Miércoles
31 de octubre de 2012 DIARIO
OFICIAL (Segunda Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
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Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializada en Asuntos Financieros de la Ciudad de Puebla, auto tres de octubre de dos mil doce, convoca postores remate primera almoneda respecto de LA CASA NUMERO TRES MIL QUINIENTOS OCHO, CALLE TRES SUR, COLONIA CHULA VISTA, PUEBLA; inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial de Puebla, bajo el número 381371 de folio electrónico siendo postura legal la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS TREINTA Y TRES CENTAVOS, MONEDA NACIONAL.
Venciéndose término para presentar posturas y pujas a las doce horas cero minutos del día doce de noviembre del año dos mil doce. Comunicándose al deudor que puede liberar el bien haciendo pago íntegro del monto de sus responsabilidades hasta antes cause estado auto que declara fincado el remate.
Expediente 1955/2010, Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por HSBC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, en contra de JORGE GONZALEZ SARTI.
Expido el presente edicto para su publicación por tres veces, en el Diario Oficial de la Federación, los Estrados de este Juzgado;
Ciudad Judicial, Pue., a 10 de octubre de 2012.
El Diligenciario de Enlace
Lic. Roberto Ignacio Calderón Dávila
Rúbrica.
(R.- 357201)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializada en Asuntos Financieros, Puebla, Puebla, expediente 2228/10, Juicio ordinario mercantil, promovido por “SERVICIOS FINANCIEROS ANEC”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, a través de su Representante Legal; en contra de Melanya del Socorro criollo Fernández, Iván Isaías Criollo Fernández y Moisés Montalvo Gómez y otros; acuerdo del veintiuno de septiembre y tres de Octubre ambos de dos mil doce; ordena CONVOCAR POSTORES EN PRIMERA Y PUBLICA ALMONEDA DE REMATE; Sobre el bien inmueble Identificado como Fracción de la casa número 320 de la Calle Uno Poniente, Colonia Centro, Tehuacán, Puebla, actualmente número 420 de la Calle Uno Poniente, Colonia Centro, Tehuacán, Puebla; Inscrito en el Registro Público de la propiedad y del Comercio de Tehuacán, Puebla, bajo el numero de folio electrónico 207458, sirviendo de base para remate la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS MONEDA NACIONAL; como resultado de dos terceras partes sobre del precio avalúo; señalándose para Audiencia de Remate las Doce Horas del Quince De Noviembre del Dos Mil Doce, convocándose postores y haciéndoles saber que las posturas y pujas deberán exhibirse en la audiencia, y se hace saber al demandado que podrá liberar el bien otorgado en Garantía en Convenio Judicial, pagando íntegramente el monto de sus responsabilidades.
Ciudad Judicial, Pue., a 8 de octubre de 2012.
Diligenciario de Enlace
Lic. Roberto I. Calderón Dávila
Rúbrica.
(R.- 357218)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito, con residencia en Villahermosa, Tabasco. A: En el juicio de amparo 451/2012, promovido por Roberto Cruz Ramos, se ordenó emplazar por edictos a la tercero perjudicada Maricela Chablé Bautista, representante de la menor Jarumi Yazmín Cruz Bautista, a fin de que comparezca a ejercer sus derechos correspondientes en el juicio de referencia. En la demanda relativa se señaló como acto reclamado la sentencia de dos de marzo de dos mil doce, dictada en el toca penal 28/2009-II, por el delito de violación; se señalaron como autoridades responsables a la Segunda Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del estado de Tabasco, y al Juez Sexto Penal de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial del estado de Tabasco, con residencia en esta ciudad; así como violación a los artículos 14, 16 y 21 constitucionales. Queda a su disposición copia de la demanda. Se hace del conocimiento a la parte tercero perjudicada para los efectos legales conducentes.
La Secretaria de Acuerdos
Maribel Pérez Morales
Rúbrica.
(R.- 356795)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
en Durango, Dgo.
Sección Amparo Principal 516/2012
EDICTO
Mario Mendivil Domínguez.
En los autos del juicio de amparo 516/2012, promovido por Claudia Alcalde Nava, contra actos de la Jueza Tercero del Ramo Civil de esta Ciudad; y, en virtud de ignorarse su domicilio, con fundamento en el artículo 315 del Código Federa de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en vista de lo prevenido por el numeral 2 de la Ley de Amparo, se ordenó emplazarlo por este medio como tercero perjudicado, se le hace saber que puede apersonarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, así como que se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado las copias correspondientes de la demanda de amparo.
Durango, Dgo., a 25 de septiembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Lic. Rosana López Flores
Rúbrica.
(R.- 356796)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.
Juicio de amparo: D.P. 1090/2012.
Quejoso: JOSE LUIS BONET MARQUEZ, por su propio derecho.
Terceros perjudicados: AURELIO PEREZ LUIS, GRACIELA GOMEZ GARCIA Y YOLANDA MOLOTLAN ARGUMEDO.
Se
hace de su conocimiento que JOSE LUIS BONET MARQUEZ, por su propio
derecho, promovió amparo directo en contra de la resolución
de diez de agosto de dos mil siete, dictada por la PRIMERA SALA
COLEGIADA PENAL DE TEXCOCO, DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
ESTADO DE MEXICO; ante ello, y en virtud de que no se ha podido
emplazar a juicio a los tercero perjudicados, con fundamento en el
artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en
relación con el 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado en forma supletoria, emplácese
a juicio a los terceros perjudicados AURELIO PEREZ LUIS, GRACIELA
GOMEZ GARCIA Y YOLANDA MOLOTLAN ARGUMEDO, publicándose por
TRES veces,
de SIETE en SIETE días en el Diario Oficial de
la Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en la República Mexicana; haciéndole
saber a los citados terceros, que deberán presentarse dentro
del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día
siguiente al de la última publicación, a apersonarse;
quedando apercibidos que de no comparecer en este juicio, las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter
personal se les harán por medio de lista que se fija en los
estrados de este tribunal colegiado
de circuito. Doy Fe.
PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
Atentamente
Secretario
de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con
residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Edgar Martín Peña López
Rúbrica.
(R.- 356928)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito, con residencia en Villahermosa, Tabasco. A: En el juicio de amparo 969/2011, promovido por Leonel García Aguilar, se ordenó emplazar por edictos al tercero perjudicado Masterlease, Sociedad Anónima de Capital Variable, a fin de que comparezca a ejercer sus derechos correspondientes en el juicio de referencia. En la demanda relativa se señaló como acto reclamado la sentencia de veintidós de noviembre de dos mil once, dictada en el toca penal 413/2010-IV, por el delito de robo calificado; se señalaron como autoridades responsables a la Cuarta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del estado de Tabasco y Juez Sexto Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Centro, Tabasco, así como violación a los artículos 14, 16, 20 y 22 constitucionales. Queda a su disposición copia de la demanda.. Se hace del conoimiento al tercero perjudicado para los efectos legales conducentes.
La Secretaria de Acuerdos
Maribel Pérez Morales
Rúbrica.
(R.- 356790)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, con sede en Villahermosa, veintiséis de septiembre de dos mil doce: A Filadelfo Montecinos Barbosa.-En el juicio de amparo 1337/2012-III, promovido por Bertino Hernández Villegas, contra actos del Juez Primero Penal de Primera Instancia de Centro, Tabasco y otra autoridad, se dictó el auto que en lo conducente dice: “…resulta procedente ordenar emplazar al tercero interesado Filadelfo Montecinos Barbosa por medio de edictos; por lo que, procédase a su expedición… en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, por tres veces, de siete en siete días; haciéndose saber al citado tercero interesado que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, ubicado en Malecón Leandro Rovirosa Wade sin número, esquina con Juan Jovito Pérez, de la colonia Las Gaviotas, de esta ciudad, para hacer valer lo que a sus intereses conviniere con relación a este juicio; debiendo contener dicho edicto una relación sucinta de la demanda, fijándose además en los estrados de este juzgado copia íntegra de este proveído y de los edictos por todo el tiempo del emplazamiento…”.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco
Lic. Gonzalo Montejo Arias
Rúbrica.
(R.- 356792)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, con sede en Villahermosa, dos de febrero de dos mil doce: A Juan Antonio Cordero Martínez.- En el juicio de amparo 1050/2012-I promovido por José Alberto Ramírez Maza y/o Jorge Alberto Ramírez Maza, contra el acto del Juez Penal de Primera Instancia de Teapa, Tabasco, se dictó el auto que en lo conducente dice: “…emplácese a Juan Antonio Cordero Martínez, por medio de edictos, por lo que procédase a su expedición para su publicación… en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Diarios de mayor circulación en la República Mexicana, por tres veces, de siete en siete días, haciéndose saber al tercero interesado en cita, que deberá presentarse dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, al local de este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, sito en Malecón Leandro Rovirosa Wade, esquina con Juan Jovito Pérez, colonia Gaviotas de esta ciudad de Villahermosa, Tabasco, para hacer valer lo que a sus intereses conviniere con relación a este juicio; debiendo contener dicho edicto una relación sucinta de la demanda y fijándose además en los estrados de este Juzgado copia íntegra de este proveído y de los edictos por todo el tiempo del emplazamiento…”
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco
Lic. Sandra Guzmán Gutiérrez
Rúbrica.
(R.- 356798)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito,
con residencia en la ciudad de Mazatlán, Sinaloa
EDICTO
En el amparo directo 363/2012, se ordenó emplazar a juicio a Guadalupe y José Luis, ambos de apellidos Cortez Sánchez, y Merari Sánchez Villarreal, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, por lo que se le hace de su conocimiento que Teófilo Rivera Lugo, promovió demanda de amparo contra la sentencia de veintiocho de febrero de dos mil doce, dictada por la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sinaloa, residente en Culiacán, en el toca de apelación 875/2011, derivado de la causa penal 194/2011. Además, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se le previene para que en el término de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, se presente a señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las personales, se harán por lista que se fije en los estrados de este Tribunal, sin posterior acuerdo. También, se hace de su conocimiento que la copia de la demanda se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Tribunal, con apoyo en el artículo 317 del citado Código legal.
Mazatlán, Sin., a 17 de septiembre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. María Isabel Alvarez Cañedo
Rúbrica.
(R.- 356799)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en La Laguna
Torreón, Coah.
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 1248/2012, promovido por Albino Zarate Martínez, contra actos de la autoridad responsable Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Sexto Distrito, con residencia en esta ciudad, y otras autoridades, radicado en este Juzgado Cuarto de Distrito en La Laguna, se ha señalado a usted como tercero perjudicado Claudia Rivas Méndez, y como se desconoce su respectivo domicilio actual, se ha ordenado emplazarla por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, que se editan en la ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la citada ley, queda a su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibida que en caso de no comparecer ante este juzgado federal, pasado ese tiempo, se seguirá el presente juicio de garantías en su rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones por lista que se fijará en los estrados de este juzgado, conforme a lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo. Finalmente, dígasele que se encuentran señaladas las diez horas con cinco minutos del quince de octubre de dos mil doce, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en este asunto.
Atentamente
Torreón, Coah., a 20 de septiembre de 2012.
El Secretario adscrito al Juzgado Cuarto de Distrito en La Laguna
Lic. Ricardo Alberto Marín Metlich
Rúbrica.
(R.- 356797)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito
en el Estado de Durango, Dgo.
EDICTO
C. Francisco Javier Solano García y/o Francisco Javier Lozano García.
En los autos del juicio de amparo 838/2012, promovido por Miguel Delgado Flores, contra actos del Juez de Primera Instancia con Jurisdicción Mixta en Nombre de Dios, Durango, y, en virtud de ignorarse su domicilio, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en vista de lo prevenido por el numeral 2 de la Ley de Amparo, se ordenó emplazarlo por este medio como tercero perjudicado, se le hace saber que puede apersonarse dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente de la última publicación, así como que se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia correspondiente de la demanda de amparo.
Durango, Dgo., a 20 de septiembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Lic. Martín Angel Gamboa Banda
Rúbrica.
(R.- 356803)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
GUADALUPE PERALTA VIUDA DE HERNANDEZ.
VIA NOTIFICACION SE LE COMUNICA; QUE EN ESTE JUZGADO NOVENO DE DISTRITO ESTADO PUEBLA, SE TRAMITA EL JUICIO DE AMPARO 482/2012-II-3, PROMOVIDO POR MIGUEL ANGEL ORTIZ CABRERA, CONTRA ACTOS DE CUARTA SALA CIVIL, TRIBUNAL SUPERIOR JUSTICIA DEL ESTADO, Y OTRAS AUTORIDADES, CONSISTENTE EN RESOLCUION DE TREINTA DE ENERO DE DOS MIL DOCE, EMITIDA EN EL TOCA 730/2012, QUE CONFIRMO EL AUTO QUE DECRETO LA CADUCIDAD EN EL EXPEDIENTE 171/2005, JUZGADO CUARTO CIVIL PUEBLA Y OTROS, Y SE ORDENO LLAMARLA A JUICIO EN CARACTER DE TERCERA PERJUDICADA, A FIN DE QUE COMPAREZCA A LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL DIEZ HORAS DEL CINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, Y SE APERSONE A JUICIO SI A SU INTERES CONVIENE; ASIMISMO, QUEDA A SU DISPOSICION COPIA DE LA DEMANDA EN SECRETARIA DE JUZGADO. SE EXPIDE EL PRESENTE PARA SER PUBLICADO POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION; A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, EN SAN ANDRES CHOLULA, PUEBLA. SECRETARIO DE JUZGADO.- LICENCIADO ALFREDO LOPEZ RUEDA.- DOY FE.- Rúbrica.
(R.- 356807)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, con sede en Villahermosa, veinticuatro de septiembre de dos mil doce: A Joela Martínez Zárate.-En el juicio de amparo 708/2012-III, promovido por Miguel Angel Escobar Herrera, contra actos del Juez Tercero Penal de Primera Instancia de Centro, Tabasco y otras autoridades, se dictó el auto que en lo conducente dice: “…resulta procedente ordenar emplazar a la citada tercera interesada por medio de edictos; por lo que, procédase a su expedición… en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Diarios de mayor circulación en la República Mexicana, por tres veces, de siete en siete días, haciéndose saber a la tercera interesada Joela Martínez Zárate, que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, ubicado en Malecón Leandro Rovirosa Wade sin número, esquina con Juan Jovito Pérez, de la colonia Las Gaviotas, de esta ciudad, para hacer valer lo que a sus intereses conviniere con relación a este juicio; debiendo contener dicho edicto una relación suscinta de la demanda, fijándose además en los estrados de este juzgado copia íntegra de este proveído y de los edictos por todo el tiempo del emplazamiento…”.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco
Lic. Gonzalo Montejo Arias
Rúbrica.
(R.- 356788)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
"Inserto:
"Se comunica a la tercera perjudicada Zina Bárbara Becker
Fincowsky y/o Zina Bárbara Becker Fincowsky de Unikel, que en
el Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México
con residencia en Naucalpan de Juárez, por proveído de
veintiséis de julio de dos mil doce, se admitió a
trámite la demanda
de garantías interpuesta por
Ricardo Unikel Spindel, misma que se registró con el número
de juicio de amparo 881/2012-VI, contra actos del Juez Decimosegundo
de lo Civil del Distrito Judicial de Tlalnepantla,
con residencia
en Huixquilucan, Estado de México y otras autoridades,
consistentes en todo lo actuado en el juicio ordinario civil sobre
otorgamiento de firma y escritura número 261/2008."
PARA SU PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 28 de septiembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Daniela Montes de Oca Acosta
Rúbrica.
(R.- 356836)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Noveno de lo Civil
Secretaría “B”
Exp.: 548/2009
EDICTO
EN LOS AUTOS DEL JUICIO Ejecutivo Mercantil promovido por PLASTICOS URPRI S.A. DE C.. V., en contra de DISTRIBUIDORAS RAM-GO S.A. DE C..V, Y OTRO.- LA C. JUEZ DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE:- MEXICO, DISTRITO FEDERAL A VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE, “… Por otra parte y tomando en consideración lo manifestado, así como las constancias de autos, por corresponder al estado procesal del presente juicio y en ejecución de sentencia, como se solicita, para que tenga lugar la subasta pública en primera almoneda del bien inmueble embargado a la parte demandada consistente en: EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE MANUEL NICOLAS CORPANCHO NUMERO 240, MANZANA 2, LOTE 22 Y 24, EN LA COLONIA BALBUENA MERCED, EN LA DELEGACION VENUSTIANO CARRANZA EN ESTA CAPITAL. Para que tenga verificativo dicha subasta se señalan LAS DOCE HORAS DEL DIA SEIS DE NOVIEMBRE PROXIMO, sirviendo de base para el remate la cantidad de OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS y siendo postura legal la que cubra dicha cantidad, así mismo, para intervenir en el remate los licitadores deberán exhibir el diez por ciento del valor del inmueble que en su caso les interese, mediante certificado de depósito expedido por BANSEFI y sin cuyo requisito no serán admitidos, sirve de fundamento a lo anterior el artículo 481 y 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria. Por otra parte dicha subasta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1411 del Código de Comercio y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, deberá anunciarse por medio de edictos que se publicaran por TRES VECES dentro de NUEVE DIAS en los tableros de avisos de este juzgado y en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION” NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez ante su C. Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.- DOY FE.-
Deberá anunciarse por medio de edictos que se publicaran por TRES VECES dentro de NUEVE DIAS en los tableros de avisos de este juzgado y en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
México, D.F., a 15 de octubre de 2012.
C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Susana Leos Godínez
Rúbrica.
(R.- 357172)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado de lo Civil y de lo Penal
Chalchicomula
EDICTO
CONVOQUENSE POSTORES.
Disposición
Juez de Lo Civil Expediente Numero 855/2010, Juicio Ejecutivo
Mercantil Promovido por Catalina Rodríguez Morales, en contra
de Artemio Rodríguez Colula, remate del predio Urbano ubicado
en la Población de El Progreso del Municipio de Guadalupe
victoria, Puebla, perteneciente a este Distrito Judicial inscrito en
el Registro Publico de la Propiedad, bajo la partida numero 168, a
fojas 168, del libro Uno, Tomo
C-33 del Libro Quinto de fecha 27
de marzo de 1995, a nombre de ARTEMIO RODRIGUEZ COLULA, sirviendo
como base de la primera almoneda cantidad que resulte de las dos
terceras partes precio avaluó. Siendo precio del Avaluó
de dicho inmueble la cantidad de $118,467.20. (Ciento Dieciocho mil
Cuatrocientos Sesenta y Siete Pesos con Veinte Centavos.) siendo la
postura legal cantidad que cubra las dos terceras partes del precio
del avaluó es decir $78,978.13 SETENTA Y OCHO MIL,NOVECIENTOS
SETENTA Y OCHO PESOS CON TRECE CENTAVOS MONEDA NACIONAL,
haciéndoseles saber a los interesados podrán ofrecer
posturas y pujas dentro del termino de Diez dias siguientes a la
ultima publicación de los edictos ordenados, venciendo termino
a las doce horas del decimo dia, quedando autos a su disposición
en la secretaria del Juzgado, para consulta.
Publíquese por tres veces dentro del término de nueve dias en el Diario Oficial de la Federación.
Chalchicomula, Ciudad Serdán, Pue., a 29 de mayo de 2012.
La Diligenciaria
Abogada Edith Vélez González
Rúbrica.
(R.- 356966)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL.
LUIS ARTURO VIDEGARAY NAVA.
En los autos del juicio de amparo 2263/2012-VI, promovido por Emilio Rodríguez Ceniceros, contra actos de la Junta Especial Número Once de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y otra, al ser señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurra a este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 3 de octubre de 2012.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Faviola Ramírez Franco
Rúbrica.
