Martes 30 de octubre de 2012 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 112




SECCION DE AVISOS




AVISOS JUDICIALES





Estado de México

Poder Judicial

Juzgado Octavo Civil

Primera Instancia

Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan

Primera Secretaría

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES.

En el expediente 393/2007 relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por CESAR IGNACIO VAZQUEZ SAGRERO, en contra de NORIDA S.A., se señalaron las DOCE HORAS DEL CINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE del inmueble sito en EDIFICIO CON NUEVE DEPARTAMENTOS Y DOS LOCALES COMERCIALES, EN CALLE “D” NO. 13, COLONIA MODELO, NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO, sirve de base para el remate, la cantidad de $4’000,000.00 (CUATRO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), precio actualizado en el que fue valuado el inmueble, siendo postura legal la que cubra el importe fijado en el avaluó. Convóquese postores por medio de EDICTOS, que deberán de publicarse por TRES VECES dentro de NUEVE DIAS, de manera que entre la publicación o fijación del edicto y la fecha del remate, medie un término que no sea mayor de nueve días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos del Juzgado de ubicación del inmueble. A los once días del mes de octubre de dos mil doce.

Secretario del Juzgado Octavo Civil de Tlalnepantla

con residencia en Naucalpan Estado de México

Lic. Raúl Soto Alvarez

Rúbrica.

(R.- 357117)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,

con residencia en Naucalpan

EDICTO

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE

DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Se comunica a la tercera perjudicada Rosalba Ibarra Angeles, que en el juicio de amparo 903/2012-IV del índice del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, promovido por Ricardo Lugo Hernández, contra actos del Juez Quinto Civil de Primera Instancia y Cuantía Mayor del Distrito Judicial de Ecatepec, con residencia en Coacalco, del Poder Judicial del Estado de México y otras autoridades, se ordenó emplazar para que comparezca al juicio que se trata en defensa de sus intereses dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente; se le requiere para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en este municipio, apercibida que de no hacerlo las subsecuentes se le harán por lista.”

PARA SU PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION NACIONAL POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS

Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 4 de octubre de 2012.

La Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez

Lic. Daniela Montes de Oca Acosta

Rúbrica.

(R.- 357163)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Querétaro

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

ARIEL CANO PEREZ.

PRESENTE.

En razón de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la iniciación del juicio de amparo radicado bajo el expediente número 535/2012-I, promovido por MA. DEL ROSARIO CHOMBO ROMERO, contra actos del Juez Tercero de Primera Instancia Civil en esta ciudad, juicio en el cual se le señaló con el carácter de tercero perjudicado y por este medio se le emplaza para que en el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, deberá presentarse ante este Tribunal, apercibiéndole que en caso de no hacerlo así, por apoderado o gestor que pueda representarlo, se seguirá este juicio conforme legalmente le corresponde y las subsecuentes notificaciones, aún aquellas de carácter personal, se le harán por lista que se fije en los estrados de este juzgado, quedando a su disposición en la Secretaría de este órgano jurisdiccional, la copia simple de traslado de la demanda de garantías.

Asimismo, se hace de conocimiento, que la audiencia constitucional, esta prevista para las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIECIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE.

Atentamente

Querétaro, Qro., a 4 de octubre de 2012.

Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Querétaro

Lic. Mirna Luna Rodríguez

Rúbrica.

(R.- 356872)



Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Primera Sala Civil

EDICTO

VICTOR GARIBAY FLORIANO

Por medio del presente se hace del conocimiento la demanda de garantías interpuesta por los C.C. JOSE TRINIDAD ESLAVA GUEVARA, GERARDO CAMACHO MOLINA Y TOMAS MARGARITO DE LA ROSA en contra de la sentencia dictada por esta Sala el ocho de septiembre de dos mil once, en el toca 1063/2009/02 en los autos del juicio ORDINARIO CIVIL seguido por COMISARIADO EJIDAL DEL POBLADO DENOMINADO “SAN NICOLAS TOTOLAPAN” DELEGACION MAGDALENA CONTRERAS, D.F. en contra de VICTOR GARIBAY FLORIANO Y OTROS a efecto de que acuda el tercero perjudicado VICTOR GARIBAY FLORIANO en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno, para que manifieste lo que a su derecho convenga. Quedando a disposición en la Secretaria de esta Sala las Copias de traslado respectivas.

Para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 26 de septiembre de 2012.

El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Civil

Lic. Mario Alfredo Miranda Cueva

Rúbrica.

(R.- 356919)



Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Décimo de lo Civil

Puebla, Pue.

Diligenciario Enlace

EDICTO

Juzgado Décimo Civil Distrito Judicial Puebla, expediente 753/2011, Juicio Ejecutivo Mercantil,
Geovani Manuel Méndez Ornelas, contra José Francisco Emilio Maurer Ríos, auto 17 Septiembre 2012, ordena Venta Judicial Fracción Predio El Charro, ubicación Amozoc, Puebla, inscrito Registro Público Tecali de Herrera, bajo Predio Mayor 34056, precio $1,687,383.32, dos terceras partes avalúo, venciendo término posturas y pujas doce horas décimo día última publicación, por dos veces 5 en 5 días, demandado podrá liberar bien pagando adeudo antes de fincar remate.

Puebla, Pue., a 4 de octubre de 2012.

El Diligenciario

Lic. Felipe Mendoza Pérez

Rúbrica.

(R.- 357253)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz

Xalapa de Equez., Ver.

EDICTO

TANIA ELIZABETH ORDOÑEZ GARCIA

En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que:

En los autos del Juicio de Amparo 1188/2011, promovido por AURELIANO ALVAREZ SAN JUAN, contra de actos de la Quinta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, y otras autoridades, radicado en este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, sito en avenida Culturas Veracruzanas, número ciento veinte, colonia Reserva Territorial, Edificio “B” primero piso, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, se le ha señalado como parte tercero perjudicada y, como se desconoce su domicilio actual, por acuerdos de siete de diciembre de dos mil once y veintitrés de marzo de dos mil doce, se ha ordenado emplazarla por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II, de la Ley de Amparo, y 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la citada ley, haciéndole saber que podrá presentarse dentro de treinta días en este Juzgado, contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibida que de no hacerlo las posteriores notificaciones, se les harán por lista de acuerdos, que se fije en los estrados de este Juzgado, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado Federal copia simple de la demanda de amparo, asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL CINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE; y se le hace saber que el acto reclamado en el juicio de amparo de que se trata se hizo consistir en: “Resolución pronunciada por la Quinta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con sede en esta ciudad, el veinte de mayo de dos mil once, dentro de los autos del toca 3053/2010-A, de su índice, que confirma el auto de formal prisión dictado el veintinueve de septiembre de dos mil diez por el Juez Tercero de Primera Instancia de Pacho Viejo, Veracruz, dentro de los autos de la causa penal 326/2010, de su índice”.

