Lunes
10 de septiembre de 2012 DIARIO
OFICIAL (Tercera Sección)
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
|
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
En
los autos del juicio de amparo número 383/2012, promovido por
Elías San Vicente Gutiérrez y Francisco Ahiezer Mendoza
Avila, contra actos del Juez Vigésimo Octavo Penal en el
Distrito Federal,
se
ordenó emplazar por edictos a la tercero perjudicada Isabel
Mijangos Sánchez, y se le concede un término de
treinta días contados a partir de la última publicación
para que comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señale
domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad,
apercibida que de no hacerlo,
las ulteriores notificaciones aún
las de carácter personal, se practicarán por medio de
lista.
Atentamente
México, D.F., a 7 de agosto de 2012.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Julio César Antonio Rosales
Rúbrica.
(R.- 354138)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito
Secretaría de Acuerdos
Ciudad Victoria, Tamps.
EDICTO
ERNESTO RIVAS RAMIREZ, JOSE ERNESTO RIVAS HERNANDEZ Y SERVICIOS Y EXPANSION DE MEMORIA RAM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Domicilio ignorado.
En el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, se recibió demanda de amparo, la cual se radicó con el número 1244/2010, promovida por MARCO ANTONIO REYES TORRES, a través de su apoderado licenciado Alfredo Lerma Ramírez, contra actos de la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con residencia en esta ciudad, consistente en el laudo de once de junio de dos mil diez, resultando como terceros perjudicados ERNESTO RIVAS RAMIREZ, JOSE ERNESTO RIVAS HERNANDEZ Y SERVICIOS Y EXPANSION DE MEMORIA RAM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y en virtud de desconocerse el domicilio actual, este órgano jurisdiccional ordenó su emplazamiento mediante edictos, a fin de que acudan al tribunal en cita, a defender sus intereses quedando a disposición en la Secretaría de Acuerdos del propio tribunal, copia simple de la referida demanda. Dos firmas ilegibles, rúbricas.
Y por el presente que se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, fijándose además en la puerta de este Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito, una copia íntegra del auto de fecha dieciocho de junio de dos mil doce, que se les manda notificar.
Ciudad Victoria, Tamps., a 18 de junio de 2012.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito
Lic. Francisco Rivelino Arias Moreno
Rúbrica.
(R.- 350651)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL.
OPERADORA GUECAPA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y PRESTADORA DE SERVICIOS PROFESIONALES LAFRAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
En
los autos del juicio de amparo 784/2012-II, promovido por Juan Daniel
Hernández Lima y otro, contra actos de la Junta Especial Dos
de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y
otro, al ser señaladas como terceras perjudicadas y
desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción
II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su
emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se
publicarán por tres veces, de siete en siete días, en
el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República; haciendo de su
conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su
disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuentan
con un término
de treinta días, contados a partir
de la última publicación de estos edictos, para que
ocurran a este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 8 de agosto de 2012.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito
en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Faviola Ramírez Franco
Rúbrica.
(R.- 353531)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Primera Sala Civil
EDICTO
ASOCIACION CANADIENSE LATINOAMERICANA DE BECAS, A.C.
Por medio del presente se hace del conocimiento la demanda de garantías interpuesta por AFIANZADORA FIDUCIA, S.A. DE C.V. (ANTES HARTFORD FIANZAS, S.A. DE C.V.) en contra de la sentencia dictada por esta Sala el treinta de marzo de dos mil doce, en el toca 142/2012/01 en los autos del juicio ORDINARIO MERCANTIL seguido por AFIANZADORA FIDUCIA, S.A. DE C.V., en contra de ASOCIACION CANADIENSE LATINOAMERICANA DE BECAS, A.C. a efecto de que acuda la tercera perjudicada ASOCIACION CANADIENSE LATINOAMERICANA DE BECAS, A.C. en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno, para que manifieste lo que a su derecho convenga. Quedando a disposición en la Secretaria de esta Sala las Copias de traslado respectivas.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación
México, D.F., a 10 de agosto de 2012.
El Secretario de Acuerdos de la Primera Sala Civil
Lic. Mario Alfredo Miranda Cueva
Rúbrica.
(R.- 353553)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito
Ciudad Victoria, Tamaulipas
EDICTO
A María Martínez Rojas, en representación de la menor Claudia Cristina “N”.
Domicilio ignorado.
En el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, se recibió demanda de amparo, la cual se radicó con el número 417/2012-I, promovida por RAMON NEVARES MARTINEZ, contra actos de la Sala Colegiada en Materia Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con sede en esta ciudad, dentro del toca penal 250/2010, derivado del proceso 17/2007, instruido al antes citado, por el delito de violación equiparada, en el cual se condenó a la reparación del daño resultando como tercero perjudicada María Martínez Rojas, en representación de la menor Claudia Cristina “N”; y en virtud de desconocerse el domicilio actual, este órgano jurisdiccional ordenó su emplazamiento mediante edictos, a fin de que acuda al tribunal en cita, a defender sus intereses quedando a disposición en la Secretaría de Acuerdos del propio tribunal, copia simple de la referida demanda. Dos firmas ilegibles, rúbricas.
Y por el presente que se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, fijándose además en la puerta de este Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito, una copia íntegra del auto de fecha diecinueve de mayo de dos mil once, que se le manda notificar.
Ciudad Victoria, Tamps., a 5 de julio de 2012.
La
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado
en Materias
Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito
Lic. María Concepción Maldonado Salazar
Rúbrica.
(R.- 353743)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito
Juzgado
Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con
residencia en Naucalpan
EDICTO
“Inserto: “Se comunica a los terceros perjudicados José Manuel Palacios Sánchez, Magda Angélica Cobos Partida y Vanguardia en Comunicación Digital, sociedad anónima de capital variable, que en el juicio de amparo 626/2012-III, del índice del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, promovido por Erika Linnete Garduño Medrano, contra actos del Presidente de la Junta Especial número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco, con residencia en Tlalnepantla, México, consistente en la abstención de ejecutar el laudo dentro del expediente J.4/431/2011 del índice de la junta señalada como responsable, se ordenó emplazarlos para que comparezcan al juicio constitucional de que se trata en defensa de sus intereses dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de este mandato.”
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 15 de agosto de 2011.
Secretaria
del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Grisel Ariana de la Cruz Cano
Rúbrica.
(R.- 353872)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN. EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL.
Alejandro Salas Martínez.
En los autos del juicio de amparo 746/2012-II, promovido por Bello Cristino Emilio, contra actos de la Junta Especial Número Nueve de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, al ser señalado como tercero perjudicado y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurran a este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 15 de agosto de 2012.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Erika Andrade Espinoza
Rúbrica.
(R.- 353880)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito
EDICTO
ROSA MARIA DOMINGUEZ ESPINOZA.
PRESENTE.
EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO PROMOVIDO EN EL TOCA DE APELACION 94/2012 Y SU RELACIONADO 122/2012, POR JOSE ANTONIO MATEO HUITRON, CONTRA LA SENTENCIA DE TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL DOCE Y SU EJECUCION EN DONDE SE TUVO COMO TERCERA PERJUDICADA A ROSA MARIA DOMINGUEZ ESPINOZA A QUIEN SE ORDENO EMPLAZAR POR EDICTOS, MISMOS QUE SE PUBLICARAN TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN EL PAIS, ASI COMO EN LOS ESTRADOS DEL TRIBUNAL, HACIENDOLE SABER QUE ESTA A SU DISPOSICION COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO PROMOVIDA POR EL QUEJOSO, POR EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION DE ESTOS Y QUE TIENE EXPEDITO SU DERECHO PARA CONCURRIR A ESTE ORGANO JURISDICCIONAL A DEFENDER SUS DERECHOS, SI A SU INTERES CONVIENE HACERLO; LO ANTERIOR PARA LOS EFECTOS LEGALES CONDUCENTES.
México, D.F., a 17 de julio de 2012.
Secretario del Primer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito
Carlos Adrián López Sánchez
Rúbrica.
(R.- 353974)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Sexto Civil
Primera Instancia
Toluca
EDICTO
En autos del expediente 487/09, del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por SABAS APOLINAR JACOBO, contra SANTA GILDA BAUTISTA MUCIÑO, el C. Juez Sexto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, señalo las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE del bien embargado, cuyas medidas y colindancias obran en los avalúos rendidos en autos, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Toluca, bajo el Asiento 469-4155, Volumen 385, Libro Primero, Sección Primera a fojas setenta y nueve (79) de fecha veintisiete de agosto de mil novecientos noventa y siete con una superficie aproximada de 480 metros cuadrados. Sirviendo de base para el remate la cantidad de $1’690,665.75 (UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS MONEDA NACIONAL); siendo postura legal la que cubra el importe que sirve de base para el remate; debiendo anunciar en forma legal la venta del bien por tres veces, dentro de nueve días por medio edictos, que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos de éste Juzgado, en términos de lo establecido por el artículo 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio; convóquese a postores. Dado en la Ciudad de Toluca, Estado de México a DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE. DOY FE.
Secretario
Lic. Luz Gabriela Aguilar Corona
Rúbrica.
(R.- 354010)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Noveno de lo Civil
EDICTO
JUZGADO 59 CIVIL EN EL D.F.
SECRETARIA “B”
EXP. 708/2004
Edicto
EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR POLYRESINAS S.A. DE C.V., EN CONTRA DE PLAMESA S.A. DE C.V., Y OTRO, LA C. JUEZ DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE: México, Distrito Federal a dos de agosto del año dos mil doce. “...y en ejecución de sentencia, como se solicita para que tenga lugar la subasta pública en primera almoneda del bien inmueble embargado a la parte demandada consistente en el TERRENO DENOMINADO OYAMEYO UBICADO EN COLONIA PUEBLO DE TOPILEJO, DELEGACION TLALPAN, CON UNA SUPERFICIE DE 36170,70 METROS CUADRADOS EN ESTA CIUDAD DE MEXICO DISTRITO FEDERAL, se señalan LAS DOCE HORAS DEL DIA VEINTE DE SEPTIEMBRE PROXIMO, sirviendo de base para el remate la cantidad de DOCE MILLONES CIENTO NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS y siendo postura legal la que cubra dicha cantidad, asimismo, para intervenir en el remate los licitadores deberán exhibir el diez por ciento del valor del inmueble que en su caso les interese, mediante certificado de deposito expedido por BANSEFI y sin cuyo requisito no serán admitidos, sirve de fundamento a lo anterior el artículo 481 y 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria. Asimismo dicha subasta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1411 del Código de Comercio y 474 del Código Federal de procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, deberá anunciarse por medio de edictos que se publicaran por TRES VECES dentro de NUEVE DIAS en los tableros de avisos de este juzgado y en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION. NOTIFIQUESE....”.-
Con fundamento en el 474 del Código Federal de procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, deberá anunciarse por medio de edictos que se publicaran por TRES VECES dentro de NUEVE DIAS en los tableros de avisos de este juzgado y en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
México, D.F., a 7 de agosto de 2012.
La C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Ma. Susana Leos Godínez
Rúbrica.
(R.- 354103)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimosexto de Distrito
Tijuana, B.C.
EDICTO
Emplazamiento al tercero perjudicado Donald Fequiere; al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación.