(R.- 357234)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializado Asuntos Financieros, Puebla, cumplimiento autos Once Julio y Diez Octubre, ambos Dos Mil Doce, ordena convocar postores Primera y Pública Almoneda remate inmueble embargado propiedad de SERGIO RICARDO ORTIZ MONTIEL, identificado como Casa en condominio número interior Veintiocho, lote ocho, manzana ciento cuarenta y uno, perteneciente al Conjunto Habitacional Villas Real Campestre III, ubicado en Boulevard Puebla número Seis Mil Ochocientos Cuarenta y Tres, Fraccionamiento Bosques de San Sebastián de la Ciudad de Puebla, inscrito bajo folio real 403585 del Registro Público Propiedad Puebla, siendo postura legal cubra cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL, que son dos terceras partes sobre precio promedio de avalúos. Publicación por tres edictos en término nueve días, señalándose ONCE HORAS TREINTA MINUTOS DIA VEINTITRES NOVIEMBRE DOS MIL DOCE para verificativo audiencia remate, convocándose postores para que presenten posturas, pujas y mejoras. Promueve JOSE ALEJANDRO CABRERA MATEOS apoderado de BBVA Bancomer Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer, expediente 1811/2009. Autos disposición interesados secretaria juzgado. Parte demandada puede liberar bien embargado si hace pago íntegro el monto de sus responsabilidades antes de causar estado auto de fincamiento de remate.
Puebla, Pue., a 16 de octubre de 2012.
El Diligenciario de Enlace
Lic. Roberto Ignacio Calderón Dávila
Rúbrica.
(R.- 357392)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializado Asuntos Financieros, Puebla, cumplimiento autos Catorce Junio y Diez Octubre, ambos Dos Mil Doce, ordena convocar postores Primera y Pública Almoneda remate inmueble embargado propiedad AGUSTIN GAUDENCIO AGUILAR ROJAS y EDITH ESCALONA IBARRA, identificado Casa Catorce Mil Ciento Uno “D”, cerrada Veintisiete “A” Sur, lote uno, manzana Diecinueve, Condominal G, Conjunto Habitacional “Hacienda Santa Clara” ubicado en Avenida Veintisiete Sur Trece Mil Setecientos Diecisiete, Colonia San Antonio Cacalotepec, actualmente Castillotla Ciudad Puebla, inscrito bajo folio real 377038 Registro Público Propiedad Puebla, postura legal cubra cantidad TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO NOVENTA Y TRES PESOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS MONEDA NACIONAL, son dos terceras partes sobre precio promedio avalúos. Publicación tres edictos término nueve días, señalándose TRECE HORAS TREINTA MINUTOS DIA VEINTITRES NOVIEMBRE DOS MIL DOCE verificativo audiencia remate, convocándose postores para presentar posturas, pujas y mejoras. Promueve JOSE ALEJANDRO CABRERA MATEOS apoderado Hipotecaria Nacional Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Limitado, Grupo Financiero BBVA Bancomer, expediente 77/2009. Autos disposición interesados secretaria juzgado. Parte demandada puede liberar bien embargado si hace pago íntegro monto de responsabilidades antes de causar estado auto de fincamiento de remate.
Puebla, Pue., a 16 de octubre de 2012.
Diligenciario de Enlace
Lic. Roberto Ignacio Calderón Dávila
Rúbrica.
(R.- 357393)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Nuevo Laredo, Tamaulipas
EDICTO
C. ADRIAN LERMA MARTINEZ.
En los autos del juicio de amparo número 288/2012-1, promovido por el licenciado Félix Fernando García Aguiar, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del quejoso directo SANTIAGO CANDELARIO ARECHIGA GUAJARDO, contra actos del Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Tercer Distrito Judicial en el Estado de Tamaulipas, con residencia en esta ciudad, y en virtud de que se le señaló a usted como tercero perjudicado desconociéndose su domicilio cierto y actual, en cumplimiento al acuerdo dictado el dieciocho de septiembre de dos mil doce, dentro del juicio antes citado, se ha ordenado emplazarle a juicio por edictos, mismos que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación que se editan en la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria. Queda a disposición del tercero perjudicado, en la Actuaría de este Tribunal copia simple de la demanda de amparo, de la que se desprende se cita como acto reclamado: “La omisión de resolver sin más trámite, la resolución que corresponde, respecto del recurso de revocación que hice valer en contra del auto de fecha 18 de Junio de 2012, el cual admitió Incidente Sobre Remoción del Cargo de Albacea promovido por Adrián Lerma Martínez, toda vez que ha excedido notablemente el término que tenía la Autoridad Responsable para resolver ese señalado medio de impugnación, en franca violación del artículo 918 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Tamaulipas.”, haciéndole saber que cuenta con un término de treinta días contado a partir de la última aplicación de los edictos, para que ocurra ante este Juzgado Federal a hacer valer sus derechos, quedando a su disposición copia de demanda; apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le surtirán por lista en los estrados de este tribunal. Señalándose las NUEVE HORAS DEL DIECISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, para la celebración de la audiencia constitucional en este juicio.
Fíjese en los estrados de este juzgado, copia íntegra del presente acuerdo, por todo el tiempo que dure el emplazamiento.
Atentamente
Nuevo Laredo, Tamps., a 21 de septiembre de 2012.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tamaulipas
Lic. Patricia Arcos León
Rúbrica. (R.- 357368)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
SE ORDENA EMPLAZAR A:
José Luis Arana Monje.
Con fundamento en los artículos 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por auto de uno de octubre de dos mil doce, se ordena emplazar por medio del presente edicto al tercero perjudicado José Luis Arana Monje, a costa de la parte quejosa, dentro del juicio de amparo 979/2012, promovido por Antonia Ivonne Castillo Pérez, contra actos del Juez Civil de Cuantía Menor de Cuautitlán Izcalli, Estado de México y otra autoridad; se les hace saber que los edictos deberán publicarse por tres veces de siete en siete días cada uno, y el tercero perjudicado deberá apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación y que están a su disposición en la Secretaria de este juzgado las copias de la demanda a efecto de que se emplace a la misma.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos legales procedentes.
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 1 de octubre de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de México
Mauricio Vázquez Saldaña
Rúbrica.
(R.- 357655)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento de los Terceros Perjudicados
RED 4 COMUNICACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
IVAN ISLAS
En el juicio de amparo 1909/2012, promovido por JESUS ISAI GARDUÑO SANTAMARIA, contra el acto de la Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y Actuario adscrito, consistente en la falta omisión de dictar laudo en el juicio laboral 391/2011, señalados como terceros perjudicados en proveído de ocho de agosto de dos mil doce, y al desconocerse su domicilio el cinco de octubre de dos mil doce, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
México, D.F., a 16 de octubre de 2012.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Christian del Rosario Salinas Alvarez
Rúbrica.
(R.- 357714)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializada en Asuntos Financieros de la Ciudad de Puebla, auto tres y diecinueve de octubre de dos mil doce, convoca postores remate primera almoneda respecto de LA CASA NUMERO VEINTICUATRO, CALLE VEINTISEIS, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DOCE, MANZANA VEINTIOCHO, DEL FRACCIONAMIENTO SAN JOSE VISTA HERMOSA, PUEBLA; inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial de Puebla, bajo el número 91537 de folio electrónico siendo postura legal la cantidad de UN MILLON DE PESOS CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL.
Venciéndose término para presentar posturas y pujas a las diez horas cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil doce. Comunicándose al deudor que puede liberar el bien haciendo pago íntegro del monto de sus responsabilidades hasta antes cause estado auto que declara fincado el remate.
Expediente 71/2012, Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por HSBC MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, en contra de EDGAR GARRIDO RODRIGUEZ y ADRIANA RIVERA PIMENTEL.
Expido el presente edicto para su publicación por tres veces, en el Diario Oficial de la Federación, los Estrados de este Juzgado.
Ciudad Judicial, Puebla, a 23 de octubre de 2012.
El Diligenciario de Enlace
Lic. Roberto Ignacio Calderón Dávila
Rúbrica.
(R.- 357732)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado,
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
Miriam Sarahi Niño Pereira y/o Alba Maricruz Niño Dubon y/o Sarai Dubon Niño y/o Perla Niño Dumon y Oneida Soloman Garcia (alias) Amarelis. En su carácter de tercero perjudicadas en donde se encuentren.
En el juicio de amparo número 652/2012, promovido por Olga Leticia García Gómez, contra actos del Juez Primero de Distrito en el Estado de Chiapas y otras autoridades, por auto de once de octubre del año en curso, se ordenó emplazarlas a ustedes como en efecto lo hago, por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República Mexicana, para que en el término de treinta días siguientes al de la última notificación, se apersonen a este juicio en su carácter de tercero perjudicadas, sí así conviniere a sus intereses; apercibidas que de no comparecer por si o por apoderado o gestor que puedan representarlas, se ordenará que las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se realicen por medio de lista que se publica diariamente en los estrados de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28, fracción III, del ordenamiento legal en comento; en el entendido de que la copia de la demanda de garantías génesis de este expediente, queda a su disposición en la secretaría de este Juzgado.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 18 de octubre de 2012.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. Pedro Hernández Coyote
Rúbrica.
(R.- 357763)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado
Séptimo de Distrito en el Estado de México,
en
Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUAREZ.
TERCERO PERJUDICADO: VICTOR MANUEL HURTADO BARBA.
En los autos del juicio de amparo indirecto número 552/2012-III, promovido por Miguel Angel Cruz Villa, Fabián Carlos Vergas Torres y Alejandro Martínez Trejo, por su propio derecho, contra actos del Juez Tercero de lo Penal de Primera Instancia y otra autoridad; con motivo del proceso penal 227/2011, del índice del Juzgado de referencia, juicio de amparo en el que los quejosos reclaman lo siguiente:
-El auto de término constitucional en el que se dictó formal prisión en fecha ocho de diciembre de dos mil once, dictado en la causa penal 227/2011, por el delito de robo con agravante de haberse cometido en su modalidad de vehículo automotor con violencia.
En esa virtud, al ser señalado como tercero perjudicado Víctor Manuel Hurtado Barba y al desconocerse su domicilio actual y correcto, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo y el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la primera, y en cumplimiento a lo ordenado en auto de tres de octubre de dos mil doce, en donde se ordenó su emplazamiento al juicio de amparo 552/2012-III por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, que puede ser cualquiera de los siguientes: el Reforma; el Universal; el Financiero; la Jornada; el Excélsior; haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado quedan a su disposición copias simples de la demanda de amparo y auto admisorio de ocho de mayo de dos mil doce; asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional está señalada para las diez horas con cuarenta y tres minutos del diez de octubre de dos mil doce y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos, para que ocurran a este Juzgado a hacer valer sus derechos, en el entendido que de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el Municipio en que reside este Juzgado de Distrito, o bien, los conurbados que son: Tlalnepantla, Huixquilucan, Jilotzingo y Atizapan, las posteriores notificaciones aún las de deban ser personales se le harán por lista de acuerdos que se publica en los estrados de este Juzgado de Distrito, con fundamento en el articulo 28, fracción III, de la Ley de Amparo.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 3 de octubre de 2012.
La
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de
México,
con sede en Naucalpan de Juárez
Lic. Lucero Ramírez Márquez
Rúbrica.
(R.- 357313)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado
Primero de Distrito en Materias de Amparo y
de Juicios Civiles
Federales en el Estado de México
EDICTO
NOTIFICACION
EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES NUFE SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, HECTOR MORENO, FIDEL ANTONIO NUÑEZ TEJEDA, FRANCISCO JASSO HEREDIA Y MARIA DEL CARMEN SAMPAYO VELAZQUEZ.
Al margen sello con Escudo Nacional dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Judicial de la Federación.
En el juicio de amparo 76/2012-II, promovido por PEDRO ORTIZ LOPEZ, contra actos del Presidente de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca, el Juez Primero de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México, dictó un acuerdo para hacer saber a los terceros perjudicados Edificaciones y Construcciones Nufe sociedad anónima de capital variable, Héctor Moreno, Fidel Antonio Núñez Tejeda, Francisco Jasso Heredia y María del Carmen Sampayo Velázquez, que se les tuvo como terceros perjudicados y en términos del artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se les manda emplazar a este juicio por medio de los presentes edictos, para que si a su interés conviniere se apersonen a él, en el entendido de que deben presentarse en el local de este Juzgado, sito en calle Sor Juana Inés de la Cruz, número trescientos dos Sur, tercer piso, colonia Centro, en ésta ciudad de Toluca, Estado de México, por sí o por medio de apoderado o representante legal, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto; asimismo, se hace de su conocimiento que se han fijado las diez horas con diez minutos del ocho de octubre de dos mil doce, para que tenga verificativo el desahogo de la audiencia constitucional. Quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda.
Atentamente
Toluca, Edo. de Méx., a 17 de septiembre de 2012.
Por
acuerdo del Juez, firma el Secretario del Juzgado Primero de Distrito
en Materias
de Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado
de México
Lic. Víctor Manuel Rendón Sosa
Rúbrica.
(R.- 357507)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, convoca primera almoneda remate inmueble ubicado en Calle Hermanos Serdán número 1550 (mil quinientos cincuenta), colonia Tres Cerritos de la ciudad de Puebla, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la ciudad de Puebla, bajo el número de índice mayor 116161, fojas 374, tomo 388, libro I a nombre del demandado JOAQUIN RAMOS ORTIZ, postura legal de $750,000.00, señalándose las 10:00 horas del 21 de noviembre de 2012 para la audiencia de remate, posturas y pujas hasta el día y hora fijados para la audiencia de remate; publicaciones 31 de octubre, 8 y 14 de noviembre, todos de 2012, datos secretaría de Juzgado. Juicio Ejecutivo Mercantil 20/2008, promueve JORGE JOAQUIN GARCIA VILLEGAS, endosatario en procuración de RICARDO ANZALDO RAMIREZ, contra JOAQUIN RAMOS ORTIZ.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 10 de octubre de 2012.
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla
Hugo Alberto Carmona Olguín
Rúbrica.
(R.- 357872)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
V
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
QUEJOSOS: ROGELIO RICO VAZQUEZ Y MARIA DEL CARMEN GARCIA CHAGOYA
““…INSERTO:
Se comunica a la tercera perjudicada María Olivia Díaz
Ortiz, que en el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante auto de quince
de mayo
de dos mil doce, se admitió la demanda de
garantías promovida por Rogelio Rico Vázquez y María
del Carmen García Chagoya, correspondiéndole el número
de amparo 585/2012-V, señalando esencialmente como acto
reclamado el auto de formal prisión dictado en la causa penal
314/2010-2, y
señala como autoridades responsables las que enseguida se
enuncian:
“III.- AUTORIDADES RESPONSABLES.- Juez Segundo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, Estado de México.
Director
General del Centro Preventivo “Sergio García Ramírez”,
Municipio de Ecatepec, Estado
de México.
Coordinador General de Servicios Periciales del Municipio de Ecatepec, Estado de México.
Asimismo, se les hace de su conocimiento el derecho que tienen de apersonarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir de la ultima publicación, en la inteligencia que dentro de los tres días subsiguientes a que comparezcan a este órgano jurisdiccional, deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en Naucalpan de Juárez, Estado de México, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo, se les practicaran aún las de carácter personal, por medio de lista, que se publicará en este órgano de control constitucional.
Finalmente,
se les hace del conocimiento que la fecha de la audiencia se
encuentra señalada para
las DIEZ
HORAS CON treinta MINUTOS DEL siete de septiembre de dos mil doce,
día
y hora disponible en la agenda que para tal efecto lleva este
Juzgado.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Estado de México
El
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Sigifredo Gutiérrez Ramírez
Rúbrica.
(R.- 356923)
AVISO AL PUBLICO
Se comunica que para las publicaciones de estados financieros, éstos deberán ser presentados en un solo archivo. Dicho documento deberá estar capturado en cualquier procesador de textos WORD.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Ciudad Judicial Federal
Zapopan, Jalisco
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO:
Fuente
de trabajo denominada La Palma, que se encontraba ubicada en el
kilómetro 3 de la carretera Atotonilco-La Piedad, en el
municipio de Atotonilco El Alto, Jalisco, dedicada a la fabricación
de muebles
de madera.
Mediante
demanda de amparo presentada el día veintinueve de septiembre
de dos mil once, Héctor Miguel Ayala Velázquez, José
Luis Rojo Sotelo, Ma. Esther Carranza Laguna, Mayela Alejandra
Hernández Esquivel, Juan Pablo Hernández Ruiz, Fátima
Guadalupe Hernández Esquivel, Berta Alicia Muñoz
Becerra, Gerardo Hernández Bermúdez, María
Guadalupe Delgado Hernández, Ana Elizabeth Hernández
Esquivel, Luis Angel Mendoza Coronado y Francisco Javier Vargas
Godinez, solicitaron el amparo y protección de la Justicia
Federal contra acto de la Novena Junta Especial de la Local de
Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, que hizo
consistir como sigue: “… el laudo emitido por dicha
responsable, de fecha 9 de agosto
del 2011 dos mil once, dentro
del expediente número 347/2010-A…”; a quien se le
emplaza por medio del presente edicto y se le hace saber que debe
presentarse ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo
del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, dentro del
término de treinta días, contados a partir del día
siguiente al de la última publicación del edicto y
señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir
notificaciones, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aún
las que resulten de carácter personal, se le harán por
medio de lista que se fijará en los estrados de este Tribunal
Federal. Lo anterior dentro del juicio de amparo directo número
1338/2011, del índice de este propio órgano judicial.
Para que se publique tres veces de siete en siete días.
Para su publicación:
- "Diario Oficial de la Federación", México, Distrito Federal.
- Periódico "Excélsior", México, Distrito Federal.
Atentamente
Zapopan, Jal., a 3 de julio de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Lic. Leticia González Madrigal
Rúbrica. (R.- 356000)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato
Octava Sala Civil
Secretaría
EDICTO
Publíquese por tres veces
de siete en siete días Diario Oficial de la Federación
y periódico diario de mayor circulación en la
República, informándose a MATILDE ROMERO RAMIREZ,
NASARIO COLLAZO HERNANDEZ, MARCELINO ORTEGA VALDIVIA, JESUS AGUILAR
PONCE, IRENE GOMEZ AGUILERA, J. GUADALUPE MONZON JUAREZ, que han sido
señalados como terceros perjudicados en el juicio de garantías
promovido por el Licenciado RAUL GOMEZ GARCIA, Apoderado General para
Pleitos y Cobranzas de la Sociedad Mercantil “COMANJILLA”,
S.A. DE C.V., en contra de la resolución de fecha treinta de
mayo de dos mil doce, pronunciada en el toca número 503/09,
relativo a la apelación interpuesta por el Quejoso, en contra
de la Sentencia de fecha cinco de agosto de dos mil nueve, dictada
por la Juez Primero Civil de Partido de Silao, Guanajuato, dentro del
Juicio Ordinario Civil número C-621/98, haciéndoles
saber que cuentan con el término de treinta días
contados a partir de la última publicación para acudir
a defender sus derechos
al Tribunal Colegiado del Décimo
Sexto Circuito en Turno.- Doy fe. Guanajuato, Guanajuato, veintiuno
de septiembre.
La Secretaria de la Octava Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado
Lic. Paloma Maldonado Núñez
Rúbrica.