Atentamente

Xalapa, Ver., a 7 de agosto de 2012.

El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz

Juan Jorge Torres Peñaloza

Rúbrica.

(R.- 355545)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito del Vigesimoséptimo Circuito

Cancún, Q. Roo

Cuaderno Principal 268/2012-E

Amparo Indirecto 268/2012-E

EDICTO

Quejoso: Administradora Rioja, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su Apoderado Legal Gerardo Rodríguez Enríquez

HAGO SABER: En el juicio de Amparo indirecto 268/2012-E promovido por ADMINISTRADORA RIOJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su apoderado legal Gerardo Rodríguez Enríquez, contra el embargo, remate y adjudicación, sobre el bien mueble identificado como lote de terreno número dieciséis, manzana ocho, supermanzana sesenta y dos de la colonia Puerto Juárez de la ciudad de Cancún, Quintana Roo, en el expediente 889/1998 del índice del Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cancún, Quintana Roo, así como la inminente inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, ahora bien se hace constar que se dictó un proveído el dieciocho de septiembre de dos mil doce, en el cual se ordenó emplazar a la tercera perjudicada NIDELVIA DEL ROSARIO GARCIA ALFARO, por medio de edictos, en virtud de ignorar su domicilio, por lo que se le manda emplazar haciéndole saber la instauración del presente juicio de garantías; por medio de este edicto que se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, fijándose además, en la puerta del Juzgado, una copia íntegra del presente, por todo el tiempo del emplazamiento, asimismo se le hace saber que deberá presentarse en este tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación respectiva en el Diario Oficial de la Federación, en el entendido de que, en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fija en los estrados de este órgano jurisdiccional. Lo anterior con fundamento en los artículos 30 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia. Doy fe. Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Quintana Roo.

Cancún, Q. Roo, a 25 de septiembre de 2012.

Juez Quinto de Distrito en el Estado de Quintana Roo

Darío Carlos Contreras Favila

Rúbrica.

Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Quintana Roo

Roberto Carlos Jiménez Carmona

Rúbrica. (R.- 356459)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de México,

con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl

Juicio de Amparo: 327/2012-V

EDICTO

Quejoso: Rogelio Gutiérrez Gómez

TERCERO PERJUDICADO

MARTIN GUTIERREZ BAUTISTA.

En los autos del Juicio de Amparo número 327/2012-V, promovido por ROGELIO GUTIERREZ GOMEZ contra actos del JUEZ DECIMO DE PAZ CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL y otras autoridades, se ha señalado a usted como tercero perjudicado, y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, de conformidad en lo dispuesto por los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, según su artículo 2o. quedando en su disposición en el local de este Juzgado Noveno de Distrito en el Estado, con sede en Ciudad Nezahualcóyotl, copia simple de la demanda de garantías, y se le hace saber además, que se han señalado las DIEZ HORAS DEL DOS DE OCTUBRE DE DOCE, para la celebración de la audiencia constitucional en este asunto, así como que deberá de presentarse ante este Tribunal dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación.

Ciudad Nezahualcóyotl, Edo. de Méx., a 1 de octubre de 2012.

Secretario del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de México

Lic. Epifanio Salas Silva

Rúbrica.

(R.- 356499)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

IV

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México,

con residencia en Naucalpan de Juárez

EDICTO

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

FERNANDO DE ITURBIDE PEIMBERT:

INSERTO: Por auto de veintisiete de septiembre de dos mil doce, dictado en el juicio de amparo 457/2012-III, promovido por Begoña González Torres, en su carácter de apoderada de María Brígida Martínez López de Herrmann, contra actos del Juez Séptimo Civil del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México, con residencia en Naucalpan y otras autoridades, consistente en todo lo actuado en el juicio 846/2010, relativo al Juicio Ordinario Civil (Otorgamiento y Firma de Escritura) admitido el dieciocho de abril de dos mil doce, en el que le resulta el carácter de tercero perjudicado, se ordenó su emplazamiento por medio de los presentes edictos, con el objeto de que si a su interés conviene se apersone al juicio, quien deberá presentarse en el local de este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, ubicado en Boulevard Toluca, número cuatro, colonia Parque Industrial Naucalpan, Estado de México, Código Postal 53370, cuarto piso, dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, en la inteligencia de que se han señalado las diez horas con treinta minutos del veintidós de octubre de dos mil doce, para la audiencia constitucional, de igual manera, hágasele de su conocimiento
que queda a su disposición en la secretaría de este Juzgado de Distrito copia simple de la demanda de garantías, auto que ordenó la admisión de la demanda y escrito de ampliación de demanda.

Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la república. Naucalpan, Estado de México, veintisiete de septiembre de dos mil doce. Doy fe.

El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México

Lic. José Roberto Rodríguez Martínez

Rúbrica.

(R.- 356573)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

EDICTO

PARA EMPLAZAR A:

IELMEK” SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

En el Juicio del juicio civil ordinario 608/2010 del índice de este Juzgado, promovido por la Comisión Federal de Electricidad; se ordenó emplazar por edictos a “IELMEK” SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de quien acredite ser su representante legal, para el efecto que dentro del plazo de treinta días hábiles, a partir del siguiente al de la última publicación, comparezca a este Juzgado Quinto
de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco a contestar la demanda instaurada en su contra y a oponer en su caso las excepciones que tuviere que hacer valer, apercibido que de no hacerlo, las notificaciones ulteriores, aún de carácter personal, se les harán por lista.

Para su publicación en días hábiles, por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y el periódico (que elija la parte quejosa) de mayor circulación en la Republica.

Zapopan, Jal., a 23 de julio de 2012.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

Lic. Ricardo Díaz Chávez

Rúbrica.

(R.- 357710)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

EDICTO

Emplazamiento Tercero Perjudicado

GRUPO DESARROLLADOR MARES DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

En el juicio de amparo 662/2012, promovido por MARIA DEL CARMEN ALONSO ABIEGA, por conducto de su apoderado Miguel Angel Velasco Piñon, contra el acto de la Junta Especial Número Tres Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, consistente en la resolución de quince de febrero de dos mil doce, en que declara improcedente la nulidad de convenio fuera de juicio, señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio, se ordenó su emplazamiento por edictos en proveído de once de octubre de dos mil doce, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.

México, D.F., a 19 de octubre de 2012.

Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

Lic. Christian del Rosario Salinas Alvarez

Rúbrica.

(R.- 357721)



AVISO AL PUBLICO

Al público en general se le comunica que las tarifas, son las siguientes:

1/8 de plana $ 1,539.00

2/8 de plana $ 3,078.00

3/8 de plana $ 4,617.00

4/8 de plana $ 6,156.00

6/8 de plana $ 9,234.00

1 plana $ 12,312.00

1 4/8 planas $ 18,468.00

2 planas $ 24,624.00

Atentamente

Diario Oficial de la Federación

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

TERCERO PERJUDICADO

APOYOS CORPORTIVOS INTEGRALES, S.A. DE C.V.