En
el juicio de amparo número 189-2012-III, promovido por Raúl
Armando Nava Miranda, Jorge Enrique Paredes Macías, Juan
Alberto García Vaca, Israel Villanueva Ramírez,
Francisco Rodríguez Galindo y Víctor René
Sánchez Charolet, contra actos del Juez Cuarto de lo Penal,
con sede en esta ciudad, consistentes en el auto de formal prisión
de veintitrés de febrero de dos mil doce, en la causa penal
681-2011, radicado en el Juzgado Cuarto de lo Penal, con sede en esta
ciudad de Tijuana, Baja California; por auto de fecha nueve de julio
de dos mil doce, se acordó emplazarlo a usted, en su carácter
de tercero perjudicado, por medio
de edictos que deberán
publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario
Oficial de la Federación y en el periódico “Excélsior”
de la ciudad de México, Distrito Federal, haciéndole
saber que deberá presentarse ante el Juzgado Decimosexto de
Distrito en el Estado, dentro del término de treinta días,
contado a partir del siguiente de la última publicación,
y si pasado dicho término no se apersona, las ulteriores
notificaciones aun las de carácter personal, le surtirán
efectos por medio de lista; en la inteligencia de que se han señalado
las diez horas del día tres de septiembre de dos mil doce,
para la celebración de la audiencia constitucional, en el
juicio de garantías antes mencionado.
Atentamente
Tijuana, B.C., a 7 de agosto de 2012.
La Secretaria del Juzgado Decimosexto de Distrito en el Estado de Baja California
Lic. Lorena Lugo Romero
Rúbrica.
(R.- 354108)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
EDICTO DE NOTIFICACION
En la causa penal 2/2011-III, del índice del Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, que se instruyó contra ALEJANDRO SANCHEZ CARBAJAL o ALEJANDRO FUENTES CARBAJAL, por su responsabilidad penal en la comisión del delito de PORTACION DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA (CALIFICADO), se ordenó notificar a Marcelino Ascencio González que el arma de fuego tipo revólver, marca Arminius, modelo Titan Tiger, matrícula 0056568, calibre.38 SPL, país de origen MIAMI FLA. U.S.A.(sic), queda a su disposición en las instalaciones de la Secretaría de la Defensa Nacional; sin embargo, deberá demostrar ante dicha autoridad castrense la legítima propiedad del citado objeto y autorización correspondiente, apercibido que de no acudir ante la citada autoridad militar y acreditar los extremos referidos, en el plazo de noventa días naturales contados a partir de que quede notificado del presente auto, el arma de fuego antes señalada causará abandono y la Secretaría de la Defensa Nacional procederá en términos del artículo 88 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (destrucción).
Atentamente
México, D.F., a 21 de agosto de 2012.
Juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
Lic. Ricardo Delgado Quiróz
Rúbrica.
(R.- 354320)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL.
Por auto de dieciocho de julio de dos mil doce, se ordenó emplazar a los terceros perjudicados INTERCONTINENTAL CARGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, INDALECIO PAZ GORDILLO Y RICARDO PAZ SOLANO, mediante edictos, publicados por tres veces, de siete en siete días, para que comparezcan a este Juzgado dentro del término de treinta días a partir del siguiente al de la última publicación; quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo relativa al juicio de garantías 991/2012 promovido por SOFIA CASIANO RODRIGUEZ, contra actos del Presidente de la Junta Especial Número Doce de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. Se le apercibe que de no comparecer, las subsecuentes se le harán por medio de lista.
México, D.F., a 15 de agosto de 2012.
El
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito
en Materia de Trabajo
en el Distrito Federal
Lic. Roberto Martín Cordero Carrera
Rúbrica.
(R.- 354218)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Sección Amparo
EDICTO
Al margen del escudo nacional, con la leyenda Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación, Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en Jalisco.
Por ignorarse el domicilio de Jesús Dávalos Mulgado, de conformidad con los artículos 30, fracción ii, de la ley de amparo y 315 del código federal de procedimientos civiles, de aplicación supletoria a la ley de amparo, se le emplaza de esta forma, como tercero perjudicado, en el juicio de amparo 138/2012-ii, promovido por Raúl Gómez Estrada, contra actos de la Décima Sala del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco y otras autoridades; se hace saber al tercero perjudicado en cita, que los autos del aludido juicio de garantías, se encuentran a vista de las partes en este Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en Jalisco, por lo que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días contados a partir del siguiente día de la última publicación del presente edicto.
Atentamente
Puente Grande, Jal., a 3 de agosto de 2012.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito
en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Lic. Eddie Antonio Rodríguez Tabares
Rúbrica.
(R.- 354283)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, Baja California
EDICTO
UBALDO ARTEAGA MURO.
En los autos del juicio de amparo directo penal número 883/2011, promovido por UBALDO ARTEAGA MURO, en contra de la sentencia dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, dentro del toca penal 488/2011, por auto de fecha nueve de agosto de dos mil doce, el Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, ordenó se emplazara a la tercera perjudicada ALMA SOFIA DEL RAZO, por medio de edictos para que dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, comparezca ante este Tribunal Colegiado, en defensa de sus intereses si así lo estima conveniente, haciendo de su conocimiento que queda a su disposición en la Secretaría de este Tribunal, copia simple de la demanda de garantías, los presentes edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República, se expide lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 30 de la Ley de Amparo y 315 del código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, a partir del diez de septiembre de dos mil doce.
Mexicali, B.C., a 9 de agosto de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal
Colegiado del Decimoquinto Circuito
Lic. Angelina Sosa Camas
Rúbrica.
(R.- 354336)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Antonio Barrera Luna, en razón de ignorar su domicilio por este medio se le comunica que en el proceso 93/2011 que se instruye a Agustín Ortiz Martínez por el delito portación de arma de fuego sin licencia, deberá presentarse a las ONCE HORAS DEL UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, con identificación oficial vigente en este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Puebla, sito en Avenida Osa Menor, ochenta y dos, octavo piso, Ciudad Judicial Siglo XXI, Reserva Territorial Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla, para el desahogo de los careos constitucionales y prueba testimonial de interrogatorio a su cargo.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue., a 17 de agosto de 2012.
La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Puebla
Lic. Ariadne Rosas López
Rúbrica.
(R.- 354345)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Especializado en Asuntos Financieros
Ciudad Judicial
Puebla
EDICTO
Disposición
Juez Especializada en Asuntos Financieros, auto Once de Julio del Dos
Mil Doce, expediente 1174/10,
juicio ejecutivo mercantil, promueve Fernando
Salazar Martínez por
su representación
vs. Sergio Alberto Valenzuela Yañez,
convóquese postores primera pública almoneda del
inmueble embargado, la Casa Marcada con el Número Cuarenta y
Nueve, de la Calle Alfa, del Fraccionamiento Patriotismo de esta
ciudad de Puebla, precio primitivo del avalúo la cantidad de
Un Millón Quinientos Doce Mil Setecientos Cincuenta Pesos,
Cero Centavos Moneda Nacional ($1’512,750.00 M.N.), siendo
postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de dicho
valor, es decir Un Millón, Ocho Mil, Quinientos Pesos Cero
Centavos Moneda Nacional ($1’008,500.00 M.N.), audiencia
de remate a celebrarse a las doce horas del día Veintiocho de
Septiembre del Dos Mil Doce. Hágasele saber a la parte
demandada que puede librarse del remate de dicho bien, haciendo pago
íntegro de las prestaciones reclamadas hasta antes de que
cause ejecutoria el auto
de fincamiento de remate.
Puebla, Pue., a 1 de agosto de 2012.
Diligenciario de Enlace
Lic. Raúl Bonilla Márquez
Rúbrica.
(R.- 354703)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla
Juzgado Quinto de lo Civil
Ciudad Judicial
EDICTO
Juez Quinto Civil Puebla, expediente 1212/05 juicio ejecutivo mercantil, Rogelio Astorga García contra Enrique Vega Ramírez. Remate primera publica almoneda departamento tres, Edificio d-13, Tercera Plaza de la Higuera, Unidad Habitacional San Bartolo, Puebla, inscrito bajo el índice de predio mayor 184223 Registro Publico de la Propiedad de la Ciudad de Puebla. Doce horas uno de octubre de dos mil doce para que tenga verificativo la pública almoneda. Postura legal ochenta y cinco mil, trescientos dos pesos, ochenta y cuatro centavos. Presentar posturas y pujas por escrito, día y hora fijado para la audiencia de remate.
H. Puebla, a 2 de agosto de 2012.
El Diligenciario
Lic. Martha Edith Romano Muñoz
Rúbrica.
(R.- 354397)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Tercera Sala Civil
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
A LA TERCERA PERJUDICADA: UNION DE VIVIENDA POPULAR Y COMUNIDADES,
A.C. Y CONSTRUVIPO, S.A. DE C.V.
En
los autos del cuaderno de amparo del Actor, relativo al toca número
1996/2011 deducido del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO seguido por
FINCASA HIPOTECARIA, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINACIERA DE OBJETO
LIMITADO IXE GRUPO FINANCIERO en contra de UNION DE VIVIENDA POPULAR
Y COMUNIDADES, A.C. Y OTRO, se dictó proveído de fecha
once de julio de dos mil doce, mediante el cual se provee que
ignorándose el domicilio de la parte tercera perjudicada:
UNION DE VIVIENDA POPULAR Y COMUNIDADES, A.C., Y CONSTRUVIPO, S.A. DE
C.V., se ordenó emplazarlos al presente juicio
de garantías
por medio de EDICTOS, lo anterior con fundamento en los artículos
30 fracción II de la Ley de Amparo vigente, en relación
al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los
cuales se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS y a
costa del promovente de la demanda de amparo interpuesta contra actos
de ésta Sala, consistente en la sentencia de fecha nueve de
diciembre del dos mil once en los autos del toca 1996/2011, los
referidos Terceros Perjudicados deberán comparecer ante la
Autoridad Federal, a defender sus derechos en término de
TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última
publicación del presente edicto, quedando en la Secretaría
de esta Tercera Sala Civil, copia simple de la demanda de garantías
a su disposición.
México, D.F., a 2 de agosto de 2012.
La C. Secretaria de Acuerdos de la Tercera Sala Civil
Lic. Elsa Zaldívar Cruz
Rúbrica.
(R.- 353354)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
TERCERO PERJUDICADO: ESTEBAN DAVID OROPEZA CASTRO.
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a quince de agosto de dos mil doce.