(R.- 356456)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 500/2012, promovido por Dante Damián Ramírez Martínez, contra un acto del Magistrado de la Cuarta Sala Unitaria Penal del Tribunal Superior de Justicia en el estado y otras autoridades; consistente en la resolución dictada en el toca en apelación 196/2011, del índice del Magistrado responsable, por los ilícitos de equiparable a la privación ilegal de la libertad en su carácter de secuestro y delitos cometidos contra el sistema de justicia, se señalaron las nueve horas del veintidós de noviembre de dos mil doce, para llevar a cabo la celebración de la audiencia constitucional; y al ser señalada como parte tercera perjudicada Blanca Nelly Flores Mata y desconocerse su domicilio, se ordenó su emplazamiento por edictos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, según su artículo 2º; haciendo de su conocimiento que deberá presentarse ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicará por medio de lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
Atentamente
Monterrey, N.L., a 21 de septiembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en
Materia Penal en el Estado de Nuevo León
Lic. Antonio Guadalupe Hernández Villarreal
Rúbrica.
(R.- 356791)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Michoacán,
con residencia en Uruapan
EDICTO
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Michoacán, con residencia en la ciudad de Uruapan.
OSCAR SAUL ISLAS BRAVO
En el juicio de amparo número I-236/2012-P, promovido por JOSE EDUARDO MADRIGAL RODRIGUEZ, reclama; de las autoridades que señaló como responsables: Jueces Tercero y Sexto de Primera Instancia en Materia Penal, residentes en esta ciudad de Uruapan, y Morelia, Michoacán, respectivamente: El auto de formal prisión dictada en su contra.
Ahora, como a OSCAR SAUL ISLAS BRAVO, le resulta el carácter de tercero perjudicado, y por desconocerse el domicilio actual, se ha ordenado emplazar por este medio mediante tres publicaciones de siete en siete días, de acuerdo con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Se
le hace saber que deberá presentarse ante este Juzgado
Federal, dentro del término de treinta días, contados a
partir del siguiente de la última publicación, si
pasado ese término, no comparece por sí, por apoderado
o por gestor que pueda representarlo, y si no señala domicilio
para oír y recibir notificaciones en esta ciudad de Uruapan,
Michoacán, se seguirá el juicio en todas sus etapas y
las notificaciones subsecuentes, aún las de carácter
personal se le harán por medio de lista que se fija en los
estrados
del Juzgado.
Queda a su disposición en la Secretaría, copia simple de la demanda de garantías, y se le hace saber, que se encuentran señaladas las nueve horas con cincuenta minutos del veintiséis de septiembre de dos mil doce, para la celebración de la audiencia constitucional.
Uruapan, Mich., a 17 de septiembre de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito,
en el Estado de Michoacán
Lic. Arturo Correa Maldonado
Rúbrica.
(R.- 356794)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición
Juez Especializada en Asuntos Financieros, Puebla, Puebla, expediente
1535/10 Juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por “SERVICIOS
FINANCIEROS ANEC”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA,
a
través del Representante Legal, en contra de MATEO MORENO
OLIVEROS, JEZMIN MORENO QUINO, ERNESTINA MORENO RAMIRO Y LILIA ERIKA
MORENO RAMIRO y otros; acuerdos del veinte de Agosto, catorce y
veinticuatro de septiembre todos del dos mil doce; ordena CONVOCAR
POSTORES EN PRIMERA Y PUBLICA ALMONEDA DE REMATE, predio rustico
denominado “Itzcuintacalilayan” ubicado en el barrio
de
Huapalegcan, Xochitlán de Vicente Suarez, Puebla, inscrito en
el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del
Distrito judicial de Zacapoaxtla, Puebla, bajo el numero 147, a fojas
79 frente, Tomo 86, Libro número uno, Superficie 248,392.00
metros cuadrados, propietario JEZMIN MORENO QUINO; sirviendo de base
para remate la cantidad de OCHOCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y
NUEVE PESOS VEINTE CENTAVOS, MONEDA NACIONAL; como resultado de dos
terceras partes sobre del precio avalúo; y el predio rustico
denominado “EL BADO” ubicado en el municipio de
Zongozotla, Tétela de Ocampo, inscrito en el Registro Público
de la Propiedad y del Comercio del Distrito judicial de Tétela
de Ocampo, Puebla, bajo la partida 356, a Fojas 91, Tomo 98, Libro
número uno, Superficie 35,000.00 metros cuadrados,
propietarios LILIA ERIKA MORENO RAMIRO Y ERNESTINA MORENO RAMIRO;
sirviendo de base para remate la cantidad de CIENTO CUARENTA Y TRES
MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS, TREINTA Y TRES CENTAVOS, MONEDA
NACIONAL; como resultado de dos terceras partes sobre del precio
avalúo; señalándose para Audiencia de Remate LAS
DIEZ HORAS CERO MINUTOS, del DIA CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
DOCE, convocándose postores y haciéndoles saber que las
posturas y pujas deberán exhibirse en la audiencia, y se hace
saber al demandado que podrá liberar el bien otorgado en
Garantía en Convenio Judicial, pagando íntegramente el
monto de sus responsabilidades.
Ciudad Judicial Puebla, a 26 de septiembre de 2012.
Diligenciario de Enlace
Lic. Roberto I. Calderón Dávila
Rúbrica.
(R.- 357207)
Coahuila de Zaragoza
Poder Judicial del Estado de Coahuila
Juzgado Primero del Ramo Civil del Distrito de Viesca
Torreón, Coah.
EDICTO
En el Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, Expediente Número 384/2006, promovido por LUIS JONATHAN ARREAGA SALAS en contra de HERMELINDO BALBUENA GUADARRAMA, el C. Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Viesca, con residencia en esta ciudad de Torreón, Coahuila, señaló las DOCE HORAS DEL DIA TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo en el local de este juzgado, la audiencia del bien inmueble embargado y descrito en autos, consistente en:
“““FINCA URBANA CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 0017, DE LA MANZANA 032, UBICADA EN LA CALLE SECUOYA S/N DE LA COLONIA LOS PINOS DE LA CIUDAD DE PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA, CON UNA SUPERFICIE DE 185.00 METROS CUADRADOS, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: POR EL NORTE, 18.50 METROS, CON LOTE 016; POR EL SUR, 18.50 METROS, CON LOTE 018; POR EL ESTE, 10.00 METROS, CON LOTES 007 Y 008, POR EL OESTE 10.00 METROS, CON CALLE SECUOYA, DICHA FINCA SE ENCUENTRA INSCRITA BAJO LA PARTIDA NUMERO 3841, LIBRO 39, SECCION 1 S.C., DE FECHA 28 DE AGOSTO DEL 2003, A NOMBRE DE HERMELINDO BALBUENA GUADARRAMA.”””
Sirve de base para el remate, la cantidad de $350,000.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), valor fijado por los peritos y que es postura legal la que alcance a cubrir dicha cantidad. En solicitud de postores publíquense Edictos que reúnan los requisitos a que se contrae el artículo 1411 del Código de Comercio, por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS, en el periódico El Siglo de Torreón ó Milenio Laguna, así como en el Diario Oficial de la Federación, en la tabla de avisos del juzgado exhortado, así como en la Tesorería Municipal de Piedras Negras, Coahuila.
SE CONVOCAN POSTORES
Torreón, Coah., a 8 de octubre de 2012.
El C. Secretario de Acuerdo y Trámite "B" del Juzgado Primero de Primera Instancia
del Ramo Civil del Distrito Judicial de Viesca
Lic. José Adrián Santana Calderón
Rúbrica.
(R.- 357331)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
QUEJOSO: RAUL FUENTES JIMENEZ.
““…INSERTO: Se comunica a los terceros perjudicados José Manuel Velázquez Guerrero y Silvia Velázquez Ambrosio, que en el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante auto de veinticuatro de mayo de dos mil doce, se admitió la demanda de garantías promovida por Raúl Fuentes Jiménez, correspondiéndole el número de amparo 628/2012-VI, señalando esencialmente como acto reclamado la orden de aprehensión girada en su contra en la causa penal 130/2009, y señala como autoridad responsable la que enseguida se enuncia:
“III.- AUTORIDADES RESPONSABLES:
COMO ORDENADORA:
EL JUEZ CUARTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO.
COMO EJECUTORAS:
EL COMISARIO GENERAL DE LA POLICIA MINISTERIAL EN EL ESTADO DE MEXICO.
Asimismo, se les hace de su conocimiento el derecho que tienen de apersonarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir de la última publicación, en la inteligencia que dentro de los tres días subsiguientes a que comparezcan a este órgano jurisdiccional, deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en Naucalpan de Juárez, Estado de México, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo, se les practicaran aún las de carácter personal, por medio de lista, que se publicará en este órgano de control constitucional.
Finalmente, se les hace del conocimiento que la fecha de la audiencia se encuentra señalada para las NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL CINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, día y hora disponible en la agenda que para tal efecto lleva este Juzgado.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Estado de México
El Juez Cuarto de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Francisco Peñaloza Heras
Rúbrica.
(R.- 357303)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal
Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl,
Estado de México
EDICTO
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL,
ESTADO DE MEXICO.
Juicio de amparo: D.C. 1064/2012.
Quejoso: DAVID TORIZ GARCIA, por su propio derecho.
Tercero perjudicado: JOSE LUIS ORDAZ SANCHEZ.
Se hace de su conocimiento que DAVID TORIZ GARCIA, por su propio derecho, promovió amparo directo en contra de la resolución de amparo directo en contra de la resolución de ocho de mayo de dos mil doce, dictada por la PRIMERA SALA CIVIL REGIONAL DE TEXCOCO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MEXICO; ante ello, y en virtud de que no se ha podido emplazar a juicio a la tercero perjudicada, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado en forma supletoria, emplácese a juicio al tercero perjudicado JOSE LUIS ORDAZ SANCHEZ, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber a la citada tercero, que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados
a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; quedando apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal colegiado de circuito. Doy Fe.
PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
Atentamente
Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Edgar Martín Peña López
Rúbrica.
(R.- 357315)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL.
FACILIDAD EN COMUNICACION Y FACIL COM, AMBAS SOCIEDADES ANONIMAS DE CAPITAL VARIABLE.
En el juicio de amparo 1972/2012-VI, promovido por Beatriz Matamoros Arias y Rogelio Ceja Valdovinos, contra los actos de la Junta Especial Número Once de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y otras, al ser señaladas como terceras perjudicadas y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y escrito aclaratorio y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurran a este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 4 de octubre de 2012.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Itzia Rangel Mendoza
Rúbrica.
(R.- 357698)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición Juez Especializada en Asuntos Financieros:
Auto
treinta y uno de Mayo y Doce de Septiembre ambos del dos mil doce, Se
ordena convocar a postores en Primera y Publica Almoneda de Remate
respecto del inmueble embargado en autos, identificado como: LOTE DE
TERRENO NUMERO UNO, DE LA MANZANA NUMERO VEINTIOCHO, DE LA ZONA UNO
DEL MUNICIPIO SANTA MARIA CORTIJOS, MUNICIPIO DE SANTA MARIA
CORTIJOS, OAXACA, propiedad de MARIANO CONSTANSO AYONA SERRANO y/o
MARIANO CONSTANZO AYONA SERRANO y/o MARIANO AYONA SERRANO, siendo
postura legal la cantidad de: CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS CON SESENTA CENTAVOS, MONEDA
NACIONAL, que es el resultado de las dos terceras partes del precio
del avaluó, debiéndose anunciar la venta por tres veces
dentro del termino de nueve días por medio edictos,
convocándose a postores y haciéndoles saber que las
posturas y pujas deberán exhibirse en audiencia de Remate a
celebrarse a las DOCE HORAS CERO MINUTOS DEL DIA VEINTISEIS DE
NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, hágase saber al deudor que puede
liberar su bien embargado en autos pagando íntegramente el
monto de sus responsabilidades. Juicio
ejecutivo Mercantil:
promueve FINANCIERA RURAL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL a través de su apoderado:
VICTOR FLORES GARCIA en contra de MARIANO CONSTANSO AYONA SERRANO y/o
MARIANO CONSTANZO AYONA SERRANO y/o MARIANO AYONA SERRANO Y OTROS.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN LAS PUERTAS DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN ASUNTOS FINANCIEROS Y TABLA DE AVISOS DEL JUZGADO CIVIL QUE EJERZA JURISDICCION EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARIA CORTIJOS, ESTADO DE OAXACA.
Expediente: 190/2010
Ciudad Judicial, Puebla, a 2 de octubre de 2012.
Diligenciario
Lic. Roberto I. Calderón Dávila
Rúbrica.
(R.- 357731)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
TERCERA PERJUDICADA: ANA ILZE RODRIGUEZ GONZALEZ.
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a cinco de octubre de dos mil doce.
En los autos del juicio de amparo 484/2012-II, promovido por MARIA TERESA GONZALEZ MONTES, por propio derecho, ante este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, contra actos del JUEZ DECIMO OCTAVO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y OTRAS AUTORIDADES, por desconocerse el domicilio del tercero perjudicado ANA ILZE RODRIGUEZ GONZALEZ, se ordenó su emplazamiento por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado Federal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“INSERTO: Se comunica al tercero perjudicado ANA ILZE RODRIGUEZ GONZALEZ, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de catorce de junio de dos mil once, este Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por MARIA TERESA GONZALEZ MONTES, por propio derecho, correspondiéndole el número de juicio de amparo indirecto 484/2012-II, promovido contra actos del JUEZ DECIMO OCTAVO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y OTRAS AUTORIDADES, consistente en:
“V.- ACTOS RECLAMADOS: A) Reclamo el ilegal procedimiento constante de todas las actuaciones dictadas por el Juez responsable ordenador, en el expediente 129/1998 promovido por Banco Nacional de México Sociedad Anónima, en contra de Ana Ilze Rodríguez González, en un juicio especial hipotecario, por no haberme emplazada a juicio, así como el auto de fecha catorce de marzo de dos mil seis y subsecuentes autos que ordena la entrega del inmueble donde la suscrita tengo posesión desde hace más de dieciséis años en calidad de dueña en este juicio de garantías con el uso de la fuerza pública y rompimiento de cerraduras, lo que ha ocasionado que se me deje en completo estado de indefensión, violando las autoridades responsables mi garantía de audiencia y seguridad jurídica consagrada en el artículo 14 de la Constitución Federal. --- B) De los actuarios y/o de los notificadores adscritos a las autoridades responsables les reclamo las diligencias de requerimiento de la entrega y del inmueble materia del juicio especial hipotecario, emplazamiento y notificaciones que se efectuaron en el expediente número 129/1998 tramitado en el Juzgado Décimo Octavo de lo Civil de primera instancia del Distrito Federal. --- C) De las autoridades ejecutoras, actuarios o ejecutores adscritos, a los juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto de los Civil de primera instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México; reclamo todas las diligencias y razones actuariales deducidas de los exhortos remitidos por el juez ordenador, y en particular las diligencias de los exhortos ejecutados en los meses de enero, febrero, marzo y abril del dos mil doce, donde entienden las diligencias con persona distinta a la quejosa, en un domicilio distinto a la de la quejosa diligencias de emplazamiento y de requerimiento de entrega del inmueble propiedad y posesión de la suscrita, estas diligencias me dejan en completo estado de indefensión por ser diligencias ilegales, viciadas de nulidad y que me ha privado de mi garantía de audiencia y legalidad jurídica, al impedirme acudir a juicio ante la autoridad responsable ordenadora, a deducir mis derechos respecto de la entrega de un inmueble que se me reclama en el juicio fraudulento donde nuca he sido llamada a juico.”
Indíquese a la tercera perjudicada ANA ILZE RODRIGUEZ GONZALEZ, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal, a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tengan conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a su interés conviniere, y a su vez señale un domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este juzgado.
Apercibida que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le practicará por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado Federal, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
La Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Myrna Sirene León Pérez
Rúbrica.
(R.- 357226)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Cancún, Q. Roo
Ordinario Civil 118/2009
EDICTO
CONVOCATORIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA
En autos del juicio ordinario civil número 118/2009, promovido por el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, por conducto de su apoderada legal Claudia Gabriela Farjat Mendoza, contra NAHUM PATIÑO CRUZ alias NAHUM PATINO CRUZ Y CIPRIANA ARBEA RAMIREZ, en fecha de hoy se dictó un acuerdo del tenor literal siguiente:
“…Cancún, Quintana Roo, a cuatro de octubre de dos mil doce.
Agréguese a los autos el escrito de cuenta presentado por Claudia Gabriela Farjat Mendoza, apoderada legal de la parte actora, mediante el cual realiza diversas manifestaciones y solicita se señale nueva fecha para la celebración de la audiencia de remate en primera almoneda del inmueble embargado en el presente asunto, exhibiendo los edictos originales que le fueron entregados en comparecencia de veinte de septiembre del año en curso; y en atención a su contenido, se provee:
Como lo solicita la ocursante, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 471 y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se ordena sacar a remate en Primera Almoneda y Pública Subasta, el bien inmueble identificado como departamento marcado con el número ciento uno, del edificio doscientos treinta y tres, avenida Yucatán, manzana cuarenta y seis, lote diecisiete, región setenta y siete, de esta ciudad de Cancún Quintana Roo.
Tal inmueble se fincara al mejor postor conforme a derecho, tomándose como valor de éste la cantidad de $174,990.64 (ciento setenta y cuatro mil novecientos noventa pesos 64/100 moneda nacional), valor que arrojó la cédula catastral que obra en autos, de acuerdo a lo previsto por el precepto legal 471 de la ley aplicable.
Se
señalan las once horas con cincuenta minutos del seis de
noviembre de dos mil doce, para
que tenga verificativo la
audiencia pública en la que se llevará a cabo la
licitación, en el local que ocupa
este Juzgado, dejando
sin efecto la diversa fecha señalada en acuerdo de diecisiete
de septiembre del presente año.
De igual forma, se hace saber a los licitadores que deseen intervenir en la señalada subasta, que deberán formular ante este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo, previamente a la celebración de la audiencia, sus posturas legales, en los términos que marcan los artículos 479, 481 y 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
En tal virtud y con fundamento en el precepto legal 474 del ordenamiento legal antes citado, anúnciese el remate decretado en Pública Subasta y Primera Almoneda convocando postores mediante edictos que deberán publicarse dos veces de cinco en cinco días, en el Diario Oficial de la Federación, fijándose además avisos en los tableros de este juzgado.
Finalmente, hágase saber a la parte actora que dentro del término de tres días hábiles siguientes al de la notificación de este acuerdo, deberá comparecer a este Juzgado a recibir los edictos correspondientes, toda vez que corre a su costa el nombrado procedimiento.
Notifíquese.
Así lo proveyó y firma la licenciada Ana María Nava Ortega, Juez Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo, ante el licenciado Miguel Angel Sosa Calderón, Secretario que autoriza y da fe. Doy fe..----DOS FIRMAS ILEGIBLES---RUBRICAS”
Lo que se manda publicar en el Diario Oficial de la Federación por dos veces de cinco en cinco días, para que surta los efectos de notificación en forma.
Cancún, Q. Roo, a 4 de octubre de 2012.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo
Lic. Miguel Angel Sosa Calderón
Rúbrica.