En los autos del juicio de amparo 715/2012-V, promovido por JOSE ALBERTO BAROCIO TREVIÑO Y GABRIELA GALLEGOS OLIVA, contra actos de la Segunda Sala Civil y del Juez Trigésimo Segundo de lo Civil, ambos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Admitida la demanda por auto de veinte de agosto del año en curso, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles,
de aplicación supletoria, se ordena notificar la radicación del juicio de amparo en cita, por este medio al tercero perjudicado APOYOS CORPORTIVOS INTEGRALES, S.A. DE C.V.; haciéndole de su conocimiento que pueden apersonarse a juicio dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al en que surta sus efectos la última publicación que se haga por edictos; con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se le harán por lista, conforme a lo++ previsto en los artículos 30 fracción II y 28 párrafo tercero, de la Ley de Amparo; dejándose a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple del auto de veinte de agosto del año en curso, para los efectos legales a que haya lugar.

México, D.F., a 1 de octubre de 2012.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. María del Carmen Cerecedo Arreola

Rúbrica.

(R.- 356681)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil

México, D.F.

EDICTO

Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, dos de octubre de dos mil doce.

TERCERA PERJUDICADA MARTA PATRICIA CARPIO RODRIGUEZ.

En los autos del Juicio de Amparo 661/2012-V, promovido por Salvador Ramírez López, apoderado
legal de Recuperación de Comercio Interior, Sociedad de Responsabilidad Limitada, de Capital Variable, en contra de la Décima Sala Civil y Juez Décimo Primero de lo Civil ambos del Tribunal Superior De Justicia
Del Distrito Federal; demanda: Actos Reclamados: la resolución de tres de julio de dos mil doce, dictada dentro del toca de apelación número 1310/2004/2, dictada por la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, por la que revoca el auto de dieciocho de abril de dos mil doce dictado por
el Juez Décimo Primero de lo Civil de esta Ciudad, declarando procedente la entrega de los billetes de depósito exhibidos en el juicio de origen hasta por la cantidad de ochocientos cincuenta y seis mil pesos; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria de la Ley de Amparo, se ordena emplazar a juicio a la tercera perjudicada MARTA PATRICIA CARPIO RODRIGUEZ, a fin de que comparezca a deducir su derecho en el término de treinta días contados a partir del día siguiente en que se efectúe la última publicación, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple del escrito inicial de demanda y del auto admisorio de fecha seis de agosto de dos mil doce, mismos que serán publicados por tres veces de siete en siete días, en uno de los periódicos de mayor circulación de la República, así como en el Diario Oficial de la Federación, haciéndole saber a la tercera perjudicada antes mencionada que deberá ocurrir al presente juicio de garantías por conducto de quien legalmente la represente, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibida de que en caso de no apersonarse a este juicio de amparo, las posteriores notificaciones se le harán por medio de lista, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo.

México, D.F., a 2 de octubre de 2012.

El C. Secretario Judicial del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Alfonso Alexander López Moreno

Rúbrica.

(R.- 356901)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo

Sección Amparo

EDICTO

En el juicio de amparo número 507/2012-3 del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Susana Gutiérrez Farfán, contra actos que reclama de la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo y otras autoridades, se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento del tercero perjudicado Jaime Joccen Lara León,
a quien se le hace del conocimiento que ante este Juzgado Federal se encuentra radicado el juicio de garantías antes mencionado, en el que se reclama la resolución que confirma la sentencia interlocutoria por
la cual se decretó improcedente el incidente no especificado de sobreseimiento, promovido dentro de la causa penal 169/2008, instruida contra Susana Gutiérrez Farfán. Por ello, se informa a
Jaime Joccen Lara León, que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señale domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de éste órgano de control constitucional, bajo el entendido que se encuentran señaladas las nueve horas con veinte minutos del cuatro de octubre de dos mil doce, para la celebración de la audiencia constitucional; sin perjuicio de que la misma sea diferida hasta en tanto dicho tercero sea enterado sobre la tramitación del presente juicio. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento.

Pachuca, Hgo., a 27 de septiembre de 2012.

El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo

Lic. Edgar Alonso Ambriz Tovar

Rúbrica.

(R.- 357083)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal

en el Distrito Federal

EDICTO

Laura Martínez Macedo.

Tercero Perjudicada

Presente.

En los autos del juicio de amparo 746/2012, promovido por Universidad de las Américas, Asociación Civil por conducto de Juan Ramos López, contra actos del Fiscal Desconcentrado de Investigación en Alvaro Obregón de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a quien reclama la resolución de catorce de junio de dos mil doce, se ordena emplazar por este medio a la tercero perjudicada Laura Martínez Macedo, conforme al artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, y el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria.

Queda a su disposición en la secretaría encargada del trámite de este juicio copia integra de la demanda.

Se le hace saber a la tercero perjudicada, que debe presentarse en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a defender sus derechos; en caso, de no comparecer o nombrar autorizado para ello en el término referido, continuará el juicio y se le harán las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal por medio de lista.

Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional.

Atentamente

México, D.F., a 16 de octubre de 2012.

Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal

Lic. Olivia Campos Valderrama

Rúbrica.

(R.- 357297)

Estados Unidos Mexicanos

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

México

Juzgado Sexto de lo Civil

EDICTO DE REMATE

Juzgado 6º Civil

Secretaria ”B”

Exp. Núm. 456/07

ROGELIO GARCIA CORREA.

En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha veintisiete de septiembre del año en curso, dictado en los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por YUN GALVEZ ANTONIO en contra de ROGELIO GARCIA CORREA, con número de expediente 456/07. la C. Juez Sexto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, señalo LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA SIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo la audiencia de remate en PUBLICA SUBASTA PRIMERA ALMONEDA, el inmueble ubicado en la CASA MARCADA CON EL NUMERO 108 DE LA CALLE SASSO FERRATO Y TERRENO QUE OCUPA EL LOTE 473 DE LA COLONIA ALFONSO XIII, DELEGACION ALVARO OBREGON, MEXICO D.F., CODIGO POSTAL 01460. Sirviendo de precio para el remate la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N., que es el valor de avalúo, siendo postura legal la que cubra el cien por ciento de dicho precio, por tratarse de juicio ejecutivo. En la inteligencia que no habiendo postor quedara al arbitrio del ejecutante pedir en el momento de la diligencia que se le adjudiquen los bienes por el precio del avalúo que sirvió de base para el remate con fundamento en el artículo 1412 del Código de Comercio, en el entendido que la citada diligencia de remate se llevara a cabo en el local que ocupa este H. Juzgado ubicado en Avenida Niños Héroes número 132, Torre Sur, tercer piso, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México Distrito Federal.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN:

LOS TABLEROS DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL.

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

PERIODICO DIARIO IMAGEN.

El C. Secretario de Acuerdos “B”

Lic. Román Juárez González

Rúbrica.