En los autos del juicio de amparo 727/2011-II y su acumulado 1171/2011-II, promovido por HORACIO RODRIGUEZ FERNANDEZ Y OTROS, por propio derecho, ante este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, contra actos del JUEZ CUARTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO Y OTRAS AUTORIDADES, por desconocerse el domicilio del tercero perjudicado ESTEBAN DAVID OROPEZA CASTRO, se ordenó su emplazamiento por edictos a costa de la parte quejosa, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, y además se fijará en la puerta de este Juzgado Federal una copia íntegra del edicto, por todo el tiempo del emplazamiento:
“INSERTO: Se comunica al tercero perjudicado ESTEBAN DAVID OROPEZA CASTRO, que en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, mediante proveído de catorce de junio de dos mil once, este Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo interpuesta por HORACIO RODRIGUEZ FERNANDEZ Y OTROS, por propio derecho, correspondiéndole el número de juicio de amparo indirecto 727/2011-II y su acumulado 1171/2011-II, promovido contra actos del JUEZ CUARTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO Y OTRAS AUTORIDADES, consistente en:
“IV.- ACTO RECLAMADO: De la AUTORIDAD ORDENADORA reclamo EL AUTO CONSTITUCIONAL de fecha veintiséis de mayo del año dos mil once, donde se dicta auto de formal prisión en contra del hoy quejoso como probable responsable en la comisión del delito de robo agravado en su modalidad de haberse cometido respecto del vehículo automotor con violencia dentro de los autos de la causa penal número 145/2011-1,; y de la AUTORIDAD EJECUTORA, reclamo la detención ordenada por la ordenadora”…
Indíquese al tercero perjudicado ESTEBAN DAVID OROPEZA CASTRO, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal, a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados.
A efecto de que tengan conocimiento del inicio del presente juicio de garantías, el derecho que tiene de apersonarse al mismo si a su interés conviniere, y a su vez señale un domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este juzgado.
Apercibido que en caso de no hacerlo así, con fundamento en el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le practicará por medio de lista que se fija en los estrados de este juzgado.
Fíjese una copia del edicto en la puerta de acceso de este Juzgado Federal, por todo el tiempo del emplazamiento, quedando a su disposición en la actuaría copias simples de la demanda de garantías.
Atentamente
La
Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de
México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Myrna Sirene León Pérez
Rúbrica.
(R.- 353869)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos.
José Luis López Villalpando, en el lugar donde se encuentre:
En los autos del juicio de amparo 496/2012-VI, promovido por Víctor Guillermo Guerrero Gutiérrez, contra actos del Presidente de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Morelos, con sede en esta ciudad, reclamando: “Lo constituye la negativa de la responsable a ejecutar el Laudo dictado dentro del expediente laboral 01/1879/10, a pesar de haber dado el impulso procesal que a esta parte atañe mediante promoción presentada ante la responsable el 20 de Marzo del año 2012, mediante la cual se solicitó se dictar auto de ejecución, para que se continuara con el procedimiento de ejecución de laudo dictado dentro del expediente laboral que nos ocupa, sin que hasta el momento la responsable se haya pronunciado al respecto de dicha promoción comisionando a su actuario a realizar los requerimientos necesarios para tal finalidad dentro de los términos legales, continuando con el desahogo del procedimiento de ejecución respetando lo dispuesto en el la Ley Federal del Trabajo para tal efecto, es decir, lo dispuesto por los numerales 965, 966, 967, 968, 969, 970, 971, 972, 973, 974 y 975 de la ley en mención, hasta lograr el cabal cumplimiento a la resolución dictada por la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Morelos” juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos, ubicado en Boulevard del lago número 103, edificio “B”, nivel 4, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, código postal 62370, y en el cual se le ha señalado con el carácter de tercero perjudicado y al desconocerse su domicilio actual, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndoles saber que deberá presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, sin necesidad de acuerdo, se le harán por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTIDOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE. Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 10 de julio de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto de
Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Arturo Roque Hernández Yáñez
Rúbrica.
(R.- 353901)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo
de Distrito en Materias de Amparo
y de Juicios Civiles Federales
en el Estado de México
EDICTO
Emplazamiento
Tercero perjudicado
Alejandro León Cortez
Al margen sello con Escudo Nacional dice: Estados Unidos Mexicanos.-Poder Judicial de la Federación.
En
cumplimiento al auto de dos de agosto de dos mil doce, dictado en el
juicio de amparo indirecto 214/2010-VIII, promovido por Crispin
Contreras Alarcón, contra actos del Juez Penal de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Ixtlahuaca, Estado de México
y otras autoridades; se le tuvo a Usted Alejandro León Cortez,
como tercero perjudicado y mediante proveído de dos de agosto
de este año, en términos del artículo 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado
supletoriamente a la Ley de Amparo, por disposición expresa de
su artículo 2o., y 30, fracción II, de la ley citada,
se ordenó emplazarlo por medio
de los presentes edictos a
este juicio, para que si a sus intereses conviniere se apersone al
mismo,
en el entendido que debe presentarse en el local de este
Juzgado Segundo de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios
Civiles Federales en el Estado de México, sito en calle Sor
Juana Inés de la Cruz, número trescientos dos sur
(302), Colonia Centro, código postal 50000, Toluca, Estado de
México, dentro del plazo de treinta días, contados a
partir del siguiente al de la última publicación de
este edicto; si pasado ese plazo no comparece por sí, por
apoderado o por gestor que pueda representarlo, las notificaciones se
le harán
en términos de lo dispuesto en la primera
parte de la fracción II del artículo 30 de la Ley de
Amparo, en la inteligencia de que este juzgado celebrara la audiencia
constitucional respectiva una vez que haya transcurrido el plazo
antes señalado.
Queda
a su disposición en la Secretaría VIII de este juzgado
copia simple de la demanda, en la cual el peticionario del amparo
Crispin Contreras Alarcón, reclama la orden de aprehensión
girada en su contra
en autos de la causa penal 126/2009, por los
delitos de homicidio ocasionado por culpa, lesiones ocasionadas por
culpa y daño en los bienes ocasionados por culpa.
Para
su publicación por tres veces de siete en siete días en
el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de
mayor circulación en la República, se expide la
presente. En la ciudad de Toluca, Estado
de México, diez
de agosto de dos mil doce. Doy de.
Atentamente.
Toluca, Edo. de Méx., a 10 de agosto de 2012.
La
Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materias de Amparo
y
de Juicios Civiles Federales en el Estado de México
Laura Ordaz Valdez
Rúbrica.
(R.- 354344)
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Jalisco
Poder Judicial
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Primer Partido Judicial
Juzgado Cuarto de lo Mercantil
EDICTO
EMPLACESE POR ESTE CONDUCTO PARTE DEMANDADA GRUPO FABRIL ZAPOTLANEJO, S.A. DE C.V, POR CONDUCTO DE QUIEN RESULTE SER SU REPRESENANTE LEGAL COMO PARTE ACREDITADA, GONZALO PUGA LOMELI Y LUCIA PEREZ GONZALEZ COMO GARANTES HIPOTECARIOS Y FIADORES SOLIDARIOS AVALISTAS, DENTRO JUICIO MERCANTIL ORDINARIO EXPEDIENTE 405/2012 PROMOVIDO POR BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, SE LES RECLAMA:
A.- Por la declaración judicial que ha vencido el plazo pactado para el reembolso pago del crédito concedido en el Contrato de Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria así como en Convenio Modificatorio.
B.-
Por el cumplimiento forzoso del pago $1´037,634.63 (UN MILLON
TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS 63/100 M.N.)
concepto capital insoluto, al día 25 de agosto
de 2011.
C.- Por pago de $72,566.96 (SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 96/100 M.N.), intereses ordinarios vencidos y no cubiertos, generados el día 31 de octubre de 2008 hasta el 28 de abril de 2009, y los que se sigan generando hasta la total liquidación del adeudo, en términos Cláusula Sexta contrato fundatorio de la acción y estado de cuenta.
D.- Por pago de $771,183.77 (SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y TRES PESOS 77/100 M.N.), concepto intereses moratorios generados desde 31 de octubre de 2008 hasta el 25 de agosto de 2011 más se sigan generando hasta el día de pago, en términos cláusula séptima del contrato fundatorio.
E.- Por venta en pública subasta de inmuebles sujetos a garantía hipotecaria en el Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente con Garantía Hipotecaria.
F.- Por la conservación de la garantía real y su preferencia otorgada en el contrato fundatorio.
G.- Por pago de gastos y costas que se originen con motivo presente juicio.
SE CONCEDE TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTESTEN DEMANDA, A PARTIR DIA SIGUIENTE ULTIMA PUBLICACION, APERCIBIDOS DE NO HACERLO SE LES DECLARARA PERDIDO DERECHO CONTESTAR Y SEGUIRA JUICIO EN REBELDIA, COPIAS DEMANDA Y DOCUMENTOS QUEDAN A SU DISPOSICION EN EL SECRETO DEL JUZGADO PARA QUE SE IMPONGA DE LOS MISMOS.
NOTA.- Para publicarse por tres veces consecutivas, en El Diario Oficial de la Federación y Periódico MILENIO JALISCO.
Guadalajara, Jal., a 4 de julio de 2012.
Secretario de Acuerdos
Lic. Alejandra Rodríguez Brizuela
Rúbrica.
(R.- 354598)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito de
Amparo en Materia Penal en el
Distrito Federal.
Sidar y Rovirosa, #2, esquina con Eduardo Molina, colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal, acceso 6, planta baja.
1) Juan Morales Medina
2) Pablo Antonio Olvera Tapia
3) Eleuterio Velázquez Trejo
4) Efrén Malagón Flores,
5) Gerardo Pérez Ortuño,
6) Arturo Velázquez Ramírez,
7) Marisa Luna Trejo,
8) Emmanuel Domínguez Hernández,
9) Marcela Álvarez Becerra,
10) Margarita Elda Morales Bazán,
11) Gabriel Martínez Vargas,
12) Carlos Ramón Cortés Carreño,
13) Agustín Maldonado García,
14) Nicasio Melchor Pérez
15) Francisco Paniagua López,
16) Elizabeth Pinzón Campos,
17) Gerardo Colín Navarrete,
18) Miguel Anaya Contreras y;
19) Ramón Macías Cárdenas
Terceros perjudicados
En los autos del juicio de amparo 596/2012-I, promovido por José Lino Rodríguez Gutiérrez, contra actos de la Quinta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y otras autoridades, consistente en la resolución de diecisiete de mayo de dos mil doce en que confirmó la determinación emitida por el Juez Décimo Tercero Penal del Distrito Federal en la causa penal 48/2005, que declaró que no había operado de la prescripción de la potestad para ejecutar la pena de reparación del daño y multa a las que fue condenado, se ordena emplazar por este medio a los terceros perjudicados de referencia, tal como lo dispone el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo.
Quien tenga derecho a la reparación del daño deberá presentarse en el presente asunto dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente, a defender sus derechos y, en caso de no comparecer o no nombrar autorizado en el término referido, se continuará el juicio sin su intervención y las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal; se practicarán por medio de lista que se publica en este Juzgado.
Durante el lapso del proceso de emplazamiento publíquese el presente en la puerta de este juzgado.
Atentamente
México, D.F., a 22 de agosto de 2012.
El Secretario del Juzgado Noveno de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Leopoldo Gutiérrez Monroy
Rúbrica.