(R.- 357609)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Cuadragésimo Primero de lo Civil
EDICTO
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por BANCO SANTANDER SERFIN, S.A., (ANTES BANCO SANTANDER MEXICANO, S.A.) INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN en contra de LAVANEZA, S.A. DE C.V. Y OTROS expediente número 794/2004, EL C. JUEZ INTERINO CUADRAGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL DICTO DIVERSOS AUTOS QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICEN:
En
la Ciudad de México, Distrito Federal a las diez horas del día
doce de octubre del año dos mil doce, día y hora
señalado para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN
PRIMERA ALMONEDA, ordenada en proveído de fecha tres de julio
del año dos mil doce, respecto del bien inmueble embargado
denominado: "LA MORA" UBICADO EN LA CALLE HIDALGO SIN
NUMERO DE LA POBLACION DE SAN DAMIAN TEXOLOC, MUNICIPIO DE
TETLATLAHUACA, TLAXCALA, inscrito el día diecisiete de agosto
de mil novecientos ochenta y siete bajo la partida número
ochenta, a fojas cincuenta y cinco, de la sección cuarta,
volumen cuarto del distrito de Zaragoza, y el bien inmueble embargado
ubicado en: "LA MORA" UBICADO EN LA CALLE HIDALGO SIN
NUMERO DE LA POBLACION DE SAN DAMIAN TEXOLOC, MUNICIPIO DE
TETLATLAHUACA, TLAXCALA (también identificado simplemente como
predio denominado "la mora", denominado en San Damian
Texoloc, Tlaxcala, inscrito el día primero de julio de mil
novecientos ochenta y seis, bajo la partida número
cuatrocientos cuarenta y cinco, a fojas ciento noventa y dos, de la
sección primera, volumen cincuenta y siete, del distrito de
Zaragoza, con las superficies, medidas y linderos descritos en autos.
Se hace constar que ante el C. Juez Cuadragésimo Primero de lo
Civil Interino Licenciado MANUEL ALFONSO CORTES BUSTOS y SECRETARIO
DE ACUERDOS "B" LICENCIADO GILBERTO EDMUNDO OVANDO
CAMACHO... Asimismo y respecto de Téngase por hechas las
manifestaciones que hizo valer la apoderada de la parte actora y como
lo solicita con fundamento en el artículo 475 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, se ordena sacar a remate en
Segunda Almoneda en pública subasta con rebaja del diez por
ciento de la tasación del bien inmueble hipotecado denominado:
"LA MORA" UBICADO EN LA CALLE HIDALGO SIN NUMERO DE LA
POBLACION DE SAN DAMIAN TEXOLOC, MUNICIPIO DE TETLATLAHUACA, TLAXCALA
(también identificado simplemente como predio denominado "La
Mora", ubicado en San Damian Texoloc, Tlaxcala, inscrito el día
primero de julio de mil novecientos ochenta y seis, bajo la partida
número cuatrocientos cuarenta y cinco, a fojas ciento noventa
y dos, de la sección primera, volumen cincuenta y siete, del
distrito de Zaragoza, para que tenga verificativo la Diligencia de
REMATE
EN SEGUNDA ALMONEDA se señalan las ONCE HORAS DEL
DIA DOCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, debiéndose
convocar postores por medio de edictos que se publicarán en el
Diario Oficial de la Federación y en los Tableros de Avisos
del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y en el
Tablero de Avisos del Juzgado respectivo del lugar donde se encuentra
ubicado el bien inmueble embargado en cita, por una sola vez y de
manera que, entre la publicación o fijación del edicto
y la fecha del remate, medie un término que no sea menor de
cinco días, sirviendo de base para el remate la cantidad que
cubre el precio del avalúo el cual es la cantidad de
$279,900.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL), con rebaja del diez por ciento del precio de la
tasación de dicho inmueble, siendo postura legal la que cubra
las dos terceras partes de dicha cantidad y toda vez que el inmueble
embargado se encuentra fuera de la jurisdicción de éste
Juzgado, con lo insertos necesarios gírese atento exhorto al
C. Juez competente de Zacatelco, Estado de Tlaxcala para que en
auxilio de las labores de este Juzgado se sirva publicar los edictos
en el Tablero de Avisos de dicho Juzgado en los términos
ordenados en el presente proveído, con fundamento en el
artículo 572 del Código en comento. Con lo que se da
por concluida siendo las once horas con veinticinco minutos del día
en que se actúa; firmando en ella los que intervinieron en
unión del C. Juez Interino. Doy fe.
México, D.F., a 18 de octubre de 2012.
El C. Secretario de Acuerdos “B”
Lic. Gilberto Edmundo Ovando Camacho
Rúbrica.
(R.- 357792)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L
EDICTO No. 70029
A
las 11:00-once horas del día 27-veintisiete de Noviembre del
año 2012 dos mil doce, tendrá verificativo en el local
de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer
Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente
judicial número 718/2005 relativo al JUICIO ORDINARIO
MERCANTIL, promovido inicialmente por ALFONSO
ESPINOSA GARZA,
en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas
de HIPOTECARIA
SU CASITA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA
DE OBJETO LIMITADO,
y continuado actualmente por ROGELIO IBARRA SANCHEZ, en contra de
RUBEN
HUGO SALDIVAR DE LEON y HERMELINDA SUAREZ GONZALEZ,
a fin de que se proceda al remate en pública y subasta y
primera almoneda del 100%-cien por ciento de los derechos que le
corresponden a la parte demandada, respecto del bien inmueble
embargado en autos consistente en: LOTE
DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 69 SESENTA Y NUEVE DE LA MANZANA 38
TREINTA Y OCHO, DEL FRACCIONAMIENTO NEXXUS RESIDENCIAL, SECTOR
DIAMANTE, DEL MUNICIPIO DE GENERAL ESCOBEDO, NUEVO LEON, EL CUAL
TIENE UNA SUPERFICIE DE 113.79 M2 CIENTO TRECE PUNTO SETENTA Y NUEVE
METROS CUADRADOS, Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE,
MIDE 16.00 DIECISEIS METROS, A COLINDAR CON EL LOTE NUMERO 68-
SESENTA Y OCHO; AL SUR MIDE 13.00-TRECE METROS, MAS UN OCHAVO DE
3.00-TRES METROS, A COLINDAR CON CALLE JADE; AL ORIENTE MIDE
4.48-CUATRO PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS, MAS UN OCHAVO DE 3.00 TRES
METROS, A COLINDAR CON CALLE ESMERALDA; Y AL, PONIENTE
MIDE
7.48-SIETE PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS, A COLINDAR CON LOTE
NUMERO 1-UNO.
LA MANZANA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LOS SIGUIENTE
CALLES: AL NORTE AV. SANTA BARBARA, AL SUR JADE Y VERDELITA; AL
ORIENTE TOPACIO Y ESMERALDA; Y AL PONIENTE AVE. LOS PINOS. SOBRE EL
INMUEBLE SE ENCUENTRA CONSTRUIDA LA CASA HABITACION UBICADA EN LA
CALLE ESMERALDA, NUMERO 525 QUINIENTOS VEINTICINCO, FRACCIONAMIENTO
NEXXUS RESIDENCIAL, SECTOR DIAMANTE, MUNICIPIO DE GENERAL ESCOBEDO,
NUEVO LEON.- DICHO BIEN SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO
DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO BAJO EL NUMERO 850, VOLUMEN 74, LIBRO
18, SECCION I PROPIEDAD, UNIDAD ESCOBEDO, NUEVO LEON, DE FECHA 12 DE
MAYO DEL AÑO 2004.-
Convóquese a postores a pública subasta mencionada
mediante edictos que deberán publicarse por 03-tres veces
dentro de 09-nueve días en el Diario Oficial de la Federación,
así como en la Tabla de Avisos de este recinto Judicial.-
Entendiéndose que el primero de los anuncios deberán de
publicarse, el primero de ellos el primer día del plazo citado
y el tercero al noveno día, pudiendo el segundo de ellos
publicarse en cualquier tiempo. En la inteligencia de que será
base para el remate el importe de $1´036,000.00
(un millón treinta y seis mil pesos 00/100 M.N.) que
corresponde al valor del bien inmueble aludido, según el
avaluó practicado por el perito en rebeldía de la parte
demandada al cual se allano la parte actora mediante proveído
de fecha 04 cuatro de julio del año 2012 dos mil doce, y
servirá como postura legal la cantidad de $690,666.66
(seiscientos noventa mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100
M.N.), la
cual concierne a las dos terceras partes de la cantidad primeramente
señalada. Así mismo, se hace del conocimiento que
aquellas personas que deseen intervenir como postores a la audiencia
de remate, deberán consignar mediante certificado de deposito
expedido por la Secretaria de Finanzas y Tesorería General del
Estado, el 10%-diez por ciento del valor total del avaluó
rendido por los peritos designados en este Juicio. Finalmente,
respecto a las personas interesadas en participar como postores en la
audiencia de remate, se les podrá brindar mayor información
en la Secretaria de este Juzgado Tercero de Jurisdicción
Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado.
Monterrey, N.L., a 25 de septiembre de 2012.
C.
Secretario Adscrito al Juzgado Tercero de Jurisdicción
Concurrente
del Primer Distrito Judicial en el Estado
Lic. Dora Hernández Saucedo
Rúbrica.
(R.- 357825)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, JUICIO ORDINARIO CIVIL EXPEDIENTE 385/2012-V, PROMOVIDO POR LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, POR CONDUCTO DE SU APODERADO, SE DICTARON LOS AUTOS QUE EN ESENCIA DICEN:
AUTO ADMISORIO.
[…] Visto el escrito de cuenta signado por la COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, por conducto de su apoderado; mediante el cual promueve juicio ordinario civil contra Loto Construcciones, Sociedad Anónima de Capital Variable.- - - Fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno de la sección civil de este Juzgado con el índice 385/2012. - - - Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 53 fracción l, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 322, 323 y 324 del Código Federal de Procedimientos Civiles, SE ADMITE la demanda en la vía y forma propuesta..- - - Ahora bien, toda vez que el domicilio de la parte demandada se encuentra fuera de la jurisdicción de este Juzgado de Distrito; en consecuencia, con fundamento en los artículos 298, 299, 300 y 301 del código adjetivo federal, se ordena LIBRAR ATENTO EXHORTO AL JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN EL ESTADO DE CHIAPAS, CON RESIDENCIA EN TAPACHULA, para que por su conducto, emplace a juicio a la enjuiciada Loto Construcciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de quien legalmente la represente, en el domicilio sito en 4° Avenida Norte, número 16, esquina 1°, Calle Poniente, Piso 8, Edificio Genopa, Despacho 804, Colonia Centro, Código Postal 30700, Tapachula, Chiapas, debiéndole correr traslado con fotocopia simple de la demanda y anexos, así como del presente acuerdo, debidamente cotejados y sellados, para que dentro del plazo se NUEVE DIAS, más veintiocho por razón de distancia, en términos de lo dispuesto por el artículo 289 de la citada legislación, produzcan su contestación; en el entendido de que se tendrán por admitidos los hechos sobre los que no susciten explícitamente controversia, sin admitírseles prueba en contrario, en términos de lo dispuesto por el artículo 329 del ordenamiento legal citado, y bajo el apercibimiento que para el caso de que no produzcan su contestación dentro del plazo señalado, se procederá conforme al artículo 332 del citado Código Federal de Procedimientos Civiles….”.
PRESTACIONES RECLAMADAS:
A) El pago de la cantidad de $1’635,193.84 (un millón seiscientos treinta y cinco mil ciento noventa y tres pesos 84 00/100 m.n.) por concepto de suerte principal, derivado del incumplimiento del “CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE ADEUDO Y PAGO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, A LA QUE EN ESTE DOCUMENTO SE LE DENOMINARA “LA COMISION”, REPRESENTADA EN ESTE DOCUMENTO POR EL ING. BENJAMIN GRANADOS DOMINGUEZ, EN SU CARACTER DE SUBDIRECTOR DE PROYECTOS Y CONSTRUCCION, Y POR LA OTRA LOTO CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL CONTRATISTA”, REPRESENTADA POR EL ING, LUIS GARCIA LOERA, EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES,”, de fecha 2 de marzo de 2012, celebrado entre mi poderdante y la empresa demandada.- - -
B) El pago de la pena convencional del 10% (diez por ciento), mensual, por cada mes de atraso, conforme a los plazos pactados en las Cláusulas Primer y Tercera del CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE ADEUDO Y PAGO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, A LA QUE EN ESTE DOCUMENTO SE LE DENOMINARA “LA COMISION”, REPRESENTADA EN ESTE DOCUMENTO POR EL ING. BENJAMIN GRANADOS DOMINGUEZ, EN SU CARACTER DE SUBDIRECTOR DE PROYECTOS Y CONSTRUCCION, Y POR LA OTRA LOTO CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL CONTRATISTA”, REPRESENTADA POR EL ING, LUIS GARCIA LOERA, EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES, de fecha 2 de marzo de 2012, cantidades que se cuantificarán en ejecución de sentencia.
C) El pago de gasto y costas que se originen con la presente controversia.
AUTO DONDE SE ORDENA EMPLAZAR A LOTO CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE POR MEDIO DE EDICTOS.
[…]MEXICO, DISTRITO FEDERAL, DIEZ DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE.
“Agréguese el escrito de cuenta signado por el apoderado de la actora.- - - emplácese a juicio por medio de edictos a la demandada Loto Construcciones, Sociedad Anónima de Capital Variable; edictos que serán a consta de la actora, con la respectiva relación sucinta de la demanda y del auto admisorio, en su parte esencial, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, haciéndole del conocimiento a la citada parte demandada que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados en el presente proveído, a fin de dar cumplimiento en sus términos al auto admisorio de veinticinco de junio de dos mil doce; lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
México, D.F., a 22 de octubre de 2012.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. José María Lavalle Cambranis
Rúbrica.
(R.- 357777)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento de los Terceros Perjudicados
HECTOR AMADOR AYALA PALACIOS Y NADIRA DE LA VEGA MENDEZ
En el juicio de amparo 1896/2012, promovido por CARLOS MUÑOZ FRANCISCO, contra el acto de la Junta Especial Número Quince de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, consistente en el acuerdo de trece de julio de dos mil doce, en el cual se señaló fecha lejana para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas dictado en el juicio laboral 1228/2012, señalados como terceros perjudicados en proveído de diez de agosto del año en curso, y al desconocerse su domicilio el veinticinco de septiembre de dos mil doce, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se le hace saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Organo Jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.
México, D.F., a 16 de octubre de 2012.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Christian del Rosario Salinas Alvarez
Rúbrica.
(R.- 357772)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo
del Vigésimo Primer Circuito en Chilpancingo, Gro.
EDICTO
RODRIGO MEDELLIN OCADIZ A TRAVES DE SU ALBACEA RODRIGO ANTONIO MEDELLIN ERDMANN.
SUCESION A BIENES DE HECTOR TLAPANCO BORJA, A TRAVES DE SU ALBACEA LUZ MARIA PEDROZA BARREDA.
SUCESION A BIENES DE FEDERIDO RIOSECO GUTIERREZ, A TRAVES DE SU ALBACEA BLANCA MARGARITA ORIHUELA DE LA FUENTE.
CARLOS YARZA OCHOA.
SUCESION A BIENES DE MIGUEL YARZA BARONA.
El Presidente del Primer Tribunal Colegiado en materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, ordenó mediante acuerdo de veintiocho de septiembre de dos mil doce, se le llamara al Juicio de amparo directo civil 837/2012, que promovió Potrero de Acapulco, Sociedad Anónima, a través de su apoderado legal Bernardo Koenig Naccarelli, por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, en razón de desconocerse su domicilio, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria; a efecto de que concurran por sí, por apoderado o gestor que pueda representarlos ante este Tribunal, dentro del término de treinta días siguientes a aquél en que se realice la última publicación de los edictos, para hacer valer su derecho como terceros perjudicados, previniéndolos, asimismo, para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo, las posteriores les surtirán efectos por lista. En el entendido de que al momento de comparecer recibirá copia de la demanda de garantías; además, se ordena fijar una copia del citado proveído en los estrados de este tribunal durante todo el tiempo que dure el emplazamiento.
Atentamente
Chilpancingo, Gro., a 3 de octubre de 2012.
El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias
Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito
Lic. José Alberto Torreblanca Cortés
Rúbrica.
(R.- 357055)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el D.F.
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A JUICIO ORDINARIO CIVIL A MARIA QUIROZ VIUDA DE HERNANDEZ.
En
cumplimiento a lo ordenado en proveído de veintidós de
agosto de dos mil doce, dictado por la Juez Primero de Distrito en
Materia Civil en el Distrito Federal, en los autos del Juicio
Ordinario civil, expediente 551/2012-B promovido por LA FEDERACION
(SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA-INSTITUTO DE ADMINISTRACION Y
AVALUOS DE BIENES NACIONALES) en contra de MARIA QUIROZ VIUDA
DE
HERNANDEZ Y REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL
DISTRITO FEDERAL,
con fundamento en lo dispuesto por el artículo 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, procédase a emplazar a
juicio a la demandada por medio de EDICTOS, que deberán
publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario
Oficial de la Federación, y periódico de amplia
circulación en la República Mexicana, a elección
del actor; haciéndole saber que se le concede un término
de treinta días para contestar la demanda incoada en su
contra, contado a partir del día siguiente de la última
publicación, quedando en la secretaría “B”
del juzgado, y a su disposición las copias simples de
traslado, apercibida que de no contestar la demanda incoada en su
contra, se seguirá el juicio en su rebeldía, y las
notificaciones se le harán por rotulón.
Demanda que fue promovida por LA FEDERACION (SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA-INSTITUTO DE ADMINISTRACION Y AVALUOS DE BIENES NACIONALES) en contra de MARIA QUIROZ VIUDA DE HERNANDEZ Y REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, en la vía ordinaria civil, en la que reclama la declaración judicial de que la Federación es la única y legitima propietaria de pleno derecho del inmueble ubicado en CALLE NORTE 66, NUMERO 3734, COLONIA MARTIRES DE RIO BLANCO, DELEGACION GUSTAVO A. MADERO, CODIGO POSTAL 07880, MEXICO, DISTRITO FEDERAL; con una superficie aproximada de 160 metros cuadrados, con las medidas y colindancias que se indican y en el que se encuentra edificado el templo denominado “TEMPLO JUDA edificio anexo comedor y casa pastoral” destinado al culto público desde noviembre de 1985; y como consecuencia la cancelación de la inscripción a nombre de la demandada y la inscripción a favor del actor; demanda que fue admitida y registrada con el número 551/2012-B, por este Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal el veintidós de agosto de dos mil doce, auto en el que se ordenó emplazar a juicio a las codemandadas señaladas en líneas precedentes.
México, D.F., a 25 de octubre de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Briseida Cuanalo Ramírez
Rúbrica.
(R.- 357776)
AVISOS GENERALES
|
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
EDICTO
Mediante Aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 1 de febrero de 2008, se puso a disposición del público el estudio elaborado por la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas para justificar la expedición de la declaratoria por la cual se pretende establecer como área natural protegida la región conocida como “Balandra” y del cual se desprende la información que se cita a continuación para su identificación:
Categoría: Area de Protección de Flora y Fauna.
Razones que justifican el régimen de protección: Proteger un humedal costero rodeado de desierto sarcocaule perteneciente al Desierto Sonorense, y que uno de los elementos que hacen de este sitio un espacio de gran importancia ecológica, son los manglares que rodean la laguna, estos sistemas de manglares en zonas áridas poseen una laguna costera en Balandra, con tres especies de mangle: el mangle rojo (Rhizophora mangle), seguido del mangle blanco (Laguncularia racemosa) y en la parte más alejada de la laguna, el mangle negro (Avicennia germinans), por lo que a nivel nacional estos ecosistemas resultan únicos;
Balandra
es un sitio de crianza, alimentación y protección para
numerosos organismos, algunos de ellos de gran importancia económica
para el país, como el camarón y los pargos, así
como sitio de anidación y protección para aves
migratorias y residentes, algunas de ellas en peligro de extinción;
la zona posee una gran riqueza de especies de fauna, en donde se
encuentran, entre otras, las siguientes especies de importancia
ecológica, tales como boa solocuate
(Charina
trivirgata)
amenazada; víbora de cascabel (Crotalus
enyo) amenazada
y endémica; cuija occidental (Coleonyx
variegatus) sujeta
a protección especial;
águila
cabeza blanca
(Haliaeetus leucocephalus)
en peligro de extinción; gavilán pecho rufo
(Accipiter striatus) sujeta
a protección especial; gavilán de Cooper (Accipiter
cooperii)
sujeta a protección especial; halcón peregrino (Falco
peregrinus) sujeta
a protección especial; águila real (Aquila
chrysaetos) amenazada;
halcón mexicano
(Falco mexicanus) amenazada;
aguililla aura (Buteo
albonotatus) sujeta
a protección especial;
búho
cornudo (Bubo
virginianus) endémica
y amenazada; mosquero de La Laguna (Empidonax
difficilis)
sujeta a protección especial y endémica; rata canguro
de Merriam (Dipodomys
merriami) amenazada
y endémica;
según
la
Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección
ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna
silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su
inclusión, exclusión o cambio-Lista
de especies en
riesgo;
Superficie: 2,512-73-07.50 hectáreas (DOS MIL QUINIENTOS DOCE HECTAREAS, SETENTA Y TRES AREAS, SIETE PUNTO CINCUENTA CENTIAREAS).