(R.- 357298)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,

con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México

EDICTO

TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.

Juicio de amparo: D.P. 1053/2012.

Quejoso: BASILIO DIAZ ENRIQUEZ, por su propio derecho.

Tercero perjudicado: JULIO ALBERTO CASTELLANOS VELAZQUEZ.

Se hace de su conocimiento que BASILIO DIAZ ENRIQUEZ, por su propio derecho, promovió amparo directo en contra de la resolución de tres de abril de dos mil doce, dictada por la PRIMERA SALA UNITARIA PENAL DE TEXCOCO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MEXICO; ante ello, y en virtud de que no se ha podido emplazar a juicio al tercero perjudicado, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado en forma supletoria, emplácese a juicio al tercero perjudicado JULIO ALBERTO CASTELLANOS VELAZQUEZ, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber al citado tercero, que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a apersonarse; quedando apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal colegiado de circuito. Doy Fe.

PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

Atentamente

Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,

con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México

Lic. Edgar Martín Peña López

Rúbrica.

(R.- 357309)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,

con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México

EDICTO

TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.

Juicio de amparo: D.P. 1059/2012.

Quejoso: DANIEL GARCIA MARTINEZ, por su propio derecho.

Tercero perjudicado: YENIFER PEREZ HERNANDEZ, por conducto de SOFIA LEANDRA HERNANDEZ CRUZ.

Se hace de su conocimiento que DANIEL GARCIA MARTINEZ, por su propio derecho, promovió amparo directo en contra de la resolución de amparo directo en contra de la resolución de uno de abril de dos mil once, dictada por la PRIMERA SALA COLEGIADA PENAL DE TEXCOCO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MEXICO; ante ello, y en virtud de que no se ha podido emplazar a juicio a la tercero perjudicada, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado en forma supletoria, emplácese a juicio a la tercero perjudicada YENIFER PEREZ HERNANDEZ, por conducto de SOFIA LEANDRA HERNANDEZ CRUZ, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber a la citada tercero, que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; quedando apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal colegiado de circuito. Doy Fe.

PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION

Atentamente

Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,

con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México

Lic. Edgar Martín Peña López

Rúbrica.

(R.- 357311)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado

Poza Rica, Ver.

EDICTO

En los autos del juicio de amparo 344/2012, promovido por CONSTANTINO DEL ANGEL GARCIA, GUILLERMO VALDES NAJERA Y ROLANDO ALMORA RAMIREZ en su carácter de Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Ejidal “El Oriente” de Tihuatlán, Veracruz, contra actos que reclama del Presidente de la República y otras autoridades, y como acto reclamado: “El incumplimiento a la ejecución de la resolución presidencial publicada en el Diario Oficial de la Federación el tres de enero de mil novecientos setenta y tres, y sus consecuencias traducidas en la falta de entrega de las ciento cincuenta y tres hectáreas restantes de las trescientas cuarenta y tres que se les dotó a dicho núcleo ejidal.” En auto de veintisiete de abril de dos mil doce, se admitió a trámite dicha demanda, posteriormente las autoridades responsables rindieron su respectivo informe justificado y mediante acuerdo de cinco de septiembre de dos mil doce, se advirtió que les reviste el carácter de tercero perjudicados a ANTONIA MENDEZ ALMORA, LORENZO LOPEZ PEREZ y ADALBERTO ALONSO REYES. Toda vez que se han sido señalados como terceros perjudicados y que se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlos por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”, y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana, como lo es el “EXCELSIOR”, que se editan en la ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la citada ley; quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a deducir sus derechos, así como señalar domicilio en esta ciudad, apercibidos que para el caso de no comparecer, pasado ese tiempo, se harán las ulteriores notificaciones por lista de acuerdos que se fijará en los estrados de este Juzgado; se les hace saber además que se han señalado las NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIA VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en este asunto.

SELLO ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.

SELLO JUZGADO DECIMOPRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN POZA RICA, VERACRUZ.

Atentamente

El Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado

Lic. Bethel Plancarte Rentería

Rúbrica. (R.- 357525)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado

H. Matamoros, Tamaulipas

EDICTO

Tercero perjudicado Ramón Pérez Cabrera, con registro federal de contribuyente PECR-370901, por este conducto se le comunica que su homónimo Ramón Pérez Cabrera, promovió demanda de amparo, contra la emisión y firma del oficio 400-87-00-03-02-003571, de veintitrés de octubre de dos mil ocho, emitido por el Administrador Local de Recaudación de Reynosa, Tamaulipas, para garantizar el crédito A-166571, que concluyó con el embargo del inmueble localizado en el terreno urbano Ex Ejido Buenavista (ahora colonia Tamaulipas), calle San Fernando, número 5 y 5A, entre calles Tampico y Victoria, manzana 14, lote 4, zona 3, en Matamoros, Tamaulipas, con datos de inscripción en el Instituto Registral y Catastral, finca número 20156, registrándose la misma bajo el número 213/2012-V; asimismo, se le hace saber que se ordenó su emplazamiento al presente juicio de amparo y que deberá comparecer, si así conviniere a sus intereses, ante este Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas, dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto, el cual se publicará tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; y deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta localidad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se le realizarán por lista que se publica en este Juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo.

La copia de la demanda queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.

Matamoros, Tamps., a 3 de octubre de 2012.

El Juez de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales

en el Estado de Tamaulipas

Lic. Francisco Javier Cavazos Argüelles

Rúbrica.

El Secretario

Lic. Sigfredo Omar Ceballos Ruiz

Rúbrica.

(R.- 357615)



Estado de México

Poder Judicial

Juzgado Sexto Civil de Toluca

Primera Secretaría

EDICTO

En los autos del expediente 581/11, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por UNION DE CREDITO PROMOTORA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DEL ESTADO DE MEXICO, S.A. DE C.V., contra BANQUETES Y COMEDORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y OTROS, el Juez de los autos señaló las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, del bien embargado consistente en: Un lote
de terreno y construcción número veintiuno, manzana D, del Fraccionamiento Residencial Campestre Rancho “La Virgen”, ubicado en Calle San Carlos número ciento tres (103), municipio de Metepec, México, inscrito a nombre de ARACELI DE LA SIERRA VEGA en el registro Público de la Propiedad bajo la partida número
198-6608, Volumen 283, Libro Primero, Sección Primera a fojas veinticinco de fecha tres de julio del año mil novecientos ochenta y nueve (1989), anunciándose su venta por TRES VECES, dentro de nueve días por medio de edictos que se publicarán en Diario Oficial de la Federación, en la tabla de avisos de este juzgado y en el lugar de ubicación del inmueble, convocándose postores para la almoneda, sirviendo como precio base para el remate la cantidad de $3,280,000.00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), valor que le fuera otorgado por los peritos de las partes, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad, conforme lo establece el artículo 479 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio. Dado en la Ciudad
de Toluca, Estado de México a los VEINTITRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE. DOY FE.