(R.- 354642)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
Boulevard de las Naciones número 640, Granja 39-A, edificio “A”, cuarto piso
Fraccionamiento Granjas del Marqués, código postal 39890
en Acapulco, Guerrero
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
TERCERO PERJUDICADO
DANIEL SALOMON ABRAHAM
LA QUEJOSA ANA MARIA RAMIREZ ROMERO EN SU CARACTER DE ALBACEA Y CONYUGE SUPERSTITE Y UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA EN LA SUCESION INTESTAMENTARIA A BIENES DEL FINADO CUJUS ELIGIO PASCUAL CARTAGENA PEREZ, PROMOVIO DEMANDA DE AMPARO EN CONTRA DE ACTOS DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE ABASOLO, RESIDENTE EN OMETEPEC, GUERRERO Y OTRA AUTORIDAD, CONSISTENTE EN LA SENTENCIA DEFINITIVA DE VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE, DICTADA EN EL EXPEDIENTE ORDINARIO CIVIL 35/2010, EL CUAL QUEDO REGISTRADO CON NUMERO DE JUICIO DE GARANTIAS 94/2012, EN EL QUE SE TUVO CON EL CARACTER DE TERCER PERJUDICADO A DANIEL SALOMON ABRAHAM EN TERMINOS DEL ARTICULO 5o DE LA LEY DE AMPARO, Y CONFORME AL DIVERSO 30, DE LA CITADA LEY, SE LE MANDO EMPLAZAR POR MEDIO DE EDICTOS A ESTE JUICIO, PARA QUE SI A SU INTERESES CONVINIERE COMPAREZCA ANTE ESTE JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO, UBICADO EN BOULEVARD DE LAS NACIONES, NUMERO 640, GRANJA 39, FRACCION “A”, EDIFICIO “A”, CUARTO PISO, FRACCIONAMIENTO GRANJAS DEL MARQUES, EN ACAPULCO, GUERRERO, A DEDUCIR SUS DERECHOS EN UN TERMINO DE TREINTA DIAS, A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL EDICTO; APERCIBIDA QUE DE NO COMPARECER EN LAPSO INDICADO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS PERSONALES LE SURTIRAN EFECTOS POR MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUE EN LOS ESTRADOS DE ESTE ORGANO JURISDICCIONAL, LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL SE SEÑALO PARA LAS ONCE HORAS DEL DIECISEIS DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA. SE EXPIDE EL PRESENTE EN LA CIUDAD DE ACAPULCO, GUERRERO, EL VEINTISEIS DE JULIO DE DOS MIL DOCE.- DOY FE.
El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Guerrero
Lic. Marco Antonio Cuenca Zamora
Rúbrica.
(R.- 354713)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
EDICTO
SE EMPLAZA AL TERCERO PERJUDICADO CONRADO CENTENO CONTRERAS.
EN EL JUICIO DE AMPARO NUMERO 1495/2011-III, DEL INDICE DE ESTE JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUAREZ, PROMOVIDO POR ROSA MARIA TRISTAN BLANCO, por conducto de su APODERADA DE MARIA ELENA CORTES ZARATE, DE QUIEN RECLAMA LO SIGUIENTE: “LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL DE DIVORCIO NECESARIO 342/2001-12”, POR ESTIMARLO VIOLATORIO DE LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES 14 Y 16.
SE
LE MANDA A EMPLAZAR, PARA QUE COMPAREZCA AL PRESENTE JUICIO
CONSTITUCIONAL EN DEFENSA DE SUS INTERESES, PREVINIENDOLE QUE DE NO
COMPARECER, POR SU PROPIO DERECHO, O POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE
LO REPRESENTE, DENTRO DEL TERMINO
DE TREINTA DIAS, CONTADO A
PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE
EDICTO, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, ASI COMO
DESIGNE EN DICHO TERMINO, DOMICILIO DENTRO DE LA LOCALIDAD EN QUE
RESIDE ESTE JUZGADO, MISMO QUE DE NO HACERLO, LAS SUBSECUENTES
NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, SE LE HARAN POR MEDIO
DE LISTA QUE SE FIJA EN LOS ESTRADOS DE ESTE RECINTO JUDICIAL. LO
ANTERIOR TIENE SU APOYO EN EL ARTICULO 30, FRACCION II, DE LA LEY
DE
AMPARO.
PARA SU PUBLICACION EN EL: DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 31 de agosto de 2012.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Lic. Norma Elisa Díaz Amador
Rúbrica.
(R.- 354725)
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
DIRECTORIO
Conmutador: 50 93 32 00
Inserciones: Exts. 35078, 35079, 35080 y 35081
Sección de Licitaciones Ext. 35084
Producción: Exts. 35094 y 35100
Suscripciones y quejas: Exts. 35181 y 35009
Domicilio: Río Amazonas No. 62
Col. Cuauhtémoc, México, D.F.
C.P. 06500
México, D.F.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el
Estado de Tamaulipas
Ciudad Victoria, Tamaulipas
EDICTO
C. UNIDAD SOCIOECONOMICA DE EXPLOTACION DE RECURSOS NO RENOVABLES DEL EJIDO 7 DE NOVIEMBRE.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO 355/2012-V, PROMOVIDO POR SANTA GARCIA CERVANTES, CONTRA ACTOS DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO, CON SEDE EN ESTA CIUDAD, EN EL CUAL LA UNIDAD SOCIOECONOMICA DE EXPLOTACION DE RECURSOS NO RENOVABLES DEL EJIDO 7 DE NOVIEMBRE, TIENE EL CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO, Y TENIENDO EN CONSIDERACION QUE NO OBSTANTE QUE SE HAN TOMADO LAS MEDIDAS PERTINENTES CON EL PROPOSITO DE EMPLAZARLO, SIN QUE SE HAYA LOGRADO SU LOCALIZACION, SE HA ORDENADO EMPLAZARLO POR EDICTOS, QUE DEBERAN PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO EL "EXCELSIOR" Y EN UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION DE ESTA CIUDAD CAPITAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE ENTRE CADA UNA DE LAS PUBLICACIONES DEBEN MEDIAR DOS DIAS HABILES, PARA QUE LA SIGUIENTE PUBLICACION SE REALICE AL TERCER DIA HABIL SIGUIENTE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 30, FRACCION II, DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, QUEDANDO A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO COPIA COTEJADA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS Y SE LE HACE SABER ADEMAS, QUE SE HAN SEÑALADO LAS ONCE HORAS DEL VEINTITRES DE JULIO DE DOS MIL DOCE, PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN ESTE ASUNTO; EN LA INTELIGENCIA QUE DEBERA PRESENTARSE EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION, APERCIBIDA DE QUE SI, PASADO ESE TERMINO, NO COMPARECE, SE LE HARAN LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES POR MEDIO DE LISTA QUE SE PUBLIQUE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO.
Ciudad Victoria, Tamps., a 12 de julio de 2012.
El Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado
Lic. Oscar García Martínez
Rúbrica.
(R.- 353902)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Cuarto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial
Nezahualcóyotl, Estado de México
Primera Secretaria
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES, a quienes se les hace saber que en el expediente 39/08 relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por PORFIRIO DE JESUS ASCENCIO A TRAVES DE SUS ENDOSATARIOS EN PROCURACION RICARDO JIMENEZ NAVA y ERNESTO CARLOS JIMENEZ NAVA, en contra de ANSELMO RAMIREZ TORRES, EL Juez Cuarto de lo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, ordenó subasta en PRIMERA ALMONEDA DE REMATE del bien inmueble ubicado en Calle Texanita, Número 465, Lote 8, Manzana 309, Colonia Aurora también identificada como Benito Juárez, Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: al norte: en 17.10 metros con Lote 7, al sur: en 17.10 metros con Lote 9, al oriente: en 8.75 metros con Lote 24 y al poniente: en 9.05 metros con Calle Texanitas; con una superficie de 152.19 metros cuadrados. Debiendo anunciarse su venta por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos del Juzgado, sin que medien menos de cinco días entre la última publicación del edicto y la almoneda. Teniendo verificativo la audiencia de remate en primera almoneda respecto del bien inmueble embargado se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE. Sirve de base el remate y postura legal, la que cubra las dos terceras partes del importe fijado en la actualización del avalúo, resultando la cantidad de $929,000.00 (NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL); se expide el presente en Ciudad Nezahualcóyotl, México el día diecisiete del mes de agosto del año dos mil doce.
AUTO: DE FECHA: Diez de Agosto del dos mil doce.
Primer
Secretario de Acuerdos del Juzgado Cuarto Civil de Primera
Instancia
del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Esperanza Leticia Germán Alvarez
Rúbrica.
(R.- 353924)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca
EDICTO
Víctor Manuel Escudero Ramírez.
En el juicio de amparo indirecto 367/2012, promovido por la quejosa JUANA RAMIREZ MORALES, contra la resolución de quince de diciembre de dos mil once, notificada por instructivo el veinticuatro de febrero de dos mil doce, en la Averiguación Previa 10405/(S.C.)/2009 seguida por el Agente del Ministerio Público adscrito a la Mesa XV del sector central de la Procuraduría General de Justicia del Estado, instruida por el delito de fraude específico y abuso de confianza contra Víctor Manuel Escudero Ramírez, que se atribuye al procurador General de Justicia en el Estado y agente del Ministerio Público adscrito a la Mesa XV del sector central de la Procuraduría General de Justicia, al tener el carácter de tercero perjudicado y desconocerse su domicilio, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se le emplaza al juicio de mérito, por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciendo de su conocimiento que queda a su disposición en la Secretaría de este este Juzgado la copia simple de la demanda de amparo, y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que si a sus intereses conviene ocurra a este órgano de control constitucional a hacer valer sus derechos.
Atentamente
Oaxaca de Juárez, Oax., a 6 de agosto de 2012.
La Secretaria
Lic. Elisa Alfoab López Quiroz
Rúbrica.
(R.- 353913)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Pachuca, Hidalgo
Sección Amparo
EDICTO
A ANTONIO LUCAS BALTAZAR DONDE SE ENCUENTRE.
EN ACATAMIENTO AL ACUERDO DE CATORCE DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, DICTADO EN JUICIO DE AMPARO 871/2012-II-A, PROMOVIDO POR PEDRO PAULIN PERA, CONTRA ACTOS DEL JUEZ CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IXMIQUILPAN, HIDALGO Y ACTUARIO DE SU ADSCRIPCION, EN EL CUAL ES SEÑALADO COMO TERCERO PERJUDICADO, SE ORDENA EMPLAZARLO POR MEDIO DE EDICTOS POR IGNORARSE SU DOMICILIO, EN TERMINOS DEL ARTICULO 30 FRACCION II DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, A EFECTO DE QUE SE APERSONE EN DICHO JUICIO DE GARANTIAS Y SEÑALE DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, APERCIBIDO QUE DE NO HACERLO ASI LAS ULTERIORES Y AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, SE LE HARAN POR MEDIO DE LISTA QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, EN EL ENTENDIDO QUE SE DEJA A SU DISPOSICION LA COPIA DE TRASLADO DE LA DEMANDA DE AMPARO EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO. SE HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE DEBE PRESENTARSE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION. ESTE EDICTO DEBE PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DIARIO DE CIRCULACION NACIONAL.
Pachuca, Hgo., a 16 de agosto de 2012.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Lic. Francisco Alberto García Ramírez
Rúbrica.
(R.- 353921)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del
Décimo Sexto Circuito, Guanajuato
EDICTO
TERCERO PERJUDICADO
EUSEBIO ARTALOITIA URIA
Por este conducto, se ordena emplazar al tercero perjudicado Eusebio Artaloitia Uria, dentro del juicio de amparo 223/2012, promovido por “Distribuidora Alemana del Bajío”, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de Federico Puente González, con el carácter de apoderado legal, contra actos del Magistrado de la Tercera Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y del Juez Primero Penal de Partido de Salamanca, Guanajuato, en cuya demanda de garantías se señala:
IV.- Acto reclamado: la sentencia de 01 de marzo de 2012, dictada en el toca 14/2012.