Ubicación: Municipio de La Paz, en el Estado de Baja California Sur.
Localización del Area Natural Protegida: El polígono propuesto para el área natural protegida se localiza en las siguientes coordenadas extremas:
|
Longitud Oeste |
Latitud Norte |
Máxima |
110°20'49.45'' |
24°20'11.22'' |
Mínima |
110°16'59.45'' |
24°14'24.91'' |
El plano de ubicación del área natural protegida es el siguiente:
Por lo antes mencionado y con fundamento en lo establecido por el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se hace del conocimiento de los interesados el estudio previo que justifica la declaración del área natural protegida “Balandra”, en los terrenos que se encuentren comprendidos dentro del polígono señalado, por edictos que serán publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el territorio nacional, con la finalidad de que dentro de un término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al que se realice la última publicación, manifiesten por escrito lo que a su interés convenga y ofrezcan las pruebas que consideren pertinentes, lo que podrán hacer en las oficinas centrales de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ubicadas en Camino al Ajusco número 200, tercer piso, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, código postal 14210, en el Distrito Federal, mismo lugar donde pueden consultar el expediente relativo e imponerse de las subsecuentes notificaciones en horario de 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, a 26 de octubre de 2012.
El Comisionado Nacional de Areas Naturales Protegidas
Luis Fueyo Mac Donald
Rúbrica.
(R.- 357880)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Delegación Estatal Michoacán
Agencia del Ministerio Público de la Federación
Agencia Segunda del Ministerio Público de la Federación
Mesa II Averiguaciones Previas
Uruapan, Michoacán
PUBLICACION POR EDICTO
Se notifica a quien resulte ser propietario de UNA MOTOCICLETA DE LA MARCA ITALIKA, COLOR NEGRO, SIN PLACAS DE CIRCULACION, SERIE NUMERO 3SCTWSEA881004737, SIN PLACAS DE CIRCULACION, que en la averiguación previa AP/PGR/MICH/UII/04/2012, instruida en contra de Quien Resulte Responsable, por la comisión de los delitos de Contra la Salud y Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, se decretó el aseguramiento ministerial de esa motocicleta, razón por la que deberá abstenerse de enajenarla, gravarla o hipotecarla y que de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de noventa días naturales contados a partir de la presente notificación, ante la C. Licenciada Angélica María Farías Fabela, Agente del Ministerio Público de la Federación, Titular de la Agencia Segunda Investigadora, con domicilio en calle Galeana y Gran Parada número 60, colonia La Magdalena, en la población de Uruapan, Michoacán, causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Uruapan, Mich., a 11 de junio de 2012.
La Agente del Ministerio Público Federal
Titular de la Agencia Segunda Investigadora
Lic. Angélica María Farías Fabela
Rúbrica.
(R.- 357868)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
EDICTO
Se
notifica a quien tenga derecho sobre el bien asegurado el veintidós
de febrero de dos mil once, que se encuentra afecto a la averiguación
previa PGR/SIEDO/UEITA/066/2011, se decretó el aseguramiento
precautorio de UN RIFLE CALIBRE .22 CDP, MARCA WINCHESTER, MODELO
190, SERIE B1563641.
Lo anterior a efecto de que manifieste lo
que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta Unidad
Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico
de Armas, ubicadas en avenida Paseo de la Reforma número 75,
planta baja, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc,
México, Distrito Federal, código postal 06300, lugar en
donde podrá imponerse de las constancias conducentes al citado
aseguramiento; asimismo se le apercibe que en caso de no manifestar
lo que a su derecho convenga en el plazo de noventa días
naturales, que señala el artículo 182-A del Código
Federal de Procedimientos Penales, contados a partir de la presente
notificación, dicho bien causará abandono a favor del
Gobierno Federal. CUMPLASE.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 6 de septiembre de 2012.
La C. Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. Beatriz Elena Rodríguez Buendía
Rúbrica.
(R.- 357836)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
EDICTO
“inserto”:
“Se comunica al señor JUAN MEZA GONZALEZ, que el 11 de
octubre de 2010, se dicto
acuerdo de aseguramiento en la
indagatoria AP/PGR/SIEDO/UEITA/116/2010, en contra del vehículo,
que
según registros es de su propiedad, sitio: CAMIONETA MARCA
DODGE MODELO 2003, COLOR GUINDA, PLACAS DE CIRCULACION DV46618 DEL
ESTADO DE CHIHUAHUA, NUMERO DE SERIE 1D7HU16DX3J658288; por tanto,
sirva el presente para notificar tal circunstancia, bajo el
apercibimiento que de no manifestar lo que a su interés
convenga, en el término establecido por la ley, de conformidad
con lo señalado en el artículo 182 a, 182 c último
párrafo y 182 ñ, todos del Código Federal de
Procedimientos Penales; dicho automotor causara abandono a favor de
la federación.
Quedando a su disposición dicha indagatoria en las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas de la Subprocuraduría en Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, ubicada en Avenida Paseo de la Reforma, número 75, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06030, México, Distrito Federal.” CUMPLASE.
Atentamente
México, D.F., a 27 de junio de 2012.
Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrita a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
Wendy Patricia López Campos
Rúbrica.
(R.- 357833)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
EDICTO
Se NOTIFICA a la ciudadana Imelda Nava Cabrera y/o representante legal, el acuerdo de aseguramiento dictado por esta Representación Social de la Federación el 29 de agosto de 2012, pronunciado dentro de los autos de la averiguación previa PGR/SIEDO/UEITA/132/2011, relativas a las cuentas bancarias y montos y de la que es titular, siendo esta la siguiente:
Cuenta bancaria |
Institución bancaria |
Monto asegurado |
169828729 |
BBVA BANCOMER |
$23,161.55 |
2036806260 |
BBVA BANCOMER |
$101,302.41 |
Dejando a su disposición copia del acuerdo de aseguramiento de referencia en estas oficinas. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 182-A y 182-B fracción II del Código Federal de Procedimientos Penales, apercibidos para que no los enajene o grave, y en el supuesto de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de 90 noventa días naturales, contados a partir de la presente notificación, los citados numerarios causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 5 de septiembre de 2012.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
Lic. Oswaldo Durán Angeles
Rúbrica.
(R.- 357843)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
EDICTO
Se NOTIFICA a la ciudadana Silvia Carmona Martínez y/o representante legal, el acuerdo de aseguramiento dictado por esta Representación Social de la Federación el 29 de agosto de 2012, pronunciado dentro de los autos de la averiguación previa PGR/SIEDO/UEITA/132/2011, relativas a las cuentas bancarias y montos y de la que es titular, siendo ésta la siguiente:
Cuenta bancaria |
Institución bancaria |
Monto asegurado |
4053228854 |
HSBC |
$5,120.36 |
Dejando a su disposición copia del acuerdo de aseguramiento de referencia en estas oficinas. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 182-A y 182-B fracción II del Código Federal de Procedimientos Penales, apercibidos para que no los enajene o grave, y en el supuesto de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de 90 noventa días naturales, contados a partir de la presente notificación, el citado numerario causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 5 de septiembre de 2012.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
Lic. Oswaldo Durán Angeles
Rúbrica.
(R.- 357847)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
EDICTO
Se NOTIFICA a la ciudadana Rosa María Blanco Nava y/o representante legal, el acuerdo de aseguramiento dictado por esta Representación Social de la Federación el 29 de agosto de 2012, pronunciado dentro de los autos de la averiguación previa PGR/SIEDO/UEITA/132/2011, relativas a las cuentas bancarias y montos y de la que es titular, siendo ésta la siguiente:
Cuenta bancaria |
Institución bancaria |
Monto asegurado |
7001/912383 Contrato: 9253609683 |
BANAMEX |
$20,973.93 |
TARJETA INVERMATICO: 5177215055300495 |
BANAMEX |
$6,214.67 |
Dejando a su disposición copia del acuerdo de aseguramiento de referencia en estas oficinas. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 182-A y 182-B fracción II del Código Federal de Procedimientos Penales, apercibidos para que no los enajene o grave, y en el supuesto de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de 90 noventa días naturales, contados a partir de la presente notificación, los citados numerarios causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 5 de septiembre de 2012.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
Lic. Oswaldo Durán Angeles
Rúbrica.
(R.- 357849)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad
Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita
y de Falsificación o Alteración
de Moneda
Coordinación General de Integración y Seguimiento
NOTIFICACION POR EDICTO
CON
FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 181, 182, 182-A, 182-8 FRACCION II DEL
CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, POR ESTA VIA SE NOTIFICA EL
AUTO DE DOCE DE ENERO DE DOS MIL ONCE A MARCO ANTONIO PAREDES MACHADO
O HECTOR ARIEL ROSAS UGALDE Y ROSA ICELA PONCE VALENCIA O ROSA ISELA
PONCE VALENCIA, PRONUNCIADO EN LA AVERIGUACION PREVIA
UEIORPIFAM/AP/169/2009, EN EL QUE SE DECRETO EL ASEGURAMIENTO DE LAS
CUENTAS 5408 4500 0236 0273, 60 523494218, 60 50933186 3, 60 61
4065129, 60 52 3494113,
5470 4649 3685 8784, 4488 060516809252,
6050 3188168, 60514064521, 6050318816, 60514064521, 83500282520 de
BANCO SANTANDER (MEXICO) S.A; 0000000448233381, 0074000000044823,
0677000448233381, 0677000144551338, 0448804117, 0448804141,
0000000448233381, 0074000000044823, 0074000000044823,
0677000448233381, 0677000144551338, 0448804117, 0448804141 DE BBVA
BANCOMER S.A. PUES SE LLEGO A LA ESTIMACION QUE EXISTEN INDICIOS
FUNDADOS DE QUE LOS RECURSOS (DINERO) TIENE LA CALIDAD DE OBJETO DEL
DELITO; ENTONCES, PARA EVITAR QUE EL NUMERARIO SEA RETIRADO U
OCULTADO Y ESTAR EN CONDICIONES DE CONOCER EL ORIGEN Y DESTINO. SE
APERCIBE A LOS INCULPADOS, INTERESADOS A SU REPRESENTANTE LEGAL, QUE
DE NO MANIFESTAR LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, EN UN TERMINO DE
NOVENTA DIAS NATURALES SIGUIENTES AL DE LA NOTIFICACION, LOS BIENES
CAUSARAN ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL. CON FUNDAMENTO
EN
EL ARTICULO 24 DE LA LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION Y ENAJENACION
DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO.
Atentamente
México, D.F., a 25 de febrero de 2011.
La C. Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. Martha Riofrío Martínez
Rúbrica.
(R.- 357860)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
PUBLICACION POR EDICTO
SE NOTIFICA A QUIEN O QUIENES RESULTE(N) PROPIETARIO(S) DE: BOLSA No. 1: UN PAR DE BOTAS TIPO MILITAR, DOS UNIFORMES TIPO OTAN CAMUFLAJEADO (SELVA) UN PAR DE BOTAS CIVILES, SEIS SACOS DE AVIO, DOS PLAYERAS, DOS BOXER, UN SUETER, DOS PARES DE CALCETINES; BOLSA No. 2: UNA CASA DE CAMPAÑA; BOLSA No. 3: ONCE CAMISOLAS CAMUFLAJEADAS COLOR VERDE, SIETE GORRAS, CUATRO PLAYERAS, CUATRO PANTALONES; BOLSA No. 4: DOS FORNITURAS CON ANFORA, VASO Y FUNDA TIPO MILITAR, UN PONCHO; UN CINTURON Y UN DESODORANTE; BOLSA No. 5: DOS CARGADORES PARA RADIO PORTATIL MOTOROLA; BOLSA No. 6: UNA CAMISOLA CAMUFLAJEADA VERDE, DOS PANTALONES CIVILES, UNA CAMISA, UNA GORRA, UNA CACEROLA DE COCINA, UNA COBIJA, BOLSA No. 7: TRES SLEEPING; BOLSA No. 8: TRES FORNITURAS, TRES CASAS DE CAMPAÑA, CINCO PANTALONES CAMUFLAJEADOS VERDE, DOS CAMISOLAS CAMUFLAJEDAS VERDE, UN PAR DE BOTAS TIPO MILITAR; BOLSA No. 9: UN PAR DE TENIS, UN PANTALON CIVIL, 2 CHAMARRAS CIVILES, UNA HAMACA, UNA COBIJA, UN SLEEPING, DOS BOXER, UN PANTS, UNA MOCHILA CIVIL, UNA CAMISOLA, UN PAR DE CALCETAS, UNA BOLSA CON UTILES PARA ASEO PERSONAL, UN CARGADOR PARA AUTO CELULAR; BOLSA No. 10: UN PANTALON, CINCO PLAYERAS, DOS GORRAS; BOLSA No. 11: UN SLEEPING, MOCHILA QUE CONTIENE DIVERSOS OBJETOS, UNA GORRA CAMUFLAJEADA, TRES BOTAS TIPO MILITAR, UNA ANFORA, CINCO JERINGAS DE 3 MM., UNA FRANELA, DOS PARES DE CALCETINES, UN PAQUETE DE ALGODON, DOS CAMISAS CIVILES, UN PAR DE MALLAS, UNA TABLETA, PASTILLAS, DOS REPELENTES, UN BOXER, UNA CASA DE CAMPAÑA, UN ESTUCHE DE CARTUCHOS, DOS TAPAS DE CAMARA, UN PAR DE CALCETAS, UNA CAJA DE TABLETAS, UNA BOTELLA DE ALCOHOL, DOS PILAS, UN CEPILLO DENTAL, UN SARAPE, UNA COBIJA, UNA POMADA DE LABIOS, DOS PANTALONES, DOS FUNDAS DE PISTOLA, TRES LAMPARAS, UN ESTUCHE DE LENTES, VEINTIDOS LATAS DE ALCOHOL SOLIDO, UN RADIO PORTATIL, UN CARGADOR DE RADIO, TRES PARRILLAS, NUEVE LATAS DE ATUN, UNA FUNDA DE ANFORA. UN VEHICULO MARCA FOCUS, LINEA ZX3, COLOR ROJO, CON PLACAS DE CIRCULACION LXH-28-00 DEL ESTADO DE MEXICO, NUMERO DE SERIE 3FAFP3134JR87480; UN VEHICULO MARCA DATSUN, COLOR AZUL, CON PLACAS DE CIRCULACION 672EMV DEL DISTRITO FEDERAL, NUMERO DE SERIE 263728329416; UN VEHICULO MARCA VW, COLOR VERDE, CON PLACAS DE CIRCULACION XZL6369, DEL ESTADO DE VERACRUZ, SOBRE LOS CUALES SE DECRETO ASEGURAMIENTO, DENTRO DE LA AVERIGUACION PREVIA PGR/VER/MTZ/I/012/2006 ACTUALMENTE PGR/SIEDO/UEITA/016/2006, RAZON POR LA QUE SE APERCIBE PARA QUE LOS CITADOS BIENES NO SEAN ENAJENADOS O GRAVADOS Y QUE DE NO MANIFESTAR NADA DENTRO DE UN TERMINO DE NOVENTA DIAS NATURALES SIGUIENTES A LA PRESENTE NOTIFICACION, LOS BIENES, CAUSARAN ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 182 A DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. ANTE EL MAESTRO EGBER GONZALO LEON ARELLANO AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION ADSCRITO A LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE TERRORISMO, ACOPIO Y TRAFICO DE ARMAS PERTENECIENTE A LA SUBPROCURADURIA ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE DELINCUENCIA ORGANIZADA, CON DOMICILIO EN AVENIDA PASEO DE LA REFORMA NUMERO 75, PRIMER PISO, COLONIA GUERRERO, DELEGACION CUAUHTEMOC, EN MEXICO, DISTRITO FEDERAL.
México, D.F., a 1 de octubre de 2012.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Mtro. Egber Gonzalo León Arellano
Rúbrica.
(R.- 357840)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
EDICTO
Se
NOTIFICA a la sociedad en general y a cualquier otra persona que crea
tener interés jurídico, que el Agente del Ministerio
Público de la Federación adscrito a la Unidad
Especializada en Investigación
de Terrorismo, Acopio y
Tráfico de Armas, de la Subprocuraduría Especializada
en Investigación de Delincuencia Organizada, de la
Procuraduría General de la República, mediante proveído
de 19 DIECINUEVE DE JULIO DE 2011 DOS MIL ONCE, decretó el
aseguramiento del VEHICULO MARCA TOYOTA, TIPO SEDAN-CAMRY-LE-V6,
COLOR BLANCO, MODELO 1992, PLACAS DE CIRCULACION 4NEJ779, DEL ESTADO
DE CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, NUMERO DE SERIE
4T1VK12E1NU020638, el cual se encuentra en el depósito de
grúas Rodríguez, ubicado en la calle Hidalgo número
544, colonia centro, en el Municipio Zapotiltic, Estado de Jalisco,
en virtud de que se encuentra afecto a la averiguación previa
PGR/SIEDO/UEITA/070/2006. Notificación que se hace de
conformidad con lo previsto por el numeral 182-B, fracción II,
del Código Federal de Procedimientos Penales; con el
apercibimiento que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en
un término de noventa días naturales siguientes al de
la notificación, el bien asegurado causará abandono a
favor del Gobierno Federal, como lo previene el diverso numeral
182-A, último párrafo del mismo Código Adjetivo
invocado. Queda a disposición de quien se considere con
derechos sobre el vehículo citado, en esta Representación
Social de la Federación, ubicada en avenida Paseo de la
Reforma número 75, colonia Guerrero, Delegación
Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, copia del acuerdo
de aseguramiento de referencia.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México D.F., a 26 de septiembre de 2012.
El
Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito
a la Unidad Especializada
en Investigación de Terrorismo,
Acopio y Tráfico de Armas
Lic. Omar Saucedo Vences
Rúbrica.
(R.- 357838)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
EDICTO
Se NOTIFICA a la ciudadana Sara Nava Cabrera y/o representante legal, el acuerdo de aseguramiento dictado por esta Representación Social de la Federación el 29 de agosto de 2012, pronunciado dentro de los autos de la averiguación previa PGR/SIEDO/UEITA/132/2011, relativas a las cuentas bancarias y montos y de las que es titular, siendo éstas las siguientes:
Cuenta bancaria |
Institución bancaria |
Monto asegurado |
4019160142 |
HSBC |
$46,846.21 |
6127651561 |
HSBC |
$67,183.11 |
6360748456 |
HSBC |
$1,000.00 |
8010537454 |
HSBC |
$2,007.00 DLLS |
169630524177005 |
HSBC |
$1,000,177.00 |
146186165 |
BBVA BANCOMER |
$114,243.24 |
1438794766 |
BBVA BANCOMER |
$194,005.00 |
2024715241 |
BBVA BANCOMER |
$110,145.96 |
Dejando a su disposición copia del acuerdo de aseguramiento de referencia en estas oficinas. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 182-A y 182-B fracción II del Código Federal de Procedimientos Penales, apercibidos para que no los enajene o grave, y en el supuesto de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de 90 noventa días naturales, contados a partir de la presente notificación, los citados numerarios causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 5 de septiembre de 2012.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
Lic. Oswaldo Durán Angeles
Rúbrica.
