgerencia de Promoción de Bienes Inmuebles,
ubicadas
en avenida Marina Nacional número 329, Torre Ejecutiva, piso
34,
colonia
Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, México,
D.F., código postal 11311, mismas que estarán
disponibles para su consulta en la página
http://www.pemex.com, >>
Productos y servicios >> Venta de activos improductivos, o
bien, solicitarlas por escrito a dicha oficina para ser enviadas por
mensajería, correo electrónico o por fax.
La junta
de aclaraciones se llevará a cabo el 5 de noviembre de 2012 a
las 10:00 horas, en la misma dirección en que se celebrará
el acto de presentación y apertura de ofertas.
Para cualquier información favor de comunicarse a los teléfonos:
01(55) 1944-9054 y 1944-2500, extensiones 59351, 59354 y 59355.
México, D.F., a 16 de octubre de 2012.
Especialista Técnico “A”
Lic. María Teresa de Lourdes Avelar Villegas
Rúbrica.
(R.- 356929)
DICONSA S.A. DE C.V.
SUCURSAL HIDALGO
Diconsa,
S.A. de C.V., Sucursal Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto en el
artículo 58, numeral V de la Ley Federal de las Entidades
Paraestatales, en el artículo 131 de la Ley General de Bienes
Nacionales, así como en el Capítulo V, base trigésima
novena de las Bases Generales para la Administración,
Registro, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de
Diconsa S.A. de C.V., en vigor, convoca a personas físicas y
morales a participar en la licitación
pública No. LPN/001/DICONSA/HIDALGO/EBM/2012,
relativo a la enajenación por lote de los bienes muebles y
vehículos en regulares y malas condiciones que se describen
a
continuación:
Bienes en malas condiciones
Lote |
Tipo de bien |
Piezas |
Ubicación * |
Precio mínimo de venta |
1 |
Maquinaria y equipo |
359 |
Pachuca, Hgo. |
$65,166.00 |
2 |
Equipo de cómputo |
37 |
Pachuca, Hgo. |
$1,408.00 |
3 |
Mobiliario y equipo de oficina |
88 |
Pachuca, Hgo. |
$2,626.00 |
4 |
Equipo de tienda |
316 |
Pachuca y Atotonilco, Hgo. |
$2,120.00 |
Unidades vehiculares en regulares y malas condiciones
Núm. Econ. |
Descripción |
Ubicación |
Precio mínimo |
||
Tipo |
Marca |
Modelo |
|||
359/1310023 |
Camión redilas |
Dina |
1993 |
Almacén Atotonilco |
$92,500.00 |
074/1310001 |
Caja para tractocamión |
Imotrasa |
1982 |
Almacén Atotonilco |
$18,900.00 |
126/1310011 |
Caja para tractocamión |
Lozano |
1982 |
Almacén Atotonilco |
$21,600.00 |
073/1310002 |
Caja para tractocamión |
Imotrasa |
1983 |
Almacén Atotonilco |
$19,200.00 |
500/1510043 |
Camión redilas |
Dina |
1993 |
Almacén Atotonilco |
$84,100.00 |
502/1530014 |
Camión pick-up |
Chevrolet |
1993 |
Almacén Atotonilco |
$22,200.00 |
350/1310064 |
Tractocamión |
Freightliner |
1984 |
Almacén Atotonilco |
$68,900.00 |
221/1310068 |
Tractocamión |
Dina |
1988 |
Almacén Atotonilco |
$72,600.00 |
085/1310062 |
Tractocamión |
Famsa/International |
1981 |
Almacén Atotonilco |
$60,800.00 |
Las bases y especificaciones tienen un costo de $650.00 (seiscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) más IVA y están a la disposición de los interesados en el área de Recursos Materiales de Diconsa S.A. de C.V. sucursal Hidalgo, cuyas oficinas se ubican en Kilómetro 2 carretera Pachuca-Tulancingo sin número, colonia Felipe Angeles, código postal 42090, Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, teléfono (01 771) 71478-55, extensión 70233, así como en la Subgerencia de Control de Bienes de Diconsa S.A. de C.V., ubicada en Insurgentes Sur 3483, colonia Villa Olímpica Miguel Hidalgo, Delegación Tlalpan, México, D.F., código postal 14020, teléfono (01 55) 52 29 07 00, extensiones 65611 y 65624.
La venta de bases para la licitación será diariamente en días hábiles, de 9:00 a 13:00 horas, a partir del día de la publicación de la presente convocatoria y hasta el día 30 de octubre del año en curso, debiendo realizar dicho pago mediante efectivo, cheque certificado o de caja a favor de Diconsa S.A. de C.V.
Los
bienes objeto de la presente licitación podrán ser
inspeccionados por quienes adquieran bases del
16 al 30 de
octubre de 2012, en días hábiles, de 11:00 a 15:00
horas, previa cita con el C. L.C. Fausto Isaac Jaramillo Díaz,
al teléfono (01 771) 71478-45, extensión 70233, en la
ciudad de Pachuca, Hgo.