V.- Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 16 y 20.
Se hace saber al tercero perjudicado de mérito que debe presentarse ante este tribunal, dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente, a defender sus derechos, apercibido que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República.
Atentamente
Guanajuato, Gto., a 15 de agosto de 2012.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Lic. Ma. Guadalupe Vega Cabrera
Rúbrica.
(R.- 354177)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.
Juicio de amparo: D.C. 749/2012.
Quejoso: JUAN JOSE AVILA ISLAS, por conducto de su apoderado.
Tercero perjudicado: FRACCIONAMIENTOS POPULARES, SOCIEDAD ANONIMA.
Se hace de su conocimiento que JUAN JOSE AVILA ISLAS, por conducto de su apoderado, promovió amparo directo en contra de la resolución de nueve de febrero de dos mil doce, dictada por la PRIMERA SALA CIVIL REGIONAL DE TEXCOCO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MEXICO; ante ello, y en virtud de que no se ha podido emplazar a juicio a la tercero perjudicada, con fundamento en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado en forma supletoria, emplácese a juicio a la tercero perjudicada FRACCIONAMIENTOS POPULARES, SOCIEDAD ANONIMA, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber a la citada tercero, que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; quedando apercibida que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal colegiado de circuito. Doy Fe.
Atentamente
Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Edgar Martín Peña López
Rúbrica.
(R.- 354220)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
En los autos del Juicio de Amparo número 526/2012, promovido por RICARDO JOSUE ORTIZ BARRERA contra actos del JUEZ CUADRAGESIMO PENAL DEL DISTRITO FEDERAL, consistente en EL AUTO DE FORMAL PRISION DE VEINTICUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL DOCE, DICTADO DENTRO DE LA CAUSA PENAL 40/2012, donde se señaló entre otros a LIDIA AGUIRRE CADENA, como tercera perjudicada, y en virtud de que se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarla por edictos que deberán publicarse por tres veces con intervalos de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, a la Ley de Amparo, haciéndole saber que deberán presentarse por sí o a través de sus representantes legales, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a manifestar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia simple de la demanda en la actuaría de este Juzgado. Si pasado este término, no compareciere por sí o por su apoderado que pueda representarla, se seguirá el juicio, haciéndole las subsecuentes notificaciones por lista que se fijara en los estrados de este Juzgado.
Atentamente
México D.F., a 2 de agosto de 2012.
Secretario
Encargado del Despacho del Juzgado Octavo
de Distrito de Amparo
en Materia Penal en el Distrito Federal
Lic. Joaquín Guillermo Hernández Torres
Rúbrica.
(R.- 354223)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.- JUEZA OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERA PERJUDICADA
MIRIAM GABRIELA PEREZ REYES
En los autos del juicio de amparo número 847/2011-II, promovido por TEOFILO ENRIQUE AGUILAR GUERRA o ENRIQUE AGUILAR GUERRA como también se hace llamar, y en representación de sus menores hijos IGNACIO RODRIGO, MICHAEL y FERNANDA, todos de apellidos AGUILAR PEREZ, contra actos del Juez de Primera Instancia en Materia Civil en el Distrito Judicial de Hidalgo, en el Estado de Michoacán y otras autoridades, radicado en este Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil, en esta capital; al ser señalada como tercera perjudicada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II, del artículo 30 de la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta capital, se hace de su conocimiento que en la Secretaría de Acuerdos de este juzgado, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, ampliación de la demanda y de la resolución de la interlocutoria de quince de noviembre de dos mil once, dictada en el respectivo incidente de suspensión, y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al juzgado hacer valer su derecho.
Atentamente
México, D.F., a 14 de agosto de 2012.
La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Itzel Adelina Martínez Martínez
Rúbrica.
(R.- 354313)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito
Toluca, Estado de México
EDICTO
EMPLAZAMIENTO
Al margen sello con Escudo Nacional dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación.
En
el juicio de amparo directo 54/2012, promovido por JOSE CAMACHO MOTA,
por conducto de su defensor particular, contra actos de la Primera
Sala Colegiada Penal de Tlalnepantla del Tribunal Superior
de
Justicia del Estado de México, consistente en la resolución
dictada el ocho de febrero de dos mil doce, en el toca de apelación
1349/2006, y su ejecución atribuida al Juez Octavo Penal de
Primera Instancia del
Distrito Judicial de Tlalnepantla de Baz,
Estado de México, se dictó un acuerdo el seis de agosto
de dos mil doce, en el cual se ordenó emplazar al tercero
perjudicado Benjamín Mondragón Sánchez, por
medio de edictos, en virtud de ignorar su domicilio, por lo que se le
manda emplazar haciéndole saber la instauración del
presente juicio de garantías; por medio de este edicto que se
publicará por tres veces de siete en siete días en el
Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República Mexicana; asimismo
se le hace saber que deberá presentarse en este Tribunal a
hacer valer sus derechos, dentro del término de diez días,
contados a partir del siguiente al de la última publicación
respectiva en el Diario Oficial de la Federación, en el
entendido de que, en caso de no hacerlo, las ulteriores
notificaciones
se le harán por lista que se fija en los
estrados de este Tribunal. Lo anterior con fundamento en los
artículos 30 de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a
la ley de la materia.
Atentamente
Toluca, Edo. de Méx., a 6 de agosto de 2012.
El Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito
José Merced Pérez Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 354359)
Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chalco, Estado de México
Segunda Secretaría
EDICTO
Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chalco, Estado de México, en el expediente número 616/2009, relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL promovido por el LICENCIADO J. GUADALUPE DIMAS FELIPE, endosatario en procuración de LEOVIJILDA TRUJILLO RODRIGUEZ, se señalan las doce horas del día veinte de septiembre de dos mil doce, para que tenga verificativo la Primera Almoneda de Remate del vehículo embargado en autos, sirviendo de base para el remate la cantidad de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.), siendo la postura legal la que cubra la totalidad de la cantidad indicada, en consecuencia, anúnciese su venta convocándose a postores y notificando al demandado de la presente almoneda por medio de edictos que deberán ser publicados por tres veces dentro de tres días en el Diario Oficial de la Federación, así como en la tabla de avisos de este Juzgado, en la inteligencia de que entre la última publicación y la fecha para la celebración de la almoneda, deberán mediar no menos de cinco días.
PUBLIQUESE POR TRES VECES, DENTRO DE TRES DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, DEBIENDO MEDIAR ENTRE LA ULTIMA PUBLICACION DEL EDICTO CON LA CELEBRACION DE LA ALMONEDA UN TERMINO NO MENOR DE CINCO DIAS. EXPEDIDO EN CHALCO ESTADO DE MEXICO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE.
DOY FE.
Secretario de Acuerdos
Lic. María Lilia Segura Flores
Rúbrica.
(R.- 354471)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado, con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
IGNACIO HAU CRUZ.
TERCERO PERJUDICADO.
EN EL JUICIO DE AMPARO VI.733/2012, PROMOVIDO POR VERONICA TOLEDO MOLINA, CONTRA ACTOS DE JUEZ DEL CUARTO DEL RAMO CIVIL, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD Y OTRAS AUTORIDADES, SE ORDENO EMPLAZAR A JUICIO, CON EL CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO A IGNACIO HAU CRUZ, EN EL QUE SE SEÑALO COMO ACTO RECLAMADO: “...EL ILEGAL EMPLAZAMIENTO; ASI COMO, LAS ACTUACIONES POSTERIORES, DICTADAS DENTRO DEL EXPEDIENTE 227/2006, DEL INDICE DEL JUZGADO CUARTO DEL RAMO CIVIL, CON SEDE EN ESTA CIUDAD...”. ASIMISMO, COMO GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS, LAS CONSAGRADAS EN LOS ARTICULOS 14 Y 16 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. POR OTRA PARTE, HAGASE SABER AL TERCERO PERJUDICADO QUE SE SEÑALARON LAS DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL VEINTITRES DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. DIGASELE QUE LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA QUEDAN A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO FEDERAL, EN EL ENTENDIDO QUE CUENTA CON TREINTA DIAS DESPUES DE LA ULTIMA PUBLICACION, PARA COMPARECER ANTE ESTE ORGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO HACERLO ASI Y SEÑALAR DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARACTER PERSONAL SE PRATICARAN POR LISTA QUE SE PUBLICARA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO DE DISTRITO.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 21 de agosto de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas
Lic. José Pascual Pineda Cruz
Rúbrica.
(R.- 354529)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
EDICTO
Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos.
Cementerios Vida Eterna, Grupo Vida Eterna y Jeffrey Masso “N”., en el lugar donde se encuentre:
En los autos del juicio de amparo 393/2012-III, promovido por Medrano Millán David Erasmo, contra actos de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, con sede en esta ciudad, reclamando: “declarar improcedente el incidente de personalidad” juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos, ubicado en Boulevard del lago número 103, edificio “B”, nivel 4, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, código postal 62370, y en el cual se les han señalado con el carácter de tercera perjudicada y al desconocerse su domicilio actual, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndoles saber que deberá presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, sin necesidad de acuerdo, se le harán por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para LAS NUEVE HORAS DEL VEINTINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, para su celebración; fecha que se fija tomando en consideración. Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 13 de agosto de 2012.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Alejandra Ivonne Mejenes Alvarez
Rúbrica.
(R.- 354544)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Cuarta Sala Civil
EDICTO
MYRNA MARIA DE GUADALUPE AGUILAR CRISTO quien también usa el nombre de MIRNA MARIA DE GUADALUPE AGUILAR CRISTO
Por auto de fecha veintiséis de junio del año dos mil doce, dictado en el cuaderno de amparo relativo al toca número 613/2011/1, por ignorarse su domicilio, a pesar de la investigación con resultados negativos, se ordenó emplazarla por medio de edictos para que dentro de los treinta días siguientes a la última publicación de este edicto, se apersone ante la Secretaría de Acuerdos de la Cuarta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a recibir las copias simples de la demanda de amparo presentada por la parte actora, en contra de la resolución dictada por esta Sala el cinco de septiembre del dos mil once, que obra en el toca señalado y modifica la sentencia definitiva dictada el diecisiete de marzo del dos mil once, por el Juez Vigésimo Tercero de lo Civil en el Distrito Federal, en el juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por URIBE OLVERA VICENTA Y OTROS en contra de VICTOR HUGO RAFAEL OLIVERAS COLINA QUIEN TAMBIEN USA EL NOMBRE DE VICTOR HUGO OLIVERAS COLINA Y OTRA, hecho lo anterior, deberá comparecer dentro del término de DIEZ DIAZ, ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en Turno a defender sus derechos.
NOTA: Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, así como en el periódico LA RAZON.
Atentamente
México, D.F., a 29 de junio de 2012.
La Secretaria Auxiliar de la Cuarta Sala Civil
Lic. Bianca Gómez Abonce
Rúbrica.
(R.- 354607)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Primero Civil
Maravatío, Mich.
EDICTO
SE CONVOCA POSTORES
OCTAVA ALMONEDA.