(R.- 357845)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
EDICTO
Se NOTIFICA a la ciudadana María de Jesús González Torres y/o representante legal, el acuerdo de aseguramiento dictado por esta Representación Social de la Federación el 29 de agosto de 2012, pronunciado dentro de los autos de la averiguación previa PGR/SIEDO/UEITA/132/2011, relativas a las cuentas bancarias y montos y de las que es titular, siendo éstas las siguientes:
Cuenta bancaria |
Institución bancaria |
Monto asegurado |
6296138474 |
HSBC |
$3,188.99 |
6371527220 |
HSBC |
$1,000.00 |
709630053676130 |
HSBC |
$74,546.59 |
710220073641230 |
HSBC |
$1,500.000.00 |
710220073721303 |
HSBC |
$500,000.00 |
180181382 |
BBVA BANCOMER |
$183.33 |
1490024910 |
BBVA BANCOMER |
$52.85 |
Dejando a su disposición copia del acuerdo de aseguramiento de referencia en estas oficinas. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 182-A y 182-B fracción II del Código Federal de Procedimientos Penales, apercibidos para que no los enajene o grave, y en el supuesto de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de 90 noventa días naturales, contados a partir de la presente notificación, los citados numerarios causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 5 de septiembre de 2012.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
Lic. Oswaldo Durán Angeles
Rúbrica.
(R.- 357851)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos
de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda
Coordinación General de Integración y Seguimiento
NOTIFICACION POR EDICTO
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 181, 182, 182-A, 182-8 FRACCION 11 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, POR ESTA VIA SE NOTIFICA EL AUTO DE VEINTITRES DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE A MARCO ANTONIO PAREDES MACHADO O HECTOR ARIEL ROSAS UGALDE, ROSA ICELA PONCE VALENCIA O ROSA ISELA PONCE VALENCIA, RODOLFO PAREDES MACHADO, RUBY PAREDES PONCE, MARCO ANTONIO PAREDES PONCE, LEOBARDO PAREDES MACHADO, E IMELDA SOTO PAREDES, DICTADO EN LA AVERIGUACION PREVIA UEIORPIFAM/AP/169/2009, EN EL QUE SE DECRETO EL ASEGURAMIENTO DE LOS INMUEBLES INSCRITOS EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE AGUA PRIETA SONORA, A NOMBRE DE LOS ANTES MENCIONADOS, CON LOS NUMEROS DE INSCRIPCION 13389, 13512, 13731, 16627, 17083, 18504, 16924, 6810, 20737, 17797, 13313, 13385, 13699, 13704, 14070, 15120, 10867, 11831, 11625, 12630, 21003, LIBRO 1, VOLUMEN 144, 151, 162, 317, 343, 419, 333, 33, 584, 381, 138, 144, 160, 160, 178, 232, 40, 60, 45, 93, 608, SECCION REGISTRO INMOBILIARIO Y PRIMERA, EN FECHA 22/0411999, 22/06/1999, 22/0911999, 2910412003, 08101/2004, 2410312006, 06/1012003, 05110/1987, 30/10/2008, 0210312005, 1610311999, 2110411999, 30/08/1999, 01/09/1999, 04/02/2000, 2910112001, 17/10/1994, 25/0211997, 23/09/1996, 19/11/1997, 13/0212009, RESPECTIVAMENTE. PUES SE LLEGO A LA ESTIMACION QUE EXISTEN INDICIOS FUNDADOS DE QUE LOS RECURSOS (DINERO) TIENE LA CALIDAD DE OBJETO DEL DELITO; ENTONCES, PARA EVITAR QUE EL NUMERARIO SEA RETIRADO U OCULTADO Y ESTAR EN CONDICIONES DE CONOCER EL ORIGEN Y DESTINO. SE APERCIBE A LOS INCULPADOS, INTERESADOS, A SU REPRESENTANTE LEGAL, QUE DE NO MANIFESTAR LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, EN UN TERMINO DE NOVENTA DIAS NATURALES SIGUIENTES AL DE LA NOTIFICACION, LOS BIENES CAUSARAN ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL. CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 24 DE LA LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO.
Atentamente
México, D.F., a 25 de febrero de 2011.
La C. Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. Martha Riofrío Martínez
Rúbrica.
(R.- 357853)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos
de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda
Coordinación General de Integración y Seguimiento
NOTIFICACION POR EDICTO
CON
FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 181, 182, 182-A, 182-B FRACCION II DEL
CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, POR ESTA VIA SE NOTIFICA EL
AUTO DE DOS DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO, A
MARCO ANTONIO PAREDES MACHADO O HECTOR ARIEL ROSAS UGALDE, RODOLFO
PAREDES MACHADO, ROSA ICELA PONCE VALENCIA, MARCO ANTONIO PAREDES
PONCE, LUIS RENATO URTUSUASTEGUI GAXIOLA, RUBY PAREDES PONCE, HECTOR
PONCE PONCE, ESTACION DE SERVICIO ESQUEDA S.A. DE C.V., GASOLINERA
RUBY S.A. DE C.V, SERVICIO JOFRA S.A. DE C.V., COMERCIAL DE FIERRO Y
ACERO S.A. DE C.V., COMERCIAL DE FIERRO Y ACERO S.A. DE C.V.,
INMOBILIARIA CALIMAYAN S.A. DE C.V., INMOBILIARIA CALIMAYAN
S.A.
DE C.V., PRONUNCIADO
EN LA AVERIGUACION PREVIA UEIORPIFAM/AP/169/2009, SE DECRETO EL
ASEGURAMIENTO DE TODAS LAS CUENTAS (INTERMEDIACION, DEPOSITO, AHORRO,
INVERSION, CHEQUES, CAJAS DE SEGURIDAD, FIDEICOMISOS, CREDITO CON O
SIN GARANTIA, VALORES BURSATILES Y POLIZAS, ETCETERA), ASI COMO DE
TODAS LAS TARJETAS DE CREDITO, DEBITO Y DE PREPAGO, EN LAS QUE
APARECEN COMO TITULAR, COTITULAR O BENEFICIARIO Y FIDEICOMISARIO,
FIDEICOMITENTE, FIRMANTE O REPRESENTANTE LEGAL, ABIERTAS EN EL
SISTEMA FINANCIERO, DICHAS PERSONAS FISICAS Y MORALES; ESTO EN RAZON
DE QUE POR LAS RAZONES ALLI SEÑALADAS SE LLEGO A LA ESTIMACION
QUE EXISTEN INDICIOS DE QUE LOS RECURSOS (DINERO) QUE OPERAN A TRAVES
DEL SISTEMA FINANCIERO, REPRESENTAN EL PRODUCTO DE UNA ACTIVIDAD
ILICITA; ENTONCES, A FIN DE EVITAR QUE EL NUMERARIO SEA RETIRADO U
OCULTADO Y PARA ESTAR EN CONDICIONES DE CONOCER EL ORIGEN Y DESTINO,
SE DECRETO EL ASEGURAMIENTO.
CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO ACREDITAR CON PRUEBAS IDONEAS Y FEHACIENTES EL ORIGEN LICITO DEL DINERO ASEGURADO, EN EL TERMINO DE 90 NOVENTA DIAS NATURALES SIGUIENTES AL DE LA NOTIFICACION, EL NUMERARIO CAUSARA ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 24 DE LA LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO.
Atentamente
México, D.F., a 23 de febrero de 2011.
La C. Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. Martha Riofrío Martínez
Rúbrica.
(R.- 357858)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada
Unidad
Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos
de
Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración
de Moneda
EDICTO
La
agente del Ministerio Público de la Federación adscrita
a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en
Delincuencia Organizada, con fundamento en los artículos 181,
182, 182-A y 182-B fracción II del Código Federal de
Procedimientos Penales; por esta vía NOTIFICA a JOSE LUIS
RODRIGUEZ RODRIGUEZ con fecha de nacimiento 10 de junio de 1980,
INTERESADOS, y/o REPRESENTANTE LEGAL y/o QUIEN RESULTE LEGALMENTE CON
DERECHO O TENGA INTERES JURIDICO, el ACUERDO DE ASEGURAMIENTO de
veintitrés de octubre de dos mil siete, dictado en la
averiguación previa número
PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/159/2007, iniciada por los delitos de
OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA, VIOLACION A LA LEY
FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, CONTRA LA SALUD y lo que
resulte,
por medio del cual, se decretó el aseguramiento precautorio
de: PRIMERO.- Se decreta el aseguramiento precautorio de la cantidad
en efectivo de USD$300,484.00 (TRESCIENTOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA
Y CUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA). SEGUNDO.- Se
decreta el aseguramiento precautorio de: 1)
Vehículo marca Ford, Tipo Grand Marquis, cuatro puertas, color
gris, placas de circulación BCG408 del Estado de Texas; 2)
Vehículo marca Ford, tipo pick up, King Ranch, color Guinda,
cuatro puertas, placas de circulación 33TWY2 del Estado de
Texas; 3)
Vehículo marca Ford, tipo pick up, DOS PUERTAS, color negra,
placas de circulación 17PHDZ
del Estado de Texas, serie
número 1FTRF14505NA25217, modelo 2005; 4)
Una cuatrimotor marca
Kawasaki, Modelo Brute Force, color negra,
motor V Twin 750, con tablero digital; 5)
Una cuatrimoto,
marca Kawasaki, Modelo Brutal Force, color
camuflaje, motor V Twin 750, con tablero digital; 6)
Un fusil marca Bushmaster, modelo XM15, calibre .223 matrícula
limada, pavón negro con culata y guardamanos color camuflaje;
7)
Del inmueble ubicado en calle San Fernando sin número entre
las calles Mante y Lerdo, de la colonia Electricistas, de Ciudad
Miguel Alemán, Tamaulipas, así como del menaje
localizado en su interior;
8)
De la maleta de tela nailon color beige; 9)
documentos descritos en el presente acuerdo, 10)
vegetal verde y seco con las características propias de la
marihuana con un peso bruto aproximado de 26.9 veintiséis
punto nueve gramos, y 11)
vegetal
verde y seco con las características propias de la marihuana
con un peso bruto aproximado de 0.400 gramos; lo anterior a efecto de
que manifiesten lo que a su derecho convenga en las oficinas que
ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de
Falsificación o Alteración de Moneda, ubicadas en Paseo
de la Reforma número 75 setenta y cinco, planta baja, colonia
Guerrero, código postal 06300, México, Distrito
Federal, lugar en donde se ponen a su disposición las
constancias conducentes al citado acuerdo de aseguramiento;
apercibiéndoseles que de no manifestar lo que a su derecho
convenga en el plazo de noventa días naturales que señala
el artículo 182-A, del Código Federal de Procedimientos
Penales a partir de la presente notificación, los bienes
asegurados aludidos causarán abandono a favor del Gobierno
Federal.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 4 de octubre de 2012.
La Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrita a la UEIORPIFAM
Lic. Jesica Salgado Ruiz
Rúbrica.
(R.- 357863)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud
EDICTO
Se
notifica A LOS PROPIETARIOS, INTERESADOS y/o REPRESENTANTE LEGAL, los
acuerdos de fecha veintinueve y treinta de enero del año dos
mil diez, dictado en autos de la Averiguación
Previa PGR/SIEDO/UEIDCS/529/2009,
por el cual se determina el ASEGURAMIENTO MINISTERIAL de los
siguientes bienes: 1.-
Inmueble ubicado en Junco de la Vega número 49, colonia Eva
Sámano de López Mateos, Matamoros, Tamaulipas, código
postal 87394, así como su menaje. 2.- Inmueble ubicado en
avenida Puerto Rico número 2 esquina con calle Texcoco, La
Plaza, Fraccionamiento Residencial, código postal 87344,
Matamoros, Tamaulipas, así como su menaje. 3.- Inmueble
ubicado en avenida Adolfo López Mateos, número
doscientos entre calle onceava y la doceava y/o Adolfo López
Mateos sin número esquina con calle Onceava, colonia Centro,
código postal 88400, Municipio de Gustavo Díaz Ordaz,
Tamaulipas, así como su menaje. 4.- Llantera con razón
social “Cooper Tires y el Taller con razón social “San
Miguel” y del inmueble en donde se localizan dichos negocios
ubicado en avenida Hidalgo número quinientos veintiocho, zona
Centro, Municipio de Ciudad Gustavo Díaz Ordaz, Tamaulipas,
código postal 88400; así como su respectivo menaje y
diversa documentación. 7.- Numerario consistente en la
cantidad de: A) $3,063.75 (TRES MIL SESENTA Y TRES PUNTO SETENTA Y
CINCO) DOLARES AMERICANOS y B) $7,749.50 (SIETE MIL SETECIENTOS
CUARENTA Y NUEVE PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS); así como
diversos billetes al parecer correspondientes a distintos países.
8.- Equipo de cómputo. 9.- Cuentas bancarias y su saldo
correspondientes a la institución bancaria: BANCOMER A)
0163464954, B) 0449964908, C) 0147378564,
D) 1352581280, E)
1349920277, F) 1353194558, G) 2032568373, H) 2201164988, I)
21060087450.
J) 0147503342. Institución bancaria HSBC
cuenta 61-90551441. Razón
por la que deberá abstenerse de enajenarlo, gravarlo o
hipotecarlo y que de no manifestar lo que a su derecho convenga en un
término
de noventa días naturales, contados a
partir de la presente notificación, ante el Agente del
Ministerio Público de la Federación adscrito a la
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la
Salud, con domicilio en Paseo de la Reforma número 75, segundo
piso, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, México,
Distrito Federal, código postal 06300, causarán
ABANDONO a favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 182-A del Código Federal de
Procedimientos Penales. Se pone a su disposición, en el mismo
domicilio, copia del Acta que incluye inventario de los bienes que se
mencionan, y se le apercibe para que señale domicilio para oír
y recibir notificaciones, o éstas se realizarán por
estrados. Lo anterior con fundamento en los artículos 181
párrafos primero y segundo, 182-A, 182-B párrafo
primero, fracción II
en relación con el 107 del
Código Federal de Procedimientos Penales; 4o. fracción
I apartado A inciso j) de la Ley Orgánica de la Procuraduría
General de la República; toda vez que existen indicios de que
representan el producto y/o instrumento de actividades ilícitas,
contempladas en leyes federales. CUMPLASE.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 21 de septiembre de 2012.
El Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a
la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada
Lic. Verónica Janette Arroyo Martínez
Rúbrica.
(R.- 357865)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Delegación Estatal Chihuahua
Agencia Novena del Ministerio Público de la Federación
en Ciudad Juárez, Chihuahua
PUBLICACION POR EDICTO
Se notifica a quien resulte ser propietario y/o propietarios, o a sus representantes legales, de los bienes inmuebles consistentes en: 1.- Un establecimiento comercial de los denominados casino de juegos y apuestas (UNO), ubicado en Plaza de las Américas en avenida Benjamín Franklin, número 3320, ancla 2, en el Anillo Envolvente del Pronaf, en Ciudad Juárez, Chihuahua, 2.- Un establecimiento comercial de los denominados casino de juegos y apuestas (UNO), ubicado en la parte trasera del centro comercial Galerías Tec, que se encuentra en avenida Tecnológico 1770, locales identificados como A 07, A 10, A 17, A 19, E 44, E 45 y E 46, del fraccionamiento Fuentes del Valle, en Ciudad Juárez, Chihuahua, 3.- Un establecimiento comercial de los denominados casino de juegos y apuestas (UNO) “JUAREZ RACE AND SPORT BOOK”, ubicado en avenida Juárez Norte, números 798, colonia Centro, en Ciudad Juárez; Chihuahua, locales comerciales en donde se encontraban operando casinos de apuesta de los denominados “UNO”, que en autos de la averiguación previa AP/PGR/CHIH/JUA/2031/2011-IX-A, instruida en contra de diversas personas, por el delito de VIOLACION A LA LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS, se decretó aseguramiento ministerial de dichos bienes inmuebles y de todo lo que se encontraba en su interior, razón por la cual, deberán abstenerse de enajenarlo o gravarlo. Se les apercibe, que de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de noventa días naturales contados a partir de la presente notificación, ante el C. Licenciado Horacio Neri Pérez, Agente del Ministerio Publico de la Federación Titular de la Agencia Novena Investigadora, con domicilio en avenida Abraham Lincoln, número 820, esquina con Hermanos Escobar del Fraccionamiento La Playa, código postal 32310, en Ciudad Juárez, Chihuahua, los bienes inmuebles y muebles de referencia causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad Juárez, Chih., a 3 de septiembre de 2012.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Titular de la Agencia Novena Investigadora
Lic. Horacio Neri Pérez
Rúbrica.
(R.- 357870)
Petróleos Mexicanos
Pemex Gas y Petroquímica Básica
Dirección Corporativa de Administración de Petróleos Mexicanos
Subdirección de Administración Patrimonial
AVISO MODIFICATORIO
A todos los adquirientes de bases de la licitación pública número
SUAP-DG-09/12
De
conformidad con lo establecido por el artículo 55 de las
Normas, Bases, Lineamientos y Procedimientos para la Administración
del Patrimonio de Petróleos Mexicanos y Organismos
Subsidiarios
y Lineamiento 152 párrafo final de los
Lineamientos Generales para la Administración de los Bienes
Inmuebles de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, se
les comunica que se modifican los términos de la convocatoria
publicada en este mismo medio el día 26 de octubre de 2012,
para quedar de la siguiente manera:
DICE |
DEBE DECIR |
“…invita a personas morales mexicanas y extranjeras, con capacidad legal para adquirir bienes inmuebles y legitimadas……” |
“…invita a personas morales de nacionalidad mexicana con cláusula de exclusión de extranjeros, a personas morales de nacionalidad mexicana con cláusula de admisión de extranjeros que pretendan destinar el inmueble adjudicado a la realización de actividades no residenciales, siempre y cuando en sus estatutos conste que celebraron el convenio a que se refiere la fracción I del Artículo 27 Constitucional; así como a instituciones de crédito autorizadas para operar en la República Mexicana como fiduciarias de personas morales extranjeras, o de personas morales de nacionalidad mexicana con cláusula de admisión de extranjeros que pretendan destinar el inmueble a fines residenciales, como fideicomisarios en fideicomisos constituidos para este inmueble en los términos de la Ley de Inversión Extranjera, con capacidad legal para adquirir bienes inmuebles y legitimadas….” |
Se comunica lo anterior, para todos los efectos legales y normativos a que haya lugar.
México, D.F., a 31 de octubre de 2012.
Especialista Técnico “A”
Lic. María Teresa de Lourdes Avelar Villegas
Rúbrica.
(R.- 357796)
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
EDICTO
“INSTRUMENTACION LATINOAMERICANA S.A. DE C. V.”
COMUNICACION DE LA RESCISION ADMINISTRATIVA DEL PEDIDO NUMERO 20080200, DE FECHA 5 DE DICIEMBRE DE 2008.