Secretario

Lic. Luz Gabriela Aguilar Corona

Rúbrica.

(R.- 357691)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

EDICTO

En el juicio civil ordinario 108/2007, promovido por Comisión Federal de Electricidad, contra Guillermo Esparza Araujo, en el que se demandan como prestaciones: la cantidad de $251,361.91, por concepto de anticipo no amortizado incluido el I.V.A., la cantidad de $119,660.94, por concepto de sobrecosto de la obra pendiente de ejecutar al mes de septiembre del 2002, más I.V.A., la cantidad de $125,880.27, por concepto de penalización sobre la obra pendiente de ejecutar, con I.V.A, incluido, cantidad generada al 31 de mayo del 2002, la cantidad de $24,012.62, por concepto de cargos financieros del anticipo pendiente de amortizar, con I.V.A. incluido, cantidad generada a septiembre de 2002, la cantidad de $108,569.11, por concepto de cuotas al IMSS, los gastos y costas que se originen por la tramitación de este juicio; lo que sustentó, en esencia, en que las obras contratadas tenían un atraso del 22.30%, por lo que, habiendo concluido el procedimiento administrativo de rescisión, seguido en contra de la parte demandada, se rescindió el contrato por incumplimiento de su objeto atinente a construir el “Centro de Distribución Zona Ciénega Tercera Etapa Taller de Transformadores, Bodega y Oficina de Sobreestante, Estacionamiento C2 y C3 y Laboratorio de Medición, ubicado en Cuitzeo, Municipio de Poncitlán, Jalisco”, dado el plazo transcurrido, incluida su extensión del plazo al 26 de diciembre del 2001, determinándose hacer efectivos los conceptos y cantidades establecidas en el finiquito, que arrojo un total de $629,484.85, concediéndole a la contratista, un término de 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación para que pagara esa cantidad; por otra parte, se ordenó emplazar al citado Guillermo Esparza Araujo, mediante edictos a fin de que dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, se presente a dar contestación a la demanda entablada en su contra, apercibido que de no hacerlo dentro del plazo concedido, se seguirá el juicio en su rebeldía; asimismo, para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en la residencia de este Juzgado, ya que en caso contrario, se le harán las mismas, aún las de carácter personal, por medio de rotulón. En el entendido de que las copias de la demanda y documentos fundatorios de la acción quedan a su disposición en la secretaria de este Juzgado Federal.

Conforme a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en el periódico Excélsior.

Zapopan, Jal., a 26 de julio de 2012.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

Lic. Claudia Maricela Hernández Camarena

Rúbrica.

(R.- 357709)



Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México

EDICTO

GONZALO MARTINEZ VILCHIS.

MEDIANTE PROVEIDO DICTADO EL CINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, EN EL JUICIO DE AMPARO 354/2012-V, PROMOVIDO POR ISIDRO BLANQUEL LUA, CONTRA LO ACTUADO EN LOS EXPEDIENTES 152/2006 Y 456/2006, DEL INDICE DEL JUZGADO SEPTIMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, EL PRIMERO PROMOVIDO POR PEDRO PABLO PONS HINOJOSA CONTRA GUADALUPE LUA ALARCON Y, EL SEGUNDO POR GUADALUPE LUA ALARCON CONTRA PEDRO PABLO PONS HINOJOSA, ASI COMO LA EJECUCION DE LA SENTENCIA DICTADA EN AMBOS JUICIOS, SE ORDENO SU EMPLAZAMIENTO MEDIANTE EDICTOS CON EL OBJETO DE QUE SI A SU INTERES CONVIENE SE APERSONE AL JUICIO CITADO, EN SU CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO, PARA LO CUAL SE DEBERA PRESENTAR EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIAS DE AMPARO Y DE JUICIOS CIVILES FEDERALES EN EL ESTADO DE MEXICO, SITO EN AVENIDA SOR JUANA INES DE LA CRUZ TRESCIENTOS DOS SUR, COLONIA CENTRO, EN TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, CODIGO POSTAL 50000, PRIMER PISO, EN EL PLAZO DE TREINTA DIAS, CONTADO A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SE SEÑALARON LAS DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIECISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, PARA LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, QUEDA
A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA CINCO DE ESTE JUZGADO, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UNO DE LOS PERIODICOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA. TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, A DIEZ DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE.
DOY FE.

El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo
y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México

Manuel López Reyes

Rúbrica.

(R.- 357867)

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito del Vigesimoséptimo Circuito

Cancún, Q. Roo

Cuaderno Principal 998/2011-E

Amparo Indirecto 998/2011-E

Quejoso: Unión de Crédito Industrial, Comercial y de Servicios de Cozumel,

Sociedad Anónima de Capital Variable

EDICTO

HAGO SABER: En el juicio de Amparo indirecto 998/2011-E promovido por UNION DE CREDITO INDUSTRIAL, COMERCIAL Y DE SERVICIOS DE COZUMEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su apoderado legal Franco González Padrón, contra el auto de treinta de junio
de dos mil once, en el cual no se accedió a decretar la caducidad de la instancia, en el expediente 535/2000 del índice del Juzgado Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cozumel, Quintana Roo; se dictó un proveído el veintisiete de septiembre de dos mil doce, en el cual se ordenó emplazar al tercero perjudicado JOSE FELIPE GOLIB PEREZ, por medio de edictos, en virtud de ignorar su domicilio, por lo que se le manda emplazar haciéndole saber la instauración del presente juicio de garantías, por medio de este edicto que se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, fijándose además, en la puerta del Juzgado, una copia íntegra del presente, por todo el tiempo del emplazamiento, asimismo se le hace saber que deberá presentarse en este tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación respectiva en el Diario Oficial de la Federación, en el entendido de que, en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fija en los estrados de este órgano jurisdiccional. Lo anterior con fundamento en los artículos 30 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia. Doy fe. Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Quintana Roo.

Cancún, Q. Roo, a 1 de octubre de 2012.

Juez Quinto de Distrito en el Estado de Quintana Roo

Darío Carlos Contreras Favila

Rúbrica.

Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Quintana Roo

Roberto Carlos Jiménez Carmona

Rúbrica.

(R.- 356563)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, en Naucalpan de Juárez

EDICTO

AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUAREZ.

TERCEROS PERJUDICADOS: SANTIAGO ROMERO VAZQUEZ, MANUELA MENDOZA ROMAN, JORGE PERFECTO NIETO, CLEMENTE REDIEL SANCHEZ, ELIZABETH GODINEZ ACEVEDO, FABIOLA MONTES ESCARTIN Y LETICIA OLVERA GARCIA.