Dentro de expediente número 2227/2006, juicio ejecutivo mercantil sobre pago de pesos, que promueve Fco. Javier Vélez Gómez, a través de sus endosatarios en procuración, en contra de Juan González Ramírez, se manda sacar a remate en subasta pública el siguiente:
Un predio rústico de riego denominado “Las Peñitas, ubicado en la Ex Hacienda de Carindapaz, Municipio de Senguio, y Distrito de Maravatío, Michoacán, mide y linda al Norte 1,060.00 Mts. con el ejido de los sauces, partiendo la línea donde cruza el camino de Senguio a la estación, con el río de San Ramón, siguiendo el cauce del río que corre rumbo al noroeste hasta llegar a una cerca doble de piedra, por la cual sigue hasta donde atraviesa esta el río de Senguio, al Oriente 1,050.00 Mts. con Margarita y Julián González, partiendo la línea del último punto citado y siguiendo el cauce del río de Senguio, hasta llegar a una mojonera, de piedra orilla del río del lado del llano, llamado de Carindapaz, al Sur 585.00 Mts, con Julián González, partiendo del último punto línea recta rumbo al suroeste, sobre el llano de Carindapaz hasta llegar a otra mojonera de piedra, situada en la orilla del camino que va del pueblo de Senguio a la Estación, al Poniente 720.00 Mts. Partiendo de este último punto por el camino a la estación, rumbo al noroeste, hasta llegar al punto donde cruza el río de San Ramón, que fue el punto de partida. Con una superficie de 65-98-50 Hectáreas.
Sirviendo de base para el remate la cantidad de $4,734,601.40 (cuatro millones setecientos treinta y cuatro mil seiscientos un peso 40/100 M.N.), y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha suma. Propietario Juan González Ramírez.
Se convoca los postores para que asistan a la audiencia que tendrá lugar el día 20 veinte de septiembre del 2012 dos mil doce a las 12:30 doce horas con treinta minutos, mediante la publicación de una sola vez de los edictos que se publicarán en el diario Oficial de la Federación y en los Estrados de éste H. Juzgado y lugar de ubicación del inmueble.
Atentamente
Maravatío, Mich., a 27 de agosto de 2012.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero Civil de Primera Instancia
Lic. J. Pablo Aguilar Villagrán
Rúbrica.
(R.- 354701)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Cuernavaca, Mor.
EDICTO
Al margen un sello con el escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos.
NIKOLO MOSCARDI ENRIQUEZ, MARIA DEL CARMEN RUIZ GARCIA, RESTAURANT BAR PEPENERO, EL ENCIERRO, JUAN “N”, en el lugar donde se encuentre:
En los autos del juicio de amparo 168/2012-VIII, promovido por Marisol Vanegas Vizueth, contra actos de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Morelos, reclamando los siguientes actos:
a.- el auto de admisión dictado con fecha siete de diciembre de dos mil once en donde se señalan las doce horas con treinta minutos del día veinte de enero del dos mil doce para que tenga verificativo la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, ordenando notificar personalmente a la partes.
b.- la omisión de la responsable de dar entrada a la providencia cautelar solicitada en el escrito inicial de demanda, debiendo tramitar previamente al emplazamiento y abstenerse de poner en conocimiento de la persona contra quien se pida la providencia.
c.- la omisión de dictar arraigo al c. Nikolo Moscardi Enríquez, el cual se le solicito mediante escrito inicial de demanda.
d.- la omisión de dictar el secuestro provisional.
e.- la omisión de expedirme copias certificadas del acuerdo que recaiga a la demanda.
f.- La omisión de acordarme la promoción presentada ante la responsable con fecha nueve de enero del año en curso.
g.- El acuerdo de fecha veinte de enero del año en curso dictada por la responsable en donde se ordena suspender el procedimiento hasta en tanto se emita la resolución.
h.- la notificación de auto de admisión realizada a la parte actora con fecha trece de diciembre de dos mil once.
i.- la notificación que pretende realizar a la parte demanda del auto de admsión de la demanda.
j.- la notificación que pretende realizar a la parte demandada del auto de admisión a la demandada
En el juicio de garantías que se radicó en este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos, ubicado en Boulevard del lago número 103, edificio “B”, nivel 4, colonia Villas Deportivas, Delegación Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, código postal 62370, y en el cual se les han señalado con el carácter de terceros perjudicados y al desconocerse su domicilio actual, se ha ordenado su emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por sí o por apoderado; apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, sin necesidad de acuerdo, se les harán por lista que se publique en los estrados de este Juzgado Federal. Queda a su disposición en este Organo Judicial copia de la demanda de garantías de que se trata; asimismo se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para LAS DIEZ HORAS DEL DOCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE. Fíjese en la puerta de este Tribunal Federal un ejemplar.
Atentamente
Cuernavaca, Mor., a 25 de julio de 2012.
La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
Lic. Alejandra Ivonne Mejenes Alvarez
Rúbrica.
(R.- 353527)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
EDICTO DE NOTIFICACION
En el proceso penal 34/2012-II, del índice del Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, instruido contra RODOLFO PATIÑO ALBA, por el delito de PORTACION DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA, se ordenó notificar a la testigo Yadira Hernández Gómez, que deberá presentarse a las diez horas con treinta y dos minutos del diecisiete de septiembre del año en curso, ante este Juzgado Federal, sito en el primer piso de la calle Jaime Nunó 175, colonia Zona Escolar, Delegación Gustavo A. Madero, de esta ciudad (Reclusorio Norte), con una identificación oficial vigente, a fin de que se lleven a cabo las testimoniales de dichas personas.
Presentación
que legalmente se le requiere en términos del artículo
242 del Código Federal
de Procedimientos Penales, en
virtud de que todo testigo como lo es ésta, está
obligado a declarar en relación a los hechos investigados en
el procedimiento penal.
Atentamente
México, D.F., a 24 de agosto de 2012.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito de
Procesos Penales Federales en el Distrito Federal
Lic. Joel García Carreón
Rúbrica.
(R.- 354722)
AVISOS GENERALES
|
CRU ASFALTOS, S.A. DE C.V.
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
PRIMERA CONVOCATORIA
El suscrito, en su calidad de Comisario de la Sociedad y de conformidad con lo previsto en el artículo noveno de los Estatutos Sociales, convoca a los accionistas de Cru Asfaltos, S.A. de C.V. (en lo sucesivo la “Sociedad”), a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria que tendrá lugar el día 10 de octubre de 2012, a las 12:00 horas, en calle Mario Pani número 150-1, colonia Lomas de Santa Fe, Delegación Cuajimalpa, código postal 05300, en México, Distrito Federal, conforme al siguiente:
ORDEN DEL DIA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
I. Discusión y, en su caso, aprobación, del informe anual del Consejo de Administración a que se refiere el enunciado general del artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, por el ejercicio social regular que inició el día 1 de enero de 2011 y concluyó el 31 de diciembre de 2011, incluyendo los estados financieros correspondientes al ejercicio social citado y el informe correspondiente del Comisario.
II. Renuncia, remoción, ratificación y/o designación, en su caso, de los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad y del Organo de Vigilancia.
III. Revocación de poderes.
ORDEN DEL DIA DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
I. Aumento, suscripción y pago del capital social en su parte variable.
ORDEN DEL DIA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA
I. Asuntos relacionados.
II. Designación de Delegados Especiales de la Asamblea para la ejecución y formalización de sus acuerdos.
En
términos de lo dispuesto en los Estatutos Sociales, serán
admitidos a la Asamblea, los accionistas que aparezcan inscritos en
el Libro de Registro de Acciones de la Sociedad como propietarios de
una
o más acciones.
México, D.F., a 23 de agosto de 2012.
Cru Asfaltos, S.A. de C.V.
Comisario de la Sociedad
Ingrid Flora Gomiciaga de la Peña
Rúbrica. (R.- 354694)
Instituto para la Protección al Ahorro Bancario
El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, con fundamento en los artículos 4 y 26 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, de conformidad con lo establecido en el acuerdo número IPAB/JG/07/68.9, emitido por su Junta de Gobierno en su Sexagésima Octava Sesión Ordinaria, publica el monto de los pagos efectuados por las instituciones de banca múltiple por concepto de cuotas ordinarias correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2012.
(cifras en pesos)
Institución |
Abril-12 |
Mayo-12 |
Junio-12 |
Total |
ABC CAPITAL, S.A. |
1,126,389 |
1,165,279 |
1,244,583 |
3,536,251 |
AMERICAN EXPRESS BANK (MEXICO), S.A. |
4,012,646 |
2,737,724 |
1,908,990 |
8,659,360 |
BANCA AFIRME, S.A. |
5,355,858 |
5,445,401 |
5,605,663 |
16,406,922 |
BANCA MIFEL, S.A. |
8,980,204 |
9,217,249 |
9,250,973 |
27,448,426 |
BANCO ACTINVER, S.A. |
505,539 |
986,016 |
956,918 |
2,448,473 |
BANCO AHORRO FAMSA, S.A. |
3,644,815 |
3,742,724 |
3,816,132 |
11,203,671 |
BANCO AUTOFIN MEXICO, S.A. |
897,356 |
1,012,668 |
901,888 |
2,811,912 |
BANCO AZTECA, S.A. |
23,727,904 |
23,828,532 |
24,506,774 |
72,063,210 |
BANCO BASE, S.A. |
274,474 |
10,462 |
10,482 |
295,418 |
BANCO COMPARTAMOS, S.A. |
1,806,582 |
1,847,333 |
2,010,016 |
5,663,931 |
BANCO CREDIT SUISSE (MEXICO), S.A. |
1,492,985 |
2,022,799 |
2,216,374 |
5,732,158 |
BANCO DEL BAJIO, S.A. |
24,166,785 |
24,847,768 |
24,246,514 |
73,261,067 |
BANCO FACIL, S.A. |
644 |
0 |
0 |
644 |
BANCO INBURSA, S.A. |
39,421,644 |
41,315,219 |
41,504,079 |
122,240,942 |
BANCO INTERACCIONES, S.A. |
15,660,887 |
15,014,329 |
16,104,310 |
46,779,526 |
BANCO INVEX, S.A. |
2,800,742 |
2,656,897 |
2,624,339 |
8,081,978 |
BANCO J. P. MORGAN, S.A. |
880,215 |
876,203 |
1,118,376 |
2,874,794 |
BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. |
115,492,100 |
116,924,666 |
119,631,622 |
352,048,388 |
BANCO MONEX, S.A. |
1,895,552 |
1,901,099 |
2,024,385 |
5,821,036 |
BANCO MULTIVA, S.A. |
5,967,589 |
6,120,938 |
6,154,589 |
18,243,116 |
BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A. |
167,011,751 |
162,857,379 |
169,485,792 |
499,354,922 |
BANCOPPEL, S.A. |
4,156,791 |
4,317,294 |
4,508,263 |
12,982,348 |
BANCO REGIONAL DE MONTERREY, S.A. |
8,747,801 |
8,667,395 |
8,946,513 |
26,361,709 |
BANCO SANTANDER (MEXICO), S.A. |
106,395,098 |
109,088,764 |
110,806,444 |
326,290,306 |
BANCO VE POR MAS, S.A. |
3,832,900 |
3,982,407 |
4,005,249 |
11,820,556 |
BANCO WAL-MART DE MEXICO ADELANTE, S.A. |
1,215,055 |
1,233,051 |
1,253,214 |
3,701,320 |
BANK OF AMERICA MEXICO, S.A. |
6,131,880 |
2,932,374 |
4,977,143 |
14,041,397 |
BANK OF TOKYO-MITSUBISHI UFJ (MEXICO), S.A. |
1,713,795 |
660,946 |
573,206 |
2,947,947 |
BANSI, S.A. |
1,921,444 |
1,906,547 |
1,949,361 |
5,777,352 |
BBVA BANCOMER, S.A. |
233,503,363 |
236,354,682 |
241,375,529 |
711,233,574 |
CIBANCO, S.A. |
2,355,761 |
2,529,813 |
2,687,203 |
7,572,777 |
DEUTSCHE BANK MEXICO, S.A. |
1,620,168 |
1,741,661 |
2,218,670 |
5,580,499 |
HSBC MEXICO, S.A. |
116,864,722 |
117,754,063 |
117,573,923 |
352,192,708 |
ING BANK (MEXICO), S.A. |
1,985,612 |
1,193,342 |
1,303,490 |
4,482,444 |
INTER BANCO, S.A. |
37,710 |
76,678 |
91,471 |
205,859 |
IXE BANCO, S.A. |
10,950,577 |
11,362,106 |
11,541,834 |
33,854,517 |
SCOTIABANK INVERLAT, S.A. |
46,259,572 |
46,663,661 |
44,161,943 |
137,085,176 |
THE ROYAL BANK OF SCOTLAND MEXICO, S.A. |
1,005,812 |
1,185,465 |
772,060 |
2,963,337 |
UBS BANK, MEXICO, S.A. |
19,546 |
148,711 |
79,113 |
247,370 |
VOLKSWAGEN BANK, S.A. |
556,234 |
573,812 |
544,736 |
1,674,782 |
TOTAL |
974,396,502 |
976,903,457 |
994,692,164 |
2,945,992,123 |
Notas:
1.-
Los importes de las cuotas cubiertas por las instituciones de banca
múltiple fueron calculados
por la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores de conformidad con lo previsto en las
"Disposiciones relativas a las cuotas ordinarias que las
instituciones de banca múltiple están obligadas a
cubrir al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario",
publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo
de 1999 y modificadas
mediante resolución publicada en el mismo Diario Oficial de la
Federación el 14 de octubre de 2008.