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, fracción IV y penúltimo párrafo, 11 y 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 64, párrafos cuarto, quinto y sexto; 66-A, párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, vigentes en la época de los hechos, ya que en años posteriores hubo reformas al Reglamento en cita; 3, 28, 83, 85 y 86 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de Aplicación Supletoria a la Materia, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32, fracción V del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; los puntos: 25.6, letras A y F de las Bases de la Licitación Pública Internacional Electrónica número DIF-LPB-08-48-EMLECARDGRAS y CompraNet número 12360001-052-08; el punto 191 del capítulo XIV. 3.- Rescisión de Contratos o Pedidos de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles y de Prestación de Servicios de Cualquier Naturaleza, dictaminadas por el Comité de Mejora Regulatoria; toda vez que “Instrumentación Latinoamericana, S.A. de C.V.” ha desaparecido de su domicilio ignorándose su actual paradero, en consecuencia, y con estricto apego a lo señalado por los artículos 35 y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se comunica por este medio lo siguiente:
El “Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia”, en cumplimiento a la sentencia dictada dentro del Juicio de Nulidad promovido por “Instrumentación Latinoamericana, S.A. de C.V.” ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el expediente número 18549/10-17-01-4, causando firmeza por auto de fecha 1 de diciembre de 2011, se comunica a “Instrumentación Latinoamericana, S.A. de C.V.” que a través del oficio número 233.000.00/1514/2011, de fecha 25 de octubre de 2011, el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, en representación del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, rescindió el pedido número 20080200 de fecha 5 de diciembre de 2008, toda vez que “Instrumentación Latinoamericana, S.A. de C.V.” incurrió en el incumplimiento de sus obligaciones contenidas en el pedido anteriormente citado, las cuales consistían, entre otras, en la instalación, puesta a punto, funcionamiento, pruebas, capacitación, suministro de implementos y programa de mantenimiento de los cuatro digitalizadores basados en láser de mano portable, cuatro tornos de control numérico de cuatro ejes y un torno numérico de seis ejes suministrados al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. Determinación sustentada en los antecedentes, valoración de pruebas, exposición de motivos y acreditación del incumplimiento de obligaciones por parte del contratista; dichos elementos se encuentran contenidos en el oficio previamente citado y se tienen reproducidos aquí como si a la letra se insertasen. Con la presente resolución se deja sin efectos aquélla de fecha 17 de mayo de 2010 emitida por el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales de este Organismo, privándola de efectos y en estricto cumplimiento a la ejecutoria inicialmente referida en este párrafo.
No es omiso señalar que en los archivos de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, la cual se encuentra ubicada en Avenida Emiliano Zapata número 340, 1er piso, colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, código postal 03310, México, Distrito Federal, obra el oficio número 233.000.00/1514/2011 de fecha 25 de octubre de 2011, el cual se pone a disposición del proveedor en un horario de 9:00 a 18:00 horas; el citado oficio constituye una resolución administrativa de carácter definitivo, razón por lo cual “Instrumentación Latinoamericana, S.A. de C.V.” cuenta con la opción de impugnarla en la vía administrativa mediante Recurso de Revisión, debiendo ser presentado ante esta entidad en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir del día siguiente en que surta efectos la presente notificación.
Atentamente
México, D.F., a 22 de octubre de 2012.
Director
General de Recursos Materiales y Servicios Generales
del Sistema
Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
Actuando en ausencia del Titular de la Dirección General de
Recursos Materiales y Servicios Generales supliéndolo
conforme a lo dispuesto en el artículo 37 del Estatuto Orgánico
del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, vigente
Lic. Ada Marina Solís Díaz
Rúbrica.
(R.- 357596)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
José Alberto Martínez Vázquez
Vs.
José de Jesús Quezada Acosta
M. 835640 LIQUI-2 Y DISEÑO
Exped. P.C. 2110/2011 (C-573) 19382
Folio 17878
NOTIFICACION POR EDICTO
JOSE DE JESUS QUEZADA ACOSTA
Por escrito y anexos presentados en la Oficina Regional Occidente el 22 de noviembre de 2011 y recibido en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 25 del mismo mes y año, al cual recayó el folio de entrada 019382, Salvador Jiménez Rosales, apoderado de JOSE ALBERTO MARTINEZ VAZQUEZ, solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro, haciendo consistir su acción en el supuesto derivado de la fracción II del artículo 152 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial.
El presente se signa en la Ciudad de México, en la fecha señalada al rubro, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V y XXII, 7o. bis 2, Títulos Sexto y Séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante Decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009, 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010, 27 de enero y 9 de abril de 2012, publicados en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante Decretos de 1o. de julio de 2002, 15 de julio de 2004, cuya Fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año, así como Decreto de 7 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c), subinciso ii), primer guión, Coordinación Departamental de Nulidades, 18 fracciones I a III, V a VIII, Xl y XII y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante Acuerdos de 10 de octubre de 2002, 29 de julio de 2004, cuya Nota Aclaratoria se publicó el 4 de agosto de 2004, así como Acuerdo de 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo); y 1o., 3o. y 7o. primer párrafo, incisos d), f), j), k), l), n), o), p), q), r) y s) y tercer párrafo del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, publicados en dicho medio informativo).
Atentamente
2 de julio de 2012.
El Coordinador Departamental de Nulidades
Román Iglesias Sánchez
Rúbrica.
(R.- 357631)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
ANNCO, INC.
Vs.
VOLVOX, S.A. DE C.V.
M. 740881 LOFT
Exped. P.C. 371/2012 (C-112)3438
Folio 28896
NOTIFICACION POR EDICTO
VOLVOX, S.A. DE C.V.
Se hace de su conocimiento que dentro del procedimiento de declaración administrativa de caducidad citado al rubro, correspondiente a la marca 740881 LOFT, promovido por ROBERTO AROCHI ESCALANTE, apoderado de ANNCO, INC., en contra de VOLVOX, S.A. DE C.V. con fecha 28 de septiembre de 2012, y por oficio con folio de salida 27808, se dictó la resolución correspondiente, cuyos puntos resolutivos se transcriben a continuación:
PRIMERO.- Se declara la caducidad del procedimiento iniciado por Roberto Arochi Escalante, apoderado de ANNCO, INC., en contra de VOLVOX, S.A. DE C.V.; por las razones expuestas.
SEGUNDO.- Notifíquese esta resolución a la parte actora de forma personal, y a la demandada a través de edictos. En consecuencia, y a efecto de que surta efectos la notificación de la presente resolución a la demandada, con apoyo en los artículos 187, 194 y 199 de la Ley de la Propiedad Industrial, gírese a la actora oficio por separado que contenga un extracto de la presente resolución, a efecto de que lo publique por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de los de mayor circulación en la República Mexicana. Por lo anterior, en términos de lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se concede a la parte actora, el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente en que se notifique el oficio que contenga un extracto de la presente resolución, para exhibir las respectivas publicaciones; no obstante lo anterior, y cuando así lo exija el asunto y no se perjudiquen los derechos de los interesados o de terceros, de conformidad con el artículo 31 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, dicho plazo podrá ampliarse a petición de la actora, por cinco días hábiles adicionales a efecto de que se encuentre en posibilidad de cumplir debidamente con lo ordenado, haciendo de su conocimiento que en caso de no dar cumplimiento al presente requerimiento, se le impondrá una multa que podría ser hasta por el importe de veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, de conformidad con los artículos 213 fracción XXX, 214 fracción I y 220 de la Ley de la Propiedad Industrial.
TERCERO.- Publíquese en la Gaceta de la Propiedad Industrial, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 6o. y 8o. de la Ley de la Propiedad Industrial y 15 del Reglamento de dicho ordenamiento.
Con fundamento en los artículos 1o., 2o. fracciones IV, V y VI, 6o. fracciones IV y V, 7o., 7o. bis 2, y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda mediante decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009 y 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010, 27 de enero y 9 de abril de 2012, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c), subinciso ii) Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial, 4o., 5o., 7 y 11 fracción IX, así como último párrafo y 14 fracciones I a III, V a VIII, XI y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado según corresponda mediante decretos de 1o. de julio de 2002, 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se publicó el día 28 del mismo mes y año en dicho medio informativo y 7 de septiembre de 2007); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c) subinciso ii) Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial, 18 fracciones I, II y VII, 25, 26, 28 y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado según corresponda mediante acuerdos de 10 de octubre de 2002, 29 de julio de 2004, cuya nota aclaratoria se publicó el 4 de agosto de 2004 en dicho medio informativo y 13 de septiembre de 2007); y 1o., 2o., 3o., 7o. incisos a), b) c), r) y s) y segundo párrafo del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004, 13 de septiembre de 2007, 27 de enero y 9 de abril de 2012, en dicho medio informativo).
Atentamente
9 de octubre de 2012.
La Subdirectora Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Ana María Valladolid Díaz
Rúbrica.
(R.- 357043)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
ANNCO, INC.
Vs.
VOLVOX, S.A. DE C.V.
M. 747716 LOFTS
Exped. P.C. 372/2012 (C-113)3439
Folio 28897
NOTIFICACION POR EDICTO
VOLVOX, S.A. DE C.V.
Se hace de su conocimiento que dentro del procedimiento de declaración administrativa de caducidad citado al rubro, correspondiente a la marca 747716 LOFTS, promovido por ROBERTO AROCHI ESCALANTE, apoderado de ANNCO, INC., en contra de VOLVOX, S.A. DE C.V. con fecha 28 de septiembre de 2012, y por oficio con folio de salida 27810, se dictó la resolución correspondiente, cuyos puntos resolutivos se transcriben a continuación:
PRIMERO.- Se declara la caducidad del procedimiento iniciado por Roberto Arochi Escalante, apoderado de ANNCO, INC., en contra de VOLVOX, S.A. DE C.V.; por las razones expuestas.
SEGUNDO.- Notifíquese esta resolución a la parte actora de forma personal, y a la demandada a través de edictos. En consecuencia, y a efecto de que surta efectos la notificación de la presente resolución a la demandada, con apoyo en los artículos 187, 194 y 199 de la Ley de la Propiedad Industrial, gírese a la actora oficio por separado que contenga un extracto de la presente resolución, a efecto de que lo publique por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de los de mayor circulación en la República Mexicana. Por lo anterior, en términos de lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se concede a la parte actora, el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente en que se notifique el oficio que contenga un extracto de la presente resolución, para exhibir las respectivas publicaciones; no obstante lo anterior, y cuando así lo exija el asunto y no se perjudiquen los derechos de los interesados o de terceros, de conformidad con el artículo 31 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, dicho plazo podrá ampliarse a petición de la actora, por cinco días hábiles adicionales a efecto de que se encuentre en posibilidad de cumplir debidamente con lo ordenado, haciendo de su conocimiento que en caso de no dar cumplimiento al presente requerimiento, se le impondrá una multa que podría ser hasta por el importe de veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, de conformidad con los artículos 213 fracción XXX, 214 fracción I y 220 de la Ley de la Propiedad Industrial.
TERCERO.- Publíquese en la Gaceta de la Propiedad Industrial, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 6o. y 8o. de la Ley de la Propiedad Industrial y 15 del Reglamento de dicho ordenamiento.
Con fundamento en los artículos 1o., 2o. fracciones IV, V y VI, 6o. fracciones IV y V, 7o., 7o. bis 2, y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda mediante decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009 y 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010, 27 de enero y 9 de abril de 2012, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c), subinciso ii) Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial, 4o., 5o., 7 y 11 fracción IX, así como último párrafo y 14 fracciones I a III, V a VIII, XI y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado según corresponda mediante decretos de 1o. de julio de 2002, 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se publicó el día 28 del mismo mes y año en dicho medio informativo y 7 de septiembre de 2007); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V, inciso c) subinciso ii) Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial, 18 fracciones I, II y VII, 25, 26, 28 y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado según corresponda mediante acuerdos de 10 de octubre de 2002, 29 de julio de 2004, cuya nota aclaratoria se publicó el 4 de agosto de 2004 en dicho medio informativo y 13 de septiembre de 2007); y 1o., 2o., 3o., 7o. incisos a), b) c), r) y s) y segundo párrafo del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004, 13 de septiembre de 2007, 27 de enero y 9 de abril de 2012, en dicho medio informativo)
Atentamente
9 de octubre de 2012.
La Subdirectora Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Ana María Valladolid Díaz
Rúbrica.
(R.- 357048)
Pemex Exploración y Producción
Subdirección Región Norte
Gerencia de Suministros y Servicios Administrativos
Subgerencia de Recursos Materiales
CONVOCATORIA
Pemex
Exploración y Producción, a través del Activo de
Producción Aceite Terciario del Golfo de la Región
Norte, convoca a todas las personas físicas o morales
establecidos en México o en el extranjero, especialistas en
productos químicos para el tratamiento de pozos, para que
participen en las pruebas de selección de productos químicos
para inyecciones superficiales (mejoradores de flujo y
antiespumantes) en las instalaciones, tuberías, cabezales y
tanques de almacenamiento a tratar que se encuentran dentro de los
sectores del APATG (Activo de Producción Aceite Terciario del
Golfo), el cual abarca varios municipios
de los estados de
Veracruz y Puebla. Los campos que lo conforman son:
Agua Fría-Coyula-Humapa-Corralillo; Tajín-Coapechaca-Presidente Alemán-Furbero-Remolino, Coyotes-Miquetla-Soledad. Esto es enunciativo mas no limitativo y comprenderá los sectores, campos y pozos presentes y futuros que PEP determine dentro del APATG.
Requisitos que se deberán cumplir:
Los participantes deberán sujetarse a la normatividad operativa establecida por PEP, para el tratamiento en ductos de la corriente de crudo del AIATG; asimismo, en materia de seguridad salud y protección ambiental, como resultado de la aplicación de los productos químicos que sometan a las respectivas pruebas, deberán cumplir con los siguientes parámetros de calidad:
Incisos: A-M.
Parámetros de calidad: Reducción significativa en su viscosidad (prueba de laboratorio y campo).
Requerimiento: Mínimo de 70% de reducción de viscosidad.
Incisos: B-M.
Parámetros de calidad: Dosificación de producto mejorador de flujo máxima permitida (prueba de laboratorio y campo).
Requerimiento: 500 ppm por barril de aceite producido.
Incisos: C-M.
Parámetros de calidad: Reducción en la contrapresión de las líneas de descarga y cabezales. (prueba de Campo).
Requerimiento: Mínimo de 35%.
Incisos: D-M.
Parámetros de calidad: El producto tratado debe quedar en un máximo de 3500 CP.
Requerimiento: Transporte óptimo del crudo.
Incisos: A-A.
Parámetros de calidad: Reducción significativa de espuma en tuberías, cabezales y tanques de almacenamiento. (prueba de campo).
Requerimiento: Mínimo al 90%.
Incisos: B-A.
Parámetros
de calidad: Dosificación de producto antiespumante máxima
permitida (prueba de laboratorio
y campo).
Requerimiento: 100 ppm por barril de aceite producido.
Incisos: C-A.
Parámetros de calidad: Reducción significativa del tiempo de rompimiento de espuma en tuberías, cabezales y tanques de almacenamiento.
(prueba de campo).
Requerimiento: Máximo 30 Mín.
Incisos: D-A.
Parámetros de calidad: Análisis puntual en sitio. (prueba de campo).
Requerimiento: Obligatorio.
La Coordinación General y la Supervisión de las actividades estará a cargo de los ingenieros Francisco A. Rojas Sánchez, Coordinador “B”, Gilberto Díaz Alcocer Especialista Técnico “A” y Rubén Darío Zamudio Márquez Especialista Técnico Administrativo “A”, adscritos a la Coordinación de Operación de Pozos e Instalaciones de Explotación del Activo de Producción Aceite Terciario del Golfo, de la Subdirección de Producción Región Norte, teléfono 01 (782) 82 61000, extensiones 34252 y 33490; e-mail: francisco.armando.rojas@pemex.com; gilberto.alejandro.diaz@pemex.com; ruben.dario.zamudio@pemex.com, con ubicación en puerta 2 edificio “A” frente a la Administración del APPRA, interior campo Pemex, colonia Herradura, código postal 93370, Poza Rica, Veracruz.
Las
personas físicas o morales participantes interesadas tendrán
que presentarse en las oficinas de la Coordinación de
Operación de Pozos e Instalaciones de Explotación con
los ingenieros Francisco A. Rojas Sánchez, Ing. Gilberto Díaz
Alcocer e Ing. Rubén Darío Zamudio Márquez, para
recibir el listado de instalaciones de donde se tomará la
muestra para realizar los análisis correspondientes a la
prueba
de laboratorio; asimismo, se les proporcionará el
protocolo de prueba emitido por PEP a cada uno de los interesados.
Los interesados llevarán a cabo su correspondiente muestreo de
crudo para la evaluación y selección de sus productos
químicos que cumplan con los requisitos de calidad de Pemex,
para el caso de los parámetros de calidad del mejorador de
flujo (Incisos A-M, B-M, C-M y D-M), y para realizar las pruebas de
campo se determina como punto para el mejorador de flujo el área
específicamente de pozos remolinos y alemanes. Y para evaluar
en prueba de campo los productos químicos que cumplan con los
requisitos de calidad de Pemex, en el caso del Antiespumante (Incisos
A-A, B-A, C-A y D-A) se determina la batería
de separación
Agua Fría II, teniendo como fecha límite el día
12 de noviembre de 2012, en horario de 9:00 a 13:00 horas.
Posteriormente, cada participante deberá entregar su propuesta técnica a más tardar el 19 de noviembre de 2012 en horario de 9:00 a 13:00 horas, sin excepción, quedando fuera del proceso quienes no la hayan presentado.
Una vez recibidas las propuestas, PEP el día 26 de noviembre de 2012 entregará a los participantes un programa en el cual se señale la fecha y hora para la realización de las pruebas de laboratorio, mismas que comprenderán un periodo del 28 de noviembre al 7 de diciembre de 2012 las cuales se llevarán a cabo en el Laboratorio de Control y Calidad Poza Rica ubicado en Boulevard Lázaro Cárdenas número 200, interior del Campo Pemex (Activo de Producción Poza Rica-Altamira Area Poza Rica, edificio CREEL), colonia Herradura, código postal 93370, Poza Rica, Veracruz, con la finalidad de verificar que sus productos químicos cumplan con los parámetros de calidad señalados en sus propuestas técnicas respecto a los parámetros de calidad requeridos por PEP señalados en los inicios A y B de esta convocatoria.
Las propuestas que resulten satisfactorias en la evaluación en el laboratorio de PEP, serán las consideradas para proceder a realizar la prueba de campo, las cuales se llevarán a cabo dentro del periodo comprendido del 10 al 21 de diciembre de 2012 en las instalaciones candidatas asignadas a las compañías seleccionadas para realizar la evaluación de los productos químicos en las pruebas de campo.
Los
interesados deberán contar, con el respectivo equipo y
material para realizar la prueba, así como utilizar el equipo
de protección personal necesario y cumplir con los
requerimientos de SSPA; asimismo,
la totalidad de los gastos
efectuados serán absorbidos por la persona física o
moral interesada.
Una vez concluidas las pruebas, se citará a los representantes de las compañías participantes a las oficinas de la Coordinación de Operación de Pozos e Instalaciones de Explotación, para hacer entrega del informe de resultados, avalado por personal técnico de Pemex Exploración y Producción representante de los sectores donde se hayan realizado las pruebas de campo y representante de la(s) compañía(s) participantes en la evaluación industrial de los productos químicos.
Los Productos Químicos que presenten incumplimiento a los parámetros de calidad establecidos por PEP no serán aceptados.
El resultado de las pruebas de campo que resultan satisfactorias, formaran parte de los requisitos de evaluación técnica que debe presentarse en el proceso de contratación de productos químicos para la optimización de pozos.
Por su parte PEP no adquirirá ningún compromiso para la asignación de algún contrato, con la persona moral o física que efectúe las pruebas, aun cuando el resultado sea satisfactorio.
Poza Rica de Hidalgo, Ver., a 31 de octubre de 2012.