Todos los participantes en la licitación que hayan comprado bases deberán entregar en sobre cerrado de manera inviolable y debidamente identificado la documentación legal requerida en las bases, así como sus ofertas, el día 5 de noviembre de 2012, de 9:00 a 9:59 horas, en la Coordinación de Administración y Finanzas de la Sucursal Hidalgo, cuyas oficinas se ubican en Kilómetro 2, carretera Pachuca-Tulancingo sin número, colonia Felipe Angeles, código postal 42090, Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo. La licitación pública se llevará a cabo conforme al siguiente calendario de eventos:
Fecha y hora de la junta de aclaraciones |
Fecha y hora de registro de asistentes |
Fecha y hora de presentación y apertura de ofertas |
Fecha
y hora del |
30 de octubre de 2012 11:00 Hrs. |
5 de noviembre de 2012 De 9:00 a 9:59 Hrs. |
5 de noviembre de 2012 10:00 Hrs. |
5 de noviembre de 2012 13:30 Hrs. |
Dichos eventos se realizarán en la sala de juntas de Diconsa, S.A. de C.V., Sucursal Hidalgo, sita en Kilómetro 2 carretera Pachuca-Tulancingo sin número, colonia Felipe Angeles, código postal 42090, Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo.
Los interesados en participar en la licitación deberán garantizar su oferta mediante cheque certificado o de caja expedido por una institución o sociedad nacional de crédito. El documento que se elija deberá ser expedido en favor de Diconsa S.A. de C.V., por el importe correspondiente al 10% del valor de su oferta, de los bienes por los que presente propuesta, sin incluir IVA.
La entrega física y documental de los bienes será dentro de los 10 días hábiles posteriores al acto de fallo, previa realización del pago total correspondiente por parte de los adjudicatarios, el cual deberá hacerse dentro de los cinco días hábiles, posteriores al fallo de adjudicación.
Se procederá a la subasta de los bienes que no se logre su venta, siendo postura legal en la primera almoneda las dos terceras partes del precio mínimo de avalúo considerado en esta licitación y un 10% menos en la segunda almoneda.
16 de octubre de 2012.
Diconsa S.A. de C.V.
Encargado de la Gerencia de Sucursal Hidalgo
Ing. Mario Maya Salazar
Rúbrica.
(R.- 356832)
NORMALIZACION Y CERTIFICACION ELECTRONICA, S.C.
AVISO PARA CONSULTA PUBLICA
PROYECTO DE NORMAS MEXICANAS DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION
Con objeto de cumplir con lo establecido en los artículos 51-A fracción III y 66 fracción III del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; así como 43 y 46 del Reglamento a la misma Ley, Normalización y Certificación Electrónica, S.C. (NYCE), Organismo Nacional de Normalización, publica la denominación, clave y extracto de los proyectos de Norma Mexicana que a continuación se enlistan, los cuales fueron aprobados por el Comité Técnico de Normalización Nacional de Electrónica, Tecnologías de la Información y Comunicaciones (COTENNETIC), para someterse a consulta pública por un término de 60 días naturales.
PROY-NMX-I-287-1-2012,
Tecnología de la información–Sistemas de juegos
de azar interactivos
para proveedores.
Este Proyecto de Norma Mexicana proporciona los requisitos para los juegos basados en Internet que aplica a los fabricantes.
PROY-NMX-I-14598-3-NYCE-2012, Tecnología de la información–Ingeniería de Software–Evaluación del producto software–Parte 3: Proceso para desarrolladores.
Este Proyecto de Norma Mexicana proporciona los requisitos y recomendaciones para la implementación práctica de la evaluación del producto software cuando la evaluación es realizada en paralelo con el desarrollo y es llevada a cabo por el desarrollador.
En
caso de tener interés por conocer el contenido técnico
de los proyectos de normas mexicanas para emitir sus comentarios,
agradeceremos acudir a las instalaciones de NYCE, ubicadas en avenida
Lomas de Sotelo número 1112, 3er. piso, colonia Lomas de
Sotelo, México, D.F., teléfono 5395-0777, extensión
264,
a efecto de consultarlo gratuitamente, o bien adquirirlo;
costo del proyecto $100.00 (cien pesos 00/100 M.N.). Asimismo, los
comentarios deben remitirse a la Gerencia de Normalización de
NYCE a la dirección antes señalada, o bien al correo
electrónico: davila@nyce.org.mx. Es importante destacar que
los 60 días naturales iniciarán al día siguiente
de la publicación de este aviso.
Atentamente
8 de octubre de 2012.
Normalización y Certificación Electrónica, S.C.
Director General
Carlos Pérez Munguía
Rúbrica.
(R.- 356918)