En los autos del juicio de amparo indirecto número 1416/2011-IV, promovido por Víctor Gustavo Hernández Mejía, Víctor Luciano Barrón Benítez, Aly González Ozuna y Marco Antonio Carranza Sánchez, por su propio derecho, contra actos del Juez Primero Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México; con motivo del proceso penal 278/2010-2, del índice del Juzgado de referencia, juicio de amparo en el que los quejosos reclaman lo siguiente:

-El auto de formal prisión de fecha uno de abril de dos mil once, por los delitos de homicidio calificado.

En esa virtud, al ser señalados como terceros perjudicados Santiago Romero Vázquez, Manuela Mendoza Román, Jorge Perfecto Nieto, Clemente Rediel Sánchez, Elizabeth Godínez Acevedo, Fabiola Montes Escartín y Leticia Olvera García y desconocerse sus domicilios actuales y correctos, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo y el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la primera, y en cumplimiento a lo ordenado en auto de catorce de junio de dos mil doce, en donde se ordenó su emplazamiento al juicio de amparo 1416/2011-IV por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, que puede ser cualquiera de los siguientes: el Reforma; el Universal; el Financiero; la Jornada; el Excélsior; haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado quedan a su disposición copias simples de la demanda de amparo y auto admisorio de once de noviembre de dos mil once; asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional está señalada para las diez horas con cinco minutos del dieciocho de octubre de dos mil doce y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos, para que ocurran a este Juzgado a hacer valer sus derechos, en el entendido que de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el Municipio en que reside este Juzgado de Distrito, o bien, los conurbados que son: Tlalnepantla, Huixquilucan, Jilotzingo y Atizapan, las posteriores notificaciones aún las de deban ser personales se le harán por lista de acuerdos que se publica en los estrados de este Juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo.

Atentamente

Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 27 de septiembre de 2012.

El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México,
con sede en Naucalpan de Juárez

Lic. Daniel Rodríguez Estrada

Rúbrica.

(R.- 356747)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 389/2012-VII, PROMOVIDO POR AMILCAR ROSADO LUQUE, POR PROPIO DERECHO, CONTRA ACTOS DEL JUEZ QUINCUAGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y ACTUARIO ADSCRITO A DICHO JUZGADO, CON FECHA DOCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE, SE DICTO UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LOS TERCEROS PERJUDICADOS INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA CERMAG, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE Y ALVARO MANUEL CERVERA MAGALLANES, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS, A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS Y DEMAS ANEXOS EXHIBIDOS, APERCIBIDOS QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION II, DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE SEÑALARON LAS ONCE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, EN ACATAMIENTO AL AUTO DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALO COMO AUTORIDADES RESPONSABLES AL JUEZ QUINCUAGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y ACTUARIO ADSCRITO A DICHO JUZGADO, SEÑALO COMO TERCEROS PERJUDICADOS A CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE NO REGULADA E INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA CERMAG, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; ASIMISMO, POR AUTO DE VEINTICINCO DE MAYO DEL DOS MIL DOCE, SE TUVO TAMBIEN COMO TERCERO PERJUDICADO A ALVARO MANUEL CERVERA MAGALLANES; ASIMISMO, EL QUEJOSO PRECISO COMO ACTO RECLAMADO TODAS Y CADA DE LAS ACTUACIONES DERIVADAS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE NUMERO 915/2005, PROMOVIDO POR CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE NO REGULADA EN CONTRA DE INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA CERMAG, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, DEL INDICE DEL JUEZ QUINCUAGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.

México, D.F., a 3 de octubre de 2012.

El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

Lic. Eulalio Reséndiz Hernández

Rúbrica.

(R.- 357231)



Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Noveno de Distrito

Sección Amparos Mesa III

Ciudad Juárez Chih.

EDICTO

MARIA GUADALUPE ARREDONDO RONQUILLO

VIUDA DE BENITEZ LANDA.

Por medio del presente se le hace saber que Inmobic Desarrollos Inmobiliarios, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de los licenciados Jorge Eduardo Salvador Aguilera Reynaud y Roberto Carrera Valencia, en su carácter de apoderados legales, promovió ante este Juzgado Noveno de Distrito en el Estado, el juicio de amparo número 24/2012-III, contra actos del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito de Galeana, con sede en Nuevo Casas Grandes, Chihuahua, los cuales hizo consistir en:

“…La cancelación, realizada en fecha 5 de abril de 2011, por parte del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Nuevo Casas Grandes, Chihuahua, de la hipoteca inscrita virtud del contrato de crédito simple e hipoteca a favor de BANAMEX, S.A. de fecha 10 de septiembre de 1991, por la cantidad de US $2,535,000.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOLARES 00/100), misma que se encontraba bajo la siguiente inscripción.

Contrato de crédito simple e hipoteca a favor de BANAMEX, S.A. por la cantidad de US $2,535,000.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOLARES 00/100 M.N.), según inscripción 223 a folios 74 del libro 167 sección segunda de fecha 10 de octubre de 1991, misma que a la fecha se encuentra cancelada…”.

En razón de que se ignora su domicilio, por auto de siete de agosto de dos mil doce, se le manda emplazar por medio de este EDICTO que se publicará por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un Periódico de mayor circulación en la República y en uno de esta ciudad, fijándose además en la puerta de este Juzgado, una copia del presente, por todo el tiempo del emplazamiento.

Asimismo se le hace saber que deberán presentarse en este Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término de treinta días, iniciado a contar a partir del siguiente al de la última publicación respectiva en el Diario Oficial de la Federación, en el concepto de que si no lo hace así, las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fijará en los estrados de este Juzgado.

Lo anterior con fundamento en los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de Amparo, por disposición expresa de su
ordinal 2º.

Ciudad Juárez, Chih., a 7 de agosto de 2012.

Por acuerdo del Secretario de Juzgado Noveno de Distrito en el Estado,
encargada del despacho por vacaciones del titular

La Secretaria

Lic. María Guadalupe Ruiz Flores

Rúbrica.

(R.- 357713)






AVISOS GENERALES





Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

EDICTO

Mediante Aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 1 de febrero de 2008, se puso a disposición del público el estudio elaborado por la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas para justificar la expedición de la declaratoria por la cual se pretende establecer como área natural protegida la región conocida como “Balandra” y del cual se desprende la información que se cita a continuación para su identificación:

Categoría: Area de Protección de Flora y Fauna.