Superintendente de Contratación de Adquisición, Arrendamiento y Servicios
Martín Bravo Noyola
Rúbrica.
(R.- 357798)
Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura
CONVOCATORIA
En observancia a la Ley General de Bienes Nacionales y Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de los Bienes Muebles Propiedad de FIRA, el Banco de México en su carácter de Fiduciario del Gobierno Federal en el Fideicomiso denominado Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura, convoca a los interesados a participar en la licitación pública incluyendo subasta, número: SRASUR 002/2012 relativa a la venta de: Equipo de transporte, por haber sido considerados no útiles para la entidad, dicha licitación se llevará a cabo en las oficinas y domicilios señalados de acuerdo con el siguiente detalle:
Venta
de bases: |
Junta
de aclaración a las bases |
Registro y presentación de las ofertas: 9:30 horas |
Apertura de ofertas: 12:00 horas |
Fallo: 10:00 horas |
Horario para ver físicamente los bienes: 9:30 a 15:00 horas |
Del 30 de Oct. al 12 de Nov. de 2012 (días hábiles) |
12
de noviembre |
14
de noviembre |
14 de noviembre de 2012 |
15 de noviembre de 2012 |
Del
30 de Oct. |
No. de lote |
Descripción general de los bienes |
Cantidad |
Unidad de medida |
Valor mínimo para venta (antes de IVA) |
1 al 3 4 y 5 6 al 66 67 |
Volkswagen Jetta Trendline-2006 Volkswagen Jetta 2007 Camioneta Ford pick up 2007 Camioneta Ford pick up 2005 |
3 2 61 1 |
Unidad |
7’167,739.03 |
Los licitantes deberán garantizar sus propuestas mediante cheque certificado de la cuenta del licitante o de caja expedido en moneda nacional a favor de Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura o en caso necesario abreviarlo a Fondo de Gtía. y Fomento para la Agric., Ganad. y Avic., por un importe del 10% del valor para venta del lote o por el total de lotes ofertados, informándoles que el procedimiento de la licitación se llevará a cabo conforme a lo establecido en las bases que dentro de su Anexo 01 detallan los bienes que son puestos a la venta, así como sus valores para venta.
Para
participar en el presente proceso de licitación y en la
subasta, los interesados necesariamente deberán adquirir las
bases que estarán a su disposición a partir del día
30 de octubre al 12 de noviembre de 2012, siendo responsabilidad de
los interesados en adquirirlas oportunamente durante este periodo, y
obtener el recibo correspondiente, cubriendo en efectivo, cheque
certificado, cheque de caja a favor del Fondo de Garantía y
Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura o en caso
necesario abreviarlo a Fondo
de Gtía. y Fomento para la
Agric., Ganad. y Avic., o mediante depósito bancario a la
cuenta que le indique
la convocante, la cantidad de $1,000.00 (mil
pesos 00/100 M.N.) IVA incluido, en las oficinas de la convocante. La
venta de bases, junta de aclaración a las bases, registro y
presentación de las ofertas, apertura de ofertas y fallo, se
llevarán a cabo en las oficinas de la convocante ubicadas en
Dirección Regional del Sur (lotes 1, 6 al 16) en avenida
Circuito Mazarik número 16, Pabellón Mazarik, Unidad
Territorial Atlixcayotl, código postal 72430, Puebla, Pue.;
Dirección Regional del Noroeste (lotes 17 al 23) en boulevard
García Morales número 276, colonia El Llano, código
postal 83210, Hermosillo Son.; Dirección Regional del Norte
(lotes 24 al 37 y 67) en avenida Lázaro Cárdenas 2266,
Fraccionamiento Valle Oriente, San Pedro Garza García, N.L.;
Dirección Regional del Occidente (lotes 2, 3, 5 y 38 al 56) en
avenida Empresarios número 305, 2o. piso, Fraccionamiento
Plaza Corporativa Zapopan, colonia Puerta de Hierro, código
postal 45116, Zapopan, Jal.; Dirección Regional del Sureste
(lotes 4, 57 al 62) en Calle 20 número 241 entre 7 y 15,
Fraccionamiento Alta Brisa, código postal 97130, Mérida,
Yucatán; Residencia Estatal Chiapas (lotes 63 al 66) en 15a.
Poniente Norte número 561, 2o. piso, Fraccionamiento Bonampak,
código postal 29030, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
En caso de que se declare desierta la licitación en alguno(s) de sus lotes, en virtud de no haberse presentado oferta alguna o de no haber sido aceptables las presentadas, se procederá a la subasta de los bienes declarados desiertos siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado para la licitación, y un 10% menos en segunda almoneda, conforme a lo señalado en el numeral 10 de las bases. Los interesados previamente al pago de las bases podrán consultarlas en las oficinas de la convocante y en la página de Internet de esta institución: www.fira.gob.mx y ver los bienes a licitar de lunes a viernes de 9:30 a 15:00 horas, en los domicilios e instalaciones de FIRA ubicados en:
Dirección Regional del Sur (lotes 1, 6 al 16) en avenida Circuito Mazarik número 16, Pabellón Mazarik, Unidad Territorial Atlixcayotl, código postal 72430, Puebla, Pue.
Dirección
Regional del Noroeste (lotes 17 y 18) en boulevard García
Morales número 276, colonia
El Llano, código postal
83210, Hermosillo, Son.; Residencia Estatal Baja California (lotes 19
y 20) en boulevard Justo Sierra número 1101, esquina con
Laureles, Fraccionamiento Los Pinos, código postal 21230,
Mexicali, B.C.; Agencia Los Mochis (lote 21) en Francisco I. Madero
473 Pte., colonia Centro, código postal 81200, Los Mochis,
Sin.; Residencia Estatal Sinaloa (lote 22) en boulevard Alfonso
Zaragoza Maytorena número 1792 Norte, 2o. piso, Desarrollo
Urbano Tres Ríos, Culiacán, Sin.; Agencia Ciudad
Constitución (lote 23) en boulevard Agustín Olachea
número 149 Sur, esquina 20 de Noviembre, Ciudad Constitución,
B.C.S.
Dirección Regional del Norte (lotes 24 al 27 y 67) en avenida Lázaro Cárdenas 2266, Fraccionamiento Valle Oriente, San Pedro Garza García, N.L.; Residencia Estatal Chihuahua (lotes 28 al 34) en avenida Universidad 3705, 5o. piso, colonia Magisterial, Chihuahua, Chih.; Residencia Estatal Coahuila (lotes 35 y 36) en avenida Morelos Oriente 484, colonia Centro, Torreón, Coah.; CDT La Noria (lote 37) kilómetro 3 carretera Tamuín-San Vicente Tancuayalab, Tamuín, San Luis Potosí.
Subdirección de Recursos Materiales (lotes 2, 3 y 5) en antigua carretera a Pátzcuaro número 8555, colonia Ex Hacienda San José de la Huerta, código postal 58342, Morelia, Michoacán.
Dirección Regional del Occidente (lotes 38 al 56) en avenida Empresarios número 305, 2o. piso, Fraccionamiento Plaza Corporativa Zapopan, colonia Puerta de Hierro, código postal 45116, Zapopan, Jal.
Dirección Regional del Sureste (lotes 4, 57 al 62) Calle 20 número 241 entre 7 y 15, Fraccionamiento Altabrisa, Mérida, Yucatán; Residencia Estatal Chiapas (lotes 63 al 66) en 15a. Poniente Norte número 561, 2o. piso, Fraccionamiento Bonampak, código postal 29030, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
El plazo para retirar los bienes adjudicados será hasta siete días hábiles, después del pago de los mismos, posterior al mismo el licitante pagará como pena convencional la cantidad de $100.00 por cada día hábil en que no retire los bienes, sin que pueda ejercer acción legal en contra de la convocante. Los gastos de transporte de los bienes enajenados serán a cargo del comprador.
Puebla, Pue., a 30 de octubre de 2012.
Subdirección Regional de Administración Sur
Subdirector
Marco Antonio Téllez Alvarado
Rúbrica.
(R.- 357841)
SKANSKA MEXICO, S.A. DE C.V.
AVISO DE REDUCCION DE CAPITAL
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9 de Ley General de Sociedades Mercantiles, se hace constar que por acuerdos adoptados en la Asamblea General de Accionistas de Skanska México, S.A. de C.V., celebrada el día 31 de agosto de 2012, se resolvió reducir el capital social de la sociedad, en la cantidad de $3,106,000.00 M.N., mediante la cancelación de 3,106 acciones Serie “B”, representativas del capital social variable.
Con motivo de lo anterior el capital social fijo de la sociedad, quedó establecido en la suma de $50,000.00 M.N., representados por 50 acciones ordinarias, nominativas, de la Serie “A”, con valor nominal de $1,000.00 M.N. cada una, íntegramente suscritas y pagadas.
México, D.F., a 26 de octubre de 2012.
Liquidador
C.P. Javier Mendoza García
Rúbrica.
(R.- 357744)
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
TASA NAFIN
De conformidad con las resoluciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 30 de marzo, 28 de abril, 29 de mayo y 30 de junio de 1995, se comunica que la Tasa NAFIN (TNF) de octubre aplicable en noviembre de 2012, ha sido determinada en 4.82% anual.
México, D.F., a 25 de octubre de 2012.
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
Director
General Enrique Carrillo Aguila Rúbrica. |
Director Jurídico Contencioso y de Crédito Javier Nava Tello Rúbrica. |
(R.- 357704)
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
INFORMACION AL 3er. TRIMESTRE DE 2012
FIDEICOMISOS Y MANDATOS AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2012
TIPO DE ACTO |
FIDEICOMITENTE |
DENOMINACION |
DESCRIPCION FIDUCIARIO |
INGRESOS |
RENDIMIENTOS |
EGRESOS |
DESTINO |
PATRIMONIO NETO |
DESCRIPCION TIPO DISPONIBILIDAD |
OBSERVACIONES |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
EUROCENTRO NAFIN-MEXICO 11081 |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
11,409,486.00 |
42,668.00 |
11,340,701.00 |
PROMOCION DE NEGOCIOS INTERNACIONALES A TRAVES DEL PROGRAMA AL INVEST FASE IV,(CAPACITACION, ASISTENCIA TECNICA,RENTA DE STAND EN FERIAS, CATERING, TRANSPORTACION Y MATERIAL PROMOCIONAL) |
2,021,333.00 |
PATRIMONIO |
SIN OBSERVACIONES. |
2 MANDATO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
MANDATOS FUSION Y LIQUIDACION (FONEP, FIDEIN, PAI) |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
ADMINISTRACION DE CARTERAS CREDITICIAS QUE FORMABAN PARTE INTEGRANTE DE LOS ACTIVOS DE LOS EXTINTOS FONEP, FIDEIN Y PAI |
11,475,692.03 |
PATRIMONIO |
EL SALDO DE ESTOS MANDATOS NO SE INTEGRA POR ACTIVOS DISPONIBLES. DURANTE LOS TRES PRIMEROS TRIMESTRES DE 2012, NO SE REGISTRARON RECUPERACIONES NI CASTIGOS DE LA CARTERA CREDITICIA |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
FONDO PARA LA PARTICIPACION DE RIESGOS 11480 |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
766,458,790.94 |
156,072,757.33 |
53,548,540.57 |
GARANTIZAR LOS INCUMPLIMIENTOS DE PAGO QUE SE DERIVEN DE LOS FINANCIAMIENTOS QUE ALGUN INTERMEDIARIO FINANCIERO OTORGUE A LAS EMPRESAS, ESPECIALMENTE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS, AL AMPARO DE LOS PRODUCTOS ESPECIFICOS ADHERIDOS AL PROGRAMA DE GARANTIAS DE NAFIN |
6,546,156,036.03 |
PATRIMONIO |
PROGRAMA DE GARANTIAS NAFIN |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
MARIO RENATO MENENDEZ RODRIGUEZ 7997 |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
AFECTACION DE BIENES EN FIDEICOMISO, PARA GARANTIZAR CREDITOS A CARGO DEL FIDEICOMITENTE MARIO RENATO MENENDEZ RODRIGUEZ |
7,683,203.20 |
PATRIMONIO |
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2012, EL PATRIMONIO DEL FIDEICOMISO SE ENCUENTRA INTEGRADO POR ACTIVOS NO DISPONIBLES |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
FONDO DE APOYO AL MERCADO INTERMEDIO DE VALORES 9173 |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
0.00 |
173,792.84 |
5,557.44 |
APOYO A EMPRESAS PARA QUE ACCEDAN AL MERCADO INTERMEDIO DE LA BOLSA MEXICANA DE VALORES |
5,240,880.52 |
PATRIMONIO |
SIN OBSERVACIONES |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
FONDO DE PENSIONES Y PRIMAS DE ANTIGÜEDAD DE NAFIN |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
201,101,790.00 |
1,076,679,125.85 |
485,983,256.26 |
ENTREGAS POR CONCEPTO DE PAGO DE PENSIONES, PRIMA DE ANTIGÜEDAD, OTROS BENEFICIOS POSTERIORES AL RETIRO Y PERDIDA EN VENTA DE VALORES |
11,163,138,256.37 |
PATRIMONIO |
EN ARCHIVOS ANEXOS SE ENVIAN LOS ESTADOS FINANCIEROS Y ESTADOS DE CUENTA DEL TERCER TRIMESTRE DE 2012 |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
FIDEICOMISO 80230 ART. 55 BIS LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
0.00 |
52.62 |
0.00 |
NINGUNO |
1,721.29 |
PATRIMONIO |
NINGUNO |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
FIDEICOMISO DE CONTRAGARANTIA PARA EL FINANCIAMIENTO EMPRESARIAL |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
4,476,575,460.38 |
316,698,659.65 |
1,212,334,360.87 |
- HONORARIOS - CASTIGOS, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES - IMPUESTOS DIVERSOS - ENTREGAS A FIDEICOMISARIOS O FIDEICOMITENTES - ACREEDORES DIVERSOS - RESERVAS Y PROVISIONES PARA OBLIGACIONES DIVERSAS - ENTREGAS PATRIMONIALES - REMANENTE Y DEFICIT LIQUIDO DE EJERCICIOS ANTERIORES |
13,562,940,739.23 |
PATRIMONIO |
NINGUNA |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
FIDEICOMISO DE CAPITAL EMPRENDEDOR |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
202,078,157.00 |
16,234,643.00 |
9,607,260.00 |
SEGUIMIENTO DEL PORTAFOLIO DE INVERSIONES DEL FONDO EMPRENDEDORES CONACYT-NAFINSA Y FILTRADO Y BUSQUEDA DE PROYECTOS Y FONDOS PARA EL FONDO DE FONDOS DE CAPITAL EMPRENDEDOR MEXICO VENTURES I Y LANZAMIENTO DEL FONDO DE COINVERSION DE CAPITAL SEMILLA Y DEL PROGRAMA DE APOYO AL PATENTAMIENTO IMPI-FUMEC-NAFIN |
802,710,712.00 |
PATRIMONIO |
SIN COMENTARIOS |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
FIDEICOMISO FONDO DE ASISTENCIA TECNICA EN PROGRAMAS DE FINANCIAMIENTO PYME |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
0.00 |
563,061.92 |
3,689,419.65 |
BRINDAR ASESORIA FINANCIERA Y LEGAL A PYMES Y PERSONAS FISICAS |
14,985,957.95 |
PATRIMONIO |
INICIO OPERACIONES EN MAYO 2005 |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
FONDO DE PENSIONES DE CONTRIBUCION DEFINIDA DE NACIONAL FINANCIERA |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
19,315,811.97 |
11,522,753.52 |
9,926,298.19 |
ENTREGAS
POR CONCEPTO DE PAGO A LOS TRABAJADORES POR TERMINACION DE LA
RELACION LABORAL. INFORMACION AL TERCER TRIMESTRE |
186,228,189.61 |
PATRIMONIO |
EN ARCHIVOS ANEXOS SE ENVIAN LOS ESTADOS FINANCIEROS Y LOS ESTADOS DE CUENTA DEL TERCER TRIMESTRE DE 2012 |
1 FIDEICOMISO |
BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C. |
FIDEICOMISO PARA EL APOYO A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
59,851,675.05 |
5,977,457.66 |
264,341.17 |
- HONORARIOS - IMPUESTOS DIVERSOS - OTROS GASTOS DE OPERACION |
206,083,696.34 |
PATRIMONIO |
EL FIDEICOMISO FUE CONSTITUIDO EL 31 DE MARZO DEL 2008 |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
COMPLEMENTO DEL PRESTAMO ESPECIAL PARA EL AHORRO (PEA) Y PRESTAMOS DE CORTO Y MEDIANO PLAZO PARA JUBILADOS BAJO EL PLAN DE BENEFICIO DEFINIDO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
144,791,132.00 |
316,527,968.51 |
97,599,917.20 |
ENTREGAS POR CONCEPTO DE COMPLEMENTO PEA Y COSTO FINANCIERO DE PEA Y PRESTAMOS AL TERCER TRIMESTRE DE 2012, DE CONFORMIDAD CON EL CONTRATO DEL FIDEICOMISO "COMPLEMENTO DEL PRESTAMO ESPECIAL PARA EL AHORRO (PEA) Y PRESTAMOS DE CORTO Y MEDIANO PLAZO PARA JUBILADOS BAJO EL PLAN DE BENEFICIO DEFINIDO" |
2,883,721,246.86 |
PATRIMONIO |
EN ARCHIVOS ANEXOS SE ENVIAN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL FIDEICOMISO Y ESTADO DE CUENTA DEL TERCER TRIMESTRE DE 2012 |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
FIDEICOMISO PROGRAMA DE VENTA DE TITULOS EN DIRECTO AL PUBLICO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
56,000,000.00 |
4,101,984.13 |
51,144,293.30 |
ADMINISTRAR LOS RECURSOS FIDEICOMITIDOS Y CONTINUAR CON EL MANTENIMIENTO Y DESARROLLO DE LA OPERACION DEL PROGRAMA DE VENTA DE TITULOS EN DIRECTO AL PUBLICO, Y PAGO DE LOS DIVERSOS SERVICIOS CONTRATADOS POR EL FISO SVD |
149,970,922.95 |
PATRIMONIO |
SIN OBSERVACIONES |
1 FIDEICOMISO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
FIDEICOMISO ATISBOS |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. |
0.00 |
14,538.91 |
611,025.33 |
REGULARIZACION LEGAL, CONTABLE Y FISCAL DE LA SOCIEDAD DENOMINADA EDITORIAL ATISBOS, S.A. A TRAVES DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA EMPRESA |
428,564.42 |
PATRIMONIO |
EL PATRIMONIO ORIGINALMENTE POR $1,000,000 SE INTEGRO COMO SIGUE: $600,000 POR 600 ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE EDITORIAL ATISBOS, S.A. (POSTERIORMENTE SE AJUSTO A $600 POR UN ERROR EN EL REGISTRO INICIAL DEL VALOR DE LAS ACCIONES EN LA CONTABILIDAD FIDUCIARIA); $400,000 POR RECURSOS MONETARIOS APORTADOS POR NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., A LA FECHA EN EL BALANCE EXISTEN $25,050.84 DE REMANENTE DE EJERCICIOS ANTERIORES Y $2,913.85 PRODUCTO DE LA INVERSION DE LOS RECURSOS EN EL EJERCICIO 2012, A LOS CUALES FUERON RESTADOS $11,625.33 DEL PAGO DE SERVICIOS PROFESIONALES DE VALUACION, DANDO UN TOTAL DE $428,564.42 COMO PATRIMONIO |
México, D.F., a 18 de octubre de 2012.
Responsable de la Información
Subdirector Negocios Fiduciarios Públicos
María del Rocío Vázquez Gasca
Rúbrica.
(R.- 357706)