2.-
Con fecha 1 de agosto de 2012 se publicó en el Diario Oficial
de la Federación el oficio número 100/018/2012.- Exp.:
CNBV.312.211.23 (5975) mediante el cual la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores autorizó la organización y
operación de una institución de banca múltiple a
denominarse Banco
Bicentenario, S.A., Institución de Banca Múltiple,
resultante de la transformación de Unión de Crédito
Nuevo Laredo, S.A. de C.V., de unión de crédito a
institución de banca múltiple. La autorización
para la organización y operación
de la entidad a
denominarse
Banco Bicentenario, S.A., Institución de Banca Múltiple,
queda sujeta a la condición de que, en su oportunidad, obtenga
la autorización de la Comisión para el inicio de sus
operaciones, en términos del artículo 46 Bis de la Ley
de Instituciones de Crédito.
3.-
Con fecha 8 de agosto de 2012 se publicó en el Diario Oficial
de la Federación el oficio número 100/019/2012.- Exp.:
CNBV.312.211.23 (7659) mediante el cual la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores autorizó la organización y
operación de una institución de banca múltiple a
denominarse Agrofinanzas,
S.A., Institución de Banca Múltiple,
resultante de la transformación de Agrofinanzas, S.A. de C.V.,
Sociedad Financiera de Objeto Limitado, de sociedad financiera de
objeto limitado a institución de banca múltiple.
La
autorización para la organización y operación de
la entidad a denominarse Agrofinanzas,
S.A., Institución de Banca Múltiple,
queda sujeta a la condición de que, en su oportunidad, obtenga
la autorización
de la Comisión para el inicio de
sus operaciones, en términos del artículo 46 Bis de la
Ley de Instituciones
de Crédito.
Atentamente
México, D.F., a 16 de agosto de 2012.
Secretario Adjunto de Protección al Ahorro Bancario Lorenzo J. Meade Kuribreña Rúbrica. |
Secretario Adjunto Jurídico César Augusto Mondragón Santoyo Rúbrica. |
(R.- 354719)
EMPRESA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS S.A. DE C.V.
ESTADO DE POSICION FINANCIERA
AL 30 DE ABRIL DE 2012
(pesos mexicanos)
Activo |
|
Circulante |
0 |
No Circulante |
0 |
Total Activo |
0 |
Pasivo |
|
Pasivo a Corto Plazo |
0 |
Pasivo Circulante |
0 |
Total Pasivo |
0 |
Capital Social |
|
Utilidades Acumuladas |
373150.00 |
Pérdidas Acumuladas |
-382790.09 |
Pérdida del Ejercicio |
-51362.91 |
Actualización del Capital Contable |
11003.00 |
Total Capital |
0 |
Total Pasivo más Capital |
0 |
El
presente balance se presenta en cumplimiento y para los efectos de la
fracción II del artículo 247 de la Ley General de
Sociedades Mercantiles. Este balance, los papeles y los libros de la
sociedad, quedan a
disposición
de los accionistas para todos los efectos legales a que haya lugar.
México, D.F., a 30 de abril de 2012.
Liquidador
C.P. Javier Mendoza García
Rúbrica.
(R.- 354666)
TALLER DE CALIDAD TURISTICA, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION
ACTIVO |
|
IVA ACREDITABLE PAGADO |
30 |
TOTAL DE ACTIVO CIRCULANTE |
30 |
PAQUETE DE OFICINA |
1 |
TOTAL DE MOBILIARIO |
1 |
COMPUTADORA |
1 |
MONITOR COMPAQ |
1 |
PC PRESARIO |
1 |
COMPUTADORA SONY VAIO |
0 |
TOTAL DE EQUIPO DE COMPUTO |
4 |
TOTAL DE ACTIVO FIJO |
5 |
TOTAL DE IMPUESTOS POR RECUPERAR |
34.82 |
TOTAL DE ACTIVO NO CIRCULANTE |
34.82 |
TOTAL ACTIVO |
69.82 |
PASIVO |
|
TOTAL DE PASIVO A CP |
0 |
TOTAL DE PASIVO A LP |
0 |
TOTAL DE PASIVO |
0 |
CAPITAL |
|
TOTAL DE CAPITAL SOCIAL FIJO |
5000 |
TOTAL DE CAPITAL SOCIAL VARIABLE |
488963 |
TOTAL DE CAPITAL SOCIAL |
538963 |
RESULTADOS ANTERIORES 2004 |
-1483024.43 |
RESULTADOS ANTERIORES 2005 |
12661.54 |
RESULTADOS ANTERIORES 2006 |
-1348972.76 |
RESULTADOS ANTERIORES 2007 |
430379.39 |
RESULTADOS ANTERIORES 2008 |
1380814.26 |
RESULTADOS ANTERIORES 2009 |
469249.62 |
TOTAL DE RESULTADOS EJERCICIOS ANTERIORES |
-538893.38 |
TOTAL DE PASIVO MAS CAPITAL |
69.82 |
PORCENTAJE QUE CORRESPONDE A CADA SOCIO: |
|
DESARROLLO E INVESTIGACIONES TURISTICAS, S.L. |
99.54% |
CLAUDIA CHAVEZ LOPEZ |
0.46% |
México, D.F., a 30 de junio de 2012.
Director General
Lic. José Antonio Franco Martínez
Rúbrica.
(R.- 353479)
GRUPO CTR, S.A. DE C.V. BALANCE
DE LIQUIDACION Activo Efectivo en caja $ 0 Pasivo Capital $ 0 México, D.F., a 14 de agosto de 2012. Liquidador Gloria Martínez Balderrabano Rúbrica. (R.- 353406) |
|
AVISO AL PUBLICO Se informa al público en general que los costos por suscripción semestral y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, son los siguientes: Suscripción semestral al público: $ 1,203.00 Ejemplar de una sección del día: $ 12.00 El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación |
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
M. 1055524 CALESA Y DISEÑO.
ExPed. P.C. 1760/2011 (N-436) 16542
Folio 22101
NOTIFICACION POR EDICTO
CALESA AGRO-INDUSTRIAL, S.A. DE C.V.
Se hace de su conocimiento que dentro del procedimiento de la declaración administrativa de nulidad citado al rubro, correspondiente a la marca 1055524 CALESA Y DISEÑO, promovido por EDUARDO BIRMAN RIPSTEIN, en nombre y representación de LA CALESA CARNES SUPREMAS DE ENGORDA, S.A. DE C.V. en contra de la sociedad CALESA AGRO-INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. con fecha de 31 de julio de 2012, y por oficio con folio de salida 21236, se dictó la resolución correspondiente, cuyos puntos resolutivos se transcriben a continuación;
I.- Se declara administrativamente la nulidad de la marca 1055524 CALESA Y DISEÑO, propiedad de CALESA AGRO-INDUSTRIAL, S.A. DE C.V., con fundamento en el artículo 151 fracción III de la Ley de la Propiedad Industrial.
II.-
Notifíquese esta resolución a la parte actora de forma
personal, y a la demandada a través de edictos. En
consecuencia, y a efecto de que surta efectos la notificación
de la presente resolución a la demandada, con apoyo en los
artículos 187, 194 y 199 de la Ley de la Propiedad Industrial,
gírese a la actora oficio por separado que contenga un
extracto de la presente resolución, a efecto de que lo
publique por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación
y en un periódico de los de mayor circulación en la
República Mexicana. Por lo anterior, en términos de lo
dispuesto por el artículo 32 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo,
se concede a la parte actora, el
plazo de DIEZ DIAS HABILES, contados a partir del día
siguiente en que se notifique el oficio que contenga un extracto de
la presente resolución, para exhibir las respectivas
publicaciones; no obstante lo anterior, y cuando así lo exija
el asunto y no se perjudiquen los derechos de los interesados o de
terceros, de conformidad con el artículo 31 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo, dicho plazo podrá ampliarse a
petición de la actora por cinco días hábiles
adicionales a efecto de que se encuentre en posibilidad de cumplir
debidamente con lo ordenado, haciendo de su conocimiento que en caso
de no dar cumplimiento al siguiente requerimiento, de conformidad con
lo previsto en el segundo párrafo del artículo 183 de
la Ley de la Propiedad Industrial se ordenará su publicación
por estrados.
III.- Publíquese en la Gaceta de la Propiedad Industrial, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 6, 8o. y segundo párrafo del artículo 183, de la Ley de la Propiedad Industrial, así como 15 del Reglamento de dicho ordenamiento.