Razones que justifican el régimen de protección: Proteger un humedal costero rodeado de desierto sarcocaule perteneciente al Desierto Sonorense, y que uno de los elementos que hacen de este sitio un espacio de gran importancia ecológica, son los manglares que rodean la laguna, estos sistemas de manglares en zonas áridas poseen una laguna costera en Balandra, con tres especies de mangle: el mangle rojo (Rhizophora mangle), seguido del mangle blanco (Laguncularia racemosa) y en la parte más alejada de la laguna, el mangle negro (Avicennia germinans), por lo que a nivel nacional estos ecosistemas resultan únicos;

Balandra es un sitio de crianza, alimentación y protección para numerosos organismos, algunos de ellos de gran importancia económica para el país, como el camarón y los pargos, así como sitio de anidación y protección para aves migratorias y residentes, algunas de ellas en peligro de extinción; la zona posee una gran riqueza de especies de fauna, en donde se encuentran, entre otras, las siguientes especies de importancia ecológica, tales como boa solocuate (Charina trivirgata) amenazada; víbora de cascabel (Crotalus enyo) amenazada y endémica; cuija occidental (Coleonyx variegatus) sujeta a protección especial; águila cabeza blanca (Haliaeetus leucocephalus) en peligro de extinción; gavilán pecho rufo (Accipiter striatus) sujeta a protección especial; gavilán de Cooper (Accipiter cooperii) sujeta a protección especial; halcón peregrino (Falco peregrinus) sujeta a protección especial; águila real (Aquila chrysaetos) amenazada; halcón mexicano (Falco mexicanus) amenazada; aguililla aura (Buteo albonotatus) sujeta a protección especial; búho cornudo (Bubo virginianus) endémica y amenazada; mosquero de La Laguna (Empidonax difficilis) sujeta a protección especial y endémica; rata canguro de Merriam (Dipodomys merriami) amenazada y endémica; según la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista
de especies en riesgo;

Superficie: 2,512-73-07.50 hectáreas (DOS MIL QUINIENTOS DOCE HECTAREAS, SETENTA Y TRES AREAS, SIETE PUNTO CINCUENTA CENTIAREAS).

Ubicación: Municipio de La Paz, en el Estado de Baja California Sur.

Localización del Area Natural Protegida: El polígono propuesto para el área natural protegida se localiza en las siguientes coordenadas extremas:


Longitud Oeste

Latitud Norte

Máxima

110°20'49.45''

24°20'11.22''

Mínima

110°16'59.45''

24°14'24.91''

El plano de ubicación del área natural protegida es el siguiente:

Por lo antes mencionado y con fundamento en lo establecido por el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se hace del conocimiento de los interesados el estudio previo que justifica la declaración del área natural protegida “Balandra”, en los terrenos que se encuentren comprendidos dentro del polígono señalado, por edictos que serán publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el territorio nacional, con la finalidad de que dentro de un término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al que se realice la última publicación, manifiesten por escrito lo que a su interés convenga y ofrezcan las pruebas que consideren pertinentes, lo que podrán hacer en las oficinas centrales de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ubicadas en Camino al Ajusco número 200, tercer piso, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, código postal 14210, en el Distrito Federal, mismo lugar donde pueden consultar el expediente relativo e imponerse de las subsecuentes notificaciones en horario de 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad de México, a 26 de octubre de 2012.

El Comisionado Nacional de Areas Naturales Protegidas

Luis Fueyo Mac Donald

Rúbrica.

(R.- 357880)



DICLEAN, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION
AL 6 DE SEPTIEMBRE DE 2012


Activo

Efectivo en caja $0

Pasivo

Capital $0


México, D.F., a 10 de octubre de 2012.

Liquidador

José López Moreno

Rúbrica.

(R.- 356899)


AVISO AL PUBLICO

Se informa al público en general que los costos por suscripción semestral y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, son los siguientes:

Suscripción semestral al público: $ 1,203.00

Ejemplar de una sección del día: $ 12.00

El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional.

Atentamente

Diario Oficial de la Federación

Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

EDICTO

INSTRUMENTACION LATINOAMERICANA S.A. DE C. V.”

COMUNICACION DE LA RESCISION ADMINISTRATIVA DEL PEDIDO NUMERO 20080200, DE FECHA 5 DE DICIEMBRE DE 2008.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, fracción IV y penúltimo párrafo, 11 y 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 64, párrafos cuarto, quinto y sexto; 66-A, párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, vigentes en la época de los hechos, ya que en años posteriores hubo reformas al Reglamento en cita; 3, 28, 83, 85 y 86 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de Aplicación Supletoria a la Materia, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32, fracción V del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; los puntos: 25.6, letras A y F de las Bases de la Licitación Pública Internacional Electrónica número DIF-LPB-08-48-EMLECARDGRAS y CompraNet número 12360001-052-08; el punto 191 del capítulo XIV. 3.- Rescisión de Contratos o Pedidos de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles y de Prestación de Servicios de Cualquier Naturaleza, dictaminadas por el Comité de Mejora Regulatoria; toda vez que “Instrumentación Latinoamericana, S.A. de C.V.” ha desaparecido de su domicilio ignorándose su actual paradero, en consecuencia, y con estricto apego a lo señalado por los artículos 35 y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se comunica por este medio lo siguiente:

El “Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia”, en cumplimiento a la sentencia dictada dentro del Juicio de Nulidad promovido por “Instrumentación Latinoamericana, S.A. de C.V.” ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el expediente número 18549/10-17-01-4, causando firmeza por auto de fecha 1 de diciembre de 2011, se comunica a “Instrumentación Latinoamericana, S.A. de C.V.” que a través del oficio número 233.000.00/1514/2011, de fecha 25 de octubre de 2011, el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, en representación del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, rescindió el pedido número 20080200 de fecha 5 de diciembre de 2008, toda vez que “Instrumentación Latinoamericana, S.A. de C.V.” incurrió en el incumplimiento de sus obligaciones contenidas en el pedido anteriormente citado, las cuales consistían, entre otras, en la instalación, puesta a punto, funcionamiento, pruebas, capacitación, suministro de implementos y programa de mantenimiento de los cuatro digitalizadores basados en láser de mano portable, cuatro tornos de control numérico de cuatro ejes y un torno numérico de seis ejes suministrados al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. Determinación sustentada en los antecedentes, valoración de pruebas, exposición de motivos y acreditación del incumplimiento de obligaciones por parte del contratista; dichos elementos se encuentran contenidos en el oficio previamente citado y se tienen reproducidos aquí como si a la letra se insertasen. Con la presente resolución se deja sin efectos aquélla de fecha 17 de mayo de 2010 emitida por el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales de este Organismo, privándola de efectos y en estricto cumplimiento a la ejecutoria inicialmente referida en este párrafo.

No es omiso señalar que en los archivos de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, la cual se encuentra ubicada en Avenida Emiliano Zapata número 340, 1er piso, colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, código postal 03310, México, Distrito Federal, obra el oficio número 233.000.00/1514/2011 de fecha 25 de octubre de 2011, el cual se pone a disposición del proveedor en un horario de 9:00 a 18:00 horas; el citado oficio constituye una resolución administrativa de carácter definitivo, razón por lo cual “Instrumentación Latinoamericana, S.A. de C.V.” cuenta con la opción de impugnarla en la vía administrativa mediante Recurso de Revisión, debiendo ser presentado ante esta entidad en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir del día siguiente en que surta efectos la presente notificación.

Atentamente

México, D.F., a 22 de octubre de 2012.

Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales
del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia

Actuando en ausencia del Titular de la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales supliéndolo

conforme a lo dispuesto en el artículo 37 del Estatuto Orgánico

del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, vigente

Lic. Ada Marina Solís Díaz

Rúbrica.

(R.- 357596)

Instituto Nacional de Estadística y Geografía

Dirección General de Administración

Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y Servicios Generales

Dirección de Servicios Generales

CONVOCATORIA No. INEGI-EN-DSG-01-2012

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía, por conducto de la Dirección de Servicios Generales de la Dirección General de Administración, en cumplimiento a las disposiciones que establecen las Normas para la administración, el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Normas), convoca a todas las personas físicas y morales que tengan interés en participar en la compra venta de desechos de papel proveniente de imprenta, archivo muerto, cartón, papel viruta de segunda y papel periódico, conforme a la descripción y requisitos contenidos en las bases de la convocatoria de la licitación pública número INEGI-EN-DSG-01-2012, los cuales se refieren de manera concisa en el siguiente cuadro:

Partida

Descripción por tipo de desecho de bien

Unidad de medida

Cantidad estimada en kilogramos de desechos de bienes por generar para el periodo bianual 2013-2014

Precio mínimo de venta por tipo de desecho de bien por kilogramo sin incluir I.V.A. (en pesos M.N.)

Monto total a precio mínimo por tipo de desecho de bien por el bienio 2013-2014 sin incluir I.V.A. (en pesos M.N.)

Unica

Papel proveniente de imprenta

Kilogramo

226,008

0.7497

$169,438.20

Papel archivo muerto

Kilogramo

135,072

0.3906

$52,759.12

Cartón

Kilogramo

45,072

0.3389

$15,274.90

Papel viruta de segunda

Kilogramo

20,136

0.2766

$5,569.62

Papel Periódico

Kilogramo

5,136

0.4031

$2,070.32

Valor mínimo de venta del total de la partida

431,424

$245,112.16

Las bases de la licitación tendrán costo de $680.00 (seiscientos ochenta pesos 00/100 M.N.), que deberán cubrir los interesados mediante cheque certificado o de caja a favor del Instituto Nacional de Estadística y Geografía al momento de obtener las bases, las cuales estarán a la venta en la Subdirección de Servicios
de Apoyo, ubicada en avenida Héroe de Nacozari Sur 2301, fraccionamiento Jardines del Parque, código postal 20276, Aguascalientes, Aguascalientes, entre calle INEGI, avenida del Lago y avenida Paseo de las Garzas, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, en días hábiles, del 30 de octubre al 9 de noviembre de 2012; podrán revisarlas por los interesados a través de la página de Internet del INEGI:
http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/transp/licita/com_e22.asp.

De conformidad con lo establecido en la fracción IV de las Normas, el pago por la obtención de las bases de la licitación será requisito para participar en la licitación.

La fecha, hora y lugar de los diferentes eventos y actos de la presente licitación pública, será como sigue:

Verificación física

Verificación a las instalaciones

Junta de aclaraciones a las bases

Lugar del acto de la Junta de aclaración a las bases

En días hábiles del 30 de octubre al 9 de noviembre de 2012 de 9:00-15:00 Hrs.

Previa autorización en Avenida Héroe de Nacozari Sur No. 2301, Fraccionamiento Jardines del Parque, C.P. 20276 Aguascalientes, Aguascalientes, entre calle INEGI,
Avenida del Lago y Avenida Paseo de las Garzas, además en calle Julio Díaz Torre número 105, Bodegas D y E,
Ciudad Industrial en Aguascalientes, Ags.

12 de noviembre de 2012

10:00 hrs.

Salón de Usos Múltiples del INEGI, Av. Héroe de Nacozari Sur No. 2301, Fraccionamiento Jardines del Parque, C.P. 20276, Aguascalientes, Aguascalientes, entre calle INEGI, Avenida del Lago y Avenida Paseo de las Garzas.


Fecha y lugar de registro

Fecha y lugar para del acto de presentación
y apertura de ofertas

Fecha y lugar del acto de fallo

15 de noviembre de 2012, de 9:00-11:45 Hrs., en el Salón de Usos Múltiples del INEGI, Av. Héroe de Nacozari Sur No. 2301, Fraccionamiento Jardines del Parque, C.P. 20276, Aguascalientes, Aguascalientes, entre calle INEGI, Avenida del Lago y Avenida Paseo de las Garzas.

15 de noviembre de 2012, a las 12:00 Hrs., en el Salón de Usos Múltiples del INEGI, Av. Héroe de Nacozari Sur No. 2301, Fraccionamiento Jardines del Parque, C.P. 20276, Aguascalientes, Aguascalientes, entre calle INEGI, Avenida del Lago y Avenida Paseo de las Garzas.

16 de noviembre de 2012, a las 10:00 Hrs., en el Salón de Usos Múltiples del INEGI, Av. Héroe de Nacozari Sur No. 2301, Fraccionamiento Jardines del Parque, C.P. 20276, Aguascalientes, Aguascalientes, entre calle INEGI, Avenida del Lago y Avenida Paseo de las Garzas.

Cada interesado deberá presentar una garantía de sostenimiento de la oferta, el 25% del valor de venta considerado para la partida ($61,278.00), mediante cheque certificado librado por los mismos, o de caja expedido por institución de banca y crédito, a elección de los interesados, a favor del Instituto Nacional de Estadística y Geografía;

Los interesados deberán entregar su cédula de ofertas y demás documentación solicitada en bases, en un sobre cerrado;

El pago de los desechos de bienes se efectuará en la Oficina de la Subdirección de Servicios de Apoyo, ubicada en avenida Héroe de Nacozari Sur
número 2301, Puerta 5, Basamento, fraccionamiento Jardines del Parque, código postal 20276, Aguascalientes, Aguascalientes, entre calle INEGI, Avenida del Lago y avenida Paseo de las Garzas; con una periodicidad mensual, entre los días 5 al 10 de cada mes, por el importe equivalente a los retiros realizados en el mes inmediato anterior, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Instituto Nacional de Estadística y Geografía;

Los precios serán ajustados en forma proporcional a los incrementos o decrementos que se notifiquen a través de la Lista de valores mínimos para desechos de bienes muebles que generen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que se pública bimestralmente en el Diario Oficial de la Federación;

Los datos indicados en la columna “Precio mínimo de venta por tipo de desecho de bien por kilogramo”, no incluyen IVA;

A solicitud del Instituto, el participante adjudicado programará en un plazo no mayor de 10 días hábiles, la trituración de aquellos archivos que deban ser destruidos para su posterior comercialización como desechos de papel; la trituración o destrucción de los bienes será sin costo adicional para el Instituto, y

La forma de retirar los bienes se detalla en la Base XIII.2 de las bases para la licitación pública.

Aguascalientes, Ags., a 30 de octubre de 2012.

Director de Servicios Generales

Lic. José Luis Escamilla Herrera

Rúbrica.

(R.- 357702)