Con
fundamento en los artículos 1o., 2o. fracciones IV, V y VI 6o.
fracciones IV y V, 7o., 7o. bis 2 y demás aplicables de la Ley
de la Propiedad Industrial, Publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y
derogada, según corresponda mediante decretos de 2 de agosto
de 1994,
26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero
de 2004, 16 de junio de 2005, 25 de enero de 2006, 6 de mayo de 2009
y 6 de enero, 18 y 28 de junio de 2010, 27 de enero y 9 de abril de
2012, en dicho medio informativo); 1o. 3o. fracción V inciso
c) subinciso ii)Subdirección Divisional de Procesos de
Propiedad Industrial, 4o., 5o., 7 y 11 fracción IX, así
como último párrafo y 14 fracciones I a III, V a VIII,
XI y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación en
14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado según
corresponda mediante decretos del 1o. de julio de 2002, 15 de julio
de 2004, cuya fe de erratas se publicó el día 28 del
mismo mes y año en dicho medio informativo y 7 de septiembre
de 2007); 1o., 3o. 4o., 5o. fracción V, inciso c) subinciso
ii) Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad
Industrial, 18 fracciones I, II, VII, 25, 26, 28 Y 32 del Estatuto
Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de
diciembre de 1999 (reformado y adicionado según corresponda
mediante acuerdos de 10 de octubre de 2002, 29 de julio de 2004, cuya
nota aclaratoria se publicó el 4 de agosto de 2004 en dicho
medio informativo
y 13 de septiembre de 2007) y 1o., 2, 3o. y 7o.
incisos a), b), c), r) y s) y segundo párrafo del Acuerdo que
delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador,
Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales,
Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros
Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y
modificación, según corresponda, de 4 de febrero de
2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004, 13 de septiembre de
2007, 27 de enero, y 9 de abril de 2012 en dicho medio informativo).
Atentamente
8 de agosto de 2012.
La Subdirectora Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Ana María Valladolid Díaz
Rúbrica.
(R.- 354718)
Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares
Dirección de Ingresos
Gerencia de Administración y Enajenación Inmobiliaria
CONVOCATORIA
DE LA LICITACION PUBLICA NACIONAL DE BIENES
INMUEBLES No.
GAEI/001/2012 EN TERCERA CONVOCATORIA
El H. Comité Técnico y de Distribución de Fondos del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (FONHAPO), en su Sesión Ordinaria CLVIII de fecha 28 de marzo de 2011, autorizó la desincorporación y enajenación del inmueble que ahora se licita, mismo que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 85 y 116 de la Ley General de Bienes Nacionales, 14, 15, 16 y 17 de las Normas y Bases para la Administración y Enajenación de Inmuebles del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares y demás disposiciones aplicables vigentes, el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (FONHAPO), convoca a todas las personas físicas con capacidad legal y/o morales legalmente constituidas de nacionalidad mexicana, a participar en la licitación pública nacional para la enajenación de bienes inmuebles de su propiedad, que no son útiles al servicio de este Fideicomiso. El inmueble se enajena ad corpus y de manera onerosa, con las restricciones o afectaciones existentes de cualquier tipo, accesos y servicios con los que cuenta y uso de suelo, y en la condición legal, fiscal y administrativa que actualmente se encuentra. Por ofertarse en tercera convocatoria estos inmuebles, la postura legal mínima en las ofertas de compra lo será el 60% del valor base de venta (avalúo vigente), de conformidad con lo establecido por el numeral 26 de las Normas y Bases para la Administración y Enajenación de Inmuebles del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares.
No. de partida |
Cantidad |
Uso |
Ubicación |
Superficie (m²) |
Valor base de venta (pesos) |
Postura
legal que lo |
Unica |
Uno |
Edificio |
Av. Ricardo Flores Magón 210 y las calles de Lerdo, Mercado y General Régules, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06300 |
Total 6,953.88 m² Construcción 18,099.71 m² |
$95´100,000.00 |
$57´060,000.00 |
Descripción: predio manzanero de forma irregular, el cual en su interior cuenta con tres cuerpos constructivos: área de oficinas para archivo, nave que funciona como tienda comercial y área de restaurante; el primer cuerpo constructivo consta de cinco niveles incluido un sótano; con la siguiente distribución arquitectónica: sótano (o primer nivel): acceso, área para almacenamiento de archivo, tres cubos de elevadores, dos montacargas, cuarto de máquinas, planta de luz sin funcionamiento, cubos de escaleras principalmente; planta baja (o segundo nivel con mezzanine): acceso principal, cuenta con área para almacén, bodega, módulos para sanitarios hombres y mujeres y a medio nivel el mezzanine; tercer nivel: estacionamiento vehicular, cubos de elevadores a público y montacargas; cuarto nivel: área para archivos y depósitos de mobiliarios y equipos de oficina, cubo de elevadores, cubo de escaleras, dos montacargas, y cubo de escaleras eléctricas (quinto y sexto nivel): área de estacionamiento cubierto con respectivas rampas de acceso, cubo de escaleras y cubo para tres elevadores; azotea (séptimo nivel): Area de estacionamiento al descubierto, anexo de oficinas, cubo de elevadores y rampa de escaleras. El segundo cuerpo se identifica como tienda de autoservicio originalmente denominada “El Sardinero”, consta de un solo nivel y se compone de: piso de venta (actualmente utilizado como almacén), cuenta con áreas de oficina, área de frigoríficos, andén de carga y descarga, y módulo de sanitarios hombres y mujeres. El tercer cuerpo denominado como restaurante se desplanta en un solo nivel y cuenta con área de atención al público a desnivel, área de cocina y área de baños hombres y mujeres.
La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 25 de septiembre de 2012 a las 10:00 horas, en avenida Guerrero número 333, en el Conjunto Urbano “Presidente Adolfo López Mateos”, Nonoalco Tlatelolco, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., código postal 06900. La visita al inmueble se llevará a cabo del 11 al 27 de septiembre de 2012 (previa cita) y el mismo día al terminar la junta de aclaraciones, se hará un recorrido al inmueble.
Las
bases de licitación estarán disponibles para su
consulta en la página www.fonhapo.gob.mx; la adquisición
de las mismas como requisito indispensable para participar en la
licitación, será a partir del 10 de septiembre y hasta
el 28 de septiembre de 2012, en la Gerencia de Administración
y Enajenación Inmobiliaria del FONHAPO, situada en avenida
Insurgentes Sur número 3483, planta baja, colonia Miguel
Hidalgo, código postal 14020, Delegación Tlalpan,
México, D.F., teléfonos (55) 54246739 o 54246700,
extensiones 66715 y 66739, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes
y en días hábiles; el costo de adquisición de
cada una de las bases se hará por partida, y se venden en
forma individual; tendrán un costo no reembolsable de
$5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.) cada una. El interesado, a su
elección, podrá pagarlas directamente en cajas del
FONHAPO, y depósito o transferencia bancaria a favor del
Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares en la cuenta
clabe número 01418065501091554-3 del Banco Santander 014
sucursal 5808 plaza 01, contra entrega de la copia del pago o
depósito respectivo se entregarán las bases de
licitación, además se llenará por el interesado
un formato de registro. Los interesados deberán presentar sus
ofertas de compra en idioma español y en moneda nacional (peso
mexicano). El importe de garantía de seriedad para el
sostenimiento de ofertas, se hará mediante depósito
mínimo del 5% cuando el valor base de venta sea igual o menor
a $500,000.00, y el 10% cuando el valor base sea superior a
$500,000.00 del o los inmuebles que les interesen, cubriendo dicha
garantía, a través de cheque certificado o de caja,
depósito o transferencia, en cualquiera de los casos a favor
del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (FONHAPO).
El lugar, fecha y hora para la celebración del acto de
registro de participantes, presentación, apertura de ofertas
de compra y fallo de la licitación pública nacional de
bienes inmuebles número GAEI/001/2012 en tercera convocatoria,
se realizará el 4 de octubre de 2012 a las
10:00 horas, en
la sala de juntas del FONHAPO, sita en avenida Insurgentes Sur número
3483, planta baja, colonia Miguel Hidalgo, código postal
14020, Delegación Tlalpan, México, D.F., exhibiendo
garantía de seriedad y con los requisitos, montos, formas,
plazos y condiciones que establezcan las bases de la licitación
pública nacional de bienes inmuebles GAEI/001/2012 en tercera
convocatoria. En la misma fecha los participantes entregarán
su oferta económica en sobre cerrado, una vez abiertas y
leídas todas las ofertas económicas, se procederá
al acto de fallo de la(s) partida(s) adjudicada(s); se celebrará
dentro de los 15 días hábiles, posteriores al fallo
contrato de compraventa entre el adjudicatario y el FONHAPO. El
participante que se haya adjudicado al contado una o más
partidas, deberá cubrir el importe total de su oferta u
ofertas económicas de manera individual, mediante cheque de
caja, cheque certificado, orden de pago, depósito o
transferencia bancaria a favor del Fideicomiso Fondo Nacional de
Habitaciones Populares (FONHAPO), al momento mismo de la firma del
contrato de compraventa o dentro de los 15 días posteriores a
la firma del contrato de compraventa respectivo, de la misma manera
será firmada la escritura correspondiente que se otorgue ante
la fe del notario público que para tal efecto se designe,
dentro de un plazo no mayor a 90 días a partir de la fecha del
fallo, y se entregará la posesión física,
material y jurídica del inmueble materia de la adjudicación.
Se considerará como pago de contado, aquel que se realice a
través de un crédito otorgado por alguna institución
como: INFONAVIT, FOVISSSTE, S.O.F.O.L.E.S., o cualquier institución
bancaria legalmente establecida, a favor del comprador. En estos
casos, los interesados deberán acreditar documentalmente y en
forma fehaciente que tienen autorizado un crédito para el pago
total o parcial del precio de compra del inmueble que desea adquirir.
Cuando se trate de pagos a plazos, el adjudicatario del inmueble
podrá realizar sus pagos con los mismos instrumentos señalados
y se sujetarán a lo siguiente:
A) Deberá cubrir
cuando menos un 10% del importe de su oferta económica cuando
el valor base de venta sea igual o menor a $500,000.00, y el 20% del
importe de su oferta económica cuando el valor base sea
superior a $500,000.00, del precio de venta que corresponda al
inmueble al momento de la firma del contrato
de compraventa. B)
Deberá pagar al FONHAPO dentro de los doce meses contados a
partir de la firma del contrato de compraventa y/o en las condiciones
que se pacten, para lo cual el FONHAPO se reservará el dominio
del inmueble hasta el pago total del precio, de los intereses
ordinarios y de los moratorios, en su caso,
el participante no
tendrá la facultad de derribar o modificar las construcciones
sin permiso expreso del FONHAPO. El saldo devengará una tasa
del 8% de interés ordinario sobre saldos insolutos, en caso de
mora, deberá aplicarse una tasa de interés del doble de
la tasa ordinaria. Los gastos, derechos, impuestos, honorarios y
demás erogaciones relativas a la escrituración, serán
con cargo al adjudicatario, excepto el Impuesto Sobre la Renta que
llegara a causarse a cargo del FONHAPO con motivo de la enajenación
onerosa. El FONHAPO, entregará libre de gravamen los
inmuebles, mas no de los créditos o adeudos que tenga el
inmueble por concepto de impuestos o de la prestación de algún
servicio público o privado. Ninguna de las condiciones
contenidas en las bases de la licitación, así como en
las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser
negociadas. Los inmuebles se enajenan con las restricciones o
afectaciones existentes, accesos y servicios con los que cuenta y uso
de suelo, y en las condiciones que actualmente se encuentran.
Atentamente
México, D.F., a 10 de septiembre de 2012.
El Director de Ingresos
C.P. José Luís Tapia Zavala
Rúbrica.
(R.- 